Ayuntamiento de Terradillos
Transcripción
Ayuntamiento de Terradillos
INFORME: DEVOLUCIÓN DE INGRESOS INDEBIDOS, LIQUIDACIÓN Nº , SANCIÓN URBANÍSTICA, TERRADILLOS. I. ANTECEDENTES DE HECHO Con fecha 7 de noviembre actual y nº de registro de entrada en REGTSA 8553, se ha recibido oficio del Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Terradillos, adjuntando Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Salamanca, nº 301/2012, por la que se estima parcialmente el recurso interpuesto por D. contra decreto de la Alcaldía imponiéndole una sanción urbanística de 10.000 euros, y se anula parcialmente el decreto sancionador, reduciendo la sanción a 1.000 euros. Asimismo, por haberse recaudado en vía ejecutiva por REGTSA la mencionada sanción, se solicita que se proceda a la devolución a los demandantes de las cantidades recaudadas en la cuantía que supere los 1.000 euros a los que ha quedado reducida la sanción. El importe de la sanción fue embargado a D. , en el expediente nº 201101638, por la cuantía total de 12.470,93 €. II. FUNDAMENTOS DE DERECHO El art. 173.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RDLeg. 2/2004, de 5 de marzo, establece que el cumplimiento de las resoluciones judiciales que determinen obligaciones a cargo de las entidades locales o de sus organismos autónomos corresponderá exclusivamente a aquéllas. Son de aplicación, a tenor de lo establecido por el art. 14.1 del TRLRHL, los art. 32 y 221 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, que se refieren a la devolución de ingresos indebidos y al procedimiento para la misma, asimismo son de aplicación los art. 14 a 20 del RD 520/2005, de 13 de AVDA. CARLOS I, 64-76, TELÉFS. 923 28 19 12 - 923 28 19 13 37008 SALAMANCA. (RECINTO C.E.E. REINA SOFÍA) 1 mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa. III. CONCLUSIÓN Como consecuencia de lo anteriormente expuesto, procede a juicio de la informante, la devolución a D. , de la diferencia entre el importe embargado (12.470,93 €), y la cuantía de la sanción que se reduce a 1.000 euros, según el fallo de la Sentencia, ascendiendo el importe de la devolución a 11.470,93 €. Salamanca, a 16 de noviembre de 2012 LA ASESORA JURÍDICA Fdo. Beatriz de Mesa Martín SR. COORDINADOR GENERAL AVDA. CARLOS I, 64-76, TELÉFS. 923 28 19 12 - 923 28 19 13 37008 SALAMANCA. (RECINTO C.E.E. REINA SOFÍA) 2