NAR Nº N/AA (01/12/2015). Coordinación de la circulación

Transcripción

NAR Nº N/AA (01/12/2015). Coordinación de la circulación
Dirección de Seguridad en la Circulación
Subdirección de Seguridad en la Circulación
NORMA ADIF DE
REGLAMENTACIÓN
Nº N/AA
RE NAR Nº N/AA
Madrid, 01 de diciembre de 2015
COORDINACIÓN DE LA CIRCULACIÓN ENTRE
RESPONSABLES DE CIRCULACIÓN
*********
1. INFORMACIÓN SOBRE SITUACIÓN DE LOS TRENES
La adecuada gestión del tráfico ferroviario requiere que los Responsables de circulación se
mantengan permanentemente informados entre sí, siguiendo las instrucciones establecidas por
el PM. Además, deberán comunicar al PM cualquier falta de capacidad de la estación,
dependencia, o anormalidad en la línea.
1.1.
En líneas sin CTC
1.
En líneas con BA, BLA, BEM, comunicarán verbalmente al colateral, en el sentido de la
marcha del tren, la hora exacta de su salida o paso.
2.
De igual forma, procederán en trayectos donde se circule al amparo del BT cuando dicha
hora no coincida con la prevista en la petición de la vía.
3.
En líneas con BAB y BLAB, se atendrán, además, a las instrucciones del PM respecto a
la vía por la que han de expedir los trenes.
4.
En líneas con elevada densidad de circulación, podrá regularse por el Organismo de
gestión de tráfico la forma de hacer estas comunicaciones o su omisión cuando se trate de
trenes que no circulen con adelanto o trenes en lanzadera cuando no se altere el orden de
circulación de los mismos.
1.2.
1.
En líneas con CTC
El Responsable de Circulación del CTC, de estaciones telemandadas o de la estación en
ML, en su caso, cursará la misma comunicación del apartado anterior a los Responsables
de Circulación de las estaciones colaterales al CTC y viceversa.
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Subdirección de Seguridad en la Circulación
2.
Cuando una estación tome el ML, el Responsable de Circulación de la misma, será
informado previamente por el Responsable de Circulación del CTC y/o de las estaciones
colaterales, en caso de que estuvieran en ML, de la situación de los trenes.
3.
Los Responsables de Circulación de CTC colaterales, podrán omitir estas
comunicaciones, cuando dispongan de sistemas de información del tráfico de trenes,
cuando no se altere el orden de circulación de los mismos.
2. GESTIÓN DE LA CIRCULACIÓN
1.
El Responsable de Circulación que considere que no puede recibir un tren por falta de
capacidad de las vías o por anormalidad, deberá comunicarlo al PM con la antelación
suficiente, quien decidirá lo procedente y dará las órdenes oportunas para la regulación
del tráfico ferroviario.
2.
Para el cálculo de la hora de llegada o paso de los trenes por las estaciones, los
Responsables de Circulación de las estaciones o de los CTC, operarán con los tiempos
mínimos por trayecto.
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