resumen de normas relevantes
Transcripción
resumen de normas relevantes
BLACK COLOR Información RESUMEN DE NORMAS RELEVANTES Del 26.08.2008 al 25.09.2008 CONGRESO DE LA REPÚBLICA Ley N° 29255 (27.08.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 y dicta otra disposición Por medio de este dispositivo, el Congreso de la República autoriza un Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de la Producción hasta por la suma de SEIS MILLONES GTRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 300 000,00), con el fin de atender, de manera excepcional, sin obligación de reembolso y por única vez en el Año Fiscal 2008, el pago de pensiones a cargo de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador. Asimismo, en el artículo 2° se establece el procedimiento que habrá de seguirse para la aprobación institucional. Por su parte, el artículo siguiente (3°) hace referencia al procedimiento a seguir para el respectivo pago de las pensiones a las cuales se hace alusión. Finalmente, se autoriza al Pliego 515: U.N. San Luis Gonzaga de Ica a utilizar durante el presente ejercicio presupuestal, previa aprobación mediante acuerdo de Consejo Universitario, los recursos que percibe por ingresos provenientes del Canon, Sobrecanon y Regalía Minera, para destinarlos exclusivamente a la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura del Pliego, afectada por el terremoto de fecha 15 de agosto del año 2007. Ley N° 29261 (21.09.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Ley que deroga los Decretos Legislativos Núms. 1015 y 1073, y restituye la vigencia de los artículos 10° y 11° de la Ley N° 26505, Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas Con esta Ley, el Congreso de la República deroga el D.L. N° 1015, que unifica los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y selva con las de la costa, para mejorar su producción y competitividad agropecuaria y, también, el D.L. N° 1073, que modifica el literal b) del artículo 10 de la Ley N° 26505, Ley de la Inversión Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas; modificado por el artículo único del Decreto Legislativo 1015. Asimismo, se restituye la vigencia de los artículos 10° y 11° de la Ley N° 26505, ello en razón de que la Ley no fue promulgada por el Presidente de la República en cumplimiento de los artículos 108° de la Constitución Política y 80° del Reglamento del Congreso. JUSTICIA D.S. N° 013-2008-JUS (29.08.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Aprueban el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27584, Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, modificado por el D. Leg. N° 1067 A través de este Decreto Supremo, se aprueba el TUO de la Ley N° 27584, que regula el Proceso Contencioso Administrativo. Ello, surge a partir de la consideración del artículo 148° de la Constitución Política del Perú del año 1993, el cual señala que la acción contencioso administrativa tiene como fin el control jurídico por el Poder Judicial de las actuaciones de la Administración Pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e intereses de los administrados. En ese sentido, se establecen los principios que regirán a dicho proceso, como son: integración, igualdad procesal, favorecimiento del proceso y suplencia de oficio, todos ellos contenidos en el artículo 2°. De modo general, tenemos que la presente norma se caracteriza por componerse de la siguiente manera: – Un Capítulo I, referido a las normas generales que regirán el proceso al que estamos aludiendo, y que abarca la finalidad (artículo 1° ya mencionado con anterioridad) y los principios (artículo 2°). – Un Capítulo II, que trata del objeto del proceso y que contiene normas relacionadas con las actuaciones impugnables (4°), pretensiones (5°), acumulación de pretensiones (6°), requisitos de la misma (7°), caso especial de acumulación de pretensiones sucesivas (8°) y facultades del órgano jurisdiccional (9°). – Un Capítulo III, sobre los sujetos del proceso, el cual, a su vez, se divide en un Subcapítulo I, referente a la competencia y, por otra parte, un Segundo Subcapítulo, relacionado con las partes del proceso. – Un Capítulo IV, acerca del desarrollo del proceso. Este, a su vez, se divide en un Subcapítulo I (Admisibilidad y procedencia de la demanda), un Subcapítulo II (Vía procedimental) y un Subcapítulo III (Medios probatorios). – Un Capítulo IV, que abarca lo relativo a los medios de impugnación. – Un Capítulo VI, acerca de las medidas cautelares. – Un Capítulo VII, que trata acerca de los efectos de las sentencias emitidas en el marco de los procesos materia de la presente norma. Es importante señalar que, además, en esta norma se prevé que las demandas contra actuaciones de las Autoridades Administrativas de Trabajo son competencia de los jueces especializados en materia laboral siguiendo las reglas del proceso contencioso administrativo que se señalan en este dispositivo (Primera Setiembre de 2008 BLACK COLOR Información Disposición Complementaria). Además de ello, se especifica que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en ejercicio de las atribuciones previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, cuando lo considere conveniente, podrá instituir un sistema específico de sub especialidades a fin de brindar un servicio de justicia más eficiente en atención a las características particulares del conflicto. Por otra parte, se dispone la derogación de una serie de normas relacionadas y se deja sin efecto otras que sean incompatibles con esta ley. Asimismo, se modifica el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva N° 26979 y se señala una serie de disposiciones finales relacionadas con la vigencia de la presente Ley, la aplicación supletoria del Código Procesal Civil en casos no previstos y la forma en que se podrán modificar los términos de la misma. Un aspecto adicional que debe precisarse es el hecho de que el artículo 2° del Decreto Supremo que aprueba la Ley reseñada, dispone que, de acuerdo con lo establecido en la Quinta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo N° 1067, lo previsto en el artículo 29° del TUO aprobado (acerca de la notificación electrónica) entrará en vigencia a los ciento ochenta (180) días de la publicación de dicho Decreto Legislativo. D.S. N° 014-2008-JUS (30.08.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto Legislativo N° 1070 Por medio de este Reglamento aprobado por D.S. N° 014-2008-JUS, se regula el funcionamiento del sistema conciliatorio a nivel nacional establecido en la Ley N° 26872, Ley de Conciliación, y sus disposiciones modificatorias, complementarias y finales. Economía y Finanzas D.S. N° 107-2008-EF (10.09.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Normas Reglamentarias del Artículo 76° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-EF y Normas Modificatorias Setiembre de 2008 Por medio del presente Decreto Supremo, se establece una serie de especificaciones con respecto al artículo 76° del TUO de la Ley de Tributación Municipal. Así, el artículo 1° contiene definiciones afines a la norma reseñada: IPM (Impuesto de Promoción Municipal), IGV (Impuesto General a las Ventas), FONCOMÚN (Fondo de Compensación Municipal), MEF, SUNAT, medios de devolución, mandato administrativo, Ley de Tributación Municipal y Devolución por IPM. Por su parte, el artículo 2° hace mención al procedimiento que deberá seguirse para efectos de la devolución por IPM ordenada por mandato administrativo o jurisdiccional que tenga la calidad de cosa juzgada y el pago de los intereses que corresponde aplicar a la devolución. Asimismo, se señala que, en el caso de mandatos jurisdiccionales que hubieran sido notificados el MEF, este Ministerio deberá enviar copia fedateada de los mismos a la SUNAT en el plazo de res días hábiles computados a partir de día siguiente de la fecha de la notificación al MEF (Primera Disposición Complementaria Final). Adicionalmente, se señala que la calidad de cosa juzgada a que se hace referencia en el artículo 76° de la Ley de Tributación Municipal, está referida a los mandatos jurisdiccionales (Segunda Disposición Complementaria Final). Por su parte, la Tercera de estas Disposiciones señala que, en los casos en que se hubiere efectuado un pago indebido o en exceso únicamente de IPM, y no resulte de aplicación lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 952, para efecto de la devolución será de aplicación lo dispuesto en el presente Decreto Supremo en lo que sea pertinente. Finalmente, se sostiene que lo aquí dispuesto no se aplicará para las devoluciones comprendidas en los alcances del D.S. N° 066-2006-EF (que aprobó normas para devoluciones por pagos realizados en forma indebida o en exceso). Como Disposición Complementaria Transitoria, por último, se precisa que lo dispuesto en este dispositivo se aplicará, además, para los medios de devolución emitidos o autorizados durante el mes de agosto, para lo cual deberá procederse según lo señalado en los literales b), c), d) y e) del artículo 2° ya mencionado con antelación. Igualmente, se prevé que la SUNAT proporcione la información a que se refiere el literal b) de dicho artículo dentro de los dos días hábiles siguientes a la publicación de este Decreto Supremo. FONAFE Acuerdo N° 001-2008/015-FONAFE (04.09.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Aprueban Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo, y Presupuesto de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2009 Mediante esta norma se busca regular la Programación, Formulación y Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas del Estado bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, para el Ejercicio Económico del año 2009, con el objetivo de lograr entre estos instrumentos la integración y complementariedad necesaria para contribuir al logro de los objetivos de las Empresas en armonía con los intereses del Estado y de la ciudadanía. Así, tenemos los siguientes puntos: 1. Generalidades 1.3. Principios presupuestarios. 1.4. Definiciones básicas. 1.5. Ámbito. 1.6. Excepción en cuanto a la aplicación de la presente Directiva. 1.7. Lineamientos generales. 2. Información de FONAFE a la cual las empresas deben alinear sus objetivos operativos 3. Proceso de programación, formulación, presentación, revisión y aprobación del Plan Operativo, y Presupuesto 3.1. Programación y formulación de los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto 3.1.1. Consideraciones generales 3.1.2. Programación y formulación del Proyecto de Plan Operativo 3.1.3. Programación y Formulación del Proyecto de Presupuesto 3.1.3.1. Gastos de personal 3.1.3.2. Gastos de bienes y servicios 3.1.3.3. Gastos de representación 3.1.3.4. Compras corporativas 3.1.3.5. Gastos por sentencias judiciales y laudos arbitrales BLACK COLOR Información 3.1.3.6. Restricciones 3.1.3.7. Gastos de capital 3.1.3.8. Donaciones y transferencias 3.1.3.9. Endeudamiento 3.1.3.10. Recursos de ejercicios anteriores 3.2. Presentación de los Proyectos de Plan Operativo y de Presupuesto 3.3. Revisión y Sustentación de los Proyectos de Plan Operativo y Presupuesto 3.4. Aprobación del Plan Operativo y del Presupuesto Desagregado 3.4.1. Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto 4. Disposiciones complementarias 4.1. Información referente a las líneas de negocio de las empresas 4.2. Información adicional 4.3. Control de legalidad Asimismo, se incluyen dos anexos referidos a los Formatos de Plan Operativo y de Presupuesto para el Año 2009 (Anexo 1) y la Formulación del Plan Operativo Año 2009 (Anexo 2). PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.M. N° 281-2008-PCM (03.09.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Amplían plazo para la conclusión del proceso de transferencia a que se refiere el D. Leg. N° 1085 La Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del D.L. N° 1085, el cual creó el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR como organismo público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, estableció la constitución de una comisión de transferencia encargada de dirigir dicho proceso, mismo que debería realizarse en sesenta días calendario contados a partir de la vigencia de dicho dispositivo, pero, dicho plazo venció el día 27 de agosto del año en curso. Por ello, ante la posibilidad de poder prorrogarse previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, se dispone la ampliación, hasta el día 27 de octubre de 2008, el plazo para la conclusión del proceso de transferencia a que se refiere la citada Disposición Complementaria y Transitoria del D.L. N° 1085. TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO D.S. N° 006-2008-TR (12.09.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Aprueban el Reglamento de la Ley N° 29245 y del Decreto Legislativo N° 1038, que regulan los servicios de tercerización Resulta interesante destacar la forma en que ha sido estructurado el presente Decreto Legislativo. Así, tenemos que en su artículo 1° incluye las definiciones usuales dentro del ámbito de la tercerización, entre las cuales tenemos: actividades especializadas, actividades principales, centro de trabajo, centro de operaciones, Desplazamiento de personal, empresa principal, empresa tercerizadoras, simple provisión de personal y tercerización. Adicionalmente a ello, se incluyen dos definiciones que solo cumplen un rol aclarativo, las cuales son la de Decreto Legislativo, en alusión al D.L. N° 1038 y, por otra parte, Ley, en referencia a la Ley N° 29245. A continuación, el artículo 2° hace mención al ámbito de la tercerización (alcance de la Ley, tercerización en el caso del sector público, etc.). Luego, el artículo 3° contiene un alcance particular, por el cual, para efectos de la Ley, los cuatro requisitos señalados en el primer párrafo del artículo precedente (empresas principales cuyos trabajadores estén sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que tercerizan su actividad principal, siempre que se produzca con desplazamiento continuo de los trabajadores de las empresas tercerizadoras a los centros de trabajo o de operaciones de aquellas) son copulativos, lo cual significa que la inexistencia de uno, indistintamente del que se trate, desvirtúa la tercerización. Por otro lado, tenemos que el artículo 4° prevé los elementos presentes en los servicios de tercerización, mientras que el siguiente (5°) hace alusión a las formas en que se desnaturaliza la tercerización. Luego, tenemos el artículo 6° que se refiere a la duración del desplazamiento; el artículo 7° sobre los alcances de la solidaridad (para efectos de la responsabilidad en el ámbito de las obligaciones de índole laboral y civil); el artículo 8° referido al contenido de los contratos y derecho de información de los trabajadores desplazados; y, por último, el artículo 9°, sobre el Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras. TRASPORTES Y COMUNICACIONES D.S. N° 027-2008-MTC (31.08.08) ––––––––––––––––––––––––––––––––––– Modifican Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional A través de esta norma, se modifican los artículos 29 (sobre las autorizaciones de uso de áreas acuáticas y franjas ribereñas, habilitaciones portuarias y licencias portuarias), 30 (sobre las autorizaciones de uso de áreas acuáticas y franja ribereña), 31 (solicitud de autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña), 32 (solicitud de autorización definitiva de uso de área acuática y franja ribereña), 33 (cesión, transferencia o gravamen de la autorización de uso de área acuática o franja ribereña), 34 (cancelación o término de las autorizaciones de uso de área acuática y franja ribereña), 35 (habilitación portuaria), 36, inciso o) (Solicitud para la habilitación portuaria), 37 (otorgamiento de la habilitación portuaria), 41 (verificación de cumplimiento de la habilitación portuaria), 42 (inspecciones), 43 (modificación de la habilitación y de la licencia portuaria), 47 (recursos administrativos). Por otro lado, se incorporan los artículos 31-A, 31-B y la Décimo Tercera Disposición Transitoria y Final al Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional. El 31-A se refiere a las oposiciones al otorgamiento de autorizaciones temporales de uso de área acuática y franja ribereña), mientras que el artículo 31-B hace alusión al otorgamiento de la autorización temporal de uso de área acuática y franja ribereña. Además de todo ello, se dispone la derogación del último párrafo del artículo 7, el último párrafo del artículo 21, el literal b) del artículo 36 y el artículo 45 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional y todas las disposiciones que resulten contrarias a lo dispuesto en este Decreto. El artículo 4°, por su parte, hace referencia a la implementación del registro de autorizaciones de uso de área acuática o franja costera, mientras que el 5° prevé la adecuación del TUPA de la Autoridad Portuaria Nacional. Setiembre de 2008 BLACK COLOR Información DESIGNACIONES Y NOMBRAMIENTOS – SECTOR PÚBLICO PODER EJECUTIVO Ministerios AGRICULTURA DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.M. N° 0763-2008-AG 06.09.08 Rigoberto Gregorio Sierra Salcedo Representante del Ministerio de Agricultura ante la Comisión de Transferencia a que se refiere la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N° 1085 –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.J. N° 00202-2008-INIA 09.09.08 Fidencio Edmundo Gregorio Chávez Director General de la Oficina General de Planificación del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.J. N° 00212-2008-INIA 13.09.08 Félix Antonio Quispe Rivas Director General de la Oficina General de Administración del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA DEFENSA DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.M. N° 946-2008-DE/SG 05.09.08 Fernando Francisco Valenzuela Aparcana Director de la Dirección de Análisis Económico de la Dirección General de Planificación, Presupuesto e Inversiones para la Defensa del Ministerio –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 373-2008-DE/SG 16.09.08 Juan Félix Enrique Pasco Barriga Jefe Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA ECONOMÍA Y FINANZAS DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.S. Nº 070-2008-EF 28.08.08 Rosa María Graciela Ortiz Origgi Superintendente Nacional de Administración Tributaria –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 072-2008-EF 09.08.08 Eduardo Andrés Morón Pastor Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas INTERIOR DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE R.M. N° 0809-2008-IN-1701 20.09.08 Antero Agustín Pereira Gómez Sánchez CARGO Director de Programa Sectorial I de la Jefatura Departamental DICSCAMEC Cuzco de la Dirección Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior JUSTICIA DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE R.M. N° 0519-2008-JUS 09.08.08 Beatriz Mariana Freyre Castillo CARGO Directora General Adjunta de la Oficina General de Administración del Ministerio de Justicia MUJER Y DESARROLLO SOCIAL DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.M. N° 407-2008-MIMDES 13.09.08 Juan Andrés Ramos Arapa Jefe de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.M. N° 416-2008-MIMDES 18.09.08 Pavel Navarro Gutiérrez Jefe de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA Setiembre de 2008 BLACK COLOR Información DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE R.M. N° 417-2008-MIMDES 21.09.08 Fredy Hernán Hinojosa Angulo CARGO Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Lima Metropolitana PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.S. N° 198-2008-PCM 11.09.08 Federico Ignacio Arnillas Lafert Presidente de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 201-2008-PCM 11.09.08 Humberto Bernardo Ramírez Trucios Miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, en representación de la sociedad civil –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 202-2008-PCM 11.09.08 Herbert Eduardo Tassano Velaochaga Presidente del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 203-2008-PCM 11.09.08 Juan Carlos Valderrama Cueva Miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 204-2008-PCM 11.09.08 Juan Alejandro Espinoza Espinoza Presidente del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 205-2008-PCM 11.09.08 Héctor Ferrer Tafur Miembro del Tribunal de Solución de Controversias del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN, en representación de la sociedad civil PRODUCE DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE R.M. N° 682-2008-PRODUCE 10.09.08 Carmen Elvira Vicente Deliot CARGO Directora de Tesorería de la Oficina General de Administración del Ministerio de la Producción RELACIONES EXTERIORES DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.S. N° 240-2008-RE 17.09.08 Czibor Omar Chicata-Sutmöller Sagenschnier Cónsul del Perú en El Alto, República de Bolivia –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. N° 242-2008-RE 17.09.08 María Zavala Valladares Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú Concurrente ante Barbados SALUD DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.M. Nº 598-2008/MINSA 02.09.08 Jesús Roddy Vidalón Orellana Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio de Salud –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.M. Nº 601-2008/MINSA 02.09.08 Dalia Miroslava Suárez Salazar Asesora II del Despacho Viceministerial, como Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial encargada de monitorear y fiscalizar la articulación de las Entidades Prestadoras de Salud, hacia la constitución del Sistema Nacional de Salud – Comisión PRO-SNS –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.J. Nº165 -2008/SIS 02.09.08 José Yehuda Martín Maman Castro Jefe de la Oficina de Administración del Seguro Integral de Salud –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.M. N° 619-2008/MINSA 14.09.08 Suci Luzmila Mejía Córdova Representante de ESSALUD ante la Comisión Técnica Médica del Seguro Complementario de Riesgo TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE R.S. N° 031-2008-TR 16.09.08 Pío Fernando Barrios Ipenza CARGO Representante del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud – ESSALUD Setiembre de 2008 BLACK COLOR Información TRANSPORTES Y COMUNICACIONES DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.M. N° 676-2008-MTC/01 05.09.08 Alejandro Lorenzo Gonzales González Director de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.M. N° 707-2008-MTC/02 21.09.08 Rubén Orlando Rodríguez Rabanal Director de la Dirección de Supervisión, Fiscalización y Sanciones de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones VIVIENDA DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.S. Nº 010-208-VIVIENDA 28.08.08 Juan Sarmiento Soto Viceministro de Vivienda y Urbanismo –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.S. Nº 011-2008-VIVIENDA 28.08.08 Fernando Julio Laca Barrera Viceministro de Construcción y Saneamiento –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.M. N° 543-2008-VIVIENDA 12.09.08 Miguel de los Reyes Rosas Silva Director General de la Oficina Nacional de Coordinación Sectorial y Promoción Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento PODER EJECUTIVO Organismos Públicos Descentralizados AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE CARGO R.D. Nº 091-2008/APCI-DE 29.08.08 Lucía Margarita Suárez Olivares Directora de Operaciones y Capacitación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional –––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––– R.D. Nº 092-2008/APCI-DE 29.08.08 Patricia Del Pilar Espichán Cuadros Jefa de la Oficina General de Administración de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE Res. N° 171-2008/SUNAT 10.09.08 Guillermo David Sifuentes Rodríguez CARGO Secretario General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES DISPOSITIVO LEGAL FECHA PUB. NOMBRE Res. N° 021-2008-CD/OSIPTEL 12.09.08 Carlos Augusto Echaiz Rodas Setiembre de 2008 CARGO Vocal Titular del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios – TRASU