Historia del Colegio de Abogados - icajaen | Ilustre Colegio de

Transcripción

Historia del Colegio de Abogados - icajaen | Ilustre Colegio de
Historia
del
Ilustre Colegio de Abogados
de Jaén
(Organigrama judicial s.
XVIII, XIX y XX)
Escrito por:
Miguel Moreno Jara
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PRÓLOGO
Los cien primeros años de historia del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén,
constituye además de una obra de consulta obligada en el campo histórico
jurídico, una oportunidad irrepetible de abundar y conocer el decurso de esta
localidad durante el segmento temporal que la aborda.
Alumbrar una obra de esta naturaleza, no es moneda de pago común en
nuestros días. La recreación histórica mediante figuras noveladas o
aportaciones y opiniones personales del autor sobre hechos concretos, son
fuente de constantes controversias entre eruditos. Cuando la historia se relata
con apego estricto a la constatación datada de los eventos, y además, se nos
informa detalladamente de los orígenes del descubrimiento, lo que leemos, es
ciencia, esfuerzo y captamos con placer que es verdadero.
Miguel Moreno Jara hace exactamente eso, exponer sin opinión.
Informar y compartir sus hallazgos elaborando así un manual de estudio e
intercomunicación para quien pretenda conocer cual ha sido la historia del
Colegio de Abogados de Jaén, a través de las personas que lo han integrado,
sus normas, sus períodos de bonanza y de crisis y de aquellos símbolos que
marcaron un antes y un después en la vida colegial de los letrados de Jaén.
Si hay un dato común a los seis capítulos que integran la obra, los dos
apéndices que la epilogan y, el propio epílogo, es la recreación virtuosa y
constante en el amor por la tierra que lo vio nacer. Es más, afirmo que es ese
impulso, el auténtico motor de este estudio. No hay una sola biografía en este
libro que no busque sus puntos de conexión con la tierra vernácula, ora por
amistades, visitas o relaciones con jiennenses. Ese sentimiento de cariño local
hace que la lectura de la obra sea un paseo por la vida de nuestros antepasados
y, de paso, por las calles del Jaén antiguo o por las biografías de los clérigos
adscritos a las iglesias de raigambre popular, o, por qué no, por las actividades
culturales o lúdicas de la época. En definitiva, la obra se consuma como el
vector social de una ciudad andaluza de finales del siglo XVIII, todo el XIX y
primera mitad del XX.
El preámbulo viene a ser un entremés introductivo del mundo jurídico
en España, remontándose a la época romana. A partir de ahí, el autor desgrana
el avatar judicial y sus avances y logros en el campo de las garantías, para
concluir con una reproducción del título V de la Constitución Española,
relativo a los Tribunales.
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Encontramos igualmente un documentado apartado dedicado a los
Montepíos de iniciativa privada. En él se desglosa desde una trayectoria
histórica la fundación de Carlos III de los Montepíos por los empleados de la
Contaduría General de Valores del Ministerio de Hacienda, apuntando con
posterioridad lo que devendría en los abogados de pobres y de oficio, génesis
de la faceta quizás más conocida y elocuente del ejercicio de la profesión, cual
es, el apoyo jurídico que desde esa fecha vienen prestando los Ilustres
Colegios de Abogados a los justiciables sin recursos.
Una vez más la documentación y proliferación de datos nominales y
temporales hacen imprescindible la lectura detenida del mismo para la
asunción de los primigenios apoyos técnicos que venían prestando el Colegio
de Abogados a los más necesitados.
El capítulo segundo está dedicado a la fundación del Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén. La precisión milimétrica de las citas, las notas a pie de
página y el relato de las primeras reuniones colegiales, así como la
incorporación estatutaria de las normas por las que se regían los letrados,
ofrece al lector un elenco de posibilidades interpretativas de la realidad
profesional y cultural de la época. Su lectura es un reto imaginativo con un
mínimo esfuerzo de parte del lector del Jaén decimonónico.
El tercer capítulo, entronca con esa simbología que otorga carta de
personalidad a cualquier corporación de derecho público o privado. Dedicar
un capítulo a la Patrona del Colegio, su elección y origen del madrinazgo son
semisecretos que permanecían dubitados por opiniones encontradas. Miguel
Moreno Jara, con impecable concisión nos desvela la génesis de esta
advocación Mariana.
El capítulo cuarto es de muy agradable lectura. Su ritmo narrativo ágil,
hace de las ceremonias y protocolos de los letrados, un abanico de folklorismo
jurídico que inyecta al lector una enorme dosis de humanidad hacia la figura
del abogado. Las liturgias y parafernalias de la época, las delimitaciones físicas
de togas y birretes, las fórmulas de juramento son en definitiva la prueba
palpable de un distanciamiento social mítico que por el contrario ha estado
siempre hermanado con las costumbres y actividades más usuales de un
pueblo.
Otro tanto ocurre con el siguiente capítulo. Estudiar la creación de una
academia jurídica con su biblioteca, la edición periódica de sus listas anuales,
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las exactas ubicaciones de las sedes colegiales, abunda en la precariedad de
medios en que se desenvolvió el Colegio de Abogados de Jaén. Decir, entre
otras valiosas consideraciones, que las primeras reuniones de la Junta de
Gobierno habían de celebrarse en la casa del Decano por falta de local,
termina por desmitificar cuantas alusiones elitistas pudieran adjudicarse al
gremio de la Abogacía, el personal que era contratado. Las referencias
pormenorizadas que dedica al organigrama judicial de la provincia de Jaén, se
instrumenta en la simbiosis existente entre el Colegio de Letrados de Jaén,
Juzgado de Instrucción y Primera Instancia, Juzgado Municipal, Registro Civil,
Tribunal Contencioso-Administrativo, Magistratura de Trabajo, Registro de la
Propiedad, Notarias, Colegio de Procuradores, Tribunal Eclesiástico y el
máximo organismo judicial de la provincia. A través de él, tenemos la
oportunidad de conocer un auténtico anecdotario de tasas, bastanteos y otros
gravámenes que nos ayudan a conocer la dinámica impositiva judicial en la que
se desenvolvía nuestros primigenios letrados. El alumbramiento de los
nombres de los funcionarios, las demarcaciones territoriales y su ubicación, y
del propio personal administrativo del Colegio de abogados, constituye una
oportunidad de ensamblar de estos datos con los coetáneos y paralelos de la
sintonía colegial, en orden a hilar un período de tiempo concreto. Una vez
más, se atisba en este capítulo, un esfuerzo faraónico de aportación de datos,
fechas y nombres, prueba patente de la exhaustivada con la que se ha
elaborado esta magna obra
Dentro de este apartado nos encontramos con una pormenorizada
relación de bienes patrimoniales y recursos humanos de los distintos Juzgados
que componían el apartado de la Administración Judicial en nuestra Ciudad.
El capítulo, entiendo, ostenta un especial interés para el lector, por cuanto no
se puede concebir la figura del abogado sin encardinarla en su habitáculo
natural duplicado, a saber, su despacho profesional donde realice sus laborales
de representación y defensa. Por ello está plenamente justificado dentro de
esta historia colegial, el desarrollar el aparataje que conocieron nuestros
antepasados para el ejercicio de su actividad profesional.
El capítulo sexto es un dechado de virtudes empíricas. La concreción
de las incidencias más notables de los primeros cien años del Colegio, la
reproducción de las actas, sanciones y recursos, las impugnaciones de los
acuerdos y los momentos críticos de la Institución, están fielmente reflejados
en este apartado, donde reitero, por encima de las opiniones, prima la
fidelidad demostrada a unos hechos, quedando a nuestro cuidado la
interpretación de los mismos. El autor no se preocupa, afortunadamente, de
salvar ni reprochar a nadie. Expone un suceso, y lo hace con veracidad y lo
documenta. ¿Acaso no es eso cuanto se necesita para tildar de correcta una
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información…?
Los dos últimos capítulos, son sendos apéndices, que suponen un
derroche de estudio, tiempo y dedicación. La obra de Miguel Moreno Jara en
este sentido es faraónica. Recopilar las biografías de letrados que tuvieron en
muchos casos una significación casi testimonial en la vida del Colegio,
haciendo un alarde de fechas, ascendencias, títulos e incluso actividades
laborales o humanísticas paralelas, está al alcance de pocos privilegiados. Ese
es el regalo del autor, transmitirnos una guía completa de la historia de un
colectivo de marcada importancia social en nuestra cultura.
De la ardua tarea que supone la investigación científica, se obtienen, a
veces resultados notables e inesperados. La investigación, otorga a quien la
practica varios dones. Tal vez el principal, la paciencia. Detrás de esta, la
alegría, especialmente si, como en este caso, la labor se ve recompensada.
En efecto, nuestro autor descubre, perdido en los confines de los
legajos, un documento vital que conexiona la historia del Colegio, con la
primigenia constitución de la Sala en Jaén. Nada menos que por disposición
magistral de la Suprema de Cádiz. En ella, se encuentran reflejados todos y
cada uno de los nombres de los funcionarios que consiguen hacer rodar la
maquinaria administrativa de la Justicia en Jaén, bajo la tutela de una
Constitución progresista y adelantada a su época.
Es innegable que Miguel Moreno Jara, funcionario judicial de profesión,
no podía dejar pasar la oportunidad. Amén de las conexiones evidentes entre
letrados y funcionarios, la inclusión de este capítulo, a modo epilogar, viene a
poner el espléndido colofón de lo bien hecho, de lo correcto, de lo que es
Historia.
Enhorabuena autor por tu merecido hallazgo. Gracias en nombre de
todos los lectores.
El epílogo, supone un descanso intelectual para el lector. El autor con
pleno acierto y visión literaria, remansa con citas de Federico Castellón, Henri
Roberta, Guillermo Löewenfeld, Federico L. Gros, José Monge Bernal y,
Ángel Osorio y Gallardo, el éxtasis biográfico de los capítulos anteriores y nos
propone una visión anecdótica del mundo del Derecho. El final supone con
esta fórmula una fácil digestión del total de la obra.
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El estudio en sí amén del esfuerzo descriptivo ya aludido, contiene un
apartado, a mi juicio fundamental, en la propia intitulación, cual es, la
vinculación constante del mundo jurídico con la Real Sociedad Económica de
Amigos del País de Jaén. A estas alturas a nadie escapará que desde la fecha de
la fundación de ésta Real Institución, han sido muchos los juristas que de una
u otra forma han prestando sus servicios y colaboración desinteresada en el
correcto funcionamiento y decurso de las actividades culturales que esa
Entidad ha derramado generosamente por toda la geografía provincial.
El propio Carlos III, fundador y protector de las Reales Sociedades
Económicas de Amigos del País, insistió fervorosamente en la necesidad de
que el mundo del Derecho estuviera presente en la dirección, gestión y mando
de las Sociedades Culturales que a su amparo se crearon. El correcto y estricto
conocimiento técnico de las relaciones mercantiles, asociativas y culturales,
denotaban la indeleble línea simbiótica que habría de regir las relaciones
económica-derecho.
En estas páginas tenemos oportunidad de seccionar las biografías de
muchos de los integrantes del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén; también
de jueces y funcionarios de la Administración de Justicia, en su orden, son
múltiples las referencias a su participación técnica someramente testimonial al
mundo de la cultura que representaba la Real Sociedad Económica de Amigos
del País de Jaén, auténtica impulsora de cuantas actividades culturales y
docentes se realizaban en nuestra provincia.
Es por tanto motivo de especial interés el conectar ambos mundos y
exponerlos como uno solo. Con ello se enaltece la figura del jurista y se
enriquece la Real Institución, que ya per se es reconocida como el faro de la
intelectualidad y de la ilustración en nuestro país.
A nadie escapa que la profesión del abogado es una realidad del
presente. Saturada, compleja, de expectativas inciertas, pero de rabioso
presente. Decía Tagore que “las cenizas del pasado aguardan las lágrimas de nuestro
día a día”. Conocer a historia del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén tal y
como se nos presenta en esta obra, es desentrañar las cenizas acumuladas de
varios siglos de historia. Las generaciones venideras, y la nuestra por supuesto,
agradecerá el esfuerzo del autor. Su premio es ya la recompensa moral de una
labor prudente y acertada. El nuestro está por descubrirse en el deleite de este
libro.
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Juan Carlos García-Ojeda Lombardo.
Abogado y escritor.
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PALABRAS INICIALES
Aunque estas breves palabras que figuran en primer término suelen escribirse
normalmente al final, en virtud de que hasta que se escribe la última palabra el
autor necesita siempre la ayuda constante de los demás, porque detrás de un
libro hay muchas personas además del autor. No obstante, consideramos es de
estricta justicia expresar escueta y públicamente nuestra gratitud a todos
aquellos que altruistamente han colaborado, me permitan expresarles ante
todo mi agradecimiento:
A Juan Ramón de la Cuadra Herrera, prestigioso periodista, el más
competente, el más erudito y el más amable de los documentalistas por su
extraordinaria colaboración, él ha sido mi cuerpo astral en la Biblioteca
Nacional, Archivo del Ministerio de Justicia, Archivo de la Dirección General
de lo Contencioso, Archivo General de la Administración, etc. etc., gracias a
su extraordinaria entrega y amistad este trabajo histórico ha podido
culminarse.
También a mi incondicional amigo Rafael Cañada Quesada, del que
puedo asegurar que en él se cumple el adagio: “nadie es profeta en su tierra”; me
abrió su ingente archivo privado y además, me asesoró y ayudó en mis
investigaciones en los Archivos Históricos Diocesano de la Catedral,
Municipal y en el Provincial de Jaén.
A Juan Carlos García-Ojeda Lombardo, le debo tanto que me resulta
difícil expresarlo en esta introducción. Su constante ayuda, antídoto necesario
para los muchos momentos de desánimo que siempre surgen en la realización
de cualquier empresa literaria. Gracias por tu estímulo y precioso prólogo, por
lo que te estaré siempre agradecido, y que los dioses te sean propicios todos
los días y todas las noches de tu vida.
Igualmente a Andrés Nicás Moreno, doctor en Genealogía y Heráldica,
por su proverbial y buena disposición en su especialidad.
Asimismo a todos los que han tenido a bien facilitar mis
investigaciones, en particular a: Juan Enrique Espinilla Lavín, gran amigo, gran
humanista y gran bibliófilo.
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Doña Adelaida García Sánchez, Archivera de la Diputación Provincial
de Jaén, paradigma de humanismo y profesionalidad.
Doña María de los Dolores Torres Puya, Directora del Archivo
Histórico Provincial de Jaén por su diligencia y asesoramiento.
Don José Melgares Raya, Canónigo Archivero de la Catedral de Jaén,
tan humano y espiritual.
Don Ricardo de Villegas Méndez-Vigo, Director de la Real Sociedad
Económica de Amigos del País de Jaén, que me abrió las puertas de tan digna
Biblioteca.
Mi dilecto amigo Salvador Contreras Gila, Archivero del Instituto de
Estudios Giennenses, en él he tenido siempre sin limitaciones su amistad
personal y colaboración profesional.
Juan Antonio López Cordero, del que me honro pertenecer a su círculo
de amistades, mi “salvador” de graves naufragios que sufrí del “maldito”
aparato que llamamos ordenador.
Mis amigos Carlos Fernández Mármol, Encarnación Sutil Romero y
Alicia Moreno Camacho, funcionarios del Ilustre Colegio de Abogados de
Jaén por su constante y altruista colaboración.
Mención especial merecen también mis amigos y compañeros del
Registro Civil de Jaén por tan generosa y brillante colaboración. Asimismo es
de justicia destacar a los de Alcalá la Real, Andújar (Isabel Torres Morcillo),
Baeza (Miguel Gallego Cruz y María del Mar Ortiz Cruz), Cazorla, La
Carolina, Linares (Maria del Pilar Guillén Moreno y Jesús Garrido de la
Torre), Martos (Antonio Moncayo Garrido), Úbeda (María del Carmen
Navarro Fernández) y Villacarrillo. Distinción que concedo también a mi
amigo y compañero Miguel Ángel Miranda Torres (colaborador infatigable,
siempre dispuesto, con humanidad y elegancia en el enrevesado formato
informático) no estando ajeno Manuel Calejón Corral (de la sección 3ª de la
Audiencia Provincial) reciban mi sincero agradecimiento.
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Para concluir este noble anillo de agradecimientos hemos de engarzar la
brillante colaboración de Elena Cobo Gámez, que me animó continuamente a
culminar este proyecto histórico, que miró con benignidad el manuscrito
cuando aún era un simple pergeño, y a la que siempre agradeceré sus análisis y
paciencia constante.
A mis hijos Miguel Jesús y Lidia, licenciados en Derecho para que
siempre tenga por lema la opinión del “Sumun” de la ciencia jurídica española
con proyección internacional, que pone punto y final a este estudio histórico.
Y finalmente a ti, mi esposa, que gracias a los muchos días (años) que te
he robado de mí, y que te pertenecían, has hecho realidad la culminación de la
presente obra.
- 10 -
C
CA
APPÍÍT
TU
ULLO
O PPR
RIIM
ME
ER
RO
O
El hombre debe de aspirar al morir
dejar huellas honrosas de su existencia.
(Rafael Hidalgo de Caviedes).
I. EL INICIO DE LA ORGANIZACIÓN JUDICIAL EN ESPAÑA.
“Que no puede admitirse que el abogado sea únicamente la persona que con
el título de licenciado o doctor en Derecho, se dedica a defender en juicio por
escrito o de palabra, los intereses o las causas de los litigantes, sino que es el
consejero de la familia, el juzgador de los derechos controvertidos, cuando los
interesados los desean, el investigador de las ciencias histórico-jurídicas y
filosóficas, cuando éstas fueran necesarias para defender los derechos que se
les encomiendan; el apóstol de la ciencia jurídica que dirige a la Humanidad
y hace a ésta desfilar a través de los siglos”.
El Abogado según el Tribunal Supremo.
(Sentencia del 22 de enero de 1.930).
La España prerromana se hallaba fragmentada en tribus y cada una guardaba
celosamente su independencia respecto de las demás. No obstante, eran
conscientes que histórica y políticamente les unían un destino común, así lo
corrobora el hecho de que entre las mismas se intercambiaran legados en los
que constaba sus pretensiones. El jefe de la tribu -que los cronistas clásicos
llamaron “regulus”, “princeps” o “dux”- ostentaba todos los poderes, e
incluso el de administrar justicia. En opinión de algunos historiadores de la
época romana la justicia se administraba a través de la celebración de duelos
que venían a resolver las pretensiones de los litigantes. Estos duelos
generalmente eran presididos por el jefe de la tribu quien respetaba el
resultado del mismo.
Según el profesor Mejías González la colonización fenicia y griega y la
dominación cartaginesa, no influyeron básicamente en la forma de enjuiciar
del pueblo hispano y, por ende, estaban vigentes al acaecer la conquista
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romana 1.
Los griegos cuando tenían que comparecer ante el Areópago o ante los
jueces, previamente requerían la asistencia de un orador. Antisoaes fue el
primero que cobró por una defensa, y por ende Grecia habría sido donde la
abogacía se convirtiera en una profesión. Según Esquines y Demóstenes a los
abogados se les recriminaban por sus honorarios de sus defensas.
España nunca fue colonia romana sino una provincia, y como tal estaba
vinculada a la legislación de Roma, aunque con ciertas peculiaridades que eran
de aplicación para algunos lugares. Por lo que la organización judicial en
España en esta época es idéntica a la de todo el Imperio, y a veces, se
confunde con la administrativa; característica principal de esta organización es
la existencia de dos clases de jueces tribunales: los que administraban justicia
los súbditos, y los dedicados exclusivamente a resolver los pleitos entre
peregrinos.
En la Roma republicana el gobernador provincial estaba asistido de un
“consilium” formado de veinte miembros, ostentando en su provincia la
jurisdicción civil y criminal, teniendo incluso la facultad de condenar a muerte.
Los asuntos considerados de “menor cuantía” generalmente eran confiados
para su fallo a un miembro del consilium, reservándose el gobernador las
causas más importantes 2.
Hasta el final de la época republicana a los abogados se les llamaban
“patroni” (los delincuentes ordinarios, llamaban “padrinos” a sus defensores
de oficio).
Las mujeres pudieron ejercer de abogados hasta que Caía Afrania por
su desmesurada vehemencia en sus alegatos, molestó hasta tal punto al pretor
que éste prohibió el ejercicio de la profesión al género femenino publicándose
en las Pandectas (libro. 3, título 1, fragmento 5).
Cicerón cita con frecuencia a su “antiguo instituto” prueba irrefutable
1
MEJÍAS GONZÁLEZ, M.: “Tribunales de Justicia”, Temas Españoles nº 236, Madrid Publicaciones Españolas,
1.956, págs. 45-46.
2
Sobre este aspecto Tácito nos informa más acertadamente que Tito Livio (Tácito, Annales, XI, 22). COMBES,
R.: La República en Roma (509-29 a. J.C.), VI. Madrid, Presses Univesitaires de France, colección Edaf
Universitaria, 1.977, pág. 55.
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que el antiguo foro romano ya fue organizado colectivamente y con reglas
comunes 3.
Con la proclamación del Imperio la organización judicial se perfeccionó
lo que conllevó inevitablemente a que se hiciese más complicada.
El Emperador era el juez supremo de todos los asuntos del Imperio,
asesorado por el consilium, delegando en uno de sus miembros la
responsabilidad de dictar sentencia, siendo su jurisdicción absoluta, de forma
que fallaba los pleitos en primera instancia y, al mismo tiempo, conocía de las
apelaciones contra los fallos dictados por autoridades de rango inferior.
Tácito alude 4 “... a la cuidada preparación que desde antiguo recibía el joven que
se destinaba al foro y a la elocuencia, quién después de recibir una esmerada educación desde
la cuna y bien nutrida de las disciplinas liberales, era llevado por sus padres o por sus
parientes al orador que ocupaba el primer puesto en la ciudad y cómo el alumno seguía al
maestro, acompañándole en sus intervenciones ante los Tribunales, adquiriendo así la
práctica del combate”.
No obstante, los gobernadores provinciales tenían delegada la función
de administrar justicia en su jurisdicción, y lo hacían en nombre del
Emperador. Eran elegidos cada cinco años, su competencia era conocer
causas de materia civil y criminal, éstos a su vez, delegaban algunas de sus
funciones en autoridades inferiores, como los “legati”, “duumviri”,
“procuradores” y “quaestores” quienes a su vez, eran ayudados por los
“aediles” (policía urbana). Periódicamente el gobernador visitaba los llamados
“Conventos Jurídicos” en que se dividía su provincia para administrar justicia.
Lo que si se puede afirmar categóricamente es que en la época de los
Emperadores Teodosio, Valentiniano, Justino y Justiniano, la profesión de
abogado estaba instaurada corporativamente bajo la denominación de “Ordo
Collegium Togatorum”, “Consortium”, “Corpus”, “Advocatio”, “Matrícula”,
denominaciones con que se les cita en el Código de Justiniano.
Era requisito indispensable ingresar en la Corporación para poder
3
4
Ibídem, pág. 46.
BALSDON.: Roma, historia de un imperio. (Diálogo de los Oradores XXIX). Madrid, Biblioteca para el hombre actual,
Ediciones Guadarrama, S. A. 1.970, págs. 20-21.
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ejercer como abogado, previa a su inscripción, era sometido a pruebas de
aptitud y práctica, su número era limitado y estaban sometidos a la jurisdicción
disciplinaria de los Jueces y de la Corporación 5.
Ya en el Bajo Imperio la organización judicial se complica más aún,
podemos ver la existencia de una escala jerárquica en la administración de
justicia que era imprescindible respetar en lo concerniente a las apelaciones.
Por debajo del Emperador, y por el mismo orden, se encontraban el
“prefecto”, el “vicario”, el “gobernador”, el “defensor” de la ciudad y los
“dumviros”. Siguiendo esta escala el juez ordinario era el gobernador, y tanto
el defensor como los dumviros tenían su jurisdicción delegada por aquél para
sus respectivas comarcas. Fuera de esta organización jerárquica se fueron
creando jurisdicciones independientes, entre las que cabe señalar como más
importantes: la eclesiástica y de los latifundios. Éstos últimos estaban cerrados
a la intervención de las autoridades, siendo el señor quien ejercía las funciones
judiciales. En cuanto a la primera, tuvo su génesis en el propósito de los
cristianos de evitar el contacto con las autoridades paganas, eludiendo de este
modo conflictos con motivo del juramento, y a tal efecto se creó la costumbre
de someter las cuestiones al arbitraje del obispo, conllevando el inconveniente
de que éste no tenía poder para ejecutar el fallo en caso de incumplimiento;
esto se soslayó a partir de una disposición del Emperador Constantino 6.
Durante el reinado de Alarico II (506) y poco después el rey burgundio
Gondebaud, mandaron hacer que se realizaran recopilaciones de derecho
romano más o menos ordenadas. Recesvinto (653-672) por su parte,
promulgó un derecho común a todos los súbditos del reino visigodo: el “Liber
iudiciorum”; se impuso también el derecho consuetudinario, éste es un medio
cómodo de aplicar la sabiduría popular en materia de derecho criminal y
penal 7.
La suprema potestad de juzgar correspondía al Rey, el cual la ejercía
personalmente o a través de delegados, que recorrían el reino administrando
justicia. Al principio el Rey fallaba asistido de su “Aula Regia”, que era el
conjunto de los condes y duques, obispos y altos cargos de palacio 8, hasta que
5
6
FERNÁNDEZ SERRANO, A.: La abogacía en España y en el mundo, 3 tomos. Madrid, 1.985, pág. 143.
MEJÍAS GONZÁLEZ, M.: Op. cit, pág. 6.
7
GARCÍA-GALLO, A.: Las Instituciones Sociales en España en la Alta Edad Media (siglos VIII-XII). Barcelona,
Ediciones el Albir, 1.981, págs. 17-18.
8
Sepamos lo que opina al respecto Montesquieu.: "...los obispos tuvieron inmensa autoridad en la corte de los reyes visigodos, y
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el Concilio IV de Toledo 9 dispuso que las causas graves las juzgase asistido de
los nobles y del rector que era el jefe administrativo de cada provincia.
Más tarde, fue el juez o vicario quién conocía de las causas entre
hispano romanos, y el tiufado que dirimía los litigios suscitados entre
visigodos. Al refundirse ambos pueblos, el primero quedó exclusivamente
para conocer de todos los asuntos civiles, con independencia de la condición
de hispano godo 10; el segundo, fue juez militar cuya competencia quedaba
circunscrita al personal del ejército. Esta es la tesis que prevalece pues en los
textos jurídicos de la época la palabra “iudex” se utiliza con gran imprecisión.
Para algunas causas muy concretas y determinadas se designaba por el
propio rey un juez especial llamado “adsertor pacis”. En las causas incoadas
contra eclesiásticos la conversión al catolicismo vino a confirmar legalmente el
estado de hecho existente, según el cual se prohibía en absoluto que los
clérigos fuesen juzgados por tribunales seglares, ni siquiera en asuntos
puramente civiles.
La escala jerárquica de la Iglesia en el orden judicial estaba formada por
el presbítero, que conocía las cuestiones de menor cuantía; el obispo con su
consejo de tres prelados convecinos y, finalmente, como órgano de apelación,
el Metropolitano. En casos excepcionales la Santa Sede resolvía en última
instancia mediante el envío de jueces especiales.
Las reglas procedimentales variaban según la materia a tratar: en los
juicios civiles resalta la característica de ser muy similar al juicio civil romano, antecedente más próximo del juicio civil moderno español- En los juicios
en sus concilios se decidían los negocios más importantes. Debemos al código de los visigodos todas las máximas, todos los
principios y todas las miras de la Inquisición del día; y los monjes no hicieron más que copiar las leyes hechas en otros tiempos por
los obispos contra los judíos". MONTESQUIEU.: El espíritu de las leyes, V, versión castellana. Madrid, Nueva
Biblioteca de Ciencias Sociológicas, pág. 145.
9
Rus Puerta nos informa.: "...en tiempo del rey Sisenando de los Godos hubo otro Concilio Nacional, que se tiene por el cuarto que
se celebró en Toledo, en el cual se juntaron setenta obispos; congregaronse en la iglesia de Santa Leocadia en el año de 633,
asistió a este Concilio Centauro, presbítero vicario de Fidencio, obispo de Tuccitano, que por alguna enfermedad o vejez o causa
legítima no pudo venir personalmente al Concilio, en el cual firmó su vicario y procurador por su Prelado ausente". RUS
PUERTA, F.: Historia Eclesiástica del Reino y Obispado de Jaén, impreso en Jaén, por Francisco Pérez de Castilla,
1.634, págs. 185-186.
10
"...Carlos, Rey por la gracia de Dios... a los godos o españoles, que habitan dentro de la ciudad de Barcelona... los demás que viven
dentro del Condado... complace a nuestra Mansedumbre recibirlos y mantenerlos con obsequiosa benignidad bajo inmunidad,
protección y defensa, y otorgarles el oportuno auxilio a sus necesidades...". FERNÁNDEZ ESPINAR, R.: Comentario de
textos jurídicos históricos. Metodología y Textos. Granada, 1.989, pág. 80.
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criminales se aprecia indicios del principio de publicidad, combinado con el de
igualdad de acusador y acusado, admitiéndose el tormento o la tortura como
prueba de singular importancia. En cambio, se discute la existencia de ordalías.
En algunos textos se menciona la ordalía del agua caliente -la resistencia que
implicaba absolución-. En esta clase de pruebas cuando salía triunfante el
demandado, el demandante vencido había de someterse al mismo tormento 11.
El sistema social estaba dividida en dos grandes grupos sociales y
jurídicos: los hombres libres y los no libres o siervos; aquéllos poseen libertad,
éstos carecen de ella. Pero el contenido jurídico de esta libertad es muy
restringido, consiste únicamente en la libertad de movimiento (vadat liber
ubicumque voluerit) 12.
Durante la Reconquista no existe modificación sustancial al sistema
hispánico de enjuiciar. El rey -continúa como en época anterior- ostentando el
cargo de juez supremo y juzgaba asistido de la Curia, órgano compuesto de
representaciones mixtas de Iglesia, nobleza y pueblo. Brevemente vamos a
describir -por lo curioso que resulta-, el ornato con que se revestía la
administración de justicia. Ésta generalmente se desarrolla en la puerta de una
iglesia, siendo rodeadas las partes por el pueblo. Presidía la reina o el rey, y en
algunas ocasiones un obispo en nombre de ellos. El rey comenzaba
declarando la paz entre las partes y las exhortaba a decir la verdad, y acto
seguido designaba entre los miembros de su consejo asesor un juez que
ordenaba la prueba que había de practicarse y, proclamaba más tarde su
resultado, a la vista del cual la persona que presidía el juicio, previa consulta
con la Curia dictada su fallo 13.
En el siglo XI los jueces (“dayaním”, llamados también “beroním”)
estaban a la cabeza de las comunidades y, sus competencias incluía entre otras,
las funciones de mantener el orden público: arrestar a los transgresores y
encarcelarlos, investigar crímenes y condenar a los culpables. Eran elegidos
por la comunidad y era proverbial su integridad, vida irreprochable y
conocimiento de la Ley Judaica. En los litigios mixtos, juzgaban según la
11
MEJÍAS GONZÁLEZ, M.: Op. cit, pág. 6.
12
GARCÍA-GALLO, A.: Op. cit, pág. 17.
13
Ibídem, pág. 7.
- 16 -
costumbre local “Minhag Hamaqon” 14.
Paulatinamente la Institución se va perfeccionando y termina por
designarse jueces permanentes, llamados “justicias”, y más adelante, por
influencia mozárabe, “alcaldes”.
Los españoles de origen hispano-romano y visigótico que bajo la
dominación musulmana en la Península Ibérica mantuvieron la fe cristiana y
sus costumbres ascentrales por convivir entre árabes, aunque sin fusionarse
religiosamente con ellos, fueron llamados “mozárabes” o “muzárabes”, que
significa “arabizados”. Esta prueba tangible de la tolerancia y respeto a las
minorías acogidas por los tratados del Islam en España, explica la arabización
cultural de aquellos cristianos que sin embargo insistieron en mantener el latín
en sus oficios religiosos. De esta comunidad cristiana y católica, cuya antigua y
venerable liturgia Hispana recibió también el nombre de “Isidoriana, Gótica o
Toledana”.
El rey Alfonso VI 15 cediendo a las instancias del Papa Gregorio VII 16,
introdujo en Castilla en el Concilio de Burgos17, la liturgia romana aboliendo la
14
Estos jueces no eran competentes para recibir y examinar a testigos judíos que testificaran contra musulmanes.
BEINART, H.: Andalucía y sus judíos. Córdoba, Publicaciones del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de
Córdoba, 1.986, págs. 32-33.
15
*1.040, +Toledo, 1.109. Llamado el Bravo. Hijo de Fernando I y Sancha (hermana de Bermudo III de León).
Rey de León y de Castilla (1.065-1.109). Recibió de su padre, León y las parias del reino moro de Toledo, lo
que motivó la hostilidad de su hermano Sancho, que heredó Castilla y las parias de Zaragoza, dando lugar a
dos encuentros bélicos: Llantada (1.068), en el que -Alfonso fue vencido, aunque logró conservar el reino-, y
el de Golpejera (1.072), que acabó con el triunfo de Sancho y el destronamiento y destierro del Rey leones.
La muerte de Sancho, en el cerco de Zamora, reinstauró a Alfonso en el trono de León y en el de Galicia, del
que anteriormente había sido desposeído su hermano García. Durante el segundo período de su reinado
(1.072-1.086), se apoderó de La Rioja y emprendió la conquista de Toledo (5-1.085). De 1.086-1.109
transcurren veintitrés años de fracaso de Alfonso frente a los almorávides; en Uclés perdió a Sancho, su
único hijo (1.108) y el año siguiente muerte del Monarca en Toledo. SANZ Y DÍAZ, J. "Navarra y sus
reyes", Temas Españoles nº 154. Madrid, Publicaciones Españolas, 1.955, págs. 17-21.
16
Tras la muerte de Alejandro II (1-10-1.061/1.073), el pueblo romano no tuvo ninguna duda sobre la elección
del sucesor, y eligió al monje Ildebrando que tomó el nombre de Gregorio VII (1.073/25-5-1.085). Se
ocupó con gran energía de la reforma de la Iglesia, combatiendo la simonía y la corrupción del clero.
También combatió a Enrique IV, Emperador de Alemania, por las investiduras eclesiásticas y lo humilló en
Canosa en la cuaresma del año 1.075 con solemne decreto y bajo pena de excomunión. Enrique rechazó el
decreto papal y pasó a la lucha convocando dos sínodos: en Worms y en Piacenza (1-1.076). Gregorio VII
realizó un acto que tuvo poco después gravísimas consecuencias: excomulgó al Emperador (22-2-1.076).
Depuesto de la silla de San Pedro por un complot del Emperador, fue encerrado en Castel Sant’Ángelo.
Liberado más tarde, se dirigió desterrado a Salerno, desde donde renovó su anatema contra Enrique.
DEGALLI, F.: Historia de la Iglesia. Barcelona, Editorial Codex, 1.963, págs. 130-134 y 223.
17
1.080.
- 17 -
Hispano-Gótica. Al reconquistarse la ciudad de Toledo 18, Sede Primada de las
Españas y antigua Corte de los godos, donde florecía el rito tradicional, los
mozárabes toledanos obtuvieron el derecho de que se les mantuviera en las
seis parroquias que habían conservado bajo el dominio musulmán y que eran
de fundación visigótica: Santa Justa y Rufina, San Marcos, San Lucas, Santa
Eulalia, San Sebastián y San Torcuato.
Por el Fuero o “Carta Mozárabum” 19 el rey Alfonso VI les concedió
diversos honores y privilegios, otorgándoles la facultad de poder hacerse
armar caballeros: “Et dó eis libertatem ut qui fuerit inter eos pedes et posse habuerit ut
militet”.
De este modo surgió una Comunidad histórico-litúrgica única en
Occidente, definida por el común origen hispano-visigótico y por la
adscripción personal de sus miembros por “jus familiae”, a las Parroquias del
rito ancestral cuyo esplendor y conservación les correspondía y a las que
mantenían con el pago de sus diezmos.
Argote de Molina 20 refiriéndose a los mozárabes toledanos escribe en
su Nobleza de Andalucía 21: “...desde el tiempo que el rey D. Rodrigo, último de los
godos, perdió a Toledo, hasta que el rey D. Alfonso el VI la tornó a cobrar, en que pasaron
cerca de cuatrocientos años, LOS CABALLEROS CRISTIANOS GODOS que en
18
1.085.
19
20-3-1.101.
20
Don Gonzalo Argote de Molina. *Sevilla (a fines de 1.548 o comienzos de 1.549) +Las Palmas de Gran
Canarias (20-10-1.596). Hijo del jurado don Francisco de Molina y doña Isabel Ortiz Messías de Mendoza.
En la conquista del peñón de la Gomera, efectuado bajo el mando de don García de Toledo, virrey de
Nápoles, Argote con 15 años de edad, operó bajo las órdenes directas de don Fadrique de Carvajal. Al año
siguiente, Alférez Mayor de la Milicia de Andalucía, con asiento en los Cabildos y privilegio de entrar en
ellos con la espada ceñida. En las galeras de España, con don Juan de Austria (1.568), “con diez vanderas (sic)
de las de mi cargo, y con 1.500 arcabuceros”, dice su epitafio. En la “rebelión del reyno de Granada con treinta escuderos
de a caballo sin sueldo de mi ni dellos”. El Marqués de Mondejar: “…mandó a Gonzalo de Argote de Molina, Alférez
Mayor de la Milicia de la Andalucía, se embarcase con la gente della en las galeras de don Sancho de Leiva para correr la
costa, impidiendo el entrar Moros de Barbería en las Sierras” (1.569). Argote tuvo una participación muy principal
en la defensa de Lanzarote contra Morato Arráez (1.586), y también intervino cuando, en 1.595, fue
rechazado el ataque a Gran Canaria del corsario Drake. Caballero Veinticuatro de Sevilla. Por Real Cédula
de Felipe II fue nombrado Provincial de la Santa Hermandad y Juez ejecutor de la misma en Sevilla y su
tierra y provincia (Madrid, 13-11-1.578). Tuvo varios señoríos: Señor de la Torre de Gil de Olid, Señor de la
Torre de don Jofre y Señor de Daganzuelo. Casado con doña Constanza de Herrera y Rojas (Lanzarote, 257-1.586). PALMA CHAGUACEDA, A.: El historiador Gonzalo Argote de Molina. Madrid, Instituto Jerónimo
Zurita, CSIC, 1.949, págs. 24 y ss.
21
1.588.
- 18 -
aquella ciudad quedaron, nunca dejaron la santa Fe, NI PERDIERON SU
NOBLEZA Y CABALLERÍA, pagando a los reyes moros su tributo. Estos caballeros
de Toledo -dicen- fueron ocho linajes, de quien descienden los apellidos de Toledo:
Palomeque, Illán, Puertocarrero, Gudiel, Cervatos, Roelas y los Armildez” 22.
En esta época se desarrolla la justicia señorial en función a que el dueño
de la casa era responsable principal de los delitos cometidos por los que en su
casa residían; estaban facultados por los reyes para administrar justicia en su
jurisdicción y además, estaban autorizados a percibir el importe de las multas
que impusieran, e incluso, juzgar delitos de homicidio, rapto, hurto, etc. 23.
Para impedir la dilatación que suponía la ejecución del fallo en función a la
extensión de estos señoríos, se impuso la costumbre que los latifundistas
dentro de su jurisdicción podrían designar jueces delegados, quedando de este
modo aquéllos como jueces de apelación.
Por otro lado la Iglesia desarrolló su propia jurisdicción que conocía de
asuntos civiles y criminales. A priori el obispo era el juez ordinario; más tarde,
y de forma escalonada, fue delegando en los archidiáconos el conocimiento de
los asuntos quedando como juez de apelación. Contra el fallo del obispo en la
apelación, cabía recurrir ante el arzobispo y, en última instancia, ante el
Primado.
En materia criminal esta jurisdicción conocía de los delitos conexos con
la religión: parricidio, incesto, adulterio, usura, blasfemia, etc., pero carecía de
poder coactivo y, una vez firme el fallo, el reo era entregado a las autoridades
seglares para el cumplimiento de las penas.
Respecto a la civil, destaca el llamado “privilegium fori”, que consistía
en que todas las demandas contra este estamento o contra los sujetos que
conviviesen con éstos, debían de incoarse ante los tribunales eclesiásticos para
su tramitación. Esto generó graves abusos, a merced que estos tribunales tan
solo podían imponer penas espirituales. Finalmente para esta jurisdicción se le
reservó las causas concernientes a matrimonios, testamentos, legitimaciones
de hijos, etc.
22
ILUSTRE COMUNIDAD MOZÁRABE DE TOLEDO.: Los caballeros mozárabes de Toledo. Toledo, 1.975,
págs.7-8.
23
"...pero los mismos hispani por las causas mayores, como son los homicidios, raptos, incendios, depredaciones, amputaciones de
miembros, hurtos, latrocinios, invasiones de cosas ajenas y cuando alguno por su vecino fuere acusado criminal o civilmente y
mandando venir a plácito, no rehúsen de ningún modo venir al mallum de su Conde". FERNÁNDEZ ESPINAR, R.:
Comentario..., op. cit, pág. 80.
- 19 -
En materia de procedimiento se va acusando un notable formulismo
por la influencia -cada vez más fuerte- del Derecho germánico. No nos
resistimos a citar -por su curiosidad- la manera de llevarse algunos pleitos
como por ejemplo los que versaban sobre violación. Era preceptivo que la
mujer ultrajada entrara en el juicio dando voces y designando a la persona que
la había forzado; a los de rapto, en los que se colocaba a la víctima entre sus
familiares y el raptor, para saber por cuál de ellos optaba, y si lo hacía por los
primeros, el segundo era condenado 24.
A finales del siglo XII tiene su origen las “Audiencias”, antecedente
más inmediato de los órganos que en el presente llevan la misma
denominación, siendo tribunales pluripersonales en contraposición a los
jueces. Sus miembros eran conocidos por “Oidores”.
Durante la Reconquista debemos apuntar la falta de unidad legislativa
para todo el territorio. No hay una ley general sino que por el contrario la
costumbre domina en todos sitios y ello determina la formación del derecho
local (consuetudinario) de cada ciudad. Esta situación es característica de los
siglos XI al XIV y tiene su expresión en las llamadas “Cartas-Pueblas” y
“Fueros”.
En un primer momento cuando se va a crear un núcleo de vida en las
tierras recién incorporadas, aparece la Carta-Puebla que no es otra cosa que un
documento más o menos extenso, en que se fija la concesión otorgada por el
rey o señor a los habitantes o nuevos pobladores de un lugar en el que se
estipulan las condiciones de posesión y se establecen las normas mínimas y
fundamentales para la vida de la comunidad. Estas Cartas-Pueblas podían
darse a lugares nuevos o a los que ya tenían población a fin de atraer a ellos
mayor número de personas 25.
Obra capital en el campo del Derecho español lo constituye El Código de
las Siete Partidas de don Alfonso el Sabio; redactadas inicialmente entre 1.256 y
24
25
MEJÍAS GONZÁLEZ, M.: Op. cit, pág. 8.
Las concesiones eran más generosas para aquellas localidades situadas en territorio próximo a la frontera
musulmana, o las que, en ciertos casos, se llegaba a fijar el derecho de asilo para criminales. La formar de
atraer a una masa de hombres a estos territorios reconquistados consistía en la concesión de una serie de
franquicias o exenciones que iban constituyendo en cada caso un conjunto de privilegios que celosamente se
defiende por los habitantes y que motivan esa diversidad jurídica a que nos hemos referido. GONZÁLEZ
GONZÁLEZ, J.: Reinado y Diplomas de Fernando III, I (Estudio). Córdoba, Publicaciones del Monte de Piedad
y Caja de Ahorros de Córdoba, 1.980, pág. 413.
- 20 -
1.263. Recibieron su fuerza legal en 1.348 por el Ordenamiento de Alcalá
(título XXVIII, ley I) que actuaba como legislador y no como impresor de
editio princeps”.
Sepamos lo que opina el profesor Font Ríus: “El Código de Las Partidas...
representa el monumento jurídico de mayor amplitud y trascendencia en el Derecho de
Castilla y aún en toda la historia jurídica española.
Con ellas se propuso el Rey Sabio lograr la unidad legislativa en sus reinos,
terminando con la anarquía jurídica que representaba la vigencia de tantos fueros locales,
privilegios nobiliarios y costumbres diversas...”.
En el aspecto del Derecho público: “Las Partidas se destacan de modo
singular como expresión de las nuevas ideas, cada vez más extendidas en el Europa
medieval, de fortalecimiento de la personalidad del Estado como ente definido de tipo público
y de la autoridad soberana...”.
En el marco de la historia jurídica: “Las Partidas constituyen el monumento
más importante de la recepción romano-canónica en los reinos castellanos...”.
La amplia labor legislativa debida a don Alfonso X no obtuvo desde un
principio una vigencia general. Su carácter innovador, contrario a los usos y
costumbres de los diversos sectores sociales de sus reinos, fue un obstáculo a
esa difusión... 26.
Uno de los grandes proyectos de los Reyes Católicos fue establecer en
sus reinos sólidas bases para la administración de justicia; para ello se
esforzaron por eliminar la jurisdicción de manos de los prelados y magnates.
Al respecto dice Mendoza 27: “Confiando el gobierno de la justicia y cosas públicas a los
letrados más competentes que aquéllos y de menos estragadas costumbres, ordinariamente
salidos del estado llano y dependientes de la Corona; más dóciles, por tanto, y más sumisos
26
FONT RÍUS, J. M.: Código de Las Siete Partidas, IV. Madrid, Nueva Enciclopedia Jurídica Seix, 1.952, págs. 313 y
ss.
27
Don Pedro González de Mendoza, *Guadalajara, 1.428 +1.495. Político, militar, cardenal y escritor español.
Hijo de don Íñigo López de Mendoza. Fue obispo de Cuenca, arzobispo de Sevilla y cardenal primado.
Consejero de Enrique IV, tomó partido después por los Reyes Católicos, y se distinguió por sus arrestos
guerreros en el sitio de Zamora en la batalla de Toro y en la guerra de Granada. DOMÍNGUEZ CASAS, R.:
Arte y etiqueta de los Reyes Católicos (artistas, residencias, jardines y bosques). Madrid, Editorial Alpuerto, S. A. 1.993,
pág. 29.
- 21 -
a sus planes centralizadores y de regeneración” 28.
Sepamos también la opinión de Hernando del Pulgar 29: “A estas personas
-veedores ó pesquisidores- dieron cargo de facer inquisiciones en las cibdades é villas, si había
algunos que recibiesen agravios, ó fuerzas de Caballeros ó Alcaydes de fortalezas, é los non
osaban querellar, para que lo notificasen á los Corregidores, é ficiesen cumplimiento de
justicia. Otrosí les dieron cargo para que ficiesen restituir á las cibdades é villas é lugares los
términos que les estaban tomados en los tiempos pasados por qualesquier caballeros é otras
personas. Otrosí ficieron inquisición secreta si los Corregidores administraban la justicia
como debían, ó si eran negligentes en ella por interese ó afición, ó si recibían dádivas, ó
presentes, ó otros algunos intereses corrompiendo la justicia. Y estos pesquisidores andaban
por todo el Reyno, faciendo las inquisiciones que les eran encomendadas; é solicitaban que se
executase la justicia é se quitasen las fuerzas fechas en todo el Reyno...” 30.
Para su práctica se pusieron a la cabeza de la justicia no de modo
mayestático y nominal -como en los anteriores reinados- sino personalmente,
presidiendo todas las semanas un tribunal constituido en su alcázar de Madrid,
como igualmente en las poblaciones donde de un modo accidental residían,
dando siempre el tono de severidad, de prontitud y de pureza a los demás
tribunales del Reino.
A finales de la Reconquista existe una gran diferenciación con el
sistema seguido en épocas anteriores, en virtud a que era preceptivo que los
órganos encargados de administrar justicia efectuase la tramitación de los
pleitos con arreglo a las disposiciones vigentes en las leyes y fueros. Así en
Castilla existían diversos grados, siendo el inferior el de los “sexmeros” y
28
COSTA Y MARTÍNEZ, J.: Tutela de pueblos en la historia, XI. Madrid, Biblioteca Costa, págs. 83-85.
29
*Toledo, 1.436 +1.493. Prosista castellano. Se crió (como él mismo confiesa en la dedicatoria de sus Claros
Varones, en la corte de Juan II y de Enrique IV, quien posiblemente le envió a la corte de Luis XI, de Francia
como embajador y más tarde, en 1.473, a Roma). Al iniciar su reinado Isabel la Católica le nombró secretario
y le mandó dos veces a París en 1.475, la primera para notificar al rey Luis XI la muerte de don Enrique, y la
segunda para negociar el matrimonio del Delfín Carlos con doña Isabel, hija de los monarcas castellanos.
Volvió a España en junio de 1.475 y se instaló en la Corte. Años después se retiró a su casa de Toledo o
Madrid, y durante esta época compaginó su tarea literaria con la enseñanza. En 1.481 fue llamado por los
Reyes Católicos para que redactara la Crónica de su reinado. A partir de entonces acompañará a los Monarcas
en sus viajes, asistiendo ya anciano, a la campaña contra los moriscos. Hay una inteligente anécdota que no
me resisto a comentar: Doña Isabel culpó a Pulgar de habérsele olvidado "el tanto monta...", a cierta acción de
don Fernando. Poco después dio a luz la Reina a la princesa doña Juana y escribió el cronista: "En tal día y a
tal hora parieron sus majestades...". Autor de las obras: Letras, colección de 32 cartas; Los claros varones de Castilla
(Toledo 1.486); su mejor obra literaria: Glosa a las Coplas de Mingo Revulgo, y comenzó una Crónica de los señores
Reyes Católicos don Fernando y doña Isabel (1.468-1.490). PULGAR, H, de.: Claros varones de España. Barcelona,
edición facsímil de la obra: Claros varones de Castilla, Salvat Editores, S. A. 1.970, págs. 5-7.
30
COSTA Y MARTÍNEZ, J.: Op. cit, pág. 85.
- 22 -
“jurados” que les correspondían conocer de las causas civiles de poca
importancia; superiores a éstos, se hallaban los oficiales reales locales, más
conocidos por el vulgo como “alcaldes” y, sobre éstos, los oficiales
territoriales, que más tarde vendría a denominárseles “corregidores” 31 y
“pesquisidores”. Los fallos dictados por éstos solo podían apelarse ante el
Rey.
Durante esta época aparece el Tribunal de la Inquisición 32 que, como es
conocido debe su génesis a los contactos de Aragón con el sur de Francia
donde se había extendido la herejía albigense. Poco a poco éste Tribunal fue
extendiendo su ámbito de actuación llegando hasta la finalización de la Edad
Moderna.
Más tarde, en la Edad Moderna, se crearon dos Chancillerías: en
Valladolid y Ciudad Real, sirviendo de línea divisoria de ambas jurisdicciones
el río Tajo; de lo complejo que resultaba poder acudir a las mismas se
fundaron -dentro de cada una- varias Audiencias más. Todas estaban
compuestas por dos clases de jueces: los “oidores”, que conocían de los
pleitos civiles, y los “alcaldes del crimen”, que les correspondían conocer de
las causas por delitos. Estaban divididas en Salas y cada una tenía señalada
exactamente sus competencias, estando presididas por el “Regente” -en
Indias, por los Virreyes y Capitanes generales-y como inmediato inferior al
“Chanciller de Justicia”. Adscritos a ellas estaban los Fiscales 33 para velar por
la puridad de las leyes y por los intereses del Estado, y varios escribanos,
registradores, archiveros, repartidores de asuntos, etc.
31
Representante de la autoridad real en el municipio castellano y presidente nato del cabildo. En las Cortes de
Alcalá de 1.348 son mencionados por primera vez hasta final del siglo XV. Su figura se reafirma durante el
reinado de los Reyes Católicos y hasta final del Antiguo Régimen. Tenía atribuidas las mismas funciones que
ejercieron las justicias municipales durante el Medievo. Su competencia era administrar justicia civil y criminal
en primera instancia. HERAS SANTOS, J. L., de las.: La justicia penal de los Austrias en la corona de Castilla.
Salamanca, Universidad de Salamanca, 1.991, págs. 60-65.
32
Los Reyes Católicos a fin de resolver el problemas de los conversos judaizantes, solicitaron del papa Sixto IV la
instauración de un Tribunal de la Inquisición, estableciéndose en los reinos de Castilla y Aragón por bula
papal de 1 de Noviembre de 1.478 titulada: Exigit sincerae devotionis affectus. Lo inaugura el dominico fray
Tomás de Torquemada, por designación de Sixto IV (Francisco de la Rovere, de Savona). CORONAS
TEJADA, L.: La Inquisición en Jaén. Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 1.991, págs. 51 y ss. DEGALLI, F.:
Op. cit, pág. 212.
33
Las líneas esenciales de la Reforma de 10-11-1.713 eran: Reformas de las Salas, estableciendo cinco: dos de
Gobierno, una de Justicia, una de Provincia, y la quinta, de Asuntos Criminales. Establecimiento de cinco
Presidentes, "...con igual autoridad, manejo y dependencia entresí; la única diferencia sería la derivada de su respectiva
antigüedad". Creación de un Fiscal General. Supresión de la Cámara. MORALES ARRIZABALAGA, J.: "La
intervención de los Fiscales del Consejo de Castilla en la génesis del Derecho Español Contemporáneo",
Documentación Jurídica nº 60. Madrid, Ministerio de Justicia, pág. 1.544.
- 23 -
En asuntos “provincia” eran las Audiencias y las Chancillerías las
competentes para conocer de asuntos ocurridos dentro de su jurisdicción
hasta en un radio máximo de cinco leguas y además, de conocer de las
apelaciones de los justicias reales 34.
Por su parte a las Chancillerías les estaban atribuidas las competencias
de conocer las apelaciones de sentencias dictadas por las Audiencias, tenían
igualmente la competencia en diversas materias como mayorazgos, pleitos de
hijodalgo, etc. En Castilla existía también como órgano supremo el Consejo
de Castilla, que conocía, entre otras, de las apelaciones contra las sentencias
dictadas por las Chancillerías.
En este período aparece también la Santa Hermandad 35 que se
establecieron en todos los pueblos, creándose la figura de los “alcaldes de
hermandad”, sus competencias se limitaba tan sólo a reprimir los actos de
bandolerismo.
Durante los siglos XVI al XVIII el nombramiento de los jueces se
realizaba con la mera “presentación” al Consejo de Castilla de un “pasante en
cortes” recomendado por un personaje. El Consejo sin previo examen ni
consulta a la Universidad correspondiente, lo destinaba a un tribunal, tomaba
posesión y comenzaba a ejercer. De ahí el origen de la cuarteta popular: “Ni
cohabites donde habites, ni te acueste con la criada/y… ¡líbreme Dios/ de un juez de
entrada!”.
No acaba aquí las locuciones populares inventadas por delincuentes y
34
"...residiendo en los Tribunales establecidos en todos mis dominios por la representación de mi Real persona la authoridad (sic), y
poder para la más recta administración de Justicia en unibersal (sic) veneficio (sic) de mis vasallos; y debiendo ser el Consejo por
su grabísimo (sic) instituto la idea y exemplar (sic) de los demás Tribunales, es consiguiente que el recto cumplimiento en las
importantes obligaciones de su cargo sea eficaz medio para que los Ministros que los componen arreglen sus operaciones, y
cuidado, a desempeñar la confianza que hago de sus personas en la distinción a tales empleos...". Ibídem, pág. 1.545.
35
Desde que los Reyes Católicos reorganizara la Santa Hermandad (Córdoba, 7-7-1.496 hasta su supresión Ley de
7-5-1.835), siempre se consideró el cargo de Alcalde de la Santa Hermandad como un logro de la nobleza.
Someramente citamos parte del texto contenido en la Ley I, título XXXV, Libro II de la Novísima, referido al
estado de la cuestión: "...que en cada ciudad, villa o lugar que tuviese más de treinta vecinos, se elijan y nombren dos alcaldes
de Hermandad, el uno del estado de los caballeros y escuderos y el otro de los ciudadanos y pecheros, de los mejores y más
honrados que hubiere y se hallaren en los pueblos, del estado que ha de ser nombrado. Estos dos alcaldes han de usar por sí
mismos los dichos oficios por espacio de un año cumplido, hasta que otros alcaldes sean elegidos, y deben y pueden llevar sus varas
en poblados y despoblados. Y pasado el dicho año de sus alcaldías, pueden otra vez ser nombrados pro otro cuanto tiempo
hubieren servido". BONILLA Y MIR, J. A. y VELÁZQUEZ-GAZTELU Y CABALLERO-INFANTE, F.
"Alcaldes de la Santa Hermandad por el Estado Noble de Jaén (1.780-1.835)", BIEG nº 87. Jaén, 1.976, págs.
31-32.
- 24 -
pícaros del s. XVII. “Hacer la puñeta”, esta expresión era utilizada en su jerga
jácara y hampona cuando se referían a los efectos de las sentencias, por ser
dictadas por jueces que ostentaban sus distintivos hechos de encaje, sobre los
puños de sus garnachas; también se oía decir: “ley del encaje” y de “la ley del
encaje de bolillos”, de “hacer encajes”, expresiones todas ellas con tilde de
pícaras.
Sebastián de Covarrubias y Leyva en su Tesoro de la Lengua española o
española (1.601), la define así: “...la resolución que toma el juez, por habérsele encajado
en la cabeza”.
Durante la Ilustración se produce el nexo entre la Monarquía y los
Ilustrados 36 para acometer un programa de mejoras y renovación que sacase a
España del atraso secular y la equipararse con Europa 37. Figuras como
Campomanes 38, Floridablanca 39, y el Conde de Aranda 40 llevan a cabo una
36
MARAVALL, J. A.: Estudio de la historia del pensamiento español (s. XVII). Madrid, Biblioteca Mondadori, 1.991,
págs. 82 y ss.
37
Se acometió un profundo plan de reforma universitaria y agraria. DEFOURNEAUX, M.: Pablo de Olavide. El
afrancesado. Sevilla, Presses Universitaires de France, 1.990, págs. 79 y ss.
38
Don Pedro Rodríguez Campomanes y Pérez. *Santa Eulalia de Sorriba (Tineo), 1.723 +Madrid, 1.803. Político,
economista e historiador español. Al subir al trono Carlos III (1.759), se le nombró miembro de los Consejos
de Hacienda y de Castilla. En 1.762 accedió al cargo de Fiscal de lo Penal en este último Consejo. En
colaboración con don José Moñino y Redondo, es el máximo exponente del regalismo español, medidas
tendentes a poner coto al poder eclesiástico y disminuir la jurisdicción inquisitorial. En 1.779 se le nombró
Presidente del Consejo de la Mesta. Después del motín de Esquilache, Marqués de (don Leopoldo de
Gregorio y Masnata), el Conde de Aranda (don Pedro Pablo Abarca de Bolea), le encargó la "pesquisa secreta"
que condujo finalmente a la expulsión de los jesuitas (1-4-1.767). Junto con don Pablo Antonio José de
Olavide y Jáuregui y don Pedro Pablo Abarca de Bolea, estuvo al frente de los preparativos de la
colonización de Sierra Morena y redactó, con Olavide, la Instrucción para las nuevas poblaciones de Sierra Morena y
Fuero de sus pobladores. En 1.775 se creó la Sociedad Económica Matritense de la que se nombró director a don
Pedro Rodríguez de Campomanes, y sus estatutos, -en parte redactados por él-. En 1.779 fue nombrado
conde. En 1.783 se le nombra gobernador interino del Consejo de Castilla, puesto que ocupó en propiedad
en 1.786. Tras el fallecimiento del Rey, presidió las Cortes abiertas el 30 de septiembre de 1.789, y presentó el
informe sobre el restablecimiento de la sucesión al trono de las hembras que fue aprobado por unanimidad,
pero que nunca llegó a publicarse. En 1.791 fue destituido de sus cargos aduciendo la enfermedad de su vista,
aunque siempre ocupó un puesto en el Consejo de Estado. MINISTERIO DE JUSTICIA.: (en lo sucesivo,
M. J.) Carlos III y la Ilustración (1.788-1.988). Colección de Providencias Generales expedidas en todo el año de 1.788.
Madrid, Secretaría General Técnica, Centro de Publicaciones, 1.988, págs. IX y ss.
39
Don Pedro Moñino y Redondo. *Murcia, 21-10-1.728 +Sevilla, 30-12-1.808. Inició sus estudios en el Seminario
de Orihuela (Alicante), y luego, en la Universidad de Salamanca, Jurisprudencia. Ejerció brillantemente la
carrera de Abogado y fue nombrado Fiscal de lo civil del Consejo de Castilla –de lo penal era Campomanes-,
con cuyo carácter intervinieron en el expediente instruido por el Consejo sobre una carta del Obispo de
Cuenta en defensa de la jurisdicción de la Iglesia y alteraciones de orden público ocurridas por el motín de
Esquilache, lo que dio lugar a la pragmática de 2-4-1.767 sobre extrañamiento de los Jesuitas y ocupación de
sus temporalidades, preparada por el Consejo de Castilla, que presidía a la sazón el Conde de Aranda, en
defensa de las doctrinas regalistas y a pesar de la resistencia eclesiástica. En 1.772 le nombró Carlos III
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Embajador en el Vaticano por su firmeza, talento y lealtad para mantener con el nuevo Papa Clemente XIV
la posición de España en contra de los Jesuitas, consiguiendo la bula de 4-1-1.773, ratificada en julio con la
extinción de la Compañía de Jesús. Seguidamente le fue concedido el título de Conde de Floridablanca (7-111.773), agraciado con Grandeza de España a favor de su sobrina (9-3-1.809). Sucedió al genovés Grimaldi en
la Secretaría de Estado, con lo que por primera vez eran españoles todos los ministros. Su gran preocupación
el progreso y la cultura, favoreció la instalación del Observatorio Astronómico de Cádiz, del Gabinete de
Historia Natural en Madrid, del Banco de San Fernando (antecedente del Banco de España), de la Compañía
Real de Filipinas y otras obras públicas, como los canales de Castilla, Imperial de Aragón y de Tortosa;
embalses de Lorca y de Fuentes, etc. Era Superintendente General de Caminos. Le concedió el Rey la Gran
Cruz de Carlos III (1-4-1.783, Gaceta, pág. 301). Pese a la oposición del Conde de Aranda y otros políticos
que le eran hostiles, Carlos IV le mantuvo en el Gobierno y cargos concedidos por su padre (1.788).
Intervino con Campomanes en la derogación del auto acordado de 1.713 –Felipe V, Ley Sálica- y
restauración del sistema tradicional. El 18-6-1.790 sufrió un atentado en Aranjuez, inferido por el curandero
francés Juan hablo Pairet, que fue ajusticiado, sin revelar complicidades de los revolucionarios galos. Caído
en desgracia por la política francesa principalmente, fue exonerado de todos sus cargos (Decreto 28-2-1.792).
Abrió un concurso para decorar la iglesia de San Francisco el Grande, que atrajo a Goya a la Corte, si bien la
opinión que le mereció su cuadro “El Cristo”, hoy en la Real Academia de Bellas Artes, revela que no valoró
debidamente al genial artista, al que encargó su retrato, que previendo Goya no iba a ser pagado –“de esto ya
hablaremos”, le dijo-, nos dejó además el autorretrato del artista, como puede admirarse en los salones del
Banco de Urquijo, en la calle de Alcalá, esquina a Barquillo. Al sobrevenir la guerra de la Independencia, fue
Presidente de la Junta de Murcia, y después de la Junta Central de Madrid, trasladándose a Sevilla donde
falleció sin dejar fortuna. LASSO GAITE, J. F.: El Ministerio de Justicia, su imagen histórica (1.714-1.981).
Madrid, 1.984, págs. 14 y 37-39. M. J.: Grandezas y títulos del Reino. Guía Oficial. Madrid, 1.966, págs. 22.
PÉREZ BUSTAMANTE, C.: Historia y Geografía, 9ª edición. Madrid, Ediciones Españolas, S. A. 1.940, pág.
40.
40
Don Pedro Pablo de Abarca y de Bolea. *Siétano (Huesca), 1.719 Épila (Zaragoza), 9-1-1.798. Su figura es muy
discutida, y como hombre "éclairé" había demostrado su inclinación por los filósofos, manteniendo particular
amistad con Voltaire. Abandonó sus estudios en Bolonia para unirse al ejército español en Italia (1.736), en el
que alcanzó altos grados en la jerarquía militar. Nombrado embajador en Portugal (1.755). Carlos III le envió
con el mismo cargo a Polonia (1.760). Nombrado capitán general de Valencia (1.763), hasta que al grito de
¡No me da la gana! comenzó el motín contra el italiano Marqués de Esquilache (3-1.766), en que el Monarca le
llamó a Madrid para confiarle a la vez los cargos de capitán general de Castilla la Nueva y de gobernador del
Consejo de Castilla. Durante los siete años que estuvo al frente del Consejo de Castilla, fue el inspirador de
una política de reformismo ilustrado. Dio apoyo incondicional a la obra de Campomanes y Moñino (ambos
fiscales del Consejo) y protegió a Olavide, poniéndolo al frente de la colonización de Sierra Morena. En
1.773 consiguió la embajada de Francia (por sus constantes diferencias con Carlos III), y que éste le calificara
de "...más testarudo que una mula aragonesa". En esta nueva gestión alcanzó éxitos tan importantes como la firma
del Tratado de Paz con Gran Bretaña (1.783). En 1.787 solicitó regresar a Madrid; desde su retorno a la
Corte, inició una constante diatriba con Floridablanca, cuando éste fue destituido por Carlos IV (2-1.792).
Aranda fue nombrado primer ministro interino; en noviembre del mismo año fue destituido para dar paso a
don Manuel de Godoy Álvarez de Faria, que no fue ajeno a la caída de Floridablanca. Por defender a ultranza
la conveniencia de negociar la paz con Francia, le llevó a enfrentarse violentamente con Godoy (14-3-1.794);
el favorito consiguió que se le desterrara a Jaén, y se le abriera causa. Más tarde se le trasladó a la Alhambra.
Acabada la guerra con Francia, se sobreseyó la causa y se le levantó el confinamiento, fijando su residencia en
Épila, donde murió, sin que se hubiera retractado de su conducta ni de sus ideas. El prestigio que gozó,
queda patente en la carta suscrita por Carlos IV -a la sazón Príncipe de Asturias- de su puño y letra, en El
Pardo (19-3-1.781), cuyo tenor literal aportamos por su valor histórico: "Aranda mío: conociendo yo el cariño que
me tienes, tu honradez y lo buen patriota que eres, te pido en esta ocasión un consejo, que ha de quedar reservado entre los dos, y
es que, conociendo tú muy bien lo desbarata que está esta máquina de la Monarquía y lo poco que hay que contar con los
ministros que ahora hay, quisiera que me hicieras un plan de lo que se debiera hacer en el caso de que, lo que Dios quiera, mi
padre viniese a faltar, y de los sujetos que te parecen más aptos para ministros y algunos otros empleos; pues bien ves que en aquel
caso, si no se tiene prevenido, no se está para nada y todo es confusión, y en esto no te dejo arbitrio para que dejes de hacerlo, pues
te lo mando absolutamente, y mi mujer, que está aquí presente, te encarga lo mismo. Bien puedes estar seguro que esto en ningún
tiempo lo sabrá nadie, y que yo te viviré eternamente agradecido, y que soy y seré siempre tu verdadero amigo, Carlos". El
sobrecito dice: "A el Conde de Aranda.- Del Príncipe nuestro señor y puño propio". Ni que decir tiene que el ilustre
aragonés contestó de inmediato al Príncipe, en una extensa y expresiva carta, que por razones de espacio
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centralización y racionalización político-administrativa y una transformación
de la sociedad, de ahí la importancia de conocer la legislación de la época
como muestra de la acción estatal 41.
Este programa tiene su expresión en la llamada “Instrucción Reservada” de
junio de 1.787 en la que Floridablanca, con la aprobación del Rey, expone en
casi cuatrocientos puntos las líneas de actuación a seguir por la Junta de
Gobierno creada a tal efecto. La Administración, la Iglesia, el Clero y la
Inquisición, los Tribunales, las Vinculaciones y los Mayorazgos, la Educación,
la Hacienda, el Fomento de la Agricultura e Industria, las Comunicaciones,
junto con las medidas de política exterior, es el eje principal para tratar de
aumentar la riqueza del país y el fortalecimiento del reino.
Este plan general de reformas obviamente no dejó de suscitar recelos
entre los sectores privilegiados de la sociedad estamental, que desde el primer
momento mostraron su rechazo al despotismo ministerial de los hombres del
gobierno. Pese al antagonismo de los sectores más radicales el plan se llevó
efecto como pone de manifiesto el poeta Quintana 42 en su obra sobre
omitimos; quienes estén interesados en conocerla, vid. bibliografía citada. OLIVEROS DE CASTRO, M. T.:
María Amalia de Sajonia, esposa de Carlos. Madrid, CSIC., Escuela de Historia Moderna, 1.953, págs. 527-528.
41
M. J.: Carlos..., op. cit.
42
Don Manuel José Quintana y Lorenzo. *Madrid, 11-4-1.772 +11.3-1.857. Comenzó sus estudios de Filosofía en
Córdoba, los continúa en Salamanca, cursando Retórica, y en Alcalá de Henares, Derecho Civil y Canónico
(1.795). Poeta, político y abogado español. En ese mismo año abre bufete en Madrid. Nombrado agentes
fiscal de la Junta de Comercio y Moneda. Amigo personal de don Gaspar Melchor de Jovellanos y Jove. Es
ya tópico que escritores y artistas no suelen encontrar la fama y la popularidad hasta después de muertos. Sin
embargo, no es este el caso de Quintana. Por el contrario, conoció la fama pronto. Gozó de reconocimiento
de su valía poética. Pero lo que es aún más doloroso, sobrevivió a la fama y, pese al fulgurante destello de su
solemne coronación como poeta, ya era más un pasado que una realidad presente. Ya en 1.808 era figura de
primera magnitud y por ello fue como secretario, el encargado de redactar proclamas y manifiestos por la
Junta Central de Defensa. Fundó y dirigió el Seminario Patriótico, y a través del mismo se encargó de mantener
y levantar el espíritu de los españoles en esta lucha de la Independencia. Al regreso de Fernando VII, sufrió
presidio por sus ideas liberales (1.814-1.820). Escribió a partir de 1.814, en Pamplona (durante su prisión),
una Memoria en la que dedica algunas valiosas páginas al tema de la convocatoria a Cortes (1.808-1.810).
Recuperó la libertad durante el trienio liberal (1.820-1.823), pero al producirse la nueva reacción absolutista
fue desterrado a Extremadura. Liberal siempre. Director de estudios. Presidente del Consejo de Instrucción
Pública (1.836). Profesor y ayo de la reina Isabel II durante su minoridad (1.840-1.843). Elegido Senador
(1.854). Los honores le llegaron también y no sólo del campo literario; precisamente la reina Isabel II fue la
que más activamente contribuyó a su postrer momento de gloria, ella alentó a los que pretendían organizar
un gran acto solemne en honor del viejo poeta y quiso ella misma coronarle en el salón del Senado (25-51.855). Tuvo que pedir el dinero preciso para poder vestir un traje nuevo en aquella ocasión. Y moriría sin
haber podido pagar su deuda. Compuso poesías, pero las que le dieron mayor renombre fueron sus
hermosas Odas y las poesías patrióticas, entre otras: "A Juan Padilla", "A la invención de la imprenta", "Al
panteón de El Escorial", "A la vacuna", "Al combate de Trafalgar", "Al armamento de las provincias
españolas contra los franceses" y "A España después de la revolución de marzo". Como prosista y critico se
le debe la colección de Poesías selectas castellanas (1.810-1.830), y sobre todo, las Vidas de españoles célebres, de las
que dio a la imprenta nueva biografías (1.807-1.833). Casado con la zaragozana doña María Antonia
- 27 -
Meléndez 43, al referirse a los últimos años del reinado de Carlos III: “Cuando se
echa la vista a aquel decenio (1.781-1.790) asombra el incremento que habían tomado las
luces y el vigor con que brotaban las buenas semillas esparcidas en los tiempos Fernando VI
y primeros años de Carlos III”.
Merece especial mención los preceptos destinados a regular las
relaciones entre la Iglesia-Estado y el desarrollo de las competencias de los
Corregidores.
En el siglo XIX España estrenó su primera Constitución 44 de carácter
progresista, estuvo en vigor durante unos seis años en tres etapas. Elaborada
Florencia, reputada, según don Antonio Alcalá Galiano, por una de las principales beldades de Madrid
(1.800), de la que se separó muy pronto, y fallecida en 1.820. INSTITUTO DE ESTUDIOS
MADRILEÑOS.: Cien…, op. cit, pág. 34. MAROTO CENTENO, D.: "El polifacetismo de Quintana.
Bosquejo crítico-literario de su "oda a Filena", Mágina nº 10. Úbeda (Jaén), UNED, 2.002, págs. 113 y ss.
MARTÍNEZ QUINTEIRO, M. E.: Quintana revolucionario y los grupos liberales antes de las Cortes de Cádiz. Madrid,
Narcea, S. A. 1.972 y 1.977, págs. 22 y ss, y 65 y 68, respectivamente. SUÁREZ, F.: El proceso de la convocatoria
a Cortes (1.808-1.810). Pamplona, Ediciones Universidad de Navarra, S. A. 1.982, págs. 17 y ss.
43
Don Juan Meléndez Valdés, *Ribera del Fresno (Badajoz, 11-3-1.754) +Mompellier (Francia, 1.817). Maestro de
aquel. Con ocasión de leer una composición de su alumno exclamó: ¡Este muchacho nos va dejando atrás! Cursó
leyes en Salamanca. Desempeñó cargos judiciales y sirvió a don José Bonaparte y Ramolino (I de España),
por lo que, terminada la Guerra de la Independencia, emigró a Francia, donde murió. Cultivó sucesivamente
la poesía lírica y pastoril, las composiciones de tipo moral, social y filosófico, y, por último, sintió la marcada
influencia de los poetas ingleses, particularmente de Young y Pope. En su primera época escribió: Las bodas
Camacho el rico y un pequeño tomo de poesías (1.785). De la segunda son sus odas "A las Artes", "Al
fanatismo", "A la presencia de Dios" y "La Tempestad", en que supo elevar el romance a la majestad lírica.
La influencia inglesa se marca en composiciones como "La noche" y "La soledad". QUINTANA, D.M.I.:
Obras inéditas del Excmo. Sr. Don Manuel José Quintana, precedidas de una biografía del autor, y de un juicio crítico por el
Iltmo. Sr. Don Manuel del Cañete, de la Academia Española. Madrid, Medina y Navarro, editores, 1.872, pág. XI.
44
El día 19 de Marzo, popularmente conocida por la "Pepa". El texto integro comprende 10 Títulos, en un total de
384 artículos, que sucintamente reseñamos por su indudable interés histórico: Título I: De la nación española y
de los españoles (arts. 1 al 9); es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios, y en ella reside la
soberanía y facultad de dar leyes fundamentales. Título II: Del territorio de las Españas, su religión y su gobierno, y de
los ciudadanos españoles (arts. 10 al 26); anuncia una división administrativa más conveniente y reconoce como
religión oficial la Católica. Título III: De las Cortes (con una regulación amplísima, arts. 27 al 167); como reunión
de todos los diputados que representan la Nación, nombrados por los ciudadanos. Título IV: Del Rey, (arts.
168 al 241); prerrogativas y derechos, así como de la sucesión a la Corona. Título V: De los Tribunales y
Administración de Justicia en lo civil y criminal (arts. 242 al 308); confiriéndose el poder judicial exclusivamente a
los tribunales. Título VI: Del gobierno interior de las provincias y de los pueblos (arts. 309 al 337). Título VII: De las
contribuciones y gastos públicos, estableciendo el sistema de unidad de caja y de presupuesto anual aprobado por
las Cortes, y distribuye las cargas públicas entre los españoles, sin excepción (arts. 338 al 355). Título VIII: De
la fuerza militar nacional, de carácter permanente y fijada anualmente por las Cortes. Servicio militar obligatorio.
Se distingue el Ejército y las Milicias nacionales de cada provincia (arts. 356 al 365). Título IX: De la instrucción
pública. Se decreta el establecimiento de escuelas primarias en todos los pueblos de la monarquía, la creación y
ordenación de Universidades y un plan uniforme de enseñanza (arts. 366 al 371) y Título X: De la observancia
de la Constitución y modo de proceder para hacer variaciones de ella; después de ocho años de su entrada en vigor, el
procedimiento arbitrario para su reforma es el de una Diputación con poderes especiales para el caso. Se
requiera quórum de dos tercios (arts. 372 al 384). FERNÁNDEZ ESPINAR, R.: Las fuentes del Derecho histórico
español. Esquemas y resúmenes. Madrid, Editorial Ceura, 1.986, págs. 566-567.
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por las Cortes de Cádiz gozaba de tres notas consustánciales a la labor
legisladora de 1.812: oportunidad, vigencia y prestigio. Su falta de aplicación,
unido a las innumerables barreras que habrá de soportar, lejos de provocar su
olvido -deseo de los elementos más tradicionalistas- potenciará y prestigiará
aún más su imagen, confiriéndole un marcado carácter casi mítico. Como dice
Sánchez Agesta 45 “...Cádiz dio nacimiento semántico al liberalismo...” convirtiéndose
en obligado punto de consulta de cada intento de renovación. Posteriores a
esta siguieron las siguientes:
Constitución de 1.837. Elaborada por el Partido Moderado y en ella se
recoge el doctrinarismo de Alcalá Galiano 46, Borrego 47 y Donoso Cortés 48.
45
Hace un análisis profesional de la composición de los diputados presentes en el teatro de la Isla de León (actual
San Fernando) el día de la clausura (14-9-1.810), que fueron los siguientes: 90 eclesiásticos, 14 títulos del
reino, 30 militares, 15 catedráticos, 56 abogados, 49 altos funcionarios, 20 propietarios, 9 marinos, 8
comerciantes, 2 escritores, 1 arquitecto, 1 bachiller y 1 médicos. Por ello termina citando el eminente
historiador: "...densidad compacta de quienes viven de su pluma o de su palabra. ¿Pues que otra cosa son estos eclesiásticos que
profesores o escritores?... la revolución e Cádiz, en suma, una revolución burguesa intelectual". SÁNCHEZ AGESTA, L.:
Historia de España, los Borbones hasta 1.845. Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1.974, págs. 22-23.
46
Don Antonio Alcalá Galiano. *Cádiz, 1.789 +Madrid, 1.865. Por el "monstruo" era el sobrenombre con el que
se le conocía cariñosamente. Político y escritor. Miembro de la Junta de Bayona. Cuando don José Bonaparte
y Ramolino (I de España) decretó la Constitución de Bayona (7-7-1.808) los componentes de la Junta
aceptaron, individualmente y en calidad de miembros de la misma, y se obligaban a observarla y a cumplirla.
Célebre sus "Cursos de Derecho Político Constitucional" y Ciclos de Conferencias sobre La España del siglo
XIX", en el Ateneo. Tesorero General y miembro del Consejo de Hacienda. Tomó parte activa en la
insurrección de Rafael del Riego y Muñoz. De los oradores más influyentes de las reuniones de la Fontana de
Oro. Presidente del Ateneo Científico, Literario y Artístico de Madrid. Elegido Diputado a Cortes en 1.822.
Tuvo que huir a Gran Bretaña durante siete años, por la condena a muerte del gobierno de Fernando VII.
Regresó a España en 1.834, volviendo a ser elegido Diputado. Nombrado ministro de Marina en un gobierno
de don Francisco Javier y Montero (15-5-1.836). Presidente del Ateneo de Madrid (1.845-1.847, 1.849-1.852 y
1.862-1.865). Los sucesos de La Granja le obligaron a expatriarse nuevamente (12-8-1.836); regresó en 1.837,
volviendo a emigrar en 1.841. De vuelta a España, militó en el bando moderado, distinguiéndose siempre por
sus dotes oratorias. Era ministro de Fomento cuando la sangrienta represión contra los estudiantes, conocida
con el nombre de "Noche de San Daniel" (10-4-1.865). Al día siguiente de este suceso sufrió en pleno
consejo de ministros un ataque de apoplejía, a consecuencia del cual falleció. ALBO ÁLVAREZ, M. J., et
alii.: "La biblioteca del Ateneo de Madrid (un recorrido por su historia)", Centenario del Código Civil, IV.
Madrid, Universidad Popular "Enrique Tierno Galván", 1.989, págs. 523 y 550. CUADRA HERRERA, J. R.
de la.: Aproximación a los diputados por Jaén (1.810-2.000). Málaga. Servicio de Publicaciones de la Fundación de
Unicaja, 2.002, pág. 92. GONDRY, E. de.: Anuario de la Aristocracia. Madrid, Tip. V. H. 1.917, pág. 192.
MERCADER RIBA, J.: José Bonaparte rey de España (1.808-1.813). Estructura del Estado Español bonapartista.
Madrid, CSIC., Instituto de Historia "Jerónimo Zurita", 1.983, pág. 25.
47
Don Andrés Borrego Moreno. *Málaga, 1.802 +Madrid, 1.891. Periodista y político malagueño. Comenzó a
figurar en política hacia 1.820, como amigo personal de don Rafael del Riego y Muñoz. Con posterioridad
emigró a Inglaterra, de donde pasó a Francia; a su regreso fue Diputado en todas las Cortes que hubo desde
1.837 hasta 1.858. Desterrado nuevamente a la llegada de don Baldomero Fernández Espartero, asistió como
periodista al sitio de París en la Guerra Franco-Prusiana y a la Revolución de la Commune. Fundó los
periódicos: El Español y El Correo Nacional (1.838), y escribió, entre otras obras: Historia de las Cortes Españolas
del siglo XIX y Diario del sitio de París, etc. BERAZALUCE, A. M.: Sebastián de Miñano y Bedoya (1.779-1.845).
Pamplona, Ediciones Universidad de Navarra, S. A. 1.983, pág. 344.
48
Don Juan Francisco Donoso Cortés. *Valle de la Serena (Badajoz), 6-5-1.809 +París, 3-5-1.853. Terminados sus
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Con setenta y cuatro artículos de carácter moderado, su vigencia fue de ocho
años.
Constitución de 1.845. Vino a ser una reforma de la anterior, también
de carácter conservador. Estuvo veintitrés años en vigor.
Constitución de 1.869 49. Como consecuencia de “La Gloriosa”. La
revolución de septiembre de 1.869 trae un período convulso 50 y de Amadeo de
Saboya 51; la llegada de la I República 52. En l.873 el golpe de Estado del general
estudios de Jurisprudencia marcha a Madrid, allí conoce a don Nicomedes Pastor Díaz. Trató a don Mariano
José de Larra y Sánchez de Castro y a don José Zorrilla y Moral, desde entonces concurren a las reuniones en
la casa que Donoso Cortés tenía en la calle de Atocha. Fundó revistas literarias. Frecuentaba redacciones de
periódicos políticos. En 1.832 escribe una Memoria sobre la situación de España, que es una alabanza a
Fernando VII, y un duro ataque al pretendiente don Carlos María Isidro de Borbón; en opinión de don
Federico Suárez Verdeguer: "...el mayor servicio que podía haber recibido el liberalismo español en 1.832, lo prestó Donoso
Cortés con su Memoria sobre la Monarquía". Por este trabajo don Juan Álvarez y Méndez, (más conocido por
Mendizábal), lo nombra funcionario de la Secretaria de Estado y Despacho de Gracia y Justicia. Más tarde, el
8 de mayo de 1.836, es nombrado secretario del gabinete de la Presidencia del Gobierno, un año después fue
elegido Diputado a Cortes por la provincia de Badajoz; en un celebérrimo discurso pronunciado en ellas:
“Señorías, están ustedes completamente equivocados. El mundo no avanza. Retrocede”. ¿Premonición política…? En
Marsella redacta el Manifiesto que la reina gobernadora regente, doña María Cristina de Borbón y Nápoles
dirige a España, naciendo desde entonces una leal amistad con la cuarta esposa de Fernando VII. Lo propuso
para formar parte de un consejo de tutela de las infantas Isabel y Luisa Fernanda, enviándolo a Madrid en
calidad de secretario de la propia Reina con el propósito de conseguir un acuerdo con Espartero. Participó
activamente en la llamada Orden Militar Española, fundada en París, en estas actividades antiesparteristas,
trabó amistad con el general don Ramón María Narváez y Campos, Duque de Valencia (conocido también
por el "espadón de Loja"). En reconocimiento a sus méritos, el 20 de marzo de 1.844 fue nombrado
secretario particular de S. M. Isabel II "con ejercicio de Decreto". Primer profesor de Derecho Político del
Ateneo. Recibió la Gran Cruz de Isabel la Católica (1-10-1.845); se le nombró también gentilhombre de
Cámara con ejercicio. El discurso sobre los regios enlaces de Isabel II y Luisa Fernanda, valió a Donoso ser
nombrado Vizconde de Valle y Marqués de Valdegamas, con rango de Grandeza de España; Francia por su
parte, le concede el título de Gran Oficial de la Legión de Honor. ALBO ÁLVAREZ, M. J.: Op. cit, pág,
525. GALINDO HERRERO, S.: "Donoso Cortés", Temas Españoles nº 26. Madrid, Publicaciones Españolas,
1.956, págs. 3 y ss.
49
De 5-6-1.869. Consta de 11 títulos, 112 artículos y 2 disposiciones transitorias. FERNÁNDEZ-RÚA, J. L.:
1.873. La Primera República. Madrid, Ediciones Giner, 1.975, págs. 539-553.
50
Cuando el 19 de Septiembre de 1.868 se firma el Manifiesto conocido con el nombre de "España con Honra",
redactado por don Adelardo López de Ayala, lo suscriben además don Juan Prim y Prast, don Juan Bautista
Topete y Carballo (*Cartagena de Indias, 1.783 +Madrid, 1.848), don Francisco Serrano Domínguez, don
Domingo Dulce y Garay, don Ramón Nouvilas Ralols, don Antonio Caballero de Rodas y don Rafael Primo
de Rivera. En uno de los Queremos, existe unas manifestaciones graves contra la Reina, la que reproducimos:
"Queremos que las causas que influyan en nuestras supremas resoluciones, las podamos decir en voz alta, delante de nuestras
madres, de nuestras esposas, de nuestras hijas; queremos vivir la vida de la honra y de la libertad". Once días más tarde,
Isabel II de España dejaba para siempre el cetro de sus mayores. MIQUEL I VERGES, J. M.: El general Prim,
en España y en México. México, D. F. Editorial Hermes, S. A. 1.949, pág. 381.
51
En la calle del Arenal, esquina a la de las Hileras, unos asesinos apostados dispararon varios trabucazos contra el
coche que ocupaban don Amadeo y su esposa (noche, 18-7-1.872). Ante el distanciamiento de la Corona con
los más preclaros personajes que habían contribuido a elevarlo al Trono, y la discordia política que se había
adueñado de España, determinó su abdicación. Confesó a su secretario, uno de sus más fieles servidores, el
- 30 -
Marqués de Dragonetti: "...mi pare abbiano fatto un viaggio al paese della luna". Los interesados en conocer
literalmente el escrito suscrito por el Monarca, en el que abdica al Trono y leído en las Cortes, vid,
bibliografía citada. ESPERABÉ DE ARTEAGA, E.: Diccionario ilustrado de los hombres de España, II. Madrid,
Gráficas Ibarra, 1.947, págs. 392-393. FERNÁNDEZ-RÚA, J. L.: Op. cit, pág, 207.
52
En 1.873, las Cámaras legisladoras proclaman la República como consecuencia de la renuncia de Amadeo de
Saboya. En su virtud, devolvía al Parlamento toda la integridad de la soberanía nacional, y como el
Congreso de los Diputados no formaba por sí solo las Cortes, por constituirlas también el Senado, propuso
el presidente de aquella Cámara que se enviara un mensaje, ya redactado, a la otra, para que los dos Cuerpos
colegisladores unidos acordaran lo más conveniente en tan graves circunstancias. Por unanimidad se aceptó
la indicación de la presidencia, suspendiéndose en el acto la sesión del Congreso hasta la llegada del Senado.
Inmediatamente, seguido de sus maceros y con toda solemnidad, salió el Senado de su palacio para dirigirse
al Congreso, habiéndose elegido éste para la deliberación de ambas Cámaras por su mayor capacidad. Desde
este momento, Senado y Congreso, se convirtieron en una sola Cámara, con la denominación de Asamblea
Nacional. Abierta de nuevo la sesión, el presidente, don Blas Nicolás María Rivero, ordenó a los ujieres:
“…manifestaran al Senado que el Congreso le esperaba…”, y seguidamente los senadores entraron en el salón. El
presidente de la Alta Cámara dijo: “¡Señor Presidente del Congreso, el Senado español en virtud de acuerdo que acaba de
tomar, y que consta en el Mensaje que habrá leído, viene a reunirse aquí, para formar una sola Asamblea, ante las necesidades
de la Patria”. El presidente del Congreso dispuso que los senadores se colocaran interpolados entre diputados
y que tomara asiento a su derecha. Don Laureano Figuerola y Ballester (ministro de Gracia y Justicia,
interino, 25-6-1.870/10-9-1.870), en razón de ser el más moderno que él y corresponderle seguir presidiendo
por el privilegio de su antigüedad. Dos senadores y dos diputados actuaron de secretarios. En la Asamblea se
formularon distintas proposiciones y al producirse un fuerte escándalo por declarar don Antonio Romero
Ortiz y García (ministro de Gracia y Justicia, 8-10-1.868/18-6-1.869) y otros oradores que, como
monárquicos fervientes, no renunciaban a sus ideales y anhelos de siempre, se levantó rápidamente don
Emilio Castelar Ripoll, y pronunció en medio de una gran ovación este lacónico discurso: ¡”Señores: Aquí el
partido Republicano no reivindica la gloria que sería para él de haber destruido la Monarquía; no os echéis vosotros tampoco en
cara la responsabilidad de este momento supremo. No; nadie ha destruido la Monarquía en España; nadie la ha matado. Yo,
que tanto he contribuido a que este momento viniera, yo debo decir que no siento en mi conciencia, no, mérito de haber concluido
con la Monarquía; la Monarquía ha muerto, sin que nadie, absolutamente nadie, haya contribuido a ello, más que la
Providencia de Dios. Señores, con Fernando VII murió la Monarquía tradicional; con la fuga de Isabel II, la Monarquía
parlamentaria; con la renuncia de don Amadeo de Saboya, la Monarquía democrática; nadie ha acabado con ella, ha muerto por
sí misma. Nadie, pues, trae la República; las traen todas las circunstancias; la trae una conjunción de la sociedad, de la
naturaleza y de la historia. Señores, saludémosla con el Sol que se levanta por su propia fuerza en el cielo de nuestra Patria”!
Quedando constituida la Junta provisional revolucionaria central del siguiente modo: Presidentes: don
Nicolás María Rivero y Amable Escalante; Vocales: don Antonio Madoz García, don Juan Lorenzana, don
Facundo de los Ríos y Portilla, don Estanislao Figueras, don Estanislao Figuerola, don José María
Carrascón, Marqués de la Vega de Armijo, don Mariano Azara, don Vicente Rodríguez, don Félix de Pereda,
don José Cristóbal Sorní, don Manuel García y García, don Juan Moreno Benítez, don Mariano Vallejo, don
Francisco Romero Robledo, don Antonio Vallés, don José Olózaga, don Francisco Jiménez, don Ignacio
Rojo Arias, don Ventura Paredes, don Eduardo Charo, don Ruperto Fernández de las Cuevas, don Manuel
Pallarés, don Manuel Ortiz de Pinedo, don José Ramos, don Nicolás Calvo y Guaity, don José Abascal, don
Manuel Merdo, don Adolfo Juarízti, don Francisco García López, don Bernardo García, don Camilo
Labrador, don Miguel Morayta, don Ricardo Muñiz, don Tomás Carretero, don Antonio Ramos Calderón,
don Carlos Navarro y Rodrigo, don Javier Carratalá y Antonio María Orense. EIRAS ROEL, A.: El partido
Demócrata español (1849-1868), ediciones Rialp, S. A., Publicaciones de la Facultad de Filosofía y Letras de la
Universidad Católica de Navarra, Madrid, 1.961, pág. 372. FERNÁNDEZ-RÚA, J. L.: Ibídem, págs, 394395. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 17 y 121.
- 31 -
Pavía 53 impide que se promulgue una Constitución republicana 54; el general
Martínez Campos 55 proclama Rey de España a Alfonso XII y se inicia la
Restauración 56.
53
Don Manuel Pavía y Rodríguez de Alburquerque. *Cádiz, 1.827 +Madrid, 1.895. El ascenso a comandante le
llegó de la mano del general don Leopoldo O'Donell y Jorris (Vicálvaro, 7-1.854). Cuando el general don
Juan Prim y Prats (Presidente del Consejo de ministros, Marqués de los Castillejos, 18-6-1869), se pronunció
en Villarejo, Pavía se unió al héroe de los Castillejos, y tras el fracaso de esta intentona, se vio obligado a
emigrar (1.866). Tras la Revolución del 68, Pavía vuelve al ejército con el empleo de coronel y obtiene aquel
mismo año el grado de brigadier; promovido a mariscal de campo (1.871); más tarde nombrado general en
jefe del ejército del Norte para combatir al carlismo (2-1.873). Al ser nombrado don Nicolás Estébanez y
Murphy, ministro de la Guerra, dimite de sus cargos y renuncia a sus condecoraciones. Don Emilio Castelar
y Ripoll le nombró capitán general de Castilla la Nueva, y desde este puesto protagonizó el controvertido
golpe del 3-1-1.874. En julio de aquel año fue nombrado general en jefe del ejército del Centro para acabar
con el carlismo. Con la llegada de Alfonso XII se vincula a la vida política; fue elegido Diputado a Cortes por
Madrid en las elecciones de 1.876. En 1.880, don Antonio Cánovas del Castillo le nombró Senador vitalicio.
Durante la época de la Restauración, desempeñó las capitanías generales de Castilla la Nueva y Cataluña. El
último cargo que desempeñó fue la Presidencia del Tribunal Supremo. Fue uno de los grandes "espadones"
de la España decimonónica, junto con don Baldomero Fernández Espartero (Duque de la Victoria), don
Ramón María Narváez y Campos (Duque de Valencia), don Juan Prim y Prast (Marqués de los Castillejos),
etc. Sirvió a la República con la que él mismo acabó, y fue condecorado con la máxima distinción del Ejército
Español y por la Monarquía a la que colaboró a derribar en 1.868. BAENA, F.: (editor), Pacificación de
Andalucía, II. Córdoba, colección: "Recuperación de documentos para la Historia de Andalucía", 2ª edición,
1.983, págs, VII y ss. CUADRA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs. 113, 345 y 544.
LASSO GAITE, J. F. Ibídem, pág. 22.
54
Cuyo proyecto de Constitución Federal de la República Española, estaba redactado y constaba de 1 título,
preliminar, 17 títulos y 117 artículos. FERNÁNDEZ RÚA, J. L.: Op. cit, págs. 558 y ss.
55
Don Arsenio Martínez Campos *Segovia, 1.831 +Zarauz (Guipúzcoa), 1.900. Militar, sirvió a las órdenes de
Prim en la primera guerra de África y en la campaña de México (1.862), Al producirse la revolución de 1.868
pidió ser destinado a Cuba donde permaneció hasta 1.872, regresando a España con el grado de brigadier.
Durante la I República española fue gobernador militar de Gerona y de Cataluña. Combatió en la ciudad
Condal contra los grupos de republicanos que trataban de oponerse al golpe de estado de Pavía. Mientras
que Cánovas conspiraba para lograr la Restauración de la dinastía borbónica de manera pacífica. Martínez
Campos intentó organizar un golpe militar. En Sagunto, en las afueras de la población, arengó a las tropas y
proclamó a Alfonso XII rey de España (29-12-1.874). El Monarca le confió la dirección de la campaña contra
los carlistas en Cataluña y en Navarra, y al término de la misma le nombró capitán general (1.876). Se le envió
a Cuba como jefe del ejército de operaciones, consiguiendo el fin de las hostilidades (Paz del Zanjón, 1.878).
De regreso a España (1.879), se le designó para presidir un gobierno conservador. Ministro de la Guerra,
bajo la presidencia de Sagasta (1.881-1.883). Durante este período fundó la Academia General Militar.
Capitán general de Castilla la Nueva (1.887), pero tuvo que dimitir, al negarse a aceptar el santo y seña de la
infanta Eulalia. Capitán general de Cataluña (1.890). Sufrió un atentado del anarquista Paulino Pallás (1.893).
Se le envió de nuevo a Cuba y trató de repetir su campaña anterior (1.893), al no aceptar del gobierno de
Madrid una política más dura, designó el mando a don Valeriano Weyler y Nicolau, Marqués de Tenerife y
Duque de Rubí. CALLAHAN, W. J.: Iglesia, poder y sociedad en España, 1.750-1.874. Madrid, Nerea, 1.989, págs,
263-264. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs, 114, 329, 343, 345 y
540. PÉREZ DELGADO, R.: 1.898. El año del Desastre. Madrid, Editorial Tebas, colección: "Historia
política", 1.976, págs. 156 y ss.
56
El general Martínez Campos -sin mando alguno, tan sólo fue contribuyente del hecho con su nombre y su
presencia requerida-, en Sagunto, se pone al frente de la brigada del general Dabán, y proclama
solemnemente rey de España a don Alfonso XII. El grito es secundado por todo el Ejército, entre los que se
encontraban don Fernando Primo de Rivera y Sobremonte, capitán general de Castilla la Nueva y don
Joaquín Jovellar y Soler, general en jefe del Ejército de operaciones de Valencia. Don Luis Dabán y Ramírez
de Arellano, *Pamplona, 28-5-1.841 +Madrid, 22-1-1.892. Siendo su hoja de servicios tan extensísima, nos
- 32 -
vamos a limitar a señalar sus datos más destacados: hijo de don Antonio Dabán Tado (*Madrid) y doña
Carlota Ramírez de Arellano y Angulo (*Cádiz). Cadete de Infantería (1-7-1.856); subteniente (1-11-1.859);
teniente (25-12-1.859/29-11-1.860); capitán (por mérito de guerra, 11-7-1.865); comandante (por mérito de
guerra, 23-9-1.868); teniente coronel (por mérito de guerra, 4-5-1.872); coronel (por mérito de guerra, 18-61.872/17-1-1.873); brigadier (por mérito de guerra, 30-4-1.874); mariscal de campo (por mérito de guerra, 1411-1.875). Alfonso XII lo nombra su ayudante, acompañándolo en las operaciones que pusieron fin a la
Guerra (1.876). Gobernador civil y militar de la provincia de Santiago de Cuba (1.874/1-1-1.882); teniente
general (por sus servicios, 12-7-1.881); fundador del Montepío Militar (1.887) e inspector general de la
Guardia Civil (13-11-1.890/22-1-1.892); segundo cabo de Filipinas (1.876-1.877); comandante general de
división en Castilla la Nueva; capitán general de Aragón y de Puerto Rico (éste último, el 23-11-1.884, dimite,
1-1-1.887). Presidente del Consejo de Redenciones y Enqanches; director e inspector general de Infantería e
inspector de la Guardia Civil. En posesión de la Cruz de Isabel la Católica (1.871); la Roja del Mérito militar
(2ª clase, 1.872); otra igual clase por la acción de Santa Bárbara (1.873); la Medalla del levantamiento del sitio
de Bilbao (1.874); la Gran Cruz de San Hermenegildo (1.875); la Medalla de Alfonso XII (1.876); la Gran
Cruz de Carlos III (1.879); la Placa de la Real y Militar orden de San Hermenegildo (1.882) y la Gran Cruz de
San Hermenegildo (1.889). Senador del Reino por la provincia de Murcia (1.887-1.888) y de Puerto Rico.
Casado con doña Amalia Clementina Ruiz Melo, *Sevilla, hija don Rafael Ruiz Guerrero y doña Amalia Melo
y Torres, prima hermana del notorio abogado, político y periodista de Jaén, don Joaquín Ruiz Jiménez;
sepamos como éste relaciona aquél con Jaén:"...fue unos días huésped de Jaén, y de casa de mis inolvidables padres.
Venía del norte, donde, al frente de un regimiento, por su valor y pericia, había ganado la faja del general. Joven, alto, de amena
conversación, recibió continuas inequívocas muestras de consideración. Asistió a algún baile del Casino, ¿Primitivo?, y una
corrida de novillos, en las que lucieron sus habilidades tauro nomás, si no estoy trascordado, Diego Moya y Antonio Ruiz, como
espadas, y Manolo Córdoba, gran jinete, que pidió la llave, sobre soberbio alazán, a las bellas señoritas que ocupaban el palco
presidencial...". Con domicilio en Madrid, C/, Valenzuela nº 4. Su sobrino don Antonio Dabán Vallejo,
*Madrid, 1.877 +Villanueva de la Reina (Jaén), 12-2-1.925, hijo de don Antonio y doña Rosario Vallejo
Teruel. Formó parte, con los generales Calvanti, Saro y Berenguer, el Primer Directorio Militar, bajo la
presidencia del General Muñoz Cobo (13 al 17 de Septiembre de 1.923) que precedieron al nombramiento de
Primo de Rivera. General de Brigada, por encargado del Directorio organizó en la primera región militar los
Somatones (18-10-1.923), casado en primeras nupcias con doña María Asunción Fernández de Sedano
Candalija, y el mismo día en que iba a contraer segundas nupcias con la hermana de su difunta esposa, se
suicidó de un disparo en la sien, en el cortijo de Casa Grande, sito en el término municipal de Villanueva de
la Reina. ARCHIVO GENERAL MILITAR DE SEGOVIA.: (en lo sucesivo AGMS), Legajo D-10.
ARCHIVO DEL SENADO ESPAÑOL (en lo sucesivo A.S.E.), Legajo 240, nº 2 (7). CAÑADA
QUESADA, R.: Archivo privado. CARRASCO Y SAZ, A.: Icono-Biografía del Generalato Español. Madrid,
1.901, pág, 100. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 114-115. ESPERABÉ DE ARTEAGA,
E.: Op. cit, pág. 396. JUAN LOVERA, C.: Archivo privado. MORALES CUESTA, M. M.: Montero Moya,
vida y obra poética. Jaén, Ayuntamiento de Jaén, colección: "Huellas", 1.995, pág. 136. REGISTRO CIVIL DE
JAÉN (en lo sucesivo: R. C.). Libro de Defunciones, 1886, tomo 37, folio 391. R. C. DE VILLANUEVA DE
LA REINA.: Libro de Defunciones, 1.925, tomo 17, folio 9. RODRÍGUEZ ARÉVALO, M.: Crónica de los cortijos
y caserías de Villanueva de la Reina (Jaén). Torredonjimeno (Jaén), 2.006, págs. 96-99. RUIZ JIMÉNEZ, J.:
Pretéritos y presentes (trabajos varios de mi archivo). Madrid, Imprenta de Juan Pueyo, 1.931, págs. 388 y 429.
- 33 -
Constitución de 1.876. A Cánovas del Castillo 57 se debe la Constitución
de más larga duración hasta el presente. Constitución pactada y no impuesta;
los partidos se van turnando en el poder: Cánovas y Sagasta 58, Maura 59 y
57
*Málaga, 8-2-1.828 +asesinado por el anarquista italiano, Miguel Angiolillo, en el balneario de Santa Águeda,
Mondragón (San Sebastián), 8-8-1.898), aunque sus restos mortales fueron inhumados en el cementerio de la
Sacramental de San Isidro (Madrid). Hijo de don Antonio Cánovas García y doña Juana del Castillo
Estévanez. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (1.845). Durante su breve
estancia en Jaén, encargó subrepticiamente al impresor don Francisco López Vizcaíno, la edición del mal
llamado Manifiesto de Manzanares, faro y guía de la Revolución del 54. Presidente del Consejo de ministros (3112-1.874, 2-12-1.875, 9-12-1.879, 18-1-1.884, 5-7-1.890, 23-11-1.891, 23-3-1.895. Presidente del Ateneo de
Madrid (1.874-1.876, 1.882-1.886 y 1.888-1.892). Ministro de Gracia y Justicia, durante la ausencia de don
Francisco de Cárdenas y Espejo (31-12-1.874/12-9-1.875). Casado en primeras nupcias con doña María de la
Concepción Espinosa de los Monteros y Rodríguez de Villamayor, perteneciente a la familia murciana del
Barón del Solar de Espinosa (10-3-1.791), y en segundas, con doña Joaquina de Osma y Zavala. Con
domicilio en Madrid, C/, Serrano nº 57 (hotel). Testó ante la fe del notario de Madrid, don Luis González
Martínez (6-1.891). Se le otorgó a su viuda el título de Duque, Grandeza de España de 1ª clase (1.901). Los
interesados en conocer pormenorizadamente algunos aspectos personales de este insigne estadista, vid,
Esperabé, citado en bibliografía. ALBO ÁLVAREZ, M. J.: Op. cit, pág, 550. CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Ibídem, 74, 80, 114-116, 131-132, 136, 142, 144, 147, 160, 239, 292, 329, 427 y 527. ESPERABÉ DE
ARTEAGA, E.: Ibídem, págs, 156-159. GARCÍA ESCUDERO, J. M., et alii.: "Cánovas: un malagueño para
el mundo", Jábega nº 78. Málaga, Diputación Provincial de Málaga, 1.998. ILUSTRE COLEGIO
NACIONAL DE LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD DE ESPAÑA.: (en lo sucesivo
ICNRPE), Hecto-Anuario. 1.861-1.961. Madrid, 1.961, pág, 19. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs, 22 y 141.
R. C. DE MONDRAGÓN.: Libro de Defunciones, 1.897, tomo 14, folio 93.
58
Don Práxedes Mateo-Sagasta y Escolar. *Torrecilla de Cameros (Logroño), 1.825 +Madrid, 5-1-1.903. Hijo de
don Clemente Sagasta y Díaz y doña esperanza Escolar. Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, e ilustre
político y periodista. Como ingeniero, participó en la construcción de dos de las obras públicas
fundamentales del siglo XIX en España: la red principal de carreteras y las líneas básicas de ferrocarriles
(1.850). El general Serrano lleva a Sagasta a la cartera de Gobernación (1.868). Redactor de La Iberia desde su
fundación. Diputado a las Cortes Constituyentes (1.854-1.856). Presidente del Consejo de ministros (21-121.871, 20-2-1.872, 3-9-1.874, 8-2-1.881, 27-11-1.885, 21-1-1.890, 11-12-1.892, 4-11-1.894, 4-10-1.897, 6-31.901, 19-3-1.902 y 14-11-1.902). Gran Maestre de la Logia Masónica “La Razón” (fundada en 1.893). Casado
con doña Ángela Vidal Herrero (Madrid, San Sebastián, 17-2-1.885), actuaron de padrinos: don José Abascal
y Carredano y doña Elena Sanjuán Moreno; testigos, don Mariano Sanjuán Labrador, don Serapio Herrero
Rodríguez (trinitario exclaustrado y cura párroco de Santa María de la Osla (Zamora) y canónigo a Iglesia
Catedral de Jaén, por la vacante sufrida tras la muerte de don José Risquez y Cumplido (26-10-1.883), con
residencia en Baeza (Jaén, 1-9-1.884) y don Nicolás Escolar López. Este enlace matrimonial tuvo tintes de
novela de Shakespeare: ella contrajo primeras nupcias con el comandante de Infantería, don Nicolás Abad
Alonso (1.850), al término de la ceremonia religiosa, Sagasta la esperaba en la puerta del templo en un coche
de caballos; continuaron camino a tierras de Zamora donde él ejercía de Ingeniero de Caminos, Canales y
Puertos. Tuvieron que esperar al fallecimiento del militar (ocurrida 35 años después), para poder contraer
nuevo matrimonio canónico (17-1-1.885). Dándose la curiosa circunstancia de que la madrina era la nuera de
los desposados, por estar casada con el hijo de ambos, don José Sagasta Vidal (*Puebla de Sanabria). Tanto la
madrina como su padre, pertenecían a la alta burguesía de la provincia de Jaén. La subida al Poder de don
Práxedes, motiva a que el pleno del Ayuntamiento de Jaén, acordara en sesión plenaria rotular con su
nombre a la C/, Machín (Obispo Aguilar, 29-11-1.902); más tarde, por moción del alcalde de Jaén, don
Cándido Carrasco Díaz, se rotula con su nombre la Plaza de San Francisco (24-1-1.903). AGMS.: Legajo A26, sección 1ª. ARCHIVO HISTÓRICO DIOCESANO DE LA CATEDRAL DE JAÉN.: (en lo sucesivo:
AHDCJ) Libro de entradas de señores prebendados, pág. 34. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 50,
93, 115, 131-133, 142, 160-161, 163, 287, 303, 311-312, 345, 427, 436 y 540. LASSO GAITE, J. F.: Ibídem,
pág. 22. MORENO BRAVO, T.: El callejero de Jaén, inédito. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.883, tomo
58, folio 205. PARROQUIA DE SAN SEBASTIÁN, DE MADRID.: Libro de Matrimonios, 1.885. RIVAS
SANTIAGO, N.: Anecdotario histórico contemporáneo. Páginas de mi archivo y apuntes para mis memorias, I. Madrid,
Editora Nacional, 1.944, págs. 135 y ss.
- 34 -
Canalejas 60. Estuvo en vigor cuarenta y siete años.
59
Don Antonio Maura Montaner. *Palma de Mallorca, 2-5-1.853 +Torrelodones (Madrid, 13-12-1.925, en la finca
de Canto del Pico, propiedad de la linajuda familia giennense, don José María de Palacio y Abárzuza, III
Conde de las Almenas y I Marqués del Llano de San Javier, 1.896); con motivo de su muerte súbita reza la
lápida conmemorativa: Bajando por esta escalera, ascendió al cielo don Antonio Maura; de la meritada familia
giennense comentamos su biografía en el capítulo 5ª y apéndice II; también citamos otra noticia histórica, es
la siguiente: El general Miaja instaló allí su puesto de mando durante la batalla de Brunete. Uno de los
jurisconsultos y políticos más distinguidos de la España contemporánea. Con quince años, y con grandes
sacrificios, se traslada a la Corte donde trabaja en la redacción de los periódicos. Se licencia en Derecho en la
Universidad Central de Madrid (1.871). Hace la pasantía en el bufete de don Germán Gamazo y Calvo.
Diputado a Cortes por Mallorca (1.891). Ministro de Gracia y Justicia (4-11-1.894/23-3-1.895 y 10-101.918/9-11-1.918). Ministro de la Gobernación (1.902). Presidente del Consejo de ministros (5-12-1.903, 241-1.907, 21-3-1.918, 15-4-1.919 y 13-8-1.921). Contrajo matrimonio con doña Constancia Gamazo y Calvo
(Madrid, 1.879, hermana de su principal, por lo que desde entonces era conocido como "el cuñado de Gamazo",
y pocos años más tarde sería Gamazo conocido como "el cuñado de Maura". Con domicilio en Madrid, C/,
Lealtad nº 11. Su cuadro como ministro de Gracia y Justicia fue pintado por Díaz Molina y está en el
despacho del señor Subsecretario. Los interesados en conocer su extensa biografía, vid, Lasso Gaite citado en
bibliografía. BEDOYA, J. M., de.: Don Antonio Maura. Ministro de la Gobernación (1.902-1.903). Madrid,
Ediciones Afrodiso Aguado, 1.940, págs. 38 y ss. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 161, 184,
427 y 540. ESPASA-CALPE, S. A.: A la memoria de D. Antonio Maura. Madrid, 1.926, págs. 11 y ss. FRAGA
IRIBARNE, M.: Cánovas, Maeztu y otros discursos de la segunda Restauración. Madrid, Organización Sala Editorial,
1.976, págs. 177-178. ICNRPE.: Op. cit, págs. 20-21. LASSO GAITE, J. F.: Ibídem, págs. 18-19, 23, 154157. PÉREZ DELGADO, R.: Antonio Maura. Madrid, Ediciones Tebas, colección: "Políticos y financieros",
1.974, págs. 106 y ss. SÁNCHEZ DE LOS SANTOS, M.: Las Cortes Españolas: las de 1.910. Madrid,
establecimiento tipográfico de A. Marzo, 1.910, págs. 568-569.
60
Don José Canalejas y Méndez. *El Ferrol (La Coruña), 31-7-1.854 +asesinado, Madrid, 12-11-1.912, por el
anarquista Manuel Pardiñas Serrato, alias el "Grado", en la Puerta del Sol, cerca de Carretas, ante el
escaparate de la librería San Martín, cuyos libros estaba mirando, a las once y media, cuando se dirigía a pie al
Ministerio de la Gobernación, hoy Dirección General de la Seguridad del Estado para presidir un Consejo de
Ministros. El asesino que no iba solo, según testimonio del librero, se suicidó allí mismo sin que se aclarasen
los móviles del crimen, si bien entre los documentos que portaba había uno titulado “Conflagración universal.
París”, con palabras españolas y francesas y ciertos signos o claves; los móviles del crimen, como en el caso
de Cánovas del Castillo, quedaron en la mayor oscuridad; con Cánovas había la pista de los intereses
extranjeros para suprimir el mayor obstáculo para arrebatarnos Cuba; en el caso de Canalejas hubo también
concierto de intereses y dinero en París, porque nuestro político mantenía con firmeza la posición de España
en Marruecos, y porque desbarató planes internacionales de huelga de ferrocarriles (10-1.912); se dio la
paradoja de que entre las reformas del Código penal que defendió como ministro de Gracia y Justicia estaba
la abolición de la pena de muerte. Hijo de don José Canalejas y Casas y doña María del Amparo Méndez
Romero. Cursa el Bachillerato en San Isidro (Madrid), Derecho y Filosofía y Letras en la Universidad Central,
doctorándose en ambas Facultades (1.872). A los diez años tradujo una novela francesa y desde muy pronto
enviaba artículos a la prensa. En 1.876 se incorpora al Colegio de Abogados de Madrid, después de ser
derrotado el año anterior por Menéndez Pelayo, en las oposiciones a la Cátedra de Literatura. Son muy
estimables sus informes jurídicos por la profundidad científica y sentido práctico. De él se cuenta que en una
apelación pidió los autos momentos antes de la vista y entre sus folios había unas cuartillas con el borrador
de la sentencia redactado por el Magistrado ponente contra la pretensión de Canalejas, que, no obstante,
defendió con ardor su tesis, consiguiendo variar el fallo a favor de su cliente. Presidente de la Academia de
Jurisprudencia (1.902) y Decano del Colegio de Abogados de Madrid (8-6-1.901 y 6-6-1.904). Como político,
Diputado desde 1.881, ocupando la Subsecretaría de la Presidencia del Consejo de Ministros (1.883) con
Posada Herrera y cinco años después, Ministro de Fomento con Sagasta. Pasó a Gracia y Justicia (11-121.888/21-1-1.890 y en 29-6-1.911/11-3-1.912). Desempeña el Ministerio de Hacienda (1.894), y el de
Agricultura, Industria y Comercio (1.902). Uno de los políticos más preparados del reinado de Alfonso XIII.
Presidente del Partido Liberal Demócrata (1.903) y el 9 de febrero de 1.910 nombrado Presidente del
Consejo de Ministros, cargo que desempeñaba al ser víctima de atentado terrorista. La obra legislativa de
Canalejas, como Ministro de Justicia, tuvo mucha resonancia la llamada “Ley del Candado” (26-12-1.910),
que impedía el establecimiento de nuevas Asociaciones o Congregaciones religiosas, que originó numerosas
- 35 -
Gastado Cánovas y el partido Conservador por llevar más de siete años
en el Poder, le sustituye Sagasta con los fusionistas bajo su presidencia se
constituye el siguiente ministerio 61: Estado, don Antonio Aguilar Correa y
Fernández de Córdoba, Marqués de la Vega de Armijo 62; Gracia y Justicia,
protestas dentro de España y la suspensión de las relaciones con el Vaticano. Los sucesos revolucionarios de
Cullera (Valencia, 1.911), donde algunos centenares de huelguistas se amotinaron contra el Gobierno y
asesinaron al Juez de Sueca, don Jacobo López de Rueda, que en cumplimiento del deber hizo frente a las
turbas. Por Decreto reorganizó la Dirección General de Establecimientos Penales (28-10-1.889), y el 14 del
mismo mes crea la Sección de Reformas Legislativas para la elaboración de numerosos anteproyectos, como
los de Organización de Tribunales, de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento civil y nuevo Código penal. Con
la Real Orden de 14 de febrero del mismo año, se ocupa de los nombramientos, ascensos y traslados de
Jueces y Fiscales, y por otra de 12 de marzo, se ocupa de la provisión de los Juzgados de entrada. El Decreto
de 11 de febrero de 1.889 prorroga la vacatio legis para la entrada en vigor del Código Civil, que fue
promulgado por ley de 26 de mayo del mismo año. La ley de 9 de febrero de 1.912 contiene la primera
regulación de la condena condicional en España. Presidente (en tres ocasiones) de la Real Academia de
Legislación y Jurisprudencia. Miembro de la Academia de Ciencias Morales y Políticas y de la Real Academia
de la Lengua. Presidente del Ateneo de Madrid y Vicepresidente de la Sociedad Geográfica. En posesión del
Gran Collar de La Torre y la Espada y Gran Cruz de Villaviciosa de Portugal, Gran Collar de Carlos III,
Gran Cruz de Isabel la Católica, Gran Cruz del Mérito Militar y del Mérito Naval y Leopoldo de Bélgica. El
retrato de este Ministro fue pintado en 1.888 por M. Ruiz Guerrero y está en el despacho del señor Ministro.
Con respecto a su relación con Jaén no me resisto a comentar que a petición del concejal del Ayuntamiento
don Ricardo Velasco Pro (Decano del Colegio de Procuradores, cuya biografía aportamos en el capítulo 5º),
se cambia el nombre de la Plaza de San Ildefonso por el del ilustre estadista (14-11-1.912). Prologó la obra de
su buen amigo don Juan Montilla y Adán: Discursos literarios, jurídicos y parlamentarios (Jaén, 1.900). Casado en
primeras nupcias con doña María Saint-Aubin y Bonnefón (Madrid, San Sebastián, 15-9-1.878, ella +Madrid,
27-7-1.897), y en segundas, con doña María de la Purificación Fernández y Cadenas (Duquesa de Canalejas,
título concedido el 24-1-1.913). Con domicilio en Madrid, C/, Génova nº 15-4º principal y San Sebastián nº
2.. ARCHIVO HISTÓRICO MUNICIPAL DE JAÉN, (en lo sucesivo: AHMJ).: Libro de Actas Capitulares nº
56 (en lo sucesivo: LAC). CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario Bio-Bibliográfico del Santo Reino de Jaén, II,
(C). Jaén, IEG, 1.986, pág. 70, ref. 560-561. CANTERO FERNÁNDEZ, C.: Archivo privado. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 161, 169,174, 253, 427 y 527. ESPERABÉ DE ARTEAGA, E.: Op.
cit, pág. 151. GARCÍA VENERO, M.: Orígenes y Vida del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (Derecho, Foro,
Política), Madrid, Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, 1.971, pág. 438. GUTIÉRREZ RAVÉ, J.: Habla el
Rey. (Discursos de don Alfonso XIII, recopilados y anotados). Madrid, Gráficas Osca, S. A. 1.956, pág. 69. ICNRPE.:
Ibidem, págs. 20-21. LASSO GAITE, J. F.: Ibidem, págs. 17-18, 23 y 148-150. LLORCA FREIRE, G.:
Ferroláns, 1ª edición. El Ferrol, Ediciones Enbora, 1.996. M. J.: Grandezas..., op. cit, págs. 112-113. MORENO
BRAVO, T.: El callejero..., op. cit. PEIRATS, J.: Los Anarquistas en la crisis política española. Madrid, Ediciones
Júcar, 1.976, pág. 16. R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones, 1.893 y 1.902, tomos 77-3 y 111-3, folios 225
y 310, respectivamente. RICO PÉREZ, F, et alii.: "Semblanzas de los principales autores del Código Civil",
Homenaje a la Reina María Cristina y Autores del Código Civil, V-1. Madrid, Ayuntamiento de Yecla, 1.993, págs.
101-103. SÁNCHEZ DE LOS SANTOS, M.: Ibídem, págs. 509-511. SEVILLA ANDRÉS, D.: Canalejas.
Barcelona, Editorial Aedos, 1.956, págs. 18 y ss.
61
62
Primer gobierno Liberal (10-2-1.881).
*Madrid, 6-1.824 +1.908. Recibió el título de 8º Marqués de la Vega de Armijo (1.847), Marqués de Mos, Conde
de Bobadilla y Vizconde de Pegullal; dos veces Grande de España (una por herencia y otra con carácter
personal). Permaneció en la política más de cincuenta años desde 1.854 en que fue elegido Diputado a Cortes
por vez primera (Lucena, Córdoba), Madrid, Pontevedra y Montilla (Córdoba, 1.906). Presidente del Consejo
de ministros en un brevísimo mandato concluido en enero de 1.907. Sirvió a varios regímenes -el de Isabel II,
los diversos a partir de 1.868, a excepción de la República de 1.873, el de la Restauración con Alfonso XII y
Alfonso III-. Figuró en la Unión Liberal fundada por O'Donnell y a la desaparición de este grupo político, se
integró con los seguidores del general Serrano, con el que colaboró en todas las gestiones políticas que
llevaron a la sublevación de Septiembre de 1.868. En esta situación política conoció a Sagasta, entre cuyos
fieles en el grupo llamado "constitucionalistas" y "fusionistas" después, y luego definitivamente literal. Ministro de
Fomento en varias ocasiones y de Gobernación a partir de 1.861. Durante el Sexenio Revolucionario, elegido
- 36 -
don Alonso Martínez Alonso 63; Gobernación, don Venancio González 64;
Hacienda, don Juan Francisco Camacho 65; Guerra, don Arsenio Martínez
Diputado con el grupo de Serrano. Gobernador civil de Madrid. Nombrado embajador en Francia (1.874) y
en Italia (1.887). Tras la Restauración, elegido diputado a Cortes ininterrumpidamente por Galicia y
Andalucía -a veces de los dos sitios simultáneamente-. Ministro de Estado, en gobiernos liberales: (1.881,
1.888-1.890 y 1.892-1.893). Presidente del Congreso de los Diputados en todas las legislaturas liberales a
partir de 1.895 hasta 1.905. Convertido en un "histórico" del partido Liberal. Entre los grandes aspirantes a la
sucesión de Sagasta: Montero Ríos, Moret y Canalejas, Vega de Armijo aparece como un segundón y, en
algún sentido "árbitro" de las disputas. Llegó a la jefatura del Gobierno (4-12-1.906) en una mera tregua en la
inacabable lucha de Segismundo Moret por hacerse con la jefatura efectiva del partido Liberal y mantenerse
como jefe de gobierno. Dimitido Moret, habían de aprobarse los presupuestos generales del Estado para
1.907. Desempeñó la dirección de la Academia de la Historia y de la de Ciencias Morales y Políticas.
Caballero del Toisón de Oro, de la Orden Pontificia de Cristo, de la del Doble Dragón de China, Medalla de
Oro de Alfonso XIII, Collar y Gran Cruz de Oro de la Torre y de la Espada, Gran Cruz de la Legión de
Honor Francesa, del Águila Roja de Prusia, Maestrante de la Real Caballería de Sevilla. AGUILAR
POYATOS, R. G.: Archivo privado.
63
*Burgos, 1-1-1.827 +Madrid, 13-1-1.891. Político y jurisconsulto. Perteneció al partido Progresista. Diputado
a Cortes por Burgos (1.854); por el distrito de Huelma (Jaén, 1.858 y 1.863, en ésta última elección obtuvo
379 votos, lo que es igual, el 100% de los emitidos, renunció a este escaño y optó por el de Úbeda (Jaén),
donde votaron un total de 519 electores, obteniendo el 100% (1.863); vuelve a ser reelegido por el mismo
distrito en las que consiguió 1.675 votos, que representó el 95’06% de los emitidos (1.866); continuó de
Diputado a Cortes, pero ya representando a Lérida y Castrogeriz (Burgos). Senador. Ministro de Fomento
1.855 y 1.863). Gobernador Civil de Madrid (7-.1.856). Ministro de Hacienda (1.865). Consultor privado de
la reina Isabel II. Presidente de la Academia Matritense de Jurisprudencia y Legislación (1.869), y
Académico de Mérito de la misma. Miembro con la medalla 33 de la Real Academia de Ciencias Morales y
Políticas (1.871).Ministro de Gracia y Justicia (13.5-1.874, 8-2-1.881 y 27-111.885). Presidió la comisión
encargada de elaborar la Constitución de 1.876. Escribió importantes obras. Se le atribuye la paternidad del
Código Civil (6-10-1.888). Presentó a las Cortes los proyectos de Ley de Imprenta, del Jurado, de Reforma
del Código Penal, e implantó el Matrimonio Civil. Presidente del Consejo de Administración de la
Compañía de los Caminos de Hierro del Norte de España y de la del Crédito Nobiliario Español. Por
acuerdo unánime del Ayuntamiento de Úbeda se le nombró hijo adoptivo de la Ciudad, por el
establecimiento de la Audiencia de lo Criminal en la ciudad de los Cerros (22-12-1.882); por la construcción
de poscarreteras: la de Vilches-Almería y Valencia-Córdoba, y además del establecimiento del Colegio de
los Escolapios (1.865). En posesión de la Gran cruz de Isabel la católica (1.856) y de la de Carlos III
(1.864). Casado con doña Demetria Martín y Boraya Díez y de la Plaza, la que al enviudar se le otorgó el
Marquesado de Alonso Martínez (12-6-1.891). Por su gracejo no omito copiar lo que consigna de la Cuadra
Herrera en su obra citada en bibliografía: “Haciendo “Sancho Gracia”/ alcanzó en Burgos aplausos; / haciendo aquí
de ministro/ casi le tiran los bancos”. BACHILLER LLERA, M. M.: Guía de Jaén para 1866, Jaén,
Establecimiento tipográfico de D. F. López Vizcaíno, 1.865, pág. 234. CASTRO Y BRAVO, F.:
“Aniversario de la publicación del Código Civil”, Centenario del Código Civil, III, Universidad Popular
“Enrique Tierno Galván”, 1.989, págs. 17 y ss. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Op. cit, págs. 89 y ss.
ICNRPE.: Op. cit, págs. 19-20. LASSO Y GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 17 y ss. M. J.: Grandezas…, op. cit,
pág. 137. PASQUAU GUERRERO, J.: Biografía de Úbeda, Jaén, Asociación “Pablo de Olavide”, 1.984,
págs. 448 y 450. TORRES NAVARRETE, G. de la J.: Historia de Úbeda en sus documentos. Linajes y Hombres
Ilustres, II, Úbeda, Gráficas Minerva, S. L., 1.990, pág. 533.
64
*Lillo (Toledo), 18-5-1.831 +Madrid, 5-1-1.897. Hijo de unos humildes labradores. Licenciado en
Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (1.854). Afiliado al partido Progresista. Varias veces
Diputado a Cortes (las llamadas de Miraflores, 1.863), dándose desde entonces a conocer como elocuente
orador. Más tarde Senador vitalicio. Intimo de Prim, Olózaga, Sagasta y Ruiz Zorrilla. Tomó parte más
activa de la Revolución de 1.868. En el Gobierno Provisional ocupó cargos de importancia. Diputado de las
Constituyentes, y al proclamarse la Restaución siguió la política de Sagasta; en el primer gabinete del
Estadista y fue nombrado Ministro de la Gobernación (1811, 1884 y 1.892); también lo fue de Hacienda.
CUADRA HERRERA, J.R. de la.: Archivo Privado.
65
*Cádiz, 1.818 +Madrid, 1.896. Hacendista y político español. Capitán de la Milicia (1.837). Diputado a Cortes
- 37 -
Campos; Marina, don Francisco de Paula Pavía y Pavía 66, Fomento, don José
Luis Albareda Sedze 67 y Ultramar, don Fernando León y Castillo 68.
por Alcoy (Alicante), aunque no llegó a tomar asiento en la Cámara por disolución de ésta; reelegido al año
siguiente, ocupando el cargo de secretario segundo del Congreso; posteriormente, consiguió diez veces
consecutivas el acta de Diputado por las circunscripciones de Alcoy, Gandia (Valencia) y Játiva (Valencia).
Desde 1.855 hasta 1.868 militó en la Unión Liberal, pero después de la Revolución escoró al sector
conservador del partido Progresista, núcleo del futuro partido Liberal. Director del Liceo Artístico y
Literario, y más tarde, de la Sociedad Española Mercantil e Industrial. Ministro de Hacienda en el gabinete de
Sagasta (20-2-1.872; también en 3-9-1.874; en la reorganización que hizo del gabinete el general Zabala, y en
1.881, de nuevo con Sagasta). Presentó gran números de proyectos de ley y consiguió la conversación de la
Deuda exterior en Deuda perpetua al 4%. Volvió al Ministerio otra vez con Sagasta, con la condición de que
la política no había de rozar su gestión (1.885-1.886). Organizó el servicio económico de las provincias, la
administración del importe de consumos y las reclamaciones sobre excepción de terrenos para
aprovechamiento común o para dehesas boyales, y creó la Inspección General de Hacienda. Fracasó en
cambio al intentar reducir los presupuestos generales del estado. Rompió violentamente con Sagasta, y pasó
después al partido Conservador. Fue director en Tabacalera y Gobernador del Banco de España. Senador
vitalicio (1.877). Publicó un libro: Mi gestión como Ministro de Hacienda. CAÑAL Y MIGOLLA, M.: Ensayo de
Bio-Bibliografía de hacendistas y economistas españoles. Madrid, 1.910. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
GARCÍA-OJEDA LOMBARDO, J. C.: Archivo privado.
66
*Cádiz 17-7-1.812 +Madrid, 7-11-1.890. De regreso de las Marianas fue nombrado ayudante de órdenes de la
división naval que mandaba el capitán de navío don Antonio Quintana. Al estallar la primera guerra civil
Carlista fue nombrado subayudante y secretario del general de la Armada don José Primo de Rivera. Por el
asalto a Fuenterrabía (11 y 12 de julio de 1.836), mereció la Cruz de la Diadema Real y la de San Fernando
de 1ª clase; en el tercer sitio a Bilbao, y como ayudante del general Morales de los Ríos, se le concedió otra
cruz, la de San Fernando. Posteriormente ascendido a capitán de fragata, capitán de navío, contralmirante y
vicealmirante cuando murió. Desempeñó entre otros, el cargo de secretario de la Dirección General de la
Armada, segundo jefe del departamento del Ferrol, comandante del Arsenal, jefe de la sección de
Armamento del Ministerio de Marina, y comandante general del Apostadero de Filipinas. Asimismo
desempeñó las capitanías generales de Cádiz y Cartagena, y fue tres veces ministro de Marina. Al tiempo de
su muerte, era vocal del Consejo Supremo de Guerra y Marina, Senador vitalicio, y segundo Presidente de la
Alta Cámara. Condecorado con las grandes Cruces de Carlos III, Isabel la Católica, San Hermenegildo y del
Mérito Naval. Miembro de varias sociedades científicas y literarias. Publicó un sin fin de artículos en revistas
y periódicos técnicos, y dejó una obra por todos conceptos recomendable: Historia general de la Marina
Española y Galería biográfica de los generales de Marina, jefes y personajes que figuraron de 1.700 a 1.868. Madrid, 1.873.
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
67
*Sevilla, 20-5-1.829 +Madrid, 3-11-1.897. Hijo de familia distinguida y acaudalada. Su segunda enseñanza la
recibió en el colegio de San Felipe Neri, de Cádiz; como anécdota, en dicho Colegio ganó el primer premio
en música, más tarde comentaría a sus más allegados: "Andaría poco desafinado aquel colegio cuando soy yo el discípulo
más aventajado en música que ha salido de allí". Comenzó la licenciatura en Jurisprudencia en la Universidad de
Sevilla, y la terminó en la Central de Madrid. Político y periodista español. Afiliado al partido Liberal.
Enviado extraordinario y ministro Plenipotenciario en La Haya (Gaceta, 2-8-1.855, tomando posesión, 3110-1.855). Diputado a Cortes por Alcoy (Alicante, 1.869), más tarde por Pego (Alicante, 1.871), en estas
nuevas Cortes lo nombraron Presidente de la comisión de actas y cuarto vicepresidente. Con motivo del
debate parlamentario del dictamen autorizado al ministro de Gracia y Justicia para plantear provisionalmente
la reforma del Código Penal, pronunció un expresivo discurso (17-6-1.870). Gobernador civil de Madrid (su
primera disposición fue poner en libertad a un gran número de periodistas e impresores, sancionados por el
gobernador civil saliente, don José Prefumo). Senador del Reino, ministro de Fomento (durante esta etapa
ministerial corresponde la reposición en sus cátedras de Castelar, Salmerón, Figuerola, Moret, Giner de los
Ríos, Azcárate, etc, separados violentamente por don Manuel de Orovio y Echagüe, Marqués de Orovio, al
comenzar la Restauración monárquica, con abono de los sueldos dejados de percibir (1.881); y de la
Gobernación (1.887). Consejero de Estado y embajador de España en París, Lisboa y Londres. Gobernador
del Banco Hipotecario. Fundó y dirigió numerosos periódicos, entre los que destacamos: El Contemporáneo
(21-12-1.860), que más tarde se refundió en La Política, Revista de España, El Debate (1.872), Los Debates (1.872),
etc; en Las Novedades, fue en donde escribió por primera vez. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
ESPERABÉ DE ARTEAGA, E.: Op. cit, pág. 118. M. J.: Grandezas..., op. cit, pág, 313. SEGOVIA, A. M.:
- 38 -
Constitución de 1.931. Después de la dictadura de Primo de
Rivera que interrumpe el período constitucional desde 1.923 a 1.930 se
69
Figuras y Figurones, XXV-XL. Madrid, 2ª edición, 1.882.
68
*Teide (Canarias), 30-11-1.842 +Biarritz (Francia), 1.918. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de
Madrid (1.866). Desde la tribuna y el periodismo combatió el régimen anterior a la Revolución de
Septiembre. Oficial del Ministerio de la Gobernación, sin abandonar por ello su vida de periodista. Redactor
del El del País, colaboró más tarde en El Imparcial, y fundó con don José Luis Albareda y Sedze La Revista de
España. Acompañó al Duque de la Torre en el destierro, y una vez triunfante la Revolución, comenzó a
brillar su carrera política, comenzó por gobernador civil de Granada (1.869) y después de Valencia,
subsecretario del ministerio del Ultramar, diputado en las Cortes Constituyentes por Canarias (1.871-1.887 y
1.905), senador también por Canarias (1.871-1.887) y vitalicio (1.912); nuevamente subsecretario de Ultramar
(1.874), posteriormente desempeñó los cargos de ministro de Ultramar, con Sagasta (1.881-1.883) y de
Gobernación, con el mismo Presidente (1.886-1.887), vicepresidente y presidente del Congreso de los
Diputados (1.883) y embajador de España en París (1.887, 1.892 y 1.897-1.910), durante este tiempo logró
limar las asperezas existentes entre Francia y España por el África occidental, consiguiendo para nuestra
Nación el reconocimiento de la soberanía sobre el territorio de Muni, en el Tratado de 1.900, por lo que
recibió el Marquesado de este nombre (19-10-1.900). Comisionado por el gobierno español para negociar
con los representantes de los EE.UU. sobre el Desastre. En posesión de la Gran Cruz de la Legión de Honor
(1.890), del Collar de Carlos III (1.893) y de las grandes cruces de San Mauricio y San Lázaro, de la
Concepción de Villaviciosa y de la Estrella Polar. Caballero del Toisón de Oro (1.910) y miembro de la
Academia de Ciencias Morales y Políticas, en cuyo acto de recepción pronunció un discurso sobre la
Irresponsabilidad del poder real y responsabilidad de los ministros en los países de representación falseada. Autor de Mis
tiempos, libro de memorias para conocer la política de su época. Casado con doña María del Pino Manrique de
Lara. Con bienes en Arquillos (Jaén) y Navas de San Juan (Jaén). Tío carnal de los diputados a Cortes, don
Mariano Sanjuán Moreno, y político, de don José Mateo Sagasta Vidal (hijo de don Práxedes),
respectivamente. Su primo hermano, don Manuel León Moreno Manzano (otro de los muchos que suelen
designar su segundo nombre como primer apellido), diputado a Cortes por Jaén (1.850). CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Op. cit, pág. 310. M. J.: Ibídem, págs. 274 y 303. PÉREZ DELGADO, R.: Op. cit,
pág. 437.
69
Don Miguel Primo de Rivera y Orbaneja. *Jerez de la Frontera (Cádiz), 8-1-1.870 +París (hotel Pont-Royal), 163-1.930. Hijo de don Miguel Primo de Rivera y Sobremonte y doña Inés Orbaneja y Grandellana. A la
muerte del hermano de su padre, don Fernando, capitán general de Filipinas, heredó del Marquesado de
Estella (23-5-1.921). Con la graduación de comandante fue destinado a capitanía general de Manila, como
ayudante del citado capitán general. El 13 de septiembre de 1.923, Primo de Rivera, desde la capitanía
general de Cataluña, dirigió un Manifiesto al País y se pronuncia contra el gobierno, siendo secundado en su
actitud por todo el Ejército. El Rey, ante esos acontecimientos admite la dimisión al ministerio presidido por
don Manuel García Prieto (Marqués de Alhucemas, Presidente del Consejo de ministros), y entrega sus
poderes al Marqués de Estella, que constituye un Directorio Militar (13-9-1.923), disolviéndolo (3-12-1.925),
para sustituirlo por un gobierno mixto con don José Calvo Sotelo, don José Messías y don Rafael Benjumea
Burín (Conde de Guadalhorce, ingeniero, Hijo Predilecto de Sevilla). Disuelve el Parlamento y deja en
suspenso la Constitución, sin convocar nuevas Cortes durante los siete años de su mandato. Resuelto el
presidente del Directorio Militar a concluir con el grave problema de Marruecos, marchó allá como
generalísimo de las tropas en octubre de 1.924, encargando en Madrid de la jefatura del Gobierno a don
Antonio Magaz Sangro (Marqués de Magaz). Después de adoptar varios acuerdos en colaboración con
Francia y de realizar diferentes operaciones contra el caudillo moro, logra desembarcar en Alhucemas (8-91.925), penetra en Axdir y que Abdel-Crhim abandone la zona dominada por España para entregarse a las
autoridades francesas. El Rey pide la dimisión al Marqués de Estella (28-1-1.930), y encarga el Poder al
Conde de Xaüen, don Dámaso Berenguer y Fusté, que forma ministerio con el general don Manuel Burgos
Mazo, don Salvador Carvia Caravaca, don Manuel Argüelles y Argüelles, don José Estrada y Estrada
(ministro de Gracia y Justicia, 301-1-1.930/25-11-1.930), don Cristino Martos y Babi (*Granada, 13-9-1.830
+Madrid, 17-1-1.893. Ministro de Gracia y Justicia (14-1-1.874/13-5-1.874) y Presidente del Ateneo
Científico, Literario y Artístico de Madrid, como dato interesante a nivel local citamos: mantuvo una sincera
amistad con don Tomás Montejo y Ricá, *Baeza, que ingresó por oposición en el Cuerpo de Letrados del
Consejo de Estado y logra la cátedra de Procedimientos Judiciales en la Universidad de Madrid, elegido
- 39 -
proclama la II República Española 70. La vigencia de esta Constitución fue de
cinco años
Constitución de 1.978 71. Con ciento sesenta y nueve artículos y
diecinueve disposiciones. Según opina el profesor J. Belmonte: “Durante la
gestación de la actual Constitución, en principio ha existido, por parte de todas las fuerzas
políticas, de derechas e izquierdas, un deseo común; constitucionalizar para todos”
Diputado a Cortes por Cuenca 1.886 y 1.891), por Canarias (1.898), Senador por Cuenca y vitalicio (1.919),
don Santiago Alba y Bonifax y don Pedro Sangro y Ros de Olano. No protegió la diosa fortuna al general
don Dámaso, y su gobierno empeoró la situación, porque en lugar de restaurar sin la menor demora la
normalidad, con arreglo a las leyes y a la Constitución, convocando las Cortes del 23 -como muchos le
aconsejaron-, o de ir enseguida a una elecciones generales -que habrían evitado el derrocamiento de la
Monarquía y los horrores, crímenes, sacrilegios y despojos que España presenció después-, se pasó más de
un año con sus acostumbradas indecisiones, pensando lo que debería hacer. Cuando publicó en 1.931 el
decreto para elecciones de Cortes era tarde, ya se produjeron las abstenciones de los partidos de izquierdas y
hasta la de los liberales monárquicos, que provocaron su caída. Respecto a Jaén, y más concretamente en
relación con la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, comenzó a construirse cuatro grandes
pantanos, entre los que destacamos el del Tranco; por su parte la Junta Central de Colonización, adquirió una
finca en Villargordo (Jaén), de 1.075 hectáreas, con 574 colonos, por 2.744.000 pesetas. Nombrado hijo
adoptivo de Úbeda (12-10-1.925). Casado con doña Carmen Sáenz de Heredia (Madrid, 1.902, ella +1.908).
CIMADEVILLA, F.: El General Primo de Rivera. Madrid, Afrodisio Aguado, S. A. colección: "Más Allá",
biografías, 1.944, págs. 13, 94 y 103. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 194, 196, 203-204,
252-253, 434 y 546. GONDRY, E, de.: Op. cit, pág. 192. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 17, 23, 181,
197 y 136-137. RAMÍREZ JEREZ, P.: “Académicos giennenses de la Real Academia de Ciencias Morales y
Políticas”, Elucidario nº 7, Jaén, I.E.G. 2.009, pág. 63. SÁNCHEZ BLANCO, J., et alii.: Enrique Toral
Peñaranda: Bibliografía. Alcalá la Real (Jaén), Centro de Estudios Históricos, 2.001, pág. 13. TORRES
NAVARRETE, G. de la J.: Historia de Úbeda..., op. cit, págs. 538 y 575.
70
Dice el Conde de Romanones en su libro: Y sucedió así: "…en la mañana del 14, y muy a primera hora, recibí la visita de
varios amigos que venían a que les orientara y algunos para llevar mis impresiones a Palacio; entre estos tres médicos, sólo faltaba
el confesor. Serían las once cuando recibí aviso del Rey diciendo que me esperaba. Sin cambiar de indumentaria, fui a Palacio.
En sus alrededores no se notaba nada anormal. En las plazas de Oriente y de la Armería escaseaba el público. Cuando llegué a
la Puerta del Príncipe no había periodistas. En la antecámara sólo García Prieto, que había sido convocado al mismo tiempo
que yo. El Presidente del Consejo se hallaba en el despacho de Su Majestad. Entramos, y, sin preámbulos, D. Alfonso abordó
inmediatamente el tema electoral, subrayando la derrota. Aznar intentó echar agua al vino. Don Alfonso le interrumpió
diciéndole: "Déjese usted de consuelos, no los necesito. Sé cuánto debo saber y mi resolución es inquebrantable. No olvido que nací
Rey, que lo soy". Y en seguida, rectificando la frase: "Que lo era. Pero hoy, por encima de todo, no olvido que soy español, y mi
conducta se acompañará a mi amor a la Patria. No hay tiempo que perder, los acontecimientos se precipitan". Dirigiéndose a mí:
"Tú eres quien conoce más a Alcalá Zamora". Haciendo una pausa, añadió: "Recuerdo cuando le llevaste como uno de tus
secretarios en mi viaje a Canarias. Entonces en el barco, comía en la segunda mesa. Precisa que en seguida le veas para convenir
los detalles del tránsito de un régimen a otro, y además para precisar lo referente a mi viaje y al de toda mi familia". En el acto
me di cuenta de las enormes e ingratas responsabilidades que sobre mí caían y de los comentarios poco piadosos que se seguirían al
ser yo el encargado de tremolar la bandera blanca". ESPERABÉ DE ARTEAGA, E.: Op. cit, págs. 400-403.
71
De 27-12-1.978, publicado en el BOE. el 29 siguiente. En su preámbulo dice literalmente: "La Nación española,
deseando establece la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía,
proclama su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes conforme a un orden
económico y social justo. Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de la voluntad
popular. Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones,
lenguas e instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna calidad de vida.
Establecer una sociedad democrática avanzada, y de eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra. En consecuencia, las
Cortes aprueban y el pueblo español ratifica la siguiente...". ARCHIVO DEL INSTITUTO DE ESTUDIOS
GIENNENSES (en lo sucesivo: AIEG).
- 40 -
Este puede ser el gran acierto de nuestra Constitución: abrir la
esperanza de un amplio período de estabilidad para que no volvamos a incidir
en los graves errores políticos del pasado.
En este siglo decimonónico se consigue también la total independencia
de las autoridades administrativas, quedando excluidos los Reyes y las Cortes
de la jurisdicción; e incluso se logra la desaparición total del Tribunal de la
Inquisición 72; se delimita las competencias de los alcaldes de los pueblos y de
los jueces de partido, atribuyéndose a los primeros tan sólo conocer los actos
de conciliación entre partes y las litis civiles de “menor cuantía”; y a los
segundos, los demás pleitos, así como las causas criminales. Se desarrollan la
competencia y composición de las Audiencias Territoriales. Se crea el Tribunal
Supremo de Justicia 73 como el órgano superior en la Administración de
72
Por exigencias de los liberales el gobierno adopta una postura anticlerical, no permitiendo a la Iglesia en España
la restauración del Santo Oficio, en vano solicitado al último Monarca. La Inquisición estaba ya suprimida
por Real decreto de 9 de marzo de 1.820, pero a raíz de un conflicto de competencias surgido entre la
jurisdicción civil y de las Juntas diocesanas -que aún conservaba cierta autonomía- motivó la intervención del
ministro de Gracia y Justicia, don Nicolás María Garelly Battifora (28-11-1.822/3-7-1.823 y 15-1-1.834/1711-1.835), que quiso evitar de este modo que los clérigos fuesen nuevamente el blanco de las iras de aquellos.
Con fecha 9 de julio de 1.834 transmitió al Consejo de Gobierno, una Real orden sobre la Supresión de la
Inquisición, aplicando sus propiedades y rentas al crédito público. El día 15 de julio de 1.834 se publicó el
decreto por el cual se declaraba suprimido definitivamente el Tribunal de la Inquisición, aplicándose sus
propiedades a la extinción de la deuda pública. El decreto decía así: "Deseando aumentar las garantías de crédito
público en la Nación por todos los medios compatibles con los principios de justicia, teniendo en consideración que mi augusta
esposo (q.e.p.d.) creyó bastante eficaz al sostenimiento de la Religión del Estado la nativa e imprescriptible autoridad de los
reverendos arzobispos y reverendos obispos, protegida cual corresponde por las leyes de la Monarquía; que mi real decreto de 4 de
enero próximo pasado ha dejado en manos de dichos prelados la censura de los escritos concernientes a la fe, a la moral y
disciplina, para que se conserve ileso tan precioso depósito; que están ya concluidos los trabajos del código criminal, en que se
establecen las convenientes penas contra los que intenten vulnerar el respeto debido a nuestra Santa Religión; y que la Junta
Eclesiástica, creada por mi Real decreto de 22 de abril, se ocupa de proponer cuanto juzgue conducente a tan importante fin, para
que provea yo el remitido hasta donde alcance el Real Patronato, y con la concurrencia de la Santa Sede, en cuanto menester
fuere; en nombre de mi excelsa hija doña Isabel II, oído el Consejo de Gobierno y el de Ministros, he venido en mandar lo
siguiente: 1º. Se declara suprimido definitivamente el Tribunal de la Inquisición. 2º. Los predios rústicos y urbanos, censos y otros
bienes con que le había dotado la piedad soberana, o cuya adquisición le proporcionó por medio de leyes dictadas para su
protección, se adjudican a la extinción de la deuda pública. 3º. Las ciento unas canonjías que estaban agregadas a la Inquisición
se aplican al mismo objeto, con sujeción a mi Real decreto de 9 de marzo último, y por el tiempo que expresan las bulas
apostólicas sobre la materia. 4º. Los empleados de dicho Tribunal y sus dependientes que posean prebendas eclesiásticas u
obtengan cargos civiles de cualquiera clase con sueldo, no tendrán derecho a percibir el que les corresponda sobre los fondos del
mismo Tribunal, cuando servían en él sus destinos. 5º. Todos los demás empleados, mientras no se les proporcione otra colocación,
percibirán exactamente de la Caja de Amortización el sueldo que les corresponda, según clasificación que solicitarán ante la
Junta creada al efecto. Tendréislo entendido, y dispondréis lo necesario a su cumplimiento". Está rubricado de la Real
Mano.- San Ildefonso, 15 de julio de 1.834. A. D. Nicolás María Garelly. Los presuntos interesados en
conocer la biografía de éste inminente jurisconsulto y político, vid, Lasso, citado en bibliografía. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 15 y 58. MARTÍN
GILABERT, F.: La abolición de la Inquisición en España. Pamplona, Instituto de Historia de la Iglesia,
Universidad de Navarra, 1.975, págs. 326-328.
73
1.812-1.838. La primera fecha, corresponde a la creación del Tribunal por el artículo 259 de la Constitución
doceañista; mientras que la segunda, supone la conformación del Tribunal, como un órgano de Casación, a
- 41 -
Justicia para todos los órdenes. No tiene por misión -salvo en muy limitados
supuestos- conocer de pleitos entre partes sino fundamentalmente resolver en
definitiva los recursos contra pleitos ya fallados en otras instancias
jurisdiccionales de inferior rango, sentando doctrina al resolver interpretando
las leyes.
Se comienza a ordenar en Códigos el conjunto de leyes dispersas.
Destacando en primer lugar la Ley Orgánica del Poder Judicial 74. Merece
especial mención la Ley de Enjuiciamiento Civil -vigente en la actualidad con
algunas modificaciones- 75.
Igualmente destacamos la Ley de Enjuiciamiento Criminal 76 de la que
través del decreto de 4 de noviembre del mismo año. MORENO PASTOR, L.: Los orígenes del Tribunal
Supremo, 1.812-1.838. Madrid, Ministerio de Justicia, 1.959, pág. 15.
74
El 23-6-1.870, las Cortes Constituyentes aprobaron una ley cuyo único artículo autorizaba al ministro de Gracia
y Justicia, don Eugenio Montero Ríos (9-1-1.870/25-6-1.870; 10-11-1.870/4-6-1.871; 24-7-1.871/10-8-1.871;
13-6-1.872/11-2-1.873 y sexta vez: 11-12-1.892/7-7-1.893; Catedrático de Derecho Canónico de la
Universidad de Madrid, Subsecretario y Ministro de Gracia y Justicia, Presidente del Senado, del Tribunal
Supremo de Justicia, del Consejo de Ministros, Diputado a Cortes y Caballero del Toisón de Oro); durante
sus ausencias se encargó del despacho y firma don Cristino Martos hasta su regreso). Para plantear como Ley
Provisional el proyecto de ley sobre Organización del Poder Judicial, promulgada el 15 de septiembre del
mismo año, un decreto de la misma fecha, en uso de la autorización concedida, ordenó su observancia desde
la publicación de la Ley se verificase, lo cual se hizo coincidir también en el mismo día. Omitimos por las tan
citadas razones de espacio, su extensísima biografía, quienes les interesen conocerla, vid, Lasso, citado en
bibliografía. ICNRPE.: Op. cit, págs. 18-20. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 124-128. RUIZ-JARABO Y
BAQUERO, F.: "Homenaje a una Ley Centenaria: la Ley Orgánica del Poder Judicial de 15 de septiembre de
1.870", Discurso leído por el Excmo. Sr. don Francisco Ruiz-Jarabo y Baquero, Presidente del Tribunal Supremo, en la
solemne apertura de los Tribunales, celebrada el 15 de septiembre de 1.970. Madrid, Secretaría Técnica de la Presidencia
del Tribunal Supremo, 1.970, pág. 3.
75
En 27-7-1.889 entra en vigor. En la Gaceta de Madrid (22-5-1.888), siendo presidente del Consejo de ministros, el
liberal don Práxedes Mateo Sagasta, apareció la Ley que autorizaba al gobierno la publicación de un Código
Civil, firmada por el ministro de Gracia y Justicia, don Manuel Alonso Martínez y sancionada por la reina
doña María Cristina de Habsburgo-Lorena. También la reina Regente del Reino, en nombre de su Augusto
hijo el rey don Alfonso XIII, firmó el Real decreto de 6 de octubre de 1.888 ordenando se publicase en la
Gaceta de Madrid el Código Civil. Comenzó a ver la luz pública en la misma Gaceta el día 9 de octubre y
continuó publicándose en los números sucesivos del periódico oficial. ESTEBAN ALONSO, A., de.: "María
Cristina, impulsora de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología", en Homenaje a la Reina María Cristina y
autores del Código Civil, V-1. Madrid, Consejo General del Poder Judicial y Excmo. Ayuntamiento de Yecla,
1.993, págs. 47 y ss.
76
Promulgada el 14-9-1.882, publicada en La Gaceta de Madrid, fascículos 260-283, del 17-9-1.882 al 10-10-1.882,
aún vigente, aunque con bastantes modificaciones posteriores. Tiene un total de 998 artículos, distribuidos en
siete libros, que tratan:
-El primero, de las disposiciones generales sobre competencia de los Tribunales y Juzgados en materia
criminal, de las recusaciones de jueces y magistrados, de las personas a las que corresponde el ejercicio de las
acciones nacidas de los hechos delictivos, del derecho de defensa, del beneficio de pobreza en los juicios
criminales, de la forma en que se han de dictar las resoluciones judiciales y de los recursos que contra las
mismas pueden utilizarse.
-El segundo, del sumario.
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presumiblemente existe el propósito de modificarla.
Durante bastantes lustros del siglo actual se ha ido conservando un
nexo indisoluble con éste Código de 23 de marzo de 1.812; es poco conocido
por su escasa divulgación, salvo la excepción de los especialistas en Derecho
Constitucional, por lo que estimamos oportuno incorporarlo íntegramente a
esta obra historiográfica el Título V de la misma, cuyo capítulo I trata
Tribunales:
“Art. 242. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales,
pertenece exclusivamente a los Tribunales.
Art. 243. Ni las Cortes ni el Rey podrán ejercer en ningún caso las funciones
judiciales, convocar causas pendientes, ni mandar abrir los juicios fenecidos.
Art. 244. Las leyes señalarán el orden y las formalidades del proceso, que serán
uniformes en todos los tribunales, y ni las Cortes ni el Rey podrán dispensarlas.
Art. 245. Los Tribunales no podrán ejercer otras funciones que las de juzgar y
hacer que se ejecute lo juzgado.
Art. 246. Tampoco podrán suspender la ejecución de las leyes ni hacer reglamento
alguno para la administración de justicia.
Art. 247. Ningún español podrá ser juzgado en causas civiles ni criminales por
ninguna Comisión, sino por el tribunal competente determinado con anterioridad por la ley.
Art. 248. En los negocios comunes, civiles y criminales no habrá más que un solo
fuero para toda clase de personas.
Art. 249. Los eclesiásticos continuarán gozando del fuero de su estado en los
términos que prescriben las leyes o que en adelante prescribieren.
Art. 250. Los militares gozarán también de fuero particular en los términos que
previene la ordenanza o en adelante previniere.
Art. 251. Para ser nombrado magistrado o juez, se requiere haber nacido en el
territorio español y ser mayor de veinticinco años. Las demás calidades que respectivamente
deban éstos tener, serán determinadas por las leyes.
Art. 252. Los magistrados y jueces no podrán ser depuestos en sus destinos, sino por
causa legalmente probada y sentenciada, ni suspendidos sino por acusación legalmente
-El tercero, del juicio oral.
-El cuarto, de algunos juicios criminales especiales.
-El quinto, de los recursos de casación y de revisión en lo criminal.
-El sexto, de los juicios sobre faltas, y finalmente.
-El séptimo, de la ejecución de sentencias en materia criminal
- 43 -
intentada.
Art. 253. Si al Rey llegaren quejas contra algún magistrado, y formado expediente
parecieren fundadas, podrá, oído el Consejo de Estado, suspenderle, haciendo pasar
inmediatamente el expediente al Supremo Tribunal de Justicia, para que juzgue con arreglo
a las leyes.
Art. 254. Toda falta de observancia de las leyes que arreglan el proceso en lo civil y
en lo criminal, hace responsables personalmente a los jueces que la cometieren.
Art. 255. El soborno, el cohecho y la prevaricación de los magistrados y jueces,
producen acción contra los que los cometan.
Art. 256. Las Cortes señalarán a los magistrados y jueces de letras una dotación
competente.
Art. 257. La justicia se aplicará en nombre del Rey, y las ejecutorias y provisionales
de los tribunales superiores, se encabezarán también en su nombre.
Art. 258. El Código Civil, Criminal y de Comercio serán unos mismos para toda
la Monarquía, sin perjuicio de las variaciones que por particulares circunstancias podrán
hacer las Cortes.
Art. 259. Habrá en la Corte un tribunal que se llamará Supremo Tribunal de
Justicia.
Art. 260. Las Cortes determinarán el número de magistrados que han de
componerle, y las Salas en que ha de distribuirse.
Art. 261. Toca a este Supremo Tribunal:
I. Dirimir todas las competencias de las Audiencias entresi en todo el territorio
español, y las de las Audiencias con los tribunales especiales que existan en la Península e
islas adyacentes. En Ultramar se dirimirán estas últimas según lo determinaren las leyes.
II. Juzgar a los secretarios de Estado y del Despacho, cuando las Cortes decretaren
haber lugar a la formación de causas.
III. Conocer de todas las causas de separación y suspensión de los consejeros de
Estado y de los magistrados de las Audiencias.
IV. Conocer de las causas criminales de los secretarios de Estado y del Despacho, de
los Consejeros de Estado y de los magistrados de las Audiencias, perteneciendo al jefe
político más autorizado la instrucción del proceso, para remitirlo a este Tribunal.
V. Conocer de todas las causas criminales que se promovieren contra los individuos
de este Supremo Tribunal. Si llegare el caso en que sea necesario hacer efectiva la
responsabilidad de este Supremo Tribunal, las Cortes, previa la formalidad establecida en el
artº. 228, procederán a nombrar para este fin un Tribunal compuesto de nueve jueces, que
serán elegidos, por suerte, de un número doble.
VI. Conocer de la residencia de todo empleado público que esté sujeto a ella por
disposición de las leyes.
VII. Conocer de todos los asuntos contenciosos pertenecientes al Real Patronato.
VIII. Conocer de los recursos de fuerza de todos los tribunales eclesiásticos superiores
- 44 -
de la Corte.
IX. Conocer de los recursos de nulidad que se interpongan contra las sentencias
dadas en última instancia para el preciso efecto de reponer el proceso, devolviéndolo, y hacer
efectiva la responsabilidad de que se trata en el Art. 254. Por lo relativo a Ultramar, de
estos recursos se conocerá en las Audiencias en la forma que se dirá en su lugar.
X. Oír las dudas de los demás tribunales sobre la inteligencia de alguna ley y
consultar sobre ellas al Rey con los fundamentos que hubiere para que promueva la
conveniente declaración en las Cortes.
XI. Examinar las listas de las causas civiles y criminales que deben remitirle las
Audiencias para promover la pronta administración de justicia, pasar copia de ellas para el
mismo efecto al Gobierno, y disponer su publicación por medio de la imprenta.
Art. 262. Todas las causas civiles y criminales se fenecerán dentro del territorio de
cada Audiencia.
Art. 263. Pertenecerá a las Audiencias conocer de todas las causas civiles de los
Juzgados inferiores de su demarcación, en segunda y tercera instancia, y lo mismo de las
criminales, según lo determinan las leyes; y también de las causas de suspensión y separación
de los jueces inferiores de su territorio, en el modo que prevengan las leyes, dando cuenta al
Rey.
Art. 264. Los magistrados que hubieren fallado en la segunda instancia, no podrán
asistir a la vista del mismo pleito en la tercera.
Art. 265. Pertenecerá también a las Audiencias conocer de las competencias entre
todos los jueces subalternos de su territorio.
Art. 266. Les pertenecerá asimismo conocer de los recursos de fuerza que se
introduzcan, de los tribunales y autoridades eclesiásticas de su territorio.
Art. 267. Les corresponderá, también, recibir de todos los jueces subalternos de su
territorio, avisos puntuales de las causas que se formen por delitos, y listas de las causas
civiles y criminales pendientes en su juzgado, con expresión del estado de unas y otras, a fin
de promover la más pronta administración de justicia.
Art. 268. A las Audiencias de Ultramar les corresponderá además el conocer los
recursos de nulidad, debiendo estos interponerse en aquellas Audiencias que tengan suficiente
número para la formación de tres Salas, en la que no haya conocido de la causa en ninguna
instancia. En las Audiencias que no consten de este número de ministros, se interpondrán
estos recursos de una a otra de las comprendidas en el distrito de una misma gobernación
superior, y en el caso de que en éste no hubiere más que una Audiencia, irán a la más
inmediata de otro distrito. Art. 264. Los magistrados que hubieren fallado en la segunda
instancia, no podrán asistir a la vista del mismo pleito en la tercera.
Art. 265. Pertenecerá también a las Audiencias conocer de las competencias entre
todos los jueces subalternos de su territorio.
Art. 266. Les pertenecerá asimismo conocer de los recursos de fuerza que se
introduzcan, de los tribunales y autoridades eclesiásticas de su territorio.
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Art. 267. Les corresponderá, también, recibir de todos los jueces subalternos de su
territorio, avisos puntuales de las causas que se formen por delitos, y listas de las causas
civiles y criminales pendientes en su juzgado, con expresión del estado de unas y otras, a fin
de promover la más pronta administración de justicia.
Art. 268. A las Audiencias de Ultramar les corresponderá además el conocer los
recursos de nulidad, debiendo estos interponerse en aquellas Audiencias que tengan suficiente
número para la formación de tres Salas, en la que no haya conocido de la causa en ninguna
instancia. En las Audiencias que no consten de este número de ministros, se interpondrán
estos recursos de una a otra de las comprendidas en el distrito de una misma gobernación
superior, y en el caso de que en éste no hubiere más que una Audiencia, irán a la más
inmediata de otro distrito.
Art. 269. Declarada la nulidad, la Audiencia que ha conocido de ella dará cuenta
con testimonio que contenga los insertos convenientes al Supremo Tribunal de Justicia para
hacer efectiva la responsabilidad de que trata el Art. 254.
Art. 270. Las Audiencias remitirán cada año al Supremo Tribunal de Justicia
listas exactas de las causas civiles, y cada seis meses, de las criminales, así fenecidas como
pendientes, con expresión del estado que éstas tengan, incluyendo las que hayan recibido de
Juzgados inferiores.
Art. 271. Se determinará por leyes y reglamentos especiales el número de
magistrados de las Audiencias, que no podrán ser menos de siete, la forma de estos
Tribunales, y el lugar de su residencia.
Art. 272. Cuando llegue el caso de hacerse la conveniente división del territorio
español indicada en el artículo II se determinará con respecto a ella, el número de
77
77
Es a partir de 1.820 cuando España queda configurada en las 52 provincias actuales con la diferencia de sustituir:
Calatayud, Játiva y Villafranca del Bierzo, por Albacete y Pontevedra. La división efectuada en noviembre de
1.833 por el motrileño don Francisco Javier de Burgos del Olmo, a la sazón ministro de Fomento, crea la
Provincia como unidad esencial en la división política administrativa del país; más tarde, nombrado ministro
de la Gobernación. Casado con doña María de los Ángeles del Álamo (6-3-1.806; él, +22-1-1.848; ella, +1611-1.854). Más tarde don Francisco Cabarrús y Lalanne, Conde de (26-12-1.789), por su parte, propone una
extensión uniforme de las mismas (30 leguas), pero nunca llegó a plasmarse. *Bayona (Francia, 1.752
+Madrid, 1.810. Pertenecía a una familia célebre en los fastos de la Revolución francesa; los sucesos políticos
de su país le obligaron a refugiarse en España. Hacendista y político español, dotado de gran talento en
materia económica. Fundador del Banco de San Carlos (hoy con el nombre de Banco de España). El Banco
descontaba el 4% de las letras de cambio libradas sobre Madrid, y saldaba el precio de las lanas enviadas al
extranjero. Por su conducto pagaba el gobierno sus créditos en el exterior, además gozaba del beneficio de
proveer a los ejércitos de mar y tierra. Tan solo en las operaciones de transferir dinero de América ganó el
Banco más de 12 millones de reales. El primer dividendo que repartió fue de 9/5%, lo cual elevó el precio de
las acciones de 2.000 reales a 3.040 (1.781). Su éxito financiero y político le conllevó envidias y difamaciones
que le costó cinco años de cárcel. Godoy le protegió y le tuvo mucho tiempo de consejero privado, tomando
parte activa en todos los sucesos de España, asistió a las Cortes de Bayona, y José I le nombró su ministro de
Hacienda. Publicó sus Cartas políticas y económicas, que son hoy consultadas por todos los que aspiran e
encontrar soluciones sociales y en vasto y productivo campo de la economía política. Cuando volvió
Fernando VII regresó a Francia y de allí a Inglaterra. La vida íntima de Cabarrús fue un tanto licenciosa. Su
hermana doña Teresa (*Carabanchel Alto (Madrid), 31-7-1.773 +en su castillo de Chimay (Bélgica), 1.835.
Conocida en Francia por Madame Tallien, será la española triunfadora y aventurera en el vecino país, y el
nombre de “Nuestra Señora de Thermidor” será, por encima de sus otros títulos nobiliarios, su título de guerra y
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Audiencias que han de establecerse, y se les señalará territorio.
Art. 273. Se establecerán partidos proporcionalmente iguales, y en cada cabeza de
partido habrá un juez de letras con un Juzgado correspondiente.
Art. 274. Las facultades de estos jueces se limitarán precisamente a lo contenciosos,
y las leyes determinarán las que han de pertenecerles en la capital y pueblos de su partido,
como también hasta de qué cantidad podrán conocer en los negocios civiles sin apelación.
Art. 275. En todos los pueblos se establecerán alcaldes, y las leyes determinarán la
extensión de sus facultades, así en lo contenciosos como en lo económico.
Art. 276. Todos los jueces de los Tribunales inferiores deberán dar cuenta a más
tardar dentro del tercer día, a su respectiva Audiencia, de las causas que se formen por
delitos cometidos en su territorio, y después continuarán dando cuenta de su estado en las
épocas que la Audiencia les prescriba.
Art. 277. Deberán asimismo remitir a la Audiencia respectiva, listas generales,
cada seis meses, de las causas civiles, y cada tres, de las criminales que pendieren en sus
Juzgados, con expresión de su estado.
Art. 278. Las leyes decidirán si ha de haber Tribunales especiales para conocer de
determinados negocios.
Art. 279. Los magistrados y jueces, al tomar posesión de sus plazas jurarán
guardar la Constitución, ser fieles al Rey, observar las leyes y administrar imparcialmente la
justicia.
El capítulo II trata de la Administración de Justicia en lo Civil:
Art. 280. No se podrá privar a ningún español del derecho de determinar sus
diferencias por medio de jueces árbitros, elegidos por ambas partes.
Art. 281. La sentencia que dieren los árbitros se ejecutará si las partes, al hacer el
de gloria. Casó en París con Juan Jacobo Devin de Fontenay (21-2-1.788), marqués de Fontenay, de que se
divorcia en 1.793, marchando a Burdeos, a donde llega Juan Lamberto Tallien, como mandatario
todopoderoso en la época del Terror, y con quien contrae matrimonio al año siguiente. Burdeos, donde el
Terror se presenta con una fuerza, sólo alcanzada en pocas provincias francesas, encuentra en Teresa una
ocasión de salvación para numerosas víctimas a las que ayuda en tan gran manera, que llega a ser detenida. Es
precisamente para salvar de la guillotina a Teresa por lo que inicia Tallien la revolución del Thermidor. Pero
ni aun esto detendrá a la Cabarrús, como tampoco la detendrán los cuatro hijos nacidos den este segundo
matrimonio, que termina con nuevo divorcio en 1.802. Todavía habrá que contar un nuevo casamiento, que
supone la cúspide de su triunfo social en la Francia de la época (1.805). Su boda con Caraman, conde a su
casamiento y después príncipe de Chimay. Desde entonces será Teresa Cabarrús una estrella de los salones
parisienses y llegará para ella el título apuntado al comienzo. FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, R.: Historia de
las Instituciones Político Administrativas (apuntes tomados de las explicaciones del catedrático don Ramón Fernández Espinar).
Granada, 1.988, pág. 355. INSTITUTO DE ESTUDIOS MADRILEÑOS.: Cien…, op. cit, pág. 36.
MATILLA TASCÓN, A.: Índice de expedientes de funcionarios públicos, viudedad y orfandad (1.763-1.872). Madrid,
Instituto Luis de Salazar y Castro, CSIC. Madrid, 1.962, págs. XIII y XIV. M. J.: Grandezas…, op. cit, pág.
498.
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compromiso, no se hubieren reservado el derecho de apelar.
Art. 282. El alcalde de cada pueblo, ejercerá en él el oficio de conciliador, y el que
tenga que demandar por negocios civiles o por injurias deberá presentarse a él con este objeto.
Art. 283. El alcalde, con dos hombres buenos nombrados uno por cada parte, oirá
al demandante y al demandado, se entenderá de las razones en que respectivamente apoyen
su intención, y tomarán, oído el dictamen de los dos asociados, la providencia que le parezca
propia para el fin de terminar el litigio sin más proceso, como se terminará, en efecto, si las
partes se aquietan con esta decisión extrajudicial.
Art. 284. Sin hacer constar que se ha intentado el medio de la conciliación, no se
entablará pleito ninguno.
Art. 285. En todo negocio, cualquiera que sea su cuantía, habrá lo más tres
instancias y tres sentencias definitivas pronunciadas en ellas. Cuando la tercera instancia se
interponga de dos sentencias conformes, el número de jueces que haya de decidirla deberá ser
mayor que el que asistió a la vista de la segunda, en la forma que lo disponga la ley. A ésta
toca también determinar, atendida la entidad de los negocios, y la naturaleza y calidad de los
diferentes juicios, qué sentencia ha de ser la que en cada uno deba causar ejecutoria.
El capítulo III último, del Título V, se refiere a la Administración de
Justicia en lo Criminal:
Art. 286. Las leyes arreglarán la administración de justicia en lo criminal, de
manera que el proceso sea formado con brevedad y sin vicios, a fin de que los delitos sean
prontamente castigados.
Art. 287. Ningún español podrá ser preso sin que preceda información sumaria del
hecho por el que merezca, según la ley, ser castigado con pena corporal, y asimismo un
mandamiento del juez por escrito, que se le notificará en el acto mismo de la prisión.
Art. 288. Toda persona deberá obedecer estos mandamientos: cualquier resistencia
será reputada delito grave.
Art. 289. Cuando hubiere resistencia o se temiere la fuga, se podrá usar de la
fuerza para asegurar la persona.
Art. 290. El arrestado, antes de ser puesto en prisión, será presentado al juez,
siempre que no haya cosa que lo estorbe, para que le reciba declaración; más si esto no
pudiere verificarse, se le conducirá a la cárcel en calidad de detenido, y el juez le recibirá la
declaración dentro de las veinticuatro horas.
Art. 291. La declaración del arrestado será sin juramento, que a nadie ha de
tomarse en materias criminales sobre hecho propio.
Art. 292. In fraganti, todo delincuente puede ser arrestado, y todos pueden arrestarle
y conducirle a la presencia del juez; presentado o puesto en custodia, se procederá en todo
- 48 -
como se previene en los dos artículos procedentes.
Art. 293. Si se resolviere que al arrestado se le ponga en la cárcel o que permanezca
en ella en calidad de preso, se proveerá auto motivado, y de el se entregará copia al alcaide
para que la inserte en el libro de presos, sin cuyo requisito no admitirá el alcaide a ningún
preso en calidad de tal, bajo la más estrecha responsabilidad.
Art. 294. Sólo se hará embargo de bienes cuando se proceda por delitos que lleven
consigo responsabilidad pecuniaria, y en proporción a la cantidad a que ésta pueda
extenderse.
Art. 295. No será llevado a la cárcel, el que dé fiador, excepto en los casos en que
la ley prohíba expresamente que se admita la fianza.
Art. 296. En cualquier estado de la causa que aparezca que no puede imponerse al
preso penal corporal, se le pondrá en libertad.
Art. 297. Se dispondrán las cárceles de manera que aparezcan para asegurar y no
para molestar a los presos; así, el alcaide tendrá a éstos en buena custodia, y separados los
que el juez mande tener sin comunicación pero nunca en calabozos subterráneos ni malsanos.
Art. 298. La ley determinará la frecuencia con que ha de hacerse la visita de
cárceles, y no habrá preso alguno que deje de presentarse a ella bajo ningún pretexto.
Art. 299. El juez y el alcaide que faltaren a lo dispuesto en los artículos
precedentes, serán castigados como reos de detención arbitraria, la que será comprendida como
delito en el Código Criminal.
Art. 300. Dentro de las veinticuatro horas, se manifestará, al tratado como reo, la
causa de su prisión y el nombre de su acusador, si lo hubiere.
Art. 301. Al tomar la confesión al tratado como reo, se le leerán íntegramente todos
los documentos y las declaraciones de los testigos, con los nombres de éstos; y si por ello no los
conociera, se le darán cuentas noticias pida para venir en conocimiento de quienes son.
Art. 302. El proceso, de allí en adelante, será público, en el modo y forma que
determinen las leyes.
Art. 303. No se usará, nunca, del tormento ni de los apremios.
Art. 304. Tampoco se impondrá la pena de confiscación de bienes.
Art. 305. Ninguna pena que se imponga, por cualquier delito que sea, ha de ser
trascendental por modo ninguno a la familia del que la sufre, sino que tendrá todo su efecto
precisamente sobre el que la mereció.
Art. 306. No podrá ser allanada la casa de ningún español, sino en los casos que
determine la ley para el buen orden y seguridad del Estado.
Art. 307. Si con el tiempo creyeren las Cortes que conviene haya distinción entre los
jueces del hecho y del Derecho, la establecerán en la forma que juzgue conducente.
Art. 308. Si en circunstancias extraordinarias, la seguridad del Estado exigiese, en
toda la Monarquía, o en parte de ella, la suspensión de algunas de las formalidades
- 49 -
prescritas en este capítulo para el arresto de los delincuentes, podrán las Cortes decretar por
un tiempo determinado”.
Finalmente, durante el siglo XX cabe señalar la existencia en la
actualidad de las jurisdicciones especiales: Militar con su propio Código 78 y la
atribuida en principio a los extintos Jurados Mixtos 79 sustituidos tras la
Contienda Civil (1.936-1.939) por las Magistraturas de Trabajo, hoy Juzgados
de lo Social 80.
78
Ley Orgánica del Poder Judicial, 6/1.985, BOE. de 2 de julio; corrección de errores, BOE. de 4 de noviembre.
Título IV. De la composición y atribuciones de los órganos jurisdiccionales. Art. 55 y disposición adicional
6ª de la Ley 4/1.987, de 15 de julio de la competencia y organización de la Jurisdicción Militar.
79
Ley de Jurados Mixtos de 27-11-1.931, BOE. de 1.931, ref. 1.550.
80
La Ley 38/1.988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial, establece la dependencia de las
Magistraturas de Trabajo del Ministerio de Justicia, denominándose desde entonces Juzgados de lo Social.
Ibídem, de 30-12-1.988, nº 313.
- 50 -
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I.- FUNDACIÓN DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE
JAÉN.
La sociedad del Antiguo Régimen era estamental por que los hombres no
tenían en ella una igualdad de derechos, sino que había unos estamentos
privilegiados (nobleza y clero) cuyos miembros eran titulares de una
condición jurídica superior a las de los individuos que era el tercer
estamento, llamados por entonces “estado llano” o “tercer estado”.
El eco de la Revolución francesa de 1.789 llegó a la Península Ibérica,
y los ilustrados más progresistas se convirtieron en los primeros liberales del
país, partidarios de una transformación de la sociedad y de sus bases jurídicas
por la vía revolucionaria.
Esta incipiente sociedad elimina los estamentos privilegiados
reconociendo la igualdad jurídica de todos los hombres, implantando la libre
circulación de bienes, liberando el régimen jurídico de la propiedad de la
tierra y hasta el viejo régimen señorial queda abolido, sometiendo a normas
jurídicas liberalizadoras las relaciones de producción y de intercambio, y por
ende la Monarquía absolutista del Antiguo Régimen relegada por un Estado
liberal regulado por una norma suprema: la Constitución.
Según García Morente 81 la época de la Ilustración -como todo
81
*Arjonilla (Jaén), 22-4-1.886 +Madrid, 7-12-1.942. Hijo de don Gumersindo García Corpas y doña Casiana
Morente Serrano. Obtiene el bachillerato en el Liceo de Bayona (Francia), donde alcanza el Gran Prix
(1.903). La licenciatura en Filosofía en La Sorbona (París), sus profesores: Bergson, Levy Bruhul, Boutroux,
Rauh, etc, etc. Continúa sus estudios durante dos años en Berlín, Munich, Hamburgo. De regreso a España
ingresa en la Institución Libre de Enseñanza. Becado por dicha Institución asiste a cursos de Filosofía en
Alemania (1.907). Obtiene con brillantez las oposiciones a la cátedra de Ética de la Facultad de Filosofía y
Letras de Madrid. El tribunal estaba compuesto por: don Gumersindo Azcárate y Menéndez, don José
Ortega y Gasset, don Adolfo Bonilla Sanmartín, don José de Castro y Castro y don José Indalecio del Caso,
siendo el catedrático más joven de España (1.912). Contrajo matrimonio con doña Carmen García del Cid
(Málaga, 1.913, ella +Madrid, 27-6-1.923). Los interesados en conocer la extraordinaria trayectoria
profesional y humana de nuestro universal arjonillero, vid, bibliografía citada. AGUIRRE PRADO, L.:
"García Morente", Temas españoles nº 169. Madrid, 1.955, págs, 3 y ss. CABALLERO VENZALÁ, M, et
alii.: Centenario de Manuel García Morente. Jaén, IEG, 1.987, págs, 5 y ss, y Catálogo de la Exposición Bibliográfica y
Monumental de Jaén (1.973). Jaén, BIEG nº 63-64, pág. 72. MORENO JARA, M.: "Actividades de la
Asociación de Amigos del Archivo Histórico Diocesano de la Catedral de Jaén", Códice nº 5. Madrid, 1.990,
págs. 65-66. R. C. DE ARJONILLA.: Libro de Nacimientos, 1.886, tomo 16, pág. 59. R. C. DE MADRID.:
- 51 -
iluminismo- se caracterizó por la confianza que en sí misma adquirió: “...los
hombres del siglo XVIII nutridos en las rigurosas demostraciones de la matemática,
habiéndose empeñado en juzgar también las instituciones sociales, las formas de vida, con el
criterio de la más estricta racionalidad. En consecuencia, oponían a las realidades
humanas, que las generaciones en el decurso de la Historia les habían legado, una negativa
rotunda, fundándose en el carácter irracional, ilógico, que la herencia del pasado arrastraba
consigo. Quiso hacer entonces de la Razón pura la única rectora y gobernadora de la vida.
Y surgió en el mundo el espíritu revolucionario, que no es otra cosa que el pueril empeño de
racionalizar de una vez y para siempre las formas irracionales de vida legadas por las
generaciones anteriores” 82.
El medio histórico dieciochesco es pasionalmente evocador. España
comienza este siglo anclada aún en las tradicionales estructuras de la sociedad
del Antiguo Régimen, el poder en manos de una secular monarquía
absolutista defensora a ultranza de los intereses de los latifundistas agrarios,
siendo sus máximos exponentes la nobleza y el alto clero.
Durante la segunda mitad del siglo XIX la abogacía de Jaén se
establece definitivamente, tanto a nivel individual como colegialmente. A
priori se organizaron diversas reuniones privadas entre el colectivo de
abogados, que culminaría más tarde con la constitución oficial del mismo
regulado por la R. O. de 26-5-1.838 que aprueba los Estatutos para los
Colegios de Abogados de España 83.
La primera reunión tuvo lugar el día 22 de diciembre de 1.848,
levantándose al efecto el Acta Fundacional que transcribimos literalmente
por su indudable interés histórico:
“En la ciudad de Jaén a veinte y dos días del mes de diciembre de mil ochocientos
cuarenta y ocho, habiendo precedido varias conferencias particulares entre los abogados
legítimamente autorizados vecinos de ella, excepto uno que se expresará su domicilio, con el
Libro de Defunciones, 1.942, tomo 223-3, folio 229 vto.
82
GAMBRA, R.: La 1ª Guerra Civil de España (1.821-1.823). Historia y Meditación de una lucha olvidada, 1ª edición.
Madrid, Escelicer, 1.972, págs. 23-25.
83
S. M. la Reina Gobernadora se ha servido dirigirme con fecha 5 del actual el R. D. siguiente: "En conformidad á
(sic) lo decretado por las Cortes en 11 de julio último, y movida de las razones que me habéis espuesto (sic), vengo, como Reina
Gobernadora á nombre de Mi escelsa (sic) Hija la Reina doña Isabel II, en decretar que se guarden y observen los siguientes
estatutos para el régimen de los colegios de Abogados". MARCHAMALO SÁNCHEZ, A.: El Ilustre Colegio de
Abogados de Alcalá de Henares. Alcalá de Henares (Madrid), 1.996, pág. 43. Imprenta de Hidalgo y Compañía.:
Estatutos para el Régimen de los Colegios de Abogados del Reino. Sevilla, 1.843, pág. 7.
- 52 -
objeto de constituirse en Colegio, se reunieron en la casa de D. Mateo Ramón Candalija 84,
Decano de edad, y representando éste a su vez a D. Martín Vadillos 85, por su encargo por
enfermo, y a su hijo D. Antonio Candalija 86, Pascual María de Altolaguirre 87, D.
Antonio María Camps 88, D. Ramón José Toral 89, D. Ignacio José de Bonilla 90, D. León
Esteban 91, representando igualmente a su hermano político D. Joaquín Balén 92, D. José
de Campos 93, D. Ventura Ruiz 94, D. Antonio María Guijosa 95, D. Eugenio
84
Don Mateo Ramón Candalija Martínez, sita en la C/, Turronería nº 11 (Francisco Marti Mora). Su biografía la
comentamos más ampliamente en el Apéndice I. AHDCJ.: Boletín Oficial Eclesiástico del Obispado de Jaén (en lo
sucesivo: BOEOJ). Jaén, Imprenta de Narciso de Guindos, 1.869, pág 522. CHAMOCHO CANTUDO,
M. A.: La Diputación Provincial de Jaén en el primer Estado constitucional. Jaén. Diputación Provincial de Jaén,
2.004, págs. 244, 451 y 459, y “Mateo Candalija (1.784-1.867) la vida jurísta, política y administrativa de Jaén
a través de los ojos apasionados de un jurista”. Jaén, BIEG nº 195, págs. 319 y ss.
85
Aclaramos que su verdadera identidad es don Martín López-Vadillos de Quesada, hijo de don Gregorio
López-Vadillos Jódar, Viezma (sic) y Orozco, Regidor por el Estado Noble de Jaén (1.799, 1.801 y 1.803) y
del Ayuntamiento de Mancha Real (Jaén, 1.800); sus abuelos paternos: don Manuel Antonio LópezVadillos y Melchora Viezma, Regidor por el Estado Noble de Jaén (1.777, 1.781 y 1.784). Don Martín era
hermano político del obispo de Jaén, don José Escolano y Fenoy. Comentamos su biografía más
ampliamente en el Apéndice I. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales entre parientes, carpeta 645-C (1.821-1.857).
CADENAS Y VICENT, V, de.: Caballeros de la Orden de Alcántara que efectuaron sus pruebas de ingreso durante el
siglo XIX. Madrid, colección: "Hidalguía", 1.956, págs, 62-63. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Ibídem,
págs, 609 y 611. MARTÍNEZ MARTÍN, M.: Mancha Real: un modelo de crecimiento agrario y campesinización
(1.752-1.875). Torredonjimeno (Jaén), Excmo. Ayuntamiento de Mancha Real y Universidad de Jaén, 1.995,
pág. 234.
86
Don Antonio Mateo Candalija y Uribe, en el Apéndice II aportamos su biografía.
87
Don Pascual María de Altolaguirre y Jáudenes. Ibídem.
88
Don Antonio María Camps y Camacho, padre de los laureados poetas don Mariano y doña Isabel Camps
Arredondo; su otra hija doña Luisa, esposa del gran poeta don Antonio Almendros Aguilar, cantaba en
coros de ópera la parte de Eleonora en el miserere de “El Trovador”. La noche del Jueves Santo llevó a su
casa a Isaac Albéniz y allí hizo oír una sentidísima melodía, propia de aquella noche (1.918). La biografía de
don Antonio María la aportamos en el Apéndice I.
89
Don Ramón José Toral y Bonilla. Ibídem.
90
Don Ignacio José de Bonilla y Salido. Su biografía la aportamos en el Apéndice II.
91
Don León Esteban y López. Ibídem.
92
Don Joaquín Balén Casanove. Ibídem.
93
Don José de Campos y Alcalde. Nos resulta sorprendente comprobar que don Eduardo Osuna y Guerrero en
su obra: Jaén y su Provincia en 1.896, Guía Oficial, pág. 199 diga textualmente: "Colegio de Abogados. Fue fundado
por los años 1.865 1.866, siendo su primer Decano el Excmo. Sr. D. José de Campos y Alcalde". Obviamente que
nuestro editor no debió tener acceso al acta fundacional existente en la Ilustre Corporación, pese a la
Circular publicada en el BOPJ, y que por su interés histórico reproducimos literalmente: "GOBIERNO
CIVIL DE LA PROVINCIA DE JAÉN. Negociado 1º, número 1.320. En circular que con esta fecha
remito al Boletín Oficial, digo á (sic) los señores alcaldes y dependencias de este Gobierno Civil lo que
sigue: "En vista de la reconocida utilidad que pueda reportar la Guía de esta provincia que trata de publicar
D. Eduardo Osuna y Guerrero, y considerando que la mayor ampliación de la citada obra ha de producir
positivas ventajas al interés general y a la Administración pública, este Gobierno de provincia ha tenido á
bien disponer que los señores Alcaldes, Secretarios de Ayuntamiento, Juntas locales de Instrucción pública
- 53 -
Fresneda 96, D. Joaquín Sandoval 97, y en representación de D. José Jiménez 98,
accidentalmente ausente, D. José María Aranda 99, y con igual representación de su
y demás Corporaciones y funcionarios dependientes de mi autoridad faciliten al expresado editor ó (sic) á
sus comisionados cuantos datos, noticias y antecedentes puedan contribuir á la mayor exactitud de la
referida publicación". Lo que participo á usted para su conocimiento y como resolución á su instancia de
28 de Noviembre último.- Dios guarde á usted muchos años.- Jaén, 2 de Diciembre de 1.895.- El
Gobernador interino, Miguel Alcalá.- Sr. D. Eduardo Osuna y Guerrero". En lo que sí acierta el Sr. Osuna,
es con respecto a la fecha de toma de posesión de don José de Campos y Alcalde como Decano, que
efectivamente fue en 1.866. Es más, si nos remitimos también a la obra del Sr. Fernández Serrano, aparece
nuestro Ilustre Colegio de Abogados fundado en 1.849; fecha que aceptamos dada la mínima diferencia
existente (9 días). La biografía de don José la comentamos en el Apéndice I. FERNÁNDEZ SERRANO,
A.: Op. cit, págs. 58-59.
94
Don Ventura Ruiz Marín. Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.846). LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante
el reinado de Isabel II. Las bases materiales y sociales (1.843-1.868). Jaén, tesis doctoral, Su biografía la aportamos
en el Apéndice I.
95
Don Antonio María Guijosa y Gómez. Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.838). Aclaramos al hipotético
lector que el investigador histórico don Manuel Urbano Pérez Ortega, en su obra: Contraluz, pág. 327
aporta la copia literal de Bautismo en la que consta fehacientemte que nuestro biografiado se le impuso el
nombre: Ambrosio, José, Antonio, Ramón, Sabas de la Santísima Trinidad, aunque su arribo a la vida
social, política y literaria se le conociera por Antonio, lo que ha conllevado a error a todos los eruditos que
lo han tratado en el campo del saber. Consultando el testamento otorgado por su padre queda
meridianamente acreditado lo que afirmamos. Ibídem. PÉREZ ORTEGA, M. U, et alii.: “Antonio Guijosa
y Gómez, un poeta romántico olvidado de Cabra”, Contraluz, Revista de la Asociación Cultural Arturo
Cerdá y Rico, 2.007, pág. 327.
96
Don Eugenio Fresneda Sánchez-Carrasco. *Granada, 1.816 +Jódar (Jaén), 14-10-1.886. Hijo de don Manuel
Fresneda Cahamiglia y doña Ana Sánchez Carrasco. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de
Granada (1.837). Fiscal de la Subdelegación de Rentas de la provincia de Jaén. Oficial 1º de la secretaría de
la Excma. Diputación Provincial y del Consejo Provincial (éste último cargo por cese de don José María
Candalija y Uribe (23-10-1.856). Cuando quedaba cesante por los avatares de la política, se establecía en
Jódar, en casa de sus hermanos; allí conoció a la que sería su esposa. Juez Municipal de Jódar (2-11.871/27-10-1.872). Casado con doña María Severina Mengíbar Marín (Jódar, de la Asunción, 1.857). Su
hijo don Miguel, fue el famoso general de brigada que inauguró el primer grupo escolar establecido en
dicha localidad (1.926). El Ayuntamiento acordó dar (y aún continúa) su nombre a una de sus principales
calles. Domiciliado en Jódar, C/, Corralejo nº 14. ARCHIVO DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE
JAÉN (en lo sucesivo: ADPJ).: Legajo 2.727/67. ARCHIVO DEL ILUSTRE COLEGIO DE
ABOGADOS DE JAÉN.: Listas, 1.850. CARMONA OREA, F.: Archivo privado. MESA
FERNÁNDEZ, M.: Historia de Jódar. Jódar, Asociación Cultural "Saudar" y Ayuntamiento de Jódar, 1.996,
págs, 261-267. R. C. DE CÓRDOBA.: Libro de Matrimonios, 1.900, tomo 33, folio 36. R. C. DE JÓDAR.:
Libros de Defunciones, 1.871, 1.872 y 1.886, tomos 1, 2 y 10, folios 1, 1 y 82 vto, respectivamente. SOLANA,
F.: Historia Parlamentaria del Socialismo: Julián Besteiro, 1918-1920, nº 27, Madrid, Taurus Ediciones, S. A., 1.975,
pág, 902.
97
Su auténtica identidad fue don Joaquín Jiménez-Sandoval y Jiménez de Torres. En el Apéndice I aportamos
su biografía.
98
Don José Jiménez Serrano. Su extensa biografía la aportamos en el Apéndice II.
99
Don José María Aranda y Messía de la Cerda. *Jaén, 26-2-1.822 +10-3-1.869. Hijo de don Juan José de Aranda
Álvarez de Sotomayor (*Alcalá la Real (Jaén), del estado noble; Presidente de la Comisión especial de
langosta del partido de La Carolina (1.841); Maestrante de la Real Caballería de Granada; miembro a la
Junta Suprema de Jaén; síndico personero del Ayuntamiento de Jaén (1.808); teniente de Dragones de Jaén,
más tarde, capitán de la Milicia Honrada; Sr. de Montillana; gobernador de la Santa Capilla de San Andrés
(1.791 y 1.795), y de doña Teresa Francisca Messía Caicedo y Chacón. Licenciado en Jurisprudencia por la
- 54 -
hermano D. Manuel 100, D. Juan de la Cruz García 101, D. Antonio Mariscal 102, D.
Universidad de Granada (27-7-1.842). Consejero provincial supernumerario, pasando a Consejero
numerario (R. O. de 19-3-1.847/7-1.854). Vocal del citado Consejo (23-3-1.847), cesando (18-7-1.851),
retornando (16-3-1.852), cesando (25-7-1.854). Miembro de la Junta de la Beneficencia (9-5-1.848). Auditor
Honorario de Marina (R. O. de 24-12-1.846). Socio de la RSEAPJ (18-9-1.849). Administrador de Correos
de Jaén (R. O. de 11-10-1.856), tomando posesión el 28 siguiente. Jefe de 2ª de la sección de contabilidad
de Hacienda Pública (1.857). Alcalde Mayor de Caguas (isla de San Juan de Puerto Rico, 1.859). Diputado
Provincial por Andújar (1-1-1.867). De los mayores contribuyentes de la Capital. Su apoderado en Jaén,
don Juan Antonio Lacal Palomares. Casado con su sobrina, doña María Josefa de Aranda y Escobedo
(Jaén, San Ildefonso, 1.841; ella, contrajo segundas nupcias con don Francisco Jiménez Callejón (Jaén,
Sagrario, por el hermano del contrayente, don Antonio, 6-7-1.870). Domiciliado en Jaén, C/, Plaza de San
Francisco nº 8 y Maestra Alta nº 41 (Almendros Aguilar, 1.869). Testó ante el escribano de Jaén, don
Eufrasio de Bonilla y Salido (4-3-1.869). Sus tíos carnales paternos, don Fernando, Señor de la Montillana,
e Individuo de la Real Maestranza de Ronda y don Juan José, Teniente de Dragones de Almansa, socios
fundadores de la RSEAPJ (1.775), e igualmente los maternos, don Francisco y don Gonzalo, Canónigo de
la Catedral de Jaén e Individuo de la Real Maestranza de Granada, respectivamente. ADPJ.: Legajos
2.727/50 y 2.756/70. AHDCJ.: Libro de Desposorios del Sagrario nº 16, folio 123 y Carpetas de Matrimonios, 494A y 522-A, de 1.819 y 1.841, respectivamente. AHMJ.: Libro de Partidas de Defunciones del Cementerio Católico de
Jaén nº 4, tomo 737, folio 143 en lo sucesivo: LPDCCJ). AICAJ.: Listas, 1.852, 1.857 y 1.859. ARCHIVOMUSEO DON ALVARO DE BAZÁN (en lo sucesivo, AMDAB.: Legajo 3.310/6. CAÑADA
QUESADA, R.: Archivo privado. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Op. cit, págs. 529 y 579. ESPEJO Y
GARCÍA, E.: Memoria o reseña histórica de cien años de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de la provincia
de Jaén, Jaén, Imprenta de la Excma. Diputación Provincial, 1.886, pág. 5. ESPINILLA LAVÍN, J. E.:
Archivo privado. GARCÍA SÁNCHEZ, A.: La organización de la Beneficencia en la provincia de Jaén en el siglo
XIX: 1822-1852, Jaén, IEG, 2.007, pág. 189. LARA LÓPEZ. E. L.: "Fuentes para el estudio de la Guerra
de la Independencia en Jaén: Tomás Muñoz, prior de la iglesia de San Ildefonso, autor de la Relación
Sucinta de Hechos Heroicos (1.816)", BIEG nº 183. Jaén, IEG, séptimo Seminario de Bio-Bibliografía
Giennense "Manuel Caballero Venzalá", 2.003, pág. 402. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit,
apéndice nº 667. LÓPEZ PÉREZ, M., y LARA MARTÍN-PORTUGUÉS, I.: Entre la guerra y la paz. Jaén
(1.808-1.814). Granada, Universidad de Granada y Ayuntamiento de Jaén, 1.993, págs. 71 y 259.
OLAZAGA, J, de.: "Casa Eraso, hoy Conde de Humanes", Revista de Hidalguía nº 4. Madrid, pág, 42.
SÁNCHEZ SALAZAR, F.: La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Jaén (1.786-1.861). Jaén, IEG,
1.983, pág. 289. SANTA CAPILLA DE SAN ANDRÉS.: "Gobernadores de la Santa Capilla durante el
siglo XVIII", Siempre nº 37. Jaén, enero-marzo de 1.996. UNIVERSIDAD DE GRANADA (en lo sucesivo
AUG.).: Expediente personal. VALENZUELA SAAVEDRA, F.: La sociedad de Jaén ante la invasión napoleónica
(1.808). Jaén, Diputación Provincial de Jaén, colección: "Investigación", 2.000, pág. 61.
100
Don Manuel María Aranda y Messía de la Cerda. Hermano del anterior citado. *Jaén, 27-5-1.824 +22-1-1.910.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.848). Conde de Humanes. Mayordomo de
Semana de S. M. Grande de España. Alcalde de Jaén (sustituyendo a don José Toral y Bonilla, 13-31.875/1-4-1.876 y 1-3-1.877/13-3-1.880). Presidente de la Junta Municipal de extinción de langosta.
Concejal y teniente de Alcalde. Caballero Gran Cruz de Isabel la Católica, Gran Cruz de San Carlos
Borromeo, Caballero del Collar y Orden de Ly. Presidente de la Cruz Roja de Madrid. Casado en primeras
nupcias con doña Inés María de las Mercedes López de Mendoza y Muñoz-Cobo, hija de la II Marquesa de
Blanco Hermoso (Jaén, San Ildefonso, 19-6-1.862; ella *Jaén, 1.829 +2-4-1.864); en segundas, con la hija de
su hermano don José María, doña Trinidad Aranda y Aranda (Jaén, Sagrario, 8-4-1.866). Al respecto
copiamos una interesante carta de la Mayordomía Mayor de S. M. por su interés histórico local: "S. M la
Reina Nª Sª (q.D.g) se ha servido conceder a VS el Real permiso que ha solicitado para contraer matrimonio con su sobrina
Doña Trinidad. Lo que de Real orden comunico a VS para su inteligencia y efectos consiguientes. Dios guarde a VS. muchos
años. Palacio 13 de Enero de 1.866. El Duque de Bailén. Rubrica ilegible. Sr. don Manuel de Aranda y Messía.
Mayordomo de Semana de S. M.". Socio de la RSEAPJ (7-7-1.881). Domiciliado en la C/, Almendros Aguilar
nº 41. Testó ante el notario de Jaén, don José Azpitarte Sánchez. AHDCJ.: Libros de Desposorios del Sagrario
nº 15 y 16, págs. 237 vto. y 32 y 36, respectivamente; Matrimonios entre parientes, carpeta 523-A, de 1.886 y
Libro de Defunciones del Sagrario nº 29, folio 296. AICAJ.: Listas, 1.852. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo
privado. JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Bernardo López García, un poeta ignorado. Cabra (Córdoba), Centro de
Estudios sobre el Patrimonio Histórico "Ambrosio de Morales", 1.983, pág. 147. LÓPEZ CORDERO, J.
A. y APONTE MARÍN, A.: Un terror sobre Jaén. Las plagas de langosta (siglos XVI-XX). Jaén, Ayuntamiento
- 55 -
Manuel Fernández103, D. Francisco de Asís Pastor 104, D. Francisco María Siles105, no
de Jaén, 1.993, págs. 182 y 253. OLÓZAGA, J, de.: Ibídem, pág. 42. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles viejos:
alcaldes de la ciudad de Jaén en el último tercio del siglo XIX", Senda de los Huertos nº 26, Asociación de
Amigos de San Antón, Jaén, 1.992, pág. 105. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.910, tomo 89, folio 49.
RUIZ JIMÉNEZ; J.: Pretéritos..., op. cit, págs. 424 y 430.
101
Don Juan de la Cruz García y Lara de Mora. Su biografía la comentamos en el Apéndice I.
102
Don Antonio Mariscal y López de Navajas. Ibídem.
103
Consideramos no es extemporáneo comentar que para biografiar a este letrado ha resultado una labor
ímproba, en virtud a que cuando se incorporó a la Ilustre Corporación lo hizo con la filiación de don
Manuel Fernández Cortina (apellidos de su madre, hermana de don Lorenzo, a la sazón canónigo, dignidad
de Doctoral de la Catedral de Jaén, Vicario Capitular y Administrador Apostólico de la Abadía de Alcalá la
Real); cuando en realidad le correspondía haber señalado el de don Manuel Fernández Fernández. Por
entonces, la legislación vigente permitía la libre elección de los apellidos, y por ende, la alteración del orden
de los mismos conlleva a error; es más, su tío carnal don Lorenzo, habitualmente se registraba como
Lorenzo F. Cortina; estos mismos problemas se nos ha planteado al biografiar a don Francisco de Paula
López-Villalta Mora, don Martín Vadillos de Quesada, don Joaquín Sandoval y don Antonio Mariscal y
López de Navajas. Pero ceñiéndonos al personaje en cuestión diremos: *Arenas de Cabrales (Oviedo), +
Jaén, 23-6-1.866. Hijo de don Juan Fernández Bustamante (*Pendueles (Oviedo, 1.791) y doña Ana María
Fernández Cortina (Pendueles, 28-4-1.793). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Salamanca.
Vocal de la Comisión Provincial de Instrucción Primaria. Diputado Provincial por Mancha Real (Jaén, 187-1.858/16-11-1.861). La fuente documental que nos ha facilitado de modo fehaciente la labor
investigadora, ha sido a través de los tres testamentos otorgados por su tío don Lorenzo; el primero, de
1.842, en el que figuraban como herederos universales sus tres sobrinos carnales: don Manuel, su hermana
doña Joaquina, y la esposa de aquel, doña Sinforosa Ángela Fernández Fernández (ésta última, *Pendueles,
28-9-1.829), los que convivían todos ellos en el domicilio del testante, sito en la Plazoleta de las Cruces nº
4, espaldas al callejón del Alcázar (junto a la C/, Tiradores); el segundo, de 22-7-1.854, en el que consta que
ya había muerto su hermano don Joaquín, obispo de Sigüenza, del que fue albacea y tenía liquidado todo
cuanto mandó; y el tercero, de 3-7-1.867, tuvo por causa el fallecimiento de su expresado sobrino don
Manuel, en éste tercer testamento merma sustancialmente el tercio correspondiente a doña Sinforosa
Ángela ¿discrepancias por su segundo matrimonio contraído con su primo don Pedro Fernández Herrero,
sobrino también de don Lorenzo?; por el contrario, mejoraba ostensiblemente a doña Joaquina, casada con
don Manuel Sáenz y García (Jaén, San Bartolomé, 1.863). Don Manuel contrajo nupcias con su prima
hermana doña Sinforosa Ángela Fernández Fernández, fruto de este enlace, su hijo don Joaquín (Jaén, San
Bartolomé, 17-8-1.854). Como dato curioso citamos que fueron padrinos del neófito, don Mateo Raqmón
Candalija Martínez (primer Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén) y su tía carnal, doña
Joaquina; testigos don Francisco Civera Pérez, Canónigo, dignidad de Arcipreste de la Catedral de Jaén y
don Pedro Pascual Anguita Chica). AHDCJ.: Libro de Bautismos de San Bartolomé nº 9, folio 129; de
OVIEDO.: Libros de Bautismos de 1.793, folio 132 vto. ARCHIVO HISTÓRICO PROVINCIAL DE
JAÉN.: (en lo sucesivo: AHPJ) Protocolos de don Eufrasio de Bonilla y Salido, legajo 7.424 de 1.867 (2º), folio
592. AICAJ.: Listas, 1.887-1.888. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, IV (F), págs. 51-52,
refª. 367-370. CAÑADA QUESADA, R.: "Catálogos de los expedientes de limpieza de sangre de los
señores capitulares de la Santa Iglesia Catedral de Jaén", Fondos documentales del Archivo Histórico Diocesano, I.
Jaén, Obispado de Jaén, 1.999, págs. 283 y ss. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Op. cit, pág. 541.
MOLLINEDO JIMÉNEZ, J.: Archivo privado. MONTIJANO CHICA, J.: Historia de la Diócesis de Jaén y
sus Obispos. Jaén, IEG, 1.986, pág, 184. PECES RATA, F.: Heráldica en la Ciudad del Doncel (I-Obispos).
Barcelona, Editorial Escudo de Oro, S. A. 1.993, págs. 82 y 103.
104
Don Francisco de Asís Pastor y Zafra. Oficial 2º de la sección destinada a los trabajos del Consejo Provincial
de Jaén (R. O. de 26-1-1.848/24-7-1.854). En el Apéndice I apartamos su extensa biografía. AICAJ.: Listas,
1.852, 1.858 y 1.862.
105
Don Francisco María Siles Jiménez-Callejón. *Jaén, 7-10-1.821 +Madrid, ¿. Hijo de don José María de Siles
Carrillo (notario del Reino, público del número de Jaén (1.831-1.850), escribano de Guerra, del Consejo de
S. M. su secretario honorario) y de doña Dolores Jiménez-Callejón Tejada. Licenciado en Jurisprudencia
- 56 -
compareció aunque citado por escrito y con expresión de causa por el Decano.
Manifestado el objeto de esta convocatoria se hizo lectura de los Estatutos de 26-51.838, R. D. de 6, circulado en 12 de junio 106 y RR.OO. de 14 y 17 del que cursa 107.
Abierta la sesión, se hicieron diversas reflexiones en diferentes sentidos alusivos a
su aplicación y ejecución. Tras un intenso debate se llegó al acuerdo unánime, que por el
honor y el decoro de la profesión, y en consecuencia a estimar con las calidades requeridas a
todos los contenidos en esta Acta se acordó por unanimidad estarse en el caso de la Ley de
la verificación, el Colegio con ellos y en su virtud se declara y se tuvo por instalado
reconociendo por su Presidente el Decano de edad que lo continuará siendo, se nombró por
Secretario para igual concepto al que reúna esa circunstancia, don Francisco de Asís
Pastor, uno, y otro hasta la elección de oficios para el año próximo venidero a saber:
Decano, Diputado-tesorero y Secretario-contador, que son los compatibles con el número de
colegiales, señalando para ello el día 24 de del que cursa a las doce y media de la mañana,
para que quedaron citados y emplazados, cuidando hacerlo don Ventura Ruiz
personalmente a don Francisco María de Siles. Idénticamente se acordó que la antigüedad
de los que entran formando y creando el Colegio, se cuente por la fecha de su respectivo
título de abogado, y a ese fin cada cual habilitará nota firmada del suyo. Con lo que se
por la Universidad de Granada (1.845). Asesor del gobierno político de esta Provincia (R. O. de 12-81.846/3-6-1.847; retorna el 25-9-1.847/31-7-1.852). Promotor fiscal de Hacienda de la provincia de Jaén
(R. O. de 31-7-1.852/5-3-1.859). Registrador de la Propiedad interino de Madrid (10-2-1.871). Casado con
doña María de los Dolores de Bonilla Arteaga (Jaén, San Ildefonso, 1.849; ella +10-2-1.894). Con domicilio
en Jaén C/, León nº 8 y Rejas de la Capilla nº 12, y en Madrid, C/, San Bartolomé nº 27-4º-2º-D. En este
matrimonio se da una curiosa circunstancia que no me resisto a relatar: Doña María de los Dolores tenía
tres hermanas: doña Natividad, doña Carmen y doña Amalia; la primera, casada con don José León Siles
Jiménez-Callejón (Jaén, San Ildefonso, 18-3-1.849; él *Jaén, 11-4-1.824 +15-4-1.861, subteniente del
Regimiento Provincial de Jerez, oficial 5º de la Administración Principal de Hacienda Pública de Jaén, con
domicilio en la C/, Pocasangre (San Fernando) nº 26; la segunda casada con don Pedro de Miguel García
(Jaén, San Pedro, 1.854, la biografía de don Pedro la aportamos en el capítulo 5º) y la tercera casada con
doña Manuel de Miguel García (Jaén, San Ildefonso, 10-2-1.871, y cuya interesante biografía aportamos en
el Apéndice I), en resumen, como el título de la película “cuatro hermanas para…”; aunque había otra
hermana más: doña Sofía, casada con don Antonio Domingo Cobo de Guzmán Bueno, establecido en
Mancha Real (Jaén), su biografía puede leerse en el Apéndice II. AHDCJ.: Libro de Bautismos de la Parroquia
de Santiago y San Lorenzo nº 9, folio 218 vto, y Defunciones de San Ildefonso nº 42, folio 295. AICAJ.: Ibídem,
1.852 y 1.854. ARCHIVO HISTÓRICO NACIONAL (en lo sucesivo A.H.N.).: Sección 2ª del Ministerio de
Hacienda, Junta de Clases Pasivas. A.U.G.: Expediente personal. DE CADENAS Y VICENT, V. et alii.: Archivo
de la Deuda y Clases Pasivas. Índice de Jubilados (1.869-1.911), Madrid, Instituto Salazar y Castro (CSIC),
colección “Hidalguía”, 1.979, pág. 346. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Archivo privado. R. C. DE
CÓRDOBA.: Libro de Defunciones, 1.969, tomo 236, folio 573. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.871 y
1.872, tomos 1 y 5, folios 12 vto y 8, respectivamente, y Defunciones, 1.894, tomo 56, folio 481. R. C. DE
MANCHA REAL.: Libro de Nacimientos, 1.889, tomo 22, folio 144. TORRES PUYA, M. D.: Inventario de los
Escribanos de la Ciudad de Jaén. Sevilla, Junta de Andalucía, Consejería de Cultura y Medio Ambiente, 1.990,
pág. 25.
106
Referidos para el régimen de los Colegios de Abogados del Reino.
107
La del día 14, alusiva a la "consideración de los decanos, puesto de honor...", y la del 17, referida "más sobre el puesto de
honor de los decanos...". MARTÍNEZ ALCUBILLA, M.: Diccionario de la Administración Española, I.
Madrid, 1.892, 5ª edición, pág. 67.
- 57 -
levantó la sesión que firmaron y yo el Secretario certifico” 108.
Quedó pues legalmente establecido el Ilustre Colegio de Abogados de
Jaén, con veintidós miembros cofundadores, bajo la advocación de un Santo
Patrón 109.
II. LAS JUNTAS DE GOBIERNO.
Para el buen funcionamiento de la incipiente Corporación se nombró
la primera Junta de Gobierno, que quedó constituida por un Decano, dos
Diputados, un Tesorero y un Contador-Secretario 110.
En virtud de lo acordado por la Junta General en la sesión celebrada
en el citado día 24 de Diciembre, nuevamente se vuelven a reunir en el
despacho del Decano (don Mateo Ramón Candalija Martínez) y bajo su
presidencia los siguientes colegiados: don Antonio Guijosa y Gómez, don
Juan de la Cruz García de Lara y Mora (que actuó de Secretario), don
Antonio María Camps y Camacho, don Eugenio Fresneda Sánchez Carrasco,
don Francisco María Siles Jiménez-Callejón, don León Esteban López, don
Pascual María Altolaguirre Jáudenes, don José de Campos y Alcalde, don
Ventura Ruiz Marín, don Manuel Fernández Fernández y don Joaquín
Jiménez Sandoval.
Abierta la sesión se dio lectura al acta anterior (redactada por el
Decano) y hallada conforme, fue ratificada por unanimidad.
Seguidamente se procedió a tratar del único punto del orden del día:
“elección de oficios para el año próximo”. Intervino en primer lugar el Sr. Guijosa y
Gómez para hacer la observación respecto a que en los Colegios de nueva
creación se debía observar en la medida de lo posible la regla decretada para
los ya establecidos, de manera que el cargo de Decano recayere en personas
que llevasen más de diez años de incorporación y cinco en los restantes
108
AICAJ.: Actas de Juntas Generales (en lo sucesivo: AA.JJ.GG.) de 12-1.848.
109
Los más comunes eran: San Ivo, San Raimundo de Peñafort y la Inmaculada Concepción de María (La
Purísima). En el capítulo 3º tratamos monográficamente el tema en cuestión.
110
Previsto en el art. 13 de los Estatutos de 26-5-1.838.
- 58 -
cargos 111.
A continuación hubo un “ligero debate”, tras el cual, se llegó al
acuerdo unánime de que como resultaba prácticamente difícil acreditar
fehacientemente los años de incorporación al Colegio, habida cuenta de que
éste no existía, se sustituyese por “...las notas que se tuvieron a la vista de las fechas
de los títulos respectivos”.
Más tarde se decide que la elección de la Junta de Gobierno fuese
“...directa, secreta y por papeletas que cada cual debía escribir tres nombres, para cubrir el
puesto de Decano, Diputado-Tesorero y Secretario”.
Y así se verificó, depositándose las papeletas en un ánfora destinada al
efecto, procediéndose posteriormente al escrutinio por el Presidente y el
Secretario. Estos fueron los resultados:
DECANO
Don Antonio María Camps y Camacho:
Don Mateo Ramón Candalija Martínez:
Don Antonio María Guijosa y Gómez:
Don León Esteban López:
6 votos.
5 votos.
1 voto.
1 voto.
DIPUTADO-TESORERO
Don Joaquín Jiménez Sandoval:
Don León Esteban López:
Don Manuel Fernández Fernández:
6 votos.
5 votos.
2 votos.
SECRETARIO
Don Juan de la Cruz García de Lara y Mora:
111
7 votos.
En virtud de lo preceptuado en el art. 6º del R. D. 6-6-1.844, por el que se restablece disposiciones de los
Estatutos; quedando derogado el art. 13 de los de 1.838, que toma nueva redacción: "...para ser Decano de un
Colegio de Abogados, llevar diez años de ejercicio en el mismo y cinco para ser Vocal de la Junta...".
- 59 -
Don Manuel Fernández Fernández:
Don Joaquín Jiménez Sandoval:
5 votos.
1 voto.
Tan solo se llegó a conseguir la mayoría absoluta respecto al cargo de
Secretario 112, y al no lograrlo para los demás cargos se decidió repetirla
nuevamente entre los dos aspirantes que habían sacado más votos. Se
procedió con idénticas formalidades y en esta segunda vuelta obtuvo mayoría
absoluta para el cargo de Decano a favor de don Antonio María Camps y
Camacho, y de Diputado-Tesorero, don Joaquín Jiménez Sandoval que,
junto con don Juan de la Cruz García de Lara y Mora, al frente de la
Secretaría, quedó constituida orgánicamente la primera Junta de Gobierno
del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén.
Todos los colegiados se comprometieron solemnemente a observar las
normas deontológicas para el normal desarrollo de gobierno de la
Institución.
La primera proposición que hizo el nuevo Decano fue la de
confeccionar el presupuesto para gastos del Colegio y el medio para sufragar
los correspondiente al ejercicio inmediato, pero al no estar previamente en el
orden del día y estudiado, y siendo “...muy avanzada la hora...”, se optó por
aplazarlo para una posterior sesión que se convocara al efecto.
Los cargos que forman la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén han sido objeto de variaciones a lo largo del tiempo. Los
Estatutos de 1.838 fueron derogados por los de 1.895 113 y éstos por los de
1.947 114.
112
Prevista en el art. 12-4º de los Estatutos de 1.838.
113
Quedando redactados los capítulos III y VI, artículos 31 y 48, respectivamente, del siguiente tenor: "En cada
Colegio de Abogados habrá una Junta de gobierno que se compondrá, en el de Madrid, de un Decano, seis Diputados, un
Tesorero y un Secretario; en las poblaciones donde existan Audiencias Territoriales, de un Decano, cuatro Diputados, Tesorero
y un Secretario; en las demás poblaciones donde existan Colegio de Abogados, de un Decano, dos Diputados, un Tesorero y un
Secretario". "La renovación de las Juntas de gobierno se hará parcialmente. En el Colegio de Abogados de Madrid se hará
por terceras partes, eligiéndose tres individuos de la Junta de gobierno en cada año. En los demás Colegios las Juntas se
renovarán por mitad, verificándose las elecciones cada dos años, y en el turno de elección que corresponda se hará además la del
Decano respectivo".
114
El título II, sección 1ª trata de la Junta de Gobierno, y el art. 47 quedó redactado con el siguiente tenor: "El
Colegio de Abogados de Jaén, será regido por una Junta de Gobierno que estará constituida por un Decano, Un Tesorero, un
Bibliotecario-Contador, un Secretario y tres Vocales, que se designarán con el nombre de Diputados".
- 60 -
En la Junta General celebrada en noviembre de 1.851, ante la
incorporación de Joaquín Ruiz Bueno, se acordó que como el número de
colegiados había llegado a 30, cabía la posibilidad de aumentar los miembros
de la Junta de Gobierno en un Diputado más 115. Fue a partir del año 1.855
cuando la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén quedó
constituida por el Decano, dos Diputados, Tesorero y Secretario-Contador.
La razón: el aumento del número de colegiados 116.
En 1.886 la Junta de Gobierno aumentó en dos miembros más,
situación que se mantuvo hasta 1.895 en que entran en vigor los nuevos
Estatutos 117, que reducían nuevamente a cinco el número de cargos en el
mencionado órgano de gobierno 118. Otro cambio estatutario se produce con
motivo de la promulgación de los nuevos Estatutos correspondientes al año
1.947 119, los que establecía que la Junta de Gobierno se compondría de:
Decano, Tesorero, Bibliotecario-Contador, Secretario y tres Vocales, que
conservarían el tradicional nombre de Diputados 120.
Resultaría prolijo describir minuciosamente las funciones
encomendadas estatutariamente a cada cargo de la Junta de Gobierno. Pero
este capítulo quedaría incompleto si no mencionásemos algunas líneas
generales referidas a las condiciones exigidas para ser miembro de la misma.
Para acceder a la Junta de Gobierno era condición sine qua non, haber
ejercido la abogacía en el seno del Colegio durante un número de años. En
los Estatutos de 1.838 se exigía al menos seis años de Colegio, sin especificar
si de ejercicio 121. En los de 1.895 se establecía, concretamente para los
Colegios de Audiencias Provinciales: “...llevar ocho años de incorporación en los
respectivos Colegios, ejerciendo la Abogacía durante igual período de tiempo y pagando
durante los cuatro últimos años alguna cuota de contribución de las comprendidas entre la
115
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 20-11-1.851.
116
Art. 13, Estatutos de 1.838.
117
La Gaceta de Madrid, op. cit, de 15-3-1.895.
118
Capítulo III, art. 31.
119
Estatutos acomodados a los de la General de los Colegios de Abogados de España (3-2-1.947). Los mismos
fueron aprobados por el Consejo General de los Ilustres Colegios de Abogados de España (9-9-1.950), en
cuya fecha entraron en vigor (Disposición final).
120
Título II, sección 1ª, art. 42, de la Junta de Gobierno.
121
Art. 13.
- 61 -
mitad superior de la escala respectiva...” 122.
No obstante, en los Colegios de Abogados con un reducido número
de colegiados en ejercicio no era óbice la antigüedad exigida en los Estatutos
para poder acceder a la Junta de Gobierno. En los Estatutos de 1.895 se
contemplaba la posibilidad de acceder a la Junta de Gobierno para aquellos
colegiados que, sin tener los mencionados años de ejercicio y permanencia en
el Colegio, hayan tenido algún cargo en fechas anteriores a la entrada en
vigor de los citados Estatutos 123.
La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Jaén acordó en
1.852 hacer una petición a la Corona: “...para conceder a los señores colegiales que
no se encuentran ejerciendo la profesión, el voto activo y pasivo en las elecciones de oficios de
Juntas de Gobierno de que les priva la Real Orden de 12 de julio de 1.850”.
Las razones alegadas no eran otras que en Jaén “...es escaso el número de
los que actúan, son por lo mismo muy pocos los señores que reúnen las cualidades que
exigen los Estatutos para desempeñar los cargos de la Junta y de aquí se toca el grave
inconveniente de que esa limitación afecte de modo directo la existencia del Colegio” 124.
Ante esta situación la Junta de Gobierno se veía obligada a dar una
interpretación flexible a las disposiciones establecidas en los distintos
Estatutos. Conocemos un caso concreto ocurrido en 1.880 con la elección de
don Felipe Martínez Lara como Diputado 2º 125.
Someramente vamos describir los requisitos, competencias y
atribuciones que estatutariamente les correspondía ostentar y ejercer a los
miembros de las Juntas de Gobierno.
122
Cap. III, artº 35.4.
123
Art. 35.6.
124
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 11-11-1.852.
125
Ibídem, de 30-5-1.880. Incorporado el 5-12-1.874. En el apéndice I aportamos su biografía.
- 62 -
III. ELECCIONES.
Para poder ostentar el cargo de miembro de la Junta de Gobierno era
preceptivo ser elegido libremente por los colegiados reunidos en Junta
General.
Los Estatutos de 1.838 señalaba la fecha de las elecciones durante el
mes de diciembre de cada año 126, así se vino realizando hasta que en 1.895
los nuevos Estatutos señalaron para la celebración del meritado proceso el
primer domingo de junio del año que correspondiese celebrar elecciones para
nueva Junta de Gobierno, teniendo desde entonces una vigencia bianual 127.
Estos últimos Estatutos garantizaban el derecho al voto a todos los
colegiados ejercientes o no, aunque los segundos quedaban exentos para
acceder a los cargos de la Junta de Gobierno 128.
Por cuanto antecede, claramente queda demostrado que el proceso
electoral se realizaba con votos secretos y directos, en el que se escribían los
nombres de los candidatos en una papeleta preparada al efecto, y se
depositaba en el ánfora que el Colegio tenía preparada 129. Los votos por
delegación no eran válidos, así consta en las elecciones celebradas el 25 de
mayo de 1.883 en que fueron rechazados 130.
Obviamente los candidatos elegidos debían obtener una mayoría
absoluta, si esta no se alcanzaba se debía repetir la elección como ocurrió en
126
El art. 11 establecía: “En el mes de diciembre y en el día que el decano señale, celebrará cada Colegio una Junta general á (sic)
que concurrirán todos los individuos que le compongan, adoptándose sus acuerdos por la mitad más uno de los concurrentes”.
127
El cap. IV, art. 56, quedó redactado: "El primer domingo de junio, á (sic) las doce de la mañana, se constituirá en la Sala
de sesiones del Colegio la Mesa electoral, conforme á lo establecido en los artículos anteriores, y acto seguido comenzará la
votación, que durará hasta las cuatro de la tarde".
128
Cap. IV, art. 51. Al respecto, existe un documento en el que la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén dice literalmente: "...suplica a V. M. se digne conceder a los abogados del Colegio de Jaén, aunque no
ejerzan ni tengan estudio abierto, pero sí las otras cualidades requeridas, el derecho no sólo de elegir al tenor de la R. O., de 66-1.844". Lleva fecha de 17-11-1.853 y va firmado por el Decano, don Mateo Candalija y Uribe, el
Diputado, don Antonio Mariscal y López de Navajas y del Secretario, don Gregorio Casanova del Castillo.
Además hay también una nota en la que consta que la Sección no encuentra conveniente modificar lo
dispuesto en la R. O. de 26 de febrero. ARCHIVO CENTRAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA (en lo
sucesivo: ACMJ.: Legajo 300-2, expediente 200.
129
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 24-12-1.848.
130
Ibídem, de 27-5-1.883.
- 63 -
1.848 y 1.884 131.
Durante la segunda mitad del s. XIX las elecciones no solían levantar
apasionamientos, tal vez motivado por el escaso número de abogados
ejercientes 132. Por el contrario a finales del citado siglo y durante el primer
tercio del XX hay más variedad de opiniones encontradas 133.
En junio de 1.880 los colegiados don Maximiano Ángel y Alcázar 134,
don Antonio José Clemente Cobo 135, don Esteban Monereo Charte 136, don
131
Ibídem, de 24-12-1.848 y 10-6-1.884, respectivamente.
132
En 1.882 los abogados ejercientes eran 26, frente a los no ejercientes 14 y ausentes 40, sumando 54, las cifras
hablan por sí solas. AICAJ.: Listas, 1.887-1.888.
133
En 1.900 el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén contaba con 65 abogados ejercientes, frente a 17 no
ejercientes y 42 ausentes. En el 1.923 figuraban con abogados ejercientes 37, frente a los 17 no ejercientes y
48 ausentes. Ibídem, 1.900 y 1.923.
134
*Granada, 1.820 +Jaén, 29-1-1.882. Hijo de don Domingo Ángel Alabado y doña María Gertrudis Alcázar y
Díez. Licenciado en Sagrada Teología y Jurisprudencia (ésta última por la Universidad de Granada, 17-121.852). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (17-12-1.859). Con motivo de ser consagrado
don Tomás de Roda y Rodríguez, obispo de Menorca (21-12-1.852), le acompañó a su diócesis, ganando la
oposición a la canonjía de Doctoral de aquella diócesis; más tarde, cuando el dicho Obispo es nombrado de
Jaén (12-1.857), nuevamente le acompaña, nombrándole su secretario de Cámara, de Gobierno y Provisor;
tras la muerte de su protector (11-3-1.858), su sucesor en la silla de San Eufrasio, don Andrés Rosales y
Muñoz, le otorga el derecho de ejercer en su nombre la jurisdicción eclesiástica hasta su venida (17-91.858); el Cabildo catedralicio lo nombra Vicario General Capitular en sede vacante (1.860) y canónigo,
dignidad de Maestrescuela Superintendente del Colegio de los Seises, con una congrua de 3.500 pesetas
anuales (1.864). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su Santidad (1.862). Formó parte de la
Comisión nombrada por el Cabildo catedralicio de Jaén, para acudir al límite de la provincia de Jaén (las
Correderas), junto con el obispo, don Andrés Rosales y Muñoz, a fin de recibir a la reina Isabel II y
autoridades con motivo de su visita a Andalucía (1-9-1.862). En el capítulo 3º continuamos con su
biografía.
135
*Jaén, 1.823 +21-5-1.884. Hijo de don José María Clemente (*Jaén) y doña María Francisca Cobo Delgado
(*Mengíbar, 1.792 +Jaén, 28-11-1.854). Presbítero, canónigo de la Iglesia Catedral de Jaén. Licenciado en
Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (27-1-1.864). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (27-2-1.864). Cofrade y Discreto 1º de la Junta de Gobierno del Santo Sepulcro de San
Juan (1.846-1.847). Delegado especial para el arreglo de capellanías y redención de las cargas eclesiásticas de
la diócesis y Abadía de Alcalá la Real. Capellán del convento de religiosas Carmelitas Descalzas de Jaén.
Visitador General Eclesiástico, teniente de Fiscal, Provisor y Vicario General interino del Tribunal
Eclesiástico Diocesano de Jaén (1.864). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su Santidad
(1.866). Gobernador de la Santa Capilla de San Andrés (1.876; sustituyendo a don Juan José de Bonilla y
Forcada y sustituido por don Ramón Rodríguez de Gálvez). Con cédula personal expedida en Jaén (11-71.883, con el nº 67). Al fallecimiento de su madre, heredó una casa en la C/, Cruz Verde nº 5. Con
domicilio en la C/, Alcantarilla nº 19 y Llana nº 22 (1.880). Testó ante el notario de Jaén, don Eufrasio de
Bonilla y Salido (17-5-1.884), nombrando usufructuaria de todos sus bienes a su sirvienta doña María
Simona Castillejo y Castillo, repartiendo el capital de la siguiente manera: 1/3, a la Catedral de Jaén; otro
1/3, a las personas más pobres de Jaén (con preferencia a los vergonzantes) y el otro 1/3 a misas. AHDCJ.:
Libro de Ordenes nº 28-B, de 1.846 y Boletín…, ibídem, de 1.866, pág. 123. AHPJ.: Protocolos de don José Toral y
Bonilla y don Eufrasio de Bonilla y Alcázar, Legajos 9.458, 7.474, 18.417 y 29.087, años 1.883, 1.885 y 1.868, folios
- 64 -
Manuel López Monereo 137, don Blas Antonio Cuesta Carrión 138, don Felipe
Guzmán Armenteros 139 y don Enrique Esteban Balén 140, trataron de
457, 489, 1.231 y 663, nº 92, respectivamente. AICAJ.: Libro…, ibídem, pág. 18, Listas, 1.864 1.868 y
Expediente personal. CAÑADA QUESADA, R.: “Linajes muy giennenses: de la Casa”, BIEG nº 183. Jaén,
Séptimo Seminario de Bio-Bibliografía Giennense “Manuel Caballero Venzalá”, 2.003, pág. 37. COLEGIO
OFICIAL DE INGENIEROS TÉCNICOS DE MINAS DE LINARES (Jaén, Granada y Málaga) (en lo
sucesivo: COITML).: Guía de Linares y su Provincia, Jaén, 1.880. (Facsímil). Una visión de Linares y la Provincia a
finales del siglo XIX. Linares (Jaén), 1.993, pág. 171. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.884, tomo 32,
folio 370. RODRÍGUEZ ARÉVALO, M.: Op. cit, pág. 402. SCSA.: "Gobernadores de la Santa Capilla en
el Siglo XIX", Siempre número 37, op. cit.
136
Juez de Primera Instancia de Huelma (Jaén, 1-4-1.870/26-4-1.877, por enfermedad). En el apéndice 1º
comentamos su biografía. R. C. DE HUELMA.: Libros de Nacimientos, 1.871-1.877, pág. 1ª. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. MARÍN DEL MORAL, S.: Archivo privado.
137
*Jaén, 1.836 +19-8-1.917. Hijo de don Pedro López Martínez y doña Eufrasia Monereo y Espinosa de los
Monteros. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (27-9-1.866). Incorporado al Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén (17-11-1.866). Secretario del Juzgado Municipal de Jaén (1-1-1.871/19-81.917). Casado con doña Ángeles Martínez y López de Calle. Domiciliado en la C/, Ruiz Romero nº 3
(Tiradores). AICAJ.: Listas, 1.868, LSAIICJ.: Op. cit, pág, 26 y Expediente personal. LÓPEZ-FIGUEROA, C.
M. Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.917, tomo 104, folio 35.
138
Su interesante biografía la comentamos ampliamente en el Apéndice 1º.
139
*Jaén, 12-11-1.835 +24-7-1.883. Hijo de don Antonio Guzmán León (Comprador de fincas desamortizadas,
cuando los primeros bienes de la Iglesia fueron convertidos en Bienes Nacionales, 1.836) y doña María de
la Capilla Armenteros Cárdenas. Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada
(13-8-1.861). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogado de Jaén (29-11-1.861). Canónigo, agregado a la
Catedral de Baeza (12-1.862), dignidad de Deán de la de Jaén (1.876), siendo sustituido, tras su óbito, por
don Francisco de Paula Muñoz y Reina. Nombrado, junto con dos José Sequera y Sánchez, "firmador de
cartas y oficios" (1.878). Devoto cofrade de la Virgen de la Capilla; junto con su madre, fueron recibidos en
audiencia por la reina de España, doña Isabel II, a la que invitaron a pertenecer a los Coros de la Corte de
María, establecidos en la Parroquia de San Ildefonso, entregándole el Sr. Guzmán, una lujosa patente
especial de incorporación: un librito para hacer la visita, también de plata y doradas, incrustadas en las
cubiertas, un ejemplar de la letanía compuesta por esta Cofradía y dos estampas de la Virgen de la Capilla;
poco después, don Luis Ángel de Carandolet y Castaño (2º Duque de Bailén, Mayordomo Mayor de
Palacio, y sobrino carnal del general Castaños), comunicó al Presidente de la Comisión creada al efecto,
don Francisco Civera Pérez, por mediación del Sr. Guzmán, la aceptación por S. M. la Reina del cargo de
Gobernadora y Protectora de la Corte de María (22-6-1.864). Cofrade de la Real Cofradía de Nuestro Padre
Jesús Nazareno (el "Abuelo", 24-4-1.865). Propietario de la casería Guzmán, sita en el camino viejo de los
Baños de Jabalcuz, dotándola de una artística y bella capilla. Domiciliado en la C/, Rejas de la Capilla nº 2 y
Ancha nº 13. Testó ante el notario de Jaén, don Manuel Ruiz Pérez. AHDCJ.: Libro de Bautismos de la
Parroquia de San Ildefonso nº 42, folio 135 vto. Libro de Actas Capitulares de 1.878 y Libro de Entradas..., op. cit,
pág, 31. AICAJ.: Listas, 1.862, 1.863 y 1.868; LSAIICJ.: Op. cit, folio 13 y Expediente personal. BACHILLER
LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 225. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 686.
MONTUNO MORENTE, V.: Nuestra Señora de la Capilla, Madre, Patrona y Reina de Jaén. (Ensayo histórico).
Madrid, Cofradía de Nuestra Señora de la Capilla, 1.950, págs. 122 y 133. NIEVES CARRASCOSA, J. E.:
La desvinculación de la propiedad en la comarca de Jaén durante la primera mitad del siglo XIX (1.798-1.845). Jaén,
Concejalía de Cultura y Turismo, 1.991, pág. 229. NICÁS MORENO, A.: Archivo privado. R. C. DE
JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.883, tomo 31, folio 75. TORRE RUIZ, F., de la.: Ligera reseña de la instalación y
estado actual de los coros formados en la Parroquia de San Ildefonso, para el culto continuo a Corte de María. Jaén,
establecimiento tipográfico de don Francisco López Vizcaíno, impresor de la Real Casa, 1.865, págs. 5-6.
140
*Jaén, 1.842 +7-9-1.889, en estado de soltero. Hijo de don León Esteban y López y doña María de Paula
Balén Casanove. Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (20-11-1.869).
Residió durante algún tiempo en Navas de San Juan (Jaén). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de
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impugnar las elecciones celebradas en esa fecha, aduciendo no se les había
convocado a la Junta General con los requisitos establecidos en los vigentes
Estatutos. No prosperó la pretensión de los recurrentes, en virtud de que el
propio Secretario de la Junta de Gobierno, demostró fehacientemente que se
les había notificado en debida forma, a través del portero del Colegio como
era preceptivo 141.
En la toma de posesión de la nueva Junta de Gobierno el Sr. de
Miguel al dejar el decanato expuso a la misma que: “...a medida que el momento
de cumplir con tan sagrada obligación, había ido creciendo su temor y confusión
gradualmente, que las causas de su confusión comprendidas por todos los señores presentes y
que todos o la mayoría de ellos se darían explicaciones de las razones de sus temores. Que
de una parte veía los preceptos de la Ley que son terminantes para dar posesión a la nueva
Junta de Gobierno precisamente en este día como el primero festivo más inmediato en el que
tuvo lugar la última General de elecciones, y por otra observaba la actitud justísima
procedente, fundada, suscrita por varios individuos de este Colegio en la que protestan de la
validez de la elección, interesaban Junta General para resolver el como había sido
desestimada sin razón ni fundamento serio que lo justificase, debido al voto de la mayoría
de la Junta de Gobierno cuya mayoría, bien no puede asegurarse sea apasionada. No cabe
duda alguna para llamarla interesada toda vez que se trataba de sus personalidades para
ocupar los primeros puestos de la Junta” 142.
Obviamente la flamante Junta de Gobierno no aceptó la impugnación
mencionada.
En general los procesos electores en el Ilustre Colegio de Abogados
de Jaén discurrían por cauces democráticos, pese a coincidir en un período
tan convulso y dado a la conspiración como fue el s. XIX español.
Jaén (1.869). Vicepresidente 2º de la Juventud Católica de Jaén (7-1.870). Juez Municipal suplente de Jaén
(2-11-1.874/11-11-1.878). Colaboró en la Revista Semanal, donde publicó una serie de trabajos sobre la
conservación de nuestro patrimonio arqueológico, bajo el título: "Cartas a Antonio", dirigidas al poeta
Antonio Almendros Aguilar (1.875). Socio honorario de la Sociedad Literaria de Jaén, en una de cuyas
sesiones se dio lectura a su artículo "Coronación de Zorrilla" (4-1.883). Vice-Censor de la RSEAPJ (1.8871.888). Con domicilio en la C/, Mesa nº 12.Propietario del cortijo “Buena Vista” del término municipal de
Los Villares. Otorgó testamento ante el notario de Jaén, don Lorenzo de Bonilla y Alcázar. AHDCJ.:
Boletín..., op. cit, 1.870, pág. 223. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, III, (CH-E), pág. 231,
rfª. 1.575-1.576. ESTEBAN HERRERA, L.: Archivo privado. MIRAS OROZCO, J. L.: Archivo privado.
PÉREZ ORTEGA, M. U.: "Antonio Almendros Aguilar, de su labor como Cronista de la Provincia de
Jaén, sus libros no natos y otras notas afluyentes", BIEG nº 153, I. Jaén, pág. 17. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.889, tomo 45, folio 221. U. G.: Expediente personal.
141
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 6-6-1.880.
142
Ibídem, de 6-6-1.880.
- 66 -
IV. LOS DECANOS.
Los Estatutos para el Régimen de los Colegios de Abogados del
Reino en su art. 13 disponía en cuanto a los requisitos: “Las Juntas de
Gobierno de los Colegios de Abogados se compondrán de un Decano, dos Diputados, un
Tesorero y un Contador-secretario. Para ser individuo de la Junta de Gobierno se requiere
llevar al menos seis años de Colegio, cuando los haya con este requisito, y no haber sufrido
ninguna amonestación de las que trata el art. 10. Los Colegios que se compongan de los
abogados de dos o más partidos tendrán un Diputado en cada cabeza de partido donde no
resida el Decano. La duración de los cargos son anuales” 144.
143
En los de 1.895 145 dispone respecto al estado de la cuestión: “En cada
Colegio de Abogados habrá una Junta de Gobierno que se compondrá, en el de Madrid, de
un Decano, seis Diputados, un Tesorero y un Secretario. En las poblaciones donde existan
Audiencias Territoriales, de un Decano, cuatro Diputados, un Tesorero y un Secretario.
En las demás poblaciones donde existan Colegios de Abogados, de un Decano, dos
Diputados, un Tesorero y un Secretario”.
Las Juntas de Gobierno eran elegidas por los colegiales por el
procedimiento del sufragio directo 146, estableciéndose asimismo que la
duración de los cargos seria de cuatro años.
En virtud de cuanto antecede bien se infiere que las condiciones
exigidas estatutariamente para la elección de decano dependía básicamente de
la entidad de población, así para Jaén, el art. 35.4 establecía: “Para Decano de
otros Colegios o Vocal, Tesorero o Secretario de Colegio de Audiencias Provinciales, llevar
ocho años de incorporación en los respectivos Colegios, ejerciendo la abogacía durante igual
período de tiempo y pagando durante los cuatro años alguna cuota de contribución de las
comprendidas en la mitad superior de la escala respectiva”.
También le eran de aplicación los arts. 40, 40.1 y 65.1 respectivamente.
143
Aprobados el 26-5-1.838.
144
El art. 14 dice: "...los empleos de la Junta son anuales, pero cualquiera de sus individuos puede ser reelegido, debiendo ser
voluntaria la aceptación en este último caso".
145
El capítulo III, art. 31, trata de la Junta de Gobierno.
146
Art. 34.
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El primero establecía: “El Decano del Colegio presidirá las Juntas Generales
del mismo y las reuniones de Gobierno, dirigiendo las discusiones y teniendo voto de calidad
en caso de empate”.
El segundo disponía: “Corresponderá además al Decano fijar los días en que
deban reunirse las Juntas de Gobierno, expedir los libramientos para la inversión de los
fondos del Colegio y nombrar los abogados que deban formar parte en los Tribunales de
oposiciones entre los que pertenezcan o haya pertenecido a la Junta de Gobierno o reúnan
las circunstancias necesarias al afecto”.
El tercero determinaba: “Reseña que hará el Decano o quien lo sustituya de
los acontecimientos más importantes que durante el año último haya tenido lugar con
relación al Colegio”.
En los de 1.947 147 manda: “El Colegio de Abogados de Jaén será regido por
una Junta de Gobierno que estará constituida por un Decano, un Tesorero, un
Bibliotecario-Contador, un Secretario y tres Vocales que se designarán con el nombre de
Diputados” 148.
Estos difieren sustancialmente de los anteriores, y más concretamente
respecto al art. 34 de los de 1.895 que toman nueva redacción: 149
Este control gubernativo finalizó en las elecciones convocadas para el
año 1.957 150. No obstante esta incipiente “democratización” se había
introducido paulatinamente en el seno de la Corporación, conllevando la
división de sus miembros en dos bloques antagónicos uno, partidario de
continuidad de la situación política vigente 151 y el segundo, de carácter
147 Aprobados
148
el 3-2-1.947.
Título II, art. 47.
149
Según dispone el art. 58.1: "Los cargos de la junta de gobierno, excepto los de decano y secretario, se proveerán por elección,
en los que podrán participar todos los colegiados, ejercientes o no, con arreglo a las que estos Estatutos consignan".
150
En la que el candidato don Antonio Herrera Murillo, fue auspiciado por un amplio sector de la Corporación.
En el Apéndice I aportamos su biografía.
151
Representado por el decano, don Alfonso Montiel Villar. Ibídem.
- 68 -
aperturista 152.
Para hacerse una idea aproximada de las tensiones surgidas en el seno
de la Corporación durante este período decisivo de su historia, basta con
remitirse al acta levantada el 30 de diciembre de 1.956 en la que a instancias
del ex-decano don Virgilio Anguita Sánchez, se recogen íntegramente las
palabras de don Francisco González Carrascosa 153 pronunciadas en Granada
con motivo de unas elecciones análogas: “...en las que no hubo ni vencedores ni
vencidos, puesto que, todos los compañeros son igualmente dignos de ocupar cualquier cargo
en la Junta de Gobierno, invitando a todos a que en tal sentido debe desarrollarse las de
Jaén”.
El texto es de lo más elocuente, se trataba de retomar la más vieja
tradición corporativa que había sido la cruz y seña de este Ilustre Colegio.
Las candidaturas presentadas para la elección de los cargos objeto de
renovación en la Junta de Gobierno fueron las siguientes:
152
De talante liberal y democrático, siendo su máximo exponente don Antonio Herrera Murillo, quien se alzara
con la victoria.
153
*Motril (Granada), 12-1-1.887 +12-5-1.968. Hijo de don Mateo González Herrera y doña Teresa Carrascosa
Torres. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.907). Incorporado a los Ilustres Colegios
de Abogados de Granada y Jaén (30-4-1.908 y 28-12-1.947/12-5-1.968, respectivamente). En la Ilustre
Corporación de la ciudad del Darro, ostentó los siguientes cargos: tesorero (1.918-1.923); diputado 1º
(1.930-1.931); decano (1.932-1.933; 1.937-1.945 y 1.951-1.955); nombrado Decano Honorario Perpetuo
(12-1-1.887-12-5-1.968). Se le concedió por el Ministerio de Justicia la Gran Cruz de San Raimundo de
Peñafort (27-7-1.957). Propietario agrícola. Presidente del partido Agrario de la provincia de Granada
(1.934). Candidato de la Derecha Liberal Republicana, en la convocatoria a Cortes Constituyentes por la
circunscripción de Lújar (Granada), en las que obtuvo 5.990 votos que representaba el 7'1% de los emitidos
(2ª circunscripción 1.931); también se presentó a las elecciones generales por el Bloque Nacional, en las que
obtuvo 152.307 votos, que representaba el 60'0% de los emitidos (2-1.936). Durante la II República
Española fue nombrado Director General de Montes. Casado con doña Amelia Moré de la Torre,
perteneciente a la oligarquía motrileña. Con domicilio en Granada, C/, Cárcel Alta nº 5 (1.947). AICA DE
GRANADA.: Listas, 1.932-1.933. AICAJ.: Expediente personal y LSAIICJ.: Op. cit, pág. 284. LÓPEZ
MARTÍNEZ, M., y GIL BRACERO, R.: Caciques contra socialistas. Poder y conflicto en los ayuntamientos de la
República. Granada, 1.931-1.936. Granada, Diputación Provincial de Granada, 1.997, págs. 90 y ss.
MARTÍNEZ SANTA-BÁRBARA, J.: Archivo privado. R. C. DE MOTRIL.: Libro de Nacimientos, 1.887,
tomo 29, folio 184 y Defunciones, 1.968, tomo 129, folio 189. ROJAS-MARTÍN MORÉ, M.: Archivo
privado.
- 69 -
PRIMERA
Decano:
Don Antonio Herrera Murillo.
Diputado 1º: Don Luis Cabeza Menéndez 154.
Diputado 3º: Don Sebastián Pérez Bellido 155.
154
*Oviedo, 14-6-1.906 +Jaén, 21-4-1.999. Hijo de don Robustiano Cabeza Fernández (Registrador de la
Propiedad, *Oviedo, 21-6-1.872 +Jaén, 13-4-1.941) y doña Alicia Menéndez Toyos. Licenciado en Derecho
por la Universidad de Oviedo (30-11-1.931). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogado de Jaén (6-71.937), reincorporado, 19-8-1.939). Vicepresidente de la Juventud de Acción Popular (23-9-1.934). Socio de
la RSEAPJ (30-9-1.941). Oficial del Registro de la Propiedad de Jaén (cuyo titular era su padre, 1.943).
Cultivó el periodismo, siendo publicados algunos de sus trabajos en el Pueblo Católico. Como autor teatral
estrenó en el Teatro Cervantes de Jaén su comedia en tres actos y en verso "El indiano" y la zarzuela "La
mantilla jaenera", con música del maestro Sapena Matarredona; también fue autor del "Himno al Real
Jaén", con música del meritado Maestro. Junto con sus compañeros de Foro, don Ignacio Ortiz-Arce
Hernández, don Ignacio Eznarriaga y Fadriani y don José Rodríguez Andújar, dirigió un espacio
radiofónico en Radio Jaén titulado "Audiencia Pública", de divulgación jurídica. Ingresó en el I.E.G. en el
Seminario Jurídico (1.956). En posesión de la medalla de plata del 150 aniversario del Colegio de Abogados
de Jaén (Villacarrillo, 5-2-1.998). Casado con doña Petra Bailén González (Jaén, Sagrario, 10-2-1.940). Con
domicilio en Oviedo, C/, La Luna; en Jaén, C/, Martínez Molina nº 42, Colegio nº 1-2º y Paseo de la
Estación nº 22-3º. AICAJ.: Listas, 1.949 y LSAIICJ.: Ibídem, págs. 195 y 215. CABALLERO VENZALÁ,
M.: Diccionario..., op. cit, II, (C), pág. 10, refª. 76. CABEZA MENÉNDEZ, L.: Archivo privado.
CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Guía de Jaén 1.945-1.946. Jaén, 1.945, pág.
140. La Mañana, de 23-9-1.934. ICNRPE.: Op. cit, págs. 390-391. ORTIZ-ARCE DE LA FUENTE, M.:
Archivo privado. RUS MORALES, B.: El Cervantes (crónica sentimental de sesenta años de Teatro en Jaén).
Córdoba, CajaSur, 1.992, pág. 101. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.940, tomo 63, folio 88 vto y
Defunciones, 1.941 y 1.999, tomos 144 y 246, folios 53 y 100, respectivamente. R. C. DE OVIEDO.: Libro de
Nacimientos, 1.906, tomo 105, folio 396.
155
*Porcuna (Jaén), 10-8-1.915 +Madrid, 8-5-1.993. Hijo de don Antonio Pérez García y doña María Luisa
Bellido Barranco. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.940). Incorporado al Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén (18-10-1.945/7-7-1.981). Opositó al Cuerpo Nacional de Depositarios de
Administración Local, siendo su primer destino en el Ayuntamiento de su Ciudad natal (12-12-1.942). Jefe
local del Movimiento Nacional de Porcuna. Hermano Mayor de la Cofradía de la Virgen de la Villa.
Delegado Provincial de Sindicatos de Jaén (7-1.957-1.958); destinado con igual cargo al de Ávila (1.9581.967); pasando seguidamente al de León (1.967-1.968). Subjefe Nacional de la Obra Sindical de
Cooperación (1.968). Secretario Nacional del Servicio de Información y Publicaciones Sindicales (1.9691.975). Condecorado con la Medalla Vieja Guardia (8-12-1.943); Encomienda sencilla de la Orden Imperial
del Yugo y las Fechas (14-9-1.959); Encomienda con placa de Cisneros (1-4-1.969) y medalla de Plata al
Mérito Sindical (18-7-1.972). Casado con doña María Benita Millán Barranco (Porcuna, Nuestra Señora de
la Asunción, 1-7-1.942). Con domicilio en Porcuna, C/, Alcalde López Casero nº 3-1º; Nueva nº 6 y
General Aguilera nº 49; en Madrid, Avda. de América nº 25-7º-A (1.945). AICAJ.: AA.JJ.GG. de 18-101.945; Expediente personal y LSAIICJ.: Ibídem, pág. 276. MILLÁN BARRANCO, M. B.: Archivo privado. R.
C. DE PORCUNA.: Libro de Nacimientos, 1.915, tomo 43, folio 167 y Matrimonios, 1.942, tomo 20, folio 129.
R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones, 1.993, tomo 70-F, folio 99.
- 70 -
Tesorero: Don Lydio Carazo Martínez 156.
BiblotecarioContador: Don Manuel García Cabello.
SEGUNDA
Decano:
Don Alfonso Montiel Villar.
Diputado 1º: Don Antonio Herrera Murillo.
Diputado 3º: Don Manuel Puche Pardo.
Tesorero: Don Gabriel Domínguez García 157.
BibliotecarioContador: Don Manuel García Cabello.
TERCERA
Decano:
Don Alfonso Montiel Villar.
Diputado 1º: Don Antonio Herrera Murillo.
Diputado 3º: Don Herminio Padilla Padilla.
Tesorero:
Don Pedro José Padilla Rodríguez.
156
Decano nº 28 (1.977-1.982; 1.983-1.984 y 1.985-1.986). *Torredonjimeno (Jaén), 2-10-1.923 +Jaén, 11-91.997. Hijo de don Octavio Carazo Moya y doña Mercedes Martínez Gutiérrez. Licenciado en Derecho
por la Universidad de Granada (1.949). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (23-51.952/11-8-1.997). Letrado asesor de los Servicios Sociales de la C.N.S. (Córdoba, 1.952). Vicepresidente
de la Cámara Oficial de Comercio de Jaén (1.980/1.992). Asesor jurídico de Cementos Alba
(1.954/1.992). En posesión de la Cruz Distinguida de 1ª Clase de San Raimundo de Peñafort (24-61.991); Cruz de Plata del Consejo General de Cámaras de Comercio (1.992) y de la Insignia de la Cruz al
Mérito en el servicio de la Abogacía a título póstumo (Úbeda, 18-12-1.998). Casado con doña Rafaela
Carazo Valenzuela (Andújar, Santuario de la Virgen de la Cabeza, 18-4-1.949). Con domicilio en Jaén, C/,
Arquitecto Berges nº 22 (villa San Rafael) y en Torredonjimeno, C/, Llanos Morales nº 3. AICAJ.: Listas,
1.954 y LAIICJ.: Ibídem, pág. 320. CARAZO MARTÍNEZ, L.: Archivo privado. R. C. DE ANDÚJAR.:
Libro de Matrimonios, 1.949, tomo 49, folio 6. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.997, tomo 241, folio
103. R. C. DE TORREDONJIMENO.: Libro de Nacimientos, 1.923, tomo 70, folio 57.
157
*Pizarra (Málaga), 27-5-1.919. Hijo de don Manuel Domínguez Cantarero y doña Bárbara García Gómez.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.942). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (3-1.945/25-3-1.947; reincorporado, 24-2-1.948). Teniente de la Jefatura Provincial de
las Milicias de FET y de las JONS, adscrito al regimiento de infantería "Lepanto" nº 2-3º Batallón (1.943).
Inspector Jefe Provincial de Trabajo de Jaén (1-1-1-1.947/1-8-1.967). Fija su residencia en Madrid, donde
presta sus servicios como jefe de personal de Ferrocarriles del Estado (FEDE, 1.967-1.969). Retorna a la
Dirección General de Trabajo, como jefe de sección, hasta su jubilación (1.985). Casado con doña Pilar de
la Rosa Sánchez (Martos, Santa Marta, 24-6-1.944). Domiciliado en Jaén, C/, Obispo González nº 4, Navas
de Tolosa nº 16, Manuel de Falla nº 24, y en Madrid, C/, Ponzano nº 72. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 3-5-1.945;
Listas, 1.949 y Expediente personal. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Op. cit, pág.
93. DOMÍNGUEZ GARCÍA, G.: Archivo privado. R. C. DE PIZARRA.: Libro de Nacimientos, 1.919,
tomo 35, folio 168. R. C. DE MARTOS (Jaén).: Libro de Matrimonios, 1.949, tomo 46, folio 175 vto.
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BibliotecarioContador: Don Manuel García Cabello.
En esta sesión de presentación de candidaturas se leyó la
comunicación dirigida al Consejo General de los Colegios de Abogados de
España para su posterior elevación al Excmo. Sr. Ministro de Justicia en la
que figuraba la relación de los candidatos propuestos para cubrir los cargos a
renovar.
También fue leído el telegrama remitido por el Iltmo. Sr. Director
General de Justicia (28-12-1.956) cuyo tenor literal aportamos por su interés
histórico: “Orden Ministerial fecha hoy aprueba candidatura colegiados elegibles
renovación cargos vacantes Junta de Gobierno ese Colegio, pudiendo procederse a elección
definitiva”.
Este “ensayo democrático” trajo consigo una serie de contactos y
conversaciones con determinados colegiados; a esta conclusión llegamos tras
analizar detenidamente la carta del colegiado Sr. Pérez Bellido (candidato a
Diputado 3º) fechada en 27 de diciembre de 1.956, dice así:
“Mi querido amigo y compañero: Días pasados llegó a mi conocimiento, que unos
queridos compañeros y amigos, habían proclamado mi nombre para candidato en las
próximas elecciones de la Junta de Gobierno de nuestro Colegio. Esta proclamación se hizo
sin pedir previamente mi consentimiento. Debo decirte que no hago esta declaración en tono
de censura para los promotores de mi candidatura, todos ellos queridos amigos a quienes
agradezco el honor que me han hecho al otorgarme su confianza.
Razones particulares, entre otras, las muchas ocupaciones que actualmente pesan
sobre mí, me impiden optar a un cargo que no podré atender debidamente y que, por lo
tanto, no se aceptaría en el caso de ser elegido, por lo que estimo no debo ser candidato, sin
otra finalidad que mermar votos a cualquier otro compañero con legítimas aspiraciones que
vencerlo.
Por estos motivos y en mis deseos de que mi nombre sea retirado de la candidatura,
y desde luego, no votado, me dirijo a ti, con el ruego de que tomes las medidas oportunas
para que así suceda y de que, en la forma que estimes conveniente, lo hagas saber a todos
los compañeros.
Muy agradecido me reitero tuyo Afmo. amigo y compañero que te abrazo. S. Pérez
Bellido. Rubricado”.
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Obviamente que esta epístola causó el normal revuelo en el seno de la
Corporación, y más concretamente entre los miembros de las distintas
candidaturas; y efectivamente, al día siguiente el candidato a la decanatura del
Colegio, Sr. Herrera Murillo, dirige al Decano un escrito en el que aclara su
posición respecto de su candidatura, este es su tenor:
“Mi querido amigo y compañero: Como continuación a nuestra conversación de esta
mañana y después de cumplimentar a casi todos los compañeros que proponen mi nombre
para el Decanato de nuestro Colegio Provincial de Abogados, pese a mi reiterada
insistencia cerca de ellos, en el sentido que le expliqué y tal vez por exceso del afecto que me
guardan, me obligan a no retirar mi candidatura.
Solo circunstancias tan emotivas para mi cosa éstas y la lealtad con que estoy
obligado a corresponderles son las que me inducen a esa resolución, no obstante la profunda
y sincera satisfacción, por la relevancia de su gran prestigio, que me producirá ver renovado,
por el cariño y la confianza de todos su siempre acertada dirección y gobierno de nuestro
Colegio.
Sinceramente un cordial abrazo de su buen amigo y compañero que le quiere, A.
Herrera. Rubricado”.
Ni que decir tiene que esta nueva misiva soliviantó a las diversas
facciones provocando airadas división de opiniones. Para calmar los ánimos
veinticuatro horas más tarde, o sea, el día 29 siguiente, el candidato Sr.
Herrera Murillo remite al Decano otra carta en la que de manera irrevocable
y concisa perfila su posición ante los próximos comicios, dice así: ”Mi querido
amigo y compañero: como quiera que el hecho de figurar mi nombre en dos candidaturas
pudiera interpretarse como afán desmedido de conseguir a toda costa algún puesto en la
Junta de Gobierno de nuestro Colegio, ha decidido retirarme como Candidato a Diputado
Primero, en la creencia, asimismo, de que con esta conducta correspondo con la lealtad
debida a todos nuestros compañeros.
Por consecuencia de lo que le expongo solo mantengo mi candidatura para Decano.
Le participo igualmente que con esta misma fecha comunico mi decisión a todos los
colegiados.
Un saludo cordial de su siempre, buen amigo y compañero.
Antonio Herrera. Rubricado”.
Durante la campaña electoral fueron sin duda días de intensa
actividad.
- 73 -
En la sesión en la que se leyera la citada carta varios colegiados
hicieron uso de la palabra, entre los que destacamos a don Fernando Anguita
Sánchez 158, los hermanos don Antonio 159 y don Vicente Herrera García 160,
158
La Guardia (Jaén), 30-5-1.882 +Jaén, 11-6-1.969. Hijo de don Virgilio Anguita y Muñiz y doña Catalina
Sánchez Calatrava (que regaló una corona al Cristo de la Expiración, 1.902). Licenciado en Derecho por la
Universidad de Granada (1.907). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (26-3-1.907;
reincorporado, 27-7-1.949/11-6-1.969). Afiliado al partido de Izquierda Republicana, Propagandista de las
elecciones del Frente Popular y Magistrado del Tribunal Popular de Jaén. Cofrade de la Santa Capilla de
San Andrés (19-12-1.900), nombrado Gobernador (1.923). Redactor-jefe de los periódicos liberales
democráticos Heraldo de Jaén (1.905, estando al frente de la administración, su hermano político, don Diego
Ortega Calatrava) y La Solución (1.911). Concejal del Ayuntamiento de Jaén, por el 3º distrito (San
Bartolomé, 1.909), repitiendo (1.934). Vocal de la Junta de la Sociedad "La Peña de Jaén" (1.914).
Comisario Regio de la Escuela Industrial de Jaén (1.916). Diputado Provincial por el distrito de JaénMancha Real (5-6-1.921 y 24-2-1.930-1.931). Socio de la RSEAPJ (2-11-1.921). Visitador de la Imprenta
Provincial de Jaén (sesión, 21-3-1.930, cesando, 15-4-1.931). Juez Vocal del Tribunal Popular nº 2 de Jaén,
a petición del Presidente de la Audiencia Provincial de Jaén (D. 4-10-1.937/28-3-1.939). Casado con doña
María Luisa Santa María Vázquez (Jaén, Sagrario, por el Vicario Capitular, don Saturnino Sánchez de la
Nieta, 12-5-1.907). Con domicilio en Jaén, C/, Espartería s/n (1.906); los Coches nº 6 (1.907), García
Requena (1.919), María de Molina nº 1 (1.934) y Avda. del Ejército Español nº 2 (1.969). Para no hacer
innecesariamente más extensa esta nota, y por su indudable valor histórico, en el Apéndice 2º aportamos
un interesante texto político. ANGUITA SANTAMARÍA, V.: Archivo privado. ARCHIVO DE LA
AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN.: (en lo sucesivo: AAPJ) Libro-Registro de Posesiones y Ceses, pág, 25.
ADPJ.: Legajos 3.115/5, 3.116/30 y 3.116/77. AHMJ.: LAC nº 85. AHPJ.: Legajo 39.475. AICAJ.: Listas,
1.905, 1.918, 1.930 y 1.933 y Expediente personal. A.U.G.: Expediente personal. BOPJ, extraordinario de 14-91.923. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, II (C), 1.986, págs. 195 y 260, refª. 1.439 (251) y
1.678. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Esto, Inés, ello se alaba", "Y direte, Inés la cosa", Don Lope de Sosa,
crónica mensual de la provincia de Jaén (en lo sucesivo: DLS). Jaén, Elías Riquelme Ibáñez y Arturo VargasMachuca Caballero, 1.914, 1.916, 1.923 y 1.924, págs. 256, 318-319, 30, 253, 383 y 30, respectivamente. El
Heraldo de Jaén, de 1-5-1.909, nº 156. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. GARCÍA SÁNCHEZ,
A.: "Presidentes de la Diputación Provincial de Jaén (1.835-1.998)", BIEG nº 173. Jaén, Tercer Seminario
de Bio-Bibliografía Giennense "Manuel Caballero Venzalá", Diputación Provincial de Jaén, 1.999, págs. 85
y 108. MORAGO GÓMEZ, A. J.: “El exorno floral en la Expiración (118 años de historia), Alto
Guadalquivir, 2.007, pág. 23. MORALES CUESTA, M. M.: Montero..., op. cit, pág, 114. MORENO JARA,
M.: "El Partido Republicano Radical en el distrito de Martos", BIEG nº 153, II. Jaén, Primer Seminario de
Bio-Bibliografía "Manuel Caballero Venzalá", Diputación Provincial de Jaén, 1.994, págs. 849 y ss. R. C.
DE LA GUARDIA.: Libro de Nacimientos, 1.882, tomo 10, folio 36. R. C. DE JAÉN.: Libro de Matrimonios,
1.907, tomo 39, folio 81 y Defunciones, 1.969, tomo 188, folio 259. SCSA.: Memoria correspondiente a los años
1.910 a 1.917. Presupuestos para 1.918. Jaén, Imprenta Morales y "Gobernadores de la Santa Capilla, años
1.900-1.995", Siempre nº 32, op. cit.
159
*Jaén, 29-10-1.922 +4-8-2.007. Hijo de don Antonio Herrera Murillo y doña Consuelo García Hurtado.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (28-3-1.947). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (3-5-1.947). Secretario-asesor de Secciones Sociales de la Central Nacional Sindicalista
(CNS) de Jaén (1-1-1.947); vicesecretario de Ordenación Social (1-1-1.949); jefe de los Servicios Jurídicos
(1-2-1.955). Concejal del Excmo. Ayuntamiento de Jaén (6-10-1.955) y Alcalde del mismo (20-12-1.973/154-1.979). Procurador a Cortes de la X legislatura, como representante de los Municipios de Jaén. En
posesión de la Medalla de plata al Mérito Sindical (18-7-1.972); Cruz oficial de la Orden al Mérito Civil (265-1.980); el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, le otorgó las Placas de plata y oro, por su bodas en el
ejercicio de la profesión (10-7-1.992 y 5-1.996, respectivamente), además, de la de plata del 150 Aniversario
del Colegio de Abogados de Jaén (Villacarrillo, 5-2-1.998). Cofrade de honor de la Virgen de la Capilla (212-1.976). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (26-6-1.975) y Gobernador de la misma (1.996).
Casado con doña Trinidad Ortega Ortega (Jaén, San Bartolomé, 23-4-1.950). Con domicilio en la C/, Plaza
de Cervantes nº 2 (1.922), Capitán Oviedo nº 16 (1.949), Tablerón nº 35 (Doctor Zubelzu, 1.950) y Paseo
de la Estación nº 27-7º-A-2. AHMJ.: Ibídem, nº 97, pág, 82 vto. AICAJ.: Listas, 1.949. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Op. cit, págs. 315, 374 y 471. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Ibídem. HERRERA
- 74 -
don Manuel Bago Flores de Lemus, don Luis Cabeza Menéndez y algún
otro; oyéndose reiteradamente voces airadas de ¡A votar! ¡A votar!
El Presidente de la mesa, Diputado 2º, don Antonio Álvarez de
Morales y Ruiz, trataba de explicar las normas a seguir; sin más incidentes se
consiguió proclamar Bibliotecario-Contador a don Manuel García Cabello 161,
por ser el único candidato proclamado para el cargo.
Seguidamente se procedería a la votación para la elección de los
restantes cargos, y se expuso previamente en cuatro puntos la normativa a
seguir se invitó a los colegiados don Ignacio Ortiz-Arce Hernández 162, don
GARCÍA, A.: Archivo privado. MEDINA CASADO, M.: "Los alcaldes de Jaén en el siglo XX (1.9001.988)", Senda..., op. cit, nº 13, pág. 50. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.922, tomo 103, folio 469 y
Matrimonios, 1.950, tomo 84, folio 35, respectivamente. SCSA.: "Relación de cofrades de la Santa Capilla, al
30 de septiembre de 1.997", Siempre nº 43.
160
161
162
Decano nº 27 (1.972-1.976). +Jaén, 18-3-1.924 +16-4-1.998. Hijo de don Antonio Herrera Murillo y doña
Consuelo García Hurtado. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.946). Incorporado al
Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (3-5-1.947/16-4-1.998). Asesor jurídico de la Caja de Ahorros de
Ronda, Banco Exterior de España, Banco de Santander, de las Compañías de Seguros Winterthur, Allianz
Ras, etc. etc. Presidente del "Club Alpino" (1.954), durante su mandato se instituyó en Jaén el premio "Club
Alpino 1954", a celebrar los días 19 al 22 de abril, fue sin duda el primero de los concursos de piano
instituidos en España; al año siguiente por falta de financiación no se convocó, y sí lo hizo el Instituto de
Estudios Giennenses, pero cambiando ya la denominación del Premio "Club Alpino", por el "Premio Jaén
de Piano" (1.955); también organizó el recital del artista cubano Dumé que recitó a García Lorca, Emilio
Ballagas, César Vallejo, Nicolás Guillén, Walt Whitman, et. etc., la presentación del acto la hizo el
Presidente del “Club Alpino”, y la del artista don Manuel Capel Margarito, el acto tuvo lugar en el patio de
la Diputación Provincial (18-7-1.954). Presidente del Seminario Jurídico del Instituto de Estudios
Giennenses (1.954). Primer miembro de Jaén en la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de
Granada (16-6-1.983). En posesión de la Cruz de San Raimundo de Peñafort (14-3-1.986); Insignia de la
Cruz al Mérito en el Servicio de la Abogacía (a título póstumo) y de Plata del 150 Aniversario del Colegio
de Abogados de Jaén (Villacarrillo, 5-2-1.998). Séptimo pregonero del Santísimo Cristo de Charcales o del
"Arroz" (1.993). Casado con doña Adelina del Real Alcalá (Jaén, San Ildefonso, 1-12-1.954). Con domicilio
en la C/, Capitán Oviedo nº 16 (1.950), Pío XII nº 1 (1.960) y Paseo de la Estación nº 32. AICAJ.: Listas,
1.949 y Expediente personal. HERRERA GARCÍA, V.: Archivo privado. JIMÉNEZ CAVALLÉ, P, et alii.:
"El Instituto de Estudios Giennenses y el concurso internacional de piano "Premio Jaén", Instituto de
Estudios Giennenses. Un Centro Cultural. Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 2.001, págs. 305-306, R. C. DE
JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.924, tomo 105, folio 347; Matrimonios, 1.954, tomo 88, folio 325 y Defunciones,
1.998, tomo 243, folio 65. SÁNCHEZ DEL REAL, D.: “Jaén en la nueva cultura (6), principales actos del
grupo Advine”, Senda de los Huertos nº 65-66, op. cit, pág. 44-45.
En virtud de lo dispuesto en la O. M. de 24-11-1.953. Su biografía la aportamos en el Apéndice I.
*Madrid, 10-2-1.905 +Salamanca, 7-6-1.990. Hijo de don David Ortiz Hernández y doña María de la
Consolación Arce Gómez. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (1.928).
Desempeñó funciones de teniente honorífico del Cuerpo Jurídico Militar (1.940). Colaborador de la Revista
General de Legislación y Jurisprudencia, de la editorial Reus, de Madrid. Incorporado a los Ilustres Colegios de
Abogados de Madrid y Jaén (5-9-1.941 y 10-4-1.950/5-12-1.978, respectivamente). Opositó al Cuerpo de
Interventores de Empresas del Instituto Nacional de Previsión (INP), siendo su primer destino en la
Delegación de Jaén (20-5-1.947-1.975). Fue el primer asesor jurídico de la Mutua Madrileña Automovilista
en Jaén y de la Compañía de Seguros "Plus Ultra". Junto con sus compañeros de Foro don Luis Cabeza
- 75 -
Juan José Ortega Ortega 163 y don Adolfo Carazo Moya 164, a que interviniesen
en la elección como escrutadores, procediéndose seguidamente a efectuar la
votación, los colegiados ejercientes en una urna y los no ejercientes en otra.
Realizada ésta y hecho el escrutinio correspondiente, el resultado fue
el siguiente:
Menéndez, don Ignacio Eznarriaga y Fedriani y don José Rodríguez Andújar, dirigió un programa
radiofónico en Radio Jaén, titulado "Audiencia Pública", de divulgación jurídica (1.953-1.955). Casado con
doña María del Carmen de la Fuente Núñez (Madrid, 1.933). Con domicilio en Jaén, Plaza de San Ildefonso
nº 10, y en Salamanca, C/, Puerta de Canalejas nº 35-5º-A (1.978). Por su curiosidad histórica local
comentamos que su hermano don Ángel, arquitecto, fue el autor del proyecto para construir en Jaén un
edificio para sede de la Sociedad Aseguradora MAPFRE, y por causas que ignoramos (a lo que seguro no
estaría exenta los asesinatos de la sociedad propietaria durante la contienda civil), los herederos lo
vendieron a las “Carmelitas” en el que instalaron su actual colegio de enseñanza (1.948). AICAJ.: Listas,
1.958 y Expediente personal. ORTIZ-ARCE DE LA FUENTE, M.: Archivo privado. R. C. DE
SALAMANCA.: Libro de Defunciones, 1.990, tomo 296, folio 551.
163
*Jaén, 25-2-1.920 +22-8-2.000. Hijo de don Juan José Ortega de la Casa y doña Rita Ortega Colmenero.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (24-5-1.942). Hizo la pasantía en el bufete de don
Herminio Padilla y Padilla. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (2-11-1.948). Asesor
jurídico del Casino de Artesanos de Jaén (Concejalía de Asuntos Sociales, 1.950), Mutua General del
Automóvil, Compañía de Seguros "Cervantes", entre otras. Oficial interino de la Excma. Diputación
Provincial de Jaén (1.955). Cofrade fundador de la Cofradía del Silencio (1.946). Cofrade de la Santa Capilla
de San Andrés (19-11-1.961). En posesión de la Medalla de Plata del 150 Aniversario del Colegio de
Abogados de Jaén (Villacarrillo, 5-2-1.998). Casado con doña María Luisa Pérez Marín (Málaga, Santuario
de la Virgen de la Victoria, 9-3-1.952, ella +Jaén 17-1-2010). Con domicilio en la C/, San Clemente nº 44 y
Avda. de Madrid nº 11-4º-D. Su tio don Manuel Ortega Colmenero, donó altruistamente a la Diputación
Provincial de Jaén el terreno de su propiedad para construir el Manicomio denominado de “Los Prados”.
ADPJ.: Legajo 3.166/27. AICAJ.: Listas, 1.948 y Expediente personal. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo
privado. ORTEGA ORTEGA, J. J.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.920, tomo
100, folio 78 vto. y Defunciones, 2.000, tomo 250, folio 145. R. C. DE MÁLAGA.: Libro de Matrimonios, 1.952,
tomo 50, folio 235 vto. SCSA.: "In Memoriam", Siempre nº 54. VILLODRES Y JIMÉNEZ, E. M, de.: La
verdad desnuda (mi soviet en Jaén). Madrid, Librería Bergua, 1.932, pág. 173.
164
*Torredonjimeno (Jaén), 30-4-1.925 +Jaén, 7-3-2.005. Hijo de don Juan Antonio Carazo Granados y doña
Elena Moya Montero. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.948). Incorporado a los
Ilustres Colegios de Abogados de Jaén y Granada (26-10-1.953 y 1.977, respectivamente). Diplomado en
Cooperación por la Universidad Politécnica de Madrid. Ponente en la XXV Asamblea de la Unión
Nacional de Cooperativas del Campo (1.967). Miembro de la comisión de trabajo en la ponencia
"Desarrollo Agrario", en el IV Pleno del Consejo Económico-Social Sindical de la Provincia de Jaén.
Secretario General de la Unión Territorial de Cooperativas del Campo (1.953-1.977), en que pasó a ocupar
la asesoría jurídica de la Entidad. Profesor en los cursos de Cooperación desarrollados en la cátedra de
Sociología y Derecho Agrario de la Universidad Politécnica de Madrid (Escuela Superior de Ingenieros
Agrónomos), durante los cursos 1.976-1.977 y 1.980-1.981. Colaborador asiduo en la revista Olivar, editada
por las Cooperativas del Campo; también lo ha hecho, frecuentemente, en los diarios Jaén e Ideal de Jaén,
con temas de Cooperativismo Agrario y Crédito Cooperativo. En posesión de la medalla de Plata del 150
Aniversario del Colegio de Abogados de Jaén (Villacarrillo, 5-2-1.998). Casado con doña Josefa María
Villarejo Montero (Granada, Basílica de Nuestra Señora de las Angustias, 29-10-1.955, ella, +Granada, 1712-2.001). Con domicilio en Jaén, C/, Plaza Coca de la Piñera nº 9-3º-D y Paseo de la Estación nº 12.
AICAJ.: Listas, 1.954. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, II (C), pág. 94, refª. 757-759.
CARAZO MOYA, A.: Archivo privado. R. C. DE GRANADA.: Libro de Matrimonios, 1.955, tomo 63, folio
229 vto. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 2.005, tomo 264, folio 35. R. C. DE
TORREDONJIMENO.: Libro de Nacimientos, 1.925, tomo 62, folio 47.
- 76 -
Para Decano:
Don Antonio Herrera Murillo, 42 votos de ejercientes y 17 de no
ejercientes, en total: 101 votos.
Don Alfonso Montiel Villar, 30 votos de ejercientes y 7 de no
ejercientes, en total: 67 votos.
Para Diputado 1º:
Don Antonio Herrera Murillo, 30 votos de ejercientes y 6 votos de no
ejercientes, en total 66 votos.
Don Luis Cabeza Menéndez, 22 votos de ejercientes y 11 de no
ejercientes, en total: 55 votos.
Para Diputado 3º:
Don Herminio Padilla Padilla, 35 votos de ejercientes y 10 votos de
no ejercientes, en total 80 votos.
Don Manuel Puche Pardo, 27 votos de ejercientes y 9 de no
ejercientes, en total 63 votos.
Don Sebastián Pérez Bellido: 2 votos de no ejercientes, en total, 2
votos.
Para Tesorero:
Don Pedro José Padilla Rodríguez, 38 votos de ejercientes y 8 votos
de no ejercientes, en total 84 votos.
Don Lidio Carazo Martínez, 29 votos de ejercientes y 10 de no
ejercientes, en total 68 votos.
En virtud del resultado de la elección el Presidente de mesa, don
Antonio Álvarez de Morales y Ruiz, proclamó elegidos para los cargos a
cubrir en la Junta de Gobierno a los señores: Decano: don Antonio Herrera
Murillo. Diputado 1º: don Manuel Puche Pardo. Diputado 2º: don Antonio
Álvarez de Morales y Ruiz. Diputado 3º: don Herminio Padilla Padilla.
- 77 -
Bibliotecario-Contador: don Manuel García Cabello y Secretario: don José
María de Castro Maroto, cuyas filiaciones aportamos cronológicamente en el
Apéndice I 165.
Todos ellos por haber sido los candidatos con mayor número de
votos a su favor, excepto el Bibliotecario-Contador que por ser candidato
único para tal cargo fuera proclamado al principio, de conformidad con lo
dispuesto en la O. M. de 24-11-1.953. Haciéndose constar expresamente que
no se produjo ninguna reclamación durante la votación, el escrutinio, ni
incluso después de hacer la proclamación de los candidatos elegidos.
En la reunión de la Junta General que con carácter ordinario se
celebrara el día 27-1-1.957, el Decano cesante, Sr. Montiel Villar, felicitó al
entrante, Sr. Herrera Murillo por su elección para el cargo de Decano, así
como a los restantes compañeros elegidos a quienes deseó toda clase de
aciertos en beneficio de la Corporación; acto seguido el Sr. Montiel Villar,
regaló la placa de Decano de su propiedad al Colegio de Abogados,
imponiéndosela a don Antonio Herrera Murillo, y le dio de forma oficial la
posesión de su cargo.
Igualmente ocurrió con el resto de los cargos; terminando el solemne
acto con la intervención del nuevo Decano quien expresara su
agradecimiento por la distinción de que había sido objeto; dando las gracias
al Decano cesante por el obsequio hecho al Colegio que muy complacido
aceptaba, pidiendo a la nueva Junta que constase en acta la satisfacción de la
misma por la brillante gestión realizada durante la vigencia en el cargo de don
Alfonso Montiel Villar, propuesta que fue aceptada por unanimidad 166.
En los Estatutos de 1.838 las competencias venían reguladas en los
art. 16 al 19:
“El decano del colegio presidirá las Juntas generales y las particulares, anunciará y
dirigirá las discusiones en unas y otras, y tendrá voto de cualidad en caso de empate (art.
16).
Toca al decano fijar los días y el lugar en que se ha de celebrar Junta de Gobierno
165
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 30-12-1.956.
166
Ibídem, de 30-12-1.956.
- 78 -
(art. 17).
Espedirá (sic) los libramientos para la recaudación é (sic) inversión de los fondos
(art. 18).
Llevará los turnos ó repartimientos de causas de pobres” (art. 19). “El Decano del
Colegio presidirá las Juntas generales del mismo y las reuniones de las de gobierno,
dirigiendo las discusiones y teniendo voto de calidad en caso de empate (art. 4º).
Corresponderá además al Decano fijar los días en que deban reunirse las Juntas de
Gobierno, expedir los libramientos para la inversión de los fondos del Colegio, y nombrar
los Abogados que deban de formar parte en los Tribunales de oposiciones entre los que
pertenezcan ó hayan pertenecido á (sic) la Junta de Gobierno ó reúnan las circunstancias
necesarias al efecto (art. 40.1), y reseña que hará el Decano ó quien lo sustituya de los
acontecimientos más importantes que durante el año último hayan tenido lugar con relación
al Colegio” (art. 65.1).
Finalmente las establecidas en los Estatutos 1.947:
“Corresponderá al Decano la representación oficial del Colegio en todas las
relaciones del mismo con los Poderes (sic) públicos, Entidades, Corporaciones y
personalidades de cualquier orden, ejercerá las funciones de vigilancia y corrección que los
Estatutos reserven a su autoridad; presidirá las Juntas de Gobierno y las Generales y
todas las Comisiones y Comités especiales a que asista, dirigiendo las discusiones con voto
de calidad en caso de empate. Expedirá, además, los libramientos para la inversión de los
fondos del Colegio y propondrá los abogados que deban formar parte de los Tribunales de
oposición, entre los que reúnan las circunstancias necesarias al efecto. Además de todas
estas atenciones, se esforzarán principalmente en mantener con todos los compañeros una
relación asidua de protección y consejo, procurando que su celo constituya una alta tutela
moral que ampare a los débiles y desatendidos, asesore a los inexpertos, encauce a los
extraviados y corrija a los contumaces, de tal suerte, que su rectitud, su severidad y su
afecto, sea ejemplo para todos y encarnación de la dignidad sustancial en quienes realicen
funciones de Justicia (art. 52).
El Decano impedirá, bajo su responsabilidad, que entre a desempeñar un cargo en
la Junta de Gobierno o que continúe desempeñándolo el colegiado en quien no concurran los
requisitos estatutarios, negará la posesión al que fuera elegido sin ellos y lo sustituirá en la
forma prevenida en estos Estatutos” (art. 53).
Respecto a las atribuciones que les estaban conferidas, destacamos en
primer lugar que por razón de su cargo, era Magistrado Honorario de la
Audiencia Provincial respectiva, y en los actos en que intervenía con tal
- 79 -
condición podía usar la medalla y placa correspondiente a dicha categoría 167.
Otra Real orden del 17 siguiente designa el lugar que correspondía a
los Decanos y abogados en la solemnidad de la apertura de Tribunales
estableciendo: “...entre éste y aquellos (entre el último magistrado del lado
izquierdo y los jueces de Primera Instancia), ocupará el Decano del Colegio de
Abogados el puesto de honor que en representación del mismo le corresponde para tales
actos” 168.
En cuanto al uso de la medalla y placa correspondiente, el Real
decreto de 29 de Agosto de 1.843, fija las nuevas normas de trajes y usos de
los Tribunales; para el caso en cuestión queda redactado con el siguiente
tenor: “Con el fin de uniformar las prácticas y usos de todos los Tribunales del Reino y de
desterrar algunos ajenos de la ilustración y cultura de la presente época, el Gobierno
provisional, en nombre de S. M. la Reina doña Isabel II, se ha servido decretar los
siguientes artículos adicionales a las Ordenanzas publicadas en 19 de diciembre de 1.835:
1º.- Queda prohibido el uso del antiguo traje de los Magistrados, abogados y
relatores al mes contado desde la fecha de este decreto, debiendo llevarse precisamente el
establecido en R. O. de 28 de noviembre y Real decreto de 3 de diciembre de 1.835, con las
modificaciones siguientes:
Primero, en vez de la gorra del nuevo traje se usará el birrete antiguo de seis lados.
Segundo, los Jueces de Primera Instancia llevaran la medalla de plata pendiente de un
cordón del mismo metal, de dos líneas de diámetro. Los ministros y fiscales de las
Audiencias, de oro, pendiente de un cordón de lo mismo y del diámetro referido...”.
Estas distinciones fueron derogadas más tarde en virtud del Real
decreto de 7 de enero de 1.851; restituyéndose posteriormente por R. O. de 3
de abril de 1.858 con idéntica redacción.
Las citadas preeminencias estaban reservadas exclusivamente a los
decanos de los Colegios de Abogados, que levantó alguna que otra hilaridad
entre los grupos de oposición, que viene a demostrar -una vez más- nuestro
167
Esta distinción viene regulada en la R. O. de 14-12-1.848 (Gracia y Justicia); su tenor es el siguiente: "Queriendo
la Reina nuestra Señora dispensar a la noble y honrosa profesión del foro la consideración que por su calidad, importancia y
servicios es debida, se ha dignado mandar que los Decanos de los Colegios de Abogados, mientras lo sean, gocen, en
representación de aquél, los de la consideración de magistrados honorarios de la Audiencia, concediéndoseles, por tanto, en la
apertura solemne de Tribunales y demás actos públicos, un puesto de honor correspondiente a esta clase. Es asimismo su
soberana voluntad que el Decano del Colegio que hubiese sido tres veces reelegido para este cargo, adquiera personalmente los
honores de magistrado de la Audiencia del territorio, en el que prestará entonces el juramento necesario, previa la declaración
que deberá solicitar de este Ministerio, y la expedición del Real título correspondiente".
168
Art. 6º.
- 80 -
antañón “pecado nacional”, que no sólo repercutió a aquellos, sino también
implicara a los promotores fiscales; una prueba fehaciente de lo que
afirmamos la hallamos en las manifestaciones del decano don Antonio María
Camps y Camacho, que mostraba su total desacuerdo respecto a la
presidencia y honor que se había de dispensar a los promotores fiscales en las
Juntas Generales de elecciones al Colegio de Abogados 169, en virtud a que
siendo el Decano en representación del Colegio, Magistrado Honorario de la
Audiencia de lo Criminal, es categoría superior que la de aquél, y en su
opinión es contradictoria que el Decano esté supeditado al Promotor
Fiscal 170.
Este desacuerdo debió generalizase en toda la España, habida cuenta
que por Real decreto de 1 de abril de 1.855, referida a la asistencia del Fiscal
a las Juntas se disponía: “En vista de una exposición del Decano del Colegio de
Abogados de Madrid, de fecha 18 de diciembre último, de lo manifestado por el regente
interino de la Audiencia, de conformidad con el dictamen del Ministerio Fiscal al darle
curso, y teniendo presente lo informado con anterioridad por el Supremo Tribunal de
Justicia acerca de otras que elevaron a mi consideración las Juntas de Gobierno del mismo
Colegio y de los de Pamplona, Sevilla, Mallorca, Valladolid y otros pueblos, vengo a
derogar los arts 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 13º, y 16º de mi Real decreto de 5 de Junio de 1.844,
por los cuales se previno, entre otras cosas, la asistencia del fiscal donde hubiese Tribunal
Superior, y del promotor en las demás poblaciones, a las Juntas de los Colegios en que se
eligieran personas para el desempeño de ciertos cargos y en que se nombraran abogados de
pobres”.
En reunión de Junta General del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén,
el Secretario-Contador, Sr. Jiménez Coronado pidió explicaciones respecto a
las preeminencias del Decano en los actos judiciales: “...en que funciona como
abogado sin que pueda invocar carácter de superioridad”; dicha Junta acordó por
unanimidad que en efecto la función del Decano: “es básicamente disciplinaria y
vigente dentro del seno del Colegio, pero nunca en los casos que obre como defensor de una
parte, en los que únicamente gozará de las prerrogativas de un simple abogado” 171.
Finalmente el Decreto del Ministerio de Justicia de 27 de febrero de
1.953 dispone: “Desde muy remota fecha figuró en nuestra legislación el derecho de los
172
169
170
171
172
Reguladas por el R. D. 6-6-1.844.
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 11-11-1.852.
Ibídem, de 27-12-1.855.
BOE. de 12 y 13 de marzo, rfª. 321.
- 81 -
Decanos de los Colegios de Abogados a gozar de honores adecuados a la dignidad de la
representación que ostentan y a la importancia del cometido de su cargo.
Tales prerrogativas honoríficas han venido a constituir así una auténtica tradición,
digna del mayor respecto, y que requiere hoy día ser convenientemente actualizada, dando
nueva vida a aquellas normas que sirvieron para que los Decanos de los Colegios quedasen
investidos de las consideraciones debidas a su honroso cargo.
En su virtud, a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del
Consejo de Ministros, dispongo:
Artículo 1º. Los Decanos de los Colegios de Abogados cuya sede radique en
capitales donde exista Audiencia Territorial tendrán, mientras desempeñen el cargo y
actúen en representación del Colegio, la consideración de Presidentes de Sala honorarios de
la respectiva Audiencia.
Los Decanos de los demás Colegios gozarán de la consideración honorífica de
Magistrados o Jueces de Primera Instancia respectivamente, de la Audiencia o Juzgado de
la localidad en que el Colegio se halle establecido.
Artículo 2º. Quedan derogadas cuantas disposiciones se opongan a lo establecido en
el presente Decreto, facultándose al Ministerio de Justicia para dictar las que estime
necesarias para su debida ejecución y cumplimiento”.
“N. de R. El presente Decreto modifica al de 3 de abril de 1.858 (Diccionario
86, nota art. 52) y aumenta los honores concedidos a algunos Decanos”.
V. LOS DIPUTADOS.
Los requisitos, competencias y atribuciones de los Diputados de los
Colegios de Abogados, van paralelamente unidos con los descritos
anteriormente respecto a los Decanos.
Articulados que les son de aplicación, en cuanto:
A. Los requisitos:
-Estatutos de 1.838: art. 13.
-Estatutos de 1.895: art. 35.4.
-Estatutos de 1.947: art. 59.
“Para ser individuo de la Junta de Gobierno se requiere llevar al menos seis años
de colegio (art. 13).
- 82 -
Llevar ocho años de incorporación en los respectivos Colegios, ejerciendo la abogacía
durante igual período de tiempo y pagando durante los cuatro últimos años alguna cuota de
contribución de las comprendidas en la mitad de la escala respectiva (art. 35.4).
Los cargos de Diputados, Tesorero y Bibliotecario-Contador, se renovarán por
mitad cada cinco años, entre los colegiados que en el momento de la elección lleven más de
diez años ejerciendo la Abogacía” (art. 59).
B. Las competencias:
-Estatutos de 1.838: art. 20 y 21.
-Estatutos de 1.895: art. 41.
-Estatutos de 1.947: art. 57.
“El Diputado primero hará las veces del decano por ausencia, enfermedad u
ocupación de este. Lo mismo hará el diputado de la cabeza de partido que se halle
incorporado a otro en que resida el decano (art. 20).
El Diputado segundo estará encargado más especialmente de velar sobre la
conducta de los abogados del Colegio, dando cuenta a la Junta de Gobierno de cualquiera
falta que advierta o de cualquiera queja que recibiere por hechos que sean contra el honor
de la profesión (art. 21).
Los Diputados deberán velar por la conducta profesional de los Colegiales, dando
cuenta a la Junta de gobierno de cualquier queja que se les diese por actos que puedan
lastimar el decoro profesional, y redactarán los informes que las juntas les encarguen (art.
41).
Los Diputados actuarán como Vocales de la Junta y desempeñarán, además, las
funciones que éstas, los Estatutos y las Leyes les encomienden (art. 57).
Sus cargos estarán numerados, a fin de sustituir por orden de categoría al Decano
en caso de enfermedad, ausencia o vacante (art. 57.2).
Cuando por cualquier motivo vacara, definitiva o temporalmente el cargo de
Secretario, el Tesorero o el Bibliotecario-Contador, serán sustituidos igualmente por los
Diputados, empezando por el último” (art. 57.3).
C. Las atribuciones:
-Estatutos de 1.838: art. 7, 8, 9 y 10.
-Estatutos de 1.895: art. 47.
-Estatutos de 1.947: art. 48, 49 y 50.
- 83 -
“Junta de Gobierno, previa acordada de la audiencia o tribunal donde se hubiese
despachado el título, o del colegio donde se hubiese espedido (sic) el certificado, si decidiese en
vista de todo la admisión, lo hará saber a los demás colegiales y lo pondrá en conocimiento
del tribunal o juzgado que corresponda (art. 7).
Si la Junta de Gobierno hallase alguna causa justa suspenderá la admisión,
haciendo saber al interesado los motivos en que se funde. Si aquel no deshiciese las
sospechas o cargos que sirvan de fundamento a la Junta, y esta persistiese en no admitirle,
usará de su derecho en el tribunal competente con arreglo a las leyes (art. 8).
Son motivos suficientes para declarar la suspensión: 1º, dudar de la certeza o
legitimidad del título de abogado y 2º, todo impedimento legal para ejercer la abogacía (art.
9).
Si después de admitido un individuo en el Colegio cometiese faltas que le hiciesen
desmerecer del honroso cargo que desempeña, la Junta de Gobierno le amonestará hasta tres
veces; y si esto no bastase dará cuenta en Junta General de Abogados para que esta
determine lo que mas convenga al decoro de la profesión y del Colegio. Si el interesado no se
conformase con la resolución de la Junta, podrá acudir al tribunal competente a usar su
derecho (art. 10).
Los individuos que en adelante pertenezcan, así como los que hayan pertenecido a
la Junta de Gobierno de los Colegios de Abogados y reúnan las condiciones que las leyes
vigentes exijan o las haya adquirido por virtud de las disposiciones de estos Estatutos, para
ingresar en la carrera judicial y en la respectiva categoría, en el turno de elección serán
preferidos a los demás de su clase para su colocación en aquella carrera” (art. 47).
Son atribuciones de la Junta de Gobierno: (art. 48) con relación a:
A. Los Colegiados:
1º.- “Resolver sobre la admisión de los Licenciados o Doctores en Derecho que
soliciten incorporarse al Colegio, pudiendo delegar esta facultad en el Secretario para casos
de urgencia que serán sometidos a la ratificación de aquélla.
2º.- Velar porque los Colegiados observen buena conducta con relación a los
Tribunales, a sus compañeros, y a sus clientes; porque en el desempeño de su función
desplieguen la indispensable diligencia y competencia profesional; porque en el cumplimiento
de sus deberes profesionales puedan actuar con la independencia, amplitud y libertad
necesarias; y porque se les guarden todas las consideraciones debidas al prestigio y dignidad
de la augusta misión tutelar de la Abogacía.
3º.- Impedir el ejercicio de la profesión a quienes no cumplieran los requisitos de
orden legal y económicos establecidos al efecto, y perseguir, en su caso, ante los Tribunales
de Justicia a los infractores.
- 84 -
4º.- Adoptar los acuerdos que estime procedentes en cuanto a la cantidad que,
dentro de los límites marcados en los Estatutos, debe satisfacer cada colegiado por derecho
de incorporación.
5º.- Determinar la cuota que deban pagar los Colegiados que no ejerzan la
profesión.
6º.- Acordar, si lo estima necesario, la imposición de cuotas a los Colegiados que
ejerzan la profesión.
7º.- Recaudar las cuotas que se señalen para sostenimiento de las cargas del
Colegio, y de las del Consejo General de los Ilustres Colegios de Abogados de España, así
como las que, para fines de mutualidad, viudedad, orfandad u otras causas, se establezcan
para este último organismo.
8º.- Regular los honorarios de los Abogados en los casos previstos por estos Estatutos
e informar cuando los Tribunales pidan su dictamen con sujeción a lo dispuesto en las
leyes.
9º.- Convocar a la elección de cargos de la Junta de Gobierno.
10º.- Convocar Juntas Ordinarias y Extraordinarias, señalando la Orden del día
para cada una.
11º.- Ejercer las facultades disciplinarias respecto a los Colegiados.
12º.- Ordenar la formación del Tribunal de Honor”.
B. Los Tribunales de Justicia:
“Fomentar y estrechar las relaciones de respetuosa cordialidad del Colegio y sus
colegiados con la Magistratura”.
C. Los Organismos del Estado en todas las jurisdicciones:
1º.- “Defender, cuando lo estime procedente y justo, a los colegiados en el desempeño
de las funciones de la profesión o con ocasión de las mismas.
2º.- Promover cerca del Gobierno y de las autoridades cuanto se considere
beneficioso para los intereses del Colegio y para la recta y pronta administración de Justicia.
3º.- Representar al Colegio en todos los actos oficiales y ante cualquier autoridad o
Tribunal.
4º.- Informar, de palabra o por escrito, en nombre del Colegio, en cuantos proyectos
o iniciativas de las Cortes o del Gobierno lo requieran.
- 85 -
5º.- Dictar los Reglamentos de orden interior que juzguen convenientes”.
D. Los recursos económicos del Colegio:
1º.- “Recaudar, distribuir y administrar los fondo del Colegio.
2º.- Redactar los presupuestos y rendir las cuentas anuales.
3º.- Proponer a la Junta General la inversión del capital social.
La Junta de Gobierno queda facultada para emitir consultas y dictámenes, así
como para ejercer arbitrajes y laudos, percibiendo honorarios cuyo importe ingresará en los
fondos del Colegio, con preferente aplicación para obras de mutualidad o beneficencia (art.
49).
Los miembros de la Junta de Gobierno usarán en actos oficiales el distintivo
legalmente establecido, o que el colegio acuerde según las disposiciones legales en vigor” (art.
50).
VI. LOS TESOREROS.
Respecto a estos miembros eran preceptivos los siguientes articulados
que les son de aplicación, en cuanto:
A. Los Requisitos:
-Estatutos de 1.838: art. 13.
-Estatutos de 1.895: art. 35.4.
-Estatutos de 1.947: art. 59.
Por economía damos por reproducido el tenor literal de los arts. 13,
35.4 y 59 reseñados en el apartado de Diputados.
B. Las Competencias:
-Estatutos de 1.838: art. 22, 23 y 24.
-Estatutos de 1.895: art. 42, 43, y 44.
-Estatutos de 1.947: art. 54.
“El Tesorero recaudará y conservará todos los fondos pertenecientes al Colegio,
pagando todos los libramientos que espida (sic) el decano con la toma de razón de la
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contaduría (art. 22).
Para la debida formalidad llevará dos libros, uno de entradas y otro de salidas que
deberán estar foliados, y rubricados por el presidente y secretario (art. 23).
Presentará sus cuentas a la Junta de Gobierno 15 días antes de la Junta General
de diciembre para que aquella las apruebe y las presente a la general (art. 24).
El Tesorero recaudará y conservará los fondos pertenecientes al Colegio, pagando
los libramientos que expida el Decano con la toma de razón de Contaduría (art. 42).
Para la debida formalidad llevará el Tesorero los libros correspondientes (art. 43).
El Tesorero presentará sus cuentas y los proyectos de presupuestos correspondiente a
la Junta de Gobierno antes del 15 de Diciembre de cada año, a los efectos que se
determinan en el art. 63 y siguientes (art. 44).
El Tesorero recaudará y conservará los fondos pertenecientes al Colegio pagando los
libramientos que expida el Decano con la toma de razón de Contaduría; llevará para la
debida formalidad, los libros correspondientes y presentará a la Junta de Gobierno las
cuentas y el proyecto del presupuesto” (art. 54).
C. Las Atribuciones:
-Estatutos de 1.838: damos también por reproducido el texto íntegro
del articulado que aparece respecto a los Diputados.
-Estatutos de 1.895: igualmente reproducimos el tenor que aparece en
el art. 47 respecto a los Diputados.
-Estatutos de 1.947: también damos por reproducido íntegramente el
texto que aparece en idéntico articulado a los Diputados.
VII. LOS SECRETARIOS-CONTADORES.
Respecto a estos miembros de la Junta eran preceptivos los siguientes
articulados que les son de aplicación en cuanto:
A. Los requisitos:
-Estatutos de 1.838: art. 13.
-Estatutos de 1.895: art. 35.4.
-Estatutos de 1.947: art. 58.
Nuevamente damos igualmente por reproducido el tenor que aparece
en idéntico articulado respecto a Diputados y Tesoreros.
- 87 -
En cuanto a los de 1.947 toma nueva redacción:
“Los cargos de la Junta de Gobierno, excepto los de Decano y Secretario, se
proveerán por elección, en la que podrán participar todos los colegiados, ejercientes o no, con
arreglo a las prescripciones que estos Estatutos consignan (art. 58).
No serán objeto de elección los cargos de Decano y Secretario del Colegio,
designándose libremente por el Ministerio de Justicia los colegiados que hayan de
desempeñarlos” (art. 58.1).
En la redacción de este articulado primó obviamente las circunstancias
políticas del momento.
B. Las Competencias:
-Estatutos de 1.838: art. 25, 26, 27 y 28.
-Estatutos de 1.895: art. 45 y 46.
-Estatutos de 1.947: art. 55.
“El Secretario contador recibirá todas las solicitudes que se hagan a la Junta de
Gobierno o a la general del colegio, dando cuenta de ellas; espedirá (sic) con orden del
decano las certificaciones que se soliciten, llevará un registro alfabético de los cargos que
cada abogado desempeñe y amonestaciones que sufra y formará cada año la lista de los
abogados de su colegio con espresión (sic) de su antigüedad (art. 25).
Será de su obligación insertar en dos libros distintos las actas de la Junta general
las de Gobierno (art. 26).
Estará a su cargo el archivo y sellos del colegio (art. 27).
Como contador llevará dos libros iguales a los del tesorero, donde tomará razón en
uno de las entradas y en otro de las salidas de caudales, registrará y sentará los
libramientos que espida (sic) el decano, y presentará todos los años un resumen de las
cuentas para hacer cargo al tesorero (art. 28).
El Secretario recibirá todas las solicitudes y comunicaciones que se dirijan a las
Juntas de Gobierno o a las Generales del Colegio; dando cuenta de ellas (art. 45).
Expedirá las certificaciones que se soliciten y deban ser expedidas, y llevará un
registro en el que por orden alfabético de los apellidos de los Colegiales consigne el historial
de los mismos dentro del Colegio (art. 45.1).
Formará cada año las listas de los Abogados del Colegio, expresando su
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antigüedad y domicilio; llevará los turnos y repartimientos de causas de pobres; los libros de
actas de las Juntas Generales y de Gobierno, y por último, tendrá a su cargo el Archivo y
sello del Colegio (art. 45.2).
El Secretario desempeñará también las funciones de Contador, interviniendo en tal
concepto las operaciones de Tesorería (art. 46).
El Secretario es el encargado de recibir y tramitar las solicitudes y comunicaciones
que se dirijan al Colegio y sus diferentes organismos, dando cuenta de ellas a quien proceda
(art. 55.1).
Librará las certificaciones que se soliciten y deban ser expedidas y llevará un
registro en el que, por orden alfabético de los apellidos de los colegiados, se consigne el
historial de los mismos dentro del Colegio (art. 55.2).
Formará cada año las listas de los Abogados del Colegio, expresando su
antigüedad, años de ejercicio y domicilio. Llevará los turnos y repartimientos de los asuntos
de pobres, los libros de Actas de las Juntas Generales y de Gobierno, y por último, tendrá
a su cargo el Archivo y sello del Colegio” (art. 55.3).
C. Las Atribuciones:
-Estatutos de 1.838: art. 25, 26, 27 y 28.
-Estatutos de 1.895: ahorrar 45, 46 y 47.
-Estatutos de 1.947: art. 55.
“El Secretario-Contador recibirá todas las solicitudes que se hagan á (sic) la Junta
de Gobierno ó (sic) á la General del Colegio, dando cuenta de ellas; espedirá (sic) con orden
del decano las certificaciones que se soliciten, llevará un registro alfabético de los cargos que
cada abogado desempeñe y amonestaciones que sufra y formará cada año la lista de los
abogados de su Colegio con espresión (sic) de su antigüedad (art. 25).
Será de su obligación insertar en dos libros distintos las actas de la Junta General
y las de Gobierno (art. 26).
Estará á su cargo el archivo y sellos del Colegio (art. 27).
Como contador llevará dos libros iguales á los del Tesorero, donde tomará razón en
uno de las entradas y en otro de las salida de caudales, registrará y sentará los libramientos
que espida el decano, y presentará todos los años un resumen de las cuentas para hacer
cargo al tesorero (art. 28).
El Secretario recibirá todas las solicitudes y comunicaciones que se dirijan á las
Juntas de Gobierno ó á las generales del Colegio; dando cuenta de ellas (art. 45).
Expedirá las certificaciones que se soliciten y deban ser expedidas, y llevará un
registro en el que por orden alfabético de los apellidos de los Colegiales consigne el historial
- 89 -
de los mismos dentro del Colegio (art. 45.1).
Formará cada año las listas de los Abogados del Colegio, expresando su
antigüedad y domicilio; llevará los turnos y repartimientos de causas de pobres; los libros de
actas de las Juntas Generales y de Gobierno, y por último, tendrá á su cargo el Archivo y
sello del Colegio (art. 45.2).
El Secretario desempeñará también las funciones de Contador, interviniendo en tal
concepto las operaciones de Tesorería (art. 46).
Las individuos que en adelante pertenezcan, así como los que hayan pertenecido á
la Junta de Gobierno de los Colegios de Abogados y reúnan las condiciones, que las leyes
vigentes exijan á las hayan adquirido por virtud de las disposiciones de estos Estatutos,
para ingresar en la carrera judicial y en la respectiva categoría, en el turno de elección serán
preferidos á los demás de su clase para su colocación en aquella carrera (art. 47).
El Secretario es el encargado de recibir y tramitar las solicitudes y comunicaciones
que se dirijan al Colegio y sus diferentes organismos, dando cuenta de ellas a quien proceda
(art. 55.1).
Librará las certificaciones que se soliciten y deban ser expedidas y llevará un
registro en el que, por orden alfabético de los apellidos de los colegiados, se consigne el
historial de los mismos dentro del Colegio (art. 55.2).
Formará cada año las listas de los Abogados del Colegio, expresando su
antigüedad, años de ejercicio y domicilio. Llevará los turnos y repartimientos de los asuntos
de pobres, los libros de Actas de las Juntas Generales y de Gobierno, y, por último, tendrá
a su cargo el Archivo y sello del Colegio” (art. 55.3).
VIII. LOS BIBLIOTECARIOS-CONTADORES.
Los Estatutos de 1.947 en su Título II, Sección Primera, trata de la
Junta de Gobierno, y en su art. 47 introduce esta nueva figura en el seno de
la Junta de Gobierno de los Colegios de Abogados de España.
A. Los Requisitos:
“Cuando el número de elegibles con dicha antigüedad para el cargo de
Bibliotecario-Contador no pase de quince podrán también serlo quienes hayan ejercido la
profesión por los menos durante cuatro años” (art. 59.2).
B. Las Competencias:
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1ª. Cuidar la Biblioteca.
2ª. Formar y llevar el catálogo de obras.
3ª. Proponer la adquisición de las que considere procedentes a los
fines corporativos.
4ª. Intervenir las operaciones de Tesorería (art. 56).
C. Las Atribuciones:
Por las expresadas razones de tan constante referencia, damos por
reproducido el art. 48, apartados a), b), c) y d); 49 y 50, alusivos a los
Diputados.
IX. LOS MONTEPÍOS DE INICIATIVA PRIVADA.
Los antecedentes más remotos de las pensiones de viudedad y
orfandad las conceden los monarcas a los familiares de guerreros muertos en
el campo de batalla. Durante el reinado de los Reyes Católicos asignaron
veinte millones de maravedíes para el socorro de las viudas y huérfanos de
los caídos contra los partidarios de la Beltraneja 173 y del ejército portugués
que la apoyaba.
Por su parte los Austrias destinaron doscientos mil escudos anuales
para pensiones de gracia de toda clase: dotes de damas de Corte, soldados
“estropeados”, pensiones a viudas y huérfanos de militares y de altos cargos
palaciegos y diplomáticos, etc.
Después aparecen pensiones concedidas a viudas de empleados de las
Minas de Almadén. Concretamos una concedida a doña María Rodríguez
Serrana, viuda del capataz don Martín de Gracia (5-12-1.655), con estas
palabras: “Como se ha hecho con mugeres (sic) de otros oficiales en lo pasado”. Ésta
tuvo una vigencia de más de un siglo, hasta que se reglamentara en 1.778 el
173
*Madrid, 1.462 +Lisboa, en un convento, 1.530. Hija de Enrique IV de Castilla y de la reina doña Juana de
Portugal. Razones políticas, seguramente más que de otra índole, había de dar a la recién nacida el
sobrenombre de “la Beltraneja”, tildándola de hija no del rey, sino de su favorito y dueño del gobierno,
don Beltrán de la Cueva (*Úbeda –Jaén-, 1.440 +Cuéllar, -Segovia- 1.492). Proclamada heredera de la
corona, fue excluida del poder. Pretendió recuperar sus derechos al trono de Castilla, pero derrotado su
ejército por Fernando de Aragón en la batalla de Toro, la corona pasó a la hermana del soberano Isabel la
Católica. Ni siquiera en el claustro pudo encontrar sosiego, que allí encerrada había de venir a sacarla
para hacerla su esposa el rey de Portugal, pretendiendo así derechos a la corona que había de ver perdidos
en la batalla de Zamora. INSTITUTO DE ESTUDIOS MADRILEÑO.: Cien…, op. cit, pág. 4.
- 91 -
“Montepío para alivio y socorro de viudas y huérfanos de los oficiales y demás dependientes
de la Contaduría y fábricas de Almacén”.
El más claro e inmediato antecedente de los Montepíos creados por
Carlos III fue una Fundación piadosa mutua establecida por los empleados
de la Contaduría General de Valores del Ministerio de Hacienda (1.753) 174.
El primer Montepío de Abogados que se establece en España fue el
del Colegio de Madrid, y a partir de 1.775 se organizaron otros en diversas
capitales españolas.
Dicho Montepío garantizaba a los abogados contra los riesgos de
invalidez y supervivencia y auxiliaba con cantidades reintegrables en los de
enfermedad y muerte.
La afiliación al mismo era con carácter voluntaria para los
incorporados en el Colegio con anterioridad a 1.776, y de obligado
cumplimiento para los nuevos abogados.
Las cuotas establecidas para su ingreso eran de 900 reales, pagaderos
en tres años en cuotas iguales, y 240 reales de cuota anual. En casos de
“déficit” quedaban además obligados a cotizar mientras durase éste a razón
de 20 reales al mes.
El seguro de invalidez estaba regulado de la siguiente forma: Cada
abogado que por enfermedad habitual o accidente continúo estuviese
imposibilitado de trabajar y fuera pobre, recibiría un subsidio variable según
la categoría del mismo:
Antiguos Decanos............…4.383 reales al año.
Miembros de la Junta........... 3.896 “ “ “
Examinador del Colegio...... 3.409 “ “ “
Abogado normal................... 2.922 “ “ “
El seguro de supervivencia concedía a las viudas y huérfanos (los hijos
174
MATILLA TASCÓN, A.: Op. cit, pág. VII y ss.
- 92 -
varones hasta los veinte años) el percibo de una pensión de 9 reales diarios.
En cuanto a los auxilios estos cubrían los casos de vejez, enfermedad y
muerte. En el primero, el abogado que mermaba su trabajo por causa de su
ancianidad tenía derecho a percibir un subsidio indeterminado al arbitrio de
la Junta de Gobierno; en el segundo supuesto, se le podía adelantar hasta la
cantidad de 600 reales reintegrables al recuperar la salud, con la amenaza, de
no hacerlo en el plazo de un año, de perder su viuda la mitad de la pensión
que le pudiera corresponder en su día o reintegrable de sus bienes, si el
enfermo moría. El tercero, autorizaba también a anticiparle 600 reales para
gastos de entierro, reintegrables en análogas condiciones.
La vigencia del Montepío de Abogados de Madrid fue muy corta por
defectos de cálculo. El 30 de marzo de 1.791 el Colegio de Abogados de
Madrid presentó a la aprobación del Consejo de Castilla un nuevo
Reglamento, que suspendía por un plazo de diez años el pago de toda clase
de pensiones, este nuevo plan fue aprobado el 5 de diciembre de 1.806.
Pero la “francesada” y las revoluciones liberales terminaron por
arruinarlas; aunque el Montepío de Abogados subsistía en el siglo XIX
(1.824) en que las viudas todavía cobraban la módica pensión de 400 reales al
año, repartida por mitad, entre la Navidad y San Juan 175.
Por razones de espacio de tan constante referencia, tan sólo vamos a
repasar someramente al de Jaén, ceñiéndonos al período histórico que
estudiamos.
El Consejo de Castilla aprobó el Montepío de Abogados de Granada
el 23 de noviembre de 1.778, con ordenanzas exactamente iguales a la de
Madrid.
El desarrollo del Montepío de Granada fue análogo al de la Capital del
Oso y el Madroño, pues a los nueve años (1.787) eran 13 las pensionistas que
devengaban 42.900 reales, mientras que los ingresos de cuotas de los 92
abogados tan sólo ascendían a 22.080 reales.
175
RUMEU DE ARMAS, A.: Historia de la previsión social en España. Cofradías, Gremios, Hermandades, Montepíos.
Barcelona, Ediciones "El Albir", S. A. 1.981, págs. 463-467.
- 93 -
En 1.788 la Junta de Gobierno consiguió la rebaja de las pensiones: de
300 a 200 ducados.
Seis años después (1.794) pedían la suspensión de pagos por cuatro
años y la reducción de las pensiones para el futuro: a 100 o 150 reales.
En referidos Estatutos se contemplaba la posibilidad de que los
abogados no sólo de Jaén, sino de la provincia adscrita a la jurisdicción del
Tribunal Territorial de Granada (Almería) podrían incorporarse a la misma.
En los Estatutos aprobados por las Cortes con fecha 11 de julio de
1.837, en sus art. 35 y 36 se establecía: “Invita asimismo el Gobierno a todos los
abogados a que formen una asociación de socorros mutuos para sí, sus viudas e hijos; pero
se abstiene de fijar reglas que deben ser convencionales, reservándose remover los obstáculos
que se opongan a estas benéficas asociaciones, a cuyo fin y para los demás efectos
correspondientes se le remitirán por el colegio o individuos que se asocien, copia de la acta y
estatutos que se formen”.
El tenor del art. 36: “Habiendo cesado de hecho los antiguos Montes Píos
forzosos, en virtud del Decreto de las Cortes de 8 de junio de 1.825, restablecido en 11 de
julio de 1.837, las personas que tenían adquirido derecho a los fondos existentes, se
entenderán con los colegios respectivos y arreglarán entresí o propondrán los medios que
crean más a propósito para que no se cause perjuicio”.
Los sucesivos Estatutos aprobados en 1.895 y 1.947, contemplaban
nuevas mejoras asistenciales por parte del Estado a la numerosa familia de la
Abogacía, pero la penuria económica impedía en la mayoría de los casos su
normal desarrollo.
La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén,
acordó en 1.941 crear un Fondo Social de 2.500 pesetas para sufragar los
gastos de entierro, funeral y luto por fallecimiento del colegiado.
Nuevos logros sociales se alcanzó con la aprobación de los nuevos
Estatutos de la Mutualidad General de Abogados de España aprobados en 912-1.948. Más tarde, concretamente en 1.951, se cambió su denominación
por los de la Mutualidad General de la Abogacía con propios Estatutos.
- 94 -
Entró en vigor la obligatoriedad de utilizar las pólizas de la Mutualidad en los
bastanteos de poderes en asuntos de jurisdicción voluntaria civil, cuando la
cuantía del mismo fuese superior a 5.000 pesetas. Además era de obligado
cumplimiento la cotización en “Subsidio de defunción”, por el contrario,
para los subsidios de vejez, orfandad, viudedad e invalidez eran
voluntarias 176.
Y así se fue alternando con algunas que otras vicisitudes, hasta que en
el año 1.954 el Socorro por Defunción se elevó hasta 5.000 pesetas. Más
tarde en 1.982, se suscribió nuevo convenio con la Mutualidad General de la
Abogacía, en la que se amparaba la incapacidad profesional transitoria de los
abogados ejercientes y, en 1.989, se suscribió póliza de Seguro de
Responsabilidad Civil Profesional con la Compañía de Seguros Cresa 177.
X. ABOGADOS DE POBRES Y DE OFICIO.
“Otros pobres hay en la república de mayor y más urgente necesidad que cuantos he
referido hasta aquí, a los cuales tenemos muy precisa obligación de socorrer y ayudar, que
son los de las cárceles; pues, fuera de la necesidad corporal que tienen como los otros,
debemos mover a particular compasión verlos faltos de libertad, y más necesitados que
todos, por tener pleitos a que acudir. Que, aunque tienen letrados y procuradores señalados
para esto por las justicias y repúblicas, que de gracia los defienden -por salarios que para
ello hay señalados-, trabajosísimamente lo pasan con todo esto, por no tener algo con que
acudir al solicitador y otros requisitos que hay en los pleitos; demás del desamparo que
suelen tener los presos pobres de parientes y amigos... De donde se echa bien de ver que es
esta gente más desamparada y sin consuelo que tiene el mundo...”.
(Cristóbal Pérez de Herrera 178).
La antigüedad de esta asistencia jurídica viene ya regulada en las Siete
Partidas 179, y más tarde en la Novísima Recopilación 180, además de otros
176
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 28-1-1.951.
177
Ibídem, de 24-2-1.988.
178
Escritor y médico español. *Salamanca, 1.558 +Madrid, 1.625. fue alumno de la Universidad de Alcalá de
Henares (Madrid), y llegó a ser médico real. La obra que le ha dado mayor fama es Discurso del amparo de los
legítimos pobres... (1.598), de extraordinario interés para el conocimiento de la literatura picaresca.
179
Tercera Partida, Título VI. Al Código que Alfonso X redacta para que sirva como ley del rey le da el nombre
genérico de Libro del Fuero, o fuero del Libro, o Fuero de las leyes. El nombre usual, las Siete partidas, se debe al
número de libros o partes en que está dividido el Código. Esta división se explica por la virtud
extraordinaria que concedían al número siete las interpretaciones bíblicas-cabalísticas de la época. Según
- 95 -
cuerpos legales, disposiciones y reglamentos.
Desde el génesis del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén era requisito
sine cuan no para todos los colegiados, asistir en el turno de pobres y de
oficio tanto a los procesados como a los litigantes, previa declaración de
aquellos de pobres de solemnidad.
Por este concepto la Administración de Hacienda gratificaba a cada
uno de los abogados que intervenía en el mismo, con el equivalente a dos
patentes de la contribución industrial y comercial. Y aunque la Corporación
denunció desde su puesta en vigor la insuficiencia de las mismas, y por ende
solicitaba se aumentara el número de patentes, la Dirección General de
Contribuciones Directas comunicó su desestimación a la Ilustre
Corporación, en su escrito de 28 de diciembre de 1.849 181.
Aunque su control fiscal le estaba encomendado orgánicamente a la
Administración de Hacienda, por presiones por parte del inspector de turno,
a finales del ejercicio económico de 1.851 delegó sus facultades a la Junta de
Gobierno de la Corporación, para que ésta nombrase entre los colegiados
“peritos clasificadores”, y en sesión de Junta General se aprobó nombrar
síndico a don Mateo Ramón Candalija Martínez, y peritos a don Antonio
opina Galo Sánchez, hay que distinguir dos redacciones de las Partidas: la primera que fue comenzada en
1.256 y concluida en 1.263, y la segunda, más breve que la primera, se terminó en 1.265. Se cree que se
redactara en Murcia o Salamanca, por estar vinculadas al maestro Jacobo, uno de sus redactores. Tratan de:
I, Fuentes del Derecho y materias canónicas; II, Derecho público; III, Organización judicial y
procedimiento; IV, Derecho civil: Derecho matrimonial y familia; V, Derecho civil: Contratos y títulos; VI,
Derecho civil: Derecho sucesorio y testamentos y VIII, Derecho penal: Delitos y penas. Reuniendo la
primera letra de cada una de las Partidas, resulta el nombre de "ALFONSO". FERNÁNDEZ ESPINAR,
R.: Las fuentes..., op. cit, págs. 394-396.
180
En la época de Carlos III el Consejo Real de Castilla encarga al eminente penalista don Manuel de Lardizábal
y Uribe, de origen mejicano (1.739-1.820), Oidor de la Chancillería granadina, la redacción de un Suplemento
de la Nueva Recopilación. Encargado de extractar las leyes penales españolas desde tiempos de los visigodos.
Durante el reinado de Carlos IV, éste ordena en 1.798 al Consejo de la necesidad de reeditar la Nueva
Recopilación. El Consejo deseando utilizar los materiales recopilados por Lardizábal encomienda a don
Juan de la Reguera y Valdelomar, relator de la Chancillería de Granada, la formación del Suplemento. El
plan de Reguera comprendía un índice de 12 Libros; otro de los títulos a suprimir; un reglamento de la
reforma. Aprobado por Real Cédula de 1.805, pero no se imprime hasta 1.806. Para esta magna empresa
reclamó como su auxiliar personal a don Nicolás María Garelli Battifora (1.804), que más tarde sería
nombrado ministro de Gracia y Justicia (20-2-1.822/8-8-1.822 y 15-1-1.834/17-2-1.835; los interesados en
conocer su impresionante expediente político-administrativo, vid. Lasso Gayte citado en bibliografía).
FERNÁNDEZ ESPINAR, R.: Ibídem, págs. 494-495. LASSO GAYTE, J. F.: Op. cit, págs. 15, 58-60.
181
Comenzó el turno de Oficio con ocho abogados en ejercicio, con cuatro cuotas diferentes: 250, 198, 190 y
120 reales de vellón. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 15-7-1.850 y 6-2-1.850.
- 96 -
María Camps y Camacho y don José Campos Alcalde 182.
El reparto estaba encomendado estatutariamente al decano, pero
debido por una parte al escaso número de letrados incorporados como
ejercientes, así como las frecuentes ausencias de la mayoría de los mismos, y
además, que en bastantes ocasiones eran los propios procesados los que por
argucias procesales solicitaban cambiar de letrado una vez elegido, producía
en el seno de la Corporación un grave trastorno en el normal
funcionamiento del mismo. Tal descontrol conllevó al decano don Mateo
Ramón Candalija Martínez a decir a finales de 1.856: “Durante el año actual han
dejado de ejercer don José María Ortiz y Morán 183 y don José Antonio Serrano
Jiménez 184, y ausentándose a su residencia de Madrid, don Antonio María Camps y don
Mariano Camps, también ha regresado y abierto su bufete don Joaquín Ruiz Bueno; los
cargados por efecto sin duda de las circunstancias de las causas no han podido tener lugar
en riguroso turno...”.
182
Ibídem, de 20-11-1.851.
183
*Jaén, 1.835 +18-3-1.902. Hijo de don Francisco Javier Ortiz y Aguilar y doña María Josefa Morán y López.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.853). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (29-12-1.859). Secretario del Ayuntamiento de Jaén (1.866). Por el Juzgado de Primera
Instancia de Jaén, se le instruyó causa seguida contra don Francisco Romero Santos y otros, sobre falso
testimonio, calumnia y falsedad, imponiéndosele a aquel una multa de 40 pesetas, fallo que apelado, fue
confirmado por la sección primera de la Audiencia Provincial de Jaén (9-4-1.895). Propietario de la casería
del Buey (pago de Jabalcuz, 1.898). Figuraba en la relación de mayores contribuyentes de la Ciudad con el
nº 47. Casado con doña Rosario Carpio y Olmo (Jaén, San Bartolomé, 26-8-1.852; ella *en Montoro). Con
domicilio en la C/, Espartería (Doctor Civera, 1.866), Rueda nº 15 (Montero Moya) y Campanas nº 11
(1.871). Su hija doña María Teresa, casada con don Ildefonso Monmeneu y López-Reinoso, socio de la
RSEAPJ (10-1-1.902), Secretario de la Comisión Provincial de la Cruz Roja Española y Delegado de
Hacienda de Jaén (1.900). AHDCJ.: Libro de Desposorios de San Bartolomé nº 17, págs. 13 y 25 vto. AHMJ.:
LAC, de 1.898. AICAJ.: Listas, 1.862 y Expediente personal. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, págs. 217
y 228. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.904, tomo 69,
folio 529 y Defunciones, 1.902, tomo 73, folio 211.
184
*Jaén, 9-3-1.824 + ¿. Hijo de Jerónimo Serrano Soto (Vocal de la Junta Suprema de Gobierno de Jaén, 29-81.835) y doña Dolores Jiménez Guzmán. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada
(1.853). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (10-3-1.854). Subteniente de la 2ª Cía. del
Batallón de la Milicia Nacional de Jaén. Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.854-1.856 y 1.859-1.860);
teniente de Alcalde (1.861-1.864); Alcalde (1.865-1.866). Él y don José María de Martos fueron los dos
aspirantes al cargo de secretario del Ayuntamiento de Jaén, obteniendo aquel siete votos, frente a los seis
del segundo, y dos abstenciones (30-6-1.855/1.857). Gobernador militar interino de Jaén (1.863).
Nombrado Inspector de segunda clase de orden público de Granada (20-7-1.870). Comisionado de
empresas industriales; participó en la Comisión del Ferrocarril para Jaén. De los mayores contribuyentes de
la Capital. Casado con doña María de los Ángeles Camacho y Doblas (Jaén, Sagrario, 25-11-1.857, ella nieta
materna del famoso impresor de Jaén, don Pedro José de Doblas Priego). AHDCJ.: Expedientes
matrimoniales, legajo 583-B. AICAJ.: Ibídem, de 1.856. CORONAS TEJEDA, L.: "Una familia de
impresores en Jaén: los Doblas”, BIEG nº 162, I, págs. 489 y ss. CUADRA HERRERA, J. R. de la.:
Archivo privado. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Op. cit, págs. 217 y ss. LÓPEZ CORDERO, J. A.:
Jaén durante..., op. cit, apéndice 198 y 712.
- 97 -
También hace unas declaraciones laudatorias respecto a los esfuerzos
de sus compañeros de foro de don Antonio Mariscal y López de Navajas,
don Juan de la Cruz García Lara y don Antonio Ochoa y Jiménez de
Góngora, por cubrir en lo posible las ausencias de sus compañeros 185.
Más tarde el reparto se hacía por turno establecido, comenzando por
el letrado más joven. Más adelante se aprobó fijar para los meritados turnos
un cupo de cuatro abogados por año. En 1.889 a propuesta de don Eduardo
Padial Vilches 186se suprime una plaza de oficio. Un año más tarde,
concretamente en mayo de 1.890, don Antonio de Gregorio y Tejada
propuso (sin éxito) su restitución, para restablecerse en 1.894 187.
No obstante había un reducido sector disconforme con el sistema de
reparto establecido, y acusaban ante el decano de la Corporación a los
letrados del turno, y más concretamente al Sr. Mariscal y López de Navajas,
“...por llevar un elevado número de asuntos del turno de oficio en proporción con otros
compañeros” 188.
Esta disconformidad llegó incluso (a que pese a estar cubierto el cupo
de letrados nombrados anualmente para la tan citada función) que don José
185
Relacionamos a los abogados matriculados en la defensa de pobres en causas criminales y asuntos civiles en
el año 1.856: don Juan de la Cruz García, don Antonio Mariscal y López de Navajas, don Gregorio
Casanova del Castillo, don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora, don Rafael Ortiz Moran, don
Mariano Camps y Arredondo, don José Ortiz Morán, don José Serrano Jiménez, don Tomás Sánchez
Vera, don Manuel de Góngora Martínez, don Wenceslao Jiménez Coronado y don Juan Carrillo de
Albornoz y Guilotó. AICAJ.: Libro de Registro por Cargos (1.851-1.874).
186 *Jaén,
28-9-1.861 +Granada, + ¿ Hijo de don Eduardo Padial Martos (su interesante biografía la aportamos
en el capítulo III) y doña Mariana de Vilches y Vilches (*Cambil (Jaén), 1.861). Licenciado en Derecho
Civil y Canónico por la Universidad de Granada (1.882). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de
Jaén (4-9-1.885). Juez Municipal de Huelma (Jaén, 13-8-1.893/20-10-1.895). Casado con doña María
Lucía Romero y Bataller (Granada, Parroquia Virgen de las Angustias, 19-3-1.887; ella *Ugíjar (Granada),
12-4-1.875; conocida por la perla de Ugíjar por su belleza; el hermano de ella don Eduardo, Magistrado
de la Audiencia Territorial de Granada (1.932). Con domicilio en Jaén, C/, Llana nº 21, Príncipe Alfonso
nº 12 (1.889) y Juego de Pelota nº 31 (Juan Montilla, 1.895). Sus hermanos don José María y don Manuel,
destacado miembro del Clero de Jaén (cuyos datos biográficos aportamos en el capítulo 3º) e Interventor
de la Delegación de Hacienda de Jaén, respectivamente. AICAG.: Listas, 1.932. AICAJ.: Listas, 1.886 y
LSAIICJ.: Op. cit, pág. 82. GALIANO PUY, R.: Archivo privado. MARÍN DEL MORAL, S.: Archivo
privado. OSUNA Y GUERRERO, E.: Guía Oficial de Jaén y su Provincia y Almanaque para el año 1.896. Jaén,
Tipografía de El Liberal, 1.896, págs. 263 y 285. PADIAL AGUIRRE, E.: Archivo privado. PADIAL
SÁNCHEZ, A.: Archivo privado. PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DEL MARTIRIO, de
Ugíjar.: Libro de Bautismos, 1.875, tomo 24, folio 12. R. C. DE GRANADA.: Libro de Matrimonios, 1.887,
tomo 15, folio 82. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.892, tomo 43, folio 450 y Defunciones, 1.886 y
1.889, tomos 38 y 39, folios 62 y 388, respectivamente.
187 AICAJ.:
188 Llegó
AA.JJ.GG. de 30-5-1.889, 8-5-1.891 y 3-6-1.894.
alcanzar hasta un tercio de los asuntos correspondientes al ejercicio económico de 1.853.
- 98 -
María Ortiz y Morán y don José María Ortiz y Carpio 189, solicitaran a la Junta
de Gobierno: “...se les turnen asuntos de oficio en lo civil y criminal” 190.
La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, que
desde su creación no estuvo conforme con el repartimiento asignado para el
turno de pobres y de oficio, sino que durante estos últimos años tampoco lo
estaba con las nuevas cargas tributarias, solicitaron de la Administración de
Hacienda un mayor descuento en las cantidades asignadas.
Ante el silencio administrativo por parte de la Delegación
correspondiente, la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de
Jaén optó en 1.857 por sumarse a los acuerdos aprobados por las Juntas de
los Colegios de Zaragoza, Valladolid y León, que elevaron cada uno durante
los meses de junio, julio y agosto, respectivamente, su más enérgica
protesta:“...al trono demandando de un modo tan razonado como respetuoso la excepción
de la contribución de subsidio, excepción que la justicia reclama imperiosamente, pues los
abogados son de peor condición que los sacerdotes, que los maestros, que los médicos
titulares, que los ingenieros, que los militares, y en una palabra que todos los funcionarios
públicos, porque todos ellos gozan de sueldos decorosos en remuneración de su servicio, al
paso que aquellos protegen gratuitamente a los desvalidos y defienden a los infelices
procesados dispensando estos servicios públicos a costa de grandes trabajos y de sacrificios
pecuniarios, que tal vez hayan arruinado a sus familiares” 191.
Tal reclamación dio el resultado adverso, al año siguiente el fisco
asignó al Colegio la misma cantidad a repartir: 4.433 reales de vellón. Pero
para más inri la Administración de Hacienda aceptó la vieja aspiración del
Colegio: elevar el número de las patentes, y efectivamente la eleva a una más,
o sea tres, pero con el agravante que al elevarle la cantidad asignada a 5.763
189
*Jaén, 20-7-1.853 + ¿. Hijo de don José María Ortiz y Morán y doña María del Rosario Carpio y Olmo.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.874); obteniendo el doctorado en Civil y
Canónico en la misma Universidad (1.882). Incorporado a los Ilustres Colegios de Abogados de Jaén y
Barcelona (10-2-1.878/27-11-1.891; y reincorporado el 14-9-1.893 y 4-8-1.908, en el primero citado; y 111-1.891; reincorporado el 11-4-1.892/14-6-1.892, en el segundo, respectivamente). Juez Municipal de
Jaén (8-2-1.882 y 1.886). Nombrado oficial primero de la sección de Fomento del Gobierno Civil de
Barcelona (11-1.891). Casado con doña Josefa Jenuari Cano Infante (Jaén, Sagrario, 8-8-1.882). Con
domicilio en Jaén, C/, Campanas nº 11 (.1878). del Jésus nº 1 y Duque de la Torre nº 11 (Campanas, a
propuesta del alcalde don Rafael del Nido Segalerva, 12-3-1.898), Arco Noguera nº 1 (1.882). AHDCJ.:
Libro de Bautismos de San Bartolomé nº 10, folio 76 vto. AICAJ.: Listas, 1.878; LSAIICJ, pág. 63 y
Expediente personal. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.882 y 1.886, págs. 1, respectivamente y
Matrimonios, 1.882, tomo 13, folio 82.
190 AICAJ.:
191
AA.JJ.GG. de 1-7-1.891.
Memoria, suscrita y presentada por el Decano don Mateo R. Candalija y Martínez en la Junta General de 27-12-1.857.
- 99 -
reales, una vez deducidas las tres cuotas, el liquido resultante obviamente fue
el mismo del año anterior: 4.433 reales de vellón. Aunque hubo que repartir
entre trece abogados y no de doce como el año anterior, percibieron cada
uno de ellos una cantidad levemente inferior, quedó establecida de la
siguiente forma: tres letrados a 456 reales, cinco a 356, y otros cinco a 257
reales de vellón 192.
Para poner orden en esta materia se reunió la Junta General en sesión
(5-1.906), en la que se acuerda por unanimidad que: “...una vez designado
defensor en causas de oficio no pudiesen designar otro, sin no era de acuerdo con las
condiciones establecidas” 193.
La asistencia en el turno de pobres y de oficio estaba regulada por la
Real Orden de 11 de noviembre de 1.866 194. En los propios Reglamentos de
Régimen Interior aprobados por el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén,
existen referencias y además, en multitud de actas de Junta Generales y de
Gobierno, por ejemplo, en el Reglamento aprobado en 1.909 se consideraba:
“como una carga de defensa de las causas de pobres”, y de esta forma “se impone por
igual la obligación de levantarla a todos los colegiados que ejercen la profesión” 195.
En 1.853 la cantidad a repartir entre los nueve abogados asignados a
los meritados turnos ascendía a 2.660 reales de vellón, tan sólo quedó exento
don Mateo Ramón Candalija Martínez por estar encargado de la
Beneficencia.
Estaban incorporados en el citado turno trece abogados
contribuyentes (1.856), salvo el encargado de la Beneficencia. Los peritos
clasificadores repartieron la cantidad de 3.800 reales de vellón de la siguiente
manera: A don Antonio María Camps y Camacho, 420; para cuatro
abogados, 365; para otros tres, 320 y para los tres restante, 240 reales de
vellón 196.
192
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 21-11-1.858.
193
Ibídem, de 15-5-1.906.
194
MARTÍNEZ DE ALCUBILLA, M.: Op. cit, pág. 72.
195
19-2-1.909, estuvo incluido en todas las Listas que editaba anualmente el Colegio de Abogados hasta la
entrada en vigor del aprobado en 1.913.
196
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 19-12-1.855.
- 100 -
Para el ejercicio económico del año 1.857 se redujo a 3.420 reales de
vellón.
En el ejercicio económico del año 1.874-1.875, el número de abogados
matriculados en la contribución industrial con designación de aquellos entre
quienes se distribuye el cargado de la defensa de pobres en causas criminales
y asuntos civiles eran quince:
Don José de Campos y Alcalde.
Don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora.
Don Rafael Ortiz y Morán.
Don José Ortiz y Morán.
Don Juan Carrillo de Albornoz y Guilotó.
Don Felipe Guzmán Armenteros.
Don José Antonio de Bonilla y Forcada.
Don José María de Uribe y Funau.
Don Mariano Siles y Marín.
Don Máximo Plá y González.
Don Francisco Flores Suazo.
Don Antonio de Gregorio y Tejada.
Don Sérvulo Miguel González Moreno.
Don Antonio Merino García.
Don Felipe Martínez Lara.
Otrosí, el correspondiente al ejercicio 1.879-1.880, a la lista anterior
hay que añadirle la incorporación de los siguientes abogados:
Don Antonio José Aponte García.
Don Ignacio García Casares.
Don Julio Ángel Muñiz.
Don Joaquín Ruiz Jiménez.
Don José María Ortiz Carpio.
Don Fernando Palacios Serrano 197.
Don Eduardo Gómez-Caminero López.
197
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (1.878/27-11-1.887). Con domicilio en Jaén, C/, Gracia
nº 1 (el de su compañero de Foro, don Eduardo Fernández del Pozo y del Río). AICAJ.: LSAIICJ, pág. 64.
COITML.: Op. cit, pág. 173.
- 101 -
En total veintidos para distribuir el cargado de la defensa de pobres y
asuntos civiles.
Segundo otrosí, el correspondiente al ejercicio económico de 1.8821.883, la contribución de subsidio asignada al Colegio era de 2.736 pesetas a
repartir entre los diecisiete letrados en ejercicio, correspondiéndole a cada
uno de ellos la cantidad de 114 pesetas, aunque la Junta General acordó
establecer dos clases: diez abogados a razón de 164 pesetas y a los siete
restantes 121’77 pesetas 198.
Relacionamos a los diecisiete letrados en ejercicio:
Don José de Campos Alcalde.
Don José de María de Uribe y Funau.
Don José Ortiz Morán.
Don José Antonio de Bonilla y Forcada.
Don Antonio José Aponte García.
Don Francisco Flores Suazo.
Don Felipe Martínez Lara.
Don Sérvulo Miguel González Moreno
Don Ignacio García Casares.
Don Eduardo Gómez-Caminero López.
Don Rafael Ortiz Morán.
Don Juan Carrillo de Albornoz y Guilotó.
Don Julio Ángel Muñiz.
Don Ricardo Archillas López.
Don José María Ortiz Carpio.
Don Bernardo Villar Martínez.
Don Alfredo Ruiz Martí.
Para el bienio siguiente 1.884-1.885 la lista se reduce drásticamente:
Don Rafael Ortiz Morán.
Don José Ortiz Morán.
Don José María Ortiz Carpio.
Don Bernardo Villar Martínez.
Don Alfredo Ruiz Martí.
198
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 9-5-1.882.
- 102 -
Don Mariano Cuesta Carrión.
Don Lorenzo Rodríguez de Gálvez y Bonilla 199, y
Don Pedro de la Garza y Tapia.
Y para terminar este listado, aportamos asimismo los abogados
incluidos en el tan citado turno para el ejercicio económico 1.886-1.887:
199
*Jaén, 4-10-1.862 +Madrid, 1.937 (en casa de su primo hermano don Lorenzo de Llauder y Bonilla), V.
Marqués del Valle de Ribas). Hijo de don Antonio Rodríguez de Gálvez Tello (notario de Jaén y Madrid,
cuya biografía aportamos en el capítulo 5º en Notarios) y doña María del Carmen Bonilla y Alcázar. En la
partida de nacimiento se halla la siguiente inscripción marginal: “En cumplimiento del auto del Sr. Previsor que
se inserta al principio de este libro y en el que se hace mención de una Real Orden dada en 2-7-1.890, se hace constar en
esta nota que el niño Lorenzo Rodríguez Bonilla, se llama y así ha de entenderse todas las partidas, Lorenzo Rodríguez de
Gálvez y Bonilla, por haberse decretado que Rodríguez de Gálvez, sea un solo apellido quedando el Bonilla para el segundo
lugar, Jaén, 5-4-1.898”. Licenciado en Derecho Civil y canónico por la Universidad de Granada 1.884).
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (9-3-1.894/30-5-1.889). Cofrade de la Real Cofradía
de Nuestro Padre Jesús Nazareno (el “Abuelo”, 4-3-1.877; y de la Santa Capilla de San Andrés (18-111.877, Diputado de la misma (1.926); donó 25 pesetas para la erección de un monumento al venerable
fundador de la Santa Capilla 8-12-1.914). Fue un distinguido amateur de Bellas Artes. Gentilhombre de
Cámara de S.M. con ejercicio y servidumbre (15-1-1.903). Diputado a Cortes por el distrito de Boltaña
(Huesca, 1.905). Senador, jurando el cargo por primera vez (22-6-1.910), y por la provincia de Huelva
(1.916). Propietario de grandes posesiones rústicas y urbanas en Villargordo Torrequebradilla y Jaén. El
Ayuntamiento de la primera villa citada acordó dar su nombre a una de sus principales calles por su
magnífica labor social (2-1.924). Según certificación suscrita por don Luis Salcedo y Cárdenas, jefe de
negociado de territorial de la Administración de Hacienda de esta provincia figuraba en las listas
cobratorias de Rústica, Fiscal y repartos de Urbana en la en la localidad de Villargordo, un líquido
imponible en concepto de Rústica: 1.909=25.009´26 pts; en 1.910= 55.009´26 pts. Cuota para el Tesoro:
en 1.909= 7.686´06 pts, y en 1.910= 7.678´69 pts. Urbana: 1.909= 300´00 pts; en 1.910= 300´00. Cuota
para el Tesoro: en 1.909= 52´30, y en 1.910= 52´42 pts. Asimismo certifica que de los datos facilitados
por el negociado de Minas en Torrequebradilla poseía las siguientes: “Nuestra Señora del Carmen”, con
un canon anual de 240´00 pts. “San Lorenzo”, con un cano anual de 240´00 pts. “Averiguada” con un
canon anual de 72´00 pts. “San Ramón”, con un canon anula de 312´00 pts. “San José”, con un canon
anual de 264´00 pts. “El salvador”, con un canon anual de 252´00 pts. “Por si acaso”, con un canon anual
de 42´00 pts. “Doña Averiguada”, con un canon anual de 14´41 pts y “María”, con un canon anual de
720´00 pts. En Jaén capital poseía las denominadas: “San Antonio”, con un canon anual de 600´00 pts y
“Carmela”, con un canon anual de 180´00 pts. Marqués consorte de Mondejar (fundado en 1.512) y
Grande de España (desde 1.556), por su matrimonio con doña María de lo Dolores Álvarez de Las
Asturias-Bohorques y Álvarez de las Asturias-Bohorques, Marquesa de Mondejar, Condesa de Sallent, de
Tendilla y XIV Condesa de Villardompardo, sin sucesión (ella en primeras nupcias con don Miguel de
Carranza y del Valle). Regaló a la imagen de la Virgen de la Capilla, un manto color blanco. 2´25 x 1´50
metros; otomán de seda natural, bordado en tisú de oro y lentejuelas naturales; tisú blanco (1.864). En el
Teatro real de Madrid, tenía reservado un palco. Domiciliado en Jaén, C/, Hurtado nº 15 y en Madrid, C/
Luzón nº 1, principal y Leganitos nº 19. AICAJ.: Listas, 1.884 y Libro…, op. cit, págs. 76 y 101. A.S.E.:
Legajo 292, nº 10/37. CAZABÁN LAGUNA, A.: “El monumento a González Doncel en la Santa
Capilla”; “Esto Inés, ello se alava” y “Direte, Inés, la cosa…”, DLS, op. cit, 1.915, 1.916 y 1.924, págs. 5051, 158 y 63 respectivamente. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CUADRA HERRERA, J. R.,
de la.: Archivo privado. Directorio madrileño, guía especial de Madrid y su provincia, 1.906, pág. 250. LÓPEZ
PÉREZ., M.: “Los mantos de Nuestra Señora de la Capilla: un tesoro olvidado”, Once de Junio (miscelánea de
estudios marianos), Jaén, Academia Bibliográfica-Mariana Virgen de la Capilla, 1.984, págs. 9 y 15.y
Nuestro…, op. cit, pág. 494. MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, pág. 158. SÁNCHEZ DE LOS
SANTOS, M.: Op. cit, págs. 239-240. S.C.S.A. Memoria…, op. cit. TORAL PEÑARANDA, E.: “Vida y
obra del poeta giennense D. Lorenzo de Llauder y Bonilla, V. Marqués del Valle de Rivas”, Actas II
Congreso de Historia de Jaén (1.900-1.950), III. Jaén, Cámara Oficial de Comercio e Industria de Jaén,
1.993, pág. 11, y “Los linajes privilegiados de Jaén. II (Torres)…”, BIEG nº 157, pág. 345. VALVERDE
FRAIKIN, J.: Op. cit, pág. 559.
- 103 -
Don Gerardo Eroles Rodríguez 200.
Don Manuel Montero Garzón.
Don Laureano Silva y García-Acebedo.
Don Antonio José Aponte García.
Don José Ortiz Carpio, y
Don Mariano Cuesta Carrión.
La Junta General Ordinaria acordó en sesión que la asistencia se
adjudicase a las nuevas incorporaciones habidas en el Colegio previa la
exención del Impuesto de la Contribución Industrial 201. Más tarde se retorna a
la obligatoriedad para todos los abogados en ejercicio 202.
No obstante existían algunas exenciones. Así en diversos Reglamentos
de Régimen Interno se cita a los letrados no obligados a la meritada asistencia,
cuando concurriese en los mismos los siguientes casos:
1.- Los letrados comprendidos en el art. 26, en relación con el art. 12 de los
Estatutos Generales de 15-3-1.896.
2.- Los letrados que no hubieran solicitado el turno de oficio expresamente, y los
que no tuviesen su domicilio en Jaén 203.
En el primer supuesto, los letrados exentos debían pagar una cuota
extraordinaria. Tales exenciones sólo serían de aplicación en el caso de que
en el Colegio existiesen suficientes colegiados que atendiera debidamente las
200
*Ávila de los Caballeros (Ávila), 1.864. +¿. Hijo de don Cipriano Eroles Valle (*Zaragoza) y doña Josefa
Rodríguez Zugat (*Madrid). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (3-5-1.886). Con
domicilio en Jaén, C/, Maestra Baja nº 39 y C/, Los Coches nº 3. Su hermano don Cipriano, ayudante 2º
interino de Carreteras Provinciales de la Diputación de Jaén (1-7-1.879), titular por oposición (10-6-1.879);
el hijo de éste, don Adolfo Eroles Ruiz, poeta, periodista y maestro, regentaba la Escuela de Adultos de
Alcaudete (1.910), asiduo colaborador en el Pueblo Católico y La Regeneración. ADPJ.: Legajo 2.714/22.
AICAJ.: Listas, 1.886, LSAIICJ, pág, 84 y Expediente personal. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario...,
op. cit, III (CH-E), págs. 162-163, refª. 1.151-1.155. R. C. DE CÓRDOBA.: Libro de Defunciones, 1.952,
tomo 206, folio 278. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.881 y 1.883, tomos 24 y 31, folios 209 y 407.
201
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 15-7-1.894 y 15-6-1.897.
202
Ibídem, de 2-6-1.898.
203
Artº 12 y 26 de los estatutos para el Régimen y gobierno de los Colegios de Abogados del territorio de la
Península, islas Baleares y Canarias de 1.896, aprobados por R. O. de 15-3-1.895. AICAJ.: Listas, 1.896,
págs. 15 y 19.
- 104 -
causas de oficio 204.
Otro motivo de exención, los decanos, aprobado en la Junta General
de 30 de mayo de 1.889; así como el abogado de la Beneficencia, que lo
desempeñaba durante mucho tiempo don Mateo Ramón Candalija Martínez;
también le era de aplicación a los colegiados que ejercían la Magistratura 205.
Otrosí digo, a los abogados que ejercían simultáneamente el
sacerdocio 206, ya que sólo podían intervenir en asuntos civiles.
Para completar este prolijo capítulo consideramos no es
extemporáneo aportar relación íntegra de las Juntas de Gobierno habidas en
el seno de la Ilustre Corporación durante el primer centenario (1.848-1.956,
ambos inclusive) por su indudable valor histórico-biográfico y que incluimos
en el Apéndice I.
204
Ibídem.
205
Caso de don Gregorio Casanova del Castillo, que actuaba de Promotor fiscal de la Audiencia de lo Criminal
de Jaén. Su biografía la comentamos más ampliamente en el Apéndice I.
206
Entre los que destacamos: don Vicente de Torres Moreno y Mesa, don Maximiano Ángel y Alcázar, don
Antonio José Clemente Cobo, don Blas Antonio Cuesta y Carrión, don Felipe Guzmán Armenteros, don
Bartolomé Romero Gago, don Policarpo Romero Vidal, don Juan José Forcada López, don Joaquín
Villena Sánchez, don Manuel María González Sánchez, don Ramón Rodríguez de Gálvez y Tello, etc. etc.
- 105 -
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I. ELECCIÓN DE LA PATRONA DEL ILUSTRE COLEGIO DE
ABOGADOS DE JAÉN.
Comenzó la Reconquista en Covadonga y terminó en Granada. En ambos
hitos de la Historia de España estuvo presente el aliento espiritual de la
Madre de Dios. Apareciendo en un monte, en una cueva, en un árbol, en un
espino, e incluso, paseando por nuestra propia Ciudad, infundiendo fortaleza
tanto al pueblo llano como a los ejércitos cristianos, en su larga y difícil lucha
por liberar a la Península del dominio de la Media Luna.
Los antecedentes más remotos de la devoción y culto a la Inmaculada
en España la encontramos en las actas genuinas de San Andrés que dice:
“Cómodo de inmaculada Serra cactus fueran homo primus, necessarium fuit Inmaculata
Virgine natus Cristos” (s. V).
Igualmente consta en el rito isidoriano y, en todas sus ediciones
aparece el 8 de diciembre “Conceptúo Marine Virginia” (s. VI).
También se cita el Santuario de Nuestra Señora de la Concepción de
Molina (Guadalajara) al conceder don Manrique el Fuero a la plaza
conquistada a los moros (1.126). En el siglo XIV aparece un acérrimo
defensor del movimiento Concepcionista, Raimundo Lulio 207 autor de Liber
de Inmaculata Mariae Virginis Conceptione. Asimismo hubo otro gran devoto,
207
*Mallorca (entre 1.232 y 1.235) +en una embarcación a la vista de su tierra natal, 29-6-1.315. Ramón Lull, hijo
de una noble familia catalana de los Amat, llamado Ramón Lull e Isabel de Erill. "Caballero andante del
pensamiento", en feliz expresión de Menéndez y Pelayo. Su compleja personalidad ha tenido siempre un
maravilloso poder de fascinación sobre los espíritus que con él ha cruzado la mirada a través de la Historia.
Su vida transcurre en pleno siglo de oro de la grandeza catalana. Jaime I el Conquistador le nombró paje de
su servicio y persona (1.245). Fue el primer poeta y genio que logró la prerformación del idioma catalán
científico, como demostró en su Llibre de Contemplació (1.292). Jaime II le nombró senescal y ayo del
príncipe. Compañero y amigo de infantes, cortesano, pasional y trovador. Compró un esclavo árabe para
que le enseñara el idioma morisco. Casó con doña Blanca Picany. Diez años después de su conversión (a
los 40 de su vida), escribió sus primeras obras: Libre del Gentil e del tres Sabís y Ars Magna. Estando en
Montpellier, escribió: De Spíritu Sancto, D'oracions e contemplacions, De Angelis, De chaos, De definitionibus, Dels
XIV Articles de la Fe. Tratados introductorios al estudio de la Teología, Filosofía, Derecho y Medicina.
Impartió clases de Filosofía en la Universidad de París, en la Cátedra de Brithauld, de Saint Den (1.2861.299). Durante la Navidad de 1.311 compuso Liber Natali. ARAUJO-COSTA, L.: "Raimundo Lulio",
Revista Nacional de Educación nº 81. Madrid, Servicio de Publicaciones del Ministerio de Educación Nacional,
1.948, págs. 33 y ss. FERRARI BILLOCH, F.: "Raimundo Lulio", Temas españoles nº 90. Madrid,
Publicaciones Españolas, 1.954, págs. 4 y ss.
- 106 -
Pedro IV el Ceremonioso 208, siendo príncipe instauró en Zaragoza la
Cofradía de la Casa del Señor Rey intitulada “Sois invocación de la Sagrada e pura
Concepció de Madona Sancta María Verge e Mare gloriosa” (1.333). Poco después,
Juan I 209 dio su pragmática sobre la Inmaculada (1.394), siendo confirmada
después, en las Cortes de Monzón por Felipe II (1.585) 210.
Otra información fechada en 1.637 nos dice: “María Luisa de la
Ascensión, monja “taumaturga”, conocida por Luisa de Carrión por encontrarse en esta
localidad palentina su monasterio. Luisa fundó en Carrión de los Condes una hermandad
defensora de la Inmaculada Concepción de la Virgen María, que en 1.625 llegó a tener
40.000 congregantes, entre los que se encontraba el mismo soberano Felipe IV. Tenida por
santa, mereció la atención de la Inquisición. Presa por orden de ésta, y acusada de
superchería, falleció de muerte natural en 1.636, manteniéndose su fama entre el pueblo
eurante muchos años”.
En Jaén tenemos constancia documental de la tradición
concepcionista en la Relación de hechos del Condestable 211, el cronista describe
minuciosamente como don Miguel Lucas de Iranzo 212, celebraba la víspera
208
Pedro IV el del Punyalet (1.336-1.387). Activo y culto, pero con una ambición desmedida, que le hicieron más
temido que amado. Cuidadoso de la etiqueta, de donde le viene el epíteto de "el Ceremonioso". Favoreció
las ciencias, creando en Huesca el primer Estudio General de Aragón. Autor de la Crónica de su reinado
(1.300-1.380). Ocupó Mallorca y tres meses después el Rosellón (1.343). Por no tener hijo varón,
desposeyó a su hermano Jaime de la gobernación general, otorgándosela a su hija Constanza, a la que
declaró heredera. Derrotado en Épila (1.348), fue herido y hecho prisionero; tres meses después celebró
Cortes y tuvo que abolir la Unión de todos sus privilegios, rasgando uno con su propio puñal que llevaba al
cinto, de donde le viene el sobrenombre de "Pedro el del Punyalet". Casado tres veces: doña María de
Navarra; doña Leonor de Castilla y doña Sibila de Forciá, respectivamente. Murió en Barcelona a los 70
años, después de reinar 51, abandonado de su mujer y de sus hijos. TORRERO, J.: Historia de España.
Barcelona, Biblioteca Hispania, Editorial Ramón Sopena, S. A. 1.977, págs. 136-137.
209
(1.387-1.395). De condición diametralmente opuesta al de su padre, Pedro IV; no se preocupó del gobierno,
que dejó en manos de su esposa doña Violante, para dedicarse de lleno a la caza, a la música y a la poesía,
por lo que era conocido: "el amador de toda gentileza". Estableció el Consistorio de la Gaya Ciencia y las
Cortes de Amor, a imitación de Provenza. Murió en una cacería al caerse del caballo y por no tener hijos
varones le sucedió su hermano Martín "el Humano". Ibídem, pág. 139.
210
MARTÍNEZ SUTIL, J.: "Devoción de España a la Virgen", Temas españoles nº 125, Madrid, Publicaciones
Españolas, 1954, págs. 12-13.
211
Sobre la personalidad y autoría del cronista, los más ilustres eruditos e historiadores de diversas
nacionalidades no se ponen de acuerdo, citamos a modo de ejemplo: don Pascual de Gayangos y Arce, don
Juan Bautista Avalle-Arce, Charles V. Aubrum, don Juan de Mata Carriazo Arroquia, Inoria Pepe, don
Michel García, Gastón Phebus, Paulina Rufo Ysern, M. Acién Almansa y don Enrique Toral Peñaranda;
los lectores interesados en conocer las diversas teorías sobre el estado de la cuestión, consultar la
bibliografía citada. RODRÍGUEZ MOLINA, J.: La vida de la ciudad de Jaén en tiempos del Condestable Iranzo.
Jaén, Ayuntamiento de Jaén, colección: "Raíces", 1.996, págs. 27 y ss.
212
Dada la prolija biografía de don Miguel, tan sólo vamos a consignar una sucinta sinopsis: Hijo de pechero y
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de la Concepción de Nuestra Señora en la Catedral-Mezquita de Jaén,
oyendo un pomposo responso, precedido de una procesión del Cabildo por
las naves del templo, y acompañados de todos los clérigos y religiosos de la
Ciudad. Al día siguiente, 8 de diciembre, se oficiaba una misa mayor con
exhortación especial, y todo era sufragado por el propio Condestable de
Castilla. Igualmente por una publicación editada en Sevilla cuyo título es:
Glosas de diferentes autores a la Inmaculada Concepción de la Madre de Dios, concebida
sin pecado original, aparece “un soneto de una fiesta que se hizo en Jaén a la Limpísima
Concepción de la Virgen, por Alonso Pérez, vecino de la misma ciudad”.
Asimismo existe documentación que acredita fehacientemente que los
Cabildos Catedral y Municipal hicieron voto por unanimidad de defender y
proclamar la inmemorial devoción a la Concepción Inmaculada (1.645),
siendo a la sazón obispo de Jaén, don Baltasar de Moscoso y Sandoval, con
la siguiente fórmula: “...contemplando la Alteza de la dignidad en que fue encumbrada
la Serenísima Reyna de los Ángeles, María Virgen y Madre de Dios y juzgando que
nunca la faltó la gracia, pues de ella salió la fuente de todas las gracias; afirmamos que la
Purísima Virgen María Madre de Dios y Reyna de Cielos y tierra, en el primer paso de
su ser, fue libre y preservada de la mancha común del pecado original. Esta sentencia, no la
arrancará de nuestros pechos fuerza alguna, ésta la defenderemos siempre mientras nos
durare la vida...” 213.
En el Concilio del Trento 214, tan ecuménico como español gloria de
nuestros teólogos, se alzó la voz de un obispo jiennense, acérrimo paladín de
la Inmaculada Concepción de María: don Pedro Pacheco Ladrón de
de madre hidalga. Su primer protector fue don Juan Pacheco. Chanceller mayor. Corregidor de Baeza y
Alcaide de Alcalá la Real. Enrique IV en una sola ceremonia lo nombra Barón, Conde y Condestable de
Castilla (cubriendo la vacante producida por la muerte de don Álvaro de Luna (1.458). En 1.461 fija su
residencia en Jaén. Por imposición de don Enrique IV, contrae matrimonio con doña Teresa de Torres
Carrillo (1.458), hija única de don Carlos de Torres y de doña Guiomar Carrillo, nieta de Fernán Ruiz de
Torres, Alguacil Mayor de Jaén, y de doña Inés de Solier, biznieta de Pero Ruiz de Torres, Adelantado de
Cazorla. Nace su primogénita Luisa (1.465, +1.470). Nace su hijo Luis (1.468). El día 22 de marzo de 1.473
muere asesinado en la Catedral-Mezquita de Jaén. Los que quieran conocer más profusamente los fastos de
nuestro ilustre Condestable, remítanse a la bibliografía citada. TORAL PEÑARANDA; E.: Jaén y el
Condestable Miguel Lucas Iranzo. Jaén, IEG, 1.986, págs. 13 y ss.
213
MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.: La música y los músicos en el Jaén del siglo XIX. Jaén, Ayuntamiento de Jaén,
colección: "Huellas", 2.000, págs. 344-345.
214
Duró desde 1.545 a 1.563 y fue presidido por los pontífices: Paulo III, Julio III y Pío IV. Célebre por la
condenación de Lutero, Zwinglio y Calvino, por la reforma de la Iglesia, en las costumbres y en la
disciplina, actualizada en contra de la pretendida reforma de los protestantes. Se instituyeron por primera
vez los seminarios y fueron severamente condenadas las teorías protestantes. En la segunda parte del
Concilio participó también Carlos Borromeo. DEGALLI, F.: Historia..., op, cit, pág. 221.
- 108 -
Guevara 215. En aras a la brevedad y por razones de espacio, resumimos la
rica biografía de éste ilustre purpurado transcribiendo literalmente la opinión
que mereció de Fernández de Bethéncourt: “Fue este insigne Prelado devotísimo de
la Inmaculada Concepción de la Virgen María y causa de que en el Concilio de Trento se
determinara lo que dice el correspondiente decreto; por lo cual cuentan sus biógrafos que
haviendo (sic) estado ausente un obispo que no era de esta opinión, cuando volvió hubo de
expresar sus impresiones con estas palabras: “IN HOC, CONCILIUM
PACHEQUIZAVIT”.
También consideramos importante dar a conocer la opinión del padre
Constancio Gutiérrez: “...el haber sacado a flote en Trento la doctrina inmaculista es
la gloria más fúlgida del Cardenal Pacheco. Este Obispo de Jaén fue el que primero suscitó
el tema ante el Concilio, él lo defendió valientemente ante los padres de la Iglesia, y si no
consiguió ver aprobada su sentencia en los términos que se proponía, logró al menos, que se
introdujera la cláusula adicional que exceptuaba expresamente a la Virgen de la amplitud
universal del decreto sobre el pecado original. Con ello no solo libró la pía opinión de un
obstáculo difícilmente superable en orden a la definición dogmática, sino que la hizo dar
casi estado dogmático al provocar en su favor la declaración de asentimiento de la Iglesia
representada en aquel Concilio ecuménico. Aquel “Declarat” fue luego un importante hito
de luz que guió a los teólogos en la ruta directa hacia la definición de la célebre bula
“Ineffabilis”. Su inclusión en los decretos tridentinos por tanto, se debe fundamentalmente
al cardenal don Pedro Pacheco Ladrón de Guevara, Obispo de Jaén” 216.
Por acuerdo de la Cofradía de Nuestra Señora del Triunfo constituida
en la desaparecida parroquia de San Lorenzo, el Ayuntamiento de Jaén
215
Obispo nº 29 del Episcopologio Diocesano de Jaén (1.545-1.554). *Puebla de Montalbán (Toledo), 29-61.488 +Roma, 15-3-1.560. Hijo de don Alonso Télleves Girón, primer Señor de la Puebla de Montalbán y
doña María de Guevara, hija de don Ladrón de Guevara, Señor del Valle de Escalante. Camarero del Sumo
Pontífice Adriano VI. Deán de la Iglesia de Santiago de Compostela (1.528) y reformador de la Universidad
de Salamanca. El Emperador Carlos V lo presentó para el Obispado de Mondoñedo (6-9-1.532) y también
lo nombró Visitador de la Chancillería de Granada. Posteriormente fue promovido para la Iglesia de
Ciudad Rodrigo (11-4-1.537) y más tarde para la de Pamplona (21-5-.1539) y Jaén (9-1-1.545, de manera
indirecta, en virtud a que nunca residió en Jaén, por ocuparse en las tareas del Concilio de Trento en su
primera etapa, por lo que se le asignó un Obispo auxiliar, recayendo el nombramiento en don Cristóbal de
Arquellada, Obispo "in partibus" de Belén). En Puebla de Montalbán construyó el convento de religiosas
franciscanas y lo dotó con "quinientos mil maravedíses y 400 fanegas de trigo". Celebró sínodo, dotando a
todas sus iglesias de las procesiones del Corpus Christi y su Octava, la de Resurrección y fiestas de San
Agustín y San Fernando. MONTIJANO CHICA, J.: Historia..., op. cit, págs. 126-127. NICÁS MORENO,
A.: Heráldica y Genealogía de los obispos de la diócesis de Jaén. Jaén, IEG, colección: "Investigación", 1.999, pág.
79.
216
Quienes estén interesados en conocer no sólo su amplia biografía sino también la compleja historiografía del
"brazo eclesiástico" del Emperador Carlos V, vid: MARTÍN GONZÁLEZ, A.: El cardenal don Pedro Pacheco,
obispo de Jaén, en el Concilio de Trento. (Un prelado que personificó la política imperial de Carlos V), I. Jaén, IEG, 1.974,
págs. 267 y ss.
- 109 -
estudió el proyecto de alzar un Triunfo inmaculista en la Plaza de la
Audiencia, dicho proyecto fue elaborado por los famosos arquitectos don
Juan de Aranda Salazar 217, don Alonso del Castillo 218 y don Melchor de
Calancho 219, quienes emitieron informe favorable para su ejecución (24-9217
*Castillo de Locubín (Jaén) + ¿ Discípulo y sobrino del baezano que trabajó en la Catedral de Santiago de
Compostela, Ginés Martínez de Aranda. Ejerció el cargo de maestro mayor de la Catedral de Córdoba y
Granada. Nombrado para el mismo cargo de Jaén (1.634) y maestro de obras del mismo Obispado.
Respecto al primer cargo, le corresponde un plan ya ideado por Andrés de Vandelvira, que comprendía
desde la cabecera hasta el crucero, o lo que es igual: las capillas del testero y de la nave del evangelio; el
amplio presbiterio y la nave del crucero con su portada norte y su cúpula; toda su decoración es un rico
lenguaje manierista, y cubrir el cimborrio con su linterna (15-9-1.643); al segundo citado, ejecuta una serie
de templos parroquiales, conventuales o santuarios, en la mayoría de los casos no se trata de nuevas
fábricas, sino de remodelación o ampliación de los ya existentes, destacando la portada de San Juan
Evangelista de Mancha Real; la portada lateral de la iglesia parroquial de Bailén; la iglesia de San Pedro de
Castillo de Locubín. De nueva planta destacamos: la iglesia parroquial de Cabra del Santo Cristo (1.638); la
Excolegiata de Santiago en Castellar de Santisteban; también atribuible, la iglesia del Hospital de
Villacarrillo; así como la cabecera de la iglesia de la Consolación en Alcalá la Real. También destacamos las
torres en las iglesias de Sabiote y Jódar. Dedicó veinte años de trabajo en la Catedral de Jaén (1.635-1.654,
ésta última fecha la de su fallecimiento) creando una escuela de canteros y arquitectos, entre ellos destacan
Juan Roldán, Pedro del Portillo (su sucesor en las obras de nuestra Catedral), y sobre todo Eufrasio López
de Rojas. CHUECA GOITIA, F.: Andrés de Vandelvira, Arquitecto. Jaén, IEG, 1.971, págs. 161 y ss. CRUZ
RODRÍGUEZ, M. del A.: "Siglo XVII", I. Jaén. Albolote (Granada), Talleres ediciones Anel, S. A. 1.989,
págs. 153 y ss. GALERA ANDREU, P. A.: La Catedral de Jaén. León, Editorial Everest, S. A. 1.983, págs.
11 y 13. HIGUERAS MALDONADO, J.: "La Catedral de Jaén: su construcción y constructores durante el
siglo XVII", BIEG nº 191. Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 2.005, págs. 227 y 257.
218
Trabaja en compañía de Sebastián de Solís (hijo de don Gonzalo Ortiz y doña María Rojas de Solís, por ende
la filiación de éste debería ser: Sebastián Ortiz Rojas, casado en primeras nupcias con doña María de
Inestrosa, y en segundas, con doña Francisca Villena, ambos matrimonios en San Ildefonso); en la iglesia
conventual de Las Bernardas de Jaén, dichas obras se ejecutó gracias al mecenazgo de don Melchor de
Vera y Soria, Obispo Auxiliar de Toledo y antes párroco de San Ildefonso de Jaén; las continuó don
Bernardo de Sandoval y Rojas (1.596-1.599), Arzobispo Primado tras abandonar la mitra giennense) y
sobre todo, de su sobrino don Baltasar Moscoso y Sandoval (1.619-1.646), el que consigue llevar a feliz
término esta gran empresa (1.627). En la Catedral de Jaén cerró las bóvedas de la capilla mayor del obispo
Suárez, por amenazar ruina, así como las de las naves colaterales a la mayor, con piedra traída de la cantera
de Carchelejo. GALERA ANDREU, P. A.: Arquitectura de los siglos XVII y XVIII en Jaén. Maracena
(Granada), Caja General de Ahorros y Monte de Piedad de Granada, 1.977, pág. 76. GALIANO PUY, R.:
"Nuevos datos sobre el retablo parroquial de Cambil", Senda..., op. cit, nº 39-40, págs. 175-177, y "Vida y
obra del escultor Sebastián de Solís. Un artista toledano afincado en Jaén", BIEG nº 187, octavo Seminario
de Bio-Bibliografía Giennense "Manuel Caballero Venzalá". Jaén, 2.004, págs. 273 y ss. HIGUERAS
MALDONADO, J.: Ibídem, pág. 227. MORENO MENDOZA, A.: Los Castillos, un siglo de arquitectura en el
Renacimiento andaluz. Granada, Universidad de Granada, 1.989, págs. 90-91.
219
Don Melchor Francisco de Calancho y Valenzuela. Hijo natural de don Benito de Calancha Valenzuela (del
Consejo de su Majestad, su Oidor en la ciudad de México). Vecino de la collación de la Santa Iglesia Mayor
(Catedral). Afamado maestro de obras, quien trabajara asiduamente con los dos arquitectos citados
anteriormente. En 1.650 se compró una casa para instalar un pequeño Pósito en la collación de Santiago,
en la calle Cambronera, y desde entonces se rotuló con el nombre de calle Positillo. Las obras fueron
realizadas por don Melchor supervisadas por Juan Aranda Salazar, maestro mayor de las obras de Jaén y su
Obispado. Casado y divorciado ante el Obispado de Jaén "...por justas causas", de doña María Teodora de
Blanca y Cueva (Jaén, San Lorenzo, 9-9-1.674; con la que tuvo dos hijos: Cristóbal (que heredó el vínculomayorazgo que fundó la hermana de su padre, doña Ana, con bienes en La Guardia) y Diego Antonio, éste
último *Jaén, San Lorenzo, 1.683, casado con doña Inés del Castillo (*Marbella, San Juan, 21-4-1.704). Don
Melchor manda se le sepulte en la Catedral, junto al postigo de entrada al Coro, lado del Evangelio,
amortajado con el hábito que viste diariamente de San Francisco de Paula. Por su interés histórico
- 110 -
1.649).
Ya en el siglo XIX era tal el fervor Concepcionista en las
universidades españolas (y particularmente en las andaluzas) que eclosionó 220
con la promulgación de la Bula Ineffabilis Deus, el Dogma de María
Inmaculada. Por parte de S.S. Pío IX 221, rodeado de cincuenta y cuatro
cardenales, cuarenta y dos arzobispos y noventa y dos obispos, y ante la
expectación universal, hizo sonar con su voz augusta de Vicario de Cristo, las
siguientes palabras: “Declaramos, pronunciamos y definimos que es doctrina revelada
por Dios la que sostiene que la Beatísima Virgen María, en el primer instante de su
Concepción, por singular gracia y privilegio de Dios Omnipotente, y en previsión a los
méritos de Jesucristo, salvador del género humano, fue preservada inmune de toda mancha
de pecado original” 222.
El Gobierno esparterista español pospuso su vigencia por
considerarlo atentatorio a las regalías; mientras tanto en las Cortes
Constituyentes tenían lugar enconadas polémicas entre defensores del
principio Concepcionista y los contrarios al continuismo de la unidad
reseñamos los datos obrantes en el expediente de Familiar del Santo Oficio de la Inquisición de Córdoba:
“maestro mayor de las obras de la catedral de Jaén, y dice que su padre Benito también había sido meestro, aunque no mayor,
de la misma catedral”. Melchor era un maestro de albañilería que apenas sabía firmar, no obstante, después de
la llegada de Aranda Salazar, fue “veedor de la obra de la iglesia mayor de Jaén”, hasta 1.639, en que fue
despedido, pero mantuvo siempre cierta amistad con aquél. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales 3/107 y
4/79. AHPJ.: Protocolos de don Juan Francisco García de Mora, legajo 1.831, folio 4 de fecha 13-1-1.722.
CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CORONAS VIDA, L. J.: "Dinero de Lima para Jaén, la
fundación de un patronato y Pósito a mediados del siglo XVII", Senda..., op. cit, nº 18, págs. 55-61.
GALIANO PUY, R.: “Pedro del Portillo y Jacinto de Villanueva, dos maestros canteros del siglo XVII”.
Elucidario nº 2, Seminario Bio-Bibliográfico Manuel Caballero Venzalá, IEG, Diputación Provincial de
Jaén, 2,006, pág. 147. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles Viejos", Senda..., op. cit, nº 4, pág. 77.
220
8-12-1854.
221
Giovanni María Mastai-Ferretti. Al llegar al pontificado en 1.846 fue saludado como el abanderado de los que
aspiraban a la independencia de Italia; pero al declarar en 1.848 que no podía como cabeza de la
Cristiandad declarar la guerra a ninguna potencia Católica, desencadenó violentas reacciones. El asesinato
del Conde Pelligrino Rossi, ministro laico del gobierno de lo Estados Pontificios (15-11-1.849) y la
proclamación de la República Romana, se vio obligado a refugiarse en Gaeta (Nápoles, 1.848); allí repasa y
medita los preparativos para la definición del dogma de la Inmaculada Concepción de María, y decide hacer
una consulta al episcopado de todo el mundo. De las 603 respuestas recibidas, 546 eran favorables.
Habiendo regresado a Roma en 1.850, con la protección de Francia, acelera la preparación de la definición
solemne que tuvo lugar el 8 de diciembre de 1.854 y en el Concilio Vaticano I y proclamó la infalibilidad
pontificia. Rechazó la aprobación de la "Ley de las Garantías", dando origen así a "la cuestión romana".
DEGALLI, F.: Op. cit, pág. 226.
222
GUTIÉRREZ DOMÍNGUEZ, S.: "La Inmaculada en Calderón", Boletín de la Real Academia de Córdoba, de
Ciencias, Bellas Letras y Nobles Artes nº 126. Córdoba, enero-junio de 1994, pág. 92.
- 111 -
religiosa oficial. Más tarde (9-5-1.855), fue autorizada la meritada Bula 223.
Por Real decreto de 8-12-1.858, y rubricado de la Real mano se
decreta lo siguiente: “Artº 1º. Se erigirá en esta corte un templo monumental, que
perpetuando la proclamación dogmática del misterio de la Concepción, pueda servir en
adelante de iglesia mayor o catedral, según lo exigieren las necesidades religiosas.- 2º. Mi
muy augusto y amado Esposo Don Francisco de Asís, será protector de este obra.- 3º. El
Rey nombrará una junta de perdonas competentementes, que bajo su dirección estudien y le
proponga: Primero. El sitio en que se ha de levantar la basílica. Segundo: El plan
arquitectónico. Tercero. Los recursos para llevar a cabo el ismo pensamiento.Dado en
Palacio a ocho de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y ocho.=Está rubricado de la
Real mano.= El Ministro de Gracia y Justicia, Santiago Fernández Negrete”.
Por acuerdo del Alcalde constitucional don Rafael Cano 224 y el
223
LÓPEZ CORDERO, J. A.: "La Iglesia giennense durante el reinado isabelino (1.843-1.868)", BIEG nº 151.
Jaén, pág. 165.
224
Don Rafael Cano de la Chica. *Andújar (Jaén), 1.773 +Jaén, 10-1-1.867 (certificó su muerte, don Francisco
Callejón). Hijo de don Andrés Cano (*Andújar) y doña Ana María de la Chica. Mercader de lencería.
Regidor del Ayuntamiento de Jaén (7-1,854 y tras la Revolución septiembre (1.868). Teniente de Alcalde
del Ayuntamiento de Jaén (1.854 y en 1.859-1.866), Alcalde de Jaén (1.855). Miembro de la Junta Provincial
de Ventas de Bienes Nacionales (1.855). Formó parte de la comisión creada y presidida por el gobernador
civil don Antonio Hurtado y Valhondo, se trasladaran a Madrid para dar las gracias a la reina Isabel II con
motivo de conceder al Ayuntamiento de Jaén el título de "Excelencia", mediante R. O. dada en Palacio el
5-12-1.862. De los mayores contribuyentes de la Ciudad, de entre otras muchas más fincas rústicas de su
propiedad, citamos los cortijos de: Casa Blanca, Las Infantas, Carchevillas, San Bernabé, La Cabaña, Los
Llanos, Ejido, etc. etc. Casado con doña Jenuaria Molina Vargas. Con domicilio en la C/, San Clemente
s/n y los Abades nº 2 (de ésta última, formaba parte de la nuda propiedad el Arco y Puerta de Noguera, 274-1.872). Otorgó testamento ante la fe del escribano de Jaén don Eufrasio de Bonilla y Salido (20-6-1.850).
El valor de sus bienes fueron tasados en 1.444.067'20 reales (1.867). Tanto sus hijos como sus nietos
pertenecieron a la oligarquía giennense; sus hijos fueron: doña Elisa Catalina Fernández Cano, casada con
don Manuel Gutiérrez Campos (*Los Villares (Jaén), 1.842 +Jaén, 14-3-1.906, hijo de don José de los
Santos Gutiérrez Fernández y doña Juana de Dios Campos Alcalde, Presidente de la Diputación, mentor
del ideario político de Castelar, Sagasta y el general Serrano; don Antonio Almendros Aguilar le dedicó una
fábula titulada: "El Armiño", con domicilio en la C/, Almendros Aguilar). Doña María de los Dolores
(*Jaén, 26-11-1.813), casada con don Ángel Fernández García (Jaén, Sagrario, 21-9-1.845, el +13-3-1.854,
emparentado con los Fernández Cortina). Doña Matilde (*Jaén, 18-1-1.838), casada a los l6 años de edad,
con don Felipe Mingo y García-Izquierdo (Jaén, Sagrario, por el Lectoral don Lorenzo Fernández Cortina,
20-3-1.854), Ingeniero de Caminos, Gobernador Civil de Jaén (1.874). Doña Josefa (*Jaén, 1.821), casada
con don Antonio Armenta y Federinch, *Sevilla, 1.808 +Jaén, 19-4-1.869, hijo de don Miguel Armenta y
García de Zúñiga y doña Carmen Federinch Tovar, importante labrador y ganadero, se le asignó una carga
fiscal de 6.625 rs. (1.849), militante activo de la causa liberal progresista, capitán de Caballería de la Milicia
Nacional (1.843), comandante del Escuadrón de la misma (1.854) y comandante del Batallón de la Milicia
(11-1.868), formó parte de la Junta Provisional de Gobierno, también fue un destacado miembro de la
RSEAPJ (17-4-1.845), nombrado Alcalde de Jaén (10-3-1.856), con domicilio en la C/, Arroyo de San
Pedro nº 3, testó ante el notario de Jaén, don Antonio Sánchez de la Torre. Los hijos de su hija doña María
de los Dolores fueron: don Ángel Mariano (*Jaén, 6-3-1.836), casado con doña María del Carmen Anaya
Pusterla (*Mancha Real (Jaén), 8-4-1.856), hija del Juez de Primera Instancia de Jaén. Don Ramón, Alcalde
de Jaén (1-2-1.872/12-2-1.873); don Rafael (*Jaén, 20-2-1.841), Juez Municipal suplente de Jaén (1.872),
Diputado Provincial (7-1-1.884), en subasta pública pujó en la venta del Cerro de Santa Catalina de Jaén,
- 112 -
Arcipreste del Cabildo Catedralicio don Francisco Civera 225, en Jaén a las 9
siéndole adjudicada en tercera subasta por 10.002 pesetas, pagaderas en diez anualidades, aunque intervino
como testaferro del conocido comerciante de Jaén, don José Sánchez Bernáldez (15-9-1.881). Don Enrique
(*Jaén, 1-3-1.839), Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.865-1.866). Don Felipe (*Jaén, 19-5-1.854),
Alcalde Constitucional de Jaén (bienio, 12-12-1.885/3-10-1.887) y teniente de Alcalde (27-4-1.895). Casado
con doña Gertrudis Toral y Nieto (Jaén, Sagrario, 9-5-1.874). AHDCJ.: Libros de Desposorios de la Parroquia del
Sagrario nº 12, folio 163 vto, y nº 15, folios 47-48, de 20-3-1.854, y Defunciones nº 30, folio 82 vto. AHMJ.:
LPDCCJ nº 4 (1.860-1.972). AHPJ.: Protocolos de don Eufrasio de Bonilla y Salido, legajos 6.408/3 y 7.424, folios
170 al 293 y 592, de 20-6-1.850, respectivamente. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, pág.
61, refª. 533 (2). CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante...,
op, cit, apéndice nº 241-242 y 248. NIEVES CARRASCOSA, J. E.: La desvinculación..., op. cit, pág. 226.
ORTEGA SAGRISTA, R.: "La visita de Isabel II a Jaén", II. Jaén, Senda..., op. cit, nº 15, 1.989, pág. 66.
PEDRO DE JAÉN.: "Alcaldes de la ciudad de Jaén en el último tercio del siglo XIX", Senda..., op. cit, nº
26, pág. 104. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.872, tomo 6, folio 232; de Matrimonios, 1.874, tomo 3,
folio 150 vto. y Defunciones, 1.888, 1.894 y 1.906, tomos 42, 56 y 81, folios 533, 10 y 181, respectivamente.
SÁNCHEZ SALAZAR, F.: Op. cit, págs. 28 y 289. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros Aguilar, una vida y una
obra en el Jaén del siglo XIX. Jaén, IEG. 1.981, págs. 49 y 385.
225
Don Francisco Civera Pérez. *Teruel, 16-10-1.804 +Jaén, 14-12-1.891. Hijo de don Melchor Civera Ucedo y
doña Petra Pérez Andrés. Inicia sus estudios en el Seminario Conciliar de su ciudad natal. Doctor en
Sagrada Teología. Secretario particular del obispo don Diego Martínez Carlón (1.832). Promovido a
Racionero de la Santa Iglesia Catedral de Jaén, por la vacante surgida por la muerte de don Juan del
Mármol (26-6-1.833), Capitular, también por la muerte de don Pedro Esteban (12-9-1.833/1.853),
Arcipreste (1.853-1.884), con una congrua anual de 3.500 pesetas y Maestrescuela, siendo tras su óbito
sustituido en ésta última dignidad por don Francisco Fernández y Sánchez. Miembro de la Junta de
Dotación de Culto y Clero (1.845). Presidente de la Comisión de la Corte de María, aprovechó su estancia
en Valencia para adquirir las telas precisas para confeccionar un manto de color blanco, en tisú de plata y
oro y con galón de encaje dorado para Nuestra Señora de la Capilla, Patrona de Jaén; dicho manto importó
6.121 reales obtenidos mediante suscripción popular, aunque el coste de las telas fue superior, el Sr. Civera
costeó la diferencia (1.857). Protector de los Colegios del Santísimo Sacramento y de San Eufrasio, anejos a
la Catedral. Formó parte de la comisión nombrada por el Cabildo catedralicio de Jaén, para acudir al límite
de la provincia de Jaén (Las Correderas), junto al obispo don Andrés Rosales y Muñoz, a fin de recibir a la
reina Isabel II y autoridades, con motivo de su viaje a Andalucía (1-9-1.862). Vicepresidente de la Junta
Provincial de Instrucción Pública (22-11-1.866). Realizó una destacada labor en la Junta de Beneficencia y
en el Hospital de San Juan de Dios, de ésta última, miembro de la Comisión encargada de la redacción del
primer reglamento para la organización de la vida hospitalaria de Jaén (20-2-1.847). Autor de un triduo en
honor a la popular devoción por el cuadro del Ecco Homo, que se veneraba en el zaguán de la casa de don
José María de Cuéllar Moreno (Martínez Molina, 1.872); gran devoto del Cristo de la Expiración, al que
escribió las Jaculatorias a Jesús de la Expiración sobre sus últimas siete palabras, a las que puso música el párroco de
San Bartolomé, don Eufrasio López Gimena (1.898); asimismo escribió un villancico que tituló: Villancico de
Navidad (1.861) y Aguinaldos con acompañamiento de órgano y orquesta. Muy vinculado al pueblo de Los Villares
(Jaén), a cuya parroquia donó un hermoso cuadro pintado al óleo que representaba a San Cayetano, siendo
venerado hasta 1.936; también costeó el reloj de la torre de nuestra Catedral, y donó el grupo de la Asunción
de la Virgen, obra del escultor Mariano Benlliure (Valencia, 1.888), que en su día le regalara una señora en
agradecimiento a sus virtudes, actualmente en el Museo Diocesano. Por su proverbial altruismo a favor de
los pobres, sirvió para que el Alcalde de Jaén, a la sazón don Rafael del Nido Segalerva, propusiera y lograra
en sesión del Pleno, diera su nombre a la popular C/, Espartería (12-3-1.898). Otorgó testamento ante el
notario de Jaén, don Eufrasio de Bonilla Salido. AHDCJ.: Presupuestos..., op. cit., y Libro de Entradas..., op.
cit, págs. 8, 9 y 41. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 222. CABALLERO VENZALÁ, M.:
Diccionario..., op. cit, II, (C), págs. 260-261, refª. 1.683-1.692, e "Historia de la Diócesis de Jaén", BIEG nº
155. Jaén, pág. 732. CAÑADA QUESADA, R.: Catálogos..., op. cit. Jaén, pág. 319. CAZABÁN LAGUNA,
A.: "El grupo escultórico "La Asunción de Nuestra Señora", DLS, op. cit, 1.918, págs. 199-200. LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Ibídem, apéndice nº 676. LÓPEZ PÉREZ, M.: "Los mantos…”, op. cit, pág. 11, y
"Semblanzas: D. Francisco Civera Pérez (1.804-1.891)", Expiración, año IV, nº 7, Octubre 1.987, pág. 11.
MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.: "Cronología...", op. cit, pág, 66, y "José Sequera y Sánchez (1.823-1.888).
Obras conservadas: Autenticidad, catalogación y descripción", BIEG nº 136. Jaén, 1.988, págs. 98 y 109.
MORENO BRAVO, T.: El callejero..., op. cit. ORTEGA SAGRISTA, R.: Expiración: cien años de una cofradía
- 113 -
de la mañana se celebraron en la Santa Iglesia Catedral de Jaén, solemnes
funciones por la declaración dogmática de la Inmaculada Concepción de la
Virgen, durante los días 21, 22 y 23 de septiembre de 1.855, el último día del
triduo, a las 4 de la tarde, salió en procesión de dicho templo la imagen de la
Santísima Virgen; aparte del Te Deum, misas y procesiones, “...habrá cucañas
en la plaza del Mercado, fuegos artificiales y... En las noches de los 3 días, la banda
Militar tocará en la Plaza de Santa María de 8 a 11 de la noche” 226.
Previamente el Alcalde de Jaén, don Francisco Berges Sánchez 227,
remitió al Sr. Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, don Mateo
Ramón Candalija Martínez, invitación a fin de que se nombrase a un colegial
que representase a la Corporación (18-9-1.855). Reunido el Colegio en Junta
General para responder a la meritada invitación, acordó por unanimidad
elegir a su representante cerca de la Comisión, a don Antonio María Camps y
Camacho, confiriéndole las más amplias facultades para el esplendor de tan
fausto acontecimiento.
Por su interés histórico aportamos el tenor del escrito de contestación
a la autoridad Eclesiástica, suscrito por don Mateo Ramón Candalija
de Jaén (1.888-1.988). Jaén, Cofradía del Cristo de la Expiración, 1.988, pág. 326, y Escenas y costumbres de Jaén.
Salamanca, IEG, 1.977, pág. 117. PALMA RODRÍGUEZ, F.: Historia del Hospital de la Santa Misericordia y de
San Juan de Dios de Jaén. Salamanca, Europa Artes Gráficas, S. A. 1.982, pág. 51. PEDRO DE JAÉN.:
"Papeles viejos", Senda..., op. cit. nº 15, pág. 94. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.891, tomo 49, folio
442. SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: La Escuela..., op. cit, pág. 320. TORRE RUIZ, F. P, de la.: Ligera...,
op. cit. págs. 4 y 5.
226
AICAJ.: Carpeta de varios. BOPJ. de 5-9-1.855.
227
*Jaén, 21-1-1.806 + ¿. Hijo de don Juan Berges Mellon (*Santa María de Oloron, reino de Navarra en
Francia, obispado de Pau) y doña Isabel Josefa Sánchez Olmedo (*Mancha Real (Jaén, 16-11-1.761; casados
en Jaén, San Ildefonso, 18-5-1.788). Hacendado y comerciante. Antes de la desamortización, era
propietario de una importante viña, molino de chocolate, aceite, harinero y de una destilería de aguardiente
que vendía al por mayor. Contribuía a la Dotación de Culto y Clero con 2.200 rs. por su actividad
comercial (1.841), pagando 20.000 rs. en concepto de impuesto sobre la propiedad (1.849). Compró un
total de 10 fincas rústicas de Propios desamortizados, con 15 Has. de cabida y 2 urbanas, invirtiendo en
ellas 136.340 rs. (1.839-1.842). Desempeñó varios cargos públicos, entre los que destacamos Tenientealcalde de Jaén (1.843, 1.849-1.851 y 1.854), Alcalde de Jaén interino (31-12-1.842/10-4-1.843),
alternándose con don Joaquín Balén (8-11-1.843/31-3-1.844 y 8-9-1.854/10-3-1.856). Teniente de
caballería de la Milicia Nacional de Jaén (9-1.843). Actuó de testaferro en al menos cinco ocasiones.
Presidente de la Junta Gubernativa del Nuevo Casino de Jaén (11-4-1.848). Casado en primeras nupcias
con doña María Antonia Pérez Martínez (Jaén, San Ildefonso, 6-5-1.827), y en segundas, con doña Josefa
Fernández López Ibáñez (Jaén, San Bartolomé, 3-2-1.852; ella *Madrid, 18-3-1.829). Con domicilio en la
C/, Mesones s/n (1.816) y Jorge Morales. Su hermana doña Antonia (*Jaén, 1.803 +2-3-1.846, casada con
don Antonio Martínez, del comercio, antecedente comercial de la sociedad mercantil "El Pósito". AHDCJ.:
Expedientes matrimoniales, carpetas 489-D y 500-C, respectivamente. AHMJ.: LPDCCJ, asiento 104, folio 18
vto. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén tras la muralla (Primera expansión, 1.500-1.950). Jaén, Caja General de
Ahorros de Granada, colección: "Jaén y sus barrios" nº 2, 2.003, pág. 113. NIEVES CARRASCOSA, J. E.:
Op. cit, págs. 230 y 270. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles Viejos", Senda..., op. cit, nº 4, pág. 73.
- 114 -
Martínez, a la sazón, Decano de la Ilustre Corporación:
“En Junta gral (sic) del Colegio se ha dado cuenta de la invitación, que V.S.S. se
sirven dirigir para el nombramto (sic) de representante de esta Ilustre Corporación, que se
ponga de acuerdo con V.S.S. sobre la manera de celebrar dignamte (sic) la definición
dogmática de la Inmaculada Concepción de M. S. Y enterados del objeto, que no pueden ...
los individuos qe (sic) la compusieron de secundar con efusión religiosa, y que está en
armonía con sus votos y principios, ha tenido a bien nombrar á (sic) D. Antonio Mª
Camps, invistiéndole de las facultades necesarias para desempeñar su cometido, y
resolviendo se dé conocimiento a V.S.S. para qe puedan tratar del punto con el mismo y
rellenen los altos y piadosos fines de los dignísimos Cabildos, que promueven la solemnes
demostración, á que con el mayor placer se adhiere este Colegio, y tengo la honra de
comunicarlo en su nombre”.
Por todo ello, se explica muy bien que el Colegio de Abogados de
Jaén, no solamente se acogiera al patrocinio de la Inmaculada Concepción,
sino que el colegial antes de comenzar el ejercicio de la forensía, hubiera de
prestar juramento de defender lo que después fue dogma, pero que entonces
no lo era.
No debemos de olvidar que en España los Colegios de Abogados
surgieron de las Congregaciones religiosas y de los Gremios; por ello,
estatutariamente quedaba establecido lo siguiente: “La abogacía española se
coloca bajo el patrocinio de San Raimundo de Peñafort, sin perjuicio de otras advocaciones
de carácter general o particular que la Tradición o el Derecho hayan establecido” 228.
Asimismo hay que señalar que aunque las fiestas de carácter religioso
no fueron previstas en los Estatutos aprobados en 1.838, fue a mitad del
siglo XIX cuando se reanudaron con todo esplendor las anuales en honor de
la Inmaculada Concepción 229.
228
El art. 2º.2 de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, y cuya vigencia comenzó el 22-3-1.848,
decía literalmente: "El Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, se coloca bajo el patrocinio particular de la Santísima Virgen
en su Inmaculada Concepción, y el general, de San Raimundo de Peñafort".
229
Una vez superada la grave crisis surgida durante la "Década de las Regencias" (1.833-1.843), que significó para
la Historia de España la más caracterizada por el signo anticlerical, trayendo como consecuencia la
supresión de las órdenes regulares, la Desamortización, las matanzas de frailes en diversas provincias,
ruptura de relaciones diplomáticas con la Santa Sede, destierro de prelados, siendo su origen más de
carácter político que religioso: "...el no reconocimiento por parte del Vaticano del reinado de Isabel II, que vino a suponer
un acicate en el anticlericalismo de los gobiernos liberales progresistas". El Concordato de 1.851 restableció las
relaciones entre Roma y España, consiguiendo la Iglesia finalizar la Desamortización con el cambio de sus
bienes muebles por valores. A pesar de esto, durante el bienio progresista, el ministro de Hacienda, don
- 115 -
En sesión de Junta General Ordinaria celebrada el día 4 de Agosto de
1.849, bajo la presidencia del Decano, don Antonio María Camps y
Camacho 230, se acordó por unanimidad elegir Patrona del Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén:“...a la Reina de los Cielos, en la advocación de su Concepción
Purísima sin Mancha del Original Pecado, cuyo misterio ocupa al Santo Pontífice 231 para
declararlo dogma de Nuestra Santa Religión ante la cual todos los concurrentes tienen
jurada la defensa, aun cuando la creencia no fuese todavía obligatoria sino únicamente
piadosa”, y debía celebrarse anualmente en su día, o en el Domingo de su
octava, una función solemne con jubileo misa y sermón en el convento de las
monjas Dominicas de Jaén 232. La fiesta se costearía de los fondos del propio
Pascual Madoz y García, promulga la Ley de Desamortización de 1 de mayo de 1.855. Las relaciones con
Roma son tan tensas que sale de Madrid el nuncio Mns. don Francisco Tiveri, y es retirado el embajador de
España en Roma. Con O'Donnell se suspenden las ventas de bienes del clero (R. D. de 23-9-1.856), y poco
después Narváez suspende la ejecución de toda la "ley Madoz". Siendo designados representantes por los
Estados litigantes, el Vaticano, por el cardenal don Santiago Antonilli, Secretario de Estado; por España, el
embajador extraordinario cerca de la Santa Sede, don Antonio de los Ríos y Rosas (R. D. de 25-11-1.856),
lo que vino a poner fin a dichas hostilidades. AHDCJ.: BOEOJ, 1.869, nº 105, págs. 285-292. LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice 117 y 126. PAREDES ALONSO, J.: La España liberal del
siglo XIX. Madrid, Biblioteca Iberoamericana, 1.988, págs. 80-84 y 327-328. TOMÁS Y VALIENTE, F.: El
marco político de la desamortización en España. Barcelona, Editorial Anel, 1.972, pág. 107.
230
Compareciendo además los colegiados: don Ventura Ruiz Marín, don Gregorio Casanova del Castillo, don
Joaquín Balén Casanove, don Francisco de Asís Pastor y Zafra, don Eugenio Fresneda Sánchez-Carrasco,
don Antonio Mariscal y López de Navajas, don José Jiménez Serrano, don Francisco María Siles JiménezCallejón, actuando de Secretario, don Juan de la Cruz García de Lara y Mora; no compareciendo, pese a
estar citados en legal y debida forma, aunque excusaron su asistencia ante el Secretario, don León Esteban
López y don Ambrosio Guijosa Gómez, por sus múltiples ocupaciones. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 4-8-1.849.
231
El Papa, Pío IX (Juan María Mastai Ferretti), de Sinigaglia (1.846-1.878). Era el Pastor para los tiempos
nuevos. El primer gesto fue decretar la amnistía para los desterrados y los condenados por delitos políticos,
además, introdujo algunas reformas inspiradas en criterios liberales (institución de la Guardia Cívica;
moderada libertad de prensa; formación de un Consejo de Estado). Durante su gobierno se incrementó
mucho el prestigio del papado, tanto dentro de la Iglesia como en las relaciones internacionales. En especial
firmó Concordatos con varias naciones. Gloria de su pontificado fue la proclamación del dogma de la
Inmaculada Concepción de María (8-12-1.854). Una década después publicó el Syllabus, es decir, la
exposición y condenación de los principales errores modernos, incluidos aquellos referentes a las relaciones
entre la Iglesia y el Estado. Otra obra magna fue la convocatoria del Concilio Vaticano I, vigésimo en la
serie de los concilios ecuménicos en la Basílica de San Pedro (8-12-1.869). DEGALLI, F.: Op. cit, págs.
199 y ss.
232
A la sazón fue elegida Priora de esta Comunidad, la que ya era Presidenta, la hermana reverenda sor María del
Sacramento Cárdenas; presidió la elección el obispo de Jaén, don José Escolano y Fenoy (25-8-1.849). El
primer convento de dominicas se fundó en Jaén a instancias de doña María de Soto, con monjas
procedentes de Zaragoza, instalándose en el Arrabalejo (Millán de Priego, 1.475). Once años después se
edificó otro que ocupaba el solar actual de los jardines y edificio de la Escuela de Artes y Oficios, cuyas
monjas pertenecieron a las familias más nobles de Jaén y su provincia (1.486). El obispo de Jaén, don Fray
Benito Marín Ximénez, aprobó sus estatutos (15-2-1.763). El único vestigio que nos queda de éste
convento es una hermosa columna barroca, con magnífica basa, rematada con una pequeña cruz de hierro,
que en la actualidad se encuentra instalada en el centro de la Plaza del Pósito. Tras la "septembrina" el
mismo se cerró y sus escasas monjas se vieron obligadas a recogerse en el otro convento de las Dominicas
existente en la Capital (Maestra del Arrabal de San Ildefonso, C/, Ancha, 1.868, hoy Muñoz Garnica). Las
dominicas fundaron este segundo convento como segregación del ya citado aristocrático de Damas Nobles
de Nuestra Señora de los Ángeles, gracias al patrocinio de don Diego de los Cobos y Molina (don Diego, se
licenció en Teología y Cánones en la Universidad de Salamanca, y tras obtener el doctorado en ambas
- 116 -
Colegio o en su defecto, por una prorrata entre sus colegiados, y se invitaría a
ella “como se verifica en Madrid y otros puntos donde existen cuerpos colegiados de la
misma índole”, para que con su asistencia se honrase al Colegio y diesen un
indudable realce a la misma.
Para la celebración de esta incipiente fiesta patronal hubo que exigirse
a cada colegial 233 una cuota extraordinaria de 12 reales de vellón para sufragar
el costo de la función religiosa.
Pese a las importantes lagunas documentales existentes en la Ilustre
Corporación 234, podemos relacionar los gastos ocasionados durante la
segunda mitad del s. XIX y primera del XX para la celebración de las
meritadas fiestas del Colegio 235:
AÑO
REALES DE VELLÓN
disciplinas, fue nombrado sucesivamente: Arcediano de la Catedral de Coria (Cáceres), prior de Marmolejo
(Jaén), oidor de Chancillería de Valladolid, y presentado por el emperador Carlos I para la mitra de Huesca,
que no aceptó; miembro del Consejo de la Inquisición, obispo de Ávila (2-8-1.539) y de Jaén (4-9-1.560),
hasta su muerte ocurrida en Toledo, con ocasión de asistir a un concilio provincial en el que se debatía las
disposiciones del Concilio Ecuménico de Trento (8-9-1.565), por expreso deseo su cadáver fue inhumado
en la Capilla Mayor del Hospital de Santiago de Úbeda, de la cual eran patronos sus padres); fundador del
Hospital de enfermos y capilla de Santiago en Úbeda (1.553), su objetivo era el mantenimiento de 50 camas
en el hospital y 12 capellanes en la capilla. El citado convento Dominico estuvo dedicado curiosamente a la
advocación de la Concepción de María, cuando la Orden fue notoriamente contraria al dogma de la
Inmaculada. Esta fundación se asentó en principio en la collación de San Juan, sobre unas casas donadas
por doña Catalina de Berrios, en la C/, Corralaz (C/, Concepción Vieja), y más tarde pasó a la C/, Muñoz
Garnica, ya citada, donde se conservó hasta que fue demolido (1.965). Durante mucho tiempo eran
conocidas por "las monjas del Corralar"; actualmente ocupa una amplia casa en la C/, Francisco Coello nº
35 (Llana), contigua a la que fuera del arquitecto de nuestra Catedral, don Eufrasio López Rojas.
BARRANCO DELGADO, J. G.: Escudos heráldicos de Úbeda. Úbeda, Gráficas Minerva, S. L., 2.001, pág.
280. CONVENTO DE LA CONCEPCIÓN DE JAÉN.: Archivo privado. GALERA ANDREU, P. A.,
et alii.: Catálogo monumental de la ciudad de Jaén y su término. Jaén, IEG, 1.985, págs. 213 y ss. KENISTÓN, H.:
Francisco de los Cobos, Secretario de Carlos V. Madrid, Editorial Castalia, 1.980, págs. 80 y ss. MONTIJANO
CHICA, J.: Historia..., op. cit, págs. 133-134. MORENO BRAVO, T.: El Callejero..., op. cit.
233
Fueron 25 abogados en total.
234
Ocurridas, básicamente durante el período en que don Felipe Balguerías Monereo ostentara el cargo de
Secretario de la Ilustre Corporación, y por los diversos incendios que sufriera sus dependencias.
235
Hemos tenido que recurrir a las Actas de Juntas de Gobierno correspondientes al período 1.863-1.883, que
aunque bastantes más "telegráficas" que las de las Generales, al menos han cubierto en parte la información
que recabamos.
- 117 -
100236.
615.
540.
667.
760.
700.
840.
900.
800.
908.
1.042´50.
1.082´00.
¿
273´95.
275’00.
285´00.
805´00.
375´00.
375´00.
912´80.
1.272´15.
1.849.
1.851.
1.852.
1.853
1.854.
1.855.
1.856.
1.857.
1.858.
1.859.
1.860.
1.861.
1.862.
1.896.
1.897.
1.923.
1.939.
1.943.
1.944.
1.945.
1.946.
También podemos ofrecer un cuadro sinóptico de fechas, -que
viene de alguna manera a completar la relación anterior- lugares y
alteraciones habidas en el Ilustre Colegio de Abogados con motivo de las
precitadas fiestas anuales:
AÑO
1.847237.
1.852-1.877.
LUGAR
Convento de las Dominicas.
Ibídem.
ALTERACIÓN
-
238
236
Más los gastos de 30 velas para iluminar el altar y la música. AICAJ.: AA.JJ.GG., de 1-9 y 10-12-1.849,
respectivamente.
237
En este año el número de religiosas habidas en la Comunidad era de 18. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén
durante..., op. cit, apéndice nº 148.
238
Consideremos no es extemporáneo citar la plantilla orgánica del Cabildo Catedralicio de Jaén, que
indudablemente y con escasas alteraciones mantendría mayoritariamente su vigencia durante el período
de tiempo que estudiamos: Obispo: don Antolin Monescillo del Viso, con una congrua anual de 22.500
pesetas. Deán: don Joaquín de Villena Sánchez, 4.500. Arcipreste: don Francisco Civera Pérez, 3.500.
Chantre: don Áureo Carrasco Manzano, ibídem. Maestrescuela: don Maximiliano Ángel Muñoz, ibídem.
Doctoral: don Lorenzo Fernández Cortina, ibídem. Penitenciario: don José María Moreno Moral (antes
- 118 -
1.878-1.880.
1.883, 1.884 y 1.886.
1.903.
1.904.
1.905-1.913 y 1.916.
1.917.
Catedral.
Convento de las Dominicas.
Parroquia de la Sagrario.
Catedral.
Parroquia de la Sagrario.
Catedral.
-
239
240
.
.
Lectoral con residencia en Baeza 1.851-1.864), ibídem. Lectoral: don Manuel Muñoz Garnica, ibídem.
Canónigos: don Francisco Policarpo Romero Vidal. Don Felipe Guzmán Armenteros. Don Francisco
José María Rísquez Cumplido (*Aguilar (Córdoba), 1.811 +Jaén, 5-3-1.883, hijo de don Joaquín Rísquez y
doña Lorenza Cumplido, ingresó para cubrir la vacante por el fallecimiento de Fr. Serapio Herrero
Rodríguez, testó ante el notario de Jaén don Eufrasio de Bonilla y Salido). Don Miguel Hidalgo Puerto
(cesa en el Cabildo por promoción, 9-1-1.863) y don Tomás de Cueto (Mayordomo de S.E.I. ¿), con
3.000 pesetas anuales, respectivamente. Beneficiados: don Toribio Felipe del Solar y Castrillo. Don
Manuel Ortiz García (+Jaén, 1804 +27-6-1.882, hijo de don Lorenzo Ortiz y doña Francisca García,
entró de Seises (1.820), aprendió violonchelo (que pidió prestado a la Catedral), solicitó una capellanía
(1.823), pasó al Colegio del Santísimo Sacramento (1.827), Ojero (1.831), Presbítero (1.834), Maestro de
Ceremonias, profesor de solfeo del Colegio de los Seises y Rector del mismo (1.837), nombrado director
del Coro, tras la renuncia de don Manuel Moya (24-4-1.838), de los mayores contribuyentes de Jaén,
comprador de fincas eclesiásticas y de Propios desamortizadas, Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.8611.868), con domicilio en la C/, Cruz Verde nº 2, testó ante la fe del notario de Jaén don Antonio José
Aponte García). Don Francisco Ruiz Tejada (*Jaén, 1.822 +9-10-1.894, hijo de don Juan Ruiz y doña
Josefa Tejada, Rector del Colegio de los Seises en 1.853, pide la dimisión (1.857), en ésta fecha, y a
petición del director de la revista de Madrid España Musical y Literaria, envía un completo informe sobre
los órganos existentes en Jaén, oposita a Maestro de Capilla (1.854), renuncia a ella en 1.865 hasta 1.874
en que actúa de organista, retorna a su primer cargo (1.874) hasta su óbito, cofrade de la Santa Capilla de
San Andrés (1.860), el día 28-10-1.889 hizo: “·…donación a la Asociación Benéfica denominada “Siervas de Maria,
Ministras de los Enfermos” y para vivienda de éstas Sras. de una casa nº 18 de la calle Mesones de Jaén, que linda a la
derecha con la casa de José Vizcaíno y por la izquierda con la ermita de S. Antonio y por la espalda con la calle Rastro.
Superficie de 88 metros 50 centímetros cuadrados, patio con fuente con una pluma de agua de la Magdalena y pasadizo a la
Ermita y sala con luz a la C/ Rastro, dedicada hoy a sacristía de la ermita de S. Antonio y en la planta principal 3
cuartos, corredor y cocina, y sobre ésta 2 cuartos y 3 cámaras. Esta casa perteneció a la Nación procedente de la obra pía
agregada al Hospicio de Hombres y adquirida por Manuel Ruiz Pérez (notario de Jaén , la acotación es del autor)
en 26.000 reales”; compró a don Antonio Espinosa de los Monteros una casa sita en C/ Accesoria de San
Agustín, el vendedor la tenía en la C/, Capitán Oviedo nº 12 (1.892), testó el día 10-10-1.894, ante la fe
del notario de Jaén don Lorenzo Bonilla y Alcázar). Don Francisco Martínez Rodríguez (párroco de Santa
Cristina, 21-8-1.894). Don José Sequera Sánchez (los interesados en conocer su extensa e interesante
biografía remítanse a la bibliografía citada de Martínez Anguita). Don Vicente Cuesta. Don Pedro Criado
Benítez (Canónigo a partir de 1.856, uno de los terratenientes del término municipal de Jaén en 1.844,
con 456 Has). Don José Mata Gallo (confesor del Cabildo, entró de capellán de Coro en 1.841 y además
se le nombró maitinero, su hermano don Juan, Diputado Provincial por Martos (1.864 y 1.868). Don
Francisco Ruiz de la Torre. Don Luis Arjonilla López (capellán de Coro y 2º Maestro de Ceremonias (138-1.861). Don Tadeo Fernández de la Mota Sánchez y don José Salomón Ruiz, con 1.500 pesetas,
respectivamente. AHDCJ.: Presupuestos…, op. cit, y Libro de Entradas…., op. cit, págs. 24 y 134. AHPJ.:
Protocolos de don Lorenzo Bonilla y Alcázar, de 1.889 y 1.892, folios 385 y 411, respectivamente.
BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, págs. 225-226. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Ibídem, apéndice nº
273. MARTÍNEZ ANGU8ITA, M. R.: “Cronología…”. op. cit, págs. 55 y ss; “José…”, op. cit, págs. 98
y 109 y La música…, op. cit, págs. 457 y ss. R. C. DE JAÉN.: Libros de Defunciones, 1.882, 1.883 y 1.894,
tomos 28, 30 y 56, folios 168, 205 y 130, respectivamente.
239
Durante nueve años consecutivos se celebró la fiesta de la Patrona en la Parroquia del Sagrario, ignorándose
las causas. ¿Obras de adaptación en la capilla de la Virgen de Lourdes para instalar el mausoleo de don José
del Prado y Palacio? Cabe destacar la correspondiente al año 1.908, hubo además de la música, cohetes.
240
Celebrada el día 10 de diciembre, domingo siguiente de su octava. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Y direte,
Inés, la cosa...", DLS, 1.917, pág, 379.
- 119 -
1.919.
1.921-1.923.
1.924.
1.925.
1.932.
1.939.
1.942-1.945.
1.956-1.959.
Parroquia del Sagrario.
Convento de las Dominicas.
Catedral.
Convento de las Dominicas.
Convento de las Dominicas.
Catedral.
Convento de las Dominicas.
Parroquia de Cristo Rey.
-
Para completar las anteriores relaciones aportamos también otro
cuadro sinóptico de predicadores y celebrantes de las susodichas fiestas
patronales durante la segunda mitad del s. XIX y primera mitad del XX.
El primer sermón estuvo a cargo del padre Bonifacio José de Liébana
Serrano 241, acordándose por la Junta de Gobierno nombrarlo capellán de la
241
Don Bonifacio José de Liébana Serrano. *Valdepeñas de Jaén, 15-5-1.802 +Jaén, 23-10-1.868. Hijo de don
Miguel de Liébana Carrillo (militar, destacó notablemente en la Guerra de la Independencia) y doña
Florentina Serrano Zafra. Sobrino carnal del guerrillero Francisco de Liébana Carrillo de la partida de
Pedro de Alcalde, fusilado por los franceses en Lucena (Córdoba). Hizo sus estudios eclesiásticos en el
Colegio-Seminario de San Felipe Neri (Baeza, 1.822). Presbítero. Co-fundador del Colegio de
Humanidades de Nuestra Señora de la Capilla, de Jaén, ocupando el cargo de Vice-director (1-II1.838/1.840), teniendo a su cargo las cátedras de Filosofía y Matemáticas, establecido primeramente en el
Palacio de los Condes del Donadio (entonces Fuente Nueva nº 7, ahora sede de la Concejalía de
Planificación Urbanística y Medio Ambiente) y posteriormente en los extinguidos Reales Estudios, sito en
la C/, Compañía, antiguo Colegio de Jesuitas, 13-3-1.841 y en la actualidad Conservatorio Profesional de
Música). Formó sociedad con los presbíteros don Juan Ildefonso Martínez y don Domingo Rivera, para
crear un nuevo colegio denominado Colegio de Humanidades en el que también ocupa la dirección (18-111.842), para lo que arrendaron al matrimonio formado por el Marqués de Bélgida y VI Marqués de
Acapulco, don Pedro del Prado y Messía de la Cerda y su esposa, doña Juana Marín y Badarán, la casa sita
en la C/, Maestra Baja, que antaño fuera Palacio del Condestable de Castilla don Miguel Lucas de Iranzo
(hoy Concejalía de Cultura), por un período de cuatro años, escritura que se formalizó ante la fe del
escribano don Ildefonso Torres Mesa (25-10-1.842). El padre del Marqués compró la casa-palacio (hoy
conocida por Los Baños Árabes (1.793). Más tarde, don Bonifacio José de Liébana y Serrano, inauguraba
nuevo colegio de su propiedad, ahora en la C/, Rueda nº 5 (Montero Moya), bajo la denominación de
Colegio de Pensionistas Alumnos del Instituto (18-11-1.842/10-1.868). Opositó, junto con don Manuel
Muñoz Garnica, a las canonjías de Magistral (25-5-1.852) y Lectoral de la Iglesia Catedral de Jaén (1-61.852). Presidente y Catedrático del Colegio Penitenciario de Orihuela. Magistral de la Catedral de Córdoba
(1.868). Destacado miembro del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba. Protegido por el prior de
Valdepeñas de Jaén y Vice-Rector del Seminario San Felipe Neri de Baeza, doctor don Cristóbal José de
Tapia. Consideramos no es extemporáneo citar su prosopografía que figura en el Libro de Pasaportes
existente en el Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén, asiento 68, del día 29 de junio de 1827: "...edad: 19
años; estatura: regular; pelo: castaño; ojos: melosos; nariz: larga; barba: poca; cara: oval; color: blanco". Con domicilio en
Jaén, C/, Empedrada s/n. Otorgó testamento ante el escribano de Córdoba, don Federico Barroso y Lora
(31-12-1.867). ARCO MOYA J, del.: Archivo privado. AHDCJ.: Libro de Defunciones de la Parroquia de San
Ildefonso, 1.868, folio 275. AHMJ.: LPDCCJ nº 4, op. cit, folio 228 vto, asiento 823. CASAÑAS
LLAGOSTERA, P.: "Breve aportación a la historia del teatro en Jaén", Actas del I Congreso "Jaén". Siglos
XVIII-XIX, I. Granada, Escuela Universitaria de Profesorado de EGB de Jaén, 1.989, págs. 211-215.
CAZABÁN LAGUNA, A.: "El Condado de Buelma, recae en don Miguel del Prado y O'Neill,
perteneciente a la nobleza del reino de Jaén", DLS, ibídem, 1.928, págs. 245-249. GARCÍA SÁNCHEZ,
- 120 -
Ilustre Corporación, creándose a tal efecto una Comisión compuesta por el
Decano y el colegial don Antonio María Guijosa y Gómez, para hacerle
entrega, en nombre de la Corporación, del documento acreditativo de tal
condición y expresarle también el profundo agradecimiento de los colegiados
ante la reiterada negativa de aquél a aceptar emolumento alguno. Asimismo
se comisionó al abogado don Martín López-Vadillos de Quesada 242, para que
transmitiera al Obispo de Jaén 243 las más expresivas gracias por la buena
acogida que había tenido a la solicitud de la Ilustre Corporación para
conceder jubileo en el día de su Fiesta.
AÑO
1.849.
PREDICADOR
CELEBRANTE
Don Bonifacio J. de Liébana.
Don Vicente Torres Moreno 244.
A.: La organización…, pág. 302. LÓPEZ PÉREZ, M.: "El Colegio de Humanidades de Nuestra Señora de la
Capilla (1.838-1.843)", BIEG nº 153, I. Jaén, págs. 255 y ss. MONTIJANO CHICA, J. y LÓPEZ PÉREZ.
M.: Muñoz..., op. cit, págs. 37, 41 y 53-57. MORENO UCLÉS, J.: "Apuntes Bio-Bibliográficos", Instituto de
Bachillerato "Virgen del Carmen". Jaén, Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, 1.996,
págs. 125-126. PARRA DELGADO, S.: Archivo privado. PARROQUIA DE SANTIAGO APÓSTOL
DE VALDEPEÑAS DE JAÉN.: Libro de Bautismos nº 16, folio 88 vto.
242
En el Apéndice 1º aportamos su biografía.
243
Don José Escolano y Fenoy (1.848-1.854, nº 58 del Episcopologio giennense). *Granada, 4-2-1.805 +21-71.854. Hijo de don José Antonio Escolano Vázquez (*Málaga, Sagrario, 21-10-1.761. Abogado de la Real
Chancillería de Granada y de su Ilustre Colegio, y agente Fiscal) y doña Casilda Fenoy Magaña (casados en
Mecina de Buenvarón (Granada), 29-6-1.803; ella *Granada, 6-10-1.788). Doctor en Sagrados Cánones y
licenciado en Teología. Antes de ser nombrado obispo de Jaén, ostentaba la prebenda de Canónigo
Lectoral (17-5-1.834, por vacante producida por el ascenso de don Juan José de la Madrid a la dignidad de
Deán de la misma), motivo por la que tuvo que realizar el preceptivo expediente de Limpieza de Sangre.
Solucionado el conflicto del Concordato entre el España y la Santa Sede, fue presentado por la reina de
España doña Isabel II, para Obispo de Jaén (que vino a cubrir la vacante de don Diego Martínez Carlón,
que fue desterrado a Águilas (Murcia). Fue preconizado por el Papa Pío IX (17-12-1.847) y consagrado en
la Iglesia de San Isidro el Real de Madrid (13-4-1.848), actuando de padrino el presbítero de Jaén, don José
Sánchez Puerta, con quien le unía una gran amistad. Renunció al Arzobispado de Granada para el que fue
propuesto (1.853). Senador por designación Real. Sus hermanas doña María de la Concepción, casada con
el preclaro hijo de Jaén don Martín López-Vadillos de Quesada, Decano del Ilustre Colegio de Abogados
de Jaén y Secretario de la Diputación Provincial de Jaén (su biografía aportamos en el Apartado I) y doña
Casilda, casada con don Juan Manuel Orti y Lara., el “sabio andaluz”, catedrático de la Universidad Central
de Madrid. AHDCJ.: Libro de Entradas...., op. cit, pág. 16. MONTIJANO CHICA, J, y LÓPEZ PÉREZ,
M.: Muñoz..., op. cit, págs. 183-185. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y Genealogía de los Obispos..., op. cit, pág.
162. PÉREZ SOLIS, M.: La villa de Marmolejo en el reinado de Alfonso XIII: 1900-1931. Marmolejo (Jaén),
2.002, pág. op. cit, pág. 38.
244
Don Vicente de Torres Moreno y Mesa. *Mengíbar (Jaén), 1.801 +12-3-1.873. Hijo de don Vicente de Torres
(Provedor General del Ayuntamiento de Jaén) y doña María Teresa Moreno. Licenciado en Filosofía y
Letras y Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.834 y 6-6-1.837, respectivamente). Presbítero;
canónigo de la Catedral de Jaén, con dignidad de Chantre; Provisor y Vicario General del Obispado de Jaén
(3-2-1.854); más tarde, con iguales cargos en la de Badajoz (1.853). Abogado de los Tribunales del Reino.
Representó a don José Escolano y Fenoy, Obispo de Jaén, ante la Sala de Audiencia del Tribunal
- 121 -
1.852.
1.853.
1.854.
Don Manuel Antonio Jalón y
Santiago 245.
Don Gaspar Antonio de
Valenzuela y Cabanillas 246.
Don Antonio Begué y Diego247.
D. Antonio José Clemente y Cobo 248.
Eclesiástico, para recibir del remate de las fincas devueltas al clero de esta Diócesis (2-3-1.854). Su hermano
don Andrés, primer escribano de número de Villanueva de la Reina (lo citamos en el capítulo 5º).
BARAHONA VALLECILLOS, S.: Archivo privado. BOPJ, 3-2-1.854. R. C. DE MENGÍBAR.: Libro de
Defunciones, 1.873, tomo 1, folio 15. TORRES PUYA, M. D.: Op. cit, pág. 26. U. G.: Expediente personal.
VALENZUELA SAAVEDRA, F.: Op. cit, págs.122 y ss.
245
*Porcuna (Jaén), 26-11-1.818 +24-10-1.881. Hijo de don Manuel José Jalón Santiago y doña María Josefa
Santiago Carpintero. Licenciado en Sagrada Teología en el Seminario de San Felipe Neri de Baeza (4-121.847). Cura Ecónomo de la Parroquia de Nuestra Señora de la Asunción de Porcuna (Jaén, 1.854-1.857).
Con domicilio en Porcuna, C/, Carrera nº 35. Que emulando a su condiscípulo don Bonifacio Liébana
Serrano, se negó también a cobrar estipendio alguno, aunque la Junta de Gobierno acordó dejar por el
momento suspendido la sustitución de aquel. Jaén, al menos el Jaén oficial, celebró un Te Deum de acción
de gracias no sólo por el nacimiento de la princesa María Isabel Francisca de Asís, sino por haber salvado
milagrosamente la vida S. M. a manos del regicida el cura Merino, que fue ejecutado a gorrote vil (9-21.852). ARANDA CALVO, A.: "Apuntes sobre el Archivo Parroquial de Porcuna", BIEG nº 159, pág. 245.
AHDCJ.: Libro de Ordenes, op. cit, nº 28-B, 1.847. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1-1.853. CAÑADA QUESADA,
R.: Archivo privado. R. C. DE PORCUNA.: Libro de Defunciones, 1.881, tomo 11, folio 296. SANCHO
SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, pág. 58.
246
Quién renunció al estipendio. En sesión de 26-12-1.853 y por mayoría absoluta, se acordó regalarle "...media
arroba de chocolate, igual cantidad de dulces y un cajón de cigarros", y nombrarlo capellán del Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén. En este año se hizo la propuesta de cambiar la fecha de la fiesta de la Patrona, pero no
hubo acuerdo. *Pegalajar (Jaén), 1.810 +27-6-1.878. Hijo de don Antonio Valenzuela y doña Feliciana
Cabanillas. Presbítero. Prior de San Miguel y San Bartolomé, de Andújar (13-8-1.850); párroco de Santa
Cruz, de Pegalajar (26-12-1.828/27-6-1.878); canónigo de la Iglesia Catedral de Jaén, con una congrua anual
de 1.750 pesetas (1.872-1.873); administrador general de los bienes del clero de la Provincia, al estar ambos
cargos retribuidos por el Estado, conllevó que sus paisanos hacendados se quejaran airadamente, y más
concretamente los hermanos don Francisco Javier y don Carlos Vilches Marín (hijos del Registrador de la
Propiedad, cuya biografía citamos en el capítulo 5º), aduciendo la incompatibilidad manifiesta; por tal
motivo le aplicaron un remoquete que decía: "...el que del altar come, al altar ha de servir". La reclamación no
prosperó y fue expresamente denegada por el gobernador del obispado de Jaén, don Lorenzo Fernández
Cortina (1.854), no obstante, se ausentó temporalmente de su pueblo natal hasta que los ánimos se
calmaron, regresando de nuevo (1.866). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su Santidad
(1.866). Fiscal del Tribunal Eclesiástico (1.866). Con domicilio en Pegalajar, C/, Llana s/n. AHDCJ.: Legajo
177 de la Sala de Cofradías y Boletín..., op. cit, pág. 76. AICAJ.: Ibídem, de 11 y 26-12-1.853. BACHILLER
LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 226. LÓPEZ CORDERO, J. A.: "Pegalajar: Sociedad y religión en el siglo
XIX", BIEG nº 172. Jaén, 1.999, pág. 501. MORALES CUESTA, M. M.: Montero..., op. cit, pág. 35. R. C.
DE PEGALAJAR.: Libro de Defunciones, 1.878, tomo 6, folio 79.
247*Bujalance
(Córdoba), 21-8-9-1.833 +Orihuela (Alicante), 30-12-1.896. Hijo de don Antonio Begué
Maxeudieq (*Augen, cantón de Olorón, bajos Pirineos de la Navarra francesa) y doña Juana Diego Mara.
Realizó sus estudios en el Seminario Conciliar de Córdoba; ordenado presbítero (1.857); coadjutor de San
Andrés, de Córdoba (1.859); párroco de Santa María Magdalena, de Jaén (8-6-1.860/19-12-1.868) y Nuestra
Señora de la Asunción, de Bailén (1.870). Se doctoró en Sagrada Teología (5-1.865). Fue el encargado de
rebatir a don Francisco Forasté y Ges, el folleto titulado "Semana Santa", que había sido escrito en la cárcel
de Jaén (13-4-1.870), que era una diatriba contra la Iglesia Católica; con su Refutación, compuesta de ciento
noventa y siete páginas, frente a las cincuenta y seis que escribió el agnóstico. Autor prolijo de obras
pastoralistas, liturgistas y apologista, de las que destacamos: Citas bíblicas del Misal y breviario y Ministerio
Parroquial según el Concilio de Trento (Alicante, 1.881). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su
Santidad (1.865). Vocal de la Junta Municipal de Beneficencia y Sanidad (1.866). A la fecha de su óbito era
- 122 -
1.855.
1.856.
Don Diego de Cózar Molina 249.
Don Juan José Forcada López 250.
-
Deán del Cabildo de la de la Catedral de Orihuela. Su hermana doña Juana María Antonia, casada con don
Domingo Fernández del Rincón y Soto-Dávila, y por ende, hermanos políticos del obispo de Teruel y
Guadix-Baza, don Maximiano. Con domicilio en Orihuela, C/, Bellot s/n. Otorgó testamento en Orihuela
¿ AHDCJ.: Libro de Matrimonios de San Pedro nº 8, folio 106 vto, y Boletín..., ibídem, pág. 539. AHPJ.: Protocolos
de don Antonio Sánchez de la Torre, de 5-9-1.864. AICAJ.: Ibídem, de 12-12-1.854. ARCHIVO DEL
OBISPADO DE ORIHUELA-ALICANTE.: Expediente personal. BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem,
págs. 181 y 229. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op, cit, I, (A), págs. 220-221, refª. 1.8911.894, y "Catálogo...", op. cit, pág. 199. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Aproximación..., op. cit, págs.
160-161. R. C. DE MARTOS (Jaén).: Libro de Nacimientos, 1.871, tomo 3, folio, 53 y 54. R. C. DE
ORIHUELA.: Libro de Defunciones, 1.896, tomo 53, folio 368.
248
Primer Discreto de la Real Congregación del Santo Sepulcro y de Nuestra Señora de los Dolores (22-9-1.847).
CAÑADA QUESADA, R.: "La Real Congregación del Santo Sepulcro y de Nuestra Señora de los
Dolores, en el año de 1.847", Pasión y Gloria nº 11. Torredonjimeno (Jaén), Agrupación de Cofradías y
Hermandades de la Ciudad de Jaén, 1.999, págs. 54 y 56. Su biografía ya la citamos en el capítulo 2º.
249
Renunció expresamente a sus honorarios. *Jabalquinto (Jaén), 1.807 +Jaén, 2-6-1.880. Hijo de don Juan
Tomás Cózar y doña Ana Molina. Presbítero. Regente de la Escuela de Latinidad de Jaén (1.841). Párroco
de Villanueva de la Reina (Jaén, 1.870). Canónigo, dignidades de Lectoral y Penitenciario del Cabildo
Catedralicio de Jaén (1.876), siendo sustituido tras su óbito, por don Francisco Fernández Sánchez.
Catedrático de la Facultad de Filosofía y Regente del Instituto de 2ª Enseñanza de Jaén, de las asignaturas
de Moral, Latín y Castellano (1.866). Por acuerdo de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados,
se convocó al alcalde de Jaén, don Francisco Berges Sánchez y al Arcipreste de la Catedral de Jaén, don
Francisco Civera Pérez, para una reunión conjunta al objeto de definir del dogma de la Inmaculada
Concepción, "...resolviéndose desde luego por no haber fondos en caja se gire un repartimiento individual cuya cuota no se fija
por ahora". Por su parte el colegiado don Ambrosio Guijosa y Gómez, propuso que por este motivo la
recaudación se invirtiera en distribuir dotes entre las doncellas pobres, una por cada parroquia. Por el
Cabildo Catedralicio fue comisionado, conjuntamente con don José Sequera y Sánchez, para recibir al Sr.
Obispo don Manuel María, el día de su entrada en la Capital (1.877). Con domicilio en la C/, Colegio nº 4.
Testó ante el notario de Jaén, don Miguel Gutiérrez Carrillo de Albornoz. AHDCJ.: Libro de Actas
Capitulares de 1.877, Boletín..., op. cit, 1.859 y Libro de Entradas..., op. cit, pág. 26. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 11-71.855. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 229. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit,
apéndice nº 243 y 244. MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.: "Cronología...", op. cit, pág. 71. R. C. DE JAÉN.:
Libro de Defunciones, 1.880, tomo 22, folio 352. SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: La Escuela..., op. cit, pág.
104. TORRES PUYA, M. D.: Inventario..., op, cit. pág. 13.
250
*Jaén, 4-7-1.828 +16-9-1.891. Hijo de don Juan Pedro Forcada Peralta (*Jaén, 7-4-1.804, Alcalde-Corregidor
de Jaén (7-1.848), Vocal de la Junta de la Beneficencia (9-5-1.848), Administrador Principal de Correos,
Caballero de las Órdenes de Isabel la Católica y de Carlos III, de los mayores contribuyentes de la Capital)
y doña María del Carmen López Ortuño (*Jaén, 24-2-1.809; ambos contrajeron matrimonio en 1.825).
Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (1.848). Incorporado al Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén (15-3-1.854). Presbítero. Capellán del Hospital de coléricos (1.855) y del
Excmo. Ayuntamiento de Jaén. Contador y Notario Mayor de Rentas Decimales de Jaén y Obispado.
Viceprior de la iglesia parroquial de San Pedro (1.858). Canónigo de la Santa Iglesia Catedral de Jaén.
Examinador Sinodal de varios obispados. Visitador general del Obispado de Jaén (1.860). Promotor fiscal
del Tribunal Eclesiástico (1.865). Administrador Apostólico de la Abadía de Alcalá la Real. Vicerrector del
Colegio del Santísimo Sacramento de Jaén (1.857). Del Consejo de S. M. su predicador. Propietario de la
casería de la Heredad de don Ventura (1.843). Con domicilio en Jaén, C/, Pilar de la Imprenta s/n (1.852),
Tiradores s/n y Plaza de los Huérfanos nº 1 (1.891). Su hermano don Juan Pedro, hacendado y propietario
de molino aceitero y lavadero en la C/, Arroyo de San Pedro. Comprador de bienes de Propios
desamortizados. Teniente de alcalde de Jaén (1.845 y 1.848). Regidor (1.846 y 1.847). Alcalde (13-41.848/1.854 y 24-10-1.856/1858). Alcalde-corregidor (1858). Presidió varias cofradías, sobre él se forjó una
libidinosa leyenda que era del dominio público, los interesados en conocerla vid, López Pérez, citado en
bibliografía. AHDCJ.: Libros de Bautismos del Sagrario nº 14 y 30, folios 169 y 150 vto. respectivamente, y
- 123 -
1.857.
1.857.
1.858.
251
Don Francisco Policarpo Romero
Vidal
253
.
252
.
-
Libro de Ordenes, 1.852, nº 29-C. AICAJ.: Listas, 1.855 y 1.861 y Expediente personal. BACHILLER LLERA,
M. M.: Ibídem, pág, 226. CAÑADA QUESADA, R.: “Linajes Nobles en la Ciudad de Jaén: URIBE”.
Instituto Salazar y Castro, Hidalguía, Madrid, pág. 367. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: “Demolición de la
Iglesia Parroquial de San Lorenzo y permanencia del actual Arco”. Senda…, op. cit, nº 11, pág. 86.
GARCÍA SÁNCHEZ, A.: Op. cit, pág. 189. GARRIDO ESPINOSA DE LOS MONTEROS, D.: Historia
de la Abadía de Alcalá la Real. Jaén, IEG, colección: "Investigación", 1.996, pág, 322. LÓPEZ CORDERO,
J. A.: Ibídem, apéndice nº 681. LÓPEZ PÉREZ, M.: "Notas y apuntes para la formación de un repertorio
de leyendas de Jaén", El toro de caña nº 7. Jaén, Diputación Provincial de Jaén, l.997, pág. 305. R. C. DE
JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.875, tomo 6, folio 134 y Defunciones, 1.891, tomo 49, folio 222.
251
La Junta de Gobierno decide trasladar la fiesta de la Purísima al domingo inmediato (por haber
correspondido en martes, pasando al 13-12-1.857), previa autorización de las religiosas Dominicas y del
Gobernador eclesiástico del Obispado de Jaén. En la Memoria redactada en este año consta lo siguiente:
“En diversos años se han tocado las incomodidades que proporcinaba el tener que principiar la función después de terminada
la de la Santa Iglesia Catedral, incomodidades que no sólo afectaba al Colegio sino muy particularmente al sacerdote
celebrante, a los demás ministros, a las piadosas monjas y hasta al mismo pública que concurría a un acto religioso que no
deja de ser notable en esta Capital”. Además desde la proclamación del Dogma, las ceremonias de la Iglesia Mayor duran
por su mayor solemnidad hasta una hora tan avanzada que haría imposible la asistencia de la capilla de música, más como
en esta ciudad no las hay con disposición para reemplazarlas, es forzosa la traslación de la fiesta. Las religiosas desean que
se haga el día uno de Diciembre”. Hasta 1.898 se mantenía la actuación de la capilla de música. AICAJ.:
AA.JJ.GG., de 14-11-1.857 y 19-12-1.898.
252
La Junta de Gobierno decide trasladar la fiesta de la Purísima al domingo inmediato (por haber correspondido
en martes, pasando al 13-12-1.857 siguiente), previa autorización de las religiosas Dominicas y del
gobernador eclesiástico del Obispado de Jaén. En la Memoria redactada en este año consta lo siguiente: “En
diversos años se han tocado las incomodidades que proporcionaba el tener que principiar la función después de terminada la de
la Santa Iglesia Catedral, incomodidades que no sólo afectaba al Colegio sino muy particularmente al sacerdote celebrante, a
los demás ministros, a las piadosas monjas y hasta al mismo público que concurría a un acto religioso que no deja de ser
notable en esta Capital. Además desde la proclamación del Dogma, las ceremonias de la Iglesia Mayor duran por su mayor
solemnidad hasta una hora tan avanzada que haría imposible la asistencia de la capilla de música, más como en esta ciudad
no las hay con disposición para reemplazarlas, es forzosa la traslación de la fiesta. Las religiosas desean que se haga el día
uno de Diciembre”. Hasta 1.898 se mantenía la actuación de la capilla de música. AICAJ.: AA..JJ.GG. de 1411-1.857 y 19-12-1.898.
253
La Junta General se compromete a pronunciarse sobre la comunicación del Alcalde Jaén, don Juan Pedro
Forcada López, para conocer si el Colegio de Abogados quería contribuir económicamente a los actos en
honor del nacimiento del hijo de la reina Isabel II. Pronunciándose en el sentido de adherirse con el
Juzgado de Primera Instancia de Jaén, al objeto de costear doce camas para los presos de la cárcel y que
para atender estos gastos se ha tenido que hacer un repartimiento de 40 reales por cuotas extraordinarias;
posponiéndose la decisión oficial para más adelante. En este año comenzó a editarse el Boletín Eclesiástico del
Obispado de Jaén, con una periodicidad semanal; era obligatoria la suscripción para los párrocos de la
Diócesis, se editaba en la imprenta de don Narciso de Guindos y Guindos (*Purillana (Granada), 1.813
+Jaén, 22-8-1.876, hijo de don Narciso de Guindos y doña Dolores de Guindos, relojero, maestro de
latinidad en la escuela catedralicia de Jaén, establecida en la C/, del Obispo nº 8, casado con doña Mariana
Piqueras Guindos, con domicilio en Jaén, C/, Maestra Baja nº 69). AHDCJ.: Matrimonios, legajo 500-A.
AHMJ.: LPDCCJ de 1.843, asiento 460. AICAJ.: Ibídem, de 26-1-1.858. CHECA GODOY, A.: Historia de
la Prensa Jiennense (1.808-1.983). Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 1.986, pág. 253. LÓPEZ CORDERO,
J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 160. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.876, tomo 15, folio 45.
- 124 -
1.859.
1.860.
1.862.
-
254.
Don Joaquin de Villena
Sánchez 255.
Don Francisco Juan Soto de
Molina 256.
-
254
La Junta General por unanimidad se comprometió solemnemente a restaurar la imagen de su Patrona, así
como a sufragar el costo de la corona de plata que la Corporación pretendía obsequiar a la Comunidad de
religiosas donde se celebraba la fiesta, autorizándose por tanto el cobro de una cuota especial a todos y
cada uno de los abogados; tan solo hubo una férrea oposición por parte del colegiado, don Rafael Ortiz y
Morán, polémico letrado, del que nos ocuparemos monográficamente en el capítulo 6º. Dicha imagen se
tuvo por destruida durante la 5ª guerra incivil española (1.936-1.939); la actual imagen de la Inmaculada fue
adquirida por doña Teresa de los Reyes Fernández de Villalta y Coca, Marquesa de Villalta, Vda. de don
José de Prado y Palacio, en los talleres de Olot (Gerona, 1.942). Existen fundadas esperanzas de que la
meritada imagen fuera puesta a salvo por la Madre superiora de la comunidad de religiosas, Sor Margarita
de Jesús Ocariz, a la vista de los funestos acontecimientos desarrollados durante el "Bienio Negro",
depositándola en la persona de su más absoluta confianza; y hoy, éste autor, por generosidad de la nieta del
citado depositario, y actual dueña de la misma, puede ofrecer a los presuntos lectores de esta obra histórica,
la fotografía de la sagrada imagen, donde podemos contemplar esta bellísima talla de la escuela granadina,
una vez desprovista del fanal que la protege. AICAJ.: Ibídem, de 27-12-1.859. MORENO JARA, M.:
Archivo privado.
255
*Martos (Jaén), 1.791 +Jaén, 26-12-1.877. Hijo de don Gil de Villena y Torres y doña Juana Florentina
Sánchez Civantos. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (27-11-1.830). Incorporado
a los Reales Consejos y al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (12-12-1.859). Destinado como sirviente de
beneficio de la parroquia de San Bartolomé, de Andújar (1.821). Defensor a ultranza del liberalismo, que le
conllevó no sólo sufrir vejaciones y persecución política, sino ausentarse temporalmente de Andújar
(1.823); a su regreso a la ciudad -de forma esporádica- el Ayuntamiento le encargó actos solemnes como el
celebrado en la parroquia de Santa María con motivo del Convenio de Vergara (29-8-1.839); años más
tarde, tuvo que enfrentarse a un juicio por motivos políticos en la Territorial de Granada (1.842). Canónigo,
dignidad de Deán de la Santa Iglesia Catedral de Jaén (1.862-1.877, con una congrua de 4.500 pesetas de
sueldo anual). Formó parte de la Comisión nombrada por el Cabildo catedralicio de Jaén, para acudir junto
al obispo don Andrés Rosales y Muñoz, al límite de la provincia de Jaén (Las Correderas), a fin de recibir a
la reina Isabel II y autoridades, con motivo de su visita a Andalucía (1-9-1.862). Admitido como miembro
de la RSEAPJ (24-1-1.861). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su Santidad (1.862).
Gobernador del obispado de Jaén. Provisor y Vicario General interino, por ausencia de don Maximiano
Ángel de Alcázar. Caballero de la Real y Distinguida Orden Española de Carlos III. Comendador de la
Americana de Isabel la Católica. Con domicilio en la C/, Llana nº 18. Testó ante la fe del notario de Jaén,
don Antonio José Aponte García. AHDCJ.: Libro de Actas Capitulares de 1.866 y Boletín..., op. cit, pág. 429.
AICAJ.: Listas, 1.860, LSAIICJ..., op. cit, pág. 6 y Expediente personal. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit.
pág. 225. MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.: "Cronología"..., op. cit, pág. 66. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles
viejos", Senda..., op. cit, nº 15, pág. 94. PÉREZ GARCÍA, L. P.: Andújar y el largo siglo XIX. Andújar,
Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía, 2.000, pág. 103. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.877, tomo 17, folio 373. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, págs. 68 y 75.
256
*Torres (Jaén), 1.814 +Jaén, 18-3-1.894. Hijo de don Antonio Soto Jiménez y doña María del Rosario Molina
Barrionuevo. Licenciado en Filosofía y Letras y Derecho Civil y Canónico. Doctor en Sagrada Teología.
Presbítero. Prior de Torres (Jaén, 1.859). Vice-rector y catedrático del Seminario San Felipe Neri de Baeza
(Jaén, 1.860). Canónigo, dignidad de Penitenciario de la Catedral Guadix (Granada, 20-10-1.870). Sochantre
(1.886) y canónigo de la Catedral de Jaén, dignidad de Chantre, por la vacante tras la promoción de don
Aureo Carrasco y Manzano (26-11-1.879), con una congrua de 3.500 pesetas (1.884), siendo a su vez
sustituido tras su óbito, por don Pedro Gaspar Larroy (*Épila (Zaragoza), 1.857 +Huesca, 6-1-1920).
Rector del Seminario del Santísimo Sacramento de Jaén (1.886). Capellán Real Honorario de S. M. Orador
sagrado de la novena a Nuestro Padre Jesús Nazareno (el "Abuelo", 1.880). Casó al vate de Jaén, don
Antonio Almendros Aguilar (Jaén, Sagrario, 25-6-1.864). Comendador de la Orden de la Real Orden
Americana de Isabel la Católica. Su madre y su tía paterna, doña Isabel de Soto Jiménez, le dotan con dos
- 125 -
1.863.
1.864.
1.865.
Don Maximiano Ángel y
Alcázar 257.
Don Antonio Begué y Diego258
Don Joaquín Villena Sánchez.
Don Antolín Monescillo Viso 259.
casas y dos olivares para que pueda ordenarse sacerdote. Con domicilio en la C/, Colegio nº 4. AHDCJ.:
Libro de Ordenes, Legajo nº 73-13, Presupuestos..., op. cit, 1.884-1.885 y Libro de Entradas..., op. cit, págs. 24 y 53.
CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. LÓPEZ PÉREZ, M, et alii.: Nuestro Padre Jesús Nazareno.
Leyenda, historia y realidad de la imagen y su Cofradía, II. Jaén, Antigua, Insigne y Real Cofradía de Nuestro
Padre Jesús Nazareno y María Santísima de los Dolores, 2.001, pág. 794. MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.:
La música..., op. cit, pág. 508. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.882, tomo 13, folio 82 y Defunciones,
1.894, tomo 55, folio 323. RUIZ CÓRDOBA, M.: Libro de los Estatutos de la Santa Capilla, y Noble Cofradía de
la Limpia Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, sita en la Iglesia Parroquial de San Andrés de la Ciudad de
Jaén, 4ª edición. Madrid, Imprenta de los hijos de M. G. Hernández, 1.926, pág. 7. SANCHO SÁEZ, A.:
Almendros..., op. cit, pág. 78.
257
Se le regaló una petaca de plata cincelada. Continuamos con su biografía: Canónigo, dignidad de
Maestrescuela y Vicario General de la Diócesis de Jaén. Juez subdelegado del Tribunal Castrense y de la
Abadía de Alcalá la Real (1.865). Rector del Colegio del Santísimo Sacramento de Jaén (1.866). Capellán del
convento de Santa Clara de Alcaudete, con una congrua diaria de 31 pesetas (1.884). Comendador de la
Americana Orden de Isabel la Católica. Caballero de la Real y distinguida Orden Española de Carlos III.
Camarero de honor de Su Santidad. Canónigo honorario de la Santa Iglesia Catedral de Árgel. Miembro
titular del Instituto de Colonización de África en París. Académico profesor de la de Ciencias y Literatura de
Granada. Miembro de la Comisión de Monumentos de Jaén, que conjuntamente con el apoyo incondicional
don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora (Decano del Coelgio de Abogados), don Antonio Mariscal y
López de Mendoza (Diputado a Cortes, 1.876), don José María de Aranguren (Gobernador Civil), don
Federico de Palma y Camacho, don Alonso Coello y Contreras y don José Porrúa Moreno (Arquitecto
Provincial), consiguieron salvar del Arco de San Lorenzo, amenazado de demolición por el Ayuntamiento
(1.877). Socio Correspondiente de la Real Academia Española. Del Consejo de S. M., su predicador.
Vicepresidente 2º de la Cruz Roja de Jaén. Miembro y Presidente de la Junta Provincial de Instrucción
Pública de Jaén (1.871). Capellán de la Hermanitas de los Pobres de Jaén (15-10-1.891). En su juventud
cultivó la Literatura; escribió el libreto de una zarzuela titulada: El padrino, a la que puso música el maestro
don Mariano Vázquez. En el Apéndice II señalamos la bibliografía consultada.
258
La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, se acuerda regalarle una arroba de chocolate
al precio de 15 reales la libra.
259
*Corral de Calatrava (Ciudad de Real), 2-9-1.811 +Toledo, 11-8-1.897. Hijo de don Nicasio Monescillo de
Mena y doña María del Viso Pérez. Vicario de Ostippi. Canónigo de la Catedral de Granada y Toledo (en
esta última, dignidad de Maestrescuela). Obispo de Calahorra, y más tarde de La Calzada (Logroño, 12-101.861-1.865). Seguidamente obispo nº 61 del episcopologio giennense (con un salario de 22.500 pesetas
anuales, 1.865-1.877). Cuarto y último Abad de Alcalá la Real (extinguida esta jurisdicción exenta en 21.874). Su llegada a Jaén coincidió con una época turbulenta de la historia de España. Diputado en las
Cortes Constituyentes (1.869) por la circunscripción de Ciudad Real. Nombrado por Pío IX, Arzobispo de
Valencia (1.877-1.892); Arzobispo Primado de Toledo. Nombrado Cardenal por el Papa León XIII (10-111.884), con el título de "San Agustín ir urbe". Asistió al Concilio Vaticano I, llevando como teólogo
consultor al canónigo Lectoral de la Catedral de Jaén, el insigne polígrafo don Manuel Muñoz Garnica.
Devotísimo del misterio inmaculista como lo expresan sus sermones, exhortaciones pastorales, así como en
su escudo de armas, en el que en su centro, como único motivo heráldico figura la imagen de la Inmaculada
Concepción. Después de su regreso del Concilio celebró Sínodo Diocesano, que hizo el nº 7 de los
celebrados en la diócesis del Santo Reino, clausurándose en la festividad de San Eufrasio (15-5-1.872).
Autor de la Colección de Escritos Pastorales, imprenta de Narciso de Guindos, Jaén, 1.869 y El camino, la verdad y
la vida. Madrid, 1.876. Quienes estén interesados en conocer su extensa producción literaria vid, la
bibliografía citada. Sus restos mortales descansan en la Iglesia Mayor toledana por deseo expreso.
CABALLERO VENZALÁ, M.: "Catálogo...", op. cit, pág. 117. LINAGE CONDE, A.: "En torno a las
vidas de cuatro eclesiásticos giennenses o de Jaén", BIEG nº 165, primer Seminario de Bio-Bibliografía
Giennense "Manuel Caballero Venzalá", 1.997, págs. 198 y ss. MONTIJANO CHICA, J.: Historia..., op. cit,
- 126 -
1.866.
1.867.
Don Maximiliano Fernández del
Rincón y Soto-Dávila 260.
Don Maximiliano Fernández del
Rincón y Soto-Dávila 261.
-
págs. 191-193. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y Genealogía de los Obispos..., op. cit, págs. 167-168. R. C. DE
TOLEDO.: Libro de Defunciones, 1.897, tomo 42, folio 218.
260
El orador lo tituló: Sermón, discurso al Colegio de Abogados de Jaén, predicado el día 10 de diciembre de 1.866, en
la fiesta que el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén celebra en honor de la Purísima Concepción de la
Virgen María en la iglesia de su título, convento de religiosas dominicas. Considerado una magistral
apología inmaculista. Conocemos su tenor literal, pero obviamos transcribirlo dada su enorme extensión;
quienes estén interesados en conocerlo, remítanse a la bibliografía citada. ADARVE MENDOZA, M.:
Maximiano Fernández del Rincón y Soto-Dávila, II. Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1.986, págs. 1.053
y ss.
261
*Jaén, 21-8-1.835 +Guadix (Granada), 24-7-1.907. Hijo de don José Fernández del Rincón y Anguita
(secretario del Consejo de Prefectura de Jaén, 9-3-1.812) y doña Gregoria de Soto-Dávila y Velasco.
Ingresó en el Seminario de San Felipe Neri (Baeza, 1.852); en el que desempeñó los cargos de superior,
profesor y rector del mismo. Profesor de Filosofía, Lugares Teológicos, Hebreo, Teología Dogmática y
Moral, Oratoria Sacra y Sagradas Escrituras (1.865-1.866), donde más tarde se graduara de Bachiller en
Sagrada Teología y Derecho Canónico (1.871). Ordenado presbítero (24-9-1.859). Ganó por oposición la
parroquia del Sagrario, de Baeza (1.859). Siendo alumno de Teología, sus superiores le encomendaron las
cátedras de Matemáticas, Lógica, Metafísica y Ética. Fundó y promocionó el Círculo de Obreros Católicos
(Baeza, 1.860). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su Santidad (1.862). Cofrade de la Santa
Capilla de San Andrés (25-4-1.867); designado Consiliario-Abad (21-2-1.868/12-1-1.870) y de la Real
Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno (El Abuelo, 1.867). Colaborador asiduo en el Correo de la Loma
(1.855). Director de la revista más importante de la iglesia de Jaén: La Verdad Católica (1.868-1.871); más
tarde cambió de título pasando a denominarse: La Fe Católica (1.869). En asociación con don Miguel Munar
Latorre (Párroco de San Ildefonso de Jaén (1.828) y de Santa María la Mayor de Linares, catedrático de
Lenguas teológicas en el Seminario de San Felipe Neri (Baeza, 1.860); don Manuel Romero del Árbol (su
biografía la anotamos más delante en este mismo capítulo) y don Federico de Palma y Camacho
(catedrático de Historia del Instituto Provincial y Técnico de Jaén), que le conllevara serias sanciones
gubernativas. Fundó y promocionó el Círculo de Obreros Católicos (Baeza, 1.860). Suscritor mensual para
aliviar las necesidades de Su Santidad (1.862). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (25-4-1.867);
designado Consiliario-Abad (21-2-1.868/12-1.870) y de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno
(El “Abuelo”, 1.867).Colaborador asiduo en el Correo de la Loma (1.855); director de la revista más
importante de la Iglesia de Jaén: La Verdad Católica (1.868-1.871); más tarde cambió el título pasando a
denominarse La Fe Católica (1.869), en asociación con don Miguel Munar Latorre (Párroco de San
Ildefonso de Jaén (1.829) y de Santa María la Mayor de Linares, catedrático de Lenguas Teológicas en el
Seminario de Baeza (1.860); don Manuel Romero Árbol (su biografía la anotamos más adelante en este
mismo capítulo) y don Federico de Palma y Camacho (catedrático de Historia del Instituto Provincial y
Técnico de Jaén), que le conllevó serias sanciones gubernativas. Licenciado y doctorado en Sagrada
Teología por el Seminario Central de San Cecilio (Granada, 4-1.864). Párroco de la Iglesia del Sagrario de
Jaén (1.866). Junto con don Manuel Muñoz Garnica, introdujo en Jaén las Hermanitas de los Pobres
(1.864). Ganó también por oposición la canonjía de Lectoral de la Catedral de Granada (1.873).
Seguidamente se doctoró en Sagrados Cánones y Sagrada Escritura, siendo nombrado Examinador Sinodal
de la Archidiócesis, y de las de Tarragona, Córdoba, Pamplona, Salamanca, Santander, Guadix, Málaga y
Ávila. El Nuncio de S.S. en España, cardenal Ángelo di Pietro, propuso a León XIII para el ascenso al
episcopado, siendo preconizado obispo de Teruel y Administrador Apostólico de Albarracín (1-6-1.891) y
consagrado en la Catedral de Granada por el arzobispo, don Bienvenido Monzón (23-8-1.891), hasta el 1910-1.894, fecha de su traslado a la Silla de San Torcuato de Guadix-Baza), a propuesta del CardenalArzobispo de Zaragoza. Elegido Senador por la provincia eclesiástica de Guadix (1.896 y 1.903). Autor de
un valioso tratado de Hermenéutica; durante su pontificado en Guadix publicó por entregas la obra
Consideraciones sobre los Evangelios, llegando hasta XVI volúmenes; también dio a la imprenta obras ascéticas,
alcanzando algunas grandes celebridades: Permuta de Corazones, El desposorio del alma, Escuela de humildad, entre
otras. Comenzó a publicar sus primeros poemas en la Corona Poética Esparterista, con su oda: “En félix
- 127 -
1.868.
1.869.
1.870.
262
.
Maximiliano Fernández del
Rincón y Soto-Dávila 263.
Don Ramón Rodríguez de Gálvez
Tello 264.
-
restauración de la Libertas” (17, 18 y 19-7-1.854), El Mosaico (Baza, 1.854) y en El Recreo de la Juventud (Jaén,
1.857). De su labor de cátedra publicó Introductio in Sacram Scripturam (2 volúmenes, 1.901). Compuso
música en honor de la Virgen y el Misterio de su Presentación. La reina María Cristina comentó sobre él:
“…no he visto en mi vida un Obispo más simpático, más ilustrado, ni más humilde. Y además un Santo”. Fundador de
la congregación de Nuestra Señora de la Presentación, religiosas que se dedican a la enseñanza de la
juventud y a obras sociales (1.876). De su peculio construyó tres conventos para dicha Congregación: en
Granada, Guadix y baza, respectivamente; y además, doña Teresa de la Asunción Martínez Galindo,
reconocida por la propia Congregación como artífice de su Instituto. Prelado Doméstico Asistente al Solio
Pontificio (23-10-1.894). Con motivo de la visita de Isabel II a Jaén (7-10-1.862), fue invitado a participar
en el Romancero de Jaén, presentando el romance titulado: “Los doce Leones de Úbeda”. Hijo Adoptivo de
Baeza (14-10-1.891). Caballero de la Orden de Isabel la Católica. Se le incoó expediente de canonización,
que quedó clausurado la fase dicoesana (28-10-1.995); será el Papa quién permitirá que se la tribute culto
público. Quienes estén interesados en conocer profundamente a éste Santo giennense, vid, bibliografía
citada. ADARVE MENDOZA, M.: Ibídem. AHDCJ.: Boletín…, op. cit, 1.862, pág. 429. CABALLERO
VENZALÁ, M.: Diccionario…, op. cit, II y IV, C y (F), págs. 339 y 108-112, refª. 2.130 y 780-828,
respectivamente, y Prólogo al Romancero de Jaén, edición facsímil, Diputación Provincial de Jaén, 1.989, págs.
XVII-XVIII. CAÑADA QUESADA, R.: “Biografía y Genealogía de don Maximiano Fernández del
Rincón y Soto-Dávila”, VII, Instituto Aragonés de Investigaciones Historiográficas. Zaragoza, 1.993, págs. 127 y ss.
CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: “Llegada…”, op. cit, número 42, 1.966, págs. 27 y ss. CAZABÁN
LAGUNA, A.: “Los doce leones Úbeda” y “La corona poética de los esparteristas”, DLS, op. cit, 1.914,
págs. 104 y 251-254, respectivamente. CHECA GODOY, A.: Op. cit, págs. 33 y 257. ESPINILLA
LAVÍN, J. E.: Archivo privado. JARAMILLO CERVILLA, M.: Maximiano Fernández del Rincón (1.8351.907). Madrid, Biblioteca de Autores Cristianos, 1.996, págs. 3 y ss. JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Op. cit,
págs. 296-297. R. C. DE GUADIX.: Libro de Defunciones, 1907, tomo 57, folio 34 vto. SCSA.: “Cofrades
Ilustres: D. Maximiliano Fernández del Rincón y Soto-Dávila”, Siempre nº 49, op.cit.
262
Por unanimidad de la Junta General se llegó al siguiente acuerdo: "...que la fiesta de la Patrona del Colegio de
Abogados tuviera lugar con la misma solemnidad que en los anteriores años y para los que serían invitados la totalidad de los
colegiados". Asimismo se acordó estudiar la petición formulada por la Rvda. Madre Superiora del Convento
de las Dominicas, de Jaén, Sor Rita Juárez de Santo Tomás: "...impetrando del Colegio interponga su influencia para
que su Convento no sea de los suprimidos en virtud de la disposición emanada del Gobierno Provisional para la reducción de
éstos a la mitad del número de los existentes en cada diócesis"; acordándose incoar la gestión. Indudablemente la
proclamación de la I República Española, con la consiguiente exaltación del ideario liberal, impediría la
normal celebración de la tradicional fiesta. En esta Revolución denominada por sus partidarios "La
Septembrina" o "La Gloriosa", tuvo una destacada participación política nuestro laureado poeta Bernardo
López García, que arrojó del solio español a la reina Isabel II, también conocida por "la Reina de los tristes
destinos". A este respecto existe un interesante y prolijo documento, suscrito por el obispo de la Diócesis
de Jaén, don Antolín Monescillo del Viso, dirigido al ministro de Gracia y Justicia, don Antonio Romero
Orti (25-10-1.868); que por su extensión lo obviamos; los interesados en conocerlo íntegramente, vid,
bibliografía citada. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 15-11-1.868. MONESCILLO DEL VISO, A.: Conducta del Obispo
de Jaén, colección de Circulares expedidas sobre varios asuntos, durante el Gobierno Provisional de la fecha por el Excmo.
Prelado de esta Diócesis. Jaén, Imprenta de don Narciso de Guindos, 1.869, págs. 6 y ss. ICNRPE.: Op. cit,
pág. 18.
263
Al existir del ejercicio económico de 1.867 un inusual superávit, por la Junta de Gobierno se acordó por
unanimidad, gratificar al Predicador de su fiesta con la cantidad de 40 pesetas. La novedad de este año fue
que se encargó imprimir unos oficios para invitar a los colegiados y autoridades. AICAJ.: Ibídem, de 24-121.869.
264
*Nerja (Málaga), 1.833 +Jaén, 24-11-1.906. Hijo de don Diego Rodríguez de Gálvez y doña Carmen Tello.
- 128 -
1.871.
Don Manuel Muñoz Garnica 265.
-
Presbítero. Examinador Sinodal del Obispado de Ceuta. Miembro de Sociedades Científicas-Literarias.
Provisor y Vicario General del obispado de Jaén. Doctor en Derecho Civil. Uno de los más preclaros
miembros de nuestro Cabildo Catedralicio. Depositario de la copia que se hiciera del Santo Rostro, por
encargo del Chantre de la Catedral de Jaén, Inquisidor honorario del Santo Tribunal de Córdoba, Juez
subdelegado Castrense y Visitador Eclesiástico de Jaén y su Partido, don Luis Xavier de Garma y Moreno,
al pintor don Manuel de Cuevas (oficial meritorio de la Contaduría General, pintor, con domicilio en la
C/, Arroyo de San Pedro, asesinado en su domicilio aunque nunca se supo el móvil) como acto preventivo
de la invasión francesa (23-1-1.810); hoy en poder de una sobrina-biznieta. Orador elocuente. Suscritor
mensual para aliviar las necesidades de Su Santidad (1.865). Vice-Director de la RSEAPJ (20-11-1.877);
Director (1.881-1.883) y Censor (1.887-1.888); en su calidad de vice-Director, en sesión extraordinaria,
pronunció un magnífico discurso en honor del fundador, don Carlos III de Borbón (4-11-1.877); también
pronunció otro famoso discurso en la sesión extraordinaria sobre el origen, desarrollo y perfección a que
llegó con el genio poético de Calderón de la Barca (25-5-1.881). Presbítero, canónigo, dignidad de
Arcediano de la Iglesia Catedral de Jaén, por la vacante surgida por la promoción de don Francisco García,
a la dignidad de Arcediano de la Catedral de Badajoz (23-6-1.883). Fabricano de las catedrales de Jaén y
Baeza (1.893-1.897). Arcipreste (30-8-1.893), con una congrua mensual de 291'66 pesetas (1.895) y Deán,
vacante por defunción de don Francisco Fernández y Sánchez (18-3-1.905). En éste año le correspondió el
honor de pronunciar el sermón de la fiesta. Invitando la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de
Abogados a todos los colegiados a que asistiesen a su fiesta religiosa provistos de su correspondiente toga.
Cofrade de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno y Alférez Mayor (1.877), renunciando al
estipendio que le correspondía por el sermón de su novena en beneficio de la construcción de la Capilla en
el Convento de la Merced (1.878, 1.879 y 1.880). También de la Santa Capilla de San Andrés (28-11-1.872);
Consiliario (16-11-1.873); Gobernador (19-11-1.877, 18-11-1.880 y 17-11-1.899); ingresó en la Ilustre
Parentela (20-12-1.878). Pronunció un reputado sermón sobre el "Descenso de la Virgen María a la ciudad
e Jaén", en la fiesta de los Cabildos (1.883). Vocal de la Comisión Provincial de Estadística (1.896). Director
del Asilo Benéfico para Hombres de Jaén (1.879). Director del Claustro Universitario de Granada (1.903).
Con domicilio en la C/, Bernabé Soriano nº 15. Don Francisco Torres Zamorano, Notario Mayor del
Obispado de Jaén, con motivo del fallecimiento del ilustre Deán, solicitó a través de Don Lope de Sosa se le
dedicara una calle próxima a la Catedral (25-11-1.915; ¿qué grado de consanguinidad les unía?). Más
adelante continuamos ampliando su interesante biografía. AHDCJ.: Boletín..., op. cit, 1.865, pág. 555;
Presupuestos..., op. cit, 1.899-1.900; Matrimonios, libro 29, folio 24 vto. de San Ildefonso y Libro de Entradas...,
op. cit, págs. 32, 46, 48, 50, 54 y 70, respectivamente. BERRO QUESADA, M. L.: Archivo privado.
CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CAZABÁN LAGUNA, A.: "El Deán de Jaén, D. Ramón
Rodríguez de Gálvez" DLS, op. cit, 1.915, págs. 327-330. COITML.: Op. cit, págs. 176-177. El Industrial de
Jaén, extraordinario de 1.874-1.895. ESPEJO Y GARCÍA, E.: Op. cit, págs. 41, 58 y 67. ESPINILLA
LAVÍN, J. E.: Archivo privado. LÓPEZ PÉREZ, M.: "La capilla de Nuestro Padre Jesús en el convento
de la Merced", Alto Guadalquivir. Córdoba, CajaSur, 1.997, págs. 41-42; LÓPEZ PÉREZ, M, et. alii.: Op.
cit, pág. 534. MONTIJANO CHICA, J. y LÓPEZ PÉREZ, M.: Op. cit, pág. 78. MONTUNO
MORENTE, V.: Op. cit, págs. 137, 155 y 401. MORENO BRAVO, T.: El callejero..., op. cit. MORENO
JARA, M.: "El Santo Rostro "principal", El Toro de Caña nº 7, Diputación Provincial de Jaén. Jaén, 2.001,
págs. 649-654. OSUNA Y GUERRERO, E.: Guía..., op. cit, págs. 251 y 257. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.906, tomo 82, folio 398. SCSA.: Memoria..., op. cit, Jaén, y "Álbum de Cofrades Ilustres: D.
Ramón Rodríguez de Gálvez" y "Gobernadores de la Santa Capilla en el Siglo XIX", Siempre nº 27 y 40, op.
cit. SANTAMARÍA MEDIANO, M.: Archivo privado. VALENZUELA SAAVEDRA, F.: Op. cit, pág.
63.
265
La Junta de Gobierno de la Ilustre Corporación, acordó en sesión de 7-11-1.871, que el sermón estuviese a
cargo de éste inmortal polígrafo ubetense, y que se le gratificase con 40 pesetas, y a las monjas del convento
de las Dominicas tan sólo se especifica "...por lo crítico de sus circunstancias". *Úbeda (Jaén), 21-12-1.821 +Jaén,
14-2-1.876. Hijo de don Pedro Muñoz Rodríguez (alcalde Constitucional de Úbeda, 1.850 y diputado
provincial por Úbeda, 1.858) y doña María Encarnación Marín y Garnica. Doctor en Sagrada Teología por
la Universidad de Granada. Canónigo, dignidad de Capitular y Lectoral de la Santa Iglesia Catedral de Jaén
(1.852 y 1.866, respectivamente). Conocemos el sermón que predicó en elogio de San Vicente de Paúl
(1.846). Orador sagrado de la novena de la Virgen de la Capilla, considerado "…un bello ejemplar de elocuencia
sagrada, erudición histórica, cálida piedad y serena crítica" (1.853). Asistió a la romería de la Virgen de la Cabeza,
acompañando a su amigo y párroco de Santa María, don Francisco de Sales Delgado, de esta experiencia
- 129 -
1.872.
Don Manuel Romero y Árbol 266.
-
romera escribió: Cartas sobre el Origen, Aparición y culto de la imagen de la Santísima Virgen de la Cabeza, patrona de
Andújar (1.865). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (18-11-1.855); designado Consiliario de
Elección en tres ocasiones (16-11-1.856, 18-11-1.860 y 20-11-1.864); en Cabildo General (19-11-1.871), se
le eligió para Gobernador (1.872). Socio de la RSEAPJ (18-1-1.861). Suscritor mensual para aliviar las
necesidades de Su Santidad (1.862). Miembro de la Comisión nombrada por el Cabildo catedralicio de Jaén,
para acudir al límite de la provincia de Jaén (Las Correderas), junto con el obispo, don Andrés Rosales y
Muñoz, a fin de recibir a la reina Isabel II y autoridades, con motivo de su viaje por Andalucía (1-9-1.862).
Vocal de la Junta Provincial de Instrucción Pública (1.866). Alférez Mayor de la Cofradía de Nuestro Padre
Jesús (el "Abuelo", 1.858-1.864) y Gobernador (1.873-1.876, elegido 4-5-1.873). Caballero de la Real y
Distinguida Orden Española de Carlos III. Predicador de S. M. Doctor en Sagrada Teología de la
Universidad Central de Madrid. Académico de la misma Facultad de la de Granada, sustituto de Sagrada
Escritura de la misma; de la de Ciencias Eclesiásticas de San Isidro de Madrid. Examinador Sinodal del
Obispado de Jaén. Catedrático de Lógica en el Seminario de Baeza. Secretario de Comisión de
Monumentos Artísticos de Jaén. Ejerció las Cátedras de Lógica y Ética en el Instituto Provincial de Jaén
(de la que fue su primer Director, en la que fundó un Colegio de internos en éste) y de Teología en el
Seminario. Artífice, conjuntamente con don Maximiano Fernández del Rincón y Soto-Dávila (obispo de
Teruel, Administrador Apostólico de Albarracín y obispo de Guadix-Baza y doña María de la Concepción
Escolano Fenoy (hermana del obispo de Jaén), de la implantación en Jaén de la obra humanitaria de Juana
Jugan: "las Hermanitas de los Pobres" (1.864). Como polígrafo fue asiduo colaborador del periódico La
España, con artículos como "El Papa y la Guerra", "Los Unitarios Italianos", entre otros. Primer director de
la revista Guadalbullón, editada por el Instituto General y Técnico de Jaén, en la que firmaba con el
seudónimo "El Cero". También en las revistas La Razón Católica, La Ciudad de Dios (Madrid), La Perseverancia
(Zaragoza) y La Unidad Católica (Palma de Mallorca). Autor del Manual de Lógica; Morir artísticamente (cuadro
de costumbres, 1.846); Sermones de la Bienaventurada e Inmaculada Virgen María (1.856); Vida y Obra de Manuel
Martínez de Mazas, Informe-contestación sobre el Plan General de Ferrocarriles (1.864), en la nueva edición de la
Nobleza de Andalucía, de Argote de Molina, que dedicó al rey Don Felipe II, está precedida de su discurso
crítico (1.866), Sermones varios con moitvo de las presentes calamidades (1.872), etc. etc. El Ayuntamiento de Úbeda
acordó en sesión plenaria solicitar del Gobierno fuese designado Obispo de Jaén al fallecimiento del
prelado don Antolín Monescillo del Viso. AHDCJ.: Boletín..., ibídem, 1.862, pág. 429. BACHILLER
LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 222. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Llegada...", op. cit, pág. 28.
ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Ibídem. LÓPEZ CORDERO, J. A.: "Instituciones civiles giennenses en el
reinado isabelino (1.843-1.868", BIEG nº 148. Jaén, pág. 698. LÓPEZ PÉREZ, M, et alii.: Ibídem, págs.
519 y 534. MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.: "Cronología...", op. cit, pág. 66. MONTIJANO CHICA, J. y
LÓPEZ PÉREZ, M.: Ibídem, págs. 23-27. MONTUNO MORENTE, V.: Ibídem, pág. 155. MORENO
UCLÉS, J.: Op. cit, págs. 69-72. NICÁS MORENO, A., y MORENO JARA, M.: "Aportación a la
biografía de Muñoz Garnica", en Actas I Congreso "La Ilustración y Jaén". Homenaje a un ilustrado: José Martínez
de Mazas. Úbeda (Jaén), Universidad de Jaén, RSEAPJ y UNED, Centro Asociado "Andrés de Vandelvira",
1.996, págs. 385 y ss. PASQUAU GUERRERO, J.: Op. cit, págs. 441 y 446. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles
viejos", Senda..., op. cit, nº 15, pág. 94. PÉREZ ORTEGA, M. U.: José Almendros Camps, el poeta jaenés del
novecientos. Jaén, IEG, colección: "Investigación", 1.998, pág. 69. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.876,
tomo 14, pág. 97. RUBIO FERNÁNDEZ, J.: "Aproximación a una geografía literaria de Andújar (1).
Escritores iliturgitanos entre los siglos XV al XIX", Actas del VII Congreso de Cronistas de la provincia de Jaén.
Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 2.003, pág. 45. SCSA.: Ibídem, nº 26 y 40, op. cit.
266
Nuevamente se vuelve a invitar a los colegiados para que "...asistan con traje de ceremonia o con toga y birrete como
otros años", y "...se gratificase a las monjas del convento de las Dominicas, con la habitual gratificación de 40 pesetas
establecidas". Todo lo anterior se vino repitiendo en todos sus términos en la fiesta del año siguiente. *Jaén,
1.842 +24-12-1.895. Hijo de don Francisco María Romero de la Rubia y doña Balbina Francisca Árbol
Moreno (Jaén, San Lorenzo, 3-11-1.839). Doctor en Teología. Ganó por oposición la parroquia de Navas
de San Juan, párroco de San Ildefonso (Jaén, 1.866), de San Bartolomé (1.873) y Castrense de San Pedro
(Jaén, 1.868-1.895), Abad de la Venerable Universidad de Priores y Curas Párrocos de Jaén, con una
congrua anual de 1.750 pesetas (1.884) y Abad-Consiliario de la Santa Capilla de San Andrés (1.888).
Orador sagrado de la novena de Nuestro Padre Jesús Nazareno (el "Abuelo", 1.876, 1.877 y 1.879).
Miembro de la Asociación piadosa de "Siervos de María" (fundada por el médico de Jaén, don Francisco de
Paula de la Torre Ruiz, *Jaén, 1.811 +23-5-1.885, abuelo materno del inmortal galeno giennense, don
Bernabé Soriano de la Torre, Gobernador de la Cofradía de la Virgen de la Capilla (1.862), Secretario de la
- 130 -
1.873.
1.874.
1.875
1.876.
1.877.
1.878.
Ídem.
-
D. Ramón Rodríguez de Gálvez Tello
Don Manuel Romero y Árbol 267.
268
.
Don Blas Antonio Cuesta
Carrión 269
Don Manuel María González
Sánchez 270.
Don
Joaquín
271
Sánchez .
de
Villena
Academia Giennense que editaba el Boletín de Medicina y Cirugía (20-12-1.879). Gobernador perpetuo en la
Parroquia de San Ildefonso (1.855), colaborando en la publicación anual Obsequios Poéticos a la Virgen de la
Capilla, con su poesía "A la Virgen María" (27-9-1.866). Suscritor mensual para aliviar las necesidades de Su
Santidad (1.865). Catedrático del Instituto General Técnico de Jaén, tuvo a su cargo la sección PolémicoDoctrinal. Don Federico de Palma y Camacho, lo consideró el colaborador de más talento literario. Tras el
triunfo de la "Septembrina", los católicos de Jaén deciden crear su propio órgano de opinión, para
contrarrestar la corriente republicana. El obispo de Jaén, don Antolín Monescillo del Viso, fue el gran
impulsor del semanario ultra conservador La Verdad Católica (8-1-1.869/30-7-1.869), confiando su
dirección a don Maximiliano Fernández del Rincón y Soto-Dávila, y éste a su vez, eligió un equipo de su
confianza formado por don Manuel Romero Árbol, encargado de la sección Crónicas del Concilio y a don
Miguel Munar Latorre, doctor en Teología, profesor en el Seminario San Felipe Neri de Baeza, de Lugares
Teológicos, y párroco de Santa María la Mayor de Linares; alcanzó cierta popularidad -pese al momento
político- por su lenguaje virulento, que conllevó serias sanciones gubernativas e incluso que ingresaran en
presidio al equipo asesor; lo sustituyó rápidamente La Fe Católica (1.869-1.870), con igual dirección, aunque
ya su formato aparece como de revista y con un contenido menos político y más religioso-cultural.
Propietario de la fincas rústicas casería de Romero (pago el Zumel, 1.869), casería de las Angustias (pago la
Imora, 1.898, herederos) y casería de Las Casas. Con domicilio en la C/, Maestra Baja nº 68. Su hermano
don Antonio, profesor de Veterinaria, casado con doña Feliciana Suca Guerrero. AHDCJ.: Libro de
Desposorios de la Parroquia de San Lorenzo nº 7, pág. 238; Boletín..., ibídem, 1.865, pág. 555, y Universidad de
Priores y Curas Párrocos de Jaén, legajo 26, nº 288. AICAJ.: AA.JJ.GG., de 1-1.874. BACHILLER LLERA, M.
M.: Ibídem, pág. 226. CABALLERO VENZALÁ, M: Diccionario..., op. cit, II (C) y IV, (F), págs. 341 y 12,
refª. 2.143 y 73, respectivamente. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. COITML.: Op. cit, pág.
172. CHECA GODOY, A.: Op. cit, op. cit, págs. 34-35. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Ibídem.
JARAMILLO CERVILLA, M.: Op. cit, págs. 65-66. LÓPEZ PÉREZ, M, et alii.: Ibídem. II, págs. 793794. MONTUNO MORENTE, V.: "Nuestra Señora de la Capilla, Patrona de Jaén en la poesía castellana
de los cien últimos años", BIEG nº 9, pág. 39. PALMA RODRÍGUEZ, F.: Historia..., op. cit, pág. 73. R. C.
DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.873, tomo 2, folio 351 vto. y Defunciones, 1.885 y 1.895, tomos 34 y 59,
folios 445 y 344, respectivamente. SCSA.: Ibídem nº 2, pág. 7.
267
Las arcas del Colegio debieron de recuperarse, en virtud a que desde éste mismo año se acordó elevar la
gratificación del predicador a 100 pesetas.
268
Desde éste año a las monjas Dominicas se le gratificaba con 40 pesetas.
269
Gratificándose a las monjas con la tradicional cantidad. La biografía de este ilustre eclesiástico la aportamos
en el capítulo 2º. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1.877.
270
Que aceptó“…como compañero y autoridad eclesiástica…”. *Sevilla, 25-6-1.825 +Jaén, 22-10-1.896, siendo
inhumado en la Capilla de la Inmaculada Concepción de la Catedral de Jaén. Hijo de don Vicente
González Borbotín y doña María del Rosario Sánchez Blanco. Obtuvo la licenciatura en Derecho y
Filosofía y Letras en la Universidad de Granada (1.849); y el grado de doctor en Sagrada Teología en el
Seminario Central de Granada. Ordenado presbítero (22-2-1.850); nombrado Rector del Seminario de
San Isidoro y San Francisco Javier de Sevilla (1.855). Gana por oposición la canonjía de Penitenciario en
su Ciudad natal (1.864). Nombrado electo Obispo de Zela (28-1-1.876); “in partibus” como auxiliar del
Arzobispado hispalense. Preconizado para la diócesis de Jaén (22-6-1.877), en cuyo cargo fue asimismo
nombrado prelado doméstico de S. Sª. León XIII. Caballero Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica.
Elegido Senador del Reino por el Arzobispado de Granada (8-5-1.884). Testó ante la fe del notario de
- 131 -
1.879.
1.880.
1.881.
1.882.
Don Antolin Monescillo y Viso.
Francisco Sánchez Juárez 272.
Don Maximiano Ángel y Alcázar.
Don José Peña Ruiz 273.
-
Jaén don José Azpitarte Sánchez. ARCHIVO SENADO ESPAÑOL (en lo sucesivo: ASE).: Legajo 202,
nº 5.121. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Archivo privado. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y
Genealogía de los Obispos…, op. cit, págs, 169-170. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.896, tomo 61,
folio 312.
271
A propuesta del Decano don Juan Carrillo de Albornoz y Guilotó, la Junta de Gobierno aprobó por
unanimidad que para celebrar el XXV aniversario de la Declaración Dogmática, ocupara la cátedra
sagrada el Sr. Obispo, y teniéndose asimismo previsto invitar a las autoridades civiles, militares y
eclesiásticas. Como el convento resultaba obviamente insuficiente, se avino trasladar la fiesta a la Catedral.
No estuvo el Sr. Deán por la labor aduciendo incluso después de pasada la octava, que los Estatutos de
la Catedral no contemplaban fiestas de corporaciones.
272
El mismo año de su incorporación a la Ilustre Corporación, le correspondió pronunciar el sermón de la fiesta
de la Patrona del Colegio. *Válor (Granada), 1-11-1.830 +Madrid, ¿ Hijo de don Antonio Sánchez
Fernández y doña Feliciana Juárez Morales. Doctor en Sagrada Teología y Licenciado en Derecho Civil y
Canónico por la Universidad de Granada (27-12-1.866). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de
Jaén (13-12-1.880). Canónigo de la Metropolitana y Patriarcal de la Catedral de Sevilla (1.878). Al
fallecimiento de don Joaquín de Villena Sánchez, Deán de la Catedral de Jaén le sustituyó en el cargo (2-31.877). Alfonso XII lo nombra Deán de la Iglesia Catedral de Valladolid (24-10-1.881, tomando posesión,
19-4-1.882/24-11-1.885); con igual cargo fue nombrado para la Catedral de Madrid y Alcalá (9-11-1.885,
tomando posesión el 25-1-1.886), sustituido en la vacante de Jaén, por don Manuel Pérez y Ramírez.
Nombrado Auditor Supernumerario del Supremo Tribunal de la Rota (22-9-1.886). Don Álvaro Figueroa y
Torres, Conde de Romanones, a la sazón ministro de Gracia y Justicia (6-7-1.906/30-XI-1.906; 24-51.913/13-6-1.913; 22-3-1.918/10-10-1.918 y 7-12-1.922/27-5-1.923), y de cuyo Ministerio era
Subsecretario, don Joaquín Ruiz Jiménez, lo presentó para la Silla de Almería, vacante, aceptó la
presentación, pero no la mitra, por considerar un premio, lo primero, más rehusara lo segundo, que pudiera
constituir una vanidad. ARCHIVO DEL ARZOBISPADO DE MADRID.: Expediente personal. ARCHIVO
DEL ARZOBISPADO DE VALLADOLID.: Expediente personal. AHDCJ.: Libro de Entradas..., op. cit, pág.
28. AICAJ.: Listas, 1.881; LSAIICJ..., op. cit, pág. 69 y Expediente personal. CASTRO TOLEDO, J.: Archivo
privado. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 174-175. M. J.: Grandezas..., op. cit, pág. 121. PARROQUIA
DE VÁLOR.: Libro de Bautismos, libro 13, folio 84 vto. RUIZ JIMÉNEZ, J.: Pretéritos..., op. cit, pág. 432.
273
Que recibió el estipendio de una onza de oro y las Dominicas media onza. *Villar de Cañas (Cuenca), 1.841
+Jaén, 9-12-1.892. Hijo de don Juan Peña y doña Manuela Ruiz. Canónigo, dignidad de Lectoral de la
Santa Iglesia Catedral de Jaén, que vino a sustituir la vacante producida por el óbito de don Manuel Muñoz
PGarnica, con una congrua anual de 3.500 pesetas (1.882), a su vez fue sustituido tras su fallecimiento por
don Cristino Morrondo Rodríguez. Con domicilio en la C/, Jiménez Serrano s/n. AHDCJ.: Boletín..., op.
cit, 1.882 y Libro de Entradas..., ibídem, pág. 46. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1-1.882. COITML.: Op. cit, pág.
171. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.892, tomo 51, folio 303.
- 132 -
1.883.
1.884.
1.903.
Don Ramón Rodríguez de Gálvez
Tello 274.
Ibídem 275
Don Salvador Castellote y
Pinazo277.
276
274
En este año la gratificación consistió en la gratuidad de los derechos de incorporación a la ilustre
Corporación, hecho frecuente con predicadores titulados en Jurisprudencia o Cánones. Continuamos
ampliando su interesante biografía: Editó un poco antes de su fallecimiento, bajo los títulos: Varios escritos
(1.899) y Sermones varios, una selección de los predicados por él en diversas ocasiones en nuestra Catedral
(1.872), en los que se pueden apreciar los profundos conocimientos, no sólo teológicos y escriturarios, sino
también literarios e históricos. Era tal su cultura que escribió unos interesantes Apuntes históricos sobre el
movimiento de la Sede Episcopal de Jaén y series correlativa de sus Obispos, que mereció un elogioso dictamen del
doctor Muñoz Garnica (1.873); Discurso, en loor del rey Don Carlos III; Dictamen, sobre la Exposición Provincial
de Jaén; en el Juicio crítico sobre el Saggio histórico San Giovanni della Croce, del polígrafo ubetense don
Manuel Muñoz Garnica, se manifestó como reputado crítico (1.885); Discurso, en honor de don Pedro
Calderón de la Barca; La verdad de la tradición del Descenso de la Santísima Virgen María a la ciudad de Jaén en el año
1.430, considerado "el más elegante panegirista" (1.883). Otras obras notables: Noticias para la vida del
venerable siervo de Dios, Gutierre González Doncel, fundador de la Santa Capilla de Jaén (1.893). Estudios críticos sobre
San Pedro Pascual, Obispo de Jaén y Mártir, que originó una agravia controversia con el R. P. Maestro General
de la Merced, fray Pedro Armengol de Valenzuela, que había publicado en Roma la vida de dicho Santo
(1.903) y Panegírico de San Miguel Arcángel (1.905).
275
Se le regaló una onza de oro por su elocuente sermón y media a las monjas Dominicas por “…su refresco que
obsequiaron al Colegio el día de su fiesta”.
276
Como dato curioso citamos la filiación de las cantoras y organista del Convento de la Concepción de
Madres Dominicas: doña María del Rosario Centeno y doña Jacinta Agustina Aguilar, y doña María
Gracia Argamasilla, con una asignación mensual de 22’75 pesetas, respectivamente. También disponía de
un equipo de obradores de bordados en oro, plata y sendas. AHDCJ.: Presupuesto…, 1.884-1.885.
277
*Valencia, 5-11-1856 +Jaén, 23-12-1906 (predicando en la Catedral). Hijo de don José Castellote y doña María
Pinazo. Cursó sus estudios eclesiásticos en el Seminario de Valencia (1872-1879). Profesor de aquel
Seminario de las asignaturas de Hernéutica Sagrada y más tarde de Filosofía (1.880-1.889). Simultaneó
como capellán de la Asociación de la Virgen de los Desamparados de Valencia (1.882-1.890); cura regente
de Agres y durante el cólera de 1.885 estuvo de párroco de la arciprestal de Liria. Catedrático del citado
Seminario (1.889). Cura regente de Agres (Alicante), estuvo al frente de la parroquia arciprestal de Liria
(Valencia). Opositó a una canonjía en la Catedral de Madrid (1.890). Promovido a la Catedral metropolitana
de Valencia, y nombrado por el Arzobispo Sr. Sancha, Secretario de Cámara y Gobierno de aquella
archidiócesis (1.892), nombrado Secretario de Cámara y Gobierno. El Gobierno lo presentó para Obispo
de Menorca (25-6-1.896) y el Papa León XIII lo preconizó Obispo de aquella Diócesis, y posteriormente
de Jaén (26-12-1901). Proyectó y ejecutó la creación en Andújar (Jaén), del Monte de Piedad y Caja de
Ahorros (R. O. de 29-8-1.903), seis años más tarde aparecen en el Consejo de Administración el obispo de
la diócesis de Jaén don Juan José Laguarda y Fenollera como Presidente de honor, el párroco de San
Bartolomé como presidente efectivo y cuatro eclesiáticos más, uno de los cuales, don Juan Vicente Molina,
ejerce además como Secretario de la Junta de Gobierno. Concluyendo las obras del nuevo Seminario (6-11.905). Senador del Reino por Granada. Preconizado Arzobispo de Sevilla (6-12-1906), y predicando en la
Catedral el día 23 del mismo mes, despidiéndose de su feligresía giennense, falleció, hallándose enterrado
en la Capilla del Niño Jesús. Para conocer más profusamente su biografía vid. bibliografía citada.
ARTILLO GONZÁLEZ, J, et. alii.: “Problemas y dificultades de comerzialización: finanzas y
transporters”, La Minería de Linares (1860-1923), Jaén, Excma. Diputación Provincial de Jaén y
Ayuntamiento de Linares, 1.987, pág. 90. JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Op. cit, pág. 287-288.
MONTIJANO CHICA, J.: Historia..., op. cit, págs. 197-199. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y genealogía de
los obispos..., op. cit, págs. 174-175. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1906, tomo 82, folio 477.
- 133 -
1.904.
1.905.
Don Leopoldo Eijo Garay 278.
D. Salvador Castellote y Pinazo 279.
Don Sebastián Muriana García 280.
-
278
En este año se celebra el cincuentenario de aquella dogmática definición, durante los ocho días que van desde
el día de la Inmaculada hasta el de su octava, hubo todas las mañanas fiesta solemne en la Catedral, el día
10, dedicada por el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, predicando el canónigo magistral Dr. don
Leopoldo Eijo Garay, que sustituyó al canónigo don Adolfo Sánchez Ortega. Esta es la biografía del
Arzobispo de Madrid: *Vigo, 11-4-1.878 +31-8-1.963. Hijo de don Leopoldo Eijo Glalla y doña Genara
Garay Comesana. Canónigo, dignidad de Magistral de la Catedral de Jaén, por traslado de don Juan Aguilar
Jiménez a la Doctoral de Madrid (1.898-1.907). Opositó a la canonjía Lectoral de Santiago de Compostela
(1.907). Arzobispo de Madrid-Alcalá y Patriarca de las Indias. Académico de la Real de la Lengua. Durante
su permanencia en Jaén destacó por su grandilocuencia. Ayudó notablemente al filósofo de Arjonilla, don
Manuel García Morente en su vocación sacerdotal, e incluso, le ordenó sacerdote. Su vinculación afectiva
con Jaén fue constante, asistió a la coronación canónica de la Virgen de la Capilla (10-6-1.930), presidió la
comisión receptora del Santo Rostro al ser rescatada la reliquia (18-3-1.940), etc. etc. Por razones de
espacio obviamos sus intervenciones más importantes, quienes estén interesados en conocerlas remítanse a
la bibliografía citada. Con domicilio en Vigo, C/, Arenal nº 118. AHDCJ.: Libro de Entradas..., op. cit, pág.
65. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, III (CH-E), págs. 154-155, refª. 1.084-1.088.
GARCÍA MORENTE, M. J, et alii.: "García Morente, íntimo", Centenario de Manuel García Morente. Jaén,
IEG, 1.987, pág. 17. MONTIJANO CHICA, J.: Ibídem, pág. 27. MONTUNO MORENTE, V.: "Jaén, por
la Inmaculada", BIEG nº 4. Jaén, pág. 73. R. C. DE VIGO.: Libros de Nacimientos, 1.878, tomo 26-D, folio
53 y Defunciones, 1.963, tomo 1, folio 184. VALVERDE FRAIKIN, J.: Títulos Nobiliarios Andaluces, Premio
Duque de Aíar, Granada, Editorial Andalucía, 1.991, pág. 281.
279
Que tuvo una especial solemnidad, y que vino a coincidir con el quincuagésimo aniversario de la
proclamación dogmática. Previamente el Ordinario del lugar remitió a la Ilustre Corporación una atenta
invitación, a través de don Pedro Gaspar, canónigo de la Catedral de Jaén, dignidad de Chantre y
Presidente a su vez de la comisión creada al efecto, en la que se exhorta al Colegio nombrase un
representante, recayendo tal designación en la persona de don Eulalio Martínez Navas (a la sazón
Secretario del Colegio, 18-8-1.904). AICAJ.: Libro de Actas de Juntas de Gobierno (1.883-1.905, en lo sucesivo:
LAJG), págs. 376-377 y Carpeta de varios.
280
Al que se le gratificó con 75 pesetas. *La Guardia (Jaén), 14-5-1.877 +Cienpozuelos (Madrid), 25-3-1.946.
Hijo de don Antonio Muriana y doña Isabel García. Cursó estudios eclesiásticos, merced a la beca otorgada
por don Virgilio Anguita Muñiz, padre del ilustre político y jurista don Virgilio Anguita Sánchez). Doctor
en Derecho y Sagrada Teología. Ordenado sacerdote (1.903); Capellán del convento de las Bernardas;
coadjutor de la Parroquia de San Pedro (6-3-1.905), con una congrua anual de 750 pesetas 1.909). Opositó
a la canonjía de Magistral de la Iglesia Catedral de Jaén, por la vacante surgida por la promoción de don
Aureliano Sevillano Moro (2-7-1.910). Fabricano de las catedrales de Jaén y Baeza (15-10-1.919-1.926).
Profesor de Filosofía y Teología Dogmática en el Seminario Conciliar de Jaén. Director Diocesano de
Marías de los Sagrarios. Vocal de la Junta Provincial de Beneficencia. Director de las Obras Misionales.
Miembro del Consejo Diocesano de Administración. Socio de la RSEAPJ (9-12-1.921). Con motivo del
fallecimiento del Pontífice Benedicto XV, rezó el responso por su eterno descanso (26-1-1.922). Predicador
de los siete sermones del septenario de la Real Congregación del Santo Sepulcro y Siervos de la Orden III
de Nuestra Señora de los Dolores, de Jaén (por los que percibió 350 pts. 16-2-1.926). Con motivo de la
fundación de la Cofradía de la Buena Muerte, ocupó la cátedra sagrada, disertando sobre "El Cristianismo a
través de los tiempos" (30-1-1.927). Predicó las fiestas y novena de la Virgen de la Capilla (11-6-1.928).
Durante la Guerra Civil Española (1936-1939), estuvo en un escondedero en su propio domicilio,
construido por su sobrino carnal, don Fernando Torres Muriana, aprovechando el ángulo de un rincón de
una de sus habitaciones, al que se accedía a través de una abertura circular existente en la parte superior, la
que a su vez estaba camuflada con un retrato de don Niceto Alcalá-Zamora y Torres. Con domicilio en la
C/, Montero Moya nº 5. Otorgó testamento, legando todos sus bienes a su ama de llaves, doña Elvira Soto
Vilches, de Andújar, en reconocimiento a sus servicios prestados. AHDCJ.: Presupuestos..., op. cit, 1.909 y
Libro de Entradas..., op. cit, págs. 87 y 101 vto. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 15-12-1.905. CAÑADA QUESADA,
R.: Archivo privado. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Op. cit, pág. 147. CASA
LEÓN, A, de la.: Archivo privado. GÁMEZ MURIANA, M.: Archivo privado. LÓPEZ PÉREZ, J.: "La
Cofradía de la Buena Muerte, en 1.927", Alto Guadalquivir. Córdoba, 1.997, pág. 33. MONTUNO
- 134 -
1.906.
1.907.
1.908.
Don José Juliá y Sanfeliú 281.
Don Elías Gutiérrez de Ancos282.
Don Adolfo Sánchez Ortega 283.
-
MORENTE, V.: Nuestra Señora de la Capilla, Madre..., op. cit, pág. 125. MORENO BRAVO, T.: Alfredo
Cazabán Laguna. Cronista Oficial de la Provincia de Jaén. Su vida y su obra, I y II. Jaén. IEG, colección: "Libro de
bolsillo", 1.976, pág. 172. R. C. DE LA GUARDIA.: Libro de Nacimientos, 1.877, tomo 5, folio 28. R. C. DE
CIENPOZUELOS.: Libro de Defunciones, 1.946, tomo 19, folio 304 vto.
281
La Comisión creada al efecto atendió la llegada, estancia y despedida del predicador. *Valencia, 5-8-1.875
+Alberoya (Valencia), 29-1-1.963. Hijo de don José Juliá y Ros y doña Francisca Sanfeliú y Monsó.
Presbítero, coadjutor de la Parroquia de San Lorenzo de Jaén, canónigo, dignidad de Deán de la Catedral
de Jaén, por la vacante creada tras el fallecimiento de don Francisco de Paula Muñoz Reina (31-1-1.905).
Con motivo del fallecimiento repentino en el púlpito de nuestra Catedral del Obispo de la Diócesis, don
Salvador Castellote y Pinazo, escribió unas magníficas décimas (1.906). Profesor de Lógica y Ortología del
Seminario de San Felipe Neri, de Baeza (1.910). Profesor de Religión del Instituto de Segunda Enseñanza
de Baeza (1.914 y 1.917). Predicó todos los sermones del septenario del Cristo de la Expiración (1.916);
fueron notorios sus sermones en el convento de la Concepción en honor de la Virgen de Lourdes. Notable
pintor, autor de un tapiz en colores de estilo renacentista. Promotor de la restauración de la "Cruz de la
Asomada" de Baeza, por suscripción popular (1.918). Obtuvo por oposición el cargo Magistral de la Santa
Iglesia Metropolitana de Zaragoza, por la vacante surgida por la promoción del M. I. Sr. Dr. don Vicente
Cardenal y Merino, a la dignidad de Tesorero de la misma Santa Iglesia (22-5-1.919), ocupando la vacante
que deja en Jaén, por don Francisco Blanco Nájera, Beneficiado Maestro de Capilla de la Catedral de
Córdoba. AHDCJ.: Ibídem, págs. 68 y 101 vto. AICAJ.: Ibídem, de 15-12-1.906. CAZABÁN LAGUNA,
A.: "Vida y Arte"; "Y direte, Inés, la cosa..." y "Pues sabrás, Inés, hermana...", DLS, op. cit, 1.914, 1.917,
1.918 y 1.919, págs. 107, 190, 221 y 157, respectivamente. CRUZ RODRÍGUEZ, M. A.: Historia del Instituto
"Santísima Trinidad" de Baeza (1.869-1.953). Jaén, Universidad de Jaén y Caja de Jaén, colección: “Carmen
Michalena”, 2.002, pág. 330. MIGUEL GARCÍA, I.: Catálogo de los señores dignidades y canónigos de la Santa
Iglesia Metropolitana de Zaragoza, desde el Concordato de 1.851. Zaragoza, Arzobispado de Zaragoza, folio 74.
ORTEGA SAGRISTA, R.: Expiración..., op... cit, págs. 65 y 338. R. C. DE ALBEROYA.: Libro de
Defunciones, 1.963, tomo 46, folio 167 vto. R. C. DE VALENCIA.: Libro de Nacimientos, 1.875, tomo 21-2,
folio 31 vto. SERRANO PEREA, J.: Guía de Jaén y su Provincia y Almanaque para el año 1.910. Jaén, Tip. de
Jerónimo Serrano, sin año, pág. 154. Bastantes autores locales citan el segundo apellido de este impresor
como Pérez; y consultado el Registro Civil de Jaén nos aclara el meritado error: es Perea.
282
(Renunció expresamente al estipendio). Licenciado en Sagrada Teología y en Derecho Civil y Canónico. Cura
ecónomo de Nuestra Señora de la Asunción de Porcuna (Jaén, 1.876). Opositó a la canonjía Lectoral de
Jaén, pero no logró alcanzarla (1.878). Con motivo del fallecimiento de don Alfonso XII se celebró los
funerales en la Iglesia de Santa María (Úbeda) y la oración fúnebre estuvo a su cargo (25-11-1.885). Párroco
de San Isidoro, de Úbeda (1.889-1.907). Canónigo, dignidad de Arcipreste de la Iglesia Catedral de Jaén
(por promoción de don Ramón Rodríguez de Gálvez Tello (19-3-1.906), con una congrua anual de 1.750
pesetas, a su fallecimiento, le sustituyó don Tomás Muñiz de Pablos, Penitenciario de la Catedral de León
(15-7-1.910). Examinador Sinodal de varios obispados. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén
(sin pago de derechos, 12-12-1.907). Profesor de Filosofía en el Seminario de San Felipe Neri, de Baeza
(1.909). Caballero de la Real y Distinguida Orden de Carlos III. Capellán de Honor y Predicador de S. M.
ARANDA CALVO, A.: "Apuntes..." op. cit, pág. 246. AHDCJ.: Presupuestos..., op. cit, 1.884-1.885, Libro de
Entradas..., ibídem, págs. 71 y 88 vot. y Boletín, op. cit, nº 780, pág. 232. AICAJ.: Expediente personal y
LSAIICJ..., op. cit, pág. 120. COITML.: Op. cit, pág. 228. MORENO BRAVO, T.: Alfredo..., op. cit, pág.
13. PASQUAU GUERRERO, J.: Op. cit, pág. 449. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Matrimonios, 1.884, tomo
17, folio 195. SERRANO PEREA, J.: Ibídem, pág. 152.
283
*Iznalloz (Granada), 25-5-1.878 +Jaén, 6-11-1.931. Hijo de don Antonio Sotero Sánchez Aragón y doña
María Ortega Rivas. Licenciado en Sagrados Cánones y Doctor en Sagrada Teología. Considerado entre los
mejores oradores sagrados (1.898). Beneficiado y profesor de Metafísica en el Sacro-Monte de Granada.
Párroco de San Ildefonso de Jaén (1.897). Socio de la RSEAPJ (10-11-1.898). Examinador sinodal de Jaén,
Madrid, Granada, Sevilla, Cádiz, Córdoba, Zaragoza, Seo de Urgel, Barcelona y otros obispados.
Beneficiado de la Santa Iglesia Catedral de Jaén. Por la vacante surgida tras la defunción de don José María
- 135 -
1.909.
Don Antonio Cruz Godoy 284.
-
Aguilar y Sánchez, obtuvo por oposición la canonjía de Magistral (3-11-1.900), siendo destinado a la de
Baeza (1.914) y de Maestrescuela, por la vacante producida al fallecimiento de don Emilio Corredor
Moreno (17-2-1.925). Secretario Capitular del Obispado de Jaén (4-10-1.909). Fue nombrado profesor
especial interino de Religión y Moral en la Escuela Normal de Jaén (12-10-1.914). Delegado de Capellanías
(1.925). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (17-12-1.899); donó 5 pesetas para la erección de un
monumento al venerable fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914). En los funerales por el eterno descanso
de los Pontífices Pío X (25-8-1.914) y Benedicto XV (26-1-1.922), verificados en la Catedral de Jaén, hizo la
oración fúnebre y el responso, respectivamente. De sus sermones cabe destacar el de la "Conquista de
Granada", publicado por aquel Ayuntamiento y los de "San Juan de Dios", editados por la Diputación
Provincial de Jaén. Vocal de la Junta Provincial del Turismo, de Jaén (1.914). La Comisión organizadora del
homenaje anual a Bernardo López García, le encargó el discurso que se pronunciaba todos los años en su
memoria (20-4-1.917). Presidente de la Asamblea Magna Provincial "Sección de Cultura" (1.925).
Perteneció a la Academia de Poesías y Buenas Letras de Roma, con el título de "Arcade Romano".
Contertulio de la selecta reunión que todas las noches se celebraba en la casa de don Saturnino Sánchez de
la Nieta y Lebrusán, Deán y Provisor Eclesiástico de la Santa Iglesia Catedral de Jaén, a la que acudían don
Eduardo Fernández del Pozo y del Río, que pese a su notorio gnosticismo, era del dominio público la
amistad entrañable que les unía tanto con el Magistral, como con el Deán (con éste último, además tenía
lazos de parentesco), asistiendo también don Francisco Torres Zamorano, Notario Mayor del Tribunal
Eclesiástico de la Diócesis de Jaén, así como la mayoría de los que formaban la curia giennense, y que
obviamente se suscitarían vivas controversias del más alto nivel teológico y metafísico. Destacado tenor,
con motivo de las fiestas celebradas de la coronación canónica de la sagrada imagen de la Virgen de la
Capilla, cantó el "Ave María" de Filibert (11-6-1.930). Con domicilios en Plaza de San Bartolomé nº 1 y C/,
Pilar de la Imprenta nº 4, respectivamente. Testó ante el notario de Jaén, don José Azpitarte Sánchez.
AHDCJ.: Libro de Entradas..., ibídem, págs. 60, 77, 85, 110 vto. y 112. ARIAS ABAD; F.: Almas vivientes
(semblanzas y biografías). Jaén, La Regeneración, 1.914, pág. 1. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Esto Inés, ello se
alaba" e "Informe del M. I. Sr. D. Adolfo Sánchez Ortega, Dignidad de Maestrescuela de la Catedral de
Jaén y Presidente de la "Sección de Cultura" de la Asamblea Magna Provincial, acerca de la Memoria
presentada por D. Manuel Muro García, Cronista de Úbeda y Correspondiente de la Real Academia de la
Historia", DLS, op. cit, 1.914, 1.915 y 1.925, págs. 63, 256, 50-51 y 47, 162, respectivamente. FRANCÉS
CÁMARA, E.: Manual Práctico de Comunicaciones y Guía Comercial de Jaén. Jaén, 1.925, pág. 141. JIMÉNEZ
ALMAGRO, A.: Op. cit, págs. 224 y 351. MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, pág. 221. MORENO
BRAVO, T.: Ibídem, pág. 172. MORENO JARA, M.: "El Partido...", op. cit, pág. 861. ORTEGA
SAGRISTA, R.: Expiración..., op. cit, pág. 326. R. C. DE IZNALLOZ.: Libro de Nacimientos, 1.878, tomo 5,
folio 167. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.931, tomo 121, pág. 179. SANCHO RODRÍGUEZ, M.
I.: La Escuela Normal de Jaén (1843-1940)..., op. cit, (II), págs. 642-643 y 664. SANCHO SÁEZ, A.: "El Jaén
de la Restauración", Expiración..., op. cit, pág. 326. SCSA.: Memoria..., op. cit, pág. 7.
284
*Jaén, 1.863 +10-5-1.940. Hijo de don Ángel Cruz Sabariego y doña María Rueda Cobo. Hizo sus estudios
eclesiásticos en el Seminario de Jaén; licenciado en Sagrada Teología. Recibió la ordenación sacerdotal
(1.885); comenzó en la parroquia de Pegalajar (1.895), y tomó posesión del Sagrario de Jaén (31-1-1.906). Al
fundarse el Colegio de Santo Tomás, ocupó durante muchos años el cargo de rector o director espiritual
del Claustro del mismo (9-1.887 y 1.917-1.936, respectivamente). Abad de la Venerable Universidad de
Priores y Curas Párrocos de Jaén. Por su condición de párroco del Sagrario fue Consiliario-Capellán de la
Cofradía de N. P. Jesús "el Abuelo". Arcipreste del partido. Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (193-1.905); elegido Abad-Consiliario (31-3-1.907 y 1.916, luego lo sería ininterrumpidamente desde 1.9211.935, y por última vez (1.940); nombrado Gobernador (1.936 y 1.939); donó 5 pesetas para la erección de
un monumento al venerable fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914). Director espiritual del Real
Patronato para la Represión de la Trata de Blancas (1.914). CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario...,
op. cit, II (C), págs. 110, 361 y 365, refª. 870, 2.317 y 2.333, respectivamente. CAZABÁN LAGUNA, A.:
"Esto, Inés, ello se alaba" y "El monumento a González Doncel en la Santa Capilla", DLS, ibídem, 1.914 y
1.915, págs. 63 y 50-51, respectivamente. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. FERNÁNDEZ
CRUZ, J.: "Pasé mi infancia en Jaén, donde nací", Senda..., op. cit, nº 51-52, pág. 88. MONTUNO
MORENTE, V.: Ibídem, págs. 212 y 214. RUS MARTÍNEZ, J, et alii.: "Notas sobre el Colegio de Santo
Tomás", Centenario del Colegio de Santo Tomás. Jaén, MCMLXXXVIII, págs, 5, 12 y 19. R. C. DE JAÉN.:
Libro de Defunciones, 1.940, tomo 139, folio 49. SCSA.: Memoria..., ibídem, pág. 3, y "Gobernadores de la
Santa Capilla. Años 1.900-1.995" y "Cofrades Ilustres: D. Antonio Cruz Godoy (1.863-1.940)", Siempre, op.
- 136 -
1.910.
1.911.
Don Severo Daza Sánchez 285.
Don Cristino Morrondo
Rodríguez 286.
-
cit, nº 32 y 52.
285
Presbítero de Sevilla. Con motivo de la inauguración de la Sección de la Adoración Nocturna de Mancha
Real, acompañó al Sr. Obispo de Jaén, don Manuel Sáenz y Sarabia, en la que pronunció una fervorosa
plática adecuada al acto (10 de la noche, del 19 al 20-3-1.911). Canónigo de la Iglesia Catedral de Jaén
(1.900); por haber sido promocionado, fue sustituido por don Cristóbal Romero Castaño, presbítero de
Sevilla (7-9-1.913). Nombrado Arcediano de la Catedral de Sevilla (1.924). Profesor del Colegio de San
Agustín de Jaén (ésto último lo afirma don Manuel Caballero Venzalá, aunque no consta en la colección del
Anuario del meritado centro docente). Colaborador del El Pueblo Católico con "Sublime contraste" (sobre
Jesús paciente, 12-6-1.911) e "¡Inmutable!" (sobre la Inmaculada, 8-12-1.911). En el blasón de los caballeros
Daza, quedó grabada para siempre en esta forma: "Vi Cruz vana colorada/en amarillo a ese Daza/con dos orlas
bien orladas/una con otra asentada/con raya negra ques Baza/orla hace alrrededor/es de la mesma color/las diez calderas
que tiene/negra y blanca que contiene/Raya y aspas de valor. AHDCJ.: Libro de Entradas..., op. cit, pág. 96.
ARCHIVO DE LA INSTITUCIÓN COLOMBINA (en lo sucesivo AIC).: Expediente personal.
CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., ibídem, III, (CH-E), pág. 60, refª. 399-400. JIMÉNEZ
COBO, M.: Nuevos escritos sobre Mancha Real. Jaén, 1.988, págs. 138-139. PALAZÓN PALAZÓN, P.:
Archivo privado. VERA, J, de.: "Un memorial versificado inédito", Hidalguía. Madrid, 1.955, pág. 13.
286
*Fuentes de Valdepeso (Palencia), 1.865 +Jaén, 21-2-1.931. Hijo de don Marcos Morrondo y doña Antonia
Rodríguez. Doctor en Sagrada Teología. Canónigo, dignidad de Lectoral de la Santa Iglesia Catedral de Jaén
(13-5-1.893), con una congrua mensual de 291'66 pesetas; además desempeñó los cargos eclesiásticos de
rector y profesor del Seminario Conciliar, Examinador prosinodal, Comisario de la obra pía de Jerusalén y
director espiritual de la Acción Católica Femenina de Jaén, y Fabricano de las Catedrales de Jaén y Baeza
(19-4-1.927). Elegido por el obispo de Jaén, Fr. Plácido Ángel Rey Lemos, miembro para la redacción del
ante-proyecto de constitución de una hermandad en honor al Santo Rostro (1-4-1.921). En el número
extraordinario de El Industrial, publicó un artículo extenso titulado: "La palabra" (Jaén, 1.894). Redactor de
El Combate (1.898). Miembro de la Comisión Organizadora para trasladar los restos mortales de Bernardo
López García, de Madrid a Jaén (5-1.899). Predicador del "Sermón del Mandato" (12-4-1.900) y del
Septenario del Cristo de la Expiración (1.915). El Obispo de Jaén, don Victoriano Guissasola y Menéndez
(1.898-1.901) opinaba de él, cuando ostentaba el cargo de Arzobispo de Toledo y Primado: "...que Morrondo
era un farsante que nos engañaba a todos...". Notable milenarista, autor y editor de diversas obras como de un
interesante artículo en el periódico El Cid, en el que estudia la vida del poeta Bernardo López García (2-51.915); Estudio Bíblico-milenarios la proximidad de la catástrofe del mundo y el advenimiento de la regeneración universal
(Lema tomado de Lactancio, Jaén, 1.922); Jesús no viene, Jesús vendrá; Catástrofe y renovación, en ésta estaba
profetizada la guerra civil española (1.936-1.939), ésta obra suscitó agrias polémicas, e incluso hubo una
tenaz y asidua correspondencia con la Santa Sede, que prohibió su difusión (Jaén 1.924), pese a ella, hubo
una edición en la Argentina; La Revolución Mundial o el Peligro de las naciones, en la que analiza el problema
social que azotaba a Europa y el modo de frenar las doctrinas heréticas implantadas en los países del Este;
tuvo ésta obra tal difusión que la oficina de la "Entente Internacional contra la III Internacional", con sede
en Génova, solicitó al autor remitiese treinta ejemplares para repartirlos entre las treinta delegaciones
existentes en el mundo. Director de la "Acción Católica de la Mujer de Jaén" (1.920). Orador sagrado de la
novena a la Virgen de la Capilla (11-6-1.923). Tuvo fama de presagiar el futuro; ésto quedó de manifiesto
con motivo del hundimiento de un buque mercante en la su sobrino carnal don Marcos Pérez Morrondo,
formaba parte de la tripulación, previamente tuvo unas visiones y sabía lo que iba a suceder, comentó a sus
familiares que estando oficiando unas misas gregorianas, vio en el momento de la Consagración una
sombra cerca del cáliz que se aproximaba cada vez más a él, y el día que las finalizó, observó que salía del
mismo una paloma blanca. Es más, señaló incluso, el día exacto de su fallecimiento, la víspera la pasó
íntegramente orando ante el Sagrario de la Santa Iglesia Catedral (capilla de San Benito), tras ingerir una
cena frugal, se retiró a descansar, al día siguiente, sus sobrinos alertados por la incomparecencia de su tío, y
recordando su premonición, se personaron en su dormitorio, encontrándolo muerto en el suelo abrazado a
un Crucifijo. Con domicilio en la C/, Colegio nº 4. ÁLVAREZ DE MORALES Y RUIZ, R.: Recuerdos de un
carlista andaluz (un cruzado de la causa). Córdoba, Instituto de Historia de Andalucía, 1.982, pág. 168. AHDCJ.:
Presupuestos..., op. cit, 1.899-1.900 y Libro de Entradas..., ibídem, pág. 117 vto. CABALLERO VENZALÁ,
- 137 -
1.912.
1.913.
1.916.
1.917.
Don Adolfo Sánchez Ortega.
Don Manuel de los Reyes de
Torres Cobo 287.
Don Cristino Morrondo Rodríguez.
Don José Martínez Soler 288.
-
M.: "Catálogo...", op. cit, pág. 124. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Pues sabrás, Inés hermana", DLS, op. cit,
1.920 y 1.926, págs. 158 y 349, respectivamente. CHECA GODOY, A.: Op. cit, op. cit, págs. 84, 254 y 311.
El Industrial, extraordinario de 1.874-1.895. JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Op. cit, págs. 130 y 333.
MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, pág. 133. ORTEGA SAGRISTA, R.: Expiración..., op. cit, pág. 346.
R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.931, tomo 120, folio 275. SÁENZ COLOMO, M.: Archivo
privado. SÁENZ VILLAR, M. D.: Archivo privado.
287
*Jaén, 1.861 +1-8-1.933 (en su oratorio privado). Hijo de don Juan de Torres Delgado y doña Vicenta Cobo
Alcázar. Capellán del convento de la Concepción de Jaén (Las Bernardas, 22-8-1.883); canónigo, dignidad
de Doctoral de la Santa Iglesia Catedral de Jaén, por la vacante surgida tras la muerte de don Celedonio
Blázquez Muñoz (31-12-1.893), con una congrua anual de 4.650 pesetas (1.899). Editó un plano de la
Diócesis de Jaén que dedicó al Sr. Obispo, a la sazón don Manuel María González y Sánchez (1.887).
Cofrade de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno (el "Abuelo", 9-4-1.866); Consejero
espiritual de la misma (1.892-1.895); Gobernador (1.916-1.920, elegido 7-5-1.916); y de la Santa Capilla de
San Andrés, Consiliario (18-12-1.881) y Gobernador de la misma (1.895, 1.906 y 1.917). Vicepresidente, en
representación del Cabildo de la Catedral de Jaén, de la Comisión encargada del traslado de los restos
mortales de Bernardo López García, desde Madrid a Jaén (6-1.899). Autor de un interesante artículo
histórico, titulado: "Hermandad entre las Catedrales de Sevilla y Jaén" (1.914). Profesor de Instituciones
Canónicas y Bibliotecario del Seminario Conciliar de Jaén (1.910). Con motivo de los funerales celebrados
por el eterno descanso del Pontífice Benedicto XV, "Pontífice de la Paz", rezó el responso (26-1-1.922).
Con domicilio en la C/, Empedrada de San Ildefonso nº 9. AHDCJ.: Presupuestos..., ibídem, 1.899-1.900 y
Libro de Entradas..., ibídem, pág. 52. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Esto, Inés, ello se alaba", DLS, ibídem,
1.914, 1.916 y 1.917, págs. 189, 127, 352 y 95, respectivamente. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo
privado. JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Ibídem, pág. 189. LÓPEZ PÉREZ, M, et alii.: Nuestro..., op. cit, págs.
495, 520 y 531. MORÉS Y SANZ, J.: Memoria referente a la Provincia de Jaén. Jaén, tip. del Hospicio de
Hombres, a cargo de don José Rubio, 1.887, pág. 156. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.933, tomo
124, folio 61. SCSA.: Memoria..., op. cit, y "Gobernadores de la Santa Capilla en el Siglo XIX", Siempre nº 40,
op. cit. SERRANO PEREA, J.: Op. cit, pág. 152. TORRES CAÑADA, A, de: Archivo privado.
VÁZQUEZ BERNI, J.: "Mapas y Planos", I, Fondo documentales. Archivo Histórico Diocesano de Jaén. Jaén,
Obispado de Jaén, 1.999, pág. 529.
288
*Úbeda (Jaén), 1.858 +Jaén, 19-6-1.926. Hijo de don Antonio Martínez y doña Francisca Soler Berruezo.
Ecónomo de de Mengíbar 1.884-1.892), Párroco del Salvador de Baeza, con una congrua anual de 1.500
pesetas (1.894). Personalidad ilustre en la Diócesis y en el Cabildo Catedralicio de Jaén. Canónigo, dignidad
de Penitenciario de la Iglesia Catedral, de Jaén, por defunción de don Juan Rojas González (22-12-1.905), a
su óbito, fue sustituido por don Francisco Martínez Baeza, cura párroco de la de San Francisco de Linares.
Profesor de Teología Moral, Sociología y Prefecto de Estudios del Seminario de Jaén (1.910); también
ocupó el cargo de profesor en el Colegio-Academia de San Agustin de Jaén y director del Colegio de San
Luis Gonzaga de Baeza. Predicador de S. M. Presidente de las Conferencias del Clero Diocesano. Profesor
del Colegio-Academia de San Agustín. Predicó el sermón de la fiesta del Colegio de Abogados (10-121.917), reputado de "brillante oratoria". Como hijo ilustre de la ciudad de los Cerros, representó al Excmo.
Ayuntamiento y al Cabildo de la Santa Iglesia Catedral de Jaén, en la organización del I Centenario del
nacimiento de Muñoz Garnica, conjuntamente con don León Esteban Molino (25-1-1.921). Socio de la
RSEAPJ (10-11-1.906). Con domicilio en la C/, Colegio nº 2. AHDCJ.: Presupuestos..., ibídem, 1.884-1.885 y
Libro de Entradas..., ibídem, págs. 63 y 115 vto. BARAHONA VALLECIDO, S.: “Mengíbar durante la
crisis del 98. (La vida diaria en la última década del siglo XIX)”, BOPJ nº 20, de 15 de febrero de 1.913, pág.
5. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Esto, Inés, ello se alava"; "Pues sabrás Inés hermana" y "Cómo se celebró
el Centenario (que inició Don Lope de Sosa), del nacimiento del eminente polígrafo Doctor don Manuel
Muñoz Garnica, que nació en Úbeda el 25 de Diciembre de 1.821 y murió en Jaén el 14 de Febrero de
1.876", DLS, ibídem, 1.916, 1.917, 1.922 y 1.926, págs. 192, 128, 381, 148 y 192, respectivamente.
- 138 -
1.918.
1.919.
1.921.
Don Elías Hurtado Hurtado289.
Don Joaquín Salido Aguayo290.
Don Juan Aragón Serrano 291.
-
MONTIJANO CHICA, J. y LÓPEZ PÉREZ, M.: Op. cit, pág. 126. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones,
1.926, tomo 115, folio 15 vto. SERRANO PEREA, J.: Ibídem, pág. 152.
289
*Málaga, 1.884 +Jaén, 13-2-1.942. Hijo de don Diego Hurtado y doña Trinidad Hurtado. Párroco de El
Mármol (Rus (Jaén), 6-6-1.906), con una congrua anual de 850 pesetas (1.909). Profesor de Aritmética,
Álgebra e Historia Natural (1.910). Párroco de la de Santo Domingo de Silos, de Alcalá la Real. Canónigo
de la Iglesia Catedral de Jaén, por la vacante producida por el óbito de don Luis Arjonilla López (1-71.915), siendo asignado a la de Baeza (1.915), retornando a Jaén (1.921). Por indisposición del
Administrador Apostólico de ésta Diócesis, le sustituyó en el sermón, aunque aquél aceptó oficiar la Santa
Misa. Capellán de la Cofradía de la Buena Muerte (1.928). Pronunció el sermón en la novena de la Real
Congregación del Santo Sepulcro y Siervos de la Orden III de Nuestra Señora de los Dolores, de Jaén (142-1.928 y 3-3-1.929). Director Espiritual del Colegio de Santo Tomás de Jaén. Orador sagrado de las fiestas
y novena de Nuestra Señora de la Capilla (1.923, 1.928, 1.936 y 1.939, y de la novena a Nuestro Padre Jesús
Nazareno (el "Abuelo", 1.922). Socio de la RSEAPJ (31-3-1.933). Profesor adjunto de Religión (27-111.939) y Vicesecretario del Instituto de Segunda Enseñanza de Jaén (O. M. 25-9-1.940). Formó parte de la
Comisión que se desplazara al Palacio del Pardo, para recibir de manos de don Francisco Franco
Bahamonde, Jefe del Estado Español, el Santo Rostro que había sido recuperado en un garaje de Villejuiir
Biceetre, pueblo de los alrededores de París (18-3-1.940); al respecto, el autor de esta obra histórica, ha
tenido la fortuna de hallar la sentencia que dictara el Consejo de Guerra Permanente del Juzgado de
Ejecutorias de la asesoría jurídica del Gobierno Militar de Jaén, en el procedimiento Sumarísimo de
Urgencia, seguido contra un súbdito francés, radicado en Linares, de fecha 22-9-1.939, y en virtud de los
fundamentos jurídicos, dicta Fallo firme y ejecutivo, en el que consta de modo fehaciente los pormenores
de la "salvación" y posterior recuperación de la Santa Faz; aunque consideramos que la misma merece un
estudio monográfico. Con domicilio en la C/, Juan Montilla nº 7. AHDCJ.: Presupuestos..., ibídem, 1.909 y
Libro de Entradas..., ibídem, pág. 99. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CAZABÁN LAGUNA,
A.: "Esto, Inés, ello se alaba" y "Pues sabrás, Inés hermana", DLS, ibídem, 1.915 y 1.921, págs. 222 y 30,
respectivamente. GONZÁLEZ LÓPEZ, L.: Adoración del Santo Rostro. Simiente para la fe. Jaén, Tipografía
Provincial, 1.941, pág. 49. LÓPEZ PÉREZ, M, et alii.: Op. cit, II, pág. 794. MONTUNO MORENTE, V.:
Op. cit, págs. 126, 133, 252 y 260. MORENO UCLÉS, J.: Op. cit, pág. 122. ORTEGA SAGRISTA, R.:
Expiración..., op. cit, pág. 337. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.942, tomo 146, folio 296. SERRANO
PEREA, J.: Ibídem, pág. 154.
290
*Jaén, 1.863 +10-8-1.930. Hijo de don Ramón Salido y doña Teresa Aguayo. Párroco de San Eufrasio de El
Taharal (1.893-1.902); Coadjutor en Siles (Jaén, 30-6-1.897); Ecónomo de Cabra de Santo Cristo (Jaén, 8-31.902); Párroco de Santa María Magdalena y San Ildefonso de Jaén, respectivamente; con una congrua
anual de 1.750 pesetas (1.909). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (17-11-1.907). Predicador desde
la fusión de las Cofradías de la Virgen de la Capilla (1.923). Con domicilio en la C/, Santo Domingo nº 8.
AHDCJ.: Presupuestos..., ibídem, 1.909. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Pues sabrás, Inés hermana", DLS,
ibídem, 1.930, pág. 256. JIMÉNEZ COBO, M.: "Parroquia de San Eufrasio de el Taharal", Códice nº 14.
Jaén, Asociación de Amigos del Archivo Histórico Diocesano de la Catedral de Jaén, 1.985, pág. 70.
MONTUNO MORENTE, V.: Ibídem, pág. 133. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.930, tomo 120,
folio 10. SCSA.: Memoria..., op. cit.
291
*Jaén, 30-10-1.875 +11-6-1.961. Hijo de don Gabriel Aragón Peragón y doña Eufrasia Rosario Serrano
Quesada. Estudió en el Seminario Conciliar de Jaén de donde fue profesor. Coadjutor de la Parroquia de
San Bartolomé, de Jaén (1.915). Canónigo, dignidad de Arcediano de la Iglesia Catedral de Jaén, por la
vacante producida por la promoción de don Antonio García Fernández (16-7-1.923); también ocupó igual
dignidad, al fallecimiento de don Cipriano Tornero Mora (viernes, 8-11-1.935). Gobernador Eclesiástico
por expresa voluntad del obispo de Jaén don Manuel Basulto Jiménez, tras su asesinato, hasta el
nombramiento por Su Santidad Pío XI de don Agustín Parrado García, como Administrador Apostólico
(final de 1.936). Juez Sinodal del Obispado de Jaén. Colaborador del Pueblo Católico (1.899-1.911). Secretario
de las Escuelas de Nuestro Padre Jesús. Profesor de Religión y Moral en el Instituto General y Técnico
(1.910) y de las Escuelas Normales de Jaén (3-7-1.917; también estuvo destinado en las de Castellón de la
- 139 -
1.922.
1.923.
1.924.
Don Juan María Castro Ojeda 292.
Don Elías Hurtado Hurtado293.
Don Manuel Basulto Jiménez294.
-
Plana, Segovia y Guadalajara). Relegado a la excedencia forzosa por Ley de la II República con efectos de
29-3-1.932; retornando a su Cátedra (1-8-1.939 hasta su jubilación, 1.946). Con domicilio en la C/, Colegio
nº 4 y Maestra nº 7. Su hermano don Ricardo (en el capítulo 5º aportamos su biografía). AHDCJ.: Libro de
Entradas..., op. cit, págs. 109 vto. y 124. ARCHIVO DEL ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES
DE JAÉN (en lo sucesivo AICPJ).: Expediente personal. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit,
I, (A-B), Jaén, IEG, 1.979, pág. 108, refª. 999-1.002. CAÑONES CAÑONES, J.: Cartas antes de morir.
(Prisiones de Jaén, 1.936-1.937). Úbeda (Jaén), Amarantos, 1.998, pág. 71. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Pues
sabrás, Inés, hermana...". DLS, ibídem, 1.923, pág. 222. CUADRADO JIMÉNEZ, V., y PALOMINO
CARAZO, R.: Op. cit, pág. 147. DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA.: (en lo sucesivo DGE)
Censo Electoral de la Provincia de Jaén. Referéndum año 1.946. Jaén, Talleres del Diario Jaén, distrito 1º, sección 2ª.
MONTIJANO CHICA, J.: Historia..., op. cit, pág. 208. MORENO UCLÉS, J.: Op. cit, pág. 120. R. C. DE
JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.875, tomo 12, folio 747 y Defunciones, 1.947 y 1.961, tomos 158 y 179, folios
159 vto. y 65, respectivamente. SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: La Escuela Normal de Jaén (1.843-1.940),
op. cit, (II), págs. 638 y ss.
292
*Porcuna (Jaén), 16-8-1.885 +Martos (Jaén), 10-5-1.923. Hijo de don Antonio de Castro Barranco y doña
Dolores Ojeda Montilla. Hizo sus estudios eclesiásticos en el Seminario San Felipe Neri (Baeza). Comenzó
su sagrado ministerio en Santisteban del Puerto (Jaén). Tomó posesión de la parroquia de Santa Marta, de
Martos (23-8-1.910). Notable escritor. Publicó en La Lealtad, "Los primeros versos" y "Pájaros que al sol
cantaron..." (19-7-1.904). Asiduo colaborador en El Combate (1.904-1.909); también en La Regeneración
(1.905). Gran orador; con motivo de la festividad de la Purísima, predicó el sermón en la Catedral de Jaén
(8-12-1.917). Con domicilio en Martos, C/, San Pedro nº 14. ARANDA CALVO, A.: "Apuntes...", op. cit,
pág. 252. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., ibídem, II, (C), Jaén, IEG, 1.986, pág. 175, refª.
1.356-1.359. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Y direte, Inés, la cosa" y "Sabrás Inés hermana", DLS, ibídem,
1.917 y 1.922, págs. 381 y 379, respectivamente. R. C. DE MARTOS.: Libro de Defunciones, 1.923, tomo 72,
folio 313. R. C. DE PORCUNA.: Libro de Nacimientos, 1.885, tomo 15, folio 55.
293
Se delegó al Sr. Decano, a fin de que gestionara lo necesario para realizar la fiesta solemne de su Patrona;
aunque hubo que posponerla al día 9 a las 10.30 horas en el Convento de la Concepción, por tener el Sr.
Hurtado comprometida la Fiesta de la Inmaculada; importando la misma 285 pesetas. AICAJ.: AA.JJ.GG.
de 11-11-1.923.
294
Se acordó por la Junta delegar los trámites de la Fiesta de la Patrona en la persona del Decano, invitándose al
Sr. Obispo de la Diócesis, y que se gratificase con el tradicional estipendio o regalo que estimase oportuno
el Sr. Decano, exhortándose a todos los colegiados se sumen al almuerzo, junto también con la autoridades
y el Predicador, y que sea por cuenta del Colegio el champagne que se consuma. *Adanero (Ávila), 17-51.869 +Vallecas (Madrid), 12-8-1.936. Hijo de don Joaquín Basulto Romo y doña Francisca Jiménez
Lumbreras. Obispo nº 67 del Episcopologio de la Diócesis de Jaén (18-12-1.919/12-8-1.936). Estudió la
carrera eclesiástica en el Seminario de Ávila, siendo ordenado presbítero (15-3-1.893); obtuvo la licenciatura
en Teología en el Seminario Central de Salamanca (1.894) y de Derecho en la Universidad Literaria de
Valladolid (1.904); opositó y obtuvo, la Canonjía de Magistral de León (1.897); la Canonjía simple (1.902) y
la de Lectoral en Madrid (1.909); elegido Obispo de Lugo (4-9-1.909); posteriormente electo para la
Diócesis de San Eufrasio (14-6-1.920). Durante su estancia en Jaén terminó el a la izquierda del Seminario
Conciliar de Jaén (1.927-1.930). Al estallar la Contienda Civil (1.936-1.939), y pese a que personas amigas,
entre las que destacamos a don Antonio Pasagali Lobo, le aconsejaron ocultarse, se negó por considerar
que "...el pastor nunca debe abandonar a sus ovejas". AHDCJ.: Libro de Entradas..., op. cit, pág. 104. AICAJ.:
Ibídem, de 21-11-1.924. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, I, (A-B), Jaén, IEG, 1.979,
págs. 208-209, refª. 1.813-1.817. MONTIJANO CHICA, J. y LÓPEZ PÉREZ, M.: Op. cit, págs. 206-207.
NICÁS MORENO, A.: Heráldica y Genealogía de los Obispos..., op. cit, págs. 179-180.
- 140 -
1.925.
1.926.
1.927.
1.928.
1.929.
Rdo. P. Dimas, Superior de los
Claretianos295.
296
.
297
.
Don Elías Hurtado Hurtado298.
299
.
-
295
En éste año también se hace cargo de la organización de la fiesta el Sr. Decano, celebrándose el día 13 de
Diciembre en el Convento de la Concepción. Los gastos ascendieron a 352 pesetas, el predicador cobró
100 pesetas. Don Dimas Gómez Echevarria. Superior de los Misioneros Hijos del Inmaculado Corazón de
María de Jaén. *Murieta (Navarra), 25-3-1.874 +Aranda de Duero (Burgos), 2-12-1.954. Hijo de don
Manuel Gómez y doña Eusebia Echevarria. Ingresó en la Orden (7-10 1.890). Orador sagrado de las fiestas
de Nuestra Señora de la Capilla (1.932). AICAJ.: Ibídem, de 5-11-1.925. CLARETIANOS, CURIA
PROVINCIAL.: Archivo privado. MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, pág. 252. R. C. DE ARANDA
DE DUERO.: Libro de Defunciones, 1.954, tomo 69, folio 11. R. C. DE MURIETA (Navarra).: Libro de
Nacimientos, 1.874, tomo 1, folio 6.
296
Tan sólo consta que recayó su organización en la persona del Sr. Decano. AICAJ.: Ibídem, de 24-10-1.926.
297
Este año fue comisionado el Sr. Tesorero para su organización. Ibídem, de 9-12-1.927.
298
Fue designado el Sr. Decano para su organización. Ibídem, de 19-11-1.928.
299
Aunque no tenemos constancia documental al respecto, sí podemos afirmar que por estas fechas se estaban
efectuando en la Iglesia de la Concepción del Convento de Religiosas Dominicas, las obras -ante la Capilla
de la Virgen de Lourdes-, del panteón en los que serían inhumados los restos mortales del Excmo. Sr. don
José de Prado y Palacio, Marqués del Rincón de San Ildefonso, previa a su exhumación de la capilla familiar
de la parroquia de Espeluy (Jaén). Estimamos no es extemporáneo citar por su indudable interés histórico
local, que por la Comisión Permanente y el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, convocó el día 13 de
febrero de 1.929, una reunión de autoridades y representaciones provinciales, para proceder a la
constitución de la Junta Organizadora del Centenario y Coronación de Nuestra Señora de la Capilla, en el
Quinto Centenario de su Glorioso Descenso a Jaén. Bajo la Presidencia del Gobernador Civil de la
Provincia; Teniente Coronel, don Felipe Serrano Tabares, en representación del Gobernador Militar de la
Plaza; y del Alcalde accidental de Jaén, don Mariano Velasco Córdoba, quedó constituida la Junta Magna,
bajo la Presidencia de Honor de los Excmos. Señores: don Juan Manuel Sanz y Saravia, que ante su
imposibilidad física, Su Santidad, Benedicto XV, nombró Administrador Apostólico de la Diócesis de Jaén,
al que consagró, simultáneamente obispo "In partibus" de Hamatha, fray Plácido Ángel Rey Lemos;
Gobernador Civil de la Provincia, don Miguel de Torres Cambreguel; Gobernador Militar de la Plaza, don
Isidoro de la Torre Santa Ana y el Alcalde de Jaén, don Fermín Palma García. Vocales de Honor los
Iltmos. Sres: Presidente de la Audiencia, don Ramón Esteva y Rodríguez; Presidente de la Diputación
Provincial, don Manuel Suca Escalona; Coronel-Jefe Sub-inspector de la 23º Tercio de la Guardia Civil,
don Dionisio Palacios Montoya y el Delegado de Hacienda, Secretario de la Comisión Provincial de la Cruz
Roja Española, Socio de número de la RSEAPJ (10-12-1.902) y Gobernador de la Real Cofradía de
Nuestro Padre Jesús Nazareno (El "Abuelo", 7-5-1.905/1.910), don Ildefonso Monmeneu y LópezReinoso (hijo de don Vicente Monmeneu y Escrich, arquitecto de Valencia). Vocales natos: todos los
titulares de las representaciones Oficiales y Corporativas convocados a esta sesión, actuando de Secretario
General, don Antonio Alcalá Wenceslada, del Cuerpo de Archiveros y Bibliotecas. Entre las diversas
Comisiones ejecutivas, figura la del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, en la de "Fiestas Literarias y
Artísticas", que quedó constituida de la siguiente forma: un representante del Ayuntamiento, el primer
Teniente de Alcalde, don Mariano Velasco Córdoba; de la Junta del Patronato del Museo Provincial, don
Antonio Alcalá Wenceslada; el Delegado Regio de Bellas Artes, don Julián Espejo y García; los Directores
del Instituto Nacional de Segunda Enseñanza, don Eduardo Fernández de Rábago; Escuela Normal de
Maestros, don Antonio Calvo Montalbán; Escuela Normal de Maestras, doña Victoria Montiel y Vargas;
Escuela de Enseñanza Industrial, don Vicente Carrero; Escuela de Artes y Oficios Artísticos, don José
Nogué Massó; el Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, don Virgilio Anguita Sánchez; Director
- 141 -
1.930.
1.931.
1.932.
1.933.
1.939.
1.940.
1.941.
300
.
.
302
.
303
.
Don Elías Hurtado Hurtado304.
305
.
306
.
301
-
de la Real Sociedad Económica de Amigos del País, de Jaén, don Luis Fernández Ramos y el Presidente de
la Asociación de la Prensa, don Alfonso Monge Avellaneda, y los señores: don Cándido Milagro García,
Maestro de Capilla de la Santa Iglesia Catedral de Jaén, Académico Correspondiente de la Real de Bellas
Artes de San Fernando y Vicepresidente de la Comisión Provincial de Monumentos Históricos y Artísticos;
don Pedro de las Parras Ruiz, Presidente del Círculo Mercantil; don Luis Berges Martínez, Arquitecto
Provincial y Diocesano y don Ramón Espantaleón Molina, designado por la Comisión Provincial de
Turismo. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, pág. 9 vto. ARCHIVO HISTÓRICO DE LA GUARDIA CIVIL
(en lo sucesivo AHGC).: Legajo 141, nº 8.743, letra P. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Victoria Montiel" y
"Pues sabrás Inés hermana", DLS, op. cit, 1.920, 1.925, 1.926, 1.927, 1.928 y 1.929, págs, 67, 31, 189, 64,
29, 190, 94, 351, 96, 127, 94 y 264, respectivamente. LÓPEZ PÉREZ, M.: "Cruz...", op. cit, pág. 14.
MONTIJANO CHICA, J.: Historia..., op. cit, pág. 203. MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, págs. 173174. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.900 y 1.904, folios 1 y 69, folios 62 y 529, respectivamente.
300
Se acordó por unanimidad que la organización de la fiesta de la Patrona recayese sobre el Tesorero de la Junta
de Gobierno, Sr. Rodríguez López, "...cuidando que se respetase la solemnidad acostumbrada, invitando al banquete al
Predicador y a los Magistrados". AICAJ.: AA.JJ.GG. de 26-11-1.930.
301
Otro año más fue el encargado de la organización de la fiesta de la Patrona, el Decano Sr. Anguita Sánchez,
cumpliendo la consigna de la Junta de Gobierno: "...que siga la línea acostumbrada". Ibídem, de 18-11-1.931.
302
Fue comisionado para su organización el Sr. Decano, aunque por primera vez se introduce una importante
innovación: no darle carácter oficial a las invitaciones. El Sr. Castillo Folache propuso a la Junta de
Gobierno: "...se celebrase la Fiesta en honor de la Purísima Concepción, Patrona del Colegio". En réplica, el Sr. Peris
Caruana se opuso radicalmente en base a que "...se páguese con los fondos del Colegio". Puesta a votación se
aprobó la propuesta del Sr. Castillo Folache, obviamente, con el voto en contra del Sr. Peris Caruana.
Ibídem, de 4-11-1.932 y 28-11-1.932.
303
No hay constancia documental acerca de las sucesivas fiestas Patronales, aunque bien podemos inferir que
dadas las circunstancias socio-políticas-económicas por las que atravesaba España, debieron de
suspenderse, al menos hasta el término de la Contienda Civil (1.936-1.939).
304
Y efectivamente, al término de la Contienda Civil, el primer acto religioso que efectuó la Ilustre Corporación,
fue un solemne funeral en memoria de los abogados caídos, cuya relación facilitamos alfabéticamente:
Álvarez Lara, don León Carlos; Castillo Folache, don Enrique; Cos Serrano, don José; Díaz Fernández,
don Lucas; Espejo Tortosa, don Manuel; García Lanzas, don Antonio; García Lanzas, don José; Gómez
Molleda, don Juan Francisco; Herrera Carrillo, don José; Marín Acuña, don Antonio; Orozco Esteban, don
José; Sepúlveda Ayllón, don Manuel; Sierra Quesada, don Ezequiel; Torres Suca, don Ángel (Juez
Municipal suplente de Jaén); Ureña Navas, don Francisco de Paula; Valenzuela Valenzuela, don José; entre
otros. También se celebró otra misa en sufragio del alma del Excmo. Sr. don José Calvo Sotelo (13-71.939), recibiendo el oficiante una gratificación de 100 pesetas, importando el total del gasto de la referida
fiesta de 805 pesetas (luch, 2 cajas de puros y función religiosa). AICAJ.: AA.JJ.GG. de 24-6-1.939 y 6-71.939 y Carpeta de varios. FERNÁNDEZ COS, A.: Archivo privado. MIRAS OROZCO, J. L.: Archivo
privado. SANZ Y DÍAZ, J.: "Escritores asesinados por los rojos", Temas españoles nº 47. Madrid,
Publicaciones Españolas, 1.953, págs. 26-27.
305
Consta en acta: "...organizar con el mayor esplendor la fiesta de la Inmaculada Concepción, Patrona de éste Ilustre Colegio".
AICAJ.: ibídem, de 1-12-1.940.
- 142 -
1.942.
1.943.
1.944.
1.945.
1.946.
1.956.
307
.
.
309
.
308
Don Agustín de la Fuente González310.
311
.
312
.
-
Nada más digno de mención, salvo anotar que el Decano del Ilustre
306
Se aprobó los gastos hechos con motivo de la Fiesta de la Patrona titular y donativos de Pascua. Ibídem, de
17-1-1.942.
307
Se acordó por la Junta de Gobierno, celebrar la fiesta de la Patrona "...con máximo esplendor religioso y suprimiendo
el luch tradicional en atención a las circunstancias". Ibídem, de 6-12-1.942.
308
"...celebrar con máxima devoción, la fiesta de la Patrona del Colegio Inmaculada Concepción. Cuyo importe ascendió a 375
pesetas. Ibídem, de 5-12-1.943 y carpeta de Varios.
309
Se celebró la fiesta en honor de la Patrona, aunque con una notable variedad: reunirse en el local del Colegio
para degustar el tradicional luch y pagar los aguinaldos. La fiesta en honor a la Purísima importó 375
pesetas, Ibídem, de 1-12-1.944 y carpeta de Varios.
310
La Junta de Gobierno acordó celebrar la fiesta de la Inmaculada Concepción, titular del Colegio de Abogados
y "...conceder, según costumbre, en las próximas Navidades, los donativos y paga al Conserje", sumando los gastos
propios de la fiesta: 635'80 (transporte de sillones, sellos invitaciones y puros). *Santander, 26-6-1.903
+Jaén, 25-1-1.987. Hijo de don Laureano de la Fuente Fernández y doña Remigia González Clau. Hizo sus
estudios eclesiásticos en el Seminario y Universidad Pontificia de Comillas (1.916-1.930), obteniendo los
doctorados en Teología, Filosofía y Derecho Canónico, tras la defensa de sus tesis: La inspiración en las
Sagradas Escrituras, La evidencia como criterio de la verdad y La suplencia de la jurisdicción por parte de la Iglesia en los
casos de error material, respectivamente. Ejerció la docencia en el Seminario de Comillas, explicando los cursos
de Matemáticas y Lengua Griega. Le fue ofertada la cátedra de Teología Moral de la Universidad Católica
de Santiago de Chile, por su Rector, Monseñor Rücker, y asimismo se le ofertó por parte del
Vicerrectorado del Seminario Diocesano de Cádiz, cargos que declinó por circunstancias familiares.
Regentó las parroquias santanderinas de Queveda y Penagos (1.930-1.934). Explicó las clases de Historia de
la Filosofía, Lengua Latina, Pedagogía Catequística y Oratoria Sagrada en el Seminario de Monte Corbón
(Santander, 1.934-1.936). Quienes estén interesados en conocer la prolija biografía de este M. I. Deán de la
Santa Iglesia Catedral de Jaén, vid, bibliografía citada. Consideramos también digno de mención que en este
año se abrió el primer Año Jubilar de la Santísima Virgen de la Capilla, correspondiéndole su organización a
la Audiencia Provincial de Jaén, con la colaboración de todos los organismos forenses (jueces y fiscales,
notarios, registradores de la Propiedad, abogados, procuradores, etc.), predicando el Vicario General y
Canónigo Doctoral de la Catedral de Jaén, Dr. don Agustín de la Fuente González (11-6-1.945). AICAJ.:
Ibídem, de 23-11-1.945 y carpeta de Varios. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op, cit, IV, (F), pág.
193, refª. 1.410-1.436. MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, pág. 272. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.987, tomo 213, folio 513. R. C. DE SANTANDER.: Libro de Nacimientos, 1.903, tomo 3, folio
17.
311
312
Importando el total de gastos: 1.272’15 pesetas (fiesta religiosa=375’00, factura “Ideal-Bar”=680’10 y
puros= 217’05.
La Junta de Gobierno acordó: "...adquirir una nueva imagen de la Santísima Virgen, en su Misterio de la Purísima
Concepción, la cual se rendirá culto en la nueva Iglesia Parroquial de Cristo Rey, por corresponder a su jurisdicción el Palacio
de Justicia, y a donde en plazo breve se trasladará el local social...". Respecto al período de tiempo 1.946-1.955 no
tenemos información documental alguna, aunque obviamente debieron de celebrarse en el secular
convento de las Dominicas. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 29-1-1.956.
- 143 -
Colegio de Abogados de Jaén expuso en Junta de Gobierno, amplia y
detenidamente acerca “...el movimiento que se nota en la población con respecto a la
Coronación de Nuestra Señora de la Capilla al que se ha adherido importantes
Corporaciones, y estando el Colegio bajo la protección de su Abogada y Patrona la
Santísima Virgen, no puede menos que prestar su adhesión a tan hermosa y devota
práctica” 313.
Anotamos que la simple y normal diatriba surgida en el seno de la
Corporación con motivo de la fiesta de su Patrona en 1.932 en la que dos de
sus miembros difieren abiertamente respecto de un punto del orden del día,
puede servirnos de botón de muestra del germen revolucionario que ya se
estaba larvando entre la sociedad española; obviamente que la situación de
313
La Junta Magna y Comisiones Organizadoras del V. Centenario y Coronación de Nuestra Señora de la Capilla
de Jaén, quedó presidida por el Alcalde de la ciudad, don Juan Pancorbo Ortuño (militar, 13-4-1.929/26-21.930); actuando de Secretario, don Antonio Alcalá Wenceslada (del Cuerpo de Archiveros, Bibliotecarios y
Arqueólogos, siendo su primer destino en la Biblioteca de la Universidad de Santiago de Compostela
(1.915), más tarde destinado al Archivo de la Delegación de Hacienda de Cádiz (1.917), pasando al de
Huelva (1.919) y a la de Jaén (1.920), Catedrático del Instituto de Jaén); además, quedaron también
constituidas las Comisiones cuyos presidentes y secretarios, respectivamente fueron: de Propaganda: don
Inocente Fe Jiménez (*Jaén, 29-12-1.880, industrial, Alcalde de Jaén, 22-10-1.920/14-7-1.922, primerísima
figura del regionalismo andalucista de Jaén a finales de la Restauración, director del Centro Andaluz de
Jaén, promotor de la revista andalucista Jaén (1.918), vicepresidente de la Diputación de Jaén durante la
Dictadura de Primo de Rivera) y don Manuel Redondo Brun (licenciado en Ciencias Físico-Químicas,
Catedrático numerario del Instituto General y Técnico de Jaén, vice-secretario del Claustro (1.921), primer
Teniente de Alcalde de Jaén (1.929), Presidente del Tiro Nacional de Jaén (1.925-1.928); de Hacienda: don
Felipe Serrano Tabares (*Puente Genil (Córdoba), 1.872 +Mancha Real (Jaén), 3-4-1.937. Teniente
Coronel de Infantería, Presidente del Comité Local y Delegado de la Cruz Roja Española, Presidente de la
Cámara Oficial de la Propiedad Urbana de la provincia de Jaén, asimismo de la Comisión Local de los
Previsores del Porvenir y Delegado del Tribunal Tutelar de Menores de Jaén, Presidente del Consejo
Superior Diocesano de la Adoración Nocturna Española, sección de Jaén, y Gobernador de la Cofradía de
la Buena Muerte (23-6-1.936, hasta su trágico fallecimiento con motivo de la Guerra Civil, con domicilio en
la C/, Almendros Aguilar, haciendo esquina con la de Albín, bello rincón decimonónico que aún perdura
en Jaén; los interesados en conocer más datos biográficos, vid. Moreno Jara en bibliografía) y don Eugenio
de las Heras Molina (gran maestro de la carabina, representando a España en la Olimpíada de Reims
(Francia), campeón mundial de tiro en la posición de rodillas, propietario de la reconocida óptica "Las
Heras", sita al principio de la C/, Maestra); de Fiestas Religiosas: M. I. Sr. don Emilio Aguilar García
(canónigo dignidad de Chantre de la Catedral de Jaén) y don Vicente Montuno Morente (periodista
católico, subdirector de El Pueblo Católico), durante la Dictadura de Primero de Rivera y primeros años de la
II República, dedicó su vida a la difusión de la devoción hacia la Virgen de la Capilla, Patrona de Jaén; de
Fiestas Literarias y Artísticas: don Luis Fernández Ramos (su biografía la comentamos en el apéndice 1º) y
don Pedro de las Parras Ruiz (sus datos biográficos asimismo los comentamos en el capítulo 5º); de Fiestas
Populares: don Miguel Bago Bonilla (*Jaén, 13-3-1.886 +28-9-1.953, casado con doña Elena Montón Salido
(Jaén, 25-11-1.915) y don Eugenio de las Heras Molina; de Actos de Caridad: Excma. Sra doña María
Teresa de los Reyes Fernández de Villalta y Coca, Marquesa de Villalta y del Rincón de San Ildefonso.
AICAJ.: Ibídem, de 8-7-1.923. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, I (A-B), págs. 37 y ss,
refª. 357 y ss. CAZABÁN LAGUNA, A.: "El V. Centenario de Coronación de Nuestra Señora la Virgen
de la Capilla", DLS, op. cit, 1.929, pág. 154. CHECA GODOY, A.: Op. cit, págs. 287 y 304. LÓPEZ
PÉREZ, M. y LÓPEZ ARANDIA, M. T.: Buena…, op. cit, pág. 462. MEDINA CASADO, M.: Op. cit,
pág. 48. MONTUNO MORENTE, V.: Op. cit, pág. 175. MORENO JARA. M.: “La Cruz…”, op. cit, pág.
804. MORENO UCLÉS, J.: Op. cit, págs. 99-100. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones 1.953, tomo 171,
folio 7 vto.
- 144 -
anticlericalismo en España no surgió de manera súbita; desde la caída de la
Monarquía hasta la proclamación de la II República Española, -que alcanzó
su punto álgido en el llamado “Bienio Negro” 314- se suscitaron múltiples
conflictos sociales por la izquierda española, que más tarde devino a
desembocar en la Revolución del 18 de julio de 1.936 o Guerra Civil
Española 315.
En el capítulo 6º tratamos la cuestión desde la óptica de la propia
Corporación.
Por último, consideramos oportuno incluir en este capítulo la
composición del Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Jaén 316
correspondiente a la década 1.886-1.895, que es la misma que analizamos con
respecto a los Tribunales de Justicia Ordinarios y que figuran en el capítulo
5º:
CARGO
Provisor, Vicario General, Juez
Eclesiástico y Examinador Sinodal.
NOMBRE
Don Francisco de Paula Muñoz y
Reina 317.
314
Surgió el 19-11-1.933, pero de hecho no tuvo vigencia hasta el 19-11-1.933. El advenimiento de la II
República Española no fue tal victoria Republicana, fue la consolidación del socialismo y la revancha de
unos monárquicos despechados que votaron, más que por la República, contra el Rey. PENSADO, B.: "La
Segunda República", Temas Españoles nº 71. Madrid, Publicaciones Españolas, 1.953, pág. 5.
315
BURNETT BOLLOTEN.: La Revolución Española, sus orígenes, la izquierda y la lucha por el poder durante la Guerra
Civil 1.936-1.939. Barcelona, Ediciones Guijalbo, S. A. 1.980, pág. 25.
316
En virtud del Concordato celebrado en 1.851 entre la Santa Sede y España, existen en aquel algunos
tribunales ecialesotra parte, la legislación española (R. O. de Unificación de Fueros) ha puesto ciertas
limitaciones a la jurisdicción eclesiástica, al lado de la disciplina general (tribunales de la jurisdicción
ordinaria y la exenta). Indicaremos la española: 1º.- Tribunales de Primera Instancia: a) Auxiliares. El
notario, se nombra por el Ordinario. El Fiscal, lo elige libremente el Ordinario y debe intervenir y
dictaminar en todas las causas criminales y en las otras en que, a juicio del Ordinario, esté interesado el bien
público de la Iglesia. 2º.- Tribunales de Segunda Instancia: a) La segunda instancia tiene lugar ante el
Metropolitano (y sus Tribunales) de la provincia respectiva. En lo eclesiástico, el obispado de Jaén, es
sufragáneo del Arzobispado de Granada. Dicho Tribunal lo dirige el Sr. Provisor. Los asuntos de más
frecuente trámite son: demandas de divorcio; anulaciones de matrimonios; apelaciones; instrucción de
expedientes de Capellanías; visita general de testamentos para cumplimentar las mandas piadosas, con
arreglo a lo que dispone el Código Civil; y tramitación de procesos eclesiásticos y expedientes de dotes a
religiosas y congruas de sustentación a sacerdotes. La diócesis de Jaén se divide en 13 arciprestazgos; el de
Cazorla pertenece a la archidiócesis de Toledo. OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit, págs. 86-88 y 211.
317
(1.882-1.905). Presbítero, Provisor y Vicario General del Obispado de Jaén (14-3-1.882), Canónigo, dignidad
de Deán de la Catedral de Jaén, vacante por defunción de don Felipe Guzmán y Armenteros (4-8-1.883),
trasladado a la de Baeza (1-9-1.884); durante su ausencia fue sustituido por don Blas Antonio Cuesta
- 145 -
Fiscal Eclesiástico
Teniente Fiscal.
Teniente Fiscal.
Don Blas Antonio Cuesta Carrión 318.
Don Manuel de los Reyes Torres
Cobo 319.
Don José María Padial y Vilches 320.
Carrión (3-11-1.892); retorna a Jaén (1.899-1.900), con una congrua anual de 3.000 pesetas (1.899), a su
óbito fue sustituido por don José Juliá Sanfeliú (31-1-1.905). Junto con el Obispo de la Diócesis de Jaén,
don Manuel María González y Sánchez, intervino en el solemne acto de colocar la primera piedra de la
residencia de ancianos "Hermanitas de los Pobres" (4 de la tarde, 15-10-1.891). AHDCJ.: Libro de Desposorios
de San Bartolomé nº 7; Libro de Entradas..., op. cit, págs. 33 y 68 y Presupuestos..., op. cit, 1.899-1.900. AICAJ.:
Listas, 1.886-1.895. CASAÑAS LLAGOSTERA; P.: "Llegada...", op. cit, pág. 33.
318
(1.886-1.895). Su biografía ya la aportamos en el capítulo 2º. AICAJ.: Ibídem, 1.886-1.895.
319
(1.886-1.894). Cuya biografía ya figura en este mismo capítulo. AICAJ.: Ibídem, 1.886-1.894.
320
(1.894-1.896). *Huelma (Jaén), 12-2-1.862 +Jaén, 26-9-1.927. Hijo de don Eduardo Padial Martos
(*Granada, 9-8-1.831 +Jaén, 9-8-1.886; aunque Caballero Venzalá cita su nacimiento y defunción en
Huelma. Hijo de don José María Padial y Medina. (*Madrid, licenciado en Jurisprudencia) y doña Ana
Teresa de Martos y Vilches (*Huelma, 1.799 +1.863, casada en 1.819). Licenciado en Jurisprudencia por
la Universidad de Granada. Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Huelva y Jaén. Intervino en el
Romancero de Jaén, con el romamce titulado “Castillos de Cambil y Alhabar”, el que fuera parcialmente
mutilado por Bernardo López García, miembro de la Comisión Literaria creada al efecto por la RSEAPJ.
El Sr. Padial denunció la adulteración literaria, conjuntamente con otros participantes del proyecto, entre
los que podemos citar a: Domingo Ortega, que aportara “Al cerco de Úbeda en 20 de Julio de 1212” y a
Sancho Rentero y Rentero, con “La Batalla de Bailén”, en la prensa granadina donde fueron publicados
íntegramente en folleto aparte en el periódico El Porvenir. Además hubo otra denuncia a instancias de los
afectados ante la jurisdicción ordinaria, que dictara fallo (confirmado por la última instancia), en la que se
condenaba al demandado a destierro, estableciendo una distancia mínima de 300 kilómetros de la capital
del Santo Reino, a lo que el reo optó por Madrid, allí al menos contaba con la ayuda incondicional de su
gran amigo y prologuista de su obra don Juan Antonio de Biedma y Cano. Pese a su exhaustiva búsqueda
en los archivos judiciales no nos ha sido posible localizar los antecedentes del litigio. No estaría ajena a la
Judicatura la recalcitrante postura republicana del cantor de Dos de Mayo. La producción poética de
Padial fue publicada en la colección de El Albúm Granadino. Casado con doña Juliana Jesís de Vilches y
Vilches (ella *Cambil, 1.861). Continuamos con la biografía de su hijo don José María: Licenciado en
Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (1.882). Coadjutor y Párroco del Sagrario de
Jaén (1.889 y 31-7-1.893, respectivamente); de San Andrés y Capellán de Honor de S. M., con una
congrua anual de 750 pesetas (1.893). Vice-secretario Capitular del Obispado de Jaén (1.893-1.894).
Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (20-3-1.892), Consiliario (1.906). Socio de la RSEAPJ (4-111.896). Funda la Hermandad y Congregación de San José, de señores sacerdotes (1.906). Vocal suplente
de la Junta del Patronato del Museo de Bellas Arte de Jaén (R. O. Ministerio de Instrucción Pública y
Bellas Artes, 10-12-1.914). Notorio poeta, escultor y pintor. Publicó un libro de poesías con el título
Violetas, prologado por don Alfredo Cazabán Laguna, Cronista Oficial de la Provincia de Jaén (1.916);
éste prologuista a su vez lo elogia en su obra: Poetas y Poesías (Florilegio), en la que incluye su poema "¡El
hambre no calla!". Puso letra al himno titulado "El Obrero", la música la compuso don Jacinto María
Crespo (estrenado 2-12-1.906). Profesor de Aritmética y Geometría de la Escuela de Artes y Oficios de
Jaén. Autor del monumento en bronce erigido en el patio de la Santa Capilla de San Andrés en memoria
de su fundador, el venerable baezano don Gutierre González Doncel (8-12-1.914). Con domicilio en
Jaén, C/, Llana s/n. AHDCJ.: Presupuestos..., op. cit, 1.909 y Libro de Entradas..., op. cit, pág. 49. AICAJ.:
Ibídem, 1.894-1.896. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, II (C), págs. 201 y 351, refª,
1.468 (129 y 268) y 2.239, respectivamente. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Poetas próceres"; "Esto, Inés,
ello se alava" y "Un libro de Padial y Vilches", DLS, op. cit, 1.914, 1.915 y 1.916, págs. 281, 383, 50-52 y
187-189, respectivamente, y Poetas y Poesías (Florilegio). Jaén, Tip. de La Unión, 1.911, págs. 157-161.
ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. GALIANO PUY, R.: Archivo privado. LÓPEZ PÉREZ,
M.: "Día de San José", Las cartas..., op. cit, págs. 466-467. PÉREZ URBANO, M. U.: Archivo privado. R.
C. DE JAÉN.: Libros de Defunciones, 1.886 y 1.927, tomos 38 y 116, folios 62 y 195 vto, respectivamente.
- 146 -
SCSA.: Memoria..., op. cit, y "Cofrades de la Santa Capilla que han sido Consiliarios de Elección durante el
siglo XX", Siempre nº 57, op. cit.
- 147 -
Notario Mayor.
321
Don Jacinto Nieto del Castillo 321.
(1.886-1.895). *Jaén, 1.820 +28-1-1.902. Hijo de don Manuel Alonso Nieto Armenteros (*Jaén, 1.790.
Notario Mayor del Tribunal Eclesiástico del Obispado de Jaén (1.833-1.848). Elegido por el pueblo
miembro de la Junta Provincial Provisional de Gobierno en la revolución Esparterista (10-10-1.840).
Alcalde 1º constitucional del Ayuntamiento de Jaén (7-8-1.844), Teniente de Alcalde del mismo (1.844) y
Regidor (1.852-1.853). De los mayores contribuyentes de la Capital; propietario de un molino aceitero y de
la mayor fábrica de hilaturas y paños de Jaén denominada "La Constancia", arrendatario de la casería de
Escalona (1.869, actua1mente ocupada por el Servicio de Recaudación de la Diputación Provincial de Jaén)
y de doña Manuela del Castillo y Virtudes (Jaén, San Ildefonso, 15-5-1.808, ella *Jaén, 31-8-1.792).
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.842). Cofrade de la Real Cofradía de Nuestro
Padre Jesús Nazareno (el "Abuelo", 15-2-1.846); fue el agraciado en la rifa de un piano donado por don
José Ignacio Coello de Portugal y Quesada, a la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno (1.857).
Propietario del terreno conocido como Huerta de la Rosa, adquirido a doña Isabel Robles Fontecilla,
Marquesa viuda del Cadimo (29-7-1.877), y donde más tarde se construiría el edificio de las Hermanitas de
los Pobres (12-8-1.890), tenía su entrada por la calle de Los Morales (Millán de Priego). Arrendatario de la
casería de Escalona, propiedad de la Diputación de Jaén, (1.869, actual Servicio de Gestión y Recaudación
Tributaria). Donó 500 pesetas en la cuenta de la suscripción promovida por el Obispado de Jaén en 1.885
por la epidemia de cólera. Casado en primeras nupcias con doña Gertrudis de Bonilla y Forcada (la
contrayente +2-5-1.868); en el oratorio privado de la desposada por el Obispo de Jaén, don Andrés Rosales
y Muñoz, 25-3-1.860, firmando de testigos: don Joaquín de Villena y Sánchez, Deán; don Maximiano Ángel
y Alcázar, Vicario General y don Miguel Hidalgo, canónigo y Secretario de Cámara y Gobierno de S.E.I.
del Obispo de Jaén, la contrayente +2-5-1.868); y en segundas, con doña Carmen Gaitán y Ávila (Jaén,
Sagrario, 10-6-1.899). Con domicilio en la C/, Turronería nº 2 (Francisco Martí Mora). Testó ante el
notario de Jaén, don Julián Espejo y García. En contra de lo que afirman algunos autores locales, el cargo
de Notario Mayor del Obispado de Jaén no era exclusivo para ser ocupados por clérigos, sino que
secularmente lo han venido ejerciendo notorios juristas del lugar, citamos de ejemplo a: don Sebastián de
Navarrete Argote, casado con doña María Martínez de la Peña y Quesada (6-8-1.736); don Francisco
Manuel Galera Rubio, con doña María Benita Galindo y Galera-Rubio (4-9-1.760); don Carlos de Guzmán
(1.786); don Jacinto Ballart Tirado, con doña María Antonia Tirado Moreno (Jaén, San Ildefonso, 1.805);
don Bernardo María de Charte García (1.834), casado con doña María de los Dolores Escalona Escalona
(Jaén, San Ildefonso, 9-3-1.817); don Camilo Arévalo de Lanuza, casado con doña Francisca Gutiérrez
Fernández (Jaén, Sagrario, 5-3-1.858, con domicilio en la C/, Cerón; don José Morcillo Denell (1.858),
*Jaén, hijo de don Manuel y doña Ana, con domicilio en la C/, Jorge Morales nº 12, casado con doña Juana
Josefa Lobón Gámez (*Andújar, 18-11-1.809); y don Francisco Torres Zamorano, casado en primeras
nupcias con doña Gertrudis Osuna Molina (Jaén, San Ildefonso, 13-11-1.888, ella +4-1.918) y en segundas,
con doña Elisa Ruiz Tamaño (Jaén, Sagrario, 25-3-1.920). Otro dato curioso familiar: los hermanos del Sr.
Nieto del Castillo: doña Carmen, casada con don Mateo Candalija y Uribe, primer Decano del Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén (1.848); don Juan, eminente médico cirujano, autor de la Memoria de los Baños
Minerales de Jabalcuz (1.886); don Manuel, Alcalde 1º Constitucional de Jaén (1-1-1.839) y doña Josefa,
casada con don José Toral y Bonilla, notario de Jaén (1.855-1.886), *ella en Jaén, 1.831 +17-6-1.870);
además su tío carnal, don Gregorio Casanova del Castillo, Decano también del Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (1.862). AMEZCUA MARTÍNEZ, M.: "La metáfora del escarmiento, el clero y el
pueblo católico de Jaén ante el cólera", Demófilo nº 13. Sevilla, Revista de Cultura Tradicional de Andalucía,
1.994, pág. 150. APONTE MARÍN, A.: "Justicia y hombres de leyes", Jaén entre dos siglos (1.875-1.931).
Arbolote (Granada), Museo Provincial de Jaén, catálogo nº 135 de la colección de Artistas Plásticos, 2.000,
pág. 146. AHDCJ.: Libros de Bautismos de la Parroquia de San Bartolomé nº 6, folio 240 vt; Desposorios de San
Ildefonso nº 15, folio 180; Carpeta 500-A y C, y 523-A; Defunciones, libro 33, folio 134, Expedientes matrimoniales,
legajos 497-B, 498-C y 500-B y Boletín..., op. cit, nº 104, pág. 281. AHMJ.: LPDCCJ, 1.841, folio 187 vto, y
1.870, pág. 274, respectivamente. AICAJ.: Ibídem, 1.886-1.895. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo
privado. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Llegada...", op. cit, pág. 31. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.:
Op. cit, pág. 332. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, Apéndice nº 241. LÓPEZ PÉREZ, M,
et alii.: Nuestro..., op. cit, págs. 493 y 509. NIETO DEL CASTILLO, J.: Memoria de los Baños Minerales de
Jabalcuz. Jaén, imprenta de La Reforma Agrícola, 1.866, pág. 2. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.880 y
1.899, tomos 23 y 30, folios 282 y 83, respectivamente, y Defunciones, 1.880, 1.902, tomos 23 y 73, folios 282
y 73, respectivamente. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, pág. 34. TORAL PEÑARANDA, E.:
"Los linajes privilegiados de Jaén. II (Torres...)”, op. cit, pág. 351. TORRES PUYA, M. D.: Op. cit, pág. 26.
- 148 -
Notario Mayor del Tribunal
Eclesiástico y Especial de Santa Visita Don Francisco Fernández Sánchez 322.
y Obras Pías.
Notario del Tribunal Eclesiástico.
Don Francisco Arévalo de Lanuza 323.
322 *Sevilla, 1.836 +Jaén, 24-2-1.906. Hijo de don Pedro Fernández y doña Ignacia Sánchez. Secretario de
Cámara y Gobierno del Sr. Obispo de la Diócesis de Jaén, don Manuel María González y Sánchez (1.880).
Canónigo, dignidad de Lectoral y Penitenciario de la Iglesia Catedral por fallecimiento de don Diego Cózar
y Molina (21-6-1.880); Maestrescuela, por fallecimiento de don José Sequera y Sánchez (14-5-1.888);
Arcipreste, por defunción de don Francisco Civera y Pérez (18-2-1.892); Deán, por defunción de don
Pedro José Espinosa y Riscart (*San Lucar de Barrameda (Cádiz), 1.835 +Jaén, 2-7-1.893); Secretario de la
Junta de señores obispos y compromisarios para la elección de Senador por la provincia eclesiástica de
Granada. AHDCJ.: Libro de Entradas..., op. cit, págs. 26, 38, 41, 49 y 70. AICAJ.: Ibídem, 1.886-1.890. ASE.:
Legajo 202, caja 137. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.906, tomo 81, folio 125.
323
*Jaén. Industrial de la seda, de los mayores contribuyenters de Jaén, comprador de fincas de Propios y
eclesiásticas desamortizadas. Miembro de la Junta de Gobierno (1.840). Albacea de doña Teresa Irrisarri,
primera esposa de don Antonio Romero Hidalgo-Arjona, militar y jefe político de Jaén. Casado con doña
Francisca Gutiérrez Fernández (Jaén, Sagrario, 5-3-1.858). Con domicilio en la C/, Cerón s/n. Tu tío
carnal materno don Francisco Carlos de Lanuza, Secretario del Cabildo de la Catedral (1.808) y Contador
de la RSEAPJ (4-7-1.816), conjuntamente con don José María de Cuéllar y Molina, a la sazón el segundo
Secretario de la RSEAPJ fueron comisionados para establecer en Jaén una Sociedad paralela regida
exclusivamente por señoras, con la misión específica para la educación de las niñas (11-6-1.818). Autor de
la obra titulada: Anales de la Sociedad Económica de Jaén (30-5-1.820). MORENO JARA, M.: Archivo
privado. SÁNCHEZ SALAZAR, F.: Op. cit, pág. 152 y ss. VALENZUELA SAAVEDRA, F.: Op. cit,
pág. 141.
- 149 -
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CEREMONIAS, PROTOCOLOS, JURAMENTO Y HERÁLDICA.
I. CEREMONIAS.
En las Juntas Generales como en las de Gobierno y demás funciones del
Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, se había de respetar una preferencia por
el siguiente orden: Decanos, Diputados (por categorías), Tesorero y
Secretario; detrás de éstos los demás colegiados por orden de antigüedad; para
los fundadores, por la data de sus respectivos títulos; y para con los demás,
por la entrada de cada uno en el Colegio.
En dichas Juntas y funciones había que guardar: silencio, compostura,
quietud y moderación, de manera que, “...cuando alguno estuviere hablando, debían
estar los demás con atención sin interrumpirle, ni conversar entretanto unos con otros, hasta
que concluyera; no pudiendo ninguno hablar, ni razonar, sin pedir primero licencia al
Decano”.
Por R. O. de Gracia y Justicia (5-5-1.836), respecto a que los abogados
puedan cubrirse en las Salas de Justicia, dice: “...y queriendo por una parte (S. M.),
que se conserve el respeto debidamente a los Tribunales que administran la justicia en su
Real nombre, y por otra que se mantenga a la noble e importante profesión de la abogacía
las consideraciones y decoro que merece, se ha servido resolver que los abogados, a la entrada
o salida de las Salas a que concurran para la vista de los pleitos o causas, deben llevar la
cabeza descubierta; que luego que ocupan su asiento pueden cubrirse con la gorra; y que para
tomar la venia al empezar a hablar y al concluir deben quitársela, pudiendo ponérsela
enseguida...” 324.
El Cubrecabeza de la vestimenta judicial ha evolucionado desde los
medievales “morteros”, con forma de tronco de cono invertido, pasando por
el “bonete”, con forma de tronco de pirámide invertida de ocho caras, con y
324
Este precepto estaba ya acordado con anterioridad por Auto publicado en el Libro II, Título XVI, 8 de la
Nueva Recopilación, pero era aun más expresiva y no fue derogada posteriormente, por lo que se puede
considerar vigente conforme a la Ley 10, Título II, Libro III, de la Novísima Recopilación. No obstante en
tiempos de Carlos II, se suscitó un litigio sobre si los abogados se había se sentar y cubrir o no en las salas
delante de los alcaldes, acordándose en 1.692 que los "...abogados asistan a las Audiencias a informar cubiertos con
gorra, sin que los alcaldes entren en las Saletas de Ceremonias".
- 150 -
sin borla en lo alto, la “gorra”, de forma circular de poca altura con embutido
superior que sobresalía 3 cm. a lo ancho y a lo alto, con y sin borla, el “gorro”,
cilindro” con casquete liso decorado con galoncillos, y el “birrete” de seis
caras rectangulares 325.
Actualmente es una pieza de cabeza de forma prismática de ocho caras
rectangulares, de unos 10 cm. de altura y forrado exterior e interiormente de
seda negra, el que forma gajos en su casquete plano y se corona con borla de
seda negra. Es común para todos los curiales letrados. Su uso está
perdiéndose.
El R. D. (29-8-1.843) regularizaba sobre los “trajes de los Magistrados,
Jueces, Abogados, Escribanos, etc., prácticas y usos de los Tribunales”.
Su art. 1º disponía: “...queda prohibido el uso del antiguo traje de los
Magistrados, Abogados y Relatores, al mes contado desde la fecha de éste Decreto, debiendo
llevarse precisamente el establecido en el R. D. de 28-11- y R. O. de 3-12-1.835, con las
modificaciones siguientes:
1º.- En vez de gorra del nuevo traje se usará el birrete antiguo de seis lados.
2º.- Los Jueces de Primera Instancia llevarán la medalla de plata pendiente de un
cordón del mismo metal, de dos líneas de diámetro. Los Ministros y Fiscales de las
Audiencias, de oro, pendiente de un cordón de lo mismo y del diámetro referido. Los de los
Tribunales Supremos, esmaltada y pendiente de un cordón de oro de tres líneas de
diámetro” 326.
325
Para cubrir la cabeza se usaban dos tipos de prendas: el "capuz", empleado por los villanos, y la "rosca", propia
de los hidalgos. La rosca tenía un origen guerrero, consistía en un liado de telas que se colocaba sobre la
cabeza entre ésta y el yelmo de hierro, para servir de amortiguador a los golpes que en el combate se recibiera
sobre esa pieza de la armadura. Además cuando se regularon las Universidades españolas, los estudiantes de
los "Estudios Generales" que "pasaban a Estudios Mayores", adquirían la condición de hidalgos, con lo que
gozaban del derecho de permanecer ante todos con la cabeza cubierta. El ceremonial consistía en que el
rector, indicándole que era admitido, le decía la frase: "Cúbrase y siéntese en señal de posesión". Lo que hacía el
"nuevo" colocándose "la rosca" sobre la cabeza. En la actualidad se dice "no comerse una rosca". BENITEZ
CARRASCO, L.: Apuntes para la historia de la Justicia en Andalucía occidental en el Siglo de Oro. Cádiz, Excma.
Diputación de Cádiz, Ilustre Colegio de Abogados de Cádiz y Caja San Fernando, 1.998, págs. 37-38.
326
Para profundizar más sobre el tema, vid, en Justicia, la R. O. de 16-12-1.867 sobre el uso de las insignias. Por su
curiosidad histórica y por venir a colación, relatamos sucintamente el debate surgido en la Junta General
sobre esta cuestión: "...el colegiado Alfredo Ruiz Martí, dijo que se hiciese una nueva medalla para el Decano; por su parte,
Manuel de Miguel García, opta por que se reformase la existente; Blas Antonio Cuesta y Carrión, aboga por la de oro; el Sr.
López y Ortiz, que se dorase la existente. Finalmente, se acordó mayoritariamente se adquiriese una de plata, se sobredorase y se
adquiriese en su caso, un cordón si era necesario". Queda a la consideración del lector si los móviles eran de carácter
económico, o por el contrario de tipo pasional. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 20-11-1.886.
- 151 -
De los antiguos ropones, garnachas 327, ropas talares, togas con manga
larga y corta, capas largas de abogados y secretarios, y capas cortas de
escribanos y procuradores, libreas y dalmáticas de subalternos, nada queda
sino en cuadros y documentos, aunque muchas de esas prendas se usaban aún
a principios del s. XX.
La toga toma su nombre de la prenda romana que usaban los
Magistrados y Abogados cuando actuaban en el Foro; sin embargo su diseño
se inspira en el ropón que en el Renacimiento vestían juristas y catedráticos,
designado como garnacha o ropa talar.
En la actualidad es una prenda talar, holgada de distintos tipos de tela
negra, según el clima, que debe al menos, llegar hasta el tobillo, ceñida a la
cintura por cinta interior, plisada verticalmente por detrás desde la cintura
hasta los bajos, y abierta por delante, sin botones, y que se puede abrochar con
dos corchetes, lleva amplias mangas fruncidas que disminuyen hacia la
muñeca, con ancha bocamanga hasta medio antebrazo de terciopelo o seda,
según la estación; la espalda se cubre por esclavina cuadrada de terciopelo o
seda que baja desde los hombros hasta la cintura y que por delante se continúa
con vueltas delanteras desde los hombros hasta los bajos, de un palmo de
anchura, de terciopelo en invierno y seda en verano.
En Audiencia Pública, reuniones del Tribunal y actos solemnes
judiciales, los Jueces, Magistrados, Fiscales, Secretarios, Abogados y
Procuradores deben vestir toga.
Los Magistrados, Fiscales y Decanos de los Colegios de Abogados de
capital la usan con vuelillos de encaje en las bocamangas; los Magistrados de
Trabajo debajo del encaje llevaban un fondo de raso escarlata.
Antiguamente las capas cortas que usaban los escribanos y
327
La palabra garnacha, procede de guarnir o guarnecer, esto es abrigar o proteger. Durante los siglos XIII al
XVIII se consideraba a la garnacha como prenda de honor. Ha sido el antecedente de la actual toga que
llegaba hasta el suelo. La que vestían jueces y letrados se ceñía por la "pretina" (cinta cosida a ella que se
anulaba por delante) a la altura de la cintura. Alfonso X "el Sabio" estableció también la garnacha como
prenda profesional de los juristas durante las Cortes de Jerez de la Frontera (4-1.267). Ya en tiempos de
Felipe II y sus sucesores, como distintivo de su profesión y autoridad, los jueces, oidores y magistrados
adornaron además los puños de la garnachas con unos encajes a los que se llamó "puñetas", eran
confeccionadas por las mujeres reclusas en galeras, la labor artesanal era conocida por la "ancheta", es decir:
que no se tomaban medidas al que había de portarlas, de ahí es el génesis de llamar "puñeteras" a las reclusas,
y "puñeterías" a sus acciones delictivas. BENITEZ CARRASCO, L.: Op. cit, págs. 36 y 73.
- 152 -
procuradores, no llevaban mangas, sino que eran auténticas capas negras.
Esta antigua capa corta evolucionó en el siglo XIX hacia una especie de
toga incompleta pero a la que impropiamente se le mantuvo el nombre.
Consiste en una prenda de tela negra, que baja un palmo por debajo de la
rodilla, lleva manga sin doble en los puños, por detrás no lleva plisados, ni por
delante vueltas; la esclavina de seda o terciopelo es semicircular y cuelga hasta
media espalda, y por delante termina en pico a modo de solapa, se abrocha
con un botón forrado de seda y a ambos lados penden, de sendos cordones
negros, dos bellotas de seda del mismo color. Se suprimió en 1.985 328.
Las insignias judiciales identifican la profesión y aún la categoría dentro
del cuerpo de todos los curiales. Así las hay de Magistrados y Jueces, de
Fiscales y Abogados Fiscales, de Secretarios Judiciales, Abogados del Estado,
Letrados del Ministerio de Justicia, antiguos Letrados de la Organización
Sindical, Jurídicos del Ejército, la Armada y Aviación, de Médicos Forenses,
Agentes Judiciales y Alguaciles. Además las Juntas Directivas de los Colegios
de Abogados y Procuradores tienen sus propias insignias. Y está además la de
San Raimundo de Peñafort, que se otorga a quienes en el campo del Derecho
se han hecho acreedores a su concesión.
Hasta el siglo XIX solo usaban medalla los ministros del Consejo de
Castilla. En 1.812 al crearse el Tribunal Supremo se atribuyó a sus miembros
al uso de aquella medalla, 23 años después se estableció para todos los
Magistrados y Jueces, y poco después, para los Secretarios (igual a la de los
jueces), y para Fiscales y Abogados Fiscales (solo diferentes en la leyenda del
reverso); en el anverso de todas ellas figuraba el escudo del monarca reinante.
Las placas de metal o bordadas y las insignias de solapa se establecen en 1.853
para miembros de las carreras judicial y fiscal. Posteriormente nuevos modelos
se fijaron para antiguas o nuevas profesiones 329.
El art. 5º. del citado anterior R. D. (29-8-1.843), también trataba de los
abogados, siendo su tenor literal el siguiente: “...los abogados se sentarán en bancos
con respaldos y forrados, colocados en el mismo pavimento que los asientos de los Jueces y a
los lados de las Salas, de modo que venga a estar situados entre los Ministros y el público,
sin dar a éste la espalda; delante de dichos bancos habrá una mesa con tapete, de la cual
podrán usar para colocar su papeles y hacer los apuntes que estimen necesarios”.
328
VICENTE DE CUÉLLAR, V.: Foro: Evolución de la vida judicial. Zaragoza, 1.994, págs. 4 y ss.
329
Ibídem, pág. 6.
- 153 -
Por su parte el art. 9º disponía: “...queda completamente prohibido el
tratamiento impersonal, y se usará por los Presidentes de las Salas, al dirigirse a los letrados
y dependientes de los Tribunales, el de usted, generalmente recibido”.
Abundando más sobre la cuestión la R. O. de 7-6-1.863 en sus dos
únicos art. se establecía:
“1º.- Que en todos los Tribunales del Reino se designe un sitio cómodo y separado
del que ocupa el público, y de las mismas condiciones, si es posible, que el que hoy ocupan los
abogados actuantes, para que puedan colocarse en él decorosamente los demás letrados que
deseen concurrir a los debates judiciales.
2º.- Que para poder tomar asiento en lugar que se les designe, deben presentarse
necesariamente con el traje de toga, propio de su clase”.
La R. O. de 7-4-1.865 designa específicamente el asiento y lugar que
deben ocupar en los Tribunales los abogados que se defienden asimismo en
causas criminales.
Los Estatutos de 1.895 en sus art. 22 y 23 regula el uso de traje negro
con toga y birrete en las actuaciones de éstos en los Tribunales, y las
condiciones que deben de existir en la Sala para el normal desenvolvimiento
de la actuación judicial.
Por su parte los Estatutos de 1.947 (aprobados 3-2-1.947), en su art.
17.1 viene a ratificar íntegramente lo anteriormente consignado.
La Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, ha
mantenido siempre una fiel y escrupulosa observancia de la puridad legislativa;
el antecedente más lejano lo encontramos en el acta levantada en Junta
General celebrada en 1.849: “...el uso inexcusable de la toga en vistas, informes y demás
actos públicos”.
Asimismo el Decano informó a la Junta General sobre la invitación
cursada por el rector y claustro del Instituto Provincial de Segunda Enseñanza
para la apertura del curso académico 1.882-1.883, acordándose por
unanimidad asistir la Junta en pleno con “traje académico”.
- 154 -
II. PROTOCOLOS.
Las preeminencias del decano como magistrado honorario de la
Audiencia Provincial, viene contempladas en la R. O. de 12-12-1.845 en la que
se establecía que los agentes del Ministerio Público asistan precisamente a la
apertura de las Audiencias ocupando lugar inmediato al fiscal: “...y que el asiento
del Decano de los abogados sea el primero de los destinados para los individuos de su
Colegio”.
Sobre esta misma cuestión la R. O. de 14-12-1.848 establecía:
“...queriendo la Reina nuestra Señora disponer a la noble y honrosa profesión del foro la
consideración que por su calidad, importancia y servicios le es debida, se ha dignado mandar
que los Decanos de los Colegios de Abogados, mientras lo sean, gocen, en representación de
aquél, los de la consideración de Magistrados Honorarios de la Audiencia, concediéndoseles,
por tanto, en la apertura solemne de Tribunales y demás actos públicos, un puesto de honor
correspondiente a esta clase. Es asimismo su soberana voluntad que el Decano del Colegio de
Abogados que hubiese sido tres veces reelegido para este cargo, adquiera personalmente los
honores de Magistrado de la Audiencia del territorio, en la que prestará entonces el
juramento necesario, previa la declaración que deberá solicitar de este Ministerio (G. y J.), y
la expedición del Real Título correspondiente”.
Otra R. O. publicada el día 17 siguiente se designaba las clases de
funcionarios que debían de concurrir a la apertura de los Tribunales de Justicia
y el lugar que a cada una corresponde, su art. 2º disponía: “...por la distinguida
clase que representan y por la importancia y cooperación de la misma en la Administración
de Justicia, los Colegios de Abogados...”. Al designar el lugar que correspondía a los
decanos y abogados en la solemnidad de la apertura, señala el art. 6º: “...entre
éste y aquellos (entre el último magistrado del lado izquierdo y los jueces de
primera instancia), ocupará el Decano del Colegio de Abogados el puesto de honor que en
representación del mismo le corresponde para tales actos, a tenor de lo prevenido en R. O. del
14 del corriente”.
Un año más tarde, la R. O. de 1-1-1.849, declara que el lugar preferente
que en las aperturas solemnes de los Tribunales ocupan los Decanos de los
Colegios de Abogados, no causa postergación a los Jueces de Primera
Instancia, aun cuando éstos estén condecorados con el honor de la toga, por
cuanto aquéllos ocupan el mencionado lugar, no por sí, sino por los Colegios a
los cuales están concedidos dichos honores.
Sobre esta misma materia la R. O. de 3-4-1.858 disponía: “Habiendo
- 155 -
quedado sin efecto, en virtud del R. D. de 7-1-1.851 la R. O. de 14-12-1.848, que
concedía distinciones a los Decanos de los Colegios de Abogados, y queriendo que la honrosa
profesión de la Abogacía no se vea privada de las consideraciones a que sus servicios la hacen
acreedora, vengo en conceder a los Decanos de los Colegios de Abogados establecidos en los
puntos de residencia de las Audiencias, mientras ejerzan el cargo, y en representación de
dichos Colegios, la consideración de Magistrados Honorarios de Audiencia, y a los de los
demás Colegios la de Jueces de Primera Instancia en la categoría respectiva a la del Juzgado
en que aquellos residan; debiendo unos y otros ocupar en los actos públicos el puesto de honor
correspondiente a su clase”.
La R. O. de 7-4-1.866 resuelve un interesante expediente instruido en el
Ministerio de Gracia y Justicia acerca de la solicitud elevada por don Lorenzo
López y Morell 330, abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, al
que no se le permitió defenderse ocupando en el acto de la vista el asiento
destinado a los abogados y vestir la toga. Resolviendo el Ministerio el asiento y
lugar que deben ocupar en los Tribunales los abogados que se defienden
asimismo en causas criminales. Omitimos su tenor por su extensión, no
obstante, los interesados en conocer íntegramente su tenor 331.
Estas preeminencias han suscitado en más de una ocasión vivas
polémicas dentro y fuera del seno de la Corporación; por razones de espacio
tan solo vamos a comentar la siguiente: La Junta de Gobierno decidió que el
Decano debía tener los honores de Magistrado de Audiencia de lo Criminal y
ocupe en los actos públicos el puesto correspondiente con arreglo a la R. O.
de 3-4-1.858. A este respecto al colegiado don Mariano Cuesta Carrión, afirmó
que según la Ley Orgánica, el Decano tiene puesto en los actos públicos a la
izquierda del último Magistrado y antes del Juez de Primera Instancia y que la
Ley Adicional a la Orgánica (1.882), deja vigente la disposición citada. No
obstante, don Manuel de Miguel García pidió con anterioridad se investigase si
la Ley de 1.858 estaba aun vigente y afirmó que no estaba en contra de los
honores del Decano, a lo que replicó aquél: “...que no pide honores, que los pide el
colegiado para él cuando ocupe ese puesto y solo pretende que la Junta General emita su
criterio y acuerde si la de Gobierno ha obrado convenientemente con arreglo a la Ley”. Fue
aceptada por unanimidad la propuesta de la Junta.
330
*Marviedro (actual Sagunto, Valencia), 10-8-1.821 + ¿ Hijo de Jerónimo López de las Matas (*Villanueva de los
Infantes (Toledo) y doña María Morell Linas (*Palma de Mallorca). Licenciado en Filosofía y Letras y
Jurisprudencia por la Universidad de Valencia (20-3-1.848 y 12-6-1.850, respectivamente). Con estudio
abierto en la C/, Rusafa nº 24-4º-principal de la capital del Turia. PARROQUIA DE SANTA MARÍA DE
MURVIEDRO.: Libro de Bautismos, año 1.825, folio 55. UNIVERSIDAD DE VALENCIA.: Expediente
personal.
331
MARTÍNEZ ALCUBILLA, M.: Op. cit, págs. 72-73 y Ley Orgánica Judicial (15-9-1.870).
- 156 -
Con motivo del anunciado viaje de la Reina Isabel II, acompañada de
su Esposo y SS.AA.RR. por Andalucía y Murcia 332, el Pleno de la Alcaldía de
Jaén al frente de su alcalde 333 dirigió una carta 334 al Ilustre Colegio de
332
La llegada a Jaén se efectuó a las 5 de la tarde del día 7-10-1.862. Los interesados en conocer los pormenores,
vid, bibliografía citada. CAMBRONERO Y MARTÍNEZ, C.: Isabel II. Madrid, Ediciones Palabra S. A.,
1.996, págs. 222-223. CÓS-GAYÓN, F.: Crónica del viaje de SS.MM. y AA.RR. Andalucía y Murcia en Septiembre y
Octubre de 1.862. Madrid, Imprenta Nacional, 1.863. MORENO JARA, M.: "Crónica de una visita regia a
Jaén", Actas del I Congreso Jaén, siglos XVIII-XIX, II. Granada, 1.989, págs. 449 y ss. VALLADARES
REGUERO; A.: La provincia..., op. cit, págs. 102 y 121.
333
Don Fernando María de Contreras y Aranda. *Martos (Jaén), 1.815 +Andújar (Jaén), 30-12-1.888 (aunque sus
restos mortales fueron inhumados en el panteón familiar de Arjona). Hijo de don Alonso María de Contreras
Ayala y Torres de Portugal (Maestrante de la Real de Granada) y doña María Isabel Josefa de Aranda y
Salazar (condecorada con la Banda de Damas Nobles de María Luisa). Licenciado en Jurisprudencia por la
Universidad de Granada (1.838); logrando más tarde el Doctorado. Maestrante de la Real de Granada (1.849).
Caballero Profeso de la Orden de Santiago y Gentilhombre de Cámara de S. M. Académico supernumerario
de la de Bellas Artes de Granada. Alcalde Constitucional de Jaén (1-1-1.861/1-1-1.863) y Regidor (1.8631.864). Durante su mandato consistorial publicó un "Bando mandado publicar por el Muy Ilustre Ayuntamiento de
esta capital, para el buen régimen en el aprovechamiento de los terrenos que le pertenecen en las inmediaciones de la misma".
Casado en primeras nupcias con doña Rita Pérez de Herrasti y Recio-Chacón (Granada, Las Angustias,
1.843; ella *Granada, 1.817 +Arjona (Jaén), 9-7-1.855; testa ante el notario de Granada, don Miguel
Castellote, el día 4-4-1.854); hija de ambos, doña Isabel Josefa de Contreras y Pérez de Herrasti (*Granada,
1.855 +Jaén, 14-5-1.919), I Condesa de Corbul, título concedido por el Regente, don Francisco Serrano y
Domínguez, Conde de San Antonio (26-8-1.847) y Duque de la Torre (24-11-1.862), R. D. 17-3-1.870,
atención a los servicios prestados al País por su padre; y en segundas, con doña Juana María de Medinilla y
Orozco (Jaén, Sagrario, 1-1-1.857); ella *Úbeda, 1.834 +Jaén, 26-3-1.899, hija de don José de Medinilla y
Galindo (*Alcaudete, 1.807 +Jaén, 15-8-1.866), Señor de la Torre y Fortaleza de Garcí-Hernández de la villa
del Alcázar y del castillo de la villa de Adra, Marqués consorte de Vezmeliana, Maestrante de la Real de
Granada y último Alguacil Mayor de las Alcabalas de Cuenca, propietario del palacio de los Medinilla en
Úbeda (1.797), sito en la C/, Jurado Gómez nº 11) y de doña Mariana Isabel de Orozco y Aréjula-Zayas, XI
Señora del Ayozar y VII Marquesa de Vezmeliana, casaron en Úbeda (1.834). Doña Juana, su segunda
esposa, interpuso pleito ordinario contra don Fernando, su legítimo esposo, sobre divorcio y separación de
su matrimonio, a causa de malos tratamientos, poniendo en serio peligro la vida de la esposa (1.875); por la
misma causa el marido fue anteriormente procesado, y declarado el pleito nulo (1.870). En el Censo de los 50
Mayores Contribuyentes de Jaén, figuraba con el nº 46 (1.875). Esta linajuda familia costearon la restauración
del camarín y capilla de Nuestra Señora de la Capilla y regalaron a la Sagrada Imagen un magnífico manto de
terciopelo rojo, bordado en oro (1.908). Doña Juana, heredó, entre otros muchos bienes, el magnífico cortijo
de Buenavista, conocido también por Mainilla o las Salitreras, del término de Torreperogil, además, Ayozar,
Ayozarejo, los Alimentos, el Orcajo, el Hebreros y el de la Peñuela, sumando todos ellos tres mil cuerdas.
Con domicilio en Jaén, C/, Muñoz Garnica nº 11 y Juan Montilla nº 13 (palacio de los Condes de Corbul,
antigua sede del Diario "Jaén"); en Granada, Mano de Hierro nº 29 y en Andújar, San Lázaro s/n. AHDCJ.:
Expedientes matrimoniales, legajo 499/D. AHMJ.: LPDCCJ nº 4, pág. 168. BARRANCO DELGADO, J. G.:
Op. cit, págs. 127 y 318. BOPJ nº 67, de 2-12-1.875. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. Cid, II,
(C), Jaén, IEG, 1.986, Pág. 306, refª. 1.944-1.945.CAZABÁN LAGUNA, A.: "Entregaron su alma al Señor",
DLS, os. Cid, 1.929, pág. 32. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Op. cit, pág. 518. LÓPEZ CORDERO, J.
A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 676. LÓPEZ PÉREZ, M.: "Los mantos...", op. cit, págs. 9 y 16.
MARTÍNEZ ANGUITA, M. R.: "Apuntes sobre la música civil en el Jaén del siglo XIX", Estudios homenaje al
profesor Alfonso Sancho Sáez, I. Granada, Universidad de Granada, 1.989, pág. 242. MONTUNO MORENTE,
V.: Op. cit, págs. 156-157. MORENO JARA, M.: "Crónica...", ibídem, pág. 453. NICÁS MORENO, A.:
Heráldica y Genealogía en el Reino de Jaén. Jaén. IEG, colección: "Investigación", 1.997, págs. 59-61 y 89.
PEDRO DE JAÉN.: "Papeles viejos: Alcaldes de la ciudad de Jaén en el segundo tercio del siglo XIX",
Senda..., op. cit, nº 25, 1.992, pág. 112. R. C. DE ANDÚJAR.: Libro de Defunciones, 1.888, tomo 27, folio 32. R.
C. DE GRANADA.: Libros de Defunciones, 1.916 y 1.919, tomos 102 y 176-1, folios 37 y 132, respectivamente
y R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.884, tomo 29, folio 344; de Defunciones, 1.899, tomo 67, folio 246.
- 157 -
Abogados de Jaén para que contribuyese a: “...los regocijos por la visita de la
Familia Real”.
A tal efecto, la Ilustre Corporación se comprometió a costear una
comida para los presos de la cárcel 335 en uno de los días de la permanencia de
TORRES NAVARRETE, G. de la J.: Historia de Úbeda..., op. Cid, Págs. 13-14, 190-191 y 254. VALVERDE
FRAIKIN, J.: Op. cit, pág, 199. VÁZQUEZ BERNI, J.: "El matrimonio en Jaén a través de las
Constituciones Sinodales", BIEG nº 176, I. Jaén, 2.000, pág. 294.
334
De fecha 15-9-1.862.
335
Establecida en el desaparecido Convento de la Coronada, cuyo perímetro abarcaba las calles: Maestra Baja,
Carmen, Los Torres, San Bartolomé y Barranco de la Coronada. Tras la Desamortización de Mendizábal
(1.836) tuvo diferentes usos benéficos: Cuartel (1.842), Casa de Dementes (1.846), Hospital de Coléricos
(1.855), Cárcel (1.857, pero como las obras de adecuación sufrieron demoras los reclusos no fueron
trasladados desde la Cárcel Real (Plaza de la Audiencia) hasta 1.860). Hay constancia documental que tanto la
Ilustre Corporación como el Colegio de Escribanos se adhirieron también a la llamada formulada por la
Comisión del Cabildo Municipal de Jaén compuesta por don Vicente Girón Villamandos (Corregidor); don
José María de Uribe Salazar y Jódar (*Jaén, 1-1-1.791 +13-1-1.863, Abogado, Teniente Coronel, Caballero
Maestrante de la Real Caballería de Granada, Gran Cruz del Hábito de Calatrava); don Juan de la Cruz López
de Mendoza y Cañaveral (Marqués de Blanco Hermoso); don Pedro María del Prado y Messía de la Cerda
(VI Marqués de Acapulco, Caballero Veinticuatro, dueño del Teatro de la Audiencia, actual Teatro
Darymelia, 1.830); don Fernando María de Osorno y Peralta (oficial de Correos de Jaén, socio de la RSEAPJ,
30-3-1.826 y Director de la misma 1.836, al ser trasladado a Albacete, tanto el Director, Tesorero y Contador
de la citada Entidad se querellan contra él en reclamación de 4.500 reales, designando al abogado de la ciudad
mnchega don Diego de Montoya la dirección de la litis, don Fernando casado con doña María del Carmen
González Torres de Navarra, él +Albacete, 1.839, con anterioridad a su llegada a Jaén fue designado por José
Bonaparte Intendente de Granada (1.809), su hijo don Luis, VIII Marqués de Lugros); don Juan Cano de la
Chica (5º terrateniente del término municipal de Jaén con 913 Has, comprador de fincas eclesiásticas
desamortizadas); don Vicente Tejada (Regidor del Ayuntamiento de Jaén, 1.820); don José de los Santos
Gutiérrez Fernández (Terrateniente del término municipal de Jaén con 502 Has, comerciante de géneros
ultramarinos); don José Desposorios Pérez (Arrendador de las tablas de las Pescaderías, sitas en el Mercado);
don Vicente Nieto del Castillo (Hacendado, de los mayores contribuyentes de la Capital, Teniente-Alcalde
del Ayuntamiento de Jaén 1.843, Regidor del mismo 1.846); don Carlos Martínez (farmacéutico, nombrado
por el Ayuntamiento de Jaén para averiguar si los insectos aparecidos en el término de Andújar eran o no
langosta (1.825), bibliófilo, en posesión del Dioscórides de Laguna); don Luis Hermoso; don José Cereceda
(primer redactor del Boletín Oficial de Jaén (10-8-1.833, martes, jueves y sábados, en la imprenta de Manuel
María de Doblas); don Cristóbal León Moreno (Regidor del Ayuntamiento de Jaén 1.843-1.844, saga de
plateros cordobeses establecidos en Jaén); don Pedro Vicente Jareño (Administrador del Marqués de Bélgida
y de su hijo el Conde de Villamonte, 1.830); don Jerónimo Serrano Pérez (impresor); don Alonso Consuegra
Vacas; don Juan María Jauret Cobo (Capitán de la Milicia Nacional de la Capital (1.843), miembro de la
Comisión de Hacienda de la Junta de Gobierno (1.843), Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Jaén
(1.846-1.847), Regidor del mismo (1.848-1.849), mercader de telas de seda); don José Cobo y don José
Jiménez Sandoval, que actuó de Secretario (Secretario del Ayuntamiento de Jaén, 11-11-1.833), su hijo don
Joaquín, cofundador del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (1.848). Con motivo de las solemnes fiestas
celebradas por la jura de doña María Isabel Luisa de Borbón, como Princesa heredera del trono de las
Españas (23 al 28 de Julio de 1.833), contribuyendo con la cantidad de 420 y 300 Rs, respectivamente. Los
interesados en conocer las Juntas Provisionales habidas en Jaén durante la década 1.833-1.843, vid., Lara
López y Martínez Hernández, citados en bibliografía. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Fiestas Reales, en Julio de
1.833. Jaén celebra la jura de la Princesa Isabel", DLS, op. cit, 1.924, pág. 47. CAÑADA QUESADA, R.:
Archivo privado. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Antecedentes y construcción del Teatro de la Audiencia"
(Aportación a la historia del teatro en Jaén), Senda de los Huertos nº 4, págs. 37-38, 40 y 43. CHECA GOODY,
A.: Op. cit, pág. 14. El Industrial de Jaén, "Manifiesto en que se describen las solemnes demostraciones festivas
y obsequiosas conque la muy noble y leal ciudad de Jaén ha celebrado y aplaudido la jura de la serenísima
- 158 -
SS.MM. y AA.RR., adhiriéndose de este modo al Juzgado de 1ª Instancia y
Colegio de Escribanos que habían adoptado idéntica decisión.
Este acuerdo Corporativo se comunicó a la Comisión Organizadora 336
el día 30 de septiembre siguiente, con la salvedad que: “... en caso de ser invitado a
los actos públicos que tuvieran lugar, asistiese la Junta de Gobierno, más los compañeros que
quisieran concurrir, y a los cuales se invitarán”. Advirtiéndoseles igualmente que en
el caso de que hubiese besamanos, concurriría el Colegio “...aun cuando no se le
hiciera invitación”.
Nombrándose a tal efecto una Comisión especial para la que fueron
elegidos: don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora, don José de Bonilla y
Forcada y don Manuel de Miguel García.
Un repique general de las campanas de los templos anunciaron a los
veintidos mil habitantes de Jaén, que la Familia Real llegaba a la Cruz de la
Vega 337, donde la esperaban las Corporaciones y funcionarios públicos en una
lujosa tienda de campaña.
Al día siguiente hubo besamanos general a las tres de la tarde, iniciando
el solemne acto la Excma. Diputación Provincial de Jaén, presidido por el
Gobernador Civil 338. A continuación se verificó el de los alcaldes de la
señora Doña María Isabel Luisa de Borbón, como Princesa heredera del trono de las Españas", de 1.898,
págs. 1 y ss. ESPEJO GARCÍA E.: Op. cit, pág. 33. LARA LÓPEZ, E. L., y MARTÍNEZ HERNÁNDEZ,
M. J.: "Fuentes para el estudio de las regencias de María Cristina y Espartero en la provincia de Jaén (1.8331.843): pronunciamientos, guerra carlista, convocatoria a elecciones y alteraciones sociales a través de bandos,
manifiestos y pasquines", BIEG nº 187. Jaén, Octavo Seminario de Bio-Bibliografía Giennense "Manuel
Caballero Venzalá", 2.004, págs. 413 y ss. LÓPEZ CORDERO, J. A. y APONTE MARÍN, A.: Un terror...,
op. cit, pág. 259. MERCADER RIBA, Juan.: Op. cit, págs. 209 y 370. SÁNCHEZ SALAZAR, F.: Op. cit,
pág. 128 y ss. SÁNCHEZ TOSTADO, L. M.: Historia de las Prisiones en la Provincia de Jaén. Torredonjimeno
(Jaén), Editorial Jabalcuz, 1.997, págs. 209 y ss. VALVERDE FRAIKIN, J.: Op. cit, págs. 113 y 322.
336
Compuesta por don Juan Antonio de Viedma y Cano, don Diego Marín y Vadillos, don Tomás Sánchez Vera y
don Bernardo López García. MORENO JARA, M.: "Crónica...", op. cit, pág. 449.
337
Al comienzo del camino de Madrid (Vaciacostales). Por dicha motivo se cambió en su honor el nombre del
pago por el de "La Vega de la Reina". Ibídem.
338
Don Antonio de Hurtado y Vahondo. *Cáceres, 11-4-1.824 +Madrid, 21-6-1.878. Hijo de don Ignacio
Rodríguez Hurtado y doña María Juana García Vahondo. Gobernador Civil de Albacete, Jaén (7-111.860/31-7-1.863) y Barcelona. Tuvo vinculación literaria con Jaén donde escribía en el periódico El
Guadalbullón (1.847). Emprendió conjuntamente con el Ayuntamiento de Jaén, mejorar la Plaza de Abastos,
Matadero, ensanche de las calles Turronería y Maestra Baja, Camino de Jabalcuz y sus Baños, embellecer la
Alameda de Capuchinos; para ello se negoció un empréstito extraordinario de un millón y medio de reales
con la garantía de la finca de Propios de Mata-Begid (15-3-1.861). Socio de Mérito de la RSEAPJ (24-1-1.861;
distinción que rara vez se concedía por razones políticas). Publicó una novela titulada Cosas del Mundo (1.861).
- 159 -
Provincia; luego entró el Ayuntamiento de Jaén al frente de su Alcalde;
seguidamente correspondió el turno a diversas Corporaciones locales, entre las
que figuraba el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén.
Los bastones de mando han sido siempre un signo de autoridad.
Determinados subalternos de la Corte del Justicia de Aragón eran llamados
“vegueros” y de la Audiencia Real “porteros de vara”, por los bastones que
portaban. En la ciudad de Daroca el Justicia llevaba una vara de ébano de dos
palmos de larga; su lugarteniente, de brasil, de 5 palmos; el juez, negra, de seis;
el Almutafaz y los Jurados, varas largas. En Castilla los Justicias usaban varas
largas 339.
Pero es Carlos III el primer rey que regula el uso del bastón; se lo
concede a los Alcaldes de Barrio (figura híbrida entre juez y concejal), siendo
su empuñadura de marfil.
Pese a que los Magistrados del Tribunal Supremo y de las Audiencias
venían usando en público bastones de mando, hasta 1.867 no se implantó para
todos los jueces y fiscales con carácter obligatorio y modelo oficial; en 1.874 se
normalizó el bastón de los miembros del cuerpo jurídico militar, mientras que
el de los jueces de paz ya había sido regulado en 1.855, otorgándoles el mismo
que usaban los alcaldes.
Desde el siglo pasado estos bastones sólo se diferencian en las
empuñaduras, oro o plata, y en los cordones y bellotas que los rematan, que
Gran romancista, era conocido popularmente en Jaén como "el gobernador-poeta". Participó en el Romancero
de Jaén, aportando su romance "Las dos épocas". Amigo personal de la Reina de España. Con motivo del
nacimiento de la Infanta doña Isabel, Princesa de Asturias, le dedicó una importante colección de romances.
En la Villa del Oso y el Madroño publicó, entre otras: Madrid romántico, de tono costumbrista, topografía
madrileña y ambientación en la Corte de los Austrias. Casó en primeras nupcias con doña Cristina de Velasco
y Chávarri (1.850-1.855) y en segundas, con doña Fernanda Valcárcel y Mazón (1.867). Su hemano don
Antero, Relator de la Audiencia de lo Crininal de Cáceres, Magistrado de la de Llerena y Fiscal de la misma y
de la de Ronda (1.846). Los interesados en conocer la carrera política y literaria de este insigne político-poeta,
vid: GARCÍA CAMINO, V. G.: Vida y obras de Antonio Hurtado. (aportación para su estudio). Cáceres, Editorial
Extremadura, 1.977, págs. 21 y ss. HURTADO, P.: Tribunales y Abogados Cacereños, Memoria Histórica, Ilustre
Colegio de Abogados de Cáceres, 1.980, pág. 60. SANCHO SÁEZ, A.: "Alcántara" nº 7, Institución cultural "el
Brocense". Salamanca, Excma. Diputación Provincial de Cáceres, l.986, págs. 83-89.
339
Era corriente su uso por los oidores, magistrados, asistentes, corregidores, alcaldes y altos jefes militares, tenía
diferentes tamaños y denominaciones. Era costumbre portarla cuando salían a la calle; en La Lozana
Andaluza, de Francisco Delicado (Martos (Jaén), 1.528) dice: "...mi tío era muy conocido, que cuando murió, le
hallaron en las manos callos tamaños de la vara de la justicia...". BENITEZ CARRASCO, L.: Apuntes..., op. cit, pág.
38.
- 160 -
según el color indican la función y la categoría 340.
Para terminar este tema protocolario diremos que los objetos de
protocolo en las Salas de la vieja Audiencia se constituían en estrados en
sillones, bajo dosel con el escudo real y con cojín a los pies del que presidía,
pero sin mesa, escribanía ni campanilla, que sólo se sacaban cuando
excepcionalmente presidía el Rey, el Virrey o el Príncipe. Posteriormente se
suprimió el dosel y se mantuvo la mesa con sus adminículos. Más
modestamente, pero con similar funcionalidad se utilizaron por otros
Tribunales del Reino, objetos similares y por las respectivas Juntas de los
Colegios de Abogados y Procuradores 341.
III. JURAMENTO.
Este requisito consustancial y solemne era exigido en las Leyes de
Partidas 342 y se ha venido conservando en nuestro Ordenamiento Jurídico sin
cuyo cumplimiento no es válido el ejercicio de la profesión de abogado.
A este respecto el ilustre jurista francés Gresson opina: “El juramento es
el freno que los legisladores de todos los países han encontrado, en el sentimiento religioso y en
la conciencia atenta, contra las debilidades del hombre; por su solemnidad, trata de obtener el
sacrificio de los intereses privados al interés general y público y, en tanto es posible, le impone
ese deber; todas las legislaciones ha prescrito el juramento a los abogados del pasado” 343.
La Novísima Recopilación 344 dedica a los abogados 30 Leyes; en la 13
establece: “Juramento de los Abogados al tiempo de su recepción; su renovación anual y
obligación a prestarle para dar las relaciones por concertadas, o cuando el Juez lo
mandara 345. Pena del que se negare a jurar 346.
340
VICENTE DE CUÉLLAR, V.: Op. cit, pág. 7.
341
Ibídem, pág. 9.
342
Ley XVIII, título IX, partida 2ª.
343
También Cicerón en su obra De officiis, III-XXIX señala: "...porque el juramento es una afirmación religiosa y la promesa
que se hace poniendo a Dios por testigo se debe cumplir. Consideramos en ella no la ira de los dioses, que no tiene ninguna (Dios
es justo y misericordioso), sino la justicia y la fidelidad".
344
Carlos IV la promulgó por medio de Decreto de 15-7-1.805.
345
1.3. T. 22. Lib. 5.
346
Ibídem, 1.12.
- 161 -
Anteriormente por Real Cédula de Carlos IV publicada el 29-8-1.802,
reorganizó los estudios de Derecho, disponiendo que para ser abogado era
preceptivo haber estudiado los cuatro años de Bachiller, cuatro de Leyes del
Reino (en ellos dos de Derecho Canónico) y dos años de pasantía. La Real
Cédula de 27-1-1.833 vino a ratificar la anterior.
Más tarde las Ordenanzas de las Audiencias de 19-12-1.835 347
dedicaban los arts. 189 a 201 a los abogados. La R. O. de 28-5-1.838 aprobó
los Estatutos para el Régimen de los Colegios de Abogados del Reino.
Durante la vigencia de los Estatutos de 1.838 el Decano del Colegio de
Abogados, previa a la incorporación del colegiado recibía juramento de
defender el dogma de la Pura Concepción de María Santísima, con lo que
quedaba apto para ser inscrito y se inscribía como abogado 348.
La R. O. de 10-6-1.868 determinaba el sitio desde donde debían prestar
juramento los abogados y todos los funcionarios de la Administración de
Justicia: “Oída la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo de Justicia y de conformidad
con el parecer del Consejo de Estado en pleno, se ha servido mandar (S.M.), que en lo
sucesivo todos los funcionarios de la Administración de Justicia y los abogados presten
juramento desde el asiento que respectivamente hayan de ocupar en el desempeño de sus
cargos” 349.
En el capital del Santo Reino era tal el grado de fervor inmaculista que
para ingresar en importantes corporaciones era requisito sine qua non jurar la
defensa de esta devoción (hasta los caballeros veinticuatro lo tenía que realizar
para formar parte del Cabildo Municipal) 350.
347
Verdadero Código Judicial y antecedente más inmediato de la Ley Orgánica del Poder Judicial (1.870).
348
No obstante en R. O. de 23-1-1.839 se disponía: "...que se excuse en adelante exigir el juramento de que trata el art. 190
de las Ordenanzas de las Audiencias a los abogados que le hubiesen prestado otra vez al tiempo de la apertura del Tribunal o
Juzgado respectivo; sin perjuicio de concurrir a tan solemne acto con arreglo al art. citado de las Ordenanzas y al 4º de los
Estatutos".
349
La Gaceta de Madrid, de 16-6-1.868.
350
En el Archivo Histórico Municipal de Jaén, existe un juramento fechado el día 8-4-1.659, que transcribimos
literalmente por su indudable valor histórico, y a modo de ejemplo, la fórmula que empleaban nuestros
antañones caballeros veinticuatro: "Juro a Dios a la Cruz de usar bien y fielmente del dicho oficio en servicio de ambas
majestades humanas y divina, y mirar por las cosas y causas del gobierno y bien común y de los pobres y con todo lo demás que le
tocare y es de su obligación, y de defender el misterio de la limpia y pura Concepción de Nuestra Señora, que lo fue sin pecado
original hasta su muerte". CORONAS VIDA, L. J.: "El deán Íñigo Manuel Fernández de Córdoba y la ermita de
la Concepción de Puerto Alto, en Jaén", Actas de la I Asamblea de Estudios Marianos. Jaén, número
- 162 -
La Ley 15-9-1.870 351, cuyos art., 855 al 880 determinan sobre la
intervención de los abogados en los juicios, Colegios de Abogados,
obligaciones, incompatibilidades, juramento, honorarios, traje profesional,
jurisdicción disciplinaria, etc.
Finalmente, el art. 439, párrafo 1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
en relación con el Estatuto General de la Abogacía, señala el protocolo del
acto de juramento o promesa de nuevos colegiados 352.
El juramento ha de prestarse: en Madrid ante la Sala de Gobierno del
Tribunal Supremo; en las capitales de provincias, ante las Salas de Gobierno
de las Audiencias; en los Partidos Judiciales, ante el Juez de Instrucción si lo
hubiere, y en otro caso, ante el Juez Municipal, el Comarcal o el de Paz.
La fórmula del juramento ha ido, obviamente, variando en el decurso
de la Historia; en las Leyes de Partidas ésta era su redacción:
“E AQUEL QUE FALLAREN QUE ES SABIDOR,
O OME PARA ELLO, DEUEN LE FAZER JURAR
QUE EL AYUDARA BIEN E LEALMENTE, A TODO
OME A QUIEN PROMETIERE SU AYUDA. E QUE
NON SE TRABAJARA A SABIENDAS, DE ABOGAR
EN NINGÚN PLEYTO, QUE SEA MENTIROSO, O
FALSO, O DE QUE ENTIENDAN QUE NON PODRÁ
AUVER BUENA CIMA. E AUN LOS PLEYTOS
VERDADEROS QUE TOMARA, QUE PUÑARÁ QUE SE
ACABEN AYNA, SIN NINGÚN ALONGAMIENTO QUE
EL FIZIESE MALICIOSAMENTE”.
La fórmula establecida durante la vigencia de los Estatutos de 1.838:
“JURÁIS GUARDAR LA CONSTITUCIÓN DE LA MONARQUÍA,
extraordinario de Once de Junio, 1.985, págs. 131.
351
Es la Ley Orgánica Provisional del Poder Judicial.
352
Ley 6/1.985 de 1º de julio.
- 163 -
SER FIELES AL REY Y CUMPLIR BIEN Y LEALMENTE TODAS
LAS OBLIGACIONES QUE LAS LEYES Y LAS DISPOSICIONES
REGLAMENTARIAS LES IMPONGAN”.
En vigor durante el Estatuto General de la Abogacía era: 353
“JURÁIS ANTE DIOS Y ANTE LOS SANTOS EVANGELIOS
INCONDICIONAL ADHESIÓN AL CAUDILLO DE ESPAÑA Y
CUMPLIR BIEN Y LEALMENTE TODAS LAS OBLIGACIONES
QUE LAS LEYES Y LAS DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS O
IMPONGAN”.
Finalmente el rito actual, regulado por la Ley Orgánica del Poder
Judicial es esta: 354
“JURO (O PROMETO) ACATAR LA CONSTITUCIÓN ASÍ COMO
LO DISPUESTO EN EL ESTATUTO GENERAL DE LA
ABOGACÍA Y EN EL ESTATUTO DEL ILUSTRE COLEGIO DE
ABOGADOS DE JAÉN, CON LEALTAD AL REY, RESPETO A LOS
DERECHOS DE LA PERSONA E IGUALMENTE EJERCER LA
PROFESIÓN DE ABOGADO CON FIDELIDAD A LAS NORMAS
DEONTOLÓGICAS QUE LA REGULAN”.
IV. HERÁLDICA.
Desde su aparición en el s. XII, la Heráldica ha venido a simbolizar a
través del escudo o blasón, las gestas y hechos más notables de la nobleza,
significándose como un atributo de distinción exclusivo de esta clase social.
En siglos posteriores, y con mayor profusión desde el s. XIX, el blasón
ha sido utilizado por distintas entidades y corporaciones tanto oficiales como
particulares, originarios muchos de ellos de otros escudos corporativos de
siglos pasados.
353
Art. 19, de fecha 28-6-1.946.
354
Aprobado por la Junta de Gobierno, en su sesión de septiembre, en cumplimiento del art. 439, párrafo 1º de la
Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con el Estatuto General de la Abogacía.
- 164 -
Habría que objetar que no se trata estrictamente de blasones, sino de
emblemas. En cualquiera de los casos, sin entrar en matizaciones
metodológicas, tanto los escudos como los emblemas pretenden simbolizar en
sus cuarteles los rasgos, historia y cualidades más significativas a modo de un
verdadero historial reducido a símbolos más o menos parlantes, lo que hace en
muchos de ellos necesaria la interpretación armera para extraer su auténtico
significado.
Toda insignia encierra en sí misma un símbolo, con valores
normalmente conocido por quienes pertenecen al ámbito al que van
destinados.
Frecuentemente las insignias ostentan inscripciones que tienden a
procurar su propia identificación o a exaltar al cuerpo titular de la misma.
En los emblemas curiales los esmaltes carecen del simbolismo
heráldico; aquí, por lo que respecta a los metales, el oro simboliza cuerpos o
colectivos de superior categoría a los que los llevan de plata; y respecto a los
colores, expresan más bien cuerpos, con atribuciones indistintas y variables en
el tiempo.
Las coronas y ramas de laurel, roble, encina y olivo tampoco poseen en
lo curial el simbolismo que antiguamente se les atribuía; su utilización suele
estar en función de las preferencias estéticas de quienes diseñaron cada
emblema.
Las medallas, placas, insignias de solapa, condecoraciones y otros
emblemas no son sólo elementos que identifican la específica profesión de
determinados juristas, sino que indican además la causa del poder, la función,
e incluso especialidades del colectivo que tiene derecho a su uso.
Los abogados en principio no tienen derecho a ostentar sobre la toga
ningún distintivo. Sin embargo, sí tienen ese derecho en determinadas
circunstancias los miembros del Consejo General de la Abogacía y de las
Juntas Directivas de los Colegios de Abogados, como cuando concurran con
tal carácter a la apertura de Tribunales, tomas de posesión, recepciones y
demás actos y solemnidades oficiales, así como cuando necesiten hacer valer
su condición ante cualquier autoridad o tribunal.
- 165 -
En el caso que nos ocupa el emblema del Colegio de Abogados de Jaén,
si bien conserva en su evolución las mismas piezas relacionadas todas ellas con
los atributos propios de la Ley, a saber, justicia y claridad, junto a las piezas del
blasón municipal para distinguir su procedencia y origen; el timbre ha variado
en relación a los distintos períodos históricos que le ha tocado vivir,
monarquía y república, lo cual nos habla de un simbolismo que evoluciona y
varía en relación a los acontecimientos políticos e históricos del momento,
clave para entender la distinción entre la Heráldica Nobiliaria y la Civil,
desprovista esta última de un carácter evolutivo y cambiante.
V. ESCUDO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN,
AÑO 1.855.
Cuartelado en cruz: I y IV de oro y II y III de gules. Reproduce este
blasón las armas simplicadas que concedió el Rey Fernando III a la Ciudad de
Jaén, faltando en los respectivos cuarteles, la torre y el león que se identifican
con los reinos de Castilla y León, así como también falta la bordura alternante
de castillos y leones. Lleva este blasón por timbre la corona de infante y por
divisa: Colegio de Abogados de Jaén.
VI. EMBLEMA DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE
JAÉN, AÑO 1.859.
Puede identificarse con la marca del tipógrafo don Francisco José
López Vizcaíno 355 o con motivos alusivos a la Ley. De cualquier forma no se
355
*Jaén, 9-3-1.817 (aunque algunos autores locales data su nacimiento en Linares) +Madrid, 1.899. Hijo de don
Juan José López Ortuño y doña Ana María Vizcaíno Jimena (Jaén, Sagrario, 9-7-1.816). Maestro de
fotógrafos y tipógrafos de Jaén, periodista, decano de la prensa provincial, a quien Jaén debe la más vigorosa
manifestación editorial de periódicos y libros durante cuarenta años del siglo XIX. De los primeros en
instalar en Jaén un estudio fotográfico en la C/, Obispo Arquellada nº 2. Adquirió a don Antonio López de
Tejada (1.858) la imprenta sita en la esquina con el Campillejo del Conde, en la que se editaron varios
periódicos (1.842), entre los que destacamos: El Guadalbullón (1.846), El Faro de Jaén (1.854), y además, se
editaron las Listas del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (1.856-1.858). También adquirió la propiedad del
trisemanario El Anunciador de la Provincia de Jaén, a don Antonio Mariscal y López de Navajas (1.854-1.869),
que se convirtiera en diario (1.862); también en sus talleres se corrigieron las pruebas y se editó
subrepticiamente por encargo de don Antonio Cánovas del Castillo, el mal llamado "Manifiesto de Manzanares",
faro y guía de la Revolución del 54, que después los ejemplares se repartieron por toda España (7-1.854). En
ésta imprenta se convierte en el foco literario más concurrido del Jaén decimonónico: Don Antonio
Almendros Aguilar, don José Moreno Castelló, don Juan Antonio de Viedma y Cano, Bernardo López
García, etc. etc. Intervino con un soneto en la Corona Poética Esparterista (Jaén, 17, 18, y 1-7-1.854). Con
motivo de la visita de Isabel II a Jaén, le dedicó la bienvenida en la primera página de su periódico (7-101.862); además, intervino también en el Romancero de Jaén, aportando su romance titulado: "La Fuente de la
Magdalena" (número 25 de su orden); por tales circunstancias, la Reina de España le otorgó el título de
Impresor de la Real Casa (1.863). De los mayores contribuyentes en Industrial de la Provincia. En sus talleres
tipográficos se reeditó en fascículos una nueva edición ilustrada de la Nobleza de Andalucía, de Argote de
Molina que dedicara al rey don Felipe II, precedida de un discurso crítico del doctor don Manuel Muñoz
Garnica, Canónigo Lectoral de la Santa Iglesia Catedral de Jaén (1.866); durante ese ínterin su taller sufrió un
- 166 -
puede entender como un blasón.
VII. EMBLEMA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN, AÑO
1.862.
De nuevo se puede identificar o con la marca del tipógrafo (del Sr.
Rubio) o con motivos alusivos a la Ley, en este caso no inclinamos por la
segunda opción, ya que los motivos definidos por la presencia de unas tablas
de la Ley y la balanza se identifican con la propia Justicia. En cualquier caso
tampoco se puede considerar como un blasón, sino como un emblema.
VIII. ESCUDO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE
JAÉN, AÑO 1.873.
incendio y el agua empleada en sofocarlo vino a destrozar el resto del material de la edición, lo que le
conllevó a la ruina económica, hasta el punto que se vio obligado, entre otras circunstancias, a establecer su
domicilio en Madrid (1.868). En sus tallares se editó un libro con las poesías de Bernardo López García, y la
numerada con el 37 bajo el título: "El canto del Profeta", es la que le dedica a su tipógrafo amigo, con
prologo de Juan Antonio de Viedma y Cano (1.867). Cofrade de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús
Nazareno ("El Abuelo", 3-3-1.850). Sindico del Ayuntamiento de Jaén (1.865-1.866) y Vocal de la Junta
Local de Instrucción Primaria (1.866). Cuando decide trasladar su residencia a Madrid, vende el periódico al
político conservador don José León Teruel (1.869). Casado en primeras nupcias con doña María de los
Dolores Alcázar Toledano (Jaén, Sagrario, 24-2-1.843; ella, *19-2-1.821 +16-9-1.855), y en segundas, con
doña Aurelia María López Cabrera (Jaén, Sagrario, 2-5-1.858). Con domicilio en la C/, Verja de la Capilla
(1.825) y Pilar de la Imprenta nº 2 (1.855). No me resisto obviar un hecho fundamental en la vida del Sr.
López Vizcaíno, es el siguiente: Al enviudar el vate de Jaén, Bernardo López García (18-2-1.868) pretendió
mantener relación de noviazgo con la hija del impresor, doña Concepción, romance que no llegó a fructificar
por la oposición acérrima del padre de ella; los interesados en conocer los pormenores de este "amor
imposible" vid, Caballero Venzalá citado en bibliografía. Consideramos no es extemporáneo aportar a esta
nota la autorizada opinión de nuestro ilustre polígrafo Sr. Caballero Venzalá: "Interesantísima personalidad,
merecedora de una monografía por su importante actuación en los más diversos frentes. Impresor, editor, grabador, poeta y, en
ocasiones, hasta político, fueron las facetas más relevantes que se dieron en este hombre que, naciendo en Jaén en el primer tercio
del pasado siglo, estuvo siempre en vigilia activa frente a la conservación y difusión de nuestro patrimonio bibliográfico, así como a
la promoción de nuestros valores. Con Antonio Mariscal y López de Navajas y al frente del periódico El Anunciador, mantuvo
siempre la defensa de Isabel II y sus derechos, aún en los tiempos revolucionarios. Sus poemas aparecieron en El Guadalbullón,
El Faro y en los Obsequios Poéticos a la Virgen de la Capilla. En 1.866 se embarcó en la aventura de reeditar la Nobleza de
Andalucía, de Argote de Molina; esta empresa, que comporta uno de los mejores servicios hacia nuestro pasado, económicamente
fue un fracaso y le llevó a la ruina. Dos años más tarde, López Vizcaíno marchó con su familia a Madrid, donde falleció
cuando finalizaba el siglo". AHDCJ.: Libro de Bautismos de San Ildefonso nº 17, folio 181 y Libro de Desposorios del
Sagrario nº 11, pág. 135 vto. y Expedientes matrimoniales ordinarios, legajo 500-A. BACHILLER LLERA, M. M.:
Op. cit, págs. 227 y 229. CABALLERO VENZALÁ, M.: Prólogo..., op. cit. pág. XXI y 221-228; "El último
amor frustrado de Bernardo López García", Estudios homenaje al profesor Alfonso Sancho Sáez, II. Granada,
Universidad de Granada, 1.989, págs. 505-524, y Diccionario..., op. cit, IV, (F), págs. 9-10, refª. 60-61.
CAZABÁN LAGUNA; A.: "El Anunciador de la Provincia de Jaén a S. M. la Reina doña Isabel II" y "la
prensa de antaño: Revista de Jaén", DLS, op. cit, 1.915 y 1.920, págs. 304 y 168, respectivamente.
CONTRERAS GILA, S.: Archivo privado. CHECA GODOY, A.: Op. cit, Pág. 298. JIMÉNEZ
ALMAGRO, A.: Op. cit, págs. 66. 81 y 83. JIMÉNEZ FERNÁNDEZ, J.: Bernardo López y su obra poética.
Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 1.988, pág. 17. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén..., op. cit, apéndice nº
264. LÓPEZ PÉREZ, M, et alii.: Nuestro..., op. cit, pág. 492, y El viejo Jaén. Jaén, Caja de Granada, colección
Jaén y sus barrios nº 1, 2.033, pág. 237. MORALES CUESTA, M. M.: Montero..., op. cit, págs. 50, 172, 320 y
440. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.916, tomo 101, folio 521.
- 167 -
Este escudo es el que más se aproxima a un auténtico blasón formulado
heráldica mente. La descripción es la que sigue:
Cuartelado en cruz: I: en campo de plata, y en abismo, ¿la Virgen de la
Asunción?, al natural (patrona de los Abogados).
II: en campo de oro, un sol animado de su color (el Sol se identifica con
la claridad y la verdad, motivos que deben regir en el Código Deontológico de
la Abogacía).
III: en campo de gules, en abismo, unas tablas de la Ley, abiertas, con la
divisa LEX, en sable (armas parlantes que se identifican con la Justicia y con el
Código que se debe establecer en toda sociedad, como factor regulador
normativo).
IV, en campo de azur, una balanza al natural (armas parlantes que se
identifican con la Justicia, como cualidad que se debe seguir en la empresa del
bien común y de la propia Justicia).
Sobre el todo, esudete en contorno español que carga con las armas
simplificadas de Jaén que son: cuartelado en cruz, I y IV de oro y II y III de
gules. Bordura
Bordura general de plata con la divisa repartida en letras de sable:
ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN.
Contorno hispano-francés. Timbre de corona de infante.
IX. ESCUDO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN,
AÑOS 1.936-1.939.
Reproduce este blasón la armaría simplicada de España, saber:
I. Armas de Navarra. Entado de Granada, sin el escudo de los
Borbones, por ser el período que analizamos correspondiente a la época
republicana. De la misma forma, el timbre de corona real cerrada, usada con
anterioridad, es sustituida por la mural, acorde con los principios republicanos.
Lleva por atributo a los flancos del blasón las columnas de Hércules con la
divisa: NON PLUS ULTRA. Contorno hispano-francés. Divisa: ILUSTRE
COLEGIO DE ABOGADOS. JAÉN.
X. ESCUDO DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN,
AÑO 1.947 (actual).
- 168 -
La Junta General Extraordinaria, aprobó por unanimidad la propuesta
del Secretario, Antonio Álvarez de Morales y Ruiz, de sustituir “...el actual y viejo
escudo, distintivo de este Colegio, por otro más sencillo y heráldico, aprovechando la
coyuntura del cambio operado en la Corporación al adquirir el rango de “provincial” 356.
Escudo partido: I, en campo de sinople y en abismo, un haza de barillas
de lictores y sol de oro sobre los que se acama un librito cerrado de leyes de
plata.
II, cuartelado en cruz: 1º y 4º, campo de oro. 2º y 3º, campo de gules
(reproducen estos cuarteles las armas simplificadas de Jaén, sin los castillos,
leones y borduras preceptivos). Contorno hispano-francés. Timbre de corona
de infante 357.
XI. SELLO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE JAÉN.
En la Memoria correspondiente al año 1.853, se alude a la necesidad de
“...reformar el sello de que ha usado el Colegio”. No obstante la Junta de Gobierno
no resolvió su sustitución sin obtener previamente el beneplácito de los
colegiados que en su día lo otorgaron.
Hubo que esperar hasta el día 16 de octubre de 1.872 para que la Junta
General acordara por unanimidad hacer un nuevo diseño para dos sellos, uno,
para los poderes, y otro, para los demás actos de la Corporación, encargándole
el mismo al prestigioso artista local, don Manuel de la Paz Mosquera y
Quirós 358.
356
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 26-12-1.948.
357
Agradecemos públicamente el asesoramiento ofrecido por don Andrés Nicás Moreno, Doctor en Genealogía y
Heráldica.
358
*Jaén, 24-1-1.832 +29-11-1.906. Hijo de don Blas Mosquera y doña Rafaela Quirós. Notable profesor de
dibujo, buen retratista y miniaturista, además, un reputado artista que dominó técnica y gráficamente la
heráldica como ningún otro artista español. Sus escudos de maravillosa justeza, minió blasones y coloreó
emblemas y cuarteles. Se dedicó a la docencia del dibujo en su propio domicilio, bajo el patrocinio municipal
(1.850); más tarde, bajo el auspicio de la RSEAPJ (1.866), para terminar siendo Escuela de Artes y Oficios
(1.887). De su escuela salen nuestros más preclaros pintores: Pedro Rodríguez, Rafael Hidalgo de Caviedes,
Manuel Fernández Carpio o Joaquín Diéguez. Mosquera se estableció en Madrid hasta la fecha de su primer
matrimonio (1.853). En una encrucijada de su vida tuvo que optar por la disyuntiva de la vieja fórmula
jurídica del "oficio y el beneficio", escorándose por la segunda, que suponía tener un sueldo fijo y seguro. Las
miniaturas y la heráldica, llegando a ejercer como rey de Armas. La delineación y topografía y aún la
restauración y la decoración. Como delineante, trabajó en la oficina de Carreteras Provinciales, dependiente
de la Diputación (1.895); como miniaturista dedicó un curioso cuadro de los escudos que se conserva en el
Ayuntamiento de Jaén (54 escudos). Como topógrafo y delineante publicó una Carta geográfica de la Provincia de
Jaén, con la colaboración de la Diputación Provincial de Jaén (Madrid, 1.872). Como restaurador, trabajó en
las imágenes de N. P. Jesús (El "Abuelo", 4-5-1.902); además, pintó en los costados del trono el escudo de la
- 169 -
Por acta conocemos que el sello en cuestión fue recibido de Madrid,
donde se había encargado su confección y cuyo costo ascendió a 500 reales 359.
Cofradía (1.872), y de Dimas y Gestas, del paso del Calvario de San Juan, aunque no fue acertada su labor.
Como acuarelista plasmó una estampa de la Posada de los Álamos (actualmente en los fondos del Museo
Provincial). También recibió premios en la Exposición Internacional de Filadelfia (1.876) y en la Exposición
Provincial de Jaén (1.878), por su obra: Mapa Topográfico de la Provincia de Jaén (1.876). Fundador y primer
Director de la Escuela de Dibujo de la RSEAPJ (1.859); Secretario de la sección de Bellas Artes (1.890;
profesor de Dibujo del Colegio-Academia de San Agustín de Jaén (1.899), también de Artes y Oficios en
1.902), Vice-Tesorero (1.896-1.907) y Socio de Mérito de la misma. En posesión de la Cruz de Carlos III y la
de Alfonso XII. Amigo personal y casi vecino del rapsoda Almendros Aguilar, éste le dedicaría una poesía
que se hizo popular en los mentideros del Jaén decimonónico: "...Tú, Mosquera, D. Manuel/ gran artista del
Zumel/, yo, bardo de Jabalcuz/, ambos buscamos la luz/ con la pluma o el pincel...". Además su amigo don Sinesio
Delgado, director del periódico Madrid Cómico, le dedicó este ripio: "Creó en el sesenta y seis/la Escuela de Bellas
Artes,/fue premiado en varias partes,/y ahí donde le tenéis/hizo, como ya sabréis,/el mapa de su región./Moreno, feo,
orejón/que pinta con nimiedad,/y es una especialidad/en heráldica y blasón" (año VIII, 23 de Junio de 1.888, nº 279,
pág. 1).Ilustró El Faro de la Infancia, de Montero Moya. Casado en primeras nupcias con doña María de los
Dolores Carpio Suárez (Jaén, San Bartolomé, 23-12-1.853) y en segundas, con doña María del Carmen
Segovia Rubio (Jaén, San Bartolomé, por don Saturnino Sánchez de la Nieta, 1-6-1.880; ella viuda de don
Fernando Navarrete Cárdenas (Regidor del Ayuntamiento de Jaén, 1.871). Doña María del Carmen, *Jaén,
1.834 +Jaén, 17-6-1.925). Citamos como dato histórico familiar, que el Sr. Mosquera y Quirós fue padre de
don Manuel Segovia Rubio (*Jaén, 1.863 +1.952, profesor de Dibujo en la Escuela de la RSEAPJ (1.8851.950. y en 1.920 pasó a ser director) y del Colegio-Academia de San Agustín de Jaén), y por ende abuelo
paterno de nuestra ilustre beata teresiana doña María Josefa Segovia Morón (*Jaén, 10-4-1.892 +Madrid, 293-1.957). Con domicilio en la C/, Cambil, Plaza de San Antonio nº 1 (de los Jardinillos) y Almendros Aguilar
nº 54. Testó ante el notario de Jaén, don Antonio Aponte García. AHDCJ.: Libro de Desposorios de San
Bartolomé nº 7, folio 32 vto. AHMJ.: LAC nº 13. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Aportación que hizo la
provincia de Jaén a la Feria Internacional de Filadelfia de 1.876", Senda..., op. cit. nº 1, 1.986, pág. 38.
CAZABÁN LAGUNA, A.: "Mosquera", DLS, 1.914 y 1.924, págs. 334 y 112-115, respectivamente.
DELGADO, S.: "Notabilidades jienesas", Madrid Cómico nº 279, de 23-6-1.888, pág. 1. LÓPEZ PÉREZ, M.:
"La ciudad perdida", IX, Las casas del pintor Mosquera, Diario Jaén y Escuela de Artes y Oficios de Jaén. Primer
Centenario. Jaén, Escuela de Artes y Oficios de Jaén, 1.998, págs. 37-38, 42, 118 y 167. PÉREZ ORTEGA, M.
U.: Op. cit, pág. 109. R. C. de JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.891, tomo 44, folio 212; Matrimonios, 1.880,
tomo 11, folio 94 vto. y Defunciones, 1.906, tomo 82, folio 408. R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones,
1.957, tomo 257-3, folio 248 vto. RUIZ JIMÉNEZ, J.: "Exposición Provincial de Jaén", I, La Mañana.
Madrid, sábado, 30-11-1.878. SANTIAGO MARCOS, L.: "El paisaje en los pintores jiennenses", Diario Jaén,
8-10-2.003, págs. 29-30. TORRES DE NAVARRA SEGOVIA, M.: Archivo privado. SANCHO SÁEZ, A.:
"El Jaén...", op. cit, pág. 431. VIRIBAY ABAD, M.: Archivo privado.
359
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 11-3-1.874.
- 170 -
C
CA
APPÍÍT
TU
ULLO
OQ
QU
UIIN
NT
TO
O..
ACADEMIA, BIBLIOTECA, LISTAS, DOMICILIOS, ORGANIGRAMA JUDICIAL Y PERSONAL.
I. ACADEMIA.
En los Estatutos de 1.838, art. 34 360 se estimulaba a los Colegios de Abogados
de España para que constituyesen sus propias academias.
El Colegio de Abogados de Jaén tras constituirse en 1.848, no
respondió simultáneamente a la invitación emanada del Gobierno debido no
solo a la falta de medios económicos, sino también de local donde ubicar el
mismo 361. No obstante, en sesión de Junta General celebrada el 26 de
diciembre de 1.853 a propuesta de don Juan de la Cruz García Lara, entre
otros acuerdos, se acordó por unanimidad la conveniencia de instalar una
academia facultativa:“...en que a conferencias por las cuestiones de la ciencia de la
Legislatura y Jurisprudencia”. Para ello se nombró una comisión formada por don
Antonio María Camps y Camacho, don Antonio Mariscal y López de Navajas,
don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora, don Mariano Camps
Arredondo y el proponente citado.
No debió de fructificar este incipiente proyecto a la vista de lo
consignado en el Acta cuyo tenor literal es el siguiente: “...creación de una
academia jurídica a semejanza de las que existen en otras poblaciones”.
La Junta de General unánimemente acordó la realización del proyecto y
nombrar otra Comisión, esta vez constituida por don Gregorio Casanova del
Castillo, don Mateo Ramón Candalija Martínez y don Wenceslao Jiménez
360
"El Gobierno de S. M. excita el celo de los Colegios para que reúnan los Abogados en Academias, conferencias entre sí sobre los
grandes problemas de la ciencia de la Legislación y Jurisprudencia, establezcan escuelas gratuitas de Jurisprudencia práctica,
formando sus reglamentos; se comuniquen mutuamente sus observaciones; se suscriba a obras españolas y extranjeras, y sigan
correspondencia científica unos Colegios con otros, para cuyo fin los Tribunales del Reino les facilitarán cuantos medios se hallen
en sus atribuciones".
361
Como hemos podido comprobar a través de las propias Actas de Juntas Generales, las mismas se celebraban
habitualmente en el domicilio particular del Decano.
- 171 -
Coronado y Ruiz de Velasco 362.
Tampoco debió prosperar el segundo intento por causas no bien
explicadas, aunque probablemente fuesen de tipo crematísticas a la vista de lo
consignado en otra Acta en la que se acordó por unanimidad: “constituir una
academia de Jurisprudencia”; pero esta vez la Junta de Gobierno fue más
ambiciosa, decidió nombrar otra Comisión compuesta por don Tomás
Sánchez Vera, don José María de Uribe y Funau y don Antonio Rentero y
Villa 363, para que redactasen sus Estatutos o Reglamento requiriéndoles para
“...que en el mes de enero siguiente den por terminado su trabajo” 364.
No hemos podido seguir de cerca la pista de este proyecto cultural al
no poder consultar las Actas de Juntas Generales correspondientes a los años
362
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 27-12-1.858.
363
*Bailén (Jaén), 28-1-1.803 +13-3-1.880. Hijo de don Sancho Rentero Medina y doña María Josefa Villa Soriano.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.828), obteniendo también el doctorado en la
misma Universidad. Afiliado al partido Liberal moderado. Alcalde Mayor de Palma del Río (Córdoba, 19-111.825). Corregidor de Montoro (Córdoba, 17-3-1.833); pasando a desempeñarlo en Andújar (Jaén, 12-51.834; dicho traslado provocó una violenta reacción del vecindario que se oponían radicalmente al mismo).
Nombrado Alcalde del Crimen de la Audiencia de lo Criminal de Albacete (24-10-1.834). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Cáceres (19-4-1.836), de Canarias (28-5-1.837) y de Oviedo (10-10-1.837). Fiscal
Toqado del Tribunal Supremo de Guerra y Marina (4-6-1.839/17-9-1.840) y de la Junta del Montepío Militar
(22-1-1.841/8-8-1.848). Diputado a Cortes por el distrito de Andújar (4-1.851; con un Censo Electoral de
346, de los que ejercitaron su derecho a voto 217 (62'71%), obteniendo el Sr. Rentero, 125 votos de los
emitidos (57'60%). Incorporado a los Ilustres Colegios de Abogados de Madrid (8-4-1.859 y Jaén (27-51.864). Secretario de la Excma. Diputación Provincial de Jaén y del Consejo de la Provincia (1.864),
dimitiendo en el cargo (.865). Consejero de Estado (11-9-1.867/20-10-1.868). Senador Vitalicio (1.864). En la
epidemia de cólera que asolara a Andújar, perdió a una de sus hijas (1.877). Mayordomo de la Cofradía de
Nuestra Señora de Zocueca, Patrona de Bailén (1.862); a instancias de don Joaquín de Villena Sánchez,
Gobernador Eclesiástico del Obispado de Jaén, fue nombrado Presidente (1.862) de la comisión encargada
de redactar el Reglamento adicional que venía a actualizar las Ordenanzas de 1.790; durante su mandato se
adquirió una estandarte de tisú de oro, los cetros de caoba y plata para el Hermano Mayor y Oficiales y las
medallas que servían como distintivo a los Cofrades (1.863-1.865). Por R. O. de la Mayordomía Mayor de S.
M. la Reina, le fue remitida el rico manto para la Patrona (3-4-1.866), acordándose por la Cofradía celebrar el
estreno del mismo con una misa mayor y procesión, oficiando de pontifical el Obispo de la Diócesis, don
Antolín Monescillo y Viso (13-5-1.866). En posesión de la Gran Cruz de Isabel la Católica (1.865). Casado
con doña Isabel Villota y Villa (ella, *Puerto de Santa María, de la capital de Buenos Aires). AHDCJ.:
Expedientes matrimoniales, carpeta 527-B, de 1.892. ADPJ.: Legajo 2.728/18. AICAJ.: Expediente personal y Libro...,
op. cit, pág. 20. AGA.: Sección de Hacienda, caja 21.690. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado.
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Op. cit, págs. 84, 290, 331, 388, 411, 455 y 547. DE CADENAS Y
VICENT, V, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 302. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante... op. cit, apéndice nº
705. MARÍN ACUÑA, J. M.: Nuestra Señora de Zocueca, Patrona de la M. N. y L. Ciudad de Bailén. Jaén,
Tipografía del H. de Hombres, 1.923, págs. 45, 47, 50 y 55. PÉREZ GARCÍA, L. P.: Op. cit, págs. 77 y 226.
R. C. DE BAILÉN.: Libro de Defunciones 1.897, tomo 28, folio 23.
364
Por Real Cédula de 27 de noviembre de 1.832, se crearon las Academias de Práctica Forense, teniendo por
objeto la instrucción en el conocimiento de las leyes y ejercicio de la profesión a los abogados jóvenes.
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1-1-1.865.
- 172 -
1.863 a 1.880 365.
Otra importante participación del Colegio de Abogados de Jaén dentro
del ámbito cultural la encontramos en la comunicación remitida por la Real
Sociedad Económica de Amigos del País de Jaén, en la que se informaba a la
Corporación de la Exposición Provincial convocada para el mes de agosto 366
solicitándose la colaboración activa del Colegio de Abogados. La Junta de
Gobierno acordó por unanimidad agradecer dicho ofrecimiento sumándose a
la misma, ofreciendo una preciosa pluma de plata contenida en un elegante
estuche: “...para la mejor obra que desarrollase un tema de economía política” 367.
Además es digna de mención la adhesión incondicional de la Ilustre
Corporación al proyecto de la Real Sociedad Económica de Amigos del País
de Jaén (10-7-1.877) para sacar a subasta un “camino de hierro” que partiendo
365
En acta levantada el 7-8-1.871 con respecto al estado de la cuestión consta literalmente lo siguiente: "...el portero
del Colegio, Manuel Hernández Garzón, afirmó no tener papeles ni ninguna otra cosa de las pertenencias del Colegio, ni saber
donde pueden estar ciertos papeles y documentos y otros bienes, puesto que lo único que estaba en su poder era un armario estante
pequeño y ya lo ha entregado en la secretaria. Se acuerda dar cuenta en la Junta General como es conveniente en negocio tan
delicado". Igualmente aparece otra acta de fecha 4-5-1.872 que también aportamos literalmente por su
indudable interés histórico: "...en las Actas faltaban las de 1.866, año en que fue Secretario el difunto don Felipe
Balguerías Monereo, y en los libros de registro de incorporaciones en la parte respectiva del mismo año aparecen también que los
asientos correspondientes a los señores colegiales don Rafael Adán y Castillejo, don Mateo de Campos y Candalija, don
Francisco Javier de Palacio, don Manuel López Monereo, don José de Torres y Torres, están sentados y escritos con nota de las
copias de los títulos. En el mismo libro el folio 28 está en blanco y no escrito, que debía corresponder al licenciado don Antonio
Morales y Contreras, abogado procedente del Colegio del Sevilla. Se decide informar a la General de los errores y defectos
ocurridos a consecuencia de las desgracias que tuvo el licenciado don Felipe Balguerías Monereo, consistente en que a poco de ser
elegido secretario, cayó enfermo con el penoso y largo padecimiento del cual vino a sucumbir". El autor de esta obra histórica
le consta fehacientemente que las citadas Actas de Juntas Generales aparecieron en la magnífica biblioteca de
la familia Balguerías Jiménez, con motivo del inventario que realizara el inolvidable don Alfonso Sancho
Sáez, al fallecimiento de don Eduardo Balguerías Jiménez (+Madrid, 4-12-1.993, aunque sus restos mortales
fueron inhumados en el cementerio de San Eufrasio de Jaén), sobrino-nieto del meritado Sr. Secretario.
SANCHO SÁEZ, A.: Archivo privado.
366
Auspiciada por su Director don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora, con el apoyo incondicional de don
Antonio Mariscal y López de Navajas, Diputado a Cortes (1.876); don José María de Aranguren, Gobernador
Civil de Jaén (20-11-1.877), Coronel retirado de Artillería; don Luis Carlos Tirado Ricé, Presidente de la
Diputación Provincial de Jaén (21-3-1.877/4-11-1.878); don Manuel Aranda y Messía, Alcalde Constitucional
de Jaén, etc. etc. Se celebró en el paraninfo del Instituto General y Técnico, sito en la C/, Compañía (7-81.878/3-11-1.878), a la que concurrieron 870 expositores, de los que 322 pertenecían a la Capital y el resto a
la Provincia, además asistieron socios corresponsales de Córdoba, Madrid, Sevilla, Manzanares y Granada,
donde expusieron máquinas para el desagüe de minas, memorias descriptivas sobre los molinos de aceite
movidos a vapor, sombrerería, ganados, así como tratados referentes a la enseñanza, además una importante
muestra pictórica, que resultó ser una magna Feria de Muestras pionera en su género, su coste ascendió a
106.973 reales. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. RUIZ JIMÉNEZ, J.: "Exposición...",
op. cit, (VI), miércoles, 27-11-1.878 y Pretéritos..., op. cit, págs. 431, 436-439. SÁNCHEZ LOZANO, M. D.:
La Real Sociedad Económica de Amigos del País de Jaén: Pasado y Presente. Granada, Casa de Jaén e VIRIBAY
ABAD, M.: "¿Alcanzará...?", Memoria del XIX, BIEG nº 150, pág. 309.
367
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 25-2-1.878.
- 173 -
de la línea general de Andalucía pasando por Jaén, Torredelcampo,
Torredonjimeno, Martos, Alcaudete, Alcalá la Real y Granada, terminase en
un punto del Mediterráneo con la subvención de 60.000 pesetas por
kilómetro, culminando en triunfo a merced al tesón de los diputados a Cortes
por Jaén: don Eduardo León y Llerena 368, don Lorenzo Rubio Caparrós 369 y
368
*Málaga, 31-5-1.839 +Marmolejo (Jaén), 4-8-1.900. Hijo de don Esteban León y Medina (*Antequera (Málaga),
1.811, destinado a Jaén de Intendente de Hacienda (12-7-1.844), Teniente de Alcalde de Jaén (1.844), Regidor
(1.850), Jefe político (3-3-1.851 y 1-9-1.860, Presidente de la Diputación de Jaén (1.851), Diputado a Cortes por
Córdoba (1.854) y por Baeza (Jaén, 1.865), Senador por Jaén (1.872-2ª), y doña Valentina Llerena. Licenciado en
Jurisprudencia y Filosofía y Letras por la Universidad Central de Madrid (1.860). Militó en el partido de la Unión
Liberal. Diputado a Cortes por la circunscripción de Jaén, en las que obtuvo 26.569 votos, que representaba el
75'95% de los votos emitidos (1.869), durante el período de regencia del general Serrano que sucedió a la caída
de Isabel II y la Revolución Liberal de l.868; por Alcalá la Real (Jaén), en las que votaron 7.432 electores en las
que obtuvo todos los votos menos uno, o sea, 7.431 (1ª, 1.872), con la monarquía de Amadeo de Saboya; de
nuevo por Jaén, votando 3.288 electores, consiguiendo 3.190 votos, que representaba el 97.01% de los emitidos
(1.879); en la Legislatura anterior se presentó por Martos (Jaén) y fue derrotado por don Mariano del Prado y
Marín, Marqués de Acapulco; finalmente por Martos (Jaén), consiguió 1.000 votos de los 1.453 emitidos, o sea,
el 68'82% (1.881). Subsecretario de la Presidencia del Consejo de Ministros (1.881). Senador Vitalicio (entre
1.883 y 1.884). Jefe Superior de la Administración Civil. Secretario General del Ministerio de la Gobernación y
más tarde, Subsecretario de Gobernación, merced por su parentesco político con el general Serrano (1.873).
Secretario General de la Presidencia (1.881). Consejero de Estado. Hijo adoptivo de Linares (Jaén). El
Ayuntamiento de Jaén rotula con su nombre la C/, Cerón, en homenaje al Diputado a Cortes por Jaén (12-31.898). Abandona la política para dedicarse de pleno a sus negocios privados y la construcción del HotelBalneario de Marmolejo; unos datos curiosos que exponemos: la pensión diaria oscila entre quince y veinticinco
pesetas; en los restantes entre diez y quince y en los Hospedajes dos pesetas por cuarto y cama (1.883). El Sr.
León y Llerena contrató los servicios del jardinero don Manuel Méndez Córdoba, director del Jardín Botánico
de Córdoba, para que diseñara y plantara los jardines y huerta junto a la ribera del Guadalquivir (1.883),
plantando un extenso y hermoso parque, de amplios paseos y jardines, con profusión de árboles de sombra:
sóforas, plátanos de la India, papeleros, aligustres, pinos, acacias, eucaliptos, palmeras de varias clases. Arbustos:
celindas, glicinias, damas de noche, lilas y burgambillas. En setos y arriates: boneteros, tullas, abrótano, romero y
gran variedad de rosales, de pie y trepadores, y enredaderas. En la huerta: naranjos dulces y agrios (estos para
mermeladas), granados, nísperos, madroños, caquis. Todo ello regado con el agua sobrante el pilar de la carretera
y que por tubería era conducida hasta la alberca, junto al camino de la Seña. En posesión de la Gran Cruz de la
Orden de Isabel la Católica (1.871); la del Mérito Militar y la Orden de Cristo (Portugal). Casado con doña Luisa
Serrano y Serrano (ella, *Arjona (Jaén), 1.839 +Marmolejo (16-3-1.902), sobrina carnal del "general bonito", don
Francisco Serrano Domínguez, Conde de San Antonio y Duque de la Torre). Con domicilio en Marmolejo, C/,
del Coso s/n. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 124, 130, 139, 292, 384, 410, 430, 435, 437 y 463
y "Aproximación a los Senadores...", ibídem, pág. 200. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Ops. cit, págs. 617 y
620. ESPEJO Y GARCÍA, E.: Op. cit, págs. 43-44. MORENO BRAVO, T.: Ibídem. MORENO JARA, M.:
Ibídem, pág. 42. PERALES SOLÍS, M.: Op. cit, pág. 29 y 143. RAMÍREZ JEREZ, P.: Op. cit, págs. 65 y ss. R.
C. DE MARMOLEJO.: Libro de Defunciones, 1.900 y 1.902, tomos 34 y 35, folios 29 y 116, respectivamente.
SANTIAGO GALLARDO, J.: "Marmolejo y su balneario, un estudio histórico. Siglos XIX y XX", Actas III
coloquio historia de Andalucía, III. Jaén, Publicaciones del Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Córdoba, 1.985,
pág. 33. VALLADARES REGUERO, A.: La provincia de Jaén en los libros de viajes. Jaén. Universidad de Jaén y
Ayuntamiento de Jaén, 2.002, págs. 459-460.
369
*Vera (Almería), 4-1-1.811 +Sabiote (Jaén), 25-9-1.891 (aunque por disposición testamentaria inhumado en el
cementerio de Úbeda). Hijo de don José Rubio (*Vera) y doña María Caparrós (*Vera). Comandante de la
Milicia Nacional. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada, en la que también se doctoró
(1.840). Obtuvo la plaza de Secretario del Ayuntamiento de Úbeda (1.841), donde también fue Comandante
de la Milicia Nacional. Escribió en el periódico madrileño La Discusión, que era el órgano de los demócratas.
Durante una década sufrió las presiones de los moderados. Diputado a Cortes por Jaén, en las que obtuvo
6.314, el 57'96% de los emitidos (1.854) y por Baeza (Jaén), consiguiendo 14.285 votos, el 39'60% de los
emitidos (1.869). Senador por Jaén (1.872). Presidente de la Junta Revolucionaria de Úbeda (1.868). Tras
- 174 -
don Manuel Teodoro Jontoya Taracena 370, sin olvidar la iniciativa del Director
de la meritada Sociedad don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora.
Por acuerdo adoptado por la Junta General Extraordinaria se suspendió
la suscripción aprobada con anterioridad de la Enciclopedia Jurídica que se
disolverse las Juntas Revolucionarias, fue herido por tres disparos efectuados por los republicanos. Fiscal del
Tribunal Supremo (1.870). Fiscal de la Dirección de la Deuda y Ministro del Tribunal de Cuentas.
Comendador de la Orden de Isabel la Católica (1.855). Ejerció de abogado en Sabiote (1.880). Casado en
primeras nupcias con doña Matilde Quesada Ugarte, y en segundas, con doña Isabel Hidalgo Madrid. Con
domicilio en Sabiote, C/, Mayor s/n. Testó ante la fe del notario de Úbeda (Jaén), don José María Tamayo
Raez. COITML.: Op. cit, pág. 208. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 70, 87, 109, 276, 335,
386, 398, 411, 440 y 460 y "Aproximación a los Senadores...", ibídem, pág. 206. ESPEJO Y GARCÍA, E.:
Ibídem, págs. 43-44. PASCUAU GUERRERO, J.: Historia de Úbeda, pág. 482.R. C. DE SABIOTE.: Libro de
Defunciones de 1.891, tomo 5, folio 87.
370
*Madrid, 3-9-1.819 +Jaén, 19-5-1.890. Hijo de don Pedro Jontoya Mirantes (*Granada) y doña María Visitación
Taracena de Cuevas (*Madrid). Esta familia por su notorio talante liberal tuvo que exilarse en Francia (1.823);
regresando a la Villa y Corte tras del Decreto de Amnistía (7-10-1.832). Licenciado en Jurisprudencia por la
Universidad Central de Madrid. No ejerció la abogacía, aunque sí la política y la industria. Llega a Jaén;
ingresa en la RSEAPJ (1.862); Director (1.884-1.886); Presidente de la sección de Manufacturas y Fábricas
(1.877). Establece una fábrica de harina en la ribera del Guadalbullón, que llamara la atención por su alta
tecnología, y para un mejor fácil acceso construyó a sus expensas un puente metálico, desde entonces
denominado el lugar como "Puente de Jontoya" (1.863). Junto con sus hermanos: don Teodoro (*Almazán
(Soria), 1.820 +Jaén, 7-1-1.889, Alcalde de Jaén (1.868), testó ante el notario de Jaén, don Lorenzo Soriano de
Vico); don Patricio (*Madrid, 1.827 +Jaén, 9-2-1.880, casado con doña Dolores del Valle y Campos) y su
hermano político don Blas Taracena Martínez, casado con doña Casilda Jontoya Taracena (*Madrid, 1.835
+Jaén, 1-8-1.890) ejercieron de "capitalistas", o lo que es lo mismo de banqueros, por entonces (como ahora)
era un lucrativo negocio. Recaudador del Ayuntamiento de Jaén (1.850). Ayudó activamente al movimiento
de 1.868. Proclamado candidato por la circunscripción de Jaén y elegido diputado a Cortes "...por haber
prestado amplios servicios a la causa de la libertad y tener legítima influencia en toda la provincia donde se halla establecido"
(1.869), obteniendo 23.528 votos, que representaba el 67'26% de los emitidos. Senador (1.872-1ª). En las
listas de contribuyentes por Comercio era el primero (1.866). Vivió en el palacio de Cobaleda Nicuesa (C/,
Ramón y Cajal, adquirido a los descendientes de don Jorge Serrano Valdivia, ), donde en sus salones se
reunían cenáculos de progresistas o masones, gestándose diversos pronunciamientos; tuvo por huésped a
don Antonio Cánovas del Castillo, redactándose el mal llamado Manifiesto de Manzanares, que se imprimió
subrepticiamente en los talleres de don Francisco López Vizcaíno, y desde allí, se dirigió a la ciudad
manchega escondido dentro de una cuba de vino. Casado con doña Rosario del Castillo Nátera (Jaén,
Sagrario, 1.857, actuando de padrino por parte del contrayente, el Excmo. Sr. Don Antonio Romero
Hidalgo, notable militar y político). El Ayuntamiento de Jaén rotuló con su nombre y primer apellido, la calle
Arco Puerta de Noguera, y en Madrid, tuvo su domicilio en la C/, Clavel nº 6-2º. Su heredera universal fue
doña Concepción, hija de su hermano don Patricio, que junto con su marido don Francisco Aranda
Hernández, venden su casa-palacio de Cobaleda Nicuesa a don José de Bonilla y Forcada (12-12-1.887).
AAPJ.: Libro-registro de Posesiones..., op. cit, pág. 7 vto. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales ordinarios, 500-A y B.
CABALLERO VENZALÁ, M.: Semblantes en la Niebla. Jaén, IEG, 1.993, págs. 241-243. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los Diputados..., op. cit, págs. 74, 99, 109, 291, 383, 410, 414, 429 y 451
y "Aproximación a los Senadores por Jaén (1.834-2.000)", BIEG nº 187, Octavo Seminario de Bio-Bibliografía
Giennense "Manuel Caballero Venzalá". Jaén, 2.004, pág. 200. ESPEJO Y GARCÍA E.: Ibídem, págs. 43-44.
MORENO BRAVO, T.: El Callejero, op. cit. MORENO JARA, M.: "Incautación del Archivo Histórico
Diocesano de la Catedral de Jaén por la Junta Provisional Revolucionaria (27-1-1.869)", Memoria Ecclesiae
XXIII. Oviedo, Asociación de Archiveros de la Iglesia en España, 2.003, pág. 42. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Defunciones, 1.880, 1.889 y 1.890, tomos 22, 44 y 46, folios 94, 21 y 367, respectivamente. SÁNCHEZ
LOZANO, M. J.: Crónica de la Cena Jocosa de 2.003, Amigos de San Antón, Jaén, 2.003, págs. 25 y ss.
- 175 -
editaba en Málaga 371. Dos días más tarde se acuerda la adquisición de tres
ejemplares del Código Penal, de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y de la Ley
Orgánica del Poder Judicial, y que uno de cada materia estuviera en la sala de
abogados de la Audiencia de lo Criminal a fin de ser consultados por los
colegiados 372.
Igualmente por acuerdo unánime de la Junta de Gobierno se dejó sin
efecto el reparto de 15 pesetas por colegiado y, en su defecto, se fijó su abono
en dos plazos para sufragar los gastos previstos por la Comisión Organizadora
del Certamen Jurídico a celebrar en Granada, señalándose el regalo que debía
de efectuarse 373.
Conocemos el importe exacto de la recaudación para dicho certamen
en virtud a que la Junta General Extraordinaria sometió a consideración la
solicitud de la Junta Diocesana del Jubileo de Su Santidad (referidas a
limosnas): “...proponiendo el Colegio de Abogados se transfieran 125 pesetas de las 500
destinadas al Certamen Jurídico de Granada”. La misma tuvo una unánime
aprobación 374.
Se aprueba por la Junta de Gobierno que el secretario don Mariano
Cuesta Carrión, presentara un proyecto de “pequeña biblioteca” que no llegó a
materializarse 375.
Otra actividad cultural más la hallamos en 1.901 cuando la Junta
General propuso donar un premio a la directiva del Tiro Nacional de Jaén 376.
El Excmo. Ayuntamiento de Jaén se dirigió a la Ilustre Corporación
recabando su participación para un certamen literario a celebrar en el mes de
371
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1.886.
372
Ibídem, de 2-1-1.883.
373
Ibídem, de 20-11-1.886.
374
Ibídem, de 27-11-1.887.
375
Ibídem, de 25-7-1.887.
376
Ibídem, de 13-9-1.901.
- 176 -
octubre 377.
La Junta de Gobierno acordó contribuir a la suscripción abierta para
levantar en Madrid una estatua ecuestre a Alfonso XIII, y colocar una placa en
la villa del Oso y el Madroño en honor del Dr. Martínez Molina 378; no
prosperaron estas últimas: “...al no haber fondos en el Colegio, no se puede contribuir a
los mencionados fines” 379.
II. BIBLIOTECA.
A través de las Actas conocemos que la Ilustre Corporación estaba
suscrita a El Faro Nacional, periódico de Jurisprudencia que se publicaba en
Madrid, cuya cuota anual ascendía a 128 reales 380, y en 1.861 a 152 reales,
aparte de la encuadernación 381. En la Memoria del año 1.857 el decano don
377
Ibídem, de 10-1.901.
378
Don Rafael Martínez Molina, *Jaén, 24-12-1.816 +Madrid, 14-3-1.888. Inició sus estudios de Filosofía en la
Imperial Universidad de Granada (1.833-1.834). Decide cambiarlos por el de Medicina (1.837-1.838).
Traslada su residencia y se establece en Madrid, ingresando en el Colegio Nacional de San Carlos, obteniendo
las máximas calificaciones (1.838-1.845). Opositó a la plaza vacante de Ayudante Director (19-1-1.841).
Recibió el título de Bachiller en Medicina y Cirugía (11-7-1.844). Obtuvo el grado de Doctor en Medicina y
Cirugía (16-5-1.846). Sustituyó al decano de la Facultad de Medicina y Cirugía, Doctor don Diego Argumosa
y Obregón. Académico de la Real Academia de Medicina de Madrid, ocupando el sillón número 10 (20-31.854). Primer médico del Hospital de San Jerónimo (1.854). La Reina Isabel II le concedió el título de
Médico-Cirujano de la Real Familia (30-6-1.856). Universalmente conocido por el "Sabio andaluz" y la "Perla
de San Carlos". A los trece años de su óbito, sus discípulos y compañeros en el claustro de San Carlos le
dedicaron un homenaje consistente en una sesión conmemorativa y el descubrimiento de una lápida en su
casa de la calle Atocha. La artística lápida esculpida por Enrique Arévalo, dice textualmente: "1.816-1.888. Al
sabio catedrático, al eminente médico, doctor don Rafael Martínez Molina, consagran este recuerdo a la casa en que vivió, sus
discípulos y admiradores". Actuaron en la ceremonia el ministro de Instrucción Pública, Conde de Romanones,
en representación del Gobierno; los doctores Van-Baumberghen, en representación de los alumnos
premiados; F. de Castro, en representación de los profesores de la Facultad de Medicina; don Joaquín Ruiz
Jiménez, por la del pueblo de Jaén; el doctor F. Plaza en representación de la familia, y el doctor J. Calleja en
nombre de la Comisión. Una réplica de la misma se colocó en la casa donde naciera, C/, Martínez Molina nº
77. El Pleno del Ayuntamiento de Jaén, presidido por el Alcalde, don Alberto Cancio y Uribe, se adhirieron
por unanimidad por considerar "...como deber inexcusable de esta corporación Municipal asociarse al justo homenaje que se
trata de rendir a uno de los más ilustres hijos de Jaén, contribuyendo con la cantidad de quinientas pesetas". AHMJ.: Carpeta
del Negociado de Hacienda, legajo 420. PALMA RODRÍGUEZ, F.: Vida y obra del Doctor Martínez Molina.
Anatómico y cirujano del siglo XIX. Jaén, IEG, 1.995, págs. 11 y ss. VALLADARES REGUERO, A.:
"Personajes jiennenses en la obra de Pérez Galdós", BIEG. nº 172. Jaén, págs. 137 y ss.
379
La Junta de Gobierno tuvo también que declinar la invitación cursada por la RSEAPJ para colaborar con un
premio en el Certamen Literario previsto para el mes de octubre. A tenor de cuanto antecede no cabe duda
que debido a la precaria situación financiera que desde su génesis padeció la Ilustre Corporación, incidió
notablemente a que no fructificasen las actividades culturales programadas. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 26-91.929.
380
Ibídem, de 27-12-1.857.
381
Ibídem, de 27-12-1.860.
- 177 -
Mateo Ramón Candalija Martínez lo que pretendía con esta suscripción: ”tener
en la prensa un órgano autorizado de este Colegio a fin de que en sus columnas vieran la luz
pública las solicitudes que el mismo hiciera el Gobierno, o cualquier otro documento digno de
publicidad, y con el objeto también de proporcionar a los colegiales una revista de derecho
donde se ventilan cuestiones importantes, donde se publican las leyes, decretos y cuantas
decisiones interesan a los abogados y donde éstos encuentran la protección y defensa más
decidida y constante”.
En las Memorias de 1.858 y 1.859 aparecía una partida de 128 reales
para esta revista y su encuadernación.
El colegiado don Sancho Rentero Rentero 382 hizo una donación
consistente de un ejemplar de la Ley reformando la legislación Penal y Procesal en
materia de Contrabando y Defraudación (1.905).
También el Sr. Presidente de la Audiencia Provincial de Jaén, don José
382
*Bailén (Jaén), 1.859 +Mengíbar (Jaén, Villa Elvira), 26-9-1.929. Hijo de don Francisco de Asís Rentero Recena
(*Bailén, 18-2-1.823 +1-10-1.897. Ingresó de Cadete en el Colegio Geneal Militar (23-10-1.840), Alférez de
Caballería, incorporándose al regimiento Pavia (16-1-1.844), solicita la baja en la carrera militar, obteniendo la
licencia absoluta (R. O. 18-10-1.847). Ocupó diversos cargos públicos: Gobernador Civil de Salamanca (15-71.866/31-3-1.868), de Cáceres (cesando por renuncia, 30-9-1868), Oficial de 1º del Ministerio de Fomento
(12-6-1.875/12-3-1.876). Diametralmente opuesto al ideario político de Bernardo López con quién polemizó.
Destacado poeta, publicó en las revistas granadinas La Esmeralda y El Capricho, y en las de Jaén El Recreo de la
Juventud, El Cero y en los Obsequios Poéticos a la Virgen de la Capilla, en las que publicó ininterrumpidamente
durante veintitrés años; también publicó en El Mosaico, de Baza (Granada). Se dedicó al teatro conocemos
dos muestras: ¿Quién manda en mi casa?, estrenada en Pamplona en 1.847, y Los insociables, puesta en escena en
el Teatro Novedades de Madrid en 1.869. Participó en El Romancero de Jaén, con su romance: “La Batalla de
Bailén”. Fue otro más de los poetas afectados por la Comisión Literaria (Bernardo López) a los que se les
manipularon sus romances arbitrariamente) y doña María del Carmen Rentero Villota. Licenciado en
Derecho Civil y Canónico por la Universidad Central de Madrid (23-7-1.885). Opositó al Cuerpo de
Abogados del Estado (promoción de 15-7-1.886), siendo su primer destino en la Delegación de Hacienda de
Jaén (30-7-1.886). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (30-6-1.891/1.899; reincorporado,
1.901/22-5-1.912). Tuvo una participación activa con motivo del viaje que efectuara S. M. Alfonso XIII a
Jaén (1.904). Abogado-Fiscal del Contencioso del Tribunal Supremo. Cedió cuatro de sus acciones en
"Eléctrica de Nuestra Señora de Zocueca", S. A. para la iluminación permanente del camarín de la Patrona
de Bailén. De los mayores contribuyentes de Bailén. Pronunció un patriótico discurso con motivo del acto de
descubrir la lápida en la casa donde vivió María Bellido, la heroína de Bailén (20-7-1.908). Casado en primera
nupcias con doña Ana Ruano, y en segundas, con doña Elvira Souvirón y Prolongo. Con domicilio en Jaén,
C/, Bernabé Soriano nº 38, principal (1.891). AICAJ.: Listas, 1.891, Expediente personal, AA.JJ.GG. de 28-21.905 y LSAIICJ..., pág. 7. BOPJ nº 38 de 31-3-1.896, pág. 4. CABALLERO VENZALÁ, M.: El
Romancero…, op. cit, págs. XXI y 207-220. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Pues sabrás, Inés hermana". DLS.:
1.929, pág. 288. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. HARO COMINO, M, de.: Bailén, su
historia y sus cosas, I. La Carolina (Jaén), Gráficas Ramírez, 1.985, pág. 248. MARÍN ACUÑA, J. M.: Op. cit,
pág. 58. MINISTERIO DE HACIENDA.: (en lo sucesivo M. H.) I Centenario del Cuerpo de Abogados del
Estado (1.881-1.981). Madrid, Secretaria General Técnica, 1.981, págs. 12, 13, 31 y 38. MOLLINEDO
GÓMEZ-ZORRILLA, J.: "De la visita Real que hizo a Jaén S. M. el Rey D. Alfonso XIII", Senda..., nº 49-50.
Jaén, págs. 85-108. OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit, pág. 255. R. C. DE MENGÍBAR.: Libro de
Defunciones, 1.929, tomo 26, folio 47 vto.
- 178 -
Lezameta y Gutiérrez 383, donó en 1.906 al Colegio para su biblioteca diversas
obras de interés jurídico.
Don Rafael M. de Salza, autor de la Reforma colonial, en 1.908 donó su
obra.
Otras importantes donaciones tuvo lugar en 1.911, don Jesús Loro
Gómez, Gobernador Civil de Jaén 384, entregó un ejemplar de la Conferencia de
Ciencias Administrativas, celebrada en Bruselas; en el mismo año el Magistrado
de la Audiencia Provincial de Jaén y notorio escritor don Antonio Rodríguez
Martín 385, donó diversas obras jurídicas. Fue a partir del año 1.905 386 cuando
383
30-5-1.904/31-7-1.906. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, pág. 1.
384
Decreto 3-12-1.910/4-12-1.913. BOPJ, número 3, sábado, 7-1-1.911.
385
*Toledo, 24-12-1.859. +¿. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (23-7-1.881). Opositó a
la Judicatura (11-7-1.885, con el nº 43). Vicesecretario de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 21-91.885); de Toledo (5-3-1.886); de Vélez-Málaga (19-7-1.886). Juez de Primera Instancia de Mora de Rubielos
(Teruel, 12-8-1.886); de Almagro (Ciudad Real, 25-10-1.886, aunque no se incorporó hasta el 8 de diciembre
para poder terminar un sumario importante en su anterior destino). Secretario de la Audiencia de lo Criminal
de Linares (Jaén, 17-6-1.890); de Puente del Arzobispo (Toledo, 23-12-1.891); de La Carolina (Jaén, 13-91.893); de Puente del Arzobispo (9-12-1.895); de Mancha Real (Jaén, 16-11-1.896). Abogado fiscal de la
Audiencia Provincial de Ávila (24-6-1.902); de Almería (2-7-1.902); de Jaén (8-11-1.902). Juez de Primera
Instancia de Antequera (Málaga, 15-1-1.907); de Jaén (23-1-1.907). Magistrado de la Audiencia Provincial de
Jaén (20-9-1.909). Presidente de Sección de la Audiencia Provincial de Jaén (22-7-1.910). Magistrado de la
Audiencia Provincial de Córdoba (4-7-1.912). Fiscal de la Audiencia Provincial de Almería (12-5-1.913).
Presidente de la Audiencia Provincial de Almería (7-6-1.913). Fiscal de la Audiencia Provincial de Jaén (16-51.914). Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla (29-6-1.921). Fiscal de la Audiencia Provincial de
Sevilla (21-11-1.921). Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona (25-6-1.926). Solicitó la jubilación
(6-7-1.926). Durante su estancia en Jaén redactó una notabilísima circular en la que hacía un llamamiento a la
sociedad para la creación del Reformatorio de jóvenes delincuentes. La opinión pública de La Carolina,
Mancha Real, Pegalajar y en otras poblaciones tuvo una muy favorable acogida. Autor de diversas obras
jurídicas, algunas citadas seguidamente, y además: Los vicios irremediables del Jurado (Es preciso suprimirle), Madrid,
Centro Editorial de Góngora, 1.911; Régimen de la Autonomía Municipal: Estudios de sociología local, Madrid,
Editorial Reus, S. A. 1.919 y Represión de la Usura: Comentarios y Jurisprudencia a la Ley y al Reglamento de las casas de
préstamos de 23 de Julio de 1.908, Madrid, Editorial Reus, S. A. 1.908. Asiduo colaborador en El Foro,
publicación de temas de Derecho, Administración y Sociología (10-6-1.915). Presidente de la Asociación de
Publicistas que se creó en Jaén. Representó en Sevilla al Alcalde de Jaén, a la sazón don Manuel García de
Quesada y Victoria, con motivo de la "Fiesta de la Belleza Andaluza" organizada por su Ateneo (2-5-1.923).
Casado con doña María Acosta Roldán (Linares, 1.885, ella hija del alcalde de Linares, don Federico Acosta
Meabe. Hijo de ambos don Francisco, *Toledo, 1.894, militar destinado en Melilla, primer Gobernador Civil
de Jaén durante el franquismo y posteriormente de Albacete; y por ende abuelos maternos de don Antonio
José García Rodríguez-Acosta, Fiscal General del Estado, también durante el tardo franquismo). AAPJ.:
Libro-Registro..., op. cit, págs. 1 vto. 5 vto. y 8 vto. AHPJ.: Libros de Sentencias de la Audiencia de lo Criminal de
Linares (en lo sucesivo: LSACL), 1.883-1.890, signaturas: 32.962/32.971. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 7-1-1.906.
CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, I y IV, (A-B) y (F), págs. 130 y 168, refª. 1.116 y 1.311,
respectivamente. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Esto, Inés, ello se alava", DLS, op. cit, 1.916, pág. 382.
ORTEGA SAGRISTA, R.: "Medio siglo de Juegos Florales en Jaén", Senda..., op. cit, nº 41, pág. 76. R. C.
DE MELILLA.: Libro de Nacimientos, 1.920, tomo 70, folio 153. TOMÁS ROCA, T. C.: Historia de la Obra de
los Tribunales Tutelares de Menores en España. Madrid, Sección de Publicaciones del Consejo Superior de
Protección de Menores, 1.968, págs. 308, 319 y 339.
- 179 -
aparece en las listas editadas anualmente por el Ilustre Colegio de Abogados
de Jaén, el catálogo de las obras jurídicas que formaban su Biblioteca, por su
interés relacionamos el mismo:
AUTOR.
OBRA.
Aguilera.
Brusa.
Bounier.
Dorado.
Ellero.
Groizard.
Mortara
Mittermayer.
Pessina
Pugliese.
Pulido.
Quirós.
Reus.
-
Ricci.
Ruiz y Rodríguez.
-
Salillas .
Tardieu.
-
Viada
386
-
Cuestiones prejudiciales.
Prolegómenos de Derecho Penal.
Tratado de la prueba en Derecho Penal.
Problemas de Derecho Penal.
Tratado de la prueba Criminal.
El Código Penal de 1.870.
La cosa juzgada Penal y la acción Civil.
De la prueba en materia Criminal.
Elementos de Derecho Penal.
El epiléptico ante el Derecho Civil y Penal.
Locos delincuentes.
Teorías de la criminalidad.
Ley de Enjuiciamiento Criminal
Comentada.
De la prueba en materia Penal.
Tratado General del Procedimiento
Criminal.
La vida Penal.
El delincuente español
El lenguaje
De las heridas (estudio legal).
Infanticio (estudio médico legal).
El aborto (estudio médico legal).
El colgamiento, la estrangulación y la
sofocación (estudio médico legal).
Delito contra la honestidad.
Sobre la locura (estudio médico legal).
Enfermedades producidas accidental o
involuntariamente (estudio médico
legal).
Código Penal de 1.870, con apéndices y
cuadro de penas.
Cuando aparece documentalmente la necesidad de una Biblioteca, que "...al menos para la materia criminal se provea
de las obras más precisas y suficientes". AICAJ.: Ibídem, de 15-1-1.915.
- 180 -
Durante el ejercicio económico de 1.907 se amplió la Biblioteca con la
adquisición de las siguientes obras:
Abadal.
Albert, Aureliano.
Cazabán Laguna, A.
Clavería.
Rojas, Heliodoro.
Mortara.
Maestre y Pérez.
Oliva y Bridgman.
Olivart.
Pantoja.
Rodríguez Martín, Antonio:
Sánchez Román.
Sánchez Molina.
Vallmitjana.
387
- La libertad en el Derecho Civil.
- Nulidad de testamento por incapacidad
mental, informe médico.
- De los Reyes Católicos (Jaén como base de
la conquista de Granada 387.
- Propiedad industrial. Critica de la
legislación vigente en España.
- La propiedad de la Atmósfera.
- La conmutación de las penas.
Un error judicial.
Diccionario de Legislación.
Jurisprudencia con apéndices
- Revista de Derecho Internacional.
- Anales de la Jurisprudencia Española,
1.888-1.889 y primer semestre de 1.890.
- El municipio moderno (su intervención
preventiva), 1.906.
- El Código Penal Reformado (1.907, hubo
una segunda edición.
- Ley de Justicia Municipal Reformada (sus
leyes civiles y penales).Comentarios,
Legislación concordante, Jurisprudencia,
Formularios y Aranceles.
- El materialismo histórico en relación con
algunas de las principales instituciones
civiles del Derecho Privado.
- Dictamen sobre sentencia en juicio ejecutivo.
- La víctima junto al verdugo.
Conozcamos por la pluma del propio autor los motivos que le impulsaron a escribir esta obra histórica: "Al
otorgarme la Excma. Diputación Provincial, en sesión de 20 de Mayo de 1.904, el honor de nombrarme Cronista, entendí que
debía corresponder inmediatamente a aquella atención, ofreciéndole uno de mis trabajos históricos, aunque fuese muy modesto.
Próximo el cuarto centenario de la muerte de la inolvidable Reina Dª Isabel I, la Católica, que tan directamente influyó en la
historia de Jaén, aproveché elementos que á (sic) mi mano tenía, consecuencia ellos de mis estudios, ampliándolos y
documentándolos, para completar una monografía. La Excma. Diputación Provincial me hizo la honra de aceptar mi modesto
trabajo, acordando su impresión, en sesión de 4 de junio". Consigno reconocido este hecho a la cabeza del primer libro que publico
como Cronista Oficial de la Provincia de Jaén". Jaén, tipografía del Hospicio de Hombres, a cargo de don José
Rubio, 1.904, 72 págs.
- 181 -
- Contrabando y defraudación.
Al año siguiente se aumentó el fondo bibliotecario con las siguientes
adquisiciones:
Rodríguez Martín.
López Soro388.
-
El municipio moderno.
El Código Penal reformado.
Ley de Justicia municipal reformada.
Derecho a la vida (tesis doctoral).
En 1.909 se adquirieron solo una obra más:
Campiny Márquez, Nicolás
- Legislación Penal.
En 1.911 se adquirió:
Álvarez Cid
- Código Penal.
En 1.912 se sumaron a la Biblioteca las obras de:
388
Don José Manuel López Soro y Cirujeda. *Los Villares (Jaén), 28-6-1.883 +Madrid, 31-12-1.939. Hijo de don
José Ramón López Cirujeda y doña Aurora Soro Alcalde. Fue autorizado por el Ministerio de Justicia para
unir sus apellidos, quedando modificado: José Manuel López-Soro Cirujeda. Profesor de la Escuela
Elemental de Jaén (1.900). Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (19-6-1.905), obteniendo
el Doctorado en la Central de Madrid (11-6-1.908). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (307-1.905/1-7-1.910). Ingresó en la Administración de Justicia, ejerciendo de Abogado Fiscal sustituto de la
Audiencia Provincial de Jaén (R. D. 20-12-1.909/11-10-1.910); Vicesecretario (R. D. 3-10-1.910/20-101.911); Secretario (R. D. 11-12-1.911/31-12-1.917); Abogado Fiscal (3-5-1.920/15-9-1.921, excedente),
siendo destinado a la de Alicante; retorna a su anterior cargo (5-1-1.923/10-4-1.923), siendo promocionado
como Secretario titular de la Audiencia Provincial de Cuenca. Juez de Instrucción de Vitigudino (Salamanca),
Santoña (Santander), Segueros (Gerona), Motril (Granada), San Sebastián y de Guadalajara. Ascendido a la
categoría de Magistrado de la Audiencia Provincial de Toledo (1.931) y Magistrado Inspector del Tribunal
Supremo (17-6-1.931/31-12-1.939). La meritada tesis doctoral se encuentra actualmente en el Ateneo de
Madrid. Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (9-6-1.912). Profesor de la Facultad de Derecho de la
Universidad de Granada (1.913). Concejal del Ayuntamiento de Jaén (1.916). Su prima hermana, doña Rosa
Náger López, hija de la hermana de su padre, doña Joaquina, casó con el Cronista Oficial de la Provincia de
Jaén, don Alfredo Cazabán Laguna (4-1-1.990). Casado con doña Cándida Zapatero Gómez (Madrid, Santa
Bárbara, 30-10-1.921). Su madre costeó la restauración de la Capilla de la Virgen del Rosario, de la Parroquia
de los Villares de Jaén (1.940). Con domicilio en Los Villares, C/, Arroyo s/n; en Jaén, C/, León y Llerena nº
1 (Cerón, 1.905) y Paseo de la Estación (actual edificio Mapfre, vendido por su viuda, al que fue su
compañero de Foro, don José Serrano García) y en Madrid, Sandoval nº 2. AAPJ.: Libro-Registro, op. cit, págs.
5 vto. 6 vto. 7, 12, 13 y 16. AICAJ.: Listas, 1.906, Expediente personal y LSAIICJ, op. Cid, pág. 105. BOPJ. Op,
cit, nº 36, de 25-3-1.913, pág. 2. LÓPEZ-SORO ZAPATERO, M. A.: Archivo privado. MORENO
BRAVO, T.: Alfredo..., op. cit, págs. 94-95. R. C. DE LOS VILLARES.: Libro de Nacimientos, 1.883, tomo 17,
folio 71. SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: Op. cit, pág. 778. SCSA.: Memoria..., op. cit.
- 182 -
Prado y Palacio, José del 389
389
- Conferencia en la juventud conservadora de
Madrid.
- Conferencia en el Instituto Agrícola
Catalán de San Isidro.
- Dato e Iradier, Eduardo390.
- Conferencia en la juventud de Madrid.
Don José del Prado y Palacio. *Jaén, 4-1-1.865 +Espeluy (Jaén), 14-2-1.926 (aunque inhumado en el
Convento de la Concepción de las Dominicas de Jaén, y posteriormente en el panteón familiar del
cementerio de San Eufrasio, tras el derribo del meritado Convento, 1.965). Hijo de don Diego del Prado
Marín y doña María del Pilar de Palacio y García de Velasco (Jaén, Sagrario, 1.858; ella contrajo segundas
nupcias con don Luis Tirado y Ricé, Villanueva de la Reina (Jaén) 17-8-1.870; su bisabuelo paterno, don
Fernando Gregorio María del Prado Ruiz de Castro Zepeda y T. Serclais de Telli, *Torredonjimeno (Jaén),
3-3-1.746 +Jaén, 2-3-1.817, casado con doña María del Rosario Messía de la Cerda y Caicedo, Caballero
Veinticuatro de la ciudad de Jaén, Gran Cruz de Carlos III, Maestrante de la Real Caballería de Granada,
Gentil hombre de Cámara de S. M. fundador de la RSEAPJ; los interesados en conocer su interesante
biografía y extensa vida política, vid. Lara López, Emilio Luis, citado en bibliografía; y el abuelo materno,
don José María de Palacio y Benito de Cárdenas, Marqués de Almaguer y Director de la RSEAPJ (1-11.863/31-12-1.866 y 1-1-1.867/31-12-1.869). Ingeniero Agrónomo, político, escritor y periodista. Como
político, cabe destacar: jefe del partido Conservador (rama silvelista); socio de la RSEAPJ (10-9-1.890),
Censor (1.896-1.922). Alcalde de Jaén (1-7-1.891) y de Madrid (1.915 y 1.925). Diputado a Cortes por la
circunscripción de Jaén (1.890, 1.899, 1.901, 1.903, 1.905, 1.907 y 1.910); por Lugo (1.914); Secretario y
Vicepresidente del Congreso de los Diputados (1.903 y 1.907, respectivamente); Senador vitalicio del Reino.
Director General de Obras Públicas. Subsecretario de Agricultura, Industria y Comercio (1.903).
Subsecretario de Gobernación (1.913). Ministro de Instrucción Pública y Bellas Artes, en el Gobierno
Sánchez de Toca (1.919). Vicepresidente de la Sociedad Anónima "Tracción Eléctrica de la Loma" (Úbeda,
1.907). Presidente del Casino de Artesanos. Como escritor y periodista: fundó el periódico La Regeneración,
órgano del conservadurismo local (1.896) y La Razón (1.900); copropietario de El Parlamento (1.913).
Participó en el homenaje de Jaén en el IV Centenario del Descubrimiento de América, que reunió a las
firmas más importantes de aquellos años, bajo el título genérico "Jaén a Colón", con una prosa titulada "El
sacrificio de Colón" (12-10-1.892); también intervino en el II Congreso Nacional de Riegos, celebrado en
Sevilla, con la ponencia "Estudio, aprobación y ejecución del plan de obras hidráulicas, con aplicación al
beneficio del agua para la Agricultura" (5-5-1.918). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (1.880); donó
50 pesetas para la erección de un monumento al venerable fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914) y de la
Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno (el "Abuelo", 2-4-1.890). Caballero de la Orden de
Santiago. Mayordomo de S. M. (1.894). Maestrante de la Real de Granada. Poseedor de las Grandes Cruces
de Isabel la Católica, Mérito Militar y San Gregorio Magno. Marqués del Rincón de San Ildefonso, por
concesión de Alfonso XIII (1.920). Casado con doña María Teresa de los Reyes Fernández de Villalta y
Coca (Jaén, 7-1-1.890, en su oratorio privado, por el obispo de la diócesis, don Manuel María González
Sánchez). Con domicilio en Jaén, C/, Carrera nº 2 (1.867), Francisco Coello nº 19 (1.918) y en Madrid, C/,
Conde de Peñalver (suite del Hotel Roma). El Ayuntamiento de Jaén en sesión acuerda en homenaje dar su
nombre a la Plaza de Santa María, aunque renunció telegráficamente desde Madrid, aduciendo que no podía
consentir que el nombre de la Santísima Virgen fuese sustituido por el suyo; acordando el Ayuntamiento en
nueva sesión sustituirla por la de la calle de San Clemente (24-6-1.905); más tarde, acuerda asimismo rotular
con su nombre a la del Príncipe Alfonso (17-11-1.934). Para conocer más y mejor su interesante biografía,
vid, la obra de la Cuadra y Trigueros citadas en bibliografía. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales 526-C, de
1.889. AHPJ.: Protocolos de don Eufrasio de Bonilla y Salido, legajo 7.424, pág. 1.265. CAÑADA QUESADA, R.:
Archivo privado. CAZABÁN LAGUNA, A.: "El monumento a González Doncel en la Santa Capilla",
DLS, 1.915, págs. 50-51. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs. 148,
152, 159, 168, 170, 171, 173, 184, 185, 328, 329, 358, 371, 390, 414, 422, 423, 424, 431, 436, 465 y 546.
FERNÁNDEZ DE BOBADILLA Y CAMPOS, F.: Damas de la Real Maestranza de Caballería de Granada,
1.916-1.958, catálogo general. Granada, Imprenta Márquez, 1.971, pág, 24. LARA MARTÍN-PORTUGUÉS,
I, et alii.: Biografías Jiennenses: José del Prado y Palacio. Jaén, Pavimentaciones Morales, S. L. 2.001, págs. 27 y ss;
- 183 -
En 1.922 adquirió el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, la obra de
nuestro ilustre paisano:
Excmo. Sr.
Jiménez 391:
Don
Joaquín
Ruiz - Nacionalización y municipalización de
servicios colectivos.
Yallimitjana.
- La víctima junto al verdugo.
y LARA LÓPEZ, E. L. y LARA MARTÍN-PORTUGUÉS, I.: “Fernando María del Prado (1.746-1.817)”.
BIEG nº 189, págs, 215 y ss. LÓPEZ PÉREZ, M.: Nuestro..., op. cit, pág. 494. MORALES CUESTA; M.
M.: "Jaén a Colón: un homenaje de la ciudad en el IV Centenario del Descubrimiento de América", Senda...,
op. cit, nº 25. Jaén, págs. 71-72. MORENO BRAVO, T.: El callejero..., op. cit. MORENO JARA, M.: "La
Cruz Roja de Jaén y su Provincia. Antecedentes Históricos", BIEG nº 172, págs. 793 y ss. NICÁS
MORENO, A.: Heráldica y Genealogía en el Reino..., op. cit, págs. 352-353. PRADO Y PALACIO, J.: II
Congreso Nacional de Riegos celebrado en Sevilla en los días 5 al 11 de Mayo de 1.918, Comisión Permanente
de los Congresos Nacionales de Riegos, I. Madrid, Sociedad Española de Artes Gráficas, 1.919, págs. 64 y 375 y
ss. R. C. DE ESPELUY.: Libro de Defunciones, 1.926, tomo 4, folio 71. R. C. DE JAÉN.: Libro de Matrimonios,
1.890, tomo 21, folio 3. SCSA.: Ibídem. TORRES GODOY, M.: "Canena siglo XX, Agricultura,
Comunicaciones y Patrimonio", Actas del VI Congreso de Cronistas de la Provincia de Jaén. Jaén, Excma.
Diputación Provincial de Jaén, 2.002, pág. 203. TRIGUEROS Y ENGELMO, F.: Los ministros del rey: Prado
y Palacio. Andújar (Jaén), págs. 9-84.
390
*La Coruña, 12-8-1.856 +Madrid, 8-3-1.921 (asesinado a tiros por los sindicalistas catalanes: Pedro Mateu
Cusidó (masón), Ramón Casanellas Lluch y Luis Nicolau Fort, en la Plaza de la Independencia, cuando
regresaba del Senado y se dirigía a su casa). Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad
Central de Madrid (1.875). Hace la pasantía en el bufete de don Mariano Aguilar. Ejerció la abogacía en
Madrid (1.877). Por su amistad con don Francisco Silvela y de la Vielleuze, comenzó su etapa política,
representando al distrito de Murias de Paredes en las Cortes Generales (León, 1.883). Perteneciente a la
Comisión General de Codificación, Patronato Real para la represión de la trata de blancas, Consejo
Penitenciario, Instituto de Reformas Sociales (creado por él como ministro de Fomento) y Junta Provincial
de Beneficencia de Madrid. Nombrado Subsecretario de Gobernación (1.892) y ministro, durante su
mandato redactó la Ley de Accidentes de Trabajo, el Catálogo de las Industrias Peligrosas y la de Seguros
(1.899). Ministro de Gracia y Justicia (6-12-1.902/20-7-1.903 y 7-9-1.914/4-1-1.915). Presidente del Consejo
de Ministros (27-10-1.913; 22-7-1.915; 11-6-1.917 y 5-5-1.920). Creó la Escuela de Criminología de Madrid
(12-3-1.903). Alcalde de Madrid (1.907). Director de la Revista General de Legislación y Jurisprudencia (1.907).
Publicó en la Revista de los Tribunales un interesante trabajo sobre la historia de la abogacía (1.876). Colaboró
en el periódico giennense La Regeneración, publicando sus artículos: "El bienestar de los humildes" (17-61.911), "Los primeros pasos del Instituto Nacional de Previsión" (6-2-1.912) y "La acción intervencionistas"
(25-5-1.912). De la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación y a la de Ciencias Morales y Políticas,
leyendo un notable discurso sobre el tema "La defensa social" (1.910). Presidente del Congreso de los
Diputados. Vicepresidente del Tribunal Permanente de La Haya (9-1.913). Como estadista, sepamos la
opinión de Esperabé de Arteaga: "...estudió y resolvió con acierto los principales problemas sociales y sobresalió por su
inteligencia, sus felices iniciativas y mostrar siempre un equilibrado espíritu, sin que consiguieran jamás inquietarle ni producir en
él destemplanzas ni la mayor violencia los ataques de los adversarios, por muy injustificados que fuesen...". Sus obras más
notables: El descanso dominical; Causa sobre el testamento ológrafo de don Emilio Carranza; Informe ante el Tribunal de
Justicia de don José Rodríguez Zapata; Historia de la Abogacía; Artículos de Hacienda; Artículos jurídicos sobre los Congresos
de Barcelona y Madrid. En posesión de la Gran Cruz del Mérito Militar, Gran Cruz del Mérito Naval con
distintivo blanco y Cruz de primera clase de Beneficencia. Con domicilio en Madrid, C/, Huertas nº 11 y
Lagasca nº 4. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, III, (CH-E), pág. 49, refª 365.
ESPERABÉ DE ARTEAGA, E.: Op. cit, pág. 377. ICNRPE.: Op. cit, págs, 20-21. SÁNCHEZ DE LOS
SANTOS, M.: Op. cit, págs, 541 y 714-716. SOLANA, F.: Op. cit, pág, 17-20 y ss.
391
Cuya extensa biografía aportamos en el Apéndice I.
- 184 -
- Contrabando y defraudación (Ley
Novísima).
En 1.923, se adquirió otra importante obra jurídica:
Rodríguez Martín, Antonio:
- Los vicios irremediables del Jurado.
En 1.925, dos ejemplares de:
Rodríguez Martín, Antonio:
- Ley de Accidentes de Trabajo 392.
Al reorganizarse la Ilustre Corporación, tras el paréntesis surgido con la
Guerra Civil (1.936-1.939), se acordó por unanimidad, continuar la suscripción
al Repertorio de Legislación, remitiendo un giro postal por importe de 106’05
pesetas correspondiente a la suscripción vencida, y también con la Enciclopedia
Jurídica Española 393.
Más tarde se acordó por la Junta de Gobierno, abonarse a la Revista de
Derecho Privado por“...considerarla de máxima actualidad para los Colegiados” 394.
Don Roberto Guirado Pérez 395, en Junta Ordinaria expuso la necesidad
392
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 10-3-1.925.
393
Ibídem, de 19-8-1.939.
394
Ibídem, de 15-12-1.940.
395
*Alhama de Granada, 24-5-1.913 +Jaén, 30-5-1.994. Hijo de don José Guirado Román y doña Isabel Pérez
Garzón. Licenciado en Ciencias por la Universidad de Granada (12-7-1.932) y en Derecho por la de Murcia
(20-11-1.935). Prestó sus servicios en el Juzgado de Cuevas de Almanzora (3-12-1.935); asimismo lo hizo en
el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Guadalajara (30-6-1.949) y finalmente en el de Jaén.
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (25-10-1.949/30-5-1.994). Secretario Provincial del
Servicio Nacional del Trigo de Jaén (1.950). Sub-jefe Provincial del Movimiento de Jaén (final del Gobierno
Civil de don Manuel Pardo Gayoso (28-2-1.963/17-6-1.968) y durante todo el período de don José Ruiz de
Gordoa y Quintana (18-6-1.968/9-1.972). Jefe de Negociado Supernumerario del Ministerio de Agricultura y
Ganadería (1.976-1.983). Tesorero del partido político Alianza Popular (Partido Popular). Autor de la obra:
Manual del Agricultor, extracto de las disposiciones en vigor, al 31 de marzo de 1.955. Casado con doña Teresa
Martínez Martínez (Cuevas de Almanzora, (Almería), 25-12-1.938). Con domicilio en Jaén, C/, Recogidas nº
7-2º (1.949); C/, Mesa nº 4 y Plaza Coca de la Piñera 6. AICAJ.: Listas, 1.949 y Expediente personal.
CABALLERO VENZALÁ, M.: "Catálogo...", op. cit, pág. 82. MARTÍNEZ MARTÍNEZ, T.: Archivo
privado. OYA RODRÍGUEZ, V.: Archivo privado. R. C. DE ALHAMA DE GRANADA.: Libro de
Nacimientos, 1.913, tomo 42, folio 220. R. C. DE CUEVAS DE ALMANZORA.: Libro de Matrimonios, 1.938,
tomo 34, folio 367. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.994, tomo 232, folio 377.
- 185 -
de incrementar la adquisición de libros para la Biblioteca del Colegio; el Sr.
Bibliotecario-Contador por su parte le contestó en el sentido que en el
ejercicio económico anterior se había invertido en adquisiciones bibliográficas
por valor 6.292’75 pesetas ¡de las de 1.949! 396
Por las razones expuestas en la primera nota a pie de página
correspondiente al Apéndice I de esta obra no hemos podido continuar con la
relación de adquisiciones bibliográficas.
III. LISTAS.
Por acuerdo adoptado unánimemente por la Junta General del Ilustre
Colegio de Abogados 397, se aprobó la edición de las primeras listas de la
Corporación, dándose de este modo fiel cumplimiento a lo preceptuado en el
art. 25 de los Estatutos 398.
Quedó así institucionalizada la edición y distribución de la misma entre
los diversos Colegios de Abogados establecidos en España 399, como
396
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 29-1-1.950.
397
Ibídem, de 16-1-1.849.
398
"...y formará cada año la lista de los abogados de su colegio con espresion (sic) de su antigüedad.
399
Ofrecemos relación alfabética de todos los Colegios de Abogados establecidos en España, con expresión de la
fecha de su fundación: Albacete (1.838). Alcalá de Henares (Madrid, 19-4-1.850). Alcira (Valencia, 1.800).
Alcoy (Alicante, 1.943). Alicante (1.844). Almería (1.841). Antequera (Málaga, 1.844). Ávila (1.849). Badajoz
(1.839). Balaguer (Lérida, 1.870). Baleares (Palma de Mallorca, 1.779). Barcelona (1.833). Bilbao (1.838).
Burgos (1.834). Cáceres (1.799). Cádiz (2-7-1.790). Cartagena (Murcia, 1.849). Castellón de la Plana (1.831).
Ceuta (1.964). Ciudad Real (1.839). Córdoba (1.770). Coruña, La (1.761). Cuenca (1.847). Elche (Alicante, 2612-1.951). Estella (Navarra, 1.844). Ferrol (La Coruña, 1.950). Figueras (Gerona, 1.870). Gerona (1.868).
Gijón (Oviedo, 1.840). Granada (1.726). Granollers (Barcelona, 1.923). Guadalajara (17-9-1.844). Huelva
(1.895). Huerca-Overa (Almería, 12-1.882). Huesca (12-4-1.841). Jaén (22-12-1.848; en el BOE, nº 107 de 107-1.948, publicado el 16-11-1.948, pág. 338, aparece la O. M. de Justicia por la que se concede la categoría de
Colegio Provincial y único en el territorio que abarca el de Jaén). Jerez de la Frontera (Cádiz, 1.763). Las
Palmas (1.766). León (1.844). Lérida (1.850). Logroño (1.880). Lorca (Murcia, 1.874). Lucena (Córdoba,
1.870). Lugo (1.839). Madrid (1.596). Málaga (1.776). Manresa (Barcelona, 1838). Mataró (Barcelona, 1.867).
Melilla (1.932). Murcia (1.855). Orense (1.870). Orihuela (Alicante, 1.840). Oviedo (1.772). Palencia (1.844).
Pamplona (1.818). Pontevedra (1.838). Reus (Tarragona, 1.880). Sabadell (Barcelona, 1.905). Salamanca
(1.843). San Cristóbal de la Laguna (Santa Cruz de Tenerife, 1.839). San Filiú de Llobregat (Barcelona, 1.890).
San Sebastián (1.844). Santa Cruz de Tenerife (1.838; O. M. de Justicia, aparecida en el BOE nº 279 de 15-31951, se concede al Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas de Gran Canaria, el carácter de Insular y
único en dicha Isla). Santa Cruz de la Palma (1.875). Santander (1.838). Santiago de Compostela (La Coruña,
1.844). Segovia (1.838). Sevilla (1.706). Soria (1.861). Sueca (1.841). Tafalla (Navarra, 1.931). Talavera de la
Reina (Toledo, 1.934). Tarragona (1.845). Tarrasa (Barcelona, 1.930). Teruel (1.882). Tetuán (Marruecos,
1.935). Toledo (1.883). Tortosa (Tarragona, s. XIX). Tudela (Navarra, 1.893). Valencia (1.759). Valladolid
(1.592). Vic (Barcelona, 1.930). Vigo (Pontevedra, 1.932). Vitoria (1.839). Zamora (1.845). Zaragoza (1.579).
- 186 -
igualmente con las autoridades de ámbito local.
El Decano informó a la Junta General la remisión de listas por parte de los
Ilustres Colegios de Abogados de Málaga y Cáceres 400, y tras una breve
deliberación se acordó, entre otros, concertar con ambas Corporaciones el
intercambio de listas con carácter anual 401.
A través de los Presupuestos anuales aprobados por la Junta de
Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén y ratificados por la
General, conocemos las partidas asignadas para la edición de las meritadas
listas, cuya cuantía reseñamos:
AÑOS
REALES
1.851
80 reales
1.852
120 reales
1.853
144 reales402.
1.855
160 reales
1.856
80 reales
1.857
160 reales403.
1.858
160 reales
1.859
140 reales
1.860
140 reales
1.861
140 reales
1.862
190 reales404.
FERNÁNDEZ SERRANO, A.: Op. cit, págs. 59-61. M. J.: Guía Judicial 1.993. Madrid, Secretaria General
Técnica, Centro de Publicaciones, 1.992, págs. 20-22. SALINAS QUIJADA, F.: "La Abogacía Foral", Temas
de Cultura Popular nº 54. Navarra, Diputación Foral de Navarra, 1.981, págs. 30-31.
400
Fueron los pioneros en este intercambio de listas.
401
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 6-2-1.850.
402
Con media resma de papel con membrete. Ibídem, 1.853.
403
Ibídem, de 1.857.
404
Este año coincidió con la visita que efectuara a Jaén la Reina Isabel II; obviamente se cuidó de la calidad del
material empleado; esto viene a explicar el motivo del alza del costo.
- 187 -
Por las mismas razones de tan constante referencia no podemos
continuar con la reseña de las partidas presupuestarias asignadas para la
edición de las precitadas listas correspondientes a años posteriores.
A través del acuerdo tomado por la Junta de Gobierno sabemos que se
remitieron las listas correspondientes al ejercicio económico 1.862 al Regente
de la Audiencia Territorial de Granada, Gobernador Civil y Militar de Jaén,
Jueces de Primera Instancia de Jaén y sus Partidos Judiciales, Decanos de
Ilustres Colegios de Abogados -que previamente tuviese concertado dicho
intercambio- y: “...a funcionarios de costumbre” 405. En esta misma sesión se dio
cuenta del envío por parte de los Ilustres Colegios de Abogados de Granada y
Almería de sus listas correspondientes, incrementándose notablemente el
intercambio de las mismas.
Por el Secretario de la Junta de Gobierno don Federico Mendoza y
Roselló se informó de la remisión de listas a diversas autoridades civiles y
eclesiásticas, cuya relación aportamos como muestra palpable de la aceptación
que tuvieron las mismas en la sociedad de su tiempo:
Audiencia Territorial de Granada, Gobernador Civil de Jaén, Obispo de
la Diócesis, Comandante Militar del distrito de Jaén, Jueces de Primera
Instancia y de Paz de la Capital, Promotor Fiscal del Juzgado, Provisor,
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jaén, Deán y Cabildo de la Santa
Iglesia Catedral, Jueces de los partidos de Baeza, La Carolina, Cazorla,
Andújar, Alcalá la Real, Segura de la Sierra, Martos, Úbeda, Mancha Real,
Huelma y Villacarrillo. Decanos de los Ilustres Colegios de: Granada Cáceres,
Almería, Málaga, Madrid y Sevilla. Administrador de Hacienda Pública de
Jaén, Tesorero y Contador de la misma, Administrador de Correos, Jefe de la
sección de Fomento, Teniente-Vicario General Castrense, Decano del Ilustre
Colegio de Procuradores de Jaén, Gobernador del número de Escribanos,
Director de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Jaén,
Secretario de la Junta Provincial de Agricultura, Industria y Comercio,
Director del Instituto de Segunda Enseñanza, Secretario de la Junta de
Instrucción Pública, Director de la Escuela Normal, Secretarios del Instituto
de Estadística y de la Junta de Beneficencia y Arquitecto de la Provincia de
Jaén 406.
405
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1-1-1.862.
406
Ibídem, de 26-3-1.862.
- 188 -
Esta difusión conllevó la ampliación del intercambio con los Colegios
de Abogados de León y Córdoba 407.
Por acuerdo de la Junta General Ordinaria se nombró una Comisión
para examinar el estado de las actas y archivo de la Ilustre Corporación, y en
su defecto, subsanar los posibles defectos que se encontrasen. Tras la
inspección tanto de actas como de los Libros de Registros de Incorporaciones
de Colegiados se pudo comprobar la falta de las de 1.866, a la sazón
Secretario, el difunto don Felipe Balguerías Monereo: 408 “...y que en los libros de
registro de incorporaciones en la parte respectiva del mismo año aparecen también que los
asientos correspondientes a los señores colegiales: don Francisco Javier de Palacio y García de
Velasco 409, don Rafael de Adán y Castillejo 410, don Mateo de Campos Candalija 411, don
407
Ibídem, de 28-7-1.865.
408
Este nuevo dato viene a confirmar lo anteriormente comentado. Ibídem, de 1-9-1.871.
409
*Jaén, 20-2-1.840 +Madrid, 13-4-1.902. Conde de las Almenas (concedido en 1.864). Hijo de don José María de
Palacio y Benito de Cárdenas, Tesorero de Rentas, Marqués de Almaguer y Director de la RSEAPJ 1-11.863/31-12-1.866 y 1-1-1.867/31-12-1.869) y de doña María de las Mercedes García de Velasco y Ortiz de
Artacho. Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Sevilla (1-9-1.864). Incorporado al
Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (29-8-1.866). Notable escritor, reconocido poeta, periodista, político
conservador canovista, defensor a ultranza de la Restauración en Jaén y propietario agrícola. Resultando su
biografía tan extensa, y por las razones de espacio de tan constante referencia, remitimos al hipotético lector
a conocer algunos interesantes aspectos de su vida a Moreno Jara citado en bibliografía y al Apéndice II de
este estudio histórico. ADPJ.: Libro de Actas de 1.873-1.875. AHDCJ.: Libros de Bautismos de la Parroquia de San
Ildefonso nº 52, folio 253; de Matrimonios nº 30, folio 73 vto. y ss. y BOEOJ, op. cit, Jaén, pág. 149. AICAJ.:
Listas, 1.868, LSAIICJ y Expediente personal. ARTILLO GONZÁLEZ, J.: "Vida política y actividad electoral
en el Jaén de la Restauración (1.875-1.923)", Códice nº 6. Madrid, Asociación de Amigos del Archivo
Histórico Diocesano de la Catedral de Jaén, 1.990, págs. 7 y ss. CABALLERO VENZALÁ, M.: Prólogo..., op.
cit, págs. XV-XVI y Diccionario..., op. cit, II (C), pág. 304, refª. l.934. CADENAS Y LÓPEZ, A. A., de.:
Caballeros de las Ordenes de Santiago, Calatrava, Alcántara y Montesa, que ostentaron un título nobiliario (siglo XIX).
Madrid, 1.990, pág. 30. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Breve...", op. cit, págs. 37-38. CAZABÁN
LAGUNA, A.: "Romancero de Jaén: la Casa de los Rincones", DLS, op. cit, 1.913, págs. 105-107; "Pues
sabrás, Inés hermanas", op. cit, 1.919, págs. 60-61; "Xavier del Palacio (el Conde de las Almenas)", ibídem,
págs. 259-263 y "Un incunable del periodismo ilustrado de Jaén", op. Cid, 1.926, pág. 105. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs. 121, 154, 320, 349, 380, 411, 423, 424,
436, 459 y 544. CHECA GODOY, A.: Op. cit, pág. 260. 262, 309 y 310, DARÍO, R.: Don José Lázaro (1.8621.947). Valencia, Editorial Castalia, 1.951, pág. 11. El Industrial, extraordinario de 1.874-1.895. ESPEJO
GARCÍA, E.: Op. cit, págs. 38 y 39. JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Bernardo..., op. cit, págs. 340-341. LÓPEZ
VILLAREJO, F.: Linares durante el sexenio revolucionario (1.868-1.875). Estudio de su evolución demográfica, política y
socioeconómica. Jaén, Diputación Provincial de Jaén, colección: "Investigación", 1.994, pág. 639. M. J.:
Grandezas..., op. cit, págs. 149, 293 y 477. MORENO JARA, M.: "El Romancero de Jaén", Claustro Poético nº
13. Jaén, RSEAPJ y Caja Rural de Jaén, 2.002, págs. 124-126. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles viejos: la
Exposición Provincial de Ganadería de 1.891", Senda, op. cit, nº 25, pág. 106. PÉREZ ORTEGA, M. U.: Op.
cit, pág. 88, y "La espada y la cruz, una aproximación a la poesía de María del Pilar Tirado y de Palacio",
BIEG nº 185, Diputación Provincial de Jaén, 2.003, pág. 374. RSEAPJ.: Pinacoteca, Conde de las Almenas, envío
retrato, 1.905. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.906, tomo 82, folio 308. R. C. DE TORRELODONES
(Madrid).: Libro de Defunciones, 1940, tomo 9, folio 12. RUIZ JIMÉNEZ, J.: "Exposición...", op. cit. TORAL
PEÑARANDA, E.: "Un paseo por algunos libros y revistas del XIX", BIEG nº 150, págs. 283-284.
- 189 -
Manuel López Monereo y don José de Torres y Torres están sentados y escritos con nota de
las copias de los títulos...”. “...en el mismo libro el folio 28 está en blanco y no escrito, que
debía corresponder al licenciado don Antonio Morales Contreras 412, abogado procedente del
Colegio de Sevilla”.
410
*Jaén, 13-9-1.828 +Alcaudete (Jaén), 7-2-1.882. Hijo de don Alonso Adán y Angulo y doña María Vicenta
Castillejo Callejón. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (15-11-1.852). Incorporado
al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (20-1-1.852). Afiliado a la Unión Liberal; detenido por razones
políticas, conjuntamente con sus compañeros de partido: don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora y
don Wenceslao Jiménez-Coronado y Ruiz de Velasco durante cinco días, siendo condenados a destierro en
Llerena (Badajoz, 1.857). Comandante de la Milicia Nacional. Alcalde de Alcaudete (1.854). Vocal del
Consejo Administrativo de Jaén (1.865). Vocal del Consejo Administrativo de Jaén. Jefe Superior de
Administración. Gobernador Civil de Cuenca (1.869), Murcia (1.872), Valladolid (1.874) y Córdoba (1.874).
Diputado a Cortes por el distrito de Jaén, obteniendo 5.422 votos que representó el 58'13% de los emitidos
(1.871). Presidente de sección de Agricultura y Economía Rural de la RSEAPJ (1.877). Socio de número de la
RSEAP de Málaga. Se le concedió la placa de Comendador de la Orden de Carlos III y de la Americana de
Isabel la Católica (1.869) y más tarde, la Gran Cruz de la misma Orden (1.871). Casado con doña Fermina
Martínez Ruiz. Con domicilio en la C/, Ancha nº 8. Su hermano don Francisco, Diputado Provincial por
Alcaudete (1.393 votos, en 1.871), Presidente de la Diputación Provincial de Jaén (1.874), Maestrante de
Granada, además, Amadeo I de Saboya le otorgó al citado don Francisco, el título de Marqués de la Fuente
del Moral (D. de 17-7-1.871 y Real despacho de 24-9 siguiente). Don Rafael testó ante el notario de
Alcaudete, don Eduardo Díaz y Díaz (1-3-1.875). Su sobrino don Alonso Calderón y Adán, desempeñó
importantes cargos burocráticos en Correos y Gobernación en las provincias de Jaén, Sevilla, Ciudad Real y
Córdoba, Alcalde de su Ciudad natal (1.883), Juez municipal de la misma (1.887-1.890), al ganar las elecciones
nuevamente el partido Liberal ocupó de nuevo la alcaldía de Alcaudete; por tan relevantes servicios se le
concedió la Cruz de Carlos III, la de segunda clase de dicha Orden, y por dos veces los honores de Jefe de
Adminsitración Civil. ADPJ.: Legajos 2.728/8 y 9 y Libro de Actas, ibídem. AICAJ.: Expediente personal y LSIICJ,
ibídem, pág. 23. BOPJ nº 104, de 15-2-1.871. CASTRO DE LA GARZA, F, de.: Archivo privado. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem, págs. 153, 163-164 y 432. “El Clamor Público, de Madrid (4-7-1.857). LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Op. cit, nº 663. OSUNA Y GUERRERO, E.: Guía Oficial de Jaén y su Provincia, almanaque
para el año de 1896, Jaén, Tip. de “El Liberal de Jaén”, 1.896, pág. P. R. C. DE ALCAUDETE.: Libro de
Defunciones, 1.882, tomo 14, folio 27 vto. VALVERDE FRAIKIN, J.: Op. cit, pág. 239.
411
*Jaén, 1.841 +18-3-1.882. Hijo de don José de Campos y Alcalde (cuya biografía aportamos en el Apéndice I) y
doña Micaela Candalija y Uribe. Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (73-1.866). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (22-8-1.866). Promotor fiscal del Juzgado de
Primera Instancia del partido de Jaén (1.870). Juez Municipal suplente de Jaén (21-8-1.881). Casado con doña
Ana Manuela Gutiérrez Campos (Jaén, Sagrario). Con domicilio en la C/, Turronería nº 11 (Francisco Martí
Mora) y Colegio nº 2. Testa ante el notario de Jaén, don Eufrasio de Bonilla y Salido (15-3-1.882),
ascendiendo el total de sus bienes a 73.603'50 pesetas que desglosadas: 3.070 en alhajas, 1.250 semovientes,
7.025'50 muebles y 62.258 en inmuebles. Sobrino carnal por línea materna del primer Decano del Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén, don Mateo Candalija y Uribe. AHMJ.: LAC nº 12. AHPJ.: Protocolos de don
Lorenzo de Bonilla y Alcázar, legajo 18.420, folio 1.398 al 1.482. AICAJ.: Listas, 1.868, LSAIIJ, ibídem, pág. 24 y
Expediente personal. CAÑADA QUESADA, R.: "Linajes nobles de Jaén: Candalija", BIEG nº 187, Octavo
Seminario de Bio-Bibliografía Giennense "Manuel Caballero Venzalá". Jaén, 2.004, págs. 141-142. R. C. DE
JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.882, tomo 27, folio 291.
412
Incorporado a los Ilustres Colegios de Abogados de Sevilla y Jaén (17-1-1.867 y 17-1-1.867, respectivamente).
Su alta en Jaén se debió para poder defender al presbítero don Juan Pérez Galindo, cura párroco de Bailén,
actuando de Procurador de los Tribunales don Rafael Osuna Nieto (cuya biografía aportamos en el capítulo
V). No podemos incluir sus datos biográficos porque según manifestaciones del Oficial Mayor de la Ilustre
Corporación bética, la misma sufrió un desafortunado incendio a mediados de la década de los 50, y por
ende, se destruyó por completo toda la documentación existente. AICAJ.: Expediente personal.
- 190 -
La Comisión a la vista de lo detectado en su gestión decide informar a
la Junta General de los errores y defectos:“...ocurridos a consecuencia de las
desgracias que tuvo el licenciado don Felipe Balguerías Monereo, consistente en que a poco de
ser elegido Secretario cayó enfermo con el penoso y largo padecimiento del cual vino a
sucumbir...”.
La Junta a la vista del informe emitido por la meritada Comisión,
acordó por unanimidad:“...comprar otros libros y se sustituyan los perdidos en la época
de Balguerías Monereo, pero respetando la foliación...” 413.
El Secretario informó a la Junta General 414:“...que había empezado a
ordenar y clasificar el archivo de la Secretaria, para expedir un certificado solicitado por el
colegial don Joaquín Ruiz Bueno, había tenido que consultar los antecedentes y había notado
la falta de éstos y las listas de muchos años, y que para adquirir los datos necesarios para el
certificado, tuvo que consultar a don José Campos y Alcalde y a don José de Bonilla y
Forcada, quienes los facilitó, en calidad de necesidad al Colegio, tres listas correspondientes a
1.863, 1.866 y 1.868 415; y las restantes las facilitó la hermana del ya difunto don Antonio
María Guijosa Gómez; que una vez consultadas fueron devueltas”. Continúa
expresando que era su deseo: “...que se salvaran en cuanto fuere posible las grandes
lagunas que en la documentación del Colegio se observan...”, instando a la Junta
General tomase la decisión oportuna al objeto de solicitar de la hermana del
colegiado Sr. Guijosa Gómez la donación de las citadas listas 416.
El Secretario informó a la Junta de Gobierno sobre la remisión de las
listas procedentes de los Ilustres Colegios de Abogados de Barcelona, Bilbao,
Burgos, Santander y Toledo, acordándose por unanimidad remitirles la de Jaén
con un expresivo oficio de agradecimiento 417.
El tan citado Secretario informó asimismo a la Junta de Gobierno
acerca de la culminación de la clasificación y puesta al día del archivo de la
Ilustre Corporación, separando conceptos y años, siéndole imprescindible
413
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 31-5-1.872.
414
Ibídem, de 27-8-1.882.
415
La correspondiente al año 1.863 la hemos podido consultar fuera de los fondos documentales del Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén.
416
Obviamente no debió surtir efecto el deseo expresado por el Sr. Secretario-Contador don Antonio de Gregorio
y Tejada.
417
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 6-10-1.882.
- 191 -
contar con carpetas de cartón numeradas por legajos. Acordándose por
unanimidad encargarlas al tipógrafo don Tomás Rubio Campos 418.
Para terminar este apartado comentamos que en 1.882 se recibieron las
listas de los Ilustres Colegios de Abogados de Zaragoza, Lugo y Cuenca 419, y el
Secretario de la Corporación Sr. García de Quesada y Martínez Victoria
remitió las Listas correspondientes al ejercicio económico 1.922-1.923 a la
redacción de don Lope de Sosa, dirigida por el eximio don Alfredo Cazabán
Laguna 420.
IV. DOMICILIOS.
Durante más de cuarenta y siete años careció el Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén de sede propia o arrendada, las razones hay que buscarlas
no sólo en la carencia de presupuesto para tal fin, sino también en el escaso
número de colegiales incorporados 421 que hacia inviable el proyecto, máxime
cuando las necesidades sociales y burocráticas eran escasas. Tampoco
418
*Jaén, 1.826 +15-1-1.903., en estado de soltero. Hijo de don Salvador Rubio Larrias y doña Rafaela Campos
Torres. Impresor de Jaén. Según el profesor Checa, entre otros: “…adquirió probablemente la imprenta de
Francisco López Vizcaíno al pasar éste a Madrid, pues la primera referencia a su establecimiento -1.869- es la misma que la
de salida de López Vizcaíno de la ciudad y la imprenta estaba situada asimismo en la Plaza de Santa María. La imprenta
de Rubio se mantendría hasta ya entrado nuestro siglo, regentada en los últimos años por su viuda…”. Socio de la
RSEAPJ (10-2-1.881). A tenor de lo anteriormente expuesto, bien se infiere que los autores que han
versado sobre éste provecto impresor giennense, no han tenido ascenso ni a la inscripción de su
fallecimiento ni al testamento otorgado por el causante. Lo que sí es más cierto es que la industria
topográfica –entre otros bienes- pasó a sus herederos, siendo el más favorecido el hijo de su hermano, don
José Rubio Arcos, regente de la Imprenta de la Diputación Provincial de Jaén. Con domicilio en la C/,
Maestra Baja nº 102 (1.891). Testó ante el notario de Jaén, don José Azpitarte Sánchez. ADPJ.: Legajo
2.788/40. CHEC A GODOY, A.: Op. cit, pág. 315. PICATOSTE, C.: Guía Oficial de Jaén y su Provincia para
1.891. Jaén, Tip. de Felipe Fernández Cano, 1.891, pág. 100. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.903,
tomo 75, folio 35. SANCHO SÁEZ, A.: “El homenaje poético a la Virgen de la Cabeza de 1.884”. Actas de
la III Asamblea de Estudios Marianos (Andújar- 10-12 de octubre de 1.986). Andújar (Jaén), ediciones El
Almendro, 1.987, pág. 253.
419
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 23-11-1.882.
420
421
*Úbeda (Jaén), 13-4-1.870 +Jaén, 14-1-1.931. Socio de la RSEAPJ (27-3-1.890); Secretario de sección de
Ciencias y Letras (1.890); Vice-Secretario (1.899-1.901 y Secretario General (1.902 al 1.925). En la revista
DLS correspondiente al año 1.922, pág. 94, muestra su agradecimiento a prolija producción literaria de este
Cronista Oficial de la Provincia de Jaén, y por razones de espacio de tan constante referencia obviamos su
inclusión, no obstante, remitimos a los presuntos interesados en conocerla a la bibliografía citada.
Consideramos no es extemporáneo citar una actividad empresarial de don Alfredo hasta ahora inédita para
los autores que se han ocupado de él: la minera; para conocerla pormenorizadamente vid, Illán Rueda.
BONILLA Y MIR, J. A, de, et alii.: "Palabras previas", BIEG nº 51, págs. 7-77. CABALLERO VENZALÁ,
M.: Diccionario..., op. cit, II, (C), págs. 185-239, refª. 1.425-1.492. CHECA GODOY, A.: Op. cit, pág. 282.
ILLÁN RUEDA, R.: "Explotaciones mineras de D. Alfredo Cazabán en Bélmez de la Moraleda", Sumuntán
nº 15. Jaén, Colectivo de Investigadores de Sierra Mágina, 2.001, págs. 175 y ss. VALLADARES
REGUERO, A.: Temas y autores de Úbeda. Úbeda, Asociación Cultural "Alfredo Cazabán", 1.992, pág. 524.
Con 22 colegiados se fundó el Ilustre Colegio de Abogados.
- 192 -
debemos de olvidar que durante la segunda mitad del siglo XIX, la elección de
Decano implicaba de manera tácita, la obligación de celebrar en su propio
bufete las reuniones Juntas de Gobierno y Generales, en las que se dirimían
sobre las materias que afectaran al colectivo de la incipiente Corporación.
Pese a la falta de las Actas de Juntas Generales, tantas veces citadas, no
obstante podemos señalar el lugar de reuniones de las distintas Juntas
Generales correspondientes a las siguientes fechas:
-24 de diciembre de 1.848, 1.850, 11-11-1.852, 1.853, 1.854, 1.855,
1.857, 1.858, 1.859, 1.860 y 1.861, casa-estudio del Decano don Mateo Ramón
Candalija Martínez, C/, Turronería nº 11 (Francisco Martí Mora) 422.
-1.849 y 1.856, casa-estudio del Decano don Antonio María Camps y
Camacho, C/, Juego de Pelota nº 21 (Carrera de Jesús) 423.
-20 de noviembre de 1.851, casa-estudio del Decano don Martín
Vadillos de Quesada, C/, Recogidas nº 6 424.
-27 de diciembre de 1.862, casa-estudio del Decano don Gregorio
Casanova del Castillo, C/, Cambil nº 10 425.
-1.863, Casa-estudio del Decano don Juan de la Cruz García y Lara de
Mora, C/, Hurtado nº 7 426.
-1 de enero de 1.864, Sala del Juzgado de Paz, era a la sazón Decano
don Antonio Mariscal y López de Navajas 427.
422
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 24-12-1.848. En el Apéndice 1º aportamos su biografía.
423
Ibídem.
424
Ibídem.
425
Ibídem, de 27-12-1.862.
426
Casa con una bella portada de pilastras planas con dintel coronado por flameros y balcón y rejas de forja.
GALERA ANDREU, P. A., et alii.: Catálogo..., op. cit. pág. 367.
427
Ubicado en el Cuartel del Mercado (Cuartel de San Rafael (1.744-1.753); que junto a la Alhóndiga y la Casa de
Comedias fueron derruidos para levantar sobre su solar el también desaparecido Teatro Cervantes
- 193 -
-1.865, casa-estudio del Decano don Antonio de Ochoa y Jiménez de
Góngora, C/, Plazuela de la Cárcel nº 4 (Plaza de las Cruces).
-30 de abril de 1.866 y 1.884, sala-estudio del Decano don José de
Campos y Alcalde, C/, Colegio nº 2 428.
-1.867 y 1.868, casa-estudio del Decano don Tomás Sánchez Vera, C/,
Los Coches nº 3 429.
-1.869, 1.877, 1.878, casa-estudio del Decano don Juan Carrillo de
Albornoz y Guilotó, C/, Puerta Noguera s/n 430.
-1.870, 1.871 y 1.872, casa-palacio del Decano don José María de Uribe
y Funau, calle de su propio nombre, en cuya piedra clave lucía su escudo
nobiliario 431.
-1.873, 1.874, 1.879 y 28-5-1.882, casa-estudio del Decano don Manuel
de Miguel García, C/, Plaza de San Ildefonso nº 10 y Arroyo de San Pedro nº
3 432.
-1.875, 1.876, 1.883, 1.885, 1.892 y 1.893, casa-estudio del Decano don
José Antonio de Bonilla y Forcada, C/, Las Peñas nº 4, Cañuelo de Jesús nº 3
y Plaza de San Francisco nº 8 (éste último conocido por casa-palacio de
Cobaleda Nicuesa) 433.
(inaugurado el 27-9-1.907). BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, págs. 227-232. RUIZ CALVENTE, M.:
"Aportación documental sobre el desaparecido cuartel de San Rafael de Jaén, 1.744-1.753", Senda..., op. cit nº
17, págs. 41 y ss.
428
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 30-4-1.867.
429
Ibídem.
430
Ibídem.
431
CAZABÁN LAGUNA. A.: "La casa de los Uribes", DLS, 1.916, págs. 275-276.
432
433
AICAJ.: AA.JJ.GG.
Las Juntas de 1.885 y siguientes tuvieron lugar en la alcaldía de Jaén, por ser el Decano a la sazón Alcalde de la
Ciudad. CAZABÁN LAGUNA, A.: "El callejón de los Vélez", DLS, 1.928, págs. 307-308.
- 194 -
-1.880, 1.888 y 1.891, casa-estudio del Decano don Francisco Flores
Suazo, C/, Escuelas nº 3 (Moreno Castelló) 434.
-1.886-1.887 y 30-6-1.888, casa-estudio del Decano don Ignacio Manuel
García Casares, C/, Llana nº 26 435.
-31 de agosto de 1.891, Secretaría de la Diputación Provincial 436.
-15 de agosto de 1.892, sala de Audiencia del Juzgado Municipal 437.
-1.893, se celebró el Ayuntamiento 438.
-1.895, por entonces ya hacía gestiones la Junta de Gobierno para lograr
que la Audiencia Provincial se estableciera en el Palacio Provincial y asimismo
el propio órgano colegiado 439.
-15 de enero de 1.899, en la Sala del Colegio de Abogados 440.
434
Las Juntas de 1.888 y 1.891 se celebraron en la Sala de Sesiones de la Diputación Provincial, sita en el palacio de
don Francisco de Valdivia y Fernández de Córdoba, 7º Conde de Torralba (Colegio de Santo Tomás), en
virtud a que el Decano era a la sazón Secretario de dicha Corporación. LÓPEZ CORDERO, J. A.: "Una
visión del Gobierno Civil giennense a mediados del XIX", Senda nº 24, pág. 61.
435
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 30-6-1.888.
436
Que aún continuaba en el citado palacio del Conde de Torralba; aunque el Colegio de Santo Tomás comenzó a
impartir sus clases en octubre de 1.887. LÓPEZ CORDERO, J. A.: "Una visión....", op. cit, pág. 61.
ORTEGA SAGRISTA, R.: "La Feria de 1.846", Diario Jaén, extraordinario de Feria de San Lucas, 1.957.
437
En el piso bajo del Ayuntamiento (entrada por la C/, el Toro, actual Obispo González). AICAJ.: AA.JJ.GG. de
15-8-1.891.
438
AICAJ.: AA.JJ.GG. de 9-4-1.893. Aunque en el Almanaque de Picatoste de igual año, se cita el domicilio del
Colegio en la C/, del Deán de Mazas nº 34.
439
AICAJ.: Ibídem de 1-1-1.896.
440
Ya en la flamante sede del Colegio de Abogados, sita en el Palacio Provincial. Por tanto nos sorprende y
consideremos extemporáneas las manifestaciones del Sr. Secretario-Contador, don Manuel García de
Quesada y Martínez Victoria, respecto a la causa de la laguna documental correspondiente al período de
tiempo que abarca desde enero de 1.915 hasta el 8 de enero de 1.922, fecha en que solicita la apertura de un
nuevo libro por no habérsele entregado "...el correspondiente a las Actas de Juntas Generales, sin duda debido a las
diversas mudanzas que han sufrido los libros de Secretaria, y en su virtud pide autorización para empezar un libro nuevo que
principiará con el acta de la presente Junta, siéndolo concedido". Este aserto lo fundamentamos teniendo en cuenta que
la Ilustre Corporación desde su arribo al Palacio Provincial no sufrió otra mudanza hasta octubre de 1.956,
- 195 -
-3 de julio de 1.924, en el bufete del Decano don Virgilio Anguita
Sánchez 441.
La primera noticia documentada que conocemos respecto a la
instalación de la Audiencia de lo Criminal en Jaén, es a través del Diputado a
Cortes por la circunscripción de Jaén, don Diego Coello Quesada 442, quien
informara al Ayuntamiento de las gestiones que viene realizando desde 1.860
para su establecimiento.
cuando se estableció en el actual Palacio de Justicia. A tenor de lo expuesto sólo nos cabe inferir que el Sr.
Secretario-Contador, desconocía el primer y grave incendio que sufriera las dependencias de la Ilustre
Corporación en el Palacio Provincial el día 23-1-1.919; incidentes que están analizados en este mismo
capítulo y documentalmente probados. AICAJ.: Ibídem, 15-1-1.915 y 8-1-1.922, respectivamente.
CAZABÁN LAGUNA, A.: "Pues, sabrás, Inés hermana", DLS, 1.919, pág. 61.
441
C/, Mesa nº 14. A propuesta del Alcalde de Jaén, don Rafael del Niño Segalerva se acordó cambiar el nombre
de Mesa por el de Emilio Mariscal Mendoza (21-3-1.898). Durante el Bienio Negro el Ayuntamiento acuerda
cambiarlo por el del político José Nekens (1.934). El meritado Ayuntamiento opta nuevamente por rotularla
Emilio Mariscal (1.939). En el Apéndice I aportamos su extensa biografía.
442
*Jaén, 19-8-1.820 +Roma, 5-4-1.897. Hijo de don Diego Antonio Coello de Portugal y García del Castillo y
doña Josefa de Quesada y Vial. Diplomático, periodista y político. Comenzó sus primeros estudios en Jaén,
bajo la dirección de don Juan Nepomuceno Lozano y López, los continúa en el colegio de los Padres
Escolapios de Getafe (Madrid), junto con su hermano don Francisco de Paula, ingresa en el Real Colegio de
Humanidades de Monforte de Lemos (Lugo) y los culmina en la Universidad de Sevilla, donde se licenciara
en Derecho, y en cuya facultad también se doctora. Consultando a Caballero Venzalá sabemos en su
vertiente diplomática, que en 1.844 ingresa en el Cuerpo Diplomático, prestando servicios en la Secretaría de
Estado y como ministro residente en Copenhague y Plenipotenciario en Turquía, Turín, Parma, Toscana,
Bruselas, Lisboa y Roma. Realizó una alta labor cultura al crear en Roma la Academia Española de Bellas
Artes. Respecto a su faceta periodística cuando estudiaba en Sevilla comenzó a escribir en la prensa de
madrileña; establecido en Madrid formó parte de la redacción de El Corresponsal, e incluso llegó a dirigirlo
(1.840); el Conde de San Luis, propietario de El Heraldo, lo lleva a su periódico (1.846), aunque por
disidencias ideológicas lo abandona; funda y dirige El Faro y La Época. En su faceta política la inicia los días 6
y 7 de diciembre de 1.846, fecha en que tiene lugar nuevas elecciones generales; las Cortes quedan
constituidas el 31 de diciembre siguiente. De los 302 electores de Jaén votaron a favor de don Diego, 218
(72'18%), de los cuales 127 (58'25%); reelegido nuevamente en las elecciones de 1.850, sus electores eran 458
de los que ejercitaron su derecho a votar 261 (56'98%), 129 (49'42%), escoraron a favor de don Diego; otra
vez más es elegido para representar a Jaén en las elecciones de 1.854, en las que participaron activamente
10.892 electores (80'96%) electores, que eligen a don Diego por 6.956 votos (63'86%); de nuevo accede a la
Cámara Baja en las elecciones de 1.858; repite en las de 1.863, entonces Jaén tiene 740 electores, de los que
acuden a votar 356 (48'10%), lo eligen el resto, o lo que es igual el cien por cien de los votantes, y finalmente
reelegido en las de 1.865, y otra más por Canarias. Isabel II escribió un manifiesto y un acta de abdicación en
su hijo Alfonso (los textos los redactó con don Diego, 25-6-1.870). En posesión de numerosas
condecoraciones extranjeras, entre ellas la Legión de Honor de Francia. Era Gentilhombre de Cámara de S.
M. Caballero de la Orden de Carlos III (1.876) y de la de Isabel la Católica. Quienes estén interesados en
conocer su amplia biografía, su extensa obra periodística y curioso anecdotario, vid, Caballero Venzalá y de la
Cuadra Herrera, citados en bibliografía. AHMJ.: LAC de 9-2-1.865. CABALLERO VENZALÁ, M.:
Diccionario..., op. cit, II (C), págs. 282-285, refª. 1.817-1.821. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Aproximación
de los diputados..., op. cit, págs. 70-71, 82, 87, 89, 104-105, 114, 260, 363, 390, 409, 413, 422, 464 y 529, y
"Aproximación a los Senadores...", op. cit, pág. 197. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit,
Apéndice nº 250. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, pág. 74.
- 196 -
Pero habría que esperar veintidos años más para que se materializara la
justa aspiración, y por el acta levantada por el Sr. Secretario de la Corporación
Municipal de Jaén 443, relativa al establecimiento en la Capital de la Audiencia
de lo Criminal, dos Juzgados y la Casa de Socorro 444, consta en su inventario
general, referido al Colegio de Abogados: “Gabinete de togas” 445 y “Despacho de
Señores Abogados” 446.
Del interesantísimo expediente titulado: Expediente incoado con motivo del
arrendamiento de la Casa para la instalación de la Audiencia y el mobiliario para la
misma 447 podemos extraer ciertas curiosidades históricas 448.
443
Don Juan Carrillo de Albornoz y Guilotó (16-10-1.882).
444
El Ayuntamiento de Jaén en sesión plenaria acordó pagar 14'25 pesetas por el valor del petróleo para alumbrar
la Casa de Socorro, correspondiente al período de tiempo comprendido desde 1-1-1.882/30-6-1.882. En la
relación de desperfectos que más adelante citaremos, figura entre otros: "...falta una pila y grifo adosada a la pared
de la habitación (Casa de Socorro). AICAJ.: AA.JJ.GG. de 6-7-1.882, pág. 110.
445
"...Consta de un armario cerrado para colgar ocho togas, seis sillas, un lavabo con espejo. Todos los interiores están alfombrados.
Ventana con cristales y ventanas de madera con sus cerraduras. Puerta de entrada por el salón con su cerradura. Puerta por el
antedespacho del Sr. Presidente con una cerradura; y una alacena con su puerta y cerradura. Estando alfombrada la
habitación". Ibídem.
446
"...Aparece una mesa bufete, sillón de nogal, sofá, siete sillas tapizadas en satén seda, dos butacas también en satén seda, tintero,
salvadora, escalerilla para las plumas, quinqué de mesa, alfombras. Cristales al corredor con sus cerraduras. Puerta de entrada
con llave y picaporte". Ibídem.
447
AHMJ.: Carpeta..., op. cit, (16-10-1.882).
448
La finca urbana fue construida por el arquitecto de Jaén don José María Carrillo Palomino (socio de la RSEAPJ
4-10-1.878, dueño del Arco de San Lorenzo (1.877), por encargo de don Felipe Mingo García-Izquierdo (104-1.862). El Sr. Carrillo Palomino, Regidor del Ayuntamiento de Jaén: 1.854, 1.858-1.860 y l.863-1.864;
comprador de fincas eclesiásticas desamortizadas; Vocal de la Junta de Gobierno en 1.868). La biografía de
don Felipe: *Colmenar de Oreja (Madrid), 4-7-1.825 +Jaén, 3-4-1.888. Hijo de don Justo Mingo y doña
Severiana García y Freire. Comenzó sus estudios de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos; por problemas
políticos, tuvo un enfrentamiento con su profesor de Física que le supuso la expulsión de la Escuela (1.843),
dos años después solicita la admisión de nuevo, es detenido en la propia Escuela por orden del gobernador
civil de Madrid (1.848), termina la carrera (promoción de 1.851), siendo destinado al distrito de Granada,
ejerciendo sus trabajos en la provincia de Jaén; llegó a Jaén con la misión de dirigir la construcción de la
carretera que uniría Jaén con Alcalá la Real, pasando por Los Villares y Valdepeñas de Jaén. Trasladado a
Orense, lugar al que no llegó alegando enfermedad (1.853). Por la autoridad civil y militar se le conmina a
salir de Jaén en veinticuatro horas (12-7-1.854). Tras el triunfo de O'Donnell, el gobernador civil de Jaén, don
Antonio Romero Hidalgo lo nombra ingeniero de Jaén (9-8-1.854), segundo comandante de la Milicia
Nacional de Jaén, sustituyendo a don Bernardo José Jaén y Gutiérrez de la Linde (*Jaén, banquero, Regidor
de Jaén (2-7-1.852, Síndico del mismo 1.853-1.854), Alcalde (agosto y septiembre de 1.854), vocal de la Junta
Provincial de Gobierno de la Provincia (1.854), elegido segundo comandante de la Milicia Nacional de la
Capital (5-1.855), Diputado Provincial (1.854-1,858 y 1.862-1.865), Presidente del Círculo Industrial y Caja de
Ahorros de Jaén (1.866), mecenas del vate del 2 de mayo, Bernardo López García, casado con doña Antonia
Gutiérrez Hernández, Jaén, Catedral, por Dr. don Juan José de la Madrid, Deán de la Iglesia Catedral y
Gobernador del Obispado de Jaén, 18-9-1.844). Destinado a varias provincias (Canarias, Lugo, Santander,
pero alegaba enfermedad y no llegaba a posesionarse en el puesto). Miembro de la Comisión en pro del
ferrocarril de Jaén. Compró el cerro de San Cristóbal de los Propios de Jaén (10-1.858). Presidente de la
Junta Directiva del Casino Primitivo (1.866). Por encargo del alcalde de Albolote (Granada), proyectó el
- 197 -
Tras laboriosas gestiones quedó instalada provisionalmente en la Plaza
de San Bartolomé nº 3 449 la Audiencia de lo Criminal, se estableció un alquiler
aprovechamiento del río Cubillas. Alcalde de Granada (1.870-1.872). Gobernador Civil de Jaén (31-1-1.874,
sustituido por don Francisco de Ron Bailina (4-1-1.875), y éste por don Francisco Javier de Palacio y García
de Velasco, 1.875). Juró el cargo de Senador (3-3-1.882, renunciando el 5 de diciembre del mismo año, sin
duda por no abandonar a Jaén). Llegó a ser ingeniero jefe de 1ª clase de Caminos, Canales y Puertos. Tenía
bienes en Úbeda, Jaén y La Guardia (Jaén). Casado con doña Matilde Fernández Cano (Jaén, Sagrario, por
don Lorenzo Fernández Cortina, Lectoral de la Catedral de Jaén, 20-3-1.854, ella +19-7-1.888; se le concedió
el indulto por haberse casado sin pedir la licencia pertinente que los funcionarios debían solicitar, 1.862).
Figuraba en la relación de los 50 mayores contribuyentes con el nº 37, con una contribución de 4.325'70
pesetas (1.871). Otorgó testamentos ante los notarios de Madrid, don Benito Zozaya y de Jaén, don Julián
Espejo y García, respectivamente. Don Felipe tenía el inmueble en régimen de alquiler; el mismo estaba
intercomunicado con el del propietario que tenía su acceso por la C/, Maestra Baja nº 80 (Martínez Molina).
Algunos historiadores locales afirman que un día una nodriza se asomó imprudentemente a la ventana de la
tercera planta con el primogénito de aquella familia, cayendo Francisco de Asís al patio y muriendo en el acto
(*Jaén, 1.863 +19-12-1.867); pues bien, es lo más cierto que Francisco de Asís nació en León (1.863) y murió
en Madrid (19-12-1.867), aunque sus padres optaron por trasladar sus restos mortales a Jaén para su
inhumación; ahora bien, también es lo más cierto que la primogénita de éste notorio matrimonio fue Luisa
Felipa (*Jaén, 4-5-1.859) y para más inri también falleció en trágicas circunstancias (esto lo afirman los
meritados historiadores); otro hijo de la propiedad, llamado igualmente Francisco de Asís (en recuerdo del
anterior), de ocho meses de edad (*Jaén, 5-11-1.872 +17-7-1.873), la nodriza estaba en una de las galerías
altas de la casa jugando con el pequeño, y estando apoyada en la baranda del corredor se le escapó de las
manos cayendo al patio y falleciendo en el acto; cuando lo que realmente ocurrió es lo que certifica el
secretario del Registro Civil de Jaén, don Manuel López Monereo, con el Vº Bº del Sr. Juez Municipal, don
Rafael Ortiz Morán: "...que en el día de ayer a las cuatro de la mañana, falleció en su referido domicilio el párvulo Francisco
de Asís Mingo, de esta naturaleza, de ocho meses de edad, a consecuencia de gastro encefalitis...". La causa del óbito, y sobre
todo la hora del mismo, confirma nuestra tesis. Lo que sí está documentalmente probado es que hubo varias
muertes accidentales de inquilinos de la casa. Motivo por lo que la propiedad optó por cerrar y abandonar la
vivienda; mudándose a la de la C/, Martínez Molina nº 80. Desde entonces nadie quiso tomarla en alquiler;
tomó tan mala fama que comúnmente era y es conocida por la "casa del miedo". Más tarde, la adquirió don
Antonio del Águila y Mendoza (1.881); en una de sus plantas se instaló las oficinas del Catastro de Rústica, y
ocurrían fenómenos paranormales: los papeles se iban de una mesa a otra, desaparecían misteriosamente y
luego se volvían a encontrar todos revueltos; las puertas se abrían y se cerraban; se oían ruidos indefinidos.
AHDCJ.: Libro de Bautismos San Bartolomé, nº 10 y Libro de Desposorios del Sagrario nº 15, págs. 47-48. AHMJ.:
LPDCCJ nº 4. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 187. BOPJ nº 188, de 17-2-1.872, pág. 4.
CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: “Aproximación a los
Senadores…”, op. cit, págs. 483 y ss, y "La Casa del Miedo", Las Cartas a Don Rafael. Jaén, Ayuntamiento de
Jaén, 1.992, págs. 24-28. ORTEGA SAGRISTA, R.: "Los duendes, las sabandijas y el gato", Crónica de la Cena
Jocosa de 1.984. Jaén, Asociación de Amigos de San Antón, 1.985, págs. 78-83. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Nacimientos, 1872, tomo 6, folio 232; Defunciones, 1.873, 1.888 y 1.905, tomos, 9, 42 y 80, folios, 81 vto. 227,
533 y 78, respectivamente. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, pág. 114.
449
Este inmueble era un enorme caserón existente frente a la parroquia de San Bartolomé; pasó a propiedad de
don Antonio del Águila y Mendoza. *Consuegra (Toledo), 1.838 +Jaén, 21-10-1.905. Hijo de don Patricio del
Águila y doña Encarnación Mendoza. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid.
En el número extraordinario de EL Industrial publicó un artículo titulado "Agenda para el año nuevo" (121.894). Intervino activamente con motivo de la visita que efectuara a Jaén S. M. Alfonso XIII (1.904). Casado
con doña Concepción de Sóla y Garrido (21-6-1.861, +Bayona, Francia, 5-1.930). Su hija doña Concepción,
casó con don José Medinilla y Orozco (Madrid, Parroquia de San Jerónimo el Real, 18-4-1.894; él, VIII
Marqués de Vezmeliana y XI Sr. de la Casa de Bellavista). La familia del Águila, era conocida popularmente
en Jaén por el Conde del Águila, que nunca fue "conde", tan sólo "águila", en virtud a que no era
descendiente del I Conde del Águila, don Fernando José de Espinosa y Maldonado de Saavedra. Propietario
de las conocidas fincas rústicas: casería de las Monjas (Viñas Nuevas, 1.869) y la de Los Naranjos (Puerto
Alto), siendo las mismas administradas por don Inocente Cuesta López (padre del notorio eclesiástico de
Jaén, don Blas Antonio Cuesta Carrión, cuyos datos biográficos aportamos en el Apéndice I). ÁGUILA
GOICOECHEA, A, del.: Archivo privado. AHDCJ.: Libro de Desposorios nº 10 del Sagrario. CAZABÁN
- 198 -
por plazo de cuatro años y una renta de 24 reales diarios 450.
En sesión celebrada por la Corporación Municipal 451, por parte de don
Felipe Fernández Cano 452, informó que la Comisión encargada de adquirir los
meritados muebles y enseres había girado una visita in situ, en unión del Sr.
Juez de Primera Instancia 453, para inspeccionar el inmueble que se había de
LAGUNA, A.: "Han fallecido", DLS, 1.930, pág. 160. El Industrial, extraordinario de 1.874-1.895, op. cit.
MEDINILLA JUBIL, J.: Archivo privado. MOLLINEDO GÓMEZ-ZORRILLA, J.: "De la visita..." op. cit,
págs. 85 y ss. NICÁS MORENO, A.: Archivo privado. PARROQUIA DE SAN JERÓNIMO EL REAL
DE MADRID.: Libro de Matrimonios nº 2, folio 173. R. C. DE BAYONA (Francia).: Libro de Defunciones, 3-51.930. RUIZ DE ADANA Y BELLIDO, J.: Archivo privado. TORRES NAVARRETE, G. de la J.: Historia
de Úbeda..., op. cit, págs. 191 y 254.
450
AHMJ.: Libros de Actas de Sesiones (en lo sucesivo: LAS), de 20-7-1882; 7-10-1.882; 14-10-1.882; 13-1-1.883; 12-71.883 y 21-7-1.883.
451
Ibídem, de 14-10-1.882.
452
*Jaén, 22-5-1.854 +Madrid, 10-1.922. Hijo de don Ángel Fernández García y doña María de los Dolores Cano
Molina. Concejal del Ayuntamiento de Jaén (1.894). Promotor y miembro de la mesa que redactara el
Reglamento de Ferias y Fiestas, ostentando la representación del Ayuntamiento de Jaén (10-7-1.894); su labor
debió ser encomiable en este citado año, en razón a que el Sr. Claver Nieto, solicitase se le concediese "...un
voto de gracias por el celo y actividad que ha desplegado estos días de feria en la buena organización de los trabajos que habían
ocasionado dichos festejos". Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Jaén (27-4-1.895); nombrado Alcalde
Constitucional para el bienio 12-12-1.885/3-10-1.887. Propietario de imprenta (1.889-1.905). Miembro de la
Junta Provincial de Instrucción Pública (1.895). Vocal del Consejo Provincial de Agricultura, Industria y
Comercio (1.896) y de la Comisión Provincial de Estadística (1.896). Oficial de la Sección de Industrial de la
Delegación de Hacienda de Jaén (1.910). Casado con doña Gertrudis Toral Nieto (Jaén, San Pedro, 17-41.874). Con domicilio en la C/, Maestra Baja nº 81, Compañía nº 14, San Vicente (1.910) y León y Llerena nº
26 (Cerón). Como datos curiosos citamos: su hijo don Mariano, firmaba sus trabajos literarios con el
pseudónimo de "Maferto", oficial del Cuerpo de Telégrafos de Madrid (1.903), Ingeniero de Caminos,
Canales y Puertos (1.909), pensionado por el Gobierno Español para investigación científica en los EE.UU.
Su hermano don Rafael, Alcalde de Jaén (1.872) y Diputado Provincial (7-1-1.874), adquirió el Castillo de
Santa Catalina de Jaén por 10.002 pesetas (1.880). ADPJ.: Legajo 2.754/30. AHMJ.: Ibídem, 1.882 y 1.895,
pág. 198 vto. CAÑADA QUESADA; R.: "Veinticinco de noviembre, día de Santa Catalina de Alejandría",
Pasión y Gloria. Jaén, Agrupación de Cofradías y Hermandades de la ciudad de Jaén, 1.994, pág. 23.
CARRERAS VELASCO, A.: "La última epidemia de cólera en el Jaén finisecular (1.885)", Códice nº 10.
Úbeda (Jaén), Asociación de Amigos del Archivo Histórico Diocesano de la Catedral de Jaén, 1.996, pág. 15.
CAZABÁN LAGUNA, A.: "Esto, Inés, ello se alaba" y "Han fallecido", DLS, 1.913, 1.922, págs. 31-73, 333334 y 320, respectivamente. COBO DE GUZMÁN Y LECHUGA, J.: "El mercado de Abastos de Jaén,
hace 116 años", Senda..., op. cit, nº 6, págs. 31-32. CHECA GODOY, A.: Op. cit, pág. 287. MARTÍNEZ
ANGUITA, M. R.: La música..., op. cit, págs. 368 y 372. ORTEGA SAGRISTA, R.: Expiración..., op. cit, pág.
306-307. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles viejos: alcaldes de la ciudad de Jaén en el último tercio del siglo
XIX", Senda..., op. cit nº 26, pág. 105. PÉREZ ORTEGA, M. U.: Op. cit, pág. 231. PICATOSTE, C.: Op.
cit. págs. 100, 165 y 166. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.881, tomo 23, folio 19; Matrimonios, 1.874,
tomo 3, folio 150 vto. y Defunciones, 1.905, tomo 80, pág, 82. SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: Op. cit, pág.
510 y ss. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, pág. 121. SERRANO PEREA, J.: Op. cit, pág. 135.
TORAL PEÑARANDA, E.: Archivo privado.
453
Don Anastasio Vindel y Palomino. *Palomares del Campo (Cuenca, 27-4-1.821 +Sevilla, 13-10-1.892. Hijo de
don Hipólito Vindel y doña María Palomino. Licenciado en Derecho por la Universidad de Madrid (25-81.856). Promotor fiscal de Quintanar de la Orden (Toledo, 8-12-1868). Juez de Primera Instancia de Vich
(Barcelona, 12-5-1.870); de Alcázar de San Juan (Ciudad Real, 11-5-1.871); de Soria (17-3-1.874); del distrito
de San Juan de Murcia (11-12-1.876); del distrito de Santiago de Jerez de la Frontera (Cádiz, 16-12-1.876); de
- 199 -
acondicionar; presupuestando aproximadamente entre treinta a treinta y cinco
mil reales 454.
Más tarde, la Corporación Municipal 455 concertó con la propiedad de la
finca urbana sita en la C/, Cerón nº 21, 23, 25, 27 y 29 (modernos, Casino de
Artesanos, durante la ocupación francesa rotulada como C/, Confiteros),
titularidad que correspondía al matrimonio formado por don Antonio José
Fernández de Villalta y Uribe 456 y esposa, doña María de la Concepción de
Jaén (14-10-1.878-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de La Coruña (23-7-1.882). Presidente
de la Audiencia de lo Criminal de Zamora (30-11-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de La
Coruña (8-2-1.883); de Zaragoza (31-10-1.884); de Sevilla (24-12-1.888). Presidente de Sección de la misma
(1-4-1.889). Casado con doña María del Rosario Cabezas. Hacemos la salvedad que las fechas que figuran en
los títulos de licenciados en Derecho de todos y cada uno de los miembros de la Judicatura que citamos en
este capítulo y siguientes, realmente corresponden a las fechas de su solicitud; obviamente que las
licenciaturas se obtuvieron con anterioridad. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. R. C. DE
JAÉN.: Libro de Matrimonios, 1.882, pág. 1. R. C. DE SEVILLA.: Libro de Defunciones, 1.892, tomo 48-1, folio
306.
454
Presupuesto que fue aceptado por unanimidad por el Pleno.
455
Representada por su Alcalde Constitucional don José Roldán y Marín (13-4-1.881/1-7-1.883 y 8-1-1.890/3-91.890), y ante la fe del notario de Jaén, don Antonio Sánchez de la Torre (10-12-1.886). Don José, *Jaén,
1.843 +20-1-1.897. Hijo de don Rafael Roldán Yáñez (*Jaén, 17-8-1.819, oficial de la Sub-Colecturía de
Expolios del Obispado de Jaén) y doña María del Carmen Marín de la Linde (ella, *Jaén, 17-5-1.824). Médico.
Primer teniente de Alcalde (28-1-1.882). Casado con doña Francisca Aguilera Herreros de Tejada (ella, *Jaén,
1.840 +10-7-1.926). Con domicilio en la C/, Maestra Alta nº 60 (que fue del Obispo de Jaén, don Alonso
Suárez de la Fuente y del Sauce). AHMJ.: LAS, 1.882. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén tras..., op. cit, pág.
114. R. C. DE JAÉN.: Libros de Defunciones, 1.897 y 1.926, tomos, 62 y 115, folios 50 y 31 vto.
respectivamente. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros...., op. cit, pág. 111.
456
*Torredonjimeno (Jaén), 17-1-1.837 +Jaén, 11-8-1.921. Hijo de don Luis María Fernández de Villalta y Horno y
doña Josefa de Uribe y Jódar. Licenciado en Derecho Civil, Canónico y Administrativo por la Universidad
Central de Madrid (1.861). Se establece en Jaén, desarrollando su actividad en el ámbito político en los
partidos Conservadores; antes de la Restauración, leal al trono de Isabel II; más tarde, en el partido
Conservador de Cánovas, Silvela y Dato. Diputado Provincial por Jaén (1.866) y por Martos (Jaén, 1.872 y
1.875). Senador del Reino (26-4-1.878, 1.884, 1.903, 1.905, 1.907, 1.910, 1.914, 1.916, 1.918, 1.920 y 1.921).
Participó en la Feria Internacional de Filadelfia con muestras de un frasco de cristal con Pimpinella Anisum
(anís); cuatro saquitos con Labándula Spica (alhucema); un frasco de Trigo Raspinegro; un frasco con un
manojo de Espigas; un frasco con Aceite de Oliva filtrado; un frasco con Seda hilada y un Tomillo con
capullos de que procede la dicha seda. Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (1.861); elegido
Gobernador (1.889 y 1.897). Costeó, conjuntamente con su hermano don Manuel, el importe de cuatro mil
reales, para dorar toda la cúpula de la capilla de Nuestro Padre Jesús Nazareno ("El Abuelo, 1.879) en el
Convento de la Merced. Condecorado por el Papa León XIII con la Cruz "Pro Eclesia et Pontifice", siendo
nombrado por sus buenos servicios prestados a la Iglesia con el título de Marqués (1-10-1.886); aunque la
opinión pública no le perdonara su actitud durante la epidemia de cólera que sufriera Jaén en 1.885, ya que
no sólo no se ausentó de la Ciudad, sino que difundió la falsedad de haber entregado cinco mil pesetas para
combatirla. El periódico local El Fiscal de Consumos publicó: "...20.000 habitantes de Jaén le dan al Senador del Reino
20.000 votos de censura". Con dicho título de Marqués pontificio, suscribió escrito el día 29 siguiente, dirigido a
la Regente en el que solicitaba su utilización en España con la denominación de "Villalta", petición que fue
aceptada por R. O. del Ministerio de Gracia y Justicia tras el pago del Impuesto especial (10.640 pesetas, 712-1.886); más tarde, por un Despacho de la Regente, doña María Cristina, en nombre de Alfonso XIII,
concedió Real Licencia (20-12-1.886). Don Antonio, I Marqués de Villalta, fue distinguido por la Regente
con la Gran Cruz de la Real Orden de Isabel la Católica (20-12-1.890). Caballero de la Orden de Carlos III.
- 200 -
Coca del Prado 457, el arrendamiento que tuvo una vigencia desde el día 24-61.887 hasta el 24-6-1.894 458. Se fijó una renta anual de 2.250 pesetas por la casa
principal y 125 pesetas por la pequeña que le era accesoria.
Director de la RSEAPJ (1.887-1.889); Presidente de la sección de Cría de Ganados de la meritada Económica
(1.877). Presidente de la Comisión Regia de Fomento y Presidente de la Cámara Agrícola. Asistió al solemne
acto de colocar la primera piedra de la residencia de ancianos Hermanitas de los Pobres (4 tarde, 15-101.891). Como ganadero, formó parte del Jurado en la Exposición Provincial de Ganadería de Jaén (San
Lucas, 1.891). Al fallecimiento de su hermano don Manuel, heredó entre otros bienes los Baños de Jabalcuz
(29-5-1.919). Tenía diversos bienes en Higuera de Calatrava, Jaén, Lopera, Martos, Porcuna y
Torredonjimeno, los que acrecentó notablemente; sirva de ejemplo que en 1.884 pagaba de Contribución
Territorial 7.413 pesetas y en 1.916, 10.858 pesetas. Casado en primeras nupcias con doña Micaela Coca y
Prado (*Bujalance (Córdoba), 26-1-1.845 +Jaén, 22-1-1.869, testó ante la fe del notario don Lorenzo Soriano
de Vico (21-1-1.869, hija de don Francisco de Paula de Coca Cejalvo y doña María Teresa del Prado Messías,
nieta materna del fundador de la RSEAPJ, don Fernando del Prado Ruiz de Castro); y en segundas, con su
hermana política, doña María de la Concepción (Roma, San Agustín, por el cardenal Urbis, Vicario de Roma,
28-5-1.870, ella +Jaén, 3-8-1.913). Su hija doña María Teresa, casó con don José del Prado y Palacio. Con
domicilio en Jaén, C/, Llana nº 9 y en Torredonjimeno, Parras Bajas s/n. Testó ante el escribano de Jaén,
don Lorenzo Soriano de Vico (21-1-1.869) y don José Azpitarte Sánchez. AHDCJ.: Libros de Desposorios del
Sagrario nº 15 y 16-17 págs. 122 y 24 vto. y de Bautismos nº 42, folio 127. AHMJ.: LPDCCJ nº 737, asiento nº
49. ARTILLO GONZÁLEZ, J.: "Jaén hace un siglo: los graves problemas socio-económicos de una década
decisiva (1.881-1.890)", Estudios homenaje al profesor Alfonso Sancho Sáez, I. Granada, Universidad de Granada,
1.989, pág. 51. CAÑADA QUESADA, R.: “Linajes Nobles en la ciudad de Jaén: URIBE”, Hidalguía,
Instituto Salazar y Castro, Madrid, págs. 367-368. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Breve...", op. cit, pág. 37
y "Llegada...", op. cit, pág. 34. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Giennenses Ilustres: El Marqués de Villalta",
DLS, op. cit, 1.921, págs. 227-231. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit,
págs. 531-532 y 534-535, y "Aproximación a los Senadores...", op. cit, pág. 198. CADENAS Y VICENT, V,
de.: Índice de apellidos probados en la Orden de Carlos 3º. Antecedentes de otros que se conservan en sus expedientes. Madrid,
Hidalguía, 1.965, pág. 488. ESPEJO Y GARCÍA, E.: Op. cit, pág. 67. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo
privado. LÓPEZ PÉREZ. M, et alii.: Nuestro..., op. cit, pág. 323. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y Genealogía
en el Reino..., op. cit, págs. 346-352. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles viejos: la Exposición Provincial de
Ganadería de 1891", Senda..., op. cit, nº 25, pág. 106. R. C. JAÉN.: Libros de Defunciones, 1.913, 1.919 y 1.921,
tomos 95, 107 y 109, folios 1, 475 y 322, respectivamente. SÁNCHEZ DE LOS SANTOS; M.: Op. cit, pág.
242. SCSA.: Memoria..., op. cit, y "Gobernadores de la Santa Capilla en el Siglo XIX", Siempre nº 40, op. cit.
457
*Bujalance (Córdoba), 1.842 +Jaén, 3-8-1.913. Hija de don Francisco de Paula Coca y Cejalvo (Caballero
Maestrante de la Real Caballería de Ronda) y doña María Teresa del Prado Messías (*Jaén, 28-9-1.802). Sus
abuelos maternos: don Fernando Gregorio María del Prado Ruiz de Castro Cepeda y T. Serclais de Telli,
Caballero Veinticuatro de la ciudad de Jaén, Gran Cruz de Carlos III, Maestrante de la Real Caballería de
Granada. Gentil hombre de Cámara de S. M. fundador de la RSEAPJ y doña María del Rosario Messía de la
Cerda y Caicedo. Doña María de la Concepción, fundadora, junto con su esposo, del colegio de la Victoria de
Torredonjimeno. Con domicilio en Jaén, C/, Llana nº 9. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales entre parientes,
legajo 526-C. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. NICÁS MORENO, A.: Ibídem, pág. 351. R. C.
DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.913, tomo 95, folio 595.
458
Aunque se rescindió el mismo concretamente el día 31-12-1.894. Con anterioridad, la propiedad arrendó esta
finca urbana a don Pedro María Ruiz y don Manuel Molina, Presidente y Vocal, respectivamente de la
Sociedad del Círculo Industrial y Caja de Ahorro, fundada por el sastre giennense don Marino Ximénez de la
Linde (*Jaén, 1.827 +por epidemia de cólera, 2-10-1.885), hijo de don Francisco Ximénez (*Jaén) y doña
Fabiana de la Linde (*Jaén), banquero (1.857), fundador de la Caja de Ahorros, Ilustración y Recreo, sita en
los bajos del Palacio de Montemar, esquina a la C/, del Obispo (Ayuntamiento, 12-1.857), posteriormente
establecido en el actual Casino de Artesanos). Casado con doña María Pez. Con domicilio en la C/, Merced
Baja nº 1. AHPJ.: Legajo 9.440, pág. 44 de 1.857. LÓPEZ PÉREZ. M.: "La Caja de Ahorros de Jaén: una
frustración histórica" (Notas y apuntes en torno a una cuestión de actualidad), Boletín de la Cámara Oficial de
Comercio e Industria de la Provincia de Jaén nº 30 (en lo sucesivo: BCOCIJ). Jaén, 1.977, pág. 9. R. C. DE JAÉN.:
Libro de Defunciones, 1.885, tomo 36, folio 150.
- 201 -
El inmueble sin duda alguna debió ser grandioso459, si tenemos presente
el dato que consta en el nº 33 de la relación de desperfectos observados por la
Comisión Municipal 460 y por la representación de la propiedad 461, creada al
459
Según escritura de arrendamiento constaba la planta baja: "... cuatro galerías; cinco salas; dos despensas; dos cuartos; dos
cocinas; patinillo pasillo; pasadizo; jardín con estanque de agua. En el entresuelo: dos cuartos; patinillo. En la planta principal:
cuatro galerías; salón; cinco salas; oratorio; cuatro cuartos; pasillos; despensa y cocina. Piso segundo: galería; tres pasillos; cinco
cuartos; tres palomares; dos terrazas y cinco cámaras...".
460
Compuesta por los concejales don Francisco del Castillo y López y don Antonio Roldán y Marín; del primero
damos cuenta de su biografía en el Apéndice I, y del Sr. Roldán: *Jaén, 10-2-1.855 +30-11-1.933. Hijo de don
Rafael Roldán Luna y doña María del Carmen Marín de la Linde. Licenciado en Farmacia, Física y Química
por la Universidad de Granada (1.874). Farmacéutico del Cuerpo de Sanidad del Ejército, prestando sus
servicios en el Hospital Militar de Granada (2-1.874); después en el Hospital de Santander (31-5-1.876). Se
establece en Jaén, donde desempeña su profesión en la botica de su propiedad, sita en la Plaza de la
Audiencia (1.877-30-11-1.933, actual del Sr. Calatrava). Socio de la RSEAPJ (4-10-1.877); Secretario General
(1.888-1.889); Vice-Censor (1.890-1.892) y 1.893-1.895). Teniente de Alcalde de Jaén (1-2-1.883); Alcalde (2411-1.883/1-1.884, sustituyendo a don Eduardo Solá Moreno, por enfermedad); Síndico (1.885-1.887).
Catedrático sustituto de Física, Química y Mecánica del Instituto de Jaén (1.888). Licenciado en Ciencias
Físico-Químicas en la Universidad de Zaragoza (1.892); obtiene más tarde plaza de Auxiliar Numerario del
Instituto de Jaén, cargo que ocupó durante 25 años sin interrupción. Presidente de la Diputación Provincial
de Jaén (3-5-1.911 y 18-6-1.926, renuncia al cargo 9-2-1.927). Al crearse la Escuela Industrial de Jaén,
nombrado Profesor interino (1.911), y más tarde Catedrático de la escuela Industrial de Cádiz; pasando por
permuta nuevamente a la de Jaén, de la que fuera nombrado Director. Al crearse la Escuela de Artes y
Oficios, dependiente de la RSEAPJ, se le designó profesor y director; con igual categoría, cuando la Escuela
pasa a depender del Estado, pero ya con la denominación de Escuela de Artes e Industrias (1.910).
Nombrado numerario (1.917) y Director (R. O. de 28-2-1.920). Autor de la obra: Tratado elemental de Aritmética
(Jaén, Tip. La Unión, 1.900, reeditada en 1.903). Casado en primeras nupcias con doña María Dolores Muñoz
Balguerías (Jaén, San Ildefonso, 22-2-1.879); en segundas, con doña María del Rosario Balguerías Doblas
(Jaén, San Ildefonso, 3-11-1.883) y en terceras, con doña Francisca Pocoví Barbier (Jaén, Sagrario, 31-11.887). Con domicilio en la Plaza de la Audiencia nº 7-2º. AHDCJ.: Libro de Bautismos de San Bartolomé nº 9,
folio 152. GARCÍA SÁNCHEZ, A.: “Presidentes…”, op. cit, págs. 85, 88 y 110. LÓPEZ PÉREZ, M.:
"Nombres para una historia", Escuela de Artes y Oficios de Jaén. Primer Centenario. Jaén, Escuela de Artes y
Oficios de Jaén, 1.998, págs. 117-118. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.879, 1.883 y 1.887, tomos 10,
14 y 18, folios 52 vto. 93 y 7, respectivamente, y Defunciones, 1.933, tomo 128, folio 33. SANCHO SÁENZ,
A.: Almendros..., op. cit, pág. 112 y 119.
461
Ostentada por don Emilio Corredor y Moreno. *Bujalance (Córdoba), 1.852 +Jaén, 18-11-1.924. Hijo de don
Francisco Corredor y doña Antonia Moreno. Presbítero, coadjutor del Sagrario de Jaén con una congrua
anual de 750 pesetas (1.884); canónigo de la Iglesia Catedral de Badajoz; canónigo, dignidad de Beneficiado
de la de Jaén, por permuta con don Calixto Hernández y Hernando, importando su congrua mensual 125
pesetas (26-6-1.904); canónigo, dignidad de Maestrecuela, por promoción de don Saturnino Sánchez de la
Nieta (10-12-1.908); a su fallecimiento, sustituido por don Adolfo Sánchez Ortega. Cofrade de la Santa
Capilla de San Andrés (19-11-1.876), donó 15 pesetas para la erección de un monumento al venerable
fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914); Maestrecuela de la misma. Secretario de Cámara, Gobierno y
Visitador General del Obispado de Jaén. Administrador General de los Excmos. Sr. Marqueses de Villalta y
del Rincón de San Ildefonso. Dio el Viático a don Rafael de Brufaff y Melgarejo, Marqués de Lendínez,
notorio librepensador, junto al grupo formado, entre otros por: don Manuel Montero Garzón, don Mariano
Cuesta Carrión y don Manuel de la Fuente Ortega (1.892). Con domicilio en la C/, Pilar de la Imprenta nº 6.
AHDCJ.: Presupuesto..., op. cit, 1.884-1.885 y 1.899-1.900 y Libro de Entradas..., op. cit, págs. 64, 81 y 110 vto.
CAZABÁN LAGUNA, A.: "El monumento...", op. cit, y "Han fallecido", DLS..., op. cit, 1.915 y 1.924,
págs. 50-51 y 352. LÓPEZ PÉREZ, M.: "Crónica negra de Jaén en clave de humor", Crónica de la Cena Jocosa
de 1992. Jaén, Amigos de San Antón, 1.992, págs. 16 y ss. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y Genealogía en el
Reino..., op. cit, pág. 350. PICATOSTE, C.: Op. cit, págs. 151-152. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones,
1.924, tomo 113, folio 329. SCSA.: Memoria..., op. cit. SERRANO PEREA, J.: Op. cit, pág. 151.
- 202 -
término del meritado arrendamiento: “...faltan las llaves de las habitaciones nº 72 y
73”.
El mobiliario adquirido y entregado al Sr. Presidente de la Audiencia de
lo Criminal, don Manuel Mendo y Figueroa 462 fue el siguiente:
-Un aparador de nogal con piedra de mármol.
-Una mesa de nogal corredor elástica.
-Doce sillas de nogal de media tapicería.
-Tres juegos de cortinas con galería.
-Un portier completo.
-Un torno para servir la comida.
-Una estera de junco.
-Una alfombra Aracá.
-Una mesa de cocina grande.
-Un toldo completo para el patio.
-Doce sillas, un sofá y dos sillones para Sala de Estrados.
-Un puf de centro.
-Un entredós con mármol.
-Tres juegos de cortinas, con sus galerías, abrapaños, abrazaderas y borlas.
-Una cortina portier.
-Un puf de centro.
-Un entredós con mármol.
-Tres juegos de cortinas, con sus galerías, abrapaños, abrazaderas y borlas.
-Dos cortinas color arena de encaje.
-Una cortina portier.
462
El día 28-9-1.893. *Lorca (Murcia), 17-6-1.840 +Burgos, 21-8-1.908. Hijo de don Diego Mendo y doña Rosario
Figueroa. Licenciado en Derecho por la Universidad de Central de Madrid (1.868). Promotor fiscal de
Carmona (Sevilla, 9-4-1.871); de Alcalá de Henares (Madrid, 10-6-1.872); del distrito de San Vicente de
Sevilla (1-5-1.874); de Huelva (31-8-1.874). Cesante (2-5-1.875). Promotor fiscal de Orgaz (Toledo, en
comisión de servicio, 30-5-1.875); del distrito del Salvador de Granada (6-9-1.875); de Madrid (también en
comisión de servicio, 22-7-1.876). Abogado fiscal de Palma de Mallorca (5-8-1.876); de Oviedo (24-4-1.879);
Promotor fiscal de distrito del Hospital de Madrid (19-6-1.879). Teniente Fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Valladolid (7-2-1.881). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de León (27-11-1.882). Presidente de
la Audiencia de lo Criminal de Carmona (Sevilla, 14-6-1.886); de Almería (21-6-1.886); de San Mateo (21-11.889). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (8-2-1.889). Presidente de la Audiencia de lo
Criminal de Jaén (1-4-1.889). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de La Coruña (13-8-1.893); de
Burgos (2-10-1.893); de Barcelona (11-6-1.900). Magistrado de la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca
(27-7-1.902). Fiscal de la Audiencia Provincial de Burgos (12-11-1.906). Casado con doña Ana Tortonval.
Con domicilio en Burgos, Plaza de la Libertad nº 5. Otorgó testamento ante el notario de Palma de Mallorca
don J. Alcover. Llama la atención examinar su expediente personal, nunca he visto mayor cantidad de
licencias por enfermo. AICAJ.: Listas, 1.891-1.892. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado.
CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 237. PICATOSTE, C.: Ibídem, pág. 125. R. C.
DE BURGOS.: Libro de Defunciones, 1.908, tomo 100, folio 260.
- 203 -
-Un puf de centro.
-Un entredós con mármol.
-Tres juegos de cortinas, con sus galerías, abrapaños, abrazaderas y borlas.
-Una cortina portier.
-Dos cortinas color arena de encaje.
-Una alfombra de fieltro.
-Un espejo grande con marco negro.
-Una alfombra de Aracá para el pasillo y escaleras.
A su vez el Sr. Presidente de la Audiencia hizo entrega del mobiliario
que tenía en su casa y que era propiedad del Excmo. Ayuntamiento 463.
En el citado inventario se desglosa las dependencias existentes en la
flamante Audiencia y que resumimos del siguiente modo 464:
Salón de Audiencias.
Despacho del Sr. Presidente,
Antedespacho del Sr. Presidente.
Despacho de los Señores Magistrados.
Despacho del Teniente Fiscal.
Gabinete de Togas.
Despacho de Señores Abogados.
Secretaría.
Sala de Procuradores.
Despacho de los escribientes de Secretaría.
En esta nueva sede se constituyó la Audiencia de lo Criminal de Jaén,
integrada por la siguiente plantilla orgánica:
Presidente:
Don Manuel Mendo de Figueroa.
463
El día 26-10-1.893.
464
Por resultar prolijo e irrelevante a este estudio obviamos el contenido de cada una de ellas.
- 204 -
Magistrados: Don Antonio Vergara y Yagüe465.
Don Monserrate Lizón de la Cárcel 466.
Fiscal:
Don Francisco Novillo 467
Don Antonio Montes Sierra 468.
Tte. Fiscal: Don Cristino Piñeiro y Fernández469.
465
*Villaluenga (Cádiz), 9-11-1.828 +Granada, 28-8-1.894. Licenciado en Derecho por la Universidad (¿ 20-61.855). Promotor fiscal de Altea (Alicante, 22-5-1.869); de Borja (Zaragoza, 11-6-1.870). Juez de Primera
Instancia de Viella (Lérida, 14-7-1.870); de Lerma (Burgos, 14-9-1.870); de Pastrana (Guadalajara, 15-11.873); de Illescas (Toledo, 1-3-1.881); de Cebreros (Lugo, 23-6-1.881); de Tudela (Navarra, 20-12-1.882).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Cangas de Onís (Asturias, 27-12-1.886); de Jaén, 10-1-1.887);
repitiendo en (16-7-1.892). Presidente de Sección meritada Audiencia (21-8-1.892). Teniente fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Granada (9-10-1.893). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado.
466
*Orihuela (Alicante), 16-9-1.835 *Alicante, ¿. Hijo de don José Lizón Berenguer y doña Alexandra de la Cárcel
Martín. Licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia (29-8-1.868). Promotor fiscal del Juzgado de
Primera Instancia de Calamocha (Teruel, 24-2-1.871); de Villena (Alicante, 4-5-1.871); de Valls (Tarragona, 56-1.872); de Arcos de la Frontera (Cádiz, 21-9-1.873); de Osuna (Sevilla, 18-12-1.874); de Cieza (Murcia, 1111-1.875); de Igualada (Barcelona, 20-11-1.876); de Cieza (4-1-1.878); de Igualada (19-6-1.881). Juez de
Primera Instancia de Cieza (6-1-1.883). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Cartagena (Murcia,
28-5-1.883). Juez de Primera Instancia del distrito de la izquierda de Córdoba (29-10-1.883); de Reus
(Tarragona, 1-12-1.884); de Gerona (11-3-1.885); de Carmona (Sevilla, 19-2-1.886). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Manresa (Barcelona, 12-3-1.887); de Albuñol (Granada, 9-5-1.887); de León (239-1.887); de Jerez de la Frontera (Cádiz, 29-10-1.887). Cesante (8-4-1.889). Magistrado de la Audiencia de lo
Criminal de Jaén (18-3-1.891); de Baza (Granada, 12-3-1.892); de Badajoz (13-8-1.892); de Huelva (25-91.893); de Almería (15-6-1.896); de Badajoz (4-1-1.897); de Badalona (Barcelona, 19-1-1.897). Magistrado de
la Audiencia Provincial de Lugo (20-3-1.897); de Huelva (19-8-1.898); de Córdoba (20-1-1.899). Magistrado
de la Audiencia Territorial de Cáceres (19-1-1.901). Jubilado (3-8-1.904). Solicita la jubilación (21-7-1.904); se
decreta la misma (30-7-1.904). AGA.: Sección de Hacienda, legajo 18.108. AHDC. DE ORIHUELA.: Libro de
Bautismos nº 40, folio 46 vto. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et
alii.: Archivo..., op. cit, pág. 202.
467
(1.880). COITML.: Op. cit, pág. 172.
468
*Alhama de Granada (2-1-1.840) +Madrid, 24-5-1.912. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada
(14-7-1.862). Promotor fiscal sustituto de Alhama de Granada (junio a septiembre de 1.862). Juez de Primera
Instancia de Santa Fe (Granada, 22-12-1.868); de Ugíjar (Granada, 17-5-1.870); de Órgiva (Granada, 28-111.870); de Huescar (Granada, 11-5-1.871); de Santa Fe (22-1-1.872); de Torrente (Valencia, 21-8-1.872); de
Montalbán (Teruel, 23-10-1.872). Cesante (8-1-1.873). Juez de Primera Instancia de Huescar (3-5-1.875); de
Guadix (Granada, 25-10-1.875); de Vélez-Málaga (Málaga, 9-10-1.976): de Belmonte (Cuenca, 16-12-1.876);
de Mula (Murcia, 11-1-1.877); de Guadix (22-6-1.877); de Arcos de la Frontera (Cádiz, 10-12-1.877); de
Utrera (Sevilla, 14-1-1.878); de Mora (Toledo, 27-9-1.879); de Estepa (Sevilla, 10-12-1.880); de Antequera
(Málaga, 23-6-1.881). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (17-11-1.881); de Cáceres (28-71.884); de Granada (1-6-1.885); de Cáceres (8-9-1.885); de Llerena (Badajoz, 28-3-1.887); de Zaragoza (4-71.887). Presidente de Sección de Zaragoza (31-10-1.887). En comisión de servicio en Madrid (20-9-1.888).
Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Huelva (11-2-1.889). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
Jaén (6-7-1.891; incompatible en Jaén por ocupar un pariente en primer grado el Juzgado de Baeza); de
Huelva (18-8-1.891). Magistrado de la Audiencia Territorial de Sevilla (6-9-1.897); de Cáceres (10-9-1.897).
Comisión de servicio en Madrid (30-4-1.900). Presidente de la Audiencia Provincial de Valladolid (7-1-1.900).
En comisión de servicio en Madrid (12-10-1.901). Fiscal de la Audiencia Provincial de Cáceres (17-2-1.902).
Jubilado (12-2-1.906). Elegido Diputado Provincial de Granada, en representación de su pueblo natal.
Casado con doña Gracia del Castillo Lechuga. AGA.: Ibídem, legajo 18.169. CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., Ibídem, pág. 247.
469
*Vigo (Pontevedra), 30-1-1.830 + ¿. Licenciado en Derecho (¿, 18-9-1.856). Promotor fiscal de Vigo (4-91.869); de Orense (21-12-1.870). Cesante (12-1-1.871). Juez de Primera Instancia de Inca (Mallorca, 21-12-
- 205 -
Secretario: Don Manuel García de Mirasierra Entrana 470.
Of. de Sala: Don Pedro de las Parras y Ramírez de Aguilera 471.
En virtud de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 1.870, la materia
Civil correspondía la última instancia a la Audiencia Territorial de Granada.
Respecto a la Criminal, había establecida en esta Provincia tres
Audiencias: Jaén, Linares y Úbeda y 13 partidos judiciales que estaban
adscritos a la Audiencia de Jaén de la forma siguiente:
SALA PRIMERA.
Jaén, de término, pertenecían los pueblos de Fuerte del Rey, La
Guardia, Mancha Real, Pegalajar, Torredelcampo, Torres, Torrequebradilla y
Villargordo.
Martos, de ascenso, con Alcalá la Real, Alcaudete, Castillo de Locubín,
1.882); de Écija (Sevilla, 14-8-1.885); de Toledo (4-7-1.887). Teniente fiscal de Jaén (20-4-1.891); de Lerma
(Burgos, 18-11-1.891). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Cangas de Onís (Oviedo, ¿). Presidente
de la Audiencia de lo Criminal de Toledo (16-7-1.892). Excedente (29-8-1.893). Teniente fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de La Coruña (29-10-1.894). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Huesca
(12-11-1.894); de Orense (15-8-1.895). Solicita la jubilación (1-5-1.897). Se decreta la misma (25-6-1.897).
Casado con doña Juana Diz. AGA.: Legajo 18.228. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y
VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., ibídem, pág. 286.
470
*Úbeda (Jaén), 19-5-1.846 +¿. Hijo de don Mateo García de Mirasierra *Úbeda) y doña María de los Remedios
Entrena y Alba (*Montefrío, Granada). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (28-21.871). Promotor fiscal suplente del Juzgado de Primera Instancia de Úbeda (29-6-1.871/1-7-1.877; en que es
nombrado Juez Municipal de Úbeda). Promotor fiscal de Úbeda (10-12-1.872/1.874). Vicesecretario de la
Audiencia de lo Criminal de Úbeda (12-11-1.883). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Cangas de
Onís (Asturias, 31-5-1.899). Juez de Primera Instancia de Gaucín (Málaga, 25-6-1.899). Secretario de la
Audiencia Provincial de Jaén (4-7-1.899). Fiscal de la Audiencia Provincial de Cádiz (2-7-1.902); de Alcalá la
Real (Jaén, 12-8-1.904); de Badajoz (30-9-1.904). Magistrado de la Audiencia Provincial de Zaragoza (11-21.907); de Murcia (18-3-1.907). Presidente de sección de la anterior Audiencia (22-11-1.909). Magistrado de la
Audiencia Provincial de Albacete (19-11-1.910). Magistrado de la Audiencia Territorial de Sevilla (18-5-1.911.
Jubilado (22-5-1.916. Con domicilio en Jaén, Fonda Madrileña (Hurtado nº 31, 1.899). CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. FRANCÉS CÁMARA, E.: Op. cit, pág. 133. PARROQUIA DE SAN
PABLO de ÚBEDA.: Libro de Bautismos nº 11, folio 76. PICATOSTE, C.: Op. cit, pág. 125.
471
*Porcuna (Jaén), 1.853 +Jaén, 11-8-1.902. Hijo de don Pedro de las Parras Infante y doña Bibiana Ramírez de
Aguilera y Pancorbo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.873). Oficial 2ª de Sala
de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (18-10-1.887 y de 1ª, 1.888). Casado con doña María de la Concepción
Ruiz Huete. Con domicilio en Granada, C/, Mesa Redonda nº 14, y en Jaén, Plazuela de las Cruces y C/,
Salido nº 26 (1.902). Su abuelo materno, don Antonio de Aguilera, natural y vecino de Porcuna, abogado y
Diputado Provincial por el partido de Andújar (29-6-1.813). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Op. cit, pág. 116. R. C. DE GRANADA.: Libro de Nacimientos, 1.878,
tomo 19-1, folio 297. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.902, tomo 73, folio 562.
- 206 -
Frailes, Fuensanta de Martos, Higuera de Calatrava, Jamilena, Porcuna,
Santiago de Calatrava, Torredonjimeno, Valdepeñas y Villardompardo.
SALA SEGUNDA.
Andújar, de ascenso, con Arjona, Arjonilla, Cazalilla, Espeluy, Higuera de
Arjona, Lopera, Mengíbar, Marmolejo, San Pedro de Escañuela y Villanueva
de la Reina.
Linares, de ascenso, con Jabalquinto.
La Carolina, de entrada, con Aldeaquemada, Arquillos, Bailén, Baños de
la Encina, Carboneros, Castellar de Santisteban, Chiclana, Guarromán, Navas
de San Juan, Santa Elena, Sorihuela y Vilches.
SALA TERCERA.
Úbeda: de ascenso, con Albanchez, Baeza, Bedmar, Begíjar, Canena,
Garcíez, Jimena, Ibros, Iznatoraf, Jódar, Rus, Sabiote, Torreperogil,
Villacarrillo y Villanueva del Arzobispo.
Orcera: de entrada, con Beas de Segura, Benatae, Génave, Hornos,
Orcera, Pontones, La Puerta, Santiago de la Espada, Segura de la Sierra, Siles,
Torres de Albanchez y Villarrodrigo.
Huelma: de entrada, con Belmez de la Moraleda, Cabra del Santo
Cristo, Cambil, Campillo de Arenas, Carchel, Carchelejo, Noalejo y Solera.
Cazorla: de entrada, con Hinojares, Huesa, La Iruela, Peal de Becerro,
Pozo Alcón y Santo Tomé.
Según el art. 276 de la Ley de 15 de Septiembre de 1.870, correspondía
a las audiencias provinciales decidir las competencias que en materias
criminales se susciten entre tribunales inferiores, cuando los contendientes
correspondan a su distrito; conocer en únicas instancias de los incidentes de
recusación de sus Magistrados, y en segunda, de los promovidos contra los
Jueces de Instrucción; en juicio oral y público de las causas no comprendidas
en la Ley de Jurado; de las seguidas contra Jueces de Instrucción y Municipales
y los que en los Juzgados ejercieren Ministerio Fiscal, por delitos cometidos en
el ejercicio de sus funciones, y las causas contra funcionarios del orden
- 207 -
administrativo que ejerzan autoridad, por delitos cometidos en el ejercicio de
sus cargos, en los casos que no estén atribuidos por leyes especiales a otros
Tribunales.
Entienden también, según la Ley de 14 de Octubre de 1.882: de las
causas referentes a delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones por
Diputados provinciales, concejales de las capitales de provincia y poblaciones
donde haya Audiencia Provincial y Autoridades administrativas de las mismas
capitales, exceptuando los Gobernadores civiles.
Las Secciones de la Audiencia, según el caso 2º del art. 276 de la
meritada Ley Orgánica, y el 4º de la de 20 de Abril de 1.888, conocen con
intervención del Jurado de las causas por los siguientes delitos: de traición;
contra las Cortes, sus miembros y el Consejo de Ministros; contra la forma de
Gobierno; delitos de los particulares, con ocasión del ejercicio de los derechos
garantizados por la Ley Fundamental; de los funcionarios públicos contra el
ejercicio de aquellos derechos; delitos relativos al ejercicio de los cultos; de
sedición; de rebelión; falsificación de firmas o estampilla real de los
Ministerios, y sellos y marca; falsificación de moneda y de billetes;
documentos de préstamos y efectos timbrados y sellados que expende el
Gobierno; documentos públicos, privados, oficiales, de comercio y despachos
telegráficos; abusos contra la honestidad por funcionarios públicos, cohecho;
malversación de caudales del Estado; parricidio; asesinato; homicidio;
infanticidio, aborto; lesiones por contracción o mutilación o que produzcan
imbecilidad o impotencia; duelo; violación; abusos deshonestos; corrupción y
sustracción de menores; rapto; detenciones ilegales; incendio; imprudencia
punible, cuando de haber malicia constituyera el hecho algunos de los delitos
enumerados, y por último, delitos cometidos por medio de la imprenta,
grabado u otro medio mecánico de publicación, exceptuando los de lesa
majestad y los de injuria y calumnia contra particulares.
Igualmente en Linares se estableció la Audiencia de lo Criminal 472;
472
En el antiguo Convento-Hospital de San Juan de Dios, sito en la C/, Pontón, mientras dura la construcción del
nuevo Ayuntamiento (15-11-1.882); con anterioridad albergó el Subgobierno de la provincia (1.874). Al
transformar la capilla para ubicar la Audiencia de lo Criminal, se hubo de modificar también la fachada,
conllevando el deterioro de la espadaña, optando el Ayuntamiento por su desmonte para evitar posibles
riesgos. Con posterioridad se establecería el Instituto de Segunda Enseñanza. La prensa linarense se hizo eco
del evento con el siguiente tenor: "El martes, día 2 de Enero, tuvo lugar en Linares la constitución de la Audiencia.
Invitados por el señor alcalde, de acuerdo con el Sr. presidente del tribunal, tuvimos el gusto de concurrir al acto que se celebró en
los salones de Palacio Municipal. Reunidos los señores D. Luis Funes y Gómez, presidente, D. Ramón López Ponce de León,
fiscal, y los magistrados señores D. Pascual Panyagua y Alexandre y D. Prudencio Delgado y Leiva, en los salones interiores del
Palacio, sonó la una, hora señalada para la celebración de la ceremonia de constitución del tribunal de la Audiencia de lo
criminal en Linares...". El Eco Minero, 4-1-1.883). SÁNCHEZ CABALLERO, J.: Las calles de Linares. Su historia y
- 208 -
relacionamos también su plantilla orgánica durante la vigencia de la misma 473:
Presidentes: Don Luis Funes Gómez474.
Don Antonio Elegido y Lizcano 475.
Don Francisco de Paula Vicario Herboso 476.
Magistrados: Don Pascual Paniagua Alejandre477.
vicisitudes. Jaén, Club 63, 1.980, pág. 130. SOLER BELDA, R., y GUZMÁN MARTÍNEZ, J. M.: Historia de la
postal en Linares (1.902-1.959). Linares, Librería Entre Libros, S. L., 2.001, págs. 169 y 229. SOLER BELDA,
R., y CARO-ACCINO MENÉNDEZ, R.: Aproximación a la prensa, imprenta y política. Linares, Entre Libros S.
L. 2.003, pág. 69.
473
AHPJ.: LSACL, 1.883-1.890, signaturas: 32.962-32.971.
474
*Víznar (Granada), 5-3-1.834 + ¿. Licenciado en Derecho por la Universidad (¿ 1-4-1.862). Promotor fiscal de
Villena (Alicante, 24-3-1.865); de Cocentaina (Alicante, 27-6-1.865); de Montoro (Córdoba, 9-7-1.866); de
Vera (Almería, 7-2-1.867); de Játiva (Valencia, 12-6-1.868); de Gandia (Valencia, 18-8-1.868); de Lorca
(Murcia, 8-12-1.868). Juez de Primera Instancia de Monforte (Alicante, 19-8-1.869); de Rioseco (Soria, 3-101.869); de Alcázar de San Juan (Ciudad Real, 3-12-1.869); de Almodóvar del Campo (Ciudad Real, 10-121.869); de Loja (Granada, 2-12-1.871); de Écija (Sevilla, 31-12-1.875). Presidente de la Audiencia de lo
Criminal de Linares (Jaén, 30-11-1.882) y de Málaga (24-7-1.887). Fiscal de Carmona (Sevilla, 11-2-1.889).
Magistrado de la Audiencia Provincial de Zaragoza (3-6-1.889); Magistrado de la Audiencia Territorial de
Oviedo (18-11-1.895). Jubilado a su instancia por imposibilidad física (25-3-1.896). CUADRA HERRERA, J.
R. de la.: Archivo privado.
475
*Madrid, 18-11-1.842 +16-11-1.898. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (2-1-1.867).
Promotor fiscal del distrito de Universidad de Madrid (6-6-1.869). Fiscal municipal del mismo (2-1-1.871).
Juez Municipal suplente del distrito del Centro de Madrid (12-8-1.874). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal
de Ciudad Rodrigo (Salamanca, 20-10-1.875). Juez de Primera Instancia de Navalmoral de la Mata (Cáceres);
de Antequera (Málaga, 7-6-1.886); de Plasencia (Cáceres, 27-12-1.886). Presidente de la Audiencia de lo
Criminal de Linares (Jaén, 9-9-1.887); de Logroño (8-10-1.887). Fiscal de Sigüenza (Guadalajara, 26-111.888). Juez de Primera Instancia del distrito Centro de Madrid (29-9-1.889). Miembro de la
secciónencargada del estudio de reformas legislativas (21-10-1.889). Magistrado de la Audiencia Territorial de
Valladolid (16-6-1.890). Destinado a la Secretaria del Ministerio para auxiliar en los trabajos de reformas del
Código Penal (19-9-1.890). Abogado Fiscal del Tribunal Supremo (20-10-1.890). Solicita la jubilación por
imposibilidad física (11-5-1.892). Jubilado de Fiscal (15-10-1.892). Casado con doña Josefa García Morago.
AGA.: Op, cit, legajo 17.964. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et
alii.: Archivo..., op. cit, pág. 113.
476
*Valle de Carranza (Vizcaya), 22-10-1.824 + ¿ Hijo de don Manuel Vicario Herraiz y doña Juliana de Herboso
del Campo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Valladolid (1.842-1.849). Se incorporó al
Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. Juez de Paz del distrito de Hospital de Madrid (2-6-1.865-1.867).
Juez de Primera Instancia de Agreda (Soria, 12-11-1.868); de Toledo (10-8-1.869); de Ciudad Rodrigo
(Salamanca, 12-5-1.870); de Toledo (29-6-1.870); de Ávila (1-8-1.870); de Sueca (Valencia, en comisión, 4-71.874); de Ayora (Valencia, 19-6-1.875); de Lugo (25-2-1.878); de Oviedo (1-4-1.878); de Santander (1-31.881). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Ronda (Málaga, 30-11-1.882); de Linares (Jaén, 1-21.889). Excedente (16-7-1.892). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Las Palmas de Gran Canaria
(22-1-1.893). Solicita la jubilación (8-2-1.894). Se decreta la misma con honores de Presidente de Sala de
Audiencia Territorial (19-2-1.894). AGA.: Ibídem, legajo 18.634. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., Ibídem, pág. 376. PARROQUIA DE SANTA MARÍA
DEL VALLE DE CARRANZA.: Libro de Bautismos nº 1, folio 19.
477
*Coín (Málaga), 15-7-1.833 +18-6-1.888, en estado de soltero. Hijo de don Pascual Panyagua Vázquez y doña
Concepción Alejandre García. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Sevilla. Promotor fiscal
sustituto de Coín. Secretario de la Diputación y del Consejo Provincial de Málaga (3-1-1.864). Juez de
- 209 -
Don Prudencio Delgado Leyva478.
Don Juan de Luque Izquierdo 479.
Don Francisco de Asís Canla y Abad 480.
Don Manuel Blasco Oliver 481.
Primera Instancia de Marbella (Málaga, 21-10-1.868); de Ibiza (Baleares, 21-11-1.868); de Medinaceli (Soria,
16-9-1.869); Aoíz (Navarra, 30-10-1.869); de Iznalloz (Granada, 9-11-1.869); de Cazorla (Jaén, 22-11-1.869);
de Andújar (Jaén, 21-12-1.871); San Roque (Cádiz, 23-10-1.871); de Utrera (Sevilla, 4-11-1.871); de VélezMálaga (Málaga, 13-5-1.873); de Pamplona (29-2-1.874); de distrito de el Salvador (Sevilla, 21-7-1.874).
Cesante (21-3-1.875). Juez de Primera Instancia de Teruel (18-12-1.880); de Carmona (Sevilla, 23-6-1.881);
San Román (Sevilla, 1-12-1881). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 18-12-1.882).
Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Teruel (22-2-1.883). Comisión de Servicio en Madrid (13-131.883). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (17-1-1.884). Sin efecto (29-1-1.884). Sigue en
Comisión de Servicio en Madrid. Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (19-6-1.884). Comisión
de servicio en Madrid (13-12-1.886). Tuvo problemas en Ibiza, Utrera y San Salvador. Con domicilio en
Coín, C/, Don Diego s/n. Otorgó testamento cerrado. BOPJ nº 245, de 20-4-1.871. CUADRA HERRERA,
J. R. de la.: Ibídem. R. C. DE COÍN.: Libro de Defunciones, 1.888, tomo 32, folio 257.
478
*Santa Elena (Jaén), 25-4-1.833 +Málaga, 21-2-1.896. Hijo de don Francisco Delgado y doña Prudencia Leyva.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (14-6-1.860). Juez de Paz de La Carolina (Jaén, 31-81.861). Promotor fiscal sustituto de La Carolina (28-9-1.862). Promotor fiscal de La Carolina (9-12-1.865).
Cesante (6-2-1.867). Juez de Primera Instancia de Andújar (Jaén, 29-11-1.868); de Motril (Granada, 23-21.870). Cesante (17-9-1.872). Juez de Primera Instancia de Osuna (Sevilla, 13-11-1.872); de Úbeda (Jaén, 127-1.875); de Talavera de la Reina (Toledo, 8-1-1.882). Fiscal de Vélez-Málaga (Málaga, 22-2-1.882). En
comisión de servicio a petición propia en Úbeda (Jaén, 27-2-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo
Criminal de Linares (Jaén, 1.882); de Vélez-Málaga (25-7-1.884); de Badajoz (18-6-1.885); de Plasencia
(Cáceres, 27-9-1.886). Fiscal de la Audiencia de Huelva (3-1-1.887); de Málaga (11-12-1.893). Magistrado de
la Audiencia Territorial de Cáceres (12-10-1.895). Jubilado por su mal estado de salud (20-2-1.896). Casado
con doña María de los Dolores Huete González. Con domicilio en Málaga, C/, Paseo del Limonar nº 4.
Otorgó testamento ante el notario de Málaga, don Francisco González Crespo. Su hermano don Juan
Bautista, Alcalde de La Carolina (1.870-1.873); elegido diputado a Cortes por La Carolina, (1.873). CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs. 127, 264, 419 y 449. R. C. DE MÁLAGA.:
Libro de Defunciones, 1.896, tomo 57, folio 400.
479
*Vélez-Málaga, 18-12-1.825 +Aguilar (Córdoba), ¿. Hijo de don Salvador de Luque Oñate y doña María
Izquierdo Córdoba. Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Valverde del Camino (Huelva, 23-11.860); de Andújar (Jaén, 3-5-1.862); de Antequera (Málaga, 27-3-1.865). Cesante (4-8-1.865). Nuevamente
retorna a la anterior promotoría (28-8-1.866). Juez de Primera Instancia de Colmenar (Málaga, 21-11-1.868);
de Priego (Cuenca, 31-12-1.870); de Alcántara (Cáceres, 11-1-1.871). Juez de Primera Instancia de Campillos
(Málaga, 24-1-1.871); de Berja (Almería, 14-2-1.879); de Martos (Jaén, 31-7-1.879). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Plasencia (Cáceres, 2-1-1.883); de Linares (Jaén, 9-3-1.883). Fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Altea (Alicante, 15-4-1.889). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de
Cáceres (16-9-1.889). Electo para Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Cádiz, cuando alcanzó la
jubilación (10-3-1.890). Con domicilio en Aguilar. AGA.: Op. cit, legajo 18.100. CUADRA HERRERA, J. R.
de la.: Archivo privado. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 212. PARROQUIA
DE SAN JUAN BAUTISTA DE VÉLEZ-MÁLAGA.: Libro de Bautismos nº 46, folio 51 vto.
480
En 1.883. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
481
*Castellón de la Plana, 1-7-1.844 +1.914. Licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia (29-6-1.869).
Promotor fiscal en Vinaroz (Castellón de la Plana, 30-9-1.869); de Salas de los Infantes (Burgos, 26-6-1.872);
de Gaucín (Málaga, 18-4-1.873); de Salas de los Infantes (Burgos, 1-3-1.874); de Villar del Arzobispo
(Valencia, 29-3-1.875); de Vinaroz (28-5-1.876). Juez de Primera Instancia de Mora de Rubielos (Teruel, 112-1.878); de Morella (Castellón de la Plana, 27-1-1.879); de Viver (Castellón de la Plana, 2-12-1.880); de Alcoy
(Alicante, 8-12-1.882). Juez del distrito de San Vicente de Valencia (6-8-1.883). Magistrado de la Audiencia de
lo Criminal de Linares (Jaén, 31-10-1.884); de Teruel (20-4-1.885); de Cartagena (Murcia, 29-8-1.886); de
- 210 -
Don Francisco Villanueva Marchante 482.
Don Enrique Hernández Lobato 483.
Don Fernando Luque Vargas 484.
Don Carlos Ramírez Lobato 485.
Don Luis Rubio Contreras 486.
Alicante (9-11-1.886). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Teruel (20-4-1.891); de Tarragona (28-61.894). Magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona (2-12-1.895). Presidente de Sección de la
Audiencia Provincial de Barcelona (28-11-1.898); de Tarragona (18-1-1.904). Magistrado de la Audiencia
Territorial de Barcelona (25-5-1.905). Presidente de la Territorial de Barcelona (22-3-1.906). Jubilado (18-51.908). Su hija doña Rosa Blasco Belenguer, solicitó pensión de orfandad (2-6-1.914). AGA.: Op. cit, legajo
17.882. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit,
pág. 56.
482
Su extensa biografía la comentamos en el Apéndice I.
483
*Madrid, 17-5-1.836 +1.909. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (13-3-1.865).
Promotor fiscal de Santa Coloma de Farnés (Gerona, 16-8-1.869); de Jaén (8-8-1.882). Teniente fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Jaén (20-12-1.882/1.883). Juez de Primera Instancia de Jaén (9-5-1.883).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Teruel (6-10-1.885); de Linares (Jaén, 20-10-1.885); de VélezMálaga (29-10-1.888). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Granada (12-11-1.888). Teniente
fiscal de la Audiencia Provincial de Granada (13-9-1.893). Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (910-1.893). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Granada (16-10-1.894). Magistrado de la Audiencia
Provincial de Lugo (12-10-1.895); de Badajoz (8-3-1.897). Presidente de Sección de la Audiencia Provincial
de Jaén (3-1-1.898); de Cáceres (1-8-1.898); de Granada (16-4-1.900); de La Coruña (20-5-1.904). Fiscal de la
Audiencia Provincial de Jaén (4-7-1.904); de la Territorial de Cáceres (31-7-1.904). Solicita la jubilación (13-91.904). Se decreta la misma (6-12-1.904). Casado con doña Carolina Aracena y Monedero. AGA.: Ibídem,
legajo 18.064. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo...,
ibídem, pág. 179.
484
En 1.889. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
485
*Zafra (Badajoz), 4-11-1.828 +Sevilla, 29-1-1.893. Hijo de don Pedro Ramírez y Marín y doña Teresa Lobato
Moreno. Comenzó la carrera de Jurisprudencia en la Universidad de Sevilla, y obtuvo la licenciatura en la
Central de Madrid (20-1-1.853), donde también consiguió el doctorado, siendo sus profesores Laraña y Beas,
Iberri, entre otros. Perteneciente a una linajuda familia extremeña, actualmente en Badajoz, una de sus más
céntricas calles está rotulada con su nombre; además el doctor don Juan Cid Salgado, publicó en 1.740 un
libro sobre el origen y linaje de los Lobatos o Lovatos, con el título: Al Sr. D. Francisco Lobato Ximénez de Ocampo
y Suárez y Rivero, caballero del orden de Santiago, secretario de S. M., su tesorero general y de su Consejo en el de Hacienda
(Madrid, 1.740). Auxiliar de Administración de Contribuciones directas y Oficial primero de la Comisión
Provincial de Madrid para el reconocimiento de la deuda personal y material del Tesoro (10-4-1.851). Auxiliar
de la Administración de Hacienda de Madrid (16-11-1.853). Se estableció en Badajoz, incorporándose a su
Ilustre Colegio de Abogados (1-5-1.854). El capitán general de Badajoz, Sr. Alcalá Galiano, lo nombró
diputado Provincial por Zafra (26-8-1.855, dimitiendo el 9-9-1.856). Vocal de la Comisión de Instrucción
Pública y de la Junta de Calificación para la Cruz y Placa de Antigüedad de la Milicia Nacional. Abogado de
las casas de los Excmos. señores Duque de Berwik y de Alba, Conde del Montijo, de Medinaceli y de
Santisteban. Juez de Paz de Zafra (1.857-1.858). Promotor Fiscal de Zafra (12-5-1.862/28-8-1.865).
Promotor Fiscal de Zafra (30-9-1.865/7-9-1.869). Alcalde de Zafra (22-6-1.874/28-2-1.875 y 17-3-1.881/303-1.884); durante su mandato consistorial logró que el rey Alfonso XII concediese a la villa de Zafra el título
de ciudad. Promotor fiscal de Manacor (Mallorca, 23-8-1.877/29-10-1.877). Diputado a Cortes por Badajoz
(11-4-1.886). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 8-10-1.888). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Sevilla (11-2-1.889). En posesión de la Cruz de Carlos III; don Amadeo I de
Saboya le confirió la gracia de Jefe Superior de Administración Civil; perteneció a varias sociedades
científicas. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op.
cit, pág. 298. DÍAZ Y PÉREZ, N.: Diccionario Histórico, Biográfico de autores y extremeños ilustres, II, 1.888, págs.
241-256.
- 211 -
Don Joaquín María Gabancho López 487.
Don Fernando Heredia Mondragón488.
Don Nicomedes Rogelio Page Castro 489.
486
*Valencia, 16-9-1.851 +Madrid, 17-12-1.919. Hijo de don Luis Rubio Cadena y doña María Jesús Contreras
García. Licenciado en Derecho por al Universidad de Valencia (18-8-1.871). Jefe de la Sección de Fomento
del Gobierno de Baleares (1-7-1.874). Relator de la Audiencia de lo Criminal de Palma de Mallorca (25-41.879). Secretario de Gobierno de la Audiencia de lo Criminal de la misma Ciudad (19-9-1.883). Juez de
Primera Instancia de Valencia (18-2-1.885). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de la misma Capital
(12-11-1.887). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 26-11-1.888); de Cartagena
(Murcia, 18-2-1.889); de Tarragona (4-3-1.889). Excedente (29-8-1.893). Teniente fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Barcelona (19-2-1.894). Juez de Primera Instancia del distrito de La Latina (Madrid, 11-8-1.899).
Fiscal de la Audiencia Provincial de Pamplona (26-2-1.906). Magistrado de la Audiencia Territorial de
Barcelona (22-3-1.906). Fiscal de la Audiencia Provincial de Zaragoza (27-5-1.906). Magistrado de la
Audiencia Provincial de Madrid (18-10-1.906). Presidente de la Audiencia Provincial de Zaragoza (13-91.907). Presidente de la Audiencia Territorial de Cáceres (26-9-1.907). Magistrado de la Audiencia Provincial
de Madrid (1.913). Fiscal de la Audiencia Territorial de Madrid (30-9-1.913). Magistrado del Tribunal
Supremo (9-7-1.919). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
487
*Madrid, 20-8-1.843 + ¿ Hijo de don José Gabancho Cano (*La Coruña) y doña Eugenia López Gómez de
Villaseca (*Toledo). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (25-9-1.866).
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (7-12-1.866). Abogado fiscal sustituto de la Audiencia
de lo Criminal de Madrid (27-1-1.870). En su expediente personal obrante en la Dirección General de Clases
Pasivas del Estado, consta un documento de 1.882, en el que se hace referencia a una instancia solicitando
que se le coloque en cualquier vacante, "...ya que ha sido nombrado Abogado Fiscal sustituto en la Audiencia de lo
Criminal de Madrid (27-1-1.870), y lleva 14 años ejerciendo en esta Corte; amparándose en los artículos 42, 43 y 44 de la
adicional a la Ley Orgánica". Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Cuenca (19-3-1.883). Magistrado
de la Audiencia de lo Criminal de Almería (2-1-1.888); en comisión de servicio a Madrid (6-2-1.888); también
en comisión en la Fiscalía de Madrid (29-10-1.888). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Cartagena
(Murcia, 24-12-1.888); de Linares (Jaén, 18-2-1.889); de Segovia (26-12-1.889). Excedente (30-8-1.893).
Agregado, con carácter de supernumerario, al Ministerio Fiscal de la Audiencia Provincial de Madrid (28-101.895). Magistrado de la Audiencia Provincial de Ávila (1-6-1.897). CUADRA HERRERA, J. R. de la.:
Ibídem. PARROQUIA DE SAN ILDEFONSO DE MADRID.: Libro de Bautismos, de 22-8-1.843.
488
*Madrid, 30-8-1.839 +Almería, 20-9-1.900. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (20-41.872). Promotor fiscal de Colmenar Viejo (Madrid, 11-1-1.872). Juez de Primera Instancia de Caldas de
Reyes (Pontevedra, 22-1-1.872). Cesante (8-7-1.872). Juez de Primera Instancia de Santa María de Nueva
(Almería, 24-9-1.873); de Puebla de Alcocer (Badajoz, 20-5-1.875); de Mota del Marqués (Valladolid, 7-61.875); de Sedano (Burgos, 12-11-1.877); de Colmenar Viejo (4-3-1.878); de Puerto de Arrecife (Las Palmas
de Gran Canaria, 30-10-1.879); de Sort (Lérida, 24-11-1.879); de Pravia (Oviedo, 26-1-1.880); de Cogolludo
(Guadalajara, 3-7-1.880); de Sacedón (Guadalajara, 9-2-1.883); de Olot (Gerona, 29-3-1.883); de Gandesa
(Tarragona, 28-4-1.883); de Talavera de la Reina (Toledo, 4-3-1.886); de Ciudad Rodrigo (Salamanca, 29-11.889); de Alcalá de Henares (Madrid, 14-2-1.889. Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Linares
(Jaén, 18-2-1.889); de Cádiz (16-7-1.892). Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (21-8-1.892).
Presidente de sección de la Audiencia Provincial de Jaén (11-12-1.893). Magistrado de la Audiencia Provincial
de Almería (9-9-1.900). Casado con doña Perfecta Álvarez de Ysla. Con domicilio en Jaén, C/, Arco
Noguera. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
489
*Albalate de las Nogueras (Cuenca, 15-9-1.828) +¿. Licenciado en Derecho por la Universidad de (¿, 16-81.856). Promotor fiscal de Priego (Cuenca, 15-10-1.858). Cesante (27-11-1.865). Retorna al anterior cargo
(28-8-1.865). Cesante (8-10-1.866). Nuevamente retorna de Promotor fiscal de Priego (24-11-1.868).
Presidente de la Junta Revolucionaria de Albalate de las Nogueras (10-1.868). Nombrado Vocal de la Junta
Revolucionaria de Cuenca. Oficial Mayor Contador de los fondos de la provincia. Juez de Primera Instancia
de Cañete (Cuenca, 12-2-1.872). Cesante (28-7-1.873). Retorna al anterior puesto (13-8-1.874); de Albocácer
(Castellón de la Plana, 3-5-1.875); de Illescas (Toledo, 21-6-1.875); de Tarancón (Cuenca, 20-11-1.875); de
Chiva (Valencia, 27-1-1.879); de Almansa (Albacete, 1-3-1.879); retorna a Tarancón (15-5-1.878); de Escalona
- 212 -
Suplentes:
Fiscal:
Don José Guerrero Díaz 490.
Don Luis Rodríguez de Llera491.
Don Policarpo Román García de Molina 492.
Don Francisco Villanueva y Marchante.
Don Ramón López Ponce de León Cornejo 493.
(Toledo, 29-5-1.879); de Cabreros (Cáceres, 3-4-1.881); de Pastrana (Guadalajara, 23-5-1.881); de El Salvador
(Castellón de la Plana, 20-12-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Córdoba (7-5-1.883).
Presidente de Sección de la misma (4-4-1.887). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén,
22-9-1.889). Fiscal de San Mateo (Castellón de la Plana, 12-9-1.890); de Don Benito (Badajoz, 2-10-1.890).
Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Alcalá de Henares (Madrid, 15-12-1.890). Magistrado de la
Audiencia Territorial de La Coruña (22-12-1.890). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Cáceres (2910-1.891). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cáceres (13-9-1.893). Solicita la jubilación (14-10-1.893).
Se decreta la misma (27-11-1.893), con honores de Presidente de Sala de Audiencia Territorial. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 271.
490
*Estepa (Málaga), 12-1-1.846 +Onteniente (Valencia), ¿ Hijo de don Antonio Guerrero Ortega y doña María Díaz
Navarro. Licenciado en Derecho por la Universidad de Madrid (14-5-1.869). Promotor fiscal del Juzgado de
Primera Instancia de Carballo (La Coruña, 10-2-1.871); de Viella (Lérida, 10-4-1.876), de Alhama (Soria, 16-61.876); de Archidona (Málaga, 31-7-1.877); de Santa Fe (Granada, 19-12-1.878); de Martos (Jaén, 26-5-1.882).
Juez de Primera Instancia de Colmenar (Málaga, 22-7-1.882); de Úbeda (Jaén, 1-1-11.883). En comisión de
servicio en Madrid (2-12-1.883/24-1-1.884). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Almería (26-41.886). Juez de Primera Instancia e Instrucción de San Miguel de Jerez de la Frontera (Cádiz, 28-9-1.886).
Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (9-.11-1.887). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal
de Algeciras (Cádiz, 23-2-1.889); de Úbeda (13-11-1.890); de Utrera (Sevilla, 13-11-1.890); de Cádiz (16-7-1.892).
Magistrado de la Audiencia Provincial de Huelva (12-9-1.8934); de Sevilla (19-8-1.895). Fiscal de la Audiencia
Provincial de Ávila (3-6-1.901); de Málaga (2-8-1.901). Presidente de la Audiencia Provincial de Granada (30-61.902); de Cáceres (30-7-1.904). Fiscal de la Audiencia Territorial de Cáceres (25-2-1.906). Presidente de la
Audiencia Provincial de Oviedo (22-3-1.907); de Zaragoza (8-10-1.907). Jubilado (1.908). A.G.A.: Sección de
Hacienda, legajo 18.052. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: bídem. DE CADENAS Y VICENT, V, et alii.:
Ibídem, p.ag. 172.
491
*La Lora (Burgos), 13-2-1.834 +Madrid, 15-2-1.906. Hijo de don José Rodríguez Caro y doña María Dolores
Llera Caro. Licenciado en Derecho (Madrid, 7-6-1.861). Promotor fiscal de Yecla (Murcia, 6-10-1.861); de
Albuñol (Granada, 21-3-1.871); de Pontevedra (15-1-1.893). Juez de Primera Instancia de La Roda (Albacete,
3-3-1.879). Promotor fiscal de Campillo de Granada (5-5-1.879). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal
de Úbeda (Jaén, 8-12-1.882). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 8-4-1.886). Excedente
(16-7-1.892). Juez de Primera Instancia del distrito de la Inclusa (Madrid, 1.894). Casado con doña Trinidad
Gil Suero (Sevilla). Con domicilio en Madrid, C/, Fomento nº 1-2º-D. CUADRA HERRERA, J. R. de la.:
Ibídem. R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones, 1.906, tomo 122-1, folio 163.
492
En 1883. A la sazón, Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Linares. En el Apéndice I aportamos su
biografía. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
493
*Granada, 6-9-1.828 +¿. Hijo de don Ramón López Ponce de León (*Granada, 1.801. Regente en Filosofía e
Historia de la Universidad de Granada, 1.847; como igualmente de Psicología y Lógica (1.849) y doña María
Josefa Cornejo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.848). Incorporado al Ilustre
Colegio de Abogados de Granada (1.849). Promotor fiscal en Cañete (Albacete, 1.854); de Canjáyar (Almería,
3-7-1.854). Depurado (13-1-1.855). Solicita reposición (3-11-1.856), destinado de Promotor fiscal en Alcalá la
Real (Jaén, 21-11-1.856). Cesante (27-2-1.859). Juez de Primera Instancia e Instrucción de Astudillo (Palencia,
6-2-1.863); de Sorbas (Almería, 30-10-1.863). Promotor fiscal del distrito del Sagrario de Granada (27-111.863); de Castellón de la Plana. Abogado fiscal 3ª de Granada (6-6-1.866); ascendido a 2ª (4-8-1.866);
ascenso de 1ª (8-10-1.867). Cesante (26-10-1.868). Solicita el reingreso al servicio activo (1-1-1.875). Abogado
fiscal de la Audiencia de Cáceres (17-5-1.875). Cesante (4-10-1.875). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
Linares (Jaén, 30-11-1.882); se admite su renuncia. Solicita ocupar vacante en una Audiencia Territorial. Su
tío carnal don Francisco de Paula González de Aguilar Ponce de León y Nava, (Écija, 31-5-1.858 +Úbeda, 110-1.844), Caballero de Carlos III, Corregidor de Úbeda y su Regidor decano y preheminente, Regidor de
- 213 -
Secretarios: Don Ángel Terradillos y Brea494.
Don Perfecto Mora 495.
Don Miguel García Alvero 496.
Don Fernando de Santa-Pau Nogués 497.
Linares y de Vélez-Málaga, último Señor del Castillo de la Mar Baja en Torrox, del mayorazgo del Cabellerizo
Ortega de Úbeda, de los alferezadgos mayores de las cofradías de Nuestro Padre Jesús de la Columna y de la
del Cristo de la Vera Cruz de Linartes. AUG.: Legajos 738-23, 736-48, 741-51 y 667-71. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. PARROQUIA DE SANTIAGO DE GRANADA.: Libro de Bautismos nº 22,
folio 136. SOLER BELDA, R., y CARO-ACCINO MENÉNDEZ, R.: Op. cit, pág. 69. TORRES
NAVARRETE, G.: “El Alferezadgo de las Cofradías de Nuestro Padre Jesús de la Columna y Cristo de la
Vera Cruz de Linares”, Alto Guadalquivir, Especial Semana Santa Giennnese 2009. Córdoba, CajaSur, pág. 69-71.
494
*Segovia, 9-8-1.845 +¿. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (26-9-1.867). Promotor
fiscal de Belchite (Zaragoza, 21-9-1.872); de Yecla (Murcia, 8-10-1.872); de Villena (Alicante, 29-9-1.874).
Cesante (22-6-1.875). Promotor fiscal de Moguer (Huelva, 29-10-1.877); de Sepúlveda (Segovia, 17-6-1.878);
de Chinchilla (Albacete, 28-6-1.880); de Pego (Alicante, 5-1-1.881); de Jijona (Alicante, 13-7-1.881). Secretario
de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 20-12-1.882). Juez de Primera Instancia de la misma
localidad (29-3-1.883; el Ayuntamiento y gran número de vecinos de Linares se dirigen a don Manuel Alonso
Martínez, a la sazón ministro de Gracia y Justicia, para que no sea trasladado (22-5-1.885); de Benabarre
(Huesca, 16-¿-1.885); de Baza (Granada, 11-6-1.885; se le instruye expediente por haber autorizado un
matrimonio civil y comunicarlo a la autoridad eclesiástica que se quejó y dio origen a una denuncia falsa, 711-1.886; también el Ayuntamiento de Baza pide que no se le traslade); de Padrón (La Coruña, 26-2-1.887).
Abogado fiscal de Tafalla (Navarra, 7-6-1.887). Juez de Primera Instancia de Almendralejo (Badajoz, 6-71.887); de Alcaraz (Albacete, 16-7-1.887). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Colmenar Viejo
(Madrid, 7-12-1.887). Juez de Primera Instancia de Albacete (20-12-1.887). Teniente fiscal de la Audiencia de
lo Criminal de Almería (20-4-1.891). Juez de Primera Instancia de Almería (17-7-1.894); de Alicante (16-31.895). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (10-9-1.895); de Las Palmas de Gran Canaria
(2-1-1.899). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Segovia (30-1-1.899). Teniente fiscal de la
Audiencia Provincial de Pamplona (1-2-1.904). Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (22-21.904/30-9-1.904); de las Palmas de Gran Canaria (23-9-1.904). Fiscal de la misma Audiencia (15-7-1.911. Su
abuelo don Ángel María Terradillos, fue autor de la obra literaria: Prontuario de la Historia de España dispuesto en
diálogo. Madrid, 1.848. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, pág. 1. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
495
En 1.883. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
496
*Camporrobles (Valencia), 31-5-1.849 +¿ Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Valencia (1-121.871). Promotor fiscal de Cañete (Málaga, 16-5-1.872). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Linares
(Jaén, 29-3-1.883). Juez de Primera Instancia de Liria (Valencia, 28-5-1.886); de Molina de Aragón
(Guadalajara, 20-2-1.888); de Astorga (León, 9-7-1.888); de Hellín (Albacete, 20-9-1.888). Juez especial (28-21.890). Teniente fiscal de San Clemente (Cuenca, 30-10-1.891). Excedente (24-7-1.892). Magistrado
supernumerario de Valencia (31--10-1.895). Juez de Primera Instancia de Albacete (13-2-1.896). En comisión
de servicio en Madrid (1-10-1.900, dos meses). Fiscal de la Audiencia Provincial de Pontevedra (31-12-1.903).
Magistrado de la Audiencia Provincial de Cuenca (18-1-1.904). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de
Gerona (23-9-1.908); de Ciudad Real (2-10-1.908); de Castellón de la Plana (28-8-1.909). Solicita la jubilación
(16-2-1.911, se le concede el 18-2-1.911). AHN.: Sección..., op. cit. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 143.
497
*Castelserás (Teruel, 14-1-1.857 +Zaragoza ¿ Hijo de don Francisco Santa-Pau Cardos y doña Constanza
Nogués Ruiz. Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza (29-1-1.873). Abogado fiscal sustituto
de la Audiencia de lo Criminal de Zaragoza (por nombramiento del Sr. Presidente de la misma). Secretario
interino de San Pablo (Zaragoza); Vice-secretario de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 16-71.883); de San Mateo (Zaragoza, 3-11-1.884). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Altea (Alicante, 219-1.885); de Manzanares (Ciudad Real, 11-11-1.885); de San Mateo (20-1-1.886). Juez de Primera Instancia de
Santander (19-8-1.888); de Tortosa (Tarragona, 7-3-1.889); de Aliaga (Teruel, 9-11-1.889); de Chelva
(Valencia, 5-11-1.891); de Lucena (Castellón de la Plana, 21-11-1.893); de Celanova (Orense, 2-8-1.899); de
- 214 -
Don Francisco Pro Luque 498.
Don Juan Herrera Morillas 499.
Don Antonio Rodríguez Martín.
Don Enrique Antonio Bautista Arista 500.
Don Antonio Munar de la Torre 501.
Don Abelardo Goás Pardo-Montenegro 502.
Juez 1ª Instancia: Don Isidoro del Castillo 503.
Jaca (Huesca, 10-2-1.900). Excedente (24-11-1.902). Jubilado (23-5-1.903). Con domicilio en Zaragoza, C/,
Don Alfonso I nº 1. AGA.: Op. cit, legajo 18.276. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y
VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 337. PARROQUIA DE CASTELSERÁS.: Libro de Bautismos nº 8, folio
103.
498
En 1.888. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
499
*Mancha Real (Jaén), 6-2-1.859 +Jaén, 20-12-1.936. Hijo de don Juan de Mata Herrera Puertollano (Escribano)
y doña Catalina Morillas Cobo de Guzmán. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (10-61.880). Abogado de pobres en Mancha Real (1-7-1.880). Promotor fiscal sustituto de Mancha Real (6-11.883), titular (9-1-1.883). Ingresó en la Judicatura (1.884). Vicesecretario de la Audiencia de lo Criminal de
Seo de Urgel (Lérida, 22-4-1.887); de Málaga (21-5-1.887); de Linares (Jaén, 7-1-1.888). Juez de Primera
Instancia de Riaño (León, 15-3-1.889); de Ugíjar (Granada, 16-4-1.890; con motivo de levantar un cadáver,
cae de la caballería que lo transporta y se rompe la cadera, lo que le hará cojear toda su vida); de Novelda
(Alicante, 13-9-1.893); de Yeste (Albacete, 27-11-1.901); de Tineo (Oviedo, 24-2-1.902); de Molina de Aragón
(Guadalajara, 14-3-1.902); de Villacarrillo (Jaén, 4-9-1.902); de Segorbe (Castellón de la Plana, 14-7-1.904); de
Úbeda (Jaén, 22-7-1.904); del distrito de San Vicente de Sevilla (25-9-1.908). Magistrado de la Audiencia
Provincial de Badajoz (21-2-1.912); de Cádiz (25-3-1.912). Presidente de la Audiencia Provincial de Lugo (1911-1.915). Magistrado de la Audiencia Territorial de Sevilla (21-2-1.916). Fiscal de la Audiencia Territorial de
Cáceres (26-12-1.923). Presidente de la Sala de lo Civil de la Audiencia Territorial de Albacete (7-2-1.924).
Magistrado de la Audiencia Territorial de Madrid (10-5-1.926). Vocal del Tribunal ContenciosoAdministrativo de Madrid (22-10-1.927). Solicita la jubilación (12-6-1.930). Se decreta la misma (1-7-1.930).
Casado con doña Juana Carrillo de Albornoz Vico (Mancha Real, San Juan Evangelista, 27-3-1.889. Con
domicilio en Jaén, C/, Hurtado nº 16. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.936, tomo 130, folio 154. R. C. DE MANCHA REAL.: Libro de Matrimonios, 1.889, tomo 9, folio
5. R. C. DE NOVELDA, Libro de Nacimientos, 1.899, tomo 27, folio 123.
500
Aportamos su biografía en el Apéndice I.
501
*Santisteban del Puerto (Jaén), ¿ + Linares (Jaén), ¿ Hijo de don Juan Munar y doña Jerónima de la Torre.
Oficial 1º de Sala de la Audiencia de lo Criminal de Linares (26-12-1.882); Oficial de Sala 2º de la Audiencia
Provincial de Jaén (en comisión, 24-7-1.882); renuncia al cargo para optar a la de Escribano de Actuaciones
del Juzgado de Primera Instancia de Linares (31-7-1.900). Con domicilio en Jaén, Plazuela de las Cruces
s/n, y en Lindares, C/, Pontón s/n. Su hermano don Miguel, Arcipreste y cura párroco de la Iglesia
parroquial de Santa María la Mayor, de Linares, y párroco propio de la de San Ildefonso, de Jaén (1.870).
Redactor del periódico carlista La Fe Católica, que le conllevara serias sanciones gubernativas (1.869).
AHDC.: Expedientes matrimoniales, legajo 503-C, 1.870, A.H.N.: Ibídem. CAÑADA QUESADA; R.: Archivo
privado. COITM.: Op. cit, pág. 42. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. CHECA GODOY, A.:
Op. cit, págs. 33 y 257. MOLINA MENDOZA, J.: Guía-Anuario de Linares (1.912), Linares, Tip. “La
Cervantina”, 1.912, pág. 26. R. C. DE LINARES.: Libro de Defunciones, 1.889, tomo 118, folio 21.
502
*Villalba (Lugo), 23-11-1.861 +¿ Hijo de don Domingo Goás Barrela y doña Antonia Pardo Montenegro y
Condal. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (23-7-1.890). Juez Municipal de
Villalba. Secretario interino de la Audiencia de lo Criminal de Linares (Jaén, 3-7-1.890). Cesante por reforma
(24-7-1.892). Vicesecretario interino de la Audiencia Provincial de Salamanca (6-10-1.892). Solicita
excedencia por enfermedad (18-9-1.893, concedida el día 30 siguiente). AHN.: Ibídem. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
503
*Linares (Jaén) ¿ Contribuyente Asociado y Vocal Familiar de la Junta de Instrucción Pública (1-5-1.868),
- 215 -
Escribano:
Don Manuel Martín 504.
Don Manuel Arentave 505.
Asimismo en Úbeda quedó establecida la Audiencia de lo Criminal con
idéntica vigencia que la de Linares 506.
Las oficinas y dependencias se ubicaron en el Palacio de las Cadenas 507.
Para dicha concesión tuvo una decisiva influencia el Ministro de Gracia y
Justicia don Manuel Alonso Martínez 508.
Concejal del Ayuntamiento de Linares (1.869), miembro de la Junta de Instrucción Pública (25-1-1.870, 167-1.872, 15-9-1.872, 4-10-1.872, 3-6-.873 y 12-9-1.873), Síndico 2º (12-1-1.874 y 28-4-1.874) y 4º Teniente
de Alcalde (10-1-1.875). Juez de Primera Instancia de Linares. COITML.: Op. cit, pág. 44. LÓPEZ
VILLAREJO, F.: Op. cit, pág. 590.
504
En 1.889. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
505
(1.880). Con domicilio en C/, Cervantes. COITM.:: Op. cit, pág. 32.
506
Ley 14-10-1.882 y R. D. 11-11-1.882; aunque su inauguración oficial no se verificó hasta el día 2-1-1.883.
Quedó establecida en el Palacio de las Cadenas. CAZABÁN LAGUNA, A.: Apuntes para la historia de Úbeda,
Úbeda, Imp. De José Martínez Montero, 1.887, págs. 260-261. PASQUAU GUERRERO, J.: Op. cit, pág.
450. QUESADA CONSUEGRA, R.: Úbeda: Hombres y Nombres. Monachil (Granada), Asociación Gavellar,
1.982, pág. 76.
507
Construido por don Juan Vázquez de Molina (*Úbeda, 1.515 +28-6-1.570). Hijo de don Jorge de Molina y
doña Catalina Vázquez de Perea. Casado en primeras nupcias con doña Antonia del Águila; anulado éste,
contrajo nuevo matrimonio con doña Luisa Carrillo de Mendoza, sin sucesión. Secretario de Estado y de
Cámara del Rey don Felipe II. Comendador de Guadalcanal y de Valencia del Bentoso, Señor de San Payo,
Trece de la Orden de Santiago, Alférez Mayor de Úbeda y Consejero de Estado del Emperador Carlos V.
Dicho palacio, obra del Renacimiento y ejecutada por Andrés de Vandelvira (1.562), al fallecimiento de su
dueño, convertido en convento bajo la denominación de "Comunidad de Dominicas de la Madre de Dios"
(24-3-1.566), y extinguido éste, se estableció las Casas Consistoriales (1.868). KENISTÓN, H.: Op. cit, pág.
360. PASQUAU GUERRERO, J.: Ibídem, págs. 169 y 177. QUESADA CONSUEGRA, R.: Ibídem, págs.
184-185.
508
*Burgos, 1-1-1.827 +Madrid, 13-1-1.891. Ilustre jurisconsulto y político español (1.827-1.891). Elegido por
primera vez diputado a Cortes por Castrojeríz (Burgos (1.854, 1.879, 1.881, 1.884, 1.886, 1.889 y 1.890),
destacando sus discursos en la cuestión religiosa y en defensa del Senado vitalicio, rebatiendo la opinión de
Olózaga (1.854); después nuevamente elegido por nuestra Provincia en las elecciones de 1.858 (Huelma, con
un censo de 456 electores, acuden a votar 379, el 83'11%, obteniendo el 100% de los votos); 1.863 (Úbeda,
tiene 736 electores de los que acuden a votar 519, el 70'51%, y 372, el 71'67% eligen a él) y en 1.866 (Baeza,
en la que consigue l.675 votos, el 95'96% de los emitidos); seguidamente por Lérida (1.876). Nombrado
Senador. En el Congreso de los Diputados encabezaba un grupo denominado Centralistas. Presidente del
Congreso de los Diputados (1.889 y 1.890). En 1.855, con 28 años, obtuvo la cartera de Fomento,
destacando entre sus proyectos más célebres el ferrocarril y la traída de aguas a Madrid. Con el gabinete de
O'Donnell, Gobernador Civil de Madrid, restableciendo el orden (7-1.856). En el Congreso de los
Diputados, preside la Comisión de Codificación y desde ella impulsa la redacción del nuevo Código Civil
(1.858). En 1863 volvió a ser ministro de Fomento, bajo la presidencia de Miraflores, y de Hacienda, bajo la
de O'Donnell (1.865). Más tarde ocupó la de Gracia y Justicia (13-5-1.874/3-9-1.874; 9-2-1.881/9-1-1.883 y
27-11-1.885/11-12-1.888). Presidente del Consejo de Administración de la Compañía de los Caminos de
Hierro del Norte de España y de la del Crédito Mobiliario Español. Presidente de la Academia Matritense de
Jurisprudencia y Legislación (1.869). Miembro de la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas (con la
- 216 -
Aportamos también la plantilla orgánica de ésta Audiencia referida a
igual período 509:
Presidentes: Don Valentín de Santiago Fuentes y González 510.
Don Justo Val y Sánchez 511.
Don Joaquín Errazquín Carcelén 512.
medalla 33; 1871). Autor de numerosos libros sobre Derecho. Úbeda lo nombró Hijo Adoptivo (1.882). En
posesión de la Gran Cruz de Isabel la Católica (1.858) y la de Carlos III (1.864). Casado con doña Demetria
Martín y Baraya, Díez y de la Plaza, a ella se le otorgó el Marquesado de Alonso Martínez (12-6-1.891).
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs. 89, 104, 107, 131, 133, 242,
272, 360, 380, 404, 404, 420, 422, 431, 434-435, 461 y 524. ICNRPE.: Op. cit, págs. 19-20. LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice 230-240.
509
AHPJ.: Libros de Sentencias de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda, 1.883-1.890, signaturas: 32.972-32.986.
510
*Montemolín (Badajoz), 14-2-1.823 +Espejo (Córdoba), ¿ Hijo de don Policarpo de Santiago Fuentes Antón
y doña Antonia González y Quevedo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Sevilla (16-71.844); obteniendo el Doctorado en la Universidad Central de Madrid (14-4-1.850). Incorporado al Ilustre
Colegio de Abogados de Madrid para el libre ejercicio de la abogacía (9-1.847). Asesor de la Subdelegación
de Rentas de Huesca (7-7-1.850). Por su valiosa intervención en la instrucción para descubrir a los autores
del ataque que sufriera la fuerza de Carabineros de aquella provincia, y rapto de algunas cargas de
contrabando, fue felicitado oficialmente (R.O. 16-10-1.850). Asesor de la Dirección General de Loterías
(10-9-1.851); cesante por haberse suprimido dicho destino (6-9-1.851). Juez de Paz de Espejo (Córdoba, 12-1.857). Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de San Lucas la Mayor (Sevilla, 27-9-1.861); de
La Carolina (Jaén, l8-6-1.862); de Segura de la Sierra (Jaén, 5-9-1.863); de Valverde del Camino (Huelva,146-1.865); de Montoro (Córdoba, 12-8-1.865); de Aguilar (Córdoba, 13-10-1.865); de Valverde del Camino
(15-9-12.866); de Montilla (Córdoba, 14-12-1.866); de Figueras (Gerona, 18-10-1.873); del distrito de
Campillo de Granada (9-12-1.873); del distrito de la izquierda de Córdoba (20-4-1.875). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Las Palmas de Gran Canaria (6-7-1.881); de Burgos (31-7-1.882). Presidente
de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 2-1-1.883). Jubilado (3-6-1.884). Académico de Número de
la Matritense de Jurisprudencia y Legislación (1-11-1.848); desempeñó el cargo de Juez de Primera Instancia
de dicha Corporación, y el de Secretario de su sección cuarta; nombrado Académico profesor de la misma
(18-3-1.849); asimismo ascendido a Revisor tercero (30-5-1.850), y reelegido para el cargo de Revisor
segundo (1-6-1.850). A.G.A.: Sección de Hacienda, legajo 18.310. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Archivo
privado. DE CADENAS Y VICENT, V, et alii.: Archivo…, op. cit, pág. 338. PARROQUIA DE
MONTEMLÍN.: Libro de Bautismo nº 8, folio 212 vto. PASQUAUA GUERRERO, J.: Op. cit, pág. 450.
511
*Zaragoza, 19-12-1.845 +Tarragona, 13-1-1.902. Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza (2811-1.868). Opositó a la Judicatura, siendo su primer destino como Secretario de Gobierno de la Audiencia
de lo Criminal de Granada (22-6-1.871). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 27-11-1.882).
En comisión de servicio en Madrid (21-12-1.882). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (205-1.884). Magistrado de la Audiencia de lo criminal de Granada (16-2-1.885); de La Coruña (30-9-1.887);
de Barcelona (9-6-1.889). Magistrado de la Audiencia Territorial de Pamplona (24-9-1.889). ¿ (14-9-1.901).
Presidente de la Audiencia Provincial de ´Tarragona (13-1-1.902). CUADRA HERRERA, J. R., de la.:
Ibídem.
512
*Tobarra (Albacete), 1-11-1.824 + ¿ 5-3-1.908. Hijo de don José María Erranquín Ayerve (*Madrid) y doña
María del Rosario Carcelén Rodríguez de Vera (+Tobarra). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad
Central de Madrid (1.848). Presidente de la Sala de lo Criminal de Jaén (1.886). Jubilado (7-8-1.895). Casado
con doña Purificación Ibarra y López. A.G.A.: Sección de Hacienda, legajo 17.965. CUADRA HERRERA, J.
R., de la.: Ibídem. DE CADENAS Y VICENT, V, et alii.: Archivo…, op. cit, pág. 115. U. C. DE
MADRID.: Expediente académico.
- 217 -
Don Antonio José de Villanueva Martín 513.
Magistrados: Don Marcelino Serrano González-Amigo 514.
Don Luis Rodríguez Serrano 515.
Don Luis Rodríguez Llera.
Don Pedro Alonso Higueras López 516.
Don Antonio Álvarez Ossorio y Mass 517.
(Granada), 19-3-1.843 +21-7-1.908, en estado de soltero. Hijo de don Francisco Villanueva Fernández
y doña Dolores Martín Cabello. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (29-10-1.867). Juez
de Paz de Padul (12-1.868/1.870). Abogado en Órgiva (Granada). Promotor fiscal en Villacarrillo (30-71.870). Juez de Primera Instancia de Valderrobles (Teruel, 24-6-1.871); de Belchite (Zaragoza, 9-10-1.871);
de Iznallor (Granada, 23-10-1.871); de La Carolina (Jaén, 18-12-1.871). Cesante (20-5-1.872). Promotor
fiscal de Villacarrillo (Jaén, en comisión, 6-9-1.875). Juez de Riaño (León, 19-7-1.877). Juez de Primera
Instancia de Cazorla (Jaén, 26-11-1.877); de Villacarrillo (3-2-1.879); de Valverde del Camino (Huelva, 22-51.882). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Huelva (18-12-1.882). Presidente de Sección de la
misma Audiencia 30-8-1.883). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de baza (Granada, 24-4-1.885).
Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Castellón de la Plana (11-2-1.889). Fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Baza (25-2-1.889). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Carmona (Sevilla, 1-9-1.890);
de Úbeda (Jaén, 27-10-1.890). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (16-1.892). Presidente
de Sección de la citada Audiencia (28-11-1.892). Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla 13-91.893). Presidente de la Audiencia Provincial de Córdoba (7-8-1.900). Magistrado de la Audiencia Provincial
de Barcelona (22-3-1.906). Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla (20-2-1.907). CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. R. C. DE SEVILLA.: Libro de Defunciones, 1.908, tomo 26, folio 164.
513*Padul
514*Navaconcejo
(Cáceres), 8-6-1.842 +Granada, 14-7-1.899. Hijo de don Jorge Serrano Moreno y doña
Bernardina de Siena González Amigo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid
(14-10-1.867). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Plasencia (Cáceres, 20-1-1.868). Ejerció la
abogacía en Plasencia (19-1-1.868/1-4-1.869). Promotor fiscal interino de Plasencia 2-10-1.869); de
Jarandilla (Cáceres, 22-5-1.871); de Hoyos (Cáceres, 3-7-1.871); de Jarandilla (14-7-1.873); de Manzanares
(Ciudad Real, 2-3-1.874); de Celanova (Orense, 13-8-1.874); de Manzanares (26-10-1.874); de Almería (3-31.879). Juez de Primera Instancia de Plasencia (27-7-1.879); de Siles (Jaén, en comisión, 19-9-1.879).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 18-12-1.882). Presidente de la Audiencia de lo
Criminal de Reus (Tarragona, 9-8-1.886); de Sigüenza (Guadalajara, 27-9-1.886). Magistrado de la Audiencia
de lo Criminal de Albacete (22-12-1.890); de Granada (20-3-1.893). Magistrado de la Audiencia Provincial
de Granada (22-6-1.896). Durante su vigencia profesional tuvo numerosas quejas, expedientes disciplinarios
y multas. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DE LA
CONCEPCIÓN DE NAVACONCEJO.: Libro de Bautismos de 1.842, folio 148.
515
En 1.883. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
516
*Sabiote (Jaén), 1.823 +Úbeda (Jaén), 3-1-1.887. Hijo de don Alonso Higueras de Villena (Alcalde y Regidor
noble de Sabiote) y doña María Magdalena López de Torres. Alcalde de Sabiote (1.854). Solicita la vecindad
al Ayuntamiento de Úbeda (1.855). Juez de Primera Instancia de Úbeda (1.858). Presidente del Consejo
Provincial de Jaén (1.866, esto lo afirma Torres Navarrete, aunque no García Sánchez y Chamocho
Cantudo). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (1.883). Casado con doña Brígida Sabater y
Arauco (Úbeda, 1.852). Con domicilio en Sabiote, C/, Escuderos nº 8, y en Úbeda, C/, Villamar nº 1. Su
hermano político don Ignacio, conocido banquero de Úbeda. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén…, op. cit, apéndice nº 260. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Defunciones, 1.887,
tomo 40, folio 5. TORRES NAVARRETE, G. de la J.: Breve historia de la villa de Sabiote, 1º edición, Jaén,
Gráficas Nova, S.A., 1.96, pág. 296, e Historia de la Muy Leal e Ilustre Villa de Sabiote. Úbeda, Gráficas
Minera, 1.994, pág. 471.
517
*Sevilla, 1-3-1.835 +Valencia, 7-3-1.894. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Sevilla (22-6-
- 218 -
Don Pedro López Fernández 518.
Don Hilarión Real Pelaz 519.
Don Joaquín Pardo Vila 520.
Don José Guerrero Díaz.
Don Francisco de Paula Serra Valcárcel 521.
1.858). Promotor fiscal de Gadesa (Tarragona, 20-6-1.862); de Vera (Almeria, 15-1-1.864); de Fuente de
Cantos (Badajoz, 5-2-1.864); de Lora del Río (Sevilla, 7-11-1.867); de Hinojosa (Guadalajara, 21-12-1.870).
Juez de Primera Instancia de Vélez-Málaga (22-1-1.872); de Úbeda (Jaén, 13-5-1.873); de Osuna (Sevilla, 127-1.875); de Alicante (6-9-1.880). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Altea (Alicante, 18-12-1.882).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Granada (8-10-1.883); en comisión de servicio en Jaén
(1.886); de Valencia (2-4-1.889). CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
518
*Benamocarra (Málaga), 31-8-1.843 +¿ Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid
(20-7-1.868). Promotor fiscal interino del Juzgado de Primera Instancia de Vélez-Málaga (Málaga, 17-101.868); titular del mismo (25-5-1.869); de Úbeda (Jaén, 17-4-1.871); de Baeza (Jaén, 14-2-1.874). Teniente
fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Baza (Granada, 20-12-1.882). Juez de Primera Instancia de
Antequera (Málaga, 26-6-1.885). Magistrado de la Audiencia de o Criminal de Ávila (26-4-1.886); de Úbeda
(7-6-1.886). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de San Mateo (Castellón de la Plana, 22-4-1.889); de
Vélez-Málaga (31-3-1.890); de Carmona (Sevilla, 2-6-1.890). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Jaén
(30-6-1.890); de Baza (Granada, 2-4-1.891); de Montilla (Córdoba, 7-3-1.892); de Ávila (16-7-1.892); de
Alicante (11-8-1.892); de Cádiz (2-12-1.895). Magistrado de la Audiencia Territorial de Barcelona (18-101.906). Solicita la jubilación que se la decreta con honores de Presidente de Sala de la Audiencia Territorial
de Madrid (9-9-1.910). En posesión de la Cruz de Isabel la Católica (6-2-1870). CUADRA HERRERA, J.
R., de la.: Ibídem.
519
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (1.886). En su expediente de la Dirección General de
Clases Pasivas del Estado tan solo existe un folio en el que consta: “Sirvase facilitar a este Negociado el expediente
de don Hilarión Real y Pelaz, Magistrado que fue de la Audiencia, necesario para unir al que promueve su viuda doña
Mercedes Gil de la Cuesta, en solicitud de pensión, que fue resuelto en 14 de Abril de 1.903. Madrid 19 de Diciembre de
1.911”. A.G.A.: Sección de Hacienda, legajo 18.275. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. DE
CADENAS Y VICENT, V, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 301.
520
*Santa Eulalia de Pascais (Lugo), 27-4-1.835 +Pontevedra, 11-3-1.895. Hijo de don Manuel Pardo y doña
Ramona Vila. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (21-8-1.861). Abogado en
Estragíz (Lugo, 1.863 y 1.864), Concejal de su Ayuntamiento (1.861/1.868) y Juez de Paz (1.868).
Promotor fiscal de Caldas del Reys (Barcelona, 10-10-1.868); de Alcaraz (Albacete, 18-8-1.872); de Vivero
(Lugo, 13-3-1.874). Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Orense (23-12-1.882); de la Audiencia
Territorial de La Coruña (19-3-1.883). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Salamanca (11-31.889). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 22-4-1.889); de Santiago de Compostela
(10-8-1.889); de Mondoñedo (Lugo, 19-8-1.889); de Lugo (21-8-1.890); de Pontevedra (16-7-1.892). Casado
con doña Concepción Suárez. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. R. C. DE PONTEVEDRA.:
Libro de Defunciones, 1.895, tomo 54, folio 153.
521
Hellín (Albacete), 21-12-1.850 +¿ Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (22-31.872); obteniendo en la misma el Doctorado (4-3-1.874). Opositó a la Judicatura (1.879, con el nº 34).
Promotor fiscal de Daimiel (Ciudad Real, 3-7-1.879). Juez de Primera Instancia de Navahermosa (Toledo,
1-1-1.883); de Chinchilla (Albacete, 29-3-1.883); de Martos (Jaén, 17-1-1.884); de Alcalá la Real (Jaén, 29-31.884). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Ciudad Real (20-5-1.886). Juez de Primera
Instancia de Ciudad Real (20-5-1.886, y repite 31-1-1.888). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de
Tineo (Oviedo, 11-2-1.889); de Jerez de la Frontera (Cádiz, 4-3-1.889); de Jaén (16-6-18.90); de Ciudad Real
(9-3-1.891). Magistrado de la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca (17-10-1.898). Fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Cuenca (25-10-1.898). Magistrado de la Audiencia Territorial de Zaragoza (202-1.899). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de ciudad Rodrigo (Badajoz, 11-2-1.901). Presidente de la
- 219 -
Don Rafael de Atienza y Ramírez-Tello 522
Suplentes:
Don Cristóbal Cerquella Escalante 523.
Don Eugenio Madrid Ruiz 524
Audiencia Territorial de Palma de Mallorca (30-3-1.914); de Madrid (12-6-1.914). Presidente de Sección de
la misma Audiencia (1-9-1.915). Jubilado (10-1-1.921).CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
522
*Ronda (Málaga), 7-5-1.848 +Sevilla, ¿ Marqués de Salvatierra (1.902, que sucedió en el título fundado en
1.795; también Marqués de Parada, por defunción del Sr. don Gaspar Atienza). Hijo de don Rafael Atienza
y Huertas (Caballero Maestrante de la Real de Ronda) y doña Antonia Ramírez-Tello y Martínez. Se
embarcó en Barcelona rumbo a Manila para posesionarse de Promotor fiscal de Bataán (Islas Filipinas, 212-1.883). Juez de Primera Instancia de Nueva Ecíja (Islas Filipinas, 13-5-1.884). Gobernador Civil de
Camerines del Sur (Islas Filipinas, 1-5-1.886). Juez de Primera Instancia de Batangas (Manila, 1-3-1.887).
Teniente fiscal de la Audiencia –territorial de Puerto Príncipe (Islas Filipinas (2-11-1.888); Teniente fiscal de
la Audiencia de lo Criminal de Colmenar Viejo (Madrid, 27-3-1.889). Magistrado de la Audiencia de lo
Criminal de Alcañiz (Teruel, 20-8-1.889); de Antequera (Málaga, 15-4-1.890); en comisión de servicio en
Jaén y Úbeda (1.890); de Málaga (30-6-1.892); de Cádiz (15-2-1.893). Magistrado supernumerario de la
Audiencia de lo Criminal de Cádiz (30-11-1.895), y en propiedad (27-2-1.896). Magistrado de la Audiencia
Territorial de Sevilla. Jubilado (30-7-1.899). Diputado a Cortes por Écija (Sevilla, 1.901-1.903), y por el
distrito de Ronda, en donde obtuvo 8.320 votos (Málaga, 1.907). Caballero Maestrante y Teniente de
Hermano Mayor de la Real Maestranza de Ronda en varias ocasiones (3-10-1.887; 20-10-1.888; 27-91.897; 26-9-1.903; 22-11-1.904 y 28-11-1.905). Sus hermanos don Mariano y doña Natividad, Conde de
Montelirios y Marquesa de Salvatierra, respectivamente. Con domicilio en Sevilla, C/, Amor de Dios nº 2.
A.G.A.: Sección de Hacienda, legajo 17.849. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. DE CADENAS Y
VICENT, V, et alii.: Archivo…, op. cit, pág. 39. FERNÁNDEZ DE BOBADILLA Y CAMPOS, F.: Op.
cit, pág. 21. PARROQUIA DE LOS SANTOS MÁRTIRES JUSTO Y PASTOR DE GRANADA.: Libro
de Bautismos nº 26, folio 244. REAL MAESTRANZA DE CABALLERÍA DE RONDA (en lo sucesivo:
R.M.C.R.).¨Expediente personal.
523
*Úbeda (Jaén), 3-9-1.836 +Las Palmas, 7-2-1.909. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de
Granada (12-6-1.860). Promotor fiscal en la primera de Manila (6-6-1.867); de Quiapo (17-1-1.870).
Abogado fiscal de Manila (17-11-1.871). Magistrado suplente de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (1.883).
Juez de Primera Instancia de Hocos Sur de Manila (7-3-1.888). Magistrado de la Audiencia de Cebú (Islas
Filipinas, 25-9-1.892). Presidente de Sala de la Audiencia de Cebú (5-12-1.890). Fiscal de la Audiencia de
Cebú (29-8-1.8892). Fiscal de la Audiencia de Palma de Mallorca (14-10-1.901); de Granada (31-3-1.902).
Presidente de la Audiencia de Valencia (2-12-1.902). Fiscal de la Audiencia de Granada (22-4-1.903); de Las
Palmas de Gran Canaria (30-7-1.904). CUADRA HERRERA., DE LA.: Ibídem.
524
*(Jaén), 20-11-1.834 +Úbeda (Jaén), 24-2-1.923. Su padrino de bautismo don Juan Manuel Subrié Martínez,
diputado a Cortes por Jaén (1.813, 1.820 y 1.834; y que un hermano de su madrina, doña Carmen García de
Zúñiga, fuera también diputado a Cortes por Jaén. Hijo de don Juan Madrid y doña Isabel Ruiz. Licenciado
en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.854). Político afecto al partido de Sagasti; por su
grandilocuencia se le conocía por el “Castelar de la Loma”. Se retira totalmente de la política al desaparecer
Sagasta. Buen escritor, brillando en la prosa. Miembro de la Junta Revolucionaria de Úbeda (30-9-1.868),
Diputado provincial por el distrito de Úbeda (1.871, en estas primeras obtuvo 647 votos; repitiendo en el
cargo en 1.874 y 1.882). Senador por el mismo distrito (1.886, 1.891, 1.893, 1.898 y 1.901). Defendió a
ultranza el proyecto de acercar al ferrocarril a Úbeda, proyecto conocido por el “el camino de hierro”.
Magistrado suplente de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (1.883). Con motivo de la visita que efectuara
Isabel II a Jaén, fue invitado a participar en el Romancero de Jaén, aportando un soberbio romance titulado:
“Conquista de Úbeda por Don Fernando” (7-10-1.862). Algunas de sus poesías fueron publicadas en “El
Mosaico” (Baza, 1.857-1.858). Autor del libro Líneas Rimadas, que le consagró (Sevilla, 1.912). Cazabán lo
incluye y elogia en su obra: Poetas y Poesías (Florilegio). En el número extraordinario de “El industrial”,
publicó un artículo tit8lado “En el abanico de mi esposa” (Úbeda, 1.894). En el Censo de los 50 Mayores
Contribuyentes de Jaén, figura en el nº 34, con fincas rústicas en Úbeda, Sabiote, Castellar y Santisteban del
Puerto (1.875). Le fue concedida la Gran Cruz de Isabel la Católica. Casado con doña Nicolasa Cobo Díaz.
Con domicilio en Úbeda, C/, Chirinos s/n. BOPJ nº 194, de 15-2-1.871, págs. 3 y 4. CABALLERO
- 220 -
Don Juan Pablo Pasquau y Vissó525.
Don Florencio Fernández de Sóla526.
Don Francisco Murciano Manrique 527.
VENZALÁ, M.: Prólogo…, op. cit, págs. XVI y XVII. CAZABÁN LAGUNA, A.: “Los Maestros: El
Excmo. Sr. Don Eugenio Madrid y Ruiz”, y “Escritores Ilustres: Eugenio Madrid Ruiz”, DLS. Op. cit,
1.915 y 1.923, págs. 264-268 y 67-69, respectivamente y Poetas…, op. cit, págs. 97-99. CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Op. cit, págs. 441-442 y “Aproximación a los Senadores…”, op. cit, pág…”. “El
Industrial”, op. cit. MERCADO EGEA, J.: La Muy Ilustre Villa de Santisteban del Puerto. Madrid, 1.973, págs.
268-269. PASCUAU GUERRERO, J.: Op. cit, págs. 442-444. QUESADA CONSUEGRA, R.: Op. cit,
págs. 76. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Defunciones, 1.923, tomo 113, folio 221. SÁNCHEZ DE LOS
SANTOS, M.: Op. cit, pág. 242.
525
*Úbeda (Jaén), 24-3-1.852 +14-3-1.919. Hijo de don Pedro Pasquau González de Castañeda y doña María de
los Dolores Vissó Pareja-Obregón y Moreno de Villena. Licenciado en Arte por la Universidad de Granada
(1.868) y en Derecho por la Universidad Central de Madrid (1.873). Destacado miembro del partido
Conservador. Alcalde Mayor de Úbeda (1-7-1.879/8-4-1.881; 13-11-1.890/27-11-1.890 y 1-1-1.891/1.893);
durante su último mandato autorizó con su Vº Bº el Reglamento para el régimen, administración y gobierno interior del
Cementerio (19-10-1.891). Magistrado suplente de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 1.886). Casado
con doña Antonia Josefa Saro Piñera (Úbeda, San Isidoro, 29-9-1.877, ella, *1.856). Con domicilio en la C/,
Corredera s/n. y García Pretel (1.919). Su hermano don Manuel, diputado a Cortes por el distrito de Úbeda
(1.907, 1.918 y 1.923). CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CUADRA HERRERA, J. R. de la.:
Aproximación a los diputados..., ibídem, págs. 173, 323, 393, 411, 418, 436, 455 y 544. PASQUAU HIGUERAS,
J. P.: Archivo privado. PASQUAU GUERRERO, J.: Ibídem, págs. 447 y 451-452. R. C. DE ÚBEDA.: Libros
de Matrimonios, 1.877, tomo 10, folio 80 y Defunciones, 1.919, tomo 100, folio 67 vto. TORRES NAVARRETE,
G. de la J.: Historia de Úbeda..., op. cit, págs. 153, 356 y 450. VALLADARES REGUERO, A.: Temas..., op. cit,
ref. 999, pág. 179.
526
*Mallén (Zaragoza), 24-2-1.837 + ¿. Hijo de don Ramón Fernández Sesma y doña María de Sóla Jáuregui.
Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Zaragoza (1.859) y en Administrativo (1.860);
doctorándose en la misma Universidad en ambas disciplinas. Oficial de Administración de 5ª clase con
destino en la Dirección General de Impuestos Indirectos (24-7-1.865). Oficial de Hacienda (20-8-1.866).
Oficial administrativo de Gobernación (7-9-1.866). Auxiliar de clase 6ª de Gracia y Justicia (12-10-1.868);
promovido a auxiliar de 3ª (9-2-1.869) y oficial de negociado. Promotor fiscal en comisión del Juzgado de
Primera Instancia de Bujalance (Córdoba, 11-1-1.872); de Colmenar Viejo (Madrid, 27-6-1.872); de Getafe
(Madrid, 27-7-1.872). Auxiliar y oficial de negociado de 3ª clase en comisión de servicio de la Secretaría de
Gracia y Justicia (21-9-1.872). Auxiliar 1º de Gracia y Justicia (7-6-1.873). Promotor fiscal del Juzgado de
Primera Instancia de Torrijos (Toledo, 21-1-1.875). Juez de Primera Instancia de Pravia (Oviedo, 23-4-1.877);
de Villanueva de los Infantes (Ciudad Real, 9-7-1.877); de Priego (Cuenca, 12-11-1.877); de Getafe (9-121.878); de Castro Urdiales (Santander, 30-10-1.879); de Caspe (Zaragoza, 18-12-1.880). Promotor fiscal de
Toledo (1.881). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Toledo (20-12-1.880); de Alcalá de Henares
(Madrid, 8-12-1.884). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 9-11-1.886). Magistrado de
la Audiencia Provincial de Jaén (16-7-1.892); con prórroga de 30 días para actuar de Juez Especial Instructor
para conocimiento del sumario que se instruía en Jaén por los desordenes públicos del 16 de agosto (21-81.892; terminó la comisión el 2-11 siguiente); "empapeló" a muchos y fue muy felicitado por las altas esferas
políticas y judiciales. Presidente de Sección de la Audiencia Provincial de Jaén (19-8-1.892); de Guadalajara
(30-10-1.892). Magistrado de la Audiencia Provincial de Albacete (27-10-1.898). Jubilado (13-6-1.904). Con
domicilio en Madrid, C/, Ayala nº 16. AGA.: Sección de Hacienda, legajo, 17.993. CUADRA HERRERA, J. R.
de la.: Archivo privado. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 130. PARROQUIA
DE NUESTRA SEÑORA DE LOS ÁNGELES DE MALLÉN.: Libro de Bautismos, 1.837, folio 260.
527
*Úbeda (Jaén), 1.839 +19-8-1.900, en estado de soltero. Hijo de don José Murciano y doña Rosa Manrique.
Licenciado en Derecho en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Sevilla (18-11-1.865).
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (2-11-1.865, reincorporado, 15-11-1.894). Por licencia de
enfermedad del Sr. Vicepresidente de la Comisión Provincial, don Toribio de la Parra Aguilar, le sustituyó
por ser el Vocal de más edad, siendo éste sustituido por don Carlos García de Zúñiga (6-12-1.884).
- 221 -
Don José Ranedo y Martín 528.
Don José María Montero Tizón 529.
Fiscal:
Don Eduardo Asciego Gómez 530.
Magistrado suplente de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (1.887). Protestó junto con sus compañeros, don
Antonio de Gregorio y Tejada y don Enrique de Guindos Torres contra la elección de Junta de Gobierno del
Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, por varios vicios de nulidad (25-5-1.892). Vocal de Fomento de la
Comisión Provincial (1.896). Presidente del Círculo de Artesanos de Úbeda 1.891). Con domicilio en Jaén,
C/, San Lorenzo nº 1, y en Úbeda, C/, Real s/n. ADPJ.: Legajo nº 2.705/117. AICAJ.: Listas, 1.895,
Expediente personal y LSAIICJ, op. cit, pág. 28. COITML.: Op. cit, pág. 229. CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Ibídem. GARCÍA SÁNCHEZ, A.: Op. cit, pág. 84. OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit, págs. 264 y
294. PICATOSTE, C.: Op. cit, pág. 177. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Defunciones, 1.900, tomo 73, folio 174.
TARIFA FERNÁNDEZ, A. y LINAGE CONDE, A.: "Úbeda a finales del siglo XIX. Un espejo opaco
para una España...", BIEG nº 186, Homenaje a las ciudades de Baeza y Úbeda, 2.003, pág. 576.
528
*Oropesa (Toledo), 19-3-1.841 +Madrid, 6-6-1.897. Hijo de don Ángel Ranedo y doña Alejandra Martín.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (4-4-1.866). Escribiente de la Universidad
Central (1-11-1.862)/20-10-1.865). Promotor fiscal no titulado de Puente del Arzobispo (Toledo, 1-7-1.866).
Oposita al Cuerpo Fiscal (19-3-1.874, obteniendo el nº 19). Promotor fiscal de Jarandilla (Cáceres, 16-41.874); de Navalmoral de la Mata (Cáceres, 24-4-1.876); de Fuente de Cantos (Badajoz, 28-6-1.880); de
Cebreros (Ávila, 20-10-1.880); de Alcoy (Alicante, 12-2-1.881); de Lillo (Toledo, 13-4-1.881); de Monforte
(Lugo, 26-4-9-1.881). Juez de Primera Instancia de Totana (Murcia, 1-11-1.881); de Vélez Rubio (Murcia, 266-1.882); de Lorca (Murcia, 1-2-1.883); de distrito de San Juan de Murcia (22-2-1.884). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Jaén (20-12-1.886); de Albacete (26-5-1.890); de Albacete (13-9-1.893). Alcalde
de Oropesa (1.887). Casado con doña Josefa Sánchez Bravo y Gil. Con domicilio en Madrid, C/, Manzana nº
3. CUADRA HERRERA. J. R. de la.: Ibídem. R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones 1.897, tomo 95-1,
folio 131 vto.
529
*Úbeda (Jaén), 1.850 + ¿ Hijo de don Sebastián Montero Herrera (Procurador del Juzgado, 1.875) y doña
Ángela Tizón Ráez (+Úbeda, 24-8-1.902). Bachiller en el Instituto de Jaén (1.866). Escribano del
Ayuntamiento de Úbeda (1.878) Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (7-8-1.880).
Comenzó ejerciendo de Procurador de los Tribunales. Banquero. Juez Municipal de Úbeda (1.880).
Magistrado suplente de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (1.890). Presidente de El Círculo de Artesanos
Ubetenses (1.894). Colaboró en el ubetense Ideal Conservador, número extraordinario para la Suscripción
Nacional, con motivo del Desastre, con un patriótico y extenso artículo titulado: “Amor a la Patria” (6-1.898).
Suscrito al periódico semanal, político, joco-serio La Ruleta (1.884). Casado en primeras nupcias con doña
Manuela Ferrez Pérez, ella *Úbeda, 1.853 +3-1-1.879, y en segundas, con doña Josefa Garro Rojas. Con
domicilio en la C/, Peñuelas Bajas nº 11 (también conocida por C/, Boliche). Su hijo del primer matrimonio,
don Sebastián, Prior de San Nicolás y fundador de la Cofradía de la Entrada de Jesús en Jerusalén (1.907,
+Úbeda, 25-7-1.925), y del segundo matrimonio, don José Ángel, licenciado en Derecho por la Universidad
de Deusto, Bilbao, promoción 1.943; Secretario de la Audiencia Provincial de Ciudad Real, casado en La
Carolina con doña Aurora La Rubia de la Peña. Su hermano don Francisco, Escribano de la Audiencia de lo
Criminal de Úbeda. A.U.G.: Expediente personal. BARRANCO DELGADO, J.: Archivo privado. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. MONTORO LA RUBIA, J. A.: Hace 100 años…, Artículos y cuentos
Semanario La Loma, nº 1, Úbeda, (Jaén), 1.996, págs. 16 y ss., y La Tarjeta Postal nº 2 de la misma colección.
Úbeda, 1.998, págs. 34 y ss. PICATOSTE, C.: Op. cit, pág. 145. R. C. DE ÚBEDA. Libro de Nacimientos,
1.921, tomo 94, folio 46 vto. VALLADARES REGUERO, A.: Temas y Autores de Úbeda. Ensayo Bibliográfico.
Úbeda, Asociación Cultural Ubetense “Alfredo Cazabán Laguna”, 1.992, rf. 1.136, pág. 205.
530
*Campillos (Málaga), 22-4-1.840 +Úbeda (Jaén), 15-1-1.891. Hijo de don Francisco Asciego (*Campillos) y
doña Tomasa Gómez (*Talavera de la Reina, Toledo). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad
Central de Madrid (8-1.864). Promotor fiscal en Azpeitia (Guipúzcoa, 1-1-1.871); de Álora (Málaga, 3-11.872); Santo Domingo de la Calzada (La Rioja, 28-6-1.872); de Haro (La Rioja, 20-11-1.872); Álora (28-61.875); de Balaguer (Lérida, 23-4-1.877); de Torrijos (Toledo, 30-4-1.877); Valdepeñas (Ciudad Real, 18-111.878); del distrito de la Alameda (Malága, 29-3-1.883). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
- 222 -
Tte-Fiscal:
Don Leopoldo Jiménez Escribano531.
Secretarios:
Sr. Fuentes532.
Don Diego Anguís y Díaz 533.
Vicesecretario: Don Ramón Olivares y Ruiz del Burgo534.
Málaga (20-12-1.882). Magistrado de la citada Audiencia (29-3-1.883). Presidente de sección de la misma (3110-1.887). Fiscal de Don Benito (Badajoz, 4-3-1.889). Presidente de la misma (20-3-1.889). Fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 20-10-1.890). Casado con doña Felisa García Serno y Morales
(*Ronda, Málaga), con domicilio en Úbeda, C/, Obispo Cueva s/n. CUADRA HERRERA, J. R. de la.:
Ibídem. PICATOSTE, C.: Ibídem, Pág. 145. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Defunciones, 1.891, tomo 49, folio
27.
531
*La Roda (Albacete), 1-6-1.840 + ¿ Hijo de don Pedro Antonio Jiménez Tébar y doña Ana Josefa Escribano
Grande. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (en Derecho Administrativo, 133-1.865, en Derecho Civil y Canónico, 13-7-1.865, en ambas con sobresaliente). Promotor fiscal de la
Guardia (Burgos, 25-8-1.870); de Almansa (Albacete, 14-2-1.871); de Siles (Jaén, 13-3-1.873); Almansa (1710-1.874); de Viella (Lérida, 23-8-1.877); Alhama (Murcia, 29-9-1.877). Cesante por enfermo (18-3-1.878).
Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Ciudad Real (20-12-1.882). Juez de Primera Instancia de Casas
Ibáñez (Albacete, 4-3-1.884); de Almadén (Ciudad Real, 25-2-1.886); de Úbeda (Jaén, 1-5-1.886). Teniente
fiscal de Huércal-Overa (Almería, 1-4-1.889); de Úbeda (12-4-1.889). Juez de Primera Instancia de Carmona
(Sevilla, 31-10-1.892); de Vitoria (13-9-1.893); de San Sebastián, 30-1-1.902, el 5-2-siguiente quedó sin efecto
el nombramiento y sigue en Vitoria). Magistrado de la Audiencia Territorial de La Coruña (7-8-1.905).
Presidente de la Bilbao (16-2-1.906). Fiscal de la Audiencia Provincial de Santander (21-11-1.910). Solicita la
jubilación (28-3-1.911). Se jubila (15-7-1.911). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. PICATOSTE, C.:
Ibídem, pág. 145.
532
En 1.883. CUADARA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
533
*Úbeda (Jaén), 1.839 +11-10-1.911. Hijo de don Luis Anguís y Leiva y doña Joaquín Díaz Santisteban.
Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (4-7-1.861). Promotor fiscal del Juzgado de
Primera Instancia de Úbeda (Jaén, 7-10-1.865); de Baeza (Jaén, 21-5-1.869); de Segovia (22-5-1.869).
Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Úbeda (Jaén, 20-12-1.882). Secretario de la Audiencia Provincial
de Huelva (24-7-1.892). Secretario 2º de Soria (23-10-1.896). Auxiliar del Juzgado de Primera Instancia del
distrito de La Latina (Madrid, 31-10-1.895). Cesante (19-12-1.896). Suscritor mensual para aliviar las
necesidades de Su Santidad. Casado con doña Isabel Díaz de Rico. Con domicilio en Úbeda, C/, San Nicolás
nº 5. Otorgó testamento ante el notario de Úbeda, don Juan Calatrava y Aguilera. Su hermano don Antonio,
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, fue el autor del proyecto y jefe de la división técnica encargada de
las obras del Pantano del Tranco. ANGUÍS SARO, M. I.: Archivo privado. ADPJ.: Legajo 3.096. AHDCJ.:
Boletín..., op. cit, 1.866, pág. 116, BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 232. CAZABÁN LAGUNA,
A.: "De Villanueva del Arzobispo al pantano del Tranco" y "Por la senda de San Juan de la Cruz en el
desierto del Monte Calvario", DLS, op. cit, 1.930, pág. 307. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo
privado. R. C. DE ÚBEDA.: Libros de Defunciones, 1.911 y 1.913, tomos 97 y 100, folios 190 y 82,
respectivamente. TORRES NAVARRETE, G. de la J.: Historia de Úbeda..., op. cit, pág. 127.
534
*Córdoba, ¿+ Hijo de don José Olivares y Ortega (*Bornos, Cádiz, general de División) y doña María Josefa
Ruiz del Burgo Basabru (*Córdoba, 30-6-1.844, matrimonio en Córdoba, III Condesa de Casillas de Velasco,
Dama de la Orden de María Luisa; título concedido por Fernando VII, R. D. de 15-9-1.814, y R. D. de 3112-1.814 a don Manuel Fernando Ruiz del Burgo y Ruiz Ramírez, Caballero de la Orden de Carlos III, del
Consejo de S. M. el rey, su Fiscal y Ministro en el de Navarra, Auditor General del Altamirazgo, Asesor
General de los cuerpos y tropas de la Casa Real y de Marina, Jefe político de Sevilla, Consultor del Santo
Oficio de la Inquisición de Madrid, Presidente de la Real Academia de Derecho español, Vocal de la Junta de
Defensa de Madrid en la guerra contra los franceses). Secretario de la Audiencia Provincial de Jaén (19-101.893). Con domicilio en Córdoba, C/, Gondomar nº 10. Su hermano don José, heredó el título nobiliario de
su madre, como IV Conde (él +Córdoba, 1.930); su hermano don José María, Marqués de Boil, casado con
doña Pilar Jiménez Brull, Marquesa de Busianos. CADENAS Y LÓPEZ, A. A, de y CADENAS Y
VICENT, V, de.: Elenco de Grandezas y Títulos Nobiliarios Españoles. Madrid, Instituto Salazar y Castro, 2.002,
- 223 -
Don Manuel García Gutiérrez 535.
Por R. D. dado por don Trinitario Ruiz y Capdepón 536, las Audiencias
de lo Criminal Linares y Úbeda se unieron a la de Jaén, constituyendo la
Audiencia Provincial de Jaén con tres Secciones 537.
La Audiencia Provincial estaba constituida por un Presidente y ocho
Magistrados, que se dividen en tres Secciones, presidiendo la primera el
Presidente de aquélla, y teniendo adscrito cada uno en representación del
Ministerio Público un Abogado fiscal.
págs. 291-292. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. MARTÍN GILABERT, F.: Op. cit, pág. 303.
MESÍA Y JIMÉNEZ, J. L.: Archivo privado. NICÁS MORENO, A.: Archivo privado. R. C. DE
CÓRDOBA.: Libro de Defunciones, 1.930, tomo 140-1, folio 97. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Nacimientos, 1.896,
tomo 49, folio 123. VALVERDE FRAINKIN, J.: Op. cit, pág. 170.
535
*San Vicente de Oviedo (Oviedo), 5-8-1.821 +Madrid, 3-11-1.919. Licenciado en Jurisprudencia por la
Universidad Central de Madrid (29-6-1.848). Oficial de Hacienda Pública en Orense (18-11-1.856). Juez de
Paz de Maside (Orense, 21-1-1.863). Promotor fiscal de Bermillo de Sayago (Zamora, 19-5-1.863); de
Carballino (Zamora, 6-6-1.863); de Boltaña (Huesca, 16-11-1.866). Juez de Primera Instancia de La Guardia
(Pontevedra, 30-12-1.868); de Verín (Orense, 20-3-1.869). Cesante (1-8-1.870). Registrador de la Propiedad,
siendo su primer destino en Señorín de Carballino (Zamora, 29-8-1.870/29-12-1.891). Vicesecretario de la
Audiencia de lo Criminal de Jaén (1.886), Jubilado forzoso (11-1-1.892). Casado con doña Balbina Fernández
y Fernández. AGA.: Sección de Hacienda, legajo 19.908. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. ICNRPE.:
Op. cit, págs. 241, 242 y 581.
536
De fecha 29 de Agosto de 1.893. *Orihuela (Alicante), 1.836 +Madrid, 13-2-1.911. Licenciado en Derecho por
la Universidad de Valencia (1.857). Ejerció la abogacía en Valencia. Profesor auxiliar de diversas cátedras en
la Universidad de Valencia durante un trienio. Militó en el partido de la Unión Liberal. En Valencia dirigió La
Unión y El Valenciano, en los que apoyó a los liberales antes del 68; triunfante la Revolución, dirigió El Diario
Valenciano y El Constitucional. Formó parte de la Junta Revolucionaria de Valencia, y fue elegido Diputado
Provincial y Vicepresidente de la Comisión Provincial, renunciando a sus emolumentos a favor de la
Beneficencia. Organizó en Valencia las huestes sagastinas. Gobernador Civil de Valencia. Diputado a Cortes
Constituyentes en trece elecciones por Játiva (Valencia), Chiva (Valencia) y Orihuela (Alicante); y con Sagasta
después en la Restauración, y en todas las legislaturas perteneció a importantes comisiones; vicepresidente del
Congreso de los Diputados (1.882, 1.886 y 1.887), Vocal de la Comisión de Códigos del Consejo
Penitenciario, de la Junta Pericial de Beneficencia, de la Junta Central del Censo. Consejero de Estado,
Gobernador del Banco de España. Decano de aquel Ilustre Colegio de Abogados. Fiscal del Tribunal
Supremo (7-7-1.882) y Subsecretario de los ministerios de Estado (14-6-1.888/18-12-1.888); Gobernación (912-1.888/5-7-1.890); Ultramar (6-7-1.893/4-11-1.894). Interino de Gobernación y en propiedad del
Ministerio (1.897 y 1.898, respectivamente). Ministro de Gracia y Justicia (6-7-1.893/4-11-1.894). Por
Decreto de 29 de agosto de 1.893, dio el nombre de Audiencias Provinciales a las de lo Criminal,
suprimiendo las que tenían emplazamiento fuera de la capital de provincia. Tres proyectos fueron elaborados
cuando era Ministro: uno de 16-10-1.894 para la reforma de la Ley Orgánica Judicial y Enjuiciamiento Civil;
otro para establecer manicomios judiciales y otro para la reforma de la Ley Hipotecaria presentada el 3-41.894. Senador electivo, y más tarde, vitalicio (1.903). Muerto Sagasta el 5-1-1.903, se retiró de la política. En
posesión de la Gran Cruz de la Concepción de Villaviciosa y de San Gregorio Magno. Su retrato fue pintado
en 1.894 por S. Soriano Biosca, y está sobre la puerta del despacho 220. Con domicilio en Madrid, C/,
Barquillo nº 37. ICNRPE.: Ibídem, pág. 20. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, págs. 18, 25 y 153-154.
SÁNCHEZ DE LOS SANTOS, M.: Op. cit, págs. 96-97. SEVILLA ANDRÉS, D.: Op. cit, págs. 98 y 148.
537
Lo que conllevó un gravísimo problema de la población reclusa. SÁNCHEZ TOSTADO, L. M.: "La vida
penitenciaria entre dos siglos (1.875-1.931)", Jaén entre dos siglos (1.875-1.931). Arbolote (Granada), Museo
Provincial de Jaén, catálogo nº 135 de la colección de Artistas Plásticos, 2.000, págs. 147 y ss.
- 224 -
La Secretaría de Gobierno tramita cuantos asuntos corresponda a la
Audiencia. En ella se conserva el sello del Tribunal; se sellan y registran las
provisiones, cartas y despachos; se lleva un registro con copia de estos
documentos, y se custodian y conservan los expedientes.
En la Secretaría de Sala en virtud al Título IX de la tan mencionada Ley
Orgánica, corresponde a la misma conservar y custodiar las causas,
cumplimentar las providencias, autos y sentencias, provisiones, cartas,
despachos, cuidar de la entrega y devolución de autos a las partes y de la
regulación a su tiempo, de las costas judiciales, según Aranceles.
Los Secretarios asisten a las vistas, dan cuenta de la resultancia de la
causa y de la prueba documental; anotan la entrada y salida de los negocios;
forman los apuntamientos de las apelaciones; extienden las providencias, autos
y sentencias, expiden sus certificados y testimonios; cuidan de que no quede
ninguna resolución sin firmar por el Presidente o Magistrados, poniendo al
margen los nombres de los que la dictaran; hacen y autorizan las demás
actuaciones y diligencias de trámite.
V. AUDIENCIA PROVINCIAL DE JAÉN 538.
Respecto a nuestra Audiencia, tan tradicionalmente unida al Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén 539 no queremos obviarla, aunque por razones de
espacio tan sólo vamos a destacar sucintamente lo que consideramos más
importante a la cuestión estudiada.
Podemos aportar la primera relación de la plantilla orgánica de la
Audiencia de lo Criminal de Jaén correspondiente a la década 1.886-1.895 540:
538
Las Audiencias de lo Criminal se constituyen por la Ley Adicional a la Orgánica de 14 de Octubre de 1.882, que
se suprimen por R. D. de 29 de Agosto de 1.893 en todas aquellas que no radicaran en capitales de
provincias, pasando a denominarse Audiencias Provinciales. Fueron creadas al establecerse en la vigente Ley
de Enjuiciamiento Criminal (14-9-1.882) un proceso oral y público, en única instancia, para el enjuiciamiento
de las causas penales, con una fase de instrucción y otra de decisión, atribuida esta última a las entonces
denominadas Audiencias de lo Criminal. SAMPER IBÁÑEZ, M.: "La documentación del Tribunal Superior
de Justicia de Aragón y de las Audiencias Provinciales", Actas de las VI Jornadas de Archivos Aragoneses. Situación
y perspectivas de los archivos de la Administración de Justicia. Zaragoza, colección: "Actas" nº 41, 1.996, pág. 141.
539
Sus Decanos, estatutariamente fueron Magistrados Honorarios de la misma desde su fundación.
540
Compuesta de un presidente, ocho magistrados, un fiscal, un teniente-fiscal, un secretario, dos vicesecretarios,
un abogado fiscal y cinco oficiales de sala. AICAJ.: Listas, 1.886-1.895.
- 225 -
Presidentes: Don Manuel Mendo de Figueroa.
Don Antonio José Caracuel Cámara 541.
Don José Serrano Delgado 542.
Magistrados: Don José Ranedo Martín.
Don Antonio Vergara Yágüe.
Don Francisco de Paula Serra Valcárcel.
Don Monserrate Lizón de la Cárcel.
Don José Calderón Ternero 543.
541
*Priego (Córdoba), 23-3-1.819 + ¿. Hijo de don Antonio José Carachuela Serrano y doña Rosa María de la
Cámara Fernández. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (3-9-1.842).
Registrador de la Propiedad de Huelva (19-12-1.861); de Archidona (Málaga, 8-10-1.862) y de Soria (31-121.869). Juez de Instrucción interino de Málaga (1.868, 16 días). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de
Albacete (13-1-1.878). Cesante (13-3-1.875); retorna de Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Las
Palmas de Gran Canaria (13-11-1.879); de la Territorial de Burgos (31-10-1.881). Presidente de la Audiencia
de lo Criminal de Jaén (27-11-1.882). Jubilado (1-1-1.882). Autor teatral y poeta. Durante su permanencia en
Jaén se vinculó a los cenáculos literarios al amparo de la RSEAPJ. En la Sociedad Flammarión leyó su poesía
"A las Ciencias y a las Artes". Intervino en la velada necrológica de su amigo y compañero de foro don
Mariano Siles Marín, que organizó la Sociedad Científico-Literaria (25-2-1.885). AHN.: Sección..., op. cit.
CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, II (C), pág. 93, refª. 749. CUADRA HERRERA, J. R.
de la.: Archivo privado. ICNRPE.: Op. cit, págs. 218-219 y 571.
542
*Málaga, 3-6-1.837, Barcelona, 21-10-1.910. Hijo de don José Serrano Sehumagua y doña Concepción Delgado
Pacheco. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (1.881). Aunque en su expediente
personal de la Dirección General de Clases Pasivas del Estado tan sólo existe un folio en el que consta:
"Sírvase V. remitir a este Negociado el expediente de jubilación de Don José Serrano y Delgado, Magistrado que fue de la
Audiencia de Barna, acordado en 28 Octubre de 1.907, con el fin de tramitar instancia presentada por su viuda Doña
Catalina de Llauder, en solicitud de pensión del Tesoro. Madrid 21 Mayo 1.910". Tras recabar información dentro de
la órbita familiar, esta ausencia de documentación se debe a que un Director General de Prisiones eliminó a
papel parte del Archivo del Ministerio de Justicia, y por ende faltan muchos expedientes personales; a través
de la esquela de aniversario de su óbito, nos permite ampliar su datos profesionales: Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Almería; Canarias; Cádiz; Madrid-Alcalá; Cartagena; Soria; Guadix y Málaga.
Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (1.894). Presidente de la Audiencia Provincial de Badajoz (711-1.899). Presidente de Sala de la Audiencia Territorial de Barcelona. Con la entrada en vigor de la Ley del
Jurado formó parte de la mesa del Ministerio Público (4-1.888). Casado en primeras nupcias con doña
Francisca de Paula Pérez Torres (+Málaga, 18-10-1.893), y en segundas, con doña Catalina de Llauder y
Bonilla (Jaén, San Bartolomé, 22-8-1.895). Con domicilio en Jaén, C/, Bernardo López nº 3; el hermano de
doña Catalina, don José, párroco de la pedanía Las Riveras (Alcalá la Real, 1.897, con una congrua mensual
de 550 pesetas). AGA.: Legajo 18.325. AHDCJ.: Presupuestos…, op. cit, 1.897. CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 344. PARROQUIA DE
SANTIAGO (Málaga).: Libro de Bautismos de 1.837. R. C. DE JAÉN.: Libro de Matrimonios, 1.894, tomo 26,
folio 127. RUIZ JIMÉNEZ, J.: Pretéritos y presentes (trabajos varios de mi archivo), Madrid, Imprenta de Juan
Pueyo, 1.931, pág. 428, TORAL PEÑARANDA, E.: "Los linajes de Jaén. II, Torres...", op. cit, pág. 344.
543
*Marchena (Sevilla), 18-6-1.839 +Córdoba, 3-5-1.900. Hijo de don Gil Calderón Cubas y doña Juana Ternero
Montero. Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla (17-6-1.867). Juez Municipal del distrito de
San Antonio de la Cádiz (15-9-1.874). Juez de Primera Instancia de Benabarre (Huesca, 23-8-1.885).
Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Montilla (Córdoba, 8-11-1.885). Juez de Primera Instancia
de Utrera (Sevilla, 21-1-1.886); del distrito de San Miguel de Jerez de la Frontera (Cádiz, 27-1-1.888); de
Carmona (Sevilla, 6-11-1.888). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Baza (Granada, 22-11-1.891); de
Jaén 30-3-1.892); de Huelva (24-8-1.892). Excedente (30-8-1.893). Supernumerario agregado a la Audiencia
de Sevilla (28-10-1.895). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Badajoz (18-3-1.897). Teniente fiscal
de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (1-6-1.896). Magistrado de la Audiencia de
- 226 -
Don Amadeo Gil Casas 544.
Don Joaquín Navarro Serna 545.
Don Macario Gallardo Vitoria 546.
Don Joaquín Serna y Morales 547.
Badajoz (18-1-1.897); de Córdoba (15-7-1.897). Jubilado (3-5-1.900). AGA.: Sección..., ibídem, legajo 17.929.
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 67.
PARROQUIA DE SAN JUAN DE MARCHENA.: Libro de Bautismos nº 13, folio 475.
544
En 1.892. *Alhavía (Almería), 8-3-1.841 +¿. Hijo de don Raimundo Gil Gil y doña Mariana Casas Hidalgo.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (20-6-1.866). En su expediente de la
Dirección General de Clases Pasivas del Estado, tan sólo existe un folio en el que consta: "Sírvase V. facilitar a
este Negociado el expediente de jubilación de don Amadeo Gil y Casas, Presidente de Sala y de la Audiencia Provincial de
Albacete, acordado en 25 de agosto de 1.911 y necesario para unir al que en la actualidad promueve su huérfana doña Mariana
Gil Martínez, en solicitud de pensión". AGA.: Sección..., ibídem, legajo 18.056. CUADRA, J. R. de la.: Ibídem.
CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 155. PARROQUIA DE ALHAVÍA (Almería).: Libro de
Bautismos nº 10, folio 121. UCM.: Expediente personal.
545
*Lubrín (Almería), 14-11-1.846 +Lucar (Almería), 24-2-1.930. Hijo de don Joaquín Antonio Navarro Ramos y
doña Juana Faustina Serna Ramos. Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Gérgal (Almería, 222-1.872); de Purchena (Almería, 14-6-1.872); de Mancha Real (Jaén, 30-11-1.872); de Purchena (1-8-1.874); de
Cazorla (Jaén, 27-11-1.876). Cesante (7-10-1.877). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Lorca
(Murcia, 7-10-1.877). Juez de Primera Instancia de Andújar (Jaén, 10-10-1.885); de Huercal-Overa (Almería,
19-2-1.886). Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de La Coruña (15-5-1.889). Juez de Primera
Instancia de San Miguel de Jerez de la Frontera (Cádiz, 17-10-1.889); de Lorca (20-7-1.890). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Figueras (Gerona, 20-3-1.892); de Jaén (12-9-1.892). Cesante (20-8-1.893).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Málaga (2-10-1.893); de Almería (19-7-1.900). Fiscal de la
Audiencia Provincial de Teruel (21-12-1.903). Magistrado de la Audiencia Provincial de Albacete (16-21.904). Solicita la jubilación (29-12-1.904). Se decreta la misma (26-12-1.904). Casado con doña Juana
Saavedra Tuerta. Con domicilio en Lucar, C/, Tamayo nº 6-3º. AGA.: Sección..., ibídem, legajo 18.182.
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 257.
PARROQUIA DE LUBRÍN.: Libro de Bautismos nº 17, folio 157. R. C. DE LUCAR.: Libro de Defunciones,
1.930, tomo 16, folio 166.
546
*Valoria la Buena (Valladolid), 28-2-1.844 +Valladolid, ¿. Hijo de don Juan Antonio Gallardo González y doña
Brígida Vitoria Muñoz. Licenciado en Derecho por la Universidad de Valladolid (14-7-1.874). Promotor
fiscal de Sequeros (Salamanca, 6-3-1.857). Cesante (1-4-1.859). Promotor fiscal de Astudillo (Palencia, 9-51.859); de Mota del Marqués (Valladolid, 4-11-1.866). Cesante (27-6-1.867). Promotor fiscal de Alcañices
(Zamora, 30-5-1.875); de Riaño (León, 23-6-1.881). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
Algeciras (Cádiz, 23-12-1.882); de Lorca (Murcia, 13-5-1.883). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de
Altea (Alicante, 29-4-1.889); de Jaén (16-7-1.892). Jubilado (8-4-1.895). AGA.: Sección..., ibídem, legajo 18.040.
CUADRA HERRERA, J. R.. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 140.
PARROQUIA DE SAN PEDRO DE VALORIA LA BUENA.: Libro de Bautismos nº 7, folio 229.
547
*Ronda (Málaga), 27-10-1.836 + ¿ Hijo de don Juan Serna Barranco y doña María Morales Ruiz. Licenciado en
Jurisprudencia por la Universidad de Sevilla (9-4-1.861). Tesorero del Ilustre Colegio de Abogados de Ronda
(Málaga, 10-1.867). Promotor fiscal interino del Juzgado de Primera Instancia de Ronda (30-9-1.868). Juez de
Paz suplente de Ronda. Promotor fiscal de Gaucín (Málaga, 26-11-1.868); de Villacarrillo (Jaén, 21-10-1.872);
de Estepona (Málaga, 19-8-1.874); de Aguilar (Córdoba, 27-9-1.876); de Manacor (Baleares, 22-10-1.877).
Juez de Primera Instancia de Estepona (29-5-1.879); de Chiclana de la Frontera (Cádiz, 19-9-1.879); de
Huelva (12-12-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Carmona (Sevilla, 29-11-1.884); de Cádiz
(21-7-1.885). Presidente de sección de la misma (1-4-1.889). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de
Algeciras (Cádiz, 20-6-1.891); de Jaén (16-7-1.892). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de Cádiz (19-91.892). Magistrado de la Audiencia Territorial de Albacete (18-4-1.893). Presidente de Junta del escrutinio
general de elecciones a diputados en Cortes de Hellín (Albacete, 26-8-1.896). Presidente de Junta del
escrutinio general de diputados provinciales de Almansa (Albacete, 9-9-1.896). Embarcó en Cádiz y tomó
- 227 -
Don Rafael Pérez de Torres 548.
Don Pedro Amador Laencina Cebrián 549.
Don José Otonell Morcillo 550.
posesión de Magistrado de la Audiencia de La Habana (31-12-1.897). Fiscal de la Audiencia de Santiago de
Cuba (7-3-1.898). Cesante (3-2-1.899). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cáceres (12-8-1.899).
Magistrado de la Audiencia Territorial de Las Palmas de Gran Canaria (11-2-1.901). Presidente de Sala y de la
Audiencia Provincial de la misma (30-4-1.901). Presidente de Sala de la Audiencia Territorial de Cáceres (2611-1.902). Jubilado (11-1-1.903). Con domicilio en Madrid, C/, Flor Baja nº 12-2º, izquierda, y Evaristo San
Miguel nº 7 y 9 (Hotel). AGA.: Sección..., ibídem, legajo 18.323. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem; pág. 343. PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DEL
SOCORRO DE RONDA.: Libro de Bautismos nº 1, folio 1.
548
*Málaga (1-2-1.847) + ¿. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (26-9-1.872). Juez Municipal
suplente del distrito de la Merced de Málaga y Alameda (Málaga, 1.872-1.874). Ingresó en la Judicatura con el
nº 17 (1-6-1.874). Juez de Primera Instancia de Albocácer (Castellón de la Plana, 12-4-1.875); de Cazorla
(Jaén, 3-5-1.875); de Gaucín (Málaga, 16-8-1.875); de Canjáyar (Almería, 15-11-1.875); de Torrox (Málaga, 2911-1.875). Se le concedió la Cruz de Beneficencia de 2ª clase por su actuación en las inundaciones de Torrox
(29-9-1.877); de Medina Sidonia (Cádiz, 1-3-1.879); de Viella (Lérida, 23-6-1.879); de Campillos (Granada, 311-1.881); de Medina Sidonia (1-1-1.883); de Rute (Córdoba, 7-1-1.884); de Alcañices (Zamora, 17-1-1.884);
de Lucena (Córdoba, 15-2-1.884). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Sigüenza (Guadalajara,
10-6-1.886). Juez de Primera Instancia de San Miguel de Jerez de la Frontera (Cádiz, ¿). Teniente fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Ronda (Málaga, 28-9-1.886). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de
Ronda (28-1-1.889); de Jerez de la Frontera (Cádiz, 19-5-1.990); de Jaén (16-7-1.892); de Córdoba (13-81.895). Comisión de servicio en Madrid durante dos meses (11-9-1.896). Teniente fiscal de Las Palmas de
Gran Canaria (15-2-1.898); de Albacete (30-6-1.898). Fiscal de la Audiencia Provincial de Alicante (11-61.900). Presidente de la Audiencia Provincial de Cuenca (10-9-1.900). Fiscal de la Audiencia Provincial de
Alicante (29-10-1.900). Magistrado de la Audiencia Territorial de La Coruña (23-11-1.903); de Albacete (2112-1.903). Fiscal de la Audiencia Provincial de Murcia (12-12-1.904). Presidente de la Audiencia Provincial de
Huesca (5-7-1.906). Fiscal de la Audiencia Provincial de Murcia (16-7-1.906). Magistrado de la Audiencia
Territorial de Valencia (12-8-1.908). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
549
*Chinchilla de Monte Aragón (Albacete), 9-4-1.834 + ¿. 29-10-1.901. Hijo de don Pedro Laencina Rodríguez y
doña Remigia Cebrián Martínez. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (1-71.858). Juez de Paz de Chinchilla (Albacete, 1.868-1.871). Registrador de la Propiedad interino de Chinchilla
(de enero a julio de 1.869). Promotor fiscal de Chinchilla (7-12-1.869); de Alcázar de San Juan (Ciudad Real,
¿); de Elche (Alicante, 18-12-1.871), de Alcaraz (Albacete, 3-2-1.880). Juez de Primera Instancia de Priego
(Córdoba, 16-1-1.883); de Daroca (Zaragoza, 29-3-1.883); de Alcázar de San Juan (14-1-1.884, queda sin
efecto el 28) y vuelve a Daroca (10-3-1.884). Teniente fiscal de Plasencia (Cáceres, 26-8-1.885). Juez de
Primera Instancia de Segovia (25-1-1.887). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Trepm (Lérida, 103-1.890); de Jaén (16-7-1.892). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Burgos (15-8-1.895); de
Alicante (18-5-1.896). Solicita la jubilación (20-7-1.897, se la concede con honores de Magistrado de
Audiencia Territorial (20-8-1.897). Perteneció al Ministerio de la Gobernación (1.885-1.886). Sus hijas doña
Antonia y doña Mariana, formularon pensión de orfandad (29-10-1.901). AGA.: Sección..., op. cit, legajo
17.966. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op, cit,
pág. 114.
550
*Utiel (Valencia, 17-4-1.828) + ¿. Hijo de don Demetrio Otonell Santos (*Cuenca) y doña Francisca Morcillo
Herrero (*Requena, Valencia). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Valencia (20-10-1.855).
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Cuenca (3-1-1.857; del que fue secretario en octubre de
1.863). Promotor fiscal de Priego (Córdoba, 27-11-1.863). Cesante (28-8-1.864). Retorna con igual cargo y
localidad (23-3-1.869). Ejerció el libre ejercicio de la abogacía (1.869-1.874). Promotor fiscal de Siles (Jaén,
12-7-1.875); de Posadas (Córdoba, 26-7-1.875); de Daimiel (Ciudad Real, 20-1-1.876); de Manacor (Mallorca,
23-10-1.877); de Alcaraz (Albacete, 10-12-1.877); de Albuñol (Granada, 29-1-1.880); de Castuera (Badajoz,
29-3-1.880); de Llerena (Badajoz, 22-5-1.882). Juez de Primera Instancia de Llerena (21-12-1.882); de Badajoz
(19-3-1.883); de Huelva (2-3-1.886); de Manresa (Barcelona, 5-4-1.887). Magistrado de la Audiencia de lo
Criminal de Llerena (20-9-1.888); de San Clemente (Cuenca, 24-4-1.890); de Jaén (16-7-1.892). Solicita la
- 228 -
Don Florencio Fernández de Sóla.
Don José García Romero de Tejada 551.
Don Antonio Pérez González 552.
jubilación, se la conceden (9-10-1.893). Casado con doña Concepción Serrano; la misma solicita pensión de
viudedad (1-8-1.900). AGA.: Ibídem, legajo 18.193. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS
Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 269. PARROQUIA DE LA ASUNCIÓN (Utiel).: Libro de Bautismos
nº 18, folio 127.
551
*Almendralejo (Badajoz, 26-8-1.853 +12-1.908. Hijo de don Diego García Rodríguez y doña María de los
Dolores Romero de Tejada Perala. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (30-11.877). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid (22-2-1.877). Apto para el ministerio Fiscal
con el puesto nº 14 (7-7-1.879). Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Ayamonte (Huelva, 9-71.879); de Almodóvar del Campo (Ciudad Real, 29-5-1.882). Juez de Primera Instancia de Logrosan (Cáceres,
1-6-1.882); de Alcaraz (Albacete, 22-1-1.886); de Sanlúcar de Barrameda (Cádiz, 10-5-1.886); de Ronda
(Málaga, 14-2-1.889). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Guadalajara (11-3-1.889); de Jerez de
la Frontera (Cádiz, 31-5-1.889). Abogado fiscal de la Audiencia Provincial de Sevilla (24-7-1.892); de Jaén
(1.893); de Albacete (13-9-1.893). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Albacete (14-6-1.897).
Comisión de servicio en la Fiscalía de Madrid (21-1-1.898). Abogado fiscal de Madrid (7-2-1.898. Juez de
Primera Instancia del distrito del Congreso de Madrid (17-7-1.899). Presidente de la Audiencia Territorial de
La Coruña (26-6-1.902). Magistrado de la Audiencia Provincial de Madrid (18-1-1.904). Presidente de sección
de la anterior Audiencia (14-9-1.906). Solicita la jubilación (29-4-1.908, se la concede, 11-5-1.908). Autor de la
obra jurídica: El Libro del Jurado. Casado con doña Rosario Valdivia y Castro. AGA.: Sección..., ibídem, legajo
1.192. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT; V, de, et alii.: Ibídem, pág. 150.
PARROQUIA DE NUESTRA SEÑORA DE LA PURIFICACIÓN (Almendralejo).: Libro de Bautismos nº
36, folio 548.
552
*Badajoz (1.850) + ¿. Licenciado en Derecho (¿, 19-5-1.871). Ingresó en la Judicatura (21-6-1.873). Juez de
Primera Instancia de Vinaroz (Castellón de la Plana, 11-2-1.874); de Huelma (Jaén, 18-10-1.878); de
Villafranca del Penedés (Tarragona, 3-3-1.883); de Lucena (Castellón de la Plana, 9-10-1.883); de Castellón de
la Plana (22-1-1.886). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Castellón de la Plana (13-9-1.890); de
Jaén (28-11-1.892); de Huelva (27-11-1.893). Teniente fiscal de Sevilla (27-9-1.894). Magistrado de la
Audiencia de lo Criminal de Jaén (8-4-1.895); de Castellón de la Plana (19-8-1.895); de Jaén (20-12-1.897).
Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca (9-1-1.902). Excedente (10-3-1.902).
Magistrado de la Audiencia Provincial de La Coruña (30-6-1.902). Magistrado de la Audiencia Territorial de
Pamplona (27-7-1.902); de Albacete (1-12-1.902). Presidente de la Audiencia Provincial de Castellón de la
Plana (6-7-1.903). Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla (13-6-1.904). Fiscal de la Audiencia
Provincial de Badajoz (4-5-1.905). Magistrado de la Audiencia Territorial de Albacete (4-1-1.909). Fue
denunciado dos veces por tener su esposa bienes en Jaén y no haberse declarado incompatible (1.893 y
1.901). Casado con doña María de los Ángeles Figueroa Hernández (*Jaén, 1.848 +18-10-1.918); hermana de
don Álvaro, Conde de Romanotes, a la sazón ministro de Fomento (1.905) y de don Ignacio, Marqués de
Villamejor, mecenas de la RSEAPJ; cuentan que pasando por la Carrera del General Prim (Bernabé Soriano),
le llamó la atención la escasa altura de tres metros de la fachada de la citada Económica, con respecto con las
demás edificaciones colindantes, preguntó y le contestaron que se trataba de una institución benéfica, sin
recursos para hacer el bien material y espiritual; en su testamento dispuso dejar a la Económica para "fines
benéficos", tres casas en Madrid, que, vendidas, con su importe se construyó el nuevo edificio, en el que se
instalara: escuelas y diversas dependencias, y se adquirió con el resto una inscripción intransferible de 560.000
pesetas nominales, que renta al año 17.900 pesetas. A petición del concejal don Antonio Espantaleón Molina,
se cambia el nomenclátor de la calle Puentezuela, por el de Ignacio Figueroa (1-8-1.914). Nuestro biografiado
con domicilio en Jaén, C/, Hurtado nº 31. CAZABÁN LAGUNA, A.: "+ Ignacio Figueroa Hernández",
DLS, op. cit, 1.914, pág. 261. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. ESCALONA MOLINA, E.:
Archivo privado. M. J.: Grandezas..., op. cit, pág. 121. MORENO BRAVO, T.: El Callejero..., op. cit. R. C. DE
JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.918, tomo 106, tomo 348. RUIZ JIMÉNEZ, J.: Pretéritos..., op. cit, págs. 419420.
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Don Esteban Ruiz Baquerín 553.
Don Fernando Heredia Mondragón.
Don Mariano Avilés Pastor 554.
Don Enrique Hernández Lobato.
Don Miguel Fernández Rodríguez 555.
Don José Casas Pavón 556.
553
*Jumilla (Murcia), 7-12-1.843 +Murcia, 16-8-1.901. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de
Madrid (14-10-1.867). Juez de Paz de Yecla (Murcia, 2-11-1.869). Juez de Paz, primer suplente, de Jumilla
(Murcia, 12-1.868). Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Cieza (Murcia, 8-10-1.872). Cesante
(30-5-1.875). Promotor fiscal, en comisión de Miranda de Ebro (Burgos, 11-12-1.876); de Medinaceli (Soria,
11-3-1.878); de Almadén (Ciudad Real, 8-4-1.878); de Almansa (Albacete, 1-3-1.879); de Gandesa (Tarragona,
20-10-1.880). Juez de Primera Instancia de Tenerife (1-1-1.883); de Almansa (29-3-1.883). Abogado fiscal de
la Audiencia de lo Criminal de Montilla (Córdoba, 16-7-1.883). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal
de Cartagena (Murcia, 28-9-1.889). Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (28-9-1.892); de
Ronda (Málaga, 28-9-1.892). Magistrado de la Audiencia Provincial de Logroño (26-4-1.893); de Jaén (22-51.893); Presidente de Sección de la misma (11-12-1.893). Magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia
(15-7-1.901). Con domicilio en Jaén, C/, Los Álamos. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
554
*Murcia, 30-8-1.856 +¿ Licenciado en Derecho (8-7-1.876). Fiscal municipal del distrito de San Juan de Murcia
(24-3-1.876); Promotor fiscal de Cañete (Málaga, 26-9-1.881); de Yeste (Albacete, 20-2-1.882); de Priego
(Cuenca, 6-3-1.882). Secretario de la Audiencia de Cuenca (8-10-1.882). Vicesecretario de la Audiencia de lo
Criminal de Sigüenza (Guadalajara, 2-1-1.883). Juez de Primera Instancia de Priego (29-3-1.884). Abogado
fiscal de la Audiencia de Cuenca (25-1-1.887). Teniente fiscal de la Audiencia de Santander (11-5-1.890). Juez
de Primera Instancia de Cuenca (10-9-1.890). Juez especial de Huete (Cuenca, 3-2-1.890). Magistrado de la
Audiencia de Cuenca (25-9-1.892). Teniente fiscal de la Audiencia de Las Palmas de Gran Canaria (13-91.893. Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (9-10-1.893); de Córdoba (9-12-1.901); de Granada (2112-1.903). Presidente de Sección de la Audiencia Provincial de Granada (19-2-1.904). Presidente Provincial
de la Audiencia Provincial de Toledo (11-7-1.912); de Valencia (4-10-1.913). Jubilado con honores de
Presidente de Sala de Madrid (1-5-1.916). Con domicilio en Jaén, C/, Cerón. CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Ibídem.
555
*Casabermeja (Málaga, 16-12-1.829) + ¿. Hijo de don Antonio Fernández Rodríguez y doña María Rodríguez
Sánchez. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (8-1-1.858). Promotor fiscal de Berja
(Almería, 1.863); del distrito de El Sagrario (Granada, 13-6-1.866); de Pontevedra (30-3-1.867). Juez de
Primera Instancia de Jarandilla (Cáceres, 17-6-1.868); de Iznalloz (Granada, 16-12-1.868). Cesante (3-71.878). Promotor fiscal del distrito de Campillo (Málaga, 3-7-1.878); de Écija (Sevilla, 18-11-1.878); del
distrito de Santiago (Jerez de la Frontera, Cádiz, 25-4-1.881). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
Jerez de la Frontera (2-1-1.883). Juez de Primera Instancia del distrito de Santa Cruz (Cádiz, 14-3-1.885).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Huelva (11-7-1.885); de Jerez de la Frontera (26-8-1.890).
Magistrado de la Audiencia Provincial de Huelva (12-8-1.892); de Jaén (11-12-1.893); de Albacete (15-21.898). Magistrado de la Audiencia Territorial de Albacete (30-6-1.899). Cesa por jubilación (31-3-1.900). En
la Dirección General de Clases Pasivas del Estado, consta que su viuda solicitó mesadas (26-9-1.909). Con
domicilio en Jaén, Fonda Madrileña (C/, Hurtado nº 1). AGA.: Sección..., op. cit, legajo 17.991. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., op. cit, pág. 130.
FRANCÉS CÁMARA, E.: Op. cit. PARROQUIA DE SANTA MARÍA DEL PERPETUO SOCORRO
(Casabermeja).: Libro de Bautismos de 17-12-1.829.
556
*Guadix (Granada), 4-7-1.840 +Jaén, 12-3-1.899. Hijo de don Antonio Casas y doña Angustias Pavón.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (12-2-1.864). Promotor fiscal de Iznalloz (Granada,
13-11-1.868); de Martos (Jaén, 18-7-1.871); de Baza (Granada, 30-11-1.871); de Estepa (Sevilla, 23-6-1.881);
de Baza (2-8-1.881). Juez de Primera Instancia de Baza (21-12-1.882); del distrito de Salvador (Granada, 9-51.883); del distrito de Campillo (Granada, 21-7-1.884). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Cádiz
(22-12-1.887); de Huelva (22-9-1.889). Presidente de sección de la Audiencia Provincial de Huelva (20-81.892); de Jaén (21-1-1.895). Magistrado de la Audiencia Territorial de Las Palmas de Gran Canaria (13-4-
- 230 -
Don Severino Martínez Barcía 557.
Suplentes: Don Manuel de Miguel García 558.
Don Antonio de Gregorio y Tejada 559.
Don Juan Pasquau López 560.
Fiscal:
Don Ramón Márquez de Rodas 561.
Don Pedro López Fernández
Don Francisco Iribarne Iribarne 562.
1.897). Fiscal de la Audiencia Provincial de Jaén (7-2-1.898). Casado con doña Dolores López Bercín. Con
domicilio en Jaén, C/, Carrera de Jesús (1.895) y Maestra Baja nº 73 (1.898). CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Ibídem. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.899, tomo 67, folio 207.
557
*Tuy (Pontevedra), 3-5-1.841 +Madrid, ¿. Hijo de don Francisco Martínez González y doña Dolores Barcía
Paradís. Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de El Ferrol (La Coruña, 21-12-1.869). Juez de
Primera Instancia de Puente de Lume (La Coruña, 30-3-1.870); de Puebla de Sanabria (Zamora, 2-6-1.882);
de Betanzos (La Coruña, 6-3-1.883); de Celanova (Orense, 29-3-1.883); de Dolores (Alicante, 8-7-1.884); de
Monforte (Alicante, 13-11-1.884); de Noya (Barcelona, 15-4-1.885). Teniente fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Cangas de Onís (Oviedo, 15-6-1.885). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Tineo
(Oviedo, 10-12-1.891); de Orense (26-8-1.892). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Pamplona
(13-12-1.894). Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (14-2-1.895); de Almería (20-4-1.901); de
Granada (20-2-1.904); de La Coruña (10-8-1.907); de Oviedo (13-9-1.907); de Las Palmas de Gran Canaria
(1.909). Fiscal de la Audiencia Provincial de Ávila (21-12-1.904). Jubilado (10-1-1.910). AGA.: Sección..., op.
cit, legajo 18.173. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.:
Archivo..., op. cit, pág. 227. PARROQUIA DEL SAGRARIO (Tuy).: Libro de Bautismos nº 20, folio 160.
558
En 1894. Su biografía la aportamos en el apéndice 1º.
559
En 1.894. Ibídem.
560
En 1.894. Ibídem.
561
*Murtas (Granada, 6-11-1.837) +Sevilla, 29-1-1.923. Hijo de don Miguel Márquez López y doña Trinidad
Rodas Maldonado. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (25-7-1.845). Promotor fiscal
sustituto de Órgiva (Granada, 27-6-1.868); titular del mismo (12-5-1.870); de Albuñol (Granada, 14-9-1.870);
de Motril (Granada, 14-2-1.871); de Borja (Zaragoza, 20-12-1.875). Juez de Primera Instancia del distrito de
San Beltrán de Barcelona (24-2-1.876); del distrito del Sagrario de Granada (4-10-1.876). Abogado fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Sevilla (11-10-1.880). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (27-11-1.882).
Magistrado de la Audiencia Territorial de Granada (30-6-1.890). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de
Carmona (Sevilla, 14-8-1.890). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Utrera (Sevilla, 18-9-1.890).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (16-7-1.892). Presidente de la Audiencia Provincial de
Jaén (2-11-1.896). Magistrado de la Audiencia Territorial de Burgos (17-2-1.902). Magistrado de la Audiencia
Provincial de Sevilla (14-4-1.902). Presidente de Sección de la Audiencia Provincial de Sevilla (13-3-1.903).
Jubilado (13-6-1.904). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (21-11-1.915). Casado con doña Amalia
Banqueri Collantes (*Lanjarón, Granada), 26-8-1.845). Con domicilio en Jaén, C/, Cristóbal Colón nº 6
(Colón) y en Sevilla C/, Dormitorio nº 7. Su primo don Antonio Caballero y Fernández de Rodas *Madrid,
1.816 +1.876, militar, intervino en la Primera Guerra Carlista, miembro de la Unión liberal, participó en el
pronunciamiento de Vicálvaro (1.854), también tomó parte en la campaña de Marruecos (1.859/1.860); a la
muerte del general Narváez, junto con otros generales fue desterrado a Canarias; posteriormente enviado a
Cuba como capitán general para pacificar la Isla. AGA.: Sección..., op. cit, legajo 18.168. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. CADENAS Y VICENT, de, et alii.: Op. cit, pág. 222.
PARROQUIA DE LA ENCARNACIÓN (Lanjarón).: Libro de Bautismos nº 14, 1.869, folio 153 vto. R. C.
DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.884, tomo 29, folio 165. R. C. DE SEVILLA.: Libro de Defunciones, 1.923,
tomo 158 (4), folio 204. SCSA.: Memoria..., op. cit. UROENBERG MÁRQUEZ, A.: Archivo privado.
562
*Almería, 24-6-1.836 +Las Palmas de Gran Canaria, 1.903. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad
de Granada (19-2-1.868). Incorporado el Ilustre Colegio de Abogados de Almería (1.868). Juez Municipal
- 231 -
Don Manuel Izquierdo Díaz 563.
Don Leopoldo Gandarías García 564.
Tte. Fiscal: Don Joaquín Arguch Oñate565.
de Almería (15-9-1.874/1.876), desempeñando distintas veces el Juzgado de Primera Instancia). Magistrado
suplente de la Audiencia de lo Criminal de Almería (2 al 7 -3-1-883). Elegido Alcalde-Presidente del
Ayuntamiento de Almería, y demás Diputado Provincial de dicha Capital. Fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Huércal-Overa (Almería, 16-4-1.885), de Cartagena (Murcia, 22-9-1.885); de Ronda (Málaga,
16-1-1.886). Suspendido de empleo y sueldo (13-8-1.888). Cesante (26-11-1.888). Fiscal de la Audiencia de
lo Criminal de Jaén (26-10-1.891); y de la Audiencia de lo Criminal de la misma Ciudad (16-7-1.892); de
Cuenca 26-6-1.893). Excedente (29-8-1.893). Magistrado de la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca
(10-2-1.893). Magistrado de la Audiencia Provincial de la misma Ciudad (19-4-1.901); de Las Palmas de
Gran Canaria (24-10-1.901). Jubilado (20-1-1.902). Además fue un reputado dramaturgo, escribió algunas
obras de teatro que fueron representadas en el principal teatro de Almería, entre las que destacamos: El
cuarto mandamiento, y un drama histórico en tres actos: Doña Blanca de Navarra (estrenado 9-12-1.865).
También cultivó la poesía lírica, destacamos un romance imitando el castellano antiguo en el cual censura la
adulación y la lisonja, y dice: “Que ansí non fablan los buenos;/Ansí fablan los cobardes”. Con motivo del viaje de
don Alfonso XII a Almería le dedicó una poesía, citamos los cuatro últimos versos: “Si pequé de descortés,/
Mandar que otra vez non fable;/ Que por trovador, no adulo/ Al Rey, al pueblo ni á nadie”. Redactor del periódico de
tendencia moderada La Lealtad (Almería, 1.870/1.872). Casado con doña Fernanda Schidnagel Giménez de
Molina. CUADRA HERRERA; J. R., de la.: Ibídem. DE CADENAS Y VICENT, V, et alii.: Ibídem, pág.
188. LANGLE, P.: Escritores Almerienses, 1881-1882, págs. 37-40.
563
*Ronda (Málaga), 22-10-1.844) +Málaga, ¿ Hijo de don Manuel Izquierdo Fernández y doña Dolores Díez
Puello. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (1.867). Juez de Primera Instancia de
Yeste (Albacete, 20-4-1.874); de Gaucín (Málaga, 28-6-1.874); de Bujalance (Córdoba, 18-7-1.875); Promotor
fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Gandesa (Tarragona, 22-10-1.877); de Santa Coloma de Farnés
(Gerona, 22-10-1.879; de Mula (Murcia, 26-11-1.879); de Aracena (Huelva, 16-11-1.880); de Andújar (Jaén,
11-6-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Málaga (2-1-1.883). Presidente de la Audiencia de
lo Criminal de Osuna (Sevilla, 7-1-1.890). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (29-9-1.893).
Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (10-11-1.894). Jubilado (13-2-1.903). Con domicilio en
Sevilla, C/, Las Vírgenes nº 22. AGA.: Sección..., op. cit, legajo 18.072. CUADRA HERRERA, J. R. de la.:
Ibídem. CADENAS Y VICENT, V, de, et alii.: Archivo..., ibídem, pág. 189. PARROQUIA DE SANTA
CECILIA DE RONDA.: Libro de Bautismos nº 61, folio 250 vto.
564
*Sevilla, 16-12-1.837 +Sevilla, ¿ Licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla (20-9-1.862). Juez de
Primera Instancia de Guía (Tenerife, 29-6-1.870); de Priego (Córdoba, 20-11-1.870); de Rute (Córdoba, 18-31.872); de Chiclana (Cádiz, 15-3-1.873); de Medina Sidonia (Cádiz, 10-6-1.878); de Sorbas (Almería, 27-11.879); de Montilla (Córdoba, 3-3-1.879); de Valverde del Camino (Huelva, 23-6-1.881); de Cazalla (Sevilla,
20-3-1.882); de San Roque (Cádiz, 17-4-1.882); de Cazalla (28-8-1.882). Magistrado de la Audiencia de lo
Criminal de Algeciras (Cádiz, 11-12-1.882). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (26-21.883). Magistrado de la Audiencia de lo Criminal de Jerez de la Frontera (Cádiz, 18-9-1.885). Fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Jerez de la Frontera (3-5-1.886). Presidente de la Audiencia de lo Criminal de
Baza (Granada, 15-12-1.890); de Cádiz (28-12-1.890); de Huelva (6-7-1.891); de Algeciras (5-8-1.891).
Excedente (16-7-1.892). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cáceres (1-6-1.892). Fiscal de la Audiencia
Provincial de Jaén (7-1-1.895); de Huelva (19-4-1.897). Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla (311-1.898). Magistrado de la Audiencia Territorial de Albacete (30-6-1.898). Magistrado de la Audiencia
Provincial de Granada (31-10-1.898). Con domicilio en Jaén, Fonda Madrileña (C/, Hurtado nº 31) y en
Sevilla, C/, O'Donell nº 22. AGA.: Sección..., ibídem, legajo 1.071. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
CADENA Y VICENT, V, de, et alii.: Ibídem, pág. 142. FRANCÉS CÁMARA, E.: Op. cit.
565
*Iniesta (Cuenca), 19-5-1.844 +¿. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (22-6-1.889).
Promotor fiscal de Motilla del Palancar (Albacete, 25-10-1.868); de San Clemente (Cuenca, 10-12-1.869); de
Cañete (Cuenca, 3-7-1.871); de Roa (Burgos, 16-12-1.878); de Tarancón (Cuenca, 3-2-1.879). Juez de Primera
Instancia de Cañete (18-12-1.881); de Priego (Cuenca, 26-1-1.882); de Sigüenza (Guadalajara, 1-1-1.883); de
Vich (Barcelona, 15-2-1.883); de Salamanca (9-5-1.883); de Soria (28-5-1.883). Teniente fiscal de la Audiencia
de lo Criminal de Jaén (1.886). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Cáceres (10-1-1.889); de Valencia (2-
- 232 -
Don Pedro Higueras Sabater 566.
Don Antonio García López567.
Don Cristino Piñeiro Fernández.
Don José Gadeo Subiza 568.
9-1.889); de Castellón de la Plana (24-9-1.889). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Cáceres (13-91.893); Fiscal de la anterior Audiencia (17-12-1.897). Magistrado de la Audiencia Territorial de Las Palmas de
Gran Canaria (11-9-1.890); de La Coruña (31-10-1.901). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
566
*Sabiote (Jaén), 8-11-1.853 +Madrid, 12-1.923 (atropellado por un vehículo, aunque por expreso deseo sus
restos mortales fueron inhumados en el panteón familiar de Úbeda). Hijo de don Pedro Alonso Higueras
López y doña Brígida Sabater Arauco (hermana del conocido banquero de Úbeda, don Ignacio). Licenciado
en Derecho por la Universidad de Granada (1.873). Secretario del Ayuntamiento de su Ciudad natal (1.875).
Redactor de las Ordenanzas Municipales del mismo (1.886). Promotor fiscal en Cazorla (Jaén, 1.881). Juez de
Primera Instancia en Mancha Real (Jaén, 26-9-1.883); de Alcalá la Real (1.887); de Martos (1.887, éste traslado
vino motivado por un grave altercado con el alcalde de Frailes, don David Garrido, ocurrido en Alcalá la
Real el día 4-12-1.887, en casa de don Cándido Escribano, tras una diatriba, aquel desenvainando un cuchillopuñal amenazó al Sr. Juez de Primera Instancia; lo interesados en conocer el tenor de la sentencia, vid,
Campos García citada en bibliografía). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (7-5-1.889). Juez
de Primera Instancia de Campillo (Granada, 1.890). Magistrado de la Audiencia Provincial de Badajoz (71.894); de Córdoba (8-1.895). Presidente de la Audiencia Provincial de La Coruña (1.902; durante su
presidencia desterró, dentro de la legalidad vigente, a los célebres bandidos Bardanca y Casanova. Presidente
de la Audiencia Territorial de Madrid (1.915); recién incorporado a su nuevo destino, tuvo que presidir la
vista del proceso por hundimiento del tercer depósito, sin apenas conocer el sumario, y ante la enorme
expectación que suscitó en la opinión pública, tuvo que entablar debates con las más eminentes figuras del
foro español). Destinado a la Fiscalía de la Audiencia Provincial de Barcelona. Hizo por encargado del
ministro don Segismundo Moret y Prendergast, dos notables Memorias, estudiando en una, el problema del
anarquismo en dicha Ciudad, y sugiriendo en la otra, las reformas urgentes para el personal de la
Administración de Justicia. Magistrado del Tribunal Supremo (R. D. 18-3-1.918). Úbeda lo honró
nombrándolo hijo adoptivo y Sabiote, dándole su nombre a la calle en que nació (Los Escuderos nº 4).
Casado en primeras nupcias con doña Joaquina Barrutia Guerrero, y en segundas, con su prima hermana
doña Bernardina Sabater y Bonilla (Úbeda, San Pablo, 11-4-1.889). AHDCJ.: Libro de Desposorios del Sagrario nº
10, pág. 42. CAMPOS GARCÍA, S.: Frailes. Una visión de su Historia. Villa del Río (Córdoba), Iltmo.
Ayuntamiento de Frailes, 2.000, págs. 122-123. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Giennenses Ilustres: Higueras
Sabater", Y direte, Inés, la cosa" e "Higueras Sabater", DLS, op. cit, 1.918, 1.923 y 1.924, págs. 131-133, 350
y 16, respectivamente. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. PASQUAU GUERRERO, J.: Op. cit,
pág. 572. R. C. DE ÚBEDA.: Libro de Matrimonios, 1.889, tomo 21 y 22, folio 41. TORAL PEÑARANDA,
E.: "Los linajes privilegiados de Jaén. II (Torres...)", op. cit, pág. 341. TORRES NAVARRETE, G. J., de la.:
Historia de la Muy Leal..., op. cit, págs. 295-296 y 471.
567
*Málaga, 8-9-1.845 + ¿ Licenciado en Derecho por la Universidad de Málaga (10-9-1.871). Promotor fiscal de
Puenteáreas (Pontevedra, 19-11-1.872); de Verín (Orense, 8-1-1.873); de Sequeros (Salamanca, 13-101.873); de Vitigudino (Salamanca, 23-6-1.876); de Alba de Tormes (Salamanca, 5-1-1.881). Juez de Primera
Instancia de Bermillo de Sayazo (Zamora, 1-1-1.883); de Ledesma (Salamanca, 29-3-1.883); de Alcántara
(Cáceres, 30-7-1.884); de Olmedo (Valladolid, 5-11-1.884); de Peñafiel (Valladolid, 30-1-1.886); de Borja
(Zaragoza, 10-6-1.886). Fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Cádiz (8-1-1.887). Secretario de la
Audiencia de lo Criminal de Salamanca (en comisión, 8-7-1.887). Teniente fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Jaén (12-5-1.890); de Ciudad Rodrigo (Salamanca, 20-4-1.891); de Ávila (11-8-1.894). Juez de
Primera Instancia de Ávila (7-2-1.898). Magistrado de la Audiencia Provincial de Ciudad Real (11-2-1.901).
En comisión de servicios en Madrid (14-6-1.901). Magistrado de la Audiencia Provincial de Ávila (14-81.901). Fiscal de la Audiencia Provincial de Vitoria (18-1-1.904); de Ávila (1-2-11.904). Magistrado de la
Audiencia Territorial de Albacete (11-7-1.912); de La Coruña (21-10-1.912); de Cáceres (28-11-1.912); de
Albacete (13-1-1.913). Fiscal de la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca (15-11-1.913). Presidente de
Sala de la Audiencia Provincial de Sevilla (15-12-1.913). Solicita la jubilación (28-3-1.914, se decreta la
misma, 30-3-1.914). CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
568
*Córdoba, 2-9-1.849 +Madrid, 19-9-1.912. Hijo de don Manuel Gadeo y doña Amparo Subiza. Licenciado en
- 233 -
Don Rafael del Riego Macías 569
Abogados-Fiscales: Don Clemente Cano de la Peña570.
Don Alfonso Travado Loste 571.
Don Esteban Ruiz Baquerin.
Don Manuel Muñoz Gonzalez 572
Derecho por la Universidad de Granada (25-10-1.870). Auxiliar de la Junta de Archivos de Sevilla.
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Granada (1.876, bajo el nº 103). Juez Municipal suplente del
distrito del Salvador de Granada. Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Granada. Vicesecretario
de la Audiencia de lo Criminal de Tafalla (Navarra, 28-5-1.883). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de
Gerona (1-7-1.885). Juez de Primera Instancia de Aoíz (Navarra, 21-9-1.885); de Iznalloz (Granada, 20-51.886); de Albuñol (Granada, 6-4-1.888). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Lerma (Burgos, 48-1.888); de Jaén (18-11-1.888); de Toledo (11-8-1.894). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cádiz (1-81.899); de Toledo (15-7-1.901). Magistrado de la Audiencia Territorial de La Coruña (22-3-1.906). Fiscal de la
Audiencia Provincial de Cuenca (17-4-1.906); de Jaén (R. D., 12-11-1.906/17-8-1.908); de Lérida (12-81.908). Magistrado de la Audiencia Provincial de Burgos (29-10-1.908). Fiscal de la Audiencia Territorial de
Oviedo (18-2-1.909). Presidente de la Audiencia Territorial de Zaragoza (22-8-1.909). Abogado fiscal de la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (21-2-1.912). Casado con doña Mercedes de
Artaca y Cancinos. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, pág. 3 vto. AICAG.: Listas 1.906. CUADRA HERRERA,
J. R. de la.: Ibídem. R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones, 1.912, tomo 132-6, folio 217.
569
*Oviedo, 25-10-1.839 +Zamora, 19-4-1.904. Hijo de don José del Riego Núñez y doña María de la Encina
Macías. (sobrino carnal del general Riego). Promotor fiscal de Torrijos (Toledo, 11-10-1.869); de Orgaz
(Toledo, 7-12-1.869); de Torrijos (31-12-1.871); de Astorga (León, 20-1-1.871); de Játiva (Valencia, 26-61.872); de Berga (Barcelona, 9-6-1.874). Cesante (30-5-1.875). Promotor fiscal de Tolasce (¿, 14-10-1878);
de Gijón (Oviedo, 29-1-1.880). Juez de Primera Instancia de Pola de Laviana (León, 1-1-1.883); de
Castropol (Oviedo, 20-3-1.884); de Riaño (León, 22-10-1.884); de Valencia de Don Juan (León, 12-81.886). Fiscal de Montilla (Córdoba, 14-3-1.886); de Igualada (Barcelona, 26-2-1.887); de Arévalo (Ávila, 1412-1.887); de Manzanares (Ciudad Real, 25-2-1.889); de Altea (Alicante, 12-6-1.889. Teniente fiscal de la
Audiencia Provincial de Jaén (11-8-1.894). Fiscal de la Audiencia Provincial de Pamplona (16-9-1.895). Juez
de Primera Instancia de Orense (16-12-1.896). Juez del distrito de San Juan de Murcia (Murcia, 20-2-1.899.
Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Lérida (7-2-1.901). Magistrado de la Audiencia Provincial de
Cádiz (7-10-1.902); de Zamora (16-3-1.903). Casado con doña María del Pilar Estévez. Con domicilio en
Zamora, C/, Las Lonjas nº 6. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. GIL NOVALES, A.: Rafael del
Riego. La Revolución de 1.820, día a día. Madrid, Editorial Tecnos, 1.976, pág. 23. R. C. DE ZAMORA.:
Libro de Defunciones, 1.904, tomo 61, folio 149 vto.
570
*Pineda (Cuenca, 23-11-1.841 +Almería, 20-7-1.900. Hijo de don Eugenio Cano y doña Bárbara de la Peña.
Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (26-7-1.866). Promotor fiscal del
Juzgado de Primera Instancia de Cangas de Onís (Oviedo, 1-9-1.868). Cesante (23-11-1.868). Promotor
fiscal del Jugado de Primera Instancia de Ibiza (Las Baleares, 10-2-1.876); de Híjar (Teruel, 29-5-1.880).
Juez de Primera Instancia de Huete (Cuenca, 1-1-1.883). Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
Montilla (Córdoba, 4-8-1.890); de Jaén (24-7-1.892). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Almería
(20-2-1.899). Casado con doña Francisca Aledo e Iznardo. Con domicilio en Jaén, C/, Juego de Pelota
(Juan Montilla) y en Almería, C/, Martínez Campos nº 18. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. R.
C. DE ALMERÍA.: Libro de Defunciones, 1.900, tomo 79, folio 338.
571
*Sevilla, 19-7-1.862 +¿. Hijo de don Juan Travado Fernández de Landa y doña Ignacia Loste y Acha.
Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (26-6-1.879). Abogado fiscal de la Audiencia de
la Criminal de Jaén (1.892). CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. PARROQUIA DEL SAGRARIO
(Sevilla).: Libro de Bautismos de 1.862.
572
*Antequera (Málaga), 31-3-1.858 +¿. Hijo de don Ramón Muñoz Herrera y doña Carmen González Herrera.
Incorporado al Ilustre Coelgio de Abogados de Antequera (1-12-1.882); siendo elegido Secretario-Contador
de su Junta de Gobierno (19-10-1.882). Secretario del Juzgado de Primera Instancia de Antequera (5-11.883). Fiscal municipal suplente del citado Juzgado (3-10-1.883). Vicesecretario de la Audiencia de lo
Criminal de Talavera de la Reina (Toledo), 10-3-1.884); de Montilla (Córdoba, 4-10-1.884). Secretario de la
Audiencia de lo Criminal de Algeciras (Cádiz, 23-12-1.886); de Osuna (Sevilla, 9-9-1.888). Juez de Primera
- 234 -
Don Antonio Uriarte Alarcón 573.
Don José Samaniego Ladrón de Cegama 574.
Instancia de Puebla de Alcocer (Badajoz, 30-7-1.892). Abogado fiscal de la Audiencia de lo Criminal de
Jaén (28-9-1.892); de Cuenca (31-12-1.894); de Utrera (Sevilla, 16-8-1.900); de Ronda (Málaga, 21-9-1.903).
Abogado fiscal de Palma de Mallorca (16-10-1.903). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Salamanca
(1-12-1.903); de Huelva 7-4-1.905). Abogado fiscal de Las Palmas de Gran Canaria (21-9-1.906). Teniente
fiscal de la Audiencia Provincial de Albacete (27-3-1.907). Magistrado de la Audiencia Provincial de Soria
(13-5-1.907). Teniente fiscal de la Audiencia Territorial de Las Palmas de Gran Canaria (23-9-1.908); de
Albacete (5-4-1.909). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cuenca (13-5-1.909); de Pamplona (6-61.910). Presidente de la Audiencia Provincial de Cuenca (10-10-1.910). Fiscal de la Audiencia Territorial de
Las Palmas de Gran Canaria (27-6-1.918). Magistrado de la Audiencia Territorial de Zaragoza (9-4-1.919).
Presidente de Sala de la Audiencia Territorial de Cáceres (8-5-1.919). Magistrado de la Audiecia Territorial
de Barcelona (2-10-1.919); de Madrid (14-2-1.921). Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (29-111.927). Solicita la jubilación (1-12-1.927); se decreta la misma (5-12-1.927). Casado con doña Blanca Núñez
de Prado y Rodríguez. Con domicilio en Jaén, C/, Muñoz Garnica nº 25. CUADRA HERRERA, J. R., de
la.: Ibídem. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.893, tomo 47, folio 27.
573
*Córdoba, 13-4-1.842 +Madrid, 18-4-1.918. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Sevilla (1-121.874). Juez Municipal sustituto de Baena (Córdoba, ¿). Opositó a la Judicatura obteniendo el nº 22 (1.878).
Promotor fiscal de Villacarrillo (Jaén, 9-7-1.879); de Montefrío (Granada, 13-7-1.881); de Cazorla (Jaén, 288-1.882). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Carmona (Sevilla, 20-12-1.882). Juez de Primera
Instancia de Moguer (Huelva, 29-3-1883); de Cazorla (16-7-1.883); de Montilla (Córdoba, 31-10-1.884); de
Alhama (Granada, 6-4-1.888); de la Rambla (Córdoba, 19-7-1.888). Abogado fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Málaga (20-12-1.889); de Albuñol (Granada, 30-9-1.893); de Cuenca (8-3-1.894); de Jaén (3112-1.894). Juez de Primera Instancia de Valdepeñas (Ciudad Real, 29-1-1.898). Abogado fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Almería (17-9-1.898); con igual categoría de Granada (9-11-1.900); de Albacete
(24-2-1.902). Juez de Primera Instancia de Baeza (Jaén, 14-3-1.902). Teniente fiscal de la Audiencia
Provincial de Las Palmas de Gran Canaria (18-6-1.903); de La Coruña (10-11-1.904). Magistrado de la
Audiencia Provincial de Almería (26-12-1.904). Presidente de la Audiencia Provincial de Cuenca (22-31.906); de Almería (18-10-1.906); de Cuenca (31-10-1.906). Solicita la jubilación (13-4-1.908, se decreta 295-1.908, con honores de Presidente de Sala de Audiencias Territoriales). Casado con doña Vicenta Carrión
Corencia. Con domicilio en Jaén, C/, Ancha s/n. A.G.A.: Sección de Hacienda, legajo 18.370. CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. DE CADENAS Y VICENT, V, et alii.: Archivo…, op. clt, pág. 365.
574
*Valladolid, 7-1-1.878 + ¿ Hijo de don Esteban Samaniego Samaniego y doña María Ladrón de Cegama y
Samaniego. Licenciado 3n Derecho por la Universidad de Valladolid (1.898), obteniendo en la misma
también el doctorado. Nombrado Fiscal sustituto de la Audiencia Provincial de Valladolid. Opositó a la
Judicatura, siendo destinado de Juez de de Primera Instancia e Instrucción de Villalpando (Zamora, 1.910);
Abogado Fiscal de la Audiencia Provincial de Jaén (28-2-1.917/4-11-1.921, en que fue promocionado a
Teniente Fiscal de la de Huesca); regresa a Jaén con la anterior categoría (28-11-1.921/27-1-1.926; retorna
de nuevamente a Jaén con la categoría de Presidente de la Audiencia Provincial (25-1-1.933/2-7-1.934, en
que fue trasladado con la categoría de Magistrado de la Audiencia Territorial de Valladolid). Desde muy
joven cultivó la poesía; en los Juegos Florales celebrados en Córdoba obtuvo el premio extraordinario por
la poesía titulada “Mi Cristo” (1.906). Redactor del periódico La Libertad, de Valladolid, y colaborador en la
revista Don Lope de Sosa, de Jaén. Autor de varios libros de poesía entre los que citamos: Serio y Festivo
(poesía, Valladolid, 1.895), Multicolores (poesía, Valladolid, 1.898), Trébol (en colaboración con don Tomás
Gutiérrez Perrín y A. Torre Ruiz, poesía, Valladolid, 1.902), El tonto del pueblo (pieza teatral fin de fiesta,
estrenada en el Teatro Lope de Vega de Valladolid, 1.902 y publicada ese mismo año en dicha Ciudad),
Pesimismo intelectual, causas, consecuencias y remedios (discurso pronunciado en la Academia de Santo Tomás de
Aquino, Valladolid, 22-11-1.902), El Congreso de Familia en España (tesis doctoral, publicada en Valladolid en
1.902), La eterna cuestión (discurso pronunciado en la Academia de Santo Tomás de Aquino, Valladolid,
enero de 1.904, y publicado en dicha ciudad el mismo año), Algo sobre la cuestión social (discurso pronunciado
en el Círculo Católico de Obreros de Valladolid, 2 de diciembre de 1.905, y publicado en dicha ciudad el
año 1.906), Momentos (rimas breves, Jaén, 1.922). No me resisto a comentar una anécdota profesional que le
ocurrió al Sr. Samaniego: Se juzgaba en la Audiencia de Jaén un delito de asesinato u homicidio; el letrado
del encausado basaba su alegato en el perfil psicológico de su patrocinado, que por padecer una notoria
- 235 -
Don Manuel Aldeguer Ramos 575
Don Manuel García de Mirasierra y Entrana
Vice-secretario: Don Cayetano Mesas y Domenech576
Don Francisco Esteban García 577
Secretario:
cojera, sentía una manifiesta animadversión contra la sociedad, el Teniente Fiscal rebatió el argumento del
siguiente modo: “Con la venía de SSª. Señores del Jurado. Yo también soy cojo, y no sólo no tengo animadversión contra
nadie, sino que además tampoco voy matando,…”; no sólo consiguió la hilaridad de la Sala, sino que enalteció
tanto al Tribunal como a los miembros del Jurado; en la fase de conclusiones ambas partes terminaron
haciendo alusión a: “…la fábula de Samaniego…”, en réplica el Ministerio Público contestó: “…la fábula de
Éxodo…”. Casado con en primeras nupcias con doña Consuelo Pascual Alonso (+ella en Jaén, 10-3-1.921,
tres hijos: Antonio, Carmen, Consuelo, Juan y Guillermo), y en segundas con doña Amalia Márquez y
Banqueri (Jaén, Sagrario, por don Saturnino Sánchez de la Nieta, Deán de ka Catedral de Jaén, 19-6-1.922).
Su nieto don José Luis Manzanares Samaniego, Secretario del Consejo General del Poder Judicial y
miembro del Consejo de Estado, y de don Pío Aguirre Zamorano, sobrino-bisnieto por su segunda esposa,
Presidente de la Audiencia Provincial de Jaén y actualmente miembro del Consejo General del Poder
Judicial. Por razones de espacio no podemos citar el fenómeno paranormal que ocurrió en su domicilio
particular, sito en la C/, Jorge Morales, desde entonces ha sido bautizado por el pueblo de Jaén: “La
Leyenda del Cristo de Limpias”, tuvo eco nacional en los medios de comunicación e incluso hasta el obispo
de Jaén don Manuel Basalto Jiménez tuvo que intervenir en el asunto. Los interesados en conocerla, vid,
Miguel Moreno Jara citado en bibliografía. AAPJ.: Libro-Registro…, op. cit, págs. 10 vto, 15 vto, y 20.
JIMÉNEZ ALMAGRO, A.: Op. cit, pág. 349. MANZANARES SAMANIEGO, J. L.: Archivo privado.
MORENO JARA, M.: “Leyendas mágicas de Jaén”, El Toro de Caña nº 9. Excma. Diputación Provincial de
Jaén, 2.002, págs. 626-635. R. C. DE JAÉN.: Libro de Matrimonios, 1.922, tomo 52, folio 179. R. C. DE
VALLADOLID.: Libro de Nacimientos, 1.878, tomo 40-41, folio 401 vto. ZAMORANO BANQUERI, E.:
Archivo privado.
575
*GuardamaA (Alicante), 26-12-1.853. +Pontevedra, 8-4-1.904. Licenciado en Derecho (¿, 1-8-1.879). Oficial
de Sala de la Audiencia de lo Criminal de Alicante (1.882), de Soria (1.883). Vicesecretario de la Audiencia
de lo Crininal de Alicante (28-8-1.883); de Málaga (26-12-1.883). Secretario de la Audienca de lo Criminal
de Jaén (21-5-1.887). Juez de Primera Instancia de Orcera (Jaén, 25-6-1.889); de Sorbas (Almería, 26-51.891). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Lerma (Burgos, 12-7-1.892). Excedente (24-7-1.892).
Juez de Canjáyar (Almería, 13-9-1.893); de Albuñol (Granada, 12-6-1.900). Fiscal de la Audiencia de
Almería (7-2-1.901); de Ávila (2-7-1.902). Excedente (10-11-1.902). Abogado fiscal de la Audiencia
Provincial de Badajoz (3-1-1.903). Juez de Primera Instancia de Marchena (Sevilla, 11-2-1.903). Abogado
fiscal de Almería (24-3-1.903). Teniente fiscal de Soria (25-1-1.904); de Pontevedra (24-3-1.904). Contrajo
matrimonio con doña Francisca de Vargas Amierigo (Níjar, Santa María, 31-5-1.892). CUADARA
HERRERA, J. R, de la.: Ibídem. R. C. DE Níjar (Almería).: Libro de Matrimonios, 1.892, tomo 18,. folio 31.
576
*Purchena (Almería, 20-7-1.856 + ¿ Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (26-5-1.880).
Registrador de la Propiedad interino de Alfaro (Logroño, 10-9-1.880); de Durango (Vizcaya, 17-12-1.880);
de Benavente (Zamora, 5-7-1.882); de Briviesca (Burgos, 12-1-1.883). Vicesecretario de la Audiencia de lo
Criminal de Sigüenza (Guadalajara, 6-12-1.883). de Jaén (26-1-1.884); de Teruel (29-2-1.888). Juez de
Primera Instancia de Castropol (Oviedo, 7-5-1.888): de Carballeiro (Orense, 29-8-1.888); de Sedano
(Burgos, 24-5-1.892). Secretario de la Audiencia Provincial de Salamanca (24-7-1.892) de Palencia (5-11.902); de Viella (Lérida, 22-1-1.903). Abogado fiscal de Huelva (11-2-1.903).Juez de Primera Instancia de
Guadix (Granada, 10-9-1.903). Teniente fiscal de Audiencia Provincial de Cádiz (7-2-1.905). Juez de
Primera Instancia del distrito del Salvador (Sevilla, 5-5-1.906). Magistrado de la Audiencia Provincial de
Murcia (16-5-1.907); de Málaga (15-8-1.907). Teniente fiscal de la Audiencia Territorial de Las Palmas de
Gran Canaria (5-4-1.909). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cáceres (31-1-1.910). Abogado fiscal de
la Audiencia Provincial de Barcelona (9-1-1.911).Juez de Primera Instancia de Barcelona (17-2-1.912).
Magistrado de la Audiencia Territorial de Palma de Mallorca (30-5-1.917).Presidente de la Audiencia
Provincial de Cáceres (2-10-1.919). Presidente de Sala de la Audiencia Provincial de Valencia (20-8-1.921).
Fiscal de Palma de Mallorca (22-3-1.926). Presidente de Sala de Burgos (25-6-1.926). Jubilado (6-1-1.927,
con honores de Presidente de Sala de Madrid). CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
577
*Chelva (Valencia, 29-6-1.859 +, ¿ Licenciado en Derecho por la Universidad de Valencia (7-1-1.881).
- 236 -
Don Juan Alférez Rubi. 578
Don Fernando Moreno Fernández de Rodas 579
Don Miguel Escobar Barberán 580.
Vicesecretario de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (19-3-1.888). Juez de Primera Instancia de Puerto
Arrecife (Lanzarote, 9-12-1.888); de Arzúa (La Coruña, 12-4-1.889); de Jergal (Almería, 4-11-1.890), de
Navamoral de la Mata (Cáceres, 13-12-1.898); de Archidona (Málaga, 12-10.1.901); de San Clemente
(Cuenca,1-3-1.904); de Albaida (Valencia, 18-3-1.904); de Mula (Murcia, 22-4-1.904). Teniente fiscal de la
Audiencia Provincial de Lugo (28-3-1.908). Abogado fiscal de la Audiencia Provincial de Granada (19-21.908). Magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia (19-7-1.911). Teniente fiscal de la Audiencia
Provincial de Granada (12-1-1.914). Magistrado de la Audiencia Territorial de Las Palmas de Gran Canaria.
Presidente de la Audiencia Provincial de Almería. Magistrado de la Audiencia Territorial de Granada (2310-1.916). Fiscal de la Audiencia Provincial de Granada (6-4-1.923). Presidente de Sala de la Audiencia
Provincial de Granada (6-3-1.924). Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla (7-11-1.924). Jubilado
(7-9-1.926. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Granada (1.881, como no ejerciente). AICA DE
GRANADA.: Listas, 1.906. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
578
*Dalias (Almería), 13-5-1.856 + ¿. Licenciado en Derecho (¿, 2-10-1.878). Oficial de Sala de la Audiencia de
lo Criminal de Almería (26-12-1.882); de Albuñiol (Granada, 16-5-1.885). Cesante (20-2-1.886).
Viucesecretario de la Audiencia de lo Criminal de Plasencia (Cáceres, 5-9-1.887); de Jaén (13-12-1.888).
Cesante (1-4-1.889). Juez de Primera Instancia de Sort (Lérida, 7-11-1.900); de Órgiva (Granada, 11-41.901), de Ugíjar (Granada, 23-5-1.903); de Sort (19-5-1.903). Solicita la jubilación (25-1-1.915; concedida 34-1.915). CUADARA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
579
*Antequera (Málaga), 12-5-1.858 + ¿ Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (1.884).
Ingresa de Oficial de primera de la Sección de Fomento en Granada (1-2-1.884/30-7-1.885). Oposita a la
Judicatura. Vicesecretario de la Audiencia de lo Criminal de Antequera (23-3-1.887). Juez de Primera
Instancia de Grazalema (de entrada, Cádiz, 2-12-1.888); Secretario de la Audiencia de lo Criminal de
Antequera. Juez de Primera Instancia de Archidona (Málaga). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de
Málaga (3-1-1.888). Juez de Primera Instancia de Ronda (de ascenso, Málaga, 27-8-1.895). Teniente fiscal y
Abogado fiscal de la Audiencia Provincial de Jaén (R. D. 8-8-1.895/21-9-1.903 y 29-12-1.903, por renuncia,
respectivamente). Teniente fiscal de la Audiencia Provincial de Jaca y Juez de Primera Instancia del distrito
del Salvador (Granada, 7-6-1.905 y 21-8-1.906, respectivamente). Magistrado de la Audiencia Provincial de
Huesca y Córdoba (122-3-y 14-9-1.909, respectivamente). Presidente de la Audiencia Provincial de Huelva
(28-11-1.913/2-3-1.916, por jubilación). Su hrmano don Ildefonso, Teniente Fiscal y Abogado Fiscal de la
Audiencia Provicial de Jaén (7-6-1.905/30-9-1.906 y 1-2-1.910/15-7-1.913, respectivamente). Su abuelo
materno don Antonio Caballero y Fernández de Rodas, *Madrid, 1.816 +1.876, militar y político, miembro
de la Unión Liberal, intervino en la Primera Guerra Carlista (1.833-1.840), participó en el pronunciamiento
de Vicálvaro (1.854), asimismo tomó parte en la campaña de Marruecos (1.859-1.860), a la muerte de
Narváez, junto con otros generales, desterrado a Canarias, de donde regresó para organizar la revolución de
1.868, enviado a Cuba como capitán general para sofocar la rebelión autonomista, empeño en el que
fracasó, regresando a España (1.870). AAPJ.: Libro-Registro…, op. cit, págs. 3 y 5 vto, AGA.: Sección de
Hacienda, hoja de servicios. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
580
*Lorca (Murcia), 18-10-1.850 + ¿ Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Valencia (5-6-1.875).
Opositó con el número 79 a aspirante al Ministerio fiscal (7-7-1.879); Fiscal de Santa Cruz de la Palma (291-1.880); de Frenegal de la Sierra (Badajoz, 29-3-1.880); de Purchena (Almería, 28-6-1.880); de Totana
(Murcia, 13-4-1.881). Vicesecretario de la Audiencia de lo Criminal de Cartagena (Murcia, 20-10-1.882).
Juez de Primera Instancia de Tremp (Lérida, 28-5-1.883); de Monovar (Alicante, 8-10-1.883); de Cuevas de
Vera (Almería, 27-6-1.884). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Lorca (Murcia, 12-8-1.888).
Vicesecretario de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (en comisión, 24-7-1.892). Excedente (11-8-1.892).
Secretario de l audiencia de lo Criminal de Soria (28-9-1.892). Vicesecretario de la de Murcia (en
comisión26-7-1.893). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Huesca (22-10-1.894). Juez de Primera
Instancia de La Vecilla (León, 17-1-1.895); de Chelva (Valencia, 16-8-1.895); de Gandesa (Tarragona, 28-71.896); de Callosa de Ensarriía (Alicante, 9-11-1.896); del distrito de la Catedral (Murcia, 24-6-1.902) y de
San Juan de Murcia (7-7-1.902). CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
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Don Luis Alonso Madagan Manzano 581
Don Nicasio Esteban Valverde Massi 582
Don Luis Alonso Madagán y Manzano 583.
Don Pedro Bellón Menchén 584.
Don Eufrasio de Bonilla y Bonilla 585.
581
En 1.893.
582
*Motilla del Palancar (Albacete), 14-12-1.853. +Madrid, 13-5-1.901. Licenciado en Derecho por la
Universidad Central de Madrid (10-1-1.882). Secretario judicial del distrito de Universidad de Barcelona
(15-10-1.887). Vicesecretario interino de la Audiencia de lo Criminal de Jaén (29-7-1.893); de Murcia (2210-1.894). Juez de Primera Instancia de Cañete (Cuenca, 17-11-1.897); de Nules (Castellón de la Plana, 211-1.898); de Huete (Cuenca, 26-12-1.898). En comisión de servicio en Madrid (29-4-1.901). CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
583
En 1.893. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem.
584
*Membrilla (Ciudad Real), 25-7-1.856 +21-2-1.914. Hijo de don Juan Bellón de las Heras y doña Isabel
Menchén Arias. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (16-7-1.888). Secretario
interino de la Audiencia de lo Criminal de Manzanares (Ciudad Real, 9-11-1.889); de Don Benito (Badajoz,
21-10-1.890). Vicesecretario interino de la Audiencia Provincial de Jaén (28-10-1.894). Secretario interino de
Huelva (11-5-1.898; en propiedad, 22-7-1.898). Juez de Primera Instancia de Villanueva de los Inrfantes
(Ciudad Real, 7-3-1.902); de La Carolina (Jaén, 30-1-1.904). Excedencia (26-7-21.906). Juez de
PrimeraInstancia de Montáchez (Cáceres, 23-6-1.908); de Motilla del Palancar (Albacete, 4-9-1.909); de
Úbeda (Jaén, 20-11-1.909); de Baeza (Jaén, 1-2-1.913). Con domicilio en Jaén, Fonda Victoria (Campillejo
de las Cruces, esquina C/, Salido). AIEG.: BOPJ nº 36, de 25-3-1.913, pág. 3. CAÑADA QUESADA, R.:
Archivo privado. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. PARROQUIA DE SANTIAGO EL
MAYOR (Membrilla).: Libros de Bautismos, 1.856, libro 27, folio 67. R. DE. DE BAEZA.: Libros de
Matrimonios, 1.913-1.917. R. C. DE MEMBRILLA.: Libro de Nacimientos, 1.871, tomo 1, folio 9.
585
*Jaén, 25-5-1.865 +Sevilla, 22-9-1.932 (clínica de la Cruz Roja donde había sido sometido a una operación
quirúrgica). Hijo de don Gabriel de Bonilla y Alcázar y doña Eufrasia de Bonilla y Forcada (Jaén, San
Ildefonso, 1.859). Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (15-11-1.887).
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (31-2-1.888/1.895). Opositó a la Judicatura. Juez
Municipal de Jaén (bienio, 1.893/18-6-1.895). Vicesecretario interino de la sección 3ª de la Audiencia de lo
Criminal de Jaén (24-7-1.895); de Teruel (16-5-1.898; en propiedad 15-3-1.899); de Alicante (3-9-1.901); de
Almería (15-12-1.905). Juez de Primera Instancia de Huelma (Jaén, 26-5-1.906). de Órgiva (Granada, 26-91.906); de Toro (Zamora, 20-9-1.909); de Cazalla (Sevilla, 20-11-1.906); de Martos (Jaén, 9-9-1.911).
Abogado fiscal de la Audiencia Provincial de Las Palmas (10-6-1.913). Teniente fiscal de la Audiencia
Provincial de Lérida (5-7-1.913); de Badajoz (19-8-1.913). Magistrado de la Audiencia Provincial de Almería
(25-6-1.917); de >Huelva (30-8-1.917). Magistrado de la Audiencia Territorial de Oviedo (28-2-1.920); de la
de Sevilla (25-4-1.920). Presidente de sección de la misma (9-1-1.922). Magistrado de término en el mismo
cargo (17-11-1.928). Presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla (15-10-1.929), hasta su fallecimiento.
En su expediente personal consta un informe que dice textualmente: “…viene desempeñando el cargo de
Presidente de la Sección 2ª de la Audiencia Provincial de Sevilla a satisfacción de sus jefes, siendo funcionario muy estimable
por su inteligencia, celo y aptitud, mereciendo el respeto de todos y el cariño de sus compañeros…”. Cofrade de la Santa
Capilla de San Andrés (21-11-1.880) y Consolidario (1.926), donó 5 pesetas para la erección de un
monumento al venerable fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914). Propietario de numerosas fincas
agrícolas en los pagos de Otiñar, el Llano (cerca de la Peña del Gato, 1.869), Jabalcuz, Fuente de la Peña,
Puente Nuevo y Puente de Montoya. Casado con doña María Teresa Marín Muñoz (Jaén, San Ildefonso,
26-1-1.888). Con domicilio en Jaén, C/, Ancha nº 6 (1.865) e Isabel Méndez nº 1 (1.888). AHDCJ.: Carpeta
de Desposorios entre parientes, 522-D. AICAJ.: Listas, 1.888, Libro…, op. cit, pág. 93 y Expediente personal. AUG.:
Expediente académico. CAÑADA QUESADA, R.: “Bonilla”, op. cit, pág. 676. CAZABÁN LAGUNA, A.:
“El monumento a González Doncel en la Santa Capilla”, e “Inauguración solemne del Pabellón de la
Provincia de Jaén, en la Exposición Ibero-Americana, de Sevilla”, DLS, op. cit, 1.915 y 1.929, págs. 50-51 y
331, respectivamente. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit,
- 238 -
Oficial 1º de Sala.: Don Pedro de las Parras y Ramírez de Aguilera
Don Juan Nepomuceno Toral y Bonilla 586.
Don Francisco Javier Melgarejo y Aguirre 587.
Don Antonio Munar de la Torre.
Don Ángel Jiménez Jiménez 588.
pág. 256. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.894 y 1.895, tomos 49 y 52, folios 1, respectivamente; de
Matrimonios, 1.888, tomo 19, folio 2. R. C. DE SEVILLA.: Libro de Defunciones, 1.9321, tomo 262, pág. 771.
SCSA.: Memoria…, op. cit. TORAL PEÑARANDA, E.: “Los linajes…”, op. cit, pág. 343.
586
*Jaén, 13-2-1.832 +22-11-1.890. Hijo de don Juan Nepomuceno Toral y Carrillo de Albornoz (*Jaén, 24-11.796 +16-8-1.838) y doña Josefa Salvadora de Bonilla y Salido (Jaén, San Ildefonso, por el tío paterno del
contrayente don Francisco de Paula Toral y López de Ortega, Provisor General de la Diócesis del
Obispado de Jaén, 24-3-1.818; el celebrante *Jaén, 4-9-1.798 +11-6-1.872); ella contrajo segundas nupcias
con don Jerónimo Jiménez de Oviedo). Previa información de limpieza de sangre y buenas costumbres
realizada por su madre viuda, ingresó en la Academia Militar de Infantería (la que tuvo que abandonar por
motivos de salud). Empleado de la secretaría del Ayuntamiento de Jaén (éste dato lo conocemos por una
acta que dice: “…pide que se le abone lo que de su sueldo se le adeuda” (23-11-1.853/4-6-1.855). Licenciado en
Derecho por la Universidad de Granada. Administrador de Rentas de Andújar (Jaén, 1.866). Diputado
Provincial de Jaén; elegido Visitador de la Beneficencia por 14 votos a favor y 5 en blanco (con un sueldo
anual de 1.000 pesetas),1.885/30-6-1.888, por jubilación).En virtud del edicto insertado en el BOPJ relativo
a la provisión de una plaza de oficial de sala de 2ª clase de la Audiencia de lo Criminal de Jaén, dotada de
1.500 pesetas anuales, presentó solicitud al Sr. Presidente a la sazón don Cristóbal Martín de Herrera, en la
que termina suplicando: ”…se sirva proponerme para tal cargo en consideración también a mis largos servicios al Estado
en otros ramos…”, en terna con don César Álvarez Cascos y don Francisco Serrano Esteban (28-8-1.889;
nombrado el 27-9-1.889). Padrino de bautizo de su sobrino-nieto don José Toral y Sagristá (Andújar, 20-11.874). Casado con doña María Josefa Pérez y Pérez (Jaén, San Bartolomé, 23-2-1.853, sin sucesión). Con
domicilio en Jaén, C/, Pilar de la Imprenta s/n y Jorge Morales nº 24. ADPJ.: Legajos 2.703, 9 y 2.734/5.
AHDCJ.: Libro de Bautismos del Sagrario nº 29, folio 187 y Libro de Desposorios de San Bartolomé nº 17, pág. 24.
AHMJ.: Libro de Actas de 23-11-1.853, 9-10-1.854, 3, 10 y 22-5-1.855 y 4-6-1.855, respectivamente. AIEG.:
BOPJ, de 2-2-1.871 y 16-8-1.889, págs. 3 y 4, respectivamente. BACHILER, M. M.: Op. cit, pág. 234.
CAÑADA QUESADA, R.: “Bonilla”, ibídem, CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Jaén…, op. cit, Apéndice nº 201. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.871, tomo 1,
folio 371 y Defunciones, 1.890, tomo 47, folio 320. TORAL PEÑARANDA, E.: “Los linajes …”, op. cit,
págs. 640-642.
587
Por R. O. De 5-3-1.881. *Mancha Real (Jaén, 19-8-1.849 +Jaén, 17-6-1.925. Hijo de don Vicente Melgarejo
Ruiz (*Sabiote -Jaén-) y doña Juana Aguirre Poblaciones (*Beas de Segura -Jaén-). Bachiller en Artes y
aprobadas las asignaturas del Notariado. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.872).
Secretario del Ayuntamiento de Fuerte del Rey (Jaén). Oficial 1º de la Delegación de Hacienda de Jaen.
Opta a la plaza de oficial 2º de sala de la Audiencia de lo Criminal de Jaén, por la vacante producida por la
muerte de don Juan Nepomuceno Toral y Bonilla, a la que también aspiraron don José Bermeja Sena y don
Francisco Serrano Esteban (5-3-1.891, éste último Juez Municipal de Jaén, 1.903); suprimida la Audiencia
de lo Criminal, nombrado oficial de 1º de sala de la Provincial (14-3-1.891). Solicita la jubilación, concedida
(15-12-1.924). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (18-12-1.898); donó 5 pesetas para la erección de
un monumento al venerable fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914). Administrador de fincas (1.910).
Socio de la RSEAPJ (30-1—1.911). Casado con doña Dolores Forjada de Uribe (Jaén, San Pedro, 15-101.874). Con domicilio en la C/, Los Álamos s/n, del Carmen nº 5 y Los Torres nº 1.AAPJ.: Libro-Registro…,
op. cit, pág. 2. CAZABÁN LAGUNA, A.: “El monumento a González Doncel en la Santa Capilla”,
DLS…, op. cit, 1.915, págs. 50-51. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. GALIANO PUY, R.:
Archivo privado. PARROQUIA DE SAN JUAN EVANGELISTA (Mancha Real).: Libro de Bautismos de
1.849. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.877, tomo 15, pág. 500; de Matrimonios, 1.874, tomo 6, folio
134 y Defunciones, 1.925, tomo 114, folio 61 vto. SCSA.: Memoria…, op. cit. SERRANO PEREA, J.: Op. cit,
págs. 113 y 132.
588
Oficial de sala de la Audiencia de lo Criminal de Manzanares (Ciudad Real, 26-12-1.882). Oficial 2º en
- 239 -
Don José Roig Martínez 589.
VI. LOS FISCALES 590.
El decreto de creación del Tribunal Supremo de 1.812, equiparaba por
igual a los Magistrados con los Fiscales, tanto en el ámbito protocolario como
en el nivel de las retribuciones; ambos tenía concedido el tratamiento de
“Ilustrísima” y respecto a los emolumentos: “Cada magistrado de este Supremo
Tribunal tendrá un sueldo anual de 80.000 reales, y el Presidente 100.000” 591. Ya en el
ámbito jurisdiccional viene regulado en los Reglamentos de 1.814 y 1.835, que
imponía a los fiscales la asistencia a Sala como jueces, cuando el número de
ministros fuera insuficiente 592.
VII. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN 593.
comisión de servicios en la sala de la Audiencia Provincial de Jaén (24-7-1.892), renuncia a la misma por
haber sido nombrado Escribano del Juzgado de Primera Instancia de Almodóvar del Campo (Ciudad Real,
1-2-1.897). Con domicilio en Jaén, C/, Cuatgro Torres nº 7. AHN.: Sección 2ª del Ministerio de Hacienda. Junta
de Clases Pasivas. CUATRO HERRERA, J. R., de la.: Archivo privado.
589
*Cartagena (Murcia), 29-5-1.857 +¿ Hijo de don Narciso Roig La Bisbal y doña Concepción Martínez
Martínez. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (1.881). Incorporado a los Ilustres
Colegios de Abogados de Madrid y Cartagena (18-2-1.881 y 15-5-1.881), respectivamente). Fiscal municipal
de Cartagena (15-6-1.887). Registrador de la Propiedad interino de Cartagena (1.886). Oficial 2º de sala de
la Audiencia de lo Criminal de Cartagena (16-7-1.888); con igual categoría de la Audiencia Provincial de
Jaén (R. O. de 24-7-1.892); solicita el traslado de oficial 2ª de sala de la Provincial de Alicante (2-4-1.894);
reitera su petición (21-2-1.895). Oficial de sala de la Audiencia Provincial de Guadalajara (6-3-1.908);
renuncia a la plaza (17-3-1.908, se le acepta el 24 siguiente). Solicita la plaza de oficial 1º de la Audiencia
Provincial de Jaén (21-1-1.913). Solicita la jubilación (10-9-1.921). Con domicilio en Jaén, C/, San
Bartolomé nº 11 y Plaza de los Caños nº 2. AAPJ.: Libro-Registro…, op. cit, pág. 1 vto. CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. PARROQUIA DE SANTA MARÍA DE GRACIA (Cartagena).: Libro de
Bautismos nº 13, folio 139. SERRANO PEREA, J.: Op. cit, pág. 132.
590
Al respecto el profesor Moreno Pastor opina: "...la figura del fiscal en su dimensión histórica, es un trabajo que hasta la
fecha no ha sido abordado, pese a su importancia. Sus precedentes: el Procurador Fiscal y el Procurador de la Justicia".
MORENO PASTOR; L.: Op. cit, 297.
591
Ibídem.
592
Por las razones de espacio de tan constante referencia, limitamos el análisis de esta institución Fiscal, los
interesados en conocer más sobre la materia, vid, bibliografía citada. Ibídem, 297-303.
593
La Constitución de 1.808, conocida como "de Bayona" (art. 101). La Constitución de 1.812 disponía: "Se
establecerán partidos proporcionalmente iguales, y en cada cabeza de partido habrá un juez de letras con un juzgado
correspondiente" (art. 273). Por Decreto de 30-11-1.833 las Cortes aprobaron un Reglamento de las Audiencias
y Juzgados de Primera Instancia. La Ley Adicional a la Orgánica del Poder Judicial de 14-10-1.882, art. 11:
"Los jueces de primera instancia desempeñaran las funciones de jueces de instrucción, y serán además competentes para conocer en
segunda instancia de los juicios de faltas, así como de los incidentes que la Ley de Enjuiciamiento criminal les atribuye". El
Juzgado de Instrucción de Jaén estaba establecido en el mismo domicilio del Sr. Juez, C/, Rueda nº 11
(Montero Moya). Con anterioridad estuvo ubicado en el Palacio Municipal, y su acceso lo tenía por la C/, del
- 240 -
El Juzgado de Instrucción tiene su origen en la propia Ley de
Enjuiciamiento Criminal de 1.882, y con un cometido específico: averiguar,
discernir y desentrañar los hechos constitutivos de delito, para así ofrecérselos
a un tribunal sentenciador: la Audiencia Provincial que se encarga de fallar,
resolver e imponer, en su caso, la pena correspondiente. Respecto al de
Primera Instancia, la Ley de 10-1-1.838, se hablaba de los mismos. La Ley
Provisional sobre organización del Poder Judicial (15-9-1.870), habla de jueces
municipales y de tribunales de partido, señalando más adelante, las
competencias de éstos últimos que son sustancialmente las que en la
actualidad tienen los jueces de Primera Instancia. La Ley de Enjuiciamiento
Civil (3-2-1.881) que, con las modificaciones establecidas posteriormente, es la
vigente en la actualidad, vuelve a emplear los términos Juzgado y Juez de
Primera Instancia que son aquellos a los que se atribuye la competencia en
materia civil.
El Juzgado de Primera Instancia estaba compuesto por el juez, un
promotor fiscal, un secretario, escribano, abogados, diez procuradores, alcalde
de la cárcel del Partido y dos alguaciles.
Asimismo aportamos también la primera plantilla orgánica del Juzgado
de Instrucción y Primera Instancia, correspondiente a igual período 594:
Juez: Don Luis Gonzaga Leal595.
Don Felipe Pozzi Gentón 596.
Obispo (1.896). CASUSO QUESADA, R. A.: "El concurso de proyectos para las nuevas Casas
Consistoriales de Jaén (1.896-1.899), en la encrucijada final del siglo XIX", Senda..., op. cit, nº 47-48, págs. 255
y 258. GUARDIA GARCÍA, P.: "Fondos del partido judicial de Villacarrillo y Orcera", BIEG nº 180. Jaén,
6º Seminario de Bio-Bibliografía Giennense "Manuel Caballero Venzalá", 2.002, pág. 299 y ss. MURILLO Y
GARCÍA ATANCE, M.: "La documentación de los Juzgados de lo Penal: Instrucción, Penal, Menores y
Vigilancia Penitenciaria", Actas de las VI jornadas de archivos aragoneses. Situación y perspectivas de los archivos de la
Administración de Justicia. Zaragoza, colección: "Actas" nº 41, 1.996, pág. 89. RODRÍGUEZ DE VICENTE
TUTOR, M. M.: "La documentación de los Juzgados de Primera Instancia: Primera Instancia, Registro Civil
y Familia", Actas de las VI jornadas de archivos aragoneses. Situación y perspectivas de los archivos de la Administración de
Justicia. Zaragoza, colección: "Actas" nº 41, 1.996, págs. 33 y ss.
594
AICAJ.: Listas, 1.886-1.895.
5951.863.
Como dato socialmente curioso destacamos que actuó de testigo en la boda contraída entre el
inolvidable vate de Jaén don Antonio Almendros Aguilar con doña Luisa Camps Arredondo (Jaén, Sagrario
por el párroco don Francisco Juan Soto de Molina, 25-6-1.864), hija de don Antonio María Camps y López,
segundo Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén; también firmaron de testigos don Tomás
Sánchez Vera, Secretario General del Gobierno Civil de Jaén, y más tarde elegido Decano del citado
Colegio y don Antonio Folache y Rodríguez de Henestrosa, hermano político del contrayente por su
casamiento con doña Concepción Almendros Aguilar. SANCHO SÁEZ; A.: Almendros…, op. cit, pág.78.
596
*Lugo, 1.851 + ¿ Hijo de don Domingo Pozzi y doña Valentina Gentón. Licenciado en Derecho (¿, 9-121.876). Auxiliar de la Secretaría del Ministerio de Gracia y Justicia (14-3-1.874); Oficial 4º, 3º y 2º de
- 241 -
Don Jorge Coca Salcedo 597.
Don Antonio Merino Miguel598.
Don Cipriano de Lara Basrreñada 599.
Negociado del mimo Ministerio (14-9-1.874, 7-2-1.876 y 13-2-1.882, respectivamente). Juez de Primera
Instancia de Belmonte (Cuenca, 1-2-1.883). En comisión de servicio en Madrid (27-8-1.883). Juez de
Primera Instancia de Gijón (Oviedo, 8-10-1.883); de Baeza (Jaén, 18-5-1.885); de Jaén (4-3-1.887/1.888).
Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Sevilla (5-3-1.888). Magistrado de a Audiencia de lo
Criminal de Manzanares (Ciudad Real, 2-8-1.889); de León (24-9-1.889). Fiscal de la Audiencia de lo
Criminal de Llerena (Badajoz, 16-11-1.891). Excedente (16-7-1.892). Magistrado de la Audiencia Territorial
de Granada (23-9-1.892). Fiscal de la Audiencia Provincial de Toledo (13-9-1.893); de Córdoba (17-91.894); de Badajoz (20-7-1.895); de Lugo (26-8-1.895). Magistrado de la Audiencia Provincial de Granada
(25-9-1.895). Presidente de la Audiencia Provincial de Jaén (12-10-1.895). Magistrado de la Audiencia
Territorial de Sevilla (30-6-1.896). Magistrado de la Audiencia Provincial de Sevilla (16-12-1.902). Fiscal de
la Audiencia Provincial de Barcelona (19-12-1.904). Presidente de la Audiencia Territorial de Sevilla (3-71.905); de Cáceres (22-3-1.907); de Sevilla (13-5-1.907). Presidente de la Audiencia Territorial de Sevilla (1710-1.913). Fiscal de la Audiencia Provincial de Oviedo (15-12-1.913); de Palma de Mallorca (12-1-1.914).
Solicita la jubilación (31-1-1.914); se decreta la misma (13-2-1.914). Ingresó en la Academia de
Jurisprudencia (1-11-1.885). En posesión de la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica (“…por los
trabajos prestados contra el bandolerismo…”, 20-1-1.908). Con domicilio en Jaén, C/, Llana s/n. CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN. Libros de Nacimientos, 1.888-1.889, tomos 332 y
37, folios 1, respectivamente.
597
*Villacastín (Segovia), 23-4-1.844 +Madrid, 2-12-1.897. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad
Central de Madrid (5-9-1.868). Promotor fiscal de Guía en comisión (Pontevedra, 23-4-1.869); de Riaza
(Segovia, 25-5-1.869); en propiedad (18-9-1.870); de Arévalo (Ávila, 18-12-1.871); de Trujillo (Cáceres, 283-1.880). Juez de Primera Instancia de Hinojosa (Guadalajara, 1-1-1.883); de Arévalo (29-3-1.883); de Jaén
(9-11-1.885/1.887); de Baeza (Jaén, 2-4-1.887). El Ilustre Colegio de Abogados de Jaén con fecha 10-31.887, se sumó al clamor popular de Jaén (6-3-1.887), e incluso de los vecinos de Torredelcampo (Jaén, 9-31.887), solicitando al ministro de Gracia y Justicia, a la sazón don Manuel Alonso Martínez, que dejara
invalidado su traslado, en virtud a que era un Juez que gozaba de una notaria sindéresis (22-7-1.886/11-71.887). Hasta el día 25-1-1.890 se le habían impuesto 45 multas, la mayoría de ellas les fueron archivadas.
Juez de Primera Instancia de Cartagena (Murcia, 13-9-1.893). Abogado fiscal de Pamplona (26-12-1.894).
Teniente fiscal de Tarragona (15-4-1.895). AICAJ.: AA.JJ.GG, de 9-3-1.887. CUADRA HERRERA, J. R.,
de la.: Ibídem. LASSO GAITE, J. F.: Op. cit, pág. 138. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.886 y
1.887, págs. 1, respectivamente.
598
*Aranda del Duero (Burgos), 10-6-1.824 + ¿. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Zaragoza
(27-6-1.849). Promotor fiscal en Aranda de Duero (6-2-1.857). Cesante (11-8-1.858). Retorna de Promotor
fiscal de Aranda de Duero (19-10-1.866). Cesante (20-11-1.868). Retorna de Promotor fiscal de Aranda de
Duero (19-10-1.866). Cesante (20-11-1.868). Promotor fiscal de Villarcayo (Burgos, 26-7-1.875); de Orgaz
(Toledo, 6-9-1.875). Juez de Primera Instancia de Casas Ibáñez (Albacete, 18-7-1.878); de Salas de los
Infantes (Burgos, 30-7-1.878); de Becerreá (Lugo, 1-3-1.881); de La Vecilla (León, 2-8-1.881); de Almazán
(Soria, 2-1-1.882); de Salas de los Infantes (22-2-1.884). Cesante (12-9-1.884). Rehabilitado como Juez de
Primera Instancia de Salas de los Infantes (22-9-1.884); de Igualada (Barcelona, 5-11-1.884). Promotor fiscal
de la Audiencia de lo Criminal de Játiva (Valencia, 26-2-1.887). Juez de Primera Instancia de Jaén (10-31.888/1.889. Jubilado (10-4-1.889). CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Ibídem. DE CADENAS Y
VICENT, V., et alii.: Archivo…, op. cit, pág. 239. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.889, tomo 39,
folio 1.
599
*Madrid, 26-9-1.843 + ¿ Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (21-6-1.867);
doctorándose en la misma Universidad (6-7-1.868). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
(1-5-1.869). Abogado de pobres en Madrid (1-7-1.869/3-2-1.872). Promotor fiscal de Castollete (Teruel,
20-5-1.872); de Albarracín (Teruel, 10-10-1.873); de Calamocha (Teruel, 9-4-1.874). Cesante (30-5-1.875).
Regresa de Promotor fiscal de Arrecife (Lanzarote, Canarias, 11-3-1.876); de Ayora (Valencia, 10-4-1.876);
de Montalbán (Teruel, 24-4-1.876); de Pina (Zaragoza, 7-2-1.881); de Montalbán (21-3-1.881); de Boltaña
- 242 -
Don Bernardo Cuadrao Cotorro 600.
Don Francisco Frías Villalobo 601.
Don Francisco Rodríguez de Guevara 602.
Don Carlos de Entrumburuguen 603.
Escribano604 y Secretario de Gobierno del Juzgado: Don Antonio Sánchez de la
Torre.605.
(Huesca, 23-6-1.881); Pina (3-4-1.882). Secretario de la Audiencia de lo Criminal de Lérida (20-12-1.882).
Juez de Primera Instancia de Tamarite (Huesca, 29-3-1.883); de Fraga (Huesca, 10-1-1.884); de Caspe
(Zaragoza, 13-11-1.885); de Gandesa (Tarragona, 12-11-1.886); de Falset (Tarragona, 14-4-1.889); de Jaén
(4-10-1.889/1.890; Juez especial para un sumario en Jaén (421-3-1.890). Abogado fiscal de la Audiencia
Territorial de Zaragoza (19-9-1.890). Juez de Primera Instancia de Castellón de la Plana (30-10-1.890).
Abogado fiscal de la Audiencia Provincial de Cáceres (18-4-1.895); de Valencia (28-11-1.895); de Cáceres
(22-1-1.896); de Sevilla (10-10-1.896). Magistrado de la Audiencia Provincial de Teruel (7-1-1.901). Fiscal de
la Audiencia Provincial de Teruel (18-1-1.904). Magistrado de la Audiencia Provincial de La Palma
(Baleares, 17-1-1.910). Solicita la jubilación (9-5-1.911; se le concede, 15-5-1.911). CUADRA HERRERA, J.
R., de la.: Ibídem. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.890, tomo 41, folio 1.
600
*Sedano (Burgos), 20-8-1.846 +Burgos, ¿ Hijo de don Matias Cuadrao de la Peña y doña María Candelas
Cotorro Bustillo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad Central de Madrid (3-4-1.872). Juez
Municipal de Sedano (16-9-1.872). Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Egea de los
Caballeros (Zaragoza, 2-9-1.874); de Villadiego (Burgos, 16-9-1.874). Juez Municipal de Sedano (5-6-1.875).
Promotor fiscal del Juzgado de Primera Instancia de Santa Cruz de la Palma (Tenerife, 28-9-1.876); de
Almansa (Albacete, 10-12-1.877); de Belorado (Burgos, 31-3-1.879); de Burgos de Osma (Soria, -1-3-1.881).
Juez de Primera Instancia de Villadiego (13-4-1.881); de Cañete (Cuenca, 31-7-1.884); de Astudillo
(Palencia, 31-7-1.884); de Belorado (22-3-1.886); de Benavente (Zamora, 18-6-1.886); de Balaguer (Lérida,
2-6-1.888); de Manresa (Barcelona, 10-10-1.888); de Burgos (26-11-1.888); de Jaén (10-10-1.890/1.892).
Teniente fiscal de Albuñol (Granada, 12-7-1.892). Abogado fiscal de Palma de Mallorca (12-1-1.895). Juez
de Primera Instancia de Palma de Mallorca (16-3-1.895); del distrito de San Pablo de Zaragoza (1-5-1.895).
Jubilado a su instancias por imposibilidad física (2-4-1.897).
601
*Baena (Córdoba), 13-9-1.837 +Las Palmas de Gran Canaria, 19-8-1.904. Hijo de don Francisco Frías Gómez y
doña Dolores Villalobo Portillo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (20-10-1.866).
Promotor fiscal de Alcántara (Badajoz, 11-7-1.872); de Aguilar (Córdoba, 3-2-1.874); de Gaucín (Málaga, 1111-1.874); de Chiclana (Cádiz, 25-11-1.874); de Vinaroz (Castellón de la Plana, 10-1-1.876); de Villar del
Arzobispo (Valencia, 3-5-1.879); de Fuente Obejuna (Córdoba, 13-5-1.879); de Castuera (Badajoz, 8-3-1.880).
Juez de Aguilar (Córdoba, 10-3-1.880); de Villanueva de la Serena (Badajoz, 1-3-1.881). Abogado fiscal de la
Audiencia de lo Criminal de Pontevedra (20-11-1.883). Juez de Castuera (6-12-1.883); de Burgo de Osma
(Soria, 20-3-1.884); de Cabra (Córdoba, 29-3-1.884); de (ilegible, 9-6-1.885). Abogado fiscal de la Audiencia
de lo Criminal de Cartagena (Murcia, 12-8-1.886). Teniente fiscal de la Audiencia de lo Criminal de Algeciras
(Cádiz, 21-5-1.887). Juez de Primera Instancia de Jaén (24-7-1.891/1.895). Abogado fiscal de la Audiencia
Provincial de Granada (31-8-1.895). Juez de Primera Instancia del distrito del Sagrario de Granada, del
distrito de San Vicente de Valencia (25-1-1.899). Magistrado de la Audiencia Provincial de Cuenca (13-21.899); de Jaén (1-4-1.901). Magistrado de la Audiencia Territorial de Las Palmas de Gran Canaria (11-51.903). Casado con doña Francisca de Torres-Isunza Hita (Sevilla). Con domicilio en Algeciras, C/, Munición
nº 59; en Jaén, C/, Maestra Baja nº 73 y en Las Palmas de Gran Canaria, C/, Domingo Deniz, s/n.
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. R. C. DE ALGECIRAS.: Libro de Nacimientos, 1.891, tomo 25,
folio 265. R. C. DE JAÉN.: Libros de Defunciones, 1.894, tomo 56, folio 315 y Nacimientos, 1.892-1.895, tomos
47-50, págs. 1, respectivamente. R. C. DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.: Libro de Defunciones, 1.904,
tomo 40-1, folio 32 vto.
602
1.897/1902. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, tomos 57, 59, 61, 63 y 66, págs. 1, respectivamente.
603
1.912/1.913. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.912 y 1.913, tomos 86 y 87, folios 1, respectivamente.
604
Gráficamente "escribanos" o "notarios" aparece en el Fuero Juzgo. Alfonso X "El Sabio", los denomina
"escribanos públicos", regulados en la III Partida, Título XX. El Fuero Real establece que: "...en las ciudades y
- 243 -
Escribanos de actuaciones:606 Don Julián Herrador Cruz 607
villas mayores fueren puestos escribanos públicos e que sean jurados...". El filólogo Covarrubias, en su Tesoro de la Lengua
Castellana (1.611) dice, al respecto: "Llámase notario al que escribir en los tribunales los autos públicos. Éstos y todos los
demás que escribían con velocidad, usaban la letra por parte y muchas abreviaturas que por eso se llamaban "notas", de donde
tomaron el nombre de "notarios". BENITEZ CARRASCO, L.: Apuntes..., op. cit, pág. 44.
605
*Jaén, 25-11-1.820 +12-12-1.896. Hijo de don Juan Francisco Sánchez Sánchez y doña María Josefa de la Torre
de la Torre. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.841). Escribano de Jaén (19-91.848); sustituyó a don Joaquín Costa y Martínez, cuando éste hubo de abandonar repentinamente Jaén;
notario delegado del Ilustre Colegio de la Audiencia Territorial de Granada, en Jaén. Escribano del Excmo.
Ayuntamiento de Jaén. Archivero General de Protocolos, escribano y secretario de Gobierno del Juzgado de
Primera Instancia de este Partido (1.848-1.896). Destacamos que protocolizó el acta aprobada por el Pleno
del Ayuntamiento de Jaén, para la compra de un haza sita en el paraje conocido "cerro de Almagro",
propiedad del médico de Jaén, don Francisco Ruiz Alcázar, para la instalación de un nuevo cementerio
(1.891). Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.850-1.851). Comisionado por la Real Cofradía de Nuestro
Padre Jesús Nazareno, para adecuar los vetustos Estatutos de 1.704 ("El Abuelo", 20-9-1.851). Socio de la
RSEAPJ (11-6-1.854). Socio del Nuevo Casino de Jaén (1-4-1.860). Caballero de la Real y distinguida Orden
Española de Carlos III. Casado en primeras nupcias con doña Ursula Carrillo Palomino, y en segundas, con
doña Carmen Fernández Martos (Jaén, San Ildefonso, 23-4-1.881). Con domicilio en la C/, Maestra Baja nº
88, Mesa nº 10 (1.881) y San Fernando nº 2 (1.885). Otorgó testamento ante el notario de Jaén, don José
Tomás de Lanzas y Lozano. AHDCJ.: Libro de Bautismos de la
Parroquia de San Bartolomé nº 9, folio 207. AHPJ.: Protocolos de don Antonio Sánchez de la Torre, nº 180/1.882.
CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, II (C), pág. 345, refª. 2.183. CUADRA HERRERA, J.
R. de la.: Archivo privado. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 282. LÓPEZ
PÉREZ, M, et alii.: Nuestro..., op. cit, pág. 470. NICÁS MORENO, A.: Heráldica y Genealogía en el Reino..., op.
cit, pág. 334. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles Viejos", Senda..., op. cit, nº 4, pág. 75. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Matrimonios, 1.881, tomo 12, folio 58 vto. y Defunciones, 1.896, tomo 61, folio 432. SÁNCHEZ SALAZAR, F.:
Op. cit, pág. 294. TORRES PUYA, M. D.: Op. cit, pág. 24.
606
En la Gaceta del 23-5-1.891, apareció el R. D. de 20 de mayo de 1.891, reorganizando la clase de escribanos de
actuaciones, que según el art. 1º del Decreto, eran los funcionarios públicos autorizados para dar fe de todos
los actos judiciales cuyo conocimiento correspondía a los jueces de Primera Instancia e Instrucción. En
general había dos en cada Juzgado. En Almería, Bilbao, Granada, Jaén, La Coruña, Málaga, Salamanca,
Santander, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza, había cuatro. Madrid y Barcelona se regían por
Real Orden de 18 de abril de 1.890. Para ser escribano español se requería: 1º, ser español; 2º, haber
cumplido veinticinco años; 3º, ser de buena conducta moral; 4º, tener la cualidad de letrado o haber obtenido
certificado de aptitud para el ejercicio de la fe pública. El ingreso era por examen.
607
*Jaén, 1.845 +10-2-1.925. Hijo de don Antonio Herrador Lozano y doña Antonia Cruz Villar. Como dato
curioso histórico comentamos: intervino profesionalmente en el Abintestato y expediente incoado a instancia
del Procurador don Mariano Carrasco Cortés, en nombre y representación de doña Carolina García de
Quesada y García de Quesada, hermana política del doctoral de la Catedral de Jaén, don Manuel Muñoz
Garnica (10-1-1.877). Socio de la RSEAPJ (8-10-1.876). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (1.879),
donó 5 pesetas para la erección de un monumento al venerable fundador de la Santa Capilla (8-12-1.914).
Miembro activo del Ateneo de Jaén, de su sección Dramática y Lírica; intervino en la representación de "Los
Flacos", donde se reveló como gran actor dramático. Amigo de infancia de don Joaquín Ruiz Jiménez, del
que opinaba: "...derrochador de fino ingenio y de gracia andaluza...". Casado en primeras nupcias con doña Remigia
Morales Jiménez (Santa María Magdalena, 13-4-1.873) y en segundas, con doña Carmen Archillas de
Valdeastillas y Anguita (San Pedro, 14-1-1.903). Con domicilio en la C/, Aldana nº 3 y Plazoleta del Vinagre
(ensanche de la C/, San Bartolomé, 1.913). Testó ante el notario de Jaén, don Antonio Aponte y Diez del
Valle. BOPJ, op. cit, nº 20, de 15 de febrero de 1.913, pág. 5. CAZABÁN LAGUNA, A.: "El monumento a
González Doncel en la Santa Capilla" y "Han fallecido". DLS, op, cit, 1.915 y 1.925, págs. 50-51 y 64,
respectivamente. ESCALONA MOLINA, E.: Archivo privado. NICÁS MORENO, A., y MORENO JARA,
M.: Op. cit, págs. 390-391 y 399. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.873 y 1.905, tomos 2 y 35, folios
57 vto. y 10, respectivamente y Defunciones, 1.925, tomo 113, folio 416. RUIZ JIMÉNEZ, J.: Pretéritos..., op.
- 244 -
Don Emilio Ruiz Monereo 608.
Don Urbano Silva Acebedo609.
Don Casimiro Carrasco Díaz 610.
Don Manuel Carrillo Nieto611.
Don Francisco de Asís Ruiz Martí 612.
VIII. JUZGADO MUNICIPAL 613.
cit, págs. 390 y 423. SCSA.: Memoria..., op. cit.
608
*Jaén, 2-4-1.847 +21-4-1.892 (trágicamente, por herida en el cerebro a la salida del Puente de Santa Ana). Hijo
de don Juan José Ruiz Tejada y doña Juliana Monereo Domínguez. Escribano de actuaciones del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción de Jaén (1.878-1.886). Casado con doña Dolores Codes. Con domicilio en
Plaza de San Ildefonso nº 5. El hermano de su padre, don Francisco, Rector del Colegio de los Seises de la
Catedral de Jaén (1.853), Maestro de Capilla (1.854), Canónigo, dignidad de Beneficiado de la misma (1.878) y
benefactor de las Siervas de María, de Jaén. Primo y concuñado de don Esteban Monereo Charte. Con
domicilio en la C/, Hurtado nº 26. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Matrimonios, 1.873, tomo 2, folio 75 y Defunciones, 1.892, tomo 50, folio 275.
609
*Tuy (Pontevedra, 1.848 + ¿ Hijo de don Manuel Silva Romero (*Tuy, Licenciado en Medicina y Cirugía,
Catedrático y Secretario del Instituto de Enseñanza Media de Jaén) y doña Amalia Acebedo Marín
(*Rivadavía (Orense). Escribano de actuaciones del Juzgado de Primera Instancia de Jaén y Notario (5-41.877 y 1.886, respectivamente). Casado con doña Aurora Díez del Valle (Jaén, San Bartolomé, 13-4-1.867).
Con domicilio en la C/, Hurtado nº 17. Su hermano don Laureano, también abogado (1.885), casado con
doña Dolores, hermana de su esposa. Su hermano don Prudencio, profesor de Matemáticas de la Escuela
Normal del Magisterio de Jaén (1.885). AHDCJ.: Libro de Desposorios de San Bartolomé de 1.867, folio 88.
COITML.: Op. cit, pág. 172.
610
Jaén, 1.851 +2-5-1.935. Hijo de don Mariano Carrasco Cortés y doña María del Carmen Díaz Soria. Licenciado
en Derecho por la Universidad de Granada (1.872). Secretario judicial y de Gobierno del Juzgado de Primera
Instancia de Jaén (1.894-1.925). Casado con doña Felisa Petra Rodríguez Pérez (Jaén, Sagrario, 18-1-1.882).
Con domicilio en la C/, Duende nº 3 (Joaquín Costa, 1.888), Pi y Margall, 1 (Cerón) y Conde nº 5 (1.925). Su
hermano, don Ricardo, Gobernador y Consiliario de la Cofradía del Santo Entierro (1.904 y 1.911,
respectivamente). CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. FRANCÉS CÁMARA, E.: Op. cit, pág. 143.
MEDIANO CARRASCO, B.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.882, tomo 13, folio
26 y Defunciones, 1.935, tomo 127, folio 400. SANTA MARÍA MEDIANO, M.: Archivo privado. SERRANO
PEREA, J.: Op. cit, pág. 146.
611
(1.880). COITML.: Op. cit, pág. 172.
612
*Alcaudete (Jaén), 1.848 +Jaén, 8-4-1.901, en estado de soltero. Hijo de don Jaime Ruiz Romero y doña Matilde
Martí Jurado. Comienza su licenciatura en Derecho Civil y Canónico en la Universidad de Granada, solicita el
traslado de su expediente a la Central de Madrid, para culminar su carrera en la de Barcelona (1.875).
Escribano de actuaciones del Juzgado de Instrucción de Jaén (1.886). Con domicilio en la C/, Los Álamos 8.
AHPJ.: Protocolos de don Julián Espejo y García, escritura nº 1.067, folio 230 vto. CUADRA HERRERA, J. R. de
la.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.901, tomo 71, folio 304. RUIZ RUIZ DE
ADANA, J.: Archivo privado.
613
Por Decreto de 21-4-1.834, la Justicia Municipal estaba aún atribuida a los alcaldes respectivos. La Ley
Provisional Orgánica del Poder Judicial de 15-9-1.870, artº 12, establecía que, en cada término municipal
habrá uno o más jueces a los que llama “jueves municipales”. Ejercían sus funciones: un juez; un juez
suplente; un fiscal; un fiscal suplente; un secretario y dos oficiales. Instalado en Jaén en la plata baja del
Excmo. Ayuntamiento. Don Enrique María Repullés y Vargas nos describe su distribución: “…a la
izquierda estaba el despacho del Juez Municipal, y a la derecha el del escribano. Contiguo al primero estaba
la sala de juicios, un vestíbulo, el despacho del secretario y el archivo del juzgado…”. Su acceso por la calle
Juego de Pelota (Juan Montilla). CASUSO QUESADA, R. A.: “El concurso…”, op. cit, págs. 254-255 y ss.
GUARDIA GARCÍA, P.: Op. cit, pág. 304. MURILLO Y GARCÍA ATANCER, M.: Op. cit.
- 245 -
Siguiendo el criterio establecido para el Juzgado de Instrucción
anotamos las funciones que les eran inherentes por la meritada Ley Orgánica.
Eran competencia de los Juzgados Municipales intervenir en los actos
de conciliación: 1ª, ejercer la jurisdicción voluntaria en los casos que
expresamente autorizan las leyes adjetivas y sustantivas; 2ª, conocer en primera
instancia y en juicio verbal de las demandas cuya cuantía no exceda de 250
pesetas; 3ª, dictar a prevención las primeras providencias en testamentarias o
sucesiones intestadas hasta que tome conocimiento de ellas el Juzgado de
Primera Instancia y 4ª, desempeñar las comisiones auxiliares que los Jueces y
Tribunales superiores les confieran.
En lo Criminal, conoce en primera instancia de los juicios de faltas
comprendidas en el libro tercero del Código y en las Ordenanzas generales,
administración y régimen de las poblaciones, a saber: faltas contra el orden
público, las personas, la propiedad, los intereses generales y la de imprenta,
debiendo instruir a prevención, sobre todo los de pueblos las diligencias en las
causas.
Estos Tribunales conocen de las faltas, por parte, atestado, denuncia o
auto, de oficio y a instancia de parte en los juicios verbales, desahucios,
levantamientos, y algunos actos de jurisdicción voluntaria, como
informaciones, intervención en consejo de familia y demás que detalladamente
y por extenso señalan la Ley de Enjuiciamiento y el Código Civil.
Los juicios civiles se incoan presentando el interesado la papeleta o
escrito pidiendo la cita para el demandado.
Acordada por el Juez y hecha la citación, se celebra el juicio el día
señalado, devengando dos pesetas por cada hora que se invierta.
En ningún caso pueden exceder los derechos y costas de un 25% de la
cantidad que se litiga.
Junto al Juez de Instrucción (1.882), y por Ley de Bases Reguladora de
la Justicia Municipal (1.944), se configuran y constituyen los Juzgados
Municipales y Comarcales (luego denominados de Distrito), con competencias
- 246 -
para conocer y fallar en juicios de faltas (libro III del Código Penal).
Igualmente relacionamos la correspondiente al Juzgado Municipal de
Jaén referida asimismo al citado período de tiempo:
Juez: Don Mariano Lillo614.
Don José María Ortiz Carpio 615.
Don Luis Balguerías Doblas 616.
Don Juan Antonio Vilches Salazar 617.
614
1.872. R. C. DE JAéN.: Libro de Nacimientos, tomo 5, folio 1.
615
En 1.886. En el capítulo 2º aportamos su biografía. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.886, folio 1.
616
*Jaén, 1.850 +Madrid, 1.924. Hijo de don José Luis Balguerías Monereo (Licenciado en Medicina y Cirugía,
+Jaén, 9-2-1.874, otorgó testamento ante el escribano de Jaén, don Lorenzo de Bonilla y Alcázar), y doña
Carlota Doblas Serrano (Jaén, San Ildefonso, 9-12-1.846). Licenciado en Derecho por la Universidad de
Granada (25-6-1.872). Juez Municipal de Murcia (1.875-1.883); con igual categoría de Jaén (2-2-1.885).
Secretario del Ayuntamiento de Jaén (1.892-1.896, sustituyendo a don Juan Carrillo de Albornoz y Guilotó).
Publicó en el periódico La Regeneración: "Carta a D. Ricardo García Requena. Jaén, 2-10-1.905" (3-10-1.905).
Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (28-11-1.872). Casado con doña Eleuteria Arroyo Peñalvez (Jaén,
San Bartolomé, 3-11-1.892). Con domicilio en la C/, Carrera (Bernabé Soriano nº 24, 1.874) y Maestra Baja
nº 39 (Martínez Molina, 1.892). AHDCJ.: Libro de Desposorios del Sagrario nº 27, folio 306, y de San Bartolomé nº
10, folio 105. AHMJ.: LAC, 1.892-1.896. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, I (A-B), págs.
188-189, refª. 1.578-1.579. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Defunciones, 1.886, folio 1; Matrimonios, 1.892, tomo 23, folio 173 y Defunciones, 1.874, tomo 10, folio 83. SCSA.:
Memoria..., op. cit.
617
Cambil (Jaén), 11-11-1.824 +Jaén, 8-12-1.886. Hijo de don Martín de Vilches y Teruel y doña María de los
Dolores Salazar del Castillo. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.844, en su
expediente académico tiene incorporado un interesante trabajo sobre leyes). Abogado de los Tribunales
Nacionales. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (14-5-1.850). Juez de Paz de Cambil (1.858).
Se dedicó a la política durante su residencia en Cambil. Diputado Provincial por el partido judicial de
Huelma, sustituyendo a don Francisco Javier de Martos (1.853/2-1.854, y lo sería hasta el mes de julio, fecha
en que se produjo el golpe militar que llevó al poder a los liberales de Espartero, 8-4-1.854). Alcalde
Constitucional de Cambil (1.861 y 1.862, sustituido por su cuñado don Francisco García de Quesada). Siendo
concejal fue expedientado como responsable de deudas contraídas con la contribución, consumo y subsidio,
sus bienes fueron embargados, entre los que figuraban su casa de la Cuesta Morales y el molino adjunto,
aunque no pujaron ningún licitador el día de la subasta (1.862). En la década de los 70, fijó su residencia en
Jaén, estableciendo su domicilio en la C/, Rejas de la Capilla nº 10. Por el Presidente de la Audiencia
Territorial de Granada, fue elegido Juez Municipal de Jaén para los bienes 1.875-1.877; 1.877-1.879; 1.8791.881 y 1.885-1.887, respectivamente; actuando por tal condición, como Juez de Primera Instancia, interino
de Jaén y su Partido. Casado con su prima hermana doña María de la Asunción de Vilches y Salazar (Cambil,
7-4-1.849, ella *15-8-1.831 +25-8-1.889). AICAJ.: Listas, 1.850 y Expediente personal. COITML.: Op. cit, pág.
172. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Op. cit, págs. 438 y 482. GALIANO PUY, R.: "Genealogía en
Cambil durante los siglos XIX y XX", Sumuntán nº 9. Torredonjimeno (Jaén), CISMA, 1.998, págs. 151-152, e
"Historia de la casa solar de los Salazares de Cambil", BIEG nº 164. Jaén, págs. 130-131. LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 716. R. C. DE JAÉN. Libro de Defunciones, 1.886, tomo
38, folio 572. U. G.: Expediente personal.
- 247 -
Don Manuel de Miguel García 618.
Don Antonio de Ochoa y Jiménez de Góngora 619.
Don Juan Montón Civera 620.
Don Enrique Antonio de Guindos Torres 621.
Don Mariano Cuesta Carrión 622.
Don Eufrasio de Bonilla y Bonilla 623.
Don Antonio José Aponte y Díez del Valle 624.
Fiscal:
Don Alfredo Ruiz Martí 625.
Don José Bermeja y Sena 626.
Don Luis Gonzaga Folache y Orozco 627.
618
En 1.886, 1.887, 1.889, 1.890, 1.891, 1.892, 1.893 y 1.894. Su interesante biografía la aportamos en el apéndice
1º. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.886-1.887, 1.889-1.894, págs. 1, respectivamente.
619
Bienio 1.887-1.889. En el capítulo 1º aportamos su biografía.
620
Durante los bienios 1.887-1.889, 1.890-1.891 y 1.892-1.893. Ibídem.
621
Durante el bienio 1.891-1.892. Ibídem.
622
Durante el bienio 1.894-1.896. Ibídem.
623
Durante el bienio 1.894-1.895. En este mismo capítulo, y con anterioridad a esta nota aportamos su biografía.
624
Durante el bienio 1.895-1.896. En el apéndice 1º aportamos su biografía.
625
En 1.886. Ibídem.
626
En 1.892. Ibídem.
627
En 1.893. *Jaén, 27-2-1.869 +Barcelona, 14-3-1.933. Hijo de don José María Folache Sánchez (Presidente de la
sección de Tráfico y Comercio de la RSEAPJ, 1.877) y doña Josefa María Orozco Garrido. Licenciado en
Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (6-10-1.891). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén, con despacho abierto en la C/, Mesa nº 10 (1-5-1.892/1.899). Participó en el homenaje de
Jaén en el IV Centenario del Descubrimiento de América, que reunió a las firmas más importantes de
aquellos años, bajo el título genérico "Jaén a Colón", con una redondilla titulada "Lo que hizo ese tal
Colón...". Fijó su residencia en Almodóvar del Campo (Ciudad Real), donde fundó y dirigió El Eco del Distrito
(1.901-3-1.903). Después marcha a Madrid (1.903). Opositó a la Judicatura, siendo su primer destino en el
Juzgado de Primera Instancia de Santa Cruz de la Palma (Canarias, 1.906). Ascendido a Magistrado de la
Audiencia Provincial de Guadalajara (1.918). Juez de Instrucción de Barcelona (1.925). Consejero legislador
de la Comisión Internacional que Ankara (Turquía), requirió de diversos gobiernos para modificar y
actualizar sus vetustos códigos (1.926). Jefe Superior de Administración Civil del Estado (1.928). PresidenteMagistrado de la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona. Casado con doña Matilde Guillén
de Cózar (Guarromán (Jaén), 29-12-1.894. Con domicilio en Jaén, C/, San Bartolomé nº 13, Mesa nº 10
(1.899) y Talavera nº 6; en Barcelona, Villa Gloria, Paseo Maragall nº 15. AICAJ.: Listas, 1.892, Expediente
personal y LSAIICJ, op. cit, pág. 9. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, IV, (F), pág. 160, refª.
1.153-1.156. CASTILLO RODRÍGUEZ-ACOSTA, E, del.: Archivo privado. CAZABÁN LAGUNA, A.:
"Pues, sabrás, Inés hermana", DLS, op. cit, 1.918, 1.926 y 1.928, págs. 253, 30 y 318, respectivamente.
MORALES CUESTA, M. M.: "Jaén a Colón"..., op. cit, págs. 71-72, y Montero..., op. cit, pág. 275. R. C. DE
BARCELONA.: Libro de Defunciones, 1.933, tomo 49, folio 12. R. C. DE GUARROMÁN.: Libro de
Matrimonios, 1.894, tomo 3-3, folio 84 vto. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.901, tomo 63, folio 39.
SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: Op. cit, pág. 580.
- 248 -
Don Ramón María Serrano Perea 628.
Don Sixto Santa María Mitjana 629.
Secretario: Don Manuel López Monereo.
IX. REGISTRO CIVIL 630.
El Registro Civil está a cargo de los Juzgados Municipales, según la
Ley de 20 de Septiembre de 1.870.
Con arreglo a la Ley de Matrimonios y Registro Civil de la citada fecha,
a los art. 77 y siguientes del Código Civil y a la Instrucción de 26 de Abril de
1.889, la inscripción de nacimiento es obligatoria a los tres días siguientes de
efectuados y puede hacerse por el padre, la madre o un pariente próximo,
presentando la certificación de legitimidad de matrimonio de los padres. En
caso contrario la inscripción es provisional.
La inscripción de defunciones puede hacerla un pariente, un vecino o
cualquier otra persona, presentando la cédula personal y el certificado de
defunción expedido por el médico que haya asistido al enfermo.
En el Registro Civil se expide la papeleta de defunción, sin cuyo
requisito no se dará sepultura al cadáver en el cementerio.
628
*Granada, ¿ +¿. Hijo de don Domingo Serrano Medina y doña María del Carmen Perea Garzón. Fiscal del
Juzgado Municipal de Jaén (1.894). Vicesecretario de la Audiencia Provincial de Jaén (R. D. 16-5-1.911/3-11.913). Sus hermanos don Jerónimo, autor de la Guía de Jaén y su Provincia y Almanaque para el año 1.910 y don
Manuel, funcionario de la Diputación de Jaén, que tras ser cesado en 1.881 marcha a Cambil (Jaén), donde
ejercería como secretario del Ayuntamiento (1.884-1.888), casado en primeras nupcias con doña María de las
Angustias Maeso, y en segundas, con doña María del Pilar Piqueras Salazar, tras conseguir el divorcio de su
segunda esposa, renuncia a la plaza y se traslada con sus tres hijos pequeños a La Gineta (Albacete), donde
desempeñara el mismo cargo en su Ayuntamiento. Los diversos autores que citan en sus obras la mencionada
Guía, confunden el segundo apellido por Pérez. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, pág. 6 vto. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. GALIANO PUY, R.: "Historia...", op. cit, págs. 142-143. R. C. DE
JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.879, tomo 19, folio 160 y Matrimonios, 1.877, tomo 8, folio 24.
629
En 1.895. Su biografía la incluimos en el Apéndice I.
630
La primera Ley Reguladora fue de 17-7-1.870, art. 1, que fue sustituida por la de 8-6-1.957, que con su
Reglamento de 14-1-1.958, constituye con algunas modificaciones posteriores y normas complementarias la
regulación vigente. Sus dependencias estuvieron primeramente instaladas en la C/, Los Muertos nº 2
(Príncipe Alfonso) y posteriormente en el Palacio Municipal, en ésta última tenía su acceso por la C/, Juego
de Pelota (Juan Montilla, en su lado izquierdo, actual dependencias de la Policía Local), contando con una
sala de espera. CASUSO QUESADA, R. A.: "El concurso...", op. cit, pág. 255. RODRÍGUEZ DE
VICENTE TUTOR, M. M.: Op. cit, págs. 35-37.
- 249 -
La intervención de los Juzgados Municipales en los matrimonios estaba
entonces reducida a que con veinticuatro horas de anticipación los
contrayentes o el párroco den aviso de la celebración del acto para que asista
el juez o un delegado suyo y levante acta.
X. TRIBUNAL CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO 631.
Don Eugenio Alcalá Olmo Santa María 632.
Abogado E. y Fiscal Tribunal C-Adm. Jaén.
Don Mariano Molina Arauco .
Fiscal del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo de Jaén.
Fiscal accidental del Tribunal de lo
Contencioso
Administrativo
y
Abogado del Estado de Jaén.
633
Don Antonio Marín Acuña 634.
631
La Ley de 13 de septiembre de 1.888, reformada en 1.894, fue la disposición básica de las refundidas en el texto
vigente de la Ley de lo Contencioso-Administrativo, aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1.952. La Ley
supuso enorme avance para el imperio de la justicia en las relaciones administrativas. Pero si se tienen cuenta
las transformaciones sociales y jurídicas producidas desde aquella fecha y que las variantes introducidas en el
primitivo texto fueron accidentales y de detalle, queda justificada la necesidad de una reforma de nuestra
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que desde hace años viene siendo unánimemente exigida por la
Magistratura, la abogacía y la doctrina. Ley 27-12-1.956 Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa (Exposición de motivos).
632
*Málaga, 1.893. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.913). En su expediente personal
obrante en la Dirección General de Clases Pasivas consta una petición como Fiscal del Tribunal de Cuentas,
para que se le incluya dentro del escalafón de la Carrera Judicial y del Ministerio Fiscal con categoría de Fiscal
del Tribunal Supremo (12-12-1.889). Opositó al Cuerpo de Abogados del Estadoa (Promoción del 18-71.913, obteniendo el nº 13); siendo su primer destino en la Delegación de Hacienda de Jaén (25-3-1.913/306-1.920, en que fue trasladado a la de Málaga), por razón de cargo Fiscal del Tribunal de lo ContenciosoAdministrativo durante igual período. Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (21-8-1.917/3112-1.921), Madrid y Málaga. Habilitado por la Audiencia Territorial de Granada para dar fe de las actas y
escrutinio de las elecciones a diputados a Cortes (16-2-1.918). Jefe de la asesoría legal de la Dirección General
de la Deuda y Clases Pasivas. Asesor de la ONCE. Notable publicista, autor de las Ordenanzas Generales de las
Rentas de Aduanas. Casado con doña Josefina Sánchez de la Chica. Con domicilio en Jaén, C/, Bernabé
Soriano nº 14; Madrid, C/, Atocha nº 23. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, pág. 8. BOPJ nº 21, pág. 4.
CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. M. H.: Op. cit, pág. 228.
633
*Úbeda (Jaén), 11-8-1.864 +¿ Licenciado en Derecho por la Universidad Central de Madrid (8-11-1.886).
Oficial 2º escribano por el art. 5º del Estatuto (3-3-1.896); de 1º por igual artº (23-5-1.901). Jefe de negociado
de 3ª (1-1-1.906); de 2º (30-1-1.911) y de 1º (13-1-1.915). Jefe de administración de 3ª (1-4-1.920); de 2ª (25-61.920). Nombrado Fiscal del Tribunal Contencioso-Administrativo de Jaén (R. D., 15-6-1.920). Oposita al
Cuerpo de Abogados del Estado (promoción 5-6-1.928). Jubilado (D., 10-8-1.931). AAPJ.: Ibídem, págs. 12 y
13. AGA.: Sección de Hacienda, hoja de servicios. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. M. H.: Ibídem.
634
*Bailén (Jaén), 28-8-1.893 +Mancha Real (Jaén), 2-4-1.937. Hijo de don Sabas Marín Jiménez y doña Dolores
Acuña Gómez. Licenciado en Derecho y Filosofía y Letras por la Universidad de Granada (14-11-1.917).
Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (16-2-1.922/28-10-1.927, reincorporado, 1-10-1.930).
Fiscal accidental del Tribunal Contencioso-Administrativo de Jaén (R. D., 15-6-1.920) y Fiscal titular (9-7-
- 250 -
Don José Mihura Casas 635.
Don José Gómez Morales636
Presidente de la Audiencia Provincial y
Magistrado del Tribunal de lo
Contencioso-Administrativo de Jaén.
Magistrado de la Audiencia Provincial.
1.921/19-1-1.933). Abogado del Estado (promoción de 7-7-1.921). Nombrado primer Gobernador Civil para
Las Palmas de Gran Canaria (3-10-1.927), por tal motivo el alcalde de Bailén, don José María Morillo
Cárdenas (3-4-1.927/7-3-1.930, Teniente Coronel de Artillería, retirado), abrió una suscripción popular con
cien pesetas, para regalarle un bastón de mando; más tarde pasa a desempeñarlo en Orense (27-4-1.929/28-11.930) y posteriormente en Córdoba (1.936). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés; nombrado
Gobernador (1.935). Miembro activo de Renovación Española; en las elecciones celebradas el 16-2-1.936,
obtuvo 5 votos. Con motivo del fallecimiento de su madre (Bailén, 13-7-1.936), suspendió su tradicional viaje
de vacaciones a Torrelavega (Cantabria); al ser detenido por las milicias marxistas, se hizo cargo de su
defensa su amigo y compañero de foro, don Luis Fernández Ramos; durante el procesamiento por
Desafección al régimen, el fiscal, don Diego Vadillos Lechuga, solicitó su incompatibilidad por amistad
manifiesta, siendo sustituido por su compañero, don Guillermo Blanco Vargas (Conde consorte de
Colomera, por su matrimonio con doña María Magdalena Muñoz-Cobo y Burgos). Casado con doña María
Teresa García Martínez (Bailén, Zocueca, 30-3-1.922). Su hermano don José María, virtuoso sacerdote de
Bailén, contestó por él al ser nombrado para la expedición que formaron los 325 detenidos en la cárcel de
Jaén, que habían sido seleccionados para ser trasladados a Mancha Real (Jaén) donde fueron fusilados en las
tapias de su cementerio, en represalia por el bombardeo que sufriera Jaén el día anterior por las fuerzas
nacionales (2-4-1.937), al reconvenirle su hermano por su actitud contestó: "Tú tienes hijos y debes quedarte; yo
no". De poco sirvió su inmenso sacrificio, ya que formó parte de la comitiva en el primer "tren de la muerte",
y a su llegada a la estación de la Casa de Trabajo de Alcalá de Henares fueron fusilados (12-8-1.936). Con
domicilio en Jaén, C/, Espartería nº 1 (1.922), Hotel Francesa (Caja Postal, 1.922), Madre de Dios nº 3
(1.922) y Ancha nº 25 (1.936). AAPJ.: Ibídem, págs. 12, 13, 14 vto. y 21. AICAJ.: Listas, 1.923 y 1.935,
Expediente personal y LSAIICJ, op. cit, pág. 21. CAÑONES CAÑONES, J.: Op. cit, pág. 69. CAVALLÉ
COB0, F.: Un silencio estremecedor. Breve biografía del Rvdo. José María Marín Acuña. Jaén, Unión Tipográfica, 1.995,
págs. 4-5. CADENAS Y LÓPEZ, A. A., de y CADENAS Y VICENT, V, de.: Op. cit, pág. 337. CAZABÁN
LAGUNA, A.: "Pues sabrás, Inés hermana". DLS, op, cit, 1.927, 1.928 y 1.929, págs. 319, 63-368 y 157,
respectivamente. COBO ROMERO, F.: Conflicto rural y violencia política: el largo camino hacia la Dictadura: Jaén,
1.917-1.950. Jaén, Universidad de Jaén, 1.998, pág. 38. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado.
FERNÁNDEZ COS, A.: Archivo privado. HARO COMINO, M.: Op. cit, págs. 118 y 337. MARÍN
ACUÑA, J. M.: Op. cit, pág. 58. MARÍN GARCÍA, J.: Archivo privado. M. H.: Ibídem. R. C. DE BAILÉN.:
Libros de Nacimientos, 1.893, tomo 28, folio 172; Matrimonios, 1.922, tomo 16, folio 10 vto. y Defunciones, 1.928,
tomo 49, folio 340. SCSA.: "Gobernadores de la Santa Capilla. Años 1.900-1.995", Siempre nº 32, op. cit.
VALVERDE FRAIKIN, J.: Op. cit, pág. 193.
635
*Gergal (Almería), 4-2-1.885 +¿. Hijo de don José Mihura de Nágera (*Sevilla, 1.852, Registrador de la
Propiedad) y doña Rosario Casas del Castillo (*Écija, 1.852). Título de Bachiller en el Instituto de Almería
(1.899, con nota de sobresaliente). Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.911). Presidente
de la Audiencia Provincial de Jaén (3-7-1.934/15-7-1.937). Magistrado-Presidente del Tribunal Popular nº 1
de Jaén (31-8-1.936/9-7-1.937). Presidente de la Audiencia Provincial de Almería (O.M.J. 28-7-1.937). Al
término de la Contienda Civil le fue incoado por el Tribunal de Responsabilidades Políticas expediente nº
85/39 de fecha 6-9-1.939, fallándose en el sentido de destituirlo del cargo y baja en la Carrera (8-11-1.946).
Según opinión de don Alejandro Peris Caruana: "...se propuso el traslado del Sr. Mihura, fundado en razones de
moralidad, ya que no era digno para tan elevado cargo...". Socio de la RSEAPJ (14-10-1.934). Con domicilio en
Gergal, C/, Real nº 45. Anotamos que su abuelo materno, don Antonio de Casas y Moral, fue Registrador de
la Propiedad de Jaén, y alta en el Ilustre Colegio de Abogados (1.860), cuya biografía aportamos en el
Apéndice II. Con domicilio en Gergal, C/, Real nº 45. AAPJ.: ibídem, pág. 21 vto; Libro de Registro de 1.9381.939 y Libro de Sentencias de lo Contencioso-Administrativo de 1.936 (7-1-1.936/17-11-1.936). A.U.G.: Expediente
personal. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: La
Justicia..., op. cit, págs. 240 y 246. R. C. DE GERGAL.: Libro de Nacimientos, 1.885, tomo 22, folio 59.
636
Decreto 13-4-1.934, toma de posesión 12-5-1.934. AAPJ.: Ibídem, pág. 21.
- 251 -
Don Fernando Serrano Salvador 637.
Magistrado de la Audiencia Provincial
y del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo de Jaén.
638
Don Manuel Docavo Núñez .
Magistrado de la Audiencia Provincial
y del Tribunal de lo Contencioso
Administrativo de Jaén.
Don Francisco de Asís Nestares y Magistrado de la Audiencia Provincial
y del Tribunal de lo ContenciosoFernández de Liencres639.
637
*Madrid, 13-2-1.893 +17-6-1.960 (Sacramental de Nuestra Señora de la Almudena). Hijo de don Gabriel
Serrano y doña Concepción Salvador. Licenciado en Derecho y Filosofía y Letras en la Universidad Central
de Madrid. Desempeñó durante varios años la cátedra de Geografía e Historia del Instituto de Segunda
Enseñanza de Segovia. Ingresó en el Cuerpo Judicial en 1.921. Siendo su primer destino como de Magistrado
de la Audiencia Provincial de Jaén, por vacante por promoción de don José Arias (R. D. 13-10-1.934/10-11.936). Magistrado de la Audiencia Provincial de Lugo (4-2-1.936); se le asciende a Presidente de la misma
Audiencia Provincial (1.943). Destinado a la de Granada (4-2-1.936); se le asciende también a Presidente de la
meritada Audiencia (BOE, 4-8-l.943); cesa por traslado como Presidente de la Audiencia Territorial de la
misma, por fallecimiento de don José Gómez Morales (31-10-1.955-17-6-1.960). Gran amante del arte
pictórico, al que dedicó las escasas horas que su trabajo le permitía y a la música. La manifestación de duelo
fue presidida por el ministro de Justicia, Sr. Iturmendi; don Fernando (hermano del fallecido, Magistrado de
la Audiencia Provincial de Guadalajara); en otra presidencia figuraban el director general de Justicia, don
Vicente González; el fiscal del Tribunal Supremo, Sr. Alamillo; el gobernador civil de Granada, Sr. Afín
Delgado; presidente de la Audiencia Territorial de Madrid, don Esteban Samaniego; el presidente de la
Audiencia Provincial de Guadalajara; el Inspector Central de los Tribunales, Sr. García Montero, y diputado
primero de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, don José Ferrer Saras, en
representación del decano de la Corporación. Además, numerosos jueces de Madrid y letrados del Ministerio
de Justicia; otros miembros de la carrera judicial y fiscal. Casado con doña María Isabel Monteavaro y
Monteavaro. Con domicilio en Granada, Audiencia Territorial; y en Madrid, C/, General Mola nº 88. AAPJ.:
Ibídem, folio 21 vto. y Libro de Sentencias..., ibídem. AAP de Lugo.: Libro de Toma de Posesiones y Ceses, pág. 6.
ARCHIVO DE LA REAL CHANCILLERÍA DE GRANADA (en lo sucesivo: ARCHG).: Cajas 21.011,
pieza 39 y 21.012, pieza 54. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem. El Ideal de Granada.: Número 8.661,
domingo, 19-6-1.960, págs. 1 y 2. R. C. DE MADRID.: Libro de Defunciones, 1.960, tomo 268-3, folio 104.
638
R. D. 21-11-1.934/10-12-1.934. Magistrado de Trabajo de Jaén (1.943). Destinado a la Dirección General de
Trabajo. AAPJ.: Ibídem, folio 22, y Libro de Sentencias..., ibídem. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Ibídem.
639
*Granada, 1.881, +Jaén, 1-4-1.936. Hijo de don Manuel Nestares Pedrinaci (Marqués de Diezma y de la
Hinojosa) y doña María de la Encarnación Fernández de Liencres Herrera. Licenciado en Derecho por la
Universidad de Granada (1.901). Vicesecretario de la Audiencia Provincial de Jaén (21-10-1.911/14-8-1.915;
solicitando la vacante don José Carrillo Guerrero (*Ronda, -Málaga-, 1.866, con domicilio en Gaucín, C/,
Armián). El Sr. Nestares opositó a la Judicatura, siendo su primer destino en el Juzgado de Tineo (Oviedo);
de Lavisval (Gerona). Ascendido a Magistrado, destinado a la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran
Canaria; Santa Cruz de Tenerife; Granada (en la Territorial, que por ser natural del lugar tuvo que solicitar
forzosamente la Provincial de Jaén, 18-8-1.933/1-4-1.936). Casado con doña Blanca Gallego-Díaz y Díaz
(Úbeda, Parroquia de San Nicolás, 21-5-1.908, hermana de don Rafael, "Indívil de Ebdete" y cronista oficial
de Úbeda, su biografía la anotamos en el apéndice 2º). Con domicilio en Jaén, Hotel Francia (Caja Postal) y
C/, Dr. Civera nº 23. El hermano de don Francisco, don Antonio, Marqués de Casa Real. Su tío carnal
materno don José, Alcalde de Úbeda (1.895). AAPJ.: Ibídem, págs. 7 y 21 y Libro de Sentencias..., ibídem. M. J.:
Archivo Central del Ministerio de Justicia, legajo 2.021. NESTARES GALLEGO-DÍAZ, P.: Archivo privado.
OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit, pág. 294. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.936, tomo 129, folio
66 vto. R. C. DE ÚBEDA (Jaén).: Libro de Matrimonios, 1.908, tomo 40, folio.
- 252 -
640
Don Rogelio Ruiz Cuevas .
Don Julio de Burgos Gálvez641
Don Francisco Torres Zamorano642
Administrativo de Jaén.
Mag. Aud. P. y T. C-Administrativo de Jaén.
Mag. Aud. P. y T. C-Administrativo de Jaén.
Mag. Aud. P. y T. C-Administrativo de Jaén.
640
*Rebollosa de Hita (Guadalajara), 16-9-1.872 +Jaén, asesinado, 23-12-1.936. Hijo de don Ildefonso Ruiz del
Campo (*Cañizares, Guadalajara) y doña Antonia Cuevas y Falcón (*Budía, Guadalajara). Licenciado en
Derecho por la Universidad Central de Madrid (2-12-1.899). Escribano de Cervera del Río Alhama
(Guadalajara, 1.909). Opositó a la Judicatura, obteniendo el número 148 de las oposiciones, siendo su primer
destino como Secretario del Juzgado de Primera Instancia de Caspe (Zaragoza, 1.913). Juez de Primera
Instancia de Aliaga (Teruel, 17-3-1.918); de Puerto Cabras (Almería, 12-7-1.920); de Teide (Tenerife, 24-21.922); de Valverde del Camino (Huelva, 19-1-1.924); San Cristóbal de la Laguna (Tenerife, 28-9-1.925).
Corrección disciplinaria (represión simple, por un altercado con un secretario judicial, 20-1-1.928; se le
impone, en virtud de sentencia de la Audiencia Provincial de Tenerife, corrección disciplinaria de
apercibimiento (10-2-1.933); de Castellón de la Plana (27-12-1.928). Magistrado de la Audiencia Provincial de
Jaén (D. 6-10-1.931/23-12-1.936). Se encargó accidentalmente de la Presidencia (6-2-1.932). El Presidente de
la Audiencia Provincial de Jaén, oficia al ministro de Justicia que: "...desapareció de esta población el 23 de Diciembre
último sin que hasta la fecha se haya podido averiguar cual sea su paradero" (4-1-1.937). Casado con doña Teresa
Crespo Herreros (Cifuentes –Guadalajara-, parroquia de El Salvador, 7-9-1.909; ella *Cifuentes, 1.871, +Jaén,
22-9-1.954). Con domicilio en Rebollosa de Hita, C/, Honda nº 3 y en Jaén, C/, Martínez Molina nº 14
(1.936). Sus hijas doña Esperanza, doña Antonia y doña Carmen, me comentan que su padre "...fue asesinado
por los rojos en las cercanías de Mancha Real, el 23-12-1.936....” AAPJ.: Ibídem, folio 19 vto, y Libro de Sentencias...,
ibídem. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de Defunciones, 1.939 y
1.954, tomos 137 y 171, folios 79 vto. y 315 vto, respectivamente. R. C. DE CIFUENTES.: Libro de
Matrimonios, 1.909, tomo 33, pág. 4. R. C. DE REBOLLOSA DE HITA.: Libro de Nacimientos, 1.872, tomo 2,
folio 10. RUIZ CRESPO, E.: Archivo privado.
641
*Lucena (Córdoba), 8-8-1.889 +Albacete, ¿ Ingresó en la Judicatura, siendo su primer destino de
Vicesecretario interin de la Audiencia Provincial de Cádiz 27-8-1.918), Juez de entrada (221-5-1.919/7-81.924) en que cesó por excedencia). Juez de entrada (11-9-1.925). Juez de ascenso (26-10-1.925). Juez de
término (8-11-1.930). Magistrado de la Audiencia Provincial de Jaén (7-1-1.936/17-11-1.947), Magistrado del
Tribunal Contencioso-Administrativo de Jaén (durante igual periodo). Magistrado del Tribunal Especial que
debía de juzgar los delitos de rebelión y sedición, conjuntamente con don José Mihura Casas (a la sazón
Presidente de la Audiencia Provincial de Jaén), don Bernabé Herreros (Juez de Instrucción de Huelma (Jaén)
y don Gastón Aliaga Mena (Fiscal); fue ponente de la tristemente conocida causa número 22.936 incoada por
el tribunal Popular Especial de Jaén, que dio origen a sumario 38/1.936 del Juzgado Especial nº 1. Los
interesados en conocer pormenorizadamente este proceso vid. La nota correspondiente a don Juan Francisco
Gómez Molleda contenida en el Apéndice 2º. Don Alejandro Peris Caruana (a la sazón Decano del Colegio
de Abogados) opinaba de nuestro biografiado: “…desde luego hombre de derechas, que ayudaba en cuanto podía a los
encartados por desafección”. El Tribunal de Responsabilidades Políticas le incoó expediente nº 84/39 de fecha 69-1.939, y por orden del Tribunal Regional de Granada se suspende el procedimiento (17-9-1.941) Casado
con doña Carmen Bujalance. Su hija doña Carmen habitualmente colaboradora como articulista en el Diario
Jaén (1.977-1.984) e Ideal de Granada. Con domicilio en la C/, San Bartolomé nº 1 (sede de las Hermandades
del Trabajo). AAPJ.: Ibídem, pág. 22 vto; Libro de Registro de 1.938-1.939, op. cit, y Libro de sentencias…, ibídem.
A.G.A.: Sección de Hacienda, hoja de servicios. CAÑONES CAÑONES, J.: Op. cit, págs. 129 y ss. CUADRA
HERRERA, J. R., de la.: Ibidem. MEDINA CRUZ, E.: Archivo privado. MORENO JARA, M.: Archivo
privado. ORTEGA ANGUITA, E.: Archivo privado.
642
*Jaén, 1.866 +5-1-1.949. Hijo de doña Josefa Torres Zamorano. Licenciado en Derecho Civil y Canónico
por la Universidad de Granada (20-6-1.894). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (28-21.897/28-6-1.900); reincorporado, 2-9-1.903/13-11-1.905; nueva reincorporación, 15-5-1.909, y finalmente
en 10-9-1.913). Abogado de la Junta Provincial de Beneficencia. Oficial de la Contaduría de Fondos
Provinciales de la Excma. Diputación Provincial de Jaén (1.896). Autor de la obra jurídica: Manual de
Legislación de Montes, con formularios para toda clase de asuntos de este ramo (Imprenta del Hospicio de Hombres,
1.896, de 279 páginas).Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (19-11-1.899) y Secretario (17-3-1.908/141-1.940), fruto de esta dedicación, entre otros trabajos, su obra Juicio Crítico de los Estatutos, edición costada
- 253 -
Don Jaime Montero Gª de Valdivia643.
Fiscal Aud. P. y T. C-Ad. de Jaén.
por don Manuel Ruiz Córdoba (popularmente y cariñosamente conocido por Manolito Ruiz Córdoba), que
se publicó en 1.926. Donó 5 pesetas para la erección de un monumento al venerable fundador de la Santa
Capilla (8-12-1.914) Socio de la RSEAPJ (10-12-1.903). Notario Mayor del Tribunal Eclesiástico del
Obispado de Jaén (1.904/18-7-1.936). Galardonado en los Juegos Florales organizados por la Asociación
de la Prensa de Jaén (1.916). A su instancia propuso, y consiguió, a través de Don Lope de Sosa, que el
Excmo. Ayuntamiento de Jaén diera a la calle de los Abades el nombre del Dr. Don Ramón Rodríguez de
Gálvez (25-11-1.915, ¿qué parentesco de consanguinidad le unía con el preclaro Deán?). Nombrado
Magistrado suplente de la Audiencia Provincial de Jaén R. D. 19-1-1.921/19-7-1.934); igualmente
Magistrado del Tribunal Contencioso-Administrativo de Jaén (7-1-1.936/17-11-1.936); también lo fue de
suplente del Tribunal Popular de Jaén (por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Audiencia Provincial de
Jaén, 21-5-1.937). Juez de Primera Instancia de Linares (Jaén, 23-11-1.937). Al término de la Guerra incivil
el Tribunal de Responsabilidades Políticas le incoó expediente número 74/1.939 de fecha 5-9-1.939,
dictándose sentencia en cuy Fallo se le condenaba a la pena de un año y un día de inhabilitación para ejercer
la abogacía, y a 25º pesetas de multa (13-4-1.940). Propietario de una amplia zona rústica al sitio de “Las
Revueltas” (del término de Jaén, a la salida del Puente de la Alcantarilla), donde levantó al pie del Zumel
Bajo una pequeña ermita dedicada a San José, consiguiendo del Obispo de Jaén, don José Laguarda
Fellonera algunas gracias espirituales (12-12-1.908). Don Ramón Rodríguez de Gálvez, Deán de la Santa
Iglesia Catedral de Jaén le regaló la copia del Santo Rostro efectuada por el pintor don Manuel de Cuevas,
por cuenta y orden de don Luis Javier de Garma y Moreno, dignidad de Chantre de nuestra Catedral, en
previsión del hipotético saqueo de las tropas gabachas (los interesados en conocer su vasta biografía, vid
Caballero Venzalá y Almansa Tallante citadod en bibliografía). Ya perdida la visión cultivó el campo del
Parnaso; conocemos algunas poesías que dedicara a su bisnieta María de la Luz tituladas: “Noche de un
ciego” (10-8-1.947 y “A mi bisnieta Mari-Luz Berro Quesada, en el 4º aniversario de su nacimiento” (10-81.948). Casado en primeras n8pcias con doña Gertrudis Osuna Molina (Jaén, San Ildefonso, 13-11-1.888) y
en segundas, con doña Elisa Ruiz Tamayo (Jaén, Sagrario, 25-3-1.920). Con domicilio en la C/, Llana nº 14
(1.888); Príncipe Alfonso nº 20 (Los Muertos, 1.897); Hurtado nº 26 (1.903); Plaza de las Cruces y Virgen
de la Capilla nº 12. AAPJ.: Ibídem, folio 12 vto, 13 vto, y 23 vto; Libro de Actas de Juntas de Gobierno, pág. 13
vto; Libro Registro de 1.938-1.939, ibídem y Libro de Sentencias…, ibídem. AICAJ.: Listas, 1.897 y 1.935,
Expediente personal y Libro…, op. cit, pág. 47. BERRO QUESDADA, M. L.: Archivo privado. BOPJ.: 15-21.913, nº 20, pág. 5. CABALLERO VENZALÁ, M.: “Catálogo…”, op. cit, pág. 182. CABALLERO
VENZALÁ, M., y ALMANSA TALLANTE; R.: Diccionario…, op. cit, (G), tomo I, pág. 319 y ss.
CAZABÁN LAGUNA, A.: “El monumento a González Doncel enla Santa Capillla”, “Esto Inés, ello se
alaba” y “Pues sabrás Inés hermana”, DLS, op. cit, 1.915, 1.918, 1.921 y 1.928, págs, 50-51, 190, 128, 31,
330, 383 y 387, respectivamente. MORENO BRAVO, t.: El callejero…, op. cit. MORENO JARA, M.:
“Santo Rostro”…, op. cit, págs. 649-654. OSUNA GUERRERO, E.: Op. cit, pág. 260. R. C. DE JAÉN.:
Libros de Matrimonios, 1.888 y 1.920, tomos 19 y 51, folios 80 y 165 vto, y Defunciones, 1.918 y 1.949, tomos
105 y 162, folios 307 y 56 vto, respectivamente. SCSA.: Libro de los Estatutos de la Santa Capilla, y Noble
Cofradía de la Limpia Concepción de Nuestra Señora la Virgen María, sita en la Iglesia Parroquial de San Andrés de la
ciudad de Jaén, Madrid, 1.926, págs. 3-5, y Siempre nº 9, op. cit, pág. 38. TORRES MARTÍNEZ, T.: Archivo
privado.
643
Ingresa como auxiliar del extinguido Cuerpo General de la Administración de Hacienda Pública (11-101.928/1-4-1.930). Accede a la Escala Técnica del mismo Cuerpo (1-4-1.930/18-4-1.932). Solicita la
excedencia voluntaria (19-4-1.932/13-1-1.935); reingresa en la citada Escala Técnica (14-1-1.935/30-6-1.941).
Oposita al Cuerpo del Abogados del Estado (promoción 26-6-1.941, con el nº 13), siendo su primer destino
en la Delegación de Hacienda de Jaén (1-7-1.941/14-3-1.942) en que fue trasladado a la de Granada. Socio de
la RSEAPJ (24-11-1.941). AAPJ.: Libro-Registro..., ibídem, pág. 26 vto. A.G.A.: Sección de Hacienda, hoja de
servicios. CUADRA HERRERA, J. R. de la.: Archivo privado. M. H.: I Centenario..., op. cit.
- 254 -
Don Luis José García Orts644.
Don Arturo Suárez BárcenaJiménez645.
Don Juan José Pardo López 646.
Don Pedro José Romero Bago 647.
Abogado del Estado sustituto,
Secretario
suplente,
Magistrado
suplente de la Audiencia Provincial de
Jaén, y Auxiliar 1º del Tribunal de lo
Contencioso-Administrativo de Jaén.
Magistrado de la Audiencia Provincial
y del Tribunal de lo ContenciosoAdministrativo de Jaén.
Abogado del Estado y Fiscal Tribunal
Contencioso-Administrativo de Jaén.
Abogado Est. y Fiscal T. C-Adm. de Jaén.
644
En el Apéndice I aportamos su biografía.
645
Decreto 9-5-1.936 y 13-4-1.939/17-6-1.939 en que tomó posesión en la Audiencia Provincial de Castellón de la
Plana. AAPJ.: Libro-Registro..., op. cit, págs. 22 vto. y 25, y Libro Sentencias..., op. cit. CUADRA HERRERA, J.
R. de la.: Archivo privado.
646
*Granada, 28-4-1.911 +Madrid, 31-5-1.983. Hijo de don Juan José Pardo López de la Torre Ayllón y doña
María del Mar López Echevarria. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.931, con premio
extraordinario) y en Filosofía y Letras (1.932). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (17-11.942/31-5-1.983). Opositó al Cuerpo de Abogados del Estado (promoción de 26-6-1.941, con el nº 11),
siendo su primer destino en la Delegación de Hacienda de Jaén (O, 2-8-1.941/19-11-1.960); por Orden del
Ministerio de Hacienda, se le nombra en comisión Jefe de 2ª (2-12-1.943); en propiedad (4-8-1.948); de 1ª en
comisión (17-10-1.951); en propiedad (22-12-1.956); por Orden del mismo Ministerio, se le nombra en
comisión, Jefe Superior de 2ª (20-5-1.960); se ordena su traslado a la Delegación de Hacienda y Tribunales de
Cuenca (9-11-1.960); cesa en su cargo (19-11-1.960). y dos años más tarde, a Madrid, donde permaneció
hasta su jubilación (1.981). Fiscal del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Jaén (D., 26-6-1.941/28-1.941). Presidente del Círculo La Peña de Jaén, cuyas bodas de diamante presidió. Directivo del "Real
Jaén", Club de Fútbol. Vocal de la Cámara Oficial de la Propiedad Oficial Urbana de Jaén (21-11-1.951).
Socio de la RSEAPJ (29-8-1.941). Casado con doña Carmen García-Valdecasas y Sáez de Valluerca
(Granada, Santuario de las Angustias, 15-4-1.942). Con domicilio en Granada, Gran Vía nº 31; Jaén, C/,
Roldán y Marín nº 6 (1.943) y Plaza del Pósito nº 1, respectivamente, y en Madrid, C/, General Moscardó nº
40. AAPJ.: Ibídem, pág. 26 vto. y Libro de Personal, pág, 6 vto. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 17-1-1.942; Expediente
personal y LSAIICJ, op. cit, pág. 253. CUADRADO JIMÉNEZ, V., y PALOMINO CARAZO, R.: Op. cit,
págs. 127 y 175. Diario Jaén, de 21-11-1.951. PARDO GARCÍA-VALDECASAS, M.: Archivo privado. R. C.
DE GRANADA.: Libros de Nacimientos, 1.911, tomo 110-2, folio 53 y Matrimonios, 1.942, tomo 57-3, folio 65.
647
*Villanueva del Arzobispo (Jaén), 27-5-1.913 +Mancha Real (Jaén), 2-10-1.972. Hijo de don Francisco José
Romero Labrador y doña Herminia Bago Bueno. Licenciado en Derecho por la Universidad Central de
Madrid (1.932). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (31-12-1.947/2-10-1.972). Don
Saturnino Gallego, a la sazón Gobernador Civil de Murcia, conocedor de la gran capacidad profesional de su
paisano, lo mandó llamar oficialmente a la capital del Segura, para que defendiera en un juicio sumarísimo a
un pariente; cuando llegó a Murcia, el encausado ya había sido juzgado y ejecutado en cuarenta y ocho horas;
por mediación del Gobernador, se quedó con unos parientes de éste en Totana, y allí permaneció hasta la
conclusión de la Contienda Civil. Opositó al Cuerpo de Abogado del Estado (promoción de 6-7-1.942,
obteniendo el nº 6); siendo su primer destino en la Delegación de Hacienda de Jaén (1.942-1.957); por
reforma de la plantilla, se le nombra Jefe 2º del Cuerpo de Abogados del Estado (13-1-1.949). Fiscal del
Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Jaén (D., 6-7-1.942/29-11-1.951); pasa a prestar sus servicios
en comisión a la Delegación de Hacienda de Madrid (29-11-1.951); se le nombra en propiedad Jefe de 2ª del
Cuerpo de Abogados del Estado (O. 8-10-1.953); a petición propia, fue traslado a la Delegación de Hacienda
de Madrid (O. M., 11-7-1.957/1.963); compatibilizó con el ejercicio libre de la Abogacía, llevando la
dirección jurídica de los asuntos más importantes que durante aquellos años se desarrollaron en la Provincia;
designado Abogado del Estado en la Audiencia Territorial de Madrid (1.963-1.970). Por deseo expreso del
- 255 -
Don Antonio Sáenz Morrondo648.
Don Antonio José Uceda Vargas649.
Fiscal T. Cont-Administrativo de Jaén.
Vocal del Tribunal de lo ContenciosoAdministrativo de Jaén.
ministro de Hacienda, don Alberto Monreal Luque, fue nombrado Jefe de la asesoría jurídica e Interventor
del Banco de Crédito Oficial, para tratar de poner orden en el famoso asunto "Matesa", resolviendo
favorablemente del contencioso que enfrentó al Banco de Crédito Oficial con la Cía. de Seguros de Crédito y
Caución, que junto con el de la Barcelona Traction, han sido los contenciosos de carácter mercantil más
importantes en la historia judicial de España. Vicepresidente de la Excma. Diputación Provincial de Jaén
(1.946-1.949). Diputado Provincial de Jaén, en representación del Ilustre Colegio de Abogados (20-3-1.949).
Propuesto en diversas ocasiones por compañeros, e incluso de la Prensa, para ministro de Hacienda y de
Agricultura, lo que no aceptó; sí por el contrario aceptó, un cargo que consideraba más técnico que político,
Director General del Patrimonio Comunal Olivarero, del antiguo Sindicato del Olivo. Propietario agrícola, y
por ende, profundamente conocedor de los problemas del aceite de oliva; mantuvo una enconada polémica
con el ministro de Comercio, don Alberto Ullastres Calvo, partidario acérrimo de la intervención de este
producto mientras él era decididamente partidario de la inmediata liberalización de los mercados nacionales e
internacionales (1.964). Socio de la RSEAPJ (19-12-1.942). Contrajo matrimonio con doña Magdalena
Herrera Morillas (Mancha Real, San Juan Evangelista, 22-6-1.944). Con domicilios en Jaén, Plaza del Pósito
nº 1; Madrid, C/, General Mola nº 71 y en Mancha Real, C/, Jesús Morillas nº 23. AAPJ.: Ibídem, pág. 27 y
Libro de Personal, ibídem, pág. 7. ADPJ.: Legajo 3.171/38. AICAJ.: Listas, 1.949 y LSAIICJ, ibídem, pág. 285.
GONZÁLEZ LÓPEZ, L.: "Labor de la Excma. Diputación Provincial de Jaén", Paisaje nº 61-62, pág. 1.709.
R. C. DE MANCHA REAL.: Libros de Matrimonios, 1.944, tomo 31, folio 138 vto. y Defunciones, 1.972, tomo
64, folio 390. R. C. DE VILLANUEVA DEL ARZOBISPO.: Libro de Nacimientos, 1.913, tomo 65, folio 38.
ROMERO HERRERA, F. J.: Archivo privado.
648
*Jaén, 8-5-1.904 +17-11-1.995. Hijo de don Manuel Sáenz Fernández-Cortina y doña María de los Dolores
Morrondo Rodríguez. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1-10-1.926). Incorporado al
Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (25-5-1.932/31-10-1.964). Fue designado secretario escrutador en las
elecciones para ocupar los cargos de Diputado 2º y Tesorero en el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, por
ser el letrado más moderno de los votantes (12-6-1.932). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (20-111.930) y Gobernador (1.954). Fiscal interino del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Jaén (D., 261-1.934). Presidente del Tribunal Tutelar de Menores de Jaén (1.939-1.974). Vocal de la Comisión Gestora de
la Excma. Diputación Provincial de Jaén (1.939-1.940). Ponente para revisar y modificar la Reglamentación
de Derechos Pasivos de la Excma. Diputación Provincial de Jaén (15-5-1.939). Titular de las sociedades
mercantiles familiares: fábrica de aceites, sita en Jaén, C/, Castilla, que ocupaba el solar del edificio de la
Cooperativa Farmacéutica y Tabacalera, nombrando administrador a don Antonio Estrella León; otra fábrica
de aceites y hielo, establecida en el paraje de La Imora; Industrias Aras, en la que se elaboraban madera,
carbón y parquet, estando de administrador don Cipriano Mediano Carrasco, sita en el paraje conocido por la
Alberca de los Patos, y en Linares, fundaron la empresa Metalgráficas de Linares (envases metálicos,
nombrando administrador a don José Torres Díaz (hermano del secretario de la Audiencia Provincial de
Jaén, don Leopoldo). Casado con doña Dolores Villar Delgado (Jaén, Sagrario, 26-7-1.933). Con domicilio en
Jaén, C/, Martínez Molina nº 35 (1.932), Salido nº 4 (1.934) y Plaza de las Cruces nº 3 (1.949). AAPJ.:
Ibídem, pág. 21 y LAJG, op. cit, pág. 21. ADPJ.: Legajos 3.136/77 y 3.192/44. AICAJ.: Listas, 1.933, 1.935 y
1.949; Expediente personal y LSAIICJ, ibídem, pág. 127. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO
CARAZO, R.: Op. cit, pág. 142. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. FERNÁNDEZ COS, A.:
Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.904, tomo 69, folio 448; Matrimonios, 1.933, tomo
61, folio 18 y Defunciones, 1.995, tomo 236, folio 448. SCSA.: "Gobernadores de la Santa Capilla. Años 1.9001.995", "Relación de cofrades de la Santa Capilla. Al 30 de septiembre de 1.995 (1)" e "In Memoriam",
Siempre nº 12, 32, 35 y 36, respectivamente, pág. 50. VILLAR DELGADO, D.: Archivo privado.
649
Jaén, 10-8-1.877 +27-8-1.953. Hijo de doña Dolores Uceda Vargas. Obtuvo el título de Profesor Mercantil en
Granada, y Licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo (6-12-1.910). Incorporado a los Ilustres
Colegios de Abogados de Jaén ((1-2-1.911; reincorporado en 1.938; nuevamente el 31-12-1.946; asimismo, el
10-4-1.947/3-5-1.947); también en Granada, Málaga y Madrid. Abogado fiscal sustituto de la Audiencia
Provincial de Jaén (R. D. 3-5-1.911/4-5-1.911) y 9-6-1.915/10-1-1.916); a requerimiento del Presidente de la
Audiencia Provincial de Jaén, y por designación del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, nombrado
Magistrado suplente de la Sala de lo Criminal (R. D. 28-9-1.938/10-10-1.938); retorna a este último cargo por
- 256 -
Don Manuel Martínez Serrano 650.
Don Octavio Almendros Camps651.
Vocal T. Contencioso-Administrativo.
Vocal del Tribunal de ContenciosoAdministrativo de Jaén.
enfermedad del titular, don José Gaona y Morales de Castilla (23-1-1.941/27-8-1.953), éste último
nombramiento fue a instancias de la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén. Vocal del
Tribunal Provincial de lo Contencioso-Administrativo de Jaén (7-1-1.936/17-11-1.936). Socio de la RSEAPJ
(10-9-1.902 y en 9-9-1.922); Secretario de la sección de Agricultura, Industria y Comercio (1.902). Cofrade de
la Santa Capilla de San Andrés (20-12-1.914). Vocal de la Asociación de Estudiantes de Bachillerato del
Instituto Nacional de Segunda Enseñanza de Jaén (1.925). Oficial 3ª de la Excma. Diputación Provincial de
Jaén (1.929). Opositó al Cuerpo de Oficiales de la Administración Local; nombrado Jefe de negociado de 2ª
clase de la Excma. Diputación de Jaén (1.943). Socio del Tiro Nacional; sus aficiones: las armas de fuego, le
hacía compartir con su máuser y pistola automática; y la radio, la primera que se instalara en Jaén, fue en su
casa de la C/, Jorge Morales, la que había que escucharla con auriculares y las pilas era recipientes de cristal.
Propietario de uno de los cuatro primeros coches que llegaron a Jaén (Sr. Azpitarte, notario; don Miguel
Berro y don Manuel Ruiz Córdoba). Su hijo don Manuel, sigue utilizando la capa española con su vuelto de
dos colores. Casado con doña Ángela Flores Coherheim (Jaén, San Ildefonso, 3-3-1.905). Éste matrimonio
daban conciertos de piano benéficos en la RSEAPJ; al fallecer su esposa no volvió a tocar ni una sola nota en
el mismo, instrumento que aun conserva un biznieto. Con domicilio en la C/, Hurtado nº 13, Jorge Morales
nº 14 y Martínez Molina nº 126 (1.941). AAPJ.: Ibídem, folios 6 vto. 9 vto. 25 y 26; Libro de Personal, op. cit,
pág. 4 vto. y Libro de Sentencias..., op. cit. ADPJ.: Legajo 3.175/2. AICAJ.: AA.JJ.GG. de 1-12-1.940 y 7-11.941; LSAIICJ, ibídem, pág. 132; Listas, 1.935 y Expediente personal. CAZABÁN LAGUNA, A.: "Pues sabrás,
Inés hermana", DLS, op. cit, 1.925, pág. 351. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.:
Ibídem, pág. 97. FERRÁNDIZ MARTOS, J. B.: "El Instituto "Virgen del Carmen" de Jaén: Ciento
cincuenta años de historia", Instituto de Bachillerato "Virgen del Carmen" Jaén 1.846-1.996. Jaén, Consejería de
Educación y Ciencia, 1.996, pág. 101. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.877, tomo 16, folio 280;
Matrimonios, 1.905, tomo 37, folio 38 y Defunciones, 1.953, tomo 170, folio 181 vto. SCSA.: Memoria..., op. cit.
650
*Jaén, 10-7-1.887 +6-4-1.943. Hijo de don Eulalio Martínez Navas (su biografía la anotamos en el apéndice 1º)
y doña Dolores Serrano Hidalgo. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (11-9-1.907).
Abogado fiscal sustituto de la Audiencia Provincial de Jaén (11-6-1.910). Vocal del Tribunal ContenciosoAdministrativo de Jaén (7-1-1.936/17-11-1.936). Magistrado suplente del Tribunal Popular y de la Sala de lo
Criminal (28-10-1.938). Secretario accidental del Sindicato de Abogados U.G.T. de Jaén (9-11-1.938). Se
incorporó al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (11-5-1.911/6-4-1.943). Socio de la RSEAPJ (1-9-1.932).
Después de la Guerra Civil Española llevó una vida bohemia que imposibilitó tener bufete abierto. No
obstante, gozaba de un gran prestigio como jurista, no sólo entre sus compañeros de foro, sino también en el
campo Judicial. Gran experto en adecuar -previa a las vistas- las escalas penales con el fiscal. Habitualmente
solía visitar a primera hora de la mañana la sede del Colegio, donde algún compañero preocupado por la cariz
del asunto en que ese día se juzgaba en los Tribunales, le proponía la sustitución, y por un "tanto alzado", se
hacia cargo del asunto en cuestión, que tras una simple y rápida lectura del mismo llegaba a conocer el
trasfondo del procedimiento. Las tardes transcurrían ocupado en evadirse de los múltiples problemas que le
afectaba. Casado con doña Juana Romero Torres (Jaén, San Bartolomé, 5-7-1.915). Con domicilio en la C/,
Molinos de la Alcantarilla nº 2; Los Álamos s/n (1.910), Almendros Aguilar nº 16 (1.934); Compañía s/n
(1.939) y Santa Catalina nº 32. AAPJ.: Ibídem, págs. 6 y 25; LAJG, op. cit, pág. 138 vto. y Libro de Sentencias...,
ibídem. AICAJ.: Listas, 1.911 y 1.935 y Expediente personal. ORTEGA ANGUITA, E.: Archivo privado. R. C.
DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones, 1.887, 1.915 y 1.943, tomos 54, 47 y 150, folios
232, 84 y 73, respectivamente.
651
*Jaén, 22-3-1.879 +31-1-1.940. Hijo de don Antonio Almendros Aguilar y doña Luisa María Camps y
Arredondo. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (10-10-1.905). Se incorporó al Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén (4-1-1.906). Periodista. Co-fundador de La Pandereta, revista literaria y satírica
que dirigió don Virgilio Anguita Sánchez, siendo su administrador y colaborador (1.897), también de El
Escolar Giennense (1.898) y director de El Último Mono (1.898), adquirió en propiedad La Lealtad (1.915-1.918).
Presidente del Ateneo Jiennense (fundado en 1.885), interviniendo de manera especial en la celebrada el 2911-1.903, donde disertó acerca de la "Comunidad Internacional". Autor de un soneto a la mujer, con el que
obtuvo el primer premio en el Concurso Nacional de Tarjetas Postales (12-9-1.903). Cofrade de la Real de
Nuestro Padre Jesús Nazareno (el "Abuelo", 22-3-1.902). Síndico del Ayuntamiento de Jaén (1.910). Donó a
- 257 -
Don Ignacio Crespo Jerez652
Don José Padilla Gutiérrez 653.
Don Juan de D. Medina Calahorro 654.
Secretario Tribunal Cont-Adm. Jaén.
Oficial 1º del Tribunal Popular nº 1 y
Oficial 2ª del Tribunal de lo
Contencioso-Administrativo de Jaén.
Auxiliar 2ª Tribunal C- Adm. de Jaén.
la Cofradía del Cristo de la Expiración, el manuscrito del célebre soneto "A la Cruz", que compuso su padre
(1.929). Oficial Administrativo de la Diputación Provincial de Jaén (1.927). Socio de la RSEAPJ (8-3-1.935).
Vice-presidente de la Agrupación de Jurados Mixtos. Fiscal Municipal de Jaén y Vocal del Tribunal
Contencioso-Administrativo (7-1-1.936/17-11-1.936); Juez de Primera Instancia e Instrucción del partido
judicial de Orcera, sin pertenecer a la Carrera Judicial (10-10-1.937/24-4-1.939). Al término de la contienda
civil, se le incoó expediente de depuración política (21-11-1.939). Casado con doña Estrella Soto Jiménez (La
Guardia, de Jaén, 1.906). Con domicilio en Jaén, C/, Almendros Aguilar nº 44 (1.905); Martínez Molina
(1.910); Sánchez de la Nieta (1.919) y Obispo Aguilar nº 2 (1.922). AAPJ.: Libro de Sentencias..., op. cit.. ADPJ.:
Legajo 3.123/7. AICAJ.: Listas, 1.906, 1.920 y 1.923; Expediente de depuración política; Expediente personal y
LSAIICJ, op. cit, pág. 109. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, I (A-B), págs. 67-68, refª.
590-598. CHECA GODOY, A.: Op. cit, págs. 261, 264, 268 y 274. LÓPEZ PÉREZ, M., et alii.: Op. cit, pág.
489. ORTEGA SAGRISTA, R.: Expiración..., op. cit, pág. 93. PÉREZ ORTEGA, M. U.: Op. cit, pág. 21. R.
C. DE LA GUARDIA DE JAÉN.: Libro de Matrimonios, 1.906, tomo 19, folio 27. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Nacimientos, 1.879, tomo 20, folio 37 y Defunciones, 1.940, tomo 138, folio 204 vto. SERRANO PEREA, J.:
Op. cit, pág. 146.
652
Decreto 7-9-1.934, se posesiona 19-9-1.934/25-7-1.935, que con igual categoría fue trasladado a la Audiencia
Provincial de Tarragona. AAPJ.: Libro-Registro, op. it, pág. 21 vto.
653
*Jaén, 27-11-1.897 +2-3-1.979. Hijo de don Pedro Padilla Garcés y doña Mercedes Gutiérrez Moreno. Socio de
la RSEAPJ (23-12-1.931). Auxiliar del Tribunal Popular nº 1 de Jaén (25-6-1.937/28-3-1.939); Oficial 2º del
Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Jaén (O, 31-5-1.944/8-1-1.945); nombrado Oficial de la
Administración de Justicia de 4ª categoría (2-3-1.948); seguidamente es promovido a Oficial de 3ª categoría
(18-2-1.950); nuevamente promovido a la escala de 2ª categoría (31-1-1.957); O. M., por la que se acuerda la
jubilación por cumplimiento de la edad reglamentaria (23-12-1.967). El Sr. Peris Caruana, opinaba sobre él:
"...el ascenso de los funcionarios subalternos, recordando hubo que librar una verdadera batalla en el caso de D. José Padilla
Gutiérrez, Oficial de Secretaria de la Audiencia, pues era muy conocido en Jaén, y conseguimos su confirmación". Concejal del
Ayuntamiento de Jaén, responsable del área de Mercado, Parques y Jardines (10-5-1.939/14-5-1.947). Formó
parte de la Comisión que se desplazara al Palacio del Pardo, para recibir de manos de Don Francisco Franco
Bahamonde, Jefe del Estado Español, la Reliquia del Santo Rostro, que había sido recuperada en un garaje de
Villajuiir Biceetre, pueblo de los alrededores de París (18-3-1.940). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés,
elegido Consiliario (1.955). Casado con doña María de la O. Rodríguez González (Jaén, San Ildefonso, 9-101.926). Con domicilio en la Plaza de la Magdalena nº 13, C/, Santo Domingo nº 35, Los Romeros nº 6-1º,
Carmelo Torres s/n, Martínez Montañez nº 1 y Avda. de Madrid nº 31-7º-D. Su hermano don Francisco
(*Jaén, 12-12-1.891 +1.972), canónigo, dignidad de Maestro de Ceremonias de la Catedral de Jaén; no
obstante advertimos que éste no tiene relación de parentesco con otro que viene relacionado con igual
filiación en las lápidas existentes en nuestra Catedral, en las que se relacionan a los sacerdotes víctimas de
nuestra última guerra incivil, desde el principio de la guerra civil solicitó, y obtuvo, de don Alejandro Peris
Caruana garantías para no ser molestado por las hordas marxistas. AAPJ.:Ibídem, págs. 24 y 27 vto. Libro de
Personal, op. cit, pág. 10 vto. y Libro de Sentencias...., ibídem. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: La Justicia...,
op. cit, pág. 240. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. GONZÁLEZ LÓPEZ, L.: Adoración..., op.
Cid, Pág. 49. MEDINA CASADO, M.: Op. cit, pág. 47. PADILLA RODRÍGUEZ, J. M.: Archivo privado.
R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, Matrimonios y Defunciones, tomos 44, 56, 55 y 199, págs. 375, 466, 48 y
332, respectivamente. SCSA.: Siempre nº 57, op. cit.
654
*Jaén, 7-2-1.921. Hijo de don Felipe Medina Carrillo y doña Rosario Calahorro Latorre. Auxiliar del Tribunal
Popular nº 1 de Jaén (O., 22-6-1.937/28-3-1.939); auxiliar 2º del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo
de Jaén (O., 8-1-1.945); se le nombra auxiliar mayor de 1ª del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de
Justicia (O., 19-2-1.948); se le nombra auxiliar Mayor Superior del Cuerpo de Auxiliares de la Administración
de Justicia (5-3-1.955); Por Orden de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia,
se acuerda su jubilación por cumplir la edad reglamentaria (5-4-1.986). Casado con doña María Angustias
- 258 -
XI. MAGISTRATURA PROVINCIAL DE TRABAJO 655.
Magistrado: Don José Sotillo Rubio 656.
Secretario: Don Rafael Luque González657.
Marchal Puche (Jaén, Sagrario, 16-7-1.947). Con domicilio en la C/, Primer Picadero nº 2, y Fermín Palma nº
5-1º. AAPJ.: Ibídem, págs. 24 y 27 vto. Libro de Personal, ibídem, págs. 11 y 69 y Libro de Sentencias..., ibídem.
CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Ibídem, pág. 240. MEDINA CALAHORRO, J. de D.: Archivo privado.
R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.921, tomo 101, folio 71 y Matrimonios, 1.947, tomo 80, folio 73 vto.
655
Consideramos que la sinopsis judicial no quedaría completa sin su inclusión, aunque la Ley 38/1.988 de
Demarcación y de Planta Judicial, no se publicara en el BOE hasta el día 28 de Diciembre del mismo año, en
la que se establece la dependencia de las Magistraturas de Trabajo del Ministerio de Justicia.
656
*Belmés (Córdoba), 14-8-1.911 +Jaén, 22-11-1.988. Hijo de don José Sotillo Narváez y doña Elisa Rubio
Morales. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada. Juez de Primera Instancia e Instrucción de
Medina Sidonia (Cádiz, interino, 21-10-1.936; y en propiedad, 1-19-1.940). Nombrado Magistrado Provincial
de Trabajo de Jaén (O. M., 20-10-1.944/14-8-1.983). Inspector Regional de Magistraturas de la Zona Sur (115-1.946/31-12-1.947). Encargado de Cátedra del Grupo VII "Derecho, Economía y Contabilidad" de la
Escuela de Ingeniería Técnica Industrial de Jaén (1-10-1.967). Candidato a Diputado a Cortes por el Tercio
Familiar de Jaén (1.968). Nombrado Magistrado en comisión de servicio en el Tribunal Central de Trabajo
(9-10-1.968/1-5-1.969). Gobernador Civil de Toledo (23-2-1.976/8-1.976). Participó en diversos Congresos
Nacionales e Internacionales, y dictó cursos organizados por la Organización Sindical, especialmente referido
a estudios sobre Cooperativismo. Realizó viajes de estudios al extranjero, y concretamente uno a Italia,
invitado por el gobierno italiano. Autor de la obra jurídica Accidentes de Trabajo, que fue declarada de "utilidad
pública" (O.M.T. 14-1-1.958). Miembro de Número del Instituto Español de Derecho y de la Seguridad
Social. En posesión de la Encomienda con Placa de la Orden de Cisneros; de la Cruz Distinguida de San
Raimundo de Peñafort; de la Encomienda de la Orden del Mérito Civil; de la Medalla al Mérito Militar, en su
categoría de Plata y la Medalla de Oro de la Asociación Nacional de Graduados Sociales (Granada, 1.976).
Casado con doña Ángela del Mazo Rey (*Belmés, Córdoba, 5-1.915). Con domicilio en Jaén, C/, Navas de
Tolosa nº 4-2º-D (1.944) y Plaza de la Constitución nº 10-1º (edificio Banco Popular); y en Madrid, C/,
Portal de Belén nº 4 (Barrio del Niño Jesús). ARCHIVO DEL JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN nº
2 (en lo sucesivo, AJSJ.: Expediente personal. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Op.
cit, pág. 145. R. C. DE BELMEZ.: Libros de Nacimientos, 1.911, tomo 44, folio 53. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.988, tomo 17, folio 327.
657
*Martos (Jaén), 8-9-1.910 +Jaén, 3-1-1.974. Hijo de don José Luque Liébana y doña Angustias González
Chamorro. Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.933). Por Orden de 26-6-1.934 (Gaceta
del 6-7) fue nombrado Secretario del Jurado Mixto de Trabajo Rural de Martos, previo concurso de méritos.
Por Orden de 12-2-1.935 (Gaceta del 20) se publicó el escalafón definitivo de Secretarios de Jurado Mixtos de
Trabajo, figurando con el nº 195. Por Orden de 9-9-1.935 (Gaceta del 20) se reorganizan los Jurados Mixtos,
resultando suprimido el de Martos; quedando atribuida a Jaén la jurisdicción sobre el partido judicial de dicho
Pueblo, por Orden de 4-10-1.935 (Gaceta del 10), incorporándose como Secretario a la Agrupación
Administrativa de Jurados Mixtos de la Capital. Por Orden de 2-6-1.939, de acuerdo con el Decreto de 13-51.938, se le nombra Oficial de la Magistratura de Trabajo de Jaén. Con fecha 10-10-1.939, se le comunica la
admisión definitiva, sin sanción, previo expediente de depuración y de conformidad con la Ley de 10-2-39, y
el nombramiento de Secretario de Magistratura de Trabajo. Secretario de la Magistratura Provincial de
Trabajo de Jaén (1-3-1.940/29-1-1.971). Casado con doña Juana Garrido Muñoz (Jaén, San Ildefonso, 8-121.939). Con domicilio en Martos, C/, Real nº 8; en Jaén, C/, Salido nº 17 y Linares nº 3-3º-D. Actuó de
testigo en el enlace matrimonial del autor de esta obra histórica (Jaén, San Ildefonso, 25-10-1.969). AJSJ.:
Ibídem. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Ibídem, pág. 145. LUQUE
GARRIDO, J.: Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.939, tomo 73, folio 57 y
Defunciones, 1.974, tomo 193, folio 460. R. C. DE MARTOS.: Libro de Nacimientos, 1.910, tomo 55, folio 53.
- 259 -
Auxiliar:
Don Jacinto Tomás Mesa Viedma 658.
Don Ángel del Moral Velasco 659.
Don Miguel Ángel del Moral Contreras 660.
Don Miguel Moreno Jara 661.
658
*Jaén, 11-1-1.900 +27-3-1.988. Hijo de don Miguel Mesa Lara y doña Encarnación Viedma Ballar. Auxiliar de
los Jurados Mixtos (13-8-1.940/30-6-1.941); auxiliar de Magistratura de Trabajo (1-7-1.941/30-12-1.964);
jubilación voluntaria, 2-2-1.967). Casado con doña Asunción Tamayo Herrador (Jaén, San Bartolomé, 13-61.927). Propietario de la fábrica de aceites "San Miguel". Con domicilio en la C/, Progreso nº 1 (Paseo de la
Estación, 1.929) y Avda. de Madrid nº 20-5º-D. AJSJ.: Ibídem. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO
CARAZO, R.: Ibídem, pág. 145. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.900, tomo 61, folio 64; Matrimonios,
1.927, tomo 55, folio 143 vto. y Defunciones, 1.988, tomo 216, folio 132.
659
*Jaén, 4-8-1.905 +Burgos, 19-4-1.984. Hijo de don Leopoldo Moral Romacho (*Almería, 1.883) y doña Carmen
Velasco Pro (su hermano don Ricardo Velasco Pro, Decano del Colegio de Procuradores de Jaén).
Matriculado en el primer curso de la Escuela Social de Granada (1.929). Auxiliar interino en la Comisión
Mixta del Comité del Comercio en General (1-1-1.929); con igual categoría en la secretaria de la Comisión
Mixta del Trabajo (1-2-1.929). Funcionario titular del Jurado Mixto de Transportes Terrestres, Hotelera,
Alimentación, Agua, Gas y otros de Jaén (18-8-1.934). Por Orden del Ministerio de Justicia de 2 de
noviembre de 1.936, nombrado auxiliar del Jurado de Urgencia nº 1 de Jaén (6-8-1.937/1-5-1.938). Auxiliar
eventual del Negociado de Hacienda y de Pagos de la Intervención de Fondos Provinciales de la Excma.
Diputación Provincial de Jaén (1.941 y 30-1-1.942, respectivamente); oficial administrativo de 3ª con carácter
interino; al servicio del Juez Instructor, don Emilio Aguado González, Presidente de la Audiencia Provincial
de Jaén, en la tramitación de expedientes por las bajas naturales ocurridas, y la de los funcionarios que por la
depuración se hallaren suspensos de sus cargos (1.939-1.947). Durante su permanencia en la Diputación
actuó de secretario del Juzgado Instructor de los expedientes de depuraciones políticas, social y
administrativa del Gobierno Civil, entre las que destacamos las incoadas al asesor jurídico de la Diputación,
don Pedro de las Parras Ruiz y al oficial, don Gastón Aliaga Mena (absuelto y condenado, respectivamente,
7-7-1.939). Auxiliar de Magistratura Provincial de Trabajo de Jaén, con carácter interino, quedando adscrito a
la Delegación de Trabajo de Jaén (13-6-1.939). Se le notifica haber sido admitido al servicio sin sanción,
previa depuración, en su cargo de auxiliar de la Magistratura Provincial de Trabajo (19-10-1.939). Nombrado
oficial de la Magistratura de Trabajo de Jaén, con carácter interino (15-2-1.940). Asesor taurino de la Plaza de
Toros de Jaén. Casado con doña Blanca Contreras Rodríguez (Jaén, San Bartolomé, 20-12-1.931). Con
domicilio en la C/, Josefa Sevillanos nº 7 (1.932), Virgen de la Cabeza nº 10-3º-D (1.940) y Apolo nº 2-2º-B
(1.969). Sobrino carnal de don Ricardo Velasco Pró, Decano del Colegio de Procuradores. ADPJ.: Legajos
18/3 y 3.156/33. AJSJ.: Ibídem. CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Ibídem, pág.
145. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: La Justicia..., op. cit, págs. 241 y 247. ICNRPE.: Op. cit, págs. 516 y
563. R. C. DE BURGOS.: Libro de Defunciones, 1.984, tomo 207, folio 67. R. C. DE JAÉN.: Libros de
Nacimientos, 1.905, tomo 74, folio 88 y Matrimonios, 1.931, tomo 58, folio 183.
660
*Jaén, 2-10-1.932. Hijo de don Ángel del Moral Velasco y doña Blanca Contreras Rodríguez. Hizo sus pinitos
en el arte de la Tauromaquia, Facultativo de Minas y Fábricas (Linares, 1.951-1.955). Ingresa en la
Magistratura Provincial de Trabajo de Jaén (1.951-1.992). Casado con doña Oliva Carazo Martínez (Jaén,
Cristo Rey, 24-6-1.960). Con domicilio en Jaén, C/, Josefa Sevillanos nº 7 (1.932); Virgen de la Cabeza nº 103º-D (1.940); Doctor Sagaz Zubelzu nº 2-4º (Tablerón, 1.960) y Apolo nº 2-2º-A (1.969). AJSJ.: Ibídem. R. C.
DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.932, tomo 119, folio 92 y Matrimonios, l.960. tomo 92, folio 208 vto.
661
*Jaén, 20-11-1.944. Hijo de don Rafael Moreno Cañasveras (*Jaén, 29-6-1.916 +27-1-1.983) y doña Mercedes
Jara Millán (*Jaén, 15-7-1.920 +10-1-2.008). En la jaenerísima Escuela de San Andrés recibió las primeras
letras de un maestro ejemplar, inolvidable, don Pedro Liébana Ángeles. Humanidades en el Colegio de don
Luis Ayala Martínez (preparatoria de ingreso en el Seminario Conciliar San Eufrasio de Jaén, 1.956), ingresa
en el mismo (9-1.957). Comienza su carrera administrativa en la Magistratura Provincial de Trabajo de Jaén
(6-12-1961), opta a la plaza de nueva creación en la Mutualidad General Judicial (9-9-1992). Simultanea su
actividad profesional con una intensa vida cultural que se manifiesta en los varios centenares de artículos
que figuran en los periódicos Ideal y Jaén, y en diversas revistas de Jaén y su provincia, y su participación
activa en varias asociaciones e instituciones culturales. Asiduo colaborador en congresos y revistas
- 260 -
especializadas de ámbito provincial y nacional, centrando su investigación principalmente en la Historia de
Jaén, citando como botón de muestra: “La fiesta de los inocentes en el siglo XV”, “Las lumbres de San
Antón”, “Fernando III y sus sucesores mostraron un gran interés por Úbeda”, “Del sitio de la tienda real
de San Fernando en los cercos de Jaén”, “La caza del oso en el cerro de la Fuente de la Peña”, “La ciudad
ubetense está repleta de episodios sangrientos en su historia”, “Bando de policía dado a Jaén en 1.824”,
“Jaén durante la época constitucional”, “Los pueblos de Sierra Mágina en el romancero de Jaén”, “La boda
de Don Miguel Lucas de Iranzo con Doña Teresa de Torres y Portugal”, “Privilegios de Don Fernando y
Doña Isabel a los vecinos de Bedmar provincia de Jaén, en la época en que la villa pertenecía a la Orden de
Santiago”, “Guía administrativa de la comarca subética giennense (1.896)”, “Romances fronterizos,
Valdepeñas de Jaén en el Romancero”, “Sierra Mágina en las reformas administrativas de Miguel Lucas de
Iranzo”, “El Derecho Foral en Sierra Mágina”, “La exclaustración en la comarca de las Cuatro Villas”,
“Litigio de Bedmar contra la Orden de Santiago”, “Memoria anual de la provincia de Jaén (1.886)”, “La
prensa en el Jaén decimonónico”, “La Cruz Roja en las Cuatro Villas. Apuntes para su historia”, “El
general carlista andaluz, Miguel Gómez y Damas pernoctó en Villanueva del Arzobispo”, y un largo etc. de
títulos para cuya enumeración sería precisa una mayor extensión. Autor de diversos trabajos de
investigación, estudio y análisis titulados: La grandeza histórica de la capital del Santo Reino (2 tomos, 1.983); El
romancero de Jaén (2 tomos, 1.985, con recopilación de 274 romances: fronterizos, noticieros, de gestas, etc.);
Auringi asentamiento de antiguas civilizaciones (1.986); Las leyendas de Jaén (1.988), y en preparación una segunda
colección de 25 más); Índice toponímico de Jaén, que figura en la obra “Jaén” (tomo IV, editado por la Editorial
Andaluza, dirigida por el profesor José Fernández García (1.990); Historia del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén
(organigrama judicial siglos XVIII, XIX y XX), 2 tomos, 2.009. En la I Jornadas Históricas de Investigación de
“El Condado” presenta su comunicación: Padrón de vecinos de la villa de Navas de San Juan en el año 1.802., y en
las II aporta: Navas de San Juan (apuntes históricos) (Castellar, 1.990). Organizado por el Ateneo Guadalquivir
de Jaén, participa en el I Simposium Andalusí. Convocado por la Universidad de Granada y la Escuela
Universitaria del Profesorado de E.G.B. de Jaén, intervino en el I Congreso de Historia de Jaén, siglos
XVIII y XIX con la comunicación: Crónica de una visita regia a Jaén (7 al 10 de diciembre de 1.994);
igualmente en el II Congreso, en colaboración con el profesor José Fernández García, con la
comunicación: La censura en el “Diario Jaén” hasta 1.945; además aportó a dicho Congreso 52 obras literarias
de agotadas ediciones y difícil localización, que conformara la interesante Exposición Bibliográfica; I
Congreso de “La Ilustración y Jaén”, con la comunicación: Aportación a la biografía de Muñoz Garnica,
proporcionando datos inéditos sobre la filiación del ilustre polígrafo y Lectoral de la Catedral de Jaén,
merced al hallazgo del abintestato del Juez de Primera Instancia de Jaén Don Enrique Suárez Monterrey
(Jaén, Real Sociedad Económica de Amigos del País, 7 al 10 de diciembre de 1.994). Organizado por el
Instituto de Estudios Giennenses interviene en el Seminario “Manuel Caballero Venzalá” con la
comunicación: El Partido Republicano Radical en el distrito de Martos (1.994); El acta de Martos (1.996); Elección de
la Patrona del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (2.005). Puso prólogo al libro de Tonos intimistas, del abogadopoeta Juan Carlos García-Ojeda Lombardo (Jaén, 1.991). Colaborador de la Revista de Cultura Tradicional
de la Provincia de Jaén, editada por la Excma. Diputación Provincial de Jaén, “El Toro de Caña”, con los
artículos: Estatutos de la Cofradía de Nuestra Señora de la Soledad de Santiago de Calatrava (1.996); Jaén, paraíso de las
leyendas (2.001) y Leyendas mágicas de Jaén (2.002). Organizado por la Excma. Diputación Provincial de Jaén
participa en el I Congreso Provincial de Cronistas de Jaén con su ponencia: El memorial de Gayangos (abril,
1.996). Participa en la convocatoria de la Asociación de Archiveros de la Iglesia en España “Memoria
Ecclesiae, XXIII” con la comunicación: Incautación del Archivo Histórico Diocesano de la Catedral de Jaén por la
Junta Provisional Revolucionaria (27-1-1869), (Jaén, 6-7-1.997). Colaborador de la revista “Nazareth” con su
artículo: Imágenes desaparecidas de la Iglesia Parroquial de Santiago de Calatrava (Martos, 1.998). Secretario de la
Comisión Mixta Iglesia-Laicos, para organizar los fastos del V Centenario de la Evangelización de América
(1.992); también de la Junta directiva de la Cofradía de Santa Catalina de Alejandría, Patrona de Jaén (2.0012.004); Vicesecretario de la Real Sociedad Económica de Amigos del País de Jaén (2.000-2.008). Colaboró
en la revista Alto Guadalquivir con su artículo: “El pabellón de la Santa Sede en la Exposición Universal de
Sevilla-92” (1.993). Publica en el “Diario Jaén”, In Memoriam con motivo del fallecimiento de don Tomás
Moreno Bravo, Director del “Diario Jaén”, con el título: Adiós, maestro, adiós (Viernes, 4-1-1.991); también
del Presidente de la Audiencia Provincial de Jaén don Juan Ruiz Rico, titulado: Adiós, don Juan, hasta siempre
(Lunes, 5-8-1.996) y de don Luis García-Valdecasas y García-Valdecasas, con: Adiós, amigo Presidente
(Domingo, 17-2-2.002). Secretario de la Asociación de Amigos del Archivo Histórico Diocesano de la
Catedral de Jaén, formando parte del Consejo de redacción de la revista Códice de dicha Asociación (1.9881.995), y posteriormente Vocal de relaciones exteriores, captación de socios e intercambios internacionales
(1.996). Integrado en la Asociación CISMA, colectivo de investigadores de Sierra Mágina. Asiduo
- 261 -
Ordenanza: Don Francisco Marín de la Torre 662.
colaborador de las Jornadas Histórico-Artísticas de las Cuatro Villas. También de Lugia, publicación
trimestral de exaltación de los valores históricos de Valdepeñas de Jaén, de la que forma parte de su
Consejo asesor; y para la que ha confeccionado los Índices Onomástico y de Autores, conjuntamente con
Manuel Medina Casado, cuya presentación tuvo escenario en la Real Sociedad Económica de Amigos del
País de Jaén (21-4-1.995). Miembro de la Junta directiva de “Claustro Poético” (segunda época, 2-001, que
edita la revista del mismo nombre en la que aporta los Romances y las Leyendas de Jaén). Distinguido,
entre otros premios: “Saudar” (Jódar, 1.988), Investigación “Baécula” (Bailén, 1.988); Primer premio de
Periodismo, conjuntamente con Andrés Nicás Moreno, por su aportación al estudio de los inicios del
Centro Farmacéutico de Jaén, bajo el título: El farmacéutico en el tiempo. Antecedentes históricos y El centro
Farmacéutico Jiennense (Diario “Jaén”, Dominical 5 y 12 de febrero de 1.995, respectivamente). Premio de
Periodismo “Cien años de Cruz Roja en Jaén”, por su artículo titulado: La Cruz Roja en Jaén. Antecedentes
históricos de la Institución (Diario “Jaén”, Dominical 22-10-1.995). Organizado por la Universidad de Jaén
participa en el homenaje a Don Luis Coronas Tejada con la comunicación: Discurso de ingreso de Pedro Torres
Lanzas en la Real Academia Sevillana de Buenas Letras (2.001). Promovida por la UNED de Jaén y para celebrar
los veinte años del nacimiento de la misma en la provincia de Jaén, participa en la publicación de Poesías
para un Tiempo. Recital Poético (2.005). Coordinador de pregones de las Cofradías de Santa Catalina de
Alejandría, Patrona de Jaén (1.987-2.000) y de la Cofradía del Santísimo Cristo de Charcales o el “Arroz”
(1.986-2.000). Presentador de don Juan Carlos García-Ojeda Lombardo, primer pregonero de Santa
Catalina de Alejandría, Patrona de Jaén (1.992). Pronunció el XI pregón del Santísimo Cristo de Charcales o
del “Arroz” (mayo, 1.997, presentado por el periodista José Sánchez del Real), entregando a la Cofradía un
tríptico enmarcado y expuesto en la Ermita, donde consta el génesis de la devoción popular que data del
siglo XIV. Presentador del XII pregonero del mismo Cristo, a cargo del reconocido vate Francisco Javier
Cano Expósito (6-6-1.998). Primer pregonero del barrio del “El Tomillo” (17-7-1.998), siendo presentado
por el abogado-poeta de Jaén García-Ojeda Lombardo. También pronunció el XII pregón de la Cofradía
de Santa Catalina de Alejandría, Patrona de Jaén (1.999, presentado por el anterior pregonero el profesor
Emilio Lara López, en el que aporta datos históricos inéditos que acredita documentalmente que la
devoción a Santa Catalina de Alejandría en Jaén data desde 250 años antes del nacimiento del rey Fernando
III de Castilla, e incluso hasta el lugar donde los mozárabes celebraban sus ritos litúrgicos). Presentador de
don Andrés Nicás Moreno con motivo de la conferencia pronunciada en la Real Sociedad Económica de
Jaén, con el título “Historiografía sobre el Pendón de Jaén”, que vino a coincidir con la entrega solemne de
la Bandera de Jaén por el Iltmo. Sr. don Miguel Sánchez de Alcázar, Alcalde del Ayuntamiento de Jaén (67-2.994). Compromisario de la Antigua, Insigne y Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno y
Nuestra Señora de los Dolores (“el Abuelo”, 1.996). En posesión de diversos diplomas: Asociación
Cultural “Lola Torres” (Jaén, 1.982); Asociación Cultural de Escritores y Poetas de Jaén (Jaén, 1.983);
Asociación Cultural “Grupo de Escritores de Jaén” (Jaén, 1.985); Asociación de Cronistas de Sierra Mágina
(Jaén, 22-3-1.987); Excmo. Ayuntamiento de Navas de San Juan (Jaén, 18-6-1.988); Excmo. Ayuntamiento
de Huelma (Jaén, 24-4-1.988); Excmo. Ayuntamiento de Villanueva del Arzobispo (Jaén, 25-9-1.988);
Escuela Universitaria de Profesorado de E.G.B. de Jaén (24-2-1.989); Excmo. Ayuntamiento de Jódar
(Jaén, 21-5-1.989); Excmo. Ayuntamiento de Albanchez (Jaén, 22-4-1.990); Excmo. Ayuntamiento de
Castellar (Jaén, 28-4-1.990), La Comisión Organizadora de las Primeras Jornadas Poético-Culturales
“Valdepeñas de los Jilgueros (Valdepeñas de Jaén, 18-8-1.990); Excmo. Ayuntamiento de Torres (Jaén, 101.991); el Ilustre Colegio de Abogados de Jaén lo distingue en “Bajo Estrados” con el título: Hoy distinguidos
a… (7-1.992); el Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales de Jaén, el Diploma de Reconocimiento en
su labor para la Profesión (7-7-1.992); Excmo. Ayuntamiento de Sorihuela del Guadalimar (Jaén, 11-1.992);
Excmo. Ayuntamiento de Pegalajar (Jaén, 4-10-1.993); Excmo. Ayuntamiento de La Guardia de Jaén (2-101.994). El Juzgado de lo Social nº 1 de Jaén organizó un homenaje de despedida con motivo de su traslado
a la Mutualidad General Judicial, a la que se sumaron el colectivo de los Juzgados de lo Social, el Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén, Ilustre Colegio de Procuradores de Jaén, Ilustre Colegio de Graduados
Sociales de Jaén, Abogacía del Estado de Jaén, tomando la palabra: Secretaría del Juzgado de lo Social nº 1,
el director de los Graduados Sociales, el Decano del Colegio de Abogados, Magistrado de lo Social nº 1, y
el Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada (que
previamente lo había sido de lo Social nº 2 de Jaén);
662
*Villacarrillo (Jaén), 21-3-1.896 +Jaén, 15-12-1.969. Hijo de don Benito Marín López y doña Isabel de la Torre
Cumbrero. Nombrado ordenanza del Jurado Mixto y Trabajo Rural de Villacarrillo (Gaceta de Madrid 24-1-
- 262 -
XII. REGISTRO DE LA PROPIEDAD 663.
La Ley de 21 de Septiembre de 1.869 y el Reglamento de 29 de
Octubre de 1.870 son las disposiciones vigentes, con algunas modificaciones
posteriores de los Registros de la Propiedad.
Los de esta provincia estaban clasificados en la siguiente forma:
DE PRIMERA:
Andújar y Martos.
DE SEGUNDA:
Jaén, Alcalá la Real, Baeza, La Carolina, Úbeda, Villacarrillo y Mancha
Real.
DE TERCERA:
Cazorla y Linares, y
1.935, en su página 493, aparece incluido en el escalafón de Ordenanzas de la Organización Corporativa con
el nº 78, nombramiento, 1-7-1.932). Separado del servicio por desafección al régimen marxista (12-8-1.936).
Nombrado Subalterno de la Magistratura Provincial de Trabajo de Jaén, con carácter interino (O. M. 16-31.940). Previa depuración es admitido al servicio sin imposición de sanción (14-10-1.940; confirmado, 7-71.941). Ordenanza de 1ª clase del Ministerio de Trabajo, procedente de los extinguidos Jurados Mixtos (6-21.942/5-3-1.966). Casado con doña Josefa Álvarez Moreno (Santisteban del Puerto (Jaén, 8-5-1.922). Con
domicilio en Villacarrillo, C/, del Ángel, y en Jaén, C/, República Argentina nº 4. Actuó de testigo en el
enlace matrimonial del autor de esta obra histórica (Jaén, San Ildefonso, 25-10-1969). AJSJ.: Ibídem.
CUADRADO JIMÉNEZ, V. y PALOMINO CARAZO, R.: Op. cit, pág. 145. MARÍN ÁLVAREZ, I.:
Archivo privado. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.969, tomo 188, folio 590. R. C. DE
VILLACARRILLO.: Libros de Nacimientos, 1.896, tomo 32, folio 99. R. C. DE SANTISTEBAN DEL
PUERTO Jaén).: Libro de Matrimonios, 1.922, tomo 20, folio 39.
663
Si la figura política de don Santiago Fernández Negrete, que refrendó la Ley Hipotecaria de 1.861, merece
destacar también la figura jurídica de don Claudio Antón Luzuriaga, Magistrado y después Presidente del
Tribunal Supremo (1.855), como precursor de la iniciativa de una concepción más completa y general de la
legislación llamada Hipotecaria. Hay en la provincia de Jaén 13 partidos hipotecarios, cuyas capitales radican
en las mismas poblaciones y tiene la misma jurisdicción que los antiguos partidos judiciales. En el Registro de
la Propiedad de Jaén, reside el Registro Mercantil de toda la Provincia. A cargo de los Registradores de la
Propiedad está la liquidación de Derechos Reales, transmisión de bienes, excepto en la Capital, cuyas
operaciones son desempeñadas por los Abogados del Estado. ICNRPE.: Op. cit, pág. 26. OSUNA Y
GUERRERO, E.: Op. cit, pág. 90.
- 263 -
DE CUARTA:
Huelma y Orcera.
Los Registradores de la Propiedad de Jaén referidos al tan citado
decenio fueron:
Don Vicente Fernández del Pozo y Ramírez 664.
Don Rafael Vilches Caballero665.
Don Diego María Vadillos Fernández666
664
*Buitrago (Madrid), 19-4-1.841 +Motril (Granada), 10-2-1.896. Hijo de don Tomás Fernández del Pozo y
Manrique de Lara y doña Micaela Ramírez San Román y Portocarrero. Registrador de la Propiedad de
Valderrobres (Teruel), Torrelaguna (Madrid), Jaén (1.887-1.894), Solsona (Lérida) y Motril (ésta última
permutada con su compañero don Rafael de Vilches Caballero, 1.895); con número de escalafón 835. Casado
con doña Teodomira del Río y Cambiazo. Su hijo don Eduardo, notorio penalista y político lerrouxista
giennense, de él nos ocuparemos extensamente en el siguiente capítulo. Con domicilio en Jaén, C/, Gracia nº
2 y Príncipe Alfonso nº 2 y en Motril, C/, Carrera s/n. AICAJ.: Listas, 1.887-1.894. HERNÁNDEZ Y
FERNÁNDEZ DEL POZO, J. E.: Archivo privado. ICNRPE.: Ibídem, págs. 270 y 578. R. C. DE
MOTRIL.: Libro de Defunciones, 1.896, tomo 52, folio 237.
665
*Pegalajar (Jaén), 30-9-1.827 +Mancha Real (Jaén), 2-3-1.897. Hijo de don Francisco Javier de Vilches
(*Cambil) y Aguirre y doña Josefa Caballero Fortes (*Granada). Licenciado en Jurisprudencia por la
Universidad de Granada (1.848). Abogado en ejercicio. Opositó al Cuerpo de Registradores de la Propiedad
y Mercantiles (19-12-1.861/24-10-1.894), siendo su primer destino en Mancha Real (Jaén, 25-2-1.862); Baeza
(Jaén, 16-5-1.890); Córdoba; Baza (Granada); Motril (Granada, de 1ª clase, permutada por motivos de salud a
su compañero don Vicente Fernández del Pozo y Ramírez, 14-4-1.894) y Jaén (de 2ª clase, 20-4-1.894/24-101.894, por jubilación) y Castuera (Badajoz, electo y que no llegó a posesionarse por exceder de la edad de 65
años); con número de escalafón 219. Propietario de una de las mayores explotaciones agrícolas de Mancha
Real (274 Has, en 1.875). Casado con doña María de la Paz Marín Badarán (Mancha Real, 26-10-1.848, ella
*Mancha Real, 1.830). Con domicilio en Mancha Real, C/, Maestra s/n., y en Jaén, C/, Hurtado nº 25. Sus
hermanos don Carlos (Diputado Provincial y teniente de Alcalde de Jaén (16-9-1.868 y 1.887) y don
Francisco, Diputado Provincial Jaén, obteniendo ambos 864 votos, 1.871, respectivamente). AGA.:
Expediente personal. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales ordinarios, legajo 500-A. AICAJ.: Listas, 1.894. BOPJ nº
194, de 15-2-1.871. CADENAS Y VICENT, V, de.: Archivo..., op. cit, pág. 378. CHAMOCHO CANTUDO,
A. M.: La Diputación Provincial de Jaén en el primer Estado Constitucional. Historia Política y Jurídica (1.813-1.868).
Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 2.004, págs. 585 y 591. ICNRPE.: Ibídem, págs. 212, 213 y 614.
GALIANO PUY, R.: "Genealogía...", op. cit, pág. 147. MARTÍNEZ MARTÍN, M.: Op. cit, págs. 121 y 139.
R. C. DE MANCHA REAL.: Libro de Defunciones, 1.897, tomo 24, folio 145.
666
Villacarrillo (Jaén), 1-1-1.847 +Jaén, 25-12-1.910. Hijo de don Manuel Vadillos y Palacios y doña Manuela
Fernández Bravo. Licenciado en Derecho por a Universidad de Murcia (1.868). Opositó al Cuerpo de
Registradores de la Propiedad y Mercantiles (promoción IV, 1.876); siendo su primer destino Villar del
Arzobispo (Valencia, 30-5-1.876); Huelma (Jaén), 1.884); Huércal-Overa (Almería); Mancha Real (Jaén,
1.909); Jaén y finalente de Úbeda (Jaén); con número en el escalafón 889. Incoporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (1-8-1.895). Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (21-11-1.897). Nombrado
Caballero Comendador de la Real y Distiguida Orden de Iaabel la Católica (21-6-1.900). Casado con doña
María Josefa de Vilches y Marín (Mancha Real, San Juan Evangelista, 19-7-1.884), ella +Jaén, 27-2-1.928).
Con domicilio en Jaén, C/, Abades nº 9. AICAJ.: Listas, 1.895, Expediente personal y Libro…, op. cit, pág,
34. GALIANO PUY, R.: Archivo privado. ICNRPE.: Ibídem, págs, 276 y 612. OSUNA Y GUERRERO,
E.: Op. cit, pág, 256. R. C. DE JAÉN. Libros der Defunciones, 1.910 y 1.927, tomos 90 y 116, folios 315 y
197, respectivamente. R. C. DE MANCHA REAL.: Libro de Matrimonios, 1.884, tomo 6, folio 30. SCSA.:
- 264 -
XIII. NOTARIOS 667.
Don Juan Antonio Santos de Quesada 668
Don Cristóbal Alejandro de Bonilla y Torres 669.
Don Damián Martínez de Contreras y Morales 670.
Don Gabriel Manuel Amo de Vilches671.
Don Lucas Ponce Velarde672.
Don Juan Francisco García de Mora 673.
Don Manuel Guzmán674.
Don Juan Alejandro de Bonilla 675.
Don Bartolomé de los Reyes Aguilera676.
Mermoria…, op. cit.
667
Alfonso X "El Sabio" los llama "escribanos públicos", y los regula en la III Partida, Título XIX. El filósofo
Covarrubias, en su Tesoro de la Lengua Castellana (1.611), explica el oficio: "...llámase notario al que escribe en los
tribunales los autos públicos. Éstos y todos los demás que escribían con velocidad, usaban la letra por parte y muchas
abreviaturas que por eso se llamaban "notas", de donde tomaron el nombre de "notarios". Como consecuencia de las
Cortes de Cádiz, se aspira a unificar el Notariado castellano con los forales y la separación de la fe pública
judicial y la extrajudicial, así como la dignificación de la función, pervertida por la enajenabilidad de los
oficios. La reforma intentada tiempo atrás se hizo imprescindible al publicarse la Ley Hipotecaria de 1.861 y
la Institución para la redacción de instrumentos públicos sujetos a Registro de 1.861. Hay diversos proyectos:
unos de tipo privado, como los de Lamas Prado (1.830), García de las Casas (1.852), Negre (1.857) y el de
Socias (1.860); otros oficiales, como los de 1.855 y 1.857, que adoptaron la forma de Leyes de Bases. En
1.859 se presenta al Senado no una Ley de Bases, sino una Ley Orgánica, reproduciéndose la discusión en
1.860 y 1.861, siendo promulgada en 28 de mayo de 1.862 la Ley Orgánica. El oficio de notario, viene
regulado en el art. 4º de la Ley constitutiva del Notariado de 28-5-1.862, y el Título I del Reglamento General
para la organización y régimen del Notariado, de 9-11-1.874. BENÍTEZ CARRASCO, L.: Op. cit, pág. 44.
MARTÍNEZ ALCUBILLA, M.: Op. cit, VII, págs. 606 y ss.
668
(1769-1.777). Primero fue presbítero. Gobernador de La Alhambra. Escribano público de Jaén. Casado con
doña Margarita Carrillo de Albornoz y Mírez (Jaén, 1.771, ella *Jaén, 19-12-1.741, hija sexta de don Alonso
Pedro Carrillo de Abornoz Téllez y Monroy, Caballero 24 del Ayuntamiento de Jaén, +26-8-1.771) y
Faustina Juliana de Mírez y Mírez Espinosa de los Monteros (casados en Jaén, Sagrario, 1.729, ). Su único
hijo don Luis de Quesada Carrillo, presbítero Racionero de la Catedral de Jaén. CAÑADA QUESADA, R.:
Linajes noblres en la ciudad de Jaén: Carrillo de Albornoz, op. cit, págs. 360-361. TORRES PUYA, M. D.: Op. cit,
pág. 24.
669
(1.720). TORRES PUYA, M. D.: Op. cit, pág. 7. EISMAN LASAGA, C.: Manuscritos del último tercio del siglo
XVIII referentes a Jaén. Sus pueblos, su arte, su cultura, Jaén, Diputación Provincial de Jaén, 2.002, pág, 197.
670
(1.730). Ibídem, pág. 15.
671(1.741).
672
Ibídem, pág., 5.
(1.746). Ibídem, pág, 21.
673(1746).
Ibídem, pág, 11.
674
(1.746). Ibídem, pág, 13.
675
(1.761). Ibídem, pág, 7. EISMAN LASAGA, C.: Op. cit, pág, 197.
676(1.770).
Ibídem, pág, 21.
- 265 -
Don Rafael Antonio de Luna677.
Don Antonio Palomares Castilla678.
Don Ramón del Castillo Aguilar679.
Don José María Ruiz 680.
Don Andrés de Torres Moreno y Mesa 681.
Don Luis Gonzaga Folache y Orozco 682.
Don Francisco María Anievas Montoro 683.
677(1.781).
Ibídem, pág, 15. EISMAN LASAGA, C.: Ibídem, pág, 197.
678
(1.781), Ibídem., pág, 19. EISMAN LASAGA, C.: Ibídem, pág, 197.
679
(1.783). Ibídem, pág, 8. EISMAN LASAGA, C.: Ibídem, pág, 203.
680
(1.805). Ibídem, pág. 22.
681
(1.806-1.833). *Mengíbar (Jaén), 1.806 +Cazalilla (Jaén), 12-10-1.865 (asesinado por un sicario contratado por
caciques del lugar a la salida de Cazalilla hacia Villanueva de la Reina, cuando se disponía a regresar a su
domicilio en su coche de caballos). Hijo de don Vicente de Torres y doña María Teresa Moreno. Escribano
público y secretario del Concejo de Mengíbar; primer escribano de número de Villanueva de la Reina. Casado
con doña Francisca Lemus Ayllón (ella, *Marmolejo; otorgó testamento ante el escribano de Villanueva de la
Reina, don Martín de Úbeda, 23-12-1.857). Doña Francisca, vende el oficio de Escribano de su difunto
marido por 800 escudos (17-3-1.868). Con domicilio en Mengíbar, C/, Mesones s/n. Su hermano, don
Vicente, Canónigo de la Catedral de Jaén (en el capítulo 3º aportamos la biografía de aquél). BARAHONA
VALLECIDO, S.: Archivo privado. R. C. DE MENGÍBAR.: Libro de Defunciones, 1.873, tomo 1, folio 15.
TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 26.
682
En 1.893. *Jaén, 27-2-1.869 +Barcelona, 14-3-1.933. Hijo de don José María Folache Sánchez (Presidente de la
sección de Tráfico y Comercio de la RSEAPJ, 1.877) y doña Josefa María Orozco Garrido. Licenciado en
Derecho Civil y Canónico por la Universidad de Granada (6-10-1.891). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén, con despacho abierto en la C/, Mesa nº 10 (1-5-1.892/1.899). Participó en el homenaje de
Jaén en el IV Centenario del Descubrimiento de América, que reunió a las firmas más importantes de
aquellos años, bajo el título genérico "Jaén a Colón", con una redondilla titulada "Lo que hizo ese tal
Colón...". Fijó su residencia en Almodóvar del Campo (Ciudad Real), donde fundó y dirigió El Eco del Distrito
(1.901-3-1.903). Después marcha a Madrid (1.903). Opositó a la Judicatura, siendo su primer destino en el
Juzgado de Primera Instancia de Santa Cruz de la Palma (Canarias, 1.906). Ascendido a Magistrado de la
Audiencia Provincial de Guadalajara (1.918). Juez de Instrucción de Barcelona (1.925). Consejero legislador
de la Comisión Internacional que Ankara (Turquía), requirió de diversos gobiernos para modificar y
actualizar sus vetustos códigos (1.926). Jefe Superior de Administración Civil del Estado (1.928). PresidenteMagistrado de la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona. Casado con doña Matilde Guillén
de Cózar (Guarromán (Jaén), 29-12-1.894. Con domicilio en Jaén, C/, San Bartolomé nº 13, Mesa nº 10
(1.899) y Talavera nº 6; en Barcelona, Villa Gloria, Paseo Maragall nº 15. AICAJ.: Listas, 1.892, Expediente
personal y LSAIICJ, op. cit, pág. 9. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, IV, (F), pág. 160, refª.
1.153-1.156. CASTILLO RODRÍGUEZ-ACOSTA, E, del.: Archivo privado. CAZABÁN LAGUNA, A.:
"Pues, sabrás, Inés hermana", DLS, op. cit, 1.918, 1.926 y 1.928, págs. 253, 30 y 318, respectivamente.
MORALES CUESTA, M. M.: "Jaén a Colón"..., op. cit, págs. 71-72, y Montero..., op. cit, pág. 275. R. C. DE
BARCELONA.: Libro de Defunciones, 1.933, tomo 49, folio 12. R. C. DE GUARROMÁN.: Libro de
Matrimonios, 1.894, tomo 3-3, folio 84 vto. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.901, tomo 63, folio 39.
SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: Op. cit, pág. 580.
683
(1.817-1.834). *Jaén, *¿ +¿. Fue depurado por el Cabildo Municipal de Jaén, de posibles responsabilidades
políticas durante el régimen constitucional, y "purificado" de toda sospecha (1-8-1.825). Casado con doña
Consuelo Ramiro y Raya (Jaén, Sagrario, 1.806). Con domicilio en la C/, Juego de Pelota nº 13 (Carrera de
Jesús). EISMAN LASAGA, C.: "El impresor Don Pedro José de Doblas. Nuevos documentos para su
- 266 -
Don Antonio del Salto684.
Don José María Siles Carrillo685.
Don Eufrasio de Bonilla y Salido686.
Don Ildefonso Torres Mesas687.
Don José Antonio Moreno 688.
Don Juan Francisco Gómez 689.
Don Miguel Gutiérrez Carrillo de Albornoz 690.
biografía", BIEG nº 180. Sexto Seminario de Bio-Bibliografía Giennense "Manuel Caballero Venzalá", pág.
175. R. C. DE JAÉN.: Libros de Defunciones, tomos, 13 y 24, folios 838 y 134, respectivamente. TORRES
PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 5.
684(1.821).
TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág, 24.
685
(1.831-1.850). Notario del Reino. Auditor de Guerra. Público del número de Jaén. En su escribanía se
protocolizó el pliego de condiciones generales estipuladas para la edición del Boletín Oficial de la Provincia
de Jaén (BOPJ), recayendo la puja a favor de don Manuel Rafael de Vargas, socio de la Tipográfica de
Forcada y Compañía, publicándose los lunes, miércoles y viernes de todo el año 1.847 (4-1-1.847). Casado
con doña Dolores Jiménez-Callejón. Su hijo don Francisco María, socio cofundador del Colegio de Abgados
de Jaén. AHPJ.: Protocolos de don José María Siles, legajo 2.443, de 4-1-1.847. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem,
pág. 25.
686
(1.832-1.887). *Jaén, 26-2-1.807 +14-7-1.887. Hijo de don José Antonio de Bonilla y Salido (poseedor de una de
las dos escribanías del Número, a su óbito las hereda su hijo don Eufrasio, quien las sirviera como teniente
en el oficio (1.852-1.897) y doña Josefa Clementa Salido y Fernández de Velasco. Licenciado en
Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.827). Simultanea la escribanía con el mundo de los
negocios. Por la Desamortización sale beneficiado doblemente en función a que en su escribanía se
realizaron un gran número de escrituras de compras; él adquirió trece fincas de labor y huerta con una cabida
de l3 Has., en las que invirtió 95.000 rs. lo que incrementó notablemente su patrimonio familiar, por lo que
se le asignó una contribución de 18.000 rs. (1.849; 2º mayor contribuyente de Jaén capital, aportó 166
jornales para la erradicación de la langosta (1.877). Consta en el Padrón de Caballeros Hijodalgos (24-11.824). El Ayuntamiento de Jaén le autoriza: “…para derribar el torreón de la calle Álamos, resto de la que fue Cárcel
Vieja, y que lindaba con un molino propiedad del Sr. Bonilla…” (1.865). Gobernador de la Santa Capilla de San
Andrés (1.881). En la Exposición Provincial de Jaén, presentó almendros y aceites elaborados en su casería
"del Gato" (1.878). Casado con doña María Gertrudis Forcada y Peralta (Jaén, Sagrario, 22-5-1.836). Con
domicilio en la C/, Maestra Baja (1.866) y Los Peñas nº 4. Otorgó testamento ante el notario de Jaén, don
Antonio Sánchez de la Torre. ARCO MOYA, J., del.: "Escribanías y Escribanos del Número de la ciudad de
Jaén", BIEG nº 153, II, pág. 836. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 227. CAÑADA QUESADA,
R.: "Bonilla", op. cit, pág. 669. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. LÓPEZ CORDERO, J. A. y
APONTE MARÍN, A.: Un terror..., op. cit, pág. 254. NIEVES CARRASCOSA, J. E.: Op. cit, pág. 242.
PÉREZ MIÑANO, C.: La imagen de la ciudad de Jaén. Literatura y Plástica, Jaén, Excmo. Ayuntamiernto de
Jaén, 2.003, pág. 252. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.887, tomo 40, folio 143. SCSA.:
"Gobernadores...", Siempre, op. cit. TORAL PEÑARANDA, E.: "Los linajes privilegiados de Jaén. II
(Torres..."), op. cit, pág. 351. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 7.
687
(1.833-1.874). Probablemente familiar del también notario don Andrés de Torres Moreno y Mesa. Con
domicilio en la C/, Maestra Alta (Almendros Aguilar, 1.866). BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem, pág.
227. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 26.
688
(1.839). Escribano de Guerra (1.808). TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág, 17. VALENZUELA
SAAVEDRA, F.: Op. cit, pág. 141.
689
(1.842-1.861). Casado con doña María Juana Soto. AHDCJ.: Libro de Bautismos nº 45 de San Ildefonso, 1.862, folio
57. TORRES PUYA, M. M.: Ibídem, pág. 12.
690
(1.844-1.884). *Alcaudete (Jaén), 1.812 +Jaén, 14-9-1.885 (en estado de soltero, víctima de la epidemia de cólera
que asolara a la Ciudad). Hijo de don Jerónimo Gutiérrez (*Baena, (Córdoba) y doña Eulogia Carrillo de
- 267 -
Don Antonio Sánchez de la Torre691.
Don Pedro María Ruiz 692.
Don Manuel Ruiz Pérez693.
Don Mateo Candalija y Uribe694.
Albornoz (*Baena (Córdoba). Abogado de los Reales Consejos. Comprador de fincas eclesiásticas
desamortizadas. Ingresó en la RSEAPJ (26-12-1.835). Alcalde de Jaén (1.845-1.846, 1.857-1.859 y 1.867);
teniente de Alcalde (7-1.854 y 1.856 y 1.857-1.858). Cofrade de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús
Nazareno ("El Abuelo"); elegido miembro de la comisión nombrada por la Junta General de la meritada
Cofradía, para adecuar los Estatutos de 1.704 a los de 1.848 (20-9-1.851). Secretario de la Caja de Ahorros de
Jaén (1.863). Secretario del Juzgado de Primera Instancia del partido de Jaén (1.866 y 1.871/1.885). Participó
en la velada artística-literaria organizada por el Ayuntamiento de Jaén en homenaje a Bernardo López García,
que se celebró en el Paraninfo del Instituto Provincial (C/, Compañía, 21-10-1.891). Jefe honorario de
Administración Civil. Comendador de Carlos III y de Isabel la Católica. Comprador de fincas eclesiásticas
desamortizadas (2 urbanas, por las que pujó por 16.280 rs). Con domicilio en la C/, Hurtado nº 31 (1.886).
BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 227. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. COITML.:
Op. cit, pág. 172. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén..., op. cit, Apéndice 675. LÓPEZ PÉREZ, M., et alii.:
Nuestro..., op. cit, págs. 468 y 470. MORALES CUESTA, M. M.: Montero..., op. cit, pág. 174. NIEVES
CARRASCOSA, J. E.: Op. cit, págs. 278 y 289. R. C. DE JAÉN.: Libros de Nacimientos, 1.871/1.885, tomos 1,
5, 8, 9, 11, 13, 15, 17, 19, 21, 23 y 25, folios 1 y 492, respectivamente y Defunciones, 1.885, tomo 23, folio 492.
SÁNCHEZ SALAZAR, F.: Op. cit, pág. 291. SANCHO SÁEZ, A.: Almendros..., op. cit, pág. 49. TORRES
PUYA, M. D.: Ibídem, pág, 13.
691
(19-9-1.848/12-12-1.896). Anteriormente en este mismo capítulo citamos su biografía. TORRES PUYA, M.
D. Ibídem.
692
(1.848-1.853). Ibídem, pág. 22.
693
(1.850-1.893). *Jaén, 26-11-1.821 +¿. Hijo de don Francisco Ruiz García y doña Josefa Pérez Freylas. Escribano
del Ilustre Colegio de Granada, del distrito de Jaén (3-11-1.840/4-4-1.849). Regidor del Ayuntamiento de
Jaén (1.857-1.858). Don Manuel Rafael de Vargas y Uclés, a la sazón Jefe Político (4-6-1848/1-1-1.850 y
Presidente de la Diputación; el próximo nombramiento ya se le denominaría Gobernador Civil), escribe al
Ministerio de Justicia dudando de su conducta moral y política; se consulta a don Gregorio Abril Ávila, don
Antonio Messía Elola, don Miguel Robles Fontecilla, don Pedro Manuel Velluti López de Ayala (Marqués de
Falces y Marqués de Torreblanca) y a don Ángel Fernández de Liencres y Pando (Marqués del Donadio,
todos los citados diputados a Cortes); el único del que hay constancia documental de su contestación es de
éste último que dice: "...que no le conoce". Caballero de la Real y distinguida Orden Española de Carlos III. Con
domicilio en Jaén, Mesones nº 18 (lo que más tarde se convertiría en casa de las Siervas de María, lindando
con la Ermita de San Antonio, C/, Maestra Baja (1.866) y San Bartolomé nº 9. AHDCJ.: Libro de Bautismos de
la Parroquia de San Ildefonso, nº 10, folio 330. BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem, pág. 227. CUADRA
HERRERA, J. R. de la.: Aproximación a los diputados..., op. cit, págs. 34, 42, 43, 236, 352, 374, 382, 419, 422,
437, 439, 457 y 552. CHAMOCHO CANTUDO, M. A.: Op. cit, págs. 448-449. LÓPEZ CORDERO, J. A.:
Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 280. PICATOSTE, C.: Op. cit, pág. 102. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem,
págs. 22-23.
694
(1.851-1.893). *Jaén, 17-12-1.821 +25-4-1.893. Hijo de don Mateo Ramón Candalija Martínez (primer decano
del Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, en el Apéndice I aportamos su extensa biografía) y doña María de
los Dolores Uribe Samper. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.841). Notario de
la Audiencia Territorial de Granada, en el distrito de Jaén. Escribano del Juzgado de 1ª Instancia de su
Partido y del Gobierno Civil de la Provincia. Ingresó en la RSEAPJ (26-12-1.853; otorgándosele el Diploma
de Honor (2-1.854). Presidente-adjunto der la sección de Cria de Ganados de la misma (1.877); Vocal de la
Junta Municipal de extinción de langosta (1.877). Actuó en la incautación del Archivo Histórico Diocesano
de la Catedral de Jaén, por orden del Gobierno de la I República (27-1-1.869). Comprador de bienes
desamortizados; propietario de la casería de Candalija. Como ganadero formó parte del Jurado en la
Exposición Provincial de Ganadería de Jaén (Feria de San Lucas, 1.891). Casado con doña Carmen Nieto del
Castillo (Jaén, Santiago, San Lorenzo y San Bartolomé, 8-2-1.852; ella *Jaén, 18-7-1.822; hija de don Manuel
Nieto Armenteros, sobrino político de doña Rafaela Cañada Rojo, hermana del I Barón de Otiñar, don
- 268 -
Don Lorenzo de Bonilla y Alcázar 695.
Don José María de Castro Duart 696.
Don José Toral Bonilla 697.
Jacinto). Testó ante el notario de Jaén. don Manuel Ruiz Pérez (15-1-1.892). Con domicilio en la C/,
Turronería nº 11 (Francisco Martí Mora), 1.862 y Maestra Baja nº 92 (1.893). AHDCJ.: Libro de Matrimonios nº
7, folio 21 vto. y Boletín Oficial del Obispado de Jaén, tomo XI, pág. 522. CAÑADA QUESADA, R.: “Linajes:
Uribe”, op. cit, págs. 140-141. HORNA LÓPEZ, A. de.: Archivo privado. PEDRO DE JAÉN.: “Papeles
viejos: la Exposición Provincial de Ganadería de 1.891”, Senda…, op. cit, nº 25, pág. 106. PÉREZ
ORTEGA, M. U.: 0p. cit, pág. 24. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.893, tomo 52, pág. 308. TORRES
PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 8.
695
(1.852-1.892). *Jaén, 8-2-1.827 +5-4-1.893. Hijo de don Lorenzo de Bonilla y Sanz (Socio de la RSEAPJ
(1.826), 2º comandante de los voluntarios realistas, Gobernador de la Cofradía de Nuestro Padre Jesús ("El
Abuelo", 1.852-1.869, compró en Granada ocho bombas de cristal para su alumbrado, +Jaén, 17-2-1.854,
propietario de la finca rústica Las Vaqueras, del término municipal de Villanueva de la Reina) y doña Catalina
de Alcázar y Ximénez de la Torre. Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.847).
Escribano del número de Jaén. Gobernador de la Santa Capilla de San Andrés (1.841) y Administrador de la
misma (1.888). Conjuntamente con don León Esteban Molino y don Juan María de la Rosa Casanova
Serrano, hicieron frente a los intereses desamortizadores del poder político (20-4-1.842). Gobernador y
Depositario de la Real Cofradía de Nuestro Padre Jesús Nazareno ("El Abuelo", 1.867 y l.870,
respectivamente). Fue uno de los firmantes de la Contestación de la Excma. Diputación Provincial y del
Excmo. Ayuntamiento de Jaén, a las invitaciones cursadas por la Comisión de diputados y concejales de
Granada y Almería, respectivamente, se hicieron a dichas Corporaciones, para su cooperación al
establecimiento de una vía férrea que enlace a las tres provincias entre sí y con el Mediterráneo (24-7-1.867).
Contrajo matrimonio con su prima hermana, doña Bernarda de Alcázar y Bonilla (Jaén, San Ildefonso, 8-41.855). Con domicilio en la C/, Hurtado nº 20 y Puentezuela nº 7 (Ignacio Figueroa, 1.866). BACHILLER
LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 227. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op. cit, I (A-B), pág. 309, ref.
2.364 y II (C), pág, 304, refª. 1.934. CAÑADA QUESADA, R.: "Bonilla", op. cit, pág. 675. ESPINILLA
LAVÍN, J. E.: Archivo privado. LÓPEZ ARANDÍA, M. A.: "Los intentos desamortizadores de la Santa
Capilla de San Andrés", Homenaje a Luis Coronas. Jaén, Universidad de Jaén, Excma. Diputación Provincial de
Jaén e Instituto de Estudios Giennenses, 2.001, pág. 395. LÓPEZ PÉREZ, M., et alii.: Nuestro..., op. cit, págs.
216, 484 y 526. PICATOSTE, C.: Op. cit, pág. 102. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.893, tomo 52,
folio 259. RODRÍGUEZ ARÉVALO, M.: Op. cit, pág. 272. SCSA.: Siempre nº 2, pág. 7. TORAL
PEÑARANDA, E.: "Los linajes privilegiados de Jaén. II (Torres...)", op. cit, pág. 342. TORRES PUYA, M.
D.: Ibídem, pág. 7.
696
(1.853-1.877). *Jaén, 1.826 +18-1-1.878. Hijo de don Andrés de Castro (*Jaén). y doña Carmen Duart (*Jaén).
Casado con doña María Juana Casanova del Castillo (ella hermana de don Gregorio, Decano nº 4 del Ilustre
Colegio de Abogados de Jaén). Con domicilio en la C/, Maestra Baja (1.866) y de la Madrid nº 1 (1.878,
entrada por la Plaza de la Audiencia, salida por Aldana). BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem, pág. 227. R.
C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.878, tomo 18, folio 44. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 8.
*Jaén, 13-2-1.828 +4-4-1.886. Hijo de don Juan Nepomuceno Toral y Carrillo de Mendoza
(*Jaen, 24-1-1.796 +17-8-1.838) y doña Josefa Salvadora de Bonilla y Salido (Jaén, San Ildefonso, 24-31.818; ella *Jaén, 4-9-1.798; contrajo segundas nupcias con su primo tercero don Jerónimo Jiménez de
Oviedo, sin sucesión). Licenciado en Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.849). Regidor del
Ayuntamiento de Jaén (1.857-1.858 y 1.863-1.864). Teniente de alcalde del mismo (1.865-1.868) y Alcalde
(4-1-1.875). Secretario de la RSEAPJ (1.863-1.866; con motivo de establecer su residencia en Madrid lo
sustituye en el cargo don Antonio Mariscal y López de Navajas) y Tesorero (1.878-1.880). Vocal de la Junta
Provincial de Beneficencia y de la Comisión Inspectora del Registro del Censo Electoral (1.866). Presidente
de la Sociedad Caja de Socorros, Ilustración y Recreo (Casino de Artesanos, 4-10-1.877). Presidente de la
Sub-Comisión Inspectora de Extinción de Langosta del distrito de Jaén capital (1.877). Caballero de la Real
Orden de Carlos III y Comendador de la de Isabel la Católica. Casado en primeras nupcias con doña Josefa
Nieto del Castillo (ella *Jaén, 1.834 +16-6-1.870); en segundas con a poeta doña Josefa Sevillanos Morillas
(Jaén, San Bartolomé, 30-10-1.873; ella igualmente viuda de don Fernando Roby y Derby, +Los Villares de
Jaén) y en terceras con doña María Juana Casanova del Castillo (Jaén, San Bartolomé, por don José de
697(1.855-1.886).
- 269 -
Don Antonio Rodríguez de Gálvez Tello698
Don Lorenzo Soriano de Vico 699.
Palma y Camacho, 12-10-1.884; ella también viuda de don José María de Castro y Duart (notario de Jaén).
Con domicilio en la C/, Pilar de la Imprenta, Maestra Baja (1.866), Ludeña nº 1 (Josefa Sevillano), 1.870 y
de la Madrid nº 1 (entrada por la Plaza de la Audiencia y salida por Aldana). Otorgó testamento ante el
notario de Jaén don Antonio Sánchez de la Torre. AHDCJ.: Libro de Desposorios de la Parroquia de San
Bartolomé nº 9, folio 168. AHMJ.: LPDCCJ, op. cit, 1.870, asiento 277. BACHILLER LLERA, M. M.:
Ibídem, págs. 220, 227 y 229. CABALLERO VENZALÁ, M.: Semblantes…, op. cit, op. cit, págs. 255-259.
ESPEJO GARCÍA, E.: Op. cit, págs. 38-39 y 41. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante…, op. cit,
Apéndice nº 285 y Jaén tras…, op. cit, pág.114. OSUNA GUERRERO, E.: Op. cit, pág. 242. R. C. DE
JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.875 y 1.884, tomos 6 y 15, folios 143 y 92 respectivamente; Defunciones,
1.886, tomo 37, folio 257. TORAL PEÑARANDA, e.: “Los linajes privilegiados de Jaén, I. Quesada”, op.
cit, págs. 640-642, y De la vida del padre (José Toral y Sagristá), BIEG, Jaén, 1.990, pág. 9. TORRES
PUYA, M. D.: Ibídem, págs. 26 y 31.
698
(1.854-1.878). *Torrox (Málaga) +Madrid, ¿ Hijo de don Diego Rodríguez de Gálvez y doña María del
Carmen Gálvez Tello. Notario del Colegio de Granada, en el distrito de Jaén; con igual categoría destinado
a la Villa y Corte. Miembro de la Junta de Oficiales de la RSEAPJ (21-8-1.862); formó parte de la Comisión
Literaria creada por la citada Económica, que se ocupara de invitar y dirigir a los poetas de Jaén y su
provincia para la edición del Romancero de Jaén, para ser ofrecido a S. M. la reina Isabel II y a SS.AA.RR. el
Príncipe de Asturias y la Infanta (7-10-1.862). Uno de los firmantes de la Contestación de la Excma.
Diputación Provincial y Excmo. Ayuntamiento de Jaén a las invitaciones cursadas por la Comisión de
diputados y concejales de Granada y Almería, respectivamente, se remitieron a dichas Corporaciones para
su cooperación al establecimiento de una vía férrea que enlace a las tres provincias entresí y con el
Mediterráneo (24-7-1.867).Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.867-1.868). Secretario de la Santa Capilla
de San Andrés (12-10-1.881-1.899). Incorporado al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén (9-6-1.887). Jefe
honorario de Administración Civil. Comendador de la Real Orden de Isabel la Católica. Casado con doña
María del Carmen Bonilla y Alcázar, (Jaén, San Ildefonso, 1-1-1.859, actuando de oficiante el hermano del
desposado don Ramón; la biografía de éste la aportamos en el capítulo 3º). Con domicilio en Jaén, C/,
Hurtado nº 15 (1.871). AHDCJ.: Libro de Desposorios de San Ildefonso nº 29, folio 24 vto. AHPJ.: Protocolos de
don Lorenzo Soriano de Vico , escritura nº 9, de 21-1-1.871. CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario..., op.
cit, (C), pág. 304, refª. 1.934. CAÑADA QUESADA, R.: “Genealogía…”, op. cit, pág. 95. CAZABÁN
LAGUNA, A.: “El romancero de Jaén”, DLS, op. cit, 1.913, pág. 8. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén
durante…, op. cit, Apéndice nº 706. R. C. DE JAÉN.: Libro de Nacimientos, 1.901, tomo 38, folio 381.
RODRÍGUEZ DE GÁLVEZ, R.: Varios escritos, Jaén, Est. Tip. de D. Tomás Rubio y Campos, impresor
de
la Real Casa, 1.899, pág. 1. SCSA.: Libro…, op. cit, págs. 7 y 9 y Siempre, op. cit, nº 26. TORAL
PEÑARANDA, E.: “Los linajes privilegiados de Jaén, II (Torres)…”), op. cit, pág. 345. TORRES PUYA,
M. D.: Ibídem, pág. 22.
699
(1.855-1.880). *Huelma (Jaén), 1.821 +Jaén, 2-2-1.886. Hijo de don Bernabé Soriano y doña Florentina de Vico.
Secretario-escribano del Ayuntamiento de Valdepeñas de Jaén, con una asignación de 4.400 reales, pagaderas
trimestralmente (4-4-1.848/31-12-1.854). Notario Jaén, estableciendo su despacho en la C/, Hurtado. Primer
secretario de la Cofradía de la Corte de la Virgen de la Capilla (1.855). Su hermano político don Francisco de
Paula, médico, fue el primer Gobernador de la meritada Cofradía, a su fallecimiento le sustituyó su sobrino
carnal, el célebre galeno, don Bernabé Soriano de la Torre (1.885). Casado con doña Bárbara de la Torre Ruiz
(Jaén, San Ildefonso, 1.841. Aunque algunos autores aseveran que el matrimonio Soriano/de la Torre
tuvieron por descendencia a don Bernabé (26-12-1.842) y a doña María Paz (1.858), es lo más cierto que
hubo otro hijo, don Lorenzo (*Valdepeñas de Jaén, 21-5-1.854). Con domicilio en la C/, Hurtado (1.866),
Pescadería nº 3 y Príncipe Alfonso nº 2 (1.886). BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 227. LARA
MARTÍN-PORTUGUÉS, I., y MOLLINEDO GÓMEZ-ZORRILLA, J.: Bernabé Soriano de la Torre. El padre
de los pobres. Jaén, Pavimentaciones Morales, S. L., 2.003, págs. 22, 24 y 79. PARRA DELGADO, S.: Archivo
privado. PARROQUIA DE SANTIAGO APÓSTOL (Valdepeñas de Jaén).: Libro de Bautismos nº 25, folio
101. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.886, tomo 37, folio 94. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, págs.
25 y 31.
- 270 -
Don Pedro Villar Lechuga700.
Don Juan Antonio González Viegas701.
700
(1.855-1.882) *Jaén, 1.822 +13-2-1.882 (en la casería Pedro Codes). Hijo de don Bernardo Villar Moya (*Jaén,
1.796 +12-1-1.844, Sargento 2º del Primer Batallón de Infantería de la Reina) y doña Inés Lechuga (*Jaén,
1.790, +30-9-1.867; matrimonio en Jaén, San Ildefonso, 21-1-1.822, ella viuda de don Manuel Cañada Raya,
doña Inés testó ante la fe del notario don Antonio Sánchez de la Torre; su nieto don Rafael Lechuga Villar,
(*Jaén, 1.856 +29-1-1.919, hijo de don Salvador Lechuga (*Jaén, 1.814, Teniente Coronel del Regimiento de
Infantería de Asturias) y doña Ana María del Carmen Villar (Jaén, Parroquia de Santiago y San Lorenzo,
General de Brigada en 9-1.918, casado en primeras nupcias con doña Nieves Cuenca Arévalo (19-12-1.881), y
en segundas con doña Julia Martín y Díez del Valle (8-6-1.892). Notario del Ilustre Colegio de la Audiencia
Territorial de Granada en el distrito de Jaén, y Escribano del Juzgado de Primera Instancia de Jaén. Casado
con doña Joaquina Martínez Valenzuela (Jaén, San Bartolomé, 24-11-1.850). Con domicilio en la C/, Salido
nº 17, Tiradores nº 11 y Maestra Baja nº 84. Su hijo don Bernardo, Decano del Ilustre Colegio de Abogados
de Jaén (1.889-1.892; en el Apéndice I aportamos su biografía). A.G.M.S. Hoja de servicios. AHDCJ.: Libro de
Defunciones de San Bartolomé nº 9. AUG.: Expediente personal. BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem, pág. 227.
CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. R. C. DE JÁEN.: Libros de Matrimonios, 1.881 y 1.892, tomos 12
y 23, folios 141 y 94, respectivamente, Defunciones, 1.882, tomo 27, folio 156. TORRES PUYA, M. D.:
Ibídem, págs. 27 y 32.
701
(1.863-1.874). Hijo de don Antonio González y doña María de los Ángeles Viegas Bonal (ella, *Málaga, 9-11.832, directora de la incipiente Escuela de Primera Enseñanza para niñas establecida en la Real Sociedad
Económica de Amigos del País de Jaén, de cuya labor docente se hace eco la Junta de Instrucción Pública,
tras la visita girada por la Inspección a las Escuelas (1.861), y prima hermana de la madre de don Joaquín
Ruiz Jiménez). Vocal de la Junta de Gobierno (1.868). Regidor del Ayuntamiento de Jaén tras la Revolución
(1.868). Con domicilio en la C/, Jorge Morales (1.866) y La Madrid (s/n (entrada por la Plaza de la
Audiencia y salida por Aldana). AHDCJ.: Libro de Nacimientos nº 29 de la Parroquia del Sagrario, folio 179 y
Expediente matrimonial ordinario nº 43 de 1.864. BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem, pág. 227. LÓPEZ
CORDERO, J. A.: Jaén durante…, op. cit, Apéndice 258. OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit, pág. 242.
SÁNCHEZ LOZANO, M. J.: La Real Sociedad Económica de Jaén: el destierro de la ignorancia, Edición Fácsimil
de los Estatutos del año 1.790, Úbeda (Jaén), Gráficas Minerva, 2.002, pág. 158. R. C. DE JAÉN.: Libro de
Defunciones, 1.896, tomo 60, folio 400. SANCHO RODRÍGUEZ, M. I.: Op. cit, I, pág. 394. TORRES
PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 12.
702
(1.889-1.894). *Monzón (Huesca), 14-9-1.846 +Graus (Huesca), 8-2-1.911. Sus padres son labradores a los
que ayuda en las faenas agrícolas. De voluntad férrea. A los diecisiete años decide salir de Graus a pesar de
su gran penuria económica para estudiar Bachillerato y Magisterio, a la vez que es albañil, criado, cochero,
etc. etc. Visitó la Exposición Internacional de París (1.867), de la que conllevó la publicación de su primer
libro: Ideas apuntadas en la Exposición de París. Se establece en Madrid para estudiar en la Universidad. Se
doctora en Derecho (1.872) y un año más tarde en Filosofía y Letras. Silvela había hecho de él tantos
elogios que cuando oposita al Cuerpo de Abogados del Estado, tanto el Tribunal como condiscípulos y
opositores esperaban con impaciencia su turno (promoción 3ª, 1-7-1.875, obteniendo el número 2, siendo
su primer destino en la Delegación de Hacienda de Cuenca). Nombrado profesor de la Institución Libre de
Enseñanza. Ejerció de abogado, más tarde de notario (1.878), perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de
Granada. Al fallecer el notario de Jaén don Eufrasio de Bonilla y Salido le sucede Costa en su notaría, sita
en la calle del Duende nº 4, de la que tomó posesión (31-10-1.888/9-9-1.894); su domicilio particular lo
estableció en la Plaza de San Francisco nº 27, principal (1.889); más tarde instaló su notaría en el nuevo
domicilio de la C/, Maestra, propiedad del arquitecto de Jaén don Justino Flórez Llamas, por un importe
mensual de 17’50 pesetas (25-5-1.894). Por agravamiento de su enfermedad crónica fue trasladado a
Madrid, donde protocalizó la escritura de constitución de la Sociedad Minera “El Guindo”, sita en La
Carolina (Jaén. 3-3-1.899), cuya concesión había sido firmada por la reina Isabel II treinta y tres años antes
(1.866). Al agravarse su enfermedad tuvo que hacer un viaje a Suiza para que lo reconociesen los médicos
de Berna (1.890); la dolencia sabemos que desde joven adolecía del brazo izquierdo que le libró del servicio
militar, también que los pies había algo más que pequeñez, insuficiente por sí sola para sustentar su cuerpo
hercúleo. El Dr. Royo Villanova describió en La Época la enfermedad de Costa. Volvió de Suiza tan
enfermo como llegó, pero con sus ahorros exhaustos, por lo que optó por permutar la notaría de Jaén por
la de Graus para respirar los aires del Pirineo. La calle donde estuvo instalada su primera notaría, por
- 271 -
Don Joaquín Costa y Martínez702.
iniciativa de don Julián Espejo García, amigo personal y compañero de oposición de Costa y del concejal
del Ayuntamiento de Jaén don Enrique de Guindos Torres., por acuerdo del pleno del Consistorio fue
rotulado por el del ilustre jurisconsulto y político (11-2-1.911). Azcárate opinaba de él: Costa fue ante todo y
sobre todo un jurista, y consagró sus mejores y mayores esfuerzos al Derecho Consuetudinario español, principalmente desde el
punto de vista histórico”. Sus repentinas ausencias de Jaén lo sustituía su compañero don Antonio Sánchez de
la Torre. Intervino en el III Congreso Nacional de Pedagogía (1.882); un año más tarde en el Congreso
Colonial y Mercantil; al siguiente es cofundador de la Sociedad de Africanistas. Fundador de la Liga de
Contribuyentes de Ribagorza (Huesca, 1.892), que da lugar al año siguiente a la Cámara Agrícola del Alto
Aragón. Regresa a Madrid e instala su despacho en la C/, Barquillo nº 5 (1.894); más tarde renuncia a la
plaza que tenía asignada de notario, siendo adjudicada a un ilustre giennense: don José Toral Sagristá, que
previamente había sido oficial mayor en la notaría de don Camilo Ávila, mientras preparaba las oposiciones
a notaría (7-6-1.905). Presidente de la Sección de Ciencias Históricas del Ateneo de Madrid (12-6-1.895). La
Real Academia de Jurisprudencia y Legislación lo nombra Académico (1.887). Su trayectoria política tiene
más bien un marcado “anti”. Como Hunamuno del que es padre de su “me duele España”, el “león de
Graus”, paralítico se retira de la política y se refugia en Graus. Tres años antes de su muerte hará resonar su
sonante voz en el Congreso cuando acepta un fugaz traslado a Madrid para informar contra el proyecto de
la Ley de Represión del terrorismo; anteriormente con el programa Escuela y Despensa, exigiendo para ello la
figura del Cirujano de Hierro. Fueron sus amores: el trabajo, la verdad y la justicia. Desde su salida de Jaén
hasta su fallecimiento mantuvo correspondencia con diveraas personalidades de Jaén y su provincia. El
Ayuntamiento de Graus lo nombró hijo adoptivo. Los interesados en conocer pormenorizadamente su
estancia en Jaén, vid, bibliografía citada. ÁLVAREZ, M. M, et alii.: Op. cit, pág. 557. CABALLERO
VENZALÁ, M.: Diccionario…, op. cit, II, III y IV (C, E, CH-E y F), págs. 345, 204 y 156, refª, 2.183-2.187,
1.429-1.432 y 1.131-1.133, respectivamente. CAZABÁN LAGUNA, A.: DLS, op. cit, 1.913, págs. 76-80.
CIGES APARICIO, M.: Joaquín Coeta, siglo XIX, Biblioteca de la Cultura Española nº 12, Madrid, M.
Aguilar-Editor, s/a, págs. 37 y ss. COSTA MARTÍNEZ, J.: Op. cit, pág. V. FERNÁNDEZ CLEMENTE,
E.: Educación y revolución en Joaquín Costa y breve antología pedagógica, Madrid, Cuadernos para el Diálogo, 1.969,
págs. 13 y ss. M. H.: I Centenario…, op. cit. MOLINA VEGA, A, et alii.: “Dinamización de la actividad
empresarial minera. La producción de mineral y la coyuntura de los precios”, La Minería de Linares (18601923), op. cit, pág. 75. MORENO BRAVO, T.: El callejero…, op. cit. RODRÍGUEZ DE LECEA, T.: “La
Escuela de la Institución”, Cuadernos, historia 16, Madrid, Grupo 16, 1.985, págs. 9-10. SÁNCHEZ
BLANCO, J.: Op. cit, pág. 13. TORAL PEÑARANDA, E.: De la vida…, op. cit, pág. 33. TORRES PUYA,
M. D.: Ibídem, pág. 9. VALLADARES REGUERO, A, y RUIZ GARCÍA, R.: “La etapa giennense de
Joaquín Costa. Relación epistolar con el historiador ubetense Ruiz Prieto”, BIEG nº 178, págs. 41 y ss.
- 272 -
Don Julián Espejo y García 703.
Don José Tomás de Lanzas y Lozano 704.
Consideremos pudiera resultar interesante reflejar el extracto de los
Aranceles de los Juzgados vigentes en 1.895 para un hipotético estudio
comparativo 705.
EN LO CIVIL: DERECHOS EN LOS JUZGADOS MUNICIPALES.
DE LOS JUECES.
703
(1.897-1.906). *Jaén, 19-6-1.854 +19-5-1.914. en estado de soltero. Hijo de don José María Espejo-Saavedra y
Ortega y doña Carmen García Moreno. Licenciado en Derecho Civil y Canónico por la Universidad Central
de Madrid (30-7-1.888); logrando el doctorado en la misma (1.889). Incorporado al Ilustre Colegio de
Abogados de Jaén (3-6-1.869/30-6-1.890). Opositó al Cuerpo del Notariado (1.888), ejerciendo como tal en
Jaén (1.894). Amigo personal y compañero de oposición de don Joaquín Costa y Martínez. Por su iniciativa
el Ayuntamiento de Jaén cambió el nombre de la calle donde Costa tuvo su residencia y despacho por el del
ilustre jurista, político y literato. Notario-subdelegado de este distrito perteneciente al Ilustre Colegio de
Granada. Socio Correspondiente de la Real Academia de la Historia (1.890). Vocal de la Comisión de
Monumentos Históricos y Artísticos de esta provincia (1.914). A él se debe en gran parte los
descubrimientos arqueológicos hallados en Jódar (Jaén) y Jaén capital, y más concretamente las vías
romanas que desde la Capital del Santo Reino conducía a diferentes puntos, entre los que de destacamos el
camino conocido de “Las Lagunilla”; también localizó a la escritura de dote y arras otorgada por el insigne
“manco de Lepanto”, a favor de su esposa doña Catalina de Salazar y Palacios; hizo también una
pormenorizada investigación acerca de la sepultura del Obispo de Jaén don Alonso Suárez de la Fuente y
del Sauce. En la revista el Notariado publicó una serie de artículos excelentes. A su fallecimiento su
compañero y sucesor en la notaría don Lázaro Lázaro Junquera le dedicó un panegírico en las páginas de
Don Lope de Sosa. Cofrade de la Sana Capilla de San Andrés (18-11.1.888). Figuraba en la relación de
mayores contribuyentes de la Ciudad con el nº 60. En el número extraordinario de El Industrial publicó un
artículo titulado: “Pensamiento” (1.894). Con domicilio en la C/, Machín nº 5 (Obispo Aguilar), nombre
primitivo: Argote de Molina (13-12-1.866), cambió por Mateo Sagasta, tras su subida al poder en 1.902 y el
actual por moción del Alcalde de Jaén don Antonio Lenmi García (21.2-1.903). Testó ante sí mismo.
AICAJ.: Listas, 1.889, Expediente personal y Libro…, op. cit, 1. AHMJ.: Actas Capitulares de 1.898.
CABALLERO VENZALÁ, M.: Diccionario…, ibídem, II © y III (CH-E), págs. 345 y 204, refª, 2.187 y
1.429-1.432, respectivamente. CAZABÁN LAGUNA, A.: “Los Académicos”, “Esto Inés, ello se alaba” y
“Don Julián Espejo y García”, DLS, op. cit, 1.913, 1.914 y 1.915, págs. 76, 126 y 157, respectivamente. El
Industrial, op. cit. ESPEJO TORTOSA, R.: Archivo privado. MORENO BRAVO, T.: Ibídem. R. C. DE
JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.914, tomo 97, folio 342. SCSA.: Memoria…, op. cit. TORRES PUYA, M. D.:
Ibídem, pág. 10.
704
*Jaén, 18-9-1.821 +29-11-1.896. Hijo de don Diego Lanzas y doña Catalina Lozano Salcedo. Licenciado en
Jurisprudencia por la Universidad de Granada (1.841). Escribano de Jimena (Jaén, 29-11-1.849); de Cádiz
(16-2-1.884); de Puerto de Santa María (Cádiz, 6-12-1.884); de Málaga (20-1-1.887); de Jaén (8-4-1.893/2911-1.896). Casado en primeas nupcias con doña Juana María Herrera Ruiz, en segundas con su hermana
política doña Dolores, en terceras con doña Mariana Gutiérrez Arias y en cuartas con doña Antonia Muñoz
de la Chica. Testó ante el notario de Jaén don José Azpitarte Sánchez. AHDCJ.: Libro de Bautismos de la
Parroquia del Sagrario nº 27, folio 104. CUADRA HERRERA, J. R., de la.: Archivo privado. R. C. DE
JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.896, tomo 61, folio 402. TORRES PUYA, M. D.: Ibídem, pág. 14.
705
OSUNA Y GUERRERO, E.: Op. cit, págs. 193-198.
- 273 -
CONCEPTO.
PTS.
Por la primera providencia que firmen en cada negocio
Por cada una de las siguientes
Por cada auto
Por las sentencias definitivas
Por cada hoja de las declaraciones que reciban
Por una ratificación simple
1’00
0’05
0’50
2’50
0’25
0’50
Por la ratificación adicionada o ampliada
Si las declaraciones o ratificaciones fueran por medio de intérprete o
en lugar que no sea el del Juzgado, serán dobles los derechos
Por cada hora de juicio verbal que ha de efectuarse se en los
desahucios
Por cada hora de la celebración de juntas de familia
Por toda comparecencia de las partes
Por las certificaciones que con arreglo a la Ley se expidan y por
mandamientos, requisitorias, exhortos, suplicatarios e informes
Por cada comunicación u oficio
Por cada edicto
Por la asistencia a subastas, inventarios, inspecciones, embargos y
depósitos, no pasan de una hora
Por cada hora de exceso
0’75
2’00
2’00
0’50
1’00
0’25
0’50
3’00
2’00
Por los actos de conciliación, con la providencia de cita y el certificado
2’00
Cuando citado el demandado no se celebrase por falta de asistencia de
una de las partes
Por todas las providencias, actos y diligencias de un juicio verbal sea
cualquiera su duración, hasta la sentencia inclusive
Si citado el demandado no se celebra el juicio por no comparecer el
demandante o faltar ambos
DE LOS FISCALES MUNICIPALES.
1’30
Por cada dictamen que emitan por escrito en los asuntos civiles
2’00
En los demás actos y diligencias a que deban concurrir con los Jueces,
devengarán una cuarta parte menos que los derechos de éstos.
- 274 -
2’00
1’00
DE LOS SECRETARIOS.
Por la extensión y autorización de cada providencia
0’50
Por la de cada auto
1’00
Por la de las sentencias
2’00
c Por cada notificación, citación requerimiento o emplazamiento en el
local del Juzgado o en el destino al efecto
0’75
Por cualquiera de esas diligencias fuera de dicho locales
1’00
Si se hicieran por medio de cédula por no hallarse al interesado
1’25
Cuando se hiciere a corporación o particulares previo señalamiento de
día y hora
2’00
Cuando la persona se niegue a firmar y sean precisos dos testigos
1’50
Cobrarán además: por la extensión de respuestas cuando deba
admitirse
0’25
Por cada notificación en Estrados
0’50
Por cada nota que se extienda en reintegros
0’25
Por cada nota en contratos de inquilinatos u otros documentos
haciendo constar, embargo, posesión, desembargo, administración
judicial, alzamiento u otra circunstancia
0’50
Por el desglose, diligencia en que conste y nota
1’00
Por la diligencia de consignación de dinero, alhajas o valores, y del
recibo
2’00
Por las diligencias para su entrega
2’00
Cuando por obligación hicieran constar la entrega de documentos
1’00
Por cada hoja de declaraciones
0’75
Por la ratificación
0’50
Por la ratificación adicionada o enmendada
0’75
Dobles derechos cuando unas u otras sean por medio de intérprete,
fuera del Juzgado
Por suplicatorios, exhortos, despachos, mandamientos, certificados e
informes incluida la nota
- 275 -
1’00
a
Por oficios, órdenes y edictos
0’50
Por cada hora de juicio verbal para desahucio y acta
2’00
Por cada hora en juntas de parientes
2’00
Por cada hora subastas, inventarios, descripción de bienes, deslinde,
inspecciones y cotejos
1’50
Por cada hoja de tasación de costas, prorrateos comprobación,
liquidación y nota en el pleito
1’00
Por cada hoja que examinen para las anteriores diligencias
0’08
Por la busca y noticia de un expediente
1’00
De no obtenerse la noticia llevarán por cada año de los registrados
0’25
Por todos los derechos de cada acto de conciliación
2’00
Por la terminación faltando el demandado e incluida la certificación
1’50
Si la cita fuere por oficio dirigido al Juez de su residencia
0’75
Por todos los actos y diligencias del juicio verbal hasta sentencia
2´00
Si no se celebra por faltar algunas de las partes
1’00
DE LOS ALGUACILES.
Por cada citación o diligencia en juicios verbales
0’50
Por citación en despoblado pasados dos kilómetros de la población
1’00
Por cada requerimiento
0’50
Por busca de testigos por negarse a firmar el interesado
0’25
Por llevar un oficio o comunicación
0’25
Por juicios y demás actos a que deban concurrir
0’75
Por asistir a cotejos, reconocimientos, inspecciones, deslindes,
inventarios y posesiones
0’75
Por cada hora en embargos, desembargos y lanzamientos
1’00
Por cada día de guardia
2’00
Por cada noche de guardia
3’00
DERECHOS EN LOS JUZGADOS DE PRIMERA
- 276 -
INSTANCIA.
DE LOS ESCRIBANOS DE ACTUACIONES.
Por todas las diligencias de la apelación de juicios verbales inclusos
sentencias y testimonios
5’00
Por cada hoja de reconocimiento (escritos, copias, etc).
0’20
Por cada folio de autos que reconozcan para extender testimonios y
liquidaciones
Por cada folio de títulos y documentos para liquidar cargas u otras
operaciones análogas
Estando en el pleito e incluidos en el reconocimiento llevarán por hoja
Por cada hoja de reconocimiento de libros y papeles de litigantes para
hacerlo constar en autos
Por examen de pleitos para acumular y diligencia de ello
Por cada providencia
Por cada hoja de autos y sentencias
Por asistir a la publicación de sentencias y hacerlas constar
Cuando sea ante jueces árbitros, dobles derechos
0’10
0’15
0’10
0’05
0’05
1’25
1’50
2’00
Por notificación, citación, requerimiento o emplazamiento hecho en la
Escribanía o en el local destinado
1’00
Fuera de estos casos
2’00
Por cédulas en ausencia de la persona
3’00
De no vivir donde se dice y buscarla en otra parte tendrán por esta
diligencia
2’00
Cuando se hiciere con señalamiento de día y hora
4’00
Y negándose a firmar el interesado, buscando dos testigos
1’00
Por cada hoja de exceso de las copias que entregue por extensión de
respuestas
0’75
Por las notificaciones con cédula en Estrados
1’50
Por la cédula de que habla el art. 273 y diligencias de entrega
1’50
Por nota de presentación de escritos
0’75
Por nota en el primer pliego de papel de pagos al Estado
0’50
Por los de los restantes
0’25
- 277 -
Por los de contratos de inquilinato u otros documentos haciendo
constar, posesión, embargos, etc.
1’00
Por el desglose y nota
1’50
Por la liquidación de término u otra
2’00
Por la diligencia de no comparecencia
1’00
Por señalamiento para una comparecencia o práctica de otra gestión
1’00
Por consignación y recibo de ella
4’00
Por diligencias para entrega o recibo y resguardo
10’00
Por entrega de autos, recibo y devolución
1’50
Por entrega fuera de la Escribanía
2’50
Por la recogida de ellos
2’50
Por pase de oficios y pleitos, si no lo hacen los alguaciles
1’50
Por pase por ayuda de un mozo
1’00
Cuando se ordene conste la entrega de autos o pliegos
3’00
Por cada hoja de declaraciones
1’50
Por cada ratificación
1’00
Por cada hoja del documento que se reconozca en la ratificación o
declaración
0’15
Se cobrarán dobles derechos fuera del Juzgado o si se hiciere la
declaración por medio de intérprete
Por cada hoja de suplicatorios, exhortos, despachos, mandamientos y
testimonios con diligencia
Por cada hoja de insertos
Por cada oficio u orden no pasando de dos hojas, inclusa la diligencia
Por cada hoja de exceso
Por cada hoja de informe evacuado por el Juez
Por cada casilla de copia de árbol genealógico
Por cada hoja de copias simples de escritos
Por el recibo que den de los escritos
Si en el recibo se expresan documentos, cobrarán por cada uno
Por cada hora de asistencias a vistas, remates, aperturas de
- 278 -
1’00
0’75
1’50
0’50
0’75
0’15
0’75
1’00
0’25
3’50
testamentos y comparecencias
Por recibir y devolver consignaciones
Por cada hora en juicios de acreedores, herederos y universales
Por cada hora de cotejos y diligencias de ellos
Por los mismos, hechos fuera de la Escribanía
Por la única diligencia en busca del ejecutado
Por cada hora de embargo, depósito y diligencia y por desembargo y
entrega
Por cada hora de intervención, cierre, sello, inspección, formación de
inventarios, posesión, etc.
Por cada hoja de tasación de costas y prorrateos, comprobación,
liquidación y nota en los autos
Por cada hoja de liquidación de cargas
Por la fianza y obligación personal en los embargos
Por las actas de constitución de fianza
Por la fianza de cárcel segura, en quiebras
Por cada hoja del acta de constitución de fianza hipotecaria apud acta
Por el acta de discernimiento del cargo de tutores y curadores
Por la conservación y custodia de expediente y dar cuenta verbal a las
partes de su tramitación
Por la busca de cualquier pleito o expediente archivado o noticia fija
de su incoación
De no obtenerse la noticia, por el registro en cada año
Por cada hora en que exhiba los pleitos en la Escribanía
Cuando para practicar cualquier diligencia salga a más de dos
kilómetros de la población, cobrará por cada día natural.
DE LOS ALGUACILES.
0’50
5’00
3’00
4’00
2’00
5’00
5’00
1’50
3’00
2’50
3’00
5’00
3’75
5’00
2’00
3’00
1’00
1’50
0’15
Por cada hora de asistencia a vistas y juntas de acreedores
1’50
Por cada hora de asistencia a embargos, desembargos, lanzamientos,
depósitos y otras diligencias
2’00
Por cada día de guarda de vista
4’00
Por cada noche
6’00
Por requerimiento a inquilinos y nota
1’00
Por pase de oficios y expedientes y por citación o requerimiento
1’00
- 279 -
Por cada diligencia en busca de la persona a quien se deba citar
1’00
Por señalamiento de día
0’75
Dietas diarias cuando salgan en comisión fuera de la localidad
7’00
Por cada hora invertida en subastas y remates
1’50
DEL REPARTIDOR.
Por el reparto a los Juzgados y entrega
1’00
Por la noticia a los interesados, pasados un mes
0’50
Iguales derechos llevará por el reparto en los Juzgados y entrega a los
Escribanos
EN LO CRIMINAL. DERECHOS EN LOS JUZGADOS
MUNICIPALES. (JUECES, SECRETARIOS Y FISCALES).
Por cada juicio de faltas en que no haya más que un procesado (todas
las diligencias hasta el fallo)
5’00
Si hubiese dos o más (el importe total será distribuido Entre el Juez, Fisc 7’50
y Secretario)
Por las diligencias de ejecución de sentencia, llevarán las dos terceras
partes de los derechos asignados a las actuaciones que practiquen, lo
mismo que en la efectividad de las responsabilidades pecuniarias
No podrán exceder las costas del duplo de las del juicio principal
No se exigirán derechos a los absueltos
Serán de oficio las actuaciones para determinar si un hecho es delito o
falta
En las causas criminales devengarán los derechos de los Jueces y
Secretarios de Instrucción
DE LOS ASESORES DE LOS JUECES MUNICIPALES.
Los Asesores devengarán honorarios cuando los Jueces desempeñen
accidentalmente el Juzgado Instrucción, y serán satisfechos con el
sueldo que por este concepto disfrute el municipal.
DE LOS ALGUACILES Y PORTEROS.
Devengarán las dos terceras partes de los derechos señalado a los de
Juzgados de Instrucción
DERECHOS EN LOS JUZGADOS DE INSTRUCCIÓN. DE
LOS SECRETARIOS O ESCRIBANOS DE JUZGADO.
Por cada auto de oficio, denuncia o querella
- 280 -
1’25
Por cada hoja de las declaraciones
Por una hora en diligencias de careo reconocimiento en rueda de
presos
Por cada hora más
Por cada hoja del auto de prisión o soltura
Por hoja de cualquier otro auto
Por cada hoja de mandamiento de prisión o libertad
Por ocupación en diligencias de prisión, levantamiento de un cadáver,
etc, no excediendo de una hora
Por cada una de exceso
Por la asistencia a exhumación o autopsia de un cadáver, etc, si no
pasa de una hora
Y por cada una de exceso
Por la primera hora en diligencias de secuestro de impresos, grabados
y moldes
Por cada hora de exceso
Por el testimonio dando parte de la causa y sus adelantos
Por las providencias que no tengan señalados derechos
Por cada notificación en Estrados, con copia
Si excede de una hoja, por cada una de las restante
Cédula por notificación, citaciones y emplazamientos no excediendo
de una hoja
Igual exceso que las otra
Por cada pliego en relación de exhortos, suplicatorios, mandamientos,
certificaciones, requisitorias, etc.
Pliego de insertos
Por exposiciones a las Cortes o al Gobierno, cada hoja
Por hoja de oficio o carta-orden
Por cada edicto
Por la diligencia de fijación
Por poner guarda de vista y extender la diligencia
Por cada nota de presentación
Por entrega de causas con recibo
Por la cancelación al ser devueltos
Por cualquier recibo que tenga que dar
Por cada hoja de reconocimiento
- 281 -
1’00
2’50
2’00
1’25
1’00
1’00
4’00
3’00
6’00
4’00
4’00
3’00
2’00
1’25
1’00
0’50
1’00
1’00
3’00
2’00
0’75
0’75
1’50
0’50
2’00
0’50
1’00
1’00
1’00
0’04
Por la obligación de presentarse el procesado
3’00
Por hoja de diligencia de fianza apud acta
2’00
Por cada hoja de mandamiento para la inscripción o cancelación de
1’00
fianza
Por cada hora invertida en embargo y desembargo
3’00
Por cada una de exceso
2’50
Por declaraciones o diligencias fuera de los estrados del Juzgado, no
2’50
excediendo de una hora
Por cada una de exceso
2’00
Por las diligencias practicadas de noche percibirán el aumento de una
tercera parte de derechos
Por cada día que salga fuera de la residencia del Juzgado
12’50
Por cada hoja útil que reconozca para tasar las costas
0’04
Cuando fueren varios los procesados y tengan que hacer graduaciones
0’08
Por cada hoja de informes que evacue
DE LOS ALGUACILES Y PORTEROS.
2’50
Por cada notificación, citación o emplazamiento no excediendo de
una hoja la cédula
1’00
Por cada hoja de exceso
0’25
Por cada hora de ocupación en diligencias
2’50
Por la prisión de un reo, asistiendo el Juez y no pasando de una hora
3’00
Por cada hora de exceso
2’50
Si se diere comisión para efectuarla
6’00
Por cada diligencia en busca del reo
1’00
Por cada tránsito de 30 Km. conduciendo reos
8’00
Por la traslación de presos dentro de la población
3’00
Por la primera hora en embargos y desembargos
1’50
Por cada una de más
1’00
Por cada día de guarda de vista
4’00
Por cada noche
6’00
Por cada recogida de autos
1’50
- 282 -
Por los pases de oficios
0’75
Si salieron fuera de la residencia, cobrarán por cada hora
6’00
XIV. PROCURADORES
No queremos terminar este bosquejo del organigrama judicial sin
mencionar al Ilustre Colegio de Procuradores de Jaén 706tan histórica y
profesionalmente vinculado al mundo del Foro.
Comenzamos relacionando su composición, antigüedad y domicilios,
respetando también la cronología establecida con las plantillas orgánicas de la
Audiencias y Juzgados anteriormente citados:
Don Gabriel Palomino Millán 707.
Don Juan María Cañada Labrador 708.
Don Antonio Clemente Martínez709.
Don Juan de los Reyes y Aguilar710.
706
En el inventario del mobiliario existente en la Audiencia de lo Criminal de Jaén (antes citado), establecida en la
C/, Cerón, figura lo siguiente: "...Sala de Procuradores: un bufete. Una mesa escritorio central. Un sillón. Sofá. Dos
banquetas. Seis sillas finas de anca. Una carpeta. Un tintero. Salvadera. Escalerilla para las plumas. Quinqué de mesa. Una
alfombra.".
707
Su domicilio en la C/, Rey Don Fernando (Santa Cruz). Dicha finca urbana llamada Casa del Tribunal de la
Inquisición (1.706). CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado.
708
*Jaén, 16-7-1.745 +17-3-1.808 (inhumado en la bóveda de San Andrés). Hijo de don Miguel Salvador Cañada
Mirez y doña Francisca Ramona Labrador Arroyo (tercera esposa). Agente de negocios. Cofrade de la Santa
Capilla de San Andrés. Casado con doña Juana Rojo Segovia (Jaén, San Andrés, 1.776, ella *Jaén, 24-111.754). Con domicilio en C/, Maestra Alta nº 51 (Almendros Aguilar). Otorgó testamento ante el escribano
de Jaén, don José Antonio Moreno (8-11-1.807). AHDCJ.: Libro de Desposorios de la Parroquia de San Andrés nº
3, folio 270. AHMJ.: LPDCCJ, op. cit, asiento nº 16. AHPJ.: Protocolos de don José Antonio Moreno, legajo 2.313,
folio 158. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado.
709
(1.782). EISMAN LASAGA, C.: Manuscritos…, op. cit, pág. 198.
710
(1.792). Ibídem.
- 283 -
Don Jacinto Cañada Rojo 711.
Don Gregorio Toledano Anguita712.
Don Manuel Uceda Hidalgo713.
Don Francisco José de Aguilera Hidalgo714.
Don Rafael Iturriaga Garre715.
711
Hijo del anterior. *Jaén, 5-2-1.772 +11-1-1.845. Agente de negocios. Amigo de juergas y francachelas de
Fernando VII, quien lo nombrara para el cargo de "factor de reales provisiones" (1.817), Intendente General
de la provincia de Jaén (1.820) y I Barón de Otiñar (1.833, según reconoce en un codicilo que posee don
Rafael Cañada Quesada, título que en su día no se reivindicó, y que posteriormente nadie ha rehabilitado, y
por ende vacante en la actualidad). Alcalde de la Cofradía de Gloria de San Antonio Abad (popular San
Antón, 15-7-1.815); Gobernador (12-1-1.817); renueva en el mismo cargo (1.827); repite (1.831); reelegido
(17-1-1.840). Nunca gozó de simpatías por su autocracia. Construyó y levantó a sus expensas la antigua villa
de Otiñar (1.826, bajo la protección y patrocinio de la reina doña María doña Cristina de Borbón, hoy de
Santa Cristina) y la Vereda. Tuvo un molino aceitero, que llegaba a producir hasta setecientas arrobas de
aceite, tan bueno, que obtuvo varios premios en la Exposición Provincial de 1.878 organizada por la
RSEAPJ. Me comentaba el recordado don Rafael Ortega Sagrista, que debió ser un personaje pragmático,
que tenía incluso buenas relaciones con los bandoleros de Sierra Morena, y por ende podía circular
libremente y sin riesgos alguno en sus viajes -que debieron ser frecuentes-. Ha pasado a la historia romántica
de Jaén por haber dado cobijo al bandolero Francisco Ríos González "El Pernales", cuando huía de los
"tricornios" por la Sierra de Jaén en compañía de su compinche "El Niño del Arahal" (25-8-1.907). Tras la
derrota liberal, aumentó sin límites su fortuna personal (1.823). Casado en artículo mortis con su ama de
llaves, doña María Juana Armenteros y Soria, sin hijos (Jaén, San Pedro, 1.845), Sacramento que hubo de
aceptar para que la Iglesia le hiciera un entierro católico. Recomiendo al hipotético lector consulte su
testamento para conocer exactamente su curioso y extravagante estado social, y sobre todo, civil). Con
domicilio en la C/, Maestra Alta nº 57. Testó ante el escribano de Jaén, don Juan Francisco Sánchez (9-11.841). Su hermano don Juan, Párroco de San Pedro (+22-8-1.846, con domicilio en la C/, Maestra baja nº
151). AHDCJ.: Libro de Defunciones de la Parroquia de San Pedro nº 10, folio 141 vto. AHMJ.: Ibídem, asiento
368, folio 32 vto. AHPJ.: Protocolos de don Juan Francisco Sánchez, legajos 2.467 y 2.476, folios 91 y 463 y ss, de
28-12-1.844. BERGES ROLDÁN, L. y ORTEGA SAGRISTA, R.: Dibujando en Jaén. Jaén, Gráficas Nova, S.
A., 1.976. CAÑADA QUESADA, R.: "Extintas Cofradías de Gloria: la de San Antonio Abad, popular San
Antón", Pasión y Gloria nº 7, Torredonjimeno (Jaén), 1.997, págs. 117 y ss. LARA MARTÍN-PORTUGUÉS,
I.: Jaén (1.820-1.823). La lucha por la libertad durante el Trienio Liberal. Jaén, Ayuntamiento de Jaén, colección:
"Huellas", l.996, págs. 83-84 y 88. LÓPEZ PÉREZ, M.: "El bandolerismo en la provincia de Jaén.
Aproximación para su estudio", BIEG nº 121, pág. 58. OLIVARES BARRAGÁN, F.: Crónica de la "Cena
Jocosa" de 1.985. Jaén, Amigos de San Antón.
712
*Herencia (Toledo), 1.778 +Jaén, ¿ Hijo de don Francisco Toledano (*Herencia) y doña Francisca Anguita
(*Jaén). Con domicilio en la C/, Veracruz nº 25 (Recogidas). AHDCJ.: Libro de Defunciones del Sagrario, de 177-1.856. AHMJ.: Ibídem, 550. ESCALONA MOLINA, E.: Archivo privado.
713
*Jaén ¿. Casado con doña Tomasa Hidalgo (Jaén, 1.796). AHMJ.: LPDCCJ, op. cit, libro 727, asiento 283.
714
*Jaén, 1.797 +29-3-1.870. Hijo de don Francisco Aguilera (también Procurador) y doña Tomasa Hidalgo.
Nombrado Secretario del Ayuntamiento de Jaén (3-1.849). Denunció una de las minas más antiguas de
Linares denominada el Mimbre, sita en el "Rincón de la Parrilla" (3-1.825), apoderó para su representación y
explotación del mineral a don Juan Bautista Caulonga, vecino de Linares (Jaén); ante el fracaso económico,
optó por cederla al poderoso industrial de Jaén, don José Gutiérrez, y éste a su vez, a don Policarpo Román y
García de Molina, a la sazón, Decano del Colegio de Abogados de Linares. Casado con doña Juana Tirado.
Con domicilio en la C/, Maestra Baja (1.866). AHMJ.: Ibídem nº 710, asiento 283. BACHILLER LLERA,
M. M.: Op. cit, pág. 227. CORONAS TEJADA, L.: "La burguesía mercantil en Jaén en el primer tercio del
siglo XIX", BIEG nº 150, pág. 187. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 238.
715
*Jaén, 2-3-1.798 +¿ Hijo de don Ventura Antonio Iturriaga Izquierdo (*Burgos) y doña Francisca Genara Garre
Martos (*Linares). Vicesecretario de la Junta Gubernativa del Nuevo Casino de Jaén (26-1-1.849). Casado
- 284 -
Don Juan José María de Aponte Luque 716.
Don José García de la Mata 717.
Don Juan de Dios Aguayo Velasco 718.
Don José Noguera Velasco719.
con doña Ana María Valverde Barranco (Jaén, San Bartolomé, 1.817; ella, *Martos, 5-6-1.796). Vecino de
Villardompardo (Jaén). Con domicilio en Jaén, C/, Arroyo de San Pedro nº 12 (1.836). AHDCJ.: Expedientes
matrimoniales ordinarios, legajos 494-B y 499-D. AHMJ.: Ibídem. PEDRO DE JAÉN.: "Papeles viejos", Senda...,
op. cit, nº 4, pág. 74.
716
*Jaén, 17-2-1.802 +19-8-1.875. Hijo de don Ildefonso José de Aponte Coronado y Alcázar (*Villanueva del
Arzobispo, Alguacil Mayor del Ayuntamiento de Jaén (13-5-1.809), partidario de Riego, en 1.820 ejercia de
escribano) y doña Victoria Luque Sánchez (*Martos, ambos contrajeron matrimonio en Jaén, 1.801). De la
Milicia Nacional. Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.856-1.858). Secretario de la Cofradía de Nuestro
Padre Jesús Nazareno ("El Abuelo", 1.838 y 1.863, ostentando a la sazón el cargo de Gobernador, don
Fernando Cañabate y Gámiz, Marqués del Cadmio, Síndico Personero). Casado con doña Fausta García
Aponte (Jaén, San Bartolomé, 11-4-1.830). Con domicilio en la C/, Cañuelo de Jesús nº 1 (1.866). Otorgó
testamento ante la fe del notario de Jaén, don Eufrasio de Bonilla Salido. AHDCJ.: Carpeta de Matrimonios entre
parientes, legajo 500-A y Libro de Bautismos del Sagrario nº 30, folio 70 vto. BACHILLER LLERA, M. M.: Op.
cit, pág. 227. CAÑADA QUESADA, R.: "Linajes nobles en la ciudad de Jaén: Carrillo de Albornoz", op. cit,
págs. 372-373. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Jaén durante..., op. cit, apéndice nº 241. LÓPEZ PÉREZ, M., et
alii: Nuestro..., op. cit, I, págs. 467 y 525. R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.875 y 1.877, tomos 13 y 16,
folios 523 y 457 respectivamente. VALENZUELA SAAVEDRA, F.: Op. cit, pág. 124.
717
Subteniente de la Milicia Honrada de Jaén, 1ª Compañía (1.808). Procurador de la Ciudad. LÓPEZ PÉREZ. M,
y LARA MARTÍN-PORTUGUÉS, I.: Op. cit, pág. 258. VALENZUELA SAAVEDRA, F.: Op. cit, pág.
140.
718
*Jaén, 10-10-1.812 +18-6-1.889. Hijo de don Manuel Aguayo Bermejo (*Espejo, Córdoba, Regidor del
Ayuntamiento de Jaén, 1.820) y doña Rosalía Velasco Rodríguez (+Jaén, testando 5-1-1.812). Consultor 1º de
la Junta de Gobierno de la Cofradía del Santo Sepulcro (1.847). Gobernador de la Cofradía del Cristo de la
Expiración (25-3-1.889). Teniente 1º de la 3ª Compañía de Carabineros de Jaén (3-9-1.854). Agente de
Negocios (1.889). Elegido Decano del Colegio de Procuradores de Jaén (1.886-1.889). Socio de la RSEAPJ
(17-2-1.878), Vice-Contador (1.888-1.889). Casado con doña Juliana García Aranda (ella *Baena, Córdoba).
Con domicilio en la C/, del Toro nº 7 (Obispo González, 1.866) y Recogidas nº 7 (1.886). Su tío carnal
paterno, don Miguel, párroco del Sagrario de Jaén y Socio Fundador de la RSEAPJ (1.775), su tía carnal
materna doña Magdalena, casada con el Escribano de número de Jaén don Julián Molina (1.847). AHDCJ.:
Libro de Bautismos del Sagrario nº 26, folio 166 vto. AICAJ.: Listas, 1.886-1.889. BACHILLER LLERA, M. M.:
Ibídem, pág. 227. CAÑADA QUESADA, R.: Archivo privado. CORONAS TEJADA, L.: "La burguesía...",
op. cit, pág. 181. ESPEJO Y GARCÍA, E.: Op. cit, pág. 5. LÓPEZ CORDERO, J. A.: Ibídem, Apéndice nº
99. PICATOSTE, C.: Op. cit, pág. 95. R. C. DE JAÉN.: Libros de Matrimonios, 1.872, tomo 1, folio 144 y
Defunciones, 1.889, tomo 44, folio 423.
719
*Jaén, ¿ + ¿. Hijo de don Miguel Noguera (Diputado del Común, por haber pertenecido a la Milicia Nacional;
fue "purificado" por el Cabildo Municipal de Jaén de posibles responsabilidades políticas durante el régimen
constitucional (1-8-1.825) y doña María Velasco. Oficial Mayor del Ayuntamiento de Jaén (1.812). Actuó de
Receptor en la incautación de los bienes de la Santa Capilla de San Andrés tras nacionalizar Isabel II todas las
propiedades del clero secular (2-9-1.834). Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.844-1,849). Vocal de la
Beneficencia (9-5-1.848). Casado con doña Rosario Expósito. AHDCJ.: Libro de Bautismos de San Ildefonso
nº 45, folio 57. AHMJ.: Libro de Actas de 14-2-1.812. EISMAN LASAGA, C.: Op. cit, pág. 175. GARCÍA
SÁNCHEZ, A.: La organización…, op. cit, pág. 189. LARA MARTÍN-PORTUGUÉS, I.: Jaén..., op. cit, pág.
508. LÓPEZ ARANDÍA, M. A.: "Los intentos desamortizadores de la Santa Capilla de San Andrés",
Homenaje a Luis Coronas. Torredonjimeno (Jaén), Universidad de Jaén, 2.001, pág. 393. LÓPEZ CORDERO,
J. A.: Apéndice nº 700.
- 285 -
Don Rafael Osuna Nieto720.
Don Juan José Anguita 721.
Don Manuel Lechuga García722.
Don Toribio de Miguel Calle723.
720
*Baena (Córdoba), 1.823 +Jaén, 3-10-1.906. Hijo de don José Osuna y doña Carmen Nieto. Representante en
Jaén de los intereses de don Pedro Yangüas Jiménez. Secretario de la Cofradía de Nuestro Padre Jesús
Nazareno ("el Abuelo", 1.864). Propietario de la casería la Era (1.869). Casado con doña Rita Molina Alcázar.
Con domicilio en la C/, Espartería (1.866, Doctor Civera), Ancha nº 14 (1.886), Hurtado nº 26 (1.886),
Abades nº 3 (1.899) y Llana nº 12. Por su interés histórico local no me resisto a transcribir una interesante
intervención profesional: "El día 1 de Noviembre de 1.874, compareció en nombre y representación de los Sres. Condes de
Benalúa, vecinos de Granada, ante el Notario de Jaén, Don Antonio Aponte García, al objeto de requerir su presencia, para la
ofrenda que iba a realizar ante el Iltmo. Sr. Don Alonso Suárez de la Fuente y del Sauce, Obispo que fue de esta Diócesis
(obispo insepulto), para que levantara la oportuna acta. Dicha representación iba acompañada de un mozo que portaba seis
blandones de cera nueva, y constituidos en la Santa Iglesia Catedral de Jaén, manifestó el legal representante de los Condes de
Benalúa al Iltmo. Sr. Don Joaquín de Villena y Sánchez, Deán de la Santa Iglesia y Presidente del Cabildo Catedral, que
ofrendaba la cera que tradicionalmente se venia haciendo en este día al expresado Sr. Obispo. El Sr. Deán, expuso, que por sí y
en nombre del Cabildo, no se aceptaba". Por lo que un año más continuó el cadáver del Obispo en la cajonera
existente en el lado izquierdo de la Capilla del Santo Rostro. Parece ser que por fin el Ordinario del lugar ha
decretado su inhumación definitiva en el altar del Santo Rostro para el próximo día 13-5-2.001; de llevarse a
efecto la misma, se cumpliría fielmente el Fallo de la sentencia dictada por la Santa Sede, aunque con
trescientos sesenta y seis años de diferencia para declarar conclusas estas contumaces actuaciones; qué razón
la de Cervantes cuando sentenció (nunca mejor dicho): "Con la Iglesia...". Tenía otorgado poder general para
pleitos de la Venerable Universidad de Priores y Curas Párrocos de Jaén (3-9-1.888). AHDCJ.: Universidad...,
op. cit, y Expediente matrimonial ordinario, 583-B. AICAJ.: Listas, 1.886. BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem,
pág. 227. CAÑADA QUESADA, R.: Ibídem. CASAÑAS LLAGOSTERA, P.: "Presentación de ofrenda por
el Obispo insepulto", Senda..., op. cit, nº 49-50, págs. 129-131. LÓPEZ PÉREZ, M., et alii.: Op. cit, pág. 525.
R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.906, tomo 82, folio 284.
721
Comerciante. Alférez de la Compañía de Tiradores (9-1.843). Regidor del Ayuntamiento de Jaén (1.848 y
1.854). Teniente 1º de la 2ª Compañía de la Milicia Nacional (22-9-1.854). LÓPEZ CORDERO, J. A.: "Las
instituciones...", op. cit, págs. 177 y 179.
722
*Jaén, ¿ + ¿ Hijo de Don Manuel José Lechuga Casas (*1.762 +1-6-1.832; casó dos veces: 1ª, con doña Leonor
María García Pulgar (22-9-1.782) y de 2ª, con doña Juana Martínez de Sosa); él testó ante el escribano don
Juan Gabriel de Bonilla (II), 31-5-1.817). Nuestro biografiado, casado con doña Francisca Morales de la
Chica. Con domicilio en la Puerta Barrera y Arco Puerta Noguera (ésta última, actual Manuel Jontoya, 1.865).
AHDCJ.: Libro de Defunciones de San Ildefonso nº 30 bis, folio 12 vto. y 13. AHPJ.: Protocolos de don Juan Gabriel de
Bonilla, legajo 2.266, de 30-5-1.817. BACHILLER LLERA, M. M.: Op. cit, pág. 227. CAÑADA QUESADA,
R.: Archivo privado. GARCÍA-OJEDA LOMBARDO, J. C.: Archivo privado. TORRES PUYA, M. D.: Op.
cit, págs. 7 y 28.
723
*Soria, 1.805, +Jaén, 21-2-1.870. Hijo de don Pablo de Miguel Calle (*Soria) y doña Manuela Calle Jorge (*Santa
María la Real de Niera, Segovia). Agente de negocios. Procurador de los Tribunales. Tesorero interino de
Rentas de la provincia de Jaén (1.839). Cajero de la Tesorería de los Juzgados de Jaén. Sindico del
Ayuntamiento de Jaén (1.846 y 1.866), Regidor del mismo (1.853-1.854 y 1.861-1.866) y Vocal de la
Comisión Inspectora del Registro del Censo Electoral y de la Junta de Refacción (1.866). Socio de la RSEAPJ
(24-10-1.861). Cofrade y Consiliario de la Santa Capilla de San Andrés (1.869). Depositario de la Real
Cofradía de Nuestro Padre Jesús (el "Abuelo", 1.869). Comprador de fincas eclesiásticas desamortizadas;
adquirió por 3.900 rs. dos hazas contiguas de 3,4 Has, cerca de la Ciudad (1.844). Regidor del Ayuntamiento
de Jaén (1.862); formó parte de la comisión creada por el Ayuntamiento de Jaén, presidida por el
Gobernador Civil, don Antonio Hurtado y Vahondo, para que se trasladara a Madrid para dar las gracias a la
reina Isabel II, con motivo de la concesión a la Corporación municipal de "Excelencia", mediante R. O., dada
en Palacio el 5-12-1.862. Casado con doña Caya García y Hernando (ella *Burgo de Osma, 1.807, +Jaén, 3112-1.888; tía carnal del vate del 2 de Mayo; a las 69 años de edad contrajo segundas nupcias con don Manuel
Carrillo González Castejón (capitán de caballería, *Soria, +Jaén, 27-4-1.887, Vocal de la Beneficencia (9-5- 286 -
Don Pedro Pascual de Miguel García 724.
1.848). Testó ante el escribano de Jaén, don Manuel Ruiz Pérez. Ésta familia ha tenido un apodo secular en
Jaén, el vulgo jaetano no se adaptó desde el principio el apellido "de Miguel", creyendo que se trataba de
nombre compuesto, y por ende, siempre se les llamaron a esta familia: "Calle", que era el segundo apellido de
don Toribio. Este autor conoció a dos nietos por línea paterna: don Manuel de Miguel Siles, coadjutor de la
parroquia de San Juan, conocido por el "cura Calle", y una hermana de éste, doña Rosario, madre abadesa del
Real Monasterio de Santa Clara de Jaén, asimismo conocida por la "monja Calle". Con domicilio en la Plaza
de las Cruces (1.866, Doctor Arroyo, a la altura de la C/, Salido) y Arroyo de San Pedro nº 7 (esquina a Santa
Clara, hoy desaparecida). En la Real Chancillería de Valladolid, existen numerosas pruebas y Ejecutorias de la
nobleza de familias de este linaje. AHDCJ.: Expedientes matrimoniales ordinarios, 499-B. AHPJ.: Protocolos de don
Manuel Ruiz Pérez. BACHILLER LLERA, M. M.: Ibídem, págs. 223 y 229. CAÑADA QUESADA, R.:
Archivo privado. ESPINILLA LAVÍN, J. E.: Archivo privado. GARCÍA SÁNCHEZ, A.: Op. cit, pág. 189.
LÓPEZ CORDERO, J. A.: Ibídem, apéndice nº 268. LÓPEZ PÉREZ, M., et alii.: Ibídem, pág. 526.
NIEVES CARRASCOSA, J. E.: Op. cit, pág. 243. ORTEGA SAGRISTA, R.: "La visita...", op. cit, pág. 66.
R. C. DE JAÉN.: Libro de Defunciones, 1.887 y 1.888, tomos 39 y 43, folios 334 y 480, respectivamente. SCSA.:
"Cofrades ilustres: D. Manuel de Miguel García (1.837-1.897)", Siempre nº 48, op. cit.
724
Hijo del anterior, y hermano político del posteriormente citados, respectivamente. *Burgo de Osma (Soria),
1.831 +Jaén, 10-5-1.916. Hijo de don Toribio de Miguel Calle y Jorge y doña Caya García y Hernando.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada (1.851). Afiliado al partido Liberal que lideraba en
Jaén don Manuel María Montero Moya, que tocaba las fibras del sentimiento de manera inimitable como en
su poesía “El Labriego” y la “Abuela”, quien le dedicara un extenso poema titulado: "Romance histórico",
que copiamos sucintamente: "...y otro viaje a un pueblecillo/cerca de La Carolina/, a tratar con Salmerón/algunas bases
precisas/para entablar un convenio/entre los de esta provincia/,unos revolucionarios/y otros evolucionistas..." (quienes estén
interesados en conocerlo literalmente, remítanse a la bibliografía citada). Secretario de la Sociedad de
Socorros Mutuos y Círculo de Recreo de Jaén (Casino de Artesanos, que redactó un nuevo reglamento).
Cofrade de la Santa Capilla de San Andrés (16-11-1.862), y del Cristo de la Expiración. Secretario del Casino
Primi

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