Año 1997(2072-2121) - Departamento de Hidraulica
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Año 1997(2072-2121) - Departamento de Hidraulica
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN - A C T A N° 2072 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a seis días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, se reunen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, ausente con aviso el señor Juan Pedrozo, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) DESIGNACION DE VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO. A fin de dar cumplimiento con lo prescripto en el artículo 16º de la Ley 886, se designa al Consejero Regante representante de la Primera Zona, señor Francisco Ferrer, para ejercer la Vicepresidencia del Consejo durante el año 1997. 2°) COMISIONES DE TRABAJO Entre los miembros integrantes de este Consejo, se conforman las siguientes Comisiones: Comisión de Concesiones y Tomas: Señor Juan Pedrozo Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos Ing. Agr. Marcos Baltazar A. Zapata Lloveras Comisión de Hacienda: Sr. Florencio Riveros Ing. Agr. Marcos Baltazar A. Zapata Lloveras Sr. Francisco Ferrer Comisión de Asuntos Generales: Sr. Francisco Ferrer Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos Sr. Juan Pedrozo 3º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2071. 4º) ELECCIONES PARA DESIGNAR JUNTA DEPARTAMENTAL. VISTO y CONSIDERANDO: Que el día 27 de diciembre de 1996 se llevó a cabo el acto eleccionario convocado mediante Acta Nº2068, para elegir miembros titulares y suplentes de la Junta de Riego del departamento San Martín, que se desempeñarán durante el periodo 1996-1998. Que dicho acto se ha realizado con toda normalidad sin haberse registrado objeción alguna. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar las elecciones realizadas el día 27 de diciembre de 1996 para designar Miembros Titulares y Suplentes que integrarán la Junta de Riego del departamento San Martín. ARTICULO 2°. Proclámase Miembros Titulares y Suplentes de dicho Organismo a las personas que se especifican a continuación: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 2 - SAN JUAN – SECCION ELECTORAL N°1 TITULAR SUPLENTE ROBERTO CALDERON BALTAZAR FERNANDEZ SECCION ELECTORAL N°2 DOMINGO PENIZZOTTO LUIS BARBERO SECCION ELECTORAL N°3 ERNESTO LUND JOSE BORBORE ARTICULO 3°. Convócase a todas las personas electas como miembros titulares y suplentes para que el día viernes 17 de enero de 1997, a la hora diez (10), concurran al local de la Delegación Departamental, para dejar constituida la Junta y designar sus autoridades. ARTICULO 4°. Comuníquese a quienes corresponda y tómese debida nota. 5°) Expediente N° F12 1035-I-96, IRRIGACION, e/actuaciones del Municipio departamento Iglesia solicitando condonación de deuda y certificado (Libre Deuda) de la Cuenta Nº 1941. En sesión del día de la fecha este Cuerpo toma conocimiento de la resolución de Dirección General ad-referendum del Consejo Nº 690/96, por la cual se condona la deuda que registren hasta el 18 de octubre de 1995 los inmuebles inscriptos bajo las Cuentas 1941 y 1948 a nombre del Gobierno de la Provincia. 6º) Expediente Nº 519 0013-D-97, DIRECCION GENERAL, e/notas enviadas por las Juntas de Riego. VISTO: El expediente Nº 519 0013-D-97, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de lo indicado por el artículo 82º del Código de Aguas se solicitó a las Juntas de Riego del Valle de Tulum emitan opinión respecto a la posibilidad de efectuar concesiones para uso recreativo en el perilago del Dique de Ullum, denominado Zona AT1. Que de las respuestas recibidas de las Juntas de Riego, diez dicen que puede accederse a las peticiones y cuatro que no debería darse curso a las concesiones basándose especialmente en la Emergencia Hídrica. Que es necesario que los futuros concesionarios se ajusten a las disposiciones vigentes, tanto para las concesiones como respetar lo especificado en la Ley 5824 y su reglamentación, Decreto Nº 0638-OSP-89. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 3 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Autorizar a proseguir con los trámites de pedidos de concesiones de agua para uso recreativo en el Perilago del Dique de Ullum, denominado Zona AT1, dando por cumplido lo indicado en el artículo 82º de la Ley 4392/78. ARTICULO 2°. Tómese debida nota. 7°) Expediente N° F12 2658-D-96, DIVISION ECOLOGIA AGRICOLA, e/información. VISTO: Las presentes actuaciones por las que División Ecología Agrícola eleva información respecto a las dotaciones de agua para riego de arbolado público que se están entregando a la Municipalidad de la Capital, y; CONSIDERANDO: Que es necesario regularizar la situación de entrega de las dotaciones correspondientes indicadas por Ecología Agrícola. Que a la Municipalidad de la Capital se la debe encuadrar como concesionario, en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Código de Aguas, Ley 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar a nombre de la Municipalidad de la Capital en Uso de Abastecimiento de Poblaciones, Riego del Arbolado Público, las concesiones que se detallan a continuación: Compuerta sobre canal Benavidez 150Ha. Canal General Concepción 30Ha. Ramo Coll 50Ha. Ramo Quinta 60Ha. Ramo Molinos 40Ha. Toma Ausonia 80Ha. Cola del Valdivia 40Ha. Ramo Fretes 3Ha. TOTAL 453Ha. ARTICULO 2°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas procederá a empadronar de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior. ARTICULO 3°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las boletas respectivas en forma similar a lo dispuesto para Uso Agrícola. ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación. 8°) Expediente N° F12 2389-C-96, CONSTRUIR S.A., s/ permiso para extracción de agua del Canal Valdivia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la empresa Construir S.A. solicita autorización para extraer, a través de una bomba, agua del Canal Valdivia en un volumen de treinta mil (30.000) litros por día, con destino a riego de calles proyectadas que estén en ejecución, hasta el mes de diciembre del corriente año, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 4 - SAN JUAN – Que por Acta Nº2036, punto 13º) se otorgó a la citada empresa un permiso similar para extracción de agua del canal Valdivia donde la Junta de Riego dio opinión favorable. Que Secretaría Técnica sugiere que la extracción para el presente año se realice desde el canal Céspedes, teniendo en cuenta el mayor volumen de agua disponible, sin que se afecte senciblemente las condiciones aguas abajo. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Otorgar a la empresa Construir S.A. permiso de uso precario por el término de 12 (doce) meses (hasta el mes de diciembre de 1997) para extraer a través de una bomba agua del Canal Céspedes en su intersección con Avenida Ignacio de la Roza, un volumen diario de treinta mil (30.000) litros total, en horario de mañana y/o tarde. ARTICULO 2°. La continuidad o no de la entrega especificada en el artículo anterior estará sujeta al sistema de riego usado en el Canal Céspedes. ARTICULO 3°. Departamento Irrigación deberá encargarse de determinar los aspectos técnicos de exigencia que debe cumplir la empresa peticionante a los efectos de concretar la entrega en forma coordinada. ARTICULO 4°. Departamento Recaudación - División Rentas y Valores - confeccionará las boletas con los valores correspondientes de acuerdo a lo dispuesto en Acta N° 2034/96 punto 9°). ARTICULO 5°. Lo autorizado precedentemente queda supeditado a que la Empresa Construir S.A. haga efectivo el pago total del año 1997 en forma anticipada. ARTICULO 6º. Notifíquese. Tómese debida nota. Cumplido archívese. 9º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 811, 817, 818, 820, 821, 822, 823, 824, 825, 826, 827, 828, 829, 830, 831, 832, 833, 834, 835, 836, 837, 838, 839, 840, 841, 842, 843, 844, 845, 846, 847, 848, 849, 850, 851, 852, 853, 854, 855, 856, 857, 858, 859, 860, 861, 862, 863, 864, 865, 866, 870, 871, 872, 873 y 874-DH-96, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 811-DH-96: por la que se encomienda interinamente a partir del 02 de enero de 1997, la función de Inspector Técnico del departamento Pocito al agente Osvaldo Zussino, D.N.I. 16.865.252, en su estado actual de revista y hasta tanto el Licenciado Mario Gómez cumpla la función de Inspector General de Riego y la función de Inspector Técnico en el departamento Albardón al agente Enrique Gerardo Carrizo, L.E. 07.935.834, en su estado actual de revista y hasta tanto dure la ausencia del agente Rafael Romero. Nº 817-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín E. Tantén, por la suma de $3.804,00 para la reparación de trépanos triconos comunes, para formación dura, ripieros, de 17” y 12” de diámetro, con destino a los equipos perforadores que ejecutan tareas en las baterías de pozos oficiales de la Repartición. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 5 - SAN JUAN – Nº 818-DH-96: por la que se autoriza el pago a los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José M. Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en los departamentos Iglesia, Calingasta y Jáchal, por la suma total de $5.485,99. Nº 820-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan A. Marrelli, por la suma total de $429,00 por trabajos de limpieza y desembanque del ramo Siete, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 821-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mateo Mestre Molina, por la suma total de $117,00 por trabajos de limpieza y desembanque de sifón, ramo Ocho, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 822-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Pedro Adrover, por la suma total de $1.034,69 para la construcción de roscado de caños, cortes, soldaduras, construcción de cuplas y provisión de metros de caños con destino a perforaciones que ejecuta la Repartición para agua potable en la localidad de Bella Vista. Nº 823-DH-96: por la que se rechaza las propuestas de las firmas Italo Letizia, José Leticia y Diaz Electrificaciones, respectivamente, por considerar excesivo los precios de las cotizaciones efectuadas en Cotejo de Precios Directo Nº 61/96 y se autoriza la contratación directa a favor de la firma Simeb, por la suma total de $5.042,00 para la reparación de cuatro motores eléctricos a eje huevo vertical de 60 y 70 C.V. Nº 824-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Zini y Cia. S.A., por la suma total de $2.687,00 para la reparación de los equipos transceptores que componen la red de comunicaciones de la Repartición. Nº 825-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Lino Eduardo Luna e Integral Distribuciones, por la suma total de $68.750,00 por la entrega de cinco mil bolsas de cemento cada una, con destino al Departamento Construcciones. Nº 826-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Aldo Rocchetti, por la suma total de $8.800,00 para la reparación completa incluido mano de obra especializada y repuestos de dos motores Perkins 3 cilindros, que deberán ser instalados en motobombas de la Repartición. Nº 827-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Savino Pugliese S.R.L., por la suma total de $26.760,00 por la provisión y colocación de dos motores Perkins nuevos modelos 4-PA-203-O-IM vehicular para aplicación a Pick Up Dodge con cajas de velocidades nuevas marca Clark modelo 2515, puestas en camionetas Dodge, patentes J030604 y M182809 de la Repartición. Nº 828-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas GMD Distribuciones, Savino Pugliese y Elásticos Persia S.R.L., respectivamente, por considerar excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº111/96 y se autoriza a realizar la contratación directa que establece la Ley 6.737. Nº 829-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones, por la suma total de $9.500,00 para la reparación completa, incluido mano de obra especializada y repuestos, de un motor Perkins 4 cilindros, con destino a la puesta en servicio de la camioneta Gladiator doble cabina, patente J023992 de la Repartición. Nº 830-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Savino Pugliese S.R.L., por la suma total de $10.695,00 para la reparación completa incluido mano de obra especializada y repuestos de un motor Perkins 6 cilindros, con destino a la puesta en servicio del camión marca Ford 7000 modelo 79, patente J051126 de la Repartición. Nº 831-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Savino Pugliese S.R.L., por la suma total de $10.200,00 para la reparación completa incluido mano de obra especializada y repuestos de un motor Perkins 6 cilindros, con destino a la puesta en servicio del camión marca Ford 7000 modelo 79, patente J051131 de la Repartición. Nº 832-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Elásticos Persia S.R.L., por la suma total de $49.990,00 por la provisión, adaptación y colocación de tres motores Perkins nuevos modelos Prima 4-20- vehicular puestos en rurales Falcon, patentes J016978, J046826 y M182658 de la Repartición. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 6 - SAN JUAN – Nº 833-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lar Chilecito S.A., por la suma total de $8.806,00 para la provisión de 1.400 bolsas de cemento portland, envase papel, normal, de 50 Kg. c/u, con destino al Departamento Irrigación, para la ejecución de trabajos en la Tercera Zona. Nº 834-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas: Cáceres Hnos.; Luis Fernández Tornello y Cia. S. A.; G. M. D. Distribuciones y Alberto y Alfredo Lage, respectivamente, por la suma total de $2.412,41 para la adquisición de filtros varios con destino al mantenimiento y conservación de camionetas, camiones, movilidades y equipos viales de la Repartición. Nº 835-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Martín Esteban Tanten y Guarneri S.A., por la suma total de $609,00 para la adquisición de candados de bronce de 40 mm y barras de hierro ángulo de 38x1x6,3x6 m., con destino a la construcción de cercos perimetrales en las baterías de pozos oficiales de la Repartición. Nº 836-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín Esteban Tanten, por la suma total de $1.466,50 para la adquisición de pistones de goma y tela doble acción, guarniciones de goma de 54x36x9 mm. y guarniciones de goma para tapas de válvulas, con destino a la puesta en servicio de la máquina perforadora rotativa Nº3 de la Repartición. Nº 837-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Metalúrgica del Valle, por la suma total de $3.760,00 para la provisión de camisas de acero cromo níquel y vástagos de acero cromo níquel, con destino a la puesta en servicio de la máquina perforadora rotativa Nº3 de la Repartición. Nº 838-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma “Los Carlos S.R.L.”, por la suma total de $360,00 por trabajos de limpieza y desembanque en el Desagüe General Quinto Cuartel - departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 839-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de Constantino Espejo, por la suma total de $1.980,00 por trabajos de monda en el canal Malimán, departamento Iglesia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 840-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de Win Win S.A. y Bernut S.A., por la suma total de $6.875,00 por trabajos de monda en el canal Tamberías, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 841-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cordillera Nevada S.A., por la suma total de $2.365,00 por trabajos de monda en el canal Rigoberto Pizarro, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 842-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Platario S.A.C.I.F., por la suma total de $1.785,00 por trabajos de monda en el Primer Derivado del canal San Guillermo, Barreal, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 843-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Gonzalez Fernandez, Carmen D. de, por la suma total de $815,00 por trabajos de monda en el ramo Nº2 del canal Justo Moya, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 844-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Víctor Hugo Malaisi y Petrocuyo S.R.L., por la suma total de $5.313,27 por la adquisición de tambores de lubricantes de distintas densidades y tipos con destino al mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas, camiones y equipos pesados de la Repartición. Nº 845-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Simeb de Juan A. Riveros, por la suma total de $12.250,00 para la reparación general (bobinados), incluido mano de obra especializada y repuestos de ocho motores eléctricos a eje hueco vertical de 380 V. marcas Siemens Electromac de 60, 70 y 100 C.V., con destino a las baterías de pozos oficiales de los departamentos San Martín, Zonda y Santa Lucía. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 7 - SAN JUAN – Nº 846-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas López Hnos., San Juan Diesel S.R.L. y G.M.D. Distribuciones, respectivamente, por la suma total de $2.089,70 para la adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio del camión Mercedes Benz 1114 patente J020914 de la Repartición. Nº 847-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Baterías Diaz e Industrias Sisterna S.R.L., respectivamente, por la suma total de $854,50 para la adquisición de baterías de distintos amperajes, con destino al mantenimiento y conservación de los equipos perforadores de la Repartición. Nº 848-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas Motores Balderramo S.A., Héctor Aldo Rocchetti y Pugliese Hnos. S.A., respectivamente, por considerar excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº105/96 y se autoriza a realizar la Contratación Directa que establece la Ley de Emergencia Hídrica 6.737 en vigencia. Nº 849-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas Motores Balderramo S.A., Héctor Aldo Rocchetti y Pugliese Hnos. S.A., respectivamente, por considerar excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº106/96 y se autoriza a realizar la Contratación Directa que establece la Ley de Emergencia Hídrica 6.737 en vigencia. Nº 850-DH-96: por la que se rechazan las propuestas formuladas por las firmas Motores Balderramo S.A. y Héctor Aldo Rocchetti, respectivamente, por considerar excesivo los precios cotizados en el Cotejo de Precios Nº103/96 y se autoriza a realizar la Contratación Directa que establece la Ley de Emergencia Hídrica 6.737 en vigencia. Nº 851-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Esteban Fernández, por la suma total de $4.872,00 por trabajos de monda en el ramo Nº19 de calle 8, ramo Nº20 de calle 9 derivados del canal Céspedes, desagüe de calle Vidart entre 8 y 9 y transporte de personal obrero al canal Colonia Fiscal del departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 852-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas San Juan Informática S.R.L. y Falduti S.A., respectivamente, por la suma total de $17.924,20 para la adquisición de equipos informáticos y calculadoras, con destino al Centro de Procesamiento y Computación de Datos y el Departamento Contable de la Repartición. Nº 853-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma “Agrícola Tamberías S.A.”, por la suma total de $1.870,00 por trabajos de limpieza y desembanque en el Canal San Guillermo - departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 854-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Pascual, por la suma total de $240,00 por trabajos de limpieza y desembanque en el Ramo Apeceche Coria departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 855-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Don Walter S.R.L., por la suma total de $2.257,80 por la provisión de 318 bolsas de cemento portland con destino a la impermeabilización del Ramo Ortega - Primera Sección - departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 856-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Pedro Mestre, por la suma total de $600,00 por trabajos de limpieza y desembanque en los Ramos 16º y 20º del Canal Colonia Fiscal - departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 857-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aymare S.A., por la suma total de $3.792,00 por 79 horas de máquina retroexcavadora para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en los Drenes Sarmiento, Colón y Laprida - departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 858-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Jose Gonzalez Cabrera, por la suma total de $1.540,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en el Canal Roman - Localidad de Sorocayense departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 8 - SAN JUAN – Nº 859-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan P. Enrique, por la suma total de $2.250,00 por 30 jornales de camión para el transporte de personal obrero y levantamiento de los productos de monda en los canales Trinidad y Desamparados y los ramos Recabarren y Molino - departamento Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 860-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma S.A. Manuel Marquez Romero Ltda., por la suma total de $600,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 861-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Remo Da Rold, por la suma total de $2.625,00 por el transporte de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque del Canal General 25 de Mayo y sus derivados, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 862-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Antonio Marrelli, por la suma total de $480,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque del Ramo Ocho - departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 863-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Agros S.A.I.C.I., por la suma total de $2.400,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en el Ramo Roca y Castro y en Ramo Del Bono - departamento Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 864-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Central Química S.R.L., por la suma total de $4.599,00 para la adquisición de un equipo de aforo con destino a División Hidrología de la Repartición. Nº 865-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Aldo Rocchetti, por la suma total de $20.000,00 para la reparación complete incluido mano de obra especializada y repuestos de dos motores Perkins 6 cilindros, pertenecientes a los camiones Ford 3.500, patentes J051133 y J051134 de la Repartición. Nº 866-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Auto Park, por la suma total de $3.928,00 para la adquisición de 32 ventiladores de techo y 2 extractores trifásicos. Nº 870-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luisa de Baistrocchi, por la suma total de $1.600,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en Canal General La Bebida y Canal Trinidad - departamento Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 871-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Victor Ronchietto, por la suma total de $1.164,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 872-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Roberto A. Montilla, por la suma total de $360,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 873-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alberto Ricardo Fernandez, por la suma total de $749,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en el sifón ubicado en calles Lemos y Superiora y por levantamiento y transporte de productos de monda en el canal Medanito - departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 874-DH-96: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alberto Ramon Escudero, por la suma total de $216,00 por jornales de personal obrero para la ejecución de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 9 - SAN JUAN – trabajos de limpieza y desembanque del Canal Primero - departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 10°)Expediente N° F12 2711-C-96, CONSTRUCCIONES, s/renovación de contratos de camiones año 1997. VISTO: Que mediante estas actuaciones Jefatura del Departamento Construcciones solicita la renovación de los contratos de alquiler de los camiones volcadores que prestan servicio en el Valle de Tulum, Zonda, 25 de Mayo y en la Tercera Zona, por el término de doce meses a partir del 01 de enero de 1997, y; CONSIDERANDO: Que el 31 de diciembre de 1996 fenecieron los contratos suscriptos con los propietarios de camiones adjudicados, según consta en resoluciones del Consejo contenidas en Actas Nº 2054 y Nº 2061/96 y que la cláusula 14º prevé la renovación del mismo por doce meses más, con las mismas condiciones establecidas en el contrato. Que los propietarios de los camiones contratados han prestado conformidad según consta a fs. 2 vta. de estas actuaciones. Que han tomado oportuna intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar la prórroga de contratos de alquiler de camiones suscriptos con los señores: Rodolfo Cordeje, José Mario Castro, Luis Cano, Eduardo Aguilera, Juan Héctor Nardi y Salvador Victoria, conforme lo establece la cláusula l4º y cuyas fotocopias obran a fs. 4/15 de estos actuados, por el término de doce meses a partir del 02 de enero y hasta el 31 de diciembre de 1997. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Tómese debida nota, comuníquese y oportunamente archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y cuarenta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 10 - SAN JUAN – A C T A N° 2073 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a trece días del mes de enero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia de la Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2072. 2°) Expediente N° 519 0022-D-97, DIVISION RENTAS Y VALORES, s/se fije el canon de riego y tasas retributivas de servicios correspondiente al primer período ejercicio 1997. VISTO: El expediente N° 519 0022-R-97, y; CONSIDERANDO: Que es necesario fijar el valor para la primera, segunda y tercera cuota anticipo hasta tanto se cumpla con todos los requisitos requeridos para la fijación del canon de riego definitivo, conforme a las atribuciones legales que establece la Ley N° 886, Código de Aguas Ley Nº 4392/78 y Código Tributario, Ley N° 3908. Que el artículo 9º de la Ley Nº 6.748/96, establece un descuento del veinte por ciento (20%) a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones y siempre que se efectivice el pago en las fechas de los correspondientes vencimientos que se produzcan, mientras dure la emergencia hídrica declarada por la Ley Nº 6.737. Que por razones de orden práctico se decide adoptar el criterio aplicado por el Consejo en Acta N° 767 punto 2°) Articulo 2°. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Fíjase como valor para la primera, segunda y tercera cuotas anticipo del canon de riego y tasas de servicios hídricos, por hectárea empadronada, los siguientes: Primera y Segunda Zona: Jáchal, Calingasta e Iglesia: Valle Fértil: $5,00 $3,00 $3,60 ARTICULO 2°: Fíjase como fechas de vencimiento para el cobro de la primera, segunda y tercera cuota anticipo del canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos las siguientes: Primera cuota anticipo: 1° vencimiento: 17 de Marzo de 1997 2° vencimiento: 31 de Marzo de 1997 Segunda cuota anticipo: 1° vencimiento: 15 de Mayo de 1997 2° vencimiento: 29 de Mayo de 1997 Tercera cuota anticipo: 1° vencimiento: 15 de Julio de 1997 2° vencimiento: 29 de Julio de 1997 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 11 - SAN JUAN – ARTICULO 3º. Departamento Recaudación, División Rentas y Valores efectuará el 20% de descuento a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 6.748. ARTICULO 4°. A efectos del cumplimiento del Articulo 1°, los predios de mas de 5000m2 y que no alcancen al 10.000m2 se considerarán como 1Ha. y los que no exceden de 5000m2 como 1/2Ha. ARTICULO 5°. Del valor establecido, el canon de riego representa el 40% y el 60% restante responde a tasas retributivas de servicios hídricos. ARTICULO 6°. Elévese al Poder Ejecutivo la presente Resolución. 3º) Expediente 6566/4-C-95, CABRERA JORDAN, CARLOS, ref. expte. 6566/3-C-95. Agregados expedientes 6566/3-C-78, 127.325-C-74, 6566/1-C-70, 7519-P-58, 3695-P-58, 2105-H-55, 19339-H-52, 2985-P-60, 6566-C-69 y F12 2533-C-96. VISTO: Las presentes actuaciones mediante las cuales el señor Carlos Bernardo Cabrera presenta Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio contra el artículo 2º de la resolución recaída en Acta Nº 2064, punto 9º de fecha 12 de noviembre de 1996, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su dictamen N°018-DH-97 expresa: que el recurso de reconsideración es interpuesto con fecha 13 de diciembre de 1996 excediendo el plazo prescripto por el articulo 84 del Decreto Nº0655-G-73, reglamentario de la Ley Nº3784 y conforme a lo establecido en el articulo Nº274 del Código de Aguas, el cual ratifica la cesación de todas las concesiones de derechos de agua con carácter de accidentales que no se encuentren en uso. Que en las presentes actuaciones, está suficientemente acreditado en los informes que corren agregados, que las concesiones de agua de carácter accidental del Arroyo Cochagual y perteneciente al inmueble de referencia nunca estuvieron en uso. POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la ley 886: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Rechazar por extemporáneo y de conformidad a lo dispuesto en el Articulo Nº274 del Código de Aguas el recurso de reconsideración interpuesto por el Sr. Carlos Bernardo Cabrera, de fecha 13/12/96, contra el Articulo 2º del Punto 9º) de la Resolución contenida en Acta Nº2064/96. ARTICULO 2°: Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo establece el Art. 94° del Decreto Acuerdo 0655-G-73, reglamentario de la Ley Nº3784. 4º) Expediente Nº 29298/46-M-96, MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, s/dotación de agua de regadío para arbolado publico Barrio Natania XVI. VISTO: Las manifestaciones efectuadas por la Municipalidad de Rivadavia, que corren agregadas a Expediente Nº29298/46-M-96, y GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 12 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el articulo 257º de la Ley Nº 4392/78 el Departamento de Hidráulica percibirá por única vez en cada caso, en el momento de ser otorgada, un derecho especial de concesión que será determinado anualmente por esa Repartición al sancionar su presupuesto. POR ELLO, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 886: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Intimar a la Municipalidad de Rivadavia para que cumpla con los requisitos que establece el Articulo 42º de la Ley Nº4392/78. ARTICULO 2°. La Municipalidad de Rivadavia deberá abonar el derecho especial de concesión que asciende a la suma de pesos dos mil trescientos ($2.300,00), conforme lo establece el articulo 257º de la Ley Nº4392/78. ARTICULO 3º. Notifíquese y tómese debida nota. 5º) Expediente Nº 29.298/45-M-96, MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, s/dotación de agua de regadío para arbolado público Barrio Wilkinson. VISTO: Las manifestaciones efectuadas por la Municipalidad de Rivadavia, que corren agregadas a expediente Nº29298/45-M-96, y CONSIDERANDO: Que conforme lo establece el articulo 257º de la Ley Nº 4392/78 el Departamento de Hidráulica percibirá por única vez en cada caso, en el momento de ser otorgada, un derecho especial de concesión que será determinado anualmente por esa Repartición al sancionar su presupuesto. POR ELLO, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 886: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Intimar a la Municipalidad de Rivadavia para que cumpla con los requisitos que establece el Articulo 42º de la Ley Nº4392/78. ARTICULO 2°. La Municipalidad de Rivadavia deberá abonar el derecho especial de concesión que asciende a la suma de pesos dos mil doscientos cincuenta ($2.250,00), conforme lo establece el articulo 257º de la Ley Nº4392/78. ARTICULO 3º. Notifíquese y tómese debida nota. 6º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 009, 010, 011 y 013-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 13 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 009-DH-97: por la que se destaca a los agentes Manuel Hugo García y Juan José Pelayes al cumplimiento de la comisión oficial a la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta, como observadores meteorológicos a partir del 17-01-97, aprobándose el gasto de $7.104,00 para atender el pago del 50% que demanda dicha comisión. Nº 010-DH-97: por la que se encomienda interinamente la Dirección Administrativa a partir del 13 de enero de 1997, al señor Jefe del Departamento Administrativo, Alberto Eduardo Lanteri y hasta tanto dure la ausencia del señor Ricardo Silva. Nº 011-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº440/96 al señor Nicolás Búbica, las cuentas Nº 1229, 1230 y 1231 del departamento 9 de Julio y Nº 1729, 3138, 3140 y 3428 del departamento Caucete, Nota de Crédito Nº 1354. Nº 013-DH-97: por la que se exime del pago la deuda que registra la cuenta Nº 335 del departamento Rawson, correspondiente al inmueble N.C. 04-35/800320 (hoy propiedad del Instituto Provincial de la Vivienda) y se acepta la renuncia al derecho de agua para 4Ha.4911m² registrado bajo la citada cuenta. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión entrando en receso hasta el día tres de febrero inclusive. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 14 - SAN JUAN – A C T A N° 2074 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cuatro días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reunen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2073. 2°) Expediente N° 37.754-L-96, LEVIAND S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento Zonda. VISTO: Lo solicitado por la firma Leviand S.A. mediante expediente N° 37.754-L-96, y; CONSIDERANDO: Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º. Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3672. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 3°) Expediente N° F33 0135-C-96, CORPORACION CUYANA DE ALIMENTOS S.A.,s/aprobación de la perforación de un pozo, departamento Zonda. Agregado expediente Nº F12 1289-C-96. VISTO: Lo solicitado por la firma Corporación Cuyana de Alimentos S.A. mediante expediente N° F33 0135-C-96, y; CONSIDERANDO: Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º. Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 15 - SAN JUAN – ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3669. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 4º) Expediente N° 37.719-N-96, NUEVA GEORGIA S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento Ullum. VISTO: Lo solicitado por la firma Nueva Georgia S.A. mediante expediente N° 37.719-N-96, y; CONSIDERANDO: Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º. Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3670. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 5º) Expediente N° 37.718-E-96, EL ESPEJO S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento Ullum. VISTO: Lo solicitado por la firma El Espejo S.A. mediante expediente N° 37.718-E-96, y; CONSIDERANDO: Que se han cumplimentado los requisitos fijados en Acta Nº 2049, punto 5º. Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3671. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 6°) Expediente N° F12 2483-J-96, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, e/nota de la firma San Miguel S.A., s/traslado temporario de derecho de agua. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 16 - SAN JUAN – El expediente N° F12 2483-J-96 por el cual la firma San Miguel S.A.V.B.I.C. solicita trasladar a la parcela N.C. Nº 15-94/770750 una dotación de 35Ha. proveniente de la cuenta 1655 del departamento Sarmiento en los términos previstos en la Ley 6737, y; CONSIDERANDO: Que justifica su solicitud de traslado temporario la actual situación de emergencia hídrica, como única alternativa disponible para salvar los cultivos de carácter permanente (viñedos) existentes. Que la Ley Nº 6737 permite el traslado temporario de derechos de agua desde una propiedad a otra mientras dure el estado de emergencia hídrica, dejando en suspenso lo que prevé el artículo l36º de la Ley Nº 4392/78. Que se le ha dado intervención a la Comisión de Riego del canal Tercero y usuarios del ramo San Miguel, toma Nº7, manifestando oposición por escrito los regantes del tramo final del canal Prolongación Centenario. Que la Junta de Riego de Sarmiento, fojas 2, da conformidad al traslado solicitado. Que Departamento Irrigación a fs. 5 vta., informa que el inmueble a privar del derecho de agua figura inscripto bajo cuenta Nº 1655, con dotación para 98Ha.0903m² y el predio a beneficiar con el traslado tiene derecho de riego para 30Ha.0000m² según traslado autorizado por Acta Nº2022 y que el traslado temporario solicitado no implica la realización de obras. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar a la firma San Miguel S.A.V.B.I.C. el traslado temporario por un total de 35Ha.0000m², proveniente de la Cuenta Nº 1655 del departamento Sarmiento del inmueble N.C. Nº15-50/500200 a otro inmueble identificado con N.C. Nº15-94/770750, con derecho de riego para 30Ha.0000m² y mientras dure la Emergencia Hídrica (Ley Nº6737). ARTICULO 2°. La peticionante deberá dar cumplimiento a la publicación respectiva en el Boletín Oficial, como lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 6737. ARTICULO 3°. Una vez finalizada la Ley de Emergencia Hídrica, la solicitante deberá adecuar las obras a su estado actual para volver los derechos al inmueble N.C. Nº15-50/500200. ARTICULO 4°. Notifíquese al interesado. Tome nota Secretaría Técnica y Departamento Irrigación. Posteriormente gírese a la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas para que proceda de acuerdo a lo especificado en el artículo 4º, inciso d) de la Ley de Emergencia Hídrica. 7º) AMPLIANDO PLAZO, ART. 7º DE REGLAMENTACION ART. 3º LEY 6748. VISTO: Que mediante Acta Nº 2062, punto 6º, Artículo 7º, inciso c), se determina una plazo de hasta treinta días posteriores a cada uno de los vencimientos previstos en el Art. 5º de la Ley Nº6748, y; CONSIDERANDO: Que es necesario ampliar dicho plazo para aquellos casos en que habiendo iniciado expediente con posterioridad al 16 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 1996, aún se encuentran en curso administrativo de Nota de Crédito. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 17 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ampliar por el término de quince (15) días el plazo fijado en el inciso c), artículo 7º de la reglamentación del Articulo 3º de la Ley Nº 6748, aprobada mediante Acta Nº 2062 punto 6º), para los expedientes que a continuación se detallan con su fecha de iniciación: Departamento: RIVADAVIA 10/12/96 F 12-2498-I-96 12/12/96 F 12-2546-I-96 12/12/96 F 12-2547-I-96 28/11/96 F 12-2422-I-96 Departamento: CHIMBAS 28/11/96 F 12-2419-I-96 Departamento: RAWSON 28/11/96 F 12-2413-I-96 10/12/96 F 12-2496-I-96 28/11/96 F 12-2414-I-96 10/12/96 F 12-2495-I-96 28/11/96 F 12-2411-I-96 1612/96 F 12-2494-I-96 10/12/96 F 12-2497-I-96 Departamento: POCITO 28/11/96 F 12-2416-I-96 30/12/96 F 12-2691-I-96 10/12/96 F 12-2493-I-96 30/12/96 F 12-2692-I-96 Departamento: SAN MARTIN 18/12/96 F 12-2601-I-96 Departamento: CAUCETE 25/11/96 F 12-2415-I-96 10/12/96 F 12-2489-I-96 4/12/96 F 12-2449-I-96 10/12/96 F 12-2490-I-96 10/12/96 F 12-2492-I-96 23/12/96 F 12-2645-I-96 10/12/96 F 12-2491-I-96 23/12/96 F 12-2649-I-96 12/12/96 F 12-2545-I-96 23/12/96 F 12-2648-I-96 Departamento: 25 DE MAYO 18/12/96 F 12-2599-I-96 Departamento: 9 DE JULIO 26/11/96 F 12-2656-I-96 Departamento: CALINGASTA 19/12/96 F 12-2615-I-96 26/11/96 F 12-2374-I-96 18/12/96 F 12-2600-I-96 26/11/96 F 12-2375-I-96 26/11/96 F 12-2373-I-96 Departamento: IGLESIA 26/11/96 F 12-2372-I-96 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – ARTICULO 2º. Comuníquese y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión. 18 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 19 - SAN JUAN – A C T A N° 2075 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a once días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2074. 2°) Expediente N°562.140-C-94, CONTADURIA, e/foja de medición correspondiente al Certificado Nº4, obra Limpieza Arroyo Los Tapones - Etapa I - parte B. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 12 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos doscientos sesenta y cinco con catorce centavos ($265,14) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. l2, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705, y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 3°) Expediente N°561.605-C-94, CONTADURIA, e/foja de medición correspondiente al Certificado Nº2, obra Limpieza Arroyo Los Tapones - Etapa I - parte B. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 20 - SAN JUAN – Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 15 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos doscientos doce con cuarenta y nueve centavos ($212,49) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. l5, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705, y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 4°) Expediente N°F33-052-C-95, CONSTRUCCIONES, e/Certificado de Obra Nº9, obra Limpieza Drenes Tercero y Chimbera, departamento 25 de Mayo. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 11 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 21 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos trescientos treinta y dos con cinco centavos ($332,05) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. l1, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 5°) Expediente N°562.139-C-94, CONTADURIA, e/acta de medición obra Dren Mendoza Spada, certificado Nº8. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 12 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos trescientos veinte con cuarenta y seis centavos ($320,46) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. l2, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 6°) Expediente N°G9-0029-I-95, INSPECCIÓN DE OBRA, e/Certificado de Obra, obra Arroyo Los Tapones, departamento Santa Lucía. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 22 - SAN JUAN – VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 9 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil trescientos treinta y cuatro con veinticinco centavos ($1334,25) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 9, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 7°) Expediente N°561.468-C-94, CONTADURÍA, e/Certificado Nº7, obra Dren Tercero y Chimbera, departamento 25 de Mayo. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 16 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 23 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos setecientos setenta y cuatro con sesenta y nueve centavos ($774,69) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 16, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 8°) Expediente N°561.939-S-94, STORNINI EXCAVACIONES, e/Certificado Nº3, obra Limpieza Arroyo Los Tapones, Etapa I, Parte B, departamento 25 de Mayo. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 15 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, Ley Nº6606, Ley Nº6705 y complementarias, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos ochocientos ocho con ochenta y seis centavos ($808,86) a favor de la Empresa Luis Raúl Stornini Excavaciones, en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 15, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y complementarias. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 9º) Expediente N°37.915-O-96, OCHOA, MARIA E. GÓMEZ DE, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 24 - SAN JUAN – VISTO: Que mediante expediente N°37.915-O-96 la señora María Elena Gómez de Ochoa, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-36/630680, registrado bajo cuenta N°2937 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0983m², registrado bajo cuenta N° 2937, a nombre de María Elena Gómez de Ochoa, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 10°) Expediente N°37.771-S-96, SANCHEZ, MARÍA GOMEZ DE, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Calingasta. VISTO: Que mediante expediente N°37.771-S-96 la señora María Gómez de Ochoa, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble registrado bajo cuenta N°839 del departamento Calingasta, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 4, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.l306m², registrado bajo cuenta N° 839, a nombre de Víctor Isidro Sánchez, departamento Calingasta. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 25 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 11º) Expediente N° 347.160-S-85, SANCHEZ GARCIA, TOMAS, s/que la finca ubicada en el Dpto.Rawson, reciba el agua por el ramo Riutor. Agregados F33 391-S-95, F33 1247-S-95 y F33 133-S-96. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Tomas Sánchez García solicita cambio de servidumbre del subramo Las Mendocinas al ramo Riutor del departamento Rawson para el inmueble con Nom.Cat. 04-28/400800, y; CONSIDERANDO: Que por Acta Nº1789 punto 6º) de fecha 24 de junio de 1986 se autorizó el traslado solicitado por el señor Tomás Sánchez García. Que el señor Sánchez se notificó el 3 de julio de l986 de la resolución del H.Consejo donde se le autorizó el traslado solicitado y que en su artículo 2º las obras a realizar debían ser ejecutadas por el interesado. Que por expediente Nº F33 391-S-95 el señor Sánchez con fecha 28 de marzo de 1995 y reiterado por expediente Nº F33 1247-S-95, manifiesta que la Repartición cumpla con lo dispuesto en Acta Nº1789, dejando entrever que el Departamento de Hidráulica tendría que hacer las obras para materializar el traslado. Que Dirección General en folio 4 del expediente F33 1247-S-95 no hace lugar al reclamo efectuado ya que la ejecución de las obras es por exclusiva cuenta del recurrente, lo cual se notificó el interesado y que la realización de las obras es imprescindible para efectivizar la entrega de la dotación de agua de riego. Que por expediente Nº F33 133-S-96, el señor Sánchez cuestiona la disposición de Dirección General de lo cual ha sido notificado. Que según informa la Inspección Técnica de Rawson, fs. 21, el inmueble no hace uso efectivo del derecho de agua de riego como consecuencia del no cumplimiento, por parte del interesado, de lo resuelto mediante acta Nº 1789, punto 6º) con fecha 24 de junio de 1986, donde establece que serán por cuenta exclusiva del recurrente los trabajos de modificación de obra que corresponda, lo que fue oportunamente notificado, siendo imprescindible su realización para efectivizar la entrega de dotación. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Ratificar en todas sus partes la resolución contenida en Acta Nº1789, punto 6º). ARTICULO 2°. Notifíquese. Tómese debida nota y archívese. 12°) Expediente N°37.795-F-96, FERNANDEZ, FERNANDO Y OTRO, s/traslado de dotación, departamento Chimbas . VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 26 - SAN JUAN – Las presentes actuaciones por las que los usuarios Bernardo Fernando Fernández y María Cristina Maldonado de Garcés, en carácter de apoderada de la sucesión Cristina Padilla y Otros, solicitan cambio de servidumbre de riego, y; CONSIDERANDO: Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica por cuanto con dicho cambio de servicio se eliminarían los obstáculos que les ocasionan inconvenientes y pérdidas de agua debido al largo recurrido del ramo. Que tomaron intervención e informan Departamento Irrigación y Secretaría Técnica. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el cambio de servidumbre de riego para las propiedades individualizadas con Nom.Cat. 08-26/2763 a nombre de Fernando Fernández y 08-26/3070 a nombre de Suc. María Cristina Padilla y otros, con dotaciones de 2Ha.4272m² Cuenta Nº 1015 y 4Ha.5120m² Cuenta Nº 1013, que reciben actualmente por la toma Nº9, ramo Toledo y Otro, a la toma Nº14 (partidor), ramo Maldonado, ambas del canal Mogote Viejo, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio técnico que deberán presentar los peticionantes y a la ejecución de las obras, lo que será por su cargo y cuenta, como también a efectuar los trabajos que la Inspección Técnica indique en el ramo que abandonan. ARTICULO 3°. Los peticionantes serán responsables de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 5º. Notifíquese a los interesados. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. 13°) Expediente N°30.206/9-D-96, DE LA TORRE, ANTONIO, s/unificación de compuertas, departamento Chimbas . VISTO: Las presentes actuaciones por las que el Abogado Antonio de la Torre, solicita recibir por la compuerta N9 del canal Mogote Viejo las dotaciones correspondientes a las cuentas Nº 3948, 3949 y 3950 del departamento Chimbas, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 que los derechos de riego registrados bajo las cuentas citadas pertenecen a un mismo inmueble inscripto a nombre de Hijos de Francisco Pérez Sociedad Anónima, señalando que la totalidad del predio fue adquirido por el peticionante según escritura Nº 221, folio 913. Que a fs. 6 vta. el peticionante acepta la alternativa propuesta de recibir los derechos por la toma Nº12, ramo Carrión y Otros. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 27 - SAN JUAN – Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación, manifestando que no es necesario la modificación de obras hidráulicas debido a que la entrega se realizará a través de compuerta aforada. Que tomó intervención e informa Secretaría Técnica. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar al señor Antonio de La Torre el cambio de servidumbre de riego para la propiedad individualizada con Nom.Cat. 08-26/300560, con dotación de 0Ha.8593m² Cuenta Nº 3948, 1Ha.2121m² Cuenta Nº3950 y 2Ha.2554m² Cuenta Nº 3949, que reciben actualmente por la toma Nº10, ramo Toledo y Otros a la toma Nº12, ramo Carrión y Otros, ambas del canal Mogote Viejo, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. 14º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 012, 036, 038, 039, 042, 043, 044, 051 y 052-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 012-DH-97: por la que se aprueba el estudio técnico, presentado por el Ing. Civil Humberto O. Aubone, que prevé desplazamiento de defensas de crecidas aluvionales de la Quebrada de Maradona, departamento Zonda. Nº 036-DH-97: por la que se amplía por el término de 15 (quince) días, a partir del día 22 de enero del corriente año, el plazo acordado por el Honorable Consejo en Acta Nº2069, punto 4º, para los mismos efectos establecidos en la mencionada Acta. Nº 038-DH-97: por la que se incluye a partir del 02 de enero del corriente año, en el régimen de extensión horaria que establece la Ley Nº 5073 a los Inspectores Técnicos Osvaldo Zussino y Enrique Gerardo Carrizo. Nº 039-DH-97: por la que se encomienda interinamente la función de Celador del Canal General y Segundo de Cochagüal - departamento Sarmiento, en su estado actual de revista, al agente Hugo E. Tejada, D.N.I. Nº 10.349.041 y se le incluye en el régimen de extensión horaria que establece la Ley Nº 5073 mientras dure en dicha función. Nº 042-DH-97: por la que se ordena la inscripción del Ing. Juan Carlos Di Chiacchio, en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Perforadoras. Nº 043-DH-97: por la que se autoriza la renovación automática del alquiler de la casa habitación donde funciona la Inspección Técnica y Junta Departamental de Riego del departamento Rawson, por el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 1997. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 28 - SAN JUAN – Nº 044-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $5.870,36 a los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José M. Castro, respectivamente, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en los departamentos de Iglesia, Calingasta y Jachal, correspondiente al mes de diciembre de 1996. Nº 051-DH-97: por la que se exime del pago de la deuda que registran las Cuentas Nº4963, 420 y 4962 del departamento Capital, inscriptas a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda y se acepta la renuncia al derecho de agua de riego que les corresponde a los inmuebles Nom.Cat. 01-32/790300/700500/840460 inscriptos bajo las cuentas mencionadas.. Nº 052-DH-97: por la que se autoriza la renovación automática del alquiler de la casa habitación donde funciona la Inspección Técnica y Junta Departamental de Riego de Albardón, por el período comprendido entre el 01 de enero al 31 de diciembre de 1997. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 29 - SAN JUAN – A C T A N° 2076 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dieciocho días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2075. 2°) Expediente N°519.0029-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada de $4.000.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada a fin de atender los gastos de fletes, acarreos, franqueos, etc., que se produzcan en el transcurso del año 1997, y; CONSIDERANDO: Que División Tesorería informa a fs. 2 vta. que el expediente Nº F33-0018-T-96, con destino al gasto de fletes y acarreos fue rendido oportunamente. Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada.. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos cuatro mil ($4.000,00), para atender los pagos en concepto de fletes, acarreos, franqueos, etc., que se produzcan en el transcurso del año 1997. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 24 - “TRANSPORTE” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 3°) Expediente N°519.0028-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada de $500.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $500,00 para la compra de estampillas fiscales, durante el ejercicio 1997, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 30 - SAN JUAN – Que División Tesorería informa a fs. 2 vta. que el expediente Nº F33-0013-T-96, correspondiente a la compra de estampillas fiscales, fue rendido y reingresado oportunamente. Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos quinientos ($500,00), para atender los pagos en concepto de compra de estampillas fiscales, que se produzcan en el transcurso del año 1997. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 05 - “CORREOS Y TELEGRAFOS” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 4°) Expediente N°519.0079-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada de $500.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $500,00 a fin de atender el gasto que demande la provisión de diario De Cuyo y Boletín Oficial con destino a Dirección General, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos quinientos ($500,00), para atender el gasto por la provisión de diario De Cuyo y Boletín Oficial con destino a Dirección General. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 01 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 13 - “LIBROS, REVISTAS Y PERIODICOS” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 31 - SAN JUAN – 5°) Expediente N°519.0026-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada por la suma de $10.000.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada a fin de atender el pago de las comisiones autorizadas en el marco de la vigencia del Decreto Acuerdo Nº 0025/94 (Fondo Permanente) durante el ejercicio 1997, y; CONSIDERANDO: Que División Tesorería informa a fs. 3 que el expediente Nº F33-0015-T-96, correspondiente al pago de comisiones según Decreto 0025/94, fue rendido oportunamente. Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos diez mil ($10.000,00), para atender el pago en concepto de comisiones según Decreto Acuerdo Nº 0025/94, durante el ejercicio 1997. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 01 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 6°) Expediente N°519.0025-T-97, TESORERIA, s/una orden de pago anticipada por la suma de $10.000.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada a fin de atender los gastos de vigilancia y transporte de valores que se utilizan para el pago del personal de la Repartición durante el año 1997, y; CONSIDERANDO: Que División Tesorería informa a fs. 2 vta. que el expediente correspondiente al gasto de vigilancia que se produjo durante el ejercicio 1996, fue rendido oportunamente. Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 32 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos diez mil ($10.000,00), para atender el pago en concepto de vigilancia y transporte de valores durante el año 1997. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 39 - “SERVICIOS DE VIGILANCIA” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 7°) Expediente N° F12 2624-J-96, JUNTA DE RIEGO E INSP.TECNICA DE ZONDA, e/nota de la firma Rio Manso S.A. sol/traslado de dotación, Dpto. Zonda. . VISTO: Las presentes actuaciones por las que el Ingeniero Mariano Ravanelli, en calidad de Representante Técnico de la firma Rio Manso S.A., solicita cambio de toma para recibir por el derivado Nº3 del canal Playas la dotación de 30Ha.7301m² que registra la cuenta Nº 421 y que recibe actualmente por la compuerta Nº 1, derivado Nº 2 del mismo canal, departamento Zonda, y; CONSIDERANDO: Que fundamenta su solicitud en la necesidad de contar con la dotación en un punto más cercano a la propiedad, debido a que actualmente debe recorrer un tramo de 1.200 metros paralelo al canal Playas, con las pérdidas de caudal por infiltración. Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación, manifestando que en el Derivado Nº 3 es necesario realizar una obra de toma interna, por regar los usuarios de este derivado a turno horario. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 15 que el derecho de riego registrados bajo la cuenta Nº 421 pertenece al inmueble Nom.Cat. 06-56/240050, inscripto a nombre de Rio Manso Sociedad Anónima Que tomó intervención e informa Secretaría Técnica. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar a la firma Rio Manso S.A., el cambio de servidumbre de riego para la propiedad individualizada con Nom.Cat. 06-56/240050, con dotación de 30Ha.7301m² Cuenta Nº 421, que recibe actualmente por el Derivado Nº 2 del canal Playas al Derivado Nº 3 del mismo cauce, departamento Zonda. ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio técnico que deberá presentar el peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su cargo y cuenta, como también a efectuar los trabajos que a criterio del Departamento de Hidráulica se considere necesario. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 33 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 4º. Notifíquese. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. 8º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 035, 060, 067, 068 y 069-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 035-DH-97: por la que se autoriza a favor de la firma Raigal por la suma total de $1.500,00 por la publicidad en programas informativos en la emisora radial LV 1 Radio Colón, sobre la problemática hídrica por la que atraviesa la provincia de San Juan, de acuerdo a lo que establece la Ley 6737. Nº 060-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº633/96 a la firma Bodegas y Viñedos Blas Sirera S.A., las cuentas Nº 547 departamento Pocito y Nº 1238 departamento Angaco, Nota de Crédito Nº 01422. Nº 067-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $3.429,96 a los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria, respectivamente, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos, correspondiente al mes de diciembre de 1996 Nº 068-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones, por la suma total de $5.450,00 para la reparación general, incluido mano de obra especializada y repuestos originales homologado por Fiat Iveco, de la caja de velocidades del camión Fiat 619 N 1 modelo 79, patente J051156 de la Repartición. Nº 069-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa a favor de la firma Diesel Rodriguez, por la suma total de $3.063,00 para la reparación general, incluido repuestos legítimos, de la bomba inyectora e inyectores Roosa Master, de la máquina cargadora frontal Fiat Allis 545-B interno 14-06 de la Repartición. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 34 - SAN JUAN – A C T A N° 2077 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veinticinco días del mes de febrero del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2076. 2°) MODIFICACION ARTICULOS LEY 4392/78. VISTO: La resolución contenida en Acta Nº 2051, punto 10º) en la cual se plantea a las Juntas de Riego de la Provincia, en base a la opinión emitida por ellas oportunamente, la necesidad de efectuar un profundo análisis de los artículos 47º, 62º, 132º, 136º y 137º del Código de Aguas, Ley Nº 4392/78, y; CONSIDERANDO: Que es necesario introducir modificaciones al Código de Aguas que permitan una actualización de los derechos de riego en uso. Que se posibilite dinamizar el sistema de manera tal de disponer del derecho donde sea de mayor rentabilidad para el usuario. Que se cumpla con las obligaciones económicas, lo cual facilitaría mejorar la red de riego existente, lográndose con ello un mejor aprovechamiento del recurso. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Proponer se analicen por parte de las Juntas de Riego las posibles modificaciones a introducir a los artículos del Código de Aguas, Ley N° 4392/78 ya señalados, lo cuales quedarían redactados de la siguiente forma: Art. 47°) Renuncia: Los concesionarios pueden renunciar a sus derechos en todo o en parte. La renuncia solo surtirá efectos cuando concurran los siguientes requisitos: a) Aceptación por la autoridad administrativa competente; b) Aceptación por los titulares de derechos reales sobre el inmueble, cuando los hubiere; c) Podrá renunciar a la concesión, aún cuando no se encuentre al día en las contribuciones económicas derivadas de la misma. Art. 62°) Suspensión del servicio: La falta de cumplimiento de la obligación establecida en el inciso 5° del Art. anterior por el término de dos años calendarios autoriza a suspender en forma total el ejercicio de derecho de uso y suministro de la concesión previa notificación fehaciente al concesionario. Únicamente podrá suspenderse el servicio en forma general en los casos siguientes: a) En los periodos anuales fijados para limpieza y reparaciones ordinarias de los acueductos y obras anexas. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 35 - SAN JUAN – b) En caso de derrumbes, perdidas de tomas o cualquier otra causa extraordinaria que así lo exigiera para poder evitar perjuicios mayores. Los trabajos a que se refiere el apartado a) deberán efectuarse en la época en que menos daño ocasione la falta de agua, dándose aviso a los interesados con diez días de anticipación por lo menos. Art. 132°) Traslados definitivos de derechos: El titular de una concesión de uso agrícola podrá obtener que le sea trasladada a otro terreno de su propiedad dentro del mismo departamento o entre departamentos de los valles de Tulum, Ullum y Zonda con el coeficiente que detenta en el cauce del cual proviene, cuando concurran simultáneamente los siguientes requisitos: a) Acreditación de que el terreno que será privado del agua, se encuentra en pleno uso y goce de la concesión; b) Demostración de que la explotación es objetivamente más conveniente en el segundo terreno, en cuanto al mejor aprovechamiento de los recursos hídricos y a los resultados agronómicos y económicos. A este fin, se acompañará un resultado técnico agro-económico, fundado y explicativo, suscripto por profesionales responsables, matriculados, sobre ambos terrenos, incluyendo estudios de suelos, perfiles, salinidad, permeabilidad, napas de agua y demás antecedentes; c) Cumplimiento de los extremos previstos por el Art. 130°; d) Que los titulares de los ramos implicados, y las Juntas Departamentales y Comisiones de Regantes correspondientes, previamente notificados, no deduzcan oposición fundada y atendible al traslado en cuestión; e) Acreditación de la conformidad de acreedores hipotecarios, contratistas y arrendatarios del inmueble perjudicado con el traslado. Art. 136°) Traslados temporarios: El titular de una concesión de uso agrícola podrá obtener que le sea trasladada por el término máximo de cinco años, cuando se cumplimenten los extremos previstos en el Art. 132°). Art. 137°) Caducidad: Las concesiones de uso de agua para riego caducan por el no uso continuado durante tres años, que se contarán: desde su otorgamiento en caso que haya habido ejercicio del derecho, o desde su cese o abandono siempre que la administración no fuese responsable de esa vacancia. No podrá resolverse la caducidad sin previa audiencia del interesado. La extinción así declarada no liberará al usuario de la deuda que mantuviera con la administración por canon, tasas, multas u otros conceptos. ARTICULO 2º. Comunicar a las Juntas de Riego de la Provincia y solicitar que las mismas se expidan con las observaciones correspondientes en un plazo no mayor de 15 (quince ) días. ARTICULO 3º. Tómese debida nota. 3°) Expediente N° 519 0272-S-97, SALTA PERFORACIONES, s/se inscriba como empresa perforadora. VISTO: El expediente N° 519 0272-S-97 mediante el cual el señor José Antonio Fernández, en calidad de propietario de la empresa Salta Perforaciones, solicita su inscripción en el registro de Empresas Perforadoras, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Oscar Egidio Ferrari, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº36, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 36 - SAN JUAN – Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa Salta Perforaciones en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 4°) Expediente N°519.0279-L-97, LANDA MARDONIO O., e/donación de 2 (dos) heladeras al Departamento de Hidráulica, con destino a las delegaciones de Jáchal e Iglesia. VISTO y CONSIDERANDO: Que mediante estas actuaciones el señor Mardonio O. Landa, Presidente de la Junta de Riego del departamento Jáchal, dona 2 (dos) heladeras marca SACCOL, con destino al equipamiento de las delegaciones de Jáchal e Iglesia. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar la donación de 2 (dos) heladeras marca SACCOL, números de serie 88147 y 90237, que serán destinadas a las Delegaciones de Jáchal e Iglesia, respectivamente. ARTICULO 2º. Tome debida nota División Patrimonio, comuníquese y archívese. 5°) Expediente N°F12-1834-S-96, STORNINI EXCAVACIONES, ref./ reconocimiento de gastos directos improductivos. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Luis Raúl Stornini, en representación de la Empresa Stornini Excavaciones, solicita reconocimiento de gastos directos improductivos ocasionados a la Empresa por la paralización de la obra “Proyecto y Ejecución Obras de Drenaje y Consecuente Desecamiento del Arroyo Los Tapones”, ocurrida entre el 5 de enero de 1995 y el 18 de junio de 1996, por haberse dado las causales previstas en el Art. 35º del Pliego de Especificaciones Particulares de la obra, y; CONSIDERANDO: Que el Art. 35º del Pliego de Especificaciones Particulares contempla el reconocimiento de los gastos directos improductivos al contratista como consecuencia de paralizaciones totales o parciales de la obra, imputables o causadas por la Administración, estableciendo que son las erogaciones que resulten improductivas (contempladas en el Art. 42º Ley 3734), disponiendo además que dichas reclamaciones deberán formularse dentro del plazo de cinco (5) días hábiles administrativos, de producido el hecho o evento judicial. Que Asesoría Letrada expresa en su informe Nº 025-DH97, fs. 39, que conforme a los antecedentes, informes y documentación obrante en estas actuaciones, no se han acreditado los extremos legales exigidos por la legislación vigente para resolver favorablemente la liquidación GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 37 - SAN JUAN – de los gastos directos improductivos reclamados por la empresa Stornini Excavaciones (Ley de Obra Pública Nº 3734 y decreto reglamentario Nº 3523). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar al reconocimiento de gastos directos improductivos solicitado por la empresa Stornini Excavaciones. ARTICULO 2º. Notifíquese al peticionante, tómese debida nota y archívese. 6°) Expediente N°519.0310-C-97, CONTADURIA, s/la emisión de una orden de pago anticipada por la suma de $2000.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $2000,00 a fin de atender el pago a la empresa Raigal en concepto de publicidad radial por la emisora L.V.1 Radio Colón, sobre la problemática hídrica de la provincia, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos dos mil ($2000,00), con destino al pago a favor de la empresa Raigal, con motivo de la emisión de programas informativos sobre la problemática hídrica de la provincia, por la emisora radial L.V.1 Radio Colón, conforme lo establece la Ley de Emergencia Hídrica 6737. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 26 - “IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 7°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 070, 072, 073, 074, 075, 076, 077, 078, 084 y 085-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 38 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 070-DH-97: por la que se da por finalizado el Contrato de Locación existente entre el señor Villalva Cosme Riveros y el Departamento de Hidráulica, a partir del 01 de marzo de 1997, dejando el Departamento de Hidráulica abonado lo que se adeuda en concepto de consumo energético y agua potable, según lo establece el artículo 5º. Nº 072-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 04 para la adquisición de 600 candados de bronce con destino a compuertas ubicadas en las zonas de riego de la provincia. Nº 073-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 05 para la adquisición de ocho thoner para la impresora láser HP-92291-A, de la Repartición. Nº 074-DH-97: por la que se autoriza la emisión de una orden de pago anticipada, a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta, por la suma de $10.000,00 (diez mil pesos), para proceder a los pagos correspondientes al método de compras por Fondo Permanente hasta $500,00 (pesos quinientos) durante el año 1997. Nº 075-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 03 para la adquisición de repuestos viales, con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora Fiat-Allis 16-B interno 36-04 de la Repartición. Nº 076-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 01 para la adquisición de repuestos viales, con destino a la reparación y puesta en servicio de la cargadora frontal Fiat-Allis 545-B- interno 14-05 de la Repartición. Nº 077-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 02 para la adquisición de repuestos viales, con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora Fiat-Allis AD-14 interno 36-02 de la Repartición. Nº 078-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 08 para la adquisición de vástagos de acero cromo níquel, camisas de acero cromo níquel y una llave exclusa de tres vías, con destino a la máquina perforadora rotativa Nº 3 de la Repartición. Nº 084-DH-97: por la que se autoriza a la Firma Cordero Hnos. S.R.L. a hacer uso de las notas de créditos Nº 00065, 01365, 01384, 01396, 01397 y 01398, cedidas por los titulares de las mismas señores: Lucía Gentile de Vitale y Nelson Vitale a esa Firma. Nº 085-DH-97: por la que se autoriza: Art. 1º. el traslado del agente Carlos E. Arias en su estado actual de revista, para que cumpla funciones en el área Baterías de Pozos, sector Distribución de Caudales; Art. 2º. dar por concluida la designación en forma interina del agente Juan Carlos Camuñas como Inspector Técnico del departamento Albardón; Art. 3º. Designar interinamente al señor Juan Carlos Camuñas como Inspector Zona de Baterías de Pozos; Art. 4º. Trasladar al agente Mario E. Lucero del Departamento Estudios y Proyectos al Departamento Irrigación; Art. 5º. Designar al agente Mario E. Lucero como Encargado de Distribución Matriz en forma interina; Art. 6º Quedan comprendidos en lo dispuesto por la Ley 5073 los agentes: Carlos E. Arias, Juan Carlos Camuñas y Mario E. Lucero. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 39 - SAN JUAN – A C T A N° 2078 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cuatro días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2077. 2°) Expediente N°519 0087-D-97, DOMINGUEZ, ALBERTO RICARDO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Caucete. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Alberto Ricardo Dominguez, , solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 13-64/810180, registrado bajo cuenta N°2632 del departamento Caucete, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 7 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 8, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0634m², registrado bajo cuenta N° 2632, a nombre de Alberto Ricardo Dominguez y Otra, departamento Caucete. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 3°) Expediente N°37.947-F-96, FERNANDEZ, GREGORIO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Gregorio Fernández, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 04-20/575165, registrado bajo cuenta N°8637 del departamento Rawson, y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 40 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1298m², registrado bajo cuenta N° 8637, a nombre de Gregorio Naciansemo Fernández y otras, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 4°) Expediente N° F12-2508-D-96, DAVILA, CARLOS M., s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Carlos M. Dávila, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-36/630660, registrado bajo cuenta N°4844 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0533m², registrado bajo cuenta N° 4844, a nombre de Carlos Marcelo Dávila y otra, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 5°) Expediente N°519-0053-P-97, PAEZ, MARY ESMELDA, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento San Martín. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Mary Esmelda Paez , solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 41 - SAN JUAN – corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 12-52/630360, registrado bajo cuenta N°1499 del departamento San Martín, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1504m², registrado bajo cuenta N° 1499, a nombre de Santos Cayetano Paez, departamento San Martín. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 6°) Expediente N°F12 2133-T-96 TORES, MARIA F. DE s/unificación de cuentas, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Maria Fátima Chipre de Torés, en calidad de copropietaria, solicita la restitución de 0Ha.0900m² de dotación no otorgada por error de inscripción, asimismo, la unificación de las cuentas N°4433 y 4434 del departamento Chimbas y; CONSIDERANDO: Que según informes de la Inspección Técnica Departamental y Departamento Irrigación a fs. 2 vta. y 4 vta., los derechos de riego inscriptos bajo las cuentas cuya unificación se peticiona, se encuentran en uso por el Canal General Mogote, toma 3, Ramo Capriotti. Que según informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, el error aludido por la recurrente deviene a raíz del censo de regantes que se realizó en el año 1965, inscribiendo una dotación para la parcela 08-23/290260 de 1ha.1224m², cuando en realidad lo debió ser por 1ha. 2124m². Mediante Decreto 1972-OSP-73, quedaron convalidados todos los derechos de riego registrados en el Padrón General de Usuarios del año 1973, previendo la misma norma legal el sistema y métodos de reclamo al efecto. Esta normativa queda igualmente plasmada en el Código de Aguas de la provincia Ley 4392/78, por lo que se considera fuera de termino el actual reclamo. En cuanto a la unificación de que se trata, los inmuebles Nom. Cat. 08-23/290270/290260 son colindantes entre si y con igual identidad de los titulares de los derechos de riego. POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere el Art. 20º inciso ñ) de la Ley 886: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar, por extemporánea, la solicitud de restitución de dotación efectuada por la señora María Fátima Chipre de Torés. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 42 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Unificar las cuentas N° 4434 y N° 4433 con dotaciones de agua de riego de carácter permanente para 1Ha.1674m² y 1Ha.1673m² a nombre de Beatríz Isabel Chipre de Muñoz y María Fátima Chipre de Torés, con una superficie s/m de 2Ha.4363,29m², N.C. N° 08-23/290270/290260 departamento Chimbas. ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 7°) Expediente N°37528-R-95 RUFINO VARELA, MARIELA s/dotación de agua de regadío parcela Nº 17-54-520430 departamento Iglesia. Agregados: 24727-Q-78 y 24727/1-Q-82. VISTO: Que mediante estas actuaciones la Dra. Mariela Rufino Varela, en calidad de apoderada de la señora Rosa Lila Caballero de Quilpatay, solicita dotación de agua de regadío para el inmueble, propiedad de su mandante, ubicado en la localidad de Angualasto, departamento Iglesia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de Dirección de Registro y Catastro General de Aguas, dicho inmueble figuró inscripto como usuario clandestino, quedando sin efecto la misma en virtud de lo resuelto por el H. Consejo en Acta Nº 1628 punto 7º de fecha 15 de marzo de 1983, recaída en expediente Nº 24727/1-C-82. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 028-DH-97 expresa que la instancia administrativa fue agotada oportunamente por lo cual corresponde desestimar el pedido de dotación solicitado por la señora Rosa Lila Caballero de Quilpatay. POR ELLO, en uso de las atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Desestimar el pedido de dotación de agua solicitado por la señora Rosa Lila Caballero de Quilpatay. ARTICULO 2°. Notifíquese, tómese debida nota y archívese. 8°) Expediente N°560022-I-94, IRRIGACION, s/ autorización para contratar en forma directa equipo pesado. VISTO: El expediente N°560022-I-94, y; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Nº 2201-MPIyMA-96 se reconoce un gasto por la suma de $77.100,00 a favor de la Empresa Rodarena S.A, deuda comprendida en el régimen de consolidación previsto por la Ley Nº6606. Que a fs. 44, el Departamento Contable eleva la liquidación en concepto de intereses desde el 01-01-95 al 31-07-95 y que asciende a la suma de $1.696,20. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 43 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil seiscientos noventa y seis con veinte centavos ($1696,20) a favor de la Empresa Rodarena S.A., en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 44 de estos actuados. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 9º) Expediente Nº 339.167-G-93 y agregados Nº 545.266-G-94; Nº F12 956-G-96; Nº 561.566-D94 y Nº 361.565-D-94, GIULIANI DIAMANTE (CONSTRUCCIONES). VISTO: Que la Empresa Diamante Giuliani solicita autorización para extracción de áridos del lecho del río San Juan en dos zonas comprendidas entre el Dique de Punta Negra y calle Las Moras, departamentos Ullum - Zonda, y; CONSIDERANDO: Que por resolución recaída en Acta Nº2024, punto 4º), el H. Consejo resolvió no autorizar la extracción de áridos en la Zona l, aguas abajo del Dique de Punta Negra en virtud de lo resuelto en Acta Nº2023, punto 3º), artículo 2º. Que dicha Zona 1 estaba comprendida entre 50m. aguas abajo del Dique Punta Negra y la progresiva 1.050m. Que el Acta Nº2023, punto 3º), artículo 2º, prohibía la explotación de áridos en el tramo comprendido entre el Azud Punta Negra y hasta 1.500m. agua abajo del Camping del Cerro Blanco. Que mediante Nota la Empresa Diamante Giuliani expresa que si bien se ha fijado una zona de exclusión aguas abajo del Azud de Punta Negra, solicita la posibilidad de que se permita extraer material del río desde los 600 metros aguas abajo del dique Punta Negra y hasta los 1.050 metros. Que dicha extracción se haría en la forma compatible con lo dispuesto en Acta Nº1966, en la zona central del río y con profundidades no mayores de 3,00m. Que los volúmenes a extraer se harían en dos periodos y se estiman en unos 10.000 a 12.000m³ de material por periodo (cada periodo es de 60 a 90 días). Que haciendo una explotación racional y no sobrepasando los volúmenes antes indicados, es factible la revocación de lo dispuesto en Acta Nº2023, punto 3º), Artículo 2º y por consiguiente de lo resuelto en Acta Nº2024, punto 4º, Artículo 1º. Que la Empresa Diamante Giuliani deberá previamente reacondicionar el cauce del río San Juan en el tramo comprendido desde Punta Negra hasta los 600 metros aguas abajo, eliminando todos los montículos y oquedades existentes por efecto de las extracciones ya realizadas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 44 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Modificar el Artículo 2º del punto 3º) del Acta Nº2023, que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 1º. Autorízase la explotación de áridos desde la progresiva 600m. aguas abajo del Dique de Punta Negra, bajo las condiciones previstas en Acta Nº1966, punto 6º).” ARTICULO 2°. Modificar el Artículo 1º del punto 4º) del Acta Nº2024, que quedará redactado de la siguiente forma: “ARTICULO 1º. Autorizar a la Empresa Diamante Giuliani la explotación de áridos en la Zona 1, aguas abajo del Dique de Punta Negra entre las progresivas 600m. y 1.050m., por el término de dos años a partir de la notificación de la presente.” ARTICULO 3º. La explotación indicada en el artículo anterior queda supeditada a la presentación de un estudio técnico por parte de la Empresa Diamante Giuliani, ajustándose a las normas establecidas en Acta Nº1966, punto 6º, inciso A). ARTICULO 4º. La Empresa Diamante Giuliani colocará el material de rechazo donde la Inspección del Departamento de Hidráulica lo indique. ARTICULO 5º. El Departamento de Hidráulica se reserva el derecho de interrumpir la explotación si estudios posteriores a la presente indican la no conveniencia de extraer material de la zona autorizada, no dando derecho alguno a reclamo por parte de la Empresa Diamante Giuliani. ARTICULO 6º. La Empresa Diamante Giuliani previo a todo deberá reacondicionar el lecho del río aguas abajo del Dique Punta Negra hasta la progresiva 600 metros, eliminando los montículos y oquedades existentes. ARTICULO 7º. Notifíquese a quien corresponda y tómese debida nota. 10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 089, 090 y 091-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 089-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 07 para la adquisición varillas de hierro especiales con destino al Departamento Construcciones para la ejecución de obras en las zonas de riego de la provincia. Nº 090-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 06 para la adquisición de útiles de oficina varios, con destino a las distintas dependencias de la Repartición. Nº 091-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 09 para la adquisición de madera de pino insigne y/o paraná y madera de álamo, con destino al Departamento Construcciones para la ejecución de obras en las zonas de riego de la provincia.. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y veinte, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 45 - SAN JUAN – A C T A N° 2079 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a once días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2078. 2°) Expediente N° 519 0390-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS, e/ proyecto levantamiento producto de monda, departamento Caucete. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Estudios y Proyectos eleva el proyecto “Levantamiento de Productos de Monda” del Dren Divisoria del departamento Caucete, y CONSIDERANDO: Que dicha proyecto consiste en sacar 5.173m³ de suelo proveniente de la monda del dren Divisoria con un plazo de ejecución de veinte días corridos. Que el señor Director General informa a fs, 3, que el mantenimiento de la red de drenaje que ha venido realizando Hidráulica, ha ocasionado, por razones presupuestarias y disponibilidad de equipo, que se acumule importante cantidad de producto de monda al costado de drenes y desagües ocasionando variados inconvenientes por lo que es necesario su extracción. Que en virtud de ello se ha efectuado un relevamiento a fin de determinar volúmenes con el objetivo de realizar un cotejo de precios disponiendo para atender el gasto, bonos CREFI que posee la Repartición. Que Departamento Contable informa que corresponde aprobar el gasto y autorizar el Cotejo de Precios Directo, en un todo de acuerdo a la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, en vigencia. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el proyecto “Levantamiento de Producto de Monda” del Dren Divisoria del departamento Caucete que consta de: Pliego de Condiciones Particulares. Especificaciones Técnicas. Memoria Descriptiva. Planos de Ubicación y Perfiles Longitudinales y Transversales. ARTICULO 2º. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos necesarios para sacar 5.173m³ de suelo proveniente de la monda del Dren Divisoria en GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 46 - SAN JUAN – el tramo de 3.965 metros comprendido entre las calles 19 y Caseros y transportarlo al depósito fijado en el Proyecto o donde lo indique la Inspección, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 3º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. ARTICULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 5°. Comuníquese y tómese debida nota. 3°) Expediente N° 519 0391-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS, e/ proyecto levantamiento producto de monda, departamentos San Martín y Caucete. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Estudios y Proyectos eleva el proyecto “Levantamiento de Productos de Monda” del Dren San Isidro de los departamentos San Martín - Caucete, y CONSIDERANDO: Que dicha proyecto consiste en sacar 21.342m³ de suelo proveniente de la monda del dren San Isidro, con un plazo de ejecución de cincuenta días corridos. Que el señor Director General informa a fs, 3, que el mantenimiento de la red de drenaje que ha venido realizando Hidráulica, ha ocasionado, por razones presupuestarias y disponibilidad de equipo, que se acumule importante cantidad de producto de monda al costado de drenes y desagües ocasionando variados inconvenientes por lo que es necesario su extracción. Que en virtud de ello se ha efectuado un relevamiento a fin de determinar volúmenes con el objetivo de realizar un cotejo de precios disponiendo para atender el gasto, bonos CREFI que posee la Repartición. Que Departamento Contable informa que corresponde aprobar el gasto y autorizar el Cotejo de Precios Directo, en un todo de acuerdo a la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, en vigencia. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el proyecto “Levantamiento de Producto de Monda” del Dren San Isidro, departamentos San Martín - Caucete que consta de: Pliego de Condiciones Particulares. Especificaciones Técnicas. Memoria Descriptiva. Planos de Ubicación y Perfiles Longitudinales y Transversales. ARTICULO 2º. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos necesarios para sacar 21.342m³ de suelo proveniente de la monda del Dren San Isidro, en el tramo de 10.750 metros comprendido entre las calles Pedro Cortinez - departamento San GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 47 - SAN JUAN – Martín y Patricias Sanjuaninas - departamento Caucete y transportarlo al depósito fijado en el Proyecto o donde lo indique la Inspección, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 6737. ARTICULO 3º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. ARTICULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 5°. Comuníquese y tómese debida nota. 4°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 108, 109, 110, 111, 112, 113, y 125-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 108-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 11 para la adquisición de guarniciones de goma, manguera de alta presión y pistones de goma y tela, con destino a la máquina perforadora rotativa Nº3 de la Repartición. Nº 109-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 12 para la adquisición de elementos y materiales con destino al mentenimiento de las baterías de pozos oficiales de la Repartición Nº 110-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor de la firma Elásticos Persia S.R.L. por la suma total de $1.148,00 para la reparación incluido mano de obra especializada y repuestos, de la máquina perforadora Ciclone Drill de la Repartición. Nº 111-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, por la suma total de $45,00 para la confección de 500 planillas de registro diario de heliofanía, con destino a la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta. Nº 112-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, por la suma total de $85,00 para la confección de 1.000 bandas para limnígrafos, con destino a la red de limnígrafos del Valle de Tulum, Ullum y Zonda. Nº 113-DH-97: por la que se aprueba el gasto de $1.528,46 en concepto de pago por comisión de servicios de los observadores meteorológicos Miguel A. Benegas y Antonio R. Corvalán, por la misión cumplida durante 17 días del mes de enero de 1997 en la Estación Nivológica Pachón - Calingasta. Nº 125-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Compu Service San Juan, por la suma total de $1.296,00 para la adquisición de ocho thoner para impresora láser HP-92291-A, con destino al Centro de Procesamiento y Computación de Datos de la Repartición. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 48 - SAN JUAN – 5°) Expediente N° 519 0353-S-97, SECRETARIA TECNICA, e./ para aprobación el proyecto de Acta Complementaria a suscribir para dar cumplimiento al desarrollo informático de la Repartición. VISTO y CONSIDERANDO: Que mediante estas actuaciones Secretaría Técnica eleva el Acta Complementaria que forma parte del Convenio Marco de fecha 03/10/88, refrendado por Decreto Nº 2987-G-88, Gobierno de la Provincia de San Juan, con el objeto de realizar el desarrollo informático de distintas áreas de la Repartición. Que para el desarrollo de los objetivos por parte del personal de la Universidad Nacional de San Juan el Departamento de Hidráulica en contrapartida deberá desembolsar la suma de $1.400,00 por mes, durante tres meses, con la posibilidad de prorrogar la duración del plazo en un todo de acuerdo al cronograma de actividades previsto. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el Acta Complementaria suscripta entre Dirección General y la Universidad Nacional de San Juan, que obra a fs.3 de estas actuaciones y cuyo texto se transcribe: “ACTA COMPLEMENTARIA Entre la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN JUAN, a través de la Facultad de Ciencias Exactas Físicas y Naturales, representada en este acto por el Sr. Decano, Ing. Jesús Abelardo Robles, con domicilio a los fines legales en Ignacio de la Roza y Meglioli - Rivadavia - San Juan, en adelante “LA UNIVERSIDAD”, por una parte; y el DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA, representado en este acto por su Director General, Ing. Joaquin Riveros, con domicilio a los fines legales en calle Agustín Gnecco N° 350 (sur) de esta Ciudad en adelante “HIDRAULICA”, acuerdan suscribir el presente Acta Complementaria, Anexo del Convenio Marco firmado en fecha 3/10/88, y ratificado por Decreto N°2987-G de fecha 03/11/88 - Gobierno de la Provincia de San Juan.------------------------------------------------PRIMERA: La presente Acta Complementaria tiene como objetivo el estudio, sistematización y desarrollo informático en áreas administrativas - contables del Departamento de Hidráulica.-SEGUNDA: “LA UNIVERSIDAD” brindará a través del personal a su cargo, que oportunamente designe, el apoyo tecnológico necesario para el cumplimiento del objetivo dispuesto en la cláusula Primera, estableciendo para ello, un cronograma de actividades que se aprobará de común acuerdo entre las partes y pasará a formar parte de la presente como anexo.-TERCERA: A solicitud de "HIDRAULICA", “LA UNIVERSIDAD” designa al Ing. Alfredo LEIVA y al Lic. Manuel ORTEGA como Responsables Técnicos del trabajo derivado de la presente Acta Complementaria.-----------------------------------------------------------------------------CUARTA: "HIDRAULICA" proveerá toda la información necesaria e insumos para el desarrollo del objetivo establecido en la cláusula Primera y la suma de $1400 (pesos un mil cuatrocientos) por mes, durante un periodo de 3 (tres) meses a partir de la firma de la presente, pudiendo renovarse por periodos similares, de común acuerdo entre las partes.---------------------------------QUINTA: Cualquiera de las partes podrá ejercer el derecho de revocación unilateral de este Acta, en cualquier estado de su ejecución por las causales de fuerza mayor, mérito, conveniencia o presupuestaria, previa notificación de setenta y dos (72) horas de antelación.------------------------ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 49 - SAN JUAN – SEXTA: Cualquier controversia o duda que se plantee durante el desarrollo de las actividades, con motivo de la presente Acta Complementaria será resuelta por los coordinadores designados por las partes.---------------------------------------------------------------------------------------------------En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación por las partes, se firman tres (3) ejemplares de un mismo efecto, en San Juan, a los tres días del mes de marzo de mil novecientos noventa y siete.-------------------------------------------------------------------------------------------------Firmado: Ing. Jesús Abelardo Robles Decano Facultad de Ciencias Exactas Fisicas y Naturales e Ing. Joaquin Carlos Riveros Director General Departamento de Hidráulica.” ARTICULO 2º. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 50 - SAN JUAN – A C T A N° 2080 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dieciocho días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta Nº 2079. 2º) Expediente N° 519 0396-O-97, ORO, CARLOS JACINTO, s/se inscriba como empresa perforadora. VISTO: El expediente N° 519 0396-O-97 mediante el cual el señor Carlos Jacinto Oro, en calidad de propietario de la empresa de Perforaciones Oro, solicita su inscripción en el registro de Empresas Perforadoras, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el registro de profesionales de la Repartición con Matrícula Nº37, y; CONSIDERANDO: Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa de Perforaciones Oro en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 3°) Expediente N° 519 0359-P-97, PIRIZ, CARLOS, s/la inscripción como representante técnico de empresas perforadoras. VISTO: El expediente N° 519 0359-P-97 mediante el cual el Ing. de Minas señor Carlos Raúl Piriz, solicita su inscripción en el registro respectivo a fin de poder actuar como Representante Técnico de empresas perforadoras, y; CONSIDERANDO: Que el peticionante adjunta certificado de inscripción del Consejo Profesional de Ingenieros y Agrimensores de San Juan, bajo matricula Nº 3095 y fotocopia certificada del Título de Ingeniero de Minas expedido por la Universidad Nacional de San Juan. Que según informe de Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica se han cumplido todos los requisitos que establece el Código de Aguas. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 51 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Perforadoras de la Repartición, al Ing. de Minas Carlos Raúl Piriz, L.E.Nº 8.363.996. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 4°) Expediente N°F12 2611-A-96, AGUILAR, JUAN LIBORIO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Juan Liborio Aguilar, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-24/810720, registrado bajo cuenta N°3375 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0596m², registrado bajo cuenta N° 3375, a nombre de Aguilar, Juan Liborio, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 5°) Expediente N°519 0201-P-97, PEREZ ANA R. GARRIDO DE, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Ana R. Garrido de Perez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 08-44/770060, registrado bajo cuenta N°191 del departamento Chimbas, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 4, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 52 - SAN JUAN – Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0998m², registrado bajo cuenta N° 191, a nombre de Garrido Sanchez, Emilio, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 6°) Expediente N°519 0126-V-97, VIDELA, FLORENCIA JOSEFA, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Florencia Josefa Videla, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-37/450830, registrado bajo cuenta N°953 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según manifiesta el peticionante a fs. 2 el inmueble tiene instalado servicio de agua potable. Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1633m², registrado bajo cuenta N° 953, a nombre de Videla, Jacinto y Videla Guardia, Florencia Josefa, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 7°) Expediente N°519 0215-M-97, MALDONADO GLADYS TASCHERET DE, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rawson. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 53 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones la señora Gladys Tascheret de Maldonado, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 04-33/130760, registrado bajo cuenta N°1249 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalados los servicios de agua potable provistos por O.S.S.E.. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0502m², registrado bajo cuenta N° 1249, a nombre de Maldonado Padilla, Rafael y Tascheret de Maldonado, Gladys Esther, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8°) Expediente N° F12 2687-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 5º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Angaco, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION CUENTA Lescano, Francisco Lescano, Francisco Cant. y Cal. El Refugio 3Ha.8496m² 1Ha.1206m² 1Ha.0496m² 1498 834 255 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 54 - SAN JUAN – Cant. y Cal. El Refugio Funes, Gabino Figueroa, Pedro R. Cascón Novaro, Francisco 2Ha.4704m² 1Ha.5800m² 0Ha.3500m² 3Ha.0000m² 252 791 780 2368 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 9°) Expediente N° F12 2682-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rivadavia. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 10º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Rivadavia, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION Siva Mandatos S.A. Ruiz S. de Valero Torcivia, Juan Fuentes, Enrique Fuentes, Pedro Sanchez, Ignacio Gonzalez, Floduardo Gonzalez, Floduardo 1Ha.1693m² 0Ha.5712m² 1Ha.7060m² 0Ha.7717m² 0Ha.7439m² 1Ha.1867m² 0Ha.4560m² 0Ha.4640m² CUENTA 0659 2731 4049 4825 4681 1326 1319 1342 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 10°) Expediente N° F12 2678-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson . VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 11º, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 55 - SAN JUAN – Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Rawson, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Yusif, Jorge W. Ruiz Rodriguez, Tomás Ruiz Rodriguez, Tomás Aguilera de Romero, Teresa García, Silvia E. y Otros Cano, Antonio y Otro Portell, Raquel E. y Otro Sanchez Sanchez, Adrian Maturano Olguin, Segundo Maturano Olguin, Pedro M. Correa, Juan A. y Otro Fernandez, Raul O. Quiroga, Tito Salazar, Doroteo y Otro Diaz de Aranda, Encarnación Archilla, Jacinta Ortiz Araya, Fco. Adán Ortiz Araya, María Virginia Ortiz Araya, Urbelina DOTACION 0Ha.1250m² 0Ha.4150m² 0Ha.2207m² 0Ha.3784m² 0Ha.8207m² 0Ha.4149m² 0Ha.1821m² 0Ha.8966m² 0Ha.3578m² 0Ha.3578m² 0Ha.8260m² 0Ha.8061m² 0Ha.4140m² 0Ha.5287m² 1Ha.1720m² 0Ha.5669m² 0Ha.1257m² 0Ha.1139m² 0Ha.1180m² CUENTA 2346 2344 2345 2351 2348 2354 9403 9404 9402 9327 2358 2359 2360 2363 2376 5823 10074 8726 10388 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 11°) Expediente N° F12 2683-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Pocito. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 12º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 56 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Pocito, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Prione Diaz, Pedro Prione Diaz, Pedro Sanchez, María Sanchez, María Diaz, José Priano, Jorge Cañada, Miguel Sociedad El Capilo S.R.L. Maurin, N. Juan Maurin, N. Juan Grezzi, Willan Goldstein Lozano R. Diaz Cano, Leopoldo R. Agozzino, Carlos Pantano, Carlos DOTACION 5Ha.0000m² 2Ha.8648m² 0Ha.2275m² 5Ha.0000m² 3Ha.0300m² 6Ha.1876m² 3Ha.4060m² 25Ha.0000m² 4Ha.6911m² 2Ha.0097m² 3Ha.6300m² 5Ha.1903m² 1Ha.9837m² 1Ha.3537m² 3Ha.0284m² CUENTA 6358 6359 2682 2527 1342 1291 2761 5196 5322 5320 2432 2567 5073 4989 5046 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 12°) Expediente N° F12 2680-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento 9 de Julio. . VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 13º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Gallerano, Francisco Masciadri M. Ramon Martin, Mario Amador San Martino, Rafael Pensado, Roberto DOTACION 14Ha.5000m² 12Ha.8296m² 14Ha.8377m² 1Ha.0000m² 3Ha.5556m² CUENTA 2142 130 896 1023 347 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 57 - SAN JUAN – Balmaceda, Augusto Balmaceda Correa P. Eleazar 1Ha.2000m² 1Ha.8000m² 404 397 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 13°)Expediente N°36.476/2-L-96, LOS 5 HERMANOS S.A., s/traslado de dotación, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Victor Alonzo Montañez en su carácter de presidente de la firma “Los 5 hermanos S.A.”, solicita el traslado de una dotación de 10Ha.0000m² proveniente de la cuenta N°3353, desde la parcela N.C. N° 05-84/230760 al inmueble con N.C. N°05-84/060700/050850, del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que la Junta de Riego e Inspección Técnica, informan a fs. 11 que el derecho de carácter permanente para 10 Ha., cuentas 3353 es entregado por la compuerta Nº 1 derivado del Ramo Nº 7 del Canal Justo M. Moya conjuntamente con el derecho correspondiente a la cuenta Nº 1775 con dotación para 14Ha.7400m², situación que se mantiene desde hace varios años no registrando antecedentes de que se haya usado en la parcela 05-84/230760 y considerando, que de formalizar la inscripción se normalizaría una situación de hecho de antigua data, criterio que comparte el Departamento Irrigación. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar a la firma Los 5 Hermanos S.A. a trasladar una dotación de 10Ha.0000m² desde el inmueble N.C. N° 05-84/230760, cuenta N°3353, al inmueble con N.C. N°05-84/050850/060700, cuenta N°1775 dotado por la compuerta N°1, derivado del ramo Nº 7 del Canal Justo M. Moya, departamento Pocito. ARTICULO 2°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado y estará obligado a realizar las modificaciones pertinentes a su exclusivo cargo, en caso de ser necesario. ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo expresado en los artículos anteriores. ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. 14°) Expediente N° 519 0059-P-97, PATRIMONIO, e/ liquidaciones enviadas por la Caja de Seguros S.A., ref. seguro de automotores. VISTO: El expediente N° 519 0059-P-97, y; CONSIDERANDO: Que mediante Acta Nº 2041 punto 5º se contrató a la Caja de Ahorro y Seguros S.A., pólizas Nº 4061 y 4029 para las movilidades de la Repartición con opción a renovación automática. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 58 - SAN JUAN – Que División Patrimonio da a conocer la nómina de movilidades que prestarán efectivo servicio durante el corriente año. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Renovar y aprobar para el corriente año, las pólizas de seguros de automotores N° 4061 y 4029, conforme al Art.3º de las condiciones generales establecidas en las mismas, contratadas con la Caja de Seguros S.A para las movilidades de la Repartición cuya nómina dan cuenta las presentes actuaciones. ARTICULO 2°. Aprobar el gasto de pesos tres mil doscientos ochenta y seis con 54/100 ($3286,54), el cual se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor de la Caja de Seguros S.A. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 15°) Expediente N°704-B-96, DR. VICTOR HUGO CALISSE, s/consolidación de deuda (capital e intereses) en Autos 892 “Pizarro, M. Angel c/Departamento de Hidráulica - Ordinario. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Victor Hugo Calisse en representación del señor Miguel Osvaldo Pizarro, solicita se de tramite para la inclusión de la deuda pendiente en relación a los Autos Nº 892 caratulados “Pizarro, Miguel Osvaldo c/ Departamento de Hidráulica - Ordinario”, conforme a las leyes 6139, 6219 y sus decretos reglamentarios, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Fiscalía de Estado de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 19 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las normas actualmente en vigencia, informando a fs. 19 vta. y 20, que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos dieciocho mil cuarenta y seis con ochenta y dos centavos ($18.046,82), a favor de Miguel Osvaldo Pizarro, en concepto de consolidación del capital e intereses existente en los Autos Nº 892 caratulados “Pizarro, Miguel Osvaldo c/ Departamento de Hidráulica - Ordinario”, conforme liquidación obrante a fs. 19 de estos actuados. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 59 - SAN JUAN – ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 16) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 131, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 142, 143, 144, 145, 146 y 155-DH97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 131-DH-97: autorizar la inclusión en los trabajos adjudicados a la firma “REMO DA ROLD”, por resolución Nº 861/96, las cuentas Nº 738 y 2408 del departamento Angaco. Nº 134-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 15 para la adquisición de 1.500 Kg de alambre galvanizado, 100 Kg de alambre negro recocido Nº 17 y 100 Kg de alambre negro recocido Nº 14 con destino al Departamento Construcciones para la ejecución de trabajos de defensas en las zonas de riego de la Provincia. Nº 135-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor del Boletin Oficial e imprenta del estado, por la suma total de $605,00 para la confección de 100 talonarios cuadriplicados de boletas de ingresos y 50 block formularios de partes diarios de recaudación, con destino a la División Rentas y Valores de la Repartición. Nº 136-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 14 para la reparación de cuatro trépanos triconos de 17-1/2” para formación dura insertos y/o comunes y la reparación de cuatro trépanos triconos de 12-1/4” para formación dura insertos y/o comunes con destino a los equipos perforadores que realizan tareas en las Baterías de Pozos oficiales de la Repartición. Nº 137-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 18 para la adquisición de herramientas y materiales con destino al Departamento Construcciones para la ejecución del programa de obras previsto para el presente periodo en la zona de riego de la Provincia. Nº 138-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 17 para la adquisición de chapas negras; planchuelas; hierro perfil U; tornillos con tuercas y arandelas; hierro; electrodos; hierro angulo; llave francesa y juego de llaves combinadas fijas y estrias con destino al mantenimiento y conservación de compuertas en la zona de riego de la Provincia. Nº 139-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 16 para la adquisición de cubiertas, cámaras y protectores, con destino al mantenimiento y conservación de los camiones Ford 3500 y 7000, Mercedes Benz 1114, Fiat 619-N1 y Scania 112-E y maquinarias pesadas de la Repartición. Nº 142-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $5.160,96 a los señores: Eduardo Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en el Valle de Tullum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo, y sus distritos. Nº 143-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas : Libreria San Carlos, Libreria Malú, Integral Distribuciones, Distribuidora Sudamericana y Papeleria Salomon, por la suma de $2.072,83, para la adquisición de útiles de oficinas varios, con destino a las diferentes dependencias de la Repartición. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 60 - SAN JUAN – Nº 144-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lar Chilecito S.A., por la suma total de $942,25 para la adquisición de maderas pino insigne y/o paraná y álamo con destino al Departamento Construcciones de la Repartición para la ejecución de obras en la zona de riego de la Provincia Nº 145-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alumetal S.A., por la suma total de $21.434,50 para la adquisición de varillas de hierro especial de 16 mm, 12mm, 10mm, 8mm y 6 mm de diámetro con destino al Departamento Construcciones para la ejecución de obras en la zona de riego de la Provincia Nº 146-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firmas Metalurgica del Valle y Metalurgica Arancibia, por la suma total de $2.031,00 para la adquisición de vastagos de acero cromo niquel con tratamiento de dureza completos, camisas de acero cromo niquel con tratamiento de dureza y pulido a espejo de sus partes interiores, plataforma estriada y una llave exclusa de tres vias con destino a la máquina perforadora rotativa Nº 3 de la Repartición. Nº 155-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $6.056,54 a los señores: Rodolfo Cordeje, Luis Cano y Jose Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en la Tercera Zona de Riego de la Provincia. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y cuarenta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 61 - SAN JUAN – A C T A N° 2081 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veinticinco días del mes de marzo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Francisco Ferrer, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta Nº 2080. 2º) MODIFICACION ARTICULOS LEY 4392/78. VISTO: La resolución contenida en Acta N° 2077 punto 2°) en la cual se propone se analicen por parte de las Juntas de Riego las posibles modificaciones a introducir a los artículos del Código de Aguas Ley N° 4392/78, 47°, 62°, 132°, 136 y 137°, y; CONSIDERANDO: Que se ha recibido contestación por parte de las Juntas de Riego. Que las mismas se analizaron en el seno de este cuerpo y en reunión con Juntas de Riego realizada el día 18 de marzo del corriente año. Que de dicha evaluación se desprende que existen marcadas coincidencias y consenso en la modificación de los Art. 47°, 62°, 136° y 137°. Que es necesario continuar con la tarea de consensuar y de acuerdo a lo establecido con Juntas de Riego. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Enviar a cada Junta de Riego copia de las opiniones emitidas, para conocimiento de los usuarios y consideraciones generales respecto de los artículos en discusión, que se transcriben a continuación: “Art. 47°: No significa que la deuda que mantenga el usuario con el Departamento de Hidráulica se va a extinguir, ya que su cobro se efectuará por la vía administrativa o judicial, según corresponda. Art. 62°: Se hace hincapié que la suspensión del servicio es temporal mientras el regante mantenga la deuda con el Departamento de Hidráulica. Una vez cancelada se restituye de inmediato el servicio. Art. 132°: Para admitir el traslado entre departamentos se ha tenido en cuenta casos extremos que se presentan a menudo en zonas bajo riego. Tal es el caso de suelos salinizados que no permiten una explotación, años consecutivos de revenición con esperas prolongadas para poder recuperar las tierras, catástrofes como ejemplo incendios que inutilizan los terrenos, etc. La reglamentación actual condena económicamente al usuario a no utilizar su derecho por cuanto no le permite trasladarlo a otro departamento. Se destaca que previo al traslado de dotaciones entre departamentos, se harán cumplir estrictamente las exigencias que el caso requiere y que GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 62 - SAN JUAN – están implementadas en la legislación vigente, destacándose entre otras la presentación de un estudio agronómico que determine claramente que los suelos a beneficiar son más aptos y de un estudio técnico que permita determinar la factibilidad de lo solicitado, donde debe incluirse todo tipo de obra que debe modificarse, especialmente para determinar la capacidad de los cauces donde se incluirá la nueva dotación. La decisión final está a cargo de las Juntas de Riego, y de las Comisiones de Canal tanto de donde se saca el derecho como donde ingresa el mismo, y que deban intervenir en el problema del traslado. Art. 136°: Son válidas las consideraciones efectuadas para el Art. 132°, pero está acotada a través del tiempo, ya que se estipula que al cabo de un tiempo máximo de 5 años pueden desaparecer las razones del traslado temporal. Art.137°: La razón de poner un tiempo menor del previsto en la situación actual es prever que se inserte dentro del aparato productivo mas rápidamente. Se deja en claro que el Art. 123° no está en discusión, ni en tratamiento, por cuanto se mantendrá el agotamiento de caudales, prohibición de nuevas concesiones para uso agrícola y que los derechos recuperados por los Arts. 47° y 137° podrán ser destinados a completar los casos en que se tienen derechos de agua accidentales, a efectos de ir cumplimentando lo estipulado en el Art. 121°.” ARTICULO 2º. Para las respuestas de las Juntas de Riego, se fija como fecha el 14 de abril del corriente año. ARTICULO 3º: Tómese debida nota. 3°) Expediente N°519 0207-B-97, BACUR JUAN MIGUEL, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento 9 de Julio. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Juan Miguel Bacur, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 09-32/770180, registrado bajo cuenta N°1082 del departamento 9 de Julio, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 4, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 5., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0553m², registrado bajo cuenta N° 1082, a nombre de Bacur, Juan Miguel, departamento 9 de Julio. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 4°) Expediente N°F12 2634-A-96, ABALLAY, PABLO ERNESTO Y OTRA, e/renuncia al derecho de riego, departamento Pocito. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 63 - SAN JUAN – VISTO: Que mediante estas actuaciones los señores Pablo Ernesto Aballay y Dora Andrea Nievas de Aballay, elevan renuncia al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-26/850800, registrado bajo cuenta N°5135 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 5., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando que se aplique en este caso, en vez de la renuncia al derecho de riego, la cesación por no uso en los términos del Art. N° 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0917m², registrado bajo cuenta N° 5135, a nombre de Aballay, Pablo Ernesto y Nievas de Aballay, Dora Andrea, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 5°) Expediente N°31938/3-S-96, SOCIEDAD CIVIL CONSORCIO RICARDO BALBIN, Ref/ expedientes N°31938-S-93 y N°31938/2-S-93 (agregados), departamento Albardon. VISTO: Que mediante estas actuaciones la Sociedad Civil Consorcio Ricardo Balbin, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde a los inmuebles Nom. Cat. N° 10-56/200670 y 200630, registrados bajo cuentas N°2018 y 810 del departamento Albardon, por cuanto fueron fraccionados con destino a un complejo habitacional y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 25 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 33, la situación registral de los derechos de que se trata. Que Asesoría Letrada a fs. 48 en su informe Nº 027-DH-97 sugiere, que teniendo en cuenta lo actuado y los informes obrantes en este expediente se encuadre el presente caso en las disposiciones establecidas en el Art. 286º de la Ley 4392, previo acreditación, por parte de la peticionante, de que el plano de fraccionamiento adjunto se encuentra apto para transferir dominio, requisito que se agrega a fs. 50. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 64 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente para: 1Ha.5290m² y 1Ha.4855m², registrados bajo cuentas N° 2018 y 810, a nombre de Sociedad Civil Consorcio Ricardo Balbin, departamento Albardon. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 6°) Expediente N° F12 2685-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 8º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Caucete, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION CUENTA F.C.Nac.G.Belgranos Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino 10Ha.0000m² 0Ha. 3300m² 0Ha. 1433m² 0Ha. 6293m² 0Ha. 2782m² 0Ha. 1261m² 0Ha. 2275m² ---3179 1486 1488 1489 1709 1227 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 7°) Expediente N° 519 0306-I-97, IRRIGACION, e/nota de la señora Rosario Aranda de Perez sol/traslado de ramo, Dpto. Jachal. . VISTO: Las presentes actuaciones por las que la señora Rosario Aranda de Perez, en calidad de propietaria del inmueble nomenclatura catastral Nº 18-56/600709, solicita recibir por el ramo Población, compuerta Nº 1, derivado del canal Rincón, la dotación de 2Ha.1029m² que registra GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 65 - SAN JUAN – la cuenta Nº 1435 y que le corresponde recibir por el subramo Pavón, compuerta Nº 2, ramo Puente Verde, compuerta Nº 1, canal Falda Sur, departamento Jachal, y; CONSIDERANDO: Que fundamenta su solicitud aduciendo problemas económicos para rehabilitar el subramo Pavón, actualmente en desuso. Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica, dejando establecido que los problemas de dominio de riego y gastos a realizar en la modificación del partidor (Canal Falda Sur-Canal Rincón) y toma serán responsabilidad del propietario, criterio que comparte Departamento Irrigación. Que a fs. 10 la peticionante deja expresa constancia que existen problemas de dominio parcial en la parcela y que todos los trabajos necesarios a ejecutar por falta de dominio de riego, correrán por su cuenta y riesgo. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 14 que el derecho de riego registrado bajo la cuenta Nº 1435 pertenece al inmueble Nom.Cat. 18-56/600700, inscripto a nombre de Rosario María Aranda de Perez del departamento Jachal. Que Secretaría Técnica sugiere que podría acceder a lo solicitado al tener opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y la voluntad manifiesta del recurrente referente a dominio y ejecución de obras. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar a la señora Rosario María Aranda de Perez, el cambio de servidumbre de riego para la propiedad individualizada con Nom.Cat. 18-56/600700, con dotación de 2Ha.1029m² Cuenta Nº 1435, correspondiente al Canal Falda Sur, Ramo Puente Verde, Compuerta Nº 1, Subramo Pavón, compuerta Nº 2 al canal Rincón, ramo Población, compuerta Nº 1, departamento Jachal. ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio técnico que deberá presentar la peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su cargo y cuenta, como también a efectuar los trabajos que a criterio del Departamento de Hidráulica se considere necesario. ARTICULO 3°. El usuario peticionante asume la responsabilidad de la falta de dominio parcial en la parcela y de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 5º. Notifíquese. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. 8) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168 Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, y 181-DH-97, dictadas por GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 66 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 162-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 20 para la adquisición de 3 bombas de agua y 3 paletas con destino a la reparación y puesta en servicio de las cargadoras frontales Fiat-Allis 545-B internos Nº 14-04, 14-05 y 14-06. Nº 163-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 13 para la adquisición de 3 relojes electrónicos con sus correspondientes software y la provisión de 800 tarjetas magnéticas con destino al Departamento Administración de Personal. Nº 164-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario Batias y Agrinsa S.A. por la suma de $35.568,34 para la adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora Fiat-Allis 16-B interno 36-04 de la Repartición. Nº 165-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario Batias, Sanchez Bustos y Cia S.R.L. y Agrinsa S.A. por la suma de $26.682,11 para la adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio de la topadora FiatAD-14 interno 36-02 de la Repartición. Nº 166-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma Ital Diesel Concesionario Oficial Perkins, por la suma de $99.780,00 por la provisión, instalación y puesta en funcionamiento de 6 motores Perkins nuevos y 6 cajas de velocidades nuevas incluida mano de obra especializada, repuestos y reparaciones requeridas con destino a la puesta en servicio de 6 pick up Ford F100 de la Repartición. Nº 167-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 21 para la ejecución de trabajos de levantamiento y transporte de producto de monda en el Dren San Isidro en el tramo comprendido entre Calle Pedro Cortinez hasta calle Patricias Sanjuaninas, a pagar con bonos CREFI de la provincia. Nº 168-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 22 para la ejecución de trabajos de levantamiento y transporte de producto de monda en el Dren San Isidro en el tramo comprendido entre las vías del FFCC, al oeste de calle 19 y calle Caseros, a pagar con bonos CREFI de la provincia. Nº 181-DH-97: por la que se autoriza la inclusión en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº 668/96 a la Firma Florencio Rodolfo Burgues, las cuentas Nº 2728 del departamento Pocito y Nº 4003 del departamento Rawson ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 9º) Expediente N° 519 0563-I-97, IRRIGACION, e/listado de usuarios con derecho de riego del canal Luna, departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la Inspección Técnica de Santa Lucía, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola, en un periodo superior a los cinco (5) años, a fín de declarar fuera de servicio el canal Luna, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas eleva a fs. 8/11 nómina actualizada de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica y otros que se detectaron como pertenecientes al canal Luna. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 67 - SAN JUAN – Que Secretaría Técnica, analizados estos actuados estima procedente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículos 137º, 285º, 286º y concordantes del Código de Aguas. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados de los departamentos Capital y Santa Lucía, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario CABRERA, Félix y O. CABRERA, Margarita F. CHIRINO, Julian GONZALEZ DIAZ, Juan BGAS Y VDOS LAS CUYANAS AGUILERA, Agustín COBOS, Juan Domingo ESTRELLA, Juan ROMERO, Guillermo C. ZAPATA RAMIREZ, Julio MACIAS DE P., Josefa GARCIA DE C., María CASTRO G., Lidia M.O. Cuenta 5492 7303 2421 2429 1584 1315 1354 1652 1337 2672 2430 2431 2428 Dotación Departamento 0Ha.7626 m² Capital 0Ha.7540 m² Capital 1Ha.0000 m² Santa Lucía 1Ha.5000 m² Santa Lucía 2Ha.8476 m² Capital 2Ha.0000 m² Capital 0Ha.8374 m² Capital 0Ha.5225 m² Capital 0Ha.6277 m² Capital 0Ha.6165 m² Capital 0Ha.8705 m² Santa Lucía 0Ha.6133 m² Santa Lucía 1Ha.5000 m² Santa Lucía ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente de los departamentos Capital y Santa Lucía que a continuación se detallan: Usuario NESMAN, María E. PEREYRA, Genaro A. AVILA, Juan Marcos RIOS, Victor A. VILLAVICENCIO, María VIDELA DE FRIAS, Lidia y O. VIDELA, Amado Eulogio ABERASTAIN DE MORENO, Delia FRIAS, Juan I. y O. ABREGO DE MOLINA, Dalinda BARQUIEL, Francisco D. HEREDIA, José Sotero y O. Cuenta 1561 2675 1565 4562 1564 1569 1570 1571 6738 1596 7014 1598 Dotación 0Ha.1024m² 0Ha.0735m² 0Ha.0666m² 0Ha.1032m² 0Ha.1089m² 0Ha.5000m² 0Ha.4059m² 0Ha.1287m² 0Ha.1312m² 0Ha.0815m² 0Ha.0562m² 0Ha.0872m² Departamento Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 68 - SAN JUAN – Usuario MONASTERIO, Juan Carlos y O. ESCODA DE MESTRE, María ROYON, Alfredo BUSTOS, Brigido del R. GONZALEZ, Argentino SORIA DE GARAY, A. ALBARRACIN DE INFANTES BARRIENTOS, José C. BRONIA DE AYALA, C. BUSTOS, Cira de CORDOBA, Alberto ESTEO, Manuel G. y otro FERNANDEZ, Adela V. de FERNANDEZ DE POBLETE, I. GONZALEZ, Antolín E. TANTEN DE PONCE, Julia VILANES, Humberto V. GONZALEZ, Manuel A. CORIA, Clara Filomena LOPEZ MINGOLLA, Juan PAPOLO, Genaro Cerafín ACHEN, Elías S. ARIAS, Dionisio L. MARTIN LIROLA, Emilio RANEA, Américo CASTRO, Humberto L. MARATTA CONTI, María ALFERILLO, Segundo Eusebio AGUERO, Enrique AMANTE, Leonardo CACERES, Franklin VICTORIA, Domingo A. CATALINI, Manuel A. FLORENTINO, Luis GARRO, Mercedes Roque FERNANDEZ DE RODRIGUEZ FERNANDEZ FERNANDEZ, G. QUEVEDO DE VIDELA, Dolores MARTIN, Hugo Daniel CACERES, Ramón C. DIAZ DE CASTRO, María SANCHEZ, Juana M. y Otros FREDES, Angela T. PAEZ, Eduardo Genaro PAEZ, Eduardo Genaro ALFERILLO, José PAEZ, Félix Máximo PAEZ, Pedro Mario AGUILERA, Damian Segundo SISTERNA DE VILLAVICENCIO ENTZ, Guillermo S. MARTIN PINO, José ORTEGA, Pedro QUIROGA, Segundo Cuenta 4926 7206 7613 5835 1611 1637 1649 1655 4589 1647 4918 7065 1651 1661 7064 4839 5826 5836 7201 5194 4574 1779 7272 6138 7072 6809 1812 1830 5493 1848 1839 1843 1858 5696 5021 4765 5478 1853 6787 5476 7141 4688 4803 3838 5436 3804 4754 1838 3573 4088 4806 2426 2446 2444 Dotación 0Ha.0730m² 0Ha.1225m² 0Ha.0642m² 0Ha.0561m² 0Ha.0510m² 0Ha.0546m² 0Ha.0650m² 0Ha.1702m² 0Ha.0606m² 0Ha.3723m² 0Ha.1571m² 0Ha.1478m² 0Ha.5000m² 0Ha.0899m² 0Ha.1726m² 0Ha.1277m² 0Ha.0627m² 0Ha.0533m² 0Ha.1968m² 0Ha.3334m² 0Ha.0852m² 0Ha.2888m² 0Ha.1195m² 0Ha.0615m² 0Ha.0859m² 0Ha.0866m² 0Ha.1745m² 0Ha.0623m² 0Ha.0600m² 0Ha.1675m² 0Ha.0546m² 0Ha.0942m² 0Ha.0931m² 0Ha.0594m² 0Ha.0534m² 0Ha.2032m² 0Ha.4845m² 0Ha.0800m² 0Ha.1073m² 0Ha.0772m² 0Ha.0962m² 0Ha.1401m² 0Ha.0860m² 0Ha.0726m² 0Ha.0780m² 0Ha.0680m² 0Ha.0582m² 0Ha.0543m² 0Ha.3301m² 0Ha.2688m² 0Ha.1036m² 0Ha.2064m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² Departamento Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Capital Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 69 - SAN JUAN – Usuario MATUS, Custodia CONCAR CONCAR AMARFIL PAEZ, Luis y O. ROBLES FIGUEROA, Antonio BERENGUER, Juan Bautista GAMERO LOPEZ, Daniel GAMERO LOPEZ, Daniel y O LOPEZ, Estrella Luminar LOPEZ, Estrella L. y O. LOPEZ MINGOLLA, Juan MONASTERIO, Cesar y O. PARDO, Ignacio L. y O. MOLINA, Angel A. y O. ORELLANO, Nicolás T. MONARDEZ DE C. María MUNICIPALIDAD DE CAPITAL LOPEZ RIGO DIEGO CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR GOMEZ, Petrona G. de ACIAR, Ramón Victor ALTAMIRANO, José V. CONCAR ARREDONDO, Rosa G. CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR MOLINA, Carlos I. CONCAR SALCEDO, Eugenio CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CARRIZO DE VALDEZ, Rita SERRANO, Hermelinda A. SEGOVIA PERALTA, José M. RODRIGUEZ, Mercedes ABERASTAIN, Doraliza de CASTRO F., Regina CONCAR Cuenta 2447 4808 4807 4809 2386 1833 7427 7425 7429 7426 7483 1039 1658 7622 7621 1657 4816 1891 6801 6800 5692 5691 5693 6810 5695 5700 5629 5641 6975 5573 6938 6984 5599 5640 5602 5600 6937 5590 6966 5584 6978 5670 5847 5611 6980 6992 6999 1757 1351 1589 1593 1353 1646 5981 Dotación Departamento 0Ha.5000m² Santa Lucía 0Ha.3867m² Santa Lucía 0Ha.1295m² Santa Lucía 0Ha.0571m² Santa Lucía 0Ha.2285m² Santa Lucía 0Ha.0683m² Capital 0Ha.1529 m² Capital 0Ha.0665 m² Capital 0Ha.0523 m² Capital 0Ha.0563 m² Capital 0Ha.4838 m² Capital 0Ha.2550 m² Capital 0Ha.1370 m² Capital 0Ha.0741 m² Capital 0Ha.0543 m² Capital 0Ha.1100 m² Capital 0Ha.1783 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.0890 m² Capital 0Ha.0590 m² Capital 0Ha.0597m² Capital 0Ha.0596 m² Capital 0Ha.0599 m² Capital 0Ha.0594 m² Capital 0Ha.0590 m² Capital 0Ha.0591 m² Capital 0Ha.0545 m² Capital 0Ha.0523 m² Capital 0Ha.0664 m² Capital 0Ha.0642 m² Capital 0Ha.0616 m² Capital 0Ha.0580 m² Capital Capital 0Ha.0618 m² 0Ha.0676 m² Capital 0Ha.0532 m² Capital 0Ha.0517 m² Capital 0Ha.0563 m² Capital 0Ha.0518 m² Capital 0Ha.0503 m² Capital 0Ha.0557 m² Capital 0Ha.0611 m² Capital 0Ha.0520 m² Capital 0Ha.0602 m² Capital 0Ha.0668 m² Capital 0Ha.0686 m² Capital 0Ha.0523 m² Capital 0Ha.1857 m² Capital 0Ha.0542 m² Capital 0Ha.2550 m² Capital 0Ha.1025 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.0593 m² Capital GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 70 - SAN JUAN – Usuario EGEA, María del C. R.de GOMEZ, Esther GOMEZ, Juan Pablo GOMEZ, Saulo LOPEZ GIMENEZ, José y O. MARQUEZ SERRANO, Juan NAVAS, Juan Rafael PERALTA, Nicolás POLLO, Ascensión S. de RODRIGUEZ DE G., María ROMERO, Mercedes G. SORIA, María Ruch VERSINO, Alberto ZAPATA, Abigail Vda. de ZAPATA R., Fanny del C. ZAPATA R., Fanny del C. ZAPATA R., Josefa Eva ZAPATA R., Josefa Eva ZAPATA R., Josefa Eva AMPAÑA DE TEJADA,Angela FLORES, Ramón León CASTRO, Segundino I. QUIROGA, Segundo F. LOPEZ, Justo F. y Otra CARBAJAL, Ramón F. CARRIZO, Amada CARRIZO E., Lorenzo DIAZ, Pascuala y Lucila DIAZ, Ruperto GIMENEZ, Enriqueta S.de MALLA, Petrona M. de MOYA, Antonio C. RAMOS, José S. MUÑOZ DE S., Rosario Cuenta 1328 1324 1323 1322 1327 2676 1660 1653 1318 7631 1346 1325 5486 2671 2685 2689 2682 2687 2693 6229 4691 4801 2714 2452 2420 2432 2436 2435 2433 2425 3511 2424 4994 2385 Dotación Departamento 0Ha.0548 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.4698 m² Capital 0Ha.0603 m² Capital 0Ha.1506 m² Capital 0Ha.0720 m² Capital 0Ha.1040 m² Capital 0Ha.4080 m² Capital 0Ha.3723 m² Capital 0Ha.1843 m² Capital 0Ha.0544 m² Capital 0Ha.0822 m² Capital 0Ha.0591 m² Capital 0Ha.4851 m² Capital 0Ha.0938 m² Capital 0Ha.1745 m² Capital 0Ha.1248 m² Capital 0Ha.0857 m² Capital 0Ha.0967 m² Capital 0Ha.0863 m² Santa Lucía 0Ha.0501 m² Santa Lucía 0Ha.2078 m² Santa Lucía 0Ha.2517 m² Santa Lucía 0Ha.2807 m² Santa Lucía 0Ha.2739 m² Santa Lucía 0Ha.5000 m² Santa Lucía 0Ha.1114 m² Santa Lucía 0Ha.1018 m² Santa Lucía 0Ha.4429 m² Santa Lucía 0Ha.0565 m² Santa Lucía 0Ha.5000 m² Santa Lucía 0Ha.2312 m² Santa Lucía 0Ha.0536 m² Santa Lucía 0Ha.1384 m² Santa Lucía ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de un día y diario local dos días. ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesacion de derechos declarada en el artículo 2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y cuarenta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 71 - SAN JUAN – A C T A N° 2082 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dos días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Francisco Ferrer, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2081. 2°) Expediente N° 519 0520-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión. VISTO: Que mediante estas actuaciones, Departamento Irrigación con motivo del relevo del personal de observadores meteorológicos destacados en comisión en la Estación Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, solicita destinar en esta oportunidad a los agentes Alberto R. Medalla y Héctor O. López, por un término aproximado de 96 días a partir del 19/04/97 y; CONSIDERANDO: Que Administración de Personal eleva planilla de liquidación de 50% de los gastos de comisión de los referidos agentes. El 50% restante se liquidará por planilla general de sueldos. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar la comisión y aprobar el gasto. Que tomó debida intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Destacar a los agentes Alberto R. Medalla Doc. 8.493.321 y Héctor O. López Doc. 7.949.379, al cumplimiento de la comisión oficial Estación Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, como observadores meteorológicos cuya duración se estima por el término de 96 días aproximadamente, desde el 19 de abril de 1997 hasta el 24 de julio de 1997. ARTICULO 2°. Aprobar el gasto por la suma de pesos ocho mil seiscientos treinta y uno con treinta y seis ($8.631,36) para atender el pago del 50% que demanda la comisión de referencia, con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 01 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Autorizar al Departamento Contable a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada en el articulo anterior, a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Queda establecido que, para el caso de que la comisión autorizada de los referidos observadores meteorológicos deba prorrogarse por causas de fuerza mayor, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 72 - SAN JUAN – debidamente justificado, esta regirá hasta la fecha en que pueda efectuarse el relevo correspondiente . ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 3°) Expediente N° 519 0523-C-97, CONTADURIA, s/la emisión de una orden de pago anticipada por la suma de $1.500.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $1.500,00 para atender el pago a la empresa Pool de Ideas en concepto de publicidad que se realiza por T.V.O., con motivo de la campaña sobre la problemática hídrica de la provincia y con el fin de concientizar a la población respecto a la restricción del uso del agua tanto potable como de regadío, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizando a librar orden de pago anticipada, conforme lo establece la Ley de Emergencia Hídrica 6737. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos un mil quinientos ($1.500,00), con destino al pago a favor de la empresa Pool de Ideas, con motivo de la publicidad que se realiza por T.V.O. a fin de concientizar a la población respecto a la restricción del uso del agua tanto potable como de regadío debido a la emergencia hídrica. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 26 - “IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 4°) Expediente N° 519.0554-T-97, TRIELEC S.A., e/donación de elementos. VISTO y CONSIDERANDO: Que mediante estas actuaciones la firma Trielec S.A., ofrece en donación elementos con destino a medición de factor de potencia, amperaje, voltaje, etc. de los motores eléctricos instalados en las perforaciones oficiales. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar la donación de: un módulo conecc. VPM 277C1 M.Geri; un monitor de cir. CM-2250 M. Geri y un adapt. óptico p/powerlogic. ARTICULO 2º. Tome debida nota División Patrimonio, comuníquese y archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 73 - SAN JUAN – 5°) Expediente N° F12 2688-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 6º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION Albarracín M., Luis Mathus, Carlos E. Blanco de Riveros, A. Aguirres, Luis y O. 2Ha.1935m² 2152 2Ha.2731m² 2797 1Ha.2084m² 2593 3Ha.6783m² 3575 CUENTA ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° F12 2695-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Jáchal. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 9º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 74 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Jáchal, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION Zabaleta, Romelia Zabaleta, Antonio Carrizo de Bravo, Elena Manrique, Encarnación Quiroga, Damiana 6Ha.5642m² 6Ha.1250m² 22Ha.5826m² 1Ha.5625m² 1Ha.5625m² CUENTA 1600 1603 2864 139 186 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 7°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucia. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 14º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Corrales, Luis A. Quiroga, Oscar J. Cáceres, José H. Rios, Juan A. Molina, Antonio Alcani de Amparán Vargas Escudero Tejada de Zalazar R. Tejada Zalazar, Edith Zalazar Tejada USUARIO Zalazar Tejada Tortoza, Ramon Tortoza, Ramón Tortoza, Ramón Tortoza, Ramón Avellaneda, Francisco DOTACION 0Ha.5000m² 0Ha.4158m² 0Ha.3463m² 0Ha.0535m² 0Ha.2990m² 0Ha.1374m² 0Ha.1425m² 0Ha.3515m² 0Ha.3983m² 0Ha.3925m² DOTACION 0Ha.4104m² 0Ha.7533m² 0Ha.1730m² 0Ha.1804m² 0Ha.1726m² 0Ha.0532m² CUENTA 2795 4726 2818 4727 4731 4729 4547 2798 6038 6039 CUENTA 6040 2819 2831 2834 2836 6288 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 75 - SAN JUAN – Pallares, José M. Arredondo, Juan Bazan, Sinforosa Suc. Farías, Agustina B. de Infante, Javier Lucero, Filomena Ortiz, Rufina B. de Vieyra, Luis Heredia, Pascuala Aguero, Abdona Celani, Francisco Molina, Antonio Cano, Pablo A. Ortiz de Cano, Blanca Cano, Pablo A. Cano, Pablo A. Perez, Fortunato Sanchez, Espósito Rodriguez, Fidel Flores, Ramón Pazcel, Augusto Ríos, Juan A. Alcani, Gregorio Alcani, Amparan Cerri, Luis Emilio Sanchez, Faustino y otros Esteo de Ruiz, María Esteo, Juan Carlos Esteo, Miguel A. Esteo, Armando Luna de Ortiz, María Mancini, L. de Sanchez Mancini, Luci Nazareno Mancini, Luci Nazareno Vera, Elio José Delgado, Oscar Rodriguez, Pedro Chipre, Felix Mancini, Enrique Mancini, Ercilia Mancini, L. Juan 0Ha.0532m² 0Ha.0527m² 0Ha.5000m² 0Ha.3752m² 0Ha.3043m² 0Ha.4400m² 0Ha.8433m² 0Ha.3500m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.2180m² 0Ha.0712m² 0Ha.0718m² 0Ha.0716m² 0Ha.1684m² 0Ha.0565m² 0Ha.2071m² 0Ha.0634m² 0Ha.0501m² 0Ha.1625m² 0Ha.0535m² 0Ha.0560m² 0Ha.1374m² 0Ha.0740m² 0Ha.0582m² 0Ha.0775m² 0Ha.0713m² 0Ha.0745m² 0Ha.0742m² 0Ha.1105m² 1Ha.8389m² 1Ha.8301m² 1Ha.5367m² 1Ha.3009m² 1Ha.5061m² 0Ha.3210m² 0Ha.3275m² 1Ha.1802m² 1Ha.1763m² 1Ha.1899m² 6290 2824 2817 2814 2813 2821 2820 2825 2792 2790 2788 2794 4679 4680 4681 4802 2419 2394 4682 4691 4724 4727 4730 4729 5816 5815 5650 5649 5651 5648 2775 2750 2749 2760 4979 6131 3417 3374 2748 2752 2745 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 8°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 15º, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 76 - SAN JUAN – Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Porres, Juan W. y otros Caik, Abraham y otros Caik, Abraham y otros Bonilla Lopez, Andrés Cataldo, José Ustacio Delgado, Edmundo Delgado, Francisco José Delgado, Juan Dario Delgado, Juan Dario Moretta, Elizabeth Alicia Rodriguez, Luciano y otros Toledo Rios, Antonio Toledo Rios, Antonio Guerrero de Jimenez, Ema Guerrero, Francisco Sosa, Francisco Hilario Garramuño, Jorge W. 1 de Nov. Coop. C. y Credito Ltda. Martinez de Castillo, María Martinez, Pedro Tomas Martinez, Segundo C. Medina de Martinez, Mercedez Martinez, Domingo E. Montello, José Succ. Mapal S.A.C.I.Y.A. Sanchez, Oscar Manuel Rivera de Vega, Esther Pozo, Miguel Laureano USUARIO Arancibia, Horacio C. Illanes, Juan y otra Posse, José Dick DOTACION 5Ha.2882m² 6Ha.2487m² 1Ha.7124m² 1Ha.1600m² 0Ha.7663m² 0Ha.7800m² 0Ha.8512m² 0Ha.1078m² 0Ha.1896m² 0Ha.0649m² 0Ha.0545m² 2Ha.1448m² 1Ha.2691m² 0Ha.4243m² 0Ha.8765m² 2Ha.0526m² 0Ha.5200m² 1Ha.3333m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.6877m² 1Ha.2456m² 0Ha.4530m² 0Ha.0568m² 0Ha.0572m² DOTACION 0Ha.0575m² 0Ha.0581m² 0Ha.0578m² CUENTA 173 3626 3645 3437 260 49 259 4367 4366 4091 4063 2722 60 2257 2121 4161 2259 3851 2314 2319 2316 2317 2318 112 4090 4052 3935 3942 CUENTA 3943 3944 3968 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 9°) Expediente N° F12 2686-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento San Martín. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 77 - SAN JUAN – VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 16º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento San Martín, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Gonzalez, Andrés W. Gonzalez de Lopez, María Gonzalez, Ernesto Cagliero, Isidro Gamboa, Pedro Gamboa, Francisco Gamboa, Eusebio Escobar, Noé Naranjo, Humberto Araujo, Emerenciano Ontiveros de Sanchez, Juana Bustos de Quiroga, M. Olmo, Segundo Naranjo, Humberto Adaro, María Escobar, María Ascención Escobar, María Rosa Escobar, Paula María Laciar, Juana Rodriguez de Cataldo, Tereza USUARIO Gimenez, Antonio Antunez, Segundo Alvarez Chinchilla, Antonio Orozco, Hercilio Robledo, Pedro Pablo García de Sirerol, Encarnación Gomez Zafra, Manuel Gomez Zafra, Manuel Sirerol, Juan Bautista Mas Barber, Angel Blanco, Miguel García de Orozco, María Orozco, Hercilio del Carmen DOTACION 1Ha.0024m² 1Ha.0230m² 3Ha.9953m² 0Ha.0862m² 0Ha.5199m² 0Ha.5199m² 0Ha.5199m² 0Ha.9619m² 1Ha.0000m² 2Ha.5000m² 0Ha.7864m² 0Ha.7300m² 1Ha.4437m² 4Ha.0000m² 1Ha.0000m² 1Ha.0000m² 1Ha.0000m² 1Ha.0000m² 0Ha.1530m² 1Ha.1720m² DOTACION 0Ha.5651m² 0Ha.6727m² 1Ha.0000m² 1Ha.7500m² 0Ha.1527m² 1Ha.7875m² 0Ha.5160m² 2Ha.3850m² 0Ha.5000m² 5Ha.3735m² 0Ha.4362m² 0Ha.2788m² 0Ha.5911m² CUENTA 1608 1635 1634 528 1214 1215 1213 459 348 325 1124 450 447 352 461 473 460 349 1044 354 CUENTA 1905 1048 385 1121 416 1249 1811 1814 1448 439 507 1008 1101 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 78 - SAN JUAN – Platero, Blas Orozco, José Hercilio Cáceres, Neptalí Vitale, Vicente y O. Mortensen, Elena Mabel de Vargas Comerio Medina, Eduardo Rodriguez, Nélida A. Valdez de Paez, Carlos César y O. Sastre Rivero, Perfecto Sastre Rivero, Perfecto Bosque de Gomez, B.A. Moreno, Domingo Aguero, José Gentile, Fernando Albarracín, Gilberto Sanchez Leveque, Antonia Sanchez Leveque, Antonia Boronat, Valero Paredes. Modesto Olivera, Eleuterio Luna, Agustín Graffigna, José Decio Sosa de Asis, Francisca Rollón de Serrate, María Jordas, Juan Carlos Pereyra, Pedro Ignacio De La Precilla, Emilio Peñaloza, Gualberto Peñaloza, Gualberto S.A.A.G.V.I.C.E.I.S.T.A. Canteras Puntilla Blanca Sowter, Carlos Montivero o Escudero M. Eusebia y Otros Gonzales, Félix Gonzales, Félix Ginestar, Antonio Ginestar, Antonio USUARIO Sosa de Dorgan, Feliza Dorgan, Ricardo Dorgan, Ricardo Solorza, Basilio Acosta, Pedro H. Accoroni Gonzales, M.T. Gonzalez de Gomez, A. Rivas, Juan Correa, Jesús de la B. y O. Bernao Vda.de Correa y O. Vera Antero de Los Angeles Vera, Isabel Tello de Tello, Francisco Guzman, Agustín Unión Vecinal Dos Acequias Laciar, Ramón Segundo 0Ha.0830m² 0Ha.3521m² 1Ha.8291m² 1Ha.0000m² 0Ha.4091m² 0Ha.5000m² 0Ha.1625m² 0Ha.1614m² 1Ha.2999m² 1Ha.2998m² 2Ha.3176m² 1Ha.2002m² 2Ha.7500m² 0Ha.6500m² 9Ha.9608m² 0Ha.6462m² 0Ha.6457m² 1Ha.7500m² 0Ha.7500m² 0Ha.7330m² 1Ha.7500m² 80Ha.5756m² 1Ha.0000m² 5Ha.0000m² 0Ha.7864m² 9Ha.2110m² 21Ha.0535m² 1Ha.3216m² 1Ha.3216m² 6Ha.3583m² 1Ha.4021m² 2Ha.5979m² 2Ha.0000m² 301 1007 1222 304 1419 286 1817 1818 82 83 85 16 4 1167 687 1954 1953 714 752 747 749 900717 2428 2230 465 1883 761 1089 1556 186 1296 175 166 1Ha.3884m² 2Ha.5276m² 4Ha.3545m² 4Ha.3545m² DOTACION 8Ha.3401m² 3Ha.2274m² 6Ha.5781m² 8Ha.5000m² 0Ha.0650m² 3Ha.0466m² 0Ha.7321m² 1Ha.0000m² 0Ha.6749m² 1Ha.2500m² 0Ha.7948m² 0Ha.1512m² 0Ha.2008m² 0Ha.2437m² 0Ha.3357m² 0Ha.5506m² 1629 1630 154 215 CUENTA 1406 1407 1408 1960 1413 1795 571 242 238 234 1153 243 1063 246 494 374 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 79 - SAN JUAN – Laciar, María A. Laciar, Jorge Segundo Laciar, Juan Carlos Laciar, Pedro Augusto Ruiz, Santiago Valentín Robledo, Maximiliano H. Robledo, Juan Eusebio Quevedo, Pablo Albarracín, Gilberto Flores, Héctor Humberto Rivas Mazueco, Antonio Flores, José Flores, José Ontiveros, Juan Aguilera, Crescencio Paez de Chacón, Silveria Albornoz, Cleofe Quiroga, Rodolfo Montes Romaní, Hugo Moles Guardiola, Antonio Muriel Romera, Luis Maure, Juan Esteva y O. Alonso Sanchez, Francisco 0Ha.4725m² 0Ha.3534m² 0Ha.5000m² 0Ha.5377m² 0Ha.0800m² 0Ha.0652m² 0Ha.0651m² 0Ha.0648m² 1Ha.8255m² 13Ha.7470m² 1Ha.3514m² 0Ha.7500m² 0Ha.5000m² 9Ha.5000m² 0Ha.3939m² 1Ha.1674m² 0Ha.1877m² 0Ha.9522m² 4Ha.3958m² 5Ha.0000m² 19Ha.0935m² 1Ha.0000m² 1Ha.1666m² 1859 1871 1870 1872 1652 2009 2010 1144 877 625 931 1327 655 592 1239 1238 535 1061 1519 600 870 14520 1353 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 10º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 182 y 184-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 182-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas G.M.D. Distribuciones y Lar Chilecito S.A., respectivamente, por la suma total de $3.814,50 para la adquisición de 600 candados de bronce de 50mm. marca Eduardo y 150 metros de cadena eslabón Nº60 con destino a compuertas instaladas en la red de riego. Nº 184-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario Batias, Sanchez Bustos y Cia. S.R.L. y Agrinsa S.A., respectivamente, por la suma total de $50.971,18 para la adquisición de repuestos con destino a la reparación y puesta en servicio de la cargadora Fiat Allis 545-B interno 14-05 de la Repartición. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 80 - SAN JUAN – A C T A N° 2083 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a ocho días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Francisco Ferrer, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora once treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2082. 2°) Expediente N° 519 0456-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Pocito. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Pocito, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Pocito, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Alejandro Videla Blas Eduardo Videla Pedro Vazquez Isaias L. Wanstein Juan J. Quiroga José López José López José López DOTACION 6Ha.9850m² 5Ha.2358m² 0Ha.3005m² 10Ha.0138m² 0Ha.1234m² 0Ha.1234m² 0Ha.1234m² 0Ha.1234m² CUENTA 1372 1419 4754 0100 0210 0202 0207 0208 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 81 - SAN JUAN – USUARIO José López Jorge Sosa Centro de Aviación Civil Centro de Aviación Civil Imetal San Juan Esteban Gómez DOTACION 0Ha.9875m² 0Ha.7736m² 4Ha.6735m² 10Ha.3220m² 2Ha.9308m² 2Ha.7461m² CUENTA 0209 0166 3110 3111 6141 3525 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 3°) Expediente N° 519 0458-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Chimbas, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Coop. de Vivienda Consumo y Credito 30 de Agosto Porres Juan W. y Otro Porres Juan W. y Otro Porres Juan W. y Otro Porres Juan W. y Otro Paton Miguel Angel De los Rios, Isidro Sage de Garcia, Ema y Otro Bgas. y Vdos. Ovidio Braganolo DOTACION CUENTA 5Ha.0481m² 1Ha.9894m² 1Ha.4442m² 1Ha.7304m² 1Ha.2561m² 0Ha.1505m² 0Ha.0542m² 0Ha.1112m² 0Ha.8480m² 4333 2919 2234 2079 2078 3449 3985 4296 3260 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 82 - SAN JUAN – USUARIO Sage de Garcia, Ema y Otro Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Rivera Juan Jose y Otro Rivera Juan Jose y Otro Deiana Ramon Francisco Deiana Bernardino Deiana Bernardino Deiana Rafael Dante Deiana de Rojas Providencia Deiana de Rojas Providencia Deiana Francisco Angel Deiana Francisco Angel Deiana Miguel Argentino Carbajal, Severo Segundo Aracena Juan Gregorio Perez Jose Isidro Bertomeu Daniel Manuel Sosa Alcira Estanisla Gervasoni Jose Marcos Ramirez Juan Inocencio Samper Juan Carlos Diaz Vicente y otro Rivera Juan Jose Rivera Juan Jose Caballero Isidro Robledo Maria Agustina Vedia Francisco y otra Gómez Francisco Marco Alvarez Eduardo Robledo Rogelio y otra Mota Bernardo Rafael Sanchez Luis Cecilio Claro Maria Mingolla de Beltran Manuel y Otro Tejada Justa Flores Gilberto Domingo Flores Gilberto Domingo Flores Gilberto Domingo Sanchez Juan y otros Gómez Piedad C. Aciar de Sanchez Miguel y Otros Diaz de Marin Manuela E. Sanchez Juan Fleita de Varela C. y Otro Costa Evaristo Conrado Lopez Carrion Francisco Figueroa Roberto R. y otros Fernandez de Espinar Natividad Asocc. Mutual Ban de Ban Farias Sergio Guillermo Portillo Francisco Portillo Francisco Portillo Francisco DOTACION 0Ha.0885m² 1Ha.2631m² 1Ha.5983m² 1Ha.2468m² 0Ha.2133m² 0Ha.2261m² 0Ha.3844m² 0Ha.1942m² 1Ha.5560m² 1Ha.1402m² 1Ha.1728m² 0Ha.0966m² 0Ha.5718m² 0Ha.6255m² 0Ha.1176m² 0Ha.0600m² 0Ha.1176m² 0Ha.3629m² 0Ha.0628m² 0Ha.1000m² 0Ha.0628m² 0Ha.0928m² 0Ha.0628m² 2Ha.0000m² 0Ha.5000m² 0Ha.1605m² 0Ha.1417m² 0Ha.1552m² 0Ha.6015m² 0Ha.2673m² 0Ha.1171m² 0Ha.8968m² 0Ha.0596m² 0Ha.2477m² 1Ha.5000m² 0Ha.3568m² 0Ha.1939m² 0Ha.2640m² 0Ha.1104m² 0Ha.7671m² 0Ha.5629m² 0Ha.2295m² 0Ha.1407m² 0Ha.4163m² 0Ha.1396m² 0Ha.1392m² 0Ha.0696m² 0Ha.7812m² 3Ha.1938m² 2Ha.8459m² 2Ha.3500m² 0Ha.6286m² 0Ha.1565m² 0Ha.2833m² CUENTA 4297 4299 4298 4249 4250 2678 4255 4256 4257 4258 4259 4260 4261 4262 1308 2677 2724 3288 4212 2033 4191 4190 4009 1251 1236 1245 1300 1297 1254 1296 1298 1241 4092 2885 1265 1293 1288 1289 1305 2887 1301 1303 1284 3556 4465 4403 2118 2892 1281 3342 1268 1278 3908 3912 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 83 - SAN JUAN – USUARIO Correa Maria E. Ariza de Baez, Jose Ricardo Juan Baez, Jose Ricardo Juan Correa Maria E. Ariza de Farias Sergio Farias Sergio Guillermo Ariza de Claro Irma E. Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Gattas Amado S.A.C.I.P.I. Muñoz de Correa Aurora Sanchez de Fernandez Ana Sanchez de Fernandez Ana Coop. de Vivienda y Consumo Cuyo DOTACION 0Ha.0613m² 0Ha.4426m² 0Ha.8014m² 0Ha.1109m² 0Ha.9125m² 1Ha.6520m² 2Ha.0090m² 0Ha.8124m² 0Ha.8126m² 0Ha.8125m² 0Ha.8128m² 0Ha.8122m² 0Ha.8124m² 0Ha.8116m² 0Ha.8135m² 0Ha.5748m² 0Ha.4082m² 0Ha.5082m² 0Ha.8292m² 2Ha.1666m² CUENTA 3911 3909 3914 3913 3910 3915 3930 2807 2808 2809 4339 4343 4340 4341 4342 3380 1046 1096 773 775 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 4°) Expediente N° 519 0455-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Rawson, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Rawson, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 84 - SAN JUAN – establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Del Carril A. Enrique Vergara Vda. de Montosa Montosa Antonio Montosa Agustín S.U.T.I.A.G. y F. Flores Miguel Lopez Francisco Lopez Bastante, Maria Tourres, José León Municipalidad de Rawson Lopez Francisco Moyano Carmelo Lopez Bastante, Antonio Garcia de Lopez, Mercedes Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Molina Francisco Quiroga Oscar Garrido A. Beralde Muñoz Simón Chaparro O. Fermín DOTACION 2Ha.2600m² 1Ha.2462m² 2Ha.7738m² 4Ha.3168m² 6Ha.0000m² 6Ha.3083m² 0Ha.9493m² 0Ha.5376m² 4Ha.4911m² 0Ha.9113m² 0Ha.3602m² 0Ha.1697m² 0Ha.4217m² 0Ha.3119m² 0Ha.0628m² 0Ha.0628m² 0Ha.0586m² 0Ha.0503m² 0Ha.0503m² 0Ha.0503m² 0Ha.0503m² 0Ha.0628m² 0Ha.0503m² 0Ha.0530m² 0Ha.0531m² 0Ha.0535m² 0Ha.0501m² 0Ha.0569m² CUENTA 11775 12359 72 9354 12517 130 9984 9290 335 12249 11780 11779 9292 7351 12248 12247 12246 12245 12244 12243 12242 12241 12240 12920 12030 12031 12032 12210 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 0447-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento 9 de Julio. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento 9 de Julio, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 85 - SAN JUAN – Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Arbo Jose Antonio Delca S.R.L. Mas Antonio y Otro Mas Antonio y Otro Mas Antonio y Otro Mas Antonio y Otro Herramann Jorge Retamar Walter Escudero de Videla Juana Peña Dionicio Rodriguez Jacinto Posse Geronimo Cortez Nicolas Ruiz Paula R. Yacanto de Rodriguez Avel Yacanto Alejo Yacanto Ramon Yacanto de Aguero Dominga Sanchez Salomon Sanchez Salomon Sanchez Salomon Chavero Erasmo Martinez Segundo Gómez Policarpo Sanchez Tomas E. Ozan de Chavero Juana Rozales Felix Martinez Segundo Vargas Aguilera Andres E. Mercado Juan I. Quero Antonio Quero Antonio DOTACION 0Ha.9025m² 0Ha.9025m² 0Ha.9025m² 1Ha.5093m² 1Ha.8522m² 0Ha.9447m² 4Ha.5286m² 2Ha.5000m² 1Ha.0000m² 0Ha.1296m² 0Ha.1429m² 0Ha.8646m² 0Ha.1429m² 0Ha.1429m² 0Ha.1428m² 0Ha.1428m² 0Ha.1428m² 0Ha.1429m² 0Ha.0818m² 0Ha.0814m² 0Ha.0774m² 0Ha.2345m² 0Ha.1896m² 0Ha.2328m² 0Ha.1800m² 0Ha.1170m² 0Ha.1120m² 0Ha.2340m² 0Ha.1180m² 0Ha.0750m² 0Ha.7144m² 1Ha.3942m² CUENTA 107 105 603 96 106 113 800 551 262 261 260 1096 734 735 736 737 738 739 888 889 890 292 293 294 296 300 258 302 851 852 773 244 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 86 - SAN JUAN – 6°) Expediente N° 519 0448-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Caucete, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Caucete, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Pablo Bustos Isidro Gonzalez Pablo Bustos Aurelia B. de Rodriguez Victor M. Calvo María C. de Calvo Cristobal Benitez Ramon Bazan Salvador Fadar Juan Raul Salazar Dominga Riveros Jorge H. Vega Gramajo de Barrera Irma Jose Di Blasi Ramon Fernandez Marcos Peñaloza Rosa E. Canto Geronimo Caballero Yesla Amud Reginaldo Ruarte Juan Moreta Albino Ibañez DOTACION 1Ha.2727m² 0Ha.2448m² 0Ha.0746m² 0Ha.2000m² 0Ha.1134m² 0Ha.1129m² 0Ha.1500m² 0Ha.1866m² 0Ha.0848m² 0Ha.1134m² 0Ha.1134m² 0Ha.4606m² 0Ha.0562m² 0Ha.1245m² 0Ha.0727m² 0Ha.0561m² 0Ha.0529m² 0Ha.0747m² 0Ha.0750m² 0Ha.0750m² 0Ha.0739m² 0Ha.0510m² CUENTA 2292 2293 2288 3222 2709 3274 2284 3312 2296 2297 2289 2328 2944 534 406 675 2968 483 2853 404 533 2946 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 87 - SAN JUAN – USUARIO Carlos Diaz Bartolome Diaz Quechi de Vilches Benigno Duran Jose Morales Dolores Ozan de Alvarez Pascual Aguilera Gregorio Calderon Angel Manuel Gomez Justina Rojas de Delgado Manuel A.Torres Jose A. Torres Juan Estevez Noguera Elias Alvarez Juan M. Perez Agapito Paredes Mirta Mercedes Pelaytay Andres Gonzalez Juan Gonzalez Pedro Flores José D. Oviedo Antonio Martin H. Pablo Ortiz Cruz Zabala Mercedes Velardez Crispin Velardez Ramon Fernandez Ramon Bazan Ramon Bazan Andres Bazan DOTACION 0Ha.1000m² 0Ha.0662m² 0Ha.0650m² 0Ha.1300m² 0Ha.0555m² 0Ha.0870m² 0Ha.0870m² 0Ha.1865m² 0Ha.0546m² 0Ha.1365m² 0Ha.0683m² 0Ha.1365m² 0Ha.0682m² 0Ha.0910m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 2Ha.0705m² 1Ha.4686m² 0Ha.0539m² 1Ha.9661m² 0Ha.2066m² 0Ha.3932m² 0Ha.1581m² 0Ha.4703m² 0Ha.1866m² 0Ha.0506m² CUENTA 2945 529 447 448 450 559 2586 367 366 365 364 363 362 360 359 358 357 356 355 353 2875 352 3045 301 541 373 748 680 3312 692 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 7°) Expediente N° 519 0449-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Angaco, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 88 - SAN JUAN – Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Angaco, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Soria de Aguilera Amada Soria de Chavez Regina Lohay de Turte Petrona Chirino Estaurino Bgas. y Vdos. Castro Hnos. Sanchez Francisco Mas B. Angel Castro de Castro Amalia Pintor Francisco A. Union Sport Club DOTACION 0Ha.9500m² 0Ha.2800m² 5Ha.8600m² 0Ha.7900m² 8Ha.9177m² 8Ha.7400m² 23Ha.4641m² 2Ha.0000m² 0Ha.9074m² 0Ha.0718m² CUENTA 313 314 315 262 78 897 2191 979 1683 1685 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 8°) Expediente N° 519 0446-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Albardón, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 89 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Albardón, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Soc. Civil Cons. Dr. Arturo Illia Mota Rafael Bernardo Mota Rafael Bernardo Mota Rafael Bernardo Arevalos de Sarmiento Ayestaran Juan B. Balmaceda Pedro y Otros DOTACION 0Ha.7800m² 0Ha.1788m² 0Ha.4130m² 1Ha.8242m² 0Ha.5355m² 3Ha.8319m² 0Ha.9957m² CUENTA 2296 2418 3179 3870 2355 544 3980 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 9°) Expediente N° 519 0638-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Ullum. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Ullum, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Ullum, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Demartini Oscar Pedro DOTACION 0Ha.5712m² CUENTA 328 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 90 - SAN JUAN – USUARIO Rivaroza, Celso Juan Rivaroza, Celso Juan Adarvez Rafael A. Del Zotto Adriano Montaña Santos Ramon Montaña de Moreno Florencia DOTACION 0Ha.5942m² 0Ha.6259m² 0Ha.0523m² 0Ha.0641m² 0Ha.0549m² 0Ha.2376m² CUENTA 509 510 217 147 368 272 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 10°) Expediente N° 519 0457-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rivadavia. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en los departamentos Rivadavia y Capital, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados de los departamentos Rivadavia y Capital, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Lanza Luis Alcayaga Paulino Chiffer Pedro A. Chiffer Pedro Guevara Leonardo Pala Nidia Gonzalez de Campanaro Amadeo Flores Vidal A. Dotacion 0Ha.0547m² 0Ha.9868m² 0Ha.1137m² 0Ha.4313m² 0Ha.1299m² 0Ha.1991m² 0Ha.1066m² 0Ha.5850m² Cuenta Departamento 720 Rivadavia Rivadavia 4840 2973 Rivadavia 726 Rivadavia 778 Rivadavia 1103 Rivadavia Rivadavia 1061 1012 Rivadavia GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 91 - SAN JUAN – Usuario Centro Friuliano Seiche de Araya L. Aranda Quintero M. Sanchez Gregorio Marrelli Gabriel Ramirez Ramon Boggian Atilio Civico Antonio Di Nucci Carlos Orellano Juana Gutierrez de S.E.S. (r/Nº1) Samarbide Belio Patinella Antonio Patinella Antonio Patinella Antonio Soc. Civil Cons. Unión Pers. J. En. Ansberk Antonio Ponce Ramon V. Aguilar C. Fco. Aguilar C. Fco. Valenzuela de Maurin Adelaida Fernandez Fca. V. de Valenzuela Antonio Farias Juan R. Caccamo Antonio Hierrezuelo Antonio Andino Rosa P. de Orozco Hector Rodriguez Rosendo Rodriguez Rosendo Guirado Antonio Rios T. Cristobal Rios T. Cristobal Paez E. Manuel Montaño Pedro Furgiuele Osvaldo Carlos y otro Guirado Brigida de Palacio S. Fco. Mulet Vicente y otro Casares Miguel Valverde Maria E. Castro de Jofre Juan A. Azuri, Jose Gómez Z. Jose Schvartz Luis Fuentes Tomasa Torres León Torres Nicanor F. Dotacion 0Ha.2943m² 0Ha.0926m² 0Ha.0769m² 0Ha.0925m² 0Ha.0590m² 0Ha.3200m² 0Ha.1499m² 1Ha.8013m² 0Ha.7602m² 0Ha.2000m² 4Ha.0000m² 0Ha.9982m² 0Ha.0760m² 0Ha.7175m² 0Ha.1048m² 1Ha.3802m² 0Ha.0785m² 0Ha.2176m² 0Ha.3003m² 0Ha.2992m² 0Ha.1000m² 0Ha.3563m² 0Ha.1748m² 0Ha.0558m² 0Ha.3598m² 0Ha.2687m² 0Ha.2215m² 0Ha.3387m² 1Ha.6160m² 0Ha.7386m² 0Ha.2081m² 0Ha.5391m² 0Ha.4849m² 0Ha.8215m² 0Ha.1087m² 1Ha.2224m² 1Ha.2079m² 0Ha.3000m² 1Ha.0000m² 1Ha.9180m² 2Ha.4464m² 0Ha.3196m² 0Ha.2641m² 0Ha.7780m² 0Ha.6962m² 0Ha.1805m² 0Ha.1964m² 0Ha.1975m² Cuenta Departamento 679 Rivadavia 2661 Rivadavia Rivadavia 876 947 Rivadavia 341 Rivadavia 412 Rivadavia 4854 Rivadavia Rivadavia 134 4746 Rivadavia 4822 Rivadavia 4893 Rivadavia 1375 Rivadavia Capital 2527 339 Capital 401 Capital 4381 Capital 5036 Capital Capital 4148 5048 Capital 5049 Capital 369 Capital 5010 Capital Capital 5012 4626 Capital 2821 Capital 19 Capital 23 Capital Capital 2820 4798 Capital 4799 Capital 3821 Capital 0037 Capital Capital 2823 2829 Capital 1234 Capital 4653 Capital 4745 Capital 4744 Capital 1246 Capital 1282 Capital 1253 Capital 4784 Capital 4136 Capital 1209 Capital 4617 Capital 4525 Capital 4524 Capital 4526 Capital ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 92 - SAN JUAN – 11°) Expediente N°519.0671-L-97, LICITACIONES Y COMPRAS, s/autorización para la emisión de una orden de pago anticipada por la suma de $3.000.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $3.000,00 a fin de atender el pago a la empresa Raigal en concepto de publicidad radial por la emisora L.V.1 Radio Colón, sobre la problemática hídrica de la provincia, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos tres mil ($3.000,00), con destino al pago a favor de la empresa Raigal, con motivo de la emisión de programas informativos sobre la problemática hídrica de la provincia, por la emisora radial L.V.1 Radio Colón, conforme lo establece la Ley de Emergencia Hídrica 6737. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 26 - “IMPRENTA, PUBLICACIONES Y REPRODUCCIONES” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 12°) Expte. N°519 0220-G-97, GIUGNI, ALFREDO, s/el pago de licencia anual año 1995. VISTO: Que mediante escrito Nº 54, agregado a estos actuados el ex agente Alfredo Osvaldo Giugni, por derecho propio con el patrocinio letrado de la doctora Agustina Sanchez, interpone Recurso de Reconsideración con Jerárquico en Subsidio contra la Resolución N° 127-DH-97, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su dictamen Nº 070-DH-97 (fs. 6), manifiesta que según constancias obrantes a fs. 4 vta. y 5 respectivamente, el recurso ha sido interpuesto en los plazos previstos por los artículos. 84° y 89º del Decreto Acuerdo 0655/73 Reglamentario de la ley 3784 y que en virtud de las disposiciones de la Ley 1894, Ley 6698 y su Reglamentación Decreto Nº 049/96 sugiere no hacer lugar al recurso de reconsideración interpuesto en razón de que no se encuentran cumplimentados los extremos legales exigidos para tener derecho a la compensación pecuniaria de la licencia por vacaciones no gozadas correspondiente al año 1995. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 93 - SAN JUAN – RE SUE L VE ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el Recurso de Reconsideración con Jerárquico en Subsidio interpuesto por el ex agente Alfredo Osvaldo Giugni, D.N.I. 13.107.003, contra la Resolución N° 127-DH-97. ARTICULO 2°. Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el ex agente Alfredo Osvaldo Giugni, D.N.I. 13.107.003, contra la Resolución N° 127-DH-97, en razón de que no se encuentran cumplimentados los extremos legales exigidos para tener derecho a la compensación pecuniaria de la licencia por vacaciones no gozadas correspondiente al año 1995. ARTICULO 3°: Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo establece el Art. 87° inc. a) del Decreto Acuerdo 0655-G-73 13°) Expediente N° 410 310-H- 97, DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA, s/ informe sobre monto de la ha. con y sin derecho de agua. VISTO: La necesidad de fijar el derecho especial de concesión anual establecido en el artículo 257º del Código de Aguas, y; CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Tasaciones de la Provincia a requerimiento de la Dirección General del Departamento de Hidráulica informa los valores promedios de los suelos con derecho y sin derecho de riego para cada uno de los departamentos de la Provincia de San Juan, discriminando dichos valores en función de la calidad de los suelos conforme a una clasificación realizada por INTA. Que conforme lo establece el artículo 257° del Código de Aguas, ley 4392/78, el Departamento de Hidráulica debe determinar anualmente un derecho especial de concesión en el momento de ser otorgado el que será por lo menos, igual al setenta y cinco por ciento de la diferencia del valor venal entre el que corresponda a la hectárea de tierra cultivable, libre de toda mejora y sin derecho de agua, por una parte, y el que corresponda a una hectárea igual, pero provista de dotación hídrica por concesión legal. Que Secretaría Técnica, una vez analizada la información, eleva los montos a fijar como derecho especial de concesión para cada uno de los departamentos de la Provincia de San Juan, resultando el monto equivalente al 75% establecido en el artículo 257º del Código de Aguas, de la diferencia obtenida entre los valores promedios de la hectárea con derecho de riego y el valor de la hectárea sin derecho de riego. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Fíjase un derecho especial de concesión por hectárea a empadronar para los departamentos que se detallan, conforme lo establece el artículo 257° de la ley 4392/78, para el año 1997: Departamentos Capital Rivadavia Santa Lucía Rawson Derecho especial $ 1.312,50 $ 1.312,50 $ 1.312,50 $ 1.230,00 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 94 - SAN JUAN – Pocito Zonda Ullum Chimbas 9 de Julio Albardón Angaco San Martín Caucete 25 de Mayo Sarmiento Calingasta Iglesia Jáchal Valle Fértil $ 1.312,50 $ 1.147,50 $ 1.147,50 $ 802,50 $ 720,00 $ 765,00 $ 765,00 $ 690,00 $ 1.230,00 $ 885,00 $ 832,50 $ 832,50 $ 600,00 $ 600,00 $ 382,50 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos en el Boletín Oficial. ARTICULO 3°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 14°) Expediente N°560.255-I-94, INSPECTOR GENERAL DE RIEGO, s/cargadora y camiones para extracción de productos de monda departamento Angaco. Agregado 373.099-I-93 y 373.100-I-93. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Conar Constructora Argentina S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 89 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos ciento cincuenta y cinco con setenta y cinco centavos ($155,75) a favor de la Empresa Conar Constructora Argentina S.R.L., en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 89, el cual se halla comprendido en las normas de la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - DEUDA EJERCICIO VENCIDO - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 95 - SAN JUAN – 15°)Expediente N°560.743-R-94, RODRIGUEZ MARIO, s/pago de movilidad desde abril a diciembre de 1992. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de capital mas intereses a favor del agente Mario Eugenio Rodriguez en concepto de pago de movilidad periodo abrildiciembre de 1992, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable eleva a fs. 46 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos seiscientos cuarenta y cuatro con cinco centavos ($644,05) a favor del agente Mario Eugenio Rodriguez D.N.I. Nº 07.931.071, en concepto de capital e intereses conforme liquidación obrante a fs. 46, el cual se halla comprendido en las normas de la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - DEUDA EJERCICIO VENCIDO - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 16°) Expediente N°35.055-S-94, SANZ PATRICIA ESTER, s/consolidación de deuda para hacer efectivo el pago capital y honorarios profesionales en Autos Nº 5152. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales la Dra. Patricia Ester Sanz, Mat. Nº 1697 tramita el pago de capital y honorarios de Autos Nº 5152 caratulados Departamento de Hidráulica c/ Francisco Germán Arrabal y Otros - Expropiación, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 19 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 96 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos once mil quinientos catorce con cuarenta y ocho centavos ($11.514,48) a favor de la Dra. Patricia Ester Sanz, Mat. Nº 1697, en concepto de monto condenatorio, honorarios e intereses conforme liquidación obrante a fs. l9, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - DEUDA EJERCICIO VENCIDO - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 17°) Expediente N°176-B-95, DR. OSVALDO ONTIVEROS, s/consolidación de deuda en Autos Nº 1003. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Osvaldo W. Ontiveros, Mat. Nº 898, tramita el pago de la deuda, Autos Nº 1003 caratulados Contreras Vda. de Funes Sofía c/Departamento de Hidráulica - Ordinario, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 21 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos noventa y cuatro mil quinientos cuarenta con cincuenta y cinco centavos ($94.540,55) a favor del Dr. Osvaldo W. Ontiveros, Mat. Nº 898, en concepto de monto condenatorio, honorarios e intereses conforme liquidación obrante a fs. 21, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 97 - SAN JUAN – 18°) Expediente N°560.962-C-94, CONTADURIA, e/foja de medición certificado Nº 5 obra Dren Colector Sarmiento, departamento Sarmiento. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se tramita el pago de intereses a favor de la Empresa Paz García S.R.L., y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 17 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos doscientos noventa con veintinueve centavos ($290,29) a favor de la Empresa Paz García S.R.L., en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 17, el cual se halla comprendido en las normas de la Ley Nº 6606 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 19°) Expediente N°519 0474-D-97, DEPARTAMENTO EQUIPOS Y SERVICIOS, e/nota solicitando estudio técnico. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales el Departamento Equipos y Servicios, solicita se analice el sistema hidráulico del carreton Leo-Cord propiedad de la Repartición, a fín de evitar sus continuas roturas y desperfectos, y; CONSIDERANDO: Que debido a las actuales exigencias de trabajo es necesario mantener operativo dicho equipo, por lo que se solicitó a la Facultad de Ingeniería de la U.N.S.J. un estudio técnico a tal fin. Que a fs. 4 y 5 la Universidad Nacional de San Juan eleva presupuesto de los trabajos a realizar por el Instituto de Mecánica Aplicada de dicha Universidad. Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y autorizar a librar orden de pago. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 98 - SAN JUAN – Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil ($1000,00) a favor de la Universidad Nacional de San Juan, que demanda el estudio técnico del funcionamiento del sistema hidráulico del carretón Leo-Cord conforme a presupuesto obrante a fs. 4 y 5 de estas actuaciones. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 15 - “MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 20°)Expediente N° 37.422-A-95, ARANCIBIA JUANA H. CHIRINO DE, s/ beneficios artículo 286 Ley 4392/78. Departamento Albardón. Agregado 519 0330-C-97. VISTO: Que por estas actuaciones la señora Juana H. Chirino de Arancibia, en representación del Consorcio Hipólito Irigoyen, solicita se aplique los términos de cesación que establece el Art. 286° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 327 del departamento Albardón que le corresponde al inmueble identificado con Nom. Catastral 10-52/461421/481421/491421, fraccionado mediante plano de mensura Nº 10-2885/95, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 3 vuelta, las parcelas inscriptas bajo la citada cuenta no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego registrado bajo cuenta N° 327 figura inscripto a nombre del Consorcio Hipólito Irigoyen con una dotación para 1Ha.6140m² y superficie según mensura de 1Ha.6410,90m² fraccionada, según plano de mensura Nº 10-2885/95, en lotes no mayores de 5.000m² y en su gran mayoría menores de 500m², por lo que se podría incluír en los términos de cesación por no uso Art. 285° y 286º del Código de Aguas. Que Asesoría Letrada a fojas 24 considera que en el presente caso se han cumplimentado los recaudos que establece la Ley por lo que correspondería hacer lugar a lo peticionado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establecen los Art. 285° y 286º, según corresponda, de la Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para 1Ha.6410m² registrado bajo cuenta N° 327 del Departamento Albardón a nombre de Sociedad Civil Consorcio Hipólito Irigoyen. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 99 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 21°)Expediente N° 30.836/7-T-96, TAPIA RAMON VICENTE, e/ renuncia al derecho de riego. departamento Pocito. VISTO: Que por estas actuaciones el señor Ramón Vicente Tapia, solicita se dé de baja el derecho de agua registrado bajo cuenta N° 6017 del departamento Pocito, que le corresponde al inmueble identificado con Nom. Catastral de origen Nº 05-24/840640, fraccionado mediante planos de mensura Nº 05-3257/84 y 05-3402/85, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 7 vuelta, el inmueble se encuentra fraccionado en lotes que no hacen uso de la dotación y poseen los servicios de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 6, que el derecho de riego para 1Ha.1411m², registrado bajo cuenta N° 6017 figura inscripto a nombre de Ramon Vicente Tapia y Otra con una superficie según mensura de 1Ha.2197,78m² fraccionada en lotes menores de 500 m² por lo que se podría incluír en los términos de cesación por no uso Art. 285° del Código de Aguas. Que Asesoría Letrada a fojas 7, considera que teniendo en cuenta los antecedentes obrantes se puede hacer lugar a lo peticionado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. 285° de la Ley 4392/78, al derecho de riego de carácter permanente para 1Ha.1411m² registrado bajo cuenta N° 6017 del departamento Pocito a nombre de Ramón Vicente Tapia y otra. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tomese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 22°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 188, 189, 190, 198, 199, 202, 203, 204 y 205-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 188-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por resolución Nº 677/96 a la firma Briones Carlos L., cuenta Nº 53 del departamento Sarmiento. Nº 189-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por resolución Nº 803/96 a la firma Juan Ernesto Vives, cuentas Nº 5273 y Nº748 del departamento Pocito. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 100 - SAN JUAN – Nº 190-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por resolución Nº 640/96 a la firma Enrique Gonzalez, cuenta Nº 11657 del departamento Rawson. Nº 198-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de pesos cuatro mil doscientos noventa y seis ($4.296,00), a los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos durante el mes de febrero de 1997. Nº 199-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $5.281,76, a los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José M. Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en los departamentos de Iglesia, Jachal y Calingasta durante el mes de febrero de 1997. Nº 202-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Auto Park, Martin Esteban Tanten y Guarneri S.A., por la suma total de $681,96 para la adquisición de materiales con destino al mantenimiento de las baterias de Pozos Oficiales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6.737. Nº 203-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa a favor de la firma Diesel Rodriguez por la suma total de $3.300,00 para la reparación general incluído repuestos legítimos de la bomba inyectora e inyectores Roosa Master de la máquina cargadora frontal Fiat Allis 545-B interno 14-05 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6.737. Nº 204-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa a favor de la firma Diesel Rodriguez por la suma de $3.350,00 para la reparación general incluído repuestos legítimos de la bomba inyectora e inyectores Roosa Master de la máquina cargadora frontal Fiat Allis 545-B interno 14-04 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6.737. Nº 205-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Polygom S.R.L. y Martín Esteban Tanten por la suma total de $1.004,00 para la adquisición de guarniciones de goma, pistones de goma y tela y manguera de alta presión con destino a la máquina perforadora rotativa Nº 3, que realiza tareas en las distintas baterias de pozos oficiales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6.737. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cincuenta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 101 - SAN JUAN – A C T A N° 2084 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a quince días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2083. 2°) Expediente N° 519 0579-L-97, LUCERO, SANTIAGO E., s/la inscripción como empresa perforadora. VISTO: El expediente N° 519 0272-S-97 mediante el cual el señor Lic. Santiago E. Lucero, Jefe del Departamento Geología y E. de Fuentes de Obras Sanitarias Mendoza S.A., solicita la inscripción en el registro de Empresas Perforadoras bajo la denominación “Obras Sanitarias de Mendoza S.A.”, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Juan Carlos Di Chiacchio, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº39, y; CONSIDERANDO: Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa Obras Sanitarias de Mendoza S.A. en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 3°) Expediente N° 519 0308-R-97, RODRIGUEZ, MARIO E., s/ pago de licencias adeudadas. VISTO: El expediente N° 519 0308-R-97, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de la resolución N° 126-DH-97, fs. 7 del mencionado expediente Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de licencia proporcional año 1996, que se le adeuda al ex agente Mario Rodriguez. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 102 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $696,85 (pesos seiscientos noventa y seis con ochenta y cinco centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1996 que se le adeuda al ex agente Mario Rodriguez, M.I. N°07.939.071. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 40 - “OTROS SERVICIOS NO PERSONALES” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 4°) Expediente N° 519 0118-D-97, DONOSO, FRANCISCO, s/ pago de licencias. VISTO: El expediente N° 519 0118-D-97, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de la resolución N° 102-DH-97, fs. 10 del mencionado expediente, Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de licencia proporcional año 1996, que se le adeuda al ex agente Francisco Donoso. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $315,98 (pesos trescientos quince con noventa y ocho centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1996 que se le adeuda al ex agente Francisco Donoso, M.I. N° 08.328.893. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 40 - “OTROS SERVICIOS NO PERSONALES” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 5°) Expediente N° 519 0323-O-97, ORO, ROSA IRENE, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Pocito. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 103 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones la señora Rosa Irene Oro, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-44/725755, registrado bajo cuenta N°2309 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1000m², registrado bajo cuenta N° 2309, a nombre de Alfredo Gregorio Oro, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 6°) Expediente N° 519 0441-Y-97, YORNET, CARLOS RICARDO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Carlos Ricardo Yornet, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-45/511200, registrado bajo cuenta N°6456 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0707m², registrado bajo cuenta N° 6456, a nombre de Carlos Ricardo Yornet, departamento Pocito. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 104 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 7°) Expediente N° 33.177/1-S-87, SOC. CIVIL CONS. VILLA CABILDO, s/ beneficios artículos 285 y 286 Ley 4392/78. Departamento Rivadavia. Agregado 35 855-B-91. VISTO: Que por estas actuaciones la señora Inés Bustos, en el carácter de Presidente de la Sociedad Civil Consorcio Villa Cabildo, solicita se aplique los términos de cesación que establece el Art. 286° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 4904 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 8, las parcelas Nom. Catastral 02-28/130800/130750/120870, inscriptas bajo la citada cuenta no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego registrado bajo cuenta N° 4904 figura inscripto a nombre de Sociedad Civil Consorcio de Propietarios de Villa Cabildo con una dotación para 2Ha.0099m² y superficie según mensura de 2Ha.0099,75m² fraccionada, según plano de mensura Nº 02-337/88, en 37 lotes en su gran mayoría menores de 500m². Que Asesoría Letrada a fojas 11 manifiesta que el art. 286º de la Ley 4392/78 establece que cesarán a partir de la promulgación de la misma todos los derechos de agua de riego de hasta 5.000m² que no se encuentren en uso y que correspondan a parcelas ubicadas en zonas urbanizadas, recaudos que en el presente caso se han cumplimentado por lo que correspondería hacer lugar a lo peticionado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establecen los Art. 285° y 286º, según corresponda, de la Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para 2Ha.0099m² registrado bajo cuenta N° 4904 del departamento Rivadavia a nombre de Sociedad Civil Consorcio de Propietarios de Villa Cabildo. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 206, 207, 208, 209, 210, 211, 216 y 217-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 105 - SAN JUAN – Nº 206-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 23 para la adquisición de dos hormigoneras con tambor basculante de 240 litros de capacidad con destino al Departamento Construcciones de la Repartición. Nº 207-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Claudio Menchetti, Martín Esteban Tanten, Auto Park, Integral Distribuciones y José F. Lopez Comercial, respectivamente, en la suma total de $1.824,47 para la adquisición de materiales y herramientas con destino al Departamento Construcciones de la Repartición. Nº 208-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral Distribuciones y Guarneri S.A., respectivamente, en la suma total de $1.936,50 para la adquisición alambre galvanizado Nº 10 y 12 y alambre negro recocido Nº 14 y 17, con destino al Departamento Construcciones de la Repartición. Nº 209-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 28 para la adquisición de elementos, materiales y herramientas, con destino al mantenimiento y conservación de diques, conforme Ley 6737. Nº 210-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 25 para la adquisición de cubiertas y cámaras, con destino al mantenimiento y conservación de rurales y Pick-Up Ford de la Repartición. Nº 211-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 27 para la adquisición de chequeras de combustibles, con destino al mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas, camiones y equipos viales de la Repartición. Nº 216-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 29 para la adquisición de materiales y elementos para cocina y baños de la casa de la Inspección Técnica del departamento Sarmiento. Nº 217-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas José F. López Comercial, Martín E. Tanten, Guarneri S.A., Piriz y Cia. y Auto Park, respectivamente, en la suma total de $10.620,16 para la adquisición de materiales, elementos y herramientas, con destino a reparación y conservación de compuertas ubicadas en las zonas de riego de la provincia. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 9°) Expediente N° 37.911-G-96, GONZALEZ, TITO, e/ renuncia al derecho de agua de regadío, departamento Chimbas. VISTO: Que por estas actuaciones el señor Tito F. González, en nombre y representación de “Primero de Noviembre Cooperativa de Vivienda Consumo y Crédito Ltda.”, solicita se acepte la renuncia a la dotación de agua de regadío del terreno inscripto bajo cuenta Nº3851 ya que en el mismo se construirá un barrio, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3, que el derecho de riego perteneciente al inmueble Nom.Cat.08-42/380570 figura inscripto bajo la cuenta N° 3851 del departamento Chimbas a nombre de Primero de Noviembre Cooperativa de Vivienda, Consumo y Crédito Limitada con dotación de carácter permanente para 1Ha.3333m². Que a fojas 9 el presentante manifiesta que por error solicitó renuncia de la dotación cuando en realidad lo que se pretendía obtener era la caducidad del derecho conforme al Art. 137º del Código de Aguas, teniendo en cuenta que la dotación de la cuenta Nº3851 del departamento Chimbas no se utiliza desde hace aproximadamente diez años a la fecha, que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones tributarias con esta Repartición. Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 9 vta., certifica que la referida parcela no hace uso del agua de regadío desde hace más de diez años. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 106 - SAN JUAN – Que Asesoría Letrada en su informe Nº073-DH-97, fojas 16, en virtud de los informes obrantes en estas actuaciones entiende que correspondería proceder a lo solicitado declarando la caducidad del derecho para riego inscripto bajo cuenta Nº 3851. Que en el presente caso el trámite de notificación que determina el art. 137º del Código de Aguas no es necesario por cuanto es el titular que expresa y solicita la caducidad. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 1Ha.3333m² registrada bajo Cuenta Nº 3851 a nombre de Primero de Noviembre Cooperativa de Vivienda, Consumo y Crédito Limitada, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la caducidad declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 10°) Expediente N° 16.248/4-S-94, SANCHEZ ALOS, JOSE, s/beneficios del art. 286 Ley 4392/78. Agreg. Escrito Nº45/97. VISTO: Que por estas actuaciones el señor Gerente de la firma Agric. Com. Sánchez Sánchez S.R.L., solicita se de baja al derecho de riego de la cuenta Nº 771 y se estudie la posibilidad de que la dotación correspondiente sea trasladada a la cuenta Nº 3847 del departamento Caucete, propiedad del señor José Sánchez Alos, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 6, que los derechos de referencia figuran inscriptos: bajo la cuenta N° 771 del departamento 9 de Julio a nombre de José Sánchez Sánchez e Hijo S.R.L. con dotación de agua de riego de carácter permanente para 15Ha.1623m² y bajo la cuenta N° 3847 del departamento Caucete a nombre de José Sánchez Alos con dotación de agua de riego de carácter permanente para 45Ha.7900m². Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 5, informa que el predio designado con Nom.Cat. 09-28/600510, Cuenta Nº771, no hace uso del agua de riego desde hace aproximadamente cinco años, no existiendo cultivos o viñedos, ratificando lo expresado por el peticionante. Que a fojas 9 se agrega el Escrito Nº 45 en el que solicitan que la dotación de la Cuenta Nº 771 de departamento 9 de Julio, haciendo uso de la Emergencia Hídrica art. 8º, sea transferida a otra propiedad en el departamento Caucete. Que Asesoría Letrada en su informe Nº071-DH-97, fojas 10, manifiesta que analizadas las constancias obrantes en estas actuaciones no surge el cumplimiento de los requisitos que establecen los art. 132º del Código de Aguas y art. 8º de la Ley de Emergencia Hídrica y que el art. 137º de la Ley 4392 establece que todas aquellas concesiones de uso de agua de riego caducan por el no uso continuado durante cinco años no liberando, al usuario por ello, de la deuda que mantuviere con este Organismo por canon, tasas, multas u otros conceptos. Que en el presente caso el trámite de notificación que determina el art. 137º del Código de Aguas se ha cumplimentado con la publicación del edicto ordenado por Acta Nº2071, punto 13º) de fecha 30 de diciembre de 1996. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 107 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar a la solicitud de traslado de la dotación correspondiente a la cuenta Nº771 del departamento 9 de Julio a la cuenta Nº 3847 del departamento Caucete, por que no se ha dado cumplimiento acabado con el requisito impuesto por el Código de Aguas. ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 15Ha.1623m² registrada bajo cuenta N° 771 del departamento 9 de Julio a nombre de José Sánchez Sánchez e Hijo S.R.L., de conformidad con el pedido de baja solicitado por el recurrente a fs. 2 de las presentes actuaciones. ARTICULO 3°. Notifíquese y tómese nota de la caducidad declarada por este acto. Cumplido, archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 108 - SAN JUAN – A C T A N° 2085 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintidós días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora doce quince, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2084. 2°) Expediente N° 519 0391-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS, e/ proyecto levantamiento producto de monda Dren San Isidro, departamentos San Martín y Caucete. VISTO: Los antecedentes del cotejo de precios directo Nº21 efectuado el día 31 de marzo del año en curso, y ; CONSIDERANDO: Que la Comisión de Adjudicaciones, una vez analizadas las ofertas presentadas, aconseja adjudicar a la firma Luis Stornini Excavaciones, por considerar su propuesta mas conveniente. Que tomaron intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Adjudicar en la suma total de sesenta y seis mil quinientos cincuenta y cuatro con setenta y tres (66.554,73) en bonos CREFI, a favor de la firma Luis Stornini Excavaciones la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren San Isidro - departamentos Caucete y San Martín, en una longitud de 10.750 m. y un volumen aproximado de 21.342 m³, tramo comprendido desde calle Cortinez del departamento San Martín hasta calle Patricias Sanjuaninas del departamento Caucete. Plazo de ejecución de la obra: cincuenta (50) días corridos a partir de la fecha de iniciación de los trabajos. Mantenimiento de Oferta: treinta (30) días. Forma de Pago: a diez (10) días de presentación de facturas con Bonos CREFI Provinciales, por certificaciones mensuales de acuerdo a medición del último día hábil del mes de acuerdo al tramo ejecutado y conformado por la Inspección, en un todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas que sirvieron de base para el presente llamado a Cotejo de Precios y conforme lo establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Aprobar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, el cual se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Procédase a la suscripción del respectivo contrato y a emitir la Orden de Adjudicación correspondiente, para dar comienzo de los trabajos dentro de los plazos que GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 109 - SAN JUAN – establecen los artículos 11º y 13º del Pliego de Condiciones que sirvió de base para el llamado a Cotejo de Precios Nº21/97. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá oportunamente a librar la respectiva orden de pago a favor de la firma Luis Stornini Excavaciones, por la suma expresada, a los efectos de los pagos respectivos con Bonos CREFI Provinciales, previa presentación de la y/o facturas debidamente conformadas. ARTICULO 4°. Comuníquese, tómese debida nota y oportunamente archívese. 3°) Expediente N° 519 0059-P-97, PATRIMONIO, e/ liquidaciones enviadas por la Caja de Seguros S.A., ref. seguro de automotores. VISTO: El expediente N° 519 0059-P-97, y; CONSIDERANDO: Que mediante Acta Nº 2080 punto 14º) se aprueba la renovación para el corriente año de las pólizas de seguro de automotores Nº 4061 y 4029 para las movilidades de la Repartición, conforme al artículo 3º de las condiciones generales establecidas en las mismas, contratadas con la Caja de Seguros S.A. Que Departamento Contable informa a fs. 63 que corresponde aprobar el gasto y autorizar a librar orden de pago por el importe de la segunda cuota. Que tomó debida intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos diez mil trescientos cuarenta y cinco ($10.345,00), a fin de atender el pago de la segunda cuota del seguro de automotores, pólizas Nº 4061 y Nº 4029 contratadas con la Caja de Seguros S.A. para las movilidades de la Repartición. ARTICULO 2°. El gasto que origina el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor de la Caja de Seguros S.A. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 4°) Expediente N° 519 0694-P-97, PATRIMONIO, s/ una orden de pago anticipada por la suma de $3.000.00. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales División Patrimonio solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $3.000,00 a fin de atender el pago de gastos de transferencia de movilidad, cambio de patentes, gastos por cambios de motor y estampillados y verificación, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 110 - SAN JUAN – Que el Departamento Contable informa que corresponde se dicte resolución aprobando el gasto y se autorice a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto por la suma total de pesos tres mil ($3.000,00) y autorizar al Departamento Contable a librar una orden de pago anticipada a favor del Tesorero, con cargo a rendir cuenta, para el pago de gastos de transferencia de movilidad, cambio de patentes, gastos por cambios de motor y estampillados y verificación. ARTICULO 2º. El gasto que demanda el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 34 - “IMPUESTOS DIRECTOS” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 5°) Expediente N° 519 0707-M-97, MADCUR, MONIR, s/ inscripción como empresa perforadora. VISTO: El expediente N° 519 0707-M-97 mediante el cual el Ing. Monir E. Madcur, solicita se inscriba en el registro correspondiente a la Empresa Madcur Construcciones S.A., proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Carlos Piriz, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº40, y; CONSIDERANDO: Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa Madcur Construcciones S.A. en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 6°) Expediente N° 20.681/2-Z-96, ZULIANI, JORGE EDUARDO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Jorge Eduardo Zuliani, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-31/105290, departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 111 - SAN JUAN – Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 8 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 9, que dicho inmueble se encuentra inscripto bajo cuenta Nº 4989 a nombre de Jorge Eduardo Zuliani con superficie s/m de 0Ha.0602,76m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0602m², aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0602m², registrado bajo cuenta Nº 4989 a nombre de Jorge Eduardo Zuliani, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 7°) Expediente N° 519 0235-S-97, SANCHEZ RIVAS, FRANCISCO, e/ renuncia al derecho de riego departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Francisco Sanchez solicita la aplicación de los términos de cesación por no uso establecidos por el art. 286º de la Ley 4392/78 para los derechos de agua registrados bajo cuentas N° 2964, 2960 y 2501 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas los derechos de referencia figuran inscriptos en el padrón oficial de riego de Pocito bajo R.T. 2927(C)5534 a nombre de Francisco Sánchez Rivas, con dotación de agua de riego de carácter permanente para 3Ha.3363m², cuenta Nº2964 Nom. Catastral 0538-060740; bajo R.T. 2928(C)5535 a nombre de Francisco Sánchez Rivas, con dotación de agua de riego de carácter permanente para 3Ha.3363m², cuenta Nº2960 Nom. Catastral 0538-060760 y bajo R.T. 2929(D)4668 a nombre de Francisco Sánchez Rivas, con dotación de agua de riego de carácter vertiente (permanente conforme al art. 121º de la Ley 4392/78) para 3Ha.3261m², cuenta Nº2501 Nom. Catastral 0538-060720, haciendo notar que lo solicitado no encuadra en lo preceptuado por el art. 286º pudiendo optar por la renuncia conforme lo prescribe el art. 47º del Código de Aguas. Que el peticionante agrega a fs. 12 el certificado de libre gravamen de los inmuebles citados, por lo que el trámite deviene en consideración en un todo conforme al art. 47º renuncia de derecho de riego de la citada norma legal. Que Asesoría Letrada de la Repartición en su informe Nº 104 manifiesta que la presente solicitud encuadra en las previsiones del art. 47º renuncia de derecho de riego ya que están acreditados en el expediente los extremos exigidos por la Ley 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 112 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Aceptar la renuncia de los derechos de agua de riego de carácter permanente para: 3Ha.3363m² registrado bajo cuenta N° 2964 del departamento Pocito a nombre de Francisco Sánchez Rivas, Nom. Catastral N° 0538-060740; 3Ha.3363m² registrado bajo cuenta N° 2960 del departamento Pocito a nombre de Francisco Sánchez Rivas, Nom. Catastral N° 0538-060760 y de carácter vertiente (permanente conforme al art. 121º de la Ley 4392/78) para 3Ha.3261m² registrado bajo cuenta Nº 2501 del departamento Pocito a nombre de Francisco Sánchez Rivas, Nom. Catastral 0538-060720. ARTICULO 2°. Notifíquese. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.8°) Expediente N° 29.298/47-M-96, MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, s/dotación de agua para regadío de arbolado público del Bº La Cabaña, departamento Rivadavia. VISTO: Que por expediente Nº 29.298/47-M-96, el señor Intendente de la Municipalidad de Rivadavia, solicita el otorgamiento de una concesión de agua para riego de arbolado público y espacios verdes del barrio La Cabaña, y; CONSIDERANDO: Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el terreno que comprende el barrio de referencia, tiene dotación de agua para riego agrícola registrado en el Padrón de Riego del departamento Rivadavia bajo el R.T.Nº1275(B)7009 a nombre de Sindicato de Trabajadores y Obreros del Transporte Automotor de Cargas de San Juan con una superficie remanente s/m de 8Ha.3159,30m² y dotación de agua permanente remanente para 6Ha.9709m² Cuenta Nº109 Nom.Cat.02-31/560700 y 02-31/520910, lotes 2 y 3 del plano de mensura 02-3124/83 y que conjuntamente con el otorgamiento de la concesión debe considerarse la extinción del derecho para uso agrícola que posee el terreno del Complejo Habitacional. Que Departamento Irrigación informa a fs. 5 que la Junta Departamental de Riego e Inspección Técnica de Rivadavia procedió a notificar a los usuarios que pudieran considerarse afectados, no presentando los mismos oposición debidamente fundamentada, adjuntando copia de plano con sistema de riego de arbolado público y espacios verdes, tramitados por expedientes F33 252-B-96 y 416.595-B-87 y que División Ecología Agrícola calculó la dotación en 3Ha.3000m². Que Asesoría Letrada en su informe Nº072-DH-97 manifiesta que se habrían dado cumplimiento con los requisitos impuestos por el Código de Aguas, a excepción de lo prescripto en el Art. 42º el que dispone que las solicitudes de concesión deberán ser publicadas por un día en el Boletín Oficial y durante cinco días en el diario de mayor circulación en la Provincia, para dar lugar a la presentación de terceros que se consideren legítimamente afectados. Asimismo, en virtud de lo expresado por la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, correspondería resolver la cesación del derecho de riego de uso agrícola registrado bajo cuenta Nº109 de conformidad a los antecedentes, informes y lo establecido en los artículos 285º y 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establecen los Arts. 286º y 285º, según corresponda, de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente remanente para 6Ha.9709m², registrado bajo cuenta Nº 109 a nombre de Sindicato de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 113 - SAN JUAN – Trabajadores y Obreros del Transporte Automotor de Cargas de San Juan, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Hacer saber a la Municipalidad de Rivadavia que, previo al otorgamiento de concesión para riego de arbolado público para 3Ha.3000m², debe cumplimentar lo prescripto en el Art.42 del Código de Aguas que dispone que las solicitudes de concesión deberán ser publicadas por un día en el Boletín Oficial y durante cinco días en el diario de mayor circulación en la Provincia, para dar lugar a la presentación de terceros que se consideren legítimamente afectados. ARTICULO 3º. Notifíquese, tomen debida nota de la cesación declarada por este acto Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. 10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 218, 219, 220 y 225-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 218-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 19 para la adquisición de tres cajas de cambio nuevas y/o reparación general de las mismas con destino a la puesta en servicio de las retroexcavadoras Fiat Allis SR9 internos 38-0l, 38-02 y 38-03 de la Repartición. Nº 219-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 24 para la adquisición de un cilindro excavador nuevo y/o la reparación del mismo con destino a la puesta en servicio de la retro Fiat 4600 interno 40-0l de la Repartición. Nº 220-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario Batias, por la suma total de $3.822,00 para la adquisición de bombas de agua y paletas nuevas, piezas 74007550 y 73058372, con destino a la reparación y puesta en servicio de las cargadoras frontales Fiat Allis 545 B internos 14-04, 14-05 y 14-06 de la Repartición. Nº 225-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis Stornini Excavaciones, por la suma total de 18.720,00 en bonos CREFI, para ejecución de trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Divisoria, tramo comprendido desde vías del FF.CC. al este de calle 19 hasta calle Caseros, departamento Caucete, en una longitud aproximada de 3.965 m. y un volumen de 5.173 m³ , de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cuarenta y cinco, se levanta la sesion. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 114 - SAN JUAN – A C T A N° 2086 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintinueve días del mes de abril del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2085. 2°) Expediente N° 519 0869-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/prórroga por pago de contado de la bonificación del 5% de descuento. VISTO: El expediente Nº 519 0869-D-97 por el cual se solicita ampliar la fecha de vencimiento del plazo para pago de contado con una bonificación del 5% de descuento establecido en la reglamentación del artículo 3º de la Ley 6748, y; CONSIDERANDO: Que el inciso b) del artículo 6º de la resolución contenida en Acta Nº 2062, punto 6º), , faculta a este Cuerpo para prorrogar la fecha del 30 de abril de 1997 establecida para optar por el descuento del 5%. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ampliar por el término de sesenta (60) días la fecha para optar por el descuento del 5% que refiere el artículo 6º de la resolución contenida en el punto 6º) del Acta Nº 2062/96. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 3°) Expediente N° F12 2683-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Pocito. VISTO: El expediente Nº F12 2683-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2080, punto 11º. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 115 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080, punto 11º), con excepción de la Cuenta Nº5196, atento que por expediente Nº 519 0376-E-97 el señor Carlos Enrique Yanzón por Sociedad El Capilo S.R.L. ha interpuesto recurso de reconsideración al acto administrativo mencionado. ARTICULO 2º. Comuníquese. 4°) Expediente N° F12 2687-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: El expediente Nº F12 2687-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2080, punto 8º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080, punto 8º). ARTICULO 2º. Comuníquese. 5°) Expediente N° F12 2682-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rivadavia. VISTO: El expediente Nº F12 2682-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2080, punto 9º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080, punto 9º). ARTICULO 2º. Comuníquese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 116 - SAN JUAN – 6°) Expediente N° F12 2678-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: El expediente Nº F12 2678-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2080, punto 10º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080, punto 10º). ARTICULO 2º. Comuníquese. 7º) Expediente N° 37.819-A-96, AGRICOLA SUDAMERICANA S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento 25 de Mayo. VISTO: Lo solicitado por la firma Agrícola Sudamericana S.A. mediante expediente N° 37.819A-96, y; CONSIDERANDO: Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3656. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 8º) Expediente N° 37.819/2-A-96, AGRICOLA SUDAMERICANA S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento 25 de Mayo. VISTO: Lo solicitado por la firma Agrícola Sudamericana S.A. mediante expediente N° 37.819/2A-96, y; CONSIDERANDO: Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 117 - SAN JUAN – POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3674. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 9º) Expediente N° 37.820-S-96, SAN JUAN CULTIVOS S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento 25 de Mayo. VISTO: Lo solicitado por la firma San Juan Cultivos S.A. mediante expediente N° 37.820-S-96, y; CONSIDERANDO: Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3657. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 10º) Expediente N° 37.263-A-95, ALIFRUT S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento 25 de Mayo. VISTO: Lo solicitado por la firma Alifrut S.A. mediante expediente N° 37.263-A-95, y; CONSIDERANDO: Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3616. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 11º) Expediente N° 37.826-C-96, COMAHER SAN JUAN S.A., s/permiso para efectuar una perforación, departamento 25 de Mayo. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 118 - SAN JUAN – VISTO: Lo solicitado por la firma Comaher S.A. mediante expediente N° 37.826-C-96, y; CONSIDERANDO: Que Secretaría Técnica informa que se ha presentado a satisfacción la documentación técnica exigida por la reglamentación vigente. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar a Dirección General para que extienda el certificado de uso definitivo de la perforación registrada bajo Nº 3660. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, notifíquese y archívese. 12°) Expediente N° 519 0493-H-97, HERNANDEZ, RAMON, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Ramón Hernandez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 05-44/500890, registrado bajo cuenta N°1075 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs. 6/6 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 7, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0720m², registrado bajo cuenta N° 1075, a nombre de Bernabé Ramón Hernandez, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 13°) Expediente N° 519 0225-C-97, CORTEZ, FRANCISCO ERNESTO, s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Francisco Ernesto Cortez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 119 - SAN JUAN – corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-38/260440, registrado bajo cuenta N°4567 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs.3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0626m², registrado bajo cuenta N° 4567, a nombre de Francisco Ernesto Cortez, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 14°) Expediente N° 519 0428-G-97, GONZALEZ, JORGE F., s/ beneficios del artículo 286° Ley N° 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Jorge F.Gonzalez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom. Cat. N° 02-32/770750, registrado bajo cuenta N°4603 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fs.2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2311m², registrado bajo cuenta N° 4603, a nombre de José Filemón González, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 120 - SAN JUAN – 15°) Expediente N° 6566/4-C-95, CABRERA JORDAN, CARLOS, ref. expte. 6566/3-C-95. Agregados expedientes 6566/3-C-78, 127.325-C-74, 6566/1-C-70, 7519-P-58, 3695-P-58, 2105-H-55, 19339-H-52, 2985-P-60, 6566-C-69 y F12 2533-C-96. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales el señor Carlos Bernardo Cabrera solicita se revea la resolución contenida en Acta Nº 2073, punto 3º manifestando que el recurso de reconsideración fue interpuesto dentro del término legal fijado en el Código de Procedimiento Administrativo, adjuntando copia certificada del recurso presentado en Mesa de Entradas y Salidas el día 12 de diciembre de 1996, y; CONSIDERANDO: Que Mesa General de Entradas y Salidas de la Repartición informa a fs. 129 vta. que por error, en la recepción del expediente F12 2553-C-96 y debido que por exceso de trabajo se usaron distintos sellos, uno en la nota de elevación y otro en copia de la misma, siendo válida la fecha de presentación el día 12/12/96. Que Asesoría Letrada en su dictamen Nº092-DH-97, fojas 131, manifiesta que conforme a la documentación, informes obrantes y lo establecido en el artículo 25º, párrafo 5º del Decreto Nº 0655/73 al disponer que en caso de duda, deberá estarse a la fecha enunciada en el escrito y en su defecto, se considerará que la presentación se hizo en término, en consecuencia el Recurso de Reconsideración fue interpuesto en los plazos previstos en los artículos 84º y 89º del Decreto Nº 0655/73 Reglamentario de la Ley 3784 correspondiendo modificar el Acto Administrativo declarando que fue interpuesto en tiempo y forma. En cuanto al error que diera origen a la impugnación del acto administrativo induciendo a las autoridades competentes a dictar un acto administrativo que implica la invalidez de la declaración de extemporaneidad, si bien no importa la nulidad del acto en razón de que no afecta la esencia del acto emitido, dicho agente habría incurrido en negligencia en el cumplimiento de sus funciones según se desprende de las constancias de autos en razón de que debió dejar constancia poniendo al efecto el cargo pertinente en forma simultánea en las presentaciones de escritos conforme a la reglamentación vigente, lo que encuadra en una de las causales previstas en el Art. 84º del Estatuto y Escalafón para el Personal de la Administración Pública de la Provincia para la aplicación de medidas disciplinarias preceptuadas en el Art. 80º incisos a) b) c) y e) del mencionado cuerpo legal. Que según informe Nº 018-DH-97 Asesoría Letrada expresa “que tal lo actuado entiende que rige en el presente caso el art. 274 el cual ratifica la cesación de todas las concesiones de derecho de aguas con carácter de accidentales que no se encuentren en uso, este artículo como el artículo 273 contribuyen a depurar el padrón. Las concesiones otorgadas con carácter accidental en San Juan o se han encontrado en ejercicio permanente y regular o no se han encontrado en uso de ninguna manera. Las que se han encontrado en tal ejercicio permanente y regular, han sido incorporadas por el uso y la costumbre, por lo hechos y las situaciones jurídicas, a la condición de permanentes. Las que no se han encontrado en uso, se mantuvieron en esa situación, fuera de la virtualidad jurídica y de la posibilidad hídrica. El decreto Ley 47/OP/57 no hizo otra cosa que explicitar, con expresiones legales, lo que estaba expresado en los hechos. En las presentes actuaciones está suficientemente acreditado en los informes que corren agregados, que las concesiones de agua de carácter accidental del Arroyo Cochagual y pertenecientes al inmueble de referencia nunca estuvieron en uso y que oportunamente el H.Consejo por Acta Nº 1094 de fecha 23 de junio de 1971 resolvió denegar la entrega de las dotaciones por haber desaparecido las fuentes, surgiendo de los antecedentes que no se puede entregar un recurso que no existe por causas naturales no imputables a la Administración, resolución ésta, que según constancias del expediente no fueron recurridas en tiempo y forma de ley por el interesado.” POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 121 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Modificar el artículo 1º de la resolución contenida en Acta Nº2073 punto 3º), el que debe decir: “ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el Recurso de Reconsideración y Jerárquico en Subsidio interpuesto por el señor Carlos Bernardo Cabrera, contra el artículo 2º del punto 9º de la Resolución contenida en Acta N° 2064/96”. ARTICULO 2°. Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Carlos Bernardo Cabrera, contra el artículo 2º del punto 9º de la Resolución contenida en Acta N° 2064/96, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 274º del Código de Aguas. ARTICULO 3°. Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo establece el Art. 94° del Decreto Nº0655-G-73, reglamentario de la Ley Nº3784. ARTICULO 4°. Sanciónase con 2 (dos) días de suspensión, al agente Tito Costa, M.I. Nº 7.951.073, dependiente de División Mesa de Entradas y Salidas de la Repartición, conforme a lo establecido en los artículos 80º y 84º de la Ley 3816. Remitir copia de la presente al Departamento Administración de Personal para que notifique al referido agente, haciéndole saber que la suspensión rige a partir del día hábil siguiente al de la notificación. Comuníquese a quien mas corresponda y tómese nota. 16°) Expediente N° 519 0775-M-97, MUNICIPALIDAD DE SANTA LUCIA, e/ Convenio. VISTO y CONSIDERANDO: El Convenio suscripto entre esta Repartición y la Municipalidad de Santa Lucía que obra a fojas 3 del expediente de referencia. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el Convenio suscripto entre Dirección General y la Municipalidad de Santa Lucía, que obra a fs.3 de estas actuaciones y cuyo texto se transcribe: “C O N V E N I O: En la Ciudad de San Juan, a los veinticinco días del mes de marzo del año de un mil novecientos noventa y siete, entre el Departamento de Hidráulica, con domicilio legal en calle Agustín Gnecco Nº 350 (sur) -Dpto. Capital-, representado en este acto por el Señor Director General, Ing. JOAQUIN CARLOS RIVEROS, en adelante "HIDRAULICA" por una parte, y la Municipalidad de Santa Lucía con domicilio legal en calle Aberastain 590 Sur- Santa Lucía, representada por el Señor Intendente Don LUIS EDUARDO MARTINAZZO, cuya firma es refrendada por el Sr. Secretario de Servicios Don LUIS ROLANDO MERCADO, con acuerdo del Consejo Deliberante, en adelante "EL MUNICIPIO", por la otra, se formula el presente convenio, sujeto a las siguientes cláusulas.----------------------------------------------------------------------------------------PRIMERA: “EL MUNICIPIO” se compromete a realizar trabajos en los cauces que a continuación se detallan, de levantamiento y transporte de productos de monda en la red de riego del Departamento, como así también préstamo de camiones para transporte de materiales; notificando fehacientemente de dichos servicios al Departamento de Hidráulica. Los trabajos señalados en la cláusula presente deberán ser concesuados con la Inspección Técnica del Departamento de Hidráulica a fin de fijar fecha y modo de realización de los mismos. 1) Canal Ambas Leguas, calle Sarmiento; 2) Canal Legua Sur, calle Hipólito Irigoyen; 3) Canal Legua Norte, calle Hipólito Irigoyen ; 4) Ramo La Colonia, calle Colón; 5) Ramo La Colonia, Calle San Lorenzo; 6) Canal Matus- Matadero, Calle Roque Saenz Peña; 7) GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 122 - SAN JUAN – Canal Echegaray, Av. Lib. Gral. San Martín; 8) Ramo Zuluaga, Av. Lib. Gral. San Martín; 9) Canal Primero, Calle Roque Saenz Peña y Colón.----------------------------------------------------------------------------------------------------SEGUNDA: "HIDRAULICA" en contraprestación se compromete a adscribir a la Ing. Liliana Tores, D.N.I. Nº 13.383.334, para desarrollar tareas técnicas dentro del ámbito municipal.-------TERCERA: El presente convenio tendrá una duración de un (1) año a contar desde la firma del mismo y podrá ser renovado por un periodo similar sin notificación alguna.--------------------------CUARTA: El presente Convenio podrá rescindirse a solicitud de cualquiera de las partes, notificándose con una antelación no menor de treinta días.-----------------------------------------------QUINTA: A los efectos de este convenio las partes constituyen domicilio legal según lo indicado en el encabezamiento, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que no fueran los de los tribunales ordinarios de la Ciudad de San Juan.------------------------------------------------------------De entera conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.------------Firmado: Don Luis Eduardo Martinazzo Intendente Municipalidad de Santa Lucia, Don Luis Rolando Mercado Secretario de Servicios Municipalidad de Santa Lucia e Ing. Joaquin Carlos Riveros Director General Departamento de Hidráulica.” ARTICULO 2º. Comuníquese a la Municipalidad de Santa Lucía, tome conocimiento Departamento Irrigación, Inspección Técnica de Concepción Santa Lucía, Departamento Administración de Personal y quien mas corresponda. Cumplido, archívese. 17°) Expediente N° 519 0778-I-97, ESCUELA AGROTECNICA LOS PIONEROS, e/nota de agradecimiento. VISTO y CONSIDERANDO: La nota elevada por el señor Director de la Escuela Agrotécnica Los Pioneros, Prof. Julio Roberto Rosa, con el objeto de agradecer al señor Director de Hidráulica, al Secretario Técnico y en particular a los señores agentes que mostrando capacidad, experiencia y vocación de resolver problemas mas allá de las dificultades encontradas, dieron solución a la obstrucción que presentaba el pozo ubicado en predios de las Escuelas Juana Cardozo de Aberastáin y Agrotécnica Los Pioneros, departamento Rawson. POR ELLO, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Agradecer la dedicación y empeño puesto de manifiesto, haciéndose acreedores de una mención especial el siguiente personal del Departamento Agua Subterránea: • Señor Carlos W. Sisterna • Señor Marcelino Castro • Señor Rodolfo Salinas • Señor Elías Cobarrubia • Señor Virgilio Castro ARTICULO 2°. Dejar constancia de esta mención en los respectivos legajos de cada uno de ellos. ARTICULO 3°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 123 - SAN JUAN – 18°) Expediente N° 519 0890-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento Angaco. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Velazquez Este del departamento Angaco, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calles San Isidro y Campodónico en una longitud aproximada de tres mil metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Velazquez Este, tramo comprendido entre las calles San Isidro y Campodónico y depositarlo en calle Velazquez, en una longitud aproximada de tres mil metros, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 06 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO CANAL ANGACO” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 19°) Expediente N° 519 0892-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 25 de Mayo. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar trabajos de monda, limpieza del cauce y obras de arte correspondiente al Dren La Plata del departamento 25 de Mayo, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calle 10 y río San Juan en una longitud aproximada de cinco mil metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 124 - SAN JUAN – Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de monda, limpieza del cauce y obras de arte en el Dren La Plata, tramo comprendido entre calle 10 y río San Juan, en una longitud aproximada de cinco mil metros departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 20°) Expediente N° 519 0889-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento Angaco. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al canal Nacional del departamento Angaco, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre cruce de canal Nacional y Calle El Bosque y Final de canal Nacional en una longitud aproximada de dos mil metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda del canal Nacional, tramo comprendido entre cruce de canal Nacional y calle El Bosque y Final de canal Nacional en una longitud aproximada de dos mil metros, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 125 - SAN JUAN – ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 06 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO CANAL ANGACO” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 21°) Expediente N° 519 0884-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San Martín. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Colón del departamento San Martín, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 00 a 0500 y 00 a 1500 (500 m. entre calles Sarmiento y Carril y 1500 m. entre calles Carril y Laprida), contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Colón, tramo comprendido entre progresiva 00 a 0500 y 00 a 1500 (500 m. entre calles Sarmiento y Carril y 1500 m. entre calles Carril y Laprida) departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 126 - SAN JUAN – 22°) Expediente N° 519 0883-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San Martín. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Mitre del departamento San Martín, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 00 a 1650 y 00 a 700 (1650 m. entre calles Cortinez y Sarmiento y 700 m. entre calles Carril y Quiroga), contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Mitre, tramo comprendido entre progresiva 00 a 1650 y 00 a 700 (1650 m. entre calles Cortinez y Sarmiento y 700 m. entre calles Carril y Quiroga), departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 23°) Expediente N° 519 0893-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San Martín. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Belgrano del departamento San Martín, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 1800 a 8000 y 8600 a 9100, contando para ello con el VºBº del señor Director General. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 127 - SAN JUAN – Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Belgrano, tramo comprendido entre progresiva 1800 a 8000 y 8600 a 9100, departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 24°) Expediente N° 519 0885-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San Martín. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Godoy del departamento San Martín, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán: 600 m. entre calles Divisoria y Rawson; 1300m. entre calles Cortinez y Sarmiento y 1200m. entre calles Carril y Laprida, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Godoy: 600 m. entre calles Divisoria y Rawson; 1300m. entre calles Cortinez y Sarmiento y 1200m. entre calles GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 128 - SAN JUAN – Carril y Laprida, departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 25°) Expediente N° 519 0886-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento San Martín. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren San Juan del departamento San Martín, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 00 a 1800, 00 a 1400 y 00 a 1300 (1800 m. entre calles Cortinez y Sarmiento; 1400m. entre calles Carril y Quiroga y 1300m. entre calles Quiroga y Correa), contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren San Juan, tramo comprendido entre progresiva 00 a 1800, 00 a 1400 y 00 a 1300 (1800 m. entre calles Cortinez y Sarmiento; 1400m. entre calles Carril y Quiroga y 1300m. entre calles Quiroga y Correa), departamento San Martín, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 10 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO C. TERCERO SAN MARTIN” EJERCICIO 1997. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 129 - SAN JUAN – ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 26°) Expediente N° 519 0888-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento Angaco. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Punta del Monte, canal Zapata y Canal Olivera del departamento Angaco, y; CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calles Zapata y Santa Elena, en una longitud aproximada de quince mil metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Punta del Monte, canal Zapata y Canal Olivera, tramo comprendido entre calles Zapata y Santa Elena en una longitud aproximada de quince mil metros, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES - VALLE TULUM” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 27°) Expediente N° 519 0891-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 25 de Mayo. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar trabajos de limpieza y monda correspondiente al Dren de calle 20 del departamento 25 de Mayo, y CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 130 - SAN JUAN – Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calle 11 y salida al río San Juan en una longitud aproximada de cinco mil metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de limpieza y monda en el Dren de calle 20, tramo comprendido entre calle 11 y salida al río San Juan, en una longitud aproximada de cinco mil metros, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 28°) Expediente N° 519 0894-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 25 de Mayo. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar trabajos de monda, limpieza del cauce y obras de arte correspondiente al Dren de calle 21 del departamento 25 de Mayo, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre calle 11 y empalme con dren de calle 20, en una longitud aproximada de cinco mil metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 131 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de monda, limpieza del cauce y obras de arte en el Dren de calle 21, tramo comprendido entre calle 11 y empalme con dren de calle 20, en una longitud aproximada de cinco mil metros, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 29°) Expediente N° 519 0877-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 9 de Julio. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Costa Canal del departamento 9 de Julio, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 1800 a 2300 y de 2800 a 3200, en una longitud aproximada de un mil ochocientos metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Costa Canal, tramo comprendido entre progresiva 1800 a 2300 y de 2800 a 3200, en una longitud aproximada de un mil ochocientos metros, departamento 9 de Julio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 132 - SAN JUAN – PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 08 - SUBPARCIAL 06 “REPARACION CANAL DEL NORTE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 30°) Expediente N° 519 0881-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 9 de Julio. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Birasoro y Derivador del departamento 9 de Julio, y CONSIDERANDO: Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 000 a 6400, en una longitud aproximada de seis mil cuatrocientos metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Birasoro y Derivador, tramo comprendido entre progresiva 000 a 6400, en una longitud aproximada de seis mil cuatrocientos metros, departamento 9 de Julio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 08 - SUBPARCIAL 06 “REPARACION CANAL DEL NORTE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 31°) Expediente N° 519 0882-I-97, IRRIGACION, e/ certificado monda 97, departamento 9 de Julio. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice un llamado a Cotejo de Precios Directo para realizar levantamiento y transporte de productos de monda correspondiente al Dren Bilbao del departamento 9 de Julio, y CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 133 - SAN JUAN – Que dichos trabajos se realizarán en el tramo comprendido entre progresiva 000 a 4500, en una longitud aproximada de cuatro mil quinientos metros, contando para ello con el VºBº del señor Director General. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Bilbao, tramo comprendido entre progresiva 000 a 4500, en una longitud aproximada de cuatro mil quinientos metros, departamento 9 de Julio, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 08 - SUBPARCIAL 06 “REPARACION CANAL DEL NORTE” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 32°) Expediente N° 519 0914-C-97, CONSTRUCCIONES, s/autorización para la adquisición de motobomba, carro hormigonero y motosierra. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la adquisición de equipos a fin de no interrumpir las tareas de ejecución, mantenimiento y protección de la red de riego del Valle de Tulum, Ullum y Zonda, para lo cual se cuenta con el VºBº de Dirección General y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 134 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la adquisición de: dos (2) hormigoneras tambor basculante de 240 litros provista con motor a explosión de 8 HP; dos (2) motobombas de 10 a 13 HP con entrada y salida de 4” centrifuga autocebante con aspirante y espelente; diez (10) carros hormigoneros de 180 litros (capacidad), con ruedas neumáticas y dos (2) motosierras de 72 cc espada de 24”, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 05 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES - VALLE TULUM” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 33°) Expediente N° 519 0913-C-97, CONSTRUCCIONES, s/autorización para la compra de hierro y alambre. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la adquisición de materiales con destino a las distintas obras que ejecuta la Repartición, para lo cual se cuenta con el VºBº de Dirección General, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la adquisición de: 3.000 Kg. de alambre negro recocido Nº14; 3.000 Kg. de alambre negro recocido Nº17; 1.500 Kg. de alambre galvanizado Nº10; 2.500 Kg. de alambre galvanizado Nº12; 300 barra hierro Ø 8 especial; 300 barra hierro Ø 10 especial; 300 barra hierro Ø 12 especial y 50 barra hierro Ø 12 común, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las Partidas: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 12 y 24 - SUBPARCIAL 05 “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES en JACHAL y CALINGASTA”, respectivamente, EJERCICIO 1997. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 135 - SAN JUAN – ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 34°) Expediente N° 519 0915-C-97, CONSTRUCCIONES, materiales y herramientas. s/autorización para la compra VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la adquisición de materiales y herramientas varias con destino a las distintas obras que ejecuta la Repartición, para lo cual se cuenta con el VºBº de Dirección General, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737, cuyo pago se efectuará en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la adquisición de: 100 balde albañil (chapa), 10.000 Kg. de bitumen; 100 par de bota ½ caña; 60 cabo de anchada; 20 cabo de hacha de mano; 20 cabo de hacha grande; 20 cabo de horqueta; 60 cabo de maza; 60 cabo de pala; 60 cabo de pico; 60 balde galvanizado (10 litros); 40 cámara para carro hormigonero (350-19); 60 canasta albañil; 50 candados de 50 mm.; 15 cepillo acero; 30 cepillo t/bodeguero; 400 Kg. clavo 2” (punta paris); 400 Kg. clavo 2½ ” (punta paris); 40 cubierta p/carro hormigonero (350-19); 60 cuchara albañil Nº12; 20 escoba t/bodeguera; 60 fratacho de 50 cm.; 60 llana de 30 cm.; 50 plomada de 250 g. c/u; 1.000 par guante de vaqueta (puño corto); 20 hacha grande; 1.000 metros hilo albañil; 50 horqueta cabo largo (4 dientes); 10.000 m. junta homiflex; 50 martelinas; 60 martillo t/carpintero Nº26; 60 maza chica; 100 pala arenera (con cabo); 10 pala carbonera (con cabo); 60 pico hacha y pala; 60 pico punta y pala; 60 pico punta y punta; 60 serrucho t/encofrador de 80 cm; 100 plancha telgopor; 100 tenaza t/encofrador Nº9; 100 tenaza t/encofrador Nº12; 300 m² de tabla pino paraná 1” x 6” no menor a 4,00 m. de largo y 500 m. lineales de tirante pino paraná de 3” x 3” no menor de 4,00 m. de largo, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a las Partidas: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE: 01 - 12 - 18 - 24 y 27 - SUBPARCIAL 05 “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES en: VALLE TULUM - JACHAL - IGLESIA CALINGASTA y VALLE FERTIL”, respectivamente, EJERCICIO 1997 ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 35°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 136 - SAN JUAN – Las resoluciones N° 227, 234, 235, 236, 237, 239, 241, 244 y 245-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 227-DH-97: por la que se aprueba el gasto de $4.200,00 a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta a fin de atender los pagos en virtud del acta complementaria suscripta entre el Departamento de Hidráulica y la Universidad Nacional de San Juan aprobada mediante Acta Nº 2079, punto 5º). Nº 234-DH-97: por la que se aprueba el estudio técnico presentado correspondiente al traslado temporario autorizado mediante Acta Nº2065, punto 3º). Nº 235-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 30 para la reparación completa incluido mano de obra especializada y repuestos del motor, bomba inyectora, sistema de frenos, tren delantero y trasero, compresor y provisión de repuestos originales y/o de primera calidad para la puesta en servicio del camión Mercedes Benz 1114 patente J020915 interno 04-02 de la Repartición, conforme Ley 6737. Nº 236-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 31 para la adquisición de baterías en cajas de baquelita nuevas, con destino al mantenimiento y conservación de camiones, colectivo y equipos viales de la Repartición, conforme Ley 6737. Nº 237-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº 32 para la adquisición de materiales y elementos, con destino a los Talleres de la Repartición, conforme Ley 6737. Nº 239-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Antonio Guerra S.A., G.M.D. Distribuciones y José F. López Comercial, respectivamente, por la suma total de $39.913,78 para la adquisición de cubiertas, cámaras y protectores, con destino al mantenimiento y conservación de camiones, carretones y equipos viales de la Repartición, conforme Ley 6737. Nº 241-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas José F. López Comercial, Claudio Menchetti, Martín E. Tanten, Lar Chilecito S.A. e Integral Distribuciones, respectivamente, en la suma total de $1.502,08 para la adquisición de elementos y materiales, con destino a reparación y refacción de la casa donde funciona la Junta Departamental de Riego e Inspección Técnica en el departamento Sarmiento, conforme Ley 6737. Nº 244-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas José F. López Comercial, Sánchez Bustos y Cia. S.R.L., Auto Park, La Marina, Pinturería Córdoba S.R.L., Martín E. Tanten, Trielec S.A., Lar Chilecito S.A., Claudio Menchetti y Piriz y Cia., respectivamente, en la suma total de $4.386,95 para la adquisición de materiales, elementos y herramientas con destino al mantenimiento y conservación de diques, conforme Ley 6737. Nº 245-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Carlos y Alberto Raverta y José F. López Comercial, respectivamente, por la suma total de $5.268,00 para la adquisición de cubiertas y cámaras, con destino al mantenimiento y conservación de rurales Falcon y Pick Up Ford F100 de la Repartición, conforme Ley 6737. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 36°) Expediente N° 519 0840-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/se libre una orden de pago anticipada. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la tramitación correspondiente para librar una orden de pago anticipada por la suma de $10.000,00 a fin de atender el pago de servicios de correo durante el corriente año, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 137 - SAN JUAN – Que por razones presupuestarias se afecta la suma de $3.000,00 por lo que corresponde emitir resolución de aprobación del gasto por este importe y autorizar a librar orden de pago anticipada. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la emisión de una Orden de Pago Anticipada a favor del Tesorero, con cargo a rendir cuenta, por la suma total de pesos tres mil ($3.000,00), para atender los pagos en concepto de servicios de correo durante el corriente año. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 05 - “CORREOS Y TELEGRAFOS ” - EJERCICIO 1997. ARTICULO 3º. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cuarenta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 138 - SAN JUAN – A C T A N° 2087 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a seis días del mes de mayo del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2086. 2°) Expediente N° 519 0345-R-97, TRIGO, RAMONA R. FUNES DE., s/ pago de licencias adeudadas. VISTO: El expediente N° 519 0345-R-97, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de la resolución N°221-DH-97, fojas 7 del mencionado expediente, Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de licencia proporcional año 1996, que se le adeuda al ex agente Orlando Domingo Trigo. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $231,96 (pesos doscientos treinta y uno con noventa y seis centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1996 que se le adeuda al ex agente Orlando Domingo Trigo, M.I. N°10.304.731. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 01 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES - V. TULUM” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 3°) Expediente N° F12 2684-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento 25 de Mayo. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 7º, y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 139 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento 25 de Mayo, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION CUENTA Tiro Federal Las Casuarinas Correa, Bernardo 4Ha.5000m² 3Ha.2760m² 1159 198 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 4°) Expediente N° F12 2685-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 8º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Caucete, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION CUENTA Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino 0Ha.7314m² 0Ha.2686m² 0Ha.1340m² 2732 3190 2867 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 5°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucía. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 140 - SAN JUAN – Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 14º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Cuenca de Melian Gutierrez, Rodolfo Zapata, Gregorio Zapata Flores, L. Arena de Rojas, Hilda Salvador de la Roza Ruiz, Francisco Vazquez, Balderrama Portillo, Miguel Cueli, José Barrionuevo, Nicolas DOTACION 0Ha.0603m² 0Ha.0624m² 0Ha.0624m² 0Ha.0886m² 0Ha.0633m² 0Ha.8200m² 0Ha.4340m² 0Ha.1571m² 0Ha.0875m² 0Ha.2371m² 0Ha.0706m² CUENTA 4465 4467 4466 4673 4473 2872 4745 1357 2891 5881 6024 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2071, punto 15º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 141 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Carmona, Orlando Alberto Zaghaib Dumis, Miguel Castro, Dalmiro Luis León, Juan Federico y otros Porres, José Marcelino Porres, Olguin Ramón Tejada, Carlos Alberto Oropel, Pedro Alberto Figueroa, Juan Agustin Morales de Porres, Catalina Moreno, José F. y otros Pizarro, Juan Angel Porres, Oscar Porres, Oscar Mercado de Gonzalez, Marta Porres, Florencio W. Porres, Florencio W. Porres de Luengo, Rosario Emp. Constr. Walter Melcher Porres de Luengo, Rosario Cobos, Maria C. y otra Cobos, José Sebastian Salinas de Roldan, Paulina Cobos, Marcelo Fuentes, José Aballay, José Miguel De los Ríos, Gerónimo y otros Prado, Desiderio Bustos de Paez, Jacinta Saldivar, Manuel Pablo E. Porres, Segundo Vicente Segura, Juan Pedro Enrique Coop. de Vivienda 30 de Agosto Coop. de Vivienda 30 de Agosto Coop. de Vivienda 30 de Agosto Coop. de Vivienda 30 de Agosto Ramos, Pedro Arnaldo Ramos, Pedro Arnaldo Ramos, Pedro Arnaldo USUARIO Alvarez Abarca, Francisco Vila de Criado, Susana Guardia, Juan Evaristo DOTACION 0Ha.2605m² 0Ha.0607m² 0Ha.0621m² 0Ha.2464m² 0Ha.9275m² 1Ha.6131m² 0Ha.0576m² 0Ha.0629m² 0Ha.0549m² 0Ha.4813m² 3Ha.0000m² 0Ha.1011m² 0Ha.1976m² 1Ha.0148m² 0Ha.0540m² 1Ha.6699m² 0Ha.8348m² 1Ha.9016m² 0Ha.0984m² 1Ha.0000m² 0Ha.6828m² 0Ha.4565m² 0Ha.0508m² 0Ha.0620m² 0Ha.5000m² 0Ha.1099m² 0Ha.0557m² 0Ha.0683m² 0Ha.0661m² 0Ha.0829m² 0Ha.5882m² 1Ha.1865m² 0Ha.6783m² 0Ha.4284m² 0Ha.8120m² 0Ha.0617m² 1Ha.6042m² 0Ha.5132m² 0Ha.1510m² DOTACION 1Ha.7552m² 0Ha.0584m² 0Ha.4692m² CUENTA 3813 4069 4075 4141 752 753 3778 3786 3941 942 760 4398 4435 4436 4437 3393 3392 1777 4380 763 749 3242 4352 3995 759 3611 1829 1069 1072 995 959 87 3723 3724 1693 120 3957 3958 3956 CUENTA 1691 3969 98 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 142 - SAN JUAN – 7°) Expediente N° F12 2680-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento 9 de Julio. VISTO: El expediente Nº F12 2680-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2080, punto 12º. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. deberán tomar nota de la caducidad de las concesiones indicadas en Acta Nº 2080, punto 12º), con excepción de las Cuentas: Nº2142 y Nº896, atento que por expedientes Nº 519 0846-C-97 y Nº 519 0848-M-97, los señores Juan Bautista Ciprian y Alfredo Marún, respectivamente, han interpuesto recurso de reconsideración al acto administrativo mencionado. ARTICULO 2º. Comuníquese. 8º) Expediente N° 37.741-I-96, ISNARDO, JUAN ALEJANDRO, s/ empadronamiento, departamento Capital. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Juan Alejandro Isnardo, en calidad de propietario, solicita el empadronamiento del derecho de agua de riego correspondiente al inmueble adquirido por posesión veinteañal individualizado con Nom. Catastral N° 0125/040820, ubicado en departamento Capital, y; CONSIDERANDO: Que según informa la Inspección Técnica Departamental a fojas 8 vta., el predio de referencia recibe el total de la dotación por canal Robledo, toma propia. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha efectuado un análisis de los antecedentes dominiales y de derecho de riego del inmueble en cuestión, determinando que el mismo proviene de la cuenta N° 2586 a nombre de Luisa Ligoule de Isnardo que actualmente figura con dotación permanente remanente para 0Ha.6322m² aconsejando, en consecuencia, su inscripción. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Juan Alejandro Isnardo, el inmueble de su propiedad, Nom. Catastral N° 01-25/040820, con superficie según mensura de 0Ha.3400,98m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.3400m² en descargo de la cuenta N° 2586 que figura inscripta a nombre de Luisa L. de Isnardo, con dotación para 0Ha.6322m², canal Robledo, toma propia, departamento Capital. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 143 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Eliminar de la cuenta Nº 2586 del departamento Capital un excedente de dotación de 0Ha.2922m² por ajuste de superficie conforme a mensura. ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.9°) PLACA RECORDATORIO DEL CINCUENTENARIO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA. VISTO y CONSIDERANDO: Que este Cuerpo ha detectado que en el hall de entrada al Departamento de Hidráulica se encuentra una placa recordatorio del cincuentenario del Departamento de Hidráulica, indicando que la fecha de creación de esta Repartición data del año 1943. Que ello implica un error, ya que de acuerdo a la documentación existente, que es la Ley 886 de creación del Departamento de Hidráulica data del año 1942, tal cual fue tratada y aprobada en su oportunidad por la Honorable Cámara de Representantes de la Provincia el 28 de setiembre de 1942. Que posteriormente con fecha 10 de octubre de 1942 el señor Gobernador de la Provincia señor Pedro Valenzuela y el Ministro F. Bustelo de Obras Públicas Industria Comercio y Minería le da fuerza de ley y que se conoce con el Nº 886. Que por ello debe considerarse como fecha de creación del Departamento de Hidráulica el 10 de octubre de 1942, que es cuando queda sancionada por las autoridades respectivas teniéndola como Ley de la Provincia, dándole los articulados de forma y ordenando la publicación en el Boletín Oficial. Que de acuerdo a visitas realizadas por el Consejo a distintas Delegaciones del Departamento de Hidráulica se ha observado placas con el mismo error en cada una de ellas. Que es procedente salvar el error cometido, por cuanto se debe dejar plasmado en una placa recordatorio la fecha exacta de creación del Departamento de Hidráulica. Que a efectos de que quede un recuerdo real de los primeros 50 años de vida del Departamento de Hidráulica se deberá proceder a colocar placas con las verdaderas autoridades existentes al 10 de octubre de 1992. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Retirar todas aquellas placas colocadas tanto en el hall del Departamento de Hidráulica como en las respectivas Delegaciones donde se indica que el cincuentenario es desde 1943 hasta 1993. ARTICULO 2°. Autorizar al señor Director del Departamento de Hidráulica para que proceda a confeccionar nuevas placas donde se indique la verdadera fecha de creación de la Repartición y con las autoridades existentes al 10 de octubre de 1992. ARTICULO 3°. El texto de dicha placa será el siguiente: Lic. JORGE ALBERTO ESCOBAR - Gobernador Ing. JULIO TITO MONTAÑA - Subsecretario de Irrigación Ing. JOAQUIN C. RIVEROS - Jefe Técnico Departamento de Hidráulica GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 144 - SAN JUAN – ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 247, 248, 250, 251, 252 y 253-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 247-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Auto Park y Martín Esteban Tanten, respectivamente, en la suma total de $7.188,00 para la adquisición de trépanos triconos ripieros para formación dura insertos y/o comunes de 17-1/2” y 12-1/4” con destino a los equipos perforadores de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley 6737. Nº 248-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Enrique Gatti en la suma total de $4.449,16 para la adquisición de dos hormigoneras con tambor basculante de 240 litros provistas de dos motores a explosión de 8 H.P. con destino a la ejecución de obras programadas por esta Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley 6737. Nº 250-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº 709/96 a la firma Juan Enrique, las cuentas 848, 849, 856 y 467 del departamento Iglesia. Nº 251-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº 859/96 a la firma Juan Enrique, las cuentas 848, 849, 856 y 467 del departamento Iglesia. Nº 252-DH-97: por la que se autoriza el pago a los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos, por la suma total de $4.347,16 correspondiente al mes de marzo de 1997. Nº 253-DH-97: por la que se autoriza el pago a los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José M. Castro, propietarios de camiones contratados que ejecutan tareas en los departamentos Calingasta, Iglesia y Jáchal, por la suma total de $4.600,00 correspondiente al mes de marzo de 1997 ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece y treinta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 145 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 146 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 147 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 148 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 149 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 150 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 151 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 152 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 153 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 154 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 155 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 156 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 157 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 158 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 159 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 160 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 161 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 162 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 163 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 164 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 165 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 166 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 167 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 168 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 169 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 170 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 171 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 172 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 173 - SAN JUAN – A C T A N° 2091 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a tres días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2090. 2°) Expediente N° 519 0976-I-97, I.P.V., s/ caducidad de derecho de riego agrícola por el no uso, departamento Chimbas. VISTO: Que por estas actuaciones Jefatura Técnica del Instituto Provincial de la Vivienda, solicita se disponga la caducidad del derecho de riego agrícola por el no uso para las dotaciones de 11Ha.4666m² Cuenta Nº 4471 y 9Ha.3444m² Cuenta Nº 4472, departamento Chimbas en razón de que en la parcela Nom.Cat. 08-23/125080 se ha contratado la ejecución de un complejo habitacional, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3, que los derechos de riego perteneciente al inmueble Nom.Cat.08-23/125080 figuran inscriptos bajo la cuenta N° 4471 y Nº 4472 del departamento Chimbas a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda con dotaciones de carácter permanente para 11Ha.4666m² y 9Ha.0618m². Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., manifiesta que la referida parcela no hace uso del agua de regadío desde hace más de diez años. Que el artículo 137º del Código de Aguas, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el titular que expresa y solicita la caducidad. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78 de las concesiones de agua de riego para 11Ha.4666m² y 9Ha.0618m² registradas bajo Cuentas Nº 4471 y Nº4472 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Notifíquese y tomen nota de la caducidad declarada por este acto Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 3°) Expediente N° F12-2701-I-96, IRRIGACION, s/ reemplazo de movilidad para el agente Efrain Néstor Rodriguez.. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 174 - SAN JUAN – VISTO: El expediente Nº F12-2701-I-96 y Decreto N°0459/96, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de los informes y documentación obrantes en las actuaciones de referencia, se ha liquidado al Celador del departamento Chimbas, Efrain Néstor Rodriguez, la compensación por uso de movilidad particular adeudada desde julio a diciembre de 1996. Que han tomado intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos cuatrocientos sesenta con ochenta centavos ($460,80) en concepto de compensación por uso de movilidad particular, adeudada durante los meses julio a diciembre de 1996, al Celador del departamento Chimbas, Efrain Néstor Rodriguez, M.I. N°07.934.178. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 01 - SUBPARCIAL 06 - “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES-VALLE TULUM” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada, a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Comuníquese, tómese debida nota y oportunamente archívese. 4°) Expediente N° 519 1199-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso de derecho de riego, departamento Sarmiento. VISTO: Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola empadronado en el departamento Sarmiento, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Sarmiento. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 175 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Sarmiento que a continuación se detallan: Usuario Menendez, Escobar C. Riveros, Marcial Ramos, Manuel Patiño, Ciriaco H. Tejada de Bordón, Vicenta R. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Hensel, Eduardo Blanco, Carlos Angel Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Videla, Lázaro E. Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Diaz, Azicando B. Patiño, Ciriaco Bordón, Vicenta Aguilera, Dora del Jesús Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Cortez, Domingo Silo Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Espinoza, Demetria Sánchez, Gilberto Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Rosales, Juana E. Gonzalez, Heriberto Gonzalez de Morales, Rosa y O. Morales, Anibal Tello, Clemente Patiño, Ciriaco Femenía, Jaime Femenía, Jaime Cuenta 1125 1361 1364 1718 1779 1918 1917 1915 2267 2266 1913 1912 2018 1625 1622 1607 1604 1603 1601 1600 1599 1597 1595 1911 1916 1621 1620 1616 1615 1614 1613 1611 1594 1592 1591 1590 1589 1588 1587 1586 1584 1582 1609 1706 1566 Dotación 0Ha.0749m² 0Ha.1997m² 0Ha.1498m² 0Ha.0749m² 0Ha.0749m² 0Ha.0749m² 0Ha.0849m² 0Ha.0749m² 0Ha.0625m² 0Ha.0624m² 0Ha.2488m² 0Ha.1498m² 0Ha.0750m² 0Ha.1500m² 0Ha.2500m² 0Ha.1975m² 0Ha.2500m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2497m² 0Ha.1000m² 0Ha.1149m² 0Ha.1739m² 0Ha.2497 m² 0Ha.2497m² 0Ha.1739m² 0Ha.0750m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.1847m² 0Ha.0999m² 0Ha.2000m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.0850m² 0Ha.1000m² 0Ha.0749m² 0Ha.0749m² 0Ha.1000m² 0Ha.1850m² 0Ha.2500m² 0Ha.0876m² 0Ha.1113m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 176 - SAN JUAN – Usuario Femenía, Jaime Femenía, Jaime Luján, Jorge Osvaldo Femenía, Jaime Femenía, Jaime Torrent, César Alberto y Otro Torrent, César Alberto y Otro Cuenta 1571 1579 1107 1708 1707 0985 0690 Dotación 0Ha.2878m² 0Ha.0635m² 0Ha.2490m² 0Ha.1427m² 0Ha.3690m² 0Ha.1590m² 0Ha.2608m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín Oficial, y dos días en diario local. ARTICULO 3°. Notifíquese y tomen nota de la cesación de derechos declarada en el artículo 1º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 5°) Expediente N° 519 1014-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Valle Fértil. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Valle Fértil, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Valle Fértil, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Sirerol, Enrique Kerman, Luis Kerman, Isaac Silva, Edgar R. Diaz, Rudecindo Serafín Fernandez, Antonio Lorea, Rímolo Pascual Cuenta 600 598 597 581 586 582 420 Dotación 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 0Ha.1596m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 177 - SAN JUAN – Usuario Lorea, Rímolo Pascual Cooperativa Agrovitícola (CAVIC) Costa de De la Vega, Modesta Zunino, Josefina Mo de Baistrocchi, Silvio S.A. Sarmiento, Fany Echegaray de Daroni, Alfredo Rodriguez, Arminda Olga Pellicer, Eduardo Adi, Casimiro Cuenta 633 726 656 628 629 631 630 612 611 610 Dotación 9Ha.8404m² 0Ha.0829m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° 519 1227-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 178 - SAN JUAN – conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Porres, Juan Walter y Ot. Mota, Rafael Bernardo Martín Moreno, Juan Sanchez de Calvo, Feliza E. Plana, Francisco Gimenez H., Francisco H. Asoc.Mut.Pers. de Loma Negra Baez, Amadeo D.P.L.Hogar Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L. Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L. Ordoñez, Raul Juan Fernandez, Arturo Sind. de Trab. de Luz y Fuerza Fernandez Vda.de Martín, Carmen T. Municip. de Chimbas Bº FAECAP Selman Martín, José Ahmed Selman Martín, José Ahmed Nefa, Oscar Meljen y otro Natania Coop. de Viv. Cons. y Cred. Ltda. Octavio D’Ascanio S.A. Octavio D’Ascanio S.A. Asoc. Mutual Ban de Ban Cuenta 175 1842 30 29 2266 4004 42 53 4365 4409 4410 2747 1684 111 172 4326 1384 1820 3707 1190 1191 4183 3342 Dotación 5Ha.3663 m² 1Ha.7992 m² 0Ha.9083 m² 0Ha.5999 m² 0Ha.7084 m² 1Ha.3806 m² 3Ha.0000 m² 1Ha.0000 m² 2Ha.7412 m² 2Ha.5868 m² 2Ha.4132 m² 0Ha.5032 m² 3Ha.3433 m² 6Ha.0000 m² 0Ha.5855 m² 9Ha.1000 m² 0Ha.7241 m² 3Ha.0000 m² 4Ha.0707 m² 4Ha.3852 m² 3Ha.8487 m² 0Ha.6354 m² 2Ha.8459 m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas que a continuación se detallan: Usuario Castillo, David B. y Otros Villalba, Juan María Guevara, Lola Marcelina S. de Rivera, Eugenio Rivera, Adolfo Washington Chaves, Encarnación Rivera Sind. de Trab. de Luz y Fuerza Rivera, Eugenio M. F. Víctor Sanchez, Pedro Domingo Sanchez, Pedro Domingo Cuenta 4155 3637 4051 109 3933 3934 1723 1984 4239 3889 Dotación 0Ha.0640m² 0Ha.1644m² 0Ha.4802m² 0Ha.3402m² 0Ha.0562m² 0Ha.0565m² 0Ha.4720m² 0Ha.0536m² 0Ha.0501m² 0Ha.0677m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos en el Boletín Oficial, por el término de un día y diario local dos días. ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesación de derechos declarada en el artículo 2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. 7°) Expediente N°37.796-B-96, BERBARI, MICHEL, s/traslado de dotación, departamento 9 de Julio. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 179 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones el señor Michel Berbari en su carácter de propietario, solicita se legalice el traslado de dotación efectuado hace aproximadamente cuarenta años, desde la parcela N.C. N° 09-38/600640 al inmueble con N.C. N°09-38/820550, departamento 9 de Julio, como también se unifiquen los derechos de riego en una sola cuenta, y; CONSIDERANDO: Que según informes de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación, aunque no existe instrumento legal que lo acredite, hace varias décadas la Junta de Riego Departamental debido a rotura del cauce regador por crecida del río San Juan, autorizó el traslado de 3,1660Ha. que se entregaban por el ramo 6º del canal Majadita, Cuenta Nº611 al ramo 5º del mismo canal conjuntamente con el derecho correspondiente a la cuenta Nº 610, situación que se mantiene, estimando que es conveniente formalizar la inscripción a fin de normalizar una situación de hecho de antigua data. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 15 vta., que los derechos de riego perteneciente a los inmuebles de referencia figuran inscriptos bajo las cuentas N° 611 y Nº 610 del departamento 9 de Julio a nombre de Michel Berbari con dotaciones de carácter permanente del Arroyo de Agua Negra para 3Ha.1660m² y 23Ha.1866m². POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el traslado de una dotación de 3Ha.1660m² desde el inmueble N.C. N° 09-38/600640 cuenta N° 611 al inmueble con N.C. N°09-38/820550 cuenta N° 610, a nombre de Michel Berbari, dotado por el ramo 5º del Canal Majadita, departamento 9 de Julio. ARTICULO 2°. Unificar las cuentas N°611 y Nº610 con dotaciones de agua de riego de carácter permanente del Arroyo de Agua Negra para 3Ha.1660m² y 23Ha.1866m² a nombre de Michel Berbari, con superficies s/m de 7Ha.0797,02m² y 51Ha.8543,98m², Nom.Cat. N° 09-38/ 600640/820550, departamento 9 de Julio. ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. 8º) Expediente N° 519 1049-C-97, COSTA, TITO ENRIQUE, s/ se revea sanción disciplinaria VISTO: Que por estas actuaciones el agente Tito Enrique Costa, solicita se revea la sanción disciplinaria aplicada según artículo cuarto de la resolución contenida en Acta Nº 2086 punto 15º fundando su pedido en razón de que cuando se produjo el error involuntario se encontraba solo y con un gran cúmulo de trabajo, y; CONSIDERANDO: Que lo expuesto por el agente Tito E.Costa lleva a este Cuerpo a atenuar la medida aplicada. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Reducir a un día la sanción aplicada en artículo cuarto de la resolución contenida en Acta Nº 2086 punto 15º al agente Tito Enrique Costa, M.I. Nº 7.951.073. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 180 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Notifíquese y tomen nota Departamento Administración de Personal. Cumplido, archívese. 9°) Expediente N° 519 1186-J-97, JUNTA DE RIEGO DEL DEPARTAMENTO JACHAL, e/ nota aceptando la renuncia de integrantes de Comisión de Riego. VISTO: Las renuncias presentadas por los señores Alejandro Guevara y Angel Olivares, como miembros titular y suplente de la Comisión de Riego del departamento Jáchal, y; CONSIDERANDO: Que la Junta Departamental de Riego opina que corresponde aceptar las renunciar presentadas. Que ante la falta de autoridades en el Subdistrito Medio del Distrito II, Sección Electoral Nº3, corresponde convocar a elecciones complementarias conforme lo dispone el artículo 66º de la Ley 886. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar las renuncias presentadas por los señores Alejandro Guevara y Angel Olivares, como miembros titular y suplente, respectivamente, del Subdistrito Medio, Distrito II, Sección Electoral Nº3 del departamento Jáchal. ARTICULO 2°. Convocar a los concesionarios de agua de riego y uso industrial o fuerza motriz de la Sección Electoral Nº3, Distrito II, Sub Distrito Medio del Departamento Jachal con derecho a voto, para que el día 18 de julio próximo entre las 8 y 12hs., procedan por votación a elegir miembros titular y suplente para el periodo 1996 - 1998. ARTICULO 3º: Para el Acto Eleccionario se utilizará el padron electoral confeccionado, con motivo de la elección de Comisiones de Regantes y Encargados de Canal, Ramo y/o Pozos Oficiales, llevadas a cabo el día 27 de octubre de 1996. ARTICULO 4º: Se designa apoderado al señor Inspector Técnico departamental, quien tendrá a su cargo el control del normal funcionamiento del acto eleccionario, quedando facultado para designar autoridades de comicio en caso de ser necesario por situaciones imprevistas. Igualmente dispondrá la asistencia del personal de riego para colaborar con las autoridades de comicio, en cuanto les sea requerido. ARTICULO 4º: Autorízase a Dirección General a disponer la publicación de los edictos de convocatoria en el Boletín Oficial y diario local, según lo dispone el artículo 70º de la Ley 886. ARTICULO 5º: Comuníquese y tómese nota. 10°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO. VISTO: Las resoluciones N° 284, 285, 286, 287, 288, 291, 292, 293, 297, 298, 299, 300, 301 y 304-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 181 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 284-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº45 para la adquisición de tres bombas de agua nuevas pieza Nº473295, con destino a la puesta en servicio de las retroexcavadoras Fiat Allis S.R. 9, internos 38-01, 38-02 y 38-03 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 285-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº48 para la adquisición de cuarenta cajas de 5 resmas c/u de papel formato A-4 tipo ejecutivo en papel obra de 75 g. blanco liso, con destino a los diferentes sectores informáticos de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 286-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº46 para la adquisición de tambores de lubricantes de distintas densidades y tipos, con destino al mantenimiento y conservación de equipos de bombeo de perforaciones de las baterías de pozos oficiales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 287-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario Batias, por la suma total de $1.258,00 para la adquisición de un cilindro excavador nuevo con destino a la reparación y puesta en servicio de la retro Fiat 4600 interno 40-01 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 288-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Auto Park, La Platense S.A., Lino Eduardo Luna, Lar Chilecito S.A., Martín Esteban Tanten, Claudio Menchetti y José F. López Comercial, por la suma total de $2.991,91 para la adquisición de materiales, elementos y herramientas con destino a los talleres de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 291-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral Distribuciones e Industrias Sisterna S.R.L., por la suma total de $5.360,48 para la adquisición de materiales, elementos y herramientas con destino a los talleres de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 292-DH-97: por la que se autoriza el pago a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro, por la suma total de $4.864,84 en concepto de prestación de servicio en alquiler de camiones durante el mes de abril de 1997 en los departamentos Calingasta, Iglesia y Jáchal. Nº 293-DH-97: por la que se autoriza el pago a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi y Salvador Victoria, por la suma total de $5.307,16 en concepto de prestación de servicio en alquiler de camiones durante el mes de abril de 1997 en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos. Nº 297-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación directa a favor del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, por la suma total de $230,00 para la confección de dos libros media pasta para registros de aforos diarios con destino a Distribución Matriz de la Repartición. Nº 298-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Federico Hnos. Empresa Constructora, por la suma total en bonos CREFI 6.000,00 para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Colón, departamento San Martín, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 299-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Federico Hnos. Empresa Constructora, por la suma total en bonos CREFI 12.000,00 para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el canal Nacional y Dren Velazquez Este, departamento Angaco, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 300-DH-97: por la que se autoriza la contratación del servicio de Internet con la empresa Mercedario Digital en un todo de acuerdo con el Contrato obrante a fojas 3, 4, 5 y 6 del expediente Nº519 0714-S-97 cuya cobertura rige a partir del mes de abril hasta diciembre de 1997, por la suma total de $497,31 a fin de poder acceder a informaciones de temas relacionados con el sistema hídrico y estudios sobre la optimización de recursos y contaminación de cauces tanto en el ámbito nacional y/o internacional, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 182 - SAN JUAN – Nº 301-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis Stornini Excavaciones, por la suma total en bonos CREFI 79.587,00 para la ejecución de los trabajos de levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Punta del Monte, canal Zapata y canal Olivera, departamento Angaco, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 304-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis Stornini Excavaciones, por la suma total en bonos CREFI 69.551,00 para la ejecución de los trabajos de limpieza de dren, levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren de calle 20, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora doce, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 183 - SAN JUAN – A C T A N° 2092 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a diez días del mes de junio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva, Asesora Letrada de la Repartición Dra. Olga Sassul y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2091. 2°) MANEJO DIRECTO DEL MANTENIMIENTO Y CONSERVACION DE LA RED DE RIEGO, DRENES, DESAGUES Y DEFENSAS POR PARTE DE LAS JUNTAS DEPARTAMENTALES DE RIEGO. VISTO: Que algunas Juntas Departamentales han manifestado su deseo de una participación mas activa en el mantenimiento y conservación de la red, drenes y desagües, defensas, etc., y; CONSIDERANDO: Que esta situación está contemplada en la Ley 886 de creación del Departamento de Hidráulica, donde en su artículo 5º se expresa que el Gobierno del Departamento de Hidráulica estará a cargo de un Consejo, de una Dirección General y de los Organismos Descentralizados establecidos a tal fin. Que Organismos descentralizados son las Juntas Departamentales de Riego y las Comisiones de Regantes cuyos conceptos generales están establecidos desde el art. 42º al art. 49º. Que desde el art. 50º al 56º se indican como deben establecerse las Juntas Departamentales. Que en su Art. 57º se establecen cuales son los deberes y atribuciones de cada Junta Departamental. Que en los incisos b), g), h) y k) se indica que deben fijar anualmente el presupuesto de conservación, mejoras, limpieza y monda de cauces del departamento y además ordenar la iniciación y ejecución de los trabajos luego que el Consejo haya autorizado a su favor los créditos a invertir. Que a efectos de poder realizar por su propia cuenta los trabajos antes indicados las Juntas Departamentales deberán disponer de un porcentaje de lo recaudado por la Contribución Económica en cada uno de los departamentos. Que de acuerdo a las disposiciones vigentes el 60% de esa Contribución Económica pertenece a las Tasas Retributivas de Servicios y el 40% al Canon propiamente dicho. Que en base a ello es procedente que parte de lo recaudado por las Tasas Retributivas de Servicios sea girado a las distintas Juntas de Riego para que cumplan su cometido antes indicado. Que la situación actual de las Juntas Departamentales son diferentes entre si por cuanto algunas manejan mayor cantidad de personal obrero que otras cuyos sueldos son planillados y GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 184 - SAN JUAN – abonados por el Departamento de Hidráulica y además existen diferencias en la red de riego, teniendo en cuenta lo impermeabilizado y en tierra como así también en lo referente a Red de Drenes y Desagües, como a defensas. Que esto se verá reflejado en las Transferencias a cada Junta de Riego, por lo que deberá ser analizado cada caso en particular. Que no obstante existirá un porcentaje base igual para transferir a cada una de las Juntas que se establece en un 35% de las Tasas Retributivas de Servicios de lo recaudado en cada departamento. Que este proyecto fue puesto a consideración de las Juntas de Riego el día 03 de junio, el cual fue aprobado. POR ELLO: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1º. Establecer un marco general para que cada Junta de Riego maneje su presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, drenes, desagües y defensas, en base a las siguientes consideraciones: a) Cualquier gasto que realice la Junta de Riego deberá aprobarse por Acta y ajustarse a lo estipulado por Ley de Contabilidad de la Provincia. b) Deberá llevar un Libro de Banco rubricado por Contaduría General de la Provincia donde se hará constar los Ingresos y Egresos, ajustados a la Ley de Contabilidad. c) El Delegado Habilitado tiene los deberes y atribuciones que le confiere la Ley Nº886, articulo 38º, debiendo rendir mensualmente los gastos. d) Deberá elevar para su aprobación al Consejo un Presupuesto de Gastos en función de los trabajos a realizar anualmente, estableciendo un Orden de Prioridad para su ejecución. e) Trimestralmente cada Junta elevará al Departamento de Hidráulica un informe detallado sobre todo lo ejecutado con la inversión respectiva. Haciendo también un balance final al término de cada año. f) El Departamento de Hidráulica otorgará a la Junta de Riego el crédito presupuestario en base al Decreto Nº 001 que anualmente emite el Ministerio de Hacienda y Finanzas. g) El Departamento de Hidráulica girará a la Junta respectiva mensualmente, depositándola en la cuenta que ésta tenga, la parte que le corresponda por la recaudación del pago de los Usuarios del Departamento. h) El Departamento de Hidráulica se reserva el derecho de inspeccionar las obras que ejecuten las Juntas. i) El Departamento de Hidráulica colaborará dentro de sus posibilidades y de acuerdo a la disponibilidad de Equipos Pesados, cuando en la ejecución de tareas se requieran esos servicios. j) Se fija como importe aproximado a transferir a cada Junta el 35% de las Tasas Retributivas de Servicios de lo recaudado en cada departamento. k) El importe final a transferir a cada Junta será diferente, teniendo en cuenta las características particulares que presentan cada una de ellas y en base a un análisis que se efectuará en cada caso. ARTICULO 2º. De acuerdo a lo indicado en el artículo anterior y a las condiciones particulares de cada departamento se elaborará en cada caso un convenio para llevar a cabo su cometido, el cual será firmado por el Presidente de la Junta Departamental y por el Director General, refrendado por este Consejo. ARTICULO 3º. Comuníquese y tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 185 - SAN JUAN – 3°) Expediente N° 519 1233-D-97, DEPARTAMENTO RECAUDACION, s/se determine importes y fecha de vencimientos a la 4ta. y 5ta. cuota anticipo año 1997. VISTO: El expediente N° 519 1233-D-97, y; CONSIDERANDO: Que es necesario fijar el valor para la cuarta y quinta cuota anticipo hasta tanto se cumpla con todos los requisitos requeridos para la fijación del canon de riego definitivo, conforme a las atribuciones legales que establece la Ley N° 886, Código de Aguas Ley Nº 4392/78 y Código Tributario, Ley N° 3908. Que el artículo 9º de la Ley Nº 6.748/96, establece un descuento del veinte por ciento (20%) a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones y siempre que se efectivice el pago en las fechas de los correspondientes vencimientos que se produzcan, mientras dure la emergencia hídrica declarada por la Ley Nº 6.737. Que por razones de orden práctico se decide adoptar el criterio aplicado por el Consejo en Acta N° 767 punto 2°) Articulo 2°. POR ELLO; en uso de sus atribuciones EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Fíjase como valor para la cuarta y quinta cuotas anticipo del canon de riego y tasas de servicios hídricos, por hectárea empadronada, los siguientes: Primera y Segunda Zona: Jáchal, Calingasta e Iglesia: Valle Fértil: $5,00 $3,00 $3,60 ARTICULO 2°: Fíjase como fechas de vencimiento para el cobro de la cuarta y quinta cuota anticipo del canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos las siguientes: Cuarta cuota anticipo: Quinta cuota anticipo: 1° vencimiento: 12 de setiembre de 1997 2° vencimiento: 26 de setiembre de 1997 1° vencimiento: 14 de noviembre de 1997 2° vencimiento: 28 de noviembre de 1997 ARTICULO 3º. Departamento Recaudación, División Rentas y Valores efectuará el 20% de descuento a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en sus obligaciones, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 6.748. ARTICULO 4°. A efectos del cumplimiento del Articulo 1°, los predios de mas de 5000 m² y que no alcancen al 10.000m² se considerarán como 1Ha. y los que no exceden de 5000m² como ½Ha. ARTICULO 5°. Del valor establecido, el canon de riego representa el 40% y el 60% restante responde a tasas retributivas de servicios hídricos. ARTICULO 6°. Elévese al Poder Ejecutivo la presente Resolución. 4°) Expediente N°157-B-95, NAVAS, MARCELO, s/consolidación de deuda en Autos Nº 5394. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 186 - SAN JUAN – VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Marcelo Navas, Mat. Nº 1437, tramita el pago de la deuda, Autos Nº 5394 caratulados Navas González, Emilio c/Departamento de Hidráulica - Expropiación Inversa, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 26 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos dos mil ochocientos cuarenta y dos con sesenta y nueve centavos ($2.842,69) a favor del Dr. Marcelo Navas, Mat. Nº1437, en concepto de monto condenatorio, honorarios e intereses conforme liquidación obrante a fs. 26, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 0016-C-97, CLUB VELA Y REMO, s/concesión de derecho de uso de agua, departamento Ullum. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Marcelo Navas, en su carácter de Presidente del Club Sanjuanino de Vela y Remo, solicita concesión de uso de agua con fines recreativos para el predio ubicado en el Area Turística de Actividades al Aire Libre (Area A.T. 1), de la Presa Embalse Quebrada de Ullum, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Irrigación - División Ecología Agrícola a fs. 9, en razón de que el agua solicitada se destinará al riego de campos de deportes, jardines y arbolado, además de los usos domésticos para la población permanente y transitoria, determina que la cantidad de agua necesaria es de 2Ha.0000m². Que a fs. 11 el presentante agrega a estos actuados la Resolución Nº 145-EPT-97 por la que el Ente Provincial de Turismo considera de importancia turística las instalaciones del Club Vela y Remo. Que se han cumplimentado los requisitos que determina el Código de Aguas en sus artículos 35º, 42º “Publicaciones” y 82º “Intervención de Otros Organismos”, según Acta Nº GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 187 - SAN JUAN – 2072 punto 6º), por la cual las Juntas de Riego prestan su consentimiento sin formular las acciones referidas en los artículos 52º al 54º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Otorgar al Club Sanjuanino de Vela y Remo, una concesión de agua para uso recreativo de 2Ha.0000m², a derivar del Embalse Quebrada de Ullum. ARTICULO 2°. El Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental controlará periódicamente el funcionamiento del sistema de extracción en función de la dotación acordada. ARTICULO 3°. El otorgamiento de la concesión cesará cuando no se cumplan estrictamente los mismos fines y se haya producido el cambio de destino en materia de uso, especialmente con la implantación de cultivos con fines económicos o que no sean propios y relativos a la actividad recreativa. ARTICULO 4°. La concesión de agua otorgada en el Articulo 1º, es en forma temporaria por el término de 5 (cinco) años cuya renovación puede operarse si es solicitada antes de expirar el plazo autorizado (Articulo 81º siguientes y concordantes de la Ley Nº4392/78). ARTICULO 5°. A los efectos de la contribución de riego se tendrá en cuenta lo dispuesto en Acta Nº 2044, punto 13º) (Derecho Especial de Concesión) y para el canon anual, lo establecido en Acta Nº 2088, punto 2º). ARTICULO 6°. Notifíquese al recurrente. Tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido, archívese. 6°) Expediente N° F12 1832-C-96, COLL, ERNESTO J., s/aprobación del proyecto de división, departamento Calingasta. . VISTO: Las presentes actuaciones por las que el Agrimensor Ernesto J. Coll, solicita por la sucesión de Prudencio Antonio Berrío, cambio de servidumbre de riego para una dotación de 0Ha.9000m² del canal Román a un ramo de riego de arbolado público municipal derivado del canal Cano y Araya, departamento Calingasta, y; CONSIDERANDO: Que a fs. 7 la Junta de Riego e Inspección Técnica dan opinión favorable y el Municipio de Calingasta, fs. 9, concede el permiso para el uso de la cuneta del arbolado público que se encuentra ubicada en la Ruta 412-Sorocayense. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 14 que el inmueble comprendido por el proyecto de fraccionamiento figura inscripto bajo Cuenta Nº690 a nombre de Prudencio Antonio Berrío con dotación de agua de riego de carácter permanente para 5Ha.8000m². Que tomaron intervención e informan Departamento Irrigación y Secretaría Técnica. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 188 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Autorizar el cambio de servidumbre de riego para una dotación parcial de 0Ha.9000m² desde el canal Román, compuerta Nº2 al ramo para riego del arbolado Público Municipal derivado del canal Cano y Araya, Cuenta Nº690 a nombre de Prudencio Antonio Berrío departamento Calingasta. ARTICULO 2°. Los peticionantes serán responsables de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 3°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 4º. Notifíquese a los interesados. Tome nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. 7°) Reglamentación de la Ley 6791/97. VISTO: Las Leyes N° 886, 6791 y el Decreto Acuerdo N° 808-SHF-93, y; CONSIDERANDO: Que la Ley N° 6791 autoriza a los contribuyentes-regantes que realicen trabajos de monda y/o reparaciones, mantenimiento, limpieza de drenes y desagües autorizados por el Departamento de Hidráulica para el año 1997, cancelar total o parcialmente el Canon de Riego y las Tasas Retributivas de los Servicios Hídricos con el crédito documentado que a tal efecto se emita. Que han tomado debida intervención los Departamentos Contable, Irrigación y Asesoría Letrada. POR ELLO: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Los contribuyentes-regantes podrán cancelar total o parcialmente las contribuciones que les correspondan, mediante el aporte de mano de obra, horas maquina, combustible, materiales (acero de construcción y cemento) y fletes por transporte de productos de monda y/o personal, aplicados a trabajos de monda, reparación de cauces de riego, mantenimiento o limpieza de drenes y desagües y emergencias, fijándose los siguientes valores: mano de obra cemento hierro Ø12 hierro Ø10 hierro Ø8 hierro Ø6 camiones gas oil topadora retroexcavadora excavadora cargadora hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta hasta $13,00 por jornal $ 7,10 por bolsa de 50kg. $ 7,99 por barra $ 5,19 por barra $ 3,58 por barra $ 1,58 por barra $65,00 por dia $ 0,428 por litro (sujeto a reajuste) $75,00 por hora $50,00 por hora $55,00 por hora $45,00 por hora ARTICULO 2°. Entiéndase como contribuyentes-regantes los que cumplan con alguno de los siguientes requisitos: * Inscripción en Padrón de Riego. * Escritura Pública que avale su titularidad. * Boleto de compraventa. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 189 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Las contrataciones respectivas para la ejecución de los trabajos y/o prestaciones se realizarán según se detalla: Productor Agrícola única actividad a) Constancia de inscripción en Ingresos Brutos. (al momento de iniciación del trámite) b) Constancia de C.U.I.T. (al momento de iniciación del trámite) c) Constancia de inscripción en Autónomos. (al momento de iniciación del trámite) d) La factura presentada deberá coincidir en sus datos con lo indicado precedentemente y consecuentemente con los datos de inscripción en los registros del Departamento de Hidráulica en la cuenta principal o su acreditación como tal. Productor Agrícola, Comercial e Industrial a) Constancia de inscripción y libre deuda en Ingresos Brutos. (al momento de iniciación del trámite) b) Constancia de C.U.I.T. (al momento de iniciación del trámite) c) Constancia de pago en Autónomos. (al momento de iniciación del trámite) d) La factura presentada deberá coincidir en sus datos con lo indicado precedentemente y consecuentemente con los datos de inscripción en los registros del Departamento de Hidráulica en la cuenta principal o su acreditación como tal. e) Cuando el monto de los trabajos no supere $500,00 (pesos quinientos), solo se exigirá la constancia de inscripción en Ingresos Brutos. ARTICULO 4°. Para poder acceder a la autorización de Dirección General para la ejecución de los trabajos y/o prestaciones, se debe tener completo lo exigido en el artículo 3º, según corresponda, como así también la solicitud de la Junta de Riego Departamental, Inspección Técnica respectiva y el informe del Departamento Irrigación. ARTICULO 5°. Para la iniciación de los trabajos o entrega de materiales, el Departamento Irrigación emitirá la orden respectiva, por escrito y numerada, una vez cumplimentado lo establecido en artículo 4º. La fecha de iniciación de los trabajos o entrega de materiales se tendrá en cuenta para la acreditación de pago de cuotas anticipos y/o del o los planes de pago sin recargo y con los beneficios que rijan para aquellos usuarios que se encuentren al día con sus contribuciones económicas. ARTICULO 6°. La supervisión y recepción de los trabajos contratados la realizará el Departamento Irrigación a través de las Inspecciones Técnicas Departamentales, el Departamento Construcciones y el Depósito Central, según corresponda, confeccionando el Certificado respectivo. ARTICULO 7°. El Departamento de Hidráulica a través del área correspondiente emitirá un Certificado por los trabajos y/o prestaciones para pago de deudas vencidas a la fecha de presentación de la certificación, que deberá contener: a) Apellido y Nombre del Contribuyente. b) Fecha de Emisión y ubicación de los trabajos y/o prestaciones. c) Computo físico (medición). d) Precio unitario por Item. e) Monto final. f) Firma del Inspector Técnico, Presidente de la Junta de Riego, Director del Departamento de Hidráulica y del Contribuyente-regante. g) Número del Certificado, con la identificación del Departamento mediante la Nomenclatura Catastral, y números de las cuentas a las que se acreditará. ARTICULO 8°. Una vez cumplimentado el artículo 7°, la documentación deberá ser presentada por expediente al Departamento Contable en un plazo no mayor de diez (10) días corridos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 190 - SAN JUAN – ARTICULO 9°. La Tesorería emitirá las Notas de Crédito en forma correlativa y cronológica en formularios pre-numerados por cuadruplicado firmado por los funcionarios autorizados a obligar a la Repartición, en las que debe constar: a) Fecha de emisión. b) Titular de la cuenta, ubicación del inmueble, número de cuenta. c) Numero del Certificado. El original será entregado al Contribuyente-regante, el duplicado a la Tesorería, el triplicado al Departamento Recaudación y el cuadruplicado al Departamento Contable. La División Tesorería rendirá las Notas de Crédito en dos momentos: 1- el duplicado cuando rinda el pago del Certificado de Obra. 2- el original como recurso cuando lo reciba por cancelación del canon de riego y tasas retributivas de los servicios hídricos. ARTICULO 10°. El Departamento Contable llevará un registro encuadernado, foliado y rubricado por la Contaduría General de la Provincia, de las Notas de Crédito emitidas y del descargo cuando se rinda el ingreso, dejando consignado el saldo. ARTICULO 11°. El Departamento Recaudación llevará un registro de cada Contribuyenteregante, en el que se incluirá el triplicado de la Nota de Crédito y al momento de su utilización, el canon de riego y las tasas retributivas de los servicios hídricos que se cancelen. ARTICULO 12°. El Departamento Auditoría Contable y personal técnico a designar, efectuará el control administrativo-contable de los procedimientos de contratación de los trabajos y/o prestaciones, emisión y registración de las Notas de Crédito emitidas, debiendo elevar a la Superioridad un informe mensual de lo realizado. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 191 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 192 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 193 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 194 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 195 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 196 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 197 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 198 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 199 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 200 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 201 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 202 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 203 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 204 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 205 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 206 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 207 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 208 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 209 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 210 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 211 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 212 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 213 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 214 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 215 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 216 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 217 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 218 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 219 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 220 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA - SAN JUAN – 221 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 222 - SAN JUAN – A C T A N° 2095 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a un día del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2094. 2°) Expediente N° 519 0832-D-97, DEPARTAMENTO EQUIPOS Y SERVICIOS, s/autorización para la reparación de la excavadora Kockum. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Equipos y Servicios, solicita la reparación con mano de obra especializada de la máquina excavadora Kockum KL-230 número interno (17-02) de la Repartición, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios y aprobar el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para realizar los trabajos de reparación y mano de obra especializada para su armado, conforme a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 06 - SUBPARCIAL 06 “ENCAMISADO TRAMO CANAL ANGACO” EJERCICIO 1997 ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 3°) Expediente N° 519 1248-E-97, ESTUDIOS Y PROYECTOS (FOTOCOPIA), s/autorización para la compra de un módulo xerográfico. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 223 - SAN JUAN – Las presentes actuaciones en las cuales se solicita la adquisición de un módulo xerográfico con destino a la fotocopiadora, propiedad de la Repartición, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios y aprobar el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para la adquisición de un módulo xerográfico 13R9 p/eq. 5321, conforme a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 15 “MANTENIMIENTO Y REPARACION DE MAQUINARIAS Y EQUIPOS” EJERCICIO 1997 ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 4°) Expediente N° 0108-B-96, Dr. GUILLERMO M. ATIENZA, s/se vise la liquidación Autos Nº 7208. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales el Dr. Guillermo M. Atienza, tramita el pago de la deuda, Autos Nº 7208 caratulados Tabolango S.R.L. c/Provincia de San Juan - Cobro de Australes - Ordinario, y; CONSIDERANDO: Que oportunamente tomó intervención Contaduría General de la Provincia. Que el Departamento Contable eleva a fs. 11 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos dos mil ochocientos cuarenta y dos con sesenta y nueve centavos ($56.842,88) a favor del Dr. Dr. Guillermo M. Atienza, en concepto de monto GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 224 - SAN JUAN – condenatorio e intereses conforme liquidación obrante a fs. 11, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 5º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 348, 349, 351, 353, 354, 355 y 360-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 348-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Integral Distribuciones por la suma total de $665,60 para la adquisición de 40 cajas de cinco resmas c/u de papel formato A4 tipo ejecutivo en papel obra de 75g. blanco liso, marca Ledesma, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 349-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ricardo Martinez por la suma total de $2.094,00 para la adquisición de 03 bombas de agua nuevas, pieza Nº4732395 con destino a la retreoexcavadora Fiat Allis SR-9 internos Nº 38-01, 38-02 y 38-03, marca legítima Fiat Allis procedencia Italia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 351-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Setel S.R.L. por la suma total de $5.084,00 para la adquisición de 03 relojes electrónicos con sus correspondientes software para control de presentismo de personal, incluyendo la provisión de 800 tarjetas magnéticas (sistema digicard monosaurio), con baterías incorporadas de níquel cadamio de 12 volts, con carga mínima para cuatro horas de funcionamiento, marca Macronet, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 353-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Víctor Hugo Malaisi por la suma total de $776,56 para la adquisición de cuatro tambores de aceite de distintas densidades y tipos con destino al mantenimiento y conservación de los equipos perforadores y baterías de pozos oficiales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 354-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Procargo S.A., por la suma total de $759,99 para efectivizar el pago por repuestos adicionales que surgieron una vez hecho el desarme del camión Scania 112-E Patente J062304 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 355-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Sánchez Bustos y Cia. S.R.L. por la suma total en bonos CREFI provinciales 16.944 para la adquisición de dos hormigoneras, dos motobombas de 7,5 HP, diez carros hormigoneros y dos motosierras de 72 cc. con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 360-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $9.828,44 a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 225 - SAN JUAN – en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de mayo de 1997 en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus distritos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 6°) Expediente N° 519 1156-R-97, RETA ORANGEL RAMON, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Orangel Ramón Reta, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom.Cat. 05-44/230800, departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2013m², registrado bajo cuenta N° 1121, a nombre de Gregoria Cepeda, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 7°) Expediente N° 519 0854-P-97, PIZARRO, JUAN ANGEL, s/ beneficios art. 286º Ley 4392/78, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Juan Angel Pizarro, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 4398, departamento Chimbas, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 226 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1011m², registrado bajo cuenta N° 4398, a nombre de Juan Angel Pizarro, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica Departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucía. VISTO: El expediente Nº F12 2679-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resoluciones del Consejo contenidas en Actas Nº 2082, punto 7º) y Nº 2087, punto 5º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Actas Nº 2082 y Nº 2087, puntos 7º) y 5º), respectivamente, para los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucía: USUARIO Corrales, Luis A. Quiroga, Oscar J. Cáceres, José H. Rios, Juan A. Molina, Antonio Alcani de Amparán Vargas Escudero Tejada de Zalazar R. Tejada Zalazar, Edith Zalazar Tejada Zalazar Tejada Tortoza, Ramon Tortoza, Ramón Tortoza, Ramón Tortoza, Ramón USUARIO Avellaneda, Francisco Pallares, José M. Arredondo, Juan Bazan, Sinforosa Suc. Farías, Agustina B. de Infante, Javier Lucero, Filomena Ortiz, Rufina B. de DOTACION 0Ha.5000m² 0Ha.4158m² 0Ha.3463m² 0Ha.0535m² 0Ha.2990m² 0Ha.1374m² 0Ha.1425m² 0Ha.3515m² 0Ha.3983m² 0Ha.3925m² 0Ha.4104m² 0Ha.7533m² 0Ha.1730m² 0Ha.1804m² 0Ha.1726m² DOTACION 0Ha.0532m² 0Ha.0532m² 0Ha.0527m² 0Ha.5000m² 0Ha.3752m² 0Ha.3043m² 0Ha.4400m² 0Ha.8433m² CUENTA 2795 4726 2818 4727 4731 4729 4547 2798 6038 6039 6040 2819 2831 2834 2836 CUENTA 6288 6290 2824 2817 2814 2813 2821 2820 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 227 - SAN JUAN – Vieyra, Luis Heredia, Pascuala Aguero, Abdona Celani, Francisco Molina, Antonio Cano, Pablo A. Ortiz de Cano, Blanca Cano, Pablo A. Cano, Pablo A. Perez, Fortunato Sanchez, Espósito Rodriguez, Fidel Flores, Ramón Pazcel, Augusto Ríos, Juan A. Alcani, Gregorio Alcani, Amparan Cerri, Luis Emilio Sanchez, Faustino y otros Esteo de Ruiz, María Esteo, Juan Carlos Esteo, Miguel A. Esteo, Armando Luna de Ortiz, María Mancini, L. de Sanchez Mancini, Luci Nazareno Mancini, Luci Nazareno Vera, Elio José Delgado, Oscar Rodriguez, Pedro Chipre, Felix Mancini, Enrique Mancini, Ercilia Mancini, L. Juan Cuenca de Melian Gutierrez, Rodolfo Zapata, Gregorio Zapata Flores, L. Arena de Rojas, Hilda Salvador de la Roza Ruiz, Francisco Vazquez, Balderrama Portillo, Miguel USUARIO Cueli, José Barrionuevo, Nicolas 0Ha.3500m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.2180m² 0Ha.0712m² 0Ha.0718m² 0Ha.0716m² 0Ha.1684m² 0Ha.0565m² 0Ha.2071m² 0Ha.0634m² 0Ha.0501m² 0Ha.1625m² 0Ha.0535m² 0Ha.0560m² 0Ha.1374m² 0Ha.0740m² 0Ha.0582m² 0Ha.0775m² 0Ha.0713m² 0Ha.0745m² 0Ha.0742m² 0Ha.1105m² 1Ha.8389m² 1Ha.8301m² 1Ha.5367m² 1Ha.3009m² 1Ha.5061m² 0Ha.3210m² 0Ha.3275m² 1Ha.1802m² 1Ha.1763m² 1Ha.1899m² 0Ha.0603m² 0Ha.0624m² 0Ha.0624m² 0Ha.0886m² 0Ha.0633m² 0Ha.8200m² 0Ha.4340m² 0Ha.1571m² 0Ha.0875m² DOTACION 0Ha.2371m² 0Ha.0706m² 2825 2792 2790 2788 2794 4679 4680 4681 4802 2419 2394 4682 4691 4724 4727 4730 4729 5816 5815 5650 5649 5651 5648 2775 2750 2749 2760 4979 6131 3417 3374 2748 2752 2745 4465 4467 4466 4673 4473 2872 4745 1357 2891 CUENTA 5881 6024 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 9°) Expediente N° F12 2684-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento 25 de Mayo. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 228 - SAN JUAN – El expediente Nº F12 2684-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2087, punto 3º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2087, punto 3º), para los siguientes derechos de riego del departamento 25 de Mayo: USUARIO DOTACION CUENTA Tiro Federal Las Casuarinas Correa, Bernardo 4Ha.5000m² 3Ha.2760m² 1159 198 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 10°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: El expediente Nº F12 2681-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resoluciones del Consejo contenidas en Actas Nº 2082, punto 8º) y Nº 2087, punto 6º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Actas Nº 2082 y Nº 2087, puntos 8º) y 6º), respectivamente, para los siguientes derechos de riego del departamento Chimbas: USUARIO Porres, Juan W. y otros Caik, Abraham y otros Caik, Abraham y otros Bonilla Lopez, Andrés Cataldo, José Ustacio Delgado, Edmundo Delgado, Francisco José Delgado, Juan Dario Delgado, Juan Dario Moretta, Elizabeth Alicia Rodriguez, Luciano y otros Toledo Rios, Antonio Toledo Rios, Antonio DOTACION 5Ha.2882m² 6Ha.2487m² 1Ha.7124m² 1Ha.1600m² 0Ha.7663m² 0Ha.7800m² 0Ha.8512m² 0Ha.1078m² 0Ha.1896m² 0Ha.0649m² 0Ha.0545m² 2Ha.1448m² 1Ha.2691m² CUENTA 173 3626 3645 3437 260 49 259 4367 4366 4091 4063 2722 60 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 229 - SAN JUAN – Guerrero de Jimenez, Ema Guerrero, Francisco Sosa, Francisco Hilario Garramuño, Jorge W. 1 de Nov. Coop. C. y Credito Ltda. Martinez de Castillo, María Martinez, Pedro Tomas Martinez, Segundo C. Medina de Martinez, Mercedez Martinez, Domingo E. Montello, José Succ. Mapal S.A.C.I.Y.A. Sanchez, Oscar Manuel Rivera de Vega, Esther Pozo, Miguel Laureano Arancibia, Horacio C. Illanes, Juan y otra Posse, José Dick Carmona, Orlando Alberto Zaghaib Dumis, Miguel Castro, Dalmiro Luis León, Juan Federico y otros Porres, José Marcelino Porres, Olguin Ramón Tejada, Carlos Alberto Oropel, Pedro Alberto Figueroa, Juan Agustin Morales de Porres, Catalina Moreno, José F. y otros Pizarro, Juan Angel Porres, Oscar Porres, Oscar Mercado de Gonzalez, Marta Porres, Florencio W. Porres, Florencio W. Porres de Luengo, Rosario Emp. Constr. Walter Melcher Porres de Luengo, Rosario USUARIO Cobos, Maria C. y otra Cobos, José Sebastian Salinas de Roldan, Paulina Cobos, Marcelo Fuentes, José Aballay, José Miguel De los Ríos, Gerónimo y otros Prado, Desiderio Bustos de Paez, Jacinta Saldivar, Manuel Pablo E. Porres, Segundo Vicente Segura, Juan Pedro Enrique Coop. de Vivienda 30 de Agosto Coop. de Vivienda 30 de Agosto Coop. de Vivienda 30 de Agosto Coop. de Vivienda 30 de Agosto 0Ha.4243m² 0Ha.8765m² 2Ha.0526m² 0Ha.5200m² 1Ha.3333m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.1334m² 0Ha.6877m² 1Ha.2456m² 0Ha.4530m² 0Ha.0568m² 0Ha.0572m² 0Ha.0575m² 0Ha.0581m² 0Ha.0578m² 0Ha.2605m² 0Ha.0607m² 0Ha.0621m² 0Ha.2464m² 0Ha.9275m² 1Ha.6131m² 0Ha.0576m² 0Ha.0629m² 0Ha.0549m² 0Ha.4813m² 3Ha.0000m² 0Ha.1011m² 0Ha.1976m² 1Ha.0148m² 0Ha.0540m² 1Ha.6699m² 0Ha.8348m² 1Ha.9016m² 0Ha.0984m² 1Ha.0000m² DOTACION 0Ha.6828m² 0Ha.4565m² 0Ha.0508m² 0Ha.0620m² 0Ha.5000m² 0Ha.1099m² 0Ha.0557m² 0Ha.0683m² 0Ha.0661m² 0Ha.0829m² 0Ha.5882m² 1Ha.1865m² 0Ha.6783m² 0Ha.4284m² 0Ha.8120m² 0Ha.0617m² 2257 2121 4161 2259 3851 2314 2319 2316 2317 2318 112 4090 4052 3935 3942 3943 3944 3968 3813 4069 4075 4141 752 753 3778 3786 3941 942 760 4398 4435 4436 4437 3393 3392 1777 4380 763 CUENTA 749 3242 4352 3995 759 3611 1829 1069 1072 995 959 87 3723 3724 1693 120 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 230 - SAN JUAN – Ramos, Pedro Arnaldo Ramos, Pedro Arnaldo Ramos, Pedro Arnaldo Alvarez Abarca, Francisco Vila de Criado, Susana Guardia, Juan Evaristo 1Ha.6042m² 0Ha.5132m² 0Ha.1510m² 1Ha.7552m² 0Ha.0584m² 0Ha.4692m² 3957 3958 3956 1691 3969 98 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 11°) Expediente N° F12 2685-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: El expediente Nº F12 2685-I-96, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resoluciones del Consejo contenidas en Actas Nº 2081, punto 6º) y Nº 2087, punto 4º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Actas Nº 2081 y Nº 2087, puntos 6º) y 4º), respectivamente, para los siguientes derechos de riego del departamento Caucete: USUARIO DOTACION CUENTA F.C.Nac.G.Belgrano Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino 10Ha.0000m² 0Ha. 3300m² 0Ha. 1433m² 0Ha. 6293m² 0Ha. 2782m² ---3179 1486 1488 1489 USUARIO DOTACION CUENTA Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino Sebastián Morino 0Ha. 1261m² 0Ha. 2275m² 0Ha.7314m² 0Ha.2686m² 0Ha.1340m² 1709 1227 2732 3190 2867 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 12°) Expediente N° 519 1406-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Jáchal. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Jáchal, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 231 - SAN JUAN – Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Jáchal, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO DOTACION CUENTA Zabaleta, Eusebia A.V. de Zabaleta, César Raul Zabaleta, Napoleón S. 7Ha.5900m² 3Ha.3228m² 5Ha.3259m² 1602 1604 1593 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 13°) Expediente N° F12 2678-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO y CONSIDERANDO: Que a fs. 18 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78, resueltos mediante Acta Nº 2080 punto 10º, haciendo algunas observaciones referentes a las cuentas Nº 2346, Nº 2344, Nº 2345, Nº 2348 y Nº 9404 del departamento Rawson. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de las correcciones efectuadas respecto de las cuentas Nº 2346, Nº 2344, Nº 2345, Nº 2348 y Nº 9404 del departamento Rawson, avalando lo actuado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 18 de las presentes actuaciones. ARTICULO 2°. Tome nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido, archívese. 14°) Expediente N° 519 0450-C-97, CATTORINI HNOS., s/se lo tenga presentado en término según edictos publicados, departamento Santa Lucía. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 232 - SAN JUAN – VISTO: Que el señor Reinaldo A. Palacio en calidad de Apoderado de la firma Cattorini Hnos. S.A.I.C.F. e I., se presenta formulando reclamo en tiempo y forma con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2071 punto 14º, manifestando que por razones inherentes a su empresa no se hizo uso intensivo del agua comprometiéndose a normalizar el consumo y por ello la necesidad de evitar la caducidad de la concesión, y; CONSIDERANDO: Que según informa la Inspección Técnica de Santa Lucía la cuenta Nº 3870 que figura a nombre de S.A.Industria del Vidrio no se encuentra en uso desde hace más de diez años por causas exclusivamente de la recurrente ya que la servidumbre fue anulada por la construcción de las obras civiles de la planta industrial. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar al reclamo formulado por la firma Cattorini Hnos. S.A.I.C.F. e I. ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, de la concesión de agua de riego para 2Ha.5000m² registrada bajo cuenta Nº3870 a nombre de S.A.Industria del Vidrio, departamento Santa Lucía. ARTICULO 3°. Notifíquese al recurrente. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 15°) Expediente N° 562 071-M-94, MADCUR CONSTRUCCIONES S.R.L. s/autorización para extraer agua del canal San Guillermo, departamento Calingasta. VISTO: El convenio suscripto entre Dirección General y el Ing.Carlos Wadi Madcur, apoderado de la empresa Madcur Construcciones a efectos de la cancelación de la deuda que mantiene dicha Empresa con motivo de la autorización para extraer agua del canal San Guillermo, departamento Calingasta, y; CONSIDERANDO: Que la Junta de Riego e Inspección Técnica informan que han recibido de la empresa una contraprestación de 32 Ha. de cargadora y 16 viajes para acarreo de material, en un todo de acuerdo al convenio suscripto para la cancelación del monto. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dar por cumplido lo dispuesto en el artículo tercero de la resolución Nº 546/95 conforme a lo establecido en la cláusula Primera del Convenio adjunto a fojas 13 de estas actuaciones. ARTICULO 2°. Comuníquese y tómese nota. Cumplido archívese. 16°) AMPLIANDO TERMINO BONIFICACIÓN 5% DISPUESTO POR ACTA Nº 2086/97. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 233 - SAN JUAN – VISTO y CONSIDERANDO: Que es necesario ampliar hasta el 30 de setiembre de 1997 el plazo para pago de contado con una bonificación del 5% de descuento establecido en la reglamentación del artículo 3º de la Ley 6748 con el objeto de incentivar el pago de contado por parte de los contribuyentes que se encuentran atrasados con el pago del canon y tasa por servicios. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ampliar hasta el 30 de setiembre de 1997 la fecha para optar por el descuento del 5% que refiere el artículo 6º de la resolución contenida en el punto 6º) del Acta Nº 2062/96, en virtud del artículo 3º de la Ley 6748. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 17°) Expediente N° 519 1391-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, s/autorización para hacerse cargo de la monda anual año/97. VISTO: Que la Junta de Riego de Sarmiento solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Dren Colector Arroyo, Dren Colector Sarmiento, Colector Cochagual, Colector San Carlos, Colector Bofinger Sur, Dren Prol. Centenario, Dren Col. Magdalena, Dren Morón, Dren Maurín, Dren Hospital, Dren Matadero, Nuevo Dren Magdalena y Dren Alfonso XIII, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Sarmiento y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 23% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 23%, del monto de lo recaudado en el departamento Sarmiento para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cuarenta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 234 - SAN JUAN – A C T A N° 2096 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a ocho días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2095. 2°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola, en un periodo superior a los cinco (5) años, en el departamento Santa Lucía, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad o cesación por no uso, Artículos 137º, 286º y concordantes del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Tejada, Angela del Carmen Campa Cuenta 2467 Dotación 1Ha.5629 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 235 - SAN JUAN – Rodriguez, Humberto Genaro Usuario Cortez, José María García Pelaez, Julio Navarro, Tránsito D. de Aubone, Saul Royón Hnos. S.R.L. Dirección Nac. de Vialidad Donaire Rivera, José y O. Marini, Francisco Muro, Tomás F. Muro, Tomás F. Basso, Rafael Elizondo, Mercedes B. de Fernandez García, Manuel García, Gervasio Gil, Francisco C. Guevara, Cesáreo M Heredia T. y Angélica N. Jofré, Antonio Segundo Navarro, Agustín Olguín, Rosa A. de Rodriguez, Nilo Julián Rodriguez, Nilo Julián Rojo, José Vera, José Vila, Lorenzo J. Villavicencio, Eulalia Bravo, María Enoe Madrid, Domingo Sanchez Montana, José Zunino, Bernardo Aguero, Margarita de Jofré Enoe Navarro, Tránsito D. de Olguin, Eusebio Peralta, Vicente Vilchez, Fernando Delgado, Juan M. Ortiz, David Roldán, Clara O. de Zabala, Corsino Irustia, Manuel Pérez, María Lorenzo de 286 Cuenta 323 2646 678 2648 2680 5115 2674 2470 321 322 412 420 406 413 414 432 428 423 408 407 419 422 421 437 436 431 499 515 610 512 670 682 678 669 679 681 705 756 768 746 778 833 2Ha.1639 m² Dotación 0Ha.6157 m² 0Ha.7864 m² 0Ha.7800 m² 3Ha.3626 m² 1Ha.1180 m² 0Ha.7178 m² 1Ha.0681 m² 5Ha.8950 m² 12Ha.682lm² 0Ha.9256m² 0Ha.5380 m² 0Ha.6675 m² 0Ha.5121 m² 0Ha.6462 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.1450 m² 1Ha.2917 m² 0Ha.8564 m² 0Ha.6400 m² 2Ha.1396 m² 0Ha.5755 m² 0Ha.7162 m² 0Ha.6600 m² 0Ha.7800m² 0Ha.7800 m² 1Ha.2114 m² 1Ha.5131 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.0480 m² 1Ha.5000 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.7020 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.5797 m² 1Ha.3593 m² 0Ha.5124 m² 1Ha.0363 m² 1Ha.5700 m² 1Ha.5596 m² 2Ha.0307 m² 0Ha.5180 m² 0Ha.6870 m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía que a continuación se detallan: Usuario Labiaso, Evangelina F. de Murciano, Mercedes Reta, Solano Galvez de Gillen, Dora Arias, Lucia Cuenta 1233 1206 1170 1175 399 Dotación 0Ha.0510m² 0Ha.0606m² 0Ha.0601m² 0Ha.0506m² 0Ha.1731m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 236 - SAN JUAN – Usuario Cobos, Juan de los A. Cuello, Natalio Luis Cuello, Francisco García, Horacio Alfredo Herrera, Dardo P. Herrera, Eleazar Herrera, Valentín Jofré, Antonio Segundo Lopez, Micaela Noguera Morales, Antonio y Sra. Muriel Romera, Luis Osorio, José Espinosa de Adaro, Demofila Pereyra, Javier Pérez, Francisco E. Rombola, Domingo Varela, José María Vera, José Aguilera, Manuel Alvarez, Antonia I. Bravo, Noe Coll, Ramona Collado de Gimenez Sanchez, Manuel Grimalt, Josefa G. Uliarte, Miguel Alé, José Viviani, Carlos H. Videla, Elia Caballero de Diaz, Francisco B. Villa, Petronila y Justino Menzur, Florinda M. de Ortega Ruiz, Enrique Juan Búbica, Jorge y Juan De los Rios, Daniel Herrera, Clemente Serafín Jofré, Leandro Castro, Eduardo Dalmiro Cuello, Eusebio Delgado, Rufina A. de Ortiz, Pedro David Zabala Basualdo, Maria O. Carrizo, Arnobio y otra Ferreyra, Rosario Riveros, Petrona G. de Rodriguez, Nicomedes Chicone, Constantino y Otro Malaise, Julio César Alvarez, Ramón Correa, Vicente S. Muñoz, Petrona R. Rios, Juana A. Rios Vila Clemira Salas, José Bernardo Toledo, Isabel A. Cuenta 385 415 416 444 384 383 386 417 441 434 457 397 394 426 398 448 405 396 646 518 640 526 632 594 500 747 596 754 740 395 514 609 661 659 3104 707 757 761 763 758 765 779 777 776 803 836 981 983 982 988 989 991 990 984 Dotación 0Ha.2153m² 0Ha.2900m² 0Ha.3955m² 0Ha.0716m² 0Ha.2153m² 0Ha.4543m² 0Ha.2150m² 0Ha.3900m² 0Ha.1892m² 0Ha.1444m² 0Ha.0512m² 0Ha.1839m² 0Ha.1047m² 0Ha.2000m² 0Ha.2600m² 0Ha.1504m² 0Ha.2245m² 0Ha.3600m² 0Ha.0573m² 0Ha.0902m² 0Ha.1221m² 0Ha.0750m² 0Ha.0686m² 0Ha.0686m² 0Ha.0696m² 0Ha.2175m² 0Ha.1400m² 0Ha.0721m² 0Ha.0725m² 0Ha.3000m² 0Ha.2013m² 0Ha.5000m² 0Ha.1730m² 0Ha.2998m² 0Ha.1362m² 0Ha.4410m² 0Ha.1422m² 0Ha.3360m² 0Ha.3500m² 0Ha.4578m² 0Ha.2973m² 0Ha.3338m² 0Ha.1944m² 0Ha.3900m² 0Ha.1903m² 0Ha.0526m² 0Ha.0700m² 0Ha.3164m² 0Ha.2500m² 0Ha.0866m² 0Ha.0866m² 0Ha.1690m² 0Ha.0866m² 0Ha.1696m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 237 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín Oficial, y dos días en diario local. ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesacion de derechos declarada en el artículo 2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 3º) Expediente N° 519 1174-C-97, CARRASAN, MANUEL SEGUNDO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Manuel Segundo Carrasan, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom.Cat. 04-34/610630, departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0598m², registrado bajo cuenta N° 7883, a nombre de Manuel Segundo Carrasan, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 4º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 352, 369, 371 y 372-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 352-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral Distribuciones, Lino Eduardo Luna, Jorge Lorenzo Furlani, Claudio Menchetti y Felix Bustos S.A., respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de 74.802,40 para la adquisición de materiales y herramientas con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 369-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Lino Eduardo Luna y Claudio Menchetti, respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 238 - SAN JUAN – 28.330,00 para la adquisición de 8.500 Kg. de alambre negro recocido y 1.500 Kg. de alambre galvanizado, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 371-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación directa a favor de la firma G.M.D. Distribuciones por la suma total de $3.780,00 para la adquisición de un eje para reductor de giro de estructura de la retroexcavadora Fiat Allis S-11 interno 39-02, pieza Nº 45016166, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 372-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº61 para la adquisición de materiales, herramientas y elementos varios con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 5°) Expediente N° 37.803-Q-96, QUIROZ, RICARDO W. Y OTROS, s/ beneficios artículo 285 Ley 4392/78. departamento Rawson. VISTO: Que por estas actuaciones los señores Ricardo W. Quiros, Héctor G. Diaz Rios y Silvia de Flecha, en el carácter de apoderados, solicitan se aplique los términos de cesación que establece el Art. 285° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 7384 a nombre de Francisco, José y Juan Lopez Ortega, departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 5 vta., el terreno inscripto bajo la citada se encuentra fraccionado en lotes no mayores de 300 m² según plano de mensura Nº 04-7586/93, que no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego registrado bajo cuenta N° 7384 figura inscripto a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega y Otros con una dotación para 4Ha.9981m² y superficie según mensura de 4Ha.9981,91m² Nom.Cat. de origen 04-34/400200. Que teniendo en cuenta que el fraccionamiento practicado subdivide el terreno en lotes menores de 500m² es viable la aplicación del artículo 285º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Artículo 285° de la Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para 4Ha.9981m² registrado bajo cuenta N° 7384 del departamento Rawson a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega y Otros. ARTICULO 2°. Notifíquese. Tomen nota de la cesación declarada por este acto Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 6°) Expediente N° 24.700-G-78, GOMILA, MARIA L. DE, s/se la encuadre en los artículos 275 y 276, departamento Rawson. VISTO: Las presentes actuaciones por las que la señora María Linares de Gomila, solicita el otorgamiento de concesión de agua de riego conforme lo determina el Código de Aguas en sus artículos 275º y 276 (Usuarios Clandestinos), y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 239 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que la petición fue presentada dentro del plazo legal, habiéndose acreditado los requisitos que exige la Ley 4392/78. Que mediante expedientes 371.120-R-92 y 562.134-R-94, agregados a estos actuados, el señor Manuel Rodriguez manifiesta ser propietario de las parcelas Nom.Cat. 04-50/365805 y 04-50/340801, acreditando titularidad con la escritura Nº12/89, solicita se le de participación en expediente iniciado por la señora María Linares de Gomila. Que del informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 21, surge que el inmueble nomenclatura catastral de origen 04-50/360800 no posee derecho de riego, figura inscripto de acuerdo a lo constatado en Legajo del Censo General de Usuarios de Agua de Riego bajo Reg. Nº219 U. Clandestino, departamento Rawson. Que la Inspección Técnica de Rawson confirma el uso de la dotación con fotocopia de los repartos respectivos, fojas 15 e informa a fs. 20 y ratifica a fs.33 que la parcela nomenclatura catastral de origen 0450/360800 recibe una dotación proveniente del pozo oficial R.14. Que Ecología Agrícola informa a fs. 20 vta. que se encuentra cultivada de espárragos, considerando al espárrago como un cultivo permanente.. Que otorgar el derecho de riego a la propiedad de referencia significaría normalizar una situación de hecho ya que figura en los repartos. Que en los últimos informes, tanto del señor Rodriguez como del Inspector Técnico existen cultivos de espárragos en una superficie aproximada de 9Ha., por lo que habría que otorgar derecho de riego para esta superficie. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado otorgándole una dotación de agua de riego de 9Ha.0000m² para el inmueble propiedad del señor Manuel Rodriguez, ubicado en el departamento Rawson, lote Nº1, Nom.Cat. 04-50/365805 (actual), en un todo de acuerdo al área con cultivos permanentes. ARTICULO 2°. El otorgamiento y registración de la concesión queda supeditado al previo pago de la tasa especial de $1.230,00 (Pesos un mil doscientos treinta) por hectárea a empadronar (Art. 257º Ley 4392/78), debiendo acreditar asimismo el pago de canon y tasas correspondiente a los últimos diez años debidamente actualizado (Art. 277º Ley 4392/78). En caso de incumplimiento del pago en el plazo establecido en el artículo 3º, el presente acto importará el rechazo de la petición y deberá procederse a la corta o retiro de la dotación en uso. ARTICULO 3°. El monto que resulte debidamente actualizado, conforme lo establece el Código Fiscal, deberá ser abonado por el titular de la concesión en el término de treinta (30) días a partir de la fecha de notificación. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación procederá a ajustar la entrega de dotación conforme a derecho. ARTICULO 5°. Notifíquese, tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. 7º) Expediente N° 519 1554-I-97, IRRIGACIÓN, e/listado de candidatos para cubrir cargos de Miembros de Comisión de Canales, departamento Jáchal. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 240 - SAN JUAN – VISTO: El Expediente N° 519 1554-I-97 por el cual Departamento Irrigación, eleva lista de candidatos a miembros de Comisiones de Canal, presentada por la Junta de Riego de Jáchal para la elección convocada por Acta Nº 2091, punto 9º), y CONSIDERANDO: Que se ha presentado una sola lista necesitando de su aprobación como paso previo al acto eleccionario. POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N°886 EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar la lista de candidatos a miembros titular y suplente, respectivamente, del Subdistrito Medio, Distrito II, Sección Electoral Nº3 del departamento Jáchal para las elecciones complementarias que tendrán lugar el próximo 18 de julio del corriente año: JORGE LUIS ANDRADA (titular) SERGIO MORENO (suplente) ARTICULO 2°. Los candidatos que resulten electos cumplirán sus funciones hasta completar el periodo 1996-1998. ARTICULO 3°. Comuníquese a quienes corresponda y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 241 - SAN JUAN – A C T A N° 2096 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a ocho días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2095. 2°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola, en un periodo superior a los cinco (5) años, en el departamento Santa Lucía, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad o cesación por no uso, Artículos 137º, 286º y concordantes del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Tejada, Angela del Carmen Campa Rodriguez, Humberto Genaro Cuenta 2467 286 Dotación 1Ha.5629 m² 2Ha.1639 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 242 - SAN JUAN – Usuario Cortez, José María García Pelaez, Julio Navarro, Tránsito D. de Aubone, Saul Royón Hnos. S.R.L. Dirección Nac. de Vialidad Donaire Rivera, José y O. Marini, Francisco Muro, Tomás F. Muro, Tomás F. Basso, Rafael Elizondo, Mercedes B. de Fernandez García, Manuel García, Gervasio Gil, Francisco C. Guevara, Cesáreo M Heredia T. y Angélica N. Jofré, Antonio Segundo Navarro, Agustín Olguín, Rosa A. de Rodriguez, Nilo Julián Rodriguez, Nilo Julián Rojo, José Vera, José Vila, Lorenzo J. Villavicencio, Eulalia Bravo, María Enoe Madrid, Domingo Sanchez Montana, José Zunino, Bernardo Aguero, Margarita de Jofré Enoe Navarro, Tránsito D. de Olguin, Eusebio Peralta, Vicente Vilchez, Fernando Delgado, Juan M. Ortiz, David Roldán, Clara O. de Zabala, Corsino Irustia, Manuel Pérez, María Lorenzo de Cuenta 323 2646 678 2648 2680 5115 2674 2470 321 322 412 420 406 413 414 432 428 423 408 407 419 422 421 437 436 431 499 515 610 512 670 682 678 669 679 681 705 756 768 746 778 833 Dotación 0Ha.6157 m² 0Ha.7864 m² 0Ha.7800 m² 3Ha.3626 m² 1Ha.1180 m² 0Ha.7178 m² 1Ha.0681 m² 5Ha.8950 m² 12Ha.682lm² 0Ha.9256m² 0Ha.5380 m² 0Ha.6675 m² 0Ha.5121 m² 0Ha.6462 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.1450 m² 1Ha.2917 m² 0Ha.8564 m² 0Ha.6400 m² 2Ha.1396 m² 0Ha.5755 m² 0Ha.7162 m² 0Ha.6600 m² 0Ha.7800m² 0Ha.7800 m² 1Ha.2114 m² 1Ha.5131 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.0480 m² 1Ha.5000 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.7020 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.5797 m² 1Ha.3593 m² 0Ha.5124 m² 1Ha.0363 m² 1Ha.5700 m² 1Ha.5596 m² 2Ha.0307 m² 0Ha.5180 m² 0Ha.6870 m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía que a continuación se detallan: Usuario Labiaso, Evangelina F. de Murciano, Mercedes Reta, Solano Galvez de Gillen, Dora Arias, Lucia Cobos, Juan de los A. Cuenta 1233 1206 1170 1175 399 385 Dotación 0Ha.0510m² 0Ha.0606m² 0Ha.0601m² 0Ha.0506m² 0Ha.1731m² 0Ha.2153m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 243 - SAN JUAN – Usuario Cuello, Natalio Luis Cuello, Francisco García, Horacio Alfredo Herrera, Dardo P. Herrera, Eleazar Herrera, Valentín Jofré, Antonio Segundo Lopez, Micaela Noguera Morales, Antonio y Sra. Muriel Romera, Luis Osorio, José Espinosa de Adaro, Demofila Pereyra, Javier Pérez, Francisco E. Rombola, Domingo Varela, José María Vera, José Aguilera, Manuel Alvarez, Antonia I. Bravo, Noe Coll, Ramona Collado de Gimenez Sanchez, Manuel Grimalt, Josefa G. Uliarte, Miguel Alé, José Viviani, Carlos H. Videla, Elia Caballero de Diaz, Francisco B. Villa, Petronila y Justino Menzur, Florinda M. de Ortega Ruiz, Enrique Juan Búbica, Jorge y Juan De los Rios, Daniel Herrera, Clemente Serafín Jofré, Leandro Castro, Eduardo Dalmiro Cuello, Eusebio Delgado, Rufina A. de Ortiz, Pedro David Zabala Basualdo, Maria O. Carrizo, Arnobio y otra Ferreyra, Rosario Riveros, Petrona G. de Rodriguez, Nicomedes Chicone, Constantino y Otro Malaise, Julio César Alvarez, Ramón Correa, Vicente S. Muñoz, Petrona R. Rios, Juana A. Rios Vila Clemira Salas, José Bernardo Toledo, Isabel A. Cuenta 415 416 444 384 383 386 417 441 434 457 397 394 426 398 448 405 396 646 518 640 526 632 594 500 747 596 754 740 395 514 609 661 659 3104 707 757 761 763 758 765 779 777 776 803 836 981 983 982 988 989 991 990 984 Dotación 0Ha.2900m² 0Ha.3955m² 0Ha.0716m² 0Ha.2153m² 0Ha.4543m² 0Ha.2150m² 0Ha.3900m² 0Ha.1892m² 0Ha.1444m² 0Ha.0512m² 0Ha.1839m² 0Ha.1047m² 0Ha.2000m² 0Ha.2600m² 0Ha.1504m² 0Ha.2245m² 0Ha.3600m² 0Ha.0573m² 0Ha.0902m² 0Ha.1221m² 0Ha.0750m² 0Ha.0686m² 0Ha.0686m² 0Ha.0696m² 0Ha.2175m² 0Ha.1400m² 0Ha.0721m² 0Ha.0725m² 0Ha.3000m² 0Ha.2013m² 0Ha.5000m² 0Ha.1730m² 0Ha.2998m² 0Ha.1362m² 0Ha.4410m² 0Ha.1422m² 0Ha.3360m² 0Ha.3500m² 0Ha.4578m² 0Ha.2973m² 0Ha.3338m² 0Ha.1944m² 0Ha.3900m² 0Ha.1903m² 0Ha.0526m² 0Ha.0700m² 0Ha.3164m² 0Ha.2500m² 0Ha.0866m² 0Ha.0866m² 0Ha.1690m² 0Ha.0866m² 0Ha.1696m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 244 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín Oficial, y dos días en diario local. ARTICULO 4°. Notifíquese y tomen nota de la cesacion de derechos declarada en el artículo 2º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 3º) Expediente N° 519 1174-C-97, CARRASAN, MANUEL SEGUNDO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Manuel Segundo Carrasan, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble Nom.Cat. 04-34/610630, departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0598m², registrado bajo cuenta N° 7883, a nombre de Manuel Segundo Carrasan, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 4º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 352, 369, 371 y 372-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 352-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Integral Distribuciones, Lino Eduardo Luna, Jorge Lorenzo Furlani, Claudio Menchetti y Felix Bustos S.A., respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de 74.802,40 para la adquisición de materiales y herramientas con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 369-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Lino Eduardo Luna y Claudio Menchetti, respectivamente, por la suma total en bonos Crefi provinciales de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 245 - SAN JUAN – 28.330,00 para la adquisición de 8.500 Kg. de alambre negro recocido y 1.500 Kg. de alambre galvanizado, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 371-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación directa a favor de la firma G.M.D. Distribuciones por la suma total de $3.780,00 para la adquisición de un eje para reductor de giro de estructura de la retroexcavadora Fiat Allis S-11 interno 39-02, pieza Nº 45016166, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 372-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº61 para la adquisición de materiales, herramientas y elementos varios con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 5°) Expediente N° 37.803-Q-96, QUIROZ, RICARDO W. Y OTROS, s/ beneficios artículo 285 Ley 4392/78. departamento Rawson. VISTO: Que por estas actuaciones los señores Ricardo W. Quiros, Héctor G. Diaz Rios y Silvia de Flecha, en el carácter de apoderados, solicitan se aplique los términos de cesación que establece el Art. 285° Ley 4392/78 al derecho de agua registrado bajo cuenta N° 7384 a nombre de Francisco, José y Juan Lopez Ortega, departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, a fojas 5 vta., el terreno inscripto bajo la citada se encuentra fraccionado en lotes no mayores de 300 m² según plano de mensura Nº 04-7586/93, que no hacen uso del agua de regadío y poseen los servicios de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa que el derecho de riego registrado bajo cuenta N° 7384 figura inscripto a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega y Otros con una dotación para 4Ha.9981m² y superficie según mensura de 4Ha.9981,91m² Nom.Cat. de origen 04-34/400200. Que teniendo en cuenta que el fraccionamiento practicado subdivide el terreno en lotes menores de 500m² es viable la aplicación del artículo 285º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Artículo 285° de la Ley 4392/78, al derecho de agua de carácter permanente para 4Ha.9981m² registrado bajo cuenta N° 7384 del departamento Rawson a nombre de Francisco Domingo Lopez Ortega y Otros. ARTICULO 2°. Notifíquese. Tomen nota de la cesación declarada por este acto Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 6°) Expediente N° 24.700-G-78, GOMILA, MARIA L. DE, s/se la encuadre en los artículos 275 y 276, departamento Rawson. VISTO: Las presentes actuaciones por las que la señora María Linares de Gomila, solicita el otorgamiento de concesión de agua de riego conforme lo determina el Código de Aguas en sus artículos 275º y 276 (Usuarios Clandestinos), y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 246 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que la petición fue presentada dentro del plazo legal, habiéndose acreditado los requisitos que exige la Ley 4392/78. Que mediante expedientes 371.120-R-92 y 562.134-R-94, agregados a estos actuados, el señor Manuel Rodriguez manifiesta ser propietario de las parcelas Nom.Cat. 04-50/365805 y 04-50/340801, acreditando titularidad con la escritura Nº12/89, solicita se le de participación en expediente iniciado por la señora María Linares de Gomila. Que del informe elaborado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 21, surge que el inmueble nomenclatura catastral de origen 04-50/360800 no posee derecho de riego, figura inscripto de acuerdo a lo constatado en Legajo del Censo General de Usuarios de Agua de Riego bajo Reg. Nº219 U. Clandestino, departamento Rawson. Que la Inspección Técnica de Rawson confirma el uso de la dotación con fotocopia de los repartos respectivos, fojas 15 e informa a fs. 20 y ratifica a fs.33 que la parcela nomenclatura catastral de origen 0450/360800 recibe una dotación proveniente del pozo oficial R.14. Que Ecología Agrícola informa a fs. 20 vta. que se encuentra cultivada de espárragos, considerando al espárrago como un cultivo permanente.. Que otorgar el derecho de riego a la propiedad de referencia significaría normalizar una situación de hecho ya que figura en los repartos. Que en los últimos informes, tanto del señor Rodriguez como del Inspector Técnico existen cultivos de espárragos en una superficie aproximada de 9Ha., por lo que habría que otorgar derecho de riego para esta superficie. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado otorgándole una dotación de agua de riego de 9Ha.0000m² para el inmueble propiedad del señor Manuel Rodriguez, ubicado en el departamento Rawson, lote Nº1, Nom.Cat. 04-50/365805 (actual), en un todo de acuerdo al área con cultivos permanentes. ARTICULO 2°. El otorgamiento y registración de la concesión queda supeditado al previo pago de la tasa especial de $1.230,00 (Pesos un mil doscientos treinta) por hectárea a empadronar (Art. 257º Ley 4392/78), debiendo acreditar asimismo el pago de canon y tasas correspondiente a los últimos diez años debidamente actualizado (Art. 277º Ley 4392/78). En caso de incumplimiento del pago en el plazo establecido en el artículo 3º, el presente acto importará el rechazo de la petición y deberá procederse a la corta o retiro de la dotación en uso. ARTICULO 3°. El monto que resulte debidamente actualizado, conforme lo establece el Código Fiscal, deberá ser abonado por el titular de la concesión en el término de treinta (30) días a partir de la fecha de notificación. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación procederá a ajustar la entrega de dotación conforme a derecho. ARTICULO 5°. Notifíquese, tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. 7º) Expediente N° 519 1554-I-97, IRRIGACIÓN, e/listado de candidatos para cubrir cargos de Miembros de Comisión de Canales, departamento Jáchal. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 247 - SAN JUAN – VISTO: El Expediente N° 519 1554-I-97 por el cual Departamento Irrigación, eleva lista de candidatos a miembros de Comisiones de Canal, presentada por la Junta de Riego de Jáchal para la elección convocada por Acta Nº 2091, punto 9º), y CONSIDERANDO: Que se ha presentado una sola lista necesitando de su aprobación como paso previo al acto eleccionario. POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N°886 EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar la lista de candidatos a miembros titular y suplente, respectivamente, del Subdistrito Medio, Distrito II, Sección Electoral Nº3 del departamento Jáchal para las elecciones complementarias que tendrán lugar el próximo 18 de julio del corriente año: JORGE LUIS ANDRADA (titular) SERGIO MORENO (suplente) ARTICULO 2°. Los candidatos que resulten electos cumplirán sus funciones hasta completar el periodo 1996-1998. ARTICULO 3°. Comuníquese a quienes corresponda y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 248 - SAN JUAN – A C T A N° 2098 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintidos días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2097. 2°) Expediente N° 519 0738-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/se autorice la compra de veinte P.C.. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Dirección Administrativa solicita la compra de 20 PC personales, 10 placas de red, 20 estabilizadores, 22 impresoras y 10 calculadoras, y; CONSIDERANDO: Que dichos equipos se destinarán a oficinas de la Repartición y Delegaciones Departamentales con el fin de mantener actualizada la información de los contribuyentes con el Departamento de Hidráulica de manera de poder implementar planes de pago con el objeto de incrementar la recaudación y brindarle un mejor servicio a los regantes. Que por resolución Nº 1211-SH-97 se exceptúa a las partidas Equipamiento e Inversiones Administrativas de lo dispuesto por el Artículo 1º del Decreto Acuerdo Nº 001MHF-97. Que Asesoría Letrada de la Repartición en su informe Nº487-DH-97 manifiesta que correspondería imprimir a la presente compra el trámite establecido para las contrataciones directas en el marco de las disposiciones preceptuadas por la Ley de Emergencia Hídrica vigente, Ley 6737. Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios y el gasto. Que el pago se efectuará 50% en efectivo y el saldo en bonos CREFI. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para la adquisición de: 20 PC personales, procesador Pentium Intel 166 MHZ, Motherboard P.C.I., memoria Caché 512 KB Real, 16 Mb Ram, disco rígido capacidad 1,3 GB, placa de video P.C.I. de 1 Mb ampliable a 2 Mb, monitor S.V.G.A. N.E. color 14”, disquetera 3,5; 1,44 Mb, mouse tres botones y pad, teclado expandido 101 teclas.; 10 placas de red N.E. 2.000 compatible, instaladas física y lógicamente para funcionar en red Novell 3.11; 20 estabilizadores potencia mínima 0,5 Kw, tensión de entrada: 160-250 volts, tensión de salida 220 ≠ 3% volts, regulación electrónica, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 249 - SAN JUAN – protegido contra sobrecargas y cortocircuitos; 16 impresoras tipo EPSON LX300 con cable Centronic; 3 impresoras tipo EPSON FX1170 con cable Centronic; 2 impresoras H.P. Tipo 680 con cable Centronic; 1 impresoras EPSON 1500, chorro de tinta, mínimo 140 columnas y resolución 360 x 360 mínimo y 240 c.p.s. mínimo, con cable Centronic y 10 calculadoras Olivetti tipo LOGOS 82, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes. Establecer en los pliegos de condiciones que el pago se efectuará 50% en efectivo y el saldo en bonos CREFI. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 09 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 02 “INVERSIONES ADMINISTRATIVAS - EQUIPOS P/COMPUTACION” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 1618-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CHIMBAS, s/autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de Chimbas solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: drenes Flores, Vergara, Recabarren y Pedrozo, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Chimbas y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento Chimbas para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 4º) Expediente Nº 519 1186-J-97, JUNTA DE RIEGO DEL DPTO. JACHAL, e/renuncia de miembros integrantes de Comisión de Riego - Agregado expediente Nº 519 1554-I-97. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 250 - SAN JUAN – VISTO: El resultado del escrutinio definitivo de la elección realizada el día 18 de julio ppdo., para elegir Miembros de Comisión de Regantes del departamento Jáchal, en la Sección Electoral Nº3, Distrito II, Subdistrito Medio, convocada por resolución contenida en Acta Nº 2091/97, y; CONSIDERANDO: Que el acto eleccionario se realizó normalmente, no habiéndose formulado observación o impugnación de ninguna naturaleza. POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley N°886 EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar la elección dispuesta por resolución del Consejo en Acta Nº 2091, punto 9º), artículo 2º, para designar Comisión de Regantes del departamento Jáchal, en la Sección Electoral Nº3, Distrito II, Subdistrito Medio, realizadas el día 18 de julio del corriente año. ARTICULO 2°. Proclamar miembros electos de la Comisión de Regantes del departamento Jáchal, Sección Electoral Nº3, Distrito II, Subdistrito Medio, para el periodo 1996-1998, a los señores: JORGE LUIS ANDRADA, Titular y SERGIO MORENO, Suplente. ARTICULO 3°. Comuníquese y tómese debida nota. 5°) OTORGANDO ADICIONAL. VISTO: El Decreto Nº 1592-SHF-90, artículos 1º y 2º, y; CONSIDERANDO: Que mediante resolución Nº 603-DH-95 se designa al agente Ricardo E.Silva, L.E. 7.932.877, en el cargo de Director Administrativo de la Repartición, por encontrarse vacante el mismo. Que dicho agente viene cumpliendo ininterrumpidamente esa función desde el 30 de agosto de 1995. Que corresponde encuadrarlo en lo que prescribe el decreto a que se hace referencia. POR ELLO, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley 886: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Incluir en los alcances del Decreto Nº 1592-SHF-90, al Director Administrativo señor Ricardo E.Silva, L.E. 7.932.877, a partir del 30 de agosto de 1995. ARTICULO 2°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 6°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 391, 394, 395, 397 y 400-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 251 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: N°391-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas G.M.D. Distribuciones y Carben, respectivamente, por la suma total de $5.637,00 para la adquisición de matafuegos y gatos hidráulicos con destino al equipamiento de movilidades de la Repartición con motivo de la nueva Ley de Tránsito, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 394-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma G.M.D. Distribuciones por la suma total de $3.790,00 por la reparación del carretón Atlantar de la Repartición, incluido mano de obra especializada, provisión y colocación de repuestos, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 395-DH-97: por la que en: Art. 1º. Da por concluida la función de Jefe del Departamento Administración de Personal, agente Humberto V. Valdebenitez, M.I. 08.455.205, en virtud de su solicitud. Art. 2º. Traslada al agente Humberto V.Valdebenitez del Departamento Administración de Personal a prestar servicios en el Departamento Irrigación. Art. 3º. Encomienda la función de Jefe del Departamento Administración de Personal al Sub Jefe de dicho Departamento, José Héctor Zapata, D.N.I. 10.029.994. Art. 4º. Encomienda en su estado actual de revista, la función de Subtesorero de la Repartición al agente Juan Antonio Almazán L.E. 7.807.810. Nº 397-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas: Ingemeb de Mario Batias y G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, respectivamente, por la suma total de $9.372,80 para la adquisición de filtros con destino al mantenimiento y conservación de máquinas viales, camiones y camionetas de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 400-DH-97: por la que se incluye en los trabajos de monda adjudicados por Resolución Nº 643/96 a la firma José Luis Roca, las cuentas 1986, 1985 y 1988 del departamento Santa Lucía. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 7º) Expediente N° 519 0846-C-97, CIPRIAN, JUAN BAUTISTA, s/ser presentado en tiempo y forma ref. a edictos publicados. VISTO: Que el señor Juan Bautista Ciprian, titular de la cuenta Nº 2142, se presenta formulando reclamo en tiempo y forma con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2080 punto 12º, manifestando que por problemas de orden económico no ha pedido realizar cultivos en la propiedad, situación que ha sido superada por lo que es indispensable conservar el derecho de riego, y; CONSIDERANDO: Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente. Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fojas 3 vta. manifiesta que la cuenta Nº 2142 corresponde al departamento Santa Lucía a nombre del señor Juan Bautista Ciprian y Otro y no al departamento 9 de Julio puesto que en el mismo no se alcanza a tal numeración. Que el Departamento Irrigación a fojas 6 informa que el citado derecho se efectiviza por el ramo Sungry - Alday, derivado del canal 9 de Julio. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 252 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Hacer lugar al recurso presentado por el señor Juan Bautista Ciprian contra la resolución de Acta Nº 2080, punto 12º), referente a la declaración de caducidad sobre la cuenta Nº 2142 consignada como del departamento 9 de Julio a nombre de Francisco Gallerano. ARTICULO 2°. Rectificar el artículo 1º de la citada resolución eliminando por no corresponder la inscripción a nombre de Francisco Gallerano con dotación para 14Ha.5000m², Cuenta Nº 2142. ARTICULO 3°. El señor Juan Bautista Ciprian deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha. ARTICULO 4°. El peticionante, conforme lo establecido en el inciso 5º) del artículo 61º de la referida norma legal, deberá estar al día con las obligaciones económicas derivadas de la concesión que adeuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes. ARTICULO 5°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo tercero y Departamento Recaudación a los efectos dispuestos en el artículo cuarto. Cumplido, archívese. 8°) Expediente N° 519 0519-M-97, MEGLIOLI, ANTONIO LUIS, s/ser presentado en tiempo y forma ref. a edictos publicados, departamento San Martín. Agregado 519.1021-M-97. VISTO: Que en virtud de la publicación del edicto, Acta Nº 2071 punto 16º se presenta el señor Antonio Luis Meglioli a hacer valer sus derechos referente a la cuenta Nº 232, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fojas 16/16 vta. ha procedido conforme a antecedentes dominiales a inscribir los siguientes inmuebles: Fracción 1 - plano 12924/80 bajo el R.T. 445(D)5358 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, con una superficie s/m de 6Ha.4476,45m², dotación de agua de riego de carácter permanente para 6Ha.4476m², Cuenta Nº 2043 y Fracción 2 - plano 12-924/80 bajo el R.T. 445(D)5357 a nombre de Meglioli, Antonio Luis; Fernandez de Meglioli, Sara Reneé; Meglioli, Luis Enrique; Meglioli, de Diaz, Irma Esther y Meglioli, Juan Eduardo, con una superficie s/m de 24Ha.7761,52m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 24Ha.7761m², Cuenta Nº 2042 cuyos derechos de riego devienen de la cuenta Nº 232 del departamento San Martín.. POR ELLO, atento a que el inmueble del señor Meglioli no hace uso del agua de riego y al presentar nueva inscripción, Cuenta Nº2042. EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Intimar al señor Antonio Luis Meglioli que deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola su propiedad, bajo apercibimiento de declarar la caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha. ARTICULO 2°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero. Cumplido, archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 253 - SAN JUAN – 9º) Expediente N° F12-1834-S-96, STORNINI EXCAVACIONES, Ref. reconocimiento de Gastos Directos Improductivos. VISTO: El recurso de reconsideración y de alzada en subsidio interpuesto por el señor Luis Raul Stornini, en representación de la Empresa Stornini Excavaciones, contra la Resolución contenida en Acta N° 2077 de fecha 25 de febrero de 1997, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su dictamen N° 399-DH-97 expresa que conforme a lo establecido por el Art. 84 y 82 del Decreto 0655 reglamentario de la ley 3784, el recurso de reconsideración y de alzada en subsidio ha sido interpuesto en tiempo y forma y en cuanto a los fundamentos del recurso ratifica el dictamen Nº 025-D-H-95 que corre agregado a fs. 39 de estas actuaciones. Que Secretaría Técnica ratifica en un todo lo manifestado a fojas 14 de estos actuados. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el recurso de reconsideración y de alzada en subsidio interpuesto por el señor Luis Raul Stornini, en representación de la Empresa Stornini Excavaciones, contra la Resolución contenida en Acta N° 2077 punto 5º) de fecha 25 de febrero de 1997. ARTICULO 2°: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el señor Luis Raul Stornini, en representación de la Empresa Stornini Excavaciones, contra la Resolución contenida en Acta N° 2077/97. ARTICULO 3°: Comuníquese. Tómese debida nota y elévese al Superior conforme lo establece el Art. 87° inc. a) del Decreto 0655-G-73. 10º) Expediente N° 413.151-E-87, EXPROPIACIONES DE LA S.R.H., Ref. trámite de expropiación parcelas afectadas con motivo de la obra Dren Hospital de Villa Media Agua. Agregado expediente F12 1663-T-96. VISTO: Que mediante escrito de fecha 30 de mayo de 1997, agregado a fojas 28 de estas actuaciones, la doctora Remedios Gomez de Toro, solicita se desglose del inmueble de su propiedad, Nom.Cat. 15-82/600700, las superficies expropiadas por O.S.S.E y el Departamento de Hidráulica a fin de acceder a un plan de pago sobre la superficie remanente, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 36 que analizadas las presentes actuaciones el inmueble de referencia figura inscripto en el Padrón de Riego del departamento Sarmiento a nombre de Juan Enrique Jesús Lértora con dotación de carácter permanente para 28Ha.3374m², cuenta Nº 1766 y de carácter vertiente (permanente conforme art. 121 Ley 4392) para 5Ha.8686m² cuenta Nº 1765. Que atento a que los trámites de expropiación denunciados por la peticionante e informado por esta Repartición no han sido concluidos, estima que sería factible únicamente resolver mediante empadronamiento el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 254 - SAN JUAN – derecho de riego a nombre de la recurrente en forma independiente para cada uno de los lotes que integran el inmueble. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Remedios Felisa Gomez de Toro, las siguientes concesiones de agua en descargo de las cuentas Nº 1766 y Nº 1765, departamento Sarmiento: Lote Nº 1, con superficie s/mensura de 19Ha.3392,16m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 16Ha.0202m² y de carácter vertiente (permanente Art. 121) para 3Ha.3178m². Lote Nº 2, con superficie s/mensura de 14Ha.5298,47m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 12Ha.0362m² y de carácter vertiente (permanente Art. 121) para 2Ha.4927m². Lote Nº 3, con superficie s/mensura de 0Ha.3388,08m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2807m² y de carácter vertiente (permanente Art. 121) para 0Ha.0581m². ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 11°) Expediente N° F12 1522-V-96, VALENTINO, JORGE, s/concesión de derecho de uso de agua, departamento Ullum, Agregado expediente 37.873-V-96. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Ingeniero Jorge Alberto Valentino, solicita concesión de uso de agua con fines recreativos para el predio ubicado en el Area Turística de Actividades al Aire Libre (Area A.T. 1), de la Presa Embalse Quebrada de Ullum, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Irrigación - División Ecología Agrícola a fs. 20, en razón de que el agua solicitada se destinará al riego de plantas ornamentales y uso doméstico para un residente y la población transitoria de diseño, determina que la cantidad de agua necesaria es de 2Ha.7000m² pero que en la actualidad el complejo no se ha desarrollado en su totalidad por lo que la dotación sería de 0Ha.4500m². Que a fs. 18 el presentante agrega a estos actuados la Resolución Nº 386-EPT-96 por la que el Ente Provincial de Turismo declara como atractivo turístico el área ocupada por el Solar del Huarpe, denominado Punta Tabasco. Que se han cumplimentado los requisitos que determina el Código de Aguas en sus artículos 35º, 42º “Publicaciones” y 82º “Intervención de Otros Organismos”, según Acta Nº 2072 punto 6º), por la cual las Juntas de Riego prestan su consentimiento sin formular las acciones referidas en los artículos 52º al 54º del Código de Aguas. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 017-DH-97 manifiesta que en virtud de los informes que corren agregados correspondería encuadrar la petición formulada en lo preceptuado en el título III de la Ley 4392. Que a fojas 34, mediante escrito Nº 143/97, se solicita que la concesión a otorgar para uso del agua en el complejo sea tomada para una superficie de 4.500m² dado que es la superficie actualmente ocupada y en uso. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 255 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Otorgar al Ingeniero Jorge Alberto Valentino, una concesión de agua para uso recreativo de 0Ha.4500m², a derivar del Embalse Quebrada de Ullum con destino al predio denominado Punta Tabasco. ARTICULO 2°. El Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental controlará periódicamente el funcionamiento del sistema de extracción en función de la dotación acordada. ARTICULO 3°. El otorgamiento de la concesión cesará cuando no se cumplan estrictamente los mismos fines y se haya producido el cambio de destino en materia de uso, especialmente con la implantación de cultivos con fines económicos o que no sean propios y relativos a la actividad recreativa. ARTICULO 4°. La concesión de agua otorgada en el Articulo 1º, es en forma temporaria por el término de 5 (cinco) años cuya renovación puede operarse si es solicitada antes de expirar el plazo autorizado (Articulo 81º siguientes y concordantes de la Ley Nº4392/78). ARTICULO 5°. El otorgamiento y registración de la concesión queda supeditado al previo pago, en el término máximo de quince días, de la tasa especial especial dispuesta mediante Acta Nº 2044, punto 13º) equivalente a pesos setecientos cincuenta ($750,00) y canon anual según lo establecido en Acta Nº 2088, punto 2º). ARTICULO 6°. Notifíquese al recurrente. Tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido, archívese. 12°) Expediente N° 519 1565-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego agrícola en el departamento Rawson, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Rawson. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 256 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Rawson, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: USUARIO Aubone de Gonzalez, Maria Nidia Asoc.Coop. del Inst. de Inv. Delaude, Nicolás García, José Antonio Libossart, Arturo Raul Lucio, Jorge Russo, Antonio Aguirre, Bertha Herrera de DOTACION 4Ha.4792m² CUENTA 6192 4Ha.2276m² 0Ha.6001m² 0Ha.5918m² 3Ha.2957m² 0Ha.6027m² 1Ha.2990m² 0Ha.7781m² 7625 3744 3782 8259 134 4858 4922 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 13°) Expediente N° 519 1566-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso de derecho empadronado, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Rawson. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Rawson que a continuación se detallan: Usuario Berenguer Ivars, Juan Cuenta 7617 Dotación 0Ha.0702m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 257 - SAN JUAN – Usuario Berenguer Ivars, Juan Tejada de Vargas, P. Aciar de Garcia, María Peña de Peña, Juana Martín, Enrique Jorge, Lucio y O. Aguilera, Sixta Achem, Elías Rollan, Arlinton A. Rocha, Nidia C. Coria Jofré, Sara Coria de Quiroga, J. Figueroa, Dardo Enevaro Tejada de Ramos, Guillermina Frias, Oscar A. Aguilera, Francisco Atencio, Nicolás Guardia, Loreto Tello, Aureliano Gutierrez, Guilberto Hipólito Perez, Saturnino Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Buron, Alonso Antonio Silva, Martín Manuel Fretes, María Silva, Pedro Martín Consejo de Reconstrucción Vargas, Armin E. y Otro Bustos de Monteros, Mireya B. Bailón, Rafael Francisco Montenegro Dolffi Felipe y otro Flores, Magdalena del S. E. Vda. D. Krause, Domingo Recabarren, Julio C. Ramirez, Ismael Roca, Alberto Naranjo, Pedro Arce de Quiroga, Amira Bustos, Rolando Rociel Garcia, Nora Cerli Krause, Domingo Krause, Domingo Peñaloza, Eresmila Rosa Garín de Laciar, Juana y O. Lértora de Tascheret, Amalia Calderón, José Martín, José Herrero, Segundo F. Krause, Domingo Cuenta 7618 7306 3746 7468 4700 7302 3755 3759 6238 3765 4742 4741 5160 6979 6974 7020 7014 7005 7013 7001 6199 7038 7037 7034 7033 7030 7029 7028 7018 7016 7019 6193 7624 8676 10438 3522 3512 5623 9498 3087 7379 5634 5636 5631 3530 5632 5640 3656 9112 304 3631 5681 5682 5676 Dotación 0Ha.0925m² 0Ha.0504m² 0Ha.1712m² 0Ha.1471m² 0Ha.1800m² 0Ha.1542m² 0Ha.1700m² 0Ha.3227m² 0Ha.4122m² 0Ha.2044m² 0Ha.0868m² 0Ha.0869m² 0Ha.1013m² 0Ha.0785m² 0Ha.0576m² 0Ha.0719m² 0Ha.0576m² 0Ha.0691m² 0Ha.0576m² 0Ha.0519m² 0Ha.1483m² 0Ha.0600m² 0Ha.0560m² 0Ha.0722m² 0Ha.0722m² 0Ha.0723m² 0Ha.0723m² 0Ha.2640m² 0Ha.0719m² 0Ha.0720m² 0Ha.0719m² 0Ha.2885m² 0Ha.4677m² 0Ha.1108m² 0Ha.1090m² 0Ha.1035m² 0Ha.0542m² 0Ha.0545m² 0Ha.0680m² 0Ha.1380m² 0Ha.0622m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0543m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0671m² 0Ha.0545m² 0Ha.2249m² 0Ha.0545m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.1090m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 258 - SAN JUAN – Usuario Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Mateos, Cristobal García, Remigio J. Rodriguez, José Roiman, Sara Ariza de Bueno, Carmen Muñoz, América Cardozo, Miguel Segundo Godoy, Eligio Bernabé Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Montaña, Martiniano Cuello, José Amante, Evangelina Riveros, Marcelino Lucero, Martín Ramón L. Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Antunez, Carlos Uzair, Carlos Guerrero, Andrés Morales, Remedio Perce, Francisco Krause, Domingo Krause, Domingo Cuenta 5677 5678 5679 5680 562 8165 564 8168 5703 5705 5709 5690 5689 5692 5693 5695 5698 5699 5700 5706 5702 5712 5724 5691 5725 5710 5711 5713 5726 5714 5716 5723 9113 5721 5727 Dotación 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0570m² 0Ha.0570m² 0Ha.0570m² 0Ha.0520m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1226m² 0Ha.0545m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0681m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1090m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0522m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1226m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos por el término de un día en el Boletín Oficial, y dos días en diario local. ARTICULO 3°. Notifíquese y tomen nota de la cesación de derechos declarada en el artículo 1º de esta resolución, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 14°) Expediente N° 519 0868-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/se declare comprendido en los alcances del artículo 286 a titulares del departamento Capital. VISTO: Que mediante estas actuaciones Dirección Administrativa, solicita se declare comprendido en los alcances de los artículos 286º y 137º del Código de Aguas, según corresponda, a derechos de riego de terrenos del departamento Capital que durante los últimos quince años no recibieron agua de regadío y en los cuales se construyeron viviendas que poseen los servicios de agua potable, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 259 - SAN JUAN – Que Asesoría Letrada en su informe Nº 360-DH-97 manifiesta que dado el tiempo transcurrido, en razón de no encontrarse en uso, por corresponder a parcelas ubicadas en zonas urbanizadas y en virtud de lo preceptuado en la Ley 5263, correspondería declarar la cesación de todos los derechos de agua de riego del departamento Capital cuyo listado corre agregado de fojas 3 a 13 de estos obrados. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Capital que a continuación se detallan: Usuario Dotación Cuenta CONCAR 0Ha.1200 m² 559 CONCAR 0Ha.0592 m² 588 CONCAR 0Ha.1076 m² 590 CONCAR 0Ha.0717 m² 631 CONCAR 0Ha.0675 m² 639 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.2359 m² 1157 CONCAR 0Ha.0597 m² 1498 CONCAR 0Ha.0872 m² 1499 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0576 m² 1747 CONCAR 0Ha.1953 m² 1798 CONCAR 0Ha.0517 m² 1817 CONCAR 0Ha.1850 m² 1832 CONCAR 0Ha.1003 m² 1860 CONCAR 0Ha.0590 m² 1861 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.1344 m² 2100 DIRECCION NAC DE VIALIDAD 0Ha.0628 m² 2101 Usuario Dotación Cuenta ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0588 m² 2132 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.1212 m² 2138 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0677 m² 2166 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0699 m² 2167 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0698 m² 2199 DIRECCION NAC DE VIALIDAD 0Ha.0595 m² 2203 DIRECCION NAC DE VIALIDAD 0Ha.0615 m² 2204 DIRECCION NAC DE VIALIDAD 0Ha.1004 m² 2207 CONCAR 0Ha.2720 m² 2351 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.3806 m² 2390 CONCAR 0Ha.0519 m² 2701 INSTITUCION SALECIANA 0Ha.0532 m² 3443 CONCAR 0Ha.1943 m² 3503 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0615 m² 3619 EST NAC ARG D N V 0Ha.0604 m² 3620 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0735 m² 3640 ESTADO NAC ARGENT DIRECC NAC V 0Ha.0501 m² 3666 ARZOBISPADO DE SAN JUAN 0Ha.0704 m² 3690 INSTITUCION SALECIANA 0Ha.0617 m² 4440 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0501 m² 4523 MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL 0Ha.3689 m² 4543 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.2677 m² 4593 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0646 m² 4669 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0732 m² 4840 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 260 - SAN JUAN – ESTADO NACIONAL ARGENTINO ESTADO NACIONAL ARGENTINO DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ESTADO NACIONAL ARGENTINO CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR Usuario CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONS REC SAN JUAN CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR 0Ha.0626 m² 0Ha.0698 m² 0Ha.0726 m² 0Ha.0549 m² 0Ha.0556 m² 0Ha.0625 m² 0Ha.0625 m² 0Ha.0624 m² 0Ha.0630 m² 0Ha.0611 m² 0Ha.0627 m² 0Ha.0627 m² 0Ha.0625 m² 0Ha.0655 m² 0Ha.0571 m² 0Ha.0573 m² 0Ha.0599 m² 0Ha.0592 m² 0Ha.0594 m² 0Ha.0587 m² 0Ha.0525 m² 0Ha.0591 m² 0Ha.0680 m² 0Ha.0676 m² 0Ha.0676 m² 0Ha.0679 m² 0Ha.0676 m² Dotación 0Ha.0593 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0568 m² 0Ha.0569 m² 0Ha.0636 m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0627 m² 0Ha.0627m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0561 m² 0Ha.0516 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0590 m² 0Ha.0630 m² 0Ha.0651 m² 0Ha.0675 m² 0Ha.0681 m² 0Ha.0682 m² 0Ha.0626 m² 0Ha.0626 m² 0Ha.0630 m² 4842 4900 4950 4995 5055 5079 5085 5090 5091 5092 5093 5094 5099 5103 5110 5111 5140 5141 5143 5144 5147 5150 5161 5162 5163 5164 5165 Cuenta 5183 5189 5190 5191 5195 5196 5197 5198 5199 5201 5202 5204 5205 5206 5207 5208 5209 5210 5211 5212 5213 5215 5217 5219 5220 5221 5223 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 261 - SAN JUAN – CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR Usuario CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR 0Ha.0629 m² 0Ha.0763 m² 0Ha.0658 m² 0Ha.0666 m² 0Ha.0583 m² 0Ha.0625 m² 0Ha.0564 m² 0Ha.0576 m² 0Ha.0551 m² 0Ha.0553 m² 0Ha.0553 m² 0Ha.0555 m² 0Ha.0556 m² 0Ha.0552 m² 0Ha.0551 m² 0Ha.0593 m² 0Ha.0549 m² 0Ha.0678 m² 0Ha.0596 m² 0Ha.0708 m² 0Ha.0789 m² 0Ha.0733 m² 0Ha.0679 m² 0Ha.0631 m² Dotación 0Ha.0628 m² 0Ha.0750 m² 0Ha.0758 m² 0Ha.0630 m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0593 m² 0Ha.0680 m² 0Ha.0672 m² 0Ha.3203 m² 0Ha.3891 m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0630 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0616 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0629 m² 0Ha.0895 m² 0Ha.0788 m² 0Ha.0710 m² 0Ha.0571 m² 0Ha.0587 m² 0Ha.0565 m² 0Ha.0681 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0571 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0568 m² 0Ha.0567 m² 5224 5225 5228 5230 5232 5233 5236 5237 5238 5239 5241 5244 5246 5247 5248 5249 5252 5253 5267 5292 5293 5294 5298 5300 Cuenta 5314 5318 5319 5320 5323 5324 5325 5326 5332 5339 5341 5351 5352 5359 5360 5361 5362 5364 5365 5366 5376 5377 5378 5380 5381 5382 5383 5385 5386 5387 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 262 - SAN JUAN – CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR Usuario CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR 0Ha.0565 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0703 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0625 m² 0Ha.0623 m² 0Ha.0620 m² 0Ha.0622 m² 0Ha.0615 m² 0Ha.0620 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0567 m² 0Ha.0575 m² 0Ha.0572 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0568 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0585 m² 0Ha.0656 m² Dotación 0Ha.0635 m² 0Ha.0703 m² 0Ha.0643 m² 0Ha.0612 m² 0Ha.0672 m² 0Ha.0650 m² 0Ha.0711 m² 0Ha.0647 m² 0Ha.0740 m² 0Ha.0678 m² 0Ha.0684 m² 0Ha.0670 m² 0Ha.0648 m² 0Ha.0711 m² 0Ha.0706 m² 0Ha.0688 m² 0Ha.0699 m² 0Ha.0698 m² 0Ha.0527 m² 0Ha.0593 m² 0Ha.0521 m² 0Ha.0915 m² 0Ha.0526 m² 0Ha.0635 m² 0Ha.0540 m² 0Ha.0568 m² 0Ha.0577 m² 0Ha.0574 m² 0Ha.0561 m² 0Ha.0579 m² 0Ha.0815 m² 0Ha.0767 m² 0Ha.0754 m² 5388 5389 5392 5393 5395 5396 5403 5404 5405 5406 5407 5410 5411 5412 5413 5415 5416 5417 5418 5421 5426 Cuenta 5427 5430 5431 5433 5434 5438 5440 5441 5442 5443 5444 5446 5448 5453 5454 5463 5470 5472 5497 5498 5499 5500 5502 5503 5506 5507 5508 5509 5510 5511 5529 5533 5534 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 263 - SAN JUAN – CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR Usuario CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR 0Ha.0607 m² 0Ha.0838 m² 0Ha.0580 m² 0Ha.0569 m² 0Ha.0567 m² 0Ha.0568 m² 0Ha.0569 m² 0Ha.0578 m² 0Ha.0569 m² 0Ha.1035 m² 0Ha.0750 m² 0Ha.0681 m² 0Ha.0670 m² 0Ha.0837 m² 0Ha.0862 m² 0Ha.0569 m² 0Ha.0563 m² 0Ha.0567 m² Dotación 0Ha.0513 m² 0Ha.0642 m² 0Ha.0645 m² 0Ha.0599 m² 0Ha.0642 m² 0Ha.0637 m² 0Ha.0616 m² 0Ha.0607 m² 0Ha.0597 m² 0Ha.0519 m² 0Ha.0524 m² 0Ha.0522 m² 0Ha.0595 m² 0Ha.0591 m² 0Ha.0657 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0658 m² 0Ha.0648 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0653 m² 0Ha.0655 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0656 m² 0Ha.0648 m² 0Ha.0648 m² 0Ha.0650 m² 0Ha.0649 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0760 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0644 m² 0Ha.0642 m² 0Ha.0643 m² 0Ha.0522 m² 5535 5536 5544 5546 5547 5548 5549 5550 5551 5552 5556 5557 5558 5559 5560 5561 5562 5563 Cuenta 5564 5573 5682 5683 5686 5687 5688 5689 5701 5702 5703 5704 5705 5706 5714 5715 5716 5717 5718 5719 5720 5723 5724 5725 5726 5727 5730 5731 5733 5734 5735 5736 5740 5741 5742 5743 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 264 - SAN JUAN – CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD Usuario E NAC ARGENTINO D N VIALIDAD CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONSEJO DE RECONSTRUCCION DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ESTADO NACIONAL ARGENTINO DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD ESTADO NACIONAL ARGENTINO CONS REC SAN JUAN L/12 MZNA Z CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR 0Ha.0522 m² 0Ha.0520 m² 0Ha.0645 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0644 m² 0Ha.1157 m² 0Ha.0646 m² 0Ha.0644 m² 0Ha.0645 m² 0Ha.0644 m² 0Ha.0644 m² 0Ha.0984 m² 0Ha.0644 m² 0Ha.0700 m² 0Ha.0846 m² Dotación 0Ha.0541 m² 0Ha.0544 m² 0Ha.0679 m² 0Ha.0677 m² 0Ha.0679 m² 0Ha.0677 m² 0Ha.0533 m² 0Ha.0677 m² 0Ha.0677 m² 0Ha.0596 m² 0Ha.0677 m² 0Ha.0588 m² 0Ha.0624 m² 0Ha.0632 m² 0Ha.0675 m² 0Ha.2885 m² 0Ha.0759 m² 0Ha.0745 m² 0Ha.2633 m² 0Ha.0716 m² 0Ha.0544 m² 0Ha.0559 m² 0Ha.0601 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0609 m² 0Ha.0686 m² 0Ha.0617 m² 0Ha.0583 m² 0Ha.0524 m² 0Ha.0526 m² 0Ha.0506 m² 0Ha.1118 m² 0Ha.0572 m² 0Ha.0623 m² 0Ha.0602 m² 0Ha.0598 m² 0Ha.0589 m² 0Ha.0551 m² 0Ha.0582 m² 5744 5745 5746 5747 5748 5749 5750 5751 5753 5754 5755 5757 5758 5841 5879 Cuenta 5944 5976 6086 6087 6088 6090 6091 6092 6093 6094 6097 6100 6101 6140 6141 6193 6197 6201 6218 6426 6434 6447 6487 6690 6705 6707 6712 6716 6717 6718 6719 6736 6791 6792 6793 6804 6806 6807 6875 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 265 - SAN JUAN – CONCAR 0Ha.0618 m² 6879 CONCAR 0Ha.0518 m² 6882 CONCAR 0Ha.0503 m² 6885 CONCAR 0Ha.0598 m² 6890 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0615 m² 7097 DIRECCION NAC DE VIALIDAD 0Ha.0643 m² 7110 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.1697 m² 7125 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0866 m² 7154 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0806 m² 7240 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.1602 m² 7244 DIRECCION NAC DE VIALIDAD 0Ha.0510 m² 7245 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.1406 m² 7264 Usuario Dotación Cuenta ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.2500 m² 7266 CONCAR 0Ha.0711 m² 7273 DIRECC NAC VIALIDAD 0Ha.0577 m² 7275 DIRECC NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.1109 m² 7281 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.1320 m² 7370 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.0756 m² 7385 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0676 m² 7396 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.1035 m² 7398 ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV 0Ha.0610 m² 7434 ESTADO NACIONAL ARGENTINO DNV 0Ha.3858 m² 7439 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0615 m² 7456 DIRECC NAC DE VIALIDAD 0Ha.0615 m² 7457 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.0848 m² 7467 ESTADO NAC ARGENTINO D N V 0Ha.2371 m² 7481 DIRECC NAC DE VIALIDAD 0Ha.1166 m² 7482 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0Ha.1866 m² 7529 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0Ha.1305 m² 7555 ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante más de quince años de las concesiones de agua de riego del departamento Capital que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Dotación Cuenta GOBIERNO DE LA PROVINCIA 2Ha.5609 m² 41 CONCAR 0 Ha.6456 m² 638 INST. P. DE LA VIVIENDA 2 Ha.9160 m² 2564 CONCAR 0 Ha.5333 m² 2704 ESC. IND. DE LA NACION 0 Ha.6000 m² 2825 EMPRESA DEL F. C. INDUSTRIAL 2 Ha.5275 m² 4366 CONCAR 0 Ha.9043 m² 5370 CONCAR 0 Ha.6847 m² 5941 ESCUELA NACIONAL 76 0 Ha.6475 m² 6021 CONSEJO DE RECONSTRUCCION 0 Ha.6700 m² 6072 CONSEJO DE RECONSTRUCCION 0 Ha.6711 m² 6078 CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION 0 Ha.6019 m² 6150 CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION 0 Ha.9976 m² 6631 ESTADO NACIONAL ARGENTINO 0 Ha.5752 m² 7226 DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD 0 Ha.7971 m² 7452 ESTADO NACIONAL ARGENTINO D N 0 Ha.8547 m² 7533 ARTICULO 3°. Tomen nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 266 - SAN JUAN – A C T A N° 2099 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintinueve días del mes de julio del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2098. 2°) Expediente N° F33 617-A-95, A.T.E., s/pago de licencia al agente Oscar Onofre Olivera. Agregados expedientes F33 786-A-95, F33 1175-A-95, F7 0051-S-96 y 000760-E-96. VISTO: El expediente N° F33 617-A-95 con sus agregados, y; CONSIDERANDO: Que en virtud del Decreto Nº 1122-MPIyMA-97, obrante a fojas 42 de estos actuados, Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de licencia proporcional año 1994, que se le adeuda al ex agente Oscar Onofre Olivera. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $901,50 (pesos novecientos uno con cincuenta centavos) en concepto de pago por la licencia proporcional año 1994 que se le adeuda al ex agente Oscar Onofre Olivera, M.I. N°6.753.459. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 01 - PARTIDA PARCIAL 01 - CLASE 07 - SUBPARCIAL 02 - “PERSONAL OBRERO MAESTRANZA Y SERVICIOS” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 3º) Expediente N° 519 1652-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 25 DE MAYO, s/autorización para hacerse cargo de la monda anual año/97. VISTO: Que la Junta de Riego de 25 de Mayo solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 267 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: canal General 25 de Mayo, desde comparto Caucete hasta comparto de calle Divisoria; Dren de calle La Plata y Dren Tercero (calle 21), que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento 25 de Mayo y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 25% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 25%, del monto de lo recaudado en el departamento 25 de Mayo para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 4º) Expediente N° 519 1589-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CAUCETE, s/autorización para hacerse cargo de la monda anual año/97. VISTO: Que la Junta de Riego de Caucete solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Drenes Colectores San Isidro, La Plata y Cuarto, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Caucete y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 268 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento Caucete para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 5°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 402, 403 y 405-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 402-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº64 para la compra de 350 metros cúbicos de oxígeno industrial con destino a la Sección Herrería de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 403-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lar Chilecito S.A. por la suma total en Bonos CREFI 12.047,50 para la adquisición de varillas de hierro especial de 8, 10 y 12 mm., respectivamente, con destino al Departamento Construcciones de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 405-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fipen S.R.L., por la suma total de $1.600,00 para la fabricación de dos radiadores completos para las excavadoras Bucyrus 22-B internos 17-04 y 17-06 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 6°) Expediente Nº 315.261-S-81, SRIA. DE ESTADO DE RECURSOS HIDRICOS, Ref. se tramita otorgar derechos de agua a la Colonia 25 de Mayo Norte ubicada en el departamento 25 de Mayo. VISTO: El expediente N°315.261-S-81 de la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos, y ; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a la Ley 4526/79 que modifica algunos artículos de la Ley 4392/78, establece en su art. 188º que el Poder Ejecutivo en cumplimiento del convenio preexistente aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 2110 de fecha 21 de agosto de 1975, deberá otorgar derechos de agua con carácter permanente a la Colonia 25 de Mayo Norte, por cuanto con la construcción de 52 pozos se cubre el hectareaje de la mencionada colonia. Que el otorgamiento de los derechos de agua quedaba supeditado al instrumento legal correspondiente que debía dictar el Poder Ejecutivo Que por Decreto Nº 0610-SRH-81 de fecha 24 de marzo de 1981 el Gobernador de la Provincia establece “otórganse derechos de agua para riego y uso agrícola para 4.149Ha. de los terrenos de propiedad de la Provincia ubicados en el Departamento 25 de Mayo”. Que en su oportunidad, el Departamento de Hidráulica toma conocimiento de lo dispuesto y realiza un estudio del dominio de los terrenos de la proyectada Colonia 25 de Mayo GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 269 - SAN JUAN – Norte, llegando a la conclusión que no todos estaban a nombre de la Provincia, razón por la cual no podía hacerse la inscripción correspondiente. Que recientemente se ha vuelto a realizar un chequeo de todas las propiedades indicadas en el Decreto Nº 0610-SRH-81, comprobándose que en la actualidad los terrenos están bajo el dominio de la Provincia. En consecuencia se estaría en condiciones de dictar el Acto Administrativo, que ordene la registración de los derechos de riego para la Colonia 25 de Mayo Norte, debiéndose indicar la fuente proveedora y el cauce de riego pertinente. Que por su ubicación geográfica la provisión de agua de riego debería hacerse a través del canal Aductor paralelo a calle Divisoria, que fue construido con capacidad suficiente para absorber la dotación de la Colonia 25 de Mayo Norte. No obstante este canal deriva del Canal Gral. 25 de Mayo, que como es de público conocimiento no tiene capacidad para los derechos actualmente vigentes, ya que el terremoto del año 1977 produjo serias averías en su estructura. Que además, por el mismo efecto, y por circunstancias propias del deterioro a través de tiempo, el canal Manuel Gregorio Quiroga (Norte) que alimenta al Canal Gral. 25 de Mayo, no tiene la capacidad suficiente para absorber más caudales de los que actualmente conduce. Que siendo la conducción a través de los mencionados canales, habría que reacondicionar tanto el Canal Manuel Gregorio Quiroga como el Canal Gral. 25 de Mayo, ya que si la entrega de la dotación respectiva para la Colonia 25 de Mayo - Norte se realiza en las condiciones que actualmente se encuentra la red de riego, significaría un perjuicio directo a los usuarios que se encuentran empadronados y que están haciendo uso de sus derechos, al disminuir sensiblemente los coeficientes de distribución. Que debe tenerse en cuenta los derechos de carácter accidental que por amparo de la Ley 4392/78 adoptan la calidad de permanentes. Que por lo establecido en Art. 121º Ley 4526, las mismas “se irán incorporando al sistema de coeficiente único en forma gradual conforme a las mejoras que se obtengan en el aprovechamiento del recurso hídrico con las obras en construcción y a construirse que posibiliten el funcionamiento integral del sistema”. Que actualmente estos derechos suman 21.167Has., de las cuales al departamento 25 de Mayo corresponden 4.l5lHas., se encuentran empadronadas y puestas al cobro en iguales condiciones que las permanentes. Que en este sentido las Juntas de Riego han producido un manifiesto, donde expresan que no debe aplicarse el Art. 188º de la Ley 4392/78 y su modificatoria Ley 4526/79, debiendo darse prioridad a la entrega de aquellos derechos accidentales actualmente empadronados. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Inscribir los derechos de riego para Uso Agrícola de 4.149Ha. previsto en las leyes 4392/78 y 4526/79 para la Colonia 25 de Mayo Norte y otorgadas mediante Decreto Nº 06l0-SRH-81. ARTICULO 2°. Para la entrega efectiva de lo dispuesto en el artículo anterior, deberá cumplimentarse previamente lo indicado en los considerandos. ARTICULO 3°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 7°) Expediente N° 519 1294-G-97, GARCIA, CARLOS R., s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Chimbas. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 270 - SAN JUAN – VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Carlos R. Garcia, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 663 del departamento Chimbas, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 4, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. N° 286º del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0800m², registrado bajo cuenta N° 663, a nombre de Benicio García, departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8º) Expediente N° F12-552-S-96, SUBSECRETARIA DE RECURSOS ENERGETICOS, e/ listado de entidades con y sin fines de lucro con trámites de concesión - presa embalse de Ullum, departamento Rivadavia. VISTO: El recurso de reconsideración interpuesto por el Ingeniero Roberto G. Carmona, en carácter de Vicepresidente de Tambolar S.A., “Costa Magna”, contra el acto administrativo dictado por el señor Director General del Departamento de Hidráulica el día 10 de enero de 1997, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su dictamen N° 184-DH-97 expresa que conforme a lo establecido por el Art. 84 y 89 del Decreto 0655 reglamentario de la ley 3784, el recurso de reconsideración ha sido interpuesto en tiempo y forma y en cuanto a los fundamentos del recurso manifiesta que el artículo 18 de la Ley 4392/78 dispone que nadie podrá aprovechar aguas públicas ni sus álveos o lechos, fuera de los casos expresados en este Código y sin permiso o concesión de autoridad competente, por lo que son nulas desde su origen las concesiones que no se otorguen conforme a las disposiciones que regulan la materia y que de acuerdo con lo establecido en la Ley 4984, la Secretaría de Recursos Hídricos, hoy Subsecretaría de Recursos Energéticos es el Organismo de Aplicación que otorga en carácter de concesiones los lotes de terrenos en el área del dique de Ullum siendo el Departamento de Hidráulica el órgano competente para otorgar las concesiones de uso de agua, artículo 1º de la Ley 886 y artículo 5º de la Ley 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 271 - SAN JUAN – RE SUE L VE ARTICULO 1°. Tener por presentado en tiempo y forma el recurso de reconsideración interpuesto por el Ingeniero Roberto G. Carmona, en carácter de Vicepresidente de Tambolar S.A., “Costa Magna”, contra el acto administrativo dictado por el señor Director General del Departamento de Hidráulica de fecha 10 de enero de 1997. ARTICULO 2°: Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el Ingeniero Roberto G. Carmona, en carácter de Vicepresidente de Tambolar S.A., “Costa Magna”, contra el acto administrativo dictado por el señor Director General del Departamento de Hidráulica de fecha 10 de enero de 1997, ratificando en todas sus partes lo actuado por Dirección General. ARTICULO 3°: Comuníquese y tómese debida nota. 9º) Expediente N° 519 0449-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: El expediente Nº 519 0449-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 10º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 10º), para los siguientes derechos de riego del departamento Angaco: USUARIO Soria de Aguilera Amada Soria de Chavez Regina Lohay de Turte Petrona Chirino Estaurino Bgas. y Vdos. Castro Hnos. Sanchez Francisco Pintor Francisco A. Union Sport Club DOTACION 0Ha.9500m² 0Ha.2800m² 5Ha.8600m² 0Ha.7900m² 8Ha.9177m² 8Ha.7400m² 0Ha.9074m² 0Ha.0718m² CUENTA 313 314 315 262 78 897 1683 1685 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 10º) Expediente N° 519 0446-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO: El expediente Nº 519 0446-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 13º). GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 272 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 13º), para los siguientes derechos de riego del departamento Albardón: USUARIO Soc. Civil Cons. Dr. Arturo Illia Mota Rafael Bernardo Mota Rafael Bernardo Mota Rafael Bernardo Arevalos de Sarmiento Ayestaran Juan B. Balmaceda Pedro y Otros DOTACION 0Ha.7800m² 0Ha.1788m² 0Ha.4130m² 1Ha.8242m² 0Ha.5355m² 3Ha.8319m² 0Ha.9957m² CUENTA 2296 2418 3179 3870 2355 544 3980 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 11º) Expediente N° 519 1199-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Sarmiento. VISTO: El expediente Nº 519 1199-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2091, punto 4º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2091, punto 4º), para los siguientes derechos de riego del departamento Sarmiento: Usuario Menendez, Escobar C. Riveros, Marcial Ramos, Manuel Patiño, Ciriaco H. Tejada de Bordón, Vicenta R. Usuario Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Hensel, Eduardo Blanco, Carlos Angel Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Patiño, Ciriaco Suc. Cuenta 1125 1361 1364 1718 1779 Cuenta 1918 1917 1915 2267 2266 1913 1912 2018 1625 Dotación 0Ha.0749m² 0Ha.1997m² 0Ha.1498m² 0Ha.0749m² 0Ha.0749m² Dotación 0Ha.0749m² 0Ha.0849m² 0Ha.0749m² 0Ha.0625m² 0Ha.0624m² 0Ha.2488m² 0Ha.1498m² 0Ha.0750m² 0Ha.1500m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 273 - SAN JUAN – Patiño, Ciriaco Suc. Videla, Lázaro E. Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Diaz, Azicando B. Patiño, Ciriaco Bordón, Vicenta Aguilera, Dora del Jesús Patiño, Ciriaco 1622 1607 1604 1603 1601 1600 1599 1597 1595 1911 Patiño, Ciriaco Cortez, Domingo Silo Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Espinoza, Demetria Sánchez, Gilberto Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Patiño, Ciriaco Rosales, Juana E. Gonzalez, Heriberto Gonzalez de Morales, Rosa y O. Morales, Anibal Tello, Clemente Patiño, Ciriaco Femenía, Jaime Femenía, Jaime Femenía, Jaime Femenía, Jaime Luján, Jorge Osvaldo Femenía, Jaime Femenía, Jaime Torrent, César Alberto y Otro Torrent, César Alberto y Otro 1916 1621 1620 1616 1615 1614 1613 1611 1594 1592 1591 1590 1589 1588 1587 1586 1584 1582 1609 1706 1566 1571 1579 1107 1708 1707 0985 0690 0Ha.2500m² 0Ha.1975m² 0Ha.2500m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2497m² 0Ha.1000m² 0Ha.1149m² 0Ha.1739m² 0Ha.2497 m² 0Ha.2497m² 0Ha.1739m² 0Ha.0750m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.1847m² 0Ha.0999m² 0Ha.2000m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.0850m² 0Ha.1000m² 0Ha.0749m² 0Ha.0749m² 0Ha.1000m² 0Ha.1850m² 0Ha.2500m² 0Ha.0876m² 0Ha.1113m² 0Ha.2878m² 0Ha.0635m² 0Ha.2490m² 0Ha.1427m² 0Ha.3690m² 0Ha.1590m² 0Ha.2608m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 12º) Expediente N° 519 1012-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: El expediente Nº 519 1012-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2090, punto 9º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 274 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2090, punto 9º), para los siguientes derechos de riego del departamento Rawson: Usuario Cuenta Peñaloza, E. y Otra 3373 Krause, Domingo 5628 Ramírez, Ismael A. 3087 Roca, Alberto 7379 Avila, Walberto 9210 Jorquera de C., Juana 11356 Jorquera, Sonia 11355 Casivar, Humberto R. 5736 Fed. Arg. de Trab. Rurales y Estibadores 5731 Krause, Domingo 5735 Krause, Domingo 5733 Luna, Juan 5730 Armedo, Manuel Luis 3576 Fernández, Walter 5216 Spada, Justino Serapio S. 3299 Arroyo, Segundo Ventura 523 Caparroz, Antonio 3851 Correa Moyano, Humberto 3465 Cáceres, Domingo 9366 Krause, Domingo 5778 Dotación 0Ha.0690m² 0Ha.0690m² 0Ha.1380m² 0Ha.0622m² 0Ha.0746m² 0Ha.0679m² 0Ha.0681m² 0Ha.0552m² 0Ha.0690m² 0Ha.0680m² 0Ha.0703m² 0Ha.0690m² 0Ha.0545m² 0Ha.0616m² 0Ha.0610m² 0Ha.0508m² 0Ha.0987m² 0Ha.1152m² 0Ha.0941m² 0Ha.0545m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 13°) Expediente N° 519 1227-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2091, punto 6º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Porres, Juan Walter y Ot. Cuenta 175 Dotación 5Ha.3663 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 275 - SAN JUAN – Mota, Rafael Bernardo Martín Moreno, Juan Sanchez de Calvo, Feliza E. Plana, Francisco Gimenez H., Francisco H. Asoc.Mut.Pers. de Loma Negra Baez, Amadeo D.P.L.Hogar Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L. Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L. Ordoñez, Raul Juan Fernandez, Arturo Sind. de Trab. de Luz y Fuerza Fernandez Vda.de Martín, Carmen T. Municip. de Chimbas Bº FAECAP Selman Martín, José Ahmed Selman Martín, José Ahmed Nefa, Oscar Meljen y otro Natania Coop. de Viv. Cons. y Cred. Ltda. Octavio D’Ascanio S.A. Octavio D’Ascanio S.A. Asoc. Mutual Ban de Ban 1842 30 29 2266 4004 42 53 4365 4409 4410 2747 1684 111 172 4326 1384 1820 3707 1190 1191 4183 3342 1Ha.7992 m² 0Ha.9083 m² 0Ha.5999 m² 0Ha.7084 m² 1Ha.3806 m² 3Ha.0000 m² 1Ha.0000 m² 2Ha.7412 m² 2Ha.5868 m² 2Ha.4132 m² 0Ha.5032 m² 3Ha.3433 m² 6Ha.0000 m² 0Ha.5855 m² 9Ha.1000 m² 0Ha.7241 m² 3Ha.0000 m² 4Ha.0707 m² 4Ha.3852 m² 3Ha.8487 m² 0Ha.6354 m² 2Ha.8459 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 14°) Expediente N° 519 1014-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Valle Fértil. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2091, punto 5º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Valle Fértil, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Sirerol, Enrique Kerman, Luis Kerman, Isaac Silva, Edgar R. Diaz, Rudecindo Serafín Cuenta 600 598 597 581 586 Dotación 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 276 - SAN JUAN – Usuario Fernandez, Antonio Lorea, Rímolo Pascual Lorea, Rímolo Pascual Cooperativa Agrovitícola (CAVIC) Costa de De la Vega, Modesta Zunino, Josefina Mo de Baistrocchi, Silvio S.A. Sarmiento, Fany Echegaray de Daroni, Alfredo Rodriguez, Arminda Olga Pellicer, Eduardo Adi, Casimiro Cuenta 582 420 633 726 656 628 629 631 630 612 611 610 Dotación 5Ha.0000m² 0Ha.1596m² 9Ha.8404m² 0Ha.0829m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 15°) Expediente N° 519 1646-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento San Martín. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento San Martín, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento San Martín, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Bernaldez de Storni, María Bernaldez de Storni, María Elorza, Hilario Instituto Prov. de la Vivienda Cuenta 636 1285 1648 2043 Dotación 3Ha.2752m² 2Ha.5868m² 10Ha.8108m² 6Ha.4476m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 277 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 16º) Expediente N° 10.889/2-S-77, SAKER MATTAR, s/empadronamiento, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones se solicita el empadronamiento del derecho de riego que le corresponde al inmueble, propiedad del señor Mattar Saker, identificado con Nom.Cat. 0450/400500, departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informa la Inspección Técnica departamental, fojas 5 vta., el predio hace uso del agua de riego por intermedio del pozo oficial Nº 13, subramo Saker, haciéndosele entrega de una dotación de 2Ha.0142m² Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha realizado un estudio, fs. 11/16 vta., analizando los antecedentes dominiales y de derecho de riego del citado inmueble determinando que el derecho de riego que le corresponde figura inscripto en el actual Padrón Oficial de Riego de Rawson bajo cuenta Nº 2994 a nombre de Eduardo Félix Velasco con dotación de carácter permanente remanente para 1Ha.2205m² y que efectuado el balance de desprendimientos de la partida Nº 808 surge una dotación faltante de 0Ha.9265m² que estaría en uso en el inmueble a empadronar conjuntamente con el remanente antes mencionado, por lo que deduce que la dotación de 2Ha.0142m² que recibe el inmueble, justifica derecho de la partida origen y no representa parcialmente un uso indebido. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Mattar Saker, el inmueble identificado bajo Nom.Cat. 0450/400500 con una superficie s/mensura de 2Ha.0142,99m² y s/t de 2Ha.0076,09m², con dotación de agua de riego de carácter permanente para 2Ha.0142m² a deducir: 1Ha.2205m² total de la cuenta Nº 2994 y 0Ha.7937m² de la partida Nº 808 que figuran a nombre de Eduardo Félix Velasco, departamento Rawson. Pozo Ofical Nº13, subramo Saker. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 17º) Expediente N° 519 0565-A-97, AGUILAR, JOSE N., s/empadronamiento, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Ing. José Ned Aguilar, en calidad de propietario, solicita el empadronamiento del derecho de riego que le corresponde al inmueble identificado con Nom.Cat. 05-22/310620, fracción Nº2 del plano de mensura 05-3965/94,departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 278 - SAN JUAN – Que según informa la Inspección Técnica departamental, fojas 9 vta., la dotación de 4Ha.8800m² es entregada por la compuerta Nº 6 del ramo 17 derivado del canal Ing. G. Céspedes en la fracción 1 del plano citado y que la fracción Nº 2 objeto del empadronamiento no recibe dotación por encontrarse aguas arriba de la toma actual. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha realizado un estudio, fs. 11/12, analizando los antecedentes dominiales y de derecho de riego del citado inmueble determinando que el derecho de riego que le corresponde figura inscripto en el actual Padrón Oficial de Riego de Pocito bajo cuenta Nº 455 a nombre de Ferrocarril Nacional General San Martín con dotación de carácter permanente para 4Ha.8800 y estando en uso la dotación total beneficiando a una fracción de terreno que no esta incluida en la concesión original, es conveniente normalizar la situación de uso conforme lo manifiesta el peticionante en su nota de fojas 10, para lo que deberá tenerse en cuenta las disposiciones previstas en los art. 142º, siguientes y concordantes del Código de Agua.. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Aguilar Minera Industrial, el inmueble identificado bajo Nom. Cat. 05-22/310620, con una superficie s/mensura de 2Ha.5364,64m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.9912m² en descargo parcial de la Cuenta Nº 455 que figura inscripta a nombre de Ferrocarril Nacional General San Martín con dotación para 4Ha.8800m², departamento Rawson. ARTICULO 2°. Para la entrega de la dotación deberá ajustarse al cumplimiento de lo establecido en el art. 142º, siguientes y concordantes del Código de Aguas, para lo cual el interesado deberá realizar el estudio técnico y las obras necesarias. Todo ello estará bajo el control del Departamento Irrigación. ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 279 - SAN JUAN – A C T A N° 2100 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cinco días del mes de agosto del año novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2099. 2°) Expediente N° 519 1653-C-97, CONSTRUCCIONES, s/se autorice la compra de bitumen. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Construcciones solicita la compra de bitumen termoplástico, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios y el gasto de acuerdo a lo que establece la Ley 6737. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios, para la adquisición de 5000 Kg. de bitumen termoplástico 85-25, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios, de acuerdo a las disposiciones vigentes. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 11 - SUBPARCIAL 06 “IMPERMEABILIZACION TRAMO RAMO COLL” EJERCICIO 1997. ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 1337-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión. VISTO: La nota del Departamento Irrigación obrante a fojas 10 de estas actuaciones por la que solicita la modificación de la comisión autorizada mediante Acta Nº 2097, punto 3º, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 280 - SAN JUAN – Que en la mencionada acta se previó la comisión a la Estación Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta desde el 21/07/97 hasta el 25/10/97 (96 dias), por parte de los agentes Miguel A. Benegas y Antonio R. Corvalán. Que por razones de transporte dicha comisión recién daría comienzo el día 08/08/97 por lo que se hace necesario modificar fecha de salida y duración de comisión Que en virtud de ello se ha dado nueva intervención al Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Modificar los artículos 1º y 2º de la resolución contenida en Acta Nº 2097 punto 3º), los que quedarán redactados de la siguiente forma: “ARTICULO 1°. Destacar a los agentes Miguel A. Benegas, Doc. Nº 11.286.104 y Antonio R. Corvalán Doc. Nº 7.807.761, al cumplimiento de la comisión oficial en la Estación Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, como observadores meteorológicos cuya duración se estima por el término de 85 días aproximadamente, desde el 08 de agosto hasta el 31 de octubre de 1997. ARTICULO 2°. Aprobar el gasto por la suma de pesos siete mil seiscientos cuarenta y dos con treinta y cuatro centavos ($7.642,34) para atender el pago del 50% que demanda la comisión de referencia, con afectación a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 SUBPARCIAL 01 - “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997.” ARTICULO 2°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 4º) Expediente N° 519 1679-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SANTA LUCIA, s/autorización para hacerse cargo de la monda anual año/97. VISTO: Que la Junta de Riego de Santa Lucia solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Drenes Legua Sur, Benavidez, Richet, Zapata,Gutierrez, Vargas, Cortinez, 12 de Octubre, Pino, Oro, Pino y Oro y Legua Norte, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Santa Lucia y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 281 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento Santa Lucia para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 5º) Expediente N° 519 1683-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 9 DE JULIO, s/autorización para hacerse cargo de la monda anual año/97. VISTO: Que la Junta de Riego de 9 de Julio solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento 9 de Julio y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento 9 de Julio para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 6°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 406, 407, 409, 410 y 411-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 406-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 7.696,02 a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 282 - SAN JUAN – propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de junio de 1997. Nº 407-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, Carben, Luis Fernández Tornello y Cia S.A., Organización Disbayro S.R.L. y Antonio Demetrio Bolaños S.A., respectivamente, por la suma total de $ 20.629,85 para la adquisición de repuestos y elementos con destino al Departamento Equipos y Servicios para el mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas, camiones y máquinas pesadas de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 409-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº66/97 para la reparación de un motor marca Deutz A6L-1114-110 H.P. SAE-6 cilindros, incluido mano de obra especializada y repuestos y demás reparaciones requeridas para la máquina excavadora Kockum KL 230 interno 17-03 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 410-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº70/97 para la reparación de un motor marca Skoda ML 634-CIL. 11,94 dm3. Potencia 180 CV, incluido mano de obra especializada y repuestos y demás reparaciones requeridas para la máquina retroexcavadora Unex 411-DH-interno 39-06 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 411-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Antonio Demetrio Bolaños S.A, G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, Carben, Luis Fernández Tornello y Cia S.A., Repuestos López Hermanos y Organización Disbayro S.R.L., respectivamente, por la suma total de $ 7.300,34 para la adquisición de repuestos y elementos con destino al Departamento Equipos y Servicios para el mantenimiento y conservación de movilidades de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 7°) Expediente N° 37.678-A-96, AGUILERA, MARCOS HUMBERTO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Iglesia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Marcos Humberto Aguilera eleva renuncia al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 984 del departamento Iglesia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 4, el predio de referencia no hace uso de agua de riego a pedido del propietario, desde el mes de enero de 1996. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3, la situación registral del derecho de que se trata. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0845m², registrado bajo cuenta N° 984, a nombre de Humberto Marcos Aguilera, departamento Iglesia . GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 283 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8º) Expediente N° 36.952-C-94, CALIGOLI, RAMON ROQUE, s/empadronamiento, departamento Calingasta. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Ramón Roque Calígoli, en calidad de propietario y presidente de la firma Establecimiento Valle Grande S.A., solicita el empadronamiento de los derechos de riego que les corresponde a los inmuebles identificados con Nom.Cat. 1626/280560/550440/600470/450520, departamento Calingasta, y; CONSIDERANDO: Que por escrito Nº 123 el señor Ramón Roque Calígoli en calidad de Presidente del Directorio de la firma Establecimiento Valle Grande S.A., solicita recibir los derechos de riego de la siguiente forma: Cuentas 567 y 181 por canal Salé, cuenta 208 por canal Pampa y cuenta 172 por canal Fundición. Que los informes de la Inspección Técnica, Junta de Riego, Departamento Irrigación y Secretaría Técnica sugieren la conveniencia del empadronamiento solicitado según se detalla a fojas 10 de estos actuados. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, las siguientes concesiones de agua en el departamento Calingasta: Cuenta Nº 181, a nombre de Ramón Roque Calígoli con dotación de agua de riego de carácter permanente para 5Ha.0000m², canal Salé, en descargo de lo que figura a nombre de Apolonia Vda. de Tapia. Cuenta Nº 567, a nombre de Ramón Roque Calígoli con dotación de agua de riego de carácter permanente para 150Ha.0000m², canal Salé, en descargo de lo que figura a nombre de Agustín Gnecco. Cuenta Nº 208, a nombre de Establecimiento Valle Grande S.A. con dotación de agua de riego de carácter permanente para 97Ha.0000m², canal Pampa, en descargo de lo que figura a nombre de Agustín Gnecco. Cuenta Nº 172, a nombre de Ramón Roque Calígoli con dotación de agua de riego de carácter permanente para 4Ha.5000m², canal Fundición, en descargo de lo que figura a nombre de Manuel González. ARTICULO 2°. Departamento Irrigación ajustará la entrega de dotaciones conforme a derechos que se indican en el artículo anterior. ARTICULO 3°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 9º) Expediente N° 519 1082-G-97, GARABANO, ARNOLDO, s/unificación de cuentas, dpto. Sarmiento. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 284 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones el señor Arnoldo Garabano en calidad de propietario, solicita la unificación de las cuentas N° 1497, 1498, 1561, 1562, 1774, 1775, 2230 y 2231 del departamento Sarmiento y; CONSIDERANDO: Que según informes de la Inspección Técnica departamental y Departamento Irrigación a fs. 5 vta. y 6, los derechos de riego inscriptos bajo las cuentas cuya unificación se peticiona, se encuentran en uso por intermedio del canal Tercero de Media Agua, ramo Campodónico Lértora, compuerta Nº 13. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa la situación registral de los predios y que tal cual se observa en croquis obrante a fojas 3, no todos los predios conforman un solo cuerpo por no tener puntos en común y estar separados por el dren Colector Sarmiento siendo posible únicamente la unificación de los derechos de riego de carácter permanente de la parcela 15-82/900930, cuentas Nº 1497 y Nº 1561. Que tomó intervención e informa Asesoría Letrada. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Unificar las cuentas N° 1561 y 1497 del departamento Sarmiento con dotación de agua de riego de carácter permanente para 12Ha.0970m² a nombre de Arnoldo Garabano, con una superficie Rte. s/m de 14Ha.9126,17 m², N.C. N°15-82/900930. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 10º) Expediente N° 519 0448-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: El expediente Nº 519 0448-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 15º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 15º), para los siguientes derechos de riego del departamento Caucete: USUARIO Pablo Bustos Isidro Gonzalez Pablo Bustos Aurelia B. de Rodriguez Victor M. Calvo María C. de Calvo DOTACION 1Ha.2727m² 0Ha.2448m² 0Ha.0746m² 0Ha.2000m² 0Ha.1134m² 0Ha.1129m² CUENTA 2292 2293 2288 3222 2709 3274 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 285 - SAN JUAN – USUARIO Cristobal Benitez Ramon Bazan Salvador Fadar Juan Raul Salazar Dominga Riveros Jorge H. Vega Gramajo de Barrera Irma Jose Di Blasi Ramon Fernandez Marcos Peñaloza Rosa E. Canto Geronimo Caballero Yesla Amud Reginaldo Ruarte Juan Moreta Albino Ibañez Carlos Diaz Bartolome Diaz Quechi de Vilches Benigno Duran Jose Morales Dolores Ozan de Alvarez Pascual Aguilera Gregorio Calderon Angel Manuel Gomez Justina Rojas de Delgado Manuel A.Torres Jose A. Torres Juan Estevez Noguera Elias Alvarez Juan M. Perez Agapito Paredes Mirta Mercedes Pelaytay Andres Gonzalez Juan Gonzalez Pedro Flores José D. Oviedo Antonio Martin H. Pablo Ortiz Cruz Zabala Mercedes Velardez Crispin Velardez Ramon Fernandez Ramon Bazan Ramon Bazan Andres Bazan DOTACION 0Ha.1500m² 0Ha.1866m² 0Ha.0848m² 0Ha.1134m² 0Ha.1134m² 0Ha.4606m² 0Ha.0562m² 0Ha.1245m² 0Ha.0727m² 0Ha.0561m² 0Ha.0529m² 0Ha.0747m² 0Ha.0750m² 0Ha.0750m² 0Ha.0739m² 0Ha.0510m² 0Ha.1000m² 0Ha.0662m² 0Ha.0650m² 0Ha.1300m² 0Ha.0555m² 0Ha.0870m² 0Ha.0870m² 0Ha.1865m² 0Ha.0546m² 0Ha.1365m² 0Ha.0683m² 0Ha.1365m² 0Ha.0682m² 0Ha.0910m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 0Ha.0682m² 2Ha.0705m² 1Ha.4686m² 0Ha.0539m² 1Ha.9661m² 0Ha.2066m² 0Ha.3932m² 0Ha.1581m² 0Ha.4703m² 0Ha.1866m² 0Ha.0506m² CUENTA 2284 3312 2296 2297 2289 2328 2944 534 406 675 2968 483 2853 404 533 2946 2945 529 447 448 450 559 2586 367 366 365 364 363 362 360 359 358 357 356 355 353 2875 352 3045 301 541 373 748 680 3312 692 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 11º) Expediente N° 519 0447-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento 9 de Julio. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 286 - SAN JUAN – El expediente Nº 519 0447-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 17º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 17º), para los siguientes derechos de riego del departamento 9 de Julio: USUARIO Arbo Jose Antonio Delca S.R.L. Herramann Jorge Retamar Walter Escudero de Videla Juana Peña Dionicio Rodriguez Jacinto Posse Geronimo Cortez Nicolas Ruiz Paula R. Yacanto de Rodriguez Avel Yacanto Alejo Yacanto Ramon Yacanto de Aguero Dominga Sanchez Salomon Sanchez Salomon Sanchez Salomon Chavero Erasmo Martinez Segundo Gómez Policarpo Sanchez Tomas E. Ozan de Chavero Juana Rozales Felix Martinez Segundo Vargas Aguilera Andres E. Mercado Juan I. Quero Antonio Quero Antonio DOTACION 0Ha.9025m² 0Ha.9025m² 4Ha.5286m² 2Ha.5000m² 1Ha.0000m² 0Ha.1296m² 0Ha.1429m² 0Ha.8646m² 0Ha.1429m² 0Ha.1429m² 0Ha.1428m² 0Ha.1428m² 0Ha.1428m² 0Ha.1429m² 0Ha.0818m² 0Ha.0814m² 0Ha.0774m² 0Ha.2345m² 0Ha.1896m² 0Ha.2328m² 0Ha.1800m² 0Ha.1170m² 0Ha.1120m² 0Ha.2340m² 0Ha.1180m² 0Ha.0750m² 0Ha.7144m² 1Ha.3942m² CUENTA 107 105 800 551 262 261 260 1096 734 735 736 737 738 739 888 889 890 292 293 294 296 300 258 302 851 852 773 244 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 12º) Expediente N° 519 0455-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: El expediente Nº 519 0455-I-97, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 287 - SAN JUAN – Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 16º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 16º), para los siguientes derechos de riego del departamento Rawson: USUARIO Del Carril A. Enrique Vergara Vda. de Montosa Montosa Antonio Montosa Agustín S.U.T.I.A.G. y F. Flores Miguel Lopez Francisco Lopez Bastante, Maria Tourres, José León Municipalidad de Rawson Lopez Francisco Moyano Carmelo Lopez Bastante, Antonio Garcia de Lopez, Mercedes Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Arce Victor Eleodoro Molina Francisco Quiroga Oscar Garrido A. Beralde Muñoz Simón Chaparro O. Fermín DOTACION 2Ha.2600m² 1Ha.2462m² 2Ha.7738m² 4Ha.3168m² 6Ha.0000m² 6Ha.3083m² 0Ha.9493m² 0Ha.5376m² 4Ha.4911m² 0Ha.9113m² 0Ha.3602m² 0Ha.1697m² 0Ha.4217m² 0Ha.3119m² 0Ha.0628m² 0Ha.0628m² 0Ha.0586m² 0Ha.0503m² 0Ha.0503m² 0Ha.0503m² 0Ha.0503m² 0Ha.0628m² 0Ha.0503m² 0Ha.0530m² 0Ha.0531m² 0Ha.0535m² 0Ha.0501m² 0Ha.0569m² CUENTA 11775 12359 72 9354 12517 130 9984 9290 335 12249 11780 11779 9292 7351 12248 12247 12246 12245 12244 12243 12242 12241 12240 11920 12030 12031 12032 12210 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 13º) Expediente N° 519 1696-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Angaco. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Angaco, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 288 - SAN JUAN – Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Angaco. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Angaco, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Herrera de Orosco, Isabel Merino, Rafael Segundo Amarfil, Victor Manuel Garcia, Martín Miguel Chavero, Horacio de la Paz Gonzalez, Francisco Javier Naveda, Gabino Sotomayor, Vicente Cuenta 986 987 989 1005 1006 1007 1008 1573 Dotación 0Ha.7056m² 1Ha.5457m² 0Ha.5472m² 0Ha.8119m² 0Ha.7482m² 0Ha.6754m² 0Ha.8100m² 0Ha.5434m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Angaco que a continuación se detallan: Usuario Castro de Aragón, Isabel Wancel, Siles Héctor Tobares, María Angélica Rodrigues, Oscar y Mario Rodrigues, Oscar y Mario Riveros, Rita de Mercedes Naveda, Gabino Sanchez Rodriguez, Hilario Maurich, Mateo Tejada, Horacio Abel Mengibar Delgado, Juan Cuenta 985 988 990 991 992 999 1004 1073 1571 1572 1621 Dotación 0Ha.3527m² 0Ha.2812m² 0Ha.1909m² 0Ha.3520m² 0Ha.3642m² 0Ha.1980m² 0Ha.1800m² 0Ha.3913m² 0Ha.4280m² 0Ha.1950m² 0Ha.2900m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 289 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 14°) Expediente N° 519 1700-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Caucete. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Caucete, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Caucete. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Caucete, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Consejo Reconstrucción San Juan Consejo Reconstrucción Consejo Reconstrucción Ferrocarril del Estado Ferrocarril del Estado Ferrocarril G O A Cuenta 2828 2830 2831 790 791 298 Dotación 3Ha.2854m² 3Ha.5370m² 5Ha.3537m² 1Ha.0000m² 1Ha.0000m² 3Ha.2522m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Caucete que a continuación se detallan: Usuario Cuenta Dotación GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 290 - SAN JUAN – Usuario Aguirre, Juan I. Navarro, Félix Gil Aguero, Ramón Vera, Tránsito Vila, Aníbal Florencio Consejo Reconstrucción Consejo Reconstrucción Consejo Reconstrucción Alaluf, Victor Soc.A.I.M.Luis Romero Slavusqui, Jacobo Pelaytay, Juan de D. Arafe, Lucio Félix Sgro. De Sampoglioni Leyes, Juan Benito Gee, Gervacio Cuenta 2676 611 690 1264 674 2785 2829 2832 2109 2137 2160 2585 2514 673 1298 2133 Dotación 0Ha.0509m² 0Ha.0536m² 0Ha.0561m² 0Ha.0571m² 0Ha.0561m² 0Ha.0622m² 0Ha.3640m² 0Ha.1253m² 0Ha.0600m² 0Ha.0750m² 0Ha.0662m² 0Ha.0539m² 0Ha.0840m² 0Ha.0510m² 0Ha.0595m² 0Ha.0686m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 15°) Expediente N° 519 1697-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Albardón. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Albardón, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en interesados del departamento Albardón, que presentaciones por escrito ante el Departamento derechos, conforme lo establece el artículo 137º resolver la caducidad de la concesión: el término de diez (10) días, los usuarios a continuación se detallan, hagan sus de Hidráulica a efectos de hacer valer sus de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 291 - SAN JUAN – Usuario Sanchez, Pedro A. Videla Rojas, Abraham Blanco, Manuel Castro, Aurora Cuenta 176 178 888 1328 Dotación 10Ha.7909m² 16Ha.7433m² 12Ha.5837m² 11Ha.9456m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 16º) Expediente N° F12 2688-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO y CONSIDERANDO: Que a fs.26 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78, resueltos mediante Acta Nº 2082 punto 5º observando que la inscripción de Carlos Enrique Mathus, Cuenta Nº 2797 no corresponde en virtud de que adolece de error en cuanto al número de cuenta y dotación a que refiere, ratificado esto por el Departamento Irrigación. Que resulta necesario proceder a la rectificación del punto 5º) del Acta Nº 2082, ratificada por Acta Nº 2090, punto 5º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Rectificar la resolución contenida en Acta Nº 2082, punto 5º), ratificada por Acta Nº 2090, punto 5º), en cuyo artículo primero deberá constar lo siguiente: “ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION Albarracín M., Luis Blanco de Riveros, A. Aguirre, Luis y O. 2Ha.1935m² 2152 1Ha.2084m² 2593 3Ha.6783m² 3575” CUENTA ARTICULO 2°. Citar y emplazar por edicto al señor Carlos Enrique Mathus para que en el término de diez (10) días haga su presentación, por escrito, ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión para 2Ha.8723m² registrada bajo cuenta Nº 3378 del departamento Albardón. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 17°) CONVENIO DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA Y O.S.S.E. VISTO: La cláusula décimo segunda del Acuerdo Complementario Especial ENOHSA - O.S.S.E. para la ejecución de la obra “Rehabilitación Embalse San Agustín Valle Fértil”, por el Programa de Agua Potable y Saneamiento - BID VI Etapa, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 292 - SAN JUAN – Que en virtud de ello es necesario suscribir convenio con O.S.S.E. a fin de dejar establecido el compromiso de las partes respecto al aporte de contrapartida, financiamiento, ejecución de la obra, devolución del préstamo y efectivización de aportes que deben ser abonados por los usuarios tanto del sistema de agua potable como el sistema de riego. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar a Dirección General a suscribir con Obras Sanitarias Sociedad del Estado - San Juan el convenio respectivo conforme lo establece la cláusula décimo segunda del Acuerdo Complementario Especial ENOHSA - O.S.S.E. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece diez, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 293 - SAN JUAN – A C T A N° 2101 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a doce días del mes de agosto del año novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2100. 2°) Expediente N° 519 0735-S-97, SANTILLAN, JUAN CARLOS, s/Pago de licencias adeudadas. VISTO: El expediente N° 519 0735-S-97, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de la Resolución Nº 295-DH-97, obrante a fojas 8 de estos actuados, Departamento Administración de Personal remite planilla de liquidación en concepto de licencia año 1996 y proporcional año 1997, que se le adeuda al ex agente Juan Carlos Santillan. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de $643,40 (pesos seiscientos cuarenta y tres con cuarenta centavos) en concepto de pago por licencia año 1996 y proporcional año 1997, que se le adeuda al ex agente Juan Carlos Santillan, M.I. N°11.687.965. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 01 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 3º) Expediente N° 519 1811-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ANGACO, s/hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de Angaco solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 294 - SAN JUAN – Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Dren Centro, Dren Divisoria Oeste Superior, Medio e Inferior y Dren Divisoria Este, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Angaco y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento Angaco para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 4º) Expediente N° 519 1672-J-97, JUNTA DE RIEGO DE JACHAL, s/autorización para hacerse cargo de la monda anual año/97. VISTO: Que la Junta de Riego de Jáchal solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Canal General del Alto, Canal General del Sur, Canal General del Bajo, Red de Desagües, Colectoras, Sistemas de Defensas del departamento y Mantenimiento del Dique Pachimoco y Cauquenes, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Jáchal y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 25% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 295 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 25%, del monto de lo recaudado en el departamento Jáchal para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 1679-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SANTA LUCIA, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2100, punto 4º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 12, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y junio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $6.803,88 (pesos seis mil ochocientos tres con ochenta y ocho centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2100, punto 4º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 6°) Expediente N° 519 1391-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2095, punto 17º), y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 296 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 15, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $47.214,59 (pesos cuarenta y siete mil doscientos catorce con cincuenta y nueve centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2095, punto 17º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5º. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 7°) Expediente N° 519 1618-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CHIMBAS, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2098, punto 3º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 10, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 297 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $6.658,35 (pesos seis mil seiscientos cincuenta y ocho con treinta y cinco centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2098, punto 3º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 8°) Expediente N° 519 1683-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 9 DE JULIO, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2100, punto 5º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 14, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y junio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $9.224,04 (pesos nueve mil doscientos veinticuatro con cuatro centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2100, punto 5º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 298 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 9°) Expediente N° 519 1397-J-97, JUNTA DE RIEGO DE POCITO, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2097, punto 4º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 13, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $56.831,66 (pesos cincuenta y seis mil ochocientos treinta y uno con sesenta y seis centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2097, punto 4º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 10°) Expediente N° 519 1652-J-97, JUNTA DE RIEGO DE 25 DE MAYO, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 299 - SAN JUAN – El Acta Nº 2099, punto 3º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 10, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y junio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $22.966,75 (pesos veintidos mil novecientos sesenta y seis con setenta y cinco centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2099, punto 3º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 11°) Expediente N° 519 1589-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CAUCETE, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2099, punto 4º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 11, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y junio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 300 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $16.466,74 (pesos dieciseis mil cuatrocientos sesenta y seis con setenta y cuatro centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2099, punto 4º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 30 de junio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 12°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 416, 418, 419, 420, 421, 422, 424, 425, 426 y 427-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 416-DH-97: por la que en: Art.1º. Da por concluida la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento 25 de Mayo, asignada por Acta Nº 2052, punto 6º del H. Consejo, al agente Manuel Ruperto Riveros, M.I.Nº 06.728.509. Art. 2º Asignar la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento 25 de Mayo, al agente Juan Cándido Reta M.I.Nº 07.934.473, sin perjuicio de sus funciones específicas. Art. 3º La percepción y rendición de los valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, será efectuada semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División de Rentas y Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad. Nº 418-DH-97: por la que se otorga bonificación por título universitario al Licenciado Mario Antonio Gómez, L.E.Nº 08.666.815, quien posee diploma de Licenciado en Administración de Empresas, expedido por la Universidad Nacional de San Juan, por un monto equivalente el 50 % de la asignación de la categoría que revista, a partir del 01 de diciembre de 1996. Nº 419-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº71/97 para el desarme, reparación, armado y puesta en funcionamiento de dos cajas de velocidad de las máquinas retroexcavadoras Fiat-Allis SR-9 internos Nº 38-02 y 38-03 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 420-DH-97: autoriza la adjudicación a favor de las firmas J.F. López Comercial, Claudio Menchetti, Trielec S.R.L., Martín E.Tanten y Lar Chilecito S.A., respectivamente, por la suma GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 301 - SAN JUAN – total en Bonos Crefi Provinciales de 5.814,68 para la adquisición de herramientas, materiales y elementos varios con destino a la reparación, mantenimiento y conservación del edificio central de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 421-DH-97: autoriza la adjudicación directa a favor de la firma, Xerox Argentina ICSA, por la suma total de $623,50 para la adquisición de un módulo xerográfico 13-R-9 para equipo fotocopiador marca Xerox, modelo 5321, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 422-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor de la Dirección Provincial de Aeronáutica-San Juan, por la suma total de $2.400,00 por cuatro horas de vuelo de un helicóptero, por ser el único medio de transporte para efectuar el relevo de personal en la estación Pachón, departamento Calingasta, todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 424-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb Mario de Batías, G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero y Carben., respectivamente, por la suma total de $7.036,00 para la adquisición de 66 filtros con destino al Departamento Equipos y Servicios para el mantenimiento y conservación de máquinas viales y camión Scania 112-E de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 425-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Ingemeb de Mario y Batías y G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, respectivamente, por la suma total de $10.165,40 para la adquisición de filtros con destino al Departamento Equipos y Servicios para el mantenimiento y conservación de máquinas viales, camiones y camionetas de la Repartición, de acuerdo a los que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 426-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma, Cáceres Hnos., por la suma total de $5.925,00 por mano de obra especializada para la reparación y armado de la caja de convertidor del topador Fiat-AD 14, interno 36-02 de la Repartición, para cuyo trabajos los repuestos serán provistos por el Departamento de Hidráulica, todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 427-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firma, Cáceres Hnos., por suma total de $10.900,00 por mano de obra especializada para la reparación y armado de la caja del topador Fíat Allis-16 interno 36-04 de la repartición, para cuyo trabajos los repuestos serán provistos por el Departamento de Hidráulica, todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 13°) Expediente N° 519 1319-F-97, FIGUEROA, REINA R. DE, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Albardón. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Reina Rojas de Figueroa solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 690 del departamento Albardón, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 302 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0588m², registrado bajo cuenta N° 690, a nombre de Hugo Antonio Figueroa, departamento Albardón. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 14º) Expediente N° 519 1369-A-97, ALFARO FERNANDEZ, ALBINO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Albino Alfaro Fernandez solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 4837 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 10 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.11, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1344m², registrado bajo cuenta N° 4837, a nombre de Juana del Carmen Alfaro de Arancibia y otros, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 15º) Expediente N° 519 1412-M-97, MALLEA, JUANA TERESA, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Juana Teresa Mallea solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 223 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 5, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 303 - SAN JUAN – Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.5 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1248m², registrado bajo cuenta N° 223, a nombre de César Luis Mallea, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 16º) Expediente N° 519 1476-B-97, BERMUDEZ BECERRA, JOSE, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor José Bermudez Becerra solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1098 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 4, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0800m², registrado bajo cuenta N° 1098, a nombre de José Bermudez Becerra, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 17º) Expediente N° 519 1046-I-97, IRRIGACION, e/nómina de concesionario del canal Fernandez que no hacen uso de la dotación en el departamento Santa Lucía. VISTO: El expediente Nº 519 1046-I-97, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 304 - SAN JUAN – Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2094, punto 20º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2094, punto 20º), para los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucía: Usuario Gordillo, Martín Ortega, Antonio Dir.Nac. de Vialidad Pizarro de Vera, Juana Rodriguez, Manuel Estado Nac.Argentino Bustos, Juan Luis Guerra de Carranza, María F. Ruiz García, José P. S.R.L. Bodegas Autard Estado Nacional S.A. Est. Frig. La Unión Bustello, Abilio Carbajo, Macareo Pineda, Cayetano Fernandez, Bernardo Rojas, Lucía Pérez de Flores M., José Y. Gómez Ruiz, Francisco A. Gómez Ruiz, Pedro A. Heras Rubio, Juan Muñoz, José Isaac Guevara, Domingo Estado Nacional Uliarte de Ferreyra, Josefa Sanchez, Manuel Castro, Pablo Andino, Jorge E. Boyado, Leopoldo Belbruno, Angel Muñoz Fernandez, José Escobar, Irma Emilia Pérez, Enrique Tobares, Jacobo Lucio Riveros, Juan Adán Estado Nacional Argentino DNV Estado Nacional Argentino DNV Estado Nacional Argentino DNV Estado Nacional Argentino DNV Lozano, Sabino Humberto Almada, Juan Ramón Dirección Nac. de Vialidad Cuenta 4408 2606 2609 4400 4398 2625 2480 2456 280 278 302 3558 376 333 331 324 325 357 373 372 339 341 359 366 351 350 352 1229 1224 1176 1181 1216 1215 1210 2647 4707 5378 2656 5391 2677 2676 5133 Dotación 0Ha.0543m² 0Ha.0562 m² 0Ha.0540m² 0Ha.0600m² 0Ha.0554m² 0Ha.1150m² 0Ha.1966m² 0Ha.1246m² 0Ha.0508m² 0Ha.4401m² 0Ha.0981m² 0Ha.2797m² 0Ha.0500m² 0Ha.0504m² 0Ha.0550m² 0Ha.0583m² 0Ha.0550m² 0Ha.2543m² 0Ha.0719m² 0Ha.0718m² 0Ha.0692m² 0Ha.0694m² 0Ha.0508m² 0Ha.0930m² 0Ha.0586m² 0Ha.0536m² 0Ha.0586m² 0Ha.0510m² 0Ha.0550m² 0Ha.0533m² 0Ha.0510m² 0Ha.0510m² 0Ha.0510m² 0Ha.0510m² 0Ha.1534m² 0Ha.1073m² 0Ha.0845m² 0Ha.0918m² 0Ha.2128m² 0Ha.1125m² 0Ha.3419m² 0Ha.0688m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 305 - SAN JUAN – Usuario Mingolla Teresa Cardozo, Rodolfo Cortez, Concepción V. de Herrera, Mercedes V. de Paredes, Hortensia A. de Pérez, Jesús C. Rodriguez, Amadora A. de Martín Cura Francisco Estado Nacional Argentino Bilbao, Carlos Miguel Robledo, Olga Limole, Américo Avila de Taillant, Felisa Duarte, Estaurino Estado Nacional Argentino Amberk, María S. de Amberk, María S. de Flores, Martiniano Gómez, Luis Martiniano Castro, Santiago Castro, Pedro M. Castro, Pablo A. Varela, José María Godoy, Micaela Leyes, Nélida A. Lucero, Eriberto Cuenta 4706 2468 2463 2464 2460 2539 2459 2686 4711 4709 4703 3802 2640 4462 4415 2888 2889 2588 3785 402 403 404 405 410 1226 1228 Dotación 0Ha.2189m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.1352m² 0Ha.5000m² 0Ha.3900m² 0Ha.1738m² 0Ha.0650m² 0Ha.0578m² 0Ha.0575m² 0Ha.0566m² 0Ha.0519m² 0Ha.0589m² 0Ha.0903m² 0Ha.5000m² 0Ha.0929m² 0Ha.0519m² 0Ha.2769m² 0Ha.1950m² 0Ha.0938m² 0Ha.2245m² 0Ha.0837m² 0Ha.0510m² 0Ha.2695m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 18º) Expediente N° 519 0563-I-97, IRRIGACION, e/listado de usuarios con derechos de riego del canal Luna, departamento Santa Lucía. VISTO: El expediente Nº 519 0563-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación de los Edictos publicados en virtud de lo resuelto por el Consejo en Actas Nº 2081, punto 9º) y Nº 2094, punto 19º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2094, Punto 19º), para los siguientes derechos de riego: Usuario CABRERA, Félix y O. CABRERA, Margarita F. CHIRINO, Julian GONZALEZ DIAZ, Juan Cuenta 5492 7303 2421 2429 Dotación Departamento 0Ha.7626 m² Capital 0Ha.7540 m² Capital 1Ha.0000 m² Santa Lucía 1Ha.5000 m² Santa Lucía GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 306 - SAN JUAN – BGAS Y VDOS LAS CUYANAS AGUILERA, Agustín COBOS, Juan Domingo ESTRELLA, Juan ROMERO, Guillermo C. ZAPATA RAMIREZ, Julio MACIAS DE P., Josefa GARCIA DE C., María CASTRO G., Lidia M.O. 1584 1315 1354 1652 1337 2672 2430 2431 2428 2Ha.8476 m² 2Ha.0000 m² 0Ha.8374 m² 0Ha.5225 m² 0Ha.6277 m² 0Ha.6165 m² 0Ha.8705 m² 0Ha.6133 m² 1Ha.5000 m² Capital Capital Capital Capital Capital Capital Santa Lucía Santa Lucía Santa Lucía ARTICULO 2°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2081, punto 9º), artículo segundo, para los siguientes derechos de riego: Usuario NESMAN, María E. PEREYRA, Genaro A. AVILA, Juan Marcos RIOS, Victor A. VILLAVICENCIO, María VIDELA DE FRIAS, Lidia y O. VIDELA, Amado Eulogio ABERASTAIN DE MORENO, Delia FRIAS, Juan I. y O. ABREGO DE MOLINA, Dalinda BARQUIEL, Francisco D. HEREDIA, José Sotero y O. MONASTERIO, Juan Carlos y O. ESCODA DE MESTRE, María ROYON, Alfredo BUSTOS, Brigido del R. GONZALEZ, Argentino SORIA DE GARAY, A. ALBARRACIN DE INFANTES BARRIENTOS, José C. BRONIA DE AYALA, C. BUSTOS, Cira de CORDOBA, Alberto ESTEO, Manuel G. y otro FERNANDEZ, Adela V. de FERNANDEZ DE POBLETE, I. GONZALEZ, Antolín E. TANTEN DE PONCE, Julia VILANES, Humberto V. GONZALEZ, Manuel A. CORIA, Clara Filomena LOPEZ MINGOLLA, Juan PAPOLO, Genaro Cerafín ACHEN, Elías S. ARIAS, Dionisio L. MARTIN LIROLA, Emilio RANEA, Américo CASTRO, Humberto L. MARATTA CONTI, María ALFERILLO, Segundo Eusebio AGUERO, Enrique Cuenta 1561 2675 1565 4562 1564 1569 1570 1571 6738 1596 7014 1598 4926 7206 7613 5835 1611 1637 1649 1655 4589 1647 4918 7065 1651 1661 7064 4839 5826 5836 7201 5194 4574 1779 7272 6138 7072 6809 1812 1830 5493 Dotación 0Ha.1024m² 0Ha.0735m² 0Ha.0666m² 0Ha.1032m² 0Ha.1089m² 0Ha.5000m² 0Ha.4059m² 0Ha.1287m² 0Ha.1312m² 0Ha.0815m² 0Ha.0562m² 0Ha.0872m² 0Ha.0730m² 0Ha.1225m² 0Ha.0642m² 0Ha.0561m² 0Ha.0510m² 0Ha.0546m² 0Ha.0650m² 0Ha.1702m² 0Ha.0606m² 0Ha.3723m² 0Ha.1571m² 0Ha.1478m² 0Ha.5000m² 0Ha.0899m² 0Ha.1726m² 0Ha.1277m² 0Ha.0627m² 0Ha.0533m² 0Ha.1968m² 0Ha.3334m² 0Ha.0852m² 0Ha.2888m² 0Ha.1195m² 0Ha.0615m² 0Ha.0859m² 0Ha.0866m² 0Ha.1745m² 0Ha.0623m² 0Ha.0600m² Departamento Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital Capital GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 307 - SAN JUAN – Usuario AMANTE, Leonardo CACERES, Franklin VICTORIA, Domingo A. CATALINI, Manuel A. FLORENTINO, Luis GARRO, Mercedes Roque FERNANDEZ DE RODRIGUEZ FERNANDEZ FERNANDEZ, G. QUEVEDO DE VIDELA, Dolores MARTIN, Hugo Daniel CACERES, Ramón C. DIAZ DE CASTRO, María SANCHEZ, Juana M. y Otros FREDES, Angela T. PAEZ, Eduardo Genaro PAEZ, Eduardo Genaro ALFERILLO, José PAEZ, Félix Máximo PAEZ, Pedro Mario AGUILERA, Damian Segundo SISTERNA DE VILLAVICENCIO ENTZ, Guillermo S. MARTIN PINO, José ORTEGA, Pedro QUIROGA, Segundo MATUS, Custodia CONCAR CONCAR AMARFIL PAEZ, Luis y O. ROBLES FIGUEROA, Antonio BERENGUER, Juan Bautista GAMERO LOPEZ, Daniel GAMERO LOPEZ, Daniel y O LOPEZ, Estrella Luminar LOPEZ, Estrella L. y O. LOPEZ MINGOLLA, Juan MONASTERIO, Cesar y O. PARDO, Ignacio L. y O. MOLINA, Angel A. y O. ORELLANO, Nicolás T. MONARDEZ DE C. María MUNICIPALIDAD DE CAPITAL LOPEZ RIGO DIEGO CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR GOMEZ, Petrona G. de ACIAR, Ramón Victor ALTAMIRANO, José V. CONCAR ARREDONDO, Rosa G. CONCAR Cuenta 1848 1839 1843 1858 5696 5021 4765 5478 1853 6787 5476 7141 4688 4803 3838 5436 3804 4754 1838 3573 4088 4806 2426 2446 2444 2447 4808 4807 4809 2386 1833 7427 7425 7429 7426 7483 1039 1658 7622 7621 1657 4816 1891 6801 6800 5692 5691 5693 6810 5695 5700 5629 5641 6975 Dotación Departamento 0Ha.1675m² Capital 0Ha.0546m² Capital Capital 0Ha.0942m² 0Ha.0931m² Capital 0Ha.0594m² Capital 0Ha.0534m² Capital 0Ha.2032m² Capital Capital 0Ha.4845m² 0Ha.0800m² Capital 0Ha.1073m² Capital 0Ha.0772m² Capital 0Ha.0962m² Capital Santa Lucía 0Ha.1401m² 0Ha.0860m² Santa Lucía 0Ha.0726m² Santa Lucía 0Ha.0780m² Santa Lucía 0Ha.0680m² Santa Lucía 0Ha.0582m² Santa Lucía 0Ha.0543m² Capital 0Ha.3301m² Santa Lucía 0Ha.2688m² Santa Lucía 0Ha.1036m² Santa Lucía Santa Lucía 0Ha.2064m² 0Ha.5000m² Santa Lucía 0Ha.5000m² Santa Lucía 0Ha.5000m² Santa Lucía 0Ha.3867m² Santa Lucía 0Ha.1295m² Santa Lucía 0Ha.0571m² Santa Lucía 0Ha.2285m² Santa Lucía 0Ha.0683m² Capital 0Ha.1529 m² Capital 0Ha.0665 m² Capital 0Ha.0523 m² Capital 0Ha.0563 m² Capital 0Ha.4838 m² Capital 0Ha.2550 m² Capital 0Ha.1370 m² Capital 0Ha.0741 m² Capital 0Ha.0543 m² Capital 0Ha.1100 m² Capital 0Ha.1783 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.0890 m² Capital 0Ha.0590 m² Capital 0Ha.0597m² Capital 0Ha.0596 m² Capital 0Ha.0599 m² Capital 0Ha.0594 m² Capital 0Ha.0590 m² Capital 0Ha.0591 m² Capital 0Ha.0545 m² Capital 0Ha.0523 m² Capital 0Ha.0664 m² Capital GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 308 - SAN JUAN – Usuario CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR MOLINA, Carlos I. CONCAR SALCEDO, Eugenio CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CONCAR CARRIZO DE VALDEZ, Rita SERRANO, Hermelinda A. SEGOVIA PERALTA, José M. RODRIGUEZ, Mercedes ABERASTAIN, Doraliza de CASTRO F., Regina CONCAR EGEA, María del C. R.de GOMEZ, Esther GOMEZ, Juan Pablo GOMEZ, Saulo LOPEZ GIMENEZ, José y O. MARQUEZ SERRANO, Juan NAVAS, Juan Rafael PERALTA, Nicolás POLLO, Ascensión S. de RODRIGUEZ DE G., María ROMERO, Mercedes G. SORIA, María Ruch VERSINO, Alberto ZAPATA, Abigail Vda. de ZAPATA R., Fanny del C. ZAPATA R., Fanny del C. ZAPATA R., Josefa Eva ZAPATA R., Josefa Eva ZAPATA R., Josefa Eva AMPAÑA DE TEJADA,Angela FLORES, Ramón León CASTRO, Segundino I. QUIROGA, Segundo F. LOPEZ, Justo F. y Otra CARBAJAL, Ramón F. CARRIZO, Amada CARRIZO E., Lorenzo DIAZ, Pascuala y Lucila DIAZ, Ruperto Cuenta 5573 6938 6984 5599 5640 5602 5600 6937 5590 6966 5584 6978 5670 5847 5611 6980 6992 6999 1757 1351 1589 1593 1353 1646 5981 1328 1324 1323 1322 1327 2676 1660 1653 1318 7631 1346 1325 5486 2671 2685 2689 2682 2687 2693 6229 4691 4801 2714 2452 2420 2432 2436 2435 2433 Dotación Departamento 0Ha.0642 m² Capital 0Ha.0616 m² Capital 0Ha.0580 m² Capital 0Ha.0618 m² Capital 0Ha.0676 m² Capital 0Ha.0532 m² Capital 0Ha.0517 m² Capital 0Ha.0563 m² Capital 0Ha.0518 m² Capital 0Ha.0503 m² Capital 0Ha.0557 m² Capital 0Ha.0611 m² Capital 0Ha.0520 m² Capital 0Ha.0602 m² Capital 0Ha.0668 m² Capital 0Ha.0686 m² Capital 0Ha.0523 m² Capital 0Ha.1857 m² Capital 0Ha.0542 m² Capital 0Ha.2550 m² Capital 0Ha.1025 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.0593 m² Capital 0Ha.0548 m² Capital 0Ha.5000 m² Capital 0Ha.4698 m² Capital 0Ha.0603 m² Capital 0Ha.1506 m² Capital 0Ha.0720 m² Capital 0Ha.1040 m² Capital 0Ha.4080 m² Capital 0Ha.3723 m² Capital 0Ha.1843 m² Capital 0Ha.0544 m² Capital 0Ha.0822 m² Capital 0Ha.0591 m² Capital 0Ha.4851 m² Capital 0Ha.0938 m² Capital 0Ha.1745 m² Capital 0Ha.1248 m² Capital 0Ha.0857 m² Capital 0Ha.0967 m² Capital 0Ha.0863 m² Santa Lucía 0Ha.0501 m² Santa Lucía 0Ha.2078 m² Santa Lucía 0Ha.2517 m² Santa Lucía 0Ha.2807 m² Santa Lucía 0Ha.2739 m² Santa Lucía 0Ha.5000 m² Santa Lucía 0Ha.1114 m² Santa Lucía 0Ha.1018 m² Santa Lucía 0Ha.4429 m² Santa Lucía GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 309 - SAN JUAN – Usuario GIMENEZ, Enriqueta S.de MALLA, Petrona M. de MOYA, Antonio C. RAMOS, José S. MUÑOZ DE S., Rosario Cuenta 2425 3511 2424 4994 2385 Dotación Departamento 0Ha.0565 m² Santa Lucía 0Ha.5000 m² Santa Lucía 0Ha.2312 m² Santa Lucía 0Ha.0536 m² Santa Lucía 0Ha.1384 m² Santa Lucía ARTICULO 3º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 19°) Expediente N° 519 1773-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho empadronado en el departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la Inspección Técnica de Santa Lucía, eleva listado de propiedades que no hacen uso de la dotación empadronada, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía que a continuación se detallan: Usuario Garcia, Castro José Gallucci, Antonio Arancibia Guadalupe Flores de Garcia de Fernandez, María Balmaceda, Pedro Urbano Rubiales, José Aberastain Lima Mario Varese de Aberastain, Luisa Martín, Urbano Francisco Velazquez, Pedro Enrique Sojo Moreno, José Cuenta 5344 1240 Montiveros, 1149 1132 1137 3898 1256 1269 1239 1134 1148 Dotación 0Ha.0653m² 0Ha.0735 m² 0Ha.1046m² 0Ha.3014m² 0Ha.2402 m² 0Ha.2045m² 0Ha.1377m² 0Ha.1647m² 0Ha.0661m² 0Ha.1872m² 0Ha.3000m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 310 - SAN JUAN – Usuario Balmaceda de Flores, Petrona Mariano Acosta S.A.C.I. Tello de Castro, Martha Tello, Reginaldo Castro, Ladislao y O. Pastran, Arlington Justo Pastran, José Américo Cabrera, Duilio Enrique Fernández, Vicente Matarín, Angel Victorio Matarín de Ponce, María Josefa Martín y Cia. S.R.L. Cuenta 1138 1280 1143 4375 5117 4483 4484 4485 4628 3823 3800 5317 Dotación 0Ha.1134m² 0Ha.0859m² 0Ha.1339m² 0Ha.0527m² 0Ha.0944m² 0Ha.0502m² 0Ha.0501m² 0Ha.2801m² 0Ha.1057m² 0Ha.0888m² 0Ha.0955m² 0Ha.2471m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 20°) Expediente N° 519 1768-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento San Martín. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento San Martín en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de San Martín. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento San Martín, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 311 - SAN JUAN – conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Estrella, Juan Lund, Kristofer Reynoso, Ernesto Vega, Juana Noguera, Hermenegildo Vargas, Lisandro Cataldo, Teodoro Ferreyra, Pilar Gillemain, Arturo Lima, Manuela Maradona, Clemente Picon, Valentina F. de Serrano, Juan Aguirre, Francisco Bustos, Laureana G. de Gaetano, Segundo López, Antonio R. Vargas, Bautista Gambetta, Luisa Sorsana de Machado Gomez , Nicolás Aguero, Daniel Burgos, Ramona C. Flores, Andrés Zeballos, Héctor Zeballos, Eleazar Estrella, Juan Mas, Benjamin Villa, Francisco I. Sanchez, José Martín Cuenta 45 50 57 61 294 307 344 361 366 377 380 401 421 534 543 570 578 626 653 662 689 696 710 792 794 838 847 856 898 Dotación 4Ha.2581 m² 1Ha.7774 m² 9Ha.0933 m² 0Ha.5100 m² 1Ha.6680 m² 0Ha.6169 m² 0Ha.6682 m² 1Ha.6756 m² 2Ha.8123 m² 1Ha.0320 m² 1Ha.0000 m² 0Ha.6373 m² 1Ha.2500 m² 1Ha.6918 m² 1Ha.5000 m² 0Ha.8629 m² 2Ha.0396 m² 3Ha.2500 m² 1Ha.2246 m² 2Ha.8034 m² 0Ha.7308 m² 0Ha.6792 m² 1Ha.7790 m² 2Ha.2878 m² 3Ha.6118 m² 25Ha.0000 m² 0Ha.9989 m² 1Ha.9488 m² 1Ha.2290 m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento San Martín que a continuación se detallan: Usuario Escalante, Lubina del C. Lara, Juana Alcaide de Ortas, María Carrizo Cortinez Barriga, Miguel Gentile, Valentín J. Herrera, Carmen Balmaceda, Celedonia Calivar, Ramón Cáceres, Benjamina A. de Carrizo, José Cáceres, Justo Pastor Laciar, Víctor Melian, Fulgencia Ramirez, Ramón Sanchez, Pantaleón Vargas, Víctor Medina, José Anian Cuenta 46 69 71 125 276 282 330 334 339 342 346 375 383 413 419 430 479 Dotación 0Ha.2354m² 0Ha.3454m² 0Ha.1460m² 0Ha.2500m² 0Ha.2310m² 0Ha.2500m² 0Ha.2947m² 0Ha.5000m² 0Ha.1516m² 0Ha.1111m² 0Ha.2556m² 0Ha.1522m² 0Ha.0778m² 0Ha.2783m² 0Ha.2136m² 0Ha.5000m² 0Ha.1353m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 312 - SAN JUAN – Usuario Burgos, Domingo Fernández, Sara B. de Rua, Emiliana M. de Herrera, Juana Moreira, Alejandro H. Flores, Andrés Huerta, Benancio Paredes, Nicanor Sosa, Juana Aballay de García, Fátima D. Salez de Cuenta 547 564 569 575 664 709 727 753 774 842 Dotación 0Ha.1992m² 0Ha.2601m² 0Ha.2319m² 0Ha.2710m² 0Ha.3571m² 0Ha.2290m² 0Ha.4220m² 0Ha.4469m² 0Ha.3011m² 0Ha.0943m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 21º) Expediente N° 37.484/6-P-96, PARRALCHA S.A., s/ traslado de dotación. Dpto. Pocito VISTO: El expediente N° 37.484/6-P-96 por el cual el Ing. Eduardo Molina, apoderado de la empresa Parralcha S.A. solicita trasladar las dotaciones de los inmuebles N.C. Nº 0560/810400/790410/830400/290420, a otro inmueble de su propiedad con N.C. 05/84-150710, fracciones A, B y C2 del plano de mensura de división e integración 05-4027/95, y, CONSIDERANDO: Que a fojas 66 el peticionante desiste de la solicitud de traslado para el predio Nom.Cat. 05-60/290420. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa, fs. 77 y 64, que los predios a privar del derecho figuran inscriptos en el Padrón Oficial de Riego del Departamento Pocito a nombre de Parralcha S.A. bajo las cuentas N° 1509, N° 4025 y N° 1434 con dotaciones de carácter permanente para: 8Ha.1531m², 7Ha.8468m² y 13Ha.9984m², respectivamente y el inmueble a beneficiar con el traslado con superficie según mensura de 372Ha.5550,14m² posee un derecho de riego para 0Ha.7493m², cuenta Nº 6548. Que a fs. 75/75 vta. la Junta de Riego e Inspección Técnica del departamento Pocito informan que no hubo oposición al traslado por parte de los usuarios afectados y emite opinión favorable a lo solicitado indicando que no es necesario modificar obras hidráulicas, lo que es ratificado por Departamento Irrigación a fs. 76 vuelta. Que a fs. 76 División Ecología Agrícola informa que en el terreno a beneficiar con el traslado se encuentra en ejecución un proyecto de diferimiento impositivo con implantación de variedades de vid y ciruelos efectuando el riego mediante un sistema presurizado, por goteo, instalado y en funcionamiento, alimentado desde un reservorio de agua. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 640-DH-96 advierte que el presentante no tiene facultades para peticionar el traslado de los derechos de agua, requisito al que da cumplimiento con el Testimonio que adjunta a fojas 67/68 de estos actuados. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 313 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Autorizar a la empresa “Parralcha S.A.” a trasladar la dotación de agua de carácter permanente para 29Ha.9983m² que les corresponde a los inmuebles N.C. Nº 0560/810400/790410/830400 que reciben actualmente por Cola de Ramo Nº 34 del Canal Justo M. Moya: cuentas N° 1509, 4025 y 1434, a otro inmueble de su propiedad Nom. Cat. 05/84150710, con una superficie según mensura de 372Ha.5550,14m², con derecho de agua de carácter permanente para 0Has.7493m², cuenta N° 6548 que recibe la dotación por el Canal Justo M. Moya, compuerta N°6, departamento Pocito. ARTICULO 2°. La Empresa Parralcha S.A será responsable de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto del traslado autorizado. ARTICULO 3°. Departamentos Irrigación verificará el cumplimiento de lo expresado en los artículos anteriores. ARTICULO 4°. La Empresa Parralcha S.A. será responsable de acuerdo a lo estipulado por el Art. 245 y concordantes de la Ley 4392/78 de todos los daños y perjuicios ocasionados a terceros y/o cosas derivados de la ejecución de obras de defensas sobre cauces aluvionales emplazadas en terrenos de su propiedad. El Departamento de Hidráulica no se hace responsable por los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a los cultivos a implementar por la empresa Parralcha S.A. por efecto de crecidas. ARTICULO 5°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. 22º) Expediente N° 37.840-N-96, NAVAS, MIGUEL ANGEL, s/ traslado de dotación. Dpto. Ullum. VISTO: El expediente N° 37.840-N-96 por el cual el señor Miguel Angel Navas, en calidad de propietario, solicita el traslado de una dotación inscripta bajo cuenta Nº 576 a otro inmueble inscripto bajo cuentas Nº 259, 115 y 154, y, CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa, fs. 21/21 vta., que el predio a privar del derecho figura inscripto en el Padrón Oficial de Riego del departamento Ullum a nombre de María Renee Nieto de Franchini, bajo cuenta N° 576 con dotación de carácter permanente para 3Ha.9000m² y el inmueble a beneficiar con el traslado con superficie según mensura de 8Ha.1820,16m² posee derechos de riego para 3Ha.0000m², cuenta Nº 115, 0Ha.3799m², cuenta Nº 154 y 0Ha.2875m², cuenta Nº 259, estando acrediata la titularidad del inmueble mediante escritura que obra a fs. 23 y 24. Que los regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación, manifestando que deben modificarse dos partidores libres como se indica en croquis de folio 19. Que a fs. 31 vta. División Ecología Agrícola informa que dadas las características observadas en las parcelas inspeccionadas, considera que, desde el punto de vista agroeconómico, es más conveniente el uso del agua de riego en la propiedad a beneficiar con el traslado solicitado. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 355-DH-97 sugiere que una vez cumplimentados los requisitos exigidos por la normativa vigente podría hacerse lugar a lo solicitado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 314 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar al señor Miguel Angel Navas a trasladar la dotación de agua de carácter permanente para 3Ha.9000m² que le corresponde al inmueble Nom.Cat. Nº 0742/290160, lote 25 del plano de mensura Nº3434-F-44, que recibe actualmente por compuerta Nº 3, ramo Polo del Canal del Bajo, cuenta N° 576 a otro inmueble de su propiedad Nom. Cat. 07/26-450650, con una superficie según mensura de 8Ha.1820,16m², con derecho de agua de carácter permanente para 3Ha.0000m², cuenta Nº 115, 0Ha.3799m², cuenta Nº 154 y 0Ha.2875m², cuenta Nº 259 que recibe la dotación por el Canal Falda, compuerta N°7, ramo Jesús Fernandez y Otros, departamento Ullum. ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio técnico que deberá presentar el peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su cargo y cuenta. ARTICULO 3°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 5°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 315 - SAN JUAN – A C T A N° 2102 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a diecinueve días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2101. 2°) Expediente N° 36.660-C-93, CALDERON RIOS, JOSE, s/ benef. del art. 286 de la Ley 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor José Calderón Rios, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el Art. 286° de la Ley 4392/78 al derecho de agua de riego registrado bajo cuenta Nº 9387 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que la Inspección Técnica de Rawson informa que el derecho de riego inscripto bajo la cuenta citada no se encuentra en uso desde hace aproximadamente diez años y tiene instalado el servicio de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 5, que el presente caso estaría en condiciones de tener tratamiento de caducidad del derecho en virtud del no uso continuado. Que el artículo 137º de la Ley 4392/78 prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el peticionante quien expresa y solicita la caducidad. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 594-DH-97 sugiere, en virtud de estar probado el no uso del agua de riego por el término mínimo que exige el Código de Aguas, se declare la caducidad de la concesión de referencia. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 0Ha.7363m² registrada bajo Cuenta Nº 9387 a nombre de Antonio Domingo Vicente Sánchez, departamento Rawson. ARTICULO 2°. A efectos de la liquidación de la deuda que mantuviere el peticionante por canon, tasas, multas u otros conceptos se tendrá en cuenta la fecha de iniciación de estos actuados, 22-04-93. ARTICULO 3°. Notifíquese a quien corresponda. Cumplido, tome nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 316 - SAN JUAN – 3º) Expediente N° 2070/6-T-93, TRANSPORTE JUAREZ HNOS. S.R.L., s/ benef. del art. 137 de la Ley 4392/78, departamento Capital. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Orlando Francisco Juarez, Socio Gerente de la firma Transporte Juarez Hnos. S.R.L., solicita se encuadre en los términos de caducidad que establece el Art. 137° de la Ley 4392/78 al derecho de agua de riego registrado bajo cuenta Nº 7635 del departamento Capital, y; CONSIDERANDO: Que la Inspección Técnica departamental informa que el derecho de riego inscripto bajo la cuenta citada no se encuentra en uso desde el año 1985 aproximadamente. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 6, que el presente caso estaría en condiciones de tener tratamiento de caducidad del derecho en virtud del no uso continuado. Que el artículo 137º de la Ley 4392/78 prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el peticionante quien expresa y solicita la caducidad. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 593-DH-97 sugiere, en virtud de estar probado el no uso del agua de riego por el término mínimo que exige el Código de Aguas, se declare la caducidad de la concesión de referencia. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 0Ha.7002m² registrada bajo Cuenta Nº 7635 a nombre de Transporte Juarez Hnos. S.R.L., departamento Capital. ARTICULO 2°. A efectos de la liquidación de la deuda que mantuviere el peticionante por canon, tasas, multas u otros conceptos se tendrá en cuenta la fecha de iniciación de estos actuados, 15-06-93. ARTICULO 3°. Notifíquese a quien corresponda. Cumplido, tome nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 4º) Expediente N° 15.425/3-R-78, RODRIGUEZ, FERNANDO MIGUEL, s/ benef. arts. 275 y 276 de la Ley 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante escrito Nº 97/97, agregado a estas actuaciones, el señor Augusto Daniel Norte, solicita se incremente el derecho de agua para riego de la parcela identificada con Nom.Cat. 04-28/100700 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su informe Nº 655-DH-97 manifiesta que en virtud de lo que establece el artículo 63º del Decreto Nº 00655-G-73 reglamentario de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 3784, las resoluciones dictadas por el Consejo del Departamento de Hidráulica mediante Actas Nº 1455, punto 23º de fecha 08 de mayo de 1979 y Nº 1505, punto GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 317 - SAN JUAN – 20º de fecha 01 de julio de 1980 que corren agregadas a fs. 9 y 17, el reclamo formulado concluyó con estos actos decisorios que hacen expresa consideración de los principales argumentos y cuestiones propuestas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Rechazar la petición formulada a fojas 19 por el señor Augusto Daniel Norte, por encontrarse firme y consentidos los actos administrativos que refiere el considerando y de conformidad a las disposiciones legales vigentes, Ley 3784 y Decreto Reglamentario Nº 00655G-73, que establecen los plazos para impugnar los mismos. ARTICULO 2°. Notifíquese a quien corresponda. Tómese nota y archívese. 5°) Expediente N° 519 0608-R-97, RUFINO TOMAS A. Y OTRO, ofrece en carácter de donación una perforación, departamento Iglesia. VISTO: Que mediante estas actuaciones los señores Duilio Osiris Rufino y Tomás A. Rufino, ofrecen en donación la perforación existente en el predio de su propiedad identificado con Nom. Catastral 17-40/290360, y; CONSIDERANDO: Que a fs. 5 obra nota del Presidente de la Junta de Riego de Iglesia en la que manifiesta que los Miembros de la Junta departamental han decidido aceptar la donación del pozo de 12” y profundidad de 20 metros, con el nivel de agua a 2 metros, haciendo destacar que atendiendo a la necesidad hídrica que vive el agro será en beneficio de la producción agrícola de la zona. Que Departamento Irrigación informa que el caudal a extraer equipo de bombeo, reforzaría el coeficiente de riego del canal Agua distritos de Las Flores y Rodeo, dotando por su ubicación, los ramos suma de derechos es de 247,6373Has. y que en caso de explotación se un canal de 150 metros de longitud en terreno de los donantes. del pozo, que no tiene Negra que alimenta los 4 grande, 5, 6 y 7 cuya hace necesario construir Que previo a la puesta en servicio la perforación se debe realizar también la donación correspondiente a la superficie del terreno donde esta implantado el pozo y de la superficie que ocuparía el canal de conducción. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar la donación de un pozo para extraer agua subterranea existente en el inmueble identificado con Nom. Catastral 17-40/290360, propiedad de los señores Duilio Osiris Rufino y Tomás A. Rufino con las siguientes características: Diámetro de caño 12”; Profundidad 20 metros; Nivel de agua 2,00 metros de superficie de terreno, departamento Iglesia. ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a que los señores Duilio Osiris Rufino y Tomás A. Rufino donen la superficie de terreno donde esta implantada la perforación y la que ocuparía el canal de conducción. ARTICULO 3°. Notifíquese a quien corresponda y tómese nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 318 - SAN JUAN – 6°) Expediente N° F12 2686-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento San Martín. VISTO y CONSIDERANDO: Que a fs.186/189 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78, resueltos mediante Acta Nº 2082 punto 9º y ratificados mediante Acta Nº 2090, punto 3º, haciendo observaciones respecto a cuentas incluidas en la nómina de usuarios del departamento San Martín que se registran en la Padrón de Riego del departamento Angaco y otras que presentan diferencias con lo inscripto en el Padrón de Riego del departamento San Martín. Que resulta necesario proceder a la rectificación del punto 9º) del Acta Nº 2082, ratificada por Acta Nº 2090, punto 3º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Rectificar la resolución contenida en Acta Nº 2082, punto 9º), ratificada por Acta Nº 2090, punto 3º), en lo referente a los derechos de riego que se detallan, ratificando la caducidad y cesación de los mismos conforme lo establecen los artículos 137º y 286º de la Ley 4392/78: Usuario Tapia de Leveque, Antonia M. Tapia de Leveque, Antonia M Sosa, Francisco de Asis y Otra Royón de Serrate, María González de López, María y O. Aguilera, Crescencio Rodriguez de Cataldo, Teresa Mortenssen, Elena Mabel V. de Pedrozo Hnos. SAIC y GSA Gonzalez, Félix Luna, Agustín Maure, Juan Esteban y Otro Dotación 0Ha.6462m² 0Ha.6457m² 1Ha.0000m² 5Ha.0000m² 1Ha.0023m² 0Ha.3949m² 0Ha.6069m² 0Ha.2884m² 0Ha.4362m² 0Ha.5276m² 1Ha.7500m² 1Ha.0000m² Cuenta 1954 1953 2428 2230 1635 1239 354 1419 507 1630 740 1420 Departamento Angaco Angaco Angaco Angaco San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín San Martín ARTICULO 2°. Tómese debida nota. 7º) Expediente N° F12 2682-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rivadavia. VISTO y CONSIDERANDO: Que a fs.18 de las presentes actuaciones la Inspección Técnica de Rivadavia informa que al proceder al tomado de nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78, resueltos mediante Acta Nº 2080 punto 9º ha detectado que por error consignó en el listado obrante a fojas tres la Cuenta Nº 4049 con dotación para 1Ha.7060m² que actualmente está en uso por lo que solicita se deje sin efecto la caducidad declarada para dicha cuenta, ratificado esto por el Departamento Irrigación. Que resulta necesario proceder a la rectificación del punto 9º) del Acta Nº 2080. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 319 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Rectificar la resolución contenida en Acta Nº 2080, punto 9º), en lo referente a la cuenta Nº 4049 con dotación para 1Ha.7060m² a nombre de Juan Torcivia quedando sin efecto la caducidad allí declarada, en base a los fundamentos expresados en el considerando de la presente resolución. ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 8º) Expediente N° 519 0842-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, e/nota de la firma Quisqueya S.A. sol./ traslado de dotación. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Dr. Ing. Francisco Garcés, en carácter de Presidente del Directorio de la firma Quisqueya S.A., solicita el traslado definitivo del total de derechos de agua de regadío de los inmuebles Nom. Catastral N° 15-62/700700, 1582/790700/882691/730700 a la parcela Nom. catastral N° 15-94/850760, sin derecho de agua, y; CONSIDERANDO: Que justifica su petición la apreciable diferencia en la calidad de suelos y condiciones de permeabilidad y drenaje. Que a fs. 2 la Junta de Riego eleva nota manifestando que la Inspección Técnica procedió a notificar a las Comisiones de Canales y Usuarios de los distintos cauces que pudieran considerarse afectados por el traslado, no prestando conformidad los propietarios del tramo final del canal Prolongación Centenario quienes manifiestan su oposición por nota que obra a fs. 42/45 argumentando falta de capacidad del canal y problemas en la distribución. Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 23 informa que los inmuebles a privar del derecho de agua de riego figuran inscriptos de la siguiente manera: Nom. Catastral N° 15-62/700700 a nombre de “Quisqueya S.A.” con una superficie s/m de 67Ha.1290,17m² y dotación de agua de riego de carácter permanente para 67Ha.1290m² cuenta N° 2198. Nom. Cat. Nº 15-82/790700 (lote 3) superficie s/m 1Ha.9711,97m²; Nom. Cat. Nº 1582/ 882691 (lote A) superficie s/m 10Ha.0790,56m²; Nom. Cat. Nº 15-82/730700 (lote B) superficie s/m 8Ha.0010,52m², estos tres últimos predios a nombre de Lértora, Enrique A., en mayor extensión, (superficie 23Ha.4275,29m²) bajo las cuentas N° 1323 y N° 1325 con dotaciones remanentes de 4Ha.8780m² de carácter vertiente y 18Ha.5499m² de carácter permanente respectivamente (R.U. Nº 1152 y Nº 1151). Que la firma Quisqueya S.A. acredita ser titular de los inmuebles lote 3, A y B conforme a las constancias de fs. 24/28 (título de dominio) los que conforme a título y lo informado a fs. 34 vta. tienen derecho de riego para 20Ha.0511m². Que Ecología Agrícola fs. 50 informa que el suelo de los inmuebles a privar del derecho de riego presentan elevada salinidad en superficie y características propias del fenómeno de revenición y en el predio a beneficiar con el traslado se encuentra en ejecución un proyecto de diferimiento impositivo, con implantación de variedades finas de vid realizando el riego mediante un sistema presurizado, por goteo, instalado y en funcionamiento. Que Departamento Irrigación informa que el presentante dio cumplimiento con los requisitos previstos con el Art. 132° del Código de Aguas no siendo necesario modificar obras de arte por cuanto la distribución se realiza a través de compuertas aforadas, estimando que podría accederse a lo solicitado teniendo en cuenta la necesidad de verificar técnicamente la GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 320 - SAN JUAN – capacidad máxima del canal Prolongación Centenario en su tramo final y los aforos correspondientes de acuerdo a los coeficientes históricos de distribución en el departamento, se expresa además que lo manifestado por los regantes en su nota de oposición carece de fundamento debido a que al ejecutarse traslado de dotación, la misma es incorporada al canal correspondiente, por lo tanto no se reduce el caudal que le corresponde a cada usuario del canal, entregándose de acuerdo al coeficiente de distribución del departamento. Que Secretaría Técnica comparte lo expresado por Departamento Irrigación en cuanto a la oposición planteada, punto 4º y además agrega: 4º-1 La falta de capacidad del canal Prolongación Centenario (en su tramo final es de 522Has.6004m²) o bien la falta de pendiente del mismo, puede verificarse mediante estudio técnico a llevar a cabo por el solicitante, pudiéndose practicar los aforos con coeficientes de riego máx. históricos, de entrega de dotación, si fuese necesario; 4º-2 Con respecto a esta observación “falta de agua en el canal”, cuando se trasladan derechos de riego, estos quedan incorporados al reparto del cauce beneficiado, debiendo tenerse en cuenta que las variaciones de volumen en más o en menos responden al coeficiente de riego que se aplica en el momento de la entrega del recurso hídrico disponible, siendo redistribuidos los tiempos de duración de los turnados y en proporción al aumento de la dotación agregada al cauce; 4º-3 “Regar aguas arriba”: Con el sistema riego propuesto (presurizado), no es condición necesaria que la parcela a irrigar se encuentre a nivel inferior al cauce que la abastece, por cuanto los caudales se almacenarán en reservorios, desde donde serán posteriormente bombeados; 4º-4 La observación formulada, con respecto a los pozos del consorcio, bien puede allanarse teniendo en cuenta la propuesta de la Junta de Riego, de cambios o reformulación de turnados. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 681-DH-97 expresa que según se desprende del análisis de la oposición formulada por los regantes mediante la invocación de sus efectos, las notificaciones diligenciadas son válidas en virtud de que los interesados han tenido conocimiento del acto que las motivó, habiéndose garantizado en el presente procedimiento el derecho a ser oido y el debido proceso y que conforme a los antecedentes e informes obrantes en las presentes actuaciones los requisitos exigidos por el artículo 132º de la Ley 4392/78, están debidamente cumplimentados y en consecuencia corresponde resolver la petición mediante el pertinente acto administrativo. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar a la oposición formulada por regantes del tramo final del canal Prolongación Centenario en virtud de lo manifestado en los considerandos de la presente resolución. ARTICULO 2°. Autorízase a la firma Quisqueya S.A. a trasladar las dotaciones que les corresponde a las parcelas Nom. Catastral N° 15-62/700700 - 67Ha.1290m² de carácter permanente inscripta bajo la cuenta N° 2198 y Nom. Catastral Nº15-82/790700, 882691 y 730700 18Ha.5499m² de carácter permanente, cuenta N° 1325 y 1Ha.5012m² de carácter vertiente a descargar de la cuenta N° 1323, procedentes de los canales Campodónico - Devoto, ramo Gimenez y canal Tercero, compuerta 11, ramo Campodónico - Lértora, al predio Nom. Catastral 15-94/850760, canal Prolongación Centenario, ramo Final, compuerta Nº 25, departamento Sarmiento. ARTICULO 3°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la presentación del estudio técnico para determinar la capacidad del cauce, lo que será por cargo y cuenta del peticionante, como así también la ejecución de las obras que resulten de dicho estudio. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 321 - SAN JUAN – ARTICULO 4°. La firma peticionante será responsable por los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto del traslado autorizado. ARTICULO 5°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 6°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. 9º) XXXVII SEMANA DEL AGUA. Este Consejo fija como fecha de celebración de la XXXVII Semana del Agua desde el día 08 al 10 de octubre de 1997. A tal efecto, designa una comisión integrada por los señores: Francisco Ferrer,Juan Pedrozo, Ricardo Silva, José González y señoritas: Silvia Palacios, Beatriz Martinez, Rosario Tejada, Alicia Amposta y Lucía E. Pérez, quienes tendrán a su cargo la programación de los actos correspondientes. 10º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 429, 430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, 437, 439, 440 y 441-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 429-DH-97: por la que en: Art.1º. Da por concluida la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento Santa Lucía, asignada por Acta Nº 2052, punto 6º del H. Consejo, al agente Angel Bernardo Ocampo, M.I.Nº 07.943.949. Art. 2º Asignar la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento Sana Lucia, al agente Eloi Argentino Martinez M.I.Nº 06.755.508, sin perjuicio de sus tareas específicas. Art. 3º La percepción y rendición de los valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, será efectuada semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División de Rentas y Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad. Nº 430-DH-97: por la que en: Art.1º. Da por concluida la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento 9 de Julio, asignada por Acta Nº 2052, punto 6º del H. Consejo, al agente Mario Eustaquio Sanchez, M.I.Nº 08.665.140. Art. 2º Asignar la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento 9 de Julio, al agente José Daniel Ortiz, M.I.Nº 11.378.299, sin perjuicio de sus funciones específicas. Art. 3º La percepción y rendición de los valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, será efectuada semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División de Rentas y Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad. Nº 431-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $4.469,76 a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de junio de 1997 en los departamentos Jáchal, Calingasta e Iglesia. N°432-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rey de Oro S.R.L. por la suma total de $ 3.250,00 por la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en los ramos de 1º sección del departamento 25 de Mayo, correspondiente a: ramo de calle 18, ramo de calle 19, ramo de calle 20 y ramo de calle 22, en una longitud total de 15.000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 322 - SAN JUAN – N°433-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Armando González Valverde por la suma total de $ 2.485,00 por la provisión de 350 bolsas de cemento portland, puesta en obra, para ejecución de trabajos de impermeabilización en canal Punta del Monte-Tapia departamento Angaco, en una longitud total de 1.071 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 434-DH-97: Por la que se otorga la bonificación por título al agente Wilfrido Díaz Dávalos, C.E.Nº 92.518.241, quien posee diploma de Bachiller en Humanidades Modernas, otorgado por el Colegio Normal Juan Montalvo de la República del Ecuador, por un equivalente al 35% de la asignación de la categoría uno conforme a Ley 5547, a partir del 1º de octubre de 1996. Nº 435-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº74 para la adquisición de empaquetadura con destino al mantenimiento y conservación de máquina pesadas de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 436-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº75 para la adquisición de mangueras varias con destino a mantenimiento y conservación de camionetas Pick Up, movilidades, camiones y máquinas pesadas de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 437-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº76 para la adquisición de motobombas, motosierras, desmalezadoras, mochilas fumigadoras, grupos electrógenos, motosoldadoras y mangueras con destino al departamento Irrigación para la ejecución de obras en la 1º, 2º y 3º zona de Riego de la Provincia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°439-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma La Platense S.A. por la suma total de $ 1.400,00 por la adquisición de 350 metros cúbicos de oxígeno industrial con destino a la sección Herrería de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 440-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº77 para la ejecución de trabajos de monda de cauce, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte de productos de monda en el Dren Tercero, Calle 21, departamento 25 de Mayo en una longitud aproximada de 10.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°441-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Multivid S.A. por la suma total de $ 143,00 por la ejecución de trabajos de limpieza y desembanque en el canal Carril departamento San Martín en una longitud de 1.200, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 323 - SAN JUAN – A C T A N° 2103 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintiseis días del mes de agosto del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora once treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2102. 2°) Expediente N° 519 1885-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ALBARDON, s/hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de Albardón solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Drenes: Desecador, Florida, Tucumán Sur, Tucumán Norte, Zanjón, Romero, Gral. Cañada, Nacional y Rawson, Lozano, Internos Vº San Miguel, Uruguay, Santa Elena, Blanco- Tucumán y Tambo; Desagües: San Nicolás, Chirino, Tierrita, Antúnez, Sarmiento, Nacional y Rawson, Arenales, Tucumán, La Laja, España e Internos Cañada; Cauces: Rio Yakín, Rio Avila, Rio Burela, Rio Lahoz, Rio Bolado y Descenso Tierrita, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Albardón y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 23% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 23%, del monto de lo recaudado en el departamento Albardón para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 1821-A-97, AGRINSA S.A. PERFORACIONES, s/ inscripción como empresa perforadora. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 324 - SAN JUAN – VISTO: Que mediante estas actuaciones el Licenciado Marcelo A. Minnozzi, solicita se inscriba en el registro correspondiente a la Empresa “Agrinsa S. A. Perforaciones”, proponiendo como Representante Técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición con Matrícula Nº37, y; CONSIDERANDO: Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa “Agrinsa S. A. Perforaciones” en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 4º) Expediente N° F12 2334-I-96, IRRIGACION, c/la aceptación de la Junta de Riego de San Martín de la donación de un equipo de computación. VISTO y CONSIDERANDO: Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación informa que la Junta de Riego del departamento San Martín ha aceptado la donación por parte de la Empresa Peñaflor S.A., de un equipo de computación para ser utilizado en la Inspección Técnica departamental. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar la donación de un equipo de computación para ser utilizado en la Delegación de San Martín, con las siguientes características: PC Pentium 120 Mhz. (Proc. Intel), 256 K de Cache; PCI Full, C/fan Cooler; 8 Mb. de Memoria RAM (ampliable a 128 Mb.); Diskettera 3,5 l,44 Mb; Disco rígido 1,6 G-Byte; Monitor 14” S-VGA color (.28) Samsug; N/entrelazado 1024x768; Syncmster III, c/placa VGA de 1 Mb. Ampliable a 2 Mb. PCI; Teclado expandido p/Windows-95 e/Español; Mouse de 3 botones Genius c/Pad; Gabinete M-Twer; Impresora Hewlett Packard 680-C, b/negro y Color: Full simultáneo, 5 PPM, 600x300 DPI, maneja papel continuo c/cable Centronic. ARTICULO 2º. Tome debida nota División Patrimonio, comuníquese y archívese. 5°) Expediente N° 519 0530-P-97, P Y B CONSTRUCCIONES, e/renuncia al derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 325 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones el Arquitecto Guillermo E. Pirán, en calidad de presidente de la Empresa P y B Construcciones Civiles S.A. y como propietario de un terreno identificado con N.C. N°08-36/270120, renuncia al derecho de riego registrado bajo cuenta Nº4458 del departamento Chimbas, y ; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 16, que el predio mencionado figura inscripto bajo R.T. Nº 2030(D)4669 con superficie según mensura de 2Ha.4317,59m² y dotación de carácter permanente para 2Ha.0271m² a nombre de P y B Construcciones Civiles S.A. Cuenta Nº4458. Que Asesoría Letrada en su dictamen 699-DH-97 expresa que en virtud de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se han dado cumplimiento con todos los extremos legales exigidos por la normativa vigente y sugiere aceptar la renuncia al derecho de agua solicitado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar la renuncia al derecho de riego de carácter permanente para 2Ha.0271m² que figura inscripto bajo cuenta Nº 4458 a nombre de P y B Construcciones Civiles S.A., departamento Chimbas. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 6°) Expediente N° 29.294/2-M-88, MUNICIPALIDAD DE ZONDA, s/concesión de agua para el riego del arbolado público del departamento Zonda. Agregados expedientes 29.294/5-M-92, 29.294/6-M-92, 127.091-R-77, 322.186-M-82 y 321.743-M-83. VISTO: Que mediante estas actuaciones la Municipalidad de Zonda solicita la concesión de dotaciones para riego del arbolado público y espacios verdes del departamento, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 38 que en los registros respectivos no se encuentra inscripta concesión alguna de agua para riego de arbolado público y espacios verdes a nombre de la citada Municipalidad y que lo peticionado encuadra en la primera categoría del orden de preferencias establecido en el art. 31º del Código de Aguas y con las disposiciones del Libro II, título I en lo referente a Abastecimiento de Poblaciones, Art. 64º y concordantes de la citada norma legal. Que División Ecología Agrícola a fojas 8/8 vta., determina las dotaciones necesarias para riego del arbolado público y espacios verdes solicitadas. Que Departamento Irrigación informa a fojas 45 vta. las dotaciones que actualmente se encuentran en uso y las solicitadas no en uso. Que analizados los antecedentes del caso es estima conveniente el empadronamiento de las dotaciones en uso. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 326 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Municipalidad de Zonda, las siguientes concesiones de agua de carácter permanente para riego del arbolado público y espacios verdes: 20Ha.0000m², canal General, compuerta Nº1 - Camping Cerro Blanco. 12Ha.0000m², canal General, compuerta Nº3 - Ruta Nº12 desde compuerta Nº3 del canal General hasta calle Sarmiento, ambos costados. 10Ha.0000m², canal Barros, compuerta Nº1 - calle San Martín, desde calle Matías Sánchez a calle Libertador, ambos costados. 2Ha.5000m², canal Barros, compuerta Nº2 - Ruta Nº12 desde calle San Martín a Libertador, ambos costados. 7Ha.5000m², canal Barros, compuerta Nº2 - Villa Darboren, Villa Basilio Nievas y Barrio Basilio Nievas. 1Ha.5000m², canal Playas, compuerta Nº5 - Cementerio Municipal. ARTICULO 2°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas procederá a registrar los derechos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior. ARTICULO 3°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las boletas respectivas conforme lo establece el Acta N° 2089. ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación. 7º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 445, 446, 447, 448, 449, 450, 453, 454, 455, 456, 457, 458, 459, 460, 461 y 462-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 445-DH-97: por la que en: Art.1º. Encomienda la función de Sub Contador de la Repartición en su estado actual de revista, al C.P.N. Horacio Aracena, D.N.I. Nº 13.563-671. N°446-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo José González por la suma total de $ 260,00 por 20 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en Canaleta Balcarce departamento Santa Lucía en una longitud total de 743 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°447-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo Gerveno por la suma total de $ 264,00 por 22 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en el Ramo Carmy departamento Santa Lucía, un tramo comprendido desde Derivado Aubone hasta el final por Calle San Lorenzo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°448-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Felipe Serer Palacio por la suma total de $ 480,00 por 40 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en Canal Alto de Sierra departamento Santa Lucía en una longitud total de 1200 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 449-DH-97: por la que se rechaza las propuestas presentadas en el cotejo de precios directo Nº 66 por las firmas Rectificaciones Domínguez y Cáceres Hnos., por considerar excesivo los precios cotizados, autorizando a la sección Licitaciones y Compras para que conjuntamente con la Comisión de Adjudicaciones realice una contratación directa para la reparación y puesta en GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 327 - SAN JUAN – servicio llave en mano de la máquina excavadora Kockum KL-230 Interno 17-03 de la Repartición. Nº 450-DH-97: por la que se rechaza las propuestas presentadas en el cotejo de precios directo Nº 69 por las firmas Rectificaciones Domínguez y Cáceres Hnos., por considerar excesivo los precios cotizados, autorizando a la sección Licitaciones y Compras para que conjuntamente con la Comisión de Adjudicaciones realice una contratación directa para la reparación y puesta en servicio llave en mano de la máquina excavadora Kockum KL-230 Interno 17-02 de la Repartición. N°453-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Faldutti S.A., Sevri S.R.L. y San Juan Informática S.R.L. por la suma total de $30.994,00 para la adquisición de lo siguiente cuyo pago será 100% en efectivo excepto la firma San Juan Informática S.R.L. que el pago será 50% en efectivo y 50 % en bonos Crefi Provinciales: Faldutti S.A.: 20 Computadoras Pentium con procesador Intel certificado de 166 MHZ; 10 Placas para Red en 2000 compatibles y 16 impresora marca Epson modelo LX 300, total $25.290,00. Sevri S.R.L.: 20 Estabilizadores de 0,5 KVA-160-250 V; 03 Impresoras Epson FX 1170 con cable paralelo centronics y 01Impresora Epson 1500 con cable paralelo centronics, total $ 4.626,00. San Juan Informática S.R.L.: 02 Impresoras H.P. Deskjet 670 C. 600 x 600 DPI. $ 1.078,00. N°454-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas San Juan Informática S.R.L, Sevri S.R.L y Faldutti S.A., por la suma total de $ 5.886,00 para la adquisición de paquetes de Windows 95 con licencia OEM Español en CD y 20 licencias; office pro 97 completo; Visual Basic; antivirus Dr. Salomon; actualización trimestral de los antivirus y cajas de diskettes, con destino a las distintas dependencias de la Repartición. N°455-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Automovil Club Argentino, por la suma total de $30.000,00 para la adquisición de chequeras y/o vales de combustibles por valores de $10,00 y $20,00 c/u correspondiente a nafta común y gasoil, con destino a mantenimiento de movilidades de la Repartición. Nº 456-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $5.590,68 a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de julio de 1997 en los departamentos Jáchal, Calingasta e Iglesia. N°457-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Agulles de Leiva, Josefa por la suma total de $793,00 por 61 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en el Ramo Apeceche Coria departamento Caucete en una longitud de 1.850 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°458-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Villa Mercedes S.A. por la suma total de $1.235,00 por 95 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en el Ramo La Pampa del departamento Caucete en una longitud de 5.000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°459-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Villa Mercedes S.A. por la suma total de $1.378,00 por 106 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en el Ramo Barros departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°460-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vergara, Juan por la suma total de $180,00 por 18 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en el Den de Calle 11 departamento Pocito en una longitud de 500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°461-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ales R. Evaristo y Ales N. Evaristo por la suma total de $988,00 por 76 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en el Canal Primero del departamento Caucete en una longitud de 3.000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 328 - SAN JUAN – Servicios N°462-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ales R. Evaristo y Ales N. Evaristo por la suma total de $624,00 por 48 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en el Canal Primero del departamento Caucete en una longitud de 1.909 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 329 - SAN JUAN – A C T A N° 2104 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dos días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2103. 2°) Expediente N° 519 2020-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Perez Garcés, José Carmona, Juan Dotación 1Ha.0311m² 0Ha.6845m² Cuenta 22 24 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 330 - SAN JUAN – Blanco, Claudio Usuario Sanchez, Gabriel Samaja, Domingo Gehan, León Gehan, León Sarmiento, José Rodriguez, Salvador Sarmiento, José Maldonado, Andrés Valverde, Manuel Dorador, Antonia H. Escudero, Paula de Mira Puerta, Olga F. Fernandez, Francisco Salcedo, María Celia Zunino de Lopez Mansilla, Salvador Puy, Manuel F. Sarmiento, José Morrone, Hermino Fagale, Antonio S.A.C.A.I.F.E.I. y O. Locce, María A. y Otra Batezzati, Honorina R. Deiana, Juan Mira, José Crespillo Fernandez L. Marini, Francisco Sala, Domingo Alvarez, Juan P. Mancini de Nuñez, Laura N. Albarracín, Micaela de Riveros, Elena G. de Muñoz, Mercedes Jofré, Marcial De los Ríos, Alvano Luengo, Matilde P. de Pedrosa, Salvador Pedrosa, Salvador Ferreyra, Pío Jorquera, Marcos García, Martín Andrés Flores, Aurora R. de Flores de Suarez, Aurora Yornet, Josefa de Y. Saenz, Aurora V. de Coralli S.A.A.C.I. Díaz Alvarez, Antonio Usuario 0Ha.7464m² Dotación 2Ha.2103m² 1Ha.8100m² 6Ha.1618m² 1Ha.2008m² 4Ha.7760m² 1Ha.2216m² 0Ha.8001m² 2Ha.9072m² 1Ha.3333m² 0Ha.6720m² 0Ha.5647m² 2Ha.5000m² 0Ha.5626m² 5Ha.8536m² 6Ha.5243m² 0Ha.7012m² 1Ha.0142m² 0Ha.5789m² 0Ha.7210m² 0Ha.5407m² 2Ha.5000m² 0Ha.8000m² 1Ha.0340m² 0Ha.5684m² 0Ha.6081m² 1Ha.5000m² 3Ha.4517m² 1Ha.5511m² 1Ha.,8637m² 9Ha.2627m² 1Ha.5000m² 3Ha.5452m² 0Ha.9882m² 1Ha.3444m² 1Ha.0000m² 1Ha.5000m² 3Ha.6673m² 0Ha.8912m² 3Ha.9141m² 4Ha.0299m² 3Ha.0000m² 0Ha.9178m² 0Ha.5924m² 1Ha.0000m² 1Ha.9861m² Dotación 38 Cuenta 58 59 63 64 67 69 71 72 77 96 99 104 106 126 128 130 132 136 215 356 530 746 748 768 770 777 779 803 823 825 830 833 836 837 849 850 853 856 887 894 899 910 912 948 953 Cuenta GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 331 - SAN JUAN – Ariza Segovia S. y Szvalb, José Rambau, María M. de Bergalio, María Edith G. de y Ot. Bettio, Luis Roque Marini, María Marini de Castro, Teodora Bazán de Castro, Teodora Bazán de Castro, Teodora Bazán de Sarmiento, Nazario Diez, Rafael Falcón, Antonio Moreno, Alfonso Moreno, Alfonso Lozano, Antonio Garrido Sanchez Muñoz, Julio Bustos, María Santamaría, Pablo Fernandez, Juan García B. Pedro y Otra Baca, Antonio Gil Guerra, Rafael Luengo, Rogelio Salinas, José Abel Putelli, Domingo Díaz, Patrocinio Putelli, Enrique Provincia de San Juan Dagnino, Alejandro Zárate, Nicasio Lorente de Ramos, María Municipalidad de Chimbas Quiroga, Raúl Domingo Sucesión Valverde, José Laspina, Rosario Santiago, Héctor y Otro Berenguer, Juan Gomez, Pedro Antonio Segovia, Domingo F. Cabrera Ruiz, Eduardo 0Ha.5168m² 1Ha.7500m² 4Ha.4359m² 5Ha.2831m² 2Ha.0679m² 2Ha.0027m² 1Ha.4538m² 1Ha.1196m² 1Ha.8696m² 2Ha.5000m² 1Ha.2030m² 1Ha.2631m² 0Ha.5468m² 1Ha.5000m² 0Ha.5323m² 1Ha.9513m² 1Ha.2649m² 0Ha.6880m² 2Ha.6052m² 0Ha.5643m² 8Ha.8252m² 1Ha.0000m² 1Ha.0039m² 1Ha.7996m² 1Ha.4609m² 2Ha.5000m² 1Ha.0000m² 1Ha.5000m² 1Ha.3623m² 15Ha.7308m² 0Ha.6662m² 2Ha.3330m² 5Ha.6551m² 1Ha.2769m² 2Ha.8960m² 3Ha.2616m² 0Ha.5264m² 1Ha.7425m² 3Ha.2327m² 3Ha.2226m² 5Ha.9088m² 954 992 999 1003 1027 1061 1077 1078 1079 1129 1135 1149 1160 1168 1185 1186 1187 1266 1318 1320 1324 1328 1332 1333 1342 1345 1359 1367 1382 1383 1446 1473 1480 1592 1652 1679 159 4475 1047 1050 1100 ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas que a continuación se detallan: Usuario Aracena, María Ledesma, Santiago Dotación 0Ha.1095m² 0Ha.1200m² Cuenta 7 10 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 332 - SAN JUAN – Sanchez, José Matos, Serafín Merenda y Adelfine Paez, José Domingo Alvarez, Dominga C. de Ortega, Francisco R. Barboza, Estaudino Frias, Jaime Baez, Manuel Sarmiento, Angela Sarmiento, Modesta Z. Rodriguez, Jova Castillo, Justa R. de Lara Alcova, Rafael Reza, Antonio Reza, Juan Cortez, Francisca R. Lara Alcova, Manuel Fuentes Robles, José Cara, Antonio Ramos, José Mira, José Castilla, Justa Q. de Aguilar, Eduardo Del Tierney, Juan P. Paez, Lola Lopez de Morrone, Lucía Rollón de Marquez Pinto, Matías Muñoz De Lillo, Carmen Riveros, María Vargas de Riveros, María Vargas de Tejada, Juan Eliseo Varas, Mariano Carrizo, Francisco Arcerito de Tantén, María Laciar, José Miguel Vela de Carrizo, Ana Figueroa, Urbano Samper, Filomeno Battio, Dolores Carrión de Bazán, Roque Oscar Carrizo, Abdón Agüero, Alejandro Usuario Aballay, Alejandro S. y Ot. Augusto, Antonio y Genaro Ramirez, Gilberto Aballay, Rosa Durán de 0Ha.1750m² 0Ha.5000m² 0Ha.1535 m² 0Ha.5000m² 0Ha.0639m² 0Ha.0561m² 0Ha.5000m² 0Ha.3046m² 0Ha.3231m² 0Ha.4001m² 0Ha.4001m² 0Ha.3800m² 0Ha.3955m² 0Ha.2317m² 0Ha.2306m² 0Ha.0962m² 0Ha.1675m² 0Ha.1660m² 0Ha.0758m² 0Ha.3725m² 0Ha.4291m² 0Ha.2127m² 0Ha.0979m² 0Ha.1286m² 0Ha.2434m² 0Ha.5000m² 0Ha.3500m² 0Ha.0704m² 0Ha.0798m² 0Ha.1307m² 0Ha.1257m² 0Ha.0998m² 0Ha.0798m² 0Ha.0798m² 0Ha.0902m² 0Ha.1535m² 0Ha.0818m² 0Ha.0698m² 0Ha.0975m² 0Ha.0798m² 0Ha.1247m² 0Ha.1061m² 0Ha.2210m² Dotación 0Ha.1802m² 0Ha.0998m² 0Ha.1257m² 0Ha.1207m² 14 16 26 34 35 41 45 47 56 66 68 70 90 91 93 94 95 97 100 101 102 105 107 114 129 135 141 143 185 186 187 188 189 190 192 193 194 195 197 199 200 201 202 Cuenta 203 204 207 210 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 333 - SAN JUAN – Aballay, Alejandro Paez, José Baldomero Benegas, Juan Suc. Figueroa, Juan de la Cruz Gonzalez Lopez, Nicolás Otarola de Riveros, M. Paredes, Cantalicio Bustos de Espíndola, Amada Mercado de Martinez, Juana Contreras de Sosa, Juana Vega, Noemí C. Vega de Jácomo de Lemos, Mercedes Orozco, Isaac Guerra, Juan Alberto Flores, Rosalba Tejada, Manuel Quintero, Antolín Vargas, Luisa Sarmiento, Modesta Vela de Villalba, Isabel Valverde de Marcuzzi C. Cuadros de Lucero, Martina Fernandez, Venteo Esteba, Francisco Godoy, Jesús Agustín Bullor, Isaac Alfonzo, Lorenzo Pellarín, Ofilio Guerrero, Francisco Sarmiento, Modesta Municipalidad de Chimbas Valdez Dusber Carrera, Benito Carrizo de Sosa, Rufina Segura, Miguel Cortez Mendez, Francisco Mamone de Oliveros P. Mollo, Santiago Moreno, Azucena García, Benicio Moral Muñoz, Felipe Usuario Belli, Elvira Porrez de Moral Diaz, Miguel Alvarez, Bautista García, Martín Andrés Ponce, Modesta Nuñez de García, Manuel 0Ha.0900m² 0Ha.0800m² 0Ha.0800m² 0Ha.0704m² 0Ha.0733m² 0Ha.1056m² 0Ha.0710m² 0Ha.1100m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.0620m² 0Ha.0704m² 0Ha.0980m² 0Ha.0980m² 0Ha.0800m² 0Ha.1000m² 0Ha.0550m² 0Ha.0690m² 0Ha.1500m² 0Ha.1000m² 0Ha.0704m² 0Ha.1000m² 0Ha.0538m² 0Ha.0733m² 0Ha.1200m² 0Ha.0600m² 0Ha.0704m² 0Ha.0940m² 0Ha.0892m² 0Ha.2373m² 0Ha.2812m² 0Ha.1500m² 0Ha.0840m² 0Ha.1000m² 0Ha.0600m² 0Ha.0674m² 0Ha.1600m² 0Ha.1197m² 0Ha.0600m² 0Ha.0800m² 0Ha.1641m² Dotación 0Ha.2003m² 0Ha.2038m² 0Ha.1539m² 0Ha.3599m² 0Ha.3264m² 0Ha.2523m² 213 216 220 223 237 249 251 265 266 290 299 301 337 344 348 350 359 366 367 371 373 378 387 429 448 478 486 488 490 495 524 539 543 576 588 596 612 619 654 663 761 Cuenta 767 785 802 828 842 863 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 334 - SAN JUAN – Recabarren, Ramona L. Rodriguez, Edmundo Pelayes, Domingo Blanco, Antonio Deiana, Francisco Riveros Guardia, Segundo Esquivel Porres Cumella, Joaquín Arzobispado de San Juan Segura Gimenez, Gabriel O. Perez, Segundo C. Lopez Fernandez, Francisco A. F. Municipalidad de Chimbas Vela, Plácido Díaz, Ramón Aciar, Juana O. de Robledo, Hipólito Baca, Francisco Bustos, José María Rivera, Rosa F. Sanchez Vilches, Mateo Tejada, Pilar Ortiz, Luciano O. La Protectora de San Juan Díaz, Ramón Cabrera, Alejandro B. Díaz Ruffa Zavalla, Salvador Zagua, Manuel Sarmiento, Nazario Pons, Francisco S. Acosta, Juan H. y Otra Picot, Alberto Flores, Juan Santos Ruarte, Nicolás Corzo, Perecio Bruno Vega, Gregorio Gonzalez, Segundo Leiva, María Clemencia Usuario Avila, Fortunato Mercado, Andrés Fernandez, M. Francisco Goyochea, Jesús Gonzalez, Antonio Sanchez, Ana Rodriguez de Rausch, Juan Bautista Saavedra, Enrique 0Ha.3591m² 0Ha.2500m² 0Ha.3898m² 0Ha.1816m² 0Ha.1257m² 0Ha.0522m² 0Ha.3513m² 0Ha.3082m² 0Ha.0727m² 0Ha.3647m² 0Ha.4465m² 0Ha.4730m² 0Ha.0581m² 0Ha.2069m² 0Ha.0600m² 0Ha.1338m² 0Ha.0820m² 0Ha.1490m² 0Ha.1248m² 0Ha.2545m² 0Ha.2329m² 0Ha.4125m² 0Ha.3269m² 0Ha.4496m² 0Ha.1792m² 0Ha.2055m² 0Ha.5000m² 0Ha.2907m² 0Ha.0732m² 0Ha.5000m² 0Ha.5000m² 0Ha.0590m² 0Ha.2731m² 0Ha.0793m² 0Ha.0793m² 0Ha.0696m² 0Ha.0571m² 0Ha.0942m² 0Ha.0793m² Dotación 0Ha.0746m² 0Ha.1039m² 0Ha.0846m² 0Ha.0636m² 0Ha.0942m² 0Ha.1138m² 0Ha.0595m² 0Ha.0793m² 869 874 878 891 922 956 960 981 993 1002 1065 1110 1125 1182 1234 1237 1240 1271 1274 1275 1287 1291 1314 1331 1337 1338 1340 1341 1349 1351 1364 1371 1381 1394 1397 1399 1400 1401 1402 Cuenta 1404 1409 1413 1415 1416 1417 1418 1419 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 335 - SAN JUAN – Galvez, María Rojas de Garrido, Nelly Manrique, Gervacio S. Campillay, Cipriano Olivares, Osvaldo S. Puz, Luis Petrona, Juana Yanez Elizondo, Ambrocio C. Tejada, Edmundo C. Lopez, Gonzalez Francesco Bustos, José Agapito Fernandez, José L. Paez Vega, Tomás Nuñez, Leonidas Muñoz Quiroga, Francisco Reinoso, Daniel Perez, Enrique W. Salinas, José Amadeo Molina, Domingo Parodi, José Enrique Rosales, Nicolás N. Alvarez, Rosendo Ane, Felix Beratina, María Isidra C. de Pereyra, Sixto Salas, Carmen Nina H. Emeterio Torchia de Romero Noemi V. Godoy, Bernardo Hernandez, Froilán Jurca, Francisco Cáceres, Cándico Torres, Felix y Otro Barzola, José Oscar Guaycochea, Pericles Guaycochea, Pericles Aguirre, Felix E. Usuario Liquitay, Pedro E. Rodriguez, Pedro Liquitay, Juan Alberto Reynoso, Daniel Tejada, Alejandra Maffioli, Italo Ortiz, Máximo Ortiz, Máximo Quiroga, Gregorio Aballay, Aurelio 0Ha.0575m² 0Ha.0575m² 0Ha.0793m² 0Ha.1354m² 0Ha.0793m² 0Ha.0793m² 0Ha.0621m² 0Ha.0942m² 0Ha.0510m² 0Ha.0631m² 0Ha.0849m² 0Ha.1414m² 0Ha.0595m² 0Ha.0793m² 0Ha.0521m² 0Ha.0674m² 0Ha.1586m² 0Ha.1028m² 0Ha.0793m² 0Ha.0631m² 0Ha.0942m² 0Ha.0793m² 0Ha.0521m² 0Ha.0595m² 0Ha.0595m² 0Ha.0793m² 0Ha.0521m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1363m² 0Ha.0942m² 0Ha.0545m² 0Ha.0652m² 0Ha.0555m² 0Ha.0595m² 0Ha.1603m² 0Ha.0595m² Dotación 0Ha.0793m² 0Ha.0793m² 0Ha.1591m² 0Ha.0674m² 0Ha.1014m² 0Ha.0557m² 0Ha.0535m² 0Ha.0670m² 0Ha.0674m² 0Ha.0768m² 1420 1421 1422 1425 1428 1432 1436 1440 1442 1449 1451 1452 1455 1458 1459 1460 1464 1465 1466 1467 1468 1477 1478 1479 1482 1484 1490 1491 1492 1493 1495 1497 1498 1501 1502 1505 1506 Cuenta 1509 1511 1514 1515 1519 1520 1525 1526 1527 1529 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 336 - SAN JUAN – 0Ha.0595m² 0Ha.0529m² 0Ha.3318m² 0Ha.1222m² 0Ha.0794m² 0Ha.2872m² 0Ha.4077m² 0Ha.1815m² 0Ha.1425m² 0Ha.2651m² 0Ha.1466m² 0Ha.5000m² 0Ha.1361m² 0Ha.4896m² Miranda, Agustina Beltrán Sanchez, José Moral, Dolores Fernandez de Arranz, Pedro Aballay, Ramón Gomez, Roque Barrios, Dolores Bazán de De la Vega, Claudio H. Fernandez, Walter Alvarez, Dominga C. de Castillo, Justa Quiroga de Valverde, Francisco Ochionero, Victor Santiago, Héctor y Otro 1530 1533 1535 1538 1556 1576 1580 1622 1625 1680 1681 1682 1683 162 ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 3º) Expediente N° 37.781/2-L-96, LA FABRICA S.R.L., e/renuncia al derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Mauro Andberto Delgado, en calidad de Socio Gerente de la firma La Fábrica S.R.L. renuncia al derecho de riego que le corresponde al inmueble registrado bajo cuenta Nº12372 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, que el predio mencionado figura inscripto bajo R.T. Nº 7669(D)5029 con superficie según mensura de 1Ha.8452m² y dotación de carácter permanente para 1Ha.8452m² a nombre de La Fábrica S.R.L., Cuenta Nº12.372. Que Asesoría Letrada en su dictamen 709-DH-97 expresa que en virtud de las constancias obrantes en las presentes actuaciones, se han dado cumplimiento con todos los extremos legales exigidos por la normativa vigente y sugiere aceptar la renuncia al derecho de agua solicitado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar la renuncia al derecho de riego de carácter permanente para 1Ha.8452m² que figura inscripto bajo cuenta Nº 12.372 a nombre de La Fábrica S.R.L., departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 4º) Expediente N° 519 1418-I-97, I.P.V., s/ condonación de deuda y renuncia al derecho de riego, departamento Capital. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 337 - SAN JUAN – VISTO: Que por estas actuaciones el señor Subsecretario de Vivienda, solicita condonación de la deuda y renuncia del derecho de riego correspondiente al inmueble propiedad del Instituto Provincial de la Vivienda identificado como fracción 6 del plano de mensura Nº 1-11313/77, departamento Chimbas, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 6, que el derecho de riego perteneciente al inmueble Nom.Cat.01-58/410600 figura inscripto bajo la cuenta N° 5077 del departamento Capital-Desamparados a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda con dotación de carácter permanente para 4Ha.6593m². Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., manifiesta que la referida parcela no hace uso del agua de regadío desde hace más de diez años. Que Asesoría Letrada en sus informes de fojas 9 y 10 vta., manifiesta que este Organismo no está facultado para disponer condonaciones de deudas mantenidas por los usuarios por derecho a la concesión de una dotación de agua por lo que sugiere extinguir la obligación de pago conforme lo preceptuado en el Título XX del Código Civil por cuanto el mismo prescribe que las obligaciones se extinguen de distintas formas, en este caso habría una confusión que es uno de los modos de extinción atento a que se reúnen en una misma persona la calidad de acreedor y deudor, esta conjunción en una misma persona de ambas calidades constituye un obstáculo al cumplimiento de la obligación y que en virtud del no uso del agua para riego por término mínimo que exige el Código de Aguas correspondería declarar la caducidad de la concesión. Que el artículo 137º del Código de Aguas, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que en el presente caso no es necesario por cuanto es el titular que expresa y solicita la caducidad. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Extinguir la obligación de pago de la deuda que registre la Cuenta Nº 5077 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, departamento Capital-Desamparados, conforme lo preceptuado en el Título XX del Código Civil. ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso conforme lo establece el artículo 137º, Ley 4392/78 de la concesión de agua de riego para 4Ha.6593m² registrada bajo Cuenta Nº 5077 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda, departamento Capital-Desamparados. ARTICULO 3°. Notifíquese y tomen nota de la caducidad declarada por este acto Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 5°) Expediente N° 519 1013-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Zonda. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 8º, y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 338 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Zonda, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO DOTACION CUENTA Navas González, Emilio Peralta, Anita Arcelia Balada, José Gonzalo 0Ha.0575m² 0Ha.1248m² 0Ha.0599m² 220 353 357 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucia. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2096, punto 2º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucía, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Tejada, Angela del Carmen Campa Rodriguez, Humberto Genaro Cortez, José María García Pelaez, Julio Navarro, Tránsito D. de Aubone, Saul Dirección Nac. de Vialidad Donaire Rivera, José y O. Marini, Francisco Cuenta 2467 286 323 2646 678 2648 5115 2674 2470 Dotación 1Ha.5629 m² 2Ha.1639 m² 0Ha.6157 m² 0Ha.7864 m² 0Ha.7800 m² 3Ha.3626 m² 0Ha.7178 m² 1Ha.0681 m² 5Ha.8950 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 339 - SAN JUAN – Muro, Tomás F. Muro, Tomás F. Basso, Rafael Elizondo, Mercedes B. de Fernandez García, Manuel García, Gervasio Gil, Francisco C. Guevara, Cesáreo M Heredia T. y Angélica N. Jofré, Antonio Segundo Navarro, Agustín Olguín, Rosa A. de Rodriguez, Nilo Julián Rodriguez, Nilo Julián Rojo, José Vera, José Vila, Lorenzo J. Villavicencio, Eulalia Bravo, María Enoe Madrid, Domingo Sanchez Montana, José Zunino, Bernardo Aguero, Margarita de Jofré Enoe Navarro, Tránsito D. de Olguin, Eusebio Peralta, Vicente Vilchez, Fernando Delgado, Juan M. Ortiz, David Roldán, Clara O. de Zabala, Corsino Irustia, Manuel Pérez, María Lorenzo de 321 322 412 420 406 413 414 432 428 423 408 407 419 422 421 437 436 431 499 515 610 512 670 682 678 669 679 681 705 756 768 746 778 833 12Ha.682lm² 0Ha.9256m² 0Ha.5380 m² 0Ha.6675 m² 0Ha.5121 m² 0Ha.6462 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.1450 m² 1Ha.2917 m² 0Ha.8564 m² 0Ha.6400 m² 2Ha.1396 m² 0Ha.5755 m² 0Ha.7162 m² 0Ha.6600 m² 0Ha.7800m² 0Ha.7800 m² 1Ha.2114 m² 1Ha.5131 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.0480 m² 1Ha.5000 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.7020 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.5797 m² 1Ha.3593 m² 0Ha.5124 m² 1Ha.0363 m² 1Ha.5700 m² 1Ha.5596 m² 2Ha.0307 m² 0Ha.5180 m² 0Ha.6870 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 7º) Expediente N° 519 0638-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Ullum. VISTO: El expediente Nº 519 0638-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 14º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 340 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 14º), para los siguientes derechos de riego del departamento Ullum: USUARIO Demartini Oscar Pedro Rivarosa, Celso Juan Rivarosa, Celso Juan Adarvez Rafael A. Del Zotto Adriano Montaña Santos Ramon Montaña de Moreno Florencia DOTACION 0Ha.5712m² 0Ha.5942m² 0Ha.6259m² 0Ha.0523m² 0Ha.0641m² 0Ha.0549m² 0Ha.2376m² CUENTA 328 509 510 217 147 368 272 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 8º) Expediente N° 519 0457-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rivadavia. VISTO: El expediente Nº 519 0457-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 12º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 12º), para los siguientes derechos de riego: Usuario Lanza Luis Alcayaga Paulino Chiffel Pedro A. Chiffel Pedro Guevara Leonardo Pala Nidia Gonzalez de Campanaro Amadeo Flores Vidal A. Centro Friuliano Seiche de Araya L. Aranda Quintero M. Sanchez Gregorio Marrelli Gabriel Ramirez Ramon Boggian Atilio Civico Antonio Di Nucci Carlos Dotacion Cuenta Departamento 0Ha.0547m² 720 Rivadavia 0Ha.9868m² 4840 Rivadavia 0Ha.1137m² 2973 Rivadavia 0Ha.4313m² 726 Rivadavia 0Ha.1299m² 778 Rivadavia Rivadavia 0Ha.1991m² 1103 0Ha.1066m² 1061 Rivadavia 0Ha.5850m² 1012 Rivadavia 0Ha.2943m² 679 Rivadavia 0Ha.0926m² 2661 Rivadavia Rivadavia 0Ha.0769m² 876 0Ha.0925m² 947 Rivadavia 0Ha.0590m² 341 Rivadavia 0Ha.3200m² 412 Rivadavia 0Ha.1499m² 4854 Rivadavia Rivadavia 1Ha.8013m² 134 0Ha.7602m² 4746 Rivadavia GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 341 - SAN JUAN – Usuario Orellano Juana Gutierrez de S.E.S. (r/Nº1) Zamarbide Belio Patinella Antonio Patinella Antonio Patinella Antonio Soc. Civil Cons. Unión Pers. J. En. Ansberk Antonio Ponce Ramon V. Aguilar C. Fco. Aguilar C. Fco. Valenzuela de Maurin Adelaida Valenzuela Antonio Farias Juan R. Caccamo Antonio Hierrezuelo Antonio Andino Rosa P. de Orozco Hector Rodriguez Rosendo Rodriguez Rosendo Guirado Antonio Rios T. Cristobal Rios T. Cristobal Paez E. Manuel Montaño Pedro Furgiuele Osvaldo Carlos y otro Guirado Brigida de Palacio S. Fco. Mulet Vicente y otro Casares Miguel Valverde Maria E. Castro de Jofre Juan A. Azuri, Jose Gómez Z. Jose Schvartz Luis Fuentes Tomasa Torres León Torres Nicanor F. Dotacion 0Ha.2000m² 4Ha.0000m² 0Ha.9982m² 0Ha.0760m² 0Ha.7175m² 0Ha.1048m² 1Ha.3802m² 0Ha.0785m² 0Ha.2176m² 0Ha.3003m² 0Ha.2992m² 0Ha.1000m² 0Ha.1748m² 0Ha.0558m² 0Ha.3598m² 0Ha.2687m² 0Ha.2215m² 0Ha.3387m² 1Ha.6160m² 0Ha.7386m² 0Ha.2081m² 0Ha.5391m² 0Ha.4849m² 0Ha.8215m² 0Ha.1087m² 1Ha.2224m² 1Ha.2079m² 0Ha.3000m² 1Ha.0000m² 1Ha.9180m² 2Ha.4464m² 0Ha.3196m² 0Ha.2641m² 0Ha.7780m² 0Ha.6962m² 0Ha.1805m² 0Ha.1964m² 0Ha.1975m² Cuenta Departamento 4822 Rivadavia 4893 Rivadavia Rivadavia 1375 2527 Capital 339 Capital 401 Capital 4381 Capital Capital 5036 4148 Capital 5048 Capital 5049 Capital 369 Capital Capital 5012 4626 Rivadavia 2821 Rivadavia 19 Rivadavia 23 Rivadavia Rivadavia 2820 4798 Rivadavia 4799 Rivadavia 3821 Rivadavia 0037 Rivadavia Rivadavia 2823 2829 Rivadavia 1234 Rivadavia 4653 Rivadavia 4745 Rivadavia Rivadavia 4744 1246 Rivadavia 1282 Rivadavia 1253 Rivadavia 4784 Rivadavia Rivadavia 4136 1209 Rivadavia 4617 Rivadavia 4525 Rivadavia 4524 Rivadavia Rivadavia 4526 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 9º) Expediente N° 519 0456-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Pocito. VISTO: El expediente Nº 519 0456-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 9º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 342 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 9º), para los siguientes derechos de riego del departamento Pocito: USUARIO Alejandro Videla Blas Eduardo Videla Pedro Vazquez Isaias L. Wanstein Juan J. Quiroga José López José López José López José López Jorge Sosa Imetal San Juan Esteban Gómez DOTACION 6Ha.9850m² 5Ha.2358m² 0Ha.3005m² 10Ha.0138m² 0Ha.1234m² 0Ha.1234m² 0Ha.1234m² 0Ha.1234m² 0Ha.9875m² 0Ha.7736m² 2Ha.9308m² 2Ha.7461m² CUENTA 1372 1419 4754 0100 0210 0202 0207 0208 0209 0166 6141 3525 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 10º) Expediente N° 519 0458-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: El expediente Nº 519 0458-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2093, punto 11º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2093, punto 11º), para los siguientes derechos de riego del departamento Chimbas: USUARIO Coop. de Vivienda Consumo y Credito 30 de Agosto Porres Juan W. y Otro Porres Juan W. y Otro Porres Juan W. y Otro Porres Juan W. y Otro Paton Miguel Angel De los Rios, Isidro Sage de Garcia, Ema y Otro DOTACION CUENTA 5Ha.0481m² 1Ha.9894m² 1Ha.4442m² 1Ha.7304m² 1Ha.2561m² 0Ha.1505m² 0Ha.0542m² 0Ha.1112m² 4333 2919 2234 2079 2078 3449 3985 4296 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 343 - SAN JUAN – USUARIO Bgas. y Vdos. Ovidio Braganolo Sage de Garcia, Ema y Otro Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Rivera Juan Jose y Otro Rivera Juan Jose y Otro Deiana Ramon Francisco Deiana Bernardino Deiana Bernardino Deiana Rafael Dante Deiana de Rojas Providencia Deiana de Rojas Providencia Deiana Francisco Angel Deiana Francisco Angel Deiana Miguel Argentino Carbajal, Severo Segundo Aracena José Gregorio Perez Jose Isidro Bertomeu Daniel Manuel Sosa Alcira Estanisla Gervasoni Jose Marcos Ramirez Juan Inocencio Samper Juan Carlos Diaz Vicente y otro Rivera Juan Jose Rivera Juan Jose Caballero Isidro Robledo Maria Agustina Vedia Francisco y otra Gómez Francisco Marco Alvarez Eduardo Robledo Rogelio y otra Mota Bernardo Rafael Sanchez Luis Cecilio Claro Maria Mingolla de Beltran Manuel y Otro Tejada Justa Flores Gilberto Domingo Flores Gilberto Domingo Flores Gilberto Domingo Sanchez Juan y otros Gómez Piedad C. Aciar de Sanchez Miguel y Otros Diaz de Marin Manuela E. Sanchez Juan Fleita de Varela C. y Otro Costa Evaristo Conrado Lopez Carrion Francisco Figueroa Roberto R. y otros Fernandez de Espinar Natividad Asocc. Mutual Ban de Ban Farias Sergio Guillermo Portillo Francisco Portillo Francisco DOTACION 0Ha.8480m² 0Ha.0885m² 1Ha.2631m² 1Ha.5983m² 1Ha.2468m² 0Ha.2133m² 0Ha.2261m² 0Ha.3844m² 0Ha.1942m² 0Ha.5560m² 0Ha.1402m² 0Ha.1728m² 0Ha.0966m² 0Ha.5718m² 0Ha.6255m² 0Ha.1176m² 0Ha.0600m² 0Ha.1176m² 0Ha.3629m² 0Ha.0628m² 0Ha.1000m² 0Ha.0628m² 0Ha.0928m² 0Ha.0628m² 2Ha.0000m² 0Ha.5000m² 0Ha.1605m² 0Ha.1417m² 0Ha.1552m² 0Ha.6015m² 0Ha.2673m² 0Ha.1171m² 0Ha.8968m² 0Ha.0596m² 0Ha.2477m² 1Ha.5000m² 0Ha.3568m² 0Ha.1939m² 0Ha.2640m² 0Ha.1104m² 0Ha.7671m² 0Ha.5629m² 0Ha.2295m² 0Ha.1407m² 0Ha.4163m² 0Ha.1396m² 0Ha.1392m² 0Ha.0696m² 0Ha.7812m² 3Ha.1938m² 2Ha.8459m² 2Ha.3500m² 0Ha.6286m² 0Ha.1565m² CUENTA 3260 4297 4299 4298 4249 4250 2678 4255 4256 4257 4258 4259 4260 4261 4262 1308 2677 2724 3288 4212 2033 4191 4190 4009 1251 1236 1245 1300 1297 1254 1296 1298 1241 4092 2885 1265 1293 1288 1289 1305 2887 1301 1303 1284 3556 4465 4403 2118 2892 1281 3342 1268 1278 3908 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 344 - SAN JUAN – USUARIO Portillo Francisco Correa Maria E. Ariza de Baez, Jose Ricardo Juan Baez, Jose Ricardo Juan Correa Maria E. Ariza de Farias Sergio Farias Sergio Guillermo Ariza de Claro Irma E. Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Ighani, Mehrdad Gattas Amado S.A.C.I.P.I. Muñoz de Correa Aurora Sanchez de Fernandez Ana Sanchez de Fernandez Ana Coop. de Vivienda y Consumo Cuyo DOTACION 0Ha.2833m² 0Ha.0613m² 0Ha.4426m² 0Ha.8014m² 0Ha.1109m² 0Ha.9125m² 1Ha.6520m² 2Ha.0090m² 0Ha.8124m² 0Ha.8126m² 0Ha.8125m² 0Ha.8128m² 0Ha.8122m² 0Ha.8124m² 0Ha.8116m² 0Ha.8135m² 0Ha.5748m² 0Ha.4082m² 0Ha.5082m² 0Ha.8292m² 2Ha.1666m² CUENTA 3912 3911 3909 3914 3913 3910 3915 3930 2807 2808 2809 4339 4343 4340 4341 4342 3380 1046 1096 773 775 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 11º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 464, 465, 466, 467, 468, 469, 471, 473, 474, 475, 476, 477, 480, 482,. 483, 484, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 495 y 496-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 464-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 9.425,02 a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de julio de 1997. N°465-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Rueda por la suma total de $ 450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en Ramo Calle 9 - Proveniente del Canal Quinto Cuartel departamento Pocito en una longitud total de 900 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°466-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Andrés Vargas por la suma total de $150,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en el Ramo Nº 27 Parcial, derivado del Canal Ing. Céspedes departamento Pocito, en una longitud total de 500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°467-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Angel Antonio González por la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Laprida de calle Nacional 700 m.aguas arriba, departamento San GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 345 - SAN JUAN – Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°468-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Borbore S.A.C.I.A. y F. por la suma total de $132,00 por 12 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Cortinez de calle Colón 1200 metros aguas arriba, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°469-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo José Gonzalez por la suma total de $ 494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque de Canaleta Balcarce, departamento Santa Lucía, tramo comprendido desde progresiva 0000 hasta 1.412, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retribuidas de Servicios Hídricos. N°471-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Don Domingo S.A. por la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Cortinez departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 0.000 hasta progresiva 2.000, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°473-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Osvaldo Ramón Lima por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Laprida departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 1.700 hasta progresiva 2.900, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°474-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Angel Pedrozo por la suma total de $ 97,00 por 1½ jornal de un camión para transporte de personal al Canal Laprida departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°475-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Borbore S.A.C.I.A.y F. por la suma total de $385,00 por 35 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Cortinez, departamento San Martín, tramo comprendido desde progresiva 2.000 hasta progresiva 4.700, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°476-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Justo Angel Fuente por la suma total de $550,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Laprida departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 2.900 hasta progresiva 4.900 y de progresiva 6.100 hasta progresiva 8.100, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°477-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Angel Pedrozo por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Carril departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 3.600 hasta progresiva 5.000, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°480-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Villa Mercedes S.A. por la suma total de $1.456,00 por 112 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en el Ramo Maurín departamento Caucete en una longitud de 4.850 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 482-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 83 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en Dren Colector Escobar departamento Rawson, longitud aproximada 2.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 483-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 82 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en Desagüe Desecador departamento Albardón, longitud aproximada 7.250 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 346 - SAN JUAN – Nº 484-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº 84 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en Dren Colector Nuevo, departamento Rawson, longitud aproximada 6.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°485-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Jofré Washington Domingo por la suma total de $160,00 por 16 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en el Ramo de calle 15, derivado del Canal Céspedes, departamento Pocito, en una longitud de 1.600 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°486-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aymare S.A. por la suma total de $198,00 por 18 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Carril departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 6.200 hasta progresiva 7.700, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°487-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Serrani y Otros por la suma total de $275,00 por 25 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Laprida departamento San Martín tramo comprendido desde progresiva 11.500 hasta progresiva 14.000, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°488-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Tulio Meglioli por la suma total de $385,00 por 35 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Canal Laprida departamento San Martín de Comp. Nº19 a Comp. Nº23, tramo comprendido desde progresiva 8.100 hasta progresiva 10.100, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 489-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº78/97 para la adquisición de una central telefónica nueva, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 490-DH-97: por la que se autoriza el llamado a cotejo de precios directo Nº79/97 para la adquisición de 3.000 bolsas de cemento portland, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°491-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero, por la suma total de $28.000,00 para la reparación completa, incluido mano de obra especializada y colocación de repuestos originales, de un motor Skoda ML 634CIL.11,94 DM3 potencia 180 CV de la retroexcavadora Unex 411-DH- Interno 39-06 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°492-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Francisco Segura por la suma total de $1.300,00 por 100 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza, desmonte y desembanque en el Ramo Gutierrez 1B, departamento Santa Lucía tramo comprendido desde progresiva 0.000 hasta progresiva 2.200, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°493-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma El Salado S.A., por la suma total de $1.950,00 por 30 jornales de camión para transporte de personal para la ejecución de monda en el departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°494-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Jorge Romero por la suma total de $ 420,00 por 35 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza, desmonte y desembanque de 330 metros en el Canal Los Molinos y desborde y levantamiento de productos de monda, departamento Santa Lucía, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°495-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Las Palomas S.A. por la suma total de $ 4.260,00 por 600 bolsas de cemento para la ejecución de impermeabilización de Ramo de Calle 10 y 22, de la 3º Sección de Riego del departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°496-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vicente Vizcaino por la suma total de $ 494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 347 - SAN JUAN – desembanque en el Ramo Richet, departamento Santa Lucía, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 12°) MODIFICANDO RESOLUCION PUNTO 2º), ACTA Nº 2092. VISTO: La resolución contenida en Acta N° 2092 punto 2º), y; CONSIDERANDO: Que posterior a la notificación de dicha resolución se ha advertido que en el inciso b) se especifica que se deberá llevar un Libro de Banco rubricado por Contaduría General de la Provincia cuando en realidad es resorte del Departamento de Hidráulica, Departamento Contable, la rubricación del mismo Que es necesario modificar lo referente a los incisos j) y k) en cuanto a porcentajes a transferir a cada Junta de Riego. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Modifícase los incisos b), j) y k) del Artículo 1º de la resolución recaída en el punto 2º) del Acta 2092, por los siguientes: “b) Deberá llevar un Libro de Banco rubricado por Departamento Contable del Departamento de Hidráulica donde se hará constar los Ingresos y Egresos, ajustados a la Ley de Contabilidad. j) Se fija como base mínima el 21% a transferir a cada Junta de Riego en base a lo recaudado por todo concepto en cada departamento. k) El porcentaje a definir para cada Junta de Riego será diferente, se tendrá en cuenta las características particulares que presente el departamento y en base a un análisis que se efectuará para cada caso.” ARTICULO 2°. Notifíquese. Tómese debida nota. Cumplido archívese. 13º) Expediente N° 519 1337-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión. VISTO: La resolución contenida en Acta Nº 2100, punto 3º que autoriza la comisión a la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta desde el 08/08/97 hasta el 31/10/97 (85 dias), por parte de los agentes Miguel A. Benegas y Antonio R. Corvalán., y; CONSIDERANDO: Que por razones de climáticas y de transporte no fue posible el cumplimiento de dicha comisión en la fecha fijada, la que recién regirá a partir del 10 de setiembre de 1997. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Modificar la fecha de salida de la comisión autorizada mediante Acta Nº 2100 punto 3º), la que regirá a partir del 10/09/97 y por igual término. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 348 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Comuníquese, tómese debida nota y archívese. 14º) Expediente N° 519 0353-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/para aprobación el Proyecto de Acta Complementaria a suscribir para dar cumplimiento al desarrollo informático de la Repartición. VISTO: El Acta Complementaria suscripta entre la Universidad Nacional de San Juan y el Departamento de Hidráulica con fecha 01 de setiembre de 1997, y; CONSIDERANDO: Que el artículo cuarto del Acta Complementaria aprobada por Acta Nº 2079/97 prevé la renovación por periodos de tres meses, de común acuerdo entre las partes. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Prorrogar, por el término de tres meses a partir del 01 de setiembre de 1997, la vigencia del acta suscripta entre la Universidad Nacional de San Juan y el Departamento de Hidráulica conforme lo establece el artículo cuarto de la misma. ARTICULO 2°. Aprobar el gasto de $4.200,00 (pesos cuatro mil doscientos) para la ejecución del estudio, sistematización y desarrollo informático en áreas administrativas - contables a que hace referencia el acta complementaria aprobada en resolución contenida en Acta Nº 2079/97. Los pagos se efectuarán parcialmente en la suma de $1.400,00 por mes, durante tres meses. ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 22 “SERVICIOS DE PROFESIONALES DE CAPACITACIÓN” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°: Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 15°) Expediente N° 519 1402-I-97, IRRIGACION, s/cotejo de precios. VISTO: Las presentes actuaciones en las cuales Departamento Irrigación solicita se realice monda de cauce y limpieza de obras de arte, en el dren Centro, departamento Angaco para lo cual se cuenta con el VºBº de Dirección General, y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable informa que corresponde autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo y el gasto, en un todo de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. Que tomó intervención Delegación Contable Fiscal. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 349 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el llamado a Cotejo de Precios Directo, para la ejecución de los trabajo de monda de cauce y limpieza de obras de arte correspondiente a 10.770 metros del Dren Centro de progresiva 0000 a 10.770, departamento Angaco, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6737. ARTICULO 2º. Autorizar al Departamento Contable, Sección Licitaciones y Compras, a realizar el Cotejo de Precios Directo de acuerdo a las disposiciones vigentes. ARTICULO 3°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 06 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” EJERCICIO 1997 ARTICULO 4°. Comuníquese y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 350 - SAN JUAN – A C T A N° 2105 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a nueve días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora once treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2104. 2°) Expediente N° 519 2063-D-97, DIRECCION DEL REGISTRO Y CATASTRO, e/informe sobre depuración del Padrón Oficial de Riego. VISTO y CONSIDERANDO: El informe referente al trabajo de depuración del Padrón Oficial de Riego que efectua la Direccion del Registro y Catastro General de Aguas mediante la comparación del Padrón de Usuarios con los registros de repartos (usos), el catastro y la correspondiente identificación tributaria (Nº de cuenta) realizándose en forma inmediata las correcciones del caso. Que a la fecha se ha completado la depuración del Padrón Oficial de los departamentos: Zonda, Ullum, Rawson, 9 de Julio, San Martín y Angaco. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Tomar conocimiento del trabajo de depuración del Padrón Oficial de Riego realizado por la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas en los siguientes departamentos: Zonda, Ullum, Rawson, 9 de Julio, San Martín y Angaco. ARTICULO 2°. Pase a Departamento Irrigación a fin de que informe sobre las actuaciones iniciadas o a iniciar por la documentación presentada. ARTICULO 3°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 2098-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/ criterios para la fijación de la Contribución Económica de Usos Hidroenergéticos. VISTO: El empadronamiento para Usos Hidroenergéticos dispuestos en Acta del H.Consejo Nº 2050/96, puntos 10, 11 y 12, y los antecedentes, sobre estos usos, obrantes en expedientes Nº370.403-G-93; Nº370.293-G-93; Nº370.394-E-93 y N° 519-2098-S-97, y; CONSIDERANDO: Que Secretaria Técnica presenta un estudio sobre el tema a considerar para la fijación de la Contribución Económica en concesiones de Usos Hidroenergéticos, en la que se ha tenido en cuenta los contenidos del Código de Aguas Ley Nº4392/78 y su modificatoria Ley Nº 4526/79, las fuentes y remisiones que aluden en sus comentarios. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 351 - SAN JUAN – Que el Código de Aguas en el Libro Tercero - Título VI - Capítulo II- “El canon” el art. 259º “Fijación del canon” establece que “el canon correspondiente a la concesión de derechos de agua para usos agrícolas se fijará en proporción a la magnitud de la respectiva concesión y será uniforme dentro de cada cuenca. En las concesiones correspondientes a otros usos, se tendrán en cuenta, además las circunstancias propias de cada tipo de utilización y especialmente la capacidad tributaria presuntiva media en cada categoría de usuarios. La reglamentación fijará los criterios a seguir”. Que el artículo 258º establece: Materia Imponible. Por la concesión de derecho de agua, cualquiera sea el uso a que se le destine, se pagará el canon establecido en este Título, de acuerdo a las disposiciones de este Código, del Código Tributario y de la Ley Impositiva Anual. Que en el Capítulo III del Título VI “Tasas Retributivas de los Servicios Hídricos” art. 262º especifica claramente que todos los trabajos de carácter general o particular que la administración realice en este caso concreto para uso hidroenergético, serán retribuidos por los beneficiarios, concordante con ello el artículo 263º dispone que los cálculos de gastos para la fijación de las tasas para la prestación de los servicios retribuibles por el Departamento de Hidráulica los efectuarán las Juntas Departamentales procurando que la recaudación probable financie el presupuesto respectivo. Que el art. 20º inciso f) de la Ley 886, le otorga la atribución al Consejo del Departamento de Hidráulica para fijar el canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, es decir que la Ley determina cual es el Organismo competente que instrumentará la reglamentación a tal fin y a la que alude la última parte del artículo 259º del Código de Aguas. Que de los comentarios del Código de Aguas, en el caso de los Usos Hidroenergéticos, se destaca el criterio plasmado por el Ing. Manuel Gregorio Quiroga el cual aconseja una relación de 1 HP equivalente a 5Has. de derecho para Uso Agrícola. Que de la información recabada al Departamento General de Irrigación de la Provincia de Mendoza, para el caso se rige por la Resolución Nº91 del H.Tribunal Administrativo, que establece una equivalencia de 1Hp.= 1Ha. de derecho para Uso Agrícola con una escala de valores decreciente en relación a la potencia generada. Que es necesario incentivar este tipo de usos por cuanto implica instalación de industrias que benefician a la producción. Que en consecuencia, es conveniente adoptar el criterio fijado por la Dirección General de Irrigación de la provincia de Mendoza. Que Asesoría Letrada de la Repartición sugiere que mediante Resolución del Consejo del Departamento de Hidráulica, siguiendo los criterios legales aludidos en su informe Nº893-DH97, se fije el canon y tasas retributivas de servicios hídricos correspondiente a las concesiones de derecho de agua para usos hidroenergéticos, cumpliendo con el procedimiento establecido por la Ley 3784 y su Decreto Reglamentario, indicado para los actos administtrativos de alcance general. POR ELLO: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Establécese como Contribuciones Económicas a cargo de la usuarios de Usos Hidroenergéticos la siguiente tabla de equivalencias: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 352 - SAN JUAN – Potencia instalada De 1 a 100 HP De 101 a 500 HP De 501 a 1.000 HP De 1.001 a 2.000 HP De 2.001 a 5.000 HP De 5.001 a 7.000 HP De 7.001 a 10.000 HP De 10.001 HP en adelante Coeficiente 1 0,9 0,8 0,7 0,5 0,4 0,3 0,2 Relación 1 HP = 1Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,9 Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,8 Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,7 Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,5 Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,4 Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,3 Ha. derecho agrícola 1 HP = 0,2 Ha. derecho agrícola ARTICULO 2°. El monto del pago anual será el que surja de multiplicar el valor de potencia declarada por el coeficiente y por la Contribución Económica equivalente al Uso Agrícola. ARTICULO 3°. Elévese al Poder Ejecutivo la presente resolución para que sea refrendada mediante Decreto. 4º) Expediente N° 519 1624-P-97, PEÑALOZA, MIGUEL R, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Miguel Ramón Peñaloza solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 3248 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0540m², registrado bajo cuenta N° 3248, a nombre de Pedro Alejandro Peñaloza, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 5°) Expediente N° 519 1721-M-97, MARINERO, RAUL, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Santa Lucía. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Raul Marinero solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 2457 del departamento Santa Lucía, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 353 - SAN JUAN – Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 6 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.7, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1335m², registrado bajo cuenta N° 2457, a nombre de Elsa Francisca Cortez, departamento Santa Lucía. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 6°) Expediente N° 519 2081-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucía. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Santa Lucía en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucía. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 354 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Santa Lucia, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Garcia Castro, José Pastran Arlinton, J. Pastrán, Héctor Andino Bravo, Eduardo López Orozco Bogas Gonzalez Cortez, Humberto Herrero, Félix Coop. de Viv. Urbana 7 de Julio Garcia, Juan López, Victoria José y O. Cano, Francisco y O. Dir. Nac. de Vialidad Moreno Manzano, José Meros, Aurora Victoria de Torrent Blanes, Carmelo y Rafael Enrique de Correa, Ana M. Morando Víctor J. y sra. Collado, Pedro Sanchez, R. de Archilla F. Dir. Nac. de Vialidad Cuenta 1255 1251 1270 1320 1306 5389 3845 6358 1001 3900 986 6215 993 1022 1019 1018 1017 4852 4855 6215 Dotación 0Ha.6790 m² 0Ha.6748 m² 5Ha.8909 m² 0Ha.5871 m² 1Ha.2700 m² 0Ha.5654 m² 1Ha.9402 m² 2Ha.0784 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.9602 m² 5Ha.0000 m² 1Ha.8217 m² 0Ha.6209 m² 0Ha.5867 m² 1Ha.8323 m² 0Ha.6768 m² 2Ha.1112 m² 0Ha.7091 m² 0Ha.6707 m² 1Ha.8217 m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Santa Lucía que a continuación se detallan: Usuario Alonso, Angel Ramiro Alvarez Urbano Joaquín Arias, Gregorio de Jesús Arias, Gumercinda Antonia Estado Nacional Argentino Bertazzo de Demichelis L. Boyado, Leopoldo Brizuela, Emilio Castro, Gabriel Castro, Pablo Segundo Cortez de Rodriguez, D Del Castillo, Juan Díaz de Videla Paz de J. Díaz, Manuel Estado Nacional Argentino D.N.V. Estado Nacional Argentino D.N.V. Estado Nacional Argentino D.N.V. Fernandez de Fernandez D. Usuario Fernandez de Ininguez, Ana Fernandez de Ininguez, Ana Ene, Guillermo José y Otras Cuenta 1217 4025 4022 3983 338 4016 1224 3986 4062 352 360 327 453 3131 347 343 4020 4018 Cuenta 4192 389 1207 Dotación 0Ha.0607 m² 0Ha.1338 m² 0Ha.0869 m² 0Ha.0543 m² 0Ha.0808 m² 0Ha.0791 m² 0Ha.0550 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.1131 m² 0Ha.0586 m² 0Ha.1089m² 0Ha.0550 m² 0Ha.0547 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0590 m² 0Ha.0537 m² 0Ha.0747 m² 0Ha.0640 m² Dotación 0Ha.4186 m² 0Ha.4123 m² 0Ha.0604 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 355 - SAN JUAN – Guevara, Margarita del Rosario Herrera de Gonzalez, Elisa Llovera, Antonio Alejandro López Victoria, José Maratta, Cayetano y Otra Masquijo Andino, Octavio Mengual Mestre, Juan B. y O. Mercado, Pedro Modesto Morales, Edmundo Moreno Perez, Rosa Dir. Nac. de Vialidad Galdame M. de Cortez Bruna Gomez, Orlando Oscar Guerrero, María Argentina Lozano, Mariano Pacheco, Eduardo Rómulo Torés, Manuel y Otra López Noguera, Rogelio Manrique, Ilda Dora Moreno, María Adela Navarrete, Domingo Nieva, Rolando Ramón Ortiz, Efrain Luciano Riveros, Domingo Segundo Ruiz de Diaz, Rebeca y O. Salas, Ramón Sotero Salinas de Chavez, Blanca D. Sillero de Muñoz Ana, Sarmiento, Haidee y Ots. Verderrama, Matías Antonio Quiroga, Marcos Cleto Arce de Tejada, Adelfa Aubone, Gonzalo y Otro Garces Noguera, José Bastida, Benito Sanchez R. de Archilla F. Estado Nac. Argentino Estado Nac. Argentino Figueroa O. de Cortez, R. Rosa Martín de Mafezzini, María Olivera, Santiago Segundo Ortega Calvo, Francisco Plana Riera, Vicente Eugenio Nacaratto, Francisco Nacaratto, Francisco Navas Sanchez, Antonio Porres, Marcelo Baltazar Pulido, Francisco Solano Robles de Perez, Mercedes Usuario Oliver Oliver, Juan Bautista Romera, Antonio Martos, Julia Rodriguez de Salinas, Antonio Nicolás Sanchez, Manuel Rufino 461 4175 447 424 342 439 1222 4017 375 362 346 4198 4196 4135 4245 3899 476 492 4201 4247 4257 4254 617 4058 4194 4227 4246 4262 3509 4219 4231 4258 4840 4839 4369 4854 1117 4371 1090 4372 1112 1054 4370 435 458 337 349 3859 1166 Cuenta 348 456 344 400 350 0Ha.0956 m² 0Ha.1923 m² 0Ha.0810 m² 0Ha.3064 m² 0Ha.0533 m² 0Ha.1797 m² 0Ha.0610 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0550 m² 0Ha.0526 m² 0Ha.1075 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0517 m² 0Ha.0539 m² 0Ha.0549 m² 0Ha.0502 m² 0Ha.0886 m² 0Ha.0545 m² 0Ha.0663 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0639 m² 0Ha.0647 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.0623 m² 0Ha.0500 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0616 m² 0Ha.0713 m² 0Ha.0599 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0635 m² 0Ha.4038 m² 0Ha.1886 m² 0Ha.0870 m² 0Ha.1410 m² 0Ha.0889 m² 0Ha.0900 m² 0Ha.0547 m² 0Ha.2528 m² 0Ha.0512 m² 0Ha.0609 m² 0Ha.0831 m² 0Ha.5000 m² 0Ha.3585 m² 0Ha.1029 m² 0Ha.0590 m² 0Ha.1250 m² 0Ha.0556 m² Dotación 0Ha.1200 m² 0Ha.1997 m² 0Ha.0730 m² 0Ha.2600 m² 0Ha.0536 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 356 - SAN JUAN – Sanchez, V. de Quiroga, A. Schnitzler, Eugenio Gerardo Bonansea, Alfredo José y O. Soria, José Gregorio Sosa de Romero Paz, María Sosa, Mateo Antonio Tejada, José Romidio Torés, José Troncoso, Luis Rufino Uliarte de Ferreyra, Josefa Estado Nac. Argentino Varela de Flores, Yolanda Videla, Mario Josue Vila, Clemente Luciano Yornet Cevallos, Jorge y Blas Aciar de Torres, Yolanda R. Crespo, Joaquín Alvarez, José Cornejo, Oscar Luciano Beatrice, Norma Josefina y Otros Beatrice, Norma Josefina y Otros Neman, Héctor Bautista y Otros Neman, Héctor Bautista y Otros Fernandez, Sonia Gladys y Otros La Agraria S.A. Quiroga, Antonio M. Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Furio, Rosa Rios, Liborio Apolinar Aguirre Correa, César Dir. Nac. de Vialidad Dir. Nac. de Vialidad Dir. Nac. de Vialidad Mera, Aurora Victoria de Mera, Aurora Victoria de Mera, Aurora Victoria de Usuario Mera, Aurora Victoria de 4019 3994 4077 418 3988 4010 1200 4006 4007 351 366 442 440 330 387 4226 4228 469 522 6323 6324 6325 6326 6331 6387 6413 6437 6440 6441 6442 6443 6444 6445 6446 6447 6448 6449 6450 6452 987 1353 6213 6214 6217 1031 1026 1023 Cuenta 1025 0Ha.0537 m² 0Ha.0627 m² 0Ha.4060 m² 0Ha.1839 m² 0Ha.0542 m² 0Ha.0550 m² 0Ha.0576 m² 0Ha.1234 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0586 m² 0Ha.0930 m² 0Ha.2487 m² 0Ha.1400 m² 0Ha.0528 m² 0Ha.0754 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0758 m² 0Ha.0700 m² 0Ha.0817 m² 0Ha.0715 m² 0Ha.0721 m² 0Ha.0800 m² 0Ha.0549 m² 0Ha.0855 m² 0Ha.0659 m² 0Ha.1461 m² 0Ha.0735 m² 0Ha.0854 m² 0Ha.0880 m² 0Ha.0925 m² 0Ha.0906 m² 0Ha.0902 m² 0Ha.0746 m² 0Ha.0726 m² 0Ha.0604 m² 0Ha.0548 m² 0Ha.0636 m² 0Ha.1096 m² 0Ha.2600 m² 0Ha.2280 m² 0Ha.0988 m² 0Ha.0909 m² 0Ha.2186 m² 0Ha.2537 m² 0Ha.2500 m² 0Ha.2300 m² Dotación 0Ha.1802 m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 357 - SAN JUAN – 7º) Expediente N° 519 1218-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, e/nómina de usuarios comprendidos en los alcances de los artículos 286º y 137º departamento Capital. VISTO: Que mediante estas actuaciones Dirección Administrativa eleva nómina de usuarios inscriptos en el Padrón de Riego del departamento Capital que se encuentran ubicados dentro de la Avenida de Circunvalación, poseen los servicios de agua potable y no han recibido agua de regadío durante los últimos quince años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 359-DH-97 manifiesta que dado el tiempo transcurrido, en razón de no encontrarse en uso, por corresponder a parcelas ubicadas en zonas urbanizadas y en virtud de lo preceptuado en la Ley 5263, correspondería declarar la cesación de todos los derechos de agua de riego del departamento Capital cuyo listado corre agregado de fojas 3 a 7 de estos obrados. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Capital que a continuación se detallan: Usuario Lanteri C., Enrique Del Bono, Bartolomé Del Bono, Bartolomé Lanteri, Santiago Varas, Manuel D. Castro, Segundo P. Daneri, Miguel P. Cardozo, María P. Zunino, Angelina y Hons. Zunino, Modesta A. de Luna, Eleuterio Moya, Anacleto Borini, Teresa de Alfani, Miguel Ferrer, Vicenta R. de Testi, Remigio Rodriguez, Rosario L. de Usuario Furlano, Natalio Silva, Eusebia S. de Bustos, Rita B. de Sanchez, Pedro Juarez, José Echeverria, Andrés S. Gnecco, Agustín V. Furlano, Natalio Dotación 0Ha.2354 m² 0Ha.3708 m² 0Ha.3285 m² 0Ha.3581 m² 0Ha.4483 m² 0Ha.1249 m² 0Ha.4502 m² 0Ha.3599 m² 0Ha.2323 m² 0Ha.1127 m² 0Ha.1701 m² 0Ha.2250 m² 0Ha.0652 m² 0Ha.3780 m² 0Ha.2100 m² 0Ha.0776 m² 0Ha.1545 m² Dotación 0Ha.2223 m² 0Ha.0800 m² 0Ha.3059 m² 0Ha.3600 m² 0Ha.4510 m² 0Ha.0574 m² 0Ha.2820 m² 0Ha.1377 m² Cuenta 6 7 11 13 18 19 20 21 22 23 24 26 27 28 29 30 31 Cuenta 32 33 34 36 37 38 42 43 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 358 - SAN JUAN – Reyna, Dolores S. de Narvaez, Segundino Rodriguez, Manuel L. Quiroz, Patrocinia R. de Bustos, Primitivo Quiroz, Antonio Zalazar, Higinio Sasso, Florinda R. y C. Gomez, Santiago Furque, Rosa B. de Sosa, Cirilo Saul Moyano, Juan B. Arnaez, José Moyano, Pedro y Pablo Moyano. Zoe P. Andrada, Nicolasa Arevalo, Isaac Canizaris, Cira C. de Furlani, Pedro R. Seba, Enrique Ramón Aguilar, María Atencia de De La Torre Rodriguez, Rosario De La Torre Rodriguez, Ramón De La Torre R., Pedro Santa Lucia, Alberto Sanchez, Francisco Gabriel De La Torre, Teresa Lahoz, Bernardina Garcia de Gutierrez, Emilio De La Torre R., Josefa De La Torre R., María del C. De La Torre R., María del C. Aguiar, Segundo C. Ruiz, Jacinto Quiroga de Sanchez, Dora E. Pena, Miguel 0Ha.0970 m² 0Ha.1360 m² 0Ha.3350 m² 0Ha.2775 m² 0Ha.0650 m² 0Ha.1017 m² 0Ha.4282 m² 0Ha.2480 m² 0Ha.0919 m² 0Ha.1722 m² 0Ha.2679 m² 0Ha.0890 m² 0Ha.1360 m² 0Ha.0900 m² 0Ha.0900 m² 0Ha.2478 m² 0Ha.3700 m² 0Ha.1986 m² 0Ha.0562 m² 0Ha.0720 m² 0Ha.0621 m² 0Ha.1230 m² 0Ha.0540 m² 0Ha.0671 m² 0Ha.0564 m² 0Ha.1310 m² 0Ha.0638 m² 0Ha.0900 m² 0Ha.1168 m² 0Ha.0666 m² 0Ha.0520 m² 0Ha.0705 m² 0Ha.4000 m² 0Ha.1705 m² 0Ha.2595 m² 0Ha.1281 m² 45 46 47 50 51 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 65 66 67 68 70 73 74 75 76 77 78 79 80 82 83 87 88 96 97 98 99 ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante más de quince años de las concesiones de agua de riego del departamento Capital que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Raffo, María Lanteri de Del Bono, Bartolomé Usuario Lanteri C., Romeo Langlois, Emilio Autar, Luis Gambetta, Demetrio Lanteri C., Teresa Lanteri C., Antonio Sanchez, Arnobio Rodriguez, Vicente De La Torre, Pedro Pensado, Ana F. de Dotación 0Ha.5478 m² 0 Ha.6319 m² Dotación 0 Ha.6734 m² 0 Ha.5833 m² 0 Ha.6350 m² 0 Ha.6519 m² 0 Ha.6086 m² 0 Ha.6552 m² 1 Ha.5729 m² 0 Ha.6864 m² 1 Ha.1651 m² 2 Ha.9598 m² Cuenta 4 5 Cuenta 8 9 10 12 14 15 16 17 35 40 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 359 - SAN JUAN – Gobierno de la Provincia Forlano, Natalio Sastre, Andrés Mercado, José Abdon Zaballa, Pedro L. Contreras, Luiss Gil de Lopez Masilla, Ricardo 2 Ha.5609 m² 0 Ha.5517 m² 0 Ha.5232 m² 1 Ha.3283 m² 0 Ha.7864 m² 2 Ha.0000 m² 1 Ha.6278 m² 41 44 48 49 53 64 71 ARTICULO 3°. Tomen nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 8º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 501, 502, 503, 504, 505, 506, 507, 508, 509, 510, 511, 512, 513, 514, 515, 516, 517, 518 y 526-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: N°501-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fernando Díaz Cano por la suma total en Bonos Crefi Provinciales de 38.600,00 para la ejecución de trabajos de limpieza del Dren, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte de producto de monda, Dren de Calle 21, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°502-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero por la suma total de $ 2.550,00 por la adquisición de repuestos con destino a la puesta en servicio de máquinas viales y camión Fíat 619-N1 modelo 79 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°503-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Paz García S.R.L. por la suma total de $ 53.728,00 para la ejecución de trabajos de limpieza del Dren, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte de producto de monda, Dren Tercero, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°504-DH-97: por la que se autoriza la Contratación Directa a favor de la firma OCA por la suma total de $7.500,00 para la distribución de correspondencia oficial a usuarios regantes que se encuentran en mora con la Repartición y para la entrega de boletas de cuotas de Canon de Riego, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°505-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fernando Díaz Cano por la suma total en Bonos Crefi Provinciales de 42.350,00 para la ejecución de trabajos de limpieza del Dren, limpieza de obras de arte, levantamiento y transporte de producto de monda, Dren de Calle la Plata, departamento 25 de Mayo, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°506-DH-97: por la que se autoriza la contratación directa y se aprueba la adjudicación a favor de la firma M.A. y V.E. SH por la suma total de $5.700,00 para la reparación general incluido mano de obra especializada y repuestos necesarios del motor hidráulico rotativo de la retroexcavadora Fíat Allis S-11 Interno 39-02 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 507-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº85 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Desagüe Cochagual, departamento Sarmiento en una longitud aproximada de 8.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 360 - SAN JUAN – Nº 508-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº86 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Dren Colector Sarmiento, departamento Sarmiento en una longitud aproximada de 9.000 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 509-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº87 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Dren Colector Arroyo, departamento Sarmiento en una longitud aproximada de 12.500 metros, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 510-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº92 para la fabricación de un radiador con destino a la cargadora Frontal Fiat-Allis 545-B interno 14-04 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 511-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº89 para el reacondicionamiento de hojas de la máquina Topadora Fiat-Allis 16-B de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 512-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº90 para la construcción de bujes externos y pernos para los mismos de los brazos de penetración de las retroexcavadoras Fiat-Allis S-11 y SR9 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 513-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº88 para la adquisición de 2.000 bolsas de cemento portland en envase de papel, normal, de 50 Kg. c/u. puesta en Depósito Central de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°514-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Luis B. Astudillo por la suma total de $ 260,00 por 26 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza, desembanque y desmonte en el Ramo Nº 5 Sur, derivado del Canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°515-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel Villanueva Duran por la suma total de $ 260,00 por 26 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en el Ramo Nº10 Sur, derivado del Canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°516-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Zorrilla Hugo Alberto y Otros por la suma total de $ 132,00 por 12 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en el Ramo San Isidro, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°517-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cepas de Oro S.R.L. por la suma total de $ 6.013,00 por 110 horas máquina retroexcavadora; 27 jornales de camión y 34 jornales de personal obrero para la ejecución de monda, desmonte y limpieza del Desagüe Cochagual, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°518-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alfonso San Nicolás, por la suma total de $ 1.128,00 por 94 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en el Ramo Ramirez, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°526-DH-97: por la que se autoriza a los Presidentes de Juntas, Inspectores Técnicos y Delegados Habilitados de los departamentos Pocito, Chimbas, 25 de Mayo, Albardón, Caucete, 9 de Julio, Santa Lucia y Sarmiento para que en forma conjunta suscriban los repectivos cheques, para el manejo de los recursos provenientes del Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos, autorizados oportunamente por el Consejo. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 361 - SAN JUAN – A C T A N° 2106 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dieciseis días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2105. 2°) Expediente N° 519 2156-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SAN MARTIN, s/hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de San Martín solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Dren Colector San Isidro desde calle Divisoria con el departamento Angaco hasta calle Divisoria con el departamento Caucete, Dren Colector Belgrano desde calle Divisoria con el departamento Angaco hasta calle Divisoria con el departamento Caucete que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento San Martín y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento San Martín para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 1672-J-97, JUNTA DE RIEGO DE JACHAL, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 362 - SAN JUAN – VISTO: El Acta Nº 2101, punto 4º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 9, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $33.095,60 (pesos treinta y tres mil noventa y cinco con sesenta centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2101, punto 4º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 12 - SUBPARCIAL 06 “TRABAJOS DE CONSERVACION Y OBRAS MENORES-JACHAL” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 4º) Expediente N° 519 1885-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ALBARDON, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2103, punto 2º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 12, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 363 - SAN JUAN – Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $12.785,97 (pesos doce mil setecientos ochenta y cinco con noventa y siete centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2103, punto 2º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 5°) Expediente N° 519 1811-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ANGACO, s/autorización para hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego y Desagües del departamento. VISTO: El Acta Nº 2101, punto 3º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 8, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego y desagües. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $11.668,91 (pesos once mil seiscientos sesenta y ocho con noventa y uno centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2101, punto 3º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 364 - SAN JUAN – CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 6°) Expediente N° 28.865/4-A-96, AYMARE S.A., s/ traslado de dotación. Dpto. San Martín. VISTO: El expediente N° 28.865/4-A-96 por el cual la firma Aymare S.A., solicita el traslado de una dotación de 5Ha.5954m² inscripta bajo cuenta Nº 1579 a otro inmueble, también de su propiedad, identificado con Nom.Cat. 12-28/600550, departamento San Martín y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa, fs. 41, que el predio a privar del derecho, Nom.Cat. 12-28/900590, figura inscripto en el Padrón Oficial de Riego del departamento San Martín a nombre de Aymare Sociedad Anónima, bajo cuenta N° 1579 con dotación de carácter permanente para 5Ha.5954m² y el inmueble a beneficiar con el traslado con superficie según mensura de 60Ha.0757,90m² posee derecho de riego para 54Ha.1873m², cuenta Nº 691, Nom.Cat. 12-28/600550/700600, fracción 1 y 2 del plano de mensura 12498/71. Que las Comisiones de Riego y regantes afectados fueron notificados sin presentar oposición alguna a lo que se agrega opinión favorable de la Junta de Riego e Inspección Técnica y Departamento Irrigación, manifestando que puede accederse a lo solicitado previa presentación y autorización de un proyecto que contemple la modificación de obras afectadas: partidores San Isidro, canal Tercero, Sanchez - Villa y Moreno. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 729-DH-97 manifiesta que de los informes y antecedentes obrantes surge que han quedado acreditados los extremos legales exigidos en el artículo 132 de la Ley 4392/78 para acceder al traslado de los derechos de agua de una propiedad a otra por lo que correspondería otorgar el traslado solicitado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar a la firma Aymare Sociedad Anónima a trasladar la dotación de agua de carácter permanente para 5Ha.5954m² que le corresponde al inmueble Nom.Cat. Nº 1228/900590, lote 1 del plano de mensura Nº12-1268/95, que recibe actualmente por toma Nº 22, ramo San Isidro, subramo Moreno del canal Tercero, cuenta N° 1579, a otro inmueble de su propiedad con superficie según mensura de 60Ha.0757,90m² y derecho de agua de carácter permanente para 54Ha.1873m², cuenta Nº 1569, R.T. Nº351(C)4562, que recibe la dotación por el canal Tercero, compuerta N°19, ramo Graffigna, departamento San Martín, Nom. Cat. 1228/600550/700600. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 365 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Lo autorizado en el artículo precedente está sujeto a la aprobación del estudio técnico que deberá presentar la peticionante y a la ejecución de las obras, lo que será por su cargo y cuenta. ARTICULO 3°. El usuario peticionante será responsable de los daños y perjuicios que se puedan ocasionar a terceros por efecto de lo autorizado. ARTICULO 4°. Secretaría Técnica y Departamento Irrigación verificarán el cumplimiento de lo indicado en los artículos anteriores. ARTICULO 5°. Notifíquese y tomen debida nota Secretaría Técnica, Departamento Irrigación y la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. 7º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 521, 522, 523, 527, 528 y 530-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 521-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº94 para la contratación de una máquina topadora de 200 HP como mínimo 500 horas, con destino a la ejecución de los trabajos de defensas y mantenimiento de ríos, bajadas aluvionales y protección de la red de riego y drenaje en todo el ámbito de la provincia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 522-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº91 para la adquisición de elementos de herrería con destino al taller de la Delegación Jachal, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 523-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº95 para la contratación de una máquina topadora de 200 HP como mínimo 500 horas, con destino a la ejecución de los trabajos de defensas y mantenimiento de ríos, bajadas aluvionales y protección de la red de riego y drenaje en todo el ámbito de la provincia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°527-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma I.N.T.A. por la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda en canal Sarmiento, departamento San Martín en una longitud total de 1500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°528-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alfonso San Nicolás por la suma total de $924,00 por 77 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno del ramo Las Bóvedas, departamento Caucete, en una longitud total de 3280 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°530-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario Batías por la suma total de $47.000,00 para el desarme, reparación, provisión de repuestos legítimos Fíat Allis, de la cajas de velocidades de las retroexcavadoras Fíat Allis SR9 internos Nº 38-02 y Nº 38-03 de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 366 - SAN JUAN – A C T A N° 2107 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintitres días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2106. 2°) Expediente N°562.046-I-94, IRRIGACION, inf. cambio de movilidades en el Decreto 577/94. VISTO: El Decreto Nº 1016-MPI y MA por el cual se reconoce un gasto a favor de los agentes Ricardo Enrique Silva y Edgardo Raul Espín que prestaron servicios con sus movilidades particulares durante los meses de setiembre a diciembre de 1994, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable eleva a fs. 64 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos un mil cuatrocientos treinta y uno con veintiun centavos ($1.431,21) a favor de los agentes Ricardo Enrique Silva y Edgardo Raul Espín, en concepto de compensación por uso de movilidad e intereses conforme liquidación obrante a fs. 64, el cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 40 - “OTROS SERVICIOS NO PERSONALES” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 2209-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del departamento Angaco. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 367 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación eleva listado de propiedades del departamento Angaco que no hacen uso de la dotación empadronada, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Angaco. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Angaco que a continuación se detallan: Usuario Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Cuenta 1119 1120 1121 1122 1123 1124 1125 1172 1171 1170 1174 1173 1163 1164 1165 Dotación 0Ha.0944 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0967 m² 0Ha.1045 m² 0Ha.1045 m² 0Ha.1424 m² 0Ha.1353 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 4º) Expediente N° 519 2160-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado, departamento Pocito. VISTO: Las presentes actuaciones por las que Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Pocito, en un periodo superior a los cinco (5) años, y; GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 368 - SAN JUAN – CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Pocito. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento Pocito, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Coria Jofré, Juana Hermosilla Hernandez, C. y Otro Hermosilla Hernandez, C. y Otro Fernandez, Gaspar Suc. Busto, Justo Rojas, Cirilo Suc. Atencio, Bautista Ferla, Dante Gobli, Antonia de Maturano, Salvador Soc. Ortiz. Hnos. Ortiz Ruiz, Angela Pastor, Bartolomé Pont. Antonio Tello Lorenzo, José Hernandez, Catalina A. de Soc. San Vicente Banco de San Juan Cuenta 33 2643 2644 2707 2627 2515 2435 2454 2459 2483 2487 2488 2491 2511 2512 2468 2637 2238 1720 Dotación 11Ha.7600 m² 59Ha.0000 m² 78Ha.6400 m² 243Ha.3066 m² 12Ha.0000 m² 40Ha.0000 m² 78Ha.7419 m² 14Ha.0000 m² 10Ha.0000 m² 14Ha.0000 m² 37Ha.0000 m² 18Ha.0000 m² 14Ha.0000 m² 12Ha.0000 m² 14Ha.0000 m² 9Ha.6000 m² 19Ha.8381 m² 13Ha.3100 m² 100Ha. 0000 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 2201-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del departamento Albardón. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 369 - SAN JUAN – Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Albardón en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Albardón. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en interesados del departamento Albardón, que presentaciones por escrito ante el Departamento derechos, conforme lo establece el artículo 137º resolver la caducidad de la concesión: Usuario Lahoz, Carmen C. de Yakin, Santiago Arancibia, Humberto Gomez, Juana M. de el término de diez (10) días, los usuarios a continuación se detallan, hagan sus de Hidráulica a efectos de hacer valer sus de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de Cuenta 168 294 302 308 Dotación 1Ha.5662m² 2Ha.9121m² 1Ha.3377m² 0Ha.7203m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Albardón que a continuación se detallan: Usuario Mercado, Desiderio Rubiño P. Antonio, Chirino, Telesfora L. de Alaniz, Juan Pavón Galdeano, Salvador Riveros, Silvestre Cuenta 175 223 299 301 306 313 Dotación 0Ha.4595m² 0Ha.0821m² 0Ha.4447m² 0Ha.4973m² 0Ha.0902m² 0Ha.1737m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 370 - SAN JUAN – 6°) Expediente N° 519 2161-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Sarmiento. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Sarmiento en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Sarmiento. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, el usuario Juan de la C. Nuñez haga su presentación por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión para 0Ha.9800 m² inscripta bajo cuenta Nº 1501, departamento Sarmiento. ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Sarmiento que a continuación se detallan: Usuario Sarmiento, Luis Sarmiento, Juan Luis Santana, José Diaz, Ramón Eusebio Maturano, Mercedes Narvaez, Victor Vicente Guerra, Justino De La Vega de Mercado Violeta Garbellotti, Francisco Cuenta 812 1129 1434 1435 1202 1276 0795 1025 825 Dotación 0Ha.3800m² 0Ha.2500m² 0Ha.2000m² 0Ha.2000m² 0Ha.0639m² 0Ha.0600m² 0Ha.2000m² 0Ha.2132m² 0Ha.0537m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 371 - SAN JUAN – ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 7°) Expediente N° F12 2681-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO y CONSIDERANDO: Que a fs.94/95 de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78, resueltos mediante Actas Nº 2082 y Nº 2087, puntos 8º) y 6º), ratificado mediante Acta Nº 2095, punto 10º, haciendo algunas observaciones referentes a las cuentas Nº 2879 y Nº 87 del departamento Chimbas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de las correcciones efectuadas respecto de las cuentas Nº 2879 y Nº 87 del departamento Chimbas, avalando lo actuado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 94/95 de las presentes actuaciones. ARTICULO 2°. Tómese debida nota. 8º) Expediente N° 519 1673-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, e/nómina de usuarios comprendidos en los alcances de los artículos 286º y 137º departamento Capital. VISTO: Que mediante estas actuaciones Dirección Administrativa eleva nómina de usuarios inscriptos en el Padrón de Riego del departamento Capital que se encuentran ubicados dentro de la Avenida de Circunvalación, poseen los servicios de agua potable y no han recibido agua de regadío durante los últimos quince años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante más de quince años de las concesiones de agua de riego del departamento Capital que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Robledal, Vicente Cazzati, Abundio Sin, Pedro Caballero, Belmero Loiacomo, José Robledo, Regalada Almada, Ines M. de Graffigna D., Emilio Dotación 1 Ha.2945 m² 0 Ha.5049 m² 0 Ha.9035 m² 0 Ha.8979 m² 0 Ha.5287 m² 0 Ha.6684 m² 0 Ha.5500 m² 3 Ha.5000 m² Cuenta 101 102 119 120 133 181 185 280 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 372 - SAN JUAN – Delgado, Zulema D. de Navarro, Pascual Pringles, Oscar I. Videla Yanckson, Isabel López P., Salvador Blanco, Manuel Videla, Juan H. Elizondo, Adelaida R. de Quiroga, Tomasa G. de F.A. Segovia, José Carrizo, Argentina Videla D. Carrizo, Argentina Videla D. Crecentino, Emilio Del Corro, Juana Alvarez, Isidoro Drelier, María E. Armendariz, Andres Villena, Miguel Smery, Ceferina L. de Marco, Clodomira Bianconi, Venecio Guardia, Clemente Guardia, Maria R.de Guardia, Clemente 0 Ha.8691 m² 1 Ha.0000 m² 1 Ha.8122 m² 4 Ha.0000 m² 1 Ha.5000 m² 1 Ha.2683 m² 0 Ha.9738 m² 1 Ha.5000 m² 1 Ha.0000 m² 1 Ha.9086 m² 2 Ha.0000 m² 2 Ha.0000 m² 1 Ha.0000 m² 1 Ha.0000 m² 1 Ha.0000 m² 0 Ha.7970 m² 1 Ha.0000 m² 1 Ha.0000 m² 0 Ha.9593 m² 5 Ha.9214 m² 1 Ha.1917 m² 1 Ha.0000 m² 0 Ha.9470 m² 1 Ha.0000 m² 281 286 287 288 307 310 323 340 417 422 442 444 449 450 451 452 453 454 455 456 457 463 464 465 ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Capital que a continuación se detallan: Usuario Isca Yacú Basquebol Club Bates, Martina C, de Rodriguez, Segundo Felipone, Pedro Aguilera, Matilde C.de Muñoz D., Florencia Moyano, Eduardo Guerra, Bernardo Valverde, Dominga R. de Fonseca, Balbina T. de Navarro, Norberto G. Garcia, Juan Albagli, Victor Bonomo, Antonia Guardia de Usuario Camacho, Sebastian Rojas, Calixto Genaro Sin Tarza, Francisco Sin, Matilde Cecilia Diblasi, Sebastian Salva, Juan Carbajal, Gonzalo Garcia, Antonio y Otro Garrone, Alberto G. Mariel, Manuel Dotación 0 Ha.1800 m² 0 Ha.2190 m² 0 Ha.0579 m² 0 Ha.0832 m² 0 Ha.0735 m² 0 Ha.0832 m² 0 Ha.0832 m² 0 Ha.1745 m² 0 Ha.1800 m² 0 Ha.0872 m² 0 Ha.2459 m² 0 Ha.0825 m² 0 Ha.0750 m² 0 Ha.0765 m² Dotación 0 Ha.0800 m² 0 Ha.0600 m² 0 Ha.3695 m² 0 Ha.0931 m² 0 Ha.0971 m² 0 Ha.0872 m² 0 Ha.0907 m² 0 Ha.0901 m² 0 Ha.1361 m² 0 Ha.0637 m² Cuenta 103 104 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 Cuenta 121 122 124 125 126 127 128 130 132 134 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 373 - SAN JUAN – Pugliese, Francisco Loiacomo, Francisco Spinelli, Carmen Maciadri D. Milani, Juan Gil, Trinidad Natali C. de Castro, Agustín Segundo Desimone, Francisco Echegaray, Arturo Garrone, Alberto G. Chescotta, Geronimo Amado, Francisco Segura, Dolores P. de Samaja, Miguel y José Palcerini, Antonio Lima, Ursula B. de Spelosi, José Funes, Lino Marrelli Paz V. de Guajardo, Camilo Gil, José Benegas, Generosa del C. Marcuzzi, Felipa Z. de Guerrero, Romelia Eufemia Correa, Máximo J. Montouri, Aquiles Aracena, Melchor Flores, Gabriela A. de Flores, Catalina Naveda, Antonio Oro, Rita Oro, Manuel Ferreyra, Amalia V. de Mallea, Juan Oro, María J. Botta, Diego Gutierrez, Juan D. Pages, Jorge Spelosi, José Castro, Ardona M. de Gomez, Francisco Spelosi, José Localonga, Walterina Usuario Ortega, Manuel Rani, Fernando Herrero, Tomasa de Ramirez, Dolores L. de Localonga, Alajandro Nogues, Vicente Pascuali, Juan Conti, Romulo Saboy, Silvano Díaz, María O, de Robledo, Sara Chirino M., Rita 0 Ha.3052 m² 0 Ha.1752 m² 0 Ha.0898 m² 0 Ha.0671 m² 0 Ha.0617 m² 0 Ha.0617 m² 0 Ha.2000 m² 0 Ha.1827 m² 0 Ha.0832 m² 0 Ha.1109 m² 0 Ha.0890 m² 0 Ha.0834 m² 0 Ha.0865 m² 0 Ha.0877 m² 0 Ha.0825 m² 0 Ha.1092 m² 0 Ha.0920 m² 0 Ha.0600 m² 0 Ha.0900 m² 0 Ha.0523 m² 0 Ha.0872 m² 0 Ha.0832 m² 0 Ha.0892 m² 0 Ha.0892 m² 0 Ha.1500 m² 0 Ha.0641 m² 0 Ha.3303 m² 0 Ha.3932 m² 0 Ha.0591 m² 0 Ha.0591 m² 0 Ha.0591 m² 0 Ha.1741 m² 0 Ha.3829 m² 0 Ha.0982 m² 0 Ha.0600 m² 0 Ha.0810 m² 0 Ha.1795 m² 0 Ha.0900 m² 0 Ha.1800 m² 0 Ha.1725 m² 0 Ha.0788 m² 0 Ha.0600 m² Dotación 0 Ha.0830 m² 0 Ha.0867 m² 0 Ha.0585 m² 0 Ha.1250 m² 0 Ha.0904 m² 0 Ha.1000 m² 0 Ha.0832 m² 0 Ha.0639 m² 0 Ha.1822 m² 0 Ha.1740 m² 0 Ha.1180 m² 0 Ha.0885 m² 135 136 138 139 142 143 146 151 152 153 155 156 157 159 160 161 162 163 164 165 168 169 170 172 174 175 176 177 178 179 180 182 183 186 187 189 190 191 192 195 196 198 Cuenta 202 203 205 206 207 208 210 213 214 215 216 217 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 374 - SAN JUAN – Vargas, Angela V. de Figueroa, Juan Porter, Jorge Castro, Marcial Santori, Domingo Rojas, Pedro Segundo Farri, Josefina Varas Sitjar, Alberto Molina, Otilia E de Recupero, Leonardo Blanco, Julia y Angela Blanco, Manuel y Candido Blanco, Manuel Rojas, Pedro Rojas, Cirilo Rodriguez, Domingo Constantini, Luis e Hijos Recabarren, Manuel, y Otra Caputo H. de Barud, Ramón Armendari, Andres Fernandez, Agueda de Galli, Clara S. de De Los Rios, Bernardo Recabarren, Manuel y M. Suarez, José Davila, Lucas Salinas, Lorenza Nespolo, Santiago Aseglio, Juan S de Mira, José S. Enrico y Capato Martinez, Pedro Lucero, Luisa de Masud, Elias Aguiar, Nazario y Otro Bahamonde Spada, Rosa de Basso, Oscar Spada, Nicolaza Liz G., de Flores de Usuario Bahamonde, Rosa S. de Morales, Rosario Rodriguez, Miguel A. Suc. Grossi, Dante y Oreste Alvarez, José Furque, Benigno y Otros Varas, Rosario S. de Sarich, Juan Calco, Idelfonso Aubone Oreste Tello, José Lino Barrera, Felipe Santiago Esquivel, Adela de Herrera, Pedro I. 0 Ha.0885 m² 0 Ha.1332 m² 0 Ha.0900 m² 0 Ha.1903 m² 0 Ha.1833 m² 0 Ha.0870 m² 0 Ha.1420 m² 0 Ha.1600 m² 0 Ha.0575 m² 0 Ha.0780 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.3079 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha. 5000 m² 0 Ha. 5000 m² 0 Ha.4583 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.3019 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² Dotación 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4393 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 219 222 223 225 227 228 231 232 234 236 238 240 241 242 243 244 245 246 247 248 249 250 252 253 254 255 256 257 258 259 260 261 262 263 264 265 266 267 268 269 Cuenta 270 271 272 273 274 275 276 277 278 279 282 283 284 285 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 375 - SAN JUAN – Pringles, Rosario Vega, Juan Guillermo Pala, Juan Lazzo, Tomás Chirino, Dolores A. de Chirino, Dolores A. Becerra, Maria del C. M. de y Otr. De Lara, Jaime Pages, Mariano Fernandez, Isidoro Vera, Jacinto Olivera, Manuel Riveros, Ramón P. Gonzalez, Andres G. Villavicencio, Ramón Suc. Cuello, Esperanza G. de Vaca, Pedro Arancibia, Filomena J. de Garramuño, Rosa de Garcia, Cerafina Quiroga, Ramón Perez, Camilo F. Landa, Gustavo Videla, Juan H. Zavala, Julia M. y Videla Laciar, Agustina A. de Saint Avit, Celia de Lopez, Juan Luis Suarez, José Rosas, Guillermo Jofre, Serapio R. Deligo, José Varela, Maria Isabel Saenz Calera, Benito Guillen, Nicolás Jaime, Francisco Aravena, Maria Sotomayor, Paulino Usuario Arrego, Maria J. Balmaceda, Francisca M. de Zapata, Virgina M.de Naranjo, Afigenia y Lucila Siri, Juan Zalazar, Carmen de Navarro, Ramón Flores, Segundo I. Aravel, Benigna Muñoz, Celestino Diaz, Julio Perona, Celestino Alvarez, Salvador Aguiar, Palmira V.de Saint Avit, Celia L. Romero, Adan 0 Ha.5000 m² 0 Ha.0607 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.3880 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4423 m² 0 Ha.4255 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² Dotación 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4600 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 289 290 299 300 301 302 303 304 305 306 308 309 311 312 314 315 316 317 318 319 320 321 322 324 325 326 327 328 329 330 331 332 333 334 335 336 337 338 Cuenta 339 341 342 343 344 345 346 347 348 349 350 352 354 355 356 357 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 376 - SAN JUAN – Rodriguez, Cecilio Recabarren, Miguel S. Quiroga, Pedro Flores, Carlos Suc. Martinez, Regino Saenz Calera, Rosa Cibeira, Eva Maria Y. de Balmaceda, Juan Pardo, Rosa P. de Macro, Francisco Samaja, Domingo Fernandez, Benigna F. de Alvarez, Margarita C. de Romero, Gregoria Saviatone, Laura Santori de Marin Ibañez, Enrique Paez, Domingo Elizondo, Adelaida R. de Antes, Fanny y Noe Fussa, Juan Figueroa, Feliza S. de Poblete, Francisco B. Vargas, Espernza y Delicia Poblete, Francisco B. Lopez de Venega, Dolores Y. Pizarro, Florencio De Los Rios, Benita Aguero, Ernesto Domingo Garramuño, Amalia E. de Cardenas, Feliza B. de Rivera Galdeano Manuel Hidalgo, Camilo Diaz, Manuel A. Garramuño, Isabel Recabarren, Agustín Muñoz, Eloisa H. de Usuario Espinosa, Pascual Beron, Delfina Gutierrez, Jova Quiroga, Lisandro Suc. Sero Esquivel, Luciano R. Figueroa, Isaias Aubone, Ciro Emilio R. Martinez, Pedro Videla, Jesus M. Suc. Tello, Rosa Quiroga de Heredia, Encarnación R. de Maya, Petrona Lucero de Quiroga, Concepción Esquivel, Emilio Coria Celsa C. de Molina, Marcolino Sabastano, Domingo Alcara, Dolores R. de 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4146 m² 0 Ha.3148 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4463 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.1236 m² 0 Ha.3795 m² 0 Ha.0600 m² 0 Ha.0930 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.1168 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² Dotación 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4294 m² 0 Ha.4628 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.2827 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4555 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4628 m² 358 359 360 362 363 364 365 366 367 368 369 370 371 372 374 375 376 377 378 379 381 382 383 384 385 387 388 389 390 391 394 395 396 397 398 399 Cuenta 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 411 412 413 414 415 418 419 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 377 - SAN JUAN – Martín, Alfonso Oro, Ricardo D. Oro, Ricardo D. Quiroga, Maria Elena Zulet, Juan Flores Perramon, José Negri, Eligio Garcia, Maria Z. de Catanzaro, Maria R. de y O. Diaz, Lucila y Pascuala Rodriguez, Arcenia de Young Amalia G.de Cruz Cantero, Antonio Prado, Maria R. de Vera, Manuel J. Rios, Sara L. de Sarmiento, Justo Suc. Crecentino, Emilio Avendano, Alicia V. de Rodriguez G. America Videla de Orellano, Mercedes de y O. Martinez, Benigno Davila, Jovita S. V. de Villanueva Pons, Alfonso Calderon, Julia N. F. y Otros Quiroga, Manuel Quiroga, Rosa M. Elena y O. Vera, Justo A. Banco Italo Argentino Lara, Dolores R. de Ramirez Marambio, Pedro Peña, Filomena B. de 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.4403 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.3866 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.1500 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.2111 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 0 Ha.5000 m² 421 423 424 425 426 427 428 429 430 433 434 435 436 437 438 439 440 441 443 445 446 447 448 458 459 460 461 462 466 467 468 469 ARTICULO 3°. Tomen nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 9º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 536, 538, 539, 540, 541 y 542-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: N°536-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lino E. Luna por la suma total de $ 20.640,00 por la adquisición de 3000 bolsas de cemento portland, normal, de 50 Kg. c/u. puesta en Depósito Central de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°538-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José y Felipe Oliver Moll por la suma total de $351,00 por 13 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en canal 1º de Cochagual, departamento Sarmiento, en una longitud total de 380 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 378 - SAN JUAN – N°539-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Agrícola Tamberías S.A. por la suma total de $4.630,00 por 240 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y desborde en canal La Puntilla, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°540-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones, Polygom S.R.L., Carben, Martín Esteban Tanten y Luis Fernández Tornello y Cia S.A. por la suma total de $ 1.301,04 por la adquisición de correas con destino al mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas Pick Up, camiones y máquinas viales de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°541-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ramón Alberto Escudero por la suma total de $ 408,00 por 34 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno en Ramo Coria, departamento Caucete, en una longitud total de 1100 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°542-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma S.A. Manuel Marquez Romero Ltda. por la suma total de $ 420,00 por 35 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en Ramo Coria, departamento Caucete, en una longitud total de 1200 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 379 - SAN JUAN – A C T A N° 2108 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a treinta días del mes de setiembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras; ausentes con aviso: Francisco Ferrer y Juan Pedrozo, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2107. 2º) Expediente Nº 519 2318-J-97, JUNTAS DE RIEGO DEL VALLE DE TULUM - ULLUM y ZONDA, solicitando al Poder Ejecutivo el manejo total del Dique Quebrada de Ullum. VISTO y CONSIDERANDO: Que las Juntas Departamentales de Riego solicitan al señor Director y por su intermedio al H. Consejo se arbitren las medidas correspondientes para que se gestione ante las autoridades superiores que los movimientos de embalse y desembalse del Dique Quebrada de Ullum sean controlados exclusivamente por el Departamento de Hidráulica. Que la Ley 4392 en su artículo 1º referido al Area de Vigencia indica que el Código de Aguas y las reglamentaciones que en consecuencia se dicten, regirán el sistema de aprovechamiento, conservación y preservación de los recursos hídricos pertenecientes al dominio público. Que el artículo 5º de la misma Ley indica claramente que el Departamento de Hidráulica y sus organismos descentralizados son las autoridades competentes para la aplicación del presente Código. Que la Ley 886 en su artículo 1º establece que el Departamento de Hidráulica es la entidad que tiene a su cargo el gobierno, administración y policía de las aguas en el territorio de la Provincia. Que en el artículo 5º de la Ley 886 se indica que el Gobierno del Departamento de Hidráulica estará a cargo de un Consejo, de una Dirección General y de los organismos descentralizados que se establecen en esta ley (Junta de Riego y Comisiones de Canales). Que en su artículo 8º de la misma Ley 886 se establece que todas las obras de hidráulica, del estado o municipales existentes y que se construyan en el futuro dependerán del Departamento de Hidráulica. Que en los dos últimos años donde el recurso hídrico fue escaso, los movimientos del Dique Quebrada de Ullum fueron coordinados entre el Gobierno Central del Departamento de Hidráulica (Consejo y Dirección General) y los Organismos descentralizados (Juntas de Riego y Comisiones de Canales) de forma tal que se pudo administrar correctamente el recurso hídrico disponible embalsando la mayor cantidad de agua para utilizarse en el periodo agrícola. Que de acuerdo a todo lo indicado anteriormente es procedente manifestar que la obra cabecera de riego, que es el Dique Quebrada de Ullum, esté bajo el dominio total del Departamento de Hidráulica, incluyendo los procesos de embalse y desembalse cuando las necesidades así lo requieran. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 380 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Gestionar ante el Poder Ejecutivo para que se transfiera al Departamento de Hidráulica en forma total el mantenimiento, manejo y control del Dique Quebrada de Ullum, en un todo de acuerdo a lo que establecen las Leyes vigentes. ARTICULO 2º. Elevar las presentes actuaciones con copia del Acta a Secretaría de Obras y Servicios para que se cumplimente lo indicado en artículo 1º. 3°) Expediente N° F33 617-A-95, A.T.E., s/pago de licencia al agente Oscar Onofre Olivera. Agregados expedientes F33 786-A-95, F33 1175-A-95, F7 0051-S-96 y 000760-E-96. VISTO: El expediente N° F33 617-A-95 y agregados, y; CONSIDERANDO: Que el Departamento Contable eleva a fs. 48 la liquidación correspondiente a la consolidación de deuda de acuerdo a las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios, informando que corresponde se dicte resolución autorizando el gasto. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el gasto de pesos veinte con diez centavos ($20,10) a favor del ex agente Oscar Onofre Olivera, M.I. N°6.753.459 en concepto de intereses conforme liquidación obrante a fs. 48, lo cual se halla comprendido en las normas de las Leyes Nº6606, Nº6705 y Decretos Reglamentarios. ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 - CARACTER 1 FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 01 PARTIDA PARCIAL 01 - CLASE 07 - SUBPARCIAL 02 “PERSONAL OBRERO MAESTRANZA Y SERVICIOS” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago por la suma expresada. ARTICULO 4º. Comuníquese y tómese debida nota. 4º) Expediente Nº 519 2421-D-97, DIRECCION ADMINISTRATIVA, s/ la prórroga del beneficio del 5% de descuento por pago de contado. VISTO y CONSIDERANDO: Que es necesario ampliar hasta el 30 de diciembre de 1997 el plazo para pago de contado con una bonificación del 5% de descuento establecido en la reglamentación del artículo 3º de la Ley 6748 con el objeto de incentivar el pago de contado por parte de los contribuyentes que se encuentran atrasados con el pago del canon y tasa por servicios cuyos vencimientos operaron hasta el 31 de julio de 1996 inclusive. POR ELLO, en uso de sus atribuciones, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 381 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ampliar hasta el 30 de diciembre de 1997 la fecha para optar por el descuento del 5% que refiere el artículo 6º de la resolución contenida en el punto 6º) del Acta Nº 2062/96, en virtud del artículo 3º de la Ley 6748. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 0842-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SARMIENTO, e/nota de la firma Quisqueya S.A. sol./ traslado de dotación. VISTO: El escrito Nº 229/97, agregado a estos actuados, por el cual el Dr. Ing. Francisco Garcés, en carácter de Presidente del Directorio de la firma Quisqueya S.A., manifiesta haber dado cumplimiento al requisito establecido en el artículo 3º de la resolución contenida en Acta Nº 2102, y; CONSIDERANDO: Que la Junta de Riego e Inspección Técnica de Sarmiento han efectuado una prueba hidráulica en el sistema de riego que se ve afectado por el traslado solicitado, comprobando que los cauces actuales tienen capacidad para absorber la dotación a trasladar. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Dar por cumplido el requisito establecido en el artículo 3º de la resolución contenida en Acta Nº 2102 punto 8º). ARTICULO 2°. Departamento Irrigación deberá efectivizar el traslado autorizado. Posteriormente deberá tomar nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas. Cumplido archívese. 6°) Expediente N° 519 1865-F-97, FULLANA, PASCUAL, s/beneficio del Art. 286º, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Pascual Fullana solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el articulo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 12.661 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 382 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1840m², registrado bajo cuenta N° 12.661, a nombre de Pascual Fullana, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 7º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 544, 545, 546, 547, 548, 549, 550, 551, 554, 555, 556, 557, 558, 559, 560, 561, 562 y 563-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 544-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Integral Distribuciones por la suma total de $ 12.360.00 para la adquisición de 2.000 bolsas de cemento portland en envase de papel, normal, de 50 Kg. c/u. puesta en Depósito Central de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº 545-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 9.097,36 a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de agosto de 1997. N°546-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carmen de González Fernández por la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en Ramo Nº 2 del Canal J. Moya, departamento Pocito en una longitud total de 900 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°547-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Salvador Gregori Calvo por la suma total de $600,00 por 60 jornales de personal obrero para la ejecución de monda, limpieza y desembanque en Ramo Nº 10, 11, 12, y 13 del Canal C. Fiscal Sarmiento, departamento Pocito en una longitud total de 1000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°548-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vicente Palacio por la suma total de $1.209,00 por 93 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y limpieza en canal de Calle 4, departamento 25 de Mayo en una longitud total de 2500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°549-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo Gerveno por la suma total de $121,00 por 11 jornales de personal obrero para la ejecución de monda, desembanque y desmonte en canal Robledo, departamento Santa Lucia en una longitud total de 450 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 550-DH-97: por la que se deja sin efecto la Resolución Nº 422/97 y proceda el Departamento Contable a desafectar la suma de $2.400,00 imputada a la partida que da cuenta dicha resolución. Nº 551-DH-97: por la que se autoriza a desafectar la suma de $3.384,81 en concepto de saldo no utilizado del monto autorizado por Resolución Nº 040/96. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 383 - SAN JUAN – N°554-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Mario Quiroga por la suma total de $348,00 por 29 jornales de personal obrero para la ejecución de monda de invierno, en Ramo Apeceche Coria, departamento Caucete en una longitud total de 900 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°555-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José I. Furlani por la suma total de $1.105,00 por 17 jornales de camión para el transporte de agua para la obra de impermeabilización del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°556-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Felipe Calleja por la suma total de $715,00 por 11 jornales de camión para el transporte de personal obrero desde la delegación hasta la obra de impermeabilización del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°557-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Alberto Olivera y Otra por la suma total de $3.900,00 por 60 jornales de camión para el transporte de personal obrero desde la delegación a distintos canales y ramos, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 558-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $5.033,20 a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de agosto de 1997 en los departamentos Jáchal, Calingasta e Iglesia. Nº559-DH-97: autorízase la contratación directa para el diseño, armado, diagramación e impresión de 1.000 ejemplares de folletos técnicos informativos con motivo de los actos celebratorios de la XXXVII Semana del Agua, adjudicando a favor de la firma Lucia Beatriz Mas - Editoriales en la suma total de $ 4.840,00. N°560-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Julio Héctor Daroni por la suma total de $325,00 por 5 jornales de camión para el transporte y levantamiento de productos de monda del Canal Playas, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°561-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Mulet por la suma total de $3.120,00 por 48 jornales de camión para el transporte de personal en trabajos de monda en canales del departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°562-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Vicente González por la suma total de $1.625,00 por 25 jornales de camión para el transporte de productos de monda y materiales varios de la Red de Riego, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°563-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ricardo Martínez por la suma total de $3.200,00 para la adquisición de 5000 Kg. de bitumen termoplástico 90-100 Marca Fca. Argentina de Asfaltos, con destino a la ejecución de trabajos en la red de riego de la Provincia, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 384 - SAN JUAN – A C T A N° 2109 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a siete días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2108. 2º) Expediente N° 519 1566-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: El expediente Nº 519 1566-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2098, punto 13º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2098, punto 13º), para los siguientes derechos de riego del departamento Rawson: Usuario Berenguer Ivars, Juan Berenguer Ivars, Juan Tejada de Vargas, P. Aciar de Garcia, María Peña de Peña, Juana Martín, Enrique Jorge, Lucio y O. Aguilera, Sixta Achem, Elías Rollan, Arlinton A. Rocha, Nidia C. Coria Jofré, Sara Coria de Quiroga, J. Figueroa, Dardo Enevaro Tejada de Ramos, Guillermina Frias, Oscar A. Aguilera, Francisco Atencio, Nicolás Guardia, Loreto Cuenta 7617 7618 7306 3746 7468 4700 7302 3755 3759 6238 3765 4742 4741 5160 6979 6974 7020 7014 7005 Dotación 0Ha.0702m² 0Ha.0925m² 0Ha.0504m² 0Ha.1712m² 0Ha.1471m² 0Ha.1800m² 0Ha.1542m² 0Ha.1700m² 0Ha.3227m² 0Ha.4122m² 0Ha.2044m² 0Ha.0868m² 0Ha.0869m² 0Ha.1013m² 0Ha.0785m² 0Ha.0576m² 0Ha.0719m² 0Ha.0576m² 0Ha.0691m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 385 - SAN JUAN – Usuario Tello, Aureliano Gutierrez, Guilberto Hipólito Perez, Saturnino Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Maresca y Cia. S.A. Buron, Alonso Antonio Silva, Martín Manuel Fretes, María Silva, Pedro Martín Consejo de Reconstrucción Vargas, Armin E. y Otro Bustos de Monteros, Mireya B. Bailón, Rafael Francisco Montenegro Dolffi Felipe y otro Flores, Magdalena del S. E. Vda. D. Krause, Domingo Recabarren, Julio C. Ramirez, Ismael Roca, Alberto Naranjo, Pedro Arce de Quiroga, Amira Bustos, Rolando Rociel Garcia, Nora Cerli Krause, Domingo Krause, Domingo Peñaloza, Eresmila Rosa Garín de Laciar, Juana y O. Lértora de Tascheret, Amalia Calderón, José Martín, José Herrero, Segundo F. Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Mateos, Cristobal García, Remigio J. Rodriguez, José Roiman, Sara Ariza de Bueno, Carmen Muñoz, América Cardozo, Miguel Segundo Godoy, Eligio Bernabé Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Cuenta 7013 7001 6199 7038 7037 7034 7033 7030 7029 7028 7018 7016 7019 6193 7624 8676 10438 3522 3512 5623 9498 3087 7379 5634 5636 5631 3530 5632 5640 3656 9112 304 3631 5681 5682 5676 5677 5678 5679 5680 562 8165 564 8168 5703 5705 5709 5690 5689 5692 5693 5695 5698 5699 Dotación 0Ha.0576m² 0Ha.0519m² 0Ha.1483m² 0Ha.0600m² 0Ha.0560m² 0Ha.0722m² 0Ha.0722m² 0Ha.0723m² 0Ha.0723m² 0Ha.2640m² 0Ha.0719m² 0Ha.0720m² 0Ha.0719m² 0Ha.2885m² 0Ha.4677m² 0Ha.1108m² 0Ha.1090m² 0Ha.1035m² 0Ha.0542m² 0Ha.0545m² 0Ha.0680m² 0Ha.1380m² 0Ha.0622m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0543m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0671m² 0Ha.0545m² 0Ha.2249m² 0Ha.0545m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.1090m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0570m² 0Ha.0570m² 0Ha.0570m² 0Ha.0520m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1226m² 0Ha.0545m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0681m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 386 - SAN JUAN – Usuario Krause, Domingo Krause, Domingo Montaña, Martiniano Cuello, José Amante, Evangelina Riveros, Marcelino Lucero, Martín Ramón L. Krause, Domingo Krause, Domingo Krause, Domingo Antunez, Carlos Uzair, Carlos Guerrero, Andrés Morales, Remedio Perce, Francisco Krause, Domingo Krause, Domingo Cuenta 5700 5706 5702 5712 5724 5691 5725 5710 5711 5713 5726 5714 5716 5723 9113 5721 5727 Dotación 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1090m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0522m² 0Ha.0681m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.0545m² 0Ha.1226m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 3°) Expediente N° 519 1227-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: El expediente Nº 519 1227-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación de los Edictos publicados en virtud de lo resuelto por el Consejo en Actas Nº 2091 y Nº 2099, puntos 6º) y 13º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2099, punto 13º), para los siguientes derechos de riego del departamento Chimbas: Usuario Porres, Juan Walter y Ot. Mota, Rafael Bernardo Martín Moreno, Juan Sanchez de Calvo, Feliza E. Plana, Francisco Gimenez H., Francisco H. Asoc.Mut.Pers. de Loma Negra Baez, Amadeo D.P.L.Hogar Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L. Empresa Const.Esteban Tabani S.R.L. Usuario Ordoñez, Raul Juan Cuenta 175 1842 30 29 2266 4004 42 53 4365 4409 4410 Cuenta 2747 Dotación 5Ha.3663 m² 1Ha.7992 m² 0Ha.9083 m² 0Ha.5999 m² 0Ha.7084 m² 1Ha.3806 m² 3Ha.0000 m² 1Ha.0000 m² 2Ha.7412 m² 2Ha.5868 m² 2Ha.4132 m² Dotación 0Ha.5032 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 387 - SAN JUAN – Fernandez, Arturo Sind. de Trab. de Luz y Fuerza Fernandez Vda.de Martín, Carmen T. Municip. de Chimbas Bº FAECAP Selman Martín, José Ahmed Natania Coop. de Viv. Cons. y Cred. Ltda. Octavio D’Ascanio S.A. Octavio D’Ascanio S.A. Asoc. Mutual Ban de Ban 1684 111 172 4326 1820 1190 1191 4183 3342 3Ha.3433 m² 6Ha.0000 m² 0Ha.5855 m² 9Ha.1000 m² 3Ha.0000 m² 4Ha.3852 m² 3Ha.8487 m² 0Ha.6354 m² 2Ha.8459 m² ARTICULO 2°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2091, punto 6º), artículo segundo, para los siguientes derechos de riegodel departamento Chimbas: Usuario Castillo, David B. y Otros Villalba, Juan María Guevara, Lola Marcelina S. de Rivera, Eugenio Rivera, Adolfo Washington Chaves, Encarnación Rivera Sind. de Trab. de Luz y Fuerza Rivera, Eugenio M. F. Víctor Sanchez, Pedro Domingo Sanchez, Pedro Domingo Cuenta 4155 3637 4051 109 3933 3934 1723 1984 4239 3889 Dotación 0Ha.0640m² 0Ha.1644m² 0Ha.4802m² 0Ha.3402m² 0Ha.0562m² 0Ha.0565m² 0Ha.4720m² 0Ha.0536m² 0Ha.0501m² 0Ha.0677m² ARTICULO 3º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 4º) Expediente N° 519 1565-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2098, punto 12º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Rawson, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: USUARIO Aubone de Gonzalez, Maria Nidia Asoc.Coop. del Inst. de Inv. Delaude, Nicolás DOTACION 4Ha.4792m² CUENTA 6192 4Ha.2276m² 0Ha.6001m² 7625 3744 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 388 - SAN JUAN – USUARIO García, José Antonio Libossart, Arturo Raul Lucio, Jorge Russo, Antonio DOTACION 0Ha.5918m² 3Ha.2957m² 0Ha.6027m² 1Ha.2990m² CUENTA 3782 8259 134 4858 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 1649-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento San Martín. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2099, punto 15º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento San Martín, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Bernaldez de Storni, María Bernaldez de Storni, María Elorza, Hilario Instituto Prov. de la Vivienda Cuenta 636 1285 1648 2043 Dotación 3Ha.2752m² 2Ha.5868m² 10Ha.8108m² 6Ha.4476m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° F12 2679-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucía. VISTO y CONSIDERANDO: Que a fs.73/74 vta. de las presentes actuaciones, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas toma debida nota de la caducidad de los derechos de riego, Art. 137º Ley 4392/78, resueltos mediante Actas Nº 2095 punto 8º), haciendo algunas observaciones referentes a las cuentas Nº 2819, Nº5881 y Nº 3374 del departamento Santa Lucía, señalando además que la cuenta Nº 6131 no fue eliminada del Padrón de Riego debido a que los datos del titular de la concesión y el volumen de la dotación corresponden a la cuenta Nº 6135. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 389 - SAN JUAN – Que la Inspección Técnica de Santa Lucía informa a fs. 75 que la dotación que está en caducidad, 1Ha.5061m², es la que corresponde a la cuenta Nº 6135 a nombre de Delgado, Oscar Olegario. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de las correcciones efectuadas respecto de las cuentas Nº Nº 2819, Nº5881 y Nº 3374 del departamento Santa Lucía, avalando lo actuado por Dirección del Registro y Catastro General de Aguas a fs. 73/74 de las presentes actuaciones. ARTICULO 2°. Rectificar el número de cuenta consignado en el artículo 1º de la resolución contenida en Acta Nº 2095 Punto 8º), por corresponder su inscripción a la Cuenta Nº 6135 a nombre de Oscar Olegario Delgado con dotación para 1Ha.5061m² y dejar vigente la cuenta Nº 6131, departamento Santa Lucia. ARTICULO 3°. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 7º) Expediente N° 519 2062-N-97, NEFA, OSCAR M., s/ser presentado en tiempo y forma sobre caducidad, departamento Chimbas. VISTO: Que el señor Oscar M. Nefa, titular de la cuenta Nº 3707, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2099 punto 13º, manifestando que por problemas de orden económico no ha podido realizar cultivos en la propiedad, comprometiéndose a realizarlo en los próximos seis meses, y; CONSIDERANDO: Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado por el señor Oscar M. Nefa referente a la declaración de caducidad sobre la cuenta Nº 3707 del departamento Chimbas, dispuesta en resolución de Acta Nº 2099, punto 13º). ARTICULO 2°. El señor Oscar M. Nefa deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha. ARTICULO 3°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo. Cumplido, archívese. 8º) Expediente Nº 519 2462-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/evaluación sobre trabajos a realizar en el valle de Tulum, Ullum y Zonda. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 390 - SAN JUAN – El expediente Nº 519 2462-S-97 por el que Secretaria Técnica eleva a conocimiento de Dirección General los trabajos necesarios a ejecutar en obras hidráulicas como en el sistema de defensa, y; CONSIDERANDO: Que la Emergencia Hídrica Ley 6819 habilita al Departamento de Hidráulica a realizar contrataciones en forma directa hasta la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000) para la provisión de bienes, obras y servicios. Que debe tenerse en cuenta la posibilidad de trabajar en el cauce de los ríos, favorecido por los caudales aún bajos aportados por ellos. Que hay obras a realizar en una primera etapa que cubren el valor estipulado por el Art. 2º de la Ley 6819. Que del análisis técnico realizado, es necesario encarar las tareas detalladas en forma simultánea en todos los frentes de trabajo. Que es necesario facilitar el control e inspección en la ejecución de las mismas. Que se adjunta Pliego General y de Especificaciones Técnicas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aconsejar la adjudicación de los trabajos en bloque, por cuanto permitirá encarar simultáneamente todas la obras detalladas. Esto logrará un mejor control e inspección y además contar por parte del Departamento de Hidráulica de una mayor disponibilidad de los equipos necesarios, en zonas donde sea necesario ejecutar tareas a fin de evitar daños tanto a obras del Estado como a terceros. ARTICULO 2º. Aprobar Pliego General y de Especificaciones Técnicas para la ejecución de los trabajos, que se adjuntan en el expediente de referencia. ARTICULO 3º. Autorizar a Dirección General a actuar en base a lo establecido por Art. 3º Ley 6819. ARTICULO 4º. Comuníquese a Departamento Contable, para que efectúe las invitaciones correspondientes a fin de efectuar las contrataciones en base a lo estipulado por Art. 2º Ley 6819. 9º) Expediente Nº 519 2523-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/evaluación sobre trabajos a realizar en el Valle Calingasta. VISTO: El expediente Nº 519 2523-S-97 por el que Secretaria Técnica eleva a conocimiento de Dirección General los trabajos necesarios a ejecutar en obras hidráulicas como en el sistema de defensa, y; CONSIDERANDO: Que la Emergencia Hídrica Ley 6819 habilita al Departamento de Hidráulica a realizar contrataciones en forma directa hasta la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000) para la provisión de bienes, obras y servicios. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 391 - SAN JUAN – Que debe tenerse en cuenta la posibilidad de trabajar en el cauce de los ríos, favorecido por los caudales aún bajos aportados por ellos. Que hay obras a realizar en una primera etapa que cubren el valor estipulado por el Art. 2º de la Ley 6819. Que del análisis técnico realizado, es necesario encarar las tareas detalladas en forma simultánea en todos los frentes de trabajo. Que es necesario facilitar el control e inspección en la ejecución de las mismas. Que se adjunta Pliego General y de Especificaciones Técnicas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aconsejar la adjudicación de los trabajos en bloque, por cuanto permitirá encarar simultáneamente todas la obras detalladas. Esto logrará un mejor control e inspección y además contar por parte del Departamento de Hidráulica de una mayor disponibilidad de los equipos necesarios, en zonas donde sea necesario ejecutar tareas a fin de evitar daños tanto a obras del Estado como a terceros. ARTICULO 2º. Aprobar Pliego General y de Especificaciones Técnicas para la ejecución de los trabajos, que se adjuntan en el expediente de referencia. ARTICULO 3º. Autorizar a Dirección General a actuar en base a lo establecido por Art. 3º Ley 6819. ARTICULO 4º. Comuníquese a Departamento Contable, para que efectúe las invitaciones correspondientes a fin de efectuar las contrataciones en base a lo estipulado por Art. 2º Ley 6819. 10º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 565, 566, 567, 568 y 569-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: N°565-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Zakalik Bernardo por la suma total de $351,00 por 27 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y desmonte en canal San Carlos, departamento Sarmiento en una longitud total de 600 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°566-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carrascosa de Alcaide María del Carmen y Otros por la suma total de $499,66 por 43 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque en canal General Albardón, departamento Albardón en una longitud total de 2000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°567-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias J. Matas S.C.A. por la suma total de $6.952,00 por 632 jornales de personal obrero para la ejecución de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 392 - SAN JUAN – monda en canal Castillo, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°568-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias J. Matas S.C.A. por la suma total de $2.552,00 por 232 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en canal Castillo, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°569-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martha A. Campayo de Tamagnini por la suma total de $204,00 por 17 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en canal Campodónico Devoto, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 393 - SAN JUAN – A C T A N° 2110 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a catorce días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) HOMENAJE RECORDATORIO. VISTO: El fallecimiento del ex Director General y Consejero del Departamento de Hidráulica, Ing. Primo José Meglioli, y; CONSIDERANDO: Que el deceso del Ing. Primo José Meglioli enluta al Departamento de Hidráulica por la trayectoria pública que dicho profesional tuvo en la provincia y en particular en la Institución de la que fue Director General en el periodo 1958 a 1962 y posteriormente Consejero en representación de los regantes por la Segunda Zona. Que durante su gestión, con la dinámica que lo caracterizaba, puso en plena vigencia lo estatuido por la Ley 886, integrando a los regantes a través de las Juntas de Riego en el gobierno y distribución del recurso hídrico. Potenció la plantación de árboles en distintos departamentos de la Provincia tales como Zonda, Rivadavia, Iglesia y Jáchal con el propósito de establecer defensas naturales ante las eventuales crecidas de los ríos, crear zonas de esparcimiento y en el futuro disponer de la madera necesaria para el consumo de la Repartición. Intensificó el estudio e impermeabilización de cauces como el canal Romo, Agua Negra en el departamento Iglesia, sistematización de la red de riego de Huaco, construcción de la defensa Los Pajaritos en el departamento Jáchal, instalación de los primeros limnígrafos en la red de riego y diversas obras en el Valle de Tulum tendientes a un mejor aprovechamiento del recurso hídrico, obras que en la actualidad son testigo de su paso por la Repartición. Que en la historia hídrica de San Juan fue uno de los grandes protagonistas en pos del aprovechamiento del recurso agua en una provincia que cuenta con escasos caudales. Fue el instaurador de la Semana del Agua, de la que recientemente se festejó la trigésima séptima edición. Ya retirado de la función y acogido a los beneficios de la jubilación, por su conocimiento profundo de la temática hídrica y sus criteriosas opiniones ante los diversos problemas que se presentaban al respecto, fue motivo de permanentes consultas por profesionales y regantes. Que la larga e incesante acción cumplida por el Ing. Meglioli lo hacen acreedor al reconocimiento público, tanto del Departamento de Hidráulica como de la gran masa de regantes entre los cuales fue un verdadero pionero. Que en virtud de ello, el Consejero Ing. Amor A. Lorenzo P., propone formalmente a la consideración de los señores Consejeros rendir un minuto de silencio en homenaje a su memoria, la imposición del nombre del Ingeniero Primo José Meglioli al salón de actos de la Repartición y la colocación de una placa recordatoria en dicho salón. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 394 - SAN JUAN – Formulada esta moción encontró plena acogida por parte de los señores Consejeros presentes, fundando cada uno su total acuerdo a la iniciativa. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Guardar un minuto de silencio en homenaje a la memoria del Ing. Primo José Meglioli. ARTICULO 2°. Imponer al salón de actos de la Repartición el nombre de Ing. Primo José Meglioli y colocar una placa recordatoria. ARTICULO 3°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 2°) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2109. 3º) Expediente N° 519 2156-J-97, JUNTA DE RIEGO DE SAN MARTIN, s/ hacerse cargo del Presupuesto de Mantenimiento y Conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: El Acta Nº 2106, punto 2º), y; CONSIDERANDO: Que Departamento Contable en virtud de lo resuelto en la referida Acta informa a fojas 9, que corresponde la aprobación del gasto y libramiento de la respectiva orden de pago. Que ha tomado intervención Delegación Contable Fiscal. Que Recaudación informa sobre lo ingresado por deuda vigente y atrasada en el periodo comprendido entre enero y julio del corriente año. Que debe tenerse en cuenta los montos aportados por Hidráulica de los trabajos realizados en atención al mantenimiento y conservación de las obras de riego. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Aprobar el monto de $20.004,22 (pesos veinte mil cuatro con veintidos centavos) para atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en Acta Nº 2106, punto 2º). ARTICULO 2°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución se afectará a la siguiente partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 6 - SECTOR 07 - PARTIDA PRINCIPAL 10 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 30 - SUBPARCIAL 06 “MANTENIMIENTO DE LA RED DE RIEGO Y DRENAJE” Ejercicio 1997. ARTICULO 3°. Departamento Contable procederá a librar la respectiva orden de pago a favor del Tesorero de la Repartición con cargo a rendir cuenta. ARTICULO 4°. Departamento Irrigación deberá confeccionar informe sobre lo aportado por Hidráulica en el periodo comprendido desde el 01 de enero y el 31 de julio del corriente año, a fin de realizar la compensación que corresponda. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 395 - SAN JUAN – ARTICULO 5°. Comuníquese, tómese nota y oportunamente archívese. 4º) Expediente N° 519 2489-C-97, CONTADURIA, e/valores de los Pliegos de Condiciones para los llamados a Cotejos de Precios Directo. VISTO: El expediente N° 519 2489-C-97, y; CONSIDERANDO Que con motivo de la Emergencia Hídrica Ley 6819, se hace necesario establecer los valores de Pliegos de Condiciones para los respectivos llamados a Cotejo de Precios Directo. Que en virtud de ello Departamento Contable remite escala de valores, determinados en función de los montos para cada llamado. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°. Fijar los siguientes valores para los Pliegos de Condiciones que servirán de base en los llamados a Cotejo de Precios Directo para adquisiciones y contrataciones varias que realice la Repartición conforme lo establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6819: PRESUPUESTO OFICIAL de $ 6.000,00 a $ 10.000,00 de $10.001,00 a $ 20.000,00 de $20.001,00 a $ 30.000,00 de $30.001,00 a $100.000,00 más de $100.000,00 VALOR DEL PLIEGO $ 70,00 $ 100,00 $ 150,00 $ 200,00 $ 600,00 ARTICULO 2°. El Departamento Contable - Licitaciones y Compras, dejará establecido en cada pliego el valor del mismo. ARTICULO 3°. Comuníquese a quien más corresponda, tómese nota y archívese. 5°) Expediente N° 519 2412-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del departamento 9 de Julio. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento 9 de Julio en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de 9 de Julio. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 396 - SAN JUAN – Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Escudero de Videla, Juana Bustos, Rosa C. de Quero, Antonio Quero Mota, Antonio Posse, Gerónimo Cuenta 262 264 773 242 1096 Dotación 1Ha.0000m² 0Ha.5957m² 0Ha.7144m² 1Ha.2556m² 0Ha.8646m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento 9 de Julio que a continuación se detallan: Usuario Rodriguez, Jacinto Pena, Dionicio Ochoa de Posse, Aurora Ortola, Juana E. Flores de Vargas, Pedro Cortez, Nicolás de Baris Ruiz, Paula R. Yacanto de Rodriguez, Abel O. A. Yacanto, Alejo O. Yacanto, Ramon O. Yacanto de Aguero Dominga Molina, Juan Elias Vargas Aguilera, Andres E. Mercado, Juan Isidro Sanchez, Juan Esteban Godoy, Juan Bautista Sanchez, Salomón Sanchez, Salomón Sanchez, Salomón Guzman, Isidro Irene Guzman, Hugo Jesus Leyes, Felipe Bautista Ochoa, Juan de Dios Ozan de Chavero, Juana Cuenta 260 261 627 629 631 734 735 736 737 738 739 847 851 852 853 865 888 889 890 956 957 958 964 300 Dotación 0Ha.1429m² 0Ha.1296m² 0Ha.1312m² 0Ha.3536m² 0Ha.1559m² 0Ha.1429m² 0Ha.1429m² 0Ha.1428m² 0Ha.1428m² 0Ha.1428m² 0Ha.1429m² 0Ha.1029m² 0Ha.1180m² 0Ha.0750m² 0Ha.0615m² 0Ha.0658m² 0Ha.0818m² 0Ha.0814m² 0Ha.0774m² 0Ha.0729m² 0Ha.0908m² 0Ha.0900m² 0Ha.0900m² 0Ha.1170m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 397 - SAN JUAN – Usuario Gonzales, Augusto Paz Gallardo, Ernesto Rozales, Felix Cardozo, Argentino Nievas, Juan Blanes, Juan Nicolas Torres, Eloy Vargas, Oscar Cuello, German Yavel, Isaias Guzman, Pedro Hugo Tello, Demetrio Alé, María Jorgelina Godoy, Juan Carlos Guerrero, Hugo Cuenta 805 248 258 980 981 983 985 999 1004 1148 1203 1204 1225 1249 1274 Dotación 0Ha.0849m² 0Ha.4003m² 0Ha.1120m² 0Ha.0538m² 0Ha.0843m² 0Ha.0527m² 0Ha.0901m² 0Ha.0589m² 0Ha.0550m² 0Ha.1428m² 0Ha.0826m² 0Ha.0549m² 0Ha.0524m² 0Ha.1042m² 0Ha.0540m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° 519 2413-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del departamento 25 de Mayo. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento 25 de Mayo en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de 25 de Mayo. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 398 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento 25 de Mayo, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Marco, Sixto Anibal Coll, Julio Cía. Suc. Montivero, Fermin Martinez, Juan B. M. Vidart, Abrahan Rodriguez, Daniel Castro Mercedes, E de Soc. Ahun Hnos. Ferrocarriles Argentinos Consejo Gral de Educación 905 Garcia, José M. Estado Provincial Curi, Teófilo Reus Mengual Miguel Pizarro Oro, Elvira de Pizarro, Carlos G. Barber Llendo, Juan B. y Otro Pizarro Oro, Elvira de Palacio Moreno, Luis Gobierno de la Provincia Soc. Anon. Del Bono Ltda. Del Bono Soc. Anon. Bustos Borjas Quiroga de Cuenta 004 026 060 061 064 086 091 159 201 218 219 311 363 364 561 579 589 598 636 874 969 973 1149 Dotación 0Ha.5176m² 0Ha.8965m² 1Ha.8692m² 1Ha.3227m² 1Ha.5175m² 3Ha.7131m² 0Ha.7443m² 0Ha.8237m² 20Ha.1344m² 1Ha.3500m² 1Ha.5600m² 2Ha.1885m² 0Ha.6598m² 18Ha.7500m² 1Ha.6695m² 6Ha.0689m² 0Ha.8000m² 0Ha.8541m² 7Ha.2900m² 4Ha.8676m² 1Ha.8283m² 2Ha.5964m² 0Ha.5020m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento 25 de Mayo que a continuación se detallan: Usuario Aguerri, Domingo Lucero, Francisco Diaz, Rafael Fernandez, Celestino Naranjo, Rosa Luisa Cejas, Domingo Ramón Veragua, Augusto Troncoso, Filomeno Arce, Agustín Bustos, Cecilio Policano, Actos Balmaceda de Zalazar Flor Liga Veinticinqueña Futbol Fernandez de Quiroga, María Bustos, Pedro Lucero, Eustaquia Videla de Otiñiano, Graciela Iñon, Celestino Chaparro, Herminia Dominguez, Pedro Cuenta 029 142 145 227 228 231 238 239 240 244 247 253 254 264 271 272 273 274 278 287 Dotación 0Ha.0837m² 0Ha.1000m² 0Ha.0999m² 0Ha.1000m² 0Ha.0993m² 0Ha.0510m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.0999m² 0Ha.1000m² 0Ha.0994m² 0Ha.0668m² 0Ha.1000m² 0Ha.0625m² 0Ha.1000m² 0Ha.2000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2000m² 0Ha.1000m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 399 - SAN JUAN – Usuario Reta, Ernesto Allende, Vicente Gamba, Luis Ochoa, Manuela Moyano de Pereyra, Pedro Vilchez, Segundo Feliciano Reta, Hermenegildo Martinez, Ruperto Bustos Borjas Quiroga de Sosa, Candelaria Becerra de Otiñiano, Horacio Esquivel, Pedro Gordillo, Mercedes Moran, Valentin Guevara, Miguel Castro, Angel Remigio Tejada, Juan Peñaloza, Lujan Juana de Martinez, M. de los Desamp. Correa Alvarez, Eduardo Pages Montilla, Juan Merli, Elina Yanadel de Pacheco, Juan Jaled, Julio Elias Rivero, Segundo Sohar Yacante, Luis María Jofre, Felipe Santiago Noguron, Margarita Chirino Q. de Yacante, Juan Carlos Gordillo, Mercedes Soc. Anon. Del Bono Ltda. Peinado de Trigo, Ramona Olmedo Jofre, Elena Montivero de Vera, Carmen Cuello, Gervacio Reta, Carlos Torres, Benigno Castro, Valdemar Jaime De Lara S.A.C.I.F.E. Lobos, Juan Esteban Guevara, Carmen Gil, Pedro Celestino Zamora, Sergio Castro Torres, Ramona Nelly de Bustos Quiroga Horacio N. Bustos Quiroga Horacio N. Bustos Borjas Quiroga de Reta Bustos, Arcelia de Pelaytay, Dalmacio Olmedo, Hilario y Otra Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Cuenta 317 333 401 402 403 404 406 407 411 417 421 426 429 432 436 438 439 448 452 454 455 459 460 462 467 469 470 471 472 473 492 497 498 499 503 506 507 555 698 747 898 908 910 911 936 940 944 948 960 1003 1018 1020 1022 1025 Dotación 0Ha.0821m² 0Ha.0522m² 0Ha.2000m² 0Ha.1250m² 0Ha.1000m² 0Ha.1250m² 0Ha.1983m² 0Ha.1000m² 0Ha.1300m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1957m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.0981m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2000m² 0Ha.2500m² 0Ha.2250m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1380m² 0Ha.1250m² 0Ha.1400m² 0Ha.0991m² 0Ha.0990m² 0Ha.1250m² 0Ha.1000m² 0Ha.4000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2133m² 0Ha.0550m² 0Ha.1000m² 0Ha.1250m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.0936m² 0Ha.1151m² 0Ha.0750m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2352m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1250m² 0Ha.1000m² 0Ha.1250m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 400 - SAN JUAN – Usuario Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Serer,. Obdulia M. de y Otros Bustos Borjas Quiroga de Agüero, Santiago Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Tejada, Cayetano Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Jalife, Juan Emilio Quiroga de Bustos Borjas Bustos Borjas Quiroga de Gomez, Onofre Hugo Garcia, Nacenceno Antonio Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Gonzalez, José Hilario Gonzalez, José Hilario Gonzalez, José Hilario Ferrer Vda. de Alcaraz, Francisca Ferrer de Zeballos, Elsa Garcia, Felipe Gonzalez, José Hilario Bustos Borjas Quiroga de Bueno Avila, Juan Martinez, Pedro Muñoz Fernandez, Lucia Bustos Borjas Quiroga de Rodriguez, Luis Rodriguez, Luis Martinez, José Bustos Quiroga, Ernesto Bustos Quiroga, Ernesto Bustos Quiroga Borjas Bustos, Alfredo Bustos Borjas Quiroga de Gomez, Deolinda Del C.Cano de Bustos Borjas Quiroga de Bustos Borjas Quiroga de Cuenta 1030 1031 1032 1033 1034 1036 1037 1038 1039 1040 1041 1042 1043 1045 1048 1049 1050 1051 1110 1112 1113 1138 1148 1150 1155 1156 1157 1163 1164 1201 1223 1224 1249 1271 1263 1272 1290 1294 1310 1316 1317 1321 1322 1335 1336 1350 1351 1362 1369 1429 Dotación 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.0625m² 0Ha.0625m² 0Ha.0625m² 0Ha.1250m² 0Ha.1250m² 0Ha.1400m² 0Ha.1000m² 0Ha.1750m² 0Ha.0501m² 0Ha.1250m² 0Ha.1000m² 0Ha.0963m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.0753m² 0Ha.0752m² 0Ha.0751m² 0Ha.1260m² 0Ha.0698m² 0Ha.0570m² 0Ha.0747m² 0Ha.1327m² 0Ha.0748m² 0Ha.0775m² 0Ha.0741m² 0Ha.1000m² 0Ha.0752m² 0Ha.0747m² 0Ha.0800m² 0Ha.1000m² 0Ha.1000m² 0Ha.2000m² 0Ha.0825m² 0Ha.1000m² 0Ha.0578m² 0Ha.2000m² 0Ha.1000m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 401 - SAN JUAN – ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 7º) Expediente Nº 519 2233-E-97, ECOLOGIA AGRICOLA, e/ Nota sobre Ley Nº 6571/95 de evaluación de Impacto Ambiental VISTO: La Ley 6800/97 que modifica los artículos 2º, 4º y 17º de la Ley 6571/95, y; CONSIDERANDO: Que en virtud de la sanción de la mencionada ley, publicada en Boletín Oficial de fecha de 16 de julio de 1997, División Ecología Agrícola informa que las disposiciones de dicho instrumento legal modifican el accionar del Departamento de Hidráulica respecto a la aplicación de la Ley 5824/87, de Protección de los Recursos Agua, Suelo y Aire y Control de la Contaminación, y sus decretos reglamentarios en cuanto al otorgamiento del certificado de factibilidad de descarga de efluentes industriales según lo establece el artículo 2º, inciso a) del Decreto Nº 638-OSP-89. Que, además del mencionado, el Departamento de Hidráulica emite otros certificados de factibilidad referidos a distintas temáticas. Que asimismo el Departamento de Hidráulica deberá exigir la Declaración de Impacto Ambiental expedida por la Subsecretaría de Política Ambiental, en los trámites donde así corresponda y según enumera el artículo 17º de la Ley 6571/95 modificada por Ley 6800. Que Asesoría Letrada en su informe Nº823-DH-97 manifiesta que conforme lo establece la normativa vigentes el Departamento de Hidráulica deberá exigir como condición habilitante para cualquier tramitación de todos los proyectos de obras o actividades capaces de modificar directa o indirectamente el ambiente del territorio provincial, la declaración de Impacto Ambiental expedida por la Subsecretaría de Política Ambiental o el Departamento de Minería cuando el administrado gestione obras o proyectos vinculado con las actividades mineras comprendidas en el Código de Minería. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de la Ley 6571/95 modificada por Ley 6800/97. ARTICULO 2º. Los certificados de factibilidad serán emitidos por el Departamento de Hidráulica al solo efecto de ser presentado ante la Subsecretaría de Política Ambiental o el Departamento de Minería con el objeto de que el interesado gestione la Declaración de Impacto Ambiental. ARTICULO 3º. Comunicar a las distintas áreas que en todo trámite donde así corresponda, según enumera el artículo 17º de la Ley 6571/95 modificada por Ley 6800, debe exigirse la presentación de la Declaración de Impacto Ambiental expedida por la Subsecretaría de Política Ambiental o el Departamento de Minería. 8º) Expediente N° 237.181-C-91, CENTRO COMUNITARIO Bº PUNTA DEL MEDANO DEPARTAMENTO SARMIENTO. Agregados expedientes 349.395-l-88, 31.970/2-M-89, 332.492-M-90 y 332.728-M-90. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 402 - SAN JUAN – Que mediante expediente 31.970/2-M-89 la Municipalidad de Sarmiento, solicita una concesión para riego del arbolado público y espacios verdes del barrio Punta del Médano, distrito Cochagual, departamento Sarmiento, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fojas 39 que el inmueble en el cual se encuentra emplazado el complejo habitacional de referencia figura inscripto con derecho de riego para uso agrícola bajo R.T. 420(D)2101 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda con una superficie s/m de 5Ha.0000m² y dotación de agua de riego de carácter accidental del arroyo (permanente conforme Art. 121º Ley 4392) para 5Ha.0000m² cuenta Nº 2331, Nom.Cat. 15-38/820080 y que lo peticionado encuadra en la primera categoría del orden de preferencias establecido en el art. 31º del Código de Aguas y con las disposiciones del Libro II, título I en lo referente a Abastecimiento de Poblaciones, Art. 64º siguientes y concordantes de la citada norma legal. Que a fojas 6 vta. División Ecología Agrícola determina que la dotación necesaria para riego del arbolado público y espacios verdes solicitada ha sido estimada en 2,5Ha. ratificando dicho informe a fs. 33 vta. Que la Inspección Técnica informa a fojas 41 que el citado barrio recibe actualmente una dotación de agua por el canal Tercero, ramo Sales. Que de acuerdo a los antecedentes obrantes en el expediente de referencia el derecho de riego que posee la propiedad no hace uso para el riego agrícola. Que el artículo 20º de la Ley 4392 establece que ningún concesionario o usuario podrá dar al agua pública un uso distinto de aquel para el cual se autorizó y concordante con ello el artículo 48º preceptúa que las concesiones caducan por no haberse dado cumplimiento a las obligaciones establecidas en el acto de otorgarse la concesión, siempre que dicho incumplimiento fuera esencial e imputable al concesionario. Que Departamento Irrigación estima conveniente se otorgue a la Municipalidad de Sarmiento una dotación para riego de arbolado público de 2Ha.5000m² lo que es ratificado por Secretaría Técnica a fs. 41 vta. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad del derecho de riego inscripto bajo la cuenta Nº 2331 a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda con dotación para 5Ha.0000m², conforme lo estipulan los artículos 20º y 48º de la Ley 4392/78. ARTICULO 2°. Otorgar a la Municipalidad de Sarmiento una concesión de agua de carácter permanente para riego del arbolado público y espacios verdes del Barrio Cochagual Punta del Médano para 2Ha.5000m², canal Tercero de Media Agua, ramo Sales y Otros, compuerta Nº1. ARTICULO 3°. Dirección del Registro y Catastro General de Aguas procederá a registrar el derecho de acuerdo a lo dispuesto en el artículo anterior. ARTICULO 4°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las boletas respectivas conforme lo establece el Acta N° 2089. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 403 - SAN JUAN – ARTICULO 5°. Departamento Irrigación ajustará la entrega de dotación conforme a lo ordenado en el artículo 2º de la presente resolución. ARTICULO 6°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación. 9º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 572, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589 y 590-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: N°572-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de las firmas Talleres Gráficos Rawson, Joyería Janet, Florería Argentina y Bronce San Juan por la suma total de $5.146,00 para la adquisición de tarjetas de invitaciones, medallas de plata 925 con grabados y estuches, ofrenda florales y placas recordatorias con motivo de los festejos conmemorativos de la XXXVII Semana del Agua año 1997, de acuerdo a lo establecido por Resolución Ministerial 909-MPI-Y MA. N°579-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Menin Construcciones por la suma total de $7.400,00 para la ejecución de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Dren Colector Escobar, departamento Rawson, en una longitud total de 2000 metros, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°580-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ing. Oscar Prudkin Construcciones S.R.L. por la suma total de $30.000,00 por el alquiler de una topadora de 256.41 H.P. por el término de 500 horas para la ejecución de trabajos de defensas y mantenimientos de ríos en todo el ámbito de la Provincia, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°581-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Stornini Excavaciones por la suma total de $18.142,00 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de Artes en el Dren Colector Nuevo, departamento Rawson, en una longitud total de 6000 metros, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°582-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ingemeb de Mario Batias por la suma total de $13.008,55 para la adquisición de empaquetaduras con destino al mantenimiento y conservación de máquinas viales de la Repartición, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica N°583-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Manuel Fernández Rodríguez por la suma total de $140,00 por 14 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Ramo 32 A, departamento Pocito en una longitud total de 500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°584-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Stornini Excavaciones por la suma total de $23.178,25 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Desagüe Desecador, departamento Albardón, en una longitud total de 7250 metros, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°585-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan A. Terrera por la suma total de $80,00 por 8 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Ramo 36, derivado del canal Céspedes, departamento Pocito en una longitud total de 200 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°586-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias Metalúrgica Italia por la suma total de $5.480,00 para el reacondicionamiento de cuatro hojas de topadoras GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 404 - SAN JUAN – Fíat Allis 16-B. Incluido mano de obra especializada y materiales necesarios, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica N°587-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Humberto Moral por la suma total de $500,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza, desembanque y desmonte del Ramo 21, derivado del canal Céspedes, departamento Pocito en una longitud total de 2000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos N°588-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Dino Minnozzi por la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza, desmonte y desembanque de los Ramos impermeabilizados de calle 11, Punta de Ramo en tierra y cola de Ramo 25, derivado del canal Céspedes, departamento Pocito en una longitud total de 3000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos N°589-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cáceres Hnos. por la suma total de $7.680,00 para la construcción de 6 bujes y 6 pernos para los brazos de penetración de la retroexcavadora Fíat Allis S-11 y SR-9 de la Repartición, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica N°590-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fipen S.R.L. por la suma total de $880,00 para la fabricación de un radiador completo para la cargadora Frontal Fíat Allis 545-B interno 14-04 de la Repartición, de acuerdo lo establece la Ley de Emergencia Hídrica ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece diez, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 405 - SAN JUAN – A C T A N° 2111 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintiun días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2110. 2°) Expediente N° 519 2531-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Rivadavia en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Rivadavia. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados de los departamentos Capital y Rivadavia, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Cuenta Dotación GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 406 - SAN JUAN – Menis, Mabel T. de Dufa, Gustavo Gatti, Enrique A. y Otros Usuario Sindicato de M. y A.T.A. (SMATA) Del Bono e Hijo S.R.L Asoc.C. Nvo. Bº Del Bono Soc.C. Const. Los Olivos Cruz, Zoilo A. Cruz, Pedro E. Juarez, Francisco Seippel Bod. y Vdos. Est. Nac. Arg. D.N.V. Desocio de Lopez, Filomena Roca Benegas, José Pascual Union T. Automotor Rios, Miguel Angel N. Marquez de Ruiz, Isabel Giuliani, Osvaldo Lopez de Alvarez, Lola I. 1627 3586 3589 Cuenta 322 4065 5047 5053 942 941 802 954 3247 1144 784 4618 4874 349 563 4917 0Ha.5305m² 0Ha.5076m² 0Ha.5135m² Dotación 16Ha.2013m² 9Ha.6375m² 5Ha.4489m² 6Ha.9904m² 0Ha.5201m² 0Ha.8948m² 1Ha.3527m² 1Ha.4000m² 2Ha.2392m² 0Ha.5277m² 0Ha.6144m² 4Ha.1381m² 8Ha.5437m² 8Ha.3202m² 0Ha.9978m² 0Ha.9764m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente de los departamentos Capital y Rivadavia que a continuación se detallan: Usuario Castilla de Martin, Maria Ing. César Tascheret S.R.L. Ing. César Tascheret S.R.L. Conar Const. Arg. S.R.L. Conar Const. Arg. S.R.L. Conar Const. Arg. S.R.L. Conar Const. Arg. S.R.L. Conar Const. Arg. S.R.L. Quiroga de Sanchez, Dora Peña, Teodoro Ruiz, Jacinto Peña, Miguel Rojas, Calixto G. Navarro, Abelardo Pugliesi, Francisco Barata, Cipriano Giugni, Carlos D. Balmaceda de Segura Ofelia Endrizzi, Angel Sawade, Erich Araya, Silvano P. Mello Pina, Manuel Alday de Aballay, Ramona Barac, Simón Pellinacci, Guido Putelli, Elias M. Aguirre, Juan C. Peleritti, Nicolás Pasten de Gomez, Esther Cuenta 763 5042 5041 5050 5051 5052 5043 5044 098 5008 097 099 122 3723 135 4921 6065 834 918 845 874 910 2116 974 2665 7298 3212 3721 3765 Dotación 0Ha.2400m² 0Ha.2379m² 0Ha.2328m² 0Ha.2965m² 0Ha.3431m² 0Ha.3423m² 0Ha.2327m² 0Ha.2379m² 0Ha.2595m² 0Ha.2786m² 0Ha.1705m² 0Ha.1281m² 0Ha.0600m² 0Ha.0892m² 0Ha.3052m² 0Ha.4554m² 0Ha.1286m² 0Ha.0520m² 0Ha.0731m² 0Ha.0609m² 0Ha.0641m² 0Ha.0595m² 0Ha.0572m² 0Ha.0600m² 0Ha.0692m² 0Ha.1200m² 0Ha.0800m² 0Ha.0715m² 0Ha.0766m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 407 - SAN JUAN – Usuario Galife, Juan A. Turchetti, Luis Pataschner, Rafael Fernandez, Manuel Parejon de Fernandez, Maria Ripol R., María Martinez Pelaitay, María Castro, María A. Ripoll de Rigazzio, Adolfo Vasquez, Gumercinda Vasquez, Gumercinda Galvan, Enrique A. Meglioli, Enrique Herrero, Tomasa de Martinez, Eduardo Montenegro, Anais P. Rodriguez, N., Pedro Paez, German A. Torres Mas, Andres Reinoso, Juan C. Gaido de Colombo, María L. Lopéz, Oscar A. Riveros, Matilde Pastora Carrizo, Zenón Gobierno de la Pcia. San Juan Refresco Bazan, Eduardo M. Brescia, Ruben A. Sind. Pers. G. Estado Frias, Rodolfo Oro, Luis M. Villega, Francisco Mayorga Godoy, Osvaldo y O. Mastrota, José Ruffa de Albanesi, Teresa Trebier de Mosert, Feliza Gomez de De los Rios A. Rupcit, Marcos Ferro Castellone, Antonio Guzman Carretero, Jesús Ferro Castellone, Antonio Manzano, Elias Doña Diaz, Francisco y O. Rawson Const. S.A. Carballo, Juan Cuenta 3764 1088 1094 1143 3313 3735 967 4735 3278 3249 3248 3601 3219 205 190 3600 3330 3281 3634 3717 3716 7271 3813 3811 4349 3917 4161 1101 963 2679 3218 3331 4384 3269 3720 816 1121 3719 3328 3327 3329 3280 3326 5039 3216 Dotación 0Ha.0503m² 0Ha.0600m² 0Ha.0508m² 0Ha.2900m² 0Ha.1285m² 0Ha.0510m² 0Ha.0759m² 0Ha.0520m² 0Ha.0735m² 0Ha.0562m² 0Ha.1045m² 0Ha.0727m² 0Ha.0653m² 0Ha.0585m² 0Ha.3380m² 0Ha.0723m² 0Ha.1621m² 0Ha.0636m² 0Ha.0748m² 0Ha.0782m² 0Ha.2000m² 0Ha.2209m² 0Ha.0543m² 0Ha.0525m² 0Ha.4784m² 0Ha.3000m² 0Ha.0596m² 0Ha.0550m² 0Ha.0810m² 0Ha.4983m² 0Ha.0740m² 0Ha.0705m² 0Ha.0721m² 0Ha.0721m² 0Ha.0935m² 0Ha.0892m² 0Ha.0529m² 0Ha.0900m² 0Ha.1811m² 0Ha.0643m² 0Ha.1723m² 0Ha.2340m² 0Ha.0620m² 0Ha.5000m² 0Ha.0603m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 1773-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucia. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 408 - SAN JUAN – El expediente Nº 519 1773-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2101, punto 19º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2101, punto 19º), para los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucia: Usuario Garcia, Castro José Gallucci, Antonio Arancibia Guadalupe Flores de Cuenta 5344 1240 Montiveros, 1149 Garcia de Fernandez, María Balmaceda, Pedro Urbano Rubiales, José Aberastain Lima Mario Varese de Aberastain, Luisa Martín, Urbano Francisco Velazquez, Pedro Enrique Sojo Moreno, José Balmaceda de Flores, Petrona Mariano Acosta S.A.C.I. Tello de Castro, Martha Tello, Reginaldo Castro, Ladislao y O. Pastran, Arlington Justo Pastran, José Américo Cabrera, Duilio Enrique Fernández, Vicente Matarín, Angel Victorio Matarín de Ponce, María Josefa Martín y Cia. S.R.L. 1132 1137 3898 1256 1269 1239 1134 1148 1138 1280 1143 4375 5117 4483 4484 4485 4628 3823 3800 5317 Dotación 0Ha.0653m² 0Ha.0735 m² 0Ha.1046m² 0Ha.3014m² 0Ha.2402 m² 0Ha.2045m² 0Ha.1377m² 0Ha.1647m² 0Ha.0661m² 0Ha.1872m² 0Ha.3000m² 0Ha.1134m² 0Ha.0859m² 0Ha.1339m² 0Ha.0527m² 0Ha.0944m² 0Ha.0502m² 0Ha.0501m² 0Ha.2801m² 0Ha.1057m² 0Ha.0888m² 0Ha.0955m² 0Ha.2471m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 4°) Expediente N° 519 1309-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucia. VISTO: El expediente Nº 519 1309-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación de los Edictos publicados en virtud de lo resuelto por el Consejo en Actas Nº 2096 y Nº 2104, puntos 2º) y 6º). GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 409 - SAN JUAN – POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2104, punto 6º), para los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucia: Usuario Tejada, Angela del Carmen Campa Rodriguez, Humberto Genaro Cortez, José María García Pelaez, Julio Navarro, Tránsito D. de Aubone, Saul Dirección Nac. de Vialidad Donaire Rivera, José y O. Marini, Francisco Muro, Tomás F. Muro, Tomás F. Basso, Rafael Elizondo, Mercedes B. de Fernandez García, Manuel García, Gervasio Gil, Francisco C. Guevara, Cesáreo M Heredia T. y Angélica N. Jofré, Antonio Segundo Navarro, Agustín Olguín, Rosa A. de Rodriguez, Nilo Julián Rodriguez, Nilo Julián Rojo, José Vera, José Vila, Lorenzo J. Villavicencio, Eulalia Bravo, María Enoe Madrid, Domingo Sanchez Montana, José Zunino, Bernardo Aguero, Margarita de Jofré Enoe Navarro, Tránsito D. de Olguin, Eusebio Peralta, Vicente Vilchez, Fernando Delgado, Juan M. Ortiz, David Roldán, Clara O. de Usuario Zabala, Corsino Irustia, Manuel Pérez, María Lorenzo de Cuenta 2467 286 323 2646 678 2648 5115 2674 2470 321 322 412 420 406 413 414 432 428 423 408 407 419 422 421 437 436 431 499 515 610 512 670 682 678 669 679 681 705 756 768 Cuenta 746 778 833 Dotación 1Ha.5629 m² 2Ha.1639 m² 0Ha.6157 m² 0Ha.7864 m² 0Ha.7800 m² 3Ha.3626 m² 0Ha.7178 m² 1Ha.0681 m² 5Ha.8950 m² 12Ha.682lm² 0Ha.9256m² 0Ha.5380 m² 0Ha.6675 m² 0Ha.5121 m² 0Ha.6462 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.1450 m² 1Ha.2917 m² 0Ha.8564 m² 0Ha.6400 m² 2Ha.1396 m² 0Ha.5755 m² 0Ha.7162 m² 0Ha.6600 m² 0Ha.7800m² 0Ha.7800 m² 1Ha.2114 m² 1Ha.5131 m² 0Ha.7800 m² 1Ha.0480 m² 1Ha.5000 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.7020 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.5797 m² 1Ha.3593 m² 0Ha.5124 m² 1Ha.0363 m² 1Ha.5700 m² 1Ha.5596 m² Dotación 2Ha.0307 m² 0Ha.5180 m² 0Ha.6870 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 410 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2096, punto 2º), artículo segundo, para los siguientes derechos de riego del departamento Santa Lucia: Usuario Labiaso, Evangelina F. de Murciano, Mercedes Reta, Solano Galvez de Gillen, Dora Arias, Lucia Cobos, Juan de los A. Cuello, Natalio Luis Cuello, Francisco García, Horacio Alfredo Herrera, Dardo P. Herrera, Eleazar Herrera, Valentín Jofré, Antonio Segundo Lopez, Micaela Noguera Morales, Antonio y Sra. Muriel Romera, Luis Osorio, José Espinosa de Adaro, Demofila Pereyra, Javier Pérez, Francisco E. Rombola, Domingo Varela, José María Vera, José Aguilera, Manuel Alvarez, Antonia I. Bravo, Noe Coll, Ramona Collado de Gimenez Sanchez, Manuel Grimalt, Josefa G. Uliarte, Miguel Alé, José Viviani, Carlos H. Videla, Elia Caballero de Diaz, Francisco B. Villa, Petronila y Justino Menzur, Florinda M. de Ortega Ruiz, Enrique Juan Búbica, Jorge y Juan De los Rios, Daniel Herrera, Clemente Serafín Jofré, Leandro Castro, Eduardo Dalmiro Cuello, Eusebio Delgado, Rufina A. de Ortiz, Pedro David Zabala Basualdo, Maria O. Carrizo, Arnobio y otra Ferreyra, Rosario Riveros, Petrona G. de Rodriguez, Nicomedes Chicone, Constantino y Otro Cuenta 1233 1206 1170 1175 399 385 415 416 444 384 383 386 417 441 434 457 397 394 426 398 448 405 396 646 518 640 526 632 594 500 747 596 754 740 395 514 609 661 659 3104 707 757 761 763 758 765 779 777 776 803 836 Dotación 0Ha.0510m² 0Ha.0606m² 0Ha.0601m² 0Ha.0506m² 0Ha.1731m² 0Ha.2153m² 0Ha.2900m² 0Ha.3955m² 0Ha.0716m² 0Ha.2153m² 0Ha.4543m² 0Ha.2150m² 0Ha.3900m² 0Ha.1892m² 0Ha.1444m² 0Ha.0512m² 0Ha.1839m² 0Ha.1047m² 0Ha.2000m² 0Ha.2600m² 0Ha.1504m² 0Ha.2245m² 0Ha.3600m² 0Ha.0573m² 0Ha.0902m² 0Ha.1221m² 0Ha.0750m² 0Ha.0686m² 0Ha.0686m² 0Ha.0696m² 0Ha.2175m² 0Ha.1400m² 0Ha.0721m² 0Ha.0725m² 0Ha.3000m² 0Ha.2013m² 0Ha.5000m² 0Ha.1730m² 0Ha.2998m² 0Ha.1362m² 0Ha.4410m² 0Ha.1422m² 0Ha.3360m² 0Ha.3500m² 0Ha.4578m² 0Ha.2973m² 0Ha.3338m² 0Ha.1944m² 0Ha.3900m² 0Ha.1903m² 0Ha.0526m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 411 - SAN JUAN – Usuario Malaise, Julio César Alvarez, Ramón Correa, Vicente S. Muñoz, Petrona R. Rios, Juana A. Rios Vila Clemira Salas, José Bernardo Toledo, Isabel A. Cuenta 981 983 982 988 989 991 990 984 Dotación 0Ha.0700m² 0Ha.3164m² 0Ha.2500m² 0Ha.0866m² 0Ha.0866m² 0Ha.1690m² 0Ha.0866m² 0Ha.1696m² ARTICULO 3º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 5º) Expediente N° 519 1014-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Valle Fertil. VISTO: El expediente Nº 519 1014-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2099 punto 14º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2099 punto 14º), para los siguientes derechos de riego del departamento Valle Fertil: Usuario Sirerol, Enrique Kerman, Luis Kerman, Isaac Silva, Edgar R. Diaz, Rudecindo Serafín Fernandez, Antonio Lorea, Rímolo Pascual Lorea, Rímolo Pascual Cooperativa Agrovitícola (CAVIC) Costa de De la Vega, Modesta Zunino, Josefina Mo de Baistrocchi, Silvio S.A. Sarmiento, Fany Echegaray de Daroni, Alfredo Pellicer, Eduardo Adi, Casimiro Cuenta 600 598 597 581 586 582 420 633 726 656 628 629 631 630 611 610 Dotación 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 0Ha.1596m² 9Ha.8404m² 0Ha.0829m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² 5Ha.0000m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 6º) Expediente N° 519 1013-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Zonda. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 412 - SAN JUAN – VISTO: El expediente Nº 519 1013-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2104, punto 5º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2104, punto 5º), para los siguientes derechos de riego del departamento Zonda: USUARIO DOTACION CUENTA Navas González, Emilio Peralta, Anita Arcelia Balada, José Gonzalo 0Ha.0575m² 0Ha.1248m² 0Ha.0599m² 220 353 357 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 7º) Expediente N° 519 2688-I-96, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100, punto 16º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, el usuario interesado no se presentó a hacer valer su derecho por lo que corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de la concesión de agua de riego para 2Ha.8723m² registrada a nombre del señor Carlos Enrique Mathus bajo cuenta Nº 3378 del departamento Albardón, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78. ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 413 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 8º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO VISTO: La resolución N° 596-DH-97, dictada por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes la resolución N°596-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aragón Juan Arnaldo por la suma total de $260,00 por 20 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de reparación del canal Alto de Sierra, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 414 - SAN JUAN – A C T A N° 2112 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veintiocho días del mes de octubre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2111. 2°) Expediente N° 519 2599-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Santa Lucia en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Santa Lucia. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados de el departamento Santa Lucia, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Cuenta Dotación GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 415 - SAN JUAN – Albarracin, Celia B. de Estornell S.A. Cines y Teatros Usuario Bazan,Felino Modesto Decio Soc.Anon. F.I.C.Y.R Soc. Anon. José D. Graffigna Farina, Mercedes de Fernandez de Aranda P. Riveros, Rogelia León de Fochi, Luis Gnecco, Agustín Graffigna, Benito Duilio Camacho de Marreli, Angela Luraschi G. de Aubone, Maria Maurin, Angelina Z. de Estornell S. A. Cines y Teatros Pazcel, Isabel Lértora, Adela Campodónico de Yornet, Aurora R. de Yornet, Romelia R. de Ginestar S. de Gil, Maria R. Sanchez, Elsa M. Campodónico 41 42 Cuenta 4771 5105 5104 30 27 51 5 15 53 279 3928 8 39 4 60 34 32 5309 58 1Ha.1400m² 1Ha.7040m² Dotación 1Ha.1143m² 0Ha.9766m² 2Ha.8334m² 0Ha.8000m² 0Ha.8999m² 0Ha.6579m² 0Ha.6381m² 1Ha.2064m² 2Ha.1500m² 0Ha.8443m² 0Ha.8624m² 1Ha.4818m² 1Ha.0466m² 0Ha.5700m² 0 Ha.9639m² 2Ha.5100m² 5Ha.8890m² 0Ha.5404m² 1Ha.1670m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente de el departamento Santa Lucia que a continuación se detallan: Usuario Viviendas S.R.L. Viviendas S.R.L. Viviendas S.R.L. Maratta, Adán Marrelli, Luis Moya Yestey, José Gil, Sebastian Ginestar, Rafael Ginestar S. de Gil, Maria R. Ginestar Santander, Carmen Ginestar Santender, Maria Magalhaes, César Américo De Mascarel, Alberto Mascarel, Alberto Mascarel, Alberto Molina, Luis Mercedes Onorato, Saturnino Chacón Perez, Juan Mingolla, Juan Videla, Lucia E.A.Z. de Bustos, Regina M. de Coria, Daniel Jofre, Andres Lara, Rita Castro De Ortiz, César Ridao, Maria López De Marrelli de Cano, Victoria M. Cuenta 24 4971 4970 282 274 291 57 4108 3933 3931 3932 62 3449 3476 3457 70 3475 3945 6328 97 216 225 262 214 222 240 300 Dotación 0Ha.2619m² 0Ha.2619m² 0Ha.2619m² 0Ha.1410m² 0Ha.2454m² 0Ha.0668m² 0Ha.0862m² 0Ha.0506m² 0Ha.1249m² 0Ha.0977m² 0Ha.0862m² 0Ha.0567m² 0Ha.0538m² 0Ha.0988m² 0Ha.0559m² 0Ha.0889m² 0Ha.0552m² 0Ha.0598m² 0Ha.1850m² 0Ha.1500m² 0Ha.2500m² 0Ha.3293m² 0Ha.0632m² 0Ha.1000m² 0Ha.1400m² 0Ha.0558m² 0Ha.0561m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 416 - SAN JUAN – Usuario Castro, Humberto Chena, Justino Coria, Pedro A. Dominguez, Maria R. de Maratta, Bautista Aranda Camacho, Ricardo Montero, Régulo Leonidas y Otros Aubone, Saul Cornelio Balaguer, Jorge Virgilio Giuliani, Juan Carlos y Otr. Carrizo de Quiroz, Daniela Corica, Dominga y Ots. Espin, Juan Bautista Felix Garcia e Hijos S.C.C. Garcia, Encarnación Ruz de Gigantino, Rafael Almiron, Juana Elizondo de Paños, Héctor y Otros Lopez, Agustina Martinez de Maggini, Armando Luis Maratta, Pablo Ramirez, Carlos Mario Russo, Alba Argentina y Otros Russo, Antonio Russo, Maria Juana Vda. de Estado Nac. Argentino Sigalat Mascarell, Juan B. Ginestar S de Gil, Maria R. Ginestar Santander, Carmen Ginestar Santander, Maria A. Ginestar, Rafael Gil, Sebastian Estado Nac. Argentino Cuenta 281 305 269 271 272 3415 3416 22 3053 54 10 3801 21 249 3146 256 11 228 13 45 23 3148 4156 19 43 3531 4991 3933 3931 3932 4108 57 12 Dotación 0Ha.1410m² 0Ha.0568m² 0Ha.2000m² 0Ha.1700m² 0Ha.0605m² 0Ha.1891m² 0Ha.4635m² 0Ha.0838m² 0Ha.1576m² 0Ha.0517m² 0Ha.0850m² 0Ha.3020m² 0Ha.0820m² 0Ha.1507m² 0Ha.0882m² 0Ha.2034m² 0Ha.0883m² 0Ha.3190m² 0Ha.0504m² 0Ha.0527m² 0Ha.3300m² 0Ha.1500m² 0Ha.1510m² 0Ha.2230m² 0Ha.1510m² 0Ha.0882m² 0Ha.0618m² 0Ha.1249m² 0Ha.0977m² 0Ha.0862m² 0Ha.0506m² 0Ha.0862m² 0Ha.1044m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 1696-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100, punto 13º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 417 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Angaco, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Herrera de Orosco, Isabel Merino, Rafael Segundo Amarfil, Victor Manuel Garcia, Martín Miguel Chavero, Horacio de la Paz Gonzalez, Francisco Javier Naveda, Gabino Sotomayor, Vicente Cuenta 986 987 989 1005 1006 1007 1008 1573 Dotación 0Ha.7056m² 1Ha.5457m² 0Ha.5472m² 0Ha.8119m² 0Ha.7482m² 0Ha.6754m² 0Ha.8100m² 0Ha.5434m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 4°) Expediente N° 519 1697-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100, punto 15º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Sanchez, Pedro A. Videla Rojas, Abraham Blanco, Manuel Castro, Aurora Cuenta 176 178 888 1328 Dotación 10Ha.7909m² 16Ha.7433m² 12Ha.5837m² 11Ha.9456m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 418 - SAN JUAN – 5º) Expediente N° 519 1700-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2100, punto 14º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Caucete, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Consejo Reconstrucción San Juan Consejo Reconstrucción Consejo Reconstrucción Ferrocarril del Estado Ferrocarril del Estado Ferrocarril G O A Cuenta 2828 2830 2831 790 791 298 Dotación 3Ha.2854m² 3Ha.5370m² 5Ha.3537m² 1Ha.0000m² 1Ha.0000m² 3Ha.2522m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6º) Expediente N° 519 2020-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2104, punto 2º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 419 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Chimbas, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Perez Garcés, José Carmona, Juan Blanco, Claudio Sanchez, Gabriel Samaja, Domingo Gehan, León Gehan, León Sarmiento, José Rodriguez, Salvador Sarmiento, José Maldonado, Andrés Valverde, Manuel Dorador, Antonia H. Escudero, Paula de Mira Puerta, Olga F. Fernandez, Francisco Salcedo, María Celia Zunino de Lopez Mansilla, Salvador Puy, Manuel F. Sarmiento, José Morrone, Hermino Fagale, Antonio S.A.C.A.I.F.E.I. y O. Locce, María A. y Otra Batezzati, Honorina R. Deiana, Juan Mira, José Crespillo Fernandez L. Marini, Francisco Sala, Domingo Alvarez, Juan P. Albarracín, Micaela de Muñoz, Mercedes Jofré, Marcial De los Ríos, Alvano Luengo, Matilde P. de Pedrosa, Salvador Pedrosa, Salvador Ferreyra, Pío Jorquera, Marcos García, Martín Andrés García, Martín Andrés Usuario Flores, Aurora R. de Flores de Suarez, Aurora Dotación 1Ha.0311m² 0Ha.6845m² 0Ha.7464m² 2Ha.2103m² 1Ha.8100m² 6Ha.1618m² 1Ha.2008m² 4Ha.7760m² 1Ha.2216m² 0Ha.8001m² 2Ha.9072m² 1Ha.3333m² 0Ha.6720m² 0Ha.5647m² 2Ha.5000m² 0Ha.5626m² 5Ha.8536m² 6Ha.5243m² 0Ha.7012m² 1Ha.0142m² 0Ha.5789m² 0Ha.7210m² 0Ha.5407m² 2Ha.5000m² 0Ha.8000m² 1Ha.0340m² 0Ha.5684m² 0Ha.6081m² 1Ha.5000m² 3Ha.4517m² 1Ha.,8637m² 1Ha.5000m² 3Ha.5452m² 0Ha.9882m² 1Ha.3444m² 1Ha.0000m² 1Ha.5000m² 3Ha.6673m² 0Ha.8912m² 3Ha.9141m² 3Ha.9141m² Cuenta 4Ha.0299m² 3Ha.0000m² Cuenta 22 24 38 58 59 63 64 67 69 71 72 77 96 99 104 106 126 128 130 132 136 215 356 530 746 748 768 770 777 779 823 830 833 836 837 849 850 853 856 887 887 Dotación 894 899 GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 420 - SAN JUAN – Yornet, Josefa de Y. Saenz, Aurora V. de Coralli S.A.A.C.I. Ariza Segovia S. y Bergalio, María Edith G. de y Ot. Bettio, Luis Roque Marini, María Marini de Sarmiento, Nazario Diez, Rafael Falcón, Antonio Moreno, Alfonso Moreno, Alfonso Lozano, Antonio Garrido Sanchez Muñoz, Julio Bustos, María Santamaría, Pablo Fernandez, Juan García B. Pedro y Otra Baca, Antonio Gil Guerra, Rafael Luengo, Rogelio Salinas, José Abel Putelli, Domingo Díaz, Patrocinio Putelli, Enrique Provincia de San Juan Dagnino, Alejandro Zárate, Nicasio Lorente de Ramos, María Municipalidad de Chimbas Quiroga, Raúl Domingo Sucesión Valverde, José Laspina, Rosario Santiago, Héctor y Otro Berenguer, Juan Gomez, Pedro Antonio Segovia, Domingo F. Cabrera Ruiz, Eduardo 0Ha.9178m² 0Ha.5924m² 1Ha.0000m² 0Ha.5168m² 5Ha.2831m² 2Ha.0679m² 2Ha.0027m² 2Ha.5000m² 1Ha.2030m² 1Ha.2631m² 0Ha.5468m² 1Ha.5000m² 0Ha.5323m² 1Ha.9513m² 1Ha.2649m² 0Ha.6880m² 2Ha.6052m² 0Ha.5643m² 8Ha.8252m² 1Ha.0000m² 1Ha.0039m² 1Ha.7996m² 1Ha.4609m² 2Ha.5000m² 1Ha.0000m² 1Ha.5000m² 1Ha.3623m² 15Ha.7308m² 0Ha.6662m² 2Ha.3330m² 5Ha.6551m² 1Ha.2769m² 2Ha.8960m² 3Ha.2616m² 0Ha.5264m² 1Ha.7425m² 3Ha.2327m² 3Ha.2226m² 5Ha.9088m² 910 912 948 954 1003 1027 1061 1129 1135 1149 1160 1168 1185 1186 1187 1266 1318 1320 1324 1328 1332 1333 1342 1345 1359 1367 1382 1383 1446 1473 1480 1592 1652 1679 159 4475 1047 1050 1100 ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 7º) Expediente N° 519 1768-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento San Martín. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 421 - SAN JUAN – Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2101, punto 20º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento San Martín, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Estrella, Juan Lund, Kristofer Reynoso, Ernesto Vega, Juana Noguera, Hermenegildo Vargas, Lisandro Cataldo, Teodoro Ferreyra, Pilar Gillemain, Arturo Lima, Manuela Maradona, Clemente Picon, Valentina F. de Serrano, Juan Aguirre, Francisco Bustos, Laureana G. de Gaetano, Segundo López, Antonio R. Vargas, Bautista Gambetta, Luisa Sorsana de Machado Gomez , Nicolás Aguero, Daniel Burgos, Ramona C. Flores, Andrés Zeballos, Héctor Zeballos, Eleazar Estrella, Juan Mas, Benjamin Villa, Francisco I. Sanchez, José Martín Cuenta 45 50 57 61 294 307 344 361 366 377 380 401 421 534 543 570 578 626 653 662 689 696 710 792 794 838 847 856 898 Dotación 4Ha.2581 m² 1Ha.7774 m² 9Ha.0933 m² 0Ha.5100 m² 1Ha.6680 m² 0Ha.6169 m² 0Ha.6682 m² 1Ha.6756 m² 2Ha.8123 m² 1Ha.0320 m² 1Ha.0000 m² 0Ha.6373 m² 1Ha.2500 m² 1Ha.6918 m² 1Ha.5000 m² 0Ha.8629 m² 2Ha.0396 m² 3Ha.2500 m² 1Ha.2246 m² 2Ha.8034 m² 0Ha.7308 m² 0Ha.6792 m² 1Ha.7790 m² 2Ha.2878 m² 3Ha.6118 m² 25Ha.0000 m² 0Ha.9989 m² 1Ha.9488 m² 1Ha.2290 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 8º) Expediente N° 519 2081-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Santa Lucia. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 422 - SAN JUAN – VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2105, punto 6º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Santa Lucia, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Garcia Castro, José Pastran Arlinton, J. Pastrán, Héctor Andino Bravo, Eduardo Gonzalez Cortez, Humberto Herrero, Félix Coop. de Viv. Urbana 7 de Julio Garcia, Juan López, Victoria José y O. Cano, Francisco y O. Dir. Nac. de Vialidad Moreno Manzano, José Meros, Aurora Victoria de Torrent Blanes, Carmelo y Rafael Enrique de Correa, Ana M. Morando Víctor J. y sra. Collado, Pedro Sanchez, R. de Archilla F. Cuenta 1255 1251 1270 1320 5389 3845 6358 1001 3900 986 6215 993 1022 1019 1018 1017 4852 4855 Dotación 0Ha.6790 m² 0Ha.6748 m² 5Ha.8909 m² 0Ha.5871 m² 0Ha.5654 m² 1Ha.9402 m² 2Ha.0784 m² 0Ha.7800 m² 0Ha.9602 m² 5Ha.0000 m² 1Ha.8217 m² 0Ha.6209 m² 0Ha.5867 m² 1Ha.8323 m² 0Ha.6768 m² 2Ha.1112 m² 0Ha.7091 m² 0Ha.6707 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 9º) Expediente N° 519 2458-S-97, SZVALB, JOSE, s/ser presentado en tiempo y forma ref. a edictos publicados, departamento Chimbas. VISTO: Que el señor José Szvalb, titular de la cuenta Nº 992, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2104 punto 2º, manifestando que en el inmueble se está efectuando un estudio de mejora de la tierra, afectada en algunos sectores por GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 423 - SAN JUAN – revenición. Estima que en los primeros meses del año próximo se utilizará la dotación asignada, y; CONSIDERANDO: Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar los motivos presentados por el señor José Szvalb para conservar el derecho de agua para Uso Agrícola de la Cuenta Nº992 para 1Ha.7500m², departamento Chimbas y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519 2020-I-97. ARTICULO 2°. El señor José Szvalb deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha. ARTICULO 3°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo. Cumplido, archívese. 10º) Expediente N° 519 2402-N-97, NUÑEZ, LAURA NATIVIDAD M. DE, s/ser presentado en tiempo y forma sobre caducidad, departamento Chimbas. VISTO: Que la señora Laura Natividad Mancini de Nuñez, titular de la cuenta Nº 803, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2104 punto 2º, manifestando que por razones económicas no hizo uso del agua de riego, comunicando que ha iniciado un cultivo, y; CONSIDERANDO: Que son atendibles las razones invocadas por la recurrente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Aceptar los motivos presentados por la señora Laura Natividad Mancini de Nuñez para conservar el derecho de agua para Uso Agrícola de la Cuenta Nº803 para 1Ha.5511m², departamento Chimbas y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519 2020-I-97. ARTICULO 2°. La señora Laura Natividad Mancini de Nuñez deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola la propiedad antes mencionada, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha. ARTICULO 3°. La peticionante, conforme lo establecido en el inciso 5º) del artículo 61º de la referida norma legal, deberá estar al día con las obligaciones económicas derivadas de la concesión que adeuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes. ARTICULO 4°. Notifíquese a la recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo y Departamento Recaudación a los efectos dispuestos en el artículo tercero. Cumplido, archívese. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 424 - SAN JUAN – 11º) Expediente N° 519 2506-L-97, LOPEZ CABRERA, FRANCISCO S., s/ser presentado en tiempo y forma ref. a edictos publicados, departamento Chimbas. VISTO: Que el señor Francisco S. Lopez Cabrera, titular de la cuenta Nº 1110, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2104 punto 2º, manifestando que el inmueble se encuentra cultivado desde hace dos años, y; CONSIDERANDO: Que la Inspección Técnica de Chimbas rectifica lo informado por expediente Nº 519 2020-I-97 para la cuenta Nº 1110 manifestando que la parcela hace uso del derecho de riego y se encuentra cultivada. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado por el señor Francisco S. López Cabrera de conservar el derecho de agua para Uso Agrícola de la Cuenta Nº 1110 para 0Ha.4730m², departamento Chimbas y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519 2020-I-97. ARTICULO 2°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota. Cumplido, archívese. 12º) Expediente N° 300 5526-A-97, ANTONIA VILLASCUSA, ESCUELA, s/concesión de agua para regadío de espacios verdes y árboles, departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la Dirección de la escuela Antonia Villascusa, solicita concesión de agua para regadío de árboles, espacios verdes y cancha de fútbol, departamento Santa Lucia, y; CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Educación formaliza a fs. 04 la petición de otorgamiento de concesión para dicho establecimiento escolar. Que la Inspección Técnica informa que el predio que ocupa la escuela Antonia Villascusa recibe una dotación de agua para 1Ha.0000m² que no figura inscripta en el Padrón de Usuarios y si en los actuales repartos de riego del ramo Mayorga, canal Bermejito II. Que División Ecología Agrícola determina que la dotación necesaria es de 1Ha.0000m². Que toma conocimiento e informa a fs. 7 vta. el Departamento Irrigación. Que otorgar el derecho de riego al establecimiento de referencia significaría normalizar una situación de hecho ya que figura en los repartos. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Otorgar al Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan Escuela Antonia Villascusa del departamento Santa Lucía, Nom.Cat. 0320/400430, una concesión de GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 425 - SAN JUAN – agua de 1Ha.0000m² para Abastecimiento de Población (riego de jardines y arbolado) conforme al Art. 64 del Código de Aguas; Canal Bermejito II, Ramo Mayorga. ARTICULO 2°. Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental procederá a ajustar la entrega de dotación conforme a derecho. ARTICULO 3°. Departamento Recaudación-División Rentas y Valores confeccionará las boletas respectivas conforme lo establece el Acta N° 2089. ARTICULO 4°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, Departamento Recaudación y Departamento Irrigación. 13º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO VISTO: La resolución N° 598, 603, 604, 605, 606, 607, 609, 610, 611, 612 y 613 -DH-97, dictada por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 598-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 8.922,09 a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de setiembre de 1997. Nº 603-DH-97: por la cual se intima a la firma La Martina S.A. para que de inmediato restituya la situación de los cauces aluvionales modificados en la zona comprendida entre el canal Chilote y Ruta Nº 14 departamento Ullum, haciéndola responsable de acuerdo a lo estipulado por el Art. 245º y concordantes con la Ley 4392/78 (Código de Aguas) de todos los daños y perjuicios causados a obras hidráulicas, poblaciones, propiedades de terceros, vías de comunicación y otros daños ocasionados a terceros y/o cosas, derivados de la ejecución, sin autorización, de las obras de defensa indicadas en el art. 1º. N°604-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Morales por la suma total de $695,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque y tres jornales de camión para el levantamiento de producto de monda en Ramo Sur derivado del Canal Colonia Fiscal, departamento Pocito en una longitud total de 1000 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°605-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Américan Export S.A. por la suma total de $550,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda del Canal Segundo, departamento San Martín en una longitud total de 1200 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°606-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carlos González por la suma total de $72,00 por 6 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Ramo Nº2 derivado de canal Justo Moya, departamento Pocito en una longitud total de 180 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°607-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José María Palma por la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Canal 5º Cuartel, departamento Pocito en una longitud total de 1500 metros, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 426 - SAN JUAN – N°609-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma G.M.D. Distribuciones de Norma Escudero por la suma total de $14.600,00 para la reparación completa de motor Perkins 6 cilindros de camión Ford 7000 modelo 79 patente J051132- Interno 05-10, incluido mano de obra especializada y colocación de repuestos; reparación de bomba inyectora, provisión y colocación de bomba de agua nueva y reparación del sistema de frenos, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°610-DH-97: por lo que se autoriza a los Presidentes de Juntas, Inspectores Técnicos y Delegados Habilitados de los departamentos Jáchal, Iglesia, Calingasta, Angaco, San Martín, Ullum y Zonda, que se consignan en la misma, para que en forma conjunta suscriban los respectivos cheques. N°611-DH-97: por la que se rechazan las propuesta formuladas por las firmas M.A.Y.V.G. SH, Metalúrgica Don Bosco y G.M.D. Distribuciones, por no dar cumplimiento con la debida presentación de la documentación que exige el pliego de condiciones. Nº612-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo para la ejecución de los trabajos de construcción de botadores de rocas (espigones) y la contratación en alquiler de 1000 horas de topadoras para las defensas de los ríos del departamento Calingasta, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. Nº613-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo para la ejecución de los trabajos de construcción de botadores de rocas (espigones) en el cauce de Río San Juan enrocados en los cuencos disipadores del dique José I. de Roza y Partidor San Emiliano y la contratación en alquiler de 800 horas de topadoras, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. 14º) Expediente N° F12 2513-D-96, DPTO. EQUIPOS Y SERVICIOS, e/listado de camionetas y motores en estado de desuso. VISTO: El expediente N° F12 2513-D-96, y; CONSIDERANDO: Que por el mismo Departamento Equipos y Servicios remite nómina de bienes de la Repartición en desuso y otros elementos en estado obsoleto cuya venta se estima conveniente mediante remate público. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 915-DH-97 manifiesta que el Decreto Nº 1427/76, encomienda a la Caja Popular de Préstamos la venta en remate público de los bienes del Estado Provincial en los casos previstos en el articulo 69º, inciso 3º de la Ley de Contabilidad y que para la venta de los bienes que se indican en listados que corren agregados a las presentes actuaciones, corresponde se aplique lo dispuesto en los artículos 27º, 28º, 29º, 30º y 31º del Decreto Acuerdo Nº 0042-E-79. Que ha tomado intervención la Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar el Remate Público de los bienes de la Repartición en desuso y los elementos y/o materiales de rezago cuya nómina se indica a continuación: 1 (uno) Rastrojero modelo 74 doble cabina, chapa J041089, sin motor y sin caja de velocidad. 1 (uno) Rastrojero modelo 74 doble cabina, chapa J041090, sin motor y sin caja de velocidad. 1 (uno) Chevrolet modelo 76 simple, chapa M183782, completa. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 427 - SAN JUAN – 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) 1 (uno) Chevrolet modelo 76 simple, chapa J046387, completa. Motor Tornado 6 cilindros Nº 7077668 completo armado. Motor Ford V8 8 cilindros Nº XMAK86357 completo armado. Motor Ford V8 8 cilindros Nº XJSK63370 completo armado. Motor Ford 6 cilindros Nº 15076 completo armado. Motor Ford 6 cilindros Nº XKAD16171 desarmado. Motor Ford 6 cilindros Nº DMEA36215 desarmado sin árbol de leva. Motor Ford 6 cilindros Nº XCAL14961 completo armado Motor Ford 6 cilindros Nº XKAD16176, en el estado que se encuentra Motor Tornado 6 cilindros Nº230-757087616, armado, en el estado que se encuentra. Motor Crislev 6 cilindros Nº 31A00271, armado, en el estado que se encuentra. Motor Ford 6 cilindros Nº XCAD14091, armado, en el estado que se encuentra. Motor Ford 6 cilindros Nº DMLB42558, armado, en el estado que se encuentra. Motor Ford 6 cilindros Nº DSYA31262, armado, en el estado que se encuentra. Motor Ford 6 cilindros Nº DLTA33464, armado, en el estado que se encuentra. Motor Chevrolet 6 cilindros Nº A231A49942, armado, en el estado que se encuentra. Motor Crislev 6 cilindros Nº 4M001054, armado, en el estado que se encuentra. Máquina de calcular M/Olivetti divisuma 14 Nº 00.A.80924, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular M/Facit Nº 29202, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular M/Facit Nº 2364167 Inv. Nº 31.149, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir M/Olivetti de 90 Esp. Nº 110626 inv. Nº 31143, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escibir M/Olivetti 90 esp. 110616 inv. Nº 31128, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir M/Olivetti de 200 Esp. Nº 172916 inv. Nº 31135, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular divisuma 26 G.T.N. A-9-27.609 inv. Nº 271, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina Fotocopiadora M/Xerox 3100 Nº 111.P.385,en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular Electrosuma 14 Olivetti Nº 873429/2 Inv. Nº 1179, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir de 200 esp. M/Olivetti L 88. Nº A.209700, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir Eléctrica M/Olivetti E.T. 121 Nº 501792, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular M/Olivetti divisuma 26 Nº A.B. 20241 inv. Nº 1187, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina divisuma 14 Olivetti Nº O-A 87989 Nº Inv. 270, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular M/Olivetti multisuma 20 eléctrica Nº 44584 inv. Nº 1465, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de calcular M/Olivetti Nº 972/21320 inv. Nº 1469, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir de 100 esp. M/Olivetti L88 Nº A. 303881 inv. Nº 5476, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Hewlett Packard H.P. 97, con impresora c/ estuche Nº 1909B59208, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Texas Instruments P.C. 100 C. con impresora incompleta Nº 3496789 (Ata) 1280, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular Cifra 121 Nº 53447, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular Facit manual Nº R.A. 1108275, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti Nº O.A. 20848, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti Nº 771360, en el estado en que se encuentra. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 428 - SAN JUAN – 1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti divisuma 26 G.T, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti divisuma 26 G.T inv. Nº 1178, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti con impresora Logos 270 Nº 521412 , en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Texas Intruments P.C. 100 G Nº 9976679 ATA 4881, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina Fotocopiadora M/Canon NP 5.500 Nº 30202933, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular divisuma 26 inv. Nº 5377, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir de 90 esp. S/Marca Nº 5739423 inv.Nº 5340, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir de 90 esp. Nº 5734106 Nº inv. 53142, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Sharp C.S 4164 Nº 09004501, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Sharp C.S 2181 Nº 09002201, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Sharp C.S 4164 Nº 09001701, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de escribir M/Remington 713 Nº L 71785867, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Máquina de Calcular M/Olivetti 14 OA20834, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Conmutador Telefónico M/Siemens N.E.A. 550 de dos cuerpos, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Heladera 4 puertas M/M-24 a motor Acmarmetic Nº 33045, en el estado en que se encuentra 1 (uno) Estufa a gas M/Volcán, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Aspiradora M/ Yelmo Nº12890, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Aspiradora M/ Yelmo de 700 Wats Nº16554, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Aspiradora M/ Dixter mod. 400 Nº 2099 de 1000 wats. 1 (uno) Hormigonera M/Bounous Nº 3544, con motor y tolva 350 lts., en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera M/Bounous Nº 3302, con motor y tolva 350 lts., en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera M/Bounous Nº 3542, con motor y tolva 350 lts. agrícola, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera eléctrica con motor trifásico (roto) 55-724 de 3 HP Bounous de 180 lts., en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera con motor Villa mod. 401/1 Nº 17417-HP-8 200 lts. de capacidad, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1761 con motor Villa Nº 7893 HPO, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1724 con motor Villa Nº 7814 HPO., en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera de 250 lts. M/Dobe Nº 3541 mod. HRM sin motor, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1712 sin motor, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Hormigonera de 180 lts. Nº 1727 sin motor, faltan ruedas delanteras, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Chasis para Hormigonera chica, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Chasis para Hormigonera grande, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Engrasadora manual, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Motor Villa desarmado S/N identificatorio, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Motor Egia Desarmado, en el estado en que se encuentra. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 429 - SAN JUAN – 1 (uno) Motobomba M/Egia Nº 37376, en el estado en que se encuentra. 4 (cuatro) Radiadores grandes, en el estado en que se encuentra. 5 (cinco) Radiadores chicos, en el estado en que se encuentra. 18 (dieciocho) Motores Villa, en el estado en que se encuentra. 3 (tres) Tanques medianos para combustible, en el estado en que se encuentra. 20 (veinte) Palas de punta corazón, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Pala Arenera, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Minicargadora desarmada, en el estado en que se encuentra. Chatarra compuesta por mangos de pala, canastas de albañil rotas, tornillos y chapas varias. 1 (uno) Motobomba M/Egia Nº 36914, en desuso (incompleta) montada en chasis de hierro, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Motobomba M/Egia S/Nº, en desuso (incompleta) montada en chasis de hierro, en el estado en que se encuentra. Hierros varios ( abrazaderas de tachos de grasa), dos volantes de hormigoneras, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Tanque de nafta mediano, en el estado en que se encuentra. 2 (dos) Tachos de 200 litros, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Moto M/Siambreta c/motor Nº 044521- 48cc., en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Moto M/Puma 125 cc. motor Nº 662243, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Moto M/Puma 125 cc. sin motor, en el estado en que se encuentra. 22 (veintidos) Triconos de 8”. 2 (dos) Triconos de 9”. 1 (uno) Tricono de 17”. 1 (uno) Tricono de 15”. 1 (uno) Tricono de 12”. 1 (uno) Cabezal de bomba “Fowal”- salida de 6” - Nº 64-5076. 1 (uno) Carretilla tipo Cajón. 1 (uno) Cabezal de bomba Sylwan 6200 1 (uno) Cabezal de bomba Sylwan 0895 1 (uno) Cabezal de bomba Johnston Nº 17123 1 (uno) Bomba de lodo 2-FG147 6 (seis) Llantas para rodado de camión 1250 (mil docientos cincuenta) Kg. de Chatarra, varios 1 (uno) Chasis de camión 7000 chapa J051125- Motor NPA 6466.841 1 (uno) Carrocería K-A-6-L-K- Nº 062.054 2 (dos) Llantas rodado para camioneta. 1 (uno) Motor generador de luz M/Indela-In-Ayer tipo GE. 75/4 Nº 40227, en el estado en que se encuentra, de 1500 R.P.M. 65 V montado sobre un chasis de hierro de 2mx0,60m. de ancho. 1 (uno) Vibrador M/Dynapac sin motor chasis Nº 188, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Minicargadora sin ruedas M/Erwin Mang. sin número de identificación, sin motor, sin cilindro, sin lanza, en el estado en que se encuentra; montado sobre carretón de la misma máquina con ruedas del carretón. 1 (uno) Motocompresor caracteristicas D603-B Nº 292/1/604446 tipo AGL2114 en desuso, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Tractor M/Deutz Nº Motor FL 11141.800 - 292/1/402835 , en el estado en que se encuentra. Chasis Nº 292/2/85/1549.1430-4470-5-900-72, en desuso, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Excavadora Bucyrus -17-05-, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) retro Fiat Allis S.11-39/04-, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Lote de rodillos, zapatas, etc (peso a determinar) 1 (uno) Camión Ford -F-600 dominio J006534, en el estado en que se encuentra. 1 (uno) Motor Ford 8 cil. en “V” Nº 75M-60923, armado completo sin carburador, sin arranque ni dínamo. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 430 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Encomendar al señor Contador de la Repartición, conjuntamente con el Jefe de la División Patrimonio, a efectuar, conforme a lo establecido por el Decreto Acuerdo Nº 0042E-79, las gestiones pertinentes para llevar a cabo el mismo. ARTICULO 3°. Comuníquese y tómese debida nota. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 431 - SAN JUAN – A C T A N° 2113 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a cuatro días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2112. 2°) Expediente N° 519 2347-A-97, AFRIAGUA S.A., s/ inscripción como empresa perforadora. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Pedro La Motta, en representación de la Empresa Afriagua S. A., solicita se inscriba a la citada empresa en el rubro Perforaciones, proponiendo como representante técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición bajo el Nº37, y; CONSIDERANDO: Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa AFRIAGUA S. A. en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 3º) Expediente N° 519 2500-H-97, HORISUR PERFORACIONES S.A., s/ inscripción como empresa perforadora. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Eduardo Ramos, solicita se inscriba en el registro correspondiente a la Empresa “Perforaciones Horisur S. A.”, proponiendo como representante técnico al Licenciado Ricardo Demartini, inscripto en el Registro de Profesionales de la Repartición bajo el Nº37, y; CONSIDERANDO: Que de los informes producidos por Departamento Agua Subterránea y Secretaría Técnica de la Repartición, surge que dicha petición encuadra en las disposiciones del Art. 170° siguientes y concordantes de la ley N° 4392/78. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 432 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA RE SUE L VE ARTICULO 1°: Autorizar la inscripción de la Empresa “Perforaciones Horisur S.A.” en el Registro de Constructores de Pozos de la Repartición. ARTICULO 2°: Tomen debida nota Secretaría Técnica y Departamento Agua Subterránea, comuníquese y oportunamente archívese. 4º) Expediente N° 519 2213-M-97, MARTIN RODRIGO, ALICIA ESTER, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Santa Lucia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Alicia Ester Martín Rodrigo, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 5597 del departamento Santa Lucia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación registra del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.4835m², registrado bajo cuenta N° 5597, a nombre de Antonio Rodrigo Mena, departamento Santa Lucia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 5°) Expediente N° 519 2422-Z-97, ZEBALLOS, SAUL ARGENTINO Y OTRO, e/renuncia al derecho de riego, departamento Jáchal. VISTO: Que mediante estas actuaciones los señores Saul Argentino Zeballos y Luis Javier Zeballos renucian al derecho de agua que le corresponde al inmueble, Nom. Catastral Nº 1860/190270, inscripto bajo cuenta Nº 2249 a nombre de Gastón Aliro Cuello, departamento Jáchal, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 433 - SAN JUAN – Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 7, el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.8, la situación registral del derecho de que se trata manifestando que mediante escritura Nº 133 que corre agregada a fs. 3/6, los recurrentes acreditan la titularidad que les corresponde sobre la parcela citada, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso que establece el Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0617m², registrado bajo cuenta N° 2249, a nombre de Gaston Aliro Cuello, departamento Jáchal. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 6°) Expediente N° 519 1077-B-97, BUSTOS, EDUARDO P., s/sea presentado en tiempo y forma sobre caducidad según Edicto 30-04-97, departamento Angaco. VISTO: Que el Doctor Eduardo Pedro Bustos, en calidad de Administrador, se presenta a fin de hacer valer los derechos de usuario de la Sucesión Héctor Alfredo Bustos con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2083 punto 7º, manifestando que si bien la propiedad a la que pertenece el derecho de agua no está actualmente cultivada, el agua es utilizada para aumentar el caudal de riego en las propiedades colindantes, y; CONSIDERANDO: Que el presentante no ha cumplimentado lo requerido en la cédula que fue notificada con fecha 21-05-97 y que se adjunta a fs. 4. Que según informa la Inspección Técnica de Angaco a fs.5 vta. el predio 11-60/680440 al cual pertenece el derecho inscripto bajo la cuenta Nº 979 que figura a nombre de Amalia Castro de Castro se encuentra inculto y no hace uso de agua de riego desde hace más de cinco años. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 864-DH-97 manifiesta que el presente caso estaría encuadrado en el artículo 20º del Código de Aguas por haber cambiado el fin para lo cual fue concedido el uso, cual es el riego de su propiedad, por lo que sugiere se declare la caducidad del derecho. Que el artículo 137º de la citada norma legal prevé la caducidad por no uso continuado durante cinco años del derecho de agua de riego. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 434 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar a lo peticionado por el Dr. Eduardo Pedro Bustos. ARTICULO 2°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, de la concesión de agua de riego para 2Ha.0000m² registrada bajo cuenta Nº979 a nombre de Amalia Castro de Castro, departamento Angaco. ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 7°) Expediente N° F12-987-D-97, DIRECCION DEL REGISTRO Y CATASTRO GENERAL DE AGUAS, e/informa sobre usuarios clandestinos, departamento Ullum. VISTO: Que mediante estas actuaciones Dirección del Registro y Catastro General de Aguas una vez verificada el padrón de distribución, comparado con el padrón oficial de riego del departamento Ullum, ha detectado en el reparto dos usuarios de agua que no tienen derecho de riego y que a los efectos administrativos se identifican como Usuarios Clandestinos, y; CONSIDERANDO: Que los usuarios Pedro Gamboa y Quintin Alfaro están incluidos en la nómina de Usuarios Clandestinos que no se presentaron a regularizar la situación de uso, nos obstante haberse ordenado el corte de suministro por resoluciones de Actas Nº 1447/79 y 1450/79. Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 31, los predios propiedad de los señores Pedro Gamboa y Quintin Alfaro reciben actualmente una dotación para 0Ha.4775m² y no tienen instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Asesoría Letrada en su informe 140 DH-97 manifiesta que los usuarios no hicieron su presentación en término tal es lo que establecían los Art. 275 y 276 del Código de Agua y que el permiso precario otorgado mediante Acta Nº 600/60 carece de validez, más aún teniendo en cuenta que el hecho que motiva que se mantenga es a raíz de que éstos no cuentan con suministro de agua potable corresponde notificar a los citados usuarios que deben realizar los trámites para una concesión para bebidas y usos domésticos. Que solo se recepcionó la nota de solicitud del señor Pablo del Carmen Alfaro. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Departamento Irrigación a través de la Inspección Técnica departamental procederá a efectivizar la corta definitiva del agua de riego a los usuarios clandestinos señores Pedro Gamboa y Quintin Alfaro, inmuebles Nom.Cat. Nº 07-26/850280 y Nº 07-24/840740, ratificando lo dispuesto en Actas Nº 1447/79 y 1450/79. ARTICULO 2°. Otorgar a los señores Quintin Alfaro y Pedro Gamboa un permiso de uso conforme lo determina el Art. 14º inciso 1) de la Ley 4392/78. ARTICULO 3°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 435 - SAN JUAN – VISTO: Las resoluciones N° 617, 620, 621, 622, 623, 624, 625, 626, 627, 628, 629, 630, 631, 632, 633, 634, 635 y 636-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 617-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $5.766,93 a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de setiembre de 1997 en los departamentos Calingasta, Iglesia y Jáchal. N°620-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Manzano por la suma total de $312,00 por 24 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y limpieza del dren Graffigna, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°621-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hidalgo B. de Vargas y Otros por la suma total de $650,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y limpieza del Canal Pastoriza, departamento Chimbas, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos N°622-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Vicente González por la suma total de $715,00 por 11 jornales de camión volcador para el transporte de productos de monda de los canales Godoy Robledo, Bermejito y Mayorga, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos N°623-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Valle del Tulum S.A. por la suma total de $510,00 por 37½ jornales de personal obrero para trabajos de limpieza, desmonte y desembanque del canal Justo Moya y 1 jornal de camión para acarreo de producto de monda del mismo canal, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos N°624-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Francisco Rivas Valverde por la suma total de $710,00 por 100 bolsas de cemento con destino a la construcción del encamisado del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°625-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Fernández R., Juan por la suma total de $494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda del Dren 7º, calle 10 entre Alfonso XIII y Callejón Belgrano, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°626-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Ferrarini, por la suma total de $1.080,00 por 60 jornales de personal obrero para trabajos de limpieza y desembanque del Ramo calle 13 y limpieza cola de Ramo calle 15 y 6 sifones y 48 jornales de obrero para limpieza del desagüe Vidart entre 13 y 14, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°627-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Estebes, Rogelio por la suma total de $120,00 por 10 jornales de personal obrero para el mantenimiento del canal Bermejito II, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°628-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Evaristo R. Alés y Evaristo N. Alés por la suma total de $777,00 por 9 jornales de camión y 16 jornales obrero para el retiro de productos de monda del Ramo Barros, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 436 - SAN JUAN – N°629-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hidalgo, Miguel Antonio por la suma total de $858,00 por 66 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda del Ramo Centenario-Alfonso XIII, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°630-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma González, Enrique por la suma total de $299,00 por 23 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y monda del Desagüe Tahona, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°631-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma José Díaz por la suma total de $ 520,00 por 52 jornales de personal obrero para la ejecución de monda, limpieza y desembanque del Canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°632-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Enrique B. Gutiérrez por la suma total de $300,00 por 30 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Ramo Nº8 Superior derivado del canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°633-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Alfredo Millan por la suma total de $500,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Sub Ramo de Villa Botta, derivado del Ramo Nº 20, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°634-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Vicente Oliver por la suma total de $870,00 por 87 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Ramo Nº 5, derivado del canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°635-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Víctor Hugo Millán por la suma total de $500,00 por 50 jornales de personal obrero para la ejecución de limpieza y desembanque del Dren de calle 11, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº636-DH-97: por la que en: Art.1º. Acepta la renuncia presentada por el agente José Ramón Sánchez, M.I.Nº 07.934.708 a la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento San Martín. Art. 2º Asigna la función de Delegado Habilitado de la Repartición en el departamento San Martín, al agente Mario Gustavo Clavel, M.I.Nº 20.130.923, sin perjuicio de sus funciones específicas. Art. 3º La percepción y rendición de los valores en concepto de canon de riego y tasas retributivas de servicios hídricos, será efectuada semanalmente en forma personal por el Delegado Habilitado ante la División Rentas y Valores, conforme a las disposiciones de la Ley de Contabilidad. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 437 - SAN JUAN – A C T A N° 2114 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a once días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2113. 2º) Expediente N° 519 2683-I-97, IRRIGACION, s/autorización con comisión. VISTO: Que mediante estas actuaciones, Departamento Irrigación con motivo del relevo del personal de observadores meteorológicos destacados en comisión en la Estación Nivometeorológica Pachón, Departamento Calingasta, solicita destinar en esta oportunidad a los agentes Manuel Hugo Garcia y Juan José Palayes, por un término aproximado de 96 días a partir del 27/11/97 hasta el 02/03/98, y; CONSIDERANDO: Que para el caso de prorrogarse por causas de fuerza mayor y modificarse el tiempo de permanencia debe preverse la ampliación de dicha comisión. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Destacar a los agentes Manuel Hugo Garcia D.N.I.Nº 7.932.624 y Juan José Palayes D.N.I. Nº 10.223.347, al cumplimiento de la comisión oficial en la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta, como observadores meteorológicos cuya duración se estima por el término de 96 días aproximadamente, desde el 27 de noviembre hasta el 02 de marzo de 1998. ARTICULO 2°. Queda establecido que, para el caso de que la comisión autorizada de los referidos observadores meteorológicos deba prorrogarse por causas de fuerza mayor, debidamente justificado, esta regirá hasta la fecha en que pueda efectuarse el relevo correspondiente. ARTICULO 3°. Comuníquese y tómese debida nota. 3°) Expediente N° 519 2748-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 438 - SAN JUAN – Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en interesados del departamento Chimbas, que presentaciones por escrito ante el Departamento derechos, conforme lo establece el artículo 137º resolver la caducidad de la concesión: Usuario Concar Bragagnolo, Ovidio Municipalidad de Chimbas Sanchez, Cristobal López Mansilla, Salvador Garcia, Emilio Fco. de J. Rodriguez Ortega, Antonio Ferreira, Francisco A. el término de diez (10) días, los usuarios a continuación se detallan, hagan sus de Hidráulica a efectos de hacer valer sus de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de Cuenta 1685 1701 1728 1821 1867 2089 2093 2165 Dotación 5Ha.0000m² 0Ha.5297m² 0Ha.5657m² 1Ha.5688m² 1Ha.0638m² 1Ha.2114m² 0Ha.5386m² 1Ha.2862m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas que a continuación se detallan: Usuario Zunino de Salcedo, Maria C. Silva, Matilde de Rojas S. S. y R. Verena Moreno Marchelli, Salvador Gimenez, Antonio Martinez, Juan C. y Sra. Baistrochi, Ernesto López Fernandez, Juan Porres, Florencio Putelli, Domingo Hidalgo Brizuela, Ramón Baistrochi, Ernesto Cuenta 1696 1698 1717 1724 1726 1742 1744 1757 1779 1822 1839 1841 Dotación 0Ha.2840m² 0Ha.5000m² 0Ha.0726m² 0Ha.0540m² 0Ha.0990m² 0Ha.0665m² 0Ha.0540m² 0Ha.1000m² 0Ha.1631m² 0Ha.5000m² 0Ha.1000m² 0Ha.0540m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 439 - SAN JUAN – Usuario Goyochea, Eusebio S. Yanello, Francisco Valverde, Maria Palomar, Maria Valverde de Castillo de Vela, E. Y Carzzo Vita de y Otro Baco, Juan Amarfil, Clemente Valverde, Juan J. Cortez, Antonio Aballay, Alejandro S. y Otro Deiana, Bernardino Cortez, Carlos Tello, Gustavo Raul y Otro Palmes Pujol, Tosti M. Saiz, Luis Domingo Cuenta 1920 1967 2003 2013 2040 2065 2077 2103 2115 2171 2274 2275 2276 2281 2282 2294 Dotación 0Ha.0669m² 0Ha.2916m² 0Ha.0793m² 0Ha.0675m² 0Ha.0780m² 0Ha.0743m² 0Ha.0824m² 0Ha.3234m² 0Ha.0551m² 0Ha.0666m² 0Ha.0838m² 0Ha.0810m² 0Ha.1326m² 0Ha.1162m² 0Ha.0877m² 0Ha.0600m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 4º) Expediente N° 519 2747-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 440 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas que a continuación se detallan: Usuario Hidalgo, Agustin Club Atlético Benavidez Uñac de Castro, Angélica Vargas, Domingo Valverde de Palomar, Maria Diaz, José Pascual Tejada, Pedro Maria Ahumada, Luis Garrido, Emilio Villafañe, Marcelino Guerrero Muñoz, Antonio Bonilla Lopez, Andres Moreno, Pedro S. Riveros, Eugenio L. Luzi, Héctor Gregorio Herrero, José Sanchez, Julio Castro, Nicolás Riarte, Juan Esmerito Soria de Castro, Rosario Bastida Code Marcial Perez, Oscar Benjamín Guzman, Pedro Deiana, Juan Luis Deiana, Rodolfo Herrera, Petrona C. Palacio, Manuel Jesus Vilchez de Moreno, Dominga Bastida Code Marcial Cortinez, Ernesto Rodriguez, Carlos Suc. Cayetano Yanello I.P.V. Lote 15 Manzana B I.P.V. Lote 15 Manzana B I.P.V. Calle I.P.V. Calle Olmos, Alicia I. Pelayes, Tomas Cortez, Alberto Lujan, Luis Bartolo Olarte, Enrique Herrera, Oscar Angel Vera, Felipe Yacante, Silvestre Amaya, Benancio Vila, Santiago G. Usuario Muñoz,Rosa Perez, Adolfo Cruz Aciar de Flores Cuenta 2296 2299 2301 2303 2311 2323 2502 2515 2661 2664 2666 2672 2682 2685 2687 2713 2714 2730 2764 2783 2795 2803 2804 2826 2828 2844 2845 2850 2924 2956 2957 2958 2990 2991 3056 3057 3070 3090 3109 3137 3141 3142 3144 3145 3147 3166 Cuenta 3216 3239 3243 Dotación 0Ha.1320 m² 0Ha.0900 m² 0Ha.1303 m² 0Ha.0603 m² 0Ha.0675 m² 0Ha.0524 m² 0Ha.0501 m² 0Ha.0667 m² 0Ha.0751 m² 0Ha.1026 m² 0Ha.3500 m² 0Ha.0660 m² 0Ha.1023 m² 0Ha.1000 m² 0Ha.1010 m² 0Ha.1056 m² 0Ha.1000 m² 0Ha.0506 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0522 m² 0Ha.0559 m² 0Ha.1003 m² 0Ha.2000 m² 0Ha.1000 m² 0Ha.0822 m² 0Ha.0520 m² 0Ha.0533 m² 0Ha.0522 m² 0Ha.0785 m² 0Ha.2338 m² 0Ha.2333 m² 0Ha.0507 m² 0Ha.0507 m² 0Ha.3679 m² 0Ha.3679 m² 0Ha.1488 m² 0Ha.1102 m² 0Ha.0848 m² 0Ha.0679 m² 0Ha.1154 m² 0Ha.0554 m² 0Ha.1087 m² 0Ha.0533 m² 0Ha.0581 m² 0Ha.0550 m² Dotación 0Ha.1691 m² 0Ha.0804 m² 0Ha.0943 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 441 - SAN JUAN – Ormeño, Emilio Lázaro Portillo Palacios Fernandez, Gloria Palacios, Eduardo Arias Aldeco Reyes, Adan V. Luna, Dionicio Luna, Dionicio Herrada, Ricardo Mallea, Desiderio Mas Puchol, Vicente Garcia de Maldonado, Maria Valerio, Luis Ordoñes, Raul Juan Alvarez, Washington Villafañe, Elio Brizuela, José Antonio Robledo, Antonio Robledo, Antonio Gomez, Isidro Valerio Flores, Clarisa L. Chirino, Carmen Moreno, Juan Eusebio Paez, Pedro Benito Gob. de la Provincia de San Juan Sanchez, Matias G. Sanchez, Matias G. Vargas, Alberto Solis Castillo, Nicolás Pellicelli, Gustavo Avila, Juan Martín Calvo Encacarnación Segura P. de Carrera de Antunez, Ana Maria Alonso, Oscar Fuentes, José Ozan Vidal, Valentín L. Perez, Juan José Perez, Cosme Galvan, José Manuel Duran, Isidro Bautista Torres de Almonazid, Josefina M. Castro, Carlos Opazo, Vicente Leguiza, Florentino S. Colonna, Mario Ortiza, Juan antonio Aballay, Antonio R. Montoro Chica, Nicolas Faraudo, Mario Usuario Corp. Obispo Pres.Iglesia de Je Cabral, Ramon Nelson Leonardi, Pedro Castro, Eduardo Paredes de Paredes, Ada Jesus 3261 3271 3356 3472 3499 3516 3544 3545 3546 3563 3565 3592 3607 3623 3640 3646 3649 3650 3651 3654 3734 3738 3795 3802 3870 3887 3888 3902 3906 3918 3926 3938 3951 3954 3971 3979 3986 4002 4019 4028 4029 4030 4031 4057 4058 4059 4062 4077 4146 Cuenta 4147 4176 4186 4188 4189 0Ha.1029 m² 0Ha.0819 m² 0Ha.1086 m² 0Ha.0931 m² 0Ha.0993 m² 0Ha.0992 m² 0Ha.0610 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.0540 m² 0Ha.0825 m² 0Ha.3407 m² 0Ha.0860 m² 0Ha.0844 m² 0Ha.4222 m² 0Ha.0507 m² 0Ha.0978 m² 0Ha.0770 m² 0Ha.0822 m² 0Ha.0822 m² 0Ha.0503 m² 0Ha.0609 m² 0Ha.0519 m² 0Ha.0514 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.4126 m² 0Ha.0682 m² 0Ha.1018 m² 0Ha.0603 m² 0Ha.0841 m² 0Ha.2615 m² 0Ha.0555 m² 0Ha.1991 m² 0Ha.1991 m² 0Ha.0579 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0604 m² 0Ha.0714 m² 0Ha.0619 m² 0Ha.0730 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0540 m² 0Ha.0607 m² 0Ha.0627 m² 0Ha.0600 m² 0Ha.0675 m² 0Ha.0767 m² 0Ha.0570 m² 0Ha.0776 m² Dotación 0Ha.3403 m² 0Ha.0513 m² 0Ha.0786 m² 0Ha.0612 m² 0Ha.0618 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 442 - SAN JUAN – Gonzalez, Benito Martín, Graciela Castro de Molina, Maria Lucrec Espejo, Héctor Enrique Alvarez, Miguel 4196 4197 4198 4201 4215 0Ha.0779 m² 0Ha.0988 m² 0Ha.0917 m² 0Ha.0704 m² 0Ha.0738 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 5º) Expediente N°36.952-C-94 y agregados Nº 37.103-E-94; Nº519 1278-C-97, CALIGOLI, RAMON ROQUE, s/empadronamiento, departamento Calingasta. VISTO: El expediente Nº 36.952-C-94 y agregados Nº 37.103-E-94; Nº519 1278-C-97, y; CONSIDERANDO: Que el Consejo mediante Acta Nº 2100 de fecha 05 de agosto de 1997 resolvió el empadronamiento de derechos de agua de riego de inmuebles propiedad de Ramón Roque Calígoli y Establecimiento Valle Grande S.A. en el departamento Calingasta. Que la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas, a fojas 38, manifiesta la imposibilidad de inscribir tal cual fuera ordenado en virtud de la afectación de los distintos inmuebles por diversos canales, aconsejando en consecuencia la inscripción aplicando coeficientes de riego para cada lote y/o parcela. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Disponer las inscripciones cuyo empadronamiento se ordenara oportunamente bajo el procedimiento y la forma aconsejada por la Dirección del Registro y Catastro General de Aguas: Propietario: Establecimiento Valle Grande S.A. Lote 1 - Nom.Catastral 16-26/280560 Superficie: 177Ha.8690,99m² Dotación: 86Ha.2666m² Parcela II - Nom.Catastral 16-26/420580 Superficie: 22Ha.1308,58m² Dotación: 10Ha.7334m² Propietario: Ramón Roque Calígoli Lote 2 - Nom.Catastral 16-26/550440 Superficie: 130Ha.7524,16m² Dotación: 109Ha.8731m² Parcela I - Nom.Catastral 16-26/450530 Superficie: 53Ha.7023,48m² Dotación: 45Ha.1269m² ARTICULO 2°. Notifíquese a los interesados. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 6°) Expediente N° 519 2688-S-97, SECRETARIA TECNICA, e/ documentación referida a batería oficial de pozos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 443 - SAN JUAN – VISTO: El expediente N° 519 2688-S-97, y; CONSIDERANDO: Que mediante estas actuaciones Secretaría Técnica eleva a conocimiento y consideración de este Cuerpo el trabajo efectuado a fin de recopilar antecedentes de información referida a baterías oficiales de pozos ditribuidas en todo el ámbito de la provincia. Que se recabó información contando para ello con el aporte de un grupo de agentes del Departamento Agua Subterránea siendo ejecutados los planos por el señor Gilberto Pringles del Departamento Construcciones. Que Jefatura Técnica quiere destacar el esfuerzo y esmero puesto de manifiesto por el agente Víctor A. Miriani, solicitando un reconocimiento y mención en su legajo personal por la valiosa tarea ejecutada. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Tomar conocimiento de la documentación referida a baterías oficiales de pozos ditribuidas en todo el ámbito de la provincia y dejar fotocopia de la misma en Secretaría Técnica, Departamento Agua Subterránea y Archivo Central. ARTICULO 2°. Agradecer la colaboración, dedicación y empeño puesto de manifiesto por el agente Víctor A. Miriani, haciéndolo acreedor de una mención especial. ARTICULO 3°. Dejar constancia de esta mención en el legajo personal. ARTICULO 4°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 7°) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 640, 641, 642, 647, 648, 649, 650, 651 y 652, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: N°640-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Menin Construcciones por la suma total de $31.450,00 por la contratación en alquiler de 370 horas de máquina topadora para la ejecución de botadores y encauzamientos en canal Agua Negra; reparación de defensas y encauzamientos en canal Chita; reparación de defensas y limpieza de pasantes (bajadas de crecientes) Canal Romo; reparación de defensas Canal la Colonia; reparación de defensas en canales 5,6 y 7 y zona poblacional en el Puque; encauzamiento bajada de creciente en Canal Buena Esperanza; reparación de defensas, encauzamiento de río Jáchal en la Zona del Chinguillo y reparación de defensas zona poblacional de Maliman, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°641-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Federico Hnos. Empresa Constructora por la suma total de $782.376,00 para los trabajos de ejecución de botadores de roca (espigones) en cauce del Rio San Juan, enrocado de cuencos disipadores en GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 444 - SAN JUAN – el Dique José I. de la Roza y Partidor San Emiliano; contratación en alquiler de 800 horas de máquinas topadoras para realizar trabajos de defensas y encauzamiento de ríos en el Valle de Tulum, Ullum y Zonda, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°642-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Oscar Menin Construcciones por la suma total de $268.600,00 para los trabajos de ejecución de botadores de roca (espigones); contratación en alquiler de 1000 horas máquinas topadoras para realizar trabajos de defensas y encauzamiento de ríos en departamento Calingasta, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°647-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Olivos San Juan S.A. por la suma total de $840,00 por 30 jornales de personal obrero para limpieza y desembanque del Canal J. Moya, del Distrito Carpintería, departamento Pocito y 8 jornales de camión para transporte de producto de monda en el mismo canal, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°648-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Lucio Gómez por la suma total de $690,00 por 69 jornales de personal obrero para trabajos realizados en canal Colonia Fiscal Sarmiento, departamento Pocito, en los Ramos Nº 1, Nº 2 y C. Gral. incluido desagüe derivado del mismo canal, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°649-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Solera de Marquez y Otra por la suma total de $80,00 por 8 jornales de personal obrero para monda, limpieza y desembanque Ramo 32 “B” derivado del canal Céspedes, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°650-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Bgas. y Vdos. Sirera S.A. por la suma total de $130,00 por 13 jornales de personal obrero para limpieza y desembanque Ramo 32 ”B“ derivado del canal Céspedes, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°651-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hugo Marcelo Schvartz por la suma total de $1.430,00 por 22 jornales de camión para transporte de productos de monda y del desborde del canal Alto de Sierra, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°652-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Francisco Caparros por la suma total de $450,00 por 45 jornales de personal obrero para limpieza y desembanque Ramo Nº 11, del canal Quinto Cuartel, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece treinta y cinco, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 445 - SAN JUAN – A C T A N° 2115 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dieciocho días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras, bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2114. 2º) Expediente N° 519 2807-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Angaco en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Angaco. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Angaco que a continuación se detallan: Usuario Tejada, Miguel Angel Serrani, Mario I. Santiago, Joaquin Soto, Manuel A. Sanchez, José Carlos Sefair Hnos. S.R.L. Sefair Hnos. S.R.L. Cuenta 2073 2039 1762 1781 1788 1166 1167 Dotación 0Ha.0565 m² 0Ha.0566 m² 0Ha.0630 m² 0Ha.0628 m² 0Ha.0630 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 446 - SAN JUAN – Sefair Hnos. S.R.L. Usuario Sefair Hnos. S.R.L. Sefair Hnos. S.R.L. Sefair Hnos. S.R.L. Sefair Hnos. S.R.L. 1168 Cuenta 1169 1175 1176 1177 0Ha.0878 m² Dotación 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0834 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 3°) Expediente N° 519 2161-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Sarmiento. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107, punto 6º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, el usuario interesado no se presentó a hacer valer su derecho por lo que corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de la concesión de agua de riego para 0Ha.9800m² registrada a nombre del señor Juan de la C. Nuñez bajo cuenta Nº 1501 del departamento Sarmiento, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78. ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 4º) Expediente N° 519 2201-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Albardón. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107, punto 5º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 447 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Albardón, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Lahoz, Carmen C. de Yakin, Santiago Arancibia, Humberto Cuenta 168 294 302 Dotación 1Ha.5662m² 2Ha.9121m² 1Ha.3377m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 5º) Expediente N° 519 2160-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Pocito. VISTO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de lo dispuesto en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107, punto 4º, y; CONSIDERANDO: Que efectuado el trámite de la notificación que determina el artículo 137º del Código de Aguas, corresponde declarar la caducidad, por el no uso continuado durante cinco años, de aquellas concesiones cuyos usuarios interesados no se presentaron a hacer valer su derecho. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Pocito, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Coria Jofré, Juana Hermosilla Hernandez, C. y Otro Hermosilla Hernandez, C. y Otro Fernandez, Gaspar Suc. Busto, Justo Rojas, Cirilo Suc. Atencio, Bautista Ferla, Dante Gobli, Antonia de Maturano, Salvador Soc. Ortiz. Hnos. Ortiz Ruiz, Angela Pastor, Bartolomé Pont. Antonio Usuario Tello Lorenzo, José Cuenta 33 2643 2644 2707 2627 2515 2435 2454 2459 2483 2487 2488 2491 2511 Cuenta 2512 2468 Dotación 11Ha.7600 m² 59Ha.0000 m² 78Ha.6400 m² 243Ha.3066 m² 12Ha.0000 m² 40Ha.0000 m² 78Ha.7419 m² 14Ha.0000 m² 10Ha.0000 m² 14Ha.0000 m² 37Ha.0000 m² 18Ha.0000 m² 14Ha.0000 m² 12Ha.0000 m² Dotación 14Ha.0000 m² 9Ha.6000 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 448 - SAN JUAN – Hernandez, Catalina A. de Soc. San Vicente Banco de San Juan 2637 2238 1720 19Ha.8381 m² 13Ha.3100 m² 100Ha. 0000 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día, en el Boletín Oficial y de dos días, en diario local. ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 6°) Expediente N° 519 2660-CH-97, CHIMINO, ANA ELENA ARRABAL DE, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Ana Elena Arrabal de Chimino, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1948 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0983m², registrado bajo cuenta N° 1948, a nombre de Ana Elena Arrabal de Chimino, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 7º) Expediente N° 519 2590-M-97, MILLAN PEREGRINA, ANTONIO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rawson. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Antonio Millan Peregrina, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 9065 del departamento Rawson, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 449 - SAN JUAN – Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0612m², registrado bajo cuenta N° 9065, a nombre de Antonio Millan Peregrina, departamento Rawson. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 8º) Expediente N° 519 2476-R-97, RODRIGUEZ, RAFAEL MANUEL, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Pocito. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Rafael Manuel Rodriguez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 6592 del departamento Pocito, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0621m², registrado bajo cuenta N° 6592, a nombre de Rafael Manuel Rodriguez, departamento Pocito. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 9º) Expediente N° 519 2353-A-97, ALVAREZ, LEONOR HERRERA DE, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones la señora Leonor Argentina Herrera de Alvarez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 a los GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 450 - SAN JUAN – derechos de agua que les corresponde a los inmuebles inscriptos bajo cuentas Nº 795 y 452 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., los predios de referencia no hacen uso de agua de riego y tienen instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación registral de los derechos de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.2000m² y 0Ha.2000m², registrados bajo cuentas N° 795 y Nº 452, a nombre de Manuel Justino Alvarez, departamento Rivadavia, respectivamente. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 10º) Expediente N° 519 2382-D-97, DOMINGUEZ, ANGEL ANDRES, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Angel Andrés Dominguez, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1224 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 2 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.3 vta., la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0778m², registrado bajo cuenta N° 1224, a nombre de Rafael Dominguez de la Fuente, departamento Rivadavia. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 451 - SAN JUAN – ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 11) Expediente N° 519 2551-S-97, SOBERBIO, FRANCISCO ALFREDO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Dr. Francisco Alfredo Soberbio, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 1992 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.0985m², registrado bajo cuenta N° 1992, a nombre de Francisco Segundo Soberbio, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 12º) Expediente N° 519 2560-E-97, ESPINOSA, HUGO ORLANDO, s/ beneficios art. 286 Ley 4392/78, departamento Rivadavia. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Hugo Orlando Espinosa, solicita se encuadre en los términos de cesación que establece el artículo 286º de la Ley 4392/78 al derecho de agua que le corresponde al inmueble inscripto bajo cuenta Nº 3063 del departamento Rivadavia, y; CONSIDERANDO: Que según informe de la Inspección Técnica Departamental, fojas 3 vta., el predio de referencia no hace uso de agua de riego y tiene instalado el servicio domiciliario de agua potable. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs.4, la situación registral del derecho de que se trata, aconsejando la aplicación de los términos de cesación por no uso, Art. 286 del Código de Aguas. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 452 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286º de la Ley 4392/78, al derecho de agua de riego de carácter permanente para 0Ha.1059m², registrado bajo cuenta N° 3063, a nombre de Hugo Orlando Espinosa, departamento Rivadavia. ARTICULO 2°. Notifíquese a través de la Inspección Técnica departamental y tómese nota de la cesación declarada por este acto. Cumplido pase a Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y archívese. 13º) RESOLUCIONES AD REFERENDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 654, 655, 656, 657, 658, 659, 661, 662, 663, 664, 665, 666, 667 y 668, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 654-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº99 para la reparación general, incluido mano de obra especializada y repuestos necesarios para la puesta en servicio del carretón Leo Cor de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°655-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Héctor Torrente por la suma total de $480,00 por 40 jornales de personal obrero por mantenimiento, desmonte y desembanque del Ramo Richet, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°656-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Sucesión María Castro por la suma total de $60,00 por 5 jornales de personal obrero por limpieza, desmonte y desembanque del Canal Godoy Robledo, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°657-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Julio Enrique Aragón y Juan A. Aragón por la suma total de $120,00 por 10 jornales de personal obrero por la reparación, empalizado del Canal Alto de Sierra, departamento Santa Lucia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°658-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Cesar Ambrosio Gioja por la suma total de $6.120,00 por 58 jornales de camión para transporte de personal y producto de monda y 188 jornales de personal obrero para limpieza, desmonte y desembanque del Dren Bóveda y Colector Carpintería, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°659-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Stornini Excavaciones por la suma total de $29.079,00 para la ejecución de trabajos de monda de cauce y limpieza de obras de arte en el Dren Centro, departamento Angaco en una longitud de 10.770 metros, en un todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones y Especificaciones Técnicas que sirvieron de base para el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº96/97. N°661-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Rodolfo Yanzon y Otros por la suma total de $1.298,00 por 118 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y desborde en canal Varas, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°662-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Planagro S.R.L. por la suma total de $2.310,00 por 210 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en canal Tamberías, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 453 - SAN JUAN – N°663-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mateo Molina por la suma total de $442,00 por 34 jornales de personal obrero para la ejecución de monda y limpieza, Ramo 8, departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°664-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ricardo H. Pontoriero por la suma total de $264,00 por 22 jornales de personal obrero para trabajos de reparación en la obra Toma Nº3 Ramo Monteverde del canal General Albardón, departamento Albardón, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°665-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Industrias J. Matas S.C.A. por la suma total de $2.420,00 por 220 jornales de personal obrero para la ejecución de monda en canal Román, departamento Calingasta, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°666-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Reinaldo Viviani por la suma total de $110,00 por 10 jornales de personal obrero con destino a la limpieza y monda en canal Segundo, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°667-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Miguel A. Pedrozo por la suma total de $2.080,00 por 32 jornales de camión en impermeabilización del canal Punta del Monte Tapia, departamento Angaco, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°668-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Setel S.R.L. por la suma total de $7.700,00 por la adquisición de una Central Telefónica Marca NEC-AK-2464 para 7 líneas externas, digital y con capacidad para 64 líneas internas, para ser instalada en el edificio de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece quince, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 454 - SAN JUAN – A C T A N° 2116 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a veinticinco días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros, Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos e Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2115. 2°) Expediente N° 519 2876-J-97, JUNTA DE RIEGO DE RIVADAVIA, s/autorización para hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de Rivadavia solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Rivadavia y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 25% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 25%, del monto de lo recaudado en el departamento Rivadavia para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519-2663-H-97, HIDROLOGIA, s/ autorización de gasto para efectuar relevo del personal afectado a la estación Pachón. VISTO: Que mediante estas actuaciones Departamento Irrigación, División Hidrología, solicita se contrate el servicio de troperos y mulares para llevar a cabo el relevo-abastecimiento para el personal de observadores meteorológicos que cumplen función en la Estación Nivometeorológica Pachón, departamento Calingasta, y; CONSIDERANDO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 455 - SAN JUAN – Que la petición se funda en que debido a la gran cantidad de nieve precipitada es el único medio posible de acceder a la referida zona. Que se agregan a estas actuaciones los presupuestos presentados por los señores Ramón Luis Ossa y José Orellano. Que la Comisión de Adjudicaciones, una vez analizadas la propuestas presentadas, aconseja adjudicar a favor del señor Luis Ramón Ossa por considerar el mejor precio ofertado y ajustarse a lo requerido para este tipo de trabajo, correspondiendo autorizar una Contratación Directa encuadrada en lo establecido por la Ley de Emergencia Nº6819. Que tomaron debida intervención Departamento Contable y Delegación Contable Fiscal. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la Contratación Directa adjudicando a favor del señor Luis Ramón Ossa en la suma total de $6.864,00 (pesos seis mil ochocientos sesenta y cuatro), de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Nº6819, conforme se detalla a continuación: 12 (doce) días de personal, 4 Troperos a razón de $35,00 cada jornal $1.680,00 12 (doce) días de 18 animales mulares a razón de $24,00 cada jornal $5.184,00 Importe total adjudicado .................... $6.864,00 ARTICULO 2°. Aprobar el gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución el que se afectará a la Partida: JURISDICCION 42 - UNIDAD DE ORGANIZACION 290 CARACTER 1 - FINALIDAD 7 - FUNCION 10 - SECCION 1 - SECTOR 02 - PARTIDA PRINCIPAL 02 - PARTIDA PARCIAL 02 - CLASE 00 - SUBPARCIAL 24 “TRANSPORTE” EJERCICIO 1997. ARTICULO 3°. Autorizar al Departamento Contable a librar la respectiva Orden de Pago a favor del Tesorero de la Repartición, con cargo a rendir cuenta por la suma expresada. ARTICULO 4°. Si por razones climáticas u otras causas de fuerza mayor, justificadas, hicieren variar en más o menos los días de contratación, ésta regirá hasta la fecha en que quede debidamente cumplida. ARTICULO 5°. Comuníquese y tómese debida nota. 4°) Expediente N° 519 1565-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Rawson. VISTO: El expediente Nº 519 1565-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2109 punto 4º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 456 - SAN JUAN – ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2109 punto 4º), para los siguientes derechos de riego del departamento Rawson: USUARIO Aubone de Gonzalez, Maria Nidia Asoc.Coop. del Inst. de Inv. Delaude, Nicolás García, José Antonio Libossart, Arturo Raul Lucio, Jorge Russo, Antonio DOTACION 4Ha.4792m² CUENTA 6192 4Ha.2276m² 0Ha.6001m² 0Ha.5918m² 3Ha.2957m² 0Ha.6027m² 1Ha.2990m² 7625 3744 3782 8259 134 4858 ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 5º) Expediente N° 519 1649-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento San Martín. VISTO: El expediente Nº 519 1649-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la caducidad declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2109 punto 5º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la caducidad declarada en Acta 2109 punto 5º), para los siguientes derechos de riego del departamento San Martín: Usuario Bernaldez de Storni, María Bernaldez de Storni, María Instituto Prov. de la Vivienda Cuenta 636 1285 2043 Dotación 3Ha.2752m² 2Ha.5868m² 6Ha.4476m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 6º) Expediente N° 519 2209-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Angaco. VISTO: El expediente Nº 519 2209-I-97, y; CONSIDERANDO: Que se ha cumplido el término de diez días a partir de la última publicación del Edicto publicado en virtud de la cesación declarada en resolución del Consejo contenida en Acta Nº 2107, punto 3º). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 457 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Ratificar la cesación declarada en Acta 2107, punto 3º), para los siguientes derechos de riego del departamento Angaco: Usuario Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Soc. Sefair Hnos. Cuenta 1119 1120 1121 1122 1123 1124 1125 1172 1171 1170 1174 1173 1163 1164 1165 Dotación 0Ha.0944 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0967 m² 0Ha.1045 m² 0Ha.1045 m² 0Ha.1424 m² 0Ha.1353 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² 0Ha.0878 m² ARTICULO 2º. Tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 7º) Expediente N° 519 2885-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del departamento 9 de Julio. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento 9 de Julio en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de 9 de Julio. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 458 - SAN JUAN – R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en el término de diez (10) días, los usuarios interesados del departamento 9 de Julio, que a continuación se detallan, hagan sus presentaciones por escrito ante el Departamento de Hidráulica a efectos de hacer valer sus derechos, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de resolver la caducidad de la concesión: Usuario Mas, Antonio Mas, Antonio Mas, Antonio Mas, Antonio Soc. En Liq. Ant. Fiorito Hnos. Soc. En Liq. Ant. Fiorito Hnos. Carimar SACIFI y Maritima Gil Mas de Abdala, Rosa Marina Conti, Enrique Evangelisto Cuenta 96 106 113 603 136 137 531 1252 1233 Dotación 1Ha.5093m² 1Ha.8522m² 0Ha.9497m² 0Ha.9025m² 2Ha.5116m² 1Ha.4826m² 2Ha.5000m² 7Ha.5000m² 4Ha.2544m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento 9 de Julio que a continuación se detallan: Usuario Mas, Florencio Galdeano, Juan Benegas Troncoso, M. Recabarren, Lucio Trocoso R. Bernabe Cuenta 553 552 1044 1045 1051 Dotación 0Ha.0804m² 0Ha.0804m² 0Ha.3464m² 0Ha.3464m² 0Ha.2280m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 8º) Expediente N° 519 2886-I-97, IRRIGACION, e/información sobre concesionarios del departamento Chimbas. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Chimbas en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego en función de la aportada por la Inspección Técnica de Chimbas. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de caducidad, artículo 137º y cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas, según corresponda. Que el artículo 137º de la citada norma legal, prevé la caducidad, con previa audiencia del interesado, situación que no puede cumplirse por desconocerse, en la mayoría de los casos, el domicilio legal. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 459 - SAN JUAN – Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Citar y emplazar para que en interesados del departamento Chimbas, que presentaciones por escrito ante el Departamento derechos, conforme lo establece el artículo 137º resolver la caducidad de la concesión: Usuario Porres, Juan W. y Otros Porres, Juan Walter Porres, Juan Walter Porres, Juan W. y Otros Porres, Juan Walter Asociación Mutual Círculo P. S.J. Porres, Juan W. y Juan W. Porres, Juan Walter Porres, Juan W. y Juan W. el término de diez (10) días, los usuarios a continuación se detallan, hagan sus de Hidráulica a efectos de hacer valer sus de la Ley 4392/78, bajo apercibimiento de Cuenta 2017 2018 4391 1098 1756 4390 3810 4384 3811 Dotación 16Ha.5982m² 6Ha.4303m² 3Ha.5305m² 9Ha.7282m² 7Ha.5074m² 10Ha.1494m² 0Ha.6578m² 2Ha.6383m² 0Ha.5707m² ARTICULO 2°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Chimbas que a continuación se detallan: Usuario Enrique Alvarez, Antonio Enrique Alvarez, Francisco Enrique Alvarez de Puig, Isabe Enrique Alvarez de Sanchez, Jos. Enrique Alvarez de Mancini, Mar. Ramos, Rogelio Vargas, Luis Aurelio Salas, Sergio Adrian Vargas, Wenceslado Vargas, José Benito Luna, Jorge Leopoldo Riveros, Raul Perez, Juan Carlos Junco, Mariano Y Otra Muñoz, Felix Benino Riveros, Angel Tejada de Yornet, Blanca Hilda Maldonado, Ramón Rivera, José Mercedes De Los Rios, Rosa De Los Rios, Rosa Kormendy, Jesus Salinas, Miguel Cuenta 4216 4217 4218 4219 4220 4222 4227 4240 4252 4253 4264 2468 4270 4272 4285 4302 4368 4385 4396 4407 4408 4421 4443 Dotación 0Ha.0747m² 0Ha.0693m² 0Ha.0783m² 0Ha.2950m² 0Ha.4226m² 0Ha.1100m² 0Ha.0701m² 0Ha.0823m² 0Ha.0617m² 0Ha.0591m² 0Ha.0561m² 0Ha.0941m² 0Ha.0534m² 0Ha.0857m² 0Ha.0570m² 0Ha.0570m² 0Ha.2337m² 0Ha.3896m² 0Ha.0925m² 0Ha.0870m² 0Ha.0847m² 0Ha.2370m² 0Ha.0547m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 460 - SAN JUAN – Usuario Zeballos, Victor H. Pizarro, Juan Angel Recio, Miguel Nestor Recio, Roberto Paez, Adelaida Paez de Zarate, Victorina del R. Perez, Seferino Fernandez Ruiz, Miguel Muñoz de Martinez, Maria Herrada,Ricardo Jaime Castro, Eduardo Ricardo Porres, Juan W. y Juan W. Cuenta 4444 4446 4447 4448 4449 4450 3378 470 473 3546 4188 3812 Dotación 0Ha.0540m² 0Ha.0586m² 0Ha.1484m² 0Ha.1530m² 0Ha.3384m² 0Ha.3384m² 0Ha.1752m² 0Ha.2467m² 0Ha.2050m² 0Ha.0540m² 0Ha.0612m² 0Ha.2405m² ARTICULO 3°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. ARTICULO 4°. Tómese debida nota. 9º) Expediente N° 519 2808-I-97, IRRIGACION, e/listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego, departamento Caucete. VISTO: Que mediante estas actuaciones el Departamento Irrigación, eleva listado de propiedades que no hacen uso del derecho de riego empadronado en el departamento Caucete en un periodo superior a los cinco (5) años, y; CONSIDERANDO: Que es necesario realizar la depuración de padrones tal cual lo establece el Título IV Capítulo Unico de la Ley 4392. Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha verificado la nómina de los derechos de riego menores de 5000m² en función de la aportada por la Inspección Técnica de Caucete. Que analizados estos actuados se estima conveniente la aplicación de los términos de cesación por no uso, Artículo 286º del Código de Aguas. Que es procedente en este caso hacer publicación de Edictos a efectos de la notificación correspondiente a los interesados, lo que encuadra en las disposiciones del Código de Procedimiento Administrativo (artículo 42º del Decreto Nº 00655-G-73, reglamentario de la Ley Nº 3784). POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la cesación por no uso conforme lo establece el Art. N° 286 de la Ley 4392/78, a los derechos de agua de riego de carácter permanente del departamento Caucete que a continuación se detallan: Usuario Riveros, Martín Olijovski, Samuel Rojas, Francisco Cuenta 2887 2899 3127 Dotación 0Ha.0544 m² 0Ha.1792 m² 0Ha.0581 m² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 461 - SAN JUAN – Moran, Nantes Herrera, Juvenal Corvalan, Ramón Rodriguez, Aldo Muñoz Noguera, Francisco Quiroga, Francio Maria Labake, José Perez, Juan Gomez, Luis de los Santos Avila, Julio R. Rosales, Ramón Luna, Angelia Echegaray de Lopez, Renee E. Pacheco de Ortiz, Pablo Quiroga, Rosauro Bustos, Benicio Corvalan, José Correa, Juan P. Zárate, José Carrasco, Francisco Carril, Marcos Suc. Rudovsky, Gregorio Leglissi, Juan P. Subire de Sanchez, Maria Riveros, Joaquín R. Rodriguez, Miguel Sarich, Ramona Garcia de Fernandez, Matías Fernandez, Nicolás Castro, Enriqueta V. de Palacios, Sixta Barrionuevo, Juan Pelaytay, Horacio Pastor Escudero,Juan Orellano, Vicenta Romero, Fidela Re, Antonio Canto, Francisco Leiva, M. y Alfonso Brizuela, Juan Vargas, Paulino Ferreyra, Pedro Vargas, Gerarda de Usuario Correa, Bernabé Busnik, Abrahan Perez, Mercedes Suc. Abdala, Pedro Pereyra, Julián Aguero, Justo Naveda, Florentino Galo 3128 3133 3134 3212 3214 3235 3237 3239 3238 3240 3241 3840 1011 3045 3 1097 1099 1101 1102 1103 1104 1106 1107 1109 1111 1119 1125 1124 1135 1140 1143 1144 1145 1146 1147 1148 1160 1161 1163 1166 1175 1177 1178 Cuenta 1179 1181 1184 1544 1555 1563 1573 0Ha.0823 m² 0Ha.0857 m² 0Ha.0859 m² 0Ha.0501 m² 0Ha.0510 m² 0Ha.0680 m² 0Ha.0632 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.0680 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.0613 m² 0Ha.0602 m² 0Ha.0716 m² 0Ha.0539 m² 0Ha.1040 m² 0Ha.0966 m² 0Ha.1568 m² 0Ha.1732 m² 0Ha.0900m² 0Ha.0800 m² 0Ha.0650 m² 0Ha.1000 m² 0Ha.0712 m² 0Ha.0735 m² 0Ha.0652 m² 0Ha.1398 m² 0Ha.2213 m² 0Ha.0626 m² 0Ha.0800 m² 0Ha.0960 m² 0Ha.0831 m² 0Ha.1850m² 0Ha.1500 m² 0Ha.0574 m² 0Ha.1250 m² 0Ha.0574 m² 0Ha.0527 m² 0Ha.0620 m² 0Ha.0520 m² 0Ha.1217 m² 0Ha.1250 m² 0Ha.1000m² 0Ha.0660 m² Dotación 0Ha.0600 m² 0Ha.1365 m² 0Ha.3785 m² 0Ha.0735 m² 0Ha.0893m² 0Ha.1427 m² 0Ha.1000 m² ARTICULO 2°. Autorizar la publicación de edictos, por el término de un día en el Boletín Oficial y de dos días en diario local. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 462 - SAN JUAN – ARTICULO 3°. Tómese debida nota. 10º) Expediente N° 519 2684-E-97, ELORZA HILARIO, s/ser presentado en tiempo y forma res. a edictos publicados, departamento San Martín. VISTO: Que el señor Hilario Elorza, titular de la cuenta Nº 1648, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2109 punto 5º, manifestando que no recibió el agua por problemas de revenición pero que en la actualidad está recibiendo el agua en forma permanente, y; CONSIDERANDO: Que son atendibles las razones invocadas por el recurrente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Hacer lugar a lo peticionado por el señor Hilario Elorza referente a la declaración de caducidad sobre la cuenta Nº 1648 del departamento San Martín, dispuesta en resolución de Acta Nº 2109, punto 5º) y desafectarlo del trámite seguido en expediente Nº 519 1649-I-97. ARTICULO 2°. El señor Hilario Elorza deberá, en forma inmediata, poner en actividad agrícola la propiedad inscripta bajo cuenta Nº 1648, caso contrario quedará incurso en la caducidad por no uso que prescribe el artículo 137º de la Ley 4392 a partir de la fecha. ARTICULO 3°. El peticionante, conforme lo establecido en el inciso 5º) del artículo 61º de la referida norma legal, deberá estar al día con las obligaciones económicas derivadas de la concesión que adeuda, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales correspondientes. ARTICULO 4°. Notifíquese al recurrente, luego pase al Departamento Irrigación para que tome nota y supervise el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo segundo y Departamento Recaudación a los efectos dispuestos en el artículo tercero. Cumplido, archívese. 11º) Expediente N° 519 1988-B-97, BASUALDO, ELIDIO ROSAS, s/empadronamiento, departamento Calingasta. VISTO: Que mediante estas actuaciones el señor Elidio Rosas Basualdo, en calidad de propietario, solicita el empadronamiento del derecho de agua de riego correspondiente al inmueble individualizado con Nom. Catastral N° 16-76/540500, ubicado en departamento Calingasta, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas ha efectuado un análisis de los antecedentes dominiales y de derecho de riego del inmueble en cuestión, determinando que el derecho que registra el actual Padrón Oficial de Riego bajo cuenta N° 456, corresponde por idéntica titularidad dominial y uso al terreno que fuera propiedad de Marcelina Basualdo de Basualdo, mensurado y fraccionado por plano de mensura 16-1097/89 con una superficie total de 30Ha.4685,40m², del que surge el lote Nº 1 objeto del empadronamiento peticionado con una superficie según mensura de 10Ha.. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 463 - SAN JUAN – Que según informa la Inspección Técnica Departamental a fojas 15, el predio de referencia recibe una dotación para 10Ha.0000m² por el canal Cano compuerta 20 de lo que en mayor extensión figura inscripto bajo cuenta Nº456. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Empadronar, sin perjuicio de terceros, a nombre de Elidio Rosas Basualdo, el inmueble identificado con Nom. Catastral N° 16-76/540500, con superficie según mensura de 10Ha.0000,00m² y dotación de agua de riego de carácter permanente del río De Los Patos para 10Ha.0000m² en descargo parcial de la cuenta N° 456 que figura inscripta a nombre de Marcelina Basualdo de Basualdo, con dotación para 30Ha.5000m². Canal Cano, compuerta Nº 19, departamento Calingasta. ARTICULO 2°. Notifíquese, tomen debida nota Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido archívese.12º) Expediente N° 519 1855-R-97, REGANTES DEL CANAL GRAL. 25 DE MAYO, s/ traslado de toma, departamento 25 de Mayo. VISTO: Que mediante estas actuaciones Regantes del canal General 25 de Mayo solicitan trasladar sus derechos de riego, 37Ha.5803m², desde la Toma Nº 11 a una nueva toma a construir unos 500 metros aguas abajo de la citada toma, departamento 25 de Mayo, y; CONSIDERANDO: Que formulan tal petición con el objeto de mejorar el dominio de riego de sus propiedades y disminuir el recorrido del ramo interno. Que Secretaría Técnica una vez analizado el pedido de apertura de una nueva toma manifiesta que existen coincidencias por parte de la Junta de Riego, Inspección Técnica y Departamento Irrigación en denegar tal petición, todo ello basado en lo establecido por el artículo 158º del Código de Aguas que dice textualmente: “Número de tomas. Perjuicios a terceros. El número de tomas será el menor posible. El Departamento de Hidráulica está facultado para disponer la unificación de varias de ellas y el correspondiente cierre de las que considere innecesarias. Las tomas deberán ser construidas de manera de no causar daño a terceros” y la voluntad en contrario a este tipo de autorizaciones puesta de manifiesto por las Comisiones de Canal y de la Junta de Riego en el Acta Nº 8/95 y ratificada en Acta Nº 10/96. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar a lo solicitado por regantes del canal General 25 de Mayo Toma Nº 11, en virtud de lo manifestado en los considerandos de la presente resolución. ARTICULO 2°. Notifíquese. Tome debida nota Departamento Irrigación. Cumplido archívese. 13º) RESOLUCIONES AD REFERÉNDUM DEL CONSEJO VISTO: Las resoluciones N° 669, 670, 671, 672, 675, 676, 677, 678, 679, 680, 681, 682, 683, 684, 685, 686, 687, 688, 689, 690, 691, 692, 693, 694, 695, 996, 700, 701, 702, 703, 704, 705, GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 464 - SAN JUAN – 706, 708, 708, 709, 710, 711, 712, 713, 714, 715, 716 y 717-DH-97, dictadas por Dirección General ad referéndum de este Cuerpo, EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRAULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Apruébase en todas sus partes las resoluciones: Nº 669-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº100/97 para la adquisición de lubricantes de distintas densidades y tipos, con destino al mantenimiento y conservación de movilidades, camionetas, camiones y equipos pesados de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°670-DH-97: por la que se autoriza el llamado a Cotejo de Precios Directo Nº101/97 para la adquisición de gaviones tejidos de 4m x 1m x 1m con diafragma malla hexagonal doble torsión de 6 x 8 de 2,4 mm de diámetro ZN y 550 Kg de alambre de amarre ZN de 2 mm, con destino a la construcción de defensas, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica. N°671-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rosa M. Leites de Zeballos por la suma total de $2.665,00 por 41 jornales de camión para el levantamiento y transporte de producto de monda del Dren Santa Teresa del departamento Rawson, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°672-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Manuel Cecilio Gimenez por la suma total de $1.885,00 por 145 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda del canal Cordero, departamento Chimbas, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°675-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la suma total de $825,00 por 75 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda de los canales Lamaral y Puntilla, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°676-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rubio José Isidro por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda del canal Segundo, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°677-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la suma total de $1.650,00 por 33 horas de máquina por la limpieza y monda del Dren San Isidro, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°678-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la suma total de $2.695,00 por 49 horas de máquina por la limpieza y monda del Dren San Isidro, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°679-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la suma total de $6.800,00 por 136 horas de máquina por la limpieza y monda del Dren Belgrano Inferior, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°680-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Schiavi, María Violeta por la suma total de $165,00 por 15 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda del canal Tercero, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 681-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma de $ 9.495,26 a favor de los señores Eduardo Aguilera, Juan Nardi, Herminia Rojas, María de Valverde y Salvador Victoria, propietarios de camiones contratados que ejecutaron tareas en el Valle de Tulum, Ullum, Zonda, Sarmiento, 25 de Mayo y sus Distritos, durante el mes de octubre de 1997. Nº 682-DH-97: por la que se encomienda a partir del 21-11-97, la función de celador del Distrito de la Villa de Calingasta, al agente Domingo Cesar Ibaceta, D.N.I.Nº 13.446.264, en su estado actual de revista y se incluye al referido Celador, en la bonificación por extensión horaria que establece la Ley 5073. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 465 - SAN JUAN – N°683-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Elba Hidalgo de Gil por la suma total de $1.650,00 por 24 jornales de camión para traslado de personal a la obra de encamisado del Canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°684-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la suma total de $1.770,00 por 46 horas de máquina Cargadora y 6 jornales de camión para trabajos de reparación y transporte de ripio del Ramo Alba, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°685-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan Francisco Bustos por la suma total de $1.300,00 por 20 jornales de camión para traslado de personal a distintos canales y ramos para la ejecución de trabajos de monda, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°686-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Pablo Roberto Gimenez por la suma total de $1.105,00 por 17 jornales de camión para transporte de agua para la obra de impermeabilización del canal Tercero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°687-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Evaristo R. Ales y Evaristo N. Ales por la suma total de $1.294,00 por 14 jornales de camión y 32 jornales de personal obrero para traslado y retiro de producto de monda del Ramo La Pampa, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°688-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Ramón Alberto Escudero por la suma total de $252,00 por 21 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos monda del Ramo Sanchez Barboza, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°689-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Víctor Hugo Millan por la suma total de $1.224,00 por 102 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos monda de invierno del canal General de Cochagual, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°690-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo R. Rubio por la suma total de $936,00 por 78 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos monda del Canal Primero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°691-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mateo Sirerol y Otro por la suma total de $585,00 por 9 jornales de camión para transporte de ripio para ejecutar trabajos de reparación en Canal Primero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°692-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Viñas de Alicante S.A. por la suma total de $3.976,00 por 560 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal de Calle 4 Segunda Sección de Riego, departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°693-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Rincón Cercado S.A. por la suma total de $3.976,00 por 560 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal de Calle 4 Segunda Sección de Riego, departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°694-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Aurelio San Nicolás por la suma total de $3.670,00 por 517 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal de Calle 4 Segunda Sección de Riego, departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°695-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Hiperagro S.A. por la suma total de $1.820,00 por 140 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos limpieza y monda del ramo Calle 21; Ramo Calle 23, 1º Sección y Canal Gral., departamento 25 de Mayo, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 466 - SAN JUAN – N°696-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Jorge Luis Búbica por la suma total de $1.200,00 por 48 horas máquinas par trabajos de monda del canal Gral. 9 de Julio, departamento 9 de Julio, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. Nº 700-DH-97: por la que se autoriza el pago por la suma total de $6.062,28 a favor de los señores Rodolfo Cordeje, Luis Cano y José Mario Castro en concepto de prestación de servicio de alquiler de camiones durante el mes de octubre de 1997 en los departamentos Calingasta, Iglesia y Jáchal. N°701-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Peñavid S.A. por la suma total de $4.990,00 por 500 bolsas de cemento para la impermeabilización del Canal Tercero y 32 horas de máquina retroexcavadora para trabajos de refuerzo de bordo en canal Primero, departamento Caucete, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°702-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Domingo R. Rubio por la suma total de $910,00 por 14 jornales de camión para transporte de personal de la Inspección Técnica para ejecutar trabajos de mantenimiento, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°703-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Mario Ferarini por la suma total de $1.100,00 por 110 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza, desembanque y desmonte de los Ramos Nº 34 y Cola del Nº 17, derivados del Canal Céspedes, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°704-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Juan José Mari por la suma total de $120,00 por 10 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos por limpieza y desembanque del desagüe de Calle Vidart, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°705-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma María E. Ferrer de Galán por la suma total de $1.133,00 por 103 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de monda del Canal Gral. Cochagual y monda del canal 2º de Cochagual, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°706-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Eugenio Aranda por la suma total de $1.200,00 por 80 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de monda del Canal Aranda; 32 jornales de obreros por limpieza y retiro de lama del canal San Carlos, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°707-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Antonio Ortiz Ibañez por la suma total de $1.970,00 por 120 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de monda del Canal Gral. Cochagual y 10 jornales de camión por transporte de personal para monda del mismo canal, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°708-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Bruno Testi por la suma total de $1.345,00 por 85 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de monda del Canal 2º de Cochagual y 5 jornales de camión por transporte de personal para monda del mismo canal, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°709-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Carlos Héctor Suarez por la suma total de $307,00 por 22 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos monda de invierno del Canal 1º de Cochagual y 1 jornal de camión por transporte de personal para monda de invierno del mismo canal, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°710-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Omar Sidasmed por la suma total de $2.730,00 por 42 jornales de camión para transporte de personal y material en la consolidación de terraplenes de la Red de Riego, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 467 - SAN JUAN – N°711-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Garcia, Miguel por la suma total de $980,00 por 98 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos limpieza, desembanque y desmonte de los Ramos Nº 10 Superior y Nº 8 Superior, derivados del canal C. Fiscal, departamento Pocito, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°712-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Héctor Paño por la suma total de $1.500,00 por 150 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de monda Ramo Oratorio, departamento Rivadavia, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°713-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín Alfonso Rufino por la suma total de $494,00 por 38 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda Canal Gral. Chimbas, departamento Chimbas, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°714-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Martín Alfonso Rufino por la suma total de $338,00 por 26 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda Canal Maradona de Chimbas, departamento Chimbas, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°715-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Omar Sidasmed por la suma total de $3.250,00 por 50 jornales de camión para transporte de producto de monda en la Red de Riego y Desagüe, departamento Sarmiento, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°716-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Añejol S.A. por la suma total de $264,00 por 24 jornales de personal obrero para la ejecución de trabajos de limpieza y monda del Canal Carril, departamento San Martín, importe que se acreditará a cuenta del pago de Canon y Tasas Retributivas de Servicios Hídricos. N°717-DH-97: por la que se autoriza la adjudicación a favor de la firma Automóvil Club Argentino Filial San Juan por la suma total de $40.000,00 para la compra de gasoil ($35.000,00) y nafta común ($5.000,00) para el mantenimiento de movilidades, camionetas, camiones y equipos pesados de la Repartición, de acuerdo a lo que establece la Ley de Emergencia Hídrica Nº 6819. ARTICULO 2°. Tómese debida nota, comuníquese y archívese. No habiendo mas temas que tratar, siendo la hora trece veinte, se levanta la sesión. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 468 - SAN JUAN – A C T A N° 2117 En la Ciudad de San Juan, Capital de la Provincia del mismo nombre, República Argentina, a dos días del mes de diciembre del año mil novecientos noventa y siete, se reúnen en la sala de sesiones los miembros integrantes del Consejo del Departamento de Hidráulica señores: Francisco Ferrer, Juan Pedrozo, Florencio Riveros e Ing. Amor Antonio Lorenzo Pinos; ausente con aviso el Ing. Agr. Marcos Baltazar Alberto Zapata Lloveras; bajo la presidencia del señor Director General Ing. Joaquín Carlos Riveros, con asistencia del Secretario Técnico Interino Ing. Héctor M. Bacha, Director Administrativo Interino Sr. Ricardo Silva y como Secretaria la Srta. Lucía E. Pérez, siendo la hora diez treinta, se inicia la sesión con la consideración de los siguientes temas: 1º) Acta: Se da lectura y es aprobada por unanimidad el Acta N° 2116. 2°) Expediente N° 519 3021-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ULLUM, s/hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de Ullum solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente al mantenimiento de las defensas aluvionales de los canales Falda y Chilote, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2091 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Ullum y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento Ullum para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 3º) Expediente N° 519 3020-J-97, JUNTA DE RIEGO DE ZONDA, s/hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 469 - SAN JUAN – Que la Junta de Riego de Zonda solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente al mantenimiento de las defensas aluvionales del canal Falda, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2091 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Zonda y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento Zonda para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 4º) Expediente N° 519 2321-J-97, JUNTA DE RIEGO DE CALINGASTA, s/hacerse cargo del mantenimiento y conservación de la Red de Riego del departamento. VISTO: Que la Junta de Riego de Calingasta solicita autorización para hacerse cargo del presupuesto de mantenimiento y conservación de la red de riego, como así también del presupuesto de gastos administrativos y adquisiciones correspondientes al año 1997, y; CONSIDERANDO: Que dicha Junta propone que del total del presupuesto se suprima el monto correspondiente a los cauces: Canal San Guillermo, Cano Castillo, Román, Hilario, Colón, Barrealito, Villa Corral, Puchuzun, Salé, Villa Nueva y el total de tomas en los ríos de Los Patos, Calingasta y Castaño, que estarían a cargo del Departamento de Hidráulica. Que en el Acta Nº 2092 punto 2º se establecen la pautas para que cada Junta de Riego celebre el convenio respectivo a fin de llevar a cabo su cometido. Que en base a ello se ha celebrado el convenio que se adjunta a las presentes actuaciones. Que de acuerdo a las características propias de la red de riego del departamento Calingasta y a los trabajos a realizar por la Junta de Riego, surge como conveniente efectuar la transferencia del 21% de lo recaudado en dicho departamento, por todo concepto ya sea de deuda atrasada como deuda vigente. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 470 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Autorizar la transferencia del 21%, del monto de lo recaudado en el departamento San Martín para gastos de mantenimiento y conservación de la red de riego, a la Junta de Riego a fin de que ejecute los trabajos de monda, limpieza y desembanque correspondiente al año 1997. ARTICULO 2°. Comuníquese la presente resolución y tómese debida nota. 5°) Expediente N° 519 2420-R-97, RUIZ, WASHINGTON RUBEN, s/se lo tenga presentado en tiempo y forma sobre caducidad, departamento Chimbas. VISTO: Que el señor Washington Rubén Ruiz, en calidad de heredero de la Sucesión Eduardo Alvarez, se presenta solicitando se revea la declaración de caducidad por no uso de la concesión de agua para riego inscripta bajo cuenta Nº 1296 del departamento Chimbas, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su informe Nº 948-DH-97 manifiesta que conforme se desprende de los antecedentes que corren agregados a estos actuados, la resolución contenida en Acta Nº2093, punto 11º), que declara la caducidad de la cuenta Nº1296 fue recurrida fuera de los plazos previstos por los artículos 84º y 89º del Decreto 655/73 Reglamentario de la Ley 3784 dejándola firme y consentida y que el artículo 1º apartado 6º de citada norma legal preceptúa que una vez vencido los plazos establecidos para interponer recursos administrativos se pierde el derecho para articularlos. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar por extemporáneo el recurso interpuesto por el señor Washington Rubén Ruiz contra la resolución contenida en Acta Nº2093, punto 11º). ARTICULO 2°. Comuníquese. Tómese debida nota y archívese. 6°) Expediente N° 519 2408-L-97, LACIAR, PEDRO AUGUSTO, s/la restitución de derecho de riego, departamento San Martín. VISTO: Que el señor Pedro Augusto Laciar, se presenta solicitando se restituya el derecho de riego de la cuenta Nº1872, departamento San Martín, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su informe Nº 956-DH-97 manifiesta que conforme se desprende de los antecedentes que corren agregados a estos actuados, la resolución contenida en Acta Nº2082, punto 9º) que declara la caducidad de la cuenta Nº1872 fue recurrida fuera de los plazos previstos por los artículos 84º y 89º del Decreto 655/73 Reglamentario de la Ley 3784 dejándola firme y consentida y que el artículo 1º apartado 6º de citada norma legal preceptúa que una vez vencido los plazos establecidos para interponer recursos administrativos se pierde el derecho para articularlos. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 471 - SAN JUAN – EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar por extemporáneo el recurso interpuesto por el señor Pedro Augusto Laciar contra la resolución contenida en Acta Nº2082, punto 9º). ARTICULO 2°. Comuníquese. Tómese debida nota y archívese. 7°) Expediente N° 519 2197-R-97, RODRIGUEZ, ARMINDA OLGA, s/se lo tenga presentado en tiempo y forma sobre caducidad, departamento Valle Fértil. VISTO: Que la señora Arminda Olga Rodriguez, se presenta solicitando se restituya el derecho de riego de la cuenta Nº612, departamento Valle Fértil, y; CONSIDERANDO: Que Asesoría Letrada en su informe Nº 952-DH-97 manifiesta que conforme se desprende de los antecedentes que corren agregados a estos actuados, la resolución contenida en Acta Nº2099 punto 14º) que declara la caducidad de la cuenta Nº612 fue recurrida fuera de los plazos previstos por los artículos 84º y 89º del Decreto 655/73 Reglamentario de la Ley 3784 dejándola firme y consentida y que el artículo 1º apartado 6º de citada norma legal preceptúa que una vez vencido los plazos establecidos para interponer recursos administrativos se pierde el derecho para articularlos. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar por extemporáneo el recurso interpuesto por la señora Arminda Olga Rodriguez contra la resolución contenida en Acta Nº2099 punto 14º). ARTICULO 2°. Comuníquese. Tomen debida nota de la caducidad declarada mediante Acta 2099 punto 14º), para el derecho de riego de 5Ha.0000m² inscripto bajo cuenta Nº 612 a nombre de Arminda Olga Rodriguez, departamento Valle Fértil, Departamento Recaudación, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 8°) Expediente N° 519 2399-G-97, GARCES, JORGE JULIAN, s/sea presentado en tiempo y forma sobre caducidad, departamento Santa Lucía. VISTO: Que el Dr. Jorge Julian Garcés en representación de su padre y poderante José Garcés Noguera, titular de la cuenta Nº 4839, se presenta formulando reclamo con motivo del Edicto de publicación del Acta Nº 2105 punto 6º) Artículo 2º, manifestando que desconoce la existencia del derecho de agua de la propiedad adquirida al señor Giner, no habiendo usufructuado el derecho por no tener localizada la vía (acequia) de ingreso del agua a su propiedad, y; CONSIDERANDO: Que la Inspección Técnica de Santa Lucía a fs.8 ratifica el no uso de la dotación desde la construcción de la Avenida de Circunvalación, por quedar fuera de servicio parte del canal Oro por donde se entregaba dicha dotación, informando además que luego de una consulta verbal el recurrente reconoció que había incurrido en una equivocación ya que lo expresado en su nota GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 472 - SAN JUAN – corresponde a otro inmueble Nom.Cat. 03-24/530340, sin derecho de riego y no al predio Nom.Cat. 01-54/890730 al cual pertenece la concesión de riego cuya cesación se declara en la referida Acta. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. No hacer lugar al reclamo formulado por el Dr. Jorge Julian Garcés. ARTICULO 2°. Comuníquese. Tomen debida nota de la cesación declarada mediante Acta 2105 punto 6º) Artículo 2º, para el derecho de riego de 0Ha.1886m² inscripto bajo cuenta Nº 4839 a nombre de José Garcés Noguera, departamento Santa Lucía, Dirección del Registro y Catastro General de Aguas y Departamento Irrigación. Cumplido, archívese. 9°) Expediente N° 519 0360-D-97, DISTROCUYO S.A., s/ benef. art. 137 por caducidad de dotación, departamento Rivadavia. VISTO: Que por estas actuaciones el señor Miguel Angel Ros en representación de Distrocuyo S.A., Empresa concesionaria del transporte de energía eléctrica en Mendoza y San Juan, solicita se disponga la caducidad de la dotación conforme al artículo 137 del Código de Aguas de los predios Nom.Cat. 02-39/180600 y 02-39/170510, y; CONSIDERANDO: Que Dirección del Registro y Catastro General de Aguas informa a fs. 23, que la Empresa Distrocuyo Sociedad Anónima es titular dominial de las parcelas de referencia según se desprende de las fotocopias de escrituras obrantes de fojas 3 a 18 y que los derechos de riego pertenecientes a los inmuebles Nom.Cat.02-39/180600 y Nom.Cat.02-39/170510 figuran inscriptos bajo las cuentas N° 2300, Nº 1396, Nº 4994 y Nº 4993 del departamento Rivadavia con dotaciones de carácter permanente para 2Ha.3162m², 0Ha.4699m², 1Ha.0403m² y 1Ha.9983m². Que la Inspección Técnica Departamental, fojas 24, manifiesta que las referidas parcelas no hacen uso del agua de regadío desde hace más de cinco años. Que Asesoría Letrada en su informe Nº 947-DH-97 manifiesta que el artículo 137º del Código de Aguas dispone que las concesiones de uso de agua para riego caducan por el no uso continuado durante cinco años y que la audiencia previa que prevé el mencionado artículo quedaría cumplimentado con la declaración de voluntad del interesado a fs. 2 de autos por lo que sugiere se declare la caducidad por no uso de agua para riego de las concesiones de referencia. POR ELLO, en uso de sus atribuciones: EL CONSEJO DEL DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA R E S UE L VE ARTICULO 1°. Declarar la caducidad por no uso continuado durante cinco años de las concesiones de agua de riego del departamento Rivadavia, que a continuación se detallan, conforme lo establece el artículo 137º de la Ley 4392/78: Usuario Agua y Energía Eléctrica E.N.D.E. Cuenta Dotación 2300 2Ha.3162m ² GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEPARTAMENTO DE HIDRÁULICA 473 - SAN JUAN – Usuario Videla, Marta Cuenta Dotación 1396 0Ha.4699m ² Empresa de Transporte de Energía