OTROSÍ NÚM. 1 AL CONTRATO ESTATAL No.216 DE 2006

Transcripción

OTROSÍ NÚM. 1 AL CONTRATO ESTATAL No.216 DE 2006
OTROSÍ NÚM. 1 AL CONTRATO ESTATAL No.216 DE 2006 SUSCRITO ENTRE
HUMAN TEAM LTDA Y EL F. N. A.
HERNANDO CARVALHO QUIGUA, Representante Legal del FONDO NACIONAL DE
AHORRO y CARLOS LUIS QUINTERO LOBO, con Cédula de Ciudadanía No.
88.139.078 de Bogotá, Representante de HUMAN TEAM LTDA hemos acordado
adicionar el contrato estatal número 216 de 2006, celebrado entre las partes el 22 de
diciembre de 2006, previas las siguientes consideraciones: a) El objeto del contrato es
la provisión de trabajadores en misión, su valor se pactó en cinco mil millones de
pesos mcte. ($5.000.000.000), incluido el I.V.A, y el plazo se estableció en doce
meses y/o hasta agotar su valor, b) Que a la fecha se ha ejecutado un 70% del valor
del contrato quedando recursos para cubrir el servicio por cuatro meses más. c) Que
para atender las diversas actividades que demanda el cumplimiento del Plan
Estratégico de la Entidad es necesario contar con el personal que viene suministrando
HUMAN TEAM porque de otra manera se paralizarían las labores del FNA con las
graves consecuencias que ello acarrearía, razón por la cual se hace indispensable
prorrogar el contrato, así: PRIMERO. Se adiciona el término del contrato en cuatro (4)
meses para un total de diez y seis meses, y/o hasta agotar su valor. SEGUNDO:
PRÓRROGA DE LA GARANTÍA: El CONTRATISTA deberá presentar la modificación
de la Póliza Única de manera que cubra el término adicionado, tal como lo establece
la cláusula novena del Contrato principal. TERCERA: PERFECCIONAMIENTO Y
LEGALIZACIÓN: El presente Otrosí se perfecciona con la suscripción del mismo y
para su legalización es indispensable la publicación en el Diario Oficial - Diario Único
de Contratación Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley
190 de 1995, requisito que se entiende cumplido con la presentación del recibo de
pago de los derechos correspondientes; a su vez el FONDO deberá proceder al
diligenciamiento del Extracto Único de Publicación, en los términos establecidos en el
Decreto 1477 de 1995. CUARTO: VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Los
términos del contrato original no modificados expresamente por el presente otrosí
conservan su vigencia. Para todos los efectos legales y contractuales se fija el
domicilio de las partes contratantes en la ciudad de Bogotá, donde se firma en dos (2)
originales, a los
EL FONDO
HUMAN TEAM LTDA.
HERNANDO CARVALHO QUIGUA CARLOS LUIS QUINTERO LOBO
Presidente
Representante
Vo.Bo. Virgilio Hernández Castellanos.
Jefe Oficina Jurídica

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