Doctor LUIS EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT Fiscal General

Transcripción

Doctor LUIS EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT Fiscal General
ASOCIACIÓN NACIONAL PRODEFENSA DEL CLUB (Hoy) CÍRCULO DE SUBOFICIALES
DE LAS FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA “ASOPROCLUB FF.MM”
Registro Mercantil No. S0012805 NIT. 830.075.399-6
Doctor
LUIS EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT
Fiscal General de la Nación
E.
S.
D.
REF. DERECHO DE PETICIÓN ART. 23 C.N.
LUIS EDUARDO ZAMBRANO PEÑUELA, varón mayor de edad y residente en la ciudad de
Bogotá, identificado con la cedula de ciudadanía No 1.032.821 expedida en Chiquinquirá
(Boyacá), en mi condición de Presidente y Representante Legal de la ASOCIACIÓN
NACIONAL PRODEFENSA DEL CLUB (HOY) CIRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS
FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA (ASOPROCLUB FF.MM), como agente oficioso de
los Suboficiales activos y retirados de las Fuerzas Militares, en su condición de denunciantes,
victimas, perjudicados, con el debido respeto presento a Usted y/o a quien corresponda, se me
resuelva el presente Derecho de Petición consagrado como Derecho Fundamental en el
Artículo 23 de la Constitución Nacional y en los Artículo 13 y s.s. del Código de Procedimiento
Administrativo y Contencioso Administrativo, teniendo en cuenta:
HECHOS:
1. En mi condición antes descrita y a nombre de la Asociación que represento, he
instaurado varias Denuncias Penales en contra del Director del Círculo de
Suboficiales de las Fuerzas Militares, Juntas Directivas y Juntas Administradoras
de turno, del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, por los posibles
punibles de peculado por apropiación y evidentes actos de Corrupción,
cometidos por éstos, en las diferentes administraciones, quienes son
funcionarios públicos nombrados por el Ministerio de Defensa Nacional para regir
los destinos del CIRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, las
cuales relaciono a continuación:
DENUNCIA No. 1.
Fiscalía
: 218 SECCIONAL UNIDAD PRIMERA DE DELITOS CONTRA
LA FE PÚBLICA Y EL PATRIMONIO ECONÓMICO.
Expediente No.
: 110016000049200702265
Delito
: Peculado por Apropiación.
Hecho Punible
: Compraventa del Predio Finca Hotel el Darién (Quindío),
en la que a simple vista se observa posible punible de
peculado por sobrecostos en esta transacción comercial.
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Registro Mercantil No. S0012805 NIT. 830.075.399-6
Fecha de Denuncia : 15 de Marzo de 2007
Estado del Proceso : Etapa de Indagación
Actuaciones año 2013:
• 19 de Diciembre de 2012, se habló con la señora Fiscal, a quien se le había
solicitado realizar un nuevo peritaje (avaluó finca el Hotel Darien Quindío).
• 6 de Febrero de 2013, pendiente realizar peritaje.
• 20 de Febrero de 2013, pendiente realizar peritaje.
• 4 de Marzo de 2013, se habló directamente con la Sra. Fiscal quien
manifestó que ya dio la orden al perito para que proceda a realizar el NUEVO
AVALUÓ COMERCIAL A LA FINCA HOTEL EL DARIÉN EN EL QUINDÍO.
• 20 de Marzo de 2013, El Despacho manifiesta que ya hizo entrega de la
orden de peritaje al perito para realizar el nuevo avaluó comercial.
• 11 de Abril de 2013, El perito no ha rendido informe
• 16 de Abril de 2013, El perito no ha rendido informe
• 9 de Mayo de 2013, El perito no ha rendido informe
• 21 de Mayo de 2013, El perito no ha rendido informe, según lo manifestado
por el asistente de la señora Fiscal.
• 10 de Julio de 2013, se habló directamente con la señora Fiscal, y nos
informó que no ha llegado el informe de los peritos.
• 20 de Julio de 2013, se hablo directamente con la señora Fiscal, y nos
informó que no ha llegado el informe de los peritos.
• 12 de Septiembre de 2013, se nos informa que ya llegó el Dictamen Pericial,
que di deseamos conocer este informe solicitáramos que por escrito copias
del mismo.
• 16 de Septiembre de 2013, se radicó solicitud de copias del peritazgo
rendido sobre el nuevo avaluó comercial realizado.
• 20 de Septiembre de 2013, se recibieron las copias del avaluó comercial
solicitadas a la señora Fiscal.
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DENUNCIA No. 2
Fiscalía
: 207 SECCIONAL UNIDAD PRIMERA DE DELITOS CONTRA
LA FE PÚBLICA Y EL PATRIMONIO ECONÓMICO.
Expediente No.
: 110016000049200707261
Delito
: Peculado por Apropiación
Hecho Punible
: Construcción y mantenimiento de la portería y bahía de
acceso a la sede social colina campestre (Club de
Suboficiales de las FF.MM.), donde se observa
sobrecostos en la contratación de ésta obra.
Fecha de Denuncia : 07 de Septiembre de 2007.
Estado del Proceso : Etapa De Indagación.
Actuaciones año 2013:
• 19 de Diciembre de 2012, se conoce le cambio de Fiscal y se espera que el
nuevo Fiscal inicie la investigación.
• 6 de Febrero de 2013, en espera que el nuevo Fiscal inicie la investigación.
• 20 de Febrero de 2013, el nuevo Fiscal no ha dado inicio a la investigación.
• 4 de Marzo de 2013, el nuevo Fiscal no ha dado inicio a la investigación.
• 20 de Marzo de 2013, al Despacho del señor Fiscal
• 11 de Abril de 2013, al Despacho del señor Fiscal
• 16 de Abril de 2013, al Despacho de señor Fiscal
• 9 de Mayo de 2013, al Despacho de señor Fiscal.
• 21 de Mayo de 2013, al Despacho para estudio del Fiscal, según lo informa
el asistente del Fiscal
• 10 de Julio de 2013, nuevamente hay cambio de Fiscal.
• 20 de Agosto de 2013, al Despacho para estudio
• 12 de Septiembre de 2013, al Despacho para estudio.
• 16 de Septiembre de 2013, nuevamente cambio de Fiscal.
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• 20 de Septiembre de 2013, al Despacho para estudio del nuevo Fiscal, el
secretario manifiesta que puedo acercarme después de 2 meses.
DENUNCIA No. 3
Fiscalía
: 105 SECCIONAL UNIDAD PRIMERA DE DELITOS CONTRA
LA FE PÚBLICA Y EL PATRIMONIO ECONÓMICO.
Expediente No.
: 110016000049200910178
Delito
: Peculado por Apropiación y Otros.
Hecho Punible
: Cobro Irregular de Cheques, girados de la cuenta No.
0065113326 del Banco Popular Sucursal la Floresta a
nombre del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas
Militares
Fecha de Denuncia : 05 de Junio de 2009
Estado del Proceso : En Etapa de Indagación
Actuaciones año 2013:
• 27 de Diciembre de 2012, Reunión con la Fiscal, en la cual se concluyó
y acordó el desarchivo del proceso y realizar solicitud probatoria.
• 6 de Febrero de 2013, se radicó solicitud probatoria.
• 20 de Febrero de 2013, pendiente que la Fiscal ordene el desarchive.
• 4 de Marzo de 2013, se habló directamente con la Sra. Fiscal y nos informó
que ya ordenó el Desarchive del proceso y que apenas tenga la carpeta
estudia la solicitud probatoria y ordena a la Policía Judicial practicar lo
solicitado.
• 1 de Abril de 2013, se habló con la asistente quien manifiesta que va a
solicitar el desarchive del expediente.
• 11 de Abril de 2013, Fiscal solicitó desarchivar proceso.
• 16 de Abril de 2013, Fiscal solicitó desarchivar proceso.
• 19 de Abril de 2013, se habló con la señora Fiscal quien manifestó
nuevamente desarchivar proceso y dijo que pasara en un mes para
enterarme de lo actuado.
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• 21 de Mayo de 2013, acudí al Despacho de la Fiscalía encontrándome con la
noticia de que en ese momento no hay asistente en el Despacho y que la
Fiscal no se encontraba.
• 10 de Julio de 2013, Nuevamente se habló directamente con la señora
Fiscal, quien manifestó que había tenido cambio de asistente, que por lo
tanto pasara en dos meses.
• 20 de Agosto de 2013, se radicó petición de desarchivo del proceso y se
proceda a dar cumplimiento de trámite a la petición probatoria radicada en el
mes de febrero de 2013.
• 6 de Septiembre de 2013, presente en el Despacho la señora Fiscal informa
que nuevamente fue cambiado el asistente y que toca esperar el
nombramiento del nuevo funcionario.
• 20 de Septiembre de 2013, Se habló con el nuevo asistente Dr. Pacheco y
nos solicitó que le dejáramos copia del último memorial para solicitar el
desarchivo del proceso, que tuviéramos paciencia, porque él estaba recién
nombrado en ese Despacho.
• 10 de Octubre de 2013, visita al Despacho para conocer el estado actual del
proceso, pero desafortunadamente la señora Fiscal no se encontraba en su
Despacho.
DENUNCIA No. 4
Fiscalía
: 60 SECCIONAL UNIDAD PRIMERA DE DELITOS CONTRA
LA FE PÚBLICA Y EL PATRIMONIO ECONÓMICO HOY
FISCALÍA 128
Expediente No.
: 110016000049200913049
Delito
: Enriquecimiento Ilícito Art 327 y 412 Código Penal.
Hecho Punible
: Incremento patrimonial injustificado del señor CARLOS
ALBERDI VELÁSQUEZ GARZON, ex director del Club (hoy)
Círculo de Suboficiales de las FF.MM.
Fecha de Denuncia : 08 de Julio de 2009.
Estado del Proceso : Etapa de Indagación
Actuaciones año 2013:
• 19 de Diciembre de 2012, se habló con el asistente y se le explicó la adición
de la denuncia que fue radicada, en la que se aportó nuevo material
probatorio.
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• 6 de Febrero de 2013, Pendiente Policía Judicial.
• 20 de Febrero de 2013, Pendiente Policía Judicial.
• 4 de Marzo de 2013, se habló con el asistente, quien se comprometió hablar
con el señor Fiscal para que requiera a los investigadores, para ver qué
material se ha se recaudado.
• 20 de Marzo de 2013, el investigador presentó informes.
• 11 de Abril de 2013, el investigador presentó informes.
• 16 de Abril de 2013, el investigador presentó informes.
• 9 de Mayo de 2013, el investigador presentó informes.
• 21 de Mayo de 2013, se habló con el Fiscal del caso quien manifestó que
está estudiando los informes de Policía Judicial, que siguen pendientes otros
informes y que en el momento la Unidad está sin Policía Judicial.
• 10 de Julio de 2013, se nos informa el cambio del Fiscal 60, la investigación
ahora la asume la Fiscalía 128.
• 20 de Agosto de 2013, se nos informa el cambio del Fiscal 60, la
investigación ahora la asume la Fiscalía 128. .
• 12 de Septiembre de 2013, se nos informa el cambio del Fiscal 60, la
investigación ahora la asume la Fiscalía 128.
• 16 de Septiembre de 2013, El asistente informa que el proceso se encuentra
pendiente para que la nueva Fiscalía conozca el caso.
• 20 de Septiembre de 2013, El asistente informa que el proceso se encuentra
pendiente para que la nueva Fiscalía conozca el caso.
DENUNCIA No. 5.
: 218 SECCIONAL UNIDAD PRIMERA DE DELITOS CONTRA
FISCALÍA
LA FE PÚBLICA Y EL PATRIMONIO ECONÓMICO
EXPEDIENTE No.
: 110016000049201012535
DELITO
: Violación Art. 121, 122, 123, 209, 217 y 355 de la C.N.
Hecho Punible
: Violación a la Constitución Política de Colombia.
Fecha de Denuncia
: 06 de Septiembre de 2010.
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DENUNCIA No. 6.
Fiscalía
: 186 SECCIONAL UNIDAD PRIMERA DE DELITOS CONTRA
LA FE PÚBLICA Y EL PATRIMONIO ECONÓMICO
Expediente No
: 110016000050201319172
Delito
: Tráfico de Influencias de servidor público. Articulo 411 C.P.
Hecho Punible
: Contratación indebida de familiares para laborar en las
instalaciones del Circulo de Suboficiales FF.MM., por parte de
los denunciados, quienes fungían como directores de éste ente
social.
Fecha de Denuncia : 27 de Agosto de 2013.
Estado del Proceso : Etapa de Indagación
2. Es de anotar señor Fiscal General de La Nación, que todas las denuncias
instauradas en mi condición de Representante Legal de la Asociación
ASOPROCLUB FF.MM., cuentan con el sustento jurídico y sustento probatorio
necesario, donde se ha demostrado que han existido diferentes posibles punibles
de peculado por apropiación, y la corrupción galopante en el CIRCULO DE
SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES por parte de los miembros de
la Junta Directiva y Junta Administradora de esa entidad, y que nuestra
Organización de veeduría ciudadana, ha denunciado, pero hasta la fecha no se
ha obtenido ningún resultado por parte de las diferentes Fiscalías donde cursan
las investigaciones, solo recibimos información, de que existen cambios de
Fiscal, cambios de asistentes, que las investigaciones están para estudio, que en
las que han solicitado intervención del C.T.I., no han rendido los informes de
resultados, pero en realidad el ente investigador deja pasar el tiempo y no
está tomando ninguna decisión de fondo, y así las cosas, en cualquier momento
las denuncias instauradas por nosotros se quedarán en simples denuncias, por
que se dará aplicación al Artículo 77 del C.P.P. para que opere la figura de
prescripción de la acción penal.
3. También le informo señor Fiscal General de La Nación, que hay denuncias que
llevan entre 6 y 5 años en etapa de indagación, y como se dijo anteriormente,
donde todas las denuncias instauradas poseen el debido sustento jurídico y
probatorio, y no se le está dando la importancia debida ni el trámite legal
correspondiente.
4. Le informo al señor Fiscal General, que nosotros en calidad de denunciantes y
como víctimas hemos estado pendientes de las denuncias instauradas y de
las actuaciones desarrolladas, tal como se puede ver en el hecho primero de
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este escrito, donde periódicamente se está solicitando información, se están
aportando pruebas, se realizan solicitudes y se han ampliado las respectivas
denuncias, pero el avance en las diferentes Fiscalías sigue siendo muy mínimo,
casi que imperceptible; por lo anterior se está pretermitiendo la aplicación del
Artículo 11 de la Ley 906 de 2004, en el entendido que las víctimas gozan del
derecho a una pronta, cumplida e integral justicia y reparación de los daños
injustos o antijurídicos sufridos por las acciones u omisiones de los autores,
coautores o partícipes de la comisión de los delitos enunciados, además la
esencia de esta ley es la verdad, justicia y reparación, pero hasta la fecha las
denuncias formuladas por ASOPROCLUB FF.MM., como ente VEEDOR, no han
sido tenidas en cuenta ni se les ha dado el trámite de celeridad debida, teniendo
en cuenta la importancia jurídica que revisten, ya que afecta a más cincuenta y
ocho mil (58.000) socios, afiliados y aportantes al Círculo de Suboficiales de las
Fuerzas Militares.
5. Es mi deber informar al señor Fiscal General, que el día 13 de abril de 2010, con
radicado No SA - No 20106110572042 presenté Derecho de Petición ante el Dr.
GUILLERMO MENDOZA DIAGO, quien fungía como Fiscal General de La
Nación (encargado), donde se le peticionó nombrar Fiscales Especiales para que
llevaran a cabo el desarrollo de las denuncias incoadas por el suscrito, toda vez
que a esa fecha las actuaciones de los señores Fiscales encargados no eran las
idóneas que debían efectuar dentro su competencia funcional.
5.1.- En forma injustificada, mediante Resolución No 0-2333 del 06 de octubre de
2010, el Dr. Mendoza Diago, en su condición de Fiscal General de la Nación
(encargado) resuelve el Derecho de Petición incoado por el suscrito, negando lo
peticionado.
6. Así mismo el 29 de Julio de 2011, radicado No GDPQ – No 20116111242002
presenté Derecho de Petición ante la Dra. Viviane Morales Hoyos, Fiscal General
de La Nación, donde se reiteró la solicitud para que se ejerciera un control
funcional y operativo directo sobre el desarrollo de los procesos ya enunciados
por parte de los Fiscales a quienes les fueron asignados por reparto, cuyos
resultados a esa fecha son insignificantes y no satisfacen de ninguna manera a
los denunciantes ni a las víctimas por la lentitud e ineficacia con que se han
venido desarrollando.
6.1.- Con oficio de fecha 9 de agosto de 2011, según radicado No DNF
20115000184221, se me informa que mi Derecho de Petición fue trasladado a la
Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá, para que ésta realizara Seguimiento
y Vigilancia Especial a las investigaciones adelantadas por los Fiscales en cada
uno de los procesos que le fueron asignados por reparto.
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6.2.- El día 24 de agosto de 2011 la Dra. MYRIAM ROJAS PARRA, Fiscal
Delegada de la Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá, mediante oficio
número de radicado No 00009829 da respuesta a mi Derecho de Petición, en el
que me informa que dispuso organizar un Comité Técnico Jurídico, a cargo de
la Jefatura de la Unidad de Delitos Contra la Administración Pública y Recta
Impartición de Justicia, con el fin de evaluar la viabilidad de acumular todas las
indagaciones relacionadas con el CIRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS
FF.MM., en cabeza de Fiscales Especializados.
6.3.- El día 15 de Septiembre de 2011, la Dra. LUZ STELLA GIRALDO
CARDONA, Fiscal 211 Jefe de Unidad, dio respuesta al Derecho de Petición
mediante oficio No 754 JUAPJ, en el cual se nos informó la no viabilidad que un
sólo Fiscal conociera de las investigaciones en contra de los funcionarios del
CIRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FF.MM., así mismo informa que los
Fiscales que adelantan las indagaciones se comprometieron a continuar con el
desarrollo de cada una de estas actuaciones que hoy considero muy incipientes
por sus escasos resultados, pues no se ve ningún avance de fondo en trámite de
las mismas.
7. Informo al señor Fiscal General de la Nación, que en su momento y teniendo en
cuenta los escasos avances en cada una de mis Denuncias incoadas, solicité al
señor Procurador General de la Nación, ejercer el control directo que le
corresponde como Jefe del Ministerio Público, solicitud que hasta la fecha no ha
dado ningún resultado, conforme a lo ya expuesto.
8. Es de anotar Dr. LUIS EDUARDO MONTEALEGRE, que a la fecha el CIRCULO
DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, ha manejado unos ingresos
desde su creación, por conceptos de cuotas de admisión, ordinarias,
extraordinarias, ahorros y de sostenimiento, descontadas de los salarios y
asignaciones de retiro al personal de Suboficiales activos y retirados de las
Fuerzas Militares, y por ventas de servicios; dineros que a la fecha no reflejan ni
representan el total de la inversión realizada por el CIRCULO DE
SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES a pesar de contar con cuatro
sedes ubicadas en el Territorio Nacional.
9. En publicación de Julio del 2013 en la página 11 del periódico TRILOGÍA,
periódico oficial del Círculo de Suboficiales, el jefe de presupuesto del citado
CIRCULO DE SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES, DR. ANGEL
AUGUSTO FERNANDEZ informó que ésta Entidad tiene un Ingreso mensual de
($ 2.093`000.000) DOS MIL NOVENTA Y TRES MILLONES DE PESOS M/CTE.,
por concepto de aportes realizados por los afiliados; y a su vez se puede
observar en el gráfico de Ingresos y Egresos, que estos dineros se invierten así:
•
El 81% es decir $1.695,3 millones se distribuyen en las cuatro sedes
vacacionales, para cubrir los gastos de funcionamiento.
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•
El 19% restante es decir $397,7 millones se destinan para el
financiamiento de proyectos de inversión y modernización de la
Infraestructura física y Equipos.
A su vez en la misma publicación el jefe de presupuesto del CIRCULO DE
SUBOFICIALES DE LAS FUERZAS MILITARES informa que además de los
Ingresos anteriormente relacionados, ésta Entidad recibe utilidades mensuales por
la suma de $1.678 Millones por concepto de venta de servicios de alimentos,
bebidas, alojamientos y actividades deportivas entre otros. Dinero que no se ve
reflejado en el gráfico de Ingresos y Egresos y que hasta la fecha se
desconoce su inversión o destinación, a pesar de ser un ente público y que
debe estar bajo el control fiscal de la Contraloría General de la República.
10. Es mi deber informar al señor Fiscal General de la Nación, que nuestra Asociación
como entidad veedora y defensora de los derechos de los afiliados al Círculo de
Suboficiales de las Fuerzas Militares, constantemente recibe denuncias por vía
electrónica por parte de Suboficiales activos y retirados sobre posibles actos de
corrupción que existe en el ente social de los Suboficiales. ASOPROCLUB FF.MM.,
tiene claridad que al momento de instaurar una denuncia penal debe contar con
sustento probatorio, y es lo que hemos venido haciendo, recibir las diferentes
denuncias, las verificamos procediendo a recaudar material probatorio al respecto
para poder instaurarlas formalmente ante la Justicia respectiva.
PETICIONES:
En atención con lo expuesto en el acápite de hechos, con todo respeto solicito al
señor Fiscal General de la Nación Dr. LUIS EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT,
lo siguiente:
1. Se efectúen requerimientos formales por parte de su Despacho a cada uno de
los Fiscales que adelantan las investigaciones referenciadas en numeral 1º de
los hechos, para que le informen directamente a Usted señor Fiscal General de
la Nación, la fecha de inicio de cada investigación, el estado actual de cada
investigación, los avances obtenidos en cada proceso, qué tareas de
investigación se han desarrollado, qué tareas se encuentran pendientes y qué
conclusión final al respecto se va a adoptar en cada uno de estos procesos y en
qué lapso de tiempo podemos, los denunciantes y las victimas, conocer
resultados y decisiones de fondo al respecto.
2. Una vez obtenida y recaudada la información suministrada por cada uno de los
Fiscales que adelantan las investigaciones en contra de los funcionarios que han
venido rigiendo los destinos del CIRCULO DE SUBOFICIALES
DE
LAS
FF.MM., le solicito muy respetuosamente, que directamente usted Dr.
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Montealegre, nos informe lo expuesto por cada Fiscal con base en las
precisiones antes definidas; esta solicitud respetuosa la hago teniendo en cuenta
que hemos estado muy pendientes del desarrollo de dichos procesos y lo único
que hemos obtenido por parte de las diferentes Fiscalías que adelantan la etapa
de indagación es, indiferencia por no decir negligencia frente a estas
investigaciones.
3. Así mismo me permito solicitarle se efectúe o determine una vigilancia
administrativa y funcional especial a cada uno de los funcionarios y procesos
enunciados, para que se nos rinda un informe escrito periódico, cada tres (3)
meses como máximo al respecto.
4. En concordancia con lo anterior respetuosamente solicito se designe un
funcionario de su Despacho y se nos informe las funciones que se le asignaron
para que periódicamente realice seguimiento a los funcionarios implicados, a
estas investigaciones y rinda o profiera los informes correspondientes a su
Despacho y por su conducto a los dignatarios de nuestra organización en calidad
de denunciante y víctimas.
5. Complementariamente, le manifestamos nuestra irrestricta voluntad de trabajo,
colaboración y apoyo para el óptimo desarrollo de las actuaciones aquí
solicitadas y estaremos muy atentos a sus indicaciones, requerimientos y
complementos de toda índole cuando su Despacho nos lo solicite.
ANEXOS:
1. Copia Derecho de Petición radicado No SA - No 20106110572042 del 13 de abril
de 2010, ante el Dr. GUILLERMO MENDOZA DIAGO, Fiscal General de La
Nación Encargado, en ocho (8) folios.
2. Copia respuesta al derecho de petición mediante la resolución No 0-2333 del 06
de octubre de 2010, por parte del Dr. Mendoza Diago, en tres (3) folios.
3. Copia Derecho de Petición radicado No GDPQ – No 20116111242002 del 29 de
Julio de 2011, ante la Dra. Viviane Morales Hoyos, Fiscal General de La Nación,
en once (11) folios.
4. Copia respuesta al Derecho de Petición mediante radicado No DNF
20115000184221 con calenda 9 de agosto de 2011, por parte de la doctora
Yenith Marcela Ortegon Valbuena, en un (1) folio.
5. Copia respuesta, Dra. Myriam Rojas Parra, Fiscal Delegada de la Dirección
Seccional de Fiscalías de Bogotá de fecha 24 de agosto de 2011, mediante oficio
número de radicado No 00009829, en un (1) folio.
Dirección: Calle 31 No. 17- 48 Teléfono 8051536 Bogotá D.C.
[email protected] y [email protected]
Página Web-www.asoproclub.org
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ASOCIACIÓN NACIONAL PRODEFENSA DEL CLUB (Hoy) CÍRCULO DE SUBOFICIALES
DE LAS FUERZAS MILITARES DE COLOMBIA “ASOPROCLUB FF.MM”
Registro Mercantil No. S0012805 NIT. 830.075.399-6
6. Copia respuesta derecho de petición de fecha 15 de Septiembre de 2011, oficio
No 754 JUAPJ, firmado por la Dra. LUZ STELLA GIRALDO CARDONA, Fiscal
211 Jefe de Unidad, en dos (2) folios.
7. Copia de peticiones elevadas ante la Procuraduría General de la Nación, de
fechas, 28 de Septiembre, 20 de Noviembre y 5 de Diciembre de 2007, en
dieciséis (16) folios.
8. Periódico original TRILOGIA, de fecha Julio de 2013, Pagina 11 “ECONOMÍA ASPECTOS ECONÓMICOS DEL CÍRCULO DE SUBOFICIALES”, para que se
verifique la información suministrada en el hecho número (9) nueve de mi
Derecho de Petición, en ocho (8) folios, dieciséis (16) caras útiles.
NOTIFICACIONES:
Recibo notificación escrita en la Calle 31 No. 17-48 Teléfono 8051536 de Bogotá, D.C..
Cordialmente,
LUIS EDUARDO ZAMBRANO PEÑUELA
Presidente y Representante Legal
de ASOPROCLUB FF.MM
ANEXO : Lo enunciado en cincuenta (50) folios.
Dirección: Calle 31 No. 17- 48 Teléfono 8051536 Bogotá D.C.
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