Formato estructura de procedimientos

Transcripción

Formato estructura de procedimientos
REQUISITOS AMBIENTALES PARA
CONTRATISTAS Y PRESTADORES DE
SERVICIOS
API-MAN-GI-P-03
HISTORIAL DE REVISIONES
REVISIÓN
Nº
FECHA DE
REVISIÓN
07
03/09/12
08
02/09/13
09
03/08/15
Elaborado por:
Ing. Daniel Anguiano Burguete
Subgerencia de Construcción y Mantenimiento
DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO
En atención a la Norma Mexicana NMX-R-025SCFI-2009, para la
Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombre, se matizó el lenguaje
utilizado en el presente instructivo.
Se actualiza el documento y se modifica el nombre de quien revisa y
autoriza este documento
Se actualiza la responsabilidad del llenado y registro del Reporte
Ambiental en Construcción de Obra Marítimo Portuaria (API-MAN-GIF-34), siendo personal del área de Ecología los nuevos encargados
de esta actividad
Se modifica el nombre de quien elabora, revisa y autoriza el documento y se
actualiza la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2012, para la Igualdad
Laboral entre Mujeres y Hombres.
Revisado por:
Ing. Heriberto Ramirez Magaña
Gerencia de Ingeniería
Autorizado por:
Vicealmirante. Jorge Bustos Espino
Dirección General
Revisión 09
03/08/15
1 de 4
API-SM-SGCA-F-01
Rev. 3 31/03/14
REQUISITOS AMBIENTALES PARA
CONTRATISTAS Y PRESTADORES DE
SERVICIOS
API-MAN-GI-P-03
1. PROPÓSITO.
Establecer las acciones para prevenir la contaminación mediante controles para aquellos
aspectos ambientales significativos identificados, generados por la ejecución de Obras
Públicas en el Recinto portuario de la API Manzanillo (API), en cumplimiento a los
requisitos legales aplicables.
2. ALCANCE.
Este procedimiento es aplicado por la Gerencia de Ingeniería a todas las empresas
contratistas que ejecuten obra pública dentro del recinto portuario y que por la naturaleza
de la misma se relacionen con un aspecto ambiental significativo, al agua, suelo y aire o
potencialmente altere las condiciones naturales del medio ambiente.
3. DEFINICIONES.
RESIDENCIA DE OBRA Es el representante de la API que ejerce la Supervisión de los
trabajo conformidad con lo contenido en el art. 53 de la Ley de Obras
Públicas y Servicios relacionados con las mismas y a los Art. 113, 114,
115 y 116 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas.
CONTRATISTA La persona que celebre contratos de obras públicas o de servicios
relacionados con las mismas.
SUPERINTENDENTE El (la) representante del contratista ante la API que en este caso es
la dependencia o la entidad, para cumplir con los términos y condiciones
pactadas en el contrato, en lo relacionado con la ejecución de los
trabajos. Según art. 1 fracción XXIX del RLOPSRM.
RESIDENTE DE OBRA Servidor público designado oficialmente por la Gerencia de
Ingeniería de la API para hacerse cargo de la Residencia de Obra,
fungiendo como su representante ante el contratista y será el
responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los
trabajos, incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por
Elaborado por:
Ing. Daniel Anguiano Burguete
Subgerencia de Construcción y Mantenimiento
Revisado por:
Ing. Heriberto Ramirez Magaña
Gerencia de Ingeniería
Autorizado por:
Vicealmirante. Jorge Bustos Espino
Dirección General
Revisión 09
03/08/15
2 de 4
API-SM-SGCA-F-01
Rev. 3 31/03/14
REQUISITOS AMBIENTALES PARA
CONTRATISTAS Y PRESTADORES DE
SERVICIOS
API-MAN-GI-P-03
los contratistas. La Residencia de Obra deberá estar ubicada en el sitio
de ejecución de los trabajos. Conforme al Artículo 53.- LOPSRM.
RESIDENTE DE
SUPERVISIÓN La persona designada como titular de la RESIDENCIA DE
SUPERVISIÓN CONTRATADA, la cual está bajo las ordene directas del
Residente quien le dictara las instrucciones particulares para efectuar y
coordinar los trabajos. Según Artículos 113, 114, 115 y 116 del
RLOPSRM.
ASPECTO
AMBIENTAL
Elemento de las actividades, productos o servicios de los puertos que
puede interactuar con el medio ambiente.
PREVENCIÓN DE
LA CONTAMINACIÓN Utilización de procesos, prácticas, técnicas, materiales, productos,
servicios o energía para evitar, reducir o controlar (en forma separada o
en combinación) la generación, emisión o descarga de cualquier tipo de
contaminante o residuo, con el fin de reducir impactos ambientales
adversos
4. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA.
Instructivo de seguridad higiene y protección al medio ambiente para contratistas y
prestadores de servicios “API-MAN-GO-I-10”
Procedimiento de identificación y evaluación de aspectos ambientales “API-SM-SGCA-P-06”
Guía para la Aplicación de los Controles Operacionales “API-SM-SGCA-G-01”
5. DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD Y RESPONSABILIDADES.
La Gerencia de Ingeniería realizará la evaluación de las propuestas de acuerdo al instructivo
“Evaluación de Proposiciones, API-MAN-GI-I-05” y realizará un Dictamen conforme al
“Instructivo de Fallo, API-MAN-GI-I-06” para la aprobación del fallo correspondiente y
posteriormente firma del contrato respectivo para la ejecución de los trabajos, previendo
Elaborado por:
Ing. Daniel Anguiano Burguete
Subgerencia de Construcción y Mantenimiento
Revisado por:
Ing. Heriberto Ramirez Magaña
Gerencia de Ingeniería
Autorizado por:
Vicealmirante. Jorge Bustos Espino
Dirección General
Revisión 09
03/08/15
3 de 4
API-SM-SGCA-F-01
Rev. 3 31/03/14
REQUISITOS AMBIENTALES PARA
CONTRATISTAS Y PRESTADORES DE
SERVICIOS
API-MAN-GI-P-03
en todo momento el cumplimiento de los compromisos establecidos que han quedado
descritos previamente en la propuesta aceptada.
Previo al inicio de los trabajos se asignará tanto al residente de obra y a la persona
encargada de la residencia de supervisión de los trabajos (en los casos en los que así se
requiera).
El(la) residente de obra será el(la) encargado(a) de coordinar con la empresa contratista y
el personal de la Subgerencia de Ecología una reunión previa al inicio de actividades de la
obra. El objetivo principal de la reunión es dar a conocer la política del Sistema de Gestión
de Calidad y Ambiental de la API, el Instructivo de Seguridad, “Higiene y Protección al
Medio Ambiente para contratistas y prestadores de servicios, API-MAN-GO-I-10”, la “Guía
para la Aplicación de los Controles Operacionales, API-SM-SGCA-G-01” así como los
principales aspectos ambientales que se relacionen y/o pudieran generarse por las
actividades de la obra, para que la empresa contratista asegure el control de aquellos
aspectos ambientales significativos previamente identificados para esta proceso de
construcción y mantenimiento (generación de residuos de manejo especial, potencial
derrame de residuos peligrosos, potencial derrame de materiales peligrosos, potencial
incendio/explosión y cambio de uso de suelo). En caso de existir alguna autorización y/o
permiso ambiental emitido por la autoridad competente, se establecerá que el contratista
deberá cumplir con aquellas condicionantes que le competan.
El personal de la Subgerencia de Ecología llevará acabo la supervisión ambiental de las
obras, realizando la evaluación de los aspectos ambientales mediante el formato “Reporte
Ambiental en Construcción de Obra Marítimo Portuaria, API-MAN-GI-F-34” y enviará la
información de manera electrónica al residente de obra para que asegure el control de
aquellas observaciones dando seguimiento y continuidad a éstas, a través del
superintendente y el(la) residente de la supervisión.
6. REGISTROS
Reporte Ambiental en Construcción de Obra Marítimo Portuaria (API-MAN-GI-F-34)
7. ANEXOS
N/A
Elaborado por:
Ing. Daniel Anguiano Burguete
Subgerencia de Construcción y Mantenimiento
Revisado por:
Ing. Heriberto Ramirez Magaña
Gerencia de Ingeniería
Autorizado por:
Vicealmirante. Jorge Bustos Espino
Dirección General
Revisión 09
03/08/15
4 de 4
API-SM-SGCA-F-01
Rev. 3 31/03/14

Documentos relacionados