BOLETÍN NOTICIAS RED 03/2016 Resumen de
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BOLETÍN NOTICIAS RED 03/2016 Resumen de cambios en el SLD mayo 2016 CON LA SALUD LABORAL CON LAS PERSONAS CONTIGO BOLETÍN NOTICIAS RED 03/2016 Resumen de cambios en el SLD Índice Novedades del Sistema de Liquidación Directa Nuevas comunicaciones INSS 5 Comunicación de procesos de Incapacidad Temporal de trabajadores procedentes de MUNPAL 6 Contratos a tiempo parcial con vinculación formativa 2 Desaparición del certificado SILCON 7 Nueva versión de SILTRA y WINSUITE32 7 6 3 El objetivo de este documento es resumir partir del mes de enero de 2016 y empresas los aspectos más significativos recogidos en del Sistema Especial Agrario desde el mes el Boletín de Noticias RED 03/2016, de 17 de de marzo. mayo de 2016. El siguiente paso en la implantación del SLD Se recomienda la lectura del Boletín Noti- se dirige a las empresas del Régimen Espe- cias RED original, que podéis encontrar cli- cial de Trabajadores del Mar (REMAR). Está cando aquí. previsto que a partir del próximo junio 2016 se inicie la notificación de incorporación Novedades del Sistema de Liquidación Directa obligatoria al SLD de las primeras empresas de este Régimen, que quedarán obligadas desde el mes de julio. Su entrada en real se Nuevo aviso sobre la presentación de liqui- producirá el 1 de octubre tras tres meses de daciones de cuotas que podrían tener la prácticas, al igual que ha ocurrido con el consideración de prescritas. Cuando en el resto de Regímenes y empresas seleccio- Sistema de Liquidación Directa y en Red Di- nadas. recto, se presenten liquidaciones por cuotas respecto de las que hayan transcurrido más La incorporación del Régimen Especial del de cuatro años desde su plazo reglamenta- Mar no requiere ninguna modificación en rio de ingreso, se va a generar el siguiente cuanto a las especificaciones técnicas de mensaje informativo: los ficheros. Respecto al procedimiento, para los grupos II y III, debido a sus particu- “A-9685: El período objeto de liquidación laridades de cotización (cotizan por base podría estar prescrito. La TGSS podrá ejercer fija), la vía de inicio de la presentación de las acciones oportunas tendentes a verifi- las liquidaciones ordinarias (L00) deberá ser car dicha circunstancia con los efectos que mediante la solicitud de borradores, (bien a correspondan, en su caso”. través de fichero o por servicio), salvo que El objetivo es advertir a los usuarios de la posibilidad de que las cuotas objeto de liquidación hayan podido resultar prescritas y para que se compruebe si se han producido las circunstancias previstas en el artículo 24 de la LGSS para su interrupción. Incorporación del Régimen Especial del Mar al Sistema de Liquidación Directa. En la actualidad se encuentran transmitiendo por el nuevo sistema empresas del Régimen General desde 2015, Administración Pública con modo de pago normal, incorporada a 3 se tengan que presentar bonificaciones de µµHuelva: acredita.ism-huelva.empresas@ formación continua, en cuyo caso deberán seg-social.es presentar fichero de bases sólo con esta in- µµLugo: [email protected] formación. µµMadrid: acredita.ism-madrid.empresas@ Se recuerda que para la subsanación de seg-social.es incidencias relacionadas con situaciones µµCartagena: acredita.ism-cartagena. de incapacidad Temporal que afecten a trabajadores incluidos en el ámbito del REMAR, deben comunicarse a las direcciones de correo electrónico que se indican a continuación: [email protected] µµMálaga: acredita.ism-malaga.empresas@ seg-social.es µµAsturias: acredita.ism-asturias.empresas@ seg-social.es µµAlicante: acredita.ism-alacant.empresas@ seg-social.es µµAlmería: acredita.ism-almeria.empresas@ seg-social.es µµIlles Balears: acredita.ism-baleares. [email protected] µµBarcelona: acredita.ism-barcelona. [email protected] µµCádiz: [email protected] µµCastellón: acredita.ism-castello. [email protected] µµA Coruña: acredita.ism-a-coruna. [email protected] µµGuipúzcoa: acredita.ism-gipuzkoa. [email protected] µµLas Palmas: acredita.ism-las-palmas. [email protected] µµPontevedra: acredita.ism-pontevedra. [email protected] µµVillagarcía: acredita.ism-villagarcia. [email protected] µµTenerife: acredita.ism-tenerife.empresas@ seg-social.es µµCantabria: acredita.ism-cantabria. [email protected] µµSevilla: acredita.ism-sevilla.empresas@ seg-social.es µµTarragona: acredita.ism-tarragona. [email protected] µµValencia: acredita.ism-valencia. [email protected] µµVizcaya: acredita.ism-bizkaia.empresas@ seg-social.es µµCeuta: [email protected] µµMelilla: acredita.ism-melilla.empresas@ seg-social.es µµServicios Centrales: acredita.ism-sscc. [email protected] 4 Nuevas comunicaciones INSS Las comunicaciones se envían, cuando procede, todos los lunes. Para facilitar el seguimiento y control de los procesos de incapacidad temporal (IT) por Esta información se identificará en la bande- parte de las empresas, y en especial sus efec- ja de entrada de Winsuite32 o SILTRA como tos –comunicación de bases de cotización “Procesos de IT en los que no consta parte específicas y, en su caso, compensación de de baja”. cuotas por los pagos delegados realizadosen las liquidaciones de cuotas presentadas Este tipo de comunicaciones pueden deber- en el marco del Sistema de Liquidación Di- se a alguna de las siguientes causas, la cual recta (SLD), se ha iniciado el envío, con perio- será identificada en la información transmiti- dicidad semanal, y a través de la funciona- da, mediante su incorporación en una de las lidad de comunicaciones masivas del Siste- categorías siguientes: ma RED, de la relación de los procesos de IT, cuya fecha de baja se haya producido en la 1. Datos económicos –parte de baja- no co- segunda y tercera semana inmediatamente municados por la empresa, cuando se anterior, y en el Instituto Nacional de la Segu- haya recibido en el INSS la correspondien- ridad Social (INSS) solo conste información te comunicación del parte de baja por el de una fuente de datos –bien de la empresa SPS (o cuando corresponda, por la Mutua) pero no del correspondiente Servicio Público y no se haya producido la remisión por de Salud (SPS) o, en su caso, Mutua Colabo- parte de la empresa a través del Sistema radora (Mutua), o bien, por el contrario, del RED. SPS o Mutua pero no de la empresa, según detalle que consta a continuación-. 2. Datos médicos no comunicados –parte de baja y/o alta-, por el SPS (o cuando corresponda, por la Mutua) y se hubiere efectuado la correspondiente comunicación, a través del sistema RED, por parte de la empresa. En el primer caso, parte de baja comunicado por el SPS (en Contingencias Comunes) o Mutua (en Contingencias Profesionales) sin parte de baja comunicado por la empresa, la empresa deberá remitir por el sistema RED, si existiera, el correspondiente parte de baja cumplimentado en su totalidad. En caso de no haberse presentado el parte de baja por el trabajador, o no encontrarse el mismo en dicha fecha en situación de IT, según los an- 5 tecedentes obrantes en la empresa, la em- Si por el CCC todavía no se deban transmitir presa deberá comunicar a la Dirección Pro- las liquidaciones de cuotas a través del SLD, vincial del INSS esta circunstancia, para que este tipo de incidencia será tratada, en todo esta realice las comprobaciones y actuacio- caso, directamente con la Dirección Provin- nes oportunas y solicite información al SPS o cial del INSS. la Mutua, que ha emitido el parte médico. En el segundo caso, parte de baja comunicado por la empresa sin parte de baja comunicado por el SPS (en Contingencias Comunes) Comunicación de procesos de Incapacidad Temporal de trabajadores procedentes de MUNPAL o Mutua (en Contingencias Profesionales), se deberá confirmar ante la Dirección Provincial Las bajas y altas médicas de los trabajado- del INSS el parte de baja presentado por el res procedentes de MUNPAL, que figuren en trabajador, o en su caso proceder a la anula- situación de alta en CCC con TRL 910, 911, 934 ción del mismo a través del sistema RED. ó 935, con independencia de las especialidades que concurra en cada uno de ellos Si persistieran cualquiera de las situaciones en relación con el abono de la prestación descritas al inicio del correspondiente perio- económica por Incapacidad Temporal, de- do de recaudación de cuotas de la Seguri- berán ser informadas al INSS a través de los dad Social, y por el CCC ya se deban trans- ficheros FDI. mitir las liquidaciones de cuotas a través del SLD, se deberá formular, lo antes posible, la Las bajas y altas médicas informadas a tra- comunicación de esta incidencia a través vés del procedimiento descrito serán tenidas del buzón Acredit@ -acompañando en for- en consideración para el cálculo de las liqui- mato PDF el parte de baja presentado ante daciones de cuotas presentadas en el mar- la empresa por su trabajador/a-. co del Sistema de Liquidación Directa. Contratos a tiempo parcial con vinculación formativa El artículo 9 de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, establece que “las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que celebren contratos a tiempo parcial con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de treinta años tendrán derecho, durante un máximo de doce meses, a una reducción de la cuota empresarial a la Segu- 6 ridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado, del Desaparición del certificado SILCON 100 por cien en el caso de que el contrato se suscriba por empresas cuya plantilla sea Tal y como se indicaba en el Boletín de Noti- inferior a 250 personas, o del 75 por ciento, cias RED 02/2016 de 18 de marzo, el certifica- en el supuesto de que la empresa contratan- do SILCON desaparecerá en septiembre de te tenga una plantilla igual o superior a esa 2016. Por este motivo y con la finalidad de cifra. facilitar la sustitución paulatina del certificado SILCON al objeto de evitar dificultades de Este incentivo podrá ser prorrogado por otros última hora, se han adoptado las siguientes doce meses, siempre que el trabajador con- medidas: tinúe compatibilizando el empleo con la formación, o la haya cursado en los seis meses previos a la finalización del periodo a que se µµPublicación de nuevas versiones de SILTRA y de WINSUITE que incorporan, refiere el párrafo anterior.” entre otras funcionalidades, la posibilidad Respecto de aquellos trabajadores en los certificados digitales admitidos. que, habiéndose accedido al incentivo al que se refiere el precepto transcrito, éste no deba ser prorrogado por otros 12 meses adicionales a los iniciales, se debe comunicar una variación del campo INDICATIVO PERDI- de autenticarse con cualquiera de los µµ Creación de un acceso a los servicios online así como a Red Directo, que permite su utilización con cualquiera de los certificados admitidos. DA BENEFICIOS anotando en el mismo el valor 99 con efectos del día primero del decimotercer mes posterior al alta del trabajador. Nueva versión de SILTRA y WINSUITE32 Se ha publicado una nueva versión de las aplicaciones SILTRA (versión 1.5.0), SILTRA Prácticas (versión 1.5.0) y Winsuite32 (versión 8.4.0). Gestora o por la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social correspondiente. La principal novedad que introduce esta versión es que incorpora la posibilidad de poder autenticarse con cualquiera de los certificados digitales admitidos. A partir de esta versión las sucesivas actualizaciones se realizarán de manera automática. La actualización de la versión 1.5.0. deberá realizarse de forma manual. 7 MC MUTUAL CON LA SALUD LABORAL, CON LAS PERSONAS CONTIGO 24 horas de atención 900 300 144 www.mc-mutual.com