Tramite administrativo Autorización para traslado de restos

Transcripción

Tramite administrativo Autorización para traslado de restos
Agencia de Sanidad
Ambiental y Consumo
Tramite administrativo
Autorización para traslado de restos cadavéricos.
Descripción
Obtener autorización sanitaria para Traslado de Restos Cadavéricos desde el lugar
donde estén inhumados hasta otro lugar de inhumación o incineración, cuando se
encuentre fuera de los límites del Principado de Asturias.
Tipo de servicio
Autorizaciones y Permisos.
¿Quien lo puede solicitar?
Empresa Funeraria autorizada por el familiar o representante del fallecido.
Plazo de solicitud
Todo el año
Donde
Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo. C/ Santa Susana, Nº 20, 2º, Oviedo,
33007.
Documentación que necesitas
1. Solicitud en modelo normalizado, con Autorización del familiar o representante,
y cementerios de origen y destino.
2. Certificado Literal de Defunción expedido por el Registro Civil.
3. Certificado Médico Oficial de Defunción/Certificación del Médico Forense,
señalando la causa.
4. Copia del NIF del familiar solicitante.
Si procede:
5. Acreditación del representante legal de la familia.
6. Autorización judicial.
Normativa
Decreto 72/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Servicios Sociales, por el
que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria en el ámbito del
Principado de Asturias (BOPA 9/12/98).
C/. Santa Susana, 20, 2º. 33007 Oviedo
Agencia de Sanidad
Ambiental y Consumo
Organismo que tramita
Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo
Organismo que resuelve
Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo
Notificaciones
Notificación personal: A través de los servicios funerarios correspondientes.
Recursos
Recurso de alzada.
Otros datos de interés
Restos cadavéricos son lo que queda del cuerpo humano después del proceso de
destrucción de materia orgánica, una vez transcurridos 5 años desde la muerte. El
plazo se computa desde la fecha y hora de la muerte que figura en la inscripción de la
defunción en el Registro Civil.
Si se tratase de cadáver del grupo I (según el artículo 8 del Reglamento de Policía
Sanitaria Mortuoria), precisará además autorización sanitaria para la exhumación.
C/. Santa Susana, 20, 2º. 33007 Oviedo

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