MENDOZA, DECRETO Nº Visto el expediente Nº 00824-A-04
Transcripción
MENDOZA, DECRETO Nº Visto el expediente Nº 00824-A-04
MENDOZA, DECRETO Nº Visto el expediente Nº 00824-A-04-01027, en el cual se solicita se deje sin efecto el Artículo 2° del Decreto N° 1140/04 y se realice una modificación presupuestaria para dar cumplimiento a lo estipulado en el Convenio suscripto entre la Provincia de Mendoza, el Estado Nacional y el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial ratificado por el mencionado Decreto, y CONSIDERANDO: Que el Artículo 57 de la Ley N° 7183 – Presupuesto Año 2004, establece expresamente que la autorización para hacer uso del crédito contenida en este presupuesto, podrá concretarse a través de nuevas operatorias de crédito, incluido el programa de financiamiento ordenado. Asimismo el Artículo 58 de la misma ley, autoriza a afectar recursos en garantía. Que el Artículo 67 de la Ley N° 7183, autoriza a incrementar el financiamiento por el préstamo a convenir con el Gobierno Nacional por cuotas impagas y a vencer durante el ejercicio 2004 de intereses y capital por operatorias con organismos internacionales. Que teniendo en cuenta los considerandos precedentes, corresponde dejar sin efecto el Artículo 2° del Decreto N° 1140/04, subsanando el acto administrativo mediante aclaratoria, conforme lo dispuesto en el Artículo 77 y 78 de la Ley N° 3909. Que en ese orden es necesario adecuar las partidas presupuestarias, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente convenio. Por ello, atento a los informes técnicos producidos por el Area de Seguimiento de la Deuda Pública y Dirección de Finanzas, y los dictámenes legales elaborados por Asesoría de Gabinete del Ministerio de Hacienda y Fiscalía de Estado, todos en el expediente N°00824-A-0401027, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: Artículo 1º - Déjense sin efecto los Artículos 2° y 3° del Decreto N° 1140 de fecha 22 de junio de 2004, e incorpórense los Artículos 2°, 3°, 4°, 5° y 6° en la citada norma legal, los que quedarán redactados de la siguiente manera: - 2 – DECRETO N° - “Artículo 2° - Modifíquese el Financiamiento de la Administración Central, establecido por el Presupuesto vigente, del modo que se indica en la Planilla Anexa I, que forma parte de este Decreto, debiendo considerándose incrementado globalmente en la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOS ( $ 84.232.302,00)”. “Artículo 3° - Modifíquense las Erogaciones del Presupuesto vigente del modo que se indica en la Planilla Anexa II, que forma parte integrante de este Decreto, cuyo importe asciende a la suma de PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DOS ($ 84.232.302,00)” “Artículo 4° Notifíquese el presente Decreto a la Contaduría General de la Provincia para su registración, previa intervención de la Dirección de Finanzas”. “Artículo 5° - Comuníquese el presente Decreto a la Honorable Legislatura de la Provincia, a través de la Secretaría Administrativa, Legal y Técnica de la Gobernación”. “Artículo 6° - Comuníquese, Registro Oficial y archívese” publíquese, dése al Artículo 2° - Comuníquese, Publíquese, dése al Registro Oficial y archívese. -4DECRETO N° PLANILLA ANEXA II MODIFICACIÓN PRESUPUESTARIA EXPEDIENTE N°00824-A-04-01027 JURISDICCIÓN UNIDAD ORGANIZATIVA UNIDAD GESTIÓN CRÉDITO CLASIFICACIÓN 1 06 25 H20002 42100 000 1 06 25 H20002 72103 000 $17.826.668,00 1 06 25 H20002 72203 000 $35.545.629,00 CARÁC -TER FINANCIACIÓN AUMENTOS ECONÓMICA TOTALES : $30.860.005,00 $84.232.302,00 -3DECRETO N° PLANILLA ANEXA I MODIFICACIÓN DEL FINANCIAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL EXPEDIENTE N°00824-A-04-01027. S E C C I O N O R I G E N S E C T O R P. P R I N C. P. P A R C. 7 1 1 01 03 F I N A N C. CONCEPTO AUMENTO Financiamiento $ 84.232.302,00 Uso del Crédito $ 84.232.302,00 Largo Plazo $ 84.232.302,00 De Particulares y Entidades Financieras $ 84.232.302,00 Del Fondo Fiduciario p/ el Desarrollo Provincial $ 84.232.302,00