NIO-0100 Diseño de las Lineas de Transferencia

Transcripción

NIO-0100 Diseño de las Lineas de Transferencia
Normas de Ingeniería de Oleoductos
DISEÑO DE LÍNEAS DE TRANSFERENCIA DE
HIDROCARBUROS
1 ALCANCE
1.1 Esta norma reglamenta los estudios, evaluaciones y
diseños previos a la construcción de una línea de
transferencia de hidrocarburos, encaminados a determinar
las características del terreno que se va a ocupar y a la
definición del proyecto y sus condiciones de construcción.
1.2 Como resultado de las actividades mencionadas en el
numeral anterior, se debe determinar la mejor localización
del proyecto y sus características; se debe obtener la
información necesaria para el trámite de los permisos que se
requieran para su construcción y operación y se deben
preparar y editar los Términos de Referencia (diseños,
especificaciones particulares y cantidades de obra)
necesarios para la contratación de la construcción del
proyecto.
1.3 Las actividades previas a la construcción, y las normas
que las reglamentan son:
Evaluación de corredores NIO-0101
Definición de línea NIO-0102
NIO-0100
Feb-97
Hoja 1 de 2
Guía para la Administración Ambiental del Diseño,
Construcción, Operación y Mantenimiento de Oleoductos.
4 MANEJO AMBIENTAL
4.1 La variable ambiental se debe considerar como una de
las más importantes y condicionantes en el planteamiento
del proyecto y en el diseño de una línea de transferencia de
hidrocarburos.
4.2 Es de esperar que un proyecto en cierta medida altere
las condiciones del ambiente, pero se debe buscar que la
perturbación sea la mínima posible. Se parte de la base que,
al prestar la debida atención a los factores ambientales, se
está asegurando la permanencia de la obra, su
funcionamiento adecuado y se disminuyen los riesgos y la
posibilidad de ocurrencia de eventos desfavorables o
nocivos al terreno ocupado por el proyecto.
4.3 Para tal efecto se deben considerar aspectos
relacionados con el manejo y la protección ambiental dentro
del diseño geotécnico de un proyecto, tales como:
4.3.1 El alineamiento en lo posible debe localizarse en
terrenos de baja vulnerabilidad.
Diseño geotécnico NIO-0103
Prediación NIO-0104
Marcación NIO-0105
Estudios ambientales (*)
(*) Los Estudios ambientales se deben llevar a cabo de
acuerdo con los términos de referencia emitidos por las
Autoridades Ambientales.
2 DEFINICIONES
2.1 En cada una de las normas "Consultor" es el encargado
de las actividades que se contemplan en el alcance y
"ECOPETROL" es la Empresa Colombiana de Petróleos o
su representante autorizado.
3 REFERENCIAS
En esta norma se hace referencia a los siguientes
documentos:
De la República de Colombia:
Ley 99 de 1993 por la cual se crea el Ministerio del Medio
Ambiente, se reordena el sector público encargado de la
gestión y conservación del medio ambiente y los recursos
naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional
Ambiental (SINA) y se dictan otras disposiciones.
De la Asociación Panamericana de Empresas Petroleras
(ARPEL):
4.3.2 Se debe diseñar y disponer de obras y acciones de
protección geotécnica y ambiental para la adecuación,
recuperación y conservación de los terrenos.
4.3.3 Diseñar las diferentes actividades del proyecto,
teniendo en cuenta las condiciones ambientales de la región.
4.4 Como parte de las labores de campo que se deben
realizar durante las etapas de estudio y diseño, se deben
seguir las siguientes políticas:
4.4.1 Informar a las autoridades civiles y militares sobre el
alcance de los trabajos, los sitios de permanencia del
personal, los vehículos que se usen y cualquier otra
información que se considere pertinente.
4.4.2 Emplear, en lo posible, personal de la región.
4.4.3 Instruir al personal que labore en el proyecto en los
temas de manejo y protección ambiental, mediante charlas e
instrucciones de comportamiento.
4.4.4 Explicar a la comunidad afectada los objetivos del
proyecto, el beneficio social y la manera como ellos se
vinculan al proyecto.
4.4.5 Solicitar permiso a los propietarios u ocupantes de los
predios donde se ingrese, y explicar a ellos y a los vecinos
sobre el alcance de los trabajos y las actividades que se
han de llevar a cabo, sus implicaciones, daños y beneficios
en forma clara y objetiva.
4.4.6 Llevar a cabo los reconocimientos y estudios del
terreno efectuando la mínima alteración.
Normas de Ingeniería de Oleoductos
DISEÑO DE LÍNEAS DE TRANSFERENCIA DE
HIDROCARBUROS
NIO-0100
Feb-97
Hoja 2 de 2
4.4.7 Se deben mantener las cercas y broches en el estado
en que se encuentren.
rotundamente disponerlos en los cuerpos de agua o dejarlos
sobre el terreno.
4.4.8 Colocar las marcas de pintura sobre la corteza de los
árboles y evitar el descascaramiento de los mismos.
4.4.12 Limitar la apertura de accesos al mínimo necesario
que permita el ingreso del personal al alineamiento y
racionalizar la actividad de apertura de trochas para lograr
un corredor del menor ancho posible.
4.4.9 Evitar la rotura de las ramas de los árboles al colocar
los banderines en la copa de éstos.
4.4.10 Evitar la caza de animales silvestres y el daño a sus
madrigueras o nidos.
4.4.13 Utilizar los materiales vegetales procedentes de la
apertura de las trochas, en actividades del proyecto.
5 MEDIDA Y PAGO
4.4.11 Disponer bajo tierra, a una profundidad superior a 0.5
m, los residuos y empaques de los elementos que se lleven
al campo (comidas, pilas, tarros de pintura, plásticos, etc.).
En lo posible se debe tratar de sacar dichos elementos del
campo y llevarlos a rellenos sanitarios urbanos. Se prohíbe
5.1 Para la medida y pago de las actividades a las que se
refiere esta norma, consultar las normas correspondientes
enunciadas en el numeral 1.3.

Documentos relacionados