API 1.1 CONVENIO CENTRO CLINICO MILITAR

Transcripción

API 1.1 CONVENIO CENTRO CLINICO MILITAR
EJÉRCITO DE CHILE
ESTADO MAYOR GENERAL
Dirección de Sanidad
0 C)
?
LU
Autoriza funcionamiento de la Ui
Imagenologia del Centro Clínico
Valdivia.
SANTIAGO, 03 4[3} 7013
RESOLUCIÓN SANITARIA EXENTA N° 049 /
VISTOS:
1. Lo contemplado en la Ley N°19.465 que "Establece el Sistema de Salud de las
Fuerzas Armadas".
2.
Lo previsto en el DFL 725, de 1967, del Ministerio de Salud que fija ci texto
del Código Sanitario.
3.
Lo señalado en el DFL. N°1 de 1990, que determina materias que requieren
autorización sanitaria expresa.
4.
Lo estipulado en ci artículo 1° N°3 de la Ley 19.937 de 2004 "Autoridad
Sanitaria" que modifica el decreto ley N°2.763 de 1979, norma actualmente
refundida en el DFL N°1 de 2006 que fija texto refundido, coordinado y
sistematizado del Decreto Ley N°2783, de 1979 y de las leyes N°18.933 y
N°18.469.
5.
Lo establecido en el Reglamento sobre Autorización para Instalaciones
Radiactivas o Equipos Generadores de Radiaciones Ionizantes, personal que se
desempeñe en ellas u opere tales Equipos y otras actividades afines, aprobado
por DS N933 de 1984.
6.
Lo establecido en el Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones
Radiactivas, aprobado por DS N°3 de 1985.
7. Lo indicado en el Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales
básicas en los lugares de trabajo, aprobado por DS N°594 de 1999 que
contiene.
8.
Lo prescrito en el Decreto N°256 de 1991 que otorga facultades
extraordinarias que indica a los Directores de Servicios de Salud del país.
9.
Lo expresado en la Resolución N°1.600 que fija las normas sobre exención del
trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República.
10. Lo dispuesto en la Orden Comando CJE EMGE DOE 11 a N°6030/5448 de
14.DIC.2010, que dispone que la Dirección de Sanidad se desempeña como
Autoridad Sanitaria Institucional.
CONSIDERANDO:
1. Las atribuciones del Director de Sanidad del Ejército en su calidad de
Autoridad Sanitaria.
. =NORTE CHIE LTDA,
2.
3.
La solicitud efectuada por el Director del centro Clínico Militar VaU'i q,
través de Oficio CCM.V.DLRECC. (R) N° 11000/116 de fecha 05.JUM%12
(o
El resultado del informe de la revista técnica efectuada para la Aut
Sanitaria de la Unidad de Imagenologia del Centro Clínico Militar Valciici
fecha 13.SEP.2012.
RESUELVO:
1.
AUTORiZASE, a contar de esta fecha, el funcionamiento de la Unidad de
Imagenología del Centro Clínico Militar Valdivia, RUT N°65.273.020-0,
ubicado en la calle Orostegui N°1650, ciudad de Valdivia, Región de los Ríos.
2.
La presente autorización, tendrá vigencia de TRES (03) AÑOS, el cual se
entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales,
mientras no sea expresamente dejado sin efecto (art. 7 del Código Sanitario).
3.
EXHÍBASE copia íntegra de la presente resolución en un lugar visible de la
instalación.
ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE LA PRESENTE
RESOLUCIÓN JUNTO CON SUS ANTECEDENTES.
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ÓSCÁR BQfi1
-1neraI
Director de S
(BACIGALUPO
Brigada
d del Ejército
,
CERTIFICO QUE ESTA FOTOCOPIA E'FIE
AL ORIGINAL QUE HE TENIDO
13 ABR 2015
NAZAEL RIQU ELMÁ\
NOTARIO PJB$
VALDI'1AI
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