resumen de normas relevantes

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RESUMEN DE NORMAS RELEVANTES
Del 26.08.2008 al 25.09.2008
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA
Ley N° 29255 (27.08.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Ley que autoriza Crédito
Suplementario en el Presupuesto
del Sector Público para el Año
Fiscal 2008 y dicta otra disposición
Por medio de este dispositivo, el
Congreso de la República autoriza un
Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de la Producción hasta por
la suma de SEIS MILLONES GTRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
6 300 000,00), con el fin de atender,
de manera excepcional, sin obligación
de reembolso y por única vez en el
Año Fiscal 2008, el pago de pensiones
a cargo de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador. Asimismo,
en el artículo 2° se establece el procedimiento que habrá de seguirse para la
aprobación institucional. Por su parte, el
artículo siguiente (3°) hace referencia al
procedimiento a seguir para el respectivo pago de las pensiones a las cuales
se hace alusión. Finalmente, se autoriza
al Pliego 515: U.N. San Luis Gonzaga de
Ica a utilizar durante el presente ejercicio presupuestal, previa aprobación mediante acuerdo de Consejo Universitario,
los recursos que percibe por ingresos
provenientes del Canon, Sobrecanon y
Regalía Minera, para destinarlos exclusivamente a la reconstrucción, rehabilitación y reparación de la infraestructura
del Pliego, afectada por el terremoto de
fecha 15 de agosto del año 2007.
Ley N° 29261 (21.09.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Ley que deroga los Decretos
Legislativos Núms. 1015 y 1073, y
restituye la vigencia de los artículos
10° y 11° de la Ley N° 26505, Ley de
la Inversión Privada en el Desarrollo
de las Actividades Económicas en
las Tierras del Territorio Nacional y
de las Comunidades Campesinas y
Nativas
Con esta Ley, el Congreso de la
República deroga el D.L. N° 1015, que
unifica los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la
sierra y selva con las de la costa, para
mejorar su producción y competitividad
agropecuaria y, también, el D.L. N° 1073,
que modifica el literal b) del artículo 10
de la Ley N° 26505, Ley de la Inversión
Privada en el Desarrollo de las Actividades Económicas en las Tierras del Territorio Nacional y de las Comunidades
Campesinas y Nativas; modificado por
el artículo único del Decreto Legislativo
1015. Asimismo, se restituye la vigencia
de los artículos 10° y 11° de la Ley N°
26505, ello en razón de que la Ley no
fue promulgada por el Presidente de la
República en cumplimiento de los artículos 108° de la Constitución Política y
80° del Reglamento del Congreso.
JUSTICIA
D.S. N° 013-2008-JUS (29.08.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Aprueban el Texto Único Ordenado
de la Ley N° 27584, Ley que
Regula el Proceso Contencioso
Administrativo, modificado por el
D. Leg. N° 1067
A través de este Decreto Supremo,
se aprueba el TUO de la Ley N° 27584,
que regula el Proceso Contencioso Administrativo. Ello, surge a partir de la
consideración del artículo 148° de la
Constitución Política del Perú del año
1993, el cual señala que la acción contencioso administrativa tiene como fin
el control jurídico por el Poder Judicial
de las actuaciones de la Administración
Pública sujetas al derecho administrativo y la efectiva tutela de los derechos e
intereses de los administrados. En ese
sentido, se establecen los principios
que regirán a dicho proceso, como son:
integración, igualdad procesal, favorecimiento del proceso y suplencia de oficio, todos ellos contenidos en el artículo
2°. De modo general, tenemos que la
presente norma se caracteriza por componerse de la siguiente manera:
– Un Capítulo I, referido a las normas
generales que regirán el proceso
al que estamos aludiendo, y que
abarca la finalidad (artículo 1° ya
mencionado con anterioridad) y los
principios (artículo 2°).
– Un Capítulo II, que trata del objeto
del proceso y que contiene normas
relacionadas con las actuaciones
impugnables (4°), pretensiones
(5°), acumulación de pretensiones
(6°), requisitos de la misma (7°),
caso especial de acumulación de
pretensiones sucesivas (8°) y facultades del órgano jurisdiccional (9°).
– Un Capítulo III, sobre los sujetos del
proceso, el cual, a su vez, se divide
en un Subcapítulo I, referente a la
competencia y, por otra parte, un
Segundo Subcapítulo, relacionado
con las partes del proceso.
– Un Capítulo IV, acerca del desarrollo
del proceso. Este, a su vez, se divide
en un Subcapítulo I (Admisibilidad y
procedencia de la demanda), un Subcapítulo II (Vía procedimental) y un
Subcapítulo III (Medios probatorios).
– Un Capítulo IV, que abarca lo relativo a los medios de impugnación.
– Un Capítulo VI, acerca de las medidas cautelares.
– Un Capítulo VII, que trata acerca de
los efectos de las sentencias emitidas en el marco de los procesos
materia de la presente norma.
Es importante señalar que, además,
en esta norma se prevé que las demandas contra actuaciones de las Autoridades Administrativas de Trabajo son competencia de los jueces especializados en
materia laboral siguiendo las reglas del
proceso contencioso administrativo que
se señalan en este dispositivo (Primera
Setiembre de 2008
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Disposición Complementaria). Además
de ello, se especifica que el Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, en ejercicio
de las atribuciones previstas en la Ley
Orgánica del Poder Judicial, cuando lo
considere conveniente, podrá instituir un
sistema específico de sub especialidades
a fin de brindar un servicio de justicia
más eficiente en atención a las características particulares del conflicto. Por otra
parte, se dispone la derogación de una
serie de normas relacionadas y se deja
sin efecto otras que sean incompatibles
con esta ley. Asimismo, se modifica el
numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley
del Procedimiento de Ejecución Coactiva
N° 26979 y se señala una serie de disposiciones finales relacionadas con la
vigencia de la presente Ley, la aplicación
supletoria del Código Procesal Civil en
casos no previstos y la forma en que se
podrán modificar los términos de la misma. Un aspecto adicional que debe precisarse es el hecho de que el artículo 2°
del Decreto Supremo que aprueba la Ley
reseñada, dispone que, de acuerdo con
lo establecido en la Quinta Disposición
Complementaria del Decreto Legislativo
N° 1067, lo previsto en el artículo 29° del
TUO aprobado (acerca de la notificación
electrónica) entrará en vigencia a los
ciento ochenta (180) días de la publicación de dicho Decreto Legislativo.
D.S. N° 014-2008-JUS (30.08.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento de la Ley de Conciliación modificado por el Decreto
Legislativo N° 1070
Por medio de este Reglamento
aprobado por D.S. N° 014-2008-JUS, se
regula el funcionamiento del sistema
conciliatorio a nivel nacional establecido en la Ley N° 26872, Ley de Conciliación, y sus disposiciones modificatorias, complementarias y finales.
Economía y
Finanzas
D.S. N° 107-2008-EF (10.09.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Normas Reglamentarias del
Artículo 76° del Texto Único
Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobado por Decreto
Supremo N° 156-2004-EF y Normas
Modificatorias
Setiembre de 2008
Por medio del presente Decreto Supremo, se establece una serie de especificaciones con respecto al artículo 76°
del TUO de la Ley de Tributación Municipal. Así, el artículo 1° contiene definiciones afines a la norma reseñada: IPM
(Impuesto de Promoción Municipal),
IGV (Impuesto General a las Ventas),
FONCOMÚN (Fondo de Compensación
Municipal), MEF, SUNAT, medios de devolución, mandato administrativo, Ley
de Tributación Municipal y Devolución
por IPM. Por su parte, el artículo 2° hace
mención al procedimiento que deberá
seguirse para efectos de la devolución
por IPM ordenada por mandato administrativo o jurisdiccional que tenga la
calidad de cosa juzgada y el pago de los
intereses que corresponde aplicar a la
devolución. Asimismo, se señala que, en
el caso de mandatos jurisdiccionales que
hubieran sido notificados el MEF, este
Ministerio deberá enviar copia fedateada
de los mismos a la SUNAT en el plazo de
res días hábiles computados a partir de
día siguiente de la fecha de la notificación al MEF (Primera Disposición Complementaria Final). Adicionalmente, se
señala que la calidad de cosa juzgada a
que se hace referencia en el artículo 76°
de la Ley de Tributación Municipal, está
referida a los mandatos jurisdiccionales
(Segunda Disposición Complementaria
Final). Por su parte, la Tercera de estas
Disposiciones señala que, en los casos
en que se hubiere efectuado un pago indebido o en exceso únicamente de IPM,
y no resulte de aplicación lo dispuesto
en la Cuarta Disposición Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 952, para
efecto de la devolución será de aplicación lo dispuesto en el presente Decreto
Supremo en lo que sea pertinente. Finalmente, se sostiene que lo aquí dispuesto no se aplicará para las devoluciones
comprendidas en los alcances del D.S.
N° 066-2006-EF (que aprobó normas
para devoluciones por pagos realizados
en forma indebida o en exceso). Como
Disposición Complementaria Transitoria,
por último, se precisa que lo dispuesto
en este dispositivo se aplicará, además,
para los medios de devolución emitidos
o autorizados durante el mes de agosto,
para lo cual deberá procederse según lo
señalado en los literales b), c), d) y e)
del artículo 2° ya mencionado con antelación. Igualmente, se prevé que la SUNAT proporcione la información a que se
refiere el literal b) de dicho artículo dentro de los dos días hábiles siguientes a
la publicación de este Decreto Supremo.
FONAFE
Acuerdo N° 001-2008/015-FONAFE
(04.09.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Aprueban Directiva de
Programación, Formulación y
Aprobación del Plan Operativo, y
Presupuesto de las Empresas bajo el
ámbito de FONAFE para el año 2009
Mediante esta norma se busca regular la Programación, Formulación y
Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto de las Empresas del Estado
bajo el ámbito del Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, para el
Ejercicio Económico del año 2009, con
el objetivo de lograr entre estos instrumentos la integración y complementariedad necesaria para contribuir al
logro de los objetivos de las Empresas
en armonía con los intereses del Estado y de la ciudadanía. Así, tenemos los
siguientes puntos:
1. Generalidades
1.3. Principios presupuestarios.
1.4. Definiciones básicas.
1.5. Ámbito.
1.6. Excepción en cuanto a la aplicación de la presente Directiva.
1.7. Lineamientos generales.
2. Información de FONAFE a la cual las
empresas deben alinear sus objetivos operativos
3. Proceso de programación, formulación, presentación, revisión y aprobación del Plan Operativo, y Presupuesto
3.1. Programación y formulación de
los Proyectos de Plan Operativo y de
Presupuesto
3.1.1. Consideraciones generales
3.1.2. Programación y formulación
del Proyecto de Plan Operativo
3.1.3. Programación y Formulación
del Proyecto de Presupuesto
3.1.3.1. Gastos de personal
3.1.3.2. Gastos de bienes y servicios
3.1.3.3. Gastos de representación
3.1.3.4. Compras corporativas
3.1.3.5. Gastos por sentencias judiciales y laudos arbitrales
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3.1.3.6. Restricciones
3.1.3.7. Gastos de capital
3.1.3.8. Donaciones y transferencias
3.1.3.9. Endeudamiento
3.1.3.10. Recursos de ejercicios anteriores
3.2. Presentación de los Proyectos
de Plan Operativo y de Presupuesto
3.3. Revisión y Sustentación de los
Proyectos de Plan Operativo y Presupuesto
3.4. Aprobación del Plan Operativo
y del Presupuesto Desagregado
3.4.1. Aprobación del Plan Operativo y Presupuesto
4. Disposiciones complementarias
4.1. Información referente a las líneas de negocio de las empresas
4.2. Información adicional
4.3. Control de legalidad
Asimismo, se incluyen dos anexos
referidos a los Formatos de Plan Operativo y de Presupuesto para el Año
2009 (Anexo 1) y la Formulación del
Plan Operativo Año 2009 (Anexo 2).
PRESIDENCIA
DEL CONSEJO DE
MINISTROS
R.M. N° 281-2008-PCM (03.09.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Amplían plazo para la conclusión
del proceso de transferencia a que
se refiere el D. Leg. N° 1085
La Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del D.L. N° 1085, el cual
creó el Organismo de Supervisión de los
Recursos Forestales y de Fauna Silvestre OSINFOR como organismo público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, estableció la constitución de una
comisión de transferencia encargada de
dirigir dicho proceso, mismo que debería
realizarse en sesenta días calendario contados a partir de la vigencia de dicho dispositivo, pero, dicho plazo venció el día
27 de agosto del año en curso. Por ello,
ante la posibilidad de poder prorrogarse
previo informe favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia
del Consejo de Ministros, se dispone la
ampliación, hasta el día 27 de octubre
de 2008, el plazo para la conclusión del
proceso de transferencia a que se refiere
la citada Disposición Complementaria y
Transitoria del D.L. N° 1085.
TRABAJO Y
PROMOCIÓN DEL
EMPLEO
D.S. N° 006-2008-TR (12.09.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Aprueban el Reglamento de la Ley
N° 29245 y del Decreto Legislativo
N° 1038, que regulan los servicios
de tercerización
Resulta interesante destacar la forma en que ha sido estructurado el presente Decreto Legislativo. Así, tenemos
que en su artículo 1° incluye las definiciones usuales dentro del ámbito de la
tercerización, entre las cuales tenemos:
actividades especializadas, actividades
principales, centro de trabajo, centro de
operaciones, Desplazamiento de personal, empresa principal, empresa tercerizadoras, simple provisión de personal
y tercerización. Adicionalmente a ello,
se incluyen dos definiciones que solo
cumplen un rol aclarativo, las cuales son
la de Decreto Legislativo, en alusión al
D.L. N° 1038 y, por otra parte, Ley, en
referencia a la Ley N° 29245. A continuación, el artículo 2° hace mención
al ámbito de la tercerización (alcance
de la Ley, tercerización en el caso del
sector público, etc.). Luego, el artículo
3° contiene un alcance particular, por el
cual, para efectos de la Ley, los cuatro
requisitos señalados en el primer párrafo del artículo precedente (empresas
principales cuyos trabajadores estén
sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que tercerizan su actividad
principal, siempre que se produzca con
desplazamiento continuo de los trabajadores de las empresas tercerizadoras
a los centros de trabajo o de operaciones de aquellas) son copulativos,
lo cual significa que la inexistencia de
uno, indistintamente del que se trate,
desvirtúa la tercerización. Por otro lado,
tenemos que el artículo 4° prevé los
elementos presentes en los servicios de
tercerización, mientras que el siguiente
(5°) hace alusión a las formas en que
se desnaturaliza la tercerización. Luego,
tenemos el artículo 6° que se refiere a la
duración del desplazamiento; el artículo
7° sobre los alcances de la solidaridad
(para efectos de la responsabilidad en
el ámbito de las obligaciones de índole
laboral y civil); el artículo 8° referido al
contenido de los contratos y derecho de
información de los trabajadores desplazados; y, por último, el artículo 9°, sobre
el Registro Nacional de Empresas Tercerizadoras.
TRASPORTES Y
COMUNICACIONES
D.S. N° 027-2008-MTC (31.08.08)
–––––––––––––––––––––––––––––––––––
Modifican Reglamento de la Ley del
Sistema Portuario Nacional
A través de esta norma, se modifican
los artículos 29 (sobre las autorizaciones
de uso de áreas acuáticas y franjas ribereñas, habilitaciones portuarias y licencias portuarias), 30 (sobre las autorizaciones de uso de áreas acuáticas y franja
ribereña), 31 (solicitud de autorización
temporal de uso de área acuática y franja ribereña), 32 (solicitud de autorización
definitiva de uso de área acuática y franja
ribereña), 33 (cesión, transferencia o gravamen de la autorización de uso de área
acuática o franja ribereña), 34 (cancelación o término de las autorizaciones de
uso de área acuática y franja ribereña),
35 (habilitación portuaria), 36, inciso o)
(Solicitud para la habilitación portuaria), 37 (otorgamiento de la habilitación
portuaria), 41 (verificación de cumplimiento de la habilitación portuaria), 42
(inspecciones), 43 (modificación de la
habilitación y de la licencia portuaria), 47
(recursos administrativos). Por otro lado,
se incorporan los artículos 31-A, 31-B y
la Décimo Tercera Disposición Transitoria y Final al Reglamento de la Ley del
Sistema Portuario Nacional. El 31-A se
refiere a las oposiciones al otorgamiento
de autorizaciones temporales de uso de
área acuática y franja ribereña), mientras
que el artículo 31-B hace alusión al otorgamiento de la autorización temporal de
uso de área acuática y franja ribereña.
Además de todo ello, se dispone la derogación del último párrafo del artículo 7,
el último párrafo del artículo 21, el literal b) del artículo 36 y el artículo 45 del
Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional y todas las disposiciones
que resulten contrarias a lo dispuesto en
este Decreto. El artículo 4°, por su parte,
hace referencia a la implementación del
registro de autorizaciones de uso de área
acuática o franja costera, mientras que el
5° prevé la adecuación del TUPA de la
Autoridad Portuaria Nacional.
Setiembre de 2008
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DESIGNACIONES Y NOMBRAMIENTOS – SECTOR PÚBLICO
PODER EJECUTIVO
Ministerios
AGRICULTURA
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.M. N° 0763-2008-AG
06.09.08
Rigoberto Gregorio Sierra Salcedo
Representante del Ministerio de Agricultura ante
la Comisión de Transferencia a que se refiere la
Cuarta Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Legislativo N° 1085
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.J. N° 00202-2008-INIA
09.09.08
Fidencio Edmundo Gregorio Chávez
Director General de la Oficina General de
Planificación del Instituto Nacional de
Innovación Agraria – INIA
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.J. N° 00212-2008-INIA
13.09.08
Félix Antonio Quispe Rivas
Director General de la Oficina General de
Administración del Instituto Nacional de
Innovación Agraria – INIA
DEFENSA
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.M. N° 946-2008-DE/SG
05.09.08
Fernando Francisco Valenzuela Aparcana
Director de la Dirección de Análisis Económico
de la Dirección General de Planificación,
Presupuesto e Inversiones para la Defensa
del Ministerio
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 373-2008-DE/SG
16.09.08
Juan Félix Enrique Pasco Barriga
Jefe Institucional de la Comisión Nacional de
Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA
ECONOMÍA Y FINANZAS
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.S. Nº 070-2008-EF
28.08.08
Rosa María Graciela Ortiz Origgi
Superintendente Nacional de Administración
Tributaria
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 072-2008-EF
09.08.08
Eduardo Andrés Morón Pastor
Viceministro de Economía del Ministerio de
Economía y Finanzas
INTERIOR
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
R.M. N° 0809-2008-IN-1701
20.09.08
Antero Agustín Pereira Gómez Sánchez
CARGO
Director de Programa Sectorial I de la Jefatura
Departamental DICSCAMEC Cuzco de la
Dirección Nacional de Control de Servicios de
Seguridad, Control de Armas, Munición y
Explosivos de Uso Civil del Ministerio del Interior
JUSTICIA
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
R.M. N° 0519-2008-JUS
09.08.08
Beatriz Mariana Freyre Castillo
CARGO
Directora General Adjunta de la Oficina General
de Administración del Ministerio de Justicia
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.M. N° 407-2008-MIMDES
13.09.08
Juan Andrés Ramos Arapa
Jefe de Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva
del Programa Nacional de Asistencia
Alimentaria – PRONAA
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.M. N° 416-2008-MIMDES
18.09.08
Pavel Navarro Gutiérrez
Jefe de Recursos Humanos de la Unidad
Administrativa del Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria – PRONAA
Setiembre de 2008
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DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
R.M. N° 417-2008-MIMDES
21.09.08
Fredy Hernán Hinojosa Angulo
CARGO
Miembro del Directorio de la Sociedad de
Beneficencia de Lima Metropolitana
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.S. N° 198-2008-PCM
11.09.08
Federico Ignacio Arnillas Lafert
Presidente de la Mesa de Concertación para la
Lucha contra la Pobreza
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 201-2008-PCM
11.09.08
Humberto Bernardo Ramírez Trucios
Miembro del Tribunal de Solución de
Controversias del Organismo Supervisor de Inversión
Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL,
en representación de la sociedad civil
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 202-2008-PCM
11.09.08
Herbert Eduardo Tassano Velaochaga
Presidente del Tribunal de Solución de
Controversias del Organismo Supervisor de
Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 203-2008-PCM
11.09.08
Juan Carlos Valderrama Cueva
Miembro del Tribunal de Solución de Controversias
del Organismo Supervisor de Inversión Privada
en Telecomunicaciones – OSIPTEL
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 204-2008-PCM
11.09.08
Juan Alejandro Espinoza Espinoza
Presidente del Tribunal de Solución de Controversias
del Organismo Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte de Uso Público – OSITRAN
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 205-2008-PCM
11.09.08
Héctor Ferrer Tafur
Miembro del Tribunal de Solución de Controversias
del Organismo Supervisor de la Inversión en
Infraestructura de Transporte de Uso Público –
OSITRAN, en representación de la sociedad civil
PRODUCE
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
R.M. N° 682-2008-PRODUCE
10.09.08
Carmen Elvira Vicente Deliot
CARGO
Directora de Tesorería de la Oficina General de
Administración del Ministerio de la Producción
RELACIONES EXTERIORES
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.S. N° 240-2008-RE
17.09.08
Czibor Omar Chicata-Sutmöller Sagenschnier
Cónsul del Perú en El Alto, República de Bolivia
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.S. N° 242-2008-RE
17.09.08
María Zavala Valladares
Representante Permanente del Perú ante la
Organización de los Estados Americanos con sede
en Washington D.C., Estados Unidos de América,
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del
Perú Concurrente ante Barbados
SALUD
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.M. Nº 598-2008/MINSA
02.09.08
Jesús Roddy Vidalón Orellana
Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección
del Ministerio de Salud
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.M. Nº 601-2008/MINSA
02.09.08
Dalia Miroslava Suárez Salazar
Asesora II del Despacho Viceministerial, como
Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial
encargada de monitorear y fiscalizar la articulación de
las Entidades Prestadoras de Salud, hacia la
constitución del Sistema Nacional de Salud –
Comisión PRO-SNS
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.J. Nº165 -2008/SIS
02.09.08
José Yehuda Martín Maman Castro
Jefe de la Oficina de Administración del Seguro
Integral de Salud
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.M. N° 619-2008/MINSA
14.09.08
Suci Luzmila Mejía Córdova
Representante de ESSALUD ante la Comisión
Técnica Médica del Seguro Complementario de Riesgo
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
R.S. N° 031-2008-TR
16.09.08
Pío Fernando Barrios Ipenza
CARGO
Representante del Estado ante el Consejo Directivo
del Seguro Social de Salud – ESSALUD
Setiembre de 2008
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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.M. N° 676-2008-MTC/01
05.09.08
Alejandro Lorenzo Gonzales González
Director de la Oficina de Personal de la Oficina
General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones
––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––––
R.M. N° 707-2008-MTC/02
21.09.08
Rubén Orlando Rodríguez Rabanal
Director de la Dirección de Supervisión, Fiscalización
y Sanciones de la Dirección General de Transporte
Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
VIVIENDA
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.S. Nº 010-208-VIVIENDA
28.08.08
Juan Sarmiento Soto
Viceministro de Vivienda y Urbanismo
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R.S. Nº 011-2008-VIVIENDA
28.08.08
Fernando Julio Laca Barrera
Viceministro de Construcción y Saneamiento
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R.M. N° 543-2008-VIVIENDA
12.09.08
Miguel de los Reyes Rosas Silva
Director General de la Oficina Nacional de
Coordinación Sectorial y Promoción Institucional
del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
PODER EJECUTIVO
Organismos Públicos Descentralizados
AGENCIA PERUANA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
CARGO
R.D. Nº 091-2008/APCI-DE
29.08.08
Lucía Margarita Suárez Olivares
Directora de Operaciones y Capacitación de la
Agencia Peruana de Cooperación Internacional
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R.D. Nº 092-2008/APCI-DE
29.08.08
Patricia Del Pilar Espichán Cuadros
Jefa de la Oficina General de Administración de
la Agencia Peruana de Cooperación Internacional
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
Res. N° 171-2008/SUNAT
10.09.08
Guillermo David Sifuentes Rodríguez
CARGO
Secretario General de la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
DISPOSITIVO LEGAL
FECHA PUB.
NOMBRE
Res. N° 021-2008-CD/OSIPTEL
12.09.08
Carlos Augusto Echaiz Rodas
Setiembre de 2008
CARGO
Vocal Titular del Tribunal Administrativo de
Solución de Reclamos de Usuarios – TRASU

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