OTROSÍ NÚM. 1 AL CONTRATO ESTATAL No.216 DE 2006
Transcripción
OTROSÍ NÚM. 1 AL CONTRATO ESTATAL No.216 DE 2006
OTROSÍ NÚM. 1 AL CONTRATO ESTATAL No.216 DE 2006 SUSCRITO ENTRE HUMAN TEAM LTDA Y EL F. N. A. HERNANDO CARVALHO QUIGUA, Representante Legal del FONDO NACIONAL DE AHORRO y CARLOS LUIS QUINTERO LOBO, con Cédula de Ciudadanía No. 88.139.078 de Bogotá, Representante de HUMAN TEAM LTDA hemos acordado adicionar el contrato estatal número 216 de 2006, celebrado entre las partes el 22 de diciembre de 2006, previas las siguientes consideraciones: a) El objeto del contrato es la provisión de trabajadores en misión, su valor se pactó en cinco mil millones de pesos mcte. ($5.000.000.000), incluido el I.V.A, y el plazo se estableció en doce meses y/o hasta agotar su valor, b) Que a la fecha se ha ejecutado un 70% del valor del contrato quedando recursos para cubrir el servicio por cuatro meses más. c) Que para atender las diversas actividades que demanda el cumplimiento del Plan Estratégico de la Entidad es necesario contar con el personal que viene suministrando HUMAN TEAM porque de otra manera se paralizarían las labores del FNA con las graves consecuencias que ello acarrearía, razón por la cual se hace indispensable prorrogar el contrato, así: PRIMERO. Se adiciona el término del contrato en cuatro (4) meses para un total de diez y seis meses, y/o hasta agotar su valor. SEGUNDO: PRÓRROGA DE LA GARANTÍA: El CONTRATISTA deberá presentar la modificación de la Póliza Única de manera que cubra el término adicionado, tal como lo establece la cláusula novena del Contrato principal. TERCERA: PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN: El presente Otrosí se perfecciona con la suscripción del mismo y para su legalización es indispensable la publicación en el Diario Oficial - Diario Único de Contratación Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 190 de 1995, requisito que se entiende cumplido con la presentación del recibo de pago de los derechos correspondientes; a su vez el FONDO deberá proceder al diligenciamiento del Extracto Único de Publicación, en los términos establecidos en el Decreto 1477 de 1995. CUARTO: VIGENCIA DE LAS ESTIPULACIONES: Los términos del contrato original no modificados expresamente por el presente otrosí conservan su vigencia. Para todos los efectos legales y contractuales se fija el domicilio de las partes contratantes en la ciudad de Bogotá, donde se firma en dos (2) originales, a los EL FONDO HUMAN TEAM LTDA. HERNANDO CARVALHO QUIGUA CARLOS LUIS QUINTERO LOBO Presidente Representante Vo.Bo. Virgilio Hernández Castellanos. Jefe Oficina Jurídica