Guía de orientación jurídica para personas con discapacidad
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Guía de orientación jurídica para personas con discapacidad
COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PRIMERA VISITADURÍA GENERAL COORDINACIÓN DEL PROGRAMA SOBRE ASUNTOS DE LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA FAMILIA México, 2008 El presente documento fue coordinado, revisado y autorizado por la Lic. Victoria Adato Green, Coordinadora del Programa sobre Asuntos de la Mujer, la Niñez y la Familia de la Primera Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Contenidos: Lic. Rosario Violeta Montiel Hernández. Primera edición: mayo, 2008 ISBN: 978-970-644-557-5 D. R. © Comisión Nacional de los Derechos Humanos Periférico Sur 3469, Colonia San Jerónimo Lídice, Delegación Magdalena Contreras, C. P. 10200, México, D. F. Diseño de portada: Flavio López Alcocer Impreso en México Contenido Presentación ............................................................................................................................... 7 Manejo de la guía ...................................................................................................................11 Instituciones a las que usted puede acudir ..................................................................45 5 Presentación En todas partes del mundo y en toda sociedad hay personas con discapacidad que requieren y demandan condiciones jurídicas, sociales y económicas que les permitan acceder a una igualdad de oportunidades y evitar que sean objeto de cualquier forma de exclusión. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estima que 10 % de la población mundial tiene algún tipo de discapacidad. Por su parte, el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) informó, en el Censo de 2000, que poco más de 2.5 millones de personas presentan alguna discapacidad en México;1 cabe resaltar que en estas cifras no se incluyen a quienes tienen una discapacidad temporal, como las personas que provisionalmente tienen que usar muletas, sillas de ruedas y otros accesorios, ni a las personas de la tercera edad que adquieren parcial o totalmente una o más discapacidades. Una de las grandes barreras que enfrentan las personas con discapacidad es la misma sociedad. El problema de discriminación que actualmente atraviesa este sector de la población es importante y, a la vez, delicado, pues tener algún impedimento físico o mental no debe ser un obstáculo para su desenvolvimiento capaz y eficiente en los distintos ámbitos de su vida personal, social y profesional. Generalmente, a las personas con discapacidad se les niega la posibilidad de educación o de desarrollo profesional; se les excluye de la vida cultural y de las relaciones sociales normales; se les ingresa innecesariamente en institucio- 1 Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, XII Censo General de Población y Vivienda 2000. 7 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 8 nes, y tienen acceso restringido a edificios públicos y al transporte debido a sus limitaciones físicas. En los últimos 30 años, tanto en el plano nacional como en el internacional, se han discutido los conceptos y las situaciones relacionadas con la discapacidad, con la finalidad de establecer y reconocer los derechos de las personas que se ven afectadas por ella y por la necesidad de clarificar su relación con el contexto social en que se desenvuelven. Algunos resultados de este proceso son los siguientes: Se han rebasado los planteamientos que consideraban a la discapacidad sólo en su dimensión individual, estrictamente médica o biológica, con un sentido de inmovilidad social. El Programa de Acción Mundial y las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades de las Personas con Discapacidad, aprobadas por la Organización de Naciones Unidas han permitido que en la última década se destaquen no sólo las acciones de prevención y rehabilitación, sino también aquellas que facilitan el logro de la igualdad de oportunidades, reconociendo la diversidad social, el entorno físico, los servicios, las actividades, la información y la documentación a disposición del conjunto de la población y, especialmente, de las personas con discapacidad. Actualmente, se percibe a la discapacidad como un fenómeno que compete a la sociedad en su conjunto. Los planteamientos acerca de ella deben abordarse en función de la relación que establece quien la experimenta con el entorno social, económico, político y cultural que lo rodea.2 Ser reconocidos como sujetos de derechos ha sido uno de los principales objetivos por los que han luchado las personas con discapacidad a través de los años. Lograr llegar a los espacios para su integración en los diferentes ámbitos de la vida social constituye un esfuerzo conjunto que hasta fechas recientes ha alcanzado sus primeros resultados. Y aunque se ha estado luchando a través de instituciones gubernamentales y no gubernamentales para lograr su integración plena, todavía no se reconoce que las personas que presentan diversos tipos de discapacidad conforman un sector de la sociedad que debe y exige ser considerado e incorporado a la vida social en condiciones de igualdad a las del resto de la población.3 Aunado a esto, sigue existiendo un trato desigual y discriminatorio hacia las personas con discapacidad, lo que plantea el reto de seguir promoviendo 2 Ponencia impartida el 10 de agosto de 2000 en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, por Rosario Gutiérrez Romero, Subdirectora de Apoyo a Personas con Discapacidad. 3 Aleksi Asatashvili e Inés Borjón López-Coterilla, comps., Panorama actual de los derechos humanos de las personas con discapacidad: La situación de México frente a los compromisos internacionales. México, CNDH, 2003. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 9 una mayor equidad en todos los ámbitos de la vida social y privada, basada en la igualdad de oportunidades, en el respeto y en un trato digno, que tenga fundamento en la familia, en la escuela y en el trabajo. Con esta visión, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, a través de la Coordinación del Programa sobre Asuntos de la Mujer, la Niñez y la Familia, ha creado la presente Guía de orientación jurídica, cuyo propósito fundamental consiste en promover una cultura de respeto y protección de los derechos humanos de este grupo de la población. En este contexto, la Guía de orientación jurídica para personas con discapacidad pretende ser una herramienta que le sirva a este sector de la sociedad para conocer y hacer valer sus derechos y para llamar la atención de las diversas instituciones acerca de la necesidad de establecer acciones más específicas de atención hacia estas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y que con frecuencia son objeto de una mayor marginación social. Manejo de la guía La Guía que tiene en sus manos se hizo pensando en usted, que es una persona con algún tipo de discapacidad; le será de gran utilidad para conocer sus derechos y en qué legislaciones se encuentran contemplados, así como en caso de que tenga un problema familiar, laboral, civil o penal. Reflexionar sobre la discapacidad representa, ante todo, pensar que una persona puede transitar por diferentes expresiones de la diversidad humana, y que ésta no sólo se refiere al color de la piel, a la religión, al género o a la edad, sino también a las habilidades físicas que se van modificando a lo largo de la vida de cada persona. Implica, entonces, enfrentar el hecho de que cualquier persona puede pasar a formar parte de este grupo en un determinado momento, ya sea por adquirir una discapacidad o porque alguno de sus seres queridos se vea afectado por ella. La idea de la Guía surgió a partir de las diversas inquietudes que personas con algún tipo de discapacidad se han planteado en relación con sus derechos y con las instituciones que los respaldan. El presente documento se compone de 50 preguntas con sus respectivas respuestas. En ellas se abordan temas sobre sus derechos y el marco jurídico que los rige, así como cuestiones que tienen que ver con la escuela, el trabajo y los servicios de salud. En algunos casos las respuestas incluyen el nombre de los documentos jurídicos de donde se obtuvo la información, así como los artículos de las leyes que puede consultar en caso de requerir mayor información. Para elaborar esta Guía se tomaron como referencia los códigos y las leyes vigentes para el Distrito Federal, por lo que, si usted vive en otra ciudad, puede acudir a alguna de las instituciones que aparecen en el “Directorio” que se encuentra al final de este documento. Esperamos que la presente Guía le sea de utilidad. 11 1) ¿Es importante conocer nuestros derechos? Sí. Conocer nuestros derechos es importante para que la sociedad los respete y para que desarrollemos mejor nuestro potencial. Actualmente, la ley otorga los derechos necesarios para que a las personas con discapacidad no se les margine, excluya o discrimine, y para que se les trate con respeto y dignidad. 2) ¿Qué son los derechos humanos? Los derechos humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada. Estos derechos, establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en las leyes, deben ser reconocidos y garantizados por el Estado. 13 14 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 3) ¿Las personas con discapacidad gozan de los mismos derechos que las que no tienen alguna discapacidad? Sí. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece principalmente el derecho a la igualdad en su artículo 1o., que a la letra dice: “En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece”. De tal forma, la posición económica o social; la raza; el color; el origen étnico, nacional o familiar; la religión; las ideas políticas; el idioma; el sexo, y la condición física, mental o sensorial, no deben ser motivo de discriminación legal o administrativa para las personas. Esta igualdad de todos los individuos debe ser entendida como una igualdad de trato y de oportunidades. Toda la población, tanto los particulares como los servidores públicos federales, estatales y municipales, tiene el deber de respetar los derechos humanos de las personas con discapacidad. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 15 4) ¿Qué se entiende por discriminación? La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación establece en su artículo 4o. que es: Toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas. También se entenderá como discriminación la xenofobia y el antisemitismo en cualquiera de sus manifestaciones. Por su parte, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 1o., párrafo tercero, prohíbe la discriminación. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 16 5) ¿Qué entendemos por discapacidad? Es toda restricción o pérdida de la habilidad para desarrollar una actividad de la forma o dentro del rango considerado como normal para un ser humano. La discapacidad no es una cuestión relacionada con la edad o con el sexo de una persona, es una condición que puede ser permanente o transitoria, originada desde el nacimiento o por una enfermedad o accidente. 6) ¿Quién es una persona con discapacidad? La Ley para las Personas con Discapacidad del Distrito Federal establece, en su artículo 2o., fracción I, que es “todo ser humano que presenta temporal o permanentemente una disminución en sus facultades físicas, intelectuales o sensoriales que le limitan realizar una actividad normal”. 7) ¿Cuántas personas con discapacidad existen en el país? De acuerdo con las estimaciones de la Organización Mundial de la Salud, el 10 % del total de la población, es decir, alrededor de 10 millones de personas en nuestro país, presentan algún tipo y grado de discapacidad, y de acuerdo con los resultados del XII Censo Nacional de Población y Vivienda del año 2000, existen 2,200,000 personas con discapacidad en grado mediano y severo. 8) ¿Cuántos tipos de discapacidad existen? Existen diversos tipos de discapacidad, los cuales se agrupan en: • • • Física. Se manifiesta por las secuelas de poliomielitis, lesiones medulares, o amputaciones. Sensorial. Comprende a las personas ciegas, débiles visuales, con deficiencias auditivas o con problemas en la comunicación y el lenguaje. Intelectual. Es considerada como la más grave, en tanto que impone en muchos casos serias limitaciones a quienes la padecen, relacionándose fundamentalmente con cuestiones como el retraso mental, el síndrome de Down y la parálisis cerebral, entre otros. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 17 9) ¿Qué se considera como minusvalía? Es la pérdida o limitación de oportunidades para participar en la vida de la comunidad en un nivel equitativo en relación con los demás. Se presenta cuando las personas encuentran barreras culturales, físicas o sociales que les impiden tener acceso a los diferentes sistemas de la sociedad que se encuentran disponibles para otros ciudadanos. 10) ¿Qué es la prevención? El artículo 2o., fracción II, de la Ley para las Personas con Discapacidad del Distrito Federal dice que es “La adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias físicas, mentales y sensoriales”. 18 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 11) ¿A que se refiere la rehabilitación? De acuerdo con lo que establece la fracción III del artículo 2o. de la Ley para las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, es “Un proceso de duración limitada y con un objetivo definido, encaminado a permitir que una persona con discapacidad alcance un nivel físico, mental, sensorial o social óptimo, proporcionándole así los medios de modificar su propia vida”. 12) ¿Cuáles son los lugares con acceso público? Son aquellos inmuebles de dominio público o propiedad privada que, por razón de su naturaleza, permiten que las actividades que en ellos se realizan, contemplen el libre tránsito de personas o vehículos. 13) ¿Qué entendemos por vía pública? Son los espacios terrestres de uso común destinados al tránsito de peatones y vehículos de fuerza motriz o tracción animal. 14) ¿Qué son las barreras arquitectónicas o físicas? La fracción VI del artículo 2o. de la Ley para las Personas con Discapacidad del Distrito Federal dice que son “todos aquellos obstáculos que dificultan , entorpecen o impiden a las personas con discapacidad su libre desplazamiento en lugares públicos o privados, exteriores, interiores o el uso de los servicios comunitarios”. 15) ¿De qué manera puedo trasladarme en el Distrito Federal si no tengo vehículo propio, ni amplios recursos económicos? El Sistema de Transporte Eléctrico de la Secretaría de Transportes y Vialidad brinda servicio a través de la Red de Autobuses para Discapacitados. Es un servicio que ha obtenido beneficios para la gente de escasos recursos, al ser un transporte barato para las personas con discapacidad y de la tercera edad, además de contribuir al mejoramiento del medio ambiente. Este servicio para discapacitados permite cubrir las necesidades de desplazamiento hacia sus GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 19 centros de trabajo, educativos, recreativos, de rehabilitación y de terapia, en forma segura, cómoda y regular. Asimismo, desde febrero de 2000 el Sistema Colectivo Metro emitió criterios para la adecuación de estaciones y trenes para el acceso y traslado de personas con discapacidad. Además, a partir del 19 de junio de 2005 comenzó a funcionar el Metrobús en Avenida Insurgentes, por lo cual las personas con discapacidad y de la tercera edad que cuenten con credencial del Programa de Apoyo para Adultos Mayores de 70 años no pagarán el servicio de Metrobús. 16) ¿Qué trámite debo seguir para adquirir un vehículo adaptado para personas con discapacidad? Las personas con discapacidad requieren vehículos adaptados, de acuerdo con sus características, que les permitan suplir o disminuir sus limitaciones y que favorezcan su plena integración a la sociedad. Este tipo de vehículos adaptados no se encuentran en el mercado mexicano de autos, por lo que se ofrece la posibilidad de importarlos legalmente al país, cumpliendo con los requisitos que la ley establece. La Ley Aduanera, en su artículo 61, fracción XV, permite que las personas con discapacidad, así como aquellas personas morales con fines no lucrativos que están autorizadas para recibir donativos deducibles del Impuesto sobre la Renta (ISR), y que tienen como actividad atender personas con discapacidad, puedan importar al país vehículos especialmente adaptados y libres del pago del impuesto al comercio exterior. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 20 Para importar dichos vehículos se deberán realizar dos trámites: el primero es ante la Secretaría de Economía el cual consiste en tramitar el Permiso Previo de Importación; el segundo es la exención del impuesto de importación, que se promoverá ante las Administraciones Locales Jurídicas del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 17) ¿A quién se le puede otorgar un permiso para importar un vehículo especialmente adaptado que previamente sea adquirido en el extranjero? A las personas físicas que mediante un certificado médico demuestren y describan su tipo de discapacidad permanente, expedido por una institución de salud pública o privada con autorización oficial, tales como: • • • • Sanatorios, clínicas y hospitales. Las Secretarías de Salud, de Marina y de la Defensa Nacional. El IMSS, el ISSSTE, el Sistema DIF y los Sistemas estatales y municipales de Salud. Las personas morales con fines no lucrativos que estén autorizadas para recibir donativos deducibles del ISR, y que tienen como actividad atender a personas con discapacidad. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 21 Dichos vehículos deberán permanecer en el extranjero hasta que se termine de tramitar el permiso previo de importación y la exención de impuestos al comercio exterior. 18) ¿Quiénes pueden realizar los trámites de Permiso Previo y de Exención de Impuestos de importación de vehículos? • • • • La propia persona con discapacidad o su representante legal (pudiendo ser éste, incluso, el agente aduanal).4 Quien ejerza la patria potestad, tratándose de menores de edad con discapacidad. El representante legal, en caso de las personas morales señaladas. Quien promueva a nombre de la persona con discapacidad debe comprobar que la representación le fue concedida a más tardar en la fecha en que se presenten las solicitudes. 19) ¿Qué tipos de vehículos especialmente adaptados se pueden importar? Los vehículos nuevos o usados de cualquier país de procedencia, con dispositivos integrados para el transporte o uso de personas con discapacidad, que permitan suplir o disminuir la discapacidad, siempre y cuando dichas unidades cuenten, como mínimo, con alguno de los dispositivos que se citan a continuación, los cuales, por ningún motivo, podrán ser removidos del vehículo: a) Sistema de control manual que permita activar los pedales del acelerador y freno, y, en su caso, del embrague. Asimismo, dicho sistema debe estar soportado en la columna de dirección del vehículo y no impedir que el usuario mantenga el control del volante de dirección al operarlo. 4 Un agente aduanal es el profesional con experiencia en comercio exterior, autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para realizar, entre otros, los trámites para importar a México vehículos especialmente adaptados de procedencia extranjera. Aclaración: no es un funcionario del gobierno. El agente aduanal es el encargado de calcular el pago de los impuestos y de introducir los vehículos al territorio nacional. Si usted no cuenta con los servicios de un agente aduanal llame a la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (Caaarem) a los teléfonos 33 007 500 y 01 800 01 20 054, donde le informarán cómo contactar a alguno de ellos. O bien, consulte la lista de agentes aduanales a su disposición, publicada en la página de internet www.caaarem.org.mx COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 22 b) Mecanismo electrónico que permita activar los sistemas de aceleración y frenado a la persona con discapacidad. c) Sistema de piso bajo que permita a la persona con discapacidad el fácil ingreso o salida con la silla de ruedas, que cuente con puntos de sujeción para fijarla. d) Mecanismo hidráulico, neumático o eléctrico que permita a la persona con discapacidad el fácil ingreso y salida del vehículo, y cuyo aditamento de sujeción esté integrado de manera fija. e) Grúa hidráulica, neumática o eléctrica que permita a la persona con discapacidad guardar o transportar la silla de ruedas o medio equivalente, ya sea en el toldo, en la cajuela o en el perímetro del vehículo, y cuyo aditamento de sujeción esté integrado de manera fija. En caso de que el vehículo de la persona con discapacidad requiera de algún aditamento especial que por su tipo y/o características no esté contemplado en los incisos anteriores, podrá presentar una solicitud de Permiso de Importación anexando una carta descriptiva de exposición de motivos, misma que será dictaminada y respondida en un plazo no mayor a 30 días hábiles. 20) ¿Cuántos vehículos de este tipo se pueden importar? • • Sólo un vehículo cada cuatro años, tratándose de personas físicas. Hasta tres vehículos cada cuatro años, para el caso de las personas morales referidas. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 23 21) ¿Cuáles son los impuestos y pagos que deben cubrirse? • • • • • El derecho de trámite de permiso de importación. El costo del permiso previo de importación, en su caso. El impuesto al valor agregado (IVA). El impuesto sobre automóviles nuevos (ISAN). Los gastos y honorarios del agente aduanal. 22) ¿Quién puede manejar el vehículo? Cualquiera que vaya con o sin la persona con discapacidad a bordo del vehículo, siempre y cuando conserve en la misma unidad: • • • Copia del pedimento de importación definitiva. Copia del permiso otorgado por la Secretaría de Economía. El dispositivo instalado para el uso personal o transporte de personas con discapacidad. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 24 23) ¿Ante qué autoridad se deben realizar los trámites para solicitar el Permiso Previo de Importación definitiva del vehículo? Ante la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía o sus Delegaciones y Subdelegaciones Federales Una vez que adquiera el automóvil y se encuentre en el extranjero, se acudirá a la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía en la ciudad de México o en las Delegaciones y Subdelegaciones Federales de la misma Secretaría en los estados, y se solicitará gratuitamente en la ventanilla el formato de solicitud del permiso de importación, o bien puede imprimirse de la página de internet: www.cofemer.gob.mx (Solicitud de Permiso de Importación o Exportación y de Modificaciones: SE-03-018, publicado en el Diario Oficial de la Federación). 24) ¿Qué documentos se necesitan para realizar el Permiso Previo de Importación? • La copia del título de propiedad del vehículo, la factura o la factura pro-forma. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD • • • • 25 Fotografías del vehículo ya adaptado, en las que se aprecien claramente los aditamentos especiales que permitirán a la persona con discapacidad manejarlo, introducirse o salir del vehículo, y/o los aditamentos eléctricos que le permitan el transporte de la silla de ruedas. La forma fiscal número 5 del Servicio de Administración Tributaria (SAT), sellada por el banco, para el pago del trámite de solicitud de permiso previo de importación definitiva (estas formas se pueden comprar en las papelerías que venden formas fiscales). La copia de identificación oficial vigente de quien solicita el permiso de importación. La copia del certificado médico citado en la pregunta 17. 25) ¿Cómo se realiza el trámite? • • • Una vez que se tenga la solicitud para el permiso previo de importación, se llenará con la ayuda del agente aduanal o del personal de la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía o sus Delegaciones o Subdelegaciones Federales que corresponda al domicilio, adjuntando todos los documentos citados en el punto anterior. El pago del derecho del trámite del permiso de importación se realiza en el banco (el personal de la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía o sus Delegaciones o Subdelegaciones Federales informarán el monto a pagar y las instituciones bancarias autorizadas para recibir estos pagos). La solicitud, los anexos y el pago de derechos se presentan en la ventanilla de la Dirección General de Comercio Exterior o en las Delegaciones o Subdelegaciones Federales de la Secretaría de Economía que corresponde a su domicilio. Una vez presentada la solicitud del permiso citado, deberá acudir a las Administraciones Locales Jurídicas correspondientes a su domicilio fiscal, para obtener la exención del impuesto al comercio exterior, mediante la solicitud, en escrito libre, en la que cumplan con los requisitos que a continuación se describen. La solicitud para las personas físicas deberá contener: • El nombre y el domicilio fiscal del solicitante. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 26 • • • • • El número de Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (si usted no cuenta con RFC, puede obtenerlo llamando desde provincia o desde el Distrito Federal y Área Metropolitana al 01 800 463 6728, o bien acudir a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente más cercana a su domicilio fiscal). La autoridad a la que se dirige el escrito. El propósito de la solicitud. El nombre del representante legal, en su caso. La descripción detallada del vehículo especialmente adaptado (marca, año, modelo y número de serie). Asimismo, se deberá anexar a la solicitud la siguiente documentación: • • Una copia de la constancia expedida por alguna institución de salud con autorización oficial. Una copia de la solicitud del permiso previo de importación definitiva presentada ante la Secretaría de Economía. La solicitud para las personas morales deberá contener: • • • • • • El nombre y el domicilio fiscal del solicitante. El Registro Federal de Contribuyentes y la clave para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta. La autoridad a la que se dirige el escrito. El propósito de la solicitud. El domicilio para oír y recibir notificaciones. El nombre del representante legal de la institución y la escritura pública o poder notarial que acredite la personalidad legal de dicho representante. Asimismo, se deberá anexar a la solicitud la siguiente información: • • • • La denominación o razón social. Una copia de la solicitud del permiso de importación definitiva presentada ante la Secretaría de Economía. La descripción detallada del o los vehículos especialmente adaptados (cantidad, marca, año, modelo y número de serie de cada uno de ellos). Una copia simple del acta constitutiva de la persona moral. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 27 26) ¿Cuál es el plazo para que las autoridades resuelvan los trámites referidos? Tanto la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía o sus Delegaciones o Subdelegaciones Federales, así como las Administraciones Locales Jurídicas, deberán resolver simultáneamente en un plazo máximo de tres días hábiles a partir del día siguiente a la presentación de las solicitudes. Ya obtenido el permiso de importación y el oficio de exención de impuestos al comercio exterior, se deberán entregar al agente aduanal para que él calcule el pago de los impuestos y derechos, elabore el pedimento de importación y realice la importación legal del vehículo. Con el pedimento de importación se deberá acudir ante las autoridades locales de tránsito para tramitar las placas del vehículo, previo pago de derechos y tenencia correspondientes. 27) ¿Qué sucede si falta algún requisito? En el caso de solicitudes incompletas, la Dirección General de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía o sus Delegaciones o Subdelegaciones Federales solicitará la documentación faltante y concederá un plazo de cinco días hábiles para entregarla. Si no se entregara en dicho plazo, se dará por hecho que la solicitud no fue presentada. 28) ¿Cuál es el trámite para la obtención de placas para vehículos de personas con discapacidad? El solicitante de estas placas especiales podrá realizar este trámite personalmente o a través de un tercero con carta poder. Debe presentar los siguientes documentos, en original y copia: • • • • 5 Dictamen de discapacidad5 (DIF-D. F.). Factura o carta factura del vehículo. Identificación oficial del propietario. Comprobante de domicilio en el Distrito Federal. Puede tramitarlo directamente o anexar los requisitos para obtenerlo junto con los que corresponden a la tramitación de las placas para que la Secretaría de Transportes y Vialidad (Setravi) lo tramite ante el DIF-D. F. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 28 • • Comprobante de las cinco últimas tenencias pagadas (o las que correspondan al vehículo). Documento que acredite la estancia permanente legal en el país, si se trata de vehículo extranjero. NOTA: Para la realización de este trámite en otras ciudades deberá acudir a las Oficinas de Tránsito Estatales y Municipales, para lo cual se sugiere consultar el Directorio que se encuentra al final de la presente Guía. 29) ¿Cómo obtengo el dictamen de discapacidad? Es otorgado por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-D. F.), a través de la Dirección Ejecutiva de Apoyo a Personas con Discapacidad, ubicada en Avenida San Francisco 1374, colonia Tlacoquemécatl Del Valle, teléfono 55 59 19 19, extensión 2104. El horario es de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas. 30) ¿Cuáles son los requisitos para obtener el dictamen de discapacidad? Presentar original y copia de los siguiente documentos: • • • • Certificado médico con vigencia de seis meses. Fotografía tamaño infantil de la persona con discapacidad. Comprobante de domicilio en el Distrito Federal. Identificación oficial con fotografía. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 29 31) Si ya se cuenta con placas normales ¿se pueden cambiar por placas para personas con discapacidad? Sí, únicamente se debe realizar la baja de las matrículas vigentes del vehículo cuando se tramiten las placas especiales. 32) Si el vehículo se encuentra a nombre de otra persona, ¿qué se debe hacer para tramitar las placas a nombre de la persona con discapacidad? Cuando se presente a tramitar las placas también debe exhibir la factura endosada, la carta responsiva o el documento traslativo de dominio, para que al mismo tiempo se realice el cambio de propietario. 33) ¿Dónde, cómo y cuándo se realiza el trámite? En el Módulo Insurgentes de la Secretaría de Transportes y Vialidad (Setravi), ubicado en Av. Insurgentes núm. 263, esquina Álvaro Obregón, colonia Roma, C. P. 06700, Delegación Cuauhtémoc, de lunes a viernes de 08:00 a 15:00 horas. 34) ¿Cuál es el costo del trámite? • • • Baja de vehículo: $225.00 (si ya estaba registrado con otra placa). Alta de vehículo: $182.00. Cambio de propietario: $136.00 (si se requiere actualizar el registro correspondiente). 35) Soy una persona con discapacidad, ¿dónde puedo encontrar trabajo? La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 5o. que “a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos”, y en el artículo 123 señala que “toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 30 al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley”. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo, que establecen las normas que regulan la relación de trabajo, no contienen disposiciones específicas que regulen el trabajo de personas con discapacidad. Como todo ser humano, quienes tienen una discapacidad tienen el derecho de incorporarse a la vida productiva para aportar sus talentos a la sociedad y ser autosuficientes económicamente hablando. Para tal efecto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, a través de su Dirección de Equidad y Desarrollo Laboral para Personas con Discapacidad, ofrece dentro de sus programas de inclusión laboral empleo y capacitación a este grupo de personas, de acuerdo con sus aptitudes y capacidades.6 Nuestra Constitución Política, en su artículo 123, determina los derechos que tienen las personas que trabajan para un patrón, esto es, que son sujetos de una relación laboral. Con esto se busca darles protección en su trabajo y en las condiciones de seguridad e higiene en que éste se desarrolle. La Ley Federal del Trabajo señala que: • • • • • El trabajo es un derecho y un deber social. Quien trabaja merece respeto en sus derechos y en su dignidad. El trabajo debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia. No se puede discriminar a ningún trabajador con motivo de su raza, sexo, edad, religión, doctrina política o condición social. Debe darse capacitación y adiestramiento a los trabajadores. Por lo tanto, las personas con alguna discapacidad tienen derecho a un trabajo que garantice el respeto a su dignidad y que asegure sus condiciones de vida y de salud, y un nivel económico decoroso para ellos y su familia, siempre y cuando dispongan de las habilidades y aptitudes necesarias para desempeñarlo. No se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que le acomode, siendo lícitos (artículos 5o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 3o. y 4o. de la Ley Federal del Trabajo). Sin embargo, es incuestionable que en la realidad esta disposición en materia de discapacidad está sujeta a las aptitudes y capacida6 Para mayor información de este Programa, así como de las ofertas laborales, se sugiere consultar el Directorio que se encuentra al final de la presente Guía, o bien la página de internet www.stps.gob.mx. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 31 des de cada persona, atendiendo a su tipo de discapacidad y al perfil requerido para el puesto. El concepto de discapacidad ha evolucionado. Se sabe que quienes tienen una discapacidad no son enfermos ni inútiles, simplemente son personas a quienes les tocó vivir con una determinada característica que no les resta su potencial en otros aspectos. Pagan las mismas cuotas al IMSS o al ISSSTE, y no existe incremento alguno por tratarse de trabajadores con discapacidad. 36) ¿Existen condiciones especiales sobre las adecuaciones de las empresas? No siempre es necesario realizar grandes adecuaciones; generalmente llegan a necesitar aditamentos y modificaciones arquitectónicas básicas que les facilite la realización de su trabajo y desenvolvimiento. De acuerdo con el inciso 5.1 de la Norma Oficial Mexicana NOM-STPS-1999, Locales, instalaciones y Áreas en los Centros de Trabajo. Condiciones de Seguridad e Higiene, las puertas, las vías de acceso y de circulación, las escaleras, los lugares de servicio para los trabajadores y los puestos de trabajo deben facilitar las actividades y el desplazamiento de los trabajadores discapacitados, cuando éstos laboren en el centro de trabajo. 32 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Al respecto, el artículo 14 de la Ley General de las Personas con Discapacidad refiere que “las empresas privadas deberán contar con facilidades arquitectónicas para sus trabajadores con alguna discapacidad”. 37) ¿Qué hacer en caso de que se violen mis derechos como trabajador (a)? Existen instancias creadas para atender gratuitamente sus inquietudes y demandas laborales, en donde se le orientará y canalizará ante la autoridad que deba conocer su problema. Para mayor información dentro del Distrito Federal, acuda a la: SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DIRECCIÓN GENERAL DE EQUIDAD Y GÉNERO Valencia núm. 36, 1er. piso, colonia Insurgentes Mixcoac, Delegación Benito Juárez, C. P. 03920, México, D. F. Teléfono (55) 30 00 32 00, exts. 3118 y 3116, y fax: 3143 GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 33 En su entidad acudir a la: • • • • • • Delegación Federal del Trabajo en el estado. Dirección General del Trabajo del estado. Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo. Procuraduría Local de la Defensa del Trabajo. Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. Junta Local de Conciliación y Arbitraje. 38) Soy una persona con discapacidad, ¿tengo derecho a la protección de mi salud? La protección de la salud se reconoce como un derecho de todos, exige la definición precisa de los beneficios que este derecho implica y demanda el diseño y puesta en operación de mecanismos para hacerlo valer. De conformidad con lo establecido en el párrafo tercero del artículo 4o. constitucional “toda persona tiene derecho a la protección de la salud”; ahora bien, la Ley General de Salud, en su artículo 2o., señala que: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 34 El derecho a la protección de la salud, tiene las siguientes finalidades: I. El bienestar físico y mental del hombre, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; II. La prolongación y mejoramiento de la calidad de la vida humana; III. La protección y el acrecentamiento de los valores que coadyuven a la creación, conservación y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; IV. La extensión de actitudes solidarias y responsables de la población en la preservación, conservación, mejoramiento y restauración de la salud; V. El disfrute de servicios de salud y de asistencia social que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; VI. El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud, y VII. El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud. Por lo anterior, es indubitable que las personas con discapacidad tienen derecho a recibir atención médica y asistencia en cuestiones de salud, prevención y rehabilitación, además de la posibilidad de acceso a bancos de prótesis y órtesis, ayudas técnicas y medicamentos. 39) ¿A dónde puedo acudir en caso de requerir atención médica? A las instituciones de salud como el ISSSTE o el IMSS; en caso de no ser derechohabiente de alguna institución de salud, podrá acudir a los institutos, hospitales y centros de atención médica pertenecientes a la Secretaría de Salud, al DIF, y a los sistemas estatales de salud y a los sistemas locales de asistencia social (artículo 39, fracción XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal). 40) ¿En nuestro país existe algún programa de salud para personas con discapacidad? Sí, el Programa de Acción para la Prevención y Rehabilitación de Discapacidades (PreveR-Dis);7 es un instrumento del Programa Nacional de Salud 20017 Para mayor información de este Programa, así como de las unidades médicas que prestan atención en materia de rehabilitación a nivel nacional, se sugiere consultar el Directorio que se encuentra al final de la presente Guía, o bien la página de internet www.discapacinet.gob.mx. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 35 2006, el cual surge de la necesidad de dar cauce a las múltiples y diversas acciones para prevenir y controlar todas aquellas circunstancias, de la más variada índole, susceptibles de generar discapacidad, que limite o impida las actividades rutinarias de las mujeres y los hombres de nuestro país, promoviendo alternativas para abatir el rezago en materia de prevención y rehabilitación. 41) Soy una persona con discapacidad, ¿tengo derecho a la educación? De acuerdo con lo establecido en el artículo 3o. constitucional, “todo individuo tiene derecho a recibir educación”. Por consiguiente, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de ingreso al sistema educativo nacional con sólo satisfacer los requisitos generales (artículo 2o. de la Ley General de Educación). Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir educación regular o especial en planteles que cuenten con profesionales e instalaciones adecuadas para su desplazamiento. La educación que imparta y regule el Estado deberá contribuir a su desarrollo integral para potenciar y ejercer plenamente sus capacidades, habilidades y aptitudes. Cuando la discapacidad de una persona no permita su incorporación, se les destinará a escuelas de educación especial donde se les debe atender de manera apropiada a sus condiciones y con igualdad social.8 Tratándose de menores de edad con discapacidad, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos. Para quienes no logren esa integración, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didácticos necesarios. Esta educación incluye orientación a los padres o tutores, así como también a los maestros y al personal de escuelas de educación básica regular que integren a alumnos con necesidades especiales de educación (artículo 41 de la Ley General de Educación). 8 Para mayor información acerca de estas escuelas a nivel nacional, se sugiere consultar el Directorio que aparece al final de la presente Guía, o bien la página de internet www.discapacinet.gob.mx. COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 36 42) ¿Además de las escuelas, con qué otros medios cuento para ejercer este derecho? El artículo 11 de la Ley General de las Personas con Discapacidad dispone que: En el Sistema Nacional de Bibliotecas, salas de lectura y servicios de información de la Administración Pública Federal se incluirán, entre otros, los equipos de cómputo con tecnología adaptada, escritura e impresión en el Sistema de Escritura Braille, ampliadores y lectores de texto, espacios adecuados y demás innovaciones tecnológicas que permita su uso a las personas con discapacidad. El Sistema Nacional de Bibliotecas Públicas del país determinará el porcentaje del acervo que cada institución tendrá disponible en Sistema de Escritura Braille y en audio, tomando en consideración criterios de biblioteconomía. Asimismo se preverá que los acervos digitales estén al alcance de las personas con discapacidad.9 43) ¿Tengo accesibilidad a todo tipo de espacios si soy una persona con discapacidad? Todos tenemos derecho a transitar libremente; por lo tanto, es necesario que existan instalaciones urbanísticas y arquitectónicas adecuadas a las necesidades de las personas con alguna discapacidad. Se deben eliminar las barreras físicas, que son todos aquellos obstáculos que dificulten, entorpezcan o impidan a las personas con alguna discapacidad su libre desplazamiento en lugares públicos o privados. Las áreas públicas y privadas deben ser accesibles a las personas con discapacidad, por lo que es obligatorio que las construcciones y los sitios públicos cuenten con instalaciones urbanísticas y arquitectónicas adecuadas, que permitan acceder y transitar por ellas y así desarrollar actividades laborales, educativas, culturales y recreativas (artículo 19, fracción XII, de la Ley de Adquisiciones y Obras Públicas). Dichas instalaciones pueden consistir en rampas, puertas, escaleras, elevadores, pasamanos e instalaciones sanitarias, entre otras. El artículo 13 de la Ley General de las Personas con Discapacidad señala que “las personas con discapacidad tienen derecho al libre desplazamiento en condiciones dignas y seguras en espacios públicos”. Para tal efecto, las dependencias de la Administración Pública Federal, Estatal y Municipal deberán vigi- 9 Para mayor información acerca de estas bibliotecas a nivel nacional, se sugiere consultar el Directorio que aparece al final de la presente Guía, o bien la página de internet www.discapacinet.gob.mx. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 37 lar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de accesibilidad, desarrollo urbano y vivienda se establezcan en la normativa vigente. Asimismo, los edificios públicos que sean construidos a partir del inicio de la vigencia de la citada ley, según el uso al que sean destinados, se adecuarán a las Normas Oficiales que expidan las autoridades competentes, para el aseguramiento de la accesibilidad a los mismos. Para los fines anteriores, con fecha 12 de enero de 2004 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se Establecen los Lineamientos para la Accesibilidad de las Personas con Discapacidad a Inmuebles Federales, el cual tiene por objeto regular el diseño y realización de los elementos arquitectónicos y urbanísticos que faciliten el acceso, desplazamiento y uso por parte de personas con discapacidad, en los espacios interiores y exteriores de los inmuebles federales en los que se desarrolla la actividad humana. 44) ¿Tengo derecho a una vivienda si soy una persona con discapacidad? De conformidad con lo establecido por el artículo 4o., párrafo quinto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa...” Por su parte, el numeral 16 de la Ley General de las Personas con Discapacidad determina que: Las personas con discapacidad tienen derecho a una vivienda digna. Los programas de vivienda del sector público incluirán proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren las necesidades propias de las personas con discapacidad. De la misma manera, los organismos públicos de vivienda otorgarán facilidades a las personas con discapacidad para recibir créditos o subsidios para la adquisición, construcción o remodelación de vivienda. 45) Soy una persona con discapacidad, ¿tengo derecho a la información? El Estado tiene la obligación de garantizar que todos los individuos podamos buscar y obtener todo tipo de información e ideas, ya sea en forma oral o escrita, a través de los medios de comunicación o por cualquier otro procedimiento. Es decir, es el derecho que se tiene a ser informado con veracidad, objetividad y oportunidad (artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos). 38 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Las personas con discapacidad y, cuando proceda, sus familias y quienes abogan en su favor deben tener acceso en todas las etapas a una información completa sobre el diagnóstico, los derechos y los servicios y programas disponibles. Esa información debe presentarse en forma que resulte accesible para las personas con discapacidad. El principal problema que tienen las personas con discapacidad y sus familiares para poder ejercer este derecho es que no pueden obtener dicha información debido a las barreras arquitectónicas, sociales y de comunicación existentes. Por ello, es necesario que se realicen todo tipo de modificaciones para que se eliminen dichas barreras, y de esta forma, las personas con discapacidad y sus familias estarán informadas de las disposiciones que establecen los derechos fundamentales para que puedan tener acceso en igualdad de condiciones que la población en general, al goce de sus derechos humanos, así como a los programas, acciones e instituciones que existen para su atención. Las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, aprobadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas mediante la Resolución 48/96, señalan que: Los Estados deben elaborar estrategias para que los servicios de información y documentación sean accesibles a diferentes grupos de personas con discapacidad. A fin de proporcionar acceso a la información y la documentación escritas a las personas con deficiencias visuales, deben utilizarse el sistema Braille, grabaciones en cinta, tipos de imprenta grandes y otras tecnologías apropiadas. De igual modo, deben utilizarse tecnologías apropiadas para proporcionar acceso a la información oral a las personas con deficiencias auditivas o dificultades de comprensión. Asimismo, dice, que “deben estimular a los medios de información, en especial a la televisión, la radio y los periódicos, a que hagan accesibles sus servicios”. Por su parte, el artículo 18 de la Ley General de las Personas con Discapacidad dispone que “los medios de comunicación implementarán el uso de tecnología y, en su caso, de intérpretes de la Lengua de Señas Mexicana, que permitan a la comunidad de sordos las facilidades de comunicación y el acceso al contenido de su programación”. 46) Soy una persona con discapacidad, ¿tengo derecho al deporte y a la cultura? De acuerdo con lo dispuesto por el párrafo cuarto del artículo 4o. constitucional, “toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar”. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 39 Al respecto, el artículo 21 de la Ley General de las Personas con Discapacidad señala que: Las autoridades competentes formularán y aplicarán programas y acciones que otorguen las facilidades administrativas y las ayudas técnicas, humanas y financieras requeridas para la práctica de actividades físicas y deportivas a la población con discapacidad, en sus niveles de desarrollo nacional e internacional. El Consejo, en coordinación con dichas autoridades concurrirá a la elaboración del Programa Nacional de Deporte Paralímpico. Se deben atender los requerimientos de orden deportivo para apoyar, promover y fomentar el deporte de las personas con discapacidad (artículos 4o., fracción VII; 10, fracción V, y 36 de la Ley del Estímulo y Fomento del Deporte). Asimismo, esta Ley del Estímulo y Fomento del Deporte, en su numeral 12, apunta que “los deportistas con discapacidad no serán objeto de discriminación, siempre que las actividades a realizar no pongan en peligro su integridad física o mental”. Por su parte, el artículo 22 de la Ley General de las Personas con Discapacidad establece que: Todas las personas con discapacidad podrán acceder y disfrutar de los servicios culturales, participar en la generación de cultura y colaborar en la gestión cultural. Las autoridades competentes promoverán el desarrollo de las capacidades artísticas de las personas con discapacidad. 40 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS En ese sentido, debemos decir que en museos, salas de conciertos y auditorios las personas con alguna discapacidad tienen derecho a realizar actividades propias de estos centros culturales, como son: visitas guiadas a museos, asistencia a conciertos didácticos, cursos, talleres y obras de teatro, entre otras. 47) Soy una persona con discapacidad, ¿en materia de seguridad jurídica cuento con alguna protección? De conformidad con lo establecido por el artículo 24 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, “las personas con discapacidad tendrán derecho a recibir un trato digno y apropiado en los procedimientos administrativos y judiciales en que sean parte, así como asesoría y representación jurídica en forma gratuita en dichos procedimientos, bajo los términos que establezcan las leyes respectivas”. Efectivamente, las personas con discapacidad tienen derecho a recibir orientación y asesoría jurídica en cuestiones legales, principalmente aquellas personas que tienen discapacidad intelectual; en los casos de menores de edad o mayores de edad jurídicamente incapaces, deberán hacerlo por medio de su representante. Cuando las personas con discapacidad no estén capacitadas para satisfacer sus necesidades básicas, éstas deberán ser cubiertas por sus familias. GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 41 Asimismo, el numeral 25 de la Ley General de las Personas con Discapacidad, indica que “el Gobierno Federal y los Gobiernos de las entidades federativas promoverán al interior de la estructura orgánica de sus respectivas instituciones de administración e impartición de justicia, la disponibilidad de los recursos de comunicación, ayudas técnicas y humanas necesarias para el acceso equitativo de las personas con discapacidad a su jurisdicción”. Si el responsable de cuidar a una persona discapacitada la abandona, comete un delito y debe ser sancionado. Además, si los responsables son los padres o el tutor, se les privará de la patria potestad o tutela (artículos 335 y 340 del Código Penal Federal). En materia de delitos contra la salud, corrupción de menores e incapaces, violación, abuso sexual, homicidio, la pena aumenta más de lo establecido si la víctima es una persona con discapacidad (artículos 196, 201 BIS1, 261, 266 y 313 del Código Penal Federal). De igual manera, se castigará con pena de prisión y multa al que infiera lesiones que causen una discapacidad (artículo 291 y 292 del Código Penal Federal). Cuando una persona inimputable comete un delito, el juez o la autoridad judicial determinará las medidas de tratamiento aplicables (artículo 67 del Código Penal Federal). Si el inculpado, el ofendido o algún testigo fuere sordomudo, se le nombrará como intérprete a una persona que pueda comprenderlo (artículo 31 del Código Federal de Procedimientos Penales). A los sordos y a los mudos que sepan leer y escribir, se les interrogará por escrito o por medio de intérprete (artículo 32 del Código Federal de Procedimientos Penales). 48) ¿Cuáles son los instrumentos internacionales que establecen en forma específica derechos para las personas con discapacidad? Estos instrumentos son únicamente declarativos y son: a) Declaración de los Derechos del Retrasado Mental (ONU, 20 de diciembre de 1971). b) Declaración de los Derechos de los Impedidos (ONU, 9 de diciembre de 1975). c) Principios para la Protección de Enfermos Mentales y el Mejoramiento de la Atención de la Salud Mental (ONU, 7 de diciembre de 1991). d) Recomendación Número 99 sobre la Adaptación y Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas (OIT, 20 de junio de 1983). COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS 42 La Organización de las Naciones Unidas también ha elaborado: —El Programa de Acción Mundial para los Impedidos, cuyo objeto fue establecer medidas eficaces para lograr la igualdad y la participación plena en la sociedad. —Las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, adoptadas en 1993, en las que se indican las responsabilidades de los Estados y las metas que se deben alcanzar en relación con estas personas. Todos estos instrumentos y acciones reconocen que las personas con discapacidad no sólo tienen derecho a ejercer la totalidad de los derechos civiles, políticos, económicos y sociales consagrados en diversos instrumentos internacionales, sino que además establecen los derechos específicos y las medidas que deben tomar los Estados para que las personas con discapacidad puedan gozar, en un plano de igualdad, del conjunto de los derechos humanos de que goza la población en general. 49) En materia de discapacidad, ¿cuáles son los principales compromisos internacionales de México? • • La Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación hacia las Personas con Discapacidad (OEA). El Convenio 159 sobre la Readaptación Profesional y el Empleo (Personas Inválidas). 50) ¿Existe algún instrumento internacional en relación con el tema de la discriminación hacia las personas con discapacidad? La discriminación que se hace hacia las personas con discapacidad es una práctica que impide o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales. En nuestro continente existe la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad, emitida por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, el 7 de junio de 1999. México ratificó esta Convención el 25 de enero de 2001 y fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de marzo del mismo año. Esto significa GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 43 que lo dispuesto en este instrumento internacional ya forma parte de nuestra legislación interna. Por lo mismo, el gobierno mexicano está obligado a poner en práctica las políticas enumeradas en este ordenamiento, así como establecer reformas legislativas para evitar que se continúe discriminando a este grupo de la población y propiciar su plena integración en la sociedad. Instituciones a las que usted puede acudir: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS COORDINACIÓN DEL PROGRAMA SOBRE ASUNTOS DE LA MUJER, LA NIÑEZ Y LA FAMILIA Carretera Picacho-Ajusco 238, segundo piso, colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, C. P. 14210, México, D. F. Teléfonos: 54 46 77 74 y 56 30 26 57 (directos), y 56 31 00 40, extensiones 2118, 2375, 2314, 2105 y 2305. Correo electrónico: [email protected] AGUASCALIENTES CENTRO DE REHABILITACIÓN INTEGRAL Aguascalientes Calle Mahatma Gandhi s/n, esquina Avenida República de Paraguay, C. P. 20230 Teléfonos: (449) 78 21 82 y 78 48 01 Fax: (449) 78 26 98 COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE AGUASCALIENTES Aguascalientes Avenida Adolfo López Mateos núm. 1508 Poniente, Fraccionamiento Circunvalación Poniente, C. P. 20210, Teléfonos: (449) 9 15 23 80, 9 16 87 78 y 9 15 14 72 Fax: (449) 9 15 15 32 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.dhags.org PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Aguascalientes República de Belice núm. 703, Edificio Sector Laboral Federal, Fraccionamiento Santa Elena, C. P. 20230 Teléfonos: (449) 9 13 33 44, 9 13 33 96 y 9 13 38 16 Fax: (449) 9 13 33 44, ext. 310 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Dirección General de Seguridad y Vialidad Aguascalientes Calle Aguascalientes esq. Chichén Itzá s/n, Fraccionamiento Tierra Buena, C. P. 20260 Teléfonos: (449) 9 10 20 55, 977 29 11, 977 10 04 y 977 33 99 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Aguascalientes Quinta Avenida núm. 312, segundo piso, esquina con República de Costa Rica, Fraccionamiento Las Américas C. P. 20230, Teléfonos: (449) 978 14 31 y 978 19 60 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Aguascalientes Avenida de la Convención Sur s/n, esquina Avenida de los Maestros, col. España, C. P. 20210 Teléfono: (449) 9 10 25 85 Página electrónica: www.aguascalientes.gob.mx/dif/ 45 46 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS BAJA CALIFORNIA CENTRO DE REHABILITACIÓN INFANTIL U.B.R.S. Ensenada Calle Bocanegra 2075, colonia Miguel Hidalgo, C. P. 22880 Teléfono: (646) 6 76 87 86 PROCURADURÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y PROTECCIÓN CIUDADANA DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA Tijuana Avenida Paseo Centenario núm. 10310, int. 704, Edificio Cazzart, Teléfono: (686) 5 56 14 45 Fax: (686) 5 55 58 42 Lada sin costo: 01 800 0 25 45 76 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.pdhbc.org PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Mexicali Palacio Federal y Calzada Independencia, primer nivel, Cuerpo “A”, colonia Centro Cívico, C. P. 22800 Teléfonos: (686) 5 57 27 50 y 5 57 57 75, exts. 200 y 201 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE PLANEACIÓN Y FINANZAS Trámites Vehiculares Mexicali Edificio Poder Ejecutivo, cuarto piso, Calzada Independencia y Paseo de los Héroes, Centro Cívico, C. P. 21000 DIF ESTATAL Mexicali Avenida Obrero núm. 1290, esquina Calle “E”, colonia Nueva, C. P. 21100 Teléfono: (686) 5 52 56 80, 5 52 56 02 Página electrónica: www.bajacalifornia.gob.mx/dif SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Mexicali Océano Pacífico núm. 807, entre Mar Caribe y Mar Cantábrico, colonia Anáhuac, C. P. 21060 Teléfono: (686) 5 55 42 79 Fax: (686) 5 55 42 84 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA JORGE LUIS BORGES Para invidentes y débiles visuales Mexicali Avenida Francisco Javier Mina núm. 747, colonia Magisterial, C. P. 21290 Teléfono: (686) 5 66 46 85 CENTRO DE REHABILITACIÓN INFANTIL Mexicali Calle Aviación núm. 384, colonia Cuauhtémoc Teléfonos: (686) 5 67 53 89 y 5 67 53 90 BAJA CALIFORNIA SUR COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE BAJA CALIFORNIA SUR La Paz Avenida 5 de Mayo núm. 715, esquina Valentín Gómez Farías, colonia Centro, C. P. 23000 Teléfonos: (612) 1 23 14 04, 1 23 23 32 y 1 25 29 23 Fax: (612) 1 23 23 32 Correo electrónico: [email protected] DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD Y TRÁNSITO La Paz Calle Colima y México s/n, colonia Infonavit, C. P. 23070 DIF ESTATAL La Paz Carretera al Norte km 4.5 y Boulevard Luis Donaldo Colosio, colonia El Conchalito, C. P. 23090 Teléfonos: (612) 1 24 29 22 y 1 24 29 23 CENTRO DE REHABILITACIÓN Y EDUCACIÓN ESPECIAL La Paz Carretera Norte km 4.5, 2300, Teléfono: (612) 8 25 32 75 Fax: (612) 8 25 33 05 PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO La Paz Prolongación Durango núm. 4280, planta alta, frente a la SAGAR, colonia Palmas, C. P. 23070 Teléfonos: (612) 1 25 07 57, 1 22 11 07, 1 22 12 13 y 1 25 02 57, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado La Paz Calle Mulege núm. 351, esquina con Pescadores, Fraccionamiento Bellavista, C. P. 23050 Teléfonos: (612) 1 21 26 74 y 1 21 26 86 Fax: (612) 1 21 27 00 GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 47 CAMPECHE COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE CAMPECHE Campeche Prolongación 59 núm. 6, entre Avenida Ruiz Cortines y Avenida 16 de Septiembre, colonia Centro, C. P. 24000 Teléfonos: (981) 8 11 45 71 y 8 16 08 97 Fax: (981) 8 11 45 63 Lada sin costo: 01 800 00 2 34 32 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cdhecamp.org COORDINACIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, VIALIDAD Y TRANSPORTE Campeche Avenida López Portillo s/n, por Lázaro Cárdenas, Fraccionamiento Laureles, C. P. 24096 Teléfono: (981) 8 11 91 10 DIF ESTATAL CENTRO DE REHABILITACIÓN EDUCACIÓN ESPECIAL Campeche Calle 10 núm. 584, entre 51 y 53, colonia Centro, Mansión Carvajal, C. P. 24000, Teléfono: (981) 8 11 53 97 Comunicación Social: (981) 8 11 54 48 Fax: (981) 8 11 54 34 Página electrónica: www.difcampeche.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Campeche Palacio Federal Avenida José López Portillo s/n, primer piso, colonia Centro, C. P. 24000 Teléfonos: (981) 8 16 27 53, 8 16 75 53 y 8 11 08 04, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: camp_camp_procurador@stps. gob. mx COAHUILA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE COAHUILA Saltillo Boulevard Venustiano Carranza núm. 1623, colonia República Poniente, C. P. 25280 Teléfono: (844) 4 16 21 10 Fax: (844) 4 16 20 50 Lada sin costo: 01 800 8 41 23 00 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cdhec.org.mx SUBSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Saltillo Carretera Saltillo-Torreón km 2.5, C. P. 25115 Teléfonos: (844) 4 34 23 34, 4 34 23 93 y 4 34 23 95 DIF ESTATAL Saltillo Paseo de las Arboledas y Torres Bodet, colonia Chapultepec, C. P. 25050 Comunicación Social: (844) 4 17 28 10 Fax: (844) 4 17 28 10 Página electrónica: www.difcoahuila.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Saltillo Avenida Universidad núm. 1019, interior 3, colonia Universidad, C. P. 25000 Teléfono: (844) 4 15 00 52 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Saltillo Arteaga Norte 675, colonia Centro, C. P. 25000 Teléfono: (844) 4 10 28 62 Fax: (844) 4 10 28 02 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Saltillo Felipe J. y A. Cárdenas s/n, C. P. 25000 48 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS COLIMA Fax: (312) 3 16 31 12 Página electrónica: www.dif.col.gob.mx COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE COLIMA Colima Degollado núm. 79, colonia Centro, C. P. 28000 Teléfonos: (312) 3 14 77 95 y 3 14 90 84 Fax: (312) 3 14 71 86 Página electrónica: www.cdhcolima.col.gob.mx DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD Manzanillo Ayuntamiento Manzanillo, Calle Juárez núm. 100, Zona Centro Teléfono: (314) 33 2 10 02 DIF ESTATAL Colima Calzada Galván Norte y Emilio Carranza s/n, C. P. 28030 Teléfonos: (312) 3 16 31 01 y 3 16 31 00, ext. 3103 PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Colima Avenida Hidalgo núm. 106, esquina Ocampo, colonia Centro, C. P. 28000 Teléfonos: (312) 3 14 67 51, 3 14 76 91 y 3 14 79 54, exts. 11 y 12 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Colima Nicolás Bravo núm. 651, colonia San Pablo, C. P. 28060 Teléfonos: (312) 3 14 03 26 y 3 13 66 25 Fax: (312) 3 14 29 25 Correo electrónico: [email protected] CHIAPAS COMISIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE CHIAPAS Tuxtla Gutiérrez Boulevard Comitán núm. 143, colonia Moctezuma, C. P. 29030 Teléfonos: (961) 6 02 89 80 y 6 02 89 81 Fax: (961) 6 02 57 84 Página electrónica: www.cdh-chiapas.org.mx SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, TRÁNSITO Y VIALIDAD MUNICIPAL Tuxtla Gutiérrez 2a. Norte y Calle Central s/n, colonia Centro, C. P. 29000 Teléfono: (961) 6 12 55 11 INSTITUTO DE DESARROLLO HUMANO Tuxtla Gutiérrez Libramiento Norte Oriente Salomón González Blanco s/n, esquina Paseo Limón, colonia Patria Nueva, C. P. 29020 Teléfonos: (961) 6 14 31 55, 6 14 03 25 y 6 14 19 19, ext. 133 Fax: (961) 6 14 06 86 Correo electrónico: [email protected] PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Tuxtla Gutiérrez Palacio Federal Nuevo 1a. Norte y 1a. Oriente, segundo piso, colonia Centro, C. P. 29000 Teléfonos: (961) 6 12 67 20 y 6 13 88 54, exts. 200, 201 y 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Tuxtla Gutiérrez 2a. Oriente Norte núm. 272, colonia Centro, C. P. 29000 Teléfonos: (961) 6 13 96 96 y 6 11 16 74 Fax: (961) 6 13 95 70 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Tuxtla Gutiérrez Libramiento Norte Oriente Salomón González Blanco esquina Paseo Limón s/n, colonia Patria Nueva, C. P. 29020 Teléfonos: (961) 6 14 31 55, 6 14 03 25 y 6 14 19 19, ext. 133 Fax: (961) 6 14 06 86 Página electrónica: www.idh.chiapas.gob.mx GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 49 CHIHUAHUA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE CHIHUAHUA Chihuahua Calle 10a. y Mina núm. 1000, Zona Centro, C. P. 31000 Teléfonos: (614) 2 01 29 90 al 95, 4 10 60 99 y 4 10 88 33 Fax: (614) 4 10 08 28 Lada sin costo: 01 800 2 01 17 58 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhchihuahua.org.mx SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA ESTATAL Dirección de Vialidad Chihuahua Boulevard Ortiz Mena núm. 4054, colonia Fovissste, Teléfonos: (614) 4 32 03 01 y 4 32 03 10 Extensiones para fax: 20641 PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Chihuahua Avenida Carbonel núm. 3904, colonia San Felipe, C. P. 31240 Teléfonos: (614) 4 14 10 84, 4 14 12 51 y 4 14 14 38, exts. 200, 201, 202 y 203 Extensión para fax: 204 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Chihuahua Cortés de Monroy núm. 1501, colonia San Felipe, C. P. 31240 Teléfonos: (614) 4 26 52 88 y 4 26 50 32 Fax: (614) 4 14 26 62 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Chihuahua Avenida Universidad y División del Norte s/n, C. P. 31170 Teléfono: (614) 4 13 64 08 Fax: (614) 4 13 48 06 DIF ESTATAL Chihuahua Avenida Tecnológico núm. 2903, colonia Alta Vista, C. P. 31310 Teléfono: (614) 4 13 17 25 Fax: (614) 4 13 76 89 Página electrónica: www.chihuahua.gob.mx DISTRITO FEDERAL COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL DISTRITO FEDERAL Distrito Federal Avenida Chapultepec núm. 49, colonia Centro, C. P. 06040, Delegación Cuauhtémoc Teléfono: (55) 52 29 56 00 Fax: (55) 55 78 25 78 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cdhdf.org.mx SECRETARÍA DE TRANSPORTES Y VIALIDAD (Setravi) Distrito Federal Avenida Álvaro Obregón 269, planta baja, colonia Roma, C. P. 06760 Teléfono: (55) 52 08 17 73 SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA (DIF) Dirección de Rehabilitación y Asistencia Social Distrito Federal Insurgentes Sur núm. 3700-B, colonia Camisetas, C. P. 14410, Delegación Coyoacán Teléfonos: (55) 30 04 13 39 y 30 04 13 40, exts. 4200, 4201 y 4202 Fax: (55) 30 04 13 41 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo Distrito Federal Dr. Vértiz núm. 211, esquina Dr. Martínez del Río, colonia Doctores, C. P. 06720, Delegación Cuauhtémoc Teléfonos: (55) 57 61 10 40 y 57 61 16 00, exts. 5425, 5426 y 5324 Fax: (55) 57 61 45 29 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Distrito Federal Dinamarca núm. 84, quinto piso, colonia Juárez, C. P. 06600 Teléfonos: (55) 30 03 10 00 y 30 03 10 97 Correo electrónico: [email protected] 50 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DURANGO COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE DURANGO Durango Cerro Gordo núm. 32, local 13, Centro Comercial del Bosque, Fraccionamiento Lomas del Parque, Teléfonos: (618) 1 30 19 69 y 1 30 19 70 Página electrónica: www.cedh-durango.org.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Durango Palacio Federal, tercer nivel, ala norte, colonia Ciudad Industrial, C. P. 34208 Teléfonos: (618) 8 14 00 02, 8 14 08 41, 8 14 15 75 y 8 14 24 66, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIUDADANA Y VIALIDAD Gómez Palacio Boulevard José Rebollo Acosta s/n, colonia Armando del Castillo Teléfonos: (871) 7 14 03 17, 7 14 00 28 y 7 14 24 48 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Durango Avenida 20 de Noviembre núm. 903 Poniente, Zona Centro, C. P. 34000 Teléfonos: (618) 8 13 84 22 y 8 13 83 62 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Durango H. Colegio Militar esquina Capitán Francisco Ibarra s/n, Zona Centro, C. P. 34000 Teléfonos: (618) 8 29 14 06 y 8 29 14 07 Fax: (618) 8 17 33 62 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.difdurango.gob.mx BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Durango Santa María núm. 118, colonia Zona Centro, Teléfono: (618) 8 11 46 64 ESTADO DE MÉXICO COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MÉXICO Toluca Avenida Dr. Nicolás San Juan núm. 113, colonia Cuauhtémoc, C. P. 50010 Teléfono: (722) 2 36 05 60 Página electrónica: www.codhem.org.mx SECRETARÍA DE TRANSPORTE Dirección de Vialidad y Transporte Toluca Edificio “B”, segundo piso, Plaza Fray Andrés de Castro, colonia Centro, a un costado del Palacio Municipal Teléfono: (722) 2 76 19 00, exts. 680 y 681 DIF ESTATAL Toluca Paseo Colón y Tolloacán s/n, colonia Isidro Fabela, C. P. 50170 Teléfono: (722) 2 17 38 53 Fax: (722) 2 17 39 42 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.edomexico.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Toluca 21 de Marzo núm. 203, casi esquina Lerdo Poniente, colonia Sor Juana Inés de la Cruz, C. P. 50000 Teléfonos: (722) 2 14 76 06, 2 14 93 20 y 2 15 51 88, exts. 200, 201 y 202 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: mex_Toluca_procurador@stps. gob.mx SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Toluca Dr. Nicolás San Juan s/n, Ex Hacienda La Magdalena, Parque Administrativo Cuauhtémoc, C. P. 50010 Teléfonos: (722) 2 72 94 69 y 2 72 94 70 Correo electrónico: [email protected] GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 51 GUANAJUATO PROCURADURÍA DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE GUANAJUATO León Boulevard Mariano Escobedo núm. 2601 Oriente, esquina Verdi, colonia León Moderno, C. P. 37480 Teléfonos: (477) 7 70 08 45, 7 70 14 36 y 7 70 41 13 Fax: (477) 7 70 41 28 Lada sin costo: 01 800 4 70 44 00 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.derechoshumanosgto.org.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Guanajuato Carretera Guanajuato-Juventino Rosas km 3.5, Edificio Sector Laboral Federal, Fraccionamiento Burócrata, C. P. 36250 Teléfonos: (473) 7 33 16 76, 7 33 13 10 y 7 33 13 24, exts. 201 y 202 Fax: (473) 7 33 16 73 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Dirección de Tránsito Municipal León Presidencia Municipal de León, Guanajuato Plaza Principal s/n, colonia Centro Teléfono: (477) 7 88 00 00 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Guanajuato Carretera Guanajuato-Puentecillas km 9.5, C. P. 36260 Teléfonos: (473) 7 33 16 21 y 7 33 16 22 Fax: (473) 7 33 16 20 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Guanajuato Paseo de la Presa núm. 89 “A”, C. P. 36000 Teléfonos: (473) 7 31 05 04 y 7 31 07 03 Fax: (473) 7 31 06 80 y 7 35 33 00, ext. 3206 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.dif.guanajuato.gob.mx BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Celaya Aluminio núm. 203, colonia Zona de Oro II, C. P. 38020 GUERRERO COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE GUERRERO Chilpancingo Avenida Juárez, esquina Galo Soberón y Parra, colonia Centro, C. P. 39000 Teléfonos: (747) 4 71 03 78 y 4 71 02 51 Fax: (747) 4 72 86 46 Lada sin costo: 01 800 7 10 66 28 y 01 800 7 16 26 98 Página electrónica: www.coddehumgro.org.mx DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, VIALIDAD Y TRANSPORTE Acapulco Palacio Municipal Avenida Cuauhtémoc s/n, Parque Papagayo, C. P. 39350 Teléfonos: (744) 4 40 00 00, ext. 4501, y 4 40 70 02 DIF ESTATAL Chilpancingo Avenida Gabriel Leyva s/n, esquina Ruffo Figueroa, colonia Burócratas, C. P. 39090 Teléfono: (747) 4 72 55 00 Fax: (747) 4 72 29 51 y 4 72 41 74, ext. 122 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.guerrero.gob.mx/dif PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Chilpancingo Priv. Jacarandas s/n, frente al Conjunto Jacarandas, colonia Burócratas, C. P. 39090 Teléfonos: (747) 4 72 43 01, 4 72 14 06 y 4 72 89 02 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Chilpancingo Avenida de la Juventud, s/n, colonia Burócratas, C. P. 39090 Teléfonos: (747) 4 71 01 46 y 4 72 14 60 Fax: (747) 4 71 10 04 Correo electrónico: [email protected] 52 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS HIDALGO COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE HIDALGO Pachuca Avenida Juárez s/n, esquina Iglesias, colonia Centro, C. P. 42000 Teléfonos: (771) 7 18 16 96 y 7 18 71 44 Fax: (771) 7 18 17 19 Lada sin costo: 01 800 7 17 65 96 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cdheh.org.mx DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO Tránsito y Protección Civil Municipal Pachuca Plaza General Pedro María Anaya núm. 1, colonia Centro, C. P. 42000 Teléfono: (771) 7 17 15 00 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Pachuca Salazar núm. 100, C. P. 42000 Teléfonos: (771) 7 15 27 52 y 7 17 31 00 Fax: (771) 7 15 40 21 Correo electrónico: [email protected] PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Pachuca Boulevard Felipe Ángeles 1954, colonia Ampliación Santa Julia, C. P. 42080 Teléfonos: (771) 7 14 06 36, 7 14 06 90, 7 13 45 22 y 7 18 60 95, ext. 200 Fax: (771) 7 14 34 19, ext. 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Pachuca Carretera México-Pachuca km 84.5, colonia La Venta Prieta, C. P. 42080 Teléfono: (771) 7 11 49 48 Fax: (771) 7 11 31 19 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Pachuca Río de las Avenidas, esquina 16 de Septiembre y 5 de Febrero JALISCO COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE JALISCO Guadalajara Pedro Moreno núm. 1616, esquina Marsella, colonia Americana, C. P. 44160 Teléfono: (33) 36 69 11 01 Lada sin costo: 01 800 2 01 89 91 Página electrónica: www.cedhj.org.mx SECRETARÍA DE VIALIDAD Y TRANSPORTE Guadalajara Avenida Alcalde s/n, esquina Circunvalación División del Norte, colonia Jardines Alcalde, C. P. 44290 Teléfonos: (33) 38 19 24 25 y 38 19 24 26 DIF ESTATAL Guadalajara Avenida Alcalde núm. 1220, colonia Miraflores, C. P. 44270 Teléfonos: (33) 30 30 38 17 y 30 30 38 18 Fax: (33) 30 30 38 06 Página electrónica: www.sistemadif.jalisco.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Guadalajara Palacio Federal Avenida Alcalde s/n, primer piso, entre Hospital y Juan Álvarez, colonia Centro, C. P. 44430 Teléfono: (33) 36 13 32 36 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Guadalajara Avenida Lerdo de Tejada 2530, Sector Juárez, colonia Arcos Vallarta, C. P. 44130 Teléfono: (33) 36 16 90 72 Fax: (33) 36 15 95 57 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Guadalajara Avenida López Mateos núm. 3946, Fraccionamiento La Calma Teléfono: (33) 36 31 86 81 GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 53 MICHOACÁN COMISIÓN ESTATAL DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MICHOACÁN Morelia 15 de Octubre núm. 74, colonia Lomas de Hidalgo, C. P. 58240 Teléfono: (443) 1 13 35 00 Lada sin costo: 01 800 6 40 31 88 Página electrónica: www.cedhmichoacan.org.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Morelia Regimiento de Infantería Provincial núm. 60, esquina Colegio de Bachilleres, colonia Sentimientos de la Nación, C. P. 58170 Teléfonos: (443) 3 16 14 37, 3 16 34 65 y 3 16 35 16, exts. 200 y 202 Fax: (443) 3 16 34 65, ext. 320 DIRECCIÓN DE TRÁNSITO MUNICIPAL Uruapan Avenida Chiapas núm. 514, colonia Ramón Farías, C. P. 60050 Teléfono: (452) 5 24 00 92 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Morelia Benito Juárez núm. 143, colonia Centro, C. P. 58000 Teléfono: (443) 3 12 46 11 Fax: (443) 3 12 17 29 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Morelia Avenida Acueducto núm. 20, esquina Ventura Puente, colonia Bosque Cuauhtémoc, C. P. 58000 Teléfono: (443) 3 12 34 48 Fax: (443) 3 12 77 15 Correo electrónico: [email protected] MORELOS COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE MORELOS Cuernavaca Río Conchos núm. 305, colonia Vista Hermosa, Teléfonos: (777) 3 22 16 00, 3 22 16 01 y 3 22 16 02 Página electrónica: www.cdhmorelos.org.mx TRÁNSITO MUNICIPAL Cuautla Portal de Morelos 1, Palacio Municipal, colonia Centro DIF ESTATAL Cuernavaca Calle Cuauhtemotzin núm. 1, esquina Plutarco Elías Calles, colonia Club de Golf, C. P. 62030 Teléfonos: (777) 3 14 22 62 y 3 62 77 40 Fax: (777) 3 15 18 15 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.difmorelos.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Cuernavaca Abasolo núm. 100, esquina Avenida Morelos, segundo piso, despacho 205 bis, colonia Centro, C. P. 62000 Teléfonos: (777) 3 12 20 70, 3 12 55 24, 3 12 55 41, 3 14 12 94 y 3 18 61 29, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Cuernavaca Avenida Teopanzolco núm. 3, colonia Vistahermosa, C. P. 62290 Teléfonos: (777) 3 22 41 30 y 3 22 40 13 Fax: (777) 2 14 31 54 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Cuernavaca Cerrada Chilpancingo núm. 8, Apartado Postal 287-3, colonia Vistahermosa, C. P. 62290 Teléfono: (777) 3 18 30 47 54 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS NAYARIT COMISIÓN DE DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS PARA EL ESTADO DE NAYARIT Tepic Avenida Prisciliano Sánchez núm. 8 Sur, altos, esquina con Avenida Ignacio Allende, colonia Centro, C. P. 63000 Teléfono: (311) 2 12 57 66 Fax: (311) 2 13 89 86 Lada sin costo: 01 800 5 03 77 55 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cddh-nayarit.org SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Dirección de Tránsito y Transporte Tepic Avenida México y Abasolo s/n, colonia Centro, C. P. 63000 Teléfono: (311) 2 12 03 04 Fax: (311) 1 29 51 08 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.dif.nayarit.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Tepic Avenida Allende núm. 110 Oriente, Edificio Díaz López, despacho 203, colonia Centro, C. P. 63000 Teléfonos: (311) 2 12 03 90 y 2 16 54 36, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Tepic Avenida de la Cultura núm. 267, Fraccionamiento Ciudad del Valle, C. P. 63157 Teléfonos: (311) 2 14 43 63 y 2 14 43 64 Fax: (311) 2 14 31 54 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Tepic Boulevard Luis Donaldo Colosio núm. 93, colonia Zona Industrial, C. P. 63200 Teléfonos: (311) 1 29 51 06 y 1 29 51 07 NUEVO LEÓN COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS NUEVO LEÓN Monterrey Avenida I. Morones Prieto núm. 2110-2 Poniente, Edificio Manchester, colonia Loma Larga, C. P. 64710 Teléfonos: (81) 83 45 83 02, 83 45 86 44, 83 45 89 68 83 45 89 08 y 83 45 86 45 Fax: (81) 83 44 91 99 Lada sin costo: 01 800 8 22 9113 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhnl.org.mx SECRETARÍA DE VIALIDAD Y TRÁNSITO Monterrey Calle Lincoln núm. 300, colonia Morelos Teléfonos: (81) 83 05 09 00 y 83 05 09 65 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Monterrey Avenida Morones Prieto Oriente núm. 600, colonia Independencia, C. P. 64720 Teléfonos: (81) 20 20 84 00 y 20 20 84 12 Fax: (81) 20 20 84 14 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.dif.nl.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Guadalupe Palacio Federal Benito Juárez núm. 500, esquina Corregidora, primer piso, Nuevo Palacio Federal, C. P. 67000 Teléfonos: (81) 83 54 69 93 y 83 54 90 55 Extensión para fax: 206 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Monterrey 5 de Mayo núm. 895 Poniente, esquina con Serafín Peña, Zona Centro, C. P. 64000 Teléfonos: (81) 83 42 75 64 y 83 42 75 50 Fax: (81) 83 42 77 54 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Monterrey París núm. 337, colonia Mirador, C. P. 64070 Teléfono: (81) 83 43 18 88 Fax: (81) 83 43 18 75 Correo electrónico: [email protected] GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 55 OAXACA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE OAXACA Oaxaca Calle de los Derechos Humanos núm. 210, colonia América, C. P. 68050 Teléfonos: (951) 5 13 51 85 y 5 13 51 91 Fax: (951) 5 13 51 97 Página electrónica: www.cedhoax.org PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Oaxaca Carbonera s/n, esquina González Ortega, colonia Barrio Trinidad de las Huertas, C. P. 68120 Teléfono: (951) 5 14 59 08, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: [email protected] COORDINACIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PÚBLICA, VIALIDAD Y TRÁNSITO MUNICIPAL Oaxaca Avenida Morelos núm. 108, colonia Centro Teléfonos: (951) 5 14 45 25 y 5 16 04 00, ext. 102 Correo electrónico: webmaster@municipiodeoaxaca. gob.mx SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Oaxaca Álamos núm. 1101, colonia Reforma Oaxaca de Juárez, C. P. 68050 Teléfonos: (951) 5 15 01 86 y 5 13 43 03 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Oaxaca Avenida General Vicente Guerrero núm. 114, colonia Miguel Alemán, C. P. 68000 Teléfonos: (951) 5 16 18 09 y 5 01 50 80 Fax: (951) 5 26 69 00 y 5 16 66 12 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Oaxaca Murguía núm. 302, colonia Centro, C. P. 68000 Teléfono: (951) 5 14 19 33 Fax: (951) 5 16 45 25 PUEBLA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE PUEBLA Puebla Avenida 15 de Mayo núm. 2929-A, Fraccionamiento Las Hadas, C. P. 72070 Teléfonos: (222) 2 48 50 22, 2 48 53 19, 2 48 54 51, 2 48 42 99, 2 48 43 11 y 248 46 32 Fax: (222) 2 48 54 51 Lada sin costo: 01 800 2 01 01 05 y 01 800 2 01 01 06 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cdhpuebla.org.mx SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA Y VIALIDAD Dirección de Vialidad y Transporte Puebla Teléfonos: (222) 2 28 77 68 y 2 28 77 69 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Puebla Calle 5 de Mayo núm. 1606, colonia Centro, C. P. 72000 Teléfono: (222) 2 29 52 13, exts. 00 y 07 Fax: (222) 2 29 52 29 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.dif.pue.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Puebla Avenida 31 Poniente núm. 2904, primer piso, entre Calles 29 y 31, a dos cuadras del Colegio Americano, Fraccionamiento El Vergel, C. P. 72400 Teléfonos: (222) 2 49 76 48, 2 49 76 53 y 2 49 76 59, exts. 200, 202 y 320 Extensión para fax: 201 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Puebla 15 Poniente núm. 1112, colonia Santiago, C. P. 72000 Teléfonos: (222) 2 43 38 88 y 2 43 36 43 Fax: (222) 2 43 31 56 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Puebla Boulevard 5 de Mayo y 14 Oriente, C. P. 72000 Teléfono: (222) 2 46 22 72 56 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS QUERÉTARO COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE QUERÉTARO Querétaro Miguel Hidalgo núm. 6, colonia Centro, C. P. 76000 Teléfonos y fax: (442) 2 14 08 37, 2 14 60 07, 2 14 60 39, 2 24 00 72 y 2 12 54 91 Lada sin costo: 01 800 4 00 68 00 Página electrónica: www.cedhqro.org PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Querétaro Zaragoza núm. 313 Poniente, a un costado del IMSS, colonia San Ángel, C. P. 76030 Teléfonos: (442) 2 15 00 03, 2 15 38 13, 2 16 20 30 y 2 16 29 57, ext. 200 Fax: (442) 2 16 26 00 Correo electrónico: [email protected] TRÁNSITO MUNICIPAL Querétaro Tláloc núm. 102, colonia Desarrollo San Pablo Teléfonos: (442) 2 17 85 40, 2 17 85 19 y 2 10 25 42, ext. 218 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Querétaro Fernando Díaz Ramírez núm. 13, colonia Centro Histórico, C. P. 76000 Teléfonos: (422) 2 12 82 20 y 2 24 25 89 Fax: (422) 2 24 24 30 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Querétaro Calle Pasteur Sur núm. 6 Altos, Casa de Escala Centro, C. P. 76000 Teléfonos: (442) 2 24 29 43 y 2 14 11 15 Fax: (442) 2 38 50 97 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.queretaro.gob.mx BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Querétaro 15 de Mayo núm. 109-A, Col Centro, C. P. 76000 Teléfono: (422) 2 12 52 57 Fax: (422) 2 12 57 52 QUINTANA ROO COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE QUINTANA ROO Chetumal Avenida Adolfo López Mateos núm. 424, esquina Nápoles, colonia Campestre, C. P. 77030 Teléfonos: (983) 8 32 70 90 y 8 32 99 65 Fax: (983) 8 32 83 00 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cdheqroo.org.mx SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE Chetumal Avenida 5 de Mayo núm. 34, segundo piso, entre Othón P. Blanco y Carmen Ochoa de Merino, Teléfonos: (983) 8 32 26 46 y 8 32 27 57, ext. 111 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Chetumal Avenida Adolfo López Mateos núm. 441, colonia Campestre, C. P. 07730 Teléfonos: (983) 8 32 22 24 y 8 32 31 30 Fax: (983) 8 32 33 88 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.dif.qroo.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Chetumal Avenida Insurgentes núm. 210, entre Corozal y Benito Juárez, colonia Caminera, C. P. 77037 Teléfonos: (983) 8 32 12 68, 8 32 98 01 y 8 32 93 11 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Chetumal Avenida Armada de México núm. 176, colonia Campestre, C. P. 77040 Teléfonos: (983) 8 32 79 25 y 8 32 32 91 Correo electrónico: [email protected] GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 57 SAN LUIS POTOSÍ COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SAN LUIS POTOSÍ San Luis Potosí Mariano Otero núm. 685, colonia Tequisquiapan, C. P. 78250 Teléfonos: (444) 8 11 51 15, 8 11 10 16 y 1 51 99 55 al 58 Fax: (444) 8 11 47 10 Lada sin costo: 01 800 2 63 99 55 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhslp.org.mx DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN SOCIAL Y VIALIDAD San Luis Potosí Teléfonos: (444) 8 12 67 28, 8 12 10 37 y 8 12 55 83 Fax: (444) 8 12 14 40 y 8 12 29 92 DIF ESTATAL San Luis Potosí Nicolás Fernando Torres núm. 500, esquina Fray A. de la Cruz, colonia Jardín, C. P. 78270 Teléfonos: (444) 8 13 19 77, 8 17 62 11 y 8 13 15 82 Fax: (444) 8 13 50 39 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.difslp.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO San Luis Potosí Benigno Arriaga núm. 1805, colonia Del Real, C. P. 78280 Teléfonos: (444) 8 42 74 57, 8 20 27 35, 8 20 27 48, 8 20 27 49, 8 20 88 92 y 8 20 88 93, exts. 200, 201 y 202 Extensión para fax: 203 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado San Luis Potosí Avenida Ricardo B. Anaya núm. 1720, Fraccionamiento Ricardo B. Anaya, C. P. 78390 Teléfonos: (444) 8 22 81 00 y 8 22 81 01 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales San Luis Potosí Agustín Vera esquina Capitán Caldera Teléfono: (444) 8 13 09 28 SINALOA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE SINALOA Culiacán Antonio Rosales núm. 390 Poniente, colonia Centro Sinaloa, C. P. 80000, Teléfonos: (667) 7 12 60 53, 7 52 24 21 y 7 52 25 75 Lada sin costo: 01 800 6 72 92 94 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhsinaloa.org.mx DIRECCIÓN DE VIALIDAD Y TRANSPORTES Culiacán Boulevard Ducto Pemex y Boulevard Pedro Infante, Desarrollo Urbano Tres Ríos, Sección IV Teléfono: (667) 7 58 70 00, ext. 2803 Fax: (667) 7 58 70 00, ext. 2813 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Culiacán Ignacio Ramírez y Rivapalacio, colonia Aldama, C. P. 80200 Teléfono: (667) 7 13 23 23 Fax: (667) 7 16 44 98 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.difsinaloa.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Culiacán Avenida Álvaro Obregón Norte núm. 684, primer piso, colonia Centro, C. P. 80000 Teléfonos: (667) 7 12 41 95, 7 13 20 93, 7 13 45 63 y 7 13 81 78, exts. 200 y 201 Correo electrónico: sin_culiacán_procurador@stps. gob.mx SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Culiacán Manuel Bonilla núm. 210, esquina Río Quelite, colonia Guadalupe, C. P. 80220 Teléfono: (667) 7 15 73 48 Fax: (667) 7 15 72 49 Correo electrónico: [email protected] ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Centro de Atención Múltiple Culiacán Ángel Flores y Carranza 58 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS SONORA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE SONORA Hermosillo Boulevard Luis Encinas Johnson s/n y Periférico Poniente, colonia El Choyal, C. P. 83130 Teléfonos y fax: (662) 2 16 31 88, 2 16 38 84 y 2 16 30 32 Lada sin costo: 01 800 6 27 28 00 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhson.uson.mx DIRECCIÓN DE SEGURIDAD PÚBLICA, VIALIDAD Y TRÁNSITO Hermosillo Boulevard Hidalgo y Comonfort, colonia Centro Teléfonos: (662) 2 89 30 36 y 2 89 30 00, exts. 2620 y 2605 DIF ESTATAL Hermosillo Boulevard Luis Encinas s/n, esquina Monteverde, colonia San Benito, C. P. 83190 Teléfono: (662) 2 15 03 51 Fax: (662) 2 14 48 21 Correo electrónico: [email protected] PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Hermosillo Edificio Sector Laboral Federal, Boulevard Lic. Luis Donaldo Colosio y Calzada de Los Ángeles, planta alta, colonia Sector Laboral, C. P. 83240 Teléfonos: (662) 2 16 10 82, 2 16 22 43, 2 16 27 92 y 2 18 71 17 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Hermosillo Paseo Real del Arco y Paseo Alegre s/n, Fraccionamiento Paseo del Sol, C. P. 83246 Teléfono: (662) 2 60 50 15 Fax: (662) 2 60 50 17 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Hermosillo Guerrero s/n, entre Everardo Monroy y Gastón Marín, colonia Centro, C. P. 83000 Teléfono: (662) 2 17 06 91 Fax: (662) 2 12 34 17 TABASCO COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE TABASCO Villahermosa Privada de las Palmas núm. 101, Fraccionamiento Oropeza, C. P. 86030 Teléfono: (993) 3 15 35 45 Fax: (993) 3 15 34 67; Lada s/costo 01800 000 23 34 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhtabasco.org.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Villahermosa Paseo Tabasco núm. 809, colonia García, C. P. 86040 Teléfonos: (993) 3 15 76 65, 3 15 24 17 y 3 15 78 55, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 304 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE TRANSPORTE, TRÁNSITO Y VIALIDAD Villahermosa Palacio de Gobierno Teléfonos: (993) 3 14 90 38 y 3 14 90 39 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Villahermosa Paseo Usumacinta núm. 1039, colonia Atasta, C. P. 86100 Teléfono: (993) 3 15 22 74 Fax: (993) 3 15 09 89 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Villahermosa Calle Lic. Manuel Antonio Romero núm. 203, colonia Pensiones, C. P. 86170 Teléfonos: (993) 3 51 10 01 y 3 51 09 12, ext. 146 Fax: (993) 3 51 09 00 Correo electrónico: [email protected] GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 59 TAMAULIPAS COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE TAMAULIPAS Ciudad Victoria Calle Río Guayalejo núm. 223, Fraccionamiento Zozaya, C. P. 87070 Teléfono: (834) 3 12 45 65 Fax: (834) 3 12 46 12 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.codhet.org.mx DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE Y VIALIDAD Ciudad Victoria Boulevard Emilio Portes Gil núm. 1260, Edificio Tiempo Nuevo Teléfono: (834) 3 18 11 05 Fax: (834) 3 18 11 06 Correo electrónico: atn_contribuyente@tamaulipas. gob.mx DIF ESTATAL Ciudad Victoria Calzada General Luis Caballero núm. 297 Oriente, C. P. 87060 Teléfonos: (834) 3 18 14 05, 3 18 14 50, 3 18 14 17 y 3 18 14 00 Fax: (834) 3 18 14 06 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.tamaulipas.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Ciudad Victoria Matamoros Poniente núm. 237, entre Calles 18 y 19, departamento 3, colonia Centro, C. P. 87000 Teléfono: (834) 3 12 48 28, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: tam_victoria_procurador@stps. gob.mx SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Ciudad Victoria Calle Río San Juan núm. 130, Fraccionamiento Zozaya, C. P. 87070 Teléfonos: (834) 3 15 00 45 y 3 15 02 25 Correo electrónico: [email protected] TLAXCALA COMISIÓN ESTATAL DE DERECHOS HUMANOS DE TLAXCALA Tlaxcala Avenida Arquitectos núm. 27, colonia Loma Bonita, C. P. 90090 Teléfono: (246) 4 62 91 60 Fax: (246) 4 62 16 30 Página electrónica: www.cedhtlax.org.mx DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN Y VIALIDAD Apizaco Teléfonos: (271) 4 18 09 17 DIF ESTATAL Tlaxcala Avenida Morelos núm. 4, C. P. 90000 Teléfono: (246) 4 62 72 82 Fax: (246) 4 62 78 25 Correo electrónico: [email protected] PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Tlaxcala Carretera Tlaxcala-Puebla km 1.5, frente a la Unidad Deportiva, colonia Centro, C. P. 90100 Teléfonos: (246) 4 62 71 00 y 4 62 13 00, exts. 200, 201 y 320 Extensión para fax: 300 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Tlaxcala Calle Independencia núm. 19, colonia Centro, C. P. 90000 Teléfonos: (246) 4 62 34 92 y 4 62 28 36 Fax: (246) 4 62 29 31 Correo electrónico: [email protected] 60 COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS VERACRUZ COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE VERACRUZ Jalapa Carrillo Puerto núm. 21, colonia Centro, C. P. 91000 Teléfonos y fax: (228) 8 12 07 96 y 8 12 05 89 Lada sin costo: 01 800 2 60 22 00 Página electrónica: www.cdhever.gob.mx Correo electrónico: [email protected] DIRECCIÓN DE TRÁNSITO MUNICIPAL Veracruz Zaragoza s/n, esquina M. Molina, colonia Centro Teléfonos: (229) 2 00 22 66, 2 00 22 67 y 2 00 22 68 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Jalapa Avenida Miguel Alemán núm. 109, colonia Federal, C. P. 91140 Teléfonos: (228) 8 15 13 91 y 8 15 63 91 Fax: (228) 8 15 39 33 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.difver.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Veracruz Avenida Independencia núm. 749 bis, entre Montesinos y Constitución, colonia Centro, C. P. 91700 Teléfonos: (229) 9 31 39 88 y 9 32 03 18, exts. 247 y 249 Extensiones para fax: 145, 246 y 248 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Veracruz Calle Xico núm. 34, Fraccionamiento Pomona, C. P. 91040 Teléfonos: (228) 8 12 17 61 y 8 12 12 22 Correo electrónico: [email protected] YUCATÁN COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE YUCATÁN Mérida Calle 20 núm. 391 Letra A, por calle 31-D y 31 F, colonia Nueva Alemán, C. P. 97146, Teléfonos: (999) 9 27 22 01, 9 27 92 75 y 9 27 85 96 Lada sin costo: 01 800 2 26 34 39 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.codhey.org SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO Dirección de Transporte Mérida Anillo Periférico con Carretera a Umán, a un costado de la Academia de Policía, Teléfonos: (999) 9 19 03 66, 9 19 03 67 y 9 19 03 68 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Mérida Avenida Miguel Alemán núm. 355, colonia Itzimna, C. P. 97100 Teléfono: (999) 9 27 27 89 Fax: (999) 9 26 50 85 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.yucatan.gob.mx PROCURADURÍA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO Mérida Edificio SELAFE, Calle 73 núm. 557, entre Calles 72 y 74, Suburbio de San Sebastián, colonia Centro, C. P. 97000 Teléfonos: (999) 9 23 80 88, 9 28 55 42, 9 25 80 24, 9 28 50 24 y 9 28 61 92, exts. 200 y 201 Extensión para fax: 320 Correo electrónico: [email protected] SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Mérida Calle 70 s/n, por 75, San Sebastián, colonia Centro, C. P. 97000 Teléfonos: (999) 9 24 47 55 y 9 24 50 90 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Mérida Calle 60 núm. 333 X 35, esquina Avenida Colón, C. P. 97000 GUÍA DE ORIENTACIÓN JURÍDICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD 61 ZACATECAS COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE ZACATECAS Zacatecas Avenida Jesús Reyes Heroles núm. 204, colonia Javier Barros Sierra, C. P. 98090 Teléfonos: (492) 9 24 14 37 y 9 24 26 83 Fax: (492) 9 24 03 69 Lada sin costo: 01 800 6 24 27 27 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.cedhzac.org.mx DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE PÚBLICO Y VIALIDAD Zacatecas Avenida Nezahualcóyotl, esquina Benito Juárez, colonia CNOP, C. P. 98053 Teléfono: (492) 9 24 54 20 Correo electrónico: [email protected] DIF ESTATAL Zacatecas Paseo La Encantada s/n, domicilio conocido, C. P. 98090 Teléfonos: (492) 9 24 26 35 y 9 24 22 58 Fax: (492) 9 22 37 59 Correo electrónico: [email protected] Página electrónica: www.zacatecas.gob.mx SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Oficina de Servicios Federales de Apoyo a la Educación en el estado Zacatecas Calle del Deseo núm. 110-112, colonia Zona Centro, C. P. 98000 Teléfonos: (492) 9 24 06 91 y 9 24 06 54 Fax: (492) 9 22 17 25 Correo electrónico: [email protected] BIBLIOTECA Para invidentes y débiles visuales Zacatecas Independencia núm. 1, colonia Centro, C. P. 98000 Teléfono: (492) 3 64 05 62 Guía de Orientación Jurídica para Personas con Discapacidad, editado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se terminó de imprimir en mayo de 2008 en los talleres de REPRODUCCIONES Y MATERIALES, S. A. de C. V., Presidentes núm. 189-A, col. Portales, C. P. 03300, México, D. F. El cuidado de la edición estuvo a cargo de la Dirección de Publicaciones de esta Comisión Nacional. El tiraje consta de 1,000 ejemplares.