API 1.1 CONVENIO CENTRO CLINICO MILITAR
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API 1.1 CONVENIO CENTRO CLINICO MILITAR
EJÉRCITO DE CHILE ESTADO MAYOR GENERAL Dirección de Sanidad 0 C) ? LU Autoriza funcionamiento de la Ui Imagenologia del Centro Clínico Valdivia. SANTIAGO, 03 4[3} 7013 RESOLUCIÓN SANITARIA EXENTA N° 049 / VISTOS: 1. Lo contemplado en la Ley N°19.465 que "Establece el Sistema de Salud de las Fuerzas Armadas". 2. Lo previsto en el DFL 725, de 1967, del Ministerio de Salud que fija ci texto del Código Sanitario. 3. Lo señalado en el DFL. N°1 de 1990, que determina materias que requieren autorización sanitaria expresa. 4. Lo estipulado en ci artículo 1° N°3 de la Ley 19.937 de 2004 "Autoridad Sanitaria" que modifica el decreto ley N°2.763 de 1979, norma actualmente refundida en el DFL N°1 de 2006 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°2783, de 1979 y de las leyes N°18.933 y N°18.469. 5. Lo establecido en el Reglamento sobre Autorización para Instalaciones Radiactivas o Equipos Generadores de Radiaciones Ionizantes, personal que se desempeñe en ellas u opere tales Equipos y otras actividades afines, aprobado por DS N933 de 1984. 6. Lo establecido en el Reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radiactivas, aprobado por DS N°3 de 1985. 7. Lo indicado en el Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, aprobado por DS N°594 de 1999 que contiene. 8. Lo prescrito en el Decreto N°256 de 1991 que otorga facultades extraordinarias que indica a los Directores de Servicios de Salud del país. 9. Lo expresado en la Resolución N°1.600 que fija las normas sobre exención del trámite de toma de razón de la Contraloría General de la República. 10. Lo dispuesto en la Orden Comando CJE EMGE DOE 11 a N°6030/5448 de 14.DIC.2010, que dispone que la Dirección de Sanidad se desempeña como Autoridad Sanitaria Institucional. CONSIDERANDO: 1. Las atribuciones del Director de Sanidad del Ejército en su calidad de Autoridad Sanitaria. . =NORTE CHIE LTDA, 2. 3. La solicitud efectuada por el Director del centro Clínico Militar VaU'i q, través de Oficio CCM.V.DLRECC. (R) N° 11000/116 de fecha 05.JUM%12 (o El resultado del informe de la revista técnica efectuada para la Aut Sanitaria de la Unidad de Imagenologia del Centro Clínico Militar Valciici fecha 13.SEP.2012. RESUELVO: 1. AUTORiZASE, a contar de esta fecha, el funcionamiento de la Unidad de Imagenología del Centro Clínico Militar Valdivia, RUT N°65.273.020-0, ubicado en la calle Orostegui N°1650, ciudad de Valdivia, Región de los Ríos. 2. La presente autorización, tendrá vigencia de TRES (03) AÑOS, el cual se entenderá automática y sucesivamente prorrogado por períodos iguales, mientras no sea expresamente dejado sin efecto (art. 7 del Código Sanitario). 3. EXHÍBASE copia íntegra de la presente resolución en un lugar visible de la instalación. ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE LA PRESENTE RESOLUCIÓN JUNTO CON SUS ANTECEDENTES. '- tJ r ÓSCÁR BQfi1 -1neraI Director de S (BACIGALUPO Brigada d del Ejército , CERTIFICO QUE ESTA FOTOCOPIA E'FIE AL ORIGINAL QUE HE TENIDO 13 ABR 2015 NAZAEL RIQU ELMÁ\ NOTARIO PJB$ VALDI'1AI < *