¿Qué es el Marcado CE? El Marcado CE fue introducido por la
Transcripción
¿Qué es el Marcado CE? El Marcado CE fue introducido por la
¿Qué es el Marcado CE? El Marcado CE fue introducido por la Comisión Europea, quien establece las condiciones de su uso dentro de las distintas directivas. Con el Marcado CE, el fabricante o su representante dentro de la Unión Europea, declaran que el producto individual cumple con las normas de seguridad generales de las Directivas del Marcado CE. Objetivo: Declarar la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante por las Directivas del Marcado CE El Marcado CE colocado en los productos constituye una declaración por parte de la persona que la ha colocado de que: el producto se ajusta a todas las disposiciones comunitarias, y se han llevado a cabo los procedimientos pertinentes de evaluación de la conformidad. El Marcado CE es obligatorio y debe colocarse antes de que un producto sujeto a la misma sea comercializado o puesto en servicio, salvo en el caso de que una directiva específica disponga lo contrario. Si los productos están sujetos a varias directivas, todas las cuales establecen el Marcado CE, éste indica que se presume que los productos son conformes con las disposiciones de todas estas directivas. Un producto no puede llevar el Marcado CE si no está amparado por una directiva que disponga su colocación. El Marcado CE debe ser colocado por el fabricante o su representante autorizado establecido dentro de la Comunidad Europea El Marcado CE debe colocarse de forma visible, legible e indeleble en el producto o en su placa de características. Sin embargo, si esto no es posible o no puede hacerse debido a la naturaleza del producto, debe colocarse en el embalaje, en su caso, y en los documentos de acompañamiento, si la directiva de que se trate prevé dicha documentación. Si un organismo notificado participa en la fase de control de la producción con arreglo a las directivas aplicables, su número de identificación debe figurar a continuación del Marcado CE. El número de identificación debe colocarlo, bajo la responsabilidad del organismo notificado, el fabricante o su representante autorizado establecido en la Comunidad. 1 Marcado CE para ventanas El Marcado CE es ya obligatorio para todos los fabricantes de puertas y ventanas, que serán los responsables de fijarlo. Afecta al producto terminado, pero no concierne a la instalación, marca sus características técnicas, y en función del resultado será apto para unas condiciones u otras. Representa el nivel mínimo de seguridad que debe alcanzarse para poder comercializar el producto acabado en Europa, y garantiza que cumple los requisitos esenciales de seguridad de la Directiva 89/106/CEE “Preoductos de Construcción” El día 1 de febrero de 2007, se inició el periodo de coexistencia del Marcado CE para ventanas y puertas peatonales exteriores (esto significa que pueden aparecer en el mercado ventanas y/o puertas con y sin Marcado CE). Este periodo tenía una duración de 24 meses, de forma que a partir del día 1 de febrero de 2009 no podían fabricarse ni comercializarse ventanas y/o puertas sin el Marcado CE obligatorio. Recientemente esta fecha de obligatoriedad se ha modificado a 1 de febrero de 2010. La Norma UNE EN 14351-1:2006 es norma armonizada, también llamada “Norma de Producto” para ventanas y puertas peatonales exteriores y, en consecuencia, fundamental para el cumplimiento del Marcado CE obligatorio para estos productos. Las características de esta norma son: Es de carácter OBLIGATORIO, por lo que todos los fabricantes / talleres deberán vender todas las ventanas y puertas con Marcado CE. Denominación de Fabricante / taller; es aquel que fabrica las unidades (ventanas y puertas) acabadas en el mercado y el único responsable del Control de producción, Etiquetado y Declaración. 2 Como obtener el Marcado CE Para obtener el Marcado CE, hay que preparar 4 aspectos: 1. EIT. Ensayo Inicial de Tipo con Fichas de Producto y Ensayos 2. Control de Producción 3. Marcado y etiquetado 4. Declaración de conformidad. 1. EIT – Ensayo Inicial de Tipo. Es el modelo inicial sobre el que se van a realizar los ensayos y que será la muestra sobre la que se fabricarán el resto de las ventanas y puertas. La definición del primer modelo, marcará la pauta en cuanto a elementos y perfiles a utilizar en la fabricación de las siguientes unidades. El tamaño del modelo ensayado, será la representativa de las fabricadas de igual o menor tamaño. Los resultados no podrán ser utilizados para unidades de mayor tamaño. El tipo de ventana seleccionado será la representativa y más desfavorable de toda la gama. Los ensayos o características Obligatorias serán los siguientes: Resistencia a la carga de viento Estanqueidad al agua Capacidad del los dispositivos de seguridad Atenuación acústica Aislamiento térmico Permeabilidad al aire Sustancias Peligrosas 2. Control de Producción. Se llevarán los registros oportunos de recepción de materiales, control de producción, control de producto terminado, productos no conformes etc... con el fin de poder demostrar que todas las unidades realizadas son iguales a la primera del EIT. 3. Marcado y etiquetado. Se indicará en cada unidad y/o en la documentación comercial las características que definen cada unidad. 4. Declaración de conformidad. Donde cada fabricante/taller declara la veracidad de todo el proceso. 3 Modalidades de obtención del Marcado CE Modalidad Importe* • Definición de procedimientos de control de producción. • Apoyo en la generación de registros. • Generación de documentos a entregar a los clientes con cada pedido. • Auditoria Interna al final del proceso. 2.500,00 € Sistema completo: Sistema parcial: 1.200,00 € • Definición de procedimientos de control de producción. • Auditoria Interna al final del proceso. Auditoria Interna al final del proceso realizado por el cliente: • Revisión de la documentación generada por el cliente, su aplicación en el proceso y cumplimiento de legislación. • Revisión de los registros generados por el sistema Definición de procedimientos de control de producción. • Redacción de posibles No Conformidades. • Redacción y entrega de informe de auditoria. 500,00 € Mantenimiento del sistema (importe anual – 4 pagos): • Atención a las empresas partícipes para la resolución de dudas y cuestiones relativas al marcado CE. • Realización de 1 auditoria anual del sistema implantado. • Información sobre la nueva legislación que pueda publicarse y que afecte a los clientes. 800,00 € año * Impuestos no Incluidos Duración y Formas de Pago del Marcado CE Los trabajos descritos tendrán una duración de aproximadamente 2 meses, desde la fecha de aceptación por parte del cliente. Proponemos la siguiente forma de pago: • 50 % a la aceptación de la oferta en la modalidad seleccionada por el cliente. • 50% a la finalización de los trabajos. • Para mantenimiento 4 pagos anuales, de forma trimestral, de 200,00 € cada uno mediante domiciliación bancaria. A los importes resultantes les será incrementado el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) vigente en el momento de generación de la correspondiente factura. 4