Programa de Mentores y Mentoras de la Escuela
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Programa de Mentores y Mentoras de la Escuela
Reglamento - Programa de Mentores y Mentoras de la Escuela de Derecho Universidad Torcuato Di Tella ARTÍCULO 1°: Finalidad: La finalidad del Programa de Mentores y Mentoras (el "Programa") es otorgar a los estudiantes de la carrera de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella la posibilidad de que profesionales con experiencia los guíen y orienten en los primeros años de su ejercicio profesional. El Programa no implicará relación laboral entre el Mentor/a y el Alumno, ni entre el mentor/a y la Unjversidad. Todos los derechos y obligaciones inherentes al Programa serán exclusivamente aquellos que se encuentran enunciados en el presente reglamento. ARTÍCULO 2°: Características: Las bases del Programa son la solidaridad, la gratuidad, la voluntariedad, la confidencialidad y el compromiso. ARTÍCULO 3°: Registro: Créase en el ámbito de la Comunidad de Graduados de la Escuela de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella, un registro voluntario de Mentores y Mentoras, así como de Alumnos. El Registro estará a cargo del Departamento de Graduados de la Universidad Torcuato Di Tella conjuntamente con la Comunidad de Egresados de la Escuela de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella, quienes confeccionarán las listas, de acuerdo con lo estipulado en el presente reglamento. La asignación de mentores no está garantizada sino que dependerá de la disponibilidad de los voluntarios. La designación de los Mentores y Mentoras se realizará por solicitud voluntaria escrita de los Alumnos. Cada Alumno podrá solicitar el asesoramiento de más de un Mentor/a, sujeto a la disponibilidad existente de Mentores/as. Cada Mentor/ra podrá establecer una cantidad límite de Alumnos a quienes asesorar. ARTÍCULO 4°: Calidad de Mentor o Mentora. La condición de Mentor o Mentora será cubierta por los abogados y abogadas egresados de las carreras de grado y posgrado de la Universidad Torcuato Di Tella que en forma voluntaria, acepten el compromiso de colaborar gratuitamente con los estudiantes de la Universidad, para lo cual se requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos: 1) Contar el título universitario expedido. 2) Informar domicilio, teléfonos y correos electrónicos alternativos -en orden a su preferenciapara establecer los contactos con mayor facilidad. 3) Consignar en la solicitud, el número de alumnos que estará dispuesto a asesorar. 4) No tener sanciones vigentes en el marco de su ejercicio profesional. ARTÍCULO 5°: Alumnos. Podrán solicitar la participación en el Programa: 1) Todos los alumnos regulares de las carreras de grado y posgrados de la Universidad Torcuato Di Tella; 2) Todos los graduados de las carreras de grado y posgrado de la Universidad Torcuato Di Tella dentro de los dos (2) años de su fecha de graduación. ARTÍCULO 6°: Procedimiento: 1) La solicitud de participación en el Programa será presentada por el Alumno ante el Departamento de Relaciones con Graduados de la Universidad Torcuato Di Tella. 2) El Departamento de Relaciones con Graduados ingresará al Registro por orden cronológico de presentación, los datos informados por Mentores y Mentoras y Alumnos respectivamente, una vez que previamente haya analizado el cumplimiento de los requisitos que establece el reglamento en cada uno de los casos. 3) La asignación de Mentores y Mentoras se realizará a solicitud de los alumnos conforme al perfil de Mentor o Mentora que prefieran. 4) El alumno se comunicará con el Mentor/a a los efectos de coordinar una entrevista con anticipación suficiente e intercambiar los datos de contactos 5) Si el alumno faltare sin aviso y sin justificación a dos entrevistas con Mentores/as, el Mentor deberá informarlo al Depto. de Relaciones con Graduados quien dará de baja la participación del Alumno en el Programa. 6) Los alumnos podrán renunciar al Mentor o Mentora designado, debiendo informarlo por escrito al Depto. de Relaciones con Graduados. Podrán elegir un nuevo Mentor o Mentora, de acuerdo al procedimiento que establece el presente reglamento. Asimismo, la renuncia efectuada le será comunicada por el Departamento de Relaciones con Graduados al Mentor o Mentora dentro de las 72 horas de recibida. Por su parte, los Mentores y Mentoras podrán rehusar su designación o solicitar se tenga por concluido el Programa por escrito. El Alumno será anoticiado/a de tal circunstancia, y se procederá a reasignarle un Mentor o Mentora dentro de la disponibilidad existente. ARTÍCULO 7°: COMISION DE MENTORES Y MENTORAS. Se crea la Comisión de Mentores y Mentoras de carácter “ad-hoc”, dependiente de la Escuela de Derecho de Universidad Torcuato Di Tella. Estará integrada por al menos dos miembros de la Comunidad de Graduados de Derecho, un profesor de la Escuela de Derecho y un representante del Depto. de Relaciones con Graduados, sin perjuicio de otros demás miembros que pudieran integrarla. Esta Comisión tendrá a su cargo las siguientes funciones: 1) La implementación, desarrollo y seguimiento del Programa. 2) Interpretar el presente reglamento. 3) Intervenir en toda cuestión que se suscite con relación al Programa y su ejercicio, obrando en todo momento para facilitar la comunicación entre las partes. 4) Emitir dictámenes. 5) Sugerir o proponer toda cuestión que considere pertinente con el fin de mejorar, impulsar y desarrollar el funcionamiento del Programa, así como evaluar las que se reciban. En caso de considerar su conveniencia y viabilidad, se arbitrarán los medios para su instrumentación. Los miembros de la Comunidad de Graduados de Derecho que fueran integrantes de la Comisión de Mentores y Mentoras no se encontrarán vinculados laboralmente con la Universidad Torcuato Di Tella. ARTÍCULO 9°: Plazo: La relación entre Mentores y Mentoras y Alumnos tendrá una duración de un (1) año y constará de al menos 2 reuniones. ARTÍCULO 10º: Difusión: La Comisión de Mentores y Mentoras tendrá a su cargo la difusión, asesoramiento y fundamentalmente la captación de Mentores y Mentoras, así como de Alumnos, a los fines de cumplir con la finalidad del Programa. Se arbitrarán los medios necesarios para dar a publicidad al Programa y generar las comunicaciones que correspondan a los potenciales interesados y a los Mentores, Mentoras y Alumnos. ARTÍCULO 11°: Eximición de Responsabilidad: El Mentor o Mentora en ningún caso será responsable respecto de la guía y orientación que reciba el Alumno, así como tampoco la Universidad Torcuato Di Tella. La función de la Universidad Torcuato Di Tella se limitará a facilitar la relación entre los Mentores y Mentoras y Alumnos.