manual guia del inspector aga del departamento de servicios

Transcripción

manual guia del inspector aga del departamento de servicios
Manual Guía – Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
República Oriental del Uruguay
Fuerza Aérea
Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
Dirección de Seguridad Operacional
División Navegación Aérea
MANUAL GUIA DEL INSPECTOR AGA
DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS
AEROPORTUARIOS E INFRESTRUCTURA
AERONAUTICA
MANUAL DE AERÒDROMOS
i
Manual Guía – Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
PÁGINA INTENCIONALMENTE EN BLANCO
Manual Guía - Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
Índice
PARTE I CONTENIDO DEL MANUAL DE AERÓDROMO ........................................ 1
PARTE II INFORMACION QUE HA DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO ........................................................................................................... 1
PARTE III DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO ........................................................................................................... 1
CAPITULO I.
GENERALIDADES ................................................................ 1
CAPITULO II.
DETALLES DEL EMPLAZAMIENTO DEL AERÓDROMO .... 1
CAPITULO III.
DETALLES DEL AERÓDROMO QUE SERÁN
NOTIFICADOS AL SERVICIO DE INFORMACION AERONAUTICA (AIS)............ 1
A.01 INFORMACION GENERAL..................................................................... 1
A.02 DIMENSIONES DEL AERÓDROMO E INFORMACION CONEXA ......... 2
CAPITULO IV.
DETALLES DE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES
DE AERÓDROMO Y MEDIDAS DE SEGURIDAD................................................. 3
A.01 NOTIFICACIONES DE AERÓDROMO ................................................... 3
A.02 ACCESO AL AREA DE MOVIMIENTO DEL AERÓDROMO ................... 3
A.03 PLAN DE EMERGENCIA DEL AERÓDROMO ....................................... 3
A.04 SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCION DE INCENDIOS .............. 4
A.05 INSPECCION DEL AREA DE MOVIMIENTO DEL AERÓDROMO Y DE
LAS SUPERFICIES LIMITADORAS DE OBSTACULOS POR EL OPERADOR
DEL AERÓDROMO ............................................................................................ 5
CAPITULO V.
AYUDAS VISUALES Y SISTEMAS ELECTRICOS DEL
AERÓDROMO
5
A.01 SERVICIO DE COMUNICACIONES, NAVEGACIÓN Y VIGILANCIA ..... 6
A.02 MANTENIMIENTO DEL AREA DE MOVIMIENTO .................................. 6
A.03 TRABAJOS EN EL AERÓDROMO - SEGURIDAD ................................. 7
A.04 GESTION DE LA PLATAFORMA............................................................ 7
A.05 GESTION DE LA SEGURIDAD EN LA PLATAFORMA .......................... 7
A.06 CONTROL DE VEHICULOS EN EL ÁREA DE MOVIMIENTO ................ 8
A.07 GESTION DEL PELIGRO AVIARIO Y FAUNA SILVESTRE ................... 8
A.08 CONTROL DE OBSTACULOS ............................................................... 8
A.09 TRASLADO DE AERONAVES INUTILIZADAS ....................................... 9
A.010
MANIPULACION DE MATERIALES PELIGROSOS ........................... 9
A.011
OPERACIONES EN CONDICIONES DE VISIBILIDAD REDUCIDA . 10
A.012
PROTECCION DE EMPLAZAMIENTOS DE RADAR, RADIOAYUDAS
PARA LA NAVEGACION y METEOROLOGÍA ................................................. 10
CAPITULO VI.
ADMINISTRACION DEL AERÓDROMO Y SISTEMA DE
GESTION DE LA SEGURIDAD ........................................................................... 11
A.01 Administración del aeródromo............................................................... 11
A.02 Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS) ...................... 11
PARTE IV APENDICES ........................................................................................... 13
III
Manual Guía – Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
LISTA DE PÁGINAS EFECTIVAS
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Manual Guía - Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
INTRODUCCIÓN
ALCANCE:
Departamento de Servicios Aeroportuarios e Infraestructura Aeronáutica
(AGA)
OBJETIVO:
El presente manual guía tiene por finalidad proporcionar orientación a los
inspectores de Vigilancia de la Seguridad Operacional y Certificación de Aeródromos sobre el
Manual de Aeródromo (MOA), en cumplimiento con el RAU 139, así como tratar sobre los
aspectos técnicos pertinentes de actualidad.
DEFINICIONES / ABREVIATURAS:
AGA – Departamento de Servicios Aeroportuarios e Infraestructura Aeronáutica
DGAC – Director General de Aviación Civil
DINACIA – Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica
DNA – División de Navegación Aérea
DSO – Dirección de Seguridad Operacional
OACI (ICAO) – Organización de Aviación Civil Internacional
RAU – Reglamentos Aeronáuticos Uruguayos
MOA - Manual de Aeródromo
V
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PARTE I – CONTENIDO DEL MA
PARTE I
CONTENIDO DEL MANUAL DE AERÓDROMO
(a) Todo solicitante de un certificado de aeródromo debe incluir en el Manual de Aeródromo
una descripción de los procedimientos operativos, las instalaciones y equipos, asignación
de responsabilidades, y cualquier otra información necesaria para el personal relacionado
con el funcionamiento del aeródromo con el fin de cumplir con las disposiciones
aplicables en el RAU 139 y en el presente manual.
(b) El operador de aeródromo certificado debe incluir en el Manual de Aeródromo los
siguientes elementos, según corresponda a su categoría:
(1)
Página de enmiendas o revisiones
(2)
Documento de solicitud
(3)
Boletín de Aeródromos
(4)
Nombramiento del Responsable del Aeródromo.
(5)
Título de propiedad o similar.(Registrada por la autoridad competente). Concesiones
/contrato de concesión y sus responsabilidades
(6)
Procedimiento operacional de Notificaciones de Aeródromo.
(7)
Procedimiento de Acceso al área de movimiento.
(8)
Procedimiento de Servicio de Salvamento y Extinción de Incendios.
(9)
Procedimiento de Inspección al Área de movimiento y de la superficie limitadora de
obstáculos.
(10) Procedimiento Mantenimiento de ayudas visuales y sistema eléctrico de aeródromos.
(11) Procedimiento de Mantenimiento al área de movimiento.
(12) Procedimiento de Seguridad de las obras en el aeródromo.
(13) Procedimiento de Gestión de la plataforma y gestión de la seguridad en la plataforma.
(14) Procedimiento de Control de vehículos en la parte aeronáutica.
(15) Procedimiento de Gestión del peligro de la fauna.
(16) Procedimiento de manipulación de materiales peligrosos.
(17) Procedimiento en aeródromo para Operaciones en condiciones de visibilidad reducida.
(18) Procedimiento de Protección de emplazamiento de radar y radioayudas para la
navegación.
(19) Carta topográfica a escala indicada por la DINACIA que contenga la ubicación del
aeródromo referenciado al Sistema Geodésico Mundial 1984 (WGS-84).
(20)
Plano de Aeródromo en Planta General (Escala 1: 2000)
(21) Plano de Perfil Longitudinal de pista.(Escala Vertical = 1: 200 y Escala Horizontal = 1:
2000)
(22) Datos actualizados de declinación magnética.
(23) Planos de Señalización del Área de Movimiento. Escala 1: 500.
(24)
Diagrama Unifilar Eléctrico del área de Movimiento y Fuentes de energía secundaria
(25) Planos de configuración del sistema de iluminación del Área de Movimiento. Escala 1:
500
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PARTE I – CONTENIDO EL MA
(26)
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DINACIA – División Navegación Aérea
Cartas de Acuerdo
(27) Cartas de Acuerdo de Bomberos cuando amerite.
(28)
Plano de Superficie Limitadora de Obstáculos - .
(29) Estudio de Índice Perfil de Pista y Coeficiente de Fricción de Pista.
(30)
Plan de Emergencia del Aeródromo.
(31) .Condiciones Generales para el Otorgamiento del Certificado de Aeródromo. (Apéndice N)
(32) Copia del certificado.
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DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE II – INFORMACION DEL MA
PARTE II
INFORMACION QUE HA DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO
(a)
A los fines de la Certificación, el operador de un aeródromo debe incluir los siguientes
capítulos en el Manual de Aeródromo:
(1) Capítulo 1.
Generalidades.
(2) Capítulo 2.
Detalles del emplazamiento del aeródromo.
(3) Capítulo 3.
Detalles del aeródromo que deben notificarse al Servicio de
Información Aeronáutica (AIS) de la DINACIA.
(4) Capítulo 4.
Dimensiones
del
aeródromo
e
información
conexa,
los
procedimientos de operación del aeródromo y las medidas de seguridad establecidas.
Estos deben incluir referencias a los procedimientos de tránsito aéreo como los
pertinentes a las operaciones con baja visibilidad. Los procedimientos de gestión del
tránsito aéreo normalmente se publican en el manual de servicios de tránsito aéreo con
referencia al Manual de Aeródromo.
(5) Capítulo 5.
Detalles de la administración del aeródromo y del sistema de gestión
de la seguridad operacional.
(b)
Si la DINACIA exime al Operador de Aeródromo del cumplimiento de algún requisito
establecido en el procedimiento para el otorgamiento de un Certificado de de Aeródromo,
este se indicara en el Manual de Aeródromo, el número de identificación otorgada a dicha
excepción y la fecha en que ésta entró en vigor así como cualquier condición o
procedimientos sujetos a los cuales la exención fue otorgada.
(c)
Las Resoluciones emitidas por la DINACIA respecto al proceso de certificación
deben formar parte del Manual del Aeródromo como Anexos.
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PARTE III – DETALLES DEL MA
PARTE III
DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE AERÓDROMO
CAPITULO I.
GENERALIDADES
(1) Información general, finalidad, ámbito del Manual de Aeródromo, el requisito jurídico del
Certificado de Aeródromo y del Manual de Aeródromo según lo prescriben los
reglamentos nacionales;
(2) condiciones de operación del aeródromo;
(3) sistema de información aeronáutica disponible y los procedimientos para la
promulgación de dicha información;
(4) sistema para registrar movimientos de aeronaves, y
(5) obligaciones del operador del aeródromo.
CAPITULO II. DETALLES DEL EMPLAZAMIENTO DEL AERÓDROMO
(1) plano de aeródromo indicando las principales instalaciones para el funcionamiento del
aeródromo incluyendo, el emplazamiento de cada indicador de dirección del viento;
(2) plano de aeródromo indicando los límites del mismo; y en caso de haber sido
concesionado el aeródromo se indicará también el área de concesión
(3) plano que indique la distancia del aeródromo con respecto a la ciudad, u área poblada
más cercana, y el emplazamiento de cualquier instalación y equipo de aeródromo fuera
de los límites de éste, y
(4) detalles del título de propiedad del predio en que se encuentra emplazado el
aeródromo. Si los límites del aeródromo no están definidos en los documentos del título,
indicación de los detalles del título de propiedad o de los derechos respecto del predio
sobre el que el aeródromo está emplazado y un plano que indique los límites y la
posición del aeródromo.
CAPITULO III. DETALLES DEL AERÓDROMO QUE SERÁN NOTIFICADOS AL
SERVICIO DE INFORMACION AERONAUTICA (AIS)
A.01
INFORMACION GENERAL
(i) nombre del aeródromo;
(ii) emplazamiento del aeródromo;
(iii) coordenadas geográficas del punto de referencia de aeródromo determinadas con arreglo
a la referencia del Sistema Geodésico Mundial-1984 (WGS-84);
(iv) elevación y ondulación del geoide en el aeródromo;
(v) la elevación de cada umbral y ondulación del geoide, elevación del extremo de pista y
todos los puntos importantes altos y bajos a lo largo de la pista, así como la mayor
elevación de la zona del punto de toma de contacto de las pistas de aproximación de
precisión;
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PARTE III – DETALLES DEL MA
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(vi) temperatura de referencia del aeródromo;
(vii) detalles del faro del aeródromo, y
(viii) nombre del Operador de Aeródromo y dirección y números telefónicos en los
cuales pueda ubicarse en todo momento ha dicho operador.
A.02
DIMENSIONES DEL AERÓDROMO E INFORMACION CONEXA
La Información general, incluirá lo siguiente:
(I) pistas, principal y secundaria, marcación verdadera, numero de designación, longitud,
anchura, ubicación del umbral desplazado, pendiente, tipo de superficie, tipo de pista
y, para las pistas de aproximación de precisión, existencia de una zona despejada de
obstáculos;
(II) longitud, anchura y tipo de superficie de las franjas, áreas de seguridad de extremo de
pista, zonas de parada;
(III) longitud, anchura y tipo de superficie de las calles de rodaje;
(IV) tipo de superficie de la plataforma y puestos de parada de aeronaves;
(V) longitud de la zona libre de obstáculos y perfil del terreno;
(VI) ayudas visuales para procedimientos de aproximación, por ejemplo, tipo de
iluminación de aproximación y sistema visual indicador de pendiente de aproximación
(PAPI/APAPI); señalización e iluminación de pistas, calles de rodaje y plataformas;
otras guías visuales y ayudas de control en calles de rodaje (incluyendo puestos de
espera de la pista, puntos de espera intermedios y barras de parada) y plataformas,
emplazamiento y tipo del sistema visual de guía de atraque; disponibilidad de fuente
secundaria de energía eléctrica para iluminación;
(VII) emplazamiento y radiofrecuencia de los puntos de verificación de aeródromo del
VOR;
(VIII) ubicación y designación de las rutas de rodaje normales;
(IX) coordenadas geográficas de cada umbral en el Sistema WGS-84;
(X) coordenadas geográficas de los puntos apropiados del eje de las calles de rodaje;
(XI) coordenadas geográficas de cada puesto de estacionamiento de aeronave;
(XII) coordenadas geográficas y elevación máxima de obstáculos significativos en las
áreas de aproximación y despegue, en el área de circuitos y en las vecindades del
aeródromo. (Esta información debe indicarse en forma de cartas como las requeridas
para la preparación de publicaciones de información aeronáutica, según se especifica
en los documentos relacionados correspondientes a Cartas aeronáuticas y Servicios
de información aeronáutica).
(XIII) tipo de superficie del pavimento y resistencia del mismo utilizando el número de
clasificación de aeronaves –número de clasificación de pavimentos (ACN-PCN);
(XIV) una o más ubicaciones de verificación de altímetro previa al vuelo establecidas en
una plataforma, así como su elevación;
(XV) distancias declaradas: recorrido de despegue disponible (TORA), distancia de
despegue disponible (TODA), distancia de aceleración-parada disponible (ASDA),
distancia de aterrizaje disponible (LDA);
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PARTE III – DETALLES DEL MA
(XVI) plan de traslado de aeronaves inutilizadas: números de teléfono, télex, facsímil, y
dirección de correo-electrónico (e-mail) de la persona designada como coordinador
del aeródromo para el traslado de aeronaves inutilizadas en el área de movimientos o
en sus cercanías, información sobre la capacidad de trasladar una aeronave
inutilizada, expresada en términos del tipo más grande de aeronave que el
aeródromo está capacitado para trasladar; y
(XVII) salvamento y extinción de incendios: nivel de protección proporcionado, expresado en
términos de la categoría de los servicios de salvamento y extinción de incendios, que
deberá estar de acuerdo con el RAU AGA.
(XVIII) El Operador de Aeródromo asegurará la precisión de la información proporcionada en
beneficio de la seguridad de las aeronaves. La DINACIA comprobará que la
información que exija estudios y evaluaciones de ingeniería sea obtenida o verificada
por técnicos calificados, asignados por la misma.
CAPITULO IV. DETALLES DE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE
AERÓDROMO Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
A.01
NOTIFICACIONES DE AERÓDROMO
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para notificar todo cambio que se
introduzca en la información sobre el aeródromo presentada en la AIP y procedimientos para
solicitar la expedición de NOTAM, incluyendo:
(I) Procedimientos para notificar a la DINACIA sobre cualquier cambio y para registrar la
notificación de los cambios durante y fuera de las horas normales de operaciones del
aeródromo;
(II) los nombres y funciones de las personas responsables de notificar los cambios y sus
números telefónicos durante y fuera de las horas normales de operaciones del aeródromo;
y
(III) la dirección y los números telefónicos, proporcionados por la DINACIA, del lugar en que
los cambios han de notificarse a la misma.
A.02
ACCESO AL AREA DE MOVIMIENTO DEL AERÓDROMO
El Operador de Aeródromo en su programa de Seguridad detallará los procedimientos que
deban seguirse en coordinación con las dependencias
AVSEC correspondientes, a los
efectos de prevenir la interferencia ilícita y evitar ingresos no autorizados de personas,
vehículos, equipo, animales u otros objetos que constituyan riesgo o peligro en el área de
movimiento del aeródromo
A.03
PLAN DE EMERGENCIA DEL AERÓDROMO
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PARTE III – DETALLES DEL MA
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DINACIA – División Navegación Aérea
El Operador de Aeródromo detallará el plan de emergencia del aeródromo, incluyendo lo
siguiente:
(I) planes para enfrentar emergencias que ocurran en el aeródromo o en sus cercanías (a
definir en el Manual de Aeródromo), incluyendo el mal funcionamiento de aeronaves en
vuelo; incendios estructurales; sabotaje, comprendidas las amenazas de bomba
(aeronaves o estructura); apoderamiento ilícito de aeronaves; accidentes e incidentes en
el aeródromo, abarcando consideraciones de “durante la emergencia” y “después de la
emergencia”;
(II) detalles de ensayos de instalaciones y equipo que han de usarse en las emergencias,
incluyendo la frecuencia de dichos ensayos;
(III) detalles de ejercicios para ensayar planes de emergencia, incluyendo la frecuencia de
simulacros generales del plan no mayor a dos (2) años, y su planificación.
(IV) detalles de simulacros parciales al año siguiente de cada simulacro general, para
mantener el entrenamiento y/o mejorar las deficiencias detectadas en los simulacros
generales del personal de las diversas dependencias que participan en el plan de
emergencia,
(V) detalles de simulacros en mesa por lo menos una vez cada seis meses, salvo en el
periodo de seis meses en el que se realiza un simulacro general
(VI) una lista de organizaciones, agencias y personal con autoridad, tanto dentro como fuera
del aeródromo, con funciones en el emplazamiento-, sus números de teléfono y
facsímile, direcciones de correo electrónico y radiofrecuencias de sus oficinas;
(VII) establecimiento de un Comité de Emergencia del Aeródromo para organizar instrucción
y otros preparativos para enfrentar emergencias; y
nombramiento de un responsable en el lugar para supervisar todos los aspectos de la
operación de emergencia.
A.04
SERVICIO DE SALVAMENTO Y EXTINCION DE INCENDIOS
El Operador de Aeródromo detallará lo siguiente:
(i) las instalaciones, equipo, personal, su capacitación y procedimientos para
satisfacer los requisitos de salvamento y extinción de incendios, incluyendo los
nombres y funciones de las personas responsables de tratar con los servicios
de salvamento y extinción de incendio en el aeródromo. Este tema también
deberá abarcarse en detalle apropiado en el plan de emergencia del
aeródromo.
(ii) los procedimientos para informar inmediatamente al servicio de tránsito aéreo y
a la DINACIA, todo cambio en la categoría del aeródromo por nivel de
protección de los Servicios de Salvamento y Extinción de Incendio, que se
produzca en el aeródromo.
(iii) el programa de instrucción para que el personal de los servicios de salvamento
y extinción de incendio pueda atender situaciones de emergencia aeronáutica,
incluyendo emergencias que involucren materiales peligrosos.
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PARTE III – DETALLES DEL MA
(iv) el programa de mantenimiento del equipo de los servicios de salvamento y
extinción de incendio.
A.05
INSPECCION DEL AREA DE MOVIMIENTO DEL AERÓDROMO Y DE LAS
SUPERFICIES LIMITADORAS DE OBSTACULOS POR EL OPERADOR DEL
AERÓDROMO
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para la inspección del área de
movimiento del aeródromo y de las superficies limitadoras de obstáculos, incluyendo
procedimientos para:
(I) realizar inspecciones, incluyendo mediciones del rozamiento y, durante y fuera de
las horas normales de operaciones en el aeródromo;
(II) y medios de comunicación con el control de tránsito aéreo durante una inspección;
(III) mantener actualizado un libro de registro de inspecciones, su ubicación y persona
responsable;
(IV) notificar los resultados de las inspecciones y adoptar rápidas medidas de seguimiento
a efectos de asegurar la corrección de las condiciones de inseguridad; y
(I) detalles de intervalos y horas de inspección;
(II) lista de verificación de inspección;
(III) los nombres y funciones de las personas responsables de realizar las
inspecciones y sus números telefónicos durante las horas de trabajo y después
de las mismas.
A.06 AYUDAS VISUALES Y SISTEMAS ELECTRICOS DEL AERÓDROMO
(i) El Operador de Aeródromo asegurará los servicios que provee y por lo tanto deberá
establecer los procedimientos para la inspección, mantenimiento y notificación del estado de
las Ayudas Visuales, (incluyendo la iluminación de obstáculos), letreros, balizas y sistemas
eléctricos del aeródromo, de acuerdo con el RAU AGA.
(ii) Los detalles de los procedimientos para la inspección y mantenimientos de las luces
aeronáuticas (incluyendo la iluminación de obstáculos), letreros, balizas y sistemas eléctricos
del aeródromo, serán detallados en el manual de procedimientos
del organismo de
mantenimiento y deberá incluir por lo menos los siguientes procedimientos:
(I)para realizar inspecciones durante y fuera de las horas normales de operación del
aeródromo y lista de verificación de dichas inspecciones;
(II)para registrar el resultado de las inspecciones y para adoptar medidas de seguimiento
a efectos de corregir deficiencias;
(III)para realizar el mantenimiento de rutina y de emergencia;
(IV)para contar con una fuente secundaria de energía eléctrica y, si corresponde, detalles
de cualquier otro método para enfrentar una falla parcial o total del sistema de energía
primaria; y:
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PARTE III – DETALLES DEL MA
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(V)los nombres y funciones de las personas responsables de la inspección y
mantenimiento de los sistemas de iluminación y números telefónicos para comunicarse
con ellos durante las horas de trabajo y después de las mismas.
(iii) Deberá establecer un sistema de mantenimiento adecuado y el personal de
mantenimiento del proveedor deberá ser calificado para mantener la instalación en el
nivel alcanzado en el momento de su puesta en servicio. Cada persona que mantiene la
instalación debe cumplir como mínimo los requisitos de licencia establecidos por los
documentos relacionados al RAU AGA Operación de Aeródromos y establecidos por la
DINACIA y demostrar que tiene los conocimientos específicos y habilidades necesarias
para mantener la instalación, incluido el dominio de los procedimientos de
mantenimiento y el uso de equipos de prueba especializados
(iv) El Operador del Aeródromo deberá presentar un stock de repuestos, para hacer posible
la sustitución de los componentes del sistema que se deterioran
A.07
SERVICIO DE COMUNICACIONES, NAVEGACIÓN Y VIGILANCIA
En el caso que la DINACIA haya aceptado que un operador de Aeródromo certificado provea
servicios aeronáuticos, se exigirá asegurar dichos servicios y establecer los procedimientos
para la inspección, mantenimiento y notificación del estado de los mismos y su registro en el
manual de mantenimiento de la organización, de acuerdo a lo establecido en la presente
reglamentación.
A.08
MANTENIMIENTO DEL AREA DE MOVIMIENTO
El Operador de Aeródromo detallará las instalaciones y procedimientos para el
mantenimiento del área de movimiento, en el manual de procedimientos del organismo de
mantenimiento incluyendo los siguientes:
(I) para el mantenimiento de las zonas pavimentadas;
(II) para el mantenimiento de pistas y calles de rodaje no pavimentadas;
(III) para el mantenimiento de las franjas de pista y de calles de rodaje,
(IV) para el mantenimiento del sistema de drenaje del aeródromo.
(V) para medir, evaluar y notificar el nivel rozamiento en condiciones normales y con
presencia de agua en la pista.
(VI) para mantener las Señales y su nivel de retro reflexión, en las áreas pavimentadas
de pistas, rodajes y plataformas,
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PARTE III – DETALLES DEL MA
TRABAJOS EN EL AERÓDROMO - SEGURIDAD
A.09
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para planificar y realizar trabajos de
construcción y mantenimiento en condiciones de seguridad (incluyendo obras que deban
realizarse con poco aviso previo) en el área de movimiento o en sus cercanías, y que puedan
extenderse más allá de una superficie limitadora de obstáculos, incluyendo:
(I) procedimientos para comunicarse con el control de tránsito aéreo durante la
realización de dichas obras;
(II) nombres, números telefónicos y función de las personas y organizaciones
responsables de planificar y realizar la obra y arreglos para comunicarse con
ellas sus organizaciones en todo momento;
(III) nombres y números telefónicos, durante las horas de trabajo y después de las
mismas, de los explotadores con base fija en el aeródromo, prestadores de
servicios de asistencia en tierra a aeronaves y explotadores de aeronaves que
deben ser notificados acerca de la obra;
(IV) una lista de distribución para planes de trabajos, de ser necesario.
A.010
GESTION DE LA PLATAFORMA
El Operador de Aeródromo proporcionará un servicio de dirección en la plataforma apropiado
y desarrollará en coordinación con los servicios ATS del aeródromo procedimientos para
(I) asegurar el movimiento con el fin de evitar colisiones entre aeronaves y entre
aeronaves y obstáculos
(II) la entrada y salida de aeronaves de la plataforma y para la coordinación con la torre
de control del aeródromo y la dependencia de gestión de la plataforma;
(III) asegurar el movimiento rápido y seguro de los vehículos y de otras actividades.
(IV) para asignar puestos de estacionamiento de aeronave;
(V) para iniciar el arranque de los motores y asegurar márgenes para el retroceso
remolcado de aeronaves;
(VI) servicio de señaleros; y
(VII) servicio de vehículos de escolta (follow-me)
A.011
GESTION DE LA SEGURIDAD EN LA PLATAFORMA
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para garantizar la seguridad en la
plataforma, incluyendo:
(I) protección respecto del chorro de reactores;
(II) cumplimiento
de
precauciones
de
seguridad
durante
operaciones
de
reabastecimiento de combustible de aeronaves;
(III) barrido de la plataforma;
(IV) limpieza de la plataforma;
(V) para notificar incidentes y accidentes en la plataforma; y
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PARTE III – DETALLES DEL MA
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DINACIA – División Navegación Aérea
(VI) para auditar el cumplimiento de las normas de seguridad de todo el personal que
trabaja en la plataforma.
A.012
CONTROL DE VEHICULOS EN EL ÁREA DE MOVIMIENTO
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para el control de vehículos de
superficie que operan en el área de movimiento o en sus cercanías, incluyendo:
(I) detalles de las reglas de tráfico aplicables (incluyendo límites de velocidad y medios
para hacer cumplir las reglas); y
(II) método para expedir permisos de conducir para operar vehículos en el área de
movimiento.
(III) detalles de la capacitación de los conductores de vehículos.
A.013
GESTION DEL PELIGRO AVIARIO Y FAUNA SILVESTRE
(i) La creación, conformación del Comité de peligro aviario/fauna del aeródromo debería ser
incluido aquí.
(ii) El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para enfrentar los peligros
planteados para las operaciones de aeronaves por la presencia de aves o mamíferos en los
circuitos de vuelo del aeródromo o área de movimiento, incluyendo:
(I)procedimientos para:
(I)
evaluación de la presencia de fauna silvestre;
(II)
la implantación de programas de Prevención del Peligro Aviario; y
la recopilación de informes sobre choques con aves y otros animales, su archivo por
un período no menor a seis meses y su comunicación a la DINACIA y a la OACI.
(II)nombres y funciones de las personas responsables para tratar los temas concernientes a la
reducción del peligro de choques con aves y otros animales, sus números telefónicos durante
las horas de trabajo y después de las mismas.
(III)la realización de estudios de la fauna silvestre que se relacione con las actividades
aeroportuarias
y
proporcione
las
bases
para
el
desarrollo,
implementación
y
perfeccionamiento del “Programa para el Manejo de Fauna Silvestre” a fin de tener
información adecuada para la gestión de los peligros potenciales que esta genera.
(IV)El Operador de Aeródromo detallará las medidas necesarias con la finalidad de evitar el
cultivo y uso del terreno del aeródromo, que genere un atractivo para la fauna silvestre
A.014
CONTROL DE OBSTACULOS
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para:
(I) vigilar las superficies limitadoras de obstáculos y la Carta de Tipo A para obstáculos en
la superficie de despegue;
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PARTE III – DETALLES DEL MA
(II) controlar los obstáculos dentro de la autoridad del explotador;
(III) vigilar la altura de edificios o estructuras dentro de los límites de las superficies
limitadoras de obstáculos:
(IV) controlar nuevas construcciones en las vecindades de los aeródromos; y
(V) notificar a la DINACIA la naturaleza y emplazamiento de los obstáculos y cualquier
adición o eliminación posterior de obstáculos y las medidas necesarias, incluyendo la
enmienda de las publicaciones AIS.
A.015
TRASLADO DE AERONAVES INUTILIZADAS
El Operador de Aeródromo desarrollará un Plan detallando los procedimientos de traslado de
las aeronaves inutilizadas en el área de movimiento o sus proximidades y declarar los medios
disponibles para el retiro de una aeronave inutilizada los que pueden expresarse indicando el
tipo de aeronave de mayores dimensiones que el aeródromo está equipado para retirar
incluyendo:
(I) Las funciones del Operador del Aeródromo y del titular del certificado de matrícula de
la aeronave
(II) una lista de equipo disponible en o en la vecindad del aeródromo;
(III) una lista de equipo adicional disponible de otros aeródromos a pedido;
(IV) una lista de agentes nombrados que actúan en nombre de cada operador en el
aeródromo;
(V) una declaración de los arreglos de las aerolíneas para el uso de equipo
especializado de remoción y especialistas en el equipo de remoción ya sea con equipo
propio o de terceros,
(VI) una lista de contratistas locales (con los nombres y números del teléfono) capaz de
proporcionar el equipo de remoción para ese peso,
(VII) procedimientos para:
(I)
notificar al titular del certificado de matrícula;
(II) para establecer enlace con la dependencia de control de tránsito aéreo;
(III) para obtener equipo y personal a efectos de trasladar la aeronave inutilizada; y
(IV) para garantizar que esté disponible la información sobre servicios de retiro de
aeronaves inutilizadas y publicarse la información sobre medios disponibles
(V) para notificar al servicio de información aeronáutica y a la DINACIA.
(VIII) nombres, funciones y números telefónicos de las personas responsables de
organizar el traslado de las aeronaves inutilizadas.
(IX)un coordinador para poner en práctica el plan cuando sea necesario
A.016
MANIPULACION DE MATERIALES PELIGROSOS
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos para la manipulación y
almacenamiento seguros de materiales peligrosos en el aeródromo incluyendo
procedimientos para:
Revisión Original
PIII-9
Enero 2013
PARTE III – DETALLES DEL MA
Manual Guía - Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
(I) el establecimiento de áreas especiales en el aeródromo para el almacenamiento de
líquidos inflamables (incluyendo combustibles de aviación) y cualquier otro material
peligroso; y
(II) comunicar a los servicios SSEI cuando los explotadores aéreos trasladen
materiales peligrosos a bordo con destino al aeródromo o a la salida del mismo.
(III) el método que ha de seguirse para la entrega, almacenamiento, eliminación y
tratamiento de materiales peligrosos.
Entre los materiales peligrosos se cuentan los líquidos y sólidos inflamables, líquidos
corrosivos, gases comprimidos y materiales magnetizados o radioactivos. En el plan de
emergencia del aeródromo deberán incluirse arreglos para tratar todo derrame accidental de
materiales peligrosos.
A.017
OPERACIONES EN CONDICIONES DE VISIBILIDAD REDUCIDA
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos que han de introducirse para las
operaciones en condiciones de visibilidad reducida, incluyendo la medición y notificación del
alcance visual en la pista cuando se requiera, y los nombres y números telefónicos, durante
las horas de trabajo y después de las mismas, de las personas responsables de medir dicho
alcance visual en la pista.
A.018
PROTECCION DE EMPLAZAMIENTOS DE RADAR, RADIOAYUDAS PARA LA
NAVEGACION y METEOROLOGÍA
El Operador de Aeródromo detallará los procedimientos
para la protección de
emplazamientos de radar y radioayudas para la navegación, ubicados en el aeródromo a
efectos de asegurar que su funcionamiento no se verá perjudicado, incluyendo:
(I) procedimientos para:
(I)
el control de actividades en las cercanías de instalaciones de radar y
radioayudas;
(II) el mantenimiento en tierra en las cercanías de dichas instalaciones; y
(III) el suministro e instalación de carteles que adviertan sobre la radiación de
microondas peligrosas.
(IV) el control de actividades en las cercanías de instalaciones y preservación de la
estación meteorológica..
(II) Al redactar los procedimientos para cada categoría, debe incluirse información clara y
precisa sobre:
(I)
Cuando, o en que circunstancias, debe activarse un procedimiento
operacional.
(II)
Cómo debe activarse un procedimiento operacional.
(III)
Medidas que han de adoptarse.
Enero 2013
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Manual Guía - Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE III – DETALLES DEL MA
(IV)
Personas que han de llevar a cabo las medidas.
(V)
Equipo necesario para realizar las medidas y acceso a dicho equipo.
(III) Si alguno de los procedimientos especificados anteriormente no es pertinente o
aplicable, se proporcionará las razones al respecto.
CAPITULO V. ADMINISTRACION DEL AERÓDROMO Y SISTEMA DE GESTION DE LA
SEGURIDAD
A.01
Administración del aeródromo
El Operador de Aeródromo suministrará detalles sobre la administración del aeródromo,
incluyendo:
(I) un esquema de organización del aeródromo indicando los nombres y puestos de
personal principal, incluyendo sus responsabilidades;
(II) nombre, cargo y número telefónico de la persona que tiene responsabilidad general por
la seguridad del aeródromo; y
(III) comités de aeródromo.
A.02
Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional (SMS)
El Operador de Aeródromo detallará su Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional que
garantice el cumplimiento de todos los requisitos de seguridad y logre una continua mejora de
la performance de seguridad, que incluya:
(I) la política de seguridad, en la medida aplicable, sobre el proceso de gestión de la
seguridad y su relación con el proceso de operaciones y mantenimiento;
(II) la estructura u organización del SMS, incluyendo su personal y la asignación de
responsabilidades individuales y grupales para aspectos de seguridad;
(III) estrategia y planificación del SMS, como por ejemplo el establecimiento de objetivos de
seguridad, asignación de prioridades para implantar iniciativas de seguridad y
proporcionar un marco para controlar los riesgos al nivel más bajo razonablemente
posible, teniendo siempre en cuenta los requisitos de las normas, procedimientos ,
métodos recomendados y demás documentos relacionados, así como los reglamentos y
demás documentos aplicables emitidos por la DINACIA ;
(IV) implantación del SMS, incluyendo instalaciones, métodos y procedimientos para la
comunicación efectiva de mensajes de seguridad y el cumplimiento de requisitos de
seguridad;
(V) un sistema para la implantación de áreas de seguridad críticas y medidas
correspondientes, que exijan un mayor nivel de integridad de la gestión de seguridad
(programa de medidas de seguridad);
(VI) medidas para la promoción de la seguridad y la prevención de accidentes y un sistema
para control de riesgos que entrañe análisis y tramitación de datos de accidentes,
incidentes, quejas, defectos, faltas, discrepancias y fallas, y una vigilancia continua de la
seguridad;
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PIII-11
Enero 2013
PARTE III – DETALLES DEL MA
Manual Guía - Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
(VII) un sistema interno de auditoría y examen de la seguridad, detallando los sistemas y
programas de control de calidad de la seguridad;
(VIII) el sistema de documentar todas las instalaciones del aeródromo relacionadas con la
seguridad así como los registros de operaciones y mantenimiento del aeródromo,
incluyendo información sobre el diseño y construcción de pavimentos para aeronaves e
iluminación del aeródromo. El sistema debería permitir el fácil acceso a los registros,
incluyendo cartas;
(IX) instrucción y competencia del personal, incluyendo examen y evaluación de la
adecuación de la instrucción brindada al personal sobre tareas relacionadas con la
seguridad y sobre el sistema de certificación para comprobar su competencia; y
(X) la incorporación y el cumplimiento obligatorio de cláusulas relacionadas con la seguridad
en los contratos para obras de construcción en el aeródromo.
(XI) un sistema para la implantación de estudios de incursiones en pista con la identificación
de los puntos críticos en el plano de las pistas que incluya:
(I)
la identificación de los peligros de seguridad operacional;
(II) la aplicación de las medidas correctivas necesarias para mantener un nivel
aceptable de seguridad operacional;
(III) la previsión de la supervisión permanente y la evaluación periódica del nivel de
seguridad operacional logrado; y
(IV) metas para mejorar continuamente el nivel global de seguridad operacional.
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PARTE IV - APENDICES
Manual Guía del Inspector de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE IV Apéndice A
Formularios, listas de medición de cumplimiento, listas de verificación,
informes y cartas modelo
Índice
Página
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Objetivo ............................................................................................................ 14
Definición de tipos de documentos y su explicación ................................... 14
Formularios ...................................................................................................... 15
Listas de medición de cumplimiento ............................................................. 17
Listas de medición de Verificación ................................................................ 19
Documentos Modelo........................................................................................ 21
Documentos de Certificación – RAU 139....................................................... 22
Enero 2013
PI-13
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Manual Guía del Inspector de Aeródromo
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE IV – APENDICES
1.
Objetivo
El objetivo de este Capítulo es proporcionar información al Inspector AGA acerca de los
formularios, listas de medición de cumplimiento (LMCs), listas de verificación (LVs), informes, cartas
modelo que utiliza durante el proceso de certificación, considerando la necesidad de cada uno de
éstos y su contenido genérico. El detalle del contenido de las listas de verificación y de las LMC se
indicar en cada uno de estos documentos.
2.
Definición de tipos de documentos y su explicación
2.1
Formularios.- Documento que contiene una serie de requisitos, preguntas, etc., que es
necesario completar. El llenado de formularios es un proceso que requiere especial dedicación por
parte del usuario, quien debe tener en cuenta que el documento sea comprensible, contenga la
información solicitada y un orden lógico.
2.1.1
La forma y contenido de los formularios que a continuación se relacionan, se indican en
el Manual del Inspector de AGA.
2.1.2
Los formularios siguientes, definidos en el presente manual, son utilizados por los
usuarios y por el Inspector de AGA:
1. FR-AGA-047-00
Formulario notificación de cambios del MOA
2. FR-AGA-048-00
Formulario de enmiendas del MOA Parte I GEN
3. FR-AGA-049-00
Formulario de enmiendas del MOA Parte II.- DETALLES DEL
EMPLAZAMIENTO DEL AERÓDROMO
4. FR-AGA-050-00
Formulario de enmiendas del MOA Parte III.- DETALLES DEL
AERÓDROMO QUE SERÁN NOTIFICADOS AL SERVICIO DE INFORMACIÓN
AERONÁUTICA (AIS)
5. FR-AGA-051-00
Formulario de enmiendas del MOA Parte IV - DETALLES DE LOS
PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE AERÓDROMO Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
6. FR-AGA-052-00
Formulario de enmiendas del MOA Parte V - ADMINISTRACIÓN
DEL AERÓDROMO Y SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD
7. FR-AGA-053-00
Formulario de solicitud ENMIENDA DE UN CERTIFICADO DE
EXPLOTADOR DE AERÓDROMO
8. FR-AGA-054-00
DINACIA
Formulario de solicitud DE CAMBIOS del MOA `POR PARTE DE
9. FR-AGA-055-00
Aeródromo;
Formulario de notificación de aprobación de enmienda del Manual de
10. FR-AGA-056-00-Formulario de notificación de aprobación del Manual de Aeródromo
11. FR-AGA-057-00-Formulario de notificación de rechazo del Manual de Aeródromo
12. FR-AGA-058-00-Formulario de notificación de rechazo de Enmienda del Manual de
Aeródromo
13. FR-AGA-059-00-Formulario de Solicitud de Transferencia de Certificado de Explotador de
Aeródromo
14. FR-AGA-060-00-Formulario de Solicitud de Información Certificación de Explotador
Aeródromo
PRIMERA EDICIÓN
Ap A-14
17/01/2013
de
PARTE IV - APENDICES
Manual Guía del Inspector de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
3.
Formularios
3.1 FR-AGA-047-00Formulario de notificación de cambios al Manual de Aeródromo.- Tiene por
objetivo que el representante autorizado de la Organización del Explotador de Aeródromo entregue
la información necesaria en forma detallada de cuales son los cambios que deben introducirse en el
Manual de Aeródromo y que actividades requiere realizar el Explotador del Aeródromo y los alcances
de estas para que el Inspector AGA evalúe, verifique y sean aprobadas por DINACIA.
3.2 FR-AGA-048-00 AL FR-AGA-052-00 Formulario de enmiendas al Manual de Aeródromo Partes I
al V por el Exp del Aeródromo - Tiene por objetivo que la organización del Explotador del Aeródromo
entregue la información necesaria en forma detallada de cuales son las enmiendas que se solicita se
deben introducir en el Manual de Aeródromo y que actividades requiere realizar el Explotador del
Aeródromo y los alcances de estas para que el Inspector AGA analice y sean aprobadas por
DINACIA. Se utiliza para cualquier modificación que se solicite efectuar al del Manual de Aeródromo
(MOA) indicando los motivos que generan el cambio. La solicitud de una enmienda puede ser
generada por una persona debidamente autorizada por la organización del Explotador del
Aeródromo.
3.3 FR-AGA-053-00 “Formulario de solicitud de enmienda de certificado de Exp del Aeródromo”.Tiene por objetivo que la organización del Explotador del Aeródromo entregue la información
necesaria en forma detallada cuales son las enmiendas que deben introducirse en el Certificado y
que actividades requiere realizar el Explotador del Aeródromo y los alcances de estas para que el
Inspector AGA analice y sean aprobadas por DINACIA.
3.3.1 Las Partes para ser llenadas por el usuario.- Esta parte corresponde a las casillas indicadas
en los formularios y son utilizadas por el solicitante para identificar los siguientes aspectos:
a)
Casilla 1 Detalles del Solicitante: Usada para indicar el nombre, ubicación y dirección,
ciudad, Nombre de la organización de Explotador del Aeródromo , Nombre del Aeródromo,
Nombre completo del solicitante, etc.
b)
Casilla 2. Los primeros aspectos contenidos en esta casilla se explican por sí mismos. Para
el caso que el motivo de la solicitud sea diferente a los indicados en dicha casilla, es necesario
que éstos sean explicados en detalle, de manera que la DIANCIA pueda evaluar si es
aplicable una nueva solicitud.
c)
Casilla 3. Esta casilla es utilizada para que el solicitante indique el alcance para el cual solicita
aprobación. Los factores que motivan la solicitud de la enmienda del Certificado de explotador
de aeródromo y otros detalles que aparecen explicados en esta casilla.
d)
Casilla 4. Esta casilla es utilizada para que el solicitante indique que funciones por ejemplo la
de mantenimiento, si es aplicable, se realicen por otra organización contratada indicando la
función y el nombre de la organización de mantenimiento diferente a la inspeccionada,
verificada y evaluada durante el proceso de certificación.
e)
Casilla 5. En esta casilla el solicitante certifica la veracidad de los datos correspondientes a
las casillas explicadas anteriormente. El contenido de las columnas contenidas en esta casilla
se explica por sí sola.
3.3.2 Parte para ser llenada por la DINACIA.- Esta parte corresponde a las casillas 6, 7, 8, 9 y 10
y son reservadas para uso exclusivo de la DINACIA En esta parte se detallan las observaciones
encontradas durante el proceso de enmienda del manual de aeródromoación y se establece la
aprobación o no de lo solicitado
3.4 FR-AGA-054-00 “Formulario de solicitud de enmienda del Manual de Aeródromo por DINACIA”.Tiene por objetivo entregar la información necesaria para que el Inspector AGA explique en forma
17/01/2013
Apéndice A-15
PRIMERA EDICIÓN
Manual Guía del Inspector de Aeródromo
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE IV – APENDICES
detallada cuales son las enmiendas que deben introducirse en el Manual de Aeródromo y que
actividades requiere realizar el Explotador del Aeródromo y los alcances de estas.
Formulario de notificación de aprobación de enmienda del Manual de
3.5 FR-AGA-055-00
Aeródromo”. Indica en detalle los alcances, y/o limitaciones, que le se le otorgan a un solicitante de
solicitud de enmienda con su, aprobación. Es un documento que acompaña al formulario de solicitud
de enmienda del MOA.
3.6 FR-AGA-056-00
Formulario de notificación de aprobación del Manual de Aeródromo en el se
indica si la DINACIA a aprobado el Manual de Aeródromo en el proceso de Certificación.
3.7 FR-AGA-057-00
Formulario de notificación de rechazo del Manual de Aeródromo en el se
indica que la DINACIA a rechazado el Manual de Aeródromo en el proceso de Certificación
detallando las observaciones.
3.8 FR-AGA-058-00
Formulario de notificación de rechazo de Enmienda del Manual de
Aeródromo en el se indica que la DINACIA a rechazado la enmienda propuesta por el Explotador del
Aeródromo al Manual de Aeródromo..
3.9 FR-AGA-059-00-Formulario de Solicitud de Transferencia de Certificado de Explotador de
Aeródromo Tiene por objetivo que la organización del Explotador del Aeródromo entregue la
información necesaria en forma detallada exigidas por el RAU 139 para transferir un Certificado y
que actividades requiere realizar el Explotador del Aeródromo actual y que actividades requiere
realizar el nuevo Explotador del Aeródromo, para que el Inspector AGA analice y la transferencia del
Certificado sea aprobadas por DINACIA.
3.9.1 Las Partes para ser llenadas por el usuario.- Esta parte corresponde a las casillas indicadas
en los formularios y son utilizadas por el solicitante para identificar los siguientes aspectos:
Casilla 1
Usada para indicar:
a) Detalles del solicitante;
b)
Detalles del emplazamiento del aeródromo;
Casilla 2
Los primeros aspectos se explican por sí mismos. Para el caso que el motivo de la
solicitud sea diferente a los indicados en esta casilla, estos deben ser explicado en
detalle, de manera que la DINACIA pueda evaluar si es aplicable una nueva solicitud.
Casilla 3
En esta casilla se debe listar los Factores que motivan la solicitud de transferencia del
certificado de aeródromo
Casilla 4
En esta casilla se debe detallar los datos del nuevo propietario que tendrá a cargo la
explotación del aeródromo certificado, al que se solicita se transfiera el certificado de
explotador de aeródromo
Casilla 5
En esta casilla el solicitante certifica la veracidad de los datos correspondientes a las
casillas explicadas anteriormente. El contenido de las columnas contenidas en esta
casilla se explica por sí sola.
Casilla 6
Casillas 6, 7, 8, 9 y 10. Son de uso exclusivo de la DINACIA y su llenado se explica
por si solo.
Casilla 7
Casilla 5. En esta casilla el solicitante certifica la veracidad de los datos
correspondientes a las casillas explicadas anteriormente. El contenido de las columnas
contenidas en esta casilla se explica por sí sola.
PRIMERA EDICIÓN
Ap A-16
17/01/2013
PARTE IV - APENDICES
Manual Guía del Inspector de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
3.9.2 Parte para ser llenada por la DINACIA.- Esta parte corresponde a las casillas 6, 7, 8, 9 y 10
y son reservadas para uso exclusivo de la DINACIA En esta parte se detallan las observaciones
encontradas durante el proceso de enmienda del manual de aeródromoación y se establece la
aprobación o no de lo solicitado
3.10
FR-AGA-060-00-Formulario de Solicitud de Información Certificación de Explotador de
Aeródromo Este es un documento que utiliza el inspector de AGA durante la ejecución de la
inspección, cuando solicita algún documento de respaldo para el cumplimiento de algún requisito y
este no es entregado por el inspeccionado.
4.
Listas de medición de cumplimiento
4.1.
Listas de medición de cumplimiento (LMCs).- Estas listas son herramientas utilizadas por
los inspectores de AGA para medir el cumplimiento de los requisitos del RAU, además permiten al
inspector líder dejar constancia, como resultado final de la inspección, del nivel de cumplimiento de
la reglamentación por parte de un solicitante y finalmente estas listas sirven como una base de
ayuda para la construcción de las listas de verificación por parte de los inspectores para las
inspeccións ó inspecciones que se realicen.
4.1.2.
Al momento las se encuentran en el Apéndice B de este manual:
a)
LMC 1 Lista de Medición de Cumplimiento RAU 139. En preparación
b)
LMC 2 Lista de Medición de Cumplimiento RAU AGA En preparación
Instrucciones de llenado de la lista de medición de Cumplimiento.-este documento es
4.1.2
utilizado durante la certificación de un Explotador de Aeródromo y es recomendado su uso durante la
certificación de un explotador. Debido a que este documento es utilizado tanto por los inspectores
como por parte del inspector líder, es recomendable que las casillas 11 y 12 sean llenadas en
conjunto. En esta lista se consignan los siguientes datos:
a) Casilla 1 - El nombre de la Organización del Explotador de Aeródromo
b) Casilla 2 - la ubicación de la Organización del Explotador de Aeródromo;
c) Casilla 3 - el número de Certificado de Explotador de Aeródromo;
d) Casilla 4 - fecha de la inspección;
e) Casilla 5 - indicar con una “X” si la evaluación se ha hecho durante el proceso de vigilancia
o durante una certificación;
f)
Casilla 6 - el nombre del Inspector líder;
g) Casilla 7 - el nombre del Inspector ;
h) Casilla 8 - requisitos RAU: En esta columna se ingresa cada uno de los párrafos de la
reglamentación a medir el estado de cumplimiento;
i)
Casilla 9 – tema: En esta casilla se ingresa el texto de la reglamentación. Si el párrafo
cuenta con varios subpárrafos, y estos a su vez constan de literales por cada uno de estos
se debe contar con una fila para consignar exactamente la reglamentación.
j)
Casilla 10 - referencia: En esta casilla se indican los documentos que pueden ser
consultados por los Inspector es o Inspectores, con relación al requisito de la reglamentación
que se está verificando su cumplimiento.
k) Casilla 11 - evaluación: Esta columna consta de dos preguntas sobre el cumplimiento de la
reglamentación. En la pregunta “¿está documentado?”, se marca la respuesta (Si o NO), de
acuerdo al resultado obtenido durante la revisión documentaria. La segunda pregunta “¿está
implementado? se responde de forma similar a la anterior pregunta, y se marca la sentencia
que corresponda de acuerdo al resultado de las Inspecciones realizadas, las evidencias
17/01/2013
Apéndice A-17
PRIMERA EDICIÓN
Manual Guía del Inspector de Aeródromo
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE IV – APENDICES
obtenidas y reflejadas en las FR/AGA/001/00 al. FR/AGA/026/00; y FR-AGA-061-00--LV01hasta FR-AGA-065-00--LV05 y la FR-AGA-066-00--LV20
l)
Casilla 12 - comentarios: Esta columna se llena con referencias a ítems de las LVs,
documentos cursados con el Explotador (principalmente durante la fase de análisis de
documentación, a tiempo de comunicar las no conformidades encontradas), o a cualquier
documento que detalle la no conformidad encontrada y al documento de referencia de
levantamiento de las no conformidades halladas.
m) Columna 13 - resultado Final: En esta última columna debe ser llenada al finalizar la Fase
IV de certificación sólo por el Inspector Líder. En ella se consigna el resultado de
cumplimiento del requisito verificado.
A. Cumple.- Significa que tanto los procedimientos como su aplicación
son satisfactorios y el explotador cumple con el requisito del RAU
139-Capítulos de aeronavegabilidad de manera aceptable;
B. No cumple.- Puede significar que no hay evidencia de cumplimiento
con el requisito del RAU 139 o existe un cumplimiento parcial de la
misma.
C. No aplicable.- Esta aplicación la utiliza el Inspector Líder cuando el
explotador demostró que el requisito del RAU 139 no es aplicable
para la misma.
4.1.3
Listas de medición de Cumplimiento
1. FR-AGA-067-00--LMC01- RAU AGA
INSTALACIONES DE AERÓDROMO
SUBPARTE
I
SERVICIOS,
EQUIPO
E
2. FR-AGA-068-00-- LMC02- RAU AGA SUBPARTE J MANTENIMIENTO DE AERÓDROMOS
3. FR-AGA-069-00-- LMC03- RAU AGA APENDICE G SMS
4. FR-AGA-070-00-- LMC04- RAU AGA SUBPARTE B DATOS SOBRE LOS AERÓDROMOS
5. FR-AGA-071-00-- LMC05- RAU AGA SUBPARTE C CARACTERÍSTICAS FÍSICAS PISTAS
6. FR-AGA-072-00-- LMC06- RAU AGA SUBPARTE C CARACTERÍSTICAS FÍSICAS
RODAJES Y PLATAFORMA
7. FR-AGA-073-00-- LMC07- RAU AGA SUBPARTE D RESTRICCIÓN Y ELIMINACIÓN DE
OBSTÁCULOS
8. FR-AGA-074-00-- LMC08- RAU AGA SUBPARTE E AYUDAS VISUALES PARA LA
NAVEGACIÓN .- SEÑALES9. FR-AGA-075-00—LMC09- RAU AGA SUBPARTE F AYUDAS VISUALES INDICADORAS
DE OBSTÁCULOS
10. FR-AGA-076-00—LMC 10- RAU AGA SUBPARTE G AYUDAS VISUALES INDICADORAS
DE ZONAS DE USO RESTRINGIDO
11. FR-AGA-077-00—LMC11-RAU AGA SUBPARTE H SISTEMAS ELÉCTRICOS (
12. FR-AGA-078-00—LMC12-RAU AGA APENDICE E Requisitos de calidad de los datos
aeronáuticos
13. FR-AGA-079-00—LMC13-RAU AGA reservado
14. FR-AGA-080-00—LMC14-RAU AGA reservado
PRIMERA EDICIÓN
Ap A-18
17/01/2013
PARTE IV - APENDICES
Manual Guía del Inspector de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
5.
Listas de medición de Verificación
Listas de verificación (LVs).- Estas constituyen un instrumento de ayuda al inspector de
5.1.
AGA para evaluar a un explotador; organización o a una actividad particular de certificación.
5.1.2
Para el caso de un Certificado de Explotador de Aeródromo en relación con el
cumplimiento de cada requisito establecido en el RAU 139. Estas listas son desarrolladas por el
inspector en base al requisito del RAU involucrado, la lista de medición de cumplimiento, el Manual
Guía del Inspector AGA, las circulares de asesoramiento, y otros documentos recomendados para la
misma. Estas listas constan de las preguntas o temas que el inspector/ Inspector considere
convenientes, como ayuda a la verificación del cumplimiento del requisito de la reglamentación en
evaluación respecto al cumplimiento con el contenido del Manual de Aeródromo (MOA). El formato
para estas listas de verificación se encuentran en este Apéndice A del manual y estas van desde el
formato FR-AGA-061-00--LV01- hasta FR-AGA-065-00--LV05 y la FR-AGA-066-00--LV20 Evaluación
de certificación
5.1.3
Para el caso de la realización de inspecciones orientadas a evaluar como por ejemplo
una instalación de luces de ayudas visuales, de pista, de calle de rodaje, de plataforma, han
desarrollado los formularios de verificación FR/AGA/xxx/00 que van desde la FR/AGA/001/00 al.
FR/AGA/026/00; estas listas se encuentran en el Apéndice B del manual MIAGA
5.1.4
En cuanto a las listas de verificación que se utilizarían durante una Inspección de
vigilancia o inspección particular de un explotador estas se encuentran desarrolladas en el Apéndice
B. Estas listas desarrolladas deberían tomarse como ejemplo por el inspector para desarrollar su
Lista de verificación que satisfaga los requerimientos y particularidades que requiere la Inspector o
inspección a ser realizada. La numeración de estas listas es desde el FR/AGA/001/00 al.
FR/AGA/026/00;
Instrucciones para el llenado de la lista de verificación.- estas instrucciones
5.1.5
principalmente son orientadas para las listas de verificación a ser desarrolladas para la Inspección e
Inspección del Aeródromo.
5.1.5.1
Con el objetivo de lograr un documento legible, y facilitar la adecuada utilización de las
LVs por parte del Inspector de AGA, en el registro de la lista de verificación se proporciona la
siguiente información:
Casilla 1
El nombre completo de la ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR DEL AERÓDROMO
que se evalúa;
Casilla 2
Dirección completa de la ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR DEL AERÓDROMO,
indicando país, ciudad y dirección dentro de la ciudad;
Casilla 3
El nombre del representante designado por la ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR
DEL AERÓDROMO para acompañar al Inspector , durante la inspección o inspección;
Casilla 4
Capítulo del MIA relacionado con la lista de verificación (actividad que se está
auditando);
Casilla 5
Usada para indicar el número del certificado de la ORGANIZACIÓN DEL
EXPLOTADOR DEL AERÓDROMOA, asignado por la DINACIA;
Casilla 6
Fecha de inicio de la evaluación;
Casilla 7
Destinada para indicar si la inspección o inspección es parte del programa de vigilancia
establecido por la DINACIA o constituye una inspección de certificación para otorgar un
certificado de aprobación a una ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR DEL
AERÓDROMO;
Casilla 8
Nombre del Inspector (Inspector ) Líder. En caso de que la figura del Inspector Líder no
exista (que no se trate de una inspección), indicar en esta casilla N/A;
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Apéndice A-19
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PARTE IV – APENDICES
Casilla 9
Nombre de los inspectores o Inspector es que utilizan este formulario. En esta casilla
no es necesario registrar todos los nombres del equipo de certificación;
Casilla 10
Usada para indicar la referencia relacionada con la actividad que está siendo auditada.
En esta casilla se registra solamente la referencia a la norma, donde se establece el
requerimiento asociado a la actividad auditada. En muchos casos existe más de una
pregunta para el mismo requisito de la norma.
Casilla 11
Esta casilla es usada por el inspector de AGA para listar las preguntas o temas clave
para la evaluación del punto de la reglamentación a auditar o inspeccionar. La forma
de evaluación puede ser mediante una pregunta o verificando algún aspecto, pero es
necesario que el Inspector recolecte evidencia de cumplimiento, o tenga un respaldo
escrito que evidencie esta condición (por ejemplo, el nombre de la persona entrevistada
que proporcionó datos para sostener un hallazgo). El número de preguntas o temas
incluidos en esta casilla dependen de lo que quiera verificar el Inspector , así como la
profundidad las mismas. Cada ítem que se ingresa en la LV debe estar antecedido por
la siguiente codificación: LV X N°, donde:
1.
LVX. Muestra la identificación de la lista de verificación;
2.
N°. Número de identificación asignado al ítem en forma consecutiva.
Por ejemplo, el primer ítem que se ingresa en la SRVSOP-LV3B-MIA, es “LV3B-1”.
Casilla 12
Casilla 13
Usada para indicar el nivel de cumplimiento del requisito, esta casilla tiene varias
opciones que relacionamos a continuación:
1.
Satisfactoria.- Significa que el cumplimiento del requisito de la LAR 145 que está
siendo objeto de verificación, tanto los procedimientos documentados, como su
aplicación son satisfactorios y no requieren mayor detalle;
2.
No documentada.- Significa que el requisito que está siendo objeto de verificación,
no ha sido documentado de una manera adecuada; por ejemplo, la
ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR DEL AERÓDROMOA tiene los registros de
mantenimiento guardados en un almacén o depósito que no cumple los requisitos
de protección a la documentación, no existe un procedimiento en el manual y
tampoco existe una organización o persona designada como responsable de la
administración y manejo de la información. También se debe marcar esta casilla
cuando la organización tiene implementado un procedimiento, pero no está
documentado (si la reglamentación exige que exista documentación).
3.
No implementada.- Esta aplicación la utiliza el inspector cuando demuestra que
durante la inspección existe un procedimiento documentado (generalmente en el
ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR DEL AERÓDROMO), y durante la
verificación, se evidencia que la ORGANIZACIÓN DEL EXPLOTADOR DEL
AERÓDROMO no la aplica en la práctica. Es importante señalar que esta casilla y
la anterior, están asociadas a la casilla 13, por la necesidad de sustentar el
incumplimiento de un requerimiento con la evidencia objetiva.
4.
No Aplicable.- Esta aplicación la utiliza el inspector cuando lo indicado en la casilla
10 “Aspectos a verificar”, no es aplicable para la ORGANIZACIÓN DEL
EXPLOTADOR DEL AERÓDROMO que se está evaluando. A veces, aún cuando
el inspector incluye en la LV sólo ítems que piensa que son aplicables, no siempre
puede estar en lo correcto, y esta información puede ser de utilidad a futuro.
5.
No verificada.- Esta aplicación la utiliza el inspector de AGA cuando por falta de
tiempo no evaluó un aspecto específico indicado en la columna 10 “Aspectos a
verificar”.
En esta casilla el inspector incluye comentarios sobre la clase de evidencia objetiva que
ha recolectado con el fin de sustentar el hallazgo. Esta casilla debe respaldar lo
PRIMERA EDICIÓN
Ap A-20
17/01/2013
PARTE IV - APENDICES
Manual Guía del Inspector de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
indicado en la casilla 12. En lo posible el inspector debe también tratar de obtener
evidencia objetiva de cumplimiento.
Casilla 14
.Los hallazgos de la inspección deben prepararse detalladamente, por ser éstos la base
del informe de la inspección. En esta casilla el Inspector debe registrar la posible no
conformidad a un requisito reglamentario específico, identificado durante la inspección
y debidamente respaldado. Se utiliza la codificación del ítem al que corresponde.
5.1.6
El formato de las listas de verificación se encuentra detallado en este Apéndice
5.1.7
Listas de verificación (LVs).-
1. FR-AGA-061-00--LV01- 139.13 DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO LISTA DE VERIFICACIÓN –EVALUACIÓN DEL ANUAL MOA PARTE I.GENERALIDADES
2. FR-AGA-062-00--LV02 139.13 DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO LISTA DE VERIFICACIÓN –EVALUACIÓN DEL ANUAL MOA PARTE II.DETALLES DEL EMPLAZAMIENTO DEL AERÓDROMO
3. FR-AGA-063-00--LV03- 139.13 DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO LISTA DE VERIFICACIÓN –EVALUACIÓN DEL ANUAL MOA PARTE III.DETALLES DEL AERÓDROMO QUE SERÁN NOTIFICADOS AL SERVICIO DE
INFORMACIÓN AERONÁUTICA (AIS)
4. FR-AGA-064-00--LV04- 139.13 DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO LISTA DE VERIFICACIÓN –EVALUACIÓN DEL ANUAL MOA PARTE IV.DETALLES DE LOS PROCEDIMIENTOS OPERACIONALES DE AERÓDROMO Y
MEDIDAS DE SEGURIDAD
5. FR-AGA-065-00--LV05- 139.13 DETALLES QUE HAN DE INCLUIRSE EN EL MANUAL DE
AERÓDROMO LISTA DE VERIFICACIÓN –EVALUACIÓN DEL ANUAL MOA PARTE V.ADMINISTRACION DEL AERÓDROMO Y SISTEMA DE GESTION DE LA SEGURIDAD
6. FR-AGA-066-00--LV06- 139.3 EVALUACIÓN DE UNA SOLICITUD DE CERITIFICADO DE
EXPLOTADOR DE AERÓDROMO
Informes.- Se establece solo un informe en el MIA, que corresponde al informe del
5.2
resultado de la inspección de certificación SRVSOP-D10-MIA, documento mediante el cual la
DINACIA informa al auditado los aspectos generales y el detalle del proceso de evaluación de la
organización de mantenimiento durante la ejecución de la inspección, en especial en lo relativo a las
no-conformidades detectadas y los plazos para su solución.
6.
Documentos Modelo
Documentos modelo.- Escrito, generalmente cerrado, que se envía a una persona para
6.1
comunicarle algunos aspectos. Los documentos modelo que se describen en este manual son las
que a continuación se señalan y están directamente relacionadas con el proceso de certificación:
1.
FR-AGA-032-00---D1
Carta de aceptación inicial de documentación;
2.
FR-AGA-033-00---D2
Carta de rechazo inicial de documentación;
3.
FR-AGA-034-00---D3
Carta del estado y desarrollo del proceso de certificación;
4.
FR-AGA-035-00---D4discrepancias;
Carta de resultado del análisis de documentación: Lista de
17/01/2013
Apéndice A-21
PRIMERA EDICIÓN
Manual Guía del Inspector de Aeródromo
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE IV – APENDICES
5.
FR-AGA-036-00---D5
DINACIA;
Carta de resultado del análisis de documentación: Aceptable para la
6.
FR-AGA-037-00---D6
Carta comunicación fecha inicio de la inspección de certificación;
7.
FR-AGA-038-00---D7
inspección;
Carta resultados inspección de certificación: Adjunto informe de
8.
FR-AGA-039-00---D8
DINACIA; y
Carta resultados inspección de certificación: Aceptable para la
9.
FR-AGA-040-00---D9
Carta cierre del proceso certificación por discontinuidad;
10.
FR-AGA-041-00---D10
Informe del resultado de la inspección de certificación; y
11.
FR-AGA-042-00---D11
Carta de cierre de la inspección.
7.
Documentos de Certificación – RAU 139
7.1 Documentos de Certificación.- Los documentos que se describen en este manual son las que a
continuación se señalan y están directamente relacionadas con el proceso de certificación
1. FR-AGA-029-00—Certificado de Aeródromo del proceso certificación de Explotador de
Aeródromo
2. FR-AGA-030-00--- Solicitud Formal de Certificado de Explotador de Aeródromo del proceso
certificación de Explotador de Aeródromo
3. FR-AGA-031-00--- Solicitud Pre Certificación de Explotador de Aeródromo del proceso
certificación de Explotador de Aeródromo.
PRIMERA EDICIÓN
Ap A-22
17/01/2013
Manual Guía Manual de Aeródromos
DINACIA – División Navegación Aérea
PARTE IV – DETALLES DEL MA
PAGINA INTENCIONALMENTE EN BLANCO
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PIV-1
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PIV-2
Enero 2013

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