Manual de Convivencia Escolar - Colegio Internacional SEK Pacifico

Transcripción

Manual de Convivencia Escolar - Colegio Internacional SEK Pacifico
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
CURSO 2016
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Introducción
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Título I. Convivencia Escolar
Artículo 1.- Conceptos
Artículo 2.- Derechos y deberes de nuestra comunidad educativa
-­­alumnos
-­­apoderados
-­­directivos, docentes y asistentes de la educación

Título II. Comité de sana convivencia escolar
Artículo 1.- Definición de maltrato escolar
Artículo 2.- Encargado de convivencia escolar
Artículo 3.- Conductas contrarias a la sana convivencia escolar

Título III. Política de prevención y acción ante casos de maltrato infantil o abuso sexual.
Artículo 1.- Prevención
Artículo 2.- Denuncia de sospecha de mal o abuso sexual
Artículo 3.- Procedimiento
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INTRODUCCIÓN
La existencia de los conflictos, su entendimiento, aprender a afrontarlos y resolverlos exige de
todos y particularmente del sistema educativo, un aprendizaje diario de la cultura de la
convivencia y la paz.
Educar en convivencia es educar en valores que deben ser asumidos y puestos en práctica por
toda la comunidad educativa sobre todo por los que desempeñan el rol de educadores, padres,
madres, apoderados, profesores, directivos, constituyéndose el ejemplo a seguir por los
alumnos.
Situaciones de acoso, intimidación o victimización son aquellas en las que un alumno o alumna
está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que llevan a cabo
otros compañeros. Por acciones negativas entendemos tanto las cometidas verbalmente, a través
de medios tecnológicos virtuales o electrónicos, las psicológicas y las que conllevan contacto físico.
Una vez detectados indicios de la existencia en nuestro Colegio de una situación de acoso escolar,
es necesario conocer cuáles son las medidas que deben ser adoptadas, puesto que una
intervención rápida y efectiva que implique a toda la comunidad escolar (alumnado, familia y
docentes) puede evitar un agravamiento de la situación. Para ello, es conveniente tener
establecido un claro conjunto de medidas destinadas a frenar y paliar la situación de acoso.
Entendemos el Manual de Convivencia Escolar como una prolongación de nuestro Reglamento de
Régimen Interno y debe ser conocido por todos los miembros de la comunidad y ser el marco
de referencia del actuar de todos ellos.
TÍTULO I. CONVIVENCIA ESCOLAR.
Artículo 1.- Conceptos.
La convivencia escolar permite el desarrollo integral de los niños y jóvenes en su proceso de
integración a la vida social, en la participación responsable en la vida ciudadana y en el desarrollo
de su propio proyecto de vida.
Abordar la convivencia en el colegio como parte de la formación posibilita el desarrollo de
competencias personales y sociales, para aprender a ser y a convivir juntos.
El reglamento de convivencia servirá para prevenir y resolver conflictos, siempre al amparo de
nuestro Reglamento de Régimen Interior y nuestro Proyecto Educativo, donde se recoge que el
alumno debe “aprender a ser” y “aprender a hacer”. Para la Institución Internacional SEK,
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aprender a ser significa desarrollar los valores que demanda la sociedad del siglo XXI: un ser
integrado e integral, con una elevada autoestima, reflexivo, autónomo, responsable, crítico,
solidario y respetuoso en el pluralismo.
Aprender a hacer significa ser consciente de la utilidad de los conocimientos que adquieren y
aprender a vivir juntos. La sociedad actual, globalizadora, presenta nuevos retos educativos que
SEK acepta. El Colegio Internacional SEK Pacífico propone como objetivo fundamental aprender
a convivir. Por ello los alumnos desarrollarán valores como la responsabilidad compartida,
tolerancia, cooperación, toma de decisiones compartidas y respeto a la diversidad.
En el proceso educativo el niño y el joven requieren un ritmo personal de aprendizaje, un método
adecuado y un proyecto afectivo. Un sistema tutorial como el recogido en nuestro Proyecto
Educativo SEK, da buenos resultados para este fin. El tutor es el enlace entre el educando, sus
profesores, sus padres y su entorno y debe tener un conocimiento profundo del alumno. Dentro
de sus funciones, definidas en nuestro Manual de Organización y Funcionamiento, se contempla
la especial atención a los alumnos con bajo rendimiento, que tienen problemas de adaptación
o problemas familiares y arbitrar las medidas de apoyo que fueran necesarias, así como mediar
en las relaciones del grupo entre sí y, fundamentalmente, velar por que se respete la dignidad
y la libertad personal de cada alumno sin paternalismos ni manipulaciones.
Artículo 2.- Derechos y deberes de nuestra comunidad educativa
Alumnos:
•
Tienen derecho a una formación integral y tienen el deber de estudiar.
•
Tienen derecho a ser respetados y tienen el deber de respetar a los demás.
•
Tienen e l derecho y e l d e b e r de participar en las actividades del centro.
•
Tienen el derecho a ser evaluados objetivamente y tienen el deber de contribuir a
mejorar la convivencia en el colegio.
•
Tienen el deber de mantener disciplina y corrección dentro del E stable cimie nto , sea
e n a ula , comedor, pa tios, autobuse s , dur ante las cla se s como en re cr eo s,
como e n cua lquier a ctiv idad del E stable cimie nto, mante nie ndo respe to
ta nto con sus profesores, personal y compañeros , obligación que no se extingue a la
salida del Establecimiento si no que se mant ie ne en cualquier actividad organizada
por el colegio.
•
El c o l e g i o f o r t a l e c e l a l i b e r t a d d e p e n s a m i e n t o y e l r e s p e t o a l a s
distintas creencias religiosas, teniendo los alumnos el deber de
r e s p e t a r l a s d i f e r e n c i a s i n d i v i d u a l e s ..
•
Los alumnos tienen el derecho de conocer las normas del colegio y el deber de
respetarlas. Este Reglamento se publica en la página web del Colegio y se entiende conocido
de todos los integrantes de la comunidad educativa.
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Nuevos alumnos:
Para el acceso a los diferentes niveles que integran el Colegio, se exigirán, en cada caso, las
condiciones que legalmente se establezcan y los criterios de idoneidad que señale el Colegio,
siempre que existan plazas disponibles.
El proceso de admisión se inicia en el mes de marzo. Dado que en nuestro colegio los procesos
de admisión tienen un carácter individual y personalizado, las vacantes ofrecidas año a año se
van llenando a medida que cada familia completa los pasos del proceso que detallamos a
continuación:
La edad de ingreso para play group es de 3 años cumplidos al 30 de marzo.
La edad de ingreso para pre kinder es de 4 años cumplidos al 30 de marzo.
La edad de ingreso para kinder es de 5 años cumplidos al 30 de marzo.
La edad de ingreso para primero básico es de 6 años cumplidos al 31 de marzo.
Pasos del proceso de admisión:
1. Completar ficha de solicitud de inscripción (Documento que será entregado en la administración del
colegio).
2. Entrevista con los padres y visita a las instalaciones del colegio.
3. Evaluación de los postulantes de manera individual.
4. El colegio comunica el resultado de la postulación a cada familia de manera individual.
5. Los padres pueden matricular y reservar el cupo, una vez que el colegio ha comunicado que la admisión
ha sido favorable y que el cupo está disponible. Tienen un plazo de 15 días para matricular.
Pruebas de Admisión:
Los postulantes son evaluados a nivel psicocognitivo.
Los alumnos a partir de 7° Básico deben pasar, además, una entrevista personal con el Jefe de
Estudios del ciclo correspondiente y/o con el Director/a.
Documentación requerida:

Certificado de nacimiento original. Cuatro fotos tamaño carnet nombre.

Informe de jardín infantil (postulantes a play group, prekinder, kinder y primero básico)

Certificado o carnet de vacunas (para niños/as que postulen de play group a 1ro básico ).

Certificado de personalidad del colegio de procedencia del año anterior y del año en curso.

Certificados de calificaciones de final de curso del año anterior y del año en curso *
(curso aprobado para todas las postulaciones desde segundo básico en adelante).
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*Los extranjeros deben presentar los últimos dos certificados de calificaciones de final de curso
correspondientes a los estudios realizados fuera de Chile. Visado en la Embajada o Consulado de
Chile (Trámite a realizar en el país de procedencia).Timbre correspondiente de la Secretaría
Ministerial de Educación Quinta región).
Los requisitos para ser admitido implican el envío y/o entrega de la documentación que
detallamos en la sección documentos requeridos, la evaluación de los postulantes, así como la
entrevista personal con los padres.
Será condición excluyente para entrar en el Colegio el tener asignaturas pendientes o haber
repetido un curso anterior.
El Colegio se reserva el derecho a denegar la renovación del contrato de enseñanza para el
siguiente año escolar a un alumno cuando estime que su rendimiento académico o conductual sea
insatisfactorio.
Los apoderados conocen y aceptan la normativa del Colegio, por lo tanto, el Colegio se reserva
el derecho a no renovar matrícula para el siguiente curso lectivo cuando los apoderados
incumplan la normativa del Colegio.
Del ingreso y salida del establecimiento durante la jornada escolar:

Ingreso a Clases entre período de clases de Play Group a 4° medio:
Cuando un alumno ingresa al colegio en un horario posterior al inicio de la jornada escolar (8:30 hrs.)
deberá ser acompañado por su apoderado para justificar el atraso. El apoderado podrá justificar en 3
oportunidades el atraso del alumno en un periodo de tiempo de tres meses consecutivos, luego de esto,
los atrasos comienzan a contabilizarse para aplicar la suspensión.

Retiro de alumnos en horario de clases:
De Play Group a 2° medio:
Cuando un alumno deba retirarse del colegio en un horario distinto al de salida de clases, debe venir el
apoderado o un adulto responsable a retirarlo al colegio. Debe solicitar en administración el retiro del
alumno y firmar un pase de salida.
3° y 4° medio:
Los alumnos de 3° y 4° medio pueden retirarse solos del colegio, pero el apoderado deberá enviar una
comunicación firmada vía agenda especificando la hora en que el alumno debe retirarse. El colegio
corroborará la información vía telefónica
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De l as f alt as :
Para el Colegio, el alumno es el factor decisivo en el p r o c e s o escolar; para él se organiza el
Colegio y se imparte la enseñanza; los profesores están en función de orientarlo e incentivarlo en
su educación y en su aprendizaje, con el fin de desarrollar su inteligencia y formar su
personalidad.
Se considera al educando no sólo como alumno que debe aprender con su memoria y su
inteligencia, sino como ser humano en evolución, con todas sus capacidades y limitaciones,
peculiaridades, impulsos, intereses y reacciones, pues toda esa compleja dinámica vital condiciona
su integración en el sistema cultural al que pertenece.
El colegio espera que sus alumnos sean honestos, respetuosos, responsables y solidarios. Las
conductas positivas de los alumnos se reconocen de forma verbal o escrita y se incluyen en el
boletín de calificaciones en el epígrafe “cuida las normas de convivencia”.
Las faltas o conductas inadecuadas de los alumnos se clasifican en leves, graves y muy graves; y
son las siguientes:.
Son faltas leves:
1.
La falta de puntualidad en más de dos ocasiones y menos de cuatro en el plazo de tres
meses continuos, sin que exista la debida justificación. Estas justificaciones deben ser
realizadas de manera personal a la encargada de convivencia escolar.
2.
La negligencia, descuido o retraso en el cumplimiento de sus deberes escolares.
3.
La incorrección con compañeros, personal Docente o no Docente.
4.
Asistir a Clases sin la Agenda del Alumno
La sanción de estas faltas consistirá en una amonestación verbal al alumno de la que se dejará registro
en su hoja de observaciones, y será practicada del Profesor o Tutor a cuyo curso pertenezca el alumno
o que hubiera presenciado los hechos según los casos.
Con todo, el profesor o tutor que aplique la sanción por faltas leves, tendrá en especial consideración
las observaciones positivas que tenga el alumno, para atenuar la aplicación de sanciones por las
acumulación de éstas faltas. Dos observaciones positivas atenúan una observación negativa de
tipificación leve.
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Son faltas graves:
1.
Más de tres llegadas tarde en la mañana, al ingreso al Colegio y durante tres meses
consecutivos (marzo, abril y mayo – junio, julio y agosto - septiembre, octubre y noviembre).
La sanción por esta falta supondrá la suspensión de asistencia a clase por un día.
Más de cuatro llegadas tarde entre clases y/o recreos durante tres meses consecutivos
(marzo, abril y mayo – junio, julio y agosto - septiembre, octubre y noviembre).
La sanción por esta falta será la de la suspensión de asistencia a clase por un día.
2.
3.
La falta de asistencia a clase sin justificación.
La inasistencia a clases, actividades programadas o talleres extraprogramáticos
encontrándose el alumno al interior del Colegio.
4.
La falta de asistencia a evaluaciones previamente calendarizadas sin justificación (se aplicará
reglamento de evaluación).
5.
La desobediencia a las instrucciones e indicaciones del personal docente y no docente
del Colegio.
6.
Originar altercados en el Colegio: aulas, recreos, comedor, biblioteca, lugar e s
v isita d os por s a lida s p e dagógica s o de por tiv as y autobuses.
7.
Cualquier acto que vaya en contra de la disciplina académica y orden tanto en las
actividades organizadas en el Colegio como fuera de él.
8.
Mal uso intencionado del mobiliario y del material escolar y deportivo.
9.
Actos que atenten al decoro, respeto o dignidad de algún mie mbr o de la C omu nida d
Educa tiva .
10.
La reincidencia en faltas leves en el plazo de dos meses.
11.
La no utilización del uniforme escolar y el uso indebido del mismo tanto dentro del
Colegio como fuera de él. Además de cualquier modificación al diseño del uniforme
escolar oficial. A la tercera falta de uniformidad sin un justificativo del apoderado, se
registrará una observación negativa en la hoja de observaciones del alumno. El
apoderado podrá justificar la falta de uniformidad hasta en tres ocasiones durante un
semestre.
12.
La presencia en el colegio con pelo tintura do, uñas pintadas, maquillajes
llamativos falta de higiene personal, pelo largo en los v ar o ne s , piercing, etc.
13.
Participar en grupos violentos y/o autodestructivos dentro o fuera del Colegio.
14.
Fumar en cualquier actividad organizada dentro o fuera del Colegio.
15.
Utilización de celulares durante las horas de clases. (Los celulares sólo se pueden utilizar en
espacios y tiempos adecuados que no interfieran con la labor escolar, como son: recreos,
almuerzo y término de la jornada de clases, el resto del tiempo deben estar conectados en
“modo avión”.
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16.
Todas aquellas otras faltas que a pesar de no estar previstas en el reglamento, infrinjan
disposiciones de la Ley General de Educación o las normativas emanadas del Ministerio
de Educación de uso obligatorio para Instituciones Educativas privadas.
17.
Se considerarán como faltas graves, todas aquellas conductas de los alumnos que sean
contrarias al Ideario y principios de la Institución Internacional SEK.
Frente a una conducta tipificada como falta grave, será evaluada por la Coordinadora de Convivencia
Escolar a requerimiento de cualquier profesor o alumno, y las sanciones se aplicarán según la
gravedad del caso de la siguiente manera:
a)
Cambio de curso del alumno previa entrevista con la psicóloga del Colegio y evaluación con
Dirección Académica.
b) La S u s p e n s i ó n d e l a l u m n o c o n prohibición de i n g r e s o al Colegio desde un mínimo
de un día, hasta un máximo de cinco días de clase. En este último caso se tomarán las medidas
adecuadas para que el alumno sancionado no sufra quebranto en su preparación académica.
c) Condicionalidad de matrícula. Esta medida se adopta cuando la conducta del alumno es
incompatible con los valores del colegio. Se trabajará con el alumno en el cambio de actitud
para lograr que mejore su comportamiento. El tiempo de la pre condicionalidad será desde el
momento en que se produzca la falta hasta que EL Consejo de Centro junto al tutor consideren
que el cambio de actitud del alumno se ha producido.
La sanción que se imponga deberá ser comunicada a la Dirección dentro de las 24 horas
siguientes, para su debido conocimiento y anotación de la misma en el expediente del alumno.
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Son faltas muy graves:
Se consideran faltas muy graves, sin perjuicio de aquellas que así se establezcan por normas
reglamentarias ge ne r a le s :
1.
La falta de respeto y consideración a la Dirección, Jefes de Estudio, Coordinadores, Director
de Admisión, Profesores y Personal no docente.
2.
La falta de asistencia a clases sin justificación más de un día durante el mes.
3.
La falta voluntaria de rendimiento escolar.
4.
Hablar o copiar durante la realización de pruebas de cualquier tipo.
5.
Los daños voluntarios hechos a instalaciones, material y edificios del Colegio, sin perjuicio
del resarcimiento de los daños ocasionados a cargo de quien proceda legalmente.
6.
El abandono del Colegio, dentro de la jornada escolar, sin la necesaria autorización.
7.
Los insultos y agresión verbal entre miembros pares del centro educativo (estudiantes),
apoderados y miembros del establecimiento y/o estudiantes, entre estudiantes y
miembros del establecimiento o entre estudiantes y profesores.
8.
La agresión física entre miembros pares del centro educativo (estudiantes), apoderados y
miembros del establecimiento y/o estudiantes, entre estudiantes y miembros del
establecimiento o entre estudiantes y profesores.
9.
Tomar fotografías o grabar videos p a r a u s o i n d e b i d o dentro del Colegio, con
cámara, teléfono celular o cualquier otro medio.
10.
Utilizar cualquier tipo de red social informática para difundir información, fotografías o
videos no autorizados de cualquier estudiante, docente o personal administrativo del
Colegio, mediante el cual se ridiculice, ofenda, difame, calumnie o propague cualquier
material ofensivo, soez o degradante.
11.
Utilizar, introducir y reproducir software y programas computacionales no licenciados
ni autorizados por su titular en los equipos y sistemas del Colegio, así como reproducir
cualquier tipo de correo electrónico con información o material ofensivo o contrario a
las buenas costumbres.
12.
La apropiación indebida de cualquier propiedad del Colegio o a algún miembro de la
Comunidad Educativa. Asimismo si esto ocurriese en alguna actividad organizada fuera
del Centro.
13.
La posesión de cualquier tipo de armas blancas o de fuego.
14.
El consumo o posesión de alcohol y de cualquier clase de droga o sustancia alucinógena,
dentro o fuera del Colegio. Asimismo no está permitido entrar al Colegio con cigarrillos,
tabaco, encendedores, fósforos.
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15.
La violencia entendiéndose por ella la intencionalidad de hacer daño a otro.
16.
El Abuso entendido como la imposición de uno o más individuos sobre otro u otros en
base al poder, en donde se establece una relación de asimetría.
17.
El Bullying o Acoso Escolar entendido como toda acción u omisión constitutiva de agresión
y hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por
estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante,
valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante
afectado que provoque en este último maltrato, humillación o fundado temor de verse
expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro
medio tomando en cuenta su edad y condición.
18.
El abuso sexual definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin
consentimiento de una persona.
19.
La reincidencia en faltas graves
20.
Se considerarán como faltas muy graves, todas aquellas conductas que causen conmoción o
repercusión al interior del Colegio, y que sean contrarias al ideario y principios de la Institución
Internacional SEK.
Para las faltas muy graves se incoará un expediente que será tramitado por el Consejo de
Orientación, órgano colegiado c o m p u e s t o p o r D i r e c t o r G e n e r a l , D i r e c t o r
Académico del ciclo, psicólogo, tutor del curso respectivo, tres
profesores elegidos entre los equipos docentes correspondientes
al ciclo, 4 estudiantes del consejo de alumnos del curso respectivo,
que dará una recomendación no vinculante a la Dirección del Colegio respecto de la sanción a
aquel alumno que haya realizado alguna falta muy grave .
El Director General no tiene derecho a voto en este Consejo de Orientación.
El alumno respecto del cual es citado el Consejo de Orientación tiene el derecho y la obligación de
asistir a la reunión que se convoque, con el fin de exponer su punto de vista.
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DE LAS SANCIONES QUE PUEDEN SER APLICADAS POR CUALQUIER TIPO DE FALTAS.
Sin perjuicio de lo señalado en los capítulos anteriores, se podrán aplicar al alumno una o más de las
siguientes sanciones por cualquier tipo de faltas, dependiendo de su gravedad, que son las
siguientes:
1)
Diálogo personal pedagógico y correctivo, que d e b e r á s e r e f e c t u a d o por t o d o
profesor o educadora frente a situaciones específicas que requieran ser corregidas
preventivamente.
2)
Diálogo reflexivo con grupo involucrado o el curso si fuera necesario, que efectuará el
profesor, j e f e de estudios o Director cuando la situación lo amerite.
3)
Amonestación verbal, que efectuará el profesor, jefe de estudios o Director, dialogando
personalmente con el alumno frente a situaciones específicas de menor significación.
4)
Amonestación por escrito, que efectuará cualquier profesor, jefe de estudios o Director,
ante situaciones específicas que no revistan gravedad y dejando constancia. Si el hecho
fuera grave o reiterado, deberá ser puesto de inmediato en conocimiento de la Dirección.
5)
La suscripción de un compromiso del alumno con el Colegio con el fin de lograr revertir la
conducta que es sancionada.
6)
La obligación de realizar trabajos en beneficio de la Comunidad Educativa o del Colegio,
como medida reparatoria de un hecho específico que motiva la sanción, además de la
amonestación escrita
7)
Suspensión de recreos. En c a s o s d e conductas inadecuadas de los alumnos durante
los recreos, cualquier educador, jefe de estudios o directivo podrá disponer que el
alumno interrumpa su recreo y permanezca durante este lapso en reflexión en el sitio
o lugar que se le asigne.
8)
Citaciones a instancias de orientación o consejería a cargo del orientador o de un profesor
que se designará por el Director General.
9)
Comunicación o citación al apoderado cuando, a juicio del Director General, fuera
necesario informar o presentar a éste alguna de las medidas anteriores.
10)
Derivación a algún especialista, que se podrá aplicar preventivamente o frente a
situaciones c o n c r e t a s c u a n d o e l a l u m n o e v i d e n c i e t r a s t o r n o s q u e hicieren
necesario su tratamiento. Esta medida será aplicada por el Jefe de Estudios con el acuerdo
del Director y se pondrá en conocimiento del Comité de Buena Convivencia para el
seguimiento del alumno.
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11)
Servicios reparatorios a la víctima, como disculpas públicas, reconocimiento del error,
compromisos de cambio, cambio de curso, reposición de útiles o elementos dañados,
etc., o servicios comunitarios escolares, tales como apoyos a otros alumnos en el
evento que el alumno se destaque en alguna área, apoyo en talleres o en actividades
de carácter institucional, etc.
12)
Suspensión temporal.
13)
Condicionalidad de la matrícula del alumno.
14)
No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.
15)
Expulsión del establecimiento educacional.
16)
Exclusión o suspensión de la ceremonia de graduación en caso de los alumnos de IV
Medio.
Si quien cometiera alguna falta de respeto, maltrato o tuviera alguna actitud contraria a los
principios de la Institución Internacional SEK, en contra de un apoderado, profesor, alumno o
funcionario del colegio, fuera el padre, madre o apoderado de un alumno, dependiendo de la
gravedad de la falta se podrán disponer medidas como la amonestación verbal o escrita al padre,
madre o apoderado; la denuncia ante tribunales competentes, la obligación de designar un
nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.
Con todo, aquel que fuera sancionado con alguna de las sanciones señaladas en este Reglamento,
tendrá un plazo de 5 días para interponer un Recurso de Apelación ante el Vicepresidente de la
Institución Internacional, deduciendo una solicitud escrita que deberá presentar ante la Dirección
del Colegio.
En la resolución que acoja el reclamo, se deberá especificar las medidas de reparación o de
protección adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo
cumplimiento. Especialmente se considerará el reembolso de los costos del informe y/o
tratamiento psicológico de la víctima.
Los alumnos que estén sometidos a cualquier tipo de consecuencias por las faltas
cometidas no podrán participar en actos del colegio, sean del curso que sean.
DE LAS SUSPENSIONES:
1. Si un alumno es suspendido de clases se informará al apoderado la situación y este tendrá que venir a
firmar la carta de suspensión al colegio al día siguiente de dicha información.
2. La suspensión temporal de un alumno implica la suspensión de todas las actividades académicas, talleres,
etc.
3. Los alumnos que hayan sido suspendidos durante el año no podrán representar a su curso o colegio en:
Directiva de curso, Club de Alumnos, actividades deportivas, etc.
Si un alumno tiene 3 suspensiones de clases durante el año será citado a Consejo de Orientación.
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Apoderados
“Es deber de los padres, madres y apoderados educar a sus hijos e informarse sobre el Proyecto
Educativo y normas de funcionamiento del establecimiento que ellos elijan para estos; apoyar
su proceso educativo, cumplir con los compromisos asumidos con el establecimiento educacional;
respetar la normativa interna, y brindar un trato respetuoso a los integrantes de la comunidad
educativa”. Ley 20.536 del Gobierno de Chile.
Los Apoderados, al matricular a sus hijos en el Colegio Internacional SEK Pacífico suscriben y firman
un contrato de Servicios Educativos que implica la aceptación de las normas por las que se
rige el Colegio en sus aspectos académicos y administrativos y, en concreto, por lo que determina
el Ideario, el Reglamento de Régimen Interior, el Manual de Organización y Funcionamiento,
el Proyecto Educativo y el Manual/Boletín de nuestro centro.
•
Las familias tienen el derecho a participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje de sus
h i j o s y el deber de conocer el proceso educativo.
•
Derecho a ser oídos en decisiones que afecten a sus hijos y el deber de facilitar la
asistencia regular a clase.
•
Derecho a conocer l a organización y f u n c i o n a m i e n t o del colegio y tienen el deber
de respetar y h a c e r respetar las normas.
•
Tienen el derecho a recibir información puntual del desarrollo educativo de sus hijos y
tienen el deber de acompañar al colegio en el proceso educativo la que se ve reflejada
en la asistencia a tutorías.
Por el contrato de enseñanza, el Colegio se obliga con el representante legal del alumno a la
formación intelectual, ética y física del educando, dentro del marco de su Ideario.
El contrato se perfeccionará con la suscripción de la correspondiente ficha de inscripción,
matrícula o reserva de plaza, lo que implica la aceptación de las normas por las que se rige el
Colegio en sus aspectos académicos, administrativos y económicos, y en concreto, por lo que
determina el Ideario y el Reglamento de Régimen Interior.
Asimismo, conlleva la conformidad con los A r a n c e l e s que fije el Colegio.
El A r a n c e l c o m p r e n d e u n a c o l a c i ó n y a l m u e r z o e n e l h o r a r i o q u e d e t e r m i n e
el colegio.
La duración del contrato será la de un curso lectivo, quedando ambas partes, al finalizar este
periodo, en plena libertad para renovar el contrato.
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Los representantes legales de los alumnos del Colegio que deseen continuar en el mismo el
siguiente curso escolar, deberán solicitar la correspondiente reserva de plaza y pagar la matrícula
que determine el Colegio dentro del término que la Dirección señale oportunamente, debiendo
estar al día en el pago de las colegiaturas. El no pago de la matrícula en el término
correspondiente libera al Colegio de responsabilidad en cuanto a la renovación del contrato de
servicios educativos para el próximo curso lectivo.
La participación en Giras de Estudio e InterSEK, exigen estar al día con el pago de las colegiaturas.
El contrato de servicios educativos se extinguirá dentro del curso escolar:
-­­ Por decisión del representante legal del educando en cuyo caso deberán ser abonados al Colegio
las cuotas de colegiatura que, por el concepto de enseñanza, faltaren hasta la terminación del
curso escolar, salvo en el caso de que exista una causa justificada, la que será libremente
apreciada por la Dirección.
-­­ Por la expulsión disciplinaria del alumno motivada por falta muy grave. En cuyo caso sólo
deberán abonarse las mensualidades hasta la fecha de la expulsión.
El proyecto formativo del Colegio tiende a la educación personalizada de los alumnos, por lo
que correlativamente se compromete a una atención individualizada a cada familia. La
Dirección, Jefaturas de Estudios y, especialmente, los Tutores, informarán a los padres de los
alumnos del proceso educativo de sus hijos y establecerán, de mutuo acuerdo, programas
conjuntos que supongan un apoyo en su formación integral (Cuadros de tarea).
La Institución Internacional SEK, considera la comunicación entre la familia y el Colegio un elemento
fundamental para desarrollar un proceso educativo eficaz. Dicha comunicación se considera tanto
más efectiva cuando atiende las necesidades específicas de cada alumno en su singularidad. Por
ello, el Colegio apoya el sistema de entrevistas personales con el Tutor, Departamento
Psicopedagógico, Jefes de Estudios, Director de Admisión o Director General como el más
adecuado para lograr el éxito educativo de sus alumnos.
Dentro de este marco filosófico, que tiene como único protagonista a cada alumno individualmente
considerado, el Centro dispone además de u n a s e r i e d e a c t i v i d a d e s formativas y de
convivencia especialmente destinadas a los padres y familiares de los alumnos.
•
Entrevista Tutorial / Sistema de visitas
El seguimiento del proceso educativo de cada alumno a través de su Tutor es el cauce que permite
a los padres obtener información puntual del desarrollo de su hijo en su calidad de escolar. Las
entrevistas con el Tutor serán tan frecuentes como la situación del alumno lo haga necesario y
pueden ser solicitadas por los padres o convocadas por el propio Tutor.
Se solicita asistencia puntual a las visitas, puesto que cada tutor dispone de un tiempo
determinado.
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Asimismo, y previa petición de hora con las secretarias de ciclo del centro, pueden ustedes
acercarse al Colegio para recibir información acerca de sus hijos o plantear cualquier tipo de
inquietud. El Director, Jefe de Estudios, Tutores y Personal Administrativo, los atenderán con
gusto.
Será motivo de solicitud de cambio de apoderado la inasistencia recurrentes e injustificadas a las
entrevistas tutoriales y la no adhesión al proyecto educativo, como también por faltas de respeto,
maltrato o actitudes contraria a los principios de la Institución Internacional SEK, tanto en contra
de un apoderado, profesor, alumno o funcionarios del colegio.
•
Visitas guiadas
Los padres son invitados a realizar una visita al Colegio en un día normal de funcionamiento.
Guiados por el Director de Admisión y apoyados por los Jefes de Estudio de cada ciclo v i s i t a n
las aulas de sus hijos, además de las dependencias del Centro, de manera que se puedan hacer
una idea de la dinámica escolar diaria.
•
Días Abiertos
En estas jornadas el Colegio se engalana para recibir a todos los padres de familia como
visitantes privilegiados. En las aulas se exponen los trabajos de los alumnos y los profesores de
cada ciclo reciben a los padres y les explican las distintas actividades que sus hijos realizan en
e l Colegio.
•
Comités de padres
Con el ánimo de aumentar la participación de las familias de nuestros alumnos en las actividades
del Centro, a continuación les proponemos unas comisiones y l e s animamos a que se inscriban
y colaboren activamente en alguna de ellas.
o
Comisión de colaboración escolar: La misión de sus miembros es cooperar con los
profesores en el cuidado y organización de los alumnos durante los viajes y
excursiones organizados por el Colegio, participando plenamente en el adecuado
desarrollo de la actividad seleccionada.
o
Comisión de deporte familiar: Los integrantes de esta comisión se encargarán de la
organización de distintas competiciones deportivas en las que participen alumnos y
padres de familia.
o
Comisión de seguridad: Su objetivo es apoyar al Colegio en la detección de situaciones
o detalles estructurales que puedan beneficiar la seguridad de las personas.
o
Comisión Internacional: Su fin es promocionar el carácter internacional y multicultural
de nuestro Centro, realizando actividades destinadas a dar a conocer la cultura,
costumbres y tradiciones de los diferentes países. Podrán participar las familias de
distintas nacionalidades que integran nuestro Colegio y aquellos nacionales que deseen
tomar parte en actividades que fomenten la comprensión internacional.
o
Comisión Profesional: El propósito es reunir, periódicamente, a un grupo de padres y
16
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
madres de alumnos que representen los distintos ámbitos del mundo del trabajo, para
que puedan informar y ayudar a comprender mejor a nuestros alumnos los requisitos
y l a s características de las distintas profesiones.
•
Escuela para Padres
Conscientes de que la labor formativa es un proceso complejo, dinámico y muy necesario,
nuestro Colegio diseña y planifica charlas, artículos y presentaciones que ofrecerán a los padres
orientaciones prácticas que les ayuden en la misión de educar a sus hijos en el hogar y en los
diferentes ámbitos de la vida familiar y social.
Título II. Comité de sana convivencia escolar.
Artículo 1.- Definición de maltrato escolar
El Colegio Internacional S E K P a c í f i c o rechaza enérgicamente las situaciones de violencia o
acoso escolar y pondrá todos los medios para hacerle frente involucrando a toda la comunidad
educativa.
La Sana Convivencia Escolar se rige por lo establecido en la Ley General de Educación de la
República de Chile y por lo recogido en el Reglamento de Régimen Interior, Manual de
Organización y Funcionamiento, Reglamento Interno de orden, higiene y seguridad y Boletín
Informativo del Colegio Internacional SEK Pacifico. En cumplimiento de lo establecido en el
artículo 15 de la Ley General de Educación de la República de Chile se procede a la creación de
un Comité de Sana Convivencia Escolar que estará formado por la Dirección del Colegio, encargada
de convivencia escolar, tutor de cada grupo y representantes de alumnos (Club de alumnos).
Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o
psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos,
en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en
que se cometa, siempre que pueda:
•
Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad
física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales.
•
Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo.
•
Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico,
afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.
17
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
•
Proferir por cualquier medio insulto o garabatos, hacer gestos groseros o
amenazantes u ofender a cualquier miembro de la comunidad educativa.
•
Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier
otro miembro de la comunidad educativa.
•
Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa.
•
Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno
u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres
hirientes, mofarse de características físicas, etc.).
•
Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social,
situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica,
nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos f ísicos o cualquier
otra circunstancia.
•
Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de
la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos
o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico.
•
Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato
escolar.
•
Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de
delito.
•
Portar cualquier tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes
o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se
haya hecho uso de ellos.
Portar, vender, comprar, distribuir o consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias
ilícitas, o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento
educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas
por éste.
•
•
Dañar intencionalmente o hurtar algún material académico de uso personal de cualquier
miembro de la comunidad escolar.
18
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
El Comité u órgano similar tendrá, entre otras, las siguientes atribuciones:
a)
Dar a conocer el Reglamento de Régimen Interior del Colegio Internacional Sek Pacifico.
b)
Dar a conocer el Manual de Convivencia Escolar.
c)
Proponer a la Dirección del Colegio sistemas que propicien la sana convivencia.
d)
Proponer a la Dirección del Colegio p l a n e s de prevención de la violencia escolar.
e)
Requerir a la Dirección, a los profesores o a quien corresponda, informes, reportes o
antecedentes relativos a la convivencia escolar.
f)
Dar a conocer qué tipo de faltas y sanciones pueden ser resueltas directamente por
los profesores o el tutor, las que deben ser atendidas por el Jefe de Estudios de cada
ciclo y las que deben ser a t e n d i d a s por el Comité de C o n v i v e n c i a que serán
evaluadas a través del Consejo de Orientación del colegio.
Artículo 2.- Encargado de Convivencia Escolar.
El coordinador de convivencia es el designado por la Dirección del Colegio para coordinar y
dinamizar la realización de las actividades previstas para lograr los objetivos establecidos en el
Plan de Convivencia de nuestro Colegio.
Puede ser coordinador de convivencia el docente que cumpla estos requisitos:
1. Ser profesor del centro.
2. Disponer de conocimientos y e x p e r i e n c i a en la resolución de conflictos.
3. Tener experiencia en labores de tutoría.
Se tendrá
alumnos.
en cuenta su capacidad para la intervención directa y la comunicación con los
19
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
El encargado de Convivencia Escolar del Colegio Internacional SEK Pacífico.
Si bien la c o n v i v e n c i a escolar es tarea de todos, específicamente, l a s funciones del
coordinador de convivencia son:
1. Coordinar, en colaboración con los Directores académicos, el desarrollo del Plan de
Convivencia del centro detectando los factores de riesgo y analizando las relaciones entre los
miembros de la comunidad educativa, así como participar en su seguimiento y evaluación con el
objetivo de mejorar el clima escolar.
2. Participar en la elaboración y aplicación del Plan de Acción Tutorial, en coordinación con el
Departamento de Orientación, en lo referido al desarrollo de la competencia social del alumnado
y la prevención y resolución de conflictos entre iguales.
3. Participar en las actuaciones de mediación, como modelo para la resolución de conflictos en
el centro escolar, en colaboración con el jefe de estudios y el tutor, y según lo que se especifique
en el Reglamento de Régimen Interior del C o l e g i o .
4. Participar en la comunicación y coordinación de las actuaciones de apoyo individual o colectivo,
según el procedimiento establecido en el centro, y promover la cooperación educativa entre
el profesorado y las familias, de acuerdo con lo establecido en el Plan de Convivencia del centro.
5. Coordinar a los alumnos que pudieran desempeñar acciones de mediación entre iguales.
6. Aquellas otras que aparezcan en el Plan de Convivencia del Centro o que le sean
encomendadas por el equipo directivo encaminadas a favorecer la convivencia escolar.
Artículo 3.- Conductas contrarias a la sana convivencia escolar.
Se prohíbe cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar.
E l D i r e c t o r d e l C e n t r o o q u i e n é s t e d e s i g n e investigará, las conductas consideradas
como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser pertinente,
castigadas mediante un sistema gradual de sanciones.
Denuncias de conductas contrarias a la sana convivencia.
Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en
forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la que deberá dar cuenta
a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se dé inicio al debido proceso.
Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
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Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Protocolo de actuación en caso de Denuncias.
Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones se asegurará a todas las partes la mayor
confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y honra.
De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios
del establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada reclamo. No se podrá
tener acceso a dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la
autoridad pública competente.
En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados, el
derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
Deber de protección en caso de Denuncias.
Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante
todo el proceso.
Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar protección
y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus funciones, salvo
que esto último ponga en peligro su integridad.
Notificación a los apoderados.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o
apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá
quedar constancia de ella.
Investigación.
Quien esté encargado de la investigación, d e b e r á entrevistar a las partes, solicitando
información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su
esclarecimiento.
Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotada la investigación, el
encargado deberá presentar un informe ante el Comité de la Sana Convivencia Escolar, o el
que haga sus veces, para que este aplique una medida o sanción si procediere, o bien para que
recomiende su aplicación a la Dirección o autoridad competente del establecimiento.
21
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Citación a entrevista.
Una vez recibidos los antecedentes por la autoridad competente, la Dirección o quien la
represente deberá citar a las partes y, en su caso, a los padres o apoderados del estudiante o
los estudiantes involucrados, a una reunión que tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo
entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el tipo de tópicos que convenga tratar en
presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación, exigiendo
a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo convenido.
Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose
constancia de esta circunstancia
Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar todos
los antecedentes que estimen necesarios. También se podrá citar a un profesional en la materia,
quien podrá aconsejar o pronunciarse al respecto.
Resolución.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción,
o bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que
justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución de be ser notif icada a todas las partes y, en
su caso, al Comité de la Sana Convivencia Escolar.
Medidas de reparación.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del
afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento.
Recursos.
Contra las decisiones de orden disciplinario que tome la Dirección del Colegio, salvo lo que por
disposición legal se establezca, sólo se podrá interponer recurso de apelación por escrito ante
el Vicepresidente de la Institución Internacional SEK, dentro del plazo de cinco días hábiles
posteriores a la comunicación de la sanción aplicada, quien tiene la potestad de vetar las decisiones
del mismo sólo por causa justificada. El documento del recurso se presentará a la dirección del
colegio.
Mediación.
El colegio podrá implementar a su discreción instancias de mediación u otros mecanismos de
similar naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de
convivencia escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docentes, orientadores,
otros miembros de la comunidad educativa y especialistas.
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Manual de Convivencia Escolar

Colegio Internacional SEK-Pacífico
Conducta fuera del colegio
1.-­­ Durante los viajes de estudios, salidas didácticas, actividades deportivas y recreativas, grupo
scout o cualquier otra actividad que el alumno realice con el colegio rigen las mismas normas
que dentro del establecimiento escolar.
2.-­­ El Colegio no se hace cargo de las actividades que los alumnos realizan fuera del colegio que
no forman parte del programa académico establecido. Es responsabilidad de sus padres.
3.-­­ El Colegio no se hace responsable por accidentes que tengan su origen por negligencia en la
aplicación, por parte de los alumnos, de las normas establecidas.
4.-­­El alumno no podrá participar en ninguna actividad fuera del horario escolar si no cuenta con
la autorización escrita por parte de los padres o apoderados.
El alumno con su uniforme representa al Colegio. Siempre que un alumno lleve puesto el uniforme
escolar deben guardar las formas que el Colegio les inculca y seguir nuestra normativa. Todas
aquellas conductas contrarias a nuestro Ideario y Reglamento podrán ser sancionadas por la
Dirección del colegio.
Viaje de Estudios de Tercer Año de Enseñanza Media.
El Viaje de Estudios que realizan los alumnos de Tercer Año de Enseñanza Media es una actividad
que complementa su formación integral, ofreciéndoles la posibilidad de entrar en contacto con
nuevos lugares físicos y tener experiencias de índole socio-­­cultural.
Conscientes de que la mayoría de nuestros estudiantes han alcanzado ya una madurez adecuada,
pero que también se darán situaciones diferentes a las cotidianas, el Colegio aplicará las
normativas vigentes a los alumnos, tratando de propiciar la participación activa del estudiante en
el sistema de convivencia y valorando la conciencia de la propia responsabilidad.
Sólo los alumnos matriculados en el Colegio y que estén cursando Tercero Medio pueden
participar en el viaje de estudios.
La participación de un alumno o alumna en la gira no constituye un derecho; el Consejo de
Profesores podrá negársela cuando existan serios problemas disciplinarios o de convivencia.
DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS, OBLIGACIONES Y COMPORTAMIENTO
a) El deber de disciplina y corrección de los alumnos se extiende a todo el tiempo de
permanencia de ellos fuera del Colegio. De incurrir los alumnos en faltas, se aplicará el
Reglamento de Régimen Interior del Colegio, que tipifica las faltas en: leves, graves y muy
graves. (Véase epígrafe anterior)
b) Los alumnos viajarán acompañados por profesores encargados del viaje, quienes tendrán
toda la autoridad del programa y estarán facultados para resolver cualquier situación
imprevista.
c) Los alumnos viajan con seguro médico.
d) Se aplicará en todo momento el protocolo de enfermería estipulado por el Colegio. (Véase
apartado enfermería en nuestra web)
e) Durante el viaje, los alumnos deben respetar y cumplir con los horarios fijados por sus
profesores y con el itinerario completo del tour.
f) Es deber de los alumnos y alumnas respetar y acatar las instrucciones, decisiones y
observar un comportamiento adecuado, que tienda a resguardar su seguridad
personal y los objetivos de la Gira, como asimismo la imagen del Colegio.
23
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
g) Si se provocaran daños a las instalaciones o recursos empleados durante el viaje, será
responsabilidad del alumno que los cause reparar inmediatamente el perjuicio ocasionada.
h) Se considerarán faltas muy graves las siguientes:
a. Comprar, consumir, almacenar, distribuir entre sus compañeros, cualquier tipo
de bebidas alcohólicas o drogas.
b. Fumar durante la gira, en cualquier momento y lugar.
c. Alejarse del lugar determinado por los profesores sin su autorización, durante
el desarrollo de las actividades o en el tiempo de libre disposición.
d. Relacionarse con personas, sean jóvenes o adultos, que no pertenecen al
grupo.
e. Desobedecer a los profesores a cargo del grupo.
f. Sustraer objetos sin pagarlos o sin el consentimiento del dueño.
g. Ocasionar desórdenes en los hoteles.
Los alumnos que no cumplan con las normas establecidas, que pongan en riesgo a sus
compañeros o reiteradamente incurran en el incumplimiento de horario e instrucciones dadas,
se exponen a medidas disciplinarias entre las cuales se considerarán la advertencia verbal, la
exclusión de actividades durante el viaje, la aplicación de sanciones una vez que vuelva al colegio
e inclusive, en el caso de faltas muy graves, el retorno inmediato a Santiago donde se convocará
a un Consejo de Orientación. El costo adicional, si lo hubiere, correrá por cuenta de los padres
del alumno/a.
Título III. POLITICA DE PREVENCIÓN Y ACCIÓN ANTE CASOS DE MALTRATO INFANTIL O
ABUSO SEXUAL.
Para el Colegio es de vital importancia el desarrollo de las actividades pedagógicas en un marco
de tranquilidad y seguridad por lo tanto es fundamental trabajar en la prevención de todo tipo
de conductas abusivas que se puedan dar entre los distintos miembros de la comunidad.
1. Los alumnos deberán respetarse en su condición de hombres y mujeres, quedando
estrictamente prohibidos en el colegio, actos o manifestaciones propios de relaciones
afectivas amorosas como besos, abrazos efusivos, caricias y otros de exagerado
erotismo. Su ocurrencia dará origen a sanciones. Sin embargo, el colegio dispondrá un
seguimiento y acompañamiento específico del Departamento de Psicología.
2. Se espera que los estudiantes de ambos géneros respeten a sus compañeros, evitando
tocaciones o gestos inapropiados de connotación sexual y que los alumnos n o permitan
estas actitudes. En este caso se conversará con los estudiantes involucrados, se solicitará
la intervención del Psicólogo y se realizará un acompañamiento.
3. Los alumnos deberán tener claro que no podrán exhibir partes íntimas de su cuerpo,
en ninguna dependencia del colegio. La ocurrencia de esta falta, será informada
inmediatamente al apoderado, quien deberá hablar con su pupilo para que el hecho
no vuelva a ocurrir. Se solicitará evaluación psicológica.
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Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Si un alumno es sorprendido en actos de acoso o abuso sexual contra algún compañero o
compañera, será inmediatamente sancionado por falta gravísima, con suspensión indefinida y/o
cancelación de matrícula, procediéndose a denunciar los hechos a la justicia conforme a lo
regulado en este Título IV.
En el caso de embarazo, el colegio otorgará las facilidades a la alumna para que finalice su año
escolar, respetando su pre y pos natal, en acuerdo con el núcleo familiar.
4. Estas materias se deberán tratar con la máxima prudencia, confidencialidad y seriedad,
para resguardar la dignidad de los involucrados y el bien común.
Artículo 1.- PREVENCIÓN

Todo el personal que ingrese al colegio (docente o no docente) pasa previamente un
proceso de evaluación psicológica y presenta un certificado de antecedentes vigente.

El Colegio prohíbe la entrega de información personal de los alumnos, apoderados y
personal del colegio. Se exceptúa la entrega de información a las autoridades ministeriales.

Las entrevistas entre alumnos y adultos se realizan en lugares con ventanas transparentes
o con la puerta abierta, y siempre con la intervención de dos adultos.

Los alumnos de preescolar acuden al baño con la presencia de dos profesoras o asistentes.

En los camarines no se permite la entrada de dos alumnos en la ducha y siempre habrá
un profesor supervisando.

El colegio cuenta con cámaras de seguridad.
Artículo 2.- DENUNCIA DE SOSPECHA DE MALTRATO O ABUSO SEXUAL

Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser
presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, la
que deberá dar cuenta a la Dirección, dentro de un plazo de 24 horas, a fin de que se
dé inicio al debido proceso.

Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una
sanción disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.

Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de
las medidas correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad,
privacidad y respeto por su dignidad y honra.
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Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico

Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar
protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente
sus funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.

Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus
padres o apoderados. Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo,
pero deberá quedar constancia de ella.

Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección y apoyo durante todo
el proceso:
1. El colegio notificará inmediatamente a Carabineros de Chile, a la
Fiscalía correspondiente, a la PDI y al MINEDUC la situación.
2. Si la denuncia o sospecha recae sobre un funcionario del colegio éste
quedará suspendido de sus funciones de forma inmediata.
Artículo 3.- PROCEDIMIENTOS
PRIMERA: ÁMBITO DE APLICACIÓN:
El presente título regula el procedimiento a seguir en casos de acoso o abuso sexual, acoso
escolar (bullying), violencia, maltrato, agresión o abuso entre las siguientes personas dentro o
fuera del establecimiento escolar:
1.
Entre miembros pares del centro educativo (estudiantes).
2.
De apoderados a miembros del establecimiento y/o estudiantes.
3.
De estudiantes a miembros del establecimiento.
4.
Entre estudiantes y profesores.
SEGUNDA: DEFINICIONES :
1.
Violencia: Supone la intencionalidad de hacer daño a otro, y por ende el foco de la
conducta violenta no está en la sensación de inseguridad, sino en quién es aquel contra
quien se ejerce la violencia.
2.
Maltrato o Agresión: El acto mismo de dañar a otro en lo físico, moral o sicológico.
3.
Abuso: Implica la imposición de uno o más individuos sobre otro u otros en base al
poder, en donde se establece una relación de asimetría.
26
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
4.
Bullying o Acoso Escolar: Toda acción u omisión constitutiva de agresión y hostigamiento
reiterado y extendido en el tiempo, realizada fuera o dentro del establecimiento
educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva atenten en contra de
otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión
del estudiante afectado, que provoque en este último maltrato, humillación o fundado
temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o
cualquier otro medio tomando en cuenta su edad y condición. Es decir, deben concurrir
tres factores para estar en presencia de acoso escolar: Intencionalidad del agresor,
reiteración de la violencia, e indefensión de la víctima.
5.
El abuso sexual es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas
sin consentimiento de una persona. El abuso sexual puede producirse entre adultos,
de un adulto a un menor o incluso entre menores
TERCERA: DEL PROCESO
1.
De la denuncia:
Los padres, madres o apoderados, alumnos y alumnas, docentes, asistentes de la educación y
miembros de los equipos directivos, d e b e r á n informar al Encargado de Convivencia Escolar,
las situaciones de acoso u hostigamiento que afecten a alumno o alumna, ya sea, dentro o
fuera del establecimiento educacional, a través de medios tecnológicos, de manera presencial
o cualquier otro medio, d i r e c t a o indirectamente, y de las cuales tomen conocimiento.
Adicionalmente se tomarán las siguientes medidas en casos de denuncias:
a)
Cuando el denunciante sea un estudiante, o se considere que hay peligro inminente
para el afectado, se podrá dirigir la denuncia por cualquier medio a un miembro del
cuerpo docente o bien directamente al Director.
b)
El docente o inspector que sorprenda a un alumno incurriendo en alguna manifestación
de hostigamiento o acoso escolar deberá registrar la anotación – de manera inmediata –
en la ficha del alumno e informar al Comité de Sana Convivencia Escolar de manera
escrita en base a su reglamentación.
2.
Del Registro de Denuncias:
a)
Toda denuncia deberá ser registrada en el libro que al efecto deberá llevar el Encargado
de Convivencia Escolar del Comité de Sana Convivencia Escolar.
b)
El Comité de Sana Convivencia Escolar, a través de su Encargado de C o n v i v e n c i a
Escolar, deberá resguardar la revisión periódica de los instrumentos de registro de
denuncia, así como la atención presencial y espontánea para estos efectos.
27
Manual de Convivencia Escolar
3.
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Procedimiento Posterior a la Denuncia:
Al momento de tomar conocimiento de una denuncia por las causas a las que hace referencia
esta sección, de manera verbal, o a través de medios de registro por parte del Encargado de
Convivencia Escolar o el Cuerpo Docente, deberá en un plazo no mayor a 24 horas, informar al
Director del establecimiento y comenzar la investigación interna de conformidad con los términos
de esta sección. El Director deberá tomar las medidas necesarias para informar al Encargado de
Convivencia Escolar en los casos que éste no haya recibido la denuncia directamente de él.
Una vez recibida la denuncia se deberán tomar las siguientes medidas:
a) Resguardar la identidad de quien formuló el reclamo o denuncia y no se podrá imponer
una sanción disciplinaria en su contra usando como argumento el haber realizado el
reclamo, a menos que se confirme que todo era falso y que sólo había intenciones de
dañar a personas inocentes.
b) El responsable de la investigación mantendrá en estricta reserva el expediente investigativo
por respeto a la dignidad y honra de quien informó o denunció lo ocurrido, como también
de quienes resulten como posibles involucrados.
c) Mientras se estén llevando a cabo las consultas, entrevistas e indagaciones para
aclarar lo sucedido y la aplicación de las medidas correspondientes, se asegurará a
todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por su dignidad y
honra, evitando de esta manera generar acusaciones infundadas antes de obtener las
resoluciones de la investigación.
d) Si el afectado fuera un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo, atención e
información durante todo el proceso de investigación.
e) Si el afectado fuera un profesor o funcionario del establecimiento se le deberá otorgar
protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente
sus funciones.
f)
El Director o quien instruya la investigación, podrán decretar en cualquier momento o como
declaración de la sentencia que resuelva el acoso escolar, que los alumnos involucrados sean
sometidos a informe y/o tratamiento psicológico con los propósitos
que se establecerán en la respectiva resolución. Si se ha hecho lugar a la denuncia o
reclamo, los costos del informe y/o tratamiento psicológico deberán ser soportados por los
padres de los alumnos agresores.
g) El Registro de denuncia y/o investigación, será de acceso reservado al Comité de
Investigación.
28
Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
h) El Comité de Investigación deberá citar (de manera reservada) a los involucrados o
testigos de un hecho de violencia escolar a declarar para recabar antecedentes.
i)
4.
Los padres de los alumnos involucrados tendrán derecho a ser informados de la
situación que afecta a sus hijos, registrando el medio a través del cual se informa y/o
adjuntando al archivo de la investigación, la pauta de entrevista correspondiente. En
relación a este punto, los apoderados deberán suscribir acuerdos y c o m p r o m i s o s
desde el rol que les compete, tanto del agredido como del agresor.
Del Comité de Investigación y el Proceso de Investigación.
Para la investigación de la denuncia se formará un Comité integrado por el Encargado de la
Sana Convivencia Escolar, por un miembro del cuerpo docente y por el sicólogo u orientador
del Centro Educativo, quienes deberán llevar a cabo la investigación por medio de entrevistas,
observación y otros medios de prueba que se consideren idóneos según el tipo de denuncia.
5.
Instancia De Conciliación.
Una vez recibido el reclamo y hasta antes de resolverse, la Dirección podrá citar a las partes y,
en su caso, a los padres o apoderados del alumno o alumnos involucrados, a una reunión que
tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre ellos. Para esta entrevista, se
considerará el tipo y ámbito temático que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo
entre adultos.
En caso de existir un acuerdo total entre las partes se podrá suspender el proceso de
investigación, exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un
período de tiempo convenido. En e s t e caso, si se cumplen íntegramente las
condiciones impuestas se dará por cerrado el reclamo, dejándose constancia de esta
circunstancia.
Si no hubiere acuerdo total o si, a juicio del Director, el acuerdo no tuviere el mérito de impedir
la aplicación de sanciones atendida la gravedad de los hechos, se seguirá con la tramitación del
reclamo por todas sus instancias, caso en el cual el acuerdo podrá constituir una atenuante
calificada.
6.
Dictamen y recomendación del Comité
El Comité de Investigación deberá emitir un dictamen escrito al Director del Centro Educativo
con las recomendaciones disciplinarias y de otra índole que fueran aplicables. Dicho informe
no será vinculante para el Director pero en caso de que éste decida separarse del dictamen
mencionado deberá dejar constancia escrita de las razones por las cuales no acoge las
recomendaciones del Comité.
El Director deberá interponer las sanciones respectivas dentro de las 24 horas siguientes de
recibido el dictamen.
29
Manual de Convivencia Escolar
7.
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Criterios para la Aplicación de Medidas o Sanciones.
Sin perjuicio de lo que disponen al respecto los preceptos pertinentes de este Reglamento de
Convivencia, se deja especialmente establecido que en esta materia toda sanción o medida
debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad
en general. Será aplicada conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los
involucrados, y procurando la mayor protección y reparación al afectado, como también la
formación del o los r e s p o n s a b l e s del maltrato.
Conforme a lo anterior, deberán tenerse en cuenta al momento de determinar la sanción o
medida los siguientes aspectos:
a)
La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.
b)
El registro de observaciones consignado en el libro de clases del o los responsables.
c)
La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como: si el maltrato
fue cometido en forma individual o grupal, en cuyo caso deberá determinarse el grado
de responsabilidad de cada uno de los agresores; o el carácter vejatorio o humillante
del maltrato; o haber actuado en anonimato, con una identidad falsa, etc.; o haber
actuado por solicitud de otro compañero o motivado por alguna recompensa; o
haber agredido a un profesor o funcionario del establecimiento; o la naturaleza,
intensidad y extensión del daño causado; o el abuso de una posición superior, ya sea
física, moral, de autoridad u otra; o la discapacidad o indefensión del afectado; o el
daño físico y/o sicológico sufrido por la víctima.
d)
La cooperación demostrada por el agresor en el esclarecimiento de los hechos.
e)
La disposición del agresor a cumplir efectivamente con las medidas reparatorias
dispuestas por la sentencia.
La disposición del agresor a enmendar su conducta y el compromiso de no reincidir en
hechos de igual naturaleza.
f)
8.
De la Aplicación de Sanciones:
Quien aplique las sanciones a los alumnos (as) involucradas en un incidente, será el
Director del Establecimiento Educacional Toda sanción debe siempre estar contemplada en el
Manual de Convivencia Escolar.
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Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico
9. Medidas Específicas para los Casos de Acoso Escolar:
En caso de denuncias r e l a c i o n a d a s con Acoso Escolar, además de las medidas y
procedimientos enunciados anteriormente, se deberán tomar las siguientes acciones:
a)
Para la atención e identificación de casos de acoso escolar, se debe realizar un trabajo
desde el nivel individual al grupal, considerando para su aplicación que estén las
condiciones básicas para ello, en caso contrario, se deberá actuar de manera diligente
con la derivación a las redes de apoyo correspondientes para la atención oportuna de
los involucrados en situaciones de esta naturaleza.
b)
Para lo anterior, es necesario clarificar, que el equipo docente deberá observar y dejar
registro en la hoja de vida del estudiante u otro medio, cuando identifique alguna de
las siguientes situaciones que podrían dar luces de estar en presencia de un acto de
acoso escolar.
Elementos a observar en víctimas: Explorar si aparecen resistencias a ir a
clases, inasistencias injustificadas, baja importante en el rendimiento escolar y cambio
conductual en el hogar. Constatar si existen indicadores de irritabilidad, dolores
corporales de origen psicológico y facilidad para llorar sin explicación coherente. A la
vez de factores considerados de riesgo: inseguridad, escasas habilidades sociales,
pocos amigos, tendencia al aislamiento, particular característica física o problemas de
aprendizajes, familia sobre protectora y que dificulta su proceso de autonomía.
Para el caso de los agresores: Indagar acerca de otros desajustes conductuales,
impulsividad, baja tolerancia a la frustración, desafíos frecuentemente a la autoridad,
efectividad de los límites familiares, actitud positiva hacia la violencia, baja empatía
con el sufrimiento de la víctima, no experimenta culpa, no se arrepiente de sus actos,
ha logrado estatus por la conducta de hostigamiento que realiza hacia terceros,
antecedentes de abuso físico previo o actual, abuso de drogas, antecedentes en la
justicia.
Para el caso de los niños agredidos: Visualizar redes de apoyo, que permita desarrollar
la asertividad en las victimas de bullying. Si el estado emocional de la víctima acredita
interferencias en los cognitivo, tomar lo antes posible medidas de ajuste curriculares
y/o evaluación diferenciada, privilegiando sus avances en términos de salud mental
que le permitan tomar lo antes posible su normal desarrollo escolar.
En caso de agresores: Gestionar la derivación a atención clínica a los estudiantes que
muestren ser más agresivos y que estén identificados por sus pares como agresores.
Se deberán tomar las siguientes medidas a nivel grupal:

Generar en los cursos donde se haya identificado la presencia de bullying, trabajos
de grupo, que velen por el bienestar de todos sus miembros, favorecer un
cuestionamiento respecto del rol tanto individual como grupal que han jugado en
relación a esta dinámica, sobre todo de aquellos que han jugado roles de
observadores de la situaciones de matonaje y la han invisibilizado, o los que de
alguna manera fueron parte del grupo de seguidor del o la agresora.
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Manual de Convivencia Escolar
Colegio Internacional SEK-Pacífico

Si se constatare que la agresión reviste caracteres de delito, deberá ser denunciado
a la autoridad pública competente, y la investigación deberá ser llevada a cabo
por la autoridad judicial correspondiente, sin perjuicio de la que el establecimiento
lleve a cabo un procedimiento interno para determinar responsabilidades.

De igual forma, si se detecta que el agresor se encuentra en una condición de
vulneración de derechos por parte de su familia, la situación debe ser denunciada
a las Oficinas de Protección de Derechos de la Infancia o los Tribunales de Familia,
solicitando las medidas protectores necesarias.

En casos de lesiones físicas de moderadas a graves, verificar que el o los alumnos
agredidos estén en condiciones de seguir asistiendo al mismo establecimiento
educacional. En caso contrario, facilitar el traslado a otro establecimiento o bien
apoyar el tiempo necesario con actividades pedagógicas guiadas, de manera tal de
asegurar su progreso escolar. En caso de él o los agresores, colaborar con la
reubicación de el o los alumnos en caso necesario, cuando la medida se ajuste al
Reglamento Interno.

Para estos efectos será importante tener en consideración la edad de los
estudiantes involucrados y la responsabilidad penal de los mismos en relación a la
Ley Penal Adolescente y las implicancias de ello.
10. Monitoreo de los procedimientos acordados y sanciones.-­­
a) La situación deberá ser monitoreada de manera de evaluar el cumplimiento y resultados de
las medidas aplicadas. En caso de ser efectivas, se deberá registrar en el expediente del caso
esta situación, señalando los cambios presentados por el o los alumnos. Por el contrario, si las
medidas formativas, pedagógicas y disciplinarias no han sido efectivas, es necesario evaluar y
considerar la aplicación de otras m e d i d a s .
b) Del mismo modo, se deberá dejar establecido, el tiempo necesario de seguimiento para
cada hecho denunciado, de manera tal de procurar en casos de mayor complejidad el
seguimiento necesario, acordando posteriormente con el equipo directivo, la periodicidad del
monitoreo y cuáles serán los criterios para colocarle fin a éste.
11. Procedimiento Específico en Caso de Abuso Sexual.
Estarán obligados a denunciar (entre otros): Los directores, inspectores y profesores de
establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que
hubieren tenido lugar en el establecimiento.
a. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto.
b. Las personas indicadas en el inciso anterior deberán hacer la denuncia dentro de las
veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho
criminal.
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Manual de Convivencia Escolar
c.
Colegio Internacional SEK-Pacífico
Las personas indicadas arriba que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe
incurrirán en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal , o en la señalada en
disposiciones especiales, en lo que correspondiere.
d. La situación de abuso sexual, una vez denunciada, deberá ser informada inmediatamente
a la Oficina de Resguardo de Derechos de la Secretaría Regional Ministerial de Educación.
e. Abuso sexual de un adulto a un niño: En caso de tratarse de un adulto que provoque
Abuso Sexual a un niño o niña, y se encuentra formalizado, el Director deberá cambiar
de funciones al acusado, alejándolo del contacto con los niños, en tanto se lleva a cabo
el proceso judicial.
f.
En caso de Abuso Sexual entre menores de edad: Respecto de los supuestos responsables,
se debe distinguir: Si se trata de menores de edad sin responsabilidad penal las
autoridades del colegio deberán realizar la derivación para atención de especialistas. Si se
trata de menores de edad, mayores de 14 años, serán investigados y eventualmente
sometidos a proceso judicial.
g. Dependiendo de la gravedad del hecho y los antecedentes, se podrán adoptar medidas
destinadas a proteger a las víctimas, como suspender al alumno indicado como
agresor/a, cuando la víctima sienta, con su presencia, amenazada su integridad física o
psíquica. Dicha suspensión deberá velar porque se mantengan los compromisos escolares
del agresor y su derecho a la educación, esto es favorecer que el estudiante tenga una
atención en otro horario y desarrolle en su hogar tareas escolares.
h. En todos los casos, se deberá llevar a cabo un sumario interno, a fin de contar con
todos los antecedentes para colaborar con la investigación judicial que se realiza.
i.
El establecimiento educativo contará con un profesional responsable del área, que realice
y mantenga actualizada, tanto la elaboración de base de datos, como la derivación
a redes de apoyo para atención psicosocial o en ámbitos de carácter preventivo,
de salud mental y/o judicial.
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