Scooters Eléctricas - Gran Plaza Centros Comerciales

Transcripción

Scooters Eléctricas - Gran Plaza Centros Comerciales
CENTRO COMERCIAL GRAN PLAZA ALCARAVÁN
SORTEO SCOOTERS ELÉCTRICAS EN HALLOWEEN
DEL 01 AL 31 DE OCTUBRE DE 2016
ALMACENES PARTICIPANTES: Todos los establecimientos de comercio al
interior de Gran Plaza Alcaraván. No participan facturas de locales comerciales
por fuera del centro comercial, incluso si son de una marca que esté presente
en el centro comercial.
HORARIO
DE REGISTRO
DE FACTURAS
EN
EL PUNTO
DE
INFORMACIÓN: Domingo a jueves y festivos, de 11 AM a 1 PM y de 2 PM a 8
PM; viernes y sábados de 1 PM a 9 PM.
CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE ÉSTE SORTEO
1. Participan en el sorteo, los clientes que realicen sus compras y registren
sus facturas entre el 01 y el 31 de octubre de 2016. Sólo serán válidas
las facturas de compras realizadas en el mes de octubre de 2016.
2. Se entregará al cliente una boleta por cada treinta mil pesos
($30.000) registrados en cualquier almacén del centro comercial u
ochenta mil pesos ($80.000) en Almacenes Éxito.
3. la informadora registrará y entregará al cliente una o más boletas
(según sea el caso) para participar en los 3 sorteos del mes. Se
entregará máximo 10 boletas por facturas registradas iguales o
superiores a $300.000 de locales comerciales o Almacenes Éxito en el
día.
4. Las boletas, completamente diligenciadas con los campos Nombre,
apellidos, cédula y teléfono, deberán ser depositadas en la tómbola del
sorteo ubicada en el punto de información. Las facturas podrán ser
acumulables (máximo 3) de la siguiente manera: facturas entre locales
comerciales o facturas entre Almacén Éxito; en ambos casos las facturas
serán del centro comercial Gran Plaza Alcaraván así la marca se
encuentre en otros centros comerciales.
5. Los sorteos serán realizados los días sábado 8, sábado 22 y lunes 31
de octubre de 2016, a las 7:00 PM, junto al punto de información.
6. La fecha límite para el registro de compras será 15 minutos antes de
iniciar el sorteo, la factura que no alcance a ser registrada entrará a
participar en el sorteo de la semana siguiente.
7. Los clientes podrán participar en los 3 sorteos que se realizarán durante
todo el mes.
8. Las facturas presentadas NO pueden ser recibos de caja u otro tipo de
recibo, deben ser facturas expedidas de carácter legal. 9. No se aceptan facturas con enmendaduras ni tachaduras.
10. Por ningún motivo se entregará dinero en efectivo al ganador.
11. Los locatarios (administradores y vendedores) del Centro Comercial
Gran Plaza Alcaraván no podrán participar en ésta actividad.
12. El ganador deberá presentarse con su cédula y fotocopia de la misma el
lunes siguiente al día del sorteo a la oficina de la administración del
centro comercial para hacerle entrega del premio.
DINÁMICA DEL SORTEO
1. El sorteo se realizará junto al punto de información de Gran Plaza
Alcaraván, ubicado frente a Juan Valdez, en presencia del público,
funcionarios de la administración y con previa notificación a la Secretaría
de Gobierno de Yopal.
2. El moderador del sorteo, girará en repetidas ocasiones la tómbola donde
se encuentran las boletas y posteriormente llamará una (1) persona del
público, para sacar de la tómbola una (1) boleta la cual deberá estar
diligenciada en su totalidad. Si la boleta no cumple con estos requisitos
quedará anulada y se procederá a llamar a otra persona del público para
que saque otra boleta.
3. La boleta elegida será la ganadora; por lo tanto, se procederá a llamar al
ganador para informarle que ha sido beneficiado en el sorteo y se le
indicará el proceso a seguir; de no contestar después de 3 intentos se
repetirá el proceso para la elección de una nueva boleta, las veces que
sea necesario hasta determinar un (1) ganador.
4. Una vez termine el sorteo, las boletas que no resultaron ganadoras
serán incluidas para el siguiente sorteo. 5. El ganador del sorteo no podrá resultar ganador de los siguientes
sorteos del mes de octubre aún si sus boletas son escogidas durante las
siguientes actividades.
DESCRIPCIÓN DEL PREMIO
Se entregarán 3 SCOOTERS ELÉCTRICAS marca E-SCOOTER, una por cada
sorteo.
Cada scooter viene empacado en su respectiva caja e incluye: manual de uso,
dos baterías y un cargador con capacidad eléctrica para ser conectado a una
toma de 110 Voltios.
Las 3 Scooters son amarillas; estarán disponibles para entrega inmediata para
el ganador, quien podrá reclamarlas en la administración del Centro Comercial
Gran Plaza Alcaraván, en el horario de lunes a viernes, de 2 PM a 6 PM.
La garantía de las Scooters es de 2 meses a partir de la fecha de entrega por
motivos de imperfectos de fábrica o fallas eléctricas; para hacer uso de la
garantía el ganador debe presentarse ante la tienda JUANCHO DEPORTES, local
1-005 ubicado en el Centro Comercial Gran Plaza Alcaraván con copia del acta
de ganador.
Por ningún motivo se entregará dinero en efectivo al ganador.
CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE TODOS NUESTROS SORTEOS
• En el sorteo no participan los empleados de los locales de Gran
Plaza Alcaraván, de las zonas comunes, personal de
administración, aseo y seguridad, ni familiares en primer grado
(padres e hijos), segundo grado (hermanos) ni tercer grado
(tíos) de consanguinidad, teniendo en cuenta la definición de
consanguinidad descrita en el Capítulo V, Artículos 35 al 47 del
Código Civil Colombiano.
• Tampoco podrán participar menores de edad según la ley 643 del 2001.
• Las boletas deberán ser depositadas en la urna ubicada en el punto de
información, las que no se encuentren allí quedarán por fuera del sorteo.
• Al momento de registrar la factura se deberán entregar unos datos
básicos de contacto; los datos suministrados en nuestros puntos de
información son entregados voluntariamente por el participante y serán
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tratados de acuerdo a la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1377
de 2013 de protección de datos, si desea conocer más de este trato
puede ser consultado en nuestra página web www.ccgranplaza.co
El participante se acoge a las políticas, reglamentos y solicitudes
realizadas por el Centro Comercial con el fin de dar perfecto desarrollo
del sorteo. En todo caso Gran Plaza Alcaraván podrá con previo aviso
eliminar algún participante que con sus actos ponga en riesgo la
transparencia del sorteo.
El premio será entregado por la administración del centro comercial; si
el cliente se encuentra en una ciudad diferente a la del sorteo, el valor y
la logística del traslado correrá por cuenta del ganador.
Las garantías de nuestros premios son asumidas directamente por los
fabricantes de los mismos, eximiendo por completo a Gran Plaza
Alcaraván.
El o los ganadores autorizan expresamente al organizador a difundir y/o
publicar sus nombres y/o divulgar sus imágenes fotográficas o filmadas
en los medios y/o en las formas que el organizador considere
convenientes, sin derecho a compensación alguna.
Según disponibilidad se puede entregar el premio físicamente el mismo
día o establecer un tiempo de entrega, previa coordinación con la
administración de Gran Plaza Alcaraván.
La entrega se realizará con cédula de ciudadanía original y copia de la
misma.
VALIDEZ Y SEGURIDAD DEL SORTEO
El 9 de junio de 2015 fue expedida la ley 1753 de 2015, en la cual se modificó
el inciso tercero del Artículo 5 de la ley 643 de 2001 en lo referente a la
realización de los SORTEOS PROMOCIONALES, quedando así:
“Están excluidos del ámbito de esta ley los juegos de suerte y azar de carácter
tradicional, familiar y escolar, que no sean objeto de explotación lucrativa o
con carácter profesional por quien lo opera, gestiona o administra, así como las
competiciones de puro pasatiempo o recreo; también están excluidos los
juegos promocionales que realicen los operadores de juegos de suerte y azar,
las rifas para el financiamiento del cuerpo de bomberos, los juegos
promocionales de las beneficencias departamentales y de las sociedades de
capitalización que solo podrán ser realizados directamente por estas entidades.
Se podrán utilizar como juegos promocionales los sorteos, bingos, apuestas
deportivas, lotería instantánea y lotto preimpresa, sus derechos de explotación
se pagarán sobre el valor total del plan de premios y cada premio contenido en
el plan no podrá superar los cientos sesenta (160) Salarios Mínimos Mensuales
Legales vigentes”.
Como consecuencia, a partir de la expedición de esta norma, los sorteos
promocionales realizados por los comerciantes para promover sus ventas
(Como los realizados por los Centros Comerciales), que hasta el momento
estaban excluidos del ámbito de la ley 643 de 2001 y por ende no pagaban
derecho de explotación alguno, tienen ahora la obligación de pagar derechos
de explotación y gastos de administración por el desarrollo de la actividad
(Equivalentes al 14% del plan de premios). De esa manera, toda mecánica que
pretenda ser operada bajo la modalidad de juegos promocionales deberá ser
previamente solicitada para obtener autorización por parte de la entidad
competente (Según el Art 2.7.4.1 del Decreto 1068 de 2016).
Por lo tanto, Gran Plaza Alcaraván, realizó comunicación escrita a la
Secretaria de Gobierno anunciando la mecánica del SORTEO
“SCOOTERS ELECTRICAS EN HALLOWEEN” y para conocer el trámite y
viabilidad de esta nueva obligación contenida en la Ley. Gran Plaza Alcaraván designa a las siguientes personas para la auditoría del
sorteo:
Sandra Milena Porras
Administradora Gran Plaza Alcaraván
Tatiana Libreros Rivera
Analista de Mercadeo
Ricardo Ordoñez
Auxiliar de Mercadeo
Johanna Paz
Informadora

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