LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL

Transcripción

LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL
1
LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL
Oscar Ramos Valverde
He leído con sumo cuidado la información publicada en relación a la Ventanilla
Digital (VUCE); sobre el lanzamiento del novedoso VUCE 2.0 del que se dice
ahorrará la suma de $10.3 millones por la no utilización del papel en los trámites
de exportación como de importación. El año pasado indicaron que cada
exportador se ahorraría $60 por contenedor, sin que explicaran realmente cómo
sucedería eso.
Esta nueva manifestación no se ajusta a la verdad real, toda vez que los
exportadores e importadores o bien el Agente Aduanero que los represente,
deberán conservar siempre en sus archivos los DUAS en papel y las facturas de
las mercancías, Conocimiento de Embarque, Guías Aéreas, Cartas de Porte,
Listas de Empaque, notas de exención, permisos y autorizaciones, etc. que
importan o exportan, así como la factura de cobro por concepto de servicios de las
compañías de transportes, Almacenes Fiscales, Agencia de Aduana, zonas
portuarias; todo ese cúmulo de papeles impresos deben ser guardados por el
plazo de 5 años, de conformidad con la Ley General de Aduanas.
Como bien lo dice el señor Lic. Jorge Sequeira, Gerente de PROCOMER, en los
trámites de exportación no es obligatoria la utilización de los Agentes de Aduana,
pero esto no es ninguna novedad, así está establecido en la Ley General de
Aduanas desde el año 1996. No obstante esta disposición legal, las Empresas
Exportadoras siguen utilizando los servicios de los Agentes de Aduana para
realizar los trámites aduaneros, por lo que cabe hacernos la siguiente pregunta
¿Por qué no lo hacen ellas si están autorizadas?, la respuesta es demasiado
sencilla, para que los ilustres jerarcas de PROCOMER la puedan entender. El
Agente de Aduana que tramita una exportación, quien es un profesional que
ostenta el grado académico universitario de Licenciatura en Administración
Aduanera, debe además contar con autorización por parte de la Dirección General
de Aduana para operar en la Aduana por donde saldrán las mercancías, como
también debe rendir una garantía de cumplimento y es solidario responsable con
lo manifestado en el DUA; adicionalmente deberá contar con oficina dentro de la
zona aduanera de exportación y con personal que lo represente ante la Aduana de
salida respectiva. Pero véase bien que el costo de todos estos servicios para un
exportador habitual se sitúa entre los 20 y los 40 dólares, dependiendo del
volumen y condiciones de las operaciones aduaneras.
2
Aclarado lo anterior, creo que es necesario explicar lo siguiente: un exportador de
chayotes de la zona de Orosi de Cartago, hace una declaración de exportación
según los lineamientos del VUCE 2, con todos los datos: cantidad de bultos,
partida arancelaria que le corresponde según el Arancel Centroamericano y el
valor CIF de los chayotes. El empresario debe imprimir (otro papel) el DUA de
exportación para entregárselo al Transportista, el transportista debe confeccionar
la Carta de Porte y el manifiesto de carga (más papel), llega a la frontera y entrega
a la Aduana los documentos (papeles), la aduana digita el DUA y si el semáforo
salió rojo, significa que deben revisarse físicamente los chayotes por parte de la
Aduana y en presencia del exportador. Ahora, revisará la carga de chayotes, si el
representante legal se encuentra en la zona de Orosi, Cartago, ya que de acuerdo
con la Ley debería desplazarse hasta el puesto fronterizo, para tratar de resolver
el caso, mientras tanto el transportista está varado y el costo del flete va en
aumento, sumándose los gastos
del vehículo en que deberá viajar el
representante de la compañía exportadora, así como su tiempo. En cambio, si la
misma exportadora hubiese tenido a una Agencia de Aduana, ésta hubiese
resuelto los problemas y el señor seguiría tranquilo en Orosi de Cartago
recogiendo más chayotes.
No entiendo cuál es el problema de PROCOMER con los Agentes de Aduana, ya
que esa entidad sólo debe tramitar los permisos o notas técnicas que se requieren
para importador o exportar mercancías, ya que los demás trámites se llevan a
cabo al amparo de la legislación aduanera comunitaria y nacional, donde
PROCOMER no puede intervenir.
También es oportuno recordar que PROCOMER se financia, entre otras, porque
recauda por cada Declaración Aduanera que procesa la Aduana, la suma de tres
dólares ($3) sea de importación o exportación, sin comprometerse a ningún tipo de
responsabilidad. Será que ahora pretende asumir también todos los trámites
aduaneros y cobrar por ellos?
En el Periódico La República del día 19 de julio de 2013, me publicaron un artículo
con el título: Ninguna “ventanilla única” sustituye a la aduana.
En ese artículo señalé lo siguiente:
1) De conformidad con el Derecho Comunitario Centroamericano y la Ley de
Aduana Nacional, solamente las Aduanas son los Órganos competentes, para
realizar los trámites aduaneros de importación y exportación.
3
2) En el caso de que un exportador dentro de lo establecido en las leyes, haga una
Declaración Única Aduanera (DUA) de exportación, asume directamente todas las
responsabilidades, tanto administrativas, tributarias, fiscales o penales.
3) En caso de que un exportador proceda a hacer y tramitar un DUA de
exportación, y en la Aduana de salida se le asigne semáforo rojo, deberá hacerse
presente para aclarar cualquier duda que tuviere la autoridad aduanera.
4) En caso de que un exportador proceda a hacer y tramitar un DUA de
exportación, y ya sea la Policía fiscal o la Policía antidrogas, encuentren más
productos de los declarados o mercancías que no son parte de la naturaleza que
se manifestaron, deberá dar las explicaciones correspondientes a las autoridades
competentes.
Hoy después de leer los comentarios que se han hecho sobre el VUCE 2.0 no es
más que:
LA FALSA PROMESA DE LA VENTANILLA DIGITAL.

Documentos relacionados