Scooters Eléctricas - Gran Plaza Centros Comerciales
Transcripción
Scooters Eléctricas - Gran Plaza Centros Comerciales
CENTRO COMERCIAL GRAN PLAZA ALCARAVÁN SORTEO SCOOTERS ELÉCTRICAS EN HALLOWEEN DEL 01 AL 31 DE OCTUBRE DE 2016 ALMACENES PARTICIPANTES: Todos los establecimientos de comercio al interior de Gran Plaza Alcaraván. No participan facturas de locales comerciales por fuera del centro comercial, incluso si son de una marca que esté presente en el centro comercial. HORARIO DE REGISTRO DE FACTURAS EN EL PUNTO DE INFORMACIÓN: Domingo a jueves y festivos, de 11 AM a 1 PM y de 2 PM a 8 PM; viernes y sábados de 1 PM a 9 PM. CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE ÉSTE SORTEO 1. Participan en el sorteo, los clientes que realicen sus compras y registren sus facturas entre el 01 y el 31 de octubre de 2016. Sólo serán válidas las facturas de compras realizadas en el mes de octubre de 2016. 2. Se entregará al cliente una boleta por cada treinta mil pesos ($30.000) registrados en cualquier almacén del centro comercial u ochenta mil pesos ($80.000) en Almacenes Éxito. 3. la informadora registrará y entregará al cliente una o más boletas (según sea el caso) para participar en los 3 sorteos del mes. Se entregará máximo 10 boletas por facturas registradas iguales o superiores a $300.000 de locales comerciales o Almacenes Éxito en el día. 4. Las boletas, completamente diligenciadas con los campos Nombre, apellidos, cédula y teléfono, deberán ser depositadas en la tómbola del sorteo ubicada en el punto de información. Las facturas podrán ser acumulables (máximo 3) de la siguiente manera: facturas entre locales comerciales o facturas entre Almacén Éxito; en ambos casos las facturas serán del centro comercial Gran Plaza Alcaraván así la marca se encuentre en otros centros comerciales. 5. Los sorteos serán realizados los días sábado 8, sábado 22 y lunes 31 de octubre de 2016, a las 7:00 PM, junto al punto de información. 6. La fecha límite para el registro de compras será 15 minutos antes de iniciar el sorteo, la factura que no alcance a ser registrada entrará a participar en el sorteo de la semana siguiente. 7. Los clientes podrán participar en los 3 sorteos que se realizarán durante todo el mes. 8. Las facturas presentadas NO pueden ser recibos de caja u otro tipo de recibo, deben ser facturas expedidas de carácter legal. 9. No se aceptan facturas con enmendaduras ni tachaduras. 10. Por ningún motivo se entregará dinero en efectivo al ganador. 11. Los locatarios (administradores y vendedores) del Centro Comercial Gran Plaza Alcaraván no podrán participar en ésta actividad. 12. El ganador deberá presentarse con su cédula y fotocopia de la misma el lunes siguiente al día del sorteo a la oficina de la administración del centro comercial para hacerle entrega del premio. DINÁMICA DEL SORTEO 1. El sorteo se realizará junto al punto de información de Gran Plaza Alcaraván, ubicado frente a Juan Valdez, en presencia del público, funcionarios de la administración y con previa notificación a la Secretaría de Gobierno de Yopal. 2. El moderador del sorteo, girará en repetidas ocasiones la tómbola donde se encuentran las boletas y posteriormente llamará una (1) persona del público, para sacar de la tómbola una (1) boleta la cual deberá estar diligenciada en su totalidad. Si la boleta no cumple con estos requisitos quedará anulada y se procederá a llamar a otra persona del público para que saque otra boleta. 3. La boleta elegida será la ganadora; por lo tanto, se procederá a llamar al ganador para informarle que ha sido beneficiado en el sorteo y se le indicará el proceso a seguir; de no contestar después de 3 intentos se repetirá el proceso para la elección de una nueva boleta, las veces que sea necesario hasta determinar un (1) ganador. 4. Una vez termine el sorteo, las boletas que no resultaron ganadoras serán incluidas para el siguiente sorteo. 5. El ganador del sorteo no podrá resultar ganador de los siguientes sorteos del mes de octubre aún si sus boletas son escogidas durante las siguientes actividades. DESCRIPCIÓN DEL PREMIO Se entregarán 3 SCOOTERS ELÉCTRICAS marca E-SCOOTER, una por cada sorteo. Cada scooter viene empacado en su respectiva caja e incluye: manual de uso, dos baterías y un cargador con capacidad eléctrica para ser conectado a una toma de 110 Voltios. Las 3 Scooters son amarillas; estarán disponibles para entrega inmediata para el ganador, quien podrá reclamarlas en la administración del Centro Comercial Gran Plaza Alcaraván, en el horario de lunes a viernes, de 2 PM a 6 PM. La garantía de las Scooters es de 2 meses a partir de la fecha de entrega por motivos de imperfectos de fábrica o fallas eléctricas; para hacer uso de la garantía el ganador debe presentarse ante la tienda JUANCHO DEPORTES, local 1-005 ubicado en el Centro Comercial Gran Plaza Alcaraván con copia del acta de ganador. Por ningún motivo se entregará dinero en efectivo al ganador. CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE TODOS NUESTROS SORTEOS • En el sorteo no participan los empleados de los locales de Gran Plaza Alcaraván, de las zonas comunes, personal de administración, aseo y seguridad, ni familiares en primer grado (padres e hijos), segundo grado (hermanos) ni tercer grado (tíos) de consanguinidad, teniendo en cuenta la definición de consanguinidad descrita en el Capítulo V, Artículos 35 al 47 del Código Civil Colombiano. • Tampoco podrán participar menores de edad según la ley 643 del 2001. • Las boletas deberán ser depositadas en la urna ubicada en el punto de información, las que no se encuentren allí quedarán por fuera del sorteo. • Al momento de registrar la factura se deberán entregar unos datos básicos de contacto; los datos suministrados en nuestros puntos de información son entregados voluntariamente por el participante y serán • • • • • • tratados de acuerdo a la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013 de protección de datos, si desea conocer más de este trato puede ser consultado en nuestra página web www.ccgranplaza.co El participante se acoge a las políticas, reglamentos y solicitudes realizadas por el Centro Comercial con el fin de dar perfecto desarrollo del sorteo. En todo caso Gran Plaza Alcaraván podrá con previo aviso eliminar algún participante que con sus actos ponga en riesgo la transparencia del sorteo. El premio será entregado por la administración del centro comercial; si el cliente se encuentra en una ciudad diferente a la del sorteo, el valor y la logística del traslado correrá por cuenta del ganador. Las garantías de nuestros premios son asumidas directamente por los fabricantes de los mismos, eximiendo por completo a Gran Plaza Alcaraván. El o los ganadores autorizan expresamente al organizador a difundir y/o publicar sus nombres y/o divulgar sus imágenes fotográficas o filmadas en los medios y/o en las formas que el organizador considere convenientes, sin derecho a compensación alguna. Según disponibilidad se puede entregar el premio físicamente el mismo día o establecer un tiempo de entrega, previa coordinación con la administración de Gran Plaza Alcaraván. La entrega se realizará con cédula de ciudadanía original y copia de la misma. VALIDEZ Y SEGURIDAD DEL SORTEO El 9 de junio de 2015 fue expedida la ley 1753 de 2015, en la cual se modificó el inciso tercero del Artículo 5 de la ley 643 de 2001 en lo referente a la realización de los SORTEOS PROMOCIONALES, quedando así: “Están excluidos del ámbito de esta ley los juegos de suerte y azar de carácter tradicional, familiar y escolar, que no sean objeto de explotación lucrativa o con carácter profesional por quien lo opera, gestiona o administra, así como las competiciones de puro pasatiempo o recreo; también están excluidos los juegos promocionales que realicen los operadores de juegos de suerte y azar, las rifas para el financiamiento del cuerpo de bomberos, los juegos promocionales de las beneficencias departamentales y de las sociedades de capitalización que solo podrán ser realizados directamente por estas entidades. Se podrán utilizar como juegos promocionales los sorteos, bingos, apuestas deportivas, lotería instantánea y lotto preimpresa, sus derechos de explotación se pagarán sobre el valor total del plan de premios y cada premio contenido en el plan no podrá superar los cientos sesenta (160) Salarios Mínimos Mensuales Legales vigentes”. Como consecuencia, a partir de la expedición de esta norma, los sorteos promocionales realizados por los comerciantes para promover sus ventas (Como los realizados por los Centros Comerciales), que hasta el momento estaban excluidos del ámbito de la ley 643 de 2001 y por ende no pagaban derecho de explotación alguno, tienen ahora la obligación de pagar derechos de explotación y gastos de administración por el desarrollo de la actividad (Equivalentes al 14% del plan de premios). De esa manera, toda mecánica que pretenda ser operada bajo la modalidad de juegos promocionales deberá ser previamente solicitada para obtener autorización por parte de la entidad competente (Según el Art 2.7.4.1 del Decreto 1068 de 2016). Por lo tanto, Gran Plaza Alcaraván, realizó comunicación escrita a la Secretaria de Gobierno anunciando la mecánica del SORTEO “SCOOTERS ELECTRICAS EN HALLOWEEN” y para conocer el trámite y viabilidad de esta nueva obligación contenida en la Ley. Gran Plaza Alcaraván designa a las siguientes personas para la auditoría del sorteo: Sandra Milena Porras Administradora Gran Plaza Alcaraván Tatiana Libreros Rivera Analista de Mercadeo Ricardo Ordoñez Auxiliar de Mercadeo Johanna Paz Informadora