Infraestructura y Seguro Popular - Observatorio de Política Social y
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Infraestructura y Seguro Popular - Observatorio de Política Social y
Folio: NEM 5/18 Infraestructura y Seguro Popular El concepto del "más alto nivel posible de salud… tiene en cuenta tanto las condiciones biológicas y socioeconómicas esenciales de la persona como los recursos con que cuenta el Estado…. Por lo tanto, el derecho a la salud debe entenderse como un derecho al disfrute de toda una gama de facilidades, bienes, servicios y condiciones”1. El derecho a la salud, como el resto de los Derechos Humanos, articula una serie de libertades y derechos. Entre los derechos, figura el relativo a un sistema de protección de la salud que brinde a las personas oportunidades iguales para disfrutar del más alto nivel posible de salud. Para entender con mayor profundidad cómo se disfruta el derecho en México, es importante analizar la disponibilidad de infraestructura de una de las instituciones públicas de salud más importantes del país – la Secretaría de Salud – y contrastarla con uno de los sectores poblacionales más importantes que atiende esta institución: los afiliados al Seguro Popular. En cuanto a la disponibilidad de recursos físicos, sucede un fenómeno similar al que ocurre con la disponibilidad de recursos humanos2. Hay una flagrante carencia de recursos en algunas entidades federativas como sucede en el Estado de Chiapas, mientras que en otras, como el Distrito Federal, Jalisco o Campeche, se concentra gran parte de la infraestructura física y humana.3 Por ejemplo, a nivel nacional hay 1.44 camas censables4 por cada mil habitantes. La tercera parte de los Estados, es decir 11 entidades federativas, están por debajo del estándar mínimo de 1 cama censable por cada 1,000 habitantes. A nivel básico o general de atención en los estados, se detectan algunas deficiencias, sin embargo, en el momento en el que los beneficiarios demandan atención especializada, es cuando se producen las mayores dificultades de atención. El problema se expande a especialidades como neurología, neumonía y las relacionadas con la salud mental, principalmente. En la especialidad de traumatología y ortopedia, los estados de Colima, Oaxaca y San Luis Potosí no tenían ninguna cama censable. Baja California Sur contaba con una sola y Yucatán con sólo dos. La centralización de los recursos en esta especialidad es particularmente evidente, pues el Distrito Federal tenía el 30% del total de camas censables de la Secretaría de Salud, a pesar de tener a sólo el 3.5% de los afiliados al Seguro Popular. 1 Observación General No. 14. Comité DESC. URL: http://observatoriopoliticasocial.org/images/PDF/Biblioteca/biblioteca_2010/ONU_docs/Observaciones_Com ite_DESC/14_salud.pdf 2 "El seguro popular y la atención especializada a los beneficiarios del programa". En la Mira. NEM 5/14. OPSDH /INCIDE Social A.C. México, 2011. 3 La información de infraestructura y recursos humanos y materiales se obtuvo de los cubos dinámicos del Sistema Nacional de Información en Salud (SINAIS) y la del número de afiliados a partir del Censo de Población y Vivienda 2010. 4 Una cama censable, es la cama en servicio instalada en el área de hospitalización, para el uso regular de pacientes internos; ésta debe contar con los recursos indispensables de espacio, así como los recursos materiales y de personal para la atención médica del paciente. El servicio de admisión la asigna al paciente en el momento de ingreso al hospital para ser sometido a observación, diagnóstico, cuidado o tratamiento. Es la única que produce egresos hospitalarios sobre los cuales se genera información estadística de ocupación y días estancia. (NOM-040-SSA2-2004) Observatorio de Política Social y Derechos Humanos Hilario Pérez de León No. 80, Col. Niños Héroes de Chapultepec, Benito Juárez, México D.F., 03440 Tel. 55 90 87 54 / 55 79 74 13 www.observatoriopoliticasocial.org La Secretaría de Salud dispone de 4102 camas censables para la especialidad de psiquiatría, sin embargo, las entidades de Baja California, Guerrero, Morelos, Nayarit, Querétaro, Quintana Roo, Tlaxcala y Zacatecas no tienen una sola cama disponible para la atención a los enfermos mentales. El Distrito Federal, por su parte, tiene el 43% de todos los consultorios psiquiátricos del país, mientras que Guerrero, Chiapas, Zacatecas, San Luis Potosí, Guanajuato, Veracruz, Morelos, Baja California, Oaxaca, Quintana Roo e Hidalgo tienen menos de 1 consultorio por cada 100,000 habitantes de la misma especialidad. Los consultorios psicológicos a cargo de la Secretaría de Salud, tienen otra tendencia, pues cada estado dispone de algunos consultorios más que en el caso de psiquiatría, sólo Baja California Sur, Chiapas y Veracruz carecen de una buena infraestructura al respecto. El promedio nacional de consultorios psicológicos es de 5 por cada 100,000 habitantes, mientras que consultorios psiquiátricos es de 2.5. En el primer caso el Distrito Federal tiene 10 veces más consultorios que el promedio nacional, en tanto que en el segundo caso es de 6 veces más. Es de suma importancia exhortar al gobierno federal a hacer un mayor esfuerzo para encontrar un equilibrio en cuanto a la disponibilidad de recursos físicos y materiales en todo el país, de manera que el vivir en uno u otro estado no afecte el derecho humano a la atención oportuna de la salud. La Observación General No. 14 señala que México al ser Estado Parte, debe contar con un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención a la salud así como de programas5 que permitan a su población gozar plenamente del derecho a la salud. 5 Observación General No.14. Observatorio de Política Social y Derechos Humanos Hilario Pérez de León No. 80, Col. Niños Héroes de Chapultepec, Benito Juárez, México D.F., 03440 Tel. 55 90 87 54 / 55 79 74 13 www.observatoriopoliticasocial.org