de la provincia de almería - Diputación Provincial de Almería
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DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA Número 112 Depósito Legal AL-1-1958 EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA Navarro Rodrigo, 17 - 04071 ALMERÍA - Tlf.: 950 211 130 correo-e: [email protected] - web:www.bop.almeria.es Jueves, 13 de Junio de 2013 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) SUMARIO ADMINISTRACIÓN LOCAL 04346-13 04669-13 Pág. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO NOTIFICACION RECURSO DE REPOSICION EXPEDIENTE SANCIONADOR S-057/11 OT S/REF. EDICTO 038/13. ................................................................................... 3 APROBACION INICIAL PROYECTO DE MODIFICACION PUNTUAL DEL PLAN PARCIAL DE LOS SECTORES SUP-MNO-02 Y SUP-MNO-03 DEL PGOU PROMOVIDO POR PROMOCIONES ROQUETAS ESTE, S.L. .................................................................................................................................................................................................. 4 04310-13 AYUNTAMIENTO DE ANTAS APROBCIÓN INICIAL ESTUDIO DE DETALLE REFERENTE A PARCELAS SITUADAS EN BARRIADA DEL REAL-CABECICO INCOADO POR EL AYUNTAMIENTO ...... 5 04347-13 04348-13 AYUNTAMIENTO DE BERJA NOTIFICACION A INTERESADO 2ª MULTA COERCITIVA EN EXPEDIENTE DE ORDEN DE EJECUCION OE/011/09. ................................................................................. 5 NOTIFICACION A INTERESADO RESOLUCION EXPEDIENTE SANCIONADOR DU/017/11. ......................................................................................................................... 6 04737-13 AYUNTAMIENTO DE DALIAS CONVOCATORIA PARA ELECCIÓN JUEZ DE PAZ SUSTITUTO ....................................................................................................................................................................... 7 04745-13 AYUNTAMIENTO DE FONDON CONVOCATORIA SELECCION JUEZ DE PAZ TITULAR Y SUSTITUTO DE FONDON. .................................................................................................................................... 7 04349-13 AYUNTAMIENTO DE MARIA ANUNCIO CORRECCION ERRORES MATERIALES EN EDICTOS Nº 3757/13Y 3760/13 PUBLICADOS EN EL BOP NUM. 99 DE FECHA DE 27 DE MAYO DE 2013. ..... 8 04747-13 AYUNTAMIENTO DE RAGOL CONVOCATORIA ELECCION DE JUEZ DE PAZ Y SUSTITUTO EN EL MUNICIPIO DE RAGOL. .................................................................................................................... 9 04333-13 04334-13 04335-13 04336-13 04354-13 04301-13 04302-13 04303-13 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTES DE BAJA EN PADRÓN MUNCIPAL A PETAR STOYANOV DIMITROV Y SIGUIENTES .................................................................... NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTES DE BAJA DE OFICIO EN PADRÓNMUNICIPAL DE HABITANTES A FRANZ FERDINAND PAUL HOLZHUTER Y SIGUIENTES .. NOTIFICACIÓN INICIO EXPEDIENTES DE BAJA EN PADRÓN MUNICIPAL A FLOAREA SILVIA CALUGAR Y SIGUIENTES ...................................................................... NOTIFICACIÓN DECLARACIÓN CADUCIDAD INSCRIPCIONES PADRONALESEMPEZANDO POR DENIS LUKANOVYCH Y SIGUIENTES ............................................ ANUNCIO DE ADJUDICACION CONTRATO Nº 06/13 SUMINISTRO EQUIPAMIENTO DEPORTIVO INSTALACIONES MUNICIPALES CENTRO DEPORTIVO URBANO JUAN GONZALEZ FERNANDEZ. ....................................................................................................................................................................................................................... 9 10 12 13 18 AYUNTAMIENTO DE VELEFIQUE APROBACIÓN INICIAL PRESUPUESTO Y BASES EJECUCIÓN EJERCICIO 2013 ........................................................................................................................................ 19 APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES DOMÉSTICOS, DE COMPAÑIA Y POTENCIALMENTE PELIGROSOS DE VELEFIQUE ......................................................................................................................................................................................................................................................... 19 APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA MUNICIPAL EDIFICACIÓN PARA REGULAR CONDICIONES MORFOLÓGICAS Y ESTÉTICAS EN VELEFIQUE .................... 26 ADMINISTRACION AUTONOMICA 04294-13 04295-13 04296-13 04297-13 04298-13 04299-13 CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y MEDIO AMBIENTE. DELEGACIÓN TERRITORIAL EN ALMERÍA NOTIFICACION RESOLUCIONES DE BAJA, PROCEDIMIENTO INACTIVIDAD RESOLUCION DE DESISTIMIENTO EN EL REGISTRO DE EXPLOTACIONES GANADERAS DE ANDALUCIA DE LOS EXPTES. 018 AL 01007 Y OTRO. ................................................................................................................................................................ 33 NOTIFICACION EXPEDIENTES DE ACTUALIZACION DE CATALOGO DE EXPLOTACIONES PRIORITARIAS 01/04/017713. .................................................................... 34 NOTIFICACION INSCRIPCION CESE DEFINITIVO DE LA INDUSTRIA AGRICOLA HERMANOS LOPEZ PEREZ C.B. ................................................................................ 35 CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO. DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ALMERÍA ANUNCIO SOBRE MODIFICACION ESTATUTOS ORGANIZACION PROFESIONAL ASOCIACION ALMERIENSE DE ATENCION A LA DEPENDENCIA REGISTRADA CON EL Nº 04/701/13. ......................................................................................................................................................................................................................................... 36 ANUNCIO SOBRE MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS DE LA ORGANIZACION PROFESIONAL DE LA ASOCIACION DE EMPRESARIOS Y PROFESIONALES DE ALBOX VALLE DEL ALMANZORA REGISTRADA Nº 04/700/13. ....................................................................................................................................................................... 36 CONSEJERÍA DE SALUD. SERVICIO ANDALUZ DE SALUD. DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ALMERÍA NOTIFICACION RESOLUCION EXPEDIENTE Nº 25/12 A JOANNE MARÍE MACCALLAN POR INFRACCION. ............................................................................................ 36 Pág. 2 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería SUMARIO ADMINISTRACION DE JUSTICIA Pág. JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE ALMERIA 04312-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 700/2012 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE KHADDAD AMINA CONTRA MARIA JOSEFA MORENO BAENA Y OTROS. ..... 37 04313-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 1082/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE PEDRO JOSE FERNANDEZ REVERTE CONTRA TRANSPORTES 04339-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 490/2012 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE NICOLAE FRIPTU CONTRA CONSTRUCTORA DUMITRITA, S.L. .............. 38 04340-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 1264/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE CARMEN CORRAL GOMEZ CONTRA ESABE VIGILANCIA, S.A. ............. 38 TRANSLODAIN, S.L. Y OTROS. ......................................................................................................................................................................................................................... 37 04341-13 PROCEDIMIENTO DESPIDOS CESES GENERAL 712/2012 SOBRE DESPIDODE AMADOR GOMEZ GOMEZ Y OTROS CONTRA LUCIA URIBE PEREZ Y SIGUIENTES. ... 39 04342-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 258/2012 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JAVIER NAVARRO LOPEZ CONTRA EJIDO-MEX, S.L. ............................... 39 04343-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINRIO 208/2012 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE ISMEL MILLAN RODRIGUEZ CONTRA MANUEL JUAN LOPEZ PORRAS 04344-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 1266/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JUAN FRANCISCO MOYA MARTINEZ CONTRA ESABE VIGILANCIA, S.A. ... 40 04345-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 686/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE MANUEL BOSQUET MORENO CONTRA VIBACAM, S.L.U. Y OTROS. ...... 41 04319-13 PROCEDIMIENTO EJECUCION TITULOS JUDICIALES 200/2013 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JUAN DE LUQUE NOVOA CONTRA CONSTRUCCIONES 04320-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 1382/2012 DE JOSE ANTONIO AMO GIMENEZ CONTRA MAGADLENA SALVADOR VENTURA Y OTROS. .............................. 42 04321-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 489/2011 DE ANTONIO ACIEN ALCANTARA CONTRA ARBORIMAR, S.L. Y OTROS. .................................................................. 43 04323-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 726/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE JOSE JAVIER DIAZ MORENO CONTRA ESPECTACULOS SENSACION 04324-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 219/2013 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE ALVARO PEREZ MARTIN CONTRA UTE ANDASOL 3 Y OTROS. ............... 44 04328-13 PROCEDIMIENTO DE DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 995/2012 DE ALMUDENA FERNANDEZ GARRIS CONTRA ARGAR CONSTRUCCIONES SERVICIOS Y 04329-13 PROCEDIMIENTO EJECUCION TITULOS JUDICIALES 196/2013 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE AMINA SABER CONTRA NOA AGUADULCE, S.L. ............... 45 04330-13 PROCEDIMIENTO EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 62/2013 SOBRE DESPIDO DE FRANCISCO JAVIER PUERTAS HERNANDEZ CONTRA TEMBO CONS- 04331-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 536/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE SANTIAGO ALVAREZ FERNANDEZ CONTRA REFORMAS CONRETA, S.L.U. ..... 47 Y OTROS. ............................................................................................................................................................................................................................................................ 40 JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE ALMERIA LOMA DE LA MEZQUITA, S.L. ............................................................................................................................................................................................................................ 41 ALMERIA, S.L. ..................................................................................................................................................................................................................................................... 43 TRANSORMACIONES S.A. ................................................................................................................................................................................................................................ 45 TRUCCION Y OBRA CIVIL, S.A. ......................................................................................................................................................................................................................... 46 04332-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 510/2011 SOBRE RECLAMACION CANTIDAD DE FRANCISCA MAZO ARTES CONTRA EIDRIAN INTERNACIONAL 21, S.L. ...... 48 04337-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 826/2012 SOBRE DESPIDO DE BRAHIM CHFIQI CONTRA CUBINDAL, S.L. ............................................................................... 49 04338-13 PROCEDIMIENTO SOCIAL ORDINARIO 308/2011 SOBRE RECLAMACION DE CANTIDAD DE JOSE LUIS VIZCAINO SANZ CONTRA PROMOCIONES 2005 SERGIMAR, S.L. ............................................................................................................................................................................................................................................................. 49 JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE OURENSE 04311-13 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000120/2013 DE RAFAEL RODRIGUEZ VALIÑAS CONTRA CARLOS ALBERTO PEREZ GARRIDO Y OTROS. .................................... 50 04350-13 DECRETO 313/13 DE 10.05.13 EN PROCEDIMIENTO EJECUCIÓN TÍTULOS JUDICIALES 174/2012 ......................................................................................................... 51 04304-13 PROCEDIMIENTO OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000126/2011 DE COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA CONTRA GS ESPAÑA, S.L. Y SIGUIENTES. .................. 52 04305-13 PROCEDIMIENTO DESPIDO CESES GENERAL 0000309/2013 DE MANUEL BARRAL OLID CONTRA TRANSALVE, S.L. Y OTROS. ....................................................... 53 04306-13 PROCEDIMIENTO SEGURIDAD SOCIAL 0000278/2013 DE JUAN ANTONIO AYALA HORTELANO CONTRA FRUTAS ALOA, S.L. Y OTROS. .......................................... 54 04307-13 PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000516/2012 DE VICTOR HERNAN POVEDA SANTILLAN CONTRA PEDRO ALEJANDRO FERNANDEZ ABELLAN Y OTROS. .......... 55 04300-13 PROCEDIMIENTO JUICIO FALTAS 40/2012 CONTRA FERDINANT ANGHEL. ................................................................................................................................................ 56 JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE GRANADA JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3 DE MURCIA JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 4 DE MURCIA JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 5 DE MURCIA JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 7 DE MURCIA JUZGADO DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCC. Nº 1 DE HUERCAL OVERA OTROS CORRECCION DE ERRORES 04829-13 CORRECCION ERROR EDICTO NUM. 4190/13 PUBLICADO EN EL BOP Nº110 DE FECHA 11 DE JUNIO DE 2013 SOBRE NOTIFICACION EXPEDIENTES SANCIONADORES DE LA SUBDELEGACION GOBIERNO ALMERIA. .......................................................................................................................................................................... 56 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 3 Administración Local 4346/13 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Negociado de Disciplina Urbanística Edicto: 038/13 El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Almería. HACE SABER que habiéndose intentado la notificación del acto administrativo relativo al expte. S-057/11 OT, en tramitación en el Negociado de Disciplina Urbanística, resultando imposible practicar la misma; y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.5 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación a través de anuncio en el Tablón de Edictos de este Excmo. Ayuntamiento y su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, siendo su extracto el siguiente: La Junta de Gobierno Local de la Ciudad de Almería, el día 5 de abril de 2013, acuerda aprobar la propuesta del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, que dice: “D. PABLO JOSÉ VENZAL CONTRERAS, Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Excmo. Ayuntamiento de Almería, somete a la aprobación de la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Almería la siguiente: PR O PU E STA VISTO el expediente sancionador n° S-057/11 OT, tramitado contra Explotación y Ocio del Mar S.L., con DNI B- 4697399, por ocupar 80 m2 de espacio público con 10 mesas con sombrillas, en Pza. del Mar, (Cafetería Náutica), tiene el honor de elevar a la Junta de Gobierno Local, la siguiente propuesta para su aprobación: VISTO el informe jurídico emitido con fecha 25 de marzo de 2013 y que obra en el expediente. RESULTANDO: Que con fecha 23.02.12, se dictó resolución por el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, en la que se imponía a la interesada una sanción de 2.750 € RESULTANDO: Que, con fecha 25.04.12 y número de registro 5681 de la Gerencia Municipal de Urbanismo, D. Ángel M. Fernández Ferrón y D. Nicolás Giménez Giménez, como Administradores Mancomunados de la mercantil Explotación y Ocio del Mar S.L., presentan recurso de reposición, contra la citada Resolución, que se incorpora al expediente. CONSIDERANDO: Que los Srs. Fernández Ferrón y Giménez Giménez , alegan en primer lugar la improcedencia de la resolución sancionadora al haber obtenido licencia por silencio administrativo. Ya que la entidad a la que representan solicitó licencia con fecha 23.08.11, por lo que el 23.10.11, debía haberse dado respuesta a dicha solicitud, por lo que al no existir resolución expresa debe entenderse que opera el silencio administrativo. Ante esta alegación señalar que, consultados los archivos de la Sección de Licencias, efectivamente Explotación y Ocio del Mar S.L., solicita licencia para la ocupación de la vía pública con mesas y sillas en fecha 23.08.11. Teniendo en cuenta que Policía Local denuncia la citada ocupación con fecha 10.07.11, difícilmente habría obtenido licencia por silencio administrativo, ya que la misma aún no había sido solicitada. No obstante, indicar, que el art. 43.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que se refiere al silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud del interesado determina lo siguiente: En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, sin perjuicio de la resolución que la Administración debe dictar en la forma prevista en el apartado 3 de este artículo, el vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado resolución expresa legitima al interesado o interesados que hubieran deducido la solicitud para entenderla estimada por silencio administrativo, excepto en los supuestos en los que una norma con rango de ley por razones imperiosas de interés general o una norma de Derecho comunitario establezcan lo contrario. Asimismo, el silencio tendrá efecto desestimatorio en los procedimientos relativos al ejercicio del derecho de petición, a que se refiere el art. 29 de la CE, aquellos cuya estimación tuviera como consecuencia que se transfieran al solicitante o a terceros facultades relativas al dominio público o al servicio público, así como los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones. Así mismo, tal y como determina, el art. 20.7 de Ordenanza reguladora de la Instalación y Usos de Terrazas en Espacios Públicos: “En virtud de las notas de inalienabilidad e imprescriptibilidad de los bienes de dominio público, la mera concurrencia de los requisitos necesarios para la obtención de la licencia no otorga derecho a la obtención de la misma. El Ayuntamiento, considerando todas las circunstancias reales o previsibles, tendrá libertad para conceder o denegar las licencias, atendiendo a criterios de compatibilización del uso público con la utilización privada, debiendo prevalecer, en caso de conflicto, la utilización pública de dicho espacio común, la no resolución y notificación en el plazo de tres meses de la solicitud formulada por el interesado, legitima a éste para entenderla desestimada a los efectos legales procedentes, sin perjuicio de la obligación de resolver por parte del Ayuntamiento de conformidad con lo establecido en el art. 43 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 4 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Alegan en segundo lugar, la improcedencia de la cuantía de la sanción impuesta, ya que la OTEP no establece criterios de graduación. Careciendo la resolución de la motivación necesaria para imponer la sanción en la cuantía expresada en la misma, debiendo ser impuesta, en todo caso, en la cuantía mínima (1.500 €). Ya que la aplicación del principio de proporcionalidad obliga a la Administración a atemperar la gravedad de la sanción a la de la conducta infractora De conformidad con el art. 25.5.b) de la Ordenanza Reguladora de la Instalación y Uso de Terrazas en Espacios Públicos, el uso o instalación de terrazas sin licencia, como es el caso que nos ocupa, se considera infracción muy grave. Este tipo de infracciones conllevan una sanción de hasta 3.000 € (art. 26 de la anterior Ordenanza), habiéndose graduado en el grado medio del tramo superior (2.750 €), dado el número de metros de vía pública afectados por la ocupación denunciada. Dando así cumplimiento al principio de proporcionalidad. Por todo lo anterior no pueden ser estimadas las alegaciones formuladas por los interesados. CONSIDERANDO: Que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 17 de junio de 2011, se delega en el Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, la potestad sancionadora prevista en el art. 127.1, aptdo. 1, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Por lo que la resolución del presente recurso le corresponde a la Junta de Gobierno Local, en aplicación del art. 13.2.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y art. 115.c) del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales. Por todo lo expuesto, y a la vista del informe, se eleva a la Junta de Gobierno Local del Excmo. Ayuntamiento de Almería la siguiente: PR O PU E STA PRIMERO: Desestimar el Recurso de Reposición interpuesto por D. Ángel M. Fernández Ferrón y D. Nicolás Giménez Giménez, como Administradores Mancomunados de la mercantil Explotación y Ocio del Mar S.L. contra la Resolución del Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de fecha 23.02.12 por la que se le imponía, una sanción de 2.750 €. SEGUNDO: Dar traslado de la resolución que se dicte a los interesados.” Lo que comunico a usted advirtiéndole que contra la expresada resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46, relación con el artículo 8, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno. Dado en la Casa Consistorial de Almería, a trece de mayo de dos mil trece. EL VICEPRESIDENTE, Pablo José Venzal Contreras. 4669/13 EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA Gerencia Municipal de Urbanismo Sección de Planeamiento y Gestión EDICTO Expte.: 2/2012-P.P. El Sr. Vicepresidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo, D. Pablo José Venzal Contreras. HACE SABER: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de mayo de dos mil trece, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: 4.- Aprobación inicial del proyecto de Modificación Puntual del Plan Parcial de los sectores SUP-MNO-02 y SUP-MNO-03 del PGOU.La Junta de Gobierno Local de la Ciudad de Almería, acuerda por unanimidad, aprobar la propuesta del Concejal Delegado del Área de Gobierno de Economía y Territorio, que dice: “EL CONCEJAL DELEGADO DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA Y TERRITORIO, D. PABLO JOSÉ VENZAL CONTRERAS, en relación con el expediente de aprobación de la Modificación Puntual del Plan Parcial de los sectores SUPMNO-02 y SUP-MNO-03 del PGOU de Almería – Texto Refundido de 1998, en el ámbito de las parcelas RC-1, RC-2 y RC-4, promovido por PROMOCIONES ROQUETAS ESTE, S.L., y a la vista de los informes técnico y jurídico emitidos por la Arquitecto Municipal-Jefe de Sección de Planeamiento y Gestión, y por la Técnico de Administración General de la Gerencia Municipal de Urbanismo, y de conformidad con los artículos 14, 32 y 39 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, y según lo establecido en el artículo 127.1.d) de la Ley 7/1.985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción establecida por la Ley 57/2003, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, tiene el honor de elevar a la Junta de Gobierno Local la siguiente Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 5 PROPUESTA DE ACUERDO 1º.- APROBAR INICIALMENTE el proyecto de Modificación Puntual del Plan Parcial de los sectores SUP-MNO-02 y SUPMNO-03 del PGOU de Almería – Texto Refundido de 1998, en el ámbito de las parcelas RC-1, RC-2 y RC-4, promovido por PROMOCIONES ROQUETAS ESTE, S.L., cuyo objeto es el siguiente: - Trasvase de edificabilidad y número de viviendas entre las parcelas RC-1 y RC-2 - Modificación del uso de pormenorizado de la parcela RC-2: De residencial unifamiliar, pasa a ser residencial plurifamiliar. - Modificación de la ordenanza Residencial Unifamiliar en Condominio 2º.- Someter a información pública el expediente aprobado inicialmente, que se diligenciará por el Sr. Secretario de la Corporación o funcionario autorizado para ello, en todos sus planos y demás documentos, mediante publicación de anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia, diario de mayor circulación de la misma, así como Tablón de Anuncios Municipal, durante el plazo de UN MES, notificando a los propietarios afectados para que durante el referido plazo puedan examinar el expediente y formular alegaciones al mismo. 3º.- Remitir el expediente a la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, para su informe en el plazo de un mes, según estable el artículo 31.2.C de la LOUA. 4º.- Facultar al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente a dictar cuantas Resoluciones sean precisas en orden a la ejecución de este acuerdo.”.En virtud de dicha aprobación se abre un período de información pública por plazo de UN MES, contado a partir de la publicación del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, a fin de que durante dicho plazo puedan hacerse, por escrito, cuantas alegaciones se consideren pertinentes, quienes se consideren afectados o interesados. A tal fin, el citado expediente se encuentra expuesto al público en la Sección de Planeamiento del Área de Urbanismo de Almería, donde podrá ser examinado durante los días y horas hábiles de oficina, dentro del mencionado plazo. Dado en la Ciudad de Almería, a 29 de mayo de 2013. EL VICEPRESIDENTE DE LA GERENCIA, Pablo José Venzal Contreras. 4310/13 AYUNTAMIENTO DE ANTAS A N U N C I O Aprobado inicialmente con fecha de 07/05/2013, el Estudio de Detalle incoado por el ayuntamiento de Antas, redactado por Dª Mariela Cano Rodríguez, referente al ámbito de las parcelas situadas en la barriada del Real-Cabecico de Antas. En cumplimiento del acuerdo de fecha 07/05/2013 y del artículo 32.1.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se somete el expediente a información pública por plazo de VEINTE días, contados desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante el período de información pública, quedará el expediente a disposición de cualquiera que quiera examinarlo, a los efectos de que se presenten las alegaciones y sugerencias que se consideren pertinentes. En Antas, a 24 de mayo del 2013. LA ALCALDESA, Isabel Belmonte Soler. 4347/13 AYUNTAMIENTO DE BERJA A N U N C I O Desconociéndose el domicilio actual del interesado, y no habiéndose podido practicar notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública resolución nº 0715/13 de fecha 28/05/2013, 2ª multa coercitiva a D. Francisco José Maldonado Gómez. Expte OE/011/09 y que literalmente dice: “”DECRETO nº 0715/13 Visto el procedimiento tramitado en este Ayuntamiento por el que se resolvió la siguiente orden de ejecución, con el fin de mantener la seguridad en la finca que a continuación se señala, y en el que se ordenaba a su titular la realización de las siguientes obras en el plazo de 10 días a contar desde la notificación 1. Limpieza de arbustos y hierbas en el interior del solar. 2. Vallado de la parcela con cerramiento ciego de al menos 2,00 m de altura enfoscado en su cara externa y pintura de la misma. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 6 Expte. OE/011/09 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Identificación finca Referencia Catastral Titular C/ Río Almanzora nº 27 en Balanegra-Berja 7774202WF0677S0001TQ Francisco José Maldonado Gómez DNI. 27503894B B.O.P. de Almería Decreto resolución Valoración Obras Número Fecha notificación 2.000.-€ 1263/09 de 21 de octubre 11/01/2010 Visto que mediante decreto de alcaldía nº º00581/12, de 17 de mayo se le impuso la primera multa coercitiva, y se le advertía que si transcurrido el plazo de un mes desde su notificación sin que se procediese a la ejecución de las obras ordenadas, se le impondría una nueva multa coercitiva por importe del 10% del valor de las obras. Visto que dicho decreto le fue notificado el 30 de enero de 2013, y habiéndose emitido informe por el arquitecto técnico municipal el 23 de mayo de 2013, en el que se constata que las citadas obras no han sido ejecutadas. Atendiendo las competencias que me confiere el art. 21 de la LRBRL, HE RESUELTO: Primero. Imponer a la D. Francisco José Maldonado Gómez la segunda multa coercitiva por los importes de 200.-€ (10% del valor de las obras) por incumplimiento de la orden de ejecución señalada ut supra. Segundo.- Se le advierte que transcurrido el plazo de un mes desde la notificación de esta resolución sin que se haya procedido a la ejecución de las obras ordenadas se le impondrá nueva multa coercitiva por importe del 10% del valor de las obras. Tercero.- Se dé traslado al interesado mediante edictos, puesto que su domicilio actual es desconocido, así como a la Intervención municipal a los efectos oportunos Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, D. Antonio Torres López, en Berja, a veintiocho de mayo de dos mil trece, de lo que yo, la Secretaria, Dª Gracia María Quero Martín, doy fe.”” Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, significándoles que contra la anterior resolución y de conformidad con el art. 108 de la Ley 7/85, de Bases del Régimen Local y el Art. 14.2 del T.R. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo cabe formular ante el Sr. Alcalde, el correspondiente RECURSO DE REPOSICIÓN, en el PLAZO DE UN MES desde su notificación, previo al Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente. FORMA DE INGRESO: En las ctas./ctes. del Ayuntamiento, c/c 3058-0009-56-2732000014 de Cajamar, o en la c/c 2103-52501-1-0460000087 de Unicaja o en la c/c 2100-2662-0201010511 de la Caixa o en la c/c 2031-0435-16-0215024108 de La General. PLAZOS DE INGRESO: Las notificaciones recibidas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Las notificaciones recibidas entre los días 16 y último de mes, hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil siguiente. (Art. 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria). En caso de no realizar el ingreso en el plazo establecido se procederá al cobro por vía ejecutiva, con los recargos de apremio, intereses, y costas que procedan. En Berja, a 28 de mayo de 2013. EL ALCALDE, Antonio Torres López. 4348/13 AYUNTAMIENTO DE BERJA A N U N C I O Habiéndose intentado notificación en el último domicilio conocido al interesado, sito en este municipio y no habiéndose podido practicar las notificaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hacen pública resolución de alcaldía nº 0564/13 de 29 de abril, sobre la resolución del expediente sancionador Expte DU/017/11 y que literalmente dice: “DECRETO nº 0564/13 Visto el procedimiento sancionador por infracción urbanística, tramitado como pieza separada dentro del expediente DU/017/2011 frente a D. Martin Johnson Kinna, con NIE X1608312Z, como presuntos responsable de la infracción urbanística consistente en la ejecución de una piscina de 40 m2 y solería de gres de 200 m2 y pérgola de madera de 15 m2, sin la preceptiva licencia municipal, en la finca sita en el Paraje Los López, Polígono 72, parcela 51, estando clasificado el suelo como no urbanizable común de regadío en las NNSS de Berja y como área de formaciones naturales en el POTPA Resultando, que por decreto de Alcaldía nº 1208/12, de 25 de septiembre, se ordenó la incoación de procedimiento sancionador a Vd. como promotor de dichas obras, que le ha sido notificado mediante su publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOP de Almería Nº 247, de 27 de diciembre de 2012; no han sido presentadas alegaciones en el plazo otorgado para ello según consta en el certificado emitido por la Secretaria de la Corporación. Resultando que con fecha 14 de febrero de 2013, la instructora emite propuesta de resolución según lo dispuesto por el art. 18 del Real Decreto 1398/1993, de 4 agosto, que le fue notificada notificado mediante su publicación en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el BOP de Almería Nº 42, de 4 de marzo de 2013, no habiéndose realizado alguna a dicha propuesta. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 7 Visto que las obras, que se encuentran ejecutadas son manifiestamente incompatibles con la legalidad urbanística, ya que las mismas han sido previamente denegadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en fecha 3 de septiembre de 2012. Considerando, que los hechos declarados probados son constitutivos de una infracción urbanística grave conforme al artículo 207.3.d) de la LOUA y tipificada y sancionados de forma específica en el art. 219 con multa del 75% al 150% del valor de la obra ejecutada. Estando valorada en 17.900.-€, siendo el beneficio económico estimado en 2.778,08.-€ Considerando, que de conformidad con el art. 202 LOUA, en ningún caso la infracción urbanística puede suponer un beneficio económico para el infractor. Considerando los 205 y 206 de la LOUA, y lo previsto en el art. 203 en relación a la graduación de las sanciones Considerando lo establecido en el Título VII de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), y en el Titulo II del Decreto 60/2010 de 16 de marzo por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto. Considerando que en la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales, HE RESUELTO: Primero:- Declarar a D. Martin Johnson Kinna con NIE X1608312Z responsable, como promotor, de la infracción tipificada por el art. 219 de la Ley 7/2002, de 17 diciembre, por la que se regula la ordenación urbanística de Andalucía, e imponerle la sanción de trece mil cuatrocientos veinticinco euros (13.425.-€). Segundo. - Notificar la presente resolución al infractor y a la Intervención Municipal a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde-Presidente, D. Antonio Torres López, en Berja a veintinueve de abril de dos mil trece, de lo que yo la Secretaria, Dª Gracia María Quero Martín, doy fe.” Lo que se hace público para su conocimiento y efectos, significándoles que contra la presente resolución y de conformidad con el art. 108 de la Ley 7/85, de Bases del Régimen Local y el Art. 14.2 del T.R. de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por R.D. Legislativo 2/2004 de 5 de Marzo cabe formular ante el Sr. Alcalde, el correspondiente RECURSO DE REPOSICIÓN, en el PLAZO DE UN MES desde su notificación, previo al Contencioso-Administrativo, sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente. FORMA DE INGRESO: En las ctas./ctes. del Ayuntamiento, c/c 3058-0009-56-2732000014 de Cajamar, o en la c/c 2103-52501-1-0460000087 de Unicaja o en la c/c 2100-2662-0201010511 de la Caixa o en la c/c 2031-0435-16-0215024108 de La General. PLAZOS DE INGRESO: Las notificaciones recibidas entre los días 1 y 15 de cada mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Las notificaciones recibidas entre los días 16 y último de mes, hasta el día 5 del segundo mes posterior o inmediato hábil siguiente. (Art. 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria). En caso de no realizar el ingreso en el plazo establecido se procederá al cobro por vía ejecutiva, con los recargos de apremio, intereses, y costas que procedan. Berja, a 29 de mayo de 2013. EL ALCALDE, Antonio Torres López. 4737/13 AYUNTAMIENTO DE DALÍAS ANUNCIO D. Jerónimo Robles Aguado, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Dalías, (Almería) HACE SABER: Que en este Ayuntamiento se está tramitando expediente para la elección de Juez/a de Paz Sustituto conforme al art. 5 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz. Las personas que reuniendo los requisitos del art. 13 del citado texto legal estén interesadas en ocupar dicho cargo, podrán presentar su solicitud acompañada de los documentos acreditativos de los requisitos exigidos, en el registro del Ayuntamiento en el plazo de QUINCE DÍAS NATURALES contados desde la publicación del presente anuncio en el Boletín oficial de la provincia. En la solicitud deberá de hacerse constar los datos personales completos (en especial el n° de DNI inclusive la letra, LA PROFESIÓN U OFICIO A QUE SE DEDIQUE EN LA ACTUALIDAD (si está en paro, jubilado) y domicilio), y condiciones de capacidad y de compatibilidad del/os elegido/s y su aceptación expresa de dicho cargo, respecto de un posible nombramiento. En Dalías, a 6 de junio de 2013. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Jerónimo Robles Aguado. 4745/13 AYUNTAMIENTO DE FONDÓN BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA D. Francisco Álvarez Aguilera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fondón (Almería). HAGO SABER: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 8 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Que se abre un plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía. A partir de la publicación de este bando en el Boletín Oficial de la Provincia. Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, etc. Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido. Lo que se publica para general conocimiento. En Fondón, a 5 de enero de 2013. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Francisco Álvarez Aguilera. 4349/13 AYUNTAMIENTO DE MARÍA E D I C T O D. Francisco Martínez Reina, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de María (Almería). HACE SABER: Que habiéndose detectado errores materiales en Edictos nº 3757/13 y 3760/13 publicados en el B.O.P. núm. 99 de fecha 27 de mayo de 2013, páginas 48 y 56, respectivamente, consistentes en: (pág. 48) Donde dice: “PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO: DENOMINACIÓN PUESTO DE TRABAJO 1. Habilitación de carácter estatal SECRETARÍA INTERVENCIÓN 2. Escala de Administración General 2.1. Subescala Auxiliar AUX. ADMINISTRATIVO 3. Escala de Administración Especial 3.1. Policía Local POLICÍA LOCAL Nº GR C. D 1 A2 26 2 C2 18 1 C1 17” Nº GR C. D 1 A2 26 2 C2 18 2 C1 17” Debe decir: “PLANTILLA PERSONAL FUNCIONARIO: DENOMINACIÓN PUESTO DE TRABAJO 1. Habilitación de carácter estatal SECRETARÍA INTERVENCIÓN 2. Escala de Administración General 2.1. Subescala Auxiliar AUX. ADMINISTRATIVO 3. Escala de Administración Especial 3.1. Policía Local POLICÍA LOCAL Y, (pág. 56) Donde dice: “ARTÍCULO 15º.1. La liquidación y recaudación, así como la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria de este impuesto, serán competencia exclusiva del Ayuntamiento de Carboneras (…)” Debe decir: “ARTÍCULO 15º.1. La liquidación y recaudación, así como la revisión de los actos dictados en vía de gestión tributaria de este impuesto, serán competencia exclusiva del Ayuntamiento de María (…)” Lo que se hace público, para el general conocimiento. María, a 27 de mayo de 2013. EL ALCALDE PRESIDENTE, Francisco Martínez Reina. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 9 4747/13 AYUNTAMIENTO DE RÁGOL EDICTO D. Miguel Rodríguez Colomina, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Rágol (Almería). HACE SABER: Que se pone en conocimiento de todas las personas interesadas, que estando vacantes los puestos de Juez de Paz (Titular y Sustituto), de este Juzgado de Paz de Rágol (Almería). Las personas interesadas que este incursos en causas de incompatibilidad, en elegibilidad, e incapacidad, pueden presentar la solicitud para ocupar dichos cargos, en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente a la publicación del presente Edicto, en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. En Rágol, a 29 de mayo de 2013. EL ALCALDE, Miguel Rodríguez Colomina. 4333/13 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR E D I C T O Doña Francisca Candelaria Toresano Moreno, Concejal Delegada de Administración de la Ciudad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) HACE SABER: Dando cumplimiento a lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, intentada la notificación al interesado o su representante legal, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se pone de manifiesto mediante el presente edicto que se encuentra pendiente de notificar el siguiente acto administrativo en expediente de empadronamiento: Inicio de expedientes de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes referidos a las personas relacionadas en el anexo adjunto. En virtud de lo anterior, y de lo previsto en el art. 61 de la citada Ley, dispongo que cada interesado relacionado deberá comparecer en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes y en horario de oficina, en el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento sito en Plaza de la Constitución Nº 1, para conocimiento íntegro del mencionado acto y constancia del mismo. En caso de no comparecer en el plazo indicado, esta Alcaldía dispondrá, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento, su baja en este Padrón Municipal de Habitantes por inclusión indebida. Roquetas de Mar, 20 de mayo de 2013. LA CONCEJAL DELEGADA DE ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD, (B.O.P. Nº 119, de 23/06/2011), Francisca C. Toresano Moreno. A N E X O NOMBRE Y APELLIDOS PETAR STOYANOV DIMITROV ADRIANA TSVETANOVA DIMITROVA ANGELINA DIMITROVA BOSAKOVA RUBEN IONUT DIMOIU ANA MARIA DINCA ION SOFIAN DINCA DAVIDE DE CHIARA VERA LUCIA DE FREITAS OSCAR GERALDO DE FREITAS FANTOZZI CAROLINE PAULA M DE LOOF KATHLEEN DE RYK MARTINE MONIQUE JULI DEFOORT ELKE DINY GREET DE SMIT BREGJE MARIA DE SMIT JOHAN ODIEL R DEBIE MARION DEHNEL IDENTIFICADOR 335842492 329225484 10/01/2005 7753394 21/02/2000 18/08/2001 X02901537H A814075 A810815 590116235833 ED440854 EB016780 M12040424-M1 M12040424-M2 590162889395 56100638R NOMBRE Y APELLIDOS ROBERT PAUL WILFRIED DEHNEL YOANN DESERT LACAY LAURANCE MARIE ANTOI DEN OUDEN PETRY DEVRIES HISMAN ATANAS SHTEREV DURLEV MARGARETA DULCA MOHSEN EL SAYED IBRA DALAM SHAUNIE DAY ANNAMARIA D’AMBROSIO NICOLAE EDI DANI COSMIN DAROTI VASILE DASCALU ALINA MIHAELA DAVID DANIEL DAVID CARL JAMES DAY JADE DANIELLE DAY JESSICA DAY NICOLA JAYNE DAY IDENTIFICADOR 56089709F 010333100010 NB9497458 00544423J 310945239 08958234 2537023233 456611316 E692829 09066673 05644071 11286473 09626313-M1 09626313-M2 456611224 456611357 456611276 456611193 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 10 NOMBRE Y APELLIDOS SOPHIE DELUC PASCAL MARCEL PIERRE DELUC TIZIANO DELUC JOSEF DEMUTH SVEN ALFONS ANNA DE CAUTER CHRISTOPHER JOHN DELANEY MAITE DE CAUTER LEONARDO DEL FOCO LONG GISELA HELENA DEMMING WERNER DEBUS HANNELORE DEBUS ANNA MARIA DEGAN JOHANNA ELISABETH MA DEKKER ALEXANDRA AFRODITA DELIGIANNIS AQUILES DELIGIANNIS COSTEL ROBERT DAVID SEBASTEAN DOLCOS MAGDALENA DOLCOS DINKO DOCHEV GOSPODINOV ROSEMARIE DOKTOR ELENA DUMITREAN LILIANA DUMITRESCU PATRICIA ANDRA DRAGOMIR ADRIANA DUMITRITA DRAGOMIR MARCEL ANDREI DRANCA ILIE DOBRA CORNELIU DOBREA OSKAR MICHAL DOBRZYNSKI STELIAN DAROSI SUZETTE MARIE ELIZAB DAVIS KAROLINA MARIA DEJEWSKA HECTOR DIANOV YORDANOV CLARA DILETO DANIELA DILETO FRANCESCA DILETO GIUSEPPE DILETO GIUSEPPE MARCO DILETO YORDANKA DIMITROVA DIMOVA LILIANA DUTA ANITA DERSCH HANS GUNTER DETRO CARSTEN FRIEDRICH DISLICH HANNELORE CHRISTA DORNA WERNER EWALD DORNA INGO HORST ERICH DRESSLER KLAUS DIETER HELMUT DROGUE Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 NOMBRE Y APELLIDOS NOLAN DENIS DALAYMAN JAN DANNAPPEL SASKIA DANNAPPEL ARMAN NORMAN DALAYMAN DUMITRU DOGARU CESARE ORESTE DI GIULIO MATTHEW GERALD DOWLING FRANCISCO DIAZ PEREZ GIUSEPPE DAMICO STEPHANIE MARIE LOUI DELPECH ESTHER INGER DE ROOIJ LIDIA DELLA ROVERE REGINA META DOTZECK AVA DJALO GOMES JUAN LUCAS DHUART BARCHMAN BRYAN D’HUART ROSARIO RADU AURELIA DUCA DARIUS MARIAN DURBALAU IONELA MADALINA DURLUT WILHELM MARIA DR PIEPER ALEJANDRO ZLATAN DRAGOMIR GHEORGHINA SILVIA DRAGOMIR IULIA MARIA DRAGOMIR MARIUS CATALIN DRAGOMIR VICTOR DRAGOMIR IOAN CRISTIAN DREANA GEORGETA DROC OVIDIU DORIN DREPTATE DENISA ANA MARIA DOBOS ION DOBOS ILEANA DOBRE PETRE EMILIAN DOGARU ANTONIU WALTER DOGENDORF ESTERA DOLCOS MOISES BENIAMIN DOLCOS PETRE DON MARIO KAREL PAULA DONDERS JANE DORAN AVRAM DORGO DANUT DORGO NASTASIA DORGO ADELA DOROBAT ANABELA DOS REIS ALVES DE ALMEIDA VICTORIA DI NAPOLI ZEMSKOVA RINO DI PERNA BOGDAN DIACONU IDENTIFICADOR 06/08/2007 660301034 17/02/2005 5219808278 13400176P 102905835 970913Z 28/12/2002 4274826421 5716041077 5716246861 X02651889N X00280287D 18/10/1974 264074 09704309 09338882 09338883 319486510 5316578164 08281231 09031183 12009597 12009646 09399442 07744308 07554896 AA9804576 13417452 702828209P AG3146855 28/07/2006 303962678 540187441 021300136 301958216 540187439 319335851 10156290 50930777 8924662089 50233147M 87940271P 87940264F 56300246L 17415858A B.O.P. de Almería IDENTIFICADOR 04RE44000 D8907349 D8907348 04RE32401 KT325016 219213 00967338H 24/04/2006 AC3237106 010869104934 NE0761577 900796P 14423731Q H679032 X00847518Z 27/08/1992 12882494 06610375 11375960 4241113295 01/12/2006 06941052 06941052 06941052 06941050 07222605 08207534 07131012 16/10/2006 X06162029F 06901403 07694127 06940609 21/11/2006 11/12/2007 07750437 070002242907 108835814 06075262 06075280 09187793 11504640 J401620 22/08/2002 0076351 07223868-M1 4334/13 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR E D I C T O Doña Francisca Candelaria Toresano Moreno, Concejal Delegada de Administración de la Ciudad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) HACE SABER: Dando cumplimiento a lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, intentada la notificación al interesado o su representante legal, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se pone de Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 11 manifiesto mediante el presente edicto que se encuentra pendiente de notificar el siguiente acto administrativo en expediente de empadronamiento: Inicio de expedientes de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes referidos a las personas relacionadas en el anexo adjunto. En virtud de lo anterior, y de lo previsto en el art. 61 de la citada Ley, dispongo que cada interesado relacionado deberá comparecer en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes y en horario de oficina, en el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento sito en Plaza de la Constitución Nº 1, para conocimiento íntegro del mencionado acto y constancia del mismo. En caso de no comparecer en el plazo indicado, esta Alcaldía dispondrá, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento, su baja en este Padrón Municipal de Habitantes por inclusión indebida. Roquetas de Mar, 24 de mayo de 2013. LA CONCEJAL DELEGADA DE ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD, (B.O.P. Nº 119, de 23/06/2011), Francisca C. Toresano Moreno. ANEXO NOMBRE Y APELLIDOS FRANZ FERDINAND PAUL HOLZHUTER ANDREEA MARIA FICTUT ANDREI FLORIN FICTUT HERMAN EISEMBRAUN MOLLIE KATHLEEN REBE FALCONER MONICA IOANA HITICAS RUITER FANTOZZI ANTONIO ESTEBAN FANTOZZI PAULA BIANCA HERCHI IULIU CALIN HERCHI GHEORGHINA HERCHI BIANCA ASTRID FAUR ADRIAN DAN FARKAS ROSA FEDERICI GIORGEL HERGHELEGIU CHARLOTTE AUGUSTE JO HULSEMANN ROMICA HERGHELEGIU UWE GUNTER HANF RENATE BARBARA HANF RAMONA AYSCHA HANF EUSEBIU DOREL FECHETE MARUSYA ATANASOVA FILEVA KLAUS KARL EILINGHOFF CHRISTA CILLI EILINGHOFF ROXANA HRUSCA STEFANIE HAGEMANN FLORENTINA FAKO FRANCISCO FERREIRA EDUARDO ENRIQUE FIGUEROA DOINA FILIMON KEVIN HENDELMEIER ANNELIES HENSEL EMILIA ENACHE ISTVAN FAKO ALIN IOAN HALUTA FERNC HORVATH ANDREI AURELIAN FEKETE BRIAN BEN HOLT EILHELMINA HUMBERTIN HEUNEN EDWARD HUNTER MONIKA GERDA HINKFOTH HUBERT LUDWIG HILLENBRAND IDENTIFICADOR 5303658820 08680490-M1 26/09/2006 X00331246T 094517032 XB127299 A810816 A812292 11703963-M1 11703963-M2 11703963 09626441 12080181 X02967574E 09621586 1223078733 09702226 2092440944 2092331729 2092375101 07037178 357878665 5372634082 5372757804 07550596 03462074 E 06726901 H463691 AJ1098334 08862901 8968037317 5649313148 08964303 06456355 09011552 ZF986531 03/03/2008 X03374594B 0076352 450459130 X03135036K 917814089 NOMBRE Y APELLIDOS DANIEL ESTEBAN FERREIRA CENTENO BERNHARDINE HETTKAMP KATRIN HEINE PETER ALAN HEAL PATRICK HARBECK HILDEGARD ERNA HARBECK ELSA MARIA HADDAD MICAELA FIGUEROA CARLOPIO TORSTEN EIKE ECKARDT JOSE MARIA FERREIRA MARQUES NIKI FALLOWS EMMA LOUISE FALLOWS NICHOLAS PAUL ELLIS MANUELA EL QUADAA HILDA SIGRID HOFWEBER MONIKA ANNA HOCH GAVRIL HINTEA FLORIN SILVIU HATEGAN TABEL HEINZ VASILIOS HALKALIS NADEZHDA FERNANDEZ SANCHEZ VICTOR JUAN FERNANDEZ SANCHEZ WINFRIED GEORG FAUSER ALINA GEORGETA FERARU GERRY PETER HOFKEN JOHN PETER SAMUEL HOOLEY PASCALE F. L. R. HUBERMPONT STEPHEN ALFRED HOLDEN FLOARE HOROBA IONUT AURELIANO HETES PETRA SABRINA HEROLD STEFAN HECSKO ANNA HADLESON JEAN PIERRE HACOUR DANIEL IONUT EREMIE MIHAELA EREMIE ALEXANDRE FAUSTINO SOARES LARISA ALEKSANDROVA HOLADNAYA JUAN THOMAS HIJNBERG NICOLAAS MARIA HESSING DANIEL CONSTANTIN HERMENIUC TIBERIU HERCHI PATRICE LUCIEN REMY HARDY CADE JOHN ALAN HARBER IDENTIFICADOR 902017U 5154495535 7790189405 704293929 1213275461 1206049987 6643266308 02/11/2006 X00580143Z 10681317 105628609 105640078 039276580 78432381L 8000952253 5144244167 06355032 06557859 X02418951H N639891 0004269 0004267 5204631720 08251125 5020343447 025861778 X02965450Z 200663618 09398227 13/07/2007 4451165729 08964730 X02006669B EF085747 20/05/2007 09398501 J382712 327268995 X00740202Q X07430749R 10196029 04528821 990436202234 3038777810 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 12 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 NOMBRE Y APELLIDOS ALEKSANDRA GRAZYNA HARAHUC RENATE ESTHER JULIAN HAGER DIRK HAGER RAYMOND JOHN FARRANT LYN FARRANT ANABELA FERREIRA GALAPITO RAUL MIGUEL FERNANDES DE MOURA LLESELOTTE EPDING CORNELIA URSULA EHRENBERG ROBBERT JAN HUISMAN JAN ROELOF HUISMAN MARIA DANIELA HOHA LAURENTIU NICULITA HOHA BENJAMIN GHINUT HOHA NOMBRE Y APELLIDOS NARCIS DANIEL HOHA PETER JOHN RODNEY HODDER FLORENCE KATHLEEN HODDER BASTIAAN OELOF JAN HISMAN TITUS HERAS DANIEL PIOTR MAGDALENA HELENA HARAHUC ALEJANDRA MARIA FESNIC BETTINA HORVATH FERENC MIHALY HORVATH FERENCNE HORVATH CORNELIA HOLBURA ROY HALKYARD GEORGIANA ANCA HABLIUC IDENTIFICADOR AJ5227328 53651650D 53657801M X08957437H 203314278 10604257 11324670 X00037271B 5135687713 26/03/1992 X02105668H 05411422 05411422-M1 05411422-M2 B.O.P. de Almería IDENTIFICADOR 05411422-M3 028181914 028181913 16/12/1988 09429884 AM5178452 AS6121721 28/09/2007 ZB389373 ZH299999 ZB206841 13027255 026036281 10468579-M1 4335/13 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR E D I C T O Doña Francisca Candelaria Toresano Moreno, Concejal Delegada de Administración de la Ciudad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería) HACE SABER: Dando cumplimiento a lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, intentada la notificación al interesado o su representante legal, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a este Ayuntamiento, se pone de manifiesto mediante el presente edicto que se encuentra pendiente de notificar el siguiente acto administrativo en expediente de empadronamiento: Inicio de expedientes de baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes referidos a las personas relacionadas en el anexo adjunto. En virtud de lo anterior, y de lo previsto en el art. 61 de la citada Ley, dispongo que cada interesado relacionado deberá comparecer en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, de lunes a viernes y en horario de oficina, en el Negociado de Estadística de este Ayuntamiento sito en Plaza de la Constitución Nº 1, para conocimiento íntegro del mencionado acto y constancia del mismo. En caso de no comparecer en el plazo indicado, esta Alcaldía dispondrá, previo informe favorable del Consejo de Empadronamiento, su baja en este Padrón Municipal de Habitantes por inclusión indebida. Roquetas de Mar, 27 de mayo de 2013. LA CONCEJAL DELEGADA DE ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD, (B.O.P. Nº 119, de 23/06/2011), Francisca C. Toresano Moreno. A N E X O NOMBRE Y APELLIDOS FLOAREA SILVIA CALUGAR VASILE CALUGAR MIHAI IOAN COVACI CAPATA LUCRETIA CAPATA GIORGIO CROBU ANDREEA MARIANA COSTE IOAN CHEREJA COLIN JOHN COWEN PATRICIA IRENE COWEN ADRIANA GABRIELA CIRCU LORENA DORINA CIRCU ANDRES JUAN CASTAGNA VASILE CAPATA IOAN CALUS LUIS MARIO CALINI IDENTIFICADOR 08475788 08475138 13579151 06356887 AJ1426686 10872282 09593813 303948280 303948267 13351988 13351987 A976135 06353418 05323657 23/08/2006 NOMBRE Y APELLIDOS CARLOS CORDON RUIZ ANDREEA CIOBANU LIVINIA MARCELA CORNEA WILLIAN JANES COSTIGAN MIRU EMIL CIMPEAN PETRA ALBANI HEINZ WALTER BENDIG MARIANNE BAUMGARTEN ION COVACI WILLIAM FREDERICK COLLIN DORIS EMILY ALICE COLLIN JULIO CESAR COLACCI MANUEL CURRI FREDA FLORENCE CURTIS ANNA MARIA CZERWINSKA JOHN KENNETH CROFT GHEORGHE CRETU IDENTIFICADOR 00024395S 09248376 10373995-M1 205811999 10041125 88670154R 62186003J 50921860Y 09398300 039273619 035878933 204112Z 12/01/1999 14587214Q BM0020466 455568323 07370189 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería NOMBRE Y APELLIDOS FLORINITA CLAPA EDUARDO CRITIAN CIRA MAIER RAFILA CIOCAN MARIAN CIOBANICA JESUS LEANDRO CASTRO RODRIGUEZ MARIA AUGUSTE CASTRO DUMITRU ADRIAN CASTARGIU IOAN CALIN CRISTINA VIORICA CALIN GABRIELA EUGENIA CALATOAIE ELENA CALATOAIE EMMA MARIA CUTLAC MARTA CUPAL JOSE FERNANDO CUNHA LEITA GERHARD PAUL HEINZ CORDS DANIEL COPCEAC PETRE COCOS PAUL ANDREW CLIFFE ALEXANDRU CIFOR GHEORGHE CHIVU ECATERINA CHIVU MARIUS CHELARU FLOAREA ELENA CAPATA PALAGI VIOLETA FLORENTINA CANDALE MICHAEL PATRICK CAMBERLAIN MOISE CAMARA GAVRIL CALINI IASMINA CRISTINA CALBAU EMANUELA ROMELIA CALBAU FABIO CURRI MAYA ARYANA COCOS STEFAN DANIEL CIUTA LIVIA ADELA CIOLOBOC ANA CIOBAN GEORGI HRISTOV CHILEV ROSICA KOSTADINOVA CHILEVA JONATAN CHIRILA MARIE PIERRE CHEVAT ALEXANDRU DANIEL CAITA IONELA MONICA CURAC IONUT CUCU MARIA CRACIUN DUMITRU CRACIUN FLORIN CRACIUN SARA BIANCA COSTEA REBECA ALINA COSTEA GEOFFREY CLARK PHILIP STUART CARR ALEXANDRU CALVET Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 NOMBRE Y APELLIDOS ELISABETH ASCHMONEIT ILSE BURGEMEISTER WALTER ANTON JOSEF BURGEMEISTER DOMNITA MATROANA CONSTANTIN DUMITRU CONSTANTIN DANIEL CALUS MARINELA ALEXANDRA CALUS CLAUDIU RADU CATANA DENISA ADRIANA CATANA ANA CATINEAN NICULAIE MARCEL CHARCHACI RONALD JOHN CLARK PAULINE VIVIAN CLARK ONISOR VIOREL CRETU CARLOTA LAURA CROBU DARIA IOANA CORNEA CLAUDIU DAVID CHITAC ANA CIOCAN ALEXANDRU BENYAMIN CHITAN ANCUTA MARIA CHIDESA CHEORGHE CICEDEA CRISTIAN GEORGE COSTIANU GRIGORE SORIN COSTIN DUMITRU CALUS ANAMARIA CHELEMEN ELENA VESELINOVA CHETINEVA ANGELICA VIORICA COMAN WILLIAM JAMES CONNOR LIVIUT GRIGORE CORCI BERNARD CLAUDE CORDON SANDRA DAWN COLEMAN MICHAEL CHRISTOPHER COLEMAN JONUT MARIN COMAN DANUT VIOREL CONEA ALEXANDRU CHIRU AUGUSTIN CHIS MARIA MARGARETA CILIAN GEORGIANA CARMEN CILIAN OANA MADALINA CILIAN NECULAI CIOBOTA IOANA MARIA CIRJA MONICA CIUPERCA IONATAN DANIEL COZAN REBECA MAGDALENA COZAZ GRIGORE CUCURA DANIEL EMANUEL CAPATA PAVEL SAMUEL CAPATA RAZVAN CHIRITA JAMES CONNELL IDENTIFICADOR X06785320K 23/12/2007 06356885 07258696 5164063641 5164063869 10697768 08119980 09511149 12866409-M1 12866409 10490043-M1 AF8605831 100772775 5117177591 09/10/2007 08958689 X02887676A 08861588 13498814 13498815 11386800 11/09/2005 09184953 024267463 04EH10866 06726632 12160189-M1 12160189 F326225 14/11/2006 05723948 22/06/2006 12504890 316700114 300930914 20/09/2007 X00551512H 07818949-M1 24/10/2007 12122327 12280302 12280303 06163428 12163788 12163787 X01530507H 03697295 09189269 Pág. 13 IDENTIFICADOR 57681467H 12330219P 12330421P 09184199 09184198 08169941 25/03/2005 07270830 06647116 10911214 07472500 022439577 037165817 12121754 09/04/1991 10373995-M2 18/01/2004 07954381 29/04/2003 10976667 11303977 06332872 08863483 05387236 06357665 338042621 12836486 5230696 11887229 00057331S X01211016C X01210941Z 22/02/2007 08477833 06353738 05324011 07956191 07956191-M1 07956191-M2 XR272478 07272187-M1 25/01/2008 04/09/2005 18/03/2008 05323796 08/05/2002 07/10/2004 07651851 104337903 4336/13 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR E D I C T O Doña Francisca Candelaria Toresano Moreno, Concejal Delegada de Administración de la Ciudad del Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería), con fecha 17/05/2013, ha dictado la siguiente Resolución: Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 14 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y en relación con lo estipulado en el artículo 16 y siguientes de la referida Ley 7/1985, y al objeto de dar cumplimiento de lo estipulado en la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, relativa a la las inscripciones padronales de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente y de la Resolución de 28 de abril de 2005, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Local, en la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovadas cada dos años. Y dado que el transcurso del plazo señalado será causa de acordar la caducidad de la inscripción, siempre que el interesado no hubiese procedido a la renovación, vengo a Resolver lo que sigue: Primero.- Declarar la caducidad de las inscripciones padronales de las personas relacionadas en el anexo I. Segundo.- Acordar la baja de las mismas, siendo la fecha de baja la de la notificación al interesado o, en su defecto, la fecha de la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Tercero.- Notifíquese esta resolución al interesado, haciéndole saber que frente a dicha resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente resolución, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo. Todo ello sin perjuicio de formular cualquier otro que estime procedente. Roquetas de Mar, 17 de mayo de 2013. LA CONCEJAL DELEGADA DE ADMINISTRACIÓN DE LA CIUDAD, (B.O.P. Nº 119, de 23/06/2011), Francisca C. Toresano Moreno. ANEXO I NOMBRE Y APELLIDOS DENIS LUKANOVYCH ATIKA LARHIRIBI ABDEL MALEK LOUNISSI ABDELALI LOUBARI BAHIJA LAAROUSSI ABDELKADER LEHDOUDI ABDELKADER LAKHAL ABDELKRIM LIEZNASNI ABDELLATIF LACH-HEB BENACHIR LAAOUJ ELIMANE LO FATIHA LAHLOULI FATIHA LAHLOULI HAMID LHIMER CHUNHE LIN BRAHIM LAMSAK LILIANA DEL VALLE LEON JAOUAD LOURIZ IMAD LAHMAR JOHN LARBI MASSAER LOUM HAMID LEMGANI RYAHI LGOUN MOHA LAMKHYER THAMI LABIDI NASSIM LOUDYI PRECIOUS LATO QINGKA LIN RACHID LAKHAL REDOUANE LAARICH SANGHARE LADJI OUNNAS LARBI OUSMANE LENE SARRA LIEZNASNI VLADISLAV LYSENKO NOMBRE Y APELLIDOS IDENTIFICADOR/FNAC 14/09/2005 T369642 X07785624D U469986 Y00272735S U951162 X09640821A R432879 U892458 Y01766320A 10595205 U792816 U792816 X08937318R X06825963T Y01515745J Y00540195P Y01694712V X184926 H2214498 A00693626 ZY1641739 X184878 W159447 X07268525L T411348 A4054524 X05823203V U631550 BF1305904 Y00674402X XU7058639 A00294638 T854926 Y00524946P JULIANA BARBARA LEVANO MORALES YEVGEN LUKANOVYCH MYRIAN ALEJANDRA LEVITAN HERNANDEZ ABDEL MALEK LOUNISSI ABDELALI LOUBARI ABDELKRIM LIEZNASNI ELIMANE LO HAMID LHIMER CHUNHE LIN DENIS LUKANOVYCH JAOUAD LOURIZ MASSAER LOUM RYAHI LGOUN NASSIM LOUDYI QINGKA LIN SARRA LIEZNASNI YEVGEN LUKANOVYCH VLADISLAV LYSENKO ARISTOTELES ANTONIO MENDES ASSANE MENDY CARLOS MENDES FAMARA MINTEH FANE MODIBO FETTAH MOUKRANE FODE MINTE DJIBI MENDES COULIBALY MOUSSA LAMINE BESENTY MENDY BILAL MENNAH EMMANUEL MENSAH LIUDMILA MILONCHIKOVA JEAN MENDY IMERDEL MAOULAY MHAMED MAR MINGUE JONIGNA ELLA E MENDY KAMAL MOULAI MICHAEL OPOKU MENSAH IDENTIFICADOR/FNAC X08854654E X07778293S X09270878S X07785624D U469986 R432879 10595205 X08937318R X06825963T 14/09/2005 Y01694712V A00693626 X184878 T411348 X05823203V T854926 X07778293S Y00524946P 27/08/2010 A00227746 CA0059962 PC157351 06LF69439 Y01543525D X07939179Q CA0024429 M0411058 PC246730 Y00135243V H1425418 704063369 A00039985 X06796217Q A00086525 X07505081C 7157664 X03985803H Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería NOMBRE Y APELLIDOS LOURENCO MENDES ISAAC MENSAH LEKNOUZ MHAMDI HOUCINE MOUSSAOUI SAID MESSOUDI MOHAMMED MEZIANI THAMI MOUGHAR NAJIM MEROUANI SOUMIA MIKIR ER EL AMRAOUI VALERIA MISKO SY MODY NOUREDDINE MOUHETTA NOURHENE MOHSNI SALAH MOUHAMMADI OSMANU MORO OULD SIDI MIH MOHAMED MOJAHID MOHAMED MERDA YANKUBA MINTEH IRMA ROSARIO MENDEZ REYNOLDS ALVARO RODRIGO MUÑOZ ECHEVERRIA ROMY MARIBEL MENDOZA ESCOBAR VERONICA LOURDES MONTEAVARO MAICOL STIVEN MUÑOZ GRISALES AGATHA MOISEEVA KUZNETSOVA ALEXEY KUZNECHIKOV AHMED KONSOGO ALY MAMADOU KORERA AMADOU KANE AMADOU KRUBALLY ANNA KANE BADR KBIRATE ANDREY KUZMISHCHEV ABDERRAHMANI KONATY ABDOU KAO ELENA KHAYLOVA FADOUA KANOUTE GALINA KUTYRKINA HAGIE KANTEH DIADIE KONOUTE DIANGO KEITA DIANGUINA KEITA FRANCOIS KOUAKOU DRISSA KANTE BOUSSELHAM KHOUMA BORA KOTE BOUBAKAR KEITA MADY KEITA MAHAMADOU KEITA IDRISSA KEFING KANTE MAHAMADOU KANTE MAKAN KEITA MAKANDAN KEITA IBRAHIMA KONTE JIAN KE MAMADOU KONTEH MAMADOU KEITA KACEM KHILA MARIA KHARITONOVA Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 IDENTIFICADOR/FNAC X08469041G H0799242 Y01826369E X09726370S U892212 W782435 W865315 Y01997915B X09837685X Y00210639L M0394413 X08097983M X09067067F Y01896290T Y00978025X M0375127 U781370 Y01621693T PC270735 3068550 Y01585853V X03323337K Y00591113G X07785572A 16/12/2009 51N4772355 X07432254B M0396644 10653898 PC196739 03/04/2007 N588720 703282837 M0460260 A00184860 Y02046764P Y00472907H 63N7807641 PC190215 M0354801 X07259087B B0081368 07LF87712 B0099400 Y01708752G A00171531 Y00484796Q B0190984 Y01353368Q X03607627P B0004579 X07096038D X06101586P Y00541752R X08158235C PC267110 Y00599328P Y01491970C Y01977171J NOMBRE Y APELLIDOS MASAINEY KONTEH MAXIN KUZNECHIKOV KWABENA KOOSONO MAMADOU KEITA KWASI KYERE LAILA KOUTARI LAMINE KA HAROUNA KEITA LEUZA KHAZEEVA SEKOU KEITA PAUL KYEI SEYDOU KEITA SIDI GUEDIO KONATE MOUSSA KABORE MUSA KONTEH TATIANA KABANOVA TATIANA KOROBEYNIKOVA TAYEB KARFAH N’TJI KEITA SIOULE KEITA NAJIB KADRI PRINCELAR KODOM SOULEYMANE KONARE RACHID KHAMRICH RAHMA KASSAS RAHMA KOUDA SVETLANA KOLESNIKOVA OLEG KONCHAEV RICHARD KONADU SALIF KEITA SALOU MANSSO KONATE MOHAMED KHATTAB YAMADOU KEITA YAYA KRAMO ZOUHIR KADDOURI VICTOR KOFFI BEN OWUSU ANSAH COMFORT OWUSU MHAMED OBBADA HAMIDOU OUEDRAOGO SAID OUJJHAYEN MOHFOUD EL GHADAFI OULD BRAHIA TOBIAS MBA OPARA RACHID OUCHIKH NOMWENDE MAXIM OUEDRAOGO SAMUEL OWUSU AMADOU NDONGO ANTONINA NOZDRYUKHINA ABABACAR SADIKH NDIAYE ABDELJABAR NKHIRI ABDELKRIM NADIRI ABDERRAHMAN NUINI ADAMA NDIAYE ALENA NIKOLSKAYA ESSA NDIAYE ELHADJI NDONG FAISAL NADEEM CHEIKH OUMAR NDIAYE CHEIKH NDIAYE Pág. 15 IDENTIFICADOR/FNAC X09302635D 22/04/2010 H2167196 Y01123479N H2184539 Y01745706C A00171215 B0107569 63N1276470 B0130786 X09850754S Y01590660V M0403998 Y01582784F PC133288 51N3262648 X07642488W X08772051N B0021037 A1459749 W229072 Y01346010H B0165651 X184821 X09663820W X09453155V 63N8421707 X09547834M H2370577 Y00484785M M0389898 W139898 B0236072 H2472277 X09641210R H2179834 H2566747 H0976796 U882719 A1462662 QP7939795 M0397267 X06901259V Y01719901K Y01333684C H1663281 M0423434 X07196639P A00006043 W087283 W088101 Y00300664E Y01094163K 63N5603685 A00363581 A00462090 KG981807 M0421173 X07952585J Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 16 NOMBRE Y APELLIDOS DEMBA HAMADI NDIAYE DIAFARA NIMAGA FOULE N’DIAYE DJIBRIL NOMOKO ECHEZONA ISAIAH NZOMINI EMMANUEL KWABENA NKETIAH MALANG NIOKE MAMADOU NIANG JEAN LATYR NDIONE JIMI NTADZE MARINA NAMIK JULIO MANUEL NANJAN KWAME NYANTE HICHAN NASRI MACELLENWU CHINEDU NDODIM SEBASTIAN MATIAS NARANJO SERIGNE MALICK NDIAYE SEYDINA O B KHATAB NDIAYE MOHAMMED NABATE MOHAMMED NEJJARI NADEZDA NAZAROVA NATALIA NIKONOVA SOULEIMANE BAKARY NDIAYE QASAR NADEEM RACHID NAJMI RACHID NAKHLI VALERIYA NIKOLAYEVA ROBERT KWADWO NSOWAA SANGOUYE NDAO BERNARDO NALMA PEREIRA ALI MALIK MOHAMMAD ARTEM MAROCHKIN ATIF MEHMOOD BABLE MAGASSA BACARI MANE ABDELILAH MAATA ABDELKBIR MELJOUM ABDELKADER MAHIEDDINE BENZIANE ALEXANDER MATROSOV HAKIM MANSOURI HAMID MANDOUR FERNANDO IARO MANESSIM BOURAMA MANE BOUBOU MBAYE EL BRAIKI MALLAKI BRAHIM MAMMAS ENSA MANE IBRAHIMA MANE MAMADOU MANGA KANE MATAR KATERYNA MARCHAK MATARR MARONG LAMINE MAGASSA IRINA MELNICHUK LAMINE MANE LARISA MELNIKOVA HASSAN MAHI TATIANA MATROSOVA NAIBI SARA MACHADO Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 IDENTIFICADOR/FNAC M0400535 X07592802L M0347564 X07675923H A00898348 Y02202158Z A00314918 Y01304003D A00046559 X09414905Q X07548997Y EA0001489 H1961639 U241470 X03963283S X06474214J A00583376 A00583704 X07645686A Y00702916G Y00557455H Y01157453S M0397392 X06877657J M766795 R996829 X07805893S Y00397137X A00254189 EA0001232 Y01047678L 704496617 CD0154472 B0307690 CA0108398 Y01366536M A006933 02689050 63N9854657 Y01569243J Y01649545E CA0014219 A00391993 A00305565 T735053 Y01806327J CA0100741 A00039662 Y01715429B Y02161348Y X08564673W PC211419 X09848023K Y01179977E A00510801 Y01172073F W283236 63N9854658 39663426N NOMBRE Y APELLIDOS NAMA MAGASSA TOMBOM MANE ULIANA MATUSHKINA SALAH MALLAK SAMBA MOUSTAPHA MBARKE SAMIR MAGUELLA MOHA BEN JILLALI MAALOUM MISAEL MELENDEZ MARTINEZ MARIA NIEVES MAQUINA MBA MIAGA YAMINA MAHLA MARIA BERNARDA MANGUE OCHAGA VERCINA MARQUES DA COSTA GENESIS VANESSA MC LAGHILN SALAZAR IRIS KATHERIN MC LAGHILN SALAZAR KRITS DAYANA MC LAGHILN SALAZAR MICHAEL DYLAN MC LAGHILN ALFONSO MENDES AHMED MOUH BOUHJAR HABSAOUI AICHA HAFTALAOUI FATIMA HAJI FELIX HAMBAS ABBAS HAMMOU HAMED RAOUI HAMOUD AMAL HARRAMI ABDELLAH HAYAH BENNET YAO HETOH BOUSSELHAM HMIMOU HAMID HOUARI AHMED HOUCHAMI KARAMORING HYDARA JOSANY IARA DA SILVA DANTAS GRACE IBE DONATUS AMOBI IBEH SAID IBNELFAQYH EKI IDAHOSA FAVOUR IDAHOSA BOUAZZA IDRIR JULIET IGBAGBON IBTISSAM INOUSS IMANE INOUSS ABDULLAH ISSAH DIANA IVANOVA ELIZABETH IYEKEKPOLOR LAHFID IZDOUZEN SAID HAMMOUDY MOKHTAR HARARA SOULEYMANE HAIDARA MUTAWAKIL HALID NADIF HAMDOUN RADOUAN HADDOUDI SALAH IDDIK SALIFU IDDRISSU PRECIOUS IDAHOSA MIRTA DEL CARMEN HEREDIA MILOUD HABSAOUI MINA HAIDAK MOHAMED ICHAOUI MOHAMED HAOUAT B.O.P. de Almería IDENTIFICADOR/FNAC Y02251519V Y01510211E X09396846N QP5619156 M0418384 6134773 Y01573118R G05123117 G0067867E X09452506N X08659583Z CS679300 X07487033G X07487066Z X07486969D X07486940A Y00277501C W662228 X05256351T P944591 XR4916895 H2250621 W139872 M0431806 X08163237P T437383 H2176762 Y01384994V X09447648F W139804 PC197694 CW258524 A02189486 A00327351 Y01534514Z A2285897 A0744397 U423000 A02614994 X08011321F X08011231D H1936538 X04616068Z X05192247C U753041 X09776185N U160594 R0098880 H2015312 W087330 T711534 X03955434D H0838721 A00897282 X03115264Y X09091500Z X09116364S X09099386B Y01570452A Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería NOMBRE Y APELLIDOS Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 IDENTIFICADOR/FNAC MOHAMMED HADLACH WISDOM IYARE IDAHOSA XUE HE YASINE ICHAOUI SANDRO ALEJANDRO HUAMAN KARINA MILAGRO IPARRAGUIRRE GUTIERREZ JHONATAN STIVEN HOFFMAN TRUJILLO AHMED JBILOU ARFANG JARJU ABDENBI JBILOU ABDERRAHIM JAMIL BEAUTY JOHN YOSI JIANG YOU ABDESLAM JEGHAIDI ABDESLAM JARI ABDOU JAMMEH ALAGIE JABBIE ADAM JOHN ADEL JOUD FATIHA JEADAOUI GUOLI JIANG EL KHALIL JOUKH IBRAHIM FESAY JAHAJA ALI SHUMAILA JAVED NOUREDDINE JAATE MOHAMED JORF MOHAMED JRAMNA AHMED HOUCHAMI AICHA HAFTALAOUI AMAL HARRAMI ABBAS HAMMOU ABDELLAH HAYAH BENNET YAO HETOH FATIMA HAJI FELIX HAMBAS HAMED RAOUI HAMOUD BOUHJAR HABSAOUI BOUSSELHAM HMIMOU KARAMORING HYDARA HAMID HOUARI SAID HAMMOUDY MOKHTAR HARARA MUTAWAKIL HALID NADIF HAMDOUN SOULEYMANE HAIDARA RADOUAN HADDOUDI MIRTA DEL CARMEN HEREDIA MILOUD HABSAOUI MINA HAIDAK MOHAMED HAOUAT MOHAMMED HADLACH XUE HE SANDRO ALEJANDRO HUAMAN ALVARO JHONATAN STIVEN HOFFMAN SALAH IDDIK SALIFU IDDRISSU MOHAMED ICHAOUI WISDOM IYARE IDAHOSA YASINE ICHAOUI U892326 A3334770A G20210457 14/03/2010 X08559210J X07908157K X08573309J W273440 PC280606 W229056 YN5093585 A01536304 19/11/2010 W159464 Y01911436N PC149402 PC155542 A01997488 N706293 X247572 151320179 X07305925K H2280913 X08155108K T684580 X185134 W273477 W139804 P944591 X08163237P W139872 T437383 H2176762 XR4916895 H2250621 M0431806 X05256351T Y01384994V PC197694 X09447648F X09776185N U160594 H2015312 W087330 R0098880 T711534 X03115264Y X09091500Z X09116364S Y01570452A U892326 G20210457 X08559210J X08573309J X03955434D H0838721 X09099386B A3334770A 14/03/2010 NOMBRE Y APELLIDOS Pág. 17 IDENTIFICADOR/FNAC KARINA MILAGRO IPARRAGUIRRE GUTIERREZ ABDULLAH ISSAH FAVOUR IDAHOSA DIANA IVANOVA DONATUS AMOBI IBEH GRACE IBE ELIXABETH IYEKEKPOLOR BOUAZZA IDRIR EKI IDAHOSA IBTISSAM INOUSS IMANE INOUSS JOSANY IARA DA SILVA DANTAS JULIET IGBAGBON LAHFID IZDOUZEN SAID IBNELFAQYH PRECIOUS IDAHOSA EL HADJI MALICK PAM MANUEL RAFAEL PORTELA MARIA EMILIA PERALBO KAUWEL NINA PANDIM SABRINA LAURA PEREIRA TATIANA PARAMONOVA NATALIA PYRKOVA NATALIA PODOLSKAYA AYELEN TAMARA POBLETE PEREZ DAYANA SOLEDAD POBLETE PEREZ ROSANGELA PERES RODRIGUES EXNER FOUAD ROUISSOU KARIM REBANI KHLIFA QIBOU LEONETE RICIERI SAIDA RASSIB NADIA RHERBAL RACHID RAJA MOHAMED RACHAD ARONA THIARE ABDELKARIM TAKI ABDOULAYE TIAM DIANKARIDIA TRAORE MAIMOUNA TOURE MAMADOU THIAW JESSE LYMAN TUCKER MOHAMMED SHBIROW SOULEYMANE HAROUNA SIBY NOUMO SEYDI MODIBO SISSOKO YELLY HAROUNE SIBY YOUSSOUF SIDIBE HILDA SIMOES RICIERI ABDOULAYE SOW CHEIKHOU HAMADI SOKHNA DIAGOUROU BAKARY SOKHONA DJADIE SOUKHONA IBRAHIM SUMA KABIROU SYLLA KADIDIATOU SOUMARE LAMIN SOWAREH MOUSSA SYLLA SERGEY STETSIN X07908157K H1936538 A0744397 X04616068Z A00327351 A02189486 X05192247C U423000 A2285897 X08011321F X08011231D CW258524 A02614994 U753041 Y01534514Z A00897282 10616524 23325134N X06842968P 31/12/2009 X07555858J Y02224018R Y00671659G 51NN4466238 41641514N 44126544N CZ614074 Y01779433Y Y00202607Z X08831304V X07430457P X06878323N 28/12/2009 X09453333B W159206 A00169598 N427477 Y02453783L Y01256015E B0183545 A00269271 711136842 H2371093 M0457154 A00462144 B0268452 M0361858 B0245218 FA009802 10568127 M0420928 M0401068 M0362530 O258478 Y00913720J X07964640Q PC140355 A00363764 63N5320354 Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 18 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 NOMBRE Y APELLIDOS IDENTIFICADOR/FNAC MOUSSA SOUMAILA VALENTINA STROKOVA MOHAMEDY SIDI SOKHONA OUSMANE SYLLA MOHAMED SOKHONA MAMADOU TRAORE YESENIA GIGLIOLA ROJAS JUAN MANUEL RUANO OCHOA YESSENIA GIGLIOLA ROJAS OTAIZA PAULA ANDREA RENDON SARMIENTO GLADYS GRISEL REYES GARCIA SANDRA MILENA REGINO LANCE ALIOU SARR ANSOU SARR ANSOU SAGNIANG ALAM SABA ABDOURAHAMANE SANGARE CARLOS JONATHAN SALAZAR FATIMA ZAHRA SAIMOUR DJIBRIL SARR BOUBAKARY SAKO MAGUETTE BIRAMA SAMBE MAMADOU SARR MAMADOU SALIOU SARR MAMADOU LAMINE SARR KANTALI SANYANG KEMO SARR KHALIFA SAGNA LASSANA SARAMBOUNOU MADALA SACKO SAIBOU SANGARE MOUSTAPHA SARR MUSTAPHA SALHI NATALIA SADOVIKOVA TOUBABO SADIO TALLA SAMB NOUREDINE SAAIDI MOHAMED SAGHIR OUSMANE SADIO EDLA SANTANA DA SILVA AMADOU SENGOR BABACAR SENE GALINA SELEZNEVA BOUJAMAA SLITIA NOMBRE Y APELLIDOS 07PC54807 63N5690009 M0330023 Y01677934Y Y00032738T A00446680 38416659N X00992050Z 12902015-6 X05291517E Y01158938M X07849066V 10563019 A00444138 Y01229952H X09265510Y R0234855 X08777490T 26/12/2002 Y01121483V B0087137 A00355991 A00510511 10540190 A00294004 PC212315 Y01568012R A00693960 B0164690 Y00713724W B0211764 A00444113 T054490 63N8857727 10601108 A00254076 Y01676655S W782225 Y01629936D CZ415673 10639717 Y01622008Q 51N4244593 U882748 BRAHIM SISSOUANE MADOU SEY MAHANSOU SEYDI ILYA SHCHEHLIK ISSA SIDIBE PAMELA VERONICA SOSA PAPE SYLLA YAYA SOUMARE MARIA ELENA SOUZA DE OLIVEIRA DRISSA ZAMPOU DYLAN PORTER WHITLEY CADE TAYLOR WHITLEY DRISS ZIOUNA LAMIN TOURAY ISMAILA THIANE SEYDOU TOURE SOULEYMANE LANSSANA TRAORE SECO TURE PEREIRA CLAUDIO ANDRES TAPIA GRANDON ABDALLAH ZIOUANA ABDENBI ZOUINE FATIMA WALDI FEBIAN UWANGUE MAHAMADOU YATTABARE JIA BAO WU JINLAN YANG JUAN CARLOS VILA MARRIS UYI MARYNA ZARVALAVA MEGAN MC CANN WHITLEY LASSANA YATTABARE LI XIUMIN SAID ZAGHLI SILVIA ALEJANDRA VERON TIFFNE TAYLOR WHITLEY VALENTINA VAKHROMOVA SAMUEL UMEH XIAOYAN ZHANG YAHYA YASER ALEJANDRA YARCE ACOSTA ORIANA VALENTINA ZAMBRANO ALFONSO ZANKAKE ZOGBILA JUAN DAVID VILLAMIL GIRALDO JESSE UCHE WILSON IMUWAHEN B.O.P. de Almería IDENTIFICADOR/FNAC 08708355A PC061023 X09753591G X08303095A B0016582 X09307178K 10654898 X08539122G X02078823Z A1464384 X08702981B X08703024P U951046 PC164441 Y01300117X Y01578252Y M0400919 CA0104867 X07138424Y W139942 W273520 W139859 A2285897-M1 Y01309691Q 03/07/2010 147298936 27260342N A2436680 HB1891835 X08702949W Y00608570G G35II8860 X09793975T X07812450V X08533961H 63N2651687 A03189718 X08675106N Y01543131Y Y00111455B 11/11/2009 R0273854 X08572895J 31/12/2009 4354/13 AYUNTAMIENTO DE ROQUETAS DE MAR ANUNCIO DE ADJUDICACIÓN DE CONTRATO DE SUMINISTRO Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 20.05.13 se ha resuelto adjudicar definitivamente, por procedimiento negociado, el contrato n° 06/13 de suministro de equipamiento deportivo en las instalaciones municipales del Centro Deportivo Urbano “Juan González Fernández”, consistente en 25 bicicletas de ciclo indoor, a la mercantil EL CORTE INGLÉS S.A., con un presupuesto de adjudicación de veintiocho mil cuatrocientos sesenta y dos euros con cincuenta céntimos (28.462,50.-€) más IVA 21%, lo que hace un total de treinta y cuatro mil cuatrocientos treinta y nueve euros con sesenta y tres céntimos (34.439,63.-€). Lo que se hace público de acuerdo con lo establecido en el artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por RDLeg. 3/2011, de 14 de noviembre. En Roquetas de Mar, a 24 de mayo de 2013.- EL ALCALDE-PRESIDENTE, Gabriel Amat Ayllón. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 19 4301/13 AYUNTAMIENTO DE VELEFIQUE E D I C T O D. Rafael García Sola, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Velefique (Almería). HACE SABER: Que el Pleno de esta Corporación Municipal de mi presidencia, por acuerdo adoptado en fecha 24 de mayo de 2013, aprobó inicialmente el Presupuesto Municipal y bases de ejecución del mismo para el ejercicio de 2013 así como la plantilla de personal y el catálogo de puestos de trabajo que lo acompañan. De conformidad con lo establecido en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por plazo de QUINCE DÍAS, a efectos de presentación de reclamaciones y sugerencias por los interesados y por los motivos del número segundo del artículo 170, que serán resueltas por el Pleno de la Corporación, pudiendo ser consultado en la Secretaría Municipal. En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no se presentaran reclamaciones, el Presupuesto se entenderá definitivamente aprobado. En Velefique, a 28 de mayo de 2013. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Rafael García Sola. 4302/13 AYUNTAMIENTO DE VELEFIQUE E D I C T O D. Rafael García Sola, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Velefique (Almería) HACE SABER: Que no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna contra el acuerdo plenario de fecha de 1 de febrero de 2013, por el que se aprobaba inicialmente la Ordenanza Reguladora de la Tenencia de Animales domésticos, de Compañía y Potencialmente Peligrosos del Ayuntamiento de Velefique y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería nº 66 de 9 de abril de 2013, dicho acuerdo inicial queda elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y acuerdo plenario de referencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 citada, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, se publica el texto íntegro de la ordenanza aprobada, conforme al anexo al presente edicto, a efectos de su entrada en vigor. Velefique, a 27 de mayo de 2013. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Rafael García Sola. Contra el acuerdo de aprobación definitiva, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA TENENCIA DE ANIMALES DE COMPAÑÍA Y POTENCIALMENTE PELIGROSOS TÍTULO I. Disposiciones generales Artículo 1. Objeto El objeto de la presente Ordenanza es la regulación de la tenencia de animales domésticos, de compañía y potencialmente peligrosos por la concesión de una licencia que otorgara el Ayuntamiento en cumplimiento de lo establecido en la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección Animal, la Ley 50/1999, de 23 de noviembre, para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, y su Reglamento de desarrollo, por Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, así como el Decreto 42/2008, de 12 de febrero, por el que se regula la tenencia de animales potencialmente peligrosos en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la medida en que afecten a la salubridad, seguridad y tranquilidad ciudadana. Quedan excluidos de la aplicación de esta Ordenanza los perros y animales pertenecientes a las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas, Policía Local y empresas de seguridad con autorización oficial, tal y como dice la Ley 50/1999, de 23 de diciembre. Artículo 2. Ámbito de aplicación y competencias 1. La Ordenanza será de aplicación en todo el término municipal de Velefique, deberá ser cumplida por toda persona física o jurídica, que en virtud de cualquier título tenga bajo su custodia un animal. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 20 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 2. Son Órganos Municipales competentes en la materia regulada en esta Ordenanza Municipal, según se establezca en el articulado de la misma o por determinación en Normas complementarias de la misma: a) El Ayuntamiento Pleno. b) El Sr. Alcalde/sa del Ayuntamiento de Velefique u órgano corporativo en quién delegue expresamente. c) Cualquier otro Órgano de Gobierno Municipal, que por delegación expresa, genérica o especial del Excmo. Ayuntamiento Pleno o del Sr. Alcalde, actúe en el ámbito de aplicación de esta Ordenanza. Artículo 3. Definiciones a) Animales salvajes: Aquellos que viven en una condición básicamente de libertad, sin haber sido amansados ni domesticados, proveen su propia comida, abrigo y otras necesidades en un ambiente que sirva como un hábitat apropiado. b) Animales de compañía: Los albergados por seres humanos, generalmente en su hogar, principalmente destinados a su compañía, siendo éste el elemento esencial de su tenencia, sin ánimo de lucro o comercial, así como los de acompañamiento, conducción y ayuda de personas con disfunción visual. c) Animales potencialmente peligrosos: 1. Aquellos que, perteneciendo a la fauna salvaje, sean empleados como animales de compañía y, con independencia de su agresividad, se encuadren en especies o razas que tengan la capacidad de poner en peligro la vida o la integridad física de las personas, de otros animales o de provocar daños relevantes en los bienes: • Animales con antecedentes de agresiones o violencia. • Animales adiestrados en la defensa o ataque. 2. A los efectos previstos en el artículo 2.2 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, tendrán la consideración de perros potencialmente peligrosos: Los perros que pertenecen a estas razas o que están cruzados: a) Pit Bull Terrier. b) Staffordshire Bull Terrier. c) American Staffordshire Terrier. d) Rottweiler. e) Dogo Argentino. f) Fila Brasileiro. g) Tosa Inu. h) Akita Inu. 3. Los perros, salvo que se trate de perros-guía o de perros de asistencia acreditados y adiestrados en centros oficialmente reconocidos, conforme a la legislación autonómica o, en su caso, estatal, así como aquellos perros que se encuentren en fase de instrucción para adquirir esa condición, que reúnan todas o la mayoría de las características siguientes: a) Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia. b) Marcado carácter y gran valor. c) Pelo corto. d) Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 Kg. e) Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda. f) Cuello ancho, musculoso y corto. g) Pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculoso y corto. h) Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado. En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales. En los supuestos contemplados en el párrafo anterior, la potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la Autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la Autoridad competente autonómica o municipal. 4. Tendrán la consideración de animales salvajes peligrosos los pertenecientes a los siguientes grupos: a) Artrópodos, peces y anfibios: Todas las especies cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo para la integridad física o la salud de las personas. b) Reptiles: Todas las especies venenosas, los cocodrilos y los caimanes, y todas aquellas especies que en estado adulto alcancen o superen los dos kilogramos de peso. c) Mamíferos: Todos los primates, así como las especies salvajes que en estado adulto alcancen o superen los diez kilogramos de peso, salvo en el caso de las especies carnívoras cuyo límite estará en los cinco kilogramos. Artículo 4. Obligaciones Todo poseedor y propietario de un animal tiene, respecto del mismo, las siguientes obligaciones: Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 21 a) Mantenerlo en buenas condiciones higiénico-sanitarias, realizando cualquier tratamiento que se declare obligatorio y suministrándole la asistencia veterinaria que necesite. b) Proporcionarle un alojamiento adecuado según la raza o especie a la que pertenezca. c) Proporcionarles agua y alimentación suficientes para un buen estado de nutrición y salud. d) Cuidar y proteger al animal de las agresiones, situaciones de peligro, incomodidades y molestias que otras personas o animales les puedan ocasionar. e) Evitar las agresiones del animal a las personas o a otros animales, así como la producción de otro tipo de daños. f) Denunciar la pérdida del animal. g) Obtener las licencias, autorizaciones o permisos necesarios en cada caso. h) Efectuar la inscripción del animal en el registro que en cada caso corresponda. i) Los propietarios de los animales serán responsables de la suciedad derivada de las deposiciones fecales de estos, debiendo recoger los excrementos depositados en la vía pública o en las zonas y elementos comunes de los inmuebles. j) Evitarán asimismo las micciones en fachadas de edificios, sobre vehículo y/o mobiliario urbano. Artículo 5. Prohibiciones 1. Con independencia de las infracciones de tipo administrativo y penal recogidas en la legislación vigente, queda prohibido y da lugar a la incoación de expediente administrativo: a) Maltratar o agredir físicamente a los animales o someterlos a cualquier otra práctica que les irrogue sufrimientos o daños injustificados. b) El abandono de animales. c) Mantenerlos en lugares o instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesarios que exijan sus necesidades fisiológicas y etológicas, según raza o especie. d) Practicarles mutilaciones con fines exclusivamente estéticos o sin utilidad alguna salvo las practicadas por veterinarios en caso de necesidad. e) El sacrificio de los animales sin reunir las garantías previstas en esta Ley o en cualquier normativa de aplicación. f) Mantener permanentemente atados o encadenados a los animales, con las especificaciones y excepciones que se establezcan. g) Hacer donación de los animales con fines publicitarios o como premio, recompensa o regalo por otras adquisiciones de naturaleza distinta a la propia adquisición onerosa de animales. h) Utilizarlos en procedimientos de experimentación o destinarlos a los mismos sin el cumplimiento de las garantías establecidas en la normativa aplicable. i) Venderlos a menores de dieciséis años y a incapacitados sin la autorización de quien tenga la patria potestad, custodia o tutela de los mismos, de conformidad, en su caso, con la sentencia de incapacitación. j) Ejercer su venta ambulante fuera de los mercados o ferias autorizados para ello. k) Suministrarles sustancias que puedan causarles sufrimientos o daños innecesarios, así como cualquier tipo de sustancia no autorizada, aun cuando sea para aumentar el rendimiento en una competición. l) Manipular artificialmente a los animales con objeto de hacerlos atractivos como diversión o juguete para su venta. m) Utilizar animales vivos como blancos en atracciones feriales, concursos o competiciones. n) Obligar a trabajar a animales de menos de seis meses de edad, enfermos, desnutridos, fatigados, o a desempeñar trabajos en los que el esfuerzo exigido supere su capacidad. Lo anterior es aplicable a las hembras que estén preñadas. ñ) Emplear animales para adiestrar a otros animales en la pelea o el ataque. o) Emplear animales en exhibiciones, circos, publicidad, fiestas populares y otras actividades, si ello supone para el animal sufrimiento, dolor u objeto de tratamientos antinaturales. p) Mantener a los animales en recintos y lugares donde no puedan ser debidamente controlados y vigilados. q) Mantener animales en lugares donde ocasionen molestias evidentes a los vecinos. r) Venderlos a laboratorios o clínicas sin el cumplimiento de las garantías previstas en la normativa vigente. s) Ejercer la mendicidad valiéndose de ellos o imponerles la realización de comportamientos y actitudes ajenas e impropias de su condición que impliquen trato vejatorio. t) Administrar, inocular o aplicar sustancias farmacológicas sin la prescripción o supervisión directa de un veterinario. u) Suministrar medicación errónea, aplicarla de modo incorrecto, o no valorar los efectos colaterales o indeseados que puedan suponer un sufrimiento injustificable para los animales. 2. Queda terminantemente prohibido el establecimiento de perreras, cuadras, vaquerías, pocilgas, establos, corrales de ganado y aves en el núcleo urbano. Artículo 6. Trasporte de los animales En caso de desplazamientos, los animales deben disponer de espacio suficiente y adecuado, debiendo reunir unas buenas condiciones higiénico-sanitarias de acuerdo con las necesidades de la especie que se transporte, debiendo estar debidamente desinfectado. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 22 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Queda terminantemente prohibido el traslado de animales en transporte público, salvo los perros lazarillos de acuerdo con la ley 5/1998 de 23 de noviembre. El transporte en vehículos privados se efectuará con la correspondiente barrera física entre el animal y el conductor, de forma que no impida o dificulte la acción del conductor o comprometa la seguridad del tráfico. En ningún caso podrá viajar en el maletero cuando este sea cerrado sin comunicación con el resto del habitáculo. En los vehículos de dos ruedas deberán ir en cestos o cajas adecuados que impida la salida accidental del animal. Artículo 7. Circulación en vía pública 1. En la vía pública los animales que así lo necesiten por su volumen y/o peligrosidad, irán en todo momento conducidos mediante correa o cadena de menos de dos metros y collar con el dispositivo de control que se establezca, y llevarán bozal homologado y adecuado a su raza, cuando el carácter agresivo del animal o circunstancias sanitarias así lo aconsejen. Queda prohibida la presencia de animales en zonas de juego infantil. 2. Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan animales impedirán que estos depositen sus defecaciones en las vías públicas, jardines y paseos, y en general, cualquier lugar destinado al tránsito de personas, debiendo llevar bolsas o envoltorios adecuados para introducir las defecaciones, procediendo a la limpieza inmediata de las mismas y depositándolos en papeleras. Evitarán, así mismo, las micciones en las paredes de los edificios y mobiliario urbano. 3. Queda prohibido el utilizar en zócalos, bordillos y rodapiés de las fachadas productos tóxicos, estando sólo permitidos repelentes registrados y autorizados. 4. Los animales abandonados, perdidos o vagabundos, por no tener dueño conocido o vayan solos por la vía pública, serán recogidos por los servicios municipales o el personal debidamente autorizado. La recogida será comunicada al propietario del animal si fuese conocido, y pasados tres días desde su notificación, pasarán a la situación de “disponibles para adopción”, quedando a disposición del Órgano Gestor o Servicio Municipal competente, que podrá cederlo a personas que o soliciten y se comprometan a regularizar su situación de registro y sanitaria. Los gastos de manutención y todos los gastos que conlleven la retirada, correrán a cargo del propietario del animal, independientemente de las sanciones pertinentes. Artículo 8. Estancia en viviendas La tenencia de animales en viviendas urbanas está condicionada a la existencia de circunstancias higiénicas óptimas en el alojamiento, a la ausencia de riesgos en el aspecto sanitario y a la inexistencia de incomodidades o molestias para los vecinos, tales como malos olores, ladrido. Los perros guardianes de solares, obras, locales....deberán estar bajo la vigilancia de sus dueños o personas responsables a fin de que no puedan causar daños a personas o cosas o perturbar la tranquilidad ciudadana. En todo caso, deberá advertirse en lugar visible y de forma adecuada. Artículo 9. Padrón Canino El Ayuntamiento, aparte del registro de animales potencialmente peligrosos, creará un censo de animales de compañía, en el que se inscribirán todos los residentes en este municipio que no estén inscritos en el de animales peligrosos, en el plazo de un mes desde su adquisición, haciendo constar al menos: • Los datos personales del tenedor, características del animal y su residencia habitual, haciendo constar si está destinado a convivir con los humanos o tiene finalidades distintas, como la custodia, protección u otra. • Comunicar en el plazo de diez días el cambio de domicilio, así como la venta o cesión del animal, así como las bajas por muerte o desaparición de animales. Las personas que hayan sido mordidas por un perro, gato u otro animal susceptible de transmitir zoonosis u otro peligro latente para la salud humana a través de su mordedura, darán cuenta inmediatamente a la Zona básica de Salud y al Órgano Gestor o Servicio Municipal competente, a fin de proceder a la localización del animal para proceder a la vigilancia epidemiológica de la rabia en virtud de la resolución de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y someter a tratamiento a la persona si el estado sanitario del animal así lo aconseja. Los propietarios de animales que hayan mordido o agredido a personas, están obligados a facilitar los datos del animal a la persona agredida, sus representantes legales y a las autoridades que lo soliciten. En el caso de que el animal de compañía agresor fuese abandonado o perdido, la persona agredida y el Órgano Gestor o Servicio Municipal correspondiente, colaborarán para proceder a la captura del animal. TÍTULO II. De los animales potencialmente peligrosos Artículo 10. Licencia municipal 1. Toda persona que quiera ser propietario de un animal potencialmente peligroso, tanto de un perro de una de las razas referidas en el artículo anterior, como de cualquier otro animal con todas o la mayoría de las características enumeradas en el citado precepto, deberá solicitar previamente una licencia. La obtención de una Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente peligrosos devengará una tasa municipal. La cuantía quedará fijada en su correspondiente Ordenanza fiscal. La solicitud de licencia se presentará por el interesado en el Registro general del ayuntamiento y, junto con la solicitud, en la que se identificará claramente al animal para cuya tenencia se requiere la licencia, el interesado deberá presentar la siguiente documentación: a) DNI, pasaporte o tarjeta de residencia. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 23 b) Certificado del Registro Central de Animales de Compañía de Andalucía por el que se acredite no haber sido sancionado por infracciones en materia de tenencia de animales. En el caso de adiestradores, certificado de capacitación expedido u homologado por la Administración Autonómica. c) Certificado de antecedentes penales. d) Certificado de aptitud psicológica para la tenencia de animales de estas características, expedido por psicólogo colegiado. e) Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros que puedan ser causados por sus animales, por la cuantía mínima de 175.000,00 euros. 2. Admitida la solicitud y a la vista de la documentación presentada, el órgano competente para resolver podrá realizar cuantas diligencias estime necesarias en orden a verificar el cumplimiento de los requisitos por el solicitante, bien requiriendo al interesado la ampliación, mejora o aclaración de la documentación aportada, o bien solicitando informes o dictámenes a los técnicos u organismos competentes en cada caso. 3. Corresponde a la Alcaldía, a la vista del expediente tramitado, resolver, de forma motivada, sobre la concesión o denegación de la licencia. Dicha resolución deberá notificarse al interesado en el plazo máximo de un mes, contado desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del Ayuntamiento. Cada licencia expedida será registrada y dotada de un número identificativo. Artículo 11. Plazo La Licencia tendrá un periodo de duración de cinco años, tras el cual deberá ser renovada por períodos sucesivos de igual duración y por el mismo procedimiento. La Licencia perderá su vigencia en el momento en que su titular deje de cumplir con los requisitos necesarios para que le sea concedida. Cualquier variación de los datos que figuran en la Licencia deberá ser comunicada por su titular, en el plazo de quince días desde que se produzca, al Alcalde. Artículo 12. Requisitos El titular de la Licencia de Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos tiene la obligación de solicitar la inscripción en el Registro Municipal dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se ha obtenido la correspondiente Licencia, debiendo aportar los siguientes datos: • Los datos personales del tenedor. • Las características del animal. • El lugar habitual de residencia del animal. • El destino del animal, a: o Convivir con los seres humanos. o Finalidad distinta. Asimismo, en el plazo de quince días deberán, los responsables de animales inscritos en el registro, comunicar cualquier cambio de residencia permanente o por más de tres meses, la esterilización, enfermedad o muerte del animal, así como cualquier otra incidencia reseñable, sin perjuicio de que la Administración, de oficio, practique la anotación de las circunstancias de que tenga conocimiento por sus medios. Todas las altas y bajas serán inmediatamente comunicadas al Registro central de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 13. Obligaciones de los tenedores - La presencia de animales potencialmente peligrosos en lugares o espacios públicos exigirá que la persona que los conduzca y controle lleve consigo la Licencia administrativa y la certificación acreditativa de la inscripción del animal en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos. - Los perros y otros animales potencialmente peligrosos deberán llevar obligatoriamente bozal, apropiado para la tipología racial de cada animal, en lugares y espacios públicos, quedando totalmente prohibida su presencia y circulación en parques y jardines públicos, en las inmediaciones de centros escolares, guarderías infantiles, centros recreativos y deportivos y, en general, zonas públicas caracterizadas por tránsito intenso de personas, entre las 7:00 y las 22:00 horas. - Deberán ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de dos metros, sin que pueda llevarse más de uno de estos perros por persona. - Si el animal se encuentra en una finca, casa de campo, chalé, parcela, terraza, patio o cualquier otro lugar determinado, deberán estar atados, a no ser que disponga de habitáculo con la superficie, altura y adecuado cerramiento, para proteger a las personas o animales que acceden o se acerquen a estos lugares, debiendo reunir las medidas de seguridad necesarias en el acceso y construcción, así como debidamente señalizado mediante cartel. - La sustracción o pérdida del animal deberá ser comunicada por su titular al responsable del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, en el plazo de cuarenta y ocho horas desde que tenga conocimiento de esos hechos. - La venta, traspaso, donación, robo, muerte o pérdida del animal deberá comunicarse al Registro Municipal. - Por el traslado de un animal potencialmente peligroso de una Comunidad Autónoma a otra, si es por un período superior a tres meses o de manera permanente, deberá efectuar las inscripciones oportunas en los Registros Municipales. - En las hojas registrales de cada animal se hará constar igualmente el certificado de sanidad animal expedido por la Autoridad competente que acredite, anualmente, la inexistencia de enfermedades o trastornos que lo hagan especialmente peligroso. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 24 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería TÍTULO III. Infracciones y Sanciones Artículo 14. Infracciones A efectos de la presente Ordenanza, las infracciones se clasifican en muy leves, graves y muy graves. El conocimiento por parte del Ayuntamiento, ya sean de oficio o por denuncia, de la comisión de alguna de las infracciones reguladas en esta ordenanza, avalará el inicio del expediente sancionador y se castigará al infractor con la imposición de las sanciones previstas en la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales (B.O.J.A. núm. 237 de 10 de Diciembre). INFRACCIONES LEVES: a) La carencia o tenencia incompleta del archivo de fichas clínicas de los animales objeto de tratamiento obligatorio. b) La no obtención de las autorizaciones, permisos o licencias necesarias, en cada caso, para estar en posesión del animal de que se trate. c) La manipulación artificial de los animales con objeto de hacerlos atractivos como diversión o juguete para su venta. d) La falta de notificación al órgano competente de la Administración de la Junta de Andalucía de la utilización de animales de experimentación. e) La perturbación por parte de los animales de la tranquilidad y el descanso de los vecinos. f) La no recogida inmediata de los excrementos evacuados por el animal de compañía en las vías públicas, o, las micciones en fachadas de edificios, sobre vehículo y/o mobiliario urbano. g) Cualquier otra actuación que contradiga las obligaciones o infrinja las prohibiciones de esta Ley y no está tipificada como infracción grave o muy grave. INFRACCIONES GRAVES: Son infracciones muy graves: a) El maltrato a animales que causen dolor o sufrimiento o lesiones no invalidantes. b) No realizar las vacunaciones y tratamientos obligatorios previstos en la normativa aplicable. c) No mantener a los animales en buenas condiciones higiénico-sanitarias o en las condiciones fijadas por la normativa aplicable. d) No suministrar a los animales la asistencia veterinaria necesaria. e) Imponer un trabajo que supere la capacidad de un animal u obligar a trabajar a animales enfermos, fatigados o que se encuentren en algunos de los casos previstos en el artículo 4.1.n) de la Ley 11/2003, de 24 de Noviembre. f) Venta o donación de animales para la experimentación sin las oportunas autorizaciones. g) Filmación de escenas con animales que simulen crueldad, maltrato o sufrimiento sin la correspondiente autorización administrativa. h) El empleo de animales en exhibiciones que les cause sufrimiento o dolor. i) La cría o comercialización de animales sin cumplir los requisitos correspondientes. j) Asistencia a peleas con animales. k) La venta o donación de animales a menores de 16 a os o incapacitados sin la autorización de quien tenga su patria potestad, tutela o custodia. l) No facilitar a los animales la alimentación adecuada a sus necesidades. m) Ofrecer animales como premio o recompensa en concursos, o con fines publicitarios. n) La venta ambulante fuera de las instalaciones, ferias o mercados autorizados. ñ) Impedir al personal habilitado por los órganos competentes el acceso a las instalaciones de los establecimientos previstos en la presente Ley, así como no facilitar la información y documentación que se les requiera en el ejercicio de las funciones de control. o) El incumplimiento, por parte de los centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de los animales de compañía, de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, o en sus normas de desarrollo. p) La venta de mamíferos como animales de compañía con menos de cuarenta días. q) La venta de animales enfermos cuando se tenga constancia de ello. r) El transporte de animales sin reunir los requisitos legales. s) La negativa u obstaculización a suministrar datos o facilitar la información requerida por las autoridades competentes o sus agentes, en orden al cumplimiento de funciones establecidas en esta Ley, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa. t) La posesión de animales no registrados ni identificados conforme a lo previsto en la Ley de Protección Animal. u) La comisión de más de una infracción de naturaleza leve en el plazo de 3 a os, cuando as. haya sido declarado por resolución firme. INFRACCIONES MUY GRAVES: a) El maltrato de animales que les cause invalidez o muerte. b) El abandono de animales. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 25 c) Practicar una mutilación con fines exclusivamente estéticos o sin utilidad alguna salvo las practicadas por veterinarios en caso de necesidad. d) Depositar alimentos envenenados en espacios y lugares públicos, salvo los empleados por empresas autorizadas para el control de plagas. e) El uso de animales en fiestas o espectáculos en los que estos puedan ser objeto de daños, sufrimientos, tratamientos antinaturales, malos tratos o en los que se pueda herir la sensibilidad del espectador. f) El suministro a los animales de alimentos y medicamentos que contengan sustancias que puedan provocarles sufrimientos o da os innecesarios. g) La organización de peleas con y entre animales. h) La cesión por cualquier título de locales, terrenos o instalaciones para la celebración de peleas con y entre animales. i) La utilización de animales por parte de sus propietarios o poseedores para su participación en peleas. j) La filmación con animales de escenas que conlleven crueldad, maltrato o sufrimiento, cuando los daños no sean simulados. k) La utilización en los procedimientos de experimentación de animales de especies no recogidas en la normativa aplicable. l) La realización de procedimientos de experimentación no autorizados. m) La utilización de animales para procedimientos de experimentación en centros no reconocidos oficialmente. n) Utilizarlos en procedimientos de experimentación o destinarlos a los mismos sin el cumplimiento de las garantías establecidas en la normativa aplicable. ñ) Realizar el sacrificio de un animal sin seguir las especificaciones de la Ley de Protección Animal y de la normativa aplicable. o) El empleo de animales vivos para el entrenamiento de otros. p) La comisión de más de una infracción de naturaleza grave en el plazo de 3 años, cuando así haya sido declarado por resolución firme. Artículo 15. Sanciones Las infracciones indicadas en el artículo anterior serán sancionadas con multas de: a) 75 a 500 euros para las leves. b) 501 a 2.000 euros para las graves. c) 2.001 a 30.000 euros para las muy graves. La graduación de las sanciones previstas por esta Ordenanza se hará conforme a los siguientes criterios: a) La trascendencia social o sanitaria y el perjuicio causado por la infracción. b) El ánimo de lucro y la cuantía del beneficio económico obtenido en la comisión de la infracción. c) La importancia del daño causado al animal. d) La reiteración en la comisión de infracciones. e) Cualquier otra que pueda incidir en el grado de reprochabilidad de la infracción, en un sentido atenuante o agravante. A tal efecto tendrá una especial significación la violencia en presencia de menores o discapacitados psíquicos. (Redactado conforme al art. 41 de la Ley 11/2003, de 24 de Noviembre, de Protección Animal B.O.J.A. núm. 237 de 10 de Diciembre). Artículo 16. Responsabilidad 1. Serán responsables de las infracciones tipificadas en la presente Ordenanza las personas físicas o jurídicas que realicen las acciones y omisiones tipificadas como infracción en la misma, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran corresponder en el ámbito civil o penal. 2. Cuando el cumplimiento de las obligaciones previstas en esta Ley corresponda a varias personas conjuntamente, responderán de forma solidaria de las infracciones que, en su caso, se cometan y de las sanciones que se impongan. Asimismo, serán responsables subsidiarios de las sanciones impuestas a las personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades quienes ocuparan el cargo de administrador en el momento de cometerse la infracción. Los infractores están obligados, además, a la reposición y reparación de los daños que hayan podido generarse, realizando cuantos trabajos sean necesarios para tal finalidad de acuerdo con lo dispuesto por el órgano que imponga la sanción, sin perjuicio de las indemnizaciones a que hubiere lugar. Artículo 17. Prescripción La prescripción de las infracciones se producirá por el transcurso de los siguientes plazos: a) Las infracciones muy graves a los tres años. b) Las graves a los dos años. c) Las leves a los seis meses. Estos plazos comenzarán a contarse a partir del día siguiente en que el ayuntamiento tuviera conocimiento por cualquier medio fehaciente de que se hubiese cometido la infracción, o en su caso, desde aquel en que se hubiese incoado el oportuno expediente sancionador. Disposición final La presente Ordenanza será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, entrando en vigor una vez que haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 26 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 4303/13 AYUNTAMIENTO DE VELEFIQUE E D I C T O D. Rafael García Sola, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Velefique (Almería) HACE SABER: Que no habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna contra el acuerdo plenario de fecha de 1 de febrero de 2013, por el que se aprobaba inicialmente la Ordenanza Municipal de Edificación para regular las Condiciones Morfológicas y Estéticas en el término municipal de Velefique, dicho acuerdo inicial queda elevado a definitivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y acuerdo plenario de referencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985 citada, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, se publica el texto íntegro de la ordenanza aprobada, conforme al anexo al presente edicto, a efectos de su entrada en vigor. Velefique, a 27 de mayo de 2013. EL ALCALDE-PRESIDENTE, Rafael García Sola. Contra el acuerdo de aprobación definitiva, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Granada, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. ORDENANZA MUNICIPAL DE EDIFICACIÓN PARA REGULAR LAS CONDICIONES MORFOLÓGICAS Y ESTÉTICAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VELEFIQUE PREÁMBULO Como es sabido, se encuentra en tramitación por parte de la Junta de Andalucía la declaración de Bien de Interés Cultural, por los valores históricos, etnológicos, arquitectónicos y paisajísticos que presenta, el singular modo de asentamiento en la zona montañosa de la Sierra de los Filabres. El conjunto se compone de seis áreas enclavadas en cuatro municipios que conforman una unidad de asentamientos dispersos denominados: área del Tallón Bajo, área de Olula de Castro, área de Castro de Filabres, área de Febeire, área de Senés y área de Velefique. La denominación de esta declaración será Conjunto Histórico del Paisaje Cultural en la Sierra de los Filabres: Olula de Castro, Castro de Filabres, Senés y Velefique. Tras reuniones mantenidas entre los alcaldes de los cuatro municipios con responsables de la Junta de Andalucía, y debido a la lentitud en la tramitación de los Planes Generales de Ordenación Urbanística, se acordó la necesidad de articular Ordenanzas Municipales de Edificación similares para los pueblos integrados en la declaración de Bien de Interés Cultural con el fin de preservar el patrimonio actual y recuperar, en la medida de lo posible, el ya desaparecido. La ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en el capítulo II de su Título VI estable la facultad de las Corporaciones Locales de intervenir la actividad de los ciudadanos a través de Ordenanzas y Bandos, adaptándose a los principios de igualdad de trato, congruencia con los motivos y fines justificativos y respeto a la libertad individual. En el ejercicio de esta determinación legal, el Ayuntamiento de Velefique, junto con el resto de ayuntamientos de los municipios anteriormente mencionados, elabora la presente ‘Ordenanza Municipal de Edificación para regular las condiciones morfológicas y estéticas en el término municipal de Velefique’. La necesidad de adaptación de las ordenanzas a cada municipio en particular y la promulgación constante de nuevas leyes que afectan en distinta forma a las competencias municipales, hacen imprescindible una coordinación de éstas y aquellas, que debe tener reflejo en función de los principios de jerarquía normativa y seguridad jurídica, a la vez que respeto a las peculiaridades de cada pueblo. Por ello, previo informe del Secretario de la Corporación, de acuerdo con la Junta de Gobierno Local y por aprobación del Pleno con la mayoría requerida en el Art. 47.2 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, esta Corporación establece la siguiente ‘ORDENANZA MUNICIPAL DE EDIFICACIÓN PARA REGULAR LAS CONDICIONES MORFOLÓGICAS Y ESTÉTICAS EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE VELEFIQUE’: CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1. Concepto. La presente ‘Ordenanza Municipal de Edificación para regular las condiciones morfológicas y estéticas en el término municipal de Velefique’ es un conjunto de reglas y parámetros dictados para preservar y procurar la adecuación formal y estética de los edificios, construcciones e instalaciones al medio urbano y al paisaje natural del municipio de Velefique. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 27 Artículo 2. Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto regular las condiciones morfológicas de las parcelas y solares en suelo urbano así como desarrollar las condiciones estéticas a las que habrán de someterse los edificios, construcciones e instalaciones de nueva planta y las actuaciones de reforma, ampliación, etc., tanto en el suelo urbano como en el suelo no urbanizable del término municipal de Velefique. El objetivo primordial es conservar la tipología y morfología tradicional del municipio y su estética general, así como el mantenimiento y la mejora de los valores del paisaje urbano y rural de Velefique. CAPÍTULO II. CONDICIONES MORFOLÓGICAS EN SUELO URBANO Artículo 3. Ámbito de aplicación. El presente capítulo es de aplicación a las parcelas y a los solares pertenecientes al suelo urbano delimitado en la Modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Velefique y Anexo (MPDSU de Velefique), aprobado el día 20 de noviembre de 2001 por la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería (BOJA 11/Ago/2010). Ésta sustituye al anterior PDSU de Velefique, aprobado el día 7 de marzo de 1979 por la Comisión Provincial de Urbanismo de Almería (BOP 07/Abr/1979). Artículo 4. Condiciones para la edificación de parcelas y solares. 1. A los efectos de esta Ordenanza, las parcelas y los solares urbanos, se clasifican en edificables y no edificables. 2. Se consideran edificables aquellas parcelas que tengan la condición de solar según lo establecido en el artículo 148 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Además deberán cumplir las condiciones mínimas de superficie, longitud de fachada, fondo y diámetro inscrito, establecidas en función de la anchura de la calle a la que el solar o parcela tenga fachada, fijadas en las Ordenanzas Reguladoras de las Edificaciones en el suelo urbano de Velefique contenidas en el PDSU de Velefique. Anchura de calles ≤ 9 m. > 9 m ≤ 14 m. >14 m ≤ 20 m. > 20 m. Superficie mínima (m2) 60 80 100 120 Longitud mínima de fachada (m) 4 6 8 10 Fondo mínimo (m) 6 8 10 12 3,5 5 6 8 Diámetro del círculo mínimo inscrito (m) Si la parcela o solar tiene fachada a más de una calle, estas condiciones se cumplirán de forma independiente para cada una de ellas. 3. Serán considerados no edificables las parcelas y solares que no tengan la condición de solar establecidas en el citado artículo de la LOUA y aquellos que no cumplan con las condiciones mínimas fijadas en el apartado anterior. 4. No obstante, las parcelas y solares existentes a la entrada en vigor del PDSU de Velefique que no tuvieran las condiciones mínimas de superficie, longitud de fachada, fondo y diámetro inscrito fijadas en el apartado 2 se considerarán edificables. Artículo 5. Alineaciones. 1. Las alineaciones oficiales de las parcelas edificables en suelo urbano serán las definidas en la documentación gráfica de la MPDSU de Velefique así como en los Estudios de Detalle que cuenten con aprobación definitiva. 2. Cuando de la cartografía de la MPDSU de Velefique no sea posible la identificación detallada de la alineación de un solar concreto serán de aplicación las siguientes reglas: 1. Con carácter general, serán respetadas y tendrán la consideración de alineación oficial las alineaciones de las edificaciones existentes a la aprobación de la MPDSU de Velefique. 2. En el resto de los casos, las alineaciones oficiales serán los linderos de las fincas edificables con los espacios libres y viales públicos. Para definir dichos linderos se podrá tomar como referencia los linderos definidos en la cartografía del Catastro, siempre que cuente con la aprobación municipal por estar éste conforme con los límites de los suelos de dominio público. En caso de no aceptación municipal será necesario la previa aprobación de la figura de planeamiento prevista en la legislación urbanística. 3. Para resolver posibles conflictos de alineaciones en solares de situaciones especiales se deberán respetar los criterios previstos en la Norma 11 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal y Complementarias en Suelo No Urbanizable de Ámbito Provincial de Almería, aprobadas definitivamente el 31 de agosto de 1987. CAPÍTULO III. CONDICIONES ESTÉTICAS EN SUELO URBANO Artículo 6. Ámbito de aplicación. El presente capítulo es de aplicación a las edificaciones, construcciones e instalaciones de nueva planta y a las actuaciones de reforma, ampliación, etc. de las edificaciones, construcciones e instalaciones existentes (en cuyo caso será de aplicación exclusivamente a la parte sobre la que se actúe) que se realicen en el suelo urbano delimitado en la MPDSU de Velefique. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 28 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Artículo 7. Fachadas. Composición y materiales. 1. Tendrá la consideración de fachada todo paramento exterior que pueda ser visible desde el espacio público o privado. Se exceptúan únicamente las partes medianeras que puedan quedar ocultas al edificarse la edificación colindante. 2. Las fachadas deberán componerse unitariamente en todas las plantas del edificio, incluidos los locales comerciales si los hubiere. La solución de ritmo y proporción entre huecos y macizos en la composición de cada una de las fachadas deberá ajustarse a las características tradicionales en cuanto al tamaño y forma de los huecos, predominando el macizo respecto a los huecos y la composición cuadrada o vertical de los mismos. 3. Como materiales de acabado de las fachadas sólo se admiten los característicos de la zona, a base de piedra y barro, sin revoco ni blanqueo, o con revoco de cemento y cal o pintura, con terminación en color blanco. Se prohíbe el acabado mediante bloques de hormigón o ladrillo visto en todos sus colores. Asimismo se prohíben los acabados con azulejos, cerámica vidriada, baldosas hidráulicas, terrazos y similares. 4. Las fachadas laterales y posteriores se tratarán con las mismas condiciones de composición y materiales de acabado que los utilizados en la fachada principal. 5. Las edificaciones podrán contar con un tratamiento de zócalo con una altura máxima de ciento treinta (130) centímetros. Éstos se harán de contrachapado irregular de pizarra en su color. En calles con un ancho superior a doscientos cincuenta (250) centímetros este zócalo podrá sobresalir de la fachada un máximo de seis (6) centímetros, no pudiendo sobresalir del plano de la fachada en calles con un ancho igual o inferior. Artículo 8. Huecos. 1. En las fachadas visibles desde el espacio público el macizo predominará sobre los huecos, procurándose un orden coherente en la disposición y en el tamaño de los mismos, a excepción de los habitáculos destinados a “solanas” o “semiterrazas” y los destinados a garajes o almacén, en los que no se limitará la dimensión de los huecos, ni su proporción de fachada se tomará en cuenta para el cómputo del resto de fachada. 2. Las carpinterías exteriores serán, preferentemente, de madera, bien en su aspecto natural, o bien barnizadas o pintadas en colores tradicionales. En su defecto, se realizarán de perfiles de PVC, aluminio o similares, pintados, lacados o anodizados, preferentemente imitando a la madera o, en su defecto, en colores tradicionales. Las persianas y las contraventanas deberán ser acordes a la carpintería propuesta. 3. Los elementos de protección y de cerramiento de huecos seguirán el diseño tradicional de la zona, compuestos principalmente por forja tradicional o hierro pintado en negro, prohibiéndose expresamente las balaustradas de piedra artificial, el mármol o similares, así como las rejas de aluminio y los elementos decorativos impropios de la zona. Se emplearán preferentemente los elementos de forja o cerrajería metálica en rejas o barandillas acabados en color negro o gris oscuro. 4. El vierteaguas o alféizar de las ventanas podrá ser de piedra natural o artificial entonada con la fachada. Artículo 9. Vuelos y salientes. 1. Los elementos salientes tales como aleros, cornisas, remates de azoteas, etc., podrán tener un vuelo máximo de cincuenta (50) centímetros. 2. Cuando el ancho de la calle o vía pública a la que de frente la fachada sea superior a cuatrocientos cincuenta (450) centímetros se permitirá en vuelo de balcones abiertos por sus tres planos verticales, con barandilla de forja o cerrajería metálica de color negro o gris oscuro, con un vuelo máximo de cincuenta (50) centímetros y un canto variable en relación con el entorno tradicional construido. Éstos quedarán separados de las fincas contiguas una distancia igual o superior a sesenta (60) centímetros. 3. Se prohíben expresamente los vuelos cerrados y los miradores acristalados que sobresalgan del plano de la fachada. 4. En la planta baja de las edificaciones las rejas o elementos de protección de huecos, podrán sobresalir del plano de fachada un máximo de diez (10) centímetros en calles con un ancho superior a doscientos cincuenta (250) centímetros, no pudiendo sobresalir de dicho plano en calles con un ancho igual o inferior. Artículo 10. Medianerías. 1. Los paramentos de las paredes medianeras deberán tratarse de forma que su aspecto y calidad sean análogos a los de las fachadas, utilizando los mismos materiales de acabado y tratamiento que la fachada principal. 2. En aquellos casos en los que la altura proyectada sea inferior a la permitida y, como consecuencia de ello, queden parcialmente al descubierto medianerías de construcciones colindantes existentes, el propietario de la nueva construcción tendrá la obligación de dar tratamiento de fachada a las medianerías de las construcciones colindantes generadas. Artículo 11. Cubiertas. 1. Las cubiertas considerarán la adecuación e integración del edificio con el entorno y con el paisaje urbano de Velefique. 2. Con carácter general, las cubiertas deberán ser inclinadas, con una o dos vertientes con una inclinación máxima de treinta (30) grados. El material de cubrición de la cubierta será la pizarra, bien en aleros o contrachapada. No estará permitida la utilización de teja árabe o materiales vitrificados, los acabados de chapa ondulada ni las láminas asfálticas en su color negro. 3. Se permiten las terrazas siempre que éstas no superen el cincuenta (50) por ciento de ocupación en planta de la superficie construida. El pavimento de las terrazas será preferentemente de pizarra en su color natural. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 29 Artículo 12. Instalaciones en fachada. 1. Deberán evitarse las conducciones vistas, especialmente en las fachadas a vía pública. Para las instalaciones que deban quedar vistas deberá acompañarse en el proyecto una solución constructiva que garantice su adecuada integración en la estética del edificio. 2. Los equipos de calefacción y/o refrigeración deberán instalarse en zonas no visibles de la edificación. 3. Las tapas de los contadores de agua y electricidad deberán quedar integradas en la fachada del edificio sin sobresalir de ésta. Artículo 13. Instalaciones en cubierta. 1. Las instalaciones que hayan de ubicarse sobre la cubierta deberán quedar integradas en la edificación y, en la medida de lo posible, ocultos a la vista. En ningún caso, se permitirá su colocación sobre la cumbrera en las cubiertas inclinadas. 2. Los materiales de las chimeneas serán los mismos que los establecidos en las fachadas. En cualquier caso se prohíben los materiales con acabados inoxidables y/o reflectantes. 3. Para la colocación de las antenas de televisión se instalará un mástil por vivienda o edificio plurifamiliar prohibiéndose la colocación de éstos sobre balcones o fachadas, debiendo quedar perfectamente integrados, sin causar impacto visual en el entorno. Artículo 14. Instalaciones solares. 1. Las instalaciones solares situadas en cubiertas o fachadas de las edificaciones deberán ajustarse a las siguientes condiciones: a) Cubiertas: En cubiertas inclinadas, podrán situarse paneles de captación de energía solar en los faldones de cubierta con la misma inclinación de éstos y sin salirse de su plano, armonizando con la composición de la fachada y del resto del edificio, hasta una superficie máxima del setenta (70) por ciento de la superficie total de la cubierta. Excepcionalmente, y de forma debidamente justificada, se permitirá incrementar el ángulo de los paneles hasta en un máximo de diez (10) grados en cualquiera de los ejes, considerando el mayor aprovechamiento, condicionado a su integración en el entorno y al menor impacto visual. En caso de situarse en terrazas se permitirá realizar estructuras debidamente dimensionadas e instaladas a tal fin. Estas estructuras, incluidas los módulos fotovoltaicos, no podrán sobrepasar una altura de dos (2) metros sobre la altura máxima del edificio. La instalación de sistemas solares en cubierta no podrá reducir en modo alguno las condiciones de habitabilidad y funcionalidad de la edificación, por lo que, a modo de ejemplo, no se podrán cubrir patios o claraboyas u otros espacios o elementos que sirvan de ventilación o iluminación de la edificación. b) Fachadas: Sólo podrán situarse módulos solares en las fachadas cuando en el proyecto se prevea una solución constructiva que garantice su integración arquitectónica en la estética del edificio y del entorno. Queda prohibido expresamente el trazado visible por fachadas de cualquier tubería o canalización, salvo que se acompañe en el proyecto de forma detallada una solución constructiva que garantice su adecuada integración en la estética del edificio. Las instalaciones y elementos constitutivos del sistema de aprovechamiento por energía solar deberán estar debidamente protegidos y anclados para evitar el desprendimiento de éstos, justificándose la solución adoptada. 2. Los edificios que no posean instalación solar térmica y opten por la implantación de una instalación solar fotovoltaica deberán justificar y dejar el espacio necesario para la implantación de la primera. 3. Se permitirá la colocación de instalaciones solares en edificios y/o elementos catalogados siempre y cuando ésta sea compatible con el grado de protección e intervención establecido y no se desvirtúen las características que dieron lugar a la protección de la edificación y/o elemento. 4. Se podrán colocar instalaciones solares en aquellos espacios que tengan un uso específico de aparcamiento, público o privado, siempre y cuando no se impida el uso previsto. Las estructuras con destino a tal fin no podrán tener una altura superior a cuatro (4) metros y no inferior a doscientos ochenta (280) centímetros medidos verticalmente desde el suelo. La estructura deberá ser de materiales resistentes a la corrosión, deterioro e impactos. 5. El Ayuntamiento de Velefique podrá integrar las instalaciones solares fotovoltaicas en los diversos elementos del mobiliario urbano que lo admitan, como por ejemplo: marquesinas, farolas, columnas informativas, quioscos, pérgolas, etc., siempre y cuando no alteren la imagen urbana ni causen impacto visual. Artículo 15. Publicidad. 1. La publicidad exterior de los edificios o carteles anunciadores deberán contar con previa autorización municipal y cumplir con las siguientes condiciones: 1. adecuarse a la composición de las fachadas, 2. colocarse en la planta baja del edificio, 3. deberán evitarse cajones luminosos que sobresalgan de la fachada, 4. los focos luminosos, sean directos o indirectos, se situarán de forma que no produzcan deslumbramientos, Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 30 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 5. los elementos publicitarios o anunciadores adosados a fachada podrán sobresalir como máximo diez (10) centímetros del plano de fachada. 6. los banderines publicitarios o banderolas tendrán un saliente máximo de sesenta (60) centímetros y estarán situados a una altura mínima sobre la rasante de la acera de doscientos veinte (220) centímetros. 2. Se prohíben expresamente las pintadas sobre muros y tapias y la colocación de publicidad estática de cartelería, siendo responsable el autor de las pintadas, la empresa o responsable de eventos que se anuncien. Artículo 16. Cerramientos y vallados. 1. Los cerramientos o vallados de jardines o espacios libres así como de los solares deberá situarse en la alineación oficial de acuerdo con lo establecido en el artículo 5. 2. Los cerramientos o vallados permanentes de jardines o espacios libres privados que den a la vía pública podrán ser macizos y tener una altura máxima de doscientos veinte (220) centímetros y tendrán un tratamiento similar al de las fachadas. Podrán emplearse elementos de forja o cerrajería metálica en barandillas acabados en color negro o gris oscuro. 3. Los vallados de solares serán de obra de fábrica debiendo, obligatoriamente, enfoscarse y pintarse de color blanco, con una altura mínima de doscientos veinte (220) centímetros. En ningún caso, se permitirá el remate de cerramientos o vallados con elementos punzantes o cortantes que puedan causar lesiones a personas o animales. CAPÍTULO IV. CONDICIONES ESTÉTICAS EN SUELO NO URBANIZABLE Artículo 17. Ámbito de aplicación. El presente capítulo es de aplicación a todas las edificaciones, construcciones e instalaciones de nueva planta y a las actuaciones de reforma, ampliación, etc. de las edificaciones, construcciones e instalaciones existentes (en cuyo caso será de aplicación exclusivamente a la parte sobre la que se actúe) que se realicen en el suelo no urbanizable del término municipal de Velefique. Artículo 18. Generalidades. 1. Las edificaciones, construcciones, obras o instalaciones tendrán unas características tipológicas y estéticas adecuadas a su ubicación y que garanticen su integración en el paisaje rural de Velefique. 2. Las edificaciones, construcciones e instalaciones deberán tener el carácter de aisladas. Todos sus paramentos exteriores habrán de tratarse como fachadas, resolviendo sus acabados de forma homogénea. 3. Por encima de la altura máxima no se permitirá ningún elemento constructivo (cajas de escalera, cuerpos de luces, etc.) salvo los de la cubierta de la edificación o construcción. Sólo se admitirán las instalaciones que obligatoriamente deben ejecutarse en cubierta y siempre que sean impuestas por alguna normativa técnica o legislación sectorial vigente o resulten necesarias para el desarrollo de la actividad (lo que deberá justificarse técnicamente). En cualquier caso, la maquinaria que se pretenda ubicar en cubierta ha de quedar integrada en el diseño de la edificación o construcción y, en la medida de lo posible, oculta desde el exterior. 4. Las instalaciones solares que se coloquen en edificaciones, construcciones e instalaciones cumplirán las condiciones establecidas en el artículo 14 de la presente Ordenanza. 5. En todas las edificaciones, construcciones, obras o instalaciones autorizadas en esta clase de suelo, se evitará la limitación del campo visual y la ruptura o desfiguración del paisaje en los lugares abiertos o en perspectiva de los núcleos e inmediaciones de las carreteras y caminos con valores paisajísticos. Para ello será necesaria la justificación de la ubicación de las mismas en el interior de la parcela garantizando que su emplazamiento es el que menos impacto paisajístico produce, atendiendo a las perspectivas de los elementos e hitos paisajísticos del entorno. Artículo 19. Condiciones estéticas de las actuaciones agrícolas, ganaderas, forestales, cinegéticas o análogas. 1. Comprenden las actividades relacionadas directamente con la explotación de los recursos agrícolas, ganaderos, forestales, cinegéticos o análogos. 2. En cualquier tipo de edificación o construcción sólo se admitirán como materiales de acabado de las fachadas los característicos de la zona, a base de piedra y barro, sin revoco ni blanqueo, o con revoco de cemento y cal o pintura, con terminación en color blanco. 3. El macizo predominará sobre los huecos en las fachadas, procurando un orden coherente en la disposición y en el tamaño de los mismos. Los huecos de las fachadas han de cumplir los siguientes requisitos: 7. la puerta de acceso peatonal deberá tener un ancho mínimo de cien (100) centímetros, 8. las puertas de acceso para maquinaria tendrá un ancho mínimo de doscientos cincuenta (250) centímetros, 9. se prohíbe el recercado de los huecos y los zócalos. 4. Las carpinterías exteriores serán, preferentemente, de madera, bien en su aspecto natural, o bien barnizadas o pintadas en colores tradicionales. En su defecto, se realizarán de perfiles de PVC, aluminio o similares, pintados, lacados o anodizados, preferentemente imitando a la madera o, en su defecto, en colores tradicionales. Las persianas y las contraventanas deberán ser acordes a la carpintería propuesta. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 31 5. Los elementos de protección y de cerramiento de huecos seguirán el diseño tradicional de la zona compuestos principalmente por forja tradicional o hierro pintado en negro, prohibiéndose expresamente las balaustradas de piedra artificial, el mármol o similares, así como las rejas de aluminio y los elementos decorativos impropios de la zona. Se emplearán preferentemente los elementos de forja o cerrajería metálica en rejas o barandillas acabados en color negro o gris oscuro. 6. Sólo se permitirán elementos salientes tales como cornisas u otros similares podrán tener un vuelo máximo de cuarenta (40) centímetros. 7. Las cubiertas considerarán la adecuación e integración de las edificaciones y construcciones con el paisaje y su incidencia. Con carácter general, las cubiertas deberán ser inclinadas, con una o dos vertientes con una inclinación máxima de treinta (30) grados. El material de cubrición de la cubierta será la pizarra, bien en aleros o contrachapada. No estará permitida la utilización de teja árabe o materiales vitrificados, los acabados de chapa ondulada ni las láminas asfálticas en su color negro. Artículo 20. Condiciones estéticas de las viviendas unifamiliares aisladas. 1. Vivienda unifamiliar aislada vinculada a la explotación agrícola, ganadera o forestal de la finca en que se ubica. Además de la preceptiva licencia municipal, el establecimiento de la vivienda aquí definida estará sujeta, de acuerdo con el contenido del artículo 52.1.B) de la LOUA, a la aprobación del correspondiente Proyecto de Actuación por el procedimiento prescrito en los artículos 42 y 43 de dicha Ley para las Actuaciones de Interés Público. 2. Para las fachadas sólo se admitirán como materiales de acabado de las fachadas los característicos de la zona, a base de piedra y barro, sin revoco ni blanqueo, o con revoco de cemento y cal o pintura, con terminación en color blanco. Se prohíbe el acabado mediante bloques de hormigón o ladrillo visto en todos sus colores. Asimismo se prohíben los acabados con azulejos, cerámica vidriada, baldosas hidráulicas, terrazos y similares. 3. Las edificaciones podrán contar con un tratamiento de zócalo con una altura máxima de ciento treinta (130) centímetros. Éstos se harán de contrachapado irregular de pizarra en su color. 4. El macizo predominará sobre los huecos en las fachadas, procurando un orden coherente en la disposición y en el tamaño de los mismos, a excepción de los habitáculos destinados a “solanas” o “semiterrazas” y los destinados a garajes o almacén, en los que no se limitará la dimensión de los huecos, ni su proporción de fachada se tomará en cuenta para el cómputo del resto de fachada. 5. Las carpinterías exteriores serán, preferentemente, de madera, bien en su aspecto natural, o bien barnizadas o pintadas en colores tradicionales. En su defecto, se realizarán de perfiles de PVC, aluminio o similares, pintados, lacados o anodizados, preferentemente imitando a la madera o, en su defecto, en colores tradicionales. Las persianas y las contraventanas deberán ser acordes a la carpintería propuesta. 6. Los elementos de protección y de cerramiento de huecos seguirán el diseño tradicional de la zona compuestos principalmente por forja tradicional o hierro pintado en negro, prohibiéndose expresamente las balaustradas de piedra artificial, el mármol o similares, así como las rejas de aluminio y los elementos decorativos impropios de la zona. Se emplearán preferentemente los elementos de forja o cerrajería metálica en rejas o barandillas acabados en color negro o gris oscuro. 7. Los elementos salientes tales como cornisas u otros similares podrán tener un vuelo máximo de cuarenta (40) centímetros. Se permitirá el vuelo de balcones abiertos por sus tres planos verticales, con barandilla de forja o cerrajería metálica de color negro o gris oscuro, con un vuelo máximo de cincuenta (50) centímetros y un canto variable, en relación con el entorno tradicional construido. 8. Las cubiertas considerarán la adecuación e integración de las edificaciones y construcciones con el paisaje y su incidencia. Con carácter general, las cubiertas deberán ser inclinadas, con una o dos vertientes con una inclinación máxima de treinta (30) grados. El material de cubrición de la cubierta será la pizarra, bien en aleros o contrachapada. No estará permitida la utilización de teja árabe o materiales vitrificados, los acabados de chapa ondulada ni las láminas asfálticas en su color negro. Se permiten las terrazas siempre que éstas no superen el cincuenta (50) por ciento de ocupación en planta de la superficie construida. El pavimento de las terrazas será preferentemente de pizarra en su color natural. Artículo 22. Condiciones estéticas de las Actuaciones de Interés Público. 1. Son las edificaciones, construcciones, obras e instalaciones para la implantación de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos, así como para usos industriales, mineros, terciarios, turísticos u otros análogos, pero en ningún caso usos residenciales. 2. A los alojamientos turísticos denominados ‘Casas rurales’ por la normativa específica les será de aplicación las condiciones estéticas de las viviendas unifamiliares aisladas establecidas en el artículo anterior. 3. Las instalaciones no podrán provocar la desfiguración de la perspectiva del paisaje urbano o rural o perjuicios a la armonía paisajística o arquitectónica. Asimismo se tendrá en cuenta que las instalaciones no podrán producir reflejos frecuentes que puedan molestar en vías de comunicación terrestre y aérea. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 32 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 4. Para las fachadas se prohíbe el acabado mediante bloques de hormigón o ladrillo visto en todos sus colores. Asimismo se prohíben los acabados con azulejos, cerámica vidriada, baldosas hidráulicas, terrazos y similares. Para usos industriales se permitirán las fachadas realizadas con placas prefabricadas de hormigón pintadas en color blanco y las de bloques de hormigón enfoscadas y pintadas en color blanco. 5. El macizo predominará sobre los huecos en las fachadas, procurando un orden coherente en la disposición y en el tamaño de los mismos, a excepción de los habitáculos destinados a “solanas” o “semiterrazas” y los destinados a garajes o almacén, en los que se no se limitará la dimensión de los huecos, ni su proporción de fachada se tomará en cuenta para el cómputo del resto de fachada. 6. Las carpinterías exteriores serán, preferentemente, de madera, bien en su aspecto natural, o bien barnizadas o pintadas en colores tradicionales. En su defecto, se realizarán de perfiles de PVC, aluminio o similares, pintados, lacados o anodizados, preferentemente imitando a la madera o, en su defecto, en colores tradicionales. Las persianas y las contraventanas deberán ser acordes a la carpintería propuesta. 7. Los elementos de protección y de cerramiento de huecos seguirán el diseño tradicional de la zona compuestos principalmente por forja tradicional o hierro pintado en negro, prohibiéndose expresamente las balaustradas de piedra artificial, el mármol o similares, así como las rejas de aluminio y los elementos decorativos impropios de la zona. Se emplearán preferentemente los elementos de forja o cerrajería metálica en rejas o barandillas acabados en color negro o gris oscuro. 8. Las cubiertas se resolverán en función del uso de la edificación debiendo considerar la adecuación e integración de las edificaciones y construcciones con el paisaje y su incidencia. Salvo para usos industriales, el material de cubrición de las cubiertas inclinadas deberá ser de pizarra. Se prohíbe, en cualquier tipo de cubiertas, la utilización de teja curva o árabe y de materiales vitrificados, los acabados de chapa ondulada de cualquier tipo y las láminas asfálticas en su color negro o las acabadas en aluminio o similar. CAPÍTULO V. INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 23.- Infracciones 1. Son infracciones a esta ordenanza las acciones u omisiones que vulneren las prescripciones contenidas en ella. 2. Toda infracción a la ordenanza llevará consigo la imposición de sanciones a los responsables en la forma y en los términos previstos en los artículos 58 y 59 del Real Decreto Legislativo 781/1986 de 18 de Abril, así como el resarcimiento de daños e indemnización de perjuicios a cargo de los mismo, sin perjuicio de tomas las determinaciones legales del artículos 191 y siguientes de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía. 3. Las infracciones a la ordenanza se clasifican en muy graves, graves y leves. 4. Se consideran infracciones leves aquellas que no tengan el carácter de grave. 5. Son infracciones graves: a) La ejecución, realización o desarrollo de actos de parcelación urbanística, urbanización, construcción o edificación e instalación o cualquier otro de transformación de uso del suelo o del subsuelo, que estando sujeto a licencia urbanística o autorización, se ejecuten sin la misma o contraviniendo sus condiciones, salvo que sean de modificación o reforma y que, por su menor entidad, no precisen de proyecto técnico, en cuyo caso tendrán la condición de infracción leve. b) Los incumplimientos, con ocasión de la ejecución de los instrumentos de planeamiento, de deberes y obligaciones impuestos por esta ordenanza o, en virtud de la misma, por dichos instrumentos y los de gestión y ejecución, salvo que se subsanen voluntariamente tras el primer requerimiento formulado al efecto por la Administración, en cuyo caso tendrán la condición de leves. c) La obstaculización al ejercicio de las funciones propias de la potestad inspectora a que se refieren los artículos 179 y 180 de esta Ley. d) La ejecución, realización o desarrollo de actos de parcelación, urbanización, construcción o edificación e instalación, o cualquier otro de transformación del uso del suelo, que sean contrarios a la ordenación territorial o urbanística. 6. Son infracciones muy graves: A) Las parcelaciones urbanísticas en terrenos que tienen el régimen del suelo no urbanizable. B) Las actividades de ejecución sin el instrumento de planeamiento preciso para su legitimación. C) Las tipificadas como graves en el apartado anterior, cuando afecten a: a) Parques, jardines, espacios libres, infraestructuras y demás reservas para dotaciones. b) Bienes o espacios catalogados. c) Otras determinaciones de la ordenación estructural previstas en el instrumento de planeamiento, cuyo desarrollo o ejecución se vea imposibilitado. D) La inobservancia de las medidas cautelares de suspensión ordenadas con motivo del ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística y de restablecimiento del orden jurídico perturbado. Artículo 24.- Personas responsables Serán sancionados por infractores a la ordenanza el promotor, el dueño, el empresario de las obras y el técnico director de las mismas. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 33 Artículo 25.- Sanciones 1. Las infracciones a esta ordenanza serán sancionadas con las siguientes multas: a) Infracciones leves: multa desde 600 euros hasta 2.999 euros. b) Infracciones graves: multa desde 3.000 euros hasta 5.999 euros. c) Infracciones muy graves: multa desde 6.000 euros hasta 120.000 euros. 2. En lo no previsto en este artículo será de aplicación lo dispuesto en el Título VII de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Título II del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Artículo 26.Toda liquidación por sanciones o por obras ejecutadas a costa del infractor, reglamentariamente notificada al sujeto pasivo constituye a éste la obligación de satisfacer la deuda tributaria y se exigirá en los plazos y en las formas previstas en la Ley General Tributaria, el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. DISPOSICIÓN ADICIONAL La Alcaldía del Ayuntamiento de Velefique podrá dictar, cada año y preferentemente en la época de estío, un Bando en el que se recordará y recomendará a los vecinos la necesidad de pintar y arreglar las fachadas para la conservación de la singularidad de la tipología constructiva del término municipal de Velefique. DISPOSICIÓN TRANSITORIA Las edificaciones, construcciones e instalaciones cuyas fachadas, cubiertas o huecos, entre otros, así como a su composición, materiales y color, no se ajusten en la actualidad a la presente Ordenanza Municipal de Edificación se conservarán, ajustándose a lo preceptuado en la misma en el momento en que se pretenda una remodelación total o parcial de las mismas. El Ayuntamiento de Velefique, dentro del ámbito de sus competencias, en lo referente a la obtención de ayudas públicas para rehabilitación de viviendas, primará la obtención de estas ayudas hacia las viviendas que tengan sus fachadas, cubiertas y huecos adaptados a la arquitectura tradicional o que pretendan destinar dichas ayudas a adecuarse a ésta. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza Municipal de Edificación entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y estará vigente hasta su modificación o derogación, en la forma establecida en el artículo 111 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. Administración Autonómica 4294/13 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Delegación Territorial en Almería E D I C T O Al no haberse podido practicar la notificación de los trámites que se indican a las personas que se citan, por algunas de las causas referidas en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por parte de esta Delegación Territorial se procede a la publicación del siguiente Edicto. Habiéndose intentado practicar la notificación de las resoluciones relacionadas de baja, de Procedimiento de Inactividad, de resolución de desistimiento, según el artículo 87 de la Ley 30/92 y reguladas en el Decreto 14/2006 de 18 de Enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, esta no ha sido efectuada por resultar el interesado desconocido en el domicilio que declara en su solicitud, por todo ello y tras la aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/92, se ACUERDA La publicación de los procedimientos administrativos de resoluciones de procedimiento de Inactividad y Baja en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, de los expedientes que se describen seguidamente. Dichos expedientes se encuentran, a disposición de los interesados, en la sede de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almería, sita en C/. Hermanos Machado, 4-4ª planta, 04004 - Almería, Teléfono 950.158277, Fax 950.011.096. Conforme a lo dispuesto por el artículo 84 de la Ley 30/1992, los interesados disponen de un plazo de diez días hábiles, para alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 34 INTERESADO Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería NIF/CIF EXPEDIENTE LOCALIDAD PROVINCIA TRAMITE JOSÉ CORRAL FERNÁNDEZ 75209040-Y 018 AL 01007 ARMUÑA DE ALMANZORA ALMERÍA A.D.I. JUAN JOSÉ MOYA FERNADEZ 27488798-A 002 AL 02063 ABRUCENA ALMERÍA A.l.l. INTERPRETACIÓN DE CLAVES: A.l.l.= ACUERDO DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO DE INACTIVIDAD A.D.I.= RESOLUCIÓN DEL ACUERDO DEFINITIVO DEL PROCEDIMIENTO DE INACTIVIDAD R.B. = RESOLUCIÓN DE BAJA A.I.C.I.= ACUERDO DE INICIO DE LA CANCELACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN R.C.D.I.= RESOLUCIÓN DE LA CANCELACIÓN DEFINITIVA DE LA INSCRIPCIÓN R.D. = RESOLUCIÓN DESFAVORABLE Almería, a 22 de mayo de 2013. LA SECRETARIA GENERAL PROVINCIAL, María Rosa Plaza Olivares. 4295/13 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Delegación Territorial en Almería E D I C T O Al no haberse podido practicar la notificación de los trámites que se indican, a las personas que se citan, solicitantes de Inclusión en el Catálogo General de Explotaciones Prioritarias (Ley 19/95), por algunas de las causas referidas en el art. 59.4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por parte de esta Delegación Provincial se procede a la publicación del siguiente Edicto. Las personas relacionadas anteriormente disponen de los siguientes plazos: - TRÁMITE PA: Comunicación paralización. Se le comunica que el expediente se encuentra paralizado por su causa, y por ello, transcurridos tres meses se producirá la caducidad del mismo con archivo de las actuaciones. - TRÁMITE SD: Solicitud de documentos de archivo. Diez días hábiles para aportar los documentos reseñados. Advirtiéndole que, de no hacerlo, se entenderá decaído el expediente y se procederá a suspender su tramitación. - TRÁMITE CD: Solicitud de documentos de caducidad. Diez días hábiles para aportar los documentos reseñados. Advirtiéndole que la paralización del expediente por un plazo de tres meses supondrá la caducidad del mismo. - TRÁMITE RD: Resolución de denegación de inscripción. Contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en el art. 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - TRÁMITE RC: Resolución de caducidad. Contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos indicados en el apartado anterior en los mismos plazos. - TRÁMITE RAD: Resolución de aceptación de desistimiento. Contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos indicados en el apartado anterior en los mismos plazos. - TRÁMITE AR: Resolución de archivo. Contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos indicados en el apartado anterior en los mismos plazos. - TRÁMITE RB: Resolución de baja en el Registro de Explotaciones Prioritarias. Contra la misma que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos indicados en el apartado anterior en los mismos plazos. TRÁMITE RRA: Resolución de recurso de alzada. Contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. - TRÁMITE AU: Trámite de audiencia. Inicio del procedimiento de baja en el Registro Autonómico de Explotaciones Prioritarias. Dispone de quince días para alegar y presentar la documentación y justificación que estime pertinente. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 35 - TRAMITE AL: Comunicación período de alegaciones. Solicitud informada negativamente por lo que dispone de quince días para alegar y presentar la documentación y justificación que estime pertinente. - TRÁMITE RF: Resolución favorable. Contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, de conformidad con lo establecido en el art. 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - TRÁMITE CA: Comunicación Actualización. Se procede de oficio a la actualización del catalogo de explotaciones prioritarias, con lo cual deberá presentar la documentación requerida en el plazo de quince días desde la notificación, en caso omiso se procederá a la resolución de archivo. Todos los plazos referidos se entenderán contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Edicto, de conformidad con lo previsto en la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las personas interesadas podrán dirigirse para obtener información sobre la tramitación de los procedimientos al Servicio de Promoción Rural de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en ALMERÍA, en calle Hermanos Machado N° 4, 3ª planta. Almería, a 17 de mayo de 2013. EL DELEGADO TERRITORIAL, José Manuel Ortiz Bono. Relación de expedientes para EDICTO a fecha: 17/05/2013 SOLICITANTE NIF LÍNEA EXPEDIENTE LOCALIDAD PROVINCIA TRÁMITE MARÍA PILAR LÓPEZ LÓPEZ 23804228X LEY 19/95 01/04/01771-3 EL EJIDO NÍJAR AR 4296/13 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente Delegación Territorial en Almería E D I C T O Al no haberse podido practicar la notificación del trámite que se indica a la personas que se citan, por algunas de las causas referidas en el art. 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por parte de esta Delegación Territorial se procede a la publicación del siguiente Edicto. Habiéndose intentado practicar la notificación en la que se comunica Resolución por la que se inscribe el cese definitivo de la industria “AGRÍCOLA HERMANOS LÓPEZ PÉREZ, C.B.”, según el artículo 87 de la Ley 30/92, ésta no ha sido efectuada porque intentada la notificación, no se ha podido practicar en el domicilio que declara en su solicitud. Por todo ello y tras la aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/92, se ACUERDA La publicación del procedimiento administrativo de resolución del cese definitivo en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía, del expediente que se describe seguidamente. Dicho expediente se encuentra, a disposición de los interesados, en la sede de la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Almería, sita en C/. Hermanos Machado, 4 - 4ª planta, 04004 - Almería, Teléfono 950.158277, Fax 950.011.096. INTERESADO NIF/CIF EXPEDIENTE LOCALIDAD PROVINCIA TRÁMITE AGRÌCOLA HERMANOS LÓPEZ PÉREZ, C.B. (N° R.I.A.04/40611) E-04276457 IA.AL-44/13 ROQUETAS DE MAR ALMERÍA NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN CESE DEFINITIVO EN REGISTRO DE INDUSTRIAS AGROALIMENTARIAS DE ANDALUCÍA Almería, a 21 de mayo de 2013. LA SECRETARIA GENERAL PROVINCIAL, María Rosa Plaza Olivares. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 36 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 4297/13 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación - Delegación Territorial de Almería A N U N C I O En cumplimiento del Artículo 4° del Real Decreto 873/1977 de 22 de abril y Estatuto de los Trabajadores de 24 de Marzo de 1995, y a los efectos previstos en los mismos, se hace público que en este CENTRO y a las 11:45 horas del día 9 de Mayo de 2013 ha sido presentada por D. Ernesto Castilla Morales, con N.I.E. Número 32.013.249-D, la Modificación de los Estatutos de la Organización Profesional denominada “ASOCIACIÓN ALMERIENSE DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA (A.A.A.D.)”, y que ha sido registrada con el nº 04/701/13, y cuyos ámbitos son: TERRITORIAL: Provincial. PROFESIONAL: Empresarios. Siendo los firmantes del Certificado de Acta de Modificación: D. Antonio Carrión Pérez y Dª Carolina Peralta Díaz. Lo que comunico a Vd. con el ruego de que dada la perentoriedad del plazo de veinte días previsto en el Art. 3º de la Ley, sea publicado dicho anuncio dentro de los tres días siguientes a la recepción del presente. Almería, a 10 de mayo de 2013. LA DELEGADA TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, firma ilegible. 4298/13 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación - Delegación Territorial de Almería A N U N C I O En cumplimiento del Artículo 4° del Real Decreto 873/1977 de 22 de abril y Estatuto de los Trabajadores de 24 de Marzo de 1995, y a los efectos previstos en los mismos, se hace público que en este CENTRO y a las 12:30 horas del día 29 de abril de 2013 han tenido entrada, presentados el día 25 de abril de 2013 en Correos por D. Martín Martos Cerdán, con N.I.E. Número 45.712.674-J, la Modificación de los Estatutos de la Organización Profesional denominada “ASOCIACIÓN DE EMPRESARIOS Y PROFESIONALES DE ALBOX VALLE DEL ALMANZORA”, y que ha sido registrada con el nº 04/700/13, y cuyos ámbitos son: TERRITORIAL: Provincial. PROFESIONAL: Empresarios. Siendo los firmantes del Certificado de Acta de Modificación: D. Martín Martos Cerdán y D. Diego Reche Carrillo. Lo que comunico a Vd. con el ruego de que dada la perentoriedad del plazo de veinte días previsto en el Art.º 3° de la Ley, sea publicado dicho anuncio dentro de los tres días siguientes a la recepción del presente Almería, a 20 de mayo de 2013. LA DELEGADA TERRITORIAL DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO, firma ilegible. 4299/13 JUNTA DE ANDALUCÍA Consejería de Salud Delegación Provincial de Almería EXPEDIENTE N°: 25/12 PERSONA INTERESADA: JOANNE MARÍE MACCALLAN. ÚLTIMO DOMICILIO: C/. MÁLAGA, 4 ALBOX. TRÁMITE QUE SE NOTIFICA: RESOLUCIÓN. INFRACCIÓN/ES: 3.001 Euros. No habiéndose podido practicar la notificación del referido acto al/la interesado/a, no obstante haberse intentado aquélla a través del Servicio de Correos, y de acuerdo con los arts. 58, 59 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se hace público en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de que el/la interesado/a pueda formular, en su caso, RECURSO DE ALZADA, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 48.2°, 114 y 115 de la LRJAPC. Almería, a 21 de mayo de 2013. EL DELEGADO TERRITORIAL DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL, Alfredo Valdivia Ayala. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 37 Administración de Justicia 4312/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 700/2012. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20120002864. De: D/Dª KHADDAD AMINA. Contra: D/Dª MARÍA JOSEFA MORENO BAENA, SIMÓN SABIO PÉREZ y MARÍA JOSÉ SABIO MORENO. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 700/2012 se ha acordado citar a KHADDAD AMINA, MARÍA JOSEFA MORENO BAENA, SIMÓN SABIO PÉREZ y MARÍA JOSÉ SABIO MORENO como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 19 DE DICIEMBRE DE 2013 A LAS 12 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a KHADDAD AMINA, MARÍA JOSEFA MORENO BAENA, SIMÓN SABIO PÉREZ y MARÍA JOSÉ SABIO MORENO. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4313/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 1082/2011. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110004682. De: D/Dª PEDRO JOSÉ FERNÁNDEZ REVERTE. Contra: D/Dª INDALECIO CASTILLO AMO, TRANSPORTES TRANSLODAIN S.L. y TRIDECO ASESORES SLP. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1082/2011 se ha acordado citar a PEDRO JOSÉ FERNÁNDEZ REVERTE, INDALECIO CASTILLO AMO, TRANSPORTES TRANSLODAIN S.L. y TRIDECO ASESORES SLP como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 27 DE JUNIO DE 2013 A LAS 10,15 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a PEDRO JOSÉ FERNÁNDEZ REVERTE, INDALECIO CASTILLO AMO, TRANSPORTES TRANSLODAIN S.L. y TRIDECO ASESORES SLP. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veintiuno de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 38 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 4339/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 490/2012. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20120002010. De: D/Dª NICOLAE FRIPTU. Contra: D/Dª CONSTRUCTORA DUMITRITA S.L. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 490/2012 se ha acordado citar a NICOLAE FRIPTU y CONSTRUCTORA DUMITRITA S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 5 DE NOVIEMBRE DE 2013 A LAS 12,10 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a NICOLAE FRIPTU y CONSTRUCTORA DUMITRITA S.L.. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veintidós de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4340/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 1264/2011. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110005481. De: D/Dª CARMEN CORRAL GÓMEZ. Contra: D/Dª ESABE VIGILANCIA S.A. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1264/2011 se ha acordado citar a CARMEN CORRAL GÓMEZ y ESABE VIGILANCIA S.A. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 2 DE JULIO DE 2013 A LAS 11 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a CARMEN CORRAL GÓMEZ y ESABE VIGILANCIA S.A.. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veintidós de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 39 4341/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Despidos/Ceses en general 712/2012. Negociado: MS. Sobre: DESPIDO. N.I.G.: 0401344S20120002920. De: D/Dª AMADOR GÓMEZ GÓMEZ, JOSÉ ANTONIO FUENTES RIZO y JOSÉ MANUEL GARCÍA LÓPEZ. Contra: D/Dª LUCÍA URIBE PÉREZ, PEDRO URIBE PÉREZ, MIGUEL URIBE PÉREZ, JUAN URIBE PÉREZ, FOGASA, CASH URIBE NORTE S.L., CASH URIBE PONIENTE S.L., MINISTORE S.L., SUPERCASH URIBE S.L., GESTIÓN INMOBILIARIA URIBE S.L., SUPERMERCADOS SUPEROLE LEVANTE S.L., SUPERMERCADOS SUPEROLE S.L. y DISTRIBUIDORA URIBE S.A. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 712/2012 se ha acordado citar a AMADOR GÓMEZ GÓMEZ, JOSÉ ANTONIO FUENTES RIZO, JOSÉ MANUEL GARCÍA LÓPEZ, LUCIA URIBE PÉREZ, PEDRO URIBE PÉREZ, MIGUEL URIBE PÉREZ, JUAN URIBE PÉREZ, FOGASA. CASH URIBE NORTE S.L., CASH URIBE PONIENTE S.L., MINISTORE S.L., SUPERCASH URIBE S.L., GESTIÓN INMOBILIARIA URIBE S.L., SUPERMERCADOS SUPEROLE LEVANTE S.L., SUPERMERCADOS SUPEROLE S.L., DISTRIBUIDORA URIBE S.A. y INMOBILIARIA URIBE S.A. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 29 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 10 HORAS para asistir a - los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falla injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a AMADOR GÓMEZ GÓMEZ, JOSÉ ANTONIO FUENTES RIZO, JOSÉ MANUEL GARCÍA LÓPEZ, LUCIA URIBE PÉREZ, PEDRO URIBE PÉREZ, MIGUEL URIBE PÉREZ, JUAN URIBE PÉREZ, FOGASA, CASH URIBE NORTE S.L., CASH URIBE PONIENTE S.L., MINISTORE S.L., SUPERCASH URIBE S.L., GESTIÓN INMOBILIARIA URIBE S.L., SUPERMERCADOS SUPEROLE LEVANTE S.L., SUPERMERCADOS SUPEROLE S.L., DISTRIBUIDORA URIBE S.A. y INMOBILIARIA URIBE S.A.. TESTIGO: J. IGNACIO MARISCAL ASPURU Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veintiuno de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4342/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 258/2012. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20120001038. De: D/Dª JAVIER NAVARRO LÓPEZ. Contra: D/Dª EJIDO-MEX S.L. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta lecha en los autos número 258/2012 se ha acordado citar a JAVIER NAVARRO LÓPEZ y EJIDO-MEX S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 25 DE JULIO DE 2013 A LAS 12 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 40 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a JAVIER NAVARRO LÓPEZ y EJIDO-MEX S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veintiuno de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4343/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 208/2012. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20120000830. De: D/Dª ISMEL MILLÁN RODRÍGUEZ. Contra: D/Dª MANUEL JUAN LÓPEZ PORRAS, FOGASA, LASTRA DESTINOS S.L. y ACCOUNT EXECUTIVE S.L. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 208/2012 se ha acordado citar a ISMEL MILLÁN RODRÍGUEZ, MANUEL JUAN LÓPEZ PORRAS, FOGASA, LASTRA DESTINOS S.L. y ACCOUNT EXECUTIVE S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 11 DE JULIO DE 2013 A LAS 12,10 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a ISMEL MILLÁN RODRÍGUEZ, MANUEL JUAN LÓPEZ PORRAS, FOGASA, LASTRA DESTINOS S.L. y ACCOUNT EXECUTIVE S.L. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4344/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 1266/2011. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110005486. De: D/Dª JUAN FRANCISCO MOYA MARTÍNEZ. Contra: D/Dª ESABE VIGILANCIA S.A. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1266/2011 se ha acordado citar a JUAN FRANCISCO MOYA MARTÍNEZ y ESABE VIGILANCIA S.A. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 2 DE JULIO DE 2013 A LAS 11 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. CITACION JUDICIAL REPRESENTANTE LEGAL DE LA DEMANDADA Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 41 Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a JUAN FRANCISCO MOYA MARTÍNEZ y ESABE VIGILANCIA S.A.. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a diecisiete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4345/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 686/2011. Negociado: MS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110002964. De: D/Dª MANUEL BOSQUET MORENO. Contra: D/Dª VIBACAM S.L.U. y CONSTRUCCIONES BAYSAL 2008 S.L.U. E D I C T O D/Dª Alfredo Moreno González, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 1 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta lecha en los autos número 686/2011 se ha acordado citar a MANUEL BOSQUET MORENO. VIBACAM S.L.U. y CONSTRUCCIONES BAYSAL 2008 S.L.U. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 17 DE SEPTIEMBRE DE 2013 A LAS 11,50 HORAS para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA 120, PLTA 6 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a MANUEL BOSQUET MORENO, VIBACAM S.L.U. y CONSTRUCCIONES BAYSAL 2008 S.L.U. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a diecisiete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, Alfredo Moreno González. 4319/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 200/2013. Negociado: AL. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110005448. De: D/Dª JUAN DE LUQUE NOVOA. Contra: D/Dª CONSTRUCCIONES LOMA DE LA MEZQUITA S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 200/2013 a instancia de la parte actora D/Dª JUAN DE LUQUE NOVOA contra CONSTRUCCIONES LOMA DE LA MEZQUITA S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 20/5/13 del tenor literal siguiente: AUTO.Magistrado/a-Juez Sr/Sra D/Dª MARTA DE TORRES MORENO. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. PARTE DISPOSITIVA DISPONGO: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, JUAN DE LUQUE NOVOA frente a CONSTRUCCIONES LOMA DE LA MEZQUITA, S.L. parte ejecutada, por importe de 18.604,77 euros en concepto de principal, más los intereses y costas legales. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 42 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Notifíquese esta resolución a las partes con los apercibimientos legales. Modo de impugnarla por la ejecutada: Mediante escrito formulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesales como las razones de fondo), que habrá de presentarse en este Juzgado de lo Social en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 556 y siguientes LEC), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2. LEC). Modo de impugnarla por la ejecutante: Contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 551.4 LEC). No obstante, si la Ejecutante entiende denegada parcialmente la ejecución, podrá interponer recurso de reposición ante el Juez (artículo 552.2. de la LEC), mediante escrito presentado en Oficina en los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.2 y 187.1 de la LRJS). La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la LRJS). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósito y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en BANESTO, n° 0030 1846 42 000 50 01 274 Expediente 2926-0000-64- n° Ejecutoria y año, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición” consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª de la LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. EL/LA MAGISTRADO/A. DOY FE, EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL. DECRETO Secretario Judicial D/Dª MARÍA JOSÉ SÁEZ NAVARRO. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s CONSTRUCCIONES LOMA DE LA MEZQUITA S.L., con CIF B04256137 en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 18.604,77 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese la presente resolución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° 292600006812592011 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL. Y para que sirva de notificación al demandado CONSTRUCCIONES LOMA DE LA MEZQUITA S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4320/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 1382/2012. Negociado: CN. Sobre: **Otros. N.I.G.: 0401344S20120005715. De: D/Dª JOSÉ ANTONIO AMO GIMÉNEZ. Contra: D/Dª MAGDALENA SALVADOR VENTURA, PEDRO BAUTISTA MARTÍN MOLINA, COMERCIAL POLÍGONO SAN RAFAEL SA, CARSEAL SERVICIOS S.L., ARBORIMAR S.L., EMPRESA MIXTA DE SERVICIOS MUNICIPALES DE EL EJIDO SA, ALSECONSA INDALO S.L., JERBAUROS OBRAS Y SERVICIOS S.L., MERFAORAN SERVICIOS SL. y MAVIROAD S.L. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 43 E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 1382/2012 se ha acordado citar a CARSEAL SERVICIOS S.L., ARBORIMAR S.L., ALSECONSA INDALO S.L., JERBAUROS OBRAS Y SERVICIOS S.L., MERFAORAN SERVICIOS SL. y MAVIROAD S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 25 DE NOVIEMBRE DEL 2014 A LAS 10,20 H.- para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N° 120 Bloque B PTA 6 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a CARSEAL SERVICIOS S.L., ARBORIMAR S.L., ALSECONSA INDALO S.L., JERBAUROS OBRAS Y SERVICIOS S.L., MERFAORAN SERVICIOS SL. y MAVIROAD S.L.. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4321/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 489/2011. Negociado: AS. Sobre: **Otros. N.I.G.: 0401344S20110002122. De: D/Dª ANTONIO ACIÉN ALCÁNTARA. Contra: D/Dª ARBORIMAR S.L., ALSECONSA INDALO S.L., MAFRAN OBRAS Y SERVICIOS S.L., ELSUR S.A. y JERBAUROS OBRAS Y SERVICIOS S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 489/2011 se ha acordado citar a ARBORIMAR S.L., ALSECONSA INDALO S.L., MAFRAN OBRAS Y SERVICIOS S.L. y JERBAUROS OBRAS Y SERVICIOS S.L. como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 18 DE DICIEMBRE DEL 2013 a las 11,00 horas y conciliación a las 10,55 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N° 120 Bloque B PTA 6 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a ARBORIMAR S.L., ALSECONSA INDALO S.L., MAFRAN OBRAS Y SERVICIOS S.L. y JERBAUROS OBRAS Y SERVICIOS S.L.. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4323/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimíento: Social Ordinario 726/2011 Negociado: SA Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD N.I.G.: 0401344S20110003205 De: D/Dª JOSÉ JAVIER DÍAZ MORENO Contra: D/Dª ESPECTÁCULOS SENSACIÓN ALMERÍA S.L. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 44 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 726/2011 a instancia de la parte actora D/ Dª JOSÉ JAVIER DÍAZ MORENO contra ESPECTÁCULOS SENSACIÓN ALMERÍA S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha del tenor literal siguiente: SENTENCIA N° 211/13. En Almería, a trece de Mayo de dos mil trece. Vistos por Marta de Torres Moreno, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Almería, en audiencia pública, el juicio oral sobre reclamación de cantidad, seguido a instancia de José Javier Díaz Moreno, asistido por el letrado Tenorio Blanco, frente a espectáculos Sensación Almería SL, no comparecida; atendiendo a los siguientes FALLO: Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por José Javier Díaz Moreno frente a espectáculos Sensación Almería S.L. DEBO CONDENAR Y CONDENO a la empresa a abonar al trabajador la suma de 2700 euros, incrementada con el 10% de interés monitorio. Ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pudiera recaer en el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en caso de insolvencia de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme. Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos, y llévese original de la misma al Libro de Sentencias del Juzgado. Así lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado ESPECTÁCULOS SENSACIÓN ALMERÍA S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a trece de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4324/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 219/2013. Negociado: AS. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20130000913. De: D/Dª ÁLVARO PÉREZ MARTÍN. Contra: D/Dª UTE ANDASOL 3 y INDÁLICA DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 219/2013 se ha acordado citar a UTE ANDASOL 3 y INDÁLICA DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SL como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 11 DE FEBRERO DEL 2015 a las 10,10 horas y conciliación a las 10,05 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en CARRETERA DE RONDA N° 120 Bloque B PTA 6 CIUDAD DE LA JUSTICIA COD. 04071 debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de CONFESIÓN JUDICIAL. Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este juzgado de lo Social copia de la demanda presentada. Y para que sirva de citación a UTE ANDASOL 3 y INDÁLICA DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS SL. Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios. En Almería, a diecisiete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 45 4328/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Despido Objetivo Individual 995/2012. Negociado: JM. Sobre: DESPIDO. N.I.G.: 0401344S20120004143. De: D/Dª ALMUDENA FERNÁNDEZ GARRIS. Contra: D/Dª ARGAR CONSTRUCCIONES SERVICIOS Y TRANSFORMACIONES S.A. E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 995/2012, sobre Despido Objetivo Individual, a instancia de ALMUDENA FERNÁNDEZ GARRIS contra ARGAR CONSTRUCCIONES SERVICIOS Y TRANSFORMACIONES S.A., en la que con fecha 20/05/13, se ha dictado Sentencia, que sustancialmente dice lo siguiente: SENTENCIA n° 230/13. En Almería, a veinte de Mayo de dos mil trece. Vistos por Marta de Torres Moreno, Magistrada- Juez del Juzgado de lo Social n° 4 de Almería, los presentes autos promovidos por Almudena Fernández Garrís, asistido por la letrada Díaz Felices, frente a Argar Construcciones, Servicios y Transformaciones SA, incomparecida, en este juicio que versa sobre despido y reclamación de cantidad, y atendiendo a los siguientes: FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Almudena Fernández Garris frente a Argar Construcciones, Servicios y Transformaciones S.A. debo declarar y declaro la improcedencia del despido de la actora de fecha 3 de julio de 2012, condenando a la empresa demandada a optar en el plazo de 5 días entre la readmisión del trabajador o el abono al mismo de la suma de 18.707,52 euros en concepto de indemnización por despido, condenándola asimismo a abonarle la suma de 3536,56 euros en concepto de salarios debidos e impagados. Todo lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad legal que pueda tener que asumir el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en caso de insolvencia de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, debiendo anunciarlo ante este Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente. Se advierte al recurrente que no sea trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá consignar la cantidad legal (el importe íntegro de la condena, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad) en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, N° 0030-3085-29260000-65, oficina 3085 de BANESTO, sita en el Paseo de Almería, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso; depositando igualmente la cantidad de 300 euros en la misma cuenta,; sin cuyos requisitos no sería admitido. Y para que sirva de notificación en forma a ARGAR CONSTRUCCIONES SERVICIOS Y TRANSFORMACIONES S.A., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de ALMERÍA, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Almería, a veintiuno de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible. 4329/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 196/2013. Negociado: AL. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110001562. De: D/Dª AMINA SABER. Contra: D/Dª NOA AGUADULCE S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 196/2013 a instancia de la parte actora D/Dª AMINA SABER contra NOA AGUADULCE S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 20/5/13 del tenor literal siguiente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 46 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería AUTO.Magistrado/a-Juez Sr/Sra D/Dª MARTA DE TORRES MORENO. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. PARTE DISPOSITIVA DISPONGO: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, AMINA SABER frente a NOA AGUADULCE parte ejecutada, por importe de 2.239,54 euros en concepto de principal, más los intereses y costas legales. Notifíquese esta resolución a las partes con los apercibimientos legales. Modo de impugnarla por la ejecutada: Mediante escrito formulando oposición a la ejecución, en el que se deberán expresar todos los motivos de impugnación (tanto los defectos procesales como las razones de fondo), que habrá de presentarse en este Juzgado de lo Social en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su notificación (artículos 556 y siguientes LEC), sin que su sola interposición suspenda la ejecutividad de lo acordado (artículo 556.2. LEC). Modo de impugnarla por la ejecutante: Contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo 551.4 LEC). No obstante, si la Ejecutante entiende denegada parcialmente la ejecución, podrá interponer recurso de reposición ante el Juez (artículo 552.2. de la LEC), mediante escrito presentado en Oficina en los TRES días hábiles siguientes al de su notificación, con expresión de la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 186.2 y 187.1 de la LRJS). La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 186.3 de la LRJS). Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 25 euros sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósito y consignaciones que este Juzgado tiene abierta en BANESTO, n° 0030 1846 42 000 50 01 274 Expediente 2926-0000-64- n° Ejecutoria y año, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso seguido del código “30” y “Social-Reposición” consignación que deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15ª de la LOPJ). Están exentos de constituir el depósito para recurrir quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, quienes tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. DECRETO Secretario Judicial D/Dª MARÍA JOSÉ SÁEZ NAVARRO. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. PARTE DISPOSITIVA En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Que se proceda, sin previo requerimiento, al embargo de bienes de la parte demandada, suficientes para cubrir la cantidad de 2.239,54 €, en concepto de principal, más la de 447,9 € que provisionalmente se fijan para intereses, costas y gastos, llevándose a cabo la traba por la Comisión correspondiente de este Servicio Común Procesal, guardándose en la misma el orden y las limitaciones que establecen los artículos 592.2, 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se advierte a la parte ejecutante que el embargo de los bienes muebles se suspenderá si no se pudiera nombrar depositario en el acto de su práctica. Para el caso de que no se tuviera noticia de la existencia de bienes suficientes, procédase a la investigación a través de las consultas de las bases de datos de los pertinentes Organismos y Registros Públicos a que tiene acceso este Servicio Común y remitiéndose los oficios que se precisen para la determinación de bienes y derechos del deudor suficientes para dirigir la ejecución. Notifíquese esta resolución al ejecutado, junto con el Auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que, en cualquier momento pueda/n personarse en la ejecución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación ante el/la Secretario Judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que ajuicio del recurrente contiene la misma. Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. Y para que sirva de notificación al demandado NOA AGUADULCE S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4330/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 62/2013. Negociado: AL. Sobre: DESPIDO. N.I.G.: 0401344S20120000659. De: D/Dª FRANCISCO JAVIER PUERTAS HERNÁNDEZ. Contra: D/Dª TEMBO CONSTRUCCIÓN Y OBRA CIVIL S.A. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 47 E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 62/2013 a instancia de la parte actora D/Dª FRANCISCO JAVIER PUERTAS HERNÁNDEZ contra TEMBO CONSTRUCCIÓN Y OBRA CIVIL S.A. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 13/5/13 del tenor literal siguiente: DECRETO Secretario Judicial D/Dª MARÍA JOSÉ SÁEZ NAVARRO. En Almería, a trece de mayo de dos mil trece. PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al/a los ejecutado/s TEMBO CONSTRUCCIÓN Y OBRA CIVIL S.A. con CIF A0464390, en situación de INSOLVENCIA PARCIAL por importe de 42.839,73 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto para su publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. Notifíquese la presente resolución. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° 29260000281512012 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL. Y para que sirva de notificación al demandado TEMBO CONSTRUCCIÓN Y OBRA CIVIL S.A. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a trece de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4331/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 536/2011. Negociado: SA. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110002332. De: D/Dª SANTIAGO ÁLVAREZ FERNÁNDEZ. Contra: D/Dª REFORMAS CONRETA S.L.U. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 536/2011 a instancia de la parte actora D/Dª SANTIAGO ÁLVAREZ FERNÁNDEZ contra REFORMAS CONRETA S.L.U. sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 6/4/2013 del tenor literal siguiente: SENTENCIA N° 151/13. En Almería, a seis de Abril de dos mil trece. Vistos por Marta de Torres Moreno, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Almería, en audiencia pública, el juicio oral sobre reclamación de cantidad, seguido a instancia de Santiago Álvarez Fernández, asistido por el GS Capel Ramírez, frente a Reformas Conreta SLU y Dragados y construcciones SA, no comparecida; atendiendo a los siguientes. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 48 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería FALLO: Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Santiago Álvarez Fernández frente a Reformas Conreta SLU, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la empresa a abonar al trabajador la suma de 3300 euros, incrementada con el 10% de interés moratorio. Ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pudiera recaer en el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en caso de insolvencia de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, debiendo anunciarlo ante este Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente. Se advierte al recurrente que no sea trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá consignar la cantidad legal (el importe íntegro de la condena, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad) en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, N° 0030-3085-29260000-65, oficina 3085 de BANESTO, sita en el Paseo de Almería, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso; depositando igualmente la cantidad de 300 euros en la misma cuenta,; sin cuyos requisitos no sería admitido. Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos, y llévese original de la misma al Libro de Sentencias del Juzgado. Así lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado REFORMAS CONRETA S.L.U. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a siete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4332/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 510/2011. Negociado: SA. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110002200. De: D/Dª FRANCISCA MAZO ARTES. Contra: D/Dª EIDRIAN INTERNACIONAL 21 S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 510/2011 a instancia de la parte actora D/Dª FRANCISCA MAZO ARTES contra EIDRIAN INTERNACIONAL 21 S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha del tenor literal siguiente: SENTENCIA N° 213/13. En Almería, a trece de Mayo de dos mil trece. Vistos por Marta de Torres Moreno, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Almería, en audiencia pública, el juicio oral sobre reclamación de cantidad, seguido a instancia de Francisca Mazo Artés, asistido por la letrada Tudela Jiménez, frente a Vidrian Internacional 21 SL, no comparecida; atendiendo a los siguientes FALLO: Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Francisca Mazo Artés frente a Vidrian Internacional 21 SL DEBO CONDENAR Y CONDENO a la empresa a abonar al trabajador la suma de 2436,08, incrementada con el 10% de interés moratorio. Ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pudiera recaer en el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en caso de insolvencia de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que la misma es firme. Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos, y llévese original de la misma al Libro de Sentencias del Juzgado. Así lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado EIDRIAN INTERNACIONAL 21 S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a trece de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 49 4337/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 826/2012. Negociado: SA. Sobre: DESPIDO. N.I.G.: 0401344S20120003453. De: D/Dª BRAHIM CHFIQI. Contra: D/Dª CUBINDAL S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 826/2012 a instancia de la parte actora D/Dª BRAHIM CHFIQI contra CUBINDAL S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 26/3/2013 del tenor literal siguiente: FALLO: LA ESTIMACIÓN TOTAL DE LA DEMANDA de despido improcedente interpuesta por la defensa de Brahim Chfiqi, frente a Chbindal SL DECLARANDO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO del actor y condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración y a que, a su opción, en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución, readmita al actor en su anterior puesto de trabajo o le abone en concepto de indemnización la cantidad de 16.711,31 euros. Adviértase a la empresa que debe formular la opción expresamente, mediante escrito o comparecencia ante este Juzgado en el plazo indicado y que de no realizarse se entenderá que se efectúa en favor de la readmisión. Todo lo anterior sin perjuicio de la responsabilidad legal que pueda tener que asumir el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en caso de insolvencia de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE SUPLICACIÓN, ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, debiendo anunciarlo ante este Juzgado en el plazo de 5 días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente. Se advierte al recurrente que no sea trabajador o beneficiario del Régimen Público de la Seguridad Social, o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de la justicia gratuita, que deberá consignar la cantidad legal (el importe íntegro de la condena, en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad) en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, N° 0030-3085-29260000-65, oficina 3085 de BANESTO, sita en el Paseo de Almería, o presentar aval solidario de Entidad Financiera por el mismo importe; acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso; depositando igualmente la cantidad de 300 euros en la misma cuenta,; sin cuyos requisitos no sería admitido. Líbrese testimonio de la presente resolución, archívese y llévese el original al Libro de Sentencias de este Juzgado. Y para que sirva de notificación al demandado CUBINDAL S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a siete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4338/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE ALMERÍA Procedimiento: Social Ordinario 308/2011. Negociado: SA. Sobre: RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. N.I.G.: 0401344S20110001349. De: D/Dª JOSÉ LUIS VIZCAÍNO SANZ. Contra: D/Dª PROMOCIONES 2005 SERGIMAR S.L. E D I C T O D/Dª María José Sáez Navarro, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Número 4 de Almería. HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 308/2011 a instancia de la parte actora D/Dª JOSÉ LUIS VIZCAÍNO SANZ contra PROMOCIONES 2005 SERGIMAR S.L. sobre Social Ordinario se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 25/3/2013 del tenor literal siguiente: SENTENCIA Nº 111/13. En Almería, a veinticinco de Marzo de dos mil trece. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 50 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Vistos por Marta de Torres Moreno, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social número 4 de Almería, en audiencia pública, el juicio oral sobre reclamación de cantidad, seguido a instancia de José Luis Vizcaíno Sanz, asistido del letrada Tenedor Ruiz, frente a Promociones 2005 Sergimar, no comparecida; atendiendo a los siguientes FALLO: Que ESTIMANDO TOTALMENTE la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por José Luis Vizcaíno Sanz frente a Promociones 2005 Sergimar, DEBO CONDENAR Y CONDENO a la demandada a abonar al trabajador la suma de 2125,9 euros, cantidad que se verá incrementada en el 10% de interés anual por mora. Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, pudiera recaer en el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL en caso de insolvencia de la demandada. Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma legalmente establecida, haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Líbrese testimonio de la presente para su unión a los autos, y llévese original de la misma al Libro de Sentencias del Juzgado. Así lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado PROMOCIONES 2005 SERGIMAR S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos. En Almería, a siete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María José Sáez Navarro. 4311/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE OURENSE NIG: 32054 44 4 2013 0000483. N28150 N° AUTOS: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000120 /2013. DEMANDANTE/S: RAFAEL RODRÍGUEZ VALIÑAS. ABOGADO/A: PROCURADOR: JESÚS MARQUINA FERNÁNDEZ. GRADUADO/A SOCIAL: DEMANDADO/S: CARLOS ALBERTO PÉREZ GARRIDO, ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS ADIF, JOSÉ ANTONIO CORTÉS SL, SACYR Y VALLEHERMOSO SA, OBRAS Y SERVICIOS DE GALICIA Y ASTURIAS SA OSEGA SA, UTE CARBALLIÑO. E D I C T O Dª Mª Elsa Méndez Díaz, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n° 001 de OURENSE, HAGO SABER: Que en el PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000120/2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D. RAFAEL RODRÍGUEZ VALIÑAS contra la empresa JOSÉ ANTONIO CORTES, S.L., sobre Cantidades, se ha dictado la siguiente sentencia en fecha 22/05/2013, cuyo Fallo es del siguiente tenor literal: “Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por D. Rafael Rodríguez Valiñas y en virtud de ello absuelvo a ADIF; SACYR VALLEHERMOSO S.A. y CAVOSA; OSEGA S.A.; UTE CARBALLIÑO; JOSÉ ANTONIO CORTES, S.L. y CARLOS ANTONIO PÉREZ GARRIDO de las pretensiones deducidas en su contra.- Notifíquese esta resolución a las partes, a quienes se hace saber que no es firme y que contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este mismo Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, a cuyo efecto los depósitos legales han de hacerse en la cuenta del banco BANESTO n° 5056000065, indicando el número de autos.- De no anunciarse recurso contra la presente, firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.- Así por esta mí sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación en legal forma a JOSÉ ANTONIO CORTES, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Ourense, a veintitrés de mayo de dos mil trece. LA SECRETARIA, Mª Elsa Méndez Díaz. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 51 4350/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE GRANADA Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 174/2012. Negociado: MJ. Sobre: ** Despidos. N.I.G.: 1808744S20120001185. De: D/Dª JESÚS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ. Contra: D/Dª CASCOS Y LAMINADOS S.L. E D I C T O El/La Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social Núm. 4 de Granada. HACE SABER: Que en este Juzgado, se sigue el procedimiento núm. 174/2012, sobre Ejecución de títulos judiciales, a instancia de JESÚS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ contra CASCOS Y LAMINADOS S L, en la que con fecha 18/07/12 se ha dictado Auto que sustancialmente dice lo siguiente: DECRETO N° 313/13. Secretario Judicial D/Dª MARÍA DOLORES HERNÁNDEZ BURGOS. En Granada, a diez de mayo de dos mil trece. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO.- En el presente procedimiento seguido entre las partes, de una como ejecutante D./Dª JESÚS RODRÍGUEZ SÁNCHEZ y de otra como ejecutada/s CASCOS Y LAMINADOS S L, se dictó resolución judicial despachando ejecución para cubrir un total de 18629,18 €. SEGUNDO.- Se ha practicado sin pleno resultado diligencia de embargo, desconociéndose tras las necesarias averiguaciones practicadas la existencia de bienes suficientes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial. TERCERO.- Por resolución de fecha 10/04/13 se dio traslado al Fondo de Garantía Salarial a fin de que instase la práctica de nuevas diligencias cuyo resultado consta en autos. FUNDAMENTOS DE DERECHO ÚNICO.- Dispone el Art. 274.1 y 2 de la LPL que previamente a la declaración de insolvencia, si el Fondo de Garantía Salarial no hubiere sido llamado con anterioridad, el Secretario Judicial le dará audiencia, por un plazo máximo de quince días, para que pueda instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes del deudor principal que le consten. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación. PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: a) Declarar al/los ejecutado/s CASCOS Y LAMINADOS S L en situación de INSOLVENCIA TOTAL que se entenderá a todos los efectos como provisional. b) Hacer entrega de copia sellada a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución. c) Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado. MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 L.R.J.S. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el n° de cuenta de este Juzgado n° 1735.0000.30.0159.12 debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos. EL/LA SECRETARIO JUDICIAL. Y para que sirva de notificación en forma a CASCOS Y LAMINADOS S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente Edicto que se publicará en el Boletín Oficial de la provincia de Granada, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa. En Granada, a diez de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, firma ilegible. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 52 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería 4304/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE MURCIA Serv. Común Ordenación del Procedimiento NIG: 30030 44 4 2011 0001603. N28150 N° AUTOS: P. OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000126 /2011. DEMANDANTE/S: COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA. ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: DEMANDADO/S: G S ESPAÑA S.L., MUSERCAMP E.T.T. S.L., LA COQUELA S.L., HERMANOS MADRID RUIZ CB, AGRIGAN CASAS NUEVAS S.L., AGROTOMY S.L. AGROTOMY S.L., OUALY DIARRA ALOU COULIBALY, RACHID MILAHI, BAKARY DEMBELE, BOUAKAR COLIBALY, LAMBERTA LÓPEZ LÓPEZ, KARIM HAMZAOU, ALIOU DANFAKHA, LANCINE KONE, AMADOU DABO, SOULEYMANE MAMADOU TRAORE, ACHOUR AYADI, MAMADI FOFANA, BOUZIANE EL AOUNI, MOHAMED DJEMANDE, MAMADOU SAGNA, DRAMANE KONE, MIGUEL DÍAZ LORENTE, MAHAMADOU MARENAH, SOUTE DIBA, KAMAL KARROUCHI, MBEMBA YAFFA, ABRAHAN FRIMPONG, HALIMA ZAHAFI, OMAR MOUMNI, ADIL ZAAFRANE, HALIMA ZAHARI, ABDELHAK KARROUCHI, MATENE TRAORE, FOUNEKE TRAORE, SULEMANA MORO, MARÍA MANUELA BORREGO MARTÍNEZ, ADAMA SYLLA, SULEMA MORO, ABRAHAM FRIMPONG, ADAMS SULE, JOSÉ MADRID RUIZ, JUAN FRANCISCO MADRID RUIZ, GILBERTO MADRID RUIZ, MOHAMED CAMARA ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: E D I C T O D/Dª María del Carmen Ortiz Garrido, Secretario/a Judicial del SCOP Social de Murcia. HAGO SABER: Que en el procedimiento P. OFICIO AUTORIDAD LABORAL 0000126 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MURCIA contra la empresa G S ESPAÑA S.L., MUSERCAMP E.T.T. S.L., LA COQUELA S.L., HERMANOS MADRID RUIZ CB AGRIGAN CASAS NUEVAS S.L., AGROTOMY S.L. AGROTOMY S.L., OUALY DIARRA, ALOU COULIBALY, RACHID MILAHI, BAKARY DEMBELE, BOUAKAR COLIBALY, LAMBERTA LÓPEZ LÓPEZ, KARIM HAMZAOU, ALIOU DANFAKHA, LANCINE KONE, AMADOU DABO SOULEYMANE MAMADOU TRAORE, ACHOUR AYADI, MAMADI FOFAZA BOUZIANE EL AOUNI, MOHAMED DJEMANDE, MAMADOU SAGNA DRAMANE KONE, MIGUEL DÍAZ LORENTE, MAHAMADOU MARENAH SOUTE DIBA, KAMAL KARROUCHI, MBEMBA YAFFA, ABRAHAN FRIMPONG, HALIMA ZAHAFI, OMAR MOUMNI, ADIL ZAAFRANE HALIMA ZAHARI, ABDELHAK KARROUCHI, MATENE TRAORE FOUNEKE TRAORE, SULEMANA MORO, MARÍA MANUELA BORREGO MARTÍNEZ, ADAMA SYLLA, SULEMA MORO, ABRAHAM FRIMPONG ADAMS SULE, JOSÉ MADRID RUIZ, JUAN FRANCISCO MADRID RUIZ, GILBERTO MADRID RUIZ, MOHAMED CAMARA, sobre PROCED. OFICIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Habiendo recibido los presentes autos de la UPAD, y visto que el anterior señalamiento de juicio previsto para el día 30/4/13 no fue notificado a la parte actora, CONSEJERÍA DE EMPLEO DE LA REGIÓN DE MURCIA, se fija nuevo señalamiento de Juicio para el próximo día 3 DE SEPTIEMBRE DE 2013 a las 9,30 h en la Sala de Vistas Nº 3, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos realizados en la inicial citación. Dándole traslado en este acto, a la Consejería de Empleo de la Región de Murcia, el decreto de admisión a trámite. Por presentado el anterior escrito de fecha 26/4/13, presentado por la Procuradora Dña. SOLEDA CÁRCLES ALEMÁN, en representación de la mercantil MUSERCAMP, E.T.T., únase a los autos de su razón, y para proveer la personación que pretende realizar, indíquese a la procuradora que deberá aportar el poder correspondiente. Se pone en conocimiento de la misma que los presentes autos quedan a su disposición en este Servicio para su examen. Y para que sirva de notificación en legal forma a AMADOU DABO en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a diecisiete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María del Carmen Ortiz Garrido. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 53 4305/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE MURCIA Serv. Común Ordenación del Procedimiento NIG: 30030 44 4 2013 0002261. N28150 N° AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000309 /2013. DEMANDANTE/S: MANUEL BARRAL OLID. ABOGADO/A: CARMEN RUIZ ARJONA. PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: DEMANDADO/S: TRANSALVE, S.L., FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: E D I C T O D/Dª María del Carmen Ortiz Garrido, Secretario/a Judicial del SCOP Social Nº 004 de Murcia. HAGO SABER: Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000309 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MANUEL BARRAL OLID contra la empresa TRANSALVE, S.L., FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Acuerdo: - Admitir a trámite la demanda presentada y en consecuencia: - Citar a las partes para que comparezcan el día 30/10/13 en la sede de este órgano judicial, a las 10:25 en la sala de vistas n° 1 para la celebración del acto de conciliación ante el/la Secretario/a judicial y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, a las 10:40 en la sala de vistas n° 4, para la celebración del acto de juicio ante el/la magistrado/a. Se advierte a la parte demandante, que en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía. - Averígüese la situación de la empresa a través de la aplicación de la T.G.S.S. y del Registro Mercantil para, en el caso de que se encuentre de baja, citarla a prevención por edictos que se publicarán en el boletín que corresponda. - Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, se ha dado cuenta al juez con carácter previo, y se ha acordado por resolución de esta fecha, mandar que se practiquen las siguientes diligencias: Al otrosi PRIMERO ha lugar a lo solicitado conforme al art. 90.3 LJS, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (art. 87 LJS). A tal efecto, hágase saber a la parte demandada que deberá comparecer personalmente o través de persona con poder suficiente, y en caso de personas jurídicas, a través de quien legalmente las represente y tenga facultades para responder a tal interrogatorio, advirtiéndole que en caso de no comparecer podrá imponérsele la multa prevista en el art. 292.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y que si no comparece sin justa causa a la primera citación, rehusase declarar o persistiese en no responder afirmativa o negativamente, a pesar del apercibimiento que se le haya hecho, podrán considerarse reconocidos como ciertos, en la sentencia los hechos a que se refieran las preguntas, siempre que el interrogado hubiese intervenido en ellos personalmente y su fijación como ciertos le resultare perjudicial en todo o en parte. En caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración. Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos. Con tal fin la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justificando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal. La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, cuando sea persona jurídica privada, bajo la responsabilidad de éste, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar indefensión, el juez o tribunal acuerde su declaración como testigos. Al otrosi SEGUNDO, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de Abogado/a o Graduado Social a los efectos del art. 21.2 de la LPL/LJS. y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, art. 53 de la LJS. Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, art. 87 de la LPL Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 54 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Notifíquese a las partes con entrega de copia de la presente resolución y de la demanda, sirviendo la misma de cédula de citación en forma para los referidos actos de conciliación y juicio, así como, en su caso, para la prueba de interrogatorio de parte y el requerimiento acordado para aportar documentos. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Y para que sirva de notificación en legal forma a TRANSALVE, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a veinte de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María del Carmen Ortiz Garrido. 4306/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CINCO DE MURCIA Serv. Común Ordenación del Procedimiento NIG: 30030 44 4 2013 0002271. N28150 N° AUTOS: SEGURIDAD SOCIAL 0000278 /2013. DEMANDANTE/S: JUAN ANTONIO AYALA HORTELANO. ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: ANTONIO SAORIN MOROTE. DEMANDADO/S: T.G.S.S., FRATERNIDAD MUPRESPA, FRUTAS ALOA, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: EDICTO D/Dª María del Carmen Ortiz Garrido, Secretario/a Judicial del SCOP de lo Social nº 005 de Murcia. HAGO SABER: Que en el procedimiento SEGURIDAD SOCIAL 0000278 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN ANTONIO AYALA HORTELANO contra la empresa T.G.S.S., FRATERNIDAD MUPRESPA, FRUTAS ALOA, S.L., INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre SEGURIDAD SOCIAL, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: Acuerdo: - Requerir a la parte actora para que, en el plazo de 4 días, amplíe la demanda frente al SMS por discutirse contingencia. - Admitir la demanda presentada en contingencia. - Citar a las partes para que comparezcan el día 25/11/13 a las 11:00 en la sala de vistas n° 5 para la celebración del acto de juicio. - Se advierte a las partes que en caso de no comparecer ni alegar justa causa que motive la suspensión del acto de juicio, podrá el Juez, tener al actor por desistido de la demanda, y si se tratase del demandado no impedirá la celebración de los acto de juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía. - Averígüese la situación de la empresa a través de la aplicación de la T.G.S.S. y del Registro Mercantil y citarla a prevención por edictos que se publicarán en el boletín que corresponda. - Respecto a lo solicitado en los OTROSÍES: Al otrosí segundo, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de Abogado/a o Graduado Social a los efectos del art. 21.2 de la LPL/LJS. y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, art. 53 de la LJS. Al otrosi primero, ha lugar a lo solicitado conforme al art. 90.2 de la LJS, sin perjuicio de que el momento procesal oportuno para formular y admitir la prueba sea el acto de juicio (art. 87 LJS). Requiérase a los demandados para que aporten los documentos solicitados, con la advertencia de que, de no hacerlo, podrán tenerse por probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada (art. 94 LJS). Entendiéndose el requerimiento efectuado a la mutua FATERNIDAD MUPRESPA. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 55 - Que se remita por la Entidad Gestora o Servicio común que corresponda el expediente original o copia del mismo o de las actuaciones, y en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda, en el plazo de diez días. (Art. 142 LJS). Sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, art. 87 de la LPL. Notifíquese a las partes con entrega de copia de la presente resolución y de la demanda, sirviendo la misma de cédula de citación en forma para los referidos actos de conciliación y juicio, así como, en su caso, para la prueba de interrogatorio de parte y el requerimiento acordado para aportar documentos. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Y para que sirva de notificación en legal forma a FRUTAS ALOA, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a diecisiete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María del Carmen Ortiz Garrido. 4307/13 JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO SIETE DE MURCIA Serv. Común Ordenación del Procedimiento NIG: 30030 44 4 2012 0004048. N28150 N° AUTOS: PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000516/2012. DEMANDANTE/S: VÍCTOR HERNÁN POVEDA SANTILLÁN. ABOGADO/A: MARTA HERNÁNDEZ FERNÁNDEZ. PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: DEMANDADO/S: PEDRO ALEJANDRO FERNÁNDEZ ABELLÁN, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. ABOGADO/A: PROCURADOR: GRADUADO/A SOCIAL: E D I C T O D/Dª María del Carmen Ortiz Garrido, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 007 de Murcia. HAGO SABER: Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000516 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª VÍCTOR HERNÁN POVEDA SANTILLÁN contra la empresa PEDRO ALEJANDRO FERNÁNDEZ ABELLÁN, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta: DILIGENCIA DE ORDENACIÓN SECRETARIO/A JUDICIAL SR/SRA D/Dª MARÍA DEL CARMEN ORTIZ GARRIDO. En Murcia, a siete de Mayo de dos mil trece. Únase el anterior exhorto negativo remitido a Lorca. Recábese averiguación de domicilio del demandado a través del Padrón e inténtese nuevamente la citación con la información que resulte de la base de datos. Ad cautelam, cítese al demandado PEDRO ALEJANDRO FERNÁNDEZ ABELLÁN, para el juicio convocado para el día 7/5/14. Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos v las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 56 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería Y para que sirva de notificación en legal forma a PEDRO ALEJANDRO FERNÁNDEZ ABELLÁN, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento. En Murcia, a siete de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL, María del Carmen Ortiz Garrido. 4300/13 JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE HUÉRCAL-OVERA Procedimiento: J. FALTAS INMEDIATO 40/2012. Negociado: N.I.G.: 0405343P20120006070 E D I C T O D./Dña. María del Pilar del Pino García Secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Numero 1 de Huércal-Overa (Almería). DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el Juicio de Faltas n° 40/2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: D. Víctor Manuel Samper Lizardi, JUEZ de Primera Instancia e Instrucción del Juzgado número 1 de Huércal- Overa, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa J. INMEDIATO DE FALTAS 40/2012, seguida por una falta de AMENAZAS contra FERDINANT ANGHEL. Que debo ABSOLVER y ABSUELVO al denunciado FERDINANT ANGHEL de los hechos de AMENAZAS enjuiciados, declarando de oficio las costas de este procedimiento. Notifíquese esta sentencia a las partes y al Ministerio Fiscal, con la prevención de que contra ella cabe recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación por medio de escrito presentado ante este Juzgado y dirigido a la Audiencia Provincial de Almería, competente para su conocimiento. Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a FERDINANT ANGHEL, SILVIA AMALIA MOLDOVAN y MARIUS MAXIMILIAN PANTIRU, actualmente paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de Almería, expido la presente en Huércal-Overa, a trece de mayo de dos mil trece. EL/LA SECRETARIO, María del Pilar del Pino García. “En relación a los datos de carácter personal sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal)”. Otros 4829/13 Corrección de Errores En el edicto núm. 4190/13 publicado en el B.O.P. núm. 110, de fecha Martes, 11 de Junio del corriente año, en la página 20, correspondiente a la Subdelegación del Gobierno en Almería, se ha observado error de trascripción, por lo que se procede a su publicación íntegra: SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ALMERÍA Secretaría General – Unidad de Sanciones EDICTO Por haber resultado desconocidas o ausentes las personas que se relacionan en los domicilios que se indican sin que por ello hayan podido notificar el correspondientes trámites en procedimientos sancionadores, se practica la presente notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27.11.92), modificada por la Ley 4/99, de 13 de Enero (BOE 14.01.99). Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) B.O.P. de Almería Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 Pág. 57 I. Acuerdos de Inicio. Nº ED. 113 APELLIDOS Y NOMBRE JUAN RAMON UTRERA RODRIGUEZ N.I.F./N.I.E. 21482993G MUNICIPIO-PROVINCIA Alacant/Alicante-Alicante N°. EXPTE. 2050/2013 PRECEPTO INFRIGIDO L.O. 1/1992 - 25.1 KHALID LAGNAOUI X4091044B Madrid-Madrid 2953/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 ALEJANDRO TOLEDANO PIQUERAS 78034013G Adra-Almería 3189/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 AITOR MANUEL GOMEZ BRACHT 76659613S Mojácar-Almería 3253/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 GEDIMINAS NORVILA X8096414T Ejido (El)-Almería 3270/2013 L.O. 1/1992 - 23.a) AUREL NECHITI X6278043D Roquetas de Mar-Almería 3273/2013 L.O. 1/1992 - 23.a) BENITO MANUEL DELGADO FERRERO 11651032Z Madrid-Madrid 3427/2013 L.O. 1/1992 - 26.i) ABDELALI LACHHAB X3396332Z Roquetas de Mar-Almería 3453/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 XAVIER EDUARDO LACERA MONROY 54310164B Ejido (El)-Almería 3648/2013 L.O. 1/1992 - 23.n) PABLO GIL BENEROSO 75965924Y Línea de la Concepción (La)- Cádiz 3710/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JESÚS GÁLVEZ MARTÍNEZ 76632388E Almería-Almería 3732/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 X8894148 W Almería-Almería 3734/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 15428789K Vícar-Almería 3743/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 ADRIAN FLORIN NEGOT ALEJANDRO POYATOS MUÑOZ ANTONIO CORTÉS GÓMEZ 76662381T Almería-Almería 3750/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 EDUARDO CORTES GOMEZ 53707257A Ejido (El)-Almería 3786/2013 L.O. 1/1992 - 23.a) JUAN CARLOS GALLEGO NISTAL 71441228P Valverde de la Virgen-León 3801/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JUAN MANUEL GARCIA SALVADOR 76631991Q Almería-Almería 3804/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 FRANCISCO JAVIER MORALES ALIAS 75729137G Níjar-Almería 3805/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 AHMED BOUGRINE X9628298S Huércal-Overa-Almería 3807/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 MIGUEL ÁNGEL CÉSPEDES LOAYZA X7976888 M Huércal-Overa-Almería 3819/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 FRANCISCO JAVIER EXPÓSITO MOLINA 75260133Q Viator-Almería 3826/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JORGE GRACIA PUGA 54103748C Valencia-Valencia 3823/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 ANDRÉS MARTÍNEZ VARGAS 54100760E Abrucena-Almería 3995/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 SIMON JHON HAMEY X9299149L Mojácar-Almería 3838/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 YOUSSEF MAAZOUT DESCONO CIDO Almería-Almería 3849/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JOSÉ SÁNCHEZ OTERO 75738192C Almería-Almería 3872/2013 L 19/2007 - 22.3 JOSE MANUEL CRUZ SÁNCHEZ 77155410R Viator-Almería 3874/2013 L.O. 1/1992 - 26.i) y 26.h) JOSE ANTONIO MARTINEZ RICO 45605519S Vera-Almería 3891/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JUAN RODRIGUEZ PEINADO 77245833B Pechina-Almería 3893/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 ANTONIO FRANCISCO VALDIVIA SANCHEZ 45607548C Canjáyar-Almería 3899/2013 MOHAMED MASSOUDI X8787039 G Ejido (El)-Almería 3902/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 SALVADOR HINOJO SALVADOR 75712331B Almería-Almería 3908/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 AARON REYES CENEA 23054468G Cartagena-Murcia 3910/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JOSE MANUEL MOYA HERNANDEZ 75259508N Almería-Almería 3919/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 AGUSTÍN ALONSO LÓPEZ 75724506L Garrucha-Almería 3922/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 LUCAS JUNG X7841800L Níjar-Almería 3923/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JUAN RODRIGUEZ PEINADO 77245833B Pechina-Almería 3945/2013 L.O. 1/1992 - 23.a) JONATAN UTRERA GUTIÉRREZ 54200643Q Adra-Almería 3948/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 YASSINE BOUABDALI X7329591C Águilas-Murcia 3966/2013 L.O. 1/1992 - 23.n) KAMAL MESTADIS X5212758S Águilas-Murcia 3968/2013 L.O. 1/1992 - 23.n) FRANCISCO MENU GARCIA 46063291H Roquetas de Mar-Almería 3971/2013 L.O. 1/1992 - 26.h) FATIMA CHARBA X7418999 G Roquetas de Mar-Almería 3977/2013 L.O. 1/1992 - 26.h) EL MOUKHTARIA NADYF X9427106 G Almería-Almería 3983/2013 L.O. 1/1992 - 23.n) MILOUDI ETTAKARI Y0417223V Vícar-Almería 3988/2013 L.O. 1/1992 - 23.n) MIGUEL CIO DE LA PAZ PICON 77154506V Almería-Almería 4008/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 MANUEL ROBLES SÁNCHEZ 46805497Z Vícar-Almería 4046/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 MOHAMMED CHATIB Y1979684L Ejido (El)-Almería 4066/2013 L.O. 1/1992 - 23.a) PATRICIO LARA VALVERDE 54103974Q Ejido (El)-Almería 4074/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 ABDELGHANI BEN AMAR X4019543V Ejido (El)-Almería 4094/2013 L.O. 1/1992 - 23.a) DAVID PÉREZ RODRÍGUEZ 46819645V Suflí-Almería 4099/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 ANTONIO JOSE CANO GOMEZ 23215311P Pulpí-Almería 4103/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 JONATAN CHECA GOMEZ 75141319C Almería-Almería 4113/2013 L.O. 1/1992 - 25.1 De conformidad con el artículo 24.2 del Real Decreto 1398 / 93 de 4 de Agosto, se le concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, significándole que una vez transcurrido el mismo, se dictará la procedente resolución, hayan hecho o no uso del trámite de referencia. II. Propuestas de Resolución. Nº ED. 114 APELLIDOS Y NOMBRE N.I.F./N.I.E. MUNICIPIO-PROVINCIA N°. EXPTE. PRECEPTO INFRIGIDO ISMAEL ROMERA GOMEZ 54101854N Ejido (El)-Almería 1930/2013 L.O. 1/1992 – 25.1 De conformidad con el art. 16 del Real Decreto 1398/93 de 4 de Agosto, se le concede un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente Edicto, para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes, significándole que una vez transcurrido el mismo, se dictará la procedente resolución, hayan hecho o no uso del trámite de referencia. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009) Pág. 58 Número 112 - Jueves, 13 de Junio de 2013 B.O.P. de Almería III. Resoluciones. Nº ED. 115 APELLIDOS Y NOMBRE SANDRA ANTEQUERA ROMERO FRANCISCO ALEJANDRO RAMIREZ RAMIREZ ADIL CHIKHAOUI JONATAN FERNANDEZ SANTIAGO SAMUEL ADRIAN JIMENEZ BARON MOHAMMED MEDDICH JOSE MANUEL FERNÁNDEZ RODRIGUEZ HAMZA RMANOU ALVARO SANCHEZ GALLEGO JOSE SERRANO ORTIZ JOSÉ ALFARO ÁVILA CATALINA ROJAS RODRÍGUEZ MANUEL ÁLVAREZ RODRÍGUEZ DAVID CERVANTES PERALES MOISES CARMONA SOLER ADIL AGHBAL OSCAR BARROSO PEREZ IRMA QOINASHVILI FRANCISCO FERNÁNDEZ MINGORANCE TOUWAYE GOMIS FRANCISCO MUÑOZ VALLECILLOS JOSÉ MANUEL RUEDA MARTÍNEZ MOHAMMED ISSHA RUBEN DARIO CORREA LONDOÑO RICHARD OKROS JUAN ALONSO GUIL JUAN ANTONIO BIEDMA BEDMAR MIGUEL ANGEL SEGURA MARTINEZ JUAN MANUEL RAMIREZ ALVAREZ IOAN RUS JOSE MANUEL FERNÁNDEZ RODRIGUEZ ANTONIO MANUEL GARCIA MARTINEZ JUAN CORTES MORENO ADIL EL KAYOURI SERGIO TORRECILLAS HIDALGO FRANCISCO JOSE GARRIDO PALAZON SAID FATHALLAN ANTONIO CORTES FERNANDEZ KESTUTIS BUBNELIS DIEGO SANTIAGO SANTIAGO JOSÉ ANTONIO AMADOR OLIVA GINES LUIS MARTINEZ FERNANDEZ AITOR LEJARZA BALLESTEROS BIANCONI FLORIAN GEORGES ANGELIN JOAQUÍN ORTEGA MARTÍNEZ DAVID GARCÍA SALVADOR GABRIEL MONTERO GALVEZ VANESSA MEDINA LOPEZ ANTONIO GARRIDO QUESADA DANIEL RAMOS ROMERO ESTEFANIA MADRIGAL LOSADA JUAN LOPEZ GUTIERREZ ANTONIO SANTIAGO FERNANDEZ CARLOS ALBERTO VIDAURRE BERNAL VICTOR MANUEL SANCHEZ FERNANDEZ PEDRO UCLES MIRALLES EZEQUIEL MATIAS FERNANDEZ MBAREK EL FAGROUCHY JOSE ANTONIO MAYA IBAR MOHAMED MHAOUCH JONH DAVID FOREMAN OSCAR JIMENEZ SANCHEZ AITOR RODRÍGUEZ TEJADA MIGUEL ANGEL MORALES CIFUENTES VICTOR MANUEL CUEVAS FERNANDEZ CONSTANTIN MIHAITA POPESCU RAFAEL MARTÍN LÓPEZ HAMZA HAIROUF FERMIN MORENO FERNANDEZ MARCO PEÑA FERNANDEZ N.I.F./N.I.E. 54140351F X7451013W X4802397C 46415240K 54096898R X3099771S 77472163K X5534562A 02711330K 27529055X 42692038J 27218940G 75718894L 75269807F 75726873V X5335857H 76657763M Y1965894Y 54100238Y X2078893S 53710736D 75724499N X2889476D X6429827Q X9662455V 34852519K 54096764M 77152947E X7450966R X5047497D 77472163K 24260076K 34852679C Y1260458A 15426065B 53241893K X1287S77K 45869661W X6041265Q S4859600H 75717711D 2S264900D 16608067C MS00S642A 2S268718D 766S1990S 76659175Z 5S711708S 27520578C S9S714S0F 47S90208L 5411866SP 7666S199J 05229620H 5S711000C S4854224R Y2272760Y X2496011 M 48620487M X2190915G X1618027T 20261828R 154278S1Y 76067056F 54095920N Y2552S07B 76662018M X57080S4D 752S9998Y 5410S818K DOMICILIO Roquetas de Mar- Almería Huércal-Overa- Almería Vícar-Almería Adra-Almería Ejido (El)-Almería Torre-Pacheco- Murcia Roquetas de Mar- Almería Vícar-Almería Madrid-Madrid Roquetas de Mar- Almería Roquetas de Mar- Almería Pulpí-Almería Almería-Almería Almería-Almería Ejido (El)-Almería Ejido (El)-Almería Roquetas de Mar- Almería Barcelona-Barcelona Adra-Almería Roquetas de Mar- Almería Adra-Almería Roquetas de Mar- Almería Alacant/Alicante- Alicante Almería-Almería Roquetas de Mar- Almería Almería-Almería Ejido (El)-Almería Roquetas de Mar- Almería Huércal-Overa- Almería Roquetas de Mar- Almería Roquetas de Mar- Almería Viator-Almería Barberà del Vallès- Barcelona Roquetas de Mar- Almería Roquetas de Mar- Almería Alacant/Alicante- Alicante Níjar-Almería Benalúa-Granada Antas-Almería Ejido (El)-Almería Cuevas del Almanzora-Almería Huércal-Overa- Almería Oyón-Oion-Álava Murcia-Murcia Huércal-Overa- Almería Almería-Almería Almería-Almería Berja-Almería Roquetas de Mar- Almería Almería-Almería Albox-Almería Mojonera (La)- Almería Roquetas de Mar- Almería Mojácar-Almería Ejido (El)-Almería Alcolea-Almería Albox-Almería Ejido (El)-Almería Alacant/Alicante- Alicante Pulpí-Almería Mojácar-Almería Huércal-Overa- Almería Roquetas de Mar- Almería Granada-Granada Ejido (El)-Almería Roquetas de Mar- Almería Níjar-Almería Mojonera (La)- Almería Almería-Almería Adra-Almería N°. EXPTE. 12877/2012 13103/2012 395/2013 599/2013 609/2013 614/2013 620/2013 791/2013 1297/2013 1336/2013 1337/2013 1360/2013 1381/2013 1428/2013 1435/2013 1445/2013 1458/2013 1459/2013 1479/2013 1489/2013 1491/2013 1498/2013 1573/2013 1587/2013 1589/2013 1592/2013 1600/2013 1626/2013 1016/2013 1018/2013 1074/2013 1106/2013 1145/2013 1202/2013 1203/2013 1207/2013 1517/201S 16S4/201S 1712/201S 1727/201S 17S0/201S 17S5/201S 1758/201S 1759/201S 1764/201S 1768/201S 1779/201S 1786/201S 1790/201S 1794/201S 1811/201S 1885/201S 1886/201S 1951/201S 1966/201S 1992/201S 2019/201S 206S/201S 1927/201S 2096/201S 2106/201S 2108/201S 21S8/201S 2175/201S 2189/201S 2201/201S 2247/201S 2275/201S 2S77/201S 7S4/201S ART. INFR. L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 -25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 23.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 23.n) L.O. 1/1992 - 26.i) L.O. 1/1992 - 23.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 26.i) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 23.n) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 23.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 23.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 23.n) L.O. 1/1992 - 23.l) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 2S.a) L.O. 1/1992 -25.1 L.O. 1/1992 - 2S.a) L.O. 1/1992 - 2S.n) L.O. 1/1992 - 2S.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 26.h) L.O. 1/1992 - 2S.n) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 26. F L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 26.i) L.O. 1/1992 - 2S.n) L.O. 1/1992 - 2S.n) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 2S.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 2S.a) L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 25.1 L.O. 1/1992 - 26.h) SANC Aprehensión Aprehensión 301€ 301€ 150€ 301€ 301€ 150€ 360€ 350€ 150€ 301€ 301€ 301€ 301€ 301€ 301€ 150€ 301€ 450€ 301€ 301€ 301€ 301€ 150€ 420€ 301€ 150€ 301€ 450€ 301€ 550€ 301€ 600€ 301€ 301€ 301€ 301€ 450€ 350€ 301€ 390€ 360€ 301€ 301€ 360€ 150€ 150€ 301€ 301€ 301€ 150€ 150€ 300€ 360€ 301€ 301€ 301€ 301€ 150€ 450€ 350€ 360€ 301€ 301€ 450€ 360€ 301€ 301€ 150€ Contra esta sanción puede interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Ministro del Interior, el cual deberá presentarse en el plazo máximo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto, bien ante la referida Autoridad o en este Centro. En el supuesto de que no hagan uso del derecho a recurrir, recibirán notificación de la Delegación de Economía y Hacienda informándole sobre plazo y forma de pago de la sanción, debiendo abstenerse de efectuarlo hasta que reciban la notificación. Almería, a 23/05/13. EL SECRETARIO GENERAL, Luis Hernández Jiménez-Casquet. Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión (publicado en B.O.P. nº240 de 16/12/2009) Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación Provincial de Almería (B.O.P. nº 57 de 24/03/2009)