Tramite administrativo Autorización para traslado de restos
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Tramite administrativo Autorización para traslado de restos
Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo Tramite administrativo Autorización para traslado de restos cadavéricos. Descripción Obtener autorización sanitaria para Traslado de Restos Cadavéricos desde el lugar donde estén inhumados hasta otro lugar de inhumación o incineración, cuando se encuentre fuera de los límites del Principado de Asturias. Tipo de servicio Autorizaciones y Permisos. ¿Quien lo puede solicitar? Empresa Funeraria autorizada por el familiar o representante del fallecido. Plazo de solicitud Todo el año Donde Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo. C/ Santa Susana, Nº 20, 2º, Oviedo, 33007. Documentación que necesitas 1. Solicitud en modelo normalizado, con Autorización del familiar o representante, y cementerios de origen y destino. 2. Certificado Literal de Defunción expedido por el Registro Civil. 3. Certificado Médico Oficial de Defunción/Certificación del Médico Forense, señalando la causa. 4. Copia del NIF del familiar solicitante. Si procede: 5. Acreditación del representante legal de la familia. 6. Autorización judicial. Normativa Decreto 72/1998, de 26 de noviembre, de la Consejería de Servicios Sociales, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria en el ámbito del Principado de Asturias (BOPA 9/12/98). C/. Santa Susana, 20, 2º. 33007 Oviedo Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo Organismo que tramita Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo Organismo que resuelve Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo Notificaciones Notificación personal: A través de los servicios funerarios correspondientes. Recursos Recurso de alzada. Otros datos de interés Restos cadavéricos son lo que queda del cuerpo humano después del proceso de destrucción de materia orgánica, una vez transcurridos 5 años desde la muerte. El plazo se computa desde la fecha y hora de la muerte que figura en la inscripción de la defunción en el Registro Civil. Si se tratase de cadáver del grupo I (según el artículo 8 del Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria), precisará además autorización sanitaria para la exhumación. C/. Santa Susana, 20, 2º. 33007 Oviedo
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