Cobertura básica Adicionales Exclusiones
Transcripción
Cobertura básica Adicionales Exclusiones
Cobertura para vacas de Tambo Cobertura básica Cobertura de muerte del animal a todo riesgo, salvo exclusiones. Asegura cada una de sus vacas lecheras de manera individual, para poder brindarle la cobertura exacta en caso de posibles pérdidas. Al comienzo del seguro los animales deben estar sanos y sin ningún tipo de incapacidad física. Deducible: 4% anual aplicable sobre la suma asegurada con el mínimo de un animal para cuando el rodeo sea menor a 25 animales. Además tiene la posibilidad de optar por un deducible del 3% o el 2% aplicable sobre la suma asegurada, presentando información de mortandad histórica del rodeo. Carencia: En la primer anualidad la póliza cuenta para esta cobertura con una carencia de 3 meses a consecuencia de muerte de animales por epidemia exclusivamente. Deben asegurarse la totalidad de los animales (vaquillonas al parir, vacas secas y vacas en ordeñe, hasta el 5º parto). Adicionales Pérdida de beneficios a consecuencia de la muerte del animal: se cubre la pérdida de litros de leche que se produce cuando muere un animal. Para esta cobertura existe un deducible del 10% de la indemnización por cada evento ocurrido. Transporte de hacienda en pie: ampara el transporte de la hacienda, ya sea terrestre, fluvial, lacustre o aéreo, incluyendo carga y descarga, dentro del territorio del país. Intervenciones quirúrgicas: ampara el riesgo de muerte como resultado de práctica quirúrgica especiales siempre que no tienda a preservar la vida de este. La intervención quirúrgica destinada a preservar la vida del animal se encuentra amparada en la cobertura básica. Exclusiones (a) Intervenciones quirúrgicas sin conocimiento del asegurador, salvo causa de fuera mayor (Ejemplo cesáreas) No se indemnizará cuando la muerte haya sido provocada por: (b) Epizootias o enfermedades por las que corresponda al Solicitante un derecho a indemnización con recursos públicos, aun cuando el derecho se hubiera perdido a consecuencia de una violación de normas sobre policía sanitaria (Art. 100 inc. A ? L. de Seguros); (c) Enfermedad de tristeza (anaplasmosis en la especie bovina), o haber sido sometido a ensayos o pruebas de inmunización contra dicha enfermedad; los ensayos o pruebas de inmunización contra cualquier otra enfermedad, realizados con vacunas no aprobadas por autoridad competente, o que hayan sido suministradas en dosis o forma no prescriptas por el veterinario interviniente; (d) Mastitis; (e) Enfermedades cubiertas pero que hayan sido adquiridas por contagio de otros animales no cubiertos; (f) Encontrarse el animal sin la atención o cuidado del Solicitante o sus dependientes; (g) Venganza del personal dependiente del Solicitante; (h) Falta de agua; (i) Envenenamiento a consecuencia de la ingestión de agua no potable o/y de especies no forrajeras; (j) Incumplimiento de lo acordado en el Plan Sanitario; (k) Falta de disponibilidad de vacunas en el mercado así como la imposibilidad de tareas de vacunación; (l) Acidósis y otros trastornos alimenticios no cubiertos; (m) Inundación y sus consecuencias; Página 1 de 2 (n) Altas o bajas temperaturas que afecten a animales con deficiencias nutricionales; (o) Intervenciones quirúrgicas. (p) Robo, su tentativa y/o hurto. También quedan excluidos los reclamos por: (q) Ganancia o beneficio potencial; (r) Lucro cesante; (s) Riesgos comerciales, de precio o imposibilidad de venta; (t) Responsabilidad Civil sobre los animales a ser cubiertos; (u) Pérdidas económicas por preñez, abortos o mal parto y sus consecuencias. (v) Quedan excluidos de la presente cobertura los terneros que nazcan durante la vigencia de la presente, así como los no nacidos; por ejemplo: alumbramientos de animales sin vida. Falta de atención por parte del propietario o del veterinario. Beneficios Es la única cobertura a todo riesgo para muerte de animales y la pérdida de rendimientos, hasta que la producción del asegurado recupere los niveles anteriores al siniestro. Costos de la prima (Orientativos) Tasa a aplicar para cobertura básica: 1,30% s/Suma asegurada con aplicación de deducible del 4%. (1,72% + IVA). 1,45% s/Suma asegurada con aplicación de deducible del 3%. (1,93% + IVA). 1,60% s/Suma asegurada con aplicación de deducible del 2%. (2,13% + IVA). Tasa a aplicar para Coberturas Adicionales: 1) Transporte de Hacienda en pié ........... 20% sobre Tasa Cobertura Básica. 2) Intervenciones Quirúrgicas ................ 20% sobre Tasa Cobertura Básica. Seguro de Pérdida de Beneficios en explotaciones lecheras. Tasa a aplicar ...................................... 0,50% sobre Suma Asegurada. (0,66% + IVA). Formas de Pago Contado: Descuentos del 7% sobre prima. En 5 cuotas: Mensuales y consecutivas, (abonando con cheques). Observaciones Esta cobertura se extiende además para el resto de las categorías (Vacas de Cría, Novillos, etc.) ya sea criados a campo o en confinamiento. Todos los animales deben ser identificados con un microchip, o números tatuados a fuego sobre el lomo. Además debe presentarse un certificado de libre de enfermedades extendido por un médico veterinario. Página 2 de 2