ANALIZAR EL BUEN CUMPLIMIENTO DEL FUNCIONARIO EN LA
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ANALIZAR EL BUEN CUMPLIMIENTO DEL FUNCIONARIO EN LA
ANALIZAR EL BUEN CUMPLIMIENTO DEL FUNCIONARIO EN LA CADENA DE CUSTODIA COMO GARANTÍA LEGAL, “FISCALÍA DECIMA DEL ESTADO CARABOBO” DEL MINISTERIO PÚBLICO REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍCAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO ANALIZAR EL BUEN CUMPLIMIENTO DEL FUNCIONARIO EN LA CADENA DE CUSTODIA COMO GARANTÍA LEGAL, “FISCALÍA DECIMA DEL ESTADO CARABOBO” DEL MINISTERIO PÚBLICO Ministeri Publico, Fiscalía Decima del Estado stado Carabobo” INSTITUCIÓN: Ministerio Autor: Félix A. Rausseo B. C.I. V-.20.564.761. V San Diego, Abril 2013 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍCAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO ANALIZAR EL BUEN CUMPLIMIENTO DEL FUNCIONARIO EN LA CADENA DE CUSTODIA COMO GARANTÍA LEGAL, “FISCALÍA DECIMA DEL ESTADO CARABOBO” DEL MINISTERIO PÚBLICO CONSTANCIA DE ACEPTACIÓN ___________________________________________________ Nombre, firma y Cédula de Identidad del Tutor Académico ___________________________________________________ Nombre, firma y Cédula de Identidad del Tutor Institucional ____________________________________ ____________________________________________________ Nombre, firma y Cédula de Identidad del Tutor Metodológico Autor: Félix A. Rausseo B. C.I. V-.20.564.761 .20.564.761 San Diego, Abril 2013. AGRADECIMIENTO Primeramente agradecerle al que todo lo puede y si no se confía en el no se confía en nadie y es precisamente a nuestro dios todo poderoso por darme la vida , la fuerza necesaria y la bendición de seguir adelante para concluir con esta meta . A mi padre y mi madre por ese apoyo incondicional no solo en el transcurso de mi carrera si no también en el transcurso de mi vida gracias por inculcarme los valores esenciales de la vida para ser mejor persona mejor estudiante y mejor profesional en un futuro muy próximo gracias a dios le doy por tenerlos y ser los pilares y las pilas q mueven mi vida Un agradecimiento a mis hermanos, tios, primos y hasta sobrinos que siempre están pendiente de mi Y por ultimo pero no menos importante a mis compañeros de clases Joaquin Ilanda, Maria Gavidia Olga fernandez, Sonia Herrera y todos mis demás compañeros igualmente a la universidad Jose Antonio Paez por haber sido mi casa de estudio al profesor Alexander Garcia quien es mi tutor gracias por haberme dirigido en esta investigación. Igualmente gracias a el despacho del ministerio publico de la fiscalía decima del estado Carabobo por abrirme sus puertas y haber realizado mis pasantías en ese armónico lugar y de mucho aprendizaje . Estoy muy agradecido con el apoyo y la ayuda que me dieron y se que me seguirán suministrando su apoyo cada una de las fiscales y el fiscal Héctor Pimentel. Gracias a todos y que dios y la virgen los Bendiga!!!! iv iv DEDICATORIA Primero que nada le doy gracias a dios por haberme abierto las puertas y la oportunidad de estudiar esta carrera y desempeñarla como eh venido haciendo durante este largo tiempo . Estos estudios adquiridos y el desarrollo de mi carrera se la dedico a mi padre y mi madre que son las primeras personas que están ahí conmigo siempre que se que cuento conté y contare con ellos el resto de mi vida bien sea para la culminación de esta meta o para las siguientes que el camino y la vida me atribuyan en un futuro . Quisiera dedicarle esta carrera a mis familiares en cuanto son tios hermanos primos sobrinos que de alguna u otra manera confiaron en mi y me tendieron la mano en el transcurso de mi carrera También dedicarle estos conocimientos adquiridos durante la carrea aquellos profesores que durante todo este tiempo me apoyaron y me brindaron sus conocimientos para ser mejor cada día de verdad muchas gracias, Alexander García Roraima Samuel, Argenis Flores, Roxana Ruiz, Carolina Pérez, Carlos Uribe, Arelis Farias, Leydis Herrera, José Salas, Alejandro vieira, en fin todos los profesores que contribuyeron durante mi carrea Y especialmente esta carrera y esta nueva meta cumplida es para mi persona dándome a demostrar a mi mismo q si se puede con perseverancia y constancia se logra todo y esta es unas de las miles de metas que me faltan cumplir por el resto de mi vida dios mediante v v INDICE GENERAL AGRADECIMIENTO………………………………………………………………iv DEDICATORIA………………………………………………………………..……v INDICE GENERAL……………………………………………………………...…vi RESUMENIN FORMATIVO……………………………………...………………ix INTRODUCCION………………………………………….………………………..1 CAPITULO I LA INSTITUCIÓN………………………………………….……………………….3 1.1. Identificación de la institución.......……………………………………….…....3 1.2. Ubicación………………………………….……….……...................................3 1.3. Misión……………………………………….….……........................................3 1.4. Visión……………………………………………………………………………4 1.5. Valores Organizacionales……………………………………………….………4 1.6. Estructura Organizativa……………...……………………………………….…4 1.7. Actividades Desarrolladas Durante el periodo de Pasantías…………….…..…4 CAPITULO II EL PROBLEMA………………..…………………………………………………...6 2.1. Planteamiento del Problema.…………………………………………….……...6 2.2. Formulación del Problema……………………………………………………...7 2.3. Objetivos.………………………………………………….…………………....8 2.3.1. Objetivo General…………………………………….…………………....8 2.3.2. Objetivos Específicos……………………………….…………………....8 2.4. Justificación y Alcance.………………………………………………………....8 2.5. Limitaciones……………………………….……………………………...…....9 vi CAPITULO III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL………………….………………….11 3.1. Antecedentes………………….……………………………….……………….11 3.2. Bases Teóricas………………….……………………………….………….....13 3.3. Bases Legales………………….……………………………….……………...16 3.4. Definición de Términos Básicos…………………………….………………..21 CAPÍTULO IV MARCO METODOLÓGICO…………………………….……………...………..22 4.1. Tipo y Nivel de la Investigación…………………….……….……...….….....22 4.1.1. Tipo de Investigación…………………………..……….……...….….....22 4.1.2. Nivel de Investigación………………...………..……….……...….….....23 4.2. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos...……….……...….….....23 4.2.1. Técnica………………………….……….……………………....….….....23 4.2.2. Instrumento………………………………………..……….……...….….......23 4.3. Procedimiento de Análisis y Recolección de Datos.....……….……...….….....23 4.4. Fases Metodológicas…………………………………………………………...24 CAPÍTULO V RESULTADOS, CONCLUSIONES, RECOMENDACIONES…………………26 5.1. Resultados……………………………………………………….………..……26 5.1.1. Resultado de la Fase I..……………………..………..……………..……26 5.1.2. Resultado de la Fase II..……………………..…………………………...26 5.1.3. Resultado de la Fase III..……………………..…………….…..………...26 5.2. Conclusiones………………………………………..………………..………...27 5.2.1. Conclusión del Resultado I……………………..……………….…..…...27 5.2.2. Conclusión del Resultado II……………………..…………….………..27 5.2.3. Conclusión del Resultado III……………………..…………….………..28 5.3. Recomendaciones…………..…………….………………………….…..……..28 5.3.1. Recomendaciones de la Conclusión I…………..…………….…..……..28 5.3.2. Recomendaciones de la Conclusión II…………..……………..………..28 vii 5.3.3. Recomendaciones de la Conclusión III…………..…………….……….29 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS…………..…………….…………………..30 viii REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ FACULTAD DE CIENCIAS JURÍCAS Y POLÍTICAS ESCUELA DE DERECHO CARRERA: DERECHO MANIPULACIÓN DEL FUNCIONARIO EN LA CADENA DE CUSTODIA, GARANTÍA LEGAL, “FISCALÍA DECIMA DEL ESTADO CARABOBO” DEL MINISTERIO PÚBLICO Autor: Félix A. Rausseo B. Tutor: Alexander García Fecha: Abril, 2013 RESÚMEN INFORMATIVO El presente informe tuvo como objetivo demostrar la cadena de custodia como garantía legal del manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas, biológicas, o materiales y el desempeño del funcionario en la misma. En virtud de ello, se realizó una investigación sobre los conceptos básicos y elementales lementales del tema para poder profundizar en el mismo; posterior a esto se busco las bases teoría y legales en las que se fundamenta; presentando de manera detallada el procedimiento adecuado de la cadena de custodia; todo esto con la meta de aportar conocimientos conocimientos de interés a los funcionarios y estudiantes de la jerarquía de este sistema como garantía legal. Se determina entonces que la cadena de custodia es mecanismo que garantiza la autenticidad de los elementos de prueba recolectados y examinados, esto es, que las pruebas correspondan al caso investigado, sin que dé lugar a confusión, adulteración, ni sustracción alguna. Por tanto, todo funcionario que participe en el proceso de cadena de custodia, deberá velar por la seguridad, integridad y preservación preservación de dichos elementos. El art. 202 de Código Orgánico Procesal Penal nos dice “todo funcionario o funcionaria que colecte evidencias físicas debe cumplir con la cadena de custodia, entendiéndose por esta, la garantía legal que permite el manejo idóneo de las as evidencias, evidencias, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación desde el momento de su ubicación u en el sitio del suceso.” Descriptores: cadena, custodia, evidencias, sitio del suceso y manipulación. ix INTRODUCCIÓN En todo sitio del suceso siempre existirán evidencias de interés criminalístico que son importantes para el esclarecimiento de los hechos; dichas evidencia pueden ser usadas como pruebas y muchas veces depende de ellas la victoria o el fracaso de la investigación. Las evidencias deben ser conservadas tal cual como se han encontrado en el sitio del suceso para esto se necesita de un sistema ideal que las proteja y mantenga, dicho sistema ha sido denominado la cadena de Custodia. La cadena de custodia es el mecanismo que garantiza la autenticidad de los elementos de prueba recolectados y examinados, esto es, que las pruebas correspondan al caso investigado, sin que dé lugar a confusión, adulteración, ni sustracción alguna. Por tanto, todo funcionario que participe en el proceso de cadena de custodia, deberá velar por la seguridad, integridad y preservación de dichos elementos. En ciertos casos se encuentra que no existe una buena manipulación de las evidencias; es decir no hay un buen cumplimiento del sistema que llamamos cadena de custodia. De lo anteriormente expuesto es que tuvo nacimiento el presente estudio. En el Capítulo I se identifica la Institución, donde se desarrolló la investigación, su ubicación, misión, visión, estructura organizativa y las actividades que se realizaron durante el período de pasantía. El Capítulo II, comprende el problema, planteamiento del problema, formulación del problema, objetivo general, tres objetivos específicos, la justificación del problema alcance y limitaciones de la investigación. En el Capítulo III, se desarrolla el marco referencial conceptual, los antecedentes, las bases teóricas y legales y la definición de términos básicos y El Capítulo IV, consiste en definir el tipo de investigación, nivel de la investigación y las fases metodológicas que se desarrollaron en la investigación. El Capitulo V, trata sobre los resultados, conclusiones y recomendaciones. 2 CAPÍTULO I LA INSTITUCIÓN 1.1. Identificación de la institución Fiscalía Decima del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, es encargado de ejercer la acción penal en nombre del Estado, es único e indivisible y está bajo la dirección y responsabilidad del Fiscal o la Fiscal General de la República. El Ministerio Publico es uno de los órganos del Poder Ciudadano, conjuntamente con la Defensoría del Pueblo y la Contraloría General de la República; como parte integrante de dicho Poder no podrá ser impedido ni coartado en el ejercicio de sus funciones por ninguna autoridad. En tal sentido, sus atribuciones serán ejercidas sin más limitaciones que las establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las leyes. 1.2. Ubicación Urbanización Carabobo, Calle 147 Edificio Sede del Ministerio Publico, frente Residencias El Indio, Quinto Piso, Valencia, Edo. Carabobo. 1.3. Misión Es un órgano del Poder Ciudadano que actúa en representación del interés general, garantizando el cumplimiento del ordenamiento jurídico mediante el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en pro de una respuesta efectiva y oportuna a la colectividad, que propenda a la preservación del Estado social, democrático, de derecho y de justicia. 1.4. Visión Ser una institución garante de la legalidad, accesible, imparcial y confiable, caracterizada por el cumplimiento de sus atribuciones e inmersa en la dinámica social con estricto apego a la preeminencia de los derechos humanos. 1.5. Valores Organizacionales: • Honestidad • Responsabilidad • Justicia • Humildad • Eficacia • Imparcialidad • Lealtad • Solidaridad • Ética • Probidad 1.6. Estructura Organizativa La estructura organizacional es el patrón de diseño o modelo con el que se organiza una entidad a fin de cumplir las metas propuestas y lograr el objetivo deseado. La estructura jerárquica, también conocida como departamentalización funcional, es la más difundida y utilizada ya que representa a la organización estructural. 4 1.7. Actividades Desarrolladas Durante el periodo de Pasantías Actividades realizadas Primeramente en mi ingreso a ministerio publico en el despacho de la fiscalía decima unas de mis primeras actividades se basaron conocer a que se dedicaba cada departamento de la misma y que rol se cumplía en esa fiscalía y sobre qué materia se iba o se trabajaba en ese despacho fiscal en la cual se trabaja con “delitos comunes”. Seguidamente ya con un poco mas de conocimiento e interactuando con las fiscales y el personal administrativo del despacho realice revisiones de expedientes en materia de delitos para darle asignación a las audiencias y asentarlas en los libros diarios del despacho a las distribuciones asignadas del mismo seguidamente se les colocaba su foliatura a cada expediente para así remitirlos a los tribunales y al juez que se encontrara de guardia. Ya con un poco mas de experiencia en lo que a labores del despacho fiscal se refiere me dieron la oportunidad de ir recibiendo las guardias de homicidio que se daban durante toda una semana en el estado Carabobo cuando el despacho fiscal de la fiscalía decima se encontraba de guardia para así a esos casos de homicidios luego de recibir el expediente del cicpc se le da numero de distribución a esas causas para asi ser remitidas a la fiscalía superior y solicitar las pruebas o experticias correspondientes según sea el tipo de homicidio . Seguidamente ya trascurrido algunos mese y trabajando en conjunto con las fiscales tuve la oportunidad y el privilegio de asistir a una audiencia preliminar en el palacio de justicia acompañado de una de las fiscales en la cual pude ver y aprender mas de cerca todo lo que se vive dia a dia en los tribunales venezolanos específicamente en valencia estado Carabobo igualmente trabajando con una de las fiscales ya en trabajo de campo nos dirigimos a la morgue del estado Carabobo hacer un reconocimiento post mortem a unos occisos que la fiscalía decima llevaba el caso y en la cual fueron abatidos por el cicpc y la guardia nacional ya que presentaban orden de aprehensión por la fiscalía decima y se enfrentaron a estos efectivos policiales del estado Y bueno ya en la actualidad me encuentre en este despacho fiscal aprendiendo cada día un poco mas y adoptando un poco mas de experiencia para mi futuro profesional en el 5 desarrollo de mi carrera y también dios mediante en un futuro optar por un cargo público en este órgano del estado . 5 CAPITULO II EL PROBLEMA 2.1. Planteamiento del Problema La recolección de evidencia física es uno de los retos más importantes para los organismos investigativos especializados, las evidencias y la información descriptiva derivada del sitio del suceso, pueden hacer la diferencia entre el triunfo y el fiasco; como bien lo dice VAZQUEZ ANGEL; “El éxito o el fracaso de una investigación dependen de lo inmediato y completo de la investigación preliminar”. La habilidad del Laboratorio de Criminalística para otorgar una interpretación científica del hecho investigado dependerá de: Reconocimiento, Recolección de Evidencias y Descripción; La Evidencia debe ser manejada apropiadamente. Cada aspecto de su recolección debe ser cuidadosamente planificado y organizado. Sólo se tiene una oportunidad para llevar dicho procedimiento de forma correcta, el Sitio del suceso es único y deja de ser el mismo una vez que se ha trabajado en o con él. En ocasiones el sitio del suceso se entrega antes de que el personal haya satisfecho la búsqueda por completo, trayendo como consecuencias que se dejen en muchas oportunidades cabos sueltos que pueden ser trascendentales en el rumbo de esclarecimiento del hecho, sus autores y todo lo inherente a este. Es importante destacar el desempeño y la importancia que tiene el funcionario colector o el personal que colecta, se debe estar conscientes que por medio de los ítems de entrega y recibo de evidencias, se individualiza a las personas comprometidas con la preservación de las evidencias donde la fecha y hora son importantes y se acentúan con insistencia ya que es una parte primordial en el formato de Cadena de Custodia para determinar en espacio y tiempo, cuánto tiempo mantuvo bajo su responsabilidad y cuanto se tardó en su preservación, manipulación y resguardo, ya que es el procedimiento de control que se emplea para los indicios materiales afines al delito, desde su ubicación, hasta que son valorados por los diferentes funcionarios encargados de su análisis, normalmente peritos, y que tiene como finalidad no viciar el manejo que de ellos se haga, porque en ocasiones hay alteración, daños, deterioro, reemplazos, contaminación o destrucción de la misma. Desde la ubicación, fijación, recolección, embalaje y traslado de la evidencia en la escena del siniestro, hasta la presentación al debate, la cadena de custodia debe garantizar que el procedimiento empleado sea exitoso, y que la evidencia que se recolectó en la escena, es la misma que se está presentando ante el tribunal, o el analizado en el respectivo dictamen pericial. La mayoría de los inconvenientes presentados en esta formalidad de la cadena de custodia son producidos porque no se determina un único patrón de búsqueda de evidencias y a su vez se convierte en un proceso alterado donde los integrantes de la comisión no tienen una tarea asignada y no hay una constante evaluación de la eficiencia en la búsqueda y recolección de evidencias. Una supervisión deficiente hasta en los pequeños detalles como la numeración dada a cada evidencia encontrada trae las consecuencias que se han mencionado en el principio; otro de los errores que produce el fracaso de una investigación se origina en la coordinación y preservación de las evidencias recolectadas y su entrega a la oficina de custodia correspondiente. Por estos inconvenientes es que se crea esa forma de mantener un registro de cada evidencia levantada, con lo que llamamos la cadena de custodia. 2.2. Formulación del problema Es por ello que se hace necesario esbozar la siguiente interrogante ¿es indispensable esa formalidad de mantener un registro de cada evidencia levantada o colectada, identificado hasta el número de funcionarios que la manipula? ¿Se 7 conoce realmente la verdadera importancia de lo que es la cadena de custodia como garantía legal del manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas, biológicas, o materiales de determinado sitio del suceso? 2.3. Objetivos 2.3.1. Objetivo General Demostrar la cadena de custodia como garantía legal del manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas, biológicas, o materiales y el desempeño del funcionario en la misma. 2.3.2. Objetivos Específicos a. Definir que es la cadena de custodia y justificar esta como una garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias de interés criminalística bien sean: digitales, físicas, biológicas, o materiales. b. Detallar los fundamentos legales que dan origen a la cadena de custodia en virtud del proceso penal, la correcta aplicación dentro del margen de la ley y el respeto de la misma para hacerla cumplir. c. Conocer el procedimiento de la cadena de custodia y cada uno de los pasos para su elaboración así como la correcta manipulación de los funcionarios en la misma. 2.4. Justificación y Alcance Se hace necesario conocer de la existencia, regulación, objetivo y casos en los que se usa de la cadena de custodia, pues en la actualidad, pese a lo novedoso del uso de diversos medios de información para la enseñanza, muchos funcionarios que colectan evidencias de orden digitales, físico, biológico, o materiales. No distinguen con exactitud, cuales son las razones legales o procesales por las cuales existe y se hace tan necesario el cumplimiento de esta formalidad, actuando ellos por criterio propio o costumbre. 8 La presente investigación servirá de guía a los funcionarios anteriormente señalados que se desempeñan en esta área, así como a los estudiantes de derecho, ciencias penales, criminalísticas y todos aquellos ramos conexos, permitiendo adquirir un conocimiento ajustado a la realidad sobre justificación y correcto uso de la cadena de custodia como garantía legal de el resguardo de evidencias digitales, físicas, biológicas, o materiales. El resultado de la misma será obtenido a través de una investigación documental, basándose en las causas llevadas en el Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en la Fiscalía Decima con Competencia en Homicidios Comunes, fundamentándonos en los resultados obtenidos en dichos casos debido a la eficiente de sus inspecciones criminalísticas y cadenas de custodia, pues en la inspecciones técnicas criminalísticas se nombra parte de lo que se registra en nuestro objeto de estudio, “la cadena de custodia”. 2.5. Limitaciones El manejo de las informaciones llevadas por Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en la Fiscalía Decima con Competencia en Homicidios Comunes son algunas de carácter reservado, es decir se debe respetar el principio de confidencialidad, es dada esta circunstancia que el enfoque de la presente investigación va dirigida a describir, mencionar estipulaciones de manera generalizada y no hacia casos específicos que pudieran representar una violación a dichos principios. El corto tiempo del cual se dispone para el desarrollo del tema, igualmente representa una de las limitantes, pues a pesar de tener acceso a la información, se requiere de un tiempo prudencial y de asesoría por parte de las personas que se desempeñan en esta área objeto del estudio para un mayor alcance. Sin embargo el hecho de tener que cumplir con las actividades asignadas como pasantes, no dejan mayor disponibilidad de tiempo para invertirlo en procesos investigativos, dado que se le deben adicionar las obligaciones ordinarias del estudiante y poder así alcanzar las metas propuestas, como lo son el éxito del 9 trabajo de investigación, cumplir con las horas de la pasantía y la aprobación exitosa del semestre. 10 CAPITULO III MARCO REFERENCIAL CONCEPTUAL 3.1. Antecedentes Para el desarrollo del presente informe de pasantía se consultó trabajos anteriores relacionados con la investigación de los cuales se tomaron los estudios, observaciones y revisiones bibliográficas como referencia y opiniones contentivas de la temática relacionada con el objeto de estudio. En principio acogimos los siguientes estudios y posturas. Es una serie de conservación de la evidencia a partir del instante en que es incautada, es enviada al C.I.C.P.C., expuesta a pruebas o experticias técnicas y legales, es colocada en un departamento de cosas reconquistadas o recuperadas de este mismo cuerpo de investigación o de la Policía del Estado correspondiente; para luego de acuerdo a la razón del juez sea entregada, desechada o mostrada en juicio; podemos afirmar entonces lo dicho por el Comisario / Jefe (p) Benjamín V. Nessi Díaz. “Es la secuencia de preservación que se lleva de la evidencia desde el momento en que fue colectada o incautada, es remitida al C.I.C.P.C, es sometida a experticias técnicas y legales, es depositada en el departamento de objetos recuperados del C.I.C.P.C o de la Policía del Estado y finalmente es, de acuerdo al criterio del Juez, entregada, destruida en casos de drogas, o presentadas en un Juicio a requerimiento del Tribunal. De esta manera, la evidencia está disponible cuando se requiera y conserva las mismas características físicas que tenía en el momento en que fue incautada o colectada” En el manual sobre la cadena de custodia por el T.S.U Detective C.I.C.P.C. José Mendoza, comentada y adaptada por el Comisario Nessi, se habla sobre el objeto que tiene la cadena de custodia y se menciona que es “la Preservación y resguardo de las evidencias físicas, tener control de las personas que manipulan las evidencias físicas, establecer responsabilidad en caso del extravío modificación, contaminación o deterioro de la evidencia, tener conocimiento de cada una de las personas que colectan, embalan, etiquetan, preservan y resguardan la evidencia física”. Existen ciertos principios rectores sobre la cadena de custodia, tal cual como son identificados en la investigación documental de López María “La Cadena de Custodia y su función” (2011), y establecen los siguientes: a. La cadena de custodia es el mecanismo que garantiza la autenticidad de los elementos de prueba recolectados y examinados, esto es, que las pruebas correspondan al caso investigado, sin que dé lugar a confusión, adulteración, ni sustracción alguna. Por tanto, todo funcionario que participe en el proceso de cadena de custodia, deberá velar por la seguridad, integridad y preservación de dichos elementos. b. La cadena de custodia está conformada por los funcionarios y personas bajo cuya responsabilidad se encuentren los elementos de prueba respectivos durante las diferentes etapas del proceso penal. Por consiguiente, todo funcionario que reciba, genere o analice muestras o elementos de prueba y documentos, forma parte de la cadena de custodia. c. La cadena de custodia se inicia con la autoridad que recolecta los elementos de prueba, desde el mismo momento en que se conoce el hecho punible, en la diligencia de inspección de cadáver o inspección judicial, y finaliza con el juez de la causa y los diferentes funcionarios jurisdiccionales. En dicha investigación López M. nos señala cuales son los autores de las mismas y sus respectivas consideraciones; diciéndonos que: Huamán; considera que es el procedimiento destinado a garantizar la individualización, seguridad y 12 preservación de los elementos materiales y evidencias, recolectados de acuerdo a su naturaleza o incorporados en toda investigación de un hecho punible; que Badilla (1999:23); considera que es el procedimiento de control que se aplica al indicio material relacionado con el delito, desde su localización por parte de una autoridad Por último Borbón (2002:44) sostiene que es el procedimiento de control que se emplea para los indicios materiales afines al delito, desde su ubicación, hasta que son valorados por los diferentes funcionarios encargados de administrar justicia. A nivel internacional también nos encontramos con material interesante de estudiar y usar como antecedente y es el siguiente: en Colombia, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, dio origen en Diciembre de 1993, al primer manual de Cadena de Custodia, estableciendo allí, un procedimiento para el manejo idóneo de los elementos materiales de prueba, desde su ingreso al Instituto hasta el envío del dictamen a la autoridad competente. Posteriormente en el artículo 288 de su Ley 600 de 2000 (Código de Procedimiento Penal), se estableció el concepto de Cadena de Custodia en el cual se fijo su objetivo principal, destacando aspectos como: a que se le debe aplicar cadena de custodia, con qué fin, quienes son responsables de la aplicación, donde inicia y donde termina, y quizás lo más importante, le impuso al Fiscal General de la Nación, diseñar e implementar un sistema de cadena de custodia de acuerdo a los avances científicos y técnicos. 3.2. Bases Teóricas A continuación se ampliara los aspectos generales del tema con los fundamentos teóricos del mismo que tienen mayor importancia, teniendo como objeto la importancia de la prueba y su conservación, sabiendo que si no existe 13 una buena aplicación del proceso de cadena de custodia, no existirían elementos probatorios como sustrato del hecho punible, así que recalcaremos la importancia de la misma. Para comenzar tenemos el estudio de BENTHAM (1785), quien estableció dos niveles de distinción al referirse a la prueba como el hecho principal que consiste en la existencia o inexistencia de lo va hacer probado. En segundo lugar nos encontramos con JESHECK (1981) que manifiesta que la prueba es aquel medio u objeto que proporciona al juez el convencimiento acerca de la existencia de un hecho; también está el criterio de ECHANDÍA (1991) que opina que el objeto de prueba es todo aquello que se puede probar en general sobre lo que se puede recaer la prueba en la cual son afirmaciones de las partes sobre los hechos. En otros niveles encontramos las posiciones de FAVELA (2000) manifestando que los medios de prueba son como la obtención del cercioramiento del juzgador sobre los hechos cuyo establecimiento es necesario para la resolución del conflicto sometido al proceso y así topamos con el criterio de RAMÍREZ (2002) que señala que medio de prueba es todo aquello que sea ofrecido como tal mientras no sea contrario a la moral, ni al derecho, debe quedar claro que en estos casos se está pensando en las fuentes de prueba. Por igual se hace de importancia señalar que para la cadena de custodia existe una serie de pasos; el cual es uno de los objetivos específicos en el presente informe, y los hemos tomado como referencia el expuesto en la investigación documental de Flores Juan de nombre “Proceso de la Cadena de Custodia” (2012); sin embargo serán profundizados en sus aspectos legales en la siguiente parte del presente capitulo. El primero de ellos es la Extracción: Es el procedimiento instrumento por utilizar deben ser los idóneos, validos y recomendados; el segundo es la Preservación: Es el medio en que es colocado y debe asegurar que sus propiedades no se alteren, ya sea por circunstancias naturales o artificiales; como tercero nos dice que será la Individualización: Son las que garantizan que el 14 indicio este individualizado y registrado debidamente, de manera que no se produzca su combinación o confusión con otros del mismo u otro caso. Nos da un cuarto paso y es el transporte apropiado: Es la calidad del transporte para salvaguardar si integridad de manera que no sufra daños o alteraciones, ya sea por el movimiento o cambios en el medio ambiente y un quinto y último paso denominado entrega controlada: Debe hacerse constar quien la encontró, quien la recolecto, donde y que circunstancia. La posición del indicio debe estar a cargo de personas autorizadas y con capacidad técnicas para manipular sin causar alteración o destrucción. Todas estas etapas mencionadas anteriormente nos llevan a una sola conclusión, “resguardo de evidencias, físicas, biológicas o materiales”. Se debe tener en cuenta el procedimiento de control que se utiliza para los indicios materiales afines al delito, a partir de su establecimiento, incluso hasta que son apreciados por los diferentes funcionarios encargados de su análisis, normalmente peritos, y que tiene como finalidad no viciar el manejo que de ellos se haga, y así evitar la contaminación, alteración, daños, reemplazos, contaminación o destrucción. Desde la ubicación, fijación, recolección, embalaje y traslado de la evidencia en la escena del siniestro, hasta la presentación al debate, la cadena de custodia debe garantizar que el procedimiento empleado ha sido exitoso, y que la evidencia que se recolectó en la escena, es la misma que se está presentando ante el tribunal, o el analizado en el respectivo dictamen pericial. Al recolectar las pruebas, lo importante es el significado, el valor que va a tener en el proceso de investigación y por medio de la cadena de custodia, este valor va a ser relevante, debido a que no se va a poder impugnar, al haberse acatado el procedimiento. 15 3.3. Bases Legales Es de nuestro conocimientos que la cadena de custodia es algo básico y elemental pero debemos determinar su porque jurídico, su razón de ser como garantía legal; En primer lugar, hay que comenzar por resaltar que además de lo contemplado en la reforma del Código Orgánico Procesal Penal, de fecha 14 de noviembre de 2001, publicada en Gaceta Oficial Nro. 5558 Extraordinario, la Ley Adjetiva Penal fue nuevamente modificada mediante la publicación de la Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.930, de fecha 04 de septiembre del año 2009. Es en la última reforma donde se sistematiza legalmente, los pasos a cumplir en la cadena de custodia de las evidencias, digitales o físicas, desde la fase de investigación de una determinada averiguación penal que hasta antes de la precitada reforma del instrumento jurídico, no tenía soporte legal. En tal sentido, la cadena de custodia se ha concebido como el mecanismo que contiene los procedimientos empleados en la inspección técnica del sitio del suceso y del cadáver, debiendo cumplirse progresivamente con los siguientes pasos: protección, fijación, colección, embalaje, rotulado, etiquetado, preservación y traslado de las evidencias digitales o físicas a las respectivas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas o ciencias forenses u órganos jurisdiccionales. También es considerada la cadena de custodia como la garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias digitales o físicas, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación, desde el momento de su ubicación en el sitio del suceso o lugar de hallazgo, su trayectoria por las distintas dependencias que cumplan funciones de investigaciones penales, criminalísticas o forenses, continuando con la consignación de los resultados a la autoridad competente, hasta la culminación del proceso; lo cual conlleva a vincular la evidencia digital o física con un hecho particular. Con base a lo planteado se consideró prioritaria la elaboración de un instrumento de fácil manejo, como modelo necesario dentro del desarrollo de la 16 actividad criminalística, para orientar la actuación de todos los funcionarios que tengan contacto directo con las evidencias digitales o físicas, que se ubiquen en un sitio del suceso o lugar de hallazgo. Entonces de conformidad con lo dispuesto en los artículos 136 y 284 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Art. 136 CRBV “El Poder Publico se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Publico Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Cada una de las ramas del Poder Publico tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaboraran entre si en la realización de los fines del Estado”. Art. 284 CRBV “El Ministerio Publico estará bajo la dirección y responsabilidad del Fiscal General de la Republica, quien ejercerá sus atribuciones directamente con el auxilio de los funcionarios o funcionarias que determine la ley…” Y en uso de las atribuciones previstas en los artículos 25, numerales 1 y 25 de la Ley Orgánica del Ministerio Público; “Artículo 25. Son deberes y atribuciones del Fiscal o la Fiscal General de la República: 1. Dirigir el Ministerio Público en los términos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en la presente Ley, en sus reglamentos internos y en las demás leyes… 25. Las demás que les sean atribuidas por la constitución de república bolivariana de Venezuela y las leyes.” Del 202 Literal A, del Código Orgánico Procesal Penal; “Todo funcionario o funcionaria que colecte evidencias físicas debe cumplir con la cadena de custodia, entendiéndose por esta, la garantía legal 17 que permite el manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas o materiales, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación desde el momento de su ubicación en el sitio del suceso o lugar del hallazgo, investigaciones penales, criminalísticas y forense, la consignación de los resultados a la autoridad competente, hasta la culminación del proceso. La cadena de custodia comprende el procedimiento empleado en la inspección técnica del sitio del suceso y del cadáver si fuere el caso, debiendo cumplirse progresivamente con los pasos de protección, fijación, colección embalaje, rotulado, etiquetado, preservación y traslado de las evidencias a las respectivas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y ciencias forense, u órganos jurisdiccionales.” El presente artículo 202A del Código Orgánico Procesal Penal; también establece lo siguiente: “Los funcionarios o funcionarias que colectan evidencias físicas deben registrarlas en la planilla diseñada para la cadena de custodia, a fin de garantizar la integridad, autenticidad, originalidad y seguridad del elemento probatorio, desde el momento de su colección, trayecto dentro de la distintas independencias de investigaciones penales, criminalísticas y ciencias forenses, durante su presentación en el debate del juicio oral y público, hasta la culminación del proceso”. Por igual dicho artículo referente al formato de la planilla de la Cadena de Custodia y su contenido no es muy claro específico al decirnos: “…deberá contener la indicación, en cada una de sus partes, de los funcionarios o funcionarias, o personas que intervinieron en el resguardo, fijación fotográfica o por otro medio, colección, embalaje, etiquetaje, traslado, preservación, análisis, almacenaje y custodia de evidencias físicas, para evitar y detectar cualquier modificación, alteración, contaminación o extravió de estos elementos probatorios” 18 Sobre los procedimientos generales y específicos, fundados en los principios básicos de la cadena de custodia de las evidencias físicas, dicho artículo, nos establece que estarán regulados por el manual de procedimiento único de uso obligatorio del que se menciono anteriormente. En cuanto al Código Orgánico Procesal Penal Vigente, gaceta oficial extraordinaria Nº 9.042 12 de Junio de 2012 establece: “Articulo 187: Todo funcionario o funcionaria que colecte evidencias físicas debe cumplir con la cadena de custodia, entendiéndose por ésta, la garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas o materiales, con el objeto de evitar su modificación, alteración o contaminación desde el momento de su ubicación en el sitio del suceso o lugar del hallazgo, su trayectoria por las distintas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y forenses, la consignación de los resultados a la autoridad competente, hasta la culminación del proceso. La cadena de custodia comprende el procedimiento empleado en la inspección técnica del sitio del suceso y del cadáver si fuere el caso, debiendo cumplirse progresivamente con los pasos de protección, fijación, colección, embalaje, rotulado, etiquetado, preservación y traslado de las evidencias a las respectivas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y ciencias forenses, u órganos jurisdiccionales. Los funcionarios o funcionarias que colectan evidencias físicas deben registrarlas en la planilla diseñada para la cadena de custodia, a fin de garantizar la integridad, autenticidad, originalidad y seguridad del elemento probatorio, desde el momento de su colección, trayecto dentro de las distintas dependencias de investigaciones penales, criminalísticas y ciencias forenses, durante su presentación en el debate del juicio oral y público, hasta la culminación del proceso. La planilla de registro de evidencias físicas deberá contener la indicación, en cada una de sus partes, de los funcionarios o funcionarias, o personas que 19 intervinieron en el resguardo, fijación fotográfica o por otro medio, colección, embalaje, etiquetaje, traslado, preservación, análisis, almacenaje y custodia de evidencias físicas, para evitar y detectar cualquier modificación, alteración, contaminación o extravío de estos elementos probatorios. Los procedimientos generales y específicos, fundados en los principios básicos de la cadena de custodia de las evidencias físicas, estarán regulados por un manual de procedimiento único, de uso obligatorio para todas las instituciones policiales del territorio nacional, que practiquen entre sus labores, el resguardo, fijación fotográfica o por otro medio, colección, embalaje, etiquetaje, traslado, preservación, análisis, almacenaje y custodia de evidencias físicas, con la finalidad de mantener un criterio unificado de patrones criminalísticos. El referido Manual de Procedimientos en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, compete al Ministerio Público, conjuntamente con el Ministerio con competencia en materia de relaciones interiores y justicia.” El articulo 77 numerales 1, 12 y 27 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Administración Pública; “1.Dirigir la formulación, el seguimiento y la evaluación de las políticas presidencial que determine el número y la competencia de los ministerios y con el reglamento orgánico respectivo. … 12. Ejercer la superior administración, dirección, inspección y resguardo de los servicios, bienes y ramos de renta del ministerio. … 27. Las demás que le señalen las leyes y los reglamentos. Sectoriales que les corresponda, de conformidad con el decreto…” 20 Y el articulo 3, numeral 18 del Decreto N° 8.121 de fecha 29 de marzo de 2011, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.644 de la misma fecha 3.4. Definición de Términos Básicos A continuación se definiría los términos relevantes o especializados que dan fundamentación teórica a dicho trabajo para su mejor comprensión. Fijación: Acción o resultado de fijar o fijarse. Autenticidad: Calidad o carácter de verdadero. Etiquetaje: Poner una etiqueta a alguien o algo Alteración: Cambio o alteración de la esencia de algo. Garantía: Documento sellado en el que se hace constar algo. Patrones: Modelo que sirve de muestra para sacar otro igual. Preservación: Conservación o protección contra un daño o peligro. Evidencia: Proviene de latín indictum o evidentĭa, es una certeza manifiesta que resulta innegable y que no se puede dudar que significa signo aparente y probable de que existe alguna cosa, y a su vez es sinónimo de señal, muestra o indicación. Se entiende por material o indicio "todo objeto, instrumento, huella, marca, rastro, señal o vestigio, que puede utilizarse para designar a aquello que permite demostrar la verdad de un hecho de acuerdo a los criterios establecidos por la ley. Resguardo: Defensa, protección o documento en el que consta que ha hecho un pago o una entrega. Embalaje: Empaquetado o envoltorio adecuados para proteger objetos que se van a transportar. 21 CAPÍTULO IV MARCO METODOLÓGICO 4.1. Tipo y Nivel de la Investigación De acuerdo al grado de profundidad con que se abordo este tópico, se puede decir, que estamos en presencia de una investigación descriptiva que consiste en la caracterización de un hecho, fenómeno, individuo o grupo, con el fin de establecer su estructura o comportamiento. Los resultados de este tipo de investigación se ubican con un nivel intermedio en cuanto a la profundidad de los conocimientos se refiere 4.1.1. Tipo de Investigación Se abordó el estudio dentro de la modalidad de la “investigación documentada”, De acuerdo con Cázares, Christen, Jaramillo, Villaseñor y Zamudio (2000), La investigación documental depende fundamentalmente de la información que se recoge o consulta en documentos, entendiéndose este término, en sentido amplio, como todo material de índole permanente, es decir, al que se puede acudir como fuente o referencia en cualquier momento o lugar, sin que se altere su naturaleza o sentido, para que aporte información o rinda cuentas de una realidad o acontecimiento. Es decir, este tipo de investigación se refiere como el estudio de problema, con el propósito de ampliar y profundizar el conocimiento de su naturaleza. La recopilación de datos se obtuvo de trabajos previos, información de datos divulgados por medios impresos y electrónicos. 4.1.2. Nivel de Investigación Se puede arrojar datos referentes a la investigación, ya que la investigación es bibliográfica y el universo equivale al tema en estudio. 4.2. Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos 4.2.1. Técnica Según Arias (1999), menciona que “las técnicas de recolección de datos son las distintas formas de obtener información”. Por lo tanto, se considera que la técnica a utilizar en el presente proyecto consistió en una recopilación de datos y sus análisis orientados a alcanzar los fines propuestos. 4.2.2. Instrumento Según Arias (1999), “Los instrumentos son los medios materiales que se emplean para recoger y almacenar la información. Para recoger datos e información relevantes, se utilizaron como instrumentos de recolección algunos trabajos previos, folletos, leyes e información divulgada en medios impresos y electrónicos”. 4.3. Procedimiento de Análisis y Recolección de Datos Luego de haber hecho la recopilación de datos correspondientes al tema tratado, a través de los instrumentos y técnicas de recolección, es necesario procesarlos para que luego puedan ser analizados. El procesamiento de los datos consiste en ordenarlos y organizarlos según ciertos criterios de tal forma que se facilite la disponibilidad de dichos datos, al momento de requerirlos para cotejarlos o discernirlos por un proceso de análisis con relación a lo planteado en el tema. Todos los datos y resultados serán presentados de manera oral ante una audiencia, dando un análisis sistemático de asunto. En el presente capitulo se hará descripción de la técnica bajo la cual fue llevado a cabo el presente informe. El 23 presente trabajo se ha regido por los lineamientos de una investigación documental siendo sus primeras características la recopilación de información en diversas fuentes, indagando sobre dicho tema en documentos, escritos u orales. El interés que se tenía estaba basado en analizar los hechos en sí mismos o como documentos concernientes al tema directamente de la realidad donde ocurren los hechos no dejando la misma de tener también una técnica preexperimental ya que es un estudio exploratorio; en este caso nos trasladaremos a la fiscalía decima del ministerio publico de la circunscripción judicial del Estado Carabobo, siendo uno de nuestros objetivos definir que es la cadena de custodia justificando esta como una garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias de interés criminalística bien sean: digitales, físicas, biológicas, o materiales. Detallar los fundamentos legales que dan origen a la Cadena de Custodia en virtud del proceso penal, la correcta aplicación al margen de la ley y el respeto de la misma para hacerla cumplir y también conocer el procedimiento de la cadena de custodia y cada uno de los pasos para su elaboración; todo esto sin manipular o controlar variables; a esto le llamamos desde el punto de vista metodológico “estudiar los fenómenos sociales en su ambiente natural”. 4.4. Fases Metodológicas Para el desarrollo de la presente investigación, las técnicas de recolección de información se basaron específicamente hacia un registro de observaciones documentales seccionadas en tres fases a saber. Fase I: Definir que es la cadena de custodia justificando esta como una garantía legal que permite el manejo idóneo de las evidencias de interés criminalística bien sean digitales, físicas, biológicas, o materiales. Se utilizó la técnica de observación y revisión documental, para determinar los antecedentes previos de la evidencia y su resguardo con la cadena de custodia. 24 Fase II: Detallar los fundamentos legales que dan origen a la cadena de custodia en virtud del proceso penal, la correcta aplicación dentro del margen de la ley y el respeto de la misma para hacerla cumplir. Se utilizo la técnica de observación y revisión documental, para distinguir la importancia de los fundamentos constitucionales y de orden legal que van a sustentar la cadena de custodia. Fase III: Conocer el procedimiento de la cadena de custodia y cada uno de los pasos para su elaboración. Se recabo información obtenida de manera subsiguiente a la evidencia, la cadena de custodia y la manipulación del funcionario en la misma arrojando resultados positivos y teniendo como norte el interés superior de esclarecer cual es el procedimiento correcto. 25 CAPÍTULO V RESULTADOS, CONCLUSIONES, RECOMENDACIONES 5.1. Resultados 5.1.1. Resultado de la Fase I Como resultado de la primera fase, tenemos que la cadena de custodia se nos encuentra perfectamente conceptualizada en el Código Orgánico Procesal Penal, estableciéndola como el procedimiento que lleva a cabo los funcionarios encargados y especializados, desde la previa inspección y posterior recolección de evidencias relacionadas con el delito, hasta el traslado de estas hacia los órganos especializados. Pues la función de estos funcionarios es la de preservar todas esas evidencias recolectadas de todos los daños que estas puedan sufrir. 5.1.2. Resultado de la Fase II Como resultado de la segunda fase, tenemos que el fundamento legal de la cadena de custodia reside en el artículo 189 del Código Orgánico Procesal Penal, ahora como nos indica la norma el funcionario o funcionaria que colecta las evidencias físicas, tendrá la obligación de cumplir con todo el procedimiento descrito en el Manual de Procedimiento en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, siendo el Ministerio de Interior y Justicia en Coordinación con el Ministerio Público, quienes se encargaran de elaborar dicho manual. 5.1.3. Resultado de la Fase III Como resultado de la tercera fase, tenemos que el procedimiento de la cadena de custodia comprende desde la inspección técnica del sitio del suceso y del cadáver si fuere el caso, debiendo cumplirse con los pasos de protección, fijación, colección, embalaje, rotulado, etiquetado, preservación y traslado de las evidencias a las órganos competentes, además de eso los funcionarios que colectan evidencias deben registrarlas en la planilla diseñada para la cadena de custodia, a fin de garantizar la integridad, autenticidad, originalidad y seguridad del elemento probatorio. 5.2. Conclusiones 5.2.1. Conclusión del Resultado I Como conclusión del primer resultado, tenemos que la cadena de custodia cumple una rol fundamental en el esclarecimiento de los hechos y en la búsqueda de la verdad, que luego será probada en el posterior debate ante el juez. Las evidencias recolectadas por los funcionarios especializados, son las que podrán establecer el como se realizo o materializo el hecho punible, pues en el caso de homicidio que muchas veces se comete sin testigos que determinen el como sucedieron los hechos, son las evidencias recolectadas, las que podrán dar una reconstrucción lógica de cómo se suscitaron los hechos. Pero además de eso, en el caso de que el delito sea otro diferente al homicidio, en el cual, al sujeto pasivo se le lesiona un bien jurídico tutelado por la ley penal, a pesar de que el puede querellarse, no basta solo con la demanda para exigir la realización de la justicia, es por ello que las evidencias como partes de las pruebas presentadas, son las que establecerán si efectivamente existió o no un hecho punible y en caso de haberlo en que supuesto jurídico encuadrarlo, así llevar el proceso penal a la búsqueda de la verdad y a la realización de la justicia. 5.2.2. Conclusión del Resultado II Como conclusión del segundo resultado, tenemos que el funcionario encargado de colección de las evidencias físicas, con la finalidad de cumplir con la cadena de custodia, deberá atender a lo establecido como nos indica el Código Orgánico Procesal Penal, a un Manual de Procedimiento en Materia de Cadena de Custodia de Evidencias Físicas, pues la idea de este es que todas las instituciones policiales 27 se rijan por dicho manual, de manera de que el funcionario tenga un idea clara de cómo actuar, dentro de la zona en donde se realizo el delito. Y así el funcionario tenga la técnica y así poder este efectivamente, ir de manera ordenada atendiendo a una serie de lineamientos, ir recolectando la evidencia relacionada con el hecho punible, además de poder conservarla evitando así que se su modificación, alteración o contaminación, que luego posteriormente será trasladada a los órganos correspondiente. 5.2.3. Conclusión del Resultado III Como conclusión del tercer resultado tenemos, que la cadena de custodia comprende una serie de procedimientos bastante complejos, que es preciso que el funcionario especializado conozca a fonda ya que como pudimos constatar estas van desde la recolección de los distintos tipos de evidencias relacionados con el hecho punible, hasta que estos son traslados a los órganos competentes, siendo importante que durante todo este trayecto las evidencias obtenidas no se deterioren. 5.3. Recomendaciones 5.3.1. Recomendaciones de la Conclusión I Como recomendación a la primera conclusión tenemos, que es importante que los funcionarios a cargo del procedimiento de la cadena de custodia, tenga un conocimiento especializado, en el área, pues como se estableció en la conclusión las evidencias son los medios más importantes y precisos para llegar a la verdad y con ello alcanzar la justicia, por lo tanto un procedimiento de cadena de custodia mal elaborado puede ocasionar un grave perjuicio a las partes, pues la verdad en el proceso será una verdad distorsionada. 5.3.2. Recomendaciones de la Conclusión II Como recomendación a la segunda conclusión tenemos, que la cadena de custodia como el Código Orgánico Procesal Penal, nos indica, es una garantía 28 legal que permite el manejo idóneo de las evidencias digitales, físicas y materiales, por ellos es necesario educar al funcionario en la elaboración de la cadena de custodia, pues la deficiencia en la recolección, preservación, ordenación clasificación, traslado, de la evidencia, ocasiona el detrimento de esta, dificultando la individualización del sujeto activo. 5.3.3. Recomendaciones de la Conclusión III Como recomendación a la tercera conclusión, tenemos que una vez constatado todo el complejo procedimiento de la cadena de custodia y de la importancia de esta, como medio para alcanzar como ya hemos anteriormente mencionado la verdad y la justicia, es preciso que los funcionarios sean competentes y capaces de poder llevar a cabo esta compleja tarea. 29 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial Nro. 5558, de fecha 14 de noviembre de 2001 Extraordinario Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 5.930, de fecha 04 de septiembre del año 2009. Código Orgánico Procesal Penal, Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 9.042 12 de Junio de 2012 Ruiz, Wilmer (2013). “Cadena de custodia y el tratamiento de la evidencia física” Edición (1º) Primera. Caracas, Venezuela. Ley Orgánica de la Administración Pública, Gaceta Oficial Nº 37.305 deFecha, 17 de Octubre 2001. Ley Orgánica de la Administración Pública, Gaceta Oficial Nº 39.283 deFecha, 13 de Octubre 2009. José Mendoza, comentada y adaptada por el Comisario Nessi, “Manual sobre la cadena de custodia” Juan Garay (2009). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5.453 de fecha 17 de Junio de1999 de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinaria. Caracas, Venezuela.