“Informe: Sobre subsanación de solicitud de subvenciones

Transcripción

“Informe: Sobre subsanación de solicitud de subvenciones
AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN
Secretaría General del Pleno
PLENO DEL AYUNTAMIENTO SESIÓN EXTRAORDINARIA DE 7 DE MARZO DE
2016
RELACIÓN DE ACUERDOS ADOPTADOS
1/36/16.- PROPOSICIÓN QUE PRESENTA LA CONCEJAL DELEGADA DE URBANISMO OBRAS Y MANTENIMIENTO AL
PLENARIO MUNICIPAL, SOBRE SUBSANACIÓN DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN
HAP/2427/2015, DE 13 DE NOVIEMBRE, PARA LA DENOMINADA ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE
INTEGRADO DE LA ZONA CENTRO DE ALCORCÓN. (Pág. 1)
1/36.- PROPOSICIÓN QUE PRESENTA LA CONCEJAL DELEGADA DE
URBANISMO, OBRAS Y MANTENIMIENTO AL PLENARIO MUNICIPAL, SOBRE
SUBSANACIÓN DE SOLICITUD DE SUBVENCIONES REGULADAS EN LA
ORDEN HAP/2427/2015, DE 13 DE NOVIEMBRE, PARA LA DENOMINADA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE INTEGRADO DE LA
ZONA CENTRO DE ALCORCÓN.*Dada cuenta de la siguiente
PROPOSICIÓN DE LA CONCEJAL DELEGADA DE URBANISMO, OBRAS Y
MANTENIMIENTO
“En relación con el asunto de referencia por la Sección de Planeamiento y
Gestión se ha emitido, con fecha 1 de MARZO de 2016, informe cuyo tenor literal es el
siguiente:
“Informe: Sobre subsanación de solicitud de subvenciones reguladas en la Orden
HAP/2427/2015, de 13 de noviembre, para la denominada Estrategia de Desarrollo
Urbano Sostenible Integrado de la Zona Centro de Alcorcón.
Con fecha 22 de noviembre de 2015, y en el marco del expediente de contratación nº
406/2015, se remite, por parte de la Concejalía de Urbanismo, Obras y Mantenimiento
al Servicio de Contratación y Patrimonio la necesidad de contratar un documento que
sirva de base para realizar un plan de regeneración y rehabilitación de la zona centro
que suponga una mejora para los vecinos residentes en la zona así como para los
usuarios del espacio público circundante. Se trata del casco antiguo de Alcorcón que
entre otras cosas, sufre el envejecimiento natural de sus edificaciones obteniendo
como resultado áreas urbanas que lejos de ser funcionales suponen una barrera para
las relaciones sociales, la cohesión y la participación ciudadana.
Tal documento, como documento de partida, podría dar resultados de cierta
importancia económica y de gasto, por lo que era necesario, además “dada la
envergadura que pueden alcanzar las propuestas que salgan de este proyecto, tratar
de adecuar el documento a la solicitud de ayudas y fondos públicos que pudieran hacer
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más viable a nivel financiero cada una de las propuestas”, por lo que se precisaba “la
contratación de un equipo pluridisciplinar con experiencia en la tramitación de
proyectos con financiación europea, en diálogo con el Ayuntamiento elabore la
documentación técnica referente a una propuesta integrada de actuación en el ámbito
del casco antiguo de Alcorcón”.
A la vista de lo anterior, el equipo redactor contratado elaboró una estrategia de
desarrollo urbano sostenible integrado en la zona centro de Alcorcón, que con
independencia de su vocación de concurrir a la Convocatoria de subvenciones
reguladas en la
Orden HAP/2427/2015 como se ha visto, contiene unas
determinaciones dignas de consideración por la Corporación se consigan o no tales
ayudas, que como es sabido se otorgan en régimen de concurrencia competitiva con
otras Ciudades y Proyectos, debiendo superar, como primer elemento, el cuestionario
abierto del Anexo V de la citada Orden, a enjuiciar por los responsables del Ministerio
de Economía y Hacienda.
En todo caso procede significar que la virtualidad del documento, aun no agotándose
en la obtención de subvenciones como se ha visto, puede incluso concurrir a
posteriores convocatorias, dado que la ayuda FEDER total asignada en el POCS para la
estrategia DUSI asciende a 1.012.755 (5% del FEDER) –en miles de millones de euros,
salvo error por nuestra parte-, sacándose en esta convocatoria 730.917, previéndose
que la lo largo del 2016 se saque lo restante en convocatorias posteriores.
Remitido el documento a la plataforma electrónica del Ministerio para iniciar el proceso
de concurrencia competitiva al mencionado programa de subvenciones antes de la
expiración del plazo el 13 de enero de 2016 hasta las 24 horas, con fecha 26 de
febrero de 2016 al R/E nº 8187 tiene entrada en este Ayuntamiento el requerimiento
de subsanación de la DG de Fondos Comunitarios del Ministerio de Hacienda, con
apercibimiento expreso de que en caso de no subsanarse en el improrrogable plazo de
10 días hábiles, se tendrá por desistido al Ayuntamiento de su solicitud en los términos
del art. 42 de la LRJ-PAC.
Lejos de requerir subsanación del contenido del documento presentado, los elementos
a subsanar serían: 1) Aprobación de la Estrategia firmada por órgano competente. 2)
Declaración responsable de existencia de crédito firmada por órgano competente.
En lo referente al punto primero, por Decreto de la Concejal Delegada Urbanismo,
Obras y Mantenimiento de 12 de enero de 2016 se aprobó la estrategia, toda vez que
dicha aprobación lo era a los efectos de solicitar la subvención regulada en la Orden
HAP/2427/2015.
Efectivamente, del apartado 4 del Decreto de Alcaldía de 14 de septiembre de 2015,
podía deducirse tal competencia, toda vez que se delega en la Concejal de Urbanismo,
Obras y Mantenimiento “las facultades necesarias para la tramitación, con la
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suscripción de cuantos documentos sean precisos, para solicitar subvenciones de
cualquier administración territorial o institucional (...). Si la obtención de dicha
subvención significara gastos para los fondos municipales, será precisa la aprobación
por el órgano competente de este Ayuntamiento, de la aportación municipal”.
Efectivamente, del tenor literal del Decreto trascrito parece inferirse que la
competencia para solicitar la subvención -mediante la aprobación de la Estrategiacorrespondería a la Concejal, y que a posteriori, si alguna de las actuaciones fuera la
seleccionada, el Pleno habría de aprobar “la aportación municipal”.
Sin embargo, y vista la propia interpretación que de estas cuestiones establece la WEB
del DUSI que depende del Ministerio, y en razón de la interpretación jurisprudencial
que se contiene en las Sentencias del Tribunal Supremo de 30 marzo de 1994 y 22 de
febrero de 2006 que el Ministerio hace valer, esta cuestión, junto con el de la propia
solicitud de la ayuda, debe tratarse por el Pleno para mayor seguridad jurídica,
aplicando con toda lógica el Ministerio como ya lo hiciera este Ayuntamiento la misma
regulación tanto a la “aprobación de la estrategia” como a la “solicitud de la
subvención”
–compruébese
este
extremo
en
la
url:
http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyres/DC6AD3A7-FC44-43EC-A95A80F5DC5D5E48/134547/PreguntasFrecuentesConvocatoria.pdfEn lo referente al punto segundo, (compromiso de habilitación de crédito). La
competencia podría ser del Alcalde o el Interventor (si se tratara de existencia de
crédito), o del Pleno (compromiso de habilitar crédito suficiente), vista la propia
interpretación del Ministerio que cuelga del WEB del DUSI. En todo caso, ha de estar a
la NRI de 1 de marzo de 2016 del Director General de Urbanismo a la Intervención
para subsanar, correspondiendo a esta Sección de Planeamiento y Gestión la
subsanación del apartado 1.
En lo referente a la cuantía de la subvención a solicitar para ejecutar las
determinaciones del Programa de Implementación, la estrategia presentada habla, en
su punto 6.3, de que el Casco Antiguo de Alcorcón se asimilará al caso de ciudades o
áreas funcionales mayores de 20.000 y menores de 50.000 habitantes, donde la ayuda
máxima a asignar para las operaciones a cofinanciar será de 5 millones de euros, salvo
casos excepcionales, debidamente motivados, por lo tanto el presupuesto global del
Proyecto "Alcorcón Bio céntrico" se encuentra dentro de los límites establecidos y no
excede de 10 millones de euros, cuyas acciones serán cofinanciadas al 50% por los
Fondos FEDER.
Asimismo, y al objeto de mantener la coherencia con el Programa Operativo de
Crecimiento Sostenible también se ha considerado que los pesos relativos de cada uno
de estos objetivos temáticos estén dentro de la siguiente horquilla de costes:
OT2: entre el 10% y el 20 % de la ayuda total (entre 1.000.000 y 2.000.000 euros)
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OT4: entre el 20% y el 30 % de la ayuda total (entre 2.000.000 y 3.000.000 euros)
OT6: entre el 25 % y el 35 % de la ayuda total (entre 2.500.000 y 3.500.000 euros)
OT9: entre el 25 % y el 35 % de la ayuda total (entre 2.500.000 y 3.500.000 euros)
A la vista de cuanto antecede, y del expediente administrativo se emite la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero: Dar cumplimiento al requerimiento de la DG de Fondos Comunitarios del
Ministerio de Hacienda y AA.PP., que tuvo entrada en este Ayuntamiento el 26 de
febrero de 2016 al R/E nº 8187, en lo referente al órgano competente para solicitar la
Subvención y aprobar la Estrategia al amparo de la Orden HAP/2427/2015, de 13 de
noviembre, y por lo tanto, otorgar la aprobación a la denominada ESTRATEGIA DE
DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE INTEGRADO DE LA ZONA CENTRO DE
ALCORCÓN, que fue elevada a la plataforma del Ministerio en tiempo y forma.
Segundo: Solicitar las subvenciones a que se refiere la Orden HAP/2427/2015, de 13
de noviembre en su máximo importe, de conformidad con el presupuesto de la
Estrategia a que se refiere el expositivo anterior.
Tercero: Notificar este acuerdo a los interesados.
Alcorcón, a 1 de marzo de 2016. El Técnico de Administración Especial. Fdo.:
Carlos Andrés Guerrero Fernández. Vº Bº el DG de Urbanismo y Vivienda, Fdo.: Ismael
Miguel Prieto”.
Vista la NRI de 1 de marzo de 2016 del Director General de Urbanismo a
Intervención, cuyo tenor literal es el que sigue:
“De: Director General de Urbanismo.
A Intervención.
Asunto: Subsanación de documentación presentada a la primera
convocatoria para la selección de estrategias de Desarrollo urbano Sostenible e
Integrado a requerimiento de la Dirección General de Fondos Comentarios
A la vista del escrito con registro de entrada en este Ayuntamiento
8187/2016 del Director General de Fondos Comunitarios en el que se solicita la
subsanación de documentos presentados a la convocatoria, adjunto remito cuadro
de presupuesto estimado por años, incorporado en la propuesta entregada al
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas para que proceda a emitir
Declaración Responsable de existencia de crédito a aprobar por el órgano
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competente, advirtiendo que existe un plazo máximo e improrrogable de 10 días
para subsanar la documentación
2016
142.000,00
2017
990.500,00
2018
1.658.500,00
2019
2.480.500,00
2020
1.841.500,00
2021
1.519.500,00
2022
1.367.500,00
La suma total del presupuesto asciende a 10 millones de euros
De acuerdo con lo especificado en el artículo 61 y 65 del Reglamento (UE) nº
1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, la
asignación de la ayuda, a las estrategias que resulten seleccionadas, estará dentro de
los límites de fondos asignados en total a la Comunidad Autónoma en que se
encuentren y atendiendo a los límites establecidos, en función del volumen de la
Opoblación del Área urbana seleccionada:
El Casco Antiguo de Alcorcón se asimilará al casco de ciudades o áreas
funcionales mayores de 20.000 y menores de 50.000 habitantes, donde la ayuda
máxima a asignar para las operaciones a cofinanciar será de 5 millones de euros, salvo
casos excepcionales, debidamente motivados, por lo tanto el presupuesto global del
Proyecto Alcorcón Bio Centro, se encuentra dentro de los límites establecidos y no
excede de 10 millones de euros, cuyas acciones serán cofinanciadas al 50% por los
fondos FEDER”. Alcorcón a 1 de marzo de 2016. El Director General de Urbanismo.
Fdo.: Ismael Miguel Prieto.
Vista la NRI de 3 de marzo de 2016 del Interventor General Municipal, cuyo
tenor literal es el que sigue:
“De: Intervención.
A: Director General de Urbanismo.
En relación a su Nota de Régimen Interior de fecha 1 de marzo de 2016 relativa
a “Subsanación de documentación presentada a la primera convocatoria para la
selección de estrategias de Desarrollo urbano Sostenible e Integrado a requerimiento
de la Dirección General de Fondos Comentarios”, por la presente le comunico que la
competencia para adoptar el compromiso de habilitación de crédito suficiente para
financiar las operaciones que se seleccionen corresponde al Pleno de la Corporación
.Alcorcón a 3 de marzo de 2016. El Interventor General. Fdo.: L. Miguel Palacios
Albarsanz”.
Vista la citada documentación, la Delegación de Competencias del acuerdo de
JGL de 23 de Junio de 2015 y Decreto de Alcaldía Presidencia de 17 de junio de 2015 y
a tenor de lo preceptuado en el art. 97 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y art. 157 del Reglamento
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Orgánico Municipal, así como cualesquiera otros preceptos concordantes, se formula la
siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero: Dar cumplimiento al requerimiento de la DG de Fondos Comunitarios del
Ministerio de Hacienda y AA.PP., que tuvo entrada en este Ayuntamiento el 26 de
febrero de 2016 al R/E nº 8187, en lo referente a la habilitación del crédito
presupuestario, y por lo tanto,
aprobar el compromiso de habilitar crédito
presupuestario suficiente para financiar las operaciones que se seleccionen en el caso
de que la “Estrategia DUSI” del Ayuntamiento de Alcorcón sea seleccionada para su
financiación con los Fondos Europeos de Desarrollo Regional 2014 – 2020”, de acuerdo
con las siguientes anualidades estimadas, o con las que se deriven del proyecto que de
conformidad con las bases reguladoras de la subvención (base 19 de la Orden
HAP/2427/2015) válidamente se modifique:
2016
2017
2018
2019
2020
2021
2022
142.000,0 990.500,0 1.658.500,0 2.480.500,0 1.841.500,0 1.519.500,0 1.367.500,0
Segundo: Dar cumplimiento al requerimiento de la DG de Fondos Comunitarios del
Ministerio de Hacienda y AA.PP., que tuvo entrada en este Ayuntamiento el 26 de
febrero de 2016 al R/E nº 8187, en lo referente al órgano competente para solicitar la
Subvención y aprobar la Estrategia al amparo de la Orden HAP/2427/2015, de 13 de
noviembre, y por lo tanto, otorgar la aprobación a la denominada ESTRATEGIA DE
DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE INTEGRADO DE LA ZONA CENTRO DE
ALCORCÓN, que fue elevada a la plataforma del Ministerio en tiempo y forma.
Tercero: Solicitar las subvenciones a que se refiere la Orden HAP/2427/2015, de 13
de noviembre en su máximo importe, de conformidad con el presupuesto de la
Estrategia a que se refiere el expositivo anterior.
Cuarto: Facultar a la Concejal de Urbanismo, Obras y mantenimiento para la
realización de cuantas actuaciones y firma de cuantos documentos sean necesarios
para llevar a buen término lo acordado.
Quinto: Notificar este acuerdo a los interesados.
Alcorcón, 3 de marzo de 2016
CONCEJAL DELEGADA DE URBANISMO, OBRAS
Y MANTENIMIENTO
Fdo.: Ana María González”.
INTERVENCIONES EN EL PLENO
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Abierta la deliberación intervienen Dª Ana Mª González González, D. José
Antonio López Tinaquero, el Sr. Alcalde, D. Jesús Recover Antón, D. Jesús Santos
Gimeno, Dª Balbina Fernández Astasio, el Secretario General del Pleno, el Sr.
Interventor y Dª Inmaculada Torres Cachinero, en los términos que resultan de la
grabación de la sesión incorporada al Diario de Sesiones.
VOTACIÓN Y ACUERDOS DEL PLENO
Por la Presidencia se somete a votación la Proposición presentada por la
Concejal Delegada de Urbanismo, Obras y Mantenimiento, obteniéndose el siguiente
resultado:
VOTOS A FAVOR:
ABSTENCIONES:
21 (10 PP, 7 PSOE, 4 C´s)
6 (5 GA, 1 GM)
En su virtud, el Pleno del Ayuntamiento, por mayoría, aprueba la
Propuesta de Acuerdo en sus propios términos.
EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 56 DE LA LEY
REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL Y 73 DEL REGLAMENTO ORGÁNICO
MUNICIPAL, SE PROCEDE A REMITIR LA ANTERIOR RELACIÓN A LA
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO Y DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ASÍ COMO A SU
PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB Y TABLÓN DE ANUNCIOS MUNICIPALES.
ALCORCÓN, 31 DE MARZO DE 2016
EL SECRETARIO GENERAL DEL PLENO,
Fdo.: Gabriel Antonio Dotor Castilla
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