Prospecto del programa
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Prospecto del programa
PROSPECTO PROGRAMA GLOBAL DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES POR HASTA UN MONTO TOTAL EN CIRCULACIÓN DE US$750.000.000 El presente prospecto (el “Prospecto”) corresponde al Programa Global de Obligaciones Negociables por hasta US$750.000.000 (el “Programa”) de BBVA Banco Francés S.A. (“BBVA Francés”, el “Banco”, la “Emisora”, indistintamente), en el marco del cual el mismo podrá, conforme con la Ley N° 23.576 de Obligaciones Negociables y sus modificatorias (la “Ley de Obligaciones Negociables”) y demás normas vigentes, emitir obligaciones negociables (las “Obligaciones Negociables”) (i) no subordinadas, simples no convertibles en acciones, con garantía común y/o, siempre y cuando fuera permitido por las normas vigentes, flotante y/o especial, y/o (ii) subordinadas, convertibles o no en acciones, con garantía común. Adicionalmente, las Obligaciones Negociables podrán o no estar avaladas o garantizadas por otra entidad financiera del país o banco del exterior. El monto máximo de las Obligaciones Negociables en circulación en cualquier momento bajo el Programa no podrá exceder de US$750.000.000, o su equivalente en otras monedas, pudiendo las mismas estar denominadas en dólares o en cualquier otra moneda. Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en distintas clases con términos y condiciones específicos diferentes entre las Obligaciones Negociables de las distintas clases, pero las Obligaciones Negociables de una misma clase siempre tendrán los mismos términos y condiciones específicos. Asimismo, las Obligaciones Negociables de una misma clase podrán ser emitidas en distintas series con los mismos términos y condiciones específicos que las demás Obligaciones Negociables de la misma clase, y aunque las Obligaciones Negociables de las distintas series podrán tener diferentes fechas de emisión y/o precios de emisión, las Obligaciones Negociables de una misma serie siempre tendrán las mismas fechas de emisión y precios de emisión. Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en los suplementos de prospecto correspondientes a cada clase y/o serie de Obligaciones Negociables (dichos suplementos de prospecto, los “Suplementos”). Los plazos siempre estarán dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes. Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija o flotante o de cualquier otra manera, o no devengar intereses, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Los intereses serán pagados en las fechas y en las formas que se especifique en los Suplementos correspondientes. Las Obligaciones Negociables podrán asimismo otorgar cualquier otro tipo de contraprestación por la emisión y/o provisión de fondos bajo las mismas. El Programa ha recibido dos calificaciones de riesgo. A la fecha del presente Prospecto (i) Fix Scr S.A. Agente de Calificación de Riesgo ha asignado al Programa la calificación “AAA(arg)” y (ii) Standard & Poor’s International Ratings LLC, Suc. Argentina ha asignado al Programa la calificación raBBB”. Ver “De la Oferta y la Negociación - Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Calificaciones de Riesgo” en el presente Prospecto. Adicionalmente, el Banco podrá decidir que las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie reciban calificaciones de riesgo, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá considerar los factores de riesgo que se describen en “Información Clave sobre la Emisora - Factores de Riesgo” del presente y el resto de la información contenida en el presente Prospecto. Las Obligaciones Negociables se encuentran excluidas del sistema de seguro de garantía de los depósitos de la Ley N° 24.485. Tampoco participan del privilegio especial, exclusivo y excluyente, ni del privilegio general y absoluto, acordados para los depositantes por el inciso (e) del artículo 49 de la Ley N° 21.526 y sus modificatorias (la “Ley de Entidades Financieras”). A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables no contarán con garantía flotante o especial ni se encontrarán avaladas o garantizadas por cualquier otro medio ni por otra entidad financiera del país o banco del exterior. El Banco es una sociedad anónima constituida de acuerdo con la ley argentina, conforme con la cual los accionistas limitan su responsabilidad a la integración de las acciones suscriptas de acuerdo con la Ley N° 19.550 (la “Ley de Sociedades Comerciales”). En cumplimiento de la Ley N° 25.738, se informa que ningún accionista del Banco (sea extranjero o nacional) responde en exceso de la citada integración accionaria por las obligaciones emergentes de las operaciones concertadas por el Banco. La Oferta Pública fue autorizada por Resolución N° 14.967 de fecha 29 de noviembre de 2004, la modificación de ciertos términos y condiciones del Programa, así como la prórroga del plazo del mismo fue autorizada por Resolución N° 16.010 de fecha 6 de noviembre de 2008, la ampliación del monto total en circulación del Programa, fue autorizada por Resolución N° 16.611 de fecha 21 de julio de 2011 y por Resolución N° 16.826 de fecha 30 de mayo de 2012, asimismo una nueva prórroga del plazo del Programa fue autorizada por Resolución N° 17.127 de fecha 11 de julio de 1 2013, todas ellas de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”). Estas autorizaciones sólo significan que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el presente Prospecto es exclusiva responsabilidad del Directorio del Banco y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización del Banco y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se mencionan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley N°26.831 (junto con sus modificatorias y complementarias, la “Ley de Mercado de Capitales”). El Directorio del Banco manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el presente Prospecto contiene, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera del Banco y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. La fecha de este Prospecto es 26 de julio de 2016 2 NOTIFICACIÓN A LOS INVERSORES Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá considerar la totalidad de la información contenida en este Prospecto y en los Suplementos correspondientes (complementados y/o modificados, en su caso, por los avisos, actualizaciones y/o suplementos correspondientes). Al tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá basarse en su propio análisis del Banco, de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables, y de los beneficios y riesgos involucrados. Este Prospecto y los Suplementos correspondientes constituirán los documentos básicos a través de los cuales se realizará la oferta pública de las Obligaciones Negociables. El contenido de este Prospecto y/o de los Suplementos correspondientes no debe ser interpretado como asesoramiento legal, comercial, financiero, impositivo y/o de otro tipo. El público inversor deberá consultar con sus propios asesores respecto de los aspectos legales, comerciales, financieros, impositivos y/o de otro tipo relacionados con su inversión en las Obligaciones Negociables. Ni este Prospecto ni los Suplementos correspondientes constituirán una oferta de venta, y/o una invitación a formular ofertas de compra, de las Obligaciones Negociables: (i) en aquellas jurisdicciones en que la realización de dicha oferta y/o invitación no fuera permitida por las normas vigentes; y/o (ii) para aquellas personas o entidades con domicilio, constituidas y/o residentes de un país no considerado “cooperador a los fines de la transparencia fiscal”, y/o para aquellas personas o entidades que, a efectos de la adquisición de las Obligaciones Negociables, utilicen cuentas localizadas o abiertas en un país no considerado “cooperador a los fines de la transparencia fiscal”. Se consideran países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, aquellos que suscriban con la Argentina un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio, siempre que se cumplimente el efectivo intercambio de información. La Administración Federal de Ingresos Públicos (la “AFIP”), establecerá los supuestos que se considerarán para determinar si existe o no intercambio efectivo de información y las condiciones necesarias para el inicio de las negociaciones tendientes a la suscripción de los acuerdos y convenios aludidos. En este marco, con fecha 31 de diciembre de 2013 se ha publicado en el Boletín Oficial la Resolución General (AFIP) 3576 mediante la cual la AFIP, por un lado, ha dispuesto que a partir del 1 de enero de 2014 difundirá a través de su página “web” (http://www.afip.gob.ar) el listado de países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regímenes tributarios especiales considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”; y por el otro, a dichos efectos, ha establecido las siguientes categorías: a) Cooperadores que suscribieron Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información, con evaluación positiva de efectivo cumplimiento de intercambio de información; b) Cooperadores con los cuales, habiéndose suscripto Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información, no haya sido posible evaluar el efectivo intercambio, y c) Cooperadores con los cuales se ha iniciado el proceso de negociación o de ratificación de un Convenio de Doble Imposición o Acuerdo de Intercambio de Información. El listado en cuestión ha sido publicado en la “web” con fecha 7 de enero de 2014 y puede ser consultado en http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/jurisdiccionesCooperantes.asp. El público inversor deberá cumplir con todas las normas vigentes en cualquier país en que comprara, ofreciera y/o vendiera las Obligaciones Negociables y/o en el que poseyera y/o distribuyera este Prospecto y/o los Suplementos correspondientes y deberá obtener los consentimientos, las aprobaciones y/o los permisos para la compra, oferta y/o venta de las Obligaciones Negociables requeridos por las normas vigentes en cualquier país a la que se encontraran sujetos y/o en la que realizaran dichas compras, ofertas y/o ventas. El Emisor no tendrá responsabilidad alguna por incumplimientos a dichas normas vigentes. LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES NO HAN SIDO REGISTRADAS BAJO LA SECURITIES ACT OF 1933 DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (LA “LEY DE TÍTULOS VALORES”). LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES NO PODRÁN SER OFRECIDAS, VENDIDAS Y/O ENTREGADAS EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA Y/O A PERSONAS ESTADOUNIDENSES, EXCEPTO A (I) COMPRADORES INSTITUCIONALES CALIFICADOS EN VIRTUD DE LA EXENCIÓN DE REGISTRO ESTABLECIDA POR LA NORMA 144A BAJO LA LEY DE TÍTULOS VALORES, Y (II) A CIERTAS PERSONAS QUE NO SEAN PERSONAS ESTADOUNIDENSES EN TRANSACCIONES FUERA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA EN LOS TÉRMINOS DE LA REGULACIÓN S BAJO LA LEY DE TÍTULOS VALORES. Ninguna persona está autorizada a brindar información y/o efectuar declaraciones respecto del Banco y/o de las Obligaciones Negociables que no estén contenidas en el presente Prospecto y/o en los Suplementos 3 correspondientes, y, si se brindara y/o efectuara, dicha información y/o declaraciones no podrán ser consideradas autorizadas y/o consentidas por el Banco. Ni la entrega de este Prospecto y/o de los Suplementos correspondientes, ni el ofrecimiento y/o la venta de Obligaciones Negociables en virtud de los mismos, en ninguna circunstancia, significará que la información contenida en este Prospecto es correcta en cualquier fecha posterior a la fecha de este Prospecto. En caso que las Obligaciones Negociables sean ofrecidas fuera de la Argentina, el Banco podrá preparar versiones en inglés del presente Prospecto y/o de los Suplementos correspondientes a los fines de su distribución fuera de Argentina. Dichos documentos en inglés contendrán información sustancialmente similar y consistente con la contenida en el presente Prospecto y/o en los Suplementos correspondientes (complementados y/o modificados, en su caso, por los avisos, actualizaciones y/o suplementos correspondientes). INFORMACIÓN DEL PROSPECTO Conforme con el Artículo 119 de la Ley de Mercado de Capitales, los emisores de valores, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, estos últimos en materia de su competencia, y en su caso los oferentes de los valores con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores con oferta pública, serán responsables de toda la información incluida en los prospectos por ellos registrados ante la CNV. Asimismo el Artículo 120 de la mencionada Ley establece que las entidades y agentes intermediarios en el mercado que participen como organizadores o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes del prospecto sólo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que han emitido opinión. OPERACIONES DESTINADAS A ESTABILIZAR EL PRECIO DE MERCADO EN LAS OFERTAS PÚBLICAS INICIALES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, LOS AGENTES COLOCADORES QUE PARTICIPEN EN SU COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN POR CUENTA PROPIA O POR CUENTA DE LA EMISORA O TITULAR DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PODRÁN (PERO NO ESTARÁN OBLIGADOS A) REALIZAR OPERACIONES DESTINADAS A ESTABILIZAR EL PRECIO DE MERCADO DE DICHAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CONFORME CON EL ARTÍCULO 12 DEL CAPÍTULO IV TÍTULO VI DE LAS NORMAS DE LA CNV, SEGÚN TEXTO ORDENADO POR LA RESOLUCIÓN GENERAL N° 622/2013 Y SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS (LAS “NORMAS DE LA CNV”) Y DEMÁS NORMAS VIGENTES ÚNICAMENTE A TRAVÉS DE LOS SISTEMAS INFORMÁTIVOS DE NEGOCIACIÓN POR INTERFERENCIA DE OFERTAS QUE ASEGUREN LA PRIORIDAD DE PRECIO TIEMPO, GARANTIZADOS POR EL MERCADO O CÁMARA COMPENSADORA EN SU CASO. EN CASO DE SER EFECTUADAS, DICHAS OPERACIONES DEBERÁN AJUSTARSE A LAS SIGUIENTES CONDICIONES: (I) NO PODRÁN EXTENDERSE MÁS ALLÁ DE LOS PRIMEROS 30 DÍAS CORRIDOS DESDE EL PRIMER DÍA EN EL CUAL SE HAYA INICIADO LA NEGOCIACIÓN SECUNDARIA DE LAS CORRESPONDIENTES OBLIGACIONES NEGOCIABLES EN EL MERCADO; (II) PODRÁN SER REALIZADAS POR AGENTES QUE HAYAN PARTICIPADO EN LA ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE LA COLOCACIÓN Y DISTRIBUCIÓN; (III) PODRÁN REALIZARSE OPERACIONES DE ESTABILIZACIÓN DESTINADAS A EVITAR O MODERAR ALTERACIONES BRUSCAS EN EL PRECIO AL CUAL SE NEGOCIEN LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES QUE HAN SIDO OBJETO DE COLOCACIÓN PRIMARIA POR MEDIO DEL SISTEMA DE FORMACIÓN DE LIBRO O POR SUBASTA O LICITACIÓN PÚBLICA; (IV) NINGUNA OPERACIÓN DE ESTABILIZACIÓN QUE SE REALICE EN EL PERÍODO AUTORIZADO PODRÁ EFECTUARSE A PRECIOS SUPERIORES A AQUÉLLOS A LOS QUE SE HAYAN NEGOCIADO LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES EN CUESTIÓN EN LOS MERCADOS AUTORIZADOS, EN OPERACIONES ENTRE PARTES NO VINCULADAS CON LAS ACTIVIDADES DE ORGANIZACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y COLOCACIÓN; Y (V) LOS AGENTES QUE REALICEN OPERACIONES EN LOS TÉRMINOS INDICADOS, DEBERÁN INFORMAR A LOS MERCADOS LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS MISMAS. LOS MERCADOS DEBERÁN HACER PÚBLICAS LAS OPERACIONES DE ESTABILIZACIÓN, YA FUERE CADA OPERACIÓN INDIVIDUAL O AL CIERRE DIARIO DE LAS OPERACIONES. LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO 4 El concepto de lavado de activos se usa generalmente para denotar transacciones cuyo objetivo es introducir fondos provenientes de actividades ilícitas en el sistema institucionalizado y así transformar ganancias por actividades ilegales en activos de origen aparentemente legítimo. El Congreso de la Nación aprobó la Ley N° 25.246 de Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo (conforme fuera modificada posteriormente por las Leyes N° 26.087, N° 26.119, N° 26.268, N° 26.683, N° 26.734, N° 26.831 y N° 26.860, la “Ley de Prevención de Lavado de Activos”), que establece un régimen penal administrativo que reemplazó varios artículos del Código Penal, y tipifica el lavado de activos, las asociaciones ilícitas terroristas y la financiación del terrorismo. Conforme con la Ley de Prevención de Lavado de Activos se comete un delito cuando una persona convierte, transfiere, administra, vende, grava, disimula o de cualquier otro modo pone en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito y siempre que el valor del bien supere los Ps. 300.000, ya sea que tal monto resulte de una o más transacciones vinculadas entre sí. Ver “Información sobre la Emisora – El Sistema Bancario Argentino y su Marco Regulatorio – Lavado de activos”. CONTROLES DE CAMBIO Para mayor información sobre el régimen de controles de cambio aplicable a las Obligaciones Negociables, véase la sección “Información Adicional - Controles de Cambio” del Prospecto. INFORMACIÓN DERIVADA DE DISTINTAS FUENTES En el presente Prospecto se incluye información y/o declaraciones extraídas por el Banco de diversas fuentes públicas que se indican en cada caso. Sin perjuicio de que el Banco no tiene motivo para considerar que dicha información y/o declaraciones son incorrectas en cualquier aspecto significativo, el Banco no ha verificado independientemente si tal información y/o declaraciones son correctas, y no asume responsabilidad alguna respecto de dicha información y/o declaraciones. MANIFESTACIONES SOBRE EL FUTURO Este Prospecto contiene palabras tales como “creemos”, “esperamos”, “estimamos”, “nos proponemos” y “anticipamos”, así como expresiones similares que identifican estimaciones hacia el futuro y reflejan nuestros puntos de vista sobre acontecimientos y evolución financiera futuros. Los resultados reales pueden diferir sustancialmente como resultado de factores fuera de nuestro control, incluyendo pero no limitados a: • • • • • cambios en la situación económica, comercial o política general o de otro tipo en la República Argentina (“Argentina”) o cambios en la situación económica o comercial general en América Latina; cambios en los mercados de capitales en general que pueden afectar a las políticas y actitudes hacia el otorgamiento de préstamos a la Argentina o a compañías argentinas; aumento de costos y disminución de ingresos relacionados con variables macroeconómicas tales como los tipos de cambio y el Índice de Precios al Consumidor (“IPC”); aumentos no previstos en costos de financiación u otros o incapacidad para obtener financiación adicional de deudas o capital en términos atractivos; y los factores examinados bajo “Factores de Riesgo”. En consecuencia, no debe confiarse totalmente en estas manifestaciones referidas al futuro. En todo caso, las mismas solo son válidas desde sus respectivas fechas. BBVA Francés no asume obligación alguna de actualizar o revisar ninguna de ellas ni de divulgar el resultado de cualesquiera revisiones de estas manifestaciones. La información contenida en el presente identifica importantes factores que podrían explicar las diferencias sustanciales entre cualquier estimación para el futuro y los resultados reales. 5 PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA Generalidades BBVA Francés es un banco argentino y mantiene los libros y registros en pesos y prepara sus estados contables de acuerdo con las normas contables del Banco Central de la República Argentina (el “Banco Central”, el “BCRA”) (las “GAAP Bancarias Argentinas”), las cuales difieren en algunos aspectos de los principios contables generalmente aceptados en la Argentina (ver nota 3 a nuestros estados contables individuales al 31 de diciembre de 2015 y nota 2 a nuestros estados contables consolidados al 31 de diciembre de 2015). Los porcentajes y los montos en dólares y pesos fueron redondeados para facilitar su presentación. Salvo que se indique otra cosa, toda la información sobre participación en el mercado y otra información sobre el negocio tienen su origen en información publicada por el Banco Central. Mediante la Comunicación “A” 3921 del BCRA y la Resolución General Nº 441/03 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional, se discontinuó la aplicación del método de reexpresión de estados contables en moneda homogénea a partir del 1 de marzo de 2003. Las normas contables profesionales argentinas requieren la aplicación de la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.) (modificada por la Resolución Técnica Nº 19), que establece la reexpresión de los estados contables a moneda homogénea, en los casos en que se den ciertas características en el entorno económico del país, siendo una condición necesaria que la inflación acumulada a lo largo de tres años, medida sobre la base del Índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos alcance o sobrepase el 100%. Según la última información publicada por dicho organismo, la inflación acumulada entre el 31 de octubre de 2012 y el 31 de octubre de 2015, asciende a 66%. Por lo tanto, no se cumple dicha condición necesaria para la reexpresión a moneda homogénea de la información incluida en los estados contables. No obstante lo anterior, se debe tener presente que en caso de alcanzarse dicha condición se tornará obligatoria la reexpresión. Salvo que se indique otra cosa, la información financiera contenida en el presente refleja la consolidación de las siguientes subsidiarias en y para los ejercicios económicos abajo indicados: Entidad 2015 PSA Finance Argentina Compañía Financiera S.A. Consolidar AFJP S.A. (en liquidación) BBVA Francés Valores S.A. BBVA Francés Asset Management S.A., Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión 31 de diciembre de 2014 2013 X X X X X X X X X X X X El 7 de enero de 2002, la Argentina abandonó la paridad peso-dólar introducida en abril de 1991 bajo la Ley N° 23.928 (la “Ley de Convertibilidad”). Tras la devaluación inicial y la fijación de un tipo de cambio oficial a Ps. 1,4 por US$1,0, se permitió que el peso flotara, y al 22 de abril de 2016 se cotizaba a aproximadamente Ps. 14,4558 por US$1,0. CIERTOS TÉRMINOS Y CONVENCIONES Los siguientes términos se utilizan como se indican a continuación a lo largo de este informe: “BBVA Francés”, el “Banco”, la “Emisora” y términos tales como “nosotros”, “nos” y “nuestros” aluden a BBVA Banco Francés S.A. y sus subsidiarias consolidadas a menos que el contexto requiera otra cosa. “BBVA” o el “Grupo BBVA” aluden a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. y sus subsidiarias consolidadas a menos que el contexto requiera otra cosa. “Estados financieros consolidados” aluden a nuestros estados financieros consolidados auditados por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 preparados de acuerdo a las GAAP Bancarias Argentinas. 6 En el presente, las referencias a “$”, “US$” y “dólares” significan dólares estadounidenses y las referencias a “Ps.” o “peso” significan pesos argentinos. APROBACIONES SOCIETARIAS La creación del Programa y la emisión de las Obligaciones Negociables, así como los términos y condiciones generales del Programa y de las Obligaciones Negociables, y los respectivos aumentos del monto y prórrogas del plazo del Programa fueron aprobados en las Asambleas de Accionistas del Banco del 15 de julio de 2003, 26 de abril de 2007, 28 de marzo de 2008, 30 de marzo de 2011, 26 de marzo de 2012 y 9 de abril de 2013, y los términos y condiciones particulares del Programa y de las Obligaciones Negociables fueron aprobados en las reuniones de Directorio del Banco del 31 de agosto de 2004, del 7 de diciembre de 2004, del 24 de septiembre de 2008 y del 23 de septiembre de 2009 en ejercicio de las facultades delegadas por las Asambleas de Accionistas. Asimismo, con fecha 22 de diciembre de 2009, ciertos subdelegados del Banco aprobaron los términos y condiciones finales del Programa y de las Obligaciones Negociables, de acuerdo con facultades subdelegadas por el Directorio. La Asamblea de Accionistas del Banco aprobó la renovación de la delegación de facultades en el Directorio en su reunión de fecha 7 de abril de 2015, y la subdelegación de facultades en ciertos funcionarios en la reunión de Directorio de fecha 31 de mayo de 2016. DATOS SOBRE DIRECTORES, GERENCIA DE PRIMERA LÍNEA, ASESORES Y MIEMBROS DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN Para información sobre directores, gerencia de primera línea, asesores, y miembros del órgano de fiscalización, ver “Directores, Gerencia de Primera Línea y Empleados” del presente. 7 CONTENIDO Resumen de los Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables .................................. 10 Datos Estadísticos y Programa Previsto para la Oferta .................................................................. 15 Información Clave sobre la Emisora .............................................................................................. 16 Información sobre la Emisora......................................................................................................... 68 Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera ................................................................................. 138 Directores, Gerencia de Primera Línea y Empleados ..................................................................... 159 Accionistas Principales y Transacciones con Partes Relacionadas ................................................ 174 Información Contable ..................................................................................................................... 179 De la Oferta y la Negociación ........................................................................................................ 180 Información Adicional.................................................................................................................... 198 Anexo A – Estados Contables ........................................................................................................ 222 8 RESUMEN DE LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES El siguiente es un resumen de los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables que se detallan en “De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables” del presente, y está condicionado en su totalidad por, y debe ser leído conjuntamente con, la información más detallada contenida en dicha sección de este Prospecto. Descripción: Las Obligaciones Negociables serán, conforme con la Ley de Obligaciones Negociables, obligaciones negociables (i) no subordinadas, simples no convertibles en acciones, con garantía común y/o, siempre y cuando fuera permitido por las normas vigentes, flotante y/o especial, y/o (ii) subordinadas, convertibles o no en acciones, con garantía común. Adicionalmente, las Obligaciones Negociables podrán o no estar avaladas o garantizadas por otra entidad financiera del país o banco del exterior. Las Obligaciones Negociables podrán o no calificar como patrimonio neto básico o complementario según las normas del Banco Central y/o cualquier otra nueva regulación que permita computar dichas Obligaciones Negociables con algún tratamiento contable o técnico especial bajo las normas del Banco Central o cualquier otro organismo regulador. Rango: Las Obligaciones Negociables tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y con todas las demás obligaciones no subordinadas del Banco, presentes o futuras, salvo las obligaciones que gozaran de privilegios en virtud de disposiciones legales; sin perjuicio de ello, en caso de emitirse Obligaciones Negociables con garantía flotante y/o especial y/o avaladas o garantizadas por otra entidad financiera del país o banco del exterior, y/o subordinadas, su rango se especificará en los Suplementos correspondientes. Monto Máximo y Duración del Programa: El monto máximo de la totalidad de las Obligaciones Negociables en circulación en cualquier momento bajo el Programa no podrá exceder de US$750.000.000, o su equivalente en otras monedas. El plazo de duración del Programa, dentro del cual podrán emitirse las Obligaciones Negociables, será hasta el 15 de julio de 2018. Clases y Series: Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en distintas clases con términos y condiciones específicos diferentes entre las Obligaciones Negociables de las distintas clases, pero las Obligaciones Negociables de una misma clase siempre tendrán los mismos términos y condiciones específicos. Asimismo, las Obligaciones Negociables de una misma clase podrán ser emitidas en distintas series con los mismos términos y condiciones específicos que las demás Obligaciones Negociables de la misma clase, y aunque las Obligaciones Negociables de las distintas series podrán tener diferentes fechas de emisión y/o precios de emisión, las Obligaciones Negociables de una misma serie siempre tendrán las mismas fechas de emisión y precios de emisión. Moneda: Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en dólares o en cualquier otra moneda, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Razones para la Oferta y Destino de los Fondos: En los Suplementos correspondientes se especificará el destino que BBVA Francés dará a los fondos netos que reciba en virtud de la colocación de las Obligaciones Negociables, el cual será uno o más de los siguientes destinos previstos en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables: (i) inversiones en activos físicos situados en el país, (ii) integración de capital de trabajo en el país, (iii) refinanciación de pasivos, 9 (iv) integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas a BBVA Francés cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados, y/o (v) otorgamiento de préstamos a los que los prestatarios deberán dar alguno de los destinos a los que se refieren los puntos anteriores de éste párrafo, conforme a las reglamentaciones que a ese efecto dicte el Banco Central. Amortización: Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en los Suplementos correspondientes. Los plazos siempre estarán dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes (incluyendo, sin limitación, las normas dictadas por el Banco Central). Intereses: Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija o flotante o de cualquier otra manera, o no devengar intereses (conforme con las normas dictadas por el Banco Central), según se especifique en los Suplementos correspondientes. Los intereses serán pagados en las fechas y en las formas que se especifique en los Suplementos correspondientes. Las Obligaciones Negociables podrán asimismo otorgar cualquier otro tipo de contraprestación por la emisión y/o provisión de fondos bajo las mismas. Montos Adicionales: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco estará obligado a pagar ciertos montos adicionales en caso que sea necesario efectuar ciertas deducciones y/o retenciones respecto de los pagos bajo las Obligaciones Negociables. Ver “De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Montos Adicionales” del presente Prospecto. Forma: Las Obligaciones Negociables serán escriturales, a menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, en cuyo caso podrán ser nominativas no endosables (con o sin cupones de interés) representadas por uno o más títulos globales (que serán depositados con depositarios autorizados por las normas vigentes) y/o por títulos definitivos. Por otra parte, en caso que así lo permitieran las normas vigentes (lo cual no ocurre actualmente por encontrarse vigente la Ley N° 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados), también podrán ser al portador si así se especifica en los Suplementos correspondientes. Denominación: Las Obligaciones Negociables tendrán la denominación que se especifique en los Suplementos correspondientes. Precio de Emisión: Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas a la par, con descuento (en los casos permitidos según las normas dictadas por el Banco Central) o con prima sobre la par, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Registro: El agente de registro de las Obligaciones Negociables será el Banco y/o la entidad que se especifique en los Suplementos correspondientes. Pagos: El agente de pago de las Obligaciones Negociables será el Banco y/o la entidad que se especifique en los Suplementos correspondientes. Compromisos: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco se obliga a cumplir los compromisos que se detallan en “De la Oferta y la Negociación - Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Compromisos” del presente en tanto 10 existan Obligaciones Negociables en circulación. Rescate por Razones Impositivas: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco podrá rescatar cualquier clase y/o serie de Obligaciones Negociables en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en el Banco la obligación de pagar ciertos montos adicionales bajo las Obligaciones Negociables. Ver “De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables - Rescate por Razones Impositivas” del presente Prospecto. Rescate a Opción del Banco y/o de los Tenedores: En caso que así se especifique en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas total o parcialmente a opción del Banco y/o de los tenedores con anterioridad al vencimiento de las mismas, de conformidad con los términos y condiciones que se especifiquen en tales Suplementos. El rescate anticipado parcial se realizará a prorrata y respetando en todo momento el principio de trato igualitario entre inversores. Supuestos de Incumplimiento: Si se produce y subsiste uno o más de los supuestos de incumplimiento que se especifican en “De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Supuestos de Incumplimiento” del presente, se podrá producir la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables. Ver “De la Oferta y la Negociación – Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Supuestos de Incumplimiento” del presente Prospecto. Fiduciarios, Agentes Fiscales y Otros Agentes: Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en el marco de contratos de fideicomiso y/o de contratos de agencia fiscal que oportunamente el Banco celebre con entidades que actúen como fiduciarios y/o agentes fiscales, lo cual será especificado en los Suplementos correspondientes. Tales fiduciarios y/o agentes fiscales desempeñarán funciones solamente respecto de las clases de Obligaciones Negociables que se especifiquen en los respectivos contratos, y tendrán los derechos y obligaciones que se especifiquen en los mismos. Asimismo, el Banco podrá designar otros agentes en relación con las Obligaciones Negociables para que desempeñen funciones solamente respecto de las clases de Obligaciones Negociables que se especifiquen en cada caso. Calificaciones de Riesgo: El Programa ha recibido dos calificaciones de riesgo. A la fecha del presente Prospecto (i) Fix Scr S.A. Agente de Calificación de Riesgo ha asignado al Programa la calificación “AAA(arg)” y (ii) Standard & Poor’s International Ratings LLC, Suc. Argentina ha asignado al Programa la calificación “raBBB”. Ver “De la Oferta y la Negociación - Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables – Calificaciones de Riesgo” en el presente Prospecto. Adicionalmente, el Banco podrá decidir que las Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie reciban calificaciones de riesgo adicionales, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Colocación: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco colocará las Obligaciones Negociables. El Banco podrá designar a una o más entidades para que actúen como colocadoras respecto de una o más clases y/o series de Obligaciones Negociables, en cuyo caso se especificarán en los Suplementos correspondientes los nombres y las direcciones de dichos colocadores y 11 los términos y condiciones de la colocación acordada con los mismos. Jurisdicción – Arbitraje – Acción Ejecutiva: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, toda controversia que se suscite entre el Banco y los tenedores de Obligaciones Negociables en relación con las Obligaciones Negociables se resolverá definitivamente por los tribunales de arbitraje correspondientes a los mercados autorizados donde listen las Obligaciones Negociables y según se especifique en los respectivos Suplementos de Precio, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales. No obstante lo anterior, los tenedores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes, a los que también podrá acudir la Emisora en caso que dichos tribunales arbitrales cesen en sus funciones y no sean reemplazados por un tribunal arbitral permanente perteneciente a otro mercado. LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CONSTITUIRÁN “OBLIGACIONES NEGOCIABLES” EN VIRTUD DE, Y SERÁN EMITIDAS CONFORME A, Y DE ACUERDO CON, LA LEY DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES, Y GOZARÁN DE LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LA MISMA. EN PARTICULAR, CONFORME AL ARTÍCULO 29 DE DICHA LEY, EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO POR EL BANCO EN EL PAGO DE CUALQUIER MONTO ADEUDADO EN VIRTUD DE CUALQUIER OBLIGACIÓN NEGOCIABLE, EL TENEDOR DE LA MISMA PODRÁ INICIAR ACCIONES EJECUTIVAS ANTE TRIBUNALES COMPETENTES DE LA ARGENTINA PARA RECLAMAR EL PAGO DE LOS MONTOS ADEUDADOS POR EL BANCO. Otras Emisiones de Obligaciones Negociables: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco, sin el consentimiento de los tenedores de Obligaciones Negociables de cualquier clase y/o serie en circulación, podrá en cualquier momento emitir nuevas Obligaciones Negociables que tengan los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables de cualquier clase en circulación y que sean iguales en todo sentido, excepto por sus fechas de emisión y/o precios de emisión, de manera que tales nuevas Obligaciones Negociables sean consideradas Obligaciones Negociables de la misma clase que dichas Obligaciones Negociables en circulación y sean fungibles con las mismas. Tales nuevas Obligaciones Negociables serán de una serie distinta dentro de la clase en cuestión. Ley Aplicable: Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de Argentina y/o de cualquier otra jurisdicción que se especifique en los Suplementos correspondientes (incluyendo, sin limitación, las leyes del Estado de Nueva York, Estados Unidos); estableciéndose, sin embargo, que todas las cuestiones relativas a la autorización, firma, otorgamiento y entrega de las Obligaciones Negociables por el Banco, así como todas las cuestiones relativas a los requisitos legales necesarios para que las Obligaciones Negociables sean “obligaciones negociables” bajo las leyes de Argentina, se regirán por la Ley de Obligaciones Negociables, la Ley de Sociedades Comerciales y todas las demás normas argentinas. Mercados: El Banco podrá solicitar autorización para el listado y/o negociación de una o más clases y/o series de Obligaciones Negociables que se emitan bajo el Programa en uno o más mercados de valores autorizados del país y/o del exterior, según se especifique en los Suplementos correspondientes. 12 DATOS ESTADÍSTICOS Y PROGRAMA PREVISTO PARA LA OFERTA Datos Estadísticos. Cantidad de Valores Negociables a Ofrecer. El monto máximo de las Obligaciones Negociables en circulación en cualquier momento bajo el Programa no podrá exceder de US$750.000.000, o su equivalente en otras monedas. Precio de Suscripción o Método para Determinar el Precio de Suscripción. El precio de suscripción o método para determinar el precio de suscripción de las Obligaciones Negociables, o la manera en que será determinado y/o informado, se especificará en los Suplementos correspondientes. Monto Esperado de la Emisión. El monto de las Obligaciones Negociables que se emitan en el marco del Programa se especificará en los Suplementos correspondientes. Método y Programa Previsto para la Oferta. Período de Suscripción o Compra. El período de suscripción o compra de las Obligaciones Negociables, o la manera en que será determinado y/o informado, se especificará en los Suplementos correspondientes. Agentes Colocadores. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco colocará las Obligaciones Negociables. El Banco podrá designar a una o más entidades para que actúen como colocadoras respecto de una o más clases y/o series de Obligaciones Negociables, en cuyo caso se especificará en los Suplementos correspondientes los nombres y las direcciones de dichos colocadores y los términos y condiciones de la colocación acordada con los mismos. Lugares donde se Recibirán las Solicitudes de Compra o Suscripción. Los lugares donde se recibirán las solicitudes de compra o suscripción de Obligaciones Negociables, o la manera en que los mismos serán determinados y/o informados, se especificarán en los Suplementos correspondientes. Método y Fecha Límite para Integrar y Entregar las Obligaciones Negociables. Para mayor información acerca del método y fecha límite para integrar y entregar las Obligaciones Negociables ver “De la Oferta y la Negociación – Plan de Distribución” del presente Prospecto. Resultado de la Colocación. El resultado de la colocación de las Obligaciones Negociables que se emitan en el marco del Programa será informado conforme con los requerimientos de las normas vigentes. 13 INFORMACIÓN CLAVE SOBRE LA EMISORA Información contable seleccionada La información contenida en esta sección ha sido seleccionada a partir de los estados contables consolidados a las fechas y para los ejercicios o períodos económicos indicados. Esta información debe ser leída en conjunto con, y hace total referencia a, las secciones “Factores de riesgo”, los estados contables consolidados para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 y las notas relacionadas. Los datos financieros seleccionados para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 derivan de los estados contables consolidados a dichas fechas que se encuentran disponibles en la AIF (Autopista de la Información Financiera). Para conocer acerca del modo de preparación y presentación de los estados financieros dirigirse a la sección “Presentación de Información Financiera”. Síntesis de resultados y de la situación patrimonial al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. ESTADO DE RESULTADOS CONSOLIDADOS Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 Ingresos financieros Egresos financieros Margen bruto de intermediación Cargo por incobrabilidad Ingresos por servicios Egresos por servicios Gastos de administración Utilidades / (Pérdidas) diversas netas Resultado antes del impuesto a las ganancias Impuesto a las ganancias Resultado del ejercicio Resultado por participación de terceros en entidades o empresas consolidadas RESULTADO NETO DEL EJERCICIO – GANANCIA Resultado neto por acción – Ganancia (2)(10) Resultado neto por ADS – Ganancia (2)(10) Dividendos declarados por acción ordinaria (10)(11) Dividendos declarados por ADS (10)(11) Promedio de acciones ordinarias (000s) (10) (en miles de Pesos) (1) 16.564.779 13.276.999 8.243.409 (7.121.001) (5.660.119) (3.253.810) 9.443.778 (637.017) 6.095.836 (2.420.780) (6.595.146) 84.357 7.616.880 (574.663) 4.678.533 (1.329.085) (5.607.097) 194.315 4.989.599 (453.264) 3.453.850 (955.329) (3.900.469) 65.731 5.971.028 (2.050.470) 4.978.883 (1.670.724) 3.200.118 (1.121.460) 3.920.558 (136.071) 3.308.159 (103.663) 2.078.658 (54.414) 3.784.487 7,05 21,15 1,67636 5,02908 536.878 3.204.496 5,97 17,91 0,74505 2,23515 536.878 2.024.244 3,77 11,31 0,05364 0,16092 536.878 BALANCES GENERALES CONSOLIDADOS Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de Pesos) (1) 27.970.286 12.560.154 12.881.781 14.422.191 11.633.489 3.459.935 56.563.321 41.442.840 36.468.194 11.780.400 8.652.423 5.713.714 110.736.198 74.288.906 58.523.624 Disponibilidades Títulos públicos y privados Préstamos, netos de previsiones Otros activos Total del activo Depósitos Otros pasivos y participación de terceros en entidades o empresas consolidadas Total del pasivo y participación de terceros en entidades o empresas consolidadas Capital social Primas de emisión Ajuste de patrimonio Reservas 14 76.864.493 20.155.342 97.019.835 51.442.877 12.514.153 63.957.030 43.759.465 7.607.979 51.367.444 536.878 182.511 312.979 8.899.508 536.878 182.511 312.979 6.095.012 536.878 182.511 312.979 4.099.568 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de Pesos) (1) 3.784.487 3.204.496 2.024.244 13.716.363 10.331.876 7.156.180 Resultados no asignados Total del patrimonio neto INDICES SELECCIONADOS Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 Rentabilidad Retorno sobre activos promedio (3) Retorno sobre patrimonio neto promedio (4) Ing. por servicios como porcentaje de gastos de administración Gastos de administración como porcentaje de activos promedio (5) 4.09% 31.47% 92.43% 7.13% 4.83% 36.65% 83.44% 8.44% 3.92% 32.95% 88.55% 7.55% Capital Patrimonio neto sobre activos totales Pasivos totales como múltiplo del patrimonio neto 12.39% 7.07x 13.91% 6.19x 12.23% 7.18x 1.92% 0.64% 298.90% 2.21% 0.99% 224.20% 1.94% 0.76% 254.16% Calidad de Cartera Previsiones por riesgo de incobrabilidad sobre préstamos totales Cartera morosa como porcentaje del total de préstamos antes de previsiones (6) Previsiones por incobrabilidad como porcentaje de la cartera morosa (6) Liquidez (7) Solvencia (8) Inmovilización (9) 55,15% 14,14% 21,19% 47,03% 16,15% 21,90% 37,34% 13,93% 20,76% (1) Excepto acciones, resultado neto por acción, resultado neto por ADS, dividendos declarados por acción y dividendos declarados por ADS y porcentajes. (2) Considera el promedio de las acciones ordinarias en circulación para cada ejercicio. Los dividendos en efectivo no reflejan ninguna deducción por ciertos cargos relacionados con ADRs. (3) Resultado neto como porcentaje de los activos promedio, computado como promedio entre los saldos al inicio y al cierre de cada ejercicio. (4) Resultado neto como porcentaje del patrimonio neto promedio, computado como promedio entre los saldos al inicio y al cierre de cada ejercicio. (5) Gastos de administración como porcentaje del promedio de activos, computado como promedio entre los saldos al inicio y al cierre de cada ejercicio. (6) Cartera morosa incluye los préstamos clasificados en las categorías “con problemas”, “riesgo medio”, “alto riesgo de insolvencia”, “riesgo alto”, “irrecuperables” e “irrecuperables por disposición técnica”, de acuerdo con las normas del Banco Central, como así también todos los préstamos contractualmente vencidos en 90 días o más. (7) Disponibilidades más títulos públicos y privados sobre depósitos. (8) Patrimonio neto sobre pasivo más participación de terceros en entidades o empresas consolidadas. (9) Bienes de uso, diversos e intangibles sobre patrimonio neto. (10) El promedio de las acciones ordinarias fue computado como el promedio de los doce meses anteriores al cierre del ejercicio. (11) Por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 los dividendos en efectivo autorizados por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 26 de abril de 2016 fueron de Ps. 900,0 millones. Por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 los dividendos en efectivo autorizados por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 7 de abril de 2015 fueron de Ps. 400,0 millones. Por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013 los dividendos en efectivo autorizados por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 10 de abril de 2014 fueron de Ps. 28,8 millones. Capitalización y endeudamiento En el cuadro siguiente se muestra la estructura patrimonial al 31 de diciembre de 2015 y 2014. 31/12/2015 31/12/2014 (en miles de pesos) Disponibilidades Títulos públicos y privados Préstamos, neto de previsiones Otros activos 27.970.286 14.422.191 56.563.321 11.780.400 15 12.560.154 11.633.489 41.442.840 8.652.423 31/12/2015 31/12/2014 (en miles de pesos) Total del activo 110.736.198 74.288.906 Depósitos Otros pasivos y participación de terceros en entidades o empresas consolidadas Endeudamiento garantizado Endeudamiento no garantizado Total del pasivo y participación de terceros en entidades o empresas consolidadas 76.864.493 20.155.342 51.442.877 12.514.153 — 20.155.342 97.019.835 — 12.514.153 63.957.030 Total del patrimonio neto 13.716.363 10.331.876 Información estadística seleccionada La siguiente información se incluye con fines analíticos y debe leerse junto con los estados contables consolidados al 31 de diciembre de 2015 y “Reseña y Perspectiva Operativa y Financiera” del presente. Esta información ha sido extraída de los registros contables del Banco, que se emiten de acuerdo con las normas contables del Banco Central. Balances y ganancia promedio de activos y pasivos que devengan interés Para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, los saldos promedio de activos y pasivos que devengan interés, incluyendo el interés relacionado ganado o pagado, fueron calculados sobre base mensual en el caso de la información financiera del Banco y sus subsidiarias. Los saldos promedio se han separado según fueran denominados en pesos o en dólares. Balances promedio, interés ganado sobre activos que devengan interés e interés pagado sobre pasivos que devengan interés Las siguientes tablas muestran los saldos promedio, los montos de interés y las tasas reales para activos que devengan interés y pasivos que devengan interés del Banco para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de Balance Promedio(1) ACTIVO Activos que devengan interés Títulos públicos (3) Pesos 12.923.77 5 Dólares 1.033.425 Total 13.957.20 0 Préstamos (4) Sector privado Pesos 45.436.59 1 Dólares 2.900.642 Total 48.337.23 3 Sector público Pesos 644.724 Dólares 16 Total 644.740 Depósitos a Banco Central Pesos 460.382 2015 Interés Ganado/ Pagado Tasa Real Promedio (2) 2014 Interés Tasa Real Balance Ganado/ Promedio Balance (1) (2) Promedio Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Real Promedio (2) 3.683.923 8.456 14,07% 36,10% 8.613.465 320.040 1.906.411 77.202 (4,79)% 26,96% 4.259.330 231.056 439.174 58.219 (3,84)% 44,66% 3.692.379 15,71% 8.933.505 1.983.613 (3,65)% 4.490.386 497.393 (1,34)% 9.381.990 84.964 (2,10)% 6,35% 6.263.679 72.599 5,16% 20,21% 9.466.954 (1,63)% 30.347.12 6 1.797.921 32.145.04 7 6.336.278 6,01% 11.263.27 1 127.178 11.390.44 9 10,78% 40,91% 12,58% 36.670.96 0 2.139.557 38.810.51 7 3.994 — (10,68)% 767.109 1 6.959 — (21,33)% — 784.655 588 4.982 — (12,27)% — 3.994 (10,68)% 767.110 6.959 (21,33)% 785.243 4.982 (12,27)% — — 226.182 — — 208.782 — — 16 Dólares Total Otros activos Pesos Dólares Total Total activos que devengan interés por operaciones continuas Pesos Dólares Total Total activos que devengan interés por operaciones discontinuas Pesos Dólares Total Total activos que devengan interés Pesos Dólares Total 5.074.517 5.534.899 — — — — 4.790.093 5.016.275 — — — — 2.946.513 3.155.295 — — — — 3.378.521 51 3.378.572 1.092.484 — 1.092.484 17,48% — 17,48% 3.015.240 5.094 3.020.334 958.053 (204) 957.849 2,73% (1,81)% 2,72% 2.582.950 865 2.583.815 805.843 (16) 805.827 14,37% 13,45% 14,37% 62.843.99 3 9.008.651 71.852.64 4 16.043.67 2 135.634 16.179.30 6 12.253.41 3 161.962 12.415.37 5 7.513.678 130.802 4,33% 18,59% 14,64% 49.292.95 6 7.254.785 56.547.74 1 7.644.480 5,97% 3.959 1.249 5.208 2.603 — 2.603 0,01% — — 24.217 544 24.761 5.404 92 5.496 12.964 — 12.964 0,01% (0,01)% 0,01% 62.847.95 2 9.009.900 71.857.85 2 16.046.27 5 135.634 16.181.90 9 49.317.17 3 7.255.329 56.572.50 2 12.258.81 7 162.054 12.420.87 1 7.526.642 130.802 4,34% 18,58% 7.657.444 5,98% Balance Promedio(1) Activos que no devengan interés Disponibilidades Pesos 8.696.014 Dólares 1.220.339 Total 9.916.353 Participación en otras sociedades Pesos 327.583 Dólares 2.495 Total 330.078 Bienes de uso y diversos, intangibles y partidas pendientes de imputación Pesos 2.603.963 Total 2.603.963 Previsiones para préstamos Pesos (1.294.206 ) Dólares (73.779) Total (1.367.985 ) Otros activos Pesos 2.686.067 Dólares 630.322 Total 3.316.389 2015 Interés Ganado/ Pagado 11,43% 37,03% 11,44% 37,03% 14,64% (1,73)% 38.182.84 3 4.976.943 43.159.78 6 — — — 43.123 1.625 44.748 (2,66)% 4,57% (2,66)% 4,57% (1,73)% 38.225.96 6 4.978.568 43.204.53 4 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Real Interés Tasa Real Promedio Balance Ganado/ Promedio Balance (2) (2) Promedio(1) Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Real Promedio (2) — — — — — — 6.503.640 725.297 7.228.937 — — — — — — 4.983.751 392.078 5.375.829 — — — — — — — — — — — — 275.845 2.175 278.020 — — — — — — 186.104 1.465 187.569 — — — — — — — — — — 1.881.671 1.881.671 — — — — 1.042.972 1.042.972 — — — — — — — (1.063.412) — (73.906) — — — — — — — — — — (1.137.318) — (992.499) (56.658) (1.049.157 — ) — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — 1.861.743 461.939 2.323.682 17 1.230.519 299.246 1.529.765 Total activos que no devengan interés por operaciones continuas Pesos 13.019.421 Dólares 1.779.377 Total 14.798.798 Total activos que no devengan interés por operaciones discontinuas Pesos 40.389 Dólares 86 Total 40.475 Total activos que no devengan interés Pesos 13.059.810 Dólares 1.779.463 Total 14.839.273 TOTAL ACTIVO POR OPERACIONES CONTINUAS Pesos 75.863.414 Dólares 10.788.028 Total 86.651.442 TOTAL ACTIVO POR OPERACIONES DISCONTINUAS Pesos 44.348 Dólares 1.335 Total 45.683 TOTAL ACTIVO Pesos 75.907.762 Dólares 10.789.363 Total 86.697.125 — — — — — — 9.459.487 1.115.505 10.574.992 — — — — — — 6.450.847 636.131 7.086.978 — — — — — — — — — — — — 40.108 (15) 40.093 — — — — — — 34.935 — 34.935 — — — — — — — — — — — — 9.499.595 1.115.490 10.615.085 — — — — — — 6.485.782 636.131 7.121.913 — — — — — — — — 58.752.443 8.370.290 7.513.678 130.802 — — — 67.122.733 12.253.41 3 161.962 12.415.37 5 7.644.480 — — — — 64.325 529 64.854 5.404 92 5.496 12.964 — 12.964 — — — — — 58.816.768 8.370.819 7.526.642 130.802 — — — 67.187.587 7.657.444 — 16.043.67 2 135.634 16.179.30 6 2.603 — 2.603 16.046.27 5 135.634 16.181.90 9 12.258.81 7 162.054 12.420.87 1 — 44.633.69 0 5.613.074 50.246.76 4 — — — 78.058 1.625 79.683 — — — — — 44.711.74 8 5.614.699 50.326.44 7 (1) Los balances promedios se obtienen de los balances de fin de mes. (2) Anualizado sobre 360 días. (3) Incluye ingresos financieros por títulos públicos y privados para todos los ejercicios. Están incluidas las utilidades y pérdidas que surgen de las variaciones en el precio de mercado de la cartera de compra–venta / intermediación del Banco de los títulos públicos y la tasa de la cartera de inversión. (4) Los montos de los préstamos son expresados antes de la deducción por previsiones. Los préstamos irregulares están incluidos como activos que devengan interés. Balance Promedio(1) PASIVO Pasivos que devengan interés Cajas de ahorro Pesos 12.196.22 8 Dólares 3.414.786 Total 15.611.01 4 Plazos fijos Pesos 23.126.10 5 Dólares 2.126.313 2015 Interés Ganado/ Pagado Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Real Interés Tasa Real Promedio Balance Ganado/ Promedio Balance (2) (1) (2) Promedio Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) 22.504 179 (11,07)% 35,00% 22.683 (0,99)% 9.008.762 2.055.453 11.064.21 5 5.116.213 47.027 8,41% 37,98% 18.770.01 1 1.529.879 18 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Real Promedio (2) 18.439 257 (21,88)% 2,30% 7.719.280 1.458.765 13.453 1.319 (12,68)% 15,65% 18.696 (17,39)% 9.178.045 14.772 (8,17)% 4.163.169 6.362 (4,75)% 2,71% 15.037.09 1 1.131.265 2.373.976 3.295 0,93% 15,89% Total Obligaciones con el Banco Central Pesos Dólares Total Obligaciones con otras entidades financieras Pesos Dólares Total 25.252.41 8 5.163.240 10,90% 20.299.89 0 4.169.531 (4,19)% 16.168.35 6 2.377.271 1,98% 179.478 6.290 185.768 5.186 — 5.186 (8,66)% — (8,37)% 174.668 2.703 177.371 7.248 — 7.248 (18,81)% — (18,52)% 132.961 3.291 136.252 6.145 — 6.145 (8,80)% — (8,59)% 119.123 630.548 749.671 339.350 36.515 375.865 241,65% 42,81% 74,41% 1.193.628 338.868 1.532.496 390.783 12.087 402.870 3,48% 5,94% 4,03% 23.577 113.219 136.796 393.905 393.905 8,28% 8,28% 1.674.170 1.674.170 310.596 310.596 (7,58)% (7,58)% 798.698 798.698 57.186 57.186 (6,59)% (6,59)% (151.726) — (151.726) (32,30)% — (28,16)% 1.213.596 70.714 1.284.310 (170.402) — (170.402) (32,99)% — (31,17)% 646.203 16.489 662.692 (87.956) — (87.956) (24,69)% — (24,08)% 5.725.432 83.721 2,13% 36,80% 4.719.833 18.706 (10,55)% 2,77% (3,27)% 15,91% 7,03% 4.738.539 (9,08)% 24.357.81 0 2.723.029 27.080.83 9 2.670.916 8.506 5.809.153 32.034.83 5 3.997.617 36.032.45 2 2.679.422 (1,34)% — — — — — — (5.651) (87) (5.738) (2.491) — (2.491) (0,01)% — — (17.152) — (17.152) 2.222 — 2.222 0,02% — 0,01% 5.725.432 83.721 2,13% 36,80% 4.717.342 18.706 (10,56)% 2,77% 2.673.138 8.506 (3,25)% 15,91% 5.809.153 7,03% 4.736.048 (9,08)% 2.681.644 (1,33)% Obligaciones negociables 1.792.624 Pesos 1.792.624 Total Otros pasivos Pesos 639.270 Dólares 93.840 Total 733.110 Total de pasivos que devengan interés por operaciones continuas Pesos 38.052.82 8 Dólares 6.271.777 Total 44.324.60 5 Total de pasivos que devengan interés por operaciones discontinuas Pesos (494) Dólares — Total (494) Total de pasivos que devengan interés Pesos 38.052.33 4 Dólares 6.271.777 Total 44.324.11 1 Balance Promedio(1) Pasivos que no devengan interés y patrimonio neto Depósitos a la vista Pesos 17.429.16 7 Dólares 1.377.380 Total 18.806.54 7 Otros pasivos Pesos 10.153.31 3 Dólares 1.423.064 Total 11.576.37 7 2015 Interés Ganado/ Pagado 32.029.18 4 3.997.530 36.026.71 4 24.340.65 8 2.723.029 27.063.68 7 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Real Interés Tasa Real Promedio Balance Ganado/ Promedio Balance (2) (1) (2) Promedio Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) — — — — — — 13.188.07 2 1.348.613 14.536.68 5 — — — — — — 10.348.99 3 846.636 11.195.62 9 — — — — 6.306.908 1.157.522 — — — — — — 7.464.430 — — 19 308.112 1,126,36% 3.892 19,52% 312.004 210,29% 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Real Promedio (2) — — — — — — 5.126.499 633.047 — — — — 5.759.546 — — Patrimonio neto Pesos Total 11.943.91 3 11.943.91 3 Total pasivos que no devengan interés y patrimonio neto por operaciones continuas Pesos 39.526.39 3 Dólares 2.800.444 Total 42.326.83 7 Total pasivos que no devengan interés y patrimonio neto por operaciones discontinuas Pesos 46.177 46.177 Total Total pasivos que no devengan interés y patrimonio neto Pesos 39.572.57 0 Dólares 2.800.444 Total 42.373.01 4 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO POR OPERACIONES CONTINUAS Pesos 77.579.22 1 Dólares 9.072.221 Total 86.651.44 2 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO POR OPERACIONES DISCONTINUAS Pesos 45.683 Dólares — Total 45.683 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO Pesos 77.624.90 4 Dólares 9.072.221 Total 86.697.12 5 (1) (2) — — 9.089.166 — — 6.210.750 — — — — 9.089.166 — — 6.210.750 — — — — — — — — — — — — — — — 21.686.24 2 1.479.683 23.165.92 5 — — — 28.584.14 6 2.506.135 31.090.28 1 — — — — — — 70.592 70.592 — — — — 96.835 96.835 — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — — 5.725.432 83.721 — — 4.719.833 18.706 — — — — — 4.738.539 — 46.044.05 2 4.202.712 50.246.76 4 2.670.916 8.506 5.809.153 60.618.98 1 6.503.752 67.122.73 3 2.679.422 — — — — — — — 64.941 (87) 64.854 (2.491) — (2.491) — — — 79.683 — 79.683 2.222 — 2.222 — — — 5.725.432 83.721 — — 4.717.342 18.706 — — 2.673.138 8.506 — — 5.809.153 — 4.736.048 — 2.681.644 — 28.654.73 8 2.506.135 31.160.87 3 60.683.92 2 6.503.665 67.187.58 7 21.783.07 7 1.479.683 23.262.76 0 46.123.73 5 4.202.712 50.326.44 7 Los balances promedios se obtienen de los balances de fin de mes. Anualizado sobre 360 días. Las siguientes tablas muestran los saldos promedio, los montos de interés y las tasas nominales para activos que devengan interés y pasivos que devengan interés del Banco para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. 20 2015 Balance Promedio(1) ACTIVO Activos que devengan interés Títulos públicos (3) Pesos 12.923.77 5 Dólares 1.033.425 Total 13.957.20 0 Préstamos (4) Sector privado Pesos 45.436.59 1 Dólares 2.900.642 Total 48.337.23 3 Sector público Pesos 644.724 Dólares 16 Total 644.740 Depósitos a Banco Central Pesos 460.382 Dólares 5.074.517 Total 5.534.899 Otros activos Pesos 3.378.521 Dólares 51 Total 3.378.572 Total activos que devengan interés por operaciones continuas Pesos 62.843.99 3 Dólares 9.008.651 Total 71.852.64 4 Total activos que devengan interés por operaciones discontinuas Pesos 3.959 Dólares 1.249 Total 5.208 Total activos que devengan interés Pesos 62.847.95 2 Dólares 9.009.900 Total 71.857.85 2 Interés Ganado/ Pagado 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Nominal Promedio (2) 3.683.923 8.456 28,51% 0,82% 8.613.465 320.040 1.906.411 77.202 22,13% 24,12% 4.259.330 231.056 439.174 58.219 10,31% 25,20% 3.692.379 26,46% 8.933.505 1.983.613 22,20% 4.490.386 497.393 11,08% 9.381.990 84.964 25,58% 3,97% 6.263.679 72.599 20,64% 4,04% 9.466.954 24,39% 30.347.12 6 1.797.921 32.145.04 7 6.336.278 19,71% 784.655 588 785.243 4.982 — 4.982 0,63% — 0,63% 11.263.27 1 127.178 11.390.44 9 24,79% 4,38% 23,56% 36.670.96 0 2.139.557 38.810.51 7 3.994 — 0,62% 767.109 1 6.959 — 3.994 0,62% 767.110 6.959 0,91% — 0,91% — — — — — — 226.182 4.790.093 5.016.275 — — — — — — 208.782 2.946.513 3.155.295 — — — — — — 1.092.484 — 1.092.484 32,34% 0,20% 32,34% 3.015.240 5.094 3.020.334 958.053 (204) 957.849 31,77% (4,00)% 31,71% 2.582.950 865 2.583.815 805.843 (16) 805.827 31,20% (1,81)% 31,19% 12.253.41 3 161.962 12.415.37 5 7.513.678 130.802 19,68% 2,63% 22,52% 49.292.95 6 7.254.785 56.547.74 1 7.644.480 17,71% — — — 24.217 544 24.761 5.404 92 5.496 12.964 — 12.964 0,01% — 0,01% 49.317.17 3 7.255.329 56.572.50 2 12.258.81 7 162.054 12.420.87 1 7.526.642 130.802 19,69% 2,63% 7.657.444 17,72% 16.043.67 2 135.634 16.179.30 6 2.603 — 2.603 16.046.27 5 135.634 16.181.90 9 2015 Balance Promedio(1) Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Tasa Nominal Interés Nominal Promedio Balance Ganado/ Promedio Balance (2) (2) Promedio(1) Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) Interés Ganado/ Pagado 25,53% 1,51% 25,53% 1,51% 22,52% 21,96% 38.182.84 3 4.976.943 43.159.78 6 — — — 43.123 1.625 44.748 24,86% 2,23% 24,86% 2,23% 21,96% 38.225.96 6 4.978.568 43.204.53 4 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Tasa Nominal Interés Nominal Promedio Balance Ganado/ Promedio Balance (2) (2) Promedio(1) Pagado Promedio(1) 21 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Nominal Promedio (2) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) Activos que no devengan interés Disponibilidades Pesos 8.696.014 — Dólares 1.220.339 — Total 9.916.353 — Participación en otras sociedades Pesos 327.583 — Dólares 2.495 — Total 330.078 — Bienes de uso y diversos, intangibles y partidas pendientes de imputación Pesos 2.603.963 — Total 2.603.963 — Previsiones para préstamos Pesos (1.294.206) — Dólares (73.779) — Total (1.367.985 ) — Otros activos Pesos 2.686.067 — Dólares 630.322 — Total 3.316.389 — Total activos que no devengan interés por operaciones continuas Pesos 13.019.421 — Dólares 1.779.377 — Total 14.798.798 — Total activos que no devengan interés por operaciones discontinuas Pesos 40.389 — Dólares 86 — Total 40.475 — Total activos que no devengan interés Pesos 13.059.810 — Dólares 1.779.463 — Total 14.839.273 — TOTAL ACTIVO POR OPERACIONES CONTINUAS Pesos 16.043.67 75.863.414 2 Dólares 10.788.028 135.634 Total 16.179.30 6 86.651.442 TOTAL ACTIVO POR OPERACIONES DISCONTINUAS Pesos 44.348 2.603 Dólares 1.335 — Total 45.683 2.603 TOTAL ACTIVO Pesos 16.046.27 75.907.762 5 — — — 6.503.640 725.297 7.228.937 — — — — — — 4.983.751 392.078 5.375.829 — — — — — — — — — 275.845 2.175 278.020 — — — — — — 186.104 1.465 187.569 — — — — — — — — 1.881.671 1.881.671 — — — — 1.042.972 1.042.972 — — — — — (1.063.412) — (73.906) — — — — (992.499) (56.658) — — — — — (1.137.318) — — (1.049.157) — — — — — 1.861.743 461.939 2.323.682 — — — — — — 1.230.519 299.246 1.529.765 — — — — — — — 9.459.487 — 1.115.505 — 10.574.992 — — — — — — 6.450.847 636.131 7.086.978 — — — — — — — — — 40.108 (15) 40.093 — — — — — — 34.935 — 34.935 — — — — — — — 9.499.595 — 1.115.490 — 10.615.085 — — — — — — 6.485.782 636.131 7.121.913 — — — — — — — — 44.633.690 5.613.074 7.513.678 130.802 — — — 50.246.764 7.644.480 — — 58.752.443 — 8.370.290 — 67.122.733 — — — 12.253.41 3 161.962 12.415.37 5 64.325 529 64.854 5.404 92 5.496 — — — 78.058 1.625 79.683 12.964 — 12.964 — — — — 58.816.768 12.258.81 7 — 44.711.748 7.526.642 — 22 Dólares Total 10.789.363 86.697.125 135.634 16.181.90 9 — 8.370.819 — 67.187.587 162.054 12.420.87 1 — 5.614.699 130.802 — — 50.326.447 7.657.444 — (1) Los balances promedios se obtienen de los balances de fin de mes. (2) Anualizado sobre 360 días. (3) Incluye ingresos financieros por títulos públicos y privados para todos los ejercicios. Están incluidas las utilidades y pérdidas que surgen de las variaciones en el precio de mercado de la cartera de compra–venta / intermediación del Banco de los títulos públicos y la tasa de la cartera de inversión. (4) Los montos de los préstamos son expresados antes de la deducción por previsiones. Los préstamos irregulares están incluidos como activos que devengan interés. 2015 Balance Promedio(1) PASIVO Pasivos que devengan interés Cajas de ahorro Pesos 12.196.22 8 Dólares 3.414.786 Total 15.611.01 4 Plazos fijos Pesos 23.126.10 5 Dólares 2.126.313 Total 25.252.41 8 Obligaciones con el Banco Central Pesos 179.478 Dólares 6.290 Total 185.768 Obligaciones con otras entidades financieras Pesos 119.123 Dólares 630.548 Total 749.671 Obligaciones negociables 1.792.624 Pesos 1.792.624 Total Otros pasivos Pesos 639.270 Dólares 93.840 Total 733.110 Total de pasivos que devengan interés por operaciones continuas Pesos 38.052.82 8 Dólares 6.271.777 Total 44.324.60 5 Total de pasivos que devengan interés por operaciones discontinuas Pesos (494) Dólares — Interés Ganado/ Pagado Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Tasa Nominal Interés Nominal Promedio Balance Ganado/ Promedio Balance (2) (2) Promedio(1) Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) 22.504 179 0,18% 0,01% 9.008.762 2.055.453 11.064.21 5 22.683 0,15% 5.116.213 47.027 22,12% 2,21% 5.163.240 20,45% 18.770.01 1 1.529.879 20.299.89 0 5.186 — 5.186 2,89% — 2,79% 339.350 36.515 375.865 2013 Interés Ganado/ Pagado Tasa Nominal Promedio (2) 18.439 257 0,20% 0,01% 7.719.280 1.458.765 13.453 1.319 0,17% 0,09% 18.696 0,17% 9.178.045 14.772 0,16% 4.163.169 6.362 22,18% 0,42% 2.373.976 3.295 15,79% 0,29% 4.169.531 20,54% 15.037.09 1 1.131.265 16.168.35 6 2.377.271 14,70% 174.668 2.703 177.371 7.248 — 7.248 4,15% — 4,09% 132.961 3.291 136.252 6.145 — 6.145 4,62% — 4,51% 284,67% 5,79% 50,14% 1.193.628 338.868 1.532.496 390.783 12.087 402.870 32,74% 3,57% 26,29% 23.577 113.219 136.796 308.112 3.892 312.004 1,306,83 % 3,44% 228,08% 393.905 393.905 21,97% 21,97% 1.674.170 1.674.170 310.596 310.596 18,55% 18,55% 798.698 798.698 57.186 57.186 7,16% 7,16% (151.726) — (151.726) (23,73)% — (20,70)% 1.213.596 70.714 1.284.310 (170.402) — (170.402) (14,04)% — (13,27)% 646.203 16.489 662.692 (87.956) — (87.956) (13,61)% — (13,27)% 5.725.432 83.721 15,05% 1,33% 4.719.833 18.706 14,73% 0,47% 10,97% 0,31% 13,11% 4.738.539 13,15% 24.357.81 0 2.723.029 27.080.83 9 2.670.916 8.506 5.809.153 32.034.83 5 3.997.617 36.032.45 2 2.679.422 9,89% — — — — (5.651) (87) (2.491) — — — (17.152) — 2.222 — 0,01% — 23 Total (494) Total de pasivos que devengan interés Pesos 38.052.33 4 Dólares 6.271.777 Total 44.324.11 1 — — 5.725.432 83.721 15,05% 1,33% 5.809.153 13,11% (5.738) 32.029.18 4 3.997.530 36.026.71 4 (2.491) — 4.717.342 18.706 14,73% 0,47% 4.736.048 13,15% (17.152) 24.340.65 8 2.723.029 27.063.68 7 2.222 0,02% 2.673.138 8.506 10,98% 0,31% 2.681.644 9,91% Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 Balance Promedio(1) Pasivos que no devengan interés y patrimonio neto Depósitos a la vista Pesos 17.429.16 7 Dólares 1.377.380 Total 18.806.54 7 Otros pasivos Pesos 10.153.31 3 Dólares 1.423.064 Total 11.576.37 7 Patrimonio neto Pesos 11.943.91 3 Total 11.943.91 3 Total pasivos que no devengan interés y patrimonio neto por operaciones continuas Pesos 39.526.39 3 Dólares 2.800.444 Total 42.326.83 7 Total pasivos que no devengan interés y patrimonio neto por operaciones discontinuas Pesos 46.177 Total 46.177 Total pasivos que no devengan interés y patrimonio neto Pesos 39.572.57 0 Dólares 2.800.444 Total 42.373.01 4 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO POR OPERACIONES CONTINUAS 2014 Interés Ganado/ Pagado Tasa Nominal Promedio (2) 2013 Tasa Nominal Promedio Interés Balance Ganado/ Balance (1) (2) Promedio Pagado Promedio(1) (en miles de Pesos, excepto porcentajes) — — — — — — 13.188.07 2 1.348.613 14.536.68 5 — — — — — — 10.348.99 3 846.636 11.195.62 9 — — — — 6.306.908 1.157.522 — — — — — — 7.464.430 — — — 9.089.166 — — 9.089.166 — — — — — — 28.584.14 6 2.506.135 31.090.28 1 — — — — 70.592 70.592 — — — — — — 28.654.73 8 2.506.135 31.160.87 3 24 Interés Ganado/ Pagado Tasa Nominal Promedio (2) — — — — — — 5.126.499 633.047 — — — — — 5.759.546 — — — — 6.210.750 — — — — 6.210.750 — — — — — — — — — — — — 21.686.24 2 1.479.683 23.165.92 5 — — — — — — 96.835 96.835 — — — — — — — — — — — — — — — — 21.783.07 7 1.479.683 23.262.76 0 Pesos Dólares Total TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO POR OPERACIONES DISCONTINUAS Pesos Dólares Total TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO Pesos Dólares Total (1) (2) 77.579.22 1 9.072.221 86.651.44 2 5.725.432 83.721 — — 5.809.153 — 60.618.98 1 6.503.752 67.122.73 3 — — — — — — 64.941 (87) 64.854 5.725.432 83.721 — — 5.809.153 — 45.683 — 45.683 77.624.90 4 9.072.221 86.697.12 5 60.683.92 2 6.503.665 67.187.58 7 4.719.833 18.706 — — 4.738.539 — 46.044.05 2 4.202.712 50.246.76 4 (2.491) — (2.491) — — — 79.683 — 79.683 4.717.342 18.706 — — 4.736.048 — 46.123.73 5 4.202.712 50.326.44 7 2.670.916 8.506 — — 2.679.422 — 2.222 — 2.222 — — — 2.673.138 8.506 — — 2.681.644 — Los balances promedios se obtienen de los balances de fin de mes. Anualizado sobre 360 días. Evolución en los ingresos por intereses y egresos por intereses; análisis de volumen y tasa Las siguientes tablas asignan, por moneda de denominación, la evolución en los ingresos financieros por interés y egresos financieros por interés del Banco ante los cambios en el volumen promedio de activos que devengan interés y pasivos que pagan interés, y los cambios en sus respectivas tasas de interés nominal para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 comparado con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 y para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 comparado con el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013. Las variaciones de volumen y tasas han sido calculadas sobre la base de los movimientos en los saldos promedio del ejercicio y la evolución en las tasas de interés nominal sobre activos y pasivos promedio que devengan interés. El cambio neto, atribuible a cambios tanto en volumen como en tasa, ha sido asignado al volumen. La negociación y el rendimiento sobre los títulos públicos destinados a compraventa o intermediación y los resultados de las cuentas de inversión, se incluyen en el cómputo de ingresos por intereses en todos los ejercicios. Diciembre 2015 / Diciembre 2014 Ganancia (pérdida) debido a cambios en Volumen ACTIVO Activos que devengan interés Títulos públicos Pesos Dólares Total Préstamos Sector privado Pesos Dólares Total Sector público Pesos Total Otros activos Pesos Dólares Total Total activos que devengan interés por operaciones continuas Pesos Tasa Diciembre 2014 / Diciembre 2013 Ganancia (pérdida) debido a cambios en Variación Neta Volumen (en miles de Pesos) Tasa Variación Neta 1.228.654 5.837 1.234.491 548.858 (74.583) 474.275 1.777.512 (68.746) 1.708.766 963.698 21.465 985.163 503.539 (2.482) 501.057 1.467.237 18.983 1.486.220 2.172.912 33.370 2.206.282 (291.631) 8.844 (282.787) 1.881.281 42.214 1.923.495 1.617.905 13.566 1.631.471 1.500.406 (1.201) 1.499.205 3.118.311 12.365 3.130.676 (758) (758) (2.207) (2.207) (2.965) (2.965) (160) (160) 2.137 2.137 1.977 1.977 117.471 (10) 117.461 16.960 214 17.174 134.431 204 134.635 137.354 (169) 137.185 14.856 (19) 14.837 152.210 (188) 152.022 3.518.279 271.980 3.790.259 2.718.797 2.020.938 4.739.735 25 Dólares Total Total activos que devengan interés por operaciones discontinuas Pesos Dólares Total Total activos que devengan interés Pesos Dólares Total 39.197 3.557.476 (65.525) 206.455 (26.328) 3.763.931 34.862 2.753.659 (3.702) 2.017.236 31.160 4.770.895 (5.827) (1) (5.828) 3.026 (91) 2.935 (2.801) (92) (2.893) (4.933) (271) (5.204) (2.627) 363 (2.264) (7.560) 92 (7.468) 3.512.452 39.196 3.551.648 275.006 (65.616) 209.390 3.787.458 (26.420) 3.761.038 2.713.864 34.591 2.748.455 2.018.311 (3.339) 2.014.972 4.732.175 31.252 4.763.427 Diciembre 2015 / Diciembre 2014 Ganancia (pérdida) debido a cambios en Volumen PASIVO Pasivos que devengan interés Cajas de ahorro Pesos Dólares Total Plazos fijos Pesos Dólares Total Obligaciones con el Banco Central Pesos Dólares Total Obligaciones con otras entidades financieras Pesos Dólares Total Obligaciones negociables Pesos Total Otros pasivos Pesos Total Total de pasivos que devengan interés por operaciones continuas Pesos Dólares Total Total de pasivos que devengan interés por operaciones discontinuas Pesos Total Total de pasivos que devengan interés Pesos Dólares Total Tasa Diciembre 2014 / Diciembre 2013 Ganancia (pérdida) debido a cambios en Variación Neta Volumen (en miles de Pesos) Tasa Variación Neta 5.881 71 5.952 (1.816) (149) (1.965) 4.065 (78) 3.987 2.640 74 2.714 2.346 (1.136) 1.210 4.986 (1.062) 3.924 963.703 13.191 976.894 (10.659) 27.474 16.815 953.044 40.665 993.709 827.958 1.658 829.616 961.235 1.409 962.644 1.789.193 3.067 1.792.260 139 — 139 (2.201) — (2.201) (2.062) — (2.062) 1.730 — 1.730 (627) — (627) 1.103 — 1.103 (3.060.972) 16.891 (3.044.081) 3.009.539 7.537 3.017.076 (51.433) 24.428 (27.005) 383.064 8.049 391.113 (300.393) 146 (300.247) 82.671 8.195 90.866 26.028 26.028 57.281 57.281 83.309 83.309 162.420 162.420 90.990 90.990 253.410 253.410 136.312 136.312 (117.636) (117.636) 18.676 18.676 (79.669) (79.669) (2.777) (2.777) (82.446) (82.446) (1.928.909) 30.153 (1.898.756) 2.934.508 34.862 2.969.370 1.005.599 65.015 1.070.614 1.298.143 9.781 1.307.924 750.774 419 751.193 2.048.917 10.200 2.059.117 1.811 1.811 680 680 2.491 2.491 2.143 2.143 (6.856) (6.856) (4.713) (4.713) (1.927.098) 30.153 (1.896.945) 2.935.188 34.862 2.970.050 1.008.090 65.015 1.073.105 1.300.286 9.781 1.310.067 743.918 419 744.337 2.044.204 10.200 2.054.404 Activos que devengan interés: margen de interés neto y spread 26 La siguiente tabla analiza, por moneda de denominación, los niveles de activos promedio que devengan interés y la ganancia de interés neta del Banco e ilustra los márgenes y “spreads” comparativos para cada ejercicio indicado. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de Pesos, excepto porcentajes) Activos promedio que devengan intereses Pesos Dólares Total Ingresos financieros netos (1) Pesos Dólares Total Margen financiero neto (2) Pesos Dólares Tasa promedio ponderada Margen de interés, base nominal (3) Pesos Dólares Tasa promedio ponderada (1) (2) (3) 62.847.952 9.009.900 71.857.852 49.317.173 7.255.329 56.572.502 38.225.966 4.978.568 43.204.534 10.320.843 51.913 10.372.756 7.541.475 143.348 7.684.823 4.853.504 122.296 4.975.800 16,42% 0,58% 14,44% 15,29% 1,98% 13,58% 12,70% 2,46% 11,52% 10,49% 0,17% 9,41% 10,13% 1,77% 8,81% 8,71% 2,31% 7,82% Ingreso financiero neto es definido como los intereses ganados menos los intereses pagados. Se encuentran incluidos los resultados por la cartera de compra-venta / intermediación de títulos públicos. El margen financiero neto equivale al ingreso financiero neto como un porcentaje de los activos promedio que devengan intereses. El margen de la tasa sobre base nominal, es definido como la diferencia entre la tasa nominal promedio sobre activos que devengan intereses y el promedio de la tasa nominal de los pasivos que devengan intereses. Retorno sobre capital y activos La siguiente tabla presenta cierta información financiera seleccionada y los ratios del Banco para los ejercicios indicados. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de Pesos, excepto porcentajes) Resultado del ejercicio Activo promedio (1) Patrimonio neto promedio (1) Patrimonio neto al cierre del ejercicio Resultado del ejercicio como porcentaje de: Activos promedio Patrimonio neto promedio Dividendos declarados (2) Ratio de pago dividendos declarados (3) Patrimonio neto promedio como porcentaje de los activos totales promedio (1) (2) (3) 3.784.487 92.512.552 12.024.120 13.716.363 3.204.496 66.406.265 8.744.028 10.331.876 2.024.244 51.654.102 6.144.058 7.156.180 4,09% 31,47% 900.000 23,78% 13,00% 4,83% 36,65% 400.000 12,48% 13,17% 3,92% 32,95% 28.800 1,42% 11,89% Se calcula como el promedio del saldo al inicio y al final del ejercicio. Por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 los dividendos en efectivo autorizados por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 26 de abril de 2016 fueron de Ps. 900,0 millones. Por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 los dividendos en efectivo autorizados por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 7 de abril de 2015 fueron de Ps. 400,0 millones. Por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013 los dividendos en efectivo autorizados por la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas del 10 de abril de 2014 fueron de Ps. 28,8 millones. Dividendos declarados como porcentaje del resultado neto. Desde abril del 2002 el Banco Central ha suspendido el pago de dividendos. A partir del 2 junio de 2004, a las entidades financieras se les permitió realizar distribuciones las cuales no tendrán efecto sin la previa autorización del Banco Central y con la condición que ciertos requisitos sean cumplidos. Cartera de inversión: títulos públicos y títulos privados 27 El Banco posee, administra y negocia una cartera de títulos emitidos por el Gobierno Nacional y por otros gobiernos y emisores privados. La siguiente tabla indica la inversión del Banco en títulos públicos argentinos y títulos privados al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, por clase y por moneda de denominación. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Títulos públicos En pesos: Tenencias registradas a valor razonable de mercado Bonos de consolidación de deuda previsional (BOCON) Bonos argentinos Otros títulos de deuda Tenencias registradas a costo más rendimiento Otros títulos de deuda Instrumentos emitidos por el Banco Central Letras del Banco Central (LEBAC) Notas del Banco Central (NOBAC) Total títulos públicos en pesos En moneda extranjera: Tenencias registradas a valor razonable de mercado Bonos argentinos Instrumentos emitidos por el Banco Central Letras del Banco Central (LEBAC) Total títulos públicos en moneda extranjera Total títulos públicos Inversiones en títulos privados con cotización Acciones Fondos comunes de inversión Total títulos privados Subtotal títulos públicos y privados Previsión Total títulos públicos y privados Obligaciones negociables—Sin cotización 21.120 2.873.474 2.458 43.400 2.482.705 608 31.040 1.079.408 393 164 164 164 11.065.745 — 13.962.961 8.630.056 — 11.156.933 1.273.092 135.395 2.519.492 326.126 415.760 871.590 20.835 346.961 14.309.922 — 415.760 11.572.693 — 871.590 3.391.082 174 112.307 112.481 14.422.403 (212) 14.422.191 178 60.819 60.997 11.633.690 (201) 11.633.489 48.653 90 68.959 69.049 3.460.131 (196) 3.459.935 3.401 200.894 La siguiente tabla analiza los vencimientos pendientes de la cartera de títulos públicos y privados del Banco al 31 de diciembre de 2015 de acuerdo con las condiciones de emisión de los mismos. Hasta 1 año Títulos públicos En pesos: Tenencias registradas a valor razonable de mercado Bonos de consolidación de deuda previsional (BOCON) (*) Bonos argentinos (*) Otros títulos de deuda Tenencias registradas a costo más rendimiento Otros títulos de deuda Instrumentos emitidos por el Banco Central Letras del Banco Central (LEBAC) (*) Total títulos públicos en pesos Vencimiento Más de 1 y Más de 5 y Más de 10 hasta 5 años hasta 10 años años Valor de Libros (en miles de Pesos, excepto porcentajes) Total 2.560 467.967 983 10.240 1.973.376 1.475 8.320 86.426 — — 345.705 — 21.120 2.873.474 2.458 164 — — — 164 — — — 11.065.745 1.985.091 94.746 345.705 13.962.961 11.065.74 5 11.537.41 9 En moneda extranjera: 28 Hasta 1 año Tenencias registradas a valor razonable de mercado Bonos argentinos (*) Instrumentos emitidos por el Banco Central Letras del Banco Central (LEBAC) (*) Total títulos públicos en moneda extranjera Total títulos públicos Obligaciones negociables—Sin cotización TIR Promedio (para los títulos indicados con *) Vencimiento Más de 1 y Más de 5 y Más de 10 hasta 5 años hasta 10 años años Valor de Libros (en miles de Pesos, excepto porcentajes) Total 240.543 81.273 1.436 2.874 326.126 20.835 — — — 20.835 261.378 11.798.79 7 27.579 0,44% 81.273 1.436 2.874 346.961 2.066.364 173.315 23,32% 96.182 — 3,58% 348.579 — 3,84% 14.309.922 200.894 Cartera de préstamos La siguiente tabla analiza los préstamos del Banco, por clase de préstamo, al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. Los préstamos se indican antes de la deducción de la previsión por riesgo de incobrabilidad. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Capitales Adelantos (1) Documentos descontados y comprados (2) Hipotecarios Personales (3) Sector financiero (4) Sector público no financiero (5) Diversos Menos: Intereses documentados y cobros no aplicados (6) Más: Intereses Devengados y diferencia de cotización Menos: Previsiones Total (1) (2) (3) (4) (5) (6) 6.739.426 9.559.666 2.122.955 30.234.396 1.743.165 66.799 6.510.536 6.861.786 6.035.048 1.466.346 21.253.033 1.127.116 54.459 5.025.304 6.552.258 5.476.961 1.243.900 16.907.751 1.871.093 40.915 4.647.736 (216.365) (133.912) (132.213) 908.684 691.454 582.255 (1.105.941) 56.563.321 (937.794) 41.442.840 (722.462) 36.468.194 Adelantos incluye préstamos a corto y largo plazo a empresas y sobregiros. Documentos descontados y comprados instrumentados en pagarés. Préstamos personales incluye tarjetas de crédito y otros préstamos de consumo. Los sobregiros a individuos están incluidos en “Adelantos”. Sector Financiero incluye préstamos a entidades financieras. Incluye préstamos al sector público que están garantizados por la recaudación de la coparticipación federal de impuestos. Intereses documentados sobre documentos descontados. La siguiente tabla indica la porción de los préstamos totales que son garantizados: Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Garantías autoliquidables Garantías preferidas Total 1.506.208 5.901.564 7.407.772 Gestión del Riesgo Panorama General 29 1.098.205 4.799.288 5.897.493 412.176 4.484.338 4.896.514 La Dirección de Riesgos establece las políticas y estrategias en materia de gestión de riesgos. Los riesgos asumidos deben ser compatibles con el nivel de solvencia objetivo, tienen que estar identificados, medidos y valorados y deben existir procedimientos para su seguimiento y gestión, además de sólidos mecanismos de control y mitigación. La Dirección de Riesgos reporta al Director Ejecutivo y está conformada por cinco áreas principales: • • • • • • Gerencia de Riesgos Minorista: conformada por las áreas de Admisión, Seguimiento Central y Políticas y Herramientas. Gerencia de Riesgos Empresas y Mayoristas: conformado por las áreas de Admisión Interior, Metro, Corporativa y Seguimiento, Políticas y Herramientas. Gerencia de Recuperación: conformado por Gestión de Contenciosos, Gestión Intensiva y Gestión Segmentos específicos. Sub Gerencia de Secretaría técnica y reporting. Sub Gerencia de Validación, Control Interno y Gestión de Riesgo Operacional. Gerencia de Riesgos Financieros: Riesgo de Mercado (incluyendo Riesgo de Crédito en Sala y Valoración), Riesgos Estructurales (Riesgo de Tasa, Riesgo de Liquidez y Riesgo de Cambio), Escenarios de estrés y Riesgos no bancarios. La Dirección de Riesgos representa al Banco como miembro de la Comisión de Riesgos en la Asociación de Bancos de la Argentina (ABA). Gestión integral La Dirección de Riesgos de BBVA Francés continúa adecuando su modelo de gestión integral mediante el acondicionamiento de las estructuras y la mejora de las políticas, con el objetivo de facilitar una solución óptima a los requerimientos de los clientes y a los cambios del entorno, ajustándose a las exigencias del organismo regulador. Asimismo, se encuentra orientada a la mejora constante de herramientas y procesos, poniendo foco en la detección, monitoreo y mitigación de cada uno de los riesgos en los que incurra la Entidad. Este modelo permite cumplir de manera satisfactoria los lineamientos establecidos por el BCRA en sus comunicaciones. Riesgos está formado por tres grandes grupos: • Riesgo de Crédito: es la posibilidad de que una contraparte no cumpla sus obligaciones contractuales relacionadas con una operación concreta. • Riesgo Financiero: es la posibilidad de pérdidas generadas por la variación de los precios de mercado o de la calidad crediticia que determinan el valor de los activos y pasivos de la Entidad. • Riesgo Operacional: es aquél que puede provocar pérdidas como resultado de errores humanos, procesos internos inadecuados o defectuosos, fallos en los sistemas y como consecuencia de acontecimientos externos. Esta definición excluye el riesgo estratégico y/o de negocio y el riesgo reputacional. El objetivo del área es asegurar la calidad de la cartera mediante el control en la generación de negocios y la optimización del recupero de créditos bajo los estándares de mejores prácticas. Esto sin descuidar el foco principal que es el cliente, con especial énfasis en no inducir su sobreendeudamiento. Ratios y performance del riesgo de crédito La evolución de los ratios de mora y cobertura muestran un buen comportamiento de la cartera de riesgo de crédito, situación que se viene manteniendo en los últimos años. El ratio de cobertura alcanzó 298,9% a diciembre 2015, mientras que el de mora 0,64%, manteniendo el liderazgo en calidad de riesgo en el sistema financiero. 30 Unidades de Gestión Las distintas unidades de riesgos dan soporte a la gestión de las bancas comerciales, tanto en la admisión como en el seguimiento y recuperación de los créditos. El modelo está construido en base a la estructura de negocio de la Entidad. Riesgos Minoristas Se encarga de la gestión de los clientes de Banca Minorista y PyMEs, incluida la admisión por medio de herramientas predictivas/estadísticas, tanto reactivas como comportamentales, la admisión de casos especiales, la administración de herramientas y políticas y el seguimiento de cartera. Con esta configuración, se continuó el desarrollo de métodos y herramientas que facilitan la gestión del riesgo en forma automatizada, lo que supone un cambio cualitativo en la oferta proactiva, logrando una mayor descentralización en la toma de decisiones crediticias y permitiendo a los equipos de admisión reactiva mejorar su aporte de valor, ambos aspectos de gran relevancia para la banca comercial. En la actualidad, se utiliza una metodología por grupos de riesgos, que permite una oferta más personalizada en admisión y una mejor capacidad de gestión de recobro problemático. A esta metodología se le ha incorporado también la diferenciación regional, tanto en ingresos mínimos, asistencia crediticia por producto como por poder adquisitivo diferenciado. En el año 2013 se pusieron en producción scorings reactivos y proactivos reestimados, con la finalidad de lograr mayor discriminación de los riesgos. Luego, durante 2014, se incorporó una herramienta de evaluación reactiva para personas jurídicas, la cual permite la descentralización de las decisiones crediticias más estándares y a empresas con mejor perfil. En 2015, se inició la reestimación del score proactivo y la aplicación de nuevos predictores de ingresos, utilizando variables comportamentales específicas, las cuales mejoran el poder predictivo de los modelos que se implementarán durante 2016. Por último, uno de los desarrollos más importantes del año estuvo relacionado con la posibilidad de realizar evaluaciones crediticias a través de motores de evaluación online, en los cuales se incorporaron las políticas de crédito de la Entidad, los mismos se pueden utilizar tanto en la página web, en desarrollos específicos de campañas y en puntos de venta. Dada la relevancia que ha ganado la venta proactiva, se han instaurado mecanismos que controlan la calidad de las ofertas pre-aprobadas durante toda su vigencia. En el segmento PyME, se realizaron intensas campañas de calificación de clientes por medio de métodos de preaprobación, mejorando la oferta y haciéndola más flexible, habiéndose incorporado durante 2015 ofertas preaprobadas para no clientes bancarizados en el sistema financiero. En cuanto al seguimiento y monitoreo del riesgo, continuamos gestionando de manera diferenciada los colectivos fast-tracks (clientes con alta probabilidad de incurrir en mora), aplicando una política de admisión y seguimiento diferenciada. Riesgos Empresas y Corporativa Con el objetivo de solventar las necesidades que presenta el negocio, se ha logrado una estructura dinámica, cercana a los requerimientos del entorno, siempre teniendo presentes los principios de prudencia, anticipación y diversificación, preceptos necesarios para mantener la excelencia en calidad de riesgos. En 2015 se consolidó el proceso de acercar al cliente la decisión de riesgos, a fin de satisfacer de manera eficiente sus necesidades, a través de un esquema que contempla la regionalización de Riesgos de Empresas y la delegación de facultades; actuando de manera rápida y eficiente. Con respecto a las líneas de inversión productiva, se cumplieron los objetivos planteados por el BCRA. en esta materia. Asimismo, se continuó con el proceso de colocación de productos mediante campañas especiales y líneas de calificación pre-aprobadas para determinados colectivos de clientes. 31 En Banca Corporativa se continuó priorizando la coordinación de los equipos comerciales y de riesgos, tratando de mejorar los tiempos de respuesta y teniendo como objetivo satisfacer las exigencias del negocio, manteniendo la calidad de riesgo. Con respecto a la mejora e innovación de herramientas para la decisión de riesgos mayoristas, durante 2015 se implementó el “Site de Riesgos Mayoristas”, un espacio de comunicación con las áreas comerciales que agiliza notablemente la gestión personalizada al cliente interno. Se consolidó el uso de la herramienta Risk Analyst, abarcativa del colectivo de grandes empresas y corporaciones, la cual brinda un análisis distintivo por diferentes templates de riesgos. Asimismo, se actualizó la “Ficha de Rentabilidad de Cliente", la cual contiene resultados de rentabilidad y reciprocidad. Por otra parte se continuó con el uso del modelo de Rating para Empresas implantado durante 2014, realizando el seguimiento del mismo, para medir el grado de discriminación del modelo y establecer etapas futuras de mejoras. En materia de seguimiento del riesgo, se instauró un proceso que nos permite efectuar el análisis de la exposición al riesgo dispuesto por sectores, la herramienta Asset Allocation brinda información mensual con la cual se puede monitorear la concentración en las distintas actividades económicas, a fin de poder tomar decisiones de manera veloz y efectiva. Asimismo, en los comités de seguimiento, de periodicidad quincenal, se analizan y definen rumbos a seguir, tanto de casos particulares como de temas específicos vinculados a la política de Riesgo de Crédito Mayorista. Recuperaciones Esta área se encarga de la mitigación de la severidad desde su ingreso a cartera irregular, tanto de deudas de la Entidad como así también de las empresas vinculadas (PSA Finance y Rombo Credit Finance). La metodología de trabajo del área es la de gestionar de manera permanente, buscando automatizaciones y mejoras en los procesos con los recursos existentes, generando menores tiempos de respuesta, mayores niveles de especialización y aumento de la rentabilidad medida en cobros por recurso, como así también mejoras en la eficiencia, teniendo en consideración la absorción de mayores niveles de trabajo, medido en cantidad de altas a non-perfoming por recurso. Las distintas funciones o Equipos de Gestión se dividen en clusters y se reagrupan de manera que sean los responsables de la mayor parte de sus procesos. Adicionalmente la Gerencia posee un área transversal (Políticas, Herramientas y Seguimiento) que da soporte brindando soluciones y servicio de manera que cada equipo cuente con todo lo necesario para llevar adelante sus tareas. Se consolidó la plataforma informática, quedando toda la gestión de la Banca Minorista dentro de la misma. Esto incluye la gestión online de las agencias de cobro externas, la automatización del proceso de contabilización de los recobros y la implementación del módulo judicial para prendarios y embargos. Esto permitió contar con un aplicativo transversal integrador desde el origen del crédito, su paso por mora potencial, mora temprana, mora tardía, su eventual gestión judicial hasta la resolución de los mismos. Por último y para 2016, queda pendiente de implementación el proceso de empresas, concursos y quiebras. Unidades de Control y Reporting Las áreas de control y monitoreo son las encargadas de darle cohesión a la gestión del riesgo de crédito y de asegurar que la gestión del resto de riesgos críticos para la Entidad, riesgos financieros y riesgos operacionales, se realiza conforme los estándares establecidos. Esta etapa de control es la que termina de conformar el Modelo de Gestión Integral de Riesgos. Riesgos Financieros La gestión de estos riesgos está alineada con los principios básicos del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, contando con un proceso integral que identifica, mide, monitorea y controla todos los riesgos relevantes, que incluyen; • • Riesgo de Mercado (Riesgo de Contrapartida y Valoración) Riesgos Estructurales (Riesgo de Tasa de Interés, Riesgo de Liquidez y Financiación) 32 • Capital económico y pruebas de estrés. Para ello, se estructura un conjunto ordenado de políticas y sistemas organizativos, de gestión, de medición, de límites, de información y de control. Estas políticas son de cumplimiento obligatorio en todo BBVA Francés, y en ellas se involucran, además de los órganos y unidades centrales, todas las unidades de negocio en las que se origina riesgo financiero. Riesgo de Mercado Se define como la posibilidad de sufrir pérdidas en el valor de una cartera como consecuencia de cambios adversos en los precios de mercado. El perímetro de gestión es la cartera de negociación de Global Market (GM) ya sea en derivados (futuros, forwards, swaps de tasa de interés) o en productos de contado (monedas, títulos públicos, renta fija corporativa). La estructura de medición y control del riesgo de mercado está compuesta por un esquema de límites y alertas en términos de Capital Económico (CeR), VaR (Value at Risk), de Stress, de Stop loss mensual y anual y sublímites internos. El VaR es la métrica principal, esta medida estima la pérdida máxima, con un nivel de confianza de 99%, que se puede generar en las posiciones de mercado para un horizonte temporal de 1 día. Para el año 2015 el VaR promedio fue de Ps. 12 millones. Luego de la devaluación del 17 de diciembre se incrementó la volatilidad del tipo de cambio impactando en las estimaciones de riesgo. El VaR total está compuesto por dos factores de riesgo, VaR interés y VaR FX, que promediaron el en año $ 8,4 millones y Ps. 6,6 millones respectivamente. La estructura de límites de Riesgo de Mercado de BBVA Francés establece esquemas de límites y alertas en términos de Capital Económico (CeR) y de VaR, de stress, de stop loss y sublímites para cada unidad de negocio. Riesgo de Contrapartida El Riesgo de Contrapartida se entiende como la pérdida que originaría el “default” de una contraparte dado un nivel de confianza, desde el momento actual hasta el vencimiento de todas las operaciones. Los productos en los que se presenta éste riesgo son: • Derivados. • Operativa de gestión de liquidez, con garantía de títulos (repos). Este riesgo depende de: • El valor de mercado de la operación, definido como la diferencia entre el precio original y los valores actuales de mercado (mark to market). Este valor de mercado puede ser positivo o negativo definiendo quien es la parte que posee el riesgo. • El riesgo potencial, es una estimación del incremento máximo esperado del valor de mercado para un nivel de confianza dado, debido a variaciones futuras de los precios hasta el vencimiento de la operación. 33 Al cierre de año el riesgo de contrapartida asciende a Ps. 693 millones compuesto principalmente por futuros y forwards de tipo de cambio. Valoración Riesgos de Mercado realiza la valoración prudente a precios de mercado de los instrumentos financieros de renta fija y derivados. Para el proceso de captura y difusión diaria de los precios y variables de mercado que impactan en las carteras del Banco y de las tenencias en custodia de clientes se utilizan sistemas automáticos. En la determinación de precios se prioriza el uso de información de mercado. En caso que no fuera posible, se valora a través de modelos internos de valuación. Para renta fija en cartera propia la valoración se realiza a partir del cálculo del valor actual de los flujos esperados utilizando para el descuento curvas de rendimientos de mercado. Riesgo de Liquidez y Financiación BBVA Francés ha desarrollado un sistema de gestión del riesgo que es parte fundamental de su estrategia, y que toma en consideración las circunstancias de la Entidad, del entorno económico y regulatorio, todo ello para alcanzar los objetivos definidos. Este sistema de gestión del riesgo, cuenta entre sus componentes con un marco general de apetito de riesgo, que expresa los niveles y tipos de riesgo que se está dispuesto a asumir para poder llevar a cabo el plan presupuestario sin desviaciones relevantes, incluso en situaciones de tensión y también con un esquema corporativo de gestión que incluye una planificación anual del riesgo, un conjunto de políticas de control y gestión corporativas, que se desarrollan para su aplicación en las distintas unidades de negocio. En BBVA Francés la gestión de liquidez y financiación es un elemento fundamental en su estrategia de negocio y representa una ventaja competitiva. Dentro de las métricas fundamentales (core metrics) se destacan: LtSCD: El Loan to Stable Custumers Deposits proporciona información sobre la estructura de financiamiento del balance, para un momento determinado. Esta medición de estima para el total de monedas como para cada una de las más representativas en las que opera la Entidad. Brindando información respecto de la adecuación del apetito al riesgo que se mantiene sobre la estructura deseable de fondeo. El objetivo en este ámbito es preservar una estructura de financiación estable en el mediano/ largo plazo. Teniendo en cuenta la naturaleza minorista del negocio de BBVA Francés, se considera que el mantenimiento de un adecuado volumen de recursos estables de cliente es clave para el mantenimiento de un perfil sólido de liquidez. Por ello, se establece el LtSCD (relación entre inversión crediticia neta y recursos estables de clientes) como métrica fundamental dentro de la declaración de apetito al riesgo. Durante el 2015 los consumos de este límite se mantuvieron en niveles moderados. En el gráfico se observa la evolución anual de esta métrica. 34 LtSCD 81% 83% 82% 81% 80% 79% 78% 79% 78% 79% 79% 75% ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP OCT NOV DIC • En relación a los ratios regulatorios, el LCR (Liquidity Coverage Ratio), definido por Basilea e incorporado por elBCRA, mide la relación entre activos líquidos de alta calidad y las salidas de efectivo netas totales durante un periodo de 30 días. BBVA Francés ha internalizado esta métrica y dada la calidad de los activos y la gestión de la liquidez implementada supera ampliamente su cumplimiento en cuanto a su aplicación completa. Asimismo en transcurso de este año se han implementado los informes de seguimiento trimestral de liquidez y las herramientas adicionales de liquidez, cuyo requerimiento también es de carácter trimestral. LCR 452% 431% 408% 351% 379% 408% 380% 332% 355% 366% 365% OCT NOV DIC 254% ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SEP Riesgo por Tipo de Interés La gestión del riesgo de interés del balance busca mantener la exposición de BBVA Francés en niveles acordes con el perfil de apetito al riesgo validado por el Directorio ante variaciones en los tipos de interés del mercado. Para ello, tanto el Comité Ejecutivo como el Comité de Dirección y el Comité de Activos y Pasivos (COAP) realizan una gestión activa del balance de acuerdo a los lineamientos aprobados por el Directorio, gestionando conforme a estos lineamientos el cumplimiento de los márgenes presupuestados. Capital Económico por riesgo de interés Desde el punto de vista del riesgo de interés estructural, el cálculo de capital económico busca cuantificar las pérdidas máximas inesperadas que podrían generarse debido a las variaciones adversas en los tipos de interés. Concretamente, se calcula con un nivel de confianza del 99%, las pérdidas que podría sufrir el valor económico debido a movimientos de tipos de interés, midiendo una relación respecto del apetito de riesgo de moderada a baja para el 2015. El consumo promedio en relación al Core Capital (CC) fue del 9,4%. Sensibilidad del margen financiero (SMF) 35 La sensibilidad del margen financiero mide el cambio en los devengos esperados para un plazo determinado (12 meses) ante un desplazamiento de la curva de tipos de interés de 100 puntos básicos. El cálculo de la sensibilidad del margen financiero se realiza mediante simulación tanto para un escenario de movimiento de la curva de tipos de interés como para la situación actual, siendo la sensibilidad la diferencia entre ambos márgenes calculados. El consumo promedio de la SMF para el ejercicio 2015 fue inferior al 1% en relación al margen financiero proyectado a 12 meses (MFP). ESTRUCTURA DE BALANCE AL CIERRE DE 2015 SMF Y CE CE/CC SMF/MFP Máx: 10,6% 1,5% 1,3% Mín: 8,5% 0,9% 0,7% Mín: 0,4% 0,5% 0,3% MAR 15 MAY 15 78% DEPÓSITOS DE CLIENTES 1,1% Máx: 0,9% ENE 15 PRÉSTAMOS NETOS DE 54% CLIENTES JUL 15 SEP 15 RESTO 8% CARTERA 23% RENTA FIJA 20% RESTO 2% CAJA Y BCRA 15% NOV 15 ACTIVO PASIVO FINANCIACIÓN LARGO PLAZO Capital Económico Durante el 2015 se realizó el Informe de Autoevaluación de Capital (IAC) en línea con la comunicación “A” 5515 del BCRA (Apartado V). El Capital Económico permite medir de forma homogénea los diferentes riesgos asumidos por BBVA Francés. Consiste en una estimación de las pérdidas inesperadas que puede sufrir en las diferentes actividades de riesgo que desarrolla, por lo tanto, se trata de determinar el capital o los recursos propios que necesitaría para hacer frente a las citadas pérdidas. Se definen las metodologías para el cálculo de capital de los siguientes riesgos siguiendo los lineamientos establecidos en Basilea II.5: • • • • • • Riesgo de crédito. Riesgo de concentración. Riesgo de mercado. Riesgo de tasa de interés. Riesgo operacional. Riesgo reputacional y estratégico. La distribución de consumo de CeR por tipología de riesgo es el siguiente: 36 Se destacan el CE por riesgo de crédito (45%) y por riesgo de concentración (4%), que en conjunto representan el 49% del CeR total. Pruebas de estrés Se entiende por prueba de estrés a la evaluación de una posición financiera ante un escenario severamente adverso pero posible. En este sentido, las pruebas de tensión se dividen según su ámbito de aplicación en individuales e integrales. Las primeras tienen como objetivo medir el impacto de un escenario adverso a nivel individual por tipología de riesgo. Las segundas buscan cuantificar los impactos a nivel agregado de escenarios desfavorables en términos del Estado de Situación Patrimonial, el Estado de Resultados, la evolución del flujo efectivo y las exigencias de capital asociadas a una determinada situación de tensión proyectada. En función de los resultados de cada una de estas pruebas, se genera un proceso de análisis y toma de decisiones para alinear los planes de acción de la Entidad con el nivel de riesgo deseable. Los objetivos de las pruebas de estrés son: • Brindar una evaluación prospectiva del riesgo; • Superar las limitaciones de los modelos y datos históricos; • Apoyar la comunicación interna y externa; • Establecer los procedimientos de planeamiento de capital y liquidez; • Colaborar en la fijación de los niveles de tolerancia al riesgo; • Facilitar la aplicación de los planes de contingencia y mitigación de los riesgos en un rango de posibles situaciones de estrés. En todos los riesgos estresados los resultados han sido satisfactorios dando cuenta de la capacidad de BBVA Francés para afrontar situaciones adversas en escenarios severos. Adicionalmente, las pruebas de estrés en BBVA Francés se aplican a los siguientes riesgos en forma individual: Estrés de riesgo de crédito La definición de riesgo de crédito está asociada al incumplimiento de los contratos por parte del tomador del préstamo. En tanto que el concepto de crisis de crédito se la asocia a la existencia de una gran cantidad de contratos en incumplimiento, próximos a incumplir, o altas probabilidades de que ello suceda por causas del empeoramiento de la economía. BBVA Francés ha desarrollado una metodología de estrés individual de riesgo de crédito, a través de la cual se busca identificar aquellas situaciones adversas, extremas pero posibles, que puedan originar un incremento en las pérdidas por riesgo de crédito y evaluar la capacidad del banco para hacerles frente. El objetivo último es, a 37 partir de los resultados del análisis, definir un indicador de alerta de estrés y monitorear periódicamente la evolución del mismo a los fines de tomar medidas apropiadas cuando las pérdidas estimadas sean superiores al riesgo tolerado. La metodología empleada combina un análisis de sensibilidad de la mora a la variación de un conjunto de variables macroeconómicas, identificadas como principales factores de riesgo; y un análisis de escenarios, por medio del cual se buscar estimar el impacto de un escenario macroeconómico adverso sobre las pérdidas crediticias del banco, medidas a través del Cargo por Incobrabilidad. Por último, se llevaron a cabo diversas pruebas de estrés para diferentes escenarios proyectados de la economía argentina, a un año, (variaciones tanto positivas como negativas del Producto Bruto Interno, en adelante el “PBI”). Ellos mostraron datos interesantes y es notable resaltar que las pruebas de estrés de riesgo de crédito muestran que el BBVA Francés posee previsiones constituidas al cierre de 2015 que soportan caídas proyectadas del PBI incluso superiores al 5%. Estrés de riesgo de mercado Las pruebas de estrés por riesgo de mercado se basan en escenarios históricos y en escenarios simulados y tienen como objetivo cuantificar a través del VaR cuál es la máxima pérdida que se puede generar en la cartera de Global Market determinando escenarios de tensión. En ese sentido, las pruebas de estrés basadas en escenarios históricos buscan medir el VaR de la posición vigente con las volatilidades históricas en momentos específicos donde se ha producido una importante tensión en el mercado. En BBVA Francés los momentos de tensión del mercado definidos son la quiebra de Lehman Brothers en 2008 y la máxima volatilidad producida por la estatización de las A.F.J.P. (Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones) a nivel local. Por otro lado, se realizan pruebas de estrés basadas en simulaciones (resampling). Esta metodología de cálculo de escenarios de estrés se basa en simulaciones de Montecarlo para obtener aleatoriamente las peores curvas asociadas a los factores de riesgo que impactan en la cartera de tesorería. Estos escenarios son dinámicos y se recalculan mensualmente. Estrés de riesgo de interés estructural Para las pruebas de estrés sobre la estructura de tipo de interés, se evalúa la exposición ante variaciones anormales del mercado, basadas en situaciones históricas o escenarios provisionales de muy baja probabilidad de ocurrencia. Los escenarios de estrés deben recoger no sólo cambios en las curvas de tipos de interés de mercado, sino también en los supuestos e hipótesis del modelo de medición de riesgo de interés estructural. De esta manera, las pruebas se basan en estresar el capital económico tomando una simulación de 105 escenarios estimados sobre las curvas del período de noviembre de 2008 donde se combinan la crisis de Lehman Brothers y el impacto de la nacionalización de las A.F.J.P.. Estrés de liquidez Se define una crisis de liquidez como aquella situación en la que la Entidad pueda tener dificultades, presentes o futuras, para cumplir con sus obligaciones de pago en tiempo y forma. Por ello, el análisis que se hace es básicamente proyectivo sobre escenarios de alto impacto sobre el balance pero de baja probabilidad de ocurrencia, tratando de prever eventuales situaciones de crisis, tanto propias como de mercados, que puedan surgir en algún momento futuro en la Entidad, así como proyectar los indicadores y métricas ante estas hipótesis. Las pruebas de estrés se desarrollan en tres escenarios: crisis sistémica; crisis interna sobrevenida con sensible disminución del rating y/o que afecte a la capacidad de emitir en mercados mayoristas y a la percepción del riesgo de negocio por los intermediarios bancarios y clientes de la Entidad; y escenario mixto, como una combinación de los dos anteriores. En los ejercicios de estrés de liquidez, la crisis mixta se plantea como el escenario más severo. Los resultados de las pruebas durante el 2015 demuestran que, incluso en este escenario, se mantiene estable la estructura de financiamiento, manteniendo posiciones liquidas que cubren el mayor gap de liquidez soportando salidas de 38 depósitos de hasta un 17%, manteniendo un periodo de supervivencia acorde con el perfil de riesgos definido por la Entidad. Estrés Integral En cumplimiento con la Comunicación “A” 5515 del BCRA (Apartado IV) a nivel integral, individual y consolidado, se realizaron pruebas de estrés que miden el impacto de escenarios macroeconómicos adversos basados en las proyecciones del PIB y las tasas de interés reales, entre otras variables económicas relevantes en el Estado de Situación Patrimonial, los Estados de Resultados, de Evolución del Flujo de Efectivo y las exigencias de capital. Durante el 2015, BBVA Francés inició un proceso de mejora del estrés integral, recalibrando los modelos econométricos. El nuevo desarrollo ha permitido analizar diferentes escenarios y su repercusión en las cuentas patrimoniales y de resultados e indicadores claves (ratio de liquidez, solvencia). Secretaría técnica y reporting Se encarga de los procedimientos de control de las relaciones técnicas de graduación y fraccionamiento del riesgo, previsionamiento, determinación de cuotas de riesgo por segmento de actividad económica y por tipo de financiación. Es la responsable de la gestión de los Comités de Riesgos, el análisis de normativa y la revisión y coordinación de auditorías. Tiene a su cargo además la confección y seguimiento presupuestario de la Dirección, el contraste con los valores reales mensuales y su impacto en el costo de la mora. Esta actividad de gestión es vital para determinar el debido cumplimiento de los estándares de calidad en materia de riesgo de crédito, que son el objetivo de todas las unidades que componen Riesgos en BBVA Francés. El área cuenta con una unidad de Reporting que cumple con la función de generar informes para la Dirección de Riesgos con el fin de la toma de decisiones en cumplimiento de políticas crediticias internas y de organismos de control, revisando procesos y proponiendo alternativas de mejora. Estos informes están orientados al análisis adecuado sobre la gestión y administración del riesgo de crédito en sus distintas etapas, desde la identificación, evaluación y su seguimiento. Se realizan estudios relacionados con la distribución de los riesgos por sectores económicos, la evolución de los riesgos de clientes tanto a nivel interno como en el sistema financiero, seguimiento de la mora de los deudores y los crecimientos significativos, estadísticas vinculadas a las aprobaciones de los riesgos, informes de Benchmarking, generación de herramientas que permiten la identificación de los mejores riesgos a vincular, utilización de límites aprobados y evaluación de las distintas campañas lanzadas por la Entidad. Todas las actividades de medición, seguimiento, y control de relevancia son presentadas y analizadas en los Comités de Riesgos, los cuales, según el tema, se envían al Directorio y al Comité de Dirección. Validación, Control Interno y Gestión Riesgo Operacional País Por último, la Dirección de Riesgos, en concordancia con la regulación internacional y con los requerimientos establecidos por el BCRA, cuenta con el área de Validación, Control Interno y Gestión de Riesgo Operacional País, encargada de asegurar un entorno de control actualizado, homogéneo y adecuado, en todas las unidades de la Entidad. Validación es el área encargada de asegurar que los modelos internos de riesgo de BBVA Francés son adecuados para su uso en la gestión del riesgo, debiendo emitir una opinión fundada y actualizada sobre el uso adecuado de los modelos en su gestión interna. Respecto del Control Interno y Riesgo Operacional, abarcando el ciclo de vida del riesgo operacional: admisión, seguimiento y mitigación, BBVA Francés ha implementado un modelo de control, que se basa en un esquema de especialistas de control y de gestores de riesgo operacional, denominados GROs, en las áreas de negocio. 39 El modelo de riesgo operacional y control interno identifica los procesos operativos de la organización y todos los riesgos operacionales a los que están expuestos. Mediante la metodología se valora cada uno de estos riesgos, se priorizan y se establece su criticidad, a fin de ser gestionados para su mitigación, en caso de corresponder. En cuanto a las herramientas, para el proceso de admisión del Riesgo Operacional se cuenta con un work-flow de gestión. Para el seguimiento y mitigación la Entidad posee una aplicación que permite mapear todos los riesgos operacionales y evaluarlos; así como realizar el seguimiento de las debilidades detectadas. Contiene procesos, riesgos, controles, debilidades y sus planes de acción. Además, cuenta con una base donde quedan reflejados los eventos de pérdida por riesgo operacional. El modelo de gestión del riesgo es integral, robusto, acorde a estándares internacionales, modernos y capaz de adecuarse al entorno o a los requerimientos internos que sean necesarios, características todas ellas que distinguen a la Dirección de Riesgos de BBVA Francés. Préstamos por actividad económica La siguiente tabla analiza la cartera de préstamos del Banco de acuerdo con la actividad económica principal de los deudores al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. De ser pertinente, los préstamos personales son asignados a la actividad económica de la prestataria. Los préstamos se muestran antes de la deducción de la previsión por riesgo de incobrabilidad. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 Cartera de % de la Cartera de % de la Cartera de % de la préstamos cartera préstamos cartera préstamos cartera (en miles de pesos, excepto porcentajes) Producción primaria Bebidas Química Construcción Consumo Electricidad, petróleo, agua y servicios sanitarios Sector financiero Alimentos Servicios gubernamentales Industrias metálicas básicas Cuero y productos de cuero y piel Productos minerales no metalíferos Productos derivados del petróleo y carbón Otros Manufacturas diversas Impresores, editores e Industrias Afines Productos de caucho Comercio minorista Otros servicios Calzados, prendas de vestir y/o artículos Textiles Tabaco Material de transporte Comercio mayorista Madera y accesorios Total 2.946.020 1.314.655 2.402.739 636.285 29.571.132 5,11% 2,28% 4,17% 1,10% 51,28% 2.240.333 1.234.121 2.801.410 449.476 20.976.356 5,29% 2,91% 6,61% 1,06% 49,50% 447.488 1.743.165 1.848.101 66.799 754.741 34.283 112.472 835.427 8.021.186 166.064 82.295 293.736 2.957.944 93.519 161.720 226.061 5.844 423.682 2.451.069 72.835 57.669.262 0,78% 3,02% 3,20% 0,12% 1,31% 0,06% 0,20% 1,45% 13,91% 0,28% 0,14% 0,51% 5,13% 0,16% 0,28% 0,39% 0,01% 0,73% 4,25% 0,13% 100,00% 386.656 1.127.116 1.143.085 54.459 691.058 36.764 386.382 399.569 5.263.827 165.554 62.144 252.596 2.275.910 66.306 163.752 163.468 9.119 328.774 1.651.395 51.004 42.380.634 0,91% 2,66% 2,70% 0,13% 1,63% 0,09% 0,91% 0,94% 12,39% 0,39% 0,15% 0,60% 5,37% 0,16% 0,39% 0,39% 0,02% 0,78% 3,90% 0,12% 100,00% 2.057.623 798.011 2.481.665 240.707 16.511.057 5,53% 2,15% 6,67% 0,65% 44,40% 515.041 1,38% 1.871.093 5,03% 1.623.070 4,36% 40.915 0,11% 648.184 1,74% 38.521 0,10% 981.471 2,64% 330.340 0,89% 3.864.947 10,39% 265.935 0,72% 66.277 0,18% 389.815 1,05% 1.502.148 4,04% 135.106 0,36% 268.601 0,72% 148.434 0,40% 6.590 0,02% 577.112 1,55% 1.787.888 4,81% 40.105 0,11% 37.190.656 100,00% Composición de vencimientos de la cartera de préstamos La tabla siguiente establece un análisis de la cartera de préstamos del Banco al 31 de diciembre de 2015 por clase y plazo restante al vencimiento. Los préstamos se indican antes de la deducción de la previsión por riesgo de incobrabilidad. La Gerencia del Banco espera que la mayoría de los préstamos sean amortizados al vencimiento en efectivo o a través de refinanciaciones a plazos del mercado. 40 Vencimiento Saldo al 31 de diciembre de 2015 Al sector público no financiero Al sector financiero Al sector privado no financiero y residentes en el exterior Adelantos Con garantías reales Tarjetas Otros Total Porcentaje del total de préstamos Más de 3 meses y hasta Hasta 3 Más de 1 y meses 1 año hasta 5 años (en miles de pesos, excepto porcentajes) Más de 5 años 66.799 1.743.165 120 662.357 — 740.404 66.679 340.404 — — 55.859.298 6.878.570 6.806.352 18.444.138 23.730.238 57.669.262 100,00% 34.433.614 6.475.067 1.215.462 18.444.138 8.298.947 35.096.091 60,86% 8.842.958 279.837 2.026.210 — 6.536.911 9.583.362 16,62% 12.455.331 123.666 3.441.683 — 8.889.982 12.862.414 22,30% 127.395 — 122.997 — 4.398 127.395 0,22% Sensibilidad a la tasa de interés de préstamos al 31 de diciembre de 2015 La siguiente tabla analiza, por moneda de denominación, la sensibilidad de la tasa de interés de la cartera de préstamos del Banco al 31 de diciembre de 2015. Los préstamos se establecen antes de la deducción de la previsión por riesgo de incobrabilidad. 31 de diciembre 2015 (en miles de pesos) Tasa Variable Pesos - Incluye préstamos ajustables Moneda extranjera 980.513 22.759 1.003.272 Tasa Fija Pesos Moneda extranjera 52.393.590 3.902.400 56.295.990 Cartera Irregular (1) Pesos Moneda extranjera 366.113 3.887 370.000 57.669.262 Total (1) Por información adicional sobre préstamos irregulares ver “Préstamos morosos y reestructurados”. La siguiente tabla detalla la composición de los préstamos con vencimientos de un año o más a tasa fija y variable al 31 de diciembre de 2015. Sensibilidad de tasa de interés en préstamos cuyos vencimientos operan en uno o más años Tasa Fija Tasa Variable (en miles de pesos) Al sector público no financiero Al sector financiero Al sector privado no financiero y residentes en el exterior Total 60.786 294.362 12.582.517 12.937.665 — — 210 210 Sistema de Clasificación de acuerdo con las Normas del Banco Central A. Clasificación de Deudores El Banco Central de la República Argentina (BCRA) establece pautas para clasificar a los deudores desde el punto de vista de su calidad crediticia y del cumplimiento de sus compromisos, de acuerdo a la evaluación realizada a ese efecto por la entidad financiera; criterios que son aplicados por el BBVA Francés. 1. Las pautas varían dependiendo de si se trata de créditos comerciales o de créditos para consumo o vivienda. Las financiaciones de naturaleza comercial de hasta el equivalente a Ps. 2.500.000 (Ps. 1.500.000 hasta agosto 2014 y Ps. 750.000 hasta mayo 2012), pueden agruparse junto con los créditos 41 para consumo o vivienda, en cuyo caso reciben el tratamiento previsto para estos últimos. BBVA Francés ha hecho ejercicio de la opción. 2. Los clientes por la totalidad de sus deudas deben ser incluidos en alguna de las seis categorías o situaciones que prevé el BCRA. Las distintas categorías previstas, en orden decreciente de calidad crediticia son las siguientes: Cartera comercial Cartera para vivienda 1. En situación normal (*) 2. Con seguimiento especial (**) 2. Riesgo bajo 3. Con problemas 3. Riesgo medio 4. Con alto riesgo de insolvencia (***) 4. Riesgo alto 5. Irrecuperable (****) 6. Irrecuperable por disposición técnica (*****) consumo o Atraso en el pago de la obligación hasta 31 días hasta 90 días hasta 180 días hasta 1 año más de 1 año (*) Para la cartera de consumo o vivienda, los adelantos transitorios en cuenta corriente se consideran de cumplimiento normal hasta los 61 días contados desde su otorgamiento. (**) La cartera comercial en situación 2 se divide en: a. En observación, incluye a los clientes con atrasos en el pago de sus obligaciones de hasta 90 días, que atraviesan situaciones de no ser controladas o corregidas oportunamente, podrían comprometer su capacidad futura de pago y b. En negociación o con acuerdos de refinanciación, incluye a los deudores que, ante la imposibilidad de hacer frente al pago de sus obligaciones en las condiciones pactadas, antes de los 60 días desde la fecha en que se verifique la mora, manifiesten la intención de refinanciar sus deudas. El deudor debe celebrar el acuerdo de refinanciación en el plazo de 90 días (en tanto sean hasta dos las entidades acreedoras involucradas) y en el término de 180 días (si las entidades acreedoras involucradas son más de dos), contados desde el vencimiento de las obligaciones. Si no se llega a un acuerdo dentro del plazo establecido, el deudor deberá ser reclasificado en una categoría de riesgo inferior, de acuerdo con los indicadores establecidos en cada nivel. (***) Incluye a los deudores que hayan solicitado su concurso preventivo o un acuerdo preventivo extrajudicial o que se encuentren en gestión judicial. En el caso de la cartera de consumo, se admite que los deudores en concurso preventivo o con acuerdo preventivo extrajudicial verifiquen atrasos de hasta 540 días. (****) Incluye principalmente a los deudores que afrontan procesos de quiebra o liquidación o si son insolventes. (*****) Esta categoría incluye, entre otros, a los clientes que a su vez sean deudores, con atrasos mayores a 180 días, de entidades liquidadas o revocadas por el BCRA, de entidades residuales de bancos privatizados, o de fideicomisos en los que SEDESA sea el beneficiario. (mayor detalle en “Normativa” en www.bcra.gov.ar) 3. El criterio básico para la evaluación de los clientes es la capacidad de pago de la deuda o de los compromisos objeto de la garantía de la entidad financiera. a. Para la cartera comercial, la evaluación se basa en la capacidad de pago y flujo de fondos del deudor. Entre los indicadores que se pueden emplear se encuentran: la liquidez, la estructura de financiamiento, el cumplimiento del pago de las obligaciones, la calidad de la dirección y de la administración, los sistemas de información, las perspectivas de la actividad económica del cliente, su ubicación dentro del sector de actividad, la situación jurídica y la existencia de refinanciaciones o quitas. b. Para los clientes pertenecientes a la cartera de consumo o vivienda, la evaluación se basa en el grado de cumplimiento en el pago de la deuda y la situación jurídica del deudor. El criterio de evaluación es exclusivamente objetivo -grado de cumplimiento de las obligaciones, la situación jurídica y la existencia de refinanciaciones o quitas. 42 La evaluación de la capacidad de pago basada en los ingresos del deudor no será obligatoria, en tanto se utilicen métodos de evaluación específicos o los préstamos del deudor sean por montos mínimos en términos de la Sección 1 de las normas de “Gestión Crediticia” del BCRA 4. No se requiere la evaluación de la capacidad de pago cuando las financiaciones se encuentren respaldadas totalmente con garantías preferidas “A”. 5. Periodicidad mínima de la clasificación. a. clientes pertenecientes a la cartera de consumo o vivienda: mensualmente b. clientes pertenecientes a la cartera comercial: la clasificación debe ser anual. Sin embargo, la clasificación se debe realizar: • En el curso de cada trimestre, para los clientes cuyas deudas sean equivalentes al 5% o más de la RPC de la entidad. • En el curso de cada semestre, para los clientes cuyas deudas sumen en algún momento entre el 1% -o el equivalente a Ps. 9.000.000, de ambos el menor- y menos del 5% de la RPC de la entidad. • Adicionalmente, la entidad debe reanalizar al deudor cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias: a) el deudor tenga deudas -que representen como mínimo el 10% del total informado en la Central de Deudores del Sistema Financiero- en al menos otra entidad y esta entidad empeore su clasificación en la citada central, b) ante cambios en alguno de los criterios objetivos de clasificación (mora o situación jurídica), c) si una agencia calificadora de crédito disminuye en más de un nivel la calificación de los títulos emitidos por el cliente o, d) existan discrepancias de más de un nivel entre la clasificación asignada por la entidad y al menos otras dos entidades, en tanto se cumplan determinados requisitos. La reevaluación debe ser inmediata cuando se trate de clientes cuyas deudas sumen el 1% o más de la RPC de la entidad financiera o el equivalente a Ps. 9.000.000, de ambos el menor. 6. Reclasificación obligatoria de clientes. Se admite una discrepancia de un nivel con la información suministrada por otras entidades financieras a la Central de Deudores del Sistema Financiero (BCRA). En caso de haber una discrepancia mayor entre la clasificación de la entidad financiera y las de al menos dos entidades cuyas calificaciones sean inferiores y cuyas acreencias representen más del 40% del total informado, la entidad debe recategorizar al deudor al menos en la categoría inmediata superior a aquélla en la que registre mayor nivel de endeudamiento con las entidades comparadas. 7. Refinanciaciones: Criterio para mejorar la situación En situación normal, se admiten hasta dos refinanciaciones dentro de los últimos doce meses con atrasos menores a los 31 días. Para todas las otras situaciones, el criterio básico es que puede aplicarse la mayor penalidad al deudor que demore la refinanciación, por cuya razón: a. Una vez firmado el Convenio de Refinanciación, se aplicará la situación anterior, salvo que el deudor efectúe los pagos por adelantado que puedan ser computados. b. El Deudor debe acumular un número mayor de cuotas o porcentaje de cancelación (como se muestra en la siguiente tabla (i)) o aumentar su porcentaje de cancelación (como se muestra en la siguiente tabla (ii)) para mejorar esta situación. La normativa del BCRA establece que los clientes cuyas deudas hayan sido refinanciadas mediante obligaciones de pago periódico (mensuales o bimestrales) podrán ser reclasificados en el nivel 43 inmediatamente superior si han cumplido puntualmente (o con atrasos que no excedan los 31 días) con el pago de las cuotas acordadas (en el caso de financiaciones de pago único, periódico superior a bimestral o irregular) o quienes hayan cancelado al menos el porcentaje establecido de sus obligaciones refinanciadas, con más la cantidad de cuotas o el porcentaje acumulado aplicable, respectivamente, si la financiación se hubiera otorgado a un deudor incluido en niveles inferiores. Tabla (i) - Situación mejorada por el pago de cuotas. (*) Aplicable a la Cartera Comercial, con sistema de amortización Alemán o Francés y regularidad de pago mensual o bimestral. Cambio de categoría Cambio a Riesgo Alto Cantidad de pagos De De Riesgo De Riesgo Irrecuperable Alto Medio — 3 — De Riesgo Bajo — Cambio a Riesgo Medio 6 3 — — Cambio a Riesgo Bajo Cambio a Normal 8 5 2 — 9 6 3 1 (*) La refinanciación requiere un pago puntual o con demoras no superiores a los 31. Tabla (ii) - Situación mejorada por Porcentaje de Cancelación del Capital Aplicable a Cartera de Consumo no contemplado en punto precedente y Cartera Comercial. Cambio de categoría De Irrecuperable Porcentaje de cancelación De Riesgo De Riesgo Alto Medio — — De Riesgo Bajo Cambio a Riesgo Alto 15% — Cambio a Riesgo Medio 25% 10% — — Cambio a Riesgo Bajo Cambio a Normal 30% 15% 5% — 35% 20% 10% 5% La elección debe realizarse por un único parámetro dependiendo de la forma de refinanciación: • • Refinanciaciones con pagos regulares en forma mensual o bimestral: mediante el pago puntual de las cuotas. Este es el criterio adoptado por BBVA Francés para cartera de consumo o vivienda. Todas las otras formas: mediante porcentaje de amortización del capital. Los cobros no aplicados y las quitas (descuentos) no pueden contabilizarse para mejorar la situación (pertenecen a la deuda que preceda a la firma del Acuerdo de Refinanciación). Los pagos iniciales pueden computarse según su equivalente en cuotas o porcentaje de amortización a fin de mejorar la situación del deudor. 8. Refinanciaciones: Criterio para deteriorar la situación por incumplimiento de la refinanciación. Se considera que existe mora en la refinanciación si ocurriera una demora que excede los 31 días. El criterio respecto de cómo determinar la situación de un cliente refinanciado es el siguiente: 44 a. La estructuración de la mora se aplica a cualquier situación de acuerdo con la siguiente Tabla: Situación Normal b. Plazo mínimo de demora (en días) 0 Riesgo Bajo 32 Riesgo Medio 91 Riesgo Alto 181 Irrecuperable Más de 1 año A lo anterior debe agregarse la refinanciación de la mora, y de acuerdo con esto debe determinarse la situación en la que debe colocarse al cliente refinanciado. B. Previsionamiento 1. El previsionamiento de las financiaciones otorgadas se debe realizar en función de la clasificación asignada al deudor. No se previsionan las financiaciones no vencidas y de hasta 30 días de plazo otorgadas a otras entidades financieras, las financiaciones acordadas al sector público no financiero y los saldos no utilizados de los acuerdos en cuentas corrientes. 2. Deben aplicar los siguientes coeficientes mínimos de previsionamiento sobre la deuda: Situación del deudor 1. En situación normal 2. a) En observación/Riesgo bajo b) En negociación o con acuerdos de refinanciación 3. Con problemas/Riesgo medio 4. Con alto riesgo de insolvencia/Riesgo alto 5. Irrecuperable 6. Irrecuperable por disposición técnica Con garantía preferida “A” 1% 1% 1% Con garantía preferida “B” 1% 3% 6% Sin garantía preferida 1% 5% 12% 1% 1% 12% 25% 25% 50% 1% 1% 50% 100% 100% 100% Se debe aplicar previsiones iguales al 100% de cualquier interés devengado sobre préstamos a deudores considerados como “con problemas” o inferior calificación, o de “riesgo medio” o inferior calificación. Adicionalmente faculta a las entidades financieras a suspender el devengamiento de intereses. Al respecto BBVA Francés ha hecho uso de esta opción. Por medio de la Comunicación “A” 4683, el BCRA introdujo la posibilidad de asignarles a los deudores de la cartera de consumo o vivienda un porcentaje por sobre la estimación mínima para la situación sin tener que ser automáticamente reclasificados en la siguiente categoría. BBVA Francés ha hecho uso de esta opción. 3. Procedimiento para constituir previsiones por sobre los mínimos establecidos por las reglamentaciones para una cartera en situación normal para la cartera de consumo o vivienda. El criterio principal se basa en las disposiciones del punto 7.1, de las Normas sobre Calificación de Deudores, por el cual pueden adoptarse criterios más exigentes sobre la base de las pautas objetivas mencionadas en el primer párrafo del mismo punto, siempre que esto constituya una política generalmente aplicada que debe estar debidamente detallada en el “Manual de Procedimientos de Calificación y Previsión”, sin que esto afecte a la calificación que debe ser asignada a los deudores elegibles como se prevé en el presente, y siempre que ello se base en criterios objetivos basados en estudios de comportamiento que den respaldo a previsiones más elevadas (sea para la cartera activa en su conjunto o por tipo de financiación). De acuerdo con las regulaciones en vigencia, BBVA Francés aplica porcentajes de previsión por encima del mínimo establecido 45 El marco de referencia de la política vigente para la gestión de previsiones por BBVA Francés establece dos niveles de control: • Control normativo y técnico Dos referencias básicas referentes a la gestión de previsiones son por un lado el cumplimiento de las disposiciones regulatorias sobre capitales mínimos y previsiones por incobrabilidad; y por otro lado el ratio de capital de la Entidad. BBVA Francés en todo momento cumplirá con los requerimientos regulatorios sobre capital mínimo y previsiones por incobrabilidad. Por lo tanto, ambos valores per se determinan el límite más bajo para la gestión de previsiones. De esta forma, un segundo límite inferior se establece en la gestión de previsiones, que es el ratio de capital. En relación a esto, se establece que cualquier desdotación de las previsiones solamente tendrá lugar si el ratio de capital es 10,5% o superior, definido como Responsabilidad Patrimonial Computable dividido por los Activos Ponderados por Riesgo. • Control del comportamiento de los indicadores de cartera. A fin de garantizar un apropiado nivel de previsiones de la Entidad, el comportamiento de los principales indicadores de la cartera de crédito del Banco será monitoreado de forma periódica. Se analizarán al menos los siguientes indicadores de comportamiento de cartera: o Comportamiento del ratio de la cartera irregular o Comportamiento de la pérdida esperada con ajuste a ciclo o Comportamiento de pérdida esperada sin ajuste a ciclo o Comportamiento de cobertura Se analizan las variaciones absolutas (aumentos y disminuciones) para estos indicadores y sus tendencias, considerando los últimos 12 meses anteriores al mes bajo análisis. Este procedimiento también requiere autorización por parte de los mismos funcionarios responsables de aprobar “Financiaciones Significativas” (aquellas que exceden el 2,5% de la RPC de la Entidad), por cuya razón es tratado y confirmado por el Risk Management Commitee (R.M.C.) y/o Comité Técnico de Operaciones Local (C.T.O.L.), y convalidado por el Directorio.- 4. Porcentajes de previsión utilizados por BBVA Francés. El principal destino de estas previsiones es generar cobertura para casos de mora y una estimación de posibles pérdidas por cartera y por tipo de financiación en nuestra Entidad. Considerando las coberturas aplicables y su revisión regular y luego de un análisis cualitativo del entorno, se resuelve si la política de previsiones debe mantenerse o modificarse. BBVA Francés resolvió modificar los porcentajes de previsión aplicados a: • los clientes de la cartera comercial, • los clientes de la cartera de consumo y vivienda y • clientes de cartera comercial que se les da el tratamiento de clientes de la cartera de consumo y vivienda (a estos clientes los denominamos asimilables a consumo), según el siguiente detalle: • Porcentaje de previsión para clientes en situación Normal vigentes desde el 30/12/2011 hasta el 29/04/2012: Producto Cartera Consumo o vivienda Sobregiros Valores Negociados Préstamos Prendarios 46 Asimilables a Consumo Cartera Comercial Préstamos Personales Cuentas de Crédito Cheques 2,00 1,25 1,25 Hipotecarios 1,00 1,00 1,00 Otros productos previsionables 1,25 1,25 1,25 Tarjetas de crédito Obligaciones negociables Comercio exterior Préstamos a Empresas Préstamos Financieros • Porcentaje de previsión para clientes en situación Normal vigentes desde el 30/04/2012: Cartera Consumo o vivienda Asimilables a Consumo Cartera Comercial 1,75 1,00 1,00 Hipotecarios 1,00 1,00 1,00 Otros productos previsionables 1,00 1,00 1,00 Producto Sobregiros Valores Negociados Préstamos Prendarios Préstamos Personales Cuentas de Crédito Cheques Tarjetas de crédito Obligaciones negociables Comercio exterior Préstamos a Empresas Préstamos Financieros • Porcentaje de previsión para clientes de la cartera de Consumo o Vivienda (distintos de “Situación Normal”): Situación Sin Garantías Preferidas Categoría 2 Riesgo Bajo 3 Con Garantías Preferidas B Con Garantías Preferidas A 5 3 1 Riesgo Medio 100 (*) 12 1 4 Riesgo Alto 100 (*) 25 1 5 6 Irrecuperable Irrecuperable por disposición técnica 100 50 1 100 100 1 (*) En el caso de clientes clasificados en esta situación por el proceso de Reclasificación Obligatorio, el porcentaje de previsión aplicable será del 95%. 47 • Porcentaje de previsión para clientes de la cartera Asimilable a Consumo (distintos de “situación Normal”) (*): Situación 2 3 Categoría Sin Garantías Preferidas Riesgo Bajo Con Garantías Preferidas B 5 Riesgo Medio Con Garantías Preferidas A 3 1 100 (**) 12 1 (**) 25 1 4 Riesgo Alto 100 5 6 Irrecuperable Irrecuperable por disposición técnica 100 50 1 100 100 1 (*) Esta Política será aplicable a excepción de lo autorizado por el Comité de Seguimiento Banca Empresas y Mayorista. (**) En el caso de clientes clasificados en esta situación por el proceso de Reclasificación Obligatorio, el porcentaje de previsión aplicable será del 95%. • Porcentaje de previsión para clientes de la cartera Comercial (distintos de “situación Normal”): Situación Sin Garantías Preferidas Categoría Con Garantías Preferidas B Con Garantías Preferidas A 2.a. Bajo Observación 5 3 1 2.b. Bajo Negociación 12 6 1 Con Problemas Alto Riesgo de Insolvencia 25 12 1 50 25 1 100 50 1 100 100 1 3 4 5 6 Irrecuperable Irrecuperable por disposición técnica 5. La Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) puede exigir la constitución de previsiones adicionales cuando estime que las contabilizadas son insuficientes. 6. El devengamiento de intereses de las deudas de los clientes clasificados en la categoría “en negociación o con acuerdos de refinanciación”, cuando se registren incumplimientos superiores a los 90 días en el pago de las obligaciones, y en las categorías "con problemas" o “de riesgo medio”, "alto riesgo de insolvencia" o “de riesgo alto”, e "irrecuperables" se debe previsionar al 100% a partir del momento de la clasificación en alguna de dichas categorías. La entidad puede optar por interrumpir el devengamiento de los intereses. 7. Las deudas de los clientes clasificados como "irrecuperables" y totalmente previsionadas deben ser eliminadas del activo a partir del séptimo mes posterior a aquél en que se verifiquen esas circunstancias. Estos préstamos se deben contabilizar en cuentas de orden. 8. La inclusión de deudores en la categoría “irrecuperable por disposición técnica” determina la obligación de previsionar el 100% de las financiaciones, incluyendo renovaciones, prórrogas, esperas -expresas o tácitas-, que se otorguen luego de esa incorporación, una vez transcurridos 90 ó 180 días contados desde el día en que se acordó la primera de esas financiaciones. 9. La previsión sobre la cartera normal es de carácter global, mientras que en las otras categorías la imputación de la previsión a cada deudor es individual. 10. La siguiente tabla representa la cartera de préstamos del Banco, antes de deducir la previsión por riesgo de incobrabilidad de préstamos, utilizando el sistema de calificación del Banco Central en vigencia al finalizar cada ejercicio. 48 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de % 2014 % 2013 (en miles de Pesos, excepto porcentajes) 2015 Cartera de Préstamos Categorías Normal Riesgo bajo / Con seguimiento especial Riesgo medio / Con problemas Riesgo alto / Alto riesgo de insolvencia Irrecuperables Irrecuperables por Disposición Técnica Total 57.045.217 254.045 186.600 139.648 43.616 136 57.669.262 98,92% 0,44% 0,32% 0,24% 0,08% — 100,00% 41.694.657 267.694 207.858 142.797 67.495 133 42.380.634 98,38% 0,63% 0,49% 0,34% 0,16% — 100,00% % 36.677.132 98,62% 229.270 0,62% 138.687 0,37% 106.622 0,29% 38.811 0,10% 134 — 37.190.656 100,00% Clasificación de la cartera de préstamos La siguiente tabla representa la cartera de préstamos de consumo y comerciales del Banco al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 según el sistema de clasificación del Banco Central, antes de la deducción de la previsión por riesgo de incobrabilidad de préstamos: Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 2013 % Total % Total (en miles de Pesos, excepto porcentajes) (1) 2015 Total Normal (Consumo) Normal (Comercial) Riesgo bajo (Consumo) Con seguimiento especial (Comercial) Riesgo medio (Consumo) Con problemas (Comercial) Riesgo alto (Consumo) Con alto riesgo de insolvencia (Comercial) Irrecuperable (Consumo) Irrecuperable (Comercial) Irrecuperable por disposición técnica (Consumo) Irrecuperable por disposición técnica (Comercial) Total cartera de consumo Total cartera comercial Total (1) % 28.473.942 28.571.275 57.045.217 230.691 23.354 254.045 174.717 11.883 186.600 110.443 29.205 139.648 27.537 16.079 43.616 98,75% 99,09% 98,92% 0,80% 0,08% 0,44% 0,61% 0,04% 0,32% 0,38% 0,10% 0,24% 0,10% 0,06% 0,08% 20.054.997 21.639.660 41.694.657 251.710 15.984 267.694 179.378 28.480 207.858 132.140 10.657 142.797 26.891 40.604 67.495 97,14% 99,56% 98,38% 1,22% 0,07% 0,63% 0,87% 0,13% 0,49% 0,64% 0,05% 0,34% 0,13% 0,19% 0,16% 16.527.979 20.149.153 36.677.132 202.832 26.438 229.270 132.417 6.270 138.687 72.717 33.905 106.622 27.205 11.606 38.811 97,43% 99,61% 98,62% 1,20% 0,13% 0,62% 0,78% 0,03% 0,37% 0,43% 0,17% 0,29% 0,16% 0,06% 0,10% 136 — 133 — 134 — — 136 29.017.466 28.651.796 57.669.262 — — 100,00% 100,00% 100,00% — 133 20.645.249 21.735.385 42.380.634 — — 100,00% 100,00% 100,00% — 134 16.963.284 20.227.372 37.190.656 — — 100,00% 100,00% 100,00% Los porcentajes para cada categoría, se refieren a consumo, comercial y total de los préstamos, según corresponda. Préstamos morosos y reestructurados Aplicando los criterios de clasificación de préstamos del Banco Central descriptos anteriormente, la siguiente tabla analiza en cada una de las fechas indicadas más abajo, la cartera de préstamos morosos y reestructurados del Banco, junto con el total de préstamos con garantías preferidas y no garantizadas: Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 Cartera Irregular (1) Total 370.000 370.000 49 2014 (en miles de pesos) 418.283 418.283 2013 284.254 284.254 Con Garantías Preferidas Sin Garantías Total (1) 66.318 303.682 370.000 76.291 341.992 418.283 68.581 215.673 284.254 La cartera irregular incluye todos los préstamos clasificados como “riesgo medio”, “con problemas”, “riesgo alto”, “alto riesgo de insolvencia”, “irrecuperable” e “irrecuperable por disposición técnica” según la clasificación del Banco Central. La cartera irregular sólo incluye los préstamos con una mora de más de 90 días. Al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 los préstamos de la cartera irregular incluyen Ps. 236.870 miles, Ps. 259.401 miles y Ps. 161.588 miles, respectivamente, de préstamos incumplidos. La siguiente tabla detalla los préstamos morosos según la actividad económica en cada una de las fechas indicadas: 2015 Cartera de préstamos Producción primaria Bebidas Químicos Construcción Consumo Maquinarias, aparatos, accesorios y artículos eléctricos Sector financiero Alimentos Industrias metálicas básicas Cuero y productos de cuero y piel Maquinarias y herramientas Productos minerales no metalíferos Productos derivados del petróleo y carbón Otros Manufacturas diversas Productos derivados del papel Imprentas editoriales e industrias anexas Productos de goma Comercio minorista Otros servicios Textiles Material de transporte Comercio mayorista Madera y accesorios Total 35.751 2 14 99 315.920 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 2013 % de la Cartera de % de la Cartera de % de la cartera préstamos cartera préstamos cartera (en miles de pesos, excepto porcentajes) 9,66% — — 0,03% 85,38% 25.440 — 2.486 538 341.003 6,08% — 0,59% 0,13% 81,53% 24.034 3 115 560 240.428 8.46% — 0.04% 0,20% 84,57% 594 0,16% 58 0,02% 2.118 0,57% 23 0,01% 26 0,01% 13 — 16 — 23 0,01% 83 0,02% 26 0,01% 23 0,01% 1.422 0,38% 6 — 517 0,14% 1.276 0,34% 271 0,07% 839 0,23% 5.383 1,46% 5.497 1,49% 370.000 100,00% 23 147 8.611 9 9 7.880 6 81 9 5.449 4 1.393 49 1.627 3.148 2.563 646 11.650 5.512 418.283 0,01% 0,04% 2,06% — — 1,88% — 0,02% — 1,30% — 0,33% 0,01% 0,39% 0,75% 0,61% 0,15% 2,80% 1,32% 100,00% 8 14 140 260 3 10.177 300 3 14 894 190 165 — 1.076 108 6 336 5.419 1 284.254 — — 0,05% 0,09% — 3,58% 0,11% — — 0,31% 0,07% 0,06% — 0,38% 0,04% — 0,12% 1,92% — 100,00% Al 31 de diciembre de 2015, la mayor parte de la cartera de préstamos del Banco, y su cartera de préstamos en situación irregular y reestructurados, consistía en préstamos a deudores argentinos. A dicha fecha, aproximadamente Ps. 82,9 millones, equivalentes al 0,14% de la cartera de préstamos total del Banco, eran préstamos a deudores extranjeros. Los ingresos financieros brutos que hubieran devengado los préstamos en situación irregular durante los ejercicios cerrados al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 ascienden a Ps. 15,2 millones, Ps. 17,4 millones y Ps. 29,8 millones. Análisis de la previsión por riesgo de incobrabilidad de préstamos La siguiente tabla establece los movimientos en la previsión por riesgo de incobrabilidad de préstamos para los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. De acuerdo con los requerimientos del Banco Central, el Banco elimina los préstamos incumplidos cuando considera que el recupero es imposible y en ningún caso más allá de siete meses desde que un préstamo sea clasificado como “irrecuperable” sin garantías preferidas. De todos modos, el Banco hace todo lo que esté a su alcance para cobrar todos los montos vencidos, incluso si han sido eliminados del activo, si considera que la posibilidad de cobrar dichos montos justifica la asignación de recursos para lograrlo. 50 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos, excepto porcentajes) Saldos al inicio del ejercicio Cargo por incobrabilidad Aplicaciones y desafectaciones (1) Adelantos Consumo Documentos descontados y comprados Otros Saldos al cierre del ejercicio Aplicaciones netas / Préstamos promedio 937.794 648.207 (480.060) — (434.915) (6.668) (38.477) 1.105.941 0,98% 722.462 575.510 (360.178) — (321.645) — (38.533) 937.794 0,92% 523.857 456.267 (257.662) — (241.126) — (16.536) 722.462 0,79% (1) Las aplicaciones y desafectaciones no están concentradas en ninguna actividad económica en particular. La gerencia del Banco estima que de los Ps. 480,1 millones aplicados/desafectados en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015, Ps. 70,5 millones o 14,68% estaban relacionados con prestatarios corporativos y Ps.409,6 millones o 85,32% relacionados con consumidores individuales. La variación entre 2015 y 2014 se debió al incremento en el ratio de mora y préstamos morosos. De los Ps. 360,2 millones aplicados/desafectados en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014, Ps. 29,9 millones o 8,31% estaban relacionados con prestatarios corporativos y Ps.330,2 millones o 91,69% relacionados con consumidores individuales. La variación entre 2014 y 2013 se debió se debió al incremento en el ratio de mora y préstamos morosos. De los Ps. 257,7 millones aplicados/desafectados en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013, Ps. 26,0 millones o 10,08% estaban relacionados con prestatarios corporativos y Ps.231,7 millones o 89,92% relacionados con consumidores individuales. La variación entre 2013 y 2012 se debió se debió al incremento en el ratio de mora y préstamos morosos. Distribución de la previsión por riesgo de incobrabilidad de préstamos La siguiente tabla distribuye la previsión por riesgo de incobrabilidad y establece el porcentaje de distribución por cada categoría de préstamos en la cartera total de préstamos del Banco (solo capitales) para cada uno de los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. 2015 Total Adelantos Documentos descontados y comprados Hipotecarios Prendarios Consumos Sector financiero Sector público no financiero Otros Total 86.336 105.838 29.936 83.562 637.615 15.639 — 147.015 1.105.941 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 % Total % Total (en miles de pesos, excepto porcentajes) 11,89% 16,86% 3,74% 8,06% 45,26% 2,69% 0,02% 11,48% 100,00% 101.951 68.917 21.705 72.818 512.003 21.922 — 138.478 937.794 16,51% 14,52% 3,53% 8,89% 42,25% 2,19% 0,02% 12,09% 100,00% 2013 80.045 56.611 15.705 72.982 382.529 25.926 — 88.664 722.462 % 17,96% 15,01% 3,42% 9,54% 36,81% 4,50% 0,02% 12,74% 100,00% Composición de los depósitos La tabla que se adjunta a continuación incluye la composición de los depósitos por categoría respecto de aquellos que exceden el 10% del volumen promedio del total de depósitos al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Depósitos en sucursales bancarias locales Depósitos en cuentas corrientes que no devengan interés Promedio Pesos Dólares Total Cajas de ahorro Promedio Pesos Dólares Total Tasa real promedio Pesos Dólares 51 17.429.167 1.377.380 18.806.547 13.188.072 1.348.613 14.536.685 10.348.993 846.636 11.195.629 12.195.649 3.414.786 15.610.435 9.008.762 2.055.453 11.064.215 7.719.280 1.458.765 9.178.045 (11,07)% 35,00% (21,88)% 2,30% (12,68)% 15,65% Total Depósitos a plazo Promedio Pesos Dólares Total Tasa real promedio Pesos Dólares Total (0,99)% (17,39)% (8,17)% 23.126.105 2.126.313 25.252.418 18.770.011 1.529.879 20.299.890 15.037.091 1.131.265 16.168.356 8,41% 37,98% 10,90% (4,75)% 2,71% (4,19)% 0,93% 15,89% 1,98% Vencimiento de depósitos al 31 de diciembre de 2015 La siguiente tabla brinda información respecto de los vencimientos de depósitos del Banco al 31 de diciembre de 2015. Hasta 3 meses Total Cuenta corriente Caja de ahorro Plazos fijos Cuentas de inversión Otras Total 21.194.352 22.451.122 31.895.955 34.807 1.288.257 76.864.493 Vencimiento Más de 3 meses Más de 6 meses y hasta 6 meses y hasta 1 año (en miles de pesos) 21.194.352 22.451.122 30.750.448 5.521 1.283.827 75.685.270 — — 974.949 86 2.683 977.718 A más de 1 año — — 164.045 29.200 1.747 194.992 — — 6.513 — — 6.513 La siguiente tabla brinda información respecto de los vencimientos de depósitos a plazo y cuentas de inversión del Banco en denominaciones de US$100.000 o mayores al 31 de diciembre de 2015. Hasta 3 meses Total Oficinas locales Total 11.681.613 11.681.613 Vencimiento Más de 3 meses Más de 6 meses y hasta 6 meses y hasta 1 año (en miles de pesos) 11.344.276 11.344.276 252.712 252.712 A más de 1 año 82.648 82.648 1.977 1.977 Financiaciones a corto plazo Las financiaciones a corto plazo recibidas por el Banco ascendían a un total aproximado de Ps. 13.948 millones, Ps. 8.218 millones y Ps. 4.083 millones para los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente. La siguiente tabla muestra dichos montos al cierre de cada ejercicio. 2015 Monto Saldos al finalizar cada ejercicio Promedio durante el año Saldo máximo al final del mes 13.947.721 11.033.191 13.947.721 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Tasa Tasa promedio promedio anualizada Monto anualizada Monto (en miles de pesos, excepto porcentajes) 4,5% 18,0% 8.218.005 8.660.094 11.670.135 6,7% 15,6% 2013 4.082.688 4.350.246 6.092.795 Tasa promedio anualizada 7,2% 16,9% Razones para la Oferta y Destino de los Fondos Para información acerca del destino de los fondos, ver “De la Oferta y la Negociación - Términos y Condiciones de las Obligaciones Negociables - Destino de los Fondos”. Factores de riesgo 52 Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, el público inversor deberá considerar los factores de riesgo que se describen a continuación, los cuales deberán leerse conjuntamente con el resto de este Prospecto. Sin perjuicio de dichos factores de riesgo, la Entidad también puede estar expuesta a riesgos adicionales que no son actualmente de su conocimiento. Factores relacionados con la Argentina Panorama General Somos una sociedad anónima argentina y la mayoría de nuestras operaciones, bienes y clientes están localizados en la Argentina. En consecuencia, la calidad de nuestros activos, nuestra situación patrimonial y los resultados de nuestras operaciones dependen principalmente de las condiciones macroeconómicas y políticas imperantes en la Argentina. En 2001, la economía argentina sufrió una severa crisis económica y política (la “Crisis Argentina”) pero logró recuperarse durante el mandato de Néstor Kirchner como Presidente, que concluyó en 2007. Kirchner fue sucedido por Cristina Fernández de Kirchner, cuyo mandato se extiende hasta el último trimestre de 2015. El 10 de diciembre de 2015, Mauricio Macri, líder del partido opositor Cambiemos, prestó juramento como el nuevo Presidente de la República Argentina después de haber derrotado a su contrincante Daniel Scioli, candidato a Presidente por el partido de Cristina Fernández de Kirchner, en segunda vuelta. Desde que asumió su mandato, el nuevo gobierno (la Administración de Macri) ha anunciado e implementado varias reformas económicas y políticas significativas que se describen más adelante y que continuarán afectando la calidad de nuestros activos, nuestra situación financiera y nuestros resultados de operaciones. La crisis financiera global condujo en 2009 y 2010 a un crecimiento más lento y a un aumento moderado del desempleo, pero no afectó la estabilidad del sistema financiero argentino. Ver “Información sobre la Emisora – Acontecimientos Políticos y Económicos Recientes en la Argentina – El escenario macroecónomico”. El impacto de las recientes elecciones presidenciales y parlamentarias sobre el futuro económico y político de Argentina es incierto, pero bastante concreto. Las elecciones presidenciales y parlamentarias se llevaron a cabo en Argentina el 25 de octubre de 2015 y la segunda vuelta (ballotage) entre los dos candidatos presidenciales líderes el 23 de noviembre de 2015, cuyo resultado fue el triunfo de Mauricio Macri como el presidente electo de Argentina. El gobierno de Macri asumió su mandato el 10 de diciembre de 2015. Desde que asumió su mandato, dicho gobierno ha anunciado y/o implementado varias reformas económicas y políticas entre las que se incluyen: Cambios en las divisas. El gobierno de Macri anunció ciertas reformas para el Mercado de divisas destinadas a eliminar las mayores restricciones impuestas sobre divisas durante el mandato de Fernández de Kirchner. Se espera que tales reformas otorguen mayor flexibilidad y mejor acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (“MULC”). Las principales medidas adoptadas incluyen: (i) la restitución del derecho de los residentes argentinos a adquirir moneda extranjera por una suma de hasta $2.0 millones de dólares estadounidenses por mes para la compra de activos offshore sin una finalidad específica; (ii) la efectiva eliminación del depósito obligatorio, no transferible y sin intereses relacionado con ciertas operaciones que involucran flujos de moneda extranjera al reducir la cantidad de depósito desde el 30% de la suma de tales operaciones hasta el 0%; y (iii) la eliminación del requisito de tenencia mínima (72 horas laborables) relacionadas a la compra y venta de títulos valores en diferentes mercados de valores. Luego del levantamiento de ciertas restricciones, el 17 de diciembre de 2015, la moneda Argentina, el peso, devaluó contra el dólar estadounidense a niveles más bajos que los indicados por los mercados de valores informales antes de que se adopten tales medidas. Reformas del INDEC. El 8 de enero de 2016, basados en las conclusiones que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (“INDEC”) no ha suministrado información estadística confiable en el pasado, en particular respecto de la información de IPC, PIB y comercio exterior, el gobierno de Macri emitió el Decreto No. 55/2016 a través del cual se declara en estado de emergencia administrativa al Sistema Estadístico Nacional y al INDEC hasta el 31 de diciembre de 2016. Ver – “Altas tasas de inflación podrían afectar negativamente la economía argentina en general, incluyendo su acceso al mercado financiero de largo plazo” más abajo. Se preveé que el nuevo equipo de administración del INDEC designado por el gobierno de Macri implementará ciertas reformas metodológicas y ajustará ciertas estadísticas macroeconómicas en base a tales reformas. 53 Reformas de Comercio Exterior. En un esfuerzo por incrementar la base de las exportaciones de Argentina, la gestiones de Kirchner y Fernández de Kirchner, respectivamente, habían tomado intervención en ciertas sectores, el agricultor en particular, a través de la imposición de restricciones a las exportaciones e incrementando el costo de los derechos de exportación. El gobierno de Macri eliminó los derechos de exportación sobre ciertos productos y los redujo sobre otros. Además, se eliminó el 5% de los derechos de exportación sobre la mayoría de las exportaciones industriales. Respecto del pago a las importaciones y servicios realizados en el exterior, el gobierno de Macri anunció la eliminación gradual sobre restricciones para acceder al MULC para operaciones realizadas antes del 17 de diciembre de 2015 y su total eliminación para las operaciones realizadas después del 17 de Diciembre de 2015. En virtud de la nueva normativa, se prevé que las limitaciones cuantitativas de la deuda disminuyan en forma gradual y sean eliminadas por completo antes de junio de 2016. Acuerdo con los tenedores de bonos. El gobierno de Macri ha acordado con los tenedores de bonos en default - vencidos y con quienes no aceptaron los términos de los intercambios de bonos que ofreció Argentina, que produjo la finalización de un conflicto y terminó con la situación de default. Acceso al Mercado Internacional de Capitales. El fin de la disputa por los holdouts / acreedores renuentes permitirá a Argentina acceder al Mercado de capitales y ganar acceso a los mercados de deuda internacionales a tasas de interés razonables y sin riesgo de ejecución. Reducción del déficit. El gobierno de Macri anunció la intención de reducir el déficit presupuestario primario de aproximadamente 5,8% del PIB en 2015, a 4,8% de PIB en 2016 y 3,3% de PIB en 2017, a través de la eliminación de subvenciones a ciertos servicios públicos y una asignación más eficiente de los gastos públicos. Reformas y estado de emergencia nacional para la electricidad. Luego de años de limitadas inversiones en el sector de energía, así también como el continuo congelamiento de las tarifas de electricidad y gas natural desde que el gobierno adoptó medidas en el año 2002, Argentina comenzó a experimentar escasez de energía en el año 2011. En respuesta a la creciente crisis energética, el gobierno declaró el estado de emergencia respecto del sistema energético nacional hasta el 31 de diciembre de 2017. Dicho estado de emergencia permite al gobierno adopte medidas destinadas a garantizar el suministro eléctrico, como ser la instrucción impartida al Ministro de Energía para que elabore e implemente, con la colaboración de todas las entidades públicas federales, un programa coordinado que garantice la calidad y seguridad del suministro eléctrico. Además, a través de la Resolución No. 6/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y la Resolución No. 1/2016 del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, el gobierno de Macri anunció la eliminación de algunas subvenciones eléctricas y un incremento sustancial en las tarifas de electricidad. Creación de nuevos instrumentos financieros. El gobierno de Macri planea la creación de instrumentos financieros indexables a modo de canal para el ahorro y la inversión. La falta de instrumentos ajustados por inflación desalientan la posibilidad de ahorro e inversión. Acuerdo de precios. El objetivo que anunció el gobierno de Macri es arribar a acuerdos de precios voluntarios y generales con las empresas y acuerdos salariales con los sindicatos durante el primer semestre del año como herramienta adicional para combatir la inflación, uno de los principales problemas de Argentina. A la fecha de este informe anual es prematuro predecir el impacto que tendrán estas medidas sobre la economía de Argentina y nuestro negocio. Existe incertidumbre respecto de si el gobierno de Macri tendrá éxito con la implementación de todas las medidas que se anunciaron durante la campaña de elección presidencial y respecto del tiempo que tomará dicha implementación. Aún si se adoptaran, tales medidas podrían no arrojar los resultados esperados. Por otra parte, a pesar de la victoria de Macri en las elecciones presidenciales, su partido no cuenta con mayoría de bancas en el Congreso, para lo cual el gobierno de Macri deberá contar con el apoyo político de la oposición para sus propósitos económicos. Asimismo, nuevos hechos inesperados pueden dar origen a una inestabilidad política y/o económica en Argentina. La incapacidad del gobierno de Macri para ejecutar su programa como resultado de la falta de apoyo político o de otra clase, puede provocar una falta de confianza o bien lograr un efecto adverso sobre la economía argentina y sus condiciones políticas y económicas, las cuales podrían afectar nuestra actividad, los resultados de las operaciones y las condiciones financieras. 54 Las expectativas de un aumento considerable de la tasa de inflación podría afectar negativamente a la economía argentina en general, incluyendo su acceso al mercado financiero de largo plazo. En el caso de un escenario de altos índices inflacionarios, las exportaciones argentinas podrían perder competitividad en relación con los mercados internacionales, y podría declinar el consumo privado. Además, una alta tasa de inflación podría socavar la confianza en el sistema financiero argentino en general, en especial respecto de la base de depósito en pesos, deteriorando la demanda y tendiendo a una cartera dolarizada, situación que podría causar una disminución en la base de depósito. Esto afectaría negativamente el volumen de negocios de los bancos, incluyendo a BBVA Banco Francés. Los índice de precios al consumidor para el área metropolitana de Buenos Aires y para otras regiones / provincias argentinas publicados por el INDEC no han sido coherentes respecto de los datos del IPC publicados por instituciones privadas. Estas inconsistencias crean incertidumbre con respecto a la tasa de inflación real del país y dificultan el afianzamiento de las expectativas de inflación. Cabe destacar que los activos, tales como los bonos públicos, indexados por CER se ajustan de acuerdo con el IPC para el GBA. Las normas contables profesionales argentinas requieren la aplicación de la Resolución Técnica N ° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), (modificada por la Resolución Técnica N ° 19), a través de la cual se establece que los estados contables deben ser re-expresados en moneda constante cuando el entorno económico del país muestra determinadas características. Un requisito previo para la aplicación de esta nueva norma es que la inflación acumulada a lo largo de un período de tres años, medida por el denominado Índice de Precio Internos al por Mayor publicado por el INDEC alcance o supere el 100%. De acuerdo con la última información publicada por el INDEC, la inflación acumulada en el período comprendido entre el 31 octubre de 2012 y el 31 octubre de 2015 medida por el índice IPIM fue del 66%. Por lo tanto, el requisito previo para la re-expresión en moneda constante de la información que contienen los estados contables consolidados no resulta satisfactoria. Si se cumpliese tal condición, la reexpresión de los estados contables consolidados en moneda constante sería obligatoria. En febrero de 2014, tras la imposición por parte del Fondo Monetario Internacional de ciertos requisitos para mejorar la calidad de los datos oficiales, incluyendo los datos de la inflación y el PIB, Argentina informó un nuevo índice de precios al consumidor nacional urbano, que abarca la totalidad del país y utiliza un nuevo año base (cuarto trimestre de 2013) . El índice IPC-NU fue publicado por primera vez en febrero de 2014. El FMI reconoció el progreso de las autoridades argentinas para remediar la inexactitud de los datos proporcionados, pero se ha retrasado respecto de la evaluación definitiva del nuevo índice. El Nuevo índice sustituye a la medición anterior y se utiliza para calcular la indexación CER. El gobierno de Macri ha reconocido la interferencia que tuvo el gobierno anterior con respecto al INDEC y la falta de fiabilidad de los datos que se publicaron. El 8 de Enero de 2016, el gobierno de Macri emitió el Decreto Nº 55/2016, a través del cual se declara el estado de emergencia administrativa relacionada con el sistema nacional de estadística y el INDEC hasta el 31 de diciembre de 2016. El INDEC había discontinuado con la publicación de la información estadística hasta tanto su estructura técnica y administrativa estuviese reorganizada. Recientemente, ha retomado la publicación de estadísticas, indicando que la actividad económica medida por el PBI mediante un informe de avance del nivel de actividad, reveló que para el primer trimestre de 2016, hubo una variación del 0,5% con relación al mismo período del año anterior, y en cuanto al año 2015 se registró un crecimiento en términos reales de 2,1% respecto a 2014, tras crecer sólo 0,5% en 2013. Por otra parte, en febrero de 2016, el Ministro de Economía, Alfonso Prat - Gay anunció que el FMI realizará inspecciones en Argentina de conformidad con el Artículo IV del estatuto del FMI, en las cuales se permitirá a los funcionarios realizar las inspecciones con los empleadores y los sindicatos a fin de formular recomendaciones económicas a los países miembros. Aunque el gobierno de Macri ha informado de manera sistemática que uno de sus principales objetivos es controlar y reducir la inflación, a la fecha de este informe anual continúa la incertidumbre respecto de si las reformas antes mencionadas se llevarán a cabo tal como estaba previsto, y si, incluso en caso de aplicarse, tendrá éxito en su totalidad. También resulta incierto el grado en que se revisarán los datos oficiales y qué efecto surtirán estas reformas en la economía nacional o en nuestros estados contables consolidados. 55 No se puede garantizar la fiabilidad de los datos oficiales ya que los datos del INDEC pueden ser materialmente revisados en cualquier momento y revelar diferencias históricas o condiciones económicas imperantes y de rendimiento respecto de aquellos en los cuales se obtuvo confianza con anterioridad, los cuales a su vez, podrían afectar la credibilidad de Argentina y su condición económica y política. Todos estos factores podrían afectar de manera adversa nuestro negocio, resultados de operaciones y situación financiera. Las expectativas de un aumento considerable del gasto público podrían afectar en forma negativa a la economía argentina en general, incluyendo el acceso a los mercados financieros. A partir de 2005, el gasto primario comenzó a crecer más abruptamente que el ingreso fiscal. De tal modo, la balanza primaria del sector público no financiero se ha reducido de 3,2% del PBI en 2004 a 5.3% del PBI en 2015. El déficit fiscal se deterioró durante el año 2015, y alcanzó Ps . 225,6 millones a fin de año, lo que representó un incremento del 105,6 % comparado con el déficit fiscal del año 2014. El gobierno de Macri anunció ajustes graduales en el déficit fiscal por alrededor de 5 puntos porcentuales del PIB al año hasta el año 2019. La mayor parte de los ajustes fiscales surgirá como consecuencia de la eliminación de los subsidios al sector energético, medida que se está aplicando actualmente , la reducción de la presión fiscal mundial, la reducción de los derechos de exportación y la reforma del IRPF anunciada por el gobierno de Macri . Por otra parte, la balanza primaria podría verse afectada negativamente en el futuro si el nivel del gasto público aumenta a una tasa superior a los ingresos debido a subsidios a los sectores de menores ingresos, las deudas previsionales, la asistencia a las provincias con problemas económicos y el otorgamiento de subsidios a los sectores de transporte y energía. Un mayor deterioro de la posición fiscal del gobierno, no obstante, podría afectar negativamente su capacidad para acceder a los mercados de deuda y podría a su vez originar un acceso más limitado a este tipo de mercados por parte de las empresas argentinas, BBVA Francés inclusive. Por otra parte, el anterior gobierno había comenzado nuevamente a emitir deuda en el mercado local argentino después de varios años sin haberlo hecho, cuyos bancos privados argentinos, tales como BBVA Francés, a menudo compran. El gobierno de Macri ha anunciado que continuará con la emisión de deuda en el mercado local argentino y esto importaría una mayor exposición por parte de los bancos privados, tales como BBVA Francés, respecto del sector público. Existe incertidumbre respecto de si el gobierno de Macri tendrá éxito con la implementación de su estrategia para reducir el déficit fiscal y el gasto público, particularmente a la luz del hecho de que todas las medidas sujetas a la aprobación del Congreso requerirán el apoyo de la oposición. En caso de no aplicarse tales políticas, o si éstas resultasen ineficaces, ello podría impactar de manera negativa en el poder adquisitivo de los consumidores y conducir a precios más altos en general. Por otra parte, el saldo fiscal primario del gobierno podría verse afectado negativamente si el gasto público continúa aumentando en el futuro. Una posición fiscal más débil podría tener un efecto material adverso respecto de la capacidad del gobierno para obtener financiación a largo plazo y afectar negativamente las condiciones económicas en Argentina, lo cual podría afectar de manera adversa nuestro negocio, resultados de operaciones y situación financiera. Los acreedores renuentes que participaron en el canje de deuda que tuvo lugar en 2005 y 2010 han presentado numerosas demandas contra la Argentina en varias jurisdicciones, Estados Unidos inclusive, que han dado lugar a limitaciones en la capacidad del país para efectuar pagos en cierta parte de su deuda pendiente y el acceso a los mercados de capitales internacionales. No es posible garantizar que más litigios contra Argentina no afectarán de manera negativa sus activos o la capacidad de Argentina para acceder a los mercados internacionales de capital. En 2005 y 2010, Argentina realizó ofertas de intercambio para reestructurar parte de su deuda soberana que había estado en cesación de pagos desde finales del año 2001. Como resultado de las ofertas de intercambio, Argentina reestructuró más del 92 % de su deuda pendiente de pago. Los tenedores de deuda impaga que participaron en las ofertas de intercambio obtuvieron nuevos bonos con diferentes términos. 56 Los tenedores de bonos que no participaron en las ofertas de intercambio (“Holdouts” / renuentes) han obtenido sentencias favorables en el Tribunal del Distrito Sur de Nueva York, Estados Unidos, a través de las cuales se instruía el pago por parte de la Argentina del capital principal y los intereses adeudados de sus bonos. El Tribunal sostuvo que el hecho de abonarle a los tenedores de bonos de cambio y no a los renuentes, violaría la cláusula pari passu de los bonos en poder de los renuentes (holdouts), y prohibió a la Argentina realizar cualquier pago de bonos de cambio a menos que se efectuaran pagos similares a los holdouts ("Acciones Pari Passu"). El Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito, EE.UU., confirmó las sentencias del Tribunal de Distrito en varias ocasiones y ordenó a la Argentina abonar a los holdouts la suma de US $ 1,3 mil millones de dólares más intereses posteriores al juicio. El Segundo Circuito sostuvo su fallo en espera de apelación por parte de la Argentina ante el Tribunal Supremo de EE.UU. El 16 de junio de 2014, la Corte Suprema se negó a revisar el fallo del Segundo Circuito y la suspensión se levantó poco después. Al negar la petición de Argentina para tal revisión, el Tribunal Supremo confirmó el fallo del Segundo Circuito y ordenó a la Argentina abonar US $ 1,3 mil millones a los holdouts. Si bien el gobierno argentino ha manifestado en reiteradas ocasiones su intención de abonar la totalidad únicamente a los tenedores de bonos de cambio, cualquier pago probable a los tenedores de bonos de cambio que no esté seguido por un pago similar a los holdouts podría ser bloqueado con fundamento en el fallo del Segundo Circuito. El 30 de junio de 2014 finalizó la fecha límite para el pago de las cuotas de intereses de ciertos bonos de intercambio. El gobierno transfirió los fondos necesarios para el fiduciario, el Bank of New York Mellon, a fin de realizar el pago, pero los fondos fueron bloqueados por el Tribunal de Distrito. El 30 de julio de 2014 finalizó el período de gracia para abonar dichas cuotas de intereses y los pagos no habían sido cancelados aún. El 11 de septiembre de 2014, el gobierno argentino promulgó la Ley 26.984 ("Ley de Pago Soberano de Deuda") mediante la cual se sustituyó al Bank of New York Mellon por un banco local argentino, Nación Fideicomisos S.A. en la ciudad de Buenos Aires, en carácter de fiduciario. Con esta ley, el gobierno intentó crear un nuevo intercambio voluntario de reestructuración de deuda. Por otra parte, en Agosto de 2014, el Banco Central revocó la licencia del Bank of New York Mellon para actuar en Argentina. El 29 de septiembre de 2014, la Corte de Distrito declaró a la Argentina en desacato debido a sus intentos de abonar a los tenedores de bonos de cambio y no a los holdouts, desafiando así las órdenes de la Corte de Distrito. En febrero de 2016, el gobierno de Macri anunció acuerdos iniciales con varios grupos de renuentes y formuló una propuesta de acuerdo a todos los holdouts, incluidos aquellos con reclamos pendientes ante los tribunales de Estados Unidos. A su vez, el 2 de marzo de 2016, el Tribunal de Distrito ordenó medidas judiciales Pari Passu, incluyendo los denominados "yo también" (requerimientos llevados a cabo por otros acreedores que no formaron parte del reclamo original de los renuentes (holdouts) para liberarse de manera automática una vez que (i) Argentina derogue la Ley Nº 26.017 sancionada durante el gobierno de Fernández de Kirchner y en virtud de la cual el gobierno no efectuaría pagos a los renuentes (holdouts) y derogue la ley de pago soberano de deuda, y (ii) Argentina abone en su totalidad a las partes que han suscrito acuerdos de solución el 29 febrero de 2016 o con anterioridad a esa fecha. El 31 de marzo de 2016, el Congreso aprobó la a Ley que autoriza el pago a los holdouts, derogando los obstáculos legislativos para resolver litigios con los Holdouts y aprobando el acuerdo de solución. El Tribunal de Apelaciones confirmó la orden del 2 de marzo y dio instrucciones a la Corte de Distrito para supervisar y confirmar que el efectivo pago a los holdouts se realice dentro de los términos de los acuerdos pertinentes. El 22 de abril de 2016, Argentina inició el proceso de transferencia de los fondos para el pago a los holdouts a fin de concluir la situación de cesación de pagos del año 2001, y el juicio de 15 años. El pago se dividió entre US $ 6.200 millones a abonarse directamente mediante transferencia de fondos a aquellos holdouts que firmaron un acuerdo con el gobierno de Macri antes del 29 de Febrero de 2016, y otra parte por US $ 3,1 mil millones a transferirse a un fideicomiso en el Banco de Nueva York, para quienes suscribieron acuerdo con posterioridad a esa fecha. Luego de estos pagos, el juez Thomas Griesa decidió levantar las medidas cautelares. No todos los acreedores han llegado a una cuerdo respecto de las condiciones propuestas por el gobierno de Macri y otros tenedores de deuda que aún no han aceptado la propuesta del gobierno de Macri continuarán sus litigios ante los tribunales de los Estados Unidos y otras jurisdicciones, y las consecuencias que traen aparejadas las normas inconsistentes de los distintos tribunales no están claras aún. Como resultado de esta continua y posible futura contienda, no puede asegurarse que más juicios, futuros fallos, requerimientos u órdenes de embargos no tiendan a congelar o embargar activos de la Argentina, lo cual podría tener un efecto adverso significativo sobre la economía argentina y afectar nuestra capacidad para acceder a la financiación internacional o pagar nuestras deudas. 57 La economía argentina continúa siendo vulnerable ante los acontecimientos externos que podrían ser ocasionados por las dificultades económicas significativas de los principales socios comerciales de la región de la Argentina o por los efectos más generales de "contagio", que podrían tener un efecto adverso en el crecimiento económico de la Argentina y su capacidad de afrontar su deuda pública. El crecimiento económico débil, plano o negativo de cualquiera de los principales socios comerciales de la Argentina, como Brasil, podría afectar negativamente la balanza comercial de Argentina y, en consecuencia, el crecimiento económico de Argentina. Brasil es actualmente el mayor mercado de exportación de Argentina. El PIB de Brasil se redujo en un 3,8 % en 2015, debido principalmente a una disminución del 8,3% en la producción industrial. Además, el real brasileño se depreció un 33 % frente al dólar de EE.UU. en el transcurso del año 2015, conforme el Instituto Brasileño de Geografía y Estadística. Por otra parte, Brasil se encuentra actualmente atravesando una crisis política interna ya que su congreso inició un proceso de destitución contra la actual presidenta Dilma Russeff, quien enfrenta cargos de manipulación del déficit presupuestario e intento de obstruir una investigación de un posible plan de soborno de billones de dólares en Petrobras, la gigante petrolera controlada por el estado. La economía argentina también puede verse afectada por los efectos de "contagio". Las reacciones de los inversores internacionales frente a los eventos que ocurren en un país en desarrollo a veces parecen seguir un patrón de "contagio ", viéndose desfavorecidos por parte de los inversores internacionales. En el pasado, la economía argentina se ha visto afectada negativamente por efectos de contagio en varias ocasiones, incluyendo la crisis financiera mexicana de 1994, la crisis financiera asiática de 1997, la crisis financiera rusa de 1998, la devaluación de 1999 del real brasileño, el colapso del régimen de tipo de cambio fijo de Turquía en 2001 y la crisis financiera mundial que comenzó en 2008. La economía argentina también puede verse afectada por las condiciones en las economías desarrolladas, como Estados Unidos, que son importantes socios comerciales de Argentina o que tienen influencia sobre los ciclos económicos mundiales. Por ejemplo, si las tasas de interés aumentan significativamente en los países desarrollados, incluyendo Estados Unidos, Argentina y sus socios comerciales, como Brasil y otras economías en desarrollo, podría resultar más difícil y costosa la obtención de préstamos y el refinanciamiento de la deuda existente, lo que podría afectar de manera adversa el crecimiento económico de esos países. Por último, el 23 de junio de 2016, el electorado británico votó, en un referéndum general, a favor de la salida del Reino Unido de la Unión Europea (el denominado "Brexit"). Aun no puede predecirse el impacto concreto que esta circunstancia generará en la relación entre dicho país y la Unión Europea ni los términos bajo los cuales dicha relación continuará, todo lo cual dependerá del resultado del proceso de negociación que se lleve adelante para implementar la efectiva salida del Reino Unido del bloque. Como consecuencia del Brexit, las condiciones de la economía en general y de los mercados financieros y de capitales en particular, de los países que son socios del bloque podrían resultar adversamente afectados, todo lo cual podría conducir a generar inestabilidad en los mercados financieros globales, como puede ser el caso de Argentina. Cualquiera de estos factores podrían tener un efecto sustancial adverso sobre el crecimiento económico argentino. Como Banco Argentino, dichos factores podrían afectar negativamente nuestra actividad comercial, resultados operativos, condiciones financieras y nuestra capacidad para distribuir dividendos a no residentes. Una disminución en los precios internacionales de los principales productos de exportación de la Argentina podría tener un efecto adverso significativo en la economía de Argentina y las finanzas públicas. Los mercados de materias primas se han caracterizado históricamente por una alta volatilidad. A pesar de la volatilidad de los precios de la mayoría de las exportaciones de materias primas de la Argentina, los productos básicos han contribuido significativamente con los ingresos del gobierno durante los últimos años. En consecuencia, la economía argentina se ha mantenido relativamente dependiente del precio de sus principales productos de exportación, principalmente de soja. Esta dependencia, a su vez, ha tornado a la economía argentina más vulnerable a las fluctuaciones de los precios de las materias primas. Una disminución de los precios de las materias primas podría afectar negativamente a la economía argentina, así como sus finanzas públicas debido a una disminución de los ingresos públicos de los impuestos a la exportación. A la fecha de este informe anual, el gobierno de Macri ha eliminado los impuestos a la exportación de muchos productos agrícolas y la reducción de los impuestos a la exportación sobre la soja del 35% al 30%. Cualquier reducción en los 58 precios de las materias primas o una mayor reducción de impuestos a la exportación podría impactar negativamente en las finanzas públicas de la Argentina, que a su vez podría afectar de manera adversa nuestro negocio, nuestros resultados de operaciones y situación financiera. El bajo nivel relativo de reservas internacionales podría originar una mayor depreciación del peso si se produce un aumento brusco en la demanda de divisas por parte del público en el nuevo sistema de tipo de cambio flotante. El nivel de las reservas internacionales del Banco Central ha aumentado en más de 4 mil millones de dólares desde que el gobierno de Macri asumió el cargo a pesar de que no ha habido prácticamente intervención alguna por parte del Banco Central en el mercado de divisas desde la eliminación de ciertas restricciones de divisas. El Banco Central se ha comprometido a una política de tipo de cambio flotante con el fin de desviarse de la dinámica devaluación - inflación que ha afectado a la economía argentina en los últimos años. Durante los primeros 100 días de gobierno de Macri, el Banco Central obtuvo un préstamo de U$S 5 mil millones de dólares por parte de un grupo de siete bancos internacionales con el fin de fortalecer sus reservas internacionales. Con el mismo fin, en diciembre del año 2015, el Banco Central también convirtió Yuans chinos en dólares EE.UU. en una cantidad de U$S 3 mil millones de dólares bajo los términos del acuerdo de intercambio de divisas con China. Este canje de monedas fue realizado originalmente por el equivalente a US$ 11 mil millones y, aunque se registraron los fondos en el balance del Banco Central, no fueron considerados como liquidez disponible. El acuerdo de canje ya contempló la posibilidad de conversión de Yuanes chinos en dólares estadounidenses a un costo y el hecho de que el FMI aceptara oficialmente el Yuan como moneda de reserva facilitó aún más la operación. El stock actual de las reservas internacionales en poder del Banco Central restando el canje de monedas con China y los $ 5 mil millones otorgados con bancos internacionales es relativamente bajo, lo que reduciría la capacidad del Banco Central para soportar un hipotético aumento de la demanda de divisas. Por otra parte, debido al acuerdo final suscripto con los holdouts, el Banco Central recibió US $ 7.200 millones que se agregan a las reservas debido al exceso de suscripción de la deuda emitida para pagar a los holdouts y salir de la situación de default. Un bajo nivel de reservas internacionales podría dar lugar a una mayor depreciación del peso, si hay un aumento brusco de la demanda de moneda extranjera, lo cual podría a su vez afectar adversamente nuestro negocio, resultados de operaciones y situación financiera. Riesgos Relacionados con el Sistema Financiero Argentino y BBVA Francés. La estructura a corto plazo de la base de depósitos del sistema financiero argentino, incluyendo la base de depósitos del Banco, podría conducir a una reducción en los niveles de liquidez y limitar la expansión a largo plazo de la intermediación financiera. Después de la crisis argentina, el volumen de actividad financiera en relación con los depósitos y los préstamos se redujo severamente. Entre 2003 y 2007, se produjo una recuperación gradual y creciente de los niveles de depósitos. Como resultado de la crisis financiera mundial, los niveles de depósitos volvieron a disminuir durante el año 2008 hasta el último semestre de 2009, aunque se han incrementado desde entonces. El crecimiento del sistema financiero argentino depende en gran medida de los niveles de depósito a causa del pequeño tamaño de los mercados de capitales argentinos y la falta de acceso a los mercados de capitales extranjeros en los últimos años. Es probable que a mediano plazo, el crecimiento crediticio dependa del crecimiento de los niveles de depósitos. Durante el periodo 2011-2013, el crédito creció a un ritmo mayor que los depósitos, por lo que consumieron un exceso de liquidez de las entidades financieras. En 2014, este escenario comenzó a cambiar, y los depósitos comenzaron a crecer a un ritmo mayor que el crédito. La liquidez del sistema financiero argentino a la fecha es relativamente alta debido al alto nivel de reservas de depósitos obligatorios aplicables a las entidades financieras del país, entre otras inversiones a corto plazo, como la cesión temporal con el Banco Central. Estos activos líquidos representan aproximadamente el 20 % de los depósitos totales de las entidades financieras del país al 31 de diciembre de 2015. Los bancos también pueden invertir en Letras del Banco Centra (Lebac) a corto plazo que también aumentan los ratios de liquidez del sistema financiero. 59 A pesar de eso, debido a que la mayoría de los depósitos son depósitos a corto plazo, una parte sustancial de los préstamos también debe tener vencimientos a corto plazo para que coincida con los plazos de los depósitos. La proporción de líneas de crédito a largo plazo, tales como las hipotecas, es pequeña. Aunque creemos que los niveles de liquidez de depósito son actualmente razonables, no se puede asegurar que tales niveles no se reduzcan debido a las futuras condiciones económicas. Si los depositantes pierdan la confianza como resultado de las condiciones económicas negativas y retiran los fondos de los bancos, habrá un impacto negativo importante en la manera en que las instituciones financieras, incluyendo la nuestra, llevan a cabo sus negocios y en nuestra capacidad para operar como intermediarios financieros. Si las instituciones financieras del país, tales como BBVA Francés, no pueden acceder a las fuentes adecuadas de financiación a mediano y largo plazo o si están obligados a pagar altos costos con el fin de obtener la misma y/o si no pueden generar beneficios y/o mantener su volumen y/o el alcance de su negocio actual, ya sea debido a una disminución de los depósitos o de otra manera, nuestra posición de liquidez y la capacidad de honrar nuestras deudas a su vencimiento puede verse afectada de manera adversa. La inestabilidad del marco regulatorio, en particular el marco regulatorio que afecta a las instituciones financieras, podría tener un efecto adverso significativo sobre las instituciones financieras, como el Banco. Durante el segundo mandato de Cristina Kirchner como presidente, se sancionó una serie de nuevas normas que afectaron a las instituciones financieras, principalmente respecto de la regulación del mercado de divisas y la imposición de nuevos requisitos de capital para las instituciones financieras. En este sentido, las Comunicaciones "A" 5272 y 5273 del Banco Central, de fecha 1 de febrero del 2012, aumentaron los requisitos de capital para las entidades financieras que realicen actividades en Argentina. Estas comunicaciones requieren ciertos niveles mínimos de capital con el fin de apoyar a los riesgos operativos y la distribución de dividendos, y un colchón de capital adicional equivalente al 75% de las necesidades totales de capital. El Banco Central indicó que estos nuevos requisitos se basan en la medida de riesgo de crédito requerido por Basilea II. Para obtener más información sobre los requisitos de capital para los bancos argentinos ver " Información sobre la Emisora - el Sistema Bancario Argentino y su Marco Regulatorio". Por otra parte, una nueva ley fue aprobada por el Congreso a través de la cual se introdujeron modificaciones en los estatutos del Banco Central. Los principales temas abordados por este proyecto de ley fueron el uso de las reservas del Banco Central para la cancelación de la deuda pública, junto con la aplicación de políticas por parte del Banco Central con el fin de interferir en la determinación de las tasas de interés y las condiciones de los préstamos a las instituciones financieras. El Banco Central emitió la Comunicación " A" 5319 y "A" 5380, de fecha 5 de julio de 2012 y 21 de diciembre de 2012, respectivamente, y la Comunicación "A " 5516, de fecha 27 de diciembre de 2013, mediante la cual se establece la obligatoriedad por parte de los bancos para proporcionar líneas de crédito con fines productivos. La intención del gobierno era aumentar las inversiones, aunque un aumento en la demanda de estos préstamos podría a su vez reducir la demanda de otro tipo de préstamos. BBVA Francés utilizó aproximadamente Ps. 6,691 millones en el 2015 para estos tipos de préstamos. El 29 de noviembre de 2012, el Congreso Nacional aprobó la nueva "Ley de Mercados de Capitales ", que modificó el régimen de oferta pública establecido por la Ley N ° 17.811, en su nueva versión. Una de las modificaciones más importantes introducidas por la Ley de Títulos Valores hace referencia a los poderes de la CNV. La aplicación del artículo 20 de la Ley de Mercados de Capitales generó preocupación en el mercado, sobre todo entre las empresas seleccionadas, ya que da derecho a la CNV a (i) nombrar a los supervisores con poder de veto sobre las resoluciones aprobadas por el consejo de administración de empresas que cotizan (ii) descalificar al consejo de administración de las sociedades que cotizan en bolsa por un período de 180 días en el cual, según lo establecido por la CNV, los intereses de los accionistas minoritarios y/o tenedores de valores se ven afectados de manera adversa. El 1 de octubre de 2013, el Banco Central emitió la Comunicación " A" 5460, a través de la cual se otorgó una amplia protección a los consumidores de servicios financieros, incluyendo, entre otros aspectos, la regulación de las comisiones que cobran las instituciones financieras por sus servicios. Como resultado, los derechos y costos deben representar un gasto real, directo y demostrable y tener una justificación técnica y económica. La Comunicación "A " 5514 introdujo una excepción a la aplicación de la Comunicación "A " 5460 para ciertos contratos de crédito que tengan garantías prendarias que hayan suscripto hasta el 30 de septiembre de 2013. 60 El 23 de diciembre de 2014, el Banco Central modificó la Comunicación "A" 5460 mediante la Comunicación "A” 5685. Como resultado de esta modificación, todo incremento en las comisiones para nuevos productos o servicios para los clientes al por menor deberán contar con la autorización previa del Banco Central. Además, de acuerdo con la Comunicación "A" 5689 del BCRA, de fecha 8 de enero de 2015, las entidades financieras deberán deducir del monto potencial de dividendos a distribuir, cualquier multa impuesta por el Banco Central, la CNV y la Unidad de Información Financiera "UIF". Si bien el gobierno de Macri ha derogado parte de las leyes promulgadas durante el gobierno de Fernández Kirchner, tales como (i) las restricciones en el mercado de divisas, (ii) las normas relativas a las tasas de interés mínimas y máximas de ciertos préstamos y depósitos, (iii) los requisitos que regulan el flujo de capital en Argentina, (iv) el porcentaje de posiciones en moneda extranjera de ENTIDADES financieras, (v) las contribuciones mensuales que los bancos deben dejar de lado cada mes para financiar el fondo los depósitos, (vi) y requerimientos de capital adicionales; es aún demasiado pronto para saber si el nuevo marco regulatorio tendrá estabilidad y el impacto que el nuevo marco regulatorio puede tener sobre los negocios del Banco. La ausencia de un marco regulatorio estable o nuevas normas que pueden afectar el negocio de los bancos podría limitar la capacidad de las instituciones financieras, incluyendo a BBVA Francés, para tomar decisiones a largo plazo, como las decisiones de asignación de activos, y que podría causar incertidumbre para nuestro negocio futuro, los resultados de operaciones y situación financiera. No podemos asegurar que las normas actualmente vigentes que rigen el sector financiero no sufran cambios en el futuro o que cualquier cambio no afectará de manera adversa nuestro negocio, resultados de operaciones y situación financiera. Las normas argentinas de divulgación, gobierno y contabilidad corporativas pueden requerir que el Banco suministre información distinta de la que se solicitaría en virtud de las normas estadounidenses. Esta diferencia podría influir en las decisiones de los inversores extranjeros respecto de la inversión en títulos argentinos y, por lo tanto, podría limitar el acceso del Banco a los mercados internacionales. Las leyes relativas a títulos valores de Argentina que rigen las empresas que cotizan en bolsa, como el Banco, imponen requisitos de información que son más limitadas que las de Estados Unidos. Los mercados de valores argentinos no están tan regulados y supervisados como los mercados de valores de Estados Unidos. También existen diferencias importantes entre las normas contables y de información financiera aplicables a las instituciones financieras en Argentina y las de Estados Unidos. Como resultado, los estados contables y las declaraciones de ganancias de las instituciones financieras del país en general, difieren de lo informado en base a las normas de contabilidad e información de Estados Unidos. Ver "Punto 5. Prospectos operativos y Financieros - y en Argentina, Normas Bancarias de conciliación " para una descripción de las principales diferencias entre las normas contables bancarias y los principios de contabilidad generalmente aceptados en estados Unidos (GAAP) y cómo dichos principios afectan nuestros estados contables y la conciliación con los tales principios respecto de la utilidad neta y el total del capital contable de los accionistas para los períodos finalizados y hasta las fechas señaladas precedentemente. En consecuencia, la información disponible acerca del Banco no será la misma información que la que se encuentre disponible respecto de una compañía de EE.UU. La diferencia en los requisitos de información entre el gobierno corporativo de Argentina y las normas de contabilidad y los PCGA de EE.UU. podría limitar la capacidad de evaluar nuestras actividades, resultados de operaciones y situación financiera, y las decisiones influyentes de los inversores extranjeros respecto de si realizan inversiones en títulos argentinos, es algo que limita el acceso del banco a los mercados financieros internacionales. Las demandas iniciadas en nuestra contra fuera de la Argentina, la ejecución de resoluciones judiciales y reclamos extranjeros basados en conceptos jurídicos extranjeros pueden no tener éxito. Somos un banco comercial constituido bajo las leyes de Argentina. La mayoría de nuestros accionistas, directores, miembros de la comisión de control y funcionarios y algunos expertos nombrados en el presente informe residen fuera de los Estados Unidos (principalmente en Argentina). Cabe destacar que todos nuestros activos están ubicados fuera de los Estados Unidos. En caso de que cualquier accionista presentare una demanda contra nuestros directores, funcionarios o expertos en los Estados Unidos , puede resultar dificultoso cursar las notificaciones pertinentes relativas al proceso legal dentro de los Estados Unidos sobre tales personas o bien para hacer cumplir en la Argentina una sentencia de los tribunales de los Estados Unidos de un juicio en su contra, basados en la responsabilidad civil que emana de las cláusulas de la legislación federal de títulos valores en 61 Estados Unidos, debido a los requisitos específicos de la legislación argentina con respecto a cuestiones de derecho procesal y principios de orden público . Debido a que somos una institución financiera, todo procedimiento de insolvencia en nuestra contra estaría sujeto a los poderes de intervención por parte del Banco Central, que pueden limitar los recursos disponibles de otro modo y extender la duración del procedimiento. Conforme surge de la legislación argentina, la liquidación y la apertura de un procedimiento de quiebra contra instituciones financieras, hasta que su licencia bancaria sea revocada por el Banco Central, solo podrá iniciarla el Banco Central. En caso de que BBVA Francés fuera incapaz de pagar sus deudas a su vencimiento, el Banco Central podría intervenir y revocar su licencia bancaria, y presentar una petición de quiebra ante un tribunal comercial. Si el Banco Central interviene, el procedimiento de reorganización podría tomar más tiempo y es probable que los recursos de los accionistas estuviesen restringidos. Durante dicho proceso, el Banco Central tendría que considerar sus intereses como regulador y bien podría dar prioridad a las demandas de otros acreedores y terceros contra el Banco. Como resultado de dicha intervención, los accionistas pueden obtener menos de sus reclamos que lo que obtendrían en un procedimiento de quiebra de una institución no financiera en Argentina o de una institución financiera o institución no financiera en los Estados Unidos o cualquier otro país. Las normas especiales que rigen la prioridad de los diferentes interesados de las instituciones financieras en Argentina, que dan prioridad a los depositantes con respecto a la mayoría de los otros acreedores, pueden afectar negativamente a otras partes interesadas en caso de liquidación judicial o quiebra del Banco. La Ley N° 24.485 vigente desde el 18 de abril de 1995 y modificada por las Leyes N° 24.627 y 25.780, establece que en caso de liquidación judicial o quiebra de un banco, todos los depositantes, con prescindencia del tipo, monto o moneda de sus depósitos, tendrían derecho de prioridad general y absoluta sobre todos los otros acreedores (tales como los accionistas del banco), con la excepción de ciertos acreedores laborales (art. 53 incisos “a” y “b”) y aquellos acreedores respaldados por prenda o hipoteca, en el siguiente orden de prioridad: (a) depósitos de hasta Ps. 450.000 por persona (incluyendo cualquier monto de dicha persona depositado en una entidad financiera), o su equivalente en moneda extranjera; (b) todos y cualesquiera depósitos de más de Ps. 450.000 o su equivalente en moneda extranjera, y (c) los pasivos originados en líneas comerciales otorgadas al Banco y que directamente afecten al comercio internacional. Por otra parte, según el artículo 53 de la Ley de Entidades Financieras enmendada por las Leyes Nos. 24.627, 25.562 y 25.780, los créditos del Banco Central tendrán prioridad absoluta sobre otros créditos, excepto los créditos garantizados por prenda o hipoteca, ciertos créditos laborales, los créditos de depositantes otorgados bajo el artículo 49 inciso (e), puntos i) y ii), los créditos otorgados bajo el artículo 17, incisos (b), (c) y (f) de la carta orgánica del Banco Central (incluyendo redescuentos otorgados a entidades financieras debido a iliquidez temporaria, anticipos a entidades financieras con derecho de garantía real, cesión de derecho de garantía, prenda o asignación especial de ciertos activos) y créditos otorgados por el Fondo de Liquidez Bancaria respaldados por prenda o hipoteca. La enmienda introducida al art. 35 bis de la Ley de Entidades Financieras por la Ley N° 25.780 establece que si un banco está en una situación en la que el Banco Central podría revocarle su autorización para operar y quedar sujeto a disolución o liquidación por resolución judicial, entre las opciones que el Directorio del Banco Central pueda resolver por mayoría absoluta, en caso de excluir los activos y pasivos para su transferencia en favor de fideicomisos financieros u otras entidades financieras, el Banco Central podrá excluir total o parcialmente a los pasivos mencionados en el artículo 49 inciso e) así como a los créditos definidos en el artículo 53, observando el orden de prioridad entre sus acreedores. Respecto de la exclusión parcial, debe aplicarse el orden de prioridad del inciso e) del artículo 49 sin asignar en ningún caso un tratamiento diferencial para pasivos del mismo grado. En caso de liquidación judicial o quiebra de una entidad financiera como el Banco, los accionistas pueden no ser capaces de recuperar parcial o totalmente su inversión debido a la prioridad impuesta por la ley. La volatilidad de las calificaciones de crédito en Argentina podría afectar a la volatilidad de las calificaciones de crédito del Banco, y por lo tanto, limitar el acceso del Banco a los mercados financieros internacionales. Las calificaciones de crédito del Banco se basan en la calificación soberana de Argentina, la cual ha fluctuado considerablemente desde la crisis argentina. Como resultado, las calificaciones del Banco también han fluctuado en este periodo, aunque han tendido a ser más altas que la calificación soberana. Tales fluctuaciones afectan 62 nuestros costos de financiación, nuestras obligaciones colaterales y nuestra capacidad para acceder a los mercados internacionales. A pesar de que Argentina ya no se encuentra en default / estado de cesación de pagos tras haber suscripto el acuerdo final con los holdouts/acreedores renuentes, la continua volatilidad o una disminución de la calificación soberana de Argentina podría limitar nuestro acceso a la financiación o tornar este tipo de financiación más costosa para nosotros, incluso si estuviera disponible, lo que podría a su vez afectar negativamente a nuestro negocio, resultados de operaciones y situación financiera. Factores Relacionados con las subsidiarias de BBVA Francés Como consecuencia de la reforma del régimen de la seguridad social y la consiguiente pérdida de objeto social y liquidación de nuestra subsidiaria Consolidar AFJP S.A., se presentaron juicios laborales contra ésta en reclamo de ciertos pagos. Las resoluciones desfavorables contra Consolidar AFJP en tales demandas podrían dar lugar a indemnizaciones en cantidades significativas, lo cual podría tener un efecto material adverso respecto de la situación financiera de Consolidar AFJP. Consolidar AFJP S.A. era una administradora privada de fondos de pensión cuyo objeto se basaba en la administración de los aportes jubilatorios de los afiliados y el correspondiente otorgamiento de las pensiones por edad avanzada, pensión por incapacidad y pensión por fallecimiento. El 4 de diciembre de 2008, el Gobierno Nacional sancionó la Ley No. 26.425 con el objeto de implementar una profunda reforma al sistema previsional, por la cual el Estado Nacional asumió la cobertura de contingencias en casos de edad avanzada, incapacidad y fallecimiento. El 7 de diciembre de 2010 Consolidar AFJP presentó una demanda contra el Gobierno Nacional y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, solicitando compensación de las pérdidas sufridas por la compañía y sus accionistas como resultado de la mencionada reforma del sistema de seguridad social. Además, como resultado de la reforma previsional y la pérdida del objeto societario, el 28 de diciembre de 2009, en una asamblea extraordinaria de accionistas de AFJP, los accionistas decidieron poner fin a la existencia social de la compañía y liquidarla. Durante el año 2010, se presentaron 377 demandas laborales contra la AFJP en reclamo de diferencias en los montos de indemnización por despido. Las diferencias en las cantidades son inmateriales e incluyen diferencias salariales, pagos por horas extraordinarias, y el pago de comisiones adicionales. La AFJP ha considerado esta contingencia y realizó las previsiones correspondientes que estimó son apropiados. Las resoluciones desfavorables contra Consolidar AFJP podrían dar lugar a pagos de indemnización por parte de la empresa en cantidades significativas, las cuales podrían tener un efecto material adverso en la situación financiera de la empresa. En caso de que la AFJP tuviese fondos suficientes para cancelar todas sus obligaciones de deuda y consumar el proceso de liquidación, los acreedores de las AFJP podrían tener en determinadas circunstancias acceso a recurrir ante BBVA Francés, ya que BBVA Francés posee una participación del 53,89 % en la AFJP. 63 INFORMACIÓN SOBRE LA EMISORA ACONTECIMIENTOS POLÍTICOS Y ECONÓMICOS RECIENTES EN LA ARGENTINA Panorama local Argentina se encuentra en “Emergencia del Sistema Estadístico Nacional” (Decreto 55/2016) que implica que se suspendió la publicación de las estadísticas oficiales, para su revisión metodológica, y su publicación muy paulatina desde abril en adelante, por lo que al momento de escribir este informe no se dispone de la mayoría de las series económicas usuales para analizar de modo pormenorizado la economía argentina. La actividad económica, medida por el PBI publicado por el INDEC el 29 de junio de 2016 mediante un informe de avance del nivel de actividad, reveló que para el primer trimestre de 2016, hubo una variación del 0,5% con relación al mismo período del año anterior, y en cuanto al año 2015 se registró un crecimiento en términos reales de 2,1% respecto a 2014, tras crecer sólo 0,5% en 2013. Dada la emergencia estadística en que se encuentra Argentina, no se publicaron aún cómo se descompuso este crecimiento en los diferentes componentes de la demanda y oferta agregada. En el mercado laboral, el INDEC publicará nuevos datos de la Encuesta Permanente de Hogares recién en agosto de 2016. Los últimos datos publicados corresponden al segundo trimestre de 2015, cuando el desempleo registró 6,6%, bajando del 7,1% registrado en el primer trimestre de 2015 y del 7,3% promedio de 2014. Los salarios, en tanto, registraron en octubre de 2015 un aumento en términos nominales del 29,4% respecto a octubre de 2014 para el total de trabajadores, mientras que para los trabajadores privados registrados la suba fue de 26,7%, para los trabajadores privados no registrados el aumento fue de 33,2%, y para los trabajadores públicos la suba fue de 32,4%. La inflación, medida por el IPCNu del INDEC aumentó 14,3% en octubre de 2015 –último datos disponiblerespecto a octubre de 2014. Si miramos, en cambio, el IPC-CABA, construido por la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Ciudad de Buenos Aires, mostró un incremento en diciembre de 2015 de 26,9% respecto a diciembre de 2014. En cuanto a la política fiscal, ésta se mantuvo en terreno expansivo en 2015, registrándose un déficit fiscal primario de Ps. 104.797 millones, mientras que en 2014 se había registrado un déficit primario de Ps. 38.562 millones. Esto fue el resultado de un incremento del gasto público de 34,5% en el período, por encima del 29,3% que crecieron los ingresos totales. Dentro de los gastos, se destaca el incremento de 50,6% en las transferencias a provincias, 47,4% en prestaciones a la seguridad social y de 39% en remuneraciones. Creciendo por debajo del promedio estuvieron otras tranferencias 32,6%, las transferencias al sector privado 31,5% y gastos de capital 22,6%. Por otro lado, los ingresos fueron sostenidos por las contribuciones a la seguridad social que aumentaron 39,4% en 2015, mientras que todos los demás rubros subieron menos que los ingresos totales. Si consideramos el pago de intereses, el Gobierno Nacional registró un déficit operativo de Ps. 225.637 millones en 2015, 105,6% superior al déficit operativo registrado en 2014. En el mercado de cambios y el sector externo, el nuevo gobierno que asumió el 10 de diciembre de 2015 quitó la mayor parte de las regulaciones que había puesto el gobierno previo desde 2011. Así, el 16/12/2015 se anunció: (1) que las operaciones nuevas de exportación e importación se cursarán libremente sin autorización previa al tipo de cambio único vigente, (2) que no se requieren autorización de la AFIP para la compra de dólares para atesoramiento que se realizará al tipo de cambio vigente sin adicional del 20% con un tope de USD 2 millones por mes por persona física o jurídica, (3) la eliminación de la percepción a cuenta del impuesto a las Ganancias de 35% para la compra de paquetes turísticos y pagos con tarjeta de crédito en el exterior, y (4) la eliminación de la inmovilización del 30% (encaje) por un año para las entradas de divisas por inversiones de cartera que regían desde 2005. Tras ello, el BCRA instauró un sistema de flotación libre del peso argentino, que saltó de 9,82 Ps./$ el 16/12 a 13,76 el 17/12, para luego cerrar el año en 13,005 Ps./$ el 31/12/2015 (aumentando 52,1% respecto al 31/12/2014), con un promedio en diciembre de 11,43 Ps./$, 33,7% más que el promedio de diciembre de 2014. La balanza comercial, en tanto, acumuló un déficit de $ 3.022 millones en 2015, revirtiendo el superávit de $3.107 millones de 2014. Las ventas al mundo cayeron 16,9% en 2015 registrando sólo $56.757 millones, afectadas por los menores precios de las exportaciones (-15,4% en el año) y por la menor demanda en Brasil, especialmente de vehículos automotores. Las importaciones, por su parte, cayeron 8,3% en 2015 y llegaron a los $59.797 millones. Por el lado del balance de la cuenta corriente, en 2015 se registró un saldo negativo de $15.934 millones, explicado principalmente por el déficit en la balanza de servicios de $3.990 millones y por el 64 déficit de rentas de la inversión de $11.079 millones, mientras que la balanza comercial de bienes tuvo un déficit de $453 millones. En cuanto a la cuenta financiera, en el año 2015 registró un ingreso neto de U$S14.304 millones, correspondiendo U$S 9.060 millones al sector financiero (incluyendo $7.580 millones del BCRA) y $8.857 millones al sector privado no financiero, compensados con egresos netos de U$S3.661 millones del sector público (sin BCRA). Como resultado, las reservas internacionales del BCRA al 31 de diciembre de 2015 alcanzaron los $25.563 millones, determinando un descenso neto de $5.879 millones respecto al saldo de fin de 2014. Política monetaria La política monetaria mantuvo un sesgo expansivo en 2015, con un crecimiento de la base monetaria de Ps. 161.325 millones que implica un aumento de 34,9% respecto al año anterior (versus el 22,6% que había aumentado en 2014). La principal fuente de expansión fue la financiación del sector público por Ps. 177.926 millones (10,2% mayor a los Ps. 161.508 millones de 2013), mientras que la venta de divisas operó en sentido contractivo por Ps. 71.822 millones junto con la colocación de títulos del Banco Central por Ps. 8.734 millones netos. En tanto, el agregado monetario M2 total (Billetes y monedas en poder del público + cheques cancelatorios en pesos + la cuenta corriente del sector privado y público en pesos + la caja de ahorro del sector privado y del sector público en pesos) creció al 31/12/2015 un 28,2% respecto al último día de diciembre de 2014, frente a un aumento del 28,8% ocurrido en diciembre de 2014, y con un crecimiento del M2 privado del 31,7% a/a al 31 de diciembre de 2015. La tasa de interés Badlar de bancos privados que había finalizado en 20% promedio en diciembre de 2014 tuvo un sendero ascendente en la segunda mitad de 2015 hasta alcanzar un promedio de 27,5% en diciembre 2015. Los depósitos totales en pesos del sector privado crecieron 40,6% en diciembre de 2015, en tanto que los nominados en dólares lo hicieron (convertidos en pesos) en 117%, por el fuerte efecto de la devaluación. Los préstamos al sector privado en pesos se incrementaron 37,4% interanual a/a (f.d.p) en diciembre de 2015, mostrando una aceleración respecto al crecimiento interanual alcanzado en diciembre de 2014 de 20,7% a/a (f.d.p). Los préstamos en moneda extranjera, en tanto, crecieron (medidos en pesos) 35,2% a/a (f.d.p) en diciembre de 2015, también por el efecto de la fuerte devaluación del peso. HISTORIA Y DESARROLLO DEL BANCO BBVA Francés, fue debidamente constituida bajo el nombre de Banco Francés del Río de la Plata S.A. el 14 de octubre de 1886. Nuestra sede social se encuentra ubicada en la calle Reconquista 199, 1003 Buenos Aires, Argentina, teléfono 54-11-4346-4000. Nuestro agente en los Estados Unidos a los fines de la ley federal de títulos es CT Corporation System, actualmente con oficinas en 111 8th Avenue, New York, New York 10011. Nuestros Estatutos originales fueron aprobados el 20 de noviembre de 1886 mediante un Decreto inscripto en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Buenos Aires el 6 de diciembre de 1886, bajo el Número 1065, Folio 359, Libro 5, Tomo “A” de Estatutos Nacionales. Incluyendo todas las enmiendas introducidas hasta la fecha, se encuentran inscriptos en el Registro Público de Comercio (la oficina gubernamental que regula las sociedades). La última enmienda fue inscripta el 8 de marzo de 2013 bajo el Número 3930, Libro 62 de Sociedades Anónimas. Según los Estatutos vigentes, el Banco cesará sus actividades el 31 de diciembre de 2080, a menos que este plazo sea prorrogado por los accionistas. El Banco es supervisado por el Banco Central, entidad que establece criterios de valuación y contables, reglas sobre liquidez y requisitos de capital, así como los sistemas informativos a observar por las entidades financieras argentinas. El Banco también es objeto de inspecciones por el Banco Central, sobre la base de las cuales se le asigna una “calificación”. Desde 1886, el Banco ha sido reconocido como un líder en la provisión de servicios financieros a las grandes compañías. A principios de la década de 1980, amplió su base de clientes para incluir a compañías medianas y pequeñas así como a individuos. En respuesta a las demandas del mercado corporativo y tras los cambios estructurales que produjo el proceso de estabilización en la Argentina, desde 1991 el Banco añadió a sus productos tradicionales una completa gama de servicios, tales como banca de inversión, transacciones en el mercado de capitales y banca internacional. 65 En las décadas de 1980 y 1990, para lograr una mayor penetración del mercado, expandió su red abriendo nuevas sucursales en toda la Argentina. En diciembre de 1996, cuando BBVA pasó a ser el principal accionista, el Banco reafirmó su estrategia bancaria universal con el objetivo de expandir el segmento comercial más lucrativo: el de individuos de ingresos medios y bajos y el de empresas pequeñas y medianas. Con esta finalidad, en agosto de 1997 fue adquirido el 71,75% del Banco de Crédito Argentino (el “Banco de Crédito”), banco minorista dedicado a los sectores de mercado intermedio y banca de consumo. Esta fusión permitió maximizar las fortalezas de cada banco e instrumentar un ambicioso plan de liderazgo y expansión, partiendo de un fuerte posicionamiento inicial en el mercado. Para dar efecto a la fusión, BBVA Francés emitió 14.174.432 acciones ordinarias destinadas a los accionistas existentes del Banco de Crédito a través de un aumento de capital. El 5 de marzo de1998 se inscribieron en el Registro Público de Comercio tanto la fusión como el cambio de nombre de la compañía, de Banco Francés del Río de la Plata S.A. a Banco Francés S.A. Como resultado de la adquisición de Banco de Crédito, obtuvimos el control de Consolidar Compañía de Seguros de Retiro S.A., Consolidar Compañía de Seguros de Vida S.A. y Consolidar Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones S.A. (“Consolidar AFJP”) (las “entidades Consolidar” o el “Grupo Consolidar”), y también adquirimos el control de Crédito Argentino Sociedad de Bolsa S.A., que fue liquidada en 2000. El 5 de noviembre de 1999, la Entidad y Banco Bilbao Vizcaya (hoy Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A., o “BBVA”), celebraron un contrato de compra de acciones por el cual BBVA Francés adquirió el 99,99% de las acciones de Corp Banca S.A., banco argentino, y el 99,99% de Atuel Fideicomisos S.A., compañía fiduciaria. El 22 de noviembre de 1999, como parte de una reorganización empresaria, todos los activos y pasivos de Corp Banca fueron transferidos a BBVA Francés, con plena integración de operaciones y sistemas. El 29 de marzo de 2000 nuestra afiliada “Rombo Compañía Financiera S.A.” (“Rombo”) fue inscripta en el Registro Público de Comercio. El 24 de abril de 2000 el Banco Central autorizó a Rombo para operar como compañía financiera mediante la Comunicación “B” 6684. En la asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas celebrada el 27 de abril de 2000, se aprobó una resolución para cambiar el nombre de la entidad por el de BBVA Banco Francés S.A. El 4 de octubre de 2000, el Registro Público de Comercio inscribió el cambio de nombre de Banco Francés S.A. a BBVA Banco Francés S.A., y la enmienda a sus estatutos reflejó dicha modificación. El 17 de octubre de 2000, como parte del plan de reorganización comercial del grupo BBVA, Banco Exterior de América S.A. (Uruguay) (de propiedad total de BBVA) se fusionó con BBVA Francés Uruguay S.A. (de nuestra propiedad total). Como resultado, Banco Francés Uruguay cambió su nombre por el de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Uruguay S.A. (“BBVA Uruguay”). En noviembre de 2001, Credilogros Compañía Financiera S.A. (“Credilogros”) y Banque PSA Finance formaron PSA Finance Argentina Cía. Financiera S.A. (“PSA Finance”). El 21 de febrero de 2002, el Banco Central autorizó a PSA Finance a iniciar sus actividades como compañía financiera a través de la Comunicación “B” 7134. El 1º de junio de 2002 Finanzia Banco de Crédito S.A. vendió el 29,95% de su participación en Credilogros a BBVA. Dicha transacción fue aprobada por el Banco Central el 3 de abril de 2003, por Resolución Nº 37. El 31 de octubre de 2003, con sujeción a la aprobación del Banco Central, BBVA Francés adquirió el 50 % de las acciones de PSA Finance a Credilogros. El Banco Central emitió el 16 de diciembre de 2004 la Resolución N° 371, aprobando la transferencia del 50% del capital accionario de PSA Finance de Credilogros a BBVA Francés. El 28 de junio de 2006, vendimos toda nuestra participación en Credilogros a Banco de Servicios y Transacciones y Grupo de Servicios y Transacciones S.A. A principios del año 2000 la crisis argentina y la consiguiente inestabilidad económica y política condujeron a una profunda contracción en los volúmenes de intermediación. Como respuesta, el Banco cambió su estrategia comercial de corto plazo orientada al negocio transaccional, ajustó su estructura operativa e instrumentó un estricto plan de control de costos. También se tomaron medidas para recuperar los niveles de calidad de los activos, que habían sido fuertemente afectados por la crisis argentina. Hacia mediados de 2003 la economía 66 comenzó a recuperarse y el Banco volvió a ofrecer toda la gama de servicios financieros, incluyendo facilidades de crédito, aunque restringidas a la financiación de corto plazo. A partir de 2004, fue fortaleciendo gradualmente su actividad crediticia en un ambiente de solvencia económica y consolidó su negocio transaccional. Durante los últimos años, el Banco se concentró principalmente en los segmentos más rentables, las empresas minoristas y las pequeñas y medianas, conservando el liderazgo en el negocio de las grandes corporaciones. El 4 de febrero de 2010, adquirimos la totalidad de las 131 acciones de Atuel Fideicomisos S.A. a Inversora Otar S.A., constituyéndonos en su único accionista. El 11 de febrero de 2010, vendimos nuestro 5% de participación en BBVA Francés Asset Management Administradora de Inversiones S.A. a BBVA Francés Valores Sociedad de Bolsa S.A. por Ps.1.681.678. El 22 de octubre de 2010 la fusión de BBVA Francés y Atuel Fideicomisos S.A. fue inscripta en el Registro Público de Comercio bajo el número 19.916 del Libro 51 de Sociedades. El 31 de marzo de 2011, BBVA Francés y BBVA, los accionistas de Consolidar Compañía de Seguros de Retiro S.A. (“Consolidar Retiro”) celebraron un Contrato de Compra de Acciones con Orígenes Compañía de Seguros de Retiro S.A. y otras entidades por el cual ambos accionistas vendieron la totalidad de sus acciones en Consolidar Retiro. El precio total de esta transacción fue de Ps.386,2 millones, 66,21% del cual pertenece a BBVA Francés debido a su porcentaje de participación en Consolidar Retiro. Esta transacción estuvo sujeta a la previa aprobación de la Superintendencia de Seguros, la cual se obtuvo el 13 de mayo de 2011 por decisión número 114.219. La transferencia de acciones se completó el 10 de junio de 2011. El 14 de setiembre de 2011, la fusión de BBVA Francés con Consolidar Comercializadora S.A. se inscribió en el Registro Público de Comercio. Como resultado de la fusión, BBVA Francés incrementó su capital en 516.544 acciones ordinarias emitidas a los accionistas existentes de Consolidar Comercializadora. El 6 de octubre de 2011 se celebró un contrato de compra de acciones por el total de las correspondientes a Consolidar Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (“Consolidar ART”) entre BBVA Francés y BBVA, por una parte, actuando como accionistas vendedores; y Galeno Argentina S.A., por la otra, como compradora. El precio de la transacción fue de US$62.857.775, el 12,5% del cual fue pagado a BBVA Francés y el 87,5% a BBVA. Esta transacción también estuvo sujeta a la previa aprobación de la Superintendencia de Seguros, que la otorgó el 6 de febrero de 2012. La transferencia de las acciones se completó el 6 de marzo de 2012. El 9 de febrero de 2012, los directorios de BBVA Francés e Inversora Otar S.A. aprobaron la fusión entre ambas compañías, y el 26 de marzo de 2012 las asambleas de accionistas de ambas aprobaron la operación. El 18 de julio de 2013, el Banco Central argentino autorizó la fusión por Resolución 473 y el 8 de agosto de 2013 la CNV la aprobó por Resolución 17.155. El 27 de marzo de 2014, la fusión quedó finalmente registrada ante la Inspección General de Justicia bajo el número 5.302, Tomo 68 de Sociedades. El 26 de marzo de 2014, BBVA Francés canceló 50.410.182 acciones ordinarias y emitió simultáneamente 50.410.182 acciones ordinarias de BBVA Francés, para ser entregadas en canje a los propietarios anteriores de Inversora Otar (BBV América S.L., Corporación General Financiera S.A. y Sucesión Romero) de acuerdo con la relación de canje debidamente aprobada. Como resultado de esta operación, a partir del 31 de diciembre de 2014 los accionistas de Inversora Otar S.A. poseen la siguiente participación de propiedad en BBVA Francés: BBV América S.L. 29,81%, Corporación General Financiera S.A. 0,47% y Sucesión Romero 0,0041%. Debido a este simultáneo aumento y cancelación de acciones, el monto total del capital social del Banco permaneció sin cambios. El 1 de abril de 2012, como resultado de la fusión entre BBVA Francés S.A. e Inversora Otar S.A, BBVA Francés S.A adquirió todas las acciones de BBVA Francés Valores Sociedad de Bolsa S.A anteriormente poseídas por Inversora Otar S.A, convirtiéndose en su único accionista. El 29 de junio de 2012, BBVA Francés S.A. vendió una participación del 3,0047% en BBVA Francés Valores Sociedad de Bolsa S.A a BBV América SL por Ps.441.194. El 10 de julio de 2013, BBVA Francés y Consultatio S.A firmaron un contrato de compraventa, por el cual el Banco adquirió 23 de los 33 pisos de un edificio en construcción de Consultatio S.A., que pasará a ser la “Torre BBVA”. Se trata del mayor emprendimiento de desarrollo de oficinas corporativas existente en el país y es parte del plan diseñado en 2010 por BBVA Francés para unificar sus áreas centrales, actualmente distribuidas entre 10 edificios de la ciudad de Buenos Aires. El objetivo es tener un edificio con los más altos estándares constructivos y ambientales para que todo el personal de áreas centrales del Banco trabaje dentro de un mismo sitio, logrando así una mayor eficiencia. El edificio está siendo desarrollado con los más altos niveles internacionales en cuanto 67 a medio ambiente y sustentabilidad y con el compromiso del Grupo BBVA de preservar el medio ambiente. La inversión, de aproximadamente Ps. 1.200 millones se efectúa mediante un plan de pagos relacionado con el avance del proyecto. Hasta la fecha, la construcción avanza según lo establecido, estimándose su finalización para mediados de 2016. BBVA Francés considera al segmento de altos ingresos como estratégico y por esa razón el Banco ha venido trabajando a lo largo de los últimos dos años en un plan de largo plazo destinado a alcanzar una posición rectora y diferenciada en el mercado. En consecuencia, a fines de noviembre de 2013, el Banco lanzó el segmento PREMIUM con un evento exclusivo en la embajada de Grecia en la Argentina. Este nuevo segmento abarca a los 15.000 clientes de más altos ingresos, los cuales tendrán acceso a una experiencia de servicios nueva y diferente: ejecutivos “Premium”, estacionamiento en sucursales que poseen espacios VIP, suscripciones gratuitas a revistas y periódicos, obsequios de cumpleaños y muchas otras experiencias premium en teatros, conciertos y cines, con pre-venta de localidades y prioridad en invitaciones, además de folletos exclusivos, entre otras. Durante 2011, BBVA Francés retornó a los mercados de capital, colocando con éxito emisiones de Obligaciones Negociables bajo su Programa Global de Obligaciones (US$ 500 millones), que fue ampliado en 2012 a US$ 750 millones. Durante 2014, el Banco colocó seis series: las series 8 y 9 en febrero, por un monto total de Ps. 404 millones, las series 10 y 11 en julio por Ps. 399,7 millones y las series 12 y 13 en noviembre por Ps. 237,8 millones. Todas estas obligaciones rinden una tasa de interés igual a la tasa Badlar más un margen, por un período de 18 a 36 meses. El 13 de febrero de 2015, el Banco emitió las clases 14 y 15 por un monto total de Ps. 279 millones. La serie 14 está sujeta a una tasa fija y por un período de nueve meses, mientras la serie 15 rinde a la tasa Badlar más un margen por un período de 21 meses. En setiembre de 2014, BBVA Francés creó la nueva División de Banca Digital y Transformación, siguiendo los lineamientos del Grupo BBVA. La nueva división fue creada para desarrollar productos más convenientes y relevantes para sus clientes y favorecer un mayor dinamismo de negocios, empleando en forma creativa innovadores canales de comunicación. Además, BBVA Francés implementó ciertos cambios organizativos, redefiniendo roles y simplificando el organigrama de modo de adaptar la estructura interna del Banco a sus necesidades comerciales. El 20 de mayo de 2015, BBVA Francés S.A., ha suscripto un contrato de Compraventa de Acciones con el Grupo Volkswagen, por el cual adquirirá el 51% del capital social de Volkswagen Credit Compañía Financiera S.A., equivalente a 23.970.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables de Ps.1 y 1 voto por acción. Dicha operación se perfeccionará una vez obtenida la autorización del Banco Central de la República Argentina. De acuerdo a los términos y condiciones del contrato, se fijó como precio máximo por la compra de las acciones, la suma de $53.040.000, la cual será abonada por el Banco al cierre de la operación. PANORAMA COMERCIAL BBVA Francés concentra sus operaciones, bienes y clientes en Argentina. Tradicionalmente el Banco ha aceptado depósitos y hecho préstamos en pesos y en algunas otras monedas, principalmente dólares estadounidenses. Como parte de su negocio, BBVA Francés realiza sus operaciones de mercado de capitales y títulos directamente en el mercado extrabursátil y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires. Al 31 de diciembre de 2015, la Entidad poseía una participación de mercado del 4,2% en la industria de administración de fondos comunes de inversión en Argentina a través de BBVA Francés Asset Management S.A. (“Mutual Investment Funds Manager”). La Entidad fue una de las primeras compañías listadas en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, cotizando desde 1888 (ticker: “FRAN”). Sus acciones también cotizan en la Bolsa de New York desde 1993 (ticker: “BFR”), y en LATIBEX (Mercado de Valores Latinoamericanos) con sede en Madrid desde diciembre de 1999. BBVA Francés finalizó el año 2015 con Ps. 110.736 millones de activos totales, Ps. 76.864 millones de depósitos consolidados y una capitalización de mercado de Ps. 48.900 millones. Es el tercero entre los mayores bancos privados en términos de depósitos y el cuarto en términos de préstamos totales dentro del sistema financiero argentino de acuerdo con estadísticas publicadas por el Banco Central, al 30 de noviembre de 2015. La siguiente tabla ofrece información financiera sobre nuestros principales segmentos de negocios para el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2015. 68 Al 31 de diciembre de 2015 (en miles de pesos) Operaciones discontinuas Operaciones continuas Bancario y financiero BBVA Banco Francés S.A.(3) Total activos Total ingresos (1) Total gastos (2) Resultado por participación minoritaria en subsidiarias Total ganancia/(pérdida) neta (1) (2) (3) PSA Finance S.A. Total Adm. de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Total 108.328.795 22.323.292 (18.937.963) 2.353.104 929.966 (405.672) 110.681.899 23.253.258 (19.343.635) 54.299 18.528 (7.593) 110.736.198 23.271.786 (19.351.228) (639) (130.390) (131.029) (5.042) (136.071) 3.384.690 393.904 3.778.594 5.893 3.784.487 Incluye: ingresos financieros, ingresos por servicios y utilidades diversas. Incluye: egresos financieros, cargo por incobrabilidad, egresos por servicios, gastos de administración, pérdidas diversas e impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta. Incluye: BBVA Francés Asset Management S.A. y BBVA Francés Valores S.A. El Banco cuenta con una extensa red de sucursales en toda la Argentina. Al 31 de diciembre de 2015, posee 285 sucursales de atención al cliente, de los cuales 251 son sucursales minoristas, y 34 están especializados en pequeñas y medianas empresas. La banca corporativa se divide por industria: Consumo, Industrias Pesadas y Energía, que atienden de forma personalizada a las grandes empresas. Complementando la red de distribución, al 31 de diciembre de 2015 el banco posee 14 bancos en planta, un punto de venta (punto de contacto que solo ofrece servicios automáticos y asistencia comercial, pero no tiene una licencia otorgada por el BCRA para operar como sucursal) y un punto de atención express, 694 cajeros automáticos, 797 terminales de autoservicio, un servicio de banca telefónica, un servicio de banca digital llamado Francés Net y una aplicación para celulares desde la cual clientes y no clientes pueden acceder a una gran variedad de descuentos y beneficios. A través de esta amplia red el Banco brindaba atención a cerca de 2 millones de clientes minoristas, 19.000 compañías y 765 grandes corporaciones. Prioridades estratégicas BBVA El Grupo viene desplegando desde hace años “un modo diferencial de hacer banca”, basado en la rentabilidad ajustada a los principios rectores de integridad, prudencia y transparencia. La banca responsable es un compromiso permanente que BBVA mantiene con el objetivo de fortalecer la función social del Grupo. La visión de BBVA, “trabajamos por un futuro mejor para las personas”, es su razón de ser y está basada en tres pilares: las personas, los principios y la innovación. La misión del Grupo es “ofrecer los mejores productos y servicios financieros a los clientes”. Hacerlo con sencillez y responsabilidad, es su objetivo de posicionamiento. El modelo diferencial de “banca BBVA” dota al negocio de la flexibilidad y agilidad necesarias para adaptarse al nuevo entorno del siglo XXI y consta de cuatro claves bien definidas que apuntan a ofrecer la mejor experiencia “bancaria” del mercado y mantener la posición de liderazgo en el futuro: -Diversificación y liderazgo -Gestión prudente -Foco en el cliente - Rentabilidad ajustada a principios Bajo estas premisas, el Grupo BBVA ha delineado un conjunto de prioridades estratégicas que guían el trabajo a realizar, potenciando los resultados en el corto plazo y logrando competir con éxito en el largo plazo. - La mejor experiencia del cliente - Impulso de ventas digitales - Nuevos modelos de negocio - Optimización de la asignación de capital - Liderazgo en eficiencia - El mejor equipo 69 Planes para el año 2016 BBVA Francés entiende que el contexto actual es, sin lugar a dudas, complejo, presentando a su vez muchas oportunidades. En este entorno, los clientes son cada vez más heterogéneos: individuos y empresas, digitales y “clásicos”, por lo que poder atender a todos ellos y satisfacer sus necesidades, es un desafío que BBVA Francés enfrenta día a día. Los desafíos no solo se dan en relación a los clientes, sino que también existen otros actores que se debe tomar en cuenta. Por ello, BBVA Francés ha definido el Plan Estratégico 2016-2018 poniendo especial énfasis en 5 prioridades que se consideran claves: • Establecer nuevos estándares en la experiencia de los usuarios, proporcionando plataformas digitales superadoras, mejorando e incrementando la interacción tanto con clientes como con no clientes, ofreciendo experiencias diferenciales de productos y desarrollando modelos de atención y distribución más eficientes, asegurando a su vez mayor alcance. • Impulsar la captación de nuevos clientes digitales (web + móvil), para potenciar las ventas digitales mediante el desarrollo de un set de nuevos productos de alta potencialidad. • Diseñar nuevos modelos de negocio y explotar el modelo de Partners estratégicos (LAN, PSA, ROMBO, VW, etc.) para ofrecer productos y servicios con mayor alcance, buscando la afiliación de nuevos clientes. • Incorporar un enfoque multivariable de gestión del negocio que contemple la generación de ingresos y ventas, costos e inversiones, prima de riesgo y calidad del servicio para poder así optimizar las asignaciones de capital de manera más asertiva. • Adaptar los modelos, procesos y estructuras para continuar con el mejor ratio de eficiencia del sistema financiero. Así se pondrá énfasis en mejorar la productividad para lograr una captación de clientes más eficiente y una rentabilidad por productos más alta, incorporando recursos ajustados a productividad y con impacto positivo en calidad de atención. BBVA “Going Digital” – Transformación digital Sobre la base de los pilares de la estrategia planteada, BBVA ha trabajado en innovación con el firme objetivo de transformar un gran banco analógico, eficiente y rentable, en un gran banco digital. Por esta razón, el Grupo no sólo ha invertido en plataformas tecnológicas e infraestructuras sino también en un importante cambio organizativo interno. En marzo de 2015, el Consejo de Administración de BBVA presentó un nuevo organigrama que pone la transformación digital del negocio en el centro de la estrategia para acelerar su ejecución, al tiempo que crea una función con foco exclusivo en las redes y operaciones de los países para potenciar el resultado de cada franquicia en particular. De esta manera, se han incorporado capacidades críticas y el talento global para competir en el nuevo entorno, con el objetivo de impulsar el desarrollo de productos y servicios digitales, aprovechando al máximo el diseño, la tecnología y la información para ofrecer las mejores soluciones al cliente, desplegando y adaptando localmente los desarrollos globales. Esta transformación requiere de un profundo cambio cultural del Grupo hacia una organización más ágil y flexible que permita la incorporación y el desarrollo del talento en disciplinas clave como lo son el marketing digital, el diseño de la experiencia del cliente, el desarrollo de software y el big data. Este “ecosistema digital” se ha ido construyendo durante 2014 y 2015 con acciones concretas, entre las cuales se destacan: 70 • El desarrollo de infraestructuras que se adapten a la nueva realidad: nuevas oficinas y nuevo layout de trabajo con espacios más abiertos y estética renovada que facilitan la interacción entre colaboradores en España (Ciudad BBVA), México (Torre BBVA Bancomer), Chile (Torre BBVA Chile) y Argentina (Torre BBVA Francés). • Nuevos negocios digitales: BBVA Wallet, BBVA Link, NBA Amex, Francés Go y la digitalización de los productos tradicionales (hipotecas, seguros y créditos “one click”) son algunos ejemplos. Además, el Grupo ha invertido en diversas startups de la industria fintech y ha adquirido compañías con las capacidades digitales necesarias para reforzar la transformación (“Simple”, “Madiva”, “Sprig Studios”). La información del estado de situación patrimonial de BBVA se encuentra disponible en su página de Internet: www.accionistaseinversores.bbva.com. Calidad Desde hace algunos años, BBVA Francés se propuso trabajar en la mejora continua de la experiencia del cliente con el objetivo de lograr la diferenciación por la calidad de su servicio. Como consecuencia, por tercer año consecutivo es el banco más recomendado por sus clientes posicionándose como líder con el mejor Net Promoter Score (NPS) del mercado. Asimismo, ha logrado una fuerte mejora en el posicionamiento en altas rentas, pasando del 5° al 2° lugar en el ranking de Bancos 2015. Plan de calidad Con el objetivo de elevar el nivel de eficiencia y productividad, la Entidad se apalancó en los Ejes del Plan de Calidad, buscando liderar proactivamente la Mejora de la Experiencia del Cliente como elemento clave de recomendación y atracción de nuevos clientes. Además, con el objetivo de Gestionar la No Calidad, se formalizaron dos funciones concretas, que operan en dos instancias distintas: Gestión Preventiva Esta función se desarrolla a través de la figura del Defensor de la Clientela, participando en el diseño de nuevos productos y servicios, redes sociales y canales web y asegurando el cumplimiento de las normas en todos los puntos de atención. Para ello, el área de Calidad participa en los foros de decisión relacionados con nuevos productos, servicios, canales, modelos y/o modificación de los existentes haciendo énfasis en los Protocolos de Calidad. Gestión Operativa (última instancia) Esta función alcanza la atención de los requerimientos de clientes y no clientes que se contactan a través del Gabinete de Presidencia España, Presidencia BBVA Francés y Comité de Dirección como última instancia. Para ello se definió un protocolo de atención especial el cual establece prioridades y tiempos de resolución. A lo largo del año se trabajó en la Campaña de Atención en Call Center poniendo foco en los aspectos que más influyen en los clientes al momento de recomendarnos: Capacidad resolutiva y buena gestión. Buena atención de los operadores. Rapidez en la atención telefónica. Como parte de la transformación cultural de la que BBVA Francés es protagonista, se lanzó el segundo curso online: “Perfeccionamiento en el Servicio al Cliente”, focalizado en las conductas y comportamientos orientados a una cultura de servicio. Con esta iniciativa se logró una participación del 72% de los empleados en la formación online en calidad de servicio. En el marco de los Talleres Presenciales de Calidad, se realizaron 27 encuentros en donde se compartió una experiencia vivencial a través de la interacción entre distintas áreas, entendiendo el valor del aporte de cada uno, 71 como parte de la cadena de valor de BBVA Francés, poniendo al cliente como centro y trabajando para conseguir los más altos estándares de calidad. Modelo de gestión de reclamos A partir de diciembre de 2014, las funciones de Responsable de Atención al Usuario de Servicios Financieros fueron reasignadas a la Gerencia de Atención a Clientes, en tanto que la Gerencia de Calidad mantuvo la responsabilidad de asegurar el cumplimiento de la adecuación a la normativa vigente en materia de Protección del Usuario de Servicios Financieros respecto de: Nuevas publicidades y modificaciones de las existentes que se realicen por cualquier medio. Nuevos productos y servicios así como las modificaciones sobre los existentes. Cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Sección 2 de la Comunicación “A” 5460 a todos los puntos de atención (casas operativas y cajeros automáticos). Servicios bancarios y financieros BBVA Francés se concentra en el negocio de intermediación, principalmente con el sector privado. Al 31 de diciembre de 2015, la cartera de préstamos privados totalizó Ps. 55.900 millones con un aumento del 35,6% interanual. La cuota de mercado en préstamos particulares alcanzó un nivel de 7,8%. Con respecto a los préstamos de la cartera de consumo, registraron un crecimiento del 42,4% al 31 de diciembre de 2015, impulsado principalmente por las tarjetas de crédito, con un crecimiento del 59,8%, mientras que los préstamos prendarios y personales aumentaron 23,6% y 20,6% respectivamente. Los préstamos comerciales crecieron un 27,2% interanual debido al comportamiento de los préstamos a PyMES. En términos de pasivos, los depósitos totales alcanzaron a Ps. 76.900 millones al 31 de diciembre de 2015, 50% por encima del año anterior. Por su parte, los depósitos a la vista crecieron un 37%, mientras que los plazos fijos un 59% respecto del año precedente. Al 31 de diciembre de 2015 los depósitos del Banco denominados en dólares totalizaron Ps. 12.562 millones (equivalentes a U$S 966 millones). Estos depósitos representaron el 16% de los depósitos totales. La siguiente tabla refleja nuestras estimaciones sobre las proporciones relativas entre préstamos y depósitos atribuibles a nuestros principales mercados. 31 de diciembre de 2015 Sector público Corporativo Mercado intermedio Minorista Total 66.799 6.967.267 15.357.261 34.171.994 56.563.321 Préstamos 31 de diciembre de 2014 (en miles de pesos, excepto porcentajes) 0,12% 12,32% 27,15% 60,41% 100,00% 31 de diciembre de 2015 Corporativo Mercado intermedio Minorista Total 12.577.798 9.509.185 54.777.510 76.864.493 54.459 6.090.171 10.604.054 24.694.156 0,13% 14,69% 25,59% 59,59% 40.915 6.613.086 9.435.080 20.379.113 0,11% 18,13% 25,88% 55,88% 41.442.840 0,13% 36.468.194 0,11% Depósitos 31 de diciembre de 2014 (en miles de pesos. excepto porcentajes) 16,36% 12,37% 71,27% 100,00% 31 de diciembre de 2013 7.278.072 6.794.714 37.370.091 51.442.877 14,15% 13,21% 72,64% 100,00% 31 de diciembre de 2013 8.860.338 5.391.617 29.507.510 43.759.465 20,25% 12,32% 67,43% 100,00% Gestión de segmentos: El Banco ha trabajado fuertemente en la promoción de la productividad, la atención a clientes y el desarrollo de la banca digital. 72 En el ámbito de la red minorista, se continuó avanzando hacia una gestión más personalizada apoyada en herramientas y protocolos y asignando gestores especializados por segmento. Premium y Premium World Los clientes de alto valor son para BBVA Francés uno de los principales focos estratégicos. Los segmentos denominados Premium y Premium World han seguido desarrollándose según lo planeado, con un cronograma de acciones y desarrollo de los productos acordes a sus requerimientos. Dentro de las acciones más destacadas del año, se mencionan: • Cambio de nombres: como parte del plan de posicionamiento de la Entidad entre los clientes ABC1, se cambió el nombre del segmento VIP (pasó a llamarse Premium) y el del paquete Premier (también pasó a llamarse Premium). La alineación de los nombres de segmentos y paquetes hace más sencilla la interacción con los clientes. • Celler de Can Roca: el evento gastronómico más importante del año fue auspiciado por BBVA Francés Premium World. Los hermanos Roca (dueños del célebre restaurant de Girona, elegido mejor restaurante del mundo por la revista británica Restaurant) cocinaron para los más selectos clientes en tres jornadas inolvidables. • Espacios Premium BBVA Francés: los espacios han sido intervenidos con detalles de diseño y servicios de alta gama, que marcan un estilo de atención y diferencian a la Entidad de la competencia. Como se mencionó, se inauguraron 4 nuevos Espacios, llegando a 25 en total. • Mejoras en el Modelo de Atención: se desarrollaron jornadas de capacitación a operadores de Línea Francés Premium y Premium World, orientadas al conocimiento del nuevo Protocolo de atención de clientes de Alto Valor en Línea Francés. Además de esto, se incorporaron nuevos Ejecutivos Premium y Premium World con el fin de mantener los niveles de calidad en la gestión. Pymes y Negocios BBVA Francés continúa trabajando para ser un aliado estratégico de las PyMEs argentinas. Para ello desarrolló un modelo de atención, soluciones crediticias y transaccionales para el segmento específico de empresas de servicios, industriales o comerciales que facturan hasta Ps.18 millones anuales. Con el objetivo de extender este modelo de atención, se incorporaron 18 nuevos ejecutivos en distintas plazas y otros 18 especialistas en la atención de empresas de mayor facturación agregaron a sus funciones la responsabilidad de asesorar también a los clientes de ambos segmentos. De esta manera, PyMEs y Negocios ya cuenta con 110 recursos especialmente capacitados destinados a acompañar el desarrollo de estos clientes. Por otra parte y con el objetivo de apoyar el crecimiento de las PyMEs, se lanzó “Camino al Éxito” un programa integral que cuenta con una plataforma digital en la que la PyME se incorpora a una comunidad accediendo a formación gratuita online sobre Finanzas, Negocios, Liderazgo y Gestión de las personas y puede inscribirse para participar de los Premios Camino al Éxito. Estos premios distinguen los mejores planes de crecimiento de las empresas a través de cuatro categorías y ofrecen a los concursantes la posibilidad de acceder a formación presencial gratuita en la Escuela de Negocios de la Universidad Católica Argentina, donde adquirieron conocimientos y herramientas de análisis para enriquecer esos planes, además se premió con Ps. 100.000 a los ganadores de cada una de las categorías. De esta manera se continuó trabajando para darle más y mejores servicios al segmento de mayor dinamismo del país. Banca Empresas La estrategia comercial de esta banca estuvo centrada en dos ejes transcendentales de trabajo: • impulsar el negocio hacia la meta definida a través del Plan Transaccional, cuya particularidad fue dar un paso más en la relación con los clientes, aportando soluciones y gestionando las transacciones de cobros y pagos inherentes a su operatoria. Así, productos y servicios tales como: pago a proveedores, 73 cuenta recaudadora, tarjetas comerciales y comercios adheridos, crecieron en contratación pero sobre todo en volumen, logrando en varios de ellos, duplicarlo. • el cumplimiento del cupo de otorgamiento de créditos para el financiamiento de la inversión productiva a las pequeñas y medianas empresas, establecido según las Comunicaciones “A” 5516 y 5600 del BCRA La colocación superó holgadamente al cupo que estableció la norma en el segmento. Banca Empresas, junto a sus áreas de apoyo, siguió desarrollando el Modelo de Relación y Dirección con el objetivo de sincronizar una gestión integral del cliente, ratificando su centralidad en todas las relaciones. Es por ello que, luego de un profundo y acertado diagnóstico, se implementó el proyecto en tres líneas principales de acción: • Modelo de Dirección: se incorporó a la Reunión de Equipo el desarrollo de una guía de información, facilitando una fluida y transparente comunicación además de una labor coordinada para lograr los objetivos establecidos. • Modelo de Gestión: potenciando la utilización de herramientas comerciales de gestión de clientes, se consiguió cuadruplicar, en promedio por oficial, el uso de la Plataforma Integral de Empresas. • Modelo de Atención (Modulo 0): se determinó un modelo de segmentación y carterización basado en el fortalecimiento del modelo de especialización en empresa y en una reasignación de cartera contemplando la Especialización de los OBEs (Empresa, Agro o Instituciones) y la Jerarquización de los clientes. El 2016 encontrará una Banca orientada a generar relaciones con los clientes, combinando 3 dimensiones de acercamiento: • • • Distribución, con 285 puntos de atención, adaptándose a la capilaridad y cercanía de quienes nos eligen; Gestión generando compromiso y potenciando la especialización a través de mejoras en las herramientas y brindando asesoramiento especializado; Modelo de riesgos que mantiene los mismos estándares de calidad, con tiempos de respuesta imperiosamente más ágiles. Estas tres dimensiones están sustentadas en procesos claves para la gestión del negocio: Comex, Canal Vendor, Transaccionales, Leasing, Cheques, Clientes, Precios y Préstamos para inversión productiva. Corporate & Investment Banking (C&IB) C&IB focalizó la gestión en el incremento de negocio transaccional. Consolidó la relación con los clientes a través de un mayor entendimiento de sus negocios, adelantándose a sus necesidades y ofreciendo un conjunto de productos y servicios acorde a las mismas. El desarrollo de la actividad estuvo signado por factores locales e internacionales que motivaron una leve desaceleración de la economía argentina respecto a años anteriores. Las elecciones presidenciales, la revalorización del dólar y las caídas de los precios de los commodities fueron algunos de los hechos que motivaron la situación mencionada. Anticipando esta realidad, la gestión de la Banca Corporativa se basó en la fidelización del cliente mediante el desarrollo continuo de productos no crediticios. Herramientas como Francés Net Cash permitieron mejorar el sistema de pagos y cobros e integrar la relación con Mercados Globales y Distribución, potenciando la oferta de productos spot y derivados. Asimismo, se afianzaron las sinergias con otras áreas de la Entidad, para impulsar negocios tanto del segmento Empresas como Minorista. Los productos de Mercados Globales han sido muy importantes, en cuanto a las necesidades de liquidez del mercado, con la colocación de nuevas emisiones de deuda corporativa. Del mismo modo y complementando el negocio de banca de inversión, se ha brindado un servicio de estructuración mediante el negocio de swaps (IRS), cubriendo los riesgos de tasas de los clientes. 74 Ejes de la gestión 2015 - Financiamiento al consumo BBVA Francés mantuvo su posición en el mercado, centrando sus esfuerzos en aquellos valores que posibilitaron el éxito de la estrategia implementada el año anterior. En el mundo de la financiación al consumo, se realizó el relanzamiento de Francés Go, a través de la nueva app, herramienta principal de contacto e interacción con clientes y no clientes bajo el concepto “seas del banco que seas”, comunicando promociones de fuerte impacto con las marcas referentes de las principales industrias del mercado y sumando experiencias a través de cupones y sorteos. Por otro lado, también se continuó con las campañas de temporada de vacaciones, tanto de descuentos como de beneficios. Se realizaron los ya tradicionales “días de descuento” en el shopping Unicenter y otros centros comerciales y se realizaron las campañas de “Verano”, en los principales centros turísticos de la costa Argentina y de “Invierno” en el centro de esquí más importante del país, Cerro Catedral en San Carlos de Bariloche. BBVA Francés sigue teniendo presencia en el mundo del entretenimiento. A través de la relación con las productoras Move y Popart, se continúa ofreciendo beneficios diferenciales a clientes, como por ejemplo: preventa exclusiva y cuotas sin interés. Como sponsor de los dos clubes de futbol más importantes de Argentina, Boca Juniors y River Plate, se acompañó a los clientes en una de las grandes pasiones argentinas, aportando beneficios exclusivos tales como la visita a entrenamientos, foto en la cancha y acceso a plateas entre otros. A mitad de año se sumó el Club Atlético Talleres de Córdoba a los equipos de futbol donde la Entidad actúa como sponsor. Asimismo, se ajustaron los esfuerzos sobre la base de varias aristas: la revitalización de la estrategia de adquisición, la maximización de cada momento de contacto con el cliente dentro del ciclo de vida, siendo la activación, el uso y la retención, los aspectos más relevantes sobre los cuales se trabajó. Luego de la reingeniería del proceso de adquisición realizado durante el 2014, se trabajó fuertemente en la multicanalidad, incorporando nuevos puntos de venta, ventas one click y con fuertes acciones destinadas a la captación de nuevos clientes a través de los ya existentes (member get member) generando una respuesta de la evaluación de manera online tanto en la Web de la Entidad como a través de la app Francés Go, traducidas en mejores resultados de adquisición. La solidificación de la oferta de activos a través de Cobrandings: River, Boca, LANPASS, Peugeot y otros prospectos, producto de la madurez del vínculo con las alianzas, como parte del abanico de servicios, ha permitido acrecentar sustancialmente la recurrencia en la percepción de la marca traduciéndose en valor monetario tangible para el negocio y en un creciente sentimiento de lealtad hacia la Entidad. Recursos gestionados BBVA Francés continuó ofreciendo proactivamente las distintas opciones de inversión que tiene pensadas para cada cliente: • Plazos fijos. • Fondos comunes de inversión. Se realizaron diversas acciones tendientes a incentivar el uso de los distintos canales donde poder contratar el producto en forma sencilla, ágil y segura y se incorporó la operatoria de plazos fijos por el canal digital (móvil). El Plazo Fijo Adelantado LANPASS, que no llegó a tener competencia en el mercado y que resulta muy valorado por los distintos segmentos de clientes, continúa siendo un producto innovador y una excelente 75 alternativa para contar en forma adelantada con la cantidad de kilómetros necesarios para realizar los viajes deseados. El BCRA emitió una regulación sobre tasas mínimas de plazo fijo, que estuvo vigente durante prácticamente todo 2015. La posición total con tasa mínima garantizada pasó de Ps.350.000 a Ps.1.000.000. Sobre esto, podemos destacar que BBVA Francés fue capaz de desarrollar ágilmente las herramientas necesarias para cumplir adecuadamente con esta disposición en tiempo y forma. BBVA Francés brindó a sus clientes las mejores alternativas de inversión en base a su perfil, de manera de lograr mantener sus inversiones en la Entidad. Todo ello, se logró con un spread favorable versus BCRA, pese al muy alto volumen de colocaciones a tasa regulada. Sobre fines de 2015, la nueva administración desreguló las tasas para Plazos Fijos en ambas monedas. Gestión de nóminas La gestión de Nóminas fue clave para el impulso del negocio transaccional: en el 2015 se han incorporado más de 17.000 nuevas nóminas, siendo el crecimiento más importante de los últimos 3 ejercicios. Para el cumplimiento de esta meta se realizaron diversas acciones comerciales de captación, retención y fidelización de empresas planes sueldo, las cuales consistieron en el diseño de ofertas a medida del empleador y de sus empleados. LANPASS, Francés Go y las alianzas con Boca, River y Talleres, fueron los principales atributos que han posicionado a nuestra propuesta de valor para las nóminas entre las más competitivas del mercado. El desafío para 2016 es sostener este ritmo de crecimiento, con foco en la principalidad con las empresas y mejorar la experiencia de cliente. Productos relacionados: Seguros Se mantuvieron las campañas bimestrales de captación de nuevos clientes, así como aquellas con foco en el cross-sell de la cartera (Televenta). Se realizaron pruebas tendientes a promover la venta de seguros en dos territorios, a través de la figura del Promotor de Seguros, las cuales finalizaron con éxito y permitirán extrapolarlo al resto de los territorios. Se continuó con la venta de Seguros de empresas principalmente en el segmento PyME y Empresas a través de la derivación a especialistas. A fin de mantener niveles de coberturas adecuados para los clientes, se siguieron ajustando las sumas aseguradas de los distintos tipos de Seguros. Se desarrolló, además, una campaña de Seguros de robo en cajero para el segmento Premium, que permitió un fuerte crecimiento de la penetración del producto en dicho segmento. Se alcanzó un nuevo récord en la venta de Seguros a través de ATMs y se buscará ampliar la gama de productos ofrecida en el mismo. Gestión de Activos: BBVA Francés ha continuado por la senda señalada por los cambios regulatorios, los cuales alteraron el rumbo del negocio aunque sin dañar su continuo crecimiento. 76 El diseño del nuevo modelo de negocio, orientado a la administración de carteras de inversores, aún continúa pendiente de resolución, estando a la espera de aprobaciones por parte del regulador. Se ha avanzado en la adaptación de sistemas para este nuevo segmento e incluso se han realizado pruebas exitosas con simulaciones de carteras. El año concluyó con cambios en materia cambiaria, que se espera redefinan la industria y la orienten hacia un perfil de inversiones de más largo plazo, aunque esta transición probablemente sea gradual. La Entidad trabaja para adelantarse a este nuevo escenario desarrollando productos que se adapten a las exigencias de los clientes. Desarrollo de canales: La banca electrónica continúa consolidándose como una herramienta prioritaria de BBVA Francés. Los medios automáticos han sido la pieza más importante del Plan de Migración de transacciones junto con la colaboración de los Gestores Express en sucursales, quienes instruyen y ayudan a los clientes en este proceso de cambio. La Entidad trabaja en la implementación de un ambicioso plan, que involucra una importante inversión y un aumento significativo de dispositivos así como la renovación de aquéllos en estado de obsolescencia, con el objetivo de alcanzar el reemplazo total por equipos con mayor prestación de servicio. De esta manera, durante 2016, se profundizará el plan de derivación a canales de autogestión y se dotará a las sucursales de herramientas y tecnología para mejorar la gestión, reducir los tiempos de atención y los costos transaccionales. Punto de atención Express Se abrió un punto de atención Express en Reconquista 281, Microcentro, CABA, con un horario extendido de 7 a 20 hs. El mismo cuenta con cuatro cajeros automáticos, cuatro autoservicios, dos Francés Express y personal de la Entidad para asesorar y asistir a los clientes. Este nuevo modelo colaborará en la mejora de la experiencia de los clientes ofreciendo un mejor servicio a través de modernas tecnologías y canales. De esta forma, se ponen a disposición más lugares para operar haciendo menos colas y utilizando equipos más modernos. Cajeros automáticos, dispositivos y nuevas tecnologías: Durante el transcurso del año 2015, se continuó con la instalación de equipos “Plus”, los cuales cuentan con reconocimiento de billetes, permiten la realización de depósitos sin sobre, con y sin tarjeta Visa Débito, en cuentas propias y de terceros, con acreditación en el momento y disponibilidad las 24 horas. A diciembre de 2015 el Banco poseía 247 de tales unidades distribuidas en 184 sucursales. Durante 2016 y comienzos del 2017 se realizará una importante inversión en nuevos cajeros automáticos. El plan incluye la instalación de 54 equipos Cash dispenser y 43 equipos Plus además de la renovación de 146 equipos Cash y 197 equipos Plus. Nuevas terminales de autoservicio (ATS): Se instalaron nuevas terminales de autoservicio que permiten la realización de depósitos en efectivo, depósito de cheques y pagos de tarjetas de crédito sin sobres y acreditación inmediata. Al 31 de diciembre de 2015 el banco tenía 327 unidades distribuidas en 93 sucursales. Todo ello se traduce en un incremento de la capacidad operativa ya que se reducen las tareas de procesamiento posteriores y se proyectan para brindar una mayor disponibilidad horaria en la recepción de transacciones. 77 El plan de renovación de los dispositivos contempla el reemplazo de 418 autoservicios que admiten depósitos con sobre por nuevos ATS con reconocimiento de billetes y cheques. Además, se planea aumentar en 61 equipos el parque de ATS en sucursales. Francés Express Se instalaron nuevas pantallas LED que permiten al cliente navegar por Francés net y gestionar sus claves, tanto en la Sucursal Express como en la Flagship. Actualmente la Entidad posee 270 pantallas “Francés Express” operando en sus oficinas. Contadoras de billetes Complementariamente, se pusieron en funcionamiento nuevas contadoras de billetes con funcionalidad de reconocimiento de billetes falsos lo que permite liberar tiempos en caja, acelerando el recuento de dinero. Actualmente todas las sucursales tienen un dispositivo cada dos cajeros, cubriendo el 100% de las oficinas minoristas y bancos en planta. Mejoras en la gestión de sucursales Plan Coyuntural de Cajas Teniendo en cuenta un estudio de saturación de línea de Cajas, sobre todo en la primera quincena del mes, se incorporaron 55 Cajeros Part Time. Se trata de colaboradores de 4 hs. que cubren la franja horaria pico de atención al cliente. Incentivación puesto de Caja A partir de julio de 2015, todos los cajeros cuentan con un nuevo sistema de incentivación relacionado a su actividad específica (Productividad, Logueo, Migración a Canales, Encoladores y Discrecional). Se trata de una medición transparente donde el usuario puede seguir su performance diaria en cada una de las variables, con la posibilidad de ir corrigiendo aquellos resultados en los cuales se perciba un gap. Modelo de gestión de cajas Desde el tercer trimestre de 2015 se encuentra en vigencia la “Sistemática de Cajas” como nuevo modelo de gestión. A través del mismo se integran cajeros a la plataforma comercial u operativa de la oficina, de acuerdo a su orientación. Esta modalidad permite contar con cajeros integrales, dotados de un perfil versátil y permanente, en interrelación continua con el resto de la sucursal impactando significativamente en la mejora de la productividad en la segunda parte del mes. Banca Digital por Internet: Con respecto a Francés Net, durante 2015 se realizaron diversos desarrollos tendientes a digitalizar clientes, mejorar el servicio y promover la venta digital además de atender con creciente flexibilidad los requerimientos regulatorios. Algunas de las novedades de este canal fueron: • • • • • Módulo de Referido en Francés net: permite que un cliente pueda referir un prospecto realizándose la evaluación online surgiendo inmediatamente la oferta crediticia correspondiente. Durante 2015 se realizaron dos grandes campañas, “Compartir nos lleva Lejos” destinada a clientes Premium la cual sumó 11.000 referidos y “Argentina +10 Evolution” para empleados, la cual sumó 100.000 más. Futbol Non-Stop: suscripción y consultas para las campañas “Clásico de la Liga BBVA” y “Mundial de Clubes de FIFA”. La misma permite a los clientes inscribirse en sorteos de distintas acciones comerciales relacionadas con el deporte. Cash Express: BBVA Francés fue el primer banco de la red Banelco en ofrecer el servicio de extracción en ATMs sin tarjeta de débito. Certificación de Celulares para el envío de clave de 2do factor por SMS. Identificación positiva para el alta o recuperación del usuario y clave digital: más de 100.000 clientes identificados en 3 meses. 78 • • • • • • • • • • Consulta de movimientos de cuentas monetarias: mejora en la búsqueda avanzada de movimientos y posibilidad de generar gráfico de saldo promedio mensual. Pago a proveedores: se incorporó la funcionalidad de Multipago. Envío de mail de aviso después de operar con cuenta custodia. Alta de tarjeta de crédito adicional: se incorporaron mejoras tales como la eliminación del pedido de segundo factor de seguridad y se habilitó el acceso desde banners y correspondencia virtual. E-Resumen: optimización de la visualización y ágil acceso al último extracto de tarjetas y cuentas desde la posición global. Mejoras en la consulta de datos de contacto con el ejecutivo. Denuncia Online de Siniestros para Seguros BBVA Francés Envío de CBU por mail. Comprobantes de operaciones: optimización de performance. Contratación de Préstamos Personales: optimización del proceso. Implementación de una encuesta online que permitirá conocer dificultades y mejoras propuestas por los clientes. Proyecto Clemente: finalización de las etapas de diseño y documentación de servicios. Avance en las fases de desarrollo de servicios, integración y testing cubriendo el 85 % de las funcionalidades más usadas. Banca Móvil: Con respecto a Francés Móvil, durante 2015 se sumaron nuevas funcionalidades para facilitar la operatoria del cliente: • • Alta de plazo fijo Implementación de Identificación Positiva, para agilizar la obtención del usuario y clave digital de los clientes. Asimismo, BBVA Francés está próximo a implementar una nueva operatoria, para evitar la solicitud de clave de 8 dígitos en algunas operaciones tales como transferencias, pago de tarjeta de crédito y recarga de celular. En el 2016 se trabajará en pago de servicios, suscripción y rescate de Fondos Comunes de Inversión y contratación de préstamos personales. Línea Francés: Línea Francés sigue siendo uno de los principales canales alternativos de atención de clientes. Durante 2015 se recibieron alrededor de 5,2 millones de llamados y se realizaron más de 7,7 millones de transacciones por este medio. Fondos Comunes de Inversión Al 31 de diciembre de 2015, el patrimonio administrado por BBVA Francés Asset Management fue de Ps. 8.845,8 millones, incrementándose en Ps. 2.273,7 millones o 34,6% respecto del año anterior y logrando una participación en el mercado total de Fondos Comunes de Inversión de 4,2%. En la categoría de fondos de plazos fijos de la Sociedad, FBA Renta Pesos finalizó el año con un patrimonio de Ps. 2.559,5 millones, registrando una suba patrimonial de Ps. 43,9 millones, subiendo un 1,8% con respecto del patrimonio alcanzado a la misma fecha del año anterior. Por su parte, en los fondos de mercado, la Sociedad tuvo un alza patrimonial de Ps. 2.229,8 millones, registrando una suba de 55% durante el ejercicio. Estos fondos finalizaron el año con un total administrado de Ps. 6.286,3 millones, obteniendo una participación de mercado del 3,9%. Por otra parte, las comisiones generadas por la Sociedad, ascendieron a Ps. 112 millones durante el ejercicio, creciendo un 163,1% respecto a las acumuladas durante el año anterior. 79 Al 31 de diciembre de 2015, la Sociedad tiene bajo su registro ante la C.N.V., 8 fondos bajo administración, cuya situación a dicha fecha es la siguiente: • FBA Renta Pesos, FBA Ahorro Pesos, FBA Bonos Argentina, FBA Horizonte, FBA Calificado, FBA Acciones Argentinas y FBA Acciones Latinoamericanas: se encuentran funcionando normalmente, admitiendo suscripciones y rescates en pesos. Cabe aclarar que FBA Acciones Argentinas comenzó a ser comercializado a partir del 1 de diciembre de 2015. • FBA Bonos Globales: se encuentra operativo, pero nunca ha sido comercializado. FBA Commodities: durante el período se gestionaron modificaciones en el Reglamento de Gestión del Fondo, entre las que se incluyó el cambio del nombre FBA Commodities por el de FBA Renta Fija Plus. Dichas modificaciones también alcanzaron a la política de inversión, con el objetivo de incrementar la gama de los fondos de renta fija. Al día de la fecha, están pendientes de aprobación por parte de la CNV. Al 31 de diciembre de 2015, nuestros fondos comunes de inversión registraban los siguientes valores de activo neto: Nombre del Fondo Común de Inversión FBA Ahorro Pesos FBA Renta Pesos FBA Calificado FBA Bonos Argentina FBA Horizonte FBA Acciones Latinoamericanas FBA Acciones Argentinas FBA Bonos Globales Total Miles de Pesos 5.458.819 2.559.447 299.372 269.797 191.003 64.063 3.066 217 8.845.784 Gestión de Carteras Al igual que años anteriores, la Sociedad prestará especial atención a la evolución de la situación económica y financiera internacional, al comportamiento del mercado de monedas y a la performance del precio del crudo y de los demás commodities. En lo que hace al contexto local, el monitoreo se acentuará en los niveles de actividad, inflación y gasto público. El año 2015 concluyó con cambios en materia cambiaria, que se espera redefinan la industria y la orienten hacia un perfil de inversiones de más largo plazo, aunque se cree que la transición se producirá gradualmente. La Sociedad tratará de adelantarse al nuevo escenario desarrollando productos que se adapten a las exigencias de los clientes. Para el año 2016 se espera un contexto local donde los fondos comunes de inversión constituirán una alternativa eficiente para distintos tipos de inversores, por lo que la evolución de esta industria mantiene una perspectiva favorable. Bajo dicho escenario, la Sociedad continuará trabajando en favor de ampliar la oferta de productos y de contribuir hacia una mejor gestión del riesgo de los cuotapartistas. Evolución del Negocio por Área Banca Minorista Esta Banca ha estado trabajando en los siguientes ejes: • Plan de renovación de sucursales: se continuó con el plan para brindar mayor amplitud, comodidad y consecuentemente contribuir a la satisfacción tanto de clientes como de los equipos de la red. • Fuerza de Ventas Masivas: se trabajó en fortalecer y ajustar el área de gestión del canal dedicado principalmente al segmento de nóminas. Se han hecho avances significativos en la productividad y ajustes en las formas de gestión y dirección. 80 • Campañas comerciales: siguen siendo otro de los grandes logros. Con el objetivo de acelerar el crecimiento orgánico ejecutando estrategias para adquirir e incrementar el cross-sell de clientes, se optimizaron los procesos y se innovó en las formas de hacer. En particular, se profundiza la idea de seleccionar el mejor canal de gestión para dirigirse al cliente más valioso, con la oferta adecuada y en el momento justo. Estrategia de comunicación: también tiene una tendencia cada vez más digital en los casos que correspondan, dándoles celeridad y certeza a los mensajes. De esta forma los mails y las comunicaciones a través de Francés Net siguen tomando preponderancia. Sistemáticas y esquema de gestión Las sistemáticas comercial y operativa se encuentran establecidas en todo el mundo minorista. Se hicieron fuertes avances en la sistematización de los controles, alertas y seguimientos tanto en lo comercial como en lo operativo. También, a través de un proyecto corporativo se hizo la definición y primer despliegue en Empresas. El seguimiento y la sinergia de bancas permitirán afianzar las mismas durante el 2016. Modelo de sucursal Flagship BBVA Francés abrió en 2014 una nueva oficina denominada ‘Flagship’, un innovador espacio a través del cual la Entidad lanza el layout de sucursal del futuro, pretendiendo mejorar la relación con los clientes, enfatizando conceptos como la trasparencia, la innovación y el uso de las nuevas tecnologías. Esta sucursal ubicada en Martínez, provincia de Buenos Aires tiene un diseño futurista que se transformó en un ícono para la zona. Con esta prueba de un nuevo modelo de oficina, BBVA Francés sitúa a los clientes en el centro de la relación con la Entidad, siendo ésta una oficina donde el espacio es para el cliente. Como todo hecho innovador y con una nueva metodología de pruebas, se han mejorado sustancialmente las herramientas de atención, saliendo de estándares establecidos hacia fuertes innovaciones. Los resultados vienen siendo muy positivos, en niveles de atención, en afluencia de nuevos clientes y en solicitudes de clientes actuales de pasar a ser atendidos bajo este nuevo concepto de sucursal. Un porcentaje muy importante de los clientes se manejan digitalmente, en línea con la estrategia de la Entidad. Fuerza de venta masiva Se continúa fortaleciendo y ajustando el área de gestión de este canal principalmente dedicado al segmento de nóminas. Se han hecho avances significativos en la productividad y ajustes en las formas de gestión y dirección. Impulso a lo digital Los accesos hacia el mundo digital siguen siendo una prioridad. Se siguen optimizando los procesos de simplificación para el acceso a los medios digitales y uso de Francés Net y Francés Móvil. Se fortalecieron las funcionalidades tanto para operar como para adquirir productos y para fines de 2016 se pretende tener una nueva Francés Net con una experiencia totalmente renovada para los clientes. Se utilizan diversos medios para que los clientes conozcan las herramientas, transiten la experiencia de su utilización y puedan verificar sus grandes beneficios. A través de campañas y comunicaciones internas se fomentó la difusión del concepto digital entre los empleados de sucursales. El lanzamiento de un nuevo paradigma para Francés GO, con beneficios y experiencias para clientes y no clientes es una novedad para el mercado argentino. Multicanalidad y herramientas 81 Las herramientas de gestión para cada uno de los segmentos se continúan optimizando permitiendo mejorar la distribución de las gestiones, las alertas, los tiempos de atención, las oportunidades para clientes, la multicanalidad, entre otros. En el mundo minorista se afianzó un motor de evaluación on-line que permite a partir de datos básicos llegar a una evaluación de un cliente en paquetes y tarjetas. Este concepto muy probado en campañas de clientes Premium, de empleados y en algunas ocasiones por los propios clientes, ha resultado muy exitoso permitiendo una fuerte incorporación de nuevos clientes. Esta plataforma servirá para incrementar esta estrategia de cara al 2016. En línea con el modelo de atención, durante el año BBVA Francés inauguró un punto de atención Express para operar principalmente a través de medios automáticos, además para la atención del segmento Premium se abrieron cuatro espacios Premium (Posadas, San Telmo, Mendoza y San Juan). Asimismo, se re-localizó la sucursal Empresas Mendoza, generando un nuevo modelo de atención que cuenta además con servicio de caja para sus clientes y los de la zona. Operaciones internacionales Desde que comenzó la crisis argentina a fines de 2001, el acceso a los mercados internacionales para las compañías argentinas se ha visto muy limitado. A pesar de esta restricción, hemos podido asistir a nuestros clientes con servicios comerciales tradicionales, incluyendo cartas de crédito, cobranzas, giros bancarios y transacciones en moneda extranjera. Controles de Costos y Mejoras de Eficiencia El aumento de los gastos administrativos por encima de la inflación se relaciona básicamente con un mayor nivel de actividad unido a mayores gastos de personal y publicidad en relación con una campaña de promoción más agresiva. Información financiera por área de negocios La tabla siguiente muestra los ingresos derivados de las áreas comerciales descriptas más arriba para los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013: Al 31 de diciembre de 2015 (en miles de pesos) Operaciones discontinuas Operaciones continuas Bancario y financiero BBVA Banco Francés S.A.(4) Total activos Ingresos financieros Ingresos por servicios y utilidades diversas Total ingresos (1) Egresos financieros Cargo por incobrabilidad Gastos de administración Otros gastos (2) Total gastos (3) Resultado por participación minoritaria en subsidiarias Total ganancia/(pérdida) neta (1) (2) (3) (4) PSA Finance S.A. Total Adm. de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Total 108.328.795 16.018.375 2.353.104 542.417 110.681.899 16.560.792 54.299 3.987 110.736.198 16.564.779 6.304.917 22.323.292 (6.962.151) (627.854) (6.543.354) (4.804.604) (18.937.963) 387.549 929.966 (158.850) (9.163) (44.845) (192.814) (405.672) 6.692.466 23.253.258 (7.121.001) (637.017) (6.588.199) (4.997.418) (19.343.635) 14.541 18.528 — — (6.947) (646) (7.593) 6.707.007 23.271.786 (7.121.001) (637.017) (6.595.146) (4.998.064) (19.351.228) (639) (130.390) (131.029) (5.042) (136.071) 3.384.690 393.904 3.778.594 5.893 3.784.487 Incluye: ingresos financieros, ingresos por servicios y utilidades diversas. Incluye: egresos por servicios, pérdidas diversas e impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta. Incluye: egresos financieros, cargo por incobrabilidad, gastos de administración y otros gastos. Incluye: BBVA Francés Asset Management S.A. y BBVA Francés Valores S.A. 82 Al 31 de diciembre de 2014 (en miles de pesos) Operaciones discontinuas Operaciones continuas Bancario y financiero BBVA Banco Francés S.A.(4) Total activos Ingresos financieros Ingresos por servicios y utilidades diversas Total ingresos (1) Egresos financieros Cargo por incobrabilidad Gastos de administración Otros gastos (2) Total gastos (3) Resultado por participación minoritaria en subsidiarias Total ganancia/(pérdida) neta (2) (3) (4) PSA Finance S.A. Total Adm. de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Total 71.938.474 12.718.903 2.300.710 552.435 74.239.184 13.271.338 49.722 5.661 74.288.906 13.276.999 4.788.023 17.506.926 (5.413.795) (561.330) (5.556.415) (3.179.083) (14.710.623) 421.777 974.212 (248.813) (13.333) (37.742) (155.637) (455.525) 5.209.800 18.481.138 (5.662.608) (574.663) (5.594.157) (3.334.720) (15.166.148) — 5.661 2.489 — (12.940) (2.041) (12.492) 5.209.800 18.486.799 (5.660.119) (574.663) (5.607.097) (3.336.761) (15.178.640) (310) (106.503) (106.813) 3.150 (103.663) 2.795.993 412.184 3.208.177 (3.681) 3.204.496 (1) Incluye: ingresos financieros, ingresos por servicios y utilidades diversas. Incluye: egresos por servicios, pérdidas diversas e impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta. Incluye: egresos financieros, cargo por incobrabilidad, gastos de administración y otros gastos. Incluye: BBVA Francés Asset Management S.A. y BBVA Francés Valores S.A. Al 31 de diciembre de 2013 (en miles de pesos) Operaciones discontinuas Operaciones continuas Bancario y financiero BBVA Banco Francés S.A.(4) Total activos Ingresos financieros Ingresos por servicios y utilidades diversas Total ingresos (1) Egresos financieros Cargo por incobrabilidad Gastos de administración Otros gastos (2) Total gastos (3) Resultado por participación minoritaria en subsidiarias Total ganancia/(pérdida) neta (1) (2) (3) (4) PSA Finance S.A. Total Adm. de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Total 55.765.494 7.818.945 2.684.358 416.334 58.449.852 8.235.279 73.772 8.130 58.523.624 8.243.409 3.463.699 11.282.644 (3.015.193) (431.467) (3.848.175) (2.237.062) (9.531.897) 344.558 760.892 (241.659) (21.797) (33.797) (134.428) (431.681) 3.808.257 12.043.536 (3.256.852) (453.264) (3.881.972) (2.371.490) (9.963.578) 7.124 15.254 3.042 — (18.497) (1.099) (16.554) 3.815.381 12.058.790 (3.253.810) (453.264) (3.900.469) (2.372.589) (9.980.132) (97) (54.916) (55.013) 599 (54.414) 1.750.650 274.295 2.024.945 (701) 2.024.244 Incluye: ingresos financieros, ingresos por servicios y utilidades diversas. Incluye: egresos por servicios, pérdidas diversas e impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta. Incluye: egresos financieros, cargo por incobrabilidad, gastos de administración y otros gastos. Incluye: BBVA Francés Asset Management S.A. y BBVA Francés Valores S.A. Cuestiones Ambientales BBVA Francés, plenamente consustanciado con las obligaciones emanadas del marco normativo Argentino, cumple fielmente con las regulaciones aplicables a entidades bancarias, evaluando y mitigando las consecuencias de su accionar identificadas en los estudios de impacto ambiental y social e imprimiendo especial énfasis en las normas vinculadas a Balance Social y gestión integral de residuos. BBVA Francés incorpora permanentemente nuevas sucursales a su Sistema de Gestión Ambiental aprobado por tercera parte, adhiriendo así a la Política Corporativa, adoptando la norma UNE-EN-ISO14001:2004 en un esquema de mejora continua procurando: 83 1. Identificar y evaluar los aspectos ambientales y sus respectivos impactos potenciales a los fines de atender a la prevención de la contaminación y la calidad de vida. Establece y revisa periódicamente los objetivos y metas ambientales para contribuir a la mejora y a potenciar los impactos ambientales positivos 2. Identificar, caracterizar y minimizar los impactos negativos derivados de sus actividades e instalaciones, maximizando esfuerzos para la utilización eficiente de los recursos naturales no renovables como el agua, reduciendo el uso de energía, eliminando progresivamente el uso de papel y minimizando la generación de residuos. 3. Cumplir fielmente con la legislación y los requisitos corporativos en materia ambiental que resultaren aplicables y tener en cuenta las tendencias legislativas para la adopción de políticas proactivas en favor del ambiente 4. Utilizar criterios ambientales en la selección de proveedores y subcontratistas e introducir los mismos en la gestión de compras. Realizar acciones de sensibilización ambiental en el personal externo. 5. Favorecer la comunicación e información interna y externa relativa a la atención de los temas ambientales por parte de BBVA Francés. Poner a disposición del público y exhibir para conocimiento de todo el personal, la política ambiental y garantizar que sea comunicada, entendida y asumida por el personal interno, contratistas y proveedores. 6. Proveer recursos humanos y materiales para la implantación y continuidad de la Política Ambiental y las actividades derivadas del Sistema de Gestión implantado. 7. Auditar el Sistema anualmente a fin de identificar desvíos y garantizando así la correcta adopción de mejoras. 8. Revisar y mejorar el funcionamiento del Sistema, de acuerdo con los lineamientos provenientes del Grupo BBVA. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. (BBVA) Al 31 de diciembre de 2015, BBVA poseía aproximadamente 76% del capital accionario de BBVA Francés. BBVA es el resultado de una fusión por absorción de Argentaria, Caja Postal y Banco Hipotecario S.A., anteriormente un banco minorista, gestor de activos y proveedor de seguros español, en Banco Bilbao Vizcaya, S.A. La fusión fue aprobada por los accionistas de ambas instituciones el 18 de diciembre de 1999. Al 31 de diciembre de 2015, BBVA, a través de sus subsidiarias tenía presencia en 9 países latinoamericanos, los Estados Unidos, México, Turquía y varios países de Europa. BBVA es un grupo financiero global organizado en cinco grandes áreas de negocios: (i) Actividad bancaria en España, (ii) Bienes Raíces en España, (iii) México, (iv) América del Sur, (v) Estados Unidos de América, y (vi) Eurasia. Además de estas áreas de negocios BBVA posee un segmento de “Centro corporativo separado”. En este segmento se gestionan nuestras funciones administrativas Los beneficios provistos por el Grupo BBVA al Banco son los siguientes: • tecnología compartida; • desarrollo de nuevos productos bancarios que han sido adaptados al mercado argentino; • apalancamiento de relaciones con clientes globales de BBVA para servir a aquellos clientes que operan en la Argentina; y • participación estratégica y de largo plazo de BBVA como accionista de BBVA Francés. Subsidiarias y afiliadas de BBVA Francés 84 BBVA Francés Valores Desde la entrada en vigencia de la Ley 26.831 y la RG 622/13 CNV, la actividad de Francés Valores S.A. (ALyC – Integral) estuvo destinada a dar el servicio de compra-venta de valores negociables y otras especies y operaciones habilitadas, a clientes en forma directa. Desde el 01/01/2015 se canceló la operatoria de títulos a través de BBVA Banco Francés S.A., en la figura de promotor de Francés Valores, conforme a las nuevas normas del mercado. En este sentido, la operatoria actual y los ingresos operativos de Francés Valores se han reducido casi en su totalidad, limitándose la administración de la sociedad a las inversiones de sus activos en cartera, mantener su capacidad operativa y la búsqueda de nuevas oportunidades comerciales y de negocios. En este contexto, el resultado neto al 31 de diciembre de 2015 fue de $ 17 millones, generados principalmente por la revalorización de las inversiones propias en cartera y los gastos mínimos operativos para tener a la sociedad en su plena capacidad para operar. BBVA Francés Asset Management. Gerente de Fondos Comunes de Inversión. Al 31 de diciembre de 2015, el patrimonio administrado por BBVA Francés Asset Management fue de Ps. 8.845,8 millones, incrementándose en Ps. 2.273,7 millones o 34,6% respecto del año anterior y logrando una participación en el mercado total de Fondos Comunes de Inversión de 4,2%. En la categoría de fondos de plazos fijos de la Sociedad, FBA Renta Pesos finalizó el año con un patrimonio de Ps. 2.559,5 millones, registrando una suba patrimonial de Ps. 43,9 millones, subiendo un 1,8% con respecto del patrimonio alcanzado a la misma fecha del año anterior. Por su parte, en los fondos de mercado, la Sociedad tuvo un alza patrimonial de Ps. 2.229,8 millones, registrando una suba de 55% durante el ejercicio. Estos fondos finalizaron el año con un total administrado de Ps. 6.286,3 millones, obteniendo una participación de mercado del 3,9%. Por otra parte, las comisiones generadas por la Sociedad, ascendieron a ps. 112 millones durante el ejercicio, creciendo un 163,1% respecto a las acumuladas durante el año anterior. Al 31 de diciembre de 2015, la Sociedad tiene bajo su registro ante la C.N.V., 8 fondos bajo administración, cuya situación a dicha fecha es la siguiente: • FBA Renta Pesos, FBA Ahorro Pesos, FBA Bonos Argentina, FBA Horizonte, FBA Calificado, FBA Acciones Argentinas y FBA Acciones Latinoamericanas: se encuentran funcionando normalmente, admitiendo suscripciones y rescates en pesos. Cabe aclarar que FBA Acciones Argentinas comenzó a ser comercializado a partir del 1 de diciembre de 2015. • FBA Bonos Globales: se encuentra operativo, pero nunca ha sido comercializado. • FBA Commodities: durante el período se gestionaron modificaciones en el Reglamento de Gestión del Fondo, entre las que se incluyó el cambio del nombre FBA Commodities por el de FBA Renta Fija Plus. Dichas modificaciones también alcanzaron a la política de inversión, con el objetivo de incrementar la gama de los fondos de renta fija. Al día de la fecha, están pendientes de aprobación por parte de la CNV. Grupo Consolidar El Grupo Consolidar está integrado por Consolidar A.F.J.P. S.A. (en Liquidación) (Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones) y BBVA Consolidar Seguros S.A. sobre las cuales BBVA Francés tiene una participación de 53,89% y 12,22%, respectivamente. Consolidar A.F.J.P. S.A. (en liquidación) Con fecha 4 de diciembre de 2008, se promulgó la Ley N° 26.425 que eliminó el régimen de capitalización que formaba parte del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, para ser absorbido y sustituido por un único régimen público de reparto denominado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). Como consecuencia de ello, Consolidar A.F.J.P. S.A. dejó de administrar los recursos que integraban las cuentas de capitalización 85 individual de los afiliados y beneficiarios al régimen de capitalización del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, los cuales fueron transferidos al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público en idéntica especie que en la que se encontraban invertidos, pasando a ser la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) el titular único y exclusivo de dichos bienes y derechos. Asimismo, el 29 de octubre de 2009, la ANSES emitió la Resolución N° 290/2009 por la cual las administradoras de fondos de jubilaciones y pensiones que se encontraran interesadas en reconvertir su objeto social para administrar los fondos correspondientes a las imposiciones voluntarias y los depósitos convenidos que mantenían los afiliados en sus cuentas de capitalización, tenían un plazo de 30 días hábiles para manifestar su decisión en ese sentido. Considerando lo mencionado en los párrafos anteriores, y teniendo en cuenta la imposibilidad de Consolidar A.F.J.P. S.A. de alcanzar y ejecutar el objeto social para el cual fue constituida, el 28 de diciembre de 2009, la Asamblea General Extraordinaria Unánime de Accionistas resolvió aprobar la disolución y posterior liquidación de la Sociedad, con efectos a partir del 31 de diciembre de 2009, entendiendo que dicha alternativa preservará de manera más adecuada los intereses tanto de sus acreedores como de sus accionistas. Asimismo, tal como lo dispone la Ley de Sociedades Comerciales, la Asamblea de Accionistas resolvió nombrar a los contadores Sr. Gabriel Orden y Sr. Rubén Lamandia liquidadores de Consolidar A.F.J.P. S.A. quienes, desde el 31 de diciembre de 2009, detentan la representación legal de la Sociedad. A la fecha, los mismos se encuentran efectuando todas las acciones necesarias a fin de proceder con la liquidación de Consolidar A.F.J.P. S.A. Al respecto, el 28 de enero de 2010, la disolución de Consolidar A.F.J.P. S.A. y la nómina de liquidadores designados fue inscripta por la Inspección General de Justicia (I.G.J). Adicionalmente, el 19 de octubre de 2009, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Consolidar A.F.J.P S.A. (en liquidación) aprobó la reducción voluntaria del capital social por $ 75 millones. Por su parte, la I.G.J. aprobó la mencionada reducción de capital con fecha 11 de enero de 2010, de manera tal que hacia el 19 de enero de 2010, los aportes de capital fueron transferidos a los accionistas conforme la reducción anteriormente mencionada. BBVA Francés, en su carácter de accionista, solicitó a Consolidar A.F.J.P. S.A. (en liquidación) la presentación de una nota ante el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación y la Administración Nacional de la Seguridad Social, a efectos de iniciar conversaciones en el marco de la Ley N° 26.425 a fin de encontrar una o más vías de resolución respecto de las consecuencias emanadas de los eventos producidos tras la emisión de esta Ley. Dicha nota fue presentada por Consolidar A.F.J.P. S.A. (en liquidación) el 11 de junio de 2010. El 7 de diciembre de 2010, Consolidar A.F.J.P. S.A. (en liquidación) inició una demanda por daños y perjuicios contra el Estado nacional y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la cual fue radicada ante el Juzgado de 1era instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nro. 4, Secretaría Nro. 7, bajo el Expediente Nro. 40.437/2010. Dicha demanda fue ratificada por BBVA Francés en su carácter de accionista mayoritario de la Sociedad. El 15 de julio de 2011, Consolidar A.F.J.P. S.A. (en liquidación) y BBVA Francés presentaron ante el mencionado juzgado una ampliación de esta demanda para la determinación de los daños y perjuicios. Hacia el 9 de marzo de 2012 el Tribunal ordenó el traslado de la demanda al Estado nacional. En este sentido, el 13 de mayo de 2013, el Juzgado interviniente resolvió comenzar la etapa probatoria, ante lo cual la Sociedad preparó las pruebas testimoniales, documentales y periciales pertinentes y, con fecha 28 de mayo de 2013, acompañó los pliegos y las declaraciones testimoniales de sus testigos, encontrándose actualmente el expediente en instancia probatoria. BBVA Seguros S.A. BBVA Seguros opera en las ramas de Incendio, Combinado Familiar e Integral, Robo, Accidentes Personales, Vida Colectivo, Vida Saldos Deudores, Sepelio y Otros Riesgos. Al 31 de diciembre de 2015, se alcanzó un nivel de primas emitidas de Ps. 1.496,3 millones, lo que representa un crecimiento del 42% respecto al año anterior. Este aumento de la facturación es evidencia de la acertada estrategia de negocio llevada adelante, la cual combina una amplia oferta de productos con múltiples canales de distribución y atención, todo ello basado en la segmentación de las necesidades de los clientes y prospectos. Los siniestros pagados alcanzaron los Ps. 204,5 millones, es decir, 14% sobre primas emitidas. 86 El resultado después de impuestos fue de Ps. 299,2 millones, y representa un retorno sobre el patrimonio neto al cierre de 61,9%. A septiembre de 2015 el superávit de capital mínimo asciende a Ps. 98,5 millones y el índice de solvencia medido como el cociente entre disponibilidades, inversiones e inmuebles y los compromisos técnicos y deudas con asegurados es igual a 1,67. PSA Finance Argentina Compañía Financiera S.A. El paquete accionario de PSA Finance se divide en partes iguales entre BBVA Francés y Banque PSA Finance, compañía vinculada del grupo PSA Peugeot Citroën, con sede en Francia. El negocio principal consiste en otorgar financiación vía préstamos prendarios para la compra de vehículos nuevos de las marcas Peugeot y Citroën y en el otorgamiento de autos de las mismas marcas vía el sistema de créditos por arrendamiento financiero (leasing). Asimismo, ofrece financiación para la compra de autos usados para clientes propuestos por las redes de concesionarios oficiales de Peugeot y Citroën, así como también otros productos financieros y servicios asociados a la compra, mantenimiento y aseguramiento de vehículos. Al 31 de diciembre de 2015, PSA Finance logró mejorar su performance respecto del año anterior, alcanzando una penetración del 18,3% sobre los patentamientos de ambas marcas (medida sobre la base de financiación de autos 0km), lo que evidencia una suba de 2,4 puntos porcentuales respecto a la penetración de 2014. Esta situación es resultado, principalmente, del trabajo mancomunado de PSA Finance con la terminal automotriz y con los concesionarios de la red, ya que en un contexto de tasas altas se ha logrado realizar productos de campaña, con tasas subsidiadas a los clientes, con aportes de estos dos últimos actores del negocio. La compañía ha logrado gestionar el entorno, logrando una financiación total de contratos de 16.923 operaciones en lo concerniente a créditos prendarios de autos nuevos, usados y vehículos otorgados mediante leasing, equivalente aPs.$ 1.565 millones. Al 31 de diciembre de 2015, la cartera de clientes alcanzó los 51.999 clientes, valuada en Ps. 2.195 millones, cifra que equivale a una merma del 1,8% sobre el cierre del año 2014. PSA Finance mantuvo la estrategia de trabajo conjunto con las marcas Peugeot y Citroën, prestando especial atención a la realización de productos financieros denominados de campaña a tasa subsidiada, como ha sido mencionado anteriormente. Esto ha amortiguado el impacto de la contracción del financiamiento. Asimismo, se ha continuado trabajando exhaustivamente en la red de concesionarios, haciendo foco en la fidelidad de la misma y manteniendo una oferta de productos variada, prestando especial atención a las condiciones de la competencia. Todo ello ha contribuido a que el 99% de los concesionarios de la red comercial Peugeot Citroën continúen trabajando con PSA Finance, logrando que el 85,4% de las ventas financiadas sean canalizadas a través de un crédito con PSA Finance. Como consecuencia de las fortalezas mencionadas, el resultado neto al 31 de diciembre de 2015 alcanzó los Ps. 261 millones, representando un incremento del 22% respecto del año anterior. Los factores fundamentales que han generado el buen resultado obtenido son: menor necesidad de financiarse con fondos de terceros, a lo cual se ha sumado un control de la morosidad de la cartera, buenos márgenes financieros de producción, una buena performance de la facturación de servicios, como así también un esfuerzo en la contención de gastos en base a acciones preestablecidas. Rombo Compañía Financiera S.A. Rombo Compañía Financiera (RCF) es la principal financiera de la red de concesionarios Renault tanto de vehículos nuevos como de vehículos usados. Al 31 de diciembre de 2015, Renault logró un 12,7% de participación en el mercado automotor, (12,9% en 2014), situándose nuevamente en la cuarta posición en el ranking de ventas. En el marco de una fuerte competencia ha logrado mantener su participación y posicionamiento, sustentado en el lanzamiento y la renovación de modelos y con un gran apoyo de los créditos prendarios de su financiera. A la misma fecha, RCF alcanzo una marca de financiamientos de 21.797 para vehículos nuevos y 4.611 vehículos usados. De esta forma, la cartera total de financiaciones alcanzó los Ps. 2.914 millones. 87 Estos niveles permitieron que RCF se mantenga dentro de las compañías financieras líderes en el mercado argentino, ocupando los primeros lugares en el ranking de préstamos y fidelidad entre las compañías cautivas de marca. Los indicadores que miden el riesgo y la calidad de la cartera se han mantenido en valores relativamente bajos respecto al histórico de la compañía. El nivel de non-performing loans pasó a 1,4% en diciembre de 2015, producto, principalmente, del aumento notorio de la cartera de crédito. El resultado neto al 31 de diciembre de 2015 alcanzó Ps. 233,9 millones, 10% menos que el año anterior, impactado negativamente por efecto de arrastre ocasionado por menor nivel de operaciones realizado durante el ejercicio anterior, aunque mejorando significativamente las perspectivas para el próximo ejercicio. Cabe destacar la eficiente gestión financiera que permitió importantes ahorros en el costo de fondeo, en un contexto de marcada volatilidad e incertidumbre, así como también la rápida adaptación de la estructura al nuevo volumen de operaciones. La siguiente tabla muestra las subsidiarias de BBVA Francés al 31 de diciembre de 2015: BBVA Banco Francés S.A. PSA Finance Argentina Cía. Financiera (1) BBVA Francés Asset Management S.A. Consolidar AFJP S.A.(1) BBVA Francés Valores S.A. En liquidación La siguiente información se refiere a subsidiarias y afiliadas al 31 de diciembre de 2015: País de Constitución / Residencia Subsidiaria o Compañía Relacionada Titularidad y Poder de Voto de BBVA Francés BBVA Francés Asset Management S.A.(1) (4) BBVA Francés Valores S.A. (1) Argentina Argentina 95,00% 97,00% Consolidar AFJP S.A. (en liquidación) (1) PSA Finance Argentina Cía. Financiera S.A. (1) Rombo Compañía Financiera S.A. (1) BBVA Consolidar Seguros S.A. (1) Argentina Argentina Argentina Argentina 53,89% 50,00% 40,00% 12,22% (1) (2) (3) (4) Actividad Principal Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión Agente de bolsa Administradora de fondos de pensión y jubilación Entidad financiera Entidad financiera Seguros Patrimonio neto (en millones de pesos) (2) (3) 213,1 42,9 19,5 655,1 617,1 483,0 Para información respecto a la cantidad de acciones que poseemos en dichas entidades, véase Anexo E a los estados contables al 31 de diciembre de 2015. Patrimonio neto total al 31 de diciembre de 2015. Patrimonio neto legal ajustado para fines de consolidación para aplicar un criterio contable uniforme con el de BBVA Francés, si fuera de aplicación. El Banco posee una participación directa del 95,00% en el capital social de la compañía y una participación indirecta del 4,8498% a través de BBVA Francés Valores S.A. Inversiones de Capital Las siguientes son todas las posiciones que poseemos en instituciones no financieras por más del 2% del capital de dichas compañías al 31 de diciembre de 2015. Inversión Coelsa S.A. (1) Interbanking S.A. (2) País Argentina Argentina Titularidad de Acciones % 8,64% 11,11% 88 Actividad Principal Cámara compensadora Servicios Patrimonio Neto Total (en millones de pesos) 3,9 232,4 Argencontrol S.A. (3) Sedesa S.A. (2) Prisma Medios de Pagos S.A. (4) (1) (2) (3) (4) Argentina Argentina Argentina 7,77% 8,86% 10,48% Agente mandataria Seguros de depósitos Emisora de tarjeta de crédito 2,3 27,9 432,4 Patrimonio Neto Total al 31 de marzo de 2014. Patrimonio Neto Total al 31 de diciembre de 2014. Patrimonio Neto Total al 31 de diciembre de 2013. Patrimonio Neto Total al 31 de mayo de 2015. BIENES DE USO BBVA Francés está domiciliado en Argentina y tiene su casa matriz en Reconquista 199, (C1003ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Las oficinas ejecutivas centrales, que son de nuestra propiedad, tienen una superficie de aproximadamente 16.000 metros cuadrados. En junio 2013 se concretó uno de los proyectos más relevantes del año para el BBVA Francés que es la adquisición de un nuevo edificio, hito que representa una importantísima inversión del Grupo en la Argentina, que demuestra absoluta confianza en el futuro y redobla nuestro compromiso con el país y con nuestra gran meta: la excelencia. La nueva Sede de BBVA Francés estará en la torre más moderna del país y una de las más importantes de Latinoamérica, concebida con los más altos estándares de sostenibilidad ambiental. Está en proceso de construcción y se ubica en la intersección de las calles Alem y Córdoba, en la zona de Catalinas, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El edificio medirá casi 149 metros de altura y BBVA Francés contará con más de 34.000 metros cuadrados. Al 31 diciembre de 2015, la entidad poseía una red de 251 sucursales de las cuales 113 funcionan en locales de nuestra propiedad y 138 en locales alquilados. Las sucursales están distribuidas entre las 23 provincias argentinas y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. EL SISTEMA BANCARIO ARGENTINO Y SU MARCO REGULATORIO Sistema Bancario Argentino Al 31 de diciembre de 2015, el sistema bancario argentino comprendía 62 bancos comerciales, incluyendo 13 bancos del Gobierno Nacional o relacionados con él, y 49 bancos privados. Los principales reguladores de las entidades financieras argentinas son el Banco Central, la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias y, en el caso de las entidades financieras que hacen oferta pública de sus propios títulos o de otro modo se ocupan de la oferta o negociación de títulos de terceros en la Argentina, la CNV. Bancos del Sector Privado De acuerdo con información publicada por el Banco Central, al 31 de diciembre de 2015, los bancos privados más grandes de base local, en términos de sus activos totales, eran los siguientes: Banco Santander Río S.A., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., BBVA Francés, Banco Macro S.A. y HSBC Bank Argentina S.A. Algunos de estos bancos, incluido BBVA Francés, tienen uno o más inversores importantes del exterior. Del mismo modo, las entidades financieras privadas representaban aproximadamente el 54,91% de los depósitos y alrededor del 61,34% de los préstamos brutos del sistema financiero argentino. Además, las diez mayores entidades financieras privadas representaban el 43,83% de todos los depósitos y el 49,33% de todos los préstamos del sistema financiero argentino. Los bancos extranjeros compiten bajo las mismas normas regulatorias que los bancos argentinos. Bancos del Sector Público Las principales entidades financieras públicas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Provincia de Buenos Aires y Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Al 31 de diciembre de 2015, según los más recientes datos disponibles del Banco Central, dichas entidades representaban alrededor del 39,79% de los depósitos y alrededor del 31,21% de los préstamos brutos del sistema bancario argentino. Bajo las disposiciones de la Ley de Entidades Financieras, los bancos del o relacionados con el Gobierno Nacional y los bancos privados tienen derechos y obligaciones comparables, excepto que los primeros tienen el 89 derecho y la obligación exclusiva de manejar las rentas públicas y promover el desarrollo regional. Los bancos oficiales deben satisfacer las necesidades de crédito de las entidades del sector público. Más aún, los estatutos de algunos bancos oficiales, incluyendo bancos federales, provinciales y municipales, requieren que los poderes de los cuales dependen garanticen sus compromisos. El Banco Central La Ley de Entidades Financieras regula las actividades bancarias en la Argentina y coloca la supervisión y el control del sistema bancario argentino en manos del Banco Central, que es una institución autónoma. La Ley de Entidades Financieras otorga al Banco Central amplio acceso a los sistemas de contabilidad, libros, correspondencia, documentos y otros papeles de las instituciones bancarias. El Banco Central regula la provisión de crédito y supervisa la liquidez y la operatoria general de los mercados financieros argentinos. El Banco Central hace cumplir la Ley de Entidades Financieras y autoriza a los bancos a operar en la Argentina. Desde la enmienda de febrero de 1994 no existen distinciones entre entidades financieras privadas de propiedad local y extranjera. El Banco Central establece “ratios técnicos” que limitan los niveles de endeudamiento, liquidez, máximo crédito a otorgar por cliente y posiciones de activo y pasivo en divisas extranjeras, entre otras cosas. El Banco Central realiza periódicamente inspecciones formales en todas las instituciones bancarias para monitorear el cumplimiento de los requisitos legales y regulatorios. El Banco Central supervisa a los bancos en base consolidada. El Banco Central cuenta con un departamento de supervisión de auditores de entidades financieras internos y externos que evalúan la performance en las áreas de auditoría interna así como de firmas y profesionales que trabajan como auditores externos de entidades financieras. Ver “Sistema BASIC” más abajo. Si un banco no cumple con las relaciones técnicas, debe dar explicaciones al Banco Central. Hay regulaciones específicas que rigen los planes de reorganización y otras medidas derivadas del incumplimiento de estos planes. Más aún, el Banco Central tiene autoridad para imponer sanciones por incumplimiento, que varían desde un fuerte llamado de atención hasta la revocación de licencias bancarias. El Banco Central requiere a los bancos presentarle información en forma diaria, mensual, trimestral, semestral y anual. Estos informes contienen, entre otra información importante, balances y estados de resultados, información relativa a fondos de reserva, uso de depósitos e indicadores de calidad de cartera, incluyendo detalles sobre principales deudores y previsiones por incobrabilidad de préstamos. Los informes están destinados a permitir al Banco Central monitorear las prácticas comerciales de los bancos. Si las normas del Banco Central son violadas, pueden imponerse diversas sanciones según la gravedad de la violación, que van desde llamar la atención hacia la infracción hasta la imposición de multas o aún la revocación de la licencia para operar como banco. Adicionalmente, el incumplimiento de ciertas reglas puede derivar en la obligación de presentar al Banco Central planes específicos de adecuación del capital o de regularización. Estos planes deben ser aprobados por el Banco Central para que un banco pueda mantener su licencia. La Ley N° 25.780 introdujo enmiendas a la Ley de Entidades Financieras y a la carta orgánica del Banco Central. Entre las modificaciones más importantes podemos mencionar las siguientes: Salvo expresa disposición en contrario establecida por ley, el Banco Central no será afectado por regulaciones de carácter general que hayan sido o puedan ser sancionadas con referencia a organismos de la administración pública y que introduzcan limitaciones a la autoridad o las facultades del Banco Central establecidas en su Carta Orgánica. El Banco Central está autorizado para hacer anticipos temporarios al Gobierno Nacional hasta un monto equivalente al 12% de la base monetaria, la cual a estos efectos comprende la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el Banco Central, ya sea en cuenta corriente o en cuentas especiales. También puede conceder anticipos hasta un monto que no exceda el 10% de los recursos en efectivo obtenidos por el Gobierno Nacional en los doce meses anteriores. En ningún momento podrá el monto otorgado como anticipos temporarios, excluyendo los destinados exclusivamente al pago de obligaciones con las instituciones de crédito multilaterales, exceder el 12% de la base monetaria. Todos los anticipos así otorgados deben ser reembolsados dentro de los doce meses siguientes; si cualquiera de estos anticipos permaneciera impago después de su fecha de vencimiento, no será posible volver a utilizar estos poderes hasta que la totalidad de los montos adeudados haya sido reembolsada. 90 Se restablece la validez de los Artículos 44, 46 inciso c), 47 y 48 de la carta orgánica del Banco Central, respecto a los poderes y facultades del Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias según los términos del texto aprobado como Artículo 1 de la Ley N° 24.144. Se introduce una disposición transitoria autorizando al Banco Central a: (i) proveer asistencia a las entidades financieras con problemas de liquidez y/o solvencia (ya estaba autorizado en virtud del Decreto N° 214/02), incluyendo las que se encuentran en trámite de reestructuración por resolución del Banco Central en términos del Artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras; (ii) autorizar la integración de requisitos de reserva de las entidades financieras con activos financieros distintos de efectivo, en forma de depósitos a la vista en el Banco Central o en cuentas en moneda extranjera según el Art. 28 de la carta orgánica del Banco Central. Las reservas que excedan el 100% de la base monetaria puedan ser asignadas al pago de obligaciones con entidades financieras internacionales. Modificaciones a la Carta Orgánica del Banco Central y a la Ley de Convertibilidad La Ley N° 26.739 modificó las funciones y poderes del BCRA y la capacidad del Gobierno Nacional de obtener financiación del mismo. El 28 de marzo de 2012 la mencionada ley fue publicada en el Boletín Oficial modificando la Carta Orgánica del BCRA, la cual había sido previamente aprobada por la Ley N° 24.144 y la Ley de Convertibilidad. Las modificaciones introducidas por la Ley N° 26.739 pueden ser agrupadas principalmente en dos grupos: (i) modificaciones a las funciones y poderes del BCRA como autoridad de supervisión y regulación del sistema financiero; y (ii) mayor acceso del Gobierno Nacional al financiamiento a través del BCRA. Funciones y poderes del BCRA: − Objetivo del BCRA. Anteriormente a que la Ley N° 26.739 sea promulgada, de acuerdo con la Carta Orgánica, el objetivo “primario y fundamental” del BCRA era “preservar el valor de la moneda”. Después que se promulgase la Ley N° 26.739, el BCRA tendrá múltiples objetivos, incluyendo “promover la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera, el empleo y el desarrollo económico con equidad social”. − Relación del BCRA con el Poder Ejecutivo y el Congreso de la Nación. En el marco de la Carta Orgánica, el BCRA continúa siendo una “entidad autárquica” y por lo tanto: (i) en el ejercicio de sus poderes y facultades, el BCRA no estará sujeto a las directivas del Poder Ejecutivo, y (ii) el BCRA no podrá contraer obligaciones que impliquen una restricción o delegación de sus poderes sin la expresa autorización del Congreso de la Nación. Sin embargo, la Carta Orgánica establece que los objetivos del BCRA deben ser cumplidos “dentro del marco de políticas establecidas por el Gobierno Nacional”. − Obligaciones y poderes del BCRA relacionados con la información económica. Las modificaciones a la Carta Orgánica limitaron la capacidad del BCRA de proveer información económica. En particular (i) el requerimiento de informar la tasa de inflación esperada por cada año; (ii) la publicación de estadísticas respecto a la balanza de pagos y las cuentas nacionales de la República Argentina; y (iii) el requerimiento de que los estados financiero del BCRA reflejen el monto y la composición de las reservas y de la base monetaria han sido removidos de la Carta Orgánica. − Funciones y poderes del BCRA. Nuevos poderes han sido delegados al BCRA, incluyendo (i) regular el monto y la tasa de interés y dirigir la política de crédito; (ii) regular el sistema de pagos, liquidación y clearing, entidades remesedoras de fondos y compañías transportadoras de caudales; y (iii) proteger los derechos de los consumidores de servicios financieros y la competencia leal dentro del sistema financiero. − Poderes del presidente del BCRA. Las modificaciones fortalecieron los poderes del presidente del directorio del BCRA. Al respecto (i) la superintendencia (la cual no será más una entidad 91 descentralizada) está ahora bajo la supervisión del presidente; (ii) el presidente está facultado para operar directamente en el mercado de cambios (anteriormente estos poderes eran delegados al directorio del BCRA); y (iii) los poderes del presidente en una situación de emergencia son mayores. − Poderes del directorio del BCRA. Nuevos facultades reguladoras son expresamente conferidas al directorio del BCRA, como ser (i) establecer el régimen informativo y contable para las entidades sujetas a la supervisión del BCRA; (ii) regular las políticas y condiciones del crédito; (iii) promulgar reglas que preserven la competencia en el sistema financiero; y (iv) regular la obtención (mediante instrumentos negociables o de otra manera) para las entidades financieras de fondos en moneda extranjera. Financiación al Gobierno Nacional: − “Adelantos transitorios”. La modificación a la Carta Orgánica incrementó significativamente la capacidad del BCRA de otorgar “adelantos transitorios” al Gobierno Nacional. De conformidad con la Carta Orgánica, el BCRA podrá otorgar adelantos transitorios al Gobierno Nacional por un término de hasta doce meses, sin una asignación específica, por un monto equivalente al 12% de la base monetaria (constituida por la circulación monetaria más los depósitos a la vista de las entidades financieras en el Banco Central, en cuentas corrientes o en cuentas especiales). Adicionalmente, se podrán otorgar adelantos (también por el término de doce meses) por un monto equivalente al 10% de los recursos en efectivo que el Gobierno Nacional haya obtenido en los últimos doce meses; pero estos adelantos “adicionales” deben ser asignados al pago de obligaciones con instituciones financieras internacionales y al pago de obligaciones en moneda extranjera. La modificación a la Carta Orgánica mantiene la posibilidad de otorgar adelantos temporales dentro de los límites anteriormente mencionados, pero la modificación también prevé que, “excepcionalmente”, podrán otorgarse adelantos transitorios “adicionales” por hasta otro 10% de los recursos en efectivo que el Gobierno Nacional haya obtenido en los últimos doce meses, por un plazo de dieciocho meses. Adicionalmente, el requerimiento de la asignación específica mencionada anteriormente ha sido derogado. Como resultado, todos los “adelantos transitorios” que el BCRA pueda conceder deben ser asignados a los fines que el Gobierno Nacional decida por su sola discreción. − Determinación y aplicación de las reservas de “libre disponibilidad”. La modificación a la Ley de Convertibilidad derogó el requerimiento de que las reservas del BCRA deben respaldar hasta el 100% de la base monetaria Ahora el directorio del BCRA deberá determinar el monto de las reservas necesarias para llevar a cabo la política cambiaria, tomando en consideración la evolución de las cuentas en el exterior. Consecuentemente, las reservas de “libre disponibilidad” serán aquellas que excedan los montos determinados por el directorio del BCRA según lo mencionado anteriormente. La modificación a la Ley de Convertibilidad también amplió el ámbito de aplicación de las reservas de “libre disponibilidad”. Además del pago de obligaciones con instituciones financieras internacionales, de acuerdo a la reforma aprobada por el Congreso Nacional, las reservas de “libre disponibilidad” podrán ser aplicadas al pago de “deuda externa oficial bilateral”. Este último concepto incluye la deuda que la República Argentina tenga con deudores agrupados en el “Club de París”. − Fondo del desendeudamiento argentino. Este fondo fue creado a través del Decreto N° 298/10 con el fin de aplicar las reservas de “libre disponibilidad” del BCRA al pago de deuda soberana en poder de deudores privados. El mismo esta compuesto por las reservas de “libre 92 disponibilidad” asignadas a cada año. La Ley N° 26.739 establece que este fondo continuará operando hasta que el propósito por el que fue creado haya sido cumplido. Supervisión sobre Base Consolidada De acuerdo con la Comunicación “A” 2227 de fecha 15 de julio de 1994 y sus enmiendas y disposiciones correlativas, desde 1994 las entidades financieras argentinas están sujetas a supervisión sobre base consolidada por el Banco Central (con prescindencia de la observancia individual de las regulaciones aplicables a las mismas). En otras palabras, los estados contables y demás información respecto a ellas deben reflejar las transacciones de su casa central así como las de sus subsidiarias en el país y en el exterior, y las de subsidiarias locales y extranjeras importantes. En consecuencia, los requisitos de liquidez, solvencia, capital mínimo, concentración de riesgo y previsiones para incobrables, entre otras, deben calcularse sobre base consolidada. De la mencionada Comunicación surge con claridad que las entidades financieras deben presentar cierta información al Banco Central, incluyendo la siguiente: Estados contables y otros informes trimestrales y anuales que reflejen en forma consolidada las transacciones de la entidad financiera, sus sucursales locales y extranjeras y sus “subsidiarias importantes” locales y extranjeras (según se define más abajo); y Estados contables y otros informes trimestrales y anuales que reflejen en forma consolidada las transacciones de la entidad financiera, sus sucursales locales y extranjeras y sus “subsidiarias” locales y extranjeras (según se define más abajo), o entidades o compañías en el país y en el exterior en las que la entidad financiera posea o controle más del 12,5% de las acciones con derecho a voto, en aquellos casos determinados por la Superintendencia, y aquellas compañías no sujetas a supervisión consolidada que la entidad financiera haya decidido incluir con la aprobación previa de la Superintendencia. A los fines de estas regulaciones: Una “subsidiaria” de una entidad financiera local es cualquier entidad o compañía financiera local o extranjera en cualquiera de los siguientes supuestos: (i) que la entidad financiera local posea o controle directa o indirectamente más del 50% del total de votos de cualquier instrumento con derechos de voto en dicha entidad o compañía, (ii) que la entidad financiera local tenga control directo o indirecto en cuanto a determinar por sí misma la composición de la mayoría de los cuerpos directivos de tal entidad o compañía, (iii) que la mayoría de los directores de la entidad financiera local sea también la mayoría de los directores de dicha entidad o compañía. La posesión o el control por la entidad financiera se consideran indirectos si son ejercidos a través de otra persona jurídica, sus accionistas controlantes o directores designados por tales accionistas controlantes o personas vinculadas a ellos, que tengan control sobre más del 50% –medido en conjunto– de los votos totales de cualquier instrumento con derecho a voto en otra entidad o compañía. También se considera indirecta cualquier otra forma de control o participación donde, en opinión de la Superintendencia, y aún cuando la participación de los accionistas no exceda el 50%, esté configurada o pueda inferirse de la evidencia recogida una situación de control, y por lo tanto el carácter subsidiario de una entidad o compañía. Una “subsidiaria significativa” es cualquier subsidiaria: (i) cuyos activos, compromisos posibles y otras transacciones registradas en cuentas de orden representen 10% o más de la RPC de la entidad financiera local y sus subsidiarias en el exterior; o (ii) cuyos resultados operativos correspondientes al ejercicio corriente representen 10% o más de los resultados de operaciones para el ejercicio en curso de la entidad financiera local y sus subsidiarias en el exterior. 93 Reserva legal El Banco Central requiere que todos los años los bancos destinen cierto porcentaje de sus ingresos netos, determinado por el Banco Central, a una reserva legal que actualmente es del 20%. Esta reserva solo puede ser usada en períodos durante los cuales un banco ha sufrido pérdidas y agotado la totalidad de sus resultados no asignados y otras reservas sobre las ganancias. Las entidades financieras no deben abonar dividendos si la reserva legal se encuentra reducida. Sin embargo cuando la reserva legal sea usada para absorber pérdidas, podrán distribuirse ganancias si el saldo anterior a la absorción ha sido mayor al 20% del capital corporativo más el ajuste de capital, una vez alcanzado este último monto. Requisitos de Reserva y Requisitos de Liquidez El sistema de efectivo mínimo determina qué porción de sus depósitos u obligaciones deben las entidades mantener disponible, es decir, no como parte de su capital prestable. El requisito de efectivo mínimo se calcula sobre el promedio mensual de saldos diarios para obligaciones comprendidas que se registre al cierre de cada mes calendario, y debe ser observado separadamente para cada moneda de denominación y/o títulos públicos e instrumentos emitidos por el BCRA. El cumplimiento debe operar en la misma moneda del requerimiento, excepto en el caso de obligaciones a la vista por transferencias del exterior en monedas extranjeras distintas del dólar estadounidense, que deben contabilizarse en esa divisa, utilizando cualquiera de los instrumentos indicados más abajo: (i) Cuentas corrientes en pesos de las entidades financieras en el Banco Central; (ii) Cuentas de efectivo mínimo de las entidades financieras en el Banco Central, denominadas en dólares u otras monedas extranjeras; (iii) Cuentas especiales de garantía a favor de cámaras de compensación electrónica; (iv) Cuentas corrientes de entidades financieras no bancarias; (v) Cuentas corrientes especiales abiertas en el Banco Central, relacionadas con el pago de jubilaciones; y (vi) Cuentas de efectivo mínimo de títulos públicos e instrumentos emitidos por el Banco Central, a valor de mercado y del mismo tipo. Desde el 1 de abril de 2012 las disponibilidades en efectivo, pesos y monedas extranjeras, no se consideran como integración de efectivo mínimo. Las disponibilidades en monedas extranjeras se considerarán como un menor defecto de aplicación de recursos en moneda extranjera, sin superar dicho defecto. La exigencia se reducirá de acuerdo con la participación en el total de financiaciones al sector privado no financiero en pesos de las financiaciones a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) en la misma moneda, según la siguiente tabla: Participación, de las financiaciones a MiPyMES respecto del total de financiaciones al sector privado no financiero, en la entidad. En % Menos del 4 Entre el 4 y menos del 6 Entre el 6 y menos del 8 Entre el 8 y menos del 10 Entre el 10 y menos del 12 Entre el 12 y menos del 14 Entre el 14 y menos del 16 Entre el 16 y menos del 18 Entre el 18 y menos del 20 Entre el 20 y menos del 22 Deducción (sobre el total de los conceptos incluidos en pesos). En % 0,00 0,25 0,50 0,75 1,00 1,25 1,50 1,75 2,00 2,25 94 Entre el 22 y menos del 24 Entre el 24 y menos del 26 Entre el 26 y menos del 28 Entre el 28 y menos del 30 30 o más 2,50 2,65 2,80 2,90 3,00 La exigencia en pesos se reducirá en función de los retiros de efectivo realizados a través de cajeros automáticos de la Entidad aplicando una fórmula en la cual se tendrá en cuenta si los mismos se encuentran en casas operativas de la entidad o fuera de ellas y que sean de uso para todo el público, considerando tres categorías dependiendo la ubicación geográfica y que hayan permanecido accesibles al público durante al menos diez horas diarias. La exigencia en pesos se reducirá a partir del 1° de marzo de 2014 en un importe equivalente al 16% del promedio mensual de las financiaciones acordadas a MiPyMES a partir del 1° de enero de 2014, conforme a lo previsto en las normas sobre la “Línea de créditos para la Inversión Productiva” y que se verifiquen que el plazo de dichas financiaciones al momento de su otorgamiento supere los 5 años sin que su plazo promedio sea inferior a 30 meses. El requisito en pesos se reducirá a partir de septiembre de 2014 en función de las acreditaciones efectuadas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para el pago de prestaciones de la seguridad social. En función del otorgamiento de financiaciones en el marco del Programa “AHORA 12” la exigencia en pesos se reducirá a partir de octubre de 2014 en un importe equivalente al 16% de la suma de las financiaciones en pesos. Disminución de la exigencia en promedio en dólares, con vigencia para los depósitos captados a partir del 27 de enero de 2014. Previo a la determinación de la exigencia se detraerá de la base de aplicación el promedio de mensual de saldos diarios de la posición neta de Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en dólares que registre la entidad financiera. Según lo dispuesto por la Comunicación “A” 5859 del BCRA, a partir del 22 de diciembre de 2015 las entidades también podrán deducir el promedio mensual de saldos diarios de la posición neta en NOBAC en dólares. Asimismo, el BCRA mediante la Comunicación “A” 5893, deja sin efecto, con vigencia para las imposiciones que se capten a partir de febrero de 2016 la disminución de la exigencia en promedio en dólares para los depósitos a plazo fijo. Asimismo cuando se verifique una concentración excesiva de pasivos (en titulares y/o plazos), que implique un riesgo significativo respecto de la liquidez individual de la entidad financiera y/o tenga un efecto negativo importante en la liquidez sistémica, se podrán fijar efectivos mínimos adicionales sobre los pasivos comprendidos de la entidad financiera y/o aquellas medidas complementarias que se estimen pertinentes. Los saldos de las cuentas de efectivo abiertas en el Banco Central elegibles para integración en efectivo mínimo fueron remunerados sólo hasta los importes correspondientes a los requisitos legales para las operaciones a término sin remunerarse cualquier excedente de dichos requerimientos. El Banco Central estableció la aplicación de diferentes requisitos para los depósitos en pesos frente a los de monedas extranjeras. El siguiente cuadro indica los requisitos de efectivo mínimo respecto de cada tipo de cuenta, que en el caso de operaciones en pesos dependerán de la categoría a la que pertenezca la localidad en la que se encuentre radicada la casa operativa que haya captado el depósito: Julio /16 Tipo Depósitos en cuenta corriente y cuentas a la vista abiertas en cooperativas de crédito Depósitos en caja de ahorros, en cuenta básica y en cuenta gratuita universal En pesos En moneda extranjera Saldos sin utilizar de adelantos en cuenta corriente formalizados Depósitos en cuentas corrientes de entidades financieras 95 I 22% II a VI 20 22% 25% 22% 100% 20% 25% 20% 100% Julio /16 Tipo Depósitos a plazo fijo, obligaciones por “aceptaciones” -incluidas las responsabilidades por venta o cesión de créditos a sujetos distintos de entidades financieras-, pases pasivos, cauciones y pases bursátiles pasivos, inversiones a plazo constante, con opción de cancelación anticipada o de renovación por plazo determinado y con retribución variable, y otras obligaciones a plazo, según su plazo residual : En pesos Hasta 29 días De 30 a 59 días De 60 a 89 días De 90 a 179 días De180 o más En moneda extranjera Hasta 29 días De 30 a 59 días De 60 a 89 días De 90 a 179 días De180 a 365 días Más de 365 días Obligaciones por líneas financieras del exterior Títulos valores de deuda (comprendidas las obligaciones negociables) según su plazo residual: En pesos Hasta 29 días De 30 a 59 días De 60 a 89 días De 90 a 179 días De180 o más En moneda extranjera Hasta 29 días De 30 a 59 días De 60 a 89 días De 90 a 179 días De180 a 365 días Más de 365 días Obligaciones con el Fondo Fiduciario de Asistencia a Entidades Financieras y de Seguros Depósitos a la vista y a plazo fijo efectuados por orden de la Justicia con fondos originados en las causas en que interviene, y sus saldos inmovilizados En pesos En moneda extranjera Depósitos –cualquiera sea su modalidad- que constituyan el haber de fondos comunes de inversión En pesos En moneda extranjera Depósitos especiales vinculados al ingreso de fondos del exterior - Decreto N° 616/05 Inversiones a plazo instrumentadas en certificados nominativos intransferibles, en pesos, correspondientes a titulares del sector público que cuenten con el derecho a ejercer la opción de cancelación anticipada en un plazo inferior a 30 días contados desde su constitución Depósitos e inversiones a plazo de “UVIs” Hasta 29 días De 30 a 59 días De 60 a 89 días De 90 o más I II a VI 16% 12% 7% 1% 0% 15% 11% 6% 0% 0% 23% 17% 11% 5% 2% 0% 0% 23% 17% 11% 5% 2% 0% 0% 16% 12% 7% 1% 0% 16% 12% 7% 1% 0% 23% 17% 11% 5% 2% 0% 23% 17% 11% 5% 2% 0% 0% 0% 15% 15% 15% 15% 22% 25% 22% 25% 100% 100% 16% 17% 7% 5% 3% 0% 6% 4% 2% 0% Además de los requisitos arriba mencionados, deben observarse los siguientes: Reserva del 100% de todo defecto en la aplicación de recursos en divisas extranjeras para el mes respecto del cual se efectúa el cálculo del efectivo mínimo requerido. Ver a continuación “Capacidad de Préstamo por Depósitos en Moneda Extranjera”. 96 Capacidad de préstamo de depósitos en moneda extranjera La capacidad de préstamo provista por depósitos denominados en moneda extranjera debe ser aplicada en la denominación de la moneda de los depósitos. Esto incluye a aquellos depósitos denominados en dólares y pagaderos en pesos y se aplica para los fines siguientes: (1) prefinanciación o financiación de exportaciones, efectuadas directamente o a través de agentes, consignatarios u otros intermediarios actuando por cuenta y orden del propietario de las mercaderías. Asimismo comprende operaciones para financiar proveedores de servicios a ser directamente exportados. Esto incluye aquellas operaciones cuyo objeto es la financiación de capital de trabajo y/o la adquisición de objetos relacionados con la producción de mercaderías a ser exportadas, siempre que el flujo de ganancia en moneda extranjera que derive de dichas exportaciones sea suficiente para pagar tales operaciones; (2) otras financiaciones a exportadores, que cuenten con un flujo de ingresos futuros en moneda extranjera y se constate, en el año previo al otorgamiento de la financiación, una facturación en moneda extranjera -ingresada al país- por un importe que guarde razonable relación con esa financiación; (3) transacciones de financiación otorgada a productores o procesadores de mercaderías, a condición de que - cuenten con contratos de venta en firme por las mercaderías a ser producidas para un exportador, con precios fijados o a fijarse en una moneda extranjera (sin perjuicio de la moneda en que se realice la transacción) y referidos a bienes fungibles con cotización regular y habitual en moneda extranjera que sea ampliamente conocida y de fácil acceso para el público en mercados locales o internacionales. En todos los casos de contratos de compraventa a plazo por un precio a establecer, dicho precio debe estar en relación directa con el precio de dichos productos en los mercados locales. También comprende transacciones para financiar a los proveedores de servicios utilizados directamente en el proceso de exportación de mercaderías; - su actividad principal sea la producción, procesamiento y/o acopio de mercaderías fungibles con cotización, en moneda extranjera, normal y habitual en los mercados del exterior, de amplia difusión y fácil acceso al conocimiento público, y se constate, en el año previo al otorgamiento de la financiación, una facturación total de esas mercaderías por un importe que guarde razonable relación con esa actividad y con su financiación. (4) transacciones de financiación para productores de mercaderías a exportar, ya sea en el mismo estado o como parte de otras mercaderías, por terceros compradores, a condición de que cuenten con prendas o garantías totales en moneda extranjera provistas por dichos terceros; (5) financiación de proyectos de inversión, capital de trabajo y/o la adquisición de todo tipo de mercaderías, incluyendo la importación temporaria de commodities, que puedan aumentar o estar relacionadas con la producción de bienes para la exportación. Aún cuando el ingreso de las compañías exportadoras no derive totalmente de sus ventas al exterior, la financiación solo podrá ser otorgada si el flujo de ingresos derivados de la exportación es suficiente. Comprende aquellas transacciones en las que se otorga financiación a través de la participación del Banco en “préstamos sindicados”, sean ellos con entidades locales o extranjeras; (6) financiación a clientes de la cartera comercial y de naturaleza comercial que reciben tratamiento por sus créditos personales o de vivienda – bajo las disposiciones sobre “Clasificación de Deudores” – destinada a la importación de bienes de capital (“BK” según el Nomenclador Común del MERCOSUR agregado como Anexo I al Decreto N° 690/02 y otras disposiciones complementarias) que resultarán en un aumento de la producción de mercaderías destinadas al consumo interno; 97 (7) títulos de deuda o certificados de participación en fideicomisos financieros en moneda extranjera – incluyendo otros derechos de cobranza específicamente reconocidos en el contrato de fideicomiso a constituirse dentro del marco de préstamos establecidos por instituciones de créditos multilaterales de las cuales Argentina es parte, – cuyos activos bajo administración son préstamos originados por entidades financieras bajo los términos descriptos en los puntos (1) a (3) precedentes y el primer párrafo del punto (5) o documentos comprados por el fiduciario denominados en moneda extranjera con el fin de financiar operaciones en los términos y condiciones a que se refieren los citados puntos; (8) financiación de transacciones para fines distintos de los mencionados en los puntos (1) a (3) precedentes y el primer párrafo del punto (5), incluidos en el programa de crédito “Préstamo BID N° 1192/OC/AR”, sin exceder el 10% de la capacidad de préstamo; y (9) préstamos interfinancieros (cualesquiera préstamos interfinancieros otorgados con tales recursos deben ser identificados). (10) Letras y Notas internas del Banco Central de la República Argentina en dólares estadounidenses. La capacidad de préstamo resultará de la suma de todos los depósitos en moneda extranjera más todos los préstamos interfinancieros recibidos originados en la capacidad de préstamo para este tipo de depósitos, previa deducción de los requisitos de reserva mínima aplicables a los depósitos. Cualesquiera defectos de aplicación de capacidad prestable en moneda extranjera, netos de una porción de: i) los saldos en efectivo; ii) efectivo bajo custodia en otras entidades financieras; iii) efectivo en tránsito y iv) efectivo en compañías de transporte blindado (no computado como integración de la exigencia de efectivo mínimo por aplicación del límite existente), requieren un aumento equivalente en el requisito de efectivo mínimo. Limitaciones a los tipos de negocios Los bancos comerciales argentinos pueden desarrollar todas las actividades y operaciones que no sean específicamente prohibidas por la ley o por las normas del Banco Central. Se permite a los bancos comerciales, entre otras cosas: otorgar préstamos en pesos y en moneda extranjera; recibir depósitos en pesos y en moneda extranjera; emitir garantías; suscribir, colocar y negociar títulos de capital y de deuda en el mercado abierto, sujeto a la aprobación previa de la CNV; realizar transacciones en moneda extranjera; actuar como fiduciario; y emitir tarjetas de crédito. De acuerdo con la Ley de Entidades Financieras, se prohíbe a los bancos en la Argentina invertir en entidades comerciales, industriales o agrícolas u otras entidades sin la autorización expresa del Banco Central. El Banco Central puede imponer condiciones y límites para garantizar la seguridad y solidez de las entidades financieras. Estas limitaciones incluyen: la prohibición de que un banco prende sus acciones; restricción de incurrir en derechos de retención sobre sus bienes sin la aprobación previa del Banco Central; y 98 limitaciones a las transacciones con directores o funcionarios, incluyendo a cualquier compañía o persona relacionada con tales directores o funcionarios, en condiciones más favorables que las otorgadas normalmente a los clientes. Ver más abajo en esta sección. No obstante lo que antecede, los bancos pueden poseer acciones en otras entidades financieras con la previa aprobación del Banco Central, y en compañías de servicios públicos si es necesario para obtener tales servicios. Requisitos de adecuación del capital Acuerdo de Basilea En julio de 1988, el Comité de Basilea sobre Regulaciones Bancarias y Prácticas de Supervisión (el “Comité de Basilea”), que incluye a las autoridades supervisoras de doce grandes países industriales, adoptó un marco internacional (el “Acuerdo de Basilea”) para medición del capital y normas sobre capital de las instituciones bancarias. En el año 2007 el BCRA hizo pública la hoja de ruta para la implementación de los estándares de solvencia contenidos en el documento “Convergencia internacional de medidas y normas de capital” emitido por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS), más conocido como Basilea II. Las primeras etapas se cumplieron de acuerdo con lo programado: divulgación de las mejores prácticas para la gestión de los riesgos, seminarios, revisión de los procesos de supervisión en función de las mejores prácticas promovidas por el BCBS, análisis de las áreas sujetas a “discreción nacional” para el cómputo del capital regulatorio y publicación del texto ordenado de los “Lineamientos para la gestión del riesgo operacional en las entidades financieras”. Como consecuencia de la crisis financiera internacional que se extendió durante los años 2008 y 2009, en diciembre de 2010, el BCBS publicó un conjunto de medidas, conocido como Basilea III, diseñadas para incrementar la capacidad del sistema para absorber los impactos provocados por las situaciones de tensión, mejorar la gestión de los riesgos y hacer más transparente la información que publican los bancos. Basilea III incorpora las disposiciones de Basilea II, contenidas en tres “pilares”. - Pilar 1: proporciona al supervisor un número de opciones para cuantificar las exigencias de capital por riesgo de crédito, operacional y de mercado, a la vez que define qué componentes del patrimonio neto de las entidades son elegibles para satisfacer esa exigencia. - Pilar 2: describe el proceso que deben seguir las entidades para evaluar la suficiencia de su capital en relación con su perfil de riesgos y la revisión que debe hacer el supervisor de dicha evaluación. - Pilar 3: establece la información mínima que las entidades deben proporcionar sobre la suficiencia de su capital con el fin de promover la disciplina de mercado. Capital mínimo Desde que se elaborara el acuerdo de Basilea I las entidades financieras de las jurisdicciones que lo adoptaron deben tener un capital total no menor al 8% de sus activos ponderados por riesgo. Las partidas de integración de ese capital se clasifican en dos grupos: - Capital básico (Nivel 1) y, - Capital suplementario (Nivel 2). De acuerdo con Basilea II, por lo menos la mitad de la exigencia de capital se debe integrar con capital básico, preferentemente con capital ordinario compuesto por acciones ordinarias y beneficios no distribuidos. Si el Acuerdo de Basilea nos hubiera sido aplicado a nosotros al 31 de diciembre de 2015, nuestro capital total habría sido unas 1,27 veces el mínimo requerido. Basilea III establece requisitos más exigentes. Las entidades deberán observar tres coeficientes mínimos respecto de los activos ponderados por riesgo: 99 - 4,5% para el capital ordinario (en el que los criterios de aceptación son más restrictivos que bajo Basilea II), - 6% para el capital de Nivel 1, y - 8% para el capital total. La nueva composición del capital asegura una mayor capacidad de absorción de pérdidas en situaciones de tensión. Colchón de conservación del capital Impone una exigencia adicional, equivalente al 2,5% de los activos ponderados por riesgo, que debe ser satisfecha con capital ordinario. El propósito es contar con reservas suficientes para absorber las pérdidas adicionales que se generan durante los períodos de tensiones económicas y financieras. En los ejercicios económicos en los que el capital ordinario sea inferior al 7% de los activos ponderados por riesgo (exigencia del 4,5% más el nuevo colchón de conservación) se establecen restricciones crecientes para las entidades, no pudiendo éstas distribuir dividendos, ni pagar bonos discrecionales o recomprar acciones. Colchón de capital anticíclico El objetivo del colchón de capital anticíclico es reducir la prociclicidad del sistema financiero. En situaciones excepcionales de crecimiento del crédito a nivel agregado, las entidades deberán incrementar el nivel de su capital ordinario en hasta un 2,5% de los activos ponderados por riesgo. Coeficiente de apalancamiento Basilea III complementa la exigencia de capital ponderada por riesgo con un límite al apalancamiento total. Este límite llamado coeficiente de apalancamiento es el cociente entre el capital básico (Nivel 1) y los activos totales sin ponderación por riesgo, tanto dentro como fuera del balance, más los derivados. A nivel internacional, se acordó una calibración inicial del 3%. En nuestro país, las entidades financieras tienen un apalancamiento menor que el máximo propuesto. Si bien Basilea II establece una exigencia de capital por el riesgo de mercado que entrañan las posiciones en moneda extranjera, no les pone un tope. En cambio Basilea III, que sí introduce un límite a través del coeficiente de apalancamiento, lo hace respecto del total de las exposiciones sin importar la moneda en la que estén expresados los activos. La normativa argentina limita la exposición directa. Además, con el objeto de desarticular la exposición indirecta que se genera por el otorgamiento de préstamos expresados en moneda extranjera a agentes que tienen ingresos en pesos, la normativa en la Argentina sólo permite prestar los fondos captados mediante depósitos en moneda extranjera a los clientes que generan ingresos en la misma moneda. La supervisión macroprudencial Las reformas introducidas por Basilea III tienen dos objetivos. El tradicional, orientado a asegurar que las entidades individuales puedan soportar los períodos de tensión y que, desde la crisis, se comenzó a llamar “microprudencial”, y otro, complementario y más amplio, que busca desalentar la acumulación de riesgos a nivel del sistema y su amplificación procíclica. En ese orden, y relacionado con las medidas para limitar el descalce de monedas en el sistema financiero descriptas en el punto anterior, vale mencionar que la Argentina ha instituido como parte de su política “macroprudencial” un encaje obligatorio del 30% sobre los fondos de corto plazo provenientes del extranjero que no estén destinados a la inversión directa, cuyo objetivo último es evitar la formación de burbujas generadas por el ingreso de capitales especulativos de corto plazo. Coeficiente de cobertura de liquidez Este coeficiente se basa en las metodologías de coeficiente de cobertura de liquidez que emplean los bancos a nivel internacional y será calibrado de modo que las entidades financieras puedan soportar escenarios de tensión de un mes de duración. Una vez más, los requisitos vigentes para nuestro sistema financiero son más estrictos que los previstos en el estándar internacional. 100 Coeficiente de financiación estable neta Este otro coeficiente, en cambio, será calibrado en función de la liquidez de largo plazo y de los descalces estructurales en la composición de las fuentes de fondos. El diseño del mismo se basa en las metodologías de activos líquidos netos y de capital líquido que emplean los bancos internacionalmente activos. Las entidades deberán contar con suficientes recursos estables (patrimonio neto y pasivos de largo plazo) como para financiar la proporción de los activos que no puedan monetizar en un período de un año. Supervisión intensiva de las entidades significativas para el sistema financiero Se identificarán aquellas instituciones financieras de importancia sistémica global a las cuales se evalúa imponer requisitos de capital más exigentes que los previstos en Basilea III. En línea con los compromisos asumidos, el BCRA ha estado trabajando para implementar las disposiciones de Basilea III, adaptándolas y teniendo en cuenta las condiciones específicas de los países emergentes, la experiencia acumulada a partir de las crisis financieras y bancarias sufridas por la Argentina, las características de nuestro sistema financiero y la legislación vigente. En mayo del año 2011 el BCRA retomó los trabajos preparatorios para la implementación de Basilea II. A las etapas ya cumplidas, se sumaron la emisión de la Comunicación “A” 5203 con los “Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras” y diversas pruebas de impacto a nivel del sistema, relacionadas con la adopción de los enfoques estandarizados para el cálculo de la exigencia de capital por riesgo de crédito y operacional. La publicación de las normas referidas al ICAAP (Internal Capital Adequacy Assessment Process) y las pruebas piloto del SREP (Supervisory Review and Evaluation Process) se realizarán a partir de 2013, año en el que, si no se modifica la agenda internacional, comenzaría el cronograma de implementación de los estándares de Basilea III. Ello sin perjuicio de las actividades de observación y supervisión del apalancamiento y la liquidez que se deberían ir realizando durante lo que resta de este año y el año próximo. Normas del Banco Central Bajo la Ley de Entidades Financieras, las entidades financieras argentinas deben cumplir en todo momento con los requisitos de capital mínimo descriptos por el Banco Central. En julio de 1991, el Banco Central enmendó sus reglas de adecuación del capital mínimo para seguir más estrechamente las recomendadas por el Comité de Basilea. A partir del 1 de febrero de 2013, por implementación de la Comunicación “A” 5369 emitida por el BCRA, el Capital Mínimo será igual al Capital Total (Patrimonio Neto Básico más el Patrimonio Neto Complementario) o RPC, según la denominación del BCRA. El “Patrimonio Neto Básico”, incluye: Capital Ordinario de Nivel 1: a) Capital social (excepto acciones preferentes); b) Aportes no capitalizados (excepto primas de emisión); c) Ajustes al patrimonio; d) Reservas (excepto la reserva especial para instrumentos de deuda); e) Resultados no asignados; f) Otros resultados (ya sean positivos o negativos); g) Primas de emisión de instrumentos incluidos en el Capital Ordinario de Nivel 1; y 101 h) Participaciones de terceros para aquellas sociedades sujetas a un sistema de supervisión sobre base consolidada. Capital Adicional de Nivel 1: a) Instrumentos emitidos por la entidad financiera no incluidos en el Capital Ordinario de Nivel 1; b) Primas de emisión de instrumentos incluidos en el Capital Adicional de Nivel 1; c) Instrumentos emitidos por subsidiarias en poder de terceros no incluidos en el Capital Ordinario de Nivel 1 para aquellas sociedades sujetas a un sistema de supervisión sobre base consolidada. Menos: ciertos conceptos deducibles. El “Patrimonio Neto Complementario”, incluye: a) Instrumentos emitidos por la entidad financiera no incluidos en el Patrimonio Neto Básico; b) Primas de emisión de instrumentos incluidos en el Patrimonio Neto Complementario; c) Previsiones para incobrables de la cartera de deudores clasificados en situación “normal” sin superar el 1,25% de los activos ponderados por riesgo de crédito; y d) Instrumentos emitidos por subsidiarias en poder de terceros no incluidos en el Patrimonio Neto Básico para aquellas sociedades sujetas a un sistema de supervisión sobre base consolidada. Menos: ciertos conceptos deducibles. Asimismo se establecen límites mínimos que deberán observar tanto el Capital Ordinario de Nivel 1, el Patrimonio Neto Básico y el Capital Mínimo, los cuales serán del 4,5%, 6% y 8% de los activos ponderados por riesgo, respectivamente. El incumplimiento de estos límites mínimos será considerado como incumplimiento en la integración de capital mínimo. El Capital Mínimo debe ser por lo menos el mayor entre: el capital mínimo básico; y el capital mínimo requerido por riesgo de crédito, por riesgo de mercado y por riesgo operacional. Se establece requisitos diferenciados para bancos y otras entidades financieras, basados principalmente en el área de ubicación de sus oficinas centrales, para beneficiar a aquellas áreas con menor cobertura bancaria según los criterios del Banco Central, las cuales gozan ahora de requisitos menos exigentes respecto del capital mínimo básico. Asimismo aquellos bancos que actúan como custodios y/o agentes de registro de títulos representativos de inversiones de los fondos de jubilaciones y pensiones y/o como agentes de registro de letras hipotecarias registradas deben certificar un capital mínimo igual o superior a Ps. 400 millones o el equivalente al 1% de los títulos en custodia (en el caso de letras hipotecarias, considerando el valor neto de las amortizaciones efectuadas). A partir del 1 de enero de 2013, por implementación de la Comunicación “A” 5369 emitida por el BCRA, el Requisito de Capital Mínimo para Riesgo de Crédito se determinará como la sumatoria de: (a) un 8% de la sumatoria de los activos ponderados por riesgo de crédito y las operaciones sin entrega contra pago; Se rearma la tabla de ponderadores de riesgo, con nuevos conceptos y ponderadores, y un nuevo esquema. A modo de resumen se destacan entre otros: 102 − Dentro del rubro "Disponibilidades", el Efectivo en caja, en tránsito (cuando la entidad financiera asuma la responsabilidad y riesgo del traslado) y en cajeros automáticos (pondera al 0%); y las partidas de efectivo que estén en trámite de ser percibidas (cheques y giros al cobro), efectivo en empresas transportadoras de caudales y efectivo en custodia en entidades financieras (20%). − Exposición a gobiernos y bancos centrales (con ponderadores que van del 0% al 100%) − Exposición a Bancos Multilaterales de Desarrollo (con ponderadores que van del 0% al 100%) − Exposición a entidades financieras del país (con ponderadores que van del 20% al 100%) − Exposición a entidades financieras del exterior (100%). − Exposición a empresas y otras personas jurídicas del país y del exterior, incluyendo entidades cambiarias, aseguradoras, bursátiles y empresas del país a las que se les otorga el tratamiento del sector privado no financiero (100%) − Exposiciones incluidas en la cartera minorista (con ponderadores que van del 75% al 100%) − Financiaciones con garantía hipotecaria, que de acuerdo al cumplimiento de ciertas condiciones ponderan entre el 35% y el 100% − Préstamos con más de 90 días de atraso (con ponderadores que van del 50% al 150%) (b) operaciones de entrega contra pago fallidas; y (c) exigencia por riesgo de crédito de contraparte en operaciones con derivados extrabursátiles La suma de (a), (b) y (c) se multiplicará por un coeficiente que varía entre 1 y 1,19 basado en la calificación que la Superintendencia otorgue a la entidad. Cualesquiera excesos incurridos por incumplimiento de otras regulaciones técnicas deben ser agregados al requisito de riesgo de crédito. De igual modo, el aumento por ampliación del límite general de la posición global neta negativa en moneda extranjera debe ser agregado al requisito de riesgo de crédito. Se dispone que, con vigencia hasta diciembre de 2013, si como consecuencia de la aplicación de las disposiciones establecidas en la Comunicación “A” 5369 resultase una exigencia menor que la exigencia determinada para su integración al 31 de enero de 2013, la entidad financiera deberá computar esta última y aplicar esa diferencia al mes siguiente en que se observe esa situación a los destinos que se detallan a continuación en forma sucesiva y en función del orden de prelación que se indica: (i) Cancelación de franquicias otorgadas para la integración de la exigencia por riesgo de crédito; (ii) Integración de la proporción de la exigencia por riesgo operacional no efectuada por la aplicación del cronograma establecido en el punto 10.3.2. de la Sección 10. “Disposiciones transitorias” de las normas sobre “Capitales mínimos de las entidades financieras”. (iii) Disminución de la exigencia por riesgo de crédito sobre financiaciones que la entidad otorgue a partir de esa fecha cuyo destino, moneda y plazo sean los previstos por los puntos 3.1. y 3.3. de las normas sobre “Línea de créditos para la inversión productiva” (cuando no sea hayan imputado como aplicación mínima de ese régimen) y/o préstamos hipotecarios para la vivienda familiar, única y de ocupación permanente, por el plazo de las financiaciones. Requisito de capital mínimo por riesgo de mercado: el Banco Central implementó requisitos adicionales de capital mínimo en relación con el riesgo de mercado asociado con las posiciones mantenidas por las entidades financieras en “activos locales”, “activos externos”, “divisas extranjeras” y “oro”, incluyendo los derivados adquiridos o vendidos sobre dichas posiciones. 103 “Activos locales” incluyen: títulos de deuda emitidos por el Gobierno Nacional e instrumentos de regulación monetaria del Banco Central (incluidos en el listado de volatilidades que publica dicha Institución registrados a valor razonable y cuotas en fondos comunes de inversión que inviertan en dichos títulos; y acciones de capital de compañías argentinas incluidas en el índice del Mercado de Valores Argentino (o “Índice Merval”) y cuotas en fondos comunes de inversión que invierten en tales acciones. “Activos externos” según la definición incluyen: títulos de deuda (es decir posiciones mantenidas en títulos de deuda emitidos por compañías extranjeras, títulos soberanos emitidos por gobiernos extranjeros y cuotas en fondos comunes de inversión; a condición de que tales títulos y/o tenencias coticen habitualmente en una bolsa de valores nacional); y acciones (es decir posiciones mantenidas en títulos de capital de compañías extranjeras, cuotas en fondos comunes de inversión; a condición de que tales títulos, tenencias y/o índices coticen habitualmente en una bolsa de valores nacional). Si alguno de los activos mencionados en esta cláusula cotizan en diferentes mercados de valores en diversas monedas extranjeras distintas del dólar, el precio de cotización y la divisa del mercado accionario más representativo (en términos de volumen de transacciones en el activo de que se trate) serán tenidos en cuenta a los fines de estos nuevos requisitos de capital. Las posiciones en consideración deben ser separadas de acuerdo con la moneda de emisión de cada instrumento, con prescindencia de la residencia del emisor. En los casos de activos expresados en moneda extranjera, la entidad debe considerar el riesgo para dos posiciones: la que corresponde a los activos y la posición en moneda extranjera, determinándose el requisito de capital correspondiente sobre la base de esta última. El valor de todas las posiciones se expresará en pesos usando el tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central para el dólar, luego de aplicarse el tipo de pase correspondiente a las demás monedas. “Moneda extranjera” incluye posiciones netas para cada moneda extranjera, considerando la totalidad de los activos y pasivos en cada moneda, y la posición en oro. Podrán excluirse aquellas posiciones en moneda extranjera que, consideradas individualmente al cierre de cada día de transacción, sean inferiores al equivalente de Ps. 300.000. Esta exclusión no se aplicará si las divisas extranjeras computables consideradas en conjunto al cierre de cada día exceden los Ps. 1.500.000. La compra o venta de contratos que da derecho a comprar o vender activos locales y activos extranjeros se toma en consideración para calcular los requisitos de capital mínimo. Los swaps y otros derivados en activos no afectados por estas normas serán excluidos de las carteras que están sujetas al cálculo de valor de riesgo, siempre que dichas transacciones se realicen con el objeto de cubrir los riesgos de intermediación financiera. Los requisitos de capital relacionados con el riesgo de mercado se determinan utilizando metodologías de riesgo específicas y sobre la base de las posiciones netas diarias de la entidad financiera en los mencionados activos. Estos nuevos requisitos siguen, en general, normas establecidas por el Comité de Basilea y la Unión Europea. Requisito de capital mínimo por riesgo de tasa: alcanza a todos los activos y pasivos por intermediación financiera no incluidos en el cálculo de riesgo de mercado. Se trata de capturar el riesgo que surge cuando la sensibilidad de los activos ante cambios en la tasa de interés no coincide con la de los pasivos. A partir del 1 de enero de 2013, el BCRA deja sin efecto las disposiciones en materia de capital mínimo por riesgo de tasa. Ello, sin perjuicio de que las entidades financieras deberán continuar gestionando este riesgo, lo cual será objeto de revisión por la Superintendencia, pudiendo ésta determinar la necesidad de integrar mayor capital regulatorio. Requisito de Capital Mínimo por Riesgo Operacional (RO): se lo define como el riesgo de sufrir pérdidas por la falta de adecuación o por fallas en los procesos y sistemas internos o la actuación del personal o bien como resultado de eventos externos. Esta definición incluye el riesgo legal y excluye el riesgo estratégico y 104 reputacional. El sistema para la gestión del RO de las entidades financieras debe comprender las políticas, procedimientos y estructuras para su adecuada gestión. Se definen siete tipos de eventos de pérdidas operacionales, de acuerdo al criterio usado internacionalmente: fraude interno, fraude externo, relaciones laborales y seguridad en el puesto de trabajo, prácticas con los clientes, productos y negocios, daños a activos físicos, derivados de actos de terrorismo y vandalismo, terremotos, incendios, inundaciones, alteraciones en la actividad y fallas tecnológicas, ejecución, gestión y cumplimiento del plazo de los procesos. El proceso de gestión del RO comprende las etapas que se describen a continuación: 1. Identificación y evaluación: para la identificación se deben tener en cuenta los factores internos y externos que pueden afectar el desarrollo de los procesos e influir negativamente en las proyecciones realizadas conforme las estrategias de negocios 2. Seguimiento: las entidades financieras deben tener un proceso de seguimiento eficaz para la rápida detección y corrección de las deficiencias que se produzcan en las políticas, procesos y procedimientos de gestión del riesgo operacional. Además, deben verificar la evolución de los indicadores para detectar deficiencias y encarar acciones correctivas. 3. Control y mitigación del riesgo: se debe contar con un sistema que asegure el cumplimiento de las políticas internas y reexaminar (con una frecuencia mínima anual) las estrategias de control y reducción de riesgos operacionales, para realizar los ajustes necesarios. Las entidades financieras deben contar con planes de contingencia y de continuidad de la actividad, acordes al tamaño y complejidad de sus operaciones, que aseguren la prosecución de su capacidad operativa y la reducción de las pérdidas en caso de interrupción de la actividad. El BCRA mediante Comunicación “A” 5282 estableció que la exigencia adicional de capital por riesgo operacional (que se suma a las exigencias por riesgo de crédito y riesgo de mercado) equivale al 15% del promedio de los ingresos brutos positivos de los últimos 3 años. Se determinará mensualmente en función a 3 períodos de 12 meses consecutivos en los cuales el Ingreso Bruto es positivo, tomando en cuenta los últimos 36 meses anteriores al mes en que se efectúa el cálculo. El Ingreso Bruto se define como la suma de: (i) ingresos financieros y por servicios menos egresos financieros y por servicios, y (ii) utilidades diversas menos pérdidas diversas. De los rubros contables mencionados en (i) y (ii) se excluirán los siguientes conceptos -comprendidos en esos rubros-, según corresponda: − cargos provenientes de la constitución de previsiones, desafectación de previsiones constituidas en ejercicios anteriores y créditos recuperados en el ejercicio castigados en ejercicios anteriores; − el resultado proveniente de participaciones en entidades financieras y en empresas, en la medida que se trate de conceptos deducibles de la responsabilidad patrimonial computable; 105 − conceptos extraordinarios o irregulares -es decir, aquellos provenientes de resultados atípicos y excepcionales acaecidos durante el período, de suceso infrecuente en el pasado y no esperado para el futuro-, incluyendo ingresos provenientes del cobro de seguros (recuperos de siniestros); y − resultados provenientes de la venta de especies comprendidas en la Sección 2. de las normas sobre “Valuación de instrumentos de deuda del sector público no financiero y de regulación monetaria del Banco Central de la República Argentina”. De acuerdo con las regulaciones del Banco Central sobre capitales mínimos, las entidades financieras deben ajustarse a tales regulaciones sobre base individual y consolidada. El BCRA dispuso a través de la Comunicación “A” 5694 una exigencia adicional para las entidades financieras calificadas como de “importancia sistémica local (D-SIBs) equivalente al 1% de los activos ponderados por riesgo (APR), debiendo integrar tal exigencia exclusivamente con capital ordinario de nivel uno (COn1). El 7 de enero de 2015, mediante Resolución N° 4, el BCRA estableció que BBVA Francés es considerado como una entidad de importancia sistémica local. Se estableció un cronograma de implementación gradual según el siguiente esquema: 2016 2017 2018 Desde enero 2019 Ene/Mar 0,075 0,375 0,675 Abr/Jun 0,15 0,45 0,75 1 Jul/Sep 0,225 0,525 0,825 Oct/Dic 0,30 0,60 0,90 Es importante destacar que respecto a las normas sobre distribución de resultados y a efectos de la verificación de la solvencia se aplica a partir de diciembre de 2014 el 1% de la exigencia adicional, no siendo aplicable el mencionado cronograma. Al 31 de diciembre de 2014, el Banco cumple con el 100% de la nueva exigencia adicional. Los defectos de aplicación que deriven de la exigencia de capital adicional no encuadrarán a las entidades financieras dentro del apartado de Incumplimiento de las normas sobre Capitales Mínimos, más allá que se verán imposibilitadas de distribuir dividendos en efectivo y pagar honorarios, participaciones o gratificaciones provenientes de la distribución de resultados de la entidad. De acuerdo a la Comunicación “A” 5827, el BCRA derogó la Comunicación “A” 5694 de enero de 2015, y estableció que las entidades financieras deberán mantener lo siguiente a partir de la fecha: Margen de conservación de capital El margen de conservación de capital será del 2,5 % del importe de los activos ponderados por riesgo (APR) adicional a la exigencia de capital mínimo. La implementación será gradual. El margen de conservación de capital será del 0,625% de los APR a partir del 1° de enero de 2016, incrementándose cada año en 0,625 puntos porcentuales hasta alcanzar el 1° de enero de 2019 su nivel definitivo del 2,5% de los APR. Las entidades financieras calificadas por el BCRA como de importancia sistémica local (D-SIBs) o de importancia sistémica global (G-SIBs), deberán incrementar este margen en un 1% de los APR, por lo que estarán sujetas a un margen de conservación de capital equivalente al 3,5% del importe de los APR. El capital adicional requerido a las entidades de importancia sistémica -D-SIBs y G-SIBs- comenzará el 1° de enero de 2016 en el 0,25% de los APR, incrementándose cada año en 0,25 puntos porcentuales hasta alcanzar el 1° de enero de 2019 su nivel definitivo del 1% de los APR. El margen de conservación de capital deberá integrarse exclusivamente con capital ordinario de nivel 1 (COn1), neto de conceptos deducibles (CDCOn1). 106 Margen contracíclico Cuando a criterio del BCRA el crecimiento del crédito fuera excesivo, provocando un incremento del riesgo sistémico, podrá establecer -con un período de preaviso de hasta 12 meses- la obligación de constituir el margen contracíclico en el rango comprendido entre el 0% y el 2,5% de los APR. Asimismo, el BCRA podrá disponer su reducción o liberación cuando a su juicio ese riesgo sistémico se haya materializado o disminuido. El Banco cumplió plenamente con las relaciones de capital mínimo sobre base individual y consolidada. Si una entidad financiera no cumple con todos estos requisitos de capital mínimo, ésta podrá presentar un plan de regularización y saneamiento ante el Banco Central, el cual podrá imponerle diversas penalidades, incluyendo: limitación temporaria del monto de depósitos que un banco puede aceptar; impedimentos institucionales a la capacidad de expansión y distribución de dividendos en efectivo; revocación de la licencia del banco para realizar transacciones en divisas; y en algunos casos extremos, revocación de la licencia del banco para operar. La siguiente tabla presenta al 31 de diciembre de 2015 el cálculo de nuestra relación de capital respecto de los activos de riesgo ponderado computados bajo el Acuerdo de Basilea, así como nuestro capital de acuerdo con las normas de capital mínimo del Banco Central. 31 de diciembre 2015 (en millones de pesos, excepto porcentajes) Acuerdo de Basilea Capital total Activos de riesgo ponderado Relación capital total – activos de riesgo ponderado (1) Capital requerido Capital excedente 13.814,4 136.426,5 10,1% 10.914,1 2.900,2 Normas del Banco Central (2) Capital total Activos ponderados de riesgo y fijos Relación capital total – Activos de riesgo ponderado (3) Capital requerido (4) Capital excedente 13.704,2 88.347,7 15,5% 7.067,8 6.636,4 (1) (2) (3) (4) Bajo los requisitos de capital basados en el riesgo según el Acuerdo de Basilea, se requeriría al Banco mantener una relación mínima del 8% entre capital total y activos de riesgo ponderado. Cálculo sobre base consolidada de acuerdo con los requisitos exigidos por el Banco Central. Bajo los requisitos de capital basados en el riesgo establecidos por el Banco Central, se requiere al Banco mantener una relación mínima entre el capital total y los activos ponderados de riesgo del 8%. El Banco debe mantener un superávit de capital mínimo integrado que ascienda al menos Ps. 63.6 millones, equivalente a 0,25% del monto de los valores en custodia para títulos que representan inversiones de fondos de pensión, así como en relación con su función de registrador de títulos hipotecarios, invertidos en títulos públicos nacionales y otros destinos autorizados por el Banco Central y garantizados en favor de dicha entidad. Ratio de cobertura de liquidez El BCRA dispuso a través de la Comunicación “A” 5693 la aplicación del “Ratio de cobertura de liquidez”, el cuál entró en vigencia el 30 de enero de 2015. Por la misma se establece que las entidades financieras deberán contar con un adecuado fondo de activos líquidos de alta calidad (FALAC o "stock of high-quality liquid assets -HQLA-") que estén libres de restricciones que puedan convertirse en efectivo en forma inmediata, a fin de cubrir sus necesidades de liquidez durante un período de 30 días ante un escenario de estrés. 107 Asimismo, las entidades financieras deberán realizar sus propias pruebas de estrés para determinar el nivel de liquidez que deben mantener bajo otros escenarios que consideren un período superior a 30 días (corridos). El ratio de cobertura de liquidez (LCR) deberá ser mayor o igual a 1 (es decir, el fondo de activos líquidos de alta calidad no deberá ser inferior a las salidas de efectivo netas totales) en ausencia de escenario de estrés financiero. Caso contrario el LCR podrá caer por debajo de 1. El BCRA describe cómo debe ser categorizado un escenario de estrés, contemplando en ese sentido: la pérdida parcial de los depósitos minoristas; la pérdida parcial de la capacidad de fondeo mayorista no garantizado; la pérdida parcial de fondeo garantizado; salidas de fondos adicionales por situaciones previstas contractualmente como consecuencia de un deterioro significativo de la calidad crediticia de la entidad financiera; aumentos de las volatilidades de mercado, que repercuten en la calidad de las garantías o en la exposición potencial futura de posiciones en derivados; el uso imprevisto de facilidades de crédito y de liquidez comprometidas y disponibles pero no utilizadas que la entidad financiera hubiera concedido a sus clientes; y/o la necesidad de que la entidad financiera tenga que recomprar deuda o cumplir con obligaciones extracontractuales para mitigar su riesgo reputacional. Para su implementación las entidades financieras deberán observar el siguiente cronograma: Período 30 de enero 2015 a Diciembre 2015 Enero 2016 a Diciembre 2016 Enero 2017 a Diciembre 2017 Enero 2018 a Diciembre 2018 A partir de enero de 2019 Ratio 0.60 0.70 0.80 0.90 1.00 El cálculo del LCR deberá hacerse en forma permanente y mensual. A los fines del cómputo del LCR los activos comprendidos incluyen, entre otros, efectivo en caja, en tránsito, en empresas transportadoras de caudales y en cajeros automáticos; Depósitos en el BCRA; ciertos Títulos públicos nacionales en pesos o en moneda extranjera; Títulos valores emitidos o garantizados por el Banco de Pagos Internacionales, el Fondo Monetario Internacional, el Banco Central Europeo, la Unión Europea o Bancos Multilaterales de Desarrollo que cumplan con determinadas condiciones y Títulos de deuda emitidos por otros soberanos (o sus bancos centrales). Norma de valuación de instrumentos de deuda del sector público e instrumentos de regulación monetaria del BCRA Las tenencias de instrumentos de deuda del sector público e instrumentos de regulación monetaria del BCRA pueden ser valuadas: (i) a valor razonable de mercado o (ii) a valor de costo más rendimiento. • Valor razonable de mercado: incluye títulos públicos e instrumentos de regulación monetaria contemplados en la lista mensual de volatilidades o valor presente publicado por el BCRA, así como instrumentos de deuda de fideicomisos cuyos activos subyacentes estén constituidos por estos activos. Se registrarán a su valor de mercado o valor presente. Se los utilizará para negociación a menos que las entidades decidan expresamente valuarlos a valor de costo incrementado por su tasa interna de retorno. • Valor de costo más rendimiento: comprendiendo (i) títulos públicos recibidos según los artículos 28 y 29 del Decreto N° 905/02 y el Capítulo II de la Ley N° 25.796, salvo que al 28 de febrero de 2011 y posteriormente la entidad decida valuarlos a valor de mercado; (ii) préstamos del gobierno nacional emitidos en virtud del Decreto N° 1387/01 y documentos con condiciones similares a las de emisión de títulos públicos; (iii) instrumentos de deuda (que no hayan sido adquiridos en el mercado secundario) firmados por las entidades al 1 de enero de 2009 a través de un canje, o en pago de un canje por otros instrumentos de deuda expresamente admitidos, salvo que al 28 de febrero de 2011 y posteriormente la entidad decida valuarlos a valor de mercado; (iv) instrumentos de regulación monetaria del BCRA que no estén contemplados en la lista de volatilidades publicada por esa entidad; (v) títulos no contemplados 108 en la lista de volatilidades publicada por el BCRA, no incluidos en el punto (iii) precedente; (vi) financiación del sector público existente al 31 de marzo de 2003 (excepto títulos y préstamos garantizados); (vii) otra financiación del sector público posterior al 31 de marzo de 2003; (viii) instrumentos de deuda de fideicomisos cuyos activos subyacentes estén constituidos por uno de los instrumentos enumerados en los puntos precedentes; y (ix) títulos que puedan ser valuados a valor razonable de mercado y que la entidad decida valuar al costo incrementado según su tasa interna de retorno. Se registrarán a su valor de incorporación aumentado mensualmente por la tasa interna de retorno. Sistema de calificación de calidad CAMELBIG En virtud de la Ley N° 24.144 el Banco Central estableció el sistema de calificación de calidad “CAMEL” que se basa en ponderar criterios congruentes y comparables, la calificación crediticia, el cumplimiento de la Ley de Entidades Financieras, el ordenamiento administrativo y la solvencia operativa general de la entidad. Cada letra del sistema CAMEL corresponde a una de las siguientes áreas operativas de cada banco que es calificado: “C” representa el capital, “A” representa los activos, “M” representa la gestión (management), “E” representa las ganancias (earnings), y “L” representa la liquidez. Cada factor es evaluado y calificado sobre una escala de 1 a 5, siendo 1 la más alta calificación que una institución puede recibir. Combinando los factores individuales bajo evaluación, puede obtenerse un índice combinado que representa la calificación final de la entidad. La calificación que un banco recibe del sistema CAMEL puede ser utilizada por el Banco Central para tomar decisiones tales como determinar los niveles de capital mínimo o el monto de los aportes que un banco debe hacer para contribuir al sistema de seguro de garantía. Sistema BASIC El Banco Central estableció el sistema de control “BASIC” que requiere a todas las entidades financieras cumplir con un conjunto de procedimientos concernientes a las operaciones de tales entidades financieras. En consecuencia, permite el acceso público a un mayor nivel de información y seguridad respecto a sus tenencias en el sistema bancario argentino. Cada letra del sistema BASIC corresponde a uno de los siguientes procedimientos: B (“Bonos”). Por decisión del directorio del Banco Central, se espera que los bancos emitan bonos y otros títulos u obtengan colocaciones de bancos internacionales de primera línea por un equivalente del 2% de sus depósitos en pesos y en moneda extranjera. La colocación de tales bonos permitiría a los depositantes conocer la percepción del mercado sobre la situación de capital de cada entidad financiera. El requisito fue derogado por la Comunicación “A” 3498 del Banco Central de fecha 1 de marzo de 2002. A (“Auditoría”). El Banco Central requiere un conjunto de procedimientos de auditoría que incluyen: la creación de un registro de auditores; la instrumentación de estrictos procedimientos contables que deben cumplir nuestros auditores; el pago de una garantía de cumplimiento por dichos auditores para inducirlos a cumplir con los procedimientos; y la creación de una división dentro del Banco Central cuya responsabilidad es verificar que los auditores externos sigan los procedimientos establecidos. El propósito de este requerimiento es asegurar presentaciones exactas por parte de las entidades financieras tanto a la Superintendencia como ante el público. Ello implica verificar las cifras presentadas por la entidad así como investigar en profundidad si tales cifras reflejan adecuadamente las actividades del banco en cuestión. S (“Supervisión”). La supervisión por las autoridades monetarias no es reemplazada sino que es naturalmente complementada y reforzada por la información de fuentes del mercado y continúa siendo un elemento básico para controlar el sistema financiero. En la Argentina, como en la mayor parte del mundo, lo que existe es una combinación de análisis remoto e inspecciones en el propio banco. El sistema de supervisión argentino aplica específicamente un sistema de clasificación recomendado internacionalmente, como es el mencionado sistema 109 CAMEL. En resumen, este requisito implica que el Banco Central se reserva el derecho de inspeccionar periódicamente a las entidades financieras. I (“Información”). Este es un elemento fundamental de la supervisión bancaria y también del control ejercido por el mercado. Es claro que no es posible una supervisión eficaz sin información relevante, confiable y puntual. No es posible imponer disciplina alguna por parte del mercado a los bancos y ningún control de la supervisión será efectivo si no hay acceso a dicha información. He ahí por qué el Banco Central requiere a las entidades financieras divulgar mensualmente cierta información estadística diaria, semanal, mensual y trimestral. C (“Calificación”). Las agencias calificadoras desempeñan un papel muy importante en la supervisión bancaria. La tarea de calificación presta especial atención a las garantías disponibles e informa a los inversores menos especializados sobre el riesgo implícito en los diferentes títulos. El universo de información del inversor se expande de este modo y ello aumenta la eficiencia del proceso de información. Sería económicamente ineficiente para los pequeños inversores realizar su propia búsqueda y análisis de información para cada alternativa que les presenta el mercado. Esta es la razón que justifica la existencia de las agencias calificadoras que naturalmente aparecen en el mercado para desempeñar esa función. El Banco Central estableció un sistema que requiere la evaluación crediticia periódica por parte de agencias calificadoras internacionalmente reconocidas. Posición en moneda extranjera Posición general de cambios La posición general de cambios comprende la totalidad de los activos externos líquidos de la entidad, como ser: disponibilidades en oro amonedado o en barras de buena entrega, billetes en moneda extranjera, tenencias de depósitos a la vista en bancos del exterior, inversiones en títulos públicos externos emitidos por países miembro de la OCDE cuya deuda soberana cuente con una calificación internacional no inferior a “AA”, certificados de depósito a plazo fijo en entidades bancarias del exterior que cuenten con calificación internacional no inferior a “AA” y los saldos deudores y acreedores de corresponsalía. También se incluyen las compras y ventas de estos activos que estén concertadas y pendientes de liquidación por operaciones de cambio con clientes a plazos no mayores a 48 horas. No forman parte de la posición general de cambios, los billetes en moneda extranjera en custodia de la entidad, los saldos de corresponsalía por transferencias de terceros pendientes de liquidación, las ventas y compras a término de divisas o valores externos y las inversiones directas en el exterior. El límite máximo de la posición general de cambios se recalculará mensualmente y su actualización entrará en vigencia el primer día hábil de cada mes. Según las normas del régimen informativo correspondiente, este límite máximo se establece en un 15% del equivalente en dólares de la RPC a fines del mes inmediato previo al último mes para el cual ya haya operado la fecha de vencimiento para su presentación ante el BCRA. El límite máximo de la posición general de cambios será aumentado en un monto equivalente en dólares, al 5% de la suma de lo operado por el Banco en la compra y venta de moneda extranjera con clientes en el mes calendario previo al inmediato anterior, y en un 2% del total de depósitos a la vista y a plazo constituidos y pagaderos localmente en billetes en moneda extranjera, excluyendo los depósitos en custodia, registrados por la entidad al cierre del mes calendario previo al inmediato anterior. En el caso de que el límite máximo fuera inferior a U$S 8 millones, el límite mínimo del máximo será de U$S 8 millones. Las entidades autorizadas a operar con divisas que no cumplan con los límites máximos establecidos para la posición general de cambios o con las normas del régimen sobre información de operaciones de cambio deben abstenerse de operar con divisas hasta cumplir con lo precedente. Si bien se admiten ciertas excepciones, las entidades autorizadas a operar en divisas requieren conformidad previa del Banco Central para realizar sus propias compras cuando el pago se realice contra la entrega de moneda extranjera u otro tipo de activo externo que esté comprendido en la posición general de cambios. Posición global neta El límite máximo de la posición global neta que debe mantenerse en base diaria por las instituciones financieras es el mayor de: posición global neta negativa (pasivos en exceso de los activos), 15% de la RPC, con la posibilidad de un 15% adicional en la medida en que la entidad al mismo tiempo haya registrado: a) 110 financiaciones a mediano y largo plazo en pesos al sector privado no financiero bajo ciertas condiciones por un monto equivalente al aumento de dicho límite, y b) un aumento en el requisito de capital mínimo por riesgo de crédito o equivalente al aumento del límite general de la posición global neta negativa en moneda extranjera; Posición global neta positiva (activos por encima de los pasivos), el menor valor entre los siguientes: (1) 15% de la RPC; o (2) Recursos líquidos propios. Recursos líquidos propios significa el exceso de RPC con respecto a activos inmovilizados y otros conceptos computados de acuerdo con las normas sobre “Relación de activos inmovilizados y otros conceptos”. Ver “Información sobre la Emisora – El Sistema Bancario Argentino y su Marco Regulatorio – Activos Fijos y otros Conceptos”. Este límite podrá ampliarse por un importe equivalente al incremento registrado entre el mes de enero de 2014 y el mes al que se refiere la posición global neta, de las líneas de crédito del exterior ingresadas a través del mercado único y libre de cambios. Asimismo se establece un límite para la posición global neta positiva de moneda extranjera a término, el cual no podrá superar el 7,5% de la RPC del mes anterior al que corresponda. La posición global neta en moneda extranjera debe incluir todos los activos y pasivos de intermediación financiera en moneda extranjera y títulos en moneda extranjera (por operaciones al contado y a término) incluyendo aquellos contratos de derivados ligados a estos conceptos, aquellas partidas que deben ser incluidas en la Posición General en Divisas, todos los depósitos en tal moneda en cuentas abiertas con el Banco Central, así como la posición en oro, letras del Banco Central en dólares así como títulos de deuda en moneda extranjera. Las transacciones a término hechas dentro de un acuerdo marco en el área de los mercados de valores del país basadas en liquidación por diferencia también serán computadas, sin entrega del activo subyacente negociado. Además, los certificados de participación (pass-through) o certificados de deuda emitidos por fideicomisos financieros así como los derechos de crédito respecto de fideicomisos comunes, en la proporción pertinente, también serán considerados cuando su activo subyacente esté constituido por activos en moneda extranjera. Los excesos a estas relaciones estarán sujetos a un cargo equivalente a 1,5 veces la tasa de interés nominal anual vencida que surja de las licitaciones de las Letras del BCRA en pesos. Activos fijos y otros conceptos El Banco Central determina que los activos fijos y otros conceptos mantenidos por las entidades financieras no deben exceder del 100% del RPC de la entidad. El Banco Central resolvió aumentar en 50 puntos básicos el límite específico en la medida en que la inmovilización de los activos se origine en la tenencia de títulos públicos nacionales y/o instrumentos de regulación monetaria del Banco Central asignados como garantía por entidades financieras en favor de tal entidad de acuerdo con las normas vigentes para operaciones implementadas por el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la ALADI. Tales activos fijos y otros conceptos incluyen lo siguiente: acciones de compañías locales; diversos créditos (incluyendo el saldo neto favorable a la entidad correspondiente al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.); propiedades para uso propio; diversas propiedades; 111 títulos de deuda o certificados de participación en fideicomisos financieros cuyos activos subyacentes sean las financiaciones antes mencionadas, computadas en su respectiva proporción; y transacciones de financiación para clientes relacionados. Se excluyen de los conceptos arriba mencionados aquellos activos deducibles para calcular la RPC de la entidad y activos afectados como garantía por ciertas operaciones relacionadas principalmente con derivados, así como las transacciones de financiación con ciertas compañías relacionadas siempre que la participación en la compañía exceda el 50% del capital social y el 50% de los votos. El cálculo de tales activos se efectuará según los saldos al cierre de cada mes, neto de depreciaciones, amortizaciones acumuladas y previsiones para deudas incobrables (excepto la previsión de la cartera en situación normal y las financiaciones que se encuentren cubiertas con garantías preferidas "A", que se hayan computado para determinar el patrimonio neto complementario). También se podrá deducir ciertos pasivos relacionados con los activos que se calculan. En el caso de transacciones de financiación con clientes relacionados, el cálculo se basará en el saldo al cierre de cada mes o en la mayor asistencia provista a cada cliente durante el período en cuestión. Cualquier exceso en esta relación genera un aumento equivalente de los capitales mínimos. Además, cualquier entidad que incurra en incumplimientos durante tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos dentro de un período de doce meses consecutivos debe presentar un programa de regularización y normalización. Límites de préstamo e inversión Sector Privado Las normas del Banco Central limitan el monto de crédito, incluyendo garantías, que un banco comercial puede extender a, y el monto de capital que puede invertir en, cualquier entidad en cualquier momento. Estos límites se basan en el Patrimonio Neto Computable del banco al último día del mes inmediato anterior. Según las normas del Banco Central, un banco comercial no puede extender crédito a un solo cliente no relacionado y sus afiliadas, ni invertir en el capital de dicho cliente, por un monto que exceda el 15% del Patrimonio Neto Computable del banco. Sin embargo, el banco puede extenderle crédito adicional a ese cliente hasta un 25% del Patrimonio Neto Computable del banco si dicho crédito adicional está respaldado por ciertos activos líquidos preferidos senior, incluyendo títulos de deuda pública o privada. Los préstamos totales u otras extensiones de crédito que un banco comercial puede otorgar a cualquier prestatario particular y sus afiliadas también están limitados sobre la base del patrimonio neto del prestatario. Los préstamos totales u otras extensiones de crédito a cualquier prestatario particular y sus afiliadas no pueden exceder, en general, del 100% del patrimonio neto de tal prestatario, pero dicho límite puede ser incrementado al 300% del patrimonio neto del prestatario si dicho monto no excede del 2,5% del Patrimonio Neto Computable del banco. El Banco Central requiere que los otorgamientos de crédito bajo cualquier forma en exceso del 2,5% del Patrimonio Neto Computable de un banco deben ser aprobados por el correspondiente gerente de sucursal, gerente regional, funcionario administrativo de primera línea del área de créditos, gerente general y comité de créditos, si lo hubiera, del banco, así como por su directorio, junta directiva u órgano corporativo similar. Además, una inversión de capital de un banco comercial en otra compañía que no provea servicios complementarios de los servicios provistos por un banco comercial no puede exceder el 12,5% del capital accionario de tal compañía. Personas Vinculadas El Banco Central limita el monto que un banco puede prestar a, y el monto de capital que puede invertir en, una “Persona Vinculada”. Según la definición, “Persona Vinculada” incluye: cualquier individuo o entidad controlante de un banco, controlada por un banco, o afiliada de un banco, según lo defina el Banco Central; 112 cualquier entidad que controle al banco y a la vez tenga directores comunes en la medida en que tales directores, votando juntos, constituyan mayoría simple del directorio del banco y de tal entidad; o en ciertos casos excepcionales, cualquier individuo o entidad respecto de los cuales el Banco Central haya determinado que están en posición de afectar adversamente la situación financiera del banco. “Control” se define como: poseer o controlar, directa o indirectamente, el 25% de las acciones con voto de la persona controlada; haber poseído el 50% o más de los votos de la persona controlada al momento de la última elección de directorio de dicha entidad; cualquier tipo de tenencia de capital que genere la capacidad de votar o dirigir el voto de manera de prevalecer en cualquier asunto considerado en asamblea general de accionistas o en reunión del directorio de la persona controlada; o cuando el directorio del Banco Central determine que una persona ejerce directa o indirectamente una influencia sobre el gerenciamiento o las políticas del banco. El Banco Central estableció que el monto total de las operaciones de una compañía o persona vinculada no puede exceder los porcentajes siguientes de su capital computable a partir del último día del mes anterior al cual se aplican: - Por relación de control 1. Sector financiero del país Entidad prestamista Entidad prestataria CAMEL 1 (*) Margen básico 100% Tramo I 25% destinado por Margen adicional Tramo II 25% en el caso de la entidad financiera que adquiere asistencia para financiar transacciones que cumplen con ciertas condiciones. transacciones de financiación con garantía o cesión de cartera de crédito donde la cedente es responsable a condición de que se cumplan los requisitos del Tramo I. Tramo III – CAMEL 2 (*) 20% 25% destinado por la entidad financiera que adquiere asistencia para financiar transacciones que cumplen con ciertas condiciones. 25% en el caso de transacciones de financiación con garantía o cesión de cartera de crédito donde la cedente es responsable a condición de que se cumplan los requisitos del Tramo I. 55% para transacciones de financiación por un plazo acordado de hasta 180 días. CAMEL 3 (*) 10% 20% destinado por la entidad financiera que adquiere asistencia para 20% en el caso de transacciones de financiación con garantía o cesión de – CAMEL 1 a 3 113 financiar transacciones que cumplen con ciertas condiciones. No cumple alguna de las condiciones anteriores cartera de crédito donde la cedente es responsable a condición de que se cumplan los requisitos del Tramo I. 10% – – – 0% – – – CAMEL 4 o 5 (*) Sujeta a consolidación con la entidad prestamista. 2. Sector financiero del exterior Entidad prestamista CAMEL 1 a 3 Entidad prestataria A cada banco del exterior vinculado: - Con calificación “Investment Grade” - Sin calificación “Investment Grade”: Financiaciones sin garantía computable Financiaciones con/sin gtía computable Límite máximo 10% 5% 10% A cada banco del exterior subsidiario sujeto a consolidación y al banco controlante: - Con calificación “Investment Grade” - Sin calificación “Investment Grade”: Financiaciones sin garantía computable Financiaciones con/sin gtía computable 10% 5% 10% CAMEL 4 o 5 A cada banco del exterior vinculado no sujeto a consolidación: - Con calificación “Investment Grade” - Sin calificación “Investment Grade” A cada banco del exterior vinculado que no cumpla alguna de las condiciones anteriores 10% 5% 0% 3. Empresas de servicios complementarios del país Entidad prestamista CAMEL 1 Entidad prestataria Agente bursátil; leasing o factoring; adquisición temporaria de participación en compañias para luego vender sus tenencias (**) Emisión de tarjetas de crédito, débito (**) Margen básico 100% 100% 114 Tramo I – 25% destinado por la entidad financiera que adquiere asistencia para financiar transacciones que cumplen con ciertas condiciones. Margen adicional Tramo II – 25% en el caso de transacciones de financiación con garantía o cesión de cartera de crédito donde la cedente es responsable a condición de que se cumplan los Tramo III – – Entidad prestamista Entidad prestataria Margen básico Tramo I Margen adicional Tramo II Tramo III requisitos del Tramo I. No cumple alguna de las condiciones anteriores 10% Agente bursátil; leasing o factoring; adquisición temporaria de participación en compañias para luego vender sus tenencias (**) 10% Emisión de tarjetas de crédito, débito (**) 20% 25% destinado por la entidad financiera que adquiere asistencia para financiar transacciones que cumplen con ciertas condiciones. 25% en el caso de transacciones de financiación con garantía o cesión de cartera de crédito donde la cedente es responsable a condición de que se cumplan los requisitos del Tramo I. 55% para transacciones de financiación por un plazo acordado de hasta 180 días. No cumple alguna de las condiciones anteriores 10% – – – Emisión de tarjetas de crédito, débito (**) 10% 20% destinado por la entidad financiera que adquiere asistencia para financiar transacciones que cumplen con ciertas condiciones. 20% en el caso de transacciones de financiación con garantía o cesión de cartera de crédito donde la cedente es responsable a condición de que se cumplan los requisitos del Tramo I. – No cumple alguna de las condiciones anteriores 10% – – – Ent de servicios complementarios (**) 10% – – – 0% – – – CAMEL 2 CAMEL 3 CAMEL 4o5 No cumple alguna de las condiciones anteriores – – – 90% (**) Sujeta a consolidación con la entidad prestamista. 4. Empresas de servicios complementarios del exterior Entidad prestamista CAMEL 1 a 3 Entidad prestataria A cada empresa de servicios complementarios vinculada: - Financiaciones sin gtías computables - Financiaciones con/sin gtías computables 115 Límite máximo 5% 10% CAMEL 4 o 5 A cada empresa de servicios complementarios sujeta a consolidación con la prestamista: - Financiaciones sin gtías computables - Financiaciones con/sin gtías computables 5% 10% A cada empresa de servicios complementarios vinculada que no cumple alguna de las condiciones anteriores 0% 5. Otros clientes vinculados por relación de control Entidad prestamista CAMEL 1 a 3 CAMEL 4 o 5 Entidad prestataria A cada prestatario vinculado: - Financiaciones sin garantía computable - Financiaciones con/sin gtía computable Límite máximo 5% 10% - A cada empresa vinculada (sólo participaciones en el capital) (***) - A cada prestatario vinculado que no cumpla alguna de las condiciones anteriores 5% 0% (***) Actividad admitida conforme la Sección 3 de las normas sobre “Servicios complementarios de la actividad financiera y actividades permitidas”. - Por relación personal Entidad prestamista CAMEL 1 a 3 CAMEL 4 o 5 Entidad prestataria A cada prestatario vinculado - A cada persona física vinculada, para atender necesidades familiares y personales - A cada prestatario vinculado que no cumpla alguna de las condiciones anteriores Límite máximo 5% Ps.50.000 0% El total de financiaciones otorgadas al conjunto de clientes vinculados no podrá superar el 20% de la RPC de la entidad. La infracción al debido cumplimiento de estos requisitos puede resultar en un incremento de los requisitos de capital mínimo para riesgo crediticio por un monto igual al 100% de los montos diarios en exceso de los requisitos comenzando en el primer mes en que los excesos se manifiesten y continuando mientras los excesos persistan. En el caso de información registrada fuera de término, este incremento se aplicará desde el mes en que la información se registre y mientras persista el incumplimiento. Más aún, una vez que el incumplimiento sea corregido, el incremento continuará aplicándose por un período igual a aquel durante el cual el Banco Central no fue informado. Para incumplimientos reiterados el incremento puede llegar hasta el 130% del monto en exceso. Al 31 de diciembre de 2015 el total de préstamos computables, otras extensiones de crédito e inversiones de capital por parte de BBVA Francés en forma consolidada a, o en personas vinculadas, ascendió a Ps. 503,3 millones, o 4,33% de la RPC de BBVA Francés. Sector Público No Financiero El sector público no financiero incluye entre otras cosas: el Gobierno Nacional; los Gobiernos Provinciales; la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; los Gobiernos Municipales; 116 la administración central, los ministerios, departamentos y sus entidades descentralizadas y autónomas y otros organismos oficiales; y los fideicomisos y fondos fiduciarios cuyo beneficiario o fiduciario final, según se determine por los contratos respectivos o las normas aplicables, pertenece al sector público no financiero, incluyendo otros fideicomisos o fondos fiduciarios en donde dicho sector es el destino final de los trabajos financiados. El Banco Central puede aplicar a las empresas del sector público regidas por la Ley N° 20.705 el tratamiento general previsto para el sector privado no financiero en relación con todos los efectos de las reglas aplicables sobre el tema, siempre que cumplan con los siguientes requisitos: en el desarrollo de sus actividades no deben requerir recursos del presupuesto estatal –sea nacional, municipal, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires– para conceptos tales como transferencias, aportes de capital –excepto las correspondientes a su constitución – o asistencia financiera reembolsable – destinados a cubrir gastos y/o inversiones hechos en el curso de su labor normal y habitual, con la única excepción de los que hayan sido contemplados en los presupuestos de 2001 y 2002; independencia técnica y profesional de sus equipos gerenciales en la instrumentación de políticas empresarias; comerciar sus bienes y/o servicios a precios de mercado; poseer activos fijos, cuyo uso en la actividad no esté sujeto a condición alguna de parte de sus accionistas; y no distribuir dividendos entre sus accionistas. El cumplimiento de todas las precedentes condiciones debe haber sido verificado ininterrumpidamente durante al menos los diez años inmediatamente anteriores a la fecha del otorgamiento de asistencia financiera. Asimismo el Banco Central podrá acordar acerca del tratamiento general para personas del sector privado no financiero, a todos los efectos de las normas aplicables sobre la materia, a compañías del sector público que no están constituidas bajo la Ley N° 20.705 y que también cumplen con los siguientes requisitos: Su creación debe haber sido ordenada por ley nacional o decreto del Poder Ejecutivo Nacional; Deben crear una sociedad por acciones según las normas del Capítulo II, Secciones V y VI de la Ley de Sociedades Comerciales (sociedades por acciones y sociedades con participación estatal mayoritaria); Deben tener participación mayoritaria del Estado Nacional, sea directa o indirecta, según las disposiciones de dicha ley; Deben tener por fin el desarrollo de actividades de explotación de yacimientos de hidrocarburos, su transporte, distribución, comercialización e industrialización o la generación y/o comercialización de energía eléctrica; y Deben estar sometidas a control interno y externo por el Sector Público Nacional en términos de la Ley de Administración Financiera y del Sistema de Control del Sector Público Nacional –Ley N° 24.156. En consecuencia y a todos los efectos, aquellas sociedades que reciben el tratamiento establecido en esta resolución estarán exentas de la aplicación de las disposiciones respecto de la asistencia financiera a los propietarios del sector público no financiero. Toda financiación otorgada a los entes nombrados no podrá exceder los siguientes límites respecto de la RPC de la entidad al último día del mes precedente: 117 transacciones del sector público nacional: 50%, límite que incluye préstamos otorgados a los gobiernos de otras jurisdicciones garantizados por su participación en el sistema nacional de recaudación impositiva; total de transacciones otorgado a cada jurisdicción provincial y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (excluyendo las comprendidas en el párrafo anterior) las cuales deben estar garantizadas por la cobranza de impuestos locales o mediante prenda o instrumentado bajo contratos de leasing: 10%. Este límite incluye operaciones de financiación otorgadas a gobiernos municipales en la jurisdicción respectiva y garantizadas por su participación en la cobranza de impuestos provinciales; total de transacciones con cada jurisdicción municipal, que deben estar garantizadas por la cobranza de impuestos locales o mediante prenda, o instrumentadas bajo contratos de leasing: 3%. los límites máximos mencionados en los tres puntos precedentes podrán incrementarse en 15 puntos porcentuales, siempre que los aumentos se apliquen a fines específicos; y total de transacciones comprendidas en los tres puntos precedentes: 75%. Por otra parte, el Banco Central determinó que cualesquiera excesos por sobre las relaciones antedichas y sobre el límite mencionado en el último párrafo de este punto, exclusivamente originados en la aplicación de los nuevos límites y condiciones para computar transacciones financieras, no serán considerados como incumplimientos, a condición de que tales excesos resulten: a) de transacciones existentes antes del 31 de marzo de 2003, incluidos los bonos emitidos según Decreto Nº 1735/04 que puede recibirse en el marco de la reestructuración de la deuda argentina; b) de aumentos o por la recepción de: (i) bonos de compensación o pagarés según los Artículos 28 y 29 del Decreto 905/02, o de aquellos eventualmente recibidos por aplicación de otras disposiciones específicas después de esa fecha, y derivados de la Ley 25.561 de Emergencia Pública y Reforma Cambiaria; (ii) bonos recibidos dentro del marco del Sistema de Refinanciación de Hipotecas establecido por la Ley N° 25.798; c) de nuevas transacciones, siempre y cuando se registren excesos de acuerdo con los puntos a) y b) precedentes, siempre que se originen exclusivamente en el otorgamiento de financiación al sector público no financiero con fondos originados en servicios amortizados de la deuda antes mencionada. Quedan comprendidos los importes que se apliquen a la suscripción primaria de títulos de deuda del Gobierno Nacional con una antelación de hasta 180 días respecto de la fecha de vencimiento de los servicios de amortización de capital. Este plazo se extenderá por 180 días más para las operaciones dispuestas a partir del 1 de enero de 2009 en el marco de las disposiciones específicas de la autoridad competente en la materia. d) además se ha admitido un margen para aquellas entidades que excedan la observancia de los límites (debido a las mencionadas operaciones preexistentes) en la compra y venta de, o en transacciones financieras con, títulos públicos nacionales susceptibles de observar exigencia de capital mínimo por riesgo de mercado, es decir, que registran la volatilidad informada por el Banco Central, siempre que ésta no exceda el equivalente al 25% de la RPC. Dicho límite se constituirá con la asignación, desde la fecha arriba referida, de alguno de los siguientes ítems: i) la realización de activos del sector público no financiero en cartera que sean computables para determinar tales límites; ii) la asignación a valor de mercado de tenencias de títulos públicos nacionales, y iii) fondos recibidos por servicios de amortización correspondientes a los activos del sector público involucrados. 118 e) de participaciones mayores al 50% por el Gobierno Argentino como fiduciario en fideicomisos financieros para la financiación de trabajos de construcción según lo contemplado en el inciso i), punto 3.2.4 de las normas denominadas “Financiamiento al Sector Público No Financiero”. Sin embargo, no se otorgará financiación en los casos en que la relación de transacciones comprendidas respecto de la Responsabilidad Patrimonial Computable del Banco determinado al 31 de marzo de 2003 sea excedida debido a reducciones en este último parámetro y hasta tanto tal relación se restablezca. Además de los límites arriba mencionados, la garantía provista a todos los efectos por el cobro de impuestos (tanto federales como locales) y/o por la cobranza de regalías por las jurisdicciones provinciales o municipales no podrá exceder el 40% del total de dichos ingresos al momento de evaluarse el otorgamiento de nueva financiación, y considerando la nueva financiación a otorgarse. Este requisito no rige para transacciones garantizadas por prenda o por contratos de leasing. El monto de crédito no exento a, y participaciones de capital en, un solo cliente, sea relacionado con nosotros o no, de un banco dado, que individualmente exceda el 10% de la Responsabilidad Patrimonial Computable de los Accionistas de ese banco no puede exceder, en total, de tres o cinco veces la Responsabilidad Patrimonial Computable del banco, excluyendo préstamos en entidades financieras locales e incluyendo participaciones de capital en entidades financieras locales. Este último límite no considera aquellos préstamos garantizados recibidos a cambio de títulos de la deuda pública nacional implementados a través de préstamos garantizados (Comunicación “A” 3366). Previsión para préstamos incobrables El Banco Central ha establecido requisitos específicos de previsión para préstamos incobrables respecto de los préstamos a deudores incluidos en las categorías “Con problemas”, “Riesgo medio”, “Alto riesgo de insolvencia”, “Riesgo alto”, “Irrecuperable” e “Irrecuperable por disposición Técnica”. Además el Banco Central estableció un requisito general obligatorio de previsión para todos los préstamos regulares. Ver “Información Clave sobre la Emisora—Sistema de clasificación de acuerdo con las Normas del Banco Central”. Prioridad de depósitos La Ley N° 24.485 vigente desde el 18 de abril de 1995 y modificada por las Leyes N° 24.627 y 25.780, establece que en caso de liquidación judicial o quiebra de un banco, todos los depositantes, con prescindencia del tipo, monto o moneda de sus depósitos, tendrían derecho de prioridad general y absoluta sobre todos los otros acreedores (tales como los accionistas del banco), con la excepción de ciertos acreedores laborales (art. 53 incisos “a” y “b”) y aquellos acreedores respaldados por prenda o hipoteca, en el siguiente orden de prioridad: (a) depósitos de hasta Ps. 450.000 por persona (incluyendo cualquier monto de dicha persona depositado en una entidad financiera), o su equivalente en moneda extranjera; (b) todos y cualesquiera depósitos de más de Ps. 450.000 o su equivalente en moneda extranjera, y (c) los pasivos originados en líneas comerciales otorgadas al Banco y que directamente afecten al comercio internacional. Por otra parte, según el artículo 53 de la Ley de Entidades Financieras enmendada por las Leyes Nos. 24.627, 25.562 y 25.780, los créditos del Banco Central tendrán prioridad absoluta sobre otros créditos, excepto los créditos garantizados por prenda o hipoteca, ciertos créditos laborales, los créditos de depositantes otorgados bajo el artículo 49 inciso (e), puntos i) y ii), los créditos otorgados bajo el artículo 17, incisos (b), (c) y (f) de la carta orgánica del Banco Central (incluyendo redescuentos otorgados a entidades financieras debido a iliquidez temporaria, anticipos a entidades financieras con derecho de garantía real, cesión de derecho de garantía, prenda o asignación especial de ciertos activos) y créditos otorgados por el Fondo de Liquidez Bancaria respaldados por prenda o hipoteca. La enmienda introducida al art. 35 bis de la Ley de Entidades Financieras por la Ley N° 25.780 establece que si un banco está en una situación en la que el Banco Central podría revocarle su autorización para operar y quedar sujeto a disolución o liquidación por resolución judicial, entre las opciones que el Directorio del Banco Central pueda resolver por mayoría absoluta, en caso de excluir los activos y pasivos para su transferencia en favor de fideicomisos financieros u otras entidades financieras, el Banco Central podrá excluir total o parcialmente a los pasivos mencionados en el artículo 49 inciso e) así como a los créditos definidos en el artículo 53, observando el orden de prioridad entre sus acreedores. Respecto de la exclusión parcial, debe aplicarse el orden de prioridad del inciso e) del artículo 49 sin asignar en ningún caso un tratamiento diferencial para pasivos del mismo grado. 119 Mercado de capitales Según la Ley de Entidades Financieras, los bancos pueden suscribir y colocar tanto títulos de capital como títulos de deuda. Actualmente no hay limitaciones legales a la magnitud de los compromisos de suscripción de los bancos. Sin embargo, el compromiso de suscripción de un banco será tratado como una extensión de crédito sujeta a las limitaciones descriptas bajo “Información sobre la Emisora – El Sistema Bancario Argentino y su Marco Regulatorio - Límites de préstamo e inversión”. Los bancos comerciales están autorizados a negociar títulos de deuda y de capital en el mercado abierto argentino si son miembros del Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”) y autorizados para actuar como agentes de mercado abierto. El MAE es un mercado de valores autorizado por la CNV. En nuestra condición de agentes de mercado abierto estamos sujetos a la supervisión del MAE como mercado de valores y de la CNV como reguladora principal y, en consecuencia, debemos cumplir con ciertos requisitos de información. Desde 1990, el Merval ha autorizado a firmas de corretaje organizadas como sociedades de finalidad exclusiva para operar como negociadoras de títulos en la bolsa. Los bancos comerciales son libres de poseer una sociedad de bolsa, y la mayoría de los principales bancos comerciales que operan en la Argentina han establecido ya sus propias sociedades de bolsa. Todos los operadores, sean personas físicas o jurídicas, deben comprar por lo menos una acción del Merval para ser admitidos como operadores de títulos en el recinto bursátil. Un acuerdo entre el MERVAL y representantes de los operadores del MAE establece que la negociación de acciones y otros valores se realizará exclusivamente en la BCBA y que todos los títulos de deuda que listan en el Merval también pueden negociarse en el MAE. La negociación de títulos públicos argentinos, que no están cubiertos por el acuerdo, se realiza principalmente en el MAE. El acuerdo no se extiende a otras bolsas argentinas. Los bancos comerciales pueden operar como gestores y también como custodios de fondos comunes argentinos, con la condición de que un banco no puede actuar simultáneamente como gestor y como custodio para el mismo fondo. Estamos registrados como agentes de mercado abierto desde 1989. En 1991 fundamos la sociedad de bolsa, Francés Valores S.A., actualmente denominada BBVA Francés Valores S.A. El 26 de diciembre de 2012, fue promulgada la ley 26.831 de Mercado de Capitales, su decreto regulatorio es el N° 1023/2013 y fue publicado en fecha 1 de agosto del año 2013. Asimismo, atento a las modificaciones que dicha ley introdujo respecto de la normativa aplicable a los títulos valores, la CNV promulgó la Resolución N° 622/2013 del 5 de septiembre de 2013 por la cual se reglamentó un nuevo texto ordenado de las normas aplicables a las facultades de fiscalización y autorización de emisiones de valores negociables que son ejercidas por dicha entidad; de acuerdo al artículo 47 la Ley de Mercado de Capitales, todos los agentes, para actuar en los diferentes mercados, deben contar con la aprobación y registración por parte de la CNV. Durante 2014, BBVA Banco Francés y BBVA Francés Valores S.A. completaron su trámite de registración como Agentes de Liquidación y Compensación Integral. Entidades financieras con dificultades económicas Bajo la Ley de Entidades Financieras, si una entidad financiera: muestra una deficiencia en su reserva de efectivo; no ha satisfecho ciertas normas técnicas; no ha mantenido niveles mínimos de patrimonio neto; o el Banco Central considera afectada su solvencia o liquidez. Entonces dicha entidad financiera debe presentar un plan de regularización y normalización en los términos y condiciones que el Banco Central pueda establecer, dentro de un plazo que no podrá exceder de treinta días. No obstante ello, el Banco Central puede designar veedores con poderes de veto y/o exigir la constitución de garantías y restringir o prohibir la distribución de remesas o dividendos. La falta de presentación, el rechazo o 120 cualquier incumplimiento de los planes de regularización o normalización facultan al Banco Central a revocar la autorización para operar como entidad financiera y a aplicar sanciones. Si el plan es aceptado, el Banco Central puede otorgar una exención temporaria respecto al cumplimiento de las regulaciones técnicas y excusar o posponer el pago de multas, en caso de que correspondieren. Del mismo modo, y antes de revocar la autorización para operar como entidad financiera, el Banco Central puede autorizar la reestructuración de la entidad para proteger a sus depositantes, aplicando cualquiera de las siguientes decisiones o una combinación de ellas en forma consecutiva, gradual o directa: reducción, aumento y cesión del capital accionario, exclusión de activos y pasivos y su transferencia a otras entidades financieras, intervención judicial, responsabilidad y transferencia de activos o pasivos excluidos. Disolución y liquidación de entidades financieras Según lo dispuesto por la Ley de Entidades Financieras, cualquier resolución tomada por las autoridades legales o societarias de una entidad financiera respecto de su disolución debe ser notificada al Banco Central. El Banco Central, a su vez, debe notificar dicha decisión a un tribunal competente, el cual determinará qué autoridad realizará la liquidación de la entidad, pudiendo encargar dicha tarea a las autoridades de la sociedad, o bien designar a un liquidador independiente. La decisión del tribunal se basará en el hecho de que exista o no suficiente certeza respecto de que las autoridades de la sociedad sean capaces de llevar a cabo dicha liquidación en forma correcta. De acuerdo con la Ley de Entidades Financieras, el Banco Central ya no actúa más como liquidador de entidades financieras. Sin embargo, si un plan de reestructuración fracasa o no se considerase viable, o si se hubieren producido violaciones a la ley o reglamentaciones locales, u ocurrido cambios significativos en la situación de la entidad desde que le fuera otorgada la autorización originaria, el Banco Central podrá revocar la licencia del banco para operar como entidad financiera. En este caso, la ley permite la liquidación judicial o extrajudicial. Durante el proceso de liquidación y una vez revocada la licencia para operar como entidad financiera, un tribunal competente podrá decretar la quiebra de la entidad o cualquier acreedor del banco podrá solicitar la quiebra de la entidad luego de transcurrido un período de 60 días corridos desde la revocación de la licencia. Lavado de activos El concepto de lavado de activos se usa generalmente para denotar transacciones cuyo objetivo es introducir fondos provenientes de actividades ilícitas en el sistema institucionalizado y así transformar ganancias por actividades ilegales en activos de origen aparentemente legítimo. El 13 de abril de 2000, el Congreso promulgó la ley N° 25.246 (modificada posteriormente por ley N° 26.087, ley N° 26.119, ley N° 26.268, ley N° 26.683, ley N° 26.734, ley N°26.831 y ley N°26.860) que incorpora el lavado de activos y financiamiento del terrorismo, como delito tipificado en el Código Penal argentino. También en dicha ley se crea la denominada Unidad de Información Financiera (“UIF”), que establece un sistema administrativo penal y reemplaza varios artículos del Código Procesal Penal Argentino. La Ley N° 26.087 le otorga a la UIF la facultad de obtener información secreta o confidencial a petición suya, sin necesidad de intervención judicial alguna y eliminando cualquier excusa para los delitos de lavado de activos. La Ley N° 26.119 modifica la integración de la UIF y la Ley N° 26.268 incorpora dentro del Código Penal los delitos de asociación ilícita terrorista y financiación del terrorismo. El Código Penal establece que el delito de lavado de activos es pasible de sanción penal cuando una persona “convirtiere, transfiriere, administrare, vendiere, gravare, disimulare, pusiere en circulación en el mercado, bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito, y siempre que su valor supere la suma de pesos trescientos mil ($300.000), sea en un solo acto o por la reiteración de hechos diversos vinculados entre sí.” El principal objetivo de la Ley N° 25.246 es prevenir el lavado de activos. De conformidad con las prácticas internacionalmente aceptadas, no solo se atribuye responsabilidad por el control de estas actividades ilícitas a los organismos gubernamentales, sino que también se otorga ciertas obligaciones a distintas entidades del sector privado tales como bancos, corredores y sociedades de bolsa y compañías de seguro. Estas obligaciones consisten básicamente en la obligación ligada al concepto “Conozca a su cliente” y obligaciones de reporte a la 121 UIF. La normativa del Banco Central y de la UIF establece que los bancos tomen ciertos recaudos mínimos a fin de prevenir el lavado de activos. Las entidades financieras también deben informar a la UIF respecto de cualquier operación sospechosa o inusual, carente de toda justificación económica o legal, o que resulte innecesariamente compleja, ya sea que se susciten en aisladas o repetidas ocasiones. El Banco cumple con todas las normas aplicables en materia de lavado de activos conforme lo establecen las disposiciones emanadas del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto respecto del congelamiento de fondos y medidas contra supuestos terroristas; del Banco Central y de la UIF, y el Articulo 21, incisos a) y b) de la Ley 25.246, y sus reglamentarias, que contribuye a la recopilación de información relacionada con operaciones sospechosas y sus notificaciones a las autoridades. La Ley N° 26.476 publicada y en vigencia desde el 24 de diciembre de 2008 – declarada norma de política pública, establece un sistema de regularización impositiva, promoción y protección del trabajo en blanco priorizando las pequeñas y medianas empresas, y declaración y repatriación del capital. Los individuos que decidieran adherirse a la declaración y repatriación del capital deberán cumplir con lo estipulado en la Ley N° 25.246 sobre prevención del lavado de activos. El plazo para adherirse a dicha repatriación se encuentra vencido, pero el plazo para el registro del empleo y la regularización impositiva aún se encuentra vigente. Excluidas de su ámbito de aplicación se encuentran las sumas derivadas de conductas expuestas a incluirse en el Artículo 6 de la Ley N° 25.246, con la excepción de evasión impositiva y situaciones de tentativa de evasión impositiva. La AFIP emitió esta Resolución el 2 de febrero de 2009. Con fecha 31 de mayo de 2013, el Poder Ejecutivo promulgó la ley N° 26.860 – declarada norma de orden público- que dispone que las personas físicas, las sucesiones indivisas y los sujetos comprendidos en el artículo 49 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, inscriptos o no, podrán exteriorizar voluntariamente la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior, sin necesidad de informar a la AFIP la fecha de compra de las tenencias ni el origen de los fondos con los que fueron adquiridos, sin perjuicio del cumplimiento de la Ley N° 25.246. Quedan excluidas de las disposiciones de la ley las sumas de dinero provenientes de conductas susceptibles de ser encuadradas en el Artículo 6 de la Ley N° 25.246. Con fecha 7 de junio de 2013, la AFIP emitió la Resolución General 3509, reglamentaria de la ley 26.860, estableciendo, entre otras cosas, que el plazo para la exteriorización de la tenencia de moneda extranjera en el país y el exterior podrá realizarse hasta el 30 de septiembre de 2013 inclusive. Asimismo, el Decreto N° 1936/10 dictado el 9 de diciembre de 2010, introdujo importantes cambios en la normativa de lavado de activos. Las principales normas de este decreto son: i) establecer el nuevo rol de la UIF como representante del Estado ante la Financial Action Task Force (FATF); y ii) determinar que cada entidad controladora deba designar un miembro del Directorio como la autoridad máxima para la política de Anti-lavado de Dinero a cargo de centralizar toda la información que el Banco Central pueda requerir por iniciativa propia o a solicitud de cualquier autoridad competente. Además, dicho funcionario u otra persona será responsable de la implementación, el seguimiento y el control de los procedimientos internos a fin de asegurar el cumplimiento de las normas. En octubre de 2014 en la reunión plenaria realizada en París, el GAFI dictó una resolución mediante la cual retiró a la Argentina del régimen de vigilancia intensiva, denominada “lista gris” de países sospechosos, reconociendo que la Argentina tiene un sistema de lucha contra el lavado de activos y financiamiento del terrorismo de acuerdo con los máximos estándares internacionales. La resolución fue adoptada por unanimidad. Por último, la UIF emitió una resolución que amplía el concepto de Personas Políticamente Expuestas, incluyendo todo individuo que tenga una relación material económica con el tema. Dichas personas deberán estar claramente identificadas y estrechamente supervisadas de conformidad con las nuevas normas relativas al lavado de activos. También la UIF emitió nuevas resoluciones a fin de regular las actividades de todas las entidades públicas y privadas a cargo de controlar las operaciones de anti lavado de activos. Con la reforma efectuada mediante la ley N° 26.683, se tipifica el delito de lavado de activos como un delito contra el orden económico y financiero (no ya como un delito contra la administración pública) y se introducen ciertas modificaciones al tipo penal: (i) se suprime la exigencia de que para que se configure el lavado no se hubiera participado del delito previo y (ii) se eleva de Ps. 50.000 a Ps. 300.000 la suma que constituye la condición objetiva de punibilidad del tipo penal. La eliminación del presupuesto negativo del tipo penal (no 122 haber participado en el delito precedente) encuentra su fundamento en la exigencia global de reprimir el llamado “autolavado”; es decir, sancionar la conducta de introducir el activo ilícito en el sistema económico formal con independencia de la sanción relativa a su participación en el delito que lo origina. Mediante la ley N° 25.246, y a fin de prevenir e impedir el delito de lavado de activos, y financiación del terrorismo, se creó la UIF bajo la jurisdicción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. El artículo 14 de la ley 25.246 establece cuáles son aquellas facultades que tiene la UIF como organismo autónomo y autárquico que, de acuerdo con las recientes modificaciones introducidas al texto de la ley N° 25.246 son: (i) solicitar informes, documentos, antecedentes y todo otro elemento que estime útil para el cumplimiento de sus funciones a cualquier organismo público, nacional, provincial o municipal, y a personas físicas y/o jurídicas, públicas o privadas, todos, los cuales están obligados a proporcionarlos dentro del término que se les fije, bajo apercibimiento de ley. En el marco del análisis de un reporte de operación sospechosa los sujetos contemplados en el artículo 20 no podrán oponer a la UIF el secreto bancario, fiscal, bursátil o profesional, ni los compromisos legales o contractuales de confidencialidad; (ii) recibir declaraciones voluntarias, que en ningún caso podrán ser anónimas; (iii) requerir la colaboración de todos los servicios de información del estado, los que están obligados a prestarla en los términos de la normativa procesal vigente; (iv) actuar en cualquier lugar de la República Argentina en cumplimiento de las funciones establecidas por esta ley; (v) solicitar al Ministerio Público para que éste requiera al juez competente que resuelva la suspensión, por el plazo que éste determine, de la ejecución de cualquier operación o acto informado previamente conforme al inciso b) del artículo 21 o cualquier otro acto vinculado a éstos, antes de su realización, cuando se investiguen actividades sospechosas y existan indicios serios y graves de que se trata de lavado de activos provenientes de alguno de los delitos previstos en el artículo 6º de la ley o de financiación del terrorismo; (vi) solicitar al ministerio público para que (1) requiera al juez competente el allanamiento de lugares públicos y privados, la requisa personal y el secuestro de documentación o elementos útiles para la investigación; y (2) arbitre todos los medios legales necesarios para la obtención de información de cualquier fuente u origen; (vii) disponer la implementación de sistemas de contralor interno en los casos y modalidades que la reglamentación determine. A efectos de implementar el sistema de contralor interno la UIF estableció, mediante la Resolución N°104/2010, y sus modificatorias (Resoluciones N°165/2011 y 12/2012), los procedimientos de supervisión, fiscalización e inspección in situ para el control del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 21 de la ley y de las directivas e instrucciones dictadas conforme las facultades del artículo 14 inciso 10. En el caso de sujetos obligados que cuenten con órganos de contralor específicos, éstos últimos deberán proporcionar a la UIF la colaboración en el marco de su competencia.; (viii) aplicar las sanciones previstas en la ley, debiendo garantizar el debido proceso; (ix) organizar y administrar archivos y antecedentes relativos a la actividad de la propia UIF o datos obtenidos en el ejercicio de sus funciones, pudiendo celebrar acuerdos y contratos con organismos naciones, internacionales y extranjeros para integrarse en redes informativas de tal carácter, a condición de necesaria y efectiva reciprocidad; (x) emitir directivas e instrucciones que deberán cumplir e implementar los sujetos obligados por la ley, previa consulta con los organismos específicos de control. Los sujetos obligados en los incisos 6 y 15 del artículo 20 podrán dictar normas de procedimiento complementarias a las directivas e instrucciones emitidas por la UIF, no pudiendo ampliar ni modificar los alcances definidos por dichas directivas e instrucciones. En consecuencia: (1) se reprime con prisión de tres a diez años y multa de dos a diez veces del monto de la operación al que convierte, transfiere, administra, vende, grava, disimula o de cualquier otro modo pone en circulación en el mercado bienes provenientes de un ilícito penal, con la consecuencia posible de que el origen de los bienes originarios o los subrogantes adquieran la apariencia de un origen lícito y, siempre que el valor del activo supere los Ps. 300.000 ya sea que tal monto resulte o no de una o más transacciones. (2) la pena prevista en el inciso (1) será aumentada en un tercio del máximo y en la mitad del mínimo, en los siguientes casos: (i) cuando el autor realizare el hecho con habitualidad o como miembro de una asociación o banda formada para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza; (ii) cuando el autor fuera funcionario público que hubiera cometido el hecho en ejercicio u ocasión de sus funciones. En este caso, sufrirá además pena de inhabilitación especial de tres a diez años. La misma pena sufrirá el que hubiere actuado en ejercicio de una profesión u oficio que requirieran habilitación especial. (3) el que recibiere dinero u otros bienes provenientes de un ilícito penal, con el fin de hacerlos aplicar en una operación de las previstas en el inciso (1), que les dé la apariencia posible de un origen lícito, será reprimido con la pena de prisión de seis meses a tres años. 123 (4) si el valor de los bienes no superare la suma indicada en el inciso (1), el autor será reprimido con la pena de prisión de seis meses a tres años. (5) las disposiciones de este artículo regirán aun cuando el ilícito penal precedente hubiera sido cometido fuera del ámbito de aplicación espacial de este código, en tanto el hecho que lo tipificara también hubiera estado sancionado con pena en el lugar de su comisión. Asimismo, se prevé que cuando los hechos delictivos hubieren sido realizados en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, se impondrán a la entidad las siguientes sanciones conjunta o alternativamente: (1) multa de dos a diez veces el valor de los bienes objeto del delito. (2) suspensión total o parcial de actividades, que en ningún caso podrá exceder de diez años. (3) suspensión para participar en concursos o licitaciones estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, que en ningún caso podrá exceder de diez años. (4) cancelación de la personería cuando hubiese sido creada al solo efecto de la comisión del delito, o esos actos constituyan la principal actividad de la entidad. (5) pérdida o suspensión de los beneficios estatales que tuviere. (6) publicación de un extracto de la sentencia condenatoria a costa de la persona jurídica. Para graduar estas sanciones, los jueces tendrán en cuenta el incumplimiento de reglas y procedimientos internos, la omisión de vigilancia sobre la actividad de los autores y partícipes, la extensión del daño causado, el monto de dinero involucrado en la comisión del delito, el tamaño, la naturaleza y la capacidad económica de la persona jurídica. Cuando fuere indispensable mantener la continuidad operativa de la entidad, o de una obra, o de un servicio en particular, no serán aplicables las sanciones previstas por el inciso (2) y el inciso (4). El régimen penal administrativo prevé a su vez sanciones pecuniarias. En tal sentido, será sancionado con multa de cinco a veinte veces del valor de los bienes objeto del delito, la persona jurídica cuyo órgano ejecutor hubiera recolectado o provisto bienes o dinero, cualquiera sea su valor, con conocimiento de que serán utilizados por algún miembro de una asociación ilícita terrorista. Cuando el hecho hubiera sido cometido por temeridad o imprudencia grave del órgano o ejecutor de una persona jurídica o por varios órganos o ejecutores suyos, la multa a la persona jurídica será del 20% al 60% del valor de los bienes objeto del delito. Asimismo, cuando el órgano o ejecutor de una persona jurídica hubiera cometido en ese carácter el delito a que se refiere el artículo 22 de la Ley N° 25.246 (violación del deber de confidencialidad), la persona jurídica será pasible de multa de Ps. 50.000 a Ps. 500.000. Por otra parte, la persona que actuando como órgano o ejecutor de una persona jurídica o la persona de existencia visible que incumpla alguna de las obligaciones ante la UIF, será sancionada con pena de multa de una a diez veces del valor total de los bienes u operación a los que se refiera la infracción, siempre y cuando el hecho no constituya un delito más grave. La misma sanción será aplicable a la persona jurídica en cuyo organismo se desempeñare el sujeto infractor. Asimismo, cuando no se pueda establecer el valor real de los bienes, la multa será de Ps. 10.000 a Ps. 100.000. La acción para aplicar dichas sanciones prescribirá a los cinco años, del incumplimiento. Igual plazo regirá para la ejecución de la multa, computados a partir de que quede firme el acto que así la disponga. Asimismo, la ley N° 26.087 establece que la UIF comunicará las operaciones sospechosas al Ministerio Público a fin de establecer si corresponde ejercer acción penal cuando haya agotado el análisis de la operación reportada y surgieran elementos de convicción suficientes para confirmar el carácter de sospechosa de lavado de activos. Finalmente, entre las más destacadas modificaciones, se incorpora la extorsión, los delitos previstos en la ley N° 24.769 del régimen penal tributario y la trata de personas, como delitos respecto de los cuales preferentemente tiene competencia la UIF en cuanto al análisis, tratamiento y transmisión de información a los efectos de prevenir e impedir el delito de lavado de activos. 124 Siendo el objeto principal de dicha ley el impedir el lavado de activos, no atribuye la responsabilidad de controlar esas transacciones delictivas solo a los organismos del gobierno argentino sino que también asigna determinadas obligaciones a diversas entidades del sector privado tales como bancos, agentes de bolsa, sociedades de bolsa y compañías de seguro. Asimismo, la modificación a la ley N° 25.246 introdujo dentro de las categorías de sujetos obligados, entre otros, a las personas físicas o jurídicas que actúen como fiduciarios, en cualquier tipo de fideicomiso y las personas físicas o jurídicas titulares de o vinculadas, directa o indirectamente, con cuentas de fideicomisos, fiduciantes y fiduciarios en virtud de contratos de fideicomiso. Estas obligaciones consisten básicamente en funciones de captación de información, canalizadas mediante la UIF. La Resolución N° 121/2011 y la Resolución N° 1/2012 de la UIF (sus modificatorias y complementarias) son aquellas que establecen las medidas y procedimientos que las entidades financieras y cambiarias (entendidas como las entidades financieras sujetas al régimen de la ley N° 21.526, a las entidades sujetas al régimen de la ley N° 18.924, a las personas físicas o jurídicas autorizadas por el Banco Central para operar en la compraventa de divisas bajo forma de dinero o de cheques extendidos en divisas, o en la transmisión de fondos dentro y fuera del territorio nacional) deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo, en concordancia con las normas del Banco Central que requieren que las entidades financieras tomen ciertas precauciones mínimas para impedir el lavado de activos basándose en el conocimiento de la clientela para la apertura y mantenimiento de cuentas, prestando especial atención a su funcionamiento a fin de evitar que puedan ser utilizadas en relación con el lavado de activos. Entre otras obligaciones, estos sujetos obligados deberán reportar aquellas operaciones inusuales que, de acuerdo a la idoneidad exigible en función de la actividad que realizan y el análisis efectuado, consideren sospechosas de lavado de activos o financiación del terrorismo para lo que tendrán especialmente en cuenta las siguientes circunstancias que se describen a mero título enunciativo: (a) los montos, tipos, frecuencia y naturaleza de las operaciones que realicen los clientes que no guarden relación con los antecedentes y la actividad económica de ellos. (b) los montos inusualmente elevados, la complejidad y las modalidades no habituales de las operaciones que realicen los clientes. (c) cuando transacciones de similar naturaleza, cuantía, modalidad o simultaneidad, hagan presumir que se trata de una operación fraccionada a los efectos de evitar la aplicación de los procedimientos de detección y/o reporte de las operaciones. (d) ganancias o pérdidas continúas en operaciones realizadas repetidamente entre las mismas partes. (e) cuando los clientes se nieguen a proporcionar datos o documentos requeridos por las entidades o bien cuando se detecte que la información suministrada por los mismos se encuentre alterada. (f) cuando el cliente no da cumplimiento a la presente resolución u otras normas de aplicación en la materia. (g) cuando se presenten indicios sobre el origen, manejo o destino ilegal de los fondos utilizados en las operaciones, respecto de los cuales el sujeto obligado no cuente con una explicación. (h) cuando el cliente exhibe una inusual despreocupación respecto de los riesgos que asume y/o costos de las transacciones incompatible con el perfil económico del mismo. (i) cuando las operaciones involucren países o jurisdicciones considerados no cooperativos a los fines de la transparencia fiscal cooperativos por el Grupo de Acción Financiera Internacional. (j) cuando existiera el mismo domicilio en cabeza de distintas personas jurídicas o cuando las mismas personas físicas revistieren el carácter de autorizadas y/o apoderadas en diferentes personas de existencia ideal, y no existiere razón económica o legal para ello, teniendo especial consideración cuando alguna de las compañías u organizaciones estén ubicadas en paraísos fiscales (actualmente identificados como países “no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”, según el Decreto 589/2013) y su actividad principal sea la operatoria “off shore”. Se pone énfasis en la aplicación de la política “Conozca a su cliente” por la cual, antes de iniciar la relación comercial o contractual con los clientes, deben identificarlos, cumplir con lo dispuesto en la Resolución UIF Nº 11/11 y modificatorias, sobre Personas Expuestas Políticamente, verificar que no se encuentren incluidos en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas (Resolución N°29/2013) y solicitarles información sobre los productos a utilizar y los motivos de su elección y, en el caso de clientes habituales, deberán definir el perfil del cliente en base a la información y documentación proporcionada, a fin de establecer un monto anual estimado de operaciones, por año calendario, para cada cliente. En febrero de 2015 entró en vigencia la Comunicación “A” 5612 del BCRA, que establece la discontinuidad operativa (cese de la relación con el cliente) cuando no se pudiera dar cumplimiento a la identificación y conocimiento del mismo, conforme a lo previsto en la normativa vigente. Esta medida deberá materializarse dentro de los 150 días corridos de advertidas las circunstancias que la motivan. Sin embargo, cuando del análisis de la alerta se hubiese determinado que el hecho u operación bajo estudio hubiese merecido la calificación de 125 “sospechoso/a”, deberá procederse a la discontinuidad operativa del cliente dentro de los 30 días corridos contados a partir de tal calificación. Respecto de la detección de operaciones inusuales o sospechosas, cuando un sujeto obligado detecta una operación que considera inusual, deberá profundizar el análisis de dicha operación con el fin de obtener información adicional, dejando constancia y conservando documental respaldatoria y haciendo el reporte correspondiente en un plazo máximo de 30 días corridos contados desde que los hubieren calificado como sospechosa a las operaciones bajo análisis, el que se reduce a “sin demora alguna” y hasta un máximo de 48 horas en caso de que dicha operación esté relacionada con el financiamiento al terrorismo. Mediante el dictado de la Resolución N° 229/11, la UIF aprobó las medidas y procedimientos que en el mercado de capitales se deberán observar en relación con la prevención de la comisión de los delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo a ser observadas por dichos sujetos obligados, entre los que se encuentran, los sujetos indicados en el artículo 20 de la ley N° 25.246 y modificatorias, inciso 4) “los agentes y sociedades de bolsa, sociedades gerente de fondos comunes de inversión, agentes de mercado abierto electrónico, y todos aquellos intermediarios en la compra, alquiler o préstamo de títulos valores que operen bajo la órbita de bolsas de comercio con o sin mercados adheridos”; e inciso 5) “los agentes intermediarios inscriptos en los mercados, de futuros y opciones cualquiera sea su objeto”. Al igual que en las distintas resoluciones emitidas por la UIF para las distintas categorías de sujetos obligados, la resolución establece un listado de transacciones que si bien no constituyen por sí solas o por su sola efectivización o tentativa, operaciones sospechosas; constituyen una ejemplificación de transacciones que deberán especialmente tener en cuenta a los efectos de efectuar un reporte, si es que de acuerdo a la idoneidad exigible en función de la actividad que realizan y el análisis efectuado, lo consideren sospechosas de lavado de activos o financiación del terrorismo. Asimismo, los sujetos obligados listados en el artículo 20 de la Ley 26.683, deberán cumplir con otros recaudos adicionales, a saber: (a) elaborar un manual que contendrá los mecanismos para dar cumplimiento a la ley antilavado y las normas de la UIF; (b) designar un oficial de cumplimiento, que deberá ser un miembro del directorio y será responsable de velar por la observancia e implementación de los procedimientos y obligaciones establecidos por la normativa; (c) constituir un “comité de control y prevención del lavado de activos” para planificar, coordinar y velar por el cumplimiento de las políticas establecidas por el directorio de la entidad, (d) implementar auditorías periódicas e independientes del programa global antilavado; y (e) adoptar políticas de análisis de riesgo y elaborar un registro escrito del análisis y gestión de riesgos de las operaciones sospechosas reportadas; entre otros. Por su parte, las Normas de la CNV disponen que los sujetos participantes en la oferta pública de títulos valores (distintos de entidades emisoras), incluyendo, entre otros, a personas físicas o jurídicas que intervengan como agentes colocadores de toda emisión primaria de valores negociables, deberán cumplir con las normas establecidas por la UIF para el sector mercado de capitales. A fines de 2011, con la sanción de las leyes N° 26.733 y N° 26.734 se introdujeron nuevos delitos al Código Penal para proteger las actividades financieras y bursátiles e impedir la financiación del terrorismo. Por un lado, la Ley N° 26.733 estableció penas de prisión, multa e inhabilitación para quien: utilice o suministre información privilegiada para realizar transacciones de valores negociables (artículo 307); manipule los mercados bursátiles ofreciendo o realizando transacciones de valores negociables mediante noticias falsas, negociaciones fingidas o reunión de los principales tenedores a fin de negociar a determinado precio (artículo 308); y realice actividades financieras y bursátiles sin la correspondiente autorización (artículo 309). Por su parte, mediante la Ley N° 26.734 se incorporó al Código Penal el artículo 306 que sanciona con penas de prisión y multa a aquel que directa o indirectamente recolecte bienes o dinero con la intención de que se utilicen, o a sabiendas que van a ser utilizados para financiar a un delito, individuo u organización que aterrorice a la población u obligue a autoridades nacionales, extranjeras o de una organización internacional a realizar o abstenerse de realizar un determinado acto. Las penas se aplicarán independientemente de si el delito fuera cometido o el financiamiento utilizado. Igualmente será penado si el delito, individuo u organización que se pretende financiar se desarrolle o encuentre fuera de la Argentina. Asimismo, se facultó a la UIF para que pueda congelar los activos vinculados con la financiación del terrorismo mediante una resolución fundada y comunicación inmediata al juez competente. Por su parte, las Normas de la CNV disponen que a partir de la entrada en vigencia de la Ley Nº 26.831, se entenderá que dentro de los Sujetos Obligados en los términos de los incisos 4, 5 y 22 del artículo 20 de la Ley de Prevención del Lavado de Activos quedan comprendidos los Agentes de Negociación, los Agentes de 126 Liquidación y Compensación, los Agentes de Distribución y Colocación, y los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva. Tales Sujetos Obligados deberán cumplir con las normas establecidas por la UIF, los decretos del Poder Ejecutivo Nacional en referencia a las decisiones adoptadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en la Lucha contra el terrorismo y dar cumplimiento a las Resoluciones (con sus respectivos Anexos) dictadas por el ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto. Las citadas disposiciones también deberán ser observadas por los Agentes de custodia de productos de inversión colectiva (Sociedades Depositarias de Fondos Comunes de Inversión en los términos de la Ley Nº 24.083); los Agentes de corretaje; los Agentes de depósito colectivo; y las sociedades emisoras respecto de aquellos aportes de capital, aportes irrevocables a cuenta de futuras emisiones de acciones o préstamos significativos que reciba, sea que quien los efectúe tenga la calidad de accionista o no al momento de realizarlos, especialmente en lo referido a la identificación de dichas personas y al origen y licitud de los fondos aportados o prestados. Recientemente, mediante Decreto N° 360/2016, se creó el “Programa de Coordinación Nacional para el Combate del Lavado de Activos y la Financiación del Terrorismo”, en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación otorgándosele la función de reorganizar, coordinar y fortalecer el sistema nacional anti lavado de activos y contra la financiación del terrorismo, en atención a los riesgos concretos que puedan tener impacto en el territorio nacional y a las exigencias globales de mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales establecidas por las Convenciones de las Naciones Unidas y los estándares del Grupo de Acción Financiera (GAFI), las cuales serán llevadas a cabo a través de un Coordinador Nacional designado al efecto; y se modificó la normativa vigente estableciendo que sea el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación la autoridad central del Estado Nacional para realizar las funciones de coordinación interinstitucional de todos los organismos y entidades del sector público y privado con competencia en esta materia, reservando a la UIF la capacidad de realizar actividades de coordinación operativa en el orden nacional, provincial y municipal en lo estrictamente atinente a su competencia de organismo de información financiera. Para un análisis más exhaustivo del régimen de lavado de activos vigente al día de la fecha, se sugiere a los inversores consultar con sus asesores legales y dar una lectura completa del Título XIII, Libro segundo del Código Penal Argentino, y de la normativa emitida por la UIF, a cuyo efecto los interesados podrán consultar en el sitio web del Ministerio de Economía y Finanzas, en la sección Información Legislativa: http://www.infoleg.gov.ar, en el sitio web de la UIF www.uif.gob.ar y/o en el sitio web de la CNV www.cnv.gob.ar. Sistema de seguro de garantía sobre los depósitos La Ley N° 24.485, publicada el 18 de abril de 1995, y el Decreto N° 540/95 de la misma fecha crearon un Sistema de Seguro de Garantía de Depósitos Bancarios. Este es un sistema limitado, obligatorio y de valor pecuniario, destinado a proveer cobertura por los riesgos inherentes a los depósitos bancarios, como protección subsidiaria y suplementaria de la ofrecida por el sistema de privilegios y protección de depósitos bancarios, creado por la Ley de Entidades Financieras. La Ley determinó la creación de la compañía “Seguros de Depósitos Sociedad Anónima” (“SEDESA”) para administrar el Fondo de Garantía de Depósitos cuyos accionistas, según la enmienda introducida por Decreto N° 1292/96, serán el Banco Central, con una acción como mínimo, y un fideicomiso formado por las entidades financieras en las proporciones que determine el Banco Central para cada una, sobre la base de sus aportes al Fondo de Garantía de Depósitos. Este sistema de garantía no incluye: certificados de depósito transferibles cuya titularidad haya sido adquirida por vía de endoso; y depósitos adquiridos mediante la oferta de incentivos, incluidos los depósitos del programa El Libretón; los depósitos en los que se convengan tasas de interés superiores a las de referencia que son difundidas periódicamente por el BCRA. depósitos efectuados por otras entidades financieras, incluyendo certificados de depósitos adquiridos en el mercado secundario; 127 depósitos efectuados por personas directa o indirectamente relacionadas con la entidad financiera; certificados de depósitos de títulos, aceptaciones o garantías; otro depósito que para el futuro excluya la autoridad de aplicación. Poseemos una participación del 9,2771% en el capital de la compañía al 31 de diciembre de 2015. El monto cubierto por el sistema de garantía de depósitos es de Ps. 450.000 (Comunicación “A” 5943). En el caso de transacciones a nombre de dos o más personas, la garantía se prorratea entre los respectivos titulares. La garantía total por persona no puede exceder de Ps. 450.000 con prescindencia de la cantidad de cuentas y/o depósitos. Los depósitos por montos superiores a Ps. 450.000 también están incluidos en el sistema de garantía hasta el límite de Ps. 450.000. El Banco Central puede decidir en cualquier momento enmendar el monto cubierto por el sistema de garantía basado en la continua consolidación del sistema financiero argentino o en otros indicadores. El sistema de seguro argentino es financiado mediante aportes normales mensuales de todas las entidades financieras que operan en la Argentina. El mismo es equivalente al 0,015% del promedio mensual del saldo diario de depòsitos (Comunicación “A” 5943). Cuando los depósitos a plazo fijo en dólares estadounidenses del sector privado no financiero del país sean aplicados a la suscripción de LEBAC en dólares estadounidenses, el aporte normal será equivalente al 0,015%. Además las entidades deberán realizar un aporte adicional, el cual estará en función de la calificación asignada por el BCRA, el exceso registrado en la integración de la RPC respecto de la exigencia de capital mínimo y la calidad de cartera. Este aporte adicional no podrá exceder una vez el aporte normal. SEDESA podrá emitir títulos nominativos no endosables a ser ofrecidos a los depositantes como pago de la garantía de depósito cuando no hubiera fondos suficientes a ese efecto. Dichos títulos, cuyas condiciones serían establecidas de manera general por el Banco Central, debían ser aceptados por las entidades financieras para poder constituir depósitos. Ley de tarjetas de crédito N° 25.065 La Ley N° 25.065, sancionada en 1999, rige los diferentes aspectos del sistema de tarjetas de crédito, compra y débito. Fundamentalmente esta ley: (i) establece la obligación de firmar un contrato entre el banco y el titular de la tarjeta de crédito antes de que ésta sea emitida; (ii) fija un límite máximo al interés financiero cobrado sobre los saldos, que no puede exceder en más de 25% a la tasa aplicada para transacciones de crédito personal; (iii) fija un cargo máximo del 3% aplicable por los bancos a los establecimientos comerciales, y no tiene derecho a gravar a los establecimientos comerciales en la misma línea de actividad con diferentes tasas; y (iv) prohíbe proveer información a bases de datos de antecedentes financieros respecto a detalles de los titulares en situaciones de incumplimiento de pagos. La Ley N° 26.361, sancionada en 2008, enmendó el artículo 50 de la Ley N° 25.065, facultando a la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Economía y Producción, en aquellos aspectos derivados de su función como autoridad de aplicación, a emitir disposiciones reglamentarias y ejercer sus facultades de controlar, analizar y determinar su cumplimiento. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las provincias actuarán como autoridades locales de aplicación, con poderes que podrán delegar, si corresponde, en sus organismos dependientes o en las municipalidades. No obstante lo que antecede, la autoridad nacional de aplicación podrá actuar en forma concurrente, aun cuando las presuntas infracciones ocurrieran solamente dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en las provincias. El Banco Central, con la sanción de la Ley N° 25.065, es la autoridad de aplicación en materias concernientes a aspectos financieros no modificados a la fecha. Participaciones en otras sociedades Las siguientes son todas las participaciones que el Banco tiene en entidades no financieras, en las que el Banco posee más del 2% del capital al 31 de diciembre de 2015: 128 Inversión Coelsa S.A. (1) Interbanking S.A. (2) Argencontrol S.A. (3) Sedesa S.A. (2) Prisma Medios de Pagos S.A. (4) (1) (2) (3) (4) País Titularidad de Acciones % Argentina Argentina Argentina Argentina Argentina 8,64% 11,11% 7,77% 8,86% 10,48% Patrimonio Neto Total al 31 de marzo de 2014. Patrimonio Neto Total al 31 de diciembre de 2014. Patrimonio Neto Total al 31 de diciembre de 2013. Patrimonio Neto Total al 31 de mayo de 2015. 129 Actividad Principal Cámara compensadora Servicios Agente mandataria Seguros de depósitos Emisora de tarjeta de crédito Patrimonio Neto Total (en millones de pesos) 3,9 232,4 2,3 27,9 432,4 RESEÑA Y PERSPECTIVA OPERATIVA Y FINANCIERA Mediante la Comunicación “A” 3921 del BCRA y la Resolución General Nº 441/03 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), en cumplimiento de lo dispuesto por el Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional, se discontinuó la aplicación del método de reexpresión de estados contables en moneda homogénea a partir del 1 de marzo de 2003. Las normas contables profesionales argentinas requieren la aplicación de la Resolución Técnica N° 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.) (modificada por la Resolución Técnica Nº 19), que establece la reexpresión de los estados contables a moneda homogénea, en los casos en que se den ciertas características en el entorno económico del país, siendo una condición necesaria que la inflación acumulada a lo largo de tres años, medida sobre la base del Índice de precios internos al por mayor (IPIM) publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos alcance o sobrepase el 100%. Según la última información publicada por dicho organismo, la inflación acumulada entre el 31 de octubre de 2012 y el 31 de octubre de 2015, asciende a 66%. Por lo tanto, no se cumple dicha condición necesaria para la reexpresión a moneda homogénea de la información incluida en los estados contables. No obstante lo anterior, se debe tener presente que en caso de alcanzarse dicha condición se tornará obligatoria la reexpresión. El siguiente análisis se basa en información contenida en los estados contables consolidados para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 y debe leerse en conjunto con los mismos. Los mencionados estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables del Banco Central las cuales difieren, en algunos aspectos, respecto a las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina. Para una revisión de las diferencias entre las normas contables del Banco Central y las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina, véase la Nota 3 a los estados contables individuales del Banco y la Nota 2 a los estados contables consolidados correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015. Plan de Implementación para la convergencia hacia las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) El 31 de marzo de 2016 el Banco presentó, de acuerdo con las instrucciones establecidas por la Comunicación “A” 5844 y modificatorias del BCRA, los ajustes de reconocimiento y medición requeridos para la reconciliación de sus activos y pasivos con los que resultarían de aplicar las NIIF establecidas en los lineamientos de BCRA. El Directorio del Banco ha tomado conocimiento de dicho informe así como los avances registrados en su reunión de marzo 2016. Resultado de las operaciones por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 General No estamos legalmente obligados a reexpresar nuestros estados financieros en moneda homogénea mientras la inflación se mantenga debajo de ciertos límites. Sin embargo la inflación en la Argentina ha sido alta durante los períodos aquí descriptos (la inflación acumulada en el período octubre 2012 a octubre 2015 medida por el IPIM fue del 66% según la última información del INDEC) y por lo tanto la evolución de los rubros expuestos más abajo ha sido significativamente afectada por la inflación. Nuestra ganancia neta para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 ascendió a Ps. 3.784,5 millones (incluyendo una ganancia por operaciones discontinuas de Ps. 5,9 millones). Esta ganancia se debió principalmente a un aumento del 23,98% en el Margen Bruto de Intermediación; un aumento del 30,29% en Ingresos por Servicios y un incremento del 15,04% en Utilidades Diversas, parcialmente compensados por un aumento del 82,14% en Egresos por Servicios; un aumento del 17,62% en Gastos de Administración; un aumento del 22,73% en Impuesto a las Ganancias; un aumento del 56,35% en Pérdidas Diversas; un aumento del 10,85% en Cargo por Incobrabilidad y un aumento del 31,26% en el resultado por Participación Minoritaria en Subsidiarias. Nuestra ganancia neta para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 ascendió a Ps. 3.204,5 millones (incluyendo una pérdida por operaciones discontinuas de Ps. 3,7 millones). Esta ganancia se debió principalmente a un aumento del 52,66% en el Margen Bruto de Intermediación; un aumento del 35,46% en Ingresos por Servicios y un incremento del 46,95% en Utilidades Diversas, parcialmente compensados por un 130 aumento del 43,75% en Gastos de Administración; un aumento del 48,98% en Impuesto a las Ganancias; un aumento del 39,12% en Egresos por Servicios; un aumento del 26,78% en Cargo por Incobrabilidad; un aumento del 90,51% en el resultado por Participación Minoritaria en Subsidiarias y un aumento del 13,91% en Pérdidas Diversas. Ingresos financieros Nuestros Ingresos Financieros aumentaron 24,76% a Ps. 16.564,8 millones para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 (Ps. 16.560,8 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 4,0 millones a operaciones discontinuadas) de Ps. 13.277,0 millones para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 (Ps. 13.271,3 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 5,7 millones a operaciones discontinuadas) y aumentaron 61,06% de Ps. 8.243,4 millones para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 (Ps. 8.235,3 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 8,1 millones a operaciones discontinuadas). Los componentes de los Ingresos Financieros se exponen en el siguiente cuadro: Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Intereses por disponibilidades Intereses por préstamos al sector financiero Intereses por adelantos Intereses por préstamos con garantías reales Intereses por tarjetas de crédito Intereses por otros préstamos Resultado neto por títulos públicos y privados Intereses por otros créditos por intermediación financiera Ajustes por coeficiente de estabilización de referencia (CER) Otros Total — 323.153 2.195.640 1.271.787 2.817.236 4.724.343 3.556.527 246 188.906 1.486.941 — 350.991 2.058.145 1.041.982 1.971.800 4.008.317 1.689.065 3.839 307.143 1.845.717 54 282.006 1.263.611 765.576 995.086 2.998.569 352.223 40.771 133.323 1.412.190 16.564.779 13.276.999 8.243.409 El aumento en los Ingresos Financieros durante el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 se debió principalmente a un aumento en los ingresos netos por títulos públicos y privados (principalmente debido a la variación en la valuación de la cartera), interés por préstamos de tarjetas de crédito, interés sobre otros préstamos, interés por préstamos con garantías preferidas e interés por adelantos. Estos aumentos fueron parcialmente compensados por una disminución en otros ingresos financieros (los cuales incluyen intereses por arrendamientos financieros y diferencias de cotización, entre otros), indexación por coeficiente de estabilización de referencia (CER), interés por préstamos al sector financiero e interés por otros créditos por intermediación financiera. Esta variación reflejó un aumento en el volumen promedio de activos y, en menor medida, un aumento de la tasa de interés nominal de activos que devengan interés. El aumento en los Ingresos Financieros durante el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 se debió principalmente a un aumento en los ingresos netos por títulos públicos y privados, interés sobre otros préstamos, interés por préstamos de tarjetas de crédito, interés por adelantos, otros ingresos financieros, interés por préstamos con garantías preferidas, indexación por coeficiente de estabilización de referencia (CER) e interés por préstamos al sector financiero. Estos aumentos fueron parcialmente compensados por una disminución en interés por otros créditos por intermediación financiera. Esta variación reflejó un aumento en el volumen promedio de activos y un aumento de la tasa de interés nominal de activos que devengan interés. El CER es un índice que refleja la variación de la inflación en Argentina y es calculado en base a la variación diaria del Índice de Precios al Consumidor, el cual es determinado por el INDEC. La indexación por CER representa el reconocimiento de los ajustes para préstamos indexados por CER. Al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, el Banco mantiene Ps. 1.553,4 millones, Ps. 1.199,73 millones y Ps. 910,58 millones de activos ajustados por CER, que representan 1,40%, 1,61% y 1,56% del total de nuestros activos, respectivamente. Estos activos están compuestos principalmente por BOGAR 2020 y en menor medida por préstamos garantizados recibidos en los distintos canjes desde el 2001 en el contexto de la reestructuración de deuda soberana de la Argentina. 131 La siguiente tabla muestra los cambios en los ingresos financieros debido a aumentos o disminuciones en el volumen y aumentos o disminuciones en las tasas nominales de los activos promedio que devengan interés. Se excluyen de los mismos las diferencias de cambio y primas o ventas a término de moneda extranjera. 31 de diciembre de 2015 vs 31 de diciembre de 2014 Aumento (Disminución) Ingresos financieros debido a cambios en: los volúmenes de activos que devengan interés las tasas nominales promedio sobre activos que devengan interés los volúmenes y en las tasas nominales promedio de activos que devengan interés Cambio neto 31 de diciembre de 2014 vs 31 de diciembre de 2013 Aumento (Disminución) (en miles de pesos) 3.442.261 316.806 2.935.606 1.831.872 1.971 (4.051) 3.761.038 4.763.427 Egresos financieros Los Egresos Financieros aumentaron un 25,81% a Ps. 7.121,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 (los Ps. 7.121,0 millones corresponden a operaciones continuadas y nada a operaciones discontinuadas) de Ps. 5.660,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 (Ps. 5.662,6 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 2,5 millones (ganancia) a operaciones discontinuadas) y aumentaron un 73,95% de Ps. 3.253,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 (Ps. 3.256,8 millones corresponden a operaciones discontinuadas y Ps. 3,0 millones (ganancia) a operaciones discontinuadas). Los componentes de nuestros Egresos Financieros se reflejan en la siguiente tabla. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Intereses por depósitos en cajas de ahorro Intereses por depósitos en plazo fijo (1) Intereses por otras obligaciones por intermediación financiera Ajustes por coeficiente de estabilización y referencia (CER) Otros Total 22.682 5.162.162 484.009 61 1.452.087 18.695 4.165.969 443.200 155 1.032.100 14.772 2.373.222 171.607 104 694.105 7.121.001 5.660.119 3.253.810 (1) Incluye intereses de “CEDROS”. El incremento en los Egresos Financieros durante el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2015 se debió principalmente a un incremento en los intereses por depósitos a plazo fijo, otros egresos financieros, intereses por otras obligaciones por intermediación financiera e intereses por depósitos en cajas de ahorro. La variación en los egresos financieros refleja el incremento en el volumen promedio de pasivos que devengan interés parcialmente compensado por una disminución en la tasa nominal promedio de los pasivos que devengan interés. El incremento en los Egresos Financieros durante el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2014 se debió principalmente a un incremento en los intereses por depósitos a plazo fijo, otros egresos financieros, intereses por otras obligaciones por intermediación financiera e intereses por depósitos en cajas de ahorro. La variación en los egresos financieros refleja el incremento en el volumen y la tasa nominal promedio de los pasivos que devengan interés. Los Impuestos sobre los Ingresos Financieros y los Aportes al Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos, incluidos en Egresos Financieros - Otros, ascendieron a Ps. 1.311,8 millones, Ps. 924,1 millones y Ps. 577,2 millones al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente. Los aportes al Sistema de Seguro de Garantía de los Depósitos del Banco aumentaron durante los ejercicios 2015, 2014 y 2013 debido al incremento en el volumen de los depósitos en plazo fijo, cajas de ahorro y cuentas corrientes. La siguiente tabla muestra los cambios en los Egresos Financieros debido a aumentos en los volúmenes de las tasas nominales de pasivos que pagan interés. Dichos Egresos Financieros excluyen diferencias de cotización y primas por compras a término de moneda extranjera, contribuciones al Fondo de Garantía de los Depósitos de la Argentina, aportes obligatorios e impuestos sobre la ganancia de intereses. 132 31 de diciembre de 2015 vs 31 de diciembre de 2014 Aumento (Disminución) Egresos financieros debido a cambio en: los volúmenes de pasivos que devengan interés las tasas nominales promedio sobre pasivos que devengan interés los volúmenes y en las tasas nominales promedio de pasivos que devengan interés Cambio neto 31 de diciembre de 2014 vs 31 de diciembre de 2013 Aumento (Disminución) (en miles de pesos) 1.087.789 (14.411) 1.178.638 876.863 (273) (1.097) 1.073.105 2.054.404 Margen bruto de intermediación Nuestro Margen Bruto de Intermediación (definido como Ingresos Financieros menos Egresos Financieros) de Ps. 9.443,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 (Ps. 9.439,8 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 4,0 millones a operaciones discontinuadas) representó un incremento del 23,98% sobre nuestro Margen Bruto por Intermediación de Ps. 7.616,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 (Ps. 7.608,7 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 8,2 millones a operaciones discontinuadas), lo que a su vez representó un aumento del 52,66% sobre nuestro Margen Bruto de Intermediación de Ps. 4.989,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 (Ps. 4.978,4 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 11,2 millones a operaciones discontinuadas). En el cuadro siguiente se muestran los cambios en el Margen Bruto de Intermediación: 31 de diciembre de 2015 vs 31 de diciembre de 2014 Aumento (Disminución) Margen bruto de intermediación debido a cambios en: los volúmenes de activos y pasivos que devengan interés las tasas nominales promedios sobre activos y pasivos que devengan interés los volúmenes y en las tasas nominales promedio de activos y pasivos que devengan interés Cambio neto 31 de diciembre de 2014 vs 31 de diciembre de 2013 Aumento (Disminución) (en miles de pesos) 2.354.472 331.217 1.756.968 955.009 2.244 (2.954) 2.687.933 2.709.023 El incremento en el Margen Bruto de Intermediación en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 se debió principalmente a un aumento en el volumen de los activos que devengan interés y de los pasivos que pagan intereses y un aumento de las tasas nominales promedio de activos que devengan interés y pasivos que pagan interés. El incremento en el Margen Bruto de Intermediación en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 se debió principalmente a un aumento en el volumen de pasivos que pagan intereses y activos que devengan interés y un aumento de las tasas nominales promedio de pasivos que pagan interés y activos que devengan interés. Ver “Información Clave sobre la Emisora – Balances promedio, interés ganado sobre activos que devengan interés e interés pagado sobre pasivos que devengan interés” y “Activos que devengan interés: margen de interés neto y spread.” Cargo por incobrabilidad El cargo por incobrabilidad totalizó Ps. 637,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015, un 10,85% de incremento sobre los Ps. 574,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, lo cual representa un aumento del 26,78% sobre los Ps. 453,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. El incremento durante el 2014 estuvo vinculado con las condiciones macroeconómicas imperantes en Argentina en dicho año. Durante el 2014 el sistema financiero mostró signos de deterioro como consecuencia del incremento de la inflación y la consecuente pérdida del poder adquisitivo de los salarios, no pudiendo el crecimiento de la inversión atenuar el incremento del ratio de mora ni el incremento en las pérdidas esperadas. El 133 ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 también mostró un lento crecimiento de la economía real. Durante 2015, el sistema financiero continuó mostrando signos de deterioro a consecuencia de la inflación creciente. El ajuste en los salarios y la baja en el índice de desempleo permitieron mantener el poder adquisitivo y provocar una atenuación en el ratio de mora y de pérdida esperada. Nuestra cartera de préstamos irregulares ascendió a Ps. 370,0 millones al 31 de diciembre de 2015, representando una disminución del 11,54% sobre los Ps. 418,3 millones al 31 de diciembre de 2014, que a su vez representó un aumento del 47,15% sobre los Ps. 284,3 millones al 31 de diciembre de 2013. El ratio de la cartera irregular disminuyó a 0,64% al 31 de diciembre de 2015 de 0,99% al 31 de diciembre de 2014, que se incrementó de 0,76% al 31 de diciembre de 2013. El gráfico siguiente muestra como durante el ejercicio 2015 la pérdida esperada se redujo dentro de la cartera de préstamos. Pérdida esperada - Total - 2013 / 2015 0,80% 0,70% 0,60% 0,50% 0,40% 0,30% 0,20% 0,10% 0,00% Nuestra Dirección estima que nuestra previsión para incobrables es adecuada para cubrir los riesgos conocidos de nuestra cartera y aquellos riesgos inherentes a la misma. Para un análisis de nuestra política respecto al establecimiento de nuestra previsión por riesgo de incobrabilidad, véase “Información Clave sobre la Emisora— Información Estadística Seleccionada—Política Crediticia—Análisis de previsión por riesgo de incobrabilidad de préstamos”. Ingresos por servicios Los Ingresos por Servicios ascendieron a Ps. 6.095,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015, Ps. 4.678,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y Ps. 3.453,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. El importe del ejercicio 2015 representó un aumento del 30,29% sobre el monto registrado en el ejercicio 2014. El importe del ejercicio 2014 representó un crecimiento del 35,46% sobre el importe registrado en el ejercicio 2013. La siguiente tabla muestra el detalle de nuestros ingresos por servicios por categoría: Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Ingresos por servicios relacionados con depósitos 1.449.124 134 1.091.760 818.194 Por operaciones de tarjetas de crédito Comisiones de comercio exterior Comisiones relacionadas con préstamos Comisiones por administración de fondos Comisiones por operaciones de mercado de capitales títulos valores Alquiler de cajas de seguridad Comisiones relacionadas con garantías Comisiones por operaciones de seguros Otros Total 2.212.857 184.879 703.894 172.645 64.915 188.826 3.933 591.248 523.515 1.630.972 151.837 536.390 140.381 58.114 148.482 862 513.512 406.223 1.175.530 102.108 458.871 57.617 46.928 110.934 1.475 345.889 336.304 6.095.836 4.678.533 3.453.850 Los ingresos por servicios relacionados con las cuentas de depósito comprenden principalmente comisiones por mantenimiento de cuentas corrientes y de cajas de ahorro y por transacciones en cuentas corrientes. Estos cargos aumentaron un 33,44% de Ps. 818,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 1.091,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron 32,73% a Ps. 1449,1 millones al 31 de diciembre de 2015. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 se debieron principalmente a aumentos en el número y volumen de transacciones de dichas cuentas. Al 31 de diciembre de 2015 teníamos 3.497.464 de tales cuentas contra 2.900.506 al 31 de diciembre de 2014 y 2.658.673 al 31 de diciembre de 2013. Los ingresos por operaciones de tarjetas de crédito, que incluye comisiones al cliente, comisiones a minoristas adheridos, comisiones a empresas y comisiones por penalización, aumentaron un 35,68% a Ps. 2.212,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 1.631,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 que a su vez aumentó 38,74% de Ps. 1.175,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. El aumento en el ejercicio 2015 se debió principalmente a incrementos en la actividad y uso de tarjetas de crédito. El aumento en el ejercicio 2014 se debió principalmente a incrementos en la actividad de tarjetas de crédito. Al 31 de diciembre de 2015, el total de tarjetas de crédito emitidas ascendió a 2.920.750 comparado con 2.523.540 al 31 de diciembre de 2014 y 2.648.187 al 31 de diciembre de 2013. Otras comisiones relacionadas con comercio exterior aumentaron un 48,70% de Ps. 102,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 151,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron un 21,76% a Ps. 184,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015. El aumento en los ejercicios 2015 y 2014 se debieron principalmente a un aumento en las comisiones por esta actividad. Las comisiones relacionadas con créditos aumentaron un 16,89% de Ps. 458,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 536,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y a su vez se incrementaron un 31,23% a Ps. 703,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015. Estos aumentos se debieron principalmente al incremento en el otorgamiento de nuevos préstamos por parte del Banco y nuestra subsidiaria PSA Finance para la compra de automotores nuevos y usados. Las comisiones por administración de fondos aumentaron un 143,65% de Ps. 57,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 140,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron un 22,98% a Ps. 172,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015, debido principalmente a un aumento en el volumen de títulos negociados por el Banco y su subsidiaria BBVA Francés Asset Management. Las comisiones por actividades del mercado de capitales y títulos valores representan principalmente honorarios por suscripción y colocación de obligaciones negociables, instrumentos de crédito y títulos de capital. También reflejan comisiones por negocios de asesoramiento corporativo del Banco, pero excluyen las ganancias por negociación de Títulos Públicos. Las ganancias o pérdidas por intermediación se incluyen en “Ingresos Financieros” o “Egresos Financieros”, respectivamente, bajo “Ganancia/(Pérdida) Neta de Títulos Públicos y Privados”. Finalmente, las comisiones por actividades del mercado de capitales y títulos valores también incluyen comisiones por intermediación percibidas por BBVA Francés Valores, la subsidiaria de BBVA Francés para el corretaje de títulos, pero no incluye una ganancia similar percibida por el propio Banco, la cual queda registrada en “Ingresos Financieros” bajo el rubro “Ingresos Netos por Títulos Públicos y Privados”. Los ingresos por actividades del mercado de capitales y títulos valores aumentaron un 23,84% de Ps. 46,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 58,1 millones en el ejercicio finalizado el 31 de 135 diciembre de 2014 y aumentaron 11,70% a Ps. 64,9 millones en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015, principalmente debido a un aumento en la negociación de títulos. El alquiler de cajas de seguridad aumentó 33,85% de Ps. 110,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 148,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentó 27,17% a Ps. 188,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015. Estos aumentos se debieron principalmente a incrementos en los precios del servicio. Las comisiones relacionadas con garantías disminuyeron 41,56% de Ps. 1,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 0,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron a Ps. 3,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015. Las variaciones de este rubro reflejan la actividad en esta línea de productos. Las comisiones relacionadas con actividades de seguros aumentaron 48,46% de Ps. 345,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 513,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron 15,14% a Ps. 591,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015. Este rubro refleja las mayores comisiones registradas con motivo de la venta de seguros para operaciones de leasing. Otros Ingresos por Servicios se incrementaron un 20,79% de Ps. 336,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 406,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron un 28,87% a Ps. 523,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015, debido principalmente al incremento de las comisiones por uso de cajeros automáticos. Egresos por servicios Los Egresos por Servicios, que comprenden comisiones relacionadas con tarjetas de crédito y débito e impuestos sobre Ingresos por Servicios, aumentaron un 82,14% a Ps. 2.420,8 millones al 31 de diciembre de 2015 de Ps. 1.329,1 millones al 31 de diciembre de 2014 los cuales habían aumentado un 39,12% de Ps. 955,3 millones al 31 de diciembre de 2013, principalmente como consecuencia del aumento en comisiones pagadas por promociones con tarjetas de crédito como así también a reclasificaciones internas desde este rubro a Gastos de administración durante el 2015. Gastos de administración Los Gastos de Administración aumentaron 17,62% a Ps. 6.595,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 (Ps. 6.588,2 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 6,9 millones a operaciones discontinuadas) de Ps. 5.607,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 (Ps. 5.594,2 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 12,9 millones a operaciones continuadas), los cuales a su vez aumentaron 43,75% de Ps. 3.900,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 (Ps. 3.882,0 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 18,5 millones a operaciones discontinuadas). Los Gastos de Administración aumentaron en el ejercicio 2015 debido principalmente a aumentos en gastos en personal, otros gastos de administración, impuestos, transporte de documentación, alquileres, amortización de bienes de uso del Banco, cargos y servicios administrativos externos, propaganda y publicidad, servicio al personal, mantenimiento y reparaciones, electricidad y comunicaciones, amortización de gastos de organización y desarrollo y gastos de viajes y desarrollo, parcialmente compensado por una disminución en gastos de publicidad y emisión de tarjetas de crédito. Los componentes de los gastos de administración del Banco se detallan en el siguiente cuadro: Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 2013 (en miles de pesos) 136 2012 Gastos en personal Honorarios y servicios administrativos contratados Impuestos Electricidad y comunicaciones Amortización de bienes de uso Gastos de emisión y publicidad de tarjetas de crédito Transporte de documentación Propaganda y publicidad (excluyendo publicidad de tarjetas de crédito) Mantenimiento y reparaciones Gastos de representación Servicios al personal Amortización de gastos de organización y desarrollo Alquileres Otros Total 3.369.635 347.676 676.650 107.760 199.367 42.859 172.768 214.768 276.867 41.208 110.070 66.809 268.332 700.377 2.762.315 303.122 493.738 94.210 139.236 373.072 102.062 190.289 258.961 34.365 86.815 58.355 205.005 505.552 1.896.881 152.213 332.441 66.023 100.766 268.221 61.254 146.868 183.157 26.359 62.707 48.997 159.786 394.796 6.595.146 5.607.097 3.900.469 El rubro más importante de los Gastos de Administración en cada uno de estos años fue Gastos en Personal, que aumentó 21,99% a Ps. 3.369,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 2.762,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, el cual a su vez aumentó un 45,62% de Ps. 1.896,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013, principalmente como resultado de aumentos en salarios (incluyendo nómina salarial, indemnizaciones y bonificaciones) los cuales varían anualmente en función de las negociaciones entre la cámara empresaria que reúne a las entidades financieras por un lado y los sindicatos por el otro y están vinculadas a la inflación. La cantidad de nuestros empleados a tiempo completo aumentó de 5.222 en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a 5.437 en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 en el que a su vez aumentó a 5.784 para el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 (lo que no incluye a 11 empleados de subsidiarias no bancarias al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente). Los otros gastos de administración aumentaron 38,54% a Ps. 700,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 505,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los que a su vez se incrementaron 28,05% de Ps. 394,8 millones al 31 de diciembre de 2013. El aumento en los ejercicios 2015 y 2014 se debió principalmente a aumentos relacionados con el costo de los servicios de seguridad. Los Impuestos, excluyendo el Impuesto a las Ganancias, aumentaron 37,05% a Ps. 676,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 493,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez aumentaron 48,52% de Ps. 332,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. El incremento en los ejercicios 2015 y 2014 se debió principalmente al incremento en la actividad y, en el caso del ejercicio 2014, también debido al cambio en las tasas de ciertos servicios. El transporte de documentación aumentó 69,28% a Ps. 172,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 102,1 millones al 31 de diciembre de 2014 que a su vez aumentaron 66,62% de Ps. 61,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 se debieron principalmente a aumentos en el costo del servicio. Los gastos de alquileres aumentaron un 30,89% a Ps. 268,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 205,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez se incrementaron 28,30% de Ps. 159,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 se debieron principalmente a mayores costos de alquileres. Al 31 de diciembre de 2015 y 2014 nuestra red de sucursales contaba con 251 sucursales, de las cuales 112 estaban ubicadas en locales propios y 139 en locales alquilados. Mientras que al 31 de diciembre de 2013 nuestra red de sucursales contaba con 245 sucursales, de las cuales 111 estaban ubicadas en locales propios y 134 en locales alquilados. Las amortizaciones de bienes de uso del Banco aumentaron un 43,19% a Ps. 199,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 139,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, lo cual a su vez aumentó 38,18% de Ps. 100,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 fueron resultado de aumentos en las adquisiciones de bienes de uso del Banco. 137 Los honorarios y servicios administrativos contratados aumentaron un 14,70% a Ps. 347,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 303,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez aumentaron 99,14% de Ps. 152,2 millones al 31 de diciembre de 2013. Las variaciones en este rubro durante los ejercicios 2015 y 2014 se relacionan con el costo de los servicios y con fluctuaciones en el costo de contratación de servicios externos. Los gastos de propaganda y publicidad aumentaron un 12,86% a Ps. 214,8 millones al 31 de diciembre de 2015 de Ps. 190,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron 29,56% de Ps. 146,9 millones al 31 de diciembre de 2013. Las variaciones en este rubro se debieron principalmente a un aumento en el patrocinio del fútbol durante los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2015 y 2014. Los gastos en servicios al personal aumentaron un 26,79% a Ps. 110,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 86,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez aumentaron un 38,45% de Ps. 62,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. El incremento en el 2015 y 2014 reflejan las gratificaciones por beneficios adicionales al personal del Banco, como aquellos relacionados con preescolaridad y alquiler de viviendas. Los gastos de mantenimiento y reparaciones aumentaron un 6,91% a Ps. 276,9 millones en el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2015 de Ps. 259,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 y aumentaron 41,39% de Ps. 183,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 se debieron principalmente a mayores costos de los trabajos de mantenimiento y reparaciones. Los gastos en electricidad y comunicaciones aumentaron un 14,38% a Ps. 107,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 94,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez se incrementaron un 42,69% de Ps. 66,0 millones al 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 se debieron principalmente a una mayor actividad y los costos de los servicios. Las amortizaciones de gastos de organización y desarrollo aumentaron un 14,49% a Ps. 66,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 58,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales aumentaron 19,10% de Ps. 49,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en los ejercicios 2015 y 2014 fueron resultado de aumentos de este tipo de activos del Banco. Los gastos de representación aumentaron un 19,91% a Ps. 41,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre 2015 de Ps. 34,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez aumentaron 30,37% de Ps. 26,3 millones al 31 de diciembre de 2013. Los aumentos en 2015 y 2014 se debieron a un incremento en viajes y comisiones al exterior. Los gastos de emisión y publicidad de tarjetas de crédito disminuyeron un 88,51% a Ps. 42,9 millones al 31 de diciembre de 2015 de Ps. 373,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014, los cuales a su vez aumentaron un 39,09% de Ps. 268,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013. La disminución en el ejercicio 2015 se debió a reclasificaciones internas desde el rubro Egresos por servicios a Gastos de administración. El aumento en el ejercicio 2014 se debió principalmente a gastos relacionadas con tarjetas de débito y crédito. Utilidades diversas El rubro Utilidades Diversas aumentó 15,04% a Ps. 611,2 millones al 31 de diciembre de 2015 (Ps. 596,7 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 14,5 millones a operaciones discontinuadas) de Ps. 531,3 millones al 31 de diciembre de 2014 que a su vez se incrementó 46,95% de Ps. 361,5 millones al 31 de diciembre de 2013 (Ps. 354,4 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 7,1 millones a operaciones discontinuadas). El incremento en el ejercicio 2015 se debió principalmente a un aumento del 82,56% en otras utilidades diversas (las cuales incluyen principalmente recupero de previsiones); un incremento del 7,56% en créditos recuperados y previsiones desafectadas; un incremento del 8,53% en ajustes e intereses por créditos diversos; un incremento del 18,68% en intereses punitorios y un aumento del 5,02% en los alquileres, parcialmente compensado por una disminución del 19,05% en el resultado por impuesto diferido (compensando por un cargo del mismo importe en el rubro Cargo por incobrabilidad de créditos diversos y por otras previsiones, bajo el rubro Pérdidas diversas); 138 una baja del 0,33% en el resultado por participaciones permanentes y un descenso del 36,89% en la utilidad por venta de bienes de uso y diversos. El incremento en el ejercicio 2014 se debió principalmente a un aumento del 99,93% en el resultado por participaciones permanentes; un incremento del 61,87% en ajustes e intereses por créditos diversos; un aumento del 22,45% en otras utilidades diversas; un incremento del 81,55% en intereses punitorios; un aumento en el resultado por impuesto diferido de Ps. 25,8 millones (pérdida) en el ejercicio 2013 a Ps. 8,4 millones (ganancia) en el ejercicio 2014; un incremento del 3,64% en créditos recuperados y previsiones desafectadas; un aumento del 65,44% en los alquileres y un 111,95% de incremento en la utilidad por venta de bienes de uso y diversos. Pérdidas diversas El rubro Pérdidas Diversas aumentó un 56,35% a Ps. 526,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 de Ps. 337,0 millones al 31 de diciembre de 2014 (Ps. 335,7 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 1,3 millones a operaciones discontinuadas) y aumentó un 13,91% de Ps. 295,8 millones al 31 de diciembre de 2013 (Ps. 295,7 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 0,1 millones a operaciones discontinuadas). El incremento en el ejercicio 2015 se debió principalmente a un aumento del 49,04% en cargos por incobrabilidad de otros créditos y otras previsiones (de Ps. 236,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 a Ps. 353,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015), debido al incremento en las previsiones por demandas laborales; un aumento en otras pérdidas diversas (de Ps. 57,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 a Ps. 123,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015); un aumento del 91,80% en siniestros (de Ps. 10,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 a Ps. 19,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015); un incremento del 37,41% en donaciones (de Ps. 16,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 a Ps. 22,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015) y un aumento del 69,11% en depreciación de bienes diversos (de Ps. 0,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 a Ps. 1,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015). Estos incrementos fueron parcialmente compensados por una disminución del 57,31% en amortización de diferencias por resoluciones judiciales (de Ps. 15,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 a Ps. 6,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015). El incremento en el ejercicio 2014 se debió principalmente a un aumento del 42,42% en cargos por incobrabilidad de otros créditos y otras previsiones (de Ps. 166,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 236,8 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014), debido principalmente al incremento en las previsiones por otras contingencias; un incremento del 18,88% en donaciones (de Ps. 13,6 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 16,2 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014); un aumento del 12,07% en siniestros (de Ps. 9,0 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 10,1 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014) y un aumento del 134,43% en depreciación de bienes diversos (de Ps. 0,4 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 0,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014). Estos incrementos fueron parcialmente compensados por una disminución del 61,71% en amortización de diferencias por resoluciones judiciales (de Ps. 40,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 15,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014) y una disminución del 13,06% en otras pérdidas diversas (de Ps. 65,9 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 a Ps. 57,3 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014) debido principalmente a la contabilización del impuesto diferido compensado por un mismo importe registrado en créditos recuperados y previsiones desafectadas del rubro Utilidades Diversas. Impuesto a las ganancias El gasto por Impuesto a las Ganancias ascendió a Ps. 2.050,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2015 (Ps. 2.049,9 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 0,6 millones a operaciones discontinuadas), representando un incremento del 22,73% de los Ps. 1.670,7 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2014 (Ps. 1.670,0 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 0,7 millones a operaciones discontinuadas), el cual representó un incremento del 48,98% de los Ps. 1.121,5 millones en el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2013 (Ps. 1.120,5 millones corresponden a operaciones continuadas y Ps. 1,0 millón a operaciones discontinuadas). El incremento en el ejercicio fiscal 2015 fue producto básicamente de 139 un mayor resultado antes de impuestos y de diferencias entre la valuación contable e impositiva de los bonos. El incremento en el ejercicio fiscal 2014 fue producto básicamente de un mayor resultado antes de impuestos. El cuadro siguiente muestra, para cada uno de los últimos tres ejercicios, el resultado antes del impuesto a las ganancias, el gasto por impuesto a las ganancias que hubiere sido pagado a la tasa impositiva vigente, los diversos ajustes, y el gasto real registrado por impuesto a las ganancias. Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 2014 2013 (en miles de pesos) Resultado neto antes del impuesto a las ganancias y participaciones de terceros Tasa impositiva vigente Impuesto a las ganancias (a la tasa impositiva vigente) Impuesto diferido Ganancias Exentas Previsiones sobre impuesto diferido Otros Resultado impositivo - Pérdida Resultado impositivo neto - Pérdida Impuesto a las ganancias corriente Impuesto a las ganancias diferido (1) 5.971.028 35% 2.089.860 4.397 (64.304) (5.926) 26.443 4.978.883 35% 1.742.609 (1.415) (94.029) 1.415 22.144 3.200.118 35% 1.120.041 9.030 (94.999) (9.030) 96.418 2.050.470 1.670.724 1.121.460 2.050.470 (2.050.470) — 1.670.724 (1.670.724) 1.121.460 (1.121.460) — — (1) Incluido en utilidades diversas e impuestos a las ganancias. Nuestra tasa impositiva efectiva difiere significativamente de la tasa impositiva vigente. La diferencia entre la tasa impositiva vigente y la tasa efectiva se debe principalmente a los siguientes factores. Primero, el resultado por participaciones es no computable a los efectos del cálculo del impuesto. Por otro parte, el resultado por las sucursales radicadas en Tierra del Fuego como también los intereses de los préstamos garantizados están exentos. Segundo, la tasa impositiva efectiva se encuentra afectada por el diferente tratamiento de la previsión por riesgo de incobrabilidad a los fines financieros e impositivos. Además, las previsiones efectuadas sobre la cartera de préstamos públicos son no deducibles de impuestos. Finalmente, los títulos públicos son en general valuados a los fines impositivos a sus valores de mercado, con ganancias y pérdidas no realizadas incluidas en la ganancia imponible, aun cuando dichos títulos a los efectos contables se valúen al costo más rendimiento. Participaciones de terceros en subsidiarias Los resultados por participaciones minoritarias ascendieron a Ps. 136,1 millones, Ps. 103,7 millones y Ps. 54,4 millones para los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente. Estos cambios se debieron principalmente a variaciones en la ganancia neta de PSA Compañía Financiera (por el cual poseemos una participación del 50%) y Consolidar AFJP (en liquidación) (por el cual poseemos una participación del 53,89%). Situación patrimonial por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015 y 2014 Activo total Al 31 de diciembre de 2015 los activos totales ascendían a Ps. 110.736,2 millones, lo cual representaba un aumento del 49,06% de los Ps. 74.288,9 millones al 31 de diciembre de 2014. El aumento se debió principalmente a una incremento del 122,69% en disponibilidades (de Ps. 12.560,1 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 27.970,3 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 36,49% en préstamos neto de previsiones (de Ps. 41.442,8 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 56.563,3 millones al 31 de diciembre de 2015); un incremento del 23,97% en títulos públicos y privados (de Ps. 11.633,5 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 14.422,2 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 42,74% en otros créditos por intermediación financiera (de Ps. 2.612,4 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 3.728,9 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 73,21% en créditos diversos (de Ps. 1.372,4 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 2.377,1 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 31,48% en otros activos (de Ps. 1.188,0 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 1.561,9 millones al 31 de diciembre de 2015); un 140 aumento del 16,12% en créditos por arrendamientos financieros (de Ps. 2.073,2 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 2.407,5 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 19,08% en bienes de uso (de Ps. 929,8 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 1.107,2 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 63,72% en activos intangibles (de Ps. 144,7 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 236,9 millones al 31 de diciembre de 2015) y un aumento del 9,41% en participaciones en otras sociedades (de Ps. 323,0 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 353,4 millones al 31 de diciembre de 2015). Estos incrementos fueron parcialmente compensados por una disminución del 10,46% en partidas pendientes de imputación (de Ps. 8,6 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 7,7 millones al 31 de diciembre de 2015) y una disminución de Ps. 0,5 millones en otros activos de subsidiarias. Pasivo total y patrimonio neto Al 31 de diciembre de 2015, los pasivos totales y participaciones de terceros en subsidiarias ascendían a Ps. 97.019,8 millones, lo cual representa un aumento del 51,70% sobre los Ps. 63.957,0 millones al 31 de diciembre de 2014. El aumento se debió principalmente a un incremento del 49,42% en los depósitos (de Ps. 51.442,9 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 76.864,5 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 74,44% en otras obligaciones por intermediación financiera (de Ps. 8.617,5 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 15.032,0 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 33,72% en obligaciones diversas (de Ps. 2.771,8 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 3.706,6 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 26,15% en previsiones (de Ps. 818,1 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 1.032,0 millones al 31 de diciembre de 2015); un aumento del 22,49% en participaciones de terceros (de Ps. 276,1 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 338,1 millones al 31 de diciembre de 2015) y un aumento del 53,66% en partidas pendientes de imputación (de Ps. 30,3 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 46,5 millones al 31 de diciembre de 2015). Estos incrementos se vieron compensados por un descenso de Ps. 0,3 millones en otros pasivos de subsidiarias al 31 de diciembre de 2015. El patrimonio neto aumentó un 32,76% de Ps. 10.331,9 millones al 31 de diciembre de 2014 a Ps. 13.716,4 millones al 31 de diciembre de 2015. El aumento reflejó la ganancia neta del ejercicio (Ps. 3.784,5 millones) como así también la distribución de dividendos en efectivo (Ps. 400,0 millones). Asimismo el Banco incrementó sus reservas legal y facultativa por Ps. 640,9 millones y Ps. 2.163,6 millones, respectivamente, ambos con contrapartida en resultados no asignados. Cambios significativos en la condición financiera Las disponibilidades mostraron un crecimiento significativo durante el 2015 debido principalmente al incremento de los saldos en cuentas corrientes en pesos y moneda extranjera mantenidos en el BCRA. La cartera de préstamos al sector privado totalizó Ps. 55.859,3 millones al 31 de diciembre de 2015, representando un incremento del 35,58% comparado con los doce meses anteriores. Los préstamos al consumo registraron un fuerte crecimiento de su portfolio en un 42,4%. Este incremento fue producto principalmente de un crecimiento del 59,8% en tarjetas de crédito seguido por un alza del 23,6% en préstamos prendarios y un 20,6% en préstamos personales. Los préstamos comerciales crecieron un 29,3% debido principalmente a la performance de los préstamos destinados a las pequeñas y medianas empresas. La buena performance de los préstamos a las pequeñas y medianas empresas fue el resultado de la implementación, por parte del gobierno, de la “Línea de créditos para la inversión productiva”, lo que nos permitió comercializar mayores financiaciones a través de préstamos y leasing. Esta línea de préstamos establece que ciertas instituciones financieras asignen el 7,50% de sus depósitos para financiar ciertos proyectos de inversión a MiPyMES a una tasa anual del 19% por el primer tramo del 2015 y del 18% por el segundo tramo del 2015 por un plazo mínimo de 36 meses. Los títulos públicos y privados se incrementaron en el 2015 debido principalmente al incremento de la tenencia de instrumentos emitidos por el BCRA con motivo de la política de liquidez implementada por el Banco. La política de liquidez del Banco requiere que mantengamos un porcentaje mínimo de los depósitos en activos líquidos, entre otros y particularmente, LEBAC. Entre el 2011 y el 2013 los créditos crecieron a un ritmo superior a los depósitos. Este escenario, sin embargo, cambió en el 2014 cuando los depósitos comenzaron a crecer en niveles superiores a los créditos debido al incremento de las tasas de interés por parte del BCRA con el objetivo de mantener el tipo de cambio. En línea con la política del Banco descripta anteriormente, el Banco invierte el excedente de efectivo en LEBAC en pesos a corto plazo (con un plazo promedio de 5 meses). 141 Nuestros depósitos crecieron durante el 2015 en línea con el crecimiento mostrado por el sistema financiero argentino. Tanto los depósitos en plazo fijo, cajas de ahorro y cuentas corrientes registraron un crecimiento significativo durante el año 2015, del 61,60%, 49,71% y 24,45%, respectivamente. Los depósitos en pesos se incrementaron un 39,93% en los últimos doce meses y aquellos en moneda extranjera lo hicieron un 128,89% en el mismo período. Otros créditos por intermediación financiera también registraron un incremento en el 2015 debido principalmente a la especies a cobrar por ventas contado a liquidar y a término, particularmente por la compra de moneda extranjera pendiente de liquidación. Este tipo de transacciones son llevadas a cabo diariamente y por un período de tiempo muy corto (1 a 5 días). Otras obligaciones por intermediación financiera se incrementaron en el último año debido principalmente a los saldos a pagar por operaciones con tarjetas de crédito. Liquidez y recursos de capital Administración de activos y pasivos El propósito de la gestión de activos y pasivos es estructurar nuestro Estado de Situación Patrimonial Consolidado teniendo en vista los riesgos de tasa de interés, liquidez y tipo de cambio, así como el riesgo de mercado, el riesgo del sector público y la estructura de capital. Nuestro Comité de Activos y Pasivos establece límites específicos con respecto a la exposición al riesgo, fija la política de precios y aprueba las políticas comerciales que pueden tener impacto financiero sobre nuestro balance. Es también responsable del seguimiento de los agregados monetarios y las variables financieras, de nuestra posición de liquidez, de las regulaciones del Banco Central y del entorno competitivo en activos, pasivos y tasas de interés. Liquidez Nuestra política de gestión de activos y pasivos procura asegurar que haya suficiente liquidez disponible para hacer frente a nuestros compromisos de financiación. Como medida de la liquidez del Banco, tuvimos un ratio de activos líquidos a depósitos totales de 55,15%, 47,03% y 37,34% al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente. Los activos líquidos incluyen efectivo, depósitos en bancos y títulos públicos y privados. La fuente primaria de fondos de la Emisora es su base de depósitos, que consiste principalmente en depósitos denominados en pesos y dólares en cuentas corrientes, cajas de ahorro y depósitos a plazo fijo de personas físicas y jurídicas. Estos depósitos al 31 de diciembre de 2015 totalizaban Ps. 76.864,5 millones comparados con los Ps. 51.442,9 millones al 31 de diciembre de 2014. Con fecha 15 de julio de 2003, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas aprobó la creación de un Programa para la emisión y re - emisión de Obligaciones Negociables simples (no convertibles en acciones) con garantía común, o aquellas garantías que decida la Entidad, y Obligaciones Negociables subordinadas, sin garantía, convertibles o no en acciones. Durante la vigencia del Programa, que era de 5 (cinco) años se podían emitir y re - emitir cualquier número de series y/o clases de Obligaciones Negociables siempre que el monto máximo en circulación luego de agregadas todas las series y/o clases en circulación bajo el Programa pendientes de amortización no exceda en ningún momento de US$ 300.000.000 (o su equivalente en otras monedas). El Programa fue aprobado por la C.N.V. con fecha 29 de noviembre de 2004 mediante la Resolución N° 14.967. El Programa Global fue modificado según lo resuelto por la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de fecha 26 de abril de 2007; prorrogado por 5 (cinco) años por las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas del 28 de marzo de 2008 y del 9 de abril de 2013 (aprobado por la C.N.V. mediante Resoluciones N° 16.010 y N° 17.127 de fechas 6 de noviembre de 2008 y 11 de julio de 2013, respectivamente) y ampliado el monto máximo de emisión sucesivamente de US$ 300.000.000 a US$ 500.000.000 y de US$ 500.000.000 a US$ 750.000.000 por las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas del 30 de marzo de 2011 y del 26 de marzo de 2012, respectivamente. Las obligaciones negociables emitidas fueron suscriptas e integradas en su totalidad y su amortización será íntegra al vencimiento. A la fecha hemos emitido 18 series de obligaciones negociables bajo el Programa. 142 De acuerdo a lo establecido por la Ley de Obligaciones Negociables y las normas del BCRA, los fondos obtenidos por la emisión de las clases 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 17 y 18 de nuestras obligaciones negociables fueron aplicados a la cancelación de plazos fijos. Los fondos obtenidos por la emisión de la clase 15 de nuestras obligaciones negociables fueron aplicados a la financiación de capital de trabajo y aquellos obtenidos de la emisión de la clase 16 de nuestras obligaciones negociables fueron aplicados a la cancelación de la clase 8 de nuestras obligaciones negociables. Al 31 de diciembre de 2015 y 2014, el saldo de capital e intereses devengados asciende a Ps. 1.799.245 miles (correspondientes a las Clases 7, 9, 10, 11, 12, 13, 15, 16, 17 y 18 de obligaciones negociables) y Ps. 1.725.644 miles (en relación con las Clases 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 13 de obligaciones negociables), respectivamente. Los dividendos y otros pagos de nuestras subsidiarias no bancarias argentinas también proveen una potencial fuente de liquidez, aunque de monto relativamente insignificante. Se requiere a cada subsidiaria no bancaria argentina asignar el 5% de su ganancia neta anual a una reserva legal hasta que dicha reserva alcance al 20% del capital accionario de la subsidiaria. Esta reserva no puede utilizarse para pagar dividendos. Además, nuestra subsidiaria PSA Finance, cuenta con un programa de emisión de Obligaciones Negociables. Al 31 de diciembre de 2015, el saldo de capital e intereses devengados asciende a Ps. 103.317 miles. Recursos de capital El capital social del Banco al 31 de diciembre de 2011 consistía en 536.877.850 acciones ordinarias, de valor nominal Ps. 1 cada una, todas las cuales fueron emitidas y puestas a disposición de los accionistas. Con fecha 26 de marzo de 2012, las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas de BBVA Francés y de Inversora Otar, aprobaron un compromiso previo de fusión, así como el balance consolidado de fusión al 31 de diciembre de 2011 y la relación de canje de las acciones. La mencionada Asamblea de BBVA Francés aprobó el aumento de capital social de BBVA Francés mediante la emisión de 50.410.182 acciones ordinarias y escriturales, de valor nominal $1 cada una y de 1 voto por acción, que se incorporarán al régimen de oferta pública y cotización bursátil de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, con el objeto de ser entregadas a los accionistas de Inversora Otar. Asimismo, inmediatamente después del aumento del capital mencionado, BBVA Francés procederá a la cancelación de las 50.410.182 acciones ordinarias y escriturales de su propiedad, previa reducción del capital resultante como consecuencia de la fusión. Con fecha 18 de julio de 2013, el BCRA mediante la Resolución N° 473 resolvió no formular observaciones a la fusión por absorción de Otar por BBVA Francés. Con fecha 8 de agosto de 2013, la CNV aprobó la fusión por absorción en los términos del artículo 82 de la Ley de Sociedades Comerciales mediante la Resolución N° 17.155. Con fecha 27 de marzo de 2014, la fusión por absorción fue inscripta ante la Inspección General de Justicia, bajo el N° 5.302 del Libro 68 de Sociedades por Acciones. Finalmente, se cancelaron 50.410.182 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $1 cada una y de 1 voto por acción de BBVA Francés y simultáneamente se emitieron 50.410.182 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $1 cada una y de 1 voto por acción de BBVA Francés que fueron entregadas en canje a los ex accionistas de Otar. Al 31 de diciembre de 2015 el capital accionario del Banco asciende a 536.877.850. Sensibilidad a la tasa de interés Un componente clave de la administración de activos y pasivos del Banco es la exposición y medición de la sensibilidad al cambio en las tasas de interés. La sensibilidad de la tasa de interés mide el impacto en el margen de intermediación bruto en respuesta a un cambio en las tasas de interés de mercado. Para cualquier período determinado, la estructura de precios es equilibrada cuando un monto equivalente de activos y pasivos repactan la tasa de interés. Cualquier descalce entre activos y pasivos que devengan intereses es conocida como brecha y se indica en los siguientes cuadros. Una brecha negativa denota la sensibilidad del pasivo y, por lo general, significa que una baja en las tasas de interés tendría un efecto positivo sobre los ingresos financieros netos mientras que un aumento en las tasas de interés podría tener un efecto negativo sobre los mismos. La estrategia del Banco en la sensibilidad de las tasas de interés tiene en cuenta no sólo el nivel de las tasas de retorno, con su riesgo subyacente, sino también los requerimientos de liquidez, incluyendo los requisitos mínimos 143 de liquidez, el encaje técnico, el retiro y vencimiento de depósitos y las demandas adicionales de fondos. Los descalces del Banco son responsabilidad en su definición y su posterior seguimiento del Comité de Activos y Pasivos. El siguiente cuadro indica la sensibilidad a la tasa de interés de los activos y pasivos que devengan intereses. Las variaciones en la sensibilidad a las tasas de interés pueden también surgir dentro de los períodos de revaluación presentados. Los activos y pasivos a tasa fija con vencimientos de no menos de tres meses y los activos y pasivos ajustados en su totalidad, se incluyen en la siguiente tabla en el intervalo de 0 a 3 meses, dado que el ajuste por CER varía mensualmente. El cuadro muestra nuestra exposición a una brecha de tasa de interés positiva, pero es importante tener en cuenta que el comportamiento del CER puede diferir del de la tasa de interés. Vencimiento restante o intervalo de reevaluación al 31 de diciembre de 2015 3 meses a un año 0-3 meses 1-5 años 5-10 años Más de 10 años Total (en miles de pesos, excepto porcentajes) Activos que devengan interés Depósitos remunerados en otros bancos Títulos públicos Obligaciones negociables Préstamos (1) Total Pasivos que devengan interés Depósitos Obligaciones negociables Obligaciones con otros bancos Total Brecha Activos/Pasivos Brecha de sensibilidad acumulada Brecha de sensibilidad acumulada como porcentaje del total de activos remunerados — 3.256.449 — 9.583.361 — 3.017.417 — 12.862.415 — 97.681 — 106.301 — 345.705 — 21.094 24.198.349 14.310.096 200.894 57.669.262 67.088.178 12.839.810 15.879.832 203.982 366.799 96.378.601 6.424 — 77.022 — — — — — — 51.132.000 1.834.024 9.577.042 24.198.349 7.592.844 200.894 35.096.091 49.977.546 1.780.726 8.709.579 1.148.030 53.298 790.441 60.467.851 1.991.769 83.446 — — 62.543.066 6.620.327 10.848.041 6.620.327 17.468.368 15.796.386 33.264.754 203.982 33.468.736 366.799 33.835.535 33.835.535 34,51% 34,73% 35,11% 6,87% 18,12% La tabla siguiente muestra la sensibilidad a la tasa de interés de los activos del Banco denominados en pesos que devengan interés y los pasivos que devengan interés: Vencimiento restante o intervalo de reevaluación al 31 de diciembre de 2015 0-3 meses 3 meses a un año 1-5 años 5-10 años Más de 10 años Total (en miles de pesos, excepto porcentajes) Activos que devengan interés Depósitos remunerados en otros bancos 11.609.324 — 144 — — — 11.609.324 Títulos públicos Obligaciones negociables Préstamos (1) Total Pasivos que devengan interés Depósitos Obligaciones negociables Obligaciones con otros bancos Total Brecha Activos/Pasivos Brecha de sensibilidad acumulada Brecha de sensibilidad acumulada como porcentaje del total de activos remunerados 7.571.961 200.894 32.650.161 3.054.455 — 8.101.329 2.896.785 — 12.862.415 94.808 — 106.301 345.705 — 21.094 13.963.714 200.894 53.741.300 52.032.340 11.155.784 15.759.200 201.109 366.799 79.515.232 3.404 — 77.022 — — — — — — 41.709.136 1.834.024 5.046.046 40.930.760 1.780.726 4.184.812 774.972 53.298 784.212 46.896.298 1.612.482 80.426 — — 48.589.206 5.136.042 9.543.302 5.136.042 14.679.344 15.678.774 30.358.118 201.109 30.559.227 366.799 30.926.026 30.926.026 38,18% 38,43% 38,89% 6,46% 18,46% . La tabla siguiente muestra la sensibilidad a la tasa de interés de los activos del Banco denominados en moneda extranjera que devengan interés y los pasivos que devengan interés. También pueden darse variaciones en la sensibilidad a la tasa de interés dentro de los períodos de modificación de precios presentados: Vencimiento restante o intervalo de reevaluación al 31 de diciembre de 2015 0-3 meses 3 meses a un año 1-5 años Más de 10 años 5-10 años Total (en miles de pesos, excepto porcentajes) Activos que devengan interés Depósitos remunerados en otros bancos Títulos públicos Préstamos (1) Total Pasivos que devengan interés Depósitos Obligaciones con otros bancos Total Brecha Activos/Pasivos Brecha de sensibilidad acumulada Brecha de sensibilidad acumulada como porcentaje del total de activos remunerados 12.589.025 20.883 2.445.930 — 201.994 1.482.032 — 120.632 — — 2.873 — — — — 12.589.025 346.382 3.927.962 15.055.838 1.684.026 120.632 2.873 — 16.863.369 9.046.786 4.524.767 373.058 6.229 3.020 — — — — — 9.422.864 4.530.996 13.571.553 379.287 3.020 — — 13.953.860 1.484.285 1.484.285 1.304.739 2.789.024 117.612 2.906.636 2.873 2.909.509 — 2.909.509 2.909.509 8,80% 16,54% 17,24% 17,25% 17,25% (1) Los montos por préstamos se exponen antes de deducciones de previsión por riesgo de incobrabilidad. Los préstamos de cumplimiento irregular se incluyen dentro de los activos remunerados. Sensibilidad al tipo de cambio Al 31 de diciembre de 2015, nuestra posición total en activos denominados en moneda extranjera era de Ps. 20.720,1 millones y nuestra posición total en pasivos denominados en moneda extranjera ascendía a Ps. 18.475,4 millones, resultando en una posición de activo neto en divisas de Ps. 2.244,7 millones. Para una descripción de las variaciones en los tipos de cambio desde diciembre de 2011, ver “Información sobre la Emisora –Acontecimientos Políticos y Económicos Recientes en la Argentina”. Recursos de capital Al 31 de diciembre de 2015 teníamos un exceso de capital consolidado de Ps. 6.636,4 millones según las normas del Banco Central. En dicha fecha el “Patrimonio Neto Básico” y el “Patrimonio Neto Complementario”, sujetos a 145 deducciones aplicables ascendían a Ps. 13.704,2 millones bajo las pautas de capital en base a riesgo de la Argentina las cuales se basan en el Comité de Basilea. Al 31 de diciembre de 2014 teníamos un exceso de capital consolidado de Ps. 5.307,2 millones según las normas del Banco Central. En dicha fecha el “Patrimonio Neto Básico” y el “Patrimonio Neto Complementario”, sujetos a deducciones aplicables ascendían a Ps. 10.406,6 millones bajo las pautas de capital en base a riesgo de la Argentina las cuales se basan en el Comité de Basilea. Al 31 de diciembre de 2015, cumplíamos con los requisitos de capital del Banco Central sobre base consolidada y nuestros recursos de capital eran suficientes para nuestras necesidades de capital. Véase una descripción de los requisitos de capital mínimo actualmente vigentes en “El Sistema Bancario Argentino y su marco regulatorio”. Al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, nuestro patrimonio neto era de Ps. 13.716,4 millones, Ps. 10.331,9 millones y Ps. 7.156,2 millones, respectivamente. En dichas fechas, nuestra relación patrimonio neto promedio/activo total promedio era de 13,00%, 13,17% y 11,89%, respectivamente. Ver “Información Estadística Seleccionada—Retorno sobre Capital y Activos”. En nuestra opinión, nuestros recursos de capital son suficientes para los requerimientos actuales del Banco también sobre base individual y consolidada. No tenemos conocimiento de restricciones legales o económicas que afecten la capacidad de nuestras subsidiarias de transferir fondos a BBVA Francés en forma de dividendos en efectivo, préstamos, anticipos – sujetos a las regulaciones de cada industria – o por otros medios. Sin embargo, es imposible asegurar que tales restricciones no vayan a ser adoptadas en el futuro o que, si fueran adoptadas, no vayan a afectar negativamente nuestra liquidez. Al 31 de diciembre de 2015, el Banco no tenía compromisos sustanciales de gastos de capital. La tabla siguiente muestra, para las fechas indicadas, el cálculo de nuestro exceso de capital bajo las normas del Banco Central y ciertas relaciones de capital y liquidez. Al 31 de diciembre de 2015 (4) 2014 (4) 2013 (4) (en miles de pesos, excepto ratios y porcentajes) Cálculo del capital mínimo (1) Afectado a activos de riesgo Afectado a bienes de uso, diversos, intangibles y participaciones Riesgos de tasa de interés Sector público y títulos clasificados en cuentas de inversión 5.149.334 — — — 3.721.117 — — — 3.021.381 — — — 5.149.334 3.721.117 3.021.381 400.000 614.141 1.220.271 Máximo entre A y B Riesgos de mercado Riesgo operacional 5.149.334 290.557 1.627.923 3.721.117 144.086 1.234.210 3.021.381 84.243 859.279 Exigencia de capital bajo normas del Banco Central 7.067.814 5.099.413 3.964.903 Participación de terceros 12.841.002 778.966 — 84.217 9.768.623 561.096 — 76.888 6.595.750 421.825 — 62.578 Total integración de capital según normas del Banco Central 13.704.185 10.406.607 7.080.153 6.636.371 5.307.194 3.115.250 A- Exigencia mínima por sumatoria de riesgos B- Exigencia básica por custodia de títulos de AFJP y/o agente de registro de letras hipotecarias Patrimonio neto básico Patrimonio neto complementario Deducciones Exceso de capital Ratios de capital y liquidez seleccionados 146 Patrimonio neto promedio respecto de activos totales promedio (1)(2) Total de pasivos como múltiplo del patrimonio neto Disponibilidades como porcentaje del total de depósitos Activos líquidos como porcentaje del total de depósitos (1)(3) Préstamos como porcentaje del total de activos (1) (2) (3) (4) 13,00% 7,07x 36,39% 55,15% 51,08% 13,17% 6,19x 24,42% 47,03% 55,79% 11,89% 7,18x 29,44% 37,34% 62,31% Ver “Requisitos de adecuación del capital”, para un análisis de los requisitos de capital del Banco Central. Promedio de patrimonio neto y de activos totales computado como el promedio de saldos al inicio y cierre de cada ejercicio. Al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, “Activos Líquidos” incluyen disponibilidades y títulos públicos y privados. El Banco debe mantener un superávit de capital mínimo integrado que ascienda a al menos Ps. 63.646, Ps. 153,535 y Ps 305.068 al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente, equivalente a 0,25% del monto de los valores en custodia por títulos que representan inversiones de fondos de pensión, así como en relación con su función como registrador de títulos hipotecarios, invertidos en títulos públicos nacionales y otros destinos autorizados por el Banco Central y garantizados en favor de dicha entidad. Obligaciones contractuales y riesgos comerciales contingentes El siguiente cuadro presenta la información sobre obligaciones contractuales y riesgos comerciales contingentes al 31 de diciembre de 2015: Obligaciones de pago por período (en miles de Pesos) Total Obligaciones Contractuales Deuda a Largo Plazo Menos de 1 año 1-3 años 4-5 años Más de 5 años Alquileres Operativos 15.032.048 226.676 13.947.721 129.052 1.079.678 79.336 4.649 15.146 — 3.142 Total 15.258.724 14.076.773 1.159.014 19.795 3.142 327.251 511.695 616.780 327.251 511.695 65.691 — — 396.128 — — 93.980 — — 60.981 1.455.726 904.637 396.128 93.980 60.981 Riesgos Comerciales Contingentes Líneas de Crédito Cartas de Crédito Garantías Total Cuentas de orden - Riesgos e instrumentos contingentes Celebramos diversas transacciones que involucran instrumentos financieros fuera de balance. Utilizamos estos instrumentos para satisfacer las necesidades de gestión de riesgo, de trading y financieras de nuestros clientes o para nuestros propios fines de trading y gestión de activos y pasivos. Estos instrumentos están sujetos a grados variables de riesgo de crédito y mercado. Monitoreamos el riesgo de crédito y el riesgo de mercado asociados con instrumentos financieros dentro y fuera de balance sobre una base global. Usamos las mismas políticas de crédito para determinar si debemos tomar o extender contratos de opciones de compra y de venta, compromisos, obligaciones condicionales y garantías, que para otorgar préstamos. Nuestra gerencia considera que los ítems pendientes fuera de balance no representan un riesgo crediticio inusual. Derivados El riesgo de mercado de los derivados surge de los cambios potenciales en el valor debido a fluctuaciones en los precios de mercado. El Banco reduce su exposición al riesgo de mercado, si fuera necesario, celebrando transacciones de compensación de acuerdo con las políticas globales de cobertura definidas por el Grupo BBVA para sus subsidiarias. El riesgo de crédito de los derivados surge de la posibilidad de que una contraparte deje de cumplir sus obligaciones contractuales. El efecto de tal incumplimiento varía según cambie el valor de mercado de los contratos sobre derivados. Existe exposición al riesgo crediticio en un momento particular en que un derivado tiene un valor de mercado positivo. El Banco procura limitar su riesgo crediticio negociando con contrapartes solventes y obteniendo garantías en la medida necesaria. Nuestras actividades relacionadas con transacciones de cobertura y derivados en 2015 se explican en la Nota 12 a los estados contables individuales al 31 de diciembre de 2015. Compromisos de crédito 147 Los compromisos de crédito son acuerdos para prestarle a un cliente en una fecha futura, sujetos al cumplimiento de los términos contractuales. Los compromisos en general tienen fechas fijas de vencimiento u otras cláusulas de cancelación y pueden requerir el pago de una comisión. Dado que lo esperable es que muchos compromisos expiren sin ser utilizados, los montos totales de los compromisos no necesariamente representan requerimientos reales de efectivo a futuro para el Banco. El Banco evalúa caso por caso la solvencia crediticia de cada cliente. Las aceptaciones de comercio exterior representan pasivos de clientes del Banco sobre giros o letras de cambio pendientes que han sido aceptados por el Banco y la responsabilidad del Banco de remitir el pago contra presentación de los giros o letras de cambio aceptados. El riesgo crediticio involucrado en las aceptaciones de comercio exterior y las garantías otorgadas es esencialmente el mismo de otorgar facilidades de préstamo a los clientes. Actividad fiduciaria Actuamos como fiduciario en varios fideicomisos financieros establecidos con diversos fines. En ningún caso somos personalmente responsables por las obligaciones asumidas en cumplimiento de los compromisos fiduciarios. Las responsabilidades resultantes del fideicomiso son satisfechas con y hasta el monto total de los activos fiduciarios o su producido. Además, actuamos como fiduciario en 13 fideicomisos no financieros. En ningún caso somos personalmente responsables por los pasivos asumidos en cumplimiento de las obligaciones contractuales. Los pasivos son satisfechos con y hasta el monto total de los activos fiduciarios y su producido. Los fideicomisos no fiduciarios fueron establecidos para garantizar las cuentas por cobrar de varios acreedores (beneficiarios) y al fiduciario le fue confiada la gestión, atención, preservación y custodia de los activos fiduciarios. Los activos fiduciarios representan alrededor de Ps. 151,4 millones y consisten principalmente en efectivo, derechos de acreedores, bienes inmuebles y acciones. Ver Nota 10 a los estados contables individuales al 31 de diciembre de 2015. Calificaciones Crediticias El 19 de septiembre de 2013, como consecuencia del cambio de la calificación soberana de la República Argentina, Standard & Poor’s rebajó la calificación del Programa Global para la Emisión de Obligaciones Negociables por hasta US$ 750.000.000 de BBVA Francés, así como de todas las series de Obligaciones Negociables en circulación emitidas dentro del marco de dicho Programa y la calificación institucional de largo plazo. En consecuencia el rating de estos instrumentos pasó a ser “raBB+”con tendencia negativa desde “raA” con tendencia negativa. En noviembre de 2013, Fitch Ratings vendió el 70% de su capital accionario a un grupo inversor local y cambió su denominación a Fix SCR. Desde ese momento este nuevo grupo es el responsable de la calificación local del banco. En agosto de 2014, luego de una rebaja a la calificación soberana, Standard & Poor´s bajó la calificación del banco. En consecuencia, la calificación institucional de largo plazo, así como el programa de obligaciones negociables (U$S 750.000.000) y las Obligaciones Negociables Clase IV, bajaron de “raBB+” con perspectiva negativa a “raB+” con perspectiva negativa, mientras que la calificación institucional de corto plazo se mantuvo en “raB”. En febrero de 2016, Standard & Poor´s subió la calificación de la deuda de Argentina de largo y corto plazo desde “CCC+” y “C” a “B-“ y “B”, respectivamente y cambió la perspectiva de negativa a estable, reflejando así las mejoras en términos de políticas macroeconómicas y desafíos que enfrenta la nueva administración. Como consecuencia, la calificación del Banco también fue modificada. Su calificación institucional de largo plazo así como el Programa de Obligaciones Negociables (U$S750.000.000) ascendieron de “raBB+” a “raBBB” con perspectiva estable. La calificación de corto plazo también ascendió a “raA-2”. En marzo de 2016, Fix SCR subió la calificación de la deuda soberana. Este aumento fue producto de la mejora en la consistencia y sustentabilidad del marco político de Argentina, la reducción de la vulnerabilidad externa y la liberalización esperada de las restricciones del financiamiento fiscal. Estas mejoras han equilibrado los riesgos relacionados con la debilidad relativa de liquidez externa, los continuos y bajos rendimientos macroeconómicos 148 en relación con sus pares comparables y el deterioro de las finanzas públicas de los recientes años. La calificación de Argentina toma en cuenta fortalezas estructurales, tales como el PBI per cápita e indicadores sociales, contra un débil historial de pago de deuda. Como resultado de esto, Fix SCR también subió la calificación del banco desde “AA” a “AAA” y cambió la perspectiva de negativa a estable. Investigación y Desarrollo, Patentes y Licencias Incurrimos en gastos de investigación y desarrollo en relación con el sistema de tecnología de la información. No poseemos patentes importantes ni licenciamos a terceros parte alguna de nuestra propiedad intelectual. Planeamos desarrollos de infraestructura (en telecomunicaciones, internet, seguridad de la información) basados en la demanda presente y futura de tales servicios. Adquirimos la tecnología necesaria, incluyendo equipos, de terceros. Información de Tendencias El sistema financiero continuará concentrándose en la expansión del crédito al sector privado con énfasis en los segmentos minoristas y de empresas. Sin embargo, no es posible asegurar que el nivel de demanda de crédito permanezca fuerte. Para una descripción de los cambios recientes en nuestra estrategia de negocios y las perspectivas futuras ver "Información sobre la Emisora - Panorama Comercial". 149 DIRECTORES, GERENCIA DE PRIMERA LÍNEA Y EMPLEADOS Directores y Ejecutivos Directores El estatuto societario de BBVA Francés establece que la administración del Banco se encuentra a cargo de un directorio compuesto por un mínimo de tres y un máximo de nueve directores, quienes son designados por los accionistas para ocupar dicho cargo por un período de tres años y pueden ser reelectos (el “Directorio”). Asimismo, dicho estatuto social también prevé la designación de directores suplentes. Conforme surge de tal instrumento el Directorio se reúne por lo menos una vez por mes. El cuadro que figura a continuación presenta los nombres de los miembros de nuestro Directorio, su cargo actual en nuestra empresa, su experiencia comercial y la fecha de finalización del período para el cual fueron designados. Nombre Jorge Carlos Bledel (*) Actual mandato termina en Cargo al 26 de abril de 2016 Diciembre Presidente 2017 Fecha de nacimiento Principales ocupaciones actuales fuera de Banco Francés y antecedentes comerciales 19/04/1954 Principal ocupación actual: Director, Rombo Compañía Financiera S.A. (“Rombo Compañía Financiera”) Experiencia laboral: Director, Credilogros Compañía Financiera S.A.; Gerente de Crédito, Banco del Interior y Buenos Aires; Gerente Comercial, Corporación Metropolitana de Finanzas; Gerente Financiero, BBVA Francés; Director Banca Mayorista, BBVA Francés y Director Banca Minorista, BBVA Francés; Director Suplente, Central Puerto S.A.; Director Titular, Sociedad Argentina de Energía S.A.; Director Suplente, Hidroneuquén S.A.; Director Titular, RPM Gas S.A.; Director Suplente, RPU Agropecuaria S.A.; Director Sociedad Argentina de Energía S.A.; Vicepresidente de PB Distribución S.A.; Director Titular, RPE Distribución S.A. El Sr. Bledel ingresó a BBVA Francés en 1986 y fue elegido por el Directorio por primera vez en marzo del 2003. Su N° de D.N.I. es 11.045.043, su CUIT es 20-11045043-6 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. José Manuel Tamayo Pérez (*) Diciembre Vicepresidente 22/05/1950 2016 Principal ocupación actual: Director, BBVA Francés. Experiencia laboral: Director Banca Minorista, BBVA Francés S.A.; Director de Marketing para España y Portugal, BBVA S.A. El Sr. Tamayo Pérez ingresó a BBVA en 2000 y fue elegido como Director en abril del 2007. Su N° de pasaporte es AA613204, su CUIT es 23-93708796-9 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 150 Actual mandato termina en Cargo al 26 de abril de 2016 Fecha de nacimiento Principales ocupaciones actuales fuera de Banco Francés y antecedentes comerciales Marcelo Diciembre Vicepresidente 23/04/1953 Gustavo 2016 2° Canestri (*) Principal ocupación actual: Director, Francés Valores; Vicepresidente, PSA Finance; Director Titular, Rombo Compañía Financiera, Vicepresidente, Fundación Banco Francés. Nombre Experiencia laboral: Subgerente Corporativo, BBVA Francés; Subgerente Banca Mayorista, BBVA Francés; Director Gestión de Activos, BBVA Francés; Director Financiero, BBVA Francés. El Sr. Canestri ingresó al Banco en 1973 y fue elegido por el Directorio por primera vez en septiembre de 2001. Su N° de D.N.I. es 10.743.563, su CUIT es 20-10743563-9 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Gabriel Diciembre Director Eugenio 2017 Titular Milstein (*) 14/07/1951 Principal ocupación actual: Director Titular, BBVA Francés, Director PSA Fnance Argentina Compañía Financiera S.A.; Director de Rombo Compañía Financiera S.A.; Vocal de la Fundación de Banco Francés. Experiencia laboral: El Gabriel Eugenio Milstein ingresó a BBVA en 1995 y fue elegido como Director del BBVA Francés en abril de 2016. Su N° de D.N.I. es 11.960.344, su CUIT es 20-11.960.344-8 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Oscar Miguel Castro(*) Diciembre Director 2017 Titular 04/12/1945 Principal ocupación actual: Director Titular, Zurich Argentina Cia. de Seguros S.A.; Director; Director Zurich Argentina Cía. de Reaseguros S.A. Experiencia laboral: Socio Internacional de Arthur Andersen, Pistrelli Díaz y Asoc. por 20 años¸ Socio a cargo de la División de Servicios Financieros, Arthur Andersen Latinoamérica y Argentina; Miembro del Comité Ejecutivo de Servicios Financieros, Arthur Andersen Worldwide. El Sr. Castro ingresó a BBVA en 2003 y fue elegido como Director el mismo año. Su N° de L.E. es 4.532.442, su CUIT es 20-04532442-8 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Luis Bernardo Juango Fitero(*) Diciembre Director 2016 Titular 24/08/1949 Principal ocupación actual: Director, BBVA Francés. Experiencia laboral: Presidente, Banco Bilbao Vizcaya Argentaria S.A. Colombia; Director Regional, BBVA S.A. El Sr. Juango Fitero ingresó a BBVA en 2008 y fue elegido como Director ese mismo año. Su N° de pasaporte es BA 000051, su CUIT se encuentra actualmente en trámite y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 151 Juan Manuel Ballesteros Castellano (*) Diciembre Director 2018 Suplente 07/02/1963 Principal ocupación actual: Director, BBVA Francés. Experiencia laboral: Director de Organización Banco Bilbao Vizcaya Argentaria; Director de RRHH Banco Bilbao Vizcaya Argentaria. El Sr. Ballesteros Castellano ingresó a BBVA en 1992 y fue elegido como Director de BBVA Frances en abril de 2016. Su N° de pasaporte es BC 590145, su CUIT se encuentra actualmente en trámite y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Alfredo Diciembre Director Castillo 2018 Suplente Triguero(*) 19/06/1957 Principal ocupación actual: Director, BBVA Francés. Experiencia laboral: Director General de Riesgos BBVA Bancomer; Director General de Auditoría BBVA Bancomer El Sr. Castillo Triguero ingresó a BBVA en 2004 y fue elegido como Director de BBVA Francés en abril de 2016. Su N° de pasaporte es AAG 622952, su CUIT se encuentra actualmente en trámite y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Javier Perez Cardete(*) Diciembre Director 2018 Suplente 19/02/1961 Principal ocupación actual: Director, BBVA Francés. Experiencia laboral: Director Territorial Sur BBVA; Director Territorial Este BBVA; Director Territorial BBVA; Director Zonal BBVA. El Sr. Pérez Cardete ingresó a BBVA en 1987 y fue elegido como Director de BBVA Francés en abril de 2016. Su N° de pasaporte es AAH 579170, su CUIT se encuentra actualmente en trámite y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (*) Los Sres. Bledel, Tamayo Pérez, Juango Fitero, Canestri, Milstein, Castro, Ballesteros Castellano, Castillo Triguero y Pérez Cardete revisten la condición de directores independientes de acuerdo con los criterios de independencia establecidos por la Resolución General N°622 (Nuevo Texto 2013), modificada por la Resolución General N° 400 de la CNV. El 11 de enero de 2016, el Sr. Martín Zarich asumió como Gerente General de BBVA Francés, luego de haber sido autorizado por el Banco Central de la República Argentina mediante Resolución Nro. 9 del 7 de enero de 2016. Asimismo, Ricardo Moreno ejerció el cargo de Gerente General hasta dicha fecha. Principales ejecutivos La siguiente tabla muestra los nombres de los miembros del comité ejecutivo que han sido nuestros funcionarios ejecutivos durante 2016 así como su conocimiento de los negocios. Los directores ejecutivos son nombrados por un período indefinido. Nombre Cargo actual Fecha de Nacimiento Antecedentes y experiencia laboral 152 Nombre Martín Ezequiel Cargo actual Fecha de Nacimiento Gerente General, 09/04/1964 Zarich* Antecedentes y experiencia laboral Otros cargos desempeñados actualmente: Director, BBVA Seguros y Miembro de la Fundación Banco Francés. Experiencia laboral: Director Suplente de BBVA Banco Francés; Economista, Banco de Crédito Argentino; Gerente de Control de Gerenciamiento y Gerente de Presupuesto, Banco de Crédito Argentino; Director de Planeamiento, Control de Gestión y Economía de Banco de Crédito Argentino; Director de Fusiones, BBVA Francés; Director de Planeamiento, BBVA Francés; Director Financiero, BBVA Francés; Director Banca Minorista, BBVA Francés; Director Credilogros; Director, BBVA Francés Uruguay; Director General Adjunto, Desarrollo Comercial Grupo BBVA; Director de Innovación y Desarrollo, BBVA Banco Francés. El Sr. Zarich se incorporó al Banco en 1987. Su N° de D.N.I. es 16.892.078, su CUIT es 20-16892078-5 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Ignacio Sanz Director, y Arcelus Financiero y de Planeamiento 13/01/1966 Otros cargos desempeñados actualmente: Dirección Financiera de Tecnología y Operaciones de BBVA. Experiencia laboral: Director del Departamento de Gestión de Activos y Pasivos Latam, BBVA; Director del Departamento de Control de Gestión de Banca de Inversiones (Tesorería, Mercado de Capitales, Intermediación, Corporate, Financiación Estructurada), BBVA; Director Corporativo, BBVA; Director del área de Tesorería y Mercados de Capitales y de la Red Internacional, BEX Argentaria BBVA; Director de la Unidad de Auditoría de Riesgos de Mercado, BEX Argentaria BBVA; Director de Auditoría Servicios Centrales, BEX; Director de Planificación, Intervención y Control, SERFINBEX; Director, BEX ARGENTARIA BBVA; Jefe de equipo, Arthur Andersen Auditores S.A. Jorge Alberto Bledel Director de Banca Digital y Transformación 04/01/1980 El Sr. Ignacio Sanz se incorporó al Banco en 1 de Marzo de 2012. Su N° de D.N.I. es 94.871.385, su CUIT es 20-94871385-4 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Gerente de Innovación y modelos de negocios, BBVA Francés; Gerente de Productos de Inversión, Seguros y Servicios Patrimoniales, BBVA Francés; Head Portfolio Manager, BBVA Francés; Portfolio Manager, BBVA Francés; Analista Banca Mayorista y Oficial Banca Personal, BBVA Francés. El Sr. Bledel se incorporó al Banco en 1 de mayo de 2010. Su N° de D.N.I. es 27.861.102, su CUIT es 20-27861102-8 y su domicilio es Rivadavia 409 6º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Gustavo Alonso Director, Innovación Desarrollo 02/07/1964 y Gerente de Productos Minoristas BBVA Francés; Gerente de Medios de Pago y Consumo BBVA Francés; Gerente de Alianzas Estratégicas y Productos BBVA Francés; Gerente de Marketing BBVA Francés; Gerente Asesor de Banca Comercial BBVA Francés; Gerente Zonal BBVA Francés; Gerente de Sucursal Pilar, San Nicolás y Rosario BBVA Banco Francés S.A. El Sr. Alonso se incorporó al Banco en 1988. Su N° de D.N.I. es 17.096.871, su CUIT es 20-17096871-9 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 153 Nombre Gustavo Siciliano Gustavo Osvaldo Fernandez Cargo actual Director Medios Director, Recursos Humanos Servicios de Fecha de Nacimiento 25/02/1961 22/01/1964 y Jorge Delfín Director, Luna Comercial 17/11/1958 Antecedentes y experiencia laboral Gerente de Diseño y Desarrollo-Tecnología y Operaciones, BBVA; Gerente de Tecnología Informática-Medios, BBVA; Director de Medios, BBVA Uruguay; Gerente de Planeamiento y Seguridad Informática Medios; BBVA Francés; Gerente de Seguridad Informática Medios, Banco de Crédito Argentino. El Sr. Siciliano se incorporó al Banco en 25 de Noviembre de 1996. Su DNI es 14.027.289, su C.U.I.T. es 20-14.027.289-3 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Director de Tecnología y Operaciones, BBVA; Coordinador, Sistemas y Organizaciones, Banca Nazionale del Lavoro; Coordinador de Sistemas, Banco Galicia; Gerente de Organización y Desarrollo de Sistemas, Banco de Crédito Argentino; Gerente de Diseño y Desarrollo, BBVA Francés; Director de Medios, BBVA Francés; Director de Diseño y Desarrollo América, BBVA; Socio Comercial America, BBVA. El Sr. Fernandez se incorporó al Banco en 1995. Su DNI es 16.415.500 y su C.U.I.T. es 20-16.415.500 y su domicilio es Av. Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires Gerente Regional, Sucursal Citibank. Citicorp; Gerente Regional de Sucursales Locales, Banco de Crédito Argentino; Gerente General, Easy-Bank (BBVA Francés); Gerente General y Vicepresidente. BBVA Banco Uruguay; Gerente de Banca de Compañías, BBVA Francés. El Sr. Luna ingresó al Banco en 1996. Su N° de D.N.I. es 12.906.914, su CUIT es 20-12906914-8 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Carlos Elizalde Gerardo Fiandrino Director Corporate Investment Banking de & Director, Riesgos 12/061961 11/11/1965 Director Regional de Transacciones Bancarias Mundiales de LATAM, BBVA; Gerente General, AL-Rajhi Bank; Consultor independiente en Riyadh/Buenos Aires; Director General, Citigroup Miami; Jefe Regional de América Latina, Citigroup Miami; Jefe de Ventas Regionales, Citigroup Buenos Aires. El Sr. Carlos Elizalde se incorporó al Banco el 21 de Marzo de 2011. Su D.N.I. es 14.318.537, su CUIT es 20-14.318.537-1 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Director de Banca Minorista Sur América BBVA; Director de Banca Mayorista de Sur América BBVA; Gerente de Riesgos Minorista BBVA Francés, Gerente de Riesgos Mayoristas y Empresas BBVA Francés, Gerente de Admisión y Seguimiento BBVA Francés, Gerente de Seguimiento y Riesgo Operacional BBVA Francés, Director de Rombo Compañía Financiera S.A., Director de PSA Finance Argentina Compañía Financiera S.A., Gerente de Seguimiento de Cartera Banco de Crédito Argentino. Oficial Senior Gerencia de Banca de Inversión. El Sr. Gerardo Fiandrino se incorporó al Banco en 1992. Su N° de D.N.I. es 17.207.700, su CUIT es 20-17207700-6 y su domicilio es Rivadavia 409 2º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. *El 11 de enero de 2016, el Sr. Martín Zarich asumió como Gerente General de BBVA Francés, luego de haber sido autorizado por el Banco Central de la República Argentina mediante Resolución Nro. 9 del 7 de enero de 2016.Asimismo, Ricardo Moreno ejerció el cargo de Gerente General hasta dicha fecha. Los contratos de servicio de los directores y funcionarios ejecutivos no prevén beneficios por cese de empleo, excepto los mencionados en “Directores, Gerencia de Primera Línea y Empleados”. Comisión Fiscalizadora 154 En la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de BBVA Francés celebrada el 26 de abril de 2016, fueron designados los siguientes miembros de la Comisión Fiscalizadora: Titulares Mario Rafael Biscardi Gonzalo José Vidal Devoto Alejandro Mosquera Vencimiento de Mandatos 31 de diciembre de 2016 31 de diciembre de 2016 31 de diciembre de 2016 Lorena Claudia Yansenson 31 de diciembre de 2016 Julieta Paula Pariso 31 de diciembre de 2016 Daniel Oscar Celentano 31 de diciembre de 2016 Al 26 de abril de 2016, tanto los miembros titulares como los suplentes de la Comisión Fiscalizadora del Banco, en su calidad de abogados, han declarado a la Emisora que: (a) cumplen o están dispuestos a cumplir la función de asesores legales con la independencia profesional requerida por la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas, y (b) son miembros de Biscardi & Asociados y califican como “independientes” de acuerdo con la Resolución General N° 368 (Texto Nuevo 2001), y sus enmiendas, modificada por la Resolución General N°622 de la CNV; y (c) han presentado toda la información requerida por las mencionadas disposiciones de la CNV respecto a sus relaciones profesionales con el Banco. Suplentes Antecedentes Mario Rafael Biscardi: DNI 13.139.002, CUIT 20-13139002-6, con domicilio en Av. Corrientes 330, Piso 6to Oficina 612 (C1403AAQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. Abogado, Socio de la firma Biscardi & Asociados S.R.L.; se desempeña como Síndico Titular de: BBVA Banco Francés S.A.; Consultatio Asset Management Gerente De Fondos Comunes De Inversión S.A.; PSA Finance Compañía Financiera S.A.; Rombo Compañía Financiera S.A.; BBVA Consolidar Seguros S.A.; Centro Automotores S.A.; Centro del Norte S.A.; Consolidar AFJP S.A. (en liquidación); Cormasa S.A.; Courtage S.A.; Duke Energy Cerros Colorados S.A.; Duke Energy Generating S.A.; Duke Energy International Southern Cone S.R.L.; BBVA Francés Valores S.A.; Industrial Valores S.A.; Laboratorios Essex S.A. (en liquidación); Metalúrgica Tandil S.A.; Plan Rombo S.A. De Ahorro Para Fines Determinados; Renault Argentina S.A.; Rombo Ahorro S.A. De Ahorro Para Fines Determinados (en liquidación); MSD Argentina SRL; Tavex Argentina S.A.; V.T.V. Norte S.A.; Banco de Servicios Financieros S.A.; Valentín Bianchi S.A.C.I.F.; Industrial Asset Management Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A; Consultatio Investments S.A.; VTV Metropolitana S.A. e INC S.A. Asimismo ocupa el cargo de Sindico Suplente en: Compañía de Alimentos Fargo S.A.; Procter & Gamble Argentina S.R.L.; Fresh Food S.A.; Panificación Argentina S.A.I. y C.; Petrouruguay S.A.; Capital Foods S.A., Establecimiento Elaborador de Alimentos SACAAN de Argentina S.A., Bridgestone Argentina S.A.I.C. Se desempeña como Director Titular en: GMS Management Solutions S.A. Tecnoespumas S.A. y Molding Tex S.A. y como liquidador titular de Plas Alco Argentina S.A. (en liquidación). Alejandro Mosquera: DNI N° 12.753.003, CUIT N° 20-12753003-4, con domicilio en Av. Corrientes 330, 6° piso, Oficina 612, (C1043AAQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, Abogado, socio de la firma Biscardi & Asociados S.R.L.; se desempeña como Síndico Titular de: BBVA Banco Francés S.A.; Consultatio Asset Management Gerente De Fondos Comunes De Inversión S.A.; Rombo Compañía Financiera S.A.; BBVA Consolidar Seguros S.A.; Centro Automotores S.A.; Centro del Norte S.A.; Consolidar AFJP S.A. (en liquidación); Cormasa S.A.; Compañía de Alimentos Fargo S.A.; Courtage S.A.; Duke Energy Cerros Colorados S.A.; Duke Energy Generating S.A.; Duke Energy International Southern Cone S.R.L.; BBVA Francés Valores S.A.; Fresh Food S.A.; Industrial Valores S.A.; Metalúrgica Tandil S.A.; Plan Rombo S.A. De Ahorro Para Fines Determinados; Procter & Gamble Argentina S.R.L.; Renault Argentina S.A.; Rombo Ahorro S.A. De Ahorro Para Fines Determinados (en liquidación); Tavex Argentina S.A.; Panificación Argentina S.A.I. y C.; Capital Foods S.A.; Banco de Servicios Financieros S.A.; Establecimiento Elaborador de Alimentos SACAAN de Argentina S.A.; INC S.A. e Industrial Asset Management Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. Asimismo ocupa el cargo de Sindico Suplente en: PSA Finance Argentina Compañía Financiera S.A, Laboratorios Essex S.A. (en liquidación); MSD Argentina S.A.; Petrouruguay S.A.; Consultatio Investments S.A. y Daikin Air Conditioning Argentina S.A. Se desempeña como Director Titular en: VTV Norte S.A. and VTV Metropolitana S.A; Director Suplente en: GDC Argentina S.A. y GMS Management Solutions S.A.; y como liquidador suplente en Plas Alco Argentina S.A. (en liquidación). Gonzalo José Vidal Devoto: DNI N° 30.332.723, CUIT N° 20-30332723-2, con domicilio en Av. Corrientes 330, 6° piso, Oficina 612, (C1043AAQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, es abogado 155 senior del estudio Biscardi & Asociados S.R.L. en donde se encuentra a cargo del Departamento Contencioso. Se desempeña como Síndico Titular en: Rombo Cía. Financiera S.A., BBVA Francés Valores S.A., BBVA Banco Francés S.A., Banco de Servicios Financieros S.A., Tavex Argentina S.A., VTV Norte S.A. y VTV Metropolitana S.A. y como Síndico Suplente en INC S.A. Julieta Paula Pariso: DNI N° 24.021.978, CUIT N° 27-24021978-1, con domicilio en Av. Corrientes 330, 6° piso, Oficina 612, (C1043AAQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, Abogada, socia de la firma of Biscardi & Asociados S.R.L.; se desempeña como Sindico Suplente en: BBVA Banco Francés S.A.; Consultatio Asset Management Gerente De Fondos Comunes De Inversión S.A.; Rombo Compañía Financiera S.A.; BBVA Consolidar Seguros S.A.; Centro Automotores S.A.; Centro del Norte S.A.; Consolidar AFJP S.A. (en liquidación); Cormasa S.A.; Courtage S.A.; Duke Energy Cerros Colorados S.A.; Duke Energy Generating S.A.; Duke Energy International Southern Cone S.R.L.; BBVA Francés Valores S.A.; Industrial Valores S.A.; Metalúrgica Tandil S.A.; Plan Rombo S.A. De Ahorro Para Fines Determinados; Renault Argentina S.A.; Rombo Ahorro S.A. De Ahorro Para Fines Determinados; Tavex Argentina S.A.; V.T.V. Norte S.A.; Banco de Servicios Financieros S.A.; VTV Metropolitana S.A.; INC S.A. e Industrial Asset Management Sociedad Gerente de Fondos Comunes de Inversión S.A. Lorena Claudia Yansenson: DNI N° 25.317.812, CUIT N° 23-25317812-4, con domicilio en Av. Corrientes 330, 6° piso, Oficina 612, (C1043AAQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, es abogada senior del estudio Biscardi & Asociados S.R.L. en donde se encuentra a cargo del Departamento de Derecho Laboral. Se desempeña como Síndico Suplente en: Rombo Cía. Financiera S.A., BBVA Francés Valores S.A., BBVA Banco Francés S.A., Banco de Servicios Financieros S.A., Tavex Argentina S.A., VTV Norte S.A. y VTV Metropolitana S.A. Daniel Oscar Celentano: DNI N° 11.684.180, CUIT N° 20-11684180-1, con domicilio en Av. Corrientes 330, 6° piso, Oficina 612, (C1043AAQ), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, Abogado miembro de la firma Biscardi & Asociados S.R.L.; se desempeña como Sindico Suplente en: BBVA Banco Francés S.A.; Rombo Compañía Financiera S.A; BBVA Francés Valores S.A.; Consolidar AFJP S.A. (en liquidación); BBVA Consolidar Seguros S.A.; Metalúrgica Tandil S.A.; Courtage S.A.; Centro del Norte S.A.; Centro Automotores S.A.; Renault Argentina S.A.; Cormasa S.A.; Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados; Tavex Argentina S.A.; Banco de Servicios Financieros S.A.;.; VTV Norte S.A.; VTV Metropolitana S.A.; Rombo Ahorro S.A. de Ahorro para Fines Determinados e INC S.A. No existen acuerdos entre el Banco y sus directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora o ejecutivos principales, como consecuencia de los cuales los directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora o ejecutivos principales pudieran tener intereses opuestos a los del Banco, según las disposiciones del artículo 272 de la Ley de Sociedades Comerciales. Asesores La asesoría legal del Banco está a cargo de la Dirección Jurídica Interna del Banco. El Banco no posee asesores financieros. Auditores Externos Desde el 1° de octubre de 2002, Deloitte & Co. S.R.L. (actualmente, Deloitte & Co. S.A.) actúa como auditor externo del Banco. Su última designación fue realizada en la Asamblea Anual del 26 de abril de 2016. De conformidad con lo dispuesto por las Normas de la CNV se informa que el auditor de los estados contables del ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2015 fue Marcelo Alberto Bastante (CUIT N° 20-22134280-2), inscripto en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, tomo 235, folio 46, siendo designado como Auditor suplente a Alberto Adolfo Allemand (CUIT N° 20-12076350-5), inscripto en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, tomo 103, página 223. En la Asamblea Anual del 26 de abril de 2016, fue elegido el Contador Marcelo Alberto Bastante inscripto en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires, tomo 235, folio 46 para el período fiscal que cierra el 31 de diciembre de 2016 y, asimismo, fue reelecto el Sr. Allemand como auditor suplente para el mismo período. 156 La firma Deloitte & Co. S.A. tiene domicilio en la calle Florida 234, Piso 5to. (C1005AAF), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina y se encuentra inscripta en el CPCECABA bajo el Tomo 1, Folio 3 (CUIT N° 3052612491-6). Comité de Auditoría (I) BBVA Francés modificó la composición del Comité de Auditoría (I) como se describe en el acta de directorio N° 5177 de fecha 26 de abril de 2016, para cumplir con las disposiciones del Banco Central en su Comunicación “A” 2525 y complementarias, de marzo de 1997 y remplazada a la fecha por la Comunicación “A” 5042. A la fecha el Comité de Auditoría (I) está compuesto por: Directores: Director de Auditoría Interna: Asistentes Permanentes: Sr. Marcelo Gustavo Canestri y Sr. Oscar Miguel Castro. Sr. Alberto Muñiz Sr. Jorge Luna Sr. Ignacio Sanz y Arcelus Sr. Adrián Bressani El Comité de Auditoría (I) se reúne una vez por mes. En cada reunión, el Director de Auditoría Interna presenta los proyectos emprendidos por el Departamento de Auditoría Interna. Las actas de reunión se preparan detallando los temas analizados y aquellos que requieren nuevo análisis. Las actas se transcriben en un libro de control interno que es enviado al directorio para su información. Las obligaciones del Comité de Auditoría (I) son: • supervisar el correcto funcionamiento de los sistemas de control interno definidos en la institución a través de su evaluación periódica; • proveer asistencia para mejorar la eficacia de los controles internos; • conocer el plan de Auditoría externa y hacer comentarios acerca de la naturaleza, alcance y plazo para el cumplimiento de las tareas de Auditoria; • revisar y aprobar el programa anual de trabajo del área de Auditoría interna de la institución (“Memorándum de Planificación de Auditoría Interna” o “Planificación Anual”) a desarrollar bajo estas normas, así como el nivel de cumplimiento de dicho programa; • revisar los informes emitidos por los auditores internos según lo dispuesto en estas normas; • considerar las observaciones hechas por los auditores externos e internos respecto a las debilidades de control interno encontradas durante el desempeño de sus obligaciones, así como las medidas correctivas instrumentadas por la Gerencia General para reducir o reparar tales debilidades; • mantener una comunicación permanente con los funcionarios de la Superintendencia a cargo del control del Banco, para conocer sus preocupaciones y los problemas identificados durante las inspecciones hechas en el Banco, y controlar las acciones adoptadas para resolver dichos problemas; • conocer los estados contables anuales y los estados contables de los respectivos períodos trimestrales así como el informe de los auditores externos emitido con respecto a los antedichos, y cualquier otra información contable pertinente; y • controlar regularmente el cumplimiento de las normas de independencia aplicables a los auditores externos. Comité de Auditoría (II) (en términos de la Ley de Mercado de Capitales) BBVA Francés tiene un Comité de Auditoría (II) constituido por resolución del Directorio de fecha 27 de abril de 2006. Con fecha, 26 de marzo de 2012, el Directorio resolvió la nueva composición del mismo: 157 Miembros: José Manuel Tamayo Pérez Oscar Miguel Castro Marcelo Gustavo Canestri De conformidad con el Artículo 109 de la Ley de Mercado de Capitales el Comité de Auditoría (II) deberá estar compuesto de al menos tres miembros del Directorio, la mayoría de los cuales deberán ser independientes. Las facultades y obligaciones del Comité de Auditoría (II) son las siguientes: • emitir opinión sobre la propuesta del Directorio de designar los auditores externos a contratar por el Banco, y asegurar su independencia; • supervisar el funcionamiento de los sistemas contables de control interno y administrativo, así como asegurar la confiabilidad de los mismos y de toda la información financiera u otros hechos importantes sometidos a la CNV y a los mercados de valores en cumplimiento de las normas de información aplicables; • supervisar la aplicación de políticas en lo que respecta a la información sobre la gestión de riesgos del Banco; • proveer al mercado información completa respecto de operaciones que puedan involucrar conflictos de intereses con miembros de los cuerpos societarios o accionistas controlantes; • emitir opinión sobre la razonabilidad de propuestas concernientes a honorarios y planes de opciones accionarias para los directores y gerentes del Banco presentadas por el organismo administrativo; • emitir opinión sobre la observancia de requisitos legales y sobre la razonabilidad de las condiciones para la emisión de acciones o títulos convertibles en acciones en caso de un aumento de capital, con exclusión o limitación de derechos preferenciales; • verificar la observancia de las normas de conducta aplicables; • emitir opinión debidamente fundada respecto de operaciones con partes relacionadas en los casos que establezcan las normas; • emitir opinión debidamente fundada y elevarla a los mercados de valores según lo determinado por la CNV cuando exista un conflicto de intereses o la posibilidad de tal conflicto en el Banco; • preparar anualmente un plan de acción para presentarlo al Directorio y a la Comisión Fiscalizadora; y • examinar los planes preparados por los auditores externos e internos, evaluar su desempeño y emitir opinión sobre la materia en ocasión de la presentación y publicación de los estados contables anuales. Todos los directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora, gerentes y auditores externos deben, a solicitud del Comité de Auditoría, asistir a sus sesiones y cooperar con él, facilitando su acceso a la información disponible. Para asegurar un ejercicio más apropiado de las facultades y obligaciones aquí contempladas, el comité podrá solicitar el asesoramiento de abogados y otros profesionales independientes y contratar sus servicios por cuenta del Banco dentro del presupuesto asignado a tales efectos por la asamblea de accionistas. El Comité de Auditoría tendrá acceso a toda la información y documentación que considere necesaria para cumplir con sus obligaciones. Remuneración BBVA Francés cuenta con un Comité de Nombramientos y Remuneraciones creado el 30 de marzo de 2009. Sus miembros deben ser Directores sin funciones ejecutivas, y la mayoría de sus miembros deben ser “independientes”. Sus principales funciones son proveer asistencia al Directorio en todos los asuntos relativos a políticas de compensaciones y otros beneficios. Además, está a su cargo establecer los términos y condiciones para la selección y contratación de los principales ejecutivos de la Emisora. Al 31 de mayo de 2016 lo 158 conforman: (i) Oscar Miguel Castro; (ii) Marcelo Gustavo Canestri; (iii) José Manuel Tamayo Pérez; (iv) Gustavo Fernández y (v) Adrián Bressani. El monto global de las compensaciones pagadas por BBVA Francés y sus subsidiarias durante el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2015 a todos los directores y funcionarios por servicios en todo carácter, incluyendo salarios y bonificaciones, alcanzó a Ps. 94.167.628,16. Este monto incluye también compensaciones devengadas en 2014 y pagadas en 2015. Compensaciones por un monto de Ps.18.193 miles se devengaron durante 2014 y fueron totalmente pagadas en 2015. Las leyes argentinas establecen que no es obligatoria la revelación de las compensaciones individuales de los directores. Cabe agregar que la legislación argentina exige la aprobación de un monto total de las compensaciones en la Asamblea General Ordinaria de Accionistas. Conforme lo resuelto por la Asamblea de Accionistas de BBVA Francés de fecha 26 de abril de 2016, se aprobaron los honorarios por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015, para el Directorio por la suma total de Ps. 5.331.841,20, y para la Comisión Fiscalizadora por la suma total de Ps. 681.904. Comités Especiales El Banco tiene los siguientes comités especiales (i) de Dirección, (ii) de Tecnología Informática, (iii) de Transparencia, (iv) de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, entre otros. • Comité de Dirección Al 31 de mayo de 2016, el Comité de Dirección está formado por: (i) Martín Ezequiel Zarich, (ii) Jorge Luna, (iii) Gustavo Alonso, (iv) Jorge Alberto Bledel, (v) Gustavo Fernández, (vi) Ignacio Sanz y Arcelus, (vii) Gerardo Fiandrino, (viii) Gustavo Siciliano y (ix) Carlos Elizalde. Las obligaciones del Comité de Dirección son: (i) fijar las estrategias de negocios e inversión, las políticas generales de riesgos y las políticas de recursos humanos, junto con el Gerente General del Banco; (ii) otorgar poderes delegados a los funcionarios; (iii) analizar y aprobar el presupuesto general anual; (iv) monitorear su evolución y determinar las medidas correctivas de acuerdo con variables internas y de mercado; y (v) crear sinergias de negocios con el resto de las compañías del grupo. El Comité de Dirección se reúne mensualmente. • Comité de Tecnología Informática El Comité de Tecnología Informática tiene como obligaciones el tratamiento institucional de las políticas, los objetivos y el planeamiento del área de sistemas de información, y está formado por: (i) Gustavo Siciliano, (ii) Rubén Stempellato, (iii) Marcelo Gustavo Canestri, (iv) Analía González, (v) Gustavo Andrés, (vi) Leandro Alvarez, (vii) María Susana Dopazo Tomey. El Comité de Tecnología Informática se reúne trimestralmente. • Comité de Disclosure El Comité de Disclosure se encuentra integrado por: (i) el Director del Área Financiera y de Planeamiento, Ignacio Sanz y Arcelus, (ii) el Director Independiente Oscar Miguel Castro; (iii) el Director de Servicios Legales, Adrián Bressani, (iv) el Director de Auditoria, Alberto Muñiz Zurita, (v) la Gerente de Contaduría e Intervención, Mónica Etcheverry, (vi) la Gerente de Planeamiento y Eficiencia, Jaquelina Kuscich; (vii) la Responsable de Relaciones con Inversores, Jaquelina Kuscich; y (viii) la Analista de Relaciones con Inversores Cecilia Acuña. Las funciones generales del Comité de Disclosure son asegurar que toda la información provista a los accionistas del Banco, a los mercados en que se listan sus acciones y a los cuerpos reguladores de tales mercados sea verdadera y completa, represente adecuadamente su situación patrimonial y resultados operativos y sea comunicada cumpliendo con los plazos y demás requisitos de las regulaciones aplicables y con los principios generales de operación del mercado y de buen gobierno corporativo. Debe por lo tanto asegurar la existencia y el mantenimiento por el Banco de procedimientos y controles respecto a la preparación y el contenido de toda la información incluida en los estados contables, así como de cualquier información contable o financiera que deba 159 ser presentada a la CNV y otros organismos reguladores y agentes de las bolsas donde coticen las acciones de BBVA Francés. El Comité de Disclosure se reúne trimestralmente. • Comité de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo Al 31 de Mayo de 2016 el Comité de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo se encuentra conformado por dos Directores, Oscar Miguel Castro, en su calidad de Oficial de Cumplimiento de Prevención de Lavado de Dinero ante la Unidad de Información Financiera, y Marcelo Gustavo Canestri, el Director a cargo del Área de Cumplimiento Normativo, Walter Vallini; y el oficial a cargo del Blanqueo de Capitales Área de Prevención, Adriana Scorza. En cumplimiento de sus objetivos de control y prevención, el Comité de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo asume las siguientes responsabilidades: • ocuparse de todas las cuestiones relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo; • definir políticas operativas y monitorear en forma permanente su grado de instrumentación; y • asignar obligaciones a las diferentes áreas involucradas. Cada Vocal asume las siguientes funciones: • asegurar que su área sea más sensible en cuanto a la importancia de impedir el lavado de activos y financiamiento del terrorismo; • detectar cualquier situación relevante que ocurra en su área a este respecto; • analizar todo nuevo producto o servicio y evaluar potenciales riesgos de lavado de activos; y • asumir los compromisos necesarios en su área para instrumentar sistemas de prevención en coordinación con el funcionario responsable de la Prevención de Lavado de Activos. El Comité de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo incluye dentro de sus facultades, las de recibir, analizar y denunciar cualquier operación inusual o sospechosa de conformidad con lo establecido por las normas internas de procedimiento del Banco. El Comité de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo se reúne con una periodicidad mensual, o en forma extraordinaria toda vez que el coordinador lo considere conveniente debido a la existencia de asuntos importantes a considerar. Con una antelación que no supere los cinco días hábiles de la fecha de reunión, el Director de Cumplimiento Normativo analizará con el Secretario los temas a tratar en la reunión trimestral, y el Secretario presentará el orden del día a los miembros del Comité. • Comités de Riesgo 1) Risk Management Comittee Este Comité se encuentra integrado por el Director Ejecutivo o Gerente General, Director de Riesgos, Gerente de Validación y Control Interno, Gerente Riesgo Minorista, Gerente de Riesgo de Empresas y Mayorista (participantes permanentes); Gerente de Riesgos Financieros y Reporting, Gerente de Recuperaciones (participantes opcionales o por temas específicos); Responsable de Gestión Global y Secretaría Técnica, Responsable del área de tema a tratar y Expositor (participantes específicos). El Comité tendrá como objetivo: 160 • Aprobar todas aquellas operaciones y Programas Financieros de Clientes o Grupos Económicos de Corporate & Invesment Management que superen las atribuciones del Comité de Riesgo de Crédito, Entidades Financieras y Riesgo Emisor, y todo aquello que se resuelva fuera del ámbito local; todas aquellas operaciones no incluidas en el punto anterior, que por su condición de especial u excepcional ameriten ser tratadas en el mismo. • Aprobar refinanciaciones, cancelaciones y castigos de clientes individuos y Empresas, según norma de Delegación Vigente. • Aprobar las operaciones de Riesgos No Delegados (riesgos vinculados con medios de comunicación, relevancia pública, partidos políticos, sindicatos o compañías vinculadas del Banco, o a sus funcionarios). • Definir y aprobar las estrategias, manuales, políticas, prácticas y procedimientos necesarios para identificar, evaluar, medir y gestionar los riesgos a los que se enfrenta la entidad (riesgo de crédito, mercado, estructural, liquidez, operacional, etc.). • Aprobar políticas crediticias, herramientas de calificación y nuevas campañas de preaprobados o campañas masivas). • Aprobar los límites de Asset Allocation, Portfolio Lending Program (PLP´s) y pruebas de estrés. • Aprobar la delegación de atribuciones. • Aprobar los procesos de venta de cartera y resultados de la misma, y realización de activos tomados en defensa del crédito. • Convocar al Comité de Crisis en caso de considerarlo necesario o a solicitud del Comité de seguimiento mayorista o minorista, y aprueba las acciones definidas en dicho comité para mitigar las alertas de riesgo expuestas previamente con los Comités de Seguimiento respectivos. 2) Comité Técnico de Operaciones Local Este Comité se encuentra integrado por el Director de Riesgos, Gerente de Validación y Control Interno, Gerente de Riesgo Minorista, Gerente de Riesgo de Empresas y Mayorista (participantes permanentes); Gerente de Riesgos Financieros y Reporting y Gerente de Recuperaciones (participantes opcionales o por temas específicos); Responsable de Gestión Global y Secretaría Técnica, Responsable del área del tema a tratar, Expositor (participantes específicos). Este Comité analiza operaciones por hasta un monto de us$ 40 millones y tiene como principales funciones: • • Aprobar todas aquellas operaciones y Programas Financieros de Clientes o Grupos Económicos. • Aprobar prórrogas, renovaciones de corto plazo y modificaciones de operaciones y Programas Financiero de corto plazo y modificaciones de operaciones y Programas Financieros de Clientes o Grupos Económicos que superen las atribuciones del Comité de Riesgo de Crédito Mayorista. • Aprobar refinanciaciones, cancelaciones y castigos de clientes individuos y Empresas.Aprobar renovaciones y prórrogas de campañas de preaprobados o campañas masivas. Comité de Corporate Assurance 161 Se encuentra integrado por un Director Ejecutivo en calidad de Presidente del Comité, Miembros del Comité de Dirección en calidad de Participantes Permanentes y la Secretaría del Comité se encuentra a cargo del Director de Auditoría. Sus principales funciones son: • Difundir y velar por el eficaz funcionamiento del modelo de control, así como por la necesaria cultura de transparencia y autocrítica. • Asegurar la implantación y conservación del modelo de Corporate Assurance en el ámbito de las entidades que conforman el Grupo BBVA. • Decidir sobre la priorización de las debilidades de control identificadas por las áreas especialistas y Auditoría Interna y sobre la adecuación, pertinencia y oportunidad de las medidas correctoras propuestas. • Velar que las responsabilidades de los especialistas sean ejercidas de manera autocrítica y transparente • Conocer, evaluar y asignar responsabilidades de gestión de los riesgos que sean sometidos a su consideración. • Dar puntual seguimiento a los planes de acción acordados para la mitigación de riesgos. • Comunicar a los especialistas y Unidades de Negocio las decisiones tomadas. • Promover el conocimiento del Modelo de Riesgo Operacional, así como la difusión de las Políticas Corporativas que regulan la materia • Resolver y tomar decisiones, en lo relativo al Riesgo Operacional, que por su materialidad o importancia sea requerido • Garantizar la aplicación del Modelo de Riesgo Operacional y facilitar una adecuada gestión de los riesgos operacionales asociados a la actividad del BBVA Francés • Supervisar la adecuada implantación de las herramientas y metodología del modelo • Podrá ocuparse de todas aquellas materias que refuercen la calidad y confiabilidad de los controles internos del BBVA Francés y sus sociedades filiales. Las reuniones del Comité de Corporate Assurance serán ordinarias y extraordinarias. Las primeras, se celebrarán en forma cuatrimestral, previa convocatoria efectuada por el Secretario. Las segundas, cuando sean convocadas por el Secretario o por la iniciativa de uno o más miembros del Comité, frente a circunstancias especiales que así lo justifiquen. • Comité de Cumplimiento Normativo Este Comité se encuentra integrado por dos Directores Titulares, el Director Ejecutivo o Gerente General, el Director Adjunto de Cumplimiento Normativo, el Director de Banca Comercial, el Director Financiero y de Planeamiento, y el Director de Adjunto de Servicios Jurídicos. Sus principales funciones son: • Vigilar el cumplimiento de la normativa aplicable en asuntos relacionados con las Conductas en los Mercados de Valores y protección de datos personales. • Vigilar el alcance de las actuaciones del Banco en materia de su competencia, así como los requerimientos de información o actuación que hicieren los organismos oficiales competentes. • Asegurar que el Código de Conducta interno y el Código de Conducta ante los mercados de valores, aplicables al personal del Banco cumplan las exigencias normativas y sean adecuados para la institución. • Autorizar exenciones al cumplimiento de disposiciones concretas del Código de Conducta. Dichas exenciones serán de carácter excepcional y por causa justificada de la que no se deriven riesgos para la Integridad Corporativa del BBVA Banco Francés y empresas del grupo en Argentina. • Promover la adopción de las medidas necesarias para resolver las actuaciones éticamente cuestionables a cuyo conocimiento hubiera podido acceder cualquiera de sus miembros. • Respecto de aquellas circunstancias de las que pudieran derivarse riesgos significativos para el Grupo BBVA en Argentina, informar con prontitud al correspondiente Directorio, con la finalidad de asegurar el reflejo, en los estados contables, de lo que pudiera resultar procedente. 162 • Resolver las situaciones en las que los intereses de Banco, aparecieran enfrentados a los de sus clientes. Comité de Integridad, Conducta en los Mercados, Customer Compliance, Protección de Datos Personales y Control Regulatorio Este Comité se encuentra integrado por (i) el Director Titular de BBVA Francés S.A., en su calidad de Oficial de Cumplimiento; (ii) Responsable Máximo de Cumplimiento Normativo; (iii) un Director Titular y (iv) Responsable de Integridad, Conducta en los Mercados, Customer Compliance, Protección de Datos y Control Regulatorio. Sus principales funciones serán: • Marcar políticas de actuación, revisando continuamente su grado de avance. • Consensuar acciones para análisis en materia de Prevención de Lavado de Dinero en casos de empleados y proveedores. • Promover la adopción de medidas necesarias para resolver las situaciones éticamente cuestionables. • Adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento al Código de Conducta Ético; el de Mercado de Capitales; las regulaciones en materia de Protección de Datos Personales, Customer Compliance y Control Regulatorio. • Promover planes de acción en materia de formación y sensibilización a la dotación del Banco y empresas vinculadas sobre la importancia del conocimiento de los aspectos contenidos en materia de Integridad, Conducta en los Mercados, Customer Compliance, Protección de Datos Personales y Control Regulatorio. Este Comité se reunirá de forma mensual. También en cumplimiento de resoluciones específicas del Banco Central u otros organismos de control, el Banco ha designado distintos funcionarios responsables para temas específicos, como se detalla a continuación: − Responsable de Posiciones Cambiarias (Com. “A” 4246 del BCRA) Funcionario Responsable Principal: Sr. Manuel Mansilla Funcionario Responsable Adjunto: Sr. Gustavo Viturro − Responsable de Control de Cambios (Com. “A” 4246 del BCRA) Funcionario Responsable Principal:Sr. Daniel Neme Funcionario Responsable Suplente: Sr. José Luis Frete − Responsable de relaciones con entidades y sus clientes (Com. “A” 5388 del BCRA) Funcionario Responsable Principal: Sr. José Roberto Adragna Funcionario Responsable Adjunto: Sra. Magdalena Barberis − Responsable de la Política de Liquidez (Com. “A” 2879 del BCRA) Sr. Diego Cesarini − Responsable de los Sistemas de Información (Com. “A” 2593 del BCRA) Funcionario Responsable Principal: Sr. Ignacio Sanz y Arcelus Funcionario Responsable Adjunto: Sr. Gustavo Fabián Alonso − Responsable Relaciones de Mercado (Ley 26.831) Funcionario Responsable Principal: Sr. Ignacio Sanz y Arcelus Funcionarios Responsables Adjuntos: Sr. Martín Ezequiel Zarich, Sr. Adrián Bressani 163 − Oficial de Cumplimiento en normas de Prevención de Lavado de Dinero (Com. “A” 5004 del BCRA) Sr. Oscar Miguel Castro. Empleados El cuadro que figura a continuación presenta el desglose de nuestra nómina de empleados de tiempo completo al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013: Al 31 de diciembre de 2015 (1) 2014 (1) 2013 (1) Casa matriz Sucursales Total (1) 2.807 2.977 5.784 2.551 2.886 5.437 2.426 2.796 5.222 Excluye 11 empleados de controladas no bancarias al 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, respectivamente. Los empleados del Banco son representados por un sindicato bancario nacional y la afiliación es optativa. Al 31 de diciembre de 2015, 2.038 empleados del Banco estaban afiliados. Este gremio negocia un convenio colectivo de trabajo para establecer salarios mínimos para todos sus miembros. Hace más de veinte años que el Banco no tiene conflictos con el gremio y considera que las relaciones con sus empleados son satisfactorias. El Banco posee un Departamento de Capacitación y Desarrollo, el cual está a cargo del entrenamiento de todos los empleados del Banco. Esto incluye cursos internos y seminarios en todas las áreas: Operaciones, Tecnología y Comercial (Sucursales, Banca Corporativa). El Banco otorga a sus empleados gratificaciones en forma discrecional, tomando en cuenta el mérito individual y el nivel de beneficio general para el Banco. No tenemos un plan formal de participación en las ganancias. Propiedad accionaria Al 31 de marzo de 2016, Marcelo Gustavo Canestri (Vicepresidente 2°) y Gustavo Osvaldo Fernández (Director de Recursos Humanos) poseían acciones de BBVA Francés, las cuales representaban menos del 1% del capital accionario de la Emisora. Las acciones en poder de estas personas no poseen diferentes derechos de voto. Ninguno de nuestros Directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora o nuestros restantes ejecutivos senior posee acciones ni opciones sobre acciones de BBVA Francés. 164 ACCIONISTAS PRINCIPALES Y TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS Principales accionistas El capital del Banco es de Ps. 536.877.850 y está integrado por 536.877.850 acciones de una única clase, ordinarias, de Ps. 1 de valor nominal cada una con idénticos derechos entre sí. BBVA Francés es una sociedad inscripta bajo la legislación argentina cuyos accionistas limitan su responsabilidad a las acciones que han suscripto e integrado bajo la Ley de Sociedades. Por lo tanto, y en términos de la Ley Nº 25.738, ningún accionista del Banco, sea extranjero o local, es responsable más allá de tales acciones integradas por obligaciones derivadas de las transacciones del Banco. La siguiente tabla proporciona información respecto de la titularidad real de las acciones ordinarias del Banco al 31 de diciembre de 2015 ejercida por cada persona que, según nuestro conocimiento, posee de forma real y efectiva más del 5% de nuestras acciones ordinarias. Estas personas no poseen diferentes derechos de voto. Tenencias de acciones ordinarias al 31 de diciembre de 2015 Cantidad Porcentaje de clase Tenedor de participación accionaria Banco Bilbao Vizcaya Argentaria BBV América SL The Bank of New York Mellon (1) ANSES (1) 244.870.968 160.060.144 54.979.152 42.439.494 45,61% 29,81% 10,24% 7,90% Como agente tenedor de ADSs. Con fecha 26 de marzo de 2012, las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas de BBVA Francés y de Otar aprobaron el compromiso previo de fusión, por el cual el Banco aprobó el incremento del capital social a través de la emisión de 50.410.182 acciones ordinarias y escriturales, de valor nominal Ps. 1 cada una y de 1 voto por acción. Asimismo, inmediatamente después del aumento del capital mencionado, BBVA Francés procedería a la cancelación de las 50.410.182 acciones ordinarias y escriturales, de valor nominal Ps. 1 cada una y de 1 voto por acción previa reducción del capital resultante como consecuencia de la fusión. Con fecha 18 de julio de 2013, el BCRA mediante la Resolución N° 473 resolvió no formular observaciones a la fusión por absorción de Otar por BBVA Francés. Con fecha 8 de agosto de 2013, la CNV aprobó la fusión por absorción en los términos del artículo 82 de la Ley de Sociedades Comerciales mediante la Resolución N° 17.155. Con fecha 27 de marzo de 2014, la fusión por absorción fue inscripta ante la Inspección General de Justicia, bajo el N° 5.302 del Libro 68 de Sociedades por Acciones. Finalmente, se cancelaron 50.410.182 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $1 cada una y de 1 voto por acción de BBVA Francés y simultáneamente se emitieron 50.410.182 acciones ordinarias escriturales de valor nominal $1 cada una y de 1 voto por acción de BBVA Francés que fueron entregadas en canje a los ex accionistas de Otar. En consecuencia, nuestro capital accionario al 31 de diciembre de 2015 era de 536.877.850 acciones y BBVA mantuvo su participación accionaria en el Banco del 75,95%. Por su parte, el 4 de enero de 2012 BBVA Francés fue notificado de la inscripción en el Registro Público de Comercio de Madrid de la fusión entre Bilbao Vizcaya América BV y BBV América SL, en su condición de empresa sucesora. La fusión se ha llevado a cabo como parte de un plan de reorganización corporativa del Grupo BBVA. BBVA Banco Francés es una sociedad inscripta bajo la legislación argentina cuyos accionistas limitan su responsabilidad a las acciones que han suscripto e integrado bajo la Ley de Sociedades. Por lo tanto, y en términos de la Ley Nº 25.738, ningún accionista del Banco, sea extranjero o local, es responsable más allá de tales acciones integradas por obligaciones derivadas de las transacciones del Banco. Exceptuando lo antedicho, no tenemos conocimiento de ningún acuerdo cuya operación pueda en una fecha posterior resultar en un cambio de control en BBVA Francés. Al 31 de diciembre de 2015, según nuestros registros y los del depositario, 12 titulares de acciones ordinarias y 78 titulares registrados de ADSs tenían domicilio en los Estados Unidos y representaban, en conjunto, el 10,26% de nuestras acciones ordinarias emitidas y en circulación. 165 Transacciones con partes vinculadas El cuadro que figura a continuación presenta los préstamos, garantías y extensiones de créditos (saldos sin utilizar) otorgados a personas vinculadas correspondientes a los ejercicios fiscales finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013. Las partes vinculadas incluyen sociedades controladas, accionistas controlantes y entidades bajo control común, gerencia y directores claves y entidades asociadas. 166 Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 Ultimo saldo de Extensión la extensión mayor de crédito Tasa de de Tasa de (1)(2) Parte relacionada interés crédito (2) interés Naturaleza Entidades Controladas, Controlantes y bajo Control Común BBVA y subsidiarias Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Ultimo Extensió saldo de n mayor la de extensión crédito Tasa de de Tasa de (1)(2) interés crédito (2) interés Naturaleza Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013 Ultimo Extensió saldo de n mayor la de extensión crédito Tasa de de Tasa de (1)(2) interés crédito (2) interés Naturaleza 291.818 — 193.346 — Garantías otorgadas y corresponsales 248.866 — 169.878 — Garantías otorgadas, otros préstamos y corresponsales 160.561 — 120.184 41.647 — 41.647 — Participación. 32.475 0,12% 25.209 — Adelantos, otros préstamos y participación. 21.896 — 21.244 BBVA Francés Asset Management S.A. 161.496 32,73% 161.496 32,73% Otros préstamos, préstamos con tarjeta de crédito y participación 355.907 — 79.153 32,73% Otros préstamos, préstamos con tarjeta de crédito, garantías otorgadas y participación 69.219 32,73% 69.219 Consolidar AFJP S.A. (en liquidación) 11.512 — 11.507 11.511 — 11.507 — Otros préstamos, garantías otorgadas y participación 11.534 45,00% 11.507 — Adelantos, otros préstamos, garantías otorgadas y participación 29,92% 1.252.472 29,92% Adelantos, préstamos interfinancieros, otros préstamos, garantías otorgadas y participación 30,90% 30,90% Préstamos con tarjeta de crédito, otros préstamos y participación BBVA Francés Valores S.A. PSA Finance BBVA Consolidar Seguros S.A. 1.436.185 85.847 — Otros préstamos, garantías otorgadas y participación 35,80% 1.093.000 34,94% Préstamos 1.431.765 interfinancieros, otros préstamos, garantías otorgadas y participación 32,49% 1.382.477 35,61% Préstamos 1.252.472 interfinancieros, otros préstamos, garantías otorgadas y participación 32,12% 32,73% Adelantos, préstamos con tarjeta de crédito, otros préstamos y participación 31,88% 32,36% Adelantos, préstamos con tarjeta de crédito, otros préstamos y participación 74.689 71.056 167 68.427 47.531 47.531 — Garantías otorgadas y corresponsales — Otros préstamos y participación. 32,73% Préstamos con tarjeta de crédito, otros préstamos y participación Parte relacionada Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015 Ultimo saldo de Extensión la extensión mayor de crédito Tasa de de Tasa de (1)(2) interés crédito (2) interés Naturaleza Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2014 Ultimo Extensió saldo de n mayor la de extensión crédito Tasa de de Tasa de (1)(2) interés crédito (2) interés Naturaleza Ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013 Ultimo Extensió saldo de n mayor la de extensión crédito Tasa de de Tasa de (1)(2) interés crédito (2) interés Naturaleza Entidades Asociadas Rombo Cia Financiera 1.210.106 S.A. Directores y Gerentes Principales (3) (1) (2) (3) 17.896 33,61% 1.209.254 33,55% Préstamos 1.251.062 interfinancieros, otros préstamos, adelantos, garantías otorgadas y participación 32,32% 978.961 35,00% 35,00% Adelantos, préstamos con tarjeta de crédito, préstamos personales, otros préstamos e hipotecarios 28,50% 15.417 17.896 16.718 Mayor importe del período indicado En miles de pesos Incluye: Directores, Directores de Área, miembros del Comité de Auditoria y gerentes relevantes. Las operaciones incluidas en esta sección (a) fueron realizadas en el curso ordinario del negocio, (b) fueron realizadas en los mismos términos, incluido tasa de interés y garantías, que aquellas preexistentes al mismo tiempo con operaciones similares con otras personas, y (c) no involucra un riesgo de cobro mayor al habitual o presenta otras características desfavorables. 168 33,97% Préstamos 1.259.290 interfinancieros, otros préstamos, garantías otorgadas y participación 28,50% Adelantos, préstamos con tarjeta de crédito, préstamos personales, otros préstamos e hipotecarios 31,32% 1.259.290 11.060 22,90% 31,32% Préstamos interfinancieros, otros préstamos, garantías otorgadas y participación 11.060 22,90% Adelantos, préstamos con tarjeta de crédito, préstamos personales, otros préstamos e hipotecarios INFORMACIÓN CONTABLE Estados Contables Los estados contables individuales y consolidados del Banco, correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013, se encuentran incorporados al presente por referencia y disponibles en la AIF (Autopista de la Información Financiera) en el ítem Información Financiera. Procedimientos Legales Las medidas tomadas por el Gobierno Nacional a principios de 2002, incluyendo la derogación de la Ley de Convertibilidad, la pesificación de todos los activos y pasivos de la economía formal y el default de la deuda del Gobierno Nacional, condujeron a un masivo retiro de depósitos y a la ruptura de la cadena de pagos. Hemos enfrentado muchas demandas de los depositantes para recuperar sus depósitos en efectivo y en la moneda original. Durante el año 2015 BBVA Francés pagó Ps. 6.615 miles por diferencias de tipo de cambio de los depósitos devueltos, en cumplimiento de órdenes judiciales por demandas iniciadas por clientes del Banco. Dividendos El Banco tiene una política de distribución de dividendos en línea con la vocación del Banco en pro de sostener el valor de nuestro patrimonio, la cual al mismo tiempo permite que la situación financiera del Banco evolucione favorablemente de modo de propender al crecimiento de los negocios y al mantenimiento permanente de altos niveles de liquidez y solvencia en cumplimiento con las normas y regulaciones aplicables. De acuerdo con la Comunicación “A” 5072 del Banco Central del 6 de mayo de 2010, dicha distribución debe contar con la previa autorización del Banco Central y no debe haber ocurrido ninguna de las siguientes situaciones durante el mes inmediatamente anterior al pedido de autorización hecho a la Superintendencia de Entidades Financieras: 1) que el Banco caiga bajo las disposiciones de los artículos 34 “Regularización y reestructuración” y 35 bis “Reestructuración de la entidad para la protección de los créditos y depósitos bancarios” de la Ley de Entidades Financieras; 2) registren asistencia financiera por iliquidez del Banco Central de la República Argentina, en el marco del artículo 17 de la Carta Orgánica de esta Institución; 3) que el Banco incurra en demora o incumplimiento respecto al sistema de información establecido por el Banco Central; o 4) que el Banco muestre deficiencias de integración de su capital mínimo, sea individualmente o sobre base consolidada (sin computar para dicho propósito los efectos de franquicias individuales otorgadas por la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias) o respecto de sus requerimientos de efectivo mínimo promedio en pesos o en moneda extranjera. 5) que el Banco registre sanciones impuestas por la Unidad de Información Financiera (UIF) que se ponderen como significativas, excepto cuando se hayan implementado medidas correctivas a satisfacción de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias o, en el caso de que se le haya requerido un plan de mitigación de riesgos, que éste haya sido aprobado por dicha Superintendencia. Las Comunicaciones “A” 5272 y “A” 5273 del Banco Central de fecha 1 de Febrero de 2012, aumentaron los requerimientos de capital que deben integrar las entidades financieras que operan en la Argentina. En dichas comunicaciones se establecieron ciertas exigencias de capital para cobertura de riesgo operacional, se determinó al solo efecto de distribución de utilidades, que deberá considerarse un “colchón” (buffer) adicional equivalente al 75% de la exigencia total de capital. Para un detalle de los dividendos en efectivo que hemos abonado sobre nuestras acciones ordinarias y ADSs en los años 2004 a 2015, véase “Información Clave sobre la Emisora -Información Contable Seleccionadadividendos Declarados”. 169 DE LA OFERTA Y LA NEGOCIACIÓN TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES A continuación se detallan los términos y condiciones generales de las Obligaciones Negociables que podrán ser emitidas por el Banco en el marco del Programa. En los Suplementos correspondientes se detallarán los términos y condiciones específicos de las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión, los cuales complementarán y/o modificarán dichos términos y condiciones generales con respecto a las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión. En caso de contradicción entre los términos y condiciones generales detallados a continuación y los términos y condiciones específicos que se detallen en los Suplementos correspondientes, estos últimos prevalecerán por sobre los primeros con respecto a las Obligaciones Negociables de la clase y/o serie en cuestión. La creación del Programa, los aumentos del monto, la prórroga de su plazo y la emisión de las Obligaciones Negociables, así como los términos y condiciones del Programa y de las Obligaciones Negociables, fueron aprobados por las asambleas de accionistas del 15 de julio de 2003, 26 de abril de 2007, 28 de marzo de 2008, 30 de marzo de 2011, 26 de marzo de 2012 y 9 de abril de 2013, y por el directorio en sus reuniones del 31 de agosto de 2004, 7 de diciembre de 2004, 24 de septiembre de 2008 y 23 de septiembre de 2009 en ejercicio de facultades delegadas por la asamblea. Asimismo, con fecha 22 de diciembre de 2009, ciertos subdelegados del Banco aprobaron los términos y condiciones finales del Programa y de las Obligaciones Negociables, de acuerdo con facultades subdelegadas por el Directorio. La Asamblea de Accionistas del Banco aprobó la renovación de la delegación de facultades en el Directorio en su reunión de fecha 7 de abril de 2015, y en la reunión de Directorio de fecha 31 de mayo de 2016, se aprobó la subdelegación de facultades en ciertos funcionarios subdelegados. Descripción. Las Obligaciones Negociables serán, conforme con la Ley de Obligaciones Negociables, obligaciones negociables (i) no subordinadas, simples no convertibles en acciones, con garantía común y/o, siempre y cuando fuera permitido por las normas vigentes, flotante y/o especial, y/o (ii) subordinadas, convertibles o no en acciones, con garantía común. Adicionalmente, las Obligaciones Negociables podrán o no estar avaladas o garantizadas por otra entidad financiera del país o banco del exterior. Las Obligaciones Negociables podrán o no calificar como patrimonio neto básico o complementario según las normas del Banco Central y/o cualquier otra nueva regulación que permita computar dichas Obligaciones Negociables con algún tratamiento contable o técnico especial bajo las normas del Banco Central o cualquier otro organismo regulador. Rango. Las Obligaciones Negociables tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y con todas las demás obligaciones no subordinadas del Banco, presentes o futuras, salvo las obligaciones que gozaran de privilegios en virtud de disposiciones legales; sin perjuicio de ello, en caso de emitirse Obligaciones Negociables con garantía flotante y/o especial y/o avaladas o garantizadas por otra entidad financiera del país o banco del exterior, y/o subordinadas, su rango se especificará en los Suplementos correspondientes. La Ley de Entidades Financieras establece que, en el supuesto de liquidación judicial o quiebra del Banco, ciertos acreedores (sean individuos o sociedades), incluyendo todos los depositantes (prescindiendo del tipo, monto o moneda de sus depósitos), tendrán un privilegio general respecto de todos los demás acreedores (tales como los Tenedores), con excepción de los créditos con privilegio especial de prenda o hipoteca y los acreedores laborales enunciados en el párrafo siguiente, incisos (i) y (ii), a que se les pague en el siguiente orden de prelación: (a) depósitos efectuados por personas físicas y/o jurídicas hasta Ps. 50.000 o su equivalente en moneda extranjera, gozando de este privilegio una sola persona por depósito; (b) depósitos constituidos por importes mayores, por las sumas que excedan la indicada en el apartado anterior; y (c) los pasivos originados en líneas comerciales otorgadas a la entidad y que afecten directamente el comercio internacional. Por otra parte, los fondos asignados por el Banco Central y los pagos efectuados en virtud de convenios de créditos recíprocos o por cualquier otro concepto y sus intereses, le serán satisfechos a éste con privilegio absoluto por sobre todos los demás créditos, con las siguientes excepciones en el orden de prelación que sigue: (i) los créditos garantizados con hipoteca o prenda y los créditos otorgados conforme a lo previsto por el artículo 17 incisos b) c) y f) de la carta orgánica del Banco Central, en la extensión de sus respectivos ordenamientos (los 170 créditos otorgados por el Fondo de Liquidez Bancaria creado por el Decreto N° 32 del 26 de diciembre de 2001, garantizados por prenda o hipoteca, gozarán de idéntico privilegio); (ii) los créditos privilegiados emergentes de las relaciones laborales comprendidos en el artículo 268 (créditos con privilegio especial) de la ley de contrato de trabajo (gozarán del mismo privilegio los intereses que se devenguen por las acreencias precedentemente expuestas, hasta su cancelación total); y (iii) los créditos de los depositantes, conforme lo expresado en el párrafo anterior, incisos (a) y (b). Las Obligaciones Negociables no cuentan con el privilegio otorgado a los acreedores antes mencionados para el caso de liquidación o quiebra según lo descripto en los párrafos anteriores. Asimismo, se encuentran excluidas del sistema de seguro de garantía de los depósitos de la Ley N° 24.485. Monto Máximo y Duración del Programa. El monto máximo de la totalidad de las Obligaciones Negociables En Circulación en cualquier momento bajo el Programa no podrá exceder de US$750.000.000, o su equivalente en otras monedas. A fin de determinar el monto total de las Obligaciones Negociables En Circulación en la fecha de emisión de nuevas Obligaciones Negociables, se incluirá en los Suplementos correspondientes, en caso que las Obligaciones Negociables en cuestión se emitan en una moneda diferente al dólar, la fórmula o procedimiento a utilizar para la determinación de la equivalencia entre la moneda utilizada en la emisión en cuestión y el dólar. El plazo de duración del Programa, dentro del cual podrán emitirse las Obligaciones Negociables, será hasta el 15 de julio de 2018. Clases y Series. Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en distintas clases (cada una, una “Clase”) con términos y condiciones específicos diferentes entre las Obligaciones Negociables de las distintas Clases, pero las Obligaciones Negociables de una misma Clase siempre tendrán los mismos términos y condiciones específicos. Asimismo, las Obligaciones Negociables de una misma Clase podrán ser emitidas en distintas series (cada una, una “Serie”) con los mismos términos y condiciones específicos que las demás Obligaciones Negociables de la misma Clase, y aunque las Obligaciones Negociables de las distintas Series podrán tener diferentes fechas de emisión y/o precios de emisión, las Obligaciones Negociables de una misma Serie siempre tendrán las mismas fechas de emisión y precios de emisión. Moneda. Las Obligaciones Negociables podrán estar denominadas en dólares o en cualquier otra moneda, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Destino de los Fondos. En los Suplementos correspondientes se especificará el destino que BBVA Francés dará a los fondos netos que reciba en virtud de la colocación de las Obligaciones Negociables, el cual será uno o más de los siguientes destinos previstos en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables: (i) inversiones en activos físicos situados en el país, (ii) integración de capital de trabajo en el país, (iii) refinanciación de pasivos, (iv) integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas a BBVA Francés cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados, y/o (v) otorgamiento de préstamos a los que los prestatarios deberán dar alguno de los destinos a que se refieren los puntos anteriores de éste párrafo, conforme a las reglamentaciones que a ese efecto dicte el Banco Central. Amortización. Los plazos y las formas de amortización de las Obligaciones Negociables serán los que se especifiquen en los Suplementos correspondientes. Los plazos siempre estarán dentro de los plazos mínimos y máximos que permitan las normas vigentes (incluyendo, sin limitación, las normas dictadas por el Banco Central). Intereses. 171 Las Obligaciones Negociables podrán devengar intereses a tasa fija o flotante o de cualquier otra manera, o no devengar intereses (conforme con las normas dictadas por el Banco Central), según se especifique en los Suplementos correspondientes. Las Obligaciones Negociables podrán asimismo otorgar cualquier otro tipo de contraprestación por la emisión y/o provisión de fondos bajo las mismas. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el capital de las Obligaciones Negociables devengará intereses compensatorios (los “Intereses Compensatorios”) desde la fecha de emisión de las mismas, inclusive, y hasta la fecha en que dicho capital sea totalmente amortizado, no inclusive. Los intereses serán pagados en las fechas y en las formas que se especifique en los Suplementos correspondientes y, a menos que en dichos documentos se especifique lo contrario, para el cálculo de los mismos se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365). A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, todo importe adeudado bajo las Obligaciones Negociables que no sea abonado en la fecha y en la forma estipulada, cualquiera fuera la causa o motivo de ello, devengará intereses punitorios sobre el importe impago desde la fecha en que dicho importe debería haber sido abonado, inclusive, y hasta la fecha de su efectivo pago, no inclusive, a una tasa de interés equivalente al Interés Compensatorio (o en caso que la falta de pago en cuestión fuera luego de la fecha de vencimiento de las Obligaciones Negociables en cuestión, a la tasa de interés que hubiera correspondido a un nuevo período de intereses computada de la misma manera que la tasa de interés de cualquier otro período de intereses) incrementado en 200 puntos básicos. En el caso de Obligaciones Negociables que no devenguen intereses, el cálculo de los intereses punitorios se especificará en los Suplementos correspondientes. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los intereses punitorios se capitalizarán mensualmente el último día de cada mes calendario y serán considerados, a partir de la fecha en que se produzca tal capitalización, como capital a todos los efectos que pudiera corresponder. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los importes que devenguen intereses conforme con éste párrafo no devengarán intereses conforme con el párrafo anterior. No se devengarán intereses punitorios cuando la demora no sea imputable al Banco en la medida que el Banco haya puesto a disposición del agente de pago aplicable los fondos en cuestión con la anticipación necesaria indicada por tal agente de pago con el objeto de que los fondos sean puestos a disposición de los Tenedores en la respectiva fecha de pago. Montos Adicionales. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, todos los pagos que el Banco efectúe bajo las Obligaciones Negociables serán realizados sin deducciones y/o retenciones por, o a cuenta de, cualquier Impuesto, salvo en los casos en que el Banco estuviera obligado por las normas vigentes a efectuar deducciones y/o retenciones por, o a cuenta de, cualquier Impuesto. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, en tales casos el Banco (i) efectuará las deducciones y/o retenciones en cuestión y pagará los montos así deducidos y/o retenidos a la Autoridad Impositiva que corresponda, y (ii) pagará a los Tenedores en cuestión, en el mismo momento en el cual efectúe los pagos respecto de los cuales se efectuó dicha deducción y/o retención, los montos adicionales que sean necesarios para permitir que los montos recibidos por tales Tenedores, luego de efectuadas las deducciones y/o retenciones en cuestión, sean iguales a los montos que los mismos hubieran recibido bajo tales Obligaciones Negociables en ausencia de las deducciones y/o retenciones en cuestión (tales montos adicionales, los “Montos Adicionales”). Sin embargo, y a menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco no abonará tales Montos Adicionales al Tenedor en cuestión (i) en el caso de pagos para los cuales se requiere la presentación de las Obligaciones Negociables, cuando cualquiera de dichas Obligaciones Negociables no fuera presentada dentro de los 30 Días Hábiles posteriores a la fecha en que dicho pago se tornó exigible; (ii) cuando tales deducciones y/o retenciones resultaran aplicables en virtud de una conexión entre el Tenedor de las Obligaciones Negociables en cuestión y cualquier Autoridad Impositiva, que no sea la mera tenencia de las Obligaciones Negociables y la percepción de pagos de capital, intereses y/u otros montos adeudados en virtud de las mismas; (iii) en relación con cualquier Impuesto a o sobre los bienes personales (incluyendo el Impuesto a los Bienes Personales), los activos (como el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta), las sucesiones, las herencias, las donaciones, las ventas, las transferencias y/o las ganancias de capital y/u otros Impuestos similares y/o que reemplacen a los indicados precedentemente; (iv) cuando las deducciones y/o retenciones fueran impuestas como resultado de la falta de cumplimiento por parte del Tenedor de las Obligaciones Negociables en cuestión (dentro de los 30 Días Hábiles de así serle requerido por escrito por el Banco, o aquel menor plazo que 172 fuera razonablemente posible en caso de que el respectivo cambio de la ley impositiva argentina que da lugar a la aplicación del presente punto hubiera estado vigente por menos de 30 Días Hábiles antes de la fecha de pago en cuestión) de cualquier requisito de información (incluyendo la presentación de certificaciones u otros documentos) requerido por las disposiciones legales vigentes para eliminar y/o reducir tales deducciones y/o retenciones; y/o (v) cuando sean en relación al Impuesto a las Ganancias que les corresponda tributar a los Tenedores comprendidos en el Título VI de la Ley N° 20.628 (texto ordenado en 1997 y modificatorias) del Impuesto a las Ganancias; (vi) en relación al impuesto a los créditos y débitos efectuados en cuentas de cualquier naturaleza abiertas en las entidades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras; (vii) cuando sean en relación con los Impuestos pagaderos de otra forma que no sea mediante deducción y/o retención de los pagos de capital, intereses y/u otros importes adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables; y/o (viii) cualquier combinación de los apartados (i) a (vii) precedentes. Pedido de información y documentación. El Banco se reserva el derecho a solicitar a los Tenedores, cualquier documentación y/o información requerida por, o en representación de, la Argentina, cualquier subdivisión política de la misma, y/o cualquier autoridad gubernamental con facultades fiscales, a los efectos de cumplimentar debidamente las obligaciones impuestas a su cargo en su carácter de emisor de las Obligaciones Negociables, conforme las disposiciones legales vigentes en la Argentina. Por su parte, los Tenedores se comprometen a colaborar y a facilitar al Banco toda la documentación e información respaldatoria que les sea requerida. Forma. Las Obligaciones Negociables serán escriturales, a menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, en cuyo caso podrán ser nominativas no endosables (con o sin cupones de interés) representadas por uno o más títulos globales (que serán depositados con depositarios autorizados por las normas vigentes) y/o por títulos definitivos. Por otra parte, en caso que así lo permitieran las normas vigentes (lo cual no ocurre actualmente por encontrarse vigente la Ley N° 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados), también podrán ser al portador si así se especifica en los Suplementos correspondientes. Las Obligaciones Negociables representadas por títulos globales o emitidas en forma escritural serán depositadas y/o registradas en sistemas autorizados por las normas vigentes. Denominación. Las Obligaciones Negociables tendrán la denominación que se especifique en los Suplementos correspondientes. Precio de Emisión. Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas a la par, con descuento (en los casos permitidos según las normas dictadas por el Banco Central) o con prima sobre la par, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Integración. Los suscriptores de Obligaciones Negociables podrán integrar el precio correspondiente a las Obligaciones Negociables en dinero o en especie, incluyendo, sin limitación, a través de préstamos otorgados en el giro corriente de las operaciones, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Información relacionada con normativa sobre lavado de activos. El Banco se reserva el derecho de requerir a quienes deseen suscribir las Obligaciones Negociables, información relacionada con el cumplimiento del régimen de “Prevención del Lavado de Activos y de Otras Actividades Ilícitas” sancionado por el Banco Central y aquella requerida por las disposiciones de la Ley de Prevención de Lavado de Activos y su reglamentación, o por disposiciones o requerimientos de la UIF. Adicionalmente, el Banco no dará curso a las suscripciones cuando quien desee suscribir las Obligaciones Negociables no proporcione, a satisfacción del Banco, la información solicitada. 173 Normativa del Banco Central. Las Obligaciones Negociables subordinadas podrán ser convertibles en acciones del Banco, según se especifique en los Suplementos correspondientes. De acuerdo al punto 1.2 del capítulo V de la circular CREFI 2 (Comunicación “A” 2241 del 02/09/94 y modificatorias) del Banco Central: (a) cuando los ofrecimientos que se efectúen en bolsas de comercio del país o del exterior, puedan dar lugar a un cambio en la calificación de una entidad financiera (como el Banco) o alterar la estructura de los grupos de accionistas, el prospecto de oferta de acciones debe dejar expresamente constancia de que los oferentes que, de resultar suscriptores (por ejercicio del derecho de preferencia y, en su caso, del derecho de acrecer), puedan afectar (si las Obligaciones Negociables que se hayan emitido como convertibles fueran convertidas en acciones del Banco) esos conceptos, deberán contar con la autorización previa del Banco Central para formalizar la operación, cumpliendo todos los recaudos previstos en el punto 1.1 del capítulo V de la citada circular CREFI 2; y (b) dentro de los diez días de cerrado el período de suscripción, el Banco deberá informar al Banco Central quienes son los suscriptores (acompañando los respectivos datos de identidad, nacionalidad y domicilio), si sus tenencias individuales (si las Obligaciones Negociables que se hayan emitido como convertibles fueran convertidas en acciones del Banco) excedieran el 2% del capital social. En este sentido, la suscripción de Obligaciones Negociables de una Clase y/o Serie respecto de la cual el Suplemento correspondiente especifique que son convertibles en acciones del Banco importará la declaración por parte del suscriptor de conocer y, en su caso, de haber cumplido las disposiciones del capítulo V de la circular CREFI arriba citada. Registro, Transferencias, Canje, Gravámenes y Medidas Precautorias; Depósito Colectivo. El agente de registro de las Obligaciones Negociables será el Banco y/o la entidad que se especifique en los Suplementos correspondientes. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las transferencias de Obligaciones Negociables escriturales y de Obligaciones Negociables representadas por títulos globales serán efectuadas de acuerdo con los procedimientos aplicables del agente de registro en cuestión. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las transferencias de Obligaciones Negociables representadas por títulos definitivos serán efectuadas por los titulares registrales mediante la entrega de los títulos definitivos en cuestión al correspondiente agente de registro conjuntamente con una solicitud escrita aceptable para dicho agente de registro en la cual solicite la transferencia de las mismas, en cuyo caso el agente de registro registrará la transferencia y entregará al nuevo titular registral uno o más nuevos títulos definitivos debidamente firmados por el Banco, en canje de los anteriores. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las transferencias de Obligaciones Negociables al portador serán efectuadas por los Tenedores de las mismas mediante la entrega de las mismas al nuevo Tenedor. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el correspondiente agente de registro anotará en el registro de las Obligaciones Negociables en cuestión todo gravamen y/o medida precautoria que se constituya sobre las mismas de acuerdo con cualquier instrucción escrita recibida del Tenedor en cuestión y/o con cualquier orden dictada por un tribunal y/u otra entidad competente. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables podrán ser ingresadas en sistemas de depósito colectivo autorizados por las normas vigentes, en cuyo caso resultarán aplicables a las Obligaciones Negociables en cuestión los procedimientos aplicables del sistema de depósito colectivo en cuestión (incluyendo, sin limitación, los relativos al registro, transferencias, gravámenes y medidas precautorias). En caso que las Obligaciones Negociables estén representadas por títulos globales y los beneficiarios tengan participaciones en dichos títulos globales pero no sean titulares registrales de los mismos, tales beneficiarios, podrán canjear sus participaciones en tales títulos globales por títulos definitivos, cuando: (i) el depositario del título global notifique al Banco que no tiene la intención de, o que está incapacitado para, continuar desempeñándose como depositario de los correspondientes títulos globales, y otro depositario autorizado por las 174 disposiciones legales vigentes no fuera designado por el Banco dentro de los 90 Días Hábiles de recibida dicha notificación; (ii) haya ocurrido y perdure un Supuesto de Incumplimiento (según se define más adelante); y/o (iii) el Banco, en cualquier momento y a su solo criterio, decida que todas o parte de las Obligaciones Negociables no estén representadas por títulos globales. En tales supuestos, los beneficiarios que tengan participaciones en los títulos globales en cuestión podrán recibir uno o más títulos definitivos, por idéntico monto de capital que su participación así canjeada, en canje de su participación en el título global. Los títulos definitivos emitidos en virtud de cualquier canje y/o transferencia de títulos globales y/o títulos definitivos serán obligaciones válidas del Banco y evidenciarán la misma deuda y tendrán derecho a los mismos beneficios que los títulos globales y/o los títulos definitivos canjeados y/o transferidos. En todos los casos, los títulos definitivos serán entregados por el Banco en su sede social sita en Reconquista 199, (C1003ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Los gastos y costos derivados de la realización de cualquier transferencia y/o canje de Obligaciones Negociables, no estarán a cargo del Banco. Reemplazo. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, en caso que cualquier título global o título definitivo que represente Obligaciones Negociables sea dañado y/o mutilado, o se encuentre aparentemente destruido, extraviado, hurtado o robado, el Banco, a solicitud escrita del titular registral del título en cuestión, emitirá un nuevo título en reemplazo del mismo. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, en todos los casos el titular registral que solicite el reemplazo en cuestión otorgará al Banco, conjuntamente con su solicitud, garantías e indemnizaciones aceptables para el Banco a solo criterio de este a fin de que el Banco y sus agentes sean exentos de toda responsabilidad en relación con el reemplazo en cuestión. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, cuando el reemplazo sea de títulos dañados y/o mutilados, el titular registral en cuestión deberá entregar al Banco, conjuntamente con su solicitud, el título dañado y/o mutilado y cuando el reemplazo sea de títulos aparentemente destruidos, extraviados, hurtados o robados, el titular registral en cuestión deberá entregar al Banco, conjuntamente con su solicitud, prueba razonable de la aparente destrucción, extravío, hurto o robo. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los títulos emitidos en virtud de cualquier reemplazo de títulos conforme con ésta cláusula serán obligaciones válidas del Banco y evidenciarán la misma deuda y tendrán derecho a los mismos beneficios que los títulos reemplazados. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los nuevos títulos serán entregados por el Banco en su sede social sita en Reconquista 199, (C1003ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, y los gastos y costos derivados de la realización de cualquier reemplazo de Obligaciones Negociables, incluyendo el pago de las sumas suficientes para cubrir cualquier impuesto, tasa, contribución y/u otra carga gubernamental presente o futura de cualquier naturaleza, serán soportados por el titular registral que solicite el reemplazo en cuestión. Pagos. El agente de pago de las Obligaciones Negociables será el Banco y/o la entidad que se especifique en los Suplementos correspondientes. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, todos los pagos de capital, intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto adeudado por el Banco bajo las Obligaciones Negociables serán efectuados por el Banco a través del correspondiente agente de pago de acuerdo con los procedimientos aplicables del agente de pago en cuestión, con fondos de disponibilidad inmediata y mediante cheque o transferencia electrónica a cuentas mantenidas en el lugar de pago en cuestión por los titulares registrales de las correspondientes Obligaciones Negociables. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los pagos de capital adeudado bajo las Obligaciones Negociables nominativas no endosables, representadas por títulos globales y/o títulos definitivos, serán efectuados contra la entrega de las Obligaciones Negociables en cuestión al agente de pago para su cancelación (estableciéndose que en caso de amortizaciones parciales dicha entrega solo será necesaria contra la entrega de nuevas Obligaciones Negociables representativas del saldo de capital no amortizado), y los pagos de intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las mismas serán efectuados a las personas a cuyo nombre estén registradas las Obligaciones Negociables en cuestión al final del quinto Día Hábil (según se define más adelante) anterior a la 175 fecha en la cual se deban pagar los intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto en cuestión. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los pagos de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto bajo las Obligaciones Negociables al portador serán efectuados contra la entrega de las Obligaciones Negociables en cuestión al agente de pago para su cancelación (estableciéndose que en caso de amortizaciones parciales dicha entrega solo será necesaria contra la entrega de nuevas Obligaciones Negociables representativas del saldo de capital no amortizado y que en caso que solo se paguen intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto las Obligaciones Negociables al portador serán inmediatamente devueltas al Tenedor en cuestión). Todos los pagos que el Banco deba realizar en virtud de Obligaciones Negociables, se efectuarán en la moneda prevista en los Suplementos correspondientes (y siempre conforme con las normas que pudieran resultar aplicables al respecto). Los pagos a realizarse bajo las Obligaciones Negociables en concepto de capital, intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto deberán ser realizados en las fechas que se establezcan en los Suplementos correspondientes. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, si cualquier fecha de pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables no fuera un Día Hábil, dicho pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos no será efectuado en dicha fecha sino en el Día Hábil inmediatamente posterior. Cualquier pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto adeudado en cuestión, y no se devengarán intereses hasta dicho Día Hábil inmediatamente posterior. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los pagos de capital, intereses, Montos Adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo Obligaciones Negociables ingresadas en sistemas de depósito colectivo serán efectuados de acuerdo con los procedimientos aplicables del sistema de depósito colectivo en cuestión. Compromisos. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes (en los cuales se podrá modificar uno o más de los compromisos detallados a continuación en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, establecer que uno o más de los mismos no serán aplicables en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, y/o agregar compromisos adicionales a los detallados a continuación en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión), el Banco se obliga a cumplir los siguientes compromisos en tanto existan Obligaciones Negociables En Circulación: Pago de Capital, Intereses, Montos Adicionales y/u Otros Montos. El Banco pagará, o hará pagar, cualquier monto de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables, en los lugares, en las fechas y en las formas que corresponda conforme con los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables. Impuestos. El Banco pagará a su vencimiento todos los Impuestos en relación con la colocación, la emisión y/o el registro de las Obligaciones Negociables. Notificación de Incumplimiento. El Banco notificará inmediatamente a los Tenedores de las Obligaciones Negociables En Circulación y/o, en su caso, al fiduciario o agente designado en relación con las Obligaciones Negociables En Circulación, la ocurrencia de cualquier Supuesto de Incumplimiento, salvo en el caso de que el Supuesto de Incumplimiento en cuestión sea remediado o dispensado. Dicha notificación detallará que la misma es una “notificación de incumplimiento” y especificará el Supuesto de Incumplimiento en cuestión y las medidas que el Banco se proponga adoptar en relación con los mismos. Listado y Negociación. 176 En caso que en los Suplementos correspondientes se especifique que las Obligaciones Negociables de una o más Clases y/o Series se listarán y/o se negociarán en uno o más mercados de valores autorizados del país y/o del exterior, el Banco realizará sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existan Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie en cuestión En Circulación, las correspondientes autorizaciones para dicho listado y/o negociación, y para cumplir con los requisitos establecidos por dichos mercados de valores autorizados. Obligación de No Hacer. Mientras cualquier Obligación Negociable se encuentre En Circulación, el Banco no constituirá ni permitirá la existencia de, ni permitirá que las Subsidiarias del Banco constituyan o permitan la existencia de, cualquier Gravamen sobre cualquier bien actual o futuro de los mismos para garantizar Deudas, salvo que las Obligaciones Negociables estén garantizadas igual y proporcionalmente, excepto por: (i) cualquier Gravamen sobre cualquier bien que exista a la fecha de emisión de la Obligación Negociable en cuestión; (ii) cualquier Gravamen constituido para garantizar la totalidad o parte del precio de compra, o para garantizar Deuda incurrida o asumida para pagar la totalidad o parte del precio de compra de, bienes adquiridos por el Banco con posterioridad a la fecha de emisión de la Obligación Negociable en cuestión, o preexistente sobre el bien que se adquiere, estableciéndose que dicho Gravamen deberá constituirse exclusivamente sobre el bien adquirido o, en su caso, existir únicamente sobre el mismo, ya sea que dicho Gravamen se constituya sobre dicho bien simultáneamente, o dentro de los 90 Días Hábiles posteriores a la adquisición del mismo; (iii) cualquier Gravamen sobre cualquier bien que exista a la fecha de la adquisición de tal bien; (iv) cualquier Gravamen sobre cualquier bien que garantice la extensión, renovación y/o refinanciación de Deudas garantizadas por un Gravamen mencionado en las cláusulas (i), (ii) o (iii) precedentes, siempre que dicho Gravamen afecte únicamente al bien que estaba afectado por el Gravamen anterior existente inmediatamente antes de dicha extensión, renovación y/o refinanciación, y siempre que no se aumente el monto de capital de las Deudas garantizadas por el Gravamen anterior existente inmediatamente antes de dicha extensión, renovación y/o refinanciación; (v) cualquier Gravamen que deba crearse en relación con líneas especiales de crédito y/o redescuentos de conformidad con las regulaciones del Banco Central o las otras disposiciones legales vigentes que regulan dichas líneas especiales de crédito y/o redescuentos y/o sus renovaciones. “Líneas especiales de crédito” significa las líneas de crédito que se otorgan al Banco por o a través de entidades gubernamentales locales o extranjeras (incluyendo, sin carácter limitativo, el Banco Central, bancos de fomento y organismos de crédito a la exportación) u organizaciones de préstamo multilaterales internacionales (incluyendo, sin carácter limitativo, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de Desarrollo), directa o indirectamente, a fin de promover y/o desarrollar la economía argentina; “Redescuentos” significa aquellos redescuentos otorgados en respuesta a circunstancias de iliquidez extraordinaria a corto plazo por el Banco Central y por otras entidades gubernamentales argentinas; (vi) cualquier Gravamen resultante de cualquier impuesto, tasa, contribución y/u otra carga gubernamental creado por las disposiciones legales vigentes, siempre que dicho Gravamen se cancele dentro de los 60 Días Hábiles posteriores a la fecha de su creación o aplicación (salvo que el Banco lo impugne de buena fe, en cuyo caso el Gravamen deberá ser cancelado dentro de los 60 Días Hábiles posteriores a la sentencia definitiva); (vii) cualquier otro Gravamen sobre bienes del Banco, o de cualquier Subsidiaria del Banco, siempre que la Deuda garantizada por dicho Gravamen, junto con todo otro endeudamiento del Banco o de cualquier Subsidiaria del Banco garantizado por cualquier Gravamen bajo la presente cláusula (vii), tenga un valor de mercado total en oportunidad de la creación de dicho Gravamen que no supere el 10% de los activos totales del Banco y sus Subsidiarias que figuran en los estados contables consolidados del período trimestral más reciente del Banco; y 177 (viii) cualquier Gravamen constituido para reemplazar cualquier Gravamen de los mencionados en los incisos (i) a (vii) anteriores, ya sea que se constituya sobre los mismos bienes sobre los que recae el Gravamen original u otros distintos. Mantenimiento de la Existencia. El Banco (1) mantendrá en vigencia, y procurará que cada una de sus Subsidiarias mantenga en vigencia, su personalidad jurídica (incluyendo la autorización del Banco Central para que el Banco realice actividades financieras) y todos los registros que sean necesarios a tal efecto; (2) adoptará, y procurará que cada una de sus Subsidiarias adopte, todas las medidas razonables necesarias para mantener todos los derechos, privilegios, dominio sobre bienes, licencias y derechos afines que sean necesarios y/o convenientes en el giro habitual de sus negocios, actividades y/u operaciones; y (3) conservará, y procurará que cada una de sus Subsidiarias conserve, sus bienes en buen estado de conservación y condiciones de uso; estipulándose, sin embargo, que este compromiso no prohibirá ninguna transacción por parte del Banco o cualquiera de sus Subsidiarias que se permita de otro modo en “Fusión y/o Venta de Bienes” del presente y este compromiso no requerirá que el Banco mantenga dicho derecho, privilegio, dominio sobre bienes o licencia y/o conserve la personalidad jurídica de cualquier Subsidiaria, si el Directorio del Banco determina que su mantenimiento y/o conservación no es conveniente para la conducción de los negocios del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa y que la pérdida de los mismos no es ni será perjudicial en cualquier aspecto sustancial para los Tenedores. Cumplimiento de Leyes y Otros Acuerdos. El Banco cumplirá, y procurará que cada una de sus Subsidiarias cumpla, con todas las disposiciones legales vigentes de cualquier autoridad con jurisdicción sobre el Banco o sus Subsidiarias o sus respectivos negocios y todos los compromisos y otras estipulaciones establecidas en cualesquiera convenios de los que sea parte el Banco o cualquiera de dichas Subsidiarias, salvo cuando el incumplimiento no ocasionara un efecto sustancial adverso en la situación, financiera o de otro tipo, o en las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa. Mantenimiento de Libros y Registros. El Banco llevará, y procurará que cada una de sus Subsidiarias lleve, libros, estados y registros de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados en la Argentina y las pautas contables del Banco Central. Fusiones y Ventas El Banco no se fusionará, ni venderá y/o de cualquier otro modo transferirá a otra persona la totalidad o una parte sustancial de sus activos; salvo que, inmediatamente después de dicha fusión, venta y/o transferencia: (i) no ocurra y subsista un Supuesto de Incumplimiento y/o cualquier supuesto que con cualquier notificación y/o el transcurso del tiempo podría constituir un Supuesto de Incumplimiento y que no se produzca, en su caso, una baja en la calificación de riesgo de las Obligaciones Negociables por debajo del grado de inversión local, y (ii) toda sociedad incorporante en el supuesto de fusión por absorción o toda sociedad constituida como consecuencia de una fusión propiamente dicha con el Banco o toda otra persona que adquiriera por venta, alquiler y/o cualquier otro modo de transferencia los bienes asuma expresamente todas las obligaciones del Banco bajo las Obligaciones Negociables de acuerdo con sus términos y condiciones. Éste párrafo no implicará limitación alguna a la transferencia de cartera y/u otros activos por parte del Banco a fin de constituir fideicomisos financieros en el curso ordinario de los negocios, ni tampoco limitación alguna a la venta y/o transferencia de cartera por parte del Banco en el curso ordinario de los negocios. Compra o Adquisición de Obligaciones Negociables por parte del Banco. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco, y/o cualquiera de sus Subsidiarias o sociedades controlantes, controladas o vinculadas, podrá, de acuerdo con las normas vigentes (incluyendo, sin limitación, las normas del Banco Central) y en la medida permitida por dichas normas, en cualquier momento y de cualquier forma, comprar y/o de cualquier otra forma adquirir Obligaciones Negociables En Circulación y realizar con ellas cualquier acto jurídico, pudiendo en tal caso el Banco, y/o cualquiera de sus Subsidiarias o sociedades controlantes, controladas o vinculadas, según corresponda, sin carácter limitativo, mantener en cartera, transferir a terceros y/o cancelar tales Obligaciones Negociables. Las 178 Obligaciones Negociables así adquiridas por el Banco, y/o cualquiera de sus Subsidiarias o sociedades controlantes, controladas o vinculadas, según corresponda, mientras no sean transferidas a un tercero por el Banco, y/o cualquiera de sus Subsidiarias o sociedades controlantes, controladas o vinculadas, según corresponda, no serán consideradas En Circulación a los efectos de calcular el quórum y/o las mayorías en las asambleas de Tenedores de las Obligaciones Negociables en cuestión y no darán al Banco derecho a voto en tales asambleas ni tampoco serán consideradas a los fines de computar los porcentajes referidos en “Supuestos de Incumplimiento” del presente y/o cualquier otro porcentaje de Tenedores referido en el presente y/o en los Suplementos correspondientes. Rescate por Razones Impositivas. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco podrá, mediante notificación efectuada a los Tenedores de Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie en cuestión, efectuada mediante la publicación de un aviso por el lapso de tres Días Hábiles en un diario de amplia circulación en la Argentina y en el Boletín Diario de la BCBA, con una antelación no menor a 30 Días Hábiles ni mayor a 60 Días Hábiles a la fecha en que el Banco vaya a efectuar el rescate en cuestión, rescatar cualquier Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que (i) en ocasión del siguiente pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados a efectuarse bajo las Obligaciones Negociables de la Clase y/o Serie en cuestión, el Banco se encuentre, o vaya a encontrarse, obligado a abonar cualquier Monto Adicional como resultado de cualquier cambio o modificación de las normas vigentes, o como resultado de cualquier cambio en la aplicación, reglamentación y/o interpretación gubernamental de dichas normas vigentes, incluida la interpretación de cualquier tribunal judicial o administrativo competente, toda vez que dicho cambio o modificación entre en vigencia en la fecha de emisión de la Clase o Serie de Obligaciones Negociables en cuestión o con posterioridad a la misma; y (ii) dicha obligación no pueda ser evitada por el Banco mediante la adopción por parte del mismo de medidas razonables a su disposición. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables que se rescaten conforme con la presente cláusula se rescatarán por un importe equivalente al monto de capital de las Obligaciones Negociables así rescatadas, más los intereses devengados sobre las mismas a la fecha del rescate en cuestión y cualquier Monto Adicional pagadero en ese momento respecto de las mismas. Rescate a Opción del Banco y/o de los Tenedores. En caso que así se especifique en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas total o parcialmente a opción del Banco y/o de los Tenedores con anterioridad al vencimiento de las mismas, de conformidad con los términos y condiciones que se especifiquen en tales Suplementos. El rescate anticipado parcial se realizará a prorrata y respetando en todo momento el principio de trato igualitario entre inversores. Supuestos de Incumplimiento. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes (en los cuales se podrá modificar uno o más de los supuestos de incumplimiento detallados a continuación en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, establecer que uno o más de los mismos no serán aplicables en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, y/o agregar supuestos de incumplimiento adicionales a los detallados a continuación en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión), los siguientes supuestos constituirán, cada uno de ellos, un “Supuesto de Incumplimiento”: (i) incumplimiento por parte del Banco en el pago a su vencimiento de cualquier monto de capital adeudado en virtud de las Obligaciones Negociables; (ii) incumplimiento por parte del Banco en el pago a su vencimiento de cualquier monto de intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados en virtud de las Obligaciones Negociables (excluyendo cualquier monto de capital adeudado en virtud de las Obligaciones Negociables), y dicho incumplimiento subsista durante un período de 30 Días Hábiles; (iii) incumplimiento por parte del Banco de las obligaciones asumidas bajo “Compromisos - Obligación de No Hacer” del presente; 179 (iv) incumplimiento por parte del Banco de cualquier obligación asumida en relación con las Obligaciones Negociables, que no esté expresamente definido como un Supuesto de Incumplimiento en (i), (ii) y/o (iii) precedente, y dicho incumplimiento subsista durante un período de 30 Días Hábiles posterior a que cualquier Tenedor, o, en su caso, el fiduciario o agente fiscal designado en relación con las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, haya enviado al Banco, por carta documento, una notificación escrita especificando el incumplimiento en cuestión y solicitando que el mismo sea subsanado; (v) el Banco, o cualquier Subsidiaria del Banco, (a) incumpliera el pago a su vencimiento de cualquier monto de capital, intereses y/u otro monto igual o superior a US$50.000.000 adeudado en virtud de cualquier documento que instrumente Deuda Financiera (que no sea las Obligaciones Negociables) emitida, asumida o garantizada por el Banco o cualquier Subsidiaria, según sea el caso, y dicho incumplimiento continúe, en su caso, con posterioridad al período de gracia y/o la prórroga aplicable al pago en cuestión (estableciéndose sin embargo que, en el caso que la Deuda Financiera en cuestión consista en préstamos interbancarios de hasta siete días corridos, o depósitos tomados en el curso ordinario de los negocios, dicho incumplimiento deberá continuar durante un período de 15 Días Hábiles posterior al vencimiento del pago en cuestión, incluyendo, en su caso, el período de gracia y/o la prórroga aplicable al mismo); y/o (b) incumpliera cualquier obligación asumida en relación con dicha Deuda Financiera y dicho incumplimiento tenga como resultado la declaración de caducidad de los plazos para el pago de los montos de capital, intereses y/u otro monto adeudado en virtud de la Deuda Financiera en cuestión; (vi) cualquier autoridad gubernamental (a) expropie, nacionalice o confisque (1) todo o una parte significativa de los bienes del Banco, o de cualquier Subsidiaria del Banco que sea significativa para la situación, financiera o de otro tipo, o para las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa, y/o (2) el capital accionario del Banco o de cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco; y/o (b) asuma la custodia o el control de dichos bienes o de las actividades u operaciones del Banco o de cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco, o del capital accionario del Banco o de cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco; y/o (c) tome cualquier acción (1) para la disolución del Banco o de cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco, y/o (2) que impida al Banco, o a cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco, o a sus respectivos funcionarios, desarrollar sus actividades u operaciones, o una parte significativa de las mismas, durante un período mayor de 90 Días Hábiles, y tal acción afecte de manera significativamente adversa la capacidad del Banco para cumplir con las obligaciones asumidas en relación con las Obligaciones Negociables; (vii) sea ilícito el cumplimiento por parte del Banco de cualquier obligación asumida en relación con las Obligaciones Negociables, y/o, en su caso, con el contrato de fideicomiso o el contrato de agencia celebrado en relación con las Obligaciones Negociables; y/o cualquier obligación del Banco asumida en relación con las Obligaciones Negociables, y/o, en su caso, con el contrato de fideicomiso o el contrato de agencia celebrado en relación con las Obligaciones Negociables, dejara de ser válida, obligatoria y/o ejecutable; (viii) los directores o los accionistas del Banco, o de cualquier Subsidiaria del Banco que sea significativa para la situación, financiera o de otro tipo, o para las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa, o el Banco Central, o un tribunal competente, resolvieran la disolución del Banco de otro modo que no sea con el fin o en los términos de una fusión o reorganización permitida conforme con lo previsto en el título “Fusión o Venta de Bienes” del presente, y dicho procedimiento de disolución subsistiera durante 30 o más Días Hábiles; (ix) se trabara una medida cautelar, se iniciara una ejecución, o se iniciara otro procedimiento legal similar, sobre todo o una parte significativa de los bienes del Banco, o de cualquier Subsidiaria del Banco que sea significativa para la situación, financiera o de otro tipo, o para las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa, y dicha medida cautelar, ejecución u otro procedimiento legal similar no fuera dejado sin efecto dentro de los 60 Días Hábiles de trabado o iniciado (incluso mediante la apelación u otro modo de impugnación que tuviere efectos suspensivos sobre la medida en cuestión); estableciéndose que, en el caso que tal medida cautelar, ejecución u otro procedimiento legal similar no fuera dejado sin efecto dentro de los 60 Días Hábiles de trabado o iniciado, pero el Banco, o dicha Subsidiaria del Banco, según sea el caso, haya impugnado de buena fe mediante el procedimiento apropiado dicha medida cautelar, ejecución u otro procedimiento legal similar dentro de los 60 Días Hábiles de trabado o iniciado, el supuesto de incumplimiento no tendrá lugar durante el período que transcurra hasta que se desestime la impugnación, pero tal período en ningún caso se extenderá por más de 180 Días Hábiles contados desde la iniciación de tales procedimientos apropiados; 180 (x) (a) un tribunal competente decidiera (y dicha decisión no fuere apelada o impugnada por el Banco por el procedimiento disponible, siempre que dicha apelación o impugnación hubiere tenido efectos suspensivos sobre la medida en cuestión) (1) imponer una medida cautelar sobre el Banco, o cualquier Subsidiaria del Banco, que sea significativamente adversa para la situación, financiera o de otro tipo, o para las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa, en el marco de un proceso involuntario bajo la Ley de Entidades Financieras, y modificatorias, o cualquier ley en materia de quiebras vigente actualmente o en el futuro; (2) designar un administrador, interventor, síndico y/o veedor del Banco, o de cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco, respecto de todo o una parte significativa de los bienes del Banco, o de cualquiera de dichas Subsidiarias, y dicha decisión no fuera dejada sin efecto dentro de un período de 90 Días Hábiles; y/o (b) el Banco Central (1) adoptara cualquiera de las determinaciones detalladas en el Artículo 35 bis de la Ley de Entidades Financieras, y modificatorias, con respecto al Banco; y/o (2) suspendiera transitoriamente todo o parte de las actividades del Banco conforme con el Artículo 49 de la carta orgánica del Banco Central; (xi) el Banco, o cualquier Subsidiaria del Banco que sea significativa para la situación, financiera o de otro tipo, o para las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa, sea declarada en quiebra mediante una sentencia firme dictada por un tribunal competente en el marco de la Ley de Concursos y Quiebras N° 24.522, y sus modificatorias, o cualquier otra ley en materia de quiebras vigente actualmente o en el futuro; (xii) el Banco, o cualquier Subsidiaria del Banco que sea significativa para la situación, financiera o de otro tipo, o para las ganancias, las operaciones, las actividades o las perspectivas comerciales del Banco y sus Subsidiarias consideradas como una sola empresa, (a) consintiera la designación de un administrador, interventor, síndico y/o veedor del Banco, o de cualquiera de dichas Subsidiarias del Banco, respecto de todo o una parte significativa de los bienes del Banco, o de cualquiera de dichas Subsidiarias, y/o (b) efectuara cualquier cesión general de sus bienes en beneficio de sus acreedores; y/o (xiii) tuviera lugar cualquier supuesto que, en el marco de las leyes de cualquier jurisdicción pertinente, tiene un efecto análogo a cualquiera de los supuestos mencionados en los apartados (x), (xi), y/o (xii) precedentes. Salvo respecto de las Obligaciones Negociables subordinadas (respecto de las cuales no regirá éste párrafo sino solamente el párrafo siguiente), si se produce y subsiste uno o más Supuestos de Incumplimiento, los Tenedores de Obligaciones Negociables de una misma Clase En Circulación que representen como mínimo el 25% del valor nominal total de las Obligaciones Negociables de dicha Clase En Circulación podrán, mediante notificación escrita al Banco, declarar la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados bajo las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, deviniendo la totalidad de tales montos exigibles y pagaderos en forma inmediata; estableciéndose, sin embargo que si se produce uno o más de los Supuestos de Incumplimiento detallados en los párrafos (xi) y/o (xii) precedentes con respecto al Banco, la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados bajo las Obligaciones Negociables se producirá en forma automática sin necesidad de notificación alguna al Banco o de la realización de cualquier otro acto por parte de cualquier Tenedor, deviniendo la totalidad de tales montos exigibles y pagaderos en forma inmediata. El único Supuesto de Incumplimiento de las Obligaciones Negociables subordinadas será el Supuesto de Incumplimiento detallado en el punto (xi) precedente con respecto al Banco (dicho Supuesto de Incumplimiento de las Obligaciones Negociables subordinadas se denominará asimismo “Supuesto de Aceleración de las Obligaciones Negociables Subordinadas”). Si se produce un Supuesto de Aceleración de las Obligaciones Negociables Subordinadas, la caducidad de los plazos para el pago de los montos de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados bajo las Obligaciones Negociables subordinadas se producirá en forma automática sin necesidad de notificación alguna al Banco o de la realización de cualquier otro acto por parte de cualquier Tenedor de las Obligaciones Negociables subordinadas, deviniendo la totalidad de tales montos exigibles y pagaderos en forma inmediata. Los Supuestos de Incumplimiento que no sean un Supuesto de Aceleración de las Obligaciones Negociables Subordinadas en ningún caso producirán la caducidad de los plazos para el pago de los montos de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados bajo las Obligaciones Negociables subordinadas. En caso que en cualquier momento con posterioridad a la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados bajo las Obligaciones Negociables de la Clase en 181 cuestión, y con anterioridad a que se haya obtenido una sentencia firme dictada por un tribunal competente ordenando el pago de los montos en cuestión, (i) el Banco pagara, o transfiriera al agente de pago los montos suficientes para efectuar el pago de, (a) los montos de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados bajo las Obligaciones Negociables de dicha Clase vencidos conforme con los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión y no en virtud de la caducidad de los plazos para el pago de los montos en cuestión (incluyendo los intereses devengados a la tasa contractual sobre tales montos de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos impagos desde la fecha en que los mismos se tornaron exigibles y pagaderos y hasta la fecha de dicho pago, o de la transferencia para el pago), y (b) los montos suficientes para afrontar los gastos incurridos en relación con la caducidad de los plazos; y (ii) todos los Supuestos de Incumplimiento, distintos del incumplimiento por parte del Banco en el pago a su vencimiento de cualquier monto de capital adeudado en virtud de las Obligaciones Negociables, sean remediados o dispensados por los Tenedores de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión; los Tenedores de la mayoría del valor nominal de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación podrán, mediante notificación escrita al Banco, dispensar todos los incumplimientos con respecto a tal Clase de Obligaciones Negociables y dejar sin efecto la aceleración y sus consecuencias, sin que tal dispensa y revocación afecte la existencia de cualquier incumplimiento posterior o limite cualquier derecho en virtud del mismo. Fiduciarios, Agentes Fiscales y Otros Agentes. Las Obligaciones Negociables podrán ser emitidas en el marco de contratos de fideicomiso y/o de contratos de agencia fiscal que oportunamente el Banco celebre con entidades que actúen como fiduciarios y/o agentes fiscales, lo cual será especificado en los Suplementos correspondientes. Tales fiduciarios y/o agentes fiscales desempeñarán funciones solamente respecto de las Clases de Obligaciones Negociables que se especifiquen en los respectivos contratos, y tendrán los derechos y obligaciones que se especifiquen en los mismos. Asimismo, el Banco podrá designar otros agentes en relación con las Obligaciones Negociables para que desempeñen funciones solamente respecto de las Clases de Obligaciones Negociables que se especifiquen en cada caso. En caso que se designara cualquier fiduciario y/o agente fiscal, y/o cualquier otro agente, en relación con las Obligaciones Negociables de cualquier Clase, el Banco deberá cumplir con los términos y condiciones de los respectivos contratos que celebre con tales fiduciarios, agentes fiscales y/o otros agentes. Calificaciones de Riesgo. El Programa ha recibido dos calificaciones de riesgo otorgadas a la fecha del presente por Fix Scr S.A. Agente de Calificación de Riesgo y Standard & Poor’s International Ratings LLC, Suc. Argentina. Fix Scr S.A. Agente de Calificación de Riesgo, con domicilio en Sarmiento 663, piso 7º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha asignado al Programa con fecha 18 de marzo de 2016, la calificación “AAA(arg)”. Por su parte, Standard & Poor’s International Ratings LLC, Suc. Argentina, con domicilio en Av. Leandro N. Alem 855, piso 3º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha asignado al Programa con fecha 6 de junio de 2016, la calificación “raBBB”. Sin perjuicio de lo indicado precedentemente el Banco, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 22, Capítulo I, Título IX de las Normas de la CNV, podrá designar otros agentes calificadores de riesgo para calificar el Programa al término del plazo establecido en la norma. Adicionalmente, el Banco podrá decidir que las Obligaciones Negociables de cualquier Clase y/o Serie reciban calificaciones de riesgo adicionales, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Colocación. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco colocará las Obligaciones Negociables. El Banco podrá designar a una o más entidades para que actúen como colocadoras respecto de una o más Clases y/o Series de Obligaciones Negociables, en cuyo caso se especificará en los Suplementos correspondientes los nombres y las direcciones de dichos colocadores y los términos y condiciones de la colocación acordada con los mismos. Los métodos de colocación a ser utilizados por el Banco serán determinados en oportunidad de la colocación de cada Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables conforme la normativa aplicable vigente en dicho momento, y se detallarán en los Suplementos correspondientes. 182 Jurisdicción - Arbitraje - Acción Ejecutiva. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, toda controversia que se suscite entre el Banco y los Tenedores de Obligaciones Negociables en relación con las Obligaciones Negociables se resolverá definitivamente por los tribunales de arbitraje correspondientes a los mercados autorizados donde listen las Obligaciones Negociables y según se especifique en los respectivos Suplementos de Precio, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, sus modificatorias y/o complementarias. No obstante lo anterior, los Tenedores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes, a los que también podrá acudir la Emisora en caso que dichos tribunales arbitrales cesen en sus funciones y no sean reemplazados por un tribunal arbitral permanente perteneciente a otro mercado. LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CONSTITUIRÁN “OBLIGACIONES NEGOCIABLES” EN VIRTUD DE, Y SERÁN EMITIDAS CONFORME A, Y DE ACUERDO CON, LA LEY DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES, Y GOZARÁN DE LOS DERECHOS ESTABLECIDOS EN LA MISMA. EN PARTICULAR, CONFORME AL ARTÍCULO 29 DE DICHA LEY, EN EL CASO DE INCUMPLIMIENTO POR EL BANCO EN EL PAGO DE CUALQUIER MONTO ADEUDADO EN VIRTUD DE CUALQUIER OBLIGACIÓN NEGOCIABLE, EL TENEDOR DE LA MISMA PODRÁ INICIAR ACCIONES EJECUTIVAS ANTE TRIBUNALES COMPETENTES DE LA ARGENTINA PARA RECLAMAR EL PAGO DE LOS MONTOS ADEUDADOS POR EL BANCO. LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES, ENTRE OTRAS DISPOSICIONES, ESTABLECE QUE SE PODRÁN EXPEDIR COMPROBANTES DE LOS VALORES NEGOCIABLES REPRESENTADOS EN CERTIFICADOS GLOBALES A FAVOR DE LAS PERSONAS QUE TENGAN UNA PARTICIPACIÓN EN LOS MISMOS, O, EN EL CASO DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES ESCRITURALES, COMPROBANTES DE SALDO DE CUENTA A FAVOR DEL TITULAR DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES ESCRITURALES, A LOS EFECTOS DE (I) RECLAMAR JUDICIALMENTE, O ANTE JURISDICCION ARBITRAL, EN SU CASO, INCLUSO MEDIANTE ACCIÓN EJECUTIVA SI CORRESPONDIERE, Y (II) PRESENTAR SOLICITUDES DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITO COMO ACREEDORES EN LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DE LOS EMISORES DE DICHOS VALORES NEGOCIABLES. LOS COMPROBANTES SERÁN EMITIDOS POR (I) EN EL CASO DE CERTIFICADOS GLOBALES, LA ENTIDAD DEL PAÍS O DEL EXTERIOR QUE ADMINISTRE EL SISTEMA DE DEPÓSITO COLECTIVO EN EL CUAL SE ENCUENTREN INSCRIPTOS LOS CERTIFICADOS GLOBALES (CUANDO ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SISTEMA DE DEPÓSITO COLECTIVO TENGAN PARTICIPACIONES EN CERTIFICADOS GLOBALES INSCRIPTOS EN SISTEMAS DE DEPÓSITO COLECTIVO ADMINISTRADOS POR OTRA ENTIDAD, LOS COMPROBANTES PODRÁN SER EMITIDOS DIRECTAMENTE POR LAS PRIMERAS); Y (II) EN EL CASO DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES ESCRITURALES, LA ENTIDAD AUTORIZADA QUE LLEVE EL REGISTRO DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES ESCRITURALES. UNA TASA DE JUSTICIA DEL 3% DEL MONTO RECLAMADO SERÁ PAGADERA SOBRE EL MONTO DE CUALQUIER RECLAMO PRESENTADO ANTE TRIBUNALES ARGENTINOS CON COMPETENCIA EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. Notificaciones. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, todas las notificaciones a los Tenedores se considerarán debidamente efectuadas si se publican por un día en el Boletín Diario de la BCBA y las mismas se considerarán efectuadas el día en que se realizó dicha publicación. El costo de cualquier publicación y/o notificación estará a cargo del Banco. Sin perjuicio de ello, el Banco deberá efectuar todas las publicaciones que requieran las Normas de la CNV y las demás normas vigentes, y asimismo, en su caso, todas las publicaciones que requieran las normas vigentes de los mercados de valores autorizados del país y/o del exterior donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables. Asambleas. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las asambleas de Tenedores de Obligaciones Negociables de cualquier Clase serán convocadas por el órgano de administración del Banco o, en su defecto, por el órgano de fiscalización del Banco, cuando lo juzgue necesario y/o le fuera solicitado por Tenedores que representen, por lo menos, el 5% del monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la 183 Clase en cuestión En Circulación. En este último supuesto, la solicitud indicará los temas a tratar y la asamblea deberá ser convocada para que se celebre dentro de los 40 días de recibida la solicitud de los Tenedores en cuestión. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las asambleas serán convocadas por publicaciones durante cinco días, con diez de anticipación por lo menos y no más de 30, en el Boletín Oficial de la República Argentina y en uno de los diarios de mayor circulación general en la Argentina. En las publicaciones deberá mencionarse la fecha, hora, lugar de reunión, orden del día y requisitos de asistencia. Las asambleas en segunda convocatoria por haber fracasado la primera deberán celebrarse dentro de los treinta días siguientes, y las publicaciones se harán por tres días con ocho de anticipación como mínimo. Ambas convocatorias podrán realizarse simultáneamente, estableciéndose que si la asamblea en segunda convocatoria fuera citada para celebrarse el mismo día deberá serlo con un intervalo no inferior a una hora de la fijada para la primera. Las asambleas podrán celebrarse sin publicación de la convocatoria cuando se reúnan Tenedores que representen el monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación y las decisiones se adopten por unanimidad de dichos Tenedores. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las asambleas deberán reunirse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para asistir a las asambleas los Tenedores deberán, con no menos de tres días hábiles de anticipación al de la fecha fijada para la asamblea en cuestión, comunicar por escrito al Banco que asistirán a tal asamblea adjuntando a dicha comunicación un certificado emitido por el agente de registro en cuestión a tal fin (estableciéndose, sin embargo, que en el caso de Obligaciones Negociables al portador los Tenedores deberán, en vez de adjuntar dicho certificado, depositar con el Banco las correspondientes Obligaciones Negociables al portador o una copia de las mismas certificada por escribano público). Los Tenedores no podrán disponer las Obligaciones Negociables a las cuales correspondan dichas comunicaciones hasta después de realizada la asamblea, a menos que sea cancelada la comunicación relativa a tales Obligaciones Negociables. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las asambleas serán presididas por quien la mayoría de los Tenedores presentes en la asamblea en cuestión elijan entre los presentes en la misma; estableciéndose que en caso de no designarse dicho presidente de entre los presentes, la asamblea será presidida por un miembro del órgano de fiscalización del Banco. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, la constitución de las asambleas en primera convocatoria requiere la presencia de Tenedores que representen la mayoría del monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación, y las asambleas en segunda convocatoria se considerarán constituidas cualquiera sea el número de tenedores de Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación presentes. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las resoluciones en ambos casos serán tomadas por mayoría absoluta de los votos presentes; estableciéndose, sin embargo, que se requerirá el voto afirmativo de Tenedores que representen (i) los porcentajes del monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación que se especifican en “Supuestos de Incumplimiento” para adoptar las medidas especificadas en dicho título; y (ii) la unanimidad de capital de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación para modificar las condiciones fundamentales de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, incluyendo, sin limitación, los siguientes: (1) cambio de las fechas de pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto bajo las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión; (2) reducción del monto de capital, de la tasa de interés y/o de cualquier otro monto pagadero bajo las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión; (3) cambio del lugar y/o de la moneda de los pagos bajo las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión; (4) modificación de los porcentajes del monto total de capital de las Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión En Circulación que se especifican en “Supuestos de Incumplimiento”; y (5) modificación de éste párrafo. Las asambleas podrán pasar a cuarto intermedio por una vez a fin de continuar dentro de los 30 días siguientes. Sólo podrán participar en la reunión los Tenedores que hubieran efectuado la comunicación al Banco referida más arriba. Las Obligaciones Negociables que hayan sido rescatadas o adquiridas por el Banco conforme con lo dispuesto en “Rescate a Opción del Banco y/o de los Tenedores” y/o “Compra o Adquisición de Obligaciones Negociables 184 por parte del Banco” del presente, mientras se mantengan en cartera, no serán consideradas En Circulación a los efectos de calcular el quórum y/o las mayorías en las asambleas. Todas las decisiones adoptadas por las asambleas serán concluyentes y vinculantes para todos los Tenedores de Obligaciones Negociables de la Clase en cuestión, independientemente de si estaban o no presentes en las asambleas en cuestión. Todas las cuestiones relativas a las asambleas no contempladas en el presente se regirán por la Ley de Obligaciones Negociables. Otras Emisiones de Obligaciones Negociables. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, el Banco, sin el consentimiento de los Tenedores de Obligaciones Negociables de cualquier Clase y/o Serie En Circulación, podrá en cualquier momento emitir nuevas Obligaciones Negociables que tengan los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables de cualquier Clase En Circulación y que sean iguales en todo sentido, excepto por sus fechas de emisión y/o precios de emisión, de manera que tales nuevas Obligaciones Negociables sean consideradas Obligaciones Negociables de la misma Clase que dichas Obligaciones Negociables En Circulación y sean fungibles con las mismas. Tales nuevas Obligaciones Negociables serán de una Serie distinta dentro de la Clase en cuestión. Prescripción. Los reclamos contra el Banco por el pago de capital y/o intereses bajo las Obligaciones Negociables prescribirán a los cinco y dos años, respectivamente, contados desde la fecha de vencimiento del pago correspondiente. De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 24.587, actualmente las sociedades argentinas no pueden emitir títulos valores privados al portador. Si en el futuro ello fuera permitido por las disposiciones legales vigentes, todos los reclamos de capital, intereses, Montos Adicionales y/u otros montos adeudados por el Banco en virtud de Obligaciones Negociables emitidas al portador prescribirán si no se efectúan dentro del plazo de un año contado a partir de la fecha en la cual tales pagos se tornaron exigibles. Ley Aplicable. Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de Argentina y/o de cualquier otra jurisdicción que se especifique en los Suplementos correspondientes (incluyendo, sin limitación, las leyes del Estado de Nueva York, Estados Unidos); estableciéndose, sin embargo, que todas las cuestiones relativas a la autorización, firma, otorgamiento y entrega de las Obligaciones Negociables por el Banco, así como todas las cuestiones relativas a los requisitos legales necesarios para que las Obligaciones Negociables sean “obligaciones negociables” bajo las leyes de Argentina, se regirán por la Ley de Obligaciones Negociables, la Ley de Sociedades Comerciales y todas las demás normas argentinas. Mercados. El Banco podrá solicitar autorización para el listado y/o negociación de una o más Clases y/o Series de Obligaciones Negociables que se emitan bajo el Programa en uno o más mercados de valores autorizados del país y/o del exterior, según se especifique en los Suplementos correspondientes. Definiciones. A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, los siguientes términos tendrán los significados que se les asigna a continuación: “Autoridad Impositiva” significa, según corresponda, la Argentina y/o cualquier subdivisión política de la Argentina y/o cualquier autoridad gubernamental de o en la Argentina con facultades tributarias. “Deuda” de cualquier persona significa (i) toda deuda de dicha persona por dinero tomado en préstamo o por el precio de compra diferido de cualquier bien o servicio; (ii) toda deuda creada por, o emergente de, cualquier venta condicional de cualquier bien adquirido por dicha persona (incluyendo, sin carácter limitativo, la deuda bajo 185 cualquier acuerdo que estipule que los derechos y recursos del vendedor o prestamista en virtud del mismo, en el supuesto de incumplimiento, se limitan a la recuperación de la posesión o venta de dicho bien); (iii) todas las obligaciones de leasing que, de conformidad con los principios contables generalmente aceptados en la Argentina, hubieran sido o deban ser registradas como leasing respecto de los cuales tal persona es responsable en calidad de tomador; (iv) todas las garantías directas o indirectas (incluyendo, sin carácter limitativo, los “avales”) de dicha persona respecto de, y todas las obligaciones (contingentes o de otro modo) de dicha persona de comprar o adquirir de otro modo, o dar garantía de otro modo a un acreedor contra pérdidas respecto de, cualquier deuda mencionada precedentemente en (i), (ii) y/o (iii) de cualquier otra persona; y (v) toda deuda y obligación mencionada precedentemente en (i), (ii), (iii) y/o (iv) garantizada por (o por el cual el tenedor de dicho endeudamiento u obligación posee un derecho existente, contingente o de otro modo, a estar garantizado por) cualquier Gravamen sobre o en cualquier bien de dicha persona, prescindiendo de que dicha persona no hubiere asumido ni fuere responsable del pago de dicho endeudamiento u obligación; estipulándose, sin embargo, que el término “Deuda” no incluirá las Deudas Incurridas por el Banco en el Curso Ordinario de los Negocios. “Deudas Incurridas por el Banco en el Curso Ordinario de los Negocios” significa cualquier obligación del Banco respecto de (i) cualquier depósito recibido o fondos cobrados por él por cuenta y/u orden de terceros (pero no los fondos tomados en préstamo o recaudados por él mediante emisiones de títulos de deuda en los mercados de capitales locales o internacionales); (ii) cualquier cheque, pagaré, certificado de depósito, giro o letra de cambio emitido, aceptado o endosado por él en el curso ordinario de sus operaciones; (iii) cualquier transacción en la que actúe exclusivamente en calidad de fiduciario; (iv) cualquier aceptación bancaria; (v) cualquier contrato celebrado por él en el curso ordinario de sus operaciones, para la compra o recompra de títulos valores o préstamos o moneda o para participar en préstamos; y (vi) cartas de crédito en la medida en que sean emitidas por el Banco en el curso ordinario de las operaciones. “Deuda Financiera” de cualquier persona significa toda Deuda de dicha persona por fondos tomados en préstamo o recaudados por él mediante emisiones de títulos de deuda en los mercados de capitales locales o internacionales; “Día Hábil” significa cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar. “En Circulación” significa, cuando se utiliza este término con referencia a las Obligaciones Negociables, en cualquier momento determinado, todas las Obligaciones Negociables, salvo (i) las Obligaciones Negociables canceladas hasta ese momento o entregadas para su cancelación; (ii) las Obligaciones Negociables, o porciones de las mismas, para el pago o rescate de las cuales hayan sido depositados los fondos que fueran necesarios con cualquier agente de pago (que no fuera el Banco) o hayan sido apartados y mantenidos en fideicomiso por el Banco para los Tenedores de dichas Obligaciones Negociables (si el Banco actuara como su propio agente de pago); (iii) las Obligaciones Negociables en cuyo reemplazo se hayan otorgado otras Obligaciones Negociables; y (iv) las Obligaciones Negociables que hayan sido pagadas. “Gravamen” significa cualquier derecho real de garantía, gravamen y/o leasing de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados en la República Argentina; estableciéndose, sin embargo, que no será un “Gravamen” cualquier transferencia de cartera y/u otros activos por parte del Banco y/o de cualquiera de sus Subsidiarias a fin de constituir fideicomisos financieros en el curso ordinario de los negocios, ni tampoco la venta, cesión y/o transferencia de cartera por parte del Banco y/o de cualquiera de sus Subsidiarias en el curso ordinario de los negocios. “Impuestos” significa cualquier impuesto, tasa, contribución y/u otra carga gubernamental argentina, presente o futura, de cualquier naturaleza (incluyendo, sin limitación, multas, penalidades, intereses y/o cualquier otro cargo), impuestas por, o en representación de, cualquier Autoridad Impositiva. “Subsidiaria” significa, en relación con cualquier persona, cualquier otra persona (existente o no en la actualidad) que sea controlada directa o indirectamente por, o que más del 50% de su capital accionario emitido (o su equivalente) esté en manos de o en beneficio de, la primera persona y/o una o más subsidiarias de dicha primera 186 persona; y “control” significa la facultad de designar a la mayoría de los miembros del directorio u otro órgano directivo o de administración de esa persona, o de controlar de otro modo los asuntos y políticas de la misma. “Obligacionista” o “Tenedor” significa toda persona titular o tenedora de Obligaciones Negociables. “Ps.” o “Pesos” significa la moneda de curso legal en la Argentina. “$”, “US$” o “dólares” significa la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América. Plan de distribución. Las Obligaciones Negociables serán colocadas por oferta pública en Argentina conforme con los términos de la Ley de Mercado de Capitales y demás normas vigentes. En los Suplementos correspondientes se detallará el plan de distribución aplicable a las Obligaciones Negociables de cada Clase y/o Serie en cuestión, el cual deberá ajustare a lo previsto en las Normas de la CNV. El plan de distribución podrá establecer que las Obligaciones Negociables sean integradas por los correspondientes suscriptores en efectivo y/o mediante la entrega de obligaciones negociables en circulación. 187 INFORMACIÓN ADICIONAL Acta Constitutiva y Estatutos Se resumen a continuación ciertas disposiciones importantes de nuestros estatutos y de la ley argentina, los principales cuerpos regulatorios que rigen a BBVA Francés. Este resumen se ajusta en su totalidad a la Ley de Sociedades Comerciales y la Ley de Entidades Financieras y a nuestros estatutos. En nuestra Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 28 de abril de 2005, nuestros accionistas votaron modificar el artículo 11 de los Estatutos para cumplir con la Resolución N° 20/04 de la Inspección General de Justicia (IGJ )y sus enmiendas. Esta modificación requiere a cada uno de nuestros Directores (i) prendar un monto no inferior a Ps. 10.000 como garantía del desempeño de dicho Director y (ii) mantener un domicilio especial dentro de la Argentina. Esta enmienda ha sido presentada a la IGJ y fue aprobada el 12 de diciembre de 2005 bajo el número 16.335, Libro 30. La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 27 de marzo de 2009 acordó y autorizó la modificación de los artículos 10 y 13 del Estatuto social, por las cuales la Compañía podrá renovar la composición de su Directorio en forma parcial o por etapas a través de la designación o reelección de sus miembros, así como celebrar sus reuniones con la asistencia de directores no residentes mediante videoconferencia. Dicha enmienda ha sido inscripta ante la Inspección General de Justicia - Registro Público de Comercio el 21 de abril de 2010 bajo el número 7.192, Libro 49. La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 30 de abril de 2010 acordó y autorizó: (i) la modificación del artículo 10 del Estatuto social respecto de las diferentes denominaciones que podrían ser utilizadas por el CEO de la compañía y (ii) la modificación del artículo 21 y la eliminación del artículo 17 respecto a que el Comité Ejecutivo ya no estaba vigente. Estas enmiendas han sido inscriptas ante la Inspección General de Justicia - Registro Público de Comercio el 2 de agosto de 2010 bajo el número 13.784 del Libro 50. La Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas celebrada el 26 de marzo de 2012 acordó y autorizó la modificación del artículo 10 del Estatuto social, incorporando una disposición transitoria efectos de dar cumplimiento con los requisitos de renovación de vacantes del Directorio, teniendo en cuenta los vencimientos de mandatos anteriores a la vigencia de dicho artículo. Esta enmienda ha sido inscripta ante la Inspección General de Justicia – Registro Público de Comercio el 8 de marzo de 2013 bajo el N° 3.930 del Libro 62 de Sociedades por Acciones. Registro y Objetos de la Emisora BBVA Francés se encuentra registrada ante el Registro Público de Comercio de la Argentina bajo el número 1.065, página 359 Libro 5, Tomo “A” de Estatutos de Sociedades Locales. El artículo 3 de nuestros estatutos establece que el objeto de BBVA Francés es dedicarse al negocio de banca comercial, incluyendo intermediación financiera, ya sea en la Argentina o en el exterior. A este efecto, estamos autorizados a desarrollar las siguientes actividades: • aceptar depósitos a plazo y a la vista; • otorgar préstamos de reintegro total al vencimiento a corto plazo y otros préstamos amortizables; • descontar, comprar y vender letras de cambio, pagarés, prendas, cheques, giros y otros instrumentos negociables; • otorgar garantías, cauciones u otras formas de garantía, aceptar letras de cambio, giros y otras órdenes de pago, transferir fondos y emitir y aceptar cartas de crédito; • otorgar anticipos sobre créditos por ventas de bienes, adquirir los mismos y asumir los riesgos resultantes, tomar medidas para cobrarlos y ofrecer asistencia técnica y administrativa; • invertir en títulos públicos; • hacer inversiones temporarias en activos líquidos; 188 • invertir en nuevas emisiones de acciones o títulos, en cumplimiento de las regulaciones que puedan establecerse para ese propósito; • aceptar títulos en custodia y proveer otros servicios relacionados con el negocio bancario; • gestionar, por cuenta de terceros, la compra y venta de títulos, y actuar como agentes pagadores en relación con dividendos, rescates e intereses, desarrollar actividades de corretaje en el mercado informal de títulos; • realizar transacciones en divisas; • cumplir con las representaciones relativas a sus operaciones; • recibir depósitos de participación en préstamos hipotecarios y en cuentas especiales; • emitir obligaciones hipotecarias; • otorgar préstamos para la adquisición, construcción, ampliación, reparación, mejora y mantenimiento de bienes raíces urbanos o rurales, y para la sustitución de hipotecas tomadas con el mismo propósito; • recibir préstamos del exterior y actuar como intermediario en préstamos denominados en moneda local o extranjera; • emitir bonos privados; y • realizar aquellas operaciones de préstamo, endeudamiento y relacionadas con servicios que no estén prohibidas por la Ley de Entidades Financieras. Directores En virtud de lo establecido en el artículo 18 de nuestros estatutos, el directorio recibe un honorario anual establecido por los accionistas. Este honorario está sujeto a las restricciones del artículo 261 de la Ley de Sociedades Comerciales, el cual prevé que la compensación global de los directores no podrá exceder el 25% del ingreso del Banco, o el 5% del ingreso si no se distribuyen dividendos a los accionistas. La compensación de los miembros del Directorio es aprobada previamente por el Comité de Nombramiento y Remuneraciones y el Comité de Auditoría (II) del Banco, teniendo en cuenta la razonabilidad y legalidad del monto propuesto. La decisión de estos dos comités respecto al monto de compensación es entonces sometida a la aprobación del Directorio y la Asamblea Ordinaria Anual de Accionistas. Conforme el artículo 272 de la Ley de Sociedades Comerciales, un director no puede votar respecto de ninguna propuesta en la que él, o cualquier persona relacionada con él, tenga un interés contrario a los intereses de BBVA Francés. Además, los Directores no están facultados para realizar transacciones personales con la compañía o sus afiliadas, que no fueran las operaciones comunes bancarias, salvo que sean aprobadas por un procedimiento especial que garantice la transparencia de la transacción propuesta. No es necesario que los directores sean accionistas de BBVA Francés o de cualquiera de sus subsidiarias. El Banco no tiene políticas respecto de límites de edad o edad de retiro. Derechos Inherentes a las Acciones Nuestro capital comprende una sola clase de acciones, todas las cuales son acciones ordinarias y tienen los mismos derechos de voto y económicos. Los accionistas participan en la distribución de dividendos en proporción al capital integrado. Los accionistas tienen también el derecho de participar en proporción a su capital integrado en la distribución resultante de la liquidación de BBVA Francés. 189 Los accionistas tienen derecho de votar acumulativamente un tercio de las vacantes del directorio. El directorio no puede ser reelegido por intervalos determinados si obstruye o impide a los accionistas el ejercicio de sus derechos de voto acumulativo. Los accionistas no podrán reclamar el pago de dividendos a BBVA Francés una vez transcurridos tres años desde la fecha en que el dividendo respectivo estuviera disponible para dicho accionista. Nuestros estatutos no contienen disposiciones relativas a fondos de amortización o a la responsabilidad potencial de los accionistas de realizar suscripciones adicionales. La Comunicación “A” 5072 de mayo de 2010, modificada por la Comunicación “A” 5485, establece que las entidades financieras pueden distribuir resultados, con la correspondiente autorización del Banco Central, siempre que no se verifiquen las siguientes situaciones en el mes anterior a la presentación de la solicitud para obtener dicha autorización ante el BCRA: • que el Banco caiga dentro de las disposiciones de los artículos 34 “Regularización y reestructuración” y 35 bis “Reestructuración de la entidad para la protección del crédito y los depósitos bancarios” de la Ley de Entidades Financieras; • que el Banco haya recibido asistencia financiera del Banco Central por iliquidez), dentro del marco del artículo 17 de la Carta Orgánica del BCRA. • que el Banco incurra en demoras o incumplimientos respecto al sistema de información establecido por el Banco Central; • que el Banco muestre deficiencias en cuanto a la integración de su capital mínimo, sea individualmente o sobre base consolidada (sin computar a esos fines los efectos de franquicias individuales otorgadas por la Superintendencia) o respecto a sus requisitos de efectivo mínimo promedio en pesos o en moneda extranjera; o • que el Banco registre sanciones impuestas por la Unidad de Información Financiera (UIF) que se ponderen como significativas, excepto cuando se hayan implementado medidas correctivas a satisfacción de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias o, en el caso de que se le haya requerido un plan de mitigación de riesgos, que éste haya sido aprobado por dicha Superintendencia. Las Comunicaciones “A” 5272 y “A” 5273 del Banco Central de fecha 1 de febrero de 2012, aumentaron los requerimientos de capital que deben integrar las entidades financieras que operan en la Argentina para que sea admitida la distribución de resultados. En dichas comunicaciones se establecieron ciertas exigencias de capital para cobertura de riesgo operacional, se determinó al solo efecto de distribución de utilidades, que deberá considerarse un “colchón” (buffer) adicional equivalente al 75% de la exigencia total de capital. Asambleas de Accionistas Las asambleas de accionistas son ordinarias o extraordinarias. Las asambleas ordinarias y extraordinarias son convocadas por el directorio o por la Comisión Fiscalizadora en los casos establecidos por la ley o cuando ellos lo estimen necesario, o a requerimiento de accionistas que representen al menos el 5% de nuestro capital accionario según lo prevé el artículo 236 de la Ley de Sociedades Comerciales. Las asambleas de accionistas son convocadas mediante publicación por cinco días, no menos de veinte ni más de cuarenta y cinco días antes de la fecha de la asamblea, en el Boletín Oficial y en un diario de gran circulación de la Argentina. La notificación debe incluir la naturaleza, la fecha, hora y lugar de la reunión, el orden del día y cualesquiera requisitos estatutarios relativos a la asistencia de los accionistas. En caso de aplazamiento de una asamblea ordinaria de accionistas, la asamblea en segunda convocatoria podrá celebrarse en la misma fecha, al menos una hora después de la fijada para la reunión en primera convocatoria, en cumplimiento del artículo 237 de la Ley de Sociedades Comerciales. En caso de aplazamiento de una asamblea extraordinaria de accionistas, la asamblea en segunda convocatoria debe celebrarse dentro de los siguientes treinta días, y la publicación debe aparecer por tres días como mínimo antes de la fecha fijada para la reunión. 190 Para asistir y votar en cualquier asamblea de accionistas, los accionistas deben depositar sus acciones o un certificado de acciones o un estado de cuenta representativo de acciones escriturales, según el caso, emitido por nosotros, un depositario de títulos u otra institución autorizada, para ser registrado en el libro de asistencia, no menos de tres días hábiles antes de la fecha de la asamblea. A los titulares de acciones registradas o escriturales de las cuales poseemos registro, solo se les requiere notificarnos para registrar sus nombres en el libro de asistencia, al menos tres días hábiles antes de la fecha de la asamblea. Debemos proveer a dichos accionistas certificados autorizándolos a asistir a la asamblea. Los accionistas pueden estar presentes en las asambleas por poder o mandato. En el último caso, la firma del mandante deberá ser certificada por un tribunal, escribano público o banco. Los directores, auditores legales, gerentes o cualquier otro de nuestros empleados no podrán ser mandatarios a estos fines. En cualesquiera asambleas ordinarias de accionistas el quórum en primera convocatoria debe estar compuesto por accionistas presentes que representen la mayoría de las acciones con voto. En segunda convocatoria, habrá quórum con la asistencia de cualquier cantidad de acciones presentes. El quórum en cualquier asamblea extraordinaria de accionistas estará compuesto en primera convocatoria por accionistas que representen el sesenta por ciento de las acciones con voto. Los accionistas que representen un treinta por ciento de las acciones con derecho a voto constituirán quórum en las asambleas extraordinarias de accionistas reunidas en segunda convocatoria. En cualquiera de los casos, las resoluciones se tomarán por la mayoría absoluta de los votos presentes. Limitaciones a la Votación y Tenencia de Acciones No existen limitaciones impuestas por la ley argentina o por nuestros estatutos u otros instrumentos constitutivos sobre los derechos de los no residentes o personas extranjeras a poseer o votar nuestras acciones ordinarias o ADS. Cambio de Control No existen disposiciones en nuestra acta constitutiva ni en nuestros estatutos cuyo efecto sea demorar, diferir o impedir un cambio en el control de BBVA Francés o que operen solo con respecto a una fusión, adquisición o reestructuración empresaria que nos involucre (o involucre a cualquiera de nuestras subsidiarias). Divulgación de Propiedad No existen disposiciones en nuestros estatutos que establezcan un umbral de propiedad por encima del cual deba divulgarse la propiedad de las acciones. Cambios en el Capital Nuestros estatutos no imponen condiciones sobre los cambios en el capital de BBVA Francés que sean más estrictas que las condiciones requeridas por la Ley de Sociedades Comerciales. Contratos Importantes No hemos celebrado contratos importantes fuera del curso ordinario de los negocios en los últimos dos años. Controles de Cambio El 27 de marzo de 1991, el Congreso Nacional sancionó la Ley N° 23.928 (la Ley de Convertibilidad), la cual estableció un tipo de cambio fijo de conformidad con el cual el BCRA estaba obligado a: (i) vender dólares estadounidenses a cualquier persona que así lo requiera, a un tipo de cambio fijo de Ps. 1,00 por cada dólar estadounidense; y (ii) mantener una reserva en moneda extranjera, oro, depósitos, operaciones a interés y/o títulos públicos, valuados a valores del mercado, equivalentes a por lo menos el cien por ciento (100%) de la base monetaria (que consiste en la moneda en circulación y los depósitos en pesos del sector financiero en el Banco Central). El 6 de enero de 2002, con la sanción de la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública, se declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, facultando al Poder 191 Ejecutivo Nacional para establecer el sistema que determinará la relación de cambio entre el peso y las divisas extranjeras, y dictar regulaciones cambiarias, abandonando la paridad cambiaria entre el Peso Argentino y el Dólar Estadounidense mantenida durante más de diez años. El 9 de enero de 2002, el Poder Ejecutivo estableció un tipo de cambio dual provisorio, con un tipo de cambio oficial en Ps. 1,40 por cada dólar estadounidense para las exportaciones e importaciones esenciales, y otro tipo de cambio, fijado libremente por el mercado, para el resto de las operaciones. El 11 de enero de 2002, el gobierno permitió la libre flotación del peso y levantó la suspensión de las actividades bancarias iniciada el 21 de diciembre de 2001. En tal contexto, el 8 de febrero de 2002 a través del Decreto N° 260/2002 el Poder Ejecutivo Nacional estableció el MULC, revocando el sistema dual existente, por el cual se cursarán todas las operaciones de cambio en divisas extranjeras, y que las operaciones de cambio en divisas extranjeras serán realizadas al tipo de cambio que sea libremente pactado y deberán sujetarse a los requisitos y a la reglamentación que establezca el Banco Central (la cual, en sus aspectos principales, se detalla más abajo). Al inicio de su libre flotación, la escasez de dólares estadounidenses y su alta demanda tuvieron como consecuencia que el peso experimentara una ulterior devaluación de relevancia durante el primer semestre de 2002. Durante los años calendario 2008, 2009 y 2010, el Banco Central ha influido indirectamente en el mercado cambiario, comprando o vendiendo dólares estadounidenses, con el objetivo de aislar los shocks externos y para mantener una paridad estable. En el siguiente cuadro se establecen los tipo de cambio del dólar estadounidense mínimos, máximos, promedio al cierre de cada período anual del año 2005 al año 2015 y el primer trimestre del 2016 expresado por mes. Se encuentran expresados en pesos nominales por dólar, sobre la base de los tipos de cambio fijados por el Banco Central. Mínimo Máximo Ejercicio finalizado al 31 de diciembre de Promedio (1) Cierre del Período (Pesos por Dólares Estadounidenses) 2005 2,86 3,04 2,90 3,03 2006 3,03 3,10 3,07 3,06 2007 3,05 3,18 3,12 3,15 2008 3,02 3,45 3,18 3,45 2009 3,46 3,84 3,72 3,79 2010 3,79 3,99 3,92 3,98 2011 2,97 4,30 4,13 4,30 2012 4,30 4,92 4,55 4,92 2013 4,92 6,52 5,72 6,52 2014 6,54 8, 56 8,12 8,55 2015 8,55 13,00 9,26 13,00 01-2016 13,07 13,94 13,66 13,90 02-2016 14,09 15,58 14,82 15,58 03-2016 14,25 15,92 14,96 14,58 (1) Representa el promedio de los tipos de cambio al último día de cada mes durante el período. Fuente: Banco Central. No se declara que los montos en pesos han sido o pudieran haber sido convertidos, o que podrían convertirse a montos en Dólares Estadounidenses a los tipos de cambio mencionados a las fechas indicadas. 192 En virtud de lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 616/2005 de fecha 9 de junio de 2005, sus modificatorias y las regulaciones del Banco Central en materia cambiaria, fueron impuestas ciertas restricciones sobre la entrada y salida de moneda extranjera del mercado de cambios argentino, a saber: (a) todo ingreso de fondos al mercado local de cambios originado en el endeudamiento con el exterior de personas físicas o jurídicas pertenecientes al sector privado, excluyendo los referidos al financiamiento del comercio exterior y a las emisiones primarias de títulos de deuda que cuenten con oferta pública y listado en mercados de valores; (b) todo ingreso de fondos de no residentes cursados por el mercado local de cambios destinados a: tenencias de moneda local, adquisición de activos o pasivos financieros de todo tipo del sector privado financiero o no financiero, excluyendo la inversión extranjera directa y las emisiones primarias de títulos de deuda y de acciones que cuenten con oferta pública y listado en mercados de valores, e inversiones en valores emitidos por el sector público que sean adquiridos en mercados secundarios; deberán cumplir los siguientes requisitos: (a) los fondos ingresados sólo podrán ser transferidos fuera del mercado local de cambios al vencimiento de un plazo de 365 días corridos, a contar desde la fecha de toma de razón del ingreso de los mismos; (b) el resultado de la negociación de cambios de los fondos ingresados deberá acreditarse en una cuenta del sistema bancario local; (c) la constitución de un depósito nominativo, no transferible y no remunerado, por el 30% del monto involucrado en la operación correspondiente, durante un plazo de 365 días corridos, de acuerdo a las condiciones que se establezcan en la reglamentación; y (d) el depósito mencionado en el punto anterior será constituido en dólares en las entidades financieras del país, no pudiendo ser utilizado como garantía o colateral de operaciones de crédito de ningún tipo. A continuación se detallan los aspectos más relevantes de la normativa del Banco Central a los fines del presente, relativos al ingreso y egreso de fondos de la Argentina. Ingreso de Fondos Rentas y Transferencias Corrientes Las rentas cobradas por residentes por sus inversiones en activos externos que pasen por una cuenta en el exterior del residente de manera transitoria, podrán ser ingresadas por el concepto de rentas que corresponda. Se entiende que el carácter transitorio de la acreditación de los fondos en cuentas del exterior en el caso de rentas no sujetas a la obligación de ingreso, se cumple cuando la retransferencia de fondos a la cuenta del corresponsal de la entidad local, se concretó en un período no posterior a los 10 (diez) días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de acreditación de los fondos en la cuenta del exterior del residente en concepto de cobro de rentas Capitales De conformidad con lo dispuesto por la Comunicación “A” 5850 del Banco Central, a partir del 17 de diciembre de 2015, las nuevas operaciones de endeudamiento financiero con el exterior del sector privado no financiero, del sector financiero y de gobiernos locales, no estarán sujetos a la obligación de ingreso y liquidación de los fondos en el MULC. La liquidación de los fondos en el MULC será condición necesaria para el posterior acceso a dicho mercado para la atención de los servicios de capital e intereses. Si los fondos se ingresan a cuentas locales en moneda extranjera en el país se deberá demostrar la liquidación de los fondos depositados. Las emisiones de títulos de deuda locales del sector financiero y sector privado no financiero, que sean denominados en moneda extranjera, y cuyos servicios de capital e intereses no sean exclusivamente pagaderos en pesos en el país, deberán ser suscriptos en moneda extranjera y los fondos obtenidos, deberán ser liquidados en el MULC (Comunicación “A” 5265 del Banco Central y complementarias). Sólo es posible la suscripción en pesos de bonos emitidos en moneda extranjera, o emitir bonos en moneda extranjera en canje de bonos o deudas en pesos, cuando los servicios de la nueva emisión de deuda emitida en moneda extranjera, son exclusivamente pagaderos en pesos en el país. El producido de la liquidación de cambio deberá ser acreditado en una cuenta a la vista a nombre del cliente en una entidad financiera local (Comunicación “A” 5910). La liquidación de los fondos no será exigible para el posterior acceso al MULC para la atención de los servicios de la deuda cuando los fondos obtenidos sean aplicados a la cancelación en el exterior de otras deudas propias por las cuales hubiera tenido acceso al mercado para su cancelación, debiendo registrar boletos técnicos por los montos brutos y por los conceptos que correspondan a los fines del registro de las operaciones. La entidad 193 interviniente deberá verificar la documentación que demuestre la aplicación de los fondos del nuevo financiamiento a la atención de deudas con acceso al MULC para su cancelación, la que deberá ser adjuntada a los boletos técnicos que se realicen. Para la atención de los servicios de capital de los financiamientos que se apliquen en el exterior se tomará el plazo mínimo que sea aplicable a partir de la fecha de aplicación. Los nuevos endeudamientos financieros ingresados en el mercado local de cambios y las renovaciones de deudas con el exterior de residentes en el país del sector financiero y del sector privado no financiero, que ingresen o sean renovados a partir del 17 de diciembre de 2015 deben pactarse y mantenerse por un período mínimo de 120 días corridos (contados desde la fecha de ingreso de los fondos en el país), no pudiendo ser cancelados con anterioridad al vencimiento de ese período, cualquiera sea la forma de cancelación de la obligación con el exterior e independientemente de si dicho pago se efectúa o no a través del acceso al MULC. (conforme Comunicación “A” 5265 y 5850 del Banco Central y sus modificatorias). Se encuentran exceptuadas de este requisito, entre otras, las financiaciones de comercio exterior, los saldos de las cuentas de las entidades cambiarias autorizadas, en tanto y en cuanto dichos saldos no constituyan facilidades crediticias financieras y las ofertas primarias de títulos de deuda autorizados para su oferta pública en Argentina por la CNV y el listado en mercados de valores El 9 de junio de 2005, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto Nº 616/05 reglamentado por la Comunicación “A” 4359 y concordantes del Banco Central, estableciendo que en general todo ingreso de divisas de no residentes al MULC que no califique como financiaciones de comercio exterior, inversiones extranjeras directas u ofertas primarias de acciones o títulos de deuda autorizados para su oferta pública por la CNV en Argentina y que se encuentren listados en una bolsa de valores o mercado autorizado está sujeto a un depósito obligatorio no remunerativo de 365 días efectuado en una entidad financiera local. Este depósito también es aplicable a ciertas repatriaciones de activos de residentes. Dicho depósito debe efectuarse en Dólares Estadounidenses por el 30% de los montos ingresados, no devengará intereses ni ningún otro tipo de beneficio, y no puede transferirse a terceros ni ser utilizado como garantía para cualquier otra operación. Posteriormente, normas del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y del Banco Central establecieron que, entre otras, las siguientes operaciones se encuentran exentas de esta obligación: préstamos aplicados simultáneamente al pago de deudas financieras con acreedores extranjeros o a financiar inversiones de largo plazo por parte de residentes argentinos en el exterior y préstamos financieros con el exterior en la medida que sean contraídos y cancelados a una vida promedio de al menos de 2 años (incluyendo el pago de capital e intereses) aplicados a financiar inversiones en activos no financieros, incluyendo inversiones en bienes de cambio, bienes de uso y ciertos intangibles. Recientemente, mediante la Resolución N° 3/2015 del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, modificó el Decreto 616/2005 de acuerdo a las facultades previstas en el Artículo 5 de dicho decreto, reduciendo a 120 días corridos el plazo de permanencia en el país de los fondos ingresados del exterior y reduciendo a 0 el porcentaje del depósito. Con anterioridad a dar curso a las transferencias de fondos respecto de pagos de servicios de capital o intereses de deudas financieras, las entidades financieras a través de las que se realizan las transferencias deben comprobar que el deudor haya cumplido con el régimen informativo sobre pasivos con el exterior que estipula la Comunicación “A” 3602 y los demás requisitos establecidos en el punto 4 de la Comunicación “A” 5265 (y modificatorias) del Banco Central. Las normas cambiarias obligan a las entidades financieras locales, a través de las cuales se cursen los pagos, a controlar la autenticidad de las operaciones y a verificar la razonabilidad de las tasas de interés pactadas. Asimismo, en todos los casos de pagos anticipados de capital, el pago debe efectuarse al acreedor o al agente de pago de la obligación para su pago inmediato al acreedor, dejando de devengar intereses la obligación por la porción precancelada, desde la fecha de efectivo pago al acreedor. En el caso de emisiones de títulos de deuda, el emisor sólo tendrá acceso al MULC para el pago de capital e intereses en la medida en que los bonos o títulos cumplan con las siguientes condiciones: (a) la emisión se efectúa en el extranjero acorde a las reglamentaciones del país de emisión y se rige por ley extranjera, (b) es ofrecida y suscripta en su mayor parte en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las reglamentaciones del país de suscripción, (c) es integrada en su totalidad en el exterior, (d) los servicios de capital y renta son pagaderos en el exterior. Asimismo, de acuerdo a la Comunicación “A” 5899 las entidades podrán otorgar acceso al MULC para la atención de servicios de capital e intereses de deudas financieras con el exterior, sin ingreso de divisas al país, originadas en la financiación otorgada por un vendedor no residente por la compra de activos de inversión 194 directa en el país y/o de activos no financieros no producidos, en la medida que se cumplan ciertos requisitos documentales y operativos. Egreso de fondos Pago de servicios Los residentes del país pueden acceder al mercado local de cambios para realizar transferencias al exterior para el pago de servicios que correspondan a prestaciones de no residentes en las condiciones pactadas entre las partes, acorde a la normativa legal aplicable. A tal efecto debe presentarse la documentación que avale la genuinidad de la operación en cuanto al concepto, prestación del servicio del no residente al residente, y monto a girar al exterior (Comunicación "A" 5377). Si la naturaleza del servicio que se quiere abonar no tiene una relación directa con la actividad que desarrolla el cliente, la entidad autorizada a operar en cambios debe exigir cierta documentación mínima que en la norma se establece para certificar la existencia de la deuda con el exterior. La entidad interviniente debe verificar en todos los casos, entre otras cosas, se haya dado cumplimiento a las registraciones de los contratos que estén vigentes a nivel nacional y solicitar la documentación que considere adecuada para verificar lo declarado por el cliente. Por los pagos de los conceptos de servicios incluidos en el punto 3.4. de la Comunicación "A" 5377 (que incluyen entre otros a regalías, servicios empresariales, profesionales y técnicos, comisiones comerciales) cuando el beneficiario sea una persona física o jurídica relacionada con el deudor local en forma directa o indirecta (según criterio de la Comunicación "C" 40.209); o sea una persona física o jurídica que resida o que esté constituida o domiciliada en países no considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”, considerando a tal efecto el Decreto Nº 589/2013 Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 y complementarias (Comunicación “C” 65.366); o cuando el pago al exterior sea a una cuenta en estas jurisdicciones, se debe contar con la conformidad previa del Banco Central. Al respecto, mediante la Comunicación "B" 10.321 se dio a conocer el modelo de presentación de los pedidos que correspondan. Dicho requisito de conformidad previa no resulta de aplicación por los contratos que no generen en el año calendario a nivel del concepto del mercado de cambios y deudor, pagos y/o nuevas deudas superiores al equivalente de US$100.000. Las ventas de cambio a residentes en concepto de servicios deben ser realizadas con cheque propio del cliente o con débito a la cuenta a la vista del cliente en una entidad financiera local, por alguna de las modalidades de medios de pago vigentes. Rentas y transferencias corrientes Se permite el acceso al mercado local de cambios para el pago de intereses que correspondan a deudas impagas o que son canceladas simultáneamente con el pago de intereses, en la medida que la norma cambiaria permita el acceso al mercado local de cambios para la cancelación de los servicios de capital de esa deuda y se cumplan la totalidad de las condiciones generales establecidas para cursar dichos pagos de capital. Dicho acceso es por los montos impagos que estén devengados a partir de la fecha de la concertación de cambio por la venta de divisas que origina dicho endeudamiento con el exterior, o desde la fecha efectiva de desembolso de los fondos, si los mismos fueron acreditados en cuentas de corresponsalía de entidades autorizadas para su liquidación en el mercado local de cambios, dentro de las 48 horas hábiles de la fecha de desembolso (Comunicación "A" 5397). La concertación de cambio por la compra de las divisas podrá realizarse con una antelación no mayor a los 10 días hábiles a la fecha de vencimiento de cada cuota de intereses computada por períodos vencidos. En todos los casos, se debe verificar en el caso de corresponder, la presentación de la declaración del Relevamiento de las emisiones de títulos y de pasivos externos del sector privado (Comunicación “A” 3602 del Banco Central y complementarias) que da origen al pago de los intereses, contando con la validación de los datos 195 reportados por la mencionada obligación y del "Relevamiento de inversiones directas", en el caso que el acreedor del exterior pertenezca al mismo grupo económico. Asimismo, los pagos de intereses deben ser informados y validados por la AFIP de acuerdo con la Resolución 3417/12 y modificatorias. De acuerdo a lo establecido por la Comunicación “A” 5264 y modificatorias del Banco Central, los residentes del país pueden acceder al MULC para realizar transferencias al exterior para el pago de servicios que correspondan a prestaciones de no residentes en las condiciones pactadas entre las partes, acorde a la normativa legal aplicable y con la presentación de la documentación – o según el caso, certificación contable - que avale la genuinidad de la operación en cuanto al concepto, prestación del servicio del no residente al residente, y monto a girar al exterior. Sin perjuicio de ello, la norma diferencia el stock del flujo, diferenciándose entre servicios prestados y/o devengados a partir del 17 de diciembre de 2015 y antes de dicha fecha. En términos de la Comunicación “A” 5850, respecto de las nuevas operaciones (servicios prestados y/o devengados a partir del 17 de diciembre de 2015) se establece que los pagos correspondientes podrán ser cursados sin límite de monto con acceso al MULC de acuerdo con lo previsto en las normas vigentes en materia de acceso al mercado para el pago de servicios prestados por no residentes. Para las nuevas operaciones (por servicios prestados y/o devengados a partir del 17 de diciembre de 2016) se establece que los pagos correspondientes podrán ser cursados sin límite de monto con acceso al MULC siempre que se cumplan las normas vigentes en materia de acceso al MULC para el pago de servicios prestados por no residentes. La Resolución General 3276/12 y modificatorias de la AFIP, estableció el régimen relativo a la Declaración Jurada Anticipada de Servicios (“DJAS”), y establece la forma en la cual dicha declaración debe, a través de los medios electrónicos a ese fin dispuestos – la “Ventanilla Única Electrónica del Comercio Exterior”-, ser realizada. A tal fin, la AFIP será competente para requerir cualquier otro tipo de información adicional vinculada que considere necesaria. De acuerdo con el punto 3.8. de la Comunicación "A" 5377, las entidades autorizadas a operar en cambios pueden dar curso a los pagos al exterior de utilidades y dividendos a accionistas no residentes y tenedores de ADRs y BDRs, correspondientes a balances cerrados que estén certificados por auditores externos con las formalidades aplicables a la certificación del balance anual. En caso de corresponder, se deberá verificar la presentación de la declaración del Relevamiento de las emisiones de títulos y de pasivos externos del sector privado contando con la validación de los datos reportados por la obligación de pago de las utilidades y dividendos, y del Relevamiento de inversiones directas. Asimismo, el pago de dividendos al exterior se encuentra, en la práctica, sujeto a la presentación de la Declaración Anticipada de Pagos al Exterior (“DAPE”), en los términos de la Resolución AFIP N° 3417/12. En los casos de pagos por "Alquiler o arrendamientos de inmuebles ubicados en el país de propiedad de no residentes" y "Otras rentas pagadas al exterior", el acceso al mercado local de cambios estará sujeto a la conformidad del Banco Central cuando el beneficiario sea una persona física o jurídica relacionada con el deudor local en forma directa o indirecta de acuerdo a las definiciones de entes vinculados establecidos en la Comunicación "C" 40.209, o sea una persona física o jurídica que resida o que esté constituida o domiciliada en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que figuren incluidos dentro del listado del Decreto Nº 1344/98 Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 y modificatorias, o cuando el pago al exterior sea a una cuenta en estas jurisdicciones. Al respecto, mediante la Comunicación "B" 10.321 se dio a conocer el modelo de presentación de los pedidos que correspondan. En estos casos, la conformidad previa no será de aplicación por los contratos que no generen en el año calendario a nivel del concepto del mercado de cambios y deudor, pagos y/o deudas superiores al equivalente de US$100.000. En todos los casos, los contratos deberán estar inscriptos en los registros obligatorios a nivel nacional que estén vigentes por la naturaleza específica del concepto, y/o por las implicancias fiscales de estas transferencias al exterior (punto 3.9. de la Comunicación "A" 5377). 196 Para la realización de donaciones, el receptor de las misma debe ser una entidad gubernamental, organismo internacional y/o sus agencias vinculadas, y/o institución del exterior con presencia en el país y reconocida internacionalmente por sus obras benéficas, y el destino de las misma hacer frente a desastres naturales, urgencias sanitarias, u otras situaciones de carácter humanitario de conocimiento público. Por donaciones de este tipo, también tendrán acceso las misiones diplomáticas, oficinas consulares y otras representaciones internacionales acreditadas en el país. El resto de los casos queda sujeto a la conformidad previa del Banco Central (punto 3.10. de la Comunicación "A" 5377). Los residentes en el país tienen acceso al mercado de cambios para la transferencia al exterior de fondos en concepto de ayuda familiar, jubilaciones y pensiones, becas y gastos de estudio, pagos de multas aplicados a personas físicas por hechos acontecidos en el exterior y otras operaciones que califiquen como transferencias corrientes acorde a los criterios internacionales. Las transferencias en concepto de ayuda familiar deben corresponder a transferencias ordenadas como clientes de la entidad interviniente por personas físicas residentes, o personal diplomático acreditado en el país, a favor de personas físicas no residentes. Será necesaria la conformidad previa del Banco Central para cursar operaciones en concepto de ayuda familiar cuando se supere el equivalente de US$1500 por cliente en el mes calendario en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios. Las transferencias en concepto de becas y gastos de estudio deben corresponder a transferencias efectuadas por residentes a entidades educativas del exterior. Las entidades otorgantes de becas a residentes para cursar estudios en el exterior, también pueden cursar por este concepto las transferencias al exterior que tengan como beneficiarios a los becarios por los montos asignados para la cobertura de sus gastos en el país en el que cursan sus estudios. Las ventas de cambio a residentes en concepto de servicios, rentas, becas y gastos de estudio y donaciones deben ser realizadas con cheque propio del cliente o con débito a la cuenta a la vista del cliente en una entidad financiera local, por alguna de las modalidades de medios de pago vigentes. Igual requisito será aplicable a las transferencias por ayuda familiar que superen el equivalente de US$300 por cliente por mes calendario en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios. Este requisito no es de aplicación por las compras de billetes en moneda extranjera para cuya adquisición se haya requerido contar con la validación fiscal de los fondos aplicados a la operación de cambio (punto 3.11. de la Comunicación "A" 5377). Precancelaciones. El pago de capital de deudas con el exterior de carácter financiero de residentes en el país del sector financiero y privado no financiero, (excepto en el caso de emisiones primarias de títulos de deuda que cuenten con oferta pública y listado en mercados de valores autorizados) solo podrán efectuarse luego de cumplidos los 120 días corridos desde la fecha de ingreso de los fondos al país. De acuerdo con la Comunicación “A” 6011, los deudores del sector financiero y del sector privado no financiero tienen acceso al MULC para el pago anticipado de servicios de capital de sus deudas financieras externas a cualquier plazo, en forma total o parcial, siempre que se cumpla con el plazo mínimo de permanencia de 120 días corridos. En el caso de cancelaciones anticipadas en más de 10 días hábiles de bonos u otros títulos de deuda que cumplan las condiciones para ser considerados emisiones externas y que tengan cotización en mercados de valores, se admite el acceso al MULC para su recompra y precancelación por valores que superen el valor nominal en la medida que la operación refleje condiciones de mercado. También se podrán cursar con acceso al MULC otros conceptos relacionados con precancelaciones de deudas financieras con organismos internacionales, agencias oficiales de crédito y bancos del exterior que estén previstos en los contratos de la deuda que se precancela en la medida que, como parte de la verificación de la operación, la entidad interviniente evalúe la razonabilidad de los montos involucrados. En todos los casos de pagos anticipados de capital, el pago debe efectuarse al acreedor o al agente de pago de la obligación para su pago inmediato al acreedor, dejando de devengar intereses la obligación por la porción precancelada, desde la fecha de efectivo pago al acreedor. Asimismo, de acuerdo a la Comunicación “A” 5899 las entidades podrán otorgar acceso al MULC para la atención de servicios de capital e intereses de deudas 197 financieras con el exterior, sin ingreso de divisas al país, originadas en la financiación otorgada por un vendedor no residente por la compra de activos de inversión directa en el país y/o de activos no financieros no producidos, en la medida que se cumplan ciertos requisitos documentales y operativos. Adquisición de activos no financieros no producidos Se requiere la conformidad previa del Banco Central para el acceso al mercado local de cambios por la compra de activos no financieros no producidos cuando el beneficiario sea una persona física o jurídica relacionada con el deudor local en forma directa o indirecta de acuerdo a las definiciones de entes vinculados establecidos en la Comunicación "C" 40.209, y/o sea una persona física o jurídica que resida o que esté constituida o domiciliada en países no considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”, considerando a tal efecto el Decreto Nº 1344/98 Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias Nº 20.628 y complementarias (Comunicación “C” 65.366); o cuando el pago al exterior sea a una cuenta en estas jurisdicciones (Comunicación "A" 5295). Al respecto, mediante la Comunicación "B" 10.321 se dio a conocer el modelo de presentación de los pedidos que correspondan. En todos los casos de estas operaciones, se deberán presentar los contratos respectivos que deberán contar con la inscripción en los registros obligatorios a nivel nacional que estén vigentes por la naturaleza específica de la compra y/o por motivos fiscales. Requisitos generales Las normas vigentes establecen los requisitos generales para el acceso al mercado local de cambios para la cancelación de deudas financieras del sector financiero y privado no financiero, entre los que se destacan los siguientes: * Las ventas de cambio para la atención de amortizaciones de deudas financieras deben ser realizadas con cheque propio del cliente o con débito a la cuenta a la vista del cliente en una entidad financiera local, por alguna de las modalidades de medios de pago vigentes. * Verificar que el acceso se realiza cumplidos los 365 días corridos desde la fecha de concertación del ingreso de las divisas en dicho mercado, o de la última renovación. No es aplicable el requisito de plazo mínimo de permanencia en el país a: (i) Las emisiones primarias de títulos de deuda que cuenten con oferta pública y listado en mercados de valores; (ii) Los endeudamientos con Organismos Multilaterales y Bilaterales de Crédito y con las Agencias Oficiales de Crédito, en forma directa o por medio de sus agencias vinculadas, en la medida que la deuda a cancelar se hubiere originado en préstamos de fondos que éstos hubieran concedido en cumplimiento de su objeto. También se establecen los requisitos específicos para cancelación de préstamos encuadrados en el artículo 3º del Decreto 753/04. Otras disposiciones que establecen requisitos para operaciones específicas * En los casos de endeudamientos de empresas contraídos para la financiación parcial o total de la adquisición de activos externos de inversión directa, que hayan requerido la autorización previa de este Banco Central, la acreditación de que han ingresado y liquidado las rentas percibidas por dichos activos o los importes percibidos por su enajenación, según sea el caso. * Se admite el acceso al mercado local de cambios para adquirir divisas en concepto de "pagos al exterior por compras de mercancías no ingresadas al país y vendidas a terceros países", en la medida que: (a) se registre en la entidad interviniente el ingreso de divisas en concepto de "compras de divisas por cobros de mercancías no salidas del país y vendidas a terceros países", y (b) el total acumulado por dichos ingresos sean, en todo momento, igual o superior a la sumatoria de las comisiones o ganancias por la intermediación comercial del operador local y de las transferencias en concepto de pago señalado precedentemente (punto 4.6.1.), o 198 (b) en los casos de compras de mercancías no ingresadas al país y vendidas a la República Bolivariana de Venezuela, con cobros canalizados a través del Mecanismo Financiero establecido por el Convenio Integral de Cooperación entre dicho país y la República Argentina, la entidad interviniente registre un boleto técnico de compra de cambio a clientes a nombre y firmado por quien vende la mercadería, por el concepto "Cobro técnico por la venta de mercadería comprada a terceros países y vendida a Venezuela a través del Mecanismo Financiero", por un monto no menor al monto que se solicita girar al exterior, y se cumplan los restantes requisitos establecidos en el punto 4.6.2. incorporado por Comunicación "A" 5337. • El punto 6.3. establece el tratamiento aplicable a las deudas de empresas fusionadas. • En el punto 7. se explicitan los casos de endeudamientos con el exterior con regímenes normativos específicos: deudas contraídas para la financiación de nuevos proyectos de inversión para la producción de bienes exportables o aumentos de la capacidad exportadora (inciso 1), deudas contraídas para el financiamiento de largo plazo de exportadores (inciso 2) y la financiación de empresas locales de contratos de concesiones públicas (inciso 3). Acceso al mercado local de cambios para el pago de deudas financieras externas de gobiernos locales De acuerdo con el punto 4.5. el acceso al mercado local de cambios para la cancelación de servicios de capital e intereses de deudas financieras externas de gobiernos locales, o sea la administración central de provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipalidades, se rige por las normas que son de aplicación para la cancelación de obligaciones financieras con el exterior del sector privado no financiero, en la medida que las normas vigentes en su momento, no establezcan un tratamiento específico en la materia. Adicionalmente, las entidades financieras locales pueden acceder al MULC en su carácter de fiduciarios de fideicomisos constituidos por gobiernos locales para garantizar la atención de los servicios de capital e intereses de sus deudas con el exterior, en la medida que se cumplan la totalidad de las condiciones establecidas en el citado punto 4.5. Otras disposiciones Ventas de Cambio a no residentes La Comunicación "A" 4662 y modificatorias ("A" 4692, "A" 4832, "A" 5011, "A" 5163, "A" 5237, "A" 5241, “A” 5602 y “A” 5649), regulan el acceso al mercado de cambios por parte de no residentes (según definición vertida en el Manual de Balance de Pagos del FMI -quinta edición, capítulo IV-). Al respecto se establece que se pueden cursar sin conformidad previa del Banco Central, en la medida que se cumplan los requisitos establecidos en cada caso, las siguientes operaciones de no residentes: 1. Compra de divisas para su transferencia al exterior, en la medida que se cuente con la documentación requerida en las mencionadas normas, en los siguientes casos, cuando las operaciones sean realizadas por, o correspondan a cobros en el país de: 1.1. Organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación. 1.2. Representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país por transferencias que efectúen en ejercicio de sus funciones. 1.3. Representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales, en los cuales la República Argentina es parte, en la medida que las transferencias se realicen en ejercicio de sus funciones. 1.4. Pagos de importaciones argentinas a la vista. 1.5. Deudas externas de residentes por importaciones argentinas de bienes, en la medida que la concertación de cambio se realice dentro de los 20 días hábiles posteriores de la fecha de cobro, y se cumplan las condiciones establecidas en el punto 3.5.e. de la Comunicación "A" 5274 modificado por la Comunicación “A” 5507. 1.6. Servicios, rentas y otras transferencias corrientes con el exterior. 1.7. Deudas financieras originadas en préstamos externos de no residentes. 1.8. Rentas de Bonos y Préstamos Garantizados del Gobierno Nacional emitidos en moneda local. 199 1.9. Recuperos de créditos de quiebras locales y cobros de deudas concursales, en la medida que el cliente no residente, haya sido el titular de la acreencia judicialmente reconocida en la quiebra o concurso de acreedores, con resolución firme. 1.10. Herencias, de acuerdo a la declaratoria de herederos. 1.11. Beneficios, o de los servicios o venta de los valores recibidos, otorgados por el Gobierno Nacional en el marco de lo previsto en las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914. 1.12. Por las operaciones cursadas a través de los convenios de pagos y créditos recíprocos ALADI y República Dominicana y bilateral con Malasia descontadas por entidades del exterior, cobradas a través del convenio con acreditación en cuentas de entidades locales, en la medida que el exportador haya ingresado y liquidado en el MULC los fondos recibidos del exterior por el descuento. 1.13. Repatriaciones de inversiones directas en el sector privado no financiero, en empresas que no sean controlantes de entidades financieras locales, y/o en propiedades inmuebles, en la medida que el inversor demuestre el ingreso de fondos por el mercado local de cambios correspondientes a esa inversión a partir del 28 de octubre de 2011, la misma registre una permanencia en el país de esa inversión no menor a los 365 días corridos y el beneficiario del exterior sea una persona física o jurídica que resida o que esté constituida o domiciliada en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que sean considerados "cooperadores a los fines de la transparencia fiscal" en función de lo dispuesto por el Art. 1° del Decreto N° 589/13, sus normas complementarias y modificatorias, por los siguientes conceptos: 1.13.1. Venta de la inversión directa. 1.13.2. Liquidación definitiva de la inversión directa. 1.13.3. Reducción de capital decidida por la empresa local. 1.13.4. Devolución de aportes irrevocables efectuada por la empresa local. En los casos de transferencias de los derechos de la inversión entre residentes del exterior, establece que dicho requisito se considerará cumplido en la medida que se demuestre su cumplimiento por parte del anterior tenedor, y en la medida que este requisito sea de aplicación por haber realizado el vendedor la inversión en el país a partir de la vigencia de la presente, en las condiciones previstas en el punto anterior. Igual tratamiento es aplicable en los casos de inversiones directas en el país por adquisiciones de no residentes de activos locales a empresas del exterior que sean en forma directa o indirecta de propiedad de residentes argentinos, en la medida que los activos locales fueran incorporados en los activos de la empresa vendedora, a partir de la fecha de vigencia de dicha norma. Las operaciones de repatriaciones de inversiones directas que estando sujetas a los requisitos establecidos, no puedan demostrar su cumplimiento a la fecha de acceso al mercado local de cambios, deben contar con la previa conformidad del Banco Central. 1.14. Cobros de servicios o liquidación por venta de otras inversiones de portafolio (y sus rentas), en la medida que el beneficiario no se encuentre comprendido en las disposiciones del punto I. de la Comunicación "A" 4940 y en conjunto no superen el equivalente de US$500.000 por mes calendario por persona física o jurídica, en la totalidad de las entidades autorizadas a operar en cambios. Estas repatriaciones de inversiones de portafolio comprenden entre otras: inversiones en cartera en acciones y participaciones en empresas locales, inversiones en fondos comunes de inversión y fideicomisos locales, compra de carteras de préstamos otorgados a residentes por bancos locales, compra de facturas y pagarés por operaciones comerciales locales, inversiones en bonos locales emitidos en pesos y en moneda extranjera pagaderos localmente y las compras de otros créditos internos. El punto I. de la Comunicación "A" 4940 estableció el requisito de conformidad previa para las operaciones de repatriaciones de inversiones directas e inversiones de portafolio de no residentes comprendidas en los puntos 1.13 y 1.14 mencionados precedentemente, cuando el beneficiario del exterior sea una persona física o jurídica que resida o que esté constituida o domiciliada en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que sean considerados "cooperadores a los fines de la transparencia fiscal" en función de lo dispuesto por el Art. 1° del Decreto N° 589/13, sus normas complementarias y modificatorias. 1.15. Indemnizaciones decididas por tribunales locales a favor de no residentes. En los casos donde se admite sin conformidad previa el acceso del no residente, también es posible el acceso al mercado del residente para la transferencia de los fondos a favor del no residente (Comunicación "C" 51232). 200 No será necesario el requisito de conformidad previa para la compra de billetes, cheques y cheques del viajero en moneda extranjera, por los montos que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones en el país de: 1. Organismos internacionales. 2. Representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país. 3. Representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales en los cuales la República Argentina es parte. Las compras de divisas y las compras de billetes en moneda extranjera, en la medida que no encuadren en los puntos anteriores, solo pueden ser cursadas en la medida que cuenten con la previa conformidad del Banco Central (Comunicación "A" 5241). Las ventas de cambio en concepto de turismo y viajes a no residentes están sujetas a la conformidad previa del Banco Central cuando no se cumplan la totalidad de las siguientes condiciones: se demuestre el previo ingreso de moneda extranjera por el mercado local de cambios durante la estadía del no residente en el país por un monto no menor al que se quiere adquirir con la presentación del original del boleto de cambio por el cual se ingresó la moneda extranjera y no se supere el equivalente de US$5000 por cliente y período de estadía en el país; y también por la venta que se realice al no residente con la aplicación de los fondos cobrados en efectivo en moneda local por devolución del Impuesto al Valor Agregado (punto 3.6. de la Comunicación "A" 5377). Las operaciones que encuadren en lo expuesto, no requieren contar con la validación en el "Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias" implementadas por la AFIP. Las entidades autorizadas a operar en cambios, pueden realizar canjes entre divisas y billetes o viceversa, por transferencias desde y hacia el exterior que realicen por el ejercicio de las funciones en el país, los Organismos internacionales, las representaciones en el país de Tribunales, Autoridades u Oficinas, Misiones Especiales, Comisiones u Órganos Bilaterales establecidos por Tratados o Convenios Internacionales en los cuales la República Argentina es parte y las representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país. Por los servicios de capital y renta de títulos públicos emitidos por el gobierno nacional en moneda extranjera y de otros bonos emitidos por residentes en moneda extranjera, que de acuerdo a la normativa cambiaria vigente, sean pagaderos en el exterior, que estén depositados por no residentes en cuentas de custodia locales, el no residente puede optar por las siguientes alternativas: el cobro en billetes en moneda extranjera, la acreditación de los fondos en una cuenta local en moneda extranjera a su nombre o la retransferencia de los fondos a una cuenta propia en el exterior. En estos casos, no se realizan boletos de cambio. Si con posterioridad al pago de los servicios realizados, el beneficiario de los fondos quiere convertir los fondos cobrados en moneda extranjera a moneda local, se debe efectuar la compra en el mercado de cambios en base a la normativa general en concepto de inversiones de portafolio de no residentes. Derivados financieros La Comunicación "A" 4805 estableció un reordenamiento de las normas cambiarias en materia de concertaciones y cancelaciones de operaciones de futuros, forwards y otros derivados que realicen el sector financiero y el sector privado no financiero. La norma prevé: Por las operaciones realizadas y liquidadas en el país: las concertaciones y cancelaciones de operaciones de futuros en mercados regulados, forwards, opciones y cualquier otro tipo de derivados, cuyas liquidaciones se efectúen en el país por compensación en moneda doméstica, no están sujetos al previo cumplimiento de requisitos desde el punto de vista de la normativa cambiaria. Estas operaciones locales son aquellas instrumentadas bajo ley argentina, sin distinción por residencia de las partes contratantes, que en ningún caso pueden implicar obligaciones presentes o futuras de realizar pagos con transferencias al exterior. Los ingresos que efectúen no residentes por el mercado local de cambios para hacer frente a las obligaciones emergentes de estos contratos, están sujetos a la constitución del depósito establecido en la Comunicación "A" 4359. Por las operaciones realizadas con el exterior: no es necesario el requisito de conformidad previa del Banco Central para la concertación y acceso al mercado de cambios para el pago de primas, constitución de garantías y cancelaciones que correspondan, de las operaciones de futuros, forwards, opciones y otros derivados incluidas en 201 el punto 2.1. de la Comunicación "A" 4805. El resto de las operaciones de futuros, forwards, opciones y otros derivados con el exterior, requiere la conformidad previa de este Banco, tanto para su concertación, como para acceder al mercado de cambios para su posterior cancelación, incluso cuando no se prevea el acceso futuro al mercado local de cambios. Respecto de las operaciones con el exterior admitidas, es condición para acceder al MULC asumir el compromiso de ingresar y liquidar en el MULC dentro de los 5 días hábiles siguientes al cierre de la operación, los fondos que resulten a favor del cliente local como resultado de dicha operación, o como resultado de la liberación de los fondos de las garantías constituidas. Dichos ingresos, y los fondos que ingresen en la PGC de las entidades financieras locales por liberación de garantías constituidas en operaciones de pases pasivos, no están alcanzados por la obligación de constitución del depósito no remunerado establecida en el punto 6. de la Comunicación "A" 4359. Las operaciones que se realicen con el exterior con acceso al mercado de cambios para su cobertura, sólo pueden realizarse: (1) en mercados institucionalizados en plazas financieras internacionales, (2) con bancos del exterior que cumplan los requisitos establecidos en la Comunicaciones "A" 5391 y “C” 65.366, o (3) con entidades financieras habilitadas regulatoriamente para este tipo de operaciones, en la medida que sean controladas por bancos que cumplan los requisitos del punto anterior. Formación de activos externos de residente sPor Comunicación “A” 5850 (modificada por las Comunicaciones “A” 5899 y “A” 5963 del Banco Central), se estableció que las personas humanas residentes, las personas jurídicas del sector privado constituidas en el país que no sean entidades autorizadas a operar en cambios, los patrimonios y otras universalidades constituidos en el país y los gobiernos locales podrán acceder al MULC sin requerir la conformidad previa del Banco Central, por el conjunto de los siguientes conceptos: inversiones inmobiliarias en el exterior, préstamos otorgados a no residentes, aportes de inversiones directas en el exterior de residentes, inversiones de portafolio en el exterior de personas humanas y jurídicas, otras inversiones en el exterior de residentes, compra para tenencias de billetes extranjeros en el país, compra de cheques de viajero y ciertas condiciones; cuando se reúnan las siguientes condiciones: a) Por el total operado por los conceptos señalados, no se supere el equivalente de US$5.000.000 en el mes calendario y en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios. b) La entidad cuente con una declaración jurada del cliente en la que conste que con la operación de cambio a concertar se cumplen los límites establecidos en la normativa para sus operaciones en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios. c) Por las compras de billetes en moneda extranjera y de divisas por los conceptos señalados que superen el equivalente de US$500 por mes calendario en el conjunto de las entidades autorizadas a operar en cambios, la operación sólo puede efectuarse con débito a una cuenta a la vista abierta en entidades financieras locales a nombre del cliente, o con transferencia vía MEP a favor de la entidad interviniente de los fondos desde cuentas a la vista del cliente abiertas en una entidad financiera, o con pago con cheque de la cuenta propia del cliente. d) En el caso de ventas de divisas a residentes para la constitución de inversiones de portafolio en el exterior, la transferencia tenga como destino una cuenta a nombre del cliente que realiza la operación de cambio, abierta en bancos del exterior o instituciones financieras que realicen habitualmente actividades de banca de inversión, que no estén constituidos en países o territorios no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal en función de lo dispuesto por el art. 1 del Decreto 589/13 y complementarias ni en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional. A estos efectos se deberá considerar como países o territorios declarados no cooperantes a los catalogados por el Grupo de Acción Financiera Internacional (www.fatf-gafi.org). La identificación de la entidad del exterior donde está constituida la cuenta y el número de cuenta del cliente, deben quedar registrados en el boleto de cambio correspondiente. A los efectos del cómputo de los límites mencionados, a la fecha de realización de una nueva operación, por las compras en monedas extranjeras distintas al dólar estadounidense, se computarán los pesos liquidados por cada operación al tipo de cambio de referencia del día hábil bancario inmediato anterior al que se efectuó cada operación. 202 Las presentes normas no obstan a las que sean de aplicación en materia de prevención del lavado de dinero y de otras actividades ilícitas y del financiamiento del terrorismo. Asimismo, los residentes que a partir del 17 de diciembre de 2015 registren ventas de activos externos propios en el MULC no estarán sujetos al límite del punto (i) para realizar compras por hasta el monto ingresado. Asimismo, se permitirá el acceso al MULC en exceso del límite del punto (i) cuando los fondos adquiridos se apliquen en forma simultánea al pago a residentes por la adquisición de inmuebles en el país mediante el depósito o transferencia a cuentas bancarias locales en moneda extranjera del vendedor. Adicionalmente, se dejó sin efecto el requisito del registro de las operaciones cambiarias en el “Programa de Consultas de Operaciones Cambiarias” de la AFIP, que exigía a todas las entidades autorizadas a operar en cambios obtener la conformidad de la AFIP para cualquier venta de moneda extranjera en nombre de sus clientes. Se admite el acceso al MULC para repatriación de cobros de servicios o liquidación por venta de inversiones de portafolio y sus rentas en la medida que el beneficiario del exterior sea una persona física o jurídica que resida o esté constituida o domiciliada en dominios, jurisdicciones, territorios o Estados asociados que sean considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal” en función de lo dispuesto en el art. 1 del Decreto No. 583/13, y modificatorias y hayan transcurrido 120 días desde la liquidación de los fondos aplicados a la inversión por el MULC. Ciertas restricciones cambiarias aplicables a las Obligaciones Negociables. De acuerdo con la Comunicación “A” 5265 se consideran “externos” los bonos o títulos emitidos en el exterior que cumplen con las siguientes condiciones: (a) la emisión se efectúa en el extranjero acorde a las reglamentaciones del país de emisión y se rige por ley extranjera, (b) es ofrecida y suscripta en su mayor parte en el exterior, para lo cual la emisión debe dar cumplimiento a las reglamentaciones del país de suscripción, (c) es integrada en su totalidad en el exterior, (d) los servicios de capital y renta son pagaderos en el exterior. También están comprendidos los bonos y otros títulos de deuda entregados en canje de otros bonos o títulos que cumplan con la totalidad de las condiciones anteriores, y/o en canje de otras obligaciones con no residentes cuyo origen sea una deuda externa argentina. En tanto las obligaciones negociables estén autorizadas para su oferta pública en Argentina y sean listadas y negociadas en un mercado autorizado, el repago de los servicios de capital no se encuentra sujeto al plazo mínimo de repago de 120 días establecido por las normas aplicables. Obligaciones Negociables Locales. De acuerdo con la Comunicación “A” 5265 del Banco Central y sus modificatorias los bonos o títulos de deuda emitidos por residentes que no cumplan con la totalidad de las condiciones establecidas en la normativa cambiaria para considerarlos como un bono o título externo son considerados “locales”. Las emisiones de títulos de deuda locales del sector financiero y sector privado no financiero, que sean denominadas en moneda extranjera, y cuyos servicios de capital e intereses no sean exclusivamente pagaderos en Pesos en el país, deben suscribirse en moneda extranjera y los fondos provenientes de ellas deben ser ingresados al país y liquidados en el MULC. Sólo es posible la suscripción en pesos de bonos emitidos en moneda extranjera, o emitir bonos en moneda extranjera en canje de bonos o deudas en pesos, cuando los servicios de la nueva emisión de deuda emitida en moneda extranjera, son exclusivamente pagaderos en pesos en el país. El producido de la liquidación de cambio deberá ser acreditado en una cuenta a la vista a nombre del cliente en una entidad financiera local. La liquidación de los fondos no será exigible para el posterior acceso al MULC para la atención de los servicios de la deuda cuando los fondos obtenidos sean aplicados a la cancelación en el exterior de otras deudas propias por las cuales hubiera tenido acceso al mercado para su cancelación, debiendo registrar boletos técnicos por los montos brutos y por los conceptos que correspondan a los fines del registro de las operaciones. La entidad interviniente deberá verificar la documentación que demuestre la aplicación de los fondos del nuevo financiamiento a la atención de deudas con acceso al MULC para su cancelación, la que deberá ser adjuntada a los boletos técnicos que se realicen. Para la atención de los servicios de capital de los financiamientos que se apliquen en el exterior se tomará el plazo mínimo que sea aplicable a partir de la fecha de aplicación. 203 Con relación a las emisiones de títulos de deuda locales posteriores al 26 de febrero de 2016, de acuerdo con la Comunicación “A” 5910 del Banco Central, se admite el acceso al MULC para el pago de servicios de capital e intereses, cuando se cumplan las siguientes condiciones para el total de la emisión: (a) Los títulos cuenten con oferta pública y listado en mercados autorizados; (b) Los títulos hayan sido integrados a partir del 26 de febrero de 2016, con divisas en el exterior depositadas en cuentas bancarias del banco colocador, o con débito a cuentas bancarias locales en moneda extranjera; (c) Los fondos recibidos en la cuenta del exterior del banco colocador provengan de cuentas de bancos del exterior sujetos a las normas de prevención del lavado de dinero y financiación del terrorismo basadas en las recomendaciones internacionales y bajo supervisión del Banco Central u organismos de supervisión equivalentes de los países de origen; (d) Hasta su liquidación por el MULC los fondos hayan permanecido depositados en cuentas bancarias locales; y (e) El monto suscripto haya sido liquidado en el MULC. Tratándose de emisiones de títulos de deuda locales anteriores al 26 de febrero de 2016, se admite el acceso al MULC a efectos del pago de servicios de capital e intereses, en la medida que se cumplan ciertos requisitos adicionales establecidos en la Comunicación “A” 5265. En tanto las Obligaciones Negociables estén autorizadas para su oferta pública en Argentina y se encuentren listadas en un mercado de valores autorizado, el ingreso de fondos por parte de no residentes para la suscripción de la emisión primaria no estará sujeto al depósito obligatorio no remunerativo de conformidad con el Decreto N° 616/2005 y normas complementarias. La repatriación de inversiones por parte de no residentes de los fondos percibidos en el país en razón del repago de las Obligaciones Negociables (tanto en concepto de capital como de intereses) se encuentra sujeta a límites y requisitos específicos: (a) presentación de una certificación por una entidad financiera o de comercio exterior local, evidenciando el monto de la inversión y la fecha en la que los fondos fueron transferidos a Argentina, ya sea a través del MULC; y (b) deben transcurrir 120 días desde que los fondos para realizar la inversión fueron traídos a Argentina y liquidados en el MULC. Asimismo, en virtud de lo establecido por la Comunicación “A” 4940, en el caso de personas físicas o jurídicas que residan o que estén constituidas o domiciliadas países no considerados "cooperadores a los fines de la transparencia fiscal" en función de lo dispuesto por el Art. 1 del Decreto N° 589/13, sus normas complementarias y modificatorias, la repatriación de los fondos percibidos en el país en pago de los servicios de interés o capital o por la venta de obligaciones negociables, estará sujeta a la autorización previa del Banco Central. Para un detalle de la totalidad de las restricciones cambiarias y de controles a ingreso de capitales vigentes al día de la fecha, se sugiere a los inversores consultar con sus asesores legales y leer las regulaciones del Banco Central, Decreto N° 616/2005, de la Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas N° 365/2005 y de la Ley Penal Cambiaria, con sus reglamentaciones, normas complementarias y reglamentarias, a cuyo efecto los interesados podrán consultar las mismas en el sitio web del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas (http://www.economia.gob.ar – www.infoleg.gov.ar) o del Banco Central (www.bcra.gov.ar). Posición General de Cambios de las entidades autorizadas La Comunicación "A" 4646 reordenó y dio a conocer nuevas normas sobre la Posición General de Cambios (PGC) de las entidades autorizadas a operar en cambios. En la misma se establecen los activos externos líquidos a computar dentro de la PGC, el límite máximo que se calcula en función de la Responsabilidad Patrimonial Computable y el límite mínimo del máximo y sus flexibilizaciones. Por Comunicación "A" 4814 se dispuso incorporar a los fondos de terceros pendientes de liquidación en la PGC, se elevó el límite mínimo del máximo y sus flexibilizaciones y se permite, bajo ciertas condiciones, utilizar las transferencias de terceros pendientes de liquidación en la cobertura de operaciones del mercado local de cambios con clientes y otras entidades autorizadas en el mercado local de cambios. La Comunicación "A" 3640 estableció que se requiere conformidad previa del Banco Central para realizar compras propias de todo otro tipo de valores, cuando el pago se realice contra la entrega de moneda extranjera u otro tipo de activo externo que conceptualmente forme parte de la PGC. Las entidades financieras locales pueden acceder al mercado sin necesidad de contar con la conformidad previa del Banco Central, realizando los boletos de cambio correspondientes, para cubrir sus necesidades de divisas por 204 la compra y venta de títulos valores de tenencias propias cuando se trate de las operaciones previstas en la Comunicación "A" 5314. Mercado de capitales Las operaciones de valores que se realicen en bolsas y mercados de valores autorizados, deberán abonarse por alguno de los siguientes mecanismos: (a) en pesos, utilizando las distintas modalidades que permiten los sistemas de pagos, (b) en moneda extranjera mediante transferencia electrónica de fondos desde y hacia cuentas a la vista en entidades financieras locales, y (c) contra cable sobre cuentas del exterior. En ningún caso, se permite la liquidación de estas operaciones de compra-venta de valores mediante el pago en billetes en moneda extranjera, o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros (Comunicación “A” 4308 y modificatorias). Relevamiento de emisiones de títulos y de otras obligaciones externas del sector privado financiero y no financiero Mediante Comunicación “A” 3602 del 7 de mayo de 2002 se dispuso implementar un Sistema de Relevamiento, de Pasivos Externos y Emisiones de Títulos, cuyas declaraciones corresponden al endeudamiento a fin de cada trimestre calendario, que deben cumplir las personas físicas y jurídicas del sector privado financiero y no financiero que registren pasivos de todo tipo con residentes en el exterior. La obligación de declaración está a cargo del deudor, quien debe presentar sus declaraciones a través de las entidades financieras. Dichas declaraciones tendrán el carácter de declaración jurada. Relevamiento de inversiones directas Mediante Comunicación “A” 4237 del 10 de noviembre de 2004 se dispuso implementar un Sistema de Relevamiento de Inversiones Directas en el país de No Residentes y en el exterior de Residentes argentinos. Se considera inversión indirecta aquella que refleja el interés duradero del residente de una economía (inversor directo) por una entidad residente de otra economía (empresa de inversión directa), con una participación en el capital no menor a un 10%. Carga Tributaria. Generalidades. La siguiente descripción se basa en las leyes tributarias de Argentina en vigencia a la fecha de este Prospecto y está sujeta a cualquier modificación legislativa que pudiera aplicarse en el futuro. Las consideraciones que siguen no importan un consejo u opinión legal respecto de las transacciones que puedan realizar los suscriptores de las Obligaciones Negociables, sino una breve descripción de ciertos (y no todos) aspectos del sistema impositivo argentino vinculado con la emisión de un programa de obligaciones negociables. Se recomienda a los interesados consultar a sus propios asesores impositivos acerca de las consecuencias de participar en la oferta de adquisición de Obligaciones Negociables teniendo en cuenta situaciones particulares no previstas en esta descripción, en especial las que puedan tener relación con las leyes tributarias de su país de residencia. La Argentina tiene celebrados aproximadamente una veintena de tratados impositivos con diversos países a fin de evitar la duplicación de impuestos sobre la renta y el patrimonio. En caso que algún inversor resida a efectos impositivos en uno de los países con convenio, sus normas serán aplicables antes que la normativa local, excepto que esta última ofrezca tratamiento más favorable que el previsto convencionalmente. No obstante que la descripción que sigue se ampara en una interpretación razonable de las normas vigentes, no puede asegurarse que las autoridades de aplicación o los tribunales concuerden con todos y cada uno de los comentarios aquí efectuados. Impuesto a las ganancias. Intereses 205 Con excepción de lo que se describe más adelante, los pagos de intereses bajo las Obligaciones Negociables (incluido el descuento de emisión original, en su caso) estarán exentos del impuesto a las ganancias de Argentina siempre y cuando las Obligaciones Negociables se emitan de acuerdo con la Ley de Obligaciones Negociables, y califiquen para la exención impositiva conforme al Artículo 36 de dicha ley. De conformidad con el Artículo 36, los intereses sobre las Obligaciones Negociables estarán exentos si se cumplen las siguientes condiciones (las “Condiciones del Artículo 36”): (a) las Obligaciones Negociables sean colocadas por oferta pública autorizada por la CNV; (b) los fondos obtenidos mediante la colocación de dichas Obligaciones Negociables, sean aplicados a uno o más de los siguientes destinos: (i) inversiones en activos físicos situados en Argentina, (ii) integración de capital de trabajo en Argentina, (iii) refinanciación de pasivos, y (iv) integración de aportes de capital en sociedades controladas o vinculadas al Banco cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes especificados y/o (v) otorgamiento de préstamos a los que los prestatarios deberán dar alguno de los destinos a que se refieren los puntos anteriores de éste párrafo, conforme a las reglamentaciones que a ese efecto dicte el Banco Central; y (c) el Banco acredite ante la CNV, en el tiempo, forma y condiciones determinados por ésta, que los fondos obtenidos fueron invertidos de acuerdo al plan aprobado. A efectos de garantizar la transparencia de la emisión y asegurar que existan esfuerzos efectivos de colocación por oferta pública, la Resolución Conjunta N° 470/04 y N° 1738 de la CNV y la AFIP establece requisitos adicionales que la emisión deberá cumplir. El Decreto N° 1.076/92, con sus modificaciones en virtud del Decreto N° 1.157/92, ambos ratificados en virtud de la Ley N° 24.307 del 30 de diciembre de 1993 (el “Decreto 1.076”) eliminó la exención correspondiente al impuesto a las ganancias por los intereses bajo las Obligaciones Negociables referida en los párrafos anteriores respecto de los contribuyentes sujetos a las normas impositivas de ajuste por inflación conforme al Título VI de la Ley de Impuesto a las Ganancias de Argentina (la “Ley de Impuesto a las Ganancias”) (en general, las sociedades creadas o constituidas conforme a la ley argentina, sucursales locales de sociedades extranjeras, empresas unipersonales y personas físicas que realizan ciertas actividades comerciales en Argentina) (“Entidades Argentinas”). En consecuencia, los pagos de intereses sobre las Obligaciones Negociables a Entidades Argentinas están sujetos al impuesto a las ganancias en Argentina a una alícuota general del 35% sobre sus ganancias globales netas. Si bien en ciertos casos los pagos de intereses bajo las Obligaciones Negociables a Entidades Argentinas están sujetos a una retención fiscal del 35% a cuenta del impuesto a las ganancias antes descripto, cuando el deudor es otra entidad financiera regida por la Ley de Entidades Financieras dicha retención fiscal no resulta de aplicación (Artículo 81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias). Cuando los tenedores de las Obligaciones Negociables sean beneficiarios del exterior, no regirá lo dispuesto en los artículos 21 de la Ley de Impuesto a las Ganancias y 106 de la Ley de Procedimiento Tributario que subordinan la aplicación de exenciones o desgravaciones totales o parciales del impuesto a las ganancias a que ello no resulte en una transferencia de ingresos a fiscos extranjeros. Por lo tanto, la exención establecida en virtud del Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables es aplicable solamente a (i) personas físicas (incluidas sucesiones indivisas) residentes en Argentina, y (ii) beneficiarios extranjeros (sea personas físicas o jurídicas). Ganancias de capital. Idéntico tratamiento al descripto en los párrafos anteriores respecto de los intereses bajo las Obligaciones Negociables se aplica sobre las ganancias de capital provenientes de la venta u otra forma de enajenación de las Obligaciones Negociables, siempre que se cumplan las Condiciones del Artículo 36. Impuesto sobre los bienes personales. 206 Las personas físicas domiciliadas y las sucesiones indivisas ubicadas en Argentina o en el extranjero deben incluir los títulos, tales como las Obligaciones Negociables, a fin de determinar su responsabilidad fiscal correspondiente al impuesto sobre los bienes personales (el “Impuesto sobre los Bienes Personales”). Si bien los títulos, tales como las Obligaciones Negociables, de propiedad de personas físicas domiciliadas o sucesiones indivisas ubicadas fuera de Argentina estarían técnicamente sujetos al Impuesto sobre los Bienes Personales de acuerdo con las disposiciones del Decreto N° 127/96, no se ha establecido ningún procedimiento para la recaudación de dicho impuesto en relación con tales títulos. En algunos casos, respecto de ciertos bienes cuya titularidad directa corresponda a determinadas sociedades, empresas u otras entidades domiciliadas o, en su caso, radicadas en el exterior (específicamente, sociedades offshore que no sean compañías de seguros, fondos abiertos de inversión, fondos de pensión o entidades bancarias o financieras cuyas casas matrices estén constituidas o radicadas en países en los que sus bancos centrales u organismos equivalentes hayan adoptado los estándares internacionales de supervisión bancaria establecidos por el Comité de Bancos de Basilea), la ley presume sin admitir prueba en contrario, que los mismos pertenecen a personas físicas o sucesiones indivisas domiciliadas o, en su caso, radicadas en el país. En consecuencia, esos bienes estarán alcanzados por el Impuesto sobre los Bienes Personales a la tasa de 2,5%. No obstante, el Decreto N° 812/1996, del 24 de julio de 1996, dispone que la presunción legal analizada precedentemente no se aplicará a las acciones y títulos de deuda privados, tales como las Obligaciones Negociables, cuya oferta pública haya sido autorizada por la CNV y que puedan negociarse en las bolsas de valores ubicadas en Argentina o en el extranjero. Con el objeto de garantizar que esta presunción legal no se aplicará y en consecuencia, que el Banco no será responsable en calidad de obligado sustituto respecto de las Obligaciones Negociables, el Banco conservará en sus registros una copia debidamente certificada de la resolución de la CNV que autoriza la oferta pública de las acciones o títulos de deuda privados y constancias que verifiquen que dicho certificado o autorización se hallaba en vigencia al 31 de diciembre del año en que tuvo lugar la obligación fiscal, conforme lo requiere la Resolución N° 2.151 de la AFIP de fecha 31 de octubre de 2006. En general, se presumirá en forma concluyente que las Obligaciones Negociables que, al 31 de diciembre de cada año, estuvieran en poder de personas jurídicas y otras entidades que no estén constituidas en Argentina (con la excepción de sucursales argentinas y sus representaciones permanentes) son de titularidad indirecta de personas físicas o sucesiones indivisas radicadas o ubicadas en la Argentina y, consecuentemente, quedarán sujetas al impuesto sobre los bienes personales. No obstante, dicha persona jurídica u otra entidad extranjera no estará alcanzada por el impuesto si (i) las Obligaciones Negociables en su poder estuvieran autorizadas por la CNV para su oferta pública en Argentina y se negociaran en uno o más mercados de valores argentinos o extranjeros; (ii) su capital social estuviera representado por acciones nominativas; (iii) su actividad principal no consistiera en la realización de inversiones fuera de su jurisdicción de constitución y en general no se encontrara limitada para la realización de actos comerciales y negocios en dicha jurisdicción de constitución; o (iv) fuese una sociedad excluida de la presunción (como por ejemplo, compañías de seguros, fondos comunes de inversión o fondos de jubilación y pensión, o entidades bancarias o financieras constituidas o radicadas en países en los que el banco central pertinente haya adoptado los estándares establecidos por el Comité de Bancos de Basilea). En el caso de sociedades extranjeras y otras entidades extranjeras que se presumen pertenecientes a personas físicas domiciliadas o radicadas en la Argentina y sujetas al Impuesto sobre los Bienes Personales, como se describió más arriba, el impuesto se aplicará a una alícuota de 2,5% del costo de adquisición más intereses devengados e impagos y la Entidad será responsable como obligado sustituto del pago de dicho impuesto. En el caso de que una persona jurídica extranjera u otra entidad que mantenga Obligaciones Negociables esté exenta del Impuesto sobre los Bienes Personales por algún otro motivo que no sea el hecho de la autorización de las Obligaciones Negociables por parte de la CNV para su oferta pública en Argentina y se listen en uno o más mercados de títulos argentinos o del exterior, la Entidad será igualmente responsable del pago del impuesto en caso de que la exención de oferta pública no fuera aplicable, salvo cuando obtuviera efectivamente certificaciones en el plazo requerido en cuanto a la condición de no imponible o exenta de dicha sociedad u otra entidad. La Ley del Impuesto sobre los Bienes Personales y sus normas reglamentarias no han sido aún interpretadas extensamente o aplicadas por las autoridades fiscales o jueces argentinos. Consecuentemente, ciertos aspectos de dicha ley continúan sin determinarse. Queda sin aclarar, por ejemplo, si las referencias a titularidad “directa” se refieren únicamente a titularidad registral (incluyendo la titularidad a través de un Depositario) o abarcan la titularidad beneficiaria. Asimismo, el concepto de “negociación”, según su utilización en la ley en relación con 207 personas jurídicas extranjeras y otras entidades no ha sido desarrollado quedando sin aclarar si el término se refiere a negociación actual y continua, negociación periódica o meramente el perfeccionamiento de una oferta de Obligaciones Negociables dentro o fuera del país. No pueden darse garantías respecto de la interpretación o aplicación de estas y otras disposiciones legales y normas relacionadas por las autoridades fiscales y jueces. Las autoridades fiscales argentinas no han implementado mecanismos para cobrar el Impuesto sobre los Bienes Personales a personas físicas o sucesiones indivisas que no tengan domicilio en el país. En efecto, han impuesto sobre determinados responsables sustitutos argentinos (en este caso, la Entidad) la responsabilidad de pagar el impuesto exigible sobre títulos valores argentinos (en este caso, las Obligaciones Negociables) en poder de personas jurídicas extranjeras y otras entidades extranjeras que se presume pertenecen a personas físicas argentinas. La Entidad podrá procurar el reembolso del impuesto que pague por tal concepto (mediante retenciones contra los pagos sobre las Obligaciones Negociables o de otra forma) de dichas personas jurídicas extranjeras y otras entidades extranjeras. Impuesto al valor agregado. En tanto se cumplan las Condiciones del Artículo 36, las operaciones financieras y operaciones relacionadas con la emisión, colocación, compra, transferencia, pago de capital y/o intereses o rescate de las Obligaciones Negociables estarán exentas de cualquier impuesto al valor agregado en Argentina. De conformidad con la ley de impuesto al valor agregado, la transferencia de las Obligaciones Negociables está exenta del impuesto al valor agregado aun cuando no se reúnan las Condiciones del Artículo 36. Impuesto a la ganancia mínima presunta. El Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (el “IGMP”), cuya vigencia fue prorrogada por la Ley 26.545 hasta el 30 de diciembre de 2019, grava la ganancia potencial proveniente de la titularidad de ciertos activos que generan ingresos. Las sociedades anónimas domiciliadas en Argentina, entre otras, se hallan sujetas al impuesto a una alícuota de 1% (0,20% en el caso de entidades financieras locales, empresas especializadas en operaciones de leasing o compañías de seguro), aplicables sobre el valor total de activos, incluidas las Obligaciones Negociables, que superen un monto total de Ps. 200.000. La base imponible será el valor de mercado si las Obligaciones Negociables se listan en una bolsa de valores, y el costo de adquisición ajustado si no se listan en bolsa. Este impuesto sólo será pagadero si el impuesto a las ganancias determinado para cualquier ejercicio económico no es igual ni excede el monto adeudado en virtud del IGMP. En dicho caso, se pagará solamente la diferencia entre el IGMP determinado para dicho ejercicio económico y el impuesto a las ganancias determinado para el mismo ejercicio económico. Todo IGMP que se pague se aplicará como un crédito contra el impuesto a las ganancias que deba pagarse en los diez ejercicios económicos inmediatamente posteriores. Impuestos sobre los débitos y créditos bancarios. La Ley N° 25.413, con su modificatoria, establece, con ciertas excepciones, un impuesto que grava los débitos y créditos en cuentas corrientes mantenidas en entidades financieras de la Argentina y sobre otras operaciones que se utilizan en reemplazo del uso de cuentas corrientes bancarias. La alícuota general es del 0,6% por cada débito y crédito (a pesar de que, en ciertos casos, puede regir una alícuota mayor de 1,2% o una menor de 0,075%). Los pagos depositados en cajas de ahorro están exentos de este impuesto. El impuesto es retenido por la entidad bancaria. Se encuentran exentos del impuesto los movimientos registrados en las cuentas corrientes especiales (Comunicación “A” 3250 del Banco Central) cuando las mismas estén abiertas a nombre de personas jurídicas del exterior y en tanto se utilicen exclusivamente para la realización de inversiones financieras en el país (véase Artículo 10, inciso (s) del anexo al Decreto 380/2001). Según el Decreto N° 534/2004 (publicado en el Boletín Oficial con fecha 3 de mayo de 2004), el 34% del impuesto pagado sobre los créditos gravados con la alícuota del 0,6% y el 17% del impuesto pagado sobre operaciones gravadas con la alícuota de 1,2% se considerarán (durante un período de tres meses, sujeto a revisión) un pago a cuenta de impuestos a las ganancias, de impuestos a la ganancia mínima presunta y/o el aporte especial o capital cooperativo. 208 Este crédito como pago a cuenta será imputado, indistintamente, contra el impuesto a las ganancias y/o el IGMP. El monto excedente no podrá ser compensado con otros impuestos ni transferido a favor de terceros, solamente podrá ser transferido, para su agotamiento, a otros períodos económicos de los citados impuestos. Impuesto sobre los ingresos brutos. Los inversores que en forma regular participan, o que se presuma participan, en actividades en cualquier jurisdicción en la que perciban ingresos de los intereses derivados de la tenencia de Obligaciones Negociables, o de su venta o transmisión, podrían estar sujetos al pago del impuesto sobre los ingresos brutos según las alícuotas establecidas por las leyes específicas de cada provincia argentina, a menos que resulte aplicable una exención. El Código Fiscal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece que los ingresos derivados de cualquier operación respecto de Obligaciones Negociables emitidas en virtud de la Ley de Obligaciones Negociables (tal como los ingresos financieros y el valor de compra en el caso de cesión) no están gravados por este impuesto, mientras les sea aplicable la exención respecto del impuesto a las ganancias. El Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires establece que los ingresos derivados de cualquier operación de Obligaciones Negociables emitidas en virtud de la Ley de Obligaciones Negociables y la Ley N° 23.962, con sus modificaciones, (tal como ingresos financieros y valor de compra en el caso de cesión) están exentos del impuesto sobre los ingresos brutos en la medida en que se aplique la exención del impuesto a las ganancias. Impuestos de sellos y a la transferencia. Según el Artículo 35 de la Ley de Obligaciones Negociables, las resoluciones, contratos y operaciones relacionadas con la emisión, suscripción, colocación y transferencia de las Obligaciones Negociables no están gravadas por el impuesto de sellos. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los actos, contratos y operaciones relacionadas con la emisión, suscripción, colocación y transferencia de las Obligaciones Negociables de canje no están sujetas al pago de impuestos de sellos. Si se realizaran en ciertas provincias, tales actos podrían estar gravados en las correspondientes jurisdicciones si no existiera una exención específica en el Código Fiscal Provincial correspondiente. Tasa de justicia. En caso de que fuera necesario instituir procedimientos de ejecución en relación con las Obligaciones Negociables en Argentina, se aplicará una tasa de justicia (actualmente a una alícuota del 3%) sobre el monto de cualquier reclamo iniciado ante los tribunales argentinos con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Otras Consideraciones. En el territorio federal de la Argentina no se grava con impuestos a la transmisión gratuita de bienes a herederos, donantes, legatarios o donatarios. Respecto de la existencia de impuestos a la transmisión gratuita de bienes en las restantes jurisdicciones provinciales, incluida la Provincia de Buenos Aires, el análisis deberá llevarse a cabo tomando en consideración la legislación de cada provincia en particular. Ningún impuesto a la transferencia de valores negociables, impuesto a la emisión, registro o similares debe ser pagado por los suscriptores de obligaciones negociables. Fondos con origen en países no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal. El Decreto del Poder Ejecutivo N° 598/2013 de fecha 27 de mayo de 2013, sustituyó el séptimo artículo sin número incorporado por el Decreto Nº 1037 del 9 de noviembre de 2000 a continuación del artículo 21 de la Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, aprobada por el artículo 1 del Decreto Nº 1.344 del 19 de noviembre de 1998 y sus modificaciones, y estableció que toda referencia efectuada a “países de baja o nula tributación”, deberá entenderse efectuada a países no considerados “cooperadores a los fines de la transparencia fiscal”. 209 Asimismo, establece que se consideran países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, aquellos que suscriban con la Argentina un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio, siempre que se cumplimente el efectivo intercambio de información. Dicha condición quedará sin efecto en los casos en que el acuerdo o convenio suscripto se denuncie, deje de tener aplicación por cualquier causal de nulidad o terminación que rigen los acuerdos internacionales, o cuando se verifique la falta de intercambio efectivo de información. La consideración como país cooperador a los fines de la transparencia fiscal podrá ser reconocida también, en la medida en que el gobierno respectivo haya iniciado con la Argentina las negociaciones necesarias a los fines de suscribir un acuerdo de intercambio de información en materia tributaria o un convenio para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio. Los acuerdos y convenios aludidos deberán cumplir en lo posible con los estándares internacionales de transparencia adoptados por el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información en Materia Fiscal, de forma tal que por aplicación de las normas internas de los respectivos países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados o regímenes tributarios especiales con los cuales ellos se suscriban, no pueda alegarse secreto bancario, bursátil o de otro tipo, ante pedidos concretos de información que les realice la Argentina. La AFIP establecerá los supuestos que se considerarán para determinar si existe o no intercambio efectivo de información y las condiciones necesarias para el inicio de las negociaciones tendientes a la suscripción de los acuerdos y convenios aludidos y asimismo será la encargada de efectuar el análisis y la evaluación del cumplimiento, en materia de efectivo intercambio de información fiscal, de los acuerdos de intercambio de información en materia tributaria y de los convenios para evitar la doble imposición internacional con cláusula de intercambio de información amplio, suscriptos por la Argentina; y de elaborar el listado de los países, dominios, jurisdicciones, territorios, estados asociados y regímenes tributarios especiales considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal, debiendo publicarlo en su sitio “web” (http://www.afip.gob.ar) y mantenerlo actualizado. Conforme la presunción legal prevista en el artículo sin número a continuación al 18 de la Ley N° 11.683, los fondos provenientes de países no considerados cooperadores a los fines de la transparencia fiscal serán gravados de la siguiente manera: (a) con el impuesto a las ganancias, a una tasa del 35%, aplicada sobre el 110% del monto de los fondos transferidos. (b) con el impuesto al valor agregado, a una tasa del 21%, también aplicada sobre el 110% del monto de los fondos recibidos. Aunque el significado del concepto ingresos provenientes no está claro, podría interpretarse como cualquier transferencia de fondos: (i) desde una cuenta en un país no considerado cooperador a los fines de la transparencia fiscal o desde una cuenta bancaria abierta fuera de un país no considerado cooperador a los fines de la transparencia fiscal pero cuyo titular sea una entidad localizada en un país no considerado cooperador a los fines de la transparencia fiscal. (ii) a una cuenta bancaria localizada en Argentina o a una cuenta bancaria abierta fuera de la Argentina pero cuyo titular sea un sujeto residente en Argentina a los efectos fiscales. El sujeto local o receptor local de los fondos puede refutar dicha presunción legal probando debidamente ante la autoridad impositiva que los fondos provienen de actividades efectivamente realizadas por el contribuyente argentino o por una tercera persona en dicha jurisdicción o que dichos fondos fueron declarados con anterioridad. EL RESUMEN PRECEDENTE NO CONSTITUYE UN ANÁLISIS COMPLETO DE TODAS LAS CONSECUENCIAS IMPOSITIVAS RELACIONADAS CON LA TITULARIDAD DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES. LOS TENEDORES Y LOS POSIBLES COMPRADORES DE OBLIGACIONES 210 NEGOCIABLES DEBEN CONSULTAR A SUS ASESORES IMPOSITIVOS ACERCA DE LAS CONSECUENCIAS IMPOSITIVAS EN SU SITUACIÓN PARTICULAR. Documentos a Disposición. Los documentos relativos al Programa podrán ser consultados en la sede social del Banco sita en Reconquista 199, piso 7 Back Office, (C1003ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina. Asimismo, cierta información relativa al Banco, incluyendo información relativa al Programa, está disponible en la página de internet del Banco (www.bancofrances.com.ar), en la página de la CNV (www.cnv.gob.ar) y en la página de la SEC (www.sec.gov). 211 ANEXO A ESTADOS CONTABLES Los estados financieros correspondientes a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2015, 2014 y 2013 se encuentran disponibles en la AIF, en el ítem Información Financiera. EMISOR BBVA Banco Francés S.A. Reconquista 199 (C1003ABB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina ASESORES LEGALES Errecondo, González & Funes Torre Fortabat - Bouchard 680 (C1106ABH) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina AUDITORES Deloitte & Co. S.A. Florida 234, piso 5 (C1005AAF) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina