pie nº 553 respuesta 2015-16

Transcripción

pie nº 553 respuesta 2015-16
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La Paz, 6 de octubre de 2015
P.I.E. N° 553/2015-2016
Señor
D. Oscar Hugo Dorado Flores
ALCALDE
GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE SAN MIGUEL
San Miguel - Santa Cruz
Señor Alcalde:
De conformidad a lo dispuesto por el Numeral 17 del Artículo 158 de la Constitución Política
del Estado y los artículos 141, 142 y 144 del Reglamento General de la Cámara de
Senadores, nos permitimos transcribir para su conocimiento y fines consiguientes, la
Petición de Informe Escrito presentada por la Senadora Adriana Salvatierra Arriaza, para
que el Señor Alcalde, responda a la misma en el plazo de quince que fija el Artículo 143 del
mencionado Reglamento, que a la letra dice:
"1. Informe en qué medida se está cumpliendo el Artículo 26 (SERVICIOS) de la Ley N°
348 "Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia". Adjunte
documentación de respaldo.--- 2. Informe si el Gobierno Autónomo Municipal de San
Miguel, dotó infraestructura necesaria en cumplimiento al Artículo 30 (CASA
COMUNITARIA DE LA MUJER) de la Ley N° 348 "Ley Integral para Garantizar a las
Mujeres una Vida Libre de Violencia". Adjuntar documentación de respaldo.--- 3. Informe
qué sistema de capacitación implementó para su personal en Derechos Humanos
orientado a la mujer.--- Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores".
Con este motivo, saludamos a Usted atentamente.
Sen. José Alb
Gonzales Samaniego
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
SENADOR SECRETA
dem
erYiz
PRIMER SECRETARIO
CAMARA DE SENADORES
ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL
Dirección: Plaza Murillo - Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia - telf.:(591-2)2158701 - www.senado.bo
La Paz - Bolivia
GOBIERNO AUTÓNUO NI
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Patrimonio 1-1 .oy Cultural de la Humanidad
San Miguel de Velasco, 17 de Diciembre de 2015.
G.A.M.-S.M.V. CITE N 2 033/2015
Señor:
Sen. José Alberto Gonzaies Samaniego
PRESIDENTE DE LA CAMARA DE SENADORES.
Ref.: REMISION Y RESPUESTA AL P.I.E. N 2 553/2015- 2016.
De mi mayor consideración:
Dando Estricto y Fiel cumplimiento a la solicitud requerida por su autoridad respecto al Artículo
26 (SERVICIOS) de la Ley 348 "Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de
Violencia" y otros puntos relacionados al tema
â Adjunto informe emitida por el Servicio Legal Integral Municipal "SLIM" Y La Defensoría
de la Niñez y Adolescencia "DNA".
Con referencia al Artículo 30 (CASA COMUNITARIA DE LA MUJER) de la ley 348
mencionar que en la presente gestión comenzó a funcionar el (SLIM) desde mediados
del mes de julio , haciendo notar que dicho servicio no cuenta con Ley Municipal de
creación, con el compromiso de regularizar el estado actual de dicho Servicio.
Dando respuesta al Informe sobre los sistemas de Capacitación se instruyó al
Responsable que asista a los Talleres de Capacitación y Actualización a nivel
Departamental y Nacional y otras Instituciones no Gubernamentales.
Para tal efecto adjunto informes emitidos por el Servicio Legal Integral Municipal
"SLIM" Y La Defensoría de la Niñez y Adolescencia "D.N.A." Para su respectivo análisis y
consideración.
Sin otro particular, me despido de usted con las consideraciones más distinguidas.
Atentamente:
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H. ALCALDE
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MUNICIPAL
SAN MIGUEL DE VELASCO
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Acera Este Plaza 29 de Septiembre
Telefax: 0962 4222
Segunda Sección de la Provincia Velasco
Santa Cruz - Bolivia

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