JFCF - Los ritos de iniciación/Hostigamiento/Intimidación/Amenazas/I
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JFCF - Los ritos de iniciación/Hostigamiento/Intimidación/Amenazas/I
Creswell School District 40 Code: JFCF Adopted: 3/10/10 Los ritos de iniciación/Hostigamiento/Intimidación/Amenazas/Intimidación/ Intimidación - Estudiantes La Junta se compromete a proporcionar un ambiente positivo y productivo. Las novatadas, acoso, intimidación, amenazante o intimidación y actos de intimidación cibernética por los estudiantes, personal y de terceros hacia los estudiantes es estrictamente prohibido. Las represalias contra cualquier persona que denuncia, se cree que han informado, presenta una queja o participe en una investigación o indagación también está estrictamente prohibido. Falsas acusaciones también se considerará como falta grave y dará lugar a medidas disciplinarias u otras sanciones apropiadas. Los estudiantes cuyo comportamiento se encuentra en violación de esta política será sujeto a disciplina, hasta e incluyendo la expulsión. El distrito también puede presentar una solicitud ante el Departamento de Transporte de Oregon para suspender los privilegios de conducir o el derecho a solicitar los privilegios de conducir de un estudiante de 15 años de edad o más que haya sido suspendido o expulsado por lo menos dos veces por amenazantes otro estudiante o empleado , daño intencional o daños a la propiedad del distrito o por el uso de amenazas, intimidación, acoso o coacción. Los estudiantes también pueden ser referidos a las fuerzas del orden. El director y el superintendente es responsable de asegurar que esta política se lleva a cabo. definiciones 1. Distrito incluye las instalaciones del distrito, locales y de distrito nondistrict propiedad si el estudiante se encuentra en cualquier actividad patrocinada por el Distrito, aprobado por el distrito o relacionadas con el distrito o la función, tales como excursiones o eventos deportivos donde los estudiantes están bajo el control del distrito. 2. Novatadas incluye, pero no limitado a, cualquier acto imprudente o intencional que pone en peligro la salud mental, salud física o la seguridad de un estudiante con el propósito de la iniciación o como una condición o requisito previo para alcanzar la pertenencia a, o afiliación con ninguna patrocinado por el distrito la actividad o el logro del nivel de grado (es decir, la servidumbre personal, la estimulación sexual / asalto sexual, el consumo forzado de cualquier bebida, bebidas alcohólicas, drogas o sustancias controladas, la exposición a los elementos forzados, la exclusión forzada prolongada del contacto social, la privación del sueño o cualquier otra actividad forzada que podría afectar negativamente a la salud mental o física o la seguridad de un estudiante), requiere, anima, autorice o permita que otro sea objeto de usar o cargar cualquier objeto obsceno u oneroso física, asignación de las travesuras de llevar a cabo o otras actividades destinadas a degradar o humillar sin tener en cuenta la voluntad de la persona para participar. Los ritos de iniciación/Hostigamiento/Intimidación/Amenazas/Intimidación/ Intimidación - Estudiantes - JFCF 1-3 3. El acoso, la intimidación o bullying se entiende todo acto que interfiere sustancialmente con los beneficios educativos de los estudiantes, las oportunidades y el rendimiento, que se lleva a cabo en o inmediatamente adyacente a los terrenos del distrito, en cualquier actividad patrocinada por el Distrito, en el distrito proporcionó el transporte o en cualquier otro funcionario distrito de la parada de autobús, que puede estar basado en, pero no limitado a, el estado de la clase protegida de una persona, tiene el efecto de: a. b. c. Daño físico a un estudiante o dañar la propiedad de un estudiante; A sabiendas, la colocación de un estudiante en temor razonable de daño físico para el estudiante o daños a la propiedad del estudiante; Crear un ambiente educativo hostil incluyendo la interferencia con el bienestar psicológico de los estudiantes y puede ser sobre la base de, pero no limitado a, la clase de protección de la persona. 4. Clase protegida es un grupo de personas distinguidas, o se percibe que se distinguen, por motivos de raza, color, religión, sexo, orientación sexual, origen nacional, estado civil, estado familiar, fuente de ingresos o de discapacidad. 5. Ciberacoso es el uso de cualquier dispositivo de comunicación electrónico para acosar, intimidar o matón. 6. Represalia significa novatadas, acoso, intimidación, amenazante o la intimidación y los actos de acoso cibernético a una persona en respuesta a un estudiante por real o aparentemente de información o participar en la investigación de las novatadas, acoso, intimidación, amenazante o la intimidación y los actos de acoso cibernético o represalias. 7. Amenaza incluye, pero no limitado a, cualquier acto destinado a poner un empleado del distrito, el estudiante o de un tercero en el temor de una inminente lesión física grave. La presentación de informes El director o la persona designada tendrá los informes y llevar a cabo una investigación inmediata de cualquier informe de un acto de acoso, intimidación u hostigamiento y actos de acoso cibernético. Cualquier empleado que tenga conocimiento de la conducta en violación de esta política deberá informar inmediatamente a su / sus preocupaciones al superintendente que tiene la responsabilidad general de todas las investigaciones. Cualquier estudiante que tenga conocimiento de la conducta en violación de esta política o se siente que él / ella ha sido objeto de hostigamiento, intimidación o acoso y los actos de ser acosados ??en la violación de esta política se anima a informar de inmediato a su / sus preocupaciones al director quien tiene la responsabilidad general para todas las investigaciones. Este reporte puede hacerse de forma anónima. El estudiante también puede informe se refiere a un profesor o consejero que será responsable de notificar al funcionario distrital. Las quejas contra el director deberá ser presentada ante el superintendente. Quejas contra el superintendente deberá ser presentada ante el presidente de la Junta. Los ritos de iniciación/Hostigamiento/Intimidación/Amenazas/Intimidación/ Intimidación - Estudiantes - JFCF 2-3 El demandante deberá ser notificado de los resultados de la investigación y, en su caso, que las acciones correctoras adoptadas. El demandante puede solicitar que el superintendente de examinar las medidas adoptadas en la investigación inicial, de conformidad con los procedimientos de quejas del distrito. El distrito se anima a incorporar en los programas de formación existentes para los estudiantes y la información personal relacionada con la prevención y la respuesta adecuada a los actos de hostigamiento, intimidación o el acoso y los actos de acoso cibernético. El superintendente será responsable de asegurarse de notificación anual de esta política se presenta en un estudiante o un manual del empleado, la escuela y nuestro distrito, y en la escuela y la oficina del distrito. Procedimientos de queja, según lo establecido por el distrito, se seguirá. END OF POLICY Legal Reference(s): ORS ORS ORS ORS ORS ORS ORS ORS ORS ORS 163.190 166.065 166.155 - 166.165 332.072 332.107 339.240 339.250 339.254 339.260 339.351 - 339.364 OAR OAR OAR OAR 581-021-0045 581-021-0046 581-021-0055 581-022-1140 HB 2599 (2009) Title VI of the Civil Rights Act of 1964, 42 U.S.C. § 2000d (2006). Referencia cruzada(s): GBN / JBA - Acoso Sexual JBA / GBN - Acoso Sexual JFCM - Amenazas de violencia Los ritos de iniciación/Hostigamiento/Intimidación/Amenazas/Intimidación/ Intimidación - Estudiantes - JFCF 3-3