cmac santa s - Caja Del Santa
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 1 de 64 REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES Aprobado en Sesión de Directorio Ordinaria No. 008-2005/O-CMAC-S del 16.04.2005 mediante Acuerdo No. 073-2005-O APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 2 de 64 INTRODUCCIÓN La Caja Municipal de Ahorro y Crédito del Santa S.A. (CMAC SANTA S.A.) es una Empresa Municipal del Sistema Financiero, creada de acuerdo a Ley N° 23039, constituida por Escritura Pública del 09.04.1986, cuyo funcionamiento se encuentra regulado por el D.S. N° 157-90-EF con fuerza de ley, por la Ley N° 26702 y, en forma supletoria, por la Ley N° 26887, operando bajo la supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros. La Caja Municipal de Ahorro y Crédito Del Santa S.A., es una empresa especializada en la intermediación financiera entre la población y el sistema crediticio, contribuyendo a formar y fomentar pequeñas y medianas empresas y, por ende, el desarrollo de la nuestra región y del país. El presente Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un instrumento técnico normativo de gestión institucional, que establece la naturaleza, fines y objetivos de la CMAC SANTA S.A.; formaliza la estructura orgánica y funcional de las dependencias de la entidad hasta el cuarto nivel organizacional; define las funciones y atribuciones de cada una de las unidades orgánicas con las que cuenta y las relaciones entre ellas, para orientar, actuar y controlar las acciones administrativas en concordancia con los fines y objetivos institucionales y las necesidades del desarrollo de local, regional y nacional. Este documento responde, además, a la MISIÓN, VISION Y VALORES establecidos en el Plan Estratégico de la Institución. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES INDICE TITULO I CAPITULO ÚNICO DEL CONTENIDO Y ALCANCES TITULO II CAPITULO I NATURALEZA, OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y OPERACIONES CAPITULO II DE LOS NIVELES JERARQUICOS TITULO III DE LA ORGANIZACIÓN CAPITULO UNICO DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL TITULO IV DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO CAPITULO I DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS CAPITULO II DEL DIRECTORIO TITULO V DE LOS ORGANOS DE ALTA DIRECCION CAPÍTULO UNICO DE LA GERENCIA MANCOMUNADA TITULO VI DE LOS ORGANOS DE CONTROL Y PREVENCIÓN CAPITULO I APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O Página 3 de 64 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 4 de 64 DE LA OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL CAPITULO II DEL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO CAPITULO III DE LA UNIDAD DE RIESGOS TITULO VII DE LOS ÓRGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DEL DIRECTORIO CAPITULO I COMITÉ DE AUDITORIA CAPITULO II COMITÉ DE RIESGOS CAPITULO III COMITÉS TECNICOS DE DIRECCION TITULO VIII DE LOS ORGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DE LA GERENCIA MANCOMUNADA CAPITULO I AREA DE ASESORIA LEGAL CAPITULO II AREA DE PLANEAMIENTO CAPITULO III AREA DE MARKETING CAPITULO IV AREA DE ORGANIZACIÓN Y METODOS CAPITULO V SECRETARÍA DE GERENCIA TITULO IX DE LOS ORGANOS DE LINEA CAPITULO I APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 5 de 64 DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACION CAPITULO II DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN SUB CAPITULO I AREA DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN SUB CAPITULO II AREA DE RECURSOS HUMANOS SUB CAPITULO III AREA DE LOGISTICA SUB CAPITULO IV AREA DE CONTABILIDAD CAPITULO III DE LA GERENCIA DE OPERACIONES Y FINANZAS CAPITULO IV DE LOS ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE OPERACIONES Y FINANZAS SUB CAPITULO I AREA DE CAJA GENERAL SUB CAPITULO II AREA DE OPERACIONES CAPITULO V DE LA GERENCIA DE CRÉDITOS CAPITULO VI DE LOS ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE CRÉDITOS SUB CAPITULO I COMITÉ DE CREDITOS SUB CAPITULO II SUPERVISIÓN DE CREDITOS SUB CAPITULO III APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES AREA DE CREDITOS SUB CAPITULO IV AREA DE RECUPERACIONES TITULO X DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES TITULO XI DEL REGIMEN LABORAL TITULO XII DEL REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO TITULO XIII DISPOSICIONES COMPLEMEMTARIAS TITULO XIV DISPOSICIONES FINALES APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O Página 6 de 64 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 7 de 64 TITULO I CAPITULO ÚNICO DEL CONTENIDO Y ALCANCES Artículo 1°.- El presente reglamento establece la naturaleza, fines y objetivos de la CMAC SANTA S.A.; formaliza la estructura orgánica y funcional de las dependencias de la entidad hasta el cuarto nivel organizacional; define las funciones y atribuciones de cada una de las unidades orgánicas con las que cuenta y las relaciones entre ellas, para orientar, actuar y controlar las acciones administrativas en concordancia con los fines y objetivos institucionales y las necesidades del desarrollo de local, regional y nacional. Artículo 2º.- Las disposiciones establecidas en el presente ROF, son de obligatorio cumplimiento y aplicación por todos los niveles jerárquicos de la CMAC SANTA S.A. y constituye el sustento fundamental para la elaboración de sus instrumentos normativos. Las bases legales en las que se sustenta el presente Reglamento, son el D.S. N° 157-90-EF con fuerza de ley; la Ley N° 26702; el Estatuto de institución; las Resoluciones de la Superintendencia de Banca y Seguros que sean aplicables a la CMAC SANTA S.A. y, en forma supletoria, la Ley N° 26887. Artículo 3º.- El presente Reglamento, con relación al modelo organizacional general: a) Considera la Visión , Misión y Valores de la CMAC SANTA S.A. b) Toma en cuenta los conceptos de la administración empresarial y de la cultura organizacional acorde con las exigencias actuales y bajo la concepción del planeamiento estratégico y el desarrollo organizacional. c) Cumple una función facilitadora para la gestión y el logro de los objetivos de la CMAC SANTA S.A. TITULO II CAPITULO I NATURALEZA, OBJETIVOS, PRINCIPIOS Y OPERACIONES Artículo 4°.- La CMAC SANTA S.A. es una empresa financiera que actúa bajo la forma de sociedad anónima y cuyo objeto es captar recursos del público, teniendo la especialidad de realizar operaciones de financiamiento preferentemente a las pequeñas y microempresas, dando oportunidad a éstas a que se desarrollen en el mercado y generen mayor producción. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 8 de 64 Artículo 5°.- Los objetivos de la CMAC SANTA S.A son los que indican en la VISION y MISIÓN descritos en el Plan Estratégico Institucional, teniendo como finalidad permanente la realización de los VALORES Y PRINCIPIOS que sustentan al referido Plan, para contribuir a la descentralización financiera, a la democratización y al desarrollo económico y social de sus clientes, de la región y del país, canalizando los recursos y operaciones en beneficio de la población. La misión, la visión y los valores institucionales se encuentran descritos en el PLAN ESTRATEGICO INSTITUCIONAL vigente.1 Artículo 6°.- Con la finalidad de poder lograr sus objetivos generales, la CMAC SANTA S.A. , desarrollará las siguientes operaciones:2 a) Otorgar créditos pignoraticios con garantía mobiliaria de alhajas u otros objetos de oro y plata. b) Emitir certificados técnicos de valorización de alhajas u otros objetos de oro y plata que el sean solicitados. c) Rematar directamente las prendas pignoradas en caso de incumplimiento del pago de préstamos. Siempre que medie acuerdo respecto a esta forma de proceder a la venta del bien de conformidad con lo dispuesto por el Código Civil. d) Recibir depósitos de ahorro y a plazo en moneda nacional y en moneda extranjera de acuerdo con los reglamentos aprobados por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP u otros organismos reguladores involucrados. e) Emitir órdenes de pago. f) Otorgar créditos a la micro, pequeña y mediana empresa, consumo y otros tipos de créditos. g) Administrar en fideicomiso fondos de entidades nacionales y extranjeras. h) Efectuar depósitos en cuenta corriente, de ahorro y a plazo, con sus propios recursos tanto en moneda nacional como extranjera. i) Realizar otras inversiones financieras temporales. j) Celebrar contratos de préstamos y cooperaciones técnicas con organismos financieros nacionales, internacionales, multilaterales y fundaciones; así como conceder subpréstamos conforme a las condiciones financieras establecidas por el organismo prestatario o cooperante. k) Efectuar operaciones de cambio de moneda extranjera. l) 1 2 Operar en moneda extranjera. Modificado según Acuerdo N° 292-2011-O, Sesión 018-2011/O-CMAC-S del 12/10/2011. Modificado según Acuerdo N° 292-2011-O, Sesión 018-2011/O-CMAC-S del 12/10/2011. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 9 de 64 m) Efectuar cobros, pagos y transferencias de fondos, así como emitir giros contra sus propias oficinas y/o bancos corresponsales. n) Actuar como fiduciario en fideicomiso. o) Otorgar fianzas y avales. p) Las demás operaciones señaladas en el art. 221º de la Ley No. 26702, siempre que se cumpla con los requisitos señalados en el artículo 290º de la citada Ley General. CAPITULO II DE LOS NIVELES JERARQUICOS Artículo 7º.- Los niveles jerárquicos y su respectivas nomenclaturas en la estructura de la CMAC SANTA S.A., son los siguientes y describen el objetivo, la línea de autoridad, dependencia jerárquica y funcional de cada puesto hasta el cuarto nivel: a) PRIMER NIVEL: - Gerente de Administración - Gerente de Operaciones y Finanzas - Gerente de Créditos - Oficial de Cumplimiento - Jefe de Unidad de Riesgos b) SEGUNDO NIVEL: c) - Jefe de Contabilidad - Jefe de Créditos - Jefe de Tecnología de la Información - Jefe de Caja General - Jefe de Logística - Jefe de Asesoría Legal - Administrador I TERCER NIVEL: - Jefe de Planeamiento APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - Jefe de Marketing - Jefe Recursos Humanos - Jefe de Operaciones - Jefe de Recuperaciones Página 10 de 64 b) CUARTO NIVEL: - Administrador II TITULO III DE LA ORGANIZACIÓN CAPITULO UNICO DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL Artículo 8°.- Para el cumplimiento de sus fines, la CMAC SANTA S.A. cuenta con la siguiente estructura orgánica:: ÓRGANOS DE GOBIERNO JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS DIRECTORIO ORGANOS DE ALTA DIRECCION GERENCIA MANCOMUNADA ORGANOS DE CONTROL Y PREVENCIÓN ORGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO UNIDAD DE RIESGOS ÓRGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DEL DIRECTORIO COMITÉ DE AUDITORIA COMITÉ DE RIESGOS COMITÉS TECNICOS DE DIRECCION COMITÉ DE SEGURIDAD COMITÉ DE ADMINISTRACION COMITÉ DE PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS ORGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DE LA GERENCIA MANCOMUNADA APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 11 de 64 AREA DE ASESORIA LEGAL AREA DE PLANEAMIENTO AREA DE MARKETING AREA DE ORGANIZACIÓN Y METODOS SECRETARÍA DE GERENCIA ORGANOS DE LINEA GERENCIA DE ADMINISTRACION ORGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN AREA DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN AREA DE RECURSOS HUMANOS AREA DE LOGISTICA AREA DE CONTABILIDAD GERENCIA DE OPERACIONES Y FINANZAS ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE OPERACIONES Y FINANZAS AREA DE CAJA GENERAL AREA DE OPERACIONES GERENCIA DE CRÉDITOS ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE CRÉDITOS COMITÉ DE CREDITOS SUPERVISIÓN DE CREDITOS AREA DE CREDITOS AREA DE RECUPERACIONES TITULO IV DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO CAPITULO I DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Artículo 9°.- Sus funciones son las siguientes: a) Pronunciarse, en la Junta General Obligatoria Anual, sobre la gestión de la Caja, los resultados económicos del ejercicio anterior y la aplicación de la utilidad neta que hubiese en el Balance Anual. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 12 de 64 b) Recibir del Directorio un informe anual detallado sobre la marcha económico financiera de la Caja, así como un programa de actividades para el ejercicio siguiente. c) Nominar a los miembros del Directorio. d) Modificar el estatuto y acordar la transformación, fusión, rescisión, disolución y liquidación de la Institución. e) Declarar la vacancia de los miembros del Directorio, previa comunicación de la remoción por la Institución designante. f) Aumentar o reducir el capital. g) Emitir obligaciones. h) Disponer investigaciones, auditorias y balances. i) Tratar los demás asuntos que le sean propios conforme al estatuto y que no sean de competencia de otros órganos de gobierno de la institución. CAPITULO II DEL DIRECTORIO Artículo 10°.- Sus funciones son: a) Fijar los objetivos, la política y el plan anual para la Caja. b) Presentar, a la Junta General de Accionistas, la Memoria y los Estados Financieros de la Caja. c) Nombrar o remover a los Gerentes, determinando sus obligaciones y remuneraciones y otorgando y revocando los poderes con las atribuciones que juzgue convenientes; y nombrar, asimismo, a los representantes y asesores que requiera la sociedad. d) Elegir a su Presidente y Vicepresidente en forma anual. e) Acordar el establecimiento de representaciones, sucursales y agencias en el Perú y en el extranjero, determinando sus condiciones. f) Aceptar la renuncia de los Directores y dar cuenta a la Junta General de Accionistas para que resuelva lo que considere conveniente. g) Exigir, a través de la Gerencia, la rendición de cuentas a los funcionarios y al personal que se encuentre al servicio de la sociedad. h) Velar por la observancia de las limitaciones a que están sujetas las operaciones de la Caja de acuerdo con la Ley. i) Supervisar y controlar la correcta aplicación de los recursos de la Caja. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES j) Página 13 de 64 Aprobar los presupuestos de la Caja, así como el establecimiento de las agencias. k) Otorgar los poderes que juzgue convenientes. l) Aprobar los reglamentos que fueren necesarios para la mejor marcha operativa de la Caja. m) Conceder licencias a los directores y miembros de la Gerencia de acuerdo a la normatividad vigente. n) Aprobar las políticas para los diversos tipos de crédito que requiera otorgar la Caja, y disponer de las medidas correctivas correspondientes. o) Conocer los resultados de las auditorias o exámenes que se practiquen en la Caja. p) Resolver los asuntos de su competencia, sometidos a su consideración por la Gerencia. q) Designar, en su caso, al miembro de la Gerencia que representará a la Caja en el Fondo de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito r) Aprobar las remuneraciones de los miembros de la Gerencia y la política global de remuneraciones. s) Aprobar periódicamente la relación de castigos de créditos de acuerdo a la normatividad vigente. t) Proponer a la Junta General de Accionistas las modificaciones, fusión, escisión, reorganización y disolución de la sociedad. u) Conocer y comprender los riesgos operativos que asume la Entidad. v) Garantizar la existencia del capital necesario para soportar el riesgo operacional de la entidad, cuando lo requiera la SBS. w) Salvaguardar de pérdidas potenciales significativas de los valores de y a cargo de la entidad. x) Designar a sus miembros como integrantes de los diversos Comités. y) Aprobar las políticas y procedimientos generales de gestión de riesgos, las que deben incluir: - Los criterios de aceptación de riesgos y la estructura de límites, a través de la cual se definirán qué riesgos se quieren asumir y en qué cuantía. - Los criterios que se deben utilizar en la elaboración de los informes sobre gestión de riesgos, como: APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 14 de 64 1) Políticas de control de riesgos (por ejemplo, independencia, tipo de controles internos, etc.). 2) Información sobre riesgos que se va a transmitir a agentes externos 3) Conocer periódicamente los avances y resultados obtenidos en la implementación de la gestión de riesgos operacionales 4) Garantizar la existencia de los recursos necesarios para que la gestión de riesgos operacionales sea eficiente. 5) Promover una cultura organizativa de gestión de riesgos dentro de la entidad. z) Las demás que señale el Estatuto y las normas aplicables a la Institución. TITULO V DEL ORGANO DE ALTA DIRECCIÓN CAPÍTULO UNICO DE LA GERENCIA MANCOMUNADA Artículo 11°.- La Gerencia Mancomunada es un órgano colegiado conformado por la Gerencia de Administración, la Gerencia de Operaciones y Finanzas y la Gerencia de Créditos. Sus funciones son: a) Lograr la administración eficaz de la Caja mediante la más eficiente utilización de los factores y recursos disponibles. b) Promover la obtención de un rendimiento óptimo de los capitales captados. c) Obtener y retener el mayor porcentaje de captación del mercado, así como buscar y efectuar la colocación de los capitales en las mejores condiciones financieras y de seguridad para la CMAC SANTA S.A. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 15 de 64 d) Asegurar el cumplimiento de los presupuestos de operaciones, fomentar la disminución de los costos logrando y manteniendo una alta productividad operativa y administrativa de la institución. e) Gestionar los riesgos operacionales asumidos por la entidad. f) Elevar al Directorio los asuntos cuyo tratamiento solicite, con la debida antelación y con los informes técnicos y legales sustentatorios o correspondientes, así como con la respectiva exposición de motivos si se trata de reglamentos y procedimientos. g) Velar por el cumplimiento de la política institucional dictada por el Directorio. Artículo 12°.- La reunión de la Gerencia Mancomunada, que deberá efectuarse quincenalmente u oportunamente si las circunstancias lo exigen, constituye el Comité de Gerencia, cuyas funciones específicas son: a) Recibir y evaluar los requerimientos de cambios funcionales al Sistema Informático y trasladarlos para ejecución al Área de Tecnología de la Información. b) Priorizar los cambios funcionales, controlar y administrar el cumplimiento de la ejecución del Cronograma del Área de Tecnología de la Información. c) Evaluar el desempeño del Àrea de Tecnología de la Información, acorde con las necesidades de la empresa. d) Proponer al Directorio, previa revisión, la normatividad necesaria (MOF, Políticas y Reglamentos), para su aprobación. e) Revisar y evaluar los nuevos productos (tipos de créditos u operaciones) solicitados por Gerentes y Jefes de Área; y proponerlos a las instancias correspondientes para su aprobación. f) Evaluar Plan anual de Capacitación del personal. g) Participar en la elaboración y evaluación de los insumos del Presupuesto y Plan Operativo Institucional. h) Evaluar y proponer la modificación de la estructura orgánica, funciones y normativa vigente, coadyuvando al fortalecimiento del sistema de control interno y el aprovechamiento de recursos y mejora de las oportunidades para la Caja APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES i) Página 16 de 64 Evaluar el levantamiento, por las diferentes áreas, de las observaciones formuladas por los organismos de control, e implementar de inmediato las recomendaciones formuladas por dichos organismos, informando al Directorio en forma periódica, bajo responsabilidad. j) Levar un registro de los acuerdos tomados por el Comité de Gerencia, en el libro de actas respectivo. k) Presentar al Directorio los resultados de la evaluación de la ejecución del Presupuesto Institucional, conjuntamente con los balances trimestrales y/o en las oportunidades que señale la norma correspondiente. l) Realizar otras funciones que le delegue el Directorio o señale la normatividad correspondiente TITULO VI DE LOS ORGANOS DE CONTROL Y PREVENCIÓN CAPITULO I DEL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Artículo 13°.- EL Organo de Control Institucional (OCI) de la CMAC SANTA S.A. tiene las facultades y funciones siguientes: a. Formular el plan de control anual y el cronograma de las actividades a realizarse durante el año, elevándolo a la Contraloría General para su aprobación, a la Superintendencia de Banca y Seguros y al Directorio. b. Evaluar el sistema de control interno a través de los exámenes que realiza incluyendo apreciaciones sobre el sistema de procesamiento electrónico de datos, y revisando los procedimientos a fin de proponer mejoras al Directorio. c. Realizar las acciones de control sobre la utilización de los recursos humanos, financieros y materiales, mediante el minucioso análisis de las actividades y/o áreas que examina. d. Revisar las diversas operaciones que efectúa el órgano examinado, informando las diferencias que pudieran existir entre la práctica y las normas existentes. e. Sugerir a los órganos competentes de la Caja, la adopción de nuevos procedimientos o APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 17 de 64 la modificación de los vigentes, en lo referente al sistema de control interno, a fin de mejorarlo. f. Coordinar y colaborar con los inspectores de la SBS, auditores externos de la FEPCMAC, Contraloría y auditores externos independientes, para el mejor logro de sus cometidos. g. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas adoptadas como consecuencia de los exámenes practicados, tanto por el propio órgano de control institucional, como por los de control externo y los de prevención. h. Elaborar informes especiales solicitados por Contraloría, Superintendencia de Banca y Seguros o el Directorio; asimismo efectuar exámenes especiales dispuestos por Gerencia de acuerdo con la disponibilidad de tiempo y en concordancia con el Plan Anual de Control. i. Proponer las medidas de carácter general que en materia de control, se considere necesarios a fin de lograr una mayor seguridad en las colocaciones de la Caja, así como de la administración en general. j. Realizar semestralmente la evaluación presupuestal, dando opinión sobre la racionalidad de los estados presupuéstales. k. Emitir dictámenes u opiniones sobre los estados financieros trimestrales y anuales y ponerlos en conocimiento del Directorio en forma oportuna. l. Efectuar el análisis de las operaciones de crédito, por muestreo u otras metodologías idóneas, a efecto de determinar los niveles de riesgo que conlleva cada una de ellas. m. Verificar que el monto y condiciones de repago guarden una razonable relación con la situación económica financiera del cliente, el comportamiento crediticio anterior, la naturaleza y el valor de las garantías ofrecidas. n. Constatar que los créditos concedidos a los clientes que se encuentren en observación, se aprueben de acuerdo a las disposiciones vigentes para el caso. o. Cumplir fielmente el cronograma de evaluaciones de los créditos que han merecido una calificación especial. p. Controlar los reportes de documentos vencidos y créditos por liquidar en moneda nacional o moneda extranjera. q. Detectar clientes con obligaciones vencidas en el informe confidencial de deudores emitido por la SBS, adoptando las precauciones del caso en resguardo de los intereses APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 18 de 64 de la Caja. Clasificar el grado de riesgo identificando aquellos créditos que implican un riesgo mayor al normal y que, por lo tanto, deben ser estrictamente vigilados, paro evitar su mayor deterioro y posible pérdida, así como aquellos créditos que ya se encuentran en grave riesgo de pérdida. r. Controlar y evaluar el avance de las actividades en los diferentes órganos de la Caja frente a la programación y metas trazadas. s. Efectuar los inventarios periódicos de activos fijos y de los materiales de stock en los almacenes de la Caja. t. Realizar sorpresivamente todo tipo de arqueos, inventarios, conciliaciones bancarias, revisión de estado de cuentas, en la oficina Principal, Agencias y Oficinas Especializadas con los que cuente la Caja. u. Examinar regularmente, de forma independiente, la idoneidad y efectividad de la gestión de riesgos operacionales. v. En lo relacionado con los procesos de negocios significativos, coordinar con la Unidad de Riesgos el alcance y oportunidad de las pruebas de auditoria, documentándolo dentro del plan anual de auditoria interna. w. Controlar que todas las operaciones están correctamente registradas, valoradas y contabilizadas, y que se está cumpliendo toda la normativa y criterios contables establecidos por los reguladores. x. Informar al Comité de Auditoria y a la Unidad de Riesgos de cualquier debilidad relevante que se haya detectado como consecuencia de los análisis realizados, y proponer soluciones alternativas. y. Vigilar en forma exhaustiva el cumplimiento de obligaciones tributarias, laborales y otras afines. z. Realizar las demás funciones que establezcan las normas correspondientes, incluidas las emanadadas de la Superintendencia de Banca y Seguros, así como las que le encomienda el Directorio en materia de control. CAPITULO II OFICIAL DE CUMPLIMIENTO Artículo 14°.- El Oficial de Cumplimiento tiene las funciones siguientes: a. Verificar la aplicación de las políticas y procedimientos implementados para el conocimiento del cliente, conocimiento del mercado, conocimiento de la banca APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 19 de 64 corresponsal, según corresponda; así como respecto de la exclusión de clientes del registro de transacciones. b. Revisar las evaluaciones realizadas sobre los clientes excluidos del registro. c. Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos requeridos para la prevención del lavado de activos. d. Promover la definición de estrategias de la Institución para prevenir el lavado de activos. e. Tomar las acciones necesarias con el apoyo del área de Recursos Humanos, para asegurar que el personal cuente con el nivel de capacitación apropiado y que le permita detectar transacciones inusuales y/o sospechosas, así como para la adecuada difusión del Código de Conducta y del Manual de Prevención de Lavado de Activos. f. Proponer señales de alerta a ser incorporadas en el referido Manual g. Llevar un control de las transacciones inusuales comunicadas como tales por el personal. h. Analizar las transacciones inusuales detectadas, conjuntamente con el Comité para la Prevención del Lavado de Activos, con la finalidad de determinar las transacciones que podrían ser calificadas como sospechosas i. Elaborar los reportes de transacciones sospechosas para la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), en representación de la Institución. j. Ser el interlocutor de la UIF en la Institución. k. Emitir informes semestrales sobre la situación del sistema de prevención y su cumplimiento dentro de la Institución. l. Estar actualizado y mantener informado al resto del personal de la CMAC Santa sobre las normas internas, leyes y reglamentos vigentes aplicables, acuerdos internacionales suscritos por el país y toda información relevante, acerca de prevención del lavado de activos. m. Las demás que sean necesarias para vigilar el cumplimiento del sistema de prevención. n. Otras que le encargue el Directorio. CAPITULO III UNIDAD DE RIESGOS Artículo 15°.- Sus funciones son: a) Desarrollar un esquema uniforme e integral de gestión de riesgos operacionales. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 20 de 64 b) Desarrollar o adaptar metodologías cualitativas y cuantitativas de evaluación de riesgos operacionales. c) Monitorear los avances en conceptos y metodologías de la gestión de riesgos operacionales. d) Implantar y asegurar el cumplimiento de las políticas y procedimientos aprobados por el Directorio. e) Definir y actualizar el Manual de Organización y Funciones de Riesgos, Manual de Políticas y Procedimientos de Riesgos y el Manual de Control de Riesgos. f) Participar en el diseño de nuevos procesos, productos y sistemas, asegurando que las consideraciones de gestión de riesgos operacionales sean identificadas. g) Asistir metodológicamente al Área de Tecnología de la Información en la identificación, evaluación y control de los riesgos de tecnología de información, específicamente en el desarrollo del Plan de Seguridad de Información y en el Plan de Continuidad de Negocios. h) Asistir a las Áreas de Negocios y Áreas de Soporte de la Entidad en la identificación y evaluación periódica de los riesgos operacionales. i) Actuar como facilitador en las sesiones de auto-evaluación de riesgos y controles. j) Asistir a las Áreas de Negocio y Áreas de Soporte de la Entidad en el control de los riesgos operacionales. k) Desarrollar análisis sobre los costos y beneficios de los controles existentes y de los controles propuestos. l) Coordinar con la Oficina de Control Institucional las pruebas que requieran realizarse para verificar la efectividad de los controles considerados críticos en la gestión de riesgos operacionales. m) Analizar los resultados de las pruebas indicadas en el literal que antecede. n) Establecer mecanismos para el monitoreo de los riesgos operacionales. o) Sugerir, cuando sea aplicable, fuentes independientes a utilizar para monitorear riesgos operacionales específicos. p) Desarrollar y administrar la base de datos de incidentes y eventos de pérdida. q) Establecer mecanismos para monitorear las actividades de gestión de riesgos operacionales (identificación, evaluación y control) realizadas por las Áreas de Negocios y Áreas de Soporte de la Entidad. r) Establecer el formato de contenido y frecuencia de los informes de las distintas áreas. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 21 de 64 s) Proporcionar a la Alta Dirección y a las entidades reguladoras la información relativa a riesgos operacionales, así como al estatus de los planes de implementación de controles. t) Proporcionar una descripción resumida de las posiciones de riesgos operacionales en las Áreas de Negocio y Soporte. u) Analizar los factores de riesgo que influyen sobre las pérdidas y ganancias potenciales de las operaciones. v) Preparar información sobre la gestión de riesgos en la entidad, destinada a los entes reguladores, a los inversionistas y a otros agentes externos. w) Promover la conciencia de control entre el personal de la Entidad. x) Definir y desarrollar programas de capacitación sobre la identificación, evaluación, control y monitoreo de los riesgos operacionales. y) Evaluar permanentemente la gestión de tesorería de Caja General. z) Determinar los métodos más adecuados para la valorización de las posiciones afectadas a riesgos que incidan negativamente en las actividades de la Institución. aa) Efectuar las mediciones de los riesgos a los que está expuesto la Institución. bb) Elaborar los reportes sobre la identificación de los riesgos a los que está sujeta la Institución. cc) Coordinar con Caja General los requerimientos de liquidez en moneda nacional y en moneda extranjera, elaborando para ello el Reporte de Tesorería y posición diaria y mensual de liquidez, determinada por la Superintendencia de Banca y Seguros (S.B.S.). dd) Coordinar con el área de Contabilidad para efectuar el registro diario de las inversiones financieras temporales o negociables, en instrumentos financieros derivados y otros afectos a riesgos. Los registros deben ser efectuados con la respectiva documentación sustentatoria . ee) Evaluar e informar sobre posibles fluctuaciones del tipo de cambio y el precio del oro. ff) Efectuar la asignación de patrimonio efectivo para cubrir riesgos conforme al método estandarizado establecido por la S.B.S. gg) Verificar periódicamente, sobre la base de la normatividad vigente, la clasificación y evaluación de la cartera de créditos, a fin de establecer provisiones adecuadas que cubran posibles riesgos en la recuperación de créditos. hh) Participar en la elaboración o modificación del ROF y emitir opinión sobre esas propuestas, en forma previa a su aprobación por el Directorio. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 22 de 64 ii) Otras actividades propias de la evaluación y control de los riesgos que le asigne el Comité de Riesgos o el Directorio. TITULO VII DE LOS ÓRGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DEL DIRECTORIO CAPITULO I COMITÉ DE AUDITORIA Artículo 16°.- El Comité de Auditoría está integrado por quienes señala su Reglamento y tiene las funciones siguientes: a) Vigilar el adecuado funcionamiento del sistema de control interno. b) Mantener informado al Directorio sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos internos y relativos a la detección de problemas de control y administración interna, así como a las medidas correctivas implementadas en función de las evaluaciones realizadas por el OCI, los auditores externos y la Superintendencia de Banca y Seguros. c) Evaluar que el desempeño del OCI y de los auditores externos responda a las necesidades de la Institución. d) Coordinar permanentemente con el OCI y con los auditores externos sobre los aspectos relacionados con la eficacia y eficiencia del sistema de control interno. e) Evaluar los avances de la implementación de las medidas correctivas, en base al informe presentado por la OCI, con periodo mensual. f) Evaluar el proyecto del Plan Anual de Control, en forma previa a su presentación en Directorio. g) Evaluar el grado de cumplimiento del Plan Anual de Control. h) Proponer a la Gerencia Mancomunada, la modificación de la estructura orgánica, funciones y normativa vigente, que coadyuven al fortalecimiento del sistema de control interno, aprovechamiento de recursos y mejora de oportunidades para Caja Municipal del Santa S.A. i) Recomendar a la Gerencia Mancomunada la implementación de acciones que conlleven al fortalecimiento del sistema de control y en consecuencia eliminen la presencia de observaciones reiterativas. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES j) Página 23 de 64 Conocer periódicamente los avances y resultados obtenidos en la implementación de la gestión de riesgos operacionales k) Solicitar la presencia del Gerencia Mancomunada o los funcionarios responsables de los temas a tratar. l) Otras funciones que le delegue el Directorio. CAPITULO II COMITÉ DE RIESGOS Artículo 17°.- El Comité de Riesgos tiene las siguientes funciones: a) Diseñar e implementar las políticas y los procedimientos para la identificación y administración de los riesgos de mercado, liquidez, crediticio y de operación; las que deben incluir: a.1. Establecer los criterios de aceptación de riesgos y la estructura de límites, a través de la cual se definirán que riesgos se quieren asumir y en que cuantía . a.2. Estructurar los criterios que se deben utilizar en la elaboración de los informes sobre gestión de riesgos. a.3. Establecer las Políticas de control de riesgos (independencia, tipo de controles internos, etc). a.4. Proporcionar la información sobre riesgos que se a transmitir a agentes externos. b) Conocer periódicamente los avances y resultados obtenidos en la implementación en la gestión de riegos operacionales c) Verificar la existencia de los recursos necesarios para que la gestión de riesgos operacionales sea eficiente. d) Promover una cultura organizativa de gestión de riesgos dentro de la entidad. e) Proponer el establecimiento de límites de exposición a los que se encuentran sujetas las posiciones afectas a riesgos de mercado. f) Verificar el cumplimiento de los límites internos por exposición a riesgos de mercado de posiciones en toda clase de inversiones financieras temporales. g) Elaborar reportes a través de la Unidad de Riesgos para comunicar oportunamente a las áreas involucradas sobre los riesgos asumidos. h) Evaluar el cumplimiento de la asignación de patrimonio efectivo para cubrir riesgos conforme al método estandarizado establecido por la S.B.S. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 24 de 64 i) Informar al Directorio sobre los riesgos de mercado que pueda haber detectado. j) Otras funciones que le delegue el Directorio. CAPITULO III COMITÉS TECNICOS DE DIRECCION Artículo 18°.- Los Comités Técnicos dependen directamente del Directorio, instancia que efectúa su nombramiento y brindan apoyo a dicho órgano, efectuando el análisis previo de los asuntos de carácter técnico. Dichos Comités, sin perjuicio de otros que pueda establecer el Directorio, son: a) El Comité de Seguridad; b) El Comité de Administración; y c) El Comité de Prevención de Lavado de Activos. Artículo 19°.- El Comité de Seguridad evalúa previamente los temas relacionados con el manejo de la seguridad de y en la Institución Artículo 20°.- El Comité de Administración evalúa previamente los asuntos relacionados con la administración de la Institución. Artículo 21°.- El Comité de Prevención de Lavado de Activos tiene las siguientes funciones son: a. Calificar las transacciones que podrían ser sospechosas para comunicarlas a la UIF. b. Apoyar al Oficial de Cumplimiento en discutir y evaluar previamente las transacciones sospechosas. c. Apoyar al Oficial de Cumplimiento en la adopción de políticas y procedimientos necesarios para el buen funcionamiento del sistema de prevención. d. Llevar un registro de los acuerdos tomados en el libro de actas respectivo. e. Otras funciones que le delegue el Directorio. TITULO VIII DE LOS ORGANOS DE APOYO DEPENDIENTES DE LA GERENCIA MANCOMUNADA APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 25 de 64 CAPITULO I AREA DE ASESORIA LEGAL Artículo 22°.- Son funciones del Area de Asesoría Legal: a) Interpretar leyes, decretos, normas, etc. que afectan en cualquier aspecto las operaciones de rutina de la Institución, sin perjuicio de preparar las explicaciones correspondientes y distribuirlas al personal involucrado. b) Redactar los instrumentos legales, para representación de la Institución, cuando así se requiera. c) Patrocinar en defensa de los intereses de la Institución y/o de sus miembros, en los reclamos y juicios que se interpongan contra ellos, en el ejercicio de sus funciones, siempre que se trate de actuaciones dentro del marco legal y de la normatividad de la institución. d) Dirigir, coordinar y controlar las actividades legales relacionadas con poderes, consultas y judiciales, garantizando la calidad, eficiencia y oportunidad de los servicios que presta la Institución. e) Informar a la Gerencia sobre el estado de los procesos judiciales, administrativos o policiales, en los que la Institución sea parte. f) Asesorar a la Gerencia Mancomunada de la Caja en todos los actos institucionales que tengan implicancias jurídicas, para que los negocios y trámites se realicen de acuerdo a las leyes vigentes. g) Intervenir, redactar, revisar y opinar sobre los asuntos que requieran acuerdos, sobre los contratos privados o por escrituras públicas y sobre cualquier otro documento o acto con implicancia legal en el que participe la Caja. h) Verificar la validez, eficiencia y vigencia de los poderes con que actúan los representantes de las personas jurídicas, clientes de la Institución, así como los poderes de las personas naturales que actúan en representación de otra. i) Disponer el seguimiento externo, en Poder Judicial, de las causas iniciadas o en las que la Institución sea parte. j) Atender a los juzgados civiles y penales, en sus requerimientos de informes sobre la existencia de cuentas, depósitos y valores, a nombre de personas que se encuentran APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 26 de 64 involucradas en procesos judiciales, aparte de controlar y supervisar la labor de los asesores legales externos. k) Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos. l) Implementar, con la Unidad de Riesgos, los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. m) Realizar sus funciones cumpliendo con la normatividad interna y externa n) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas que sean de su competencia. o) Asegurar que los contratos de servicios a cargo de terceros, en los casos que soporten procesos críticos de la Entidad, se ajusten a los requerimientos de SBS sobre riesgo operacional. p) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. q) Dar trámite a las resoluciones judiciales que ordenan trabar embargo en forma de retención sobre fondos que, bajo cualquier modalidad, puedas tener el embargado en la Institución. r) Elaborar y visar los contratos, minutas y convenios diversos. s) Revisar periódicamente, actualizar y opinar sobre los diferentes instrumentos legales que utiliza la Institución, como son los contratos, minutas, hipotecas, pagarés, incluso precisando en qué casos pueden emplearse y cómo. t) Elaborar y/o visar proyectos de reglamentos internos o modificaciones estatutarias. u) Elaborar y/o visar los formatos de uso interno. v) Absolver consultas de los Administradores de Agencias, Analistas y Jefes de área en general. w) Organizar adecuadamente su área de tal de manera que permita una actuación ágil y eficaz en el seguimiento de la morosidad y agilidad en la constitución de las garantías, ya sea mediante hipotecas y contratos, para los cuales podrá delegar la confección a los administradores, analistas o personal auxiliar de su área. x) Realizar otras labores que le encargue la Gerencia o el Directorio. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 27 de 64 CAPITULO II AREA DE PLANEAMIENTO Artículo 23°.- Sus funciones del Area de Planeamiento: a) Facilitar la elaboración y actualización del Plan Estratégico de la Caja, documentar su avance, compilar el proyecto final y sustentarlo ante la Gerencia Mancomunada. b) Elaborar el Plan Operativo siguiendo instrucciones de los Gerentes de Área y sustentarlo ante la Gerencia Mancomunada. c) Recabar información interna de los Estados Financieros, así como los informes mensuales de agencias. d) Procesar la información y elaborar los informes de acuerdo a los formatos preestablecidos por la SBS, DNP, CPN, CGR, FEPCMAC y otros organismos externos. e) Remitir informes según programación a los organismos supervisores de la Caja. f) Elaborar informes y estadísticas especiales bajo la dirección de las Gerencias de área. g) Apoyar a las diferentes áreas en la confección de cuadros estadísticos y otros reportes. h) Proponer los proyectos de factibilidad de nuevas agencias, así como el traslado o cierre de las existentes. i) Apoyar y participar en la formulación del presupuesto institucional por la Gerencia mancomunada, así como evaluación presupuestal periódica, vinculándolo con los estados financieros . j) Consolidar información estadística de utilidad para los administradores de agencia y oficinas especializadas. k) Realizar estudios económicos y financieros concernientes a la marcha de la Institución y sus perspectivas, de acuerdo al desarrollo del sistema financiero y de la economía general. l) Preparar con sujeción a las indicaciones de la Gerencia Mancomunada y de la normatividad, las bases y objetivos económicos financieros dispuestas por el APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 28 de 64 Gobierno Central, por las autoridades monetarias y por las entidades reguladoras de la actividad económica nacional. m) Analizar e informar a la Gerencia Mancomunada el impacto, en la Institución, de las políticas económicas y financieras dispuestas por el Supremo Gobierno, por las autoridades monetarias y por las entidades reguladoras de la actividad económica nacional. n) Proyectar e informar a la Gerencia Mancomunada el comportamiento de las operaciones de la Institución, con el fin de fijar metas realistas para el mediano plazo a los órganos de producción. o) Elaborar una propuesta de memoria anual de la Caja para su revisión por la Gerencia Mancomunada y por el Directorio. p) Recabar información presupuestal, contable y financiera interna, a nivel general y por agencias y constituir con dicha información una base de datos histórica anual y mensual para los diversos análisis de la marcha y proyecciones de la Caja (datawarehouse). q) Compilar y hacer de conocimiento de la Gerencia Mancomunada la información económica regional y nacional relevante para la marcha de la Caja y sus proyecciones futuras y constituir con ella una base de datos histórica anual y mensual. r) Realizar el costeo por agencia y por producto y ponerlo en conocimiento de la Gerencia Mancomunada. s) Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos y ponerlos en conocimiento de la Gerencia Mancomunada. t) Implementar, con la Unidad de Riesgos, los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos, poniéndolos en conocimiento oportuno de la Gerencia Mancomunada. u) Realizar sus funciones cumpliendo con la normatividad interna y externa v) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. w) Asegurar que los contratos de servicios provistos por terceros, en los casos que soporten procesos críticos de la Entidad, se ajusten a los requerimientos de SBS sobre riesgo operacional. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 29 de 64 x) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. y) Proyectar las metas de captaciones y colocaciones por Agencias y Oficinas, producto e institucional en coordinación con la Gerencia Mancomunada. z) Elaborar los planes anuales de ahorros y créditos, en coordinación con la Gerencia. aa) Realizar otras funciones que le encargue la Gerencia Mancomunada. CAPITULO III AREA DE MARKETING Artículo 24°.- Son funciones del Area de Marketing: a. Preparar las campañas publicitarias, en coordinación con las Gerencias de Créditos, con la Gerencia de Operaciones y con la Jefatura de Planeamiento. b. Evaluar técnicamente a las agencias publicitarias y sus propuestas y transmitir su opinión a la Gerencia Mancomunada. c. Opinar sobre los contratos de publicidad y visarlos antes de su suscripción. d. Dirigir la ejecución de las campañas publicitarias contratadas. e. Supervisar la producción de materiales publicitarios y de promoción. f. Preparar las campañas de promoción que las Gerencias le encarguen y someterlas a su aprobación. g. Dirigir las campañas de promoción aprobadas. h. Tramitar la solución de reclamos, derivándolos a la Gerencia que corresponda y velar porque sean atendidos dentro de los plazos señalados por las normas. i. Preparar las estadísticas de reclamos, conforme a las normas respectivas y alcanzarlas a las Gerencias mensualmente, sin perjuicio de remitirlas a la SBS con la periodicidad y contenido que ella señala. j. Participar en los sucesos y eventos sociales, culturales y otros que sean de interés para la Institución. k. Administrar las relaciones con los medios de comunicación social. l. Mantenerse informado de las noticias que afecten la imagen de la Caja y comunicarlas a las Gerencias. m. Preparar y difundir notas de prensa. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES n. Página 30 de 64 Organizar conferencias de prensa para el lanzamiento de nuevos productos financieros o cuando las circunstancias lo ameriten. o. Atender a los invitados y visitantes del Directorio y de las Gerencias. p. Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos y hacerlos de conocimiento de la Gerencia Mancomunada. q. Implementar, conjuntamente con la Unidad de Riesgos, los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. r. Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. s. Asegurar que los contratos de servicios de publicidad provistos por terceros, se ajusten a los requerimientos y a la normatividad. t. Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. v. Organizar actividades sociales y culturales que proyecten la Institución hacia la comunidad. w. Evaluar la conveniencia de patrocinar o auspiciar eventos de naturaleza cultural, social, deportiva y otros. x. Elaborar el Plan de Desarrollo de Productos Financieros, en estrecha coordinación con los Gerentes de Créditos, Operaciones y Finanzas, y sustentarlo ante la Gerencia Mancomunada. y. Realizar estudios de mercado que permitan identificar nuevas necesidades en los clientes y desarrollar nuevos productos. z. Realizar encuestas diversas. aa. Velar por la adecuada atención al cliente bb. Organizar los sorteos publicitarios y las entregas de premios respectivos, en coordinación con la Gerencia Mancomunada. cc. Realizar otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia Mancomunada. dd. Realizar sus funciones cumpliendo con la normatividad interna y externa. CAPITULO IV AREA DE ORGANIZACIÓN Y METODOS Artículo 25°.- Son funciones del Area de Organización y Métodos: APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 31 de 64 a) Mantener actualizados el Manual y el Reglamento de Organización y Funciones. b) Mantener actualizados los Reglamentos y Manuales de Procedimientos. c) Coordinar con el Área de Tecnología de la Información la racionalización y sistematización de los procedimientos. d) Coordinar con las Unidades, Áreas y personal una constante capacitación para el conocimiento de sus funciones y el manual de procedimientos. e) Mantener actualizados los manuales, reglamentos y procedimientos internos de la CMAC SANTA S.A. f) Coordinar, con las áreas de la CMAC SANTA S.A., el diseño y estandarización de los formatos. g) Controlar y verificar la adecuada distribución de los recursos. h) Mantener actualizada la estructura orgánica de la Institución. i) Verificar la existencia física de las normativas vigentes en las Agencias y Oficinas Especializadas. j) Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos. k) Implementar con la Unidad de Riesgos los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. l) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. m) Asegurar que los contratos de servicios provistos por terceros, en materia de organización y sistemas, o que soporten procesos críticos de la entidad, se ajusten a los requerimientos institucionales y de la SBS. n) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. o) Organizar y ejecutar las acciones necesarias para lograr una eficiente y eficaz desarrollo de las operaciones de la CMAC Santa. q) Elaborar trabajos de descripción de puestos y especificaciones de los mismos. r) Realizar estudios de racionalización y de cargas de trabajo. s) Diseñar reglamentos, normas, manuales, procesos en función a las necesidades operativas de la organización. t) Realizar estudios de distribución física de ambientes para una mejor funcionalidad de las operaciones administrativas y de atención al cliente. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES u) Realizar sus funciones cumpliendo con la normatividad interna y externa v) Realizar las demás funciones que le asigne la Gerencia Mancomunada. Página 32 de 64 CAPITULO V SECRETARÍA DE GERENCIA Artículo 26°.- Son funciones de la Secretaría de Gerencia: a. Atender las comunicaciones internas y externas que se originan como consecuencia de los acuerdos del Comité de Gerencia y/o de las Comisiones que dependen de ella. b. Administrar la correspondencia que cursan a la Institución, los organismos que conforman el Sistema Financiero y los organismos oficiales del Sector Público Nacional. c. Organizar y administrar los archivos del Comité de Gerencia y de las Comisiones de Trabajo que dependen de ella. d. Apoyar en su trabajo a los Comités convocados por la Gerencia. e. Apoyar con su trabajo al Directorio. f. Mantener informada a la Gerencia sobre los documentos pendientes de trámite hasta su completa atención. g. Realizar el control y pago en efectivo por caja chica de gastos muy urgentes o de menor cuantía, cuando así lo decida el Comité de Gerencia. h. Apoyar a la Gerencia en asuntos propios de relaciones públicas. i. Distribuir la suscripción de revistas y publicaciones de orden técnico que se reciban para los funcionarios de la Institución. j. Guardar reserva sobre las transacciones que realizan los clientes y sobre asuntos internos de la Institución. k. Mantenerse informado e informar al público interno y externo sobre los diferentes servicios que brinda la institución. l. Recibir y transferir las llamadas telefónicas cuidando dar buena imagen de la institución. m. Reservar alojamiento y adquirir pasajes para los funcionarios de la Caja que deben viajar en cumplimiento de sus funciones. n. Atender a los visitantes, pactando las entrevistas con la Gerencia. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 33 de 64 o. Coordinar las reuniones de trabajo y de negocios de la Gerencia. p. Llevar la agenda del presidente del Directorio y de la Gerencia Mancomunada. q. Elaborar y mantener actualizado el directorio empresarial, de autoridades edilicias, castrenses y regionales. r. Controlar que los ambientes de la Gerencia estén presentados adecuadamente en lo que respecta a su orden y limpieza. s. Asistir a las reuniones que convoque la Gerencia y cuando así lo decida la misma, tomar nota de los acuerdos. t. Recibir, registrar, clasificar y distribuir la documentación y/o correspondencia interna y externa. u. Preparar y tipear cartas, resúmenes, memorandos, informes y toda la documentación que se origine o se tramite en la Gerencia, según instrucciones de ésta. v. Realizar otras funciones que le encargue la Gerencia Mancomunada. TITULO IX DE LOS ORGANOS DE LINEA CAPITULO I DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Artículo 27°.- Son funciones de la Gerencia de Administración: a) Integrar el Comité de Gerencia. b) Precisar los objetivos y políticas de las áreas a su cargo, acorde con la política y objetivos institucionales. c) Planificar, organizar, dirigir y coordinar las actividades de las áreas a su cargo, en función de los planes de la Institución, velando porque se cumplan las disposiciones legales y reglamentos que rigen el sistema de la Institución, así como las indicaciones del Comité de Gerencia y los acuerdos del Directorio. d) Colaborar activamente en la elaboración del presupuesto operativo de la institución apoyando y coordinando con el área de Planeamiento, proponerlo a la Gerencia Mancomunada y, una vez aprobado por el Directorio, controlar su correcta ejecución. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES e) Página 34 de 64 Establecer las normas y procedimientos para la eficiente administración de los recursos humanos y materiales en la Institución, con el objeto de racionalizar su empleo. f) Verificar y hacer cumplir en su Área lo normado en el Manual de Lavado de Activos de la Institución, así como las normas emitidas al respecto por la Superintendencia de Banca y Seguros g) Evaluar constantemente la organización, sistemas de control interno, los procedimientos y la mecánica operativa de la Institución. h) Asegurar la implementación de las políticas y procedimientos generales de gestión de riesgos operacionales e informar al Directorio y/o a su Comité de Auditoria. i) Definir y asegurar la correcta implantación de políticas y procedimientos específicos que permitan identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales. j) Proponer límites de control de riesgos al Comité de Riesgos para su aprobación. k) Conocer los niveles de exposición a los riesgos operacionales de las Áreas de Negocios y Areas de Soporte. l) Analizar los resultados obtenidos por las Areas de Negocios y Areas de Soporte en cuanto a la gestión de los riesgos operacionales. m) Informar regularmente al Directorio sobre aspectos relacionados con la gestión de riesgos operacionales. n) Promover un ambiente de control y gestión de riesgos operacionales dentro de la entidad. o) Aprobar la asignación de los recursos necesarios para la gestión de riesgos operacionales. p) Administrar y controlar , a través del área de Contabilidad: p..1. Que la política contable se encuadre dentro de las normas dispuestas por los organismos rectores de la actividad económica y por los dispositivos legales vigentes. p.2. La oportuna presentación de los estados financieros y demás informes que requieran las Instituciones supervisoras: SBS, BCR, SUNAT, etc. p.3. Los cuadros de costeo y rendimiento por oficina y por producto o servicio que se ofrece al público. p.4. Los asuntos de orden tributario. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 35 de 64 p.5. El eficiente manejo de los recursos financieros. q) Administrar y controlar, a través del área de Recursos Humanos: r.1. La selección de personal y su contratación r.2. El sistema de remuneraciones y planillas. r.3. Los programas de evaluación y capacitación del personal. r.4. El sistema de evaluación del desempeño de personal. r.5. Las buenas relaciones entre la Caja y su personal. r.6. La ejecución de programas de bienestar y seguridad social. r) Administrar y controlar, a través del área de Logística: r.1. El correcto y oportuno abastecimiento de materiales, útiles, equipos informáticos, unidades móviles, caja de caudales, medidas de seguridad física, etc. en todos los locales de la Institución. r.2. La ejecución de servicios de mantenimiento, trámite documentario, conserjería, comunicaciones, etc. r.3. Recibir del custodio judicial, los bienes embargados y guardarlos en forma adecuada y segura. r.4. La adquisición de bienes y servicios y que el proceso de adquisiciones de recursos materiales y su abastecimiento a las diferentes áreas de la entidad se realicen de acuerdo al reglamento interno y normas legales vigentes. s) Supervisar y controlar los servicios de vigilancia, seguridad, física e higiene en la Institución t) Administrar, gestionar y controlar todos los aspectos relacionados con la adecuada cobertura de las u) pólizas de seguros de la Institución. Proyectar la adquisición de unidades móviles, así como de inmuebles y terrenos, y negociar la compra o alquiler de locales para las oficinas de la Institución. v) Establecer y mantener relaciones con organismos laborales y los distintos proveedores de bienes y servicios que requiere la Caja, así como con instituciones proveedoras de recursos financieros. w) Velar por la buena imagen institucional. x) Representar a la Caja en actos públicos, así como en litigios y según lo facultado por el Estatuto y el Reglamento de Representación. y) Atender las observaciones o reparos de los auditores internos o externos APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O y REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 36 de 64 órganos de supervisión y control; así como disponer su levantamiento en coordinación con el Comité de Gerencia, en implementar sus recomendaciones dando cuenta al Directorio. aa) Preparar los informes que le solicite el Directorio, el Comité de Gerencia o los organismos de supervisión y control. bb) Planificar y proponer las actividades propias de las funciones de seguridad e investigación. cc) Representar a la Caja y prestar juramento en los juicios, acatando las citaciones para comparendos o declaraciones de parte en asuntos de su competencia y de acuerdo a los poderes otorgados por el Directorio. dd) Disponer la realización de las evaluaciones presupuéstales y financieras en los plazos programados. ee) Realizar otras funciones que le encargue la Gerencia Mancomunada. CAPITULO I I DE LOS ORGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN SUB CAPITULO I AREA DE TECNOLOGÍA DE INFORMACIÓN Artículo 28°.-. Las funciones del Area de Tecnología de la Información son: a) Formular y proponer las políticas y planes de desarrollo organizativo y de sistemas informáticos de la CMAC SANTA. b) Dirigir el proceso de racionalización de los sistemas, procedimientos y métodos operativos y administrativos de la CMAC SANTA, así como la formulación de la normativa interna respectiva. c) Dirigir el diseño, desarrollo, implantación y mantenimiento de los procesos informáticos y de comunicaciones tendientes a la administración congruente de la base de datos corporativa, redes de interconexión institucional y sistemas de soporte informático. d) Uniformar en el ámbito de la CMAC SANTA el tratamiento de la información , evaluando su contenido y sistematizando de ser el caso en coordinación con el área de Organización y Métodos. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 37 de 64 e) Dirigir la evaluación periódica de la utilidad y conveniencia de los sistemas y equipos informáticos adecuándolos según las necesidades de la gestión institucional. f) Asesorar a la Gerencia Mancomunada y a las diferentes áreas en los aspectos relacionados con los sistemas informáticos y procedimiento de información. g) Comunicar los planes , objetivos , metas, políticas, normas y procedimientos al personal a su cargo. h) Asistir a la Gerencia Mancomunada y al Directorio en la formulación , gestión y evaluación de planes y proyectos del área de su competencia. i) Proponer al Área de Recursos Humanos las acciones de capacitación del personal a su cargo. j) Evaluar e informar a la Gerencia Mancomunada sobre las nuevas tecnologías existentes y cómo estos contribuirían al cumplimiento de los objetivos de CMAC SANTA. k) Suscribir los documentos de carácter interno que corresponda a Sistemas y Procesamiento de Información y preparar dichos documentos para su firma por la Gerencia si se trata de comunicaciones al exterior. l) Evaluar las oportunidades de autorización que contribuyan a al eficiencia y eficacia de las operaciones. m) Evaluar periódicamente el desempeño del personal a su cargo e informar a la Gerencia. n) Proponer soluciones innovadoras a los problemas del área a su cargo. o) Convocar a reuniones a los diferentes jefes de áreas de la CMAC SANTA para establecer prioridades a los requerimientos de TI y otros asuntos relacionados. p) Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos. q) Implementar con la Unidad de Riesgos los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. r) Realizar sus operaciones cumpliendo con la normativa interna y externa. s) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES t) Página 38 de 64 Asegurar que los contratos de servicios provistos por terceros, en los casos que soporten procesos críticos de la Entidad, se ajusten a los requerimientos de SBS sobre riesgo operacional. u) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. v) Desarrollar, instalar y mantener los sistemas necesarios para que todas las áreas de la Entidad puedan desempeñar las funciones relacionadas con la gestión y el control de riesgos, cuya implementación ha sido aprobada por la Gerencia Mancomunada. w) Con el objetivo de asegurar la integridad, confiabilidad y disponibilidad de los sistemas de información, debe identificar, evaluar y definir mecanismos de control para mitigar los riesgos de tecnología de información, documentándolos en el Plan de Seguridad de Información. x) Desarrollar y mantener actualizado el Plan de Seguridad de Información y el Plan de Continuidad de Negocios, considerando la participación de la Unidad de Riesgos, las Areas de Negocios y Areas de Soporte. y) Hacer cumplir los procedimientos y políticas de seguridad del Área de Tecnología de Información. z) Cumplir las demás funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administración dentro del ámbito de su competencia. SUB CAPITULO II AREA DE RECURSOS HUMANOS Artículo 29°.- El Area de Recursos Humanos tiene las funciones siguientes: a. Velar estrictamente por el mantenimiento de la disciplina en la Institución, así como el cumplimiento del Reglamento Interno de Trabajo aprobado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. b. Fomentar las buenas relaciones entre la Institución, el trabajador y entre éstos. c. Elaborar programas de recreación y eventos de tipo social, cultural y deportivo. d. Analizar e interpretar correctamente las disposiciones legales, relacionadas con la administración y manejo de personal, en coordinación con asesoría legal. e. Asesorar a los otros órganos de la Institución, en asuntos de índole laboral. f. Administrar el registro y control de asistencia, descansos, permanencia, puntualidad y APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 39 de 64 vacaciones del personal. g. Preparar y administrar el rol de vacaciones del personal, en coordinación con los diferentes órganos de la Institución. h. Mantener actualizado el programa de evaluación y categorización de puestos, así como las escalas de remuneraciones respectivas. i. Coordinar con la Gerencia la elección de los candidatos para cubrir vacantes, gestionando la asignación definitiva del postulante. j. Realizar la administración de las planillas de sueldos, efectuar la retención y pago de los impuestos y aportaciones que establece la ley, y proporcionar la información para la tramitación de las pólizas de seguro de vida para los trabajadores. k. Administrar los servicios de salud, bienestar y asistencia social. l. Supervisar la elaboración de las planillas por aportes a las AFP. m. Confeccionar en planillas para el pago del aporte a ESSALUD mensual. n. Calcular la retención del impuesto a la renta de 5ta. Categoría del personal. o. Abonar los sueldos, gratificaciones, bonificaciones, liquidación por beneficios sociales, depósitos CTS y otros. p. Desarrollar y dirigir los programas y procedimientos de selección, capacitación, incentivos, estructura de sueldos, premios y sanciones para el personal. q. Proporcionar la información pertinente para el otorgamiento de los créditos administrativos al personal, así como realizar vía planilla de remuneraciones, los descuentos informados para la amortización de los mismos. q) Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos. r) Implementar con la Unidad de Riesgos los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. s) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. t) Asegurar que los contratos de servicios provistos por terceros, en los casos que soporten u) procesos críticos de la Entidad, se ajusten a los requerimientos de SBS sobre riesgo operacional. v) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 40 de 64 w) Definir y asegurar el cumplimiento del Código de Conducta de la entidad. x) Atender todo lo relacionado con los empleados fallecidos, solicitando a sus deudos toda la documentación necesaria para efectuar la recuperación correspondiente ante la compañía aseguradora. y) Liquidar los beneficios sociales del personal. z) Redactar los contratos de trabajo y otros documentos legales afines. aa) Representar a la Caja ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empelo en todo lo relacionado con las obligaciones de derecho laboral y en las controversias que se produzcan. bb) Asignar la remuneración inicial a cada nuevo trabajador de acuerdo a la Escala salarial. cc) Suscribir la correspondencia que emite el área. dd) Elaborar el presupuesto anual de su área. ee) Mantener informado al Gerente de Administración sobre las actividades que se desarrollan en el área y de todos los factores importantes que la afectan y que sean útiles para la toma de decisiones a ese nivel. ff) Realizar otras funciones que le asigne el Gerente de Administración. gg) Realizar sus operaciones cumpliendo con la normativa interna y externa. SUB CAPITULO III AREA DE LOGISTICA Artículo 30°.- Las funciones del Area de Logística son: a) Supervisar que las actividades del Área de Logística se realicen correctamente, verificando que se cumplan las metas y objetivos. b) Elaborar, en coordinación con la Gerencia y las demás áreas, el Plan Anual de Adquisiciones, con sujeción a las normas respectivas. c) Ejecutar las actividades de control de activos fijos y almacén. d) Efectuar el control operativo de los bienes patrimoniales de la CMAC SANTA S.A.. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES e) Página 41 de 64 Asignar a cada persona la responsabilidad en la conservación y correcta utilización del equipo de cómputo, máquina, teléfono y los bienes que requiere para el buen desempeño de su labor. f) Realizar las actividades necesarias para que las comunicaciones por radio, telefonía, correo electrónico, etc., funcionen satisfactoriamente. g) Coordinar actividades de apoyo en transporte de personal y bienes. h) Planificar y programar las acciones de adquisición de muebles, maquinarias, equipos, útiles y materiales para los diferentes órganos de la Institución, dispuestas por la Gerencia Mancomunada. i) Velar que los procesos de adquisiciones sean ejecutados por un Comité Especial, excepto los que puedan ser presididos por el Jefe de Logística. j) Remitir solicitudes de cotización y presupuestos, y recabar y registrar las cotizaciones. k) Identificar y evaluar los riesgos operacionales en las adquisiciones, inventarios o en el patrimonio institucional, de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos. l) Implementar con la Unidad de Riesgos los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. m) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. n) Asegurar que los contratos de servicios provistos por terceros, en los casos que soporten procesos críticos de la Entidad, se ajusten a los requerimientos de SBS sobre riesgo operacional. o) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. p) Realizar la cotización de materiales, manteniendo un archivo documentario de todas y cada una de las compras o adquisiciones, con el correspondiente cuadro comparativo. q) Remitir o vender los términos de referencia y bases administrativas; recibir las consultas, recabar sus absoluciones y remitir o entregarlas a los postores; recibir las propuestas y ponerlas a disposición del Comité Especial. Publicar los resultados de los procesos de selección. r) Elaborar y remitir órdenes de compra o servicio. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES s) Página 42 de 64 Atender las necesidades de bienes y servicios que soliciten las diversas áreas; controlar con la unidad solicitante la calidad y especificaciones de las adquisiciones. t) Llevar el control de bienes embargados y adjudicados. u) Programar y controlar actividades de mantenimiento y reparaciones de bienes muebles e inmuebles. v) Controlar y coordinar los proyectos de construcción, ampliación y remodelación de los locales de la Caja. w) Administrar y tramitar los contratos y actividades de seguro que amparan el patrimonio de la Caja. x) Elaborar presupuestos, cotizaciones y cualquier información que permita determinar la valorización del desarrollo y ejecución de un proyecto de edificación o implementación de inmuebles de la Caja. y) Controlar que la ejecución de obras se efectúe de acuerdo a lo pactado. z) Controlar los pagos y cobranzas por arrendamientos de locales propios y alquilados. aa) Controlar la vigencia de las pólizas por los seguros de deshonestidad, responsabilidad civil, lucro cesante, y otros, a efectos de gestionar oportunamente su renovación. bb) Controlar que las compras y gastos efectuados por la Caja, estén dentro del presupuesto aprobado y de acuerdo a los contratos suscritos. cc) Controlar los gastos de combustible, lubricantes y mantenimiento de las unidades móviles de la Caja. dd) Liquidar los adelantos concedidos por concepto de construcciones, instalaciones o remodelaciones. ee) Registrar y Contabilizar las facturas por pagar y los gastos fijos en los libros oficiales correspondientes, antes de pasar a Caja para su pago. ff) Elaborar informes y reportes para el Gerente de Administración, acerca del movimiento del área. gg) Mantener un listado de proveedores y de los bienes y servicios que suministran. hh) Controlar que las facturas entregadas por los proveedores de bienes y servicios reúnan los requisitos de ley. ii) Coordinar con Caja General el pago a proveedores. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES jj) Página 43 de 64 Recibir, ingresar, almacenar y despachar los materiales del almacén que necesiten los diversos órganos de la Institución. kk) Tomar conocimiento de los servicios que ofrece el Programa Integral de Seguridad para empresas financieras, sugiriendo en orden de prioridad, los aspectos de interés para la CMAC. ll) Asesorar al Gerencia Mancomunada para la toma oportuna y adecuada de decisiones vinculadas con la seguridad de la Caja mm) Establecer contactos y buenas relaciones con las autoridades policiales, para la asignación y nombramiento de personal calificado para cubrir el servicio de seguridad física de oficinas. nn) Velar por el cumplimiento de las actividades de “monitoreo” y supervisión electrónica a cada una de las agencias u oficinas interconectadas. oo) Coordinar con el área de Recursos Humanos las necesidades de capacitación de los funcionarios y personal de la Caja en los temas de seguridad. pp) Realizar otras funciones que le encargue el Gerente de Administración. qq) Realizar sus operaciones cumpliendo con la normativa interna y externa. SUB CAPITULO IV AREA DE CONTABILIDAD Artículo 31°.- Son funciones del Area de Contabilidad: a) Definir, en concordancia con la normatividad vigente, los sistemas, métodos y procedimientos contables y tributarios más idóneos y convenientes para la Institución, implementarlos y efectuar su correcta aplicación, actualizándolos cuando las circunstancias lo requieran. b) Estudiar, analizar e interpretar las disposiciones legales, tributarias, contables y prespuestales, para el debido cumplimiento por la Institución en su oportunidad y monto, a fin de no incurrir en responsabilidades y sanciones, e instruir al personal a su cargo sobre la preparación de declaraciones juradas, cómputos y pagos. c) Llevar y controlar la contabilidad general de las operaciones de la Caja en moneda nacional y moneda extranjera, concordándolas con el Presupuesto Institucional. d) Preparar y analizar interpretar los estados financieros de la Caja, para la Gerencia y APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 44 de 64 el Directorio, concordándolos con el Presupuesto Institucional. e) Preparar la información contable financiera para los órganos rectores de las actividades de la Caja. f) Prestar asesoramiento a otras áreas de la Caja en los asuntos o problemas que tengan implicancia contable. g) Efectuar o canalizar reclamos de orden tributario de la Caja y recibir información de reclamos presentados por las agencias para su asesoramiento. h) Elaborar el informe mensual de saldos de las cuentas de colocaciones. i) Revisar el informe de encaje, en moneda nacional y en moneda extranjera. j) Elaborar el balance mensual en moneda nacional y en moneda extranjera y ajustado por inflación. k) Preparar información mensual para la Gerencia y el Directorio tales como: i.1. Balances condensados comparativos. i.2. Balance ajustado. i.3. Balances condensados históricos. i.4. Otros reportes que solicite el Directorio, vinculándolos con la ejecución del Presupuesto Institucional. i.5. Indicadores financieros. l) Llevar al día los libros diario y mayor así como los registros de compras y ventas. m) Ejecutar arqueos en la Oficina Principal, Agencias y Ofic.. Especializadas de la Caja. n) Firmar los Libros Caja periódicamente. o) Identificar y evaluar los riesgos operacionales de acuerdo a la metodología aplicada por la Unidad de Riesgos. p) Implementar con la Unidad de Riesgos los controles definidos y los mecanismos para el tratamiento de riesgos. q) Informar a la Unidad de Riesgos los indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdidas. r) Asegurar que los contratos de servicios provistos por terceros para su área, en los casos que soporten procesos críticos de la Entidad, se ajusten a los requerimientos de SBS sobre riesgo operacional. s) Colaborar y sugerir mejoras a la metodología de riesgo operacional. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 45 de 64 t) Realizar conciliaciones bancarias. u) Verificar la correcta aplicación del Plan de Cuentas en cada una de las transacciones contables que efectúe la Institución. v) Llevar el control valorizado de los bienes de activo fijo y conciliar con los reportes de inventario físico elaborado por Logística. w) Atender a los auditores externos, SBS y organismos gubernamentales, así como inspectores de la SUNAT y ESSALUD, con quienes establece las debidas coordinaciones. x) Realizar sus operaciones cumpliendo con la normativa interna y externa. y) Realizar otras funciones que le encargue el Gerente de Administración CAPITULO III DE LA GERENCIA DE OPERACIONES Y FINANZAS Artículo 32°.- Son funciones de la Gerencia de Operaciones y Finanzas: a. Administrar los recursos financieros de la Institución, permitiendo una sana y rentable posición financiera. b. Dirigir la gestión de captación de todos los depósitos permitidos y el manejo de Caja General, orientándola hacia los objetivos fijados por la Gerencia Mancomunada, evaluando periódicamente los resultados con el fin de realizar los ajustes necesarios. c. Promover la captación de depósitos en sus diversas modalidades procurando ganar nuevos mercados, sin descuidar a los clientes tradicionales de la Caja. d. Preparar e interpretar los cuadros de costeo por producto de la Caja para el Directorio y la Gerencia Mancomunada. e. Establecer relaciones comerciales con clientes y efectuar visitas para la captación de nuevos ahorristas. f. Mantener información actualizada de los productos y modalidades de captaciones que ofrece la competencia. g. Desarrollar nuevas modalidades de depósito y de servicios al público para mejorar el “posicionamiento” de la Institución en el mercado financiero. h. Fijar metas de prestación de servicios y captación de depósitos acorde con los lineamientos de la política emanada por la Gerencia Mancomunada. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 46 de 64 i. Establecer estándares de rendimiento en cada puesto de atención al público. j. Controlar a través de reportes los resultados obtenidos en cada una de las áreas a su cargo y cuando sea necesario decidir las medidas correctivas correspondientes. k. Proponer la política de tarifas pasivas. l. Elaborar el proyecto de presupuesto y presentarlo a la Gerencia Mancomunada para su aprobación. m. Supervisar el registro y control de la ejecución presupuestal. n. Analizar el avance de la ejecución presupuestal e informar de ello a la Gerencia Mancomunada y al Directorio en forma periódica. o. Actualizar permanentemente el Manual de Procedimientos Operativos a nivel de puestos de trabajo, asegurando su interpretación y aplicación efectiva. p. Coordinar las acciones generales de Planificación Financiera de la Institución y someterlas a la Gerencia Mancomunada y al Directorio. q. Atraer los recursos financieros necesarios para asegurar un adecuado desarrollo de las actividades de intermediación, así como velar por el cumplimiento de las obligaciones pactadas. r. Proponer a la Gerencia Mancomunada las inversiones en el sistema financiero de los fondos disponibles; vigilando la rentabilidad de dichas operaciones. s. Analizar, interpretar y evaluar las disposiciones emanadas del Banco Central de Reserva y la Superintendencia de Banca y Seguros. t. Controlar permanentemente el cumplimiento de los límites legales establecidos por la Ley de Bancos. u. Elaborar el presupuesto operativo de la Gerencia de Operaciones y Finanzas, proponerlo a la Gerencia Mancomunada para su aprobación y controlar su correcta ejecución. v. Establecer normas de control y controlar el manejo del recurso dinerario, valores y joyas, en todas las oficinas, ejecutando arqueos sorpresivos. w. Supervisar la existencia en custodia de alhajas y objetos de oro depositados en garantía por los clientes y también los que han sido adjudicados a la Caja. x. Verificar y hacer cumplir en su Área lo normado en el Manual de Lavado de Activos de la Institución, así como las normas emitidas al respecto por la Superintendencia de Banca y Seguros APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES y. Página 47 de 64 Asegurar la implementación de las políticas y procedimientos generales de gestión de riesgos operacionales e informar al Directorio y/o a su Comité de Auditoria. z. Definir y asegurar la correcta implantación de políticas y procedimientos específicos que permitan identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales. aa. Proponer límites de control de riesgos al Comité de Riesgos para su aprobación. bb. Conocer los niveles de exposición a los riesgos operacionales de las Áreas de Negocios y Areas de Soporte. cc. Analizar los resultados obtenidos por las Áreas de Negocios y Áreas de Soporte en cuanto a la gestión de los riesgos operacionales. dd. Informar regularmente al Directorio sobre aspectos relacionados con la gestión de riesgos operacionales. ee. Promover un ambiente de control y gestión de riesgos operacionales dentro de la entidad. ff. Aprobar la asignación de los recursos necesarios para la gestión de riesgos operacionales. gg. Vigilar el uso efectivo de las medidas de seguridad en la custodia, en bóveda, en cajas y ventanillas y donde se guarde recursos dinerarios. hh. Evaluar la gestión de las Agencias y Ofic. Especializadas y del personal desde el punto de vista de la eficiencia del servicio al público. ii. Identificar las necesidades de las Agencias y Ofic. Especializadas, para el mejor cumplimiento de sus objetivos, a fin de canalizar sus requerimientos a la Gerencia de Administración por intermedio de las áreas pertinentes. jj. Participar activamente en las negociaciones y consecución de líneas de financiamiento con entidades nacionales y/o internacionales bajo las mejores condiciones financieras para la Institución. kk. Atender las observaciones o reparos de los auditores internos o externos, órganos de supervisión y control relativos a su área. ll. Preparar los informes que le solicite el Directorio, la Gerencia Mancomunada o los Organismos de Supervisión y Control. mm. Representar a la Caja en actos públicos, así como en litigios y según lo facultado por los estatutos. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES nn. Página 48 de 64 Otras funciones materia de su competencia que le asigne el Directorio y/o la Gerencia Mancomunada. CAPITULO IV DE LOS ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE OPERACIONES Y FINANZAS SUB CAPITULO I AREA DE CAJA GENERAL Artículo 33°.- Son funciones del Area de Caja General: a) Proveer de fondos necesarios para las operaciones diarias a la Oficina Principal, Agencias y Ofic. Especializadas, recibir diariamente los cheques. El área de Caja es el único órgano autorizado para entregar y recibir dinero a los Administradores de Agencia y Ofic. Especializada. b) Preparar, efectuar y registrar los cheques u órdenes de pago, por todo desembolso que realice la entidad, previa autorización correspondiente. c) Efectuar y supervisar el movimiento de Caja, registrar los ingresos y egresos de efectivo y cheques que recibe la Caja y depositar los cheques en los bancos correspondientes y/o retirar efectivo. d) Efectuar el registro, control y custodia del dinero, especies valoradas, pólizas de seguro, fianzas y otros valores que posee la Caja y atender las obligaciones derivadas de ellos. e) Mantener los Libros de Caja y Bóveda debidamente legalizados. f) Recibir y revisar los documentos (facturas de proveedores), para pagos a proveedores que remite el Área de Logística, debidamente visados por el Área de Contabilidad. Girar los cheques, hacer los asientos correspondientes, registrar en los libros internos y efectuar los pagos indicados previa autorización de Gerencia. Remitir los documentos cancelados a Contabilidad. g) Preparar las planillas provisionales de los encajes de la Caja de acuerdo con las normas vigentes del BCR y presentar al Área de Contabilidad para su suscripción del Contador y de la Gerencia de Operaciones y Finanzas. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES h) Página 49 de 64 Solicitar a las Instituciones Financieras información respecto a los estados de cuenta, deposito a plazo y otros relacionados con la actividad financiera. i) Elaborar informes diarios del movimiento y saldos de caja y bancos en las horas establecidas y remitirlos a la Gerencia de Operaciones y Finanzas. j) Controlar el movimiento de las cuentas bancarias y sugerir a la Gerencia de Operaciones y Finanzas las medidas necesarias para mantener liquidez y capacidad de pago apropiado. k) Atender las demandas de fondos de las Agencias y Ofic. Especializadas y controlar los mismos. l) Efectuar la cancelación de los impuestos y aportaciones a ESSALUD, retenciones y otras obligaciones tributarias, de acuerdo a los formularios de pago remitidos por Contabilidad y Recursos Humanos. Hacer el asiento correspondiente y remitir documentos cancelados al área de Contabilidad. m) Enviar la información contable de las operaciones diarias a Contabilidad. n) Llevar los registros y libros para el mejor control de movimiento de efectivo y cheques que entran y salen de Caja. o) Cerrar, al finalizar el mes, los libros de bancos para que el área de Contabilidad pueda conciliar saldos. p) Realizar los reportes que le sean solicitados por otras áreas u órganos de control. q) Identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales según la metodología acordada con la Unidad de Riesgo Operacional. r) Implementar y aplicar las políticas y procedimientos de gestión de riesgos operacionales de acuerdo a las directivas de la Gerencia Mancomunada. s) Identificar, evaluar y controlar, con la asistencia de la Unidad de Riesgos, los riesgos operacionales de las nuevas oportunidades de negocio (productos / mercados). t) Reportar a la Unidad de Riesgos información sobre indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdida. u) Participar en el desarrollo de los Planes de Seguridad de Información y Planes de Continuidad de Negocios. v) Realizar informes sobre los avances y resultados obtenidos en la gestión de riesgos operacionales. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES w) Página 50 de 64 Controlar que todas las operaciones son correctamente documentadas en tiempo y contenido y evitar la pérdida de dicha documentación. x) Generar los asientos contables de todas las operaciones de acuerdo a las normas y criterios definidos por los reguladores. y) Realizar otras funciones que le encargue el Gerente de Operaciones y Finanzas. SUB CAPITULO II AREA DE OPERACIONES Artículo 34°.- Son funciones del Area de Operaciones: a) Coordinar con el área de marketing para promocionar los productos y servicios que la Institución ofrece, en cumplimiento de las metas del área. b) Supervisar el movimiento de depósitos y retiro de ahorros, verificando que se realice de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos y que se efectúen los registros pertinentes. c) Brindar atención esmerada a los clientes y público en general, tratando en todo momento de proyectar la mejor imagen de la Institución. d) Absolver consultas de clientes, cuando el caso lo requiera. e) Mantenerse informado acerca de las innovaciones que en materia de productos y servicios realice la Institución, para poner en conocimiento de los clientes. f) Absolver las consultas del personal a su cargo, relativas a la interpretación de las normas y procedimientos, o cuando las situaciones que se presenten no estén previstas en ellos. g) Mantener la disciplina laboral dentro del cumplimiento del reglamento de trabajo y el respeto mutuo. h) Autorizar el retiro de ahorros en efectivo o en cheques cuando éste sobrepase el monto máximo fijado para la atención por los Auxiliares de Operaciones o Coordinador de Operaciones. i) Verificar el cuadro de los saldos diarios de captaciones. j) Verificar que la información que se emite para Caja General sea la correcta. k) Identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales según la metodología acordada con la Unidad de Riesgo Operacional. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES l) Página 51 de 64 Implementar y aplicar las políticas y procedimientos de gestión de riesgos operacionales de acuerdo a las directivas de la Gerencia Mancomunada. m) Identificar, evaluar y controlar, con la asistencia de la Unidad de Riesgos, los riesgos operacionales de las nuevas oportunidades de negocio (productos/mercados). n) Reportar a la Unidad de Riesgos información sobre indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdida. o) Participar en el desarrollo de los Planes de Seguridad de Información y Planes de Continuidad de Negocios. p) Realizar informes sobre los avances y resultados obtenidos en la gestión de riesgos operacionales. q) Controlar que todas las operaciones son correctamente documentadas en tiempo y contenido y evitar la pérdida de dicha documentación. r) Generar los asientos contables de todas las operaciones de acuerdo a las normas y criterios definidos por los reguladores. s) Constatar que el efectivo de cada ventanilla no exceda el monto establecido para la atención diaria. t) Supervisar que la tasación de prendas de crédito pignoraticio, su otorgamiento, desembolso y recuperación, así como la custodia y devolución de las prendas recibidas, se realice de acuerdo a las normas vigentes. u) Realizar arqueos sorpresivos, emitiendo un acta de arqueo en moneda nacional y moneda extranjera. v) Elaboración de estadísticas de captaciones en moneda nacional y moneda extranjera. w) Atender las observaciones o reparos que efectúen las auditorias internas o externas, Superintendencia de Banca y Seguros sobre la función crediticia, operativa y administrativa en general. x) Controlar que las operaciones diarias se ajusten a los dispositivos legales vigentes, como también a las normas internas de la Institución. y) Velar por el cumplimiento en la aplicación de las tasas de interés aprobadas por el Directorio y otorgar tasas y tarifas preferenciales a clientes que a su criterio lo ameriten, dentro de las facultades que le han sido conferidas. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES z) Página 52 de 64 Solicitar a Logística los materiales necesarios para el funcionamiento de la Oficina Principal. aa) Coordinar con el área de TI el funcionamiento de los sistemas y equipos de cómputo. bb) Proporcionar la información necesaria al área de TI a fin de que sean procesados y se mantengan actualizados los listados que requiera la Gerencia para su normal desenvolvimiento. cc) Realizar otras funciones por encargo de las Gerencias de Área. CAPITULO V DE LA GERENCIA DE CRÉDITOS Artículo 35°.- Son funciones de la Gerencia de Créditos: a. Ejecutar la política crediticia de la Institución, en armonía con las disposiciones de las entidades rectoras del sistema financiero nacional, así como mantenerse actualizado respecto al desarrollo de operaciones en el ámbito competitivo local y nacional, evaluando alternativas y proponiéndolas ante la Gerencia Mancomunada y el Directorio para su consideración. b. Es responsable de la Administración y Control de la Cartera de Créditos otorgados a Directores y Trabajadores, Personas, Grupos Vinculados y Grupos Económicos, así como del control de los límites de los grupos para no sobrepasar los límites inherentes a ellos. Asimismo de remitir los reportes a la Unidad de Riesgos antes del 15 para ser enviados a la Superintendencia de Banca y Seguros. (SBS). c. Dar cumplimiento a los dispositivos legales que norman las operaciones crediticias, así como las que dicten los organismos de supervisión y control. d. Elaborar y ejecutar del Plan Anual de Gestión de Créditos y Recuperaciones en coordinación con la Gerencia Mancomunada. e. Mantenerse actualizado en temas relacionados a la normatividad vigente relacionada con las operaciones propias de su función y su Gerencia. f. Emitir memorandos, directivas, comunicaciones escritas e informes técnicos a que hubiere lugar, relacionados con el manejo de la Gerencia. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES g. Controlar que Página 53 de 64 los archivos y registros respectivos de préstamos ejecutados y/o denegados estén debidamente organizados manteniendo los índices y cargos necesarios. h. Constatar el perfeccionamiento de garantías y solicitar se efectúen las correspondientes tasaciones sobre los bienes que serán gravados a favor de la Institución, de conformidad con los límites que establece el Reglamento de créditos y circulares de la Superintendencia vigentes. i. Verificar y visar los reportes emitidos por la Gerencia de Créditos, tanto a los órganos internos como externos j. Verificar y hacer cumplir en su Área lo normado en el Manual de Lavado de Dinero de la Institución, así como las normas emitidas al respecto por la Superintendencia de Banca y Seguros k. Efectuar las demás funciones que le asigne la Gerencia Mancomunada y el Directorio. Artículo 36°.- La Gerencia de Crédito cumple también las funciones específicas siguientes: a. Dar fiel cumplimiento al Reglamento y a los Manuales de Créditos. b. Formular las políticas de créditos dentro de los dispositivos legales que norman la intermediación financiera en el país. c. Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el otorgamiento y la recuperación de los créditos concedidos por la Institución. d. Proveer los lineamientos necesarios que posibiliten el liderazgo en cualquier modalidad de crédito que la Institución ofrezca. e. Integrar la Gerencia Mancomunada. f. Controlar a través de reportes, los resultados obtenidos en cada una de sus áreas y cuando sea necesario, decidir las medidas correctivas. g. Elaborar el presupuesto operativo del Área de Créditos, proponerlo al Comité de Gerencia y, una vez aprobado, controlar su correcta ejecución. h. Mantener informado al Comité de Gerencia de la situación operativa de la Caja en cuanto a colocaciones y recuperaciones. i. Controlar el cumplimiento de las metas de colocaciones fijadas tanto a los Administradores de Agencia como a los analistas. j. Establecer las coordinaciones pertinentes respecto a la asignación de recursos para el desembolso de los créditos y a las nuevas líneas que van a operar. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES k. Página 54 de 64 Asegurar la implementación de las políticas y procedimientos generales de gestión de riesgos operacionales e informar al Directorio y/o a su Comité de Auditoria. l. Definir y asegurar la correcta implantación de políticas y procedimientos específicos que permitan identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales. m. Proponer límites de control de riesgos al Comité de Riesgos para su aprobación. n. Conocer los niveles de exposición a los riesgos operacionales de las Áreas de Negocios y Areas de Soporte. o. Analizar los resultados obtenidos por las Áreas de Negocios y Áreas de Soporte en cuanto a la gestión de los riesgos operacionales. p. Informar regularmente al Directorio sobre aspectos relacionados con la gestión de riesgos operacionales. q. Promover un ambiente de control y gestión de riesgos operacionales dentro de la entidad. r. Aprobar la asignación de los recursos necesarios para la gestión de riesgos operacionales. s. Participar en los Comités de Créditos establecidos a su nivel de aprobación o en cualquier otro nivel que estime conveniente. t. Evaluar las solicitudes de crédito llevadas por los analistas, autorizándolas o denegándolas dentro del nivel de autorización que le ha sido conferido. u. Vigilar que las operaciones de crédito presentadas, mediante solicitudes de préstamo y transacciones especiales, se ajusten a los dispositivos legales vigentes y a las normas internas de la Caja. v. Controlar la formalización de los créditos aprobados, de acuerdo a las normas y regulaciones de la Caja, la Superintendencia de Banca y Seguros y el Banco Central de Reserva del Perú. w. Proponer al Comité de Gerencia y al Directorio, modificaciones a las Políticas, Reglamentos, Manuales de Créditos, tasas de interés y procedimientos crediticios, acordes a las nuevas exigencias del mercado. x. Vigilar que el monto máximo de los créditos concedidos a una sola persona natural o jurídica, no exceda de los límites fijados por los dispositivos legales vigentes. y. Gestionar y coordinar con los órganos respectivos la regularización de los créditos cuya recuperación no se realiza dentro de los plazos programados. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES z. Página 55 de 64 Pronunciarse sobre las propuestas de pago de los deudores dentro del nivel de autorización que le ha sido conferido. aa. Contestar la correspondencia de todos los asuntos relacionados al Área bb. Aprobar la oportuna transferencia a cobranza judicial de las obligaciones vencidas cuidando que no pierdan su mérito ejecutivo y que se efectúen las provisiones correspondientes. cc. Revisar y hacer seguimiento a los informes de Recuperaciones referentes situación de créditos en cobranza judicial, monto de la deuda, estado del juicio y situación de garantías. dd. Mantener información actualizada sobre los precios del oro tanto en el mercado nacional como internacional. ee. Fijar la valorización del oro para el otorgamiento de préstamos pignoraticios y otros. ff. Autorizar el remate de las prendas pignoradas. gg. Supervisar la existencia en custodia de alhajas y objetos de oro depositados en garantía por los clientes, y también los adjudicados a la Institución. hh. Atender las observaciones o reparos que efectúen las auditorias interna o externas y la Superintendencia de Banca y Seguros sobre la función crediticia en general, evaluando sus observaciones y recomendaciones. ii. Preparar informes especiales que soliciten el Directorio, el Comité de Gerencia y organismos rectores de la actividad económica financiera nacional. jj. Participar en los remates como postor o como adjudicatario en resguardo de los intereses de la Caja. kk. Representar a la Institución y prestar juramento en los juicios, acatando las citaciones para comparendo o confesiones. ll. Autorizar convenios judiciales y extra judiciales de pago, condenaciones de intereses, liberación de garantías, conversión de deudas de moneda extranjera a moneda nacional o viceversa. mm. Coordinar con los Funcionarios de la Oficina Principal, Agencias y Oficinas Especializadas los procedimientos de otorgamiento, seguimiento y recuperación de los créditos. nn. Desarrollar e implementar nuevos productos o nuevas modalidades de crédito en coordinación con el Comité de Gerencia y todos los funcionarios involucrados. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 56 de 64 oo. Representar a la Institución en actos públicos y/o comisiones. pp. Coordinar con el Área de TI el buen funcionamiento, mantenimiento y desarrollo de la Central de Riesgos y los Módulos del Área de Créditos. qq. Evaluar al personal de su área, con especial atención a los jefes de áreas y analistas. rr. Otras funciones que le encargue el Directorio o Comité de Gerencia dentro del campo de su competencia. CAPITULO VI DE LOS ÓRGANOS DEPENDIENTES DE LA GERENCIA DE CRÉDITOS SUB CAPITULO I COMITÉ DE CREDITOS Artículo 37°.- Son funciones del Comité de Crédito, las establecidas en los Reglamentos de créditos que, a su vez, precisa sus integrantes, responsable y nivel de autonomía de aprobación de créditos. Dichas funciones son: a. Apoyar a la Gerencia de Créditos, en discutir y evaluar las propuestas de créditos. b. Calificar y aprobar operaciones de crédito que cumplan con su documentación, garantías requeridas, políticas y reglamentos de créditos; hasta su límite autorizado. c. Informar y recomendar las propuestas de créditos que excedan su límite de aprobación. d. Mantener estrecha coordinación con el Área de Recuperaciones y coordinar acciones para realizar una cobranza efectiva. e. Controlar que las operaciones de Crédito sean desembolsadas dentro de las condiciones en que han sido aprobadas. f. Implementar y aplicar las políticas y procedimientos de gestión de riesgos operacionales de acuerdo a las directivas de la Gerencia Mancomunada. g. Reportar a su jefe inmediato información sobre indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdida. h. Participar en el desarrollo de los Planes de Seguridad de Información y Planes de Continuidad de Negocios. i. Controlar que todas las operaciones son correctamente documentadas en tiempo y contenido y evitar la pérdida de dicha documentación. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES j. Página 57 de 64 Reunirse cuando sea necesario, siendo indispensable la presencia de 3 miembros como mínimo, incluyendo el responsable del Comité. k. Registrar sus acuerdos tomados en el libro de actas respectivo, consignándose la firma del responsable del Comité. l. Cumplir otras funciones asignadas por la Gerencia SUB CAPITULO II SUPERVISIÓN DE CREDITOS Artículo 38°.- La Supervisión de Créditos es la encargado de efectuar el control del estricto cumplimiento de las políticas y reglamentos de créditos. Depende de la Gerencia de Créditos y sus funciones son: a. Supervisar las operaciones pre y post desembolso, para formular planes de contingencia que nos permitan disminuir el riesgo crediticio. b. Controlar que el personal de créditos cumpla estrictamente con las normativas de créditos (políticas, reglamentos, manuales, etc). c. Supervisar que la calidad de la cartera se maneje en estándares adecuados de colocación y recuperación de créditos, formulando las recomendaciones del caso. d. Evaluar la calidad de servicio que brindan los analistas de créditos, en base a la oportunidad del crédito y buen trato a los clientes. e. Efectuar recomendaciones de los expedientes de crédito con miras a optimizar su otorgamiento y administración en general. f. Identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales según la metodología acordada con la Unidad de Riesgos Operacional g. Implementar y aplicar las políticas y procedimientos de gestión de riesgos operacionales de acuerdo a las directivas de la Gerencia Mancomunada. h. Reportar a la Unidad de Riesgos información sobre indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdida. i. Participar en el desarrollo de los Planes de Seguridad de Información y Planes de Continuidad de Negocios. j. Controlar que todas las operaciones son correctamente documentadas en tiempo y contenido y evitar la pérdida de dicha documentación. k. Verificar la realización de arqueos de pagarés, expedientes de créditos y garantías APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 58 de 64 l. Apoyar y colaborar con los comités de crédito y de mora. m. Capacitar al personal sobre la normatividad, políticas y reglamentos y buenas prácticas crediticias vigentes en la institución, así como evaluar su correcta aplicación por el personal de créditos. n. Evaluar, recomendar y difundir la metodologías de evaluación de las operaciones crediticias entre el personal de créditos, a fin de uniformar los criterios de evaluación. o. Evaluar tendencias del mercado, con la finalidad de prever situaciones coyunturales anormales de mercado e identificar oportunidades de negocio. p. Supervisar los procedimientos de archivo documentario relacionados al Area de Créditos. q. Informar a la Gerencia sobre resultados de su gestión, así como preparar información estadística de interés para el Área de Créditos. r. Recomendar parámetros de evaluación del desempeño del personal de créditos s. Realizar otras funciones que la Gerencia le encomiende. SUB CAPITULO III AREA DE CREDITOS Artículo 39°.- Son funciones del Area de Créditos: a. Ejecutar las políticas crediticia de la Institución, en armonía con las disposiciones de las entidades rectoras del sistemas financiero nacional, así como mantenerse actualizado respecto al desarrollo de operaciones en el ámbito competitivo local y nacional. b. Dar cumplimiento a las operaciones legales que norman las operaciones crediticias, asi como las que dicten los organismos de supervisión y control c. Velar por el estricto cumplimiento de las políticas, reglamentos y procedimientos crediticios. d. Proponer a la Gerencia de Créditos las metas de colocaciones por oficina. e. Llevar a cabo planes de promoción de los diferentes productos crediticios en coordinación con la Gerencia de Créditos y el área de Marketing; buscando llegar al público objetivo en forma oportuna y eficaz. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES f. Página 59 de 64 Impartir instrucciones a los coordinadores de créditos relacionados al cumplimiento de las metas y objetivos del Arrea de Créditos de conformidad con las disposiciones de la SBS y las políticas de créditos de la Institución. g. Revisar los actuales procedimientos crediticios y proponer nuevas estrategias que aseguren la calidad de la cartera y aminoren el riesgo crediticio h. Proponer a la Gerencia de Créditos, modificaciones al Reglamento de Créditos, tasas de interés y procedimientos crediticios, acordes a las nuevas exigencias del mercado. i. Identificar nuevos segmentos de mercado y desarrollar nuevos productos crediticios orientados a su atención. j. Efectuar visitas de supervisión y seguimiento al cumplimiento de las metas y acciones programadas en cada oficina relacionadas con las colocaciones y morosidad k. Coordinar con la Jefatura de Recuperaciones todas las acciones orientadas a reducir la mora tanto de la cartera vencida como judicial. l. Presentar informes mensuales a la Gerencia de Créditos, sobre la evolución de las colocaciones y el cumplimiento de metas asignadas a cada oficina. m. Mantener un criterio técnico en la evaluación de los créditos, a fin de cautelar los intereses de la institución n. Evaluar los expedientes de crédito en estrecho cumplimiento de las políticas y reglamentos vigentes o. Elevar un informe para su pase a cobranza judicial de los préstamos que dentro del plazo estipulado no han sido cancelados p. Participar en las reuniones del comité de aprobación de créditos q. Controlar el desenvolvimiento de los préstamos y mantener permanente contacto con los r. administradores y coordinadores de créditos crédito, sobre el grado de cumplimiento de la cartera crediticia a su cargo. s. Supervisar y controlar toda función encargada a los coordinadores de Créditos t. Verificar y validar la conformidad de todos los reportes de información crediticia generada por TI. u. Contestar la correspondencia de todos los asuntos relacionados al Área APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES v. Página 60 de 64 Coordinar la atención de los informes de la SBS y las Auditorias Interna y Externa, evaluando observaciones y recomendaciones; así como supervisar la implementación de las mismas, velando por su cumplimiento. w. Representar a la Caja con facultades generales y especiales en las acciones judiciales de recuperación de créditos. x. Identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales según la metodología acordada con la Unidad de Riesgo Operacional. y. Implementar y aplicar las políticas y procedimientos de gestión de riesgos operacionales de acuerdo a las directivas de la Gerencia Mancomunada. z. Identificar, evaluar y controlar, con la asistencia de la Unidad de Riesgos, los riesgos operacionales de las nuevas oportunidades de negocio (productos / mercados). aa. Reportar a la Unidad de Riesgos información sobre indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdida. bb. Participar en el desarrollo de los Planes de Seguridad de Información y Planes de Continuidad de Negocios. cc. Realizar informes sobre los avances y resultados obtenidos en la gestión de riesgos operacionales. dd. Controlar que todas las operaciones son correctamente documentadas en tiempo y contenido y evitar la pérdida de dicha documentación. ee. Generar los asientos contables de todas las operaciones de acuerdo a las normas y criterios definidos por los reguladores. ff. Supervisar el cumplimiento de las funciones encargadas a las auxiliares de créditos. gg. Cumplir con otras funciones que sean asignadas por la Gerencia de Créditos. SUB CAPITULO IV AREA DE RECUPERACIONES Artículo 40°.- Son funciones del Area de Recuperaciones: a. Administrar y Controlar la Morosidad de las operaciones crediticias a cargo de los analistas de créditos en coordinación con la Jefatura de Créditos. b. supervisar la realización de los Comités de Mora y participar en él. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES c. Página 61 de 64 Participar en la reuniones del Comité de Adjudicaciones a fin de dar los informes correspondientes. d. Proponer las metas mensuales de Recuperación de cartera pre-judicial, judicial y castigada hacer asignadas a los analistas de créditos y agentes recuperadores. e. Supervisar el cumplimiento de las actividades, metas y objetivos asignadas al Analista de Recuperaciones y agentes recuperadores. f. Coordinar las labores de cobranza con las áreas de créditos, teniendo presente el Reglamento de Créditos. g. Elaborar informes mensuales sobre la recuperación por estudios legales, abogados y gestores de cobranza externos, respecto de la cartera prejudicial, judicial y castigada. h. Controlar y supervisiar las labores de cobranza pre judicial y judicial ejecutada por los agentes recuperadores ( gestores de cobranza, abogados y estudios legales externos). i. Evaluar el avance de los procesos judiciales a cargo de los abogados y estudios legales externos en coordinación con el procurador judicial y el Area de asesoría legal. j. Controlar y supervisar los remates judiciales programados. k. Controlar los gastos generados por la recuperación de los créditos y su respectiva asignación en el sistema informático por cliente. l. Controlar y liquidar las cobranzas judiciales. m. Proponer a la Gerencia Mancomunada la posibilidad de adjudicaciones en pago y daciones en pago de los bienes muebles e inmuebles n. Controlar y realizar la verificación del saneamiento de los bienes adjudicados. o. Coordinar la venta de bienes adjudicados con las áreas competentes. p. Establecer y ejecutar mecanismos de negociación para la recuperación de los créditos por la vía extrajudicial. q. Proponer las modificaciones de notificaciones y cartas de requerimiento de pago. r. Llevar un control de los bienes embargados, adjudicados y recibidos en dación en pago. s. Administrar y Controlar los Créditos Castigados t. Supervisar la distribución de la cartera que pasa a cobranza judicial entre los agentes recuperadores para el inicio de las acciones legales, de conformidad con los criterios que señale la Gerencia de Créditos y Reglamento de Recuperaciones. u. Elaborar informes de los créditos que se encuentran en estado pre judicial, judicial y créditos castigados. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 62 de 64 v. Llevar el control y custodia delos expediente de créditos en cobranza judicial w. Preparar los informes respectivos para la realización de castigos de créditos, según el Reglamento respectivo. x. Promover el embargo y remate de bienes, a fin de agilizar la recuperación del crédito. y. Coordinar con el área legal el protesto de los títulos valores (pagaré), suscrito por el cliente y los fiadores solidario, de ser el caso. z. Identificar, evaluar y controlar los riesgos operacionales según la metodología acordada con la Unidad de Riesgo Operacional. aa. Implementar y aplicar las políticas y procedimientos de gestión de riesgos operacionales de acuerdo a las directivas de la Gerencia Mancomunada. bb. Identificar, evaluar y controlar, con la asistencia de la Unidad de Riesgos, los riesgos operacionales de las nuevas oportunidades de negocio (productos / mercados). cc. Reportar a la Unidad de Riesgos información sobre indicadores de riesgos, incidentes y eventos de pérdida. dd. Participar en el desarrollo de los Planes de Seguridad de Información y Planes de Continuidad de Negocios. ee. Realizar informes sobre los avances y resultados obtenidos en la gestión de riesgos operacionales. ff. Controlar que todas las operaciones son correctamente documentadas en tiempo y contenido y evitar la pérdida de dicha documentación. gg. Será responsable del ingreso, mantenimiento y actualización de la información que debe contener el sistema informático de cobranza judicial, así como de la verificación y reportes que emite el mismo. hh. Otras funciones que le asigne la Gerencia de Créditos. TITULO X DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES Artículo 41°.- La CMAC SANTA S.A. , mantiene relaciones interinstitucionales con las siguientes instituciones: con la Superintendencia de Banca y Seguro como ente de control y supervisión, El Banco Central de Reserva del Perú, como ente de regulación monetaria y crediticia, con la FEPCMAC, como ente de asesoría y control, con el Fondo de Cajas Municipales de Ahorro y APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 63 de 64 Crédito, con el Ministerio de Economía y Finanzas, con la Dirección General de Presupuesto Publico, con la Contraloría General de la Republica, con la Contaduría Publica de la Nación, con la Corporación Financiera de Desarrollo, COFIDE, con el Banco Interamericano de Desarrollo, con la GTZ de Alemania, con el Instituto Mundial de Cajas, con la CECA y Bancos e Instituciones Financieras. TITULO XI DEL REGIMEN LABORAL Artículo 42°.- Los funcionarios y empleados de la CMAC SANTA S.A., de acuerdo con el articulo 19° del Decreto Supremo 157-90 EF, están sujetos al régimen laboral de la actividad privada. TITULO XII DEL REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO Artículo 43°.- La CMAC SANTA S.A., según lo establecido en su Estatuto Social, está facultada para que su capital social pueda ser incrementado mediante : a) Aportes en efectivo b) Capitalización de las utilidades c) Reexpresión del capital como consecuencia de ajustes integrales por inflación Artículo 44°.- La CMAC SANTA, en su condición de Entidad de Tratamiento Empresarial del Gobierno Local, se encuentra sujeta a la Ley Marco de Administración Financiera del Sector Público (Ley 28112), a la Ley de Sistema Nacional de Presupuesto (Ley 28411), a las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público, en lo que le sea aplicable, y a las Directivas que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público. APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES Página 64 de 64 TITULO XIII DISPOSICIONES COMPLEMEMTARIAS Artículo 45°.- La Gerencia Mancomunada, en coordinación con las áreas pertinentes y cuando las circunstancias lo requieran, actualizará el Manual de Organización y Funciones, detallando la estructura organizacional, funcional y los cargos correspondientes de cada uno de ellos. Artículo 46°.- La Gerencia Mancomunada, queda encargada de velar por la estricta aplicación del presente Reglamento, así como de su actualización y evaluación, dando cuenta al Directorio. TITULO XIV DISPOSICIONES FINALES Artículo 48°.- Deróguese todos los dispositivos internos que se opongan al presente Reglamento. ****************************************************************************************************************** APROBADA EN SESION ORDINARIA No. 008–2005/O-CMAC-S DEL 16.04.2005 MEDIANTE ACUERDO No. 073–2005-O