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ACTA ACUERDO En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, a los 19 dias del mes de noviembre de 2014, Comparecen: por el sector gremial el SINDICATO DE TRABAJADORES PERFUMISTAS, los seiiores, Ruben Sandoval (Secretario General), Ruben S a n t a n d e r , Pedro Irusta, Javier Barrios, Beatriz Vargas, Valeria Acufia y Marcela Rocha; por el sector empresario, la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE COSMETICA Y PERFUMERIA (CAPA), los seriores Miguel Angel Gonzalez Abella (Director Ejecutivo) y Victor Manuel Fontan, como miembros paritarios. Ambas partes en el ejercicio de la autonomia colectiva arriban al siguiente acuerdo: PRIMERO: El presente acuerdo y el CCT 157/1991 es aplicable a todo el personal de la industria y/o fraccionamiento de productos de perfumeria, jabones de tocador y todos los productos que hacen a la higiene y la belleza del hombre, la mujer y el niiio, como asi tambien la distribucion, esta ultima en forma exclusiva en el ambito nacional y cuya actividad sea la distribucion de los productos antes mencionados. SEGUNDO: En atencion al compromiso asumido por las partes en relacion a la negociacion salarial, de comun acuerdo, pactan las remuneraciones basicas a partir del 1 de enero de 2015 segun detalle adjunto, de la escala salarial vigente del CCT 157/91, con vigencia hasta el 31 de mayo de 2015. Para el supuesto que por intermedio de una ley o decreto del PEN se disponga un aumento de remuneraciones con caracter generico, las paites pactan, que el importe aqui acordado podra ser absorbido, hasta su concurrencia, por el adicional que en su caso se establezca. Lo establecido en el presente acuerdo de voluntades no impedira que alguna de las empresas de la actividad pueda realizar acuerdos con las comisiones internas de los establecimientos o con la organizacion gremial modificando los terminos del presente o acordando condiciones salariales que impliquen un beneficio para los trabajadores de ese establecimiento. Tales acuerdos no seran de aplicacion para el resto de las empresas de la actividad ni tendran caracter vinculante para la Camara que las aglutina y se celebraran en el marco de la libertad de nsgociacion que otorga la ley 23551 y 14250 a las partes ^ht^ A^- firmantes de tales acuerdos dentro de los establecimientos, segiin hayan 'pdo ^d acordados. ''- . Remuneraciones a p a r t i r del o i de e n e r o de 2015: Operarios Categoria "A" Categona "B" Categoria " C 9.208 8.923 8.766 Plasticos Categoria "A" Categoria "B' 9.128 8.911 Laboratorio Categoria "A" Categoria " B " 9043 8.911 E n s a m b l a d o r e s de P r o d u c t o s Terminados Categoria "A" Categoria " B " Categoria "C" 9-788 9-537 8.911 Categoria "A" Categona "B" Categoria " C 9.788 9-537 8.911 Categoria "A" Categoria " B " Categoria "C" 9.178 9-045 8.911 O.U.R. Administrativos Menores D e i 6 a 17 afios 6.500 i)at^d\ '.oh ?di TERCERO: Las partes en el ejercicio de las bases y principios de la negociacion colectiva, asumen durante toda la vigencia del presente acuerdo el compromiso de mantener y preservar la armonia laboral. En prueba de conformidad, previa lectura y ratificacion, se suscriben 5 (cinco) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. 2014 - Ano de Homenaje al Almirante Guillermo Brown, en el Bicentenario del Combate Naval de Montevideo",. ..dUi^tddedo c/e d y c w a d , &'>tdd,eo y deoM^yidctd d o c i c d Expediente N° 1.652.600/14 STP - CAPA En la ciudad Autonoma de Buenos Aires, a veintiseis dias de Noviembre de 2014, en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCION NACIONAL de RELACIONES del TRABAJO, a las 12:00hs ante mi Dn. Miguel previamente Angel citados PERFUMISTAS ALIOTO, Secretario comparecen, (STP) el representado de Relaciones SINDICATO por los de Sres: Laborales, TRABAJADORES Ruben SANDOVAL, Secretario General; Ruben SANTANDER, Secretario Adjunto; Pedro Gabriel IRUSTA, Secretario Administrativo; Javier BARRIO, Secretario Gremial y Dina O. TOLEDO, Secretaria de la Secretaria de la Mujer respectivamente, acreditados ante esta Secretaria, por una parte y por otra parte lo hace la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA DE COSMETICA Y PERFUMERIA (CAPA) representada por su Director Ejecutivo Sr. Miguel Angel GONZALEZ ABELLA (Ml N°93-356.152) constituyendo mismo domicilio. Acto seguido, declarado abierto el acto por el suscrito y dada la palabra a las partes concurrentes, luego de tomar vistas del estado de estas actuaciones: MANIFIESTAN acompanar ACTA ACUERDO, que consta de tres juegos de tres (3) fojas ijtiles cada uno de ellos, solicitando su respectiva homologacion.Escuchado ello, el suscrito comunica que dentro plazo diez (10) dias, deberan acompahar a estas actuaciones, la parte empresaria estatuto social, acta designacion autoridades actualizada y nomina miembros paritario^ la parte gremial estatuto asociacional/ nomina miembros paritario?^ cumpliendose porcentaje femenino y dandose a las 12:45hs, por finalizado el presente acto, firman previa lectura, los comparecientes para constancia y ratificacion de lo expuesto por ante mi que como Funcionario Actuante CERTIFICO. CONST REP. GREMIAL ;q DELEGADOS ^-^ ZI=^ ,REP^ EWIPRES GELjiUQTC SiTciiiaciin D.R.L IT 2 - D.N.C. D.N.fl.T.-M.TE.yS.S.