Contrato de Servicios de Auditoría entre la Junta Central Electoral y

Transcripción

Contrato de Servicios de Auditoría entre la Junta Central Electoral y
República Dominicana
Junta Central Electoral
"Año del Centenario del Natalicio de Juan Bosch
"
JC
E
Contrato de Servicios de Auditoría entre la
Junta Central Electoral y El Consorcio RSMBEPAM Pellerano & Herrera, Soriano
Martinez & Asociados de fecha 08-08-2008.
REP~BLICADOMINICANA
JUNTA CENTRAL ELECI'ORAL
"AñoNacional de Promoción de la Salud"
De una parte, la JUNTA CENTML ELECTORAL, Institución Autónoma de Derecho
Público, establecida en la 60nstitucibn de la República Dominicana y regida por la Ley Electoral
No. 275-97, de fecha 2 1 de diciembre da1 1997, y sus modificacionee, con su registro nacional de
contribuyente (RNC)No.401007541, relauliumente eonetituidti en riu eiede gfincigd, sita en la
intersiección formada por Las Avenidm Lupedn y 27 de Febrero frente a la Plaza de La Btuidcra,
on S a t o Domingo, Distriío Nwionril, Repiiblica Dominicana, debidamente rel,i(tsentaírr par su
Presidente, el Dr. Julio Cesar Castaflos Guunh, dominicano, mayor de edad, casado, portador
de la Cédula de Identidad y Electoral No. 00 1-0106619-9, con BU domicilio y residencia en esta
ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana, quien en lo adelante del
presente Contrato se denominará la "JCE", la "CONTRATANTE" o por su nombre completo;
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b
De la otra parte, CONSORCIO RSM BEPAM - PELLERANO & LIERRERA - SORIANO,
M A R ~ E Z& ASOCIADOS, consorcio conformado por las £irmas RSM BEPAM
BOGARIN, ERHARD, PADILLA, ALVAREZ Y MARTÍNEz, S. C., sociedad comercial
constituida y organizada de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos,
provista del Registro Federal de Contribuyentes No. RBE-02062&NNA, con domicilio social y
oficinas principales localizadas en la calle Río Mississipi No. 408 Oeste, Colonia del Valle,
C.P.66220, San Pedro Garza Garcia, Nuevo 1x611, Estados Unidos Mexicanos, debidamente
representada por el señor Joaquín Elías Morales Valladares, ciudadano mexicano, mayor de
edad, casado, portador del pasaporte mexicano No. 02 190012560, con domicilio en Nuevo León,
Estados Unidos Mexicanos y accidentalmente en esta ciudad de Santo Domingo, Repúólica
Dominicana; PELLERANO & HERRERA C.X.A., sociedad comercial constituida y organizada
de conformidad con las leyes de la República Dominicana, con su domicilio y establecimiento
principal ubicado en la Avenida John F. Kennedy No. 10, Edificio Pellerano y Herrera, Cuarto
Piso, Sector Mirafiores, de la Ciudad de Santo Domingo, provista del Registro Nacional de
Contribuyentes número 101032367, debidamente representada por el señor Ricardo Pellerano
Paradas, dominicano, mayor de edad, casado, abogado de los tribunales de la República, portador
de la Cédula de Identidad y Electoral No. 001-0974782-4, domiciliado y residente en esta ciudad
de Santo Domingo, República Dominicana; y SORIANO, MAR'FÍNEz & ASOCIADOS S.A.,
sociedad comercial constituida y organizada de conformidad con las leyes de la República
Dominicana, con domicilio y establecimiento principal ubicado en la Avenida S m t a No. 20,
Edificio Torre Empresarial, Segundo Piso, Sector La Julia, de esta ciudad, provista del Registro
Nacional de Contribuyentes número 130045739, debidamente representada por el seiior Rafael
Nova, dominicano, mayor de edad, casado, contador público autorizado, portador de la Cédula
de Identidad y Electoral número 001-0246015-1, domicilio y residencia en esta ciudad de Santo
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Domingo, República Dominicana (conjuntamente el "CONSORCIO). Cuando la JCE y el
CONSORCIO sean desguiados conjuntamente en este Contrato serán las "Partes" o
individualmente una "Parte".
POR CUANTO: La JCE del periodo 2006-2010 encontró el Contrato JCE-SOMO en proceso de
ejecución de su primera parte, que fue denominada "UN ACTA", el cual ha sido objeto de
cuestionamiento público, por lo que el Pleno de la JCE consideró conveniente y pertinente la
realización de una auditoría internacional técnica informática, legal y financiera que establezca la
veracidad de dichas denuncias.
POR CUANTO: En fecha doce (12) del mes de m a m del a80 dos mil siete (2007), el Pleno de
esta Wtución conoció el Informe de fecha veinte (20) de febrero del dos mil siete (2007) sobre
la elaboración de las bases para la Licitación Pública Internacional de la Auditoría Legal,
Financiera e Informática de la ejecución del Contrato entre la Junta Central Electoral y el
Consorcio SOMO, decidiendo igualmente aprobar la contratacidn de los Ingenieros. Marcela de
las Mercedes Mirabal Montes de Oca y Luis Manuel Paulino Marte, en calidad de consultores ,
para la elaboración de los Términos de Referencia de esta Licitación y para prestar orientación y
guía a los Miembros de la Comisión de Licitación; esto de conformidad al Acta No.0812007 de
fecha indicada más arriba.
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POR CUANTO: El Pleno de la JCE, en uso de sus facultades reglamentarias, designó en Sesión
Administrativa de fecha cinco (5) de enero del dos mil siete (2007), y amparada en el (Acta No.
02/2007) una Comisión de Licitación, para que se encargara de la elaboración de las bases de la
licitación para la auditoria legal-contractual, financiera e informática de la ejecución del Contrato
entre la JCE y el Consorcio Soluciones Modernas (SOMO). Dicha Comisión fue conformada por
los siguientes Miembros Titulares de la JCE: Dr. Eddy de Jesús Olivms Ortega, Coordinador de
la Comisión; Licda. Aura Celeste Femández, Miembro; Dr. John Guiliani, Miembro; Dr. César
Francisco Féliz Fdliz, Miembro y Dra Ada Eiizabetb Barriola Lqpot, miembro (Suplente de
Miembro del Titular de la JCE).
POR CUANTO: La Comisión de Licitación, asesorada y guiada por los consultores arriba
descritos , elaborb un bonador de los Documentos de Licitación, a saber, la Convocatoria a
Licitación, las Instnicciones Generales y las Instrucciones Especiales a los Oferentes, los
Téxminos de Referencia, Contrato Pro-Forma y otros documentos relacionados, los mismos que
fueron sometidos al Pleno de la JCE para su conocimiento.
POR CUANTO: En sesión efectuada el veintinueve (29) de mayo del dos mil siete (200
mediante (Acta No. 14/2007), el Pleno de la JCE decidió instruir a la Comisión de Licitación
POR CUANTO: El Pleno de la JCE, en uso de sus facultades reglamentarias, aprobó y autorizó
la conformación de una nueva Comisión de Licitación, a través de Acta No.20/2007 de fecha
veinticinco (25) del mes de julio del dos mil siete (2007), con el objetivo de dar seguimiento al
Proceso de Licitación y Auditoría Legal, Financiera e Informática del Contrato entre la Junta
Central Electoral y el Consorcio Soluciones Modernas (SOMO), designando a los Magistrados:
Dr. John N. Guiliani Valenzueia, Coordinador; Lic. Aura Celeste Fernández Rodríguez,
Miembra; Dr. José Ángel Aquino Rodríguez, Miembro; Dr. César Francisco Féliz Féliz,
Miembro; y Dr. Eddy de Jesús Olivares Ortega, Miembro.
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POR CUANTO: En la misma sesión del veinticinco (25) de julio del dos mil siete (2007), el
Pleno de la JCE decidió conformar además la Comisión Técnica Institucional, quedando
integrada por los seflores: Lic. Diómedes Ogando, Director Financiero de la JCE; Lic. Guarino
Cruz, consultor Juridico de la JCE; Dra.Dolores Fernández, Directora de la Oficina Central del
Estado Civil; Dr. Angel Modesto Núflez Gonell, Sub-Director de Registro Electoral; Ingeniero
Luis Felipe Leger, Sub-Director de Informática de la JCE; Ingeniero Johnny Rivera,
Administrador Bases de Datos de la Dirección de Informática de la JCE; y Dra.Fidelina Aivarez,
Abogada Ayudante de la Cámant Contenciosa de la JCE, con el propósito de que funcionara
como asesora interna del Proceso para el desarrollo de la referida Licitación.
POR CUANTO: Tres (3) firmas participaron en la Licitación, a saber, Montero de los Santos y
Asociados; HLB Dominicana y Consorcio RSM BEPAM - Pellerano & Herrera - Soriano
Martbez & Asociados. De las &t (3) firmas concursantes en el proceso de Licitación, sólo una
de ellas, el Consorcio RSM BEPAM - Pellerano & Herrera - Soriano Uartúiez & Asociados,
obtuvo la Puntuación Técnica requerida según lo establecido en los Términos de Referencia. El
Puntaje Técnico obtenido por el Consorcio RSM BEPAM - P&H - SMA fue de ochenta y dos
(82) sobre un total de cien (100), en base a lo cual se procedió a dar apertura al Sobre
conteniendo su propuesta económica, que fue por la suma de US$790,000.00 (setecientos
noventa mil dólares americanos), más los impuestos (ITBIS) aplicables, equivalentes a
US$126,400.00 (ciento veintistis mil cuatrocientos dólares americanos), lo que hace un total de
US$916,400.00 (novecientos dieciséis mil cuatrocientos dólares americanos). Toda esta
información le fue remitida al Pleno de la JCE en un Informe entregado por la Comisión de
Licitación el quince (15) de marzo del dos mil ocho (2008).
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POR CUANTO: En sesión celebrada el seis (6) de junio del dos mil siete (2007) por medio de
(Acta No. 16/2007), el Pleno de la ICE aprobó los Documentos de Licitación revisados por la
Comisión de Licitación y encomendó a la misma la inserción de los acuerdos aprobados en dicha
Sesión.
POR CUANTO: El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), en sesión celebrada el dieciocho
(18) de marzo del 2008 por razón de (Acta No. 18/2008), conoció y aprobó dicho Informe, y
otorgó poder a la Comisión de Licitación para negociar con el Consorcio RSM BEPAM - P&H SMA, en cuanto a los ttmiinos económicos de su oferta antes de proceder a la adjudicación del
Con~to,~denomin;indose
a esta Comisión para esta etapa como Comisión de Negociación.
.. . .
n
Asimismo, el Pleno de la JCE instruyó a dicha Comisión de Negociación a rendir un Informe al
finalizar la etapa de Negociación.
POR CUANTO: En fecha ocho (8) del mes de mayo del dos mil ocho (2008), la Comisión de
Negociación remitió al Presidente de la JCE y demás Miembros del Pleno, el Informe contentivo
del Resumen de Actividades y Conclusiones de la Etapa de Negociación, en el cual presentaron,
entre otras, su recomendación de adjudicar el Contrato de Auditoría al Consorcio RSM BEPAM
- P&H - SMA por la suma negociada con este oferente de Quinientos Cincuenta y Tres Mil
Dólares Americanos (üS$553,000.00) más el Itbis correspondiente, si aplica
POR CUANTO: El veintiseis (26) de mayo de este mismo año, el Pleno de la JCE conoció
dicho Informe (Acta No. 26/2008), aprobando el mismo y acogiendo la Propuesta Económica
ajustada presentada por el Consorcio RSM BEPAM- P&H- SMA, de Quinientos Cincuenta y
Tres Mil Dólares Americanos (üS$553,000.00) más el Itbis correspondiente, si aplica, al tiempo
que decidió adjudicar a este oferente el Conttato para la Auditoría Legal, Contractual,
Informática y Financiera al Contrato JCE-SOMO.
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POR CUANTO: En esa misma sesión, el Pleno de la JCE designó una nueva Comisión
responsable de coordinar, ejecutar y velar por el cumplimiento de las actividades requeridas en el
proceso de Contratacibn del Consorcio RSM BEPAM- P&H- SMA y coordinar, ejecutar y velar
por el cumplimiento de las actividades requeridas durante la Auditoda a ser realizada por este
Consorcio. Esta Comisibn del Pleno quedó integrada por los Magistrados Dr. John N. Guiliani
Valemuela, en calidad de Coordinador; Lic. Aura Celeste Fernhdez RoMguez, Miembra; Dr.
JosC Angel AqWno RoMguez, Miembro; y Dr. César Francisco Féliz Féliz, Miembro.
Asimismo, el Pleno de la JCE ratificó a los miembros de la Comisión Técnica Institucional, con
el objetivo de que provean información y viabilicen el trabajo del CONSORCIO durante la
ejecución de la Auditoría. Igualmente, el Pleno de la JCE ratificó la vigencia del contrato con los
Asesores, con miras de que provean de orientación y guia a las Comisiones citadas en este
psrrafo.
POR CUANTO: Todas las menciones anteriormente indicadas constan en Actas
Administrativas del Pleno de la JCE.
POR CUANTO: LA CONTRATANTE ha solicitado al CONSORCIO la prestación de
determinados servicios de auditoria, los cuales se encuentran deñnidos en la Cláusula 4 de este
Contrato que en lo sucesivo se denominarán "SeMcios";
POR CUANTO: El CONSORCIO, habiendo declarado a LA CONTRATANTE que posee las
aptitudes profesionales queridas y que cuenta con el personal y los recursos técnicos
necesarios, ha convenido en prestar los SeMcios en los términos y condiciones estipulados e
este Contrato y los respectivos anexos que lo integran y complementan;
y en el entendido que el anterior preámbulo forma
r medio de este Contrato convienen lo siguiente:
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1. Disposiciones generales.
1.1. Definiciones.
Cuando los siguientes términos se utilicen en este Contrato, tendrán los significados que se
indican a continuación a menos que el contexto exija otra cosa:
a) "Auditonan significa el trabajo que el CONSORCIO deberá realizar conforme a este
Contrato, y descrito en la Cláusula 4 de este Contrato.
b) "Calendario de Entrega" significa el programa o esquema de trabajo acordado por las
Partes para la ejecución de los Servicios, según el cual se entregarán los informes a la
JCE por parte del CONSORCIO.
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c) uComisibn del Pleno", comisión ratificada por el Pleno de la Junta para coordinar,
supervisar y velar por el fiel cumplimiento de las obligaciones asumidas por el
CONSORCIO h n t e a la JCE bajo este Contrato. Esta Comisión del Pleno está integrada
por los Magistrados Dr. John N. Guiliani Valenmela, en calidad de Coordinador; Lic.
Aura Celeste Fernández Rodríguez, Miembra; Dr. José Angel Aquino Rodríguez,
Miembro; y Dr. César Francisco Féliz Féliz, Miembro.
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d) 'Comisibn TCcnica Institucional", comisión ratificada por el Pleno de la JCE con el
objetivo de que provean información y viabilicen el trabajo del CONSORCIO durante la
ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato. Esta Comisión Ttcnica
Institucional está integrada por el Lic. Diómedes Ogando, Director Financiero de La JCE;
Lic. Guarino Cruz, Consultor Jurídico de la JCE; Dra. Dolores Fernández, Directora
de la Oficina Central del Estado Civil; Dr. Angel Modesto Núaez Goneli, Sub-Director
de Registro Electoral; Ingeniero Luis Felipe Leger, Sub-Director de Inform6tica de la
JCE; Ingeniero Johnny Rivera, Administrador Bases de Datos de la Dirección de
Informática de la JCE; y Dra. Fidelina A~varez,Abogada Ayudante de la Cámara
Contenciosa de la JCE.
e) "CONSORCIO" signiñca la (S) entidad (es) privada (S) que prestarti (n) los servicios a
LA CONTRATANTE por medio del presente escrito;
f ) 'Contrato" significa el documento firmado por las Partes y todos los documentos
sefíalados como partes integrales del mismo;
g) "Contrato JCESOMO" significa el Contrato Del Proyecto de Modernización y
Automatización del Registro del Estado Civil, Registro Electoral y del Proceso Electoral
ejecutado entre la JCE y la empresa Consorcio Soluciones Modenias ("SOMO) de fecha
trece (13) de octubre del 2004 y su correspondiente Addenda de fecha once (11) de
significa cualquier día calendario.
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i) bbDocumentosde la Licitaci6n9' significan todos los documentos objeto de la licitación,
contratación y ejecución del Contrato JCE-SOMO sujetos a evaluación por el
CONSORCIO bajo este Contrato y enumerados a título enunciativo y no limitativo en la
sección 2.1 de este Contrato.
j) "Enlace de la JCE" significa el encargado de documentación y archivo y la entrega al
CONSORCIO de cualesquiera otras herramientas, equipos y/o facilidades que sean
razonablemente necesarias y requeridas por el CONSORCIO a los fines del presente
Contrato.
k) "Fuerza Mayor" significa todo acontecimiento extrafio a las Partes y que escapa de su
control razonable, tales como actos de tempestad, inundaciones, epidemias, estado de
guerra, revolución, huracanes, huelgas o disturbios sociales y que imposibilitan el
cumplimiento de las obligaciones contractual.
1) "GobiernoHsignifica el régimen de administración del país de LA CONTRATANTE;
m) "Integranten significa cualquiera de las entidades que conforman el CONSORCIO a los
fines del presente Contrato;
o) "Ley aplicablen significa las leyes y cualquiera otra disposición que tengan fuerza de ley
en la República Dominicana y que de cuando en cuando puedan dictarse y estar vigentes;
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n) "JCE" signifca la CONTRATANTE y/o la Junta Central Electoral de la República
Dominicana, institución autónoma de derecho público, establecida en la Constitución de
la República Dominicana y regida por la Ley Electoral No. 275-97, de fecha 21 de
diciembre del 1997, y sus modificaciones.
p) "Parte" signitica LA CONTRATANTE o EL CONSORCIO, según el caso, y "Partes"
significa conjuntamente LA CONTRATANTE y EL CONSORCIO;
q) "Personal" significa los empleados contratados por EL CONSORCIO o sus SubConsultores para la prestación de los Servicios o de una parte & los mismos;
r) "Pleno de la JCEn, órgano de la JCE competente y facultado para asumir por cuenta de
la JCE todos y cada uno de los derechos y obligaciones que consagra el presente Contrato
y los Documentos de la Licitación, de conformidad con la Ley Electoral No.275-97, del
2 1 de diciembre del aiío 1997 (modificados por la Ley No.02-03).
S) "Por escrito" significa cualquier medio de comunicación en forma escrita con prueba de
recibo.
"Precio del Contraton signüíca el monto que ha de pagar LA CONTRATANTE por l
prestación de los Servicios, de acuerdo con la cláusula 6.
t)
u) (fPrpyectoWsignifica el Proyecto de Modernización y Automatización del Registro del
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Civil, Registro Electoral y del Proceso Electoral objeto del Contrato JCE-SOMO.
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v) "Informes" reportes/informes a ser entregados periódicamente por el CONSORCIO a la
JCE, según los periodos establecidos en el Calendario de Entrega, a partir de la
suscripción de y durante el término de este Contrato, contentivo de los avances logrados
en el proceso de evaluación del Proyecto.
w) "Informe Final" reportdinforme final entregado por el CONSORCIO mediante el cual
se harh entrega formal de los Servicios objeto del presente Contrato a la JCE bajo este
Contrato, contentivo de los hechos comprobados por los auditores del CONSORCIO
durante el proceso de auditoria de la licitación, contratación y ejecución del Proyecto, el
cual deberá incluir las recomendaciones pertinentes y la información señalada en los
términos de referencia de la licitación objeto del presente Contrato
x) "Servicios" significan los servicios de auditoría de índole legal-contractual, informática
y financiera a ser provistos por el CONSORCIO a favor de la la JCE, a los ñnes de
evaluar el proceso de licitación, contratación y ejecución del Contrato JCE-SOMO y el
cumplimiento de las obligaciones de SOMO frente a la JCE. Las Partes acuerdan que los
Servicios de auditoria financiera serán realizados de conformidad con la Norma
Internacional de Auditoria No. 920.
E
y) "Sub-Consultor" significa cualquier persona o firma con la que El CONSORCIO
subcontrata la prestación de una parte de los Servicios.
z) "Términos de Referencia" significan los términos de referencia que aplican a la
ejecución de los Servicios objeto del presente Contrato. Ley que rige el Contrato.
Ley que Rige el Contrato.
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1.2
Este Contrato, su sigtuficado e interpretación, y la relación que crea entre las Partes se
regirán por las leyes aplicables en la República Dominicana.
1.3
Notificaciones.
Cualquier aviso, solicitud o aprobación que deba o pueda cursarse o darse en viríud de
este Contrato se hará por escrito. Se considerará que se ha cwsado o dado tal aviso,
solicitud o aprobación cuando baya sido entregada por mano a un representante
autorizado de la Parte a la que esté dirigida, o cuando se haya entregado a dicha Parte
en la dirección indicada debajo:
Para LA CONTRATANTE:
Junta Central Electoral
Avenida Luperón esq. Ave. 27 de Febrero frente a la "Plaza de la Bandera"
Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana
Teléfonos: 809-539-5419; (809) 534-5477
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Para EL CONSORCIO:
Soriano Martínez Asociados
Ave. Sarasota No. 20 casi esq. Abraham Lincoln
Torre Empresarial AIRD, 2do. Piso, Ensanche La Julia
Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana
TelCfono: (809) 472-0290
Fax: (809) 472-0291
e-mail: smdominicana@,codetel.net.do
1.4
Lugar donde se prestarán los Servicios.
E
Los Servicios se prestarán principalmente en la sede principal de la Junta Central
Electoral, ubicada en la dirección indicada en la cláusula 1.4 de este Contrato. Sin
embargo, EL CONSORCIO se trasladar6 a los diferentes lugares en todo el país que
sean necesarios, especialmente a las sedes de las Oficialías del Estado Civil, para lo
cual LA JCE, a su sólo y entero costo, se compromete a disponer de todos los recursos
necesarios para que el CONSORCIO pueda trasladarse a las distintas oficialías del
estado civil ubicadas en los distintos lugares del país, a los fines del presente Contrato.
JC
Asimismo, LA JCE se compromete a disponer de un espacio de oficina en buen estado
dentro de la sede principal de la misma y a dotar dicho espacio de oficina de los
equipos necesarios para la ejecución de los Servicios por parte del CONSORCIO.
Además, LA JCE se compromete a designar al Enlace de la JCE, persona que estará a
cargo de la remisión y archivo de la documentación que estC debidaaxmte autorizada
por LA JCE para su entrega a los auditores y10 equipo de trabajo del CONSORCIO y
cualesquiera otras henamientas, equipos y10 facilidades que sean razonablemente
necesarias y requeridas por el CONSORCIO a los fines del presente Contrato.
1.5
Facultades del Integrante a cargo.
Los Integrantes del Consorcio RSM BEPAM-P&H-SMA autorizan a la firma Soriano,
Martínez & Asociados para que ejerza en su nombre todos los derechos y cumpla todas
las obligaciones del CONSORCIO frente a LA CONTRATANTE en virtud de
Conbato, inclusive y sin limitación, para recibir instrucciones y percibir pagos de L
CONTRATANTE.
1.6
Representantes autorizados.
Son los funcionarios seiíalados a continuación, los cuales podrán adoptar cualquier '
LA CONTRATANTE o EL CONSORCIO deba o pueda adoptar, en virtud
este Contrato, y podrán firmar en nombre de tstos, cualquier documento
- que
a este Contrato deba o pueda firmarse.
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Por LA CONTRATANTE:
Dr. Julio César Castaños Guztnán
Junta Central Electoral
Avenida Luperón esq. Ave. 27 de Febrero frente a la "Plaza de la Bandera"
Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana
Teléfonos: 809-539-5419; (809) 534-5477
Fax: (809) 53 1-5477
e-mail: [email protected]
presidenci@,ice.do
Por EL CONSORCIO:
E
Lic. Genaro Soriano y10 Joaquín Elías Morales Valladares
Soriano Martinez Asociados
Ave. Sarasota No. 20 casi esq. Abraham Lincoln
Torre Empresarial AIRD, 2do. Piso, Ensanche La Julia
Santo Domingo, Distrito Nacional, República Dominicana
Teléfono: (809) 472-0290
Fax: (809) 472-0291
.net.do
e-mail: smdominicana~codetel
Impuestos y derechos.
1.7
JC
Las Partes acuerdan que pagarán todos los impuestos, derechos, gravámenes y demás
imposiciones que correspondan a cada Parte según las leyes aplicables.
Fraude y Corrupción.
1.8
Es política de LA CONTRATANTE exigir al CONSORCIO que le provean SeMcios
objeto del presente Contrato con las más elevadas normas éticas durante el proceso de
ejecucibn de este Contrato. A efectos del cumplimiento de esta política, LA JCE
dispone lo siguiente.
1.8.1 Definiciones. LA JCE define de la siguiente manera, para efectos de esta
disposición, las expresiones que se indican a continuación.
7
a) "Práctica Cormpta" significa el ofrecimiento, suministro, aceptación
solicitud, directa o indirectamente, de cualquier objeto de valor con el fin
de influenciar la actuación de un funcionario público con respecto a
ejecución de este Contrato;
b) "Práctica Fraudulenta" significa una tergiversación o supresión de los
hechos con el fin de influenciar la ejecución de este Contrato;
. .:
'.\
s.
_ ......
:
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8
:/.
i
.
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Y
c) "Prácticas Coercitivas" significa hacer daño o amenazar con hacer daño,
directa o indirectamente, a personas o a la propiedad de personas para
influenciar en la ejecución de este Contrato.
d) "Prácticas Colusorias" significa una manipulación o arreglo entre dos o
más personas con el fin de establecer precios a niveles artificiales no
competitivos.
1.8.2 Medidas que deberán adoptarse. LA JCE sancionará al CONSORCIO,
inclusive declarando nulo este Contrato o paralizando los Servicios objeto de
este Contrato, indefinidamente o por un período determinado si en cualquier
momento determina que EL CONSORCIO ha participado directamente o
indirectamente a través de sus agentes, en prácticas Comptas, Fraudulentas, o
Coercitivas durante la ejecución del presente Contrato.
E
1.8.3 Comisiones y gratificaciones. LA JCE exigirá al CONSORCIO que revele
cualquier comisión o gratificación que pueda haber pagado o pagaderas a sus
agentes, representantes, o agentes comisionistas en relación con la ejecución de
este Contrato. La información manifestada deberá incluir por lo menos, el
nombre y áirección del agente, representante, o agente comisionista, la cantidad
y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación.
2. Inicio, cumplimiento, modiñcación y rescisión del Contrato.
JC
2.1. Entrada en vigor del Contrato.
efecto desde la fecba de su lirma hasta un
artir de dicha fecha. Sin embargo, el término del
de mutuo acuerdo por escrito entre las Partes,
ya sea por retrasos en el cumplimiento de los compromisos por parte de la JCE o
porque se soliciten trabajos adicionales, entre otros motivos, el monto adicional a ser
facturado se pactará de conformidad con la tabla de honorarioshora de consultores que
forman parte del CONSORCIO según el Apéndice G de este Contrato.
2.2. Inicio de la prestación de los Servicios.
EL CONSORCIO comenzará a prestar los Servicios inmediatamente entre el Contrato
en vigor a partir de la fecha de suscripción del presente Contrato.
2.3. Expiraci6n del Contrato.
A menos que se rescinda con anterioridad al tdrmino confonne a lo dispuesto en la
subcláusula 2.6, este Contrato expirará en un plazo de seis (06) meses , contados a
partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato.
2.4. Modificaciones o cambios.
Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluyendo
cualquier modificación o
e los Servicios,
mediante. acuerdo
por
-escrito
-slawu-.
entre
-,
las a-e.sPtar
de las Partes se compromete a no
xw&&addri o cafibio propuesto cuando sea razonable ~ad.Crnbas
m-
w
"u
'C
2.5. Fuerza mayor.
2.5.1. Defmicihn. Para los efectos de este Contrato, "Fuena Mayor" significa un
acontecimiento que está fuera del control de una de las Partes, y que hace que el
ckylimiento de las obligaciones contractuales de esa Parte resulte imposible o
tan poco viable que puede considerarse imposible bajo tales circunstancias.
E
-
JC
No Violación del Contrato. El incumplimiento por una de las Partes de
cualquiera de sus obligaciones en virtud de este Contrato no se considerará
como violación del mismo ni como negligencia, cuando este incumplimiento se
deba a un evento de Fuerza Mayor, y que la Parte afectada por tal evento, (a)
haya adoptado todas las precauciones posibles, puesto debido cuidado y tomado
medidas alteniativas razonables a fin de cumplir con los thnínos y condiciones
de este Contrato, y (b) haya informado a la otra Parte prontamente del
acontecimiento del dicho evento.
2.5.3. Prhrroga del Plazo. El plazo dentro del cual una Parte deba realizar una
actividad o tarea en virtud de este Contrato se prorrogará por un @ocio igual a
aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como
consecuencia de un evento de Fuena Mayor.
*
2.5.4. Pagos. Durante el período de incapacidad para prestar los Servicios como
resultado de un evento de Fuerza Mayor, EL CONSORCIO tendrá derecho a
continuar recibiendo los pagos bajo los términos de este Contrato, asi como
ser reembolsado por gastos adicionales razonables y necesarios incurridos en
función del evento de Fuerza Mayor y derivados de la reactivación de los
Servicios después de transcurrido dicho período de F u e m Mayor .
2.6.1. Por LA CONTRATANTE. LA CONTRATANTE podrá dar por terminado este
CONTRATO si sucede cualquiera de los eventos especificados en los párrafos
(a) a (f) de esta subcláusula 2.6.1. En dicha circunstancia, LA
CONTRATANTE enviará una notificación de rescisión por escrito al
CONSORCIO, por lo menos con veinte (20) días de anticipación a la fecha de
terminación, y con treinta (30) días de anticipación en el caso referido en la
subcláusula (e).
a) Si EL CONSORCIO no subsanara el incumplimiento de sus obligaciones
en virtud de este Contrato, dentro de los veinte (20) días siguientes de
haber sido notificado o dentro de otro plazo mayor que LA
CONTRATANTE pudiera haber aceptado posteriormente por escrito;
b) Si EL CONSORCIO llegara a declararse insolvente o fuera declarado en
quiebra;
E
c) Si LA CONTRATANTE determina que EL CONSORCIO ha participado
en prácticas Corruptas, Fraudulentas o Coercitivas durante la ejecución de
este Contrato;
d) Si EL CONSORCIO, como consecuencia de un evento de Fuena Mayor,
no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un
período de no menos de quince (15) días consecutivos;
JC
e) Si LA CONTRATANTE, a su sola discreción y por cualquier razón,
decidiera rescindir este Contrato;
f) Si EL CONSORCIO no cumple cualquier resolución definitiva adoptada
como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la cláusula 13
de este Contrato.
2.6.2. Por EL CONSORCIO. EL CONSORCIO podr8; rescindir este Contrato,
mediante una notificación por escrito a LA CONTRATANTE con no menos de
veinte (20) días de anticipación, en caso de que suceda cualquiera de los eventos
especificados en los párrafos (a) a (c) de esta subcláusula 2.6.2.
a) Si LA CONTRATANTE deja de pagar una suma debida a
CONSORCIO en virtud de este Contrato, y dicha suma no es objeto
controversia conforme a la cláusula 7 del mismo, dentro de veinte
días después de haber recibido la notificación por escrito de EL
CONSORCIO con a respecto de la mora en el pago;
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b) Si LA CONTRATANTE, como consecuencia de un evento de Fuerza
Mayor, no pudiera atender a los requerimientos del CONSORCIO durante
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un período no menor de quince (15) dias o rehúsa a cumplir con
cualesquiera de las obligaciones asumidas por la JCE bajo este Contrato;
c) Si LA CONTRATANTE no cumpliera cualquier decisión definitiva
adoptada como resultado de un procedimiento de arbitraje conforme a la
clAusula 8 de este Contrato.
2.6.3. Pagos al rescindirse el Contrato. Al rescindirse este Contrato conforme a lo
estipulado en las subcláusulas 2.6.1 6 2.6.2, LA CONTRATANTE efectuará
los siguientes pagos a el CONSORCIO:
a) pagos en virtud de la cláusula 11 de este Contrato por concepto de
SeMcios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en
vigor de la rescisión; y
b) salvo en el caso de rescisión conforme a los párrafos (a) a (c) de la subcláusula 2.6.1, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la
rescisión anticipada del Contrato.
E
3. Obligaciones del CONSORCIO.
3.1. Calidad de los Servicios.
JC
El CONSORCIO prestará los SeMcios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del
presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con
normas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará
prácticas de administración prudentes y empleará tecnología apropiada y equipos,
maquinaria, materiales y mdtodos eficaces y seguros. El CONSORCIO actuará en todos
los asuntos relacionados con este Contrato o con los Servicios, de acuerdo a la Norma
Inteniacional de Auditona No.920 emitida por la Intemational Federation of
Accountants y adoptada en nuestro país por el Instituto de Contadores Públicos
Autorizados de La República Dominicana.
3.2. Conflicto de Intereses.
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/Y/
El CONSORCIO debe otorgar mgxima importancia a los intereses de LA
CONTRATANTE y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos que las
firmas de los distintos Integrantes al CONSORCIO pudieran realizar.
3.2.1. Prohibición al CONSORCIO de aceptar comisiones, descuentos, entre1
otros. La remuneración de el CONSORCIO en virtud de la Cláusula 11 de este
Contrato constituirá el único pago en conexión con este Contrato y el
CONSORCIO no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial,
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descuento o pago similar en relación con las actividades estipuladas en este
Contrato, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el CONSORCIO
hará todo lo posible por prevenir que ningún Sub-Consultor, ni el Personal ni
los agentes del CONSORCIO o del Sub-Consultor, reciban alguno de dichos
pagos adicionales.
3.2.2. Prohibición al CONSORCIO y a sus filiales de participar en ciertas
actividades. El CONSORCIO conviene en que, durante la vigencia de este
Contrato y después de su terminación, tanto el CONSORCIO y cualquiera de
sus filiales, como cualquier Sub-Consultor y sus filiales, serán descalificados
para suministrar bienes, construir obras o prestar servicios (distintos de
Servicios de auditoría objeto del presente Contrato) como resultado de o
directamente relacionado con los Servicios prestados por el CONSORCIO para
la preparación o ejecución de este Contrato de auditoría
33.
Confidencialidad.
El Consultor y su Personal, excepto previo consentimiento por escrito del Contratante,
no podrán revelar en ningún momento a cualquier persona o entidad ninguna
infonnación confidencial adquirida en el curso de la prestación de los servicios; ni el
Consultor ni su personal podrán publicar las recomendaciones formuladas en el curso
de, o como resultado de la prestación de los servicios. En adicibn, el Consultor deberá
cumplir con las condiciones de confidencialidad indicadas en las CEC.
JC
L
E
3.23. Prohibici6n de desarrollar actividades conflictivas. El CONSORCIO no
podrá participar, ni podrá hacer que su personal ni sus Sub-Consultor es o su
personal participen, directa o indirectamente en cualquier negocio o actividad
profesional que esté en conflicto con las actividades asignadas a ellos bajo este
Contrato.
3.4. Suscripción de Acuerdos Individuales de Confidencialidad. Es obligación de EL
CONSORCIO garantizar que al momento de la suscripción del presente Contrato, cada
Integrante de su equipo de trabajo suscriba el "Compromiso de Confidencialidad" en los
términos seflalados en el punto 17 de los Términos de Referencia. Los acuerdos
individuales de contidencialidad de los integrantes del equipo de trabajo de EL
CONSORCIO serán suscritos por todos los referidos integrantes dentro de un período
de siete (7) dias, contados a partir de la suscripción del presente Contrato, de
conformidad con el formato que se encuentra en el Apkidice H del presente Contrato.
w\P
3.5. Seguros que deberá contratar EL CONSORCIO.
El CONSORCIO, cuando aplique (i) contratará y mantendrá, y hará que todos sus SubConsultores contraten y mantengan, a su propio costo (o al de los Sub-Consultores,
según el caso) y en los términos y condiciones aprobados por LA CONTRATANTE,
los seguros contra los riesgos y por las coberturas que se indican a continuación; y (ii) a
solicitud de LA CONTRATANTE, presentará evidencia que demuestre que dichos
seguros han sido contratados y mantenidos y que las primas vigentes han sido pagadas.
EL CONSORCIO quedará exento de esta obligaci6n cuando cuente con los seguros
indicados precedentemente previo a la entrada en vigor de este Contrato.
Los riesgos y coberturas serán los siguientes:
a) Seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos
motorizados utilizados por EL CONSORCIO o el Sub-consdtores, o por el
Personal de cualquiera de ellos; y
b) Seguro contra pérdidas a dafíos de los bienes de EL CONSORCIO utilizados en
la prestaci6n de los Servicios.
E
3.6. Acciones de EL CONSORCIO que requieren la aprobación previa de LA
CONTRATANTE.
El CONSORCIO deberá obtener por escrito aprobaci6n previa de LA
CONTRATANTE para tomar cualquiera de las siguientes acciones:
JC
a) la suscripci6n de un subcontrato para la ejecucibn de cualquier parte de los
Servicios; y
b) nombramiento de miembros del personal no incluidos en el Apéndice F.
3.7. Obligación de presentar Reportes.
a) EL CONSORCIO presentará a LA CONTRATANTE los Informes y/o Reportes
que se especifican en la cláusula 7.1 de este Contrato.
b) Los Informes y/o Reportes deberán presentarse en un medio digitai, ya sea un
disco compacto CD-ROM o DVD, además de tres (3) copias impresas.
3.8. Propiedad de LA CONTRATANTE de los documentos preparados por EL
CONSORCIO.
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a) Todos los resultados, especificaciones, estados financieros, estados de
ejecución, informes emitidos en papel o de manera electrbnica presentados por
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EL
CONSORCIO en virtud de este Contrato pasarán a ser de la propiedad de
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dichos documentos junto con un inventario detallado, a la llegada del término
de este Contrato.
b) EL CONSORCIO podrá conservar una copia de dichos documentos y de los
programas de computación. EL CONSORCIO deberá obtener por escrito
aprobación previa de LA CONTRATANTE para usar cualquier copia de
documentos y/o programas de computación que haya conservado.
3.9. Contabilidad, Inspeeci6n y Auditoría.
4. Objeto del Contrato.
E
EL CONSORCIO (i) mantendrá cuentas y registros precisos y sistemáticos respecto de
los Servicios, de acuerdo con principios contables aceptados internacionalmente, en tal
forma y detalle que identifique claramente todos los cambios por unidad de tiempo y
costos, y el fundamento de los mismos; y (ii) permitirá que LA CONTKATANTE o su
representante designado los inspeccione, hasta dos (2) años después de la expiración o
la rescisión de este Contrato, obtenga copias de ellos, y los haga verificar por los
consultores nombrados por LA CONTRATANTE, si así lo exigiera LA
CONTRATANTE según sea el caso.
JC
Por medio del presente Contrato, el CONSORCIO se obliga a proveerle a la JCE, quien
acepta, los S e ~ c i o sde auditoría del Contrato JCE-SOMO, con motivo de la Licitación
Pública Internacional convocada por LA CONI'RATANTE en fecha 27 de septiembre del
2007, para llevar a cabo una evaluación general en tres vertientes - legal-contractual,
infomhtica y financiera - del proceso de selección y desarrollo del Proyecto de Registro
Civil, que abarque desde la formulación del Proyecto de Automatización del Registro del
Estado Civil, Registro Electoral y del Proceso Electoral, acordado entre la Junta Central
Electoral y el Consorcio Soluciones Modernas (SOMO), hasta la fecha de inicio de la
Auditoría Los Servicios se lievarán a cabo de conformidad con la Nonna Internacional No.
920 sobre Procedimientos Convenidos entre LA CONTRATANTE y el CONSORCIO.
Dicha evaluación debe incluir todo el proceso de licitación pública internacional donde
resultó adjudicatario el Consorcio SOMO, entre los que se hacen obligatorios, pero no
limitativos los siguientes aspectos:
a.
b.
c.
d.
e.
f.
Resoluciones del Pleno de la JCE al efecto;
Tdrminos de Referencia de la Licitación;
Convocatoria de la Licitación;
Empresas/ConsorciosParticipantes;
Criterios de Selección/Adjudicaci6nde la Licitación;
Evaluación de las Propuestas Presentadas y la Adjudicación de la S e l e c c i o d ,
Notificación al Ganador y demás Oferentes;
Presentación de las Fianzas Respectivas;
Página 16 de 28
i. Firma de Contrato JCE-SOMO;
Firma del Adenda al Contrato JCE-SOMO;
k. Pago de Avance Inicial bajo el Contrato JCE-SOMO;
l. Plan de TrabajoICronograma;
m. Organización General y Mecanismos de Ejecución;
n. Aspectos Contable-Financieros, Infomáticos y Legales;
o. Evaluación de la Ejecución bajo los Tdrminos Contractuales.
j.
5. Objetivos de la Auditoria.
Con la suscripción del presente Contrato, EL CONSORCIO, aplicando las técnicas y
métodos de auditoría con estiuidar internacional, propias de cada una de las áreas sefialadas
en el apartado anterior, se obliga a:
E
a) Determinar si los procesos de licitación y de contratación relativos al Contrato
JCE-SOMO se acogen, y en qué medida, a los requerimientos del Proyecto de
Automatización del Registro del Estado Civil, del Registro Electoral y del
Proceso Electoral, de conformidad a los intereses que persigue la Junta Central
Electoral al marco jurídico-legal de la República Dominicana y de la institución
y a las mejores prácticas internacionales en procesos similares;
JC
b) Determinar si las partes del Contrato JCE-SOMO han cumplido con sus
obligaciones y en qué medida con los productos entregables y obligaciones que
se establecieron en el Contrato JCE-SOMO y su Adenda, incluyendo la fecha de
inicio y los téminos de financiamiento del Proyecto;
c) Determinar si el proceso realizado para el financiamiento del Proyecto cumple
con los procedimientos y requisitos establecidos en las leyes dominicanas y en
los reglamentos institucionales de la JCE, incluyendo su pertinencia de cara a lo
establecido originalmente en el Contrato JCKSOMO;
d) Determinar si las actividades realizadas por SOMO se acogen, y en qué medida,
a las obligaciones establecidas en el Contrato JCE-SOMO y su Adenda;
e) Determinar si la proporción de los desembolsos entregados al Consorcio SOMO
por la JCE se corresponde con los entregables recibidos por ésta.
6. Productos entregables a cargo de EL CONSORCIO.
EL CONSORCIO, medimte el presente Contrato se obliga, de conformidad con el Plan de
Trabajo acordado por las Partes a entregar a LA CONTRATANTE, sin que la presente
resulte limitativa, los siguientes documentos:
Página 17 de 28
ih
Producto I : Plan de Trabajo de los Servicios de Auditoría. El referido Plan de Trabajo
actualizado a la fecha de inicio de los Servicios dentro de un periodo de quince [15 ] días
contados a partir de la suscripción de este Contrato, mostrando claramenGras fechas de los
Informes e incluyendo la vinculación de la Comisión Técnica Institucional a los Servicios.
En el Plan de Trabajo se incluirán, en adición a los criterios de los Términos de Referencia,
reglas prácticas para la adecuada operación de los Servicios, las cuales deben ser cumplidas
por las Partes.
Producto 2: Cronología del Proceso de Licitación y Cumplimiento del Contrato JCESOMO, incluyendo análisis y selección de las propuestas de los oferentes. Descripción
cronológica detallada de los hechos relativos al Proyecto de Automatización del Registro de
Estado Civil, Registro Electoral y Proceso Electoral, desde la etapa inicial del Proyecto hasta
el estado actual del mismo, incluyendo Resoluciones del Pleno de la JCE, acuerdos
realizados, contratos y adendas establecidos, informes generados, financiamiento obtenido,
proceso llevado a cabo para la obtención de dicho finauciamiento, desembolsos realizados,
etc.
E
Producto 3: Diagndstico General. Informe de Diagnóstico de la Situación Actual del
Proyecto de Automatización del Registro de Estado Civil, del Registro Electoral y del
Proceso Electoral, que contenga, como mínimo:
1. Una relación de todos los requerimientos reales para la auíomatizacibn de las oficialías
del estado civil según las necesidades de la JCE comparado con los requerimientos
contenidos en los Términos de Referencia, incluyendo análisis y selección de las propuestas
presentadas por las otras compañías que participaron en el proceso de licitación;
JC
Una relación de los elementos contenidos en la propuesta presentada por SOMO,
2.
comparado con los requerimientos especificados en los Términos de Referencia y con los
requerimientos reales & la JCE;
Una relación del inventario de equipos, infraestructuras, sistemas de información y
3.
entrenamientos entregados por el Consorcio SOMO a la JCE en el marco del ConJCESOMO y su Adenda Este inventario debe incluir u . presupuesto estimado de acuerdo a los
precios promedio en el mercado;
Una relación de los requerimientos redes de la JCE y sus dependencias (Oficialías
4.
del Estado Civil) de los equipos informáticos, sistemas de información, entrenamientos, entre
otros, para el correcto funcionamiento del Proyecto;
Un reporte de la cantidad y calidad de los documentos digitalizados (escaneados y10
5.
digitados) por el Consorcio SOMO;
pbiJ
Consideraciones sobre la aplicación informática utilizada para dicha digitalización y
6.
el sistema de búsqueda adoptado para acceder a la información. Estas consideraciones deben
incluir aspectos técnicos, operativos y presupuestarios;
1
1
:
&
Relación de entrenamientos impartidos por parte del Consorcio SOMO al personal
8.
Relación de actividades realizadas y procesos implementados por el Consorcio
SOMO en lo relativo al proyecto "UN ACTA";
9.
Relación de actividades realizadas por la JCE en lo relativo al proyecto "UN
ACTA";
10.
Relación del avance del Proyecto con respecto al cronograma de trabajo acordado
por las partes.
Producto 4: Reporte Legal. Un diagnóstico de la evaluación de las responsabilidades
contractuales en cuanto al objeto del Contrato JCE-SOMO y en cuanto a las obligaciones de
una y otra parte bajo el Contrato JCE-SOMO pan el cumplimiento del mismo, que contenga
como mínimo lo siguiente:
1.
Imprevisiones legales del contrato, si las hay;
2.
Posibles deficiencias detectadas en el Contrato JCE-SOMO, incluyendo, pero no
limitadas a, las relativas al no cumplimiento de las obligaciones de las partes y las
penalidades asociadas a dicho incumplimiento;
3.
Procedencia legal de las exenciones impositivas previstas en el Contrato JCESOMO a favor de la empresa privada SOMO;
4.
E
Sustentación legal, si existe, para cambiar la obligación de obtención de un
financiamiento internacional por uno nacional;
Producto 5: Reporte Financiero. Un d s i s detallado del financiamiento y pago del
Proyecto, que contenga como mínimo:
JC
1.
Forma y monto de financiamiento utilizados para la ejecución del Proyecto,
seflalando las razones por las que se escogió dicha opción, de acuerdo al levantamiento de
información realizado;
2.
Previsiones impositivas consideradas en el Contrato JCE-SOMO;
Una relación de los desembolsos y pagos realizados por la JCE al Consorcio SOMO
3.
con respecto al programa de desembolsos acordado por las partes.
Producto 6: Conclusiones y Convideraciones. Conclusiones obtenidas del análisis de la
información y documentación levantadas a lo largo del Servicios de auditoría y sus
respectivas consideraciones, que cubran los aspectos legal-contractuales, informáticos y
financieros del Proyecto de Automatización del Registro de Estado C i d , del Registro
Electoral y del Proceso Electoral, resultado del análisis de las propuestas presentadas, análisi
del Contrato JCE-SOMO y su Adenda.
Producto 7: Recomendaciones. Análisis y selección de las propuestas y acciones a tomar con
respecto al Contrato JCE-SOMO, y con respecto al Proyecto de Automatización del Registro
i d , del Registro Electoral y del Proceso Eledoral, que resulten más efectivas
cuenta los intereses de la JCE. Estas acciones deben ser presentadas en f o m de
Pagina 19 de 28
un Plan de Acción, que contenga los tiempos estimados para cada una de las actividades
recomendadas y la manera como se recomienda se ejecuten.
7. Informes y Plazos de Entrega.
7.1. Reportes.
El CONSORCIO se obliga a presentar los siguientes Reportes:
a) Un Primer Informe, a entregarse a más tardar dentro de los quince (lS),Días
posteriores a la fecha de entrada en vigor de este Contrato, que contendrá el
Producto 1 señaiado en el punto 6.1 de los Términos de Referencia y una relación
del trabajo ejecutado a la fecha frente al planificado.
E
b) Un Segundo Informe, a entregarse a más tardar dentro de los cuarenta y cinco (45)
Dias--pc~&&ores a l a fecha de entrada en vigor de este Contrato, el cual será
aceptado por la JCE dentro de un período de siete (07) días contados a partir de
dicha entrega por parte del CONSORCIO, que contendrá el Producto 2 señalado en
el punto 6.2 de los Términos de Referencia, y una relación del trabajo ejecutado a la
fecha fiente al planificado.
JC
c) Un Tercer Informe, a entregarse a más tardar dentro de lo~noventa(90) Días
posteriores a la fecha de entrada en vigor de este Contrato, el cual será aceptado por
la JCE dentro de un período de siete (07) días contados a partir de dicha entrega por
parte del CONSORCIO,, que contendrá los Productos 3, 4, y 5, señaiados en los
puntos 6.3,6.4 y 6.5 respectivamente de los Tdrminos de Referencia, y una relación
del trabajo ejecutado a la fecha frente al planificado.
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d) Un Informe Final, a más tardar dentro de los cjento veinte (120) Días posteriores
a la fecha de entrada en vigor de este Contrato, el cual serA aceptado por la JCE
dentro de un periodo no mayor a quince (15) Días contados a partir de dicha entrega
por parte del CONSORCIO a la JCE, que contendrii los Productos 6 y 7, señalados
en los puntos 6.6 y 6.7 de los Términos de Referencia respectivamente, y una
relación detallada de todo el trabajo ejecutado durante la Auditoría Este informe
deberá ser aprobado, además de por la Comisión del Pleno de la JCE.
7.2. Requisitos para Entrega.
Los Informes deberán ser firmados por el Representante del CONSORCIO.
8. Inspección y Aceptaci6n de los Informes.
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del Pleno de la Junta Centrai Electoral es responsable de inspeccionar y aceptar
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objeto del presente Contrato en un tiempo máximo acordado por las Partes de
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siete (07) Días contados a partir de la fecha de entrega de los mismos por parte del
CONSORCIO, entendiendo que si a los siete (07) Días no hay observación al respecto, se
dan por aceptados los Informes. Si los Informes no son aceptados por la Comisión del Pleno,
el CONSORCIO se obliga a realizar los trabajos adicionales solicitados o ajustes dentro de
un período de siete (07) Días.
Si el Informe Final no es aceptado, de acuerdo a los términos de referencia y las reglas
prácticas para la adecuada operación de los Servicios, las cuales deben ser cumplidas por las
Partes, el CONSORCIO se obliga a realizar el trabajo adicional necesario sin costo adicional
para la JCE. En este caso, la JCE podrá retener los pagos hasta tanto el Informe Final se
ajuste a los términos del presente Contrato y el mismo sea aprobado por el Pleno de la JCE.
Se establece una penalidad a cargo del CONSORCIO por cada semana de retraso en la
entrega de los Informes, contados a partir de los siete (07) Días de remediación arriba
descritos, de un dos por ciento (2%) mensual o fracción de mes, sobre los montos pendientes
de pago por parte de la JCE.
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9. Personal del CONSORCIO y Sub-Consultora.
E
9.1 Descripción del Personal.
JC
El CONSORCIO contrataní y asignará personal necesario y Sub-Consultores con el
nivel de competencia y experiencia requeridas para prestar los Servicios. En el
Apéndice F se describen los cargos, funciones convenidas y calificaciones minimas
individuales de todo el personal clave de El CONSORCIO, así como el tiempo
estimado durante el que prestarán los Servicios. LA CONTRATANTE aprueba por este
medio el personal clave y los Sub-Consultores enumerados por cargo y nombre en el
Apéndice F.
9.2 Remoción y10 sustitución del Personal.
a) Salvo que LA CONTRATANTE.acuerde ln cmitrario, no se efecíwán cambios
w m & M l personal clave. Si por cualquin motivo fuera del alcance
de @L CONSORCIO,^^^ jubilación, muerte, incapacidad medita, entre otros,
fiie&'necesario sustituir a algún integrante del personal, EL CONSORCIO lo
reemplazará con otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de
persona r e e m p l h
b) Se efectuarán cambios al personal del CONSORCIO, si LA CONTRATANTE
descubre que cualquier integrante del CONSORCIO (i) ha cometido un acto serio
de mala conducta o ha sido acusado de haber cometido un acto delictivo, o (ii)
tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier
integrante del CONSORCIO mediante solicitud por escrito de LA
TANTE expresando los motivos para ello, EL CONSORCIO deberá
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reemplazarlo por otra persona cuyas calificaciones y experiencia sean aceptables
para LA CONTRATANTE.
c) EL CONSORCIO no podrá reclamar costos adicionales originados por o
incidentales a la remoción ylo reemplazo de un miembro del personal.
10. Modificación de la Ley Aplicable Pertinentes a los Impuestos y Derechos.
Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la ley
aplicable en relación con los impuestos y los derechos, que resultara en el aumento o la
reducción de los gastos en que incurra EL CONSORCIO en la prestación de los
Servicios, entonces la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos a EL
CONSORCIO en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según
corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de
los montos estipulados en la sub-cláusula 11.2 de este Contrato.
11. Pagos al CONSORCIO.
11.1 Pago de suma global.
JC
E
El pago total al CONSORCIO no deber exceder el precio del Contrato, que es una
suma global que incluye todos los gastos requeridos para ejecutar los Servicios
descritos en el Apéndice A. Excepto como se estipula en la cláusula 10.1, el precio del
Contrato solamente podrá incrementarse sobre los montos establecidos en la cláusula
1 1.2 si las Partes convienen en pagos adicionales en virtud de la cláusula 2.4.
11.2 Precio del Contrato.
El precio total de los Servicios es de Quinientos Cincuenta y Tres Mil Dólares de los
Estados Unidos de Norteamérica (US$553,000.00) suma que no incluye el Itbis
correspondiente.
1 1 3 Pagos por Semcios Adicionales.
En el Apéndice G se presenta un desglose del precio por suma global con el fin de
determinar la remuneración pagadera por Servicios adicionales, como se pudiera
convenir de acuerdo con la cláusula 2.4.
11.4 Plazos y condiciones de pago.
El pago por los Servicios objeto del presente Contrato por parte de la JCE a EL
CONSORCIO será realizado de la siguiente manera: dichos pagos serán a nombre de la
Maríínez y Asociados como representante y apoderado del
y no incluyen el ITBIS correspondiente, si aplica:
/X\hr-
a) Un pago inicial correspondiente al 20% (veinte por ciento) del monto total
contratado, es decir, la suma de Ciento Diez Mil Seiscientos Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (USD$I 10,600.00) dentro de un período de quince (1 5)
días contados a partir de la suscripci6n del presente Contrato, luego de la entrega
del Primer Informe por parte del CONSORCIO a la JCE. En este sentido, la JCE se
compromete a remitir el pago correspondiente dentro de un período de siete (07)
Días contados a partir de su entrega a la JCE;
b) Un segundo pago correspondiente al 20% (veinte por ciento) del monto total
contratado, es decir, la suma de Ciento Diez Mil Seiscientos Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (USD$110,600.00) contra entrega del Segundo Informe
según se define en la sección 7.1 de este contrato y de conformidad con los
requisitos seflalados en los términos de referencia En este sentido, la JCE se
compromete a remitir el pago correspondiente presentado por el CONSORCIO
dentro de un período de siete (07) Días contados a partir de s u entrega a la JCE;
E
c) Un tercer pago correspondiente al 20% (veinte por ciento) del monto total
contratado, es decir, la suma de Ciento Diez Mil Seiscientos Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (USD$110,600.00) contra entrega del Tercer Informe
según se define en la sección 7.1 de este contrato y de conformidad con los
requisitos seaaiados en los términos de referencia, En este sentido, la JCE se
compromete a remitir el pago correspondiente dentro de un periodo de siete (07)
Dias contados a partir de su entrega a la JCE;
JC
d) Un cuarto pago correspondiente al 20% (veinte por ciento) del monto total
contratado, es decir, la suma de Ciento Diez Mil Seiscientos Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (USD$110,600.00) contra entrega del Cuarto Informe de la
Auditoria según se define en la sección 7.1 de este contrato y de conformidad con
los requisitos señaiados en los términos de referencia En este sentido, la JCE se
compromete a remitir el pago correspondiente dentro de un período de siete (07)
Días contados a partir de su entrega a la JCE;
e) Un último pago correspondiente al 20% (veinte por ciento) del monto total
contratado, es decir, la suma de Ciento Diez Mil Seiscientos Dólares de los Estados
Unidos de Norteamérica (USD$110,600.00) contra la aprobación del Reporte Final
por parte del Pleno de la JCE. En este sentido, la JCE se compromete a remitir el
pago correspondiente dentro de un período máximo de quince (15) Días contados a
gartir de su entrega a la JCE.
11.5 Interés sobre pagos morosos.
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1
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Si LA CONTRATANTE ha demorado los pagos m& de quince (15) días después de
la fecha establecida en la cláusula 11.4 arriba, deberá pagarle intetés a EL
CONSORCIO de un dos por ciento (2%) por cada mes o fracción de mes en retraso.
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12. Equidad y Buena Fe.
Las Partes se comprometen a actuar de buena fe en cuanto a los derechos de ambas partes en
virtud de este Contrato y a adoptar todas las medidas razonables para asegurar el
cumplimiento de los objetivos del mismo.
13. Solución de Controversias.
13.1 Solucibn amigable.
Las Partes acuerdan que el evitar o resolver prontamente las controversias es crucial
para la ejecución fluida de este Contrato y el éxito del trabajo. Las Partes harán lo
posible por llegar a una solución amigable de todas las controversias que surjan de este
Contrato o de su interpretación.
13.2 Solucibn de controversias.
E
Cualquier dificultad que se produzca respecto de la interpretación, validez, ejecución,
cumplimiento, terminación o rescisión de este Contrato, será discutida directamente por
las Partes dentro de un período de 20 días a partir de la notificación de cualquiera de
las Partes a la otra Parte, a través de sus respectivos Representantes Autorizados o de
quienes ejenan el cargo ejecutivo de más alto nivel de las mismas, quienes emplearán
el mayor esfuerzo para aclarar tales dudas o resolver las controversias y quienes al
efecto, podrán designar de común acuerdo a una tercera persona para que intervenga
como amigable componedor formulando proposiciones de solución que las Partes
podrán aceptar o rechazar.
JC
L
Si expirado el plazo de 20 días de planteada por una de las Partes la duda o controversia
en cuestión, las Partes no han alcanzado acuerdo y tampoco se pusieren de acuerdo en
la designación de una tercera persona que intervenga como amigable componedor, el
interesado podrá someter el asunto al conocimiento y resolución de tres árbitros de
derecho, conforme al reglamento vigente de la Cámara de Comercio y Producción del
Distrito Nacional, según lo previsto en la ley 50-87 del 4 de junio de 1987, Para tales
efectos, las Partes confieren mandato especial irrevocable a la Cámara de Comercio y
Producción del Distrito Nacional para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas
designen tres árbitros de derecho que conozcan de la controversia, de entre lo
integrantes del Consejo de árbitros de esa cámara
Se conviene que mientras se desarrolle un arbitraje con motivo de alguna de las
controversias que sean de competencia de los árbitros, las Partes no podrán suspender
el cumplimiento de las obligaciones recíprocas consignadas en el presente Contrato y
entos anexos.
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Los arbitrajes que se designen conocerán y fallarán la litis en única instancia por
mayoría simple. El laudo que se dicte no será susceptible de ningún recurso. Los gastos
de arbitraje serán de la Parte que sucumba.
14. Apéndices.
Los siguientes documentos adjuntos al presente Contrato se consideran parte integral del
mismo:
Apéndice A:
Apéndice B:
Apéndice C:
Apéndice D:
Apéndice E:
Apéndice F:
Apéndice G:
EN FE DE LO CUAL, las Partes han dispuesto que se f m e este CONTRATO en sus nombres
respectivos, en siete (7) originales del mismo tenor y efecto, el día ocho (08) de1 mes de agosto
del año dos mil ocho (2008).
JC
61.w
E
Propuesta del CONSORCIO
Poder de Representante Autorizado
Términos de Referencia
&os Documentos de la Licitacibn
Servicios e instalaciones suministradas por LA CONTRATANTE
Personal clave y Sub-Consultores
Desglose del precio del contrato en moneda
Extranjera.
Apéndice H: Acuerdos de Confídencialidad Individuales,
suscritos por los integrantes del equipo de trabajo
del CONSORCIO.
Apéndice 1: Todas las comunicaciones remitidas por EL CONSORCIO.
POR LA JUNTA CENTRAL ELECTORAL
(JCE)
Dr. Julio
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Sr. Ricardo Pelleran
Pellerano & ~ e r r e r f
Sorian
Asociados S.A.
JC
L
E
Yo, Dr. Adolfo SHnchez, Notario Público, Colegiatura No.3406 de los del niimero del Distrito
Nacional, Miembro del Colegio Dominicano de Notarios, Certifico y Doy Fe: que las firmas
puestas al pie de este documento por los señores Dr. Julio César Castaños Guzmán, Sr.
Joaquín E. Morales Vahdares, Lic. Ricardo Peiierano y el Sr. Rafael Nova, son las que
acostumbran a usar en todos los actos de sus vidas púb
f ndice de Apéndices
Apéndice A-Propuesta
del Oferente
Insertar aquí Propuesta T&pi&jl$
'
-"
-
oferente, ~ o _ b r e ~2.~ o .
Apéndice B-Resolución de Representante Autorizado del CONSORCIO
Insertar aqui Resolpción del ~onsorcio
Apéndice C-T6rminos
de Referencia
Insertar aquí T6rmipos de ~efirencia,Sección IV-de
ks ~ocu&hento$e ¿icit&ión
Apéndice D-Otros Documentos de Licitación
.- - , .
insertar aquí Secciones~I,IIIaQy'Y de los DocuÍn@&s dé'.L;ii%ión
.--
Apéndice E S e M c i o s e Instalaciones proporcionados por LA CONTRATANTE
LA CONTRATANTE proveerá a EL CONSORCIO toda la información necesaria de que
disponga para hacer el trabajo. Igualmente, ofrecerá todas las facilidades para que personal de la
JCE guíe a los Auditores y viabilice su acceso a las diferentes dependencias de la JCE,
incluyendo las ubicadas fuera de la ciudad de Santo Domingo, durante la ejecución de esta
Auditoria.
JC
e
E
a-*d--
Apéndice F-Dedicación
@'p
Personal Clave
insertar aqui Formulario FTA, ,del
:
;
a ,sobreNo. 2 y ~ o n n u l 4 ~
o,.;,vz.?i
f o a g t por
o @ Ofe-nte durante la
etapa de negociacih, con la dajiyción en horas ilel pe$8nal clqg
3
.
,
Apéndice G-Desglose del precio del contrato en Dólares de los Estados Unidos de
Norteamérica.
Insertar aquí Formulario FF-3 del Sobre No 3.
h
Apéndice H-Acuerdos
$~$$.&+t@í-los ~cuerdoj.
de~"&~&Iencidi;iad dev&o el--pér$i $e $L$@NS@R@IO que
í&
pak",bt& CONS~ORCIO;~~~
'F<rm$a&i FT-4
tr--a6pjaj
.-~
%,.éfi el @Gyectb, dt$MLjf&P&id~s
a -
Apéndice I-Comunicaciones Intercambiadas por la JCE y EL CONSORCIO.
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. . . ... . $e
. *.., la
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q u i loas las,c o , m ~ , ~ ~ ~ ~ ~ sde..parte:d&
~ ~ <.c,.: ...i .+b i:.;.d..<,a :t.:,'Y
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m e ofeqnteporja JCE
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JC
'I-
de Confidencialidad del Personal de EL CONSORCIO.
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