1 - Anla

Transcripción

1 - Anla
S
RepUblica de Colombia
Ministerlo de Ambiente y DesanoIIo Sostenible
AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMSIENTALES
-ANLA RESO.LUCION,
(151 jj
160c12015
POR LA CUAL SE MODIFICA LA LICENCIA AMBIENTAL OTORGADA MEDIANTE LA
RESOLUCION N o 0325 DEL 17 DE MARZO DE 2015 Y SE TOMAN OTRAS
DETERMINACIONES"
EL DIRECTOR DE LA AUTORIDAD NACIONAL DE LICENCIAS AMBIENTALES - ANLA.
En uso de las funciones asignadas en la Ley 99 de 1993, el Decreto-ley 3573 del 27 de septiembre de 2011 y
en la Resolucian No. 0666 de 2015 de la ANLA, y las competencias establecidas en el Decreto 1076 del 26
de mayo de 2015 "Decreto Unico Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible", y,
CONSIDERANDO
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, mediante la Resolucion N° 0325 del 17 de marzo
de 2015, otorgó al Instituto Nacional de Vias —INVIAS, una licencia ambiental para la ejecuciOn del proyecto de
construcciOn de "lnfraestructura Vial Para la SoluciOn Integral del paso sobre el Rio Magdalene an Barranquilla,
qua ineluye reemplazo del Puente Laureano GOmez més conocido como Puente Pumarejo", localizado en los
departamentos de Magdalena y Atlântico.
Que esta Autoridad, mediante la Resolucion N° 803 del 08 de julio de 2015, resolviO autodzar la CESION TOTAL
de la Licencia Ambiental otorgada at Instituto Nacional de Vies- INVIAS, mediante la Resolucián N° 325 del 17
de marzo de 2015, para la ejecuciOn del proyecto de construcciôn de "Infraestructura Vial Para la SoluciOn
Integral del peso sobre el Rio Magdalene an Barranquilla, qua The! uye el reemp/azo del Puente Laureano GOrnez
més conocido corno Puente Pumarejo", localizado en los departamentos de Magdalena y Atlàntico, a favor del
CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA.
Que el CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, mediante escrito radicado con el No. 2015041587-1-000
del 6 de agosto de 2015, solicito rnodificacion de la licencia ambiental otorgada para la construcciôn de
at
"lnfraestructura Vial Pare la SoluciOn Integral del paso sobre Rio Magdalene an Barranquilla, qua incluye
reernplazo del Puente Laureano GOmez més conocido como Puente Pumarej&, localizado an los
departamentos de Magdalene y Atlàntico.
Que con solicitud presentada a través de la Ventanilla Integrada de Tramites Ambientales en Linea —VITAL con
nOmero 3800090083627815001, radicada en esta entidad con el nümero 2015041587-1-000 del 06 de agosto
del 2015, la apoderada del CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, solicitO modiflcacion de la Licencia
Ambiental otorgada mediante la Resoluciôn N° 0325 del 17 de marzo de 2015 expedida por esta Autoridad,
para el proyecto de construcción de "lnfraestructura Vial Para la SoluciOn Integral del paso sobre el Rio
Magdalene en Barranquilla, qua incluye reernplazo del Puente Laureano GOmez más conocido como Puente
Pumarejo", localizado en los departamentos de Magdalena y Atlâritico, en el sentido de incluir: localizacion de
campamento de obra, solicitud de permisos de ocupación de cauce temporales o permanentes, relocalización
de las pilas del prayecto, construcciOn de un terraplen provisional de acceso a la Isla Rcndon, instalacion de
una planta de concreto, adecuacion de Seas pars el manejo, acopio y movilización de matedales manejo y
disposicion de material sobrante, permiso de aprovechamiento forestal, permiso de vertimientos, adecuaciOn y
construcciôn de vias de acceso a las obras del proyecto.
th
ResoluciOn No.
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de
16 OCT 2015
Hoja No.2
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Que con la solicitud el CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA entregó la siguiente documentacion:
Formulaho (inico de Solicitud de ModificaciOn o Licencia Ambiental.
•
Piano de localizacion del prayecto.
• Documento de conformacjorj del CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA firrnado el 13 de
febrero del 2015.
•
Descripcion explicative del proyecto, localizacion, dimensiOn y costa estimado de inversion y
operaciôn.
• Copia de la constancia de pago par valor de SESENTA V SEIS MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA V OCHO MIL CUATROSCIENTOS NOVENTA V SEIS PESOS M/L ($66.338.496.00)
mediante la cual se cancelO el servicio de evaluaciOn en la ANLA. Referencia 154010015.
• Copia magnética del complernento de Estudio de Impacto Ambiental pare el proyecto denominado
lnfraestructura Vial Para la SoluciOn Integral del peso sabre ci Rio Magdalena an Barranquilla, que
incluye reempiazo del Puente Laureano GOrnez mâs conocido como Puente Pumarejo" localizado
an los departamentos de Magdalena y Atlàntico.
• Copia del radicado del complemento del Estudio de Impacto Ambiental —EIA ante la CorporaciOn
Autonoma Regional del Atlántico —CRA • Copia del radicado del complemento del Estudio de Impacto Ambiental —EIA ante el Departamento
Técnico Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla —DAMAB-,
• Copia del radicado del complemento del Estudio de Impacto Ambiental —EIA ante la CorporaciOn
Autónama Regional del Magdalena - CORPAMAG-.
Que mediante el Auto No. 3384 del 18 de agosto de 2015, esta Autoridad dispuso iniciar trâmite administrativo
de modi&ación de la licencia ambiental otorgada mediante la ResoluciOn 0325 del 17 de marzo de 2015, de
acuerdo a la solicitud presentada por el CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, en el sentido de incluir:
localizacion de campamento de obra, solicitud de permisos de ocupaciOn de cauce ternporales o permanentes,
relocalizaciOn de las pilas del proyecto, construcción de un terraplén provisional de acceso a la Isle Rondon,
instalaciOn do una planta de coricreto, adecuaciOn de areas para el manejo, acopio y movilizaciOn de materiales
manejo y disposiciOn de material sobrante, perrniso de aprovechamiento forestal, permiso de vertimientos,
adecuacion y construcciOn de vias de acceso a las obras del proyecto.
Que el 21 de agosto de 2015, la doctora Marcela Bayona Cifuentes en su condicion de apoderada del
CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA., se notificO personalmente del Auto No 3384 del 18 de agosto de
2015 por medio del cual esta Autoridad iniciO tràmite administrativo de modificaciOn de la licencia ambiental
otorgada mediante la ResoluciOn N° 0325 del 17 de marzo de 2015, el cual fue publicado en la Gaceta de esta
entidad el 28 de septiembre de 2015, en cumplimiento a lo senalado en el articulo 70 de la Ley 99 de 1993.
Que esta Autoridad, mediante el Auto No. 3958 del 22 de septiembre de 2015, reconociO al Instituto Nacional
de Vias —INVIAS, como tercero interviniente dentro de Ia modificaciOn de la licencia ambiental iniciada mediante
el Auto 3384 del 18 de agosto de 2015.
Que el CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA., remitiO copia de la modificaciOn de Ia licencia para el
proyecto 'lnfraestructura vial para la soluciOn integral del paso sobre el rio Magdalena en Barranquilla, que
inc!uye el reemplazo del puente Laureano Gamez más conocido como Pumarejo a la Corporaciôn Autónoma
Regional del AtIánco mediante eschto radicado CRA 007137 del 06 de Agosto de 2015, al Departamento
Tecnico Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla DAMAB, con radicado No. 3993 o 271050 del 06 de
Agosto de 2015 (copia ANLA radicado No. 2015041587-1-000 del 6 de agosto de 2015) y a la Corporacion
AutOnoma Regional del Magdalene CORMAGDALENA, con radicado 5750 (8) del 06 de Agosto de 2015.
Que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA- • una vez revisada, analizada y evaluada la
informaciOn presentada porel CONSORCIC SES PUENTE MAGDALENA, obranteen el expediente LAV 009100-2014 y realizada la visita técnica de evaluacion ambiental al proyecto, emitiO el Concepto Tecnico No. 5575
del 16 de octubre de 2015 en el cual se evaluo Ia viabilidad de modificar Ia Licencia Ambiental otorgada mediante
Resolucion No.
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de
16 OCT 2015
Hoja No.3
"Por La cual se mod ifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
la Resolucion No. 0325 del 17 de marzo de 2015, para la ejecucián del proyecto de constnicciOn de
"lnfraestructura Vial Para Ia Solucion Integral del paso sobre a! Rio Magdalene an Barranquilla, qua incluye
reemplazo del Puente Laureano GOmez rnâs conocido corno Puente Pumarejo", localizado en los
departamentos de Magdalene y Atlántico.
Que de acuerdo con el Concepto Tecnico N° 5575 del 16 de octubre de 2015, emftido por el Grupo de
Evaluacion de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales —ANLA, y con base en la informacion presentada
an el complemento del Estudio de Impacto Ambiental pare la modificacian de la Licencia Ambiental otorgada
pare el desarrollo del proyecto refeddo antehormente y además, teniendo en cuenta La evaluacion efectuada en
campo los dias 25 y 26 de Agosto de 2015, esta Autoridad considera que la información presentada es suficiente
para pronunciarse con respecto a la viabilidad ambiental del proyecto.
Que en concordancia con 10 expuesto, mediante Auto de Irámite No. 4414 del 16 de octubre de 2015, esta
Autoridad declaro reunida la informacion en relaciôn con la solicitud de modificacion de la Licencia Ambiental
otorgada mediante la Resolucion No. 0325 del 17 de marzo de 2015, pare la ejecución del prayecto de
to
construcción de "lnfraestructura Vial Para SoluciOn Integral del paso sobre el Rio Magdalene an Barranquilla,
quo incluye reemplazo del Puente Laureano GOmez rnâs conocido coma Puente Pumarejo ' localizado en los
departamentos de Magdalena y Atlántico, en el senUdo de incluir: localizacion de campamento de obra, solicitud
de permisos de ocupación de cauce teniporales o pernianentes, relocalizacion de las pilas del proyecto,
construccián de un terraplen provisional de acceso a la Isla Rondón, instalacion de una planta de concreto,
entre otros aspectos.
Fundarnentos legales
Que el articulo 8 de la Constitucion Politico establece qua "Es obligaciOn del Estado y de las personas proteger
las riquezas culturales y naturales de to NaciOn".
Que el articulo 79 de la Carla Politica indica qua "Todas las personas tienen derecho a gazer de un arnbiente
sano. La Ley garantizará la participaciOn de Ia comunidad an las decisiones qua puedan afectarlo".
Es debar del Estado proteger to diversidad a integridad del ambiente, conserver las areas de especial
importancia ecolOgica y fomenter ía educaciOn pare el logro de estos fines."
Que el articulo 80 ibidem, establece que "El Estado planificara el rnanejo y aprovechamiento de los recursos
nature/es, pare garantizar su desarrollo sostenible, su conservaciOn, restauraciOn o sustitución..."
Que la protecciôn al medio ambiente corresponde a uno de los más importantes cometidos estatales, es deber
del Estado garantizar a las generaciones futuras la conservación del ambiente y to preservaciôn de los recursos
naturales. De ahi el objeto pare crear el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como organismo rector
de la gestión ambiental y de los recursos naturales, al que corresponds impulsar una relación de respeto entre
el hombre y la naturaleza y definir la politica ambiental de protección, conservación y preservacibn.
Que conforme al articulo segundo del Decreto 3573 de 2011, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales
—ANLA— es la encargada de que los proyectos, obras o actividades sujetos de licenciamiento, permiso 0 tràmite
ambiental cumplan con la normativa ambiental, de tal manera que contribuyan al desarrollo sostenible ambiental
del Pals.
De la competencia de esta Autoridad
Que a traves del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 el Gobiemo Nacional expidio el Decreto (mica
Reglamentado del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, cuyo objeto es compilar la normatividad expedida
por el Gobierno Nacional en ejercicio de [as facultades reglanientañas confeddas pore! numeral 11 del articulo
189 de la ConstituciOn Politica, pare la cumplida ejecución de las leyes del sector Ambiente. Ahora bien, el
articulo 3.1.2 del Libro 3 del citado Decreto, señala que el mismo dge a partir de su publicaciOn en el Diario
Oficial, hecho acaecido el die 26 de mayo de 2015 en razOn ala publicacion efectuada en el Diaho Oficial N°
49523, página 916.
Que conforrne al articulo 1.1.1.1 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015 el Ministerlo de Ambiente y Desarrollo
Sostenible es el rector de la gestiOn del ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de orientar
y regular el ordenamiento ambiental del territorio y de definir [as politicas y regulaciones a las que se sujetarán
la recuperacian, conservaciOn, proteccibn, ordenamiento, manejo, uso y aprovechamiento sostenible de los
Resolucion No.
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16 OCT 2015
Hoja No.4
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
recursos naturales renovables y del ambiente de la Nacion, a fin de asegurar el desarrollo sostenible, sin
perjuicio de funciones asignadas a otros sectores.
Que en ejercicio do las facultades extraordinahas conferidas en los literales d), e) y 0. del arficulo 18 de la Ley
1444 de 2011, el Gobiemo Nacional expidio el Decreto 3573 del 27 de septiembre de 2011 creando la
Autoridad Nacional de Licencias Ambientales - ANLA, y le asignó entre otras funciones, la de otorgar o
negar las licencias, permisos y trâmites ambientales do competencia del Ministerio de Ambiente y Desarrollo
Sostenible, do conformidad con la Ley y los reglamentos, asi como modificar éstos actos administrativos.
De la modificacion de la Licencia Ambiental
Que en el Capitulo 3, Titulo 2, Pane 2, del Libro 2 del Decreto 1076 del 26 de mayo de 2015, so reglamento el
Titulo VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales enunciando los proyectos, obras o acvidades que
requieren licencia ambiental, asi como el procedimiento pam la obtencion, modificacion, cesión, integraciôn,
perdida de vigencia y cesación de su trâmite. De igual manera, lo relacionado con el control y seguimiento quo
se debe efectuar con ocasiôn de Ia ejecución de las acfividades que fueron objeto de licenciamiento ambiental,
entre otros aspectos.Que en el articulo 2.2.2.3.7.1' do la Seccion 7 del Capitulo Tercero de la Parte 2 del Libro
2 del Decreto N° 1076 del 26 de mayo de 2015, se indica el procedimiento y requisitos pam la modificación de
la licencia ambiental, y se senala qua procede, entre otros, en los siguientes casos:
'1. Cuando el titular do la Liconcia Ambiental protenda rnodiflcar of proyecto, obra o actividad do
forma quo so generen impactos ambientales adicionales a los ya identificados en Ia liconcia
ambiontal. ( ... )
3. Cuando so pretendan variar las condiciones do uso, aprovochamiento 0 afectaciOn do un
recurso natural ronovablo, do forma quo se genore un mayor impacto sobre los mismos respecto
do Jo consagrado on la licencia ambiental. (...
De los permisos, autorizaciones y/o concesiones, aprovechamiento y/o afectación de los recursos
naturales renovables.
Quo de conformidad con el articulo 42 del Decreto 2811 de 1974, no Pertenocen a ía NaciOn los rocursos
naturalos ronovablos y demâs elomentos ambiontales regulados por este Codigo quo so encuentren den tro do!
territorlo Nacional, sin perjuicio do los dorochos legitimamente adquiridos por particulares y do las normas
especiales sobre baldios...'
El articulo 9° del Decreto 2811 de 1974 establece 10 siguiente en relacion con el uso y aprovechamiento de
recursos naturales renovables:
"...Articulo 9°- El uso do elementos ambientalos y do recursos naturalos ronovables, debe hecorso do acuordo
con los siguientes principios:
a) Los recursos nature/es y domas elementos ambientales debon ser utilizados en forma eticionte, pare lograr
su max/mo aprovechamionto con arreglo of intorOs general do la comunidad y do acuerdo con los principios
y objotos qua orientan osto Cod/go;
b) Los recursos naturalos y domás olomentos ambiontalos, son intordependientes. Su utilizac/On so tiara do
manora quo, an cuanto sea posiblo, no intortioran entro si;
c) La utilizaciOn do los elemontos ambientales o do los rocursos naturales renovablos dobe hacerse sin quo
los/one el intorOs general do la comunidad, o el dorecho do torcoros;
d) Los diversos usos quo pueda toner un recurso natural ostarén sujotos a las prioridados quo so detorminon
y doben sor realizados coordinadamento, pare quo so puodan cumplir los principios enunciados on los
ordinalos procodontos;
o) Los rocursos natura/es ronovables no so podrén utilizer per oncirna do los lim lies pormisiblos, quo al alterar
las ca/idades fisicas, quimicas o biolOgicas naturalos, produzcan 01 agotamionto o el dotorioro grave do esos
recursos o so portueto of dorocho a ulterior utilizaciOn on cuanto ésta convonga of interOs pUblico;
La planoaciOn del manejo do/os recursos naturales renovablos y do los olementos ambiontales debo hacerso
en forma integral, de tal modo quo contribuya al desarrollo oquilibrado urbano y rural. Pare bienostar de la
1 Articulo 29 del Decreto 2041 del 15 de octubre de 2015
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Resolucián No. ] ,, de
16 OCT 2015
Hoja No.5
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo do 2015 y se toman otras determinaciones"
comunidad, se estableceran y conservaran, en los centros urbanos y sus airededores, ospacios cubiertos
de vogetaciOn.
Que de acuerdo con el literal h) del artIculo 45 del Decreto 2611 de 1974, la Administracion "velará pare quo
los recursos naturales renovables so oxploten en forma eficiente, compatible con su conservación y acorde con
los intereses colectivos..."
Que el numeral 2 del articuio 2.2,2.3.7.1 do la Seccion 7 del Capitulo 3 del Titulo 2 de la Parte 2 del Libro 2 del
Decroto 1076 de 2015, dispone que la licencia ambiental podia ser rnodificada "cuando el otorgerse ía licencia
ambiental no so contemple el usa, aprovechamiento o afectaciOn do las recursos naturales renovables,
nocesarios a suficientes pare el buen dosarrollo y oporaciOn del proyecto, obra o actividad".
De las tasas compensatorias.
Quo el articulo 43 de la Ley 99 de 1993, establecib las tasas par utilizacion de aguas, senalando que la
utilizaciOn de aguas darà lugar al cobra de tasas que fija el Gobierno Nacional, las cuales son destinadas al
pago de los gastos do protecciOn y renovación de los recursos hidricos.
"Articulo 43. Tesas par UtilizaciOn de Aguas. La utilizaciOn do aguas par personas nature/es a jurIdices,
pUblices a privedas, data luger al cobra do tasas fijades par el Gobiorno Necional quo so destinaran al
pago de los gastos do pratección y renovaciOn de los recursos hidricos, pare los fines establecidos par el
articulo 159 del COdigo Nacional do Rocursas Naturales Renovables y de Prateccion el Media Ambiente,
Decreto 2811 do 1974. El Gobierno Nacional calculará y establecerâ las tasas a que haya lugerpare! usa
de las agues. ( ... )"
Quo Ia Loy 1450 do 2011 par la cual se expide 01 Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en su Articulo 2011,
ratifica la destinaciôn do los recursos provenientes del recaudo de Pa lase retributiva, adicionando los siguiontos
parâgrafos al articulo 42 do la Loy 99 de 1993:
"Articulo 211. Tasas retributivas y corn pensatorias. Moditiquose y adiciOnense los siguiontes
paragrafos a? articulo 42 de la Ley 99 do 1993:
Paragrafo 2°. Los recursos provenientes del receudo do las teses retributivas se destinarán a
pro yectos do inversiOn en descontaminaciOn y monitoreo do la cal/dad del rocurso respect/va. Pare
cubrir las gestos de implementaciOn y seguimiento do Ia tesa, la autorided ambientel campetente podra
utilizer haste el 10% do los recursos rocaudados. ( ... )
Que el Capitulo 7 del Titulo 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 do 2015 reglamenta todo lo relacionado
con las Tasas rethbutivas par vertirnientos puntualos at agua, donde dispone lo siguiente:
"Articulo 2.2.9.7.1. 1. Objeto. Reglamenter la tase retributive POT utilizaciOn directa e indirecta del rocurso
hidrico coma receptor de vertimientos puntuelos.
ArtIcu!o 2.2.9.7.1. 2. Arnbito do eplicaciOn. El presente capitulo api/ce a las autoridades ambientales
competentos sonaledas an el articulo 2.2.9.7.2.2 del presente capitulo y, a los usuerios qua real/zen vertimientcs
sabre el recurso hidrico't
Que los articulos 2.2.9.7.2.1, 2.2.9.7.2.3 y 2.2.9.7.2.4 del Decreto refeiido definen, entre otros aspectos, Jo
relacionado con los limites permisibles de vertimientos, la tarifa de la tasa retributive, el factor regional, y los
sujetos activos y pasivos de la misma.
Que do acuordo con las anteores disposiciones reglamentarias, esta Autoridad se oncuontra facultada para
pronunciarse sobre la solicitud do modificacion do la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion No.
0325 del 17 de marzo do 2015, pam la ejecuciôn del proyecto de construcciOn do "lnfraestructura Vial Para Ia
SoluciOn Integral del paso sabre el Rio Magdalene en Barranquilla, que incluye reemplaza del Puente Laureano
GOmez más conocido coma Puente Pumarejo'ç localizado en los departamentos de Magdalena y Aflàntico; par
Ia que, so encuentra dentro del ámbito do su competencia realizar Ia evaluaciOn técnica y juridica tendiente a
dofinir si es viable a no, desde el punto de vista ambiental, la solicitud do n,odiflcacion presentada.
ResoluciOn No.
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de
16 OCT 2015
Hoja No.6
"Por la cual se modifica la Licencia Amblental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de matzo de 2015 y se tornan otras determinaciones"
CONSIDERACIONES TECNICAS
Una vez evaluado el corrplemento del Estudio de Impacto Ambiental presentado por el CONSORCIO SES
PUENTE MAGDALENA, a traves de Ia Subdireccion de Evaluacion y Seguimiento, se expidio el Concepto
Técnico No. 5575 del 16 de octubre de 2015 en el cual se hacen las siguientes corisideraciones:
2. ASPECTOS GENERALES DEL PROVECTO
2.1 DESCRIPCION DEL PROVECTO.
2.1.1
Objeto del Proyecto
Modificar la Licencia Ambiental del Proyecto en el sentido de:
• Relocalizar la zona destinada para el emplazamiento de ]as instalaciones del campamento de obra con las
siguientes areas de trabajo: oficinas de obra, casino laboratorio de suelos y concretos, zone de acopio de aridos,
planta de concreto, parque de maquinaria, zone de almacenaje, taller de ferralla, rolado y camisas metàlicas,
parque de formaleta, andamios, acopio de acero y vias internas.
•
Instalar el sistema de tratamiento pare Aguas residuales de tipo industrial y domestico procedentes de la actividad
del campamento de obra,
•
Construir 2 estncturas de descarga para los puntos de vertiniientos proyectados at rio Magdalena procedentes
de Ia actividad del campamento de obra.
•
Relocalizar 45 pilas de cimentacion correspondiente a As estructuras (puente principal, viaductos de acceso y
puentes peatonales).
•
Construir 4 pilas provisionales como estructuras temporales de soporte para la construcción del tramo atirantado
del puente.
•
Ejecutar As obras de canalizaciOn y desviacion del cauce para el caño Pasadena en una longitud 583,44 m.
•
Reforzar at jarillon de proteccion localizado at costado derecho del cailo Ahuyama.
•
Conformer 1 terraplen que permita el acceso tanto vehicular como peatonal desde el actual "Puente Pumarejo"
a los frentes de obra que se ernplazaran en Ia Isla RondOn.
•
Construir 2 vies industriales para el acceso a los frentes de s obras del proyecto, e en la Isla rondOn y margen
derecha del rio Magdalena.
•
Construir 4 muelles niarginales temporales de carga que permitan la movilizacion de elementos constructivos y
materiales requeridos para la construcciOn del tramo abrantado del puente y viaductos de acceso.
• Adecuar 2 areas para el manejo, acopio y rnovilizaciOn de materiales de construcciôn, incluyendo los respectivos
corredores de movilizacion (vias industdales), que se proyectan en Ia Isla rondón y sector rnargen derecha del
No Magdalena dentro del AID anteriormente licenciada.
• Adecuar 3 areas para el acopio temporal de material sobrante de obra, incluyendo los respectivos corredores de
movilizaciOn (vias industriales), que se proyectan sobre la Isla rondôn y sectores de las màrgenes derecha e
izquierda del rio Magdalena dentro del AID anteriormente licenciada.
•
2.1.2
Solicitar ante la ANLA de los respectivos permisos para los nuevos sitios qua requieren ocupaciôn de cauces de
manera temporal o permanente, vertimientos y aprovechaniiento forestal por efecto de las obras proyectadas.
Localizaclon
El proyecto de SoluciOn Integral del Paso sobre el Rio Magdalena an Barranquilla, se encuentra localizado an los limites
de los departamentos del Magdalena y Atiántico, y corresponde al nuevo puente de cruce que reemplazarà al puente
Laureano Gomez conocido popularniente coma puente Pumarejo en la via Barranquilla - Santa Marta, ruta nacional 90. La
nueva estructura se localize aproximadamente 40 metros, medidos entre ejes de via, aguas arriba de la existente, y a 22
kilOmetros de la desembocadura del Rio Magdalena en el mar Caribe.
La construcciOn del puente se emplazara en su margen derecha sobre parte del corregimiento Palermo jurisdicción del
rnunidpio de Silo Nuevo en el Departamento del Magdalena, y en su margen izquierda en el Distrito Especial de
ResoluciOn No.
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16 OCT 2015 Hoja No.7
de
i
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Barranquilla, donde so conectará con el sector Industrial y Portuario de Barranquilla, en el Departamento del Atlántico,
finalizando en el barrio La Chinita, corno se muestra an la Figura 1.
Fi q ura 1 Ubicaciôn infraestructura adicional - modificacion de licencia ambiental
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SegUn el documento anexo aportado mediante radicado 2015041587-1-000 del 06 de Agosto de 2015, las actividades
objeto de modificacián de licencia, se localizan dentro del area que previamente fue aprobada para el desarrollo de la
construcción del proyecto de Infraestructura viat para la solucion integral del paso sobre el rio Magdalena en Barranquilla
(licencia ambiental otorgada par la Autaridad Nacional de Licencias Arnbientales - ANL.A mediante la Resolucion 0325 de
rnarzo de 2015). De este modo, el area de interés para la modificacian de Iicencia ambiental corresponde a un total del
13.61 ha, la cual se indica en la figura 2.
Figura 2. Area de interés en la modificacion de licencia ambiental
Fannie: Conz,,do CEO Puenle Magdalene 2015 Documenlo Anono pen In modlocadon di Is LJndn Mnbfealul, rudicado 201 5041567-1-000 del 06 do Ag0000 do 2015.
4'4
Resolucjón No.
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16 OCT 2015
de
HoJa No.8
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Pa Resoluclén N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
2.1.3
lnfraestructura, obras y actividades
A continuaciôn, en la Tabla 1 y la labIa 2 se describen las caracteristicas técnicas de la infraestructura asociada al
proyecto, actividades que son objeto de la solicitud de modificaciOn de la licencia ambiental par parte del Consorcio SES
y que no están dentro del alcance de la Resolución 0325 de rnarza de 2015. Estas actividades se desarrollan en las tres
fases previstas para el proyecto: Pre-construcción, ConstcucciOn y cierre y abandono.
labia 1 infraestructura y obras gue hacen pa rte del prayecto
Estado
ExtensiOn
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En esta zona se proyecta construir las areas de
oficinas de obra, casino laboratorio de suelos y
concretos, zona de acopia de áridos, planta de
concreta, parque de maquinaa, zona de
almacenaje, taller de ferralla, rotado t caniisas
I Campamento de obra
6.79
metalicas, parque de forrnaleta, andamios,
acopio de acero y vias internas (se incluye
sisterna de tratamiento de aguas residuales y
obras en punta de vertimientos sabre el rio
Magdalena).
Relocalizacion de las estructuras verlicales de
2 Pilas de cimentacion
45 soporte del puente principal, viaductos de
acceso y puentes peatonales.
Obras de canalizacion y desviación del cauce
3. Canal caflo Pasadena !583,44
para el caño Pasadena.
Reforzamientodel actual jarillOn de protecciOn
4 JahIlon caño Ahuyama. 300
localizado at coslado derecho del caño
ahuyama.
Terraplén que permite at acceso tanto vehicular
como peatonal desde el actual Puente
5. Terraplén Isla Rondon, 0.63
255
Pumarejo' a los frentes de obra que se
emplazaran en la Isla Rondon,
Muelles marginales lemporales de carga que
-
permiten Ia rnovilizaciOn de elementos
6 Muelles 4 constructivos y materiales requeridos para Ia
construcciôn del tramo atirantado del puente y
viaductos de acceso.
2.2 CONSIDERACIONES SOBRE LA DESCRIPCION DEL PROYECTO.
Coma pane de la solicitud de modiflcaciOn, el estudio establece el ajuste en el trazado del proyecto inicialmente
licenciado especlficarnente en el ramal Santa Marta - puerto y puente peatonal" y el puente principal donde se proyecta
a relocalizacion 45 pilas de cimentación, condiciOn geornOtrica que puede ser detailada en la Figura 3- anexo al EIA de
modificacion; es de resaltar que dichos cambios tienen entre otros, el propOsito de adosar el puente peatonal ala estructura
Resoluciôn No.
131
Hoja No.9
de
16 OCT 2015
i
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
del carril vehicular, permitiendo disminuir el nümero de apoyos para unificarlos an un solo sistema y asi reducir el impacto
sobre los cuerpos Iaticos localizados an la rnargen occidental del rio Magdalena, asi mismo se optimizO desde el punto de
vista estructural el diseo del puente, en cuanto a la confomiacian y disposición de sus apoyos.
do agosto de 2015
06
[a
Resolucion No.
13 1 t
16 OCT 2015
de
Hoja No. 10
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
APROBADAS EN LICENCIAAMBIENIAL. SOLICITUD DE MODIFICACION.
Coordenadas planas magna sirgas
Coordenadas planas magna sirgas origen
origen Bogota,NOMENCLATURA
Bootá.
NOMENCLATURA
ESTE.
NORTE.
ESTE.
NORTE.
P1.25
92493664
1.702.851,82
P1.21
925.048,89
1.702.858,44
P1.26
924.898,71
1,702.864,52
P1.22
925.004,74
1.702.885,95
P1.27
924.860,69
1.702.876,95
P1.23
924.968,95
1,702.916,57
P1.28
924.822,11
1.702.887,48
P1.24
924.938,34
1.702.952,37
E1.2
924.790,63
1.702.893,17
P1.25
924.913,65
1.702.992,50
P2.21
925.103,50
1,702.829,06
E1.1
924.898,88
1.703.027,31
P2.22
925.059,71
1.702.839,46
E3.1
924.850,72
1,703.161,14
P2.23
925.021,65
1.702.851 P82
E4.1
924.807,16
1.703.139,00
P2.24
924.983,98
1.702.865,14
P2,24
924.836,02
1,702.897,32
P2.25
924.946,28
1.702.878,51
P2.25
924.781,42
1.702.890,71
P2.26
924.908,58
1.702.891,87
P2.26
924.749,88
1.702.885,29
P2,27
924.870,84
1.702.905,25
P2.27
924,710,46
1.702.878,53
P2.28
924.832,84
1.702.917,93
P2.28
924.670,42
1.702 876,32
P2.29
924.794,19
1.702.927,73
P2.29
924.626,07
1,702.891,31
E2.2
924.762,52
1.702.932,23
P2.30
924.597,69
1.702.928,53
P3.21
925.102,95
1.702.849,30
P2.31
924.593,55
1.702.967,90
P3.22
925.057,29
1.702.869,58
P14
925.595,08
1.702.818,78
P3.23
925.022,92
1.702,890,00
P2.32
924.608,80
1.703.004,43
P3.24
924.990,89
1,702.913,93
E2.1
924.629,28
1.703.023,71
P3.25
924.961,55
1,702,941,09
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISERO
P3,26
924.935,22
1.702.971,18
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL OISEIO
P3.27
924.912,20
1.703.003,87
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL DISEFiO
E3.2
924.896,34
1.703,031,65
ESTAS OBRAS NOSE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISEIrJO
P4.22
925.062,89
1.702.878,96
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL BISEtO
P4.23
925.008,32
1.702.913,82
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISEñO
P4.24
924.970,94
1.702.946,97
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISEJO
P4.25
924.944,54
1.702.97699
ESTAS OBRAS NOSE EJECUTARAN BE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL BISEF1O
P4.26
924.924,72
1.703.005,81
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL DtSEIO
P4.27
924,904,24
1.703.034,13
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL DISENO
P4.30
924.792,10
1.703.094,28
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL BISEJO
P4.31
924.742,35
1.703,092,71
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL BJSEO
P4.32
924.704,54
1.703.079,97
ESTAS OBRAS NO SE EJECIJTARAN DE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL BISEFJO
P4.33
924.668,61
1.703.062,40
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERBO A LOS
AJUSTES EN EL DISEiO
P4.34
924.633,60
1.703.043,06
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN BE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISE&O
Resolucion No.
3 I
de
Hoja No. 11
16 OCT 2015
"Par Ia cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
APROBADAS EN LICENCIAAMBIENTAL.
Coordenadas planes magna sirgas
origen Bogota.
NOMENCLATURA
ESTE.
NORTE.
SOLICITIJD DE MODIFICACION.
Coordenadas planas magna slrgas origen
Bogoté.
I
NOMENCLATURA
ESTE.
NORTE.
E4.2
924.60747
1.703.02475
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISEFO
E5.2
924.68053
1.702.87278
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISENO
P5.5
924.648,62
1.702.87621
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISENO
P5.4
924.614,46
1.702.896,28
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISENO
P5,3
924.59337
1.702.929,81
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISEIIO
P5.2
924,59007
1.702.969,30
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DISEF4O
P5.1
924.605 32
1.703.00587
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DlSErO
ESTAS OBRAS NO SE EJECUTARAN DE ACUERDO A LOS
AJUSTES EN EL DlSEIO
Fuente: Grupo evaluador ANLA y docurnento Anexo pam Is modificacion de Is Licencia Ambiental, radicado. 2015041567-1-000 del 06 de Agosto de
E5,1
924.628,76
1.703.027,78
LU 10.
Asi mismo esta Autoridad en la vista de campo y haciendo revisián de la cartografia especificamente en el Anexo 4-3-1
mapa 4, encontrô que dicha relocalizaciOn conileva intervenir en 33 puntos los cauces de 3 cuerpos de agua lóticos dentro
del AID del proyecto, sintetizados de Ia siguiente manera.
Tabla 4. Ocupa
Obra orovectada
luclo acceso margen
directas en cauces generadas por larelocalizaciOn de las obras.
Puntos ob]etos de iritervenciOn
Fuente hldrica intervenida.
10 puntos (P15 at P24)
-
Cab Pasadena.
-
Caflo La Ahuyama,
5 puntos (P2.24 at P2.28)
5 puntos (P.1.22 al P1.25 y E1.1)
2 puntos (E3.1 y E4.1)
Puente principal
11 puntos (P4 at P14)
Rio Magdalena
lexo pore Ia modificadon de Ia Licencja An ientaI. radlcado 2015041567-1-000 del 06 de Aoosto de
2015.
En sintesis de acuerdo a to anteriormente analizado se considera que con el ajusle en la geonietria del proyecto se
presenta mayor intervenciôn en los cauces de los Nos Magdalena y Caño Pasadena, en comparacián a los subs
autorizados en la Licencia Arnbiental. Asi mismo el Estudio establece que, para el desarrollo constructivo del ramal Puerto
- Santa Marta, asi como del paso peatonal, se hace necesario intervenir la zoria de ronda del arroyo La Elena, tal como
se indica en la figura 41Figura.
Fig ura 4. lntervenciOn en zona de ronda del Arroyo La Elena
Fuente: Gonsorcio SES Puente Magdalena Docuniento Anexo pars Ia modificación de Is Ucencia Ambiental, radicado 2015041587.1 -000 del 06 de
Agosto de 2015
Resolucion No.
1311
de
16 OCT 2015
Hoja No. 12
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
SegUn el Anexo 2-1 pIano 1, se observa que Ia estructura a construir en este sector corresponde at ramal Puerto . Santa
Marta, el cual está conformado par una calzada sencilia con dos carriles en un solo sentido de ancho total del 10.30 m,
mientras que la estructura del sendero peatonal tiene coma ancho promedio de 4 metros. La pila del puente peatonal E4.1
se encuentra en un area conjunta en las zones de ronda del caflo La Ahuyama y arroyo La Elena, por lo cual el permiso
de ocupaciôn de cauce pars el arroyo La Elena se enfoca en la ocupaciôn de Ia estructura del sendero peatonal, el cual
se desarrolla sobre esta zone en una longitud de 185 metros, de tal forma quo la intervenciôn en la ronda hidráulica del
caño La Elena tenderá a mejorar considerablemente las condiciones paisajisticas del entorno en este sector, toda vez que
actualmente este cano y sus alrededores se constituyen en un foco do vectores, por lo que la conformaciOn del entorno, la
construcciOn de una infraestructura abierta como es la estructura pare el puente peatonal y el posterior manejo de
empradizacion tendrán un impacto positivo sobre este caño.
En lo referenle at campamento de obra hacienda revision del Anexo 2-2 mapa 2, se observa un area de emplazamiento
proyectada de 6.79 Ha, con una distribuciOn interna quo incluye casino, area do dorrnitorios, oficinas, planta de concreto,
alrnacenamiento de agua, parque de maquinaria, zone de almacén, area de combustibles, zona de rnanejo do material
sobrante, PTARD, PTARI, taller de metélicas, parque de formaleta, andarnios, preparacion de carros, cimbras, tirantes y
acopio de rnateriales metalicos.
Es de resaltar que de acuerdo a la visits realizada por esta Autoridad en agosto de 2015, se pudo observar quo el predio
donde se proyecta el eniplazamiento del campamento se encuentra localizado hacia Ia franja izquierda del ho Magdalena,
el cual presenta ventajas desde el punto de vista logistico dada su cercanla ala zone portuaria de la ciudad de Barranquilla,
especialmente en cuanto a la disponibilidad de ague de usa industrial suministrada par la empresa Triple A , Is
accesibilidad a traves de Is red vial urbana y la disponibilidad de Is red eléctrica local; esta situación contrasta con la zone
de campamento inicialmente licenciada localizada hacia el corregimiento de Palermo con mayores lirnitantes en cuanto a
la logistica de obra.
'jeto
de ModificaclOn).
Figura 6. LocalizaciOn y Distribucion del nuevo
carnpamento propuesto para la moditicaciôn
Figura 5. UbicaciOn del camparnentc
ResoluciOn ANLA No. 0325 de 2015
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ANLA a partir del Documenlo Anexo pam a moddicacion do a Lb
000 del 06 de Agosto do 2015. Consorcio SES Puente Magdalena
Con respecto a las éreas de ocupación del campamento; estas se caracterizan par toner una cobertura de pastas
enmalezadas de regeneraciOn natural sin ningUn lipo de manejo a aprovechamiento, por to cual, sogUn lo informado par el
Consorcio SES, las actividades de adecuaciOn de las instalaciones no generaran irnpactos significativos a la cobertura,
.esta situaciOn tue corroborada en la visita de evaluación, tal coma se puede observer en el registro fotogréfrco.
Resolucion No.
1 3 1 1
de
18 OCT 2015
Hoja No. 13
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resoluciôn N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
'
...
H
acampagnipo
Para la construcciôn del proyecto tambien es requerida la instalacion de una planta de concreto premezclado dentro del
campamento, con a cual se facilitara el suministro de este material pare la ejecuciOn de las obras. Este planta cantará
con las caracterlsticas qua se describen en la siguiente labia.
Fuente:
Agoslo de 2015.
de
SegUn lo intormado, para la instalación de la planta de concreto hidraulico se requiere un area minima de 5.300 m2, la cual
estarà localizada at interior del campamento de obra. Asi mismo, es necesaria inftaestructura asociada para el control
ambiental de la planta de concreto coma Planta de Tratamiento de Aquas Residuales Industriales, Sistema de Tratamiento
de Aquas Residuales Domesticas, Sistema de Aspersion en Patios de Agregados Gruesos, Sistemas decontrol Upo Filtros
de Mangas o Silotop sabre Silos de Cementantes, Canales para ConducciOn de Aguas Lluvias, Foso para Control de
Oerrames de Aditivos. Al ser la Plante Premezcladora, no se requiere la instalacion de Filtro de desempolvamiento en el
Punto de Cargue.
Asi misnia, de acuerdo a Ia observado an la visita de evaluacian y revisando diferentes fuentes de informacion secundaria
se considera que la zone propuesta para el campamento, se caracteriza par presenter alta acUvidad desde el punto de
vista hidrolOgico, canfigurândose en una zone con tendencia a la inundaciOn debido a la dinamica propia de los Caflos
Pasadena, Triple A y Ahuyama cuerpos lOticos tributarios del rio Magdalena; situacion qua debe tenerse en cuenta pare el
at
procesa de emplazamiento de las instalacianes de manera que se garantice flujo de aqua baja las condicianes
anteriormente mencionadas.
at
En el casa del caño Triple A lacalizada al sur del campamenta, seg(in FIA se prayecta la intervenciôn de su ronda hidrica
en un area aproximada de 9127,33 m 2; de acuerdo a la visita de evaluaciOn se pudo observar que el cuerpo hidrica ya se
encuentra canalizada mediante una estructura de 520 metros de longitud apraximadamente, la cual tiene dos lramos
caracteristicos: el primero de sección trapezoidal en concreto y un segundo sector de canal an tierra el cual se extiende
haste su descole en el rio Magdalena, en este orden de ideas se considera que las condiciones de canalizaciôn rnitigan
pasibles situaciones de inundaciOn que inciden directarnente en Is operaciOn del campamento, Ia cual también se espera
que suceda una vez sea canalizado el caño Pasadena en inmediacianes de la zone proyectada pare Ia instalaciOn del
camparnento.
44
Resolución No.
I
1 3 1 j
de
16 OCT 2015
Hoja No. 14
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante La Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
do Agosto do 2015.
Con respecto al caño Ahuyama de acuerdo al piano anexo 4-3-1 mapa 2, se observa que Is ronda serã intervenida en
3134.87 rn 2 por efecto de las zones de taller de metalicas, parque de formaleta, andamios, preparacion de carros, cimbras,
tirantes y acopio de materiaies metáhcos y Pa PTARI, at costado norte del campamento, asi conio la construcciOn del jariIlon
en su margen derecha del caño.
Fuonte: Consorcio SES Puente Magdalena. 2015 DocumentoAnexo pam la modiScacion de la Ucencia .Ambiental, radicado 2015041587-1 .000 del 06
de Agoslo do 2015.
Resolucion No.
13 1
de
16 OCT 2015
Hoja No. 15
Tor Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada medlante la Resoluclon N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Es de anotar que en la visita de evaluaciOn se pudo observer la presencia de un jarillon de aproximadamente de 300 rn de
longitud qua he permitido el control hidraulico de cuerpo lôtico en épocas de creciente y protecciôn de procesos erosivos:
sin embargo esta estructura presenta problenias de estabilidad an su cuerpo por efectos del arrastre y falta de
rnantenimiento. En este orden de ideas el Estudio proyecta la adecuacion de la estructura por medics mecénicos donde
se reconformara buscando el incrernento de la allure, brindéndole la cornpactacion necesaria que le otorgue estabilidad,
asi niismo se considera que esta informaciOn debe complementarse en cuanto a disenos hidraulicos ,y los detalles del
proceso constructivo donde se pueda evidenciar las condiciones pars las cuales se diserla el elemento y el comportamiento
esperado duranle su construcciOn y funcionamiento. Aunque durante la visits tampoco se observO evidencia de
desbordamiento del cauce pese a algunas Iluvias que segón los interventores del proyecto se han presentado en los
Ultimos dias., indicando que la estructura se coniporta de manera eficiente.
En este orden de ideas se considera necesario que se establezca la altura mâxin,a de conformaciôn de esta estructura de
acuerdo a las condiciones de caudal méximo esperadas an un TR de 100 arlos en armenia con la dinémica hidrica de
dicho cuerpo de ague; es de resaltar que estas condiciones deben garantizar la proteccion del campamento ante eventos
de inundaciOn y no provocar efectos adversos an el fiujo natural del cauce.
En el caso especifico del Carlo Pasadena esta Autoridad pudo constatar en la visita de campo que la geometria del cuerpo
de agua en el sentido vertical presenta condiciones de bifurcaciôn a aproximadamente 250 m de su desembocadura al rio
Magdalena generando en condiciones de caudal mãximo la posibilidad de extender sus areas inundables tanto hacia la
parte none como sur del predio debido a su escasa o nula pendiente; en este orden de ideas el estudio propone el ajuste
geonlétrico del cuerpo de ague mediante las actividades de canalizaciôn y desviacion del cauce an el sector donde se
presenta la bifurcación. Es necesanio aclarar que esta iniciativa parte de la propia empresa de acueducto y alcantarillado
de Barranquilla, enticed que inicialmente habia solicitado la canalizaciôn de dicho carlo a la autoridad municipal y que de
acuerdo a la importancia del proyecto de construcciOn del nuevo puente Pumarejo realize pare ello un convenio
interadniinistrativo con el Instituto Nacional de Vias,
at
Adicionalmente, en la visita de evaluaciôn se idenUficO que carlo Pasadena se encuentra altamente contaminado por
efecto de puntos de ventimientos de aguas residuales domesbcas e industriales asi como Ia disposicion de basuras y en
general residuos sôlidos sobre el rnisnio cuerpo de ague por parte de particulares; esta situacJOn justifica de manera
adicional la intervencian y canalizaciOn, pare mejoramiento ambiental y paisajistico del carlo.
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Reso!ucion No.
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3 1
de
18 OCT 2015
HoJa No. 16
Tor Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
En este mismo sentido el Estudio propane las siguientes obras sabre el Caño Pasadena, cuyas dirnensiones pueden
at
verificarse en Anexo 2.1 Plano 2 del mismo estudio:
TRAMO
labia 6 Tramos y caracteristicas del realineamiento y canalizacion Pasadena.
LONGIIIJD
SECCION (m)
I PENDIENTE I
TWO DE
TWO DE OBRA
(m)
Altura
I Base
I
To
I MATERIA
exo pam Ia mooicica
deAgostode2Ols.
EJ
Es de resaltar que el diseño propone en un alto porcentaje desarrollarse en un canal abierto, no obstante se proyecta un
box coulvert de 28685 m en el sector por donde se proyecta el paso vehicular hacia el costado norte del campamenta,
situacion que se considera necesaria pare garantizar la movilidad en el campamento sin intervenciOn directa del cuerpo
h idrico.
Con respecto a las obras necesarias para garanzar el acceso y movilización dentro del area del carnparnento, el Estudio
indica la necesidad de confarmacion de vias internas de acuerdo at Anexo 2-2 mapa 2, donde se requiere Ia ejecucion de
las actividades de retiro de material de excavación y reemplazo con material pétreo conformando una estructura de via a
nivel de subbase y base granular; de acuerdo a lo observado en la visita de evaluaciOn estas vias de acceso tendràn
directa incidencia en sobre ronda y cauce del Cano Pasadena y por lo tanto se considera de alta relevancia tomar las
medidas de protección durante la etapa de construcciôn de dichas obras.
Hacia el costado oriental del carnpamento se proyecta emplazar 2 plantas de tratamiento de aguas residuales, una para
aguas domésUcas provenientes de las zones de dormitorios, casino y oficinas y otra pare aguas industriales provenientes
de [as dernàs areas que conforman el campamento incluyendo las aguas de escorrentia. En la visita de evaluaciôn se
observó que de acuerdo a Is ubicación propuesta en los pianos estas se instalarán en zonas susceptibles a la inundacion
debida a que se localizan enfre el canal triple A, el caño Pasadena, el caño la Ahuyama y el rio Magdalena, en este aspecto
se considera de alta relevancia que el Usuario complemente la informaciOn remitida, en el sentido de que las colas de las
2 plantas no superen las cota de inundacian de los cuerpo loticos anteriormente mencionados.
Asi misrno con respecta a los puntos de vertirnientos se proyecta la construcciOn de 2 estructuras de entrega sabre el rio
Magdalena, no obstante of Estudio no incluye los disenos de estas estructuras, adicionalmente se evidenciô en la visita
que el punto de vertimiento de las aguas residuales domésticas se encuentra relativamente retirado de la planta de
tratamiento Ia que exige sistemas de conduccion de estas aguas qua garanticen la correcta entrega final, cabe resaltar
que los mencionados sistemas de conducciOn tampoco se encuentran detallados en el Estudio.
En to referente a las obras proyectadas sobre el cauce del rio Magdalena, el Estudio plantea la construcciôn de 4
muelles marginales temporales de carga, los cuales son necesarios para la movilizacion de materiales y dernás
elenientos constructivos desde los sitios de acopio an tierra hasta el sitio de construccion de las pilas sobre el rio y en la
Isla Rondôn; es de anotar que la localizacion de estas obras se encuentra detallada en los Anexos 2-2 mapa 2, 4-3-1 mapa
3, donde se puede observar que 2 de los sitios solicitados se localizan de manera adyacente alas frentes de obra previstos
para la construccián de la superestructura del puente principal(tramo atirantado), en el brazo mas amplio del rio (brazo
izquierda) el muelle temporal 1 se proyecta con una longitud de aproximadamente 50 metros haste alcanzar el apoyo P14,
asi mismo el muelte 2 se proyecta con una longitud de100 m aproximadarnente partiendo desde el borde de Ia isla Rondôn
para alcanzar el apoyo P13; adicionalmente para el brazo angosto del no Magdalena los muelles se proyectan con una
longitud de 10 - 15 metros del borde, obedeciendo a qua en esta margen se tiene un menor ancho del rio y una manor
longitud entre apoyos.
Resolucion No,
1 3 1 '
de
Hoja No. 17
16 OCT 2015
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Finalmente el Estudio indica qua estas estructuras temporales se mantendrân durante la ejecucion de las obras de
construccián del tramo atirantado del puente y del acceso a la margen derecha (Sector Palermo, Santa Marta), as de
anotar que el EIA indica que una vez finalizado el requerimiento de materiales y las labores constructivas, estas estructuras
saran desniontadas haciendo la recuperacion de la zona en la cual se han instalado.
Figura 8. Ubicacion de los Muelles Marginales Ternporales de carga.
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Fuento: cansorcio SES Puerile Magdalena. 2015 DocumentoAnexo pare rnodificacion do la Lincia Arnbiental, radicado 2015041587-1-000 del 06
do Agosto do 2015.
Figura 9. Esquema de localización de los muelles ternporales en el tramo atirantado.
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de 2015.
En la visita de evaluacion se pudo obserar qua el muelle provisional proyectado an la margen izquierda del rio Magdalena
en el carnpamento, se construirá cerca de la desenibocadura del caflo Pasadena, los muelles proyectados Sabre la isla
Rondôn no tienen incidencia en el entorno en cuanto a su ubicaciôn por si solos ya que el impacto en la isla será generado
por la totalidad de la infraestructura proyectada conformada par el Lerraplén, los carreteables y las zonas de acopio, en
cuanto al rnuelle proyectado en la niargen derectia del rio Magdalena, se evidencio que su ubicaciôn se encuentra por
fuera de la ronda del caño Clarin, en términos generales para todas los muelles las longitudes de los rnismos se consideran
ResoluciOn No.
1 3 1 t
de
16 OCT 2015
Hoja No. 18
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Asi mismo en el EIA se indica la necesidad de la canstrucciOn de 2 apoyos provisionales del tramo atirantado dentro del
rio Magdalena, cuyos detalles se pueden observar en el Anexo 2-1-piano 5, es de anotar que dichas obras consisten en
dos pilas y un puntal provisionales, cada una con su cimentaciOn dentro del lecho del rio Magdalena.
Figura 10,Localizaci6n de las pilas y el puntS provisionales.
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P14
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Anexo pars la modif,cacion de la Licencia Ambiental,
Agosto de 2015.
Pars la construccion de estas pilas provisionales se iniciaré con el pilotaje convencional el cual brindarâ los requerimientos
de resistencia necesarios, teniendo en cuenta que son estructuras temporales qua al finalizar el tramo serân retiradas.
De acuerdo a la visita de evaluaciOn se puede concluir que estas obras son necesarias para dar cuniplimiento at proceso
constructivo del tramo aUrantado del puente debido a la gran distancia entre las pilas principales, asi rriisrno se evidencia
que no generarân impactos adicionales a los identificados par la construccion de las pilas definitivas par cuanto el proceso
de construccion y los materiales e insurnos requeridos son los mismos.
En lo relacionado con las vias de acceso a las areas de trabajo del proyecto, el Estudio propone para el acceso vehicular
y peatonal desde el actual puente Pumarejo a la isIs Rondon, la conformaciOn de un terraplén provisional cuyas
dimensiones y caracteristas tecnicas se detallan en el Anexo 2-1 piano 3.
Figura 11 Localizacion del terraplen de acceso ala Isla RondOn
Fuente: ConsorciosEs Puente Magdalena. DojmentoAnexo pars la modilicacion de la Licencia Arnbiental, radicado 2015041587-1-000 del 06 de
Agosto de 2015.
De acuerdo al EIA esta estructura está conformada par un terraplén en material granular de altura maxima io metros en
la zona de conexion con el puente existente, con taludes de inclinaciOn 1:1, la cual tendrà una longitud de desarrollo de
255 metros hasta el empalme con la superficie de la Isla y terrnina con una curva horizontal de radio de giro de 40 metros.
El ancho de la zona de movilizaciOn es de 10 metros en prornedio, conservando una pendiente de 8% máximo. Durante la
visita se evidenclO que el terraplen se proyecta sabre un area que actualmente es cultivada y donde existen algunas
construcciones en madera, mientras que la via propuesta y el carreteable que conecta los dos muelles se proyectan sobre
Areas de pastas enrnalezados y cultivos. Se observO un area anegada a empantanada debajo del puente actual muy cerca
de donde se tiene proyectada la construcciôn del terraplén, durante Ia visita nose evidenció el fiujo de esta agua en ningUn
sentido par to que se concluye que su ciclo estâ determinado por la infiltraciOn directa, pese a esto el estudio no incluye el
anãlisis de estabilidad del terraplén ni contempla obras de protecciôn ante posibles inundaciones,
Resolucion No.
13
1
de
16 OCT 2015 1-loja No. 19
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion ND 0325
del 17 de mano de 2015 y se toman otras determinaciones"
at
at
Mi mismo se indica en estudio qua acceso se complementa con una via intema de 286m de langitud que permits la
conexiôn entre el terraplen y el corredor de movilizacion de la Isla RondOn. Durante la visita Is comunidad habitants 0 que
trabaja an la isla Rondon an las actividades de pesca y agricultura senalaron que con seguridad se verán afectados tanto
durante el proceso constructivo del Lerraplén par la contaminaciOn del sire en el trasiego y colocacion de materiales, coma
durante la ejecuciOn del prayecto porque no podrâ fransitarse fácilrnente y de manera segura por la isla y se ocuparan
terrenos qua actualmente son aprovechados por la camunidad, y durante su operacion ya qua la construcción del terraplén
y los carreteables a través de Is colocacion de material estéril podrian incidir en la calidad do las tierras hay cultivadas
generando conflictos adicionales de usa del suelo.
Figura 12. Via interns proyectada sabre la isla rondón.
COKVt..C*01.S
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Fuente: consordo SES Puente Magdalena. Documento Anexo pam Is modificaclén de la Licenda Ambiental, radicado
Agosto de 2015.
2015041587-1-000
del 06 de
Adicionalmente el estudio indica que at tinalizar las labares construcUvas del proyecto en este sector se analizará la
conveniencia del desrnantelamiento de Is estructura, teniendo en cuerita que esta puede ser funcional pars las actividades
complenientarias ala solución integral, entre ellas la demolicion del puerite existente, no obstante es importante considerar
que dichas actividades no se encuentran dentra del alcance de Is licencia ambiental y por Ia tanto la uUlizaciôn de dicha
infraestructura en la ejecuciôn de estas actividades no as del alcance del presente acto adniinistrativo.
at
Asi niismo estudio indica qua en Ia margen derecha del no Magdalena, se implementara una franja destinada a Is
movilizaciôn intema an la obra, sobre la cual so hará el desplazamiento de personal, maquinaria, equipos y materiales do
construcciôn.; es de anatar que de acuerdo a Ia observado an at Anexo 2-2 mapa 4, Se propone una estructura vial, con
un ancha praniedio de 15 metros, contando con una subbase y base granular, estructura que dependerá de las condiciones
del terreno natural encontrado en la zona.
Figura 13 Corredor de movilizacion an el frente de obra. Margen derecha del rio Magdalena
Fuente: consorcio SES Puente Magdalena. DocumentoAnexo Para la niodifpcaciOn de la Licencia Ambiental, radicado 2015041587-1-000 del 06 de
Agosto de 2015.
Al respecto se considera que pars el acceso a esta zone so requiere do la intervencion en varios predios del sector de
Palermo, asi coma de zones verdes qua dentro del estudio estaban clasificadas como zonas do pastos enmalezados pero
qua durante la visita se identiticaron corno vegetacion secundaria baja, es importante mencionar ademas quo el area
destinada tanto a la via de acceso al muelle coma el area de almacenamiento do material y el carreteable en si se
at
encuentran por fuera do la ronda hidrãulica del catio Clarin.
ResoluciOn No.
1 3 1 1
de
Hoja No.20
18 UCI 2015
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
En relaciôn con los volümenes de material a generar en el proyecto, el estudio presenta la siguiente relaciôn:
labIa 7. Materiales a generar en el proyecto
En cuanto al manejo y disposicion temporal del material sobrante, segUn 10 que indica el Estudio, este material sera
dispuesto temporalmente at interior del area de intervencion aprobada en la Resolucion 0325/2015 (frentes de obra y zona
de campamento).
Finalmente este material seth retirado del sitio temporal pare ser reutilizado en la reconformacion de las areas del proyecto
que asi to requieran, sirviendo como una cape de sustrato orgánico pare la revegetalizacion.
Sin embargo se propone como alternativa de manejo, pane del material generado se acordonarà temporalmente sobre la
margen derecha del caho Ahuyama, de forma tal que se restituya la estructura del jarillon existente que impida el ingreso
del agua alas instalaciones del canipamento en caso del aumento en el nivel de las aguas, en este caso se considera que
la construcciOn del jarillon debe responder a un diseflo soportado en las condiciones hidrolOgicas del caflo la Ahuyama, no
obstante dentro del Estudio nose aportO el mencionado diseno.
El material sobrante que no cumpla con las condiciones de reutilizacion, ya sea por la posible combinaciOn con material
ârido o por la perdida de sus caracteristicas crgánicas, serà transportado y dispuesto en las escombreras autorizadas para
el proyecto; es de resaltar que el Estudio propone que este lipo de material por situaciones de logistica deberá tener un
previo almacenamiento de manera temporal en las siguientes zones:
labIa 8. LocalizaciOn de
SECTOR
LOCALIZACION
I
VERTICE
CAMPAMENTO DE
OB. Margen
izquierda rio
Magdalena
2
3
4
I
ESTE
I
NORTE
925376,286
925363,057
925360,147
ISLA RONDON
CAMPAMENTO
Margen Derecha rio
pam la modiricacion de la Licencia Ambiental, radicado 2015041587-1-000 del 06 de
Agosto de 2015.
Resolucion No. '
3 1 1
de
16 OCT 2015
Hoja No.21
Tor la cual se modufica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015y se toman otras determinaciones"
Figure 14. Localizaciôn de las zones de manejo de material sobrante. Campamento de Obra, Isla RondOn y margen
derecha Rio Magdalena
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d.
Fuente: Consorcio SES Puente Magdalena. Documento Anexo pam to mcdiflcaciOn do la Licencia Ambiental, radicado
Agosto de 2015. Modificado Equlpo EvaluadorANLA.
2015041587-1-000
del 06 do
En estos puntos se impiementarán medidas de manejo para el control del ague y sOhdos, canales perimetrales pare Ia
captacion y conducciôn del ague producto del secado del material, asi conio estructuras para el control del arrastre del
material y sOhdos contenidos an el ague. La implementacion de estos silos temporales distribuidos estrategicamente al
interior de la obra, permite reducir los tiempos de permanencia del material, las distancias de acarreo, el volumen y peso
a transporter.
Al respecto se considera que de acuerdo a lo evidenciado an la visita toda la zone de ejecuciOn del proyecto corresponde
a zone inundable tanto del rio Magdalena comb de los caflos y canales qua desembocan an el, no obstante se verifico qua
las zones especificas donde se tiene previsto el acopio de materiales se encuentran relavamente retiradas de las orillas
inundables, con respecto a la generaciôn de material particulado también se requiere la implementacion de meddles como
la humectacion constante o la cobertura pot medio de capas impermeables como plésticos, estas medidas se encuentran
en el PMA propuesto
Con respecto los servicios interceptados.(redes eléctricas, gas, poliductos, alcantarillado etc.,) pot efectos de las obras, el
estudio no hace menciOn, no obstante durante la visita se verifico que las actividades objeto de modificacion de la licencia
ambiental del proyecto no se ejecutaran en lugares donde se ubiquen actualmente trades de servicios pUblicos.
at
Con respecto alas Was existentes qua son interceptadas por proyecto, las cuales servirán de acceso principal, el estudio
presenta el inventario de las condiciones actuales en los siguientes aspectos:
Table 9. Vies de acceso, carrera 9 - Barranquilla
VIA DE ACCESO
Camera 9 . Barranquilla
I Entre calles 17 y
Via urbane con carpeta de rodadura en concreto hidraulico, ancho variable entre los 9.50 a 12 metros, la cual se encuentra an
buen eslado. Presenla un alto flujo vehicular, del cual mM del 50% del total lo conforman vehiculos pesados (buses y camiones).
Es la principal ruta coneclante entre las ciudades de Barranquilla y Santa Marta. Serã Ia principal via de ingreso hacia los frenles
I I
Resoludon No.
16 OCT 2015
de
Hoja No.22
,
Tor la cual se modifica la Licencia Amblental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
deli? de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
acceso carrera 9 - Barranquilla
Fuenle: Consorcio SES Puente Magdalena. Documento Anexo para la modificaciOn de la Licencia Ambienlal, radicado No.
2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015.
Via de caizada
metros. Via or
labIa 10 Vias de a
UBICAC ION
REFERENCIA
Transversal del Caribe, Tramo municipio
silio Nuevo, Magdalena.
en doble sentido, con superficie de rodadura
concreto asfàltico y ancho promedio de
Foto 15. Via de acceso
Fuente: Consorcio SES Puente Magdalena.
la modificaclOn de la Licancia Ambiental, radicado No. 2015041587-1-000 del
Resotucion No.
131
de
16 OCT 2015 1-loja No.23
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
11.
VIA CE ACCESO
Calle Interna Palermo
Sector Casaloma - Palermo.
Nuevo
Via interna locafizada en ci sector de Casaloma, Palermo, ubicada dentro de ta zona de intervenciôn del proyecto. No cuenta con
una estructura vial conforrnada, de superficie de rodadura en tierra la cual eslá an regular estado y presenla malas condiciones
at
eventos de aba precipilaciOn. Cuenta con un ancho promedio de 4 metros. Esla zona sera adquirida por proyecto par lo cual la
via hara oarte de las areas de movilizaciôn del orovecto.
Foto 16. CaIle interna corregimiento de Palermo
Fuente: Consorcio SES Puente Magdalene. Documento Anexo pare la modiricacion de La Licencia Ambiental, radicado
2015041587-1-000 del 06
En este orden de ideas se considera qua una vez terrninada la intervenciOn con la ejecucion del prayecto se deberá
garantizar qua las vias existentes interceptadas se dejarán en iguales o mejores condiciones a las encontradas.
Con respecto al cronograma de las actividades objeto de modificaciOn, segUn lo informado por el Consorcio SES, mediante
radicado No. 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, las acbvidades propuestas se desarrollaran an 3 meses:
labIa 12. Cronograma de obra.
Agosto de 2015.
Asi mismo el estudio indica que los costos de estas acvidades asl corno los de instalaciOn y reUro de rnuelles temporales,
se encuentran incluidos dentro del costo global del proyecto, asi como la infraesbuctura sanitaria requerida.
Finalmente con respecto a Ia Organización del proyecto ci Estudio indica que, We contarâ con los profesionales
encargados del manejo socio ambiental, grupo conformado por la Direccion del proyecto, direccionea de obra y el grupo
de gestion socio ambiental, Directores, Residentes, Asistente y auxiliares ambientates, sociales y de Seguridad Industrial,
Salud Ocupacional, asi como con la participacion de los contratistas que ejecutarán la construccion de las obras. Las
responsabilidades del grupo de gestiOn social y ambiental se encuentran estipuladas an el Estudio de lnipacto Ambiental
aprobado an la ResoluciOn No. 0325 de marzo de 2015.
Resolucion No.
1 3 1 t
de
16 OCT 2015
Hoja No.24
"Por Is cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N O 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
3. CONCEPTOS TECNICOS RELACIONADOS
El Consorcio SES, anexa en el documento aportado los radicados de los oficios de remisión de la copia de la niodificacion
de la licencia ambiental pare el proyecto dirigidos al Departamento Técnico Administrativo de Media Ambiente de
Barranquilla (radicado No. 271050 del 6 de agosto de 2015), a la CorporaciOn Autonorna Regional del Atlántico CRA
(radicado No. 007137 del 6 de agosto de 2015) y ala Corporacion Autônoma Regional del Magdalena CORMAGDALENA
(radicado No. 5758 del 6 de agosto de 2015). Sin embargo, ala fecha de elaboracion del concepto tècnico nose ha recibido
el pronunciamiento correspondiente de dichas entidades an relaciOn a la presente propuesta de modificacian de la licencia
ambiental del proyecto vial.
4. AREAS DE INFLUENCIA DIRECTA V DE MANEJO (ZONIFICACION DE AREAS)
4.1.1
Consideraciones sabre las Areas de Influencia
SegUn Ia seflalado en la documentaciOn allegada con radicado 2015041587-1-000 del 06 de Agosto de 2015, el estudia
de irnpacto anibiental presentado por el INVIAS a la ANLA y mediante el cual se otorgo la licencia ambiental pare el
proyecto 'Infraestructura vial para la solucion integral del paso sabre el no Magdalena an Barranquilla, que incluye
reeniplazo del puente Laureano Gôrnez niâs conocido coma Pumarejo" mediante Ia resoluciôn 0325 del 17 de marzo de
2015, definiO las siguientes areas de influencia: Area de Influencia Indirecta, Area de Influencia Directa y Area de Influencia
Directa Puntual (a de intervencion directa par obras), no obstante debe tenerse en cuenta que los terminos de referencia
pare la elaboracion de estudios de impacto anibiental aplicables a este proyecto solo contemplan el area de influencia
directa - AID y el area de influencia indirecta - All.
SegOn Ia infarmado par el Consorcio SES, para la madificacion de la licencia ambiental las areas de influencia directa e
indirecta son las mismas, toda vez que no presentan variacianes. Sin embargo, el area de influencia directa puntual a de
intervenciôn par obras as la Unica que presenta modificaciones debida a las nuevas obras objeta de Ia modiflcacian de la
licencia ambiental, razôn par la cual âme establecida par el solicitante, de rnanera que dentra de ella se localizaran todas
las areas ocupadas par las obras a actividades objeto de la modificación de la licencia ambiental, y sabre la misma se
realizó la actualizacion de Ia caracterizacion ambiental. Ver Figure 15.
Figura 15. Area de Influencia Directa I Area de Influencia Directa Puntual
4
': •
Fuente: Consorcio SES Puente Magdalena. Doajmento.Anexo pare la modificacion do la Licencia Ambiental, radicado
Agosto de 2015. Modiflcado Gnipo de Evaluacion ANLA.
2015041587-1-000
del 06 do
Desde at punto de vista fisico biOtico, dichas areas se consideraron adecuadaniente definidas, al evidenciar en la visita
tOcnica que efectivamente an el AID pueden manifestarse los principales impactos de las actividades constructivas, de
adecuaciôn y de aperacion del proyecta, asi coma en el AIDP.
El area de influencia socioeconómica aplicable at complemento del EIA para la salicitud de niodiflcaciOn de licencia
ambiental, corresponde alas unidades territoriales de los municipias de Barranquilla y Sitio Nuevo coma area de influencia
indirecta, pertenecientes a los departamentas do Atlantico y Magdalena respectivamente. El area de influencia directa
correspande at corregimiento Palermo an los sectores Villa Palermo y Casa Loma, la isle Pensilvania (a Ilamada Isla
RandOn), el Barrio La Chinita y debajo del estribo del acceso al puente del costado de Barranquilla.
A continuaciôn se relacianan predios qua hacen pane del Area de Influencia Directa Puntual a de intervenciôn para la
rnodiflcaciOn:
Tabla 13. Predios
Barranquilla
I Debaja del puente Pumareja
Puntual ode intervenciOn
Resolucion No.
1 3 1 t
16 OCT 2015 de
Hoja No.25
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo cM 2015 y se toman otras determinaciones"
Sitio Nuevo
lsla Pensilvania (Rondon) de cultivos de Adolfo
Casa Loma (Correqimient
Fuente: Consorcio SES Puente Magdalene. Dcci
Agosto de 2015.
Como ya se mencionô, en el marco de la modificaciOn de licencia, el documento aportado par el Consorcio SES, puntualiza
sobre aquellas viviendas requeridas pars las actividades objeto de madificacion, donde se realizaran la instalacion temporal
de campamentos y zones de acopio, entre otros. lncluyo dentro de ]as areas de importancia social y ecanomica, a las
families que se encuentran asentadas bajo el puente Puniarejo, costado Barranquilla, asi comb terrenos de areas de
cultivos ubicados en la Isla Pensilvania (Rondon). Este solicitud ya habia sido realizada por la autoridad at INVIAS mediante
concepto técnico 12499 del 25 de noviembre de 2014, acogida en Auto 5515 de diciembre de 2014. Teniendo en cuenta
to anterior, se considera que lo presentado por el Consorcio SES as coherente con lo evidenciado an la visita de evaluacion
de la rnodificacion.
Para la modificacion de la licencia arnbierital las areas de influencia directa e indirecla son las mismas, no presentan
variaciones. Sin embargo, el area de influencia directa puntual presenta modificaciones debido a las nuevas obras, esta
se arnplia de 42,51 he a 91,74ha.
Una vez comparada la informaciôn de la infraestructura nueva, objeto de modificaciOn ambiental, con la GDB anexa
mediante Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, se evidencia que efectivamente las Areas de Influencia
Indirecta (All) y Directa (AID) del proyecto no presentan variaciones y que las obras nuevas se encuentran dentro del Area
de Influencia Directa Puntual (AIDP). (Ver Figure 16).
De acuerdo ala analizado pot el grupa evaluador se estima que es consecuente concluir qua el area de influencia indirecta
aprobada en la licencia nose modifica, no obstante se considers que el area de influencia directa debe abarcar los cauces
de los caños triple A y Clarin, as! coma la totalidad de la extension de la isle RondOn, por los efectos que tendrâ sabre ella
la construcoiOn del terraplen, los carreteables y el proceso en si de construcciOn del puente pot la ubicaciOn del frente de
obra central.
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Fuente:Elabcrado per el equipo evaluador can base en el radicado de infomiaciOn geográfica de a licenda y de a mothflcacion
4.1.2
Consideraciones sabre la Caracterizacion Ambiental
4.1.2.1 Consideraciones sabre el medio fisico
Se presenta a continuación una breve descripciOn de las caracteristicas generales pare cada uno de los camponentes del
Area de influencia del proyecto, conforme a to registrado en la informaciOn del EIA para la modificaciOn del prayecto en el
que se evidencio que cliche caracterizaciOn se llevO a cabo a partir de informaciOn primaria y secundaria:
Geologia, geomorfologia y geotecnia.
En relaciOn con la geologia regional del Area de Influencia Indirecta del prayecto, el EIA con radicado 2015041587-1-000
del 06 de agosto de 2015, describe las unidades gealOgicas que de orden regional se tienen en Is zone de interés, las
cuales corresponde mayormente a depOsitos fluvio lacustres (Qfl) asaciados a [as clOnagas y Ia Ilanura de inundaciOn del
no Magdalena comnpuestos principalmente par material limo arcilloso y en ocasiones arenosa y en manor proporciOn a
depOsitos coluvio aluvial (Qcal) ver Figura)
En general la geamorfologia de la zone muestra una geofarma plena horizantalizada con pendientes que mayormente no
sobrepasan el 3%, encontrándose la parte más alta en el costado occidental del rio Magdalena (sector de Barranquilla), y
la parte mas bale en el costado oriental del rio Magdalena (sector prO)imo a la rivera del municipio de Sitio Nuevo), este
ky
ResoluciOn No.
1 3 1 1
de
16 OCT 2015 Hoja No.26
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
ültimo en coherencia con 10 contenido en el concepto técnico No. 1063 del 11 de marzo de 2015, corresponde al lecho del
rio inactivo actualmente, que corresponde a un area de muy alta susceptibilidad a los procesos de erosion. (esto se puede
correlacionar con el tipo de depOsito visto en la geologia); par lo que se considera acertado el traslado del campamento al
sector de Barranquilla donde se verb menos expuesto a Ia inundaciOn por to nienos a ia resultante del rio Magdalena.
Asi mismo de acuerdo at lipo de deposito hacia el sector de Barranquilla se evidencia la tendencia a encontrarse
mayorrnente consohdado to que también es una ventaja a la hora de evaluar la susceptibilidad de la contaminación de los
acuiferos con respecto a angua ubicaciOn del campamento en el costado oriental del rio Magdalena donde los depositos
paludales qua conforman las zonas cenagosas cercanas (parque isla Salamanca y ciénaga Grande) se extienden hasta la
niargen del rio, la isla RondOn y una porciOn de la margen izquierda, de todas maneras debe tenerse especial cuidado con
las actividades que se ejecutaran en esto sectores (construcciOn de terraplen, carreteables, zonas de acopio y muelles
temporales), debido a las caracteristicas de baja consolidaciOn, y alta erosiOn que conlleva a catalogar la zona como
potencialmente inestable y con tendencia a la inundaciOn.
Figura 17 Unidades GeolOgicas del area de interes.
Fuente: Radicado 2015041567-1-000 del 06 de agosto de 2015
En cuanto a La actividad tectOnica el documento del EIA para AmodificaciOn es consecuente con la zoniticaciOn de
amenaza slsmica para Colombia que de acuerdo at mapa de zonificaciOn corresponde a Zone de amenaza sismica baja,
asi mismo son concordantes las caracteristicas básicas de diseno sismoresistente, lo anterior se pudo corroborar con la
informaciOn cartograflca del Servicio GeolOgico Colombiano, donde se aprecian pianos de falla a aproxirnadamente 50
kilOmetros de la zona de estudio. Ver Figura 18.
Figura 18. Unidades GeolOqicas y zonas de falla.
Fuente: Pagina web. SeMco GeoIgico colombiano,
Con respecto a la evaluaciOn de la susceptibilidad del area de interOs a la ocurrencia de fenOmenos de remociOn en masa
esta se determino con base en la cornbinaciOn de factores litolOgicos, niorfométricos, morfodinamicos, conflictos de uso
del suelo as[ como la sismicidad y la piuviosidad, dentro de los factores morfodinémicos se tuvieron en cuenta las
Resolucion No.
13 1
de
Hoja No.27
16 OCT 2015
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
consideraciones para la generaciOn del mapa de susceptibilidad a la erosion del AID, especiticamente para la erosion
presentada en la margen derecha del rio Magdalena y Ia isla RondOn incluido an at estudio de impacto ambiental para Ia
licencia arnbiental del proyecto, como resultado se obtuvo que Ia mayor porciOn del Area de interes corresponds a zona de
estabilidad geotAcnica muy alta y alta, sin embargo un porcentaje alto de la isla RondOn y otro tanto del Area an el
departamento del Magdalena se encuentran en zona de estabilidad geotécnica media. De acuerdo a to evidenciado an la
visita de campo los procesos erosivos e inestables an la isla se presentan paulaUnamente en la zona sur y sur oriental por
to qua se considera qua no afectarAn la construcciOn del terraplen, los carreteables, los muelles y la zona de acopio y
deposito provisional.
Uso del suelo
Para el Area de interés de la modificacian de la licencia ambiental, se realizo una actualizacion del uso actual del suelo,
teniendo en cuenta que se disUnguen tres unidades, la primera correspondiente a suelos an los cuales se han establecido
zonas urbanas, estas se encuentran en las esquinas oriental y occidental del Area de interés, otra zona que corresponde
a suelos de planicie aluvial suscephbles a encharcamientos e inundaciones con fiuctuaciones del nivel freatico que 56
encuentran a ambos costados del No Magdalena y la isla RondOn y ftnalmente los suelos en los cuales se encuentran los
cuerpos de agua superficial.
Durante la actualización se pudo evidenciar que el uso que tiene un mayor porcentaje de ocupaciOn dentro del Area de
interes as el de tierras dedicadas a infraestructuras urbanas e industriales con un 3586% de ocupaciOn del Area total, no
obstante la instalación del campamento se proyecta an una zona cuyo uso actual es tierra en descanso. En segundo lugar
se encuentran los usos para Ia conservaciOn tanto de recursos hldricos, como forestal protectora con un 2999%. En tercer
lugar estAn las tierras en descanso sin evidencia de algUn uso agropecuario, que tiene una participaciOn del 29,03%, no
obstante existen otros usos en menor proporciOn que corresponden a usos agricolas y de explotaciOn silvoagricola y
silvopastoril tal as el caso de una gran proporciOn de Ia isla RondOn donde buena parte de su extension estA dedicada a
la agricultura y ilnalniente Ia ganaderia, como se puede evidenciar an la Figura 19.
Figura 191. Uso actual del suelo en el area de interes para la modificacion del EIA
Convenciones
Zu: Residendal, industrial.
mercial, institucional
Pn: Tierras an descanso
Cu: cuttivos fransitoos
semlintensivos
Sb: Forestal protectora
Pa: Silvopastodi
All: Recursos hidricos
Cs-Ba: cuvos
semipermanentos y
permanenles intensivos
Bp: ProduodOn
Ma: Siwoagricola
Pm: Pastorec intensivo y
semi-intensivo
Fuente: Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, adaptado per equipoANLA
Los conflictos de uso identificados para el Area de interés de la modiflcaciOn es* determinados por Ia superposiciOn del
uso actual y el potencial estimado y es* catalogados en conflictos por subutilizaciOn y sobreuUlizaciOn de tierras. En
resumen se identificO qua la gran mayoria del territorio estudiado en el area de interes para la rnodificaciOn del EIA se
encuentra sin conflicto de uso 0 uso adecuado, correspondiente al 72,63% an su mayoria residencial, industrial, cornercial,
institucional; es importante señalar que estas cifras corresponden al panorama sin proyecto y qua se incrementarA el
conflicto de uso del suelo con la ocupaciôn de la isla como un frente de obra y la construcciOn de infraestructura requerida
para ello, le siguen las tierras con conflicto de uso por subutilizaciOn moderada, las cuales representan un 15,27% del Area
total, y se identifican en tierras, cuyo uso actual as at de tierras en descanso y finalmente dentro del conflicto por
sobreutilizaciOn severa se tienen tierras cuyo uso potencial as el de conservar los recursos hidricos y actualmente se
dedican a uso agricola, ganadero o para infraestructuras urbanas e industriales con una participaciOn del 10,06%, tal as el
caso de Ia isla RondOn qua actualmente estA parcialmente habitada y en gran medida utilizada para la agricultura,
actividades qua se verAn afectadas por la construcciOn del terraplén y en términos generates por la utilizaciOn de la isla
como un tercer frente de obra.
131
de 16 OCT 2015
Hoja No.28
i
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Reso?uciOn No.
Hidrologia e hidrogeologla.
Toda vez que el proyecto Se encuentra ernplazado en la zone hidrográfica del bajo Magdalena en cercanias a la
desembocadura del rio y de acuerdo a su coniportarniento, el area se considera como parte de la zona inundable del rio,
razOn pot la cual desde el punto de vista hidrogeolOgico toda at area de interés de la modificaciOn corresponde a depOsitos
aluviales.
En esta misma area se identifica el sistema hidrico lOtico conforrnado pot los siguientes cuerpos de agua superficiales
conformados por el No Magdalena, caho la Ahuyama, caño Pasadena, arroyo la Elena y canal triple A, vale la pena aclarar
que el documento del EIA para la modificaciOn del proyecto no incluye este Ultimo caho corno parte del sistema hidrico de
Ia zona pese a que la proyecciôn del campamento se encuentra afectando parte de la ronda hidrica. For otto lado, en la
margen derecha del rio Magdalena se encuentra el caño Clarin que se ubica en las proximidades de la zona de interOs,
este aporta sus aguas a la ciOnaga grande de Santa Marta, alimentando at parque isla Salamanca por lo que se puede
considerar que gran iniportancia ambiental pars la region.
En cuanto al regimen hidrico es importante senalar que el regimen del conjunto de caos está controlado por el regimen
del rio Magdalena, por lo cual se considera bimodal y bidirectional. No se identifican dentro del area de interOs de Is
modificaciôn sistema hidricos lOticos. De acuerdo a 10 evidenciado en la visita el canal triple A no parece desbordarse
fácilmente, no asi el caflo Pasadena que antes de la bifurcacian presenta una disminuciOn de la secciOn lo que genera que
pueda inundar su ronda con mayor frecuencia, debido a esto la empresa de servicios p(iblicos de Barranquilla tiene desde
tiernpo atras la necesidad de su canalizaciOn para mejorar su secciOn y garantizar que Ia entrega de sus aguas hasta el
No Magdalena se haga sin dejar inundaciones a su paso 10 que se aprovecho por pane del INVIAS para diseñar la
realineaciOn o desviacion del mismo para que no interthiera con la construcciOn de las pilas del puente y sus tamales, pot
otro lado el caño la Ahuyama al none del campamento consenva un jarillOn que presenta problemas de estabilidad an su
cuerpo por efectos del arrastre y falta de mantenimiento, sin embargo ha permilido el control hidréulico de cuerpo Iotico;,
con respecto al rio Magdalena no se encontraron rastros de desbordamiento reciente, to que se puede corroborar con
algunas viviendas debajo del puente actual, analizado to anterior se considera que [as obras propuestas son suficientes.
HidrogeolOgicamente el area se caracteriza por sistemas de aculferos discontinuos de extension local, confomiados pot
sedimentos cuaternarios no consolidados de ambiente fluvial, de baja productividad con capacidad especifica entre 0.5 y
1 I/s/rn y vulnenabilidad a la contaminaciOn alta, esta descnipciOn corresponde a to expuesto en la caracterizaciOn del EIA
para la solicitud de la licencia ambiental. No se profundiza en la caracterizaciOn de esta variable toda vez que el proyecto
no requiere el aprovechamiento de esta fuente. Vale la pena considerar qua de acuerdo a las caracteristicas
hidrogeolOgicas y la informaciOn del servicio GeolOgico Colombiano aunque hay un aumento en la consolidaciOn del suelo,
disminuciOn de la permeabilidad y por ende en vulnerabilidad a Ia contarninaciOn en el sentido oniente-occidente, la zona
de emplazamiento del campamento no puede considerarse fuera de riesgo y evidentemente requiere de toma de rnedidas
de manejo para Ia protecciOn tanto en la etapa de construcciOn como de operación y desmantelamiento y abandono.
El estudio incluye el analisis hidraulico del efecto de la IocalizaciOn ajustada pot el diseño para construcciOn de las pilas
del ramal Santa Marta - Puerto y puente peatonal en el cauce del caño la Ahuyama, ya que inicialmente eran 8 pilas y de
acuerdo a la modiflcaciOn son solamente 2 en una localizaciOn diferente, la modelaciOn se realizO para 4 escenarios asi:
flujo en at senlido caho la Aiiuyama - rio Magdalena y sentido contrario, asi como la presencia o node las pilas para cada
sentido de flujo, al igual que para el tramite de la Iicencia se realizO el analisis considerando de crecientes con periodos de
retorno de 2 y 25 años y node 100 años como se solicitO en Ia resoluciOn de la licencia antes de la modiflcacion. Por otto
ado no se presento un nuevo análisis hidraulico del efecto de la localización ajustada por el diseño para la construcciOn
de las pilas del tramo principal sobre el rio Magdalena, traténdose del mismo nUmero de pilas con muy poca variaciOn en
su ubicaciOn a excepciOn de las pilas provisionales para el tramo atirantado que no estuvieron contempladas en la licencia.
CaracterizaciOn fuente hidrica principal (Rio Magdalena):
De acuerdo al documento del EIA para la modiflcacian del proyecto, el anàlisis de caudales pars at rio Magdalena se
realizO con base en la informacion de la estaciOn Calamar (cOdigo de identiflcacion 29037020), de acuerdo ala inforniaciOn
obtenida las curvas de duraciOn de caudales evidendan un caudal promedio de 7162.1 rn 3ls, asi mismo se estimô el valor
del caudal mlnimo para un periodo de retorno de 100 afios de 1829,74 m 3/s yet valor del caudal maximo para el mismo
periodo de retomo de 17112m 3/s. Es impontante considerar que la informaciOn hidrolOgica con perlodos de retomo muy
amplios se fundamenta en datos estadisticos pot encima de los histOricos, razOn pot la cual es válido asumir los valores
més conservadores, teniendo en cuenta que se tiene una referenda con la caracterizaciOn hidrica del rio Magdalena en el
estudio presentado para la licencia ambiental.
La dinâmica fluvial descxita en el documento del EIA de la modificaciOn es concordante con la presentada en el EIA para
la solicitud de licencia ambiental en cuanto identifica la conriente de Ia margen occidental del rio como la principal, yes en
este costado donde se construirén las dos pilas mayores que soportaran el tramo atirantado del puente generando el trarno
navegable, asi nnisrno identifica el costado derecho de la isla Rondon (mangen oriental del rio) como la zona donde existen
intensos y penmanentes procesos erosivos.
Sin embargo, as[ como en el concepto de viabilidad arnbiental para el trámite de licencia ambiental, esta Autoridad identitica
que para el proyecto no se propone o considera la construccian de obras de protecciOn para [as pilas del puente que se
construiran en esta margen del rio, pot to que en atenciOn a las condiciones anteniormente descnitas, se debera
ResoluciOn No.
1 3 1
S
16 OCT 2815
Hoja No.29
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
determiner la necesidad de las mismas a partir de los monitoreos y modelaciones hidráulicas y de socavaciOn en
condiciones existentes y proyectadas, bajo diferentes crecientes de diseno qrie abarcan haste los 100 años de periodo de
retorno, teniendo en cuenta que la irnplementacion de estas obras do proteccion requiere previamente do perniisos de
ocupacion de cauce diferentes a los aqui conternplados dependiendo de Is tipologia de los misrnos.
El no Magdalena en victims de varios efectos contaminantes como la eutrofizacion quo generan los vertimientos de aguas
residuales y residuos sôlidos, la alteraciôn do condiciones hidrologicas, alteracion do la dinàmica de sedimentos y
acumulacion de rnateria orgánica. Lo que provoca amenazas como la pérdida de biodiversidad, el agotamiento del recurso
pesquoro, la proliferacion de especies no deseadas y un incrernento de rnorbilidad en los asentamientos humanos
adyacentes, todo to anterior debido a la gran variedad de actividades quo so roalizan en sus proxirnidades o sobre sus
orillas desde los asentamientos urbanos, la actividad industrial de todo Upo, pecuaña entre otros quo no cuentan con
sistemas de recolecciôn, disposición y tratamiento de aguas servidas a cuyos sitios do disposicion de residuos se
encuentran en las zones inundables quo permiten la escorrentia o flujo do lixiviados, at respecto se observO procesos de
eutroflzacibn en los cahos la Elena y la Ahuyarna.
En to quo respects at cao Clarin, se reitera la posición de la ANLA segUn concepto técnico de evaluacion en cuanto a quo
'(..,) Dada su sensibilidad como pane fisica y funcionat de Is Ilanura de inundacion, a través de La cual se efectUan aportes
de agus dulce hacia las ciénagas del Complejo Conagoso de Santa Maria durante los periodos de crecientes, y teniendo
en cuenta los fenômenos erosivos sabre la margen derecha del rio Magdalena y los usos del misrno, se establece qua 01
proyecto deberS respetar Ia ronda hidrica del mismo, excluyendo su aprovechamiento e intervención para actividades
propias del proyecto, y requieniendo medidas adicionales para evitar su contaminacion a aporte do sedimentos par
escorrentia superficial ( ... )"., durante la visita fue posible evidenciar qua las areas requeridas para la construcciOn del
carreteable y Ia zona de acopio provisional en el costado de Palermo so encuentran distantes do este cuerpo hidrico y
fuera de su ronda. No obstante toda vez qua se incluye su seccion dentro del area de influencia directa deberan realizarse
los respetivos monitoreos de calidad de aqua para garantizar que nose yea fectado por las obras del proyecto,
Las demés fuentes hidnicas quo se encuentran dentro del érea de interés de la rnodificaciôn no cuentan con estaciones
limnimétricas o limnigraficas par lo que el solicitante estimo el regimen hidrologico niediante ecuacianes empinicas teniendo
como base que este estâ regido por et principio de la precipitacion para todos ellos, de manera quo se determine una
aproximaciôn del caudal medio considerando un periodo de retorno de 2 años y una duracion de 90 minutos del evento de
precipitacion, pars el caso del cano Pasadena este se estimo en 2.56 m 3/s, pars el caflo la Ahuyamafue de 9799 rn3ls,
para el arroyo la Elena se estimO en 14.11 M3/S., para todos los casos se estima que el periodo de retomo considerado de
2 años es insuficiente toda vez que ni siquiera corresponde al periodo do construcciOn del proyecto, asi misrno de acuerdo
al análisis generado de la linea base hidrologica, se considera quo la zone presenta alta complejidad teniendo en cuenta
que se localize sobre el valle do inundacion del rio Magdalena donde interactuán los dilerentes cuerpos loticos tnibutanios
anteriormente mencionados; por to anterior so recomienda detern,inar el regimen hidrologico de las fuentes hidricas
tributaries objeto de intervenciôn, para un periodo de retorno do 100 aflos, de manors quo se garantice que las obras
hidráulicas do protecciôn y canalizaciOn son suficiontos (rio Magdalena, csño Ahuyama y caño Pasadena)
Calidad del aqua.
En cuanto a la calidad del agua Ia informacion do EIA pars la solicitud do modificacion indies quo se realizo la
caracterizaciOn fisico quimica y bacteriolagica correspondiente a dos campaflas do monitoreo realizadas en el mes do
junio do 2015 par el Laboratorio SGS, y el Laboratorio CorporaciOn Integral del Modio Ambionte — dMA, ambos acroditados
por el IDEAM, on Is primera so monitoreá el caho Pasadena y on Is segunda el rIo Magdalena y los caños Clarin y la
Ahuyarna. Estos monitoroos so realizaron para determiner la Iinoa base do calidad do agua de las corrientes cercanas at
area do influencia definida para la modificacion, as do anotar que dentro de este ostudio no so mencionan monitoreos en
el arroyo la Elena, ni on el canal triple A los cuales tendran ocupaciOn on sus rondas, dofinitiva pars el caso del arroyo la
Elena por la construccion de los ramales y provisional para el caso del canal triple A par la instalacion del csrnpamonto
para la ejecucion del proyocto. Por to quo esta Autoddad considers do gran importancia realizar los monitoreos on estos
cuorpos hidricos previo al inicio do las obras, pars complomontar Is lines base presontads por la Emprosa.
Tampoco so realizo muostreo aguas arriba sabre el canal Pasadena el cual sorb intorvonido tanto mediante Is canalizacion
coma on Ia construcciOn do pilas y adecuaciOn do campamento. La ubicacion do los puntos do muestreo para la calidsd
del agus y los nosultados obtonidos se muostran en Is table 14, so considera necesanio complomontar La informacion
suministrada con el muestroo aguas abajo y par lo tanto so requiero Ia toma do muostras aguas arriba para complementar
la lines base,
Resolucion No.
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HoJa No.30
18 nc1 7015
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion No 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
I
Figura 20 UbicaciOn de los puntos de muestreo pare calidad de ague.
'I
¼..
I
•1
CO NW NC 10 N ES
16 h4,.. E,.
IwMit II>
4. w4j J
ln4oehuCjrc
cm
I.wal
M....., .,.
Fuente: Radicado 2015041587-1-000 del 06 do agosto do 2015
labIa 14 Resultados de los parárnetros fisicoguirnicos monfloreados en as
Punta de monhtoreo
Temperatura
t
Unidades de
PH
___________ p11
Conduclividad pS/cm
Oxigeno
mg/I.
Disuelto
Sotidos
Thg1l.
disueltos
Solidos
sedirnenlabies mg/I. 561/dos
suspersdidos
mg/I
totatos
SOlidos
mg/I.
totales
1. Rio
Magdalene
2. Rio
Magdalena
3. Rio
Magdalene
4. Rio
Magdalene
!no
5C
Clarin
6. Ca
Clarin
7. Cano
8. Cano
Atiuyarna Ahuyama
-
31.47
31.41
31.28
31.64
31.74
31.26
3139
28.9
7.74
773
7.75
7.78
715
7.25
6.90
7.08
7.6
160.00
161,00
159.00
158,00
138.00
137.00
144.00
148,00
200.74
5.32
5.50
5.39
5.48
5.38
5.23
2,40
3.90
5,96
32.50
5660
74.70
45.50
72.80
74.40
73.20
72,30
0.40
0.40
0,40
0.60
0.20
O0,300,20
0.40
172.00
180.00
203.00
200.00
143.00
182.00
74
72
Pesad;n
6520
256.00
262.00
286.00
282.00
228.00
266,00
156
152
Acidez total
Alcalinidad
total
CotlwTnes
fees le a
Col/formes
blabs
0805
rnglL CaCO3
2.5
2.6
2.6
3,2
2.7
2.4
3
3.5
-
mg IL CoCOs
40.2
40.9
40.2
40.1
41
41.5
43
41.2
91
NMP/ lOOrni 350
540
170
430
920
350
220
540
2300000
WMP / lOOmI 17230
13010
17200
12230
24890
20980
15000
11340
5300000'
mg/l. 02
CS
'<5
<5
cS
<5
<5
<5
cS
14
000
mg/I. Oo
<20
<20
<20
<20
<20
<20
<20
<20
113
Females
mgIL
<0,002
<0,002
<0002
<0.002
<0,002
<0,002
<0,002
<0,002
-
Fosforo bier
Grasan '
ace usa
Nitrogeno
total
01cr
mg /1. P
<0,002
<0,062
<0,002
<0,002
<0,062
<0,062
<0,062
<0,062
0268
mg/I.
<0.67
<0.67
<0,67
<0,67
10,67
<0,67
<0.67
<0.67
0.8
mg /I. N
<3
<3
<3
<3
<3
<3
<3
<3
Aceptable
Aceptable
Acepiable
Aceptable Aceplablo Acoplable Aceplable Adimensional Aceptable
Polanjo total
mg/I,.
1.95
1,79
1,96
2,04
2,11
Sabor
Adirnonslonal
Aceplabbe
Acaplablo
Aceptable
Acoptable
Aceptable Aceplable Aceplable Aceplable Turbiedad
NTU
216
223
245
235
201
2,14
229
1,69
1.84
106
94.2
Tabla 15 Resultados de los indices de contaminación_CA,______________
1. Rio
2. Rio
3. Rio
4. Rio
5. Cano 6. Caflo 7. Caho 8. Cano
9. Ca
Indice Magdalena Magdalena Magdalena Magdalena Clarin Clarin Ahuyama Ahuyama Pasade
ICOMO . 0.61
0.58
0.61
0.58
0,64
0.63
0.70
0.62
0.72
]
ICOSUS
0.50
0.52
0.59
0.58
0.41
0.53
0,20020
100
ICOPH
0.01
1
1101
0.01
0.01
0.00
dUo"
0.00 '1
0,00
18
Acaplable
I
0.01
-
Resoluciôn No.
1 3 1
j
de
6 OCT 2015 1-loja No.31
Par la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
deli? de matzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
at
Es de resaltar qua se veriflcO cumplimiento del muestreo para la determinaciOn de resultados de los parémetros
fisicoquimicos que se deben nadir para caracterizar los cuerpos de agua mencionados, a excepciOn del parémetro metales
at
y rnetaloides, an especial para rio Magdalena ya qua sobre este se tiene proyectado realizar los vertimientos de las
aguas residuales industriales producto de Ia ejecucion de las obras y actividades del proyecto.
Los resultados obtenidos de las muestras tomadas an los cuerpos de agua superficial an campo y enviadas a ser
analizadas, fueron cornparados con los liniltes establecidos en el Decreto 1594 de 1984 an cuanto a usos del agua y
residuos liquidos, an particular lo establecido en el articulo 38 qua indica los criterios de calidad admisibles para la
destinaciOn del recurso para consumo humano y domOstico. Se requiere qua para efectos de monitoreo, se cornparen los
resultados de las rnuestras con los estândares establecidos an la Resolucion 0631 del 17 de marzo de 2015 por la cual se
establecen los parámetros y los valores lirnites niáxirnos permisibles an los vertimientos puntuales a cuerpos de agua
superficiales y a los sisternas de alcantarillado pUblico y se dictan otras disposiciones. Vale la pena mencionar que contrario
a to estipulado an los tèrniinos de referencia para la elaboraciOn de estudios de impacto ambiental no se presentaron
estmmaciones para el otro periodo climático, por to qua se requiere cornplementar a linea base tanto para periodo de
creciente como de estiaje, asi mismo se recomienda qua los monitoreos de calidad de agua se realicen cada seis meses
de manera qua se abarquen etapas de invierno y verano. Del análisis de la informacion summnistrada se deriva to siguiente:
En cuanto a los resultados de Ph, los cuerpos de agua estudiados permiten su uso para consumo hurnano y dornéstico
segUn los criterios de calidad admisibles con potabilizaciOn a partir de tratamiento convencional y desinfecciOn debido a
qua se encuentra dentro de los valores llmite mâxmmo y minimo permidos, pass a qua para todos se comprueba la
presencia de descargas de efluentes con alias cargas de sOlidos, to mismo ocurre con at parámetro bacteriologico de
at
Coliformes fecales a excepción de los caños Clarin y Pasadena, no obstante caño Clarin registra altos valores de
coliformes totales.
at
El caño Pasadena arrojo los resultados más criticos con respecto a la calidad del recurso, reflejado principalmente an
indice ICOMO at cual recoge las variables 0B05, Coliformes totales y at porcentaje de saturacion de oxigeno, asl como la
alcalinidad total qua arroja los resultados mãs altos pars esta fuente hidrica, indicando mayores descargas de aguas
residuales tanto domésticas como industriales. Otros valores de relevancia con respecto a las demas fuentes que indican
su mayor grado de contaminaciôn son concentracion de grasas y aceites, nitrOgeno total, y fôsforo total este Ultimo qua
indica la contarninaciOn por eutrofizaciOn.
at
at
Lo anterior indica qua tanto caño Clarin corno caho Pasadena son objeto de descargas de aguas residuales to qua
constituye un dato importante para la Ilnea base, no obstante an la visita de evaluacion nose identificaron dichas descargas
por to qua se asumen qua se realizan aguas arriba del sitio de interés para la construcción del proyecto.
Se encuentra mayor proporcion de sólidos sedimentables an el cao la Ahuyama, mientras que an at rio Magdalena y at
cano Clarin se encuentra mayor cantidad de sólidos suspendidos to qua puede ser consecuencia de la mayor turbulencia
y por ende mayor oxigeno disuelto.
Tanto el caño Clarin como la Ahuyama registran un aumento de carga por materias sedimentables a medida qua se
aproximan al rio Magdalena.
Todos los puntos de muestreo presentan alta contaminaciOn por materia organica (ICOMO), excepto an dos puntos del rio
Magdalena, qua coinciden previo a la confluencia de las corrientes caño La Ahuyama y caflo Pasadena. En cuanto a la
contaminaciOn por compuestos inorgénicos (ICOSUS) se observa qua as mayor an el caflo Pasadena, seguido del rio
at
Magdalena y caflo Clarin; este parémetro se relaciona con los sOlidos suspendidos, to qua indica qua a corriente recibe
aportes de contaminaciOn considerables. Este proceso da como resultado la proliferacion de plantas acuáticas y por
consiguiente una disminucion del oxlgeno. Finalmente, el grado de contaminaciOn por sustancias bâsicas o ácidas (ICOPH)
an todas las corrientes as nula.
La correcta ejecuciOn del proyecto dentro de los parametros ambientales y at cumplimiento de los requerimientos de la
licencia ambiental y su modiflcación, deberén garantizar qua los monitoreos qua se realicen at finalizar la ejecución
arrojarán resultados en los qua nose incremente el grado de contaminaciôn de estas fuentes hidricas de manera imputable
a la ejecución de las obras o actividades del proyecto.
Adicionalmente se considers necesario remitir la mnformaciOn documental de los resultados de los monitoreos realizados
at Caflo Pasadena qua permitan soportar Ca informacion contenida an at EIA.
at
Finalmente se insiste qua dentro de los monitoreos no se incluyo canal triple A, qua se encuentra como Iindero an el
poligono de localizaciOn del campamento, la obtenciOn de los resultados antes del inicio de las actividades as fundamental
para establecer la Ilnea base comparativa, asi mismo solo se identifico un punto de muestra pars at canal Pasadena.
I,
ResoluciOn No,
131 1
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16 OCT 2015
Hoja No.32
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
So reitera lo expuesto an el concepto de viabilidad arnbiental en to referente a quo durante la etapa constructive, es
importante contar con monitoreos aguas arriba y aguas abajo do los puntos de intervenciOn pare determiner la afectacion
puntual en las zones do intervenciOn y aisiar los resultados respecto a otras afectaciones externas al proyecto, por to qua
deberán ser analizados con la normatividad existente, indices de contaminaciOn y diforonciando los anâlisis aguas arriba
y aguas abajo.
Usos del agua
Do acuerdo a lo contenido en el EIA pare la modificacion del proyecto se idontificaron los usos do la fuento hidrica rio
Magdalena como la principal fuente quo se puede ver afectada por la actividad del proyecto toda vez que sobre esta se
realizarán los vertiniientos proveniontes de las PTAR, asi mismo se identifico la demanda do agua y se concluyô quo no
presenta inconvenientes por conflicto de disponibilidad y usa del recurso, lo cual so considera corisistente con Ia
evidenciado an Ia visita y Ia caracterizacion hidrologica de a fuente. Al respocto es importante señalar quo durante la visita
de evaluacion so verificô qua los dos puntos do vertimiento proyectados an la modificacion SE encuentran ubicados aguas
abajo de la bocatoma operada por la empresa do servicios de Barranquilla.
Aire y ruido
En el capitulo de caracterizaciOn atmosferica se determinaron las condiciones on cuanto a los parametros meteorologicos
bâsicos (tornperatura, precipitaciôn, humedad relativa, viento, brillo solar, nubosidad y evaporacion) y so identificaron las
fuentes do emisionos atinosfericas.
El solicitante presento Is actualizaciôn do Ia informacion do fuontes de emisión do la contaminacion atmosferica para el
area do intorés, teniendo en cuonta informaciOn primaria y secundaria.
En resumen so encontraron fuentes fijas do contaminación coma Ia generadora tomioeléctrica del caribe quo do acuerdo
a sus procesos y oquipos utilizados su mayor aporto es de oxidos do nitrogeno. Mi mismo dontro de las proximidades del
proyecto so encuenlra la empresa abastecedora do productos para at control do plagas, productos agricolas y do
biotecnologia. Estes dos fuentes so encuentran entre 1,5 y 1 kUOmetros del sitio do ejocucion del proyocto.
Las fuentes mOviles identificadas ostán asociadas al parquo autornotor quo transita par las vias del sector, cabe dostacar
que so trata do toda clase do vehiculos dada la importancia nacional do la via por la quo circulan desdo motociclotas y
vohiculos pequehos de trasporte particular como habitantes del sector haste transporto do carga on grandes camionos y
tractomulas do varios ejes, también so identifican las enibarcaciones quo navegan el no Magdalena y las quo atracan en
la zone portuaria, Todos los anterioros genoran emisiones producto do la combustiOn do los niotoros.
So identificaron adomás otras fuentes do contaminaciOn asociados al trénsito do vohiculos sobre vies destapadas del
sector residoncial del municipio de Soledad, Atlantico y Sitio Nuevo, Magdalena. El mismo puerto de Barranquilla y la
sociedad portuaria do Palermo, asi corno el embarcadero de ganado en Is margon derectia del do aguas abajo del caño
Clarin y estaciones do servicio del sector. Lo anterior indica quo no so encontraron fuentes diferentes a las provistas en el
ostudio do impacto ambiental para el trâmite do la licencia ambiental del prayecto.
Los receptores do dichas emisiones so identifican en las areas do asentarnientos humanos, segUn los usos del suolo
bésicamente, quo corresponden al barrio la Chinita en Barranquilla (margon izquierda), isla RondOn, y sectores de Villa
Palermo y Casa Loma en el municipio do Sitio Nuevo (margen derecha). En general so considera acertada tanto la
definiciOn do las fuentes contaminantos como la ropresentatividad de los sitios do los monitoreos, do acuerdo at rocorrido
an campo roalizado durante la visita do evaluaciOn. Para los monitoreos so definiO quo no se ovidenciaron cambios
significativos con respecto al estudio do contaminaciOn ambiental del EIA para la solicitud do la licencia ambiental y so
definieron los mismos sitios pare Ia tome do muestras, ver figura 21 y tabla 16.
Figura 21 Localizacion estaciones do calidad do sire
4
Fuecd,: Rd,2Q154l587.1toS1QI5
El estudio do calidad do aire fue desarrollado por el laboratorlo Arnbienciq Ingenieros S,A.S, acreditado ante el IDEAM
pare la matriz do aire, so monitoreo material particulado manor do 10 micras (PM10), asi coma gases (dioxido do azufre,
Oxido do nitrOgeno y monOxido do carbono);es do resaltar quo la acreditaciOn fuo verificada on la pâgina web del IDEAM.
Resolucion No,
I I de
16 OCT 2015
Hoja No.33
Tor Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Tabla 16. LocalizaciOn y descripcion de los puntos de calidad de aire y ruido.
Nombre del
punto
DescripciOn del punto
Coordenadas Datum
MAGNA SIRGA Origen
Bogota
Este
Node
Calidad de aire: La estaciôn se ubicO en Is zona residencial de Palermo a .1- 2,5 m del
nivel de piso. A 20 m de Is via principal e iniclo del Puente Pumarejo hacia Barranquilla
Estacion
dande transits toda clase de vehiculos qua provienen de Is Ruta Nacianal 90 que 926807,9
E-1
conecta Ciènaga can Barranquilla.
Palermo
Ruido: El sonónietra se ubicó zana residencial, con árbales sembrados, coma fuentes
de emisiôn se identificaron el trànsita vehicular de toda clase, mUsica y gente.
Calidad de aire: La estación se ubicó en el late a -'1- 2,5 m sabre el rival del piso y a
100 del puente Pumarejo donde transitan tada clase vehlculos qua entran y salen de
EstaciOn
la
ciudad de Barranquilla hacia la Ruts Nacianal 90
E-2
Isla RondOn Ruido: El sonometro tue ubicado an Isla Rondôn, en la cual el puente Pumarejo se 926205,7
encuentra a unas 140 m, se evidencian pocas viviendas, fuerte trãnsito sabre el puente.
Animates (pâjaros en su mayoria), zana de arbusto árboles y pastas.
Calidad de aire: La estaciOn se ubicO en Is estaciOn de servicio gasalina y gas a +1- 100
m de Is via que conecta a Barranquilla con el puente Pumarejo. En el area de influencia
EslaciOn
at
se abserva flujo constants de vehiculos livianas y pesadas Y en costada sur se 924447,1
E
observa un lavadero y mantallantas de camiones y tractomulas.
EDS
Ruido: El sanómelro se lacalizO en el Punto EDSISave, trénsito vehicular en la via Ruta
Nacional_90_a_40_m_aproximadamente.
Fuente, Radlcado 2015041587-1-000 del 06 de agosta de 2015. Adaptada equipo ANL.A
1703269,6
1702810,0
1702761,7
to
Los resultadas de los analisis se muestran en siguiente tabla, de acuerda a las niveles màxirnas permisibles indicados
en la Resalucián 610 del 24 de niarza de 2010, par Ia cual se rnodifica la Resalucion 601 del 4 de abril de 2006,
Contaminante
labia 17. Resultados analisis calidad del aire
I
Nivel maxima I Resultado
Resultada
Tiernpa de
j
I estaciOn E2
permisithe
estaciOn El
j
exposic ion
/P.n!rn3\
I
I
Anual
I
I
Resultado
estaciOn 0
17
De acuerdo a Ia anterior se abservO que para las estacianes El y E3 se encontraron niveles par encinia del maxima
permisible para MP10, para las demas contaminantes evaluadas se encontraran considerablemente iriferiares para todos
las casos en tadas las estacianes de muestrea. La estacian El correspande a la zone residencia de Palermo, Ia Estacion
at
E3 se ubico en zona urbana de Barranquilla de usa industrial to que jusOfica las resultados obtenidas para parâmetra de
material particulada.
En cuanto a Ia contaminacion par ruida Se identificaron las principales fuentes generadoras en el area de interés coma el
tráfica continua de vehiculas livianas y pesados se considera que en menor praparcion las acvidades que se desarrollan
en las carnunidades de cada uno de ]as zones residenciales evaluadas. Lo anterior tambien indica que no Se encontraran
at
fuentes diferentes a las previstas en estudia de impacta ambiental pare la solicitud de Ia licencia anibiental, razOn par la
to
cual no se realizaran monitareos adicianales para la presentacion de modificacion.
to
Los resultados de las analisis se muestran en siguiente tabla, de acuerda a los esténdares mâximas permisibles de
niveles de emisián de ruida indicadas en Ia Resolucián 627 del 7 de abril de 2006 por Ia cual se establece Ia norma nacional
de emisiOn de ruida y ruida ambiental,
labIa 18. Resultados análisis niveles de emision de ruido.
Fuente, Equipo evaluador ANLA.
Las resultadas abtenidas indican qua las niveles de eniisiôn sonora para las tres puntas de manitarea que carrespanden
a los niisnias puntas para Ia toma de muestras de calidad de aire cumplen la norma nacianal de ruida ambiental Sector C
pare los casas de las estacianes El y E2 que se encuentran en las zones de Barranquilla cuya usa especifica carresponde
I
ResoluciOn No.
131 r
de
16 OCT 2015
Hoja No.34
"Par la cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones'
at industrial o comercial y la zona de Palermo Sabre Ia via y pare estaciOn E3 el resultada se encuentra muy cerca at
maxima establecido para el sector D area rural de explotacion agropecuaria, de acuerdo at uso actual del suelo
Se reitera Ia mencionado en el concepto de evaluaciOn ambiental pare la licencia ambiental con respecto a que canto la
modificacion de la licencia no incluye la canstrucciOn y/o instalacion de fuentes fijas tales como plantas de asfalto a de
trituraciOn de agregados, no se requiere permiso de emisiones atniosféricas para la construcción del prayecta. En este
sentida, las actividades de praduccion de concreto (asfáltica e hidraulico) deben cumplir con los niveles màximas de
emision establecidos en la ResoluciOn 909 de 2008 y los demas requerimientos establecidos en Pratacala para el Control
y Vigilancia de la Contaminacion Atniosferica Generada par Fuentes Fijas (ResoluciOn 760 de 2010). Asi mismo, pare el
caso de Ia planta de concreto prevista en el area de carnpamento, esta se comparta coma una instalacion nueva debida a
que sera nueva an el sitio donde se ubicara y por Ia tanto debera cumplir con lo establecido en el articulo 29 de la
ResaiuciOn 909 del 2008,
Paisaje
De acuerdo a lo descrito en el EIA de la madificacion se realizO una caracterizaciOn del paisaje para el area de interOs con
el tin de determiner la linea base, cuyo analisis se IlevO a cabo mediante Ia irnplementaciOn de un mOtado de valoraciOn
indirecta que se fundamenta en la manifestacion visual del territorio. Dicha valoraciOn se hizo con base en la definiciOn de
atributos fisicos y biOticos que permiten determiner la irnportancia del paisaje coma objeto de contemplaciOn y sentido
estetico a belleza, más ella de la funcionalidad estructural que pueda evidenciar, para esta se utilizo la superposicion de
mapas de coberturas y geomarfologia mediante a cual en primera instancia se establecieron las unidades paisajisticas
del airea de interés, y par otro lado a través de caracterizaciones generates basadas principalmente en la predaminancia
visual que presentan las componentes presentes (Relieve, Vegetacion y la presentacion de las Actividades antropicas), se
realizO la caracterizaciOn para cada unidad de paisaje definida. De acuerda a Ia observado en la visita se consideran
ajustadas las unidades y los niveles de paisaje propuestas.
4.1.2.2 Consideraciones sobre el media biOtico
En atenciOn ala informacion del EIA allegada para la modificaciOn de la Licencia (Radicada 2015041587-1-000 del 06 de
agosto de 2015), se realizan las cansideraciones que se muestran a continuacion:
En primer luger se abordan las temas de areas protegidas y zones de impartancia para la conservaciôn, posteriarmente,
se discute lo relacionado can los ecosistemas terrestres y los ecosistemas acuáticos, en el orden establecida en los
Térrninos de referencia pare Proyectos de Construccion de Carreteras VI-TER-1-01, y a la luz de lo expuesta en la
Metodalagia general para la presentaciOn de estudios anibientales (MAVDT, 2010).
En el casa de los ecosistemas terrestres no se hacen consideracianes sabre la infarmacion de biomas y ecosistemas, par
ser aspectos de carácter regional que se pueden cubrir adecuadamente con la infarmacian presentada pare las zones de
vida y las coberturas de la tierra, correspondientemente. Adeniás, los ecosistemas se determinaron can base en el Mapa
de ecosistemas cantinentales, costeros y marinas de Colombia (IDEAM et at, 2007), informaciOn que resulta
desactualizada y generalizada frente a la detemiinaciOn de las coberturas de la tierra que se realizO mediante la
Metodologia CORINE Land Cover adaptada pare Colombia (IDEAM, 2010), Ia cual responde adecuadamente a Ia
establecido en la cnetodologia general para la presentacion de estudias ambientales (MAVDT, 2010), constituyenda
informacion niâs actualizada y con mayor nivel de detalle en cuanto a las caracteristicas de la vegetaciOn en el area de
intervenciOn (AIUF).
Areas protegidas
Dada que las areas de influencia directa (AID) e indirecta (All) de esta modificaciOn perrnanecen iguales a [as aprabadas
en la ResaluciOn mediante la cual se atargO la licencia ambiental del proyecto, no varian las condiciones de cercania can
el PNN Isle de Salamanca, por to tanto se establece que no habra ninguna afectaciôn indirecta sabre el mismo par [as
abras objeto del presente tramite.
En relaciOn a que el area de influencia directa puntual del proyecta (AIDP) aumenta y se acerca at caño El Clarin, es
importante reiterar la impartancia de no afectar el cauce del misma. Este, a pesar de encontrarse limitada par la via que
conduce de Barranquilla a Cienaga, surte Aguas al complejo cenagasa de la region y at PNN Isla de Salamanca (p. ej.
cruces en 74°39'58.40"0, 110 0'16.351'1 y 74 041 14. 6700, 110 019.45'N), convirtiendase en un elementode irnportancia y
Alta vulnerabilidad biOtica que no debe ser intervenida de manera alguna por el proyecta.
Resolucion No.
1 3 1 1
de
16 OCT 2U15
Hoja No.35
Tor la cual se modifica la Licencia Amblental otorgada mediante la Resolution N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Zonas de importancia para la conservaciôn
Las areas directs e indirecta del proyecto no varlan respecto a las autorizadas en la licencia ambiental del proyecto, la
superpasiciôn del mismo con las areas do importancia para la conservaciOn se da en las siguientes zones: area RAMSAR
Sistema Delta Estuarino del Rio Magdalena Cienaga Grande de Santa Marta, Reserve de la Biosfera Ciénaga Grande de
Santa MarIa, declarada por Ia UNESCO en el año 2000, y el AICA Cienaga Grande, Isla de Salamanca, Sabanagrande.
Una vez revisada la informatiOn del EIA radicado pare obtener modificaciOn de la licencia (Radicado 2015041587-1-000
del 06 de agosto de 2015), se tiene que se cruzaron las zonas de importancia para la conservation con las areas de
influencia del proyecto (All, AID y AIDP), en especial con el area de intluencia puntual, a tin de obtener la relation de la
extension que ocupa en dichas zones cada una de las areas del proyecto, como se resume en las tables que se muestran
a continuatiOn, y en las correspondientes salidas grâficas. Este informaciOn se tendrâ en cuenta en As consideraciones
sobre la evaluaciOn de impactos, y los planes de manejo ambiental y de seguimiento y monitoreo, a fin de garantizar el
adecuado rnanejo ambiental de las zones de importancia para la conservaciOn.
Con respecto al area RAMSAR Sistema Delta Estuarino del Rio Magdalena Cienaga Grande de Santa Marta, no varia el
solapamiento en ninguna de sus areas contemplado en el trámite de licencia ambiental, siendo el All la qua ocupa la mayor
proporciOn de la zone RAMSAR, con el 3,42% (17795,46 he que equivalen al 56% del All), mientras que el AID ocupa el
0,040 % y el AIDP no presenta superposiciOn con esta zona.
Tabla 19. RelaciOn de superposiciOn de areas de influencia del proyecto y el area RAMSAR Sistema Delta Estuarino del
I
item
de
Area (ha)
Influencla
a
de
Influencla
de Influencia
Puntual
3 1865,32
1016,937
I
Area en truce con RAMSAR
Sistema Delta Estuarino del Rio I % del area
Magdalena Cienaga Grande do I do Influencia
Santa Marta (ha)
I
17794,46
56
209,91
20,6
Estuarino del Rio
Magdalena Ciénaga Grande
do Santa Marta an al area
3,42
0,040
91,7425
a por el e
En cuanto a la Reserve de la BiOsfera CiOnaga Grande de Santa Marta, el area del proyecto coincide en su mayoria con
at area RAMSAR Sistema Delta Estuarino del Rio Magdalena Ciénaga Grande de Santa Marts. No obstante, las tres areas
de influencia del proyecto (All, AID y AIDE') se solapan con la Reserve do la BiOsfera, ocupando 18375,42 ha, 439,38 ha y
12,74 ha, de esta zone de imporlancia para la conservaciOn, respectivamente (con 18375,42 ha del All, 439,38 ha del AID
y 24,25 ha del AIDP).
ResoluciOn No.
13 1 1
16 OCT 2015
de
Hoja No.36
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la ResoIucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determjnacjones"
labia 20. RelaciOn de superposicion de areas de influencia del proyecto y el Reserve de la Biosfera Cienaga Grande do
Item
Area (ha)
91,7425
por
Area an cruce can la Reserve de la
Biosfera Clénaga Grande do Santa
Marta
24,25
con base en el radicaao del tIl) do ncdilicociOn de la Iicenci
Siosfera Cienaga Grande de Santa Marta as do 512566.7 ha.
58
43,2
% Reserva de
Ia Blosfera
Ciénaga
Grande do
Santa Marta *
en al area de
influencia
3,6
0086
26,4
00047
% del area do
influencia
gUn la cual *el area do la Reserve de
Es importante tener en cuenta que el POT de Barranquilla contenipla como parte de la Estructura Ecologica Principal y del
suelo de protecciOn, el manejo del subsistema de cauces y rondas con in minimo de treinta y cinco (35,00) metros de
ancho, paralelos y a Ia largo del imite del cauce de lado y lado, contados a partir del borde externo del cauce, los cuales
se consideran zonas de recuperaciOn arnbiental, con usos do restauración. Adicionairnente, el POT considera las areas de
reserva de servicios pUblicos hacen parte del suelo do protecciOn del municipio.
En este orden de ideas, se resalta que Is nueva ubicacion del carnpamento se localiza an los predios perlenecientes a la
empresa Triple A S.A. E.S.P., la cual presto los servicios do acueducto, alcantarillado y aseo a la ciudad do Barranquilla.
Esta inforniación se tendrà en cuenta en las consideraciones sobre la zonificaciOn ambiental y la zonificación de manejo
ambiental presentadas por el usuario.
Figura 23. LocalizaciOn del nuevo campamento do obra
o
Jc
A&.
rM
A
COPMNCIO N ES
CoAe/o ft.,..
C..iCo.'wor...Io
O'.,ej. Oc4
lpfZrcd. po.o
Fuente: Radicado 2015041587-1-000 de! 06 de agosto de 2015
Ecosistenias terrestres
En el radicado para la niodificaciOn de la licencia ambiental del proyecto "lnfraestructura vial para la solución integral del
paso sabre el rio Magdalena en Barranquilla, quo incluye reemplazo del puento Laureano Gomez niás conocido como
Puniarejo" (Radicado 2015041587-1-000 del 06 do agosto de 2015) so hace la descripciOn de las zonas de vida, biomas,
coberturas vegetales y finalmente los ecosistemas terrestres del area de influencia directa del proyecto. Validando la
informaciOn do la Geodatabase del prayecto con el mapa do distritos biogoogrâuicos para Colombia Hornândez y Camacho
(1992), so logro deducir quo en el AIOP so presentan tres (3) Biornas, siendo el Zonobioma seco tropical del Caribe en
PoriCaribeno Cartagena_Sinu el mâs representativo con 42,21 ha, correspondientes al 46%, seguido por el Helobioma del
Magdalena y Caribe en PeriCaribeno cgsm con 35,77 ha (39%) y el Halobiorna del Caribe en PeriCaribeno cgsm con 13,75
ha (15%).
La zona de vida correspondiente al All del prayecta, es el Basque Muy Seco Tropical (bms-T), lo cual es coherente con Ia
clasillcaciOn de zonas do vida de Holdridge, teniendo en cuenta los valores de temperatura y precipitacian media anual
reportados pars el All (27,8 °C y 780.2 mm).
Resolución No.
1 3 1 1
de
•
1 6 OCT 2015
Hoja No.37
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Durante la visita de evaluadôn para la modificacion, se evidenciO frente a las coberturas naturales que an el area
Unicarnente se conservan areas muy pequefias de Basque Abierto Baja de Tierra Fume, Bosque Denso Bajo Inundable y
Basque Denso Baja de Tierra Fume, las cuales han sido rnuy intervenidas,
Caracterizaciôn de flora
Cobertura vegetal
La informacion presentada en el Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, se desarrollo con la metodologia
adecuada. Asi, an el capitulo 3 del EIA se indica el area que acupa cada una de las coberturas de la tierra an las ties areas
de influencia (All AID y AIOP), la cual es coherente con la informacion reportada en la GOB.
Es impartante destacar, que en la visita de evaluacion para la modificacian ambiental se identificO qua en el costado
nororiental del prayecto (margen derecha no Magdalena - corregimienta de Palermo, jurisdicciOn del niunicipia de Sitia
Nuevo en el departamento del Magdalena), el area catalagada coma pastas enmalezados, debe ser catalagada coma
vegetaciOn secundaria baja. Esta, teniendo en cuenta qua en la evaluaciOn par la cual se atargo la licencia ambiental, se
identificO an esta zone pracesas de regeneracion natural, y coma se abserva en la Fata y Fata , el area se encuentra en
una fase sucesianal can predominancia de formas arbusfivas y herbéceas. Es importante resaltar, que la vegetacion
secundaria comprende aquella cobertura vegetal ariginada par el procesa de sucesiOn de la vegetacion natural y que se
angina luega de la intervencion a par la destrucciOn de la vegetacion phmaria y que se caractenza por desarrallarse en
zones desrnontadas pana diferentes usas yen areas agricalas abandanadas (coma en este caso). De acuerda ala anterior,
0,136 ha serán tamadas an cuenta para la asignaciOn de la compensacion par pOrdida de biadiversidad.
Adicionalmente, en la GOB adjunta no se iden6fica la vegetaciOn protectora del canal del cana Pasadena. Dicha cobertura
està catalogada en la GOB coma pastos enmalezadas. Sin embargo, esta Autoridad considera que es vegetacion
secundaria con predominancia de formas arbusUvas, la cual va a ser afectada par el emplazamiento del campamenta,
especificamente para dar paso hacia las zonas de acopia debajo del puente existente. Tenienda en cuenta Ia anterior, se
calculo un area aproximada de 0,06 ha que podrian ser afectadas y las cuales se tendran an cuenta pare la asignaciOn de
la compensacion par perdida de biodiversidad. Es de aclarar que dicho cálculo se realizo con la franja de 30 metros de
afectacion de cada paso (60m) por 10 metros de ancha del relicta. (Ver figura 24).
ResoluciOn No.
1 3 '1 r
de
16 OCT 2015 Hoja No.38
Tor la cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N O 0325
del 17 de marzo de 2015 y se tornan otras determinaciones"
to
For otra parte, cobertura qua se identifica coma Flantacion Forestal, es una plantacian de Ia especie Tabevia Rosea, la
cual es una especie nativa, con importancia ecolagica como generadora de suelo an ecosistemas de basque seco tropical.
Par lo cual, una adecuada valoraciOn de esta cobertura seria conforme a la categoria de basque natural y no coma una
plantaciOn forestal. Lo anterior, teniendo en cuenta qua los individuos presentes en esta cobertura tienen un porte
considerable con DAP mayores a 20 cm, Ia cual indica el estado de maduraciôn y consolidacion de los mismos, Teniendo
en cuenta lo anterior, la afectaciOn de esta cobertura tambien sera incluida coma compensaciôn de ecosistemas naturales.
• Biomasa vegetal a afectar
De acuerdo al capitulo 4 del EIA (Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015), se realizo el inventario forestal
at
al 100 % de los individuas arbóreos con DAP superior a 10 cm en AIDP.
at
La informacion presentada en el EIA para la modificacion del proyecto, entregada par Consarcio SES en formato digital
(PDF) reporta qua se requiere adicianar at permiso de aprovechamiento forestal 160 individuos con un volumen total de
42,0 m3 y volumen comercial de 7,9 m3.
Las especies més abundantes segUn el inventario forestal corresponden a Tabebuia rasea (Serial,) A.DC con cuarenta y
ocho (48) individuos equivalente at 30% del total de individuos censados, seguido par Cord/a dentata Pair con veincuatro
(24) individuos (15%).
Frente a las especies amenazadas, en el inventario forestal no se reportO ningUn individuo bajo veda nacional a regional
(jurisdicciOn del prayecto). Pese a Ia anterior, se aclara que los individuas de Pachira quinata en el sector Casa Lana Camaguey y Guaiacum oflicinale, identificados en el EIA radicado para la solicitud de licencia ambiental (radicado 4120E1-57029 del 15 do octubre de 2014) y catalogados de acuerdo ala ResoluciOn 192 de 2014 del MAIDS coma en peligro
(EN) y en peligro critica (CR) correspondientemente, no fueron solicitados dentro de los permisos de aprovechamiento
forestal, y se incluyeron dentro de las fichas de manejo ambiental, para garantizar su cuidado durante la ejecucion del
proyecto.
at
For ültimo, el individua registrado con el 180, que no reportô el nombre cientifica en
inventario forestal inicial, fue
reportado nuevamente en el inventario forestal para la modificacion de la licencia ambiental. El nombre comUn es
Naranjuelo y nornbre cientifico Crateva tap/aL; dicha especie nose encuentra baja ningUn tipo de veda nacional a regional.
Caracterizacion de fauna
Dada que las obras objeto de modificacion se encuentran ubicadas dentro de la misma area de influencia, la caracterización
at
faunistica es A rnisma utilizada para el EIA con cual se solicitô la licencia ambiental para el proyecto "infraestructura vial
para la salucion integral del paso sobre el rio Magdalena en Barranquilla". En tat sentido, [as consideraciones del concepto
técnico do evaluaciOn, acogido an to Resolución 0325 del 17 de marzo de 2015, aplican para el terna yen tal sentida no
se replican en el Concepto Tecnico pare! cual se efectUa Ia evaluaciOn do la presente solicitud do niodificacion de licencia
ambiental.
4.1.2.3 Conslderaciones sobre of medlo socioeconômico
Respecto a los Lineamientos do Participacion: en el documento con radicado 2015041587-1-000 del 06 de Agosto do
2015, el consorcia SES allega anexos de las copias escaneadas de los oticios de convocataria de socializaciOn dirigidas
a las autaridades locales, asi como las actas de socializacion de las reunianes efectuadas los dias 25 de Junio do 2015
en instalacianes de INVIAS an la ciudad do Barranquilla y 24 de Julio de 2015 an instalaciones de la lnstituciôn Educativa
Rural Palermo. La primera reunion de sacializaciOn de la modificaciOn de Ia Iicencia ambiental fue convacada para
autaridades de la ciudad de Barranquilla. A esta reuniOn se convocaron las siguientes autaridades;
Resolucion No
13 11
de
16 OCT 2015
Roja No.39
"Por la cual se modiuica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de matzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
•
•
•
•
•
•
•
Elsa Noguera, Alcaldesa do Barranquilla
Miguel Vergara, Secretario de PlaneaciOn de Barranquilla
Nury Esther Logreira, Secrotaria do lnfraestructura de Barranquilla
Orlenis Diaz, Coordinadora Habitat de Barranquilla
La procuraduria delegada para asuntos ambientales
La Defonsoria del Pueblo
Jaime San Juan Cubicles, Forsonoro de Barranquilla
Sin embargo, a la reunion asisferon las siguientes personas, algunas en representaciOn do las autoridades convocadas:
•
•
•
Gina Vargas, periodista sector de infraestructura (Barranquilla)
Jorge Vitola, profesional especializado do la personeria distrital (Barranquilla)
Nury Logreira, Secretaria de infraestructura de Barranquilla
Iambién asistieron:
• Oscar Oliva, director ASP (consorcic vial Pumarejo)
• Diego Sierra, Ingeniero Residente
• Nicolés Riveira, Consorcio Vial Pumarejo
• Magda Duque, Residente Social lnterveritoria
• Sylvana Forero, Ingeniera Interventoria.
• Claudia Guerrero, Residente Social Consorcio SES
• Patricia Cortes, do Ambiental Consultores ACON
• Alvaro Navarro, Ingeniero
• Jairo Luis Vega
• Delis Yepes Torres, residente Social Interventoria
• Maria Paola Pefia, de Ambiental Consultores ACON
• La Gestora Social del INVIAS
• Victor Molina BerrnUdez
• Omar Angulo
SogUn el acta anexa de ésta reunión, se socializO el proyocto en general, asi como las obras y actividades objeto do la
modificacian: Is reubicaciOn del canipamento, la instalaciOn de la planta de concreto, la instalaciOn de muelles temporalos,
las zonas de manejo ambiental de sobrantes, la movilizaciôn interna de la obra y Is canalizaciôn del caño Pasadena, asi
corno las solicitudes hechas respecto a ocupaciOn do cauces, permisos de vertiniientos y aprovechamiento forestal.
de agosto de 2015. Modificado Grupo do Evaluaclan ANLA.
SegUn to inforrnado medianto documento anoxo para la modificaciOn de la Licencia Ambiental, radicado 2015041587-1000 del 06 de Agosto de 2015, las intervenciones de los asistontes ostuvieron enfocadas principalmente en la irnportancia
de generar socializaciones del proyecto a otras enbdades por considerado un tema do interes nacional, además de
preguntas concretas sobre los tiempos quo requiere el proceso de modiflcaciOn de licencia y las achvidados quo cambian.
Segun el acta anoxa do la sogunda reunion, además de convocar la prosencia de las autoridades de Barranquilla y Sitio
Nuevo (Magdalena), se convocaron lideres comunitSos, presidentos de juntas de acciOn cornunal, ornpresas prestadoras
do servicios pUblicos domiciliarios (luz, agua, gas), autoridados militaros y de policia, la CorporaciOn AutOnoma del
Atlántico, el INVIAS, control urbano de la ciudad do Barranquilla, la rectora del IE Rural del Corregimiento de Palermo
(Magdalena) y la comunidad en general. SogUn lo informado, la reuniOn cantO, por parte del proyecto, con la participaciOn
at
de la Intervonforia, INVIAS, la omprosa do consultoria ambiental ACON y el Consorcio SES. SegUn to inforniado
mediante radicado 2015041587-1 -000 del 06 do Agosto do 2015, dicha convocatoria so reforzO por medio de volantes y
cuhas radiales dirigidas a los habitantos, las cuales so transmitieron por las omisoras locales generando coma rosultado
la asistoncia do 218 personas, do las cuales 201 eran personas do las comunidades. Si bien se convocaron a ésta reunion
Resolucion No.
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16 OCT 2015
1-loja No.40
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
las autoridades arhba niencionadas, estas no se Ilicieron presentes ni personalmente, ni mediante delegados (segün to
evidenciado en las actas y Ustados de asistencia).
at
SegUn acta anexa al documento de estudio presentado par el Consorcio SES, durante esta segunda reuniOn, el
at
Consorcio SES socializO proyecto en general: at plan de manejo ambiental licenciado, el plan de gestiOn social y se
frataron temas relacionados con la adquisiciOn de predios. Respecto a la modificacion de la licencia ambiental, el
documento informa que se socializaron las siguientes actividades: la reubicaciOn del campamento, la instalaciOn de la
planta de concreto, la instalacion de muelles temporales, la confomiaciOn de un terraplén de acceso a la Isla RondOn, los
corredores de movilizaciOn interna de obra y acoplo temporal de materiales y la canalizaciOn del caño Pasadena. El
auditorio no presentO preguntas relacionadas con la modificacian de la licencia ambiental, pero si varias intervenciones
enfocadas principalmente an la gestiOn predial y at programa de contrataciOn de mano de obra del area de influencia, las
cuales fueron respondidas par los representantes del Consorcio SES, informando a la comunidad sabre los requisitos para
radicaciOn de las hojas de vida a través del centro de atenciOn ala cornunidad o via correo electronico; se informO tambien
que esa oficina recepciona solicitudes, quejas y reclamos; y finalmente se informO sobre futuras reuniones especificas
donde se trataran temas relacionados con Ia gestiOn predial.
Agosto de 2015.
Por otra parte, durante la visita de evaluaciOn, esta autoridad realizO un recorrido por el trazado del proyecto an compania
de la profesional social residente del proyecto, la social profesional de la interventoria, la profesional social del INVIAS y la
profesional social de la empresa de consultoria ambiental ACON, con elfin de hacer reconocimiento principalmente de las
afectaciones prediales (incluida la escuela La Canchera) sobre el AIDP, y realizar acercamiento informal con algunos
residentes con el objeto de indagar sobre procesos de socializaciOn y de modificaciOn de la licencia ambiental asi como
su percepciOn general sobre el proyecto, coma se evidencia en las siguientes fotografias.
Resolucian No.
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16 OCT 2015 Roja No.41
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resotución N° 0325
del 17 de marzo de 2015y se toman otras determinaciones"
Se realizO reconocimiento de la oficina temporal de atenciOn ala comunidad ubicada en la calle 6 #4-139 Villa Palermo,
donde se evidenciO quo se están Ilevando a cabo procesos de recepciOn do hojas de vida, asi como atenciOn a solicitudes,
quejas y reclarnaciones. Finalrnente se realizO reunion con la comunidad del AID y del AIDF, la cual se desarrollô en
instalaciones de la escuela La Canchera. El objeto de la reunion frie la de indagar percepciones y opiniones, as[ como
estrategias de socializaciOn y participaciOn comunitaria respecto al proyecto en general y a Ia modificaciOn de la licencia
ambiental en especifico.
Durante la reunion con las comunidades se contO con Ia participaciOn de delegados de las juntas de acciôn comunal del
AID y del AIDP, entre ellos el señor Reinado Gamizabal, presidente de la junta de acciOn comunal del barrio la Chinita, la
señora Maria Lara parte de la junta do acciOn comunal de la Chinita y representante del sector del Fern, el señor Angel de
la Cruz, quien manifesto ser dirigente civico del sector Pensilvania, el señor Luis Delgado, lider comunitario del sector
Casa Lorna, el señor Bolivar Suarez, Juan Mejia y JesUs Vizcaino del sector Casa Loma, el señor Cesar Loja, quien
manifesto ser lider comunitario, Jenny Guzman corno representante de Ia inspecciOn de Palermo, entre otros participantes
de los sectores Palermo, Casa Loma y de la Isla RondOn.
De rnanera general rnanifestaron que han estado enterados y atentos at proyecto en general, que tanto el INVIAS como el
Consorcio SES PUENTE MAGDALENA, los han tenido informados sobre aspectos del proyecto, incluida la modificacion
de la licencia ambiental. Varios do los participantes de la reunion manifestaron haber hecho parte de reuniones
informativas, sin embargo, otros manifestaron que por cuestiones laborales o de desplazamiento hasta los sitios de las
reuniones no han podido asistir. Varios participantes do la reunion afirmaron que se realizO una reunion de socializaciOn
de la modificaciOn de la Licencia Ambiental, donde el Consorcio SES presentO el proyecto, socializO ]as modificaciones
respecto a la construccion de muelles, adecuaciOn do areas, cambio del campamento, entre otros aspectos, reuniOn a las
que asistieron representantes do las alcaldias municipales y autoridades locales.
Sin embargo, manifestaron durante la reunion preocupaciones respecto a los impactos que las obras en general y de la
modificaciOn en especifico, tendràn sobre aspectos como: la contaminaciOn por ruido y polvo generado por las obras,
Resolucion No.
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16 OCT 2015 Hoja No.42
"Por la cual se mod ifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
afectaciOn a los cultivos (especialmente los ubicados en la Isla) por el material de emision de la planta de concreto y de
las actividades de ingenieria que se van a realizar, par la falta de claridad (segun la comunidad) respecto a aspectos
prediales coma: el tiempo que se va a tomar la adquisicion predial, el tempo que les va a dar para reubicarse en caso de
enajenacion voluntaria de los predios, la posibilidad de permitirle a los nios y niñas estudiantes de la Escuela La Canchera,
pars terminar el aña escolar sin ningün contratiempo, etc.
Las comunidades manifestaron preocupacion respecto a las acvidades que se estan realizando actualmente par parte
del Consorcio SES, toda vez qua ha habido movimiento de vehiculos de carga pesada sabre el Area de Influencia Directa
Puntual - AIDP, sin que les informe antes sobre las acvidades que se realizan.
También fueron expresadas par la comunidad preocupaciones par aspectos coma: la vinculaciOn laboral al prayecta, las
actas de vecindad par posibles daños a los predios par el paso de vehiculos de carga pesada, la preocupaciOn par la
posible afectaciOn a actividades econOmicas tradicionales coma la pesca (de la cual dependen varias familias de los
sectores del AIDP), entre otras preocupaciones que esta autoridad considers son vàlidas en el cantexto de un proyecta de
esta naturaleza, y que han sido tenidas en cuenta dentra de los impactas evaluados para el atorgamiento de la licencia
ambiental.
Sin embargo, se evidenciO, a partir de los testimanios de las comunidades, asi coma de ]as copias de las actas de
sacialización de la niodificacion a la licencia ambiental, que no ha habido socializaciôn suficiente en el sector de la Isla
RondOn. Varias habitantes de este sector, manifestaran que alli residen muchas personas de la tercera edad, o en situaciOn
vulnerable, Ia que les ha impedida asistir a las reuniones de socializacián del proyecto, y solicitaron que se realicen
socializacianes de manera especifica pars cada sector impactado.
Finalmente manifestaran que son las mismas comunidades, a través de sus vecinos, lideres quienes han reproducido la
infarmacián sacializada. Tambien qua las dacentes de la escuela la Canchera, han aportado a pracesos de concienciación
de las camunidades del AIDP respecto a varios de las aspectos del proyecta en general, teniendo en cuenta que existe en
Ia poblacion identificada dentro del AIDP altos niveles de analfabetismo.
Respecto a la caracterización del medio socioeconómico: SegUn lo presentada par el Cansorcio SES PUENTE
MAGDALENA en el dacumento Anexa para la modificacion de La Licencia Arnbiental, radicada 2015041587-1-000 del 06
de Agosta de 2015, la caracterizacion social no vans respecto a Ia presentado, evaluada y licenciado par esta autoridad
mediante Resolucion 0325 de 17 de Marzo de 2015. La caracterizacion socioeconOmica se llevô a cabo en el marco del
Estudio de Impacto Ambiental del proyecto, entregado ala ANLA mediante radicada 57029 del 15 de octubre de 2014.
En el estudio presentada, el Consarcio SES desarrollO la caracterizacion del entorno social, económico y cultural del AID
y AIDP, tenienda en cuenta las dinâmicas poblacianales tipo de pablaciOn asentada, patranes de asentamienta, la
cobertura de servicios pOblicos, la prestacian de servicias sociales, Las caracteristicas y actividades ecanómicas, estructura
de la propiedad, las dinamicas politico arganizativas institucionales y comunitarias, entre otras, las cuales a la luz de la
visita de verificacion y evaluaciôn fueron consideradas coherentes y acorde a lo hallado en campo.
A continuaciOn se presentan consideraciones respecto a Is caractenizaciOn de Las dimensiones demogrâficas, espaciales,
culturales, econOmicas, as[ como la identificacion de la pobLaciôn a desplazar par afectaciones prediales del Area de
Influencia Directs Puntual. Estas dimensiones hacen referenda Unicamente a la solicitud de rnodificaciôn, y fueron
analizadas y enmarcadas dentro del proceso de evaluaciOn de moditicacion de la licencia.
Dimension Demografica: Respecto a aspectos demográficos del area de interés de La modificaciOn, el documento
presento informacion adecuada respecta al nUmero de personas identificadas en los predios objeto de afectaciOn por la
modificacion. Se identifico un pequeno asentamiento irregular ubicado baja el puente Pumarejo par el constado de
Barranquilla, en donde residen familias que tuvieron que desplazarse de la Isla RondOn (donde antes residian) por causa
de inundacianes del Rio Magdalena. Este trabajo de identificacion, asi como Ia contextualizaciôn de las causas del
asentamiento irregular, lo realizaron, segOn el documento aportado, a través de entrevistas y aplicaclOn de encuestas a
las farnilias alli asentadas. Vale la pena resaltar algunos resultados coma que tados los que alli habitan, si bien se
encuentran en mejoras independientes, provienen de la familia del señor Roque Diaz, quien es el Unico adulto mayor
identificado. Se debe tener en cuenta que son familias que hacen parte de un mismo grupo familiar, que han residido par
decadas en la region, y qua se vieron obligadas a asentarse en estos territorias debido a inundaciones en sus antiguos
predios que estaban localizados en Ia Isla Pensilvania (asignados par el lncora). SegUn lo informado en el documento de
modificaciOn, asi coma lo manifestado por la comunidad durante La visita realizada par esta autoridad, estas familias Ilevan
residiendo en predias baja el puente (costado Barranquilla) aproximadamente hace cinca (5) años; sin embargo, no se
debe desconocer el alto grado de arraigo significativa que tienen con el territaria, toda vez qua ha sido en esta zona (ronda
del no Magdalena) dande se encuentran enmarcados sus hábitos familiares, sociales, econOmicos y culturales.
DimensiOn Espacial: Las viviendas identificadas no cuentan con servicias pOblicos. El agua es Ilevada en baldes y
almacenada an tanques, Las aguas residuales van a campo abierto y los residuos son quemados. Tambien hay limitaciones
para el acceso a servicios sociales, toda vez que cuando se nequiere atenciOn medica, el centro de salud mM cercano
estâ a aproximadamente 40 minutas caminando (centro de salud barrio La Chinita), Si se requiere atenciOn par urgencias
se deben remitir a centros medicos mM distantes. Esta informaciOn tue corroborada en la vista de evaluacion de
modificacion realizada par esta autoridad.
Resolucion No.
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Hoja No.43
Tor la cual se moclifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y so toman otras determinaciones"
Por otto lado, esta autoridad considera que se debieran tener an cuenta estudios de rnovilidad de la poblaciOn, toda vez
at
qua EIA identifica qua los estudiantes qua residen an el AIDF so movilizan principalmente a pie o an bicicletas hacia sus
colegios, por lo qua las obras podran afectar este aspecto de manera negativa.
DimensiOn econômica: Respecto ala dimensiOn econOmica, estas familias han estado ligadas a actividades relacionadas
at
con la agricultura y la pesca. En la Isla Pensilvania se cultiva plátano, cebollin, yuca, coca, guanâbana, entre otros,
productos que son cornercializados y consumidos localniente, situaciOn que fue verificada durante la visita de evaluacián
de Ia modificaciOn (Vet fotos 33 y 34).
SegUn Ic informado por el Consorcio SES mediante documento de solicitud de modificaciOn (radicado 2015041587-1-000
del 06 de Agosto de 2015), los ingresos qua las famulias obtienen de estas actividades son destinados a cubrir sus
necesidades básicas y alimentarias. TambiOn, que teniendo an cuenta que an area se encuentra poblaciOn an edad
econOmicamente activa, consideraran Ia inclusion de personas a programas de vinculaciOn de mano de obra local.
Teniendo an cuenta esta informaciOn, esta autoridad considera importante esta vinculaciOn, sabre todo pot las condiciones
de vulnerabilidad descritas an el documento de modificaciOn, as! como Jo evidenciado an la visita. Propender porque estas
familias se reubiquen an lugares qua les permitan el acceso a servicios p(iblicos, servicios sociales de salud y educaciOn,
y asi como una fácil adaptaciOn at media socio econOmico (obtenciOn de ingresos y vinculaciOn laboral rapids), sobre todo
teniendo an cuenta las expectativas de las familias frente al proyecto y at traslado, toda vez qua el documento habla de
qua los habitantes esperan contar con espacios qua es permitan la generaciOn de ingresos, ya sea por vinculaciOn laboral
0 pot actividades agricolas y tradicionales.
Sabre la dimension de dependencia socioeconOmica de las comunidades, y teniendo en cuenta to mencionado an esta
dimensiOn, esta autoridad hace énfasis an la irnporlancia de las acdvidades econOmicas que representan la subsistencia
de Is poblaciOn, an los procesos de reasentamiento involuntario, an particular pare aquellas farnilias qua se localizan an la
Isla Pensilvania (Rondôn), toda vez qua las acflvidades (econOmicas y sociales) de la poblaciOn qua alli reside, se
benefician por la cercania del t Magdalena.
Respecto a actividades econOniicas del sector secundario, at documento presentado pot el Consorcio SES no identificO
areas de interes para la modificacion de la licencia (industria, fábricas, laboratorios, etc.), identificando qua los habitantes
at
del AIOP, especificamente los habitantes de a Isla Pensilvania y el asentaniiento ubicado an bajo puente Pumarejo
(costado de Barranquilla), no se benefician econOmicamente de ninguna industria cercana. Si bien durante ía visits se
evidenciO la cercania de la zona franca de Barranquilla, la comunidad entrevistada manifestO no encontrarse vinculada
laboralmente a esta.
Finalmente durante la vista de evaluaciOn se evidenciO qua los ingresos de la pobladOn dependen de las actividades
económicas inforniales arriba relacionadas (agricultura y pesca), y qua no se cuenta con vinculaciOn laboral estable.
at
Respecto a la poblaciOn afectada: La modificaciOn de la Jicencia mantiene Area de Influencia que fue objeto de
licenciamiento, evaluaciOn y aprobaciOn, sin embargo serân afectadas viviendas qua se encuentran ubicadas an el predio
donde se requerirà la instalaciOn temporal del campamento y zonas de acopio de rnateriales. Si bien estas viviendas y
familias se encuentran an at AIDP del proyecto, y habian sido consideradas dentro del estudio social del LIA, at concepto
técnico 1063 del 11 de marzo de 2015, qua diO viabilidad ambiental at proyecto, recomendO considerar niveles de
sensibilidad alta para estas poblaciones debido a su dependencia y arraigo significativo social, econOmico y cultural sobre
el predio.
La relaciOn de viviendas ubicadas an el area de interOs para las actividades propias de la modificaciOn, se presenta an el
consolidado an la tabla 22.
Resolucion
No.
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18 OCT 2015
Hoja No.44
'Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada rnediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Agosto de 2015.
Finalmente, frente a Ia inforniacion presentada par el Consorcio SES respecto a los predios que se verán afectados par
las actividades de modificaciOn de la licencia ambiental, esta autoridad Is considera apropiada y corresponde con Ia
evidenciado en la vista de evaluacion a Ia modificadan. Sin embargo, y teniendo en cuenta lo evidenciado durante Is visits
de evaluaciOn (principalmente en la Isla Pensilvania), si bien la inforniaciOn brindada par el Consorcio SES es puntual
respecto a as afectaciones directas sobre algunos predios, eats autoridad considera que la construcciôn del nuevo puente
Purnarejo no solo afectará a la poblaciOn identificada par el Consordo, sino que indirectamente se afectaran cullivos de
los qua depende la poblacion de la Isle Pensilvania.
Aspectos ArqueolOgicos: Respecto a las nuevas actividades propuestas en el proceso de modificacion de la licencia
ambiental, el usuarlo presentô copia de la comunicaciOn del ICANH, radicado 13012678 del 17 dejunio de 2015, a través
del cual le solicitô al Consorcio S.E.S Ilevar a cabo estudios de praspeccion arqueolOgica en el marco del prograrna de
Arqueologia Preventiva para el proyecto modificatorlo. En respuesta a esta solicitud el Consorcio S.E.S, rnediante radicado
ICANH 3179 del 22 de julio de 2015, presento Ia propuesta pars solicitar la autorizaciôn pare la intervencián arqueológica
Resolución No.
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1
de
ii 6 OCT 2015
Hoja No.45
"Por la cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resoluciori N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
del proyecto: Pro grama de arqueologla preventive de las nuevas éreas de intervenciOn pars la canstrucciOn de las bases
del nuevo puente Alfonso Lopez Pumarejo an Is dudS de Barranquilla, Foss de prospecciOn y formulaciOn del plan de
manejo arqueolOgico.
Organizacion Comunitaria: SegUn to informada par el Cansarcio SES mediante dacumenta de salicitud de madificacion
de hcencia, los habitantes identificados en el castado sur accidental del puente (pablaciOn ubicada baja el puente en el
sector de Barranquilla), rnanifestaran no estar vinculadas a las camunidades cercanas, ni a organizacianes base a juntas
de acciôn comunal. La isla Pensilvania cuenta can Junta de AcciOn Camunal. Para las zanas identificadas dentra del area
de iniluencia puntual del prayecta de modificaciOn (Isla Pensuvania y sector de Barranquilla) se verificO durante la visita de
evaluacion que estas camunidades no cuentan can accesa a servicias culturales, departivas, de ocia, etc., y si bien se
identificaron lideres comunitarias yjuntas de acciOn comunal, estas camunidades especificas no mantienen contacto can
estas. Par atra lado las barrios aiedaños, coma la Chinita en Barranquilla, son idenilficadas par esta poblacion como lugares
de donde se obtienen bienes y servicias especificas.
at
Finalmente se deja claridad qua el precitada concepta tuvo an cuenta la infarmaciOn apartada par Cansorcia SES
(radicado 2015041587-1-000 del 06 de Agasto de 2015), la cual hace enfasis an las actividades e impactas generadas par
la modificacian a la licencia ya aprobada, par to qua aspectos generates de la caracterizaciOn socioeconômica coma las
dimensiones culturales, dimensiones politico administraUvas, presencia institucianaI, organizaciOn comunitaria, tendencias
de desarrollo, etc., ya fueron tenidas en cuenta y evaluadas en el EIA licenciado mediante ada 0325 de 2015.
4.1.3
Consideraciones sobre la Zoniticacion Ambiental
La metadologia utilizada para determinar Is zonificaciOn ambiental tue la superposiciOn de mapas. Para obtener las mapas
intermedias, y para cada campanente a dimension ambiental se evalUan la sensibilidad e importancia en las variables a
temas establecidos coma susceptibles de ser modificadas par causas externas y/o de prestar bienes y servicios
ambientales y saciales a su entarna, a parlir de la interacciOn de las niveies de sensibilidad e impartancia se obtienen los
rangas de aptitud que se niuestran en la tabla 23, y a partir del resultado de esta UlUma para cada companente a dimensiOn
ambiental, se abtiene Is zoniticaciOn sintesis en la cual se identifies la minima aptitud de los medics fisico, biOtica y
saciaeconOmica can respecta at proyecta a desarrollar.
Tabla 23 Matriz de interacciOn sensibilidad e importancia: Aptitud del entorno
Sensibilidad
lrnpartancia
Muv Alta
I
Alta
Media
I Moderada I Baia I
Media
Muv Baia
Finalmente se encuentra cansecuente que la Unica restricciOn de tip legal qua existe an la zana para el area de interes
de madificaciOn de la licencia ambiental, correspande a las randas de protecciOn de las fuentes hidricas superficiales.
4.1.3.1 Consideracianes sabre €1 media Fisico
Respecta a la zanificaciOn ambiental presentada en el EIA, desde el media abiOtica las variables utilizadas (geologia,
hidrageologia, geamorfalogla, usos actual y potencial del suelo y conflictos de usa del mismo), guardian carrespandencia
can las candicianes evidenciadas durante la visita técnica de evaluaciOn ambiental, con la caracterizaciOn y con las
estudias y disenas presenlados.
Na abstante, se cansideran insuficientes, toda vez qua las componentes hidrolOgico, de calidad del agua y contaminaciOn
par material particulado y ruida carnprenden un grupo de variables de alta importancia de acuerdo a la caracterizaciOn del
at
camponente abiOtico de la que se puede sustraer qua fuentes hidricas coma caño Clarin presentan alta sensibilidad
coma parte fisica y funcional de la Ilanura de inundaciOn, a traves de la cual se efectüan aportes de agua dulce hacia las
cienagas del Campleja Cenagosa de Santa Marta durante los periodas de crecientes y sus aguas provienen de
ecasistemas prategidas a can baja intervenciOn antrOpica pero qua at tener un fiujo bidireccianal pueden afectar
directamente el compieja cenagasa, asi camo las demas fuentes hidricas qua se encuentran a la izquierda del rio
Magdalena y que son sus tributarios. Par afro lada la contaminación par material particulada y ruida especialmente en la
isla RandOn se hace importante y de alta sensibilidad par la presencia de animales silvestres y cultivos.
Con respecta a la clasificaciOn Para las variables idenUficadas en el EIA este Autaridad considera to siguiente:
La sensibilidad Para el aspecto "depOsita fluviolacustre" del companente "gealogia', se debe clasificar de sensibilidad media
par la susceptibilidad a fenomenas de inundaciOn y an algunos casos de inestabilidad gealOgica, en especial el area
carrespandiente a la niargen derecha del rio Magdalena y la zana sur de la isla RandOn. Asi mismo se debe clasificar de
iniportancia media toda vez qua de acuerdo a la campasiciOn de estas depOsitos se trata de suelos fOrtiles qua pueden
generar bienes saciaeconOmicos de ser aprovechadas.
k
Resolucion No.
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16 OCT 2015
Hoja No.46
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resoluciôn N° 0325
del 17 tie marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Dentro de las unidades geomorfolagicas se determine qua a "geoforma plana horizontalizada muy baja" es de muy alta
susceptibilidad a los procesos de erosion par socavaciOn vertical y lateral e inundaciOn, par Ia que se debe clasificar de
sensibilidad alta y la "geofornia plane horizantalizada baja" se debe clasificar de sensibilidad media.
Con relacian al "usa del suelo actual" coma 'canservaciOn de recursos hidricos" se debe clasificar de sensibilidad alta ya
qua en varies fuentes hidricas se realizaran actividades que no permitiran el retorno a su estado original una vez realizada
la intervenciôn, asi misma el uso "agricala - cultivas transitorias semi-intensivas", se debe clasificar de sensibilidad
moderada debido a que pare su recuperacion en ci mediano plaza se deben implementar acciones especiales coma el
casa de la isla RondOn.
El usa actual del suelo "forestal - producciOn" se debe clasificar de irnportancia alta, siendo cansecuente can la clasificación
asignada al usa "conservaciOn - forestal protectora", ya que adicianalmente a los beneficios ambientales tienen capacidad
de servicia saciaeconOmico.
Siendo cansecuentes con el concepto emitida por esta autoridad pare la aprabacian de la licencia ambiental, ci uso del
suela actual y potencial "infraestructura urbana e industrial" se debe clasificar de sensibilidad media en atenciOn a que los
terrenos dande se encuentra ubicada la pablaciOn y los ocupados par industrias no son suelas con uso patencial de
protecciOn identificado, igualmente se debe clasificar de impartancia media ya que aunque no pasee capacidad de
generaciôn de bienes a servicios ambientales silo hace en el companente social.
De acuerda can lo anterior se deberan actualizar las resultados de aptitud y con base en esta infarmación generar los
rnapas de zonificacion del campanente, de manera que esta autaridad procederá a imponer la zonificación de maneja
ambiental derivada del ejercicio anterior.
4.1.3.2 Consideraciones sobre el medic biótico
De acuerda ala informacion del radicada del EIA (Radicada 2015041587-1-000 del 6 de agosto de 2015), la cobertura de
la tierra fue Ia variable diagnostica para el media biOtico. Sin embargo, no se presentaron las rangas can base en las cuales
se detinieran las sensibilidades ni las importancias del media biOtico, con las cuales definieran el tipa de aptitud.
No abstante Ia anterior, esta Autoridad tomara las rangas establecidos en la licencia arnbiental (ResoluciOn 0325 de 2015)
can la cual se impuso la zonificaciOn de manejo anibiental, tenienda en cuenta la siguiente sensibilidad para las coberturas
del area del proyecta (ver tabla 24), y los aplicarâ can base en la caracterizaciOn de ecosistemas terrestres y acuáticas
previamente discutida en el precitado concepta técnico que evalda la presente madiflcacion, en el cual se idenilficaran
algunas diferencias an la valoracion de las coberturas de acuerdo con lo abservado durante la visita de evaluaciOn y la
relevancia de las remanentes de vegetaciOn boscosa, de la vegetaciôn asociada a la red hidrica y de la red hidrica coma
tal, en las diversas relaciones ecologicas que ocurren en el area del proyecto.
Cobertura
pastos con media biOtico en el AID y el AIDP del pro)
Area (Ha)
Sensibilidad
Al DP
Media
definida oorla ANLA
Area (Ha)
A afectar por
1,02
Y.
Pastas arbolados
Baja /.
Baja
Baja
6,30
17,13
3,20
Baja
1,70
en la GOB del Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015
4.1.3.3 Consideraciones sobre el medio socio-economico
Con base a la infarmacion del radicado del radicado 2015041587-1-000 del 06 de agasto de 2015, las variables tenidas en
cuenta y propuestas par el Consorcia SES para el media socio-econOmico son: Viviendas, lnfraestructura vial, Cultivos,
Rio Magdalena, Reservorios y Canales y caflos de drenaje, [as cuales carresponden a lo evidenciado durante la visita de
evaluaciOn ambiental.
Resolucióri No.
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6 OCT 2015
Hoja No.47
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se tornan otras determinaciones"
Sin embargo, esta Autoridad considera adecuado calificar con irnportancia alta los Cultivos existentes, teniendo an cuenta
que éstos son la ünica fuente de ingresos de la poblacion y de las families asentadas en ci AIDP, por to que su grado de
utilidad social, medida por su capacidad de prestaciOn de servicios sociales, economicos y culturales as muy importante
an relaciOn con las diferentes actividades del proyecto, puesto qua de estas actividades derivan su sustento y las
at
desarrolian an area que habitan. En ese senlido la sensibilidad de esta variable es media debido a que, segOn to sehalado
y calificado, la ejecuciOn del proyecto afectarã las areas de cultivo temporalmente, requiriendo acciones de recuperaciôn
en ci mediano plazo. Los demàs criterios se consideran calificados adecuadamente.
4.1,3.4 Consideraciones generates
Se considera que las variables utilizadas guardan correspondencia con las condiciones evidenciadas durante la visita
técnica de evaluaciOn ambiental y con los estudios y diserios presentados, no obstante se evidenciO qua es necesario
incluir algunas variables abiôticas que no fueron tenidas an cuenta en la elaboraciOn de la zoniflcacion y que son de gran
relevancia ambiental. Dc otra pane se identificO que la calificacion en cuanto a sensibilidad e importancia the subvalorada
en algunos aspectos lo que conllevO a ins baja valoraciOn de la aptitud ambiental para algunas variables del componente
abiOtico como es el caso del area geolOgica de depasito fluviolacustre, la geofornia plana honizontalizada baja y muy baja,
at
los usos de suelo de conservaciOn de recurso hidrico, usa agnicola de cultivos transitorios semi-intensivos, y forestal —
productor.
5. DEMANDA DE RECURSOS
5,1 CONCESION DE AGUAS
En Ia informaciOn del EIA para Ia modificacion de la Licencia Arnbiental, radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de
2015, nose presentan variaciones con respecto a los requenimientos de recurso hidrico doméstico e industrial señalados
en la solicitud do la licencia arnbiental, asi niismo se reiterO que serâ suministrado por Ia empresa de servicios pOblicos de
Barranquilla - Triple A (Sociedad Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla S.A. ESP) y se presentó como soporte
el acto administrativo por media del cual el DAMAB otorga la concesiOn de agua superficiales a la empresa, no obstante
as de aciarar quo el acto administrativo qua corresponde a la ResoluciOn 1991 de 2010 ? ... otorga concesiOn de aguas
superficiales con caudal asignado do 25.920.000 ,&/mes pare el sum/n/strode agua potable al distrifo tie Barranquilla ( ... )
pore! term/no do cinco años contados a partir do ía ejecutoria do ía presente providencia ( ... ) razOn por la cuat, se hace
necesario que previo at inicio de las obras y actividades objeto de la presente moditicaciôn el beneficiario de la licencia
ambiental allegue a esta autoridad el acto administrativo rnediante ci cual se extiende la mencionada concesiôn,
5.2 EXPLORACION DE AGUAS SUBTERRANEAS
En Ia informacion del EIA pam la modificacion de la Licencia Ambiental, radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de
2015, se reitera que para las obras objeto de modificacion de la licencia ambiental, no se requiere la demanda de agua
subterránea.
5.3 VERTIMIENTOS
Dentro de las acbvidades que motivan a la solicitud de modificacion de licencia ambiental at proyecto denominado
"lnfraestructura vial para la solucion integral del paso sobre el rio Magdalena en Barranquilla, incluye reemplazo del puente
Laureano GOmez mãs conocido como puente Pumarejo" se definiO Ia inclusiOn del permiso de vertimientos
El proyecto generara vertimientos provenientes del campamento y la Planta Concretera, ambos vertimientos son
temporales sabre la margen izquierda del rio Magdalena. En la tabla 25 se hstan las principales caracteristicas del
at
vertimiento yen la figura 25 se muestra la IocalizaciOn de los vertimientos en area del campamento. Se debe niencionar
que ci Anexo 4-2-3-2 EvaluaciOn anibiental do vertimiento incluye el anâlisis do los caudales determinados para cada tipo
de vertimiento y estos se consideran concordantes con las caracteristicas de las fuentes emisoras.
Dentro de las actividades quo motivan a Ia solicitud de niodificaciOn de licencia ambiental at proyecto denominado
'Infraestructura vial para la soluciOn integral del paso sobre el rio Magdalena an Barranquilla, incluye reemplazo del puente
Laureano GOmez más conocido como puente Pumarejo" se definiO la inclusion del perrniso de vertimientos
ID
tipo do
Vertimiento
Fuente
Receptona
Magdalena
Caudal
(Us)
215,43 I
descarga
fhhlIsl
925522,08
I
1702770,58
I
Frecuencia
(ciialmes)
30
ResoluciOn No.
131 1
de
16 OCT 2015
Hoja No.48
"Por la cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N O 0325
del 17 de marzo de2olsysetoman otras determinaciones"
Figural 25. Localizacion de los puntos de vertimiento
Fuente: Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015
Se consideran aportados los monitoreos de calidad fisicoquirnica, bacteriologica e tiidrolOgica de Ia fuente receptora, toda
vez que se trata del rio Magdalena, cuya caractenzaciOn de calidad de agua se anexO para el capltulo correspondiente,
donde se concluyô que este cuerpo de agua presenta Ia tendencia a transportar un gran volumen de solidos disueltos, un
grado de contaminacion media a alta por presencia de materia organica y media por compuestos inoorganicos de acuerdo
a Ia tabla de caracterizacion de los indices de calidad de ague. Es importante destacar también qua to localizacion de
ambos puntos de vertirniento se encuentra aguas abajo del punto de captacion de to empresa de servicios pUblicos Triple
A aproximadamente a 300 m de distancia, asi como tampoco se identifico Ia existencia de otros puntos de captaciOn
diferentes durante Ia visita de campo.
No obstante to anterior, como se rnencionO en el capitulo correspondiente a Ia caracterizaciOn de calidad del ague de este
documento no se evaluO el parâmetro quimico de metales y metaloides, teniendo en cuenta que los vertimientos
proyectados incluyen las aguas residuales industriales producto de Ia ejecuciOn de las obras y actividades del proyecto.
Dentro de la evaluaciOn ambiental de los vertimientos generados durante las actividades constructivas del puente, se indica
qua Ia predicciOn y valoracion de los impactos del vertirniento se realizô a troves de la aplicaciOn del modelo de simulaciOn
ambiental QUAL 2 K, que permits vatorar el impacto que causan los vertimientos en el cuerpo de agua receptor, en funcion
de Ia capacidad de asimilacion, diluciOn y de los usos y criterios de calidad aplicables con base en to normatividad vigente.
Bajo condiciones de fiujo permanents y unidimensional. El modelo tue programado en el entorno Visual Basic for
Applications (VBA), usando como interfaz Microsoft Excel, calibrado y validado.
El Anexo 4-2-3-2 EvaluaciOn ambiental de vertimientos tuvo en cuenta verificar que el caudal de descarga de los
at
vertimientos sobre caudal de estiaje del rio Magdalena garantizara la capacidad de asimilaciôn de este cuerpo de agua
y entre los escenarios evaluados (caudal arnbiental, medio y máximo) no se presentan variaciones significativas toda vez
qua el caudal a verter representa aproximadamente el 0,004% del caudal del rio Magdalena en épocas de estiaje, no
obstante no se realizo la modelaciôn hidrolOgica para el caudal de estiaje.
Asi mismo, para determinar las condiciones de los vertimientos, se indica que durante el proceso constructivo del puente
se generaran aguas residuales de tipo domestico e industrial provenientes de instalaciones administrativas, la planta
concretera, zone de talleres, zone de almacenamiento de maquinaria y zone de acople (ver figura 25). Los vertirnientos
estaran constituidos de Ia siguiente manera:
Vertimiento 1: Constituido por aguas residuales industriales y domesticas, las ARI provendrán del
funcionamiento de la concretera y las aguas de escorrentia area oriental del campamento; por otro lado, las ARD
se generarán por el funcionamiento de instalaciones administrativas y del casino.
Irabajadores qua harà
uso del camoamento.
Area oental de
campamento que genera
escorrentia.
Se obtiene
I RAS 2000.
en
Area de la pale oriental del campamento. El caudal de escorrentia se cuantitica
con el metodo racional (ver Numeral 3.2.4 Hidrologia del Capitulo 3
CaractehzaciOn del area de influencia del proyecto) y los datos de intensidad,
se estirnaron
con to curve OF construida mediante el mOtodo de regionalizacion
to
de EstaciOn del IDEAM Aeropuerto Ernesto Cortissoz; tal y corno se
especifica en esla secciOn, la intensidad media an la ciudad puede aproximarse
0,15
214,69
Resolución No.
1 3 1
de
16 DCI 2015
Hoja No.49
'Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
dell 7 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
•
Vertimiento 2: Conformado par aguas de escorrentia recolectadas de Ia zona de acople (area occidental del
campamento), que tambien se catalogan coma ARI.
Area de la parte occidental del campamenlo. El caudal de escorrentia se
cuantifica can el método radanal (ver Numeral 3.2,4 Hidrologla del Capitula 3
Area accidental de
Caracterizacion del area de influencia del prayecta) y las dabs de intensidad,
campamenla que genera se estimaron can Ia curva IDE construida mediante el método de regianalizaciOn escorrentia. data Estación del IDEAM Aeropuerto Emesto Cortisso; tal y como se especifica
en esta secciôn, la intensidad media en la ciudad puede apraximarse a un
cerioda de retorna de 2 aflos V una duraciOn de 90 minutos
64
aosto
Para el tratamiento de ARD Se propane una planta compacta de tipo biolOgico pare la degradacion de la rnateria argénica.
La planta se compone de un reactor, una camara de sedimentacion, un lecho de secado y una câmara para la entrega del
efluente final. Se debe precisar qua el Formularlo (mica nacional de salicitud de permisa de vertimientos, y el estudia de
at
at
impacto ambiental de la ntodificaciOn indican qua flempo de descarga pare vertimiento vi as deS h/dia, mientras que
en el EIA del vertimiento se indica que as de 10 h/dia, esto puede ser fluctuante debido a las jornadas de trabajo
implementadas en Is construcciOn del prayecta.
Para el tratarniento de las aguas de escorrentia clasificadas coma ARI (ya que en el recorrido pueden cantarninarse can
esta clase de residuos) se propane un tratamiento primario qua cansistirá en dos operacianes unitarias de tratamienta:
separaciôn fisica de las grasas y aceites en trampa grasa y sedimentaciOn de solidos inertes en sedimentadores, no
obstante, toda vez que estas aguas podrian contener rastros de diversas agentes qulmicos se cansidera que es insuficiente
el tratamiento primaria, por to que se requiere que se monitoreen todos los parámetros establecidos en la narmatividad
pare este tipo de vertimientos y se garanUce su cumplimiento.
at
Para el tratanliento de las aguas residuales derivadas de las operacianes de la plants de cancreto sistema de tratamiento
està cornpuesto inicialmenle par un estanque an forma de rampa que actUa coma un sedimentadar primario donde las
aguas pravenientes en la aperación de lavado de vehiculos y mantenimiento de Ia zona de preparaciOn de concreto son
sametidas a una separaciôn de las solidas de diametro considerable coma gravas y arenas. Debido a la gran canUdad de
material grueso y tino que entra a este primer sedimentador y las operaciones diaries de limpieza se hace necesario una
bateria de fres (3) sedimentadares secundarios en serie de menores dimensiones. En el sedimentador No. 2 se
acondicianarâ una trampa de grasas, mediante el paso sumergido. Los restantes sedimentadores se encargaran de
remover las particulas más finas presentes en el ague que no alcanzaron a rernoverse en los primeros. El agua una vez
ha pasado par los sedimentadores sera almacenada en un tanque de recuperacion a de almacenamiento y parte de esta
seré reutilizada an las labores de aseo.
at
Es importante mencianar que de acuerdo a la ubicaciOn en pianos de las plantas de tratamiento, se identificO que sitio
destinado a la PTARI se encuentra muy proximo a la margen izquierda del rio Magdalena, y el caño la Ahuyama y la
PTARD a la margen derecha del canal triple A, par to que se requiere de medidas de manejo especial como 10 determina
at Anexo 4-2-4 plan de gestiOn del riesgo para el manejo de vertimientas, no obstante en dicho anexo no se determinan
con claridad las medidas de manejo requeridas y a implementar.
Dentro de la naturaleza de insumos y formas de energia empleados en la actividad que genera el vertimiento no se tuvo
en cuenta los aditivos para la fabricacion del concreta cuyos residuas quedaran en las tolvas y las mixers 1 sustancias con
alto contenido de compuestos quimicos, asi coma las labores de estructura metélica que para el carte, ensemble y pintura
de plazas también implementa sustancias quimicas y genera desperdicios adicionales de pequeflas parilculas de polvo de
acero y sus aleacianes que se encontrarân en las aguas de escarrentia, par lo que se recomienda evaluar en este sentido
a capacidad del sistema de tratamienta propuesta can el fin de garantizar el cumplirniento de los parámetros
correspondientes estipulados en la ResoluciOn 631 del 17 de marza de 2015, par la cual se establecen los paràmetros y
valores limites mâximos permisibles en los vertimientos puntuales a cuerpos de agua superticiales y a los sistemas de
alcantarillado p(iblico.
De acuerdo a to contemplado en el EIA pars vertimientas, la caracterizaciOn de la calidad del agua pare la fuente receptora
carresponde a Ia misma campana de manitoreo realizada an la caracterizaciôn del EIA de la modificaciOn de la Iicencia
ambiental, no obstante las caordenadas relacionadas an uno y otro documento no son las rnismas para at rio Magdalena
y el caflo la Ahuyama aunque si pars el caflo Pasadena, asi coma las resultadas de la caracterizacion, por lo tanto se
considera necesario que se dé derided at respecta.
De los resullados abtenidos de la modelacion hidraulica el estudio concluye que:
Los principales paràmetros de interes para el vertimiento par el tipo de actividad son los solidos suspendidos y
Resolucion No.
131 1
de
•
1 6 OCT 2015 Hoja No.50
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
patOgenos, respecto a estos nose evidenciaron aumentos significativos.
Pare at rio Magdalena, los vertirnientos temporales que se producirán no sobrepasan ningin limite establecido
en el Decreto 1594 de 1984 (boy Decreto 1076 de 2015); esto es debido a que el caudal del rio, incluso en época
de estiaje, es lo suficientemente grande como pare qua se dé la asiniitacion de los contaminantes. En general,
en Ia comparacion
de los escenarios evaluados, no se presentan variaciones significativas entre ellos, esto se
debe a que at caudal a verter representa aproximadamente el 0,004% del caudal del rio Magdalene an Opocas
de estiaje.
En general, los vertimientos teniporales proyectados para la construccion del nuevo puente Pumarejo no
presentan afectaciones an las condiciones del cuerpo receptor, ni en los usos del recurso hidrico proyectado.
Sin embargo debe tenerse en cuenta que aunque el caudal do vertimiento es inferior al 0.01% del caudal minimo de la
fuente receptora no se considero la contaminaciOn por algunos parâmetros determinantes para aguas industriales, por lo
qua se requiere su mediciOn pare complernentar la llnea base del estudio.
Con respecto a la identificaciOn y evaluacion de impactos se consideran apropiados los definidos en el esludio, a saber,
canibios en la calidad del agua y afectacion en La disponibilidad (por uso), asi como su valoraciôn de acuerdo a los
resultados del estudio hidrologico, dentro de las medidas de manejo se indicaron la recolección de lodos provenientes de
las PTAR posterior a su deshidratacion en lechos de secado y la entrega de residuos peligrosos a empresas autorizadas,
pero no se aporto el detalle de la disposiciOn, ubicacian y manejo de estas estrucluras, asi como tampoco se incluyô el
reporte de esta actividad en los informes do curnplimiento ambiental,
Adicionalmente, y teniendo en cuenta los requisitos do que trata el articulo 42 del Decreto 3930 del 25 de octubre de 2010
por la cual se reglamenta parcialmente la legislacion an cuanto a usos del agua y residuos liquidos se identifica qua dentro
de la documentaciOn anexa se requiere complementar en el sentido de aportar las memories tecnicas y disehos de
ingenieria, pianos de detalle del sistema de tratarniento,, informacion dentro de la cual cabe resaltar que debe incluirse los
detalles de las conducciones y descargas.
Que de conformidad con el articulo 42 del Decreto 2811 de 1974, '(..,) Portenecen ala NaciOn los recursos
naturales renovables y demâs olomontos ambientales regulados por este GOdigo quo so oncuentren dontro do!
territorlo Nacional, sin perjuicio do los derechos logitimamente adquiridos por pan'iculares y do Jas norrnas
ospeciales sobre baldios.
Que de acuerdo con el literal h) del articulo 45 del Decreto 2811 de 1974, la AdniinistraciOn "velarâ pare quo
los rocursos naturalos renovables so exploten en forma oficiento, compatible con su conseivaciOn y acordo con
los interesos coloctivos..,
Quo el Decreto - Ley 2811 de 1974 °COdigo do Recuisos Naturales y Norrnas do ProtocciOn ambiental' en el
articulo 132, respecto al uso, conservación y preservaciôn de las aguas, dispone que sin perrniso, no so podrân
altorar los cauces, ni el regimen yla calidad de las aguas, ni intervenir so uso legit/mo. ( ... )
Quo el articulo 2.2.3.2.20.5 de la Seccion 20 del Capitulo 3 del Titulo 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto
1076 de 2015 dispone lo siguiente: "Seprohibo vorter, sin tratamiento, residuos sOlidos, liquidos o gasoosos,
quo puodan contaminar o eutroficar las aguas, causer dano o ponor on poligro la salud humana o 01 normal
desa ff0110 do la flora o fauna, o impodir u obstaculizar su empleo para otros usos. El grado do tratamionto pare
cede tipo do vetlimiento dependera de la dostinaciOn do los tramos o cuerpo aguas, do /os efectos pare la salud
y do las implicacionos ocologicas y oconOmicas".
Quo el Capitulo 3 del Titulo 3 do Pa Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 do 2015 establece las disposiciones
relacionadas con 01 ordenamiento del recurso hidrico y los vertimientos que se efectOen al mismo. En tal sentido
el siguiente articulo seOala:
".4rticulo 2.2.3.3.1.3. Definiciones. Pare todos los efectos do aplicacion o interpretaciOn del presonte docroto,
so tondran en cuonta las siguientos dofiniciones:
(..
25.Pun to do control del vertimiento. Luger técnicamonto dofinido y acondicionado para ía tome do moos ties
do las aguas residue/es do los usuarios do la autoridad ambiontal a do los suscriptoros y/o usuarios dol
pro stador dol sorvicio pUblico domici/iario do alcantarillado, localizado entre of sistema do tratamiento ye1 pun to
do descarga.
26.Pun to de descarga. Sitia o luger dondo so realize on vertimiento al cuerpo do ague, al alcantarillado o a!
suelo.
Resolución No.
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de
16 OCT 2015 Hoja No.51
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
35. 1/ertimiento. Descarga final a on cuerpo do ague, a tin a!cantarillado o at suelo, do e!ementos, sustancias
o corn puestos contenidos an on medio liquido.
36. Vertimiento puntual. El qua se realize a partir do un rnedio de conducciOn, del cual se puede precisar €1
p unto exacto do descarga at cuerpo de ague, at a!canter/I/ado o at suelo.
at
37. Vertimiento no puntual. Aquel an of cual no se puede precisar punto exacto do descarga at cuerpo do
ague o at suelo, tel es of caso do vertirnientos pro venientes do escorrentia, ap!icaciOn do agroquirnicos u otros
similares (...
Que el artIculo 2.2.3.3.5.1 del Decreto 1076 de
2015, senala que "toda persona natural ojuridica cuya act/v/dad
o serviclo genere vertirnientos a las aguas superticialos, marinas, o at suelo, deberá solicitar y trarnitar ante Ia
autoridad arnbiental competente, el respectivo permiso do vertimientos".
5.4 OCUPACION DE CAUCES
La solicitud de modificacion de licenda contempla entre otras actividades las ocupaciones permanentes y temporales de
cauces en los cuerpos de ague y las rondas de los mismos localizados en el area de desarrollo del proyecto. En la table
26 se presenta el resunien de las obras y actividades que requieren la ocupaciOn temporal yfo perrnanente del cauce.
Tabla_26._Obras_ybactividades_que_requieren_ocupaciOn_de_cauce
ACTMDADES
Tipo de
Obras*
ocupaciôn
Area de intervenclón
) lnstalaciOn de camparnento
Ronda
Temporal
CUERP0 DE
AGUA
Canal Triple
A
> Cambio de alineamiento y canalizaciOn en concreto Cauce
Permanente
> lnslalaciOn de campamenlo incluye zonas de paso entre las Ronda areas del mismo y acceso
Permanente
> ConstruOn pilas del nuevo puenle Purnarejo (B/quilla Santa Maria) y ramal Puerto . Santa Maria
Cello
Pasadena
> ConstructiOn de las pilas y estribos del ramal Santa Maria Puerto y puente peatonal
Carto La
uyama
Ronda y Cauce
Temporal
Ronda y Cauce
Permanente
Ronda
Temporal
> lnstalaciOn de campamento
) ReconstructiOn del jarillOn
Arroyo La
Elena
Ronda
Permanente
> Construction de ramal Puerto - Santa Maria y sendero
peatonal
Ronda
Permanenle
> ConstructiOn de las pUas del nuevo puenle Pumarejo
Cauce y Ronda
Permanents
> ConstrucciOn de apoyos provisionales del Iramo alirantado
Cauca
> ConstructiOn de muelles marginales temporales
Rio
Magdalena
> lnstalaciOn de campamento - localizaciOn de las estructuras de descarga de los vertimienlos
Temporal
Cauca
Temporal
Ronda/Cauce
> Localization del terraplén de acceso ala Isla Rondon.
Temporal
> Construction de los corredores intemos de materiales en
isla RondOn y Palermo (Casa Loma)
Cauce
Temporal
Cauce I Ronda
Is
Temporal
Fuente: Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, Adaptado equipo ANLA
IocalizadOn geogrMica de las obras se enaienfra en el capltulo 2 'aspectos generates del proyecto' de este docurnento.
En el anexo 4-3-3 se encuentran las obras a construir, la idenflcaciOn y caracterizaciOn de la dinamica fluvial se resume
en el intone de analisis hidráulico del mismo anexo pare el caso del caño la Ahuyama y en el Anexo 4-2-3-2 para el rio
Magdalena, la informaciOn contenida en estos docurnentos guarda coherencia con la informaciOn reporlada en la
caraclerizaciOn de las fuentes hidnicas.
ResoluciOn No.
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1 6 OCT 2015
Hoja No.52
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Canal Triple A.
Para la instalaciOn del campamento será ocupada la ronda hidrica del canal triple A, que se encuentra en predios de la
empresa con el mismo nombre y su espejo de agua seré el lindero entre los terrenos de Ia empresa y at predio cedido
temporalmente para la instalacion del campamento, corno se ye an Ia Foto 35 Canal Triple A. Ver foto 35
Para la ocupaciOn de la ronda hidrica de este cuerpo de agua se recomienda contar con at debido aislamiento a través de
at
la instalacion de polisombra y otros medios rnateriales que impidan tanto ingreso de desperdicios sólidos o liquidos al
cauce. En el documento de EIA se encuenlra la ubicaciOn geo referenciada del campamento qua se encuentra en la ronda
hidrica del canal triple A.
Cano Pasadena:
Con respecto a las obras de realineación y canalizacian an concreto hidráulico en seccion rectangular at caño Pasadena,
el solicitante de la modificacion de la licencia anexo el acto adrninistrallvo mediante el cual at Distrito de Barranquilla y el
INVIAS convienen que este (iltirno se encargarâ de la construcciOn de las obras resultantes de los diseflos de canalizacion
del arroyo denominado caho Pasadena, diseflos que inicialrnente fueron elaborados por la empresa de acueducto,
alcantarillado y aseo del Distrito de Barranquilla pero que flieron posteriormente modificados por el INVIAS en virtud de
qua se requeria la realineacian del cauce pare que este no interflriera con la estructura del puente y los diferentes ramales
que por condiciones de diseno geometrico no pueden reubicarse. Sin embargo an el estudio presentado a esta Autoridad
no se aportaron las memorias técnicas que soporlan las secciones hidraulicas que conllevan a la ejecución de las obras
proyectadas que aparecen en el piano de detalle donde se incluye la construcciOn de los box coulvert corno estructuras
que permiten el paso hacia el interior del campamento y la cornunicaciôn entre las zones norte y sur del mismo
campamento. En este orden de ideas se considera de alta relevancia, que el Usuario remita previo at inicio de las obras
los diseños en fase 3 de estas estructuras con su soporte a nivel hidrâulico. Durante la visita se identiflco que el caño
Pasadena a canalizar presenta una bifurcacion en el predio Triple A de propiedad del distrito de Barranouilla, Ver foto 36.
Resolucion No.
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16 OCT 2015
de
Hoja No53
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
dell 7 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Pese a que de acuerdo a la caracterizacián hidráulica se evidencio qua el caño Pasadena flene un alto grado de
contarninaciOn se hace necesario tener estricto control sabre su cuidado ya qua debido a su Iocalizacián se encontrara
at
atravesando campamento de occidente a oriente 10 que 10 hace susceptible a verse afectado principalmente por aguas
de escorrentia y toda clase de desperdicios.
La red de drenaje que se instale para dirigir las aguas servidas o de escorrentia a las PIAR debe estar debidamente
disehada y en constante manteniniiento para garantizar que no existan vertimientos al cano Pasadena.
En la table 27TabIa se observa la localizacion geo referenciada de las pilas que se implantarân en la ronda de proteccion
del caho Pasadena, se aclara qua no se encuentra dentro de esta solicitud y par ende dentro de la esta evaluacion la
existencia de pilas dentro de la secciOn hidràulica del caño ni en las condiciones actuales ni luego de su realineamiento,
at
en la table 28 se observe Ia Iocalizacion de las demâs obras que ocuparán cauce de esta fuente hidrica.
)la 27. Localizaciôn pilas an ocupacion de cauce an el caflo Pasadena
Sistema de coordenadas Planes Datum MaanaSiraas Oricen Boaotá
PILA
NUMERO
Observaclon de localización
Norte
P18
acceso
P21
Puerto- Santa Marta
P2.28
Ubicaclon
Cauce
I
Cauce
Ronda
Cauce
Panda
28. Caracteristicas de las demas obras de ocupacion de cauce del caño
I
Coordenadas
ID
Nombre do la Obra
Obra
y
x
Inicic
Camblo do alineamionlo y canalizaciOn an conneto
I 1702759,15
Fina
30
Zpl
12
1702805,34
Zones depaso
Campaniento
Zp
Via
Acceso Campamento
Box-Cot
Camparnento
Longitud
I
Ancho
I
1310.76
I
4.0
1
41,84
I
33.8
286,85
I
3.50
1702638,52
925164,60
Cano la Ahuyama
Dentro de la inIorrnacion contenida an at EIA de la modificaciOn de la licencia ambiental se presentO la ubicacion
georeferenciada de las pilas qua fueron rnodificadas pare Ia construcciOn del ramal Santa Maria Puerto y puente peatonal
adosado de acuerdo al ajuste a los diseños, an la LabIa 27 y la labIa 29 se observe la niencionada localizaciOn de las pilas
qua se implantarán tanto en la sección hidráulica comb an la ronda de protecdOn del caño la Ahuyania.
Resolucion No,
1 3 '1 1
de
16 OCT 2015
Hoja No.54
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
En el estudio de modelaciOn hidrâulica para realizar el análisis del efecto de Ia construcción de las pilas del puente y sus
ramales (P1.23, P1.24 y P1.25) dentro del cauce del cano La Ahuyama de acuerdo a los ajustes realizados alas disehos
del viaducto, se indica qua los periodos de retorno corresponden a 2 y 25 años, lo cual se considera insuficiente teniendo
an cuenta la vida Util de este tipo de obras y la complejidad hidrologica del AID analizada an capitulos anteriores. Par otro
lado se considera acertado el planteamienta de los dos escenarios de direccion del flujo ya qua como se explico an at
capitulo de la caracterizaciôn abiótica, este as bidireccional. En la tabla 30 se resumen los resultados correspondientes a
las diferencias méxirnas resultantes de Ia comparación entre la situaciOn con y sin las pilas del puente an su cauce, de
acuerdo at análisis elaborado par at solicitante dichas variaciones son poca significativas, sin embargo se encuentra una
at
relaciôn proporcional entre aurnento de la cota de nivel an el caño y Ia velocidad del flujo independiente del senlido del
misrno, el análisis de esta informaciOn as 10 que hace relevante requerir Ia aplicacion del modelo para un periodo de retorno
de 100 años.
labIa 30. Resultados modelacion hidraulica cano La Ahuyama para la construcciOn de las pilas qua ocupan su
cauce
Cota del nivel de agua (m.s,n,m) Velocidad (m/s)
Periodode ________ _______ __________ _________ ________ ___________
(scenario
Situación
Situación con
retorno(afios) Abscisa Stci6n S ituacion con
actual
proyecto
actual
proyecto
1
2
K0+728
3,00
3,02
0,02
K0+758
0,95
0,94
2
2
K0+368
2,78
2,81
0,03
K0+528
1,15
1,13
25
K0+688
3,57
3,60
0,03
K0+738
1,23
1,21
—1
2
25
KO+188
3,06
3,12
0,06
K0+428
1,67
1,63
1
1
A
0,01
0,02
0,02
0,04
Fuente: Radicado 2015041587-1 .000 del 06 de agosto de 2015.
Escenrio1: Con el tiujo hacia ci do Magdalena
Escenarlo 2: Con ci flujo desde el do Magdalena
No obstante to anterior, debe tenerse an cuenta qua los pilotes pueden retener basuras cuya acumulaciôn, ademâs de
reducir la secciOn hidraulica del carlo La Ahuyama, puede Ilegar a constituir un problema ambiental, par to que se requiere
realizar rnantenimientos periódicos an todo el arlo.
Es importante ademés que, con base an la intormacion entregada por el disenador, el modelo supuso qua el dado at que
Ilegan los pilotes se construirâ par encima de los niveles de aguas maxirnas y por Ia tanto, en las niodelaciones, se tuvo
at
an cuenta Unicamente efecto de los pilotes., esla estimacion se considera cierta en la medida an qua los niveles de
aguas niaximas correspondan por to menos at periodo de diserlo de la estructura.
En atención a la sensibilidad del modelo a las dimensiones y la localizaciOn de las pilas a implantar, a las caracteristicas
topogréficas e hidrodinãmicas y a las condiciones limitantes de la infraestructura existente, entre otras variables, se reilera
at
la obligaciOn irnpuesta en el concepto tècnico de evaluaciôn ambiental No, 1063 del 11 de marzo de 2015 en que se
requiere qua antes del iniclo de obra se allegue a esta Autoridad el modelo hidráulico del carlo La Ahuyama an condiciones
de caudal méximo para un periodo de retorno de 100 alIas, qua considere las caracterisUcas y criterios reales previos a la
obra y establezca los cambios generados par la implantaciOn de las pilas, el càlculo de socavaciOn, De esta forma, antes
del inicio de obra adernés se deberán allegar las medidas necesarias para mitigar, prevenir, corregir y/o compensar los
posibles inipactos sobre la infraestructura existente y sobre la poblaciOn vulnerable localizada an inrnediaciones del
mencionado carlo. Par otro lado tampoco se allegaron disellos de obras de protección para garantizar Ia estabilidad
ambiental del cauce, par tanto de ser necesarias se debera realizar el trámite correspondiente.
Par otro lado, de acuerdo a la nueva localizacion del campamento an la rnargen izquierda del no Magdalena, las areas de
acopio de materiales, elementos metâlicos, ferralla, formaleta, entre otros se encontrarân dentro de la ronda de protección
hidrica del carlo la Ahuyama, razOn por la cual se ha previsto reconformaciOn del jarillon existente mediante el incrernento
an Is alturs de esta estructura a lo largo de la margen derecha del carlo con elfin de brindar mayor proteccion de la zona
de obra y del campamento, tal coma se evidencia an la Iota 37, no obstante no se aporto informacion correspondiente at
diseno hidraulico del jarilIOn que determinara de tal forma las dimensiones del mismo y su proceso constructivo para
garantizar el correcto funcionamiento sin interferir en el flujo normal del carlo, par Ia qua deberá allegarse antes del inicio
de las obras.
Resolución No.
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de
16 OCT 2015
Hoja No.55
Tor la cual se modifica la Licencia Ambientat otorgada mediante la Resoluciôn N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y setoman otras determinaciones"
Centro del documento de EIA para la modificaciOn de la licencia se indica que al finalizar la construcciOn del proyecto se
analizaré la conveniencia del retiro del material o si es necesario dejarlo en el siUo como parte de las medidas de protecciôn
ante inundaciones. Es importante mencionar que no se presents diseho de la obra a construir, en todo caso se considers
como una obra que no interfiere de manera negativa en ci entomo ambiental del cuerpo de agua Sin embargo se deberân
tomar todas la medidas necesarias para garantizar que durante el proceso constructivo nose termine por depositar material
de relleno y conforrnacion del jarillOn en el fondo del cauce.
Rio Magdalena
Dentro del esludio de impacto ambiental de Ia modificaciôn del licencia nose juslifico por qué no se realizO nuevamente la
modelaciOn hidraulica sobre las pilas ubicadas en el cauce del no Magdalena (P4 a PB) toda vez que estas sufrieron
cambios en su localizaciôn, asi como tampoco se justificO por qué no se realizO la modelaciOn para la implantacion de las
pilas provisionales para la construccián del tramo atirantado del puente, por lo que se solicita entregar ala ANLA antes del
inicio de las actividades ci intorme de dicha modelaciOn hidráulica y el cálculo de socavaciOn, en condiciones de caudal
méximo para un periodo de retorno de 100 años, qua considere las caracteristicas y criterios reales previos a la obra con
elfin de determinar Ia necesidad de obras para la protecciOn de las pilas, las cuales requieren de permisos de ocupación
de cauce dilerentes a los aqui otorgados dependiendo de la tipologia de los misnios, 10 anterior en atenciOn a las
condiciones latenles de susceptibilidad a la erosion de la margen del rio, El primer monitoreo deberé realizarse en
condiciones previas at proyecto por to que debera allegarse antes del inicio de obra, ademés se deberâ allegar las medidas
necesarias para mitigar, prevenir, corregir y10 compensar los posibies impactos sobre la infraestructura existente y sobre
la poblacion vulnerable localizada en inmediaciones del rio Magdalena.
Con respecto a la visita de evaluaciOn se observa que el puente existente liene apoyos conformados por pilas dobles
sobre ]as cuales se hacen evidentes las marcas de las crecientes que ha sufrido el rio Magdalena en varias oportunidades,
estas pilas se encuentran dispuestas en ci sentido transversal a la corriente del do con distancias mucho menores entre
si que las qua presenta ci diseno actual, debido a la profundidad de la cimentaciôn y la turbiedad del do no as posible
evidenciar si se ha presentado socavacion en la cimentaciOn del puente existente.
Debe tenerse especial cuidado en la constructiOn de las pilas sobre el do Magdalena toda vez clue se idenUfica qua
actualmente está en desarrollo el proyecto para la recuperacion de la navegabilidad del do Magdalena ejecutado por la
ernpresa NAVELENA quien a traves de contrato suscrito con CORMAGDALENA se encuentra ejecutando actividades a to
largo del do, realizando diferentes trabajos para establecer el canal navegable y las zonas de dragado, asi como tarnbién
con todo el lrafico fluvial qua transita a esta altura del rio.
Dc acuerdo a lo contenido en la informacion remitida con Radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, ci
volumen esperado qua resulte de la excavaciOn y pilotaje de los apoyos sobre el lecho del do es de 3.930 m3, volumen
que es inferior al 1% del total esperado pare todo ci proyecto y despreciable en comparacian con respecto al volumen de
sedimentos calculados de arrastre del do Magdalena (estimado en 200 rnillones de toneladaslano 2), razOn por la cual este
tipo de materiales serán reincorporados al lecho del do durante las aclividades de construcciOn.
coRMGDALENA & uNIVERSIDAD DEL NORTE. Iniomie condiciones canal do Acceso. condiciones generates del Puerto do Barranquilla, durante
lebrero do 2012. Marzo do 2012.
Resolucion No.
1 3 1 1
de
'16 OCT 2015
Hoja No.56
"Por la cual se modifica la Licencla Ambiental otorgada mediante la Resolution N O 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Respecto a Ia anterior, se considera que estas actividades aplican exclusivarnente para ]as labores de cimentaciOn
profunda (pilotes) especificamente en las pilas P4 al P8, P13 ! P14 y las 2 pilas provisionales, asi mismo hacienda revision
de la tasa promedio de remociOn de sedimentos del rio Magdalena obtenida de information secundaria, se considera que
este cuerpo de agua en su cuenca baja tiene suficiente capacidad de arrastre de manera que la disposiciOn gradual de
3.930 m3 adicionales potencialmente no generaré afectaciones en la secdOn hidráulica del cauce.
No obstante, se considera de alta relevancia la implementation de las medidas de seguimiento y monitoreo al estado del
cauce, a travOs de mediciones batimetricas, antes, durante y despues del proceso construcUvo de las piles mencionadas.
Asi mismo se considera que para garantizar la reduction at minima que los efectos de esta practica pueda acarrear,
ademas de realizar una reincorporation gradual del material, se debera tenet extremo cuidado de no depositarlo Sabre el
estrecho demarcado coma canal navegable del do y de manera controlada yen to posible concertada con la empresa que
estara realizando las actividades de recuperation de la navegabilidad del rio Magdalena. Par otto ado tambien es
importante establecer que quedaré completamente prohibido reincorporar este tipo de materiales sobrantes de la
excavation y el pilojate que Ilegasen a quedar contaminados con lodos bentonilicos eventualmente utilizados.
En sintesis con elfin de evaluar el comportamiento do la sedimentation de los materiales que se volverén a depositar en
el lecho del rio, se requiere realizar monitoreos batirnOtricos cada 3 mesas teniendo lo siguiente:
1) En el levantamiento topografico del cauce del rio Magdalena se debe considerar una poligonal externa y paralela al
cauce del rio, definida minima con tres mojones; esta poligonal debe quedar georreferenciada (y/o abscisada) y abarcar el
sector a inlervenir más 50 m tanto aguas aruba coma aguas abajo de éste; los mojones tendrãn definida la elevatiOn, la
cual puede set arbitraria, pero preferiblemente amarrada al sistema de elevaciones del IGAC a del municipio respectivo;
cada mojOn deberâ tenet minima tres referencias pare que en cualquier momenta se pueda hater su replanteo;
adicionalmente, cada mojOn debe quedar ubicado por fuera de Ia dinaniica del rio, con elfin de asegurar su permanencia.
La anterior topografia debera presentarse a escala 1:500, 1:10000 1:2000, segUn más convenga, indicando la localizatiOn
de la poligonal y de las secciones respectivas.
ii.) Para el levantamiento de secciones transversales y en escala horizontal igual a la del mapa topogrãfico y vertical 1:50,
1:1000 1:200, segOn más convenga, referenciadas respecto at abscisado de la poligonal; el cero de cada section debe
ser el punto de intersectiOn con la poligonal; el sistema de elevaciones debe ser el mismo de la poligonal; preferiblemente
[as secciones deben serperpendiculares a la directiOn de flujo de la corriente, es decir, en tramos rectos las secciones
serân perpendiculares at cauce;. Las secciones deben detallar la configuration transversal del cauce y de sus orillas.
iii.) Los resultados, anâlisis yconclusiones de cada monitoreo debera set remitidos en los Informes de Cumpliniiento
Ambiental correspondientes at periodo do evaluation; asi mismo so debera realizar un primer monitoreo previo al inicio de
las labores en el cauce y un monitoreo final 3 meses despues de finalizar estas actividades.
Con respecto a las demâs obras que requieren el pormiso do ocupacion de cauce se remitiO la ubicaciOn georreferenciada
de cada una de ellas, ver tabla 31.
Resolución No.
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de
16 OCT 2015
Hoja No.57
"Par Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resoluciôn N° 0325
del 17 de matzo do 2015 y se toman otras determinaciones"
Con respecto a la estructura do terraplOn que será construido en la isis Rondon, so reitera quo dentro del estudio no so
incluyO el análisis do estabulidad del terraplOn ni se conternplan obras do protección ante posibles inundaciones, por lo que
so requeriré su presentacion antes del inicio do las obras.
Para Is construcciOn de la estructura del puente, es necesarlo contar con varios Muelles marginales de carga que permitan
la movilizacion de materiales y demás elementos constructivos desde los sitios de acopio en tierra hasta el sitio de
construcciOn de las puss sobre el rio yen la Isle RondOn. Para la construcciOn de los rnuelles temporales no so remitieron
disenos ni procesos constructivos qua den cuenta de los posibles impactos qua estos puedan ocasionar, asi como Lampoco
se remibO informaciOn relacionada con la influencia en la dinãmica fluvial y la erosion quo pueda acarrear la construcciOn
de dichas estructuras sobre todo teniendo en cuenta las condiciones de vulnerabilidad de erosion e inundaciOn en la
margen oriental del rio. Dentro del estudio se presenta el esquema do localizacion de los muelles 2 de los cuales se
localizan de manera adyacente a los frentes de obra previstos para la construcciOn de la superestructura del puente
principal(tramo abrantado), an at brazo más amplio del rio (brazo izquierdo) el muelle temporal 1 con una longitud de
aproximadamente 50 metros, el muelle 2 so proyecta con una longitud de 100 m aproximadamente, en el brazo angosto
del rio Magdalena los muelles 3 y 4 se proyectan con una longitud de 10— 15 metros aproximadamente, los lugares
propuestos pare la instalaciOn provisional do estos niuelles se verificaron durante la visita do evaluaciOn en la quo se
evidenciO que los lugares so encuentran disponibles sin la presencia de otras estructuras.
Debido a que son estructuras temporales do gran dimension se deben prover claramente las actividades a ejecutar para
a recuperacion de la zona. La ubicaciOn de los muelles que so instalarén en La margen izquierda del no Magdalena so
muestra en Ia foto 38.
Foto 38 UbicaciOn muelles sobre el rio Magdalena
Fuente: Visita 25 do agosto do 2015. Equipo ANLA
Dentro del proceso constructivo del tramo atirantado del puente so prove la instalaciOn de estructuras temporales de
soporte, consistentes en dos pilas y un puntal provisionales, las cuales estarán localizadas dentro del espejo de agua, tan
solo se indica quo el puntal sore mOvil ya que primero so ubicarà sobre la pila 13 y posterior a haber tenninado los trabajos
en eSO costado so trasladaré ala pila 14, por to quo deberâ tenerse especial cuidado en el manejo do trafico y posibles
contingencies quo esta operaciOn pueda acarrear.
Con elfin do facilitar el acceso desde el puente existente hacia los frentes do trabajo ubicados en Is Isla RondOn, so plantea
at
corno alternative construir un terraplén provisional el cual permitirá el tránsito de vehiculos pesados desde puente actual
hasta las zones de intervenciOn, esta actividad asi como la construcciOn de los corredores viales que comunican el terraplén
con los muelles y estos entre si, so consideran obras quo ocupan el cauce dentro de la ronda hidrâulica del rio Magdalena.
Es do considerar quo la Isla RondOn tiene un uso del suelo mayormente desbnado a la agriculture por lo quo el proceso
do conformaciOn del terraplen y do los corredores viales podrá generar impactos negativos a los cultivos por particulas
suspendidas en el aire ademàs do una notable disniinuciOn en el area cultivable.
Arroyo La Elena
Para el desarrollo constructivo del ramal Puerto - Santa Marts, y la estructura del sendero peatonal, se hace necesario
intervenir la zone de ronda del arroyo La Elena, el sendero peatonal se desarrolla sobre esta zona en una longitud de 185
metros, Es importante mencionar quo la pila del puente peatonal E41 so encuentra en un area conjunta en las zonas de
ronda del caño La Ahuyama y arroyo La Elena, y fue considerada en la solicitud de ocupaciOn de cauce del caño la
Ahuyama. En la tabla 32 so idenlifica la ubicaciOn de la estructura del sendero peatonal qua so construirâ en la ronda de
at
protecciOn del arroyo la Elena y so observe sector identificado on la visita.
labIa 32. Carach
Nombre de la
ID
Obra
Obra
Pea tonal
924727,37
1703084,09
560
160
Resolucion No.
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de
16 OCT 2015 Hoja No.58
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental àtorgada mediante la Resolucion N O 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Quo do acuerdo con to establecido en el articulo 2.2.3.2.12.1 de la Seccion 12 del Capitulo 8 do Ia parte 2 del
Libro 2 del Decreto N° 1076 del 26 de mayo do 2015, en concordancia con to dispuesto por el articulo 102 del
Decreto - Ley 2811 de 1974, la construcciôn de obras que ocupen el cauce de una corhente o deposito de agua
requiere autorización para su ejecución, la cual so otorgarâ an las condiciones que establezca la autoridad
ambiental competente.
5.5
MATERIALES DE CONSTRUCCION
En el concepto técnico qua acoge la ResoluciOn 0325 do marzo do 2015 mediante la cual se otorgO la licencia ambiental
para el proyecto so determinaron las fuentes de materiales de cantera propuestas quo cuentan con titulos mineros y
licencias ambientales de la Corporacion Autónoma Regional del Atlantico - CRA; para dar cumplimiento a esta obligaciOn
sera necesario hacer el reporte an los informes do cuniplimiento ambiental haciendo enlrega de la docunientacion que de
soporte a su legalidad. En la Tabla se actualizaron las cantidades de material que so han proyectado de acuerdo a la
actualizacián de los diseños y las obras qua no habian sido lenidas an cuenta, tanto para material granular comb asfaltico,
labIa 33. Cantidades proyectadas de
TIPO DE MATERIAL
Afirmado
Sub-base granular. Clase A
Base granular. Clase A
Mazda dense an caliente. Tipo MDC-25
Mezcla densa en caliente. Tipo MDC-25
Fuente: Radicado2Ol5O4l5a7-1-000
del b6deagoslo
Ni dontro de Ia documnentacion enviada a traves de radicado 2015041587 . 1-000 del 06 de agosto do 2015 ni en el concepto
técnico que soporta la ResoluciOn 325 do marzo de 2015 se indica la nocesidad do explotaciôn de matoriales do arrastre
ni de cantera, ( ... )
Quo la by 685 de 2001, en su articulo primoro senalo quo tiene como objetivo de interes püblico "fomenter /a
exploraciOn tOonica y la explotaciOn de los recursos mineros do propiedad estatel y privada; estirn u/ar estas
actividades en orden a satisfacer los requerimientos do la demanda intema y extema de los mismos y a quo so
aprovechamiento se realice an forma armónica con los principios y normas de exp!otaciOn racional do los
recursos nature/es no renovables y dol ambiente, dontro do on concepto integral do Desarrollo Vial sostenible
y del fortalecimiento economico y social del pals".
La Loy 685 do 2001, respocto a los matorialos de construcciôn, dispone lo siguiento:
Resolucion No.
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de
6 OCT 2015
Hoja No.59
Tor la cual se modifica La Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolution N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
a,4rticulo ii. Materiales do construcciOn. Para todos Jos ofectos legales so consideran materialos de
construccion, los productos pOtreos explotados en mines y canteras usados, generatmente, an la industria de
la construcciOn como agregados an ía fabricaciOn de piezas do concreto, morteros, pavimentos, obras de tierra
y otros productos similares. También, pare los mismos ofectos, son materiales de construcciOn, los materiales
do arrastre tales coma arenas, graves y las piodras yacontes on of cauce y oil/las de las corrientes de ague,
vegas de inundaciOn y otros terrenos aluviales. Los matoriales antes mencionados, so denominan materiales
de construcciOn aunque, una vez explotados, nose destinon a esta industria.
El otorgamiento, vigencia y ejercicio del derecho a explorer y oxplotar los materialos do construction do qué
to
trata este articulo, so regulan into gramente par este COdigo y son do competoncia exclusive do la autoridad
minora. En of entondido do quo sus reglas so aplican an armonia con las disposiciones vigentes sobre derecho
ambiontal ( ... )
A su vez, la Ley an mentiOn en su capitulo XX regula los aspectos ambientales que deberan tenerse en cuenta;
al efecto el articulo 195 de la Ley referida determina lo siguiente respecto ala inclusiOn dole gestiOn ambiental:
"Para todas las obras y trabajos de mineria adelantados por contrato de concesiOn o pot un titulo do prop/Sad
to
privada del subsuelo, se incluirén an su estudio, diseno, preparaciOn jt ejecuciOn, gostiOn ambiental y sus
costos, como elementos imprescindibles pam sor aprobados y autorizados. En nm gUn caso la autoridad
ambiental podré otorgar perrnisos, concesionos, autorizaciones o liconcias do orden ambiontal, pare obras y
trabajos no amparados por on titulo minoro11.
Además, los articulos 196 y 197 de la Ley an menciOn disponen:
"Articulo 196. EjecuciOn inmediata. Las disposiciones loge/es y reglamontarias do orden ambiontal son de
ap/icaciOn general e inrnediata pare todas las obras y labores mineras a las quo les sean apI/cables.
Articulo 197. ConstituciOn y ojercicio del derocho. La colebraciOn y porfeccionamionto del contrato do concosiOn
y su inscripciOn an el Registro Minero Nacional, so rogulan por las disposiciones de este Codigo. Para ol ejercicio
emanado de dicho contrato, antes do la iniciaciOn y ojecuciOn do obras y labores materiales do oxplotaciOn,
sore necesario cumplir con Jos roquisitos y condiciones de ordon ambiontal previstos an el presente Capitulo y
on to no previsto en el mismo, en las normas ambiontales generate?.
"C)
5.6
EMISIONES ATMOSFERICAS
De acuerdo a la informaciOn radicada mediante nümero 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, Se reitera lo
contemplado en el concepto tOcnico qua soporta la Resolucion 325 do marzo de 2015 an el sentido de definir que coma
pane do las actividades del proyecto no existirán fuentes fijas tales coma plantas de asfalto o de trituraciôn por lo quo no
se requiere permiso de emisiones atmosfenicas para la construcciOn do la variante, En este sendo, Las actividades do
produccion do concreto (asfâltico e hidráulico) deben cumplir con los niveles méximos do emision estabtecidos en la
Resolución 909 de 2008 y los demás requerimientos establecidos en Protocolo pare el Control y Vigilancia de la
Contaminacion Atmosferica Generada por Fuentes Fijas (ResoluciOn 760 de 2010).
Para el caso de la planta de concreto prevista en el area de carnparnento, esta se comporta coma una instalaciOn nueva
debido a qua serà nueva en el sitio donde se ubicará y par lo tanto debera cumplir con to establecido an el articulo 29 de
la ResoluciOn 909 del 2008, dentro del documento del EIA do Is modificacion radicado el 06 do agosto de 2015 mediante
consecutivo 2015041587-1-000 se aportO el Plan de contingencia de los sistemas decontrol de emisiones atmosfénicas.
(....
Quo el articulo 29 de I ResoluciOn 909 de 2008 Tor la cue/ se establecen (as normas y esténdares de em/s/On
admisibles do contaminantes a la atmosfera por fuentes fijas y so dictan otras disposiciones°, dispone Ia
siguiente:
"Articulo 29. Estándares de emisión admisibles de contaminantes at aire an procesos nuevos que no
imp!ican combustion an p!an (as cemen (eras y de producciôn de concreto. En to Table 23 so establecen
los estandares de em/s/On admisiblos pare dispositWas colectoros do pofvo empleados en en fr/adores del
clinker, almacenamiento del clinker, sistomas do molienda an seco, silos do almaconamionto, bandas
transportadoras o similares, sistemas de empacado on sacos, sistomas de carga y descarga a granel y de
dosificac/On do concroto nuevos. Los va/ores so compararan a condiciones do reforoncia (25°C, 760 mm Hg)".
Resolucion No.
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16 OCT 2015 Hoja No.60
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de matzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Tab/a 23. Estandares de emisiOn admisibles do contaminantes al afro en procesos nuevos quo no imp/loan
combustion en plantas cernenteras y do producciOn de concreto, a condiciones do referenda (25°C, 760 mm
Hg).
(...
5.7
MANE,JO V DISPOSICION DE RESIDUOS SOLIDOS
Do acuerdo ala informacion radicada mediante nUrnero 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, las obras objelo do
modificacion do licencia ambiental generan el mismo tipo do residuos sôlidos descritos en el EIA aprobado por la
Resolucion 0325 do 2015 polIo que at respecto aplican las medidas y restricciones establecidas por la AN LA.
Con respecto a los materiales provenientes de excavacion para conformacion de corredores viales principalmente so
utilizara una pane como material do conformaciOn del janillon en la margen derecha del caño La Ahuyama, el volumen
restante se dispondré para delimitar las areas a la espera de poder volver a reutilizarlo conio capa de sustrato organico
para la revegetalización.
Se reitera que el Estudio para la modificacion no presenta la actualizaciOn del balance de masas, por Ia que so roquiere Ia
prosentacion del rnismo previo at inicio do las actividades.
5.8
APROVECHAMIENTO FORESTAL
En el radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015 (EIA camplementario para la modificacion de la licencia
ambiental otorgada al proyecto vial) se presenta la solicitud do aprovechamiento forestal corrospondiente a 160 árboles
para un volumon total do 42,0 m 3 yin volumen maderable de 7,9 m 3; al respecto, se tiene que el cálculo de volumen
presentado on el documento coincide con los cálculos realizados par esta Autoridad.
A continuaciOn se presontan los volOmenes do aprovochamionto solicitados y el nümero do individuos por especie, do
acuerdo a los câlculos rovisados por esta Autoridad, los cuales seran tenidos en cuenta para el otorgamiento del
corrospondiente permiso quo se presenta en at resultado do este concepto.
Tabla 34. Aprovochamiento forestal (fustales) par ospecies e individuos, solicitado para el proyecto. VolUmenes an
5.8.1 Especies en veda
Como se reportO antoriormonte, ninguna do las especies registradas an el inventario forestal so oncuentra on veda nacional
a regional (en jurisdicciôn del proyecto). Cabe rosaltar quo los individuos de de Pachira quinata en el sector Casa Loma Camagüey y Guaiacum ofticina(e, idontificados on el EIA radicado para la solicitud de licencia ambiental (radicado 4120El-57029 dolls do octubre do 2014) y catalogados do acuerdo ala ResoluciOn 192 de 2014 del MAIDS como en peligro
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"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de mario de 2015 y se toman otras determinaciones"
(EN) yen peligro critico (CR) correspondientemente, no fueron solicitados en el permiso de aprovechamiento forestal pero
son tenidos en cuenta en el plan de manejo ambiental, para garanUzar su adecuado manejo.
Que el articulo 214 del Decreto - Ley 2811 de 1974 establece lo siguiente con respecto a los aprovechamientos
forestales:
.Articulo 214°.- Son aprovechamientos forestales Unicos los quo tecnicamente se realicen en has ques
localizados en sue/os quo deban ser dostinados a usos diferentos del forestal...'
Quo en el articulo 2.2.1.1.2.2 de la Seccian 2 del Capitulo 1 del Titulo 1, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076
del 26 de mayo de 2015, se establece como uno de los principios generales que deben tenerse en cuenta en
la regulacion do los aprovechamientos forestales dentro del territoho Nacional que:
Los bosquos, en tanto pwte into grante y soporto do la d&ersidad biologica, Otnica y do ía oferta arnbiontal,
son un recurso estratOgico do ía NaciOn y, par /a tanto, su conocimiento y manejo son tarea osencial do! Estado
con apoyo do la sociedad civil..."
Que en el articulo 2.2.1.1,4,1 de la Seccion 2 del Capitulo I del Titulo 1, Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076
del 26 de mayo de 2015, so determina: "Las clases do apmvechamiento forestal son:
Onicos. Los quo so realizan par una sofa vez, on areas donde con base en estudios técnicos so demuestro
mejor aptitud do usa del suelo diferento al forestal o cuando oxistan razonos do utilidad pUblica e intores social.
Los aprovechamiento forostafos Unicas puoden contener la obligaciOn do defer lirnpio el terrono, al término del
apravechamiento, pora na/ado renovaro conservar el bosque (...)
Quo en el articulo 2.2.2.3.1.1., de la SecciOn 1 del Capitulo Tercero de la parte 2 del Libro 2 del Decreto No
1076 del 26 de mayo do 2015, se definen las medidas de compensacion como aquellas acciones dirigidas a
resarcir y retribuir a las comunidades, las regiones, localidades y al entorno natural por los impactos o efectos
negativos generados por un proyecto, obra o actividad, que no puedan ser evitados, corregidos o mifigados.
(. . .
5.8.2 Compensacion por Pérdida do Biodiversidad
Teniendo en cuenta que la infraestructura proyectada en Ia modificacion afecta 13,81 hectareas adicionales a las
inicialmente contempladas para el desarrollo del proyecto via, esta Autoridad calculo el area de los ecosistemas naturales
y serninaturales que se veràn afectada por la misma y aplico los factores de cornpensaciôn, con base en lo establecido en
el Manual de Compensacion por Pérdida de Biodiversidad.
Asi misnio, se asigno un valor de compensaciôn de 1 para los ecosistemas diferentes a los naturales y seminaturales,
teniendo en cuenta que los ecosistemas intervenidos cuentan con recursos naturales de interés y prestan servicios
ambientales que al ser perlurbados por la nueva infraestructura pierden la capacidad de brindar dichos servicios, y
posibililan el deterioro ambiental.
En consecuencia, a continuaciOn se presenta la compensaciOn que se debe adicionar a Ia previaniente establecida en Is
licencia ambiental:
labIa 35. Areas a intervenir, ecosistema / distrito biogeogrâfico que serén intervenidos, factor de compensacion segn
ResoluciOn No
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16 OCT 2015
Hoja No.62
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Fuente: Cábjlos equipo evaluador, de acuerdo ala
GDB anexa en 2015041567-1-0w
del 06 de agosto de 2015
(....
Que el Ministeho de Ambiente y Desarrollo Sastenible, a través de la ResoluciOn No. 1517 del 31 de agasto de
2012 adopto el Manual para la asignacion de compensaciones par pérdida de Biodiversidad, y en el artIculo
tercero respecto al Plan de Compensaciones dispusa que "La Autoridad Nacional do Licencias Ambientales -
establecera en la respectiva licencia arnbiental la extensiOn del area a compensar y of plazo en of cual
el usuario deberâ presentar 91 Plan do Compensaciones ( ... )
ANLA,
6. IMPACTOS SIGNIFICATIVOS
61
CONSIDERACIONES SOBRE LA IDENTIFICACION V VALORACIÔN DE IMPACTOS
Dentro de la intorrnacion cantenida en el EIA de la modificacion de la licencia radicado el 06 de agosto de 2015 mediante
consecutivo 2015041587-1-000, Se informo que para la valoraciOn de irnpactos tue utilizada la nietodologia de cualificaciOn
de la Significancia de los Impactos -matriz RAM- (Risk Assessment Matrix) adaptada par Ecopetrol en 2003; la cual sufrió
una ligera niodificacian con la inclusiOn de la sinergia coma un parâmetra más en la evaluaciOn, conforme a la metodologia
propuesta par Conesa, 1997, asi, mediante la calificaciOn de atributos (caracter, extension, magnitud, duraciOn, resiliencia,
reverslbilidad, recuperabilidad, periadicidad, acumulaciOn, tipo de irnpacta, sinergia) y su probabilidad de acurrencia se
calculO la significancia del impacto, dando coma resultado las niisrnas categories de signiflcancia de la evaluaciOn de
impactos de la licencia ambiental
A nivel general se cansidera adecuada la metadologla utilizada, teniendo en cuenta su arnplia utilizaciOn al determiner de
manera cuantitativa y cualitativa los impactos ambientales generados par las actividades del prayecta en cada una de los
componentes ambientales. A pesar de ella se evidencian incansistencias entre el analisis realizado, Ia presentado en el
estudia y Ia observada en la visita de evaluaciOn afectando la califlcaciOn de las impactos, par tanto a continuaciOn se
efectUan las consideraciones carrespondientes para cads media.
Se presenta la identiflcaciOn, la evaluaciOn y la caracterizaciOn de los impactas ambientales de los medios abiOtico, biOtico
y socioeconOmico en el escenaria con proyecta, teniendo en cuenta ]as fases de pre-construccion, canstrucciOn, y cierre y
abandona, pero Unicamente se califlcan los impactas para el escenaria con prayecto de forms general y sin diferenciar la
fase de construcciOn cierre y abandono. En el caso del escenaria sin proyecto, se tiene como referente el detinido en el
EIA inicial remitido a esta Autoridad mediante radicado 4120-E1-57029 del 15 de octubre de 2014; es de anotar qua de
acuerdo a Is revision de la informacion se puede observar que las actividades objeto de modificaciOn de la licencia
ambiental tienen una correlaciOn con actividades identificadas en el EIA y par tal razOn Ia aplican los mismos impactos,
no obstante, su valoracion es diferente de acuerdo con la magnitud de las obras.
6.2
6.2.1
CONFLICTOS AMBIENTALES IDENTIFICADOS
Media fisico
Se incluyO dentro de la documentaciOn del FIA para la modificacion, la identificaciOn cualitativa de impactos de las obras
que incluye la modificaciOn (instalaciOn y operaciOn), mas no para el desmantelamiento, posteriormente se hace la
valoraciOn de impactos de acuerdo a la metodologia con los resultados obtenidos en la tabla 36
I I
Hoja No.63
de
16 flCT 2n15
Por la cual se modifuca la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resoluclén N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Resolución No.
niveles freabcos
lT1
los oerfiles de
en la calidad perceptual del paisaje
de usos temoorales v definitivos en
Alteracián de la armonia y dinárnica paisajistica (presencia de objetos qua aeneran atiborrarniento
j
No significavo
De acuerdo al anélisis realizado se benen las siguientes conclusiones:
at
Se considera que el impacto sobre la calidad del aire es medianamente significativo dado qua durante proceso de
conslrucción de terraplén, corredores de movilizaciôn, adecuacion de campamento, construccián de jarillon, asi como at
trasporte constanle de rnateriales en la etapa constructive podrian aumentar su significancia, igualmente el impacto sobre
la alleraciOn del regimen sedimentológico para el caso del canal Pasadena este vera modificada casi toda su dinarnica
fluvial, las condiciones
de cambio de material podra tener incidencia an el regimen sedimentolôgico de este cauce que
at
desemboca en do Magdalena, tarnbièn se podia ver eventualmente afectado el regimen sedimentologico del caflo la
Ahuyama y el rio Magdalena debido a la implanlaciOn de las pilas en su sección hidràulica y este Ultimo por el proceso
constructivo de revertir el material proveniente de la excavaciôn para la construccion de los pilotes qua soportarén las pilas
del puente an el nhismo cauce del rio.
La contaminaciOn del agua es un impacto allamente significativo dada la cantidad de fuentes hidricas existentes an el AID,
ye gran cantidad de obras y actividades qua se proyecta ejecutar tanto en su ronda conic en su cauce que pueden incidir
at
direclarnente en la calidad fisicoquimica e hidrobiológica de las aguas, de este y otros sistemas hidricos como
qua
pertenece el cano Clarin como fuente de agua dulce pare la cienaga de Santa Marta. Sc considera que la generaciôn de
procesos erosivos y la generacion de inestabilidad del suelo son impactos medianamente 0 altamente significativos toda
vez que dentro de los estudios realizados para la ocupaciôn de cauces no se tuvo en cuenta este parámetro, no obstante
at
el rio Magdalene y caño la Ahuyama muestran sensibilidad respecto a este proceso, adicionalmente se considera que
se deben implementar medidas adicionales qua permitan determinar la necesidad de obras de protecciôn, teniendo en
cuenta la informaciOn respecto a las condiciones de morfografia y morfodinémica del rio Magdalena, y la existencia
evidenciada en visita de las obras de protecciOn del estribo oriental Puente Pumarejo, y de los estribos de los puentes
at
existente sobre caño La Ahuyama.
at
La afectaciOn de la ronda hidráulica tambien es significativa en sentido de la valoracion de los efectos qua puede generar
la ejecuciôn de las obras y actividades qua se realizaran sobre las mismas y la presencia del campamento y las zonas de
tránsito y acopio temporal, por otro lado la alteracion de zonas de recarga hldrica y niveles freaticos es medianamente
significative teniendo an cuenta qua sobre terrenos de deposito fluviolacustre de relativa baja consolidacion se Ilevaran a
cabo obras de acondicionamiento del suelo pare la construccion del campamento.
Los cambios de uso permanents o temporal del paisaje son rnedianamente significabvos debido a la envergadura de la
obra de infraestructura, y la ocupación de los espacios an isla Rondon y campamento especialmente.
Para los demas impactos se considers adecuada su calificacion.
6.2.2
Medio biôtico
En relacion con la identificacian de impactos ambientales pare el medio biotico, se determinaron los siguientes para las
fases pre-constructiva, constructiva, cierre y abandono: Afectacián a la fauna silvestre, pérdida de individuos arboreos por
tala y cobertura vegetal por descapole, pérdida de cobertura vegetal (coberturas dentro de la categorias de bosques y
areas seminaturales (segUn el sistema Corine land Cover), y afectaciOn de areas de importancia biotica con distincion
internacional.
En este orden de ideas, se determinO qua los impactos antes mencionados, corresponden con los identificados para el
licenciamiento ambiental, precedente a esta modificacion, por to cual se mantienen las consideraciones expuestas en el
concepto técnico 1063 del 11 de marzo de 2015, acogido mediante Resolucion 0325 del 17 de marzo de 2015.
A continuaciOn, se incluye la Figura-2 ComparaciOn de lnipactos bióticos entre el proyecto licenciado y la
modificacion de la licencia, del estudio de impacto ambiental presentado para la modificacion, en la cual se realizO una
ponderacion comparativa de la rnagnitud de los impactos ambientales identiticados en la licencia ambiental y la solicitud
de modificacion.
ResoluciOn No.
1 3 1 1
de
16 OCT 2015
Hoja No.64
"Par la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Evaluacióri de impactos bióticos
AfectacjOn a la fauna silvestre
Pérdida de Individuos arbóreos por tala y
cobertura vegetal pordescapote
Pérdida de cobertura vegetal (coberturas dentro
de a categoria de bosques y areas serninaturales
segün el sistema Corine Land Cover).
AfectaciOn de Areas de Importancia Biótica con
Oistinción Internacional
10
SO bras
autorizadas en la lice ncia
15
20
25
Obras modificacion de licencia
Fu,ie. Rad2OI5O4I567.1.dSO6the,ve2OI5
Finalniente, en relaciOn con los impactos identificados para el medio biOtico, vale la pena anotar que se encuentran
contemplados para su control y manejo en las medidas del Plan de Manejo Ambiental, el cual no excluye para este trarnite
programas y medidas de manejo aprobadas pars el proceso de licenciamiento.
6.2.3
Media socioeconómico
El documento de EIA anexo at radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, incluyO para la modificacion de la
licencia arnbiental, la Matriz de identificaciOn cualitativa de inipactos ambientales de las actividades y obras de instalaciôn
y operación. Sin embargo, como ya se mencionô en las consideraciones realizadas a la metodologia usada pare la
evaluaciôn de impactos, no se incluyO la evaluacion y calificaciOn del escenario sin proyecto, ni tampoco para la etapa de
desmantelamiento.
En la tabla 37 se presenta la evaluacion de inipactos pare el componente socioeconOmico, los cuales se consideran
acordes con la caracterizacion ambiental y las adividades de la solicitud de rnodiflcaciOn de Is licencia ambiental.
labIa 37 Evaluacion de impactos para el componente Socioecononiico
SHCA CIA
NUEVAAREA
SIGNIFICANCIA SIG
AfectaciOn at ernpleo e ingresos
6
Mediananiente Significativo
Afectacion del Centro educativo La Canchera
0
Mejoramiento del trafico; vehicular y pealonal en la zona de los accesos at puente
0
Alteracion de las actividades economicas 4
No Significativo
Cambios en la tenencia de la tierra
9
Medianamente Significalivo
Perdida del tejido social pot desplazamiento involuntao
9
Medianamente Significalivo
Generaciôn de Expectativas en la Comunidad
6
Medianamente Signilicativo
Afeclacion a la Salud
6
Medianamente Significativo
AfectaciOn ala infraestructura social existente 6
Medianamenle Significativo
IMPACTO
Fuonte: Elaborado par el equipo evaluadorcon base en at radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto do 2015
Teniendo en cuenta los impactos generados pot las obras objeto de modificacion de Ia licencia, el Consorcio SES presentO
en el documento de la EIA modificatorio, una comparaciôn entre los irnpactos generados por la licencia y los generados
por las actividades de Is modificacion, encontrando que estos Ullimos son rnenores, y no infiuyen significativamente
respecto a lo identificado y evaluado en el EIA con el cual se otorgo la licencia.
De los impactos evaluados anteriormente se evidencia que en areas donde se realizaran actividades relacionadas con la
modificacion de la licencia, existen impactos sobre quienes usufructan los terrenos de la Isla Rondon, asi conlo las families
ocupantes irregulares que residen bajo el Puente Pumarejo (Barranquilla), toda yea que alli residen y porque desarrollan
actividades econOmicas de las que derivan su sustento. Estos impactos se consideran acordes con to presentado en la
caracterizaciôn y Ia evidenciado en la visita de evaluacion, principalmente to que tiene que ver con procesos de
reasentamiento involuntario y afectaciones a cultivos de quienes residen en el AIDP.
Resolución No.
13 1
dj
de
16 OCT 2015
Hoja No.65
"Par la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
6.3 CONSIDERACIONES SOBRE LA EVALUACION ECONOMICA DE IMPACTOS
6.3.1
A NT EC ED ENT E S
Mediante radicado 2015041587-1-000 del 06 deAgosto de 2015, of Consorcio SES PUENTE MAGDALENA, solicitô la
modificacion de Licencia Anibiental otorgada at INVIAS mediante ResoluciOn 0325 de 17 de Marzo de 2015, la cual
contenia algunas obligaciones en el componente de EvaluaciOn economica ambiental; licencia que tue cedida a favor del
CONSORCIO SES, mediante Resolucián 0803 del 8 de julio de 2015.
A troves del radicado 2015027302-1-000 del 26 de mayo de 2015 of Instituto Nacional do Vias — INVIAS- allega a esta
autoridad en el cap. 5.2 Evaluacion economica de impactos, la respuesta a Ia sohcitud contenida en of arliculo decimo
to
quinto do resoluciOn 0325 del 15 de marzo de 2015. Si bien el cumplimiento do las citadas obligaciones debe ser objeto
de seguimiento por parte do esta Autoridad, se resalta que en of rnencionado concepto técnico do modificaciOn, so toma
en consideraciOn el flujo de beneficios y costos, toda vez quo la empresa aduce la integracion do los resultados de ]as
to
valoraciones surgidas para solicitud de modificacion at anâlisis costo/beneficlo total y final del proyecto licenciado.
6.3.2
Consideraciones sobre
solicitante
to
selecciôn de impactos relevantes y los criterios do escogencia por parts del
to
En informaciOn aliegada a esta Autoridad an at item 5.4 do valoraciOn ecanOmica de impactos, del EIA (radicado
to
2015041587-1-000 del 06 de Agosto de 2015) CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, explica [ ... ] Pare modiflcaciOri
do is licencia ambiental, so realizO el anâlisis econOmico do! Unite impacto ambiental quo resultó ser significativo por to
ejecuciOn do las obras adicionaics quo so roalizarán pare el Proye cto do Solution Integral del paso Sabre el rio Magdalene
en Barranquilla. Lo anterior, so desarrolla a parlir do to nietodologia do Fernández- Vitora (2009) utilizada an ol capltulo do
EvaluaciOn Ambiental do este mismo EIA qua indica quo de los impactos idontificados para las obras do modificatiOn sOlo
un impacto obtuvo la calificaciOn de "significativo": Pérdida do cobertura vegetal para las coborluras dentro do to categoria
do bosques y areas sorninaturales so gUn el sistorna Corine Land Cover, Pare este anélisis econOmico so tomO el horizonte
at
do tiempo en quo so realizarán las actividades do romociOn do to cobertura vegetal y an el quo so desarrollarén los
pro grarnas do manejo disonados pare mitigar, corregir y compensar este impacto. [. .1
Teniendo en cuenta la informacion presentada an la evaluacion de impactos, anexo 5.2 del EIA Para to solicitud do
rnodificacion (radicado 2015041587-1 -000 del 06 de Agosto de 2015) esta Autoridad considera pertinente Is identificaciOn
do impactos a ser considerados an la valoración económica.
6.3.3
Consideraciones sobre la cuantificación biofisica de impactos
to
En relaciOn a cuantificaciOn fisica del impacto "pérdida de la cobertura vegetal", el CONSORCIO SES PUENTE
MAGDALENA, en el item 5.4.2 denominado impactos no internalizables, (EIA radicado 2015041587-1-000 del 06 de
Agosto do 2015) afirma (•..] to valoraciOn monctaria do oslo impede so enmarca en las coberturas de bosques y ároas
naturaics y seminaturales quo son quienes ofroccn los sorvicios ecosistémicos ya moncionados, Considorando to
description del impacto, pars of caso do Is remociOn do Is coboitura vegetal so usa to caracterizaciOn roabzade an el
to
presente EM, en cual so evidencian los ocosistemas o coborturas quo so vorian afcctados per la implementatiOn del
proyecto. Do acucrdo a esta clasificaciOn, ci total do area intervenida y cuyos servicios ccosistémicos sorân afoctados as
de 8,12 hcctaroas. Ver labIa 44.
Tabla 38 caracterizaciôn do los medics afectados con la implomentacion del proyecto
Nomenclatura CORINE
Hectáreas
Cobertura
Babi
0,04
Bosquo abiorto
Pit
Cultivos permanentes herbâceos
0,05
Msc
Mosaico do cultivos
0,6
Pa
Pastos arbolados
0,04
Pe
Pastos ennialozados
7,02
Pt
Plantacion forestal
0,04
Vst
VogetaciOn secundaria o en transiciOn 0,33
8,12
TOTAL
Fuente: tabla 5-11 EIA radlcado 2015041587-1-000 del 06 do Agosto de 2015
Sin embargo at realizar la rovisiOn do to information allegada, so genera cierto nivel do incortidumbre frente a la falta do
continuidad y similitud de la misma en los diferentos capitulos del presente EIA; en particular con las tablas: 3-49
denominada coberturas do la tierra identificadas en el area de interventiOn y 4-10 denominada area do coberturas do to
tierra en of area do inlervonciOn (capitulos 3 y 4 del EIA radicado 2015041587-1-000 del 06 do Agosto do 2015).
For lo anterior, se hace nocesario quo la ompresa realice una revisiOn de la informaciOn y adelante las aclaracionos
portinentos fronte a las discrepancias do la misma, allegandolas a esta Autoridad.
NY
Resolucion No.
-1311
de
16 OCT 2015
Hoja No.66
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N O 0325
dell 7 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
6.3.4
Consideraciones sobre la internalizacion de impactos relevantes
Acerca del analisis de internalizaciOn de impactos presentado dentro del numeral 5.4.1.1 para la pérdida de la cobertura
vegetal en bosques y areas seminaturales (EIA radicado 2015041587-1-000 del 06 de Agosto de 2015), el CONSORCIO
SF5 PUENTE MACDALENA, expresa: [ ... ] Pare prevenir, miigar y compensar este impacto se crearon vahos Pmgramas
den fro del Plan de Manejo ,4mbientaI f..) informaciOn qua complements con un resumen de los pro gramas de manejo
planteados en el PMA, COfl sus: correspondientes presupuestos.
En Ic anterior! es irnportante resaltar que si bien el anélisis de intemalizaciOn se basa en el diseño de u n a serie de medidas
que permitan mitigar, con-egir y prevenir tin impacto, dentro de la informacion presentada, Ia empresa no es clara en la
descripciOn del análisis realizado en evaluar el potencial de intemalizacion de inipactos, ya que no presenta los
procedimientos ni la inforrnaciOn explicita para determinar e identificar la efectividad de las medidas de manejo por lo
tanto, la evidencia de la correspondiente internalizacion de impactos.
Es irnportante agregar qua el diseno de un plan de manejo, la existencia de las medidas de manejo y un presupuesto
econOmico, no garantizan la efectividad de estas y por lo tanto, que se esta realizando una internalizaciOn de irnpactos;
para este análisis se hace necesario presentar explicitaniente la relaciOn, impacto - medida de manejo- indicador del
cambio ambiental y costos asociados a la medida de manejo.
Por lo anterior, pars qua el análisis de internalizaciOn sea evidente y se pueda visualizar claramente la efectividad del
mismo, es necesario qua Ia ernpresa identifrque claramente aquellos indicadores comparativos ode efectividad, de manera
tal, que sea explicita la internalizaciOn. Si al realizar este procedimiento, aquellos impactos que no resulten internalizables
deberan set objeto de valoraciOn econOmica.
6.3.5
Consideraciones sobre la valoraciOn econOmica de los costos y beneficios ambientales
Consideraciones sobre los costos ambientales.
En cuanto a la cuantificaciOn economics del impacto por la remociOn de la coberlura vegetal, a travOs de la trasferencia de
benAficos, CONSORCIO SF5 PUENTE MAGDALENA explica que torna como referencia los datos de un "proyecto de
implementaciOn de sistemas agroforestales y de seguridad alirnentaria forrnulado dentro del Plan de Manejo para el s/tb
RAMSAR y Reserva de ía 816sfera de ía ClOnaga Grande de Santa Maria (CGSM)" y agrega [ ... )para el ca/cub de esta
vaboraciOn econOmica se reaiiza ía misn,a transferencia de bane ficios del costo de reemplazo o reposiciOn otorgado pot el
Plan de Manejo del sitio Ramsar de ía CGSM, utilizado an at E1A previo. Con esta informacion, se puede ca/cuber al costo
por Is no provision de los servicios eoosistémicos. Este cElculo se realize teniendo an cuenta el valor total de los pro gramas
de n,anejo anteriormente descritos pare cada una de las etapas del pro yecto donde se lie varEn a cabo. Si bien ía no
provisiOn de los seivicios ecosistOmicos se generan desde el momento en qua se realizan las actividades de reniociOn y
descapote, los costos de raposiciOn se empiezan a generar una vez se iniplen,ente el pro grama de reforestaciOn y
revegetalizaciOn que serE a partir del año 4 del proyecto. Ver tabla 39
labIa 39 Valor económico de la no provision de servicios ecosistémicos por la pérdida de la cobertura vegetal
Etapa
Ano del
proyecto
Costo de reforestation
COP$
Pre-construcciOn y construcciOn
1
$ 9.400.000
Construccion
2
$ 16.000.000
Abandono y cierre
3
$ 7.000.000
Mantenimiento
4
$ 31.000.000
Mantenimiento
TOTAL
5
$ 12.000.000
Costo de
0,78
0,78
$ 75.400.000
Costo Total COP$
$ 24.180.000
$ 9.360.000
$ 33.540.000
Valor Presente Nato
$ 30.912.442
• Este coslo corresponde at valor total do los programas do manejo asodados a la retorestacion y revegetalizacion de las 8,12 hectareas qua serán
intervenidas, Este coslo so encuenira a precios de mercado
Fuente: table 5-12 EIA radicado 2015041587-1 .000 del 06 do Agosto de 2015
A lo que la empresa concluye, Teniendo en cuenta las Ereas de afectaciOn de ía cobertura vegetal y los va/ores de
reposiciOn se estima qua el costo total del impacto no internalizable por la pérdida de cobetlura vegetal equivale a COP$
33.540.000 [ ... J
En relaciOn a la informacion presentada por la empresa, es importante aclarar que si bien la transferencia de beneficos es
una herrarnienta que facilita la cuantificaciôn economical de un bien 0 servicio ecosistOmico, la confiabilidad y validez de
Resolucion No.
131
de
'16 OCT 2015
Hoja No.67
Tor la cual se modifica la Licencia Amblental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
to
to
sus resultados depends de calidad de infarniaciOn tornado coma referenda y del cumplimiento del procedimiento
rnetodológico donde se evidencien claramente los siguientes pasos:
Paso 1: ldentificaciOn de estudios y valores para transferir:
a.El objeto de la valoracion deberia ser comparable con equal valorado an at estudio de referenda.
to
b.La similitud de las caracteristicas de poblaciOn.
c. Calidad del estudio de referenda.
Paso 2— Ajustar los valores a transferir.
Paso 3— Estimar el valor del costa total.
Par to anterior, as necesario qua an Ia inforrnaciOn presentada par to empresa se evidencie expilcitamente cada uno de
los procedimientos citados; vale la pena destacar qua si bien as claro qua del costa de rernplazo o reposidOn otorgado par
at Plan de Manejo del sitio Ramsar de Ia CGSM podria ser un valor de referencia pertinente, CONSORCIO SES PUENTE
to
MAGDALENA, no presenta los anâlisis y procedimientos requeridos para qua trasferencia de beneficios sea validada
an el sentido de ser clara an at valor a trasferir, los bienes y servicios ecosistémicos cuantificados an at estudio de
referenda, los ajustes realizados, la homogenizaciOn y ajuste de los datos at presente, entre otros.
Asi pues, as necesario qua so llegue a esta Autoridad la informacion explicita qua permita dar claridad at proceso de
evaluacion.
.
Consideraciones sobre los Beneficios.
to
La empresa CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA J no presenta an at actual estudio pare modiflcaciOn de licencia
(EA radicado 2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015), una identificacion, procedimientos y célculos qua cuantifiquen
los beneficios generados por las actividades solicitadas.
6.3.6
Consideraciones sobre la evaluación do los Indicadores económicos
to
En la informadon presentada an EIA de modifrcacian do licencia (radicado 2015041587-1-000 del 06 de Agosto de 2015)
CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA explica ... ] En os/a cap!tulo so presenta to valoraciOn econOmica quo
corresponde Onicamente a los impaclos generados par /a construcciOn de las obras objeto do modificaciOn do /8 licencia
ambienlal otorgada a! Proyecto SoluciOn Integral del paso sabre al l rio Magdalena on Barranquilla par la Autoridad
Ambiental do Licencias Ambientales (ANLA). Sin embargo, no as portinente rea/izar un flujo de fondos del Onico impacto
aqul valorado an tan/a es/c hace par/c do un proyo c/a mayor quo ya ha sido ticenciado. Es par esto quo an es/c apatle so
presenta c/flu/a do fondos de todo el proyccto incluyendo los castos y beneficios identificados y valorados pro viamente an
a/ capitulo de valoraciOn econOmica do! F/A pore! cua/ fue licenciado ol proyecto, mâs of costa estimado on es/a valoraciOn
del impaclo significativo de las nuevas obras dol pro yecto. Dada quo of impacto par perdida do cobertura vegetal fue
tambiOn un impacto significalivo y objeto do valoraciOn econOmica an e/ EtA !icenciado, sus costos SOfl /8 sumaloria do los
estimados on of EIA y los estimados an es/a va/oraciOn do Is modificaciOn do la /icencia 1. .3
to
En relacibn a la informaciôn presentada por empresa, esta Autoridad considera pertinente el qua se considers dentro
del análisis do evaluaciôn de indicadores econOmicos los costos totales del proyecto, as decir, los costos cuantificados y
generados por las actuates actividades de la modificacion do licencia solicitada y su integraciôn at flujo total del proyecto.
Sin embargo esta Autoridad observa an relaciOn a la discrepancia de información presentada, pues si bien se afirma qua
se está considerando el flujo total del proyecto, (table 6.1 fiujo do valores de costos y benefidos a valores corrientes
radicado 2015027302-1-000 del 26 de mayo de 2015) an la tabla 5-13 del EIA de la modificacion de licencia (radicado
2015041587-1-000 del 06 de Agosto do 201 5)se esth obviando informaciOn qua do continuidad at anâlisis realizado, tanto
an la proyeccibn como an contexto general del proyecto.
A manera de ejemplo no as claro por qué no se presentan los valores proyectados para los costos evitados por
accidentalidad; asi mismo an at año 6 de la proyecciôn del impacto perdida de la cobertura vegetal, no so encuentra la
informacion. Tampoco para los aos 9 y lOde los costos afectacion de fauna silvestre.
Par to anterior, as necesarlo qua Ia empresa complemente to informaciôn presentada a alleguo las aclaraciones do los
supuestos y análisis reatizados, para de esta manera obtener claridad frente at proceso do evaluacion. En cuanto a los
to
indicadores empresa debe verificar to informaclOn presentada y de ser necesario recalcular los mismos.
6.4 CONSIDERACIONES SOBRE LA ZONIFICACION DE MANEJO AMBIENTAL
at
En documento del EIA remitido con radicado 2016041587-1-000 del 06 do agosto de 2015 so describen tres categorias
at
de manojo ambiental qua aplican para proyecto, encontrandose una modificaciori con rospocto alas catogorias do/midas
to
an el EIA do la licenciaat ambiental toda vez qua para modificacibn se actualiza el mapa do zonificacion de manejo
ambiontal, eliminando area do intervencion sin restricciones, Iuego de haber evaluado los componentes y variables do
la zonificacián ambiental, con las categories do manejo ambiontal definidas an la tabla 40.
Resolucion No.
1 3 1
de
'116 OCT 2015
Hoja No.68
"Por la cual se mod Wica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Fuente: radicado 2015041587-1-000 del 06 de agDsto de 2015
Es de tener en cuenta que el precitado concepto técnico de modificaciOn en el aparte correspondiente a consideraciones
del rnedio fisico de la zonificacion ambiental, unas observaciones referentes a Ia necesidad de ajuste del mapa de
zonificaciOn ambiental teniendo en cuenta qua se consideraron importantes algunas variables que no fueron evaluadas y
consideras algunas niodificaciones en la clasificaciOn de las variables identificadas.
Ws adelante en este documento se valorará la correspondencia entre las categorias de manejo formuladas y los Planes
de Manejo Ambiental que deben aplicarse en cada caso, El mapa actualizado de ZonificaciOn de manejo arnbiental para
el AID se observa en la figura 2.
Figural 2 Zonificacion de manejo ambiental para el AID
Fuente: radicado 2015041567-1-000 del 06 de agosto de 2015
6.4.1
Consideraciones sobre el medio abiotico
Dentro del proceso de modificaciOn de licencia anibiental se esta tramitado el respectivo permiso de ocupaciOn de cauce
para cada uno de los cuerpos de agua intervenidos. No obstante, se considera desde el punto de vista abiOtico que son
Areas de exclusion los cuerpos de agua (rios, cafladas y quebradas, entre otros) y su franja de retiro o de protecciOn de
30 metros a cada lado, medidos a partir de la cota maxima de inundaciOn, (exceptuando los puntos de implantaciOn de
pilas autorizados, consfrucciOn de muelles, corredores viales y demâs actividades analizadas en el mencionado concepto
técnico de modificaciOn para el proyecto como ocupaciOn de cauce), adicionalmente por encontrarse tan prOximo el cuerpo
de agua del caño el clarin a la zona de estudio, tambiOn debe clasificar dentro del area de exclusion.
ZonificaciOn de manejo ambiental
Respecto alas areas de intervencian con medidas de manejo especial, teniendo en cuenta que en la zonificacion ambiental
se identificaron zonas con sensibilidad alta, que no fueron relacionadas por el estudio y que no se evidencian dichas
sensibilidades an el mapa de zonificaciOn consolidado, se actualize to establecido en el concepto de evaluaciOn de la
licencia ambiental. En ese orden de ideas, en la tabla 41 se presentan los criterios analizados por esta Autoridad segUn
a idenflcación de la zonas del AID que requieren de medidas de manejo ambiental para minimizar los efectos negativos
ocasionados por el proyecto adicionando otros que resultaron relevantes durante la presente evaluacion.
Resolucion No.
1 3 11
de
16 OCT 2015
Hoja No.69
Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas anteriormente, se agrega a la ZonificaciOn de Maneja Arnbiental
aprobada par la ResoluciOn 325 de mayo de 2015, la siguiente:
Table 41 Criterios del medio AblOtico pare Is definicion de areas de intervenclon con medidas de manejo
especial
Criterio
Consideraciones ANLA
Los cuerpos de agua y la ronda hldrica del rio Magdalena, Cabo La Ahuyama y Arroyo Pasadena
de a us' deben presenter medidas especiales para eñtar su contaminaciOn, e impactos respecto a la
Cuer Os
dinamica hidrica y modificaciOn de flujos de dinémica hidrâulica, calificados an Is evaluaciOn de
Rondas hidricas
impactos como muy significavos. Se deben respetar los 30 metros de protecciOn para niinimizar
los posibles inipactas ambientales gue se puedan generar an el desarrolla del proyecto.
Gran parte del terreno se encuentra rodeado de zones inundables, lo cual genera que sea una
zona que requiere medidas de manejo especial para poder desarrollar las diferentes actividades
de construcciOn.
Adicionalmente, se consideran zones inundables los terrenos que rodean las fuentes hidricas
Zones inundables como es el caso del rio Magdalena, Cabo La Ahuyarna, el Cabo El Clarin, el predia Triple A,
considerando el maps de amenaza par inundaciOn y las consideraciones realizadas en la
zonifrcaciOn ambiental. Al momento del desarrallo de las actividades de construcciOn del puente
y sus raniales, y la implementacion de las acflvidades del campamento, estas pueden afectar de
forma considerable estos terrenos, por ella son necesarias las medidas de manejo especial.
Acuiferos libres (no Se requieren medidas especiales de protecciOn del suelo para evitar la contarninaciOn
fisicaquimica del mismo y as[ mismo aportar contaminantes al acuifero libre (no confinado), que
confinado' —Qal
presenta una profundidad de table de agua entre 0-2 m y grado de vulnerabilidad alta.
El estudio establece que no se encuentran pozos a aljibes que operen actualmente en el AID del
Pozos y aijibes
proyecto, sin embargo, en caso de encontrase durante el desarrollo del proyecto estas deberán
contar con medidas de cierre y reubicaciOn segün el caso.
Existen ciertas zones con procesos de erosion y socavaciOn existente, coma el caso del Cabo La
Ahuyama y la margen derecha del rio Magdalena causadas par la morfodinâmica propia de las
Zones erosionadas
fuentes hidricas, evidenciando obras de protecciOn desarrolladas para Is proteccion de las
fSocavadas estructuras existentes, tipo espolones para las pilas del puente Pumarejo actual y gaviones y
bolsacretos en el caso del Cabo La ftJiuyama pars protecciOn de los estribos del puente via al
puerto.
Zonas con conflicto El proyecto cambiaria el usa actual de algunas areas, por lo lanto son necesarias medidas
de uso
especiales para evaluar los cambios de actividades de esas zones, as el caso de la Isla Rondón
la contaminaciOn par material particulado y ruido es pecialmente en la isla RondOn se hace
importante y de alta sensibilidad por la presencia de animales silvestres y cultivos (uso agricola Zonas de usa
cultivos transitorios semi-intensivos),
Fuente: Elaborado por el equipo evaluador
De acuerdo at anãlisis anterior, se imponen ajustes ala zonificacion presentada en el estudio en el sentido de incluir dentro
del area de intervenciOn con medidas de manejo especial la isla RondOn
6.4.2
Consideraciones sabre el medio biOtico.
Se tiene que an su mayor parte la informaciOn incluida en la zonificaciOn de manejo es congruente con los tipos de
cobertura encontrados y el nivel de transformaciOn de los biomas y ecosistemas naturales intervenidos. No obstante Ia
anterior, y teniendo en cuenta las consideraciones expuestas an el anélisis de la Unea base del medio biOtico, en el cual
se identificaron algunas diferencias en la valoraciOn de las coberturas de acuerdo con lo observado durante la visita de
evaluaciOn.
En este orden de ideas, se precisa que el area de ronda del canal Pasadena, sera tomada como area de intervenciôn con
at
restricdones mayores; ünicamente se podrá intervenir las zones donde se ubicaré nuevo campamento y sus zones de
paso, pero se deberan respetar los relictos de vegetaciOn secundaria que se encuentran alrededor del canal y que no
requieren de intervenciOn.
Adicionalmente, es imporlante tener en cuenta la valoraciOn realizada en relacian con el rodal de Tabeula roses y la
vegetaciOn secundaria baja localizada en la margen derecha rio Magdalena - corregimiento de Palermo, jurisdicciOn del
municipio de Sitio Nuevo en el departamento del Magdalena, identificada en el estudio como pastas enmalezados. En
consecuencia, estas areas deben ser catalogadas como areas de intervenciOn con restricciones menores, y no como areas
sin restricciOn.
6.4.3
Consideraciones sobre el media socio econômlco.
Se considera que la informaciôn presentada respecto a la valoraciOn de Ia aptitud ambiental para el componente
sociaeconOmico para los aspectos: vivienda (baja - con restricciones mayores), infraestructura vial (medio - con
1(
Resolución No.
1 3 1 1
de
'18 OCT 2015 Hoja No.70
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
restricciones menores), cultivos (moderada - con restricciones menores), Rio Magdalena (rnoderada - con restricciones
menores), Reservorios (afta - sin restricciones), Canales de caflo y drenajes (medlo - con restricciones menores), as
acorde y se ajusta a to evidenciado en campo durante Is vista de evaluacion. Sin embargo se debe tener en cuenta la
consideraciOn realizada por esta autoridad para la zonificacion ambiental en relacion al aspecto de cultivos: pasar de una
importancia media a alta teniendo en cuenta que esta actividad es la base de la economia y sustento de las familias del
AIDP ubicadas en la isIs Pensilvania.
7 MEDIDAS DE MANEJO AMBIENTAL
7.1
PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
De acuerdo a to contenido en of EA de la modificación de la licencia anibiental, con elfin de facilitar el proceso de
seguimiento del proyecto, se solicitO ala ANLA qua se acojan las fictias de manejo actualizadas para seguimiento y control
tanto de las actividades aprobadas an la Resolucian 0325 de marzo de 2015 y de las obras adicionales objeto de la
modificacjOn de Is licencia ambiental. En la tabla se listan las fithas actualizadas:
Tabla 42. Consotidado de fichas del Plan de Manejo Ambiental
Plan de Manejo Ambiental pare las actividades
Plan de manejo ambiental
de
[as
actividades
aprobadas mediante la resoluciOn 032512015 y
MEDIO
aprobadas mediante to resolución 032512015
actividades objeto de modificaclon de la Ilcencia
ambiental
Programa
Fiche
Programas
Fichas
PMA-1.1 Manejo y
PMA-1.1 Manejo y disposicion de
disposicion de rnateriales mateñales sobrantes de excavacion,
sobrantes de excavaciOn
demoliciones y pilotajes
AMA-1.2 ManeJo de
PMA-I .2 Manejo de campamentos
cam pa en tos
PMA-1 .3 Manejo de
PMA-i .3 Manejo de matehales y
malehales y equipos de
equipos de construcciôn
construccion.
PMB-1 Programa
PMB-1.jo
Programa
AMA-1.4 Manejo de residuos
Las medidas de manejo de esla ficha
de manejo del
de mane del
__________________________
liquidos.
_________________________________
se interan en la ficha PMA-2,2
recurso suelo
recurso suelo
PMA-l.5 Manejo de
Las medidas de manejo de esta ficha
escorrentia.
se integran en Ia ficha PMA-2.3
AMA-1.6 Manejo de residuos
AMA-1.4 Manejo de residuos sólidos
ABIOTICO
sótidos domésticos,
domesticos,
industdales y especiales
industriales_y_especiales.
AMA-i .7 Manejo morfologico
PMA-i .5 Manejo morfologico y
y paisajistico.
paisajistico
AMA-1.8 Manejo de taludes
AMA-1,6 Manejo de taludes
PMA-2.1 Manejo de cruces
PMA-2.I Manejo de cruces de
de cuerpos de aqua
cuerpos de aqua
PMA-2. Programa de
PMA-2. Prograa
m
PMA2.2
Manejo
de
residuos
manejo del recurso
de manejo del
PMA-2,2 Manejo de residuos liquidos
liquidos
hidrico
recurso hidrico
PMA-2.3 ManeJo de residuos
PMA-2.3 Manejo de escorrentia
solidos
PIMA-3. Programa de
PMA-3. Programa
PMA-3.i Manejo de fuentes PMA-3.1 Manejo de fuentes y
manejo del recurso
de manejo del
emisiones
de
ruido
.
emisiones
atmosfericas y de ruido
aire
recurso sire
PMB-1. Prograna
PMB-1.1 Plan deManejode
PMB-i .1 Plan de Manejo de flora
de Manejo de Flora
flora
PMB-2 Programa
PMB-I .2 Plan de manejo de
PMB-1 .2 Plan de Manejo de la
de la remoclón de
rernocion
de
la
cobertura
Remocion
de la Cobertura Vegetal y
to cobeitura vegetal
vegetal y descapote.
Descapote
y_descapote
PMB-3 Programa
de manejo del
PMB-3,I Manejo de
PMB-1 .3 Plan de manejo del
aprovechamlento
aprovecbamiento forestal.
aprovechamiento forestal
forestal
PMB-1. Prograrna
de manejo de
PMB-4 Programa
PMB-4.1 Plan de
flora
PMB-1 .4 Plan de RevegetalizaciOn yb
BIOTICO
de revegetalización
revegetalizacion y Reforeslacon
yb reforestacion
reforestación
PMB-5 Programa
PMB-5.I Programa de
de compensaciôn
PMB-1.5 Programa de Compensadón
compensacian
por pérdida de
por pérdida de
por pèrdida de biodiversidad
biodiversidad.
blodiversidad
PMB-6 Programa
PMB-6.1 Plan de manejo de
de manejo de to
la fauna silvestre,
fauna silvestre
PMB-7 Programa
PMB-7.1 Plan de Manejo de
de manejo de
especies vegetates con alto
especies vegetales
valor de conservacion.
PMB-i .6 Alan de manejo de especies
vegetates con alto valor de
conservacion
PMB-2. Programa
de manejo de
fauna
PMB-2.1 Plan de Manejo de la Fauna
Silvestro
Resolucion No.
1 3 1
16 OCT 2015
de
1-loja No.71
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolución N ° 0325
del 17 do marzo do 2015 y so toman otras determinaciones"
con alto valor de
Coil servación
PMB-8 Programa
do manejo do
PMB-8.1 Manejo do especies
especles do fauna
de fauna con alto valor de
con alto valor do
conservaciOn.
con servaciOn
PMB•9 Programa
do manejo del
PMB-9.1 Manejo del recurso
recurso
hidrobiológico
hidrobiológico
PMS-1 Programa de
capacitaciOn,
PMS-1 Proorama de
educacion ycapacitacion, educacion ' concientizacion at
concientizaciOn at personal
personal del
del proyecto
proyecto
PMS-2 Programa d o
PM S-2 Programs do
capacitaciOn,
capacilacion, educacion y
educaclon '
to
concientización a concientización a la
coniunidad aledafla at
comunidad aledana
proyeo
al_proyecto
PMS-3 Programa do
inforniacion y
participacion
comunitaria e
institutional
PMS-4 Programa de
apoyo a la
capacidad do
gestlon
institucional
PMS-5 Programa de
contratacion do
mano do obra
SOC 10
ECONOMI
CO
7.1.1
PMS-6 Programa de
lntorvención a Is
infraestructura
comunitaria y redes
PMS-7 Programa de
accesibilidad ' seguridad do a
poblaciOn
PMS-8 Programa de
vecindad
comunitaria-socio
predlal
PMS-9 Programa do
adqulsición predial
y traslado do la
poblacion
PMS-10 Programa
de
Acompanamiento
social at
levantamiento de
actas_do_vecindad
PMS-11 Programa
do Restituciôn do
lnfraestructura
Social - Escuela La
Canchera
PMS-12 Programa
do componsación
social
PMS-3 Programa do
informacion y participacion
comunitaria e institucional
PMS-4 Prograrna de apoyo
la capacidad do gestion
institucional
PMS-5 Prograrna do
contrataciOn do rnano de obra
PMS-6 Programa de
Intervencion a to
infraestructura comunitaha y redes
PM57 Programa do
accesibilidad y seguridad do
Ia población
PMB-2,2 Plan do Manejo do especies
Fauna con alto valor de conservacion
PMB-3 Programa
do manejo del
recurso
hidroblológico
PMS 1. Programa
de capacitacion,
educación y
concientizaclôn
PMS-10 Progrania de
Acompaflamienlo social at
levantamiento de aclas de
vecindad
PMS-1 .1 CapacitaciOn, EducaciOn y
ConcienlizaciOn at Personal del
Proyeo
PMS-1 .2 CapacitaciOn, Educacion y
ConciontizaciOn a La Comunidad
Aledaña at Proyecto
PMS-2 Programa
do informaclón '
participation
comunitaria C
institucional
PMS-2.1 lnlormacion y participacion
contjnitaria e insfitucional
PMS-3 Apoyo ala
capacldad do
gostiOn
organliaclonal
PMS-3.1 Apoyo a Ia Capacidad de
Gesôn Organizacional
PMS-4
Contrataclén do
mano do obra
local
PMS-5
lntorvenciOn do
infraestructura ' rodos
PMS-6
Accosibilidad y Seguridad Vial do
to Población
PMS-8 Programa de
vecindad comunitaria-socio prediai
PMS-9 Prograrna de
adquisición predial y traslado do a poblacion
PMB-3.1 Plan de Manejo del Recurso
hidrobiolOgico
PMS4.I Conlratación de Mano de
Obra Local
PMS-5.1 lntervención de
lnfraeslructura Comunitaa y Redes
de Servicios Püblicos
PMS-6.1 Programa do Accesibilidad y
Seguñdad Vial de La PoblaciOn
PMS 7.1 Vecinos - SensibilizaciOn
Comunitaria
PMS-1 Programa
de vocindad
comunitaria soclo
predial
PMS-7,2 Programa de AdquisiciOn
Predial y Traslado de La PoblaciOn
PMS-7-3 Acornpananiiento Social at
Levantamienlo do Aclas de Vecindad
PMS-8 Programa
do restitución do
PMS 8-1 Restilucion de lnfraestructura
infraestructura
Social - Escuela La Canchera
social - Escuela
la Canchora
PMS-9
PMS-12 Prograrnade
PMS-9.1 Programa do Compensacion
Compensacion
compensacion social
Social
Social
Fuente: Radicado 2015041587-1-000 del 06 do agosto do 2015
PMS-I1 Programa de
Restitucion de ln fraestwclura
Social - Escuela La
Canchera
Consideraciones del medio fisico
A continuación so exponen las consideracionos sobre las fichas actualizadas del plan do manojo anibiontal para el
conipononte abiótico, quo corno so mencionO reemplazan las fichas aprobadas on to licencia ambiental.
ly
Resolucion No.
131 I
de
'1 6 OCT 2015
Hoja No.72
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marto de 2015 y se toman otras determinaciones"
7.1.1.1 PMA•1 Programas de manejo del recurso suelo
Ficha PIMA-11.1 Manejo y dlsposicion de materiaies sobrantes de excavaclén, demoliciones y pilotajes: Incluir metes
relacionadas con el volumen do material organico reuhhizado, asi como pare la disposicion de material sobrante de
excavacion en sitios autorizados para tat fin.
Incluir dentro de las acciones a desarrollar que se debe garantizar clue los escombros de demoliciOn de obra civil (concreto,
mamposteria, ladrillo) deberân ser dispuestos en escombreras rnunicipales, previamente autorizadas por alcaidia
municipal y la Autoridad Ambiental competente en el area do jurisdiccion, y nose podrân donar escombros de demolicion
a terceros, siendo el titular de la licencia el Unico responsable de su manejo y disposician final.
Se deben incluir las siguientes medidas do manejo correspondientes a la disposicion de escombros y material sobrante:
No se podrâ disponer materiales sobrantes de excavaciôn an escombreras municipales, at ser Ia generación de material
sobrante una actividad intrinseca del proyecto, el manejo do las zones do deposito se constituyen en una actividad de
responsabilidad directa y Unica del titular de la licencia, el cual debe anexar los estudios, diseños y medidas de manejo de
los sitios do disposiciOn de materiales sobrantes, para ser evaluados y autorizados par parte de esta Autoridad.
Se prohibe depositar escombros en zones verdes o zones do ronda hidráulica a excepciôn de los lugaros demarcados
pare ellos en los pianos remitidos a osta enticed. En ningün caso se obstruirá el correcto drenaje de las aquas de escorrentia
ni se realizarán aportes de sodimentos a contaminantes alas flientes hidricas.
El almacenamiento temporal no puede set superior a 24 horas y solo so autoriza en las zonas definidas en el mapa de
localizaciOn do infraestcuctura como zones do manejo de material sobrante, donde se garantizara quo no puedan
obstaculizar el paso peatonal o vehicular o que puedan gonerar bloqueos para la movilidad sabre carreteables o vias de
caráctor secundario asi coma prevenir una posibie contaminacián de cuerpos de agua par escorrentla que genere el
arrastre de matoriales.
Es importante establecer quo quodara completamente prohibido reincorporar este tipo do materiales sobrantes do la
excavacián y el pilojate quo Ilegason a quedar contaminados con lodos bentoniticos ovontualmente utilizados, aclarar que
el material resultante del material de pilotaje en el rio contaminado estos lodos y el material do pilotajo en tierra es el que
debe cumplir con las siguiontos condicionos:
El material sobrante de las actividados de pilotaje puede disponerse tornporalmente en un area diseñada para tal fin,
preferiblemente confinada, pars el secado y estabilizacion del mismo y dependiendo do su caracterizaciOn darle el
tratamiento adecuado, para su posterior evacuacion a las zones de disposicion final autorizadas pare el proyecto.
En ningün caso se obstruirâ el con-ecto drenajo do las aquas de escorrentia ni se realizaran aportos de sedimentos o
contarninantes a las fuentes hidricas, pare to cual se deben toner en cuenta las acciones propuestas en la ficha PMA-2.3
Manojo de escorrentla.
Respecto a los indicadores, se evidoncia que pese a establecer medidas pare el transporte de materiales nose establecen
indicadores relacionados con el control do vehlculos, pot otra parte deberén ostablecerse indicadores pare evidenciar el
manejo de material dragado 0 pilotaje, incluir indicadoros sobre quejas, reclamos 0 sugerencias de la comunidad,
Ficha PAM-1.2 Manejo de campamentos. Ajustar los impactos de tal forma que adomas del cambio del uso del suelo y
perdida de suolo, so incluya la aiteraciOn de la armonla y dinámica paisajistica, altoraciOn do la calidad del agua y aire
niveles do ruido, afectacion de ronda hidrâulica, variaciôn en las caractoristicas fisicoqulmicas del suelo y aquas
subterráneas y generaciOn do procesos erosivos. Se debe evitar la instalacián de banos portàtiles a menos de 30 m de
patrones de escorrentia, drenajes superliciales menoros y bordes de zones de inundacion. Incluir la prohibiciOn de
vertimiento directo al suelo o a fuentes hidricas do matoriales tales coma insumos para soldadura, aditivos, pinturas entre
otros.
Definir claramente los corredores para el cruce del caflo Pasadena y prohibir el transito do personal en lugares diferentes
a los destinados para los cruces, Garantizar que el manojo do la pendiente del suelo en los sitios do campamento no
confluya a las fuentes do aqua canal triple A, cao Pasadena, caño El Clarin y cano la Ahuyama con elfin de garantizar
que ostas tuentes no so verán contaminadas por efectos do oscorrentia superficial. Se considera necesario que las
estructuras do ontroga do aquas do escorrentia superficial cuenten con medidas para la protección mecánica evitando
fonamenos erosivos. Mi mismo, se debe garantizar la retenciOn de sedimentos y grasas evitando el aporte de carga
contaminante a los cuerpos do aqua.
Asi mismo, so prohibe cuaiquier vertimiento directo a drenajes o escorrentias superficialos, garantizando quo las
actividades que so desarrollon debon ovitar la caida de materiaios a los cuorpos de agua. Los cuerpos do aqua en sus
margenos doben sor aislados y protegidos ante cualquier posible afectaciôn por el dosarrollo del proyecto, so deben
proteger modiante la instalacion do barricades quo los aislon do las obras y actividades aqui desarrolladas. So deberán
incluir actividades pare garanlizar la construccion y oporacion sogura do muelles temporalos y las estructuras do
vertimionto do las aquas residualos tratadas, asi como su desmantelamionto y rocuporacion de areas ocupadas par estas.
Los planes do contingencia y gestion do riesgos deberãn ser actualizados periodicamento y presentados a la interventoria
para la vigilancia do su cumplimiento.
So deberan proponor indicadoros quo permitan ovidonciar la efoctividad do las medidas, obras do protocciôn a barreras
to
quo rospeten ronda hidrica y protejan cuorpos do aqua, obras de manejo do escorrentia, mantonimionto do obras do
ResoluciOn No.
1 3 1 j
de
16 OCT 2015
Hoja No.73
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resoluclon N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
escorrentia y puntos de entregal metros lineales de obras de manejo de escorrentia, estructuras de entrega de aguas de
escorrentia superficial con medidas para la proteccion mecánica y retenciori de sedimentos, cliques de contenciOn pars
almacenamiento de combustibles, aceites, quimicos, material bituminoso y/u otros liquidos peligrosos con el 110% de la
capacidad de alrnacenamiento, entre otras.
Es de vital iniportancia incluir en este programa indicadores clue den cuenta de las afectaciones a Ia calidad del aire y 81
aQua, los cuales deben estar basados en los resultados de monitoreo y la periodicidad de evaluacion debe coincidir con la
programaciOn de los monitoreos.
Ficha PMA-1 .3 Manejo materiales y de equipos de construcciôn. Incluir en los impactos a controlar la alteracion de los
perfiles de suelo y propiedades fisicoquimicas, y los referentes a las relaciones con la comunidad. Incluir dentro de [as
actividades mantenimiento de vehiculos ejecutados en caso fortuito Ia correcta disposicion de los residuos de dichos
mantenimiento, lncluir dentro del indicador de quejas y redarnos los relacionados con el frmncionamiento de equipo,
vehiculos y maquinaria.
En relaciOn con la niedida de rnanejo propuesta y relacionada con la Certiflcacian de Gases, SOAT y revisiOn
técnicomecânica, y el indicador propuesto pare esta medida, se tiene que si then es una obhgaciOn para el parque
autornotor, esta es establecida por organismos de control del trânsito, por lo cual no es cornpetencia de esta Autoridad el
seguimienlo y control a estas, ello es de las autoridades qua los reglamentas; en concordancia con ello, estas medida y
sus indicadores no serán objeto de seguiniiento por parte de la ANLA.
Dentro de las acciones a desarrollar para el manejo de equipos y maquinaria, se deberén tener an cuenta las siguientes
recornendaciones:
•
•
•
•
•
•
•
Operaciones de ajuste, limpieza, engrase y reparaciOn deberân ser realizadas con la maquinaria o equipo
apagado y10 desconectado de Ia fuente de alimentaciOn de energla.
Antes de iniciar las reparaciones se debera retirar la Have del switche de encendido.
Activar los dispositivos de bloqueo de las maquinas 0 equipos.
Limpiar y aislar el area en donde se realizarán las reparaciones.
(inicamente personal autorizado podrâ efectuar reparaciones en la maquinaria y los equipos de proyecto.
Prohibido fumar en el area en la que se estén realizando las reparaciones.
loda pieza que requiera ser reemplazada, debera ser sustituida solamente por partes ufilizadas en el diseño
original.
Ficha PMA-1.4 Manejo de residues sólidos domésticos, industriales y especlales. Incluiren los impactos a controlar
afectaciOn de ronda hldrica, cambio de uso del suelo, cambios en la calidad perceptual del paisaje.
Se deberé establecer que todos los sitios dispuestos pare el acopio 0 disposicion temporal de estos residuos deberán
ubicarse en tierra firme y en zonas alejadas de los cuerpos de agua. Dentro de los indicadores se debe contemplar at
tiempo de permanencia de los residuos peligrosos en el frente de obra I tiempo de permanencia de residuos peligrosos
eslablecido.
Ficha PMA-1.5 Manejo morfologico y paisajistico. Se deberân tener en cuenta las medidas establecidas en PMB-1.4
Plan de RevegetalizaciOn y/o ReforestaciOn. Se deberán implementar medidas para la recuperaciOn paisajistica de las
areas ocupadas por los muelles temporales, las estructuras de vertimiento de aguas residuales tratadas asi como para los
corredores viales y el terraplOn a conformar en la isla rondOn. Concordantemente incluir indicadores relacionados con estas
actividades.
Ficha PMA-1.6 Manejo de taludes. Incluir como impactos a manejar el cambio de uso del suelo y generaciOn de
inestabilidad del suelo, incluir actividades para el cumplimiento de esta ficha en los procesos de conformaciOn del terraplén
de aproximaciOn del puente actual a la isla RondOn, asi como el JarillOn en la margen derecha del caño la Ahuyama.
Establecer el manejo de los impactos producto de demands de vegetaciOn, generaciOn de residuos sOlidos y emisiones
atmosféricas, identificados en el ElAdel proyecto.
Para Is conformacion de las estructuras se debe evitar la caida de material sobre los cauces, establecer las obras pars el
manejo adecuado de las aguas superficiales y sub-superficiales y estructuras de contenciOn necesarias, contemplar en su
diseño y medidas la posible inestabilidad generada por cambios en los niveles de inundaciOn, dada la alta sensibilidad de
a zona a esta amenaza, y contemplar las recomendaciones del estudio geotOcnico respecto a que se debe mejorar el
suelo pare la zona de terraplenes mediante prâcticas tales como densificaciOn, implementar pilotes vibrados 0 equivalentes
junto con la construcciOn alternada de coluninas de grava, u otras, segUn aplique.
7.1.1.2 PMA-2. Programa de manejo del recurso hidrico
Ficha PMA-2.1 Manejo de cruces de cuerpos de aqua. Incluir dentro de los objetivos la implementaciOn de medidas de
mitigaciOn para la construcciOn de obras temporales y definitivas pars el cruce u ocupaciOn de los cuerpos de agua. Incluir
dentro de los impactos a controlar la afectaciOn de la ronda hidráulica, generacion de procesos erosivos, cambios en la
calidad perceptual del paisaje.
Dentro de las actividades a desarrollar incluir la toma de medidas correspondientes al control del trafico fluvial para las
actividades a ejecutar en el cauce del rio Magdalena y la coordinacion con los responsables de Is ejecucion de otros
proyectos adelantados en esta fuente hidrica come el proyecto de recuperaciOn de Ia navegabilidad del rio. Incluir dentro
de las actividades mantenimiento a las estructuras de los muelles marginales para evitar acumulaciOn de sOlidos en las
pilas de soporte que podrian ocasionar cambios en el flujo del agua y estos a su vez afectaciOn an las orillas 0 cambios en
4'
ResoluciOn No.
131 1
de
OCT 2C5 Hoja No.74
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
el procoso sedirnentolOgico del rio. Asi mismo se deberân indicar las rnedidas para el dosmantelan,iento do las estructuras
teniporalos en las fuentes de aqua tales corro rnuelles, estnicturas do vertirniento de aquas residuales y pilas provisionales
con rniras al cumplimiento de las metas propuestas.
Asi mismo, so doberâ evaluar la nocesidad de implornentar monitoroos adicionales que permitan determinar la necesidad
de obras de protección y allegar los mencionados resultados. Teniendo en cuenta la informaciOn respecto alas candiciones
do Morfografla y Morfodinarnica del Rio Magdalena y la protocciOn del estribo oriental Puente Pumarejo existento, producto
do los procesos do erosiOn lateral do la margen derecha del rio Magdalena y el dosplazaniionto retrogresivo del mismo an
el tiompo, donde esta ruargen configura además superficie de lecho del rio Magdalena actualmente inactivo.
Asi mismo incluir dentro do las acciones a ejecutar las siguientes:
•
Evitar el carte excesivo do suolo y roca do las mérgenes del do y caño para la adecuaciOn y niontajo de
estructuras.
• Ubicar barreras a mallas de retencion Sabre los cuerpos de aqua, para retenor caida de materiales durante la
construcciOn do estructuras.
• Prohibir el lavado do maquinaria, do equipos y vehiculos utilizando aguas do las fuentos (rio y caño) y/o cercana
a las misrnas.
• Realizar previo al inicio de las obras Un anâlisis fisico qulmico de la calidad del aqua y socavaciOn, este analisis
se deberá hacer par 10 monos una vez cada tres (3) moses duranto la realizaciOn do las obras y at final do las
mismas. Los resultadas con su respectivo anàlisis se* presentados a las autoridados ambientales (ANLA,
Corpamag, DAMAB y CRA).
Es importante mencionar quo la implementaciOn do obras do protoccion, dependiendo do la tipologia do los mismos,
requiere previamente de pormisos de ocupaciOn do cauce diferentos a los aqui otorgados, especialniento si par su
irnplomentaciOn 50 genoran efectos en el comportamiento hidrosedimentologico do los cauces.
Respecto a alta sonsibilidad del Cano El Clarin y la cercania de su desembocadura a Ia zona del proyecto, se evidoncia
que no se contemplan medidas necosarias para prevonir la alteraciOn de calidad do aqua y los regirnenes
hidrosedimentolOgicos de las fuentes hidcas inmersas en el area do influencia del proyecto, posiblernento afoctadas par
los procesos constructivos a la cercanla a las zonas de manojo do material sobranto, zonas do alniacenajo y corrodor do
movilizaciOn, los cuales puedeb generar la resuspension do material de [echo, turbiodad en el aqua y cambios on los
regimenos hidrosedimentolOgicos.
En Ia descripciOn de las rnodiflcaciones so indicO quo on el campamento so instalaran unidades sanitarias fijas y no rnOviles
como se menciona on osta ficha, asi quo se dobe delimitar claramonto la utilizaciOn do estas.
Ficha PMA•2.2 tvlanejo de residuos liquidos.
No so encuontra consistonto incluir dontro do las motas do aplicaciOn de la fiche Entregar Ia total/dad do los residuos
liquidos domésticos generados en los frentos do frabajo (residuos do las unidados san/tar/as) a empresas autorizadas para
su manejo, transporte y disposiciOn' toda vez quo dentro do la descripciOn do las actividados quo motivan la modificaciOn
do la liconcia so indica quo so dispondré do PTAR dentro del area dostinada al camparnento, a rnonos quo so ospecifiquo
denlro del AIDP on los frentos do obra do isla RondOn a Palermo la ubicaciOn do banos portables.
Incluir dontro de los impactos la Afoctacion de la ronda hidráulica, AlteraciOn do zonas do rocarga hidrica y nivolos froaticos.
Incluir dontro do las fuentos suscoptiblos a afoctaciOn el arroyo la Ahuyama y el caño Clarin.
No es consistenlo con lo doscrito an los documontos de modificaciOn do la liconcia ambiental las siguiontes acciones a
ejocu tar:
• En el campaniento so contara con el nOrnoro do baler/as san/tar/as necesartas para sat/sfacor ía domanda do
usuarios so gUn las etapas y frentes do ejocuciOn do ía obra.
• Si requiere instalarso baños ala red de alcantarillado de Is ciudad, a! cantratista deberà hacer lie gar a ía Autoridad
Ambiental los penn/sos do emprosas oncargadas do ía red do alcantarillado en ía cual so prove ía entrega do
aquas rosiduales do los banos uijos y an el ICA allegar los volUmenes entregados do forma diferencial a ía
ompresa do alcantar/Ilado pare/os banos fijos y a ía empresa cantratada para hacer ía recolecciOn do los ms/duos
do mantonimiento do los baños portat/los.
• En caso do requerir roalizar vortimiento do residuos dotnesticos on alguna fuonto superficial, deberâ roaiizarso
c/respect/va tratamiento pare cumplir con la norma vigonto y contar con el rospoctivo permiso de vortirniento.
Lo anterior toniendo en cuonta quo dentro del mapa do IocalizaciOn de infraostructura y la descripciOn del EIA con relacion
al aprovechamiento do rocursos hldricos so indica la construcciOn do una red do dosagUes, PTARD y las respectivas
estructuras do vertimiento at rio Magdalena.
El Unico fronte do obra autorizado para oI lavado do vohiculos y mixers as la zona dispuosta para ollo dentro del
campamento quo so encuontra en la margen izquierda del No Magdalena on el predio do la empresa Triple A,
asegurándoso quo las aquas resultantes do osta actividad viajen por el sistoma do drenajo hasta la PTARI. Se prohibe
roalizar cambios do aceite a lubricantos on los frentes do obra a excepciôn do quo so trate do reparacionos do urgoncia y
no do actividades do mantenimiento.
13 j
It"
Resolucion No.
de
OCT 2015
Hoja No.75
'Por la cual se modifica la Licenciá Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones'
Incluir dentro de las actividades a ejecutar y los indicadores los relacionados con las acciones para garantizar la recolecciOn
to
y transporte de los residuos liquidos generados en el campamento hasta la PTARD y PTARI, asi como las concernientes
a su debida operación y rnantenimiento para garantizar el cumpliniiento de las nietas.
Tat coma se indicO en el precitado concepto técnico de modificaciOn, no se reportO dentro do los parámetros do calidad
del agua analizados en la fuente receptora (rio Magdalena) el anãlisis del parénietro de metales y metaloides requerido
para vertimientos quo incluyen aguas residuales industriales, razón por la cual so hace necesaria la evaluacián de este
to
parametro coma complernentario a la linea base e incluirlo en los monitores periodicos que se realizaran a fuente
receptora.
Dentro de las acciones a ejecutar deberén incluirse las necesarias para garantizar quo los resultados de los rnonitoreos de
los parametros fisico quimicos peOdicos cumplan con los valores permitidos, incluyendo dentro de esas actividades las
niejoras o modificaciones a las PTAR.
to
Ficha PMA-2.3 Manejo de escorrentia. Incluir dentro do los irnpactos a manejar Afectacion do
ronda hidraulica,
AlteraciOn del regimen sedimentolOgico, AlteraciOn de zonas do recarga hldrica y niveles freâdcos, Generacion de
Inestabilidad del suelo, Alteracion de los perfiles do suelo y propiedades fisicoquimicas. Incluir dentro del lugar de
aplicación el campamento.
Modificar la actividad: Las estnicturas do enlrega de aguas do oscorrentla superficial pemianentes, (cunotas, zanjas,
canalos), deberén ser construidas con roves?irnionto para evitar fenOmenos erosivos do las on//as de los cueipos do ague
y ovitar el aporte do cargo contaminante a los cuerpos do agua por la siguiente: Las estructuras do conduccion do aguas
do escorrentia superficial permanentes, (cunetas, zanjas, canales), deberân contar con niedidas pare la proteccion
mecànica evitando fenOnienos erosivos y para to retenciOn de sedimentos evitando el aporte do carga contaminante a los
cuerpos de agua. Asi misrno se deberá garantizar el tratamiento de estas aguas en Ia PTARI
Se deberân proponer indicadoros quo permitan evidenciar Ia efectividad de las medidas que se establezcan coma las
obras de proteccion 0 barreras quo respeten ronda hldrica y protejan cuerpos de agua, entre otras,
7.1.1.3 PMA-3 Programa de manejo del recurso aire
Ficha PMA-3.1 Manejo do fuentes y emisiones atmosféricas y do ruido. Incluir dentro de los impactos a controlar la
generacion de procesos erosivos, conflictos con ]as comunidades y cambios en la calidad perceptual del paisaje. Se debe
to
at
incluir que también se realizaràn monitoreos de ruido en planta de concreto para garanlizar cuniplimiento de los niveles
màximos establecidos.
Realizar monitoreos de calidad de aire y ruido, de acuerdo con lo propuesto en el Plan de Manejo Ambiental y Plan do
Monitoreo y Seguimiento, dando cumplimiento a lo ostablecido en las Resoluciones 610 do 2010 (para el caso de la calidad
del aire) y 627 de 2006 (para el caso del ruido), a las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan.
Para la planta de concreto, so dobera dar cumplimiento al el Plan do Contingencia para los sistemas de control de
emisiones, de acuerdo con lo ostipulado en el numeral Ode la Resolucion 2153 do noviembre 2 de 2010, ¶. .Por Ia cual so
to
ajusta el Protocolo pare el Control y Vigilancia do ContaminaciOn Atrnosfénica Gonerada pan Fuentes Ras, ado ptado a
través do to Resolucion 760 do 2010 y so adoptan otras disposiciones... ¶
7.1.2
Consideraciones del medlo biotico
A continuacion se presentan las consideraciones relacionadas con las fichas de manejo para el medio biOco. Es
importante destacar, que se realiza una comparaciOn de las fichas prosentadas para la modificacion, con las aprobadas
mediante la ResoluciOn 0325 do 2015 y ajustadas en el radicado 2015023051-1-000 del 5 do mayo de 2015, con elfin do
to
no dojar dosatendido ningUn impacto do los contomplados en evaluaciOn anthiental par la cual so otorga liconcia
ambiontal at proyecto 'In fraeslruclura via/persia soluciOn integral dcl paso sabre el rio Magdalene on Barranquilla, incluye
roornplazo del puente Laureano GOmez mâs conocido coma puento Pumanejo, toniondo en cuenta la solicitud de to
empresa do acogor las fichas de manejo actualizadas para soguimionto y control, tanto do las actividados aprobadas en
la resolución 0325 do marzo do 2015 y do las obras adicionales objeto do la modificacion do la licencia ambiental.
7.1.2.1 PMB-1. Programs do manejo do flora
to
Ficha PMB-1.1 Plan do Manejo do flora: En ficha do manejo prosentada para la modificaciOn ambiontal, so cambiô el
parrafo on el cual ospecifican que el cerramiento y/o demarcaciOn do las zonas que no puodon ser afoctadas por las obras
constructivas, doben sor aisladas con mallas do polisombra. Es importante incluir nuevamente osa espocificacion.
Adicionalmente, so roquiere quo ospecifique an cuãles zonas nose perniihrá el paso do personal debido a que noes clara
to
si so hace roforencia a las zones on obra a a aquollas ajenas a misma.
En cuanlo at aislamionto do árbolos y arbustos, so modificO el parrafo do la siguionto manera:
'En caso quo (a ojecuciOn do obras so haga cencana a los ânboles quo Sean do ponmanoncia y si Os
considorado riosgoso pare el individuo porte posth(e afectaciOn, estos arboles dobon ser aislados duranle el
at
desarro/lo do los trabajos, report ando estedo final do los mismos on la medic/a quo cuiminan actividados on
cada una do las zones".
Resolución No.
5 1 1
de ri
6 OCT 2015
Hoja No.76
"Por la cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Do acuerdo a 10 anterior, es necesario especificar nuevamente que los ârboles y arbustos de permanencia, son aquellos
cercanos a los sitios de obra que son ajenos al proyecto y no estân contemplados para la tala dentro del permiso otorgado.
Adicionairnente, se debe incluir nuevamente en esta ficha de manejo las especifrcaciones que se tenian debajo del
cronograma en la ficha autorizada por la licencia, asi:
to
atapo de preconstnicciOn, después do haber sido contratado todo ci
personal"
"Lo quo so reflere a LA SENAL!Z4C16N es una modida qua tendra quo permanecer hasta tinalizar to etapa
de Cierre y Abandono"
TA SENSIBILIZAC!ONse realizara en
En el Item de seguimiento y rnonitoreo de la ficha presentada en la modificacion, se debe incluir nuevamente para el
indicador "Senalización do areas aledañas exc!uidas do obra"el tipo de registro que tue aprobado previamente por la
licencia:
Piano do locahzaciOn georreferenciado del cerramiento perimetral
Reporte de informos do revisiOn del cerramiento y mpoiles do reparaciones at mismo
Registro fotogréfico georreferenciado de las va/las do señalizaciOn
Reporte de mantenimiento de seña!izaciones
inc/uk los reporles denIm la prosontaciOn del WA
Dc igual forma, para el indicador Arbo!es y aitustos ajenos a las areas do obra a/s/ar/os, se debe incluir en el tipo de
registro, el reporte del estado final de los individuos en la medida que culminan achvidades en cada una de las zonas.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, no se acepta la sustituciOn de esta ficha para el seguimiento y control
tanto de las actividades aprobadas en la Resolucion 0325 de marzo de 2015 y de las obras adicionales objeto de la
modificaciOn de la licencia ambiental. En consecuencia, se seguirã utilizando la ficha aprobada mediante ResoluciOn 0325
de 2015 y ajustada mediante radicado 2015023051-1-000 del 5 de mayo de 2015, la cual se considera, contempla [as
rnedidas de manejo para los impactos que se pueden generar por la ejecuciOn del proyecto.
Ficha PMB-1.2 Plan do Manejo de Ia Remoción de la Cobertura Vegetal y Descapote: En primer lugar, esta ficha debe
incluir como impacto a manejar Ia "Ferdida de Individuos arbôreos por tala y cobertura vegetal por descapoto".
En Ia ficha presentada pare la modificacion, se cambiO el parrafo de la actividad de inventario y rescate de la regeneración
natural de la siguiente forma:
De acuordo con to descripciOn de ía vegetaciOn ylos inventarios fore stales, so deben detorminar las ospecios
pmtegidas o vedadas con elfin do roscatar e/ mater/al vegetal existonto a paslir do un metro do altura to cua/
deberâ ser trasladada y reubicada en las areas do rove gotalizaciOn y10 reforestaci6n'
En este orden de ideas, es importante aclarar que en la modificacion no se incluyO el inventario de regeneraciOn natural.
Por lo tanto, se debe aclarar quo Is actividad de inventario debe realizarse y que tanto el inventaho como el rescate de las
especies deben ser previos a las actividades de desmonte, descapote y aprovechamiento forestal.
En cuanto al rescate, es importante incluir individuos diferentes a las especies arnenazadas o vulnerables, ye que son de
gran importancia pare procesos de regeneraciOn y subsistencia de dichas especies.
En cuanto a la actividad do disposiciôn final de residuos vegetales, especlficamente en la actividad disposición final do
las ramas ye! follajo, so debe incluir el chipiado del material. Asi mismo, so recomienda quo el material proveniente del
chipiado sea dispuesto en zonas boscosas, como aporte de materia orgánica para labores de recuperaciôn de suelos.
For otro lado, se debe incluir en el tipo do registro de los indicadores Remoc!ôn do las coberturas vogetales por unidad
do area (m), necesarias pare to construcc!On y UtifizaciOn del material do doscapoto, el Registro fotografico
georreferenciado do sifios do remocion de descapote.
Adicionalmente, se debe incluir nuevamente en la ficha de manejo los indicadores DisposiciOn final del material do
descapote y Adecuada disposiciOn de los residuos vegetalos no reuti/izados; éstos fueron previamente autorizados en la
licencia ambiental.
Por Ultimo, una vez so so vorifiquen los volUmenes a remover, so dobe actualizar el volumen de descapote.
Teniendo en cuenta las considoracionea anteriores, no se acopta la sustituciOn do esta ficha para el seguimiento y control
tanto do las actividades aprobadas en la resoluciôn 0325 do marzo de 2015 y de [as obras adicionales objoto do la
modificaciOn do la licencia ambiental. En consecuencia, so seguirá ulilizando la ficha aprobada niediante ResoluciOn 0325
de 2015 y ajustada modianto radicado 2015023051-1-000 del 5 do mayo do 2015, la cual se considera, contempla las
medidas do manejo para los impactos quo so puodon gonerar por la ejecuciôn del proyecto.
Resoluciôn No.
1 3 1 I
de
16 OCT 2015 Hoja No.77
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaclones"
Ficha PMB-1.3 Plan de manejo del aprovechamiento forestal: Incluir dentro de las actividades previas, el aislamiento
perrnanente de los arboles y arbustos cercanos a los siUos de obra y ajenos at proyecto o no contemplados pare la tala
dentro del permiso otorgado.
En cuanto at monitoreo y seguimiento de la ficha presentada pare la modificaciOn, se observe que se eliminaron
indicadores, formas de evaluaciOn y lipos de registro de la previamente aprobada. En tal sentido no se aprueban las
modificaciones y se deben incluir nuevamente los indicadores de la fiche previamente aprobada:
Indicador
RemociOn de
coberturas vegetales
necesarias para la
construcciOn del
proyecto
labia 43 Indicadores eliniinados en la fiche de manejo
Periodicidad de
Forma de
Descripción Indicador
Tipo de registro
evaluaclon
evaluaclén
NOmero de
lnforrnes parciales y final
Mide la cantidad de
individuos talados I
de cuniplimiento
individuos talados en el
Mensual
cantidad total de
perlodo con respecto a
individuos marcados Registros totogràficos y
los programados
*100
georreferenciación
Volurnen de madera
Mide el volunien de
producto de la
Informes parciales y final
madera aprovechado en
talaivotumen
de cumplimiento
relaciOn con el volurnen
Mensual
registrado en at
registrado en el perniiso Registros lotogrâficos y
permiso de
de aprovechamiento
aprovechaniiento10 georreferenciación
0
Registros parcial y final de
material vegetal utilizado en
obra indicando volumen
utilizado y uso dado at
misrno
Reporte at ICA de los
volUmenes de material
Volumen de material vegetal reutilizado en obra,
Registra Ia adecuada
vegetal reutilizado en parcial y total
utilización de material
obrallolumen de
Mensual
Reporte parcial y total de la
vegetal producto del
aprovechamiento
proporción de material
aprovechamiento forestal
producto de Is
vegetal reutilizado an obra
talaXlOO
(proporciOn respecto at total
del aprovechamiento por
tala)
Registro fotográfico
georreferenciado de
reutilizacion de material
vegetal an obra
Registros parcial y final de
material no vegetal utilizado
en obra indicando volumen
utilizado y uso dado at
mismo
Utilizacion del material
producto del
aprovechamiento
forestal
Mide el volumen de
material vegetal
reutilizado dentro de la
obra con relacián at
volumen de
aprovechamiento
producto de la tala
Mensual
Reports at IGA de los
volumenes de material no
Volumen de material vegetal reutilizado en obra,
no vegetal reutitizado parcial y total
en obra/volumen de
aprovechamiento
Reporte parcial y total de la
producto de la
proporcion de material no
talaXiCO
vegetal reutilizado en obra
(proporcion respecto at total
del aprovechamiento por
tala)
Registro fotogrâfico
georreferendado de
reutilización de material
vegetal an obra
Volumen
de
material
Actas
de donaciOn qua
Mide el volumen de
establezcan
como minimo.
material vegetalvegetal entregado a
fecha
de
entrega,
volumen
entregado a la
la comunidad del
donado,
idenUficaciOn
de
comunidad del AID con
Mensual
AID/volumen de
los receptores,
respecto at votumen de
aprovechamiento
identificacion del uso que
aprovechamientoproducto de la se
darà al material
producto de la tale
talaXlOO
ResoluciOn No.
13 i
de
16 OCT 2015 Hoja No.78
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la ResoluclOn N° 0325
del 17 de matzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Indicador
Descripcion Indicador
Periodiciciad de
evaluaciôn
Forma de
evaluacion
Tipo _______________
de registro
Repoile at CA de los
volOrnenes de material
vegetal donado, parcial y
total y reporte parcial y total
de la proporcion de material
vegetal donado (proporción
respecto at total del
aprovechamienlo por lala)
Relaciona et volumen de
material vegetal Hevado a
zona de disposiciOn final
con respecto al vo!umen de aprovechamiento
producto de a lata
Mensual
Registro fotografico
georreferenciado del
proceso de entrega de
material donado
In! orme por campaña de
disposiciOn final de material
vegetal con ubicación
georreferenciada de los
sitios de disposiciOn final
Intorme final de disposidôn
final de material vegetal con
ubicación georreferenciada
de los sitios de disposicion
Volumen de material final
vegetal Ilevado a
zona de disposicion Registro Iotogràfico
georreferenciado de sitios
final/volumen de
de disposiciãn final de
aprovechamiento
material vegetal
producto de Ia
Reporte at CA de los
talaxiQo
volmenes de dispositiOn
final de material vegetal,
parcial y total
Reporte parciat y total de la
proporciOn de material
vegetal Ilevado a
disposiciOn final (proporciOn
respecto al total del
aprovechamiento por tala)
Volumen utilizado en
obra - votumen
Reporte at ICA de la
donado + volumen
Eficiencia en la utilizaciOn
llevado a disposidOn del votumen de
final / votumen total
aprovechamiento
producto
de aprovechamiento de
la tala
producto de la tala
1100
Race retadOn a los
volUmenes utilizados en
obra, donados, I levados a
dispositiOn final en
Mensuat
relSôn con el volumen
total de aprovechamiento
producto de a tata
Fuente: 2015023051-1-000 del 5 de mayo de 2015
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, nose acepta la suslituciôn de esta ficha para el seguimiento y control
tanto de las actividades aprobadas en Ia resoluciOn 0325 de matzo de 2015 y de las obras adicionates objeto de la
modificatiOn de la licencia ambiental. En consecuencia, se seguirâ utilizando la ficha aprobada mediante Resolucion 0325
de 2015 y ajustada mediante radicado 2015023051-1-000 del 5 de mayo de 2015, la cual se considera, contempla las
medidas de rnanejo para los impactos que se pueden generar por la ejecuciOn del proyecto.
Ficha PMB-1.4 Plan de RevegetalizaciOn y10 Reforestation: En la acciOn "Criterios Para la Revegetalizacion" de la
ficha propuesta para la modification, se eliminO la especificaciOn en la cuat se aclara que en las actividades de
revegetalizaciOn se debera asegurar el uso del material rescatado y almacenado proveniente del desarrollo de la actividad
de descapote; esta se debe incluir nuevamente.
En el indicador "Supervivencia del material vegetal sembrado en labores de revegeta!izaciôn" se establece que la
supervivencia debe ser mayor o igual a 50%. Sin embargo, la supervivencia minima debe ser mayor a iguat al 95% para
considerar la medida como efectiva.
Se debe incluir nuevamente el indicador Supervivencia del material vegetal sembrado: Arboles en buen estadol Total
de árboles sembrados pot zona) x 100.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, nose acepta la sustituciOn de esta ficha para el seguirniento y control
tanto de las acbvidades aprobadas en la ResolutiOn 0325 de marzo de 2015 y de las obras adicionales objeto de la
modification de la licencia ambiental. En consecuencia, se seguira utilizando la ficha aprobada mediante ResolutiOn 0325
de 2015 y ajustada mediante radicado 2015023051-1-000 del 5 de mayo de 2015, la cuat se considera, contempla las
medidas de rnanejo para los impactos que se pueden generar por la ejecuciOn del proyecto.
Resolucion No.
1 3 1 1
de
16 OCT 2015
Hoja No.79
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaclones"
Ficha PMB-1.5 Programa de Compensacion por pérdida de biodiversidad: La fiche an general, presenta la estructura
requerida en el manual de compensacion par perdida de biodiversidad. Sin embargo, no cumple en su totalidad con los
objetivos, necesidades y metodologias planteadas an el Manual para Ia asignacion de cornpensaciones par perdida de
biodiversidad (Resoluciôn 1517 de 2012), puesto qua ellas prayectan los objetivos, metas, at cuanto compensar y ascribe
actividades de forma independiente, las fichas no están totalmente orientadas ala equivalencia ecosistOmica qua el manual
propende, siendo también necesarlo estructurar indicadares más adecuados que busquen medir el cumplimiento y la
ganancia neta de biodiversidad. Es necesario aclarar qua el manual de compensaciones par pérdida de biodiversidad tue
creado con elfin de establecer y estandarizar las medidas conipensatorias an ecosistemas terrestres an Colombia,
teniendo coma objetivos principales la adicionalidad (de aN los factores de compensacion), la equivalencia ecosistémica
to
y el seguimiento y control de los elementos afectados an cuanto a biodiversidad, el tiernpo par el cual se debe realizar
la compensaciOn el cual debe ser par la Vida Util del proyecto, y as] evitar la pérdida nets de biodiversidad, siempre
buscando la complementariedad de todos los aspectos biofisicos qua se evidencian y son delimitables an Ia unidad
funcional ecosistema.
Par to anteriormente expuesto, as necesario aclarar qua an at FIA del Proyecto lnfraesfructura Vial para la SoluciOn Integral
del Paso Sabre El Rio Magdalena En Barranquilla, qua incluye el reemplazo del Puente Laureano Gomez, no se tuvieron
an cuenta an su totalidad los criterios del manual para la asignacian de compensaciones par perdida de biodiversidad
at
(ResoluclOn 1517 de agosto de 2012), cual estâ enmarcado en Ia etapa de licenciamiento ambiental, siendo ésta etapa
donde se Cuantifica de forma especlfica el area de los ecosistemas a intervenir (Teniendo an cuenta el listado nacional de
factores de compensacion); deterrnina los parametros de donde as procedente compensar (teniendo an cuenta los criterios
de equivalencia ecosistOmica, o an at caso de restauraciOn, la equivalencia de bioma para desarrollar actividades qua
permitan la recuperaciOn de un area especifica), an cuanto a las metas, objetivos, actividades y at cuanto compensar an
términos de hectàreas, par lo cual deben ajustarse teniendo an cuenta qua a deflniciôn de equivalencia ecosistémica
conceptualizada an at Manual de AsignaciOn par Perdida de Biodiversidad coma: "areas do ecosistomas naturalos yb
vegetaciOn secundaria quo mantienon especies, comunidades y procesos ecolOgicos similaros a los prosontes en ot
ecosistoma natural a vegetaciOn secundaria impactada y, quo tienon una viabilidad ecolOgica similar par area y contexto
to
paisajistico", y finalmente relaciona linearnientos del como so debera dar cumplimiento con actividad de compensaciOn
to
teniendo an cuenta quo as por vida ONdel prayecta. Par lo anterior se debera ajustar dicha ficha, teniendo an cuenta
los lineaniienlos qua él manual ofrece y presentar el plan definiUvo de compensacianes par perdida de biodiversidad an un
plaza no mayor a doce (12) meses contados a partir de la fecha ejecutoria de ]a Resolucion qua otorga la licencia ambiental,
de contorrnidad ala establecido an at Articulo 30 de la Resolucion 1517 del 31 de agosto de 2012,
to
Ficha PMB-1.6 Plan de manejo do especies vegetales con alto valor do consorvaclOn: Dado qua ficha presentada
to
para la modificacion no presenta cambios con la ficha remitida para el otorgamiento de
licencia ambiental, las
at
consideracianes del concepto técnico de evaluaciôn, acogido an la Resoluciôn 0325, aplican para tema yen tal sentido
no se replican an at presente acto administraUvo,
7.1.2.2 PMB•2. Programa do manejo do fauna
Ficha PMB-2.1 Plan do Manejo do Ia Fauna Silvestro: La ficha propuesta elimina las siguientes metas de la ficha
previamente autorizada, par lo que se deben incluir nuevamente:
• Registrar el 100% de los accidentes ocurridos qua impliquen afectaciOn 0 muerte de individuos do fauna
• 0% de fauna afectada durante Ia remocion, descapote y manejo de la vegetaciOn (tala de árboles)
Adicionalmente, se eliminO la acción Registro de la ocurrencia de accidentes qua impliquen atectacián a muerte de
individuos de fauna, esta debe ser incluida nuevamente tal coma habia sido aprobada:
Tado evento terrestro a fluvial qua cant/eve a la afectaciOn a muele do un individuo, deS ser debidamente
dacumentado, mediante una fiche do registro do accidents quo doberâ conloner coma minima:
- 0/a, fecha, lacahzaciOn goarroferenciada y hora de la ocun'encia del accidente
- DoscflpciOn dotallada del accidente
- IdentificaciOn taxanOmica y registro fotagrã f/co del individuo
- DescripciOri do las afectaciones sufridas (hondas a muerto)
- Fecha y hora do traslada del individuo a un lugar para su atenciOn.
- Copia dot acta de ingreso del individuo at sitio do atenciOn
- Copia do la tic/ia do diagnOstico y tratamiento recibido par el individuo
- DoscripciOn del destino final del individuo
En la ficha presentada para la modificación, so deben incluir las siguientes consideraciones, las cuales estaban an la ficha
previamente aprobada par la licencia:
'LA SENSIBILIZA C/ON so realizarâ an la otapa do preconstrucciOn, después do habor sido contratado todo at
personal"
"La quo so refiere a LA SENALIZA C/ON as una modida quo tendra quo permanecer hasta finalizar ía otapa do
Cierre yAbandano"
Adicionalmente, so debe incluir nuevamente
at
indicador Accidentes de fauna.
Resolucion No.
1 3 1 1
do
16 OCT 2015 1-loja No.80
"Por la cual se modifica la Licencia Amblental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de mario do 2015 y se toman otras determinaciones"
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, no so acepta la sustitucion de esta ficha para el seguimiento y control
tanto de las actividades aprobadas en la resolución 0325 de maizo de 2015 y do las obras adicionales objeto de la
modificaciOn do la Ucencia ambiental. En consecuencia, se seguirà utilizando la ficha aprobada mediante ResoluciOn 0325
de 2015 y ajustada mediante radicado 2015023051-1 . 000 del 5 do mayo de 2015, Ia cual se considera, contempla las
medidas do nianejo para los impactos quo se pueden generar pot la ojecuciôn del proyecto.
Ficha PMB-2.2 Plan de Manejo do especies Fauna con alto valor do conservaciôn: En la ficha do manejo presentada
en la modificaciôn do la licencia ambiental, eliminan las acciones a desarrollar estudlo poblacional y rescate do individuos,
al igual quo los indicadores quo miden dichas medidas. Con elfin de no desatender ningón impacto valorado en el Estudio
do Impacto Ambiental mediante el cual so otorgO la licencia at proyecto, se manenon dichas actividades e impactos; oflo
en atenciOn a las considoracionos realizadas en el concepto técnico 1063 del 11 de rnarzo do 2015, asi:
En cuanto a las metodologfas que so emplearén an ol monitoreo de [as especios At/C, debon presentarse
para los Sit/os do muestreo do fauna quo se muestran en to Tab/a 30 un rues antes del in/cia de aclividades;
to pro graniaciOn de los nionitoroos deber.a realizarse en cuatro jomadas, to pr/mere pro viamente at inicio do
las laboros do desmonte, aprovechamiento forestal y descapote, las dos siguiontes duranto to fase do
construcciOn y to Oltima at culminarso el cierre y abandono.
En caso do ovidenciarse dod/yes an las poblaciones debido a to ejecuciôn del proyecto, a traves do los
resu!tados obtenidos an los monitoreos, se doben formular las med/des corroctivas a quo haya lugar y
pro poner una mayor intensidad do mon itoreo, do ser necesario.
Finalmonto, frente los indicadoros de seguimiento y monitoreo, Os necesario qua el primer kid/cedar ('Nümoro
do espocies con datos poblacionales debase / Total do At/C registradas x 100°) so detallo porgrupo do fauna
(ant/bios, reptiles, eves y mamiferos), mientras quo 01 segundo indicador ("NOmoro do ospecies con
seguimionto y rnoniloreo realizado / Total do especies quo requieron sequin/onto y monitoreo x 100") dobo
ajustarso do to siguionte manera "NUmero do espocies At/C con soguimionto y monitoreo realizado / NOmoro
do espocies A VC rogistradas pro viamonto at inicio del pro yecto". Inc/ui,' 0/ indicador WUmero de jomadas do
monitoreo do especies At/C realizadas / NUmem de jomadas do moniloreo do espocies A VC pro gramadas".
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, no se acepta la sustituciôn do esta ficha pare el soguiniiento y control
tanto do las actividades aprobadas en la resolucion 0325 do marzo do 2015 y de las obras adicionales objeto do la
to
modificacion do Ia licencia ambiontal. En consecuencia, so seguiré utilizando ficha aprobada medianto ResoluciOn 0325
do 2015 y ajustada rnediante radicado 2015023051-1-000 del 5 do mayo do 2015, la cual so considora, contempla las
medidas do manejo pare los impactos quo so puoden generar pot a ojocución del proyecto.
7.12.3 PMB-9.1 Manejo del recurso hidrobiologico
Ficha PMB-9.1 Manejo del recurso hidrobiologico: En la fiche presentada para la modificaciOn do la licencia ambiental,
so olimina la acciôn FormulaciOn y ap!icación do med/des correctives y los indicadores Med/des do prevenciOn a
corriontos y cuorpos do ague intercoptadas on el desarrollo do las actividades, Muestroos pro gramados y ojocutados por
campana do comunidades hidrobiolOgicas y Comunidados hidrobiolOgicas muestreadas por campana do muestreo, do la
ficha do manejo prosontada mediante radicado 2015023051 del 4 de mayo do 2015.
Teniondo on cuenta quo las considoracionos roalizadas en el concopto técnico 1063 del 11 do matzo do 2015, on el cual
so establoco quo la ficha dobe contener como minimo tros acciones: Pro vonciOn do to afoctaciOn do la red hidrica on
suporposiciOn con ol A/OP del proyocto, Muostroo do las comunidades hidrobiolOgicas an los S/t/os do muestreo do las
comunidades hidrobiolOgicas en el AID dolpmyocto y Manojo do ospocies sensibles do pecos an el AIOP, so dobon incluir
nuevamonto las acciones o indicadoros. En resumen, no so apruoba la ficha do manojo PMB-91 prosontada on la
modificaciOn do liconcia ambiontal, y so mantiono Ia presentada en el Radicado 2015023051 del 4 do mayo do 2015.
Adicionalmonte, se dobon atondor las siguiontos considoraciones, roalizadas on el concopto técnico 1063 del 11 do matzo
do 2015:
En of caso do to sogunda acciOn, do acuordo a las considoracionos roalizadas POT esta Autoridad fronto a to
inforrnaciOn motodo/Ogica do los rnuestroos do comunidados hidrobiolOgicas Ilovados a cabo an octubronoviembro do 2013, es nocosario quo so ospecifiquo Ia nocesidad do prosentar cada una do las cadenas do
custodia (campo y laboratorio) asociadas a cada periodo de muostroo an los Intones do Cump/imiento
Ambionta! - ICA.
Do atm lado, on at caso do Ia comunidad do macro titas, cada uno do los muostroos dobo rea/izarso mod/ante
transoptos do 5 metros do largo, detorminando la abundancia do cada ospecio med/ante cuadranlos do I
metro x I metro por coda ostaciOn do muestro&, a fin do abordar to ostructura do la comunidad.
Fronto a to bioindicaciOn, las relaciones do tolorancia do las comunidades hidrobiolOgicas frento a los indices
ICO debe prosentarse on coheroncia con los rosultados obtonidos a partir do to caracterizaciOn fisicoqu!mica,
Melodologia propuesta pot el equipo evaluador con base en las caracleristicas de los oierpos de ague del area del proyecto y las lècnicas descritas
por Elosegi y Sabater (2009). Elosegi A, y Sabater 3.2009. caplbilo 13 La biota de los rios: Los macrôfitos. En: concoptos y técnicas en ecologia
fluvial, Primera Edicion Fundacion BBVA.
Resolucion No. '
3 '1 1
de
16 OCT 2015
Hoja No.81
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
y no con base en tangos teOricos, los wales an todo casa pueden emplearse como referenda con fines
comparailvos.
En cuanto ala acciOn de manejo de espec!es sensibles de paces en e! AIDP, esta debe abordar la capacitaciOn
at personal del pro yecto sabre la Sensibilidad de las especies de peces registredas an el AID del proyecto (ver
Table 37) y las medidas de manejo que se requieran en procure de la no afeclaciOn de estas especies.
Finalmente, an cuanto a los indicadores de seguirniento y monitoreo, deben presentarse pare cada una de las
acciones antes requeridas: el indicador Wa. de corrientes protegidas /No. de corrientes intervenidas *100" no
as clara, par Ia coal dabs replantearse; an cuanto ala acd!On del niuestreo de las comunidades hidrobiolOgicas,
deben incluirse coma minimo indicadores que evidencien los muestreos Ilevados a cabo vs los muestreos
pro gramados, asi como e/ nUmero de comunidades hidrobiolOgicas muestreadas par sitio propuesto vs at
nUniero de comunidades h!drobiolOgicas pro gramadas pare muestreo pot s/ho propuesto.
Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, nose acepta la sustituciOn de esta fiche pare el seguimiento y control
tanto de las actividades aprobadas en la resoluciOn 0325 de niarzo de 2015 y de las obras adicionales objeto de Ia
modifrcacion de I@ licencia ambiental. En consecuencia, se seguirá uhlizando la fiche aprobada mediante Resolucion 0325
de 2015 y ajustada mediante radicado 2015023051-1-000 del 5 de mayo de 2015, la cual se considera, contempla las
medidas de rnanejo para los impactos que se pueden generar pci la ejecuciôn del proyecto.
7.1.3
Consideraciones del medio socioeconomico
Si bien, de acuerdo con la evaluaciôn de impactos, las obras objeto de modificacion de la licencia ambiental no generan
impactos adicionales a los ya evaluados en el FIA de la licencia aprobada mediante Auto 0325 de 2015, pare el medio
socioeconômico esta autoridad acoge las siguientes fichas presentadas por el consorcio CES como anexo del documento
de solicitud modificatoria, con elfin de facilitar el proceso de seguimiento y control tanto de las adividades aprobadas en
la Resolucion 0325 de marzo de 2015, como do las obras adicionales por las cuales se está solicitado la niodificaciOn de
la licencia ambiental. Ver table 44.
Tabla 44. Plan do Manejo Ambiental pars las actividades aprobadas mediante la resoluciôn 032512015 y actividades objeto de
modificaciOn de la licencia ambiental
Prograrnas
Fichas
PMS-1.1 Capacitacian, EducaciOn y ConcientizaciOn al Personal del
Proyecto
PMS 1. Programs de capacitación,
educación y concientización
PMS-1 .2 Capacitación, Educaciôn y ConcientizaciOn a La Cornunidad
AIedaa at Proyecto
PMS-2 Programa de intormaciOn ' participaclon comunitaria
e institucional
PMS-2.1 lntorrnaciOn y participaciOn coniunitaria e inslitucional
PMS-3 Apoyo ala capacidad de gestiôn PMS-3.1 Apoyo ala Capacidad de Gestiôn Organizacional
organizaclonal
PM$-4 Contratacion do mano de obra
local
PMS4,I Contratación de Mano de Obra Local
PMS-5 lntervenclôn do lnfraestructura y redes
PMS-5.1 lntervenciOn do Intraestruclura Comunitaria y Redes de
Servicios PUblicos
PMS-6 Accesibilidad y Seguridad Vial de
Is Poblaclôn
PMS-6.1 Prograrna de Accesibilidad y Seguridad Vial de La Población
PMS 7.1 Vecinos - SensibUizacion Comunitaria
PMS-7 Programs do vecindad
comunitaria socio - predial
PMS-7.2 Programa de AdquisiciOn Predial y Traslado de La Poblacion
PMS-7-3 Acompanamiento Social al Levantamiento de Actas do
Vecindad
PMS-8 Programs do restitución de
infraestructura social - Escuela la Canchera
PMS 8-I Restitucion do lnfraestructura Social - Escuela La Canchera
PMS-9 Compensación Social PMS-9.1 Programs de Compensación Social
Fuente: Elaborado por eI equlpo evaluador con base en el radicado 2015041587-1-000 del
06 de agosto de 2015
Vale la pena aclarar que para el medio social, el PMA Iicenciado presentaba 12 programas con 12 tichas, y que pare la
modificacion se está presentando on PMA con 9 programas y 12 fichas. Esto obedece a que el Consorcio SES fusiono
programas que compartian objetivos y metas sirnilares. Una vez revisados cada uno de los programas y fichas
presentadas, esta autoridad considera coherente su contenido, y que éste no afecta de fonda el PMA licenciado.
Resolucion No.
—131 1
de
j OCT 21115
Hoja No.82
"Por la cual se modifica la Licencia Ambientat otorgada mediante la Resolution N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Luego de revisar el contenido de cada una de las fichas de manejo del inedlo socioeconOmico anexas al radicado
2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, esta Autoridad presenta las siguientes consideraciones:
PMS-1.1 Capacitacion, Educacion y Concientizacion al Personal del Proyecto y PMS-1.2 Capacitacion, Educacion
y Concientizacion a La Comunidad Aledafla al Proyecto: Las actividades que se describen, las niedidas que se adoptan
y las estrategias para el cumplimiento de metas se consideran adecuadas.
PMS-2.1 Informacion y participaciOn comunitaria e institucional: El concepto de la evaluacion de la licencia otorgada,
solicitó al INVIAS incluir meta e indicador en relacion con las instituciones del AID. Esta observacion sigue vigente pare la
ficha presentada por el Consorcio SES, toda vez que su objeto es visibilizar la participación institucional,
PMS-3.1 Apoyo a la Capacidad de Gestion Organizaclonal: Esta Autoridad considera que las actividades descritas son
acordes y reconocen el area de influencia: Barrio la Chinita, Isla Rondon y el Corregimiento de Palermo.
PMS-4.1 Contratacion de Mano de Obra Local: Cow ya se habia eslablecido en PMA licenciado, esta obligaciOn no
harâ parte del seguimiento de esta autoridad, toda vez que si then se encuentra dentro de los tOrniinos de referencia, la
contrataciôn de mano de obra es considerada un derecho y una garanlia de libertad empresarial. Aun asi el Consorcio
SES considera pertinente para el proyecto la contratación de mano de obra local, lo que se traducirá en irnpactos poslilvos
para los pobladores del AID y MOP.
PMS-5.1 InterventiOn de lnfraestructura Comunitaria y Redes de Seivicios PUblicos: Respecto a esta ficha, Se
considera pertinente toda vez que el Consorcio SES, incluyo el indicador relacionado con los acuerdos cumplidos con la
comunidad / acuerdos establecidos con la coniunidad, que habia sido recomendado incluir en el concepto lécnico de
evaluaciOn de la licencia otorgada mediante Auto 0325 de 2015. Respecto ala consideracion hecha en la evaluaciOn de Ia
licencia otorgada respecto a incluir una niedida tendiente a la no afectaciOn del funcionamiento del predio donde se
encuentra la empresa Triple A ES.P., ya que se considera en el POT de Barranquilla corno suelo de protección y reserva
de servicios pUblicos, esta autoridad considera que la modificacion respecto a la ubicaciôn del campaniento, que ocupará
un predio colindante con Triple A, y el cual esté bajo su administracion, no afecta el funcionaniiento, equipamiento o
infraestructura, ni tampoco las redes de servicios pOblicos de la empresa, ni su relaciôn con [as comunidades,
PMS-6.1 Programa de Accesibilidad y Seguridad Vial de La PoblaciOn: Si bien el consorcio SES atendiO la solicitud
hecha en la evaluaciôn de la licencia respecto a cornplementar la ficha con una meta tendiente a que durante la etapa
constructiva los accesos y pasos comunitarios intervenidos sean adecuados para el paso por los mismos, verificando las
adecuaciones seguras para garanzar el paso y la movilidad de las comunidades durante la construcciôn, no se garantiza
que al tinalizar la construcciOn estos accesos y pasos quedarân en iguales 0 niejores condiciones alas iniciales, pot lo que
esta autoridad considera pertinente que el Usuario debiO complenientar Ia ficha en este aspecto.
PMS 7.1 Vecinos - Sensibilizacion Comunitaria y PMS 73 Acompanamiento Social al Levantamiento de Actas de
Vecindad: Se consideran perlinentes las actividades e indicadores planteados en estas fichas, evidenciando coherencia
entre los mismos.
PMS 7.2 Programa de Adquisicion Predial y Traslado de la PoblaciOn: Teniendo en cuenta la consideraciôn del
concepto técnico 1063 del 11 de niarzo de 2015, donde se le recomienda al INVIAS incluir en ]as rnetas de cumplimiento
las Resoluciones 545 de 2008 y 077 de 2012 de la ANI, esta autoridad considera que to ficha presentada no incluyo lo
solicitado, por 10 que debiO incluirlo o aclararlo en la ficha correspondiente. Por otro Iado esta autoridad solicita corregir el
componente 1 de la ficha (ActualizaciOn de DiagnOsticos Sociales y Culturales de las Unidades Sociales Afectadas), esto
debido a que si bien maniflestan que a la fecha de elaboraciOn del EIA se encontraba vigente la Resoluciôn 1843 de 2008
del INVIAS, se debe dar estricto cumplirniento y aplicaciOn de lo establecido en la Resolucion 2747 de 2015 del INVIAS,
toda vez que ésta es la que a la fecha está vigente.
PMS 8.1 Restitution de Infraestructura Social - Escuela La Canchera: Esta autoridad considera pertinentes las
actividades, metas e indicadores planteados para esta ficha. Se incluyO objetivo tendiente a toner en cuenta los acuerdos
y procesos de concertaciOn adelantados con los actores sociales involucrados, asi como la propuesta de no intervenir el
equipamiento haste tanto nose hayan establecido acuerdos para su restituciôn.
PMS-9.1 Programa de Conipensación Social: Se considera pertinente lo planteado. Existe coherencia entre las metas
y los indicadores
Finalniente, siendo coherentes con el pronunciamiento anterior, y teniendo en cuenla lo observado durante la visita de
evaluación de la modificaciOn de Ia licencia, esta Autoridad considera que el Consorcio debiô proponer de rnanera clara
cuâles van a ser los instrunientos de gestiOn social requeridos pare el reasentamiento de estas poblaciones, toda vez que
durante la visita no se evidencio claridad respecto a temas juridicos - prediales en relacion con la tenencia de estos
terrenos, lo que puede dificultar [as actividades proyectadas, asi cow generar conflictos con [as comunidades alli
asentadas por la vulneracian de sus derechos
Resolución No.
de
16 OCT 2015
HoJa No.83
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada med iante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
7.2
PLAN DE MONITOREO V SEGUIMIENTO
De acuerdo a lo contenido en el EIA de la modificaciOn de Ia licencia ambiental, en concordancia con el PMA y la aplicacion
de los programas de manejo, se actualizO el plan de monitoreo y seguimiento y sus respectivos programas.
Pot otto lado, para cada uno de los rnedios, las fichas presentadas deben ajustarse en coherencia con los cambios
requeridos en el Plan de Manejo Ambiental, y deberan ademâs ajustarse los aspectos que se indican a continuacion para
los medios abiOtico, biOtico y socioeconOmico:
7.2.1
Consideraciones del medio abiotico
SMA-01 Programa de seguimiento y monitoreo del manejo del recurso hidrico. Se debe indicar que aplica para los
programas de rnanejo del componente suelo y recurso hidrico. Se debe corregir las fuentes de agua a las cuales se les
realizarã el seguimiento ya qua se trata de(Rio Magdalena an la zona de iniplementacion de pilas y en los puntos de
to
vertimiento), Cao La Ahuyama, canal Pasadena, canal Triple A, caño Clarin y arroyo Elena). Dentro de los parámetros
a medir se debe incluir concentraciôn de metales y metaloides para el rio Magdalena como cuerpo receptor de la PTARI
y en general los parametros establecidos en la ResoluciOn 631 del 17 de marzo de 2015 norma con la cual deben
compararse, para el caso del monitoreo de calidad de agua sobre las fuenles del AID se solicita incluir las coordenadas
del punto aguas arriba del canal Pasadena, asi como [as coordenadas del canal triple A y el caño Ia Elena que serán
deflnidos para complementar la linea base y cuyos primeros resultados son importantes antes de iniciar las obras para
establecer la linea base coniparativa, garantizar que los monitoreos se deben remitir en los ICA incluyendo el periodo de
cierre arnbiental (6 meses).
SMA•02 Programa de Monitoreo de emisiones de fuentes fijas y moviles. Se debe indicar que aplica para los
programas de manejo del componente suelo y recurso aire. Se deberé presentar dentro de los Intones de Cumplimiento
Ambiental (ICA) los resultados obtenidos y el analisis conrespondiente incluyendo el peniodo de cierre ambiental (6 meses).
Realizar monitoreos de calidad de aire y ruido, dando cumplimiento a lo establecido an las Resoluciones 610 de 2010 (para
el caso de la calidad del aire) y 627 de 2006 (para el caso del ruido), o las nonmas que las modifiquen, adicionen o
sustituyan. Para el monitoreo de calidad de aine se debera considerar lo establecido en el protocolo de monitoreo y
seguimiento de la calidad de aire acogido mediante la Resolucion 650 de 2010, modificada pot Ia Resolucion 2154 de 2010
(Sistemas de Vigilancia de la Calidad del Aire Industrial) o la nonmatividad vigente que 10 reglamente.
SMA-03 Sistemas de manejo, tratamiento y disposiciôn de residuos sélidos. So debe indicar que aplica pana los
programas de manejo del componente suelo, recurso hidrico y recurso aire.
Se requiere la elaboracion y presentaciOn de una fiche para el seguimiento y monitoreo de la estabilidad del terraplen y el
janillán, la cual debe sen entregada antes del inicio de las obras.
7.2.2
Consideraciones del medio biótico
El plan de monitoreo y seguimiento presentado para la modificacion de la licencia ambiental, presenta tres fichas:
• PSB —01. Seguimiento y monitoreo de la fauna silvestre
• P56-02. Seguimiento y monitoreo de fauna con alto valor de conservaciOn
• P56-03. Seguimiento y monitoreo al manejo del recurso hidrobiologico
Sin embargo, se considera que an el radicado 2015023051 del 4 de mayo de 2015 en el cual se realizan los ajustes
solicitados an el concepto técnico de evaluacion (acogido mediante resoluciOn 0325 de 2015), se abordan todas las fichas
de manejo biObco, pot lo tanto son dichas fichas de monitoreo y seguimiento del medio biOtico las que se aprueban para
la presente modificacion de la licencia. Esto con elfin de no desatender el seguimiento de ninguna de las medidas
propuestas an el plan de manejo ambiental.
7.2.3
Consideraciones del medio socioeconómico
Esta autonidad considera que ]as fichas presentadas en el programa de seguimiento y monitoreo, Para el medio
socioeconOmico, incluyen el total de las fichas que componen el PMA de la modificacián (PMA definitivo), por lo que fueron
ajustadas a su contenido, y que sus objetivos, metas, actividades e indicadores son perbnentes. Como ya se mencionô en
[as consideraciones del PMA, la ficha de contratacion de personal no hare pane del seguimiento y monitoreo de esta
autoridad.
7.3
CONSIDERACIONES SOBRE EL PLAN DE CONTINGENCIA
A pesar de haberse realizado una clasificacion de los riesgos para los diferentes escenarios identificados de acuerdo alas
amenazas, actividades y etapas del proyecto, el Plan de Contingencia no se formulo en congruencia, planteândose
ünicamente la siguiente estructura, que debe ser complementada de acuerdo alas consideraciones que se desarrollan en
adelante.
Resolución No.
131
1
de
i 6 OCT 2015
Hoja No.84
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinacjones"
En el caso de presentarse contingencias quo afecten cuerpos do agua, so considera necesario quo so indique el Plan de
Seguimiento y Monitoreo ambiental a ejecutar, do manera qua se puedan verificar los efectos do la contingencia sobre los
cuerpos do ague an cuestion, y la recuperaciôn de Ia calidad del agua, las comunidades hidrobiologicas y la calidad del
at
habitat acuático hasta deniostrar (con las metodologias adecuadas) case de la afectacion.
Dentro de [as amenazas endogenas del escenario de riesgos identificados debe tenerse en cuenta la amenaza pot
inundaciOn la cual de acuerdo al mapa de zoniticacion tiene una significancia iniportante y corresponde a una alta
sensibilidad an las zones de deposito fluviolacustre correspondientes a [as mérgenes del rio Magdalena en especial la
margen derecha. Pot otto lado tambien se debe incluir corno amenaza los movimientos do tierra no controlados como
derrumbes a deslizamientos provocados par la falta de estabilidad de los materiales en especial para las estructuras del
terraplén sobre la isla RondOn y el jarillon an la margen derecha del caflo la Ahuyama a la perdida do material en las orillas
de los cauces an los sitios de intervencián, también so considers importante identificar las arnenazas provocadas por la
presencia de embarcaciones an las area de trabajo an at rio Magdalena y desarrollar sus respectivas contingencias.
Finalmente se considera necesario incluir dentro de las actividades de cierre y abandono la demoliciOn 0 desrnonte de las
at
pilas provisionales y descabece de sus pilotes an at escenao de riesgos y desarrollar toda Ia estrategia para su plan de
contingencia.
Tanibién se requiere corregir la adilvidad hincado do pilotes, toda vez qua dentro de la descripcion del proyecto se indicô
que los pilotes serán preexcavados y frmndidos an sitio, pot to que ademas deberá incluirse dentro de las contingencias, las
ocasionadas por el usa eventual do lodos bentoniticos tanto durante su uso en la excavacián cono en su sitio de acopio,
antes y despues de set utilizado.
El plan do seguimiento y monitoreo debe incluirse an las estrategias operativas do los planes de contingencia, a fin de
at
incorporar transporte de sustancias y residuos peligrosos, el control de derrarnes de hidrocarburos, mezclas asfálllcas,
combustibles, aceites y otras sustancias quimicas.
7.4
CONSIDERACIONES SOBRE EL PLAN DE INVERSION DEL 1%
Teniendo an cuenta qua el proyecto no requiere premiso de concesion de agua, dado qua esta sera comprada ala empresa
Triple A, no aplica el plan de inversián de 1%.
Esto de acuerdo con lo establecido en el Articulo 2.2.9.3.1.1. 'Campo de aplicacion" del Capitulo 3 InversiOn forzosa del
I %' - SecciOn 1. Del titulo 9 del Decreto 1076 de 2015 establece qua:
'Todo proyecta quo involucre en su ejecuciOn usa del aqua tomada directamente de fuentes
naturales y qua este sujeto a Is obtenciOn de licencia ambiental, deberã dostinar eli % del total de
la inversiOn para ía recuperacion, conservatiOn, preservaciOn y viqllancia do la cuenca hidrogrOfica
quo alimenta la respectiva fuonte hidrica; de con formidad con of paràgrafo del adiculo 43 la Lay
99 do I993'.subrrayado tuera de texto
7.5 CONSIDERACIONES SOBRE EL PLAN DE CIERRE V ABANDONO
at
En EIA allegado a esta Autoridad mediante Radicado 2015041587-1-000 del 06 do agosto de 2015, se indica qua el
cierre y abandono de las obras objeto do modificacian de la licencia ambiental para el proyecto so realizarâ do acuerdo
con el formulado an el EIA con el cual se otorgo la licencia ambiental del proyecto, Ia anterior teniendo an cuenta que el
mismo tiene incluidas todas las actividades requeridas para el cierre y abandono de las obras adicionales objeto do la
modificacion do la licencia ambiental,
Resolución No.
3 I
de
18 OCT 2015
Hoja No.85
"Par la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolution N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
Aunque dentro de las obras mencionadas como provisionales a desmontar o demoler nose incluyeron las pilas Lemporales
pars la construcciôn del tramo atirantado del puente, las cuales tambien deben desmontarse una vez el proceso
constructivo del puente to perrnita, se considera que las incluye indirectamente cuando se menciona que demolerâ todas
las obras provisionales que se encuentren por debajo del nivel del ague para que no interfieran con la navegabilidad del
no Magdalena.
Del mismo modo, es importante aclarar se debe retirar todo el material estéril utilizado pars la construcciOn del terraplén.
Esto, dada las condiciones de productividad del suelo en la isla.
En lo relacionado con el tema de mecanismos de informaciôn a la comunidad, el Consorcio SES incluye una serie de
actividades y estrategias de informacion a implementar con autoridades y coniunidad del area de influencia, corno parte
fundamental del Plan de Cierre y Abandono, y las cuales son consideradas pertinentes par esta autodad.
8 RESULTADO DE LA EVALUACION
8.1
Suficiencia de la lnformacion
Una vez evaluada la informacion suministrada para la Modificaciôn de Licencia Ambiental otorgada segn Resolucion 0325
dell 7 de marzo de 2015 para at proyecto 'lnfraestructura vial pars la solucion integral del paso sobre el rio Magdalena en
Barranquilla, incluye reeniplazo del puente Laureano Gomez mâs conocido coma puente Pumarejo" a traves de radicado
2015041587-1-000 del 06 de agosto de 2015, en el senUdo de autoiizar las actividades, obras e infraestructura
complementaria requeridas pars adelantar Ia construcciOn del nuevo Puente sobre el rio Magdalena, las cuales no se
encuentran includes dentro de la licencia ambiental otorgada par Is ANLA, incluyendo la solicitud de aprovechamiento
adicional de recursos naturales, permisos de ocupaciOn de cauce, permiso de vertiniientos y aprovechamiento forestal
requeridos; y leniendo en cuenta las observaciones realizadas durante Is visita de evaluacion, la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales considera qua se cuenta con inforrnaciOn suficiente para determinar la VIABILIDAD ambienlal del
prayecto propuesto. ( ... ".
Que mediante el presente ado administrativa la Autoddad Nacional de Licencias Ambientales procederé a
acoger 10 dispuesto en el Concepto técnico No. 5575 del 16 de octubre de 2015 an el cual se considera viable
ambientalmente la modificacián de la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion No. 0325 del 17 de
marzo de 2015, para la ejecucion del prayecto do constwcciôn de "In fraostructura Vial Pare la SoluciOn Integral
del paso sobre of Rio Magdalena an Barranquilla, quo incluye reornplazo del Puente Lauroano GOmez mâs
conocido como Puente Pumarejo", localizado en los departamentos de Magdalena y Atlantico; an consecuencia
se otorga la modificaciôn de conformidad con las condiciones que se establecerân en la parte resolutiva del
presente acto administrativo.
Que an mérito de lo expuesto,
R ES U ELVE
ARTICULO PRIMERO.- Modificar el articulo segundo de la ResoluciOn 0325 del 17 de marzo de 2015 por la
cual se otorgá licencia ambiental pars el proyecto de construcción de "In fraestructura Vial Para Ia SoluciOn
Integral del paso sabre el Rio Magdalene an Barranquilla, quo incluye reemplazo del Puente Laureano GOmez
màs conocido como Puente Purnarejo", localizado en las departamentos do Magdalena y Atlántico, en el sentido
de autohzar at CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, la relocalizacion, an su totalidad, de las piles de
cimentación correspondientes a las estructuras del puente principal, ramales, puentes peatanales y viaductos
de acceso en los siguientes sitios:
Resolución No.
1311
de
ri
6 0 C 2015
Hoja No.86
Tor Pa cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 do marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
I._ I•
DE PILA
ESTE
P7
926460,802
P8
926393,776
P9
926324,86
P10
926255,027
P11
926185,036
P12
926115,041
NORTE
OBSERVACION
Pila, viaducto acceso rnargen derecha, Santa MartaMagdalena
Pila, viaducto acceso margen derecha, Santa Marta1702843,87
Magdalena
Pila, viaducto acceso margen derecha, Santa Maria- Barranquilla - Isla
1702831,83
Rondôn, Tierra
Pila, viaducto acceso margen derecha, Santa Maria- Prrnni,iII - IcI
1702827,35
Rondon, Tierra
Pila, viaducto acceso margen derecha, Santa Maria- DdIdIIL4UIIW - Ibid
1702826,27
_____________
Rondon, Tierra
Pila,
viaducto
acceso
niargen
derecha, Santa Marta- Barranquilla - Isla
1702825,38
RondOn, Tierra
1702863,92
P14
P15
925455,095
1702817
P16
925385,1
17028 16,11
P17
925315,106
170281 5,23
P18
925245,112
1702814,34
P19
925175,118
1702814, 23
P20
925105,591
1702821,74
P21
925037,993
1702839,68
P22
924971,95
1702862,88
P23
924905,973
1702886, 27
P24
924839,868
1702909,29
E2
924783,659
1702923,36
.24
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa MartaTierra
Pila, viaducto acceso rnargen izquierda Barranquilla - Santa Marta Tierra
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa Marta Tierra
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa MartaTierra
Pila, viaducto acceso rnargen izquierda Barranquilla - Santa MartaTierra
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa Maria Tierra
Pila, viaducto acceso rnargen izquierda Barranquilla - Santa Maria Tierra
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa Maria Tierra
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa MartaTierra
Pila, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa MariaTierra
stribo, viaducto acceso margen izquierda Barranquilla - Santa Marta Tierra
ramal Santa Maria . Puerto - Caño Ahuyani2
ramal Santa Maria - Puerto - Cao Ahuyam2
ucto ramal Santa Maria - Puerto - Tierra
ducto ramal Santa Maria- Puerto . Tierra
ucla rama? Puerto - Santa Marta Tierra
ucto ramal Puerto Santa Maria - Tierra
ucla rarnal Puerto - Santa Maria - Tierra
P2.27 ucto rarnal Puerto - Santa Maria Tierra
ucto ramal Puerto . Santa Maria - Tierra
ucto rarnal Puerto - Santa Marta Tierra
ucto rarnal Puerto - Santa Maria - Tierra
P2. ucto ramal Puerto - Santa Maria - Tierra
ucto ramal Puerto - Santa Marta - Tierra
iducto ramal Puerto - Santa Maria Tierra
)eatonal Ramat Santa Marta - Puerto - Tierra
IPL*IKI
ResoluciOn No.
13 1 '1
de
16 OCT 2015
Hoja No.87
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resoluciôn N° 0325
dell 7 de marto de 2015 y se toman otras determinaciones"
ARTICULO SEGUNDO: Modificar el numeral cuarto del articulo cuarto de la Resolucion 0325 del 17 de marzo
de 2015, el cual quedara asi:
4. La relocalizacion del campamento de obra, el cual se emplazarâ sobre la margen izquierda del rio
Magdalena, especificamente en el sector adyacente a! ramal Barranquilla - Santa Marta (Camara 9,
sector urbano de Barranquilla), contiguo alas instalaciones de la ernpresa Triple A; dicho campamento
estará conformado por areas de oficirias, casino, dormitorios, laboratorio de suelos y concretos, zona
de acopio de addos, Planta de Concreto, parque de niaquinaria, zona de almacenaje, taller de ferralla,
rolado y camisas metálicas, parque de formaleta, andamios, acoplo de acero plantas de tratamiento
de aguas residuales y vias internas de acceso. (...)
ARTICULO TERCERO.- Modificar et articulo cuarto de la Resolución 0325 del 17 de marzo de 2015, en el
sentido de autorizar al CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, Ia siguiente infraestructura propia y
asociada, adicionando los siguientes numerales:
(...)
8. La Instalaciôn y operaciOn de una Planta de Concreto Premezclado dentro de las instalaciones del
campamento de obra con las siguientes caracteristicas:
Eel
Ejecucion de obras para la canalizaciOn y desviacion del cauce an el caño "Pasadena".
10. Reconformacion del JarillOn an la margen derecha del caño la Ahuyama.
11. ConformaciOn de un terraplén an la isla RondOn con una altura maxima de diez (10) metros, que perrnita at
acceso vehicular desde el actual "Puente Pumarejo" hacia los frentes de obra an Ia isla.
12. Construcción de cuatro (4) muelles temporales sobre at rio Magdalena para apoyar el proceso constructivo del
tramo atirantado del puente principal.
13. Construccion de dos (2) pilas temporales sobre el rio Magdalena para apoyar at proceso constructivo del tramo
atirantado del puente principal.
14. Conformacion de areas para acopio temporal y movilizaciôn de materiales, an los siguientes sitios:
a. Zones de manejo y acopio temporal de material sobrante de excavaciôn y materiales de construccion,
localizadas en los siguientes sectores:
Resolucion No.
i31 I
de
6 OCT 2015
Hoja No.88
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N O 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
b. Zonas de movilizacion interna de obra mediante la conformacion de vias vehiculares en la
Isla RondOn yen el predio ubicado en la margen derecha del rio Magdalena dentro del area
de influencia directa (AID) del proyecto.
Obligaciones.
El almacenamiento temporal del material sobrante de excavacián no puede ser superior de 48 horas,
y solamente se autoriza en las zonas definidas en el mapa de localizaciOn de infraestructura como
zones de manejo de material sobrante, donde se garantizará que no puedan obstaculizar el paso
peatonal o vehicular o que puedan generar bloqueos para la movilidad sobre carreteables o vias de
caràcter secundario, asi como, prevenir una posible contaminaciOn de cuerpos de agua por escorrentia
que genere el arrastre de materiales.
2. La siguiente informaciOn deberá ser remitida a esta Autoridad previo al inicio de las actividades
constructivas para cada obra en particular:
a) Presentar los disenos definitivos (FASE 3) y pIanos de las redes de aguas Iluvias del campamento
de obra.
b) Allegar a esta Autoridad el acto administrativo mediante el cual se prorrogue el permiso de
concesión de aguas superficiales otorgado por el Departamento Tecnico Administrativo del Medjo
Ambiente de Barranquilla —DAMAB, a la empresa de servicios püblicos de la ciudad de
Barranquilla, de manera que se garantice el suministro de agua al proyecto.
c) Presentar los disenos defrnitivos (FASE 3) del Jarillon en la margen derecha del cano la Ahuyama,
con sus respectivos soportes técnicos hidràulicos e hidrologicos de acuerdo a las condiciones de
caudal mâximo esperadas en un TR de 100 años del cuerpo hidrico objeto de intervencion.
d) Presentar los disenos definitivos (FASE 3) de las obras de canalizacian y desviacion del caño
Pasadena con sus respectivos soportes técnicos hidraulicos e hidrolagicos de acuerdo a las
condiciones de caudal máximo esperadas en un TR de 100 anos del cuerpo hidrico objeto de
intervención.
e) Presentar los disenos definitivos (FASE 3) del terraplén proyectado an la Isla Rondón, con sus
respectivos soportes técnicos incluyendo el anâlisis estabilidad geotecnica de la masa dispuesta
en condiciones estáticas, de sismo y de saturación; asi mismo presentar las correspondientes
medidas de manejo que garanticen dichas condiciones de estabilidad.
ARTICIJLO CUARTO.- Modificar el articulo sexto de la Resolucion 0325 del 17 de marzo de 2015, en el sentido
de incluir el uso, aprovechamiento y afectacion de los recursos naturales renovables necesarios para la
ejecucion del proyecto, en los siguientes términos:
1. APROVECHAMIENTO FORESTAL. Se adiciona el numeral primero de la Resolucion 0325 del 17 de
marzo 2015, en el sentido de otorgar al CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, permiso de
aprovechamiento forestal Unico, de acuerdo a La siguiente table:
ResoluciOn No.
13 1
de
Hoja No.89
16 OCT 2C1
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
2. VERTIMIENTOS. Otorgar al CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, permiso de vertimiento de
dos (2) puntos provenientes de la Planta Concretera, y demás instalaciones qua conforman el
campamento de obra de la siguiente manera:
Coordenadas
ID
vi
V2
Tipo de
Vertimiento
Fuente
Receptora
Dom6stico e
Rio
Industrial
Ma
Magdalena
Industrial
Tiempo
tie
descarga
(hldia)
Frecuencia
(dialmes)
1702770,58
8
30
170284555
Eventual
30
Caudal
(Us)
X
Y
21543
92552208
64
925519,70
Obligaciones del permiso de Vertimiento
a. Se deberân realizar monitoreos semestrales a la fuente receptora (Rio Magdalena) an los dos (2)
puntos de vertimientos autorizados y 50 mts tanto aguas arriba como aguas debajo de los mismos
puntos, de manera que se pueda establecer la capacidad de asimilacion del cuerpo tie agua receptor
ante las descargas autorizadas, teniendo como referente las variables fisicoquimicas, bactedologicas
e hidrobiologicas presentadas dentro la caractedzaciOn de este cuerpo de agua en la linea base
ambiental.
b. Se realizarén monftoreos semestrales a los efluentes producto de los dos (2) sistemas de tratamiento
propuestos (PTARD y PTARI). Es importante tener en cuenta que los resultados no deben sobrepasar
los parámetros establecidos en el articulo 2.2.3.3.9.14 tie la Seccion 9 del Capitulo 3 del Titulo 3 de Ia
Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de 2015 y /0 norma que lo sustituya aplicable a vertirnientos
sobre cuerpos de agua receptores.
c. La siguiente informacion debe ser presentada a esta Autohdad antes del iniclo de las actividades
constructivas para cada obra en particular:
Los disenos definitivos (EASE 3) correspondientes a la red sanitaria del Campamento,
diseños definitivos (FASE 3)- memories técnicas de los dos (2) sistemas de tratamiento
propuestos (PTARD y PTARI) y disehos definitivos (FASE 3) estructuras de entrega en cada
punto de vertimiento sobre el do Magdalena.
U. Establecer medidas de manejo especial (como las establecidas en el anexo 4-2-4 del plan de
gestión del riesgo para el manejo de vertimientos) pare la PTARI toda vez que se encuentra
muy cerca al margen izquierdo del do Magdalena y al caño "La Ahuyama", asi como para la
PTARD por encontrarse a la margen derecha del canal triple A, esto con elfin de prevenir,
mitigar y/o compensar los efectos de posibles inundaciones.
iii. Aportar el detalle tie la disposicion, ubicaciOn y manejo tie las estructuras correspondientes a
los lechos de secado de los lodos provenientes de las PTAR, reportar esta actividad en los
informes de cumplimiento ambiental (ICA) junto con la informacion correspondiente a la
entrega de los residuos a las empresas autorizadas.
Paragrafo.- Las obligaciones establecidas en los numerales 1 al 6 del numeral 1 del articulo sexto de la
ResoluciOn 0325 del 17 de marzo de 2015 deberén cumplirse respecto al permiso de aprovechamiento forestal
que se otorga en el presente articulo.
Resolucion No
1311
116 OCT 2015
Hoja No.90
"Por la cual se mod ifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolución N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
ARTICULO QUINTO.- Modificar el articulo octavo de la Resolucion 0325 del 17 de marzo de 20151 en el sentido
de autorizar al CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, la ocupación de cauces y de la ronda hidrica
potencialmente inunclable para los siguientes cuerpos de agua:
1. Canal Triple A. Ocupacion de ronda de proteccion hidrica por implantacion del poligono del
campamento.
2. Cano Pasadena. Ocupacion por obras de realineacion y canalizacion de acuerdo a los disenos
elaborados por el Instituto Nacional de Vias y Iocalizacion de pilas del viaducto y obras necesadas
para la implantacion del campamento, segón las siguientes caracteristicas:
2.1 Autorizar la ocupaciOn permanente del cauce del Cano Pasadena con respecto alas obras de realinearniento y
canalizacion en las siguientes condiciones:
3. Caño la Ahuyama. Ocupacion por irnplantacian del canipamento y localizacion de puss del viaducto
Resolution No.
3
de
16 OCT 2015 1-loja No.91
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resoluclon N° 0325
deli? de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
4. Rio Magdalena. OcupaciOn por localizaciOn de pilas del puente y demâs estructuras temporales segUn
las siguientes caracteristicas:
5. Cano La Elena. Ocupacian de ronda hiddea por localization de sendero peatonal segUn las siguientes
caracteristicas;
6. Zona de campamento. Los poligonos correspondientes a la zona del camparnento que se instalará
en las rondas de protección hidrica del Canal Triple A (912733 m2), y el caño la Ahuyama (3134.87
m2), y las estructuras de las descargas de los vertimientos provenientes de las PTAR ubicadas en el
campamento, cuya ubicaciôn es La siguiente:
Resolution No.
de
HoJa No.92
1 16 OCT 2015
"Par la cual se modifica la Licencia Amblental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
:5 $
P
Obligaciones respecto a la autorizacion de ocupación de cauce
a. La siguiente informaciOn debera ser remitida a esta Autoridad previo al inicio de las actividades
constructivas pam cada obra en particular:
Presentar la modelaciOn hidráulica del caño 'La Ahuyama" en condiciones de un caudal
maxima esperado pam un periodo de retomo de 100 años, considerando Las nuevas
condiciones propuestas pam el proyecto a nivel de ingenieria de detalle (FASE 3),
especificamente en 10 relacionado con las pilas de cimentaciOn que ocuparàn de manera
permanente su cauce. Como resultado del ejerticio se deberãn establecer los cambios
generados por la implantation de las pilas an cuanto a Ia hidrodinámica del cuerpo de agua
y definir las medidas necesahas pam midgar, prevenir, corregir y/o compensar los posibles
impactos sobre la infraestructura existente y sabre la población vulnerable localizada an
inmediaciones del mencionado caño.
Presentar la modelaciOn hidraulica del caño "Pasadena" en condiciones de un caudal mâximo
esperado para un periodo de retomo de 100 años, consideranda las nuevas condiciones
propuestas para el proyecto a nivel de ingenieria de detalle (FASE 3), especificamente en to
relacionado con las pilas de cimentaciOn que ocuparán de manera perrnanente su cauce y
las obras de canalizaciOn y desviacion proyectadas aguas abajo. Como resultado del ejercicio
se deberán establecer los cambios generadas par la implantacion de estas obras en cuanto
ala hidrodinamica del cuerpo de agua y definir las medidas necesarias para mitigar, prevenir,
corregir y/o compensar los posibles impactos sobre la infraestructura existente y sabre la
poblacion vulnerable localizada en inmediaciones del mencionado caño,
Ui. Presentar la modelacion hidrâulica del rio Magdalena, en condiciones de caudal mâxirrio para
un periodo de retorno de 100 años, considerando las nuevas condiciones propuestas para el
proyecto a nivel de ingenieria de detalle (FASE 3), especificamente en to relacionado con las
pilas de cinientaciOn que ocuparán de manem perrnanente su cauce, incluyendo las pilas
provisionales requeridas dentm del proceso constructivo y el terraplen de la isla "Rondón".
Coma resultado del ejercicio se deberan establecer los cambios generados por la
implantation de estas obras en cuanto a la hidrodinamica del cuerpo de agua y definir las
medidas necesarias pam mitigar, prevenir, corregir y/o compensar los posibles impactos
sabre la infraestructura existente y sobre la poblaciOn vulnerable localizada en inmediaciones
del mencionado cuerpo de agua.
iv. Complementar la linea base ambiental en el sentido de presentar la caracterización
frsicoquimica, bacteriolágica e hfdrobiolOgica de los cuerpos de agua objeto de intervención
en ronda y cauce para el canal Triple A y el caño La Elena.
b. Durante el proceso constructivo de las obras objeto de intervenciOn de cauce y ronda hidrica se
deberân realizar monitoreos semestrales a las siguientes fuentes hidricas: rio Magdalena, caño "La
Ahuyama", canal "Pasadena", canal "Triple A", caño 'Clarin" y el arroyo 'la Elena", teniendo coma
referente las variables fisicoquimicas, bacteholOgicas e hidrobiolOgicas presentadas dentro Ia
caracterizaciOn de estos cuerpos de agua y Jos puntos de muestreo establecidos en la linea base
ambiental.
c. En los informes de cumplimiento anibiental (ICA) se debe presentar el anâlisis comparativo de los
resultados acumulados obtenidos durante el proceso constructivo, con respecto a la linea base.
ARTICULO SEXTO.- Modificar el articulo novena de la ResoluciOn 0325 del 17 de marza de 2015, en el sentido
de establecer pam la infraestructura del proyecto de construcciOn de la "Infraestructura Via! Para la So!ut/On
Integral del paso sobre of Rio Magdalene an Barranquilla, que inc/aye reernp!azo del Puente Lauroano GOmez
más conocido como Puente Pumarejo'ç localizado en los departamentos de Magdalena y Atlántico, la siguiente
zonifrcaciOn ambiental:
Areas quo lncluye
Areas de exclusion
• cuerpos de agua (1105, canadas, arroyos y quebradas, entre otros) y su franja de retiro ode protecciOn
de 30 metros a cada lado, medidos a parlir de Ia cota maxima de inundaciOn, exceptuando lugares
autarizados pare el proyecto coma ocupación de cauce temporal a permanente en la modfficaciOn.
• Remanentes de bosques (incluyendo basque ripaho), excepluando la intervenciOn autorizada coma
131
4
Resolucion No. 16 OCT 2015
de
Hoja No.93
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N 0 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras cleterminaciones"
Areas que incluye
Areas de intervencion
con rnedidas de
manejo especial
• Areas ubicadas fuera del area de influencia threcta puntual de acuerdo at diseno presentado.
• Los cuerpos hidricos, sus zonas de ronda, a excepcion del caño Clarin que se considers como area de
exciusión y los bosques an que se auforizo aprovechaniiento forestal, los requehdos para ocupaciOn de
cauce an el sitios autorizados,
• Pozos y aijibes qua se evidencien durante el desarrollo del proyecfo
• Cauca histórico del no Magdalena
• Zonas inundables
• Zonas erosionadas/ socavacion
• Acuiferos libres (no confinado) - oat
• Zonas pantanosas y sus rondas de proteoción.
• Predio Triple A, por ser area de proteccion de servicios pUblicos.
• Zonas con conflicto de uso. isth Rondón.
ARTICULO SEPTIMO.- Modificar el articulo décimo de Is Resolucion 0325 del 17 de matzo de 2015, en el
sentido de aprobar el Plan de Manejo Ambiental y las medidas de manejo ambiental propuestas por el
CONSORCIO SES PUENTE MACDALENA, pars Los componentes abioco y socioeconômico,
correspond ientes a los siguientes Programas:
MEDIO
I
Plan de Manejo Arnblental Para [as actividades aprobadas mediante la resoli
actividades objeto de modificaciôn de Is Ilcencia ambiental
PMB-1. Programs de
manejo del recurso
soda
0
C-,
I0
0
DMA-2. Programs de
manejo del recurso
hid rico
PMA-3. Programs de
manejo del recurso
aire
PMS 1. Programs de
capacitaciOn,
educaclon y
concientlzacion
PMS-2 Programs de
informacion y
participación
comunitaria e
institucional
PMS-3 Apoyo a la
capacidad de gestlén
organizacional
PMS-4 Contratacion
de mano de obra local
PMS•5 lntervención de
infraestructura y redes
PMS-6 Accesibilidad y
Seguridad Vial de la
Poblacion
PMS-7 Programa de
SOCIO
vecindad comurtitaria
ECONOMI socio - predial
CO
PMS-8 Programs de
restituclon de
infraestructura social
de
PMA-2.1 Manejo de cruces de cuerpos de agua
PMA-2.2 Manejo de residuos liquidos
PMA-2.3 Mane jo de escorrentia
PMA-3.1 Manejo de fuentes y ernisiones atmosféricas y de ruido
PMS-1 .2 Capacitacion, Educación y Concientizacion a La Comunidad Aledana at
Proyecto
PMS-2,1 lnformacion y parcipacion comunilaria e institucional
PMS-3.1 Apoyo ala Capacidad de Gestion Organizacional
PMS-4.1 Contratacion de Mano de Obra Local
PUblicos
de
PMS-6.1 Programs de Accesibilidad y Seguddad Vial de La Población
PMS 5-1 Restituciôn de lnfraestructura Social - Escuela La Canchera
PMS-9.1 Programa de Conipensación Social
Resolution No.
1 3 1
1
de
16 oci 2015 Hoja No.94
"Por Ia cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada medlante la Resolution N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
PARAGRAFO.- Nose aprueban las Fichas do Maneja Ambiental actualizadas para el media biatico an el marco
del desarrollo de las actividades y obras objeta de la presente modification de la licencia ambiental, por las
rezones expuestas en la parte motiva del presente acto administrativo. Par Ia que Ia aprobado para el
companente biôtico an el articulo decimo de la Resolucion 0325 del 17 de marzo de 2015 y ajustadas de acuerdo
a to comunicado a haves del escrito radicado con el No. 2015023051-1-000 del 5 de mayo de 2015, continua
plenarnente vigente yes de obligataho cumplimiento.
ARTICULO OCTAVO.- Madificar el articula decimo primero de la ResoluciOn 0325 del 17 de marzo de 2015,
an el sentido de que el CONSORCIO SES PUENTE MACDALENA, debera camplementar e irnplementar las
Fichas del Plan de Manejo Ambiental qua se relacionan a continuation, y presentar a esta Autoddad los
respectivos ajustes antes del inicio de las achividades constructivas objeto de la presente modificaclOn, asi:
1. Ficha PMA-1,1 Manejo y disposición de materiales sobrantes de excavation, demoliciones y
pilotajes.
a. Incluir metas relacionadas con el volumen de material orgânico reutilizado, asi como para la disposiciOn
de material sobrante de excavatiOn en sitios autorizados para hal fin.
b. Incluir que dentro de las acciones a desarrollar se debe garantizar qua los escombros de demoliciOn
de obra civil (concreto, mamposteria, ladrillo) deberan ser dispuestos en escombreras municipales,
previamente autorizadas par alcaldia municipal y la Autoridad Ambiental competente en el area de su
jurisdicciOn, y no se podrân danar escombros de demolician a terceros, siendo el titular de la licencia
el ünico responsable de su manejo y disposiciOn final.
c. Se deben incluir ]as siguientes medidas de manejo correspondientes a la disposiciOn de escombros y
material sobrante: No se podrâ disponer matedales sobrantes de excavaciOn an escombreras
municipales, al ser la generación de material sobrante una actividad intrinseca del proyecto, el manejo
de las zonas de depOsito se constituyen en una actividad de responsabilidad directa y Unica del titular
de la licencia, el cual debe anexar los estudios, disenos y medidas de manejo de los sitios de
dispositiOn de matehales sobrantes, para ser evaluados y autorizados par parte de esta Autoridad,
d. Se prohibe depositar escombras en zonas verdes o zonas de ronda hidraulica a excepcián de las
lugares demarcadas para ellos en los pianos remitidos a esta entidad. En ningUn caso se obstruirâ el
correcto drenaje de las aguas de escorrentia ni se realizarOn aportes de sedimentos a contaminantes a
las frientes hidricas.
e. El almacenamiento temporal no puede ser superior a 48 horas y solo se autariza en las zanas definidas
en el mapa de localizacjan de infraestructura coma zanas de maneja de material sobrante, dande se
garantizará que no puedan abstaculizar el paso peatanal a vehicular a que puedan generar blaqueas
para la movilidad sabre carreteables o vias de carácter secundario asi cama prevenir una pasible
contaminaciOn do cuerpas de agua par escarrentia que genere el arrastre de materiales.
f.
Es importante establecer que quedarâ completamente prohibido reincorporar este tipo de materiales
sabrantes de la excavaciOn y el pilojate que queden cantaminados con lodos bentoniticos
eventualmente utilizados.
g. En ningOn case se obstruirâ el correcto drenaje de las aguas de escorrentia ni se realizaran aparhes
de sedimenhos o canhaminanhes a las fuenhes hidricas, pam Ia cual se deben tener en cuenta las
acciones propuestas en la ficha PMA-2.3 Maneja de escorrentia.
h. Respecta a los indicadores, se evidencia que pese a establecer medidas pam el transparte de
materiales no se establecen indicadores relacionadas con el control de vehiculos, par atra parte
deberân establecerse indicadores pam evidenciar el maneja do material dragado o pilotaje, incluir
indicadores sabre quejas, reclamos o sugerencias de la comunidad.
2. Ficha PAM-1.2 manejo de campamentos.
a. Ajustar los impactos de tal forma qua ademâs del cambio del uso del suelo y pérdida de suelo, se
incluya la alteraciOn de la arrnania y dinâmica paisajistica, alteraciOn de la calidad del agua y aire
niveles de ruido, afechaciOn de ronda hidráulica, variation en las camcteristicas fisicoquimicas del
suelo y aguas subterráneas y generaciOn de procesos erosivos. Se debe evitar la instalacion de banos
portátiles a menos do 30 m do patrones de escorrenhia, drenajes superficiales menores y bordes de
ResoluciOn No.
3
1
de
16 OCT 2015
Hoja No.95
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada niediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
zanas de inundación. Incluir la prohibiciOn de vertimienta directo at suelo o a fuentes hidricas de
niateriales tales como insumos pam saldadura, aditivas, pinturas entre otros.
b. Definir claramente los corredores para el cruce del caña Pasadena y prohibir el trànsito de personal
en lugares diferentes a los destinados para los cruces. Garantizar que el manejo de la pendiente del
suelo en los siUos de campamento no confluya a las fuentes de agua canal triple A, caño Pasadena,
caño El Clarin y cano la Ahuyama con elfin de garantizar que estas fuentes nose veràn contaminadas
par efectos de escorrentia superficial. Se considera necesado que las estructuras de entrega de aguas
de escorrentia superficial cuenten can medidas para Ia proteccián mecanica evitando fenómenos
erosivas. Asi mismo, se debe garanUzar la retenciOn de sedimentos y grasas evitando el aporte de
carga contaminante a las cuerpos de agua.
c. Se prohibe cualquier vertimiento directo a drenajes a escorrentias superficiales, garantizando que las
actividades que se desarrollen deben evitar la caida de matedales a los cuerpos de agua. Los cuerpos
de agua en sus mârgenes deben ser aislados y protegidos ante cuatquier posible afectaciOn par el
desarrollo del proyecto, se deben prateger mediante to instalacián de barricadas que los aislen de ]as
obras y actividades aqui desarrolladas. Sc deberân incluir actividades para garantizar la construcciôn
y operaciôn segura de muelles temporales y las estructuras de vertimiento de las aguas residuales
tratadas, asi como su desmantelamiento y recuperacian de areas ocupadas porestas.
d. Los planes de contingencia y gestiOn de riesgas deberàn ser actualizados periódicamente y
presentadas a la interventoria para la vigilancia de su cumplimiento.
e. Se deberân propaner indicadares que penmitan evidenciar la efectividad de las medidas, obras de
protecciOn o barreras quo respeten la ronda hidhca y protejan cuerpos de agua, obras de manejo de
escarrentia, mantenimienta de obras de escorrentia y puntos de entregal metros lineales de obras de
maneja de escarrentia, estructuras de entrega de aguas de escorrentia superficial con medidas para
la protección mecânica y retencián de sedimentas, diques de contenciôn pam almacenamiento de
combustibles, aceites, quimicos, material biturninaso y/u oUts liquidas peligrosos con el 110% de la
capacidad de almacenamienta, entre otras.
f.
Es de vital importancia incluir en este pragrama indicadores que den cuenta de las afectaciones a la
calidad del aire y el agua, los cuales deben estar basadas en los resultados de monitorea y la
pehodicidad de evaluación debe coincidir con la programaciOn de las manitoreos.
3. Ficha PMA-1.3 Manejo materiales y de equipos de construcción.
a. Incluir en los impactos a cantralar la alteraciOn de las perfiles de suelo y prapiedades fisicoquimicas, y
los referentes a las relaciones can la comunidad. Incluir dentro de las actividades mantenimiento de
vehiculas ejecutados en casa fortuito la correcta disposiciOn de los residuas de dichas mantenimienta,
Incluir dentro del indicador de quejas y reclamos los relacionados can el funcionamiento de equipo,
vehiculas y maquinaria.
b. En relacion con la medida de manejo propuesta y relacionada con Ia Certificacion de Gases, SOAT y
revision tOcnicomecánica y el indicador propuesto para esta medida: si bien es una obligación para el
parque automotor, la vehficaciOn de su cumplimiento e implementacian corresponde a las Autoridades
de Transito; motivo por el cual, esta Autoridad no as competente pam ejercer actividades de
seguimiento y control at cumplimiento de las obligaciones senaladas,
c. Dentro de las acciones a desarrollar pam el manejo de equipos y maquinaha, se deberén tener en
cuenta las siguientes recomendaciones:
i.
ii.
iii.
iv.
V.
vi.
vii.
Las operaciones de ajuste. Iimpieza, engrase y reparaciOn deberan ser realizadas con Ia
maquinaha o equipo apagado y/o desconectado de la fuente de alimentaciOn de energia.
Antes de iniciar las reparaciones se deberá retirar la Have del switche de encendido.
Activar los dispositivos de bloqueo de las máquinas o equipos.
Limpiar y aislar el area an donde se realizaran las reparaciones.
Unicamente personal autorizado podrá efectuar reparaciones en Ia maquinada y los equipos
de proyecta.
Se debe establecer que se encuentra prohibido furrier en el area en la que se estOn realizando
las reparaciones.
Toda pieza que requiera ser reemplazada, debera ser sustituida solamente par partes
utilizadas on el diseno original.
Resolucion No.
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de '16 OCT 2015
Hoja No.96
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la ResoluciOn N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
4. Ficha PMA-1 .4 Manejo de residuos sôlidos domésticos, industriales y especiales.
a. Incluir en los impactos a controlar afectacion de ronda hidrica, cambio de uso del suelo, cambios en la
calidad perceptual del paisaje.
b. Se deberâ establecer que todos los sitios dispuestos para el acopio o disposicion temporal de estos
residuos deberan ubicarse en derra firme y en zonas alejadas de los cuerpos de aqua. Dentro de los
indicadores se debe contemplar el tiempo de permanencia de los residuos peligrosos en el frente de
obra I tiempo de permanencia de residuos peligrosos establecido.
5. Ficha PMA-1 .5 Manejo morIologico y paisajistico.
a. Se deberân toner en cuenta las medidas establecidas en PMB-1 .4 Plan de Revegetalizacion yb
Reforestación. Se deberan irnplementar medidas para la recuperaciOn paisajistica de las areas
ocupadas par los muelles temporales, [as estructuras de vertimiento de aquas residuales tratadas asi
como para los corredores viales ye? terraplen a conformar en la isla rondOn. Concordantemente incluir
indicadores relacionados con estas actividades.
6. Ficha PMA1.6 Manejo de taludes.
a. Incluir coma impactos a manejar el cambio de uso del suelo y generación de ineestabilidad del suelo,
incluir actividades para el cumplimiento de esta ficha en los procesos de conformaciOn del terraplén
de aproxirnaciôn del puente actual a la isla RondOn, asi coma el Jarillon en Ia rnargen derecha del
caño La Ahuyama. Establecer el manejo de los impactos producto de dernanda de vegetaciOn,
generaciOn de residuos solidos y emisiones atmosféricas, identificados en el EA del proyecto.
b. Para la conformaciOn de las estructuras se debe evitar la caida de material sabre los cauces,
establecer las obras para el manejo adecuado de las aquas superficiales y sub-superficiales y
estructuras de contencion necesahas, contemplar en su diseno y medidas la posible inestabilidad
generada par cambios en los niveles de inundaciOn, dada la alta sensibilidad de la zona a esta
amenaza, y contemplar las recomendaciones del estudio geotOcnico respecto a que se debe mejorar
el suelo para la zona de terraplenes mediante prácticas tales como densificacion, irnplementar pilotes
vibrados a equivalentes junto con la construction altemada de columnas de grava, u otras, segOn
aplique.
c. Incluir las medidas de monitoreo de estabilidad del terraplén y el JahllOn, incluir los respectivos indices
y metas.
7. Ficha PMA-2.1 Manejo de cruces de cuerpos do agua.
a. Incluir dentro de los objetivos la implementación de medidas de mitigaciOn para la construcciOn de
obras temporales y definitivas para el cruce u ocupacion de los cuerpos de aqua. Incluir dentro de los
impactos a controlar La afectacion de Ia ronda hidráulica, generaciOn de procesos erosivos, cambios
en Ia calidad perceptual del paisaje.
b. Dentro de las actividades a desarrollar incluir la toma de medidas correspondientes al control del tráfico
fluvial para las acfividades a ejecutar en el cauce del rio Magdalena y la coordinacion con los
responsables de la ejecucion de otros proyectos adelantados en esta fuente hiddca como of proyecto
de recuperación de la navegabilidad del rio. Incluir dentro de las actividades mantenimienta a las
estructuras de los muelles marginales para evitar acumulaciOn de sOlidos en las pilas de soporte que
podrian ocasionar cambios en el flujo del aqua y estos a su vez afectaciOn en las oIlas o cambios en
el proceso sedimentolOgico del rio. Asi mismo se deberán indicar las medidas para el
desmantelamiento de las estructuras temporales en las fuentes de aqua tales coma muelles,
estructuras de vertimiento de aguas residuales y pilas provisionales en miras al cumpliniiento de las
metas propuestas.
c. Evaluar la necesidad de implementar monitareos adicionales que permitan determinar la necesidad de
obras de protecciOn y allegar los mencionados resultados. Teniendo en cuenta la inforrnaciôn respecto
alas condiciones de Morfografia y Morfodinâmica del Rio Magdalena y la protecciOn del esthbo oriental
Puente Pumarejo existente, praducto de los procesos de erosion lateral de la margen derecha del no
Magdalena y el desplazamiento retrogresivo del mismo en el tiempo, donde esta margen configura
ademés superficie de lecho del rio Magdalena actualmente inactivo.
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Hoja No.97
"Pot la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 11 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
d. Incluirdentro de las acciones a ejecutar las siguientes:
i.
ii.
Ui.
Evitar el carte excesivo de suelo y rota de las mãrgenes del do y caño para la adecuacian y
montaje de estructuras.
Ubicar barreras a mallas de retención sabre los cuerpos do agua, para retener caida de
materiales durante la construction de estructuras.
Se debe prohibit el lavado de maquinaria, de equipos y vehiculos utilizando aguas de las
fuentes (do y cano) y/o cercana a las mismas.
La implementaciôn de obras de protecciOn, dependiendo de la tipologia de los mismos, requiere
previamente de permisos de ocupaciOn de cauce diferentes a los aqui otorgados, por Ia cual, de
requerirlos debera solicitar ante esta Autoridad Ambiental la respectiva modificacian de la licencia
ambiental; especialmente, si par su implementaciOn se generan efectos an el comportamiento
hidrosedimentologico de los cauces.
Respecto a alta sensibilidad del Cano El Clarin y la cercania de su desembocadura a La zona del
proyecto, se evidencia que nose contemplan medidas necesarias para prevenir la alteracion de calidad
de agua y los regimenes hidrosedimentologicos de las fuentes hidricas inmersas en el area de
influencia del proyecto, posiblemente afectadas par los procesos constructivos o la cercania a las
zonas de manejo de material sobrante, zonas de almacenaje y corredor de movllizaciôn, los cuales
pueden generar (a resuspensián de material de lecho, turbiedad en el agua y cambios en los regimenes
hidrosedimentolOgicos.
En la descripciOn de las modificaciones se indicO que en el carnpamento se instalaran unidades
sanitahas fijas y no môviles coma se menciona en esta ficha, as[ qua se debe delimitar claramente la
utilizaciôn de las mismas.
8. Ficha PMA-2.2 Manejo de residuos lIquidos.
a. No se encuentra consistente incluir dentro de Las metas de aplicaciOn de la ficha "Entregarle totalidad
do los residuos liquidos domOsticos generadas an los frentes do trabajo (residuos do /as unidades
sanitarias) a empresas autorizadas para su manejo, transporle y disposicion°, toda vez que dentro de
la descdpciOn de las actividades que motivan la niodificaciori de la licencia ambiental se indica que se
dispondrá de PTAR dentro del area destinada al campamento, a menos que se especifique dentro del
AIDP en los frentes de obra de isla RondOn 0 Palermo la ubicacion de banos portatiles.
b. Incluir dentro de los impactos la Afectacion de la ronda hidrâuhca, Alteracian de zonas de recarga
hidrica y niveles freaticos. Incluir dentro de las fuentes susceptibles a afectación el arroyo Ia Ahuyama
y el caño Clarin.
c. No es consistente con Ia descrito en los documentos de modificacion de la licencia ambiental proponer
la ejecuciôn de las siguientes acciones:
"- En el cam pamento so contará con el nUmero de baterias sanitarias necesarias para
satisfacer ía demanda de usuarios so gUn las etapas y frentes de ejecuciOn de la obra.
- Si requiere insta/arse baños a la red de alcantaril!ado do ía ciudad, el contratista deberá
hacer liegar a ía Autoridad Ambiental los permisos de empresas encargadas de la red do
alcantarillado an Ia cual so prevO ía entrega do aguas residuales do los banos fijos y en el
/CA allegar los volUmenes entregados do forma diferencial a la empresa do alcantarillado
para los banos fllos y a la empresa contratada pare hater ía recoleccion de los residuos de
man tenimiento de los banas portétiles.
- En caso do requerir realizar vertimiento do residuos domOsticos an alguna fuente superficial,
debera realizarse eI respectivo tratamiento para cumplir con la norma vigente y contar con el
respect/va permiso de vertimiento".
La anterior, teniendo en cuenta que dentro del mapa de Iocalizaciôn de infraestructura y la descripcian
del EIA con relaciOn at aprovechamiento de recursos hidricos se indica la construcciOn de una red de
desagues, PTARD y las respectivas estructuras de vertimiento al do Magdalena.
d. El ünica frente de obra autorizado para el Lavado de vehiculos y mixers es la zona dispuesta para ello
dentro del campamento que se encuentra en la margen izquierda del No Magdalena en el predio de la
empresa Triple A, asegurándose que las aguas resultantes de esta actividad viajen par el sistema de
drenaje hasta la PTARI. Se prohibe realizarcambios de aceite o Iubdcantes en los frentes de obra a
exception de que se trate de reparaciones de urgencia y no de actividades de mantenimiento.
e. Incluir dentro de [as actividades a ejecutar y los indicadores los relacionados con las acciones para
garantizar la recolección y transporte do los residuos liquidos generados en el campamento hasta la
lu
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16 OCT 2015 Hojallo.98
Tor la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
PTARD y la PTARI, asi como las concemientes a su debida operación y mantenimiento pare
garantizar el cumplimiento de las metas.
f. Dentro de las acciones a ejecutar deberân incluirse las necesaas pare garantizar quo los resultados
de los monitoreos de los paránietros fisico quirnicos periódicos cumplan con los valores permitidos,
ncluyendo dentro de esas actividades las mejoras o modificaciones a las PTAR.
9. Ficha PMA-2.3 Manejo de escorrentia.
a. Incluir deritro de los impactos a manejar: afectaciOn de la ronda hidrãulica, alteracion del regimen
sedinientolOgico, alteracion de zones de recarga hidrica y niveles fre66cos, generación de inestabilidad
del suelo, alteracion de los perfiles de suelo y propiedades fisicoquimicas. Inctuir dentro del lugar de
aplicacion el campamento.
b. Modificar la acUvidad: "Las ostructuras do entrega de agues do escorrentia superficial permanentes,
(cunetas, zanjas, can ales), deberân ser construidas con revostimiento pare ovitar fonOrnenos erosivos
do las or//las do los cuerpos do ague y evitar el aporte do carga contarninante a los cuerpos do aqua"
por la siguiente: Las estructuras de conduccion de aguas de escorrentia superficial perrnanentes,
(cunetas, zanjas, canales), deberân contar con medidas pare la proteccián mecanica evitando
fenomenos erosivos y pare la retenciôn de sedimentos evitando el aporte de carga contaminante a los
cuerpos de ague. Asi mismo so debera garantizar el tratamiento de estas aguas en la PIARI
c. Se deberén proponer indicadores que permitan evidenciar la efectividad de las medidas quo so
establezcan como las obras de proteccian o barreras que respeten ronda hidrica y protejan cuerpos
de agua, entre otras.
10. Ficha PMA-3.1 Manejo do fuentes y emisiones atmosfericas y de ruido.
a. Incluir dentro de los impactos a controlar la generación de procesos erosivos, conflictos con las
comunidades y cambios en Ia calidad perceptual del paise. Se debe incluir quo también se realizarán
monitoreos de ruido en la planta de concreto pare garanhizar el cumplimiento do los niveles máximos
establecidos.
b. Realizar nionitoreos de calidad de aire y ruido, de acuerdo con lo propuesto en el Plan de Manejo
Ambiental y Plan do Monitoreo y Seguimiento, dando curnplirniento a lo establecido en las
Resoluciones 610 de 2010 (pare el caso de la calidad del aire) y 627 do 2006 (pare el caso del ruido),
o las normas que las modifiquen, adicionen o sustituyan,
c, Para la Plante de Concreto, se deberâ der cumplimiento al Plan de Contingencia pare los sistemas de
control de ernisiones, de acuerdo con lo estipulado en el numeral 6 de la ResoluciOn 2153 de
noviembre 2 do 2010, ".. ,Por la cual so ajusta el Protocolo pare of Control y Vigil ancia do la
ContaminaciOn Atmosferica Generada por Fuentes Flies, ado ptado a través do la ResoluciOn 760 de
2010 y se adoptan otras disposiciones. . .
11. Medio socioeconómico. Fiche PMS-6-1 lntervenciôn do infraestructura comunitaria. Deberã
complementarse con lo solicitado en la Resolucian 0325 do 2015, respecto a que en ésta no se
garantiza quo al finalizar la construcción los accesos y pasos intervenidos queden en iguales a mejores
condiciones a lo encontrado inicialmente. Este aspecto debe ser incluido en la Ficha. Igualmente, la
Ficha PMS 7-2 debe incluir en sus metas el cumplimiento de la Resoluciôn 545 de 2008 del INCO (hoy
ANI) y la Resolucion 077 de 2012 de la ANI, dando cumplimiento a lo requeddo en la Resolución 0325
do 2015.
ARTICULO NOVENO.- Modificar el articulo decimo segundo de la Resolucion 0325 del 17 do marzo do 2015,
en el sentido do aprobar el Plan de Seguimiento y Monitoreo pare el coriponente abiOtico, de la siguiente
manera:
1. SMA-01 Monitoreo del manejo del recurso hidrico.
2. SMA-02-Monitoreo do emisiones de fuentes files y móviles.
3. SMA-03 Sistemas do manejo, tratamiento y disposicion do residuos solidos.
PARAGRAFO.- No so aprueban las Fichas do Seguimiento y Monitoreo Ambiental actualizadas pare el medio
bioUco en el marco del desarrollo do las acvidades y obras objoto do la presento modificacion do la licencia
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1-loja No.99
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
ambiental, por las razones expuestas en la parte motiva del presente acto adrninistrativo. Por 10 que, Ia aprobado
para el componente biótico an el articulo decimo segundo de la Resolucion 0325 del 17 de marzo de 2015 y
ajustadas de acuerdo a to comunicado a través del escrito radicado con el No, 2015023051-1-000 del 5 de
mayo de 2015, continua plenamente vigente yes de obligatoo cumplimiento.
ARTICULO DECIMO.- Modificar el artIculo décimo tercero de la Resoluciôn 0325 del 17 de marzo de 2015, en
el sentido de que el CONSORCIO SES PUENTE MACDALENA, debera complementar e implementar las
Fichas del Plan de Seguimiento y Monitoreo Ambiental que se relacionan a continuaciôn, y presentar a esta
Autoridad los respectivos ajustes antes del iniclo de las actividades constructivas objeto de la presente
modificacion, asi:
1.
SMA-01 Programa de seguimiento y monitoreo del manejo del recurso hidrico.
a. Se debe indicar que aplica para los programas de manejo del componente suelo y recurso hidhca.
b. Se deben incluir las actividades de monitorea an calidad del agua requeddas a los dos (2) puntos de
vertimientos y fuentes hidricas objeto de intervención por las obras autorizadas an la presente
Resolucian.
c. Se deben incluir las actividades de Monitoreo batimethco al rio Magdalena.
2. SMA-02 Programa de Monitoreo de emisiones de fuentes fijas y moviles.
a. Se debe indicar que aplica para los programas de manejo del componente suelo y recurso aire.
b. Se deberán presentar, dentro de los Informes de Cumplimiento Ambiental ((CA), los resultados
obtenidos y el anàllsis correspondiente incluyendo el periodo de cierre ambiental (6 meses).
c. Realizar monitoreos de calidad de aire y ruido, dando cumplimiento a Ia establecido en las
Resoluciones 610 de 2010 (para el caso de la calidad del aWe) y 627 de 2006 (para el caso del ruido),
o las normas qua las modiuiquen, adicionen a sustituyan.
d. Para el monitoreo de calidad de aWe se deberâ considerar 10 establecido en el protocolo de monitoreo
y seguiniiento de la calidad de aire acogido mediante la Resolucian 650 de 2010, madificada par Is
Resoluciôn 2154 de 2010 (Sistemas de Vigilancia de la Calidad del Aire Industdal) a la normatividad
vigente qua 10 reglamente.
3. SMA-03 Sistemas de manejo, tratamiento y disposición de residuos sólidos.
a. Se debe indicar qua las medidas que alli se praponen tamblén aplican pam los programas de manejo
del componente suelo, recurso hidrico y recurso aire
ARTICULO DECIMO PRIMERO.- Modificar el articulo decimo cuarto de la Resolución 0325 del 17 de marzo
de 2015 en el sentido de que el CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, debera ajustar y camplementar
el Plan de Contingencia de acuerdo con los requerimientos y obligaciones que se relacionan a continuaciôn,
dacumento compllado qua debera ser remitido can los respectivos ajustes a esta Autoridad antes del inicia de
las actividades constructivas objeta de la presente modificacian:
En el caso de presentarse contingencias que afecten cuerpos de agua, se cansidera necesaria que se
indiquen las medidas de seguimiento y monitoreo, de manera que se puedan verificar las efectas de
la contingencia sabre los cuerpas de agua en cuestiôn, y la recuperación de la calidad del agua, las
comunidades hidrobialOgicas y la calidad del habitat acuático hasta demastrar (con las metodologias
adecuadas) el case de la afectacián.
2. Dentro de las amenazas endogenas del escenaha de hesgos identificados, debe tenerse en cuenta la
amenaza por inundacion, la cual, de acuerdo al mapa de zonificaciôn tiene una significancia importante
y corresponde a una alta sensibilidad en las zonas de deposito fluviolacustre correspondientes a las
mArgenes del rio Magdalena an especial la margen derecha. Por atro lado, también se debe incluir
como amenaza las movimientos de tierra no controlados coma derrumbes a deslizamientas
pravocadas par la falta de estabilidad de los rnatehales en especial para las estructuras del terraplén
sabre la isla Rondan y el Jarillon an la margen derecha del caño (a Ahuyama o la pérdida de matedal
Resolucion No
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de
S W 2015 Hoja No. 100
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
en las orillas de los cauces en los sitios de intervenciOn, tambien se considera iniportante identificar
las amenazas provocadas por la presencia de embarcaciones en las area de trabajo en el rio
Magdalena y desarrollar sus respectivas contingencias.
3. Incluir dentro de las actividades de cierre y abandono la demolicion o desmonte de las pilas
provisionales y el descabece de sus pilotes en el escenario de desgos y desarrollar toda la estrategia
para su plan de contingencia.
4. Tambien se requiere corregir la actividad de hincado de pilotes, toda vez que dentro de la descripción
del proyecto se indicO qua los pilotes serân preexcavados y fundidos en sub, par lo que ademas debera
incluirse, dentro de las contingencias, las ocasionadas par el usa eventual de lodos bentoniticos lanto
durante so uso en la excavaciôn como en su sitio de acoplo, antes y despues de ser utilizado.
5. El plan de seguimiento y monitoreo debe incluirse en las estrategias operativas de los planes de
contingencia, a fin de incorporar el transporte de sustancias y residuos peligrosos, el control de
derrames de hidrocarburos, mezelas asfâlficas, combustibles, aceites y otras sustancias quimicas.
6. Definir claramente las niedidas de manejo pam la protección del campamento tanto en la etapa de
constcuccion coma en [as etapas siguientes de operación y desmantelamiento y abandono, en 10
referente al manejo de inundaciones.
ART1CULO DECIMO SEGUNDO.- Valoración Económica. Modificar, en el sentido de adicionar el articulo
decimo quinto de la Resolucion 0325 del 17 de marzo de 2015, en lo siguiente:
Adelantar un anâlisis de intemalizacion de impactos, siguiendo los lineamientos presentados en la
parte motiva del presente ado administravo, en el sentido de permitir diferenciar y descartar de la
valoracian y anahsis Costo/Benefrcio, todos aquellos impactos que logren ser controlados totalmente
por las medidas de prevención y correcciôn del Plan de Manejo Ambiental (denominados impactos
internalizables).
2. Presentar las memorias de los cálculos, fuentes y procedimientos matemáticos de las cuantificaciones
de los costos, donde se evidencie explicitamente el paso a paso de la metodologia de transferencia
de beneficios.
3. Adelantar la revision de la informacian presentada en el componente de valoraciOn econOmica que no
es coincidente con la informaciOn presentada en los otros capitulos del EIA evaluado, coma es
identificado por esta Autoridad.
4. Revisar y adoptar adecuadamente en el proceso de analisis economico, todas aquellas obligaciones
establecidas par esta Autoddad en las distintas secciones el EIA del proyecto, tales como la definicion
de las areas de influencia, aprovechamiento de recursos y la proposiciOn de las medidas de
prevención, mitigaciOn, correcciOn y compensacion de los mismos. Dichos cambios pueden incidir
tanto en la selección de impactos relevantes, su cuantbfrcacion y posterior desarrollo de las
metodologias de valoracion monetaria.
5. Ajustar el flujo de costos y beneficios y de ser necesado recalcular los indicadores de evaluación del
proyecto: VPN, RCB, TIR y análisis de sensibilidad, teniendo en cuenta las consideraciones y
recomendaciones realizadas.
PAR.AGRAFO.- El CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, deberà presentar la información que se solicita
en el presente articulo en el primer Informe de Curnplimiento Ambiental -ICA.
ARTICULO DECIMO TERCERO.- Mod ficar el sub-numeral 2.2 y el numeral 3 del articulo decimo sexto de la
Resolucion 0325 del 17 de marzo de 2015, en el sentido de adicionar lo siguiente:
IS
2. En relacion con la compensación por pérdida de biodiversidad.
(. .
Resolucion No.
13",
de
16 OCT 2015 Hoja No. 101
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N o 0325
del 17 de marzo de 2015 y setoman otras determinaciones"
2.2. Se deberá compensar de acuerdo at manual de asignación de compensaciones par perdida de
biodiversidad, de fauna preliminar, las areas y en los ecosistemas equivalentes que se muestran a
continuación:
3. En relación con la compensacion por ecosistemas diferentes a los naturales y serninaturales
3.3. Contemplar las nuevas areas afectadas de los ecosistenias diferentes alas naturales y seminaturales, dentro de
la presente modificacion de la licencia ambiental para el desarrolla del proyecto vial.
ARTICULO DECIMO CUARTO.- Autorizar al CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, la disposicion
gradual en el lecho del rio Magdalena do 3.930 m3 del material proveniente de la excavación y pilotaje para
as pilas P4 al P8, P13, P14 y las dos (2) pilas provisionales, el cual se localizara dentro del mismo cauce del
rio. Al respecto, deberé cumplir con las siguientes obligaciones:
Para garantizar la reduccion al minimo que los efectos de la disposiciOn de material de excavaciôn y
pilotaje pueda acarrear, ademàs de realizar una reincorporaciOn gradual del material, se deberá tener
extremo cuidado de no depositarla sobre el estrecho demarcado coma canal navegable del rio y do
rnanera controlada y en 10 posible, concertada con la empresa que estarâ realizando las actividades
de recuperación de la navegabilidad del rio Magdalena.
2. Con elfin de evaluar el coniportamiento de la sedimentacián de los materiales que se volverân a
depositar en el lecho del rio, se deben realizar monitoreos batimetricos cada tres (3) meses teniendo
en cuenta Jo siguiente:
a. En el levantaniiento topograf,co del cauce del rio Magdalena se debe considerar una poligonal externa
y paralela al cauce del rio, definida minima con tres (3) mojones; esta poligonal debe quedar
georreferenciada (y/o abscisada) y abarcar el sector a intervenir más 50 m, tanto aguas arriba coma
aguas abajo de éste; los mojones tendrán definida la elevacion, la cual puede ser determinada par el
Consorcio, pero preferiblemente amarrada al sistema de elevaciones del IGAC o del municipio
respectivo; cada mojôn deberá tener minimo tres referencias para que, en cualquier momento, se
pueda hacer su replanteo. Adicionalmente, cada mojón debe quedar ubicado por fuera de la dinamica
del rio, con elfin de asegurar su pernianencia. La anterior topografia deberá presentarse a escala
1:500, 1:1000 a 1:2000, segün más convenga, indicando la localizacion de la poligonal y de las
secciones respectivas.
b. Para el levantamiento de secciones transversales yen escala horizontal igual a la del mapa topogrâfico
y vertical 1:50, 1:100 o 1:200, segn más convenga, referenciadas respecto al abscisado de la
poligonal; el cero de cada secciOn debe ser el punto de interseccion con La poligonal; el sistema de
elevaciones debe ser el mismo de Ia poligonal; prefehblemente las secciones deben ser
perpendiculares a la direcciOn de flujo de la corriente, es decir, en tramos rectos las secciones serân
perpendiculares al cauce. Las secciones deben detallar la configuracion transversal del cauce y de sus
orillas.
c. Los resultados, análisis y conclusiones de cada rnonitoreo deberán ser presentados en los Infamies
de Cumplimiento Arrbiental correspondientes al periodo de cada seguimiento; asi mismo, se deberà
realizar un primer monitoreo, previa al inicio de las labores en el cauce, y un manitoreo final tres (3)
meses despues de finalizar estas actividades.
JIM
Resolucion No.
1 3 11
de
16 OCT 2015
Hoja No. 102
"Por la cual se modifica la Licencia Ambiental otorgada mediante Ia Resolucion N° 0325
dell 7 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
3. Presentar, previo al inicio do las actividades constructivas, el balance do masas actualizado del
proyecto; asi mismo, indicar el volumen del material a reutilizar previsto para las obras en el Jariuon
en el cano Ahuyama, en arnionla con los disenos requeridos a nivel hidraulico pare dicha estructura.
ARTICULO DECIMO QUINTO.- El CONSORCIO SES PUENTE MAGOALENA, deberá der cumplimiento a [as
siguientes obligaciones:
1. Ajustar el plan de cierre y abandono en el senüdo de incluir los siguientes aspectos, inforniacion quo
debe ser entregada en el primer lnforrne de cumplimiento ambiental - ICA.
a. Medidas especificas para el desmantelamiento del terraplen localizado en Ia Isla Rondon y el proceso
do recuperación de la zona intervenida.
b. Medidas especificas para 01 desmantelamiento do los 4 muelles marginales temporales de carga.
c. Medidas especificas pam la demolicion de las pilas provisionales y su cimentaciôn.
d. Medidas especificas para el desmantelamiento do los dos (2) apoyos provisionales en el tramo
atirantado dentro del rio Magdalena.
e. Medidas especificas para el desmantelamiento y recuperación do la zona autodzada para el
campamento de obra incluyendo puntos do vertimientos.
2. Garantizar quo las vias interceptadas objeto de uso operativo por parte del proyecto y una vez finalice
su construcción, queden en mejores o iguales condicionos a las encontradas al iniciar el proyecto.
3. Incluir, dentro del area do influencia directa, los cauces de los caños Triple A y El Clarin, asi como Ia
totalidad de la extension de la Isla RondOn.
4. Preseritar, de manera clara, cuâles van a sor los instrumentos do gestiOn social requeridos para el
reasentamiento de la poblaciOn identificada en el AIDP ubicada bajo el puente Pumarejo (costado
Barranquilla). Esta informaciOn debera presentarse en un plazo de treinta (30) dias, contado a partir
de la ejecutoria del presente acto administrativo.
5. Informar a las comunidades y a las autoridades locales sabre el plan do roasentamiento do las
poblaciones identificadas en el AIDP modiflcatorio, especialmonte en las ubicadas bajo el puente
Pumarejo (costado Barranquilla), atendiendo a lo establecido (donde aplique) en las Rosoluciones 545
de 2008 del INCO (hoy ANI), Resoluciôn 077 do 2012 de la ANI, asi como la Resolucion 2747 do 2015
del INVIAS, las cuales deben hacer parte do las metas y compromisos establocidos on el PMA (ficha
PMS 7-2 Programa do AdquisiciOn Predial y Traslado de Poblacion) y presentar los resultados en los
informes do cumplimiento ambiental (ICA) correspondientes.
6. Reforzar (as actividados de inforrnaciOn y socializaciOn do las obras autodzadas on la presento
RosoluciOn, asi como del Plan de Manejo aprobado; lo anterior, con las comunidades y las autoridados
del area de influencia del proyecto y presentar actas en el informo do cumplimiento ambiental (ICA)
nümero uno (1), que evidencien, ontre otros, los aspoctos del alcance del proyecto, impactos, medidas
de manejo y asi mismo, doberá adjuntar registros do asistencia y fotográficos en el primer ICA.
ART1CULO DECIMO SEXTO.- El CONSORCIO SES PUENTE MAGDALENA, dobo cancelar [as respectivas
tasas rotributivas por el permiso de vertimientos quo se otorga en la presente RosoluciOn, do acuerdo a los
valores fijados por las Corporaciones Autonomas Regionales del area do influoncia del proyocto.
ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- Los domás términos, condicionos, obllgacionos y autorizacionos establocidas
en la Rosolucjon No. 0325 del 17 de marzo do 2015, por la cual osta Autoridad otorgO una liconcia ambiontal
para la ejocuciôn del proyecto do construcciôn do "infraestructura Via! Para la Sal uoión Integral del paso sobre
e/ Rio Magdalene en Barranquilla, quo incluye room plaza del Puente Laureano GOmez més conocido como
Puente Pumarejo'ç localizado en los departanientos do Magdalena y Atlántico, quo no fueron objoto do
modificaciOn a través del presente acto administrativo, continUan plenamente vigentes y son do obligatorlo
cumplimiento.
Resolucion No.
131
16 OCT 2015
de
Hoja No. 103
i
"Por la cual se modifica Ia Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolucion N° 0325
del 17 de marzo de 2015 y se toman otras determinaciones"
ARTICULO DECIMO OCTAVO - La modificación de la Licencia Ambiental otorgada mediante la Resolución
No. 0325 del 17 de marzo de 2015, que se autoriza mediante el presente acto administrative ampara Unicamente
las obras o actividades deschtas en el correspondiente complemento del Estudio de Impacto Ambiental
presentado en la solicitud de modificacion y lo dispuesto en el presente acto administrativo. Cualquier
modificaciOn en las condiciones de la Licencia Ambiental deberâ ser informada a la Autoridad Nacional de
Licencias Ambientales -ANLA para su evaluatiOn y aprobacion.
ARTICULO DECIMO NOVENO.- Comunicar el contenido del presente acto administrativo, a la Corporation
AutOnoma Regional del Atlântico —CRA, a la CorporaciOn Autonoma Regional del Magdalena - CORPAMAG,
a la Corporation Autónoma Regional del Rio Grande del Magdalena —CORMAGDALENA, al Departamento
Tecnico Administrativo del Medio Ambiente de Barranquilla —DAMAB-, a las alcaldias municipales del Distrito
Especial, Industrial y Portuaho de Barranquilla en el departamento del Atlàntico, a la Alcaldia Mayor de
Sitionuevo en el departamento del Magdalena, al Instituto Colombiano de Antropologia e Historia —ICANH, a la
Procuraduria Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios, al Ministerio de Transporte y al Ministerio del
Interior.
ARTICULO VIGESIMO.- For la Autoridad National de Licencias Ambientales, notificar personalmente o por
aviso, cuando a ello hubiere lugar, el contenido del presente acto administrative al representante legal,
apoderado debidamente constituido y/o a la persona debidarnente autorizada del CONSORCIO SES PUENTE
MAGDALENA y al Instituto National de Vias —INVIAS, en su condiciOn de tercero interviniente. Dicha
notificaciôn se debe adelantar de conformidad con los articulos 67 y 69 del COdigo de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTICULO VIGESIMO PRIMERO.- Disponer la publicacion de la presente Resolucian, en la Gaceta Ambiental
de esta entidad.
ARTICULO VIGESIMO SEGUNDO.- En contra del presente acto administrativo procede el recurso de
reposiciOn, el cual se podrà interponer por su representante o apoderado debidamente constituido, por escrito
ante el Director de la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales en la diligencia de notificacion personal, o
dentro de los diez (10) dias siguientes a ella, o ala notification por aviso, segUn el caso, de conformidad con lo
establecido en los articulos 76 y 77 del COdigo de Procedimiento Administrativo y de to Contencioso
Administrativo.
NOTIFIQUESE,
ElaborO: M. Carolina Ruiz B. - Abada ANLA
Reviso: Hernán Dane Pãez Revisor - Sector de Jnfraestructura - ANLA,$i
Liz2a Melina Leal - Jenny Castro Acevedo Asesoras Direccion General -ANI.A
C.T. No. 5575 del 16 de oclubre de 2015 Exp. LAy 0091-00-2014
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