corporación universidad piloto de colombia unidad de posgrados

Transcripción

corporación universidad piloto de colombia unidad de posgrados
CORPORACIÓN UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA
UNIDAD DE POSGRADOS
CONVOCATORIA
TERMINOS DE REFERENCIA
CAPITULO I
INFORMACIÓN GENERAL
La Corporación Universidad Piloto de Colombia, identificada con Nit 860.022.382-3, entidad
de derecho privado, de Educación Superior, sin ánimo de lucro, de utilidad común, con
Personería Jurídica según Resolución No. 3681 de noviembre 27 de 1962, y reconocimiento
institucional como Universidad mediante Decreto 371 de 1972 del Ministerio de Educación
Nacional convoca mediante los siguientes términos de referencia para la prestación del
servicio de comercialización, publicidad, mercadeo y gestión operativa de los programas
académicos de posgrados, educación continuada, cursos, seminarios y capacitación
empresarial de la Universidad, en las ciudades de Bogotá y Girardot.
OBJETO: Realizar la comercialización, publicidad, mercadeo y gestión operativa de los
programas académicos de posgrados, educación continuada, cursos, seminarios y
capacitación empresarial de la Universidad, en las ciudades de Bogotá y Girardot. Los
programas relacionados con el objeto del contrato serán determinados por la Universidad.
Parágrafo: El Contratista deberá cumplir con las metas de la operación financiera de la
actividad de posgrados, que se proyectan en utilidades de CINCO MIL CIENTO
CUARENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE
($5.144.000.000), con un factor de riesgo máximo del (15%), más riesgo país, o situaciones
que no sean controlables por el operador. El periodo de evaluación de metas se establece
en periodos trimestrales.
ALCANCE DEL OBJETO: La Corporación Universidad Piloto de Colombia, en adelante
Universidad, contratará los servicios de comercialización, publicidad, mercadeo y gestión
operativa de los programas académicos de posgrados, educación continuada, cursos,
seminarios y capacitación empresarial de los programas relacionados con el objeto del
contrato que sean determinados por la Universidad, en las ciudades de Bogotá y Girardot,
de conformidad con lo establecido en los términos de referencia.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: Las obligaciones que deberá cumplir el proponente en
caso de ser seleccionado, son las siguientes:
1). Realizar la comercialización, publicidad, mercadeo y gestión operativa de los programas
académicos de posgrados, educación continuada, cursos, seminarios y capacitación
empresarial de los programas relacionados con el objeto del contrato que sean
determinados por la Universidad, en las ciudades de Bogotá y Girardot .
2). Contar con el personal idóneo, para la prestación del servicio objeto del contrato de
forma independiente para todos los efectos laborales que establezca, con el personal
exclusivamente a su cargo, en el pago de salarios, descansos remunerados, prestaciones
sociales e indemnizaciones que se causaren, así como los aportes establecidos por la Ley.
(Se recuerda que el personal, no podrá estar vinculado a través de Cooperativas o
Precooperativas de Servicio de Trabajo Asociado, Artículo 63, Ley 1429 de 2010, y Artículo
2, Decreto 2025 de 2011, Artículo 7, de la Ley 1233 de 2008).
3). Adelantar los estudios de factibilidad (demanda) de los programas actuales y de los
nuevos programas que implemente la Unidad de Posgrados y educación continuada de la
Universidad.
4). Utilizar como única imagen corporativa, la suministrada por la Universidad, para las
piezas gráficas que sean realizadas, los logos, símbolos y demás elementos de propiedad
de la misma y de uso exclusivo.
5). Ejecutar el objeto contractual de conformidad con las políticas, procedimientos de
carácter académico, administrativo y financiero de la Universidad.
6). Elaborar informes mensuales sobre la ejecución y resultados del contrato.
7). Entregar mensualmente a la Universidad, copias de seguridad de la información
contenidas en las aplicaciones, software o cualquier dispositivo que albergue información
de interesados, inscritos, admitidos, matriculados, egresados y/o graduados, en
cumplimiento con los procedimientos y requisitos establecidos en la Ley 1581 de 2012 y el
Decreto reglamentario 1377 de 2013.
8). Constituir en caso de que sea adjudicado el contrato a favor de la CORPORACIÓN
UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA, en formato de entidades particulares, la póliza
de garantía única, la cual cubrirá los siguientes puntos:
- De cumplimiento del contrato: Dicho amparo se solicita para garantizar el cumplimiento de
las obligaciones del contrato, por un valor equivalente al 20% del valor de la utilidad, por el
término de duración del mismo y cuatro (4) meses más.
- Del pago de salarios y prestaciones sociales: Para garantizar el pago de salarios,
prestaciones sociales y demás obligaciones inherentes a la previsión social del personal
que emplee durante el desarrollo del contrato, por un valor igual al 20% del valor de la
utilidad, por el término de vigencia del contrato y tres (3) años más.
- De responsabilidad civil extracontractual: por el 10% del valor de la utilidad con una
vigencia igual a la duración del mismo y seis (6) meses más.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN: La Universidad contratará la adquisición de los
servicios objeto de la presente invitación, mediante la suscripción de un Contrato de
Prestación de Servicios.
PLAZO DE EJECUCIÓN REQUERIDO POR LA UNIVERSIDAD: La Universidad determina
el tiempo de ejecución a partir del cumplimiento de los requisitos, perfeccionamiento y
legalización del contrato de un (1) año. La Corporación Universidad Piloto de Colombia, se
reserva el derecho de dar por terminado el contrato de prestación de servicios en caso que
no se cumplan las metas trimestrales.
La posibilidad de prórroga de contrato puede darse en caso que los resultados de la
ejecución del contrato cumplan ó superen las metas establecidas por la Universidad para
el año 2014.
RECURSOS TÉCNICOS DE OPERACIÓN: Entiéndanse como todos aquellos que hacen
posible la operación y logística de la actividad de Posgrados, serán cubiertos por la
operación financiera del Contrato.
Los bienes muebles que sean necesarios para el cubrimiento de las necesidades técnico
operativas serán cubiertos por la operación financiera de la actividad de Posgrados.
Deberán ser administrados, ejerciendo un correcto uso de los mismos, que figurarán como
activos de la Universidad. Al finalizar el contrato deben ser restituidos a la Universidad, en
buen estado.
FACTOR DE RIESGO: El factor de riesgo que aceptará la Corporación Universidad Piloto
de Colombia es del quince por ciento (15%) sobre los ingresos comunes.
REMBOLSO DE IMPUESTOS: Los impuestos que por la actividad a ser ejecutada, sean
cancelados con los recursos financieros de la actividad de posgrados, debe ser
rembolsados a la Universidad, para su declaración unificada. (Impuestos, rete ICA, rete
fuente).
CUBRIMIENTO DEL PRESUPUESTO DE GASTOS: La Universidad otorga del
presupuesto de gastos de la operación financiera de posgrados el 12.5%, debidamente
soportados por el Contratista, encargados de la actividad de comercialización.
PORCENTAJE DE UTILIDAD PARA EL CONTRATISTA: El porcentaje de las utilidades
resultantes de la operación financiera de la ejecución del Contrato, corresponden al treinta
por ciento (30%), para el Contratista u operador y un setenta por ciento (70%), para la
Universidad.
PROPIEDAD INTELECTUAL: La propiedad de los bocetos, diseños, documentos de
trabajo, informes, estructuración y material definitivo o cualquier otra obra que sea
desarrollada, ejecutada y producida por EL CONTRATISTA en virtud de este contrato,
serán de propiedad de LA UNIVERSIDAD sin importar el medio de almacenamiento en el
que se encuentre contenida, Por lo tanto, todos los derechos patrimoniales sobre las obras
quedan en cabeza de la UNIVERSIDAD, quien podrá hacer uso de estos derechos (tales
como reproducción, divulgación, traducción, etc) en la forma en que lo considere más
conveniente para sus intereses, sin perjuicio de los derechos morales a que haya lugar,
especialmente aquellos definidos en los literales a. y b. del artículo 30 de la ley 23 de 1982
o a aquellos que reconozca la normatividad vigente en la materia. El Contratista autoriza a
la UNIVERSIDAD para utilizar los contenidos producidos y generar derivados de los
mismos, y la UNIVERSIDAD asume la responsabilidad que pueda surgir de dichas
acciones. La UNIVERSIDAD, si lo considera conveniente podrá, en los términos de la ley
44 de 1993, registrar las obras de su propiedad, que adquiera en virtud de la ejecución del
presente contrato, en el Registro Nacional de Derecho de Autor. En todo caso, El Contratista
deberá avisar oportunamente a la UNIVERSIDAD cuando crea, según las normas legales
vigentes, que en alguna de las actividades que realizará en virtud del presente contrato,
pueda estar implicado algún tipo de derecho de autor, para que se tomen las medidas
necesarias con el fin de evitar cualquier tipo de reclamación en contra de la UNIVERSIDAD,
El contratista deberá obtener las autorizaciones requeridas y dar cumplimiento a las normas
vigentes sobre derechos de autor y propiedad intelectual y responderá frente a la
UNIVERSIDAD y frente a terceros por cualquier reclamación que se presente por la
utilización de tales trabajos u obras sin las autorizaciones respectivas.
La entrega de la (s) obra (s): El Contratista se compromete a entregar a la UNIVERSIDAD
el original de las obras, en medio magnético y cumpliendo con todas las especificaciones
de entrega que se contemplen en la Ley y las partes.
El CONTRATISTA en desarrollo del contrato, respetará los derechos materiales y morales
de los autores y titulares, y se obliga a no generar derivados de los productos entregados
por parte de la UNIVERSIDAD. En consecuencia, el compromiso en cuanto al material,
contenidos, diseño de publicidad y otros para los diferentes postgrados, diplomados,
seminarios, cursos o cualquiera otro producto de carácter formativo será de carácter
exclusivo de LA UNIVERSIDAD.
DISPONIBILIDAD FINANCIERA: La asignación de recursos que dispone la Universidad
para la ejecución del contrato, resultan de la operación los ingresos, gastos y utilidades de
la operación financiera de posgrados. El resultado de la operación comprende todos los
costos, gastos e impuestos directos que se pueden generar para la suscripción, ejecución
y liquidación del contrato. Por lo que el proponente, deberá proyectar el valor de su
propuesta incluyendo todos los valores así como los impuestos a que haya lugar, en que
pudiera incurrir durante la suscripción, legalización, ejecución y liquidación del contrato.
RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE: La presente invitación y el contrato que llegaré a
suscribirse, se regirá por las políticas de contratación privadas de la Universidad, por las
directrices que imparta la Honorable Consiliatura, por las demás normas legales,
comerciales y civiles que rigen la materia.
PARTICIPANTES: Podrán participar en la presente invitación las personas jurídicas,
legalmente constituidas y domiciliadas en Colombia, cuyo objeto social o actividad
comercial se especialice en la prestación del servicio objeto del contrato, que cumple con
los requerimientos jurídicos, financieros, técnicos y económicos establecidos.
DECLARATORIA DE DESIERTA
La Universidad podrá declarar desierta la convocatoria cuando:
a) Cuando ninguna de las ofertas satisfaga el objeto de la invitación y no se ajusten a los
requerimientos exigidos en los términos de referencia.
b) Cuando a juicio de la Universidad, la adjudicación sea inconveniente. En estos casos la
Universidad podrá reservarse las razones que haya tenido para hacerlo.
c) Existan motivos o causas que impidan la escogencia objetiva del contratista; o,
d) No se presenten ninguna oferta; o,
CAPITULO II
ETAPAS DEL PROCESO
CRONOGRAMA: El proceso de selección se llevará a cabo en las fechas, sitios que se
establezcan a continuación:
La Universidad podrá prorrogar los plazos establecidos, por razones de conveniencia o
necesidad institucional, para lo cual informara a todos aquello interesados a través de la
página web: htt://www.unipiloto.edu.co , todas las modificaciones que llegaren a surgir,
avisos y comunicaciones, serán parte integral de los presentes términos de referencia, los
cuales serán publicados en la página web: htt://www.unipiloto.edu.co
RECEPCIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DE LA CONVOCATORIA: Las propuestas
deberán ser presentadas en la Carrera 9 Nro. 46-43, sede presidencia de la Universidad
Piloto de Colombia, en la fecha y hora indicada en el cronograma, en sobre debidamente
sellado, copia y original.
VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas deberán tener una validez mínima de
noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la convocatoria.
DEVOLUCIÓN DE LAS PROPUESTAS: No habrá devolución de las propuestas. Finalizado
el proceso de selección la Universidad debe proceder al archivo de las propuestas
recibidas. En caso de ser declarada desierta la convocatoria, se devolverán los originales
de las propuestas previa solicitud por escrito del proponente a la Dirección de Posgrados
de la Universidad.
NOTIFICACIÓN: Una vez finalizado el proceso la Universidad notificará por escrito al
proponente seleccionado.
CAÍTULO III
DOCUMENTOS A PRESENTAR CON LA PROPUESTA
DOCUMENTACIÓN DE VERIFICACIÓN JURÍDICA
CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: La propuesta deberá contener carta
de presentación de la propuesta debidamente firmada por el representante legal.
CERTIFICACIÓN DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL: La propuesta debe
contener el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de
Comercio de Bogotá, donde conste lo siguiente: El Objeto social, el nombramiento del
representante legal, las facultades del representante legal, el nombramiento del revisor
fiscal. La persona jurídica debe haberse constituido por lo menos hace cinco (5) años antes,
contados antes de la fecha de cierre de la invitación. La fecha de expedición del certificado
debe ser inferior a treinta (30) días, contados a partid del cierre de la convocatoria.
CÉDULA DE CIUDADANÍA O DE EXTRANJERÍA DEL REPRESENTANTE LEGAL: La
propuesta debe contener la copia respectiva de la cédula de ciudadanía o de extranjería
del representante legal de la entidad.
CERTIFICACIÓN DE PAGO DE APORTES A SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES:
La propuesta deberá presentar el certificado expedido por el revisor fiscal o representante
legal, en que conste que se encuentra a paz y salvo por concepto de pago de aportes a
salud, pensiones, riesgos profesionales, SENA, ICBF y cajas de compensación familiar, de
acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente.
Dicha certificación deberá expedirse con una antelación inferior a treinta (30) días
calendario a la fecha prevista para el cierre de la presente invitación.
CÉDULA DE CIUDADANÍA, TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE
VIGENCIA DE INSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DE REVISOR
FISCAL: La propuesta deberá contener la copia de la cédula de ciudadanía, tarjeta
profesional y certificación de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios vigente,
expedida por la junta central de contadores, del revisor fiscal, en caso de que esté obligado
legamente a tenerlo.
DOCUMENTACIÓN DE VERIFICACIÓN FINANCIERA
RUT (Registro Único Tributario): Presentar el respectivo certificado expedido por el ente
legal, donde conste si se encuentra en representación de una persona jurídica debidamente
registrada, y que su actividad económica, principal o secundaria, corresponde al objeto a
contratar.
RIT (Registro de Información Tributaria): Presentar el respectivo registro de información
tributaria, expedido por la Secretaria Distrital de Hacienda, con la información personal y
tributaria actualizada.
ESTADOS FINANCIEROS: La propuesta debe contener el balance general y estado de
resultados a corte 31 de diciembre de 2012, debidamente certificados y dictaminados. Tanto
los estados financieros solicitados como sus notas deben ser elaborados y presentados
confirme el Decreto 2649 de 1993, por el cual se reglamenta la contabilidad general y se
expiden los principios o normas de contabilidad generalmente aceptado en Colombia.
CEDULA DE CIUDADANÍA, TARJETA PROFESIONAL Y CERTIFICACIÓN DE
VIGENCIA DEINSCRIPCIÓN Y ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS DEL CONTADOR
PÚBLICO: La propuesta debe contener la copia de la cédula de ciudanía, tarjeta profesional
y certificación de vigencia de inscripción y antecedentes disciplinarios vigentes, expedida
por la Junta Central de Contadores, de Contador Público responsable de la suscripción del
Balance General solicitado.
DOCUMENTOS DE VERIFICACIÓN TÉCNICA
DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA: El proponente deberá acreditar
mediante certificaciones de los contratos desarrollados, de los últimos cinco (5) años.
CAPÍTULO IV
CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA: La propuesta será rechazada cuando: 1).
Se descubran serios indicios de falsedad de la información ó ideología presentada, ó en las
contempladas en los términos de referencia.
CAPÍTULO V
PROPUESTA ECONÓMICA: La presentación de la propuesta económica deberá incluir
todas las actividades del objeto del contrato.
CAPÍTULO VI
FACTORES DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS: Las propuestas presentadas
válidamente en este proceso, serán analizadas por los evaluadores designados por la
Universidad para tal efecto, asegurando la escogencia del ofrecimiento más favorable para
la Universidad.
EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS: La Universidad efectuará la verificación de los aspectos
relacionados en la invitación.
La Universidad efectuará la verificación de los aspectos jurídicos, técnicos y financieros de
las propuestas, cuyo cumplimiento permitirá que pueda entrar a evaluar la propuesta. Solo
las propuestas calificadas que cumplan jurídicamente, financiera y técnica, serán tenidas
en cuenta para la asignación y ponderación de puntaje.
CAPÍTULO VII
ACEPTACIÓN DE CONDICIONES: Los proponentes aceptan las condiciones y
obligaciones de los términos de referencia, en caso de ser seleccionados.
CONFIDENCIALIDAD: Teniendo en cuenta que esta Invitación a Cotizar es de carácter
privado y cerrada, los términos del presente documento, así como los resultados de la
misma, se considerarán para todos los efectos como de carácter confidencial. El
PROPONENTE se obliga a mantener dicha confidencialidad, incluso no siendo elegido en
esta Convocatoria, hasta por el término de seis meses. En caso de ser elegido, se extenderá
la obligación de confidencialidad a los términos del contrato que se suscriba, su ejecución
y liquidación.
CORPORACIÓN UNIVERSIDAD PILOTO DE COLOMBIA
UNIDAD DE POSGRADOS
CONVOCATORIA
TÉRMINOS DE REFERENCIA
INFORME DE RESPUESTA
Preguntas Interesado Gestión Empresarial:
GE. 1. Información General: Solicitan aclarar si las metas de ($5.144.000.000), son
utilidades o ingresos, si son anuales o trimestrales.
UPC. RTA: 1. Cómo es mencionado en los Términos de Referencia, Capitulo I, Parágrafo
único del Objeto, “El Contratista deberá cumplir con las metas de la operación financiera de
la actividad de posgrados, que se proyectan en utilidades de ($5.144.000.000), con un
factor de riesgo máximo del (15%), más riesgo país, o situaciones que no sean controlables
por el operador. Periodo de evaluación de metas se establece en periodos trimestrales.”
De lo anterior se puede concluir que las metas proyectadas se refieren a las utilidades por
la suma de ($5.144.000.000), la meta es anual, pero su revisión es trimestral. En caso de
no cumplirse la meta trimestral, la Universidad está facultada para finalizar el contrato que
se llegue a suscribir.
GE. 2. Para el punto anterior, es necesario conocer información estadística sobre el
comportamiento histórico de los programas, en cuanto a:
a)
Cantidad de programas que ha manejado la Universidad, por lo menos en los
últimos tres años:
b)
Alumnos inscritos por período:
c)
Alumnos graduados:
d)
Deserción de alumnos
e)
Crecimiento proyectado
f)
Número de Posgrados y Maestrías a manejar el año entrante
Así mismo toda la información concerniente al nivel de aceptabilidad que tienen los
programas ofrecidos por la Universidad, como por ejemplo encuestas y estudios de
mercado, e información que Ustedes consideren pertinente y pueda apoyar el análisis que
debemos hacer como empresa proponente.
UPC. RTA: 2.
a)
La Universidad oferta anualmente en Bogotá y Girardot doce (12) programas de
especialización, tres (3) de maestría y en promedio 20 de educación continuada.
b)
Los estudiantes que se matriculan al año en los diferentes programas de postgrado
es de aproximadamente 1.600 y en educación continuada de 1.300.
c)
El número acumulado de graduados de los programas de postgrado es de 4.300.
d)
La deserción por cohorte, en promedio de los últimos 5 años es del 14%
e)
El crecimiento proyectado para el año 2014 es de 30% para programas de
postgrados y de 20% para programas de educación continuada.
f)
El número de programas de especialización a manejar en el 2014 es de mínimo
trece (13), y mínimo cuatro (4) maestrías.
Los estudios de mercado que posee la Universidad son confidenciales y no es posible
suministrarlos.
GE. 3. Obligaciones Específicas: Requerimos la definición, delimitación y alcance del
términos Gestión Operativa, enunciado dentro del objeto de la convocatoria, toda vez
que nuestra empresa, al ser un ente externo requiere un interlocutor, funcionario de
la Universidad en casa ciudad, que tenga la responsabilidad de apoyar la intervención
nuestra para garantizar la calidad de los programas.
UPC. RTA: 3. Gestión Operativa refiere a todas aquellas actividades que sean necesarias
realizar para llevar a cabo el objeto del contrato.
La gestión operativa enmarca (entre otras) las siguientes actividades necesarias para la
oferta y funcionamiento de los programas de Postgrado y de Educación Continuada
ofrecidos por la Universidad Piloto de Colombia:
a)
Planeación y asignación de espacios académicos y equipos audiovisuales (aulas,
laboratorios, auditorios, salas de cómputo, computadores, otros equipos audiovisuales) en
comunicación directa con los responsables de áreas de apoyo de la Universidad.
b)
Aplicación, tabulación e informe resumen de instrumentos de evaluación de cada
docente de cada módulo en cada uno de los programas académicos de postgrado y
educación continuada.
c)
Seguimiento y atención a los requerimientos de cada docente para las actividades
académicas.
d)
Control y seguimiento de la planeación académica de cada programa.
e)
Apoyo en los procesos de inducción a los estudiantes de los diferentes programas.
f)
Entrega de materiales de clase de cada docente
g)
Requerimiento y compra de carnés para los participantes de programas de
educación continuada
h)
Suministrar y hacer seguimiento a la asistencia de los estudiantes a cada jornada
académica
i)
Requerimiento y compra de certificados de educación continuada
j)
Mercadeo y comercialización de programas académicos
k)
Recaudo de matrícula y seguimiento a la cartera
l)
Seguimiento a la nómina de docentes
Nota: De acuerdo con lo considerado en los términos de la convocatoria “Los bienes
muebles que sean necesarios para el cubrimiento de las necesidades técnico operativas
serán cubiertos por la operación financiera de la actividad de Posgrados…”. De acuerdo
con lo anterior, el uso de la planta física de la Universidad tiene un costo para el contrato.
De igual manera, en caso que por cualquier motivo la Universidad no pueda realizar
asignación de aulas o equipos audiovisuales por ejemplo, el arrendamiento de estos deberá
ser cubierto por el contrato.
GE. 4. OBLIGACIONES ESPECÍFICAS: Requerimos precisar la cantidad de programas
nuevos que la Universidad contempla implementar en el 2014, teniendo en cuenta
que en punto 3 hace referencia a: Adelantar los estudios de factibilidad (demanda) de
los programas actuales y de los nuevos programas que implemente la Unidad de
Posgrados y educación continuada de la Universidad.
La convocatoria solicita en el CAPÍTULO V PROPUESTA ECONÓMICA: La
presentación de la propuesta económica deberá incluir todas las actividades del
objeto del contrato. De acuerdo con lo anterior se requiere involucrar dentro del
presupuesto a presentar, el valor de los estudios de demanda de los programas, los
cuales deben ser contratados con una empresa especializada en Investigación de
Mercados.
UPC. RTA: 4. Para el año 2014 se debe adelantar un estudio de factibilidad para la oferta
de programas de postgrado y educación continuada. Con base en dicho estudio general, la
Universidad procederá a identificar la pertinencia social e institucional con base en su
proyecto educativo institucional.
Adicionalmente, en el transcurso de año pueden requerirse estudios puntuales para el
análisis de factibilidad. Dichas propuestas son presentadas por las diferentes Facultades
de la Universidad y hacen parte de la educación continuada o del nivel de postgrado.
GE. 5. Pólizas: ¿Los costos de las pólizas de cumplimiento forman parte de los costos
del Proyecto?
UPC. RTA: 5. No. Las pólizas de cumplimiento deben ser asumidas por el contratista a
favor de la Universidad y no forman parte de los costos de funcionamiento del proyecto.
GE. 6. Modalidad de Contratación: Teniendo en cuenta que va a existir repartición de
utilidades, qué figura jurídica sería viable utilizar para la operación del contrato?
Contrato de cuentas en participación, de colaboración empresarial o similares son
viables?
UPC. RTA: 6. La modalidad de contratación como se especifica en los Términos de
Referencia, será bajo la adquisición de servicios objeto de la invitación, mediante la
suscripción de un Contrato de Prestación de Servicios. El órgano máximo de decisión de la
Corporación determinará cualquier figura adicional que se requiera para la ejecución del
Contrato.
GE. 7. Porcentaje de utilidad para el Contratista, cuál es el modelo financiero para el
cálculo de las utilidades del contrato a distribuir entre el Contratista y la Universidad?
Tiene la Universidad algún régimen tributario especial? Cuál es el marco tributario
del Contrato?
UPC. RTA: 7. El modelo financiero corresponde a un presupuesto aprobado por las partes
para cada programa académico, el cual se compone de los ingresos (matrículas,
inscripciones y reingresos) menos las becas otorgadas para obtener el ingreso neto. El
presupuesto de egresos incluye todos los costos y gastos directos e indirectos, impuestos,
entre otros, al igual que las inversiones en software, tecnología, muebles y enseres. Así
mismo, los costos y gastos que haga la Universidad a cargo del convenio le serán
integrados mensualmente.
La Corporación Universidad Piloto de Colombia, es una entidad de derecho privado, de
educación superior, sin ánimo de lucro, de utilidad común. El marco tributario es el aplicable
en Colombia para este tipo de entidades. Si es prestación de servicios, tendrá la retención
en la fuente establecida para dicho concepto y de igual manera si son cuentas en
participación tendría el porcentaje establecido en su momento según lo establecido en
impuestos nacionales y distritales.
GE. 8. Propiedad Intelectual. En caso que el contratista tenga cursos, seminarios o
programas que puedan ser comercializados dentro del Contrato, se entiende que la
propiedad intelectual seguirá siendo del Contratista.
UPC. RTA: 8. La propiedad de los bocetos, diseños, documentos de trabajo, informes,
estructuración y material definitivo o cualquier otra obra que sea desarrollada, ejecutada y
producida por EL CONTRATISTA en virtud de este contrato, serán de propiedad de LA
UNIVERSIDAD sin importar el medio de almacenamiento en el que se encuentre contenida,
Por lo tanto, todos los derechos patrimoniales sobre las obras quedan en cabeza de la
UNIVERSIDAD, quien podrá hacer uso de estos derechos (tales como reproducción,
divulgación, traducción, etc) en la forma en que lo considere más conveniente para sus
intereses, sin perjuicio de los derechos morales a que haya lugar, especialmente aquellos
definidos en los literales a. y b. del artículo 30 de la ley 23 de 1982 o a aquellos que
reconozca la normatividad vigente en la materia. El Contratista autoriza a la UNIVERSIDAD
para utilizar los contenidos producidos y generar derivados de los mismos, y la
UNIVERSIDAD asume la responsabilidad que pueda surgir de dichas acciones. La
UNIVERSIDAD, si lo considera conveniente podrá, en los términos de la ley 44 de 1993,
registrar las obras de su propiedad, que adquiera en virtud de la ejecución del presente
contrato, en el Registro Nacional de Derecho de Autor. En todo caso, El Contratista deberá
avisar oportunamente a la UNIVERSIDAD cuando crea, según las normas legales vigentes,
que en alguna de las actividades que realizará en virtud del presente contrato, pueda estar
implicado algún tipo de derecho de autor, para que se tomen las medidas necesarias con
el fin de evitar cualquier tipo de reclamación en contra de la UNIVERSIDAD, El contratista
deberá obtener las autorizaciones requeridas y dar cumplimiento a las normas vigentes
sobre derechos de autor y propiedad intelectual y responderá frente a la UNIVERSIDAD y
frente a terceros por cualquier reclamación que se presente por la utilización de tales
trabajos u obras sin las autorizaciones respectivas.
La entrega de la (s) obra (s): El Contratista se compromete a entregar a la UNIVERSIDAD
el original de las obras, en medio magnético y cumpliendo con todas las especificaciones
de entrega que se contemplen en la Ley y las partes.
El CONTRATISTA en desarrollo del contrato, respetará los derechos materiales y morales
de los autores y titulares, y se obliga a no generar derivados de los productos entregados
por parte de la UNIVERSIDAD. En consecuencia, el compromiso en cuanto al material,
contenidos, diseño de publicidad y otros para los diferentes postgrados, diplomados,
seminarios, cursos o cualquiera otro producto de carácter formativo será de carácter
exclusivo de LA UNIVERSIDAD.
GE. 9. DOCUMENTOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA: Solicitamos una explicación
más detallada del tipo de experiencia que requiere la Universidad para presentarse a
la convocatoria, teniendo en cuenta el punto: El proponente deberá acreditar
mediante certificaciones de los contratos desarrollados, de los últimos cinco (5)
años.
Qué información deben contener las certificaciones de los contratos desarrollados
para acreditar experiencia? En caso de que el trabajo no se haya desarrollado
mediante contrato (oferta mercantil por ejemplo), cómo puede/debe ser la
certificación? Cuántas certificaciones deben ser presentadas?
UPC. RTA: 9. Las certificaciones deben estar relacionadas con el objeto de convocatoria
de la Universidad Piloto de Colombia. No existe un número requerido de certificaciones. El
comité de selección tendrá en cuenta (entre otros) los siguientes criterios para la evaluación
de las certificaciones:
a)
b)
c)
Tiempo de servicio
Servicios prestados / objeto contractual
Cuantía del contrato
d)
e)
Nombre del contratante
Referenciación
GE. 10. Propuesta Económica: Requerimos el alcance del requerimiento contenido
en: La presentación de la propuesta económica deberá incluir todas las actividades
del objeto del Contrato.
UPC. RTA: 10. Todas las actividades indicadas en el objeto del contrato, las cuales se han
detallado en el presente documento.
GE. 11. Evaluación de las ofertas – Criterios de Verificación y Asignación de Puntaje.
UPC. RTA: 11. Los criterios de las ofertas se revisarán una vez sean verificados los
aspectos jurídicos, técnicos y financieros de la propuesta, cuyo cumplimiento permitirá que
pueda entrar a evaluar la propuesta. La evaluación económica es la que resulta de la oferta
presentada. El factor experiencia, debe certificar la experiencia de los contratos afines con
el objeto a contratar, quienes certifiquen más de 5 años de operación, se les otorgará 50
puntos. El factor de tecnologías aplicables, refiere a las tecnologías de informática que use
el Contratista, que pueda ser de beneficio en la ejecución del objeto contractual.
GE. 12. ¿El Contratista podrá utilizar infraestructura física de la Universidad? ¿Qué
tipo? ¿A qué costo?.
UPC. RTA: 12. Respecto de la infraestructura física de la Universidad, será determinará un
espacio en caso de ser requerido, el costo debe ser cubierto por la operación del contrato.
Los bienes muebles que sean necesarios para el cubrimiento de las necesidades técnico
operativas, serán cubiertos por la operación financiera de la actividad de posgrados. La
Universidad facturará mensualmente el canon de arrendamiento por salones, oficinas y
otros muebles y enseres requeridos para el funcionamiento de los programas académicos;
dicho valor será establecido según el mercado y lo convenido entre las partes. Este valor
estará incluido dentro del presupuesto de gastos del contrato.

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