El delito avanza y la reacción social se hace sentir cada vez con

Transcripción

El delito avanza y la reacción social se hace sentir cada vez con
Lic. Beatriz Kalinsky
El delito avanza y la reacción social se hace sentir cada vez con mayor rapidez y
tomando formas muy parecidas de quienes han desvirtuado el consenso social
acerca de formas pacíficas y solidarias de vida. Pero si bien nadie comete
crímenes porque decide de alguna forma hacerlo, el sistema carcelario muestra
indicios sobre la crisis que está atravesando.
La licenciada en Antropología Social Beatriz Kalinsky, antropóloga-investigadora
del CONICET, ha trabajado sobre un tema que despierta interés en la sociedad
argentina, debido al incremento de la inseguridad y el incremento del delito: “la
pena judicial y sus alternativas en áreas interculturales en la provincia de
Neuquén, en la República Argentina.
La investigación se realizó en San Martín de los Andes, Junín de los Andes,
Zapala, Mariano Moreno, Covunco, Las Lajas, Chos Malal, Tricao Malal y Piedra
del Aguila, y en todos los casos se trabajó con el consentimiento informado del
detenido y sus familiares.
El fenómeno social del delito
La sociedad se organiza mediante normas que tienen como única y válida
finalidad encontrar formas de regulación de la convivencia que tiendan a lograr
y mantener la paz social. De una u otra forma todos pactamos cumplir con las
normas regulatorias para tener una estabilidad social a partir de la cual
planificar nuestras vidas y concretar objetivos personales y sociales.
Algunas personas, por distintas razones no del todo conocidas, se van de ese
pacto, generando directa e indirectamente innumerables desequilibrios, al resto
de los integrantes de la sociedad.
De este modo, es necesario que reaccione de alguna manera frente a quienes
no cumplen con los pactos de orden, o desatienden sus responsabilidades como
ciudadanos.
La sociedad frente al delito
La sociedad, aunque presionada por el miedo y el incremento de la
delincuencia, no puede guiarse en estos tiempos bajo el signo de la venganza
social. Cada vez más lejos de este designio, conocido entre otras
denominaciones
como
“la
ley
del
talión”
o
“ojo por ojo y diente por diente”, la sociedad promueve ahora la recuperación
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de sus integrantes que han tomado caminos equivocados. De ahí la necesaria
reinserción social de quienes, cumplida la sentencia, deben y pueden
legalmente volver a la vida en una comunidad libre.
De ahí las garantías constitucionales que se brindan a cualquier integrante de la
sociedad: el derecho a la defensa, el debido proceso, posibilidad de tener
algún control sobre las pruebas que se van produciendo durante el proceso,
tener defensor de oficio si no puede pagar uno particular, la prohibición de ser
juzgado por comisiones especiales, no ser juzgado dos veces por el mismo
delito, el principio por el que en caso de duda, esta ser tenida en cuenta a favor
del imputado, existencia de una ley previa a la comisión del delito, etcétera.
Finalmente, el proceso judicial en donde se demuestra el delito cometido y se
da una sentencia, que puede ser apelada en varias instancias, y que en el caso
de quedar firme, conlleva el cumplimiento de la condena.
¿Cómo son las cárceles argentinas?
Las cárceles, sean federales o provinciales, no puedan cumplir con el papel
asignado por la Constitución nacional. El retorno de quien ha agotado su pena
será cada vez más intolerable para la sociedad, porque esa persona, que se ha
descarriado y ha pasado por la experiencia carcelaria para cumplir solo
formalmente una sentencia condenatoria, que se quiere funcione como
advertencia y asunción de la responsabilidad por el delito cometido, se
transformará definitivamente en un miembro indeseable, recriminado,
discriminado y finalmente peligroso.
Las cárceles, por distintas causas, tampoco cumplen con requisitos
imprescindibles: que sean sanas y limpias y que permiten la reinserción de las
personas una vez completada la pena. Sobrepobladas, sin presupuesto y con
falta de capacitación para la vida en libertad, se han transformado en jaulas
que han sido denunciadas una y otra vez como “escuelas del delito”, casi como
la peor forma de criminalización de las personas. Es cierto que de allí muchos
salen con más condiciones para una vida delictiva que con las que entraron. La
condena no es más que el paso del tiempo, un ocio obligatorio que se convierte
en un castigo adicional, no contemplado por la Constitución Nacional.
Los detenidos dentro de la cárcel son objeto de continuas vejaciones, que
repiten y magnifican la violencia como marca constante de sus vidas.
Cuando empiezan a pensar en la necesidad de armarse de algunos
elementos de contención para la salida en libertad, apenas pueden animarse
a la sola idea de estar fuera. Tanto ha sido el esfuerzo puesto en la
sobrevivencia dentro de la cárcel, que carecen de resto para proyectar una
vida en la comunidad libre.
Al mismo tiempo, la familia se va desintegrando paulatinamente; dejan de
visitarlo, para después abandonarlo, pues deben continuar con penosos
procesos de sobrevivencia. Los hijos se vuelven vulnerables, sin el padre o
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la madre para guiarlos, quedando a la deriva y de quien pueda prestarles
alguna ayuda; toman roles adultos y, careciendo de infancia o adolescencia,
llegan incluso a seguir el camino de sus padres.
Las esposas no tienen sustento económico y muchas veces se prostituyen,
al igual que sus hijas apenas adolescentes, para tener algún ingreso
económico y también como forma de sentir que tienen existencia propia y
de que alguien, quien sea y como sea, les de alguna importancia. Se
denigran, se rompen lazos de parentesco, nadie responde a sus pedidos de
auxilio, porque son personas en las que parece no valer la pena ayudar,
orientar recursos o incluirlos en programas estatales o de organizaciones no
gubernamentales de protección hasta que puedan resolver su situación de
extrema escasez. La consecuencia es casi obvia: sus vidas -desordenadas,
desvalorizadas, sin orden ni control- no tienen un buen porvenir. Es así
como empieza o termina el círculo de la criminalidad del que es, sin duda,
difícil salir.
Durante el cumplimiento de la pena no se generan formas de reacomodamiento de quien
ha quebrantado la ley, no se trabaja caso por caso el cómo y el por qué del delito, ni se
generan capacitaciones y destrezas para volver como una persona digna a vivir en
libertad, y la sociedad solo promoverá defensas contra quienes vuelven a ella aunque
hayan cumplido con sus sentencias, porque se entiende que esa vuelta será para incurrir
nuevamente en el círculo de la criminalidad.
El delito frente a la sociedad
¿Somos todos iguales ante la ley? ¿Somos todas las personas iguales? El delito
¿debe ser castigado? ¿Merecemos todos el mismo trato?
La Constitución Nacional pregona que todos somos iguales ante la ley,
garantía que nos da seguridad tanto en el plano jurídico como en el de nuestra
vida cotidiana. Cuando se comete un delito recibimos todos por igual la misma
pena y debemos de la misma forma reparar el daño causado; todos por igual.
Pero no todos somos iguales como personas. Las personas somos diferentes
unas de las otras; los grupos y las comunidades también lo son.
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Nos diferenciamos por nuestras costumbres, formas de vida, hábitos,
creencias, organización social e institucional y también por la historia. La
diversidad social y cultural es un hecho de la vida que es bienvenido
porque de allí surge la riqueza de distintas formas de pensar y encarar la
vida y los proyectos, tanto individuales como colectivos. También esta
diversidad social y cultural puede ser objeto de muchos prejuicios. Quien
habla o se vista de forma distinta, o tiene otras formas de armar sus casas y
preparar sus alimentos, o que tiene creencias que desconocemos suelen
crear distancia que termina, más de una vez, en miedo a la diferencia.
Ese miedo puede acarrear formas violentas de relacionarnos con estas
personas que exhiben diferencias. Ninguno de nosotros está exento de tener
prejuicios e ideas preconcebidas que no siempre se ajustan a la realidad.
El delito es un fenómeno universal que ha estado presente en todas las
sociedades y en todos los tiempos. No se sabe bien por qué una persona
comete un delito, pero hay muchos equipos de investigación trabajando en este
tema, ya sea en forma general o específica (por formas de delinquir, por tipos
de delito, por delitos cometidos por hombres y por mujeres, por jóvenes,
adultos y niños, por localización, por clases sociales, por situación económica y
laboral, etc.)
Si bien no hay conclusiones contundentes, se ha avanzado un poco en la índole
del delito: ninguna de las variables citadas actúa en forma aislada sino
mezcladas de una manera que todavía no es posible distinguir en qué medida
influye cada una y en particular en cada caso. Cuando se comete un delito no
hay ninguna decisión libre que lleve a considerar que ese delito sea una acción
valiosa para la sociedad: se puede delinquir por necesidad y también por
elección; se puede delinquir una sola vez en la vida o hacer de ello el estilo de
una vida.
Hay personas que son más sensibles a inclinarse al delito por su historia
personal, por las escasas posibilidades que tienen para elegir otras formas de
ganarse la vida, o de arreglar los problemas que aparecen en el curso de una
vida. En el acto delictivo se muestra que se ha estrechado el rango de
respuestas posibles que puedan considerarse exitosas en la resolución de un
conflicto preexistente. Si nos detenemos un momento para repasar el pasado
de las personas que cometen delito, al menos aquellos que se hacen en forma
individual contra otras personas (es decir, excluyendo los llamados de ‘guante
blanco’, generalmente cometidos contra el Estado o formas organizadas como
la mafia o el narcotráfico que son de otra extracción totalmente diferente),
veremos que se trata de personas que han tenido infancias carentes de afectos
básicos para desarrollar una personalidad firme y estable que les permita
proyectarse como personas adultas responsables que puedan asumir los
deberes que les corresponden como ciudadanos, y cumplir con las tareas que
de ellos se esperan. Los detenidos de hoy han sido niños castigados, que no
han podido acceder o completar la escuela, que no han tenido posibilidad de
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preguntarse lo que un adolescente se cuestiona: quién soy, para qué vivo, qué
puedo hacer para mejorar mi vida, la de mi familia, la de mi comunidad,
etcétera. Ellos han tenido muchas veces que abandonar sus casas muy
tempranamente y valerse por sí mismos cuando no estaban en condiciones de
hacerlo. Luego no se puede volver para atrás y empezar como si nada hubiera
pasado.
Deben pagar la deuda con la sociedad para volver a empezar, siempre y
cuando haya una segunda oportunidad. Esto, por ahora, es lo que falta.
En el caso de las mujeres se sabe que llegan al delito cuando sufren de violencia
doméstica, donde no solo ella es castigada sino su bien más preciado, los hijos. Otras
veces inducidas por sus esposos o compañeros de vida, sobre todo en el caso de robo y
transporte de cantidades pequeñas drogas, pero que la hacen retornar a la cárcel una y
otra vez, sin poder despegarse del vínculo, desde luego enfermo, que les impide irse con
sus hijos para volver a empezar.
Las mujeres encarceladas muchas veces han sido violadas durante su infancia,
despreciadas, o desechadas como personas en todo el valor que cualquier
persona tiene.
Quien ha trabajado con gente privada de la libertad sabe que han sido
conductas a las que después no se les puede dar ninguna explicación
satisfactoria. Por qué no me fui? Es la pregunta constante en el caso de las
mujeres encarceladas, y víctimas de violencia familiar o de relaciones
enfermizas con sus esposos o parejas. Por qué hice lo que hice? En el caso de
hombres encarcelados e incrédulos de lo que ya no tiene vuelta. El delito no es
algo que pase desapercibido en la vida de estas personas, sino que se siente
como una rotura en la vida difícil de remontar.
Estas personas son también víctimas, casi iguales a sus propias víctimas. Tienen este
rasgo que, sin duda, no está presente en otras formas de romper con la ley, como lo son
las organizaciones criminales o quien en una posición de poder decide y planifica cómo
burlar las normas vigentes.
Estas personas actúan muchas veces impulsadas por sentimientos irrefrenables
de enojo, exasperación, desdicha creyendo que la violencia es la única forma
para solucionar al conflicto que se enfrentan. El delito es siempre un borrón en
la propia existencia. A veces, han apelado en más de una ocasión a vías
capaces de escucharlos y ayudarlos a superar sus problemas. Esas otras
posibilidades no han respondido como debieran, provocando que ellas se vean
aún más debilitadas y restringidas en las opciones a su alcance. Entonces se
apela a la violencia, como última y dramática forma de hacerse escuchar o, por
fin, dar por concluido el problema.
Cifras
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En una encuesta que se hizo entre 1998 y 1999 a 50 detenidos y detenidas,
más de la mitad respondió que consideraba haber transgredido la ley a
expensas de opiniones previas de operadores jurídicos que supusieron que
nadie o casi nadie iba a contestar afirmativamente a esta pregunta. Las causas
que adujeron van más allá de los límites de este trabajo.
En cuanto a la pregunta de si se consideraban ofensores, las respuestas
fueron coherentes en la proporción de que si consideraban que habían roto con
la ley, por ende sí lo eran. Las causas, otra vez, por las que habían llegado a
esta situación merecen un lugar aparte.
Frente a la pregunta de si creían que la cárcel puede corregir el acto
cometido, las respuestas fueron variando de acuerdo a la posición que cada
uno de quienes respondieron podía haber construido con relación al afuera
(guardias, familiares, referencias externas –amigos, ex patrones, etc.) y, lo que
pareció más importante, en las relaciones internas. Hay que darse cuenta que
unas dependen de las otras, en un entramado complicado y delicado, y en
donde un “error” producido incluso involuntariamente, puede hacer caer el débil
reconocimiento como persona que cada uno de ellos puede ir consiguiendo. La
pregunta, entonces, no tuvo como respuesta ese “NO” rotundo que
observadores interesados en los resultados de la encuesta habían predicho.
El “sí” o el “no” estuvo surcado de fragmentaciones, momentos de duda,
reflexiones internas relacionadas, como dije, con el tipo de vínculos que se
habían establecido con las diferentes figuras carcelarias y del afuera, con el tipo
de delito, con la satisfacción/insatisfacción de la sentencia o del proceso judicial
como un todo, y desde luego con las perspectivas futuras.
Si bien considerado como un ambiente en extremo duro, en donde no hay
alternatividad de roles sociales –“se es preso y nada más”- lo que resulta
atentatorio a la salud mental de cualquier ser humano, hubo matices: “se
intercambian opiniones”, “se pueden sacar puntos de vista buenos”, “pago la
deuda con la sociedad”, “con esto tengo la consciencia limpia”, “al menos
comemos, dormimos y hasta tenemos televisor”, denunciando, así, su ubicación
social previa al delito, “estoy haciendo un postgrado”, “aprendí lo que no sabía
afuera” -refiriéndose a la frase famosa por su gravedad “escuela del crimen”.
Y cuando la respuesta fue un “no” casi siempre quedó amalgamada con algún
otro tipo de opinión: es un lugar rígido, no nos brindan posibilidades, es un
lugar inhumano, el encierro no arregla nada, “la cárcel no sirve porque me
pone loca”, “no sé qué es lo que puedo pagar con la cárcel”, “acá uno qué
puede corregirse”, “la cárcel es inmóvil”, “la cárcel te come la cabeza”, “yo soy
flojito” entre otras respuestas.
La pregunta final fue cómo percibe su retorno a la sociedad: 46 de los 50
entrevistados usaron en algún momento la palabra “miedo”, o alguna parecida.
Quienes no la usaron fueron aquellos que se sintieron mal juzgados o creen ser
inocentes.
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De esta forma, se ve que cada uno de los detenidos coexiste en un mismo
espacio, pero en situaciones que puedan variar diametralmente. Si bien las
etapas de progresividad son importantes para acceder a los beneficios de la ley,
dando cierto orden y criterios para ello, no alcanzan a captar la infinidad de
matices que significa el estar encarcelado.
OBJETIVOS
1. Analizar delitos-tipo regionales con distinta gravedad según el Código
Penal: en especial homicidio y homicidio agravada por el vínculo desde
la perspectiva de los procesos judiciales y desde la perspectiva de la
gente directa e indirectamente vinculada en ellos.
2. Analizar formas alternativa de resolución de conflictos leves de acuerdo
a las posibilidades que otorgue o podría otorgar la legislación procesal
provincial en materia penal.
3. Analizar la viabilidad regional de alternativas a la pena privativa de la
libertad en el caso de conflictos graves para una eventual propuesta de
reforma del Código Penal.
4. Replanteo de la dogmática de ejecución de la pena en zonas
interculturales: definición de “prisión” como inhibición de la libertad
ambulatoria exclusivamente.
SINTESIS DE ACTIVIDADES DESARROLLADAS
una confluencia de intereses mutuos que facilitó en buena medida no sólo el
acceso a la problemática sino a la construcción de la base de datos y las
respectivas interpretaciones.
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Se han reconstruido diferentes puntos de vista –del detenido, sus familiares,
oficiales jurídicos, policiales y de algunas instituciones intermedias interesadas en
el tema, como asimismo de la Municipalidad de algunas de las localidades citadas
y de los Juzgados de Paz respectivos.
Por otro lado, se ha indagado en el conflicto de creencias que se establece por la
imposición de un derecho penal único, aún cuando la reforma constitucional de
1994 establece que Argentina es un país pluricultural, reconociendo la
preexistencia étnica de las poblaciones indígenas, aunque hasta ahora ha
quedado en el texto de nuestra Carta Fundamental.
Los delitos en que me he concentrado por considerarlos de alta incidencia en
estas poblaciones y que, por otra parte muestran diferencias cosmovisionales
importantes son: homicidio simple y calificado, infanticidio (figura que fuera
eliminada del Código Penal en 1996 y que pasara a ser homicidio calificado por el
vínculo justo en el momento en que había dos casos en proceso) y estupro.
Metodológicamente, se usaron la observación participante, presencia, a veces
como perito de parte, en audiencias orales, entrevistas temáticas en grupos,
entrevistas individuales en profundidad e historias de vida.
Los puntos centrales han sido: experiencia carcelaria, ámbitos familiares
durante esa experiencia y aspectos biográficos y comunitarios. Aparecen por sí
mismas las relaciones que mantiene e detenido con los agentes encargados de
la seguridad y con los operadores judiciales (defensor, fiscal, jueces, personal
administrativo, secretarios, etc.).
Se han confrontado versiones con defensores, fiscales y jueces. Ellos han
mostrado interés en el desarrollo de esta investigación sobre todo en un
momento de una fuerte crisis carcelaria en la región (como en el resto del
país), la falta de un servicio penitenciario provincial y la ausencia de una ley de
ejecución penal, más allá de las concordancias que todavía no se han llevado a
cabo con la ley 24.660 del año 1996.
Ellos han asumido la perspectiva antropológica como un enfoque técnico que
puede ayudar no sólo a dilucidar el destino de algún detenido en particular
(situación de trabajo extra-muros, libertad condicional, libertad asistida, o
algún otro beneficio otorgado por la ley).También se ha podido problematizar
lo que se refiere a las diferentes semánticas del castigo, la pena y el delito que
hay entre las diferentes cosmovisiones que se ponen en juego. Así en la
selección de los casos tuvo cabida la opinión de los diferentes protagonistas
sobre conceptos como “peligrosidad”, “ruralidad”, “decaimiento emocional o
físico”, “criminalización”, de lo que ellos consideraron casos conflictivos.
Desde el punto de vista del investigador, la selección de los casos se hizo
teniendo en cuenta criterios de accesibilidad, continuidad, gravedad judicial y
disponibilidad.
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Desde el punto de vista de los propios detenidos eligieron la compañía del
investigador en vista de que es una forma más de mantenerse visible para el
sistema judicial en un contexto donde la escasez económica y la falta de
contacto con los códigos y estilos de pensamiento propios del sistema
judicial, empuja al detenido hacia el defensor oficial. Del entrecruzamiento
de este conjunto de criterios y del acuerdo entre diferentes perspectivas se
llegó a la selección de casos estudiados y a las conclusiones que se
muestran en los artículos respectivos.
La investigación ha logrado definir una forma de intervenir en el problema de la
criminalidad, tal como lo hemos planteado en el proyecto de investigación, y en
otros previos, sobre la manera en que se discute en la teoría antropológica
actual el concepto de “intervención”.
Un punto de vista puede ejercer cambios de actitudes, comportamientos y aún
en los contenidos semánticos que se den a conceptos claves, en este caso,
como el de “seguridad”, “control social”, “peligrosidad”, “culpa”, “castigo justo”,
“resarcimiento”, “justicia”, entre otros. En cuanto a los temas propiamente
epistemológicos, se trabajó en el ámbito de lo que podría llamarse una
“antropología jurídico-penitenciaria” que permite delimitar universos semánticos
heterogéneos con más claridad que en otras situaciones. Y que el llamado
“conflicto de creencias” toma una envergadura que es desdeñada por los
propios actores. Finalmente el proceso de conocimiento ha tomado un rumbo
destinado a la posibilidad de adecuar la ejecución de las penas judiciales a los
contextos socioculturales regionales.
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