legislación aplicable en contaminación ambiental por olores
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legislación aplicable en contaminación ambiental por olores
LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES La problemática ambiental de la contaminación ambiental por olores. Marco legislativo aplicable a la contaminación ambiental por olores. • Estrategias adoptadas para la regulación de la contaminación ambiental por olores en el ámbito internacional. • Legislación aplicable a nivel nacional. – Ley 16/2002 (IPPC) • Legislación aplicable a nivel autonómico. – Borrador de anteproyecto de ley contra la contaminación odorífera (Generalitat de Catalunya). • Legislación aplicable a nivel municipal. – Ordenanza Municipal Ayto. Lliçà de Vall (Barcelona) –Ordenanza Municipal Ayto. San Vicente del Raspeig (Alicante) Vías judiciales aplicadas a la contaminación ambiental por olores. Doctrina civil y jurisprudencia. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES PORCENTAJE DE HOGARES QUE DECLARAN PADECER CONTAMINACIÓN O MALOS OLORES Murcia = 15,1% Fuente: Instituto Nacional de Estadística. Censo de población y vivienda 2001. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES CONTAMINACIÓNAMBIENTAL AMBIENTALPOR POROLORES OLORES CONTAMINACIÓN E E IÓ C N R O M T IS P E R E S DISPERSIÓN EMISIÓN LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES DISPERSIÓN INMISIÓN DISPERSIÓN LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES CONTAMINACIÓNAMBIENTAL AMBIENTALPOR POROLORES OLORES CONTAMINACIÓN E E IÓ C N R O M T IS P E R E S DISPERSIÓN LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES EVOLUCIÓN DEL NÚMERO DE HOGARES EN LA REGIÓN DE MURCIA 400.000 350.000 300.000 250.000 200.000 150.000 100.000 50.000 0 1857 1860 1877 1887 1897 1900 1910 1920 1930 1940 1950 1960 1970 1981 1991 2001 Fuente: Instituto Nacional de Estadística LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES ESTRATEGIASADOPTADAS ADOPTADASPARA PARALA LAREGULACIÓN REGULACIÓNDE DELA LACONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN ESTRATEGIAS AMBIENTALPOR POROLORES OLORESEN ENEL ELÁMBITO ÁMBITOINTERNACIONAL INTERNACIONAL AMBIENTAL 1. Establecimiento de un marco legal basado en leyes que eviten molestias o de protección de la “calidad de vida”. • Ampliamente difundida • Leyes de tipo genérico • EE.UU, Nueva Gales del Sur, Canada, etc. 2. Establecimiento de valores límite de concentración y emisión para compuestos químicos. • Regulan H2S, NH3, ácidos orgánicos, hidrocarburos aromáticos, etc. • EE.UU, Japón, Corea, etc. 3. Establecimiento de valores límite de concentración de olor en inmisión. • Olfatometría dinámica • Holanda, Dinamarca, Irlanda, Austria, Reino Unido, EE.UU., Canadá, Corea, Taiwán, Nueva Zelanda, Australia, etc. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES ESTRATEGIAS ADOPTADAS PARA DE LA CONTAMINACIÓN ESTRATEGIASADOPTADAS ADOPTADASPARA PARALA LAREGULACIÓN REGULACIÓNDE DELA LACONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN ESTRATEGIAS LA REGULACIÓN AMBIENTALPOR POROLORES OLORESEN ENEL ELÁMBITO ÁMBITOINTERNACIONAL INTERNACIONAL AMBIENTAL POR OLORES EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL AMBIENTAL 4. Establecimiento de frecuencia y duración de los episodios problemáticos. • Regulación de los periodos de contaminación. • Alemania 5. Establecimiento de distancias mínimas de separación. • Distancias fijas de separación, distancias mínimas variables • Ampliamente utilizado, Europa, Australia, etc. 6. Establecimiento de una escala de graduación de olor • • Sencillez. Alemania, Suiza, Australia. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES ESTRATEGIAS ADOPTADAS PARA DE LA CONTAMINACIÓN ESTRATEGIASADOPTADAS ADOPTADASPARA PARALA LAREGULACIÓN REGULACIÓNDE DELA LACONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN ESTRATEGIAS LA REGULACIÓN AMBIENTALPOR POROLORES OLORESEN ENEL ELÁMBITO ÁMBITOINTERNACIONAL INTERNACIONAL AMBIENTAL POR OLORES EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL AMBIENTAL 7. Establecimiento del índice de olor. • TOBM (Triangular Odour Bag Method) • Japón 8. Establecimiento del registro de quejas. • Determinación del umbral de quejas. • EE.UU, Nueva Gales del Sur, etc. 9. Establecimiento de criterios cuantitativo de emisión. • Olor y compuestos químicos • EE.UU., Dinamarca, Alemania, Holanda, etc. 10. Establecimiento de criterios de utilización de tecnología innovadora • Sistemas de desodorización. • Manual de buenas prácticas especifico para actividades. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEGISLACIÓN EXISTENTE EN ESPAÑA RELATIVA A LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES • Ley 16/2002 de Prevención y Control Integral de la Contaminación (IPPC) • Ordenanzas Municipales • Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP) RD 2414/1961 • Ley 38/72 de Protección Ambiente Atmosférico (RD 833/1975) • Ley 34/2007 de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEY16/2002 16/2002--IPPC IPPC LEY OBJETO: Evitar o cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación AMBITO DE APLICACIÓN: Instalaciones Anexo I (gestión de residuos, textil, papel, ganadería) INTERVENCIÓN: Autorización Ambiental Integrada (AAI) LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEY16/2002 16/2002--IPPC IPPC LEY PROYECTO BÁSICO DE SOLICITUD AAI: • Descripción de la actividad e instalaciones, procesos productivos y tipo de producto. • Estado ambiental del lugar en el que se ubicará la instalación e impactos. • Fuentes generadoras de las emisiones de la instalación. • Tipo y cantidad de las emisiones previsibles de la instalación al aire. • Tecnología prevista para prevenir y evitar las emisiones de la instalación. • Sistemas y medidas previstos para reducir y controlar emisiones. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEY16/2002 16/2002--IPPC IPPC LEY AAI, PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN: • Órgano competente, administración ambiental de la CA Ayuntamiento(Urbanismo (Urbanismoyyotros otrosimpactos) impactos) Ayuntamiento INFORME INFORME ÓrganoCA CAcompetente competenteen enmateria materiade desalúd salúdpublica publica Órgano ÓrganoCA CAcompetente competenteen enmateria materiade deIndustría Industría Órgano LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEY16/2002 16/2002--IPPC IPPC LEY Registro Estatal de Emisiones y Fuentes Contaminantes (EPER) - Directiva 96/61/CE (IPPC) - Decisión 2000/479/CE (EPER) Público Soporte Ministerio Soporte Aut. Ambiental Inventario Europeo RegistroEuropeo Europeode deEmisiones Emisionesyytransferencia transferenciade de Registro contaminantes (PRTR) contaminantes (PRTR) EPER Soporte industrias CC.AA. Empresas Informe Estatal de Emisiones LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES Adopcióndel delPROTOCOLO PROTOCOLOPRTR-CONVENIO PRTR-CONVENIOde deAarhus, Aarhus,mayo mayo2003 2003 --Adopción LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEY16/2002 16/2002--IPPC IPPC LEY RegistroEstatal Estatalde deAUTORIZACIÓN AMBIENTAL Definiciónyycoordinación coordinaciónde de Registro Definición AUTORIZACIÓN AMBIENTAL EmisionesyyFuentes Fuentes lasMTD MTDpor porelelBuró BuróEuropeo Europeo Emisiones INTEGRADA las INTEGRADA Contaminantes(EPER) (EPER) IPPC(Sevilla) (Sevilla) Contaminantes IPPC RegistroEuropeo Europeode de Registro EmisionesyyTransferencia Transferencia Emisiones deContaminantes Contaminantes(PRTR) (PRTR) de DocumentosBREF BREF Documentos (Mataderos,cría críaintensiva intensivade de (Mataderos, avesde decorral corralyycerdos, cerdos,etc) etc) aves LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES IPPCDraft DraftHorizontal HorizontalGuidance Guidancefor forodour odourH4 H4 IPPC • Agencia de Medio Ambiente de Inglaterra y Gales, Agencia de Protección Medioambiental de Escocia (SEPA) y el Servicio de Medio Ambiente de Irlanda del Norte • Regulan la utilización de métodos sensoriales para la realización de EIA. Norma UNE-EN 13725, VDI 3940. • Aplicación de las MTD existentes para la minimización de la contaminación ambiental por olores LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEYESPECÍFICA ESPECÍFICA LEY REGIMEN REGIMEN SANCIONADOR SANCIONADOR BORRADORDE DE BORRADOR ANTEPROYECTODE DELEY LEY ANTEPROYECTO CONTRALA LA CONTRA CONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN ODORÍFERA ODORÍFERA (GENERALITAT (GENERALITAT CATALUNYA) CATALUNYA) NIVELESMÁXIMOS MÁXIMOS NIVELES DECONCENTRACIÓN CONCENTRACIÓN DE DE DE OLOREN ENINMISIÓN INMISIÓN OLOR METODOLOGÍA METODOLOGÍA UNE-EN13725 13725 UNE-EN LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES BORRADORDE DEANTEPROYECTO ANTEPROYECTODE DELEY LEYCONTRA CONTRALA LA BORRADOR CONTAMINACIÓNODORÍFERA ODORÍFERA(GENERALITAT (GENERALITATCATALUNYA) CATALUNYA) CONTAMINACIÓN • • Art. 1. Objetivo. El objetivo de esta Ley es regular las medidas necesarias para prevenir y corregir la contaminación odorífera, que afecta a la población, y establecer su régimen de intervención administrativa. Artículo 3. Ámbito de aplicación. Quedan sometidas a esta Ley las actividades susceptibles de emitir olor relacionadas en el anexo 1, y también cualquier otra fuente situada en una Zona de Olor de Régimen Especial que pueda producir contaminación odorífera. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES BORRADORDE DEANTEPROYECTO ANTEPROYECTODE DELEY LEYCONTRA CONTRALA LA BORRADOR CONTAMINACIÓNODORÍFERA ODORÍFERA(GENERALITAT (GENERALITATCATALUNYA) CATALUNYA) CONTAMINACIÓN ANEXO 1. Actividades y prácticas incluidas en el ámbito de aplicación de la ley • Grupo A. Actividades incluidas en los anexos de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de intervención ambiental de la Administración ambiental, de acuerdo con el Decreto 143/2003, de 10 de junio. • Instalaciones ganaderas destinadas a la cría intensiva • Gestores de residuos - Plantas de compostaje - Depósitos controlados (excepto residuos inertes) - Valorización de residuos orgánicos - Plantas de tratamiento de residuos y fracción resto LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES BORRADORDE DEANTEPROYECTO ANTEPROYECTODE DELEY LEYCONTRA CONTRALA LA BORRADOR CONTAMINACIÓNODORÍFERA ODORÍFERA(GENERALITAT (GENERALITATCATALUNYA) CATALUNYA) CONTAMINACIÓN • Industria química • Refinerías de petróleo y de gas • Agroalimentaria - Aprovechamiento de subproductos de origen animal (fabricación de harinas, grasas, curtidores, etc.) - Mataderos - Procesamiento de la carne (incluye el cocinado industrial) - Destilación y refinado de productos de origen vegetal y animal - Tueste/procesado de café o cacao - Cerveceros - Ahumado de alimentos - Hornos industriales de pan, pastelería y galleta - Secado de cereales. Fabricas de pasta de papel Otros (Cualquier otra actividad incluida en los anexos de la Ley 3/1998 y no prevista anteriormente que pueda generar olores. • • LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES BORRADORDE DEANTEPROYECTO ANTEPROYECTODE DELEY LEYCONTRA CONTRALA LA BORRADOR CONTAMINACIÓNODORÍFERA ODORÍFERA(GENERALITAT (GENERALITATCATALUNYA) CATALUNYA) CONTAMINACIÓN • Grupo B. Actividades no incluidas en los anexos de la Ley 3/1998 - Sistemas de saneamiento de aguas residuales - Instalaciones comerciales generadoras de olor - Operaciones de almacenamiento y transporte y muelles de carga y descarga de materias odoríferas - Cualquier otra actividad no incluida en los anexos de la Ley 3/1998 y que pueda generar olores. • Grupo C. Prácticas derivadas de las relaciones de vecindad - Prácticas domésticas - Acumulación de materiales o sustancias putrescibles o fermentables - Cualquier práctica definida de acuerdo con esta Ley, que sea susceptible de generar olores LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES BORRADORDE DEANTEPROYECTO ANTEPROYECTODE DELEY LEYCONTRA CONTRALA LA BORRADOR CONTAMINACIÓNODORÍFERA ODORÍFERA(GENERALITAT (GENERALITATCATALUNYA) CATALUNYA) CONTAMINACIÓN ANEXO 3. Valores objetivo de inmisión de olor. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES BORRADORDE DEANTEPROYECTO ANTEPROYECTODE DELEY LEYCONTRA CONTRALA LA BORRADOR CONTAMINACIÓNODORÍFERA ODORÍFERA(GENERALITAT (GENERALITATCATALUNYA) CATALUNYA) CONTAMINACIÓN ANEXO 3. Metodología para determinar los valores de inmisión de olores generados por una actividad. Se deben seguir las siguientes fases: 1. Obtención de las unidades de olor en emisión de las fuentes generadoras de olor de la actividad. a) Para actividades existentes, se medirán las unidades de olor de las emisiones asociadas a las fuentes generadoras de olor de la actividad según la norma UNE EN-13725. b) Para actividades nuevas, se obtendrá una estimación de las unidades de olor mediante la aplicación de factores de emisión según el desarrollo reglamentario correspondiente. 2. Simulación de la dispersión de las unidades de olor en emisión según el anterior punto 1 y obtención de la inmisión asociada a una actividad. Para la realización de esta simulación, se aplicarán los modelos matemáticos de simulación de la dispersión de olores según el desarrollo reglamentario correspondiente. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LEGISLACIÓNDE DEÁMBITO ÁMBITOMUNICIPAL MUNICIPALAPLICABLE APLICABLEAALA LA LEGISLACIÓN CONTAMINACIÓNAMBIENTAL AMBIENTALPOR POROLORES OLORES CONTAMINACIÓN – Ordenanzas municipales, Ayuntamientos de Lliçà de Vall (Barcelona), San Vicent del Raspeig (Alicante), A Coruña, Las Palmas de Gran Canaria, etc. – Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Lliçà de Vall (Barcelona) • Límites de concentración de olor en función del caudal de emisión y umbral de percepción de las sustancias químicas emitidas. • Límites de concentración en inmisión para fuentes difusas. • Norma UNE-EN 13725 – Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig (Alicante) • Indice de percepción (IP) • IP se calcula a partir de variables como horas de emisión, dirección del viento,etc. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES VÍASJUDICIALES JUDICIALESAPLICADAS APLICADASAALA LACONTAMINACIÓN CONTAMINACIÓN VÍAS AMBIENTALPOR POROLORES OLORES AMBIENTAL AUSENCIADE DENORMATIVA NORMATIVAESTATAL ESTATALESPECÍFICA ESPECÍFICA AUSENCIA JURISPRUDENCIA––NORMAS NORMASDE DELA LA JURISPRUDENCIA RESPONSABILIDADCIVIL CIVILEXTRACONTRACTUAL EXTRACONTRACTUAL RESPONSABILIDAD LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES LA DOCTRINA DOCTRINACIVIL CIVIL LA Ellímite límitede delo lotolerable tolerable El ElCriterio Criteriodel delUso UsoNormal Normal El LaNormal NormalTolerancia Tolerancia La Laemisión emisiónes eslegitima legitimasisise serealiza realiza La comoconsecuencia consecuenciadel delUso UsoNormal Normal como delpredio prediovecino vecino(costumbre (costumbrelocal localyy del cesecomporta comportagasto gasto sisielelcese desproporcionado) desproporcionado) “Todovecino vecinodeberá deberásoportar soportar “Todo lasinmisiones inmisionesque quecausen causen las dañosque queno noexcedan excedande delala daños medidanormal normalde delolosoportable” soportable” medida Art.3.3 3.3de delalaLey Ley13/1990 13/1990de de99de de Art. Julio,Ley Leyde delalaComunidad Comunidad Julio, Catalana Catalana Art.1908.2 1908.2del delCódigo CódigoCivil Civil Art. “Serátolerable tolerablesísíno noson son “Será excesivaslas lasincomodidades incomodidades excesivas causadas” causadas” LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES ELCASO CASO“LÓPEZ “LÓPEZOSTRA” OSTRA” EL • Puesta en marcha de una estación depuradora de aguas residuales (EDAR) de tratamiento efluentes de la industria del curtido sin el preceptivo permiso municipal (Lorca, Murcia) • Dª Gregoria López Ostra, vivía a escasos metros de la instalación, y solicitó al Ayuntamiento el cierre de la EDAR. El cierre no fue concedido. • 13 octubre de 1988 interpuso el pertinente Recurso Contencioso Administrativo en la Audiencia Territorial de Murcia, argumentando la infracción Art. 1 Ley 62/78 sobre protección de los derechos fundamentales, denunciando que humos y malos olores, ocasionaban graves trastornos sobre su familia provocando a su vez la degradación de su entorno, y de la calidad de su vida familiar y privada. Recurso desestimado en primera instancia LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES ELCASO CASO“LÓPEZ “LÓPEZOSTRA” OSTRA” EL • Recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, desestimado No obstante el TS admitió la existencia y gravedad de los problemas argumentados pero, “No lo eran tanto para que fuesen una violación de los derechos fundamentales desarrollados” • Recurso de amparo ante el tribunal constitucional, invocando la violación de los siguientes artículos de la Constitución Española Art. 15 “Derecho a la integridad física”, art. 18 “Derecho a la vida privada y a la inviolabilidad del domicilio”, art. 19 “Derecho a elegir libremente su domicilio”. No se pudo acudir por esta vía mediante el art 45 “Derecho a un medio ambiente adecuado”, por no ser un Derecho Fundamental (Sección 1ª, Cap 2º, Titulo 1). Recurso desestimado • Comisión Europea de Derechos Humanos, interposición de una demanda contra el Estado Español, acogiéndose al art 25 del Convenio, alegando protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (Roma 4 noviembre de 1950) LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES ELCASO CASO“LÓPEZ “LÓPEZOSTRA” OSTRA” EL • • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, confirmo la gravedad del asunto con los informes periciales de salud (hija), afirmando que “Graves ataques sobre el medio ambiente, pueden claramente afectar a la salud y el bienestar de las personas, y privarles del derecho a la tranquilidad del domicilio, de manera que su vida privada y familiar queden perjudicadas sin que se ponga en grave peligro su salud” En conclusión, El TEDH confirmo que sí hubo violación del art. 8 del Convenio. Decisión de la Comisión 37/08/1993, “Las molestias provocadas por la EDAR implican un grado de gravedad tal, en particular para la salud de la demandante y la de su familia, que privan a ésta del derecho a la tranquilidad del domicilio, la impiden llevar una vida familiar y privada normal, de manera que suponen un ataque a su derecho al respecto de su vida privada y familiar en el sentido del art. 8.1. del Convenio” Respecto al art. 3 “Aún sufriendo una situación desagradable, ello no acarreó un trato degradante”, no produciéndose violación de tal articulo. LEGISLACIÓN APLICABLE EN CONTAMINACIÓN AMBIENTAL POR OLORES CONCLUSIONES CONCLUSIONES • Existe un vacío legal en la regulación de la contaminación ambiental por olores • Se hace necesario que la administración central adopte una actitud valiente y activa para hacer frente al problema de la contaminación ambiental por olores • El legislador debe de cubrir el vacío legal existente con objeto de realizar una labor preventiva para las actividades nuevas y reguladora para las actividades ya existentes • Se hace necesario despojar a la contaminación ambiental por olores del carácter subjetivo y no mesurable • La olfatometría dinámica y la norma UNE-EN 13725, se presentan como herramientas válidas para cuantificar la emisión de olor de una actividad, así como el impacto producido en el entorno