CREE y sus retenciones, la DIAN responde

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CREE y sus retenciones, la DIAN responde
CREE y sus retenciones, la DIAN responde
En medio de la incertidumbre latente en los contribuyentes a este impuesto, la DIAN decidió dar
respuesta a algunas inquietudes de los mismo al respecto.
Pregunta 1
Hace días se conoció un Proyecto de Decreto en el cual se piensa asignar base al RETE CREE, quisiera
saber ¿cuándo tienen pensado sancionarlo como Decreto Reglamentario?
Respuesta: Por ahora no existe decreto que regule las bases para aplicar el CREE, por lo tanto la
misma se debe realizar a partir de $1 en adelante.
Nota: El proyecto de norma fue presentado y establece la sujeción del régimen de bases para el
sistema de retenciones del CREE al mismo aplicable en las retenciones en la fuente de renta.
Pregunta 2
Una persona natural comerciante, agente retenedor de renta, ¿es responsable del impuesto CREE? ¿Es
agente retenedor CREE?
Respuesta: Las personas Naturales no son sujetos del impuesto del CREE y por consiguiente no son
agentes de retención por este concepto ni se les debe practicar la misma.
Pregunta 3
¿Cuáles son las sanciones si no presentamos el mes de mayo?
Respuesta: Las sanciones son las mismas señaladas en el E.T. pero recuerda que existe un
inconveniente que si la presentas y no la pagas es una declaración ineficaz.
Nota: Es importante recordar que por mandato del artículo 7 del decreto reglamentario 862 de 2013,
en el mes que no se efectúen retenciones, no debe presentarse declaración.
Pregunta 4
Quisiera saber ¿cómo funciona el CREE y su retención para las empresas acogidas a la ley 1429?
Respuesta: El impuesto del CREE aplica sobre las utilidades de las empresas la tarifa para este año es
del 9%, el mismo aplica para todas las personas jurídicas señaladas en la ley incluyendo a las
contempladas en la ley 1429.
Pregunta 5
Las notarías por el simple hecho de ser declarantes de Renta ¿se convierten también en sujetos pasivos
del CREE?
Respuesta: Las notarías son personas Naturales, por lo anterior la norma señala que las personas
naturales no son sujetas de dicho impuesto.
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Pregunta 6:
Hasta la fecha no se han establecidos bases para el cree, entonces ¿le debo aplicar a todos los pagos
incluidos gastos de reembolso como papelería, cafetería, parqueaderos etc. que en última instancia
serian asumidos por la empresa, por ser pagos de contado?
Respuesta: Totalmente de acuerdo se debe practicar retención sobre cualquier concepto y como base
de $1 en adelante.
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