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1 Curso de Contabilidad Computarizada para Mypes Nivel Básico © Centro de Asesoría Laboral del Perú - CEDAL Jr. Talara 769 • Lima 11 • Perú Telfs.: (51-1) 433-3207 / (51-1) 433-3472 Fax: (51-1) 433-9593 e-mail: [email protected] web site: www.cedal.org.pe Director Ejecutivo Jorge Quezada Liñan Responsable del Programa de Desarrollo Local Pedro Córdova Del Campo Elaboración Temática Eduardo Quispe Santos Diseño y Diagramación Arnaldo Aliaga Baca Producción Gráfica Squema ediciones 2 Julio 2008 Contenido del Curso Módulo I.- Introducción a la Computación y a la Contabilidadç Tema Tema Tema Tema 01.02.03.04.- Introducción a la Computación ----------------------------------------------------------------------------Definición e Importancia de la Contabilidad -----------------------------------------------------------Persona Natural y Jurídica ----------------------------------------------------------------------------------Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la MyPE ------------------------------------04.1 Régimen Laboral -------------------------------------------------------------------------------------04.2 CODEMYPE --------------------------------------------------------------------------------------------- 07 17 21 27 30 34 Módulo II.- Tributación: Impuesto General a las Ventas – Impuesto a la Renta Tema 05.Tema 06.- Aplicación y Deducción del I. G. V. -------------------------------------------------------------------------- 39 Categorías del Impuesto a la Renta ---------------------------------------------------------------------- 43 Módulo III.- Regímenes Tributarios - Pagos adelantados del I.G.V. Tema 07.Tema 08.Tema 09.- Régimen Único Simplificado (R.U.S.) – Régimen de Percepciones ---------------------------- 47 Régimen Especial de Renta (R.E.R.) - Régimen de Retenciones ------------------------------- 53 Régimen General – Sistema de Detracciones del I.G.V. -------------------------------------------- 61 Módulo IV.- Registros Contables Auxiliares Tema 10.Tema 11.- Control de Inventarios – Libro Caja ------------------------------------------------------------------------ 75 Registros Contables & Documentos Financieros ---------------------------------------------------- 79 Módulo V.- SUNAT Virtual – Programa de Declaración Telemática Tema 12.- SUNAT Virtual – P.D.T. ----------------------------------------------------------------------------------------Portal Web: www.sunat.gob.pe --------------------------------------------------------------------------Sunat Operaciones en Línea – Clave SOL ----------------------------------------------------------Programa de Declaración Telemática – P.D.T. ------------------------------------------------------Planilla Electrónica ------------------------------------------------------------------------------------------ 85 85 86 87 88 Módulo VI.- Libros Principales y Estados Financieros Tema Tema Tema Tema Tema 13.14.15.16.17.- Libro Diario – Plan Contable General Revisado ------------------------------------------------------ 105 Libro Mayor ------------------------------------------------------------------------------------------------------ 111 Balances --------------------------------------------------------------------------------------------------------- 119 Estado de Pérdidas y Ganancia --------------------------------------------------------------------------- 127 Flujo de Caja ---------------------------------------------------------------------------------------------------- 133 3 4 Introducción Es una gran satisfacción para el Centro de Asesoría Laboral del Perú – CEDAL del Perú, llegar una vez más al Micro y Pequeño Empresario (MyPE) de nuestro gran distrito, en el marco del Proyecto: “Promoción del Trabajo Digno y Responsabilidad Social Empresarial (RSE) para la Competitividad de las MyPes” y hacerles entrega del Libro de Capacitación: “Curso de Contabilidad Computarizada para MyPES – Nivel Básico”; material que busca ser una guía práctica para la MyPE de hoy, con respecto a los conceptos contables y tributarios elementales que debe conocer, buscando además poder orientarle, de una manera dinámica y agil, en el uso de la computadora en beneficio de la mejor administración de sus recursos. Es nuestro mayor deseo que esta nueva publicación le permita poder desarrollar aún mas su empresa: aydandole a obtener mayores y mejores resultados a menor costo y tiempo, e incentivandole a buscar estar siempre informado de los nuevos cambios en materia contable y tributaria; teniendo los conocimientos básicos que le permitiran llevar una contabilidad adecuada y práctica, evitando multas y sanciones; y conociendo el origen de sus tributos e impuestos y sobretodo cuando y como poder pagarlos. Sean bienvenidos a este nuevo libro de capacitación. Nuestro mayor deseo de éxitos para ustedes. 5 Descripción del Curso El Curso de Contabilidad Computarizada para MyPES – Nivel Básico le permitirá conocer de forma práctica, el manejo elemental de la computadora (PC) y la información mas importante relacionada a la gestión contable y tributaria de su empresa; a través de conceptos y ejemplos prácticos, diapositivas didácticas y de los diversos medios y herramientas de trabajo que ofrece la Computadora; mostradas en formatos sencillos y claros con el fin de poder ser analizados y aplicados de forma ágil y dinámica en el contexto de su propia empresa; convirtiéndose en un instrumento importante de apoyo para su mejor administración e incentivando a la y el empresario MyPE, a mantenerse actualizado. Objetivos: ■ Al finalizar el Curso, el alumno será capaz de a) Tener un manejo básico de la computadora o mayor facilidad para usarla. b) Llevar los Registros Contables básicos de su empresa, utilizando la computadora. c) Utilizar de manera efectiva las herramientas que le proporciona el Internet, así como las herramientas básicas de generación de impuestos y declaración a través del Programa de Declaración Telemática (P.D.T.) d) Poder tener un correo electrónico exclusivo de la empresa, empleándolo al máximo con el apoyo de páginas y programas de información y comunicación que le permitan estar en contacto con sus potenciales clientes. ■ Método de estudio: Este curso se basa en elementos o ideas claves: 1) Trabajo personalizado a través de diapositivas; 2) Aplicación práctica de lo aprendido; en base a una permanente evaluación. 3) Orientación, guía y apoyo del tutor en lo referente a la implementación a la empresa de lo aprendido en el Curso. 6 4) Visita del tutor responsable del Curso a su empresa para ver la situación contable actual (diagnóstico contable); en base a lo cual se realizará una sugerencia de cambios y/o mejoras. 1 Módulo I: Introducción a la Computación y a la Contabilidad TEMA 1: Introducción a la Computación 7 A. ¿Por qué es importante aprender a utilizar la PC? • Mas que importante; saber utilizar la Computadora Personal (o en inglés: Personal Computer o PC) es “imprescindible” para poder estar actualizado. • Muchas cosas giran en torno a una Computadora. Mucho de lo que nos rodea son máquinas que nos facilitan la vida; es por esto que es necesario que nos familiaricemos con la PC; por lo importante y útil que nos es el estar actualizados con el tiempo en que vivimos. • Si bien una computadora nunca reemplazará al cerebro humano (que fue el que la creó) puede facilitarnos el hacer cosas que de otra forma nos tomarían más tiempo o más esfuerzo hacer. • A continuación comenzaremos revisando cuales son las partes de la PC, para luego seguir aprendiendo mas, a través de la práctica, durante todo el desarrollo del Curso. B. Hardware y Software: • El sistema de computadoras es un conjunto de HARDWARE y SOFTWARE a través del cual se procesa una aplicación. • El Hardware o Soporte Físico, es el equipo físico, tales como las unidades mecánicas, electrónicas y magnéticas de una computadora; como el disco duro, el lector de CD, la diskettera y otros elementos tangibles que a continuación detallaremos. • El Software o soporte lógico, es el conjunto intangible de programas (instrucciones) de la computadora, que causan que ésta produzca los resultados deseados; es la suma total de los programas de cómputo, procedimientos, reglas documentación y datos asociados que forman parte de las operaciones de un sistema de cómputo. 8 • El Software hace que las computadoras funcionen. Una aplicación de computadora, o simplemente una aplicación, es el software necesario para realizar una función específica en una computadora, tal como el proceso de los pagos de cuentas a un Banco o la preparación de informes. C. Partes de una computadora I. El Monitor: Definición y Tipos • El monitor es la pantalla en la que se ve la información suministrada por la PC. En el caso más habitual se trata de un aparato basado en un tubo de rayos catódicos (CRT) como el de los televisores; mientras que en los portátiles (lap tops) y los monitores nuevos, son pantallas planas de cristal líquido (LCD). LCD A color LCD Monocromo 9 II. C.P.U. (Unidad Central de Procesos) • La C.P.U. (Central Procesing Unit), cumple básicamente la función de ser el cerebro del computador, ya que la mayor parte de la ‘’inteligencia’’ de la PC reside aquí. • La CPU es responsable del control de la mayoría de los dispositivos del computador, y principalmente de la ejecución de las instrucciones de los programas. VISTA EXPANDIDA DE UNA PC III. Teclado: Partes y Funciones 1. Monitor 2. Placa base, o Tarjeta madre: en sus ranuras van fijados todos los demás componentes. 3. Procesador: “Chip” que procesa las operaciones lógicas y aritméticas que hacen funcionar a nuestras computadoras. 4. Puertos paralelos; para conectar impresoras y otros dispositivos en general 5. Memoria principal (RAM) 6. Placas de expansión 7. Fuente de alimentación; adecua la corriente eléctrica para un buen uso en la PC. 8. Lector de CD 9. Disco Duro, Diskettera 10. Teclado 11. Ratón o Mouse 10 Principales funciones de las Teclas a) Teclas de función: La función de estas teclas depende del software que se use, es decir, son teclas programables. Para su aplicación en Windows; las Funciones son las siguientes: F1: Abre la ventana de Ayuda. F2: Permite cambiar el nombre de una Carpeta o Archivo. F3: Abre la ventana de Buscar en el Directorio en el que estemos. F4: Permite poder cambiar de Permite poder cambiar de Carpeta. F5: Actualiza el contenido de la pantalla F6: Permite para pasar a otro archivo abierto o para pasar de una parte de un programa a otro. F7: Revisión de Ortografía y Gramática en Word F8: Selecciona todo (en Word) F10: Activa la barra del menú en todo programa Windows F11: En Explorer, modifica la pantalla y esconde los comandos superiores F12: Abre la ventanilla “Guardar como” b) La tecla de retroceso o backspace: Indica a la computadora que elimine el carácter que se encuentra a la izquierda del cursor en la pantalla. c) Panel indicador: Indica a través de luces si están activados el Bloque numérico y la tecla de Bloque Mayúsculas. d) Bloque numérico: Está ubicado del lado derecho y parece un teclado independiente del resto. Contiene números, símbolos de las operaciones matemáticas básicas, teclas direccionales y la tecla Enter o Intro. 11 Para habilitar o activar dicho teclado debemos presionar la tecla Bloq Num y en el panel indicador se encenderá una luz que nos señalará que dicho bloque de teclas está activado. Cuando dicho teclado está desactivado (luz apagada) las teclas que funcionan son las direccionales. e) Esc: Su función y uso dependen del programa que se utiliza pero, normalmente nos permite cancelar una orden ejecutada o anular la acción del último mandato que se esta ejecutando. Principales Combinaciones en el Teclado • Ctrl+Esc: Despliega el Menú inicio. • Ctrl+Alt+Supr: Nos muestra el Administrador de Tareas de Windows. Si esa ventana esta abierta y • á+Pause: Me permite ver las Propiedades del Sistema • á+E: Me permite ver el Explorador de Windows • á+R: Ventana Ejecutar. • á+F: Ventana Buscar. • á+M: Me permite minimizar TODAS las ventanas abiertas. • á+Shift+M: Maximiza las ventanas minimizadas por las combinación ÿ+M • ImprPant: Captura toda la pantalla. • Alt+ImprPant: Captura únicamente la ventana activa. • Alt+Tab: Cambia la ventana activa entre el programa actual y el anterior. • Alt+Shift+Tab: Cambia de un programa a otro entre todos los que hallamos abierto. • Ctrl+F6: Cambiar de un documento dentro del mismo programa (Word, Excel u otros). • 12 vuelve a usarse Ctrl+Alt+Supr reiniciará Windows. Ctrl+Shift+F6: Cambiar de un documento dentro del mismo programa (Word, Excel u otros) (pero al revés). • Shift+F1: Muestra ayuda sobre un botón o cualquier otra cosa (como una ventana emergente). • Alt+F4: Cerrar programa • Ctrl+F4: Cerrar documentos de Word, Excel u otros. • Ctrl+Z: Deshacer • Ctrl+X: Cortar • Ctrl+C: Copiar • Ctrl+V: Pegar • Ctrl+E: Seleccionar todo (si Windows o el programa que uses esta en español, si el Programa o Windows estuviera en Inglés se aplicará Ctrl+A) • Ctrl+A: Nos permite EJECUTAR el Explorador de Windows. • El carácter Euro: •, se puede sacar de varias formas: * AltGr+E (es la que aparece en los teclados) * Usando el bloque numérico: Alt+0128 • El carácter «~» se saca usando Alt+126 • Alt + 012: Me permite escribir directamente en la siguiente página, moviliza asimismo a la siguiente página todo el texto que se encuentre después del espacio donde aplique esta combinación. • Shift+clic izquierdo: Seleccionar varios archivos seguidos. • Ctrl+clic izquierdo: Seleccionar varios archivos (pueden estar separados). • Ctrl+ÿ+F: Ventana “Buscar en Mi PC” • Doble clic izquierdo: Me permite seleccionar la palabra que deseo señalar. • Triple clic izquierdo: Me permite seleccionar el párrafo en donde me ubico. 13 IV. Dispositivos de Almacenamiento 1. Almacenamiento primario - El disco duro: Es el disco magnético en el que se pueden almacenar datos de la PC. El disco duro es la parte del ordenador que contiene la información electrónica y donde se almacenan todos los programas (software). Es uno de los componentes del hardware más importantes dentro de tu PC. 2. Almacenamiento secundario: El almacenamiento secundario en una computadora tiene la función de almacenar datos y programas, aún después de interrumpida la energía. a) El disco flexible o disquete Es un dispositivo de almacenamiento magnético de datos formado por 1 pieza circular fina y flexible (de ahí su denominación) encerrada en una carcasa de plástico cuadrada o rectangular. Los disquetes se leen y se escriben mediante una disquetera (o FDD, del inglés Floppy Disk Drive). 14 b) El Compact Disk o disco compacto Es un dispositivo de almacenamiento óptico, cuya información es leída por una láser desde una lectora de CDs, al usar luz, no hay contacto físico con la superficie, no habiendo por lo tanto deterioro de los datos. Generalmente mide 12 cm. de diámetro y pesa unos pocos gramos. Un CD almacena hasta 700 MB; siendo la capacidad de un DVD de 4.7 GB. c) El Bus de Serie Universal (USB, de sus siglas en inglés Universal Serial Bus); Es un dispositivo de almacenamiento de información digital que, a diferencia del CD, que introduce la información mediante el “quemado” de la superficie del mismo con un láser, permite almacenar información mediante impulsos eléctricos, pudiendo escribirse y borrarse la información miles de veces, sin necesitar de la instalación de ningún controlador para transferir archivos entre una PC a otra ya que en casi todas existe un puerto USB. Su capacidad ha ido evolucionando, por lo que si queremos podemos tener una capacidad de almacenamiento superior a la del CD e incluso a la del DVD. 15 16 2 TEMA 2: Definición e Importancia de la Contabilidad 17 ¿Por qué es importante conocer la Contabilidad de mi empresa? • La contabilidad es de gran importancia porque todas las empresas tienen la necesidad de llevar un control de su movimiento económico (compras, ventas, control de su mercadería, créditos, entre otros). • Así obtendremos mayor productividad y podremos aprovechar del patrimonio y las utilidades de nuestra empresa. • El inicio en el estudio de esta ciencia requiere que un microempresario como usted conozca el significado de la contabilidad y cuál es su objetivo, es decir: ¿Para qué sirve? 1. Definición.La contabilidad es un sistema de información que se inicia con la recolección de datos económicos de la empresa. Luego, éstos son clasificados registrados y resumidos para facilitar posteriores análisis e interpretaciones de los resultados. 2. Objetivo.El objetivo fundamental de la contabilidad es proporcionar información financiera útil a quien o a quienes tienen la responsabilidad de su empresa. Esta información facilitará la toma de decisiones, sirviendo además como termómetro para medir la mala o la buena gestión que se haya realizado. 18 3. Ventajas de llevar un correcto Sistema Contable.La teneduría de un sistema contable le permitirá: ◗ Saber de manera actualizada las operaciones de su empresa. ◗ Hacer un control de los documentos. ◗ Saber las tendencias de las ventas, los costos, los gastos, las obligaciones, etc. ◗ Declarar impuestos oportunamente. ◗ Controlar la gerencia de la empresa. ◗ Saber que productos se venden más y que productos tienen menor demanda. ◗ Controlar los ingresos y egresos de mercadería y dinero. 19 20 3 TEMA 3: Persona Natural y Persona Jurídica 21 3.1 La Persona Natural: • Es la que inicia un negocio como una bodega, librería, ferretería, restaurante, etc. formando una empresa unipersonal. Este tipo de empresa funciona con un dueño, quien es el responsable de su manejo. Trabaja comúnmente con la familia pudiendo además tener trabajadores a su cargo. • Las empresas unipersonales al comenzar sus operaciones y realizar actividades económicas lucrativas (de compra, venta y/o producción) van a generar ingresos que —de acuerdo con la Ley— se considerarán Rentas De Tercera Categoría. 3.2 La Persona Jurídica: • Es toda aquella empresa a la que la ley reconoce derechos especiales pudiendo contraer obligaciones civiles, siendo apta para ser representada judicial y extrajudicialmente. • Como Persona Jurídica, existen varios tipos de Empresa o Sociedad que se puede constituir; pudiendo estar compuesta por uno o varios socios (personas naturales u otras personas jurídicas). • Las principales clases de Personas Jurídicas son: Persona Natural y Jurídica 22 Clases de Persona Jurídica I. Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) • La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.) es aquella empresa constituida, como una persona jurídica de derecho privado, por voluntad o deseo de solo una persona natural o dueño. • Este tipo de empresa tiene patrimonio propio (conjunto de bienes a su nombre), el cual es distinto al del titular o dueño. • La diferencia entre este tipo de empresa y una empresa unipersonal radica principalmente en la responsabilidad. La responsabilidad de una E.I.R.L. se encuentra limitada a su patrimonio. El titular de la empresa no responde personalmente por las obligaciones de ésta. II. Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) • Persona jurídica cuyo Capital Social está integrado por las aportaciones de los socios, dividido en participaciones sociales iguales, acumulables e indivisibles que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones. • Al constituirse la sociedad el capital debe estar pagado en no menos del 25% de cada participación y depositado en una entidad bancaria a nombre de la sociedad. • La razón social o denominación de este tipo de empresa, debe componerse por un nombre que permita diferenciarse de otras, seguido necesariamente de las palabras “Sociedad de Responsabilidad Limitada”, o las iniciales S.R.L. • Requiere de un mínimo de dos (2) socios y no pueden exceder veinte (20) socios. III. Sociedad Anónima (S.A.) • Es una persona jurídica constituida por la voluntad de sus accionistas quienes pueden ser personas naturales o personas jurídicas. 23 • La responsabilidad de los socios se limita por su aporte al Capital Social, y no responden personalmente por las deudas sociales. • La sociedad anónima podrá adoptar cualquier denominación, pero deberá figurar necesariamente la indicación Sociedad Anónima, o las iniciales «S.A.». • La legislación peruana define dos (2) clases de Sociedades Anónimas: A. Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C.) • La Sociedad Anónima es cerrada cuando no tiene menos de 2 ni más de 20 socios y puede no tener Directorio. • La denominación debe incluir la Indicación “Sociedad Anónima Cerrada” o las siglas S.A.C. • El capital social se conforma con los aportes (en bienes y/o en efectivo) de los socios. • Las acciones de la S.A.C. no pueden ser inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores B. Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.) • La Sociedad Anónima es Abierta cuando se cumple uno a más de las siguientes condiciones: • Tiene más de setecientos cincuenta (750) accionistas, con acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores • La denominación debe incluir la indicación “Sociedad Anónima Abierta” o las siglas S.A.A. • Todos los accionistas con derecho a voto aprueban por unanimidad la adaptación a dicho régimen. 24 3.3 Registro del Mercado de Valores - R.M.V. • El Registro del Mercado de Valores es un registro público en el que se inscriben los intermediarios, emisores, valores de oferta pública y demás participantes del mercado. • Proporciona información al público en general con la finalidad de contribuir a la toma de decisiones de inversión y promover así la transparencia del mercado. Tarea: ¿Cuáles son las principales funciones y actividades que se realizan en el Registro de Valores? 25 26 4 TEMA 4: Ley N° 28015: Promoción y Formalización de la MyPE 27 a) Definición de Micro y Pequeña Empresa: • Es la unidad económica constituida por una persona natural o jurídica, bajo cualquier forma de organización o gestión empresarial contemplada en la legislación vigente. • Desarrolla actividades de extracción, transformación, producción, comercialización de bienes o prestación de servicios. b) ¿A quienes comprende? • A toda persona natural o jurídica que realice actividad empresarial, es decir, aquella que genere Rentas de 3ª Categoría (empresa unipersonal, persona natural con negocio o conductor). • No comprende a los profesionales independientes que generan Rentas de 4ª Categoría (Recibos por Honorarios). • No comprende a las juntas de propietarios, asociaciones, fundaciones, ni organizaciones de similar naturaleza. c) Características concurrentes de la Micro y Pequeña Empresa Trabajadores Ventas brutas anuales Microempresa De 1 haasta 10 Monto máximo 150 U.I.T. (S/. 525,000 para el 2008) Pequeña Empresa De 1 hasta 50 Monto máximo 850 U.I.T. (S/. 2‘975,000 para el 2008) d) Permanencia De La Condición MyPE: 28 • La MICRO EMPRESA deja de tener la condición de tal, cuando en el período de un (01) año excede el importe en ventas brutas anuales o cuando el promedio anual de trabajadores durante (02) dos años consecutivos supera el límite establecido: (10) diez. • La PEQUEÑA EMPRESA deja de tener su condición de tal, cuando en el período de dos (02) años consecutivos, exceden el importe en ventas brutas anuales o el número máximo de trabajadores: (50) cincuenta. • Cabe destacar que los períodos sujetos a evaluación son los ejercicios fiscales anteriores. • Importante: Para el computo del número de trabajadores, se considera a TODOS aquellos que tengan relación laboral con la empresa e) No Son Considerados Trabajadores para efectos del cómputo: 1. Modalidades formativas no laborales: a) Capacitación Laboral Juvenil (16 a 23 años) Para Microempresas: 1 beneficiario Con mas de 10 trabajadores: No mas del 20% del personal b) Prácticas Pre-profesionales. Egresados de un Centro de Formación Profesional o Universidad. El tiempo de duración es de 12 meses como máximo. c) Aprendizaje. Para quienes acrediten tener primaria completa como mínimo y cuenten con más de 14 años de edad. El tiempo de duración es proporcional a la duración de la formación. d) Pasantías. Orientada a implementar lo aprendido en un Centro de Formación correspondientes a un Plan Específico de Pasantía. La duración máxima es de 3 meses 29 2. Los trabajadores a domicilio: Que se realiza en el lugar de residencia del trabajador, en su taller doméstico o el domicilio del empleador. 3. Los trabajadores familiares: salvo convenio de prestación de carácter laboral. 4. Servicios profesionales: Con Contrato de Locación 4.1: Régimen Laboral Especial A. Principales Características: • Comprende sólo a las microempresas. • Régimen temporal de 10 años del 04.07.03 al 03.07.13 (Ley 28851). • Es aplicable sólo al personal nuevo y por formalizar (nuevo en planilla). • Los costos laborales se reducen en un 30%. • El incumplimiento de los derechos laborales y de la condición de microempresa origina el cambio de régimen laboral. • Los empleadores previamente deberán solicitar al MTPE estar considerado en el Régimen Laboral Especial. • Se puede pactar una mejora de condiciones laborales, siendo el plazo potestativo. B. Derechos Excluidos del Régimen Laboral Especial: • Compensación por Tiempo de Servicios • Gratificaciones de julio y diciembre • Participación en las utilidades (por tener menos de 20 trabajadores) 30 Regimen Laboral Especial (Ley 28015) Referencia RégimenGeneral Régimen Especial Remuneración No menor al mínimo vital No menor al mínimo vital Jornada Horario 8 horas diarias o 48 horas semanales Igual Jornada Nocturna RMV + Sobretasa 35% No se aplica si es habitual 24 horas semanal. Los que laboren Descanso Semanal en su día de descanso perciben Igual el triple de la remuneración diaria. Vacaciones 30 días de descanso anual pagado 15 días de descanso anual pagado Indemnización Especial 2 Sueldos por año. No hay Seguro Social El trabajador es asegurado regular. El trabajador y el conductor son asegurados regulares Pensiones El trabajor decide el sistema pensionario: o Privado El Trabajador y el conductor deciden el sistema pensionario: Público o Privado • Póliza de Seguro de vida. • Asignación familiar • Sobretasa en trabajo nocturno cuando es habitual. C. Pacto de Mejora de Condiciones: • Permite otorgar mayores beneficios laborales a los trabajadores del RLE. • El pacto de mejora de condiciones debe ser por escrito. • Es un acto bilateral, un acuerdo y no una concesión unilateral. • El plazo de vigencia del beneficio laboral es potestativo. • No requiere ser presentado al MTPE. 31 D. Contratación De Familiares: La prestación de los parientes consanguíneos hasta el (2º) segundo grado, para el titular o propietario persona natural, conduzca o no el negocio personalmente, no genera relación laboral, salvo pacto en contrario. Tampoco genera relación laboral, la prestación de servicios del cónyuge. E. Exclusión del Régimen Laboral Especial: • Por superar el número de trabajadores y/o nivel de ventas brutas al año. • Incumplimiento de las condiciones previstas para el régimen laboral especial. • Falsedad en la declaración jurada contenida en la solicitud de acogimiento al Régimen Laboral Especial. F. Costos Laborales de la Microempresa: Concepto Rég.General S/. Por mes Remuneración Asignación familiar (10%) (1/12) 100.83 CTS 8.33% (1/12) 58.82 Vacaciones 1/12 (1/12) 50.41 Totales 32 550.00 55.00 Asignación familiar (10%) EsSalud 9% Rég. Especial S/. Por mes 550.00 (1/42) 22.92 73.36 51.56 888.42 624.48 G. Procedimiento de Incorporación al Régimen Laboral Especial: a) Solicitud dirigida al MTPE en forma de Declaración Jurada acogiéndose al Régimen Laboral Especial. G.1. Requisitos: ✓ Ser Microempresa ✓ Comprobante de Información Registrada o Ficha R.U.C. ✓ Documento de identidad del Representante Legal. ✓ Declaración Jurada de Renta. ✓ Croquis de ubicación del negocio. ✓ Solicitud de aprobación automática sujeta a fiscalización posterior. ✓ No existe pronunciamiento expreso confirmatorio de aprobación de la solicitud. & LA CONSTANCIA DE APROBACIÓN es el CARGO del Administrado. H. Principales Obligaciones Laborales de las Microempresas: Libro de Planillas: no se requiere una planilla especial Registrar en Planillas al trabajador dentro de las 72 horas de iniciadas sus labores. Entregar Boletas de Pago. Pago de la remuneración convenida, no menor de la Remuneración Mínima Vital (Sueldo Mínimo). Otorgar vacaciones cuando corresponda. Tener registro permanente de Control de Asistencia Cumplir con la jornada de 8 horas diarias o 48 semanales. Contratos laborales: no existe un contrato especial. 33 Realizar las retenciones por pensiones (AFP o ONP) y realizar los pagos a EsSalud y a EsSalud + Vida (este último es voluntario). Solicitud para estar comprendido en el Régimen Laboral Especial antes de efectuar la contratación de trabajadores. 4.2 CODEMYPE • El Consejo Nacional para el Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa – CODEMYPE; es una institución de concertación en la que están representadas las principales instituciones públicas y privadas, que intervienen en la promoción del desarrollo de la MYPE. I. Conformación del CODEMYPE: EL CODEMYPE es un órgano consultivo adscrito al MTPE (Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo); presidido por el o la Ministra de Trabajo en calidad de Representante del Presidente de la República. Está integrado además por: Un Representante del Ministerio de Trabajo – MTPE Un Representante del Ministerio de la Producción. Un Representante del Ministerio de Economía y Finanzas Un Representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Un Representante del Ministerio de Agricultura. Un Representante del Consejo Nacional de Competitividad. Un Representante de COFIDE. Un Representante de los organismos privados de Promoción de las MyPEs. Un Representante de las Universidades. Dos Representantes de los Gobiernos Regionales. Dos Representantes de los Gobiernos Locales y Cinco Representantes de los gremios de las MyPEs. Nota: Los Representantes de la Cooperación Técnica Internacional podrán participar como miembros consultivos. 34 La Secretaría Técnica. Está constituida por La Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa El Viceministro de Promoción del Empleo y la MyPE, es el Representante del MTPE ante el CODEMYPE y su Representante alterno es el Director Ejecutivo de PROMPYME. II. Comisiones de Trabajo: ✓ Comisión de Política y Marco Legal ✓ Comisión de Mercado y Comercialización ✓ Comisión de Asociatividad y Competitividad ✓ Comisión de Tecnología, Emprendimiento y Servicios de Desarrollo Empresarial. ✓ Comisión de Servicios Financieros ✓ Comisión de Educación, Cultura y Liderazgo III. Funciones del CODEMYPE: a) Aprobar el Plan Nacional de Promoción y Formalización para la Competitividad y Desarrollo de las MYPE, que incorpore las prioridades regionales por sectores señalando los objetivos y metas correspondientes. b) Contribuir a la coordinación y armonización de las políticas y acciones sectoriales a nivel nacional, regional y local. c) Supervisar el cumplimiento de las políticas, los planes y los programas y desarrollar las coordinaciones necesarias para alcanzar los objetivos propuestos, tanto a nivel de Gobierno Nacional como de carácter regional y local. d) Promover la activa cooperación entre las instituciones del sector público y privado en la ejecución de programas. e) Promover la asociatividad y organización de la MYPE, como consorcios, conglomerados o asociaciones. f) Promover el acceso de la MYPE a los mercados financieros, de desarrollo empresarial y de productos. g) Fomentar la articulación de la MYPE con las medianas y grandes empresas 35 h) Contribuir a la capacitación y generación de la base de datos de información estadísticas sobre las PYME IV. ¿Cómo está conformado el CODEMYPE?: 36 V. Estructura Funcional del CODEMYPE: VI. Los COREMYPE: Los gobiernos regionales crean, en cada región, un Consejo Regional de la MYPE (COREMYPE), con el objeto de promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la MYPE en su ámbito geográfico, su articulación con los planes y programas nacionales A.- Principales Funciones: a) Aprobar el Plan Regional MYPE, que incorporen las prioridades sectoriales de la región señalando los objetivos y metas para ser alcanzados a la CODEMYPE para su evaluación. b) Contribuir a la coordinación y armonización de las políticas y acciones sectoriales, locales y regionales. c) Supervisar políticas, planes y programas de promoción de la MYPE. d) Otras funciones que establezca su reglamento. 37 38 5 Módulo II: Tributación Impuesto General a las Ventas – Impuesto a la Renta TEMA 5: Aplicación y Deducción del I.G.V. • El Impuesto General a las Ventas (I.G.V) se aplica al valor de venta o de compra en todas las transacciones que utilizan Facturas como recibo oficial, siendo muy importante saber aplicar y deducir en la elaboración de una Factura así como en un Asiento Contable de Compras o de Ventas. • Existen por tanto, tres componentes en esta operación: el VALOR, el I.G.V. y el PRECIO. VALOR Monto de la Compra o de la Venta sin considerar el I.G.V. I.G.V. Impuesto General a las Ventas (19% del VALOR) PRECIO Monto TOTAL de la Compra o de la Venta dentro del cual 5.1 Aplicación del Impuesto General a las Ventas: • Esto significa que vamos a agregar al VALOR el monto del I.G.V. para obtener el PRECIO. 39 Ejemplo 1: APLICAR el I.G.V. a un VALOR de s/. 150.1. VALOR S/.150.00 19% Por (x) 19% o 0.19 2. I.G.V. (Valor x 19%) 3. PRECIO (Valor + I.G.V.) S/.28.50 S/.178.50 • Tal como podemos apreciar contamos inicialmente únicamente con el Monto del VALOR desde el cual calcularemos el I.G.V.: Monto del VALOR por (x) 19% (0.19) = I.G.V. • Con estos 2 datos encontraremos el PRECIO, el cual no es mas que la Suma del VALOR mas el I.G.V. Monto del VALOR mas (+) el I.G.V. = PRECIO • Otra forma de hallar el monto del PRECIO, es multiplicando: Monto del VALOR por (x) 1.19 = PRECIO 5.2 Deducción del Impuesto General a las Ventas: • Esto significa que vamos a hallar el VALOR desde el PRECIO para poder obtener el monto del I.G.V. Ejemplo 1: DEDUCIR el I.G.V. de un PRECIO de s/. 150.- 40 1. VALOR (Precio: 1.19) S/.126.05 19% Por (x) 19% o 0.19 2. I.G.V. (Valor x 19%) 3. PRECIO (Valor + I.G.V.) S/.23.95 S/.150.00 • Tal como podemos apreciar contamos inicialmente únicamente con el Monto del PRECIO desde el cual calcularemos el VALOR: Monto del PRECIO entre (:) 1.19 = VALOR • Una vez hallado el VALOR, procederemos a hallar el I.G.V. Monto del VALOR por (x) 19% (0.19) = I.G.V. • Cabe también mencionar que al VALOR y al PRECIO también se les puede llamar de otras maneras: VALOR BASE IMPOSIBLE, SUB-TOTAL, Monto SIN I.G.V., Monto Neto I.G.V. TOTAL, Monto CON I.G.V., Monto INCLUIDO I.G.V., Monto Bruto 41 5.3 Deducción del Valor: • Si tenemos únicamente como dato el monto del I.G.V. podemos también en base a este deducir el VALOR. • Para deducir el VALOR, solo debemos dividir el monto del I.G.V. entre 0.19. Monto del I.G.V. entre (:) 0.19 = VALOR NOTA: No olvidemos que la única manera de poder hallar el I.G.V. es conociendo el monto del VALOR, siendo la única forma de hallar el I.G.V. la siguiente: Monto del VALOR por (x) 19% (0.19) = I.G.V. 5.4 Caso Práctico: Aplicación – Deducción 1: Hallar: Mes de Ventas ENERO Compras Mes de FEBRERO 42 Ventas Compras BASE I.G.V. TOTAL (Valor) (Tributo) (Precio) 2,500.00 32800 14,500.00 15,000.00 6 TEMA 6: Categorías del Impuesto a la Renta A. Categorías Tributarias 1. ¿Qué son Rentas de Primera Categoría? • Son las que están sujetas a pagar las personas naturales por el arrendamiento, subarrendamiento o cesión de bienes muebles e inmuebles. • Tratándose de personas jurídicas, las rentas obtenidas por el mismo concepto se consideran rentas de tercera categoría. • Mensualmente debe efectuarse los pagos a cuenta por Rentas de Primera Categoría en el formulario especialmente autorizado por la SUNAT. • Para determinar el monto a pagar basta con aplicar el porcentaje de 20% al monto de la renta bruta. 2. ¿Qué son Rentas de Segunda Categoría? • Entre otros, son las ganancias obtenidas por la colocación de capitales, por ejemplo: intereses, regalías, cesión de derechos de marcas, patentes y similares, rentas vitalicias, participación en utilidades, bonos, intereses o por préstamos a particulares. • Para establecer la renta neta de la segunda categoría, se deducirá por todo concepto el diez por ciento (10%) del total de la renta bruta. 43 Tarea: ¿Cuánto cuesta patentar el nombre de una empresa? ¿Cuánto cuesta el patente de un logo, imagen o lema?. 3. ¿Qué son Rentas de Tercera Categoría? • Son los ingresos obtenidos por: ✓ La actividad empresarial: COMERCIO (Compra y venta), INDUSTRIA (Compra, fabricación y venta) y SERVICIOS comerciales, industriales, financieros, de transporte y comunicaciones, hotelería, etc. ✓ Por el ejercicio de una profesión, arte, ciencia u oficio, en asociación o sociedad civil (desde 1994). ✓ Por actividades de extracción: agropecuaria, pesquera, minera, etc. ✓ Por los notarios y agentes mediadores de comercio (comisionistas mercantiles), rematadores, martilleros, etc. 44 ● Para efectos Tributarios; y dentro de esta Categoría; debemos acogernos a un Régimen Tributario: pudiendo ser, el Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS), el Régimen Especial del Impuesto a la Renta (R.E.R.) o el Régimen General del Impuesto a la Renta; según los requisitos fijados para cada caso. 4. ¿Qué son Rentas de Cuarta Categoría? • Son aquellas rentas provenientes del ejercicio de una profesión, arte, ciencia u oficio en forma individual e independiente. También se consideran aquellos ingresos obtenidos como director de empresas, síndico, mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares y las dietas percibidas por los regidores de municipalidades. • Las personas naturales que obtengan rentas de cuarta categoría, abonarán con carácter de pago a cuenta por dichas rentas, cuotas mensuales (tienen el carácter de declaración jurada) que se determinarán aplicando la tasa del 10% sobre la renta bruta mensual, abonada o acreditada dentro de los plazos previstos en el código tributario. • No son Rentas de Cuarta Categoría: los ingresos que se obtienen por trabajar con un “Contrato de Locación de Servicios”, normado por la legislación civil, y en el lugar y horario designado por el contratante, quien le proporciona los elementos de trabajo y asume los gastos. Estos ingresos constituyen Rentas de Quinta Categoría. 5. ¿Qué son Rentas de Quinta Categoría? • Son los ingresos obtenidos por el trabajo dependiente (Remuneraciones, Bonificaciones, Gratificaciones, etc.). • También se incluyen en esta categoría de rentas, a los ingresos de los socios de las Cooperativas de Trabajo, y los ingresos por trabajo independiente con contrato de locación de servicios (siempre que realicen sus actividades en el lugar y horario señalados por el contratante, y éste asuma todos los gastos y le proporcione todos los elementos de trabajo necesarios). El porcentaje de esta categoría es 15 %. • Están exonerados del Impuesto a la Renta de 5ta. Categoría las Rentas vitalicias, las Pensiones que tengan su origen en el trabajo personal, tales como jubilación e invalidez. 45 46 7 Módulo III: Regímenes Tributarios Pagos adelantados del I.G.V. TEMA 7: Régimen Único Simplificado (R.U.S.) - Régimen de Percepciones del I.G.V. 1. Régimen Único Simplificado (R.U.S.) • Es un régimen tributario promocional dirigido a personas naturales y sucesiones indivisas (no divisibles) que realizan actividades de comercio y/o industria, actividades de servicios y/o actividades de oficios, por el cual deben realizar el pago único de una cuota mensual de acuerdo a la categoría que le corresponda. • Si se encuentra en este régimen: • No tiene que llevar libros contables por su movimiento económico. Pero si tiene al menos un empleado o un obrero sí deberá llevar el libro de Planillas de Remuneraciones, además debe tener ordenados los comprobantes de pago que sustentan el crédito deducible. • Los comprobantes de pago que se debe pedir cuando se compre un bien o se reciba un servicio son: a) b) c) d) Facturas Recibos por Honorarios Tickets (con I.G.V.) Recibos de servicios (luz, agua y teléfono) • IMPORTANTE: SIEMPRE deberá aparecer el Número de R.U.C. y el nombre del contribuyente (No el Nombre Comercial de la empresa). 47 • Los comprobantes de pago que debe entregar a sus clientes cuando venda un producto o preste un servicio son: a) Boletas de Venta o Tickets (sin I.G.V. detallado) • En este caso NO SE ESCRIBIRÁ el RUC del Cliente, pero si el nombre si lo pidiese. • Nunca deberá dar otro comprobante de pago al Cliente porque podría ser sancionado. • Si la venta es menor a S/. 5.00 no es necesario que emita una Boleta de Venta, salvo que el cliente lo exija. 1.1 ¿Qué ventajas ofrece el Nuevo R.U.S.? • No hay obligación de llevar libros contables. • No hay obligación de declarar o pagar el Impuesto a la Renta, ni el Impuesto General a la Ventas e Impuesto de Promoción Municipal; sólo debe cumplir con pagar su cuota mensual del NUEVO RUS. • Permite realizar el pago sin formularios, a través del sistema PAGO FÄCIL en toda una amplia gama de agencias bancarias a nivel nacional. 1.2 ¿Cómo ubicarse en una Categoría? • Ubíquese en alguna de las siguientes categorías según la tabla adjunta, de acuerdo a los Ingresos Brutos y adquisiciones mensuales: 48 Parámetros Categorías 1 Total Adquisiciones Total Ingresos Mensuales Brutos Mensuales (Hasta S/.) (Hasta S/.) 5,000 5,000 2 8,000 8,000 3 13,000 13,000 4 20,000 20,000 5 30,000 30,000 • Una vez establecida la categoría en la cual se encuentra, identifique el monto de la cuota a pagar según lo siguiente: Pagos Adelantados del Impuesto General a las Ventas Categorías Cuota Mensual (s/.) 1 20 2 50 3 200 4 400 5 600 I. Régimen de Percepciones del I.G.V. • El Régimen de Percepciones del I.G.V. aplicable a la Venta Interna de Bienes es un mecanismo por el cual la SUNAT designa algunos contribuyentes como Agentes de Percepción, para que realicen el cobro por adelantado de 2% sobre el precio de venta, incluido el IGV. • El Agente de Percepción entregará a la SUNAT el importe de las percepciones efectuadas. El cliente está obligado a aceptar la percepción correspondiente. • A fin de acreditar la percepción, al momento de efectuarla el agente de percepción entregará a su cliente el “Comprobante de Percepción – Venta Interna”. 49 50 51 52 8 TEMA 8: Régimen Especial de Renta (R.E.R.) Régimen de Retenciones del I.G.V. 2. Régimen Especial de Renta (R.E.R.) • Es un Régimen Tributario dirigido a Personas Naturales y Jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que tengan rentas de 3era. Categoría provenientes de: • Actividades de comercio e industria: Se refiere a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo. • Actividades de servicios: • Entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no señalada expresamente en el inciso anterior. 2.1 ¿Quienes no pueden acogerse al R.E.R? • No pueden acogerse al presente Régimen las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas en el país, que incurran en cualquiera de los siguientes supuestos: 53 • Cuando en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus ingresos netos superen los S/. 360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles). • El valor de los activos fijos afectados a la actividad, con excepción de los predios y vehículos, supere los S/. 87,500.00 (ochenta y siete mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles). • Cuando en el transcurso de cada ejercicio gravable el monto de sus adquisiciones afectadas a la actividad acumuladas supere los S/. 360,000.00 (trescientos sesenta mil y 00/100 Nuevos Soles). 2.2 ¿Cuáles son los importes de la Declaración Mensual de Impuesto a la Renta (Régimen Especial) y del I.G.V.? • Los contribuyentes que se acojan al RER, deben cumplir con declarar y pagar mensualmente el Impuesto a la Renta (Régimen Especial) y el IGV, de acuerdo a las siguientes tasas: Tributo Actividad Si realizan exclusivamente actividades de Comercio y/o Industria Impuesto a la Renta - Tercera Categoría Si realizan exclusivamente actividades de Servicios Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal Si realizan conjuntamente actividades de comercio y/o industria y actividades de servicios Cualquiera de las señaladas líneas arriba 2.3 Libros y Registros Contables que deben llevarse en el R.E.R. • Los contribuyentes del Régimen Especial del Impuesto a la Renta deberán registrar sus operaciones en los siguientes libros y registros contables: 54 Tasa 1.5% de sus ingresos netos mensuales 2.5% de sus ingresos netos mensuales 2.5% de sus ingresos netos mensuales 19% a) Registro de Compras b) Registro de Ventas e Ingresos c) Libro de Planillas de Remuneraciones, en caso de tener trabajadores dependientes. d) Libro de Inventarios y Balances, el cual está integrado por los siguientes anexos: Anexo 1 Balance de Comprobación anual Anexo 2 Detalle anual de saldos de las cuentas contables Anexo 3 Control mensual de la cuenta 10 - Caja y Bancos Anexo 4 Control anual de las cuentas 20 - Mercaderías y 21 Productos Terminados Anexo 5 Control mensual de los bienes del Activo Fijo propios Anexo 6 Control mensual de los bienes del Activo Fijo de Terceros e) Libro de Retenciones inciso e) del artículo 34 - Decreto Legislativo N° 774, en caso tenga trabajadores independientes con contratos de locación de servicios normados por la legislación civil, cuyo servicio lo prestan en el lugar y horario designado por quien lo requiere y cuando el usuario proporcione los elementos de trabajo y asuma los gastos que la prestación del servicio demande. 2.4 Si se encuentra en este régimen, DEBE CONSIDERAR: • Los documentos que debe dar al cliente CUANDO VENDA O PRESTE SERVICIOS son: a) Factura (si el cliente tiene RUC), o b) Boleta de Venta (Si el cliente no tiene RUC). c) Tickets (los cuales pueden tener el valor de una Boleta o Factura de Venta, de llevar registrado el R.U.C. del Cliente). d) Cuando transporte la mercadería deberá llevar Guías de Remisión. 55 e) Otros documentos que empleará para llevar su Contabilidad son: ✓ Recibos (luz, agua, teléfono). ✓ Recibos de Alquiler (Formulario 1083). ✓ Liquidaciones de Compra. 2.5 Caso Práctico – R.E.R. 1 • La Empresa Comercial “Los Originales” S.A. tuvo en los meses de Octubre y Noviembre del 2007 el siguiente movimiento económico: Octubre 2006 Noviembre 2006 V: s/. 16,000.00 (Precio) V: s/. 26,000.00 (Valor) C: s/. 3,000.00 (I.G.V.) C: s/. 21,000.00 (Precio) SE PIDE: Hallar los montos faltantes y determinar los importes de las obligaciones: I.G.V. e Impuesto a la Renta que le corresponde pagar en los meses de Octubre y Noviembre del 2007. BASE (Valor) 56 Mes de OCTUBRE V Mes de NOVIEMBRE V TOTAL (Precio) 16,000.00 C C I.G.V. (Tributo) 3,000.00 26,000.00 21000 Renta (R.E.R.) Pagos Adelantados del Impuesto General a las Ventas Régimen de Retenciones del I.G.V. • Es el régimen por el cual, los sujetos designados por la SUNAT como Agentes de Retención deberán retener parte del I.G.V. que le es trasladado por algunos de sus proveedores, para su posterior entrega a la SUNAT, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias. • Los proveedores podrán deducir los montos que se les hubieran retenido, contra el I.G.V. que les corresponda pagar. • Se aplica a las siguientes operaciones gravadas con IGV: a) Venta de bienes. b) La primera venta de Inmuebles por el constructor que las elaboró. c) La prestación o utilización del Servicio y, d) Los contratos de construcción gravados con el I.G.V. • La tasa de la retención es del seis por ciento (6 %) del importe total de la operación gravada. Los Agentes de Retención del I.G.V. • Son los compradores o adquirientes de: bienes muebles o inmuebles, los usuarios del servicio o quienes encarguen la construcción, designados por la SUNAT mediante Resolución de Superintendencia, donde se consignan los números de RUC de las Empresas designadas por SUNAT como Agentes de Retención del IGV. • La condición de AGENTE DE RETENCIÓN se acredita mediante el “Certificado de Agente de Retención del IGV”, que entrega SUNAT por el tiempo que ellos estimen conveniente. 57 • El Agente de Retención debe entregar a su Proveedor el “Comprobante de Retención” al momento de efectuar la retención. • En el caso de Retenciones se hablaría entonces de un Sujeto Activo quien efectúa la retención (Cliente) al cual se le denomina Agente de Retención y un Sujeto Pasivo a quien se efectuará la retención (Proveedor). • El Proveedor podrá deducir del impuesto a pagar las retenciones que le hubieran efectuado hasta el último día del período al que corresponda la declaración. • Si no existieran operaciones gravadas o si éstas resultaran insuficientes para absorber las retenciones que le hubieran practicado, el exceso se arrastrará a los períodos siguientes hasta agotarlo, no pudiendo ser materia de compensación con otra deuda tributaria. • El Proveedor podrá solicitar la devolución de las retenciones no aplicadas que consten en la declaración del I.G.V., siempre que hubiera mantenido un monto no aplicado por dicho concepto en un plazo no menor de 3 períodos consecutivos. Caso Práctico 1: Retenciones del I.G.V. • La Empresa El Triángulo S.A.C. compra 5 juegos de sala a la Empresa Mallqui Jiménez S.A.C. por un precio total de S/.11,900.00 • De conformidad con la norma, El Triángulo S.A.C. demuestra que es un Agente de Retención del IGV y que aplicara la Tasa del 6%, por la compra de dichos muebles, efectuando lo siguiente: 1. El Triángulo S.A. recepciona su Factura de Compra: • El 10/07/2006 la Factura Nº 001-2631 que emite Mallqui Jiménez S.A.C. con RUC Nº 20210975862 1. VALOR s/.10,000.00 Por (x) 19% o 0.19 58 19% 2. I.G.V. (Valor x 19%) s/.1,900.00 3. PRECIO (Valor + I.G.V.) s/.11,900.00 2. El Triángulo S.A. se encarga de efectuar la Retención del I.G.V.: • Emite el Comprobante de Retención Nº 001-200: 1. PRECIO (Valor + I.G.V.) 2. Por (x) 6% de RETENCIÓN 3. NETO A COBRAR s/.11,900.00 (S/. 714.00) s/.11,186.00 • Como hemos visto, la Factura se entrega de manera totalmente normal; la diferencia contable se da en el momento de pago; en donde el Agente de Retención, le cancelará al Proveedor de la siguiente manera: a) El 6 % del Precio a través del Comprobante de Retención b) La diferencia en efectivo u otra forma de pago (cheque, crédito, etc.) 59 60 9 TEMA 9: Régimen General Sistema de Detracciones del I.G.V. 3. Régimen General • Es un régimen tributario que comprende las personas naturales y jurídicas que generan rentas de tercera categoría (aquéllas provenientes del capital, trabajo o de la aplicación conjunta de ambos factores) • Asimismo son parte de este Régimen aquellas empresas que deseen acogerse o aquellas que superan los límites del Régimen Especial de Impuesto a la Renta. 3.1 ¿Qué libros de contabilidad debe llevar? • Si es Persona Natural y sus ingresos brutos anuales llegan hasta 100 U.I.T. (S/. 345,000 para el ejercicio 2007) • Debe llevar los siguientes libros: a) Libros de Caja y Bancos b) Libro de Inventarios y Balances c) Registro de Compras d) Registros de Ventas e Ingresos 61 • A más de 100 U.I.T. a) Debe llevar Contabilidad Completa • Si es Persona Jurídica Debe llevar Contabilidad Completa en todos los casos. Asimismo, debe llevar adicionalmente cualquier otro libro especial a que estuviera obligada debido al tipo de organización o a otras circunstancias particulares (planillas, actas, etc.). 3.2 ¿Qué comprobantes debe emitir? • Si su cliente tiene R.U.C. debe extenderle una Factura. Si es consumidor final y no tiene R.U.C., debe emitirle una Boleta de Venta o un Ticket que no otorgue derecho a Crédito fiscal. • Por ventas a consumidores finales menores a S/. 5.00, no es necesario emitir comprobante de pago, salvo que el comprador lo exija. • En estos casos, al final del día, debe emitir una Boleta de Venta que comprenda el total de estas ventas menores, conservando el original y copia de dicha Boleta para control de la SUNAT. 3.3 ¿Qué comprobantes de pago debe exigir? • Cuando adquiera bienes y/o reciba la prestación de servicios necesarios para generar sus rentas, debe exigir que le otorguen a) Facturas b) Tickets que den derecho a Crédito Fiscal c) Recibos por Honorarios. d) Recibos (luz, agua, teléfono). • Pudiendo además emitir Liquidaciones de Compra. 62 Pagos Adelantados del Impuesto General a las Ventas III. Sistema de Detracciones del I.G.V. • Consiste en la detracción o descuento que efectúa el Comprador o usuario de un bien o servicio comprendido en dicho sistema, aplicando un porcentaje fijado por la norma, sobre el Precio del Proveedor (Vendedor), para luego depositarlo en el Banco de la Nación, en una Cuenta Corriente que esta a nombre del Proveedor (Vendedor) o del quien presta el servicio con el fin de que los montos depositados en dicha cuenta solamente pueden ser destinados al pago de tributos del Proveedor (Vendedor). • La finalidad de la Detracción es asegurar el destino del importe que corresponde al pago de una operación, destinándola exclusivamente a la cancelación de tributos. • La tasa de detracción del IGV está establecida por tipo de bien o servicio, considerando su estructura de costos y los componentes de IGV que poseen en cada caso: • Bienes Sujetos al Sistema Anexo 1 DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN 1. Azúcar Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 1701.11.90.00, 1701.91.00.00 y 1701.99.00.90. 2. Alcohol etílico Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2207.10.00.00, 2207.20.00.00 y 2208.90.10.00. PORCENTAJE 10% 10% 63 Anexo 2 DEFINICIÓN 1. Recursos hidrobiológicos DESCRIPCIÓN Pescados destinados al procesamiento de harina y aceite de pescado comprendidos en las subpartidas nacionales 0302.11.00.00/0305.69.00.00 y huevas, lechas y desperdicios de pescado y demás contemplados en las subpartidas nacionales 0511.91.10.00/0511.91.90.00.Se incluyen en esta definición los peces vivos, pescados no destinados al procesamiento de harina y aceite de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos comprendidos en las subpartidas nacionales 0301.10.00.00/0307.99.90.90,cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV. PORCENTAJE 9% (1) La presente definición incluye lo siguiente: 2. Maíz amarillo duro a) b) c) d) e) f) g) h) 3. Algodón Bienes comprendidos en la subpartida nacional 1005.90.11.00. Sólo la harina de maíz amarillo duro comprendida en la subpartida nacional 1102.20.00.00. Sólo los grañones y sémola de maíz amarillo duro comprendidos en la subpartida nacional 1103.13.00.00. Sólo “pellets” de maíz amarillo duro comprendidos en la subpartida nacional 1103.20.00.00. Sólo los granos aplastados de maíz amarillo duro comprendidos en la subpartida nacional 1104.19.00.00. Sólo los demás granos trabajados de maíz amarillo duro comprendidos en la subpartida nacional 1104.23.00.00. Sólo el germen de maíz amarillo duro entero, aplastado o molido comprendido en la subpartida nacional 1104.30.00.00. Sólo los salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda o de otros tratamientos del maíz amarillo duro, incluso en «pellets», comprendidos en la subpartida nacional 2302.10.00.00. Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 5201.00.00.10/5201.00.00.90 y 5203.00.00.00, excepto el algodón en rama sin desmotar.Se incluye en esta definición al algodón en rama sin desmotar, cuando el proveedor hubiera renuncia- 7% 10% (2) do a la exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV. 64 4. Caña de azúcar Bienes comprendidos en la subpartida nacional 1212.99.10.00. 10% 5. Arena y piedra Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2505.10.00.00, 2505.90.00.00, 2515.11.00.00/2517.49.00.00 y 2521.00.00.00. 10% DEFINICIÓN 6. Residuos, subproductos, desechos, recortes y desperdicios DESCRIPCIÓN Solo los residuos, subproductos, desechos, recortes y desperdicios comprendidos en las subpartidas nacionales 2303.10.00.00/2303.30.00.00, 2305.00.00.00/ 2308.00.90.00, 2401.30.00.00, 3915.10.00.00/3915.90.00.00, 4004.00.00.00,4017.00.00.00, 4115.20.00.00, 4706.10.00.00/4707.90.00.00, 5202.10.00.00/5202.99.00.00, 5301.30.00.00, 5505.10.00.00, 5505.20.00.00, 6310.10.00.00, 6310.90.00.00, 6808.00.00.00, 7001.00.10.00, 7112.30.00.00/ 7112.99.00.00, 7204.10.00.00/7204.50.00.00, 7404.00.00.00, 7503.00.00.00, 7602.00.00.00, 7802.00.00.00, 7902.00.00.00, 8002.00.00.00, 8101.97.00.00, 8102.97.00.00, 8103.30.00.00, 8104.20.00.00, 8105.30.00.00, 8106.00.12.00, 8107.30.00.00, 8108.30.00.00, 8109.30.00.00, 8110.20.00.00, 8111.00.12.00, 8112.13.00.00, 8112.22.00.00, 8112.30.20.00, 8112.40.20.00, 8112.52.00.00, 8112.92.20.00, 8113.00.00.00, 8548.10.00.00 y 8548.90.00.00. PORCENTAJE 10% Se incluye en está definición lo siguiente: a) Sólo los desperdicios comprendidos en las subpartidas nacionales 5302.90.00.00, 5303.90.30.00, 5303.90.90.00, 5304.90.00.00 y 5305.11.00.00/5305.90.00.00, cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV. b) Los residuos, subproductos, desechos, recortes y desperdicios de aleaciones de hierro, acero, cobre, níquel, aluminio, plomo, cinc, estaño y/o demás metales comunes a los que se refiere la Sección XV del Arancel de Aduanas, aprobado por el Decreto Supremo N° 239-2001-EF y norma modificatoria. 7. Bienes del inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales del inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV, siempre que el proveedor hubiera renunciado a la exoneración del IGV. Se excluye de ésta definición a los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales incluidas expresamente en otras definiciones del presente anexo. 10% (Numerales 8, 9 y 10 excluidos por el Artículo 5° de la Resolución de Superintendencia N° 258-2005/SUNAT publicada el 29.12.2005 y vigente a partir del 30.12.2005). 11. Aceite de pescado Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 1504.10.21.00/1504.20.90.00. 9% 12. Harina, polvo y “pellets” de pescado, crustáceos, molúscos y demás vertebrados acuáticos Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 2301.20.10.10/2301.20.90.00. 9% 65 DEFINICIÓN 13. Embarcaciones pesqueras 14. Leche (3) DESCRIPCIÓN PORCENTAJE Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 8902.00.10.00 y 8902.00.20.00. Se incluye en esta definición la venta o cesión definitiva del permiso de pesca a que se refiere el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE y normas modificatorias, correspondiente a los bienes incluidos en las mencionadas partidas. 9% Sólo La leche cruda entera comprendida en la subpartida nacional 0401.20.00.00, 4% siempre que el proveedor hubiera renunciado a la exoneración del IGV. 15. Madera (4) Bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 4403.10.00.00/4404.20.00.00, 4407.10.10.00/4409.20.90.00 y 4412.13.00.00/4413.00.00.00. 9% Notas 66 (1) El porcentaje de 9% se aplicará cuando el proveedor tenga la condición de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera que efectúa la extracción o descarga de los bienes y figure como tal en el “Listado de proveedores sujetos al SPOT con el porcentaje de 9%” que publique la SUNAT. En caso contrario, se aplicará el porcentaje de 15%. Dicho listado será elaborado sobre la base de la relación de embarcaciones con permiso de pesca vigente que publica el Ministerio de la Producción, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 012-2001-PE. El referido listado será publicado por la SUNAT a través de SUNAT Virtual, cuya dirección es http://www.sunat.gob.pe, hasta el último día hábil de cada mes y tendrá vigencia a partir del primer día calendario del mes siguiente. Para determinar el porcentaje a aplicar, el sujeto obligado deberá verificar el listado publicado por la SUNAT, vigente a la fecha en que se deba realizar el depósito. (2) El porcentaje aplicable a la venta de algodón en rama sin desmotar efectuada por un sujeto que hubiera renunciado a la exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice I de la Ley del IGV es el 15%. (3) Mediante R.S. N° 064-2005/SUNAT publicada el 13.03.2005, se establece la aplicación del SPOT a partir del 01.04.2005 para este producto. (4) Incorporado mediante R.S. N° 178-2005/SUNAT publicada el 22.09.2005 Anexo 3 SERVICIO SUJETO AL SISTEMA DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN PORCENTAJE A lo siguiente, independientemente del nombre que le asignen las partes: 1. 2. Intermediación laboral y tercerización [2] a) Los servicios temporales, complementarios o de alta especialización prestados de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 27626 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 003-2002-TR, aun cuando el sujeto que presta el servicio: 12% a.1) Sea distinto a los señalados en los artículos 11° y 12° de la citada ley. a.2) No hubiera cumplido con los requisitos exigidos por ésta para realizar actividades de intermediación laboral; o, a.3) Destaque al usuario trabajadores que a su vez le hayan sido destacados. b) Los contratos de gerencia, conforme al artículo 193° de la Ley General de Sociedades. c) Los contratos en los cuales el prestador del servicio dota de trabajadores al usuario del mismo, sin embargo éstos no realizan labores en el centro de trabajo o de operaciones de este último sino en el de un tercero. Al arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso de bienes muebles e inmuebles. Para tal efecto se consideran bienes muebles a los definidos en el inciso b) del Arrendamiento artículo 3° de la Ley del IGV. de bienes [1] Se incluye en la presente definición al arrendamiento, subarrendamiento o cesión en uso de bienes muebles con operario en tanto que no califique como contrato de construcción. No se incluyen en esta definición los contratos de arrendamiento financiero. 12% Al mantenimiento o reparación de: 3. Mantenimiento y reparación de bienes muebles [1] 4. Movimiento de carga [3] a) Cualquier componente o de la totalidad de los bienes comprendidos en las subpartidas nacionales 8902.00.10.00 y 8902.00.20.00. b) Boyas, flotadores y redes comprendidas en las subpartidas nacionales 3926.90.10.00 y 5608.11.00.00/5608.90.00.00. c) Las maquinarias y/o equipos que forman parte de las plantas de procesamiento de recursos hidrobiológicos. 9% A la estiba o carga, desestiba o descarga, movilización y/o tarja de bienes. Para tal efecto se entenderá por: 12% a) Estiba o carga: A la colocación conveniente y en forma ordenada de los bienes a bordo de cualquier medio de transporte, según las instrucciones del usuario del servicio. b) Desestiba o descarga: Al retiro conveniente y en forma ordenada de los bienes que se encuentran a bordo de cualquier medio de transporte, según las instrucciones del usuario del servicio. c) Movilización: A cualquier movimiento de los bienes, realizada dentro del centro de producción. 67 DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN PORCENTAJE d) Tarja: Al conteo y registro de los bienes que se cargan o descargan, o que se encuentren dentro del centro de producción, comprendiendo la anotación de la información que en cada caso se requiera, tal como el tipo de mercancía, cantidad, marcas, estado y condición exterior del embalaje y si se separó para inventario. No se incluye en esta definición el servicio de transporte de bienes, ni los servicios a los que se refiere el numeral 3 del Apéndice II de la Ley del IGV. No están incluidos los servicios prestados por operadores de comercio exterior a los sujetos que soliciten cualquiera de los regímenes, operaciones o destinos aduaneros especiales o de excepción, siempre que tales servicios estén vinculados a operaciones de comercio exterior (*). Se considera operadores de comercio exterior: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 12% Agentes marítimos y agentes generales de líneas navieras Compañías aéreas Agentes de carga internacional Almacenes aduaneros Empresas de servicio de mensajería internacional Agentes de aduana. (*) Exclusión aplicable a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria se produzca a partir del 29 de setiembre. 5. 68 Otros servicios empresariales [3] A cualquiera de las siguientes actividades comprendidas en la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de las Naciones Unidas - Tercera revisión, siempre que no estén comprendidas en la definición de intermediación laboral y tercerización contenida en el presente anexo: a) Actividades jurídicas (7411). b) Actividades de contabilidad, teneduría de libros y auditoría; asesoramiento en materia de impuestos (7412). c) Investigaciones de mercados y realización de encuestas de opinión pública (7413). d) Actividades de asesoramiento empresarial y en materia de gestión (7414). e) Actividades de arquitectura e ingeniería y actividades conexas de asesoramiento técnico (7421). f) Publicidad (7430). A partir del 29 de setiembre del 2004, para efecto del Sistema, no está comprendida la venta de tiempo y espacio en radio, televisión o medios escritos tales como periódicos, revistas y guías telefónicas impresas de abonados y/o anunciantes, interesados en la obtención de anuncios, incluso cuando dicha venta sea realizada por concesionarios, pero siempre que el servicio prestado consista exclusivamente en la venta del tiempo o espacio. g) Actividades de investigación y seguridad (7492).h) Actividades de limpieza de edificios (7493). i) Actividades de envase y empaque (7495). No están incluidos los servicios prestados por operadores de comercio exterior a los sujetos que soliciten cualquiera de los regímenes, operaciones o destinos aduaneros especiales o de excepción, siempre que tales servicios estén vinculados a operaciones de comercio exterior(*). Se considera operadores de comercio exterior: 12% DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN 1. 2. 3. 4. 5. 6. PORCENTAJE Agentes marítimos y agentes generales de líneas navieras Compañías aéreas Agentes de carga internacional Almacenes aduaneros Empresas de servicio de mensajería internacional Agentes de aduana. (*) Exclusión aplicable a las operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria se produzca a partir del 29 de setiembre. 6. Comisión mercantil [2] Al Mandato que tiene por objeto un acto u operación de comercio en la que el comitente o el comisionista son comerciantes o agentes mediadores de comercio, de conformidad con el artículo 237° del Código de Comercio. 12% Se excluye de la presente definición al mandato en el que el comisionista es: a. Un corredor o agente de intermediación de operaciones en la Bolsa de Productos o Bolsa de Valores. b. Una empresa del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros. c. Un Agente de Aduana y el comitente aquel que solicite cualquiera de los regímenes, operaciones o destinos aduaneros especiales o de excepción. 7. Fabricación de bienes por encargo [2] [3] A aquel servicio mediante el cual el prestador del mismo se hace cargo de todo o una parte del proceso de elaboración, producción, fabricación o transformación de un bien. Para tal efecto, el usuario del servicio entregará todo o parte de las materias primas, insumos, bienes intermedios o cualquier otro bien necesario para la obtención de aquéllos que se hubieran encargado elaborar, producir, fabricar o transformar. 12% Se incluye en la presente definición a la venta de bienes, cuando las materias primas, insumos, bienes intermedios o cualquier otro bien con los que el vendedor ha elaborado, producido, fabricado o transformado los bienes vendidos, han sido transferidos bajo cualquier título por el comprador de los mismos. No se incluye en esta definición: a. Las operaciones por las cuales el usuario entrega únicamente avíos textiles, en tanto el prestador se hace cargo de todo el proceso de fabricación de prendas textiles. Para efecto de la presente disposición, son avíos textiles, los siguientes bienes: etiquetas, hangtags, stickers, entretelas, elásticos, aplicaciones, botones, broches, ojalillos, hebillas, cierres, clips, colgadores, cordones, cintas twill, sujetadores, alfileres, almas, bolsas, plataformas y cajas de embalaje. b. Las operaciones por las cuales el usuario entrega únicamente diseños, planos o cualquier bien intangible, mientras que el prestador se hace cargo de todo el proceso de elaboración, producción, fabricación, o transformación de un bien. 69 DEFINICIÓN 8. Servicios de Transportes de personas [2] DESCRIPCIÓN PORCENTAJE A aquel servicio prestado por vía terrestre, por el cual se emita comprobante de pago que permita ejercer el derecho al crédito fiscal del IGV, de conformidad con el Reglamento de Comprobantes de Pago. 12% Nota: (1) Numerales sustituidos por el Artículo 6° de la R.S. N° 258-2005/SUNAT publicada el 29.12.2005 según textos del anexo 1 de la referida norma publicado el 30.12.2005 y vigentes a partir del 01.02.2006 (2) Numerales incluidos por el Artículo 6° de la R.S. N° 258-2005/SUNAT publicada el 29.12.2005 según textos del anexo 1 de la referida norma publicado el 30.12.2005 y vigentes a partir del 01.02.2006 (3) Numerales modificados por la R.S. N° 056-2006/SUNAT publicada el 02.04.2006, vigentes a partir del día siguiente de su publicación. CASO PRÁCTICO – SISTEMA DE DETRACCIONES • La Empresa Vendedora, “La Dulcecita S.R.L.” esta sujeta a la Detracción del 10%, por la venta de Azúcar. El Comprador “Comercial Talara S.A.C.” determina la Detracción por la Compra de la Azúcar por estar comprendida dentro de los alcances del Anexo Nº 01 de la norma. Calculo de la Detracción Precio de Compra...................... s/. 11,900.00 10% Detracción de 11,900........ (s/. 1,190.00) Neto a Pagar.............................. s/. 10,710.00 El Comprador “Comercial Talara S.A.C.” efectúa el deposito por S/.1,190.00 en la cuenta del Banco de la Nación que ha sido abierta por el Proveedor “La Dulcecita S.R.L.” El Banco de la Nación recibe la Detracción de S/.1,190 efectuada por el Comprador y entrega la constancia de deposito refrendada y numerada (Original y Dos Copias). 70 ¿Cómo funciona elSistema de detracciones del IGV? 71 72 73 74 10 Módulo IV: Registros Contables Auxiliares TEMA 10: Control de Inventarios – Libro Caja Libro de Almacén o Kardex • El Libro Auxiliar de Almacén, también conocido como Kardex, es un Registro contable que nos permitirá poder tener un registro actualizado del ingreso y salida de nuestras existencias (mercaderías, suministros y/o materia prima). • Teniendo el registro exacto del movimiento de nuestras existencias podremos determinar cual tiene mayor y menor salida, evaluando de esta forma en que producto invertir mas. • Asimismo podremos controlar no tener ni muy poca, ni muchas existencias. Para esto deberemos establecer las cantidades mínimas que deben haber en el almacén por cada producto. Rayado del Libro de Almacén • El rayado del Libro de Almacén o Control de Existencias se encuentra de acuerdo a la información que se tiene y de los datos que se desea obtener. • Teniendo en cuenta esto, se han establecido los “KARDEX”, los cuales se elaboran de manera detallada por cada artículo de la empresa. • Para nuestro caso aplicaremos el Método Promedio de Kardex, el cual nos proporcionará una información más exacta de las Cantidades y el Valor actual de cada Producto. 75 Caso Práctico – KARDEX • En el mes de Enero del 2008 se realizaron las siguientes operaciones: PRODUCTO ZN10 (Zapatos para niño Talla 10) 76 02-Ene: Tenemos 18 pares a un Precio Unitario de s/.40.00 03-Ene: Vendemos 3 pares a un P.U. de s/. 42.00 05-Ene: Vendemos 2 pares a un P.U. de s/. 42.50 09-Ene: Compramos 8 pares a un P.U. de s/.39.00 12-Ene: Vendemos a Juan Perales 15 pares. P.U. de s/. 41.- 18-Ene: Juan Perales nos devuelve 3 pares de calzado. 20-Ene: Compramos 35 pares a un P.U. de s/.39.00 22-Ene: Venta a EL ROSAL S.A.A. 21 pares a P.U. s/. 40.50 31-Ene: Vendemos 1 par a un P.U. de s/. 42.90 CA01 Kardex de Mercaderías - Mes de septiembre 2007 Producto: Día Camisas azules mangalarga Detalle Ingresos Cant. 2 Saldo Inicial P.U. Saldos Salidas Total Cant. P.U. Total 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 12345678901234567890123456789012123456789012345678901234567890121234 Cant. P.U. Total 77 Libro Caja • El Libro Caja es un Libro Auxiliar de mucha importancia en el desarrollo normal de las operaciones y en toda actividad comercial. Tiene como función principal: el Control del movimiento del efectivo. • Las ENTRADAS se registran en la columna izquierda o DEBE del Libro Caja y las SALIDAS se registran en la columna derecha o en el HABER del Libro. • Como en todo Libro Contable, los registros se realizan por orden riguroso, de acuerdo a la fecha en que se han efectuado las operaciones. • Igualmente es imprescindible que toda operación que se refleje en el Libro tenga un soporte documental que lo justifique (Factura, Boleta u otro documento valido). Caso Práctico – LIBRO CAJA: • En el mes de Enero del 2008 la Empresa “Los Comerciantes” S.R.L. realizó las siguientes operaciones: 78 01-Ene: Saldo Inicial 1500.00 04-Ene: Se vendieron 8 pares de calzado Modelo ZH13 400.00 07-Ene: Se pago el Recibo de Electricidad del mes de Noviembre. 121.00 11-Ene: Se vendieron 15 sandalias Modelo SN15 220.00 13-Ene: Juan Quiroz nos pago por crédito del mes de Diciembre 100.00 16-Ene: Se pago el Recibo de Teléfono del mes de Diciembre. 20-Ene: Se compro una Computadora Pentium III 600.00 23-Ene: Se vendieron 2 pares de botines Modelo BG07 105.00 26-Ene: Se pago el Recibo de Electricidad del mes de Diciembre. 91.00 29-Ene: Nos dan adelanto por confección de calzado - Boleta 014 30.00 29-Ene: Se pago al Contador por Asesoría del mes de Diciembre. 70.00 31-Ene: Se vendió al crédito según Boleta 015. Nos dan a cuenta: 40.00 59.00 11 TEMA 11: Registros Contables & Documentos Financieros Registros Contables • Los Registros Contables y los Documentos Financieros son dos componentes básicos dentro de la contabilidad de una empresa. • Los Registros Contables son instrumentos que nos permiten sistematizar los Libros; es decir, poder recopilar y llevar un registro ordenado del movimiento económico de la empresa, teniendo como sustento a los documentos financieros. • Los documentos financieros constituyen la base de la contabilidad; entre estos caben destacar: las facturas emitidas, las facturas pagadas, los cheques de banco, las declaraciones de impuestos, entre otros comprobantes y expedientes. • La información contenida en estos Registros se trasladará luego al Libro Diario y al Libro Mayor. Registros de Ventas y Compras • Estos Registros Contables nos permitirán poder controlar de manera periódica las Ventas y las Compras que efectúa la empresa; determinando el VALOR, el I.G.V. y el PRECIO de cada transacción registrada. • En base a esta información podremos calcular 1. El monto del I.G.V. de Ventas y del I.G.V de Compras; lo cual nos permitirá poder determinar el monto a pagar o la existencia del CRÉDITO FISCAL. 79 2. El monto del Impuesto a la Renta a pagar (dependiendo esto de en que Régimen Tributario se encuentre). El Crédito Fiscal • El Crédito Fiscal está constituido por el I.G.V. señalado separadamente en los comprobantes que respaldan las compras y gastos relacionados al giro de la empresa. • Si en un mes determinado el I.G.V de las Compras es mayor al I.G.V. de las Ventas, esto generará un monto “a favor” que se aplicará en el siguiente periodo. • Los comprobantes de compra podrán ser registrados dentro de los cuatro (4) períodos tributarios computados a partir del primer día del mes siguiente de la fecha de emisión del documento que corresponda. • Por ejemplo: Si nos emitieron un Factura fue el día 25 de enero del presente año y nos es entregada con retraso, la adquisición sustentada por dicha factura podrá ser anotada en el registro mencionado dentro de los meses de febrero, marzo, abril y mayo del año en curso, incidiendo en el calculo del I.G.V. a pagar. Ejemplo 2.1: Crédito Fiscal MES DE ENERO DEL 2007 BASE I.G.V. TOTAL TOTAL DE VENTAS 2941 559 3500 TOTAL DE COMPRAS 1056 201 1257 I.G.V. A PAGAR Saldo a favor del Periodo anterior (C.F.) I.G.V. A PAGAR IMPUESTO A LA RENTA (R.E.R.) Saldo a favor del Periodo anterior = (C.F.) CRÉDITO FISCAL 80 358 0 358 s/. 44 Ejemplo 2.1: Crédito Fiscal MES DE FEBRERO DEL 2007 BASE TOTAL DE VENTAS 3655 694 4349 TOTAL DE COMPRAS 4943 939 5882 I.G.V. A PAGAR I.G.V. TOTAL (245) Saldo a favor del Periodo anterior (C.F.) 0 I.G.V. A PAGAR 0 IMPUESTO A LA RENTA (R.E.R.) s/. 55 Ejemplo 2.2: Crédito Fiscal MES DE MARZO DEL 2007 BASE I.G.V. TOTAL TOTAL DE VENTAS 5909 1123 7032 TOTAL DE COMPRAS 4010 762 4772 I.G.V. A PAGAR Saldo a favor del Periodo anterior (C.F.) I.G.V. A PAGAR IMPUESTO A LA RENTA (R.E.R.) 361 (245) 116 s/. 89 81 Caso Práctico: Registros 1 En el mes de Enero del 2008 la Empresa Comercial Guerrero S.A.C. del Sr. David Guerrero Rimarachín realizó las siguientes operaciones: VENTAS Día Doc. Nro.Doc. Clientes R.U.C. Clientes TOTAL 04 F 01-253 Comercial Pacífico S.R.L. 20125852121 2586.00 11 F 01-254 Guerrero Sánchez, Santos 10252548307 399.00 18 B 01-123 al 128 23 F 01-255 Sandoval Macizo, Aurelio 10102585402 2102.00 29 F 01-256 Guerrero de Quispe, Dianira 10101244925 902.50 1096.00 COMPRAS Día Doc. Nro. Doc. Proveedores R.U.C. Proveedores TOTAL 29 Nov F 02-018 Industria Bercelia E.I.R.L. 20325552854 1845.00 13 Dic F 31-1258 Confecciones Raquel S.A.A. 20589741236 399.95 12 B 11-12OO Comercial Esperanza S.A.C 20368571412 3105.50 23 F 03-001 Guerrero Perales, Lucho 10102585402 820.20 28 F 01-1255 Quispe Macizo, Sabino Se pide: Determinar el Monto del VALOR. Calcular el I.G.V. y el Impuesto a la Renta (R.E.R.) a pagar considerando que se tiene un Crédito Fiscal del periodo anterior de (s/. 189.00) 82 REGISTRO DE VENTAS Día Doc. Nro.Doc. MES DE ENERO CLIENTES R.U.C. VALOR I.G.V. 2007 PRECIO CAMBIO (US$) TOTAL Cambio 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 0.00 REGISTRO DE COMPRAS Día Doc. Nro.Doc. MES DE ENERO CLIENTES R.U.C. VALOR I.G.V. 2007 PRECIO 1.00 CAMBIO (US$) TOTAL Cambio 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 1.000 83 DECLARACIÓN DE IMPUESTOS MES DE ENERO BASE VENTAS MES DE ENERO COMPRAS MES DE ENERO 2008 I.G.V. TOTAL Montos deducibles del I.G.V. a pagar Valor I.G.V. Precio 0 0.00 0.00 0.00 I.G.V. a pagar S/.0 0.00 0.00 0.00 Impuesto a la Renta a pagar S/.0 I.G.V. a pagar o Saldo a favor Crédito Fiscal del Período Anterior Saldo del I.G.V. 84 0.00 0 0 0.00 0 0 0.00 12345678901234 12345678901234 12345678901234 12345678901234 12345678901234 0.00 0 123456789012 123456789012 123456789012 123456789012 123456789012 12 Módulo V: SUNAT Virtual – Programa de Declaración Telemática TEMA 12: SUNAT Virtual – P.D.T. ¿QUE ES LA SUNAT? • La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria es, de acuerdo a su Ley de creación, Ley Nº 24829 y a su Ley General aprobada por Decreto Legislativo Nº 501, una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas, dotada de personería jurídica, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera que, en virtud a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, ha absorbido a la Superintendencia Nacional de Aduanas. • De acuerdo a la Ley General de la SUNAT, ésta tiene domicilio legal y sede principal en la ciudad de Lima y puede establecer dependencias en cualquier lugar del territorio nacional. • Asimismo, es su función, difundir las normas y procedimientos en materia tributaria dirigida a los contribuyentes y público en general, es por ello que organiza de manera periódica y gratuita: Charlas y/o Seminarios; teniendo como principal medio virtual de información su Portal Web: www.sunat.gob.pe 85 SUNAT Operaciones en Línea – SOL • Dentro de los servicios que podemos encontrar actualmente a través de su Portal, con el fin de que todo Contribuyente pueda estar informado de sus Declaraciones y pueda incluso realizar determinados trámites, la SUNAT ha implementado el Sistema de Operaciones en Línea (SOL). ¿Y qué es la Clave SOL? • Es una clave de uso personal conformada por un “Código de usuario” y una “Clave de acceso” que le permitirán acceder al Sistema “SUNAT Operaciones en Línea – SOL”. • La entrega de esta Clave se realizará de manera GRATUITA, previa presentación de la SOLICITUD que le será proporcionada en la misma SUNAT. • Importante: La entrega de la Clave SOL se realiza mediante un sobre SELLADO. Programa de Declaración Telemática – PDT • El Programa de Declaración Telemática, es un medio informático desarrollado por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), el cual brinda mayor seguridad y facilita la elaboración de las declaraciones, así como el registro de información requerida. • Asimismo, facilita la comunicación con la Administración Tributaria a través del uso de la tecnología informática. 86 Tipos de Declaraciones Declaraciones Determinativas • Son las Declaraciones en las que el Declarante determina la base imponible y, en su caso, la deuda tributaria a su cargo, de los tributos que administre la SUNAT o cuya recaudación se le encargue. Los Programas para elaborar las Declaraciones Determinativas se denominan PDT Determinativos. Declaraciones Informativas • Son las Declaraciones en las que el Declarante informa sus operaciones o las de terceros a solicitud de la Administración Tributaria y en las cuales no se determina ninguna deuda. Los Programas para elaborar las Declaraciones Informativas se denominan PDT Informativos. 87 ¿Qué es la Planilla Electrónica? Es el documento llevado a través de medios electrónicos, presentado mensualmente a través del medio informático desarrollado por la SUNAT (PDT 601 Planilla Electrónica), en el que se encuentra registrada la información de los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, prestador de servicios - modalidad formativa, personal de terceros y derechohabientes. ¿Quiénes se encuentran obligados a usar el PDT 601 Planilla Electrónica? Se encuentran obligados a presentar el PDT 601 cuando cumplan con alguna de las siguientes condiciones: 88 a. Cuenten con más de tres (3) trabajadores. b. Cuenten con uno (1) o más prestadores de servicios (modalidad formativa laboral o prestador de servicios de cuarta categoría) y/o personal de terceros. c. Cuenten con uno (1) o más trabajadores que sean asegurados obligatorios del Sistema Nacional de Pensiones. d. Cuando estén obligados a efectuar alguna retención del Impuesto a la Renta de Cuarta o Quinta Categoría. e. Tengan a su cargo uno (1) o más artistas, de acuerdo con lo previsto en la Ley Nº 28131. f. Hubieran contratado los servicios de una EPS u otorguen servicios propios de salud. g. Hubieran suscrito con el Seguro Social de Salud - EsSalud un contrato por Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. h. Gocen de estabilidad jurídica y/o tributaria. i. Las entidades consideradas personas jurídicas para efectos del impuesto a la renta. j. Las entidades que pertenezcan o hayan pertenecido a un directorio de principales contribuyentes. k. Tengan a su cargo trabajadores identificados con documentos distintos al DNI. l. Se encuentren obligados a presentar el PDT Remuneraciones – Formulario Virtual. Nº 600, PDT SCTR – Formulario Virtual Nº 610 y PDT IGV Renta – F.V. Nº 621. m. Hubieran optado por presentar sus declaraciones a través de PDT. Nota: Los empleadores de trabajadores del hogar o de trabajadores de construcción civil eventuales, en ningún caso están obligados a llevar la Planilla Electrónica. Definiciones a. Empleador: Toda persona natural, empresa unipersonal, persona jurídica, sociedad irregular o de hecho, cooperativa de trabajadores, institución privada, entidad del sector público nacional o cualquier otro ente colectivo, que remuneren a cambio de un servicio prestado bajo relación de subordinación. Adicionalmente, abarca a aquellos que: Paguen pensiones de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia u otra pensión. Contraten a un prestador de servicios. Contraten a un prestador de servicios – modalidad formativa. Realicen las aportaciones de salud, por las personas incorporadas como asegurados regulares al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, tales como los Pescadores y Procesadores Artesanales Independientes. ➢ Reciben, por destaque o desplazamiento, los servicios del personal de terceros. ➢ ➢ ➢ ➢ b. Trabajador: Persona natural que presta servicios a un empleador bajo relación de subordinación, sujeto a cualquier régimen laboral, cualquiera sea la modalidad del contrato de trabajo. En el caso del sector público, abarca a todo trabajador, servidor o funcionario público, bajo cualquier régimen laboral. Está también comprendido en la presente definición el socio trabajador de una cooperativa de trabajadores. c. Pensionista: Quien percibe pensión de jubilación, cesantía, invalidez y sobrevivencia, u otra pensión, cualquiera fuere el régimen legal al cual se encuentre sujeto. 89 d. Prestador de Servicios: Personas naturales que: ➢ Prestan servicios a un empleador sin relación de subordinación, que no califiquen como rentas de primera, segunda o tercera categoría, de acuerdo con la Ley del Impuesto a la Renta. ➢ Se encuentren incorporadas como asegurados regulares Seguro Social por mandato de una ley especial por las que existe obligación de realizar aportaciones de salud. e. Prestador de servicios – modalidad formativa: Persona natural que presta servicios bajo alguna de las modalidades formativas reguladas por la Ley Nº 28518 o cualquier otra ley especial. f. Personal de terceros: Trabajador o prestador de servicios, que sea destacado o desplazado para prestar servicios en los centros de trabajo, establecimientos, unidades productivas u organización laboral de otro empleador, independientemente del hecho de que ambos mantengan un vínculo jurídico. ¿Hay empleadores exceptuados de presentar el PDT 601 Planilla Electrónica? Sí, las normas que aprueban el uso de la Planilla Electrónica, establece que se encuentran exceptuados los siguientes: a. Empleadores de trabajadores del hogar. b. Empleadores de trabajadores de construcción civil eventuales. c. Aquellos que contraten exclusivamente prestadores de servicios de cuarta categoría, cuando no tengan la calidad de agentes de retención de acuerdo al inc. b) del Art. 71° del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. 90 91 92 SUNAT Operaciones en Línea Importancia y uso de la Clave SOL IMPORTANTE La Clave SOL (Código de Usuario y Clave de Acceso a Sistema SUNAT Operaciones en Línea) es tan importante como su firma o su clave del cajero automático. Por ningún motivo permita que ésta sea conocida por terceras personas. Es su responsabilidad, como contribuyente, tomar las debidas medidas de seguridad en el uso de su Clave SOL. Recuerde: Será considerada como efectuada por usted toda transacción o consulta, en la que para ingresar a SUNAT Operaciones en Línea se haya utilizado la Clave SOL que la SUNAT le otorgó o las claves generadas por usted para autorizar a otras personas el acceso a determinadas opciones del sistema*. * Base Legal: Art. 6 de la R.S. N° 109-2000/SUNAT 93 ¿Qué es SUNAT Operaciones en Línea - SOL? Es un sistema rápido y seguro que la SUNAT ha implementado, el cual le permitirá realizar sus consultas y transacciones por Internet, a través de SUNAT Virtual: www.sunat.gob.pe ¿Qué beneficios brinda el uso de SUNAT Operaciones en Línea - SOL? • Comodidad: Acceso al sistema SOL desde su casa, oficina o cabina pública de Internet, evitándole la necesidad de desplazarse a una agencia bancaria y/o Centro de Servicios al Contribuyente de la SUNAT. • Mayor horario de atención: El sistema SOL funciona las 24 horas del día, durante los 365 días del año. • Seguridad: Ambiente que cuenta con los mecanismos más avanzados en seguridad informática. • Personalización: Ofrece opciones de consulta asociadas a su RUC, pudiendo consultar sus declaraciones y pagos, el estado de sus solicitudes y quejas, entre otros. • Facilidad de uso: Le brinda un menú clasificado por temas que le facilitará la navegación y la búsqueda de opciones, así como una lista de las últimas opciones que haya seleccionado y/o utilizado • Creación de otros usuarios SOL: Le da la posibilidad de crear Usuarios SOL, relacionados a su código de usuario, a los que podrá asignarles las opciones de acceso que usted determine. 94 ¿Qué es la Clave SOL? Es una clave de uso personal conformada por un “Código de usuario” y una “Clave de acceso”, que le permite acceder al Sistema “SUNAT Operaciones en Línea -SOL”. La entrega de la Clave SOL se realiza mediante un sobre sellado. ¿Cómo acceder a SUNAT Operaciones en Línea? 1. Ingrese a SUNAT Virtual: www.sunat.gob.pe. 2. Acceda a la opción “SUNAT Operaciones en línea- SOL”. . Seguidamente aparecerá la siguiente pantalla. 95 3. Ingrese su RUC, Código de Usuario y Clave de Acceso. 4. Si tiene Clave SOL, en el recuadro inferior izquierdo, ingrese su RUC, “código de usuario”y “clave de acceso” y haga click en la opción “Iniciar Sesión”. Ahora usted ya se encuentra en el ambiente SUNAT Operaciones en Línea - SOL con Clave SOL, sistema que le ofrece un menú clasificado por temas para facilitarle la búsqueda de opciones, en temas tales como: “Trámites y consultas de RUC”, “Consulta de comprobantes de pago”, “Padrones”, “EsSalud”, “Quejas y sugerencias”, “Declaraciones informativas”, “De go”, “Consulta de declaraciones y solicitudes”, “Calculadora Tributaria”, “Utilitarios PDT”, entre otros. 96 ¿Qué consultas y trámites se pueden realizar sin la Clave SOL? Se pueden realizar, entre otras, las siguientes consultas y trámites: • Consulta de RUC: Ficha RUC, consulta múltiple de RUC, etc. • Consulta de comprobantes de pago autorizados: Por número de formulario, por número de autorización de comprobante, etc. • Consulta de padrones: Agentes de Retención, Agentes de Percepción, Buenos Contribuyentes, Imprentas SOL, etc. • Consulta de pagos por formulario, para verificar los importes pagados. • Presentar quejas y/o sugerencias, sobre la atención y procedimientos relacionados a la actuación en SUNAT. • Consulta del estado de una queja o sugerencia presentada. • Consulta para empleadores: Para verificar los datos de identificación de sus trabajadores y derechohabientes de EsSalud. • Qué consultas, trámites y/o transacciones se pueden realizar Para verificar los datos de identificación de sus trabajadores y derechohabientes de EsSalud. • Calculadora tributaria: Le permite actualizar deudas a pagar. ¿Qué consultas, trámites y/o transacciones se pueden realizar con la Clave SOL? Se pueden realizar, entre otras, las siguientes consultas, trámites y/o sacciones: • Extracto de declaraciones y pagos: Para verificar sus declaraciones, y/opagos realizados. • Valores Pendientes de Pago: Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación o Resoluciones de Multa. 97 Presentar: ✓ Declaraciones Determinativas elaboradas con el PDT, tales como: Declaraciones de IGV, ISC, Impuesto a la Renta entre otros, así como efectuar el pago correspondiente. ✓ Declaraciones Informativas elaboradas con el PDT, tales como: declaraciones de predios, notarios, DAOT, entre otros. ✓ Solicitudes para modificar datos en sus decaraciones y/o pagos, tales como: el número de RUC, período tributario, entre otros ✓ Solicitudes de modificación de datos de su RUC, tales como: el nombre comercial, actividad económica número telefónico, entre otros ✓ Solicitudes de Suspensión de Retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría. 98 ● Generar el código de envío para sus PDT, para acreditar que las declaraciones que presente han sido realizadas efectivamente por usted. ● Cambiar su clave de acceso (password), para mayor seguridad en sus consultas y transacciones al sistema SOL. ● Crear usuarios secundarios SOL relacionados a su código de usuario, para autorizar a otras personas a tener acceso a los aplicativos que usted elija. Es responsabilidad del contribuyente tomar las debidas medidas de seguridad en el uso y autorizaciones que otorgue de su usuario SOL. ¿Cómo realizar una de declaración de pago a través de SOL? 1. Después de haber ingresado al ambiente SUNAT Operaciones en Línea -SOL, seleccione la opción “Declarar y Pagar con PDT”. 2. Elegir la opción “examinar” y seleccionar el archivo PDT ubicado en disquete(s) o en un directorio de su disco duro que haya creado para tal fin, para ser enviado a la SUNAT. 3. El sistema le mostrará el detalle del formulario presentado solicitándole su confirmación. 4. Si la declaración no indica importe a pagar y no tiene causal de rechazo, el sistema emitirá la “Constancia de Presentación”. 5. Si la declaración registra importe a pagar, se mostrarán los iconos de los bancos en los cuales podrá efectuar dicho pago, seleccione uno de ellos. 6. Finalmente, de realizarse el pago, el sistema emitirá la “Constancia de Presentación de la Declaración y Pago” la cual constituye el único comprobante de la transacción realizada, y le dará la opción de imprimirla, guardarla en un medio magnético y/o enviarla a un correo electrónico. 99 ¿Cuáles son los principales motivos de rechazo de una declaración? Los principales motivos, dado que no permiten conocer el contenido de la declaración, son los siguientes: • El (los) archivo(s) presenta(n) defectos de lectura. • El número de RUC del contribuyente que presenta la(s) declaración(es) no coincide con el número de RUC del usuario de SUNAT Operaciones en Línea. • El (los) archivo(s) que contiene(n) la(s) Declaración(es) a ser presentada(s) no fue(ron) generado(s) por el respectivo PDT. • El (los) archivo(s) ha(n) sido modificado(s) luego de ser generado(s) por el respectivo PDT. • La versión del PDT utilizado para elaborar la(s) Declaración(es) no está vigente. Tratándose del pago, también es un motivo de rechazo, que el contribuyente no posea los fondos suficientes para cancelar el Importe a pagar señalado por éste en la declaración. ¿Cómo generar un código de envío para el PDT? El código de envío le permite acreditar, que las declaraciones presentadas a través del PDT, han sido realizadas efectivamente por usted. Los pasos a seguir para generar su código de envío en el sistema SOL, son los siguientes: 1. Después de haber ingresado al ambiente SUNAT Operaciones en Línea -SOL, elija la opción “Generar código de envío”, que se encuentra dentro de Utilitarios PDT. 100 2. A continuación aparecerá la siguiente pantalla. Marque la opción “Acepto” y de click en la opción “Generar código de envio”. 3. Finalmente, el sistema le mostrará el código de envío generado, el que podrá utilizar para el envío de sus PDT. ¿Cómo cambiar la Clave de acceso SOL? Para mayor seguridad le recomendamos cambiar su clave SOL (password). Para ello siga los siguientes pasos: 1. Después de haber ingresado al ambiente SUNAT Operaciones en Línea -SOL, elija la opción “Cambiar clave de acceso” que se encuentra dentro de “Configuración”. 2. A continuación aparecerá una nueva pantalla. Introduzca su antigua clave y la nueva, la cual deberá ser una secuencia de letras, números yio signos de puntuación de máximo 12 caracteres. Confirme su nueva clave y de click en la opción “Grabar”. 101 GRAFICO 3. Luego aparecerá la pregunta ¿Está usted seguro de cambiar su clave?. De click en la opción “Aceptar”. 4. Finalmente verá el mensaje “la operación se realizó con éxito”, confirmando que su clave ha sido cambiada satisfactoriamente. ¿Cómo crear usuarios secundarios de Clave SOL? Para generar una clave secundaria que autorice a otras personas el acceso a determinados aplicativos, siga los siguientes pasos 1. Después de haber ingresado al ambiente SUNAT Operaciones en Linea - SOL, elija la opción “Adm Usuarios”, que se encuentra dentro de Utilitarios PDT. 2. Dar click en la opción “Nuevo Usuario” e ingrese: 102 • Los nombres y apellidos de la persona a la que desea darle acceso. • La clave a asignar para dicha persona. Reingrese la nueva clave. • Las opciones que desee asignar a la persona a quien le otorgará el acceso. Tenga en cuenta que la asignación de opciones se da por módulos, es decir, al asignar una, también se asignarán las opciones relacionadas. 3. Finalmente, elija la opción “Grabar”. Nota: • Si desea eliminar un usuario creado anteriormente, escoja y marque al usuario que corresponda y seleccione “Eliminar”. • Si desea bloquear temporalmente el acceso a algún usuario que haya autorizado, escoja y marque al usuario que corresponda y seleccione la opción “Suspender”. 103 NOTA: • Si desea eliminar un usuario creado anteriormente, escoja y marque al usuario que corresponda y seleccione “Eliminar”. • Si desea bloquear temporalmente el acceso a algún usuario que haya autorizado, escoja y marque al usuario que corresponda y seleccione la opción “Suspender”. Sugerencias para hacer más seguras las Transacciones a través de SOL Para que sean aún más seguros los trámites que realice a través del sistema SUNAT Operaciones en Línea - SOL, se le sugiere seguir las siguientes recomendaciones: • No entregue su clave a otra persona. Dicha clave es intransferible y de uso exclusivo del contribuyente. Recuerde que puede crear claves secundarias y otorgar los accesos que usted considere conveniente. • No escriba su clave en lugares visibles o accesibles a otras personas. • Si cambia su código de usuario y clave de acceso ya no son seguros, en clave de acceso, evite usar fechas, palabras o nombres que sean fáciles de adivinar. • Si considera que su cualquier momento podrá solicitar un nuevo código de usuario y clave de acceso (Clave SOL) a la SUNAT, lo cual implicará automáticamente la anulación del código y la clave anterior, así como las claves de acceso secundarias que haya generado para otras personas, de ser el caso. Para más información sobre el uso del Sistema SUNAT Operaciones en Línea (SOL), ingrese a la opción “Tutores y Demos” que se encuentra en el menú “Acceso Directo”, o si lo desea a través de la siguiente dirección: www.sunat.gob.peltutoreslindex.html 104 13 Módulo VI: Libros Principales Estados Financieros TEMA 13: Libro Diario El Diario es un libro principal en el que se registran por orden cronológico las operaciones de la empresa. Las anotaciones que se registran en el Libro Diario se llaman ASIENTOS o PARTIDAS CONTABLES Asientos Contables Cada operación contable origina un Registro al que denominamos Asiento Contable, que se caracteriza por tener una doble entrada: En la parte de la izquierda (DEBE) donde se registra el ingreso de recursos (de dinero, bienes o el origen de las cuentas por cobrar) y la cancelación de nuestras obligaciones; Y en la parte de la derecha (HABER) donde registraremos el egreso de recursos (de dinero, bienes o el origen de las cuentas por pagar) y la cancelación de nuestras cuentas por cobrar. Ejemplo 1: • Por ejemplo, supongamos que el cliente Juan Gómez nos paga s/. 5,000.00 que nos debía, lo cual cobramos por caja. El asiento sería el siguiente: • Ingresa a: Cta. 10: Caja y Bancos (DEBE) Sub cuenta 101: Caja (Aumenta nuestro dinero en Caja) s/. 5,000.00 105 • Egresa a: Cta. 12: Clientes (HABER) Sub-cuenta 121: Facturas por cobrar (Disminuyen nuestras cuentas por cobrar) s/. 5,000.00 Ejemplo 2: • Supongamos que pagamos con cheque s/. 4,200.00.- a nuestro PROVEEDOR, la Empresa Comercial “Santa Elizabeth” S.A.C. El asiento sería el siguiente: • Ingresa a: Cta. 42: Proveedores (DEBE) Sub cuenta 421: Facturas por pagar (Pagamos una cuenta = menos deudas) s/. 4,200.00 • Egresa a: Cta. 10: Caja y Bancos (HABER) Sub-cuenta 104: Cuentas corrientes (Disminuye nuestro dinero en el Banco) s/. 4,200.00 Características del Libro Diario Entre las características de un Diario podemos mencionar que posee: • Una primera columna indicando la fecha en la cuál se realizó la operación económica. • Dos columnas en donde se anotarán los números o códigos que corresponden a la Cuenta y a la Sub-cuenta que se van a registrar • Seguidamente tiene tres columnas donde aparecerán: una Auxiliar, el DEBE y el HABER: 1. 106 En la Auxiliar se anota el importe de cada cuenta; 2. En la columna del DEBE se anotarán las Cuentas Deudoras (las que registran “cargos”) 3. Y en la columna del HABER el importe de las Cuentas Acreedoras (las que registran “abonos) • Y para cerrar el asiento registraremos la Glosa: breve explicación de la operación económica que se registra a Cta Sub. 2 1 4 DETALLE 2 Compras 601 Mercaderías 40 Tributos por pagar 401 Gobierno Central 4011 I.G.V. 7600.00 Proveedores 42 421 Facturas por pagar 03/01 por el registro de la compra según Factura 001/018. Auxiliar S/. b DEBE S/. 60 c HABER S/. 40000 00 40000 00 7600 00 7600 00 47600 00 47600 00 Estructura del Asiento Contable Caso Práctico – Libro Diario 1 1.- Veamos como se contabilizará la Compra de Mercaderías: En primer lugar, nuestro Proveedor nos emite una Factura por s/. 100,000.00; el cual incluye: el monto del VALOR: s/. 84,745.76 y del Impuesto General a las Ventas (I.G.V.) s/. 15,254.24 107 Asiento de provisión de la Compra Cta Sub. DETALLE Auxiliar S/. DEBE S/. HABER S/. x 60 Compras Mercaderías 40 Tributos por pagar 401 Gobierno Central 4011 I.G.V. Proveedores 42 421 Facturas por pagar 03/01 por el registro de la compra según Factura 001/018. 601 84,033.61 84,033.61 15,966.39 15,966.39 100,000.00 100,000.00 • En la Columna de la izquierda (DEBE) se registra el Ingreso del Monto Neto o Valor de la Mercadería a nuestra empresa, así como también su respectivo I.G.V. • Y en la Columna derecha (HABER) registraremos el Origen de nuestra Obligación o Deuda (en este caso, el monto total del Precio o de la Factura por Pagar). 2.- En segundo lugar, registraremos el Ingreso de las Mercaderías al Almacén; considerando para esto, el Monto Neto o Valor. Asiento de destino de la Mercadería Cta Sub. DETALLE Auxiliar S/. DEBE S/. HABER S/. x.1 20 Compras Almacén 61 Variación de existencias 611 Mercaderías 03/01 por el destino de lo mercadería 201 108 84,033.61 84,033.61 84,033.61 84,033.61 Asiento de Cancelación a los Proveedores 3.- Como último paso, concluiremos con la Cancelación de la Factura, para lo cual se registrará como Ingreso a la Cancelación del Origen de nuestras obligaciones (de las Facturas por pagar) y como Egreso al dinero que saldrá de Caja para cancelar la deuda pendiente. Cta Sub. DETALLE Auxiliar S/. x.2 Proveedores 421 Facturas por pagar Caja y Bancos 10 101 Caja 03/01 por la cancelación en efectivo de la Factura 001-00318 S/. DEBE HABER S/. 100,000.00 42 100,000.00 100,000.00 100,000.00 Caso Práctico – Libro Diario 2: Elaborar el Libro Diario, teniendo los siguientes datos: ACTIVO Caja Bancos Letras por cobrar Mercaderías S/. 130,000.00 150,000.00 80,000.00 40,000.00 400,000.00 PASIVO Cuentas por pagar Letras por pagar S/. 100,000.00 80,000.00 180,000.00 CAPITAL 220,000.00 400,00.00 BALANCE INICIAL AL 02 DE ENERO DEL 2008: Caso Práctico Libro Diario 2: Operaciones 1. Asiento inicial. (02/01/2008) 2. Se compra Mercaderías en efectivo por S/. 100,000.- (03/01/2008) 3. Se compra repuestos con cheque del Banco por s/.80,000.- (05/01/2008) 4. Se paga en efectivo Remuneraciones por S/. 1,500.- (05/01/2008) (ver página siguiente) 5. Cobramos Letras en efectivo por S/. 50,000.- (12/01/2008) 6. Se vende Mercaderías en efectivo por S/. 80,000.- (13/01/2008) 7. Se paga a una abogada la suma de S/. 650.00.- por Asesoría Legal. (23/01/08) 109 Cálculo de Remuneraciones – Boleta de Pago Para tener una visión general de cómo registrar el Pago de Remuneraciones consideremos los siguientes conceptos, considerando en este caso una Total de Remuneraciones de s/.1650.- pagados a 3 trabajadores (s/.550.- c/u) Aportación ESSALUD (9%) Empleador Trabajador 148.50 ESSALUD Vida ONP (13%) Total (S/.) 110 15.00 - 214.50 148.50 229.50 14 TEMA 14: Libro Mayor • Es un libro principal en donde se organizan, clasifican y registran las diferentes cuentas del Activo, el Pasivo y el Patrimonio o Capital de la empresa. • La información que en él se encuentra se toma del Libro Diario y se detalla analíticamente (de manera individual por cada cuenta) con el propósito de conocer su movimiento y Saldo en forma particular. • Los cargos (Debe) y créditos (Haber) se registran en las Cuentas según estén en los Asientos del Libro Diario mediante el proceso llamado “pasar al mayor”. • En el Libro Mayor cada Cuenta del Plan Contable es registrada en una ficha individual en la que se traslada sus cantidades en el Debe y en el Haber del Libro Diario, así como el saldo de las mismas. Estructura del Libro mayor En el Libro Mayor se encuentra la siguiente información: • La Cuenta y su respectivo Código. • El número de folio según el orden en que se presente cada Cuenta. • La fecha de cada operación que se registra. • El Saldo inicial de cada Cuenta, en caso de que lo tenga (en la columna del Debe). 111 • Dos columnas en las que se registrarán provenientes del Libro Diario: En la izquierda, todos los montos del “Debe” ✗ Y en la derecha, los montos del “Haber”; ✓ • El Saldo final para la elaboración de los Estados Financieros. Estructura del Libro mayor: 2 4 2 DEBE 3 02/01 Saldo Inicial 10/01 a Clientes 1 10 Caja y Bancos S/. 2,000 00 17,000 00 23/01 a Clientes Suma DEBE Saldo Deudor (al 23 de enero) 6 2 13/01 por Proveedores 19/01 por Proveedores 13,000 00 Suma HABER HABER 2 S/. 13,800 00 11,900 00 25,700 00 32,000 00 6,300 00 5 ✓ 5 x Clases de Saldos: • Al valor que presenta una Cuenta en una fecha determinada se le conoce con el nombre de Saldo. • Éste es resultado de la diferencia entre la Suma del Debe y la Suma del Haber de la correspondiente cuenta, por lo que en base a su diferencia, el Saldo puede ser: • Deudor: Si la suma del Debe es mayor que la del Haber. • Acreedor: Si la suma del Debe es inferior a la del Haber. • Nulo: Si el valor de ambas sumas coincide. 112 • En cualquier fecha que se revise el Libro Mayor, la Suma de los Saldos Deudores (Debe) coincidirá con la Suma de los Saldos Acreedores (Haber). • Además, el Valor Total de las Sumas del Debe será IGUAL al Importe Total de las Sumas del Haber. Tipos de Libro mayor Se reconoce que hay dos tipos: • Libro Mayor Principal.- Para las Cuentas de control general • Libro Mayor Auxiliar.- Para las Sub Cuentas y auxiliares. Caso Práctico – Libro mayor 1: • Teniendo como Referencia el Caso Práctico del Libro Diario 1, iremos trasladando los montos a su correspondiente cuenta, originándose en base a estos lo siguiente: 1ero. Registraremos el Asiento de provisión de la Compra: 6 DEBE 60 Compras S/. 03/01 a Proveedores S/. 84,033 61 4 DEBE 40 Tributos por pagar S/. 03/01 a Proveedores HABER 6 HABER 4 S/. 15,966 39 113 5 DEBE 42 Proveedores S/. HABER 5 S/. 03/01 por varios 100000 00 * Si el ejercicio económico concluyera con solo esta operación, la Cuenta 42 Proveedores cerraría con un Saldo Acreedor al 3 de enero de: s/. 100,000.00 2do. Seguidamente registraremos el Asiento de destino de la Mercadería: 3 DEBE 20 Mercaderías S/. 03/01 A Variación de exist. HABER 3 S/. 84,033 61 • Si el ejercicio económico concluyera con solo esta operación, la Cuenta 20 Mercaderías cerraría con un Saldo Deudor al 3 de enero de: s/. 84,745.76 7 DEBE 61 Variación de existencias S/. HABER 7 S/. 03/01 por mercaderias 84,033 61 • Si el ejercicio económico concluyera con solo esta operación, la Cuenta 61 Variación de Existencias cerraría con un Saldo Acreedor al 3 de enero de: s/. 84,745.76 114 3ero. Y cerraremos este Caso, con el: Asiento de Cancelación a los Proveedores: 5 DEBE 42 Proveedores S/. 03/01 a Caja y Bancos HABER 5 S/. 100,000 00 2 DEBE 10 Caja y Bancos S/. HABER 2 S/. 03/01 por Proveedores 100,000 00 • Si el ejercicio económico concluyera con solo esta operación, la Cuenta 10 Caja y Bancos cerraría con un Saldo Acreedor al 3 de enero del 2007 de: s/. 100,000.00 • En este último punto cabe recordar que la Cuenta 10 Caja y Bancos puede utilizarse para pagos y cobros en Efectivo (Sub Cuenta 101 Caja) o para pagos y cobros a través de Cuentas Corrientes (Sub Cuenta 104 Cuentas corrientes), pudiéndose en este último caso, pagar o cobrar en un lapso de tiempo posterior a la Compra o Venta efectuada. Saldo de la Cuenta 42 • En el Caso Práctico que acabamos de desarrollar, hemos visto que la Cuenta 42 Proveedores fue registrada en dos momentos: • 1ero. Para registrar el Asiento de provisión de la Compra: 5 DEBE 42 Proveedores S/. HABER 5 S/. 03/01 por Varios 100,000 00 115 • 2do. Para registrar el Asiento de Cancelación a los Proveedores: 5 DEBE 42 Proveedores S/. 03/01 a Caja y Bancos HABER 5 S/. 100,000 00 Registro consolidado de la Cuenta 42: ✓ A cada Cuenta del Plan Contable le corresponde registrarse en el Libro Mayor, por tanto la Cuenta 42 Proveedores, se registrará de manera consolidada de la siguiente manera: 5 DEBE 42 Proveedores S/. 03/01 a Caja y Bancos 100,000 00 HABER 5 S/. 03/01 por Varios 100,000 00 ✓ La deuda que se origino en el Primer Asiento al efectuarse la Provisión de la Compra, se saldo en el último, registrándose el egreso de dinero y la CANCELACIÓN de la obligación. • El Saldo por tanto al 3 de enero del 2007, conociendo que este monto es el resultado de la Diferencia que hay entre el Saldo del DEBE menos el Saldo del HABER, será Saldo Nulo. (-) (=) Deuda originada el 3 de enero (Factura por pagar): s/. 100,000.00 (a) Menos: la Deuda cancelada el 3 de enero: (s/. 100,000.00) (b) Nos da como diferencia un Saldo Nulo: (a) – (b) = CERO • Ahora que ya hemos conocido el funcionamiento del Libro Diario, pasemos a ver los Balances. 116 Caso Práctico – Libro mayor 2 1) Hacer una relación de las cuentas que aparecen en los Asientos del Libro Diario del “Caso Práctico - Diario 2”. 2) Ordenar las cuentas en orden ascendente. 3) Anotar los números de las cuentas en los folios del Archivo: “Caso Práctico – Libro Mayor 2” 117 118 15 TEMA 15: Balances Estados Financieros • Los Estados Financieros son informes contables en donde resumimos la situación económica y financiera de nuestra empresa a una fecha determinada. • Los Estados Financieros nos muestran información de suma importancia acerca de nuestro negocio. Nos permiten evaluar la liquidez, rentabilidad, gestión y solvencia de nuestra empresa en un periodo determinado o a una fecha dada. • Esto nos proporciona información útil para poder tomar decisiones. Balances • Llamamos Balance al documento contable que nos permite conocer la situación financiera de la empresa en un momento determinado: nos dice lo que tiene la empresa y lo que debe. • El Balance se compone de dos columnas: el Activo (columna de la izquierda) y el Pasivo (columna de la derecha). • El Activo muestra los elementos patrimoniales de la empresa, mientras que el Pasivo detalla su origen financiero. Casuística: Activo y Pasivo Por ejemplo, si una empresa adquiere Mercadería: • El monto neto de la Compra (Valor) y el monto del I.G.V. que le corresponde se registrarán en el Activo (correspondiente al Precio de la Mercadería que ingresa a la empresa); 119 • Mientras que la Factura por Pagar al Proveedor se registrará en el Pasivo (siendo este el origen de la obligación que contrae la empresa); Si una empresa vende Mercadería: • El monto de la Factura por Cobrar al Cliente será registrado en el Activo (siendo este el origen del derecho al cobro a favor de la empresa); • Mientras que el monto neto de la Venta (Valor) y el monto del I.G.V. que le corresponde serán registrados en el Pasivo (correspondiente al Precio de la Mercadería que sale de la empresa). Obligaciones y Derechos: Asimismo, a través del Activo y el Pasivo podemos registrar: ✓ El pago de nuestras obligaciones con nuestros Proveedores; • Registrando en la columna del Activo el monto de la Factura que teníamos pendiente de pago al Proveedor; y • En la columna del Pasivo el registro del dinero que se desembolsará desde la Caja y/o cuenta corriente de la empresa. ✓ Y el cobro de nuestros derechos a nuestros Clientes; • Registrando en la columna del Activo el registro del dinero que se ingresará a la Caja y/o a la cuenta corriente de la empresa; • En la columna del Pasivo el monto de la Factura que teníamos pendiente de cobro a nuestro Cliente. 120 Clasificación de Activo y Pasivo a) Activo Corriente: Se compone del efectivo y los recursos que se espera se conviertan en efectivo al ser vendidos o consumidos dentro de un año o en el ciclo normal de operaciones. El ciclo normal de operaciones es el periodo de tiempo comprendido entre la compra de inventarios, el procesamiento de los inventarios para poder venderlos, la venta de los bienes y el cobro derivado de esas ventas. • Un Activo se considera Corriente cuando: a) Se trata de efectivo o equivalente de efectivo, cuya utilización no esté restringida; b) Se mantiene fundamentalmente por motivos comerciales, o para un plazo corto de tiempo y se espera realizar dentro del periodo de doce meses tras la fecha del balance, o c) Su saldo se espera realizar, o se tiene para su venta o consumo en el transcurso del ciclo normal de las operaciones de la empresa. b) Se considerará Activo No Corriente a aquel que tiene el carácter de permanente en el Patrimonio de la empresa, ya sea que éste formado por bienes tangibles o intangibles. • Son parte de este Activo: – Las cuentas por cobrar a más de un año de plazo. – Los bienes de uso. – Las inversiones permanentes. – Los activos intangibles. c) Pasivo Corriente y No Corriente • Se considera Pasivo Corriente cuando se espera cancelar en doce meses desde la que se origino la deuda o en el curso normal de las operaciones de la empresa. 121 • Si el término del vencimiento de las deudas a pagar fuera más de un año de plazo, se considerará Pasivo No Corriente. Clases de Balance Vamos a distinguir entre varios Balances, según el momento en que se obtengan: • Balance de apertura o de situación inicial: al comienzo del ejercicio; nos permite conocer con que recursos cuenta la empresa para iniciar su ejercicio económico. Éste será exactamente igual al que se obtuvo al cierre del ejercicio anterior. • Balances parciales: a cierre del mes, trimestre, semestre, o con la periodicidad que se quiera; nos permite conocer la situación de la empresa en esos momentos determinados. • Balance final: al cierre del ejercicio; nos permite conocer como queda la situación financiera de la empresa una vez finalizado su ejercicio económico (normalmente el 31 de diciembre, aunque podría ser otra fecha del año). Balance parcial o de Comprobación • Más que una parte del Ciclo Contable, el Balance de Comprobación sirve para comprobar que no se han cometido errores formales en las anotaciones efectuadas hasta la fecha de su realización. • Se trata de un documento contable elaborado por el empresario que le permite hacerse una idea sobre la situación de su empresa, y las operaciones realizadas en el periodo. • A diferencia del Balance final, el Balance de Comprobación no requiere del cálculo del resultado del periodo, ni del cierre de la contabilidad para su elaboración. • En este sentido podemos definir al Balance de comprobación como un documento obligatorio; pero que al mismo tiempo puede ser un documento voluntario, pues el empresario, puede realizar tantos Balances de comprobación como estime necesarios. 122 • Su estructura es la siguiente: Folio del Libro Mayor Código Plan Contable Cuenta del Mayor (1) (2) (3) Sumas del Mayor Saldos DEBE HABER DEUDOR ACREEDOR A B A B El rayado del Balance de Comprobación es elaborado de la manera siguiente: 1. Columna para anotar el Número de folio que corresponde a cada cuenta del Libro Mayor. 2. Una columna para anotar el Código del Plan Contable que corresponde a la cuenta. 3. Una columna para anotar el nombre de la Cuenta del Libro Mayor. 4. Espacio para la Suma del Mayor, compuesto de dos columnas. – Para registrar el total que se encuentra en el DEBE, de la columna principal en el Libro Mayor. – Para registrar el total que se encuentra el HABER en la columna principal del Libro Mayor. Nota: Los resultados de las Sumas de las 2 Columnas del Mayor deben ser montos IGUALES. 5. Espacio para el SALDO, obtenido por la diferencia del DEBE menos el HABER o viceversa, este espacio está compuesto de dos columnas que son: Columna Deudora en el que se registra la diferencia del Debe menos el Haber (si el Debe fuese mayor que el Haber) Por ejemplo: Debe Saldo deudor 100,000.00 50,000.00 Haber 50,000.00 123 Columna Acreedora para registrar la diferencia del Haber menos el Debe (si el Debe fuera menor que el Haber) Por ejemplo: Debe Haber Saldo acreedor 50,000.00 100,000.00 (50,000.00) Para preparar el Balance de Comprobación, se utiliza todas las cuentas que hemos usado en el Libro Mayor. Balance final o General El Balance General es un Estado Financiero que informa en una fecha determinada: • La Situación económica: la capacidad que tiene la empresa de generar utilidades; y • La Situación financiera: la capacidad de la empresa para cancelar sus deudas oportunamente. ✓ Presentando en forma clara el valor de sus propiedades y derechos, sus obligaciones y su Capital. En el Balance solo aparecen las Cuentas Reales y sus valores deben corresponder exactamente a los saldos ajustados del Libro Mayor y Libros Auxiliares. ✓ En cuanto a su importancia, es un estado principal y se considera el Estado Financiero más importante. ✓ El Balance General se debe elaborar por lo menos una vez al año y con fecha a 31 de diciembre. Balance General Tributario “Tabular” ✓ Es un Estado de Resultados que consta de 8 columnas: ✓ Las primeras cuatro, valorizadas, corresponden al Balance de Comprobación y de Saldos (Débitos, Créditos, Saldo Deudor y Saldo Acreedor). 124 ✓ Las dos siguientes son las Columnas de INVENTARIO, correspondientes a las Cuentas de ACTIVO y PASIVO. Se registran en éstas los Saldos correspondientes por cada cuenta, obteniéndose al final como diferencia de ambos Saldos, el monto del nuevo Capital. ✓ Las dos últimas columnas, corresponden a RESULTADOS; acá se registrarán los Saldos de cada una de las Cuentas de PÉRDIDAS y GANANCIAS respectivamente. Se registrará también la Diferencia de ambas Columnas. ✓ La diferencia entre las Columnas de INVENTARIO y las Columnas de RESULTADOS, debe ser igual. ✓ Finalmente, el resultado de éste reflejará la Pérdida o la Ganancia de la empresa. ✓ Podremos apreciar este Balance General en la Hoja de Cálculo correspondiente. 125 126 16 TEMA 16: Estado de Pérdidas y Ganancias • Este Estado Financiero recibe varios nombres, entre ellos “Estado de Resultados”, “Estado de Utilidades” o “Estado de Gestión”. • En él se resumen todos los hechos que produjeron un aumento o disminución de los recursos de la empresa dentro de un período de tiempo específico. • En este Estado Financiero Básico, se informan detallada y ordenadamente los ingresos, los gastos, así como la utilidad o pérdida neta resultado del ejercicio económico de la empresa. • Es un estado que refleja actividad, por lo que se le considera un estado Dinámico. • El Balance y el Estado de Resultados están interrelacionados: su nexo principal consiste en la última línea de la Cuenta de Resultados (aquella que recoge el beneficio o pérdida), que también se refleja en las últimas Columnas del Balance, incrementando los fondos propios (si fueron beneficios) o disminuyéndolos (si fueron pérdidas). Características • Es un Estado Financiero Básico • Muestra la utilidad o pérdida neta y procedimiento para obtenerla. • La información que proporciona corresponde a un ejercicio determinado (dinámico). • Se elabora a base del movimiento de las cuentas de resultados. 127 Presentación del Estado de Pérdidas y Ganancias • El cuerpo de un Estado de Pérdidas y Ganancias o Resultados puede presentarse en diversas formas, por ejemplo: ESTADO DE RESULTADOS VENTAS NETAS s/. 100,000.00 (-) Devoluciones y Descuentos 40,000.00 (+) Otros Ingresos operacionales 35,000.00 INGRESOS BRUTOS 105,000.00 (-) Costo de Ventas 75,000.00 UTILIDAD BRUTA 25,000.00 (-) Gastos de Ventas 8,000.00 (-) Gastos de Administración UTILIDAD OPERATIVA 2,000.00 15,000.00 (+) Ingresos financieros 3,000.00 (-) Gastos financieros 1,800.00 (+) Otros ingresos 2,950.00 (-) Otros gastos UTILIDAD NETA ANTES DE IMPUESTOS 720.00 18,430.00 (-) Impuesto a la renta 998.00 UTILIDAD LÍQUIDA 17,432.00 (-) Reservas acumuladas UTILIDAD o PERDIDA DEL EJERCICIO 5,800.00 11,632.00 Conceptos relacionados: A. Ingresos • Un ingreso es la obtención de recursos a través de la venta de mercadería o cualquier otra fuente que pertenece a tu empresa. Significa un aumento de los activos de tu empresa, que puede ser en dinero en efectivo, en cuentas por cobrar, entre otros. 128 • Los ingresos se pueden clasificar en tres grupos principales: 1. 2. 3. 4. Ingresos directos Ingresos financieros Ingresos extraordinarios Otros Ingresos Clases de Ingresos: Ingresos directos: Se obtienen por el desarrollo de actividades relacionadas con el giro del negocio. Por ejemplo: Una venta de mercadería representa un ingreso directo. Ingresos financieros: Relacionados con el manejo del dinero en el tiempo. Dentro de estos se consideran los intereses ganados y la ganancia por diferencia en cambio. Por ej.: Las ganancias que se perciben por haber ahorrado en una cuenta corriente en el banco o por haber otorgado un préstamo a un tercero. Ingresos extraordinarios: Además de no estar relacionados con el giro del negocio deben de ser inusuales, infrecuentes y significativos. Por ej. Una donación de equipos, vehículos, etc. Gastos: Los gastos representan el consumo de recursos como tu mercadería y otros bienes y servicios para la obtención de algún ingreso. Los gastos, además, representan también la disminución o consumo de algún activo. Los gastos se pueden clasificar de la siguiente manera: 1. 2. 3. 4. 5. Gastos directos Gastos operativos Gastos financieros Gastos extraordinarios Otros Gastos 129 Clases de Gastos: 1. Gastos directos: Son aquellos en los que se incurre para llevar a cabo las operaciones del giro del negocio. En una empresa comercial recibirá el nombre de Costo de Ventas, y representa el costo de la mercadería que fue vendida durante el ejercicio. la forma de hallarlo es la siguiente: Costo de Ventas = Inventario Inicial + Compras Netas – Inventario Final Donde las compras netas están constituidas por las compras brutas menos los gastos sobre las compras que son los gastos incidentales y las devoluciones y rebajas sobre compras. Las “rebajas” no tienen naturaleza financiera ya que simplemente representan disminuciones en el precio por cuestiones de estación, compra de grandes volúmenes, etc. 2. Gastos operativos: Son aquellos gastos incurridos por la empresa para que pueda desenvolverse normalmente. Estos gastos no se encuentran relacionados con el costo de ventas y se pueden dividir en Gastos Administrativos y Gastos de Ventas, los primeros relacionados con los gastos para el funcionamiento principalmente de la gerencia de tu empresa (como el sueldo al personal administrativo, gastos de alquiler y luz por las oficinas administrativas entre otros), y los segundos relacionado con el costo de poner tu producto en el mercado. 3. Gastos financieros: Al igual que los ingresos financieros, se consideran aquí las pérdidas por diferencia en cambio, los intereses pagados por tu empresa, además de los descuentos que otorgas en tus ventas (este último concepto significa un manejo del dinero en el tiempo ya que es una disminución del precio que generalmente se hace para incentivar al pronto pago). 4. Gastos extraordinarios: Deben cumplir con la característica de ser inusuales, infrecuentes y significativos. Por ejemplo, un robo o un incendio en tu almacén. 130 5. Otros Gastos: Deben cumplir con la característica de ser, inusuales, poco frecuentes. Y poco significativos. Por ejemplo, una donación que se otorgue a un tercero. ✓ Pérdida Es el resultado de un gasto, por el cual no se logró generar los ingresos necesarios para poder cubrir. El monto de la pérdida será la diferencia entre estos dos montos (gastos menos ingresos). ✗ Utilidad Es el exceso de los ingresos sobre los gastos, se determina al final del Estado de Pérdidas y Ganancias. 131 132 17 TEMA 17: Flujo de Caja • El control del Flujo de Caja es un método sencillo que sirve para proyectar las necesidades futuras de efectivo. • Es un Estado Financiero que abarca períodos de tiempo futuros y que ha sido creado con la finalidad de mostrar solamente el efectivo: los ingresos, egresos y el saldo de efectivo al final de períodos de tiempo determinados; recomendando de preferencia sean periodos de un mes. • Es una excelente herramienta, porque nos sirve para predecir las necesidades futuras de efectivo antes de que estas surjan. • En el control del Flujo de Caja, para cada periodo de tiempo, se realizan cálculos estimados respecto a las fuentes futuras de efectivo (ingresos) y a los gastos futuros (egresos). • Para esto utilizaremos cifras bajas y conservadoras para los ingresos y cálculos estimados altos para los egresos. • En el período inicial, comenzaremos con el efectivo que poseemos en el momento. A este Saldo le agregaremos los ingresos y le restaremos los egresos, con lo que hallaremos el efectivo del final de mes; este efectivo pasará a ser el efectivo inicial del mes siguiente. • El proyectarnos es una herramienta útil ya que nos permitirá poder organizar nuestro financiamiento antes de que sea necesaria. Además, de esta forma demostraremos a la entidad financiera a la que acudamos que contamos con el suficiente conocimiento de nuestra empresa como para conseguir efectivo en el futuro y así mantener la liquidez. • A continuación, veremos un sencillo formato de Flujo de Caja que nos será de utilidad para crear la proyección del Flujo de Caja de nuestra propia empresa. 133 Ejemplo de Flujo de Caja 134 Bibliografía 1. Portal de la SUNAT: www.sunat.gob.pe 2. Portal del Ministerio de Trabajo: www.mtpe.gob.pe 3. Material recopilado y escrito por el responsable de este Curso 135 136