NAR Nº N/AA (01/12/2015). Coordinación de la circulación
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NAR Nº N/AA (01/12/2015). Coordinación de la circulación
Dirección de Seguridad en la Circulación Subdirección de Seguridad en la Circulación NORMA ADIF DE REGLAMENTACIÓN Nº N/AA RE NAR Nº N/AA Madrid, 01 de diciembre de 2015 COORDINACIÓN DE LA CIRCULACIÓN ENTRE RESPONSABLES DE CIRCULACIÓN ********* 1. INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN DE LOS TRENES La adecuada gestión del tráfico ferroviario requiere que los Responsables de circulación se mantengan permanentemente informados entre sí, siguiendo las instrucciones establecidas por el PM. Además, deberán comunicar al PM cualquier falta de capacidad de la estación, dependencia, o anormalidad en la línea. 1.1. En líneas sin CTC 1. En líneas con BA, BLA, BEM, comunicarán verbalmente al colateral, en el sentido de la marcha del tren, la hora exacta de su salida o paso. 2. De igual forma, procederán en trayectos donde se circule al amparo del BT cuando dicha hora no coincida con la prevista en la petición de la vía. 3. En líneas con BAB y BLAB, se atendrán, además, a las instrucciones del PM respecto a la vía por la que han de expedir los trenes. 4. En líneas con elevada densidad de circulación, podrá regularse por el Organismo de gestión de tráfico la forma de hacer estas comunicaciones o su omisión cuando se trate de trenes que no circulen con adelanto o trenes en lanzadera cuando no se altere el orden de circulación de los mismos. 1.2. 1. En líneas con CTC El Responsable de Circulación del CTC, de estaciones telemandadas o de la estación en ML, en su caso, cursará la misma comunicación del apartado anterior a los Responsables de Circulación de las estaciones colaterales al CTC y viceversa. NAR Nº N/AA Edición BORRADOR -01/12/2015. 1/2 Dirección de Seguridad en la Circulación Subdirección de Seguridad en la Circulación 2. Cuando una estación tome el ML, el Responsable de Circulación de la misma, será informado previamente por el Responsable de Circulación del CTC y/o de las estaciones colaterales, en caso de que estuvieran en ML, de la situación de los trenes. 3. Los Responsables de Circulación de CTC colaterales, podrán omitir estas comunicaciones, cuando dispongan de sistemas de información del tráfico de trenes, cuando no se altere el orden de circulación de los mismos. 2. GESTIÓN DE LA CIRCULACIÓN 1. El Responsable de Circulación que considere que no puede recibir un tren por falta de capacidad de las vías o por anormalidad, deberá comunicarlo al PM con la antelación suficiente, quien decidirá lo procedente y dará las órdenes oportunas para la regulación del tráfico ferroviario. 2. Para el cálculo de la hora de llegada o paso de los trenes por las estaciones, los Responsables de Circulación de las estaciones o de los CTC, operarán con los tiempos mínimos por trayecto. ********* NAR Nº N/AA Edición BORRADOR -01/12/2015. 2/2