Crea el Juzgado de Paz del municipio de Unión Cantinil
Transcripción
Crea el Juzgado de Paz del municipio de Unión Cantinil
Crea el Juzgado de Paz del municipio de Unión Cantinil, departamento de Huehuetenango ACUERDO NÚMERO 24-2007 LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto número 54-2005 del Congreso de la República de Guatemala, de fecha once de agosto de dos mil cinco, se creó el municipio de Unión Cantinil, departamento de Huehuetenango, como municipio número trescientos treinta y dos de la división política administrativa de la República de Guatemala. CONSIDERANDO: Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia implementar juzgados con el objeto de prestar en mejor forma el servicio de administración de justicia y facilitar el acceso a la misma a la población que lo necesita, particularmente por la creación del municipio. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que preceptúan los artículos 203 y 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 54 letras a) y f) y 77 de la Ley del Organismo Judicial, e integrada como corresponde, ACUERDA: Artículo 1º. Crear el Juzgado de Paz del municipio de Unión Cantinil, departamento de Huehuetenango. Artículo 2º. El Juzgado que se crea por el presente Acuerdo tendrá competencia territorial en su respectivo municipio, en consecuencia, se modifica la competencia territorial establecida en Acuerdos anteriores de esta Corte. Artículo 3º. Por razón de la materia, el Juzgado de Paz del municipio de Unión Cantinil, departamento de Huehuetenango, conocerá de los ramos penal, civil, familia, laboral y otros que la ley disponga. Artículo 4º. El personal del Juzgado que se crea por este Acuerdo estará integrado por un Juez de Paz V, un Secretario Paz II, dos Oficiales II, un Comisario y un Auxiliar de Mantenimiento II. Artículo 5º. El Juzgado de Paz del municipio de San Antonio Huista, departamento de Huehuetenango, que conocía de los asuntos judiciales, en sus diferentes ramos, del municipio de Unión Cantinil deberá de seguir conociendo de los ya iniciados, hasta su fenecimiento. Artículo 6º. El Juzgado de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Huehuetenango, conocerá en segunda instancia de los asuntos del Juzgado de Paz del municipio de Unión Cantinil. La competencia en segunda instancia para los demás ramos continúa de la forma establecida en los acuerdos anteriores de esta Corte. Artículo 7º. La Presidencia del Organismo Judicial, a través de las unidades respectivas, deberá tomar las previsiones correspondientes para la instalación y equipamiento del Juzgado de Paz que se crea por este Acuerdo. Artículo 8º. El presente Acuerdo entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario de Centro América, órgano oficial de la República de Guatemala. Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala el cuatro de julio de dos mil siete. COMUNIQUESE Luis Fernández Molina, Presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia en Funciones; Augusto Eleazar López Rodríguez, Magistrado Vocal Tercero; Beatriz Ofelia de León Reyes Magistrado Vocal Cuarto; Carlos Gilberto Chacón Torrebiarte, Magistrado Vocal Quinto; Edgar Raúl Pacay Yalibat, Magistrado Vocal Sexto; Jorge Gonzalo Cabrera Hurtarte, Magistrado Vocal Séptimo; Víctor Manuel Rivera Woltke, Magistrado Vocal Octavo; Oscar Humberto Vásquez Oliva Magistrado Vocal Noveno; Leticia Stella Secaira Pinto, Magistrado vocal Décimo; Carlos Enrique de León Córdova, Magistrado Vocal Undécimo; Rodolfo de León Molina, Magistrado Vocal Duodécimo; Napoleón Gutiérrez Vargas, Magistrado Presidente Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente; Noé Moya García, Magistrado Presidente Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Ramo Penal, Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente. Jorge Guillermo Arauz Aguilar. Secretario de la Corte Suprema de Justicia. 2
Documentos relacionados
Amplía la competencia de la Sala Primera de la Corte de
órgano oficial de la República de Guatemala, y entrará en vigencia ocho días después de su publicación. Dado en el Palacio de Justicia, en la ciudad de Guatemala el once de septiembre de dos mil si...
Más detalles