Infraestructura y Seguro Popular - Observatorio de Política Social y

Transcripción

Infraestructura y Seguro Popular - Observatorio de Política Social y
Folio: NEM 5/18
Infraestructura y Seguro Popular
El concepto del "más alto nivel posible de salud… tiene en cuenta tanto las condiciones
biológicas y socioeconómicas esenciales de la persona como los recursos con que cuenta el
Estado…. Por lo tanto, el derecho a la salud debe entenderse como un derecho al disfrute de
toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones”1.
El derecho a la salud, como el resto de los Derechos Humanos, articula una serie de libertades
y derechos. Entre los derechos, figura el relativo a un sistema de protección de la salud que
brinde a las personas oportunidades iguales para disfrutar del más alto nivel posible de salud.
Para entender con mayor profundidad cómo se disfruta el derecho en México, es importante
analizar la disponibilidad de infraestructura de una de las instituciones públicas de salud más
importantes del país – la Secretaría de Salud – y contrastarla con uno de los sectores
poblacionales más importantes que atiende esta institución: los afiliados al Seguro Popular.
En cuanto a la disponibilidad de recursos físicos, sucede un fenómeno similar al que ocurre con
la disponibilidad de recursos humanos2. Hay una flagrante carencia de recursos en algunas
entidades federativas como sucede en el Estado de Chiapas, mientras que en otras, como el
Distrito Federal, Jalisco o Campeche, se concentra gran parte de la infraestructura física y
humana.3 Por ejemplo, a nivel nacional hay 1.44 camas censables4 por cada mil habitantes. La
tercera parte de los Estados, es decir 11 entidades federativas, están por debajo del estándar
mínimo de 1 cama censable por cada 1,000 habitantes.
A nivel básico o general de atención en los estados, se detectan algunas deficiencias, sin
embargo, en el momento en el que los beneficiarios demandan atención especializada, es
cuando se producen las mayores dificultades de atención. El problema se expande a
especialidades como neurología, neumonía y las relacionadas con la salud mental,
principalmente.
En la especialidad de traumatología y ortopedia, los estados de Colima, Oaxaca y San Luis
Potosí no tenían ninguna cama censable. Baja California Sur contaba con una sola y Yucatán
con sólo dos. La centralización de los recursos en esta especialidad es particularmente
evidente, pues el Distrito Federal tenía el 30% del total de camas censables de la Secretaría de
Salud, a pesar de tener a sólo el 3.5% de los afiliados al Seguro Popular.
1
Observación General No. 14. Comité DESC. URL:
http://observatoriopoliticasocial.org/images/PDF/Biblioteca/biblioteca_2010/ONU_docs/Observaciones_Com
ite_DESC/14_salud.pdf
2
"El seguro popular y la atención especializada a los beneficiarios del programa". En la Mira. NEM 5/14.
OPSDH /INCIDE Social A.C. México, 2011.
3
La información de infraestructura y recursos humanos y materiales se obtuvo de los cubos dinámicos del
Sistema Nacional de Información en Salud (SINAIS) y la del número de afiliados a partir del Censo de
Población y Vivienda 2010.
4
Una cama censable, es la cama en servicio instalada en el área de hospitalización, para el uso regular de
pacientes internos; ésta debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos
materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la asigna al paciente en
el momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la
única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y
días estancia. (NOM-040-SSA2-2004)
Observatorio de Política Social y Derechos Humanos
Hilario Pérez de León No. 80, Col. Niños Héroes de Chapultepec, Benito Juárez, México D.F., 03440
Tel. 55 90 87 54 / 55 79 74 13
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La Secretaría de Salud dispone de 4102 camas censables para la especialidad de psiquiatría, sin
embargo, las entidades de Baja California, Guerrero, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana
Roo, Tlaxcala y Zacatecas no tienen una sola cama disponible para la atención a los enfermos
mentales. El Distrito Federal, por su parte, tiene el 43% de todos los consultorios psiquiátricos
del país, mientras que Guerrero, Chiapas, Zacatecas, San Luis Potosí, Guanajuato, Veracruz,
Morelos, Baja California, Oaxaca, Quintana Roo e Hidalgo tienen menos de 1 consultorio por
cada 100,000 habitantes de la misma especialidad.
Los consultorios psicológicos a cargo de la Secretaría de Salud, tienen otra tendencia, pues
cada estado dispone de algunos consultorios más que en el caso de psiquiatría, sólo Baja
California Sur, Chiapas y Veracruz carecen de una buena infraestructura al respecto. El
promedio nacional de consultorios psicológicos es de 5 por cada 100,000 habitantes, mientras
que consultorios psiquiátricos es de 2.5. En el primer caso el Distrito Federal tiene 10 veces
más consultorios que el promedio nacional, en tanto que en el segundo caso es de 6 veces
más.
Es de suma importancia exhortar al gobierno federal a hacer un mayor esfuerzo para encontrar
un equilibrio en cuanto a la disponibilidad de recursos físicos y materiales en todo el país, de
manera que el vivir en uno u otro estado no afecte el derecho humano a la atención oportuna
de la salud. La Observación General No. 14 señala que México al ser Estado Parte, debe contar
con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros
de atención a la salud así como de programas5 que permitan a su población gozar plenamente
del derecho a la salud.
5
Observación General No.14.
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