Banco Solidario SA (Bolivia) - bolsa boliviana de valores sa

Transcripción

Banco Solidario SA (Bolivia) - bolsa boliviana de valores sa
BANCOS
|
JUNIO
2014
Banco Solidario S.A. (Bolivia)
INFORME DE
CALIFICACIÓN
Bolivia
600046062
Calificaciones
Índice:
Banco Solidario S.A. (Bolivia)
PRINCIPALES INDICADO
FORTALEZAS CREDITICI
DESAFIOS CREDITICIOS
FUNDAMENTOS DE LA CA
.
CATEGORÍA
3
3
Contactos:
BUENOS AIRES
54.11.5129.2600
Fernando Albano
[email protected]
BUENOS AIRES
54.11.5129.2600
Christian Pereira
[email protected]
BUENOS AIRES
54.11.5129.2600
Daniel Marchetto
[email protected]
CALIFICACIÓN DE MOODY'S
Emisor
Deuda de Largo Plazo Moneda Local
Deuda de Corto Plazo Moneda Local
Deuda de Largo Plazo Moneda Extranjera
Deuda de Corto Plazo Moneda Extranjera
Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 Bs 50 millones
Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2 Bs 27 millones
Bonos Subordinados BancoSol I Bs 60 millones
Bonos Subordinados BancoSol II Bs 60 millones
Bonos BancoSol Emisión 1 Bs 170 millones
Bonos BancoSol Emisión 2 Bs 170 millones
Bonos BancoSol Emisión 3 Bs 160 millones
Bonos BancoSol II Emisión 1
Perspectiva
Aaa.bo
Aaa.boLP
BO-1
Aa2.boLP
BO-1
Aa2.boLP
Aa2.boLP
Aa2.boLP
Aa2.boLP
Aaa.boLP
Aaa.boLP
Aaa.boLP
Aaa.boLP
Negativa
Principales Indicadores
Mar-2014
Dic-2013
Dic-2012
Dic-2011
Dic-2010
7.734
7.643
6.346
5.095
4.191
Total de Activos (Bs millones)
Total de Patrimonio (Bs millones)
642
642
487
368
306
ROAA
2,19%
2,43%
2,12%
2,11%
2,17%
ROAE
26,19%
31,60%
29,13%
29,10%
29,64%
Cartera sin Generación / (PN + Prev.)
6,02%
5,37%
5,10%
6,29%
6,99%
Cartera sin Generación / Préstamos
0,74%
0,66%
0,61%
0,77%
0,88%
Buenos Aires
54.11.4816.2332
Andrea Manavella
JUNIO 2014
[email protected]
Georges Hatcherian
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Fortalezas Crediticias
Sólida franquicia enfocada en microcréditos, que ofrece una amplia gama de productos y servicios y favorece el acceso a
servicios financieros integrales a los sectores de menores ingresos
Los clientes se destacan por una alta fidelidad al banco
Buena diversificación de préstamos. Más del 90% de la cartera está constituida por préstamos de montos inferiores a los
US$ 20.000. El monto mínimo de éstos últimos es de U$S 50, y el promedio de U$S 4,000. La entidad planea continuar la
diversificación de su portafolio.
La institución posee economías de escala que se traducen en importantes ventajas competitivas
Desafíos Crediticios
Creciente competencia en el nicho de microcréditos
La entidad se desempeña en un entorno operativo desafiante
La entidad, como todo el sistema financiero Boliviano, enfrenta el desafío de mantener sus márgenes ante los cambios
incorporados por la ley de servicios financieros
Fundamento de la calificación
Luego de analizar en detalle los factores cualitativos y cuantitativos de la entidad, dentro de la metodología de fortaleza
financiera (BFSR) y del análisis de incumplimiento conjunto (JDA), Moody´s ha decidido mantener la calificación de
fortaleza financiera de Banco Solidario en D- y la calificación de riesgo base en ba3. Al incorporar la probabilidad de soporte
que recibiría por parte del gobierno dado el rol de la entidad en el sistema financiero, la calificación global de depósitos en
moneda local sube a Ba2, que se corresponde con una calificación en escala nacional (NSR por sus siglas en inglés) de
depósitos en moneda local de Aaa.bo. En tanto
extranjera en B1, la cual se encuentra en el techo soberano para los depósitos en moneda extranjera, y su correspondiente
calificación en escala nacional en Aa2.bo. Las calificaciones en moneda extranjera toman en consideración el riesgo de
transferencia y convertibilidad, y es por esto que estas calificaciones son inferiores a las otorgadas a los depósitos en
moneda local. Cabe destacar que las calificaciones globales de depósitos en moneda local indican el riesgo relativo de los
bancos sobre bases globales de comparación.
Adicionalmente, Moody's mantiene la calificación global para la bonos senior en Ba3, que corresponde a una calificación en
escala nacional de Aaa.bo en escala nacional. En tanto, la calificación global para la bonos subordinados es B1. Esta
calificación se determina partiendo de la calificación de riesgo base de ba3 y se reduce un escalón en virtud del nivel de
subordinación. La misma se corresponde con una calificación en escala nacional de Aa2.bo.
Estas calificaciones consideran la franquicia del banco y su posicionamiento como una de las principales entidades de
microfinanzas del sistema, así como sus adecuados indicadores de calidad de cartera y rentabilidad. Sin embargo, también
refleja los desafíos específicos del banco en incrementar sus ingresos recurrentes, en un entorno operativo aún inestable y
fuertemente competitivo.
financieros como consecuencia de cambios regulatorios, que podría afectar la rentabilidad de la entidad y la generación de
capital en el futuro. La perspectiva de la calificación de deuda de largo plazo en moneda extranjera se mantiene estable.
Las calificaciones NSR de Moody's para los bancos bolivianos se identifican con el sufijo ".bo" y constituyen calificaciones de
orden relativo sobre la capacidad crediticia para instrumentos en un país en particular en relación con otros emisores o
emisiones locales. Las calificaciones nacionales son para uso en el país en las que se efectúan y no son comparables en
forma global con las calificaciones asignadas en otros países. Las NSR no son una opinión absoluta sobre los riesgos de
incumplimiento, pues en países con baja calidad crediticia internacional, incluso los créditos calificados en altos niveles de la
escala nacional, pueden también ser susceptibles de incumplimiento. Las calificaciones en escala nacional son asignadas
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SEPTEMBER 2008
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sobre la base de la correspondiente calificación global, ya sea para instrumentos en moneda extranjera o en moneda local.
a. Características de la entidad
Banco Solidario S.A. es uno de los bancos líderes en microcréditos en América Latina y el mundo, siendo uno de los principales
referentes en este ámbito. En 1986, la institución constituída como una organización no gubernamental que operaba en el
mismo nicho, denominada Prodem, buscaba aliviar el problema de la falta de acceso al crédito, que actúa como factor
limitante para el crecimiento de la microempresa. En 1992, Prodem fue transformado en banco especializado en microfinanzas
con la denominación de Banco Solidario S.A.. A marzo de 2014, el banco era el quinto del mercado en términos de préstamos
y séptimo en términos de depósitos con una participación de mercado del 9,7% y del 6,4% respectivamente. Adicionalmente,
el banco cuenta con 83 sucursales o agencias urbanas y 25 agencias provinciales.
A partir del 14 de febrero de 2014 la nueva participación accionaria es: Acción Gateway Fund L.L.C. (25,7%), seguido de
Fundación Solidaridad y Desarrollo Productivo Sostenible (20,2%), Grupo ACP Inversiones y Desarrollo con el (13,7%), Danish
Microfinance Partners K/S con el (13,5%), Acción International con el (13,3%) y el resto son accionistas con participaciones
menores.
b. Capacidad de generación de utilidades
Durante el primer trimestre del ejercicio 2014, Banco Solidario (Bolivia) registró un resultado positivo de Bs 42 millones,
superior a la ganancia obtenida a marzo de 2013, cuando registró Bs 21,4 millones. La suba del resultado final obedece al
aumento del margen financiero bruto y a menores cargos por impuesto a las ganancias, siendo atenuado por el aumento de
los gastos administrativos, mayores cargos por incobrabilidad y menores recuperos de activos financieros.
El margen financiero bruto creció en Bs 57,8 millones, debido al incremento de los ingresos financieros en Bs 65,5 millones
(básicamente intereses por préstamos de cartera vigente), mientras que los egresos financieros se incrementaron en Bs 7,7
millones (principalmente intereses por obligaciones con el público y valores en circulación).
Adicionalmente, el nivel de eficiencia mejoró con respecto al mismo período del ejercicio anterior, tal como lo evidencia el
ratio de gastos operativos sobre ingresos operativos, que disminuyó a 68,9% de 79,5%.
c. Calidad de activos
A marzo de 2014, la cartera de préstamos aumentó un 22,7% comparado con el mismo período del ejercicio anterior,
alcanzando un monto de Bs 6.566 millones; en tanto, los depósitos del público crecieron en 13,3% en el mismo período,
alcanzando un monto de Bs 5.409 millones.
A marzo de 2014, la cartera vencida y en ejecución de Banco Solidario (Bolivia) representaba el 0,74% de los préstamos
totales, siendo similar a la obtenido a marzo de 2013. La cartera irregular se encontraba cubierta en un 347,3% con
previsiones, mostrando una holgada cobertura de su cartera irregular.
d. Liquidez
Banco Solidario (Bolivia) registraba modestos ratios de liquidez. A marzo de 2014, los activos líquidos representaban el 11,4%
de los activos totales.
e. Solvencia y Capitalización
En términos de capitalización el banco muestra un adecuado nivel, cumpliendo, con los requerimientos regulatorios. El ratio
de capitalización ( PN / Activos totales) de la institución a marzo de 2014, era de 8,3%, mientras que el ratio PN / Activos
Ponderados por Riesgo - Basilea I era de 13,7%, superior al número alcanzado a diciembre 2013 de 12%.
Perspectiva de la Calificación
Con excepción de la calificación de deuda de largo plazo en moneda extranjera, cuya perspectiva es estable, las calificaciones
tienen una perspectiva negativa.
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Calificación Final
El Consejo de Calificación de Moody's Latin América Agente de Calificación de Riesgo S.A. reunido el 30 de junio de
2014, sobre la base de la información recibida del banco, los análisis cualitativos y cuantitativos que se han desarrollado y
de acuerdo con lo determinado en su Manual para la Calificación de Entidades Financieras, decide otorgar las siguientes
calificaciones a Banco Solidario S.A.:

Emisor: Categoría "Aaa.bo".
De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aaa.bo se define de la siguiente manera:
"Los emisores o emisiones con calificación Aaa.bo muestran la más sólida capacidad de pago con relación a otros emisores
locales"

Deuda de Largo Plazo en moneda local: Categoría "Aaa.bo LP".
De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aaa.bo LP se define de la siguiente
manera: "Los emisores o emisiones con calificación Aaa.boLP muestran la más sólida capacidad de pago con relación a otros
emisores locales"

Deuda de Corto Plazo en moneda local: Categoría "BO-1".
La Categoría BO 1 se define de la siguiente manera: "Las emisiones calificadas en esta Categoría tienen la mayor capacidad
para pagar obligaciones a corto plazo".

Deuda de Largo Plazo en moneda extranjera: Categoría "Aa2.bo LP".
De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aa.bo LP se define de la siguiente manera:
"Los emisores o emisiones con calificación Aa.boLP muestran una sólida capacidad de pago con relación a otros emisores
locales".
El modificador 2 indica que la calificación se encuentra en el nivel medio de su categoría.

Deuda de Corto Plazo en moneda extranjera: Categoría "BO-1".
La Categoría BO 1 se define de la siguiente manera: "Las emisiones calificadas en esta Categoría tienen la mayor capacidad
para pagar obligaciones a corto plazo".
Bonos
Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 Categoría Aa2.bo LP
Bonos Subordinados BancoSol Emision 2 Categoría Aa2.bo LP
Bonos Subordinados BancoSol I
Categoría Aa2.bo LP
Bonos Subordinados BancoSol II
Categoría Aa2.bo LP
Bonos BancoSol Emisión 1
Categoría Aaa.bo LP
Bonos BancoSol Emisión 2
Categoría Aaa.bo LP
Bonos BancoSol Emisión 3
Categoría Aaa.bo LP
Bonos BancoSol II Emisión 1
Categoría Aaa.bo LP
Deuda de Largo Plazo en moneda local:
LP
.
De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la Categoría Aa.bo LP se define de la siguiente manera:
Los emisores o emisiones con calificación Aa.boLP muestran una sólida capacidad de pago con relación a otros emisores
locales
El modificador 2 indica que el valor se encuentra en el nivel medio de la calificación asignada.
4 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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Deuda de Largo Plazo en moneda local:
LP
.
De acuerdo con el Manual de Calificaciones de Entidades Financieras, la categoría Aaa.boLP se define de la siguiente
manera: Los emisores o emisiones con calificación Aaa.boLP muestran la más sólida capacidad de pago con relación a otros
emisores locales
Con excepción de la calificación de deuda de largo plazo en moneda extranjera, cuya perspectiva es estable, las
calificaciones tienen una perspectiva negativa.
EQUIVALENCIAS
De acuerdo con lo establecido en la Resolución ASFI N° 033/2010, las calificaciones precedentemente asignadas, son
equivalentes a las siguientes nomenclaturas establecidas por ASFI en el Reglamento para Entidades Calificadoras de Riesgo:
La Categoría Aaa.bo equivale a la categoría:
AAA: Corresponde a Emisores que cuentan con la más alta capacidad créditicia y el riesgo de incumplimiento tiene una
variabilidad mínima ante posibles cambios en las circunstancias o condiciones económicas.
Moneda local
La Categoría Aaa.boLP equivale a la categoría:
AAA: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la
economía.
La Categoría BO-1 equivale a la categoría:
N-1: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados, la cual no se vería afectada en forma significativa, ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que
pertenece o en la economía.
Moneda extranjera
La Categoría Aa2.boLP equivale a la categoría:
AA2: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la
economía.
La Categoría BO-1 equivale a la categoría:
N-1: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados, la cual no se vería afectada en forma significativa, ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que
pertenece o en la economía.
Bonos
La Categoría
LP
equivale a la categoría:
AA2: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la
economía.
La Categoría
LP
equivale a la categoría:
AAA: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con muy alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y
plazos pactados la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o en la
economía.
5 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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ANEXO I – Características del Programa de Emisiones
Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol
Instrumento: Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol, por un monto de U$S 26.000.000 (Veintiseis
millones 00/100 de Dólares de los Estados Unidos de América), estructurado en emisiones, dentro del monto y plazo del
Programa de Emisiones. Se entiende por una obligación subordinada a todo aquel pasivo subordinado a los demás pasivos de
la entidad supervisada, disponible para absorber pérdidas cuando los recursos patrimoniales resulten insuficientes.
Plazo del Programa: Mil ochenta (1.080) días calendario desde el día siguiente hábil de emitida la Resolución de la ASFI, que
autorice e inscriba el Programa de Emisiones en el Registro del Mercado de Valores de la ASFI.
Moneda:
Precio de la colocación: Será mínimamente a la par del valor nominal.
Plazo de Colocación: El plazo de colocación de la emisión dentro del Programa de Emisiones será de 180 días calendario a
partir de la fecha de emisión.
Garantía: Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía
quirografaria del Banco, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades
Financieras (Texto Ordenado) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo
al siguiente detalle:
Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos Subordinados.
Irrevocable, hasta la redención total de Bonos Subordinados y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en
los referidos bonos.
Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos Subordinados.
Válida y existente a la fecha de emisión.
 Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos Subordinados de cualquier emisión que conforme el
Programa de Emisiones.
Forma de amortización del capital y pago de intereses: La amortización de capital y el pago de intereses serán efectuados
emitido por la Entidad de Depósito de Valores
es. En el día de vencimiento de un
determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, exigiendo un documento equivalente al
Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del valor, fecha de su vencimiento, cronograma
de cupones y Emisión a la que pertenece.
Forma de representación de los Valores: Mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en
Forma de circulación de los Valores: A la Orden.
Forma de Pago en Colocación Primaria: En efectivo.
Forma y Procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Bonos Convertibles en Acciones: Los Bonos Subordinados a emitirse dentro del presente Programa de Emisiones no serán
convertibles en acciones de la Sociedad.
Compromisos Financieros:
El Coeficiente de Adecuación Patrimonial del Banco sobre activos ponderados por riesgo debe ser el promedio de los últimos 3
meses calculado cada fin de mes igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación del Banco de cumplir
con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente
fórmula:
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SEPTEMBER 2008
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Patrimonio Neto (1)
11
%
Valor Total de Activos Ponderados (2)
(1) Calculado por la ASFI
(2) Calculado conforme a normas emitidas por la SBEF (actualmente SFI)
Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Capítulo VIII del Titulo IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades
Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) reglamenta el control de la suficiencia patrimonial y ponderación de
activos.
Patrimonio Neto: El Artículo 46º de la LBEF define el Patrimonio Neto de las entidades de intermediación financiera como la
suma del capital primario y del secundario, deducidos los ajustes determinados por la SBEF (actualmente ASFI) y los auditores
externos. El coeficiente de adecuación patrimonial se calculará sobre la base del Patrimonio Neto. Asimismo, la Sección 3 del
Capitulo VIII del Título IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente
ASFI) establece la forma de cálculo del Patrimonio Neto.
Valor Total de los Activos Ponderados: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la entidad
en función a sus riesgos. El inciso b) del Artículo 47º de la LBEF establece los coeficientes de ponderación de cada activo y
contingente. Asimismo, el capítulo VII Sección 2 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida
por la SBEF (actualmente ASFI) establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes.
El resultado de dividir: la suma del valor de las siguientes cuentas del Banco: Disponibilidades e Inversiones Temporarias del
Banco, entre la suma del valor de las siguientes cuentas del Banco: (i) Obligaciones con el Público a la Vista; y (ii)
Obligaciones con el Público por Cuentas de Ahorro; debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes
igual o superior al cincuenta por ciento (50%), conforme a la siguiente fórmula, sin perjuicio de la obligación del Banco de
cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente
Disponibilidades e Inversiones Temporarias
Obligaciones con el Público a la Vista + Obligaciones con el Público en Cuentas de
Ahorro
50%
Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la
entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y
corresponsales del país y del exterior; así como la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques
y otros documentos mercantiles de cobro inmediato.
Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponden a las inversiones en
representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones,
con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas
en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días.
Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 37º de la LBEF, corresponde a cualquier clase de pasivos cuyo pago
puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo.
Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan los fondos recibidos en depósitos y otros tipos
de obligaciones con el público en general. No se consideran en este grupo las obligaciones con entidades del sector público
(cuentas fiscales), el Banco Central de Bolivia, otros bancos y entidades de financiamiento. Incluye los correspondientes
cargos devengados por pagar.
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Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 37º de la LBEF, son depósitos de dinero con plazo
indeterminado, sujetos al reglamento de cada banco y que serán aprobados por la ASFI. Según el Manual de Cuentas para
Bancos y Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en cuentas de ahorros.
3. El resultado de dividir el valor de la suma de la cuenta de Previsión para Incobrabilidad de Cartera del Banco más la
Previsión para Activos Contingentes más la Previsión Genérica Cíclica más Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas
futuras aún no identificadas entre la suma del valor de las siguientes cuentas del Banco: Cartera Vencida más Cartera en
Ejecución más Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida más Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución;
debe ser el promedio de los últimos tres meses calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme
a la siguiente fórmula sin perjuicio de la obligación del Banco de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido
por la autoridad competente
Previsión para Incobrabilidad de Cartera + Previsión para Activos Contingentes + Previsión
Genérica Cíclica + Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no
identificadas
100%
Cartera Vencida + Cartera en Ejecución + Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida
+ Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución
Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se
registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo
dispuesto en el Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe
estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes.
Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe necesario
para la constitución de la previsión cíclica requerida, según lo establecido en el Anexo de evaluación y calificación de la cartera
de créditos de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas: Según el Manual de Cuentas para Bancos y
Entidades Financieras en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras
constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas.
Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos cuyo capital,
cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la
fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de incumplimiento en el
cronograma de pagos.
Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o interés devengados, haya sido
prorrogado por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta.
Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos por los
cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro.
Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras
representa a los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido
cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento.
Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras
representa a los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el
cobro.
Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1
Primera Emisión de Bonos, comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol
1. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo.
2. Denominación de la emisión: Bonos Subordinados BancoSol - Emisión 1.
3. Plazo de la Emisión: 2.520 días calendario
4. Monto de la Emisión: Bs 50.000.000 (Cincuenta millones 00/100 Bolivianos)
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BANCOS
5. Moneda: Bolivianos (Bs).
6. Destino específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los
Bonos Subordinados de la presente Emisión de Bonos, serán destinados específicamente a colocación de cartera y/o capital de
operaciones, conforme a las necesidades del Banco.
Asimismo, la definición de este aspecto deberá ser efectuada dando cumplimiento a las limitaciones dispuestas por la
Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (actualmente ASFI), en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas
computables como parte del Patrimonio Neto de las Entidades de Intermediación Financiera.
Se establece un plazo de utilización de los recursos no mayor a 180 días calendario, computables a partir de la fecha de
finalización de la colocación de los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1 en el Mercado Primario Bursátil.
7. Modalidad de colocación: A mejor esfuerzo.
8. Series en las que se dividirá la Emisión: Serie Única.
9. Valor nominal de los Bonos Subordinados: Bs 10.000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos)
10. Cantidad de Valores que comprende la serie única: 5.000 (Cinco mil)
11. Frecuencia y forma en que se comunicarán los pagos a los Tenedores de Bonos Subordinados con la indicación del
o de los medios de prensa de circulación nacional a utilizar: El pago de los intereses y amortización de capital se efectuará
en oficinas del Agente Pagador, Panamerican Securities S.A. Agencia de Bolsa, en la siguiente dirección:
Dichos pagos se realizarán en la misma moneda de la emisión a partir de la fecha de vencimiento registrada en las
Anotaciones en Cuenta.
El Emisor depositará en una cuenta asignada por el Agente Pagador los recursos monetarios necesarios para el pago de los
Bonos Subordinados con por lo menos un día hábil de anticipación a la fecha de pago.
El Emisor informará las fechas de pago de intereses y amortizaciones de capital, mediante avisos en un periódico de
circulación nacional, con por lo menos un día de anticipación a la fecha de inicio del pago correspondiente.
12. Tasa de interés: 7,80% anual.
13. Reajustabilidad del Empréstito: La reajustabilidad del empréstito no se aplica.
14. Redención Anticipada: Los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 1, que forman parte del Programa de Emisiones,
podrán ser rescatados o redimidos anticipadamente luego de transcurrido un año desde la fecha de emisión establecida en la
Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la presente Emisión comprendida en el Programa
de Emisiones.
Dicha redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 662 al 667 del Código de
Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada
sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida de la emisión,
con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la emisión
(en días)
9 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido
2.521 o más
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.00%
360 1
0.00%
Se aclara que los dos primeros rangos del cuadro anterior no se aplicarían por las características de la Emisión de BONOS
SUBORDINADOS BancoSol- EMISION 1 dentro del Programa de Emisiones. El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública.
Adicionalmente, la redención podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado
en función a la tasa de mercado del día en que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención
anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para
entidades supervisadas por la ASFI.
Se aclara para todos los fines consiguientes que en caso el rescate anticipado de los Bonos Subordinados que componen las
diferentes Emisiones dentro del Programa de Emisiones, se realice antes de los cinco años computables desde la Fecha de
Emisión, no deberá exceder el ochenta por ciento (80%) del total de la obligación subordinada. Adicionalmente en caso de
aplicar el Banco el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de
capital, por la reinversión de utilidades, por otra deuda subordinada o por una combinación de las tres anteriores.
15. Periodicidad de pago de intereses: Cada 180 días calendario.
16. Periodicidad de Amortización de Capital: Cincuenta por ciento (50%) en el cupón trece (13) y cincuenta por ciento
(50%) en el cupón catorce (14), conforme al cronograma de pagos a ser establecido en la Declaración Unilateral de Voluntad.
17. Garantía: Quirografaria, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades
Financieras (Texto Ordenado).
Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2
Segunda Emisión de Bonos, comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos Subordinados BancoSol
1. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo.
2. Denominación de la emisión: Bonos Subordinados BancoSol - Emisión 2.
3. Plazo de la Emisión: 2.520 días calendario
4. Monto de la Emisión: Bs 27.000.000 (Veintisiete millones 00/100 Bolivianos)
5. Moneda: Bolivianos (Bs).
6. Destino específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los
Bonos Subordinados de la presente Emisión de Bonos, serán destinados específicamente a colocación de cartera y/o capital de
operaciones, conforme a las necesidades del Banco.
Asimismo, la definición de este aspecto deberá ser efectuada dando cumplimiento a las limitaciones dispuestas por la
Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (actualmente ASFI), en el Reglamento de Obligaciones Subordinadas
computables como parte del Patrimonio Neto de las Entidades de Intermediación Financiera.
Se establece un plazo de utilización de los recursos no mayor a 180 días calendario, computables a partir de la fecha de
finalización de la colocación de los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2 en el Mercado Primario Bursátil.
7. Modalidad de colocación: A mejor esfuerzo.
8. Series en las que se dividirá la Emisión: Serie Única.
9. Valor nominal de los Bonos Subordinados: Bs 10.000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos)
10. Cantidad de Valores que comprende la serie única: 2.700 (Dos mil setecientos)
10 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
11. Frecuencia y forma en que se comunicarán los pagos a los Tenedores de Bonos Subordinados con la indicación del
o de los medios de prensa de circulación nacional a utilizar: El pago de los intereses y amortización de capital se efectuará
en oficinas del Agente Pagador, Panamerican Securities S.A. Agencia de Bolsa, en la siguiente dirección:
Dichos pagos se realizarán en la misma moneda de la emisión a partir de la fecha de vencimiento registrada en las
Anotaciones en Cuenta.
El Emisor depositará en una cuenta asignada por el Agente Pagador los recursos monetarios necesarios para el pago de los
Bonos Subordinados con por lo menos un día hábil de anticipación a la fecha de pago.
El Emisor informará las fechas de pago de intereses y amortizaciones de capital, mediante avisos en un periódico de
circulación nacional, con por lo menos un día de anticipación a la fecha de inicio del pago correspondiente.
12. Tasa de interés: 4% anual.
13. Reajustabilidad del Empréstito: La reajustabilidad del empréstito no se aplica.
14. Redención Anticipada: Los Bonos Subordinados BancoSol Emisión 2, que forman parte del Programa de Emisiones,
podrán ser rescatados o redimidos anticipadamente luego de transcurrido un año desde la fecha de emisión establecida en la
Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la presente Emisión comprendida en el Programa
de Emisiones.
Dicha redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a lo establecido en los artículos 662 al 667 del Código de
Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista, calculada
sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida de la emisión,
con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la emisión (en días) Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.00%
360 1
0.00%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
El sorteo se celebrará ante Notario de Fe Pública.
Adicionalmente, la redención podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado
en función a la tasa de mercado del día en que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención
anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para
entidades supervisadas por la ASFI.
Se aclara para todos los fines consiguientes que en caso el rescate anticipado de los Bonos Subordinados que componen las
diferentes Emisiones dentro del Programa de Emisiones, se realice antes de los cinco años computables desde la Fecha de
Emisión, no deberá exceder el ochenta por ciento (80%) del total de la obligación subordinada. Adicionalmente en caso de
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
aplicar el Banco el rescate anticipado, el monto prepagado deberá ser reemplazado obligatoriamente por nuevos aportes de
capital, por la reinversión de utilidades, por otra deuda subordinada o por una combinación de las tres anteriores.
15. Periodicidad de pago de intereses: Cada 180 días calendario.
16. Periodicidad de Amortización de Capital: Cincuenta por ciento (50%) en el cupón trece (13) y cincuenta por ciento
(50%) en el cupón catorce (14), conforme al cronograma de pagos
17.Garantía: Quirografaria, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades
Financieras (Texto Ordenado).
1. Monto de la Emisión: Bs 60,000,000.- (Sesenta millones 00/100 Bolivianos).
2. Plazo de la Emisión: 2,520 (dos mil quinientos veinte) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión
contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción de la presente Emisión en el RMV de ASFI
3. Tipo de Bonos a emitirse: Bonos Subordinados, obligacionales y redimibles a plazo fijo
4. Serie de la presente Emisión: Serie Única
5. Valor Nominal de los Bonos: Bs10,000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos)
6. Moneda en la que se expresará la Emisión:
7. Cantidad de Bonos que comprende la Emisión: Seis mil (6,000) Bonos Subordinados
8. Tasa de interés: 5.5%
9. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo.
10. Precio de Colocación Primaria: Mínimamente a la par del valor nominal.
11. Periodicidad de Pago de intereses: El pago de intereses se realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario.
12. Periodicidad de pago de Capital: 100% (cien por ciento) en el Cupón 14 conforme al Cronograma de Pagos aplicable a la
presente Emisión.
13. Cronograma de pago del interés y del capital:
Cronograma de Cupones por Bono
Cupón
Nº de días
% de Amortización
Amortización de Capital por Bono
Pago de intereses por Bono
(en Bs)
(en Bs)
Cupón 1
180
-
-
275,00
Cupón 2
180
-
-
275,00
Cupón 3
180
-
-
275,00
Cupón 4
180
-
-
275,00
Cupón 5
180
-
-
275,00
Cupón 6
180
-
-
275,00
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Cupón 7
180
-
-
275,00
Cupón 8
180
-
-
275,00
Cupón 9
180
-
-
275,00
Cupón 10
180
-
-
275,00
Cupón 11
180
-
-
275,00
Cupón 12
180
-
-
275,00
Cupón 13
180
-
-
275,00
Cupón 14
180
100,00%
10.000,00
275,00
14. Forma de representación de los Valores: Mediante anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en
regulaciones legales vigentes.
15. Plazo de colocación primaria: Ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión
contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e Inscripción de la presente Emisión en el RMV de ASFI.
16. Forma de pago de capital e intereses: En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar el pago de
contra la verificación de la relación de titularidad emitida por la EDV. A partir del día siguiente de la fecha de vencimiento del
cupón, el pago será efectuado contra la presentación del CAT emitido por la EDV, dando cumplimiento a las normas legales
vigentes aplicables.
17. Forma de circulación de los Valores: A la Orden
18. Forma de Pago en Colocación Primaria: En efectivo.
19. Modalidad de Colocación
20. Destino Específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los
Bonos Subordinados de la presente Emisión serán utilizados para colocación de cartera de créditos. Se establece que el plazo
de utilización de los recursos no será mayor a ciento ochenta (180) días calendario, computables a partir de la fecha de
finalización de la colocación en el Mercado Primario Bursátil.
21. Fecha desde la cual los Bonos Subordinados comienzan a devengar intereses:
devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión, señalada en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e Inscripción en el
RMV de ASFI, y dejarán de devengar intereses a partir de la fecha establecida para el pago del interés y/o capital del Bono,
según corresponda.
22. Bonos Convertibles en Acciones:
23. Garantía: La presente Emisión está respaldada por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida
en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado) hasta el monto total de las
obligaciones emergentes de la presente Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle:
· Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos Subordinados.
· Irrevocable, hasta la redención total de los Bonos Subordinados y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones
contenidas en los referidos bonos.
· Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos Subordinados.
· Transf
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Bonos Subordinados BancoSol II
1. Monto de la Emisión: Bs 60.000.000 (sesenta millones 00/100 Bolivianos)
2. Plazo de la Emisión: 2.700 días calendario
3. Tipo de Bonos a emitirse: Bonos Subordinados, obligacionales y redimibles a plazo fijo.
4. Series de la presente Emisión: Serie Única.
5. Valor nominal de los Bonos: Bs 10.000.- (Diez mil 00/100 Bolivianos)
6. Moneda en la que se expresara la emisión: Bolivianos (Bs).
7. Cantidad de Bonos que comprende la emisión: seis mil (6000) Bonos Subordinados
8. Tasa de interés: 6%.
9. Tipo de interés: Nominal, anual y fijo.
10. Periodicidad de pago de intereses: Cada 180 días calendario.
11. Periodicidad de Amortización de Capital: el pago del capital se realizara al vencimiento.
12. Modalidad de colocación: A mejor esfuerzo.
13. Destino específico de los fondos y su plazo de utilización: Los recursos monetarios obtenidos de la colocación de los
Bonos Subordinados de la presente Emisión serán utilizados para colocación de cartera de créditos.
Se establece que el plazo de utilización de los recursos no será mayor a ciento ochenta (180) días calendario, computables a
partir de la fecha de finalización de la colocación en el Mercado Primario Bursátil.
14. Garantía: La presente Emisión está respaldada por una garantía quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida
en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado) hasta el monto total de las
obligaciones emergentes de la presente Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle:

Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos Subordinados.

Irrevocable, hasta la redención total de los Bonos Subordinados y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones
contenidas en los referidos bonos.

Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos Subordinados.
Compromisos Financieros
En tanto los
se encuentren pendientes de redención total, BancoSol se sujetará, para
efectos del cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Bonos Subordinados emitidos, a los compromisos financieros
siguientes:
Coeficiente de Adecuación Patrimonial
El Coeficiente de Adecuación Patrimonial de BancoSol que corresponde al Patrimonio Neto de BancoSol, sobre el Valor Total
de Activos Ponderados por Riesgo, considerando el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes, deberá ser
igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que
pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula:
(1) Calculado por ASFI
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
(2) Calculado conforme a normas emitidas por la SBEF (actualmente ASFI)
Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Bancos y
Entidades Financieras emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) reglamenta el control de la
Suficiencia Patrimonial y Ponderación de Activos.
Patrimonio Neto: El Artículo 46º de la LBEF define el Patrimonio Neto de las entidades de intermediación financiera como la
suma del capital primario y del secundario, deducidos los ajustes determinados por la Autoridad de Supervisión del Sistema
Financiero (ASFI) y los auditores externos. El coeficiente de adecuación patrimonial se calculará sobre la base del Patrimonio
Neto. Asimismo, la Sección 3 del Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades
Financieras emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) establece la forma de cálculo del Patrimonio
Neto.
Valor Total de los Activos Ponderados por Riesgo: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de
la entidad en función a sus riesgos. El inciso b) del Artículo 47º de la LBEF establece los coeficientes de ponderación de cada
activo y contingente. Asimismo, la Sección 2 del Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Bancos
y Entidades Financieras emitida por la Autoridad de Supervisión del sistema Financiero (ASFI) establece el Procedimiento del
Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes.
Indicador de Liquidez
El resultado de dividir la suma del valor de las siguientes cuentas de BancoSol: Disponibilidades e Inversiones Temporarias,
entre la suma del valor de las siguientes cuentas: Obligaciones con el Público a la Vista y Obligaciones con el Público por
Cuentas de Ahorro; considerando el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes, deberá ser igual o superior al
cincuenta por ciento (50%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser
establecido por la autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula:
Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la
entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y
corresponsales del país y del exterior; así como, la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques
y otros documentos mercantiles de cobro inmediato.
Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponden a las inversiones en
representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones,
con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas
en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días.
Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 37 de la LBEF, corresponde a cualquier clase de pasivos cuyo pago
puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo.
Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, Corresponden a las obligaciones con el público de
exigibilidad inmediata.
Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 37 de la LBEF, son depósitos de dinero con plazo
indeterminado, sujetos al reglamento de cada banco y que serán aprobados por ASFI.
Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos
recibidos en cuentas de ahorros.
Indicador de cobertura
El resultado de dividir el valor de la suma de la cuenta de Previsión para Incobrabilidad de Cartera más la Previsión para
Activos Contingentes más la Previsión Genérica Cíclica más las Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no
identificadas entre la suma del valor de las siguientes cuentas: Cartera Vencida más Cartera en Ejecución más Cartera
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Reprogramada o Reestructurada Vencida más Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser el promedio de
los últimos tres meses calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la siguiente fórmula
sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad
competente.
Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se
registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo
dispuesto en el Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se
registra el importe estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes.
Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registra el
importe necesario para la constitución de la previsión cíclica requerida, según lo establecido en el Anexo de evaluación y
calificación de la cartera de créditos de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas: Según el Manual de Cuentas para Bancos y
Entidades Financieras en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras
constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas.
Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registran los créditos
cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días
contados desde la fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de
incumplimiento en el cronograma de pagos.
Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o intereses devengados, haya sido
prorrogado por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta.
Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto mediante Resolución ASFI N° 317/2011 de 30 de marzo de 2011, se incluyen en esta
cuenta las operaciones crediticias de aquellos deudores que al momento del deslizamiento de tierras ocurrido el 26 de febrero
de 2011, en la Zona Este de la Ciudad de La Paz, se encontraban vencidas.
Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta cuenta se registran los créditos
por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro.
Asimismo, en cumplimiento a lo dispuesto mediante Resolución ASFI N° 317/2011 de 30 de marzo de 2011, se incluyen en esta
cuenta las operaciones crediticias de aquellos deudores que al momento del deslizamiento de tierras ocurrido el 26 de febrero
de 2011, en la Zona Este de la Ciudad de La Paz, se les inició acciones judiciales para el cobro.
Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta
cuenta se registran los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan
sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento.
Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en
esta cuenta se registran los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones
judiciales para el cobro.
El cálculo de los compromisos financieros descritos precedentemente será trimestral, entendiéndose por trimestre el cierre de
los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, y enviado en forma conjunta con los Estados Financieros que se remiten a
la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, a la Bolsa Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de los
Tenedores de Bonos Subordinados, en los plazos establecidos aplicables para cada entidad.
Todos los compromisos anteriormente señalados, podrán ser modificados por el Banco previo consentimiento de la Asamblea
General de la Emisión, la cual no podrá negarse, retractarse ni condicionar dicho consentimiento de manera no razonable,
cuando dicha modificación sea: (i) necesaria para el desarrollo de la Sociedad, (ii) pudiera resultar en un incremento en los
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SEPTEMBER 2008
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BANCOS
ingresos de la Sociedad, o (iii) pudiera resultar en una disminución de los costos de la Sociedad, y dichas modificaciones se
encuentren dentro de un marco de las prácticas comerciales generalmente aceptadas en la industria.
Programa de Emisiones de Bonos BancoSol
Denominación y emisiones que conforman el Programa de Emisiones de Bonos: El presente Programa de Emisiones se
denomina Bonos Banco
y estará conformado por una o varias emisiones.
Monto, Plazo y Moneda del Programa de Emisiones de Bonos: El monto total del Programa de Emisiones de Bonos
alcanza a Bs 500.000.000.- (Quinientos millones 00/100 Bolivianos).
El plazo del Programa de Emisiones de Bonos es de mil ochenta (1.080) días calendario, computables desde la notificación de
la Resolución de ASFI, que autorice e inscriba el Programa de Emisiones en el Registro del Mercado de Valores de ASFI.
Las monedas en las que se expresarán las emisiones que forman parte del Programa de Emisiones de Bonos podrán ser
Dólares de lo s Estados Unidos de América ( US$ o Bolivianos B ). Para efectos del cálculo del monto máximo
autorizado por la Junta y ASFI, se deberá tomar en cuenta el tipo de cambio de venta vigente del Dólar de los Estados Unidos
de América, establecido por el Banco Central de Bolivia a la fecha de Autorización de Oferta Pública de cada Emisión que
conforme el presente Programa de Emisiones.
La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto,
resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta
de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos,
condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de
Emisiones.
Forma de Amortización de capital y pago de intereses de cada emisión que forme parte del Programa de Emisiones de
Bonos: La amortización de capital y el pago de intereses serán efectuados contra la presentación del Certificado de
Acreditación de Titularidad
por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A. (EDV), dando
cumplimiento a las normas legales vigentes aplicables. En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar
la amortización de capital y pago de intereses, contra la verificación de la relación de titularidad contenida en un documento
equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la EDV, el mismo que indicará la titularidad del
valor y la Emisión a la que pertenece.
Individualización de las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones de Bonos
El Programa de Emisiones comprenderá Emisiones periódicas de Bonos, cuya individualización y características serán
definidas conforme a las determinaciones de La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante
reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del
Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011,
reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las
emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones y las mismas serán comunicadas oportunamente a ASFI por
BancoSol mediante nota expresa y envío del Acta correspondiente de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la
Sociedad, que apruebe los términos, condiciones y características de las Emisiones dentro del Programa de Emisiones,
remisión del Prospecto Complementario y de la Declaración Unilateral de Voluntad aplicable.
Asimismo, existirían ciertas características adicionales y aspectos operativos aplicables a cada una de las Emisiones de
Bonos que conforman el Programa de Emisiones que podrán ser delegadas a favor del Directorio de BancoSol, siempre y
cuando las regulaciones prudenciales de ASFI así lo permitan y en consecuencia autoricen y faculten expresamente a los
Accionistas a delegar al Directorio determinadas condiciones especificas aplicables a cada una de las Emisiones que formen
parte del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 24 de junio de
2011.
Precio de colocación primaria: El Precio de colocación será mínimamente a la par del valor nominal.
Plazo de colocación de cada Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos: Ciento ochenta (180) días calendario,
computables a partir de la Fecha de Emisión respectiva contenida en la autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones en el RMV de ASFI, conforme a lo establecido en el numeral
1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011.
Tipo de Bonos a Emitirse: Bonos obligacionales y redimibles a plazo fijo.
Redención Anticipada: Los Bonos que componen las diferentes Emisiones dentro del presente Programa de Emisiones
podrán ser redimidos anticipadamente total o parcialmente luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario
desde la Fecha de Emisión determinada, conforme a lo establecido en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de
fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 y a la Delegación de Definiciones establecida en el
numeral 1.3 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011. En
conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 de la presente Acta, podrá determinar, cuando lo
juzgue conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, modalidad de redención y cantidad de
correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de acuerdo a los siguientes
procedimientos:
Redención mediante sorteo
La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del
Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista,
calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida
remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la emisión (en días)
Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido
2520 o mayor
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.50%
360 1
0.00%
El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante
Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los
Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los
cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de
circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a
la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el
pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados
conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago.
18 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la
compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo
un día hábil antes de la fecha señalada para el pago.
Redención mediante Mercado Secundario
La redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en
función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención
anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para
entidades supervisadas por ASFI.
En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán
realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
El Directorio del BancoSol conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.1 en el Acta de la Junta de
Accionistas de fecha 24 de junio de 2011, podrá determinar, cuando lo juzgue conveniente a los intereses de la Sociedad, la
redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de Bonos a ser redimidos.
Asimismo, cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los
resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de
Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo.
En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al
plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el
total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores
de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada.
Lugar de amortizaciones de capital y pago de intereses: Las amortizaciones de capital y pago de intereses, se realizarán en
las oficinas del Agente Pagador.
Garantía: Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía
quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades
Financieras (Texto Ordenado, Decreto Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones
emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle:
Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos.
Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los
referidos bonos.
Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos.
Válida y existente a la fecha de emisión.
Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones
de Bonos.
Aspectos relacionados a los intereses y amortizaciones de capital
Tasa de Interés
Será la determinada por La Junta Extraordinaria de Accionistas o en su defecto por el Directorio de BancoSol de acuerdo a lo
establecido en el numeral 1.1 del Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 24 de junio de 2011.
Para cada caso, la Tasa de Interés será comunicada oportunamente a la Dirección de Supervisión de Valores de ASFI e
incluida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI.
Tipo de interés
19 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
El tipo de interés de cada serie de cada Emisión contenida dentro del presente Programa de Emisiones de Bonos será
determinado por La Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica,
debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones
señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de
marzo de 2011 los términos, condiciones y características específicas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas
dentro del Programa de Emisiones.
Fecha a partir de la cual los Bonos comienzan a ganar intereses y reajustes
Los Bonos devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión, establecida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI
e inscripción en el RMV de ASFI para cada una de las Emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones, y dichos
intereses dejarán de generarse a partir de la fecha establecida para el pago del interés y/o amortización de capital del Bono,
según corresponda.
Lugar de amortización de capital y pago de intereses
El lugar para la amortización de capital y pago de intereses de las Emisiones que formen parte del presente Programa de
Emisiones de Bonos se realizarán en las oficinas del Agente Pagador.
El Emisor es el responsable exclusivo del cumplimiento de pago de las obligaciones originadas por los Bonos y cupones,
mediante la provisión oportuna de fondos al Agente Pagador. El Agente Pagador no estará obligado a realizar pago alguno si
no hubieran sido provistos a tiempo los recursos necesarios por el Emisor o por cuenta del Emisor, quedando en ese caso
obligado a comunicar oportunamente tal falta de provisión a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, a la Bolsa
Boliviana de Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos de la Emisión.
Provisión para el pago de intereses y amortizaciones de capital
BancoSol es responsable exclusivo de la provisión de fondos para la amortización de capital y pago de intereses en la cuenta
que para tal efecto establezca el Agente Pagador.
Transcurridos noventa (90) días calendario de la fecha señalada para el pago, el emisor podrá retirar las cantidades
depositadas en la cuenta designada por el Agente Pagador, en caso que el pago de intereses o amortizaciones de capital de
los Bonos emitidos dentro del programa no hubiese sido reclamado o cobrado. Posteriormente, dicho monto quedará a
disposición de los Tenedores de Bonos en la cuenta bancaria que designe BancoSol.
De acuerdo a lo establecido por los Artículos 670 y 681 del Código de Comercio, las acciones para el cobro de intereses y
capital de los Bonos prescriben en cinco (5) y diez (10) años, respectivamente.
En caso de que BancoSol no realice la provisión para el pago de intereses y amortización de capital, el Agente Pagador
informará tal situación como Hecho Relevante a ASFI, a la BBV y al Representante Común de Tenedores de Bonos, en los
plazos establecidos para tal efecto.
Denominación de cada emisión
La denominación de cada Emisión que forme parte del Programa de Emisiones será determinada por la Junta General
Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y
aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta
de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y
características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones.
Plazo de cada Emisión
El plazo de cada Emisión que forme parte del Programa de Emisiones será determinado por la Junta General Extraordinaria
de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en
base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y
características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones.
Monto de cada Emisión
El monto de cada Emisión que forme parte del presente Programa de Emisiones de Bonos, será determinado por la Junta
General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto,
resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta
de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos,
condiciones y características específicas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de
Emisiones.
Moneda en la que se expresarán las Emisiones
Las Emisiones que forman parte del Programa de Emisiones podrán estar expresadas en Dólares de los Estados Unidos de
tomar en cuenta el tipo de cambio de venta vigente del Dólar de los Estados Unidos de América, publicado por el Banco
Central de Bolivia a la fecha de Autorización de Oferta Pública de cada Emisión que conforme el presente Programa de
Emisiones.
Esta característica será determinada por la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión
específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de
Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en
fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones
comprendidas dentro del Programa de Emisiones.
Plazo para la amortización o pago total de los Bonos a ser emitidos dentro del Programa de Emisiones
El plazo para la amortización de capital o pago total de los Bonos emitidos dentro del Programa de Emisiones no será
superior, de acuerdo a documentos constitutivos, al plazo de duración de la Sociedad. Asimismo, las Emisiones que formen
parte integrante del Programa de Emisiones, tendrán un plazo superior a cinco años, de acuerdo a las disposiciones legales de
ASFI.
Incumplimiento de pago de los Bonos
La falta de pago de capital o intereses de los Bonos dentro del Programa de Emisiones, de acuerdo a lo dispuesto en el
Artículo 7 de la Sección 4 de la Resolución SB Nº 098/2008 de fecha 11 de junio de 2008 emitida por la SBEF (actualmente
ASFI), y el inciso a) del artículo 120º de la LBEF, se constituye en causal de intervención por parte de ASFI.
Modalidad de colocación
La modalidad de colocación de cada Emisión comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos será determinada por
la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al
efecto, resolverá y aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1
del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos,
condiciones y características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de
Emisiones.
Series y montos en que se dividirá cada Emisión
Las series en que se dividirá cada Emisión y sus montos serán determinadas por la Junta General Extraordinaria de
Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y aprobará en base
a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta de Accionistas de
fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y características
especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones.
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Valor nominal de los Bonos
El valor nominal de los Bonos que forman parte del Programa de Emisiones, será determinado por La Junta General
Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad que mediante reunión específica, debidamente convocada al efecto, resolverá y
aprobará en base a las características generales del Programa de Emisiones señaladas en el numeral 1.1 del Acta de la Junta
de Accionistas de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 los términos, condiciones y
características especificas aplicables a cada una de las emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones.
Compromisos financieros
En tanto los
Ban
que componen las diferentes Emisiones del Programa de Emisiones se encuentren pendientes
de redención total, BancoSol se sujetará, para efectos del cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Bonos
emitidos, a los compromisos financieros siguientes:
1. Coeficiente de Adecuación Patrimonial. El Coeficiente de Adecuación Patrimonial de la Sociedad sobre activos
ponderados por riesgo debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes igual o superior al once por
ciento (11%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la
autoridad competente, conforme a lo señalado en la siguiente fórmula:
Patrimonio Neto (1)
11%
Valor Total de Activos Ponderados (2)
(1) Calculado por la ASFI
(2) Calculado conforme a normas emitidas por la SBEF (actualmente SFI)
Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Capítulo VIII del Título IX de la Recopilación de Normas para Bancos y
Entidades Financieras emitida por la SBEF (actualmente ASFI) reglamenta el control de la Suficiencia Patrimonial y
Ponderación de Activos.
Patrimonio Neto: El Artículo 46 de la LBEF define el Patrimonio Neto de las entidades de intermediación financiera como
la suma del capital primario y del secundario, deducidos los ajustes determinados por la SBEF (actualmente ASFI) y los
auditores externos. El Coeficiente de Adecuación Patrimonial se calculará sobre la base del Patrimonio Neto. Asimismo, la
Sección 3 del Capítulo VIII del Título IX de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras emitida por la
SBEF (actualmente ASFI) establece la forma de cálculo del Patrimonio Neto.
Valor Total de los Activos Ponderados: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la
entidad en función a sus riesgos. El inciso b) del Artículo 47 de la LBEF establece los coeficientes de ponderación de cada
activo y contingente. Asimismo, el capítulo VII Sección 2 de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras
emitida por la SBEF (actualmente ASFI) establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y
Contingentes.
2.
El resultado de dividir: la suma del valor de las siguientes cuentas de BancoSol: Disponibilidades más Inversiones
Temporarias, entre la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Obligaciones con el Público a la Vista; y (ii)
Obligaciones con el Público por Cuentas de Ahorro; debe ser el promedio de los últimos 3 meses calculado cada fin de mes
igual o superior al cincuenta por ciento (50%), conforme a la siguiente fórmula, sin perjuicio de la obligación de BancoSol
de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la autoridad competente.
Disponibilidades e Inversiones Temporarias
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SEPTEMBER 2008
50%
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BANCOS
Obligaciones con el Público a la Vista + Obligaciones con el Público en Cuentas de
Ahorro
Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene
la entidad en caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y
corresponsales del país y del exterior; así como la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de
cheques y otros documentos mercantiles de cobro inmediato.
Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponden a las inversiones
representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de
inversiones, con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan
ser convertidas en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días.
Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 37 de la LBEF, corresponde a cualquier clase de pasivos cuyo
pago puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo.
Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, representan los fondos recibidos en depósitos y otros
tipos de obligaciones con el público en general. No se consideran en este grupo las obligaciones con entidades del sector
público (cuentas fiscales), el Banco Central de Bolivia, otros bancos y entidades de financiamiento. Incluye los
correspondientes cargos devengados por pagar.
Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 37 de la LBEF, son depósitos de dinero con plazo
indeterminado, sujetos al reglamento de cada banco y que serán aprobados por ASFI. Según el Manual de Cuentas para
Bancos y Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en cuentas de ahorros.
El resultado de dividir el valor de la suma de la cuenta de Previsión para Incobrabilidad de Cartera del Banco más la
Previsión para Activos Contingentes más la Previsión Genérica Cíclica más Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas
futuras aún no identificadas entre la suma del valor de las siguientes cuentas: Cartera Vencida más Cartera en Ejecución
más Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida más Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser
el promedio de los últimos tres meses calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la
siguiente fórmula sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con el mayor porcentaje que pueda ser establecido
por la autoridad competente.
Previsión para Incobrabilidad de Cartera + Previsión para Activos Contingentes + Previsión
Genérica Cíclica + Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no
identificadas
100%
Cartera Vencida + Cartera en Ejecución + Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida
+ Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución
Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, en esta
cuenta se registra el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo
con lo dispuesto en el Título V de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el
importe estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes.
Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras representa el importe
necesario para la constitución de la previsión cíclica requerida, según lo establecido en el Anexo de evaluación y calificación
de la cartera de créditos de la Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras.
Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas: Según el Manual de Cuentas para Bancos
y Entidades Financieras en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades
financieras constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas.
Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos cuyo
capital, cuotas de amortización o intereses, no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados
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SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
desde la fecha de vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de
incumplimiento en el cronograma de pagos.
Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o interés devengados, haya sido
prorrogado por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta.
Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras, corresponde a los créditos por los
cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro.
Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras
representa a los créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido
cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento.
Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Bancos y Entidades Financieras
representa a los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para
el cobro.
El cálculo de los compromisos financieros descritos precedentemente será enviado a ASFI a la BBV y al Representante
Común de Tenedores Bonos de forma trimestral, dentro de los siguientes 15 días de vencido cada trimestre, entendiéndose
por trimestre el cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
Todos los compromisos anteriormente señalados, podrán ser modificados por la Sociedad previo consentimiento de la
Asamblea General del Programa, la cual no podrá negarse, retractarse ni condicionar dicho consentimiento de manera no
razonable, cuando dicha modificación sea (i) necesaria para el desarrollo de la Sociedad, (ii) pudiera resultar en un
incremento en los ingresos de la Sociedad, o (iii) pudiera resultar en una disminución de los costos de la Sociedad, y dichas
modificaciones se encuentren dentro de un marco de las prácticas comerciales generalmente aceptadas en la industria
financiera bancaria.
Tratamiento Tributario
De acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 29 y 35 de la Ley 2064 de fecha 03 de abril de 2000, el tratamiento
tributario de las emisiones dentro del Programa es el siguiente:
Toda Ganancia de capital producto de la valuación de Bonos a precios de mercado o producto de su venta definitiva están
exentas de todo pago de impuesto; y
El pago de intereses de las emisiones dentro del Programa cuyo plazo de vigencia sea igual o superior a tres años está
exento del pago del RC-IVA.
Los impuestos antes señalados y los demás impuestos actuales y futuros se aplican conforme a las disposiciones legales
que los regulen.
Bonos BancoSol Emisión 1
Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol dentro del Programa de Emisiones de Bonos denominado
nos Ban
y se encuentra comprendida
Series y Cantidad de Bonos de la Emisión 1: La Emisión 1, comprendida dentro del Programa de Emisiones, tendrá una serie
única y estará compuesta por 17.000 (diecisiete mil) bonos. Monto total de la Emisión: El monto de la Emisión 1 es de Bs
170.000.000 (Ciento setenta millones 00/100 de Bolivianos).
Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 1 es de 3.600 (Tres mil seiscientos) días calendario, computables a partir de la
fecha de emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente
Emisión.
Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo
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BANCOS
Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 1 es de Bs10.000 (Diez mil
00/100 Bolivianos).
Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 1: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fija de
6.00%. Los intereses serán cancelados en las oficinas del Agente Pagador contra la presentación del Certificado de
Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores S.A. (EDV).
Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la
Emisión 1 es de 2.758 días calendario, cálculo realizado según lo indicado en de la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de
fecha 10 de marzo de 2005, referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros (actualmente ASFI).
Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se
realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario.
La amortización de Capital será a vencimiento, conforme a lo establecido en el Cronograma de Cupones siguiente:
Cupón
Número de Días
Pago de Intereses por Bono(Expresado en Bs)
1
180
300,00
2
180
300,00
3
180
300,00
4
180
300,00
5
180
300,00
6
180
300,00
7
180
300,00
8
180
300,00
9
180
300,00
10
180
300,00
11
180
300,00
12
180
300,00
13
180
300,00
14
180
300,00
15
180
300,00
16
180
300,00
17
180
300,00
18
180
300,00
19
180
300,00
20
180
300,00
Las amortizaciones de capital y pago de intereses se efectuarán contra la presentación del Certificado de Acreditación de
Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales
vigentes.
En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses,
exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del
valor, fecha de vencimiento, cronograma de cupones y Emisión a la que pertenece.
25 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Fecha de Vencimiento de la Serie Única de los Bonos: La Fecha de Vencimiento de la Serie Única de los Bonos será el 3.600
días calendario contabilizados a partir de la fecha de emisión que estará contenida en la resolución de autorización de ASFI..
Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la
Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 1 en el
RMV de ASFI.
Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 1, serán representados mediante
anotaciones en cuenta en el sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores
de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre
Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes.
Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: El pago de intereses y las amortizaciones de capital se
efectuarán contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales vigentes.
En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, según
corresponda, exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad, el mismo que indicará la
titularidad del valor, fecha de vencimiento, cronograma de cupones y Emisión a la que pertenece.
Redención Anticipada: Los onos Bancosol , contenidos dentro del Programa de Emisiones denominado Bonos
BancoSol, podrán ser redimidos o rescatados anticipadamente luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días
calendario desde la Fecha de Emisión establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por
ASFI, de la Emisión 1 comprendida dentro del Programa de Emisiones. El directorio de la Sociedad podrá determinar
conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta de Accionistas de fecha 28 de
febrero de 2011, reinstalada en fecha 28 de marzo de 2011 de marzo de 2011, cuando lo juzgue conveniente para los
intereses del BancoSol, la redención anticipada de los bonos, la modalidad de redención, la cantidad de Bonos a ser redimidos
y cualquier otra condición relativa a la redención que se considere necesaria para efectuar dicha redención, de acuerdo al
siguiente detalle:
Redención mediante sorteo
La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del
Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista,
calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida
remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la emisión
(en días)
Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido
2520 o mayor
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.50%
26 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
360 1
0.00%
El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante
Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los
Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los
cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de
circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a
la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el
pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados
conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago.
La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la
compensación por la redención anticipada, cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo
un día hábil antes de la fecha señalada para el pago.
Redención mediante Mercado Secundario
La redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en
función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención
anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para
entidades supervisadas por ASFI.
En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán
realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Asimismo, cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los
resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de
Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo.
En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al
plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el
total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores
de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada.
Reajustabilidad del Empréstito
Los
onos BancoSol reajustables.
, que componen el Programa de Emisiones y el empréstito resultante no serán
Garantía
La garantía de la presente Emisión es quirografaria, es decir con todos los bienes presentes y futuros de la Sociedad, con la
limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado, Decreto
Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida
de acuerdo al siguiente detalle:

Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos.

Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos
bonos.

Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos.

Válida y existente a la Fecha de Emisión.
Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de Emisiones
de Bonos.
Precio de colocación primaria de la presente Emisión: El Precio de colocación es mínimamente a la par del valor nominal.
27 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Modificaciones a las Condiciones y Características de la Emisión 1 comprendida dentro del Programa de Emisiones:
En cumplimiento a las normas legales aplicables, previa aprobación de la Asamblea General del Programa, por el voto
favorable de dos tercios del capital remanente de los Bonos en circulación de todas las emisiones del Programa de
Emisiones presentes, BancoSol se encuentra facultado para modificar las condiciones y características del presente
Programa de Emisiones .
Para la modificación de los términos y condiciones específicos de las Emisiones que formen parte del referido Programa de Emisiones, se
requerirá de igual manera la aprobación de dos tercios del capital remanente de los Bonos en circulación de la correspondiente Asamblea
General de Tenedores de Bonos presentes .
Bonos BancoSol Emisión 2
Segund
Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo
Monto total de la Emisión: El monto de la Emisión 2 es de Bs 170.000.000 (Ciento setenta millones 00/100 de Bolivianos).
Moneda de la Emisión:
Series en que se divide la Emisión 2: Serie única
Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 2: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fijo de
5.00%.
Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 2 es de 2.160 (Dos mil ciento sesenta) días calendario, computables a partir de la
fecha de emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente
Emisión.
Modalidad de Colocaci
Cantidad de Bonos de la serie única de la Emisión 2: 17.000 (diecisiete mil) bonos obligacionales.
Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 2 es de Bs10.000 (Diez mil
00/100 Bolivianos).
Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la
Emisión 2 es de 1.893 días calendario, cálculo registrado según lo indicado en la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de
fecha 10 de marzo de 2005, referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de
Pensiones, Valores y Seguros (actualmente ASFI).
Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se
realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario.
La amortización de Capital será a vencimiento, conforme a lo establecido en el Cronograma de Cupones siguiente
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SEPTEMBER 2008
Cupón
Número de Días
Pago de Intereses por Bono (Expresado en Bs)
1
180
250,00
2
180
250,00
3
180
250,00
4
180
250,00
5
180
250,00
6
180
250,00
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
7
180
250,00
8
180
250,00
9
180
250,00
10
180
250,00
11
180
250,00
12
180
250,00
Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la Fecha
de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 2 en el RMV de
ASFI.
Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 2, serán representados mediante
anotaciones en cuenta en el Sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores de
Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre Azul, piso
12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes.
Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: En el día de vencimiento de un determinado cupón, se podrá
efectuar la amortización de capital y pago de intereses, exigiendo un documento equivalente al Certificado de Acreditación
de Titularidad, el mismo que indicará la titularidad del valor y Emisión a la que pertenece.
La amortización de capital y pago de intereses serán efectuados, a partir del día siguiente de la referida fecha de vencimiento,
contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de Valores de
Redención Anticipada:
redimidos anticipadamente total o parcialmente luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde la
Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta
General Extraordinaria de Accionistas del Banco de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada el 28 de marzo de 2011, la misma
que fuera modificada parcialmente mediante Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco de 24 de junio
de 2011 y establecida en la Autorización de Oferta Pública e Inscripción en el RMV emitida por ASFI, de la presente Emisión
comprendida dentro del Programa de Emisiones, de acuerdo a los siguientes procedimientos:
Redención mediante sorteo: La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en
los Artículos 662 al 667 del Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación
monetaria al inversionista, calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en
función a los días de vida remanentes de la Emisión, con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la emisión (en días)
Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido
2.520 o mayor
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
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INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
1.080 721
0.75%
720 361
0.50%
360 1
0.00%
El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante
Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los
Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los
cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de
circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a
la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el
pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados
conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago.
La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la
compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo
un día hábil antes de la fecha señalada para el pago.
Redención mediante Mercado Secundario. Adicionalmente, la redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en
el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad
comunique su eventual decisión de efectuar una redención anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia
con lo establecido en la Metodología de Valoración para entidades supervisadas por ASFI.
En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán
realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Las personas delegadas conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 1.3 del Acta de la Junta General
Extraordinaria de Accionistas del Banco de fecha 28 de febrero de 2011, reinstalada el 28 de marzo de 2011, la misma que
fuera modificada parcialmente mediante Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas del Banco de 24 de junio de
2011; podrán determinar, cuando lo juzguen conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos,
la modalidad de redención y la cantidad de Bonos a ser redimidos.
Asimismo, cualquier decisión de redimir Valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los
resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de
Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo.
En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al
plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el
total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores
Reajustabilidad del Empréstito: Los
onos BancoSol empréstito resultante no serán reajustables.
, que componen el Programa de Emisiones y el
Garantía: La garantía de la presente Emisión es quirografaria del Banco, es decir con todos los bienes presentes y futuros de
la Sociedad, con la limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto
Ordenado, Decreto Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada
Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle:

Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos.

Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los
referidos bonos.

Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos.
30 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS

Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de
Emisiones de Bonos.
Precio de colocación primaria de la presente Emisión: Mínimamente a la par del valor nominal.
Modificaciones a las Condiciones y Características de la Emisión 2 comprendida dentro del Programa de Emisiones:
Para la modificación de los términos y condiciones específicos de la Emisión 2 comprendida dentro del presente Programa de
Emisiones, se requerirá de igual manera la aprobación de dos tercios del capital remanente de los Bonos en circulación de la
correspondiente Asamblea General de Tenedores de Bonos presentes.
Bonos BancoSol Emisión 3
Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol dentro del Programa de Emisiones de Bonos denominado
nos Ban
y se encuentra comprendida
Series y Cantidad de Bonos de la Emisión: La Emisión 3, comprendida dentro del Programa de Emisiones, tendrá una serie
única y estará compuesta por 16.000 (dieciseis mil) bonos.
Monto total de la Emisión: El monto de la Emisión 3 es de Bs 160.000.000 (Ciento sesenta millones 00/100 de Bolivianos).
Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 3 es de 2.880 (Dos mil ochocientos ochenta) días calendario, computables a partir
de la fecha de emisión contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente
Emisión.
Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo
Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 3 es de Bs10.000 (Diez mil
00/100 Bolivianos).
Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 3: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fija de
5.00%.
Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la
Emisión 3 es de 2.409 días calendario, cálculo realizado según se establece en la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de
fecha 10 de marzo de 2005, y la última modificación realizada mediante resolución administrativa ASFI N°755/2012 de fecha
20/12/2012 referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros (actualmente ASFI).
Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se
realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario. La amortización de Capital será a vencimiento, conforme a lo establecido
en el Cronograma de Cupones.
Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la
Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 3 en el
RMV de ASFI.
Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 3, serán representados mediante
anotaciones en cuenta en el sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores
de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre
Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes.
Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: El pago de intereses y las amortizaciones de capital se
efectuarán contra la presentación del Certificado de Acreditación de Titularidad (CAT) emitido por la Entidad de Depósito de
Valores de Bolivia S.A. (EDV), dando cumplimiento a las normas legales vigentes.
En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar la amortización de capital y pago de intereses, contra la
31 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
verificación de la relación de titularidad contenida en un documento equivalente al Certificado de Acreditación de Titularidad
(CAT) emitido por la EDV, el mismo que indicará la titularidad del Valor y la Emisión a la que perteneces.
Redención Anticipada:
redimidos anticipadamente, total o parcialmente, luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario, desde la
Fecha de Emisión determinada, conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 2.2 del Prospecto Marco
y establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de
Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de acuerdo a los siguientes procedimientos:
Redención mediante sorteo
La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del
Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista,
calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida
remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la emisión
(en días)
Porcentaje de compensación por el saldo a capital a ser redimido
2520 o mayor
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.50%
360 1
0.00%
El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante
Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los
Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los
cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de
circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a
la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el
pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados
conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago.
La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la
compensación por la redención anticipada, cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo
un día hábil antes de la fecha señalada para el pago.
Redención mediante Mercado Secundario
La redención anticipada podrá efectuarse a través de compras en el Mercado Secundario a un precio que sea calculado en
función a la tasa de mercado del día anterior al que la Sociedad comunique su eventual decisión de efectuar una redención
anticipada. La tasa de mercado será determinada en concordancia con lo establecido en la Metodología de Valoración para
entidades supervisadas por ASFI.
32 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
En caso de que la redención anticipada se efectúe a través de compras en Mercado Secundario, las transacciones deberán
realizarse en la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Asimismo, cualquier decisión de redimir valores a través de sorteo o mediante compras en Mercado Secundario y los
resultados del sorteo, cuando corresponda, deberán ser comunicados como Hecho Relevante a ASFI, a la Bolsa Boliviana de
Valores S.A. y al Representante Común de Tenedores de Bonos a más tardar al día siguiente hábil de conocido el mismo.
En caso de haberse realizado una redención anticipada y que como resultado de ello, el plazo de los Bonos resultara menor al
plazo mínimo establecido por Ley para la exención del RC - IVA, el Emisor pagará al Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el
total de los impuestos correspondientes a dicha redención, no pudiendo descontar los mencionados montos a los Tenedores
de Bonos que se hubiesen visto afectados por la redención anticipada.
Reajustabilidad del Empréstito
Los
onos BancoSol reajustables.
, que componen el Programa de Emisiones y el empréstito resultante no serán
Garantía
La garantía de la presente Emisión es quirografaria, es decir con todos los bienes presentes y futuros de la Sociedad, con la
limitación establecida en el numeral 6 del Artículo 54 de la Ley de Bancos y Entidades Financieras (Texto Ordenado, Decreto
Supremo N° 26581 de 3 de abril de 2002) hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida
de acuerdo al siguiente detalle:

Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos.

Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los
referidos bonos.

Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos.

Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier emisión que conforme el Programa de
Emisiones de Bonos.
Precio de colocación primaria de la presente Emisión: El Precio de colocación es mínimamente a la par del valor nominal.
Programa de Emisiones de Bonos BancoSol II
Denominación del Programa de Emisiones de Bonos: El presente Programa de Emisiones se denomina Bonos BancoSol
.
Monto del Programa de Emisiones de Bonos: Bs 500.000.000.- (Quinientos millones 00/100 Bolivianos).
El plazo del Programa de Emisiones de Bonos: Mil ochenta (1.080) días calendario computables a partir del día siguiente
hábil de efectuada la notificación de la Resolución de ASFI, que autorice e inscriba el Programa de Emisiones en el RMV de
ASFI.
Las monedas en las que se expresarán las emisiones que forman parte del Programa de Emisiones de Bonos podrán
ser
autorizado por la Junta y ASFI, se deberá tomar en cuenta el tipo de cambio de venta vigente del Dólar de los Estados Unidos
de América, establecido por el Banco Central de Bolivia a la fecha de Autorización de Oferta Pública de cada Emisión
respectiva que conforme el Programa de Emisiones.
Forma de Amortización de capital y pago de intereses de cada emisión que forme parte del Programa de Emisiones
de Bonos: En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá efectuar la amortización de capital y/o pago de
intereses, contra la verificación de la relación de titularidad emitida por la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A.
fecha de vencimiento, la amortización de capital y/o pago de intereses serán efectuados contra la presentación del Certificado
de Ac
cumplimiento a las normas legales vigentes aplicables.
33 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
Individualización de las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones de Bonos: El Programa de Emisiones
comprenderá Emisiones periódicas de Bonos, cuya individualización y características serán comunicadas oportunamente a
ASFI por BancoSol mediante nota expresa y envío del Acta correspondiente de la Junta General Extraordinaria de Accionistas
de la Sociedad, que apruebe los términos, condiciones y características de las Emisiones dentro del Programa de Emisiones, y
remisión de la nota signada por las gerencias delegadas según se establece en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava
Junta de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013, remisión del Prospecto Complementario y de la Declaración Unilateral de
Voluntad aplicable.
Plazo de colocación primaria de cada emisión dentro del Programa de Emisión de Bonos: Ciento ochenta (180) días
calendario, computables a partir de la Fecha de Emisión respectiva contenida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e
Inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones en el RMV de ASFI.
Precio de colocación primaria: El Precio de colocación será mínimamente a la par del valor nominal.
Tipo de Bonos a Emitirse: Bonos obligacionales y redimibles a plazo fijo.
Redención anticipada: Los Bonos que conformen las diferentes Emisiones dentro del presente Programa de Emisiones podrán
ser redimidos anticipadamente, total o parcialmente, luego de transcurridos 360 (trescientos sesenta) días calendario desde
la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 3.18 del Acta de la
Trigésima Octava Junta de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y en el punto 2.2 del Prospecto Marco y establecida en la
Autorización de Oferta Pública e Inscripción de la correspondiente Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el
RMV de ASFI, de acuerdo a los siguientes procedimientos:
Redención mediante sorteo
La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del
Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista,
calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida
remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida remanente de la
emisión (en días)
Porcentaje de compensación por el
saldo a capital a ser redimido
2521 o mayor
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.50%
360 1
0.00%
El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante
Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los Bonos
que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los cinco (5)
días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de circulación
nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a la
nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el pago
que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados
34 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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BANCOS
conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago.
La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la
compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo un
día hábil antes de la fecha señalada para el pago.
Redención mediante Mercado Secundario
Las gerencias, conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta
de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y en el punto 2.2 del Prospecto Marco, podrán determinar, cuando lo juzguen
conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de
Bonos a ser redimidos.
Lugar de amortizaciones de capital y pago de intereses: Las amortizaciones de capital y pago de intereses, se realizarán en
las oficinas del Agente Pagador.La Sociedad realizará la comunicación para fines de pago, dentro de las 24 horas previas a la
fecha de vencimiento.
Garantía: Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía
quirografaria de BancoSol, con la limitación establecida en el inciso e) del Artículo 464 de la Ley 393 de Servicios Financieros
hasta el monto total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle:
 Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos.
 Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los referidos
bonos.
 Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos.
 Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier Emisión que conforme el Programa de
Emisiones de Bonos
Aspectos relacionados a los intereses y amortizaciones de capital
Tasa de interés
Será la determinada por las gerencias delegadas conforme lo establecido en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava
Junta de Accionistas de fecha 31 de julio en sujeción a la normativa vigente.
Para cada caso, la Tasa de Interés será comunicada oportunamente a la Dirección de Supervisión de Valores de ASFI e incluida
en la Autorización de Oferta Pública e inscripción en el RMV emitida por ASFI.
Forma de cálculo de los intereses
En caso de Emisiones en Bolivianos o en Dólares de los Estados Unidos de América. El cálculo será efectuado sobre la base del
año comercial de trescientos sesenta (360) días. La fórmula para dicho cálculo se detalla a continuación:
VCi = K* ( Ti * Pl / 360
Donde:
VCi = Valor de cupón en el periodo i
K = Valor nominal o saldo a capital pendiente de pago
Ti = Tasa de interés nominal anual
Pl = Plazo del cupón (número de días calendario)
Donde i representa el período
Tipo de interés
Será la determinada por las gerencias delegadas conforme lo establecido en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava
Junta de Accionistas de fecha 31 de julio en sujeción a la normativa vigente.
Fecha desde la cual el Tenedor del Bono comienza a ganar intereses
Los Bonos devengarán intereses a partir de su Fecha de Emisión establecida en la Autorización de Oferta Pública de ASFI e
inscripción en el RMV de ASFI de las Emisiones comprendidas dentro del Programa de Emisiones, dichos intereses dejarán de
35 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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BANCOS
generarse a partir de su vencimiento.
Lugar de amortización de capital y pago de intereses
Las amortizaciones de capital y pago de intereses se realizarán en las oficinas del Agente Pagador.
La Sociedad realizará la comunicación para fines de pago, dentro de las 24 horas previas a la fecha de vencimiento.
Compromisos financieros
de redención total, BancoSol se sujetará, para efectos del cumplimiento de las obligaciones emergentes de los Bonos emitidos,
a los compromisos financieros siguientes:
1.
Coeficiente de Adecuación Patrimonial
El Coeficiente de Adecuación Patrimonial de la Sociedad debe ser el promedio de los últimos 3 meses, calculado cada fin de
mes, igual o superior al once por ciento (11%), sin perjuicio de la obligación de BancoSol, de cumplir con un mayor porcentaje
que pueda ser establecido por la autoridad competente, conforme lo señalado en la siguiente fórmula:
(1) Calculado por ASFI.
(2) Calculado conforme a normas emitidas por ASFI.
Coeficiente de Adecuación Patrimonial: El Artículo 415 de la Ley 393 de Servicios Financieros define el Coeficiente de
Adecuación Patrimonial como la relación porcentual entre el Capital Regulatorio y los activos y contingentes ponderados en
función de factores de riesgo, incluyendo a los riesgos de crédito, de mercado y operativo, utilizando los procedimientos
establecidos en la normativa emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero ASFI. Asimismo, el Capítulo I
del Título VI del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros emitida por la Autoridad de Supervisión del
Sistema Financiero - ASFI reglamenta el control de la Suficiencia Patrimonial y Ponderación de Activos.
Capital Regulatorio: El Artículo 416 de la Ley 393 de Servicios Financieros define el Capital Regulatorio de las entidades de
intermediación financiera como la suma del capital primario y secundario, deducidos del capital primario los ajustes
determinados por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI y los auditores externos.
Activos y Contingentes Ponderados: Para calcular este valor es necesario ponderar los activos y contingentes de la entidad
en función a sus riesgos. El Artículo 418 de la Ley 393 de Servicios Financieros establece los coeficientes de ponderación de
cada activo y contingente por riesgo de crédito. Asimismo, la Sección 2 del Capítulo I del Título VI del Libro 3 de la
Recopilación de Normas para Servicios Financieros emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI
establece el Procedimiento del Cálculo de la Ponderación de Activos y Contingentes.
2.
Indicador de Liquidez
El resultado de dividir: la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Disponibilidades; y (ii) Inversiones Temporarias, entre la
suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Obligaciones con el Público a la Vista; y (ii) Obligaciones con el Público por
Cuentas de Ahorro; debe ser el promedio de los últimos 3 meses, calculado cada fin de mes, igual o superior al cincuenta por
ciento (50%), conforme a la siguiente fórmula, sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje
que pueda ser establecido por la autoridad competente.
Disponibilidades: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representan el efectivo que mantiene la entidad en
caja, los saldos a la vista en el Banco Central de Bolivia, en oficina matriz y sucursales del exterior, en bancos y corresponsales
del país y del exterior; así como, la tenencia de metales preciosos. También representa la existencia de cheques y otros
documentos mercantiles de cobro inmediato.
36 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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BANCOS
Inversiones Temporarias: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponden a las inversiones en
representativos de deuda adquiridos por la entidad; inversiones que han sido realizadas, conforme a su política de inversiones,
con la intención de obtener una adecuada rentabilidad de sus excedentes temporales de liquidez y que puedan ser convertidas
en disponibilidades en un plazo no mayor a treinta (30) días.
Obligaciones con el Público a la Vista: Según el Artículo 121 de la Ley 393 de Servicios Financieros, corresponde a cualquier
clase de pasivo cuyo pago puede ser requerido a simple pedido del titular con la presentación del documento respectivo.
Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, en esta cuenta se registran las obligaciones con el público de
exigibilidad inmediata.
Obligaciones con el Público en Cuentas de Ahorro: Según el Artículo 121 de la Ley 393 de Servicios Financieros, son
depósitos de dinero con plazo indeterminado, sujetos al reglamento de cada Entidad de Intermediación Financiera aprobado
por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero - ASFI.
Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponde a las obligaciones con el público por fondos recibidos en
cuentas de ahorros.
3.
Indicador de Cobertura
El resultado de dividir el valor de la suma de las siguientes cuentas: (i) Previsión para Incobrabilidad de Cartera; (ii) Previsión
para Activos Contingentes; (iii) Previsión Genérica Cíclica y; (iv) Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún
no identificadas, entre la suma del valor de las siguientes cuentas: (i) Cartera Vencida; (ii) Cartera en Ejecución; (iii) Cartera
Reprogramada o Reestructurada Vencida y; (iv) Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución; debe ser el promedio
de los últimos tres meses, calculado cada fin de mes, igual o superior al cien por ciento (100%), conforme a la siguiente
fórmula sin perjuicio de la obligación de BancoSol de cumplir con un mayor porcentaje que pueda ser establecido por la
autoridad competente.
Previsión para incobrabilidad de cartera: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, en esta cuenta se registra
el importe que se estima para cubrir los riesgos de pérdidas por incobrabilidad de préstamos, de acuerdo con lo dispuesto en el
Título II del Libro 3 de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros.
Previsión para Activos Contingentes: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa el importe
estimado para cubrir el riesgo de posibles pérdidas originadas por los activos contingentes.
Previsión Genérica Cíclica: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa el importe necesario para la
Calificación de la Cartera d
Financieros.
Previsiones Genéricas Voluntarias para pérdidas futuras aún no identificadas : Según el Manual de Cuentas para Entidades
Financieras, en esta cuenta se registran las previsiones que en forma voluntaria y adicional las entidades financieras
constituyen para cubrir posibles pérdidas futuras y que aún no han sido identificadas.
Cartera Vencida: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponde a los créditos cuyo capital, cuotas de
amortización o intereses no hayan sido cancelados íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de
vencimiento. Para este efecto, la fecha efectiva de contabilización en esta cuenta es el día 31 de incumplimiento en el
cronograma de pagos.
Todo crédito cuyo vencimiento para las amortizaciones de capital, una cuota del mismo o intereses devengados, haya sido
prorrogada por períodos adicionales a 30 días se contabiliza en esta cuenta.
Cartera en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, corresponde a los créditos por los cuales la
entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro.
37 JUNIO 2014
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Cartera Reprogramada o Reestructurada Vencida: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa a los
créditos reprogramados o reestructurados cuyo capital, cuotas de amortización o intereses no hayan sido cancelados
íntegramente a la entidad hasta los 30 días contados desde la fecha de vencimiento.
Cartera Reprogramada o Reestructurada en Ejecución: Según el Manual de Cuentas para Entidades Financieras, representa
a los créditos reprogramados o reestructurados por los cuales la entidad ha iniciado las acciones judiciales para el cobro.
El cálculo de los compromisos financieros descritos precedentemente será enviado a ASFI, a la BBV y al Representante Común
de Tenedores Bonos de forma trimestral, dentro de los siguientes 15 días de vencido cada trimestre, entendiéndose por
trimestre el cierre de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre.
Todos los compromisos anteriormente señalados, podrán ser modificados por la Sociedad previo consentimiento de la
Asamblea General de Tenedores de Bonos de cada Emisión, la cual no podrá negarse, retractarse ni condicionar dicho
consentimiento de manera no razonable, cuando dicha modificación sea: (i) necesaria para el desarrollo de la Sociedad, (ii)
pudiera resultar en un incremento en los ingresos de la Sociedad o, (iii) pudiera resultar en una disminución de los costos de la
Sociedad, y dichas modificaciones se encuentren dentro de un marco de las prácticas comerciales generalmente aceptadas en
la industria financiera bancaria
Bonos BancoSol II Emisión 1
Denominación de la Emisión: La presente Emisión se denomina Bonos BancoSol II comprendida dentro del Programa de Emisiones de Bonos denominado
nos Ban
y se encuentra
.
Monto de la Emisión 1: es de Bs 170.000.000.- (ciento setenta millones 00/100 de Bolivianos)
Series y Cantidad de Bonos de la Emisión 1: La Emisión 1, comprendida dentro del Programa de Emisiones, tendrá una serie
única y estará compuesto por 17.000 (diecisiete mil) bonos.
Plazo de la Emisión: El plazo de la Emisión 1 es de tres mil doscientos cuarenta (3.240) días calendario, computables a partir
de la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones según el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima
Octava Junta General Extraordinaria de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y contenida en la autorización de Oferta
Pública de ASFI e inscripción en el RMV de ASFI de la presente Emisión comprendida dentro del Programa de Emisiones.
Tipo de Valores a Emitirse: Bonos Obligacionales y Redimibles a Plazo Fijo
Valor nominal de los Bonos: El valor nominal de cada bono perteneciente a la Emisión 1 es de Bs10.000 (Diez mil
00/100 Bolivianos).
Tipo y Tasa de Interés de la Emisión 1: Los Bonos de la presente Emisión, devengarán un interés nominal, anual y fija de
6.00%.
Duración (plazo económico) de la Serie Única dentro de la Emisión: La duración (plazo económico) de la Serie Única de la
Emisión 1 es de 2,550 días calendario, cálculo realizado según se establece en la Resolución Administrativa SPVS - Nº 174 de
fecha 10 de marzo de 2005, y la última modificación realizada mediante resolución administrativa ASFI N°755/2012 de fecha
20/12/2012 referida a la Metodología de Valoración para Entidades Supervisadas por la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros (actualmente ASFI)
Periodicidad de Pago de intereses, Amortizaciones de Capital y Cronograma de Cupones: El pago de intereses se
realizará cada 180 (ciento ochenta) días calendario.
Plazo de colocación primaria: El plazo de colocación primaria es de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la
Fecha de Emisión contenida en la autorización emitida por ASFI que autorice la Oferta Pública e inscriba la Emisión 1 en el
RMV de ASFI.
Forma y procedimiento de colocación primaria: Mercado Primario Bursátil a través de la Bolsa Boliviana de Valores S.A.
Forma de Representación de los Valores: Los Bonos comprendidos dentro de la Emisión 1, serán representados mediante
anotaciones en cuenta en el sistema de Registro de Anotaciones en Cuenta a cargo de la Entidad de Depósito de Valores
de Bolivia S.A. (EDV), cuyas oficinas están ubicadas en la Av. 20 de octubre, esq. Calle Campos Nº 2665, Edificio Torre
Azul, piso 12, de la ciudad de La Paz, de acuerdo a regulaciones legales vigentes.
38 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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BANCOS
Forma de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital: En el día de vencimiento de un determinado cupón se podrá
efectuar la amortización de capital y/o pago de intereses, contra la verificación de la relación de titularidad emitida por la
Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.
pertenece.
A partir del día siguiente de la referida fecha de vencimiento, la amortización de capital y/o pago de intereses serán
efectuados contra la presentación del Certifica
.
Redención Anticipada: Los onos BancoSol II , que forman parte del Programa de Emisiones denominado
Bonos BancoSol II, podrán ser redimidos anticipadamente, total o parcialmente, luego de transcurridos 360 (trescientos
sesenta) días calendario desde la Fecha de Emisión determinada conforme a la Delegación de Definiciones establecidas en el
numeral 2.2 del Prospecto Marco y establecida en la Autorización de Oferta Pública e inscripción de la correspondiente
Emisión dentro del Programa de Emisiones de Bonos en el RMV de ASFI, de la presente Emisión comprendida en el Programa
de Emisiones, de acuerdo a los siguientes procedimientos:
Redención mediante sorteo
La redención podrá efectuarse mediante sorteo, de acuerdo a los lineamientos establecidos en los Artículos 662 al 667 del
Código de Comercio, en lo aplicable. La redención por sorteo estará sujeta a una compensación monetaria al inversionista,
calculada sobre la base porcentual respecto al monto de capital redimido anticipadamente, en función a los días de vida
remanentes de la emisión, con sujeción a lo siguiente:
Plazo de vida
remanente de la
emisión
(en días)
Porcentaje de
compensación
por el saldo a
capital a ser
redimido
2521 o mayor
3.00%
2.520 2.161
2.50%
2.160 1.801
2.00%
1.800 1.441
1.75%
1.440 1.081
1.25%
1.080 721
0.75%
720 361
0.50%
360 1
0.00%
El sorteo se celebrará ante un Notario de Fe Pública, con asistencia de Representantes de la Sociedad y del Representante
Común de Tenedores de Bonos, debiendo el Notario de Fe Pública levantar acta de la diligencia, indicando la lista de los
Bonos que salieron sorteados para ser redimidos anticipadamente, la que se protocolizará en sus registros. Dentro de los
cinco (5) días calendario siguientes a la fecha de celebración del sorteo, se deberá publicar por una vez, en un periódico de
circulación nacional, la lista de Bonos sorteados para redención anticipada, con la identificación de los mismos, de acuerdo a
la nomenclatura que utiliza la Entidad de Depósito de Valores de Bolivia S.A., indicación de la fecha en la que se efectuará el
pago que será después de quince (15) días hábiles siguientes a la publicación y con la indicación de que los Bonos sorteados
conforme a lo anterior dejarán de generar intereses desde la fecha fijada para su pago.
La Sociedad depositará en la cuenta bancaria designada por el Agente Pagador, el importe de los Bonos sorteados, la
compensación por la redención anticipada cuando corresponda, y los intereses devengados hasta la fecha de pago, mínimo
un día hábil antes de la fecha señalada para el pago.
39 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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BANCOS
Redención mediante Mercado Secundario
Las gerencias, conforme a la Delegación de Definiciones establecida en el numeral 3.18 del Acta de la Trigésima Octava Junta
de Accionistas de fecha 31 de julio de 2013 y en el punto 2.2 del Prospecto Marco, podrán determinar, cuando lo juzguen
conveniente a los intereses de la Sociedad, la redención anticipada de los Bonos, la modalidad de redención y la cantidad de
Bonos a ser redimidos
Reajustabilidad del Empréstito
Los onos BancoSol II reajustables.
, que componen el Programa de Emisiones y el empréstito resultante no serán
Garantía
Todas las Emisiones que formen parte del Programa de Emisiones estarán respaldadas por una garantía quirografaria de
BancoSol, con la limitación establecida en el inciso e) del Artículo 464 de la Ley 393 de Servicios Financieros hasta el monto
total de las obligaciones emergentes de cada Emisión y constituida de acuerdo al siguiente detalle:


Voluntaria a favor de todos los Tenedores de Bonos.
Irrevocable, hasta la redención total de Bonos y pago de intereses, de acuerdo a las previsiones contenidas en los
referidos bonos.
 Divisible en cuanto a los derechos de cada Tenedor de Bonos.
 Transferible a favor de quienes adquieran en el futuro los Bonos de cualquier Emisión que conforme el Programa de
Emisiones de Bonos.
Precio de colocación primaria de la presente Emisión: El Precio de colocación es mínimamente a la par del valor nominal.
40 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
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BANCOS
BALANCE GENERAL
ACTIVO
Disponibilidades y saldos en el banco central
Préstamos a bancos y otras instituciones financieras
Inversiones y títulos valores
Títulos para negociación
Títulos en cuenta de inversión
Títulos mantenidos hasta el vencimiento
Títulos e inversiones - otros
Préstamos netos de previsiones
Cartera de préstamos
Previsiones
Ingresos (no ordinarios-no realizados) por préstamos
Activos fijos - netos
Valor llave y otros activos intangibles - netos
Otros activos - total
Total de activos
PASIVOS
Depósitos del público
Depósitos del sector financiero
Bonos no subordinados, notas y otras deudas de largo plazo
Deuda subordinada
Otros pasivos - total
Total de pasivos
PATRIMONIO NETO
Acciones comunes
Resultados no asignados y reservas - total
Otros componentes del patrimonio neto
Total del patrimonio neto
Total pasivos y patrimonio neto
ESTADO DE RESULTADOS
Ingresos financieros
Egresos financieros
Margen financiero neto
Cargos por incobrabilidad
Otras previsiones
Ingresos no financieros
Comisiones netas
Ingresos por operaciones de compra-venta de moneda extranjera
Ganancia/(pérdida) sobre títulos en cuenta de inversión
Otros ingresos
Total de ingresos no financieros
Otros egresos operativos (no financieros)
Gastos de personal
Gastos administrativos y otros gastos operativos
Depreciación y amortización
Egresos no recurrentes/ extraordinarios
(Pérdida) ganancia por ajuste por inflación (neta)
Gastos operativos totales
Resultado antes de impuestos (pérdida)
Impuesto a la ganancias
Resultado del ejercicio después de impuestos, antes de ingresos (egresos)
extraordinarios
Resultado del ejercicio
Resultado del ejercicio luego de ingresos (egresos) extraordinarios
Resultado disponible / (pérdida atribuible) a los accionistas
41 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
Mar-2014
Dic-2013
Dic-2012
Dic-2011
Dic-2010
213
13
815
654
0
0
161
6.479
6.566
170
-83
126
3
84
7.734
214
16
855
694
0
0
160
6.343
6.409
147
-82
129
3
83
7.643
882
36
234
197
0
0
37
5.008
5.065
121
-65
117
8
63
6.346
433
41
514
474
0
0
40
3.944
4.017
125
-53
102
0
61
5.095
576
48
426
422
0
0
4
3.022
3.061
79
-40
77
0
42
4.191
5.409
486
502
215
481
7.092
5.360
501
508
221
411
7.002
4.526
515
346
106
365
5.858
3.689
490
173
109
266
4.727
2.935
614
0
113
223
3.885
400
242
0
642
7.734
400
242
0
642
7.643
306
181
0
487
6.346
221
147
368
5.095
181
125
0
306
4.191
299
48
251
32
-4
2
0
1
0
0
2
174
104
62
9
1
0
176
49
7
42
1.048
176
872
75
-58
17
3
7
0
7
17
613
361
221
31
0
0
614
259
91
168
854
146
708
87
-35
11
-5
6
0
10
11
480
280
171
30
1
0
481
186
66
120
673
109
564
133
-50
18
-4
8
0
14
18
376
219
136
21
4
0
380
119
25
95
542
106
436
114
-52
14
1
7
0
6
14
282
154
110
18
0
0
282
105
24
81
42
42
42
168
168
168
120
120
120
95
95
95
81
81
81
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
RATIOS
CALIDAD DE ACTIVO
Cargos por Incobrabilidad / Cartera de Préstamos
Cargos por Incobrabilidad / Ingresos antes de Previsiones
Previsiones / Cartera de Préstamos
Cartera sin Generación / Cartera de Préstamos
Cartera sin Generación / (Patrimonio Neto + Previsiones)
RENTABILIDAD
ROAA
ROAE
Resultados del Ejercicio / Promedio de Activos Ponderados por Riesgo Basilea I
Resultados Antes de Cargos por Incobrabilidad / Promedio de Activos
Ponderados por Riesgo (Basilea I)
CAPITALIZACION
Patrimonio Neto Básico / Activos Ponderados por Riesgo (Basilea I)
Patrimonio Neto / Activos Ponderados por Riesgo (Basilea I)
Patrimonio Neto Básico - Activos Intangibles / Activos Ponderados por
Riesgo (Basilea I)
Patrimonio Neto / Total de Activos
EFICIENCIA
Gastos Operativos / Ingresos Operativos
LIQUIDEZ Y FINANCIAMIENTO
(Fondos del Mercado Activos Líquidos) / Total de Activos
Activos Líquidos / Total de Activos
42 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
1,95%
40,71%
2,59%
0,74%
6,02%
1,17%
27,11%
2,30%
0,66%
5,37%
1,72%
36,54%
2,40%
0,61%
5,10%
3,30%
64,58%
3,12%
0,77%
6,29%
3,73%
68,02%
2,58%
0,88%
6,99%
2,19%
26,19%
2,47%
2,43%
31,60%
2,81%
2,12%
29,13%
2,52%
2,11%
29,10%
2,55%
2,17%
29,64%
2,84%
4,61%
4,62%
5,02%
5,54%
5,86%
8,75%
13,67%
9,32%
6,99%
11,99%
9,43%
7,13%
11,56%
9,32%
6,36%
11,13%
8,58%
6,88%
11,65%
9,37%
8,30%
8,39%
7,68%
7,22%
7,30%
68,93%
68,98%
66,80%
64,69%
62,65%
4,17%
11,38%
4,00%
12,09%
-2,32%
17,55%
-3,45%
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-7,59%
24,95%
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)
BANCOS
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43 JUNIO 2014
SEPTEMBER 2008
INFORME DE CALIFICACIÓN: Banco Solidario S.A. (Bolivia)

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