manual de buenas prácticas para la difusión digital de los

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manual de buenas prácticas para la difusión digital de los
Ediciencia
MANUAL DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA DIFUSIÓN DIGITAL DE LOS
CONTENIDOS CIENTÍFICOS EN LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLA
1. Introducción: edición y comunicación científicas
en la era digital de libros electrónicos
JOAQUÍN RODRÍGUEZ
13
14
Capítulo 1
Introducción: la edición y la comunicación científicas en la era
de la información electrónica (Joaquín Rodríguez)
13
Prólogo: Los autores y los destinatarios
15
¿Quién ha elaborado esta guía?
15
¿A quién va dirigida esta guía?
16
Introducción: la edición y la comunicación científicas en la era de la información
Pros y contras de la edición electrónica
17
17
Control de los medios de producción y difusión del conocimiento
17
Nuevos modelos de edición
18
Generación automática de contenidos
18
Estimación de los órganos de evaluación
18
Integración de formatos y navegación hipertextual
18
Portabilidad
18
Actualización de contenidos
19
Adiós a lo inaccesible
19
Cambios en la distribución
19
Ubicuidad
19
Aumento de la visibilidad
19
Buscar y encontrar
19
Servicios de valor añadido
19
Costes de la puesta en marcha
19
Protección de los contenidos
20
Disponibilidad futura
20
Juventud de las tecnologías
20
El mar de los estándares
20
El «fracaso» de la edición electrónica
20
La respuesta de los usuarios: expectativas, usos y necesidades
de los lectores de revistas electrónicas y su repercusión sobre
las prácticas editoriales
22
¿Cómo utilizan los científicos las revistas electrónicas?
22
¿Cuáles son las necesidades principales de los usuarios?
24
¿Podemos predecir qué ocurrirá con las revistas electrónicas en los
próximos años?
25
Algunas recomendaciones para los servicios de publicaciones
y las bibliotecas
27
Invitación al trabajo de campo
29
La respuesta de los autores: motivaciones y preocupaciones
de los colaboradores de las revistas científicas
30
Las motivaciones
30
La revista donde publicar
31
El proceso de edición
31
La respuesta de los editores: dudas, temores y cambios de un antiguo oficio
32
¿Qué es similar?
34
¿Qué es diferente?
35
Las revistas del futuro. Año 2010
37
¿Cuáles son los desafíos que debe afrontar el editor?
37
La respuesta de las bibliotecas
39
Proyecto Muse
40
Highwire Press
41
Internet Library of Early Journals
43
Proyecto Educate
44
Lista de comprobación de un principiante antes de comenzar a editar
digitalmente
45
¿Por qué publicar en internet?
45
Cuestiones de tecnología
45
Algunos puntos indiscutibles
46
Control de accesos
47
Modelo económico
47
Política de referencias
48
Servicios de indexación e integración de contenidos
49
Uso de los datos
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PRÓLOGO: LOS AUTORES Y LOS DESTINATARIOS
¿QUIÉN HA ELABORADO ESTA GUÍA?
La Residencia de Estudiantes de Madrid presentó en el año 2004 a la Secretaría de
Estado de Educación y Universidades y a su Subdirección General de Estudios y Análisis
un proyecto cuyo alcance quedaba comprendido en su título: Análisis de la difusión digital
de los contenidos científicos en las Universidades Españolas con una propuesta de manual de buenas prácticas. Bajo el acrónimo de Ediciencia se pretendía desarrollar un trabajo que, a grandes rasgos, comprendiera tres fases:
1. Un estudio de campo de la situación de la edición electrónica en las universidades
españolas, en sus servicios de publicaciones o, lo que es lo mismo, en qué grado se
explotan digitalmente los contenidos analógicos hasta ahora editados en papel y en
qué medida se está ya editando directamente en formato digital. Del diagnóstico de
la situación actual cabrá derivar las propuestas y medidas que sean necesarias para
el fomento de la edición electrónica;
2. La elaboración de una Guía de buenas prácticas que, a tenor de lo observado en el primero de los puntos y de acuerdo con los estándares o recomendaciones más universalizables, sirva para acometer con todas las garantías un proyecto de edición
electrónica global, desde la concepción del modelo de explotación y difusión y las
cuestiones que conciernen a la propiedad intelectual de los contenidos hasta aspectos más «mecánicos» tales como los procedimientos de digitalización de los materiales y la normalización de sus contenidos. No faltará, finalmente, un estudio de
casos relevantes que por su afinidad con el trabajo de nuestras universidades pueda
arrojar alguna luz sobre él.
3. La celebración de un seminario de especialistas en la materia que, bajo el título de Edición
científica en el medio digital, sirva tanto para dar a conocer las conclusiones provisionales del trabajo de Ediciencia como para debatir públicamente en torno a uno de los fenómenos de cambio de los modelos de producción, difusión y uso de contenidos más
espectaculares y profundos de los últimos cinco siglos.
La Residencia de Estudiantes viene celebrando desde el año 2001
(http://www.archivovirtual.org/seminario/default.htm) diversos encuentros y seminarios profesionales en torno a la realidad digital y sus vastas implicaciones con la generación, conservación y divulgación de los contenidos, algo particularmente importante para una institución cuyo mandato fundacional es la preservación y comunicación del legado histórico
que guarda y la concepción, creación y publicación de toda clase de géneros editoriales en
torno a esa realidad ya casi legendaria de la Edad de Plata.
Para el desarrollo concreto de los trabajos se conformó un equipo de especialistas de
diversas instituciones que aportaron su conocimiento a cada una de las áreas del estudio,
diversidad más que recomendable dentro de un ámbito como el de la edición digital en el
que deben participar desde especialistas en propiedad intelectual a profesionales de las
artes gráficas. En concreto, y ordenados alfabéticamente, los integrantes del equipo
fueron:
José Manuel Barrueco: bibliotecario en la Biblioteca de Ciencias Sociales de la Universitat de València. Su campo de trabajo es el de las bibliotecas digitales y la edición electrónica. Entre los proyectos más destacados, que participa se cuenta el de
la biblioteca digital RePEc (Research Papers in Economics), DoIS (Documents in
Information Science) y E-LIS (E-prints in Library and Information Science).
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Fernando Carbajo: profesor titular de Derecho mercantil de la Universidad de Salamanca. Especialista en propiedad intelectual en el medio digital. Autor de las obras
de referencia Publicaciones electrónicas y propiedad intelectual (2002) y Conflictos
entre signos distintivos y nombres de dominio en Internet (2002)
José Antonio Cordón: profesor titular de Documentación de la Universidad de Salamanca; presidente de la Asociación Española de Bibliología; vocal del Instituto de
Historia del Libro y de la Lectura; director de la revista Pliegos de Yuste; codirector
del Máster en Edición de la Universidad de Salamanca y el Grupo Santillana. Es
autor de la obra de referencia Manual de investigación bibliográfica y documental.
Emilio Delgado: profesor titular de Documentación de la Universidad de Granada. Especialista en normalización de revistas científicas y en evaluación de la difusión de
la ciencia. Es autor de las obras de referencia Normalización de revistas científicas:
método de evaluación y La investigación en Biblioteconomía y Documentación.
José Antonio Millán: por parte de la Residencia de Estudiantes, codirector del proyecto Ediciencia. Es, además, uno de los más importantes intelectuales dedicados a la
concepción de lo que es y será Internet; ha sido incluido por el diario El Mundo entre
las 25 personas más influyentes del sector de Internet (5 de enero del 2004), como
ya había hecho en el 2001 y en el 2003. Su currículum profesional abarca todas las
modalidades y dimensiones de la edición y el desarrollo y concepción de tecnologías
lingüísticas. Fue director del Proyecto del Centro Virtual Cervantes y dirigió el equipo
que creó el primer diccionario electrónico de nuestra lengua: el CD-ROM del
Diccionario de la Lengua de la Real Academia.
Joaquín Rodríguez: por parte de la Residencia de Estudiantes, director del proyecto
Ediciencia, donde trabaja como director de Contenidos Digitales. Es director del
Máster en Edición de la Universidad de Salamanca y el Grupo Santillana. Con anterioridad fue director del Máster virtual de Edición del Grupo Santillana y editor jefe de
Santillana Formación y el Instituto Universitario de Posgrado. Entre sus últimas publicaciones relacionadas está La locomotora digital: lo que las revistas científicas
pueden hacer por el futuro de la edición, en XV Coloquio de la Asociación
Internacional de Bibliología, Las nuevas formas de la comunicación científica y
Añadir significado, añadir valor: desarrollo de entornos semánticos y técnicas de
marcado para la agregación de valor a los contenidos, en I Jornadas de Posicionamiento de Instituciones Culturales, Universidad de Alicante e Instituto Cervantes.
Raquel Vidal: profesora de la Facultad de Traducción y Documentación de la Universidad de Salamanca. Especialista en descripción y organización de documentos
digitales.
¿A QUIÉN VA DIRIGIDA ESTA GUÍA?
Esta guía va dirigida, por una parte, a aquellos servicios de publicaciones o a aquellos
departamentos universitarios que, sin haberse volcado completamente hacia la digitalización, deseen difundir su patrimonio de contenidos analógico, facilitando el acceso a una
fuente de textos y conocimientos que, de otra manera, podrían perderse inexorablemente
o ser difícilmente accesibles. Por otra parte, es una propuesta de procedimientos sistemáticos de edición electrónica para todos aquellos que deseen establecer un proceso que lleve
del original electrónico a su versión digital definitiva, con o sin edición en papel paralela,
que quieran convertir sus publicaciones en un medio de comunicación ágil y dinámico,
interactivo, abierto a los comentarios, colaboraciones y respuestas del exterior.
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El tránsito de lo analógico a lo digital no siempre es sencillo porque suelen existir una
multitud de dudas (económicas, jurídicas, etc.) que no siempre obtienen una respuesta
clara. Esta guía se propone dotar a unos y otros de elementos suficientes en cada uno de
los ámbitos afectados para tomar decisiones fundamentadas y consecuentes, con garantía de éxito.
INTRODUCCIÓN: LA EDICIÓN Y LA COMUNICACIÓN CIENTÍFICAS EN LA ERA DE LA
INFORMACIÓN
PROS Y CONTRAS DE LA EDICIÓN ELECTRÓNICA
Se ha denominado revolución digital a la irrupción de los soportes electrónicos en el
mundo de la edición, y esa designación es merecida y está plenamente justificada. No es
una moda pasajera ni una tendencia inconsistente, sino una verdadera alteración en todos
los órdenes que afectan a la creación, producción, difusión, reproducción, uso y consumo
de los contenidos.
En el caso de los contenidos científicos, además, de las revistas que los publican periódicamente, concurren una serie de circunstancias adicionales o concomitantes que hacen
todavía más insoslayable el cambio: la enorme proliferación de conocimientos, su hiperespecialización y su volatilidad o velocidad de renovación hacen necesaria la existencia de
un medio que permita almacenar, publicar y distribuir de manera igualmente ágil y activa
los conocimientos que espera encontrar una comunidad científica especializada y dispersa, muy sensible a la actualidad de los descubrimientos y que dispone, en la mayoría de
los casos, si pensamos en términos universales, de escasos medios económicos para
financiar las suscripciones. Y si tenemos la constancia y la seguridad de que esta transformación es históricamente singular e irreversible es porque se producen coincidencias
estructurales claras entre la invención de la imprenta en el siglo XV y la invención de los
soportes digitales en el siglo XX, dos formas de dar respuesta a necesidades coincidentes:
la imprenta puso en circulación miles de ejemplares de libros cuyos contenidos y cuya
lengua de redacción no hubieran salido de los scriptoriums medievales, libros destinados,
en buena medida, a los nuevos especialistas, a los físicos, matemáticos o astrónomos, que
representaban al humanismo renacentista en contra de la monopolización clerical del
conocimiento en la era medieval.
Esa necesidad de un nuevo soporte más versátil adaptado a las necesidades específicas de los especialistas del siglo XX es la que ha venido a cubrir, ahora, el medio digital.
Antes fue el papel; hoy son los píxeles de las pantallas.
La cadena editorial tradicional sufre una profunda mutación, sobre todo en lo que
respecta a las cuestiones relacionadas con el almacenamiento y la distribución, que ahora
dejan de ser físicos para convertirse en virtuales, pero el cambio afecta a todos y cada uno
de los procesos intermedios implicados. Los pros o ventajas innegables de esta revolución
son:
Control de los medios de producción y difusión del conocimiento. La primera y
no siempre considerada consecuencia de la transformación digital es que los científicos tienen la posibilidad, si así lo desean, de controlar sencillamente sus propios
medios de producción y difusión del conocimiento, cuestión nada banal si pensamos
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que eso tiene dos consecuencias inmediatas: la primera de ellas, de orden ético e
intelectual, es la de la posibilidad de difundir y extender el conocimiento de manera
tan ilimitada o restrictiva como sus productores deseen. Todas las iniciativas amparadas bajo el término ya común de open access se atienen o acogen a esta prerrogativa; la segunda de ellas, de orden económico y jurídico, es la de la honda transformación de las leyes de propiedad intelectual que amparan o protegen el uso de los
contenidos y de los modelos de negocio vinculados, al menos en la realidad física
tradicional. La proliferación de nuevos tipos de licencias de reproducción, modificación y uso de los contenidos (que veremos en su apartado correspondiente) abren
nuevas perspectivas de trabajo colaborativo y de generación de una mente o un intelectual colectivo, una herramienta poderosísima en manos de la comunidad científica; cierran y abren, también, formas de explotación comercial de los contenidos tal
como se analizará en la sección correspondiente.
Nuevos modelos de edición. Están surgiendo, al calor de las iniciativas de acceso
libre facilitadas por las nuevas tecnologías, nuevos modelos de edición que hacen
hincapié en la dimensión fundamentalmente ética del trabajo científico: por una
parte, devolver a la sociedad lo que la sociedad ha contribuido a hacer posible; por
otra parte, cauterizar dos brechas en nuestra relación con los países en desarrollo:
la brecha científica y la brecha digital, proporcionales las infraestructuras mínimas
indispensables que garanticen el acceso al conocimiento y, luego, darles ese conocimiento. Hasta tal punto esto es cierto, que la Web permite generar de manera sencilla y cuasi automática lo que se ha denominado «archivos de preimpresos», es
decir, artículos que todavía no han sido publicados en revistas científicas pero que
se ofertan públicamente para ser consultados de manera libre y gratuita. Existen
sitios muy conocidos en la Red que practican esta modalidad de la edición
(xxx.lanl.gov), tan afín al espíritu inicial de Internet, y que se han ido afianzando y
propagando con el paso del tiempo hasta llegar a iniciativas de carácter internacional, como la del Open Society Institute.
Generación automática de contenidos. La generación de los contenidos es ya directamente digital y, si el autor no dispone de los programas o medios necesarios para
hacerlos, muchas publicaciones en línea le dotan con las herramientas para que
pueda generar y entregar su trabajo sin existir la mediación del papel.
Estimación de los órganos de evaluación. Los órganos de evaluación de las publicaciones periódicas emiten sus juicios de manera mucho más veloz que los comités
tradicionales y existen, en cualquier caso, archivos de prepublicaciones donde los
lectores interesados pueden encontrar materiales que no han pasado todavía los filtros de los comités pero no se hurtan al juicio de los pares.
Integración de formatos y navegación hipertextual. La integración de formatos
diversos es una realidad, lo audiovisual y lo textual pueden convivir y reforzarse
mutuamente en el medio digital. Obviamente, además, el hipertexto o los hipervínculos, que es su función o propiedad más característica, generan una lógica de la
lectura y la consulta enteramente nuevas.
Portabilidad. La que se ha llamado portabilidad no es otra cosa que la intrínseca versatilidad o maleabilidad de los contenidos digitalizados, porque una vez que se ha
generado un archivo en formato electrónico, puede ser reexplotado de múltiples
maneras (impresión bajo demanda, contenido para una web, etc.) o reutilizado sin
deterioro ulterior.
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Actualización de contenidos. La renovación o actualización de los contenidos es rápida y barata, y el concepto de reedición y reimpresión, siempre tan vacilante y dependiente de circunstancias comerciales inasibles, desaparece.
Adiós a lo inaccesible. Los inencontrables, agotados o inaccesibles ya no existen,
el stock o los invendidos o las devoluciones tampoco, porque todos los números de
una revista o todos los libros de una editorial pueden formar parte de una misma
base de datos, de una misma biblioteca digital que almacene a bajo costo y con
garantías de pervivencia y seguridad los contenidos guardados.
Cambios en la distribución. La distribución como tal no existe y la gestión de los accesos a los textos y los contenidos depende del modelo de negocio que la publicación
haya elegido, desde el acceso libre hasta la suscripción pasando por una miríada de
posibilidades que abordaremos en el apartado correspondiente.
Ubicuidad. Los documentos electrónicos son potencialmente ubicuos, pueden ser consultados, descargados, leídos e impresos desde cualquier punto en el mundo con acceso a Internet (otra cosa es que la infraestructura mínima que garantice ese acceso no
exista).
Aumento de la visibilidad. La visibilidad de lo publicado puede ser potencialmente
superior a la que se alcance en el papel, habida cuenta, además, de que las instituciones que respaldan su edición (en este caso, las universidades, sus departamentos y servicios de publicaciones) tienen ya un capital simbólico específico en el
mundo físico que respalda y potencia su presencia virtual.
Buscar y encontrar. La búsqueda de contenidos específicos no es azarosa ni fortuita, porque los buscadores incorporados a las páginas de las revistas pueden facilitar, de acuerdo con su complejidad, recuperaciones de información altamente pertinentes y significativas. En los casos más llamativos y más desarrollados, los buscadores realizan capturas transversales de la información, de manera que a partir de
un término o conjunto de términos, ofrece un conjunto de fragmentos extraídos de
varios textos que conforman uno nuevo y original.
Servicios de valor añadido. Más allá todavía, la posibilidad de agregar servicios de
valor añadido a los «meros» contenidos es una realidad creciente: desde el envío
regular y puntual de boletines de noticias y novedades hasta la oferta de descuentos y deducciones en otras publicaciones afines o actividades relacionadas.
Existen, no obstante, razones poderosas para que muchos editores no hayan dado
todavía el paso y consideren que todavía quedan preguntas por resolver y contras que
aclarar:
Costes de la puesta en marcha. Los costes calculados para la puesta en marcha de
una redacción digital, tanto en la infraestructura necesaria, como en los programas
de software y en la formación específica de los editores, son elevados y no siempre
asumibles. Los ahorros sólo comenzarán a producirse, como comprobaremos, cuando el número de suscriptores se eleva, algo que ya conocíamos sobradamente en la
realidad en papel. Se calcula (Tenopir y King, 1999 y 2000), que para una revista que
cuente con 500 lectores abonados, los probables ahorros no supondrían más de un
4%, mientas que si esa revista contara con un número de suscriptores superior a los
5.000, podríamos calcular ahorros de hasta el 25%.
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Protección de los contenidos. En el caso de que se opte por una difusión comercial de los contenidos, es fundamental que su integridad jurídica quede preservada,
pero al día de hoy no existen mecanismos tecnológicos ni órganos jurídicos capaces
de garantizar su indemnidad: ninguna de las herramientas de software ideadas o
mecanismos de protección (filigranas o marcas de agua, DOI (Digital Object
Identifier), XrML (Extensible Rights Markup Language, etc.), pueden evitar completamente la copia de un contenido y, consecuentemente, su reproducción y difusión
fraudulenta; no existe, tampoco, organismo transnacional alguno que pueda vigilar,
perseguir y sancionar las irregularidades que atenten contra los derechos de la
propiedad intelectual.
Disponibilidad futura. Aún en contra de la evidencia inicial y espontánea, la recuperación de un material guardado y archivado de manera exclusivamente electrónica
no ofrece garantías plenas de que pueda ser perfectamente preservado ni recuperado en el futuro. Existen, al menos, cuatro problemas relacionados con la conservación:
El primero de ellos es el de la consistencia de los soportes físicos para el almacenamiento de la información, los soportes electrónicos, que se ha calculado en unos 25 años.
El segundo es el de la mutación acelerada de las tecnologías y el de su posible incompatibilidad futura, algo que ya viene ocurriendo desde el nacimiento mismo de
los programas de software de uso más común. Existen iniciativas gubernamentales, sobre todo la liderada por la Biblioteca del Congreso norteamericano, preocupada por ofrecer a los futuros usuarios archivos con la metainformación necesaria para acceder a los contenidos.
El tercero es el de la administración y gestión electrónica de los contenidos digitales ya que, como se sabe, buena parte de las revistas electrónicas están almacenadas en los servidores de grandes compañías intermediarias que, aunque en
principio adquieran el compromiso teórico de ofrecer acceso ilimitado a los propios
contenidos, no siempre están en condiciones de garantizar que eso sea así. Las
grandes bibliotecas universitarias se preocupan, también, por realizar copias de
respaldo y duplicados, pero tampoco existen iniciativas sistemáticas en todos los
centros. Existen, también hay que mencionarlo, iniciativas como la de la Public
Library of Science o la de Free Medical Journals que garantizan el acceso libre y
público a los contenidos de todos los números anteriores al vigente.
Por último, no existe todavía un depósito legal de material electrónico, de forma
que no hay obligación jurídica que mueva a la conservación de esos contenidos.
Juventud de las tecnologías. La inmadurez de la tecnología ha ofrecido ante todos
nosotros el espectáculo de la creación, difusión y desaparición de muchos soportes
electrónicos (libros electrónicos dedicados, PDAs no específicas, etc.) en plazos de
tiempo brevísimos, síntoma inequívoco de inestabilidad del medio.
El mar de los estándares. La proliferación de estándares y formatos, muchos de
ellos incompatibles entre sí, competidores, ha llevado a la paradójica situación en la
que estándar ya no es sinónimo de universal sino de particular.
El «fracaso» de la edición electrónica. No es desdeñable el efecto atemorizador y
ejemplarizante que han tenido los repetidos y sonados fracasos de los modelos de
negocio de los grandes grupos editoriales comerciales. La caída de las iniciativas de
edición digital de Planeta o de venta de textos electrónicos de Bertelsmann, entre
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otros, ha lanzado un claro aviso a los que querían ver en el espacio inculto de
Internet una plaza de negocios sencillos y florecientes, aunque bien es cierto, por
otra parte, que Reed Elsevier, uno de los grandes intermediarios electrónicos de
revistas científicas, es la empresa editorial mundial que más facturó en el año 2003
y que eso se debe, en gran medida, a que el público objetivo al que van destinados
esos productos está más claramente delimitado.
Si siguiéramos las implicaciones del gráfico que proponemos a continuación, las
Universidades españolas se encontrarían agrupadas, mayoritariamente, en sus cuadrantes A, B y D: teniendo en cuenta que el modelo de progresión ideal para cualquier servicio
de publicaciones sería el que marca el vector y que la autosuficiencia es su horizonte
deseable (autosuficiencia que, una vez alcanzada, debe saber sostenerse económicamente y preocuparse por ofrecer contenidos de alta calidad), muchos servicios se encontrarían en la situación de disponer potencialmente de infraestructuras tecnológicas avanzadas, pero de no haber transmitido o sabido transmitir a sus respectivas comunidades
científicas las ventajas inherentes la edición electrónica, de no haber comunicado o sabido
comunicar el impacto incrementado que sus trabajos e investigaciones obtendrían si fueran publicados digitalmente y difundidos a través de la Red, de no haber informado sobre
las polivalentes posibilidades de reutilización de contenidos que, de otra manera, podrían
acabar siendo invisibles o quedar marginalizados. Es posible, también, que algún número
de los lectores de esta guía se encuentren en la situación A, esto es, en la necesidad de
desarrollar sus propias competencias y capacidades técnicas para editar sus propias publicaciones. Difícilmente encontraremos universidades en las condiciones que se describen
en B, las de escaso desarrollo tecnológico y bajo uso de revistas electrónicas, ausencia
casi total de conectividad y carencia de contactos que puedan ilustrarles sobre la mejor
manera de desarrollar su trabajo.
Casi todas las universidades españolas, según se constata en nuestro estudio de
campo, se encuentran entre A y D, y nuestra guía pretende ayudarles a que lleguen a B,
que pasen de la potencialidad y la dependencia a la autosuficiencia, bien individualmente,
bien en agrupación con otras universidades u organizaciones.
Fig. 1. Modelo de desarrollo
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LA RESPUESTA DE LOS USUARIOS: EXPECTATIVAS, USOS Y NECESIDADES DE
LOS LECTORES DE REVISTAS ELECTRÓNICAS Y SU REPERCUSIÓN SOBRE LAS
PRÁCTICAS EDITORIALES
Parece tan obvio como falto de atención el hecho de que la opinión de los potenciales
usuarios de revistas electrónicas debería tenerse en cuenta a la hora de diseñar tanto los
modelos de acceso como de negocio a los contenidos digitalizados. No existen prácticamente, sin embargo, iniciativas contrastadas a este respecto. Son numerosas, claro, las
encuestas a usuarios realizadas en bibliotecas para la valoración de los servicios, pero
todavía no se han comenzando o son muy incipientes las indagaciones destinadas a conocer la opinión de los lectores de revistas electrónicas.
Aun cuando los contextos profesionales y culturales sean determinantes a la hora de
realizar extrapolaciones plausibles, tomaremos como referencia el estudio emprendido por
Standford E-Journal Study (e-JUSt) y, sobre todo, el estudio desarrollado por el Council of
Library and Information Resources (CLIR). Pretendemos, de esa manera, ofrecer algunas
orientaciones generales extensibles a nuestras respectivas realidades. Existen preguntas
tan universales como ¿qué clase de soporte prefieren nuestros usuarios: papel o versión
electrónica de la revista?, ¿si el formato electrónico de la revista consultada está permanente accesible en Internet, necesitarán los usuarios del asesoramiento de un bibliotecario
o realizarán todo por su cuenta?, ¿dejarán de existir, en consecuencia, las bibliotecas tal
como las conocemos? Estas y otras cuestiones similares afloran con toda pertinencia y
nuestra intención será la de proporcionar algunas orientaciones valiosas y universalizables:
¿CÓMO UTILIZAN LOS CIENTÍFICOS LAS REVISTAS ELECTRÓNICAS?
Podemos enumerar hasta ocho pautas de comportamiento complementarias debidamente documentadas:
El contexto profesional y científico determina completamente la forma y manera en
que se utilizan las revistas, las estrategias de búsqueda y recuperación de la información: aún cuando puedan distinguirse ciertas prácticas comunes en comunidades
científicas muy especializadas (el uso, por ejemplo, de buscadores que ataquen a
bases de datos donde se preserven una colección de publicaciones), lo cierto es que
no se han podido determinar patrones de prácticas recurrentes. Parece que la facilidad de uso (utilizar aquello de lo que se dispone, lo que se tiene más a mano) es,
en términos tan vagos como generales, el único factor que se reitera. Dos tercios, al
menos, de los usuarios, imprimen en papel los artículos que han encontrado tras una
búsqueda, pero el tipo de material recuperado y la frecuencia con que se hace varía
ampliamente si el lector es un biólogo (sometido a un ritmo de innovación científica
y tecnológica alto), un historiador (sometido a un ritmo más pausado) o un médico
(que busca información más bien clínica).
No todos los usuarios (investigadores, profesores, alumnos, etc.) perciben y usan de la
misma manera los contenidos en línea y los servicios añadidos. Es complejo, por
tanto, que una misma revista electrónica pueda reunir y satisfacer simultáneamente
las demandas diferenciadas de distintos usuarios, sus procesos de adopción, uso y
evaluación:
Para los investigadores existen tres factores de éxito fundamentales: las mejoras en
las búsquedas; la facilidad de navegación y descarga; la disponibilidad de artícu22
los a texto completo. Más de dos tercios de los investigadores suelen emplear una
estrategia de búsqueda y lectura que consiste en utilizar plataformas web que
aglutinan múltiples revistas (PubMed, Medline, Science Direct) antes que en visitar los sitios particulares de revistas concretas.
Para los lectores más académicos y universitarios, las pautas son muy heterogéneas: importa más el contenido que las capacidades de búsqueda, si bien no desdeñan su uso; buscan en la Web y leen en papel en términos generales.
En el papel de autores, los científicos buscan en las revistas varias cualidades: un
factor de impacto alto, asociado al prestigio y visibilidad de la revista; una difusión
o diseminación superior, más amplia que la obtenida en papel. Desde este punto
de vista, no siempre les parece indispensable que la revista se haya digitalizado y
pasado a la Web.
Los usuarios están generalmente dispuestos a pagar por disponer de acceso en línea a determinadas revistas, pero no parecen dispuestos a pagar por la adquisición
de artículos singulares.
El que exista una versión digital y en línea de una revista, no disminuye en absoluto
el interés y la predilección de los usuarios por la publicación en papel.
Los usuarios perciben las revistas electrónicas no como un elemento aislado cuyo
valor radique solamente en su texto concreto sino como parte de un conjunto más
grande de contenidos electrónicos modulares. Los científicos perciben una diferencia concreta y significativa entre las revistas en papel y las revistas electrónicas: los
artículos digitalizados forman parte de una red de contenidos vinculados y compartidos que van mucho más allá del artículos impreso y circunscrito a la cuartilla. Esta
tendencia, además, según apuntan todas las experiencias en la Web, se incrementará en el futuro mediante el uso de navegaciones semánticas hipertextuales y el
incremento de los hipervínculos, la proliferación de nuevas modalidades de contenidos vinculables, de técnicas de marcado y de búsqueda.
Los usuarios suelen experimentar algún grado de frustración en el acceso y uso de
las revistas electrónicas vinculado con las falsas o desmedidas expectativas despertadas por Internet:
Si hemos argumentado con anterioridad que la revista electrónica forma parte de
una constelación más amplia de servicios y contenidos electrónicos, los usuarios
experimentarán cierto desengaño si la revista se ciñe o circunscribe a su propio
contenido sin proponer o abrir caminos a la realidad circundante. Muchos usuarios
no distinguen exactamente entre las diferencias que puedan encontrarse en una
revista electrónica, un buscador y una base de datos de publicaciones periódicas.
Los usuarios recalcan, también, que el ruido producido por búsqueda no pertinentes, constituye un factor importante de frustración.
Por último, y relacionada con la cuestión anterior, los usuarios suelen puntualizar
que las búsquedas interdominios, en distintos entornos web temáticamente vinculados, suelen ser imposibles.
Están surgiendo nuevas formas de relación con la información que trasladan la atención de los usuarios desde la estructura de las revistas tradicionales a otras configuraciones diferentes propiciadas por el medio. Se distinguen, al menos, cuatro tendencias en este sentido:
Las revistas electrónicas tienden a incrementar el grado de exposición de los científicos a un tipo de literatura, no necesariamente contrastada, más amplio.
Así mismo, facilitan y promueven la participación de los científicos en canales o flujos de información más densos y ricos.
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Tienen la facultad, además de permitir que la presentación y comunicación de los resultados de las investigaciones se haga de manera distinta a la habitual y que eso
lleve, de paso, a promover procedimientos de trabajo y de pensamiento diferentes;
finalmente, hacen que aumente la visibilidad de los contenidos y de los datos y
que, al estar más expuestos a la evaluación, se incrementen las verificaciones y las
valoraciones.
¿CUÁLES SON LAS NECESIDADES PRINCIPALES DE LOS USUARIOS?
Los usuarios reclaman que las revistas electrónicas cubran las siguientes expectativas:
Los usuarios demandan la existencia de archivos más «profundos»: señalan como fundamental que las revistas dispongan de sus archivos históricos completamente digitalizados y que puedan ser buscados y recuperados con las mismas herramientas
que los contenidos modernos.
Los usuarios utilizan propiedades o recursos vinculados al conjunto de sus prácticas
de recuperación y uso de la información: los lectores de revistas electrónicas demandan aquellos servicios que hagan más relevante, fácil y eficaz su estrategia personal de búsqueda y empleo de los contenidos: el sitio, por tanto, deberá satisfacer
expectativas como las siguientes:
Facilitar la revisión regular de los cambios que se hayan introducido en los contenidos.
Facilitar las búsquedas y las recuperaciones.
Facilitar herramienta que permitan la creación de comunidades de interés.
Facilitar herramientas que permitan organizar la información en función de su relevancia.
Disponer de mecanismos que aseguren la autoría y originalidad de los contenidos
entregados.
Tanto los editores como las bibliotecas deben articular con toda claridad cuáles son
los contenidos y servicios que ofrecen, sobre todo los relacionados con las transacciones comerciales, con aquellos que tengan repercusiones monetarias.
Los entornos virtuales deben soportar y promover procedimientos globales de edición
electrónica: desde la existencia de herramientas de edición asistida, el envío y sumisión de artículos en línea, la disposición de visualizadores que mejoren la legibilidad
de los textos y herramientas de búsqueda que produzcan recuperaciones significativas.
Los usuarios quieren disponer de un conocimiento más preciso y extenso de la situación de las publicaciones electrónicas en la red, necesitan de herramientas que
les permitan obtener una visión más clara y despejada de su alcance y situación.
Los usuarios necesitan herramientas que les permitan generar y mantener una comunidad de intereses donde puedan intercambiar ideas y conocimientos.
Los usuarios necesitan alguna clase de soporte que les permita generar nuevos contenidos electrónicos: la naturaleza modular de los contenidos electrónicos no siempre permite a los usuarios y autores comprender claramente qué contenidos merecen ser vinculados, qué tipo de metadatos deben ser utilizados (y de qué manera).
Tanto los editores como los bibliotecarios deben impulsar esta faceta.
Los usuarios sólo aceptarían subidas muy moderadas de las tarifas de suscripción
individual.
Los usuarios esperan recibir de los editores nuevas modalidades de suscripción o ventajas distintas en calidad de asociado: los usuarios esperan algo más que un produc24
to singular por una suscripción; esperan disponer de distintas posibilidades a diferentes precios.
¿PODEMOS PREDECIR QUÉ OCURRIRÁ CON LAS REVISTAS ELECTRÓNICAS
EN LOS PRÓXIMOS AÑOS?
La pregunta planteada exige considerar dos dimensiones complementarias del problema: por una parte, deberá tenerse en cuenta la tensión existente entre la variedad de
editores comerciales de contenidos electrónicos (que opera en régimen de cuasimonopolio en lo que se refiere a la gestión de los derechos de propiedad intelectual, la
estructura de los precios y los métodos de distribución) y el surgimiento y difusión del
movimiento open access que convierte a los científicos en sus propios difusores; por
otra parte, el papel de las bibliotecas universitarias tenderá a incrementarse, sobre todo
en la medida en que contribuyan al aumento de visibilidad de las revistas y a dotarlas
con servicios de valor añadido relevantes.
Se prevé que las editoriales y servicios de publicaciones deban hacer frente a las cuestiones siguientes:
Deberán desarrollarse nuevas estructuras editoriales y economías de escala.
La relación con la comunidad de usuarios deberá estrecharse.
Deberán desarrollarse nuevas técnicas para la medición y evaluación del impacto de
las publicaciones.
Deberán existir diferentes modelos de peer-review.
Será necesario pensar en diversas alternativas que sustituyan a los consejos de redacción.
En cuanto a las bibliotecas, deberán afrontar los siguientes retos:
El recorte de los presupuestos globales y la necesidad de contar con más de un proveedor de contenidos.
La disposición de expertos en diversas materias que actúen como conductores y articuladores de distintas comunidades de conocimientos.
El contenido que genera la propia universidad de la que la biblioteca es parte deberá
constituirse en una fuente fundamental.
Deberá prestarse especial atención a la gestión de los derechos y permisos de publicación y reproducción.
Existen algunos factores que determinarán (que ya determinan) de manera importante
el panorama en el que habrán de evolucionar las revistas electrónicas los próximos
años:
Los precios de las revistas están, inusitadamente, subiendo, a raíz, seguramente, del
incremento del número de títulos y de los gastos en infraestructuras para soportar
las cargas financieras derivadas de la impresión en papel y la edición electrónica.
Esa subida de precios, sumada al descenso de los presupuestos en las bibliotecas
para la adquisición de revistas electrónicas, está conduciendo a una política de
adquisiciones centrada en la compra de paquetes «multirevistas» ofertados por el
mismo proveedor. De esta manera, las bibliotecas están comprometiendo sus presupuestos con un número cada vez más pequeño de proveedores, lo que origina
una falta de flexibilidad necesaria si se quiere experimentar o innovar en la generación de servicios de valor añadido para los usuarios.
La concentración de la edición científica, motivada, en alguna medida, por las contrataciones selectivas realizadas por las bibliotecas (un círculo vicioso difícil de
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romper), origina que se reduzca la variedad de temas tratados y abordados en las
revistas, también el número y diversidad de sus cabeceras, para centrarse solamente en aquellos títulos que comercialmente ofrezcan beneficios seguros. Se calcula que más de la mitad de las 100 revistas de mayor impacto científico están editadas por grandes compañías editoriales.
Las relaciones de convivencia y vecindad entre las publicaciones comerciales y las
adheridas a las iniciativas de libre acceso, bajo diferentes tipos de licencias de uso
y difusión, no es sencilla y, en algunos casos, llega a la confrontación directa, como
en el caso del cierre de PubScience por presiones de la industria).
De acuerdo con las circunstancias descritas y las dificultades previsibles, dos son las
vías recomendables del desarrollo futuro de las revistas electrónicas: la evolución de
editoriales no comerciales y la mejora de los servicios de bibliotecas en el ámbito digital.
Evolución de las editoriales no comerciales. Dos son las tendencias que conviven
hoy en el panorama de la edición electrónica de contenidos digitales: la tendencia a
la concentración de los grandes editores comerciales, que publican la mitad de las
revistas más citadas en los índices de mayor prestigio y tienden a restringir la variedad de sus cabeceras en función de su éxito comercial y, por otra parte, los movimientos adscritos, de una u otra forma, al open access y a la aplicación de diversos
tipos de licencias de uso y reproducción. La preservación de la diversidad, que en
este caso es preservación, promoción y divulgación del conocimiento, es una misión
fundamental de las revistas electrónicas y de sus editores. Los principios que
deberían observar son los siguientes:
Las editoriales no comerciales, para hacer frente a la concentración y la pujanza
de las editoriales comerciales, deben aprovechar las potencialidades de las herramientas digitales para reducir el coste unitario del producto (tal como ocurre en
las economías de escala) y estudiar modalidades de edición cooperativa que les
permitan aunar esfuerzos y ganar mayor visibilidad.
Es importante trabajar en la normalización y estandarización de todos los aspectos relacionados con la edición de las revistas para incrementar el valor de sus contenidos electrónicos: nomenclaturas, etiquetados, formatos, etc.
Es esencial entablar una relación más estrecha con los usuarios potenciales de las
revistas y, desde ahí, conocer cuáles son sus necesidades y sus exigencias, de
forma que se creen comunidades de interés en torno a una publicación que ha
sabido satisfacer una demanda.
Es preciso desarrollar nuevas técnicas e índices de visibilidad para destacar la
labor que han emprendido las nuevas editoriales electrónicas: métricas de impacto que
midan el número de descargas de un artículo, el número de citas, el nivel de discusión en
línea que genera, el número y naturaleza de los hipervínculos que propone, etc.
Es posible crear diversas modalidades de comités de evaluación o, simplemente,
de edición y evaluación de los contenidos: la existencia y proliferación acelerada
de los archivos de prepublicaciones (MPRESS, ArXiv, BioMed Central, etc.). Ese
tipo de repositorios son valiosos para los usuarios, ya que ganan en inmediatez y
accesibilidad sin perder, por ello, el contacto con las revistas tradicionales.
Mejora de los servicios de las bibliotecas. El papel de las bibliotecas pasa por el
desarrollo e incremento de los servicios de valor añadido superando la fase de
meras intermediarias en el ofrecimiento de contenidos para centrarse, sobre todo, en
el desarrollo de servicios y utilidades más cercanos a sus usuarios particulares.
Existen, además, cuatro áreas fundamentales de trabajo:
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No comprometer los escasos fondos disponibles para la adquisición con un solo
proveedor: las bibliotecas han manifestado en los últimos años su dificultad para
afrontar presupuestariamente la adquisición de publicaciones periódicas debido a
su constante incremento de precios. Una de las soluciones asumidas ha sido,
quizás erróneamente, la de firmar acuerdos específicos con unos pocos proveedores hipotecando, de alguna manera, su control sobre los servicios y utilidades
que deberían desarrollar. Es conveniente, en consecuencia, que se opte por un
abanico más amplio de intermediarios.
Reclutar a especialistas que ejerzan como moderadores y conductores de comunidades de interés y como evaluadores de los contenidos, servicios y herramientas que se proporcionan: identificar las verdaderas necesidades informativas de los
especialistas, el tipo de contenidos específicos que demandan, las modos de acceso y recuperación y el tipo de herramientas y servicios desarrollados con ese
propósito, es una de las tareas fundamentales que deben acometer las bibliotecas
y, dentro de ellas, los especialistas contratados para tal fin.
Los contenidos que generan las universidades deben convertirse en una fuente de
valor fundamental: la revolución digital pone al alcance de los usuarios la posibilidad de convertirse en verdaderos productores de sus propios contenidos, y las bibliotecas se encuentran con un doble reto: por una parte, preservar los nuevos
tipos de contenidos generados, desde propuestas de proyectos o proyectos digitales expuestos en el aula hasta páginas web; por otra parte, convertirse en productores y editores de los contenidos generados por la universidad.
La adecuada gestión de la venta de los derechos de propiedad intelectual se convertirá, también, en una fuente de valor esencial: si se da el paso anterior y la universidad difunde y comercializa sus propios contenidos, los servicios de publicaciones o las bibliotecas deberán pensar en qué modalidad de explotación eligen y,
en consecuencia, en qué tipo de licencias de uso y difusión adoptan.
En resumidas cuentas, los editores y bibliotecarios encontrarán los siguientes retos y
oportunidades en los próximos años:
Los editores tendrán que hacerse cargo de la implantación de medidas y soluciones
que filtren, organicen y muestren la información recuperada de manera sencilla y
pertinente para evitar el ruido y el caos informativo.
Los editores y los bibliotecarios deberán trabajar en el desarrollo de herramientas capaces de traspasar los límites y divisorias entre los contenidos y servicios de diferentes proveedores de contenidos, con el peligro cierto, si no lo hacen, de perder
usuarios y enclaustrar contenidos.
Los editores deberán fabricar herramientas capaces de proporcionar a los usuarios
información clara y puntual sobre la renovación de los contenidos de las web y sobre
los acontecimientos ligados a la materia de su interés.
Los editores deberán buscar canales alternativos de promoción y publicidad para
incrementar su visibilidad. Si no pudieran permitirse la utilización de ciertos servicios
de márketing, sí deberían hacer uso de herramientas como Google y seguir las
recomendaciones imprescindibles para mejorar su posicionamiento general.
ALGUNAS RECOMENDACIONES PARA LOS SERVICIOS DE PUBLICACIONES Y
LAS BIBLIOTECAS
No cabe duda que los servicios de publicaciones y las bibliotecas universitarias deben
asumir el reto digital. Cabe afrontar este desafío, sin embargo, de dos maneras: en una
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estrategia a largo plazo que eche hoy las semillas de lo que crecerá en el futuro o en
una estrategia a corto plazo que pretenda recoger cuanto antes los frutos ya maduros.
No son estrategias, en cualquier caso, incompatibles, antes bien pueden o deben ser
complementarias.
Estrategias a largo plazo. Editar en papel tiene una serie de propiedades y limitaciones intrínsecas que deben ser superadas mediante la edición electrónica: no es
suficiente con trasladar formalmente la edición en papel a la Web añadiéndole, simplemente, una herramienta de búsqueda simple, porque de esa manera se desaprovecharían todas las potencialidades que ofrece la edición electrónica. El contenido
de un artículo no debe ser ya algo cerrado sobre sí mismo, sino, gracias a la lógica
hipertextual, un punto de generación de conexiones y vías de indagación a informaciones complementarias y actuales, bases de datos temáticas, recursos audiovisuales, comunidades de interés, etc. En este sentido, una suscripción no debe ser
ya, meramente, una captación regular de contenidos, sino una inscripción en una
comunidad de intereses, en un entorno virtual cuidadosamente estructurado.
Los servicios de publicaciones y las bibliotecas universitarias deben convertirse
en los motores de la iniciativa digital identificando, primeramente, qué revistas,
dentro de los departamentos universitarios, no han asumido todavía el cambio para
proporcionarle toda clase de ayudas y servicios.
La industria editorial tradicional está sufriendo una profunda transformación y, más
todavía, la relacionada con los contenidos científicos o académicos. Los límites
claramente establecidos previamente entre creador, editor, distribuidor y lector,
varían radicalmente y tanto los canales de comunicación como los papeles respectivos, se modifican y alteran.
Las bibliotecas universitarias deberían convertirse en activas colaboradoras de sus
potenciales usuarios mediante el desarrollo de servicios de valor añadido más allá
de la mera labor de intermediación. Para asumir plena y cabalmente ese papel,
parece impropio el tipo de acuerdos globales con proveedores únicos a los que se
ha llegado últimamente. En un mundo con un número creciente de intermediarios
editoriales, el bibliotecario debe ser el interlocutor habitual del científico.
En relación con el punto anterior, es importante desarrollar trabajos de campo que
investiguen las razones y causas que conducen al éxito o al fracaso de las comunidades en línea.
Es necesario desarrollar herramientas de búsqueda capaces de examinar dominios
de contenidos diversos y distintas bases de datos con el objeto de evitar la
estanqueidad de la información. Es obvio que muchas empresas de desarrollo de
software entrarán en esta carrera e intentarán ofrecer esos servicios a los usuarios y que bibliotecas y servicios de publicaciones deberán concurrir.
La edición digital tiene como una de sus potencialidades fundamentales la de fragmentar o fraccionar los contenidos en archivos distintos con cantidades de contenidos diversas. Esa posibilidad debe ser, en consecuencia, comercialmente
explotada, porque cabe modularizar o dividir los contenidos de una revista de manera que se distribuyan artículos individuales o, incluso, porciones más pequeñas
de información.
Los servicios de publicaciones y las bibliotecas deben colocarse a la vanguardia
de la experimentación tecnológica en lo que se refiere a herramientas de búsqueda, de seguimiento de copia y difusión de contenidos, de marcado y de sistemas
de recomendación y alerta individualizados. Deberán encabezar, igualmente,
todos los desarrollos relacionados con la Web semántica y los diversos tipos de
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ontologías sectoriales. Ligado con lo anterior, deberá realizarse una profunda
reflexión sobre los nuevos tipos de soportes y formatos que deberán soportar la
edición digital de contenidos: PDAs, teléfonos móviles, ordenadores personales,
etc.
Estrategias a corto plazo
Los servicios de publicaciones y las bibliotecas deben convertirse en los editores
de su comunidad científica: existe una enorme riqueza de contenidos dispersa en
forma de artículos, bases de datos, imágenes, materiales para el aula, bibliografías, etc. Será necesario, obviamente, recopilar todo ese material y proponer
formatos estandarizados (en cuanto a metadatos, taxonomías, nomenclaturas,
etc.) para editarlos digitalmente y difundirlos a través de la Red.
Los servicios de publicaciones y las bibliotecas deben ofrecer una imagen de
marca a sus usuarios basada en la cercanía, la interlocución próxima, la comprensión de las necesidades específicas y el desarrollo de los servicios necesarios.
Los bibliotecarios deberán convertirse en el referente de las estrategias personalizadas de búsqueda y recuperación de la información. Deberán ponerse a disposición de los científicos y servirles como pauta y orientación.
Las bibliotecas universitarias están en condiciones de convertirse en un punto de
referencia en la nueva economía del conocimiento: acostumbradas a trabajar con
contenidos intelectuales, a clasificarlos, archivarlos y a desarrollar sistemas
estandarizados para manejarlos, deberían liderar el cambio y explotarlo económicamente mediante, por ejemplo, la venta de servicios de consultoría.
Las bibliotecas tienen un conocimiento muy cercano y muy próximo de sus usuarios,
y ese conocimiento es esencial para efectuar una transición ordenada y satisfactoria desde las revistas en papel a las revistas electrónicas. Poner en común estos
conocimientos, compartirlos y organizar los foros y reuniones en donde pueda hacerse, es una tarea que les corresponde.
INVITACIÓN AL TRABAJO DE CAMPO
Las conclusiones presentadas en los puntos anteriores tienen el valor de ofrecernos las
experiencias de usuarios expertos de entornos universitarios norteamericanos, bien
dotados de infraestructuras, con bibliotecas que custodian colecciones importantes de
revistas digitalizadas y con usuarios expertos en sus materias respectivas y competentes en el uso de la Web.
Puede que esta no sea la realidad de su entorno profesional o, aunque lo fuera, convenga matizar y recoger la opinión de sus usuarios para edificar sus herramientas y sus
servicios sobre sus expectativas y necesidades.
En el Anexo I le ofrecemos un modelo de cuestionario que le podría servir, eventualmente, para conducir su propio estudio y llegar así a sus propias conclusiones.
LA RESPUESTA DE LOS AUTORES: MOTIVACIONES Y PREOCUPACIONES DE LOS COLABORADORES DE LAS REVISTAS CIENTÍFICAS
Si tener en cuenta las necesidades específicas de los usuarios y lectores de las revistas electrónicas, la cantidad y tipo de información que las diversas comunidades científicas están dispuestas a recibir, es un factor clave para diseñar la configuración y el desa29
rrollo de una revista electrónica, no lo es menos el saber las razones que llevan a los
autores, a los creadores de los contenidos, a optar por un tipo u otro de revistas a la hora
de publicar sus trabajos.
Existen, al menos, cuatro dimensiones de la relación de los autores con las revistas
que deben ser indagadas:
Las razones y motivos por los cuales un autor desea publicar su trabajo.
Los factores y móviles que llevan a un autor a publicar su trabajo en una u otra revista, en uno u otro medio.
El grado de implicación e interés de un autor en el proceso de edición.
Las expectativas que un autor tenga respecto al futuro de las revistas electrónicas y
la edición y difusión de contenidos científicos.
Existen todavía pocos estudios empíricos respecto a la actitud de los autores al cambio que se está produciendo. Las fuentes fundamentales sobre las que basaremos nuestras conclusiones provisionales son los estudios de la Association of Learned and Professional Society Publishers, los materiales generados por la Der Deutschen Bibliothek
(Biblioteca Nacional Alemana) y, también, la contribución de McKnight y Price (1999).
LAS MOTIVACIONES
La motivación principal que sigue moviendo a cualquier científico a publicar en una
revista, sea cual sea su soporte, es la de ponerse en comunicación con sus pares,
someterse al juicio y consideración de los únicos que están capacitados para juzgarle
y estimar el valor de su trabajo. Obviamente, se espera que la evaluación sea positiva
y que eso redunde en una carrera profesional mejor fundamentada y con mayores
reconocimientos. El desinterés propio de la profesión científica es, digámoslo así, un
desinterés interesado, que sabe que el desinterés está recompensado en el universo
científico. No es menor, tampoco y en consecuencia, la expectativa de una financiación
suficiente y sostenida en el tiempo para desarrollar un programa de investigación sólido y coherente, si bien esta expectación suele diferir sensiblemente entre los científicos sociales y los científicos dedicados a todas las ramas de las ciencias naturales y
físicas y matemáticas: parece que los primeros son más propensos a publicar independientemente de la existencia o no de financiación para sus proyectos, lo que está naturalmente vinculado al tipo de progresión profesional en ese campo concreto, menos
experimental y empírica.
Fig. 2. Objetivos principales para la publicación
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LA REVISTA DONDE PUBLICAR
¿Cuáles son los factores que tiene en consideración un científico cuando tiene que elegir u optar por publicar su trabajo en una u otra revista? Son varios los elementos que
tiene en cuenta:
En primer lugar, el prestigio, visibilidad y repercusión de la publicación: su factor de impacto, su alcance y eco internacionales y su inclusión o no en los servicios de indexación especializados por todos conocidos;
En segundo lugar, el alcance y cobertura de su distribución, su especialización temática y la frecuencia o regularidad de su edición.
En tercer lugar cabe realizar una distinción, grosso modo, por especialidades: los científicos naturales, físicos y matemáticos, reclaman normalmente la existencia de una
versión electrónica de la revista, algo que no parece preocupar tanto a los científicos
sociales, cuyos circuitos de información parecen pasar todavía por otros lugares. Los
primeros suelen incidir, también, en la importancia de la calidad de la impresión
sobre papel o resolución en pantalla de cuadros, gráficos e imágenes porque puede
afectar de forma esencial a la recepción de sus trabajos.
Fig. 3. Factores de decisión
Es cierto que se genera un no siempre conveniente círculo vicioso en la elección y
selección de las revistas, porque los científicos desean publicar en aquellas cuyo factor de impacto y nivel de indexación sean superiores, lo que dificulta superlativamente
que otras revistas con merecimientos y calidad accedan a posiciones superiores y capten autores y se produzca un cierto anquilosamiento o concentración no siempre favorable para la difusión del conocimiento y la salud de la edición.
EL PROCESO DE EDICIÓN
Existen al menos tres factores de naturaleza editorial que afectan a la actitud de los
autores antes las revistas:
Las cuestiones relacionados con el copyright y la protección de los derechos de propiedad intelectual o, al contrario, con el copyleft y los distintos tipos de licencias de
distribución y uso que ya pueden utilizarse. Las poco fiables encuestas que se han
practicado a este respecto parecen apuntar hacia el deseo mayoritario de retener y
proteger la propiedad intelectual de la obra creada, más acusado entre los científicos sociales que entre los demás. Es cierto, sin embargo, que en los últimos años el
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sentido de esta reclamación parece invertirse y que la proliferación de un nuevo tipo
de licencias que salvaguardan el nombre del creador pero admiten su reproducción
y difusión públicas, ha crecido considerablemente:
GNU (General Public Licence).
CC (Creative Commons).
PD (Public Domain).
CC/FC (The Founders' Copyright).
The Sampling License (BETA).
Mozilla Public License (MPL).
Para encontrar un índice completo de la extensa lista de tipos de licencias existentes, es conveniente visitar la página http://www.opensource.org/licenses. Las iniciativas más importantes en torno a la reapropiación por parte de los científicos de
sus contenidos y de los medios y maneras de difundirlos, son:
Open Source
Public Library of Science
Open Access Initiative
Directory of Open Access Journals (DOAJ)
La frecuencia y regularidad de la edición de las revistas y los posibles retrasos o demoras que puedan producirse en su publicación, son factores de importancia a la
hora de elegir una revista: la edición electrónica viene a paliar, en gran medida, las
dilaciones y atrasos que solían producirse en las publicaciones en papel (y en todo
proceso editorial habitual pueden producirse, bien sea en la revisión por parte del
comité de evaluación, bien sea en la impresión, bien en la distribución, etc.). Los
científicos naturales y los físicos y matemáticos suelen temer, por el clima de competitividad y rivalidad en el que trabajan, que algún otro equipo de investigación se
anticipe en la presentación de resultados similares; los científicos sociales perciben,
en todo caso, que sus aportaciones pueden quedar anticuadas o desactualizadas.
La evaluación de los comités de especialistas es apreciada como algo insustituible
y estrictamente necesario, porque un científico puede considerarse tal si acepta el
juicio y la evaluación racionales de sus pares. Admitir esa ley no enunciada no significa que no se produzcan retrasos innecesarios, juicios superficiales y críticas hostiles, porque ningún campo está a salvo de esas irregularidades, ni siquiera el que
se rige por el de la confrontación intelectual como única arma tolerable. La mayoría
de los científicos esperan de la edición electrónica que agilice las revisiones, que lo
ponga rápidamente en conocimiento de los interesados y que desarrolle nuevas configuraciones o métodos para realizar las valoraciones.
LA RESPUESTA DE LOS EDITORES: DUDAS, TEMORES,CAMBIOS DE UN ANTIGUO OFICIO
La edición electrónica plantea retos de muy hondo calado a los editores porque transforma en gran medida toda la cadena editorial tradicional, desde la creación, pasando por
la edición y la distribución, hasta la misma lectura.
Ya en el año 1996 la Unión Europea publicó un informe titulado Strategic developments
for the European Publishing Industry towards the year 2000, en el que se advertían sobre
algunos de los importantes cambios que se avecinaban, sobre todo los relacionados con
la generación de servicios de valor añadido en el entorno electrónico, la gestión de la red
y la plataforma tecnológica, la atención altamente individualizada y particularizada que
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debe proporcionarse al usuario final valiéndose de las herramientas que el software proporciona y, en fin, todo lo relacionados con la facilidad de uso, la seguridad del entorno y
las transacciones comerciales. En los dos cuadros que podrá observar a continuación, se
recoge esquemáticamente el contenido de esa transición:
Fig. 4. Tareas habituales del editor
Fig. 5. Las competencias del editor actual
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No deberíamos hablar en términos generales, en cualquier caso, de «editores», porque
dentro de esta categoría encontraremos talantes y objetivos muy distintos, tan diferentes
como los que pueden provenir de un editor comercial (sea Reed & Elsevier, Ebsco,
Blackwell, etc.), de un editor universitario, de una revista o conjunto de revistas acogidos
a los supuestos del open access (Plos, HighWire Press, SPARC, etc.), de una institución
que pone a disposición de los usuarios de manera libre y gratuita parte de los contenidos
que genera (como el MIT's DSpace program) o, finalmente, como los repositorios de prepublicaciones o de comunicaciones de temática diversa que existen en la red (como los
DOIS, E-LIS o arXiv).
Ni a todos les afecta de la misma manera, ni todos se plantean el uso de la edición
electrónica con los mismos propósitos, pero todos están obligados a reflexionar sobre la
manera en que ya les afecta y sobre la forma en que deben utilizarla. Esta guía está destinada, sobre todo, al ámbito científico y universitario y, en consecuencia, hecha esa
salvedad, las indicaciones y líneas de trabajo que se sugieran estarán orientadas a satisfacer su demanda de autonomía e independencia editorial.
¿QUÉ ES SIMILAR?
Aun cuando los cambios que se están produciendo sean rápidos y profundos, no deja
de ser cierto y evidente que alguno de los rasgos del oficio de editor, alguno de los procedimientos de su trabajo, de las características de sus productos y de su posterior
recepción, siguen siendo los mismos.
Los procedimientos editoriales, hasta la preimpresión, son, sustancialmente, los mismos:
el trabajo tipográfico, el cuidado del texto y la ilustración, y todos los procesos de
maquetación y edición típicos de la creación de un buen producto impreso (pongamos, una revista), hasta la llamada fase de preimpresión. Y además se exigen también, como es lógico, todos los procesos propios de la Web: arquitecturas interactivas e hipertextuales, y procesos técnicos propios. Además, se requiere otro tipo de
habilidades que tienen que ver con medios más calientes (como son, por ejemplo, la
radio y la televisión): interacción con los usuarios, intervenciones en tiempo real, etc.
A estos requisitos de entrada deberíamos añadir una gran flexibilidad para introducir
cambios y variar en función de las retroalimentaciones de los usuarios, cuyas reacciones (directas, en forma de opiniones, o indirectas en forma de lo que llamaría «el
voto del clic»: por estadísticas de uso) vamos a tener disponibles constantemente.
Parece obvio pero no debe estar de más recordarlo, que mantener y asegurar la calidad de los contenidos seguirá siendo el valor fundamental de una publicación, es
decir, practicar una selección rigurosa, contar con un consejo de redacción y evaluación que valore los contenidos y emita juicios ajustados, y realizar una edición cuidada de los textos. Nada nuevo, como ya se apuntaba en el punto anterior, pero siempre difícil de hacer.
La sobrecarga de información es, en el mundo científico, tan abrumadora como en casi todos
los sectores cuya materia prima sea la información, el conocimiento y los contenidos. De ahí
que sea especialmente importante que la labor del editor se concentre en el filtrado y depuración de los contenidos que lleguen al lector, porque buena parte del valor añadido que
percibe el lector deriva de la calidad de la evaluación que se haya realizado y de la difusión
ya restringida de los contenidos que practique la editorial.
La motivación de los autores para publicar sus originales y sus trabajos en una editorial o cabecera determinadas es la misma: llegar lo más rápido y completamente
posible a la comunidad de especialistas y profesionales interesados en ese área de
conocimiento.
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Los lectores desean encontrar un medio que les proporcione un acceso sencillo, que
les facilite una experiencia acumulativa pero fácilmente desentrañable mediante
interfaces y herramientas que así lo permitan. Quieren, además, tener noticia puntual de la renovación y actualización de los contenidos y de las ofertas editoriales.
El apoyo financiero de anunciantes y entidades financiadoras que quieran llegar a
públicos objetivos bien delimitados seguirá siendo esencial y persistirá en el medio
on line. Cabe, eso sí, que las pequeñas publicaciones no resulten atractivas para los
grandes anunciantes y que aquellas deban estudiar estrategias de agregación de
contenidos y de construcción conjunta de sitios web para atraer la atención de esos
recursos.
¿QUÉ ES DIFERENTE?
Para empezar, la formación y el perfil de los editores: ¿qué tiene que saber el responsable de uno de estos proyectos? Tiene que tener un modelo del usuario del sitio
web: de sus expectativas y habilidades. Tiene que conocer los contenidos y servicios
que quiere divulgar, y saber plasmarlos con los medios técnicos a su disposición. El
editor de los últimos años era una persona que conocía a su público; que podía trabajar con sus autores para sacar lo mejor de ellos y ponerlo de la forma más accesible para sus lectores; que podía plantear gráficamente el interior y el exterior de
una publicación (solo, o en colaboración con profesionales) para que cumpliera
mejor sus objetivos; que sabía de medios de producción lo suficiente como para lograr objetos duraderos, bellos, y dentro de sus presupuestos; que conocía los
mecanismos de comercialización y promoción de su producto, y que estaba atento
a los cambios en el mercado y a la recepción de sus obras.
[OJO: sustituyo la referencia al gestor web por digital, por pensar que hay tipos de
edición que no tienen que para necesariamente por la web (sino por bases de datos,
p.e.)]
Mutatis mutandi, todo esto es lo que se debería pedir del gestor de un proyecto editorial digital. Si el editor sabía de fuentes tipográficas, gramajes de papel, calidades
de offset y tipos de encuadernación, el gestor digital deberá saber de XML, gifs animados y applets java. Si el editor trabajaba con estadísticas de venta y de ahí
extraía conclusiones y modificaba programas de edición, el gestor digital deberá
analizar estadísticas de acceso. Si el editor trabajaba con papeleros e impresores,
el gestor digital tendrá como interlocutores a programadores y proveedores de alojamiento de web. Si el editor sabía de gestión de derechos de autor en las publicaciones, el gestor digitalintentará saber de derechos de autor digitales. Si el editor
organizaba campañas publicitarias y editaba folletos, el gestor digital organiza
metatags e intercambia banners ...Y un largo etcétera.
Es una figura profesional, en cualquier caso, que aún no tiene nombre, lo que
demuestra su novedad. Puede que para bautizarlo adaptemos el nombre de una
figura preexistente (como cuando cogimos al piloto del mar para convertirlo en el
conductor de una aeronave), o puede que creemos un neologismo ad hoc. No querríamos caer en una postura excesivamente nominalista, pero creemos que uno de
los problemas para la configuración de esta profesión es la falta de una etiqueta adecuada. En la industria multimedia hubo hace pocos años el intento de denominar
integrador a la persona que ponía juntos todos los elementos (visuales, sonoros y de
programación) que constituían una obra en CD-ROM. El término no resulta especialmente adecuado, porque parece indicar una serie de agentes obrando autónoma35
mente, y luego una simple labor de cosido, en vez de la tarea integrada de concepción y desarrollo que implica un puesto así.
El gestor digital (o como acabe llamándose), pues, concebirá (si es autónomo) o
creará para su cliente el proyecto de publicación digital, con sus materiales y servicios. Evaluará los costos de creación y mantenimiento. Para la puesta en marcha,
llamará a diseñadores gráficos y de navegación (que ojalá coincidieran en la misma
persona), a programadores y a proveedores de alojamiento. Y por último, para colaborar con él (o ella) en el trabajo diario, deberá seleccionar a personas que cubran
básicamente dos flancos: el de contenidos y el técnico. Normalmente, los responsables o elaboradores de contenidos deberá formarlos especialmente, a partir de
personas ya con experiencia en la gestión de contenidos, aunque sea en otros
medios (editoriales o audiovisuales). Los colaboradores técnicos debe ser gente que
provenga ya del medio web, a los que normalmente sólo pedirá además flexibilidad
y adaptabilidad a las muchas demandas que se pueden plantear en un proyecto cultural.
La tipología de la edición electrónica es distinta a la edición en papel y da lugar a agrupaciones o configuraciones distintas. En resumen, y siguiendo en esto a McCarty
(1997), cabría distinguir las siguientes ordenaciones:
Por contenido:
Académicas frente a [OJO, passim: el vs. lo reprueban la mayoría] no académicas.
Evaluadas vs. no evaluadas.
Por coste: gratuitas vs. de pago.
Por afiliación, financiación y distribución:
Privadas.
Financiadas profesionalmente.
Editadas y promovidas por editoriales profesionales o universitarias.
Hacen uso de la administración y la distribución comerciales.
Enteramente comerciales.
Otras.
Las propiedades del medio digital hacen viable que «cualquiera» pueda publicar contenidos en la Web, y cuando ese «cualquiera» es la comunidad científica misma,
cuando el medio para producirlo y el procedimiento para publicarlo y difundirlo es tan
sencillo, la divisoria habitual entre autores y editores tiende a desaparecer o se esfuma completamente. Los editores se verán forzados a repensar cuál deberá ser su
aportación al proceso editorial para que su figura siga siendo necesaria, para que su
trabajo siga siendo relevante, para que el valor que añaden a los contenidos primarios siga siendo percibido como algo valioso.
Los modelos de negocio están cambiando, bien porque los movimientos de open
access sean capaces de establecer nuevas reglas y condiciones de acceso, bien
porque los editores deban obrar en consecuencia y plantear alternativas viables que
garanticen su supervivencia. En esos nuevos modelos de negocio, ahora en ebullición y en estado de creación, podemos encontrar una larga variedad de posibilidades que serán abordadas más adelante y que se basan en la hibridación o la mezcla: pueden obtenerse ganancias recaudando de los autores que desean publicar en
ese medio una cantidad determinada; mediante la publicidad y la financiación de
entidades interesadas; a través de suscripciones de diverso tipo que van desde la
institucional a la individual; por medio de la venta de contenidos singulares, artículos
sueltos; mediante la venta de derechos, etc. Parece cierto, en cualquier caso, que
sea cual sea el modelo de negocio elegido, todas las editoriales, incluidas las com36
erciales, se han visto forzadas a ofrecer y facilitar un acceso más libre a la información. Véase, como ejemplo, alguna de las iniciativas de editoriales científicas consagradas en el terreno del open access publishing.
En el campo científico, sobre todo, que ejerce ya de locomotora de la edición digital
al desplegar todas sus posibilidades, los productos de la edición electrónica son
cada vez más numerosos e integran o suman contenidos y formatos distintos: libros,
revistas, monografías, literatura gris, imágenes, sonido, cartografías, gráficos, etc.?
LAS REVISTAS DEL FUTURO. AÑO 2010
El comportamiento de las revistas del futuro no puede desligarse de las prácticas y
usos electrónicos de la sociedad en su conjunto. Los diferentes informes gubernamentales que pueden manejarse a este respecto, inciden casi todos en los mismos puntos:
Internet será omnipresente.
Conectará a los usuarios con diferentes tipos de productos y servicios a través de un
conjunto de artefactos que reducirán rápidamente sus precios a medida que lo hagan los de sus distintos componentes (procesadores, capacidad de memoria, etc.).
Todo lo que sea susceptible de ser digitalizado lo será.
El impacto de Internet sobre la distribución física de productos, contenidos y servicios será muy profunda.
Tanto para las empresas como para los usuarios individuales será de crucial importancia la seguridad de la Red, el mantenimiento de la privacidad y la consistencia o
salvaguarda de la identidad.
En el año 2010 es muy probable que cueste más el cobro de las llamadas de voz y
datos que su mismo servicio.
El software será gratuito y las empresas se centrarán en el mantenimiento y la asesoría.
En este contexto, si se aceptan sus premisas y sus vaticinios, los editores deben
asumir que la revolución digital no es una moda pasajera y que deben afrontar con resolución y conocimiento los nuevos retos.
¿CUÁLES SON LOS DESAFÍOS QUE DEBE AFRONTAR EL EDITOR?
Los retos y desafíos que debe encarar el editor podrían resumirse en cuatro preguntas
que necesitarían cuatro respuestas:
¿Qué quieren sus lectores y cómo quieren leerlo y consultalo?
La cercanía entre el editor y el lector es, en cualquier soporte y en cualquier formato, un imperativo, no hasta el punto, como un marketing ingenuo y simple quiere hacernos aceptar, de que la demanda marque absolutamente el camino de la oferta (algo
impensable, en cualquier caso, en el campo científico, donde la lógica del descubrimiento está por encima de las expectativas de los lectores), pero sí en la medida en que el editor se preocupe por saber qué valoran sus lectores, qué cantidad de
información desean recibir, con qué periodicidad, de qué modo prefieren visualizarla
y administrarla, de qué forma consumen los contenidos y, en consecuencia, de qué
manera cabe «empaquetarlos» y ponerles precio. El trabajo de campo es fundamental para que cualquier publicación conozca las preferencias de sus lectores, y existen suficientes antecedentes y ejemplos aprovechables para comenzar la suya.
Consulte la encuesta, por ejemplo de El.pub.
37
¿Qué clase de valor añadido deben agregar los editores y cuál es la percepción
de los lectores?
Reconocer que el valor que antes añadían los editores a los contenidos ya no está
donde estaba antes, o al menos no enteramente, y que, en consecuencia, es
urgente pensar en el conjunto de facilidades y servicios adicionales que deben
desarrollarse, parece una labor primordial e inaplazable.
Seguirán siendo servicios de referencia todos aquellos relacionados con la discriminación de los contenidos, con su evaluación y aceptación, porque el lector seguirá
percibiendo como valor fundamental el respaldo que el editor otorgue a un original.
Deberá añadir, además, alguno o todos los servicios siguientes:
Información sobre la legibilidad y sobre las características de la revista: en sitios
como el de la revista Anthropoetics cabe encontrar información sobre la evolución
cuantitativa de sus contenidos, sobre el número de acceso que cada uno de los
artículos ha tenido y en qué fechas, etc. Un conjunto de información relevantísimo
para los estudios bibliométricos y para las posibles estrategias promocionales que
puedan derivarse de ahí.
Archivos de comentarios de los lectores: es importante permitir a los lectores, animar incluso, a que realicen comentarios por escrito de los artículos publicados y
que ese testimonio quede recogido en las mismas páginas. Consulte el ejemplo de
Internet Archeology.
Artículos y proyectos en construcción: CH Working Papers, por citar un ejemplo interesante, es una publicación en línea sin comité de lectura que explota las
propiedades de la red mediante el desarrollo cooperativo de investigaciones,
artículos, obras de referencia o, simplemente, ideas. Las experiencias recogidas
en CH Working Papers residen, normalmente, en la página de inicio de un autor
determinado; desde las páginas de CHWP se construye un vínculo a esa experiencia concreta y el autor acepta documentar, en la medida de lo posible, los diversos cambios y actualizaciones que realiza.
Servicios bibliográficos: dotar a una revista de un conjunto de vínculos que reenvíen a bibliografías consultables en línea, es, sin duda, uno de los valores añadidos que los editores deben sumar;
Discusiones en línea y conferencias: el debate en tiempo real y la retransmisión de
conferencias o seminarios, puede ser un complemento dinámico que estimule las
consultas de la revista.
Área de descargas: para que la impresión de los artículos sea más sencilla y conveniente, algunas publicaciones proporcionan a sus usuarios la posibilidad de
descargar los contenidos en diversos formatos tal como puede ocurrir, por ejemplo, en las Applied Physics Letters.
Vínculos a otros recursos en línea: una de las virtudes de la hipertextualidad es la
de recopilar y dirigir de manera fácil y directa de una página determinada a otros
recursos relacionados. Es cierto, sin embargo, que la inestabilidad y la fugacidad
de algunos enlaces dificulta su seguimiento y consulta. La posibilidad bien conocida y ampliamente utilizada de ponerse en contacto directamente con el autor o el
editor del texto a través de la función del mailto, proporciona la posibilidad ágil y
directa de fomentar la discusión y el intercambio de opiniones. Las páginas de
Exemplaria pueden ser un buen ejemplo.
Construcción de perspectivas personalizadas: la personalización de las posibles
«vistas» que un usuario posea, la construcción de distintas «revistas virtuales» es
factible, a partir del mismo conjunto de artículos, mediante técnicas que permiten
38
particularizar el tipo de información que se quieren recibir. Eso, que es ya algo
ampliamente practicado en la prensa para el envío de titulares personalizados y
para la edición en línea de periódicos adaptados a los intereses de los lectores, es
algo que deben desarrollar los editores. Puede consultarse el ejemplo de la
Harvard Business Review, Harvard Business School Publishing.
Buscadores: la búsqueda de los contenidos en una colección de revistas es, sin
duda, uno de los valores añadidos más importantes que puede proporcionar un
editor; si esa búsqueda se refina e incluye posibilidades avanzadas o, más allá,
semánticas, el lector estará más predispuesto a reconocer nuestros servicios. Si,
además, el buscador es capaz de lanzar peticiones a bases de datos temáticamente relacionadas que no son, propiamente, de la revista, pero que pueden resultar pertinentes, entonces el valor añadido será completo.
Servicios sociales y profesionales: las publicaciones en línea ofrecen en buena medida lo que ofertan las ediciones en papel (noticias profesionales, puestos de trabajo, conferencias y seminarios, etc.) pero de manera más rápida y ágil al renovar
de manera continua la información de actualidad y al propiciar un intercambio de
datos más veloz.
Ayuda técnica: la posibilidad de contar con una asistencia técnica que resuelva los
problemas más técnicos como los más administrativos, en un tiempo de respuesta, además, más breve que el de otros medios es, sin lugar a dudas, una buena
estrategia.
Formularios web: el uso de tablas y formularios es un recursos muy adecuado para
la gestión de suscripciones, la realización de encuestas, la obtención de la
respuesta y el comentario de los lectores, etc.
¿Cuáles son los canales de distribución y comercialización que deberá utilizar?
En principio parece obvio que sólo las grandes revistas pueden permitirse el cubrir
los canales de distribución tradicionales, pero la edición electrónica viene, en alguna medida, a equilibrar esta situación. La inversión que antes debía realizarse en
redes comerciales, distribución, almacenamiento y devoluciones puede y debe concentrarse en promoción y en medidas de visibilidad. Dar a conocer la revista, su
nueva naturaleza electrónica, su ubicación universal y la calidad de sus contenidos,
es la estrategia que debe seguirse para que sean los lectores quienes se acerquen
a la revista y no la revista quien busque azarosamente al posible lector. Deben activarse todos los mecanismos que proporcionen al lector información puntual y actualizada del estado de nuestra revista (boletines electrónicos, newsletter, etc.), de las
modalidades de suscripción y visualización, de las actividades y servicios que sugiere y proporciona.
Esa estrategia debe estar complementada, en la medida de lo posible, por técnicas
de estudio de mercado tradicionales, como el análisis de los posibles mercados
emergentes, de identificación de públicos objetivos potenciales, de ubicación de
comunidades de interés que puedan querer leer nuestros textos.
LA RESPUESTA DE LAS BIBLIOTECAS
La labor histórica de las bibliotecas ha sido la de la adquisición, catalogación, depósito y archivo de materiales escritos en papel; también, claro, la de la conservación de ese
patrimonio escrito (también gráfico o musical) y la de la gestión de los accesos a su con39
sulta y manejo. La revolución digital, sin embargo, provoca al menos dos cambios sustanciales en el trabajo de las bibliotecas:
Por una parte aparece un nuevo soporte que, por sus características intrínsecas,
cambia la manera de catalogar, archivar y distribuir o prestar esa información.
Por otra parte, las bibliotecas no son ya meras receptoras o almacenadoras de esa
información, sino que cobran un papel muy activo en su misma generación y
difusión.
Como ya se ha mencionado con anterioridad, las bibliotecas deben jugar un papel
mucho más activo al menos en dos sentidos:
Por un lado, la biblioteca es una institución, universitaria en el caso que nos ocupa,
muy cercana a los productores de los contenidos y, en consecuencia, debe ser tanto
facilitadora de los recursos editoriales necesarios para su publicación como editora
misma de esos contenidos, elaboradora de productos editoriales originales basados
en las propiedades de los soportes digitales (fragmentación de los contenidos, agregación o sindicación, etc.).
Por otro lado, la biblioteca debe convertirse en una intermediaria cualificada en la
difusión y reparto de la información, lo que se denomina con el término anglosajón
de broker y que no es otra cosa que la figura de un agente cualificado en la gestión
de información que asiste a los usuarios en el uso de las herramientas o proporciona
y reparte directamente la información solicitada.
Existen varios ejemplos de bibliotecas muy activas que han asumido un papel nuevo
en este periodo de transición y de su trabajo podemos extraer múltiples enseñanzas.
Cabría, entre los muchos ejemplos que podrían citarse y los tipos de proyectos acometidos, destacar cuatro áreas de trabajo intrínsecamente relacionadas con el papel que
deben jugar las bibliotecas en el nuevo entorno:
La biblioteca como editora, como difusora de contenidos propios y ajenos, como plataforma de publicación y comunicación, bien restringidamente, bien mediante modelos mixtos o completamente abiertos: se tratarán, aquí, los casos del Proyecto MUSE
y de HighWire Press.
La biblioteca como digitalizadora de materiales en trance de desaparición, como conservadora y difusora de contenidos de difícil acceso, capaz de plantearse los problemas que esos procesos entrañan y de tomar decisiones ejemplificantes: veremos
el caso de la Internet Library of Early Journals.
La biblioteca, por último, como formadora de usuarios, como constructora de cursos
a medida para el uso y manejo de las nuevas herramientas: veremos el caso del
proyecto europeo EDUCATE.
PROYECTO MUSE
La editorial universitaria de la Johns Hopkins University puso en marcha el proyecto
MUSE en el año 1995 en colaboración con la biblioteca Milton S. Eisenhower para ofrecer acceso completo vía web a todas las revistas científicas que se producían en la
Universidad. El proyecto comenzó a expandirse y a unificar a editores institucionales
sin ánimo de lucro que deseaban ofrecer acceso a la literatura en los campos de las
humanidades, las artes y las ciencias sociales. El modelo de trabajo seguido ha sido
internacionalmente reconocido por el tipo de licencias de uso utilizadas, la facilidad de
navegación, las tarifas de suscripción y los planes de descuento aplicados a instituciones y tipos de bibliotecas.
40
El modelo de MUSE se basa, por tanto, en la suscripción institucional a 250 revistas
científicas y 40 editores de diversas procedencias. Es, sin duda, uno de los primeros
proyectos existentes en la Web de formación de una comunidad académica electrónica de acceso mediante pago a los recursos científicos, recursos que cubren las áreas
de la literatura, la crítica, la historia, las artes visuales y los estudios culturales, la educación, la ciencia política, la antropología del género, la economía y muchos otros.
Cuando una biblioteca se suscribe al servicio de MUSE (sólo accesible para esta clase
de instituciones), la base de datos donde se guardan y gestionan las publicaciones, es
inmediatamente accesible para el campus entero de toda la universidad, sin necesidad
de identificación o clave, no sólo para los puestos que puedan estar habilitados en las
bibliotecas, de manera que los profesores, estudiantes y personal interesado, pueden
acceder desde cualquier punto y en cualquier momento a esa información.
Fig 6. Proyecto Muse
HIGHWIRE PRESS
Tal como reza su página de inicio, las ediciones Highwire son el archivo más grande
del mundo, disponible en Internet, de artículos científicos de libre acceso. En el mes de
febrero de 2004 se contabilizaron 723.869 artículos a texto completo de libre acceso
de un total de 1.761.558. La Universidad de Standford y su red de sus bibliotecas universitarias crearon un centro de costes independiente, dirigido y gestionado por las
mismas personas que rigen sus bibliotecas y centros de documentación o recursos
informativos, pero con la divisa y cometido de garantizar su sostenibilidad. El proyecto, al día de hoy, por lo que puede leerse en sus propias páginas, es rentable mediante
el desarrollo de múltiples servicios añadidos, si bien su propósito no es tanto la obtención de beneficios como la recuperación de la inversión y la consecución de frutos no
siempre tangibles.
En su declaración de intenciones consta claramente que «la aproximación de HighWire
a la edición en línea de revistas científicas no se basa, simplemente, en insertar imágenes electrónicas en páginas impresas; se trata, más bien, de añadir vínculos entre
autores, artículos y citas, búsquedas avanzadas, imágenes de alta resolución y elementos multimedia, interactividad en todas sus dimensiones y sentidos, de manera que la
versión electrónica dote a la información de una dimensión de la que carece la revista
impresa».
41
Parte del trabajo de High Wire Press ha consistido en proponer alternativas para la
difusión del conocimiento científico, intención obviamente muy ligada a la estrategia y
filosofía del open access. En gran medida, su trabajo se basa en persuadir a las diversas sociedades o colegios profesionales de las ventajas de digitalizar sus contenidos
preexistentes y de editarlos electrónicamente. Uno de los casos pioneros fue el de la
American Society for Biochemistry and Molecular Biology que editaba, entre otras, la
revista Journal of Biological Chemistry.
Fig. 8. JBC página inicial
Desde 1905 hasta 1994, todos los artículos son de libre acceso, su consulta es completamente gratuita; desde 1995 hasta el día de hoy es posible consultar gratuitamente
los índices y los resúmenes de los artículos, pero su visualización y consulta completas depende del tipo de acceso del que se disponga:
Suscripción institucional.
Suscripción individual.
Pago por visión o adquisición de artículos individuales.
Tal como revela la declaración ASBMB: The Open Access Publisher, la explotación de
los contenidos, el modelo de negocio, está basado sobre la idea del acceso abierto con
ciertas restricciones que garanticen la sustentabilidad de la revista: un tercio de los
costes deben estar cubiertos por lo que abonan los autores o sus respectivos centros
de investigación; dos tercios deberán estar cubiertos por alguna de las tres modalidades de venta propuestas más arriba; muchas universidades de países en desarrollo
se benefician de suscripciones gratuitas a los contenidos de la revista gracias al funcionamiento general del modelo.
Entre las propiedades o servicios que proporciona la revista se encuentran funcionalidades como JBC Papers in Press, suerte de servicio de prepublicaciones que proporcionan libre acceso a los materiales que han sido admitidos para su publicación apenas un día después de que el comité los haya aceptado, innovación que reduce el ciclo
que va de la aceptación a la publicación en casi dos meses.
42
Este es tan sólo un caso, sin embargo, de los 361 que en el momento de la redacción
de esta guía estaban alojados en la página de HighWire, un modelo editorial que en sí
mismo compagina el modelo de suscripción personal e institucional, el acceso libre al
archivo histórico de 176 publicaciones, la entrada y lectura libre de 22 revistas contemporáneas y, también, la prueba gratuita de algunas de las revistas sometidas a suscripción.
INTERNET LIBRARY OF EARLY JOURNALS
La Internet Library of Early Journals es una iniciativa de las universidades de Birmingham, Leeds, Manchester y Oxford bajo la dirección y los auspicios de la Electronic
Library. Se propone digitalizar las publicaciones periódicas más representativas de los
siglos XVIII y XIX y hacerlas libremente accesibles a través de Internet junto a sus
datos bibliográficos. El proyecto, como tal, finalizó en el año 1999 y no se ha añadido
material posterior.
Fig. 9. Página inicial de Internet Library of Early Journals
La muestra de las revistas elegidas es pequeña, aunque su número de páginas es alto
al haberse tomado veinte años de ediciones de cada una de ellas.
Publicaciones del siglo XVIII:
Gentleman's Magazine.
The Annual Register.
Philosophical Transactions of the Royal Society.
Publicaciones del siglo XIX:
Notes and Queries.
The Builder.
Blackwood's Edinburgh Magazine.
El proyecto fue, en definitiva, un ensayo o un experimento de digitalización pionero que
evaluó multitud de parámetros y tomó decisiones respecto a:
43
Creación de imágenes, desde el papel o el microfilm al archivo digital: resolución,
compresión de datos, uso del blanco y negro y la escala de grises, etc.
Indexación como medio para una recuperación efectiva de contenidos: a partir de la
aplicación de las técnicas de OCR, se generaron índices electrónicos para facilitar el
acceso a la información.
Acceso web a las imágenes indexadas: se trabajó siempre con la idea de que Internet fuera una plataforma de acceso público y libre a la información digitalizada.
PROYECTO EDUCATE
La alfabetización digital de los usuarios es uno de los servicios principales que deben
y pueden desarrollar las bibliotecas universitarias. La Unión Europea puso en marcha
entre los años 1994 y 1997, a través del programa European Union Telematics for
Libraries, un programa pionero titulado EDUCATE-End-user Courses in Information
Access through Communication Technology, dedicado a la formación de usuarios en el
acceso telemático a la información.El propósito original del proyecto EDUCATE fue el
de producir cursos que permitieran potencialmente a cada usuario trazarse su propio
ritmo y devenir mediante el uso y selección de las herramientas de recuperación de la
información que se le proporcionaban. Los cursos así diseñados se concibieron para
ser diseminados a través de redes de comunicación académica y los materiales desarrollados deberían servir para que las redes de bibliotecas pudieran utilizarlos en la programación de cursos de manejo y recuperación de la información para sus usuarios
habituales. Los cursos de EDUCATE se desarrollaron inicialmente en torno a dos áreas
de conocimiento principales, la física y la ingeniería electrónica. Estas materias fueron
elegidas con el propósito de contar con formación en las áreas de ciencia y tecnología.
La originalidad del diseño de los cursos puede apreciarse en la página mantenida por
The Educate Consortium donde, por ejemplo, cabe observar la concepción arborescente y graduada en la búsqueda de contenidos, en el trazado de diferentes rutas para
necesidades informativas diferentes: cómo comenzar a usar una biblioteca; cómo
comenzar un proyecto; cómo iniciar una investigación; cómo permanecer al día y actualizado; cómo buscar datos y cifras en la red; cómo utilizar los productos encontrados;
dónde encontrar recursos valiosos, etc., son algunos de los temas que tocaba ese
curso pionero.
Fig. 10. Itinerarios del proyecto EDUCATE
44
LISTA DE COMPROBACIÓN DE UN PRINCIPIANTE ANTES DE COMENZAR A EDITAR DIGITALMENTE
Antes de entrar de lleno en esta guía de edición digital en la que encontrará abundante
y precisa información en torno a todos los puntos que un editor debiera tener en cuenta,
puede resultar útil e indicativo reflexionar en torno a algunas cuestiones esenciales que orientarán su trabajo posterior, una relación de preguntas cuya respuesta determinará el tipo
de edición electrónica que practique.
¿POR QUÉ PUBLICAR EN INTERNET?
¿Qué desea alcanzar al digitalizar sus contenidos y hacerlos accesibles en línea?
¿Desea obtener mayor visibilidad, un mayor número de citas y referencias? ¿Desea que sus autores se sientan más reconocidos y respaldados? ¿Desea llegar a
más lectores y autores, a personas en otros países o continentes?
¿Desea obtener mayores beneficios económicos, una penetración en el mercado
superior a la que tiene ahora mismo, llegar a públicos, lectores y lugares que ahora
ignoran su revista?
¿Se trata, por el contrario o, complementariamente, de un mandato fundacional,
de una misión de su institución, de un programa convenido corporativamente para
difundir la información y los contenidos?
¿De cuánto dinero dispone para invertir en ese proyecto? ¿Sabe ya qué parte de ese
presupuesto deberá dedicarse al pago de los trabajos y servicios de terceros?
¿Sabe qué porción de esa cuenta deberá destinarse a la financiación de recursos
internos?
¿Están los editores de su plantilla preparados para asumir las nuevas tareas y retos?
¿Podría formarlos para que pudieran desarrollar en su propia editorial las tareas
necesarias?
¿Tiene usted alguna presión temporal para lanzar en una fecha determinada su página web
y sus nuevos servicios? ¿Ha realizado un cronograma cabal de todas la tareas implicadas
y engarzadas de manera realista y en función de los recursos con los que cuenta?
CUESTIONES DE TECNOLOGÍA
Las editoriales universitarias, por la magnitud de las instituciones en las que trabajan y
los recursos a los que potencialmente podrían acceder, estarían en condiciones, teóricamente, de disfrutar de los medios técnicos necesarios para digitalizar, editar y administrar sus propios contenidos. Esa es, en cualquier caso, una opción, no exactamente
fácil ni tampoco la única.
Antes de dar el paso de la autosuficiencia, cabe plantearse las siguientes preguntas:
¿Qué plataforma tecnológica será la más adecuada para nuestras necesidades?
¿Qué tipo de proveedor o socio tecnológico será el más apto o apropiado para nuestro proyecto de edición digital? Cabe la posibilidad de trabajar con:
Un gran editor de contenidos digitales, un sello perteneciente a un gran grupo editorial multinacional como Reed Elsevier.
Un agregador de contenidos capaz de incorporar fuentes heterogéneas en una plataforma única, tal como hace Ingenta o HighWire.
Un espacio virtual que sea, en realidad, una colección temática de enlaces a diversas bases de datos o sitios especializados, tal como hace ISINET de Thomson
Learning.
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Un agente que gestiona las suscripciones y los accesos a los contenidos y que es
capaz, además, de albergarlos y administrarlos, tal como hace Ebsco.
Antes de tomar ese decisión, analice sus flujos y procedimientos de trabajo habituales para comprobar de qué manera le afectaría tomar una u otra decisión y calcular,
también, qué clase de cambios debería introducir para que la relación fuera factible.
Haga lo mismo con sus recursos tecnológicos.
El sistema que acabe adoptando, sea cual sea, deberá cumplir, al menos, con los siguientes requisitos:
Cumpla con los requisitos establecidos por el W3 respecto a la accesibilidad.
Proteja los contenidos que se distribuyan, mediante el uso de los tipos de licencias
que se estipule y mediante las herramientas de identificación que están a disposición de los administradores y editores, tales como el DOI.
Proporcione acceso contante y seguro a los usuarios, 24 horas 7 días a la semana.
ALGUNOS PUNTOS INDISCUTIBLES
Los puntos que, indiscutible y prioritariamente habrá de tener en cuenta cuando vaya
a lanzar su sitio web son:
La calidad de los contenidos, independientemente del soporte en el que se publi-quen,
es el primero de los imperativos.
Desde el punto de vista técnico, advierta que sus páginas se carguen con rapidez,
sin dilaciones superiores a los diez segundos. Todo lo que sobrepase ese tiempo de
atención y espera puede restarle usuarios.
Cuide de la navegación dentro de su sitio, hágala sencilla e intuitiva siguiendo las
recomendaciones del W3 y de los especialistas en el tema.
Preocúpese de que su contenido sea buscable, recuperable, para lo que necesitará
dos cosas:
Que los robots indizadores de la web entiendan sus contenidos y los incorporen a
los grandes buscadores de la Red: tanto los resúmenes como las referencias
deberán estar, al menos, en lenguaje HTML.
Que incorpore un buscador con las cualidades necesarias para recuperar de la manera más pertinente posible los contenidos en el interior de su página.
Ofrezca diversos formatos de descarga de los contenidos, desde el PDF hasta HTML
pasando por RDF [RTF??] u otros.
Utilice las referencias cruzadas mediante los recursos que le proporciona el DOI y
CrossRef.
Utilice los boletines electrónicos como servicio de alerta adjuntando los índices y novedades.
Incluya en su sitio, al menos, tres años completos de números anteriores a la fecha
actual para que los usuarios puedan acceder a su fondo documental.
Cuando su presencia y su trabajo estén más afianzados, puede comenzar a trabajar en:
Personalizar los accesos a su entorno en función del tipo de usuario que se conecte:
suscriptores individuales, institucionales, bibliotecas, etc.
Implementar mecanismos de envío de originales y de notificación de su recepción.
Incorporar mecanismos que permitan conocer el estado de la evaluación de cualquiera de los artículos enviados para publicación.
Notificar la publicación de cualquier artículo en el mismo momento en que la evaluación haya sido positiva sin esperar a que el número entero esté conformado.
Instalar herramientas en línea que sirvan a los potenciales autores para publicar sus
textos y sus materiales multimedia.
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CONTROL DE ACCESOS
En función del tipo de acceso, es decir, de modelo de negocio, que acabe implantando, tendrá
que optar por una u otra forma de entrada y, por tanto, de grado de control sobre sus contenidos.
Es decir:
¿Quién tendrá acceso a sus contenidos?
¿A qué tendrá acceso?
¿Cuándo y de qué manera tendrá acceso a los contenidos?
¿Qué es lo que podrán visualizar los no suscriptores (en caso de que el modelo sea
por pago o suscripción)?
Indice de contenidos
Resúmenes.
Noticias.
Bolsa de trabajo.
Números de prueba.
Periodo gratuito de pruebas.
Números históricos gratuitos.
Etc.
MODELO ECONÓMICO
Se tratará largamente este asunto en el apartado correspondiente, pero no es precipitado plantearse algunas cuestiones relacionadas con el modelo económico y el sistema de tarificación y pago de las publicaciones. La pregunta inicial, obviamente, es:
¿Quién pagará por el acceso en línea a nuestras publicaciones?
¿Quién pagará el proceso de digitalización de nuestras revistas en papel?
¿Quién pagará por la gestión y administración de todo lo almacenado en nuestra
base de datos?
Existen, a grandes rasgos, cuatro fuentes principales de ingresos que pueden ser excluyentes o mezclarse en proporciones diversas, lo que determinará el tipo de acceso:
Los autores o instituciones que han desarrollado la investigación financian su publicación.
Licencias institucionales o también llamadas de campus.
Suscripciones institucionales o individuales.
Pago por visión.
En cuanto a las tarifas que aplique a sus productos y al alcance de cada una de ellas,
existen múltiples modalidades que usted tendrá que estudiar:
La revista en línea se comercializa conjuntamente con la revista en papel con un único precio: en este caso bien la revista electrónica es gratuita, bien tiene un coste adicional que se incrementa entre un 10-35%.
La revista digital se vende separadamente y tiene un coste inferior a la revista en papel entre un 0-35%.
Las licencias institucionales se basan, para calcular sus costes, en los parámetros
siguientes:
El gasto como cliente que se haya producido en la suscripción en papel.
El tamaño del consorcio que negocie la suscripción cuando se trate, por ejemplo,
de una red de bibliotecas.
El número de empleados o de usuarios que tendrán acceso a los contenidos.
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El tamaño objetivo de la institución en función del número de institutos de investigación o de parámetros similares.
El uso histórico o esperado que pueda hacerse de la información.
En el pago por visión, destinado a usuarios eminentemente individuales, precise equilibradamente el precio: no lo eleve para no convertirlo en disuasorio y no lo rebaje
hasta hacer imposible la amortización.
Como en todo proceso editorial, en realidad, para establecer los precios sería deseable
que el editor pudiera determinar claramente cuáles son los costes del prototipo, bien
en papel, bien en formato electrónico, desglosando claramente los gastos atribuibles a
costes internos y a costes externos.
POLÍTICA DE REFERENCIAS
La visibilidad de sus contenidos tiene mucho que ver con la relación de lo que se ha venido
en llamar «vecindario», el conjunto de páginas (instituciones universitarias, de investigación,
publicación temáticamente afines, etc.) que puedan apuntar, potencialmente, a su página, a
su propia publicación y, al contrario, el conjunto de vínculos incluidos en su página que apuntan a esa red potencial.
Fig. 11. Vecindario de la Residencia de Estudiantes
La mejora de su posición, de su posicionamiento (por usar el término técnico), dentro de la
web, dependerá en gran medida de lo tupida y rica que sea esa relación.
Es recomendable que utilice una herramienta como la que proporciona Touch Grahp.
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SERVICIOS DE INDEXACIÓN E INTEGRACIÓN DE CONTENIDOS
Otra de las preguntas que deberá formularse, o que ya se habrá formulado porque también correspondería a su revista en papel, es si sus revistas están siendo indizadas
adecuadamente por los servicios de referencia profesionales por todos utilizados:
Será conveniente, en consecuencia, que les haga notar la aparición de una versión
electrónica de la revista en papel y que se construyan los vínculos que faciliten el
acceso.
Tenga en cuenta que cuanto más integre, vincule y facilite la recuperación de sus
contenidos, más leídas serán sus revistas.
USO DE LOS DATOS
De la misma forma que es importante saber quiénes son los sitios en la Web que apuntan al suyo y, a su vez, cuál es su propia política de referencias, deberá asegurarse que
usted mismo o la empresa que le proporciona servicios de almacenamiento, gestión y
venta de contenidos, le proporciona información sobre el número de visitas, descargas
y distribución de materiales y artículos. Existe software especializado, denominado en
términos generales como web log analyzers, que le permitirá conocer esos datos de
manera exhaustiva y regular.
49
2. El uso de los soportes digitales para la edición de
contenidos científicos en las universidades españolas:
estudio de casos y estado de la cuestión
RAQUEL VIDAL
50
51
Accesibilidad
84
Velocidad de descarga
84
Existencia de versiones para la impresión
85
Existe ayuda sobre la estructura y navegación de la web
85
Posibilidad de variantes de idiomas
87
Navegación
88
Menú de contenidos siempre visible
89
Terminología consistente
89
Botones de navegación
90
Difusión de la información
91
Colecciones
91
Tipos de publicaciones
94
Los soportes
96
Información catalográfica
97
Acceso a las obras
98
Formatos de descarga de contenidos
98
Secciones
99
Edición digital
100
Ergonomía
102
La lectura
103
Tipografía
103
Diseño
104
Luminosidad
105
Conclusiones
106
Datos básicos
106
Visibilidad de la información
106
Directorio
107
Actualización y actualidad
108
Accesibilidad
108
Navegación
108
Difusión de la información
108
Ergonomía
109
Luminosidad
109
La presencia de la edición electrónica en los servicios de publicaciones
en las universidades españolas
110
Objetivos
111
Metodología
111
Resultados
113
Materiales
113
Modelos de explotación
119
Precios
121
Conclusiones
122
Capítulo 2
El uso de los soportes digitales para la edición de contenidos científicos
en las universidades españolas: un estudio de casos y un estado
de la cuestión (Raquel Vidal)
51
Análisis de los sitios web en las universidades españolas: estudio de casos y
estado de la cuestión
52
Objetivos
52
Metodología
53
Datos de identificación
55
El formulario
55
Resultados
60
Fichas de las editoriales Universitarias
62
El formulario
62
Datos básicos
62
Título del recurso
62
Lengua
64
Visibilidad de la información
65
Entrada desde la página de la Universidad
65
Página del servicio de publicaciones/editorial
67
Mapa del sitio
68
Tabla de contenido
69
Motor de búsqueda interno
70
Otros enlaces a la página de la editorial
78
Directorio
79
Identificación de la responsabilidad
79
Posibilidad de contacto
80
Existencia de logo y texto de la Universidad
82
Actualización y actualidad
83
Si aparece indicada la fecha de actualización
83
Si ha transcurrido más de un año desde la última actualización
83
ANÁLISIS DE LOS SITIOS WEB DE LAS EDITORIALES UNIVERSITARIAS
ESPAÑOLAS
En las últimas décadas se han producido diferentes transformaciones relacionadas con
los avances tecnológicos que han permitido la evolución de nuestra sociedad. Uno de los
sectores afectados ha sido el editorial, donde se está experimentando un proceso de transición, pasando de una edición tradicional a una edición electrónica. Uno de los ámbitos
más importantes en la adaptación a estos nuevos formatos es el científico, y concretamente el universitario.
El objetivo último del científico debe ser llevar su trabajo de investigación a todos los
ámbitos, transmitiendo ese conocimiento científico a toda la sociedad. Esto motiva al investigador para seguir trabajando, al mismo tiempo que las universidades están cumpliendo con uno de sus fines más importantes. Por ello, es fundamental la búsqueda de los
medios más eficaces para conseguirlo, mejorando la publicación de los trabajos y el acceso a las investigaciones y estudios realizados.
Por lo tanto, el papel de los servicios de publicaciones es fundamental en esta cuestión. De ahí el interés del estudio de casos mostrado en este capítulo del proyecto, fruto
de la investigación llevada a cabo para intentar conocer la labor realizada por estos servicios editoriales.
OBJETIVOS
En el estudio realizado se pretenden conocer los sitios web pertenecientes a los servicios de publicaciones o editoriales de las universidades existentes en nuestro país, con el fin
de establecer la situación actual en dichos servicios, mediante su valoración y evaluación
sistemáticas. Este objetivo principal se concreta en una serie de objetivos específicos fundamentales, citados a continuación:
Identificar a las editoriales universitarias, a través de una serie de datos básicos.
Conocer la ubicación del recurso web analizado.
Comprobar la visibilidad de la información, tanto a través del sitio web de la universidad como del propio servicio editorial.
Determinar la responsabilidad del servicio de publicaciones y la posibilidad de contacto.
Comprobar la actualización y actualidad de la página web en cuestión.
Determinar la accesibilidad del servicio de publicaciones.
Conocer las posibilidades de navegación ofrecidas.
Comprobar la difusión de la información, a través de las colecciones y de las secciones existentes.
Establecer los soportes documentales empleados para almacenar la información.
Determinar la ergonomía ofrecida en el sitio web.
Valorar la luminosidad y el posicionamiento de la editorial en función de los enlaces
externos presentados.
52
METODOLOGÍA
El presente estudio abarca los servicios de publicaciones de todas las universidades
españolas, un total de 71.
En la siguiente relación se especifican las universidades que han sido analizadas, distribuidas en cinco grupos, en base a la «Oferta Universitaria» presentada en la página web
del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte1 (MEC):
UNIVERSIDADES PÚBLICAS (48):
Universidad da Coruña.
Universidad de Alcalá.
Universidad de Alicante.
Universidad de Almería.
Universidad Autónoma de Barcelona.
Universidad Autónoma de Madrid.
Universidad de Barcelona.
Universidad de Burgos.
Universidad de Cádiz.
Universidad de Cantabria.
Universidad Carlos III de Madrid.
Universidad de Castilla-La Mancha.
Universidad Complutense de Madrid.
Universidad de Córdoba.
Universidad de Extremadura.
Universidad de Girona.
Universidad de Granada.
Universidad de Huelva.
Universidad de les Illes Balears.
Universidad de Jaén.
Universidad Jaume I de Castellón.
Universidad de La Laguna.
Universidad de La Rioja.
Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Universidad de León.
Universidad de Lleida.
Universidad de Málaga.
Universidad Miguel Hernández de Elche.
Universidad de Murcia.
Universidad de Educación a Distancia (UNED).
Universidad de Oviedo.
Universidad Pablo de Olavide.
Universidad del País Vasco.
Universidad Politécnica de Cartagena.
Universidad Politécnica de Catalunya.
Universidad Politécnica de Madrid.
Universidad Politécnica de Valencia.
Universidad Pompeu Fabra.
Universidad Pública de Navarra.
Universidad Rey Juan Carlos.
53
Universidad
Universidad
Universidad
Universidad
Universidad
Universidad
Universidad
Universidad
Universidad
Rovira i Virgili.
de Salamanca.
da Santiago de Compostela.
de Sevilla.
de Valencia-Estudi General.
de Valladolid.
de Vigo.
de Zaragoza.
Católica San Antonio de Murcia.
UNIVERSIDADES DE LA IGLESIA CATÓLICA (6):
Universidad Católica Santa Teresa de Ávila.
Universidad de Deusto.
Universidad de Navarra (privada).
Universidad Pontificia de Comillas.
Universidad Pontificia de Salamanca.
UNIVERSIDADES NO PRESENCIALES (2):
Universidad de Educación a Distancia (UNED).
Universidad Oberta de Catalunya.
UNIVERSIDADES INTERNACIONALES (2):
Universidad Internacional de Andalucía.
Universidad Internacional Menéndez y Pelayo.
UNIVERSIDADES PRIVADAS (15):
Universidad Abat Oliba CEU.
Universidad Alfonso X El Sabio.
Universidad Antonio de Lebrija.
Universidad Camilo José Cela.
Universidad Cardenal Herrera–CEU.
Universidad Europea de Madrid.
Universidad Europea Miguel de Cervantes.
Universidad Francisco de Vitoria.
Universidad Internacional de Cataluña.
Mondragón Unibertsitatea.
Universidad Oberta de Catalunya.
Universidad Ramón LLull.
Universidad San Pablo–CEU.
Universidad SEK (Segovia).
Universidad de Vic.
Las universidades destacadas en letra cursiva son aquellas a las cuales se les ha aplicado el formulario. Mientras que las universidades en letra redonda no han sido analizadas en base al formulario, debido a sus características: no poseen editorial o, si la tienen,
ésta no cuenta con página web o no dispone de un servicio de publicaciones centralizado.
También cabe destacar el caso de la UNED que es, a su vez, una universidad pública
y una universidad no presencial. Como se puede observar se incluye en ambos grupos. Lo
mismo ocurre con la Universidad Oberta de Catalunya que es una universidad privada y
una universidad no presencial.
54
La investigación realizada se centra en un formulario aplicado al sitio web de la editorial universitaria, que lleva al conocimiento de la información necesaria para cumplir los
objetivos del presente trabajo. A éste se añaden una serie de datos básicos para la identificación de la editorial.
DATOS DE IDENTIFICACIÓN
En este apartado se ofrece información básica para la identificación del servicio de
publicaciones, concretamente datos tales como: año de fundación, datos históricos,
dirección, teléfono, fax, mail, director/a, otros cargos, distribución en España y en el
extranjero, líneas editoriales, finalidad y observaciones.
Principalmente se han utilizado dos fuentes de información: el sitio web de la propia
editorial y la página web de la Asociación de Editoriales Universitarias de España
(AEUE)2.
EL FORMULARIO
El formulario aplicado al recurso web de la editorial universitaria es la base de la investigación. Para su elaboración se han seguido una serie de pautas y criterios procedentes de un proyecto denominado Normalización de la difusión electrónica de la investigación científica y tecnológica en las Universidades españolas: diseño de una guía de
estándares y criterios (GEICyT) dirigido por María Pinto Molina.
Junto con el anterior trabajo, se han seguido fundamentalmente las recomendaciones
dadas por Lluís Codina3 en su obra El libro digital y la WWW, concretamente en su
apartado dedicado a la «Evaluación de publicaciones digitales». También se han tomado como referencia las pautas seguidas en DARWIN4, un Directorio Analítico de
Recursos Web Informativos que pretende constituir una guía estructurada de los recursos de Internet de mayor utilidad e interés.
Además se han consultado otras fuentes relativas a la evaluación de páginas web que
se muestran a continuación:
Criteria for evaluation of Internet Information Resources5. Alastair Smith, VUW Department of Library and Information Studies, New Zealand.
Critical evaluation of resources 6 . University of California Berkeley Teaching Library.
Evaluating internet information7. Nicole J. Auer.
Evaluating information found on the internet8. Johns Hopkins University.
Evaluating quality on the Net 9 . Babson College.
Evaluating web sites: a guide for writers10. Western Illinois University.
La evaluación de la calidad de la información web: aportaciones teóricas y experiencias prácticas11. José Antonio Merlo Vega, Universidad de Salamanca.
La evaluación de los contenidos de una página web12. University of Thomas.
Método abreviado de evaluación de sitios web13. W3aeiou.
Webs para aprender: la red a examen14. Joseph Mª Blanco.
Thinking critically about World Wide Web resources15. University of California, Los
Ángeles (UCLA) (http://www.library ucla.edu/libraries/college/help/critical).
El formulario está distribuido en varios bloques, dentro de los cuales se incluyen varios
apartados que ayudan a conocer y valorar la información requerida.
55
A continuación se muestra el «Cuadro–Formulario» utilizado en esta investigación, con
los diferentes ítems que lo integran:
FORMULARIO-CUESTIONARIO PARA PÁGINAS WEB DE LAS
EDITORIALES UNIVERSITARIAS
1. Datos básicos
Título del recurso
URL
Responsabilidad (universidad)
Lengua de publicaciones
2. Visibildad de la información
Entrada desde la página de la universidad
Página del servicio de publicaciones/editorial
Mapa del sitio
Tabla de contenido
Motor de búsqueda interno
Otros enlaces a la página de la editorial
3. Directorio
Identificación de la responsablidad
Posibildad de contacto
Existencia del logo y texto de la universidad en la página de la
editorial
4. Actualización y actualidad
Actualización de la información
5. Accesibilidad
Velocidad de descarga
Existencia de versiones para la impresión
Ayuda sobre la estructura y navegación de la web
Posibildad de variantes de idiomas
6. Navegación
Menú de contenidos siempre visible
Terminología consistente
Botones de navegación
7. Difusión de la información
Colecciones
Catálogos/materiales
Acceso a las obras
Secciones de interés
8. Ergonomía
Lectura/legibilidad
Tipografía
Diseño
9. Luminosidad
Fig. 1. Formulario-cuestionario para editoriales universitarias
Datos básicos:
Título del recurso: nombre con el cual se denomina la página web del servicio de publicaciones de la Universidad
URL: dirección del recurso web estudiado.
Responsabilidad: hace referencia a la universidad a la cual pertenece la editorial
en cuestión:
Lengua: se trata del idioma/s empleado/s en las publicaciones: español, otras lenguas del Estado español (catalán, gallego, vasco, valenciano), lenguas extranjeras
(inglés, francés, italiano, portugués, alemán, etc.).
56
Visibilidad de la información:
Entrada desde la página de la universidad. Ofrece información sobre varias cuestiones:
Si existe una entrada desde la página de la universidad que lleve al sitio web del
servicio de publicaciones.
Si el enlace es directo.
Si es fácilmente localizable: hace referencia a la claridad de la denominación del
enlace/s a través del que se accede a la editorial. Por ejemplo, una de las denominaciones más comunes es «Servicios», considerándose apropiada, pues es
lógico que el usuario vaya a buscar allí, el «Servicio de publicaciones».
Si se identifica claramente el enlace a la página de la editorial: se trata del enlace último que lleva directamente a dicha página, que suele identificarse con nombres tales como: «Servicio de publicaciones», «Publicaciones», «Editorial», etc.
Se pretende comprobar si el nombre indica de forma exhaustiva y concreta el
servicio al cual se accede a través de ese vínculo.
Página del servicio de publicaciones/editorial. Se atiende a varios puntos de interés:
Si posee un título indicativo: «Servicio de publicaciones», «Editorial», «Publicaciones», «Ediciones», etc.
El servicio se identifica con otro nombre diferente: en el caso de que no posea
un título significativo.
Si aparece explicación del contenido del sitio web: bien en la página principal de
la editorial, bien en alguna de sus secciones o apartados como, por ejemplo, el
de «Presentación», «Información», etc.
Mapa del sitio: se trata de conocer los siguientes datos:
Si existe un mapa web del recurso estudiado.
En el caso de que sí exista el mapa, comprobar si posee enlaces a los contenidos presentados.
Tabla de contenido. Este apartado se subdivide en una serie de puntos:
Si existe una tabla de contenidos donde se muestren las diferentes secciones y
apartados.
Si se ofrece algún comentario o información que identifique o describa brevemente los contenidos incluidos en cada sección.
Si la información está organizada en apartados desplegables.
Motor de búsqueda interno. En relación con esta cuestión se pretenden conocer diversos datos:
Si la página del servicio de publicaciones incluye un motor de búsqueda interno
que permita encontrar una obra determinada en el catálogo.
Si la búsqueda se realiza mediante texto libre (palabras clave), es decir, si el usuario puede escribir en el cuadro de búsqueda las palabras necesarias para encontrar la obra, utilizando el lenguaje natural.
Si la búsqueda se realiza mediante texto controlado, se refiere a los motores de
búsqueda en los cuales el usuario no escribe un texto libre, sino que debe elegir
entre las posibles opciones previamente establecidas y mostradas en un menú
desplegable.
Se utilizan operadores booleanos para formular la estrategia de búsqueda.
57
Si permite la búsqueda por campos y, si es así, cuáles son: autor, título, materia,
colección, ISBN/ISSN, año de edición, orden, otros.
Otros enlaces a la página editorial: se trata de conocer si existen enlaces a la editorial universitaria, desde otras páginas web. De hecho algunos servicios de publicaciones ofrecen vínculos a las editoriales de otras universidades, como es el caso
de la Universidad de Cádiz.
Directorio:
Identificación de la responsabilidad. Se trata de información relativa al personal encargado del servicio de publicaciones, resumida en dos puntos:
Si está bien determinada la autoría, es decir, si se indica quién es el director o
responsable del servicio.
Existe una lista de personal del servicio, donde se incluyan los cargos, los nombres y apellidos, y los datos de contacto (teléfono, fax, correo electrónico).
Posibilidad de contacto. Se determina si se ofrecen datos para contactar con la editorial: dirección, teléfono/fax y e-mail.
Existencia del logo y del texto de la universidad en la página de la editorial. Si consta el logo y la mención de la universidad, por un lado, en la página principal y, por
otro, en el resto de las páginas del servicio de publicaciones.
Actualización y actualidad:
Actualización de la información. Se pretende comprobar la actualización de la información que aparece en la página web de la editorial, es decir, si se indica la fecha
de actualización en la página de la editorial.
Actualidad de la información. Consiste en comprobar la actualidad de la información que aparece en la página, es decir, si ha transcurrido más de un año desde la
última actualización, pues se indica así la obsolescencia de la información integrada en el recurso web en cuestión.
Accesibilidad:
Velocidad de descarga. Rápida o lenta; éste último hecho puede estar relacionado
con el diseño de la página web (diseño muy elaborado, con gran cantidad de imágenes) o con la descarga del catálogo y de publicaciones en línea (PDF, Word,
etc.).
Existencia de versiones par la impresión. Se comprueba si en el sitio web se ofrece la posibilidad de imprimir, si existe un botón para desempeñar esta función. Este
botón de impresión podría venir, por ejemplo, incluido en la ficha de la propia obra.
Ayuda sobre la estructura y nevegación de la web. Si el servicio de publicaciones
muestra alguna sección o apartado con una explicación que sirva para conocer la
estructura del sitio web, facilitando así la navegación a través del mismo.
Posibilidad de variantes de idiomas. Se valora si existe la opción de cambiar de
idioma, concretamente el español y otra más, bien una lengua oficial del Estado
español (catalán, gallego, vasco, valenciano), bien una lengua extranjera (inglés,
francés, portugués, etc.).
Esta pauta es fundamental en el caso del recurso web que presenta su estructura
y contenidos en algún idioma diferente al español.
58
Navegación:
Menú de contenidos siempre visible. Información determinada sobre la tabla de contenidos (cuya existencia ya queda patente en el bloque anterior «Visibilidad de la
información»: «Tabla de contenidos»). La finalidad es comprobar si el menú está
siempre visible, en todas las páginas y, dentro de ellas, en el mismo lugar.
Terminología consistente. Hace referencia al hecho de que todos los apartados
utilizan el mismo término con el que vienen indicados en la tabla de contenidos.
Botones de navegación. Se centra en la siguiente cuestión: si es posible subir a un
nivel más genérico, debido a la posibilidad de volver a la página de inicio de la editorial o debido a la navegación entre secciones y apartados.
Difusión de la información:
Colecciones. Se investigan varios puntos:
Si las obras del catálogo del servicio se distribuyen por colecciones, teniendo en
cuenta que también las materias se van a considerar como colecciones, pues en
la mayoría de las editoriales cumplen el papel de las mismas.
Si las colecciones tiene un título significativo, es decir, que el título permita intuir
o conocer la materia o campo del saber correspondiente.
La distribución equilibrada de las obras en relación con las diferentes colecciones
donde se integran.
Datos básicos de las colecciones mostrados por el sitio web: nombre, temática,
nº de títulos, etc.
Catálogos/Materiales. Interesan las siguientes informaciones sobre las obras que
conforman el fondo editorial:
Tipos de documentos: monografías, revistas, manuales, actas de congresos, tesis. Los anteriores son los materiales más habituales, aunque también existen
editoriales que ofrezcan otros temas distintos que son mencionados en las fichas
correspondientes.
Formato: papel, CD-ROM, edición on line. También pueden aparecer otros formatos distintos como, por ejemplo, la microficha.
Se ofrece suficiente información para la identificación de las obras: autor, título,
año de edición, colección, resumen, ISBN/ISSN, precio, etc.
Acceso a las obras: datos sobre la accesibilidad a las publicaciones que el servicio ofrece al usuario, que pueden ser más o menos exhaustiva:
Sólo aparecen los títulos de las obras: si no se ofrece otro tipo de información,
simplemente un listado de títulos.
Información bibliográfica sobre la obra: una referencia bibliográfica o una serie
de datos de este tipo.
Permite acceder a parte de la obra: presentación, índice, prólogo, etc.
Permite la descarga de la obra completa, en diferentes formatos: PDF, HTML,
Word, etc. Este sería el caso de los documentos electrónicos.
Secciones de interés. A través de las cuales se ofrece toda la información estimada pertinente por el servicio de publicaciones. Se han seleccionado seis secciones
concretas, consideradas de gran importancia para la difusión de la información:
Novedades editoriales. Se incluyen las últimas obras editadas por el servicio.
Pedidos / compra, donde se ofrece la oportunidad de adquirir una publicación, a
través de diferentes formas de contacto: dirección postal, teléfono, fax, mail, en
la propia editorial, o dirigiéndose a los distribuidores (por ejemplo: librerías).
59
Información para autores relativa a la presentación de originales, las normas de
publicación, las correcciones, la publicación de los diferentes materiales, etc.
Noticias/última hora: sección constituida por noticias de interés relacionadas
con el sector editorial o con el propio servicio de publicaciones.
Número de visitas: contador del número de personas que han entrado en la página web, desde su creación o desde una fecha determinada.
Edición electrónic/digital: dedicada a las nuevas tecnologías, por ejemplo, las publicaciones electrónicas y el acceso a las mismas, una biblioteca digital, libros
electrónicos, etc.
Ergonomía:
Los indicios presentados a continuación contribuyen a apreciar la ergonomía de la
Web:
Lectura/legibilidad. Si la información se lee con claridad o, por el contrario, es realmente complicada de descifrar.
Tipografía. Basándonos en dos cuestiones: si se ofrece una legibilidad apropiada,
regular o pésima. Tamaño de letra: si es adecuado o normal, o más bien pequeño,
siendo necesario aumentar su tamaño.
Diseño. Puede ser sencillo y escueto, sin complicaciones, o también más elaborado y recargado.
Otra pauta interesante es conocer lo que prima, si el texto o las imágenes. Así se
presentan tres posibilidades:
Prima el texto sobre las imágenes.
Priman las imágenes sobre el texto.
Texto e imágenes equilibradas.
Luminosidad:
Lluís Codina16 señala que «la luminosidad de una web se refiere al número de enlaces que contiene hacia otras sedes web».
La existencia de enlaces externos es importante en una web pues, por una parte, se
añade utilidad al recurso y, por otra, es una forma indirecta de popularizar y dar a
conocer dicho recurso.
En este sentido, es interesante considerar lo siguiente: si se trata de una simple lista
de títulos de sedes web o si se ofrece más información sobre cada sede web.
Todos los criterios descritos anteriormente quedan patentes en el formulario, analizándose así los diferentes sitios web de las editoriales universidades.
Los datos obtenidos en esta investigación han sido tabulados utilizando el programa
estadístico SPSS.
RESULTADOS
En primer lugar debe señalarse que no todas las universidades españolas cuentan con
un «servicio de publicaciones» propiamente dicho, y entre aquellas que poseen dicho servicio se encuentran algunas que no ofrecen un sitio web del mismo. Esta afirmación se
refleja en las tablas 1 y 2. En ellas se observa que entre las 71 universidades existentes
en nuestro país, objeto de este estudio, 54 cuentan con «servicio de publicaciones», mientras que 15 no disponen de él, y dos universidades «no poseen un servicio de publicaciones centralizado».
60
Universidad con servicio
de publicaciones
Recuento
%
Sí
54
76,1
No
15
21,1
Servicio
de publicaciones
no centralizado
2
2,8
Total
71
100,0
Tabla 1. Universidades con servicio de publicaciones
Servicio de publicaciones
con página web
Recuento
%
Sí
49
90,7
No
5
9,3
Total
54
100,0
Tabla 2. Editoriales universitarias con sitio web
Los centros universitarios que no disponen de editorial son los siguientes:
Universidades públicas: Universidad Carlos III de Madrid; Universidad Miguel Hernández de Elche; Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED);
Universidad Pablo de Olavide (Sevilla); Universidad Politécnica de Cartagena;
Universidad Pompeu Fabra (Barcelona); Universidad Rovira i Virgili (Tarragona).
Universidades de la Iglesia Católica: Universidad Católica Santa Teresa de Ávila;
Universidad De Deusto.
Universidades Internacionales: Universidad Internacional Menéndez y Pelayo.
Universidades Privadas: Universidad Abat Oliba CEU; Universidad Europea Miguel
de Cervantes; Universidad Internacional de Cataluña; Mondragón Unibertsitatea;
Universidad SEK (Segovia).
Las dos universidades que no poseen un servicio de publicaciones centralizado son la
Universidad Politécnica de Madrid (pública) y la Universidad Ramón Llull (privada). Esta
información ha sido proporcionada por los propios centros de enseñanza, a través de
correo electrónico. La primera universidad indica que cada escuela o facultad tiene su propio servicio de publicaciones. En el segundo caso, se trata de una universidad de tipo federativo, por lo tanto, es cada institución federada que integra la universidad, quien produce
sus publicaciones o la que tiene acuerdos con editoriales.
En consecuencia, aunque un 76,1% de las universidades cuentan con un servicio de
publicaciones propiamente dicho, el porcentaje restante, un 23,9% (21,1% + 2,8%), es
61
excesivamente alto. La existencia de una editorial en los centros universitarios es esencial
para la difusión del conocimiento y la investigación, cumpliendo así con uno de los objetivos principales de la Universidad.
Otra cuestión interesante es la existencia de un sitio web que albergue el servicio dedicado a la divulgación de las publicaciones. En este sentido, la tabla anterior (nº 2) muestra que 49 universidades de las 54 con editorial, disponen de un recurso colgado en Internet para dar a conocer sus publicaciones, y sólo cinco carecen de éste. Este último caso
corresponde a las universidades indicadas a continuación:
Universidades públicas: Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y la Universidad de León.
Universidades de la Iglesia Católica: Universidad de Navarra (privada).
Universidades privadas: Universidad Europea de Madrid y Universidad San Pablo
CEU (Madrid).
El formulario se aplica a los centros con «servicio de publicaciones» ofrecido a través
de Internet, pues se trata del objetivo perseguido en esta investigación. Por lo tanto, los
datos tabulados, a partir de los cuales se han obtenido los resultados, pertenecen a las 49
universidades que presentan esta característica.
FICHAS DE LAS EDITORIALES UNIVERSITARIAS
Las fichas de las universidades analizadas se incluyen como anexo al presente trabajo, ofreciéndose en ellas los siguientes datos:
La reproducción de la página principal del sitio web del servicio de publicaciones.
La fecha de análisis del recurso web.
Los datos de identificación.
El formulario.
EL FORMULARIO
A continuación se muestran los datos resultantes de la tabulación (programa SPSS) del
formulario aplicado a las diferentes editoriales universidades españolas. Como se ha
indicado en epígrafes anteriores, los datos pertenecen a los 49 centros universitarios
con servicio de publicaciones y sede web propia.
El formulario se divide en varios bloques, como se ha señalado en el apartado dedicado a la metodología, y dentro de cada uno se incluyen una serie de cuestiones básicas
para obtener la información requerida.
Datos básicos
En este bloque se integran cuatro ítems: título del recurso, lengua, URL y responsabilidad (universidad), siendo tabulados los dos primeros.
Título del recurso.
Hay que considerar la aparición de diferentes idiomas en las denominaciones:
Servicio de publicaciones/Servei de publicacions. Publicaciones/Publicacions.
Ediciones/Edicions.
62
Los títulos «Editorial» y «Ediciones» son menos comunes, al igual que «otros»:
«Servicio editorial» (Universidad del País Vasco), «Servicio de publicaciones e
intercambio científico» (Universidad de Santiago de Compostela), «Secretariado
de publicaciones» (Universidad de Sevilla), «Publicaciones e investigación»
(Universidad Alfonso X El Sabio).
Ninguno
Servicio de publicaciones
Otro
Ediciones
Editorial
Publicaciones
Fig.1. Títulos del recurso web de las editoriales universitarias
63
También se han encontrado editoriales que no ofrecen realmente ningún título en
su sitio web, aunque se pueden identificar por alguna información existente en los
datos de contacto o en el copyright. Este hecho se observa en la Universidad de
les Illes Balears y en la Universidad de la Rioja.
Directamente relacionado con este tema se encuentra el ítem «Posee un título indicativo» la página del servicio de publicaciones.
Página de servicio de
publicaciones con título indicativo
Recuento
%
Sí
47
95,9
No
2
4,1
Total
49
100,0
Tabla 3. Sitios web con título indicativo
Según se desprende de la información contenida en esta tabla, el título de todas
las editoriales de las universidades que lo poseen es indicativo, es decir, que el
usuario puede identificar claramente el recurso web.
Lengua
La tabla relativa al idioma de las publicaciones de la editorial refleja el hecho de
que el «castellano» está presente en todas, excepto en la Universidad de Vic
(Barcelona). Dicha editorial publica obras únicamente en catalán.
Lengua de publicaciones
Recuento
%
Sólo español
13
26,5
Español y otras
lenguas españolas
3
6,1
Español y lenguas
extranjeras
19
38,8
No español
1
2,0
Español, lenguas
españolas
y extranjeras
13
26,5
Total
49
100,0
Tabla 4. Lengua de las publicaciones
64
Además de la lengua castellana aparecen publicaciones en otras lenguas oficiales
del Estado español: catalán, euskera, gallego y valenciano, así como en lenguas
extranjeras: inglés, francés, italiano, portugués, etc.
Existe un claro predominio del «castellano y lenguas extranjeras» con un 38,8 %,
seguido de dos opciones con un porcentaje similar del 26,5 %: «sólo castellano» y
«castellano, lenguas españolas y extranjeras». Y con una notable diferencia, un
6,1%, se encuentra el «castellano y otras lenguas oficiales (catalán, euskera, gallego, valenciano)».
20
18
16
14
12
10
8
6
4
2
0
Sólo
castellano
Castellano
y otras
lenguas
españolas
Castellano No castellano
y lenguas
extranjeras
Castellano,
lenguas
españolas
y extranjeras
Fig. 2. Lengua de las publicaciones
Cabe mencionar la «posibilidad de variantes de idiomas» como materia relacionada, aunque teniendo en cuenta que se alude, en este caso, al idioma del propio
sitio web. De todos modos, la información sobre este ítem queda reflejada en el
bloque de la «accesibilidad», que se abordará más adelante.
Visibilidad de la información
La visibilidad o popularidad, como la denominan también algunos autores como L.
Codina, es un buen indicador de calidad ya que se refiere al grado en el cual una
web es enlazada por otras webs. También se le denomina como posicionamiento.
Para una web es muy importante darse a conocer y ser lo más visible posible.
Hay que considerar que la visibilidad no se limita solamente a la aparición de enlaces que lleven al recurso en concreto, en otras páginas web. La visibilidad está
estrechamente relacionada con la accesibilidad y la difusión de la información.
Por lo tanto, en este criterio es fundamental considerar los siguientes indicadores,
presentados en el formulario.
Entrada desde la página de la Universidad
Una de las cuestiones consideradas es la visibilidad del servicio de publicaciones,
a través de la web de la universidad a la cual pertenece.
65
Es esencial que exista un enlace que dirija a la editorial universitaria, bien sea
directo o indirecto, pasando por varios enlaces que lleven finalmente al recurso.
Como puede observarse en la tabla ofrecida a continuación, todas las universidades poseen un vínculo dirigido a su servicio de publicaciones. En la mayoría de los
casos el enlace no es directo, en concreto en un 67,3 %, mientras que las universidades con enlace directo presentan un porcentaje del 32,7 %.
Entrada desde página
de universidad
Recuento
%
Sin enlace directo
33
67,3
Con enlace directo
16
32,7
Total
49
100,0
Tabla 5 Entrada desde la página principal de la Universidad
Tanto si el enlace es directo como si no lo es, debe ser fácilmente localizable. Esto
quiere decir que su denominación sea clara, siendo obvio que a través de ese enlace/s se llega al recurso de la editorial. En el estudio realizado se ha comprobado
que la mayoría de las universidades (93,9%) presentan esta característica, lo cual
es un indicio positivo.
Enlace fácilmente localizable
Recuento
%
Sí
46
93,9
No
3
6,1
Total
49
100,0
Tabla 6. Enlace fácilmente localizable
La denominación más común es «Servicios», «Servicios Universitarios» o
«Servicios generales», dependientes, en algunas ocasiones, de otros enlaces
como: «Estructura» (Universidad Murcia), «Acceso temático» (Universidad Oviedo), «Información» (Universidad Politécnica de Valencia), «Organización y servicios» (Universidad de Valencia) e, incluso, enlaces con el nombre de la propia
Universidad: en el caso de la Universidad de Girona (la «UDG»), la Universidad
Politécnica de Catalunya (la «UPC») y Universidad de Vic («Universidad»). Cabe
66
destacar, en este sentido, el enlace de la Universidad de Alicante: «Biblioteca y
Archivo», dentro del cual se encuentra el vínculo del «Servicio de publicaciones».
El porcentaje de universidades cuyo enlace a la editorial no ayuda a la localización
de la misma es, solamente, de un 6,1%. Está constituido por tres universidades
que ofrecen un enlace poco significativo para llegar al sitio web de su editorial: la
Universidad Autónoma de Barcelona («Suport a l´estudi»), la Universidad de la
Rioja y la Universidad Católica San Antonio de Murcia, que poseen el enlace denominado «Investigación» para llegar al de «Publicaciones».
Además, el enlace directo al «Servicio de publicaciones» debe ser identificable claramente, lo cual significa que la denominación del enlace debe explicitar, sin ninguna duda, el servicio al cual se accede a través de él, en este caso, el servicio de
publicaciones.
Los porcentajes obtenidos reflejan la existencia de esta circunstancia en todas las
universidades que poseen una editorial con sede web. Esto es lógico pues los
enlaces están formados por el mismo nombre que designa el recurso o, si no, por
uno similar: «Servicio de publicaciones», «Publicaciones», «Ediciones», «Servicios editoriales», «Editorial», «Servicio de publicacions e intercambio científico»,
etc.
Enlace identificable claramente
Recuento
%
Sí
49
100,0
No
0
0,0
Total
49
100,0
Tabla 7: Enlace identificable claramente
Página del servicio de publicaciones/editorial
Es necesario que la propia página web de la editorial facilite el conocimiento de
este servicio, pues uno de sus objetivos se centra en «ser visible», poniendo todos
los medios posibles para conseguirlo.
En este sentido, el primer paso será contar con un título indicativo, con el fin de
que el usuario conozca el sitio web que está visitando. Los datos correspondientes a este punto han sido mostrados ya en el anterior bloque «Datos básicos» en
el apartado «Título del recurso» (tabla 12) junto a la información relativa a la denominación de dicho título.
Otra pauta interesante para conseguir la visibilidad es la explicación del contenido
del sitio web, bien en la página principal del recurso, bien incluida en alguna de sus
secciones o apartados.
67
El estudio muestra que la aparición de esta explicación no es una práctica tan frecuente como sería deseable, pues los porcentajes son muy similares:
Explicación del contenido
del sitio web
Recuento
%
Sí
21
42,9
No
28
57,1
Total
49
100,0
Tabla 8. Explicación del contenido del sitio web
La tabla revela que 21 editoriales universitarias (42,9 %) incluyen una explicación
sobre los contenidos ofrecidos en su sitio web. Lo más habitual es que esta información se ofrezca en la página principal de la editorial (Universidad Autónoma de
Madrid) o que esté integrada en la sección denominada «Presentación»
(Universidad de Córdoba), que en algún caso es realmente un apartado de otra
sección más amplia como puede ser «Información» (Universidad Politécnica de
Catalunya).
En ocasiones, la explicación se encuentra en secciones con nombres diversos:
«Servei que oferim»: «Com editar. Informació general» (Universidad de Girona) o
«Quiénes somos» (Universidad Oberta de Catalunya).
Cabe señalar la importancia que tienen los criterios «Poseer un título indicativo» y
«la aparición de texto explicativo del contenido de la web» para la visibilidad, pues
como afirma Lluís Codina17 «las sedes web son más accesibles a través de motores de búsqueda y de agencias de evaluación si están bien (auto)descritas».
Mapa del sitio
Se ha comprobado que realmente estos servicios editoriales no suelen incluir un
mapa de su sitio web, donde se explique gráficamente la estructura del recurso.
Así, en la mayoría de las editoriales no existe este mapa del sitio, aunque la web
de la propia universidad sí cuenta, habitualmente, con él.
A continuación se muestra que sólo se ha encontrado mapa web en dos servicios
de publicaciones, aunque en uno de ellos, la Universidad de Almería, existe el
enlace al mismo, pero a la hora de entrar la página «da error» reiteradamente. Por
lo tanto, el único servicio que realmente cuenta con mapa web es el de la
Universidad Oberta de Catalunya, concretamente en la sección de «Ayuda» y, además, posee enlaces a los contenidos.
68
Mapa del sitio web
Recuento
%
Sí
2
4,1
No
28
95,9
Total
49
100,0
Tabla 9. Mapa del sitio web
Tabla de contenido
El menú o tabla de contenidos es un elemento primordial en una web editorial,
pues contribuye al conocimiento de la información almacenada en el recurso en
cuestión, que es la ofrecida y difundida al público. Esta pauta se relaciona directamente con la navegación y la organización de la web.
En el estudio realizado se refleja el predominio de la tabla de contenidos en las editoriales universidades (87,8 %), aunque parece ser que no es una práctica habitual
la inclusión de «comentarios a los diferentes enlaces o secciones que la componen» (6,1 %).
Únicamente encontramos tres servicios de publicaciones que no ofrecen un sumario de sus contenidos: Universidad de Alcalá de Henares, Universidad de Burgos y
Universidad Pública de Navarra.
Respecto a la existencia de un comentario que identifique o describa brevemente
los contenidos, sólo es ofrecido por las siguientes editoriales: Universidad de Alicante, Universidad de Cantabria y Universidad Complutense de Madrid.
Existe tabla de contenido
Recuento
%
Sí
43
87,8
No
3
6,1
Sí, con comentario
3
6,1
Total
49
100,0
Tabla 10. Existe tabla de contenido
69
Otra pauta analizada es «si la información está organizada en apartados desplegables». Los resultados obtenidos indican que el mayor porcentaje (un 71,4 %)
corresponde a la respuesta negativa, mientras que el 22,4 %, concretamente 11
editoriales, sí ofrecen esta organización de sus contenidos.
Información en apartados
desplegables
Recuento
%
Sí
11
22,4
No
37
75,5
Sin tabla contenidos
1
2,0
Total
49
100,0
Tabla 11. Información en apartados desplegables
Motor de búsqueda interno
La existencia de servicios de recuperación de información que permitan la búsqueda es un criterio fundamental en lo que Codina18 ha denominado «recuperabilidad». Esto se relaciona estrechamente con la visibilidad de la web, así como con
la accesibilidad y navegación a través de la misma.
Además, Codina19 afirma que «el acceso a la información por recuperación es tan
importante como la navegación, ya que proporciona formas de acceso alternativas
y complementarias a esta última. Sin recuperación de información, el sistema de
acceso a la información de todo recurso digital de una mínima complejidad de contenidos está incompleto».
A pesar de todo esto se ha comprobado en el presente estudio que son muchas
las editoriales universidades que no incluyen en sus sedes web un mecanismo de
recuperación de información, lo cual se considera un punto negativo respecto a
estos servicios de publicaciones.
Existe motor
de búsqueda interno
Recuento
%
Sí
23
46,9
No
26
53,1
Total
49
100,0
Tabla 12. Existe motor de búsqueda interno
70
Respecto al tipo de búsqueda permitido en las editoriales universidades que disponen de motor de recuperación, «la búsqueda mediante texto libre» está presente en todas ellas. Así, el usuario puede introducir las palabras claves que crea convenientes para obtener la información requerida, en el recuadro de búsqueda,
empleando el lenguaje natural.
Búsqueda mediante texto libre
Recuento
%
Sí
23
46,9
Sin motor búsqueda
26
53,1
Total
49
100,0
Tabla 13. Búsqueda mediante texto libre
También existe la «búsqueda mediante texto controlado», que no está tan generalizada como la búsqueda anteriormente mencionada, encontrándose en 12 de los
23 servicios de publicaciones con motor de búsqueda. Esto conlleva que en varios
casos se disponga de ambos tipos de búsqueda en unos campos u otros, como
puede comprobarse en la siguiente pantalla:
Fig. 3. Editorial Universidad de Granada
71
Así vemos que la «búsqueda mediante texto controlado» aparece en algunos campos, mostrándose a través de un menú desplegable las diferentes opciones que el
usuario puede elegir para formular la búsqueda.
Búsqueda mediante
texto controlado
Recuento
%
Sí
12
24,5
No
11
22,4
de búsqueda
26
53,1
Total
49
100,0
Sin motor
Tabla 14. Búsqueda mediante texto controlado
Pero también podría realizarse una búsqueda más avanzada utilizando, por ejemplo, operadores booleanos (y, o, and, or, near…). Esto se ha contemplado como
una posibilidad en el formulario de la investigación, pudiendo comprobarse que en
ninguna de las editoriales universidades españolas se ofrece dicha opción.
Búsqueda mediante
operadores booleanos
Recuento
%
Sí
24
49,0
Sin motor búsqueda
25
51,0
Total
49
100,0
Tabla 15. Búsqueda mediante operadores booleanos
Otra de las características que poseen estos motores de búsqueda es permitir la
recuperación por campos, que también es un mecanismo de búsqueda avanzada.
Permite búsqueda por campos
Recuento
%
Sí
22
44,9
No
15
2,0
de búsqueda
2
53,1
Total
49
100,0
Sin motor
Tabla 16. Permite búsqueda por campos
72
Únicamente una de las editoriales no ofrece esta opción, es la Universidad de
Lleida, que sólo presenta un recuadro que permite hacer una «búsqueda mediante texto libre».
Fig 2. Edicions de la Universitat de Lleida
En el resto se pueden buscar las obras por campos, aunque el número de estos
varía según el servicio de publicaciones.
Tenemos la Universidad de Córdoba en la que sólo aparece el campo de «autor»,
siendo éste habitual en los motores de búsqueda de las editoriales, al igual que el
campo «título». Este hecho es lógico pues se trata de datos básicos de las publicaciones. A pesar de esto, existe un servicio Universidad en el que no aparece ninguno de estos dos campos: la Universidad Internacional de Andalucía que permite la búsqueda por: «colección», «año de edición» y «otros» («relacionados con la
sede» y «localizar-%»).
Si permite búsqueda
por el campo autor
Recuento
%
Sí
21
42,9
No
1
2,0
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 17. Permite búsqueda por el campo «autor»
73
Si permite búsqueda
por el campo título
Recuento
%
Sí
20
40,8
No
2
4,1
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 18. Permite búsqueda por el campo «título»
A continuación se muestran los datos obtenidos en relación a otros campos aparecidos en los mecanismos de recuperación de información:
Si permite búsqueda
por el campo materia
Recuento
%
Sí
9
18,4
No
13
26,5
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 19. Permite búsqueda por el campo «materia»
74
Si permite búsqueda
por el campo colección
Recuento
%
Sí
10
20,4
No
12
24,5
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 20. Permite búsqueda por el campo «colección»
Si permite búsqueda
por el campo ISBN/ISSN
Recuento
%
Sí
13
26,5
No
9
18,4
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 21. Permite búsqueda por el campo «ISBN/ISSN»
75
Si permite búsqueda
por el campo año de edición
Recuento
%
Sí
7
14,3
No
15
30,6
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 22. Permite búsqueda por el campo «año de edición»
Si permite establecer el orden
de preferencia en la búsqueda
Recuento
%
Sí
3
6,1
No
19
38,8
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 23. Permite establecer «orden de preferencia»
A partir de los resultados anteriores se puede establecer la siguiente secuencia de
los campos, ordenados de mayor a menor frecuencia de aparición: «autor», «título», «ISBN», «colección», «materia», «año de edición» y «orden» (de recuperación
de los resultados).
76
Si permite la búsqueda por otros
campos
Recuento
%
Sí
9
18,4
No
13
26,5
26
53,1
por campos
1
2,0
Total
49
100,0
No motor
de búsqueda
No búsqueda
Tabla 24. Permite búsqueda por otros campos
Además, existe algún campo diferente a los preestablecidos en el formulario en
determinadas editoriales:
Universidad de Granada: «precio».
Universidad de Huelva: «soporte».
Universidad Politécnica de Valencia: «nº de documento», «departamento», «centro» y «titulación».
Universidad de Salamanca: «cualquier campo» y «nº de aciertos».
Universidad de Sevilla: «referencia».
Universidad de Valladolid: «tipo de documento» y «nº de resultados por página».
Universidad Oberta de Catalunya: «sinopsis», «palabra clave» y «todos los campos».
Universidad Internacional de Andalucía: «relacionados con la sede» y «localizar
(%)».
Universidad Alfonso X El Sabio: «sección de la revista», «palabra clave» y «resumen».
Como puede observarse, también en estos casos existen campos coincidentes,
por ejemplo: «nº de documento»/«referencia», «cualquier campo»/«todos los campos», «sinopsis»/«resumen», «palabra clave».
Ninguno de los servicios de publicaciones analizados presenta todos los campos
citados, aunque algunos se acercan bastante pues incluyen siete de los ocho campos preestablecidos: la Universidad de Granada (todos menos el «año») y la
Universidad de Huelva (todos menos el «ISBN»).
77
Fig 3. Universidad de Huelva. Publicaciones
Otros enlaces a la página de la editorial
Resulta esencial para la visibilidad que el recurso descrito esté presente en otros
sitios web, es decir, que existan otros lugares que apunten hacia el mismo. En el
caso de las editoriales se incluyen enlaces dirigidos a otras sedes de los servicios
de publicaciones. A continuación se citan algunos sitios web que ofrecen un apartado con vínculos hacia los servicios de publicaciones universitarios:
Servicio de publicaciones de la Universidad de Cádiz20.
Servicio de publicaciones de la Universidad de Jaén21
Servicio de publicaciones de la Universidad de Lleida22.
Servicio de publicaciones de Vigo23.
Universia24.
Librería Universitaria Técnico Empresarial (Cádiz)25.
AEUE (Asociación de Editoriales Universidades Españolas)26.
Respecto a los porcentajes arrojados por la investigación, se observa que todas
las editoriales universidades cuentan con enlaces a sus páginas web.
Otros enlaces a página
de la editorial
Recuento
%
Sí
49
100,0
No
0
0,0
Total
49
100,0
Tabla 25. Otros enlaces a la página de la editorial universitaria
78
Directorio
En este bloque se pretende comprobar hasta qué punto queda patente la responsabilidad en el sitio web. En este sentido, por un lado hay que considerar la responsabilidad relativa a la institución a la cual pertenece el servicio de publicaciones, es decir,
la propia universidad (bloque «Datos básicos»). Por otro lado, lo que se refiere al
responsable directo de dicho servicio.
Identificación de la responsabilidad
Este ítem se dedica al último aspecto considerado anteriormente. Se ha analizado
si la autoría está bien determinada, con denominaciones tales como: el «director»
(en la mayoría de las editoriales), el «responsable de administración» (Universidad
Autónoma de Barcelona), el «jefe del servicio» (Universidad Antonio de Nebrija).
Esta característica queda reflejada en la siguiente tabla:
Autoría de la página bien
determinada
Recuento
%
Sí
20
40,8
No
29
59,2
Total
49
100,0
Tabla 26. Autoría de la página bien determinada
En el ítem mencionado no se ha encontrado mucha diferencia entre la respuesta
afirmativa (40,8%) y la negativa (59,2%), aunque es mayor esta última.
La autoría puede ubicarse en varios lugares de la web:
La página principal (Universidad Pública de Navarra).
La sección de «Presentación» (Universidad de Huelva).
El directorio de personal (Universidad de Lleida).
En otras secciones o apartados como, por ejemplo: «equipo de trabajo» (Universidad da Vigo).
En relación con la identificación de la responsabilidad es interesante conocer «si
existe una lista de personal del servicio». Los datos obtenidos indican que el 61,2
% de las editoriales universitarias, en concreto, 39 analizadas, no cuentan con
información sobre su plantilla de empleados. El 38,8 % restante corresponde a
aquellas que ofrecen alguna sección o apartado dedicado al personal de este servicio, como es el caso de la Universidad de Cádiz.
Las secciones más habituales, donde se ubican los listados de personal son: el
«Directorio» (Universidad de Granada), la «Presentación» (Universidad de
Valladolid) y en la página principal de la web (Universidad de Murcia).
Además, hay que tener en cuenta los datos ofrecidos sobre el personal, que en
unos casos son amplios: nombre y apellidos, cargo, teléfono, fax y mail (Univer79
sidad de Alicante), mientras que en otros se caracterizan por dar información más
escueta, por ejemplo, sólo el cargo y el nombre de la persona (Universidad
Pontificia de Comillas) o, incluso, se llegan a excluir datos importantes como el
cargo (Universidad Autónoma de Barcelona).
Existe lista de personal
del servicio de publicaciones
Recuento
%
Sí
19
38,8
No
30
61,2
Total
49
100,0
Tabla 27. Existe lista de personal de la editorial
Cabe destacar el servicio de publicaciones de la Universidad Politécnica de
Catalunya que, además de un listado de personal, integra una sección dedicada a
los «Órganos de gobierno» (Consejo de administración y Consejo asesor).
Posibilidad de contacto
Sin duda alguna, una de las informaciones básicas que cualquier servicio debe
procurar es la información de contacto. Es fundamental conocer la dirección postal, el teléfono, el fax y el correo electrónico para poder contactar con el servicio en
cuestión. La omisión de estos datos constituye un criterio realmente negativo en la
evaluación de un recurso web.
Se han elaborado dos tablas relativas a este asunto: la primera indica si en el sitio
web de la editorial aparece algún dato de contacto, y en la segunda se especifica
cuáles son dichos datos.
Aparecen datos de contacto
Recuento
%
Sí
43
87,8
No
6
12,2
Total
49
100,0
Tabla 28. Se incluyen datos de contacto
80
Qué datos de contacto
se ofrecen
Recuento
%
Mail
3
6,1
Dirección postal
y teléfono/fax
2
4,1
Dirección postal
y mail
1
2,0
Teléfono/fax y mail
3
6,1
Dirección postal,
teléfono/fax y mail
33
67,3
Ninguno
6
12,2
Dirección postal,
teléfono y mail
1
2,0
Total
49
100,0
Tabla 29. Datos de contacto ofrecidos
En primer lugar se observa que la mayoría de las editoriales (un 87,8%) ofrecen
datos que posibilitan el contacto para poder realizar la compra o pedido, y para la
realización de cualquier tipo de consulta que se estime oportuna.
Dicha información suele incluirse en la página principal del servicio (Universidad
Complutense de Madrid) o en alguna sección dedicada a pedidos o «compra»
(Universidad de Castilla-La Mancha) o con denominaciones tales como
«Contáctenos» o similar (Universidad de Granada).
Respecto a los datos concretos, predominan los servicios que ofrecen una información bastante completa: dirección postal, teléfono/fax y mail. En cuanto a este
último dato, el correo electrónico, en algunos casos simplemente es mencionado
(Universidad de Alicante), mientras que en otros se abre un cuadro de correo electrónico donde se permite escribir el mensaje y enviarlo directamente (Universidad
de València).
También existe algún servicio de publicaciones que no dispone de datos de contacto, concretamente seis (un 12,2%):
Universidad de Barcelona.
Universidad de Girona.
Universidad de les Illes Balears.
Universidad Internacional de Andalucía.
Universidad Alfonso X El Sabio.
Universidad Antonio de Nebrija.
81
Dirección postal y e-mail
Dirección postal y teléfono
Dirección postal
Dirección postal, tlf./fax y e-mail
E-mail
Tlf./fax y e-mail
Ninguno
Fig. 4. Datos de contacto de la editorial universitaria
Existencia de logo y texto de la universidad
Es importante que la página web de la editorial incluya la mención de la universidad como institución responsable de ese servicio, así como el logo propio de la
misma. Por un lado, este hecho sirve para la identificación de la responsabilidad y,
por otro lado, es un criterio indicativo del grado de organización del sitio, como indica Vegas27 en su propuesta de metodología para evaluación de sitios web. La
siguiente tabla refleja el predominio de las editoriales que incluyen el nombre de la
universidad de la que dependen, y el logotipo de la misma, quedando así doblemente identificadas, tanto en la página principal como en el resto de páginas del
sitio web.
Vienen el logo y universidad
en página principal
Recuento
%
Vienen el logo y universidad
en resto de páginas
Recuento
%
Sí, sólo logo
2
4,1
2
4,1
Sí, sólo Universidad
5
10.2
5
10,2
Sí, ambos
40
81,6
35
71,4
No
2
4,1
7
14,3
Total
49
100,0
49
100,0
Tabla 30 Logotipo y mención de la universidad
82
Existen un par de editoriales que no muestran en su página principal y tampoco en
el resto de páginas ni la denominación de la universidad ni el logotipo, siendo esto
un aspecto negativo a valorar: la Universidad de Córdoba y la Universidad de
Girona.
Actualización y actualidad
La revisión, incorporación y movilidad de documentos informan del interés de sus
responsables por ofrecer un buen servicio a los visitantes. La actualización de contenidos da prestigio a la web28, de manera que, a la hora de comprobar este criterio
de evaluación, el estudio se ha centrado en dos aspectos:
Si aparece indicada la fecha de actualización
Se trata de saber si viene la última fecha en que ha sido revisada la web:
Viene fecha de actualización
Recuento
%
Sí
13
26,5
No
36
73,5
Total
49
100,0
Tabla 31: Viene fecha de actualización
Como puede observarse, un porcentaje muy alto de los servicios de publicaciones
universitarios (73,5%) no aportan esta información. Por lo tanto, el usuario no
puede saber si la página web a la que está accediendo tiene información actual o,
por el contrario, si el contenido está obsoleto.
Si ha transcurrido más de un año desde la última actualización
Este punto es interesante pues conociendo este dato tenemos un criterio que ayudará a decidir si nos interesa o no acceder a esa web y navegar por ella. Los
siguientes datos reflejan que en el caso de ocho universidades no ha transcurrido
más de un año desde la última revisión. Entre éstas la mitad actualizan su web
prácticamente a diario o, por lo menos, en el mes corriente:
Universidad de Alicante.
Universidad Autónoma de Barcelona.
Universidad Autónoma de Madrid.
Universidad de Cádiz.
Sin embargo, en las cuatro restantes sus últimas revisiones datan del año pasado,
del 2003:
Universidad de Almería.
Universidad de Málaga.
Universidad de Sevilla.
Universidad de Vic.
83
Transcurrido más de un año
desde la última actualización
Recuento
%
Sí
5
10,2
No
8
16,3
No figura
la fecha
de actualización
36
73,5
Total
49
100,0
Tabla 32. Ha transcurrido más de un año desde la última actualización
Respecto a la estructura de las fechas, la habitual es: dd/mm/aa, ofreciéndose una
información completa y exacta.
Accesibilidad
Otra cuestión destacable en la evaluación de un sitio web es la posibilidad de acceso a la misma, teniendo en cuenta una serie de puntos:
Velocidad de descarga
Cualquier página web que pretenda dar un buen servicio y ser realmente útil, debe
albergar entre sus características una velocidad de descarga rápida.
Velocidad de descarga
Recuento
%
Rápida
46
93,9
Lenta
3
6,1
Total
49
100,0
Tabla 33. Velocidad de descarga
La mayoría de las editoriales universitarias objeto del presente estudio presentan
una velocidad rápida (93,9 %) a la hora de descargar las páginas web así como
sus contenidos.
Sólo ofrecen acceso más lento los servicios de publicaciones de estas universidades: Universidad de Cantabria, Universidad de València y Universidad de
Valladolid. Normalmente este hecho se basa en la abundancia de imágenes o grá84
ficos presentes en el diseño del sitio web, acrecentado, en algunos casos, por la
descarga de documentos en ciertos formatos (ej: PDF).
En este sentido, J. M. Blanco señala que la existencia de gráficos, dibujos o, incluso, vídeos, debe estar realmente justificada. Esto último puede estar relacionado
con el diseño, intentando hacer el recurso más atractivo y amigable, o con la complementariedad del contenido incluyendo gráficos explicativos y aclarativos.
Existencia de versiones para la impresión
La existencia de posibilidades de impresión es prácticamente nula como puede
observarse en los resultados adquiridos:
Existen versiones y botón
para la impresión
Recuento
%
Sí
2
4,1
No
47
95,9
Total
49
100,0
Tabla 34. Existen versiones y botón para impresión
Entre las 49 editoriales, únicamente se han encontrado dos que brinden esta oportunidad de «imprimir». Por un lado, la Universidad de Jaén incluye un botón de
impresión en cada obra, pudiendo imprimirse la ficha de la misma. Y por otro, la
Universidad de Zaragoza muestra una sección denominada «Impresión en la red»
que permite a la comunidad universitaria imprimir ficheros o documentos informáticos y encuadernarlos posteriormente.
Existe ayuda sobre la estructura y navegación de la web
La accesibilidad al recurso web puede mejorarse si se incorpora información relativa a su estructura, así como ayuda para navegar a través de sus páginas.
Esta información es siempre un aspecto positivo en la evaluación de un sitio web.
Aunque está claro que su mayor o menor necesidad irá en función de lo fácil que
resulte al usuario moverse por dicho recurso.
Existe ayuda sobre estructura
y navegación web
Recuento
%
Sí
3
6,1
No
46
93,9
Total
49
100,0
Tabla 35. Existe ayuda sobre la estructura y navegación
85
No obstante, solamente tres editoriales ofrecen esta «ayuda» incorporando diferentes datos, como puede comprobarse en las siguientes pantallas:
Fig 5. Servicio Publicaciones Universidad de Granada–Ayuda
Fig 6. Servicio de Publicaciones Universitat Politécnica de Catalunya (Edicions UPC)–Ayuda
86
Fig. 7. Servicio de Publicaciones Universitat Oberta de Catalunya (Editorial UOC )–Ayuda
Posibilidad de variantes de idiomas
Se trata de analizar si los servicios de publicaciones albergan la posibilidad de
cambiar de idioma. Este aspecto es destacable en aquellas web que están escritas en otro idioma que no es el castellano o también en aquellas que sí vienen en
castellano pero permiten ser leídas y visualizadas en otras lenguas: catalán, gallego, vasco, inglés, etc.
Posibilidad de variantes
de idiomas
Recuento
%
Sí
9
8,4
No
40
81,6
Total
49
100,0
Tabla 36. Posibilidad de variantes de idiomas
87
Según los datos reflejados en la anterior tabla, un porcentaje muy alto, un 81,6 %,
no permite el cambio de idioma. El porcentaje restante, un 18,4 % sí ofrece esta
posibilidad. Entre las editoriales enmarcadas en este último grupo, las variantes
son las siguientes:
Castellano No variantes Castellano
Euskera
de idioma
Gallego
Otros
Castellano
Catalán
Castellano
Valenciano
Fig 8. Variantes de idiomas
Castellano/catalán: Universidad de Lleida, Universidad Politécnica de Catalunya, Universidad Oberta de Catalunya y Universidad de Vic.
Castellan /gallego: Universidade da Coruña.
Castellan /euskera: Universidad del País Vasco (en este caso, la información aparece en ambos idiomas).
Castellano/ alenciano: Universidad de Alicante, Universidad Jaime I de Castellón
(sólo en algunas páginas).
Otros: Universidade de Santiago de Compostela (castellano, gallego e inglés).
Cabe destacar la situación de algunos servicios de publicaciones que, aún presentando su sede web en otro idioma diferente al castellano, no permiten el cambio de
lengua: la Universidad Autónoma de Barcelona y la Universidad de Barcelona.
Navegación
La navegación tiene mucho que ver con el criterio analizado en el anterior bloque: la
accesibilidad. Cuanto más sencilla sea la navegación a través del sitio web, más fácil
será el acceso a sus contenidos. De hecho, según Codina, «toda web bien diseñada, por lo menos toda web diseñada con propósitos informativos, debe tener una
estructura bien definida. Debería ser fácil inferir esa estructura y, en consecuencia,
navegar por ella»29.
Es esencial que el usuario se encuentre con una web amigable que le permita navegar sin dificultad a través de sus páginas.
Como ya se ha mencionado anteriormente, la existencia de una tabla de contenidos
es un aspecto importante en cualquier web. Sin embargo, esto no es suficiente para
asegurar una buena calidad de la misma, pues debe cumplir unos requisitos relativos a su ubicación en todas las páginas y en el mismo lugar, a la denominación esta88
ble de sus secciones y apartados, y a la movilidad a través de los botones de navegación.
Menú de contenidos siempre visible
Un aspecto positivo en la evaluación del recurso web es que el menú de contenidos aparezca en todas y cada una de las páginas que lo conforman, facilitando así
la navegación a través de las mismas.
En este sentido, Codina30 afirma que «siempre debe existir un acceso directo
desde cualquier nodo o sección de la web al sumario o nodo general (1 clic), es
decir, ahorrándose todo el camino de ascenso a través de nodos intermediarios
hasta el nodo general.
Una vez en el nodo general, se debe poder acceder con un solo clic a cualquiera
de las secciones principales».
Los datos aportados por el análisis realizado indican que sólo el 69,4% de las editoriales universitarias presentan esta característica (menú de contenidos siempre
visible).
De todos modos, dentro del 26,5% restante, deben tenerse en cuenta otros factores como, por ejemplo, el número de secciones existentes.
En este sentido, se han encontrado servicios de publicaciones que disponen de
pocas secciones, como es el caso de la Universidad Rey Juan Carlos (Móstoles.
Madrid), concretamente con tres secciones. Y por otro lado, aquellos formados por
un mayor número de secciones como la Universidad de València, con siete secciones.
Está claro que en el primer caso el parámetro estudiado no tiene el mismo grado
de importancia para la navegación que en el segundo caso.
Terminología consistente
Otro punto destacado es la utilización del mismo nombre tanto en el menú de contenidos como en las páginas específicas de cada sección y apartado. Esto es
importante para la identificación de las diferentes partes que conforman la estructura del sitio web.
Terminología constante
en todos los apartados
Recuento
%
Sí
42
85,7
No
4
8,2
No existe
tabla
de contenidos
3
6,1
Total
49
100,0
Tabla 38. Terminología constante en todos los apartados
89
La respuesta afirmativa presenta un porcentaje claramente superior respecto al
resto, un 85,7%. Este es un dato realmente positivo en beneficio de la facilidad de
la navegación.
Con un 8,2% aparece la respuesta negativa donde se incluyen las diferentes
variantes que se combinan en algunas de las editoriales:
Secciones que no conservan la denominación presentada en la tabla de contenido. Normalmente, los nombres son claramente identificables, por ejemplo:
«Novedades» (en menú) y «Últimas publicaciones» (en la respectiva página web)
como en la Universidad Autónoma de Madrid.
Secciones sin título en su página web correspondiente, que llevan directamente al
contenido de la misma. Ej: Universidad Cardenal Herrera-CEU.
Una variante del anterior punto es la sección que muestra su página web sin título pero con los diferentes apartados que la conforman. Así, la Universidad
Pontificia de Comillas en su sección «Presentación» incluye dos apartados:
«¿Quiénes somos y qué hacemos?» y «Directorio» con la información correspondiente a cada uno de ellos.
Por último, señalar que el 2% de los servicios de publicaciones ni siquiera cuentan
con una tabla de contenidos.
Botones de navegación
Una web de calidad requiere una navegación vertical o estructural que facilite al
usuario moverse por su estructura y contenidos.
Así, es fundamental disponer de mecanismos claros de navegación vertical, como
el acceso a los niveles superiores jerárquicos de la página 3 1 .
La siguiente tabla muestra, sin duda alguna, la falta de botones de navegación que
permitan subir a un nivel más genérico, en la mayoría de los servicios analizados.
Es posible subir a un nivel
más genérico
Recuento
%
Sí
4
8,2
No
45
91,8
Total
49
100,0
Tabla 39. Posibilidad de subir a nivel más genérico
Únicamente cuatro editoriales de las 49, ofrecen esta posibilidad. Por un lado existen aquellas que permiten acceder a la página principal/inicio del servicio de publicaciones desde cualquiera de las demás páginas web, tal como lo hacen las
Universidades de Alicante, Universidad de Santiago de Compostela y Universidad
de Zaragoza. Por otro lado, se encuentra la Universidad de Girona que cuenta con
algunas secciones formadas por varios apartados desplegables, pudiendo acceder
desde cada apartado a la sección correspondiente.
90
Difusión de la información
En el presente estudio se han tenido en cuenta, en primer lugar, las colecciones así
como la distribución de las obras en las mismas siguiendo el siguiente principio: Una
información de gran calidad pero que no se difunde o limita su difusión no logra uno
de los objetivos fundamentales de toda investigación, la comunicación de sus resultados a la comunidad científica para servir de base a nuevos estudios y con ello al
progreso.
Obviamente, se han analizado los tipos de documentos existentes en los catálogos
y su formato, así como la forma de acceso permitida. Y, por último, se atiende a una
serie de secciones consideradas de vital importancia en una editorial.
Colecciones
Lo principal es saber si las obras existentes se agrupan o no en colecciones. En
este sentido, es necesario señalar que en este estudio se ha encontrado un gran
número de catálogos cuyas obras se distribuyen por materias, considerándose
éstas como colecciones.
Se refleja claramente el predominio de colecciones en la distribución del fondo editorial (91,8%), siendo un dato positivo en beneficio de la estructura, el acceso y la
navegación a través de los catálogos.
De todos modos se pueden encontrar varios casos dentro de dicha distribución en
los catálogos: aquellos que dividen sus obras en colecciones propiamente dichas
(Universidad Antonio de Nebrija); aquellos que agrupan las publicaciones en materias, que como ya se mencionó al principio se consideran en este análisis como
colecciones (Universidad de Almería); la combinación de ambas variantes, es
decir, las obras distribuidas en materias y colecciones en la misma editorial
(Universidad de Extremadura).
Obras distribuidas
por colecciones
Recuento
%
Sí
45
91,8
No
4
8,2
Total
49
100,0
Tabla 40. Obras distribuidas por colecciones
Hasta aquí los casos más comunes en las editoriales universitarias, aunque también se han encontrado otros citados a continuación:
Distribución en «tipos de documentos»: monografías, manuales, etc. (Universidad
Rey Juan Carlos).
Obras agrupadas en las titulaciones impartidas en la Universidad, tratándose realmente de materias (Universidad Politécnica de València).
91
Catálogos con documentos divididos en materias y dentro de la ficha de la obra
se hace alusión a la colección a la que pertenece (Universidad Jaume I de
Castellón).
Colecciones subdivididas en series (Universidad de La Laguna).
Se ha decidido tomar como colecciones todas las variantes referidas arriba, pues
sirven para agrupar, de algún modo, los diferentes materiales que conforman el
fondo editorial y, además, se consideran como tales en los diferentes servicios de
publicaciones objeto de esta investigación.
No obstante, hay que mencionar las cuatro editoriales que no cuentan con colecciones: Universidad Alfonso X El Sabio, Universidad Camilo José Cela,
Universidad Francisco de Vitoria y Universidad de Vic.
Otros aspecto destacable es el título de las colecciones: es importante comprobar
si éste es significativo o no. Un título indicativo y sugerente permitirá al usuario
tener una idea más clara de las obras albergadas en una determinada colección.
Título significativo
de las colecciones
Recuento
%
Sí
28
57,1
No
17
34,7
No
se dispone
de colecciones
4
8,2
Total
49
100,0
Tabla 41. Título significativo de las colecciones
Este estudio refleja que no existe una gran diferencia entre los porcentajes correspondientes a la respuesta afirmativa (57,1%) y los de respuesta negativa (34,7%),
lo cual no es un resultado muy satisfactorio.
Las colecciones más claras son aquellas que se basan en las materias sobre las
que tratan las publicaciones. No obstante, en una gran cantidad de ocasiones las colecciones llevan una denominación muy genérica, con nombres tales como:
«Colección de estudio», «Colección de bolsillo», «Cuadernos de apoyo», «Documentos de trabajo», «Fuera de colección», etc. Un ejemplo de ello lo proporciona
la Universidad Autónoma de Madrid.
Otras veces, se trata de títulos que indican los diferentes materiales: «Libro de
texto», «Manuales», «Monografías», «Actas», etc., como en el caso de la Universidad Cardenal Herrera-CEU. Incluso se han encontrado colecciones con nombres
propios de personas o personajes. Así, la Universidad de Huelva presenta colecciones tales como: «Alonso Barba», «Arias Montano», «Bartolomé de las Casas»,
«Jovellanos», «Manuel Siurot».
La distribución de las obras en las diferentes colecciones puede ser más o menos equilibrada. De hecho, según se indica en el siguiente cuadro, predominan las no
92
equilibradas, esto es, que el número de obras no se reparte de una forma equitativa entre las colecciones que conforman el fondo editorial.
Tabla 42. Distribución equilibrada de las obras
Sólo presentan una distribución equilibrada 12 de las 49 editoriales universitarias
(un 24,5%), mientras que en 33 de ellas, la distribución no se caracteriza precisamente por el equilibrio (un 67,3%).
Entre estas últimas se encuentra la Universidad de Sevilla, que ofrece colecciones
con tan sólo una obra, como «Colección Nueva América», y también otras con 74
publicaciones como «Colección Textos de Doctorado. Serie Historia y Geografía».
De todos modos, en este asunto hay que considerar el factor del año de inicio de
la colección así como el último año de publicación, y también el hecho de si dicha
colección sigue viva o no.
Aparte de los rasgos reseñados hasta el momento, es fundamental conocer si las
colecciones ofrecen los datos básicos para su correcta identificación: nombre,
temáticas, nº de títulos, etc.
En primer lugar, debe señalarse que en ninguna de las editoriales estudiadas se
han encontrado datos relativos al número de títulos integrados en cada colección.
De ahí que sea una posibilidad que no se haya incluido en la tabla de resultados:
Tabla 43. Datos básicos de las colecciones
93
La mayoría de los servicios de publicaciones ofrecen información sobre sus colecciones, destacando el nombre que aparece en todas. Otro dato destacado es la
temática, que sólo se menciona en un 22,4% de las editoriales universitarias. En
ellas se da una explicación más o menos breve que pretende aclarar el tema sobre
el que versan las correspondientes publicaciones.
En cuanto al punto anterior se han encontrado varias posibilidades:
Temática ubicada en la página principal de la editorial (Universidad de Cantabria).
Temática incluida dentro de alguna sección como la «Presentación» (Universidad
de Granada).
Temática aparecida en el propio catálogo (Universidad Oberta de Catalunya).
Casos peculiares como el de la Universidad Internacional de Andalucía, donde no
existe una página específica en el que se indique la temática de cada colección,
pero sí se incluye en algunas obras «un comentario a la colección» que describe su contenido.
Tipos de publicaciones
Una vez comentadas las colecciones y sus características, nos centramos en los
documentos propiamente dichos. Por un lado, se han analizado los tipos de documentos existentes en el catálogo de los diferentes servicios de publicaciones. En
este sentido, se han establecido en el formulario una serie de documentos considerados como los más habituales:
Tabla 44. Existen monografías
Tabla 45. Existen revistas
94
¿El catálogo incluye manuales?
Recuento
%
Sí
46
93,9
No
3
6,1
Total
49
100,0
Tabla 46. Existen manuales
¿El catálogo incluye actas
de congresos?
Recuento
%
Sí
38
77,6
No
11
22,4
Total
49
100,0
Tabla 47. Existen actas de congresos
¿El catálogo incluye tesis?
Recuento
%
Sí
32
65,3
No
17
37,7
Total
49
100,0
Tabla 48. Existen tesis
Como puede observarse, las publicaciones más comunes son las monografías (98
%) y los manuales (93,3%), seguidos de las revistas y las actas de congresos, con
un porcentaje coincidente: 77,6 %. Y por último, las tesis, con una aparición menor:
un 65,3 %.
Algunos servicios de publicaciones ofrecen todos los materiales citados, como en
el caso de la Universidad de Salamanca, mientras que, por el contrario, otros servicios se dedican exclusivamente a un solo tipo, como la Universidad Alfonso X El
Sabio, que sólo incluye revistas.
95
Aparte de los anteriores, en algunas editoriales universitarias se han encontrado
otros tipos de documentos relacionados estrechamente con la actividad académica: «el libro del estudiante», guías académicas, anuarios, etc. Esto ocurre en la
Universidad de Vic.
Los soportes
Los soportes documentales en los que se presentan las obras son: papel, CDROM y edición on line.
Claramente, aún siguen predominando las publicaciones impresas en papel, a
pesar del auge experimentado por las nuevas tecnologías en los últimos tiempos.
El CD-ROM se está imponiendo cada vez más: lo encontramos en 32 de las 49
editoriales universitarias. Y la edición en línea todavía tiene un gran camino por
recorrer, pues sólo aparece en catorce servicios de publicaciones. En este último
punto cabe destacar la Universidad Alfonso X El Sabio que únicamente ofrece
«publicaciones en línea», constituyendo un caso excepcional.
Obras en formato papel
Recuento
%
Sí
48
98,0
No
1
2,0
Total
49
100,0
Tabla 49. Obras en soporte papel
Obras en formato CD-ROM
Recuento
%
Sí
32
65,3
No
17
34,7
Total
49
100,0
Tabla 50. Obras en soporte CD-ROM
96
Obras en edición electrónica
Recuento
%
Sí
14
28,6
No
35
71,4
Total
49
100,0
Tabla 51. Obras en edición on line
Algunas editoriales presentan sus obras en otros soportes distintos a los citados
hasta el momento:
Disquetes: Universidad de Huelva.
Microficha: Universidad de Salamanca.
DVD: Universidad Jaume I de Castellón.
E-books: Universidad Oberta de Catalunya y Universidad de Barcelona.
Información catalográfica
Además, en el estudio interesan los datos sobre la obra ofrecidos por la editorial,
comprobando si la información dada es suficiente o no para la localización de las
publicaciones.
Obras en edición electrónica
Recuento
%
Sí
14
28,6
No
35
71,4
Total
49
100,0
Tabla 52. Información suficiente para identificar las obras
Los resultados obtenidos reflejan el cumplimiento de este punto, pues un 98% ofrece información suficiente sobre las obras, siendo los datos más comunes: autor,
título, año de publicación, páginas, ISBN/ISSN, precio, «agotado», resumen/descripción, contenido/índice, sumario, colección, materia, formato (cm, PDF) y tamaño (Kb).
En la mayor parte de los casos no aparecen todos, predominando más unos que
otros en las fichas de los documentos. Estos suelen acompañarse con la reproducción de la cubierta de la publicación.
97
Así, se han encontrado algunos servicios de publicaciones que, aunque suficientes, ofrecen pocos datos: la Universidad Autónoma de Madrid sólo incluye el autor,
el título y el año de edición. Otro caso curioso es el de la Universidad Católica de
San Antonio de Murcia, que aporta suficientes datos pero omite el precio, una información que aparece en el resto de las editoriales.
Acceso a las obras
Todo lo analizado en los apartados vistos tiene un gran interés, pero esto no serviría de nada si las publicaciones y sus contenidos no fueran divulgados, permitiendo el acceso a los mismos.
Se han establecido cuatro posibilidades de acceso al documento:
Sólo se ofrecen títulos de las obras: No existe ninguna editorial que simplemente
permita esta opción. Aunque hay que aclarar que muchas veces aparece una
lista de los títulos y habrá que pinchar sobre el enlace para poder obtener más
información sobre la obra. Ej: Universidad da Coruña.
Información bibliográfica sobre las obras. Este tipo de datos aparecen en todos
los servicios de publicaciones analizados, ofreciendo los diferentes datos reseñados en el anterior apartado.
Ante estas dos cuestiones hay que considerar que quizás sea mejor presentar las
publicaciones con más información desde un principio y no una mera lista de títulos, pues así se facilita al usuario la decisión sobre la validez de esas obras y su
posterior consulta.
Los dos posibles accesos vistos a continuación están relacionados directamente
con las publicaciones en línea, pues se trata de dos formas de acceso a las mismas:
Se permite acceder a parte de la obra. Se pueden visualizar partes como el índice,
la presentación, incluso algún fragmento y un capítulo o artículo de la publicación
en cuestión. Este hecho contribuye a ayudar al público en su elección a la hora
de adquirir o no la obra. Un ejemplo lo encontramos en la Universidad de Alicante.
Se permite la descarga de la obra completa. Se trata de un nivel mayor de profundidad en el conocimiento del documento. Es posible acceder a la totalidad de la
publicación, como en la Universidad de Girona.
Formatos de descarga de contenidos
En este sentido es necesario aludir al formato en el cual se presenta la obra. El
más común es el PDF (Universidad Jaume I de Castellón) pero también aparecen
otros como HTML (Universidad Oberta de Catalunya) y Word (Universidad Antonio
de Nebrija). A continuación se muestran las tablas con los datos referentes a
ambas posibilidades:
Permite el acceso
a parte de la obra
Recuento
%
Sí
10
20,4
No
39
79,6
Total
49
100,0
Tabla 53. Acceso a parte de la obra
98
Permite la descarga
completa de la obra
Recuento
%
Sí
12
24,5
No
37
75,5
Total
49
100,0
Tabla 54. Descarga completa de la obra
El porcentaje de la respuesta afirmativa es prácticamente el mismo en ambos
casos: un 20,4% (parte de la obra) y un 24,5% (obra completa). Esta cuestión está
vinculada directamente con el porcentaje existente de «publicaciones en línea»: un
28,6%. Esto permite afirmar que en la mayoría de las editoriales universitarias es
donde se cuenta con edición on line se ofrece la posibilidad de visualizar parte de
la obra y descargarla por completo.
Secciones
En el presente trabajo se ha establecido un grupo de secciones consideradas
como importantes en todo servicio de publicaciones. No obstante, a algunas de
ellas se les atribuye un mayor grado de importancia: «Novedades», «Pedidos/compra», «Información para los autores» y «Edición digital». Las dos restantes se consideran complementarias, aunque se valora positivamente su aparición: «Noticias/última hora» y «Nº de visitas».
Por supuesto, se da por hecho la existencia obligada de la sección dedicada al
«Catálogo» en todos los servicios editoriales, de ahí que no se incluya entre las
secciones predeterminadas en este bloque.
Así, se ha analizado la existencia de todas estas secciones en las diferentes editoriales obteniéndose los siguientes resultados:
Existe sección dedicada
a novedades editoriales
Recuento
%
Sí
30
61,2
No
19
38,8
Total
49
100,0
Tabla 55. Sección «Novedades»
99
Más de la mitad de los servicios cuentan con una sección dedicada a las publicaciones más recientes que, por regla general, lleva el nombre de «Novedades». No
obstante, en algunas ocasiones aparecen dentro de la sección «Catálogo» o
«Fondo editorial» (Universidad de Murcia).
Existe sección dedicada
a pedidos/compra
Recuento
%
Sí
34
69,4
No
15
30,6
Total
49
100,0
Tabla 56. Sección «Pedidos / Compra»
Al igual que la anterior, esta sección es una de las más comunes y puede contener la siguiente información:
Datos de contacto para realizar los pedidos: dirección postal, teléfono, fax y mail
(Universidad de Zaragoza).
Distribuidores/librerías donde pueden pedirse y comprarse las obras (Universidad
Pontificia Comillas).
Datos relacionados con las tarifas de las publicaciones.
También se han incluido en este punto aquellos servicios de publicaciones que permiten la compra en el propio catálogo, esto es, mediante una opción de «compra»
(muchas veces se trata de un icono de carrito de la compra) en la propia ficha de
la obra (Universidad Politécnica de Catalunya).
Existe sección con información
para autores
Recuento
%
Sí
20
40,8
No
29
59,2
Total
49
100,0
Tabla 57. Sección «Información para autores»
El porcentaje de editoriales universitarias que cuentan con una sección destinada
a informar sobre esta materia está por debajo de la mitad, un 40,8%.
La información ofrecida se basa fundamentalmente en una serie de pautas para la
presentación de originales y las normas para su publicación. Todo ello puede estar
acompañado de un impreso de solicitud, el responsable al que va dirigido, la dirección para enviarlo, el camino que recorrerá su tramitación y la resolución.
100
Dichas pautas y normas pueden tener un carácter general, esto es, que sirvan para
todo tipo de obras o, por el contrario, que tengan un carácter específico relacionado con el tipo de documento: actas de congresos, tesis, etc. (Universidad de Extremadura), o con una colección concreta (Universidad de Zaragoza).
Existe sección dedicada
a noticias/última hora
Recuento
%
Sí
3
6,1
No
46
93,9
Total
49
100,0
Tabla 58. Sección «Noticias/Última hora»
Pocos son los servicios de publicaciones que exponen en sus páginas web las últimas noticias sobre sus actividades. En concreto, se han encontrado tres: Universidad de Castilla-La Mancha, Universidad Jaume I de Castellón y Universidad
Pontificia de Comillas.
Las noticias hacen alusión a la AEUE, los premios concedidos u otorgados, una
conmemoración o aniversario. la feria del libro y otras, la presentación de alguna
obra, la aparición de una colección, etc.
Existe sección dedicada
a número de visitas
Recuento
%
Sí
2
4,1
No
47
95,9
Total
49
100,0
Tabla 59. Sección «Nº de visitas»
Sólo aparece en dos editoriales de las 49 que cuentan con servicio de publicaciones. En realidad se trata de un contador numérico donde se indica el número de
personas que han visitado la página, bien desde que fue colgada en Internet, bien
desde una fecha determinada. Este caso aparece en la Universidad de Castilla-La
Mancha y en la Universidad de Córdoba.
Edición digital
En esta sección se suelen encontrar, normalmente, obras publicadas en línea, permitiéndose su visualización en formatos tales como PDF y HTML (Universidad de
Salamanca).
101
Existe sección dedicada
a edición digital/electrónica
Recuento
%
Sí
7
14,3
No
42
85,7
Total
49
100,0
Tabla 60. Sección «Edición digital»
El acceso puede ser, como ya se ha mencionado en otros apartados, a parte de la
obra o a la publicación completa. Así, se permite visualizar el sumario o un artículo de una revista en línea, la presentación o fragmento de una tesis, etc.
(Universidad Pontificia de Comillas).
No obstante, en algunas ocasiones se incluyen en esta sección otros soportes
como el CD-ROM, que entra dentro de la edición electrónica. Así, en la Universidad
Oberta de Catalunya aparece un apartado denominado «Librería Multimedia»
donde se muestran obras en CD de forma independiente o acompañando a la obra
impresa, incluso ampliada con algún enlace en Internet.
En definitiva, debe señalarse que los resultados obtenidos sobre esta sección dedicada a la «edición digital» eran previsibles debido a la escasa presencia de este
tipo de edición en los servicios de publicaciones universitarios de nuestro país.
Sólo en siete editoriales (un 14,3%) se ofrece esta sección. Todavía estamos asistiendo a un avance lento de la edición electrónica, que intenta integrase en el
mundo editorial, y que poco a poco lo va consiguiendo, aunque aún le quede un
gran trayecto para recorrer.
Una vez desglosadas las diferentes secciones, la impresión global refleja el hecho
de que ninguna editorial dispone de todas estas secciones, estando entre las más
cercanas la Universidad de Castilla-La Mancha y la Universidad Jaume I de Castellón.
Otras, por el contrario, no presentan ninguna de las secciones establecidas, este
es el caso de la Universidad de Alcalá de Henares y la Universidad de Burgos.
Ergonomía
Toda web debe caracterizarse por la comodidad y la facilidad de utilización, debe ser
ergonómica. La ergonomía del recurso mide la capacidad de ser agradable y de no
convertir en fatigosa la lectura del mismo32.
Con el fin de analizar el sitio web en base a este criterio se han considerado una
serie de cuestiones.
102
La lectura
Se trata de comprobar si es fácil o si presenta dificultades, teniendo en cuenta la
relación y contraste entre el fondo y la tipografía así como los interlineados e interletrados.
En la siguiente tabla se refleja la presencia de la lectura cómoda en la mayor parte
de los servicios de publicaciones (un 79,6%) mientras que sólo en diez de ellos (un
20,4%) la lectura parece ser compleja.
Lectura de la página
del servicio de publicaciones
Recuento
%
Fácil
39
79,6
Complicada
10
20,4
Total
49
100,0
Tabla 61. Lectura fácil o complicada
Tipografía
La observación de la letra empleada en los sitios web de las editoriales permite ver
la mayor o menor legibilidad de los mismos.
¿Cómo es la legibilidad de la página
del servicio de publicaciones?
Recuento
%
Buena
36
73,5
Regular
6
12,2
Mala
7
14,3
Total
49
100,0
Tabla 62. Legibilidad del sitio web editorial
Tamaño de la letra
Recuento
%
Normal/adecuado
36
73,5
Pequeño
13
26,5
Total
49
100,0
Tabla 63.Tamaño de la letra
103
El porcentaje correspondiente a las editoriales consideradas «legibles» coincide,
lógicamente, con aquellas que presentan una letra de tamaño normal o adecuado,
un 73,5%. Respecto al resto, un 26,5%, la letra mostrada es de un tamaño pequeño, poco legible y nada adecuado para conseguir la comodidad perseguida a la
hora de visualizar una web. Aunque dentro de este porcentaje existen servicios de
publicaciones que presentan una «legibilidad regular», como la Universidad Alcalá
de Henares y otras con una «legibilidad mala», como la Universidad Pontificia de
Salamanca. Este grado de legibilidad viene determinado por el tamaño de letra que
puede ser mayor o menor (punto 8, punto 10, punto 12, etc.) y por el tipo de letra
(Times New Roman, Arial, Book Antiqua, etc.). Por lo tanto, se han tenido en cuenta ambos factores por separado y también unidos, pues la combinación de tamaños y tipos de letra puede dar lugar a una mejor o peor legibilidad.
Diseño
La web tiene que presentar un diseño elegante, funcional y atractivo33 para el usuario. Un sitio web estéticamente agradable y alegre llamará más la atención del
público, incitándole a navegar por él, y así la editorial tendrá la oportunidad de
hacer llegar sus publicaciones y servicios a una población mayor.
De todos modos, esto no debe hacer caer en errores, ni al creador de la web ni a
los visitantes de la misma. Así, el creador no debe recargar las páginas con imágenes y gráficos que puedan acarrear problemas posteriores, por ejemplo, en la
velocidad de descarga. Y en cuanto a los usuarios no debe dejarse cegar por las
páginas que le ofrezcan mayor número de dibujos y un mayor colorido, ni dejar a
un lado la estructura y contenido existentes.
Los resultados obtenidos en el estudio realizado reflejan claramente que en la
mayoría de estos servicios editoriales se ha optado por un diseño sencillo (93,9%)
sin florituras. Se trata de páginas web no demasiado recargadas, de hecho en un
83,7% prima el texto sobre las imágenes. Sólo en el caso de la Universidad de
València priman las imágenes sobre el texto.
¿Cómo es el diseño de la página
del servicio de publicaciones?
Recuento
%
Sencillo
46
93,9
Elaborado
3
6,1
Total
49
100,0
Tabla 64. Diseño del sitio web editorial
Respecto a las imágenes aparecidas en los sitios web suele tratarse de diferentes
iconos para las secciones, dibujos para las colecciones existentes, la reproducción
de la cubierta de las obras, el logotipo de la Universidad o dibujos identificativos de
la propia editorial.
Lo ideal sería un equilibrio entre texto e imágenes como el encontrado en siete editoriales universitarias (14,3%), aunque siempre teniendo en cuenta el tipo de imágenes o gráficos colgados en el recurso.
104
¿Prima el texto o las imágenes?
Recuento
%
Prima texto
sobre imagen
41
83,7
Prima imagen
sobre texto
1
2,0
Texto e imágenes
equilibrados
7
14,3
Total
49
100,0
Tabla 65. Primacía del texto o de las imágenes
Luminosidad
El último parámetro estudiado en el formulario es la luminosidad, basada en los enlaces que llevan a las páginas web de otras instituciones, organizaciones, servicios,
etc., que se consideran interesantes y que normalmente están relacionados, de una
u otra manera, con el sitio web en cuestión.
Ofrece enlaces externos
a otras webs
Recuento
%
Sí, sólo títulos
20
48,8
No
21
42,9
Sí, enlace/s suelto/s
6
12,2
Página en
construcción/error
2
4,1
Total
49
100,0
Tabla 66. Enlaces externos a otras webs
Entre las editoriales que integran enlaces externos que reenvían a otras webs, se
hacen distinciones:
Aquellas que incluyen simplemente iconos sueltos (6%): Universidad de les Illes
Balears (icono a la página web de la AEUE).
Aquellas con una lista de títulos o enunciados (40,8%): Universidad de Murcia.
Aquellas que ofrecen más información sobre la sede web a la que llevan (0%): No
existe ninguna editorial universitaria, que en sus vínculos a páginas web externas,
adjunte una explicación o comentario sobre el enlace en cuestión.
105
Aparte de estos posibles casos, se ha encontrado una web en construcción
(Universidad de Salamanca) y una web que da error reiteradamente al entrar en el
enlace (Universidad Zaragoza).
Las denominaciones más habituales para la sección destinada a enlaces a webs
externas son: «otros enlace» y «sitios/web de interés».
También cabe destacar la aparición, en varios servicios, de un enlace a las editoriales universitarias de otros centros. Normalmente se ofrece un listado con los vínculos a las mismas, aunque se han encontrado otras formas más originales como en
la Universidad de Jaén, donde aparece un mapa de España con enlaces a las editoriales existentes en las diferentes universidades.
Respecto al porcentaje correspondiente a la respuesta negativa en torno a la existencia de enlaces externos, es bastante elevado: un 42,9%. Se trata de un dato nada
favorable, pues es importante la vinculación entre unas sedes web y otras, en la
medida en que esto contribuye a la ampliación de la información y del conocimiento
ofrecido al usuario.
CONCLUSIONES
La investigación realizada sobre los sitios web de los servicios de publicaciones de
nuestras universidades, ha llevado al establecimiento de una serie de conclusiones.
Dichas conclusiones pretenden sintetizar la información recogida y los datos obtenidos
en el análisis llevado a cabo. Todo ello con el fin de ofrecer una visión del panorama editorial vivido en el ámbito universitario español.
A continuación, se muestran las consideraciones finales a las que se ha llegado, en relación a las diferentes cuestiones tratadas:
DATOS BÁSICOS
En primer lugar conviene hablar sobre el título del recurso. Se ha comprobado que la
mayor parte de las editoriales universitarias muestran en su sitio web un título, destacando la denominación de «Servicio de publicaciones» o «Publicaciones». Además, se
trata de títulos indicativos que identifican, sin problema alguno, el servicio en cuestión.
En segundo lugar, nos centramos en la lengua de las publicaciones, destacando la presencia del castellano, aunque los catálogos también incluyen obras en lenguas extranjeras (inglés, francés, portugués, italiano, etc.) y en otras lenguas oficiales del Estado
español (catalán, euskera, gallego, valenciano).
VISIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN
Todas las universidades cuentan con un enlace que lleva a la sede web de su servicio
de publicaciones, aunque en muchos casos no se trata de un enlace directo. De todos
modos, sea o no así, en la mayoría de las editoriales el vínculo es fácilmente localiza106
ble y, además, se identifica claramente el enlace (mediante el nombre asignado) a la
página de la editorial.
Respecto a los servicios de publicaciones propiamente dichos, como ya se ha mencionado, todos ofrecen un título significativo.
Al título del recurso se añaden otros datos de interés como una explicación del contenido del sitio web, aunque no es una práctica tan habitual como sería deseable.
Otro elemento de una web es el mapa del sitio que en el caso de las editoriales universitarias no suele aparecer, aunque sí se ha encontrado en la página principal de varias
universidades.
En una web con una correcta organización y una buena estructura, no puede faltar una
tabla de contenido. Esta premisa se cumple ampliamente en los servicios objeto del
presente estudio, aunque cabe resaltar la omisión de comentarios a los diferentes enlaces o secciones que la componen.
Directamente relacionada con el punto anterior se encuentra la organización de la información en apartados desplegables, que no es un hecho común entre las editoriales de
los centro universitarios.
Otro punto destacado en la visibilidad de un recurso web es la integración de un motor
de búsqueda. A pesar de la importancia que esto conlleva, en muchos de los servicios
editoriales no se dispone de un mecanismo de recuperación de la información. En los
casos en los cuales existe, se caracteriza por permitir una «búsqueda mediante texto
libre», combinada en ocasiones, con una «búsqueda mediante texto controlado». En
cuanto a la incorporación de mecanismos de búsqueda avanzada, debe decirse que
los operadores booleanos no se emplean en ninguno, al contrario que la «búsqueda
por campos», que es una posibilidad ofrecida en la mayoría. Los campos caracterizados por una mayor presencia son el de «autor» y «título», aunque también aparecen
otros interesantes como: «SBN», «colección», «materia», «año de edición» y «orden
de recuperación de resultados».
La existencia de enlaces en otras webs que dirijan al recurso descrito es un indicador
favorable en la visibilidad perseguida. Realmente todas las editoriales universitarias
tiene su lugar en alguna otra página web, bien perteneciente a otros servicios de publicaciones, bien relacionado con otras instituciones u organizaciones.
DIRECTORIO
Las editoriales de las universidades cuentan, al igual que cualquier otro servicio, con
un grupo de personas que posibilitan su organización y funcionamiento. Otra cuestión
es el hecho de que esto quede reflejado en su sitio web que, como se ha podido comprobar, no es la práctica más extendida. Aún así, algunos de estos servicios dedican
una sección o apartado a su plantilla de personal ofreciendo datos como: nombres y
apellidos, cargo, teléfono, fax y mail. Entre los trabajadores se encuentra el responsable que suele ostentar el cargo de director o jefe del servicio, estando mejor identificada su autoría en unos casos que en otros.
Sin duda alguna, una información esencial en cualquier servicio es la relativa a los
datos de contacto. En este sentido, los servicios estudiados ofrecen en su mayoría una
información bastante completa: dirección postal, teléfono, fax y mail.
107
Otra forma de identificación es la mención de la universidad a la cual pertenece la editorial, así como del logotipo de la misma. Ambos símbolos se muestran normalmente
tanto en su página principal como en el resto de páginas del recurso web.
ACTUALIZACIÓN Y ACTUALIDAD
Muchos son los servicios de publicaciones universitarios que no indican la fecha de su
última revisión, con lo cual el usuario desconoce si la información a la que accede está
actualizada o, por el contrario, está obsoleta.
A este hecho, debe añadirse que en algunos casos ha transcurrido más de un año
desde la última actualización.
ACCESIBILIDAD
Es esencial facilitar el acceso a la información y a los contenidos albergados en la editorial. Por un lado queda reflejado un aspecto positivo en cuanto a la velocidad de descarga que es notablemente alta. Sólo disminuye en el caso de alguna editorial con
abundancia de imágenes y gráficos, o en relación al formato de los documentos.
Y, por otro lado, se presentan aspectos negativos centrados en la falta de versiones
para la impresión y el escaso número de servicios que cuentan con ayuda sobre la
estructura y navegación de la Web.
En lo referente a la posibilidad de variantes de idiomas, debe comentarse que es una
prestación habitual en aquellas editoriales cuyas sedes web vienen en otro idioma distinto al castellano, excepto en algún caso. También es una posibilidad ofrecida en algunas webs que complementan la visualización en castellano, añadiendo una visualización en otros idiomas aparte del castellano, como: catalán, euskera, gallego, inglés,
etc.
NAVEGACIÓN
Una web tiene que ser amigable para el público, permitiendo una navegación sencilla
y cómoda. Uno de los requisitos para lograrlo es la aparición del menú de contenidos
en todas y cada una de las páginas web, y en el mismo lugar. Esta característica no
queda tan patente como sería deseable en los servicios analizados, aunque hay que
tener en cuenta un matiz: el número de secciones y apartados existentes, pues esto
conlleva una visión desde diferente óptica en cada caso.
Además, resulta importante la utilización de la misma terminología tanto en el menú de
contenidos como en las respectivas páginas web, que se refleja claramente en estos
servicios.
Un punto de interés en cuanto a la navegación vertical a través de la estructura de la
web es la falta de botones de navegación que permitan subir a un nivel más genérico,
lo cual se traduce en desorientación a la hora de moverse a través del sitio web.
DIFUSIÓN DE LA INFORMACIÓN
En toda editorial es fundamental la difusión de la información, concretamente de las
obras que constituyen su catálogo. Éstas deben agruparse en colecciones para una
mejor organización y posterior difusión, facilitando así su búsqueda al usuario. Por este
108
motivo esta práctica se concibe como una tarea habitual en este tipo de servicios, como
se ha constatado con el estudio realizado.
Sin embargo, en otros aspectos relacionados con las colecciones no se han obtenido
resultados tan positivos. Este es el caso de lo referente al título de la colección que únicamente en la mitad de las editoriales es significativo. Aunque hay que señalar que el
título aparece en todas, acompañado, a veces, de la temática de las publicaciones integradas en la colección. También señalar que el equilibrio en la distribución de las obras
dentro de las diferentes colecciones no es una característica reseñable en el fondo editorial de las editoriales universitarias. Aunque es necesario matizar en este último punto
que deben considerarse los años de inicio y fin de las colecciones, así como su permanencia o no.
Respecto a los documentos propiamente dichos, esta investigación se ha centrado en
el tipo de obras más comunes en los catálogos editoriales: priman las monografías y
manuales, seguidos por las revistas y actas de congresos y, por último, las tesis en
menor medida. A estos se une en algún otro caso excepcional, las guías académicas,
anuarios, etc.
Destaca como soporte documental de las publicaciones el papel, con un claro predominio sobre otros soportes como el CD-ROM y la edición on line. Esta última todavía
se encuentra en pleno desarrollo, con un largo camino aún por recorrer para poder
establecerse. En algunas editoriales se ofrecen otros soportes más o menos novedosos como disquetes, microfichas, DVD y e-books.
Otra cuestión es la información facilitada por las fichas del catálogo, sobre cada una de
las obras. En general se ofrecen datos suficientes para su identificación, siendo los
más comunes: autor, título, año de publicación, páginas, ISBN/ ISSN, precio, «agotado», resumen/descripción, contenido/índice/sumario, colección, materia, formato (cm,
PDF, etc.) y tamaño (Kb). En unos catálogos aparece un mayor número de datos que
en otros, pero muchos de ellos coinciden en mostrar una reproducción de la cubierta
de la obra.
No existe ninguna editorial universitaria que sólo ofrezca los títulos de las obras, sino
que todas facilitan información bibliográfica sobre las mismas, lo cual ayuda a su identificación y recuperación. En el caso de obras en edición on line se suelen ofrecer dos
tipos de acceso: la visualización de parte de la obra (sumario, prólogo, artículo, capítulo, etc.) y su descarga completa.
En la difusión de la información es importante contar con una serie de secciones a través de las cuaes se den a conocer los contenidos. Debido a la naturaleza de la información albergada en una editorial, existen varias secciones interesantes cuya presencia mejorará el servicio ofrecido, aunque no siempre se cuenta con ellas:
«Novedades», «Pedidos/compra», «Información para autores», «Noticias/última hora»,
«Nº de visitas» y «Edición digital». De todas ellas, algunas aparecen con mayor frecuencia, teniendo ciertamente un mayor grado de importancia, como son: «Novedades», «Pedidos/compra» e «Información para autores». Mientras que la aparición
del resto, que podría considerarse como complementarias, presenta un menor porcentaje: «Noticias/última hora» y «Nº de visitas». Respecto a la sección dedicada a la
«Edición digital» aparece en pocas editoriales, lo cual confirma que las obras en sopor109
te electrónico todavía están en desarrollo y se están abriendo camino en el mundo editorial.
ERGONOMÍA
La comodidad y facilidad de utilización son puntos claves para conseguir una web ergonómica y de calidad, que atraiga al usuario. Esto se consigue en la mayor parte de los
servicios de publicaciones de nuestras universidades.
Por una parte, la lectura no presenta dificultad alguna, encontrando un fondo y un espaciado apropiados, a los que se suma una tipografía legible, con un tipo y tamaño de
letra adecuados.
Por otra parte, el diseño es sencillo, poco recargado, primando el texto sobre las imágenes. En este sentido, quizás se podría hablar de un diseño demasiado simple en
algunas editoriales. Lo ideal estaría en un equilibrio entre texto e imágenes, creando
una web atractiva y elegante, pero siempre teniendo en cuenta que no existieran problemas en aspectos tan importantes como la velocidad de descarga.
LUMINOSIDAD
A pesar de lo interesante que resultan los vínculos a otras páginas web existentes en
Internet, los servicios analizados no lo contemplan como algo habitual, pues poco más
de la mitad ofrecen enlaces externos.
En este sentido, cabe destacar, entre aquellas editoriales que sí cumplen este requisito, que varias de ellas establecen vínculos hacia los servicios de editoriales de otras
universidades, así como a la página de la AEUE.
LA PRESENCIA DE LA EDICIÓN ELECTRÓNICA EN LOS SERVICIOS DE PUBLICACIONES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS
La presencia de los nuevos soportes y formatos electrónicos en el panorama editorial
va en aumento, con el paso del tiempo, aunque quizás su evolución no sea tan rápida
como se pensó en un primer momento.
Es cierto que la edición electrónica tiene ventajas e inconvenientes, y se debe encontrar los posibles beneficios, aprovechando las oportunidades que nos ofrece este nuevo
tipo de edición, tales como la rapidez en la publicación y el abaratamiento de la edición.
A pesar de esto, todavía, en la actualidad, existe cierta reticencia a aceptar las publicaciones electrónicas, pues se trata de algo nuevo, de un cambio, que siempre es difícil
de asimilar y aceptar.
El formato electrónico no se va a desarrollar igual en todos los segmentos de la edición: en el presente proyecto la investigación se ha centrado en los centros universitarios,
realizándose un estudio sobre la presencia de la edición digital en el fondo editorial que
poseen.
110
OBJETIVOS
Esta parte de la investigación se centra en los servicios de publicaciones universitarios
que dedican una parte de su actividad a la edición electrónica. El objetivo principal es analizar la presencia de la edición electrónica en las editoriales universitarias. El objetivo general se concreta en los siguientes objetivos específicos:comprobar los tipos de documentos
digitales existentes en el fondo documental; analizar los formatos utilizados para la visualización y descarga de las publicaciones en formato electrónico; conocer características
fundamentales de las revistas electrónicas: periodicidad y URL; analizar los modelos de
explotación empleados por los servicios editoriales para la difusión y distribución de las
obras; y comprobar si existe diferencia entre el precio de la versión impresa y la electrónica.
METODOLOGÍA
Esta segunda parte del estudio de casos de las editoriales universitarias se centra en
un cuadro a través del cual se pretenden conseguir unos datos más precisos y específicos
sobre la presencia de la edición digital en los servicios universitarios y el tratamiento dado
a la misma. En este sentido, hay que señalar el hecho de que este estudio se ha centrado únicamente en la edición en línea. Por lo tanto, el cuadro sólo se ha aplicado a las editoriales que ofrecen este tipo de edición concreta, sin incluir a aquellas que, aunque presentan obras digitales, al incluir en sus catálogos publicaciones en soportes como el CDROM, no cuentan con documentos on line. A continuación se muestra el cuadro en cuestión, con los tres bloques que lo integran, así como sus correspondientes apartados y subapartados:
EDICIÓN ELECTRÓNICA
MATERIALES
MODELOS DE EXPLOTACIÓN
PRECIOS
Tipos de documentos
Monografías
Versión electrónica
gratuita para todos
Coinciden en la versión
impresa y electrónica
Manuales
Costos para el autor
o institución
Discrepancia porcentual
existente
Revistas
Actas de congresos
Tesis
Otros (anuarios, guías...)
Formatos
HTML/XML
Acrobat PDF
Microsoft Reader
Macromedia Flash
Otras plataformas
para e-books
con visualizadores propios
Otros
¿Existe posibilidad
de descarga a dispositivos
móviles tipo PDA?
Versión electrónica
gratuita para suscriptores
de la versión impresa
Versión electrónica
vendida a todos
(precio: igual/más/menos
que impresión)
Versión electrónica
con recargo extra
a suscriptores de la versión
impresa
Suscripciones individuales
Suscripciones
para miembros
Venta de artículos únicos
Licencias de sitio
Licencias para consorcios
Revistas
Perioricidad
URL propia
Tabla 67. Edición electrónica
111
MATERIALES
Tipos de documento. Se intenta conocer las clases de documentos que la editorial
presenta en línea. Se han establecido una serie de publicaciones determinadas, consideradas como las más comunes en un fondo editorial: monografías y manuales.
revistas, actas de congresos, tesis, otros (guías, memorias,…).
Formatos. Es fundamental conocer el formato en el cual se permite visualizar la publicación, existiendo varias posibilidades: Html y/o Xml, Acrobat Reader (.pdf), Microsoft Reader (.lit), Macromedia Flash, otros e, incluso, otras plataformas para e-books
con visualizadores propios. Relacionada directamente con el formato está la posibilidad de descarga a dispositivos móviles tipo PDA, que también se contempla en
este análisis.
Revistas. Debido a la importancia que las publicaciones periódicas han suscitado tanto
en el ámbito académico como en la edición digital, se ha dedicado este apartado a
las mismas. En este sentido, hay dos datos esenciales que aportan información de
gran interés:
Periodicidad. Al igual que en una revista impresa, se trata de una característica básica. Ésta puede ser: anual, bianual, semestral, cuatrimestral, irregular, etc.
URL propia. Las publicaciones digitales en línea se encuentran ubicadas en un sitio
web, identificado por una URL, que puede ser propia o no.
MODELOS DE EXPLOTACIÓN
En el ámbito de la edición en general, se establecen una serie de modelos de explotación para la distribución de las publicaciones. Se ha comprobado en este estudio, cuáles son los modelos seguidos por los servicios editoriales universitarias:
Versión electrónica gratuita para todos.
Costos para el autor (o institución). Obras gratis para los lectores, siendo los autores
los que asumen los costes.
Versión electrónica gratuita para suscriptores de la versión impresa.
Versión electrónica vendida a todos (precio: igual/más/menos que impresión).
Versión electrónica con recargo extra a suscriptores de la versión impresa. Se trata
de agregar un cargo adicional a los suscriptores de la versión impresa, permitiendo así
el acceso a la versión electrónica.
Suscripciones individuales.
Suscripciones para miembros (de asociaciones, sociedades, etc.).
Venta de artículos únicos. Se permite la compra de capítulos o artículos por separado,
y no se obliga a la adquisición de la obra completa.
Licencias de sitio. Se trata de definir el sitio donde se permite la visualización o descarga de las obras a través de una licencia. Por ejemplo, en el caso de las universidades, se pueden encontrar publicaciones a las que sólo puede accederse a través
de los ordenadores de la propia universidad.
Licencias para consorcios. Cada vez es más frecuente la agrupación de instituciones
con la finalidad de hacer un mejor uso de sus presupuestos limitados y compartir la
disponibilidad de los materiales a los cuales se suscriben.
PRECIOS
En este bloque se ha considerado de interés el conocimiento de los precios desde una
visión basada en la comparación entre el coste de la versión impresa y el de la versión
electrónica, incluyéndose la diferencia porcentual existente entre ambos casos.
112
Al igual que los datos del anterior formulario, los datos resultantes del estudio de la edición
electrónica han sido tabulados utilizando el programa estadístico SPSS, obteniéndose una
serie de resultados reflejados en el siguiente apartado.
RESULTADOS
Como ya se explicó anteriormente en la metodología, este cuadro se centra en la edición en línea, encontrándose sólo quince editoriales universitarias que presentan este tipo
de obras:
Universidades públicas: Universidad de Alicante, Universidad Autónoma de Barcelona, Universidad de Almería, Universidad de Barcelona, Universidad de Girona,
Universidad Jaume I de Castellón, Universidad de Salamanca, Universidad Politécnica de Catalunya y Universidad de La Rioja.
Universidades de la Iglesia Católica: Universidad Pontificia de Comillas.
Universidades no presenciales: Universidad Oberta de Catalunya (también es una universidad privada).
Universidades privadas: Universidad Alfonso X El Sabio, Universidad Antonio de Nebrija, Universidad Cardenal Herrera-CEU y Universidad de Vic.
Algunas de ellas presentan sólo documentos electrónicos en línea pero otras incluyen
también obras en CD-ROM. Las universidades que sólo presentan edición en línea son:
Universidad de Alicante, Universidad Alfonso X El Sabio, Universidad Antonio de Nebrija y
Universidad de Vic.
MATERIALES
Tipos de documentos. Los siguientes cuadros ofrecen los datos relativos a los documentos electrónicos en línea más habituales en los servicios de publicaciones universitarios:
Si hay monografías
Recuento
%
Sí
9
60,0
No
6
40,0
Total
15
100,0
Tabla 68. Monografías (edición on line)
Si hay tesis
Recuento
%
Sí
8
53,3
No
7
46,7
Total
15
100,0
Tabla 69 Tesis (edición on line)
113
Si hay revistas
Recuento
%
Sí
11
73,3
No
4
26,7
Total
15
100,0
Tabla 70. Revistas (edición on line)
Si hay actas de congresos
Recuento
%
Sí
5
33,3
No
10
66,7
Total
15
100,0
Tabla 71. Actas congresos (edición on line)
Si hay otros documentos
(guías, memorias...)
Recuento
%
Sí
6
40,0
No
9
60,0
Total
15
100,0
Tabla 72. Otros documentos (edición on line)
Claramente destaca el predominio de las revistas, con un 73,3%, existiendo en la
mayor parte de las editoriales, excepto en cuatro de ellas: Universidad Jaume I de
Castellón, Universidad Politécnica de Catalunya, Universidad Oberta de Catalunya y
Universidad Antonio de Nebrija. Este hecho era previsible por una doble razón: por
un lado, las publicaciones periódicas se han constituido como los documentos más
empleados para la divulgación del conocimiento científico en general y, por otro lado,
en el ámbito de la edición electrónica en línea han sido las obras que con mayor rapidez se han adaptado a esta nueva modalidad.
114
De cerca le siguen las monografías y los manuales con un porcentaje muy similar al
de las tesis, un 60% y un 53,3%, respectivamente.
Con un 40% se presentan otros documentos diferentes, relacionados con la actividad académica y la propia universidad, como es el caso de las memorias, el libro del
estudiante, guías académicas, presupuestos, etc.
Y, por último, se sitúan las obras que recogen las actas de los congresos, con sólo
un 33,3%.
Algunos servicios de publicaciones incluyen en su catálogo de obras digitales todo
tipo de documentos como es el caso de la Universidad Autónoma de Barcelona y la
Universidad de Barcelona. Otros únicamente se dedican a la edición digital en línea
de revistas como la Universidad de Almería, la Universidad Cardenal Herrera-CEU y
la Universidad Alfonso X El Sabio. Esta última destaca, como ya se mencionó anteriormente, por ser un caso excepcional en el mundo editorial universitarioo, al dedicarse sólo a publicaciones electrónicas en línea, sin editar obras impresas.
Cabe destacar el servicio editorial de la Universidad Jaume I de Castellón por presentar entre sus obras digitales actas de congresos, tesis y otros documentos, excluyendo monografías, manuales y revistas, hecho nada habitual. El caso contrario, lo
encontramos en la Universidad de Salamanca, en la que sólo se publican en edición
on line las monografías, los manuales y las revistas.
Formatos. Las obras electrónicas en línea pueden visualizarse en diferentes formatos, los más habituales, el Acrobat Reader y el Microsoft Reader. Sin embargo, se ha
comprobado que esto no se cumple al pie de la letra en la edición universitaria.
Si el formato es HTML y/o XML
Recuento
%
Sí
5
33,3
No
10
66,7
Total
15
100,0
Tabla 73. Formato Html/Xml
Si el formato es PDF
Recuento
%
Sí
13
86,7
No
2
13,3
Total
15
100,0
Tabla 74. Formato Acrobat Reader (.pdf)
115
Si el formato
es Microsoft Reader
Recuento
%
Sí
1
6,7
No
14
93,3
Total
15
100,0
Tabla 75. Formato Microsoft Reader (.lit)
Si se trata de otros formatos
Recuento
%
Sí
1
6,7
No
14
93,3
Total
15
100,0
Tabla 76. Otros formatos
Sin duda alguna, el formato más habitual y con diferencia respecto al resto, es el
Adobe Acrobat (.pdf). Éste aparece en la mayoría de los documentos electrónicos
para su descarga y visualización, concretamente en trece de las editoriales universitarias analizadas. Las únicas que no utilizan dicho formato son la Universidad
Antonio de Nebrija (formato Word) y la Universidad Cardenal Herrera-CEU (formato
Html).
Por lo tanto, en la mayor parte de las editoriales la visualización de las obras se hace
sólo en formato PDF, utilizando el programa Acrobat Reader. En este sentido, cabe
destacar el hecho de que la mayoría de los servicios ofrecen la posibilidad de descargar gratuitamente dicho programa si el usuario no dispone del mismo.
Pero no siempre el formato Acrobat Reader se presenta sólo, en ocasiones no constituye la única posibilidad de descarga sino que aparece otro formato: el Html. Esto
ocurre concretamente en: la Universidad de Barcelona, la Universidad Jaume I de
Castellón, la Universidad Oberta de Catalunya y la Universidad de la Rioja.
Otro de los posibles formatos electrónicos es el Microsoft Reader que, a pesar de ser
uno de los más empleados en general, en el ámbito universitario parece contar con
pocos adeptos, de hecho sólo se emplea en la Universidad de Alicante, donde se
ofrece como opción de visualización de obras, junto al Acrobat Reader.
El Macromedia Flash, un formato electrónico para las imágenes, que se contemplaba como una opción en el cuadro de análisis, no ha aparecido en ninguno de los
116
casos. Lo mismo hay que decir de otras plataformas para e-books con visualizadores propios, que tampoco se han encontrado.
Como formato diferente a los planteados en el cuadro se ha localizado el Word en
la Universidad Antonio de Nebrija, permitiendo el acceso en dicho formato a las
obras en línea ofrecidas a los usuarios.
Una cuestión relacionada directamente con los formatos electrónicos y los documentos digitales es la de los dispositivos móviles a los cuales se pueden descargar este
tipo de documentos, como los de tipo PDA. Esta posibilidad se plantea en el cuadro
de análisis, obteniéndose una respuesta negativa en un 100%. Sin embargo, destaca la mención sobre este tema que se hace en la Universidad de Barcelona. Dicho
servicio incorpora un apartado relativo a las preguntas más frecuentes sobre los ebooks donde se indica que todavía no se ofrece la posibilidad de descarga de los
documentos a este tipo de dispositivos.
Revistas. Como se ha visto reflejado en el anterior apartado, las revistas son la clase
de documento más frecuente en la edición en línea del fondo editorial universitario.
De ahí su importancia y el hecho de dedicarle un apartado específico, donde se
atienda a su periodicidad y URL.
Hay que tener en cuenta que se han encontrado revistas publicadas exclusivamente
en formato electrónico, y otras que cuentan con ambas versiones, impresa y digital.
La periodicidad de las revistas electrónicas es un aspecto de gran interés, al igual
que en las impresas. Tras la investigación realizada, se han obtenido los siguientes
datos:
¿Cuál es la perioricidad?
Recuento
%
Anual
23
56,1
Semestral
6
14,6
Cuatrimestral
5
12,2
Bianual
1
2,4
Irregular
4
9,8
Otras
2
4,9
Total
41
100,0
Tabla 77. Periodicidad de las revistas electrónicas
En primer lugar, indicar que los porcentajes se han hecho en base a las diferentes
revistas en línea encontradas en los servicios de publicaciones universitarios objeto
de la investigación. Según se muestra en la tabla se permite el acceso a 41 revistas
electrónicas en línea. Sin embargo, hay que hacer un par de matizaciones: por un
lado, existe una revista (no incluida entre las 41 citadas) de la que no se conoce la
periodicidad, Temps d´educació, publicada en la Universidad de Barcelona. Por otro
lado, en la Universidad de Girona el acceso a la colección digital es restringido, y no
se ofrecen datos sobre las revistas en línea, de ahí su omisión en este cuadro.
117
El siguiente gráfico ofrece una visión clara sobre el panorama en la periodicidad de
las revistas electrónicas en línea:
Bianual
Anual
Otros
Irregular
Cuatrimestral
Semestral
Fig. 9. Periodicidad de las revistas electrónicas
El predominio absoluto lo posee la periodicidad anual, sin duda alguna. Como se
observa aparece en la mayoría de las revistas, concretamente en un 56,1%, en más
de la mitad del total de las publicaciones periódicas en línea. Por lo tanto, en casi
todos los servicios universitarios con revistas digitales en su fondo editorial existe
alguna con dicha periodicidad. Un ejemplo es la revista Teoría de la Educación.
Educación y cultura en la sociedad de la información, de la Universidad de
Salamanca.
Le sigue la periodicidad semestral, es decir, la publicación de la revista cada seis
meses, con un 14,6%. La Revista Faventia: Revista de filologia clàssica editada por
la Universidad Autónoma de Barcelona presenta dicha periodicidad.
Con un porcentaje bastante similar aparecen las revistas cuatrimestrales, un 12,2%.
Entre ellas está la publicación periódica Investigaciones geográficas de la
Universidad de Alicante, que cuenta con tres números al año: enero-abril, mayoagosto y septiembre-diciembre.
Más raro es encontrar otras periodicidades como la bianual, que sólo aparece en una
de las revistas: Revista electrónica de investigación psicoeducativa y psicopedagógica editada por la Universidad de Almería.
También algunas revistas electrónicas en línea presentan una periodicidad irregular,
concretamente un 9,8%. Este es el caso de una de las revistas de la Universidad de
Barcelona: Estudios de Fonética Experimental.
118
Además, existen revistas que poseen otra periodicidad diferente a la establecida en
un principio. En este grupo se encuentra la Revista Mediterránea. Serie de estudios
biológicos, de la Universidad de Alicante, que indica en su ficha correspondiente que
al menos se publica un volumen al año, por lo tanto, esto no puede considerarse una
periodicidad estable y fija. Otro caso se ha encontrado en la Universidad de Vic,
donde se ha considerado como revista al boletín de la universidad llamado Campus.
Esto se debe al hecho de que en dicha editorial lo incluyen dentro del apartado dedicado a las revistas (lo cual no ocurre en otros servicios de publicaciones), y respecto a su periodicidad es mensual.
Otro punto importante es la URL de las revistas, comprobar si es propia o no. Los
resultados arrojados por el estudio muestran que todas las publicaciones periódicas
editadas en los servicios universitarios, carecen de una URL propia. De todos
modos, debe señalarse que existen algunas revistas con acceso restringido a las
que no se ha podido acceder y, por tanto, se desconoce este dato. Dichas publicaciones periódicas son las recogidas en la editorial de la Universidad de Girona.
En muchos casos, la revista está albergada en el servidor de la propia editorial,
como por ejemplo, Contextos educativos: Revista de Educación34,de la Universidad
de La Rioja.
Otras veces, la revista se ubica en servicios de información como bibliotecas digitales, un ejemplo es DOXA: Cuadernos de Filosofía del Derecho35,de la Universidad
Alicante, en el portal de la Biblioteca Virtual Cervantes.
Otras veces, la revista se encuentra en otros portales o sitios web relacionados con
la materia de la misma o pertenecientes a una institución o asociación vinculada. Un
ejemplo es la Revista electrónica de investigación psicoeducativa y psicopedagógica36 de la Universidad de Almería.
MODELOS DE EXPLOTACIÓN
En este apartado se refleja la información relativa a los modelos seguidos por los servicios universitarios de publicaciones, a la hora de su difusión y distribución. De todos
los planteados sólo algunos se han visto patentes en las editoriales objeto de esta
investigación, como se observa en las siguientes tablas:
Modelo de explotación: versión
electrónica gratuita para todos
Recuento
%
Sí
13
86,7
No
2
13,3
Total
15
100,0
Tabla 78. Modelo de explotación versión gratuita para todos
119
Modelo de explotación: versión
electrónica vendida a todos
Recuento
%
Sí
3
20,0
No
12
80,0
Total
15
100,0
Tabla 79. Modelo de explotación versión electrónica vendida todos
Modelo de explotación:
venta de artículos únicos
Recuento
%
Sí
1
6,7
No
14
93,3
Total
15
100,0
Tabla 80. Modelo de explotación venta de artículos únicos
Modelo de explotación:
licencias de sitio
Recuento
%
Sí
3
20,0
No
12
80,0
Total
15
100,0
Tabla 81. Modelo de explotación licencias sitio
Modelo de explotación:
licencias para consorcio
Recuento
%
Sí
1
6,7
No
14
93,3
Total
15
100,0
Tabla 82. Modelo de explotación licencias para consorcios
120
Sin duda alguna, el modelo de explotación mayoritariamente utilizado es la versión
electrónica gratuita para todos, con un porcentaje muy elevado respecto al resto, un
86,7%. Así el servicio de publicaciones permite la visualización sin coste alguno para
el usuario, siendo accesible a todos. Esta política seguida por muchas editoriales es
bastante lógica, ya que se trata de un servicio universitario cuya finalidad es la divulgación y comunicación del conocimiento y la ciencia, sin ánimo de lucro. Aún así, no hay
que olvidar la necesidad de una financiación para su mantenimiento.
Un porcentaje idéntico y mínimo presentan dos de los modelos establecidos: la versión
electrónica vendida a todos y las licencias de sitio, con un 20%.
El primero es utilizado por los siguientes servicios: Universidad de Barcelona, Universidad Politécnica de Catalunya y Universidad Oberta de Catalunya, y consiste simplemente en la compra de las obras que se deseen visualizar o descargar.
En el segundo modelo se encuentran aquellas editoriales que permiten el acceso a sus
obras digitales sólo desde los terminales de los ordenadores de la propia universidad
y/o sólo a los miembros de la comunidad universitaria, requiriendo normalmente una
clave de acceso o password. Aquí encontramos a la Universidad de Barcelona y, también, a la Universidad de La Rioja y la Universidad Pontificia de Comillas.
Así, la Universidad de La Rioja ofrece el acceso gratuito a todo el público en algunas
de sus tesis. Sin embargo, la visualización completa de otras muchas tesis sólo es gratuita para la comunidad universitaria, mientras que el resto deberá pagar una cierta
cantidad por esta descarga completa, pues lo único que podrá obtener gratis serán los
índices y las 24 primeras páginas. El caso de la Universidad Pontificia de Comillas es
similar al anterior con las tesis doctorales publicadas por su editorial.
Además de las licencias de sitio, existen las licencias para consorcios, que aparecen
con un 6,7%, es decir, en una sola editorial, la de la Universidad de Girona. Ésta indica que «la colección digital es el resultado de las suscripciones contratadas por la UDG
y el CBUC (Consorcio de Bibliotecas Universidades Catalanas)», por lo tanto, se trata
de la unión de varias instituciones con el fin común de acceder a una serie de documentos electrónicos.
Otro modelo existente es el denominado como «venta de artículos únicos», que consiste en ofrecer la posibilidad de comprar partes de las obras, en vez de estar obligado el usuario a adquirir la obra completa. Es interesante cuando lo que se requiere es
simplemente un artículo de una revista o un capítulo de un libro. Sin embargo, todavía
parece que no está implantado en el mundo editorial universitario, pues su único defensor es la Universidad Politécnica de Catalunya.
El resto de modelos planteados en el cuadro de análisis no se han encontrado en los
servicios universitarios estudiados.
PRECIOS
Una cuestión relacionada estrechamente con el modelo de explotación o venta adoptado es el precio de las publicaciones. En esta línea interesa conocer si los costes coinciden en la versión impresa y en la versión electrónica.
Es obvio que en la mayoría de los casos de la investigación realizada, este aspecto no
tiene relevancia, pues se ha optado por una línea editorial basada en el acceso gratui121
to para todos a los documentos digitales. Otras veces se trata de obras de formato
electrónico que no cuentan con versión impresa (ej: Universidad Oberta de Catalunya).
E incluso esta información puede no ser facilitada, porque las obras son de acceso restringido y los precios no se contemplan (ej: Universidad de Girona).
Existen sólo dos editoriales donde este punto ha podido ser analizado: la Universidad
Politécnica de Catalunya y la Universidad de Barcelona.
En la primera, los precios son los mismos para la adquisición del documento, tanto en
su versión impresa como en su versión electrónica. De hecho, se proporciona el mismo
catálogo con un solo precio para ambos soportes documentales.
Por el contrario, en la segunda, los precios varían de una a otra versión. Respecto a
las revistas, en algunas se han encontrado coincidencias de precio en todos los números, como es el caso del Boletín americanista cuya versión impresa cuesta 10,64 € y el
e-book está en 6,38 €. Mientras tanto, en otras revistas hay diferencias de costes entre
sus propios números, como por ejemplo en Cercles: Revista d´història cultural donde
el nº 4 cuesta como versión impresa 8,50 € y la electrónica 5,10 €, y el nº 5 en formato impreso se compra por 5,71 € y el e-book por 3,43 €.
No es posible fijar una diferencia porcentual general para todas las obras pues existen
diferencias muy grandes que van desde los 15 € por la versión impresa a sólo 4,87 €
por la electrónica (Revista Ebre 38). En cambio otros porcentajes apenas se incrementan: por ejemplo, una versión impresa por 5,71 € y el e-book por 3,48 € (Cercles).
En lo referente a otros tipos de obras se ha comprobado que el precio se encarece, por
ejemplo, en las «Actas de congresos» (ej: vers. impr: 30 € y e-book: 20 €). También los
manuales (ej: vers. impr: 12´02 € y e-book: 4´52 €) suelen presentar unos costes más
elevados que las monografías (ej: vers. impr: 7´22 € y e-book: 4´29 €). Otros productos documentales con precios más bajos son las guías (ej: vers. Impr: 1´48 € y e-book:
0´89 €).
Por lo visto, hasta el momento, es imposible establecer un porcentaje genérico en las
diferencias de costes de las obras integradas en esta editorial universitaria, pues existen varios precios y porcentajes diferentes, dependiendo de factores muy distintos
como el tipo de documento, el volumen, las páginas, etc.
CONCLUSIONES
Las conclusiones a las cuales se ha llegado a raíz del estudio centrado en las editoriales que ofrecen una colección digital en línea, se sintetizan del siguiente modo:
Las revistas son las publicaciones más habituales en el ámbito de la edición en línea,
en los servicios universitarios. Quizás, como ya se mencionó, esto se deba a la importancia que siempre han tenido en la comunicación del conocimiento y la divulgación de la
ciencia, por características tan destacadas como su grado de obsolescencia, beneficiado
precisamente por los nuevos soportes de la información. Le siguen las monografías y
manuales, que también aparecen en un número importante.
En las editoriales universitarias el formato digital por excelencia es el Acrobat Reader
(.pdf), utilizado para la visualización y descarga de obras en la mayoría de los documentos. El Html es empleado sólo en un tercio de los servicios, aunque menor presencia tie122
nen otros formatos como el Microsoft Reader y el Word. En el caso del primero, es algo
peculiar pues sí se trata de un formato habitual en el panorama editorial electrónico general.
Respecto a otros avances relacionados con la visualización de los contenidos de un
documento digital, como es el caso de la descarga a dispositivos móviles de tipo PDA,
parece ser prácticamente desconocido en los servicios de publicaciones de nuestras universidades.
Como se ha podido observar a lo largo del presente estudio, las revistas son un tipo de
documento fundamental en la vida académica. Las publicaciones electrónicas en línea
suelen poseer una periodicidad anual, aunque también aparecen otras como la semestral
y la cuatrimestral, propias de las revistas científicas.
Otro aspecto relacionado con las revistas electrónicas es su ubicación en una URL,
que puede ser propia o no. En el caso universitario, ninguna de estas publicaciones cuenta con una URL propia. En la mayoría de las ocasiones, están colgadas en el sitio web de
la propia editorial, y a veces, en alguna biblioteca digital, como por ejemplo, la Biblioteca
Virtual Cervantes. También se han encontrado revistas accesibles a través de un sitio web
perteneciente a una institución, organización o asociación relacionada con la materia de
las mismas.
En la distribución de los documentos electrónicos como productos de las editoriales, se
siguen una serie de modelos de explotación. En el caso universitario, el más habitual es la
versión electrónica gratuita para todos permitiendo la visualización y descarga de las
obras, sin que suponga ningún tipo de coste para el usuario. Esto está relacionado con la
función social que las universidades han tenido durante mucho tiempo, en su tarea de difusión libre del conocimiento y la ciencia a toda la sociedad. No obstante, hay que considerar que como institución requiere una financiación para su mantenimiento, lo que conlleva,
en algunos casos, la adopción de otros modelos de explotación como: la versión electrónica vendida a todos (precio: igual/más/menos que impresión) y la venta de artículos únicos. Otra modalidad seguida es la de las licencias, bien sean licencias para consorcios o
licencias de sitio que facilitan el acceso a la comunidad universitaria.
En lo referente al punto anterior, es esencial aludir a los precios de las obras digitales
en línea. En las editoriales universitarias hay poco que comentar al respecto pues, como
ya se ha dicho, la mayor parte ofrece un acceso gratuito a este tipo de publicaciones, y si
no a través de licencias de sitio y para consorcios. Con la poca información obtenida en
esta investigación sobre este asunto, sólo se puede decir que en unos casos sí hay coincidencia en los precios del formato impreso y del digital, mientras que en otros no existe
equivalencia de costes. Añadir a esto que no podría establecerse una diferencia porcentual general, pues existe una gran variedad de precios y de diferencias entre ellos. No obstante, en este sentido, los resultados obtenidos son realmente poco relevantes para poder
extraer conclusiones al respecto.
En definitiva, afirmar que todavía falta mucho para la adaptación a las nuevas tecnologías de la información por parte de las editoriales universidades. En principio, es fundamental que dichos servicios acepten los cambios que se están produciendo en el panorama actual de la edición y que participen de ellos, para lograr la mejora del servicio prestado a la sociedad, facilitando el acceso a la información y la divulgación del conocimiento
científico.
123
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29 CODINA BONILLA, L. El libro digital y la WWW. Madrid: Tauro, 2000.
30 CODINA BONILLA, L. Evaluación de recursos digitales en línea: conceptos, indicadores
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36 Revista electrónica de investigación psicoeducativa y psicopedagógica (en línea).
125
3. El régimen jurídico de las
publicaciones electrónicas: adaptación de la propiedad
intelectual al entorno digital
FERNANDO CARBAJO
126
127
Capítulo 3
El régimen jurídico de las publicaciones electrónicas (Adaptación
de la propiedad intelectual al entorno digital: aspectos jurídicos de
la creación, producción y difusión de contenidos en la sociedad
de la información) (Fernando Carbajo)
126
Introducción: El papel del Derecho de Propiedad Intelectual en la protección,
difusión, acceso y disponibilidad de contenidos en la sociedad
de la información
128
La nueva noción de publicación en la sociedad de la información
133
La adaptación del derecho de Propiedad Intelectual al entorno digital
en línea y fuera de línea
135
La adaptación de los derechos exclusivos de Propiedad Intelectual
y de sus principales excepciones al entorno digital
135
El papel de los derechos morales en la sociedad de la información
135
El derecho de reproducción
141
El Derecho de distribución
147
El Derecho de comunicación pública: la modalidad de puesta
a disposición en línea a la carta
148
El Derecho de transformación
150
La protección jurídica de medidas tecnológicas de protección y de sistemas
de información para la gestión de derechos
153
Aspectos contractuales relacionados con la producción, explotación
y comercialización o simple difusión de contenidos protegidos
156
La contratación de derechos de propiedad intelectual con fines
de elaboración y producción de contenidos y de explotación
económica: licencias para la creación-producción de obras multimedia
y bases de datos electrónicas; licencias de explotación de contenidos
preexistentes
157
Licencias de uso para la comercialización de publicaciones electrónicas
159
Licencias de uso gratuitas y licencias públicas generales
163
Problemas jurídicos de la edición electrónica: la adaptación del derecho
editorial a las necesidades de la sociedad de la información
164
Introducción: Sociedad de la información y negocio editorial
164
El contrato de edición de publicaciones electrónicas
166
La edición electrónica de obras o prestaciones editadas anteriormente
en formatos tradicionales
La difusión de contenidos digitales . Modelos de negocio
173
176
Modelos para la explotación-difusión de contenidos off line
177
Modelos para la explotación-difusión de contenidos on line
181
Las creative commons public licenses. ¿Copy Right vs. Copy Left?
188
El llamado préstamo virtual por parte de bibliotecas y centros asimilados:
entre la disponibilidad a distancia y la consulta in situ
195
INTRODUCCIÓN: EL PAPEL DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL EN LA
PROTECCIÓN, DIFUSIÓN, ACCESO Y DISPONIBILIDAD DE CONTENIDOS EN LA
SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
En el nuevo modelo social y económico que se ha dado en llamar Sociedad de la
Información o Sociedad del Conocimiento la propiedad intelectual juega un papel de primer orden.
Dentro del amplísimo y difuso concepto de información se encuentran multitud de creaciones intelectuales (obras literarias, artísticas o científicas) de mayor o menor entidad (originalidad y relevancia intelectual, cultural o científica), así como prestaciones empresariales conexas que sirven de vía de expresión a creaciones intelectuales e incluso a simples
informaciones o datos no originales (fonogramas, grabaciones audiovisuales, emisiones
de radio y televisión, bases de datos). Creaciones intelectuales y prestaciones empresariales que son de diferente naturaleza (escrita, sonora, audiovisual, plástica...) y que tradicionalmente han sido plasmadas en distintos formatos (obra literaria-libro o revista, obra
musical-fonograma, obra audiovisual-videograma, etc.).
Pues bien, estos bienes informacionales que no son simples datos objetivos, sino que
responden a procesos de creación intelectual o a procesos de producción industrial resultan protegidos por el simple hecho de su creación o producción a través del Derecho de la
Propiedad Intelectual. Este campo del Derecho comprende, de un lado, el Derecho de
autor sobre creaciones intelectuales originales (obras) y, de otro lado, los Derechos conexos o afines sobre prestaciones o manifestaciones artísticas personales (interpretaciones
y ejecuciones musicales y artísticas) y sobre prestaciones o productos empresariales
(fonogramas, grabaciones audiovisuales, emisiones de radio y televisión, bases de datos,
etc.) que conforman la llamada industria de la cultura, el ocio, la información.
La protección conferida por el Derecho de la propiedad intelectual se articula a través
del reconocimiento de un derecho exclusivo y excluyente del titular de las obras originales
(el autor) o de las prestaciones personales (intérprete o ejecutante) y empresariales (productor, fabricante o empresario) que consiste en la facultad de realizar, autorizar y prohibir
el uso y explotación de sus creaciones o prestaciones en el mercado. Es decir, sólo el titular de los derechos o un tercero con su consentimiento podrá explotar en el mercado la
obra o prestación protegida (ius utendi ) y ningún tercero podrá usar ni explotar esa obra
o prestación sin el consentimiento de los titulares de la propiedad intelectual (ius prohibendi).
Este derecho exclusivo se desdobla en un haz de facultades: por un lado las facultades o derechos morales (cfr., el derecho al inédito, el derecho de paternidad, el derecho
de integridad de la obra, etc.) que se otorgan al autor (y en menor medida a los intérpretes y ejecutantes) en razón a su actividad creativa o artística (se entiende que la interpretación o ejecución tienen un componente de creatividad intelectual); por otro lado las facultades o derechos patrimoniales o de explotación (cfr., el derecho de reproducción, la
distribución, la comunicación pública y la transformación), que se conce-den a los autores
y a los titulares de derechos afines (que, salvo el caso de los intérpretes o ejecu-tantes, no
gozan de derechos morales al ser sus prestaciones de carácter puramente empresarial o
económico sin elementos espirituales propiamente dichos) y confieren la posibilidad de
realizar, autorizar y prohibir la explotación de la obra o prestación en el mercado.
128
De estas facultades patrimoniales, sin duda, la principal y básica es la de reproducción
pues casi todo acto de esa naturaleza requiere una reproducción previa de la obra o prestación (este es el motivo de que en los sistemas jurídicos anglosajones se conozca el derecho de propiedad intelectual como Copyright). Las facultades de distribución y comunicación al público indican dos forma distintas de explotación de la obra o prestación: la
primera supone una forma de explotación material, mediante la puesta a disposición del
público de la obra o prestación a través de ejemplares que permiten su acceso y disfrute
individualizado; la segunda supone una explotación inmaterial, es decir, un acceso sin
ejemplares y a priori de forma colectiva, mediante una comunicación pública sea a través
de actos de exposición, declamación, representación escénica o mediante telecomunicación (transmisión y retransmisiones por ondas, cable o satélite).
Aunque la noción «Propiedad Intelectual» hace referencia en origen al derecho de propiedad que se hace recaer sobre creaciones del intelecto humano, el hecho de que las creaciones y manifestaciones intelectuales hayan ido ligadas siempre al desarrollo de las tecnologías (que les sirven como vía o mecanismo de expresión y difusión hacia el público)
generó, avanzado el siglo XX, la necesidad de proteger bajo el mismo concepto de propiedad intelectual a las prestaciones empresariales que actúan como soportes para la difusión de las creaciones e incluso para la difusión de datos o informaciones en general que
en rigor no constituyen creaciones intelectuales pero que tienen un importante valor en el
mundo de la cultura, el ocio y la información. Así pues, aunque no exista el elemento intelectual o espiritual en la producción de un fonograma, de una grabación audiovisual, en
una emisión de radio o de televisión, en la fabricación de una base de datos o incluso en
meras fotografías o productos editoriales carentes de valor artístico, el legislador, atendiendo al importante papel que esas prestaciones desarrollan para la difusión de la cultura y la
información, consideró que debía otorgarles una protección específica similar a la que otorga a los autores sobre sus obras originales. Obviamente, al no existir el elemento creativo
no se reconocen derechos morales (con la excepción de las interpretaciones o ejecuciones donde sí se pueda apreciar un elemento creativo, reconociéndose determinadas facultades morales), pero se conceden los mismos derechos de explotación o patrimoniales que
tienen los autores sobre sus obras. De esta forma, podemos encontrar una protección
cumulativa perfectamente compatible en determinados bienes intelectuales o culturales
(por ejemplo, en un disco concurre el derecho de autor del compositor de la obra musical
con los derechos conexos o afines del intérprete y del productor de fonogramas).
La historia de la propiedad intelectual es la historia de sus sucesivas adaptaciones a
los adelantos de la técnica. Y sin duda, la aparición de la informática y la tecnología digital y su convergencia con los nuevos medios de comunicación telemática, como Internet,
constituye uno de los adelantos técnicos más decisivos en la historia de la propiedad intelectual, por cuanto está transformando radicalmente las formas de creación, producción y
explotación de las creaciones intelectuales y las prestaciones industriales conexas.
Así es, el panorama consolidado en el último tercio del siglo XX (y por ello, podría decirse hoy día, ya tradicional), se ha visto fuertemente modificado con la aparición y desarrollo de la informática y sobre todo de la tecnología digital y las comunicaciones telemáticas,
las cuales, con ayuda de los correspondientes medios y aparatos técnicos de carácter
informático y electrónico, no sólo posibilitan nuevas formas de creación y, por tanto, nuevos productos intelectuales (como son los programas de ordenador, las bases de datos
electrónicas y las obras o productos multimedia), sino que aportan también nuevos instrumentos y mecanismos para hacer llegar las obras y prestaciones afines al público a dis129
tancia, esto es de manera inmaterial por medios de telecomunicación, pero, a diferencia
de lo que venía ocurriendo hasta ahora con la radio y la televisión, de forma individualizada y a petición de cada miembro particular del público, permitiendo algo que no era posible hasta el momento: un disfrute personalizado o individualizado de la obra a partir de una
comunicación inmaterial de la misma y a petición del propio interesado; disfrute que puede
ser temporal (consulte en pantalla y/o altavoces mientras dure la conexión en línea) o permanente o duradero (en el modelo de descarga de datos en el ordenador usuario), facilitado mediante transmisiones en línea interactivas por redes telemáticas seguidas de reproducciones electrónicas en la memoria interna del ordenador receptor (memoria RAM en el
acceso meramente temporal y disco duro en el acceso permanente o duradero mediante
descarga) o en soportes externos electrónicos, ópticos (como un CD) o magnéticos (como
un disquete), sin perjuicio, además, de reproducciones gráficas mediante impresoras
mecánicas o digitales conectadas a la terminal informática receptora.
A ello hay que añadir la invención de nuevos soportes electrónicos para la plasmación
tanto de esas nuevas creaciones como de las obras y prestaciones más tradicionales (por
ejemplo, e-books o libros electrónicos de obras literarias o científicas), su reproducción y
distribución entre el público en nuevos ejemplares magnéticos y electrónicos de mayor
capacidad y calidad (disquete, CD, CD-ROM, CD-I, DVD).
En el capítulo de la creación destaca sin duda la fulgurante aparición de las obras y
productos multimedia, que conjugan en un solo formato materiales de distinta naturaleza
(literaria, musical, audiovisual, programas de ordenador, bases de datos, simples datos o
informaciones, etc.). Hasta ahora la mayoría de las obras multimediales están formadas
por obras y prestaciones preexistentes en las que la protección por propiedad intelectual
ya ha caducado (han transcurrido setenta años tras la muerte del autor o han transcurrido
los plazos de duración del derecho exclusivo de los distintos derechos afines implicados).
La razón está en que la incorporación a una obra multimedia de la totalidad o de fragmentos de obras y prestaciones preexistentes requiere obtener la autorización de todos los titulares de derechos implicados, que pueden ser muchos y estar muy dispersos, lo cual
aumenta considerablemente el coste de creación y producción de estos nuevos productos,
al aumentar los llamados costes de transacción o de negociación por la dificultad en
encontrar a cada uno de los titulares de derechos implicados (autores o sus herederos,
intérpretes o ejecutantes y sus herederos, productores de fonogramas, de grabaciones
audiovisuales, entidades de radio y televisión, etc.). Dado que estos nuevos productos
multimedia constituyen sin duda el futuro de los contenidos en la Sociedad de la
Información, se hace necesario encontrar una solución legal o contractual que permita a
los creadores y productores multimedia incorporar obras y prestaciones preexistentes con
protección vigente a sus obras o productos multimediales. A la vista de la facultad para
encontrar y negociar con cada uno de los titulares de derechos implicados lo lógico es que
la negociación se produzca con las entidades de gestión colectiva de los distintos derechos implicados. Pero aún así esta solución puede ser compleja por lo que empiezan a
barajarse soluciones más simples como la creación de una «ventanilla única», que consistiría en una sola entidad central que agrupase o representase a las distintas entidades de
gestión sectoriales de cara a la negociación de licencias no exclusivas de explotación de
derechos con los usuarios interesados.
No menos novedoso y revolucionario es el tema de los soportes digitales. De hecho
uno de los efectos más peculiares de la digitalización es el de la progresiva difuminación
de los límites o diferencias entre las distintas categorías de obras o creaciones intelectua130
les protegidas por la propiedad intelectual, ya sea porque la tecnología digital permite la
expresión de los distintos tipos de obras en un mismo formato (contribuyendo así a difuminar también, en ocasiones, las categorías o formas de divulgación en general, promoviendo su integración), ya porque las modernas técnicas multimedia permitan la integración en
un mismo formato de obras de distinta naturaleza de una forma coordinada, permitiendo
su disfrute unitario y global por parte del usuario. Finalmente, la convergencia de la informática y la tecnología digital con las telecomunicaciones provoca también un fenómeno de
nuevo cuño, el de la convergencia mediática (por ejemplo, Internet, teléfono, radio y televisión digital), surgiendo la posibilidad de disfrutar distintos tipos de obras digitalizadas en
un mismo receptor (televisión, ordenador, teléfono) independientemente de la naturaleza
típica de la obra (literaria, científica, musical, audiovisual, multimedia...).
Otra de las consecuencias de la tecnología digital y los medios de telecomunicación
avanzados es la facilidad que estos nuevos medios aportan para la autoedición de contenidos como alternativa a su edición y/o producción profesionalizada o empresarial. Así es:
tanto los creadores de contenidos como otros sujetos, entes o instituciones que habitualmente actúan como depósitos de información, podrán editar digitalmente sus propios contenidos o los contenidos que tengan en depósito, crear bases de datos e incluso productos multimedia sin necesidad de recurrir a la industria especializada, constituyendo ahora
una alternativa a la misma.
En cuanto a la difusión y acceso a los contenidos constituye ya un lugar común la afirmación de que Internet se ha erigido en un gigantesco depósito de información que resulta fácilmente accesible por cualquier persona que tenga conexión. Es habitual que el acceso a esa información sea libre (es decir, sin controles previos de acceso) y que tenga
carácter gratuito. Eso ha llevado a considerar que la información protegida por propiedad
intelectual que se ponga a disposición del público en Internet de forma gratuita y sin control de acceso podrá ser reproducida y difundida libremente a través de la misma Red (cfr.
en otros sitios web o a través de otros recursos, como el mail o el ftp) e incluso fuera de la
Red mediante su reproducción en soportes electrónicos (CD). Aquí se barajan dos tesis: la
de la renuncia de derechos, según la cual todo lo que se pone gratuitamente a disposición
del público supone una renuncia de los derechos de propiedad intelectual, y la de la licencia implícita, con la que se quiere indicar que quien pone a disposición del público información protegida de forma gratuita y libre no renuncia a sus derechos pero implícitamente
está concediendo una licencia de uso y explotación de la misma, permitiendo su libre utilización dentro y fuera de la Red. Este acceso y disponibilidad de contenidos implica tanto
el uso directo de los mismos en otros sitios o recursos (es decir, tomar contenidos ajenos
para incluirlos en la página o sitio de un tercero) como la creación de enlaces o links de
todo tipo, desde los enlaces normales o de superficie hasta los más complejos enlaces profundos, los enlaces ensamblados o los frames o marcos.
Como vamos a ver estas concepciones acerca del acceso y disponibilidad de contenidos son erróneas. El hecho de que se pongan contenidos a disposición del público de
forma libre y gratuita en Internet no supone ni una renuncia de los derechos de propiedad
intelectual ni una licencia implícita para la disponibilidad absoluta de los mismos. El autor
o titular de los derechos afines sobre esos contenidos conservan sus derechos exclusivos
de propiedad intelectual sobre los mismos. El acceso libre y gratuito supone únicamente
una licencia implícita de uso para fines estrictamente personales; no se está autorizando
tácitamente el uso público o la explotación económica de esos contenidos dentro o fuera
de la misma Red, salvo que se indique lo contrario. La utilización no personal de conteni131
dos ajenos, incluso aunque el acceso a los mismos sea libre y gratuito, deberá hacerse
previo acuerdo o contrato de licencia con el titular de los mismos, o bien ajustándose a los
márgenes dejados por las excepciones a los derechos exclusivos (cfr., derecho de cita,
reproducción y préstamo en bibliotecas y otras instituciones, informaciones de actualidad,
etc.), las cuales deberán adaptarse a las condiciones creadas por las nuevas tecnologías.
Las facilidades de copia y transmisión en cadena que otorgan las nuevas tecnologías
de la información exigen, por tanto, tener muy presente la protección que existe sobre
muchos de los contenidos disponibles por el público a través de Internet o de otras infopistas. El acceso y disponibilidad de esos contenidos debe realizarse respetando los derechos e intereses legítimos de los titulares de derechos de propiedad intelectual.
En definitiva, las nuevas tecnologías y los medios de comunicación como Internet multiplican las posibilidades de creación y difusión de obras y prestaciones entre el público
para su disfrute de forma más ágil y barata. Pero también amplían considerablemente las
posibilidades de uso ilícito de las obras protegidas y el número de los sujetos que pueden
ser responsables de usos indebidos.
Así es, las nuevas tecnologías de la información han traído consigo también nuevas y
más sofisticadas formas de piratería, al facilitar enormemente la reproducción idéntica de
las creaciones y producciones sin merma alguna en su calidad, su incorporación en soportes electrónicos, su transmisión a distancia por distintos medios e incluso la posibilidad de
modificar o alterar tales creaciones. Ello hace necesario la creación de nuevos y más eficaces mecanismos de protección para salvaguardar los intereses de los creadores y de la
industria y, a la postre, para garantizar el pleno desarrollo de la sociedad de la información.
Mecanismos jurídicos que revisen los viejos conceptos y soluciones normativas y también
mecanismos tecnológicos, pues, como veremos en su momento, los riesgos generados
por las nuevas posibilidades tecnológicas no pueden controlarse únicamente mediante
soluciones normativas, sino que será la propia tecnología la que en buena medida tenga
que aportar soluciones a los problemas por ella generados; sin perjuicio, claro está, de
enlazar en lo posible esas soluciones o medidas tecnológicas (cfr., controles de acceso,
medidas anticopia, bloqueo de contenidos, medidas antienlace, marcas de agua, etc.) con
el derecho sustantivo o material de la propiedad intelectual y con el derecho de contratos
relativos a la propiedad intelectual.
En suma, medidas tecnológicas de protección y fórmulas contractuales van a condicionar decisivamente el alcance (contenido y límites o excepciones) de los derechos de propiedad intelectual en el nuevo entorno digital y van a servir para luchar contra la piratería
profesional y el uso indiscriminado de información protegida por el público en general.
Vamos a exponer a continuación el concepto de publicación en la sociedad de la información para después abordar con mayor detenimiento la adaptación de los derechos
exclusivos de propiedad intelectual y de sus límites o excepciones legales al nuevo entorno digital. Posteriormente abordaremos un aspecto esencial para el objetivo de este proyecto, como son los parámetros a seguir a la hora de editar contenidos en formato electrónico fuera de línea y/o en línea y los problemas jurídicos que actualmente se plantean.
Finalmente analizaremos los distintos modelos de negocio y de difusión de información en
general que se emplean en la práctica para poner a disposición del público información
protegida, sea de forma material mediante ejemplares electrónicos, sea de forma inmaterial mediante transmisiones telemáticas, abordando con especial intensidad la fórmula de
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las licencias de uso en régimen oneroso de pagar por usar (pay per use), las licencias de
uso gratuitas implícitas y explícitas y, finalmente, con carácter específico trataremos con
mayor detalle el fenómeno relativamente reciente de las Creative Commons Public Licenses o licencias públicas generales, que pueden resultar especialmente indicadas para dar
la máxima difusión a los contenidos científicos, y también analizaremos el papel que pueden jugar las bibliotecas y otras instituciones de índole cultural en torno al depósito y a la
difusión de información protegida utilizando las tecnologías de la información.
LA NUEVA NOCIÓN DE PUBLICACIÓN EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
En el campo del derecho de la propiedad intelectual uno de los conceptos básicos es
el de «Publicación». Téngase en cuenta que el derecho de autor y los derechos afines
nacen por el simple hecho de la creación, manifestación o producción de la obra o prestación, sin necesidad de registro público. Ahora bien, los derechos patrimoniales o derechos
de explotación surgen desde que la obra o prestación se ponga a disposición del público
por primera vez, esto es, desde que se divulguen. En este sentido, una de las formas más
habituales de divulgación es la publicación que se califica jurídicamente como la puesta a
disposición del público de la obra o prestación mediante un número de ejemplares de la
obra que satisfaga razonablemente sus necesidades de acuerdo con la naturaleza y finalidad de la misma (cfr. art. 4 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual,
TRLPI).
El concepto de publicación tiene una notable importancia de cara a la protección de la
obra o prestación, tanto en el país de publicación como en otros países. A través de los
Convenios Internacionales sobre derechos de autor y derechos afines, se considera que
una obra o prestación obtendrá protección en terceros países (firmantes del Convenio)
desde el momento en que se haga accesible al público en los mismos, lo cual tiene lugar
habitualmente mediante la publicación de la obra o prestación (libro, disco, vídeo, etc.).
Este concepto jurídico tradicional de publicación se pone en entredicho ahora con la
aparición de las nuevas tecnologías. Por un lado debido al hecho ya mencionado de que
los nuevos soportes conllevan o pueden conllevar una difuminación de las categorías tradicionales de obras y prestaciones, de manera que ya no se hablará solo de la publicación
de libros o discos sino que, ahora, se podrá hablar de publicar obras literarias, musicales,
audiovisuales, programas de ordenador, bases de datos u o productos obras multimedia
cuyo soporte será el mismo (CD, CD-ROM...); por otro lado porque las nuevas posibilidades de explotación en línea por redes telemáticas de todo tipo de obras y prestaciones previamente digitalizadas, implica la ausencia de ejemplares, tratándose de una explotación
inmaterial más próxima a la comunicación pública.
En mi opinión, rehuyendo problemas puramente nominalistas, las nuevas técnicas y
formatos digitales permiten hablar de un concepto amplio de publicación electrónica, distinguiendo al efecto entre publicaciones electrónicas fuera de línea (off line), cuando la
obra o prestación digitalizada se plasme en formatos tangibles ópticos o magnéticos (disquete, CD, CD-ROM, etc.), y publicaciones electrónicas en línea (on line), cuando se plasmen en formatos intangibles (memoria interna de un ordenador) para su transmisión en
línea por medios telemáticos. Y ello independientemente del tipo de obra o prestación que
se ponga a disposición del público: no puede asociarse ya el concepto de publicación
exclusivamente con el mundo del libro o del disco.
133
Como se ha dicho, en este caso la ausencia de ejemplares puede hacer discutible (al
menos desde una perspectiva puramente jurídica) la denominación y calificación como
«publicación» de las obras y prestaciones digitalizadas puestas a disposición del público
en línea por medio de transmisiones telemáticas, pero problemas conceptuales aparte, no
cabe duda de que sociológicamente esa nueva forma de explotación y la intervención creciente de las editoriales en la producción y comercialización de ediciones electrónicas en
línea, hacen conveniente una ampliación del concepto jurídico de publicación, superando
la tradicional y sesgada apreciación de la misma como la difusión de múltiples ejemplares
de la obra o prestación entre el público, para dar cabida a un concepto más abstracto y
abierto que defina la publicación como la puesta a disposición del público de una obra o
prestación del tipo o clase que sea, de forma que cada miembro del público pueda acceder y disfrutar de la misma de manera individualizada; independientemente, entonces, de
si es una publicación analógica o digital, puesta a disposición del público mediante ejemplares o mediante transmisiones inmateriales punto a punto o one to one.
Publicaciones electrónicas, en suma, que constituyen sin duda el futuro más inmediato y atractivo de la industria de la cultura, el ocio y la información y, sin duda, el activo más
importante del denominado comercio electrónico directo o en línea dentro del mercado virtual generado en Internet.
En definitiva, podrá calificarse como publicación una obra literaria (libro electrónico),
musical o audiovisual en formato digital, así como programas de ordenador y bases de
datos electrónicas incorporadas en soportes o ejemplares electrónicos, del tipo CD, CDROM o similares, incluyendo las nuevas obras multimedia. Pero también podrá calificarse
como publicación esas mismas obras en formato digital almacenadas en la memoria interna de un ordenador servidor para ser puestas a disposición del público mediante transmisiones en línea, incluyendo las páginas web.
La opción por este concepto amplio de publicación que incluya los diferentes tipos de
publicaciones electrónicas significa que podrán solicitarse y obtenerse los códigos estandarizados que sirven para identificar las publicaciones monográficas (ISBN) y las periódicas (ISSN), tanto para las publicaciones electrónicas fuera de línea como para las publicaciones electrónicas en línea. Destaca a estos efectos el esfuerzo de adaptación llevado a
cabo en los últimos tiempos por las agencias internacionales de ISBN e ISSN, concediendo códigos para publicaciones electrónicas de distinto tipo1 . A ello debe sumarse la aparición de nuevos códigos estandarizados de identificación específicos para las publicaciones en formatos digitales, como son el Internet Standard Work Coode (ISWC), empleado
fundamentalmente en el sector de la música en Internet, y el Digital Object Identifizier
(DOI)2 , previsto prioritariamente para las obras literarias y similares publicadas en la Red,
siendo su objetivo principal facilitar la identificación de las obras y prestaciones de cara a
la mejor gestión electrónica de los derechos exclusivos en el mercado en línea.
Más complejo se torna la obligación de depósito legal que requerirá una reforma de la
normativa administrativa específica para dar cabida a las nuevas publicaciones electrónicas fuera de línea y en línea. Realmente el formato electrónico no debería descartar la obligación de formalizar el depósito legal en un organismo público depositario, preceptivo
hasta ahora para determinadas publicaciones analógicas como los escritos, estampas,
imágenes y composiciones musicales en ejemplares múltiples, con fines de difusión,
hechos por procedimientos mecánicos o químicos, comprendiendo, por tanto, libros, folletos, revistas, periódicos, grabados, mapas y planos, carteles, postales, naipes, grabacio134
nes sonoras y producciones cinematográficas. Obligación de depósito que ya no podría
recaer sobre el impresor, sino que, a falta de una especificación legal del sujeto obligado
en el caso de publicaciones electrónicas, debería ser cumplimentada por el mismo editor.
Resulta ejemplar en este sentido el ordenamiento jurídico francés, cuya Ley de 20 de
junio de 1992 relativa al Depósito Legal señala como objeto del depósito legal obligatorio
a todos los documentos impresos, gráficos, fotográficos, sonoros, audiovisuales y multimedias, cualquiera que sea su procedimiento técnico de producción, edición o difusión: incluyendo, por tanto, las publicaciones electrónicas difundidas tanto a través de ejemplares
electrónicos como por transmisiones telemáticas.
Habrá que estar, entonces, a lo que disponga la legislación de cada país o, cuando
menos, las instrucciones o reglamentos de las agencias u organismos nacionales encargados del depósito legal. No obstante, a falta de legislación al respecto, podría recurrirse en
la práctica a realizar una edición restringida en formato tradicional a efectos de cumplimentar el depósito legal y emplear posteriormente el número de registro correspondiente también para la publicación electrónica.
Por último, no debe impedirse la posibilidad de acceso al Registro de la Propiedad
Intelectual a las obras y prestaciones en formato electrónico. En este sentido en cada país
deben crearse las condiciones necesarias para registrar obras y prestaciones publicadas
en formatos electrónicos y crear las debidas cautelas en materia de publicidad para evitar
reproducciones ilícitas.
En España, el RD 281/2003 de 7 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del
Registro General de la Propiedad Intelectual, contempla por primera vez la posibilidad de
aportar soportes electrónicos para la presentación e inscripción de obras y prestaciones y,
en concreto, para páginas electrónicas y multimedia (art. 14 ) exige los siguientes requisitos:
1º Descripción por escrito que relacione de forma individualizada cada creación para la
que se solicita el registro, identificada con el nombre del fichero informático que la
contiene y nombre y apellidos de su autor.
2º Requisitos específicos, de conformidad con lo establecido en este artículo, para la
identificación y descripción de las obras, actuaciones o producciones contenidas en
la página electrónica o multimedia.
3º Copia de la página o multimedia en soporte cuyo contenido pueda ser examinado
por el registro.
4º En su caso, número de depósito legal.
LA ADAPTACIÓN DEL DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL AL ENTORNO DIGITAL EN LÍNEA Y FUERA DE LÍNEA
En este nuevo contexto económico y sociocultural en general todo parece apuntar a
que la viabilidad práctica y el éxito comercial e informativo-cultural de estos novedosos sistemas de creación, producción y presentación de contenidos y de explotación fuera de
línea en ejemplares electrónicos o en línea, a distancia y mediante transmisiones telemáticas van a depender en último término del tratamiento otorgado a los derechos de propiedad intelectual implicados en los mismos por las instancias legislativas y judiciales oportu135
nas, tanto nacionales como supranacionales e internacionales. De hecho, puede decirse
sin ningún género de dudas que el éxito de los productos y servicios intelectuales electrónicos y, más aún, la culminación feliz de la sociedad de la información depende en buena
parte de una rápida y precisa adaptación de los principios, conceptos y derechos tradicionales de propiedad intelectual a la nueva realidad tecnológica, pues sin una adecuada protección de los intereses de autores, editores, intérpretes y productores no será posible la
existencia de un espacio de información virtual y de un mercado editorial electrónico con
contenidos de calidad.
Si desde su origen el derecho de propiedad intelectual ha servido como instrumento de
satisfacción de los intereses de autores, intérpretes, empresarios y público consumidor,
tomando como punto de partida la protección en origen, primero de la creación y después de
la inversión empresarial en prestaciones afines a aquélla mediante la tipificación de derechos
exclusivos, restringidos por una serie de limites acotados legalmente para cohonestar esos
intereses primarios con los del público (acceso a la cultura, la educación y la información),
ese equilibrio de intereses se hace aún mas necesario si cabe en el nuevo contexto conformado por la tecnología digital y las infopistas, por cuanto las enormes posibilidades tecnológicas en orden tanto a la creación y explotación de obras y prestaciones protegidas como al
uso ilícito e indiscriminado de las mismas por parte de los usuarios particulares, obligan a una
adaptación o, en su caso, redefinición de los derechos y límites tradicionales, así como con
carácter general de algunos principios y conceptos básicos de la misma institución de la propiedad intelectual.
De manera que la definitiva implantación de la sociedad de la información y de su fenómeno más característico, el comercio electrónico de información protegida, va a depender
en buena parte de una protección ponderada de los intereses de autores e industria debidamente cohonestados con los intereses colectivos de acceso a un acervo cultural lo más
rico posible; todo ello por medio de la legislación sobre propiedad intelectual y, en su caso,
de los principios y normas que regulen los contratos sobre obras y prestaciones protegidas, así como por la reciente normativa sobre comercio electrónico, pues, como decimos,
las obras y prestaciones industriales culturales -entre ellas las publicaciones electrónicasse revelan como uno de los principales objetos de comercialización en el llamado comercio electrónico dirigido fundamentalmente a los consumidores (bussines to consumer o
B2C): sea el comercio electrónico off line o indirecto caracterizado por la oferta y contratación a distancia por medios telemáticos de ejemplares que incorporan copias de obras
protegidas distribuidos posteriormente como una mercancía por los cauces de distribución
tradicionales, o sea el comercio electrónico on line o directo de obras y prestaciones susceptibles de digitalización y transmisión inmaterial en línea por medios telemáticos para su
recuperación a distancia por los usuarios que soliciten el servicio.
En suma, la revolución digital exige en estos momentos una adaptación más profunda
de la propiedad intelectual, más rápida y eficaz que cualquier reforma anterior, ya que ha
ido en aumento y es cada vez más evidente el valor económico de las creaciones intelectuales y de las prestaciones industriales culturales e informativas en general en las economías de mercado de los países desarrollados y en vías de desarrollo, sobre todo en el
momento por el que atraviesa actualmente la sociedad de la información, en el que se
hace más palpable el valor que adquieren las prestaciones intelectuales en el nuevo comercio electrónico desarrollado en un mercado virtual globalizado.
Ahora bien, esto no debe llevar a pensar en una completa revisión de todas las estructuras conceptuales y normativas de la propiedad intelectual, como podría parecer a prime136
ra vista, sino en adaptaciones puntuales mediante la interpretación o las modificaciones
legislativas que, sin perjuicio de que en algún caso puedan resultar realmente complejas,
casi siempre podrán incorporarse sin problemas a los conceptos básicos conocidos hasta
el momento.
En este sentido, no se puede ignorar que con las nuevas tecnologías, junto a las relaciones de cesión de derechos de explotación económica entre creadores y empresarios de
la cultura y el entretenimiento (editores, productores), cobra mucho más interés e importancia el aspecto de la comercialización directa de copias digitales de obras y prestaciones
protegidas entre los miembros del público. El control y cesión del uso, como forma de
comercialización directa entre los titulares de la propiedad intelectual (originarios, como
autores y titulares de derechos afines o derivados, como editores o productores que obtienen el derecho a explotar la obra o prestación mediante una licencia de explotación o un
contrato de edición) y cada miembro singular del público (prescindiendo en muchas ocasiones de intermediarios), surge con vigor como nueva forma o modalidad de explotación
de las obras y prestaciones afines digitalizadas; de las publicaciones electrónicas en línea
y fuera de línea. Y eso ha de dejarse sentir en la elaboración y/o interpretación del derecho material o sustantivo sobre propiedad intelectual y en el derecho de contratos sobre
bienes intelectuales.
No menos importante resulta una precisa determinación de los límites a los derechos
exclusivos en el nuevo entorno digital, sobre todo por lo que se refiere al entorno en línea,
por cuanto -como es sabido- uno de los objetivos básicos del Derecho de propiedad intelectual estriba en establecer un balance o equilibrio adecuado entre la protección de la creación y la inversión y los intereses generales en el acceso a la cultura, la información, la
educación y la investigación. Equilibrio que viene motivado en otras ocasiones por simples
imperfecciones del mercado como es la imposibilidad material de controlar la copia privada de obras y prestaciones. Y equilibrio, en suma, que las nuevas tecnologías pueden alterar manifiestamente dadas las amplias posibilidades de reproducción, alteración y transmisión de contenidos digitalizados por un lado, y las no menos amplias posibilidades de controlar tecnológicamente esos actos de reproducción, modificación y transmisión no autorizadas por otro lado. Lo cual, por tanto, hace de todo punto imprescindible una redefinición
de los límites tradicionales para evitar que puedan servir de soporte legal a comportamientos que puedan perjudicar la creación e inversión en contenidos y, por tanto, el futuro
mismo de la sociedad de la información, pero también para evitar una posible superación
e incluso abolición fáctica de las excepciones legales a través de las medidas tecnológicas de protección y control del uso de obras y prestaciones procuradas por la misma tecnología digital.
Vamos a exponer de forma sintética los cambios que la tecnología digital y, sobre todo,
la explotación en línea de obras y prestaciones digitalizadas, van a producir sobre los derechos de propiedad intelectual y sus límites, para después abordar la protección jurídica que
los nuevos instrumentos normativos confieren a las medidas tecnológicas de protección y
a los sistemas de información para la gestión de derechos de obras y prestaciones en formato electrónico, finalizando con un análisis de los aspectos contractuales relacionados
con la elaboración, producción y comercialización de obras y prestaciones en el nuevo
entorno digital, donde cobra especial relevancia, por un lado, el papel que pueden desarrollar las entidades de gestión colectiva de derechos de autor y afines para facilitar los procesos de creación y producción (sobre todo de bases de datos y obras multimedia) y, también, los contratos de licencia de uso como modelo de futuro en la comercialización (mode137
los de negocio) de los derechos de propiedad intelectual directamente entre los usuarios,
tanto fuera de línea mediante ejemplares electrónicos, como (sobre todo) mediante transmisiones en línea.
Dado que estos aspectos se encuentran íntimamente relacionados entre sí, será frecuente encontrar referencias a los aspectos contractuales y a las medidas tecnológicas y
sistemas de identificación cuando hablemos de la adaptación de los derechos exclusivos
y sus límites al entorno digital y viceversa.
Conviene advertir, antes de abordar los distintos aspectos indicados, que esta revisión
o adaptación de las legislaciones sobre propiedad intelectual (en España, el Real Decreto
1/1996, de 12 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad
Intelectual, TRLPI) a causa del impacto de las nuevas tecnologías requiere, en lo posible,
soluciones normativas que excedan las barreras nacionales para ser acometidas desde
instancias internacionales (como la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual o la
Organización Mundial del Comercio) o, cuando menos, supranacionales o regionales
(como la Unión Europea), pues nos enfrentamos ya a una sociedad conectada mundialmente y a un mercado virtual o en línea globalizado (tanto en el comercio fuera de línea
como en el comercio en línea, aunque principalmente en éste último) que no conoce fronteras físicas ni políticas y que, para desarrollarse con éxito, no debe encontrarse con ordenamientos jurídicos dispares sino armonizados, al menos en aspectos básicos que resulten de especial importancia para el mismo, evitando así en la medida de lo posible los difíciles problemas relativos a la determinación de la legislación aplicable y -a mayores- de la
jurisdicción competente y ejecución de sentencias que han acompañado siempre al tráfico
económico internacional.
Es preciso destacar por su importancia, en este sentido, las adaptaciones al Derecho
tradicional de la propiedad intelectual llevadas a cabo por la Organización Mundial de la
Propiedad Intelectual por medio de la denominada «Agenda Digital», que fructificó en dos
Tratados Internacionales, concebidos como arreglos o modificaciones parciales de
Tratados clásicos como son el Convenio de Berna para la Protección de las Obras
Literarias y Artísticas de 1886, en su versión del Acta de París de 24 de julio de 1971, la
Convención Internacional de Roma, de 26 de octubre de 1961, sobre protección de los
artistas intérpretes o ejecutantes, los productos de fonogramas y los organismos de radiodifusión y el Convenio de Ginebra, de 29 de octubre de 1971, para la protección de los productores de fonogramas contra la reproducción no autorizada de sus fonogramas.
Nos referimos al Tratado OMPI sobre Derecho de Autor (TODA o WCT en la terminología inglesa utilizada comúnmente) 3 ; y al Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución
y Fonogramas (TOIEF o WPPT) 4 , celebrados ambos en Ginebra el 20 de diciembre de
1996.
Tratados que han influido decisivamente en la reforma de las legislaciones sobre propiedad intelectual, destacando la legislación estadounidense y la legislación europea.
EE.UU. ha modificado la Copyright Act de 1976 por medio de la U.S. Digital Millenium
Copyright Act, de octubre de 1998 5 . Y la Unión Europea ha aprobado la Directiva
2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo 6 , de 22 de mayo de 2001, relativa a
la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a
los derechos de autor en la sociedad de la información. Directiva que obliga a los Estados
miembros de la Unión Europea a modificar sus legislaciones internas antes del 22 de
138
diciembre de 2002. Esta Directiva está en proceso de incorporación al Derecho español y
para eso se ha elaborado en el seno del Misterio de Cultura, Educación y Deporte un
Borrador de Anteproyecto de Ley de Reforma del Texto Refundido de la Ley de Propiedad
Intelectual, con fecha de 23 de enero de 2003, que servirá como texto básico para la próxima adaptación del Derecho español de propiedad intelectual a la sociedad de la información.
Estos instrumentos normativos constituyen las fuentes que nos van a permitir desarrollar la adaptación de los derechos exclusivos y sus excepciones legales a la sociedad de
la información, por lo que haremos referencia a algunos de ellos, fundamentalmente a la
Directiva comunitaria (DDAS) y a la Ley de Propiedad Intelectual española (TRLPI), así
como al Borrador de Anteproyecto de Reforma de la misma (BALR).
LA ADAPTACIÓN DE LOS DERECHOS EXCLUSIVOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y DE
SUS PRINCIPALES EXCEPCIONES AL ENTORNO DIGITAL
EL PAPEL DE LOS DERECHOS MORALES EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN
A pesar de ser ignorados por los instrumentos normativos internacionales que persiguen la
adaptación de la propiedad intelectual al entorno tecnológico digital, los derechos o facultades morales (art. 14 TRLPI) conservan todo su vigor en la sociedad de la información, e
incluso algunos de ellos adquieren una vigencia renovada como instrumentos de control y
protección de los autores y también de los intérpretes (titulares también de algunas facultades morales, ex art. 113 TRLPI) frente a determinados comportamientos lesivos para sus
intereses que empiezan a cobrar carta de naturaleza en los últimos tiempos ante la generalización de las nuevas tecnologías de la información y la prodigalidad de su utilización por
usuarios de todo el mundo. Nos referimos a la facultad del autor de decidir la divulgación
de la obra (art. 14.1º TRLPI) y a las facultades de autores e intérpretes de exigir el reconocimiento del nombre sobre la obra o interpretación y el respeto a la integridad de la obra o
interpretación (arts. 14.3º y 4º y 113 TRLPI).
Internet es el mayor medio de difusión de información de la historia, promoviendo o procurando novedosas y revolucionarias fórmulas de explotación comercial de esa información.
Pero eso no significa que en la Red se concentren únicamente intereses patrimoniales.
Precisamente las grandísimas posibilidades de copia y transmisión de información y la
interactividad facilitada por la tecnología acrecientan extraordinariamente las posibilidades
de difusión y alteración de creaciones intelectuales contra la voluntad de sus creadores,
cobrando importante significado las facultades morales de los autores respecto de sus
obras y las de los intérpretes sobre sus interpretaciones o ejecuciones artísticas, ya que, en
los sistemas continentales, no es posible una clara separación entre los intereses ideales y
materiales del autor sobre su obra y puede decirse que también detrás de las facultades
morales de divulgación, paternidad e integridad se esconden frecuentemente intereses económicos de los autores y de la industria que ha servido de vía de comunicación a esas creaciones intelectuales.
Una práctica frecuente en Internet es la difusión o puesta a disposición del público por
parte de terceras personas, a través de sitios web o de cualesquiera otras aplicaciones
de acceso masivo (como los grupos de noticias o Bulletin Boards Systems, listas indiscriminadas de correo electrónico, chats o sistemas P2P de intercambio de archivos),
139
de obras de terceros (sobre todo musicales y audiovisuales) antes de su divulgación
oficial dentro o fuera de la Red. Las facilidades que ofrece la digitalización y la comunicación telemática universal permiten también la divulgación de obras que su autor
quiso mantener inéditas sin que el mismo siquiera llegue a conocer esa divulgación.
Estas prácticas constituyen una flagrante violación del derecho moral de divulgación,
esto es, la facultad del autor de decidir si su obra debe ser divulgada, en qué momento y en qué forma (art. 14.1º TRLPI).
También pueden abundar en la Red atentados contra el derecho de paternidad, ya que
pueden divulgarse obras e interpretaciones sin indicar el nombre de su autor e intérprete o con una indicación del nombre no querida por el autor o intérprete, vulnerando
la facultad del autor de decidir si la divulgación ha de hacerse bajo su nombre, seudónimo o de forma anónima; incluso cabe la divulgación de obras e interpretaciones bajo
el nombre de terceras personas, aprovechando el caos o maraña de información que
circula por la Red y la consiguiente dificultad de detectar y contrastar el verdadero origen de cada información (arts. 14.2º y 3º y 113 TRLPI). En este sentido, una forma
habitual de violación del derecho de paternidad puede producirse mediante la creación
de algunos tipos de hiperenlaces (como los enlaces profundos, enlaces ensamblados
o marcos) a través de los cuales se pueden presentar contenidos ajenos, residencidos
en el sitio web de un tercero, como si fueran contenidos propios, trasladando al usuario la sensación de que los contenidos enlazados son contenidos del creador del enlace, omitiendo cualquier indicación sobre la dirección del sitio enlazado y sobre la
identidad del autor o titular de los contenidos en cuestión.
Finalmente es importante tener muy presente la facultad moral de autores e intérpretes de exigir el respeto a la integridad de sus obras o interpretaciones, ya que pueden
ser objeto de constantes manipulaciones, modificaciones y alteraciones gracias a la
interactividad inherente a la tecnología digital. Conviene precisar de antemano que la
digitalización y almacenamiento en un servidor no constituyen como tal alteraciones o
modificaciones en la forma sustancial de la obra, sino únicamente en el formato que les
sirve como vía de expresión, perteneciendo por tanto al ámbito de la reproducción. La
digitalización, eso sí, facilita posibles alteraciones o modificaciones en la forma de
obras e interpretaciones, las cuales pueden producirse en la esfera de la creación y
producción de contenidos multimediales con vistas a su explotación entre el público;
por ejemplo, puede considerarse un atentado contra la integridad de una obra o interpretación su utilización en un contexto ajeno a las intenciones perseguidas por el autor
de la obra, lesionando los legítimos intereses de éste y su reputación (por ejemplo,
emplear fragmentos de obras musicales o literarias para acompañar producciones pornográficas sin contar con la autorización de los respectivos autores). Pero esas modificaciones también pueden producirse entre los meros actos de utilización por parte de
los usuarios de Internet, adquiriendo relevancia práctica cuando la obra mutilada o
modificada exceda la esfera estrictamente privada y se ponga nuevamente a disposición del público perjudicando los legítimos intereses de autores e intérpretes o menoscabando su reputación (arts. 14.4º y 113 TRLPI). Situaciones de esta índole pueden
producirse también a través de determinados tipos de enlaces, como los marcos o frames, pero eso no quiere decir que la mera creación de enlaces de este tipo constituya
sin más una vulneración de la integridad de la obra enlazada; la integridad se verá
afectada cuando el enlace presente la obra en un contexto diferente del original que
pueda afectar su significado y perjudicar los legítimos intereses del autor y suponga un
menoscabo para su reputación.
140
La defensa de los legítimos intereses de autores e intérpretes, sintetizada en los derechos
morales, se ve reforzada con la posibilidad de implementar medidas tecnológicas de protección y mecanismos de información para la gestión de derechos, posibilitadas gracias a
la tecnología digital y cuya trascendencia en el nuevo entorno tecnológico viene reconocida por la específica protección otorgada por los instrumentos normativos internacionales
(arts. 11 y 12 TODA, arts. 18 y 19 TOIEF y arts. 6 y 7 DDASI) que acabará traduciéndose
en el ordenamiento interno en la fijación de nuevos ilícitos civiles y, en su caso, penales
para el caso de elusión o vulneración de tales medidas y sistemas de información. Las
medidas tecnológicas (control de acceso, anticopia, antienlace y bloqueo de contenidos)
serán eficaces para preservar la integridad de la obra o interpretación frente a posibles
alteraciones no deseadas por parte de los usuarios. Los mecanismos de información para
la gestión de derechos ofrecerán información suficiente sobre el titular originario de los
derechos y, en su caso, los derechohabientes, además de las posibles condiciones de
licencia de la obra o interpretación para su explotación y utilización por parte de sujetos
interesados, además de incluir códigos estandarizados de identificación del tipo ISBN, etc.
EL DERECHO DE REPRODUCCIÓN
Sin duda, el punto básico de referencia en el entorno digital lo constituye el derecho
exclusivo de reproducción. La reproducción cobra una importancia decisiva en el entorno digital, por cuanto no es sólo una forma más de explotación de obras y prestaciones, sino que puede decirse que constituye el modus operandi de las publicaciones
electrónicas y del funcionamiento mismo de La Red.
Así es: aunque la reproducción de una obra o prestación haya sido relacionada siempre con la multiplicación de ejemplares (obtención de copias materiales) destinados a
ser distribuidos en el mercado, la aparición de la informática, la tecnología digital y las
redes telemáticas viene provocando desde hace unos años una sustancial ampliación
del alcance jurídico-técnico del derecho de reproducción y, por ende, del derecho de
propiedad intelectual en su totalidad, en varios sentidos:
a) De una parte por la simple digitalización de la obra o prestación, que constituye el
camino previo para realizar un uso o aprovechamiento industrial y particular de la
misma, con mayores posibilidades económicas y de disfrute doméstico que las procuradas hasta el momento por las técnicas de reproducción tradicionales (gráficas,
mecánicas, etc..
b) De otra parte, por la aparición de formatos electrónicos intangibles donde fijar o reproducir una obra o prestación digitalizada, mediante la carga (upload) en la memoria interna de un ordenador, para su comunicación al público a partir de transmisiones en línea sin necesidad de ejemplares.
c) Por la aparición y generalización de reproducciones meramente provisionales de la
obra o prestación plasmada en formato electrónico, sea para la simple percepción
de copias digitales de obras y prestaciones incorporadas a soportes magnéticos o
electrónicos (disquetes, CDs), sea para la transmisión en línea y recepción y utilización final de obras y prestaciones digitalizadas difundidas a través de redes telemáticas.
d) Y finalmente, porque la informática y la tecnología digital hacen que la reproducción
ya no quede limitada exclusivamente al ámbito de la explotación industrial de una
obra o prestación, sino que se extiende también al ámbito meramente particular, a
las fijaciones o reproducciones temporales y/o permanentes necesarias para poder
141
percibir y utilizar una obra o prestación plasmada en un formato electrónico tangible
o intangible, facilitando así, a la postre, un control del uso o utilización final de la obra
o prestación por parte del titular de los derechos de propiedad intelectual sobre la
misma, el cual se manifiesta jurídicamente, cada vez con más frecuencia, mediante
nuevas formas de comercialización directa (distintas de la compraventa y alquiler) de
las publicaciones electrónicas entre el titular legítimo (originario o cesionario de
explotación) y cada consumidor final (licencias de uso), que aparecen acompañadas
en los últimos tiempos (sirviendo de refuerzo a las disposiciones contractuales de
cesión del uso) de medidas tecnológicas de protección (control de acceso y de
copia) procuradas por la misma tecnología digital, enlazando así directamente con la
problemática de la copia privada.
El formato electrónico impide una percepción y disfrute directo por parte del ser humano de la obra o prestación plasmada digitalmente. Para ello es imprescindible una
reproducción (fijación y lectura electrónica), que puede ser temporal o duradera, de la
copia digital de la obra o prestación plasmada en ese formato electrónico en una
máquina especialmente habilitada para ello. Reproducción técnica o tecnológica que la
mayoría de la doctrina subsume en sentido técnico-jurídico en el concepto legal de
reproducción, para procurar al titular de la propiedad intelectual el control absoluto
sobre la explotación y uso de la obra o prestación y con la finalidad no declarada de
dar cobertura a una práctica comercial (comenzada con los programas de ordenador y
bases de datos electrónicas, y ahora, cada vez más, con todo tipo de obras y prestaciones en formato electrónico tangible o intangible) consistente en la cesión únicamente del uso personal de la copia autorizada por el titular o cesionario de los derechos de
explotación. Práctica ésta que tiene su razón de ser en las facilidades de reproducción
sin merma de calidad alguna en ejemplares materiales o en soportes intangibles y
ahora también en las facilidades de transmisión cuasi-instantánea de esas copias electrónicas a un número indeterminado de sujetos mediante transmisiones en línea a través de infovías o en la mera puesta a disposición mediante esas transmisiones en línea
únicamente para su percepción en pantalla, que podrían reducir drásticamente la
explotación normal de la obra o prestación y perjudicar gravemente los legítimos intereses de su titular o titulares.
En consecuencia, el uso y disfrute de la obra o prestación por cada usuario requerirá
la cesión del derecho de reproducción para uso, surgiendo desde ese mismo momento la posición de usuario legítimo. Además, el control de la reproducción en el ámbito
privado, mediante el derecho a autorizar la copia privada para uso personal (cesiones
o licencias de uso), constituye al fin y al cabo -la práctica lo ha demostrado- una nueva
forma de explotación comercial de la obra o prestación digitalizada, distinta de la tradicional venta de ejemplares, a través de cesiones particulares del derecho de reproducción para uso instrumentadas por medio de licencias. Cesiones o concesiones que,
además, en cuanto modalidad de explotación, constituyen también nuevas modalidades de distribución, si la cesión va asociada a la transmisión temporal o definitiva de
un ejemplar o soporte material electrónico, o de comunicación pública si la cesión se
produce por medio de transmisiones en línea a través de redes alámbricas y/o inalámbricas de telecomunicación.
Posiblemente sería factible aplicar el concepto legal de reproducción (fijación de una
obra o prestación en cualquier soporte para su comunicación y obtención de copias) a
los nuevos actos de reproducción digital. Sin embargo, para evitar equívocos y en un
142
intento por armonizar las distintas legislaciones de propiedad intelectual (tanto en los
ordenamientos de inspiración continental europea como en los de órbita anglosajona)
a la vista de la importancia cobrada por la propiedad intelectual en el mercado electrónico globalizado, las instancias legislativas internacionales y supranacionales han decidido precisar el concepto legal de reproducción, dando entrada en el mismo a todo tipo
de reproducciones -las analógicas y las reproducciones realizadas mediante medios y
técnicas digitales, las permanentes y las temporales- y obligando a los Estados miembros de las respectivas organizaciones internacionales a incorporar las modificaciones
propuestas en sus respectivos ordenamientos nacionales.
Así, en las Declaraciones Concertadas que complementan el Tratado OMPI sobre
Derecho de Autor de 1996 se dice expresamente que :
El derecho de reproducción, tal como se establece en el artículo 9 del Convenio de
Berna, y las excepciones permitidas en virtud del mismo, son totalmente aplicables
en el entorno digital, en particular a la utilización de obras en forma digital", señalando expresamente «que el almacenamiento en forma digital en un soporte electrónico de una obra protegida, constituye una reproducción en el sentido del artículo 9
del Convenio de Berna.
Lo cual da pie para entender incluidas en el mismo las reproducciones digitales en un ejemplar o soporte material electrónico (CD-ROM, DVD) y las reproducciones digitales en un
soporte intangible como la memoria interna de un ordenador.
Sin embargo, el nuevo tratado OMPI sobre Derecho de Autor no hace referencia a la
posibilidad de que esas reproducciones digitales sean simplemente temporales y no
definitivas o, mejor, más o menos duraderas, por lo que la inclusión de las reproducciones provisionales dentro del ius prohibendi de los titulares de la propiedad intelectual quedará finalmente al arbitrio de las diferentes legislaciones nacionales y supranacionales.
Y en este sentido, la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, establece una definición amplia y precisa del derecho de reproducción abarcando también a las reproducciones temporales o provisionales. Su artículo 2 establece
que:
Los Estados miembros concederán el derecho exclusivo a autorizar o prohibir la
reproducción directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en
cualquier forma, de la totalidad o parte de las obras y prestaciones afines (interpretaciones o ejecuciones, fonogramas, producciones audiovisuales, emisiones de
radiodifusión) reconocidas por la propia legislación comunitaria.
No obstante, para evitar que tan amplia protección de la reproducción pueda perjudicar
el funcionamiento normal de las infopistas y la propia comercialización de publicaciones
electrónicas, el artículo 5.1 de la Directiva establece una excepción genérica al derecho
exclusivo de reproducción, disponiendo que:
Los actos de reproducción provisional que sean transitorios o accesorios y formen
parte integrante y esencial de un proceso tecnológico cuya única finalidad consista
en facilitar una transmisión en una red entre terceras partes por un intermediario o
una utilización lícita de una obra o prestación protegidas, y que no tengan por sí mis143
mos una significación económica independiente, estarán exentos del derecho de
reproducción contemplado en el artículo 2.
En consecuencia, puede concluirse que los nuevos instrumentos legislativos confieren
un gran alcance al derecho exclusivo de reproducción, abarcando todo tipo de reproducciones permanentes o provisionales que sirvan para permitir una utilización de la
obra o prestación digitalizada en el nuevo entorno tecnológico. No obstante, conocido
que la reproducción constituye, como dijimos antes, el modus operandi de las autopistas de la información como Internet y, en general, del acceso y disfrute de todas las
prestaciones digitales, para no perjudicar el funcionamiento normal de la Red, se excluyen del derecho exclusivo de reproducción los actos de reproducción meramente provisionales que:
a) Sirvan esencialmente para la transmisión de copias digitales de una obra o presta
ción a través de La Red: como son las reproducciones efímeras de los «routers» o
«enrutadores» que sirven para canalizar el tráfico de datos en la red y las reproducciones accesorias realizadas por las memorias «proxy-caché» o memoria tampón de
los proveedores de acceso a Internet, que facilitan el acceso sucesivo a páginas y
sitios web.
b) Sirvan para facilitar una utilización lícita de la obra o prestación: entendiendo por utilización lícita la que haga un usuario autorizado previamente por el titular de la propiedad intelectual para utilizar y disfrutar de la obra en pantalla (reproducción en
memoria RAM y accesoria en memoria caché local o caché cliente), o bien por una
expresa excepción legal al derecho de reproducción.
Ha de tenerse en cuenta, en este sentido, que muchos servicios de la sociedad de la
información consisten precisamente en poner a disposición de los usuarios una copia
digital de una obra o prestación mediante una transmisión en línea por redes telemáticas para su disfrute meramente provisional en pantalla (o audición en altavoces) durante el tiempo que dure la conexión; disfrute que se produce gracias a una reproducción
provisional de la copia digital transmitida en línea en la memoria RAM del ordenador
del usuario. En consecuencia, habrá que entender que los usuarios necesitarán la
autorización del titular de la propiedad intelectual para acceder a un determinado sitio
web o similar donde se pone a su disposición temporalmente una obra o prestación
mediante su reproducción en pantalla. Autorización que se articula jurídicamente
mediante una licencia de uso que puede ser explícita (concertando un contrato de
licencia a distancia por medios electrónicos,o bien mediante una autorización unilateral expresa del titular del servicio para utilizar la obra o prestación mientras dure la
conexión) o implícita (cuando se permite el acceso libre a un sitio y la consulta y disfrute de la información que en él se contiene sin hacer ninguna mención explícita sobre
la autorización). Entendiendo, por tanto, que una vez autorizado el usuario, todas las
reproducciones temporales posteriores necesarias para la utilización de la obra o prestación quedarán excluidas del derecho exclusivo; es decir, que el usuario preautorizado no necesitará volver a requerir autorización del titular del servicio en línea.
Esta nueva concepción del derecho de reproducción plasmada en la Directiva ha sido
recogida en el art. 1º del Borrador de Anteproyecto de Ley de Reforma del Texto
Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (BALR) que prevé la modificación del art.
18 TRLPI para incluir dentro del derecho exclusivo de reproducción toda fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de
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la totalidad o de una parte de la obra, que permita su comunicación y la obtención de
copias. Y la excepción genérica recogida en el art. 5.1 DDASI se incluirá en el art. 31.1
TRLPI, según prevé el art. 6º BALR.
Pero el alcance del derecho de reproducción en el entorno digital en línea, está directamente relacionado con la implementación de medios o mecanismos tecnológicos que
permitan al titular controlar el acceso a los usuarios al sitio web o similar donde se
inserte la publicación electrónica, que impidan realizar copias del contenido del sitio y
que incluyan programas de seguimiento y rastreo de posibles usos ilícitos de esos contenidos (cfr. huellas digitales, marcas de agua); esto es, usos que no hayan sido autorizados por el titular del servicio. En esa relación íntima entre derecho de reproducción
y mecanismos tecnológicos, que permiten a los titulares de la propiedad intelectual un
control más intenso de sus obras y prestaciones por la posibilidad de controlar incluso
el uso de las mismas en el ámbito privado (algo que no era posible en el entorno analógico tradicional), se introduce el derecho de contratos, apareciendo nuevas formas
negociales que permite a los titulares de la propiedad intelectual (creadores, editores,
productores) comercializar directamente las copias digitales de sus obras o prestaciones entre el público mediante transmisiones en línea que serán formalizadas a través
de contratos de licencia de uso, que constituyen en el fondo la cesión permanente o
provisional del derecho de reproducción a cada cliente o usuario a efectos únicamente del uso personal de una concreta copia digital de una obra o prestación.
Así pues, reproducción, mecanismos tecnológicos de control y licencias de uso constituyen el
núcleo de la explotación en línea, por medios telemáticos, como Internet, de las obras y prestaciones en formato digital intangible; es decir, de las denominadas publicaciones electrónicas en
línea. Y ello influye decisivamente en el complejo problema de la copia privada en cuanto límite
al derecho exclusivo de reproducción.
El límite de copia privada se creó por razones de imperfección del mercado, ante la imposibilidad técnica y jurídica de controlar la copia mediante los instrumentos de reprografía mecánica;
creándose como compensación el derecho de autores, editores y productores a obtener una
remuneración equitativa gestionada por entidades de gestión colectiva.
Con la tecnología digital los titulares de la propiedad intelectual disponen de medios tecnológicos que les permiten controlar la copia privada, prohibiéndola por completo o autorizando un
número limitado de copias a los usuarios legítimos (usuarios que accedan a la obra o prestación
de forma legítima mediante la autorización del titular). Por eso se discute la conveniencia y oportunidad de eliminar el límite de copia privada respecto a las obras y prestaciones en formatos
electrónicos, o bien de conservarlo obligando a los titulares a permitir un número limitado de
copias privadas a favor de los usuarios legítimos.
Hasta el momento, la Comunidad Europea ha prohibido totalmente la copia privada de programas de ordenador (Directiva 91/250/CEE, de 14 de mayo de 1991; cfr. art. 99 a) TRLPI) y de
bases de datos electrónicas (Directiva 96/9/CE, de 11 de marzo de 1996; cfr. arts. 34 y 135
TRLPI), seguramente para frenar la creciente piratería de estos productos y potenciar el crecimiento de la industria del tratamiento de la información. Pero parece evidente que esas prohibiciones tendrían poca o nula efectividad sin medidas tecnológicas que controlen el acceso a esas
obras e impidan o restrinjan la copia privada.
Por eso, finalmente, el artículo 6.4 de la Directiva sobre derechos de autor y derechos afines en
la sociedad de la información, de 22 de mayo de 2001 (DDASI), dispone que los Estados miem145
bros podrán permitir la copia privada de obras y prestaciones en formatos digitales teniendo en
cuenta la incorporación o no por parte de los titulares de medidas tecnológicas de control del
copiado. Y añade que, en todo caso, no serán efectivas las excepciones tradicionales a los derechos exclusivos, y en concreto, la excepción de copia privada, cuando la explotación de la obra
o prestación tenga lugar mediante una puesta a disposición del público a la carta por medios telemáticos regulada por contrato (licencia de uso).
De esta forma, aunque no se dice expresamente, el legislador comunitario presupone una
vinculación entre el ejercicio del límite de copia privada y la implementación o no de medidas tecnológicas de control del copiado por parte de los titulares de derechos que explotan
la obra o prestación en el mercado.
Habrá que estar por tanto a lo que establezcan las partes en el contrato de licencia. Que realmente es un contrato de adhesión, cuyas condiciones son fijadas unilateralmente por el titular de la propiedad intelectual. De manera, pues, que se deja la prohibición o libertad de copia
privada a la voluntad del titular de la propiedad intelectual, entendiendo que quedará prohibida la copia si se establecen medidas anticopia o de control de copia, autorizando únicamente el acceso mediante la celebración del correspondiente contrato; y que la copia será
libre si el titular no establece restricciones técnicas al acceso y copia privada de los contenidos de un determinado sitio web.
Esta es la solución que se prevé introducir en el ordenamiento español si atendemos a lo dispuesto en el art. 64º BALR que introduciría un nuevo art. 173 en el TRLPI donde se aborda
la relación entre el ejercicio de las excepciones legales y la utilización de medidas tecnológicas, viniendo a decir que si los titulares de derechos incorpora medidas anticopiado quedará sin efecto la excepción de copia privada y, en consecuencia, con ello, la remuneración
equitativa o compensatoria.
En definitiva, el titular de la propiedad intelectual tendrá derecho a realizar, prohibir o autorizar por medio del derecho exclusivo de reproducción en el entorno digital:
a) La digitalización de una obra o prestación anteriormente en cualquier formato analógico.
b) La incorporación de la copia digital de la obra o prestación a un formato o ejemplar electrónico.
c) La incorporación, carga o almacenamiento de la copia digital de la obra o prestación a la
memoria interna de un ordenador.
d) La incorporación de una obra o prestación a una base de datos electrónica.
e) La reproducción provisional de una copia digital de la obra o prestación en la memoria
RAM del ordenador de un usuario para su percepción y disfrute mientras dure la conexión
en línea.
f) La descarga o reproducción permanente de una copia digital de la obra o prestación en el
disco duro del ordenador de un usuario o en un soporte externo (CD, disquete) para su
percepción y disfrute en cualquier momento por el usuario.
Los actos de digitalización, carga o almacenamiento e incorporación a base de datos electrónicas requieren una licencia de explotación (o contrato de edición) que será concedida al
editor o productor correspondiente para que proceda a la maquetación, producción y comercialización de la publicación electrónica.
La autorización de las reproducciones provisionales o permanentes necesarias para la
percepción y utilización de la obra o prestación por los usuarios finales tendrá lugar
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mediante una licencia de uso que constituye realmente una cesión parcial del derecho
de reproducción para mero o simple uso; licencia de uso que se concertará normalmente entre el editor o productor que hubiera adquirido las facultades de explotación
de la obra o prestación y cada usuario final interesado en hacerse con una copia digital de la obra o prestación.
EL DERECHO DE DISTRIBUCIÓN
Cuando la obra o prestación digitalizada se plasme o incorpore a un ejemplar electrónico, su puesta a disposición del público tendrá lugar por los medios tradicionales de
distribución de ejemplares (venta, alquiler, préstamo), produciéndose el agotamiento
del derecho a controlar la distribución con la primera venta u otra forma de transmisión
de la propiedad del ejemplar en el territorio de la Unión Europea (art. 19 TRLPI). Esto
es, producida la venta de un ejemplar que contenga una copia de la obra o prestación,
el titular de la propiedad intelectual no podrá controlar el precio y otras condiciones de
las reventas sucesivas del mismo ejemplar, facilitándose así la libre circulación de mercancías en el mercado común europeo.
Sin embargo, con la comercialización de programas de ordenador y bases de datos
electrónicas ha surgido una nueva fórmula de comercialización que consiste en la concesión de licencias de uso sobre la copia digital incorporada al ejemplar electrónico. Se
vende o se transmite por otro medio la propiedad del ejemplar, pero sólo se concede
una licencia de uso sobre la copia incorporada al mismo, lo cual no agota el derecho
de distribución (sólo se agota con la venta u otra transferencia de la propiedad) y permite al titular, por tanto, controlar la explotación de la misma en todo momento.
Estas licencias de uso se articulan en la práctica mediante las denominadas licencias
shrink wrap o paquetizadas, que consisten en entender prestado el consentimiento del
usuario a la licencia (que no venta) por un acto concluyente como es romper el precinto del paquete donde se incluye el disco, disquete, etc. con una copia del programa o
base de datos y con las condiciones generales del contrato de licencia. Aunque las
legislaciones no suelen contemplar esta nueva fórmula, la misma se admite de forma
generalizada en la práctica, amparándose en el principio general de la autonomía de la
voluntad o libertad contractual que permite a los sujetos privados pactar cuanto estimen conveniente en el contrato siempre que no afecte al orden público, a la moral o a
las costumbres. Su fundamento está, nuevamente, en la necesidad de reproducir el
programa o la base de datos para su percepción y utilización, aprovechándose de ello
el titular de la propiedad intelectual para ceder el derecho de reproducción a cada usuario con fines exclusivamente de mero uso privado, impidiendo así la cesión ulterior de
ese uso a un tercero sin su consentimiento y controlando también la copia privada.
Esta fórmula, generalizada como decimos en sector del software y bases de datos, y
reconocida ampliamente en la práctica, es susceptible de generalizarse para todo tipo
de publicaciones electrónicas, esto es, para todo tipo de obras y prestaciones plasmadas en ejemplares electrónicos, con especial intensidad sin duda en el campo de las
obras multimedia. Eso sí, debidamente acompañadas de mecanismos que impidan o
restrinjan la copia privada.
Es por eso que las licencias de uso acabarán por dejar sin aplicación otras modalidades de distribución como son el alquiler y el préstamo público, ya que la facilidad de
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copia y transmisión hace que estas modalidades se conviertan en un peligro potencial
para los intereses de los titulares de la propiedad intelectual. No obstante, el problema
del préstamo público debe ponerse en relación con la excepción de préstamo libre contenida en el art. 37 TRLPI, cuya adaptación al nuevo entorno digital resulta muy polémica y problemática, como veremos en el último punto de este trabajo.
EL DERECHO DE COMUNICACIÓN PÚBLICA: LA MODALIDAD DE PUESTA A
DISPOSICIÓN EN LÍNEA A LA CARTA
El derecho de comunicación pública (art. 20 TRLPI) cobra una especial relevancia en
el entorno digital en línea. Después de muchas discusiones sobre el carácter que se
debía atribuir a los actos de explotación en línea mediante transmisiones telemáticas
de obras y prestaciones digitalizadas, las instancias legislativas internacionales han
optado por considerar la transmisión en línea como un acto o modalidad más de comunicación al público, frente a otras posturas que abogaban por una modificación del
derecho de distribución para permitir distribuciones inmateriales, es decir, sin ejemplares.
Los Tratados OMPI de 1996 optaron por conservar la distinción entre distribución y
comunicación pública, basada en la explotación material de la primera y la explotación
inmaterial de la segunda, y crearon dentro del derecho exclusivo de comunicación al
público un nuevo derecho o facultad de poner a disposición del público obras y prestaciones conexas, ya sea por medios alámbricos o inalámbricos, de tal manera que los
miembros del público puedan tener acceso a ellas desde el lugar y en momento que
cada uno de ellos elija (cfr., a la carta; art. 8 TODA y arts. 10 y 14 TOIEF).
En la misma línea, el artículo 3 de la Directiva comunitaria sobre derechos de autor y
derechos afines en la sociedad de la información dispone que los Estados miembros
establecerán a favor de los autores y titulares de derechos conexos el derecho exclusivo a autorizar o prohibir cualquier comunicación al público de sus obras y prestaciones, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, incluida la puesta a disposición del
público de sus obras de tal forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde
el lugar y en el momento que elija.
Se conciben así las transmisiones en línea a la carta como una nueva modalidad de
comunicación al público, lo cual constituye de hecho una modificación de los caracteres principales de este derecho, por cuanto:
a) Frente a las modalidades tradicionales de comunicación al público (representación escénica, exhibición, radiodifusión, etc.), donde la comunicación tiene lugar de
forma simultánea mediante un solo acto a una pluralidad indeterminada de personas
que pueden estar en un mismo local o en sitios muy diferentes (comunicación punto
a multipunto), la transmisión en línea consiste en actos de comunicación a distancia
punto a punto que no tienen lugar de forma simultánea, sino sucesiva, ya que cada
miembro del público puede acceder al sitio origen de la transmisión desde el lugar
que elija y en el momento que lo desee.
b) Se amplía el concepto de público, pues ya no se exige el acceso simultáneo, bastando con la simple posibilidad de que un conjunto indeterminado de personas tengan la posibilidad de acceder a un sitio web o similar y recibir una transmisión o
comunicación de una obra o prestación; se trata así de un público potencial.
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Así lo ha considerado también el Borrador de Reforma de la Ley de Propiedad
Intelectual para la incorporación al ordenamiento español de la DDASI, cuyo art. 3º
prevé la modificación del art. 20 TRLPI para añadir un nuevo apartado i) en el que se
incluya como modalidad de comunicación al público los actos de puesta a disposición
del público de obras, por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que
cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.
En consecuencia, los actos de transmisión en línea de una obra o prestación digitalizada a través de redes telemáticas como Internet, podrán ser realizados, prohibidos o
autorizados por los titulares de la propiedad intelectual, al ser considerados actos de
comunicación al público. También quedarán bajo el control de los titulares de la propiedad intelectual, los actos de transmisión en línea que tengan lugar en redes cerradas
de comunicación (Intranets), ya que no son actos de comunicación en un ámbito puramente doméstico.
De modo que los servicios en línea de información o las publicaciones electrónicas en
línea, etc. necesitarán contar con la expresa autorización del titular de la propiedad
intelectual, que consistirá en la cesión del derecho de comunicación al público en la
modalidad de transmisión en línea, junto con el derecho de reproducción para la inclusión, carga o almacenamiento de la obra o prestación en la memoria interna de un
ordenador servidor (desde donde se presta el servicio de transmisión), así como el
derecho de reproducción para permitir al titular del servicio de transmisión autorizar a
los usuarios la realización de reproducciones provisionales (memoria RAM) para la percepción y utilización en pantalla de la copia digital de la obra o prestación, o la realización de reproducciones permanentes en el disco duro del ordenador receptor o en un
soporte externo de grabación (disquete, CD).
Autorizaciones éstas que -como vimos- se articulan mediante licencias de uso que consisten realmente en cesiones del derecho de reproducción para mero uso. Y autorizaciones que pueden tener lugar mediante contratos de licencia en línea, conocidas en
el entorno digital en línea como licencias web wrap, clic wrap o clic mouse y que se perfeccionan con la prestación del consentimiento por el usuario aceptando las condiciones generales impuestas por el titular del servicio mediante la pulsación del botón de
aceptación en la pantalla de su ordenador o equipo informático. O bien pueden darse
unilateralmente por el titular del servicio, de forma expresa, haciendo constar la posibilidad de acceder al sitio en línea y reproducir provisional o permanentemente la información contenida en el mismo, o de forma tácita, cuando no se implementan mecanismos de control de acceso ni de control de copia, resultando el acceso y reproducción
libres en cuanto consentidos mediante una licencia implícita de uso, eso sí, siempre
que el uso se limite al terreno privado y no se haga una explotación económica de esos
contenidos.
La puesta a disposición de una obra o prestación electrónica a la carta por medios telemáticos no constituye un acto de distribución de un producto, sino un acto de comunicación al público que se configura como la prestación de un servicio. Un servicio de
transmisión que lleva consigo un resultado cierto, como es el de permitir o autorizar la
reproducción de la obra o prestación de forma provisional y/o permanente para permitir su percepción y utilización temporal o duradera. Al no tratarse de una distribución,
puesto que no hay ejemplares, no se produce el agotamiento, pues en puridad no hay
un acto de venta de un producto, sino la prestación de un servicio con un resultado cierto. Así cada acto de transmisión en línea es un servicio que requiere el consentimien149
to expreso del titular de la propiedad intelectual. De tal forma, el destinatario de una
obra o prestación transmitida en línea, no está comprando una copia digital de esa obra
o prestación, sino que resulta autorizado a reproducirla provisional o permanentemente como consecuencia del servicio de transmisión concertado. En consecuencia, el
destinatario no podrá por su parte realizar una nueva transmisión de la misma sin contar con el consentimiento expreso del titular de la propiedad intelectual (en este caso,
el titular del servicio, editor o productor, autorizado a su vez por el autor o sus derechohabientes o por los titulares del derecho conexo).
En clara correspondencia con la calificación de los actos de transmisión en línea de
publicaciones electrónicas como actos de comunicación al público y no como actos de
distribución, se encuentra la imposibilidad de hacer efectivo en el entorno digital en
línea el límite o excepción a favor de bibliotecas, archivos, museos y centros públicos
similares para realizar préstamos públicos de las obras o prestaciones mediante transmisiones en línea (ex art. 37 TRLPI). Es decir, las denominadas bibliotecas o mediotecas virtuales no podrán realizar préstamos en línea de sus fondos digitalizados sin contar con el consentimiento expreso de los titulares de la propiedad intelectual. El límite
al derecho de distribución en su modalidad de préstamo ya no será operativo.
El razonamiento es muy sencillo. Si los actos de transmisión en línea no son actos de
distribución, sino de comunicación al público, no podrá hablarse ya de préstamo en
línea, sino de transmisión en línea gratuita por parte de los centros públicos a sus usuarios que al quedar fuera del límite al derecho de distribución tendrán que ser autorizadas por los titulares de la propiedad intelectual. Defender lo contrario, alegando una
interpretación extensiva del límite a favor de bibliotecas, adaptándolo a las llamadas
bibliotecas virtuales, supondría un atentado contra la explotación normal de obras y
prestaciones en la Red por parte de sus legítimos titulares y, en consecuencia, significaría un claro comportamiento de competencia desleal amparado en una excepción
legal, violando la denominada prueba de las tres fases (art. 40 bis TRLPI), que constituye un límite a la aplicación de las excepciones legales cuando las mismas impidan la
explotación normal de la obra o prestación y perjudiquen injustificadamente los legítimos intereses de los titulares de la propiedad intelectual.
A estos efectos -como se expondrá posteriormente con mayor detalle- el art. 5.3 c)
DDASI sólo permite a los Estados miembros de la Unión Europea incluir en sus ordenamientos una excepción al derecho de reproducción y de comunicación al público que
permita a las bibliotecas y otros centros similares la digitalización (reproducción) de
obras y prestaciones con fines de investigación y su puesta a disposición dentro del
establecimiento donde se sitúe la biblioteca, archivo, etc. Esto es una consulta en el
sitio (on site) con fines de investigación. El art. 13º BALR prevé la modificación del art.
37 TRLPI para incluir un apartado c) permitiendo esas actividades sin necesidad de
contar con la autorización de los titulares de la propiedad intelectual.
EL DERECHO DE TRANSFORMACIÓN
La multimedia y la interactividad hombre-máquina, que constituyen uno de los rasgos
característicos de la tecnología digital y de la sociedad de la información, favorecen la
creación y producción de nuevos contenidos mucho más versátiles y dinámicos que se
convierten en objeto preferente del comercio electrónico directo. Pero también pueden
poner en peligro seriamente la integridad de obras e interpretaciones preexistentes
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(estuvieran plasmadas en formato analógico o digital) así como la correcta identificación de las mismas y de sus titulares.
Como indicamos anteriormente, estos factores ponen de relieve la trascendencia en el
entorno digital de determinadas facultades morales de autores e intérpretes, pero también la importancia creciente del derecho de transformación (art. 21 TRLPI), que en la
práctica (al constituir siempre la transformación una alteración de la obra original)
puede considerarse un trasunto patrimonial del derecho moral de integridad (arts. 14.4º
y 113 TRLPI). Aspectos ambos lamentablemente olvidados en el proceso de adaptación del sistema de la propiedad intelectual o de construcción del copyright digital en la
sociedad de la información.
El derecho exclusivo de transformación consiste en la facultad del titular o derechohabiente de autorizar o prohibir la adaptación o cualquier otra modificación de la obra en
su forma de la que derive una obra diferente (art. 21 TRLPI). Por lo tanto, este derecho
y las facultades morales reconocidas legalmente servirán para prohibir y perseguir cualesquiera modificaciones, alteraciones o mutilaciones de la obra realizadas sin el consentimiento del titular o derechohabiente. Algo que con la conectividad que permiten
las autopistas de la información puede convertirse en un serio problema si se parte de
la accesibilidad de cualquier usuario medio a los mecanismos necesarios para interactuar con la información y transformarla a su antojo para luego ponerla a disposición de
los usuarios de la Red de forma indiscriminada.
Ahora bien, el derecho de transformación, en cuanto derecho patrimonial y, por tanto,
esencialmente transmisible, servirá a su titular para autorizar cualquier adaptación,
alteración o modificación de su obra para dar lugar a otra obra (obra derivada o compuesta, arts. 9 y 11 TRLPI). En este sentido, la íntima relación que existe entre este
derecho y la facultad moral de respeto a la integridad de la obra (art. 14. 4 TRLPI) no
puede dejar al cesionario del derecho de transformación al arbitrio o capricho del
cedente, autor de la obra original, cuando las modificaciones practicadas en su obra no
resulten de su agrado, salvo en supuestos especialmente graves en que la adaptación
resulte objetivamente lesiva para la obra y para los legítimos intereses del autor. Esta
precisión resulta decisiva para abordar el principal problema ligado al derecho de transformación en el nuevo entorno tecnológico: la elaboración de productos multimedia.
Las obras o productos multimedia constituyen parte importante de los contenidos de la
sociedad de la información pues contienen un valor añadido sobre el resto de obras y
prestaciones digitalizadas, ya que permiten el uso y disfrute interactivo de contenidos
diferentes integrados entre sí y, por tanto, de informaciones más elaboradas y completas sobre temas concretos o sobre un amplio abanico de materias. Se hace preciso,
desde una perspectiva político-jurídica, impulsar la creación intelectual y la inversión
empresarial en la elaboración y producción de estos contenidos para el mejor y más
eficiente desarrollo de la sociedad de la información. Y para eso debe partirse de un
régimen jurídico claro que remueva los posibles obstáculos para la consecución de ese
objetivo.
Las obras multimedia, cuando puedan considerarse creaciones originales por la selección y disposición de sus contenidos (por analogía con las colecciones o bases de
datos, ex art. 12.1 TRLPI), constituyen obras compuestas o derivadas construidas a
partir de obras o fragmentos de obras preexistentes que, para su incorporación, necesitarán en todo caso la debida autorización de los titulares o derechohabientes.
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Autorización que se expresará mediante la oportuna cesión del derecho de transformación (art. 21.1 TRLPI) y también mediante la autorización de la explotación de los resultados obtenidos por la transformación en cualquier forma y, en especial, mediante su
reproducción, distribución, comunicación pública o nueva transformación (art. 21.2
TRLPI).
La transformación tendrá que ajustarse a las condiciones establecidas en el contrato
de licencia, pues de lo contrario podrían generarse importantes problemas con las
facultades morales (inalienables e irrenunciables) de los autores o intérpretes de las
obras o interpretaciones preexistentes para exigir el respeto a la integridad de la obra
o interpretación. Para el caso de que la transformación se ajuste razonablemente al
resultado pactado en el contrato y aún así el autor o intérprete hiciera valer sus facultades morales por no estar de acuerdo con el resultado final, habrá que tener presente el límite genérico al ejercicio de derechos subjetivos que suponen la buena fe y el
abuso de derecho (art. 7 CC).
En relación con lo expuesto, sin duda el principal problema con que se encuentran los productos de bases de datos y obras multimedia reside en la gestión de licencias sobre obras
y prestaciones preexistentes. Ya sea por el elevado número de licencias a gestionar, ya
por la dificultad en localizar a los titulares o derechohabientes (por ejemplo herederos), ya
por la negativa de determinados titulares o derechohabientes a incorporar sus obras o
prestaciones a productos multimedia. Es por eso que hasta el momento la mayoría de
bases de datos y productos multimedia se elaboran con contenidos cuya protección ha
caducado y se encuentran en el dominio público a disposición de cualquiera que quiera
utilizarlos. Pero una sociedad de la información con contenidos de calidad requiere la
incorporación de contenidos actuales y es por eso que uno de los principales debates de
política-jurídica en esta materia se sitúe precisamente en la necesidad de elaborar mecanismos de gestión colectiva de licencias, a través de sistemas de ventanilla única, que agilicen la tramitación y concesión de licencias de explotación de contenidos. En este sentido, es preciso también advertir que en un mundo de contenidos digitales la identificación
de las obras y prestaciones, de sus titulares y, en su caso, de las condiciones de licencia
puede agilizarse considerablemente recurriendo a las posibilidades ofrecidas por la tecnología digital para incorporar toda esa información a cada copia digital de una obra o prestación. Sistemas de información para la gestión de derechos que han sido contemplados
junto a las medidas tecnológicas de protección en los Tratados OMPI de 1996 y también
en la Directiva comunitaria de 2001.
Por lo que respecta a las transformaciones o alteraciones que tengan lugar en el ámbito
privado o doméstico, no podrá hacerse valer el derecho de transformación en tanto en
cuanto éste está pensado únicamente para los actos de explotación de la obra, lo que
requiere su puesta a disposición del público. Ahora bien, si la alteración realizada en el
ámbito privado se pone a disposición del público mediante actos de comunicación al público, como pueden ser transmisiones en línea a partir de su inserción en una página web o
similar, sí que podrá invocarse una lesión del derecho de transformación, al hacerse una
explotación pública (aun gratuita) de la obra transformada sin el consentimiento del titular
para realizar esa transformación.
En estos casos podría alegarse también una infracción del derecho moral a la integridad
de la obra. Realmente, el derecho de transformación no deja de ser la manifestación patrimonial de la facultad moral o personalísima de exigir el respeto a la integridad de la obra.
152
Sin embargo los actos de transformación o alteración o modificación de la obra y la puesta a disposición del público de la obra transformada podrían justificarse posiblemente
cuando se realicen con fines de parodia, caricatura o pastiche, siempre y cuando esa
transformación no implique riesgo de confusión con la obra transformada ni infiera un daño
a la obra original o a su autor, en aquellos ordenamientos donde se contemple la excepción legal correspondiente (cfr. art. 39 TRLPI).
LA PROTECCIÓN JURÍDICA DE MEDIDAS TECNOLÓGICAS DE PROTECCIÓN Y DE
SISTEMAS DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN DE DERECHOS
Como se ha dicho ya, uno de los rasgos más relevantes de la incidencia de la tecnología digital en la protección de las obras y prestaciones estriba en la posibilidad de implementar medidas tecnológicas de protección, como sistemas de control de acceso, medidas anticopia, huellas digitales o marcas de agua, y sistemas de identificación digital de las
obras y prestaciones en formato electrónico, que servirán para identificar la obra y a los
titulares de la propiedad intelectual, para facilitar la gestión de licencias y para detectar
posibles usos ilícitos de las mismas.
Las medidas tecnológicas van a condicionar el ejercicio de los derechos exclusivos de
reproducción, comunicación pública y transformación en el entorno digital, permitiendo un
control de la obra o prestación en el ámbito privado y, en consecuencia, la comercialización de las mismas directamente entre el público mediante licencias de uso (cesiones del
derecho de reproducción para uso), facilitando el control de la copia privada y permitiendo
un seguimiento de usos ilícitos de las obras y prestaciones tanto en el ámbito privado como
en el ámbito comercial o de explotación (por ejemplo, impidiendo la alteración de las obras
en formatos digitales o, en su caso, detectando posibles alteraciones no autorizadas y
puestas a disposición del público).
Por su parte, los sistemas de identificación permitirán una mejor gestión de la concesión de licencias de uso entre el público y la concesión de licencias de explotación a terceros interesados en la edición de una obra o prestación o en la inserción de esa obra o
prestación junto con otras en una obra multimedia o en una base de datos electrónica. No
se puede desconocer a estos efectos que uno de los principales problemas de la creación
de productos multimedia consiste precisamente en la dificultad de localizar a cada uno de
los titulares de derechos de propiedad intelectual sobre las obras que se quieren incorporar a la multimedia y la gestión de las oportunas licencias por las que se cedan los derechos de reproducción, transformación y comunicación pública para la posterior explotación
de la obra resultante (multimedia o base de datos).
Surge así un nuevo sector económico, los fabricantes y prestadores de servicios de
medidas tecnológicas y de identificación, a los que recurrirán creadores, editores y productores para garantizar la protección e identificación de sus obras y prestaciones con vistas
a su explotación en el entorno digital, celebrando los oportunos contratos de cesión o licencia de uso de tales mecanismos para una obra o prestación concreta o para el conjunto de
las obras o prestaciones de un autor, editor o productor.
Atendida la importancia de estos sistemas de protección e identificación en el nuevo
entorno tecnológico, no puede desconocerse tampoco la habitualidad con que esas medi153
das o sistemas son salvados o «crakeados» por piratas informáticos especializados para
poner posteriormente la obra a disposición del público libre de la protección y los signos
de identificación implementados por los legítimos titulares de la propiedad intelectual, lo
cual favorece la falsificación y la piratería a lo largo y ancho de La Red, con el consecuente perjuicio para la normal explotación en línea de la obra o prestación por parte de los legítimos titulares de la propiedad intelectual.
Por eso, una de las prioridades de las instancias legislativas internacionales ha sido
precisamente la de establecer una protección de nuevo cuño dentro del sistema de la propiedad intelectual contra los actos de elusión de las medidas tecnológicas de control y de
los sistemas de identificación digital de las obras y prestaciones en formato digital.
Los artículos 11 y 12 del Tratado OMPI sobre derechos de autor (TODA) y 18 y 19 del
Tratado OMPI sobre intérpretes, ejecutantes y fonogramas imponen a los Estados firmantes la obligación de incorporar en sus ordenamientos una protección específica para las
medidas tecnológicas y para los sistemas o códigos de información para la gestión de
derechos de propiedad intelectual. Medidas éstas que han sido incorporadas ya a la legislación USA por medio de la DMCA. Y también en el ordenamiento jurídico comunitario, en
los artículos 6 y 7 de la Directiva sobre derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. Los respectivos ordenamientos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea tendrán que adaptar sus ordenamientos para incorporar esta
nueva protección de medidas tecnológicas de protección y sistemas de identificación o
información para la gestión de derechos.
Cada Estado debe establecer una protección jurídica adecuada, de índole civil y en su
caso también penal, contra la elusión de medidas tecnológicas efectivas utilizadas por los
titulares de derechos de autor y de derechos afines para restringir actos no autorizados
expresamente por ellos. Entendiendo por medida de protección, en términos muy amplios,
la aplicación de mecanismos de control de acceso (encriptación, password...), de mecanismos que impidan la manipulación digital o cualquier transformación de una obra o prestación (codificación, aleatorización...), o de mecanismos de control del copiado (mecanismos
anticopia o que permiten un número determinado de copias). En concreto, se trata de prohibir y, en su caso, perseguir y sancionar, actos de elusión de medidas de protección (control de acceso, mecanismos anticopia, etc.), cometidos a sabiendas por una persona, que
la permitan realizar un acto de explotación o simple uso de la obra o prestación prohibido
por el titular de la propiedad intelectual y no autorizado por la Ley como límite o excepción
a los derechos exclusivos. Y también se trata de prohibir, perseguir y sancionar la fabricación, importación, distribución por cualquier medio o forma, publicidad para la distribución
o la simple posesión con fines comerciales de cualquier dispositivo, producto o componente, así como la prestación de servicios que sirvan para eludir la protección conferida a
obras y prestaciones digitales por mecanismos o medidas tecnológicas adecuadas y eficaces. Con lo cual puede decirse que la vulneración de medidas tecnológicas de protección
va a constituir un nuevo tipo de infracción de derechos de propiedad intelectual, se haga
con fines lucrativos o con fines de mero uso privado, siempre que no estén autorizadas por
los titulares de derechos o excepcionalmente por la Ley.
También debe establecerse en cada ordenamiento nacional una protección adecuada
y eficaz contra cualquier persona que, con conocimiento de causa, suprima o altere toda
información (sobre la obra o prestación, su titular o titulares, códigos de identificación
estandarizados, condiciones de licencia, etc.) que sirva para la gestión electrónica de dere154
chos, o bien distribuya, importe para su distribución, emita por radiodifusión, transmita en
línea o ponga a disposición del público en general por cualquier medio obras o prestaciones en las que se haya suprimido o alterado sin autorización la información para la gestión
de derechos, sabiendo o teniendo motivos razonables para saber que al hacerlo inducen,
permiten, facilitan o encubren una violación de los derechos de autor o de los derechos afines.
Sin duda, la protección de estas medidas tecnológicas y sistemas de información constituye el último eslabón en la protección de los derechos de propiedad intelectual en el
entorno digital, sirviendo así como refuerzo a la protección de los derechos exclusivos y a
las condiciones fijadas contractualmente. Y sirviendo en definitiva a otorgar seguridad jurídica suficiente a los nuevos sistemas de gestión de derechos de propiedad intelectual en
el entorno tecnológico digital.
En el ordenamiento jurídico español se prevé la incorporación de normativa para proteger las medidas tecnológicas y los sistemas de identificación para la gestión de derechos
en la futura reforma del TRLPI. Así el art. 62º BALR prevé la introducción en el TRLPI de
un nuevo Título VI dentro del Libro III, que incluirá los arts. 172 a 175, donde se establece
la protección jurídica de las medidas tecnológicas y de los sistemas de identificación y también la relación entre las medidas tecnológicas y las excepciones legales a los derechos
de propiedad intelectual.
Da la sensación de que esta protección específica de medidas tecnológicas y mecanismos de información vendría a consagrar un nuevo derecho exclusivo para los titulares y
derechohabientes que las hubieran incorporado a sus obras y prestaciones digitalizadas.
El derecho a prohibir o autorizar la elusión o alteración de esas medidas de protección y
sistemas de información, cuya vulneración habilitaría -como sucede con los derechos
morales y patrimoniales- para el ejercicio de las acciones -civiles y penales- en defensa de
los derechos de propiedad intelectual (cfr. arts. 138-143 TRLPI). Y ello al margen de que
de esa elusión o alteración se deriven o no -por parte de quien la realice- actos ilícitos de
explotación de la obra o prestación protegida. Y es que de la redacción otorgada por el
legislador comunitario a los actos elusivos de medidas tecnológicas (arts. 6.1 y 2 DDASI),
se desprende claramente que el acto ilícito se asocia al simple hecho de vulnerar las medidas tecnológicas o de fabricar o distribuir los dispositivos (contramedidas) para eludirlas,
independientemente de si posteriormente se producen o no actos de utilización o explotación de las obras o prestaciones protegidas por las medidas ya eludidas (cfr. difundir la
obra sin la protección tecnológica). En el caso de la información para la gestión de derechos se piensa más en la difusión de obras y prestaciones en las que se haya suprimido
o alterado la información electrónica (art. 7.1 b. DDASI), pero se considera ilícita sin más,
también, la simple supresión o alteración de esa información al margen de cualquier consideración sobre su finalidad (art. 7.1 a. DDASI).
La vulneración o alteración de medidas tecnológicas o información para la gestión de
derechos constituirá, por tanto, en el futuro copyright digital un acto ilícito que, según los
casos, tendrá naturaleza civil o penal. En este sentido, podría entenderse que cuando la
vulneración de medidas o la supresión o alteración de información persiga solamente fines
de estricta utilización privada la represión debería tener exclusivamente carácter civil (arts.
138-141), mientras que si el comportamiento ilícito consiste en la vulneración o alteración
para difundir libremente la obra o prestación (piénsese en las actividades habituales de los
crackers), o bien en la fabricación, distribución, venta o alquiler de dispositivos para eludir
155
medidas y suprimir o alterar información, la represión más lógica sería la penal -máxime si
esos comportamientos responden a fines lucrativos o comerciales- atendiendo al grave
perjuicio causado a los legítimos intereses de los titulares de la propiedad intelectual (arts.
143 TRLPI y arts. 270-272 CP).
La Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, otorga una nueva redacción al art. 270.3
CP disponiendo que será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y de
multa de doce a veinticuatro meses quien fabrique, importe, ponga en circulación o tenga
cualquier medio específicamente destinado a facilitar la supresión no autorizada o la neutralización de cualquier dispositivo técnico que se haya utilizado para proteger programas
de ordenador o cualquiera de las otras obras, interpretaciones o ejecuciones en los términos previstos en el apartado 1 de este artículo (una obra literaria, artística o científica, o su
transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o
comunicada a través de cualquier medio).
Como podrá apreciarse el Código Penal no discrimina comportamientos elusivos de las
medidas tecnológicas. Entendemos, no obstante, que el ilícito penal deberá limitarse a los
casos más graves o que más perjuicios pueden causar a los derechohabientes, como son
la fabricación, distribución, difusión o tenencia (entiendo que debería limitarse a la tenencia con fines comerciales, ajustándose al tenor de la Directiva) de mecanismos de elusión
de medidas de protección de obras y prestaciones protegidas. El ilícito civil quedaría circunscrito, entonces, a la tenencia de dispositivos y/o a los actos de elusión consciente de
las medidas tecnológicas de protección con la simple intención de acceder y utilizar la obra
o prestación por el infractor.
ASPECTOS CONTRACTUALES RELACIONADOS CON LA PRODUCCIÓN,
EXPLOTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN O SIMPLE DIFUSIÓN DE CONTENIDOS PROTEGIDOS
Uno de los principales problemas que se plantean en el nuevo entorno digital es el de
la gestión de los derechos de propiedad intelectual. Gestión que tiene dos aspectos diferenciados, ambos de notable importancia. Uno es el de la concesión de licencias para la
creación o producción de obras o productos multimedia y bases de datos electrónicas y
para la explotación en general de contenidos por parte de editores, productores o cualesquiera empresarios que deseen desarrollar actividades relacionadas con los derechos de
propiedad intelectual (por ejemplo, plataformas de comercialización de contenidos en
Internet, como servicios de descarga de música, libros electrónicos, vídeo bajo demanda,
etc.). El otro es el de la comercialización de las obras y prestaciones en formato electrónico directamente entre el público aprovechando las nuevas formas de explotación en línea.
Finalmente aparecen nuevas fórmulas de difusión de contenidos que parten de modelos
de licencia pública general o global y que no buscan la explotación económica de los contenidos sino la más amplia difusión de la información con el fin de estimular la creación en
común, perfeccionando contenidos originales, y compartir los resultados en pos del progreso, la cultura, la ciencia y la investigación; me refiero a las llamadas Creative Commons
Public Licenses.
Sin embargo, a pesar de la importancia creciente adquirida en los últimos tiempos por
las nuevas fórmulas contractuales de creación, explotación y difusión-explotación, aprove156
chando las oportunidades brindadas por la tecnología, los aspectos contractuales han
sido, sin duda, y a pesar de su importancia en la práctica, los grandes olvidados en el proceso de adaptación del derecho de la propiedad intelectual a la sociedad de la información.
Más aún cuando una de las características de las tecnologías de la información es, precisamente, la de facilitar la contratación mediante nuevas técnicas, acercar los titulares y
derechohabientes a los usuarios finales (prescindiendo de intermediarios) y permitir a los
titulares extender sus facultades exclusivas al ámbito privado.
No obstante, la falta de adaptación normativa de los aspectos contractuales al nuevo
entorno tecnológico y socioeconómico puede suplirse mediante la interpretación de las
normas existentes y partiendo en todo caso del principio general de autonomía de la voluntad en la contratación (art. 1255 CC), que permite a los sujetos de derecho (personas físicas y jurídicas) crear nuevas fórmulas negociales y adaptar los negocios jurídicos existentes a sus necesidades específicas y a sus respectivos intereses. Surgen así nuevos tipos
de negocios jurídicos como las licencias de uso que predominan en el comercio electrónico en línea y las licencias públicas generales abiertas a todos los usuarios como mecanismo jurídico para la difusión amplia de contenidos de forma gratuita en la Red.
LA CONTRATACIÓN DE DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL CON FINES
DE ELABORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE CONTENIDOS Y DE EXPLOTACIÓN
ECONÓMICA: LICENCIAS PARA LA CREACIÓN-PRODUCCIÓN DE OBRAS MULTIMEDIA Y BASES DE DATOS ELECTRÓNICAS; LICENCIAS DE EXPLOTACIÓN DE
CONTENIDOS PREEXISTENTES
Las licencias de explotación de obras y prestaciones intelectuales son un aspecto fundamental de la producción y explotación industrial de contenidos en la sociedad de la información por parte de la industria de contenidos. Inciden sobremanera en la construcción
de una sociedad de la información con contenidos de calidad y por tanto influyen también
en la producción de bienes intelectuales dirigidos a su explotación masiva a través del
comercio electrónico directo.
En vía de principio es preciso distinguir entre las licencias solicitadas para la creación y
producción de contenidos específicos, como pueden ser las bases de datos electrónicas
y las obras o producciones multimedia, y las licencias solicitadas para la explotación económico-comercial de contenidos preexistentes sin manipulación alguna más allá de su
posible digitalización y almacenamiento en un equipo servidor, como pueden ser los servicios de descarga de música en línea, de libros o boletines electrónicos, de obras audiovisuales o de cualesquiera otros contenidos.
Como se apuntó en un momento anterior, la creación de bases de datos y de contenidos
multimedia a partir de obras y prestaciones preexistentes requiere la autorización de los
titulares de la propiedad intelectual, que se manifiesta en la forma de licencia de explotación por la que se ceden uno, varios o todos los derechos patrimoniales. Las bases de
datos originales y, sobre todo, las obras multimedia constituyen obras derivadas (art. 11
TRLPI), requiriendo por tanto su creación la previa cesión del derecho de transformación
(art. 21 TRLPI) sobre las obras «ensambladas», así como la cesión de las restantes facultades de explotación sobre la obra transformada integrada en la derivada.
El problema reside en la gestión de las licencias en aquellos productos formados por
un número importante de obras o prestaciones preexistentes, ante la imposibilidad del
157
interesado de dirigirse a cada uno de los posibles titulares o derechohabientes para
recabar su autorización. A ello se añaden eventuales negativas de los titulares a autorizar la inclusión de su obra o prestación junto a otra u otras en nuevos contenidos multimedia, lo cual puede suponer un importante freno para la producción de contenidos
multimediales de calidad en la sociedad de la información.
La solución definitiva aún no se ha establecido positivamente, barajándose hasta el
momento diferentes opciones que van desde la determinación de un régimen de licencias obligatorias (que permitiría la utilización de cualquier obra o prestación prescindiendo de la autorización de los titulares y derechohabientes a cambio de una remuneración previamente establecida, lo que equivale a sustituir el pleno control sobre las
facultades de explotación por un mero derecho de remuneración) gestionadas obligatoriamente por las entidades de gestión sectoriales, hasta la institucionalización de un
sistema de «ventanilla única» en el que los distintos repertorios de las entidades de
gestión sectoriales se integrarían en un solo catálogo gestionado por una entidad centralizada que actuaría, bien como un simple intermediario entre los usuarios interesados en la utilización económica de las obras y prestaciones de su catálogo y los titulares y derechohabientes de las mismas (directamente o a través de sus respectivas
entidades sectoriales), bien como un organismo de decisión y atribución directo, otorgando licencias de explotación a los interesados sin necesidad de consultar previamente a los titulares y derechohabientes (one-stop-shopping).
En el momento actual, salvo que se tenga contacto directo con los titulares de contenidos (algo factible únicamente en aquellos supuestos donde la base de datos o la multimedia piense integrarse con contenidos muy concretos), lo más coherente es ponerse en contacto con las entidades de gestión pertinentes (en función de los contenidos
que se quieran incorporar a la base de datos o a la obra multimedia) para solicitar e
intentar recabar las autorizaciones necesarias para su inclusión en la base de datos o
en la obra multimedia.
A estos efectos algunas entidades de gestión (como por ejemplo CEDRO) han incluido ya en los contratos-tipo de gestión con sus asociados (autores y editores) la atribución a la entidad de la gestión de sus derechos para su inclusión en bases de datos
electrónicas, lo que significa que los creadores-productores de bases de datos ya no
tendrán que dirigirse a cada uno de los titulares de derechos, bastando con que negocien la concesión de licencias no exclusivas con las entidades de gestión.
En cualquier caso, cuando los contenidos en cuestión no se encuentren en el catálogo de
la entidad de gestión o cuando el autor o editor no hayan concedido la gestión de los mismos con vistas a su inclusión en bases de datos, los interesados pueden solicitar la mediación de la entidad de gestión para la negociación con los titulares.
La negociación con las entidades de gestión adquiere así una importancia especial cuando se trata de crear bases de datos de contenidos científicos, como puede ser, a modo de
ejemplo, la creación de una base de datos en línea con los contenidos de revistas científicas editadas anteriormente en formato papel. La ingente cantidad de materiales y, por lo
tanto, de titulares de derechos, haría prácticamente imposible la negociación individualizada de licencias no exclusivas, por lo que la negociación con la entidad de gestión correspondiente (en este caso sería CEDRO) facilitaría enormemente la gestación de esa base
de datos, máxime cuando -como decimos- es ya habitual que los titulares de derechos
cedan a la entidad la facultad de gestionar la inclusión de contenidos en bases de datos
electrónicas.
158
Por lo que se refiere a la explotación económica de contenidos propiamente dicha, es preciso advertir de antemano que son los titulares de la propiedad intelectual (derechos de
autor o derechos conexos) quienes pueden decidir en último término si autorizan y cómo
autorizan la reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de sus
obras o prestaciones.
Cada titular de derechos de autor o de derechos afines es quien tiene la facultad de decidir la autorización de la explotación de sus creaciones o prestaciones mediante la oportuna licencia de explotación o, en su caso, contrato de edición (al que dedicamos un epígrafe específico más adelante).
Cuando un tercero se halle interesado en la explotación electrónica de obras y prestaciones que ya han sido producidas y explotadas por otra vía más tradicional (cfr., en forma
de libro, revista, fonograma, videograma, etc.), el titular de derechos podrá optar por retener la gestión de sus derechos y negociar personal y directamente con los interesados
(concediendo licencias de explotación exclusivas o no exclusivas o, en su caso, celebrando contratos de edición), o bien por conceder la gestión de sus derechos con mayor o
menor amplitud a una entidad de gestión colectiva, para que sea ésta quien realice las
autorizaciones pertinentes mediante licencias de explotación no exclusivas a petición de
los interesados.
En esta línea, un titular puede impedir la explotación de sus obras o prestaciones mediante servicios de acceso y descarga a través de Internet, ya sea no concediendo las pertinentes autorizaciones que le sean solicitadas directamente, ya sea excluyendo esa utilización del contrato de gestión con la entidad colectiva correspondiente (caso que hubiera
cedido la gestión de sus derechos a una entidad de ese tipo).
Cuestión distinta es que esa negativa sistemática impida la explotación de otros derechos asociados (por ejemplo, el de los autores o intérpretes respecto a un fonograma)
o sirva para la creación de plataformas propias o compartidas de explotación en exclusiva de esos derechos. Comportamientos que podrían ser constitutivos de prácticas
colusorias (art. 1 LDC), abusos de posición dominante (art. 6 LDC) o de conductas desleales (art. 7 LDC) lesivos para la libre competencia, dada la estrecha relación que se
produce entre los derechos exclusivos de propiedad intelectual y la normativa reguladora de la libre competencia en el mercado.
No obstante, para resolver los problemas de concesión de licencias no exclusivas
sobre obras o prestaciones no incluidas en el catálogo de la entidad de gestión (ni tampoco excluidas expresamente), para servicios globales de explotación de obras y prestaciones de una misma categoría, las entidades de gestión recurren frecuentemente a
las llamadas «licencias generales», mediante las cuales la entidad exime de responsabilidad al licenciatario por posibles demandas provenientes de titulares no incluidos en
el catálogo de la entidad y por tanto excluidos del ámbito de la autorización, asumiendo la entidad licenciante la posible indemnización a que pudiera ser condenado el licenciatario demandado por un titular ajeno a aquella.
LICENCIAS DE USO PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE PUBLICACIONES
ELECTRÓNICAS
El hecho de que con los nuevos formatos electrónicos sea necesario reproducir la
copia digital tangible (CD) o intangible (transmisión en línea) de una obra o prestación
para poder acceder a la misma, utilizarla y disfrutarla, motivó por parte de la industria
159
la generación de un nuevo modelo de negocio o de explotación de los contenidos protegidos más favorables para sus intereses que los tradicionales de compraventa y
alquiler de ejemplares.
Me refiero al modelo conocido como licencias de uso que se concreta, en los modelos
de corte oneroso, en un sistema de pay per use o pagar por usar, limitándose drásticamente las facultades del usuario sobre la copia de la obra o prestación. Como se ha
apuntado anteriormente, la licencia de uso consiste en la cesión por parte del titular de
la propiedad intelectual al usuario final del derecho de reproducción a los únicos efectos de que pueda acceder y usar la copia digital de la obra o prestación contenida en
un ejemplar electrónico (CD-ROM) o transmitida en línea por medios telemáticos sea
para su disfrute temporal (reproducción en memoria RAM) o duradero (descarga en
memoria interna del ordenador usuario). El usuario no adquiere así la propiedad de la
copia digital de la obra o prestación, sino sólo el derecho de uso de la misma. Caso de
que la copia digital aparezca incorporada a un ejemplar electrónico (CD), el usuario
adquiere la propiedad sobre ese soporte (cuyo valor es insignificante al margen de la
copia de la obra que incorpora), pero no la propiedad sobre la copia incorporada, de la
cual sólo tiene el derecho de uso personal o privado en los términos fijados en el contrato.
De esta manera no se produce el agotamiento y el titular de la propiedad intelectual
podrá controlar cualquier uso posterior que el usuario pueda hacer fuera de su ámbito
estrictamente personal. De esta manera se pone un freno al riesgo de reproducciones
y transmisiones en cadena propio de la generalización de las nuevas tecnologías entre
todo el público. Lógicamente, estos sistemas o modelos de negocio sólo serán verdaderamente eficaces si las copias digitales comercializadas, tanto en línea como fuera
de línea, cuentan con medidas tecnológicas de control y sistemas de identificación eficaces que impidan la copia privada y, en caso de violación, el seguimiento de los usos
ilegítimos de tales copias.
Hasta el momento este modelo se ha generalizado para la comercialización de programas de ordenador y bases de datos electrónicas, pero en el futuro inmediato será el
modelo más habitual en la comercialización de todo tipo de obras y prestaciones en formato digital, sobre todo en la comercialización en línea, donde se puede decir que
constituye ya el modelo habitual a pesar de que vulgarmente se siga hablando de la
venta de contenidos a través de Internet, cuando realmente se producen transmisiones
en línea que permiten el uso temporal o duradero de copias digitales de obras y prestaciones, quedando impedida la difusión pública posterior de esos contenidos por parte
de los usuarios legítimos.
Cuando el modelo de licencia de uso se practica sobre copias digitales de obras y prestaciones incorporadas a ejemplares electrónicos estaremos ante licencias del tipo
shrink wrap o licencias paquetizadas, en las que el contrato de licencia de uso se
entiende perfeccionado no por una declaración de voluntad del adquirente, sino por lo
que se llama un «comportamiento concluyente» que consiste en la apertura del paquete precitando que envuelve el soporte material y que contiene un documento con los
términos de la licencia. Para ello es necesario incluir advertencias en el exterior de ese
paquete en el sentido de que su apertura conlleva la aceptación automática de los términos de la licencia. No obstante, cuando se ejecute la copia incorporada al soporte en
el equipo informático correspondiente se reproducirán en la pantalla del mismo todos
los términos de la licencia y será necesaria su aceptación para continuar con la insta160
lación. En estos casos nos encontramos ante una nueva modalidad de distribución que
no implica el agotamiento del derecho, con los beneficios que eso conlleva para los titulares en lo que atañe al control de los usos posteriores de las copias de sus obras o
prestaciones incorporadas a los ejemplares.
El modelo de licencia de uso se torna más habitual y, sin duda, más trascendental
(pues en el ámbito fuera de línea, la mayoría de los titulares de derechos siguen optando por la fórmula de la compraventa y del alquiler) en tanto en cuanto este modelo tiende a convertirse en el sistema o esquema de contrato más típico dentro del comercio
electrónico directo entre empresarios y consumidores, desplazando a la compraventa.
De hecho, la relación directa entre propiedad intelectual y comercio electrónico se produce en la fase de comercialización de copias digitales de obras y prestaciones directamente a través de la Red, en los procesos de contratación a distancia por medios
electrónicos que se han dado a conocer como comercio electrónico directo o en línea.
Las obras y prestaciones protegidas por derechos de propiedad intelectual se erigen
en el principal objeto o activo del comercio electrónico directo; constituyen el principal
objeto de contratación en Internet. Aunque realmente el objeto de contratación no es la
obra o prestación como tal, sino una copia digital de la misma servida directamente en
línea para su uso y disfrute por el usuario solicitante. Más aún, lo que verdaderamente se contrata es la facultad de acceder y usar una copia digital concreta de una obra
o prestación.
La necesidad de reproducir para acceder y utilizar la copia digitalizada de la obra o
prestación sirve como disculpa técnica a los titulares para extender el campo de
influencia de los derechos exclusivos al ámbito privado, permitiéndoles controlar el uso
mismo que de esa copia hace el usuario, claro está con la necesaria ayuda de medidas tecnológicas de control de acceso y control del copiado. Algo que estaba vedado
en el entorno analógico ante la imposibilidad material de controlar técnicamente el uso
de las obras y prestaciones por los usuarios privados; actos que sin embargo causan
un daño importante a los legítimos intereses económicos de los titulares, arbitrándose
como compensación el sistema de remuneración equitativa.
De esta forma, en Internet, en el comercio electrónico en línea, en lugar de vender
copias digitales de una obra o prestación, se presta un servicio por el que se autoriza
el acceso y utilización de una copia digital de la obra o prestación durante un periodo
determinado o indeterminado de tiempo, ya sea permitiendo únicamente el acceso y
consulta en línea (reproducción en memoria RAM mientras dure la conexión autorizada previamente), ya sea autorizando la descarga de una o varias copias en el disco
duro del equipo receptor y/o en un soporte externo (CD-R, DVD-R).
El contrato de licencia de uso tiene una causa y un objeto distinto al tradicional contrato de compraventa. En concreto, se contrata la cesión del derecho de reproducción
sobre una copia concreta a efectos de uso privado temporal o duradero, encontrándonos así ante licencias de uso clic wrap o web clic y usuarios legítimos o autorizados.
Estamos ante un contrato atípico (no regulado por la Ley) y sui generis, que nace y se
desarrolla desde la perspectiva puramente contractual al amparo del principio de autonomía de la voluntad (art. 1255 CC) y desde el punto de vista de la propiedad intelectual como expresión de las facultades de comunicación al público y reproducción de los
titulares y derechohabientes sobre sus obras y prestaciones (arts. 18 y 20 TRLPI). En
161
rigor, el objeto del contrato de licencia de uso no es la obra o prestación como tal, sino
los derechos de propiedad intelectual sobre una copia digital de la misma (the license
is the product). Y la causa del contrato reside en la puesta a disposición del usuario de
una copia concreta de una obra o prestación para su uso, gratuito u oneroso, por un
tiempo determinado o indeterminado.
En suma, tratamos sobre la contratación electrónica de derechos de propiedad intelectual que se produce a través de un servicio en línea (un servicio de la sociedad de la
información) que consiste, precisamente, en transmisiones en línea seguidas de la
concesión de licencias de uso (rectius, cesión de derechos de reproducción para uso
privado) temporales o duraderas, sobre una copia de la obra o prestación. La licencia
de uso irá acompañada normalmente de medidas tecnológicas, estableciendo el contrato el derecho a utilizar la única copia que se pone a disposición impidiendo la copia
privada o permitiendo un número limitado de copias. Si no se establecen medidas tecnológicas de control del copiado se aplicará la excepción del art. 31.2 TRLPI y el usuario podrá realizar copias para uso privado a partir de la primera copia autorizada o
comercializada por la licencia de uso. Por lo demás, esa doble circunstancia de prestación de un servicio de transmisión y de licencia de uso determina la exclusión a todos
los efectos de las nociones tradicionales de venta o transmisión de la propiedad y de
agotamiento del derecho de distribución.
Cuando la puesta a disposición del público de contenidos se produce en plataformas
de acceso abierto y gratuito (contenidos abiertos), donde los fines comerciales, de existir, son indirectos, obteniendo ingresos por la vía de la publicidad comercial, no existe
una renuncia de derechos, como podría pensarse, sino que (precisamente por queda
incluida la facultad de uso en el derecho exclusivo de reproducción) los titulares o derechohabientes responsables del sitio estarían autorizando implícitamente a los usuarios
para reproducir sus contenidos a efectos de acceso y utilización privada (licencia implícita), encontrando plena aplicación el límite o excepción de copia privada para reproducir esos contenidos con fines de uso privado siempre y cuando a esos contenidos
abiertos no se superponga una medida anticopia.
En el plano puramente contractual nos encontramos ante contratos atípicos que por ser
celebrados a distancia y por medios electrónicos y estar dirigidos principalmente a los
consumidores (comercio electrónico directo B2C) deberán cumplir las exigencias generales previstas por la legislación sobre comercio electrónico, principalmente en materia
de información precontractual y postcontractual, así como sobre el momento y lugar de
perfección del contrato.
Para finalizar, mencionar solamente que este modelo de las licencias de uso constituye un sistema nuevo de comercialización de derechos de propiedad intelectual en
Internet que puede seguir esquemas individualizados (un titular o derechohabiente
implementa su propio servicio de explotación en línea), plurales (varios titulares o derechohabientes juntan sus fuerzas en una filial común para explotar conjuntamente sus
respectivas obras y prestaciones) o colectivos (las entidades de gestión crean plataformas de comercialización de derechos exclusivos sobre obras y prestaciones de su
catálogo con la autorización de los titulares) y que, sin duda, junto con la utilización de
medidas tecnológicas de control marcarán el devenir futuro (ya presente) del derecho
de la propiedad intelectual en el nuevo entorno tecnológico y socioeconómico que
162
conocemos como sociedad del conocimiento en el que la información se convierte en
objeto principal de comercio e industria.
LICENCIAS DE USO GRATUITAS Y LICENCIAS PÚBLICAS GENERALES
Junto a los negocios jurídicos onerosos que visten jurídicamente los modelos de negocio de pago en la explotación de contenidos protegidos dentro y fuera de la Red, aparece como uno de los fenómenos más característicos de Internet, en cuanto paradigma de la nueva era de la información, sistemas o modelos de licencias dirigidas unas
a permitir el acceso y uso libre y gratuito de la información por parte del público y otras
más amplias cuyo objetivo es el de compartir conocimientos y estimular la creación en
común así como la difusión de la cultura y la ciencia en general entre el público, permitiendo a priori y de forma unilateral a cada miembro del público, no sólo el acceso y
uso a la información, sino la plena difusión de esos contenidos sea mediante técnicas
de distribución de ejemplares o sea mediante comunicaciones al público, incluyendo,
como no, la transmisión en línea o puesta a disposición telemática y el webcasting y
también, finalmente, la transformación de la obra para crear obras derivadas a partir de
la original y la inclusión en obras colectivas; ello siempre bajo la condición de no hacer
un uso comercial de la obra original, de transmitir bajo el mismo régimen de licencia
pública general las obras derivadas y de respetar en todo caso la autoría sobre el contenido original o primigenio.
Estos modelos de licencias de uso gratuitas, implícitas y expresas, y sobre todo de
licencias públicas generales (creative commons public licenses) constituyen la contrapartida a los modelos de negocio en sentido estricto, es decir a las fórmulas jurídicas
que sustentan la explotación económica de los contenidos digitales fuera de línea y
sobre todo en línea. Las CCPL son sin duda el máximo exponente del movimiento de
copyleft que surge como respuesta al tradicional copyright para promover la difusión
amplia y gratuita de contenidos en la Red frente a la expansión del mercado virtual
basado en un comercio electrónico de derechos de propiedad intelectual, aunque sin
oponerse frontalmente al mismo. Se trata, en suma, de evitar que todos los conocimientos acaben siendo pasto del mercado y su acceso sólo sea posible previo pago,
lo cual no significa una renuncia a fórmulas alternativas de explotación de los contenidos difundidos bajo fórmulas de creative commons (explotación en papel, en CD, etc.).
Naturalmente estos tipos de licencias de uso gratuitas y de licencias públicas generales al no buscar la explotación económica no constituyen servicios de la sociedad de
la información (salvo que se obtengan beneficios indirectos por publicidad u otras circunstancias) y, en principio, no deben respetar las exigencias de la legislación sobre
comercio electrónico sobre los contratos en línea. Sin embargo, sí que deben tener presentes los fundamentos del derecho de propiedad intelectual, pues estas licencias no
suponen ni mucho menos una renuncia a tales derechos, sino que parten y se fundamentan en los mismos, realizando simplemente una amplia autorización de uso y
explotación a quien lo desee siempre que se sometan a una serie de restricciones establecidas en la licencia.
Me remito a la explicación detallada que de este tipo de licencias se hará más adelante en el epígrafe relativo a los modelos de difusión y explotación de contenidos.
163
PROBLEMAS JURÍDICOS DE LA EDICIÓN ELECTRÓNICA: LA ADAPTACIÓN DEL
DERECHO EDITORIAL A LAS NECESIDADES DE LA SOCIEDAD DE LA
INFORMACIÓN
INTRODUCCIÓN: SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN Y NEGOCIO EDITORIAL
La actividad editorial tradicional consiste en la explotación de una obra o prestación mediante su reproducción en múltiples ejemplares con vistas a su posterior distribución entre el público, con lo cual la noción básica de edición enlaza directamente con la noción de publicación
(cfr. arts 4 y 58 TRLPI).
La digitalización cobra una especial relevancia en el sector editorial, aportando nuevas posibilidades creativas e industriales y una mayor calidad al proceso productivo y comercial, así
como nuevas fórmulas de explotación de los productos editoriales entre el público.
Principalmente, la tecnología digital permite el desarrollo de nuevas ediciones en un único
formato electrónico de obras y prestaciones de diferentes clases plasmadas anteriormente en
formatos analógicos. También hace posible la agrupación en una base de datos electrónica de
gran cantidad de obras y prestaciones dispersas anteriormente en formatos analógicos e, incluso, permite volcar en una sola base de datos todos los contenidos editados en formato papel
(u otro formato analógico) y pertenecientes a una misma revista o línea editorial. Más aún, la
tecnología digital permite aunar en un mismo formato electrónico y de manera perfectamente
coordinada obras de distinta naturaleza para formar una nueva obra, producto editorial o publicación multimedia. E incluso ofrece una nueva forma de explotación inmaterial, sin necesidad
de ejemplares, por medio de transmisiones en línea a la carta e individualizadas (one to one) a
través de redes telemáticas.
De hecho, dentro del mundo editorial, la generalización de los formatos electrónicos, la creciente fabricación de bases de datos electrónicas recopilando contenidos dispersos o volcando
los contenidos de revistas científicas o cualquier otro tipo de contenidos, el uso cada vez más
intenso de las técnicas multimediales en la creación y producción, así como las nuevas formas
de explotación en línea nos permiten hablar en términos generales de publicaciones electrónicas, distinguiendo al efecto entre productos editoriales y servicios editoriales en función de si la
explotación tiene lugar mediante la distribución de ejemplares electrónicos de la obra o prestación o a través del suministro de contenidos mediante transmisiones en línea por redes telemáticas, independientemente del contenido real de cada producto o servicio que puede ir desde
las clásicas obras literarias o científicas hasta obras musicales, audiovisuales, fotográficas, programas de ordenador, bases de datos, obras multimedia, fonogramas o grabaciones audiovisuales; permitiendo en este sentido una ampliación del propio campo de actuación de la industria editorial -que se convierte así en uno de los sectores más representativos de la llamada
industria de contenidos- impulsada precisamente por la generalización de las técnicas de composición y producción digitales que permiten aunar en un único formato electrónico con mayor
capacidad y calidad todo tipo de obras, prestaciones e informaciones en general, que antes se
plasmaban en distintos formatos analógicos en función de la clase concreta de obra y/o prestación de que se tratase.
El desarrollo de los nuevos formatos, soportes y técnicas de comunicación digital frente a
los formatos, soportes y comunicaciones analógicas tradicionales, así como la progresiva
implementación de redes alámbricas e inalámbricas de banda ancha de comunicación digital,
164
y la anunciada y ya perceptible convergencia de estas autopistas de la información con medios
de comunicación tradicionales como la radio y la televisión, contribuyen de forma decisiva al
pleno desarrollo de la llamada sociedad de la información, donde el conocimiento vertido en los
productos intelectuales, como las publicaciones electrónicas, se convierte en una de las principales prestaciones reclamadas por los ciudadanos y, en clara correspondencia con esa demanda masiva por parte del gran público, en uno de los más importantes activos industriales del
comercio electrónico.
Entre otras muchas influencias industriales, la revolución tecnológica digital ha deparado un
importante vuelco en la industria de la edición y del tratamiento de la información, encontrándonos actualmente, cada vez con mayor frecuencia, junto a los productos editoriales habituales incorporados a formatos analógicos (texto e imágenes impresos en papel, fonogramas y
videogramas) para su distribución entre el público, con nuevos productos editoriales caracterizados por su formato electrónico y en ocasiones multimedial (combinación de texto con archivos sonoros, voz en off o musicales, y visuales, animados o inanimados), el hipertexto y la interactividad con el lector o usuario (hypertext and multimedia publishing systems), incorporados a
nuevos soportes materiales electrónicos para su distribución entre el público o bien a soportes
intangibles electrónicos para su explotación comercial a distancia mediante transmisiones electrónicas en línea (on line publishing and retrieval systems).
De hecho, cada vez son más frecuentes las llamadas empresas virtuales y, en concreto, las editoriales virtuales que única y exclusivamente producen y ofrecen publicaciones
electrónicas en línea por medios telemáticos abiertos como Internet. Aunque es más habitual apreciar una conversión gradual de las editoriales tradicionales al nuevo entorno tecnológico digital produciendo y comercializando por medios electrónicos (contratación en
línea), en un primer paso, publicaciones electrónicas junto a las publicaciones analógicas
convencionales para su posterior distribución como mercancías por los canales tradicionales (explotación comercial off line), para incorporarse en una fase ulterior al nuevo mercado en línea que se está generando en Internet ofreciendo publicaciones electrónicas de
todo tipo (con contenido diverso) de forma inmaterial mediante transmisiones en línea
directas (explotación on line).
Nos encontramos hoy día, por tanto, con un acceso progresivo de la industria editorial
al llamado comercio electrónico, tanto en el nivel de producción como en el de comercialización, siguiendo un modelo de negocio que empieza a imponerse en una sociedad conectada mundialmente como seria alternativa al negocio editorial y de distribución tradicional.
Para poder obtener cuota de mercado en esta nueva forma de comercio, la industria editorial -al igual que el resto de sectores industriales que quieran obtener una presencia relevante en el denominado mercado digital- deben realizar un importante esfuerzo financiero
y estratégico para convertirse en lo que se ha dado en llamar negocio electrónico o e-business, lo cual requiere, desde el punto de vista tecnológico, adoptar rápidamente las fórmulas de gestión proporcionadas por las tecnologías de la información, y desde el punto de
vista jurídico, adaptarse a las nuevas fórmulas comerciales de negociación y contratación
respetando con rigurosa pulcritud los derechos exclusivos de terceros que se vean implicados en los nuevos productos y formas de explotación comercial, como sucede en el caso
de la industria editorial con los derechos de autor y otros derechos de propiedad intelectual (derechos conexos o afines, que pueden resultar importantes en ediciones musicales
y audiovisuales y en el caso de creaciones multimedia) sobre las obras y prestaciones que
deseen explotarse con las nuevas fórmulas tecnológicas. Ello lleva consigo de manera
especialmente significativa la puntual adaptación de los contratos de edición a las nuevas
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posibilidades de explotación y la gestión racional de licencias para la creación de productos multimedia y bases de datos electrónicas, partiendo de las soluciones normativas
apuntadas ya por las instancias legislativas internacionales (Tratados OMPI 1996), supranacionales (Directiva CE de 22 de mayo de 2001) o nacionales (Digital Millenium Copyright
Act USA de 1998) respecto al alcance y límites de los derechos exclusivos de propiedad
intelectual.
EL CONTRATO DE EDICIÓN DE PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS
Todo contrato de edición supone la cesión por parte del autor o sus derechohabientes (o del
titular del derecho afín) al editor de los derechos de reproducción y de distribución sobre la obra
(o prestación) con vistas a su comercialización masiva entre el público (art. 58 TRLPI). Regla
que, sin embargo, resulta insuficiente para acoger la nueva realidad editorial conformada por las
ediciones electrónicas fuera de línea y en línea.
Las ediciones electrónicas exigen nuevas formas o modalidades de reproducción digital, la
incorporación de la copia ya digitalizada a nuevos soportes tangibles (disquete, CD, CD-ROM,
DVD, CD-I) o intangibles (memoria interna de un ordenador para la transmisión en línea de la
copia digital) y la realización de reproducciones provisionales (memoria RAM) o permanentes
(descarga electrónica o download) por los usuarios para poder percibir y utilizar la obra o prestación.
La tecnología digital permite también a la industria optar por nuevas modalidades de distribución de publicaciones electrónicas off line distintas de la venta tradicional de ejemplares (las
licencias de uso paquetizadas o shrink wrap). Y, por último, en el caso de las publicaciones electrónicas on line, requieren la realización de actos de transmisión en línea a la carta calificados
jurídicamente como una nueva modalidad de comunicación pública. Sin perjuicio, además, de la
concurrencia de actos de transformación de la obra cuando se incorpore a una publicación multimedia o a una base de datos electrónica y que requieren contar con la autorización previa de
los titulares de derechos afectados, sea directamente o sea a través de la intervención de una
entidad de gestión.
Pues bien, cuando la negociación para la obtención de derechos de explotación con vistas
a la producción de una edición electrónica se produzca directamente con el titular o titulares de
los derechos de propiedad intelectual, cada uno de los actos mencionados tendrán que hacerse constar expresamente en el contrato de edición para que el editor pueda llevar a cabo una
edición electrónica fuera de línea y/o en línea de la obra o prestación, sin trabas ni posibles
impugnaciones del contrato posteriores por los titulares de la propiedad intelectual.
Recuérdese, no obstante, lo dicho en un momento anterior en el sentido de la conveniencia
(si no necesidad) de gestionar la obtención de las licencias para incorporar una obra o prestación a una base o a una multimedia a través de las entidades de gestión correspondientes. En
este caso no será preciso celebrar un contrato de edición como tal. El contrato de edición se
prevé cuando la cesión de derechos de explotación se produzca por medio de una negociación
bilateral y directa entre el editor y el titular o titulares de los derechos. Pero si la negociación se
produce con una entidad de gestión la cesión de derechos de explotación tiene lugar de acuerdo con las formalidades y condiciones previstas de antemano por dicha entidad. Cuando el solicitante obtenga la licencia oportuna podrá proceder a la incorporación de los contenidos a la
base o a la multimedia sin mayores formalidades.
166
Lo habitual es que sean el creador o creadores de la base de datos o de la obra multimedia quienes soliciten y en su caso obtengan las oportunas licencias de las entidades de gestión para poder crear la base o la multimedia. Y una vez terminada ésta negocien con un editor para su edición y explotación en el mercado.
No obstante, es habitual que la creación y producción de bases de datos electrónicas y
obras o productos multimedia se produzca en el seno de personas jurídicas, por personal
laboral cualificado, estando en estos casos habitualmente ante supuestos de obra colectiva
(art. 8 TRLPI) donde la propiedad intelectual corresponderá a la persona (por ejemplo, el editor, incluso aunque sea una persona jurídica, como una sociedad, asociación o fundación o
incluso una persona jurídica pública) que coordine, edite y divulgue bajo su nombre esa obra
formada por aportaciones de distintas personas. Pues bien, en estos casos, para ahorrar costes de transacción lo habitual es que el editor o productor negocie con entidades de gestión a
fin de conseguir las licencias oportunas para utilizar contenidos preexistentes a los efectos de
crear, producir (editar) y explotar la base de datos o multimedia.
Vamos a centrarnos aquí en el contenido del contrato de edición, pensando en la edición
electrónica de contenidos monográficos. La creación y producción (edición) de bases de datos
y obras multimedia se regirá generalmente (salvo contacto directo con cada uno de los titulares de derechos afectados, pensando en bases de datos y obras multimedia con contenidos
muy concretos) por lo expuesto anteriormente en relación con los aspectos contractuales de
las licencias de explotación cuando se habló de la adaptación del derecho de propiedad intelectual al entorno digital.
Cuando la edición electrónica planificada sea fuera de línea, en el contrato habrá de mencionarse la cesión por parte del autor o sus derechohabientes o del titular del derecho afín al
editor, del derecho de reproducción electrónica o digital de la obra o prestación a efectos de
su digitalización (salvo que fuera entregada ya en formato digital) y a efectos de su incorporación a uno o varios soportes electrónicos que deberán mencionarse expresamente (cfr., disquete, CD, CD-ROM). Asimismo deberá cederse el derecho de distribución en la modalidad o
modalidades previstas para la comercialización de la obra o prestación: compraventa o alquiler de ejemplares o, en su caso, licencia de uso. Conviene hacer constar siempre la modalidad para evitar equívocos posteriores, sobre todo en el caso de las licencias de uso, ya que
se trata de una nueva modalidad aceptada cada vez más en la práctica pero no contemplada
expresamente en la Ley. Finalmente, cuando se planee la distribución de ejemplares electrónicos mediante licencias de uso (habitual en el caso de programas de ordenador, bases de
datos electrónicas y obras multimedia), conviene incluir en el contrato de edición la cesión por
el autor al editor del derecho de reproducción para el uso o utilización personal de la obra o
prestación, a efectos de su posterior cesión por el editor a cada uno de los usuarios (recuérdese que la licencia de uso se configura jurídicamente como la cesión limitada del derecho de
reproducción a efectos de uso personal).
Cuando la edición electrónica planificada sea en línea, el contrato de edición deberá
contener la cesión del derecho de reproducción en la misma forma vista en el párrafo anterior y la cesión del derecho de comunicación al público en su modalidad de transmisión en
línea por redes telemáticas como Internet, a fin de permitir al editor realizar su explotación
en línea. No es necesario incluir el derecho de distribución en ninguna de sus modalidades
ya que no existen ejemplares a distribuir, decayendo así en este nuevo tipo de edición electrónica uno de los pilares básicos del concepto básico de contrato de edición y de publicación. Habrá que incluir expresamente también la cesión del derecho de reproducción para
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procurar el uso o utilización privada de la obra o prestación, pues no se olvide que la explotación en línea se concibe como un servicio de transmisión que lleva aparejada una licencia de uso implícita (caso que no se diga nada para el acceso y copia) o explícita (caso que
se obligue al usuario a celebrar un contrato de licencia en línea, del tipo web wrap o mouse
clic, para poder acceder, visualizar y en su caso copiar el contenido a distancia por medios
telemáticos).
Cuando se piense incorporar una obra o prestación determinada en el conjunto de una
obra multimedia, junto con otras obras, prestaciones, datos o informaciones en general, el
contrato de edición deberá contener la cesión del derecho de transformación de la obra de
que se trate, especificando el modo en que se va a producir la misma, es decir, el modo en
que se va a integrar la obra en el conjunto de la base de datos o de la obra multimedia, explicando también cual será la forma final de ésta última.
Sea cual fuere el tipo de explotación por el que se opte, conviene detallar en el contrato de edición la forma de explotación prevista. Esto es, si la distribución de ejemplares va
ser gratuita u onerosa, en régimen de venta o de licencia de uso. O si la explotación en línea
va a consistir en permitir el acceso y consulta (reproducción provisional en memoria RAM)
y/o, en su caso, la descarga electrónica (reproducción o copia permanente en disco duro o
en un soporte electrónico externo como un disquete) y si se va a hacer de forma gratuita u
onerosa (a cambio de un precio).
Por último, aunque no sea necesario, no estaría de más señalar que corren de cuenta
exclusiva del editor la creación o contratación del sitio web u otro sitio en línea donde se
vaya a incorporar la obra o prestación digitalizada, así como la contratación o fabricación
de medidas tecnológicas de protección (control de acceso, anticopia, marcas de agua) y
de sistemas o códigos de información para la gestión de derechos (por ejemplo, DOI).
Pues bien, previendo la traslación del sector editorial hacia las nuevas publicaciones
electrónicas en línea y fuera de línea, muchos editores están optando en la práctica por
hacerse con el conjunto de los derechos de explotación de una obra o prestación, sin especificar la modalidad, para proceder después a realizar una explotación global de la obra o
prestación en todos los formatos posibles, es decir, en cualquier soporte, incluyendo soportes intangibles (no físicos) para hacer accesible la obra o prestación mediante transmisión
en línea a través de Internet.
Así, surgen nuevos modelos de cláusulas contractuales, que pueden sintetizarse de la
siguiente manera:
1. El autor cede al editor los derechos de explotación económica de la obra, y en especial los derechos a divulgar y/o publicar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente y transformar la misma, en cualquier medio o soporte, escrito, gráfico, fonográfico, audiovisual, informático, digital, magnético, óptico o telemático.
2. La obra podrá presentarse en formato digital o electrónico que puede ser: a) off line,
en cualquier tipo de soporte físico electrónico, como disquete, CD, CD-ROM,CD-I,
Minidisc, Laserdisc, o cualquier otro conocido o por conocer; b) on line, sin soporte
material, a través de redes digitales telemáticas.
3. El editor queda facultado para la explotación digital o electrónica de la obra, que
comprende las operaciones de digitalización, almacenamiento en base de datos,
incorporación a producción multimedia, incorporación a soporte físico óptico o magnético e incorporación a sitio en línea para su transmisión telemática.
168
Como podrá apreciarse, no se hace referencia explícita a las modalidades específicas de
los distintos derechos de explotación cedidos, lo cual atenta contra lo dispuesto en algunas
legislaciones (como la española) que exigen la mención en el contrato de las modalidades
de explotación previstas respecto a cada derecho cedido (art. 43.1 TRLPI). No obstante, para
evitar lagunas contractuales, la propia Ley española recoge una norma de integración contractual entendiendo que si no se mencionan las modalidades de explotación cedidas por el
titular de la propiedad intelectual al editor, la cesión quedará limitada a aquella o aquellas
modalidades que se deduzcan necesariamente del propio contrato y que sean indispensables para cumplir la finalidad del mismo; lo cual podrá deducirse de la forma de explotación
de la obra o prestación prevista en el contrato (art. 43.2 TRLPI), si es que ésta se menciona
expresamente. Por ejemplo, aunque no se especifique nada, si se hace constar que se
ceden los derechos patrimoniales de la obra o prestación para la explotación en línea de la
misma, habrá que entender que se ceden, como mínimo, el derecho de reproducción en su
modalidad de reproducción digital para la explotación económica (a efectos de la producción
o edición como tal) y para mero uso (a efectos de comercialización en línea), y el derecho de
comunicación al público en su modalidad de transmisión en línea.
Pero, claro está, esa integración contractual sólo tendrá sentido cuando se deduzca claramente la finalidad última de la cesión de derechos. Así, si no se menciona la intención de
las partes de incluir una obra en una producción multimedia y la manera concreta en que se
integrará en la misma, no parece correcto admitir como válido el contrato donde únicamente
conste la cesión genérica, sin precisión alguna, del derecho de transformación.
En definitiva, a la vista del impacto económico que la explotación digital, sea off line, o
sea on line, puede tener para los legítimos intereses económicos de los titulares de la propiedad intelectual y para los propios editores, para evitar equívocos es recomendable que
los contratos de edición por los que el titular de la propiedad intelectual cede al editor los
derechos de explotación de la obra o prestación modifiquen su contenido clásico y habitual cuando ambas partes acuerden la cesión de derechos para una edición electrónica y,
en su caso, para una publicación multimedia.
Para ello deberán incluir no sólo ya la cesión amplia (en sus distintas modalidades) de
los derechos de reproducción y de distribución, sino, también, en su caso, la cesión del
derecho de comunicación pública y del derecho de transformación cuando sea necesario
(por ejemplo, para la inclusión de la obra o una parte de la misma en una obra multimedia
o en una base de datos). Y además, deberán constar expresamente las modalidades concretas de explotación dentro de cada derecho propias de los productos o publicaciones
electrónicas, tales como la digitalización, la carga o reproducción electrónica (upload) de
la obra o prestación en un soporte tangible o intangible para su explotación y la reproducción temporal (memoria RAM) o permanente (disco duro) necesaria para su simple uso,
por lo que respecta -todo ello- al derecho exclusivo de reproducción; en su caso, la incorporación a una obra multimedia a una base de datos respecto al derecho de transformación; la compraventa, alquiler y licencias de uso como fórmulas de distribución de ejemplares, y la transmisión en línea a la carta, temporal (percepción en pantalla y utilización y disfrute de la obra o prestación sólo durante la conexión) o definitiva (descarga electrónica o
download y, en su caso, copia impresa de la obra o prestación) como modalidades de
comunicación pública.
A modo de ejemplo de cláusulas contractuales que reflejen de forma sintética pero precisa una cesión amplia de los derechos de explotación para la edición y comercialización
de publicaciones electrónicas fuera de línea y en línea podrían servir las siguientes:
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1. El autor cede al editor los derechos exclusivos de reproducción, distribución y comunicación al público con vistas a la digitalización de la obra y su incorporación posterior a ejemplares electrónicos del tipo CD-ROM u otro análogo para su distribución
en el mercado en las modalidades de venta, alquiler, préstamo y licencias de uso y/o
a su incorporación a la memoria interna de un ordenador servidor para su comunicación al público mediante transmisiones en línea a la carta, instrumentadas para su
comercialización mediante licencias de uso.
2. El autor cede también el derecho de reproducción electrónica temporal en memoria
RAM de los equipos receptores y la descarga o reproducción electrónica permanente o duradera en soportes electrónicos tangibles o intangibles, a efectos de que el
cesionario pueda autorizar a los usuarios legítimos el uso temporal, duradero o permanente de una copia digitalizada de la obra mediante la correspondiente licencia.
3. El autor cede el derecho de transformación para la traducción de la obra y su incorporación a una base de datos electrónica o a una obra multimedia en las condiciones que se establezcan con el editor llegado el momento de la incorporación,
mediante un anexo a este contrato.
Otra posibilidad, más exhaustiva, sería la siguiente:
1) El autor cede al editor, en exclusiva, todos los derechos de explotación sobre la obra
(reproducción, distribución, comunicación pública y transformación).
2) Dentro de la cesión definida en la cláusula anterior, el editor podrá realizar o autorizar durante la vigencia de este contrato las siguientes operaciones:
i) La reproducción de la obra por cualquier medio o soporte, tangible o intangible,
comprendiendo entre ellos el formato impreso tradicional y cualquier formato digital, que incluirá todo sistema de almacenamiento y retirada de información. Se
incluye expresamente en la cesión del derecho a reproducir la obra, la facultad de
autorizar a terceros para la reproducción total o parcial, permanente o provisional
de la obra en cualquiera de los soportes mencionados anteriormente, sea directamente desde el producto editorial, o sea a través de cualquier sistema de transmisión telemática desde un centro servidor, mediante la reproducción temporal en
memoria RAM o similar para visualizar y utilizar en pantalla la obra, o bien mediante su descarga o «download» en la memoria interna del equipo receptor del usuario o en un soporte óptico o magnético externo introducido en el mismo.
ii) La distribución de copias físicas de la obra en soportes electrónicos magnéticos,
ópticos o magneto-ópticos, como disquetes, CD, CD-ROM, DVD, CD-I o similares,
a través de todos los canales de distribución, sean tradicionales (mayoristas y/o
minoristas) o novedosos (como la comercialización a través de Internet), mediante su venta, alquiler, préstamo o cesión del derecho de uso, sea gratuita u onerosamente.
iii) La comunicación pública de la obra mediante su transmisión en línea a la carta
por medios telemáticos abiertos o cerrados (Internet, Intranets), de manera que
cada miembro del público pueda acceder a la misma, sin necesidad de ejemplares, desde el lugar y en el momento que libremente elija, independientemente del
medio elegido, existente en la actualidad o por crear en el futuro.
iv) La transformación de la obra con vistas a su posible incorporación a bases de
datos electrónicas, o bien con miras a su incorporación junto con otras obras, prestaciones o materiales complementarios a una obra o producción multimedia,
pudiendo incorporar el editor o un tercero con su autorización, en especial, programas de ordenador, como otros elementos de naturaleza gráfica, sonora, visual o
audiovisual, comprometiéndose el editor a poner en conocimiento del autor pun170
tualmente las modificaciones, alteraciones o incorporaciones de su obra a una
base de datos concreta o a una obra multimedia específica, a fin de que el autor
pueda ejercitar en caso de disconformidad los derechos morales que legalmente
le correspondan.
v) También se cede el derecho de transformación a fin de traducir la obra a todas y
cada una de las lenguas extranjeras en las que el editor desee explotar la obra,
autorizando el autor al editor para designar a su libre elección a las personas
encargadas de realizar la traducción que corresponda, corriendo de su cuenta
todos los gastos que de la misma puedan derivarse.
Cuanto más precisa sea la redacción de los contratos, en función de la finalidad última
de los mismos (edición fuera de línea, en modalidad de venta o de licencia de uso; edición
fuera de línea, inclusión en una producción multimedia en línea o fuera de línea) menos
problemas se plantearán en la práctica entre titulares de derechos y editores.
Problemas que es necesario solventar de antemano para que no afecten a la normal
explotación de la obra o prestación en formato electrónico y la consiguiente inversión necesaria para su producción. Piénsese por ejemplo, en un editor que no obtenga la cesión de
los derechos necesarios para realizar ediciones electrónicas y vea cómo el titular de la propiedad intelectual o sus derechohabientes deciden ceder esos derechos a otro editor o
bien proceder a explotar por sí mismos sus obras o prestaciones en formatos electrónicos.
Por lo que respecta al resto del contenido de los contratos de edición para la producción y comercialización de publicaciones electrónicas fuera de línea y en línea, parece que
habrá que estar a la voluntad de las partes y a lo expresamente previsto en la Ley, sin perder de vista la necesidad de adaptar las disposiciones contractuales y legales del contrato de edición a las nuevas formas de edición y publicación en línea que prescinden de un
elemento esencial de la edición tradicional como es la fabricación y distribución de ejemplares. En este sentido, parece que el contenido mínimo de un contrato de edición sufriría
alguna modificación cuando se tratase de una edición en línea, como también deberían
adaptarse las obligaciones legales impuestas al editor, mientras que en principio no deberían presentar alteraciones las obligaciones legales del autor.
Ninguna variación debería contener el contrato respecto a su formalización por escrito y
sobre la necesidad de expresar en el mismo si la cesión de derechos tiene carácter exclusivo o no, su ámbito territorial y el plazo en que el autor debe entregar el original de su obra al
editor. Sin embargo, al faltar ejemplares en la edición en línea, carecen de sentido las estipulaciones necesarias sobre el número máximo y mínimo de ejemplares de cada edición (lo
que no impide que se pacten varias ediciones en línea, que realmente serían nuevas versiones, se entiende que corregidas y ampliadas, de la primera), sobre la forma de distribución
de los ejemplares y el número de ellos reservado al autor o a la crítica y promoción de la obra,
ni sobre el plazo para la puesta en circulación de los ejemplares. Estipulaciones éstas que
deberán adaptarse contractualmente a las singulares características de la edición en línea,
sustituyendo las referencias al número de ejemplares, forma de distribución y plazo de puesta en circulación de los mismos por una mención expresa al sitio o sitios web (u otros sitios
en línea) en los que se va a poner la obra o prestación a disposición del público, la forma en
que se va a proceder a la explotación de la obra (mediante licencias de uso retribuidas o
accesos gratuitos), y la duración mínima o máxima de la permanencia de la obra o prestación en el sitio o el número de accesos y/o descargas mínimo o máximo convenido para mantener la obra en el sitio, a efectos de impedir al editor interrumpir la explotación en línea arbitrariamente.
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De la misma manera habrán de modificarse las estipulaciones relativas a las obligaciones del editor de una publicación en línea, cuando resulte necesario por el formato intangible y la explotación inmaterial de la misma. Así, el editor deberá reproducir la obra en la forma
convenida (digitalización, maquetación y carga en el servidor), sin introducir ninguna modificación que el autor no haya consentido y haciendo constar en el sitio en línea donde se
ponga la obra a disposición del público el nombre, firma o signo que identifique al autor (aprovechando para ello, en su caso, los nuevos sistemas de identificación e información electrónica para la gestión de derechos), deberá también someter al autor las pruebas de tirada
(más correctamente, sería hablar de puesta a disposición del público en línea) y asegurar a
la obra una explotación (en línea) continua y una difusión comercial (promoción y publicidad)
conforme a los usos habituales en el sector profesional de la edición.
El resto de derechos y obligaciones de las partes, así como las posibilidades de resolución y causas de extinción tendrán que interpretarse de la misma manera expuesta para el
contenido mínimo y obligaciones del editor, en el sentido de adaptarlas en lo posible a una
edición en línea, o bien de ignorarlas por resultar innecesarias debido a la inexistencia de
ejemplares (cfr. derechos del autor en casos de venta en saldo y destrucción de la edición y
control de tirada).
Especial incidencia puede tener la problemática de la remuneración en el campo de la
edición de publicaciones electrónicas, ya que, a diferencia de lo que ocurría con los formatos tradicionales, la tecnología digital permite una rebaja sustancial en los costes de fabricación o producción y en los costes de comercialización (sobre todo en las explotaciones
en línea donde se puede eliminar por completo a los intermediarios, comercializando la
obra o prestación el editor directamente entre el público), además de un mayor control del
acceso y uso de las obras y prestaciones por parte del público. Por eso, en el terreno jurídico deberá optarse normalmente por una remuneración proporcional en los ingresos de
la explotación (que por lo demás se configura generalmente en la Ley como el principio
general en esta materia), y en el terreno meramente económico tendrán que revisarse al
alza los porcentajes pactados habitualmente entre editores y autores, beneficiando también a autores (y titulares de derechos afines) de la importante rebaja de costes mencionada y de las más amplias posibilidades de difusión conferidas por la extensión universal
de las redes telemáticas como Internet, para evitar así posibles acciones judiciales de revisión de contratos.
No obstante, las reglas de la (en principio excepcional) remuneración a tanto alzado
podrán seguir teniendo una importante aplicación práctica en torno a las publicaciones
electrónicas cuando el objeto de la transmisión de derechos sea una obra o parte de una
obra (o prestación) dirigida a incorporarse junto con otras obras o prestaciones en un producto multimedia o en una base de datos electrónica, ya sea porque tengan carácter accesorio respecto de la actividad o del objeto material a los que se destinen, ya porque la obra
utilizada con otras no constituya un elemento esencial de la creación intelectual en la que
se integre, o ya porque atendida la modalidad de explotación, exista dificultad grave en la
determinación de los ingresos o su comprobación sea imposible o de un coste desproporcionado con la eventual retribución. En términos genéricos, podría decirse que procedería
la remuneración a tanto alzado cuando la inclusión de una obra o prestación en una producción multimedia o en una base de datos electrónica fuera accesoria y no esencial respecto al conjunto de la obra o producto en el que se integra y, atendiendo a la forma de
explotación (comercialización), no fuera posible su acceso y disfrute (recuperación) individualizado por parte de los usuarios con fines de conservación a cambio de un precio fija172
do de antemano por el titular de los derechos sobre el producto multimedia o sobre la base
de datos (comercialización individualizada mediante reproducción temporal para visualización o audición en pantalla y/o altavoces, y descarga o reproducción electrónica permanente en el equipo informático receptor de cada usuario).
LA EDICIÓN ELECTRÓNICA DE OBRAS O PRESTACIONES EDITADAS ANTERIORMENTE EN
FORMATOS TRADICIONALES
Uno de los principales problemas prácticos que se plantean actualmente consiste en
las numerosas iniciativas para editar en formatos electrónicos fuera de línea y/o en línea
obras y prestaciones que ya habían sido editadas con anterioridad por el mismo editor en
formatos tradicionales (libro, cinta de vídeo, etc.), aprovechando la cesión de derechos
realizada para la edición primitiva por el autor, sus derechohabientes o titular del derecho
afín y, por tanto, sin proceder a recabar una nueva cesión de derechos para la nueva edición mediante la celebración de un nuevo contrato de edición o la inclusión de un anexo
en el anterior.
¿Podrá el editor de una obra o prestación preexistente publicada en formato analógico
producir y explotar o autorizar a un tercero la producción y explotación de una edición electrónica en línea o fuera de línea de esa misma obra o prestación fundándose en las estipulaciones del contrato de edición vigente sin modificar para nada el mismo y sin contar
con ninguna autorización adicional del autor o titular de una prestación afín?; ¿o será necesario revisar las estipulaciones del contrato de edición a fin de contar con el expreso consentimiento del autor o titular del derecho afín para realizar o autorizar los actos necesarios para explotar la publicación electrónica no contemplados expresamente en el mismo?
En algunos círculos se sostiene que, con vistas a fomentar los nuevos productos y servicios editoriales en beneficio no sólo de la industria sino también del desarrollo mismo de
los contenidos en la sociedad de la información, la normativa sobre cesión de derechos de
explotación en un contrato de edición debe interpretarse en términos lo suficientemente
amplios como para dar cabida en los mismos, sin necesidad de revisiones o actualizaciones convencionales del contenido clásico del contrato, a las nuevas formas de edición
electrónica en línea y fuera de línea. Desde esta perspectiva, la cesión de los derechos de
reproducción y distribución inherentes al concepto clásico de edición se extendería a todos
los formatos y a todas las modalidades de reproducción y distribución necesarias para la
producción y posterior comercialización en masa de la obra o prestación independientemente de su formato analógico o digital. Esto es, en virtud de un contrato de edición sobre
una obra o prestación nueva o preexistente el editor estaría facultado para realizar o autorizar a un tercero las reproducciones electrónicas necesarias, primero, para la conversión
digital de la obra o prestación -si no tuviera ya ese formato-, y después, para la explotación comercial de las mismas tanto mediante la producción masiva y comercialización de
ejemplares electrónicos (explotación fuera de línea), como a través de transmisiones en
línea telemáticas (explotación en línea), incluyendo normalmente la inclusión de la obra o
prestación digitalizada a una base de datos electrónica para su explotación colectiva junto
con otras obras o prestaciones de la misma clase, sin necesidad de contar con un nuevo
consentimiento del autor o titular del derecho afín (consentimiento, dicen, que se entendería implícito ya en la cesión de los derechos de reproducción y distribución mediante el
contrato de edición).
173
Sin embargo, no debería olvidarse que las ventajas económicas ligadas a las publicaciones electrónicas (reducción de costes y mayores posibilidades de difusión) no se pueden liberar de los imperativos jurídicos asociados a la protección de los derechos del autor,
presente de forma notable-por constituir sin duda uno de sus principales fines- en la legislación sobre propiedad intelectual. Además, no puede olvidarse que en las publicaciones
electrónicas en línea varía de manera importante el contenido del contrato de edición típico, ya que la nueva actividad editorial de explotación en línea requiere necesariamente una
cesión de un derecho poco o nada frecuente hasta ahora en el campo de la edición: el
derecho de comunicación al público en su modalidad de transmisión en línea, que adquiere una relevancia trascendental con vistas al mercado editorial en línea que poco a poco
emerge en autopistas de la información como Internet. Como tampoco puede olvidarse
que la inclusión de obras preexistentes en bases de datos y producciones multimedia no
puede pasar sin el consentimiento expreso del titular de la propiedad intelectual mediante
la cesión del derecho de transformación; y ello, además, porque la inclusión en la multimedia puede afectar al derecho moral a exigir el respeto a la integridad de la obra, integridad
que sin duda se ve fuertemente modificada con su inserción en una obra multimedia.
Por ello, parece que las editoriales tendrán que pensar detenidamente la decisión de
publicar en formatos electrónicos obras o prestaciones anteriores sobre las que hubiesen
obtenido los «derechos de edición» y, como consecuencia de ello, la imperiosa necesidad
de celebrar nuevos contratos que tengan la amplitud y la claridad suficientes para abarcar
las diversas posibilidades de explotación ofrecidas por las nuevas tecnologías, o bien,
mediante anexos a los contratos existentes, de concertar cesiones complementarias que
pueden negociarse directamente con los autores o titulares de derechos afines o posteriormente, caso que hubieran fallecido o desaparecido en el caso de personas jurídicas, con
sus legítimos derechohabientes, sin perjuicio de que se implementen mecanismos o sistemas de gestión colectiva automatizada de licencias por entidades de gestión o por asociaciones de creadores, productores o artistas, que actuarían bajo mandato de los respectivos
autores o sus derechohabientes.
El problema aquí expuesto ha sido tratado en diversas sentencias de países extranjeros, solucionándose en todas ellas en el sentido de que el editor de contenidos preexistentes deberá recabar nuevamente el consentimiento de los titulares de derechos de autor o
derechos afines para proceder a la producción y explotación de ediciones digitales en línea
y/o fuera de línea de los mismos contenidos (cfr. caso Tasini v. New York Times en EE.UU;
caso Progrès en Francia, Station Central en Bélgica, Volkskrant en Holanda...).
También puede darse en la práctica el caso contrario, esto es, que el titular de la propiedad
intelectual que había cedido a un editor la explotación de su obra o prestación en formato tradicional, decida ceder a un tercero o explotar por sí mismo esa misma obra en formato electrónico
sin contar con el consentimiento del primer editor. ¿Puede el autor o titular del derecho afín
emprender por sí mismo o ceder a un tercero la reproducción digital, la distribución de ejemplares
electrónicos y la transmisión en línea de la obra o prestación cedida anteriormente a otro editor o
productor para su explotación o edición tradicional sin contar con la expresa autorización de este
último?
En una primera aproximación al problema, consecuente con las soluciones expuestas anteriormente para el caso contrario, parece que si en el primer contrato de edición o licencia de explotación no se hubieran cedido expresamente los derechos y modalidades necesarios para llevar a
cabo los actos de explotación de la obra o prestación en formatos electrónicos, el autor o titular
174
del derecho conexo aparecería perfectamente legitimado para explotar por sí mismo (autoedición)
o autorizar a un tercero para llevar a cabo una explotación digital de esa misma obra o prestación
mediante ejemplares electrónicos y/o a través de servicios de transmisión en línea.
En esta sentido se ha pronunciado el Tribunal Supremo austríaco en el denominado
«caso Bayer», en el que el escritor Konrad Bayer decidió autorizar la inclusión en un sitio
web y consiguiente difusión o explotación en línea de algunas de sus obras sin contar con
la autorización de la editorial a la que había cedido previamente la explotación de sus
obras completas en el año 1984, demandando ésta al escritor por incumplimiento de contrato. El mencionado Tribunal, en sentencia de 12 de agosto de 1998, entiende que en el
contrato de edición de las obras completas fechado en 1984 no podía considerarse incluida -ni siquiera de forma implícita- la explotación en línea a través de redes telemáticas
como Internet de las obras cedidas, por lo que el autor cedente era muy libre de realizar
por sí mismo o autorizar a un tercero la explotación de sus obras mediante transmisiones
en línea. En la misma línea se ha pronunciado una sentencia del Segundo Circuito de la
Corte de Apelaciones de Estados Unidos, de 8 de mayo de 2002, en el Caso Random
House c. Roseta Books, en el que un autor cede los derechos de explotación para la edición de su obra en formato analógico a un editor (Random House) y autoriza paralelamente a otro editor (Roseta Books) la edición electrónica de las mismas obras o prestaciones
sobre la base de que los derechos de explotación on line no fueron objeto de cesión en el
primer contrato.
Esta interpretación puede resultar excesivamente comprensiva y permisiva para con
los intereses de los creadores y titulares de derechos afines pero netamente restrictiva con
los intereses económicos de editores y productores, por lo que no parece conveniente pronunciarse de una manera unívoca y tajante a favor de las facultades del autor o titular del
derecho afín de realizar o autorizar a un tercer editor o productor la explotación electrónica no contemplada ni deducida siquiera implícitamente en el primer contrato de edición o
licencia de explotación. Así, aunque la Jurisprudencia indicada se ha mostrado a favor de
tales prácticas partiendo de la distinta naturaleza de los derechos y modalidades de explotación objeto de la cesión en uno y otro caso, esta actuación por parte de los titulares originarios de la propiedad intelectual podría constituir, en casos concretos, una actuación de
mala fe y un abuso de derecho que podría combatirse recurriendo a los principios generales del ordenamiento jurídico (cfr. art. 7 Código Civil).
Además, la composición de intereses plasmada en cada contrato y la estructura competitiva del mercado editorial y de explotación de obras y prestaciones en general recomienda estar y pasar por la lógica del caso concreto; reunir y analizar todas las circunstancias (económicas, temporales, etc.) concurrentes en cada caso concreto y decidir en consecuencia. Quiere decirse con ello que si la explotación en formatos electrónicos en línea
o fuera de línea por parte del propio titular de la propiedad intelectual o de un tercero autorizado de obras o prestaciones cedidas y explotadas anteriormente por un editor o productor en formatos analógicos tradicionales, perjudicase o fuese susceptible de perjudicar la
explotación normal de la obra o prestación y los legítimos intereses económicos del primer
editor o productor, el autor o titular del derecho conexo no debería poder explotar por sí
mismo o mediante cesión a un tercero esa misma obra o prestación en formatos electrónicos sin contar con la autorización previa del editor o productor original, máxime cuando
la explotación electrónica (sobre todo en línea) es susceptible de llegar a un número
mucho mayor de posibles usuarios y en condiciones económicas más ventajosas, además
de aumentar considerablemente el riesgo de piratería doméstica (reproducciones y trans175
misiones en línea masivas), perjudicando o cuando menos arriesgando significativamente
la explotación normal de la obra o prestación comercializada anteriormente en formatos analógicos tradicionales.
En este sentido, la implicación de varios o de todos los derechos de explotación tipificados en los procesos de producción o edición y explotación o publicación de obras o prestaciones en formatos electrónicos, hace que por parte de la industria se incluyan cada vez
con más frecuencia en los contratos de edición o licencias de explotación, a modo casi de
condición general, cláusulas por las que el autor o titular del derecho conexo cede al editor o productor todo tipo de explotación sobre la obra o prestación, o lo que es lo mismo,
todos los derechos de explotación de la obra o prestación en sus distintas modalidades, lo
cual tampoco es aconsejable salvo que se especifiquen claramente las distintas modalidades de explotación incluidas dentro de cada derecho objeto de la cesión.
En definitiva, de lo expuesto podrá deducirse la importancia de los aspectos contractuales para la realización de ediciones electrónicas, sean fuera de línea o en línea. Antes
de proceder a la maquetación de contenidos, su ejecución y explotación, será preciso contar con las autorizaciones pertinentes por parte de los titulares de la propiedad intelectual,
ajustando los contratos de edición al proyecto editorial concreto y buscando un equilibrio
entre el respeto a los derechos de los titulares de la propiedad intelectual y las legítimas
expectativas económicas del editor.
Una vez lista la publicación electrónica será preciso tener en cuenta los aspectos relativos a la solicitud del código de identificación (ISNB, ISSN), del depósito legal y, en el caso
de contenidos nuevos, del registro de la propiedad intelectual. Para evitar reiteraciones nos
remitimos a lo expuesto anteriormente cuando tratamos del concepto de las publicaciones
electrónicas.
LA DIFUSIÓN DE CONTENIDOS DIGITALES. MODELOS DE NEGOCIO
Una vez expuestas las premisas a tener en cuenta para la creación, producción y
explotación de contenidos en formato digital, debemos centrarnos en los modos de difusión y/o explotación económica de los mismos, pensando fundamentalmente en contenidos científicos. Para ello es preciso tener muy presentes las indicaciones efectuadas ya en
relación con los aspectos contractuales asociados a la adaptación del derecho de la propiedad intelectual al entorno digital incluyendo el contrato de edición electrónica.
Los modos de difusión o explotación de contenidos en formato digital variarán en función del formato fuera de línea o en línea de los mismos. Esto es, en función de si los contenidos se incorporan a formatos electrónicos tangibles (ejemplares electrónicos) para ser
distribuidos entre el público o si se incorporan a formatos electrónicos intangibles (memoria interna de un equipo servidor) para ser difundidos en línea mediante transmisiones telemáticas. Habrá que distinguir también entre contenidos monográficos (libros electrónicos)
y contenidos periódicos (revistas electrónicas). Y también conviene tener presente la posibilidad de difundir o explotar íntegramente los contenidos o hacerlo por partes (por ejemplo por capítulos); optar por sistemas gratuitos o remunerados, de pago único o modelos
de suscripción. Finalmente deberá tenerse presente la opción por el simple acceso y consulta en pantalla o la descarga de contenidos, sin perjuicio de iniciativas mixtas. Y, final176
mente, no puede obviarse la opción por una difusión gratuita de contenidos con la intención de facilitar ampliamente el acceso, uso, difusión por cualquier medio e incluso la transformación de contenidos, según el modelo conocido como Creative Commons License.
En cualquier caso, debemos tener en cuenta y coordinar los aspectos tecnológicos con
los modelos de difusión y modelos económicos disponibles, así como con los negocios jurídicos necesarios para su ejecución.
Dado que pensamos prioritariamente en contenidos científicos de naturaleza básicamente escrita, debemos pensar en los modelos de difusión y negocio más idóneos para la
explotación de contenidos digitales monográficos, periódicos (revistas electrónicas) y también bases de datos que incluyan contenidos preexistentes o nuevos.
MODELOS PARA LA EXPLOTACIÓN-DIFUSIÓN DE CONTENIDOS OFF LINE
Los contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual incorporados a soportes digitales tangibles, esto es, ejemplares electrónicos, del tipo CD, CD-ROM, DVD, disquete, o cualesquiera otros similares, conocidos o que puedan inventarse y generalizarse
en el futuro se explotarán normalmente siguiendo los cauces habituales de la distribución,
es decir, mediante la compraventa de ejemplares en el mercado. No obstante, pueden surgir diversas variantes dentro de la compraventa o bien puede optarse por modelos de
negocio diferentes, en función, básicamente, de los contenidos que desean explotarse.
Centrándonos en los contenidos científicos, la explotación off line o fuera de línea
mediante la distribución de copias digitales de obras o prestaciones incorporadas a ejemplares electrónicos será habitual en contenidos de tipo monográfico (tesis doctorales u
otros trabajos de investigación, obras colectivas o en colaboración sobre temas de estudio
mono o interdisciplinar, etc.). También podrá utilizarse para las publicaciones de tipo periódico, como son las revistas científicas con salida trimestral, semestral, anual, etc., aunque
esta posibilidad será menos frecuente ante las mayores perspectivas que ofrece la publicación on line para este tipo de contenidos periódicos y renovables. La publicación fuera
de línea puede y suele emplearse también para bases de datos de contenidos científicos
o técnicos (artículos doctrinales, datos empíricos, legislación, jurisprudencia, etc.), aunque
es palpable en los últimos años la migración de este sector hacia el terreno en línea, pensando en las mayores posibilidades que ofrece ante la constante renovación de contenidos que requiere una base de datos. Sí que puede emplearse la explotación fuera de línea
para obras y productos multimedia.
Entre las distintas modalidades que ofrecen los modelos de negocio de distribución de
ejemplares, cuentan las siguientes:
La venta o compraventa de ejemplares: sin duda es la forma más tradicional de
explotación de contenidos incorporados a todo tipo de ejemplares, sean en formato
analógico o digital. Como ya se indicó la primera puesta en circulación de un ejemplar conteniendo una copia de la obra o prestación agota el derecho del titular de la
propiedad intelectual a controlar las reventas sucesivas que se puedan hacer del
mismo en el mercado único europeo (art. 19.2 TRLPI); con ello se facilita e impulsa
la libre circulación de mercancías en el Mercado Interior de la Unión Europea permitiendo incluso las importaciones paralelas, favoreciéndose la libre formación de precios y mayores posibilidades de elección de los consumidores. El adquirente de un
177
ejemplar que incorpore la copia de la obra o prestación, adquiere realmente la propiedad sobre el soporte y la copia en cuestión (pudiendo enajenarla posteriormente,
regalarla o destruirla si así lo desea), pero no tendrá por ese solo título de propietario del soporte, ningún derecho de explotación sobre la obra o prestación en cuestión (art. 56.1 TRLPI). Sólo podrá revender o regalar (donar) el soporte y la copia a
un tercero, pero no podrá alquilarlo ni darlo en préstamo público sin el expreso consentimiento del titular de la propiedad intelectual (cfr. art. 19.2 TRLPI a sensu contrario). El problema de la venta de ejemplares es la necesidad de recurrir a redes de
distribución por parte del editor o productor que explota la obra o prestación en el
mercado, dejándose en el camino buena parte del beneficio final obtenido por la
venta final del producto entre los miembros del público. Sin embargo no pueden
ignorarse las posibilidades que confieren las nuevas tecnologías y, en concreto, la
aplicación de las mismas en operaciones de comercio electrónico. Son cada vez
más habituales las operaciones de comercio electrónico indirecto o fuera de línea
que afectan a contenidos protegidos por propiedad intelectual. De esta manera, el
titular de los derechos puede anunciar y ofertar la venta de ejemplares que contienen copias digitales de contenidos protegidos permitiendo la compra de los mismos
por el público a través de Internet, mediante la creación e implementación de plataformas de comercio o contratación electrónica. En estos casos, el contrato se produce directamente entre el titular de derechos y el miembro del público interesado a
distancia y por medios electrónicos, con la particularidad de que al tratarse de un
ejemplar la entrega del mismo se produce a posteriori a través de los cauces de distribución ordinarios (correo postal, mensajería, servicio de transportes, etc.). El pago
del ejemplar puede hacerse de forma anticipada (a través de tarjeta de crédito,
dando la Ley una respuesta eficaz a los posibles fraudes que pudieran producirse en
el art. 46 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de 15 de enero de 1996)
o bien contrarreembolso, una vez recibido el pedido. La contratación electrónica
tiene la ventaja de que reduce considerablemente los gastos en intermediación, que
prácticamente se ven reducidos a los costos del transporte, los cuales en muchas
ocasiones se repercuten en el precio a abonar por el comprador. La contratación
electrónica deberá cumplir con los requisitos (sobre todo de información precontractual y postcontractual) establecidos con carácter general en la normativa sobre
comercio electrónico (la Ley 34/2002, de 11 de julio, sobre servicios de la sociedad
de la información y de comercio electrónico, especialmente arts. 23 y ss.). Como se
ha dicho, la venta será el modelo más habitual para la comercialización de contenidos monográficos, pues se considera menos interesante para contenidos periódicos
y bases de datos si se compara con las posibilidades que la tecnología on line permite de cara a la renovación y consulta de contenidos.
El alquiler de ejemplares: otro modelo de negocio de explotación fuera de línea es
el alquiler de ejemplares (art. 19.3 TRLPI), aunque no tiene mucha incidencia en el
sector de contenidos literarios en general y científicos en particular, centrándose en
el mercado del vídeo. Además parece un sector condenado a la extinción cuando se
disponga del ancho de banda necesario para explotar plenamente la modalidad de
vídeo bajo demanda o a la carta mediante transmisiones en línea.
El préstamo de ejemplares: pensando en que los contenidos científicos pueden tener
origen habitualmente en entes e instituciones de carácter cultural, científico o educativo, no puede menospreciarse la fórmula de préstamo para dar a conocer sus resultados. El préstamo público constituye una forma o modalidad de distribución comprendida expresamente en el art. 19.4 TRLPI, según el cual se entiende por préstamo la puesta a disposición de los originales y copias de una obra (o prestación) para
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su uso por tiempo limitado sin beneficio económico o comercial directo ni indirecto,
siempre que se lleve a cabo a través de establecimientos accesibles al público; no
existirá beneficio económico comercial cuando el préstamo dé lugar al pago de una
cantidad que no exceda de lo necesario para cubrir sus gastos de funcionamiento;
la consulta in situ (dentro de la institución prestamista) de ejemplares de las obras y
prestaciones queda también excluida del concepto jurídico de préstamo. Así pues,
en principio, el préstamo público de ejemplares de obras y prestaciones quedaría
dentro de las facultades del derecho exclusivo de los titulares de derechos de autor
y derechos afines. Sin embargo, como reconocimiento al papel que la propiedad
intelectual debe jugar en la promoción de la cultura, la información, la ciencia y el
conocimiento, el art. 37 TRLPI establece una amplísima excepción o limitación al
derecho exclusivo de préstamo que prácticamente le deja sin efecto. Según el apartado 2 del citado art. 37 TRLPI, los museos, archivos, bibliotecas, hemerotecas,
fonotecas o filmotecas de titularidad pública o privada o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro,
o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, no precisarán autorización de los titulares de los derechos ni les satisfarán remuneración por
los préstamos que realicen. Puede decirse, en suma, que el préstamo no constituye
como tal un modelo de negocio, pero puede ser empleado por instituciones de carácter cultural, científico y educativo para difundir los ejemplares de obras y prestaciones que tengan entre sus fondos. No obstante, puede valorarse la posibilidad de que
las publicaciones promovidas directamente en el seno de instituciones científicas,
educativas o culturales sean puestas a disposición del público de forma gratuita y
temporal (que es la esencia del préstamo) a través de sus propias bibliotecas o centros similares, al tiempo que se opta por fórmulas comerciales (venta o licencia de
uso) o renunciando a la explotación comercial de esos contenidos.
Licencias de uso: como se ha dicho en diferentes momentos anteriormente, las licencias de uso suponen un nuevo modelo de negocio desarrollado por la industria de
los programas de ordenador y de las bases de datos incorporados a ejemplares
electrónicos, que consiste en separar el soporte y la copia de contenidos protegidos
incorporados al mismo. Así, mediante este modelo, el titular de derechos (directamente o a través de un vendedor intermediario) vende al usuario final el ejemplar o
soporte tangible (cuyo valor real es prácticamente cero sin la copia aneja), pero no
incluye en la venta la copia digital o electrónica de la obra o prestación que es lo que
confiere verdadero valor al negocio, sino que concede una licencia de uso personal
e intransferible (salvo que se disponga otra cosa). Licencia de uso que consiste realmente en la cesión limitada del derecho de reproducción de esa copia digital para fines
de simple acceso, uso y disfrute privado por parte del usuario autorizado expresamente o, en su caso, de su círculo familiar y de amistades, a cambio de un precio (modelo
de pagar por usar o pay per use). Eso implica la celebración de un contrato de licencia
de uso entre el titular de los derechos y el usuario. Contrato cuya perfección (encuentro de la oferta y de la aceptación) puede hacerse depender de un comportamiento concluyente, como es el hecho de romper el precinto del paquete donde se contiene el
ejemplar con la copia y las condiciones generales (por eso se habla de licencias paquetizadas o shrink wrap). Se entiende que una vez roto el paquete el usuario acepta las
condiciones de la licencia contenida en el mismo, por eso es importante destacar de
alguna manera este hecho en el envoltorio para dar la oportuna información a los consumidores. La licencia de uso (cesión del derecho de reproducción para uso) puede
limitarse a la reproducción de la copia digital en la memoria RAM o memoria de trabajo
del ordenador usuario para disfrutarla mientras se produce la lectura de la copia incor179
porada al soporte, o bien puede ser más amplia y permitir la descarga del contenido en
el disco duro del ordenador, permitiendo o no copias posteriores en soportes externos.
Existen ejemplares que sólo permiten la visualización en pantalla (o audición en su
caso), pero no la descarga y tampoco (ni siquiera) la impresión de contenidos. Otros,
sin embargo, permitirán la descarga de contenidos, es decir, la realización de al menos
una copia en el disco duro de un ordenador usuario, sin perjuicio de que incluyan medidas anticopia que impidan reproducciones posteriores en otros ordenadores o en
soportes externos, evitando así la copia y transmisión en cadena de contenidos, tan perjudicial para su explotación normal y para los legítimos intereses de los titulares de la
propiedad intelectual. Este sistema es el habitual en el sector del software y de las
bases de datos, así como en algunos productos multimedia de calidad. Sin embargo
genera importantes problemas relacionados con los derechos (sobre todo el derecho de
información) de los consumidores y usuarios, pues muchos piensan realmente que
están comprando la copia, a pesar de las indicaciones y advertencias contenidas en el
paquete y en la misma copia al ser ejecutada en el ordenador usuario. Para solventar
estos problemas así como los costes de la distribución de los ejemplares, los titulares
pueden recurrir nuevamente al comercio electrónico indirecto o fuera de línea. Mediante
un contrato electrónico a distancia se puede celebrar el contrato de compraventa del
soporte y, lo más importante, el contrato de licencia de uso sobre la copia de los contenidos incorporados a los mismos, indicando previamente al usuario contratante las
condiciones generales por las que se va a regir el negocio. Si éste acepta el contrato
(pulsando el clic y pagando, en su caso, el precio, salvo que se pacte el contra reembolso), celebrará un contrato de licencia de uso en línea (contrato clic wrap o web clic),
recibiendo luego el ejemplar electrónico correspondiente mediante los cauces de distribución habituales. Nuevamente, en este caso, deberá respetarse la normativa sobre
comercio electrónico. Los beneficios de la licencia de uso frente a la tradicional compraventa estriban en el mayor control que los titulares de derechos van a tener sobre el uso
que de su obra o prestación hagan los usuarios particulares, buscando impedir la reventa de contenidos y la copia masiva y en cadena de los mismos. A cambio, el titular de
derechos ofrecerá otros servicios o ventajas anejas, como puede ser la renovación de
contenidos o la distribución gratuita de mejoras en el producto, asistencia técnica, etc.
Se trata en suma de fidelizar al cliente: de procurar que el usuario no cambie de producto, que no se desprenda del mismo y se haga con las sucesivas versiones o actualizaciones del mismo. Por eso este sistema es habitual en el sector de los programas
de ordenador y de las bases de datos electrónicas, donde se reciben nuevos ejemplares con datos renovados previa entrega (en muchas ocasiones) de los ejemplares antiguos. Al no venderse la copia el adquirente del ejemplar podrá revender éste pero no la
copia incorporada, sobre la que tiene no la propiedad sino un derecho de uso personal
e intransferible, por lo que la venta del primero no tiene sentido. El problema reside en
la falta de cultura jurídica de la gran mayoría del público al respecto, que al suscribir la
licencia pensará normalmente que adquiere la propiedad sobre el conjunto y que, por
tanto, podrá disponer libremente, también, del ejemplar sobre la copia, lo cual puede dar
lugar a demandas por parte de los titulares de derechos al exceder los límites de lo permitido en el contrato. En cuanto a las medidas tecnológicas, será habitual que los ejemplares de obras y prestaciones distribuidos mediante licencias de uso vayan acompañados de medidas tecnológicas anticopia, apareciendo totalmente bloqueado el contenido que sólo podrá visualizarse en pantalla, permitiendo a lo sumo la impresión de la
totalidad o parte de los contenidos. Aunque también podrá permitirse la descarga y la
realización, por tanto, de una o varias copias adicionales. Lógicamente, la posibilidad de
no realizar copias o de realizar una o varias debería sentirse en el precio de la licencia.
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No obstante, la implementación de medidas anticopia o similares no es algo inherente
y exclusivo de la licencia de uso, sino que pueden incorporarse también a ejemplares
distribuidos en régimen de compraventa. No se trata con estas medidas de impedir las
reventas posteriores del producto (eso sólo lo consigue el compromiso contractual de
licencia de uso), sino de impedir la copia en cadena que procuran con inusitada facilidad las nuevas tecnologías. La violación de estas medidas conllevará las sanciones
civiles y penales previstas en el ordenamiento, tal y como se indicó en un momento
anterior.
Ejemplares no venales: donación y licencias de uso gratuitas: aunque en rigor no pueda
hablarse como tal de modelo de negocio, al no existir ingresos por la distribución de
ejemplares con los contenidos, los titulares de derechos pueden optar en determinadas
ocasiones (para promocionar su imagen, ofertas comerciales, etc.) por distribuir los
ejemplares con copias de contenidos protegidos mediante el regalo o donación de
ejemplares o bien recurriendo al sistema de licencias de uso gratuitas, para evitar la
venta posterior de los contenidos por parte de los adquirentes de los ejemplares gratuitos. No parece que estos modelos sean empleados en la distribución de contenidos
científicos, aunque puede optarse por los mismos para la promoción de nuevos contenidos; sobre todo de contenidos periódicos, sirviendo de reclamo para la contratación
de los sucesivos.
MODELOS PARA LA EXPLOTACIÓN-DIFUSIÓN DE CONTENIDOS ON LINE
Como se ha indicado ya, desde la perspectiva del derecho de la propiedad intelectual,
la difusión o explotación en línea de contenidos protegidos implica, primero, la digitalización de los mismos (las obras y prestaciones objeto del derecho de autor y de los derechos afines son bienes inmateriales susceptibles de digitalización, lo que hace que se
conviertan en el principal bien demandado por los usuarios en la Red), después su almacenamiento en un equipo servidor y la creación de una plataforma web o similar para su
puesta a disposición del público, produciéndose la explotación mediante transmisiones en
línea a la carga, esto es, previa petición de los usuarios (aunque pueden darse otras modalidades, como el envío de información mediante boletines on line, si bien la suscripción a
los mismos requerirá normalmente la solicitud previa del usuario, pues de lo contrario nos
situaríamos en la órbita del spam o comunicaciones comerciales no solicitadas), incluyéndose finalmente una reproducción electrónica en la memoria interna del equipo usuario o
receptor, sea con carácter temporal (reproducción en memoria RAM mientras dure la conexión), sea con carácter permanente o más o menos duradero (en el disco duro del ordenador receptor y/o en un soporte externo).
A estos efectos, podemos encontrar varias opciones de difusión de contenidos y modelos de negocio en la explotación en línea, permitiendo unos solamente el acceso y disfrute de los contenidos en pantalla y/o altavoces, incluyendo en su caso la posibilidad de
impresión de algunos materiales; facilitando otros la descarga de contenidos con carácter
permanente, determinado únicamente por la propia obsolescencia de la copia o del contenido en cuestión; pero también caben fórmulas mixtas de visualización en pantalla y/o descarga, sea de la totalidad o de parte de los contenidos; y más aún, existen modelos que
permiten la descarga plena de contenidos, si bien las copias digitales descargadas están
sometidas a una fecha de caducidad, quedando inutilizables o autodestruyéndose pasado
un tiempo determinado (copias evanescentes pues se desvanecen o destruyen pasado un
tiempo desde su descarga). Finalmente, son cada vez más comunes modelos amplios de
181
licencia que no se limitan a reconocer la facultad de uso personal, sino que permiten también la libre reproducción, difusión y transformación de contenidos, en coherencia con los
movimientos ya clásicos de Internet que defienden el hecho de compartir contenidos como
la mejor manera de promover la creación, el progreso, la cultura y la ciencia.
Pero el sistema creciente de Creative Commons no implica como tal un desconocimiento de los derechos de propiedad intelectual. Es decir, la supuesta confrontación entre
copyright (derecho a la copia y otras formas de explotación) y copyleft (libre realización de
copias y otros actos de explotación), no es del todo cierta. Antes bien, como vamos a
demostrar más tarde, son sistemas perfectamente compatibles. Se trata únicamente de la
decisión libre de los titulares de derechos por explotar económicamente sus obras y prestaciones o por compartirlas con el resto de la sociedad, sin perjuicio de la posibilidad de
optar por fórmulas mixtas.
En este sentido, aunque existan movimientos contrarios a la defensa de los derechos
de propiedad intelectual proponiendo la apertura de los mismos para promover así el conocimiento y el progreso, no puede ignorarse que la propiedad intelectual juega un papel muy
importante en el sistema de economía de mercado y, en particular, en el mercado virtual
generado en torno a Internet. De hecho, los derechos de propiedad intelectual se han convertido en el principal objeto del comercio electrónico directo o en línea, en el que tanto la
contratación como la ejecución del contrato (entrega de la prestación y el pago) tienen
lugar a distancia por medios electrónicos íntegramente. La explotación de contenidos en
línea se ha convertido en un medio de explotación de cualesquiera contenidos independientemente de su naturaleza y de su carácter monográfico o periódico. En particular,
resulta especialmente hábil para contenidos renovables, como son bases de datos, revistas o boletines de información periódica, periódicos, etc. Por eso, no puede ni debe forzarse a los titulares de derechos a inclinarse por fórmulas de copyleft (compartir sus creaciones y prestaciones), sino que en todo caso debe defenderse la opción del copyright, es
decir, de defender la existencia de derechos sobre sus obras y prestaciones, lo cual no
empece que posteriormente cada titular de derechos pueda tomar la libre decisión de liberar sus creaciones poniéndolas a disposición del público para que cada miembro del
mismo haga con ellas lo que desee siempre dentro de los parámetros marcados por una
General Public License o por una Creative Common License. Insisto, copyright y copyleft
no son incompatibles, sino perfectamente complementarios, basándose el segundo necesariamente en la existencia del primero.
¿Venta on line o licencia de uso onerosa? Es importante destacar respecto a la explotación en línea que aunque resulte frecuente oír hablar de la venta de contenidos
digitalizados mediante su distribución en línea, en rigor jurídico no estamos ante una
distribución (pues no hay ejemplares) ni tampoco el modelo de negocio es el de la
compraventa. Antes bien, en la explotación en línea estamos ante un modelo de
explotación inmaterial, por lo que nos encontramos ante un servicio de transmisión
de contenidos seguido de reproducciones temporales o más o menos duraderas; no
hay distribución sino comunicación al público y reproducción; no hay un producto,
sino un servicio de transmisión y de reproducción para ver en pantalla y/o, en su
caso, descarga de contenidos; en consecuencia, no hay agotamiento del derecho de
distribución: la copia o copias obtenidas por el usuario con motivo de la descarga no
le habilitan para disponer de ellas libremente, transmitiéndolas a terceros mediante
soportes o por una transmisión «one to one» (por ejemplo a través del correo electrónico o del ftp); cada reutilización que un usuario particular quiera hacer del contenido descargado deberá contar con la expresa autorización del titular de la propie182
dad intelectual. Así la venta deja paso al modelo de la licencia de uso, incluso aunque nada se indique al respecto en la plataforma de comercialización. En el comercio electrónico directo sobre copias digitales de obras y prestaciones protegidas el
contrato no será de compraventa sino que será un contrato de licencia de uso que
podrá abarcar distintas modalidades. Dado que en el entorno digital para usar hay
que reproducir, las distintas modalidades de negocio «on line» dependerán del
carácter de la reproducción o reproducciones permitidas por el titular: así habrá
modelos de negocio que consistan en el simple acceso en línea y uso y disfrute de
información en pantalla, consistiendo la licencia en una transmisión en línea seguida de un reproducción temporal (modelo éste que puede ser ocasional o responder
a modelos de suscripción, lo cual es más habitual); otros modelos consistirán en la
descarga de contenidos, sea total o parcial (por ejemplo, capítulos de obras monográficas o artículos de una revista electrónica); caben modelos mixtos de consulta en
línea y descarga; y todo ello sin perjuicio de la posibilidad de impresión de todos o
parte de los contenidos visualizados en pantalla o descargados en disco duro. El titular de los derechos puede optar por un modelo de explotación mediante licencias de
uso onerosas, de pago único o de suscripción, o bien por una difusión gratuita de
contenidos entre el público, buscando rendimientos económicos de forma indirecta
por cauces alternativos (publicidad, como ocurre con numerosos periódicos y boletines electrónicos de información) o renunciando por completo al lucro. En estos
modelos de difusión gratuito, el contenido de la licencia puede ser de estricto uso
personal, es decir se permite reproducir temporal o duraderamente para acceder y
usar los contenidos protegidos, o bien se puede optar por una licencia amplia de
carácter público (Creative Commons Public License) que no se limita a permitir el
uso y disfrute de los contenidos, sino que consiente también expresamente todo tipo
de reproducciones, distribución, comunicación pública e incluso transformación de
los contenidos protegidos siempre que se haga dentro de los parámetros establecidos en la licencia.
Tipos y condiciones de las licencias de uso onerosas: la licencia de uso es el modelo típico de la comercialización o explotación de contenidos en Internet u otras infopistas. No se produce la venta de contenidos, sino la concesión de licencias de uso
que permiten al usuario reproducir una copia digital intangible de los contenidos
transmitida en línea a la carta con fines de mero uso personal o privado; sea con
carácter meramente temporal (reproducir para usar y disfrutar mientras se esté
conectado con el sitio de origen de la información), o sea con carácter más o menos
duradero (descarga de copias digitales de contenidos con carácter permanente o
sometidas a término cierto). Esto es, nos encontramos con un nuevo sistema de
comercialización de contenidos en régimen de pay per use o pagar por usar, sea por
tiempo limitado y determinado o sea por tiempo indeterminado. Existen varios ejemplos de explotación restringida a la consulta y/o audición en pantalla, como ocurre
con los videojuegos en red, con algunas bases de datos que no permiten la descarga de contenidos, con algunos periódicos o boletines de información que no admiten la descarga aunque sí la impresión y con obras y productos multimedia donde
normalmente los contenidos están totalmente bloqueados para la realización total o
parcial de copias. Es posible, también, establecer servicios de acceso limitado a los
contenidos para su consulta con la intención de formarse una opinión de cara a una
posible solicitud de descarga o envío posterior (vía email) de esos mismos contenidos. En cuanto al modelo de descarga, es habitual en contenidos de tipo monográfico (libros electrónicos, películas, documentales, etc.) y también en la explotación
del negocio de la música (descarga de canciones), así como de fotografías, litogra183
fías, etc. Es muy habitual también en algunos sectores combinar el acceso y consulta en pantalla con la descarga no de la totalidad de los contenidos sino de parte de
los mismos, lo que ocurre con la mayoría de bases de datos y con algunos periódicos electrónicos. Es más, algunos servicios permiten la descarga de contenidos pero
no por tiempo indeterminado (es decir, descarga para disfrute permanente marcado
únicamente por la propia obsolescencia de la copia) sino por tiempo limitado, al
incorporar a la copia digital descargada en el ordenador usuario un pequeño dispositivo informático que provocará su inutilización o incluso su destrucción automática
cuando pase un tiempo predeterminado, de manera que el usuario podrá utilizar esa
copia todas las veces que desee hasta que no se produzca su caducidad y desaparición. Otros modelos consisten en permitir el acceso para consulta y selección de
contenidos (generalmente a bases de datos) que, después de abonar el precio indicado, en lugar de permitir su descarga directa en la misma página o sitio (tecnología
de arrastre o pull media), serán enviados (tecnología de empuje o push media) por
el titular del servicio a la dirección de correo electrónico indicada por el usuario solicitante de la copia digital. A estos fines, el titular de los derechos de explotación
podrá establecer un precio para el acceso y uso limitado en pantalla y/o altavoces
cuando el servicio consista únicamente en ese acceso limitado (se puede limitar al
tiempo de conexión o puede fijarse un tiempo máximo de conexión, tras el cual habrá
que pagar el precio nuevamente). En los servicios mixtos de acceso y consulta y
descarga, podrá establecerse un precio para el acceso y consulta limitado y otro precio para la descarga de contenidos, el cual puede variar en función del tipo de contenido seleccionado. También puede fijarse un acceso gratuito, estableciendo un
precio solamente para la descarga de los contenidos seleccionados en la consulta.
Lo mismo puede decirse cuando no se permita la descarga pero sí la impresión de
algunos contenidos, exigiéndose un precio para ello. Incluso el modelo de negocio
puede consistir en establecer precios de descarga de contenidos por números concretos de revistas electrónicas o por capítulos de obras monográficas o, más aún,
por contenidos concretos como puede ser el artículo de una revista, una determinada fotografía, etc. Los servicios en línea que consisten en la puesta a disposición de
contenidos protegidos a cambio de un precio pueden girar en torno a la fijación de
un precio determinado para cada acceso y/o consulta, o bien pueden optar por
modelos de suscripción. El modelo de suscripción se perfila en los últimos tiempos
como el modelo de futuro en la explotación on line de determinados contenidos. Así
ocurre con determinadas bases de datos (legislación, jurisprudencia, bibliografía,
etc.) donde el usuario paga un precio para la suscripción a la base de datos en línea,
recibiendo a cambio un «password» o código de acceso, con el cual podrá acceder
al servicio cuando y como quiera para consultar y utilizar los contenidos de la base.
Este modelo de suscripción suele incluir además la posibilidad para el usuario de
imprimir y, en su caso, descargar todos o parte de los contenidos de la base. El
mismo modelo de suscripción es cada vez más habitual en la explotación comercial
de periódicos u otros boletines electrónicos de información, así como en revistas
electrónicas. Realmente puede decirse que estos periódicos, boletines y revistas
constituyen gigantescas bases de datos, por lo que nos remitimos a lo dicho antes.
No obstante, en estos periódicos, boletines y revistas puede combinarse el modelo
básico de suscripción con el pago independiente para la descarga de algunos contenidos que se consideren especialmente valiosos y que justifiquen el pago de cantidades adicionales para su uso y disfrute. Pero no queda ahí el recurso al modelo
de suscripción, pues sin duda es el modelo de futuro para el mercado de la música;
las llamadas gramolas virtuales, que consistirán en gigantescas bases de datos con
184
música de todo tipo donde el usuario accederá pagando una cantidad periódica que
le permitirá disfrutar de la música mientras permanezca conectado, o le permitirá
descargar con ese único precio de abono todas las canciones que quiera, o bien
podrá cobijar un modelo mixto en el que el usuario pagará la cuota de abono para el
acceso y disfrute mientras dure la conexión pagando adicionalmente la descarga (y
por tanto la copia) de todos o de algunos de los contenidos de la base. Es también
el modelo de futuro en la explotación del audiovisual, donde se prevé que, con el
ancho de banda necesario, los servicios de video on demand en el mercado en línea
(servicios de pay per view) desplacen al sector tradicional del alquiler del vídeo en el
mercado fuera de línea. Es en este sector donde podrán implementarse servicios
que permitan la descarga de contenidos para su uso durante un tiempo determinado, mediante la incorporación de tecnologías que permitan la desaparición, destrucción o inutilización de la copia transcurrido un determinado tiempo. Todos estos
modelos de explotación mediante licencia de uso son válidos tanto para licencias de
uso personalizadas como para licencias de uso colectivas, donde el usuario es una
entidad o institución (persona jurídica privada o pública) que suscribe un contrato de
licencia con el titular de derechos para permitir el acceso a sus contenidos por parte
de todos o parte de los miembros de la entidad o institución (Universidad, despacho
de abogados, etc.). La licencia suele establecer cuántos miembros de esa institución
o entidad podrán acceder simultáneamente al servicio, el tiempo máximo de conexión de cada uno, etc., y dará un código de acceso colectivo a todos los miembros
de la misma. Por supuesto el acceso y uso colectivo deberán plasmarse en el precio que la institución o entidad deberá abonar por el servicio. Caso de que el servicio discrimine algunos contenidos de cara a su descarga, es posible que la licencia
de uso colectiva se haga cargo del precio de descarga de algunos de esos contenidos específicos, o bien podrá excluirlos debiendo cada usuario concreto abonar el
precio de descarga por su cuenta y puntualmente. En cualquier caso es preciso
insistir en que en todos estos modelos de explotación en línea el usuario legítimo
sólo podrá reproducir temporal, duradera o permanentemente el contenido recibido
mediante una transmisión en línea a la carta con fines de uso privado, con lo cual
queda descartada de antemano la venta posterior de esos materiales (no hay venta
de las copias obtenidas en disco duro o soporte externo y por tanto no hay agotamiento del derecho de distribución que pudiera permitir una explotación posterior
mediante la venta de ejemplares) y también el uso de ese mismo contenido con fines
de explotación o de difusión incluso gratuita en otros sitios de la Red. Si la copia
digital recibida en línea y descargada no lleva medidas anticopia se entiende que el
usuario podrá realizar copias privadas de ese contenido, pero en ningún caso podrá
poner a disposición ese contenido al público en otro sitio de Internet o similar, ni, por
supuesto, realizar copias en ejemplares para revenderlos o simplemente regalarlos
en el mercado. Cada transmisión en línea requiere autorización del titular porque no
se agota en ningún caso el derecho de comunicación al público con la primera transmisión recibida por el usuario o destinatario de un servicio de transmisión y descarga. Por supuesto no hay agotamiento del derecho de comunicación al público, pero
es que, de antemano, tampoco hay distribución ni venta como modalidad de ésta,
por lo que el destinatario de la copia objeto de descarga no puede incorporarla a
ejemplares electrónicos para su posterior venta o distribución no venal, ni alquiler ni
tampoco préstamo público sin consentimiento del titular de derechos. El titular no
compra una copia de los contenidos, sino que mediante contrato on line recibe una
licencia de uso que le permite usar el contenido sólo para uso y disfrute personal, sin
perjuicio de las excepciones a los derechos exclusivos que pudieran invocarse (cfr.,
185
derecho de cita, informaciones de actualidad, copia privada en caso de que no se
implementen medidas tecnológicas anticopiado, etc.). La no implementación de
medidas tecnológicas permitirá la realización de copias privadas, pero éstas en ningún caso podrán salir del círculo privado del copista, entendido como círculo familiar
o de amistad pero siempre en sentido restringido. Así, por ejemplo, no podrá invocarse copia privada cuando el copista realiza 20 ó 30 copias en CD para regalarlas
entre sus conocidos, ni tampoco cuando a partir de la copia realizada en su disco
duro envía multitud de correos electrónicos a sus conocidos incorporando una copia
de la obra o prestación que tiene almacenada en su disco duro.
Licencias de uso gratuitas implícitas: es común también que los titulares de derechos
opten por la difusión gratuita de información a través de la Red. En este sentido,
desde los EE.UU se ha difundido la creencia de que toda la información de acceso
gratuito disponible en Internet es objeto de una licencia implícita por parte de su titular o titulares que permiten a cualquier sujeto que acceda a la misma disponer libremente de ella dentro y fuera de la Red. Según esto, todo lo que resulta de acceso
libre y gratuito en la Red podría emplearse no sólo para uso personal, sino en la elaboración de nuevos contenidos e incluso incorporarla a otros sitios o plataformas de
acceso restringido incluso bajo precio sin necesidad de contar con la autorización
expresa de los titulares de derechos, que ya habrían dado su consentimiento implícito. Esta concepción es inexacta pues parte de una absoluta desconsideración
apriorística de los derechos de propiedad intelectual de los creadores y titulares de
derechos afines. Es perfectamente lícito difundir gratuitamente los contenidos propios (para la difusión de contenidos ajenos se necesita en todo caso contar con la
autorización pertinente, incluso aunque se piense en una difusión gratuita), sea con
intenciones meramente altruistas o sea con fines de promoción personal, profesional o empresarial. Pero eso no significa ni una renuncia de derechos ni tampoco una
licencia implícita para que cualquiera pueda realizar actos de explotación de esos
contenidos. Cuando se ponen contenidos de acceso y uso gratuito en un sitio de
Internet sin hacer ninguna indicación sobre los términos de acceso, utilización y disposición de esa información, debe entenderse -partiendo en todo caso del necesario respeto a los derechos de propiedad intelectual que nacen por el simple hecho
de la creación- que el titular está concediendo de forma implícita o tácita una licencia de uso a cada uno de los titulares que accedan al sitio y a la información disponible en el mismo. Pero es una licencia de uso de alcance meramente personal o privado, nunca una licencia de explotación. El titular de derechos que permite el acceso libre y gratuito a la página web o similar y a sus contenidos concede implícitamente a cada usuario la facultad de reproducir temporal (RAM) o permanentemente (descarga en disco duro) única y exclusivamente para uso personal o privado (de alcance familiar o de amistad). Si el usuario desea difundir al público esa información, sea
con fines directos o indirectos (ingresos por publicidad) de lucro o sea incluso sin fin
lucrativo alguno, deberá recabar el consentimiento expreso del titular de la información (por contacto personal directo o enviando un mensaje a la dirección de correo
que figure en la web de origen). Y esto es así también para el caso de establecimiento de enlaces. Así es: existen varios tipos de enlaces, muchos de los cuales permiten una utilización de contenidos ajenos en la propia página o sitio web. Estos enlaces que conectan con contenidos ajenos normalmente suponen un acto de reproducción electrónica y de comunicación al público y , por tanto, requieren la autorización del titular de la página. En los enlaces normales o de superficie no se produce
ningún uso por parte de quien enlaza que se limita a reenviar a los usuarios de su
sitio web, pero realmente ni reproduce ni comunica al público. No ocurre lo mismo
186
en el caso de enlaces profundos (a páginas interiores de otro sitio), de enlaces
ensamblados (figurando en un sitio la página de otro sitio como si fuera un contenido propio), y los conocidos «frames» o marcos, donde el creador del enlace sí que
reproduce y comunica al público haciendo creer generalmente a sus propios usuarios que los contenidos enlazados por estos sistemas son sus propios contenidos
cuando realmente no es así. El creador del enlace estaría cometiendo un acto ilícito, salvo que pudiera ampararse en alguna de las excepciones legales a los derechos exclusivos (básicamente derecho de cita ex art. 32 TRLPI o informaciones de
actualidad ex art. 33 TRLPI). Sin perjuicio de que puedan ejercitarse las acciones
oportunas en defensa de los derechos de propiedad intelectual, el titular de los sitios
y contenidos enlazados puede implementar medidas antienlace que impidan el establecimiento de determinados enlaces por parte de terceros sin su consentimiento
previo.
Licencias de uso gratuitas expresas: junto a las licencias de uso implícitas, cada vez
es más frecuente encontrar sitios web que ponen a disposición del público el propio
sitio web como continente (que es una obra protegida si es original, aunque lo sea
de carácter meramente instrumental, ya que su principal función es servir de instrumento o medio de difusión de otros contenidos y datos) y el contenido incorporado
y disponible en ese sitio web de forma gratuita pero especificando las condiciones
de acceso, utilización y, en su caso, disposición (incluyendo la creación de enlaces)
del web y de sus contenidos. Esto se hace normalmente mediante un espacio identificado como «Condiciones de uso» y que es accesible mediante un enlace dentro
del mismo sitio en línea, aunque también puede optarse por redactar una licencia de
uso donde se indican las condiciones de acceso y utilización de la información, así
como, en su caso, las posibilidades de disposición de las misma. En tal caso no estamos en rigor ante una licencia implícita, sino ante una licencia gratuita explícita o
expresa, pues el titular de los derechos de manera explícita o expresa autoriza a los
usuarios para acceder y usar para uso privado y, en su caso, les autoriza a realizar
otros comportamientos que exceden del ámbito privado (por ejemplo, disponer de la
información a través de enlaces tipo marco, incluir la totalidad o parte de la información junto a otras obras o datos en otros sitios de Internet, distribuir la obra entre el
público a través de ejemplares de forma gratuita, etc., con la única obligación de citar
la fuente....). En estos casos nos encontramos con modelos de difusión de contenidos que exceden de la fórmula estricta de licencia de uso, y que consisten en modelos amplísimos de licencia pública que permiten diferentes actos de explotación del
contenido siempre que se respeten ciertos parámetros mínimos. Es el modelo ya
mencionado de la Creative Commons License que estudiamos a continuación. En
estos modelos de licencia de uso expresa o explícita, al igual que sucede con la
licencia de uso implícita, en rigor no nos encontramos con una declaración de voluntades bilateral, fórmula típica del acuerdo de voluntades en que consiste el contrato.
En este tipo de licencias encontramos la declaración de voluntad unilateral del titular de los derechos (titular del web y de sus contenidos) expresando su voluntad de
permitir el acceso, uso y, en su caso, disponibilidad de esa información si se cumplen las condiciones expuestas en el mismo sitio. El usuario no acepta expresamente esa licencia, sino que se entiende que el simple acceso al sitio y la utilización y,
en su caso, disposición de sus materiales supone la aceptación tácita o implícita por
parte de cada usuario de las condiciones de la licencia. Si el usuario se excede de
los usos permitidos (por ejemplo, difunde a través de otro web la información disponible en el primero cuando éste lo prohíbe expresamente; crea marcos sin consentimiento, etc.), podrá ser perseguido por el titular o titulares de derechos alegando
187
infracción de los derechos exclusivos de propiedad intelectual al excederse de los
términos de la licencia. Así pues, la licencia se perfecciona mediante el encuentro o
convergencia de una declaración unilateral del titular de derechos y un comportamiento concluyente del usuario particular que accede y usa esa información. Esta
fórmula es común para la licencia implícita (donde se presume la voluntad unilateral
del titular de derechos de dejar acceder para usar) y para la explícita. Por supuesto,
el titular del sitio y de la información puede optar por una fórmula de licencia de uso
gratuita y expresa previa autorización. Es el caso de sitios de Internet donde para
acceder se exige el previo registro del usuario a lo que sigue la concesión de un
password que le legitima para acceder a la información del sitio y usarla o, en su
caso, disponer de ella con las condiciones establecidas en la licencia. Esta fórmula
de acceso restringido puede ser útil para determinados sitios donde se quiere poner
a disposición del público determinada información pero controlando la identidad de
quienes acceden y disponen de la misma y está pensada para círculos cerrados y
más o menos selectivos de usuarios.
LAS CREATIVE COMMONS PUBLIC LICENSES: ¿COPYRIGHT FRENTE A COPYLEFT?
Hemos dicho que los modelos de licencia gratuita y expresa no se limitan a situaciones
de licencia de uso (es decir, autorizar el acceso para simple uso privado), sino que pueden
ir más allá autorizando a cada miembro del público que accede a la información a realizar
todo tipo de actos de utilización, difusión y modificación de la creación original, siempre
que se haga dentro de los limites o de los parámetros fijados en la licencia.
Nos adentramos así en el terreno del Copyleft, defendido con vigor y pasión tanto por
los representantes de las tendencias libertarias dentro de la Red, como por muchos creadores (más o menos reconocidos) y por importantes grupos científicos y culturales, en
cuanto modelo que permite compartir conocimientos y la creación en común en pos del
progreso y el conocimiento.
Sin duda las fórmulas del Copyleft suponen un espaldarazo para la difusión libre de
información y, con ello, para promover la cultura, la ciencia y la información entre toda la
sociedad o, al menos, entre los sectores de la sociedad interesados en determinado tipo
de información. Son fórmulas, en suma, que se revelan ciertamente idóneas para difundir
los resultados de investigaciones científicas de todo tipo.
Pero, como se ha dicho antes, contrariamente a lo que se cree por un amplio sector de
los defensores de este modelo, el copyleft no supone una contraposición al copyright o
derecho de propiedad intelectual, sino que se fundamenta y parte de la existencia de derechos previos sobre las creaciones intelectuales y sobre las prestaciones industriales anexas.
A este respecto parece obvio que las fórmulas del copyleft afectan casi exclusivamente a los derechos de autor y no a los derechos afines (salvo el derecho de intérpretes y ejecutantes) toda vez que éstos constituyen el arma defensiva de la industria cultural para
conseguir un rendimiento económico a sus prestaciones empresariales.
La expresión copyleft constituye un juego de palabras intraducible que pretende reflejar una oposición o confrontación con el copyright. Algunos de sus seguidos defienden que
188
supone el principio del fin del derecho de propiedad intelectual, pero no es ni mucho menos
así. Con este concepto se quiere sobre todo defender la necesidad de compartir la creación sin renunciar a la misma ni desde un plano personal (moral) ni, tampoco, necesariamente, desde un plano económico. Frente a la idea tradicional del copyright de que la
defensa de los intereses personales y patrimoniales de los creadores constituye la base
necesaria del fomento de la creación a favor de la cultura y la ciencia, el copyleft opone
que la creación se defiende mejor compartiéndola con los demás, dando pie a su perfeccionamiento y a un acceso y uso igualitario por todos los miembros de la sociedad, aludiendo además al efecto reflejo beneficioso que eso puede tener para el creador, tanto
desde un plano de imagen y promoción personal como desde un plano puramente económico.
Realmente la idea del copyleft surge en torno a las comunidades de «software libre»,
como oposición a las prácticas abusivas y oportunistas de la gran industria informática.
Puede decirse que con el copyleft se permite la copia, distribución, comunicación e incluso la transformación libre de la creación intelectual pero manteniendo siempre el reconocimiento a la paternidad del autor original.
El ejemplo más evidente es el del programa de ordenador-sistema operativo Linux,
santo y seña de la Free Software Foundation 7 . Cualquier usuario que acceda a este programa de ordenador puede copiarlo libremente sin restricción alguna, distribuirlo por cualquier medio, difundirlo a través de la Red o por otros medios de comunicación al público y,
finalmente, puede transformar el programa original con la intención de mejorarlo, esto es,
puede crear una obra derivada (cfr. art. 11 TRLPI). Pero ello, siempre que se respete la
paternidad del autor original, que se haga un uso no comercial de la creación y que si se
transforma la obra se ponga a disposición del público en los mismos términos, alentando
así el efecto dominó favorecedor de la creación colectiva o en común y el aprovechamiento de la creación intelectual sucesiva por toda la humanidad.
Realmente, el fenómeno del copyleft comprende dos posibles variantes que permiten
la libre utilización, difusión y transformación de contenidos protegidos sin renunciar a la
paternidad del original.
Una primera variante es la renuncia de derechos exclusivos patrimoniales sobre la
obra. Una segunda consiste en mantener los derechos exclusivos sobre la creación original concediendo públicamente una amplísima licencia de uso, disposición y alteración de
la misma a cualquier usuario que lo desee.
En el primer caso estamos ante la renuncia de derechos de autor y su consiguiente
caída en el dominio público. El art. 41 TRLPI establece que la extinción de los derechos de
explotación (por transcurso del tiempo de protección y caducidad de ésta; recuérdese, toda
la vida del autor y setenta años tras su muerte) determinará su paso al dominio público,
con el resultado o consecuencia de que las obras de dominio público podrán ser utilizadas
por cualquiera, siempre que se respete la autoría y la integridad de la obra, ex art. 14,3º y
4º TRLPI. No se contempla, entonces, la renuncia de derechos patrimoniales y se exige el
respeto a la paternidad y a la integridad de la obra, aspecto este último que puede perjudicar el espíritu del copyleft en aras a la transformación y constante mejora de la obra original.
Aunque no se contemple la renuncia expresa de derechos patrimoniales, ésta es una
premisa básica del derecho. Es decir, todo titular de derechos patrimoniales puede renun189
ciar libremente a los mismos, cayendo en el dominio público y siendo aprovechables por
todos. De hecho, la Ley de Propiedad Intelectual especifica claramente que los derechos
o facultades morales del autor (e intérprete) son inalienables e irrenunciables (cfr., art. 14
TRLPI) y, sin embargo, no hace ninguna declaración similar respecto a los derechos patrimoniales (cfr., art. 17 TRLPI). El problema se sitúa, por tanto, en el debido respeto a la integridad de la obra, ex arts. 14,4º y 41 TRLPI. Sin embargo, este problema puede entenderse superado de hecho, por cuanto si el autor renuncia por completo a los derechos sobre
su obra lo más lógico es que renuncie también a perseguir cualesquiera modificaciones
que pudieran hacerse de la misma. No obstante, no se puede afirmar esta conclusión con
absoluta contundencia, siendo además un problema que dependerá de cada legislación.
En las legislaciones anglosajonas (la cultura del copyright) donde apenas se contemplan
derechos morales es un problema inexistente, pero no se puede decir lo mismo en las
legislaciones de tradicional continental europea.
La segunda fórmula y, sin duda, el modelo de difusión más habitual y principal impulsor del copyleft es el de la licencia pública general. En este supuesto, el autor original retiene los derechos morales y patrimoniales sobre su obra pero hace una declaración unilateral concediendo una licencia de acceso, uso, disposición y transformación de la misma a
cualquier miembro interesado del público.
Es el sistema, como se ha dicho, seguido en la comunidad de software libre, donde se
ha desarrollado bajo el cobijo de la Free Software Foundation el sistema de licencia conocido como General Public License (GPL), el cual, partiendo de un programa de ordenador
original, permite al público en general acceder al mismo, utilizarlo sin restricciones, realizar todas las copias que quiera, distribuirlo o comunicarlo al público por cualquier medio o
formato e incluso modificarlo. Ello, eso sí, respetando siempre el nombre o paternidad del
autor originario, siempre que no se realice una explotación económica lucrativa y poniendo a disposición en su caso los resultados de la transformación de la creación original bajo
el mismo sistema de licencia pública general.
Pues bien, este sistema creado por y para el software en respuesta a la gran industria
que acumula riqueza, poder e influencia gracias a los derechos exclusivos sobre los programas (sobre todo sistemas operativos), se ha extendido hace algunos años al resto de
creaciones intelectuales gracias a un sistema muy similar de licencia pública que se ha
dado en llamar Creative Commons Public License (CCPL), patrocinado desde la Creative
Commons Foundation nacida bajo los auspicios del Center for the Public Domain8 en los
entornos de Harvard y Standford.
Este tipo de licencia pública nace para fomentar la creación y el disfrute común o colectivo de creaciones distintas de los programas de ordenador (aunque también sirve para
estos), relacionadas con el mundo de la obra literaria en términos muy amplios, la música,
el sector audiovisual, fotografías o incluso las propias páginas web, métodos educativos,
etc., y resulta de particular estímulo y eficacia para la elaboración y difusión de contenidos
científicos.
Según el Creative Commons Legal Code9, traducido al español por los abogados del
Bufete Almeida 10, el concedente de la CCPL concede, de conformidad con los términos y
las condiciones expresados en la misma, y durante toda la vigencia de los derechos de
propiedad intelectual sobre la obra, una licencia de ámbito mundial, sin derecho de remuneración, no exclusiva e indefinida para ejercitar los siguientes derechos sobre la obra:
190
Reproducir la obra e incorporarla en una o más obras colectivas y para reproducir la
obra incorporada en obras colectivas.
Crear y reproducir obras derivadas.
Distribuir copias o grabaciones de la obra, exhibirla o comunicarla públicamente,
incluida la transmisión digital de audio, incluso incorporada a obras colectivas.
Distribuir copias o grabaciones de la obra, exhibirla o comunicarla públicamente,
incluyendo por medio de una obra derivada de transmisión digital de audio.
Estos derechos se pueden ejercitar en todos los medios y formatos conocidos o por
conocer. Los derechos mencionados incluyen el derecho a efectuar las modificaciones que
sean precisas técnicamente para el ejercicio de los derechos en otros formatos y medios.
Todos los derechos no cedidos expresamente por el licenciante quedan reservados.
Pero la cesión pública de derechos no es absoluta, sino que está limitada por las
siguientes restricciones:
El usuario que quiera difundir la obra entre el público mediante distribución o comunicación al público podrá hacerlo solamente bajo los términos expresados en la
licencia pública general, debiendo incluir una copia de la misma o una referencia y/o
enlace al URL. Además no podrá imponer nuevas condiciones a la licencia ni alterar
los términos de ésta. No se puede difundir la obra sin las medidas tecnológicas necesarias para controlar el acceso o uso de la obra de una manera contraria a los términos de la licencia. Lo anterior se aplica a una obra incorporada a una obra colectiva, pero no implica que ésta última tenga que estar sujeta a los términos de la licencia. Pero si se crea una obra colectiva el usuario deberá retirar previo aviso del licenciante cualquier referencia al mismo o al autor original, y lo mismo se aplica para una
obra derivada.
El usuario que realice una obra derivada y quiera difundir la misma entre el público
sólo podrá hacerlo bajo los mismos términos y condiciones de la licencia sobre la obra original o de una versión más moderna de la misma, incluyendo una copia o referencia URL
de dicha licencia, quedando sujeta en lo demás a las mismas restricciones y condiciones
expuestas en el párrafo anterior.
El usuario no podrá ejercer los derechos objeto de la licencia pública general de manera que pretenda principalmente o se dirija hacia la obtención de un beneficio mercantil o a una remuneración monetaria privada. El intercambio de la obra por otras
obras protegidas por la propiedad intelectual mediante sistemas de intercambio de
archivos no se considerará una manera de uso dirigida hacia el beneficio mercantil
o la remuneración privada, siempre que no se produzca ningún pago en relación con
el intercambio.
El usuario que difunda la obra por cualquier medio debe mantener intactos todos los
avisos sobre la propiedad intelectual de la obra y reconocer la paternidad sobre la
obra del autor original, indicando su nombre o pseudónimo, el título de la obra (si son
facilitados) y el URL que en su caso facilite el licenciante para ser vinculado a la obra,
a menos que dicho URL no se refiera al aviso sobre propiedad intelectual o sobre la
licencia de la obra. En el caso de la obra derivada o colectiva deberá incluirse un
aviso que mencione el uso de la obra original en la obra derivada.
El licenciante se reserva el derecho exclusivo a percibir, sea individualmente o a través de
una entidad de gestión colectiva, los derechos de comunicación pública, incluyendo la digital (y dentro de esta el webcasting), si dicha comunicación se encuentra dirigida hacia la
obtención de un beneficio mercantil o una remuneración monetaria privada. También se
reserva los derechos de remuneración, individuales o por entidades de gestión, de cual191
quier grabación para versiones (musicales) con vistas a su distribución o comunicación al
público.
Cuando la obra suponga una grabación de sonido, el licenciante se reserva el derecho exclusivo a percibir, sea individualmente o a través de una entidad de gestión,
los derechos de comunicación pública digital (por ejemplo webcasting) si está dirigida hacia la obtención de un beneficio mercantil o remuneración monetaria privada.
Las licencias públicas generales creative commons contienen por lo demás cláusulas de
exclusión de responsabilidad sobre la obra y sobre cualesquiera daños que pudieran producirse
como consecuencia del uso de la obra. Las licencias son perpetuas, durante toda la vigencia de
los derechos de propiedad intelectual de la obra, terminando la licencia para un usuario concreto en caso de incumplimiento por su parte de los términos de la misma.
Cada vez que un usuario distribuya o comunique públicamente la obra original, una obra
derivada o una obra colectiva en las que esté la obra original sometida a licencia pública, el licenciante concede al nuevo cesionario una licencia sobre la obra en las mismas condiciones y términos que los establecidos para el usuario que se encargó de difundirla a terceros.
A pesar de la amplitud de términos de la licencia, el licenciante se reserva el derecho a divulgar la obra en condiciones distintas a las de la licencia general o a retirar la obra en cualquier
momento, siempre que con ello no pretenda dar por concluida la licencia general sobre la obra
original o cualquier otra licencia general concedida sobre una obra derivada.
Si alguno de los términos de la licencia general resultare inválido o inaplicable según la Ley
vigente en cada país, ello no afectará al resto de los términos de la licencia. La licencia pública
general constituye el acuerdo completo entre las partes con respecto a la obra licenciada, no
cabiendo ningún tipo de interpretaciones, acuerdos o términos con respecto a la obra que no se
encuentren expresamente identificados en la licencia, no quedando obligado el licenciante por
posibles condiciones que puedan ser añadidas por un usuario concreto. La licencia no se podrá
modificar sin el acuerdo por escrito entre el licenciante y el usuario concreto que lo requiera.
De todo lo expuesto podrá apreciarse que la confrontación y la pretendida polaridad entre
copyright y copyleft se encuentra muy lejos de la realidad.
La modalidad de renuncia de derechos conlleva la existencia previa de esos derechos, por
lo que se reconoce de antemano la existencia del copyright sobre la obra original, el cual nace recordemos- por el simple hecho de la creación, sin necesidad de inscripción en un registro público, que sólo sirve a efectos declarativos como medio de prueba de la autoría o en su caso de la
cesión de derechos a un tercero.
La licencia pública del tipo GPL y CCPL parte también de la existencia del copyright, de la
existencia de derechos morales (paternidad) y patrimoniales sobre la obra, los cuales se ceden
con carácter no exclusivo al público con el alcance y las restricciones antes indicados. El hecho
de que la cesión sea no exclusiva permite al creador de la obra original y a los sucesivos creadores de las obras derivadas realizar explotaciones comerciales de sus obras por cualesquiera
medios (formatos analógicos, como el papel, o digitales, como los ejemplares electrónicos).
La cuestión reside, pues, en que mientras el copyright parece basar toda su potencialidad en la explotación económica absoluta de la creación intelectual bajo la fórmula de
todos los derechos reservados (all rights reserved), con vistas a su explotación directa por
192
el creador o de su cesión a terceros (editores, productores) bajo fórmulas de licencias de
explotación, exclusivas o no, durante un tiempo determinado, el copyleft parte de la cesión
pública, amplia e indefinida, pero no exclusiva, de los derechos patrimoniales o de explotación sobre la obra, respetando la paternidad de la misma y sin renunciar a su explotación
alternativa directamente por el autor o mediante la cesión (necesariamente no exclusiva en
este caso) a un tercero editor o productor, generalmente pensando en otros formatos alternativos a la transmisión en línea a través de Internet (por ejemplo, libro electrónico en
línea-libro en formato papel, obra musical en línea-obra musical en CD). Es decir, se opta
por una fórmula alternativa de algunos derechos reservados (some rights reserved).
De hecho, los defensores a ultranza del copyleft defienden que la enorme difusión que
se consigue gracias a las fórmulas de licencia general pública revierten finalmente en la
eventual explotación económica que el autor pueda hacer de esa misma obra por cauces
alternativos; y también al aumentar el prestigio y renombre del autor revertirá sobre creaciones futuras.
En suma, frente a la estructura propia del derecho exclusivo típico y tradicional del
copyright, positiva (ius utendi) y negativa (ius prohibendi), según la cual nadie podrá utilizar la obra sin el previo consentimiento del titular de derechos sobre la misma, el copyleft
propone permitir expresamente la posibilidad de usar la obra a cualquier tercero interesado mediante una autorización unilateral, previa, general y no exclusiva del titular de los
derechos, sin perjuicio de que éste pueda optar por otras fórmulas no exclusivas de explotación alternativa. Frente a la prohibición de copia (y otros usos) sin autorización, surge,
como respuesta de un medio que cree en el conocimiento compartido y la colaboración
global, la copia libre autorizada de antemano y sometida a una serie de condiciones mínimas.
Pero insisto nuevamente en que la opción por el copyleft no conlleva un desvalor del
copyright. Este se mantiene como primera opción. Dependerá de la voluntad del autor la
concesión de licencias públicas generales o no, o bien de optar por fórmulas mixtas de
licencia pública no exclusiva y licencia de explotación no exclusiva.
La defensa y fulgurante eclosión del copyleft y de las licencias públicas generales no
debe ir en detrimento del copyright y de la libre decisión de cada creador de optar exclusivamente por fórmulas de explotación económica, de modelo de negocio en sentido estricto. Tan lícita es una como otra. El público no debería castigar a quien opte exclusivamente por la explotación económica, pues está en su derecho y no pueden perderse de vista
las legítimas expectativas económicas del autor sobre sus obras, ya que éstas pueden
resultar su único medio de vida y aunque no fuera así el autor no tiene por qué renuncia a
los beneficios que le puede proporcionar su creatividad. Los autores pueden optar por fórmulas de licencia y experimentar con creaciones en tiempo real (la llamada bitácora o
blog), pidiendo la opinión y la colaboración del público y permitiendo la libre difusión y
modificación de su obra. Pero son muy libres de no hacerlo y mantenerse en los modelos
tradicionales.
Para finalizar quiero y debo poner de manifiesto un aspecto fundamental en la creación
y difusión de contenidos bajo fórmulas de licencias públicas creative commons.
Este tipo de modelo de difusión de contenidos es idóneo para la difusión o explotación
directa de contenidos propios por parte de autores individuales o incluso, también, en los
193
casos de autoría plural, como son las obras en colaboración (art. 7 TRLPI) y las colectivas
(art. 8 TRLPI). Fruto de esa licencia pueden surgir obras compuestas y derivadas (arts. 9
y 11 TRLPI). Pero el problema se plantea cuando quien pretende optar por el sistema de
licencia pública general no es el autor o autores de motu propio, sino terceros cuya función
es la de maquetar, producir y difundir-explotar contenidos ajenos. Podemos pensar en editoriales o en productores de determinados productos culturales, en sitios de Internet
dedicados a la difusión de información selectiva o general, pero también en instituciones
públicas (Universidades a través de sus servicios de publicaciones, Ministerios, etc.) o privadas (centros privados de investigación, universidades privadas, centros de formación,
etc.) que entre sus actividades cuentan las de difusión de contenidos culturales, artísticos,
científicos y técnicos, sea de sus propios investigadores o creadores o sea de terceros ajenos a la organización con los que llegan a un acuerdo previo de explotación.
En estos casos, para que estas instituciones puedan difundir contenidos en régimen de
licencia pública general deben contar con la expresa autorización previa de los titulares de
los derechos afectados. Autorización que puede concederse a través de contratos de edición o de cualquier tipo de licencias de explotación, donde se señale expresamente la
intención del editor, productor, webmaster o cesionario en general de distribuir y/o comunicar al público la obra en forma de licencia pública general, indicando el medio o medios
a través de los cuales pretende llevarlo a cabo.
En esa licencia o contrato de edición (obviamente se requiere el consentimiento expreso de cada titular permitiendo esa forma de difusión, por lo que considero que no bastaría
aquí una licencia obtenida de una entidad de gestión según sus tarifas y procedimientos
habituales, salvo que ésta hubiera actuado como intermediario directo en la operación)
debe indicarse que se ceden todos los derechos patrimoniales del autor, en sus distintas
modalidades, especificando que se va a hacer un uso no lucrativo de los mismos por parte
del cesionario y de los posteriores licenciatarios miembros del público, permitiendo expresamente la creación de obras derivadas y colectivas a partir de la original. Y, por supuesto, esa cesión amplia realizada por el autor al cesionario o derechohabiente podrá tener
carácter gratuito o ser remunerada; en tal caso lo más lógico es que la remuneración consista en un tanto alzado al no poder establecerse un porcentaje por falta la explotación económica posterior.
Llegados a este punto se plantea un nuevo problema. ¿Podrían las bibliotecas e instituciones similares, como fonotecas, hemerotecas, archivos, museos, etc., públicas o privadas, y de instituciones científicas, culturales o docentes, proceder a la digitalización de sus
fondos para ofrecerlos al público mediante un servicio de acceso, consulta y/o descarga
telemática en las condiciones referidas de una licencia pública general del tipo creative
common?
Es esta una posibilidad barajada desde algunos de estos centros que, amparados en
su función de promoción cultural y científica, consideran que su labor consiste en hacer llegar al público sus fondos de todas las maneras posibles. A estos fines, desde hace algunos años surgió un movimiento que pretendía equiparar los servicios de puesta a disposición en línea de forma gratuita de los fondos de bibliotecas, fonotecas, archivos etc., con
el préstamo público tradicional, el cual, como es sabido, se excluye del derecho exclusivo
de distribución mediante una excepción legal expresa (cfr. art. 37.2 TRLPI).
Comenzó a hablarse a este respecto de «mediotecas virtuales» y de «préstamos virtuales». Sin embargo, como vamos a demostrar a continuación, desde el punto de vista
194
estrictamente jurídico resulta imposible hablar de préstamo virtual y, además, si éste fuera
admitido (realmente sería una comunicación pública gratuita), con ello se estaría creando
un servicio paralelo que haría la competencia desleal a los servicios de difusión de contenidos de pago, que constituyen la base del comercio electrónico directo o en línea, frustrando la normal explotación de las obras y prestaciones en línea y los legítimos intereses
económicos de los titulares de derechos. Con lo cual, como vamos a ver, si las bibliotecas
y centros similares quieren implementar servicios de puesta a disposición a distancia de
obras y prestaciones, sea con condiciones muy amplias del tipo de la licencia pública general o con condiciones más restringidas de una simple licencia de uso para consulta en pantalla y/o descarga de todo o parte de la obra, deberán recabar las oportunas licencias de
los titulares de derechos o de las entidades de gestión que tengan entre sus competencias
la concesión de licencias en ese sentido. De lo contrario, ese tipo de servicios sólo podrán
incluir obras y prestaciones en las que la protección haya caducado y que se encuentren
por tanto en el dominio público.
EL LLAMADO PRÉSTAMO VIRTUAL POR PARTE DE BIBLIOTECAS Y CENTROS ASIMILADOS: ENTRE LA DISPONIBILIDAD A DISTANCIA Y LA CONSULTA «IN SITU»
Como es sabido, el complejo y sutil equilibrio de intereses que caracteriza el sistema
de la propiedad intelectual se ha tornado aún más frágil tras el advenimiento de la nueva
era digital, que ha supuesto una auténtica revolución en el terreno de la propiedad intelectual al permitir nuevas formas de creación, expresión, producción, difusión y comercialización de las obras y prestaciones protegidas. Además, con la eclosión, generalización y
consolidación de las nuevas tecnologías y la aparición del fenómeno socioeconómico que
conocemos hoy como Sociedad de la Información, se ha producido una creciente confrontación de los intereses en juego en el sistema de la propiedad intelectual: los de los creadores y la industria de la cultura, por un lado, y los intereses generales en torno a la libertad de expresión y el acceso a la cultura y a la información, por el otro; representados respectiva y principalmente por entidades de gestión colectiva, asociaciones de autores y de
sectores industriales, por una parte, y por asociaciones de consumidores y usuarios u otros
grupos de presión en defensa del acceso público y masivo a la cultura, la ciencia, la información y el simple ocio, por la otra. El incremento del grado de confrontación se ha debido en parte a una mayor reivindicación y defensa de los intereses de autores e industria
cultural frente a las utilizaciones masivas de sus creaciones y prestaciones por parte del
público aprovechándose del espectacular avance de las nuevas tecnologías en mecanismos de copia y transmisión de contenidos; y, por otra parte, a la reacción del público consumidor frente a un creciente proceso de «mercantilización» de la cultura por parte de los
propios creadores y, sobre todo, de la industria del sector, que se aprovechan de la mayor
demanda de bienes culturales provocada precisamente por la difusión de las nuevas tecnologías y por la posibilidad que éstas ofrecen a los titulares de derechos para explotar
masivamente sus creaciones y prestaciones a través de redes telemáticas de comunicación como Internet implementado además mecanismos tecnológicos de control de acceso
y copia de las mismas.
En un mundo donde el acceso a la información y a la cultura se convierten en un valor
de primer orden, parece evidente que no puede dejarse su protección, promoción y difusión al albur del mercado. Si la cultura, la ciencia y la información se comercializan al máximo, ha de tenerse en cuenta que no todo el mundo tendrá la capacidad ni los medios suficientes para acceder a la misma, lo cual obstaculiza uno de los objetivos básicos del
195
Estado Social y Democrático de Derecho como es el de la igualdad de oportunidades y la
promoción activa de la cultura y la información por los poderes públicos. Ahora bien, facilitar al máximo el acceso a materiales protegidos puede provocar el efecto contrario, esto
es, la absoluta desconsideración de los derechos de propiedad intelectual por parte del
gran público que tiene fácil acceso a mecanismos de reproducción digital y de transmisión
y de difusión telemática a cualquier parte del mundo incluso de forma anónima, provocando un efecto de copia masiva en cadena como demuestran las polémicas plataformas P2P.
Así pues, se hacen necesarias normativas específicas que busquen y encuentren el adecuado equilibrio entre la protección de los intereses privados que se dan cita en la generación de esos bienes culturales o informacionales y de los intereses generales en conseguir un acceso adecuado, colectivo y equilibrado a los mismos.
En este contexto debemos analizar el concepto y régimen jurídico aplicable a las actividades de reproducción digital y el llamado préstamo virtual que llevan a cabo las denominadas mediotecas virtuales. Y en particular el alcance que deba atribuirse a la excepción de reproducción y préstamo público prevista en el art. 37 TRLPI para el entorno digital.
La tecnología digital provoca una desidentificación entre la obra o prestación y su
soporte tradicional (por ejemplo, obra literaria-libro; obra musical y fonograma-disco), de
manera que los mismos soportes digitales tangibles (CD, CD-ROM, DVD...) o intangibles
(archivo electrónico almacenado en el disco duro de un equipo informático), sirven para
representar todo tipo de información susceptible de ser digitalizada. Por ello, al igual que
la industria tiende a diversificarse convirtiéndose en empresas plurimediáticas, las bibliotecas y el resto de instituciones culturales tienden también a convertirse en depósitos de
almacenamiento de información de distinta naturaleza. De ahí esa noción evolutiva de
medioteca.
Actualmente, las técnicas de reproducción y los modernos servicios de teledocumentación aportados por la tecnología digital, permiten la digitalización masiva de los fondos
de bibliotecas y otros centros de documentación, educativos o culturales públicos o privados, y la puesta a disposición y acceso a distancia a esos fondos mediante transmisiones
en línea desde un ordenador-servidor al ordenador o equipo receptor del usuario (bibliotecas, fonotecas, filmotecas, hemerotecas y museos.....mediotecas virtuales). Esto ha llevado en más de una ocasión a asimilar esa actividad de puesta a disposición on line de los
recursos de bibliotecas y otros centros culturales con el préstamo de ejemplares como
modalidad de distribución de obras y prestaciones, apareciendo así una modalidad de
préstamo inmaterial on line junto al tradicional préstamo off line de ejemplares.
A estos efectos, durante un tiempo se llegó a proponer la aplicación mutatis mutandis
del límite o excepción de libre reproducción y préstamo previsto en el art. 37 TRLPI a la
actividad digital desarrollada por bibliotecas y otras instituciones culturales. Sin embargo,
pronto surgieron las primeras reservas: menos en la aplicación de la excepción al derecho
de reproducción (art. 37.1 TRLPI), contemplándose la posibilidad de una extensión de la
misma a las reproducciones digitales de los materiales de las instituciones beneficiarias
realizadas exclusivamente para fines de investigación y sin fines de lucro o comerciales
directos o indirectos; muchas más en relación con la excepción prevista para el préstamo
público (art. 37.2 TRLPI), por cuanto la aplicación analógica de ésta al entorno de las denominadas mediotecas virtuales, es decir, al denominado préstamo virtual, choca con importantes e insalvables obstáculos conceptuales y de política jurídica.
196
Parece que la redacción actual del art. 37.1 TRLPI serviría para dar cobertura suficiente a las instituciones beneficiarias para realizar reproducciones digitales con fines de investigación y no lucrativos, tanto para fines internos (mejora de los servicios de archivo, depósito y conservación de información) como externos (procurar copias analógicas y/o digitales a los usuarios-investigadores), si bien las facilidades de copia y transmisión de los
materiales digitales llevarían implícito en sí mismo el reproche de antijuricidad recogido en
la prueba de las tres fases como límite último a la aplicación de las excepciones al derecho exclusivo, pues parece evidente que la facilitación de reproducciones digitales en formato disquete, CD o similar por las instituciones culturales a sus usuarios genera siquiera
potencialmente un importante riesgo de copia y transmisión en cadena que perjudicaría
claramente la normal explotación de la obra o prestación y los legítimos intereses de sus
titulares, por lo que debería estar expresamente autorizado por los titulares de derechos.
Por su parte, el art. 37.2 TRLPI recoge una excepción legal al préstamo público en
cuanto acto típico de distribución de obras y prestaciones que queda dentro del derecho
exclusivo de distribución de autores y titulares de derechos afines, lo cual implica la puesta a disposición de la obra o prestación a través de ejemplares. Sin embargo, en el mal llamado préstamo on line la puesta a disposición del público gratuita de obras y prestaciones
por parte de entidades que realizan labores culturales, educativas y científicas no constituye técnicamente una actividad de préstamo, ya que no se produce una cesión gratuita
del uso de ejemplares de una obra o prestación por tiempo limitado. Realmente estaríamos ante un acto de explotación mixto de obras y prestaciones que consiste en una digitalización previa del material protegido y en el almacenamiento en un equipo informático
servidor para su posterior puesta a disposición del público mediante una transmisión en
línea temporal y gratuita o semi-gratuita por medio de redes telemáticas. Es decir, no nos
situamos en el terreno de la distribución mediante préstamo de ejemplares, sino en el
plano de la reproducción digital (digitalización y almacenamiento o uploading) y del nuevo
derecho de puesta a disposición del público en cuanto modalidad del derecho de comunicación al público.
En suma, cuando se habla de préstamo en línea a distancia realmente nos estamos
situando en la órbita de los actos de reproducción y de comunicación pública en el plano
técnico o jurídico-formal, a pesar de que desde una perspectiva económico-social o jurídico-material se pueda apreciar la razón de ser de la idea genérica de préstamo. En consecuencia, tales actividades de préstamo on line, o mejor, de puesta a disposición en línea
gratuita de materiales protegidos por parte de bibliotecas y centros similares, quedarían
fuera del alcance de la excepción del art. 37.2 TRLPI y sujetas, por tanto, a la expresa
autorización de los titulares y derechohabientes, resultando intolerable una aplicación analógica que en la práctica conduciría a una interpretación extensiva de la excepción incluso
más allá de su campo de actuación natural (el derecho de distribución). Sería necesaria la
celebración de contratos de licencia entre las bibliotecas o centros similares y los titulares
de derechos (o con las entidades de gestión colectiva) que autorizaran un uso colectivo
(mayor o menor) de las obras y prestaciones por parte del público usuario de estos centros a cambio de una remuneración preestablecida en función de diferentes parámetros.
Ante esta situación determinados colectivos representantes de los intereses de bibliotecas, archivos y otras instituciones insistieron desde muy pronto en la necesidad de una
reforma legal que -por la vía de las excepciones al derecho de propiedad intelectual- permitiera a estas entidades valerse de las nuevas tecnologías de la información para desarrollar sus actividades a distancia fuera de sus establecimientos e instalaciones.
197
Reclamación esta que difícilmente podría ser atendida desde un plano de racionalidad
político-jurídica y jurídico-técnica, pues permitir libremente el préstamo a distancia en línea,
esto es, la puesta a disposición en línea o transmisión gratuita de los fondos digitalizados
de bibliotecas, archivos, museos y otras instituciones culturales pondría claramente en
serio peligro (por las facilidades de copia y transmisión que las nuevas tecnologías ponen
al alcance del público en general) el normal desarrollo de la explotación de las obras y
prestaciones protegidas causando un perjuicio injustificado a los legítimos intereses de los
titulares de derechos (art. 40 bis TRLPI, ex art. 13 ADPIC). Una disposición legal en ese
sentido no sólo rompería el inestable equilibrio entre derechos exclusivos y excepciones
característico del derecho de propiedad intelectual, sino que vendría también a consagrar
un servicio o actividad claramente desleal con las actividades de explotación económica
de los titulares y derechohabientes. Cuestión distinta sería permitir a estas instituciones
prevalerse de las posibilidades conferidas por las nuevas tecnologías para facilitar el acceso y consulta de sus fondos y materiales exclusivamente por medios digitales pero dentro
del mismo establecimiento o local de la institución.
En la Directiva 2001/29/CE (DDASI) el legislador comunitario ofrece una solución que,
con la vista puesta siempre en la barrera preventiva que constituye la prueba de las tres
fases, intenta cohonestar los beneficios asociados a las nuevas tecnologías de la información en las tareas propias de las instituciones culturales con el escrupuloso respeto a los
derechos e intereses de los titulares de derechos de propiedad intelectual, autorizando a
los Estados miembros a establecer en sus ordenamientos internos excepciones a los derechos de reproducción y de comunicación al público que faciliten el acceso de las instituciones difusoras de la cultura a las nuevas tecnologías de la información sin dañar los intereses de los titulares de derechos.
Así, de una parte, el art. 5.2 c) DDASI permite a los Estados miembros establecer
excepciones o limitaciones en relación con los actos específicos de reproducción efectuados por bibliotecas, centros de enseñanza, archivos o museos accesibles al público que
no tengan intención de obtener un beneficio económico o comercial directo o indirecto.
Habrá que entender que la excepción comprende tanto reproducciones analógicas como
reproducciones digitales (incluyendo la digitalización de fondos analógicos y su almacenamiento en servidores informáticos para su archivo, consulta y recuperación), ya que la
noción de reproducción ofrecida por el art. 2 DDASI es común para todas las modalidades
de reproducción.
De otra parte, el art. 5.3. n) DDASI permite a los Estados miembros establecer una
nueva excepción a los derechos de reproducción y comunicación al público (pensando en
la modalidad de puesta a disposición a la carta) para que las bibliotecas, archivos, centros
de enseñanza o museos abiertos al público que no tengan intención de obtener un beneficio económico o comercial directo o indirecto puedan comunicar o poner a disposición de
personas concretas del público (se entiende que sus usuarios), a efectos de investigación
o de estudio personal, las obras y prestaciones que figuren en sus colecciones, únicamente a través de terminales especializados instalados en los locales de sus establecimientos
(es decir, consulta in situ) y sólo en los casos en que esas obras y prestaciones no sean
objeto de condiciones de adquisición o de licencia.
Nos encontramos, pues, por una parte, con una excepción al derecho de reproducción
para permitir actos de reproducción digital en bibliotecas y centros análogos en la que no
se delimita su alcance preciso, lo cual puede dar lugar a diferentes interpretaciones. Si par198
timos del tenor literal del vigente art. 37.1 TRLPI podría defenderse que las bibliotecas e
instituciones similares podrían realizar reproducciones digitales de sus fondos y materiales
tanto con fines internos de depósito, archivo y conservación, como para ponerlas a disposición de sus usuarios sea por medio de copias analógicas (impresión y reprografía), sea
a través de soportes tangibles digitales (CD, disquete, DVD, etc.), siempre que lo hicieran
sin ánimo de lucro y con fines de investigación.
Ahora bien, entiendo que así como las reproducciones internas podrían admitirse sin
problemas para potenciar y mejorar los servicios propios de estas instituciones y las reproducciones analógicas (fotocopias) sobre materiales previamente digitalizados podrían
admitirse en función de las características concretas del servicio, el ofrecimiento de reproducciones digitales en soportes tangibles electrónicos chocaría frontalmente con las condiciones previstas en la prueba de las tres fases, determinando así su antijuridicidad.
Debería tenerse en cuenta, además, que si el art. 5.2 n) DDASI sólo permite la puesta a
disposición en línea de contenidos protegidos en terminales especializados situados en los
locales de la institución cultural, podría deducirse la intención del legislador de no incluir
en el ámbito de la excepción al derecho de reproducción el ofrecimiento a los usuarios de
reproducciones digitales para ser enviadas mediante fax o correo electrónico. Sustenta
además esta interpretación la indicación contenida en el Cdo. nº 40 del Preámbulo de la
DDASI en el sentido de que la excepción al derecho de reproducción a favor de determinados establecimientos «no debe aplicarse a las utilizaciones realizadas en el contexto de
la entrega en línea de obras o prestaciones protegidas».
No obstante, ante las muchas dudas suscitadas, el legislador nacional que decida
incorporar esta excepción al ordenamiento interno debería precisar las condiciones de la
misma para evitar interpretaciones demasiado amplias susceptibles de perjudicar de
manera clara los intereses de los titulares de derechos. En este sentido, el art. 13º BALR
contempla una modificación del art. 37 TRLPI, indicando en su apartado a) que las instituciones mencionadas en el mismo podrán llevar a cabo sin autorización del titular de los
derechos la reproducción, sin finalidad lucrativa, para fines de conservación o investigación, siempre que éstos le fueran reconocidos como propios a la institución en su normativa correspondiente, sin incluir precisiones de ningún tipo sobre el alcance que pueda
darse a la reproducción digital, por lo que debería corregirse antes de su definitiva aprobación.
Por otra parte se establece una excepción al derecho de comunicación al público en su
modalidad de puesta a disposición en línea (on demand), con la particularidad de que la
puesta a disposición autorizada se puede producir únicamente en una red de difusión interna que conecte un ordenador servidor con los terminales individuales colocados en el propio establecimiento (esto es, una Intranet) para su consulta exclusivamente in situ o en
sala. En el caso de una Intranet no puede alegarse que estemos dentro de un ámbito
estrictamente doméstico, toda vez que la Intranet supone en todo caso que la comunicación interna está integrada o conectada a una red de difusión, en el sentido apuntado por
el art. 20.1, II in fine TRLPI. Naturalmente, como se adelantó antes, la realización de este
tipo de actividad no requiere solamente una excepción al derecho de comunicación al
público sino también una excepción al derecho de reproducción, ya que la puesta a disposición en línea para consulta en sala requiere previamente una digitalización de los
materiales protegidos (caso que su formato original no sea digital), su posterior almacenamiento en un ordenador o equipo informático servidor y, finalmente, una reproducción electrónica provisional en la memoria RAM de cada terminal para permitir la visualización y/o
199
audición en que consiste la consulta en sala. En esta línea, el art. 13º BALR añade un inciso final en el apartado a) del art. 37 TRLPI para indicar que será lícita (es decir, quedará
incluida dentro de la excepción de reproducción para bibliotecas y otras instituciones análogas) la reproducción necesaria para llevar a cabo la comunicación o puesta a disposición
para consulta a la que se refiere el apartado c), que incluye dentro de la excepción la comunicación o puesta a disposición a personas concretas del público, mediante red cerrada
interna y a través de terminales especializados instalados en los locales de los propios
establecimientos destinados a tal fin, de las obras ya divulgadas que figuren en sus propias colecciones, siempre y cuando la utilización sea a los exclusivos efectos de investigación y las obras afectadas no sean objeto de condiciones de adquisición o de licencia.
Ahora bien, el art. 5.2 n) DDASI indica en su inciso final que las instituciones beneficiarias de esta excepción a los derechos de reproducción y de comunicación al público sólo
podrán poner a disposición del público las obras y prestaciones «que no sean objeto de
condiciones de adquisición o de licencia»; circunstancia ésta última que restringe sustancialmente el alcance de la excepción, que tendrá que limitarse prácticamente a obras y
prestaciones que no se encuentren a disposición del público en los cauces ordinarios de
distribución-adquisición o de comercialización en línea. Téngase en cuenta que si se impide la digitalización y puesta a disposición del público de obras y prestaciones que sean
objeto de adquisición y licencia realmente se está impidiendo utilizar por las bibliotecas y
los otros centros de difusión de la cultura, todos los materiales protegidos plasmados en
soportes tangibles (ejemplares analógicos o digitales) que estén a la venta en el mercado
(no descatalogados) o que se comercialicen a través de las fórmulas de licencias de uso
del tipo shrink wrap o paquetizadas (como sucede habitualmente con los programas de
ordenador, las bases de datos electrónicas y cada vez más con las obras y productos multimedia), así como todos los materiales que se comercialicen en línea a través de Internet
u otras infopistas mediante el sistema de las licencias de uso clic wrap. Eso significa que
sólo quedarían dentro de la excepción de consulta in situ en instituciones culturales las
obras y prestaciones protegidas que formen parte del fondo de las mismas que ya no estuvieran en el mercado en régimen de venta o de licencia, los materiales descatalogados y
aquellos en que hubiera caducado la protección por transcurso del plazo de protección.
Puede decirse, para concluir, que en la relación de tensión mantenida en este punto
entre los partidarios del acceso a la cultura y los del respeto de los derechos de propiedad
han vencido claramente estos últimos. Sin duda, por la imperiosa necesidad sentida por el
legislador comunitario de fomentar el crecimiento y consolidación de una sociedad de la
información y un comercio electrónico de calidad, para lo cual se hace imprescindible la
protección rigurosa de los derechos de propiedad intelectual frente al riesgo palpable de
reproducción y puesta a disposición mediante ejemplares o en línea de las obras y prestaciones digitalizadas.
En definitiva, fuera del caso mencionado de consulta in situ, cualquier iniciativa por
parte de bibliotecas, archivos, etc., es decir, por parte de las llamadas mediotecas virtuales de poner a disposición del público en línea y a distancia (fuera de su establecimiento)
sus catálogos o fondos digitalizados, tendrá que hacerse previa obtención de las oportunas licencias de explotación de los titulares y derechohabientes. Licencias que, obviamente, ante la imposibilidad de ser gestionadas directamente con cada uno de los titulares y
derechohabientes afectados, parece lo más lógico que se tramiten directamente ante la
entidad o entidades de gestión pertinentes.
200
Sin embargo, si una biblioteca u otro centro similar de los mencionados en el art. 37
TRLPI quisiera optar por difundir sus fondos a través de un modelo de licencia pública
general, sólo podría hacerlo recabando la autorización directamente de cada uno de los
titulares de derechos afectados, dado que ese tipo de licencias comprende la cesión no
exclusiva de todos los derechos patrimoniales, incluido el de transformación, y no parece
razonable que tan amplia autorización pueda ser concedida sin más por una entidad de
gestión, sin perjuicio de que ésta pueda actuar de intermediario en la negociación.
En definitiva, ese tipo de iniciativas por parte de bibliotecas, archivos, etc., sólo podrá
hacerse efectiva con la amplitud que requiere un servicio de este tipo sobre los fondos digitalizados de las mismas en que haya caducado la protección por derechos de autor y/o por
derechos afines, es decir, que se encuentren ya en el dominio público. Aunque en estos
casos pueden producirse problemas con el debido respeto que el uso de las obras en
dominio público debe guardar al derecho de paternidad y sobre todo de integridad de la
obra, de manera que será difícil que los usuarios puedan alterar las obras originales creando obras derivadas que supongan una alteración de la estructura original de la obra,
pues aunque haya fallecido el autor el ejercicio de los derechos morales de paternidad e
integridad podrá ser ejercitado (es decir, exigir su debido respeto) por sus herederos legítimos (y los herederos posteriores de éstos) o por la persona natural o jurídica (por ejemplo, una fundación) a la que el autor hubiera confiado expresamente esa labor por disposición de última voluntad (testamento) (cfr. art. 15.1 TRLPI).
En definitiva, se antoja difícil que las bibliotecas e instituciones similares puedan difundir sus fondos en régimen de licencia pública general si no es con el consentimiento expreso de los titulares de derechos o de sus derechohabientes. Las peculiaridades de la licencia pública general, sobre todo en lo que respecta a la transformación de la obra original
para crear obras derivadas o incluirla en obras colectivas, exige una renuncia expresa y
consciente de los derechos de autor por parte del creador o derechohabiente de la obra o
bien la concesión de una licencia pública general por el mismo autor o su permiso para que
un tercero ofrezca sus obras al público bajo ese tipo de licencia.
Véase, a estos efectos, la información disponible en los sitios ISBN (en línea).
<http://www.isbn.org> (Consulta: 6 de septiembre de 2004) e ISSN (en línea).
<http://www.issn.org> (Consulta: 6 de septiembre de 2004).
1
Digital Object Identifier (en línea) <http://www.doi.org> (Consulta: 6 de septiembre de
2004).
3 Tratado OMPI sobre Derecho de autor (en línea) <http://www.ompi.int/treaties/ip/copyright/index-es.html> (Consulta: 6 de septiembre de 2004).
2
Tratado OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (TOIEF o WPPT) (en
línea) <http://www.ompi.int/treaties/ip/performances/index-es.html> (Consulta: 6 de septiembre de 2004).
5 U.S. Digital Millenium Copyright Act (en línea) <http://www.loc.gov/copyright> (Consulta:
6 de septiembre de 2004).
6 Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001,
relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos
afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (en línea)
4
201
<http://europa.eu.int/eur-lex/es/lif/reg/es_register_1720.html> (Consulta: 6 de septiembre
de 2004).
7 Free Software Foundation (en línea) <http://www.gnu.org/> (Consulta: 6 de septiembre de
2004).
8 Center for the Public Domain (en línea) <http://www.centerforthepublicdomain.org/>
(Consulta: 6 de septiembre de 2004).
9 Creative Commons (en línea) <http://www.creativecommons.org> (Consulta: 6 de septiembre de 2004).
10 Bufete Almeida (en línea) <http://www.bufetealmeida.com/ccd.htm> (Consulta: 6 de septiembre de 2004).
202
4. El régimen económico
de las publicaciones
electrónicas
JOAQUÍN RODRÍGUEZ
203
204
Capítulo 4
El régimen económico de las publicaciones electrónicas
(Joaquín Rodríguez)
203
La elasticidad del concepto de revista científica
205
La importancia del plan de negocio
205
Estructura de costes
206
Revistas en papel
207
Revistas electrónicas
207
Cuadro comparativo
209
Los modelos principales de pago y negocio
212
Acceso gratuito para todos
212
Pago por suscripción
213
Versión electrónica gratuita para subscriptores de la versión impresa
213
Versión electrónica vendida a suscriptores o no suscriptores
(precio igual/más/menos que la versión impresa)
213
Suscripciones individuales
213
Licencias de sitio
214
Licencias para consorcios
215
Modelos de licencias
217
Pago por uso o descarga
217
Pago por publicación
219
Los autores pagan
219
Repartir los costes: pago por sumisión y pago por publicación
220
Un modelo de transición. Las experiencias de las sociedades
de entomología
220
Otros modelos posibles de financiación
Generación de ingresos propios
221
221
Relaciones de afinidad
221
Distribuciones alternativas
223
Productos y servicios relacionados
223
Comercio electrónico
224
Subvenciones externas
224
Subvenciones internas
225
Becas y contribuciones
225
Socios
225
La lógica del trabajo científico: por un modelo de edición open access
y copy left
225
LA ELASTICIDAD DEL CONCEPTO DE REVISTA CIENTÍFICA
El modelo de edición de contenidos científicos tradicional en papel sufrió su primera sacudida
con la aparición de los soportes electrónicos. La segunda conmoción pudo provenir del empuje de
tres fuerzas entrelazadas: la tecnológica, la comercial y la propiamente editorial:
Tecnológicamente es posible hacer desaparecer el concepto de obra unitaria y cerrada sobre
sí misma por tres razones fundamentales:
Porque los contenidos en el medio digital puedan circular y ser manipulados y reproducidos con toda facilidad y presteza, dando lugar a potenciales palimpsestos cooperativos en
función eso sí, del tipo de licencia de uso al que estén sometidos.
Porque el medio electrónico permite fragmentar y dividir una obra hasta su mínima unidad
(que puede ser un artículo u otra magnitud cualquiera), de manera que puede ser leída,
distribuida y vendida en porciones o fragmentos.
Porque la facilidad teórica del uso de las nuevas tecnologías hace factible que los autores
prescindan de la intermediación de los editores, en este caso concreto, por tanto, que los
científicos se conviertan en sus propios editores y se reapropien, por decirlo en un lenguaje ya casi arcaico, de sus propios medios de producción, violentando de esa forma todo
los circuitos editoriales tradicionales.
Porque no es necesario contar con todos los artículos previstos de un número para publicarlos en el orden que vayan llegando y siendo evaluados y editados, poniendo de esa
manera a disposición de los lectores en un tiempo muy inferior al habitual los materiales
demandados.
Porque el sitio web de una revista ya no es, meramente, la exposición ordenada cronológicamente de los números impresos sino un lugar en el que se ofrecen un conjunto de servicios de valor añadido (desde un buscador avanzado hasta un foro de debate) que
envuelven y potencian a sus propios contenidos.
Comercialmente no se trata de ofrecer una única modalidad de suscripción, individual o institucional, sino de pensar modelos flexibles de explotación basados en las potencialidades
que nos permite la tecnología: si el contenido es fraccionable, ¿por qué no permitir una
modalidad de venta acorde?; si se proporcionan servicios de valor añadido, ¿por qué no
amortizar parte de la inversión a partir de una suscripción específica a esas prestaciones?;
si una gran parte de mis usuarios realizan consulta a mis contenidos desde un solo punto
de acceso en una biblioteca, ¿por qué no llegar a un acuerdo de licencia de uso corporativa?. Estos son sólo alguno de los ejemplos de negocio posibles. Cada cual, en función de
su realidad, deberá realizar una reflexión detenida y particular que no tiene porque circunscribirse ni siquiera, como veremos, a modelos de sostenimiento comercial habituales.
Editorialmente el empuje de los movimientos del open access y del copy left están poniendo
literalmente boca arriba el modelo tradicional de la edición. Lejos de ignorar sus demandas
y su pujanza, parece que en el horizonte puede ya adivinarse que serán más bien los grandes consorcios editoriales tradicionales quienes tiendan a asumir los cambios propiciados
por la filosofía del libre acceso y las variadas licencias de uso que al contrario. La discusión
en este terreno es hoy candente y supone, verdaderamente, una revolución editorial superpuesta a la revolución digital previa.
LA IMPORTANCIA DEL PLAN DE NEGOCIO
No es este el lugar, quizás, para desarrollar completamente un plan de negocio y sus múltiples
implicaciones; sí lo es, sin embargo, para llamar la atención sobre la conveniencia de utilizar esa
herramienta como soporte empresarial de su iniciativa editorial, algo a lo que no están excesivamente acostumbrados los editores y, menos aún, los editores de revistas científicas.
205
Un «Plan de empresa» o «Plan de negocio» es, sobre todo, un mapa, una representación razonada de los valores, tácticas, objetivos, acciones y resultados esperados de cualquier negocio, de
la edición de revistas electrónicas en este caso. Como herramienta deberá servir como guía y
orientación internas y como medio de comunicación y de interlocución con agentes externos, con
posibles socios, colaboradores y patrocinadores.
Un «Plan de Negocio» consta de, al menos, siete puntos principales, ninguno de los cuales va
a ser desarrollado explícitamente en esta guía. Existen, sin embargo, múltiples fuentes para su
concepción y desarrollo: la Dirección General de Políticas para las Pymes 1 ofrece un manual de
crea-ción de la empresa con su correspondiente Plan de Negocio; las Cámaras de Comercio de
Madrid 2 y de Andalucía 3 ofrecen, también, guías completas para la formalización de un Plan de
Empresa; el Open Access Forum 4, por último, ofrece una guía específica para el desarrollo de un
plan de negocio vinculado al desarrollo de una revista basada en open access.
ESTRUCTURA DE COSTES
Como ya hemos argumentado extensamente, las propiedades de los soportes electrónicos flexibilizan el formato tradicional de una revista hasta hacer que sus límites, claramente establecidos
en el papel, se desdibujen y se amplíen hasta conformar ámbitos de contenidos vinculados tan
extensos como lo permita el marco de las licencias negociadas. Herramientas como Cross Ref 5
permiten, precisamente, trazar la sucesión de los vínculos y referencias que llevan de un artículo
a otro y de una publicación a otra (siempre que se hayan acogido previamente al uso del DOI 6).
No todas las revistas electrónicas son así pero, potencialmente, podrían llegar a serlo, esa es la
tendencia innata, y la estructura de costes tradicional, concebida para un producto cerrado y acabado en sí mismo, no sirve para una realidad mucho más dúctil e indefinida.
Tampoco todas las revistas incurren en los mismos gastos ni tienen la misma repercusión y distribución, de manera que no serían equiparables revistas de la entidad de Science o Nature, de
renombre internacional y con una amplísima base de suscriptores que reciben una amplia gama
de servicios de valor añadido, a revistas de calidad y de reputación internacional pero más generalistas y con un número de suscriptores inferior o, menos aún, con revistas más especializadas o
específicas, que publican contenidos científicos con baremos menos estrictos que las primeras y
cuya red de lectores es muy variable.
Como en cualquier procedimiento editorial, los gastos deben dividirse en dos grandes capítulos, los gastos fijos y los gastos variables, esto es, los que se producen independientemente de los
resultados, efectos o alcance de la revista, y los que dependen, precisamente, de su circulación y
venta. Por eso, y en consonancia con el párrafo anterior, la estructura de costes de cada revista es
absolutamente singular ya que su conformación dependerá, por una parte, de los gastos en selección y evaluación en los que se incurra, mucho más estrictos en una publicación puntera que en
otra -del orden de 1 de cada 8 o 1.25 de cada 10-; de los gastos propiamente editoriales desagregados en corrección y edición de los textos elegidos y, por último, de los que se deriven del diseño y realización del prototipo. En cuanto a los variables, y hablando en términos muy generales,
deberán contarse los gastos en el soporte en el que se edite; los derivados de la gestión de suscripciones, licencias o cobros; los generados en la distribución física o electrónica de los contenidos; los que entrañen la comercialización por unos u otros canales y, en definitiva, los que supongan la promoción y márketing del producto editorial acabado.
En resumidas cuentas, los epígrafes de gasto fijo -el desembolso que ha de realizarse independientemente de su recuperación potencial futura- en la cuenta de una editorial son:
Tirada.
Inversión en el prototipo.
Evaluación y selección.
Creación.
206
Realización.
Anticipo o pago a tanto alzado por el artículo: en el caso que la cantidad desembolsada no
pueda ser recuperada mediante la venta.
Gastos de promoción fijos.
Los capítulos de gasto variable -el desembolso cuya recuperación depende enteramente de la
venta de la revista o de sus artículos- serán:
Costes industriales.
Anticipo o pago a tanto alzado por el artículo: en el caso que la cantidad desembolsada se
haya recuperado mediante la venta.
Derechos de autor en el caso de que existieran.
Gastos de promoción variables.
Gastos comerciales.
Gastos de distribución.
Gastos de mantenimiento y gestión de la plataforma informática.
Gastos de gestión de usuarios.
Gastos de gestión de suscripciones, licencias de uso y pagos.
REVISTAS EN PAPEL
La mayoría de los costes en los que se incurre al editar una revista en papel son los mismos
que se producirán al hacerlo en formato electrónico de tal manera que suele asegurarse que los
costes de ambas son equiparables. No es este el lugar para hacer una relación exhaustiva de todos
los capítulos que componen la cuenta del gasto editorial, pero la plantilla de la página siguiente
puede proporcionar una figura cercana a la realidad:
Algunos de los gastos imputables a la edición de los textos variarán en función del modelo de negocio que sustente la revista -gastos de suscripción, de gestión de licencias de contenidos, de cobro
a usuarios o autores, etc.-, pero la mayoría de ellos permanecen inmutables.
REVISTAS ELECTRÓNICAS
Suele argüirse que los costes del prototipo de una revista electrónica son similares a los de una
revista en papel y que es a partir de la segunda copia cuando el abaratamiento se deja notar, cuando el coste marginal del producto electrónico tiende a cero. Sin dejar de ser completamente cierto,
tampoco es enteramente exacto: si bien es verdad que cierta dimensión industrial de la producción
en papel deja de existir -el papel mismo y todo lo relacionado con la producción, el almacenaje, la
distribución y muchas de las cuestiones relacionadas con los canales de comercialización que no
sean el propiamente digital-, también es cierto que pueden seguir existiendo gastos derivados de
la propiedad intelectual de los productos, de la administración, manipulación e incluso envío físico
de libros o revistas. Quedaría por computar, además, todo el equipamiento informático necesario
para que la edición digital sea simplemente factible y todos los gastos derivados de la programación, mantenimiento y gestión de contenidos y transacciones: la inversión en este capítulo, no obstante, puede variar considerablemente en función de la competencia informática de los editores
(podrían asumir, teóricamente, la mayoría de las tareas relacionadas), de las licencias del software utilizado (muchos programas aplicables son gratuitos), de la disposición o no de un espacio de
alojamiento dentro de la propia Universidad o institución en la que se inscriba el servicio de publicaciones y de la cantidad de contenidos en papel que haya que digitalizar, transcribir y corregir (una
cifra que crece exponencialmente cuando se trata de miles de páginas, algo nada anormal en revistas con un largo pasado). El aumento de la calidad de los servicios de valor añadido -algo casi irrenunciable dentro de la red- y la personalización progresiva de los servicios, suponen, también, un
nada desdeñable incremento de las inversiones.
207
208
Sin ánimo de ser completamente sistemáticos, la ficha que recogería la estructura de costes
particular de una revista electrónica podría ser algo parecido a esta:
CUADRO COMPARATIVO
Las estimaciones en cuanto a la determinación de los costes de las revistas científicas están
extraídas de algunas de las obras de referencia de la abundante literatura que circula en la actualidad: especialmente de Tenopir y King 7, de Bergstrom 8 y de Dryburgh 9. Los precios habituales
de un prototipo giran en torno a una media de 230-1850 €. Tenopir y King, por ejemplo, estiman
que la media de los costes se sitúa en los 1430 € y que esa cantidad está a mitad de camino de
los 2040 € que debe gastar un editor de alto nivel hasta los 350 € de un editor medio. Las versiones electrónicas de esas dos revistas en papel tendrían, respectivamente, un coste de 1855 € y de
440 €. Sabemos que PloS Biology 10, por ejemplo -un modelo de libre acceso con una alta tasa de
rechazo-, tiene un coste de prototipo cercano a los 990 € por artículo (al que habría que añadir el
coste de los editores de la revista). Las posturas más críticas al respecto, las de las multinacionales editoriales, Reed Elsevier a la cabeza, argumentan que la elevada tasa de rechazo de esta
clase de revistas, la de PloS en concreto -que ellos evalúan en torno al 83%-, dispara el precio de
los artículos publicados, en realidad, a cifras por encima de los 1390 € y que, en realidad, la economía de escala de la que se habla como uno de los mayores atractivos de la edición electrónica
es inviable para revistas que, a lo sumo, editan un total de 100 o 200 artículos anuales. Las apreciaciones de Dryburgh en relación con las revistas pequeñas y medianas, cifran el coste de cada
artículo entre los 225 y los 1855 €, con una media calculada de 990 €. Bergstrom, por su parte,
tasa los costes de algunas de las revistas económicas más reconocidas internacionalmente entre
los 1113 y los 2226 €, si bien este último extremo no parece alcanzarse casi en ningún caso.
BioMed Central , uno de los sitios abanderados del open access en la red, grava la publicación de
sus artículos con tres precios diferentes en función de la selectividad y excelencia de la revista
donde se publique : 487 (donde se encuadran la mayoría), 928 y 1391 €.
209
Aun cuando esta tabla supongo una simplificación, porque muchas de sus cifras resultan de
obtener una media de las cantidades apuntadas por las fuentes que hemos manejado en los dos
puntos anteriores, tendrá la virtud de ofrecer un margen de costes dentro del cual debería ubicarse la suya:
210
Al menos un 57-60% del coste total de la revista, si creemos en las estimaciones anteriores, provienen de los costes fijos, de los costes propiamente editoriales. La cuestión es,
por tanto, ¿de qué manera cabe amortizar esa inversión invariable en función del modelo
de negocio elegido? ¿Será necesario aumentar la tasa de suscriptores para distribuir el
gasto fijo entre una base amplia capaz de liquidarla, o habrá que buscar que los autores o
sus instituciones cubran ese coste? En gran medida esta discusión y las consecuencias
que de ella se deriven no tiene un fundamento económico sino, por así decirlo, doblemente sociológico: por una parte se trata, en el fondo, tal como se discutirá en el último punto
de este capítulo, de la cuestión del uso y difusión legítimos del conocimiento, de la disputa por establecer cómo, de qué manera y a quién debe hacerse accesible el resultado de
las investigaciones; por otra parte lo que busca un lector en la cabecera de una revista (en
un sello editorial, por extensión), es la garantía de una evaluación contrastada, de una
selección rigurosa, de la calidad incontestable, en suma, de lo publicado. Por su parte, los
autores buscan una cabecera que fundamente sólidamente su prestigio intelectual, que
avale su carrera científica, que le asegure el máximo impacto y circulación, independientemente del soporte que se utilice para alcanzar esos objetivos. Como en cualquier círculo vicioso que aspire a transformarse en círculo virtuoso, de lo que se trata en este caso
es que los científicos más importantes y las más renombradas cabeceras asuman el cambio al sistema de acceso abierto y pago por publicación y, con ello, lideren el movimiento
que otorgue a las nuevas cabeceras credibilidad y consideración. El ejemplo de PloS es,
a estos efectos, paradigmático: en una de sus páginas web ofrecen al lector el conjunto de
pósters utilizados en sus campañas de promoción donde alguno de los más reputados
científicos internacionales -como es el caso de James Watson, con ocasión de los cincuenta años de la publicación de los resultados de sus descubrimientos sobre la cadena del
ADN- avalan la iniciativa del open access, asumen su liderazgo y refrendan sus objetivos.
Fig. 1 James Watson, en PloS, recomendando editar en open access
211
Al éxito de la iniciativa, qué duda cabe, puede contribuir, a la vista de las investigaciones de
campo previamente mencionadas, que la estructura de los costes de las publicaciones basadas en el sistema de pago por publicación son más efectivas, más bajas, porque desaparecen
todas las actividades relacionadas con la restricción de accesos al conocimiento. La edición
electrónica de literatura gris, las estrategias de preservación y de garantía de acceso a los archivos que almacenan el fruto de investigaciones pasadas, por otra parte, tal como se verá en el
capítulo 10, en cualquiera de sus variedades posibles (preprints, postprints y open archives),
representará, sin duda, un desafío añadido a la edición tradicional. Es posible, sin duda, que
llegue un momento no muy lejano en el tiempo en el que la pregunta ya no sea si existen alternativas contrapuestas de publicación y diseminación de los contenidos científicos sino de qué
manera puede seguir existiendo un modelo de explotación comercial en un entorno mayoritariamente abierto.
Para terminar este apartado es necesario resaltar, en cualquier caso, que aunque el sistema de pago por publicación parece obviamente más adecuado para una diseminación más universal del conocimiento, puede entrañar consecuencias inadvertidas o indeseables para los
nuevos editores: podría suceder que alguna de las revistas comerciales de alta calidad que hoy
se conocen abandonaran la edición por la imposibilidad de mantener el conjunto de servicios
de valor añadido que prestan a su comunidad de suscriptores o, en todo caso, los redujeran
drásticamente; podría ocurrir, igualmente, que una vez asumido el modelo de pago por evaluación y publicación de artículos, las revistas entraran en una carrera de reducción de las tarifas
asociadas y eso acabara provocando una reducción sucesiva de la calidad editorial escasamente beneficiosa para nadie.
LOS MODELOS PRINCIPALES DE PAGO Y NEGOCIO.
ACCESO GRATUITO PARA TODOS
El acceso gratuito universal y sin restricciones, como veremos con detalle, puede tener
dos motivos distintos: puede tratarse de una estrategia comercial a medio o largo plazo de
una revista consolidada en papel que pretende atraer a más lectores permitiéndoles consultar la calidad de sus contenidos y sus servicios o puede tratarse, como de hecho sucede ya en la red, de una revista acogida al principio de libre acceso que no carga tasa alguna al lector -aunque sí, como se explicará, al autor-.
El primer caso es, digamos, una cuestión de tiempo, es decir, se permite el acceso aparentemente indefinido y sin cargo a los contenidos de la revista, pero el horizonte temporal futuro es el de la restricción total o parcial: mientras tanto se intentan captar lectores fieles, se intenta atraer publicidad al sitio, se intercambian vínculos con otros lugares vecinos
de la web afines temática o institucionalmente, se teje, en fin, una red de clientes que vaya
afianzando un modelo de negocio vocacionalmente comercial.
En el segundo caso, por seguir el juego de palabras, es el tiempo el que queda en
cuestión, suspendido, porque en los modelos de acceso libre los contenidos quedan de
una vez y para siempre a disposición de los usuarios, y son los autores o las instituciones
en las que trabajen quienes deben hacerse cargo de los costes que entrañe la publicación.
212
PAGO POR SUSCRIPCIÓN
VERSIÓN ELECTRÓNICA GRATUITA PARA SUSCRIPTORES DE LA VERSIÓN
IMPRESA
Cabe la posibilidad de ofrecer a los suscriptores de la revista en papel el acceso indefinido o circunscrito a un tramo temporal determinado a los contenidos actuales e históricos. Esta posibilidad no debería realizarse a costa de un incremento velado en las
tarifas de la suscripción en papel, porque sería tanto como gravar la lectura por servicios que no se han solicitado. Habrá de tenerse en cuenta, también, que toda administración restringida de accesos requiere de una inversión previa no desdeñable en software de seguridad y en administración del sistema, de forma que ese incremento del
gasto puede considerarse como un obsequio a los lectores o como una inversión en
futuros suscriptores.
VERSIÓN ELECTRÓNICA VENDIDA A SUSCRIPTORES O NO SUSCRIPTORES
(PRECIO IGUAL/MÁS/MENOS QUE LA VERSIÓN IMPRESA)
Es una práctica ya habitual ofertar a los suscriptores de una revista en papel su formato electrónico por un precio determinado. También, inversamente, que los suscriptores
de una revista electrónica reciban su versión en papel. La fijación de esa cuantía
depende del punto de vista que usted adopte sobre el usuario y el producto:
El precio será superior si, efectivamente, piensa que los servicios de valor que ha
añadido al soporte digital deben ser sufragados por quienes los disfrutan. Esa cuantía adicional puede variar entre un 10-50%.
La cantidad será igual si usted valora que el lector recibe el mismo contenido y que
usted está dispuesto a correr con los gastos añadidos que supone la versión electrónica para cultivar su fidelidad.
El precio será inferior si tiene en cuenta que puede configurar un paquete de suscripción general compuesto por el papel y el formato digital y que puede compensar el
incremento inicial en la inversión con una oferta interesante.
A los nuevos lectores, también, podrá ofrecerles paquetes de suscripción de la misma
naturaleza que suelen suponer un descuento de un 50% respecto a la suscripción singular al formato electrónico.
SUSCRIPCIONES INDIVIDUALES
No parece que la comunidad científica, integrada en alguna institución universitaria o
de investigación, necesite una suscripción individual para acceder a los contenidos de
su interés. Será normalmente la institución quien le proporcione ese acceso y le proteja de los vaivenes de los precios a los que puedan estar sometidas las revistas especializadas. Cabe potencialmente, al menos, pensar en la posibilidad de ofrecer a un
posible usuario individual un precio de suscripción barato, lo suficientemente asequible
para que pueda resultarle atractivo registrarse individualmente y hacer uso de esos
servicios en el momento que no se encuentre en su puesto de trabajo habitual -y que
no disponga de un acceso web mediante clave a esos mismos recursos bibliográficos. Recuerde, en cualquier caso, que la gestión individualizada de usuarios requerirá de
un sistema capaz de identificarlos.
213
LICENCIAS DE SITIO
Las universidades, bibliotecas, colegios u organizaciones profesionales, institutos de
investigación, etc., puedan estar interesadas en obtener un acceso en línea a su revista, no desde un solo puesto o estación de trabajo sino desde cualquier punto del campus u organización suscriptora. Las editoriales comerciales llevan ya tiempo trabajando en dos cuestiones:
La definición de lo que significa «sitio», es decir, el número de puestos que estarían
comprendidos bajo una misma licencia y su delimitación o contorno geográfico (dentro de un campus, un edificio, etc.).
El establecimiento de un sistema de precios basado, normalmente, en bandas amplias, que resulte de la suma o consideración de diversas variables: número de profesores y estudiantes totales; número de investigadores; total de departamentos por
áreas de investigación; relación de los departamentos más sobresalientes o productivos, etc. Será importante, si sigue este modelo, que conozca en profundidad el funcionamiento de la institución y su dimensión para establecer un precio adecuado.
Puede obtener alguna información específica sobre el alcance de estas licencias -que
cada editorial, en realidad, modifica o modela en función de sus estrategias comerciales y del tipo de clientes al que se dirige-, consultando los ejemplos siguientes:
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En el Anexo 2 de esta Guía podrá encontrar, además, varios ejemplos de licencias de
sitio completas, en las que se especifica punto por punto su alcance y derivaciones.
LICENCIAS PARA CONSORCIOS
Para las bibliotecas de las Universidades y los centros de investigación es difícil adquirir y mantener la enorme cantidad de publicaciones periódicas que sus lectores demandan con los recursos económicos limitados con los que cuentan. Para robustecer su
posición en las negociaciones que mantenían habitualmente con los proveedores de
contenidos, con los grupos editoriales, se han creado consorcios o agrupaciones de
bibliotecas que negocian conjuntamente paquetes de acceso a un número o grupo
determinado de revistas. En España son conocidos el Consorcio de Bibliotecas
Universitarias de Cataluña o Madroño, Consorcio de las Universidades de la Comunidad de Madrid y de la UNED para la cooperación bibliotecaria . Uno de los proyectos
más conocidos a este respecto es el de REBIUN, el denominado Proyecto de
Cooperación en Adquisición de Revistas (CAR) , que tiene como objetivos los siguientes:
Cooperación para las Adquisiciones de Revistas
Adoptar medidas conjuntas respecto a licencias y condiciones de acceso a recursos
de información electrónica.
Impulsar, en el seno de las Universidades españolas, experiencias de edición electrónica, así como la participación en todos aquellos foros nacionales o internaciona215
les tendentes a impulsar formas alternativas de edición y comunicación de información académica y científica.
En el informe presentado en la VIII asamblea de REBIUN en el año 2000, titulado El
problema de las revistas en las bibliotecas universitarias y científicas españolas. propuesta de la comisión ejecutiva a la asamblea de Rebiun 19, puede leerse una planteamiento muy claro de cuál es el problema al que se enfrentan las bibliotecas universitarias:
Las series estadísticas de las Bibliotecas REBIUN 94-98 relativas a gasto en compras
bibliográficas, número de libros y revistas y precio medio de ambos muestran que el
notable aumento de los presupuestos para materiales bibliográficos registrado se destina de manera prioritaria a las revistas. El gasto medio por universidad en publicaciones periódicas es un 37% mayor que cinco años atrás, pero apenas sirve para incrementar un 3% el número de títulos suscritos. La razón fundamental es que el precio
medio de las revistas se ha incrementado en estos años en un 42%. El aumento medio
de la suma destinada a libros por universidad (11%) apenas cubre la inflación acumulada en el periodo. El anuario estadístico del 98 muestra, por primera vez en cinco
años, que las Bibliotecas han destinado menos dinero a la compra de libros que el año
anterior. A modo de comparación, estadísticas recogidas por la ARL (Association of
Research Libraries) relativas al periodo 1986-1998 muestran un aumento del precio
medio de las revistas para este periodo del 175%, mientras que el precio medio de
monografías se incrementó en un 66%. Las bibliotecas gastan un 152% más en adquirir un 7% menos de títulos en 1998 que en 19861. Los editores comerciales concentran buena parte de la edición de revistas científicas, siendo éstas las que presentan
unos incrementos anuales de precios más acusados.
A pesar del aumento general de los presupuestos destinados a adquisiciones bibliográficas en los últimos años, los datos estadísticos hacen patente que en las universidades españolas también está afectando la llamada «crisis de las revistas» («serials» o
«journals crisis»), ampliamente estudiada y analizada desde los años 80 en publicaciones profesionales, congresos nacionales e internacionales de Bibliotecas y que se
resume en los siguientes puntos:
Las suscripciones de revistas consumen cada año un porcentaje mayor del presupuesto de adquisiciones bibliográficas en detrimento de las monografías y otros
materiales. Esta situación se ve agravada debido a la necesidad, durante este periodo de transición del soporte papel a otros formatos y formas de acceso, de mantener las suscripciones en papel y pagar costes adicionales, en ocasiones importantes
(revistas científicas y técnicas), para ofrecer también el acceso electrónico a los mismos títulos.
El incremento del presupuesto suele ser inferior al aumento del precio medio de las
revistas, por lo que, a pesar del primer punto, a menudo es necesario realizar cancelaciones.
La necesidad de suscripción de nuevos títulos, bien por tratarse de nuevas publicaciones de calidad e interés académico, bien por la creación de nuevas titulaciones o
inicio de nuevas líneas de investigación, sólo puede asumirse y parcialmente,
mediante la cancelación de títulos.
La opción de cancelación de revistas en papel y suscripción de versiones electrónicas no parece que pueda resolver por si misma la «crisis de las revistas», en la medida en que importantes editores comerciales de revistas siguen manteniendo la
216
misma política de precios de las suscripciones en papel, si bien los costes de edición, distribución, etc., son menores respecto a las versiones impresas.
Y por lo que se refiere a la edición electrónica y su repercusión, el informe manifestaba:
Las universidades españolas y sus bibliotecas no pueden mantenerse ajenas a las diferentes iniciativas que en el campo de la edición electrónica se están llevando a cabo, bien
como iniciativas particulares, bien fruto de actividades de asociaciones internacionales
como la ya citada SPARC, cuyos objetivos, en colaboración con editores, son: crear un mercado más competitivo con objeto de reducir el coste de adquisición de las revistas impulsando publicaciones electrónicas de calidad, asegurar el uso justo de los recursos electrónicos fortaleciendo al mismo tiempo los derechos de los autores y aplicar tecnologías para
mejorar los procesos de comunicación universitaria y académica reduciendo los costes de
producción y distribución. La actuación inicial que se propone es la de impulsar en el seno
el seno de nuestras Universidades experiencias de edición electrónica de publicaciones
científicas, documentos de trabajo, así como portales de acceso a recursos de información
de interés para determinadas comunidades científicas.
Existen, también, estrategias en sentido contrario, es decir, la agrupación de pequeñas editoriales en asociaciones o entidades capaces de configurar un catálogo de productos más
atractivo y de negociarlos a precios convenientes. Esta estrategia de enrolamiento e incorporación de pequeñas revistas a un grupo de negociación coordinado, es lo que proponen
agentes como Publishers Communication Group en lo que llaman ConsortiaLink.
MODELOS DE LICENCIAS
Existen al menos cuatro licencias estándar convenidas o establecidas para uso libre
por cuatro intermediarios y editores de contenidos electrónicos: EBSCO , Harrassowitz,
RoweCom, and Swets Blackwell . Estas licencias caerían dentro de los dos apartados
anteriores y recogen, en lo esencial, todos los puntos que una institución ha de tener
en cuenta al negociar con un proveedor. Los datos concretos y las cifras y cantidades
que hayan de añadirse, dependerán de cada circunstancia particular. En resumidas
cuentas, en el dominio Licensingmodels se pueden encontrar y descargar cuatro licencias (que usted hallará, también, en el Anexo 2 de esta guía):
Licencias de sitio
Instituciones académicas singulares
Bibliotecas públicas
Bibliotecas corporativas y de otro tipo
Licencias para consorcios
Consorcios académicos
Podrá encontrar información adicional y complementaria en la página de Liblicense,
mantenida por la Biblioteca de la Universidad de Yale. Allí podrá acceder a otros tipos
de licencias (que encontrará, también, en el Anexo 2):
Licencias para editores
Licencias para autores
PAGO POR USO O DESCARGA
Parece ya obvio que lo que en el medio impreso hubiera resultado impensable -la fragmentación de los contenidos y su venta por separado-, es precisamente lo más propio del
217
medio digital. La compacidad del producto en papel es sustituida por la versatilidad del
electrónico que puede satisfacer los intereses de un lector particular interesado, tan sólo,
en acceder a una parte o porción de los contenidos pero no a otras. Es cierto que la gestión de ese modelo de edición, descarga de contenidos y pago resulta más complejo que
el que pueda derivarse de la venta de un solo producto, pero es cierto, igualmente, que los
beneficios que pueden derivarse de esa estrategia editorial y comercial acabarán siendo
superiores a los costos de la inversión.
Básicamente cabe pensar en las actividades de un grupo editorial con varias cabeceras que ofrecen la posibilidad de acceder a artículos individuales de sus distintas revistas
a precios muy variables.
Fig. 2. Pay per view
Es factible, también, convertirse en un proveedor de soluciones tecnológicas para editores, en un alojador, distribuidor y vendedor de contenidos digitales ajenos, tal como hace
Ingenta 28: digitalizar, agregar y editar, distribuir, vender y gestionar las compras, es una
tarea muy propia de la web que resulta en un tipo de oferta de acceso a los contenidos
extremadamente flexible:
Fig. 3. Ingenta
218
Y no es imposible que esa desagregación de contenidos y venta por separado sea
abordada por una única revista, tal como sucede con los Annals of Internal Medicine , The
New England Journal of Medicine o The Journal of the American Medical Association.
Fig. 4. The Journal of the American Medical Association
Estas revistas ponen en marcha todas las estrategias comerciales que puedan derivarse del carácter unitario y fraccionado de los contenidos:
Se pueden adquirir artículos individualmente.
Pueden obtenerse accesos de 24 horas e imprimir durante ese tiempo todos los artículos que sean de interés del lector.
Si el periodo de acceso no ha caducado pero la sesión se hubiera abandonado previamente, puede obtenerse permiso para volver a acceder a los contenidos dentro
del tiempo autorizado.
La fijación de los precios de cada una de las dos opciones que tienen implicaciones
económicas -la compra individual y el acceso de 24 horas- corresponde a cada revista,
pero suele fijarse en una proporción de cinco o seis veces superior al coste de la suscripción: el precio de un artículo único suele ser al menos, en consecuencia, el quíntuple o el
séxtuple del precio de un artículo que se consultara dentro de una suscripción regular.
PAGO POR PUBLICACIÓN
LOS AUTORES PAGAN
Seguramente haya sido IOP una de las iniciativas de acceso libre que más haya contribuido a la generación e implantación de un nuevo modelo editorial que, como ya se
ha tratado, consiste esencialmente en invertir los términos del procedimiento editorial
habitual de pago por los contenidos: no serán ya los lectores o los suscriptores quienes se hagan cargo de los costes sino los autores o las instituciones donde trabajan
quienes corran con los gastos de la evaluación y la edición de sus trabajos. El New
Journal of Physics es una de las más de cincuenta publicaciones de la sociedad y se
ofreció como experiencia pionera de acceso abierto en el año 1998, antes ni siquiera
219
de que el término open access se popularizara. La evolución de su trabajo refleja en
buena medida las ventajas y los inconvenientes de esta apuesta editorial:
De los 77 artículos publicados en el año 2001 se pasó a los 101 en 2002 y a 161 en
2003. Esa cifra ha alcanzado hoy casi los 400, lo que representa un incremento cercano al 150%.
El factor de impacto colocó a la revista en el puesto 14 entre otros 68 títulos dedicados a la física. Los estudios del ISI demuestran que el factor de impacto, 1,768, es
uno de los más altos entre los de física y química. Esa visibilidad incrementada parece quedar corroborada por fuentes bien contrastadas : el open access contribuye
definitivamente a que la visibilidad y las referencias cruzadas crezcan.
La proporción de autores que abonaron las cantidades establecidas para ser evaluados y publicados, creció del 60 al 95%;
El incremento del precio de la tasa para los autores pasó de los 610 a los 915 €.
Según cálculos de Bergstrom y Bergstrom , tanto el coste por página como el coste por
cita (el número de referencias bibliográficas dividido por el coste de la revista), es inferior siempre en las revistas adheridas al principio del acceso abierto, lo que apuntala la
viabilidad del modelo.
Si bien las cifras parecen reforzar el modelo de negocio del pago por publicación, no
sería oportuno ni imparcial ocultar alguno de los comentarios que los propios protagonistas de alguna de las experiencias punteras arrojan sobre el asunto: según Haynes ,
los costes del plan de negocio calculados para el New Journal of Physics entre 1998 y
2007 ascienden a 91.5000 €, lo que supone un periodo de entre al menos 5 y 10 años
de amortización, lo que hace financieramente insostenible el aspirar a un cambio completo y automático al modelo del open access.
La decisión final, sin duda, dependerá de su caso particular, de las inversiones que
deba realizar y de los retornos que pueda esperar.
REPARTIR LOS COSTES: PAGO POR SUMISIÓN Y PAGO POR PUBLICACIÓN
Cabe la posibilidad, como se apuntaba páginas más arribas, para hacer más atractivo
y menos gravoso el tránsito de un modelo a otro de edición, establecer dos tarifas distintas:
Una tarifa que cobrara la evaluación y revisión del artículo enviado por el consejo de
redacción y por las personas encargadas por la revista de esos cometidos.
Una tarifa, una vez pasado el filtro de la comprobación, de edición de los contenidos,
de manera que esta segunda cargan no tuvieran que asumirla quienes no fueran a
publicar su texto.
UN MODELO DE TRANSICIÓN. LAS EXPERIENCIAS DE LAS SOCIEDADES DE
ENTOMOLOGÍA
Con el fin de aminorar los riesgos financieros que afrontan los editores y que cargan
los autores, cabe pensar en un modelo de transición que se ha puesto en práctica, al
menos, en dos publicaciones científicas del ámbito entomológico, el Florida
Entomologist y el conjunto de revistas publicadas por la Entomological Society of
America . Los autores que envían sus contribuciones pueden optar por tres posibilidades con consecuencias distintas para la circulación de sus trabajos:
220
Si el autor abona la cantidad estipulada, el artículo se ofrecerá en régimen de open
access.
Si el autor, además, abona cerca del doble de la suma normal, su artículo será publicado según el procedimiento de comunicación rápida , que acelera su disponibilidad
y visibilidad.
Si el autor, por último, no abona ninguna de las cantidades precedentes, preferirá
que su trabajo sea sólo accesible para los suscriptores.
Como estrategia híbrida y progresiva esta aproximación puede asumirse de manera
sucesiva de forma que el primer año de su puesta en práctica se asuma una cantidad
inferior de autores dispuestos a pagar y una cantidad mayor de suscriptores con unos
precios acordes a las necesidades de la revista; un segundo año en que el número de
autores que abonan su participación debería crecer y, en consecuencia, un precio de
suscripción inferior; si después del plazo que se establezca en un plan de negocio,
digamos a tres años, no se alcanzara ninguno de los tramos de amortización deseados -que se cubra progresivamente, por ejemplo, el 20, 20-80 o más del 80%-, será
obviamente recomendable regresar al sistema de suscripción habitual sin daño ni
menoscabo para la revista. Cabría estudiar también, claramente, que la revista se
financiara de manera permanente mediante una fórmula mixta que conjugara en diversas proporciones las aportaciones de autores y suscriptores.
OTROS MODELOS POSIBLES DE FINANCIACIÓN
Además de los modelos de negocio analizados previamente, todos ellos relacionados
con, por una parte, el tipo de acceso a los contenidos, es decir, el uso y consumo que se
haga de ellos y, por otra parte, el origen o procedencia de los desembolsos, bien de la
parte del creador, bien de la parte del consumidor, existen otras posibilidades complementarias que pueden contribuir a hacer económicamente viable la empresa de una revista
científica de libre acceso.
GENERACIÓN DE INGRESOS PROPIOS
Tomadas una a una o combinadas en función de los intereses y objetivos de cada
revista, existen, al menos, las siguientes posibilidades de generación de ingresos propios:
RELACIONES DE AFINIDAD
Publicidad
Cada revista está dirigida a un público objetivo, especializado, bien delimitado y relativamente numeroso, lo que sin duda puede resultar atractivo para aquellas empresas que quieran dirigirse a esa comunidad profesional o de interés. La revista puede
negociar, por tanto, espacios publicitarios en forma de banners, de vínculos a los
sitios respectivos de los patrocinadores, o siguiendo cualquier otra fórmula que permita hacer efectivo el enlace . Es cierto que la publicidad que se incluya en la página web debe estar certera y específicamente asociada a los intereses de los lectores y que no debe resultar molesta ni interferir en el trabajo del usuario, pero siguiendo esos sencillos preceptos, no parece que el usuario perciba negativamente su
inclusión. Se calcula que la publicidad en línea puede generar entre un 5 y un 20%
de los ingresos de una revista, una cantidad en ningún caso desdeñable.
221
Si su revista es editada simultáneamente en dos soportes, papel y electrónico, cabe
la posibilidad de que negocie paquetes de publicidad simultáneamente con su potencial cliente, dirigidos a esos dos espacios. Su potencial cliente querrá saber, antes
de tomar decisión alguna, algunos datos relacionados con el potencial publicitario de
su soporte:
Número total de suscriptores.
Características de su audiencia, de sus lectores (de acuerdo con la temática de su
revista y el origen de sus sucripciones -institucionales o individuales-, podrá ofrecer una información cualitativamente valiosa).
Número total de páginas visitadas y de enlaces seguidos (utilice, como se indicará a continuación, un analizador de tráfico web).
Delimitación geográfica de la comunidad de lectores (utilice, también, un analizador de tráfico web para especificar la procedencia de los enlaces, cuestión que
interesara al anunciante porque le permitirá dirigir muy concretamente su oferta).
Relación de anunciantes que han incluido previamente publicidad en sus páginas.
Existen diversas fórmulas y alternativas para establecer las tarifas de publicidad en
el sitio web: algunas están basadas en la cantidad y número de visitas que recibe el
sitio y, en consecuencia, en la suma de visitantes que visualiza el anuncio. El coste
suele establecerse, finalmente, en términos de cientos o miles de visitantes por página . Para un editor científico y para su público objetivos, este sistema parece más
adecuado, porque la predisposición de los lectores a interactuar con los anuncios
más allá de su mera visualización, no parece demasiado plausible. Resulta un modelo publicitario, además, que permite realizar previsiones por ingresos publicitarios
más o menos sencillas. Existen, por otra parte, muchos paquetes de software que le
permitirán realizar usted mismo el control de las visitas a su página principal y el
seguimiento de cada uno de sus vínculos .
Existe, también, de todas formas, la posibilidad de establecer tarifas en función de lo
que se denomina «Coste por acción» (Cost-per-action) o lo que un anunciante abona
por cada visitante que emprende una acción específica tras haber visualizado y
seguido un anuncio (visita, por ejemplo, del sitio propio del anunciante y requiere
información adicional, se suscribe a un boletín de alerta o adquiere determinado servicio).
Patrocinio
El una fórmula conocida la de recibir una cantidad determinada para la financiación
de un proyecto a cambio del reconocimiento específico de ese apoyo, algo que se
resuelve gráficamente en la web de manera clara y sencilla (sea un banner, sea un
logo o un mensaje breve de agradecimiento). Esa financiación puede cubrir toda la
revista o centrarse en el patrocinio de una sección, capítulo o parte, en función de
los intereses y objetivos del anunciante. El apoyo recibido no debe convertirse, sin
embargo, en control sobre la línea editorial de la revista o en inclinación claramente
comercial, porque ese cambio sería rápida y claramente percibido por sus lectores
habituales con las consecuencias que eso pudiera acarrear .
Esta modalidad promocional es mutuamente conveniente: por una parte, sirve al
patrocinador para asociarse a una empresa renovadora -el open access y la difusión
pública del conocimiento, en este caso- que revertirá sobre su propia imagen; por
otra parte, porque para el editor significa una fuente estable de financiación con un
esfuerzo de gestión inferior y la posibilidad de emprender un proyecto de largo
alcance que atraiga, a su vez, a nuevos inversores. Es oportuno e importante, por
222
tanto, explorar todas las relaciones de afinidad potenciales existentes -sociedades
profesionales, empresas del sector, etc.- que puedan estar interesadas en patrocinar un proyecto similar.
El caso del patrocinio es, por otro lado, una ocasión clara para la compaginación de
fórmulas de financiación: la misma institución que patrocina un proyecto web, puede
hacerse cargo de la reparto de becas o bolsas que permitan a determinados investigadores publicar en las páginas de esa misma revista (siguiendo el modelo de el
autor paga).
DISTRIBUCIONES ALTERNATIVAS
Todas las revistas científicas manejan, por definición, un tipo de contenidos altamente
especializado, cualitativamente relevante y cuantitativamente significativo. Cabe la
posibilidad de, alcanzada cierta masa crítica -en solitario o sumando los contenidos de
varias revistas especializadas en el mismo campo-, vender ese contenido a alguno de
los servicios de agregación o distribución de contenidos que existen en la red, práctica
bien conocida en campos de conocimiento como el del derecho (a través, sobre todo,
de sitios como Lexis-Nexis ), donde los usuarios potenciales están dispuestos a abonar el servicio de agregación antes que aventurarse en la búsqueda de esos mismos
contenidos en la web. Las tarifas de acceso suelen asumir la forma de tarifas planas o
pagos variables en función de la cantidad de contenidos usados.
PRODUCTOS Y SERVICIOS RELACIONADOS
Edición off line
En ocasiones se produce el proceso inverso al que hasta hace poco conocíamos:
una vez realizada la edición web de un producto editorial, los lectores pueden requerirlo en formato off-line, bien sea impreso en papel, bien consultable a través de un
CD-Rom o un DVD. El editor deberá decidir varias cuestiones relacionadas con la
periodicidad de esa edición específica (una vez al año, a la finalización del volumen
o la serie; de manera simultánea, con más o menos secciones que la edición en
línea).
Servicios de valor añadido
Cualquier sitio web, entre los que se cuentan los de las revistas científicas, pueden
ofrecer a sus usuarios un conjunto de servicios de valor añadido que pueden originar tres clases de beneficios: económicos directos, en el hipotético caso de que
pudiera cobrarse alguna mínima tarifa por ellos; económicos indirectos, al atraer la
atención de nuevos posibles lectores y de anunciantes a los que se puede ofrecer
las cifras globales de usuarios de esos servicios. Antes de tomar la decisión de
implementar o no esos servicios, será importante que calcule la relación coste-beneficio.
En definitiva y en términos generales, algunos de los servicios de valor añadido más
comunes son:
Servicios de alerta y boletines electrónicos que, en forma de breve notificación, envíen al lector el índice la publicación, una referencia sobre un contenido específico
de su área de interés o una llamada sobre la disponibilidad de una información
deteriminada.
Servicios de personalización del sitio y de sus funcionalidades: gracias a la tecnología actual, es posible que cada usuario cuente con una vista personal y especí223
fica del sitio que visita, de manera que la configuración de una revista, sus secciones y contenidos, sean diferentes para cada lector.
COMERCIO ELECTRÓNICO
Contextual
El sitio web de una revista puede plantearse la posibilidad de comercializar en línea
determinados productos, propios o ajenos, contextualmente relevantes:
Cabe pensar, por ejemplo, en la venta de productos educativos, cursos en línea,
e-learning para la formación contínua y para la acreditación o cetificación profesionales, creados por ellos mismos o por instituciones patrocinadoras.
Cabe, también, comercializar productos interesantes para los miembros de colegios o sociedades profesionales -seguros, por ejemplo-.;
Es posible promocionar los catálogos editoriales de otras instituciones, sean universitarias, sean privadas, ofreciendo una pasarela a la consulta de esos registros;
Pueden promocionarse conferencias o seminarios de determinadas sociedades,
facilitando la inscripción y los servicios asociados (viajes, estancias, etc.).
En todos estos casos es necesario valorar los costes de la inversión en infraestructuras, gestión y mantenimiento y los posibles beneficios derivados antes de consagrarse al desarrollo de un plan de comercio electrónico.
Comunitario
Todas las revistas científicas tienen en común el dirigirse a una comunidad especializada. Este rasgo incrementa su especificidad cuando se trata de una revista basada en el open access, porque muchos de sus lectores y usuarios son, simultáneamente, contribuyentes y participantes, de forma que los nexos que unen a esa comunidad son más fuertes e interactivos. Esta clase de revistas puede, en consecuencia, crear un espacio comercial dentro de la revista que, asumiendo la forma de una
plaza o ágora online, ofrezca a los lectores productos y servicios de terceros -que
pueden coincidir o no con los anunciantes en las páginas web- acordes con sus intereses. Los beneficios que puedan derivarse para el editor de esta clase de transacciones provendrán de las tarifas que se deriven del tráfico registrado en el sitio, de
las comisiones por venta que se hayan pactado previamente, o del simple alquiler de
un espacio determinado en la web.
SUBVENCIONES EXTERNAS
Existen, cómo no, subvenciones estatales e internacionales para programas de desarrollo de contenidos electrónicos que, en algunos casos, pueden servir para cimentar el
lanzamiento de una revista. No tanto, quizás, para mantenerla y gestionarla posteriormente, pero sí para cubrir todos los gastos relacionados con su concepción, desarrollo y edición preliminares.
El origen de las subvenciones externas es también, obviamente, el que procede de instituciones públicas o privadas, de empresas y compañías que desean apoyar una iniciativa de la que se benefician doblemente al incrementar su visibilidad y transformar su aportación económica en capital simbólico .
No desdeñe, en cualquier caso, las contribuciones en especie que pueda recibir. No es
inusual que las aportaciones que un contribuyente externo haga tomen la forma de dedi224
cación en horas de su personal cualificado, uso de equipamiento informático, uso de espacio de oficinas, diseño de sitios web e implementación de una base de datos, producción
y digitalización, servicios contables y legales, etc.
SUBVENCIONES INTERNAS
Dentro de lo que podríamos comprender como aportaciones externas cabría incluir, de
forma algo paradójica, las contribuciones, por ejemplo, de los socios o suscriptores de
un colegio profesional o de una revista determinada con vistas al lanzamiento de un
proyecto concreto. El incremento puntual de las tarifas o de las tasas, voluntario o obligatorio, puede servir para la puesta en marcha de una publicación de la que se beneficiarán, a su vez, aquellos que la financian previamente.
BECAS Y CONTRIBUCIONES
Deberá tenerse en cuenta la posibilidad, también -más presente en el ámbito anglosajón que en el nuestro-, de las becas o donaciones puntuales que puedan realizar las
fundaciones privadas, las empresas o entidades corporativas (bien directamente a través de sus fundaciones, bien a través de los programas que patrocinen), las sociedades sin ánimo de lucro (ONGs o asociaciones filantrópicas de otro tipo), etc.
SOCIOS
Existen ejemplos en los que la alianza de un colegio o sociedad profesional y una universidad o institución investigadora suman sus esfuerzos para patrocinar y mantener
una publicación electrónica .
LA LÓGICA DEL TRABAJO CIENTÍFICO: POR UN MODELO DE EDICIÓN OPEN
ACCESS Y COPY LEFT
Para ser premio Nobel es conveniente no confundir el copyright -el reconocimiento
público y general de la propiedad intelectual o artística sobre una determinada obra o producto- con el derecho a ser reconocido por los pares -la valoración positiva de los iguales,
la estimación del círculo restringido de los conocedores, la consideración del limitado y
selecto grupo de los especialistas en la materia tratada-. El primer derecho genera, sobre
todo, dinero y visibilidad pública; el segundo derecho engendra prestigio intelectual, honores académicos y capital simbólico, es decir, el reconocimiento de singularidad que los
pares conceden. Para ser premio Nobel parece evidente, por tanto, que conviene cultivar
más la celosa sanción de los semejantes que la distante confirmación administrativa, y ese
asentimiento de los iguales se consigue, sobre todo, gracias a una curiosa mezcla de desinterés -la insumisión de la lógica del descubrimiento científico a demandas externas o ajenas a la propia lógica del descubrimiento- e interés -por la propagación del contenido de lo
descubierto o lo investigado entre el restrictivo grupo de los expertos y los especialistas-.
Según Bourdieu , la existencia misma del campo científico depende de tres aspectos
íntimamente ligados: la limitación del derecho de entrada asociada a la elevación y especialización de los conocimientos requeridos, a la disposición de un capital científico específico que sólo se adquiere mediante el conocimiento de la propia tradición científica; la
transformación de cualquier aspiración o impulso, de la libido dominandi, en libido scienti225
fica, en la ambición y el empeño por avanzar en el conocimiento científico de la realidad
dirimiendo las diferencias mediante la razón y el sometimiento al juicio de los pares; y, por
último, la profunda convicción llevada a la práctica de que sólo el desinterés -afirmando la
independencia radical de la investigación científica respecto a intereses heterónimos y ajenos al campo y abogando por la difusión y uso igualitario del conocimiento y los productos
de la ciencia- puede a la larga engendrar interés (forma de acumulación del capital simbólico bien conocida en antropología).
Pues bien: si uno pretendiera ser premio Nobel de algo y tuviera Internet a mano y
pudiera prescindir, en consecuencia, de la intermediación de los editores para hacer circular las ideas y los descubrimientos científicos cumpliendo, con ello, el mandato implícito
propio del campo científico, no habría lugar a dudas sobre el procedimiento a seguir. Al fin
y al cabo, Internet devuelve el mango de la sartén -como nos recuerda la carta abierta de
la Public Library of Science - a los que la habían dejado de tener porque las complicaciones de la puesta en página y, sobre todo, de la difusión, requerían de profesionales especializados que se hicieran cargo de ello. Cuando las herramientas de edición y las propiedades del soporte permiten que uno controle tanto la generación de los contenidos como
su difusión, no parece que la edición, tal como la entendíamos hasta ahora mismo, tenga
un futuro muy alentador por delante. Tanto es así que las editoriales tradicionales que vivían (aún lo intentan) de la edición científica, a falta de mejores ideas y ante la evidencia
de que la alianza de la libido scientifica y la edición electrónica es imparable, se dedican a
la aplicación indiscriminada de políticas abusivas y restrictivas -cómpreme usted toda una
base de datos y cuidado que le controlo el número de accesos y las veces que intenta
copiar un artículo y enviárselo a alguien interesado-, a ver si cuela. Algo así como intentar
empaquetar o embotellar el aire e intentar venderlo a quienes lo respiran libremente advirtiendo, además, que el compartir una botella de aire comprimido es delito que contraviene
el breatheright.
¿Qué es lo que impide a los científicos y a sus comunidades caer en la cuenta, sin
embargo, de esta obviedad? La pregunta no es gratuita y desmontar ciertas inercias y apegos a formas de consumo y difusión requiere de iniciativas poderosas y globales que alteren la percepción de las cosas: la ya mencionada Public Library of Science es una iniciativa de científicos para científicos que pretende, sobre todo, crear conciencia de la propia
autonomía e independencia, que apela, por tanto, a los principios fundamentales y constitutivos del campo científico. La Budapest Open Access Initiative , por su parte, propone el
acceso universal y sin restricciones al contenido de las publicaciones científicas y la creación, también, de archivos de prepublicaciones o trabajos en curso sujetos a críticas y revisiones, todo ello financiado y auspiciado por mecenas que en este caso pretenden que la
globalización contribuya a la generalización del acceso al conocimiento -loable si contribuye a la expansión del campo científico y a reforzar sus leyes intrínsecas y no se le pasa
por la cabeza pedir algo a cambio.
Existen, claro, resistencias de otra índole que tampoco son menores, pero en absoluto irreducibles: ciertos sectores conservadores dentro de ciertas especialidades científicas
pueden percibir esta apertura como un riesgo para la posición de poder que ocupan, porque no debemos olvidar que en la ciencia se lucha por imponer el reconocimiento de una
determinada forma de conocimiento, aunque eso se haga, inevitablemente, sublimando la
libido dominandi en libido sciendi siguiendo los preceptos del campo científico. De esa
forma, los comités científicos y de redacción de determinadas y prestigiosas revistas científicas pueden pensar con razón que la facilidad y fluidez de la difusión de los contenidos
226
altera el equilibrio preestablecido, pero poner puertas al campo nunca ha sido un buen
negocio. Además, nadie ha dicho que en una revista científica cuyo soporte sea digital y
se distribuya a través de Internet no se vaya a necesitar un comité prestigioso versado en
la materia de que se trate. Otra cosa será de qué manera discriminar y atribuir valor al aluvión de publicaciones que puedan surgir.
Hay, también, cómo no, un apego al papel, a lo que su materialidad tiene de garante
de la estabilidad y calidad de lo editado . El papel del papel no es sólo el de absorber la
tinta sino, más bien, el de proporcionar consistencia, valor y realidad a los contenidos, porque así lo han querido algunas sociedades, y esa tradición de siglos no se olvida así como
así -en algunos casos, no conviene ni que se olvide-.
En todo caso, la naturaleza misma de la información científica -en rápida y constante
transformación, fugaz en buena medida- y de las comunidades científicas que la tratan y
manipulan -construyen sobre el rescoldo de lo que se conoce-, hacen del papel algo enteramente prescindible.
¿Y qué le queda por hacer entonces a la editoriales comerciales? No es cuestión de
ocultar datos en beneficio de una tesis que pretenda verificarse a toda costa: Reed
Elsevier,5 según publicó la revista Forbes Global en su número de 11 de noviembre de
2002, alcanzó una facturación mediante la venta de revistas y artículos científicos a través
de la red de 1,5 billones de dólares. La propia magnitud de la cifra nos habla, claro, de la
dimensión del negocio, de la extensión del debate y de la sensación de despojo de los
científicos militantes. Kluwer Online , la división digital de Kluwer Academic Publishers,
anunció en uno de sus últimos boletines de noticias que el Dr. Kart Wüthrich, editor jefe de
la revista Journal of Biomolecular NMR publicada y distribuida exclusivamente a través de
Kluwer Online, había obtenido el Premio Nobel de Química del año 2002, de manera que
es cierto que los caminos del Nobel son innumerables y que no siempre es el más recto el
que conduce a la misma recompensa.
La tangible e innegable realidad anterior no debe ocultar, sin embargo, la pregunta que
sigue flotando en el aire: ¿durante cuánto tiempo seguirán las cosas así cuando Internet
ofrece una posibilidad de reapropiación incontestable? Pues bien, tanto la Budapest Open
Access Initiative como la Public Library of Science abogan por una especie de periodo de
transición en el que se busquen fórmulas de viabilidad económica para las empresas editoriales comerciales que vayan a perder el cuasi monopolio del que gozaban, pero todo
eso suena, más bien, a la música de fondo de unos grandes almacenes que nos va distrayendo mientras vamos a lo nuestro: ni el valor añadido que potencialmente pudieran sumar
las editoriales comerciales a los productos científicos es algo que ya no puedan hacer las
propias comunidades científicas (comparen, si no, las interesantes iniciativas que proponen Safari Books y Science Direct de Reed Elsevier, con la que propone la Public Library
y lo que ya funciona en páginas públicas como las del Online Journal Publishing Service
del American Institute of Physics y la National Academy Press basada en la búsqueda de
contenidos concretos en multitud de publicaciones), ni prestar seis meses los contenidos
a las editoriales para que los comercialicen y distribuyan con la condición de que a su vencimiento los hagan accesibles parece que sea otra cosa que una cuestión de tiempo (hoy
seis meses, mañana dos y al otro ninguno).
Cuando la libido se exalta y encuentra, además, el medio a través del que alcanzar el
objeto de su deseo, es mejor dejarle el paso expedito.
227
1 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA,
Creación y puesta en marcha de una empresa (en línea), Madrid, 2002 (Consulta: 8 de
julio del 2004) Formato PDF,. Disponible en
<http://www.ipyme.org/dgpyme/manuales/agenda.pdf>.
2 CÁMARA DE COMERCIO DE MADRID, Plan de empresa para emprendedores (en
línea), Madrid (Consulta: 8 de julio del 2004) Formato ZIP con archivos ejecutables.
Disponible en <http://www.camaramadrid.es/SEDE/Descargas/planempresa.zip>
3 CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA, Manual de creación y gestión d empresas, (en línea) (Consulta: 8 de julio de 2004) Formato PDF. Disponible en
<http://www.cea.es/portalcea/pymes/creacion_empresa/manual_cg.aspx>
4 BUDAPEST OPEN ACCESS INITIATIVE. Model Business Plan: A Supplemental Guide
for Open Access Journal Developers & Publishers (en línea) (Consulta: 8 de julio de
2004) Formato PDF. Disponible en <http://www.soros.org/openaccess/oajguides/oaj_supplement_0703.pdf>
5 Cross Ref (en línea). <http://www.crossref.org/> (Consulta: 8 de mayo de 2004)
6 DOI (en línea). <http://www.doi.org/> (Consulta: 8 de mayo de 2004
7 TENOPIR, C. Y KING, D.W. Towards electronic journals: realities for scientists, librarians and publishers, Washington DC: SLA Publishing, 2000.
8 BERGSTROM, C.T., «Pricing and cost of economic journls», Journal of Economic
Prospectives, vol. 16, nº 4 (2002), págs. 227-238.
9 DRYBURGH, A., «The cost of learned journal and book publishing. A benchmarking
study for ALPSP», ALPSP (septiembre 2002).
10 PloS Biology (en línea). <http://www.plos.org>. (Consulta: 9 de mayo de 2004)
11 KASER, D., The future of journals. Information today (en línea). Marzo 2003, vol. 20,
n. 3 (consulta 27 de mayo 2004). Formato html. Disponible en:
<http://www.infotoday.com/it/mar03/kaser2.shtml>.
12 BioMed Central (en línea). <http://www.biomedcentral.com/>. (Consulta: 11 de junio
de 2004)
13 Vale la pena consultar el enlace http://www.biomedcentral.com/info/authors donde
puede encontrarse todo un argumentario a favor del open access y del copy left.
14 Todos los costes están calculados con la paridad 1$ = 0.92 € dado que la mayoría de
las fuentes consultadas se basan en la moneda norteamericana.
15 PloS (en línea). <http://www.plos.org/support/stuff.html#posters>.(Consulta: 11 de
junio de 2004)
16 Consorcio de Bibliotecas Universitarias de Cataluña (en línea)
<http://www.cbuc.es/castella/>. (Consulta: 15 de junio de 2004)
17 Madroño (en línea) <http://www.consorciomadrono.net> (Consulta: 15 de junio de
2004)
18 Proyecto de Cooperación en adquisición de revistas (en línea)
<http://www.crue.org/web-rebiun/car.html> (Consulta: 15 de junio de 2004)
19 El problema de las revistas en las bibliotecas universitarias y científicas españolas. propuesta de la comisión ejecutiva a la asamblea de Rebiun (en línea)
<http://www.crue.org/web-rebiun/PROBLREVISTAS.PDF> (Consulta: 15 de junio de 2004)
20 Publishers Communication Group (en línea)
<http://www.pcgplus.com/consortia_link/c_link.html> (Consulta: 15 de junio de 2004)
228
21 EBSCO (en línea) <http://www.ebsco.com/home/> (Consulta: 15 de junio de 2004)
22 Harrassowitz (en línea) <http://www.harrassowitz.de> (Consulta: 15 de junio de 2004)
23 Rowe Com Inc. (en línea) <http://www.rowe.com> (Consulta: 15 de junio de 2004)
24 Swets Blackwell (en línea) <http://www.swetsblackwell.com> (Consulta: 15 de junio
de 2004)
25 Licensing Models (en línea) <http://www.licensingmodels.com> (Consulta: 15 de junio
de 2004)
26 Liblicense (en línea) <http://www.library.yale.edu/%7Ellicense/> (Consulta: 16 de junio
de 2004)
27 Elsevier Science Direct (en línea) <http://www.info.sciencedirect.com/accessing_content/index.shtml> (Consulta: 16 de junio de 2004)
28Ingenta (en línea) http://www.ingenta.com (Consulta: 16 de junio de 2004)
29 Annals of Internal Medicine (en línea)
<http://www.annals.org/cgi/content/full/140/12/985> (Consulta: 17 de junio de 2004)
30 The New England Journal of Medicine (en línea)
<http://content.nejm.org/cgi/content/full/350/24/2441> (Consulta: 17 de junio de 2004)
31 The Journal of the American Medical Association (en línea) <http://jama.amaassn.org/cgi/content/full/291/23/2865> (Consulta: 17 de junio de 2004)
32 Institute of Physics (en línea) <http://www.iop.org/EJ/> (Consulta: 16 de junio de
2004)
33 New Journal of Physics (en línea) <http://www.iop.org/EJ/journal/NJP> (Consulta: 16
de junio de 2004)
34 The impact of Open Access Journals: a citation study from Thomson ISI (en línea)
<http://www.isinet.com/media/presentrep/acropdf/impact-oa-journals.pdf> (Consulta: 16 de
junio de 2004)
35 Free online availability substantially increases a paper's impact (en línea)
<http://www.nature.com/nature/debates/e-access/Articles/lawrence.html> (Consulta: 16 de
junio de 2004)
36 BERGSTROM, T.C. Y BERGSTROM, C.T., Can authors pays journals compete with
reader pays? (en línea) 20 de mayo de 2004 (consulta 16 de junio de 2004). Formato
html. Disponible en <http://www.nature.com/nature/focus/accessdebate/22.html>
37 HAYNES, J. Can Open Access be viable? The Institute of Physics' experience (en
línea) 7 de mayo de 2004 (consulta 16 de junio de 2004). Formato html. Disponible en
<http://www.nature.com/nature/focus/accessdebate/20.html>
38 Florida Entomologist (en línea) <http://www.fcla.edu/FlaEnt/> (Consulta: 17 de junio
de 2004)
39 Entomological Society of America (en línea) <http://www.entsoc.org/pubs/> (Consulta:
17 de junio de 2004)
40 Rapid Review (en línea) <http://www.rapidreview.com/> (Consulta: 17 de junio de
2004)
41 Existe ya un abundante glosario de términos publicitarios relacionados con Internet.
Consúltelo en la sección de «Glosario».
42 Una tarifa habitual puede ser la de 23 € cada 1000 «impresiones» o visualizaciones
del espacio publicitario, lo que arroja un precio unitario de 0.023 €.
43 Uno de los más conocidos y gratuito es el denominado Webalizer (en línea)
<http://www.mrunix.net/webalizer/> (Consulta. 7 de julio de 2004). El W3 ofrece en su
página web una relación bastante exhaustiva de recursos similares (en línea)
<http://www.3wdesign.com/12/webdesign236.html> (Consulta: 7 de julio de 2004)
44 En los contratos de patrocinio que suelen firmarse para el establecimiento de esa
clase de cooperación, conviene incluir, al menos, claúsulas relacionadas con: la naturale229
za del reconocimiento o crédito dispensado en las páginas web al patrocinador; el nombre exacto y el tipo de logo que se incluirá en las páginas; la clase de eslóganes o mensajes que aparecerán en la página; el tipo de productos o servicios que el patrocinador
podrá publicitar o no en la página; los datos de contacto, etc.
45 LexisNexis (en línea) <http://www.lexisnexis.com/> (Consulta: 7 de julio de 2004)
46 El programa Profit, dentro de España, es, quizás, uno de los más conocidos (en
línea) <http://www.min.es/PROFIT> (Consulta: 7 de julio de 2004). Las subvenciones de
las Comunidades Autónomas, y de las respectivas consejerías encargadas de la innovación tecnológica, pueden ser, también, una fuente téorica de financiación. Ayudas y subvenciones. Comunidad de Madrid (en línea)
http://www3.comadrid.es/ayudas_economia/cgi-bin/w012_pub.exe? (Consulta: 7 de julio
de 2004)
47 El programa E-content de la Unión Europea es uno de los más conocidos a este respecto (en línea) <http://www.cordis.lu/econtent/home.html> (Consulta: 7 de julio de 2004)
48 Véase el caso de Voices (en línea) <http://www.voices.no/sponsors/sponsor1.html>
(Consulta: 7 de julio de 2004) o el de Nineteenth-century Art Worldwide (en línea)
<http://19thc-artworldwide.org/sponsorship.html>, (Consulta: 7 de julio de 2004)
49 Puede encontrar una relación semi exhaustiva de fundaciones en la dirección
<http://www1.universia.net/catalogaxxi/C10047%20PPPEII1/S11704/P11688NN1/INDEX.
HTML> (Consulta: 7 de julio de 2004)
50 Véase el caso de Electronic Journal of Probability (en línea) <http://www.math.washington.edu/~ejpecp> <http://www.math.washington.edu/~ejpecp/sponsors.php>
(Consulta: 7 de julio de 2004).
51 BOURDIEU, P. El oficio del científico. Ciencia de la ciencia y reflexividad, trad.
Joaquín Jordá, Barcelona: Anagrama, 2003 (original, Science de la science et réflexivité,
Paris: Raisons d'Agir, 2001).
52 Public Library of Science (en línea) <http://www.publiclibraryofscience.org/>
(Consulta: 17 de junio de 2004)
53 Budapest Open Access Initiative (en línea)
<http://www.soros.org/openaccess/read.shtml> (Consulta: 17 de junio de 2004)
54 BROWN, J.S. y DUGUID, P. La vida social de la información, Buenos Aires: Prentice
Hall Argentina, 2001 (original, The social life of information, Boston: Harvard Business
School Press)
55 Kluwer Online (en línea) <http://www.kluweronline.com/> (Consulta: 17 de junio de
2004)
56 Safari Books (en línea) <http://www.safaribooksonline.com> (Consulta: 17 de junio de
2004)
57 Science Direct (en línea) <http://www.sciencedirect.com> (Consulta: 17 de junio de
2004)
58 Online Journal Publishing Service (en línea) <http://ojps.aip.org> (Consulta: 17 del
junio de 2004)
59 National Academy Press (en línea) <http://www.nap.edu> (Consulta: 17 de junio de
2004)
230
5. Normalización editorial de las
publicaciones científicas
en soporte digital
EMILIO DELGADO
231
232
Capítulo 5
Normalización editorial de las publicaciones científicas
en soporte digital (Emilio delgado)
231
Introducción
233
La normalización
233
Las normas: tipología
233
La normalización de publicaciones científicas
234
Bibliografía sobre normalización de publicaciones científicas
237
Organizaciones, sociedades científicas, asociaciones profesionales
e institutos de normalización que han dictado normas, pautas, directrices
sobre publicación científica
238
Institutos de normalización
238
UNESCO
240
Empresas editoriales: hojas y libros de estilo
241
Sociedades científicas y asociaciones profesionales:
los manuales de estilo
241
Asociaciones de editores
248
Asociaciones de editores científicos
249
Centros docentes: trabajos científicos académicos
251
Sistemas de información y organizaciones documentales
252
Otras organizaciones
252
Los estándares nacionales e internacionales de publicación científica
255
Estándares de publicación científica en general
255
Estándares de publicación científica electrónica
260
Nomenclaturas y terminologías
268
Las unidades de medida y la escritura de números y cantidades
269
Química, Bioquímica y Biología Molecular: nomenclatura
y tipografía específica
272
Farmacia
273
Medicina: nomenclatura y tipografía específica
274
Biología: nomenclatura y tipografía específica
(bacteriología, virus, zoología, botánica)
274
Física y matemáticas: nomenclatura y tipografía específica
275
Ciencias de la tierra: nomenclatura y tipografía específica
275
INTRODUCCIÓN
Quisiera antes de entrar de lleno en el contenido del capítulo delinear el ámbito al que
se va a referir. Dedicaré las páginas siguientes a repasar y comentar aquellas normas que,
oficiales o de facto, regulan el diseño de publicaciones electrónicas de contenido científico, sean libros, revistas y prepublicaciones, aunque se pondrá fundamentalmente el acento en las revistas científicas en tanto que estas publicaciones periódicas, desde hace algo
más de tres siglos, vienen cumpliendo el papel de principales vehículos de comunicación
e información de resultados de investigación en la mayoría de los campos de conocimiento en que se estructura el saber científico.
Por otra parte, quisiera aclarar que no me referiré, en ningún caso, a los estándares
tecnológicos que regulan las características de los soportes físicos que dotan de corporeidad física a los documentos científicos sino a las normas y pautas que regulan los contenidos mismos y su presentación formal.
LA NORMALIZACIÓN
La normalización es la actividad que intenta aportar soluciones de aplicación repetitiva
a cuestiones relacionadas con las esferas de la ciencia, de la técnica y de la economía, a
fin de obtener un grado óptimo de orden en un contexto dado1. El concepto y los fundamentos de la normalización han sido definidos por Sanders 2 y Verman 3 .
El origen de la normalización, entendida como la acción humana de regularizar la realidad natural y social a fin de desenvolverse mejor en su entorno, es tan antiguo como el
hombre. Sin embargo, desde un punto de vista institucional, cuenta con algo más de un
siglo de vida, encontrando sus raíces en el ámbito industrial. La historia de la normalización puede seguirse en Woodward 4 e ISO 5 .
Las ventajas derivadas de la aplicación de las normas, así como su impacto y desarrollo en la vida cotidiana, han sido descritas prolijamente6,7. Entre ellas cabe citar la simplificación de la realidad, mejora de la comunicación, economía, seguridad y salud, protección del consumidor y eliminación de las barreras que se oponen a todo tipo de intercambios, especialmente los comerciales. De lo que no cabe duda es que en una sociedad
como la nuestra, cada día más dominada por la tecnología, las normas han llegado a ser
una parte importante de nuestras vidas8.
LAS NORMAS: TIPOLOGÍA
Las normas son especificaciones técnicas, accesibles al público, establecidas con la
cooperación y el consenso o la aprobación general de todas las partes interesadas,
basadas en los resultados conjuntos de la ciencia, la tecnología y la experiencia, que
tienen por objetivo el beneficio óptimo de la comunidad y que son aprobadas por un organismo cualificado a nivel nacional, regional o internacional. Poseen unas características
muy precisas y una tipología variada9,10,11.
233
Los criterios clasificatorios que más predicamento han tenido12,13 son dos: el que se
basa en el ámbito de aplicación de las normas (pautas nacionales, regionales e internacionales), y el que considera el tipo de entidad que las emite. Según este último criterio, se
distingue entre normas oficiales, entendiendo por éstas las que son elaboradas por las
entidades de normalización especializadas y reconocidas en cada país, de acuerdo con
procedimientos formales, y las no oficiales o de facto, que son las que elaboradas por una
organización científica o asociación profesional o, incluso, una empresa comercial que se
ha impuesto en la práctica cotidiana (p. ej. Normas Vancouver).
La emisión de normas oficiales y la realización de todas las actividades que lleva esta
tarea aparejadas son responsabilidad, a nivel nacional, de los institutos de normalización
como el BSI (British Standard Institute), el ANSI (American National Standard Institute), el
DIN (Deutsches Institut für Normüng), la AFNOR (Association Française de Normalisation)
o la AENOR (Asociación Española de Normalización), por citar unos cuantos; a nivel
regional, por entidades como el CEN (Comité Europeo de Normalización); y a nivel internacional por la ISO (International Standardization Organization), que abarca todos los campos de la normalización a excepción de las normas correspondientes a la tecnología eléctrica y electrónica, que son de la incumbencia del IEC (International Electrotechnical
Commission).
El grado de coincidencia entre las normas nacionales e internacionales es bastante
alto. Por lo general –y este es el caso de las UNE españolas– las pautas nacionales son
traducciones de las internacionales. Con ello se siguen los principios emanados de los propios organismos normalizadores, que preconizan la uniformidad de todas las normativas
por encima de las barreras nacionales. Éste es, precisamente, el fundamento y el sentido
último de la normalización como actividad. No obstante, existen particularismos, ligados
habitualmente a los variados usos lingüísticos, que deben ser tenidos en cuenta. Un repaso a las resoluciones dictadas por el Consejo de la ISO, máximo órgano ejecutivo de la
organización, evidencian estas orientaciones generales. Reiteradamente se acuerda:
Impulsar la aplicación directa de normas internacionales por parte de los usuarios.
Aplicar fielmente las normas ISO en los trabajos nacionales, asegurando una armo
nización tan grande como sea posible con el fin de promover una aplicación coherente a escala mundial).
Invitar a los comités miembros a eliminar las divergencias entre las normas nacionales y las recomendaciones y, en caso de que existan, a precisarlas en las mismas
normas nacionales.
Elaborar las normas internacionales de tal forma que puedan ser fácilmente adoptadas como normas nacionales pidiendo, asimismo, a los comités miembros que confeccionen sus pautas en un formato, estilo y presentación que no impidan la aplicación directa de las normas internacionales.
Solicitar que los catálogos anuales de normas publicados por los comités miembros
contengan la lista completa de las recomendaciones ISO con indicación de las correspondencias existentes entre las recomendaciones ISO y las normas nacionales.
LA NORMALIZACIÓN DE PUBLICACIONES CIENTÍFICAS
El trabajo científico tanto en su aspecto procesal -el procedimiento y las técnicas de
elaboración –como final– el documento como fiel registro de él- pueden y deben ser nor234
malizables. No se trata de un deseo sino de una imperiosa necesidad derivada de la universalización de la ciencia. La cooperación entre científicos se impone como requisito previo al progreso y hace imprescindible la normalización para la circulación de la información
científica.
La diversidad de entornos –tanto geográficos y lingüísticos como institucionales y personales– en que se originan los conocimientos científicos, levantan unas barreras que
podrían convertir en inservibles los medios de comunicación escrita. Precisamente, es la
normalización uno de los instrumentos con que contamos para franquearlas.
La normalización está indisolublemente unida a la virtualidad informativa de los medios
de comunicación documental en general, y de las publicaciones científicas, en particular.
Se puede afirmar que a mayor normalización mayor potencialidad informativa, ya que las
tareas de todos los actores que intervienen en el proceso de transferencia de información
se ven afectadas positivamente por la misma. La eficacia del sistema general de intercambio y circulación de información científica y técnica se incrementa tanto desde un punto de
vista cuantitativo como cualitativo. Como ya señalaran Firrao14, French15 y Côté16, entre
otros, la normalización permite una economía general de esfuerzo en el tratamiento de la
información y reduce al mismo tiempo los obstáculos que se oponen a su transferencia.
Sus efectos benéficos repercuten en todos los agentes que intervienen en el proceso de
transferencia de información, tanto en los integrantes del circuito de comunicación primaria
(autores, editores e impresores), que son los responsables de la creación intelectual y
material de la publicación, como en los protagonistas del circuito secundario de comunicación (bibliotecarios, documentalistas, directores de centros y sistemas de información),
que son los encargados de transformar, acondicionar, almacenar y recuperar la información para hacerla más accesible a los usuarios (lectores), que son los destinatarios de todo
el proceso.
Para los autores, las normas de confección de los artículos científicos suponen una
homogeneización de los métodos y técnicas del trabajo intelectual, lo cual redunda lógicamente en la simplificación y la economía de tiempo y costes del proceso creativo. No
obstante, en ocasiones, la abundancia de instrucciones y la prolijidad de las reglas pueden
ser contraproducentes.
Para editores e impresores, responsables directos de la ejecución física del documento, implica una mayor racionalización del proceso productivo, sobre todo en las fases de
composición y montaje que inciden directamente en la reducción de gastos y tiempos.
Para los profesionales del tratamiento de la información las normas, como mínimo,
facilitan la ejecución de las técnicas documentales que permiten el análisis de la información (descripción bibliográfica, indización y condensación) y, en el mejor de los casos, un
ahorro directo en la materialización de dichas tareas, que se limitarían a la reproducción y
nuevo acondicionamiento de la información primaria. La correcta e inmediata identificación
de los elementos informativos y significativos de la revista posibilita la creación de documentos referenciales y la implantación de servicios de difusión de gran eficacia para la
recuperación de la información.
Las normas son un instrumento indispensable para el trabajo cotidiano del bibliotecario, para la coherencia de un sistema de información y para la cooperación entre bibliote235
cas17 Los bibliotecarios saben lo que deben a la normalización: compone una parte importante de su saber y condiciona su progreso18. Asimismo, a los servicios de información y
resumen (bases de datos nacionales e internacionales) les interesa mucho la normalización: promueven códigos que identifican unívocamente los artículos y las revistas,
reglas para la abreviación de los títulos y para la redacción de resúmenes, operaciones,
todas ellas, implicadas en su trabajo cotidiano19. Muestra del interés de la comunidad bibliográfica por las normas ha sido la gran cantidad de tiempo y dinero invertido en su
desarrollo 20 .
Por último, para el lector la normalización implica una mejora y un aumento en la cantidad de información consumida. La forma de presentación del documento se encuentra
estrechamente relacionada con el grado de asimilación de información por parte del lector21 . El documento, como espacio físico en el que se distribuyen diferentes formas gráficas con un contenido semántico específico, implica toda una lógica de percepción visual.
La normalización de los planos en que se estructura el documento beneficia la
captación de los datos e ideas, por cuanto que produce un aumento global de su legibilidad, entendida en sus dos vertientes, tipográfica y de contenido22 23 24 . La legibilidad
tipográfica, que consiste en el reconocimiento de las formas gráficas que adopta el signo
lingüístico así como de las apariencias físicas que revisten las estructuras morfológicas y
semánticas, se ve favorecida por los usos uniformes que alientan las normas. La legibilidad del contenido, dependiente de la organización de los componentes conceptuales y de
la clara distribución de los datos, mejora el acceso a la información científica, generando
importantes beneficios para el lector; entre otros los siguientes:
Selección más fácil y precisa de la información.
Mayor rapidez en la identificación de las ideas y experiencias presentadas.
Mayor ayuda a la hora de establecer la pertinencia e interés de un documento a fin
de decidir un estudio más pormenorizado del mismo.
De lo dicho hasta ahora se desprende que es en el proceso de transferencia donde el
factor normativo ejerce su mayor influencia 2 5 . Del nivel de normalización alcanzado por el
documento va a depender, en buena medida, su capacidad para transferir información.
Esta capacidad se puede concretar en:
Sus posibilidades de tratamiento documental.
Sus posibilidades de intercambio y difusión directa.
Sus posibilidades de difusión indirecta mediante el acceso o entrada en los sistemas
nacionales e internacionales de información documental.
Su grado de legibilidad y, por ende, de receptibilidad.
Se puede concluir que la normalización está indisolublemente unida a la potencialidad
informativa de los medios de comunicación documental. Afirmar que a mayor normalización mayor virtualidad informativa no es nada atrevido si, como acabamos de comentar,
las actividades de todos los actores que intervienen en el proceso de transferencia de
información se ven afectadas positivamente por la misma. La eficacia del sistema de intercambio y circulación de información científica y técnica se incrementa tanto desde un punto
de vista cuantitativo como cualitativo.
236
Por consiguiente, si el factor normativo contribuye al éxito de la comunicación científica, ha de introducirse en los mismos comienzos del ciclo informativo, esto es, en el
momento en que el documento es producido26 , porque es la acción que más facilita la
transferencia de información27 . Durante mucho tiempo los esfuerzos normativos de las
instituciones nacionales e internacionales se centraron en los sistemas de información28 29 .
Eso explica las altas cotas de uniformidad alcanzadas en ellos (formatos de intercambio
de datos, interconectividad, sistemas abiertos, etc.). Sin embargo, sería mucho más
rentable y beneficioso conseguir la normalización en el momento en que la información se
origina. Si se racionaliza la creación se facilitaría su transformación, recuperación, difusión
y uso. La normalización de los soportes y de las estructuras física y lógica de los contenidos científicos debe ser considerada una operación intrínseca al acto generador del
documento; mucho más desde que las nuevas tecnologías –disciplinas altamente normalizadas– intervienen en el alumbramiento y conformación de la información.
BIBLIOGRAFÍA SOBRE NORMALIZACIÓN DE PUBLICACIONES CIENTÍFICAS
La literatura que se ha producido hasta hoy sobre normalización de publicaciones científicas es tan copiosa que son varias las bibliografías que se han publicado. En ellas se
recogen referencias bibliográficas, las más de las veces anotadas, de libros, normas, folletos y todo tipo de convenciones sobre lengua, redacción, estilo, escritura técnica, edición,
impresión, publicación, indización, resumen y, en general, recuperación de la información.
La Unesco, una organización preocupada desde antiguo por eliminar todas las barreras que se opusieran a la libre circulación internacional de la información científica, compiló ya en los años sesenta y setenta un par de bibliografías30 31 .
Posteriormente, y ya más centradas en el ámbito anglosajón, se han generado otras
bibliografías, en las que, además, se pone el acento en los manuales de estilo que se han
ido publicando en las distintas disciplinas científicas32 33 34 .
En la actualidad, refiriéndonos al mundo de la edición científica en formato electrónico,
la mejor bibliografía es la compilada por Bailey desde 199435 . Contiene artículos, libros,
documentos electrónicos y otras fuentes en inglés de utilidad para entender la edición científica electrónica en Internet y otras redes. La mayoría de los trabajos han sido publicados
después de 1990. En la medida de lo posible, se insertan enlaces a los textos completos
y de acceso libre de las fuentes citadas. La bibliografía se organiza en ocho apartados
temáticos: aspectos económicos, textos y libros electrónicos, revistas electrónicas, trabajos generales, aspectos legales, cuestiones ligadas a las bibliotecas, nuevos modelos de
publicación, editoriales, repositorios, e-prints y OAI (Open Archives Initiative).
En España no sólo se ha escrito poco sobre la normalización de publicaciones científicas sino que son muy escasas las obras que, con carácter monográfico36 , han generado
recomendaciones que regulen la confección de los diversos documentos científicos.
Reducido el tema a los estrechos límites de un capítulo dentro de algunos manuales de
documentación, las pocas veces que ha sido tratado con más profundidad –guías para la
elaboración de tesis doctorales–, lo ha sido de forma singular y autónoma sin atender a
pautas ya acreditadas. En cambio, respecto a la redacción y presentación de artículos
científicos se ha publicado y se está publicando, bastante especialmente, en el ámbito
médico. Baste repasar las páginas de la revista Medicina Clínica, donde abundan los
237
artículos sobre este tema y que, incluso, han dado lugar a la publicación de un manual de
estilo37 . En los últimos años se ha producido una auténtica explosión documental sobre
este tema. Como respuesta a esta necesidad publiqué una pequeña bibliografía38 , más
exhaustiva que selectiva, que pretendía llenar, en la medida de lo posible, el vacío bibliográfico que existe en nuestro país sobre el tema de la redacción científica. La masiva presencia de obras anglosajonas en dicha bibliografía, a la que se sometió a un filtro muy
estricto, dada su abundancia, es fiel reflejo de la situación dominante que ejerce este área
en la edición científica. En cambio, dada la escasez de títulos en castellano se apostó por
incluir todas aquellas publicaciones que de una u otra forma puedan abordar la cuestión.
De ahí que se incluyeran textos que, referidos a metodología de investigación científica,
contengan capítulos específicos sobre escritura y redacción científica.
ORGANIZACIONES, SOCIEDADES CIENTÍFICAS, ASOCIACIONES PROFESIONALES E
INSTITUTOS DE NORMALIZACIÓN QUE HAN DICTADO NORMAS, PAUTAS, DIRECTRICES
SOBRE PUBLICACIÓN CIENTÍFICA
Las normas que rigen la confección y presentación de publicaciones científicas se han
propuesto desde todos los sectores implicados en el proceso de comunicación científica.
Aparte de las agencias oficiales de normalización de carácter nacional e internacional se
han mostrado especialmente activas las empresas editoriales, sociedades científicas, asociaciones de editores, asociaciones profesionales de la edición y documentación, organizaciones internacionales del mundo de la cultura, los servicios de indización y resumen,
las instituciones docentes, así como diversos autores con experiencia en el campo de la
edición científica.
INSTITUTOS DE NORMALIZACIÓN
La emisión de normas oficiales y la realización de todas las actividades que lleva esta
tarea aparejadas son responsabilidad, a nivel nacional, de los institutos de normalización como AENOR, por citar el encargado en España de regir estas actividades y, a
nivel internacional, por la ISO.
ISO (INTERNATIONAL STANDARDIZATION ORGANIZATION)
Según sus estatutos, la ISO es una organización no gubernamental que, bajo la
forma de federación mundial, agrupa a más de 148 organismos nacionales de normalización (según el principio de un organismo por país), y elabora sus normas a
través de 2981 TC (technical committee), SC (subcommittee) y WG (working
groups). Con ella cooperan más de 550 organizaciones internacionales. En la actualidad, la ISO ha publicado más de 14251 normas y documentos normativos, que
son listadas anualmente en el Catalogue ISO. Buena parte de esta información es
accesible, a través de Internet, en el Web de la ISO.
El comité ISO que se encarga de lo relativo a presentación de documentos científicos es el ISO/TC 46 Information and Documentation. Su ámbito de actuación es la
normalización de las prácticas y los usos relativos a las bibliotecas, los centros de
documentación e información, servicios de indización y análisis, archivos, las ciencias de la información y la publicación.
La estructura, los componentes y los trabajos de este comité se difunden a través de
las publicaciones generales de ISO, anteriormente reseñadas, y mediante los informes internos generados por el mismo comité de acuerdo con su reglamento.
238
Los SC y WG en que se vertebra ISO/TC 46 para el desarrollo de sus trabajos son
los siguientes:
WG 2 Codificación de nombres de países y otras entidades.
SC 2 Conversión de lenguas escritas.
SC 3 Terminología de la información y de la documentación.
SC 4 Aplicaciones informáticas en la información y la documentación (Juego de caracteres, intercambio de informaciones bibliográficas en soporte magnético,
comandos para los sistemas de recuperación interactiva, edición electrónica, elementos de datos).
SC 8 Estadísticas.
SC 9 Presentation, Identification and Description of Documents.
SC 10 Archivo material de documentos.
Es el SC 9 Presentation, Identification and Description of Documents el directamente
responsable de la elaboración de las recomendaciones que nos atañen. Su área de
acción es la normalización de las cuestiones bibliográficas relativas a la presentación, identificación y descripción de documentos, como: presentación de documentos, incluyendo portadas, lomos, encabezamientos de microformas, páginas de
resúmenes, tablas, etc.; referencias bibliográficas y formas de citación; ordenación;
presentación de elementos bibliográficos, incluyendo organización de depósitos documentales; números de identificación de documentos tanto libros (ISBN), publicaciones seriadas (ISSN), informes técnicos o registros sonoros (ISRC); análisis de
contenido (indización, resumen, tesauros, etc). El SC 9 está compuesto por 26
miembros permanentes y 17 observadores. También participan en sus trabajos
varias organizaciones internacionales (Association for the International Collective
Management of Audiovisual Works (AGICOA), Conféderation internationale des
sociétés d’auteurs et compositeurs (CISAC), European Association of Science Editors (EASE), European Commission (CE), Fachinformationszentrum (FIZ)
Karlsruhe, Federation of European Film Directors (FERA), International Article
Numbering Association (EAN), International Association of Music Libraries, Archives
and Documentation Centres (IAML), International Booksellers Federation (IBF),
International Council on Archives (ICA), International Documentation Committee
(CIDOC), International Council of Museums, International DOI (Digital Object
Identifier) Foundation, International Federation of Film Producers Associations
(FIAPF), International Federation of Library Associations and Institutions (IFLA),
International Federation of Science Editors (IFSE), International Federation of the
Phonographic Industry (IFPI), International ISBN Agency, International ISMN Agency,
International Nuclear Information System (INIS), International Atomic Energy Agency
(IAEA), International Publishers Association (IPA), International Video Federation
(IVF), ISSN International Centre, Society of Motion Picture and Television Engineers
(SMPTE), TV-Anytime Forum, UNESCO).
El contenido de todas las normas emitidas por el ISO/TC 46 fue publicado en un
manual que ha tenido ya varias ediciones34. 35
AENOR (Asociación Española de Normalización)
La estructura y los trabajos de los institutos de normalización nacionales se parecen
cada vez más a los vigentes a nivel internacional. Los institutos de cada país se
encargan de preparar, aprobar, publicar y coordinar los esfuerzos de normalización.
En España, es la AENOR, una asociación privada sin fines lucrativos, la encargada
239
de elaborar y difundir las normas UNE (Una Norma Española), recogiendo el testigo
del antiguo IRANOR (Instituto de Racionalización y Normalización del Trabajo), creado en 1945. Las normas UNE aparecen listadas en el Catálogo UNE, cuya actualización es anual.
Dentro de AENOR, es el CTN 50 Documentación el comité técnico designado por la
AENOR para la normalización de todas las etapas del proceso de transferencia de
la información, tales como preparación, redacción y presentación de los documentos
y sus resúmenes; el almacenamiento, tanto de los documentos como de la información en ellos contenida y su reproducción; las técnicas aplicables en la micrografía,
incluyendo aspectos tales como las características físicas en la calidad de los
fotogramas, sus métodos de ejecución y terminología específica. Recientemente se
publicaron en un volumen las normas UNE actualizadas relativas a este ámbito36.
UNESCO
El comentario de las recomendaciones generadas por todas aquellas organizaciones
que, de una u otra forma, participan en el ciclo comunicativo, debe comenzar por el
análisis de la labor de la UNESCO. Dicha institución, con el objetivo final de mantener,
aumentar y difundir el conocimiento, ha creado programas para facilitar el acceso a la
documentación científica a todos los piases. Sus primeras actuaciones se destinaron a
promover el intercambio internacional de información en ciencia y tecnología, poniendo en marcha el Abstracting Board que, bajo el control de ICSU (International Council
of Scientific Unions) en 1952, se dedicó a la mejora en las técnicas y servicios de
indización y resumen de los documentos científicos. Asimismo se formó un comité de
enlace donde estaban representados la UNESCO, la FID (Federación Internacional de
Documentación), el ICSU, la IFLA (International Federation of Library Associations) y la
ISO, para acabar con la dispersión de esfuerzos y la existencia de textos internacionales múltiples, y a veces contradictorios, en materia de documentación científica.
Este comité consideró que la falta de disciplina libremente aceptada en materia de
redacción y de publicación de informaciones científicas es una de las causas del inútil
incremento del volumen de los documentos publicados, y de los gastos para imprimirlos, resumirlos, clasificarlos y localizarlos. Para remediar esta carencia el comité resaltó
la importancia capital de la adopción de normas internacionales uniformes y universales que permitieran establecer un método único de redacción de resúmenes analíticos, un sistema único para abreviar los títulos de revistas científicas, un código único
para la manera y el orden en que debieran confeccionarse las citas bibliográficas
numéricas, un código único de símbolos y de abreviaturas de términos técnicos, un
código único para la transliteración de los caracteres de un alfabeto a otro, y reglas
comunes para la formación de los vocabularios técnicos y para su correspondencia
entre lenguas. Fruto de esta línea de trabajo fue la redacción de unas normas de presentación de publicaciones científicas37, que se convirtieron, más adelante, en una guía
para la redacción de artículos científicos38, revisada y actualizada por Martinsson39.
En el mismo marco cooperativo, en 1971, se diseñó UNISIST (Systéme Universel
d’Infomation Scientifique et Technique) con el fin de establecer un sistema mundial de
información científica40 41. Como parte de este proyecto, la UNESCO aprobó, en 1976,
el PGI (Programa General de Información) que tiene como segundo objetivo la promoción, el establecimiento y la aplicación de métodos, reglas y normas en materia de
información, principalmente en cuanto a las descripciones bibliográficas y a la pre240
sentación de publicaciones. Para conseguirlo se planteó fomentar la elaboración de
manuales y directrices. En este contexto hay que entender los documentos elaborados
sobre identificación de las publicaciones seriadas y de los artículos contenidos en
ellas42, presentación de colecciones43, de tesis doctorales44, de revistas científicas y
técnicas45, y recopilaciones bibliográficas de pautas para la redacción de textos científicos y de normas para la gestión de la información46.
En el ámbito de las publicaciones electrónicas la UNESCO se ha preocupado especialmente de fijar directrices para la producción de tesis doctorales en entorno electrónico
y para la preservación de documentos electrónicos. En cuanto al primer aspecto ha
desarrollado una guía para la redacción electrónica de tesis doctorales disponible en
línea de forma gratuita y con versiones en español, inglés y francés47. La guía comprende varios capítulos, destinados a satisfacer tanto las necesidades de las universidades (administración, departamentos, facultades) como a los estudiantes que deseen
redactar sus memorias y tesis en formato electrónico y a los profesores y encargados
de diseñar proyectos de edición electrónica de tesis.
En cuanto al segundo aspecto, la UNESCO se ha hecho eco de una preocupación generalizada. A saber: desde hace ya unas décadas buena parte de la información producida es de carácter digital o electrónico. Este tesoro de informaciones electrónicas
puede perderse si no se establecen políticas específicas para su conservación.
Preservar las informaciones científicas de valor, los resultados de las investigaciones,
los productos de los medios de comunicación, las obras de arte digital, por poner solo
algunos ejemplos de los campos concernidos, plantean problemas de conservación
ineludibles. Si tales contenidos deben ser accesibles en su forma original deben mantenerse tanto los equipos técnicos –máquinas y programas– como los ficheros que
contienen los datos. Programas y máquinas son reemplazados inmediatamente por
nuevas versiones más potentes, que acaban siendo incompatibles con las versiones
precedentes. La conservación de sitios web plantea problemas todavía más complejos. Los sitios se modifican y ponen al día continuamente y el contenido que no es de
actualidad desaparece sin dejar rastro. Cuando los organismos desaparecen o pierden
interés sus sitios desaparecen con ellos o dejan de ser accesibles. Esto no ocurre solo
con las páginas personales o con los sitios privados, sino con web oficiales como, por
poner un ejemplo paradigmático, la Casa Blanca www.whitehouse.gov, que fue completamente borrada cuando accedió George Bush a la presidencia. El conjunto de los
discursos y de las comunicaciones oficiales de la administración Clinton desapareció
en una noche. La mayor parte de este contenido fue conservado por el National Archives et Records Administration (NARA), que ha archivado varias versiones del sitio a
lo largo de los años de la presidencia de Clinton, aunque un gran número de enlaces
Internet hacia este contenido almacenado en otros sitios se han roto. Para responder
a estos problemas la UNESCO ha definido unos estándares que orienten los proyectos gubernamentales de preservación de los documentos electrónicos48 49.
EMPRESAS EDITORIALES: HOJAS Y LIBROS DE ESTILO
Es en el sector de la edición es donde pueden encontrarse los más remotos antecedentes de las normas para la presentación de textos científicos, siendo también los
más precoces en fijar pautas para la presentación de textos en formato electrónico.
Todas estas directrices encuentran su origen en los códigos tipográficos que para el
ejercicio del noble arte de la imprenta se comenzaron a elaborar a finales del siglo XVIII
y principios del siglo XIX. La necesidad de racionalizar el trabajo de edición y de faci241
litar el trabajo en las imprentas llevó a algunos impresores a compilar reglas para los
cajistas y compositores, que conducirán más adelante a los llamados ma-nuales de
estilo.
Sin lugar a dudas las casas editoriales de mayor prestigio en la elaboración de manuales de estilo son la University of Chicago Press y la Oxford University Press, a los
que les cabe el honor de ser los más antiguos en el mundo anglosajón (1906 y 1893
respectivamente). De hecho, en origen eran versiones ampliadas de las reglas
empleadas en cada una de las dos imprentas. Pronto se convirtieron en auténticas biblias para el sector editorial, con reconocida autoridad entre los editores y autores de
todos los campos del conocimiento.
El manual de estilo de la Universidad de Chicago 50, que acaba de alcanzar la decimoquinta edición, ha sido una obra de referencia para los autores, editores, correctores,
redactores técnicos, indizadores y diseñadores gráficos del mundo anglosajón en general, y del norteamericano en particular. El manual estructurado en 18 capítulos y dos
apéndices y con una extensión de 984 páginas ofrece información exhaustiva sobre
todos los aspectos ligados a la publicación de libros y publicaciones periódicas.
Comienza el manual con una pequeña introducción sobre cuál es la estructura física y
textual de los libros y de las publicaciones periódicas; prosigue informando sobre las
responsabilidades editoriales de los autores y editores en el diseño, la edición, preparación y corrección de los manuscritos y sobre todas las cuestiones legales que
atañen al mundo de la edición. No obstante, la parte fundamental del manual es la dedicada a incluir las prescricpiones sobre gramática y uso de la lengua, terminología
(nombres personales, de instituciones, de lugares geográficos, religiosos, militares,
científicos...), escritura de números, abreviaturas, citas textuales y bibliográficas, tablas, ilustraciones e índices. Todo ello redactado en una prosa clara, sencilla, breve,
acompañada de numerosos ejemplos. La novedad de esta nueva edición ha sido la
inclusión de pautas relacionadas con las revistas y con las publicaciones electrónicas,
que es el aspecto que aquí más nos interesa.
Oxford University Press, que es la editorial de referencia en todo lo relativo a la lengua
inglesa, posee dos obras imprescindibles para todos aquellos que trabajen con textos
ingleses. Por una parte, viene editando desde 1893 una guía51 que trata de todos los
detalles tipográficos que dan forman impresa a la escritura y un manual de estilo que
reúne en un sólo volumen52 dos obras clásicas en la lengua inglesa The Oxford
Dictionary for Writers and Editors y The Oxford Guide to Style Offers.
En España no contamos con manuales de estilo promovidos por grandes editoriales, a
la manera anglosajona, lo cual no quiere decir que no poseamos obras de este carácter. De hecho la tradición española en códigos tipográficos cuenta con magníficos testimonios53. Martínez de Sousa, ejemplo vivo de esta tradición, no sólo ofrece amplia
información sobre las publicaciones de este tipo en el presente siglo, sino que él mismo
es autor de los mejores manuales que pueden adquirirse en nuestro país54 55 56 57 58.
SOCIEDADES CIENTÍFICAS Y ASOCIACIONES PROFESIONALES: LOS MANUALES DE ESTILO
Los libros generales de estilo, a pesar de su buena calidad, no representan cabalmente
el estilo científico; al menos con el detalle requerido por los autores de ciencia. El papel
jugado por las sociedades científicas, en las que se agrupan los investigadores de las
242
distintas áreas de conocimiento, es insustituible, pues constituyen centros neurálgicos
para la comunicación científica. Estas sociedades no sólo conforman el principal grupo
editor y promotor de revistas científicas, sino que además participan muy activamente
en el mantenimiento de los grandes sistemas de información (servicios de indización y
resumen, bases de datos bibliográficas). En definitiva, son las que mejor conocen las
necesidades informativas de los investigadores. Es por ello por lo que los manuales de
estilo patrocinados por las distintas sociedades científicas constituyen auténticos
estándares de publicación en sus respectivos dominios científicos.
A pesar de los grandes pasos dados en la segunda mitad del s. XIX y los primeros años
del XX en la normalización del estilo científico, muchos autores ignoraban las convenciones establecidas. Muy a menudo los directores de revistas se enfrentaban a manuscritos con nomenclaturas inadecuadas, obsoletas, con unidades de medida arcaicas,
abreviaturas no estandarizadas y otros obstáculos para conseguir una clara y precisa
comunicación. Estos problemas llevaron a muchas sociedades científicas, hacia mediados del s. XX, a redactar y publicar manuales de estilo que definen los elementos
de un estilo científico deseable para la publicación. Excepto el US Geological Survey’s
Suggestion to Authors, que aparece en 1909, el resto surge en los años centrales del
siglo: Style Manual de la American Institute of Physics (1951); Publication Manual de la
American Psychological Association (1957); el Handbook for Chemical Society Authors
de la Chemical Society (1960); el Style Book de la International Astronomical Union
(1961) o el Handbook for Authors de la American Chemical Society (1967). Aquí, el protagonismo del mundo anglosajón es absoluto, en justa correspondencia con su papel
dominante en la ciencia moderna. El origen de estas obras se encuentra mayoritariamente en las instrucciones a autores insertas en las revistas adscritas a las distintas
asociaciones. Se trata de directrices destinadas preferentemente a los autores que
deseen presentar originales para ser publicados por estas sociedades, aunque suministran innumerables orientaciones para los equipos editoriales de revistas o monografías. La estructura de estos manuales es muy similar. En un primer apartado dedicado a dar instrucciones sobre la preparación de manuscritos incluyendo información
sobre la estructura de los libros y las revistas, los tipos de documentos a publicar
(artículos de revista, editoriales, cartas, revisiones bibliográficas...), consideraciones
éticas y legales junto con una explicación del proceso de selección, evaluación y publicación de los manuscritos recibidos. En un segundo apartado, que constituye el grueso central de los manuales se ofrecen prescripciones sobre el estilo en general
(gramática, puntuación, capitalización, singular/plural, escritura de números) o sobre
las convenciones específicas del estilo científico (terminología, abreviaturas, nomenclaturas...) o sobre la confección de tablas e ilustraciones. Un tercer apartado incluye
información técnica sobre cuestiones tipográficas.
A continuación se listan los manuales de estilo publicados distribuidos según las disciplinas científicas en las que actúan como obra de referencia.
Manuales de estilo según disciplinas científicas
Agricultura y ciencias afines
AMERICAN SOCIETY OF AGRONOMY; CROP SOCIETY SCIENCE OF AMERICA; SOIL SCIENCE
SOCIETY OF AMERICA. Handbook and Style Manual. Madison (WI): American Society of Agronomy,
Crop Science Society of America, Soil Science Society of America, 1988. < http://www.asa-cssasssa.org/style/> (Consulta: 15 de agosto de 2004).
Astronomía
243
WILKINS, G. A. The IAU Style Manual: the Preparation of Astronomical Papers and
International Astronomical Union, 1989.
Reports. Paris:
Ciencias políticas
AMERICAN POLITICAL SCIENCE ASSOCIATION. Style Manual for Political Science. Washington:
APSA, 2002
Derecho
HARVARD LAW REVIEW et al. The Bluebook: A Uniform System of Citation. 17ª ed.
Cambridge: Harvard Law Review Association., 2000.
Economía
AMERICAN MANAGEMENT ASSOCIATION. The AMA Style Guide for Business Writing. New York:
AMACOM, 1996. ISBN 0814402976
Física
AMERICAN INSTITUTE OF PHYSICS. Style Manual: Instructions to Authors and Volume Editors for
the Preparation of AIP Book Manuscripts. 5ª ed. New York: AIP, 1995.
Geología y ciencias de la tierra
BATES, Robert L., REX BUCHANAN, and Marla ADKINS-HELJESON, eds. Geowriting: A Guide to
Writing, Editing, and Printing in Earth Science. 5ª ed. Alexandria: American Geological Institute, 1995.
U.S. Geological Survey. Guidelines for Manuscripts. <http://cpg.cr.usgs.gov/toolbox/manuscript.html>.
)Consulta: 15 de agosto de 2004)
Historia
UNIVERSITY OF CHICAGO PRESS.The Chicago Manual of Style. 15ª ed. Chicago: University of
Chicago Press, 2003.
Ingeniería
INSTITUTE OF ELECTRICAL AND ELECTRONICS ENGINEERS. IEEE Standards Style Manual. 7ª
ed. New York: IEEE, 2000. <http://standards.ieee.org/guides/style/>. )Consulta: 15 de agosto de
2004)
Informática
MICROSOFT CORPORATION. Microsoft Manual of Style for Technical Publications.
3ª ed. Redmond: Microsoft, 2004.
Lengua y Literatura
GIBALDI, J.; ACHTERT, W. S. ML A handbook for writers of research papers. 6ª ed. New York: The
Modern Language Association of America, 2003. ISBN: 0-87352-986-3
MODERN HUMANITIES RESEARCH ASSOCIATION. MHR A Style Book: Notes for Authors,
Editors and Writers of Dissertations. 4ª ed. Londres: MHRA, 2002.
Matemáticas
AMERICAN MATHEMATICAL SOCIETY. The AMS Author Handbook: General Instructions
for Preparing Manuscripts. Providence: AMS, 1996.
Medicina
IVERSON, Cheryl, et al. American Medical Association Manual of Style: A Guide for
Authors and Editors. 9ª ed. Baltimore: Williams, 1998
Meteorología
AMERICAN METEOROLOGICAL SOCIETY. Author’s Guide to the Journals of the American
Meteorological
Society.
4ªed.
Boston:
American
Meteorological
Society,
1983.
<http://www.ametsoc.org/pubs/Authorsguide/pdf_vs/authguide.pdf >. )Consulta: 15 de agosto de
2004)
Microbiología
AMERICAN SOCIETY FOR MICROBIOLOGY. ASM Style Manual for Journals and Books.
Washington DC: American Society for Microbiology, 1991.
Música
HOLOMAN, D. Kern, ed. Writing about Music: A Style Sheet from the Editors of
19th-Century Music. Berkeley: University of California Press, 1988
Psicología y otras ciencias sociales
AMERICAN PSYCHOLOGICAL ASSOCIATION. Publication Manual of the American Psychological
Association. 5ª ed. Washington: APA, 2001.
244
Publicaciones oficiales
UNITED STATES GOVERNMENT PRINTING OFFICE. Style Manual. Washington: GPO, 2000. <
http://www.gpoaccess.gov/stylemanual/browse.html>. )Consulta: 15 de agosto de 2004)
Química
DODD, Janet S., ed. The ACS Style Guide: A Manual for Authors and Editors. 2ª ed. Washington:
American Chemical Society, 1997. ISBN 0-8412-3462-0
Sociología
AMERICAN SOCIOLOGICAL ASSOCIATION. Style Guide. 2ª ed. Washington, DC: American
Sociological Association; 1997
Trabajo Social
NATIONAL ASSOCIATION OF SOCIAL WORKERS. Writing for NASW Press: Information for
Authors. Washington: NASW Press, 1995.
Dentro del ámbito de actuación de las sociedades científicas es preciso comentar el
papel jugado por el International Council for Science (ICSU). Fundado en 1931 a fin de
promover la actividad científica internacional en las diferentes ramas de la ciencia y su
aplicación en beneficio de la humanidad, el International Council for Science (ICSU) es
una de las más antiguas organizaciones no gubernamentales en el mundo. Fue el
resultado de la unión de dos antiguas organizaciones: la International Association of
Academies (IAA; 1899-1914) and the International Research Council (IRC; 1919-1931).
ICSU agrupa a las uniones científicas internacionales, que a su vez representan a las
principales sociedades científicas del mundo. Dentro de ICSU funciona El Committee
on Dissemination of Scientific Information encargado de orientar a la ICSU en todo lo
relacionado con las publicaciones científicas, los nuevos desarrollos de la tecnología
de la información, el acceso a los datos y a la información, y todas las cuestiones
legales que estos asuntos llevan aparejados.
La primera actuación de este comité fue publicar en 1988 unas Guidelines for Scientific
Publication. Han alcanzado la tercera edición y se han traducido tanto al francés como
al español. Con el objetivo de fijar directrices para las sociedades científicas que deseen publicar, ya sea participando como su propia editorial o trabajando en sociedad.
Dado que la mayoría de las sociedades científicas poseen un tamaño relativamente
pequeño y son incapaces de mantener personal especializado en las distintas funciones de publicación, necesitan contar con una guía que les oriente en sus actividades
editoriales. Casi todo el contenido del documento es importante tanto para una editorial universitaria u otro organismo sin fines de lucro como para una sociedad científica
y el término «sociedad científica» incluye estas otras organizaciones. Hay que recalcar que se trata de un documento que no aborda de manera exhautiva todos los aspectos que conforman la edición científica. Además es bien sabido que las prácticas
difieren en cada disciplina y en cada país. Por consiguiente, donde existe incertidumbre acerca de las convenciones o prácticas a seguir se recomienda observar las indicaciones y las prácticas seguidas por las sociedades internacionales propias del
campo.
Como la Guía está dirigida tanto a sociedades que desean ser su propia editorial como
a aquellos que prefieran trabajar con un socio, la mayor parte del contenido está enfocado hacia aquellos que toman la primera opción (capítulos 5-8) mientras que el capítulo siguiente (9) trata específicamente la relación con el socio. Los capítulos introductorios que tratan el desarrollo del programa de la publicación (2), la elección del
medio en el que se expresará y entregará el contenido (3), y los derechos que deben
asegurarse (4) también se refieren al trabajo con un socio. Sin embargo, estos capítulos son tan importantes como el uso de una lista de control al trabajar en sociedad.
245
Dada la importancia que Internet tiene para la comunicación de la ciencia, en el capítulo 3 ofrece una detallada explicación acerca de lo que significa para la editorial poner
el contenido online . No obstante, en todos los capítulos de esta guía la disponibilidad
on line siempre está presente. Asimismo, en toda la guía y en cada capítulo se tratan
por separado las distintas prácticas en relación a la publicación de libros y de revistas,
que difieren en los procedimientos y en la clientela. A veces estas diferencias son
importantes y se proyectan, en gran medida, al medio electrónico. Finalmente, el capítulo 10, antes del primer apéndice dirigido específicamente a los científicos, menciona
el flujo de los descubrimientos científicos en el mundo, el trabajo de los países desarrollados que llega a los países en vías de desarrollo y el de los científicos de estos
países que difunden sus descubrimientos a sus colegas de economías más desarrolladas.
Especialmente activo se ha mostrado este comité a la hora de organizar encuentros y
congresos en torno al impacto de las nuevas tecnologías de la comunicación en la
cadena de información científica y, más concretamente, sobre la edición electrónica.
Así, en 1996 patrocinó una de las primeras y más importantes conferencias de expertos sobre Electronic Publishing in Science en cooperación con la UNESCO. Las actas
de dicha conferencia y las recomendaciones generadas se pueden encontrar en las
propia sede web del comité o en el propio del congreso. En este mismo año recibe el
mandato de la Asamble General de ICSU de desarrollar un progrma que pusiese en
práctica las recomendaciones aprobadas en dicha conferencia. Como consecuencia de
ello se desarrolan las siguientes actividades:
En abril de 1998 se organiza en Oxford un seminario internacional sobre Economics,
Real Costs and Benefits of Electronic Publishing in Science.
En octubre de ese mismo año se organiza otro seminario internacional titulado Developing Pratices and Standards for Electronic Publishing in Science en colaboración
con la American Association for the Advancement of Science (AAAS) y la UNESCO
a fin de explorar la posibilidad de establecer normas y guías de buenas prácticas en
la publicación electrónica de contenidos científicos. Una de las muchas conclusiones
del seminario fue urgir a ICSU a confeccionar unas Guidelines to Best Practices in
Electronic Publication, justamente uno de los propósitos del proyecto que aquí nos
convoca. Como una derivación de estos trabajos y a petición de la International
Association of Scientific Technical and Medical Publishers (STM) se ha elaborado un
documento que determine exactamente lo que se entiende por publicción científica
en formato electrónico. Dicho documento denominado Defining and Certifying
Electronic Publication in Science fue preparado por un grupo internacional de expertos en edición científica.
En enero de 2000 se patrocina un seminario para tratar los problemas planteados
por el archivo y la preservación de las publicaciones científicas electrónicas. Un
informe sobre el mismo se publicó en ICSTI FORUM nº 33 (March 2000).
En Febrero de 2001 se celebró el Second ICSU-UNESCO Conference on Electronic
Publishing in Science. Las principales materias tratadas en el congreso fueron: el
cambio en los procesos editoriales en el entorno electrónico, aspectos legales del
copyright, archivo permanente de la información electrónica, la búsqueda y referenciación bibliográfica; bases y bancos de datos; cuestiones éticas y modelos económicos de la publicación electrónica. Participaron representantes de las sociedades
científicas internacionales, de asociaciones profesionales de bibliotecarios y documentalistas, especialistas en copyright y editores, tanto comerciales como de entidades académicas.
246
Por último hay que destacar las actividades de ICSU en la difusión de la ciencia en todo
el mundo y, especialmente, en los países subdesarrollados. Desde 1992, la ICSU, en
cooperación con la UNESCO, la Third World Academy of Sciences y con la ayuda de
la Comunidad Europea, estableció la International Network for the Availability of
Scientific Publications (INASP). INASP es una red cooperativa de socios cuyo objetivo
es mejorar el acceso de información a nivel mundial. En particular, su misión es mejorar el flujo de información dentro y entre los países, especialmente aquellos con sistemas de publicación menos desarrollados. Ofrece asesoramiento y apoyo en todos los
aspectos de la publicación y diseminación de literatura, especialmente en respuesta a
y en asociación con instituciones de países en desarrollo o en vías de desarrollo y
asiste a agencias de financiamiento y desarrollo en el establecimiento e implementación de programas relacionados con información. Del conjunto de actividades
desplegadas por INASP nos centraremos en aquellas relacionadas con el mundo de la
publicación electrónica.
INASP ha publicado tres obras de especial interés para todos aquellos interesados en
la edición de documentos:
El primero de ellos, que lleva por título Getting Started in Electronic Journal Publishing, con versiones en español, inglés, francés y ruso ha alcanzado la cuarta edición. Sally Morris, que es su autora, ofrece una guía muy práctica para la publicación
de una revista electrónica. Publicar una revista electrónica puede parecer muy
interesante. Existe un sinnúmero de buenas razones para hacerlo, pero también se
presentan desventajas. Antes de comprometerse en el esfuerzo y gastos involucrados, es recomendable analizar cuidadosamente tanto las ventajas como desventajas. Al final la decisión dependerá de sus objetivos principales, por ello es importante
tener claro en primer lugar el por qué se está publicando, o planificando publicar, y
qué información desea dar a conocer y a quiénes. Este ensayo proporciona un resúmen valioso acerca de todos los temas que se deben tener en consideración y también incluye referencias que lo llevarán a una gran cantidad de información y detalles
prácticos en cada aspecto.
El segundo es un Manual (Book Marketing & Promotion: A Handbook of Good Practice) concebido como un compendio práctico que proporciona consejo sobre todos
los aspectos de la promoción y comercialización de libros por parte de los editores,
especialmente para aquellos radicados en paises subdesarrollados, pero también es
muy útil para las instituciones de investigación, editoriales universitarias, de organizaciones no gubernamentales, etc... Organizado en diecisiete capítulos, la monografía proporciona ideas de cómo maximizar los ingresos y minimizar los gastos
usando las distintas técnicas del marketing. En cada capítulo se ofrecen guías de
buenas prácticas acompañadas de innumerables mo-delos, listas de comprobación
y ejemplos.
El tercero aunque por el título pudiese parecer bastante restrictivo (A Guidebook on
Journal Publishing for Agricultural and Rural Development) es una obra muy
recomendable para directores de revistas y editoriales de cualquier campo de
conocimiento. Se hace un enorme esfuerzo en presentar el material de manera más
simple, en un estilo sencillo, centrándose en todos aquellos aspectos de la publicación de revistas científicas que comúnmente son desconocidos por los editores.
Se ofrecen muchos ejemplos y consejos prácticos que orienten a los editores a
resolver cualquier problema presentado tanto en la edición, gestión y comunicación
de las contribuciones científicas. Se aportan muchos y variados modelos, guías, formatos para la gestión de revistas y materiales promocionales que ayuden al éxito de
247
la publicación. La obra se divide en nueve capítulos que cubren todo el proceso de
publicación de una revista: planificación de la revista, determinación de las responsabilidades y prácticas editoriales de los distintos componentes del staff científico y
técnico, producción editorial, distribución y marketing, administración y finanzas,
aspectos legales, etc..
Por otra parte, INASP patrocina una amplia gama de seminarios dirigidos a editores y
directores con el fin de proporcionarles formación en técnicas de producción y diseminación de información científica. Destacaremos de entre los muchos que viene organizando los siguientes:
Strengthening Editors And Scientists Capabilities In Electronic Publishing. Celebrado
en Valparaíso (Chile) en enero de 2004 y organizado por la Pontificia Universidad
Católica de Valparaíso (PUCV), Centro Argentino de Información Científica y
Tecnológica (CAICYT) and INASP
Workshop on Open Access. Celebrado en la India en 2004 y organizado por INASP
en colaboración con la M S Swaminathan Research Foundation y Electronic
Publishing Trust.
Journal OnLine Familiarisation and planning workshop. Celebrado en Kathmandu
(Nepal) en diciembre de 2003, permitió a los asistentes diseñar un plan para implementar revistas online.
Publishing in an electronic environment. Celebrado en octubre de 2003 en Nairobi
(Kenya) este seminario fue coorganizado con el African Journal of Food, Agriculture,
Nutrition and Development.
Workshops of Electronic Publishing. Celebrado en Bangalore (India), en marzo de
2002 en colaboración Indian Academy of Sciences. La página del curso contiene
interesantes recursos sobre edición electrónica.
Asimismo, INASP ha desarrollado un software para la gestión de múltiples revistas
publicadas online, basado en el Open Journals System, que puede ser obtenido de
forma gratuita.
ASOCIACIONES DE EDITORES
Las asociaciones de editores, en tanto que representantes de los intereses de las
empresas de edición, se han preocupado desde hace años de conocer el impacto de
las nuevas tecnologías en el mundo editorial, de investigar sobre nuevos desarrollos
tecnológicos y, especialmente, de definir normas que permitan el intercambio de información electrónica entre todos los participantes de la cadena de producción y distribución editorial.
La International Publishers Association y algunas asociaciones nacionales de editores
como la Association of American Publishers (AAP) se han mostrado especialmente
activos. La mayor parte de las actuaciones de estas entidades tienen que ver con el
establecimiento de estándares que faciliten el comercio electrónico y con el establecimiento de modelos normalizados de libros electrónicos. Entre las iniciativas promovidas por dichas organizaciones cabe citar:
El Book Industry Study Group (BISG), organismo al que están afiliadas todos los agentes participantes en la cadena de producción del libro, ha realizado distintos
informes de investigación sobre el mercado electrónico y ha creado normas para
organizar y codificar los libros a fin de permitir su rápida y eficiente comunicación,
transacción y distribución. A través de uno de sus comités, BISAC (Book Industry
248
Standards and Communications Committee), BISG ha desarrollado las siguientes
normas:
New EDItX XML Message Formats:
Outline Specification for Trade Ship Notice v1.0
Outline Specification for Trade Order v1.0
Digital Sales Report v1.0
BISAC Secure Data Transfer
FTP Filenaming Standard
Revisions to Format-Binding-Packaging Codes for X12 Transactions
BISAC Subject Headings, version 2.8
EDItEUR es una entidad internacional que coordina el desarrollo de normas para el
comercio electrónico de las industrias del libro y las publicaciones seriadas. Entre las
normas más recientes salidas de EDItEUR cabe destacar ONIX for books (norma
internacional para representar y comunicar información en formato electrónico sobre
productos de la industria del libro) y ONIX for serials (norma internacional para representar y comunicar información en formato electrónico sobre productos de la
industria de las publicaciones seriadas). EDItEUR proporciona a sus miembros unas
utílisimas guías que cubren cada una de las principales áreas en que se estructura
el sector editorial. Cada una de estas guías incluye especificaciones completas
sobre las normas a aplicar en cada caso. Las publicadas son:
Trade Book Supply
Library Book Supply
Serials
Code Lists
ASOCIACIONES DE EDITORES CIENTÍFICOS
Una derivación, ineludible por otra parte, debida a la especialización por la que se
desenvuelve el mundo moderno, son las asociaciones de editores científicos, surgidas
al amparo de sociedades y editoriales de vocación científica. La necesidad de constituir entidades de este tipo había sido ya manifestada, en 1948, en la célebre Royal
Society Scientific Information Conference de Londres, donde se tratan todos los problemas de las publicaciones científicas (formato, política editorial, organización, disciplinas, resumen, revisiones, clasificación, indización y formación de trabajadores de la
información). La explosión documental que caracteriza a la ciencia de nuestro siglo
impulsó la reflexión sobre los problemas planteados respecto a la transferencia de
información. El papel de los editores en este circuito es especialmente trascendente.
De ahí que, a partir de 1957, fecha en que nace el Council of Biology Editors, actualmente Council of Science Editors (CSE), se multipliquen las asociaciones de editores
en distintas disciplinas y regiones. En 1964 con la ayuda de la UNESCO iniciaba su
andadura la European Life Science Editors’ Association; en 1968, lo hacía la European
Association of Earth Science Editors; ambas se unirán en 1982 para formar la
European Association of Science Editors (EASE); en 1969 se funda el grupo Scientific,
Technical and Medical Publishers (STM); en 1972 la Association of Learned and
Professional Society Publishers (ALPSP) y la Society for Scholarly Publishing (SSP);
en 1978 la International Federation of Scientific Editors (IFSE) y el International
Committee of Medical Journal Editors (ICMJE); y en 1995 aparece la World Association
of Medical Editors (WAME).
Uno de los objetivos comunnes a todas estas entidades es el de contribuir a la formulación de normas y buenas prácticas en la edición, promoviendo su implementación
249
internacional; mejorar la comunicación en la ciencia mediante la provisión de instrumentos para la cooperación entre los editores de publicaciones en todas las disciplinas
de la ciencia y tecnología; fomentar la interacción entre todos los participantes en la
cadena de transferencia de la información; y educar a autores, directores, redactores
y editores en la preparación de documentos científicos.
El Council of Science Editors, no sólo es la entidad más antigua, sino una de las que
más actividad ha desplegado en la idea de normalizar los canales de comunicación
científica. Desde un primer momento se propuso la publicación de un manual que
sirviera de orientación a autores, editores, y directores, redactores, revisores y correctores de revistas científicas. En 1960 se publicó la primera edición de su manual de
estilo64; hoy alcanza ya la sexta65 y en 2005 está prevista la aparición de la séptima.
Puede considerarse el manual de estilo científico más completo de los existentes.
Emite recomendaciones sobre el formato y estilo de todo tipo de publicaciones científicas, especialmente sobre revistas y libros. Tal vez, la sección más apreciada es aquella que se refiere a las nomenclaturas científicas, pues cubre casi todas las disciplinas
científicas, desde el espectro electromagnético hasta los virus o la astronomía.
Asimismo, el CSE ha publicado numerosas monografías orientadas a ayudar a
preparar tablas, ilustraciones, gráficos, presentar posters y comunicaciones, gestionar
revistas, conocer el proceso de selección y revisión de manuscritos o los principios éticos de la publicación66.
En los últimos años el CSE ha centrado su atención en la confección de declaraciones
y principios de política editorial que sirvan de referencia para el mundo de la publicación científica. El procedimiento para la elaboración y aprobación de estas guías es
muy riguroso y está abierto a la participación de todos los interesados67. Las guías
aprobadas hasta hoy son las siguientes:
Policy on Responsibilities and Rights of Editors of Peer-Reviewed Journals: Responsibility for Quality of Content Editors’, Responsibilities to Authors Editors’, Responsibilities to Readers Editors’, Responsibilities to Peer Reviewers, Editor’s Rights.
Policy on Journal Access to Scientific Data.
Policy of Journal Referral of Possible Misconduct.
Conflicts of Interest and the Peer Review Process.
Relations between Editors and their Publishing or Sponsoring Societies.
Responsibilities and Rights of Peer Reviewers.
La European Association of Science Editors, organización que cuenta entre sus miembros a directores de revistas científicas y a otras personas de responsabilidad en la edición o gestión de publicaciones científicas en cualquier rama del conocimiento, es la
patrocinadora de un manual de edición científica68 que aborda en cuatro secciones
(edición, normas y estilo, nomenclatura y terminología, publicación e impresión) todas
las cuestiones que atañen a la publicación científica.
La Association of Learned and Professional Society Publishers, entidad que agrupa a
las editoriales científicas no comerciales, es la patrocinadora de un manual69 de carácter eminentemente práctico que ofrece una guía de buenas prácticas en la publicación
de revistas científicas tanto en formato impreso como electrónico. Asimismo, la ALSP
ha elaborado varios modelos relativos a distintos aspectos de la publicación científica
para que sirvan de orientación o puedan ser usados directamente por las editoriales
científicas. Entre ellos cabe citar las siguientes:
250
ALPSP model Copyright Transfer Agreement.
ALPSP model Grant of Licence.
ALPSP position statement on Open Access.
ALPSP Principles of Scholarship-Friendly Journal Publishing Practice.
Electronic Publishing and Learned Societies.
Guidelines for licence of electronic publications.
El International Committee of Medical Journal Editors, fundado en 1978 por algunas de
las revistas científicas más importantes del mundo (Annals of Internal Medicine, Journal
of the American Medical Association, New England Journal of Medicine...), con el fin de
redactar una guía que determinase el formato de los manuscritos presentados a sus
revistas, dio a luz uno de los documentos que mayor impacto ha tenido en la normalización de las publicaciones científicas: Uniform Requirements for Manuscripts
Submitted to Biomedical Journals: Writing and Editing for Biomedical Publication. En el
ámbito biomédico es un estándar de facto indiscutido.
Los requisitos, también conocidos popularmente como normas Vancouver por ser ésta
la ciudad donde vieron la luz, establecen principios éticos sobre la forma de realizar y
comunicar la investigación y suministran recomendaciones relativas a elementos muy
específicos de la publicación y la redacción. Aunque estos requisitos, tal como advierte
expresamente el ICMJE, son instrucciones para los autores sobre cómo preparar los
originales y no para los editores sobre el estilo de la publicación, de hecho muchas
revistas han obtenido de estos criterios elementos para su estilo de publicación. Incluso
muchos de sus apartados pueden ser de interés para los pacientes y sus familias y los
lectores de publicaciones científicas, en general.
Las secciones iniciales de los requisitos se dedican a los principios éticos que deben
gobernar el proceso de evaluación, mejora y publicación de artículos en las revistas
médicas y sobre las relaciones entre directores, autores, revisores y medios de comunicación de masas. Las últimas secciones se dedican a detallar todos aquellos aspectos técnicos de la preparación de los originales (estructura, formato, contenido).
Con parecidos propósitos, aunque con una mayor proyección internacional, surge la
World Association of Medical Editors, una organización que agrupa a directores de
revistas médicas que usan el arbitraje científico, que ha elaborado diversas declaraciones programáticas que tienen un amplio eco en el mundo de la edición científica:
Recommendations on Publication Ethics Policies for Medical Journals.
Impact Factor.
Geopolitical Intrusion on Editorial Decisions.
The Responsibilities of Medical Editors.
Journals’ Role in Managing Conflict of Interest Related to the Funding of Research.
Free Journal Access for Poor Nations.
Editorial Independence.
A Syllabus for Prospective and Newly Appointed Editors.
CENTROS DOCENTES: TRABAJOS CIENTÍFICOS ACADÉMICOS
En las instituciones académicas, sobre todo las universidades, definidas como centros
docentes donde se forman los futuros científicos, y de investigación, cuyos profesores
poseen también la condición de investigadores, se ha sentido la necesidad de marcar
251
pautas que regularicen, de alguna forma, su producción científica. La exigencia de
redactar trabajos científicos para la obtención de los distintos grados académicos
determinó que muchos departamentos y facultades fijaran una serie de requisitos para
su correcta ejecución. Estas normas de presentación se han difundido por diversos procedimientos reprográficos, siendo raras las ocasiones en que han sido formalmente
publicadas. En cualquier caso, es la demanda de aprendizaje de los métodos de investigación en general, y de las técnicas de comunicación en particular, por parte de los
estudiantes universitarios, la que ha dado lugar a una serie de manuales que se cuentan por centenares. Los testimonios más precoces de este tipo de obras son, dentro
del mundo anglosajón, las obras de Albutt en 1904, de Trelease70 en 1925 y de
Turabian71 en 1937. Más reciente y de amplia difusión es el trabajo de Woodford72. En
España la obra más temprana es la de Lasso de la Vega73, que ha tenido sucesivas
ediciones, siendo el trabajo de Eco74el título que más éxito ha conseguido en nuestro
país. En la actualidad asistimos a una auténtica eclosión de monografías sobre el tema.
Por otro lado, muchas universidades, ante el incremento de información electrónica
producida en su seno y difundida a través de Internet, han confeccionado guías y manuales de estilo que sirvan para uniformar sus contenidos digitales y crear y reforzar su
imagen corporativa. La mayoría de las universidades norteamericanas poseen manuales de este tipo. Buenos ejemplos de estas guías son las de la Carnegie Mellon75,
elaborada por la Universidad de Columbia76 o la de la Universidad de Zaragoza77.
SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y ORGANIZACIONES DOCUMENTALES
Las organizaciones ligadas a las profesiones de la documentación y los grandes sistemas de información (bases de datos bibliográficas), cuya labor se ve beneficiada por
la buena calidad de las fuentes primarias de información, han producido directrices
para la presentación de revistas, como en el caso de la IFLA78, el CINDOC79, MEDLINE80, o el del Institute Scientific Information (ISI), que ha editado, por una parte, varios libros con una finalidad claramente instructiva81 82 83 84 85 86 y, por otra, ha dirigido
recomendaciones muy precisas a los editores y directores de revistas87 88 que
deseasen insertar sus publicaciones en los famosos Current Contents y Science
Citations Index.
OTRAS ORGANIZACIONES
Dentro de este apartado incluimos a alguna de las organizaciones que han ido naciendo al calor de la implantación de las nuevas tecnologías de la información y particularmente de Internet. Es el caso del World Wide Web Consortium, la Fundación DOI o el
International Consortium for the Advancement of Academic Publication.
El World Wide Web Consortium (W3C) desarrolla tecnologías intercambiables e interoperativas (especificaciones, pautas, software, y herramientas) para conseguir que la
Web alcance su máximo potencial. Actúa como un forum para la información, el comercio, la comunicación, y la comprensión colectiva. El W3C organiza el trabajo necesario para el desarrollo de la tecnología web en «actividades». Cada actividad posee
su propia estructura aunque normalmente se concreta en un grupo de trabajo. Dentro
de estos grupos se producen recomendaciones y otros informes técnicos. Puede considerarse que las directrices establecidas por el W3C actúan como estándares internacionales en todo lo relativo a la edición electrónica en la Web. Dentro de las múltiples
actuaciones de esta entidad citaremos sólo aquellas que tengan por finalidad la normalización de los documentos electrónicos en la Web:
252
HyperText Markup Language (HTML). HTML es el lenguaje de publicación usado por
la World Wide Web, en tanto que es el lenguaje que sirve para dar formato a los documentos de hipertexto. Basado en SGML puede ser creado y procesado por un
amplio abanico de herramientas Para publicar información y distribuirla globalmente,
se necesita un lenguaje entendido universalmente, una especie de lengua franca de
publicación que todas las computadoras puedan comprender potencialmente. En
este sentido HTML da a los autores las herramientas para:
Publicar documentos en línea con encabezados, textos, tablas, listas, fotos, etc.
Obtener información en línea a través de vínculos de hipertexto, haciendo clic con
el botón de un ratón.
Diseñar formularios para realizar transacciones con servicios remotos, para buscar información, hacer reservas, pedir productos, etc.
Incluir hojas de cálculo, videoclips, sonidos, y otras aplicaciones directamente en
sus documentos.
El W3C se encarga de definir las especificaciones de HTML y de sus derivaciones
(XHTML). Todos los documentos normativos relativos a estos estándares pueden
localizarse en http://www.w3.org/MarkUp/.
Extensible Markup Language (XML). XML es un simple y muy flexible formato de texto derivado de SGML y que sirve para introducir datos estructurados en un fichero
de texto. XML consiste en una serie de reglas, pautas, convenciones para planificar
formatos de texto para tales datos, de manera que produzcan archivos que sean
fácilmente generados y leídos (por un ordenador), que son inequívocos, y que evitan escollos comunes como la falta de extensibilidad, falta de soporte para la internacionalización o localismo, y la dependencia de una determinada plataforma. Al
igual que el HTML el XML utiliza tags –etiquetas– (palabras entre corchetes agudos:
‘<’ y ‘>’) y atributos (de la forma name=«valor«), pero mientras que HTML especifica
lo que cada etiqueta y atributo significan (y frecuentemente la apariencia que presentará en un navegador el texto que hay entre ellos) XML usa las etiquetas sólo para
delimitar piezas de datos, y deja la interpretación de los datos, completamente, a la
aplicación que los lee.
XML es una familia de tecnologías. Existe XML 1.0, la especificación que define cuales son las «tags» (etiquetas) y «atributos«, pero alrededor de XML 1.0 hay una creciente serie de módulos opcionales que ofrecen colecciones de etiquetas y atributos,
o pautas para especificar tareas. Existe, por ejemplo, Xlink (aún en desarrollo desde
noviembre de 1999) que describe una manera estándar de añadir hiper-enlaces a un
archivo XML. XPointer y XFragments (también aún en desarrollo) son sintaxis para
apuntar a partes de un documento XML. (Un Xpointer es parecido a una URL, pero
en vez de apuntar a documentos en la Web, apunta a fragmentos de datos en un
archivo XML.) CSS, el lenguaje de hojas de estilo, se puede aplicar a XML igual que
a HTML. XSL (otoño de 1999) es el lenguaje avanzado para explicitar hojas de estilo. Está basado en XSLT, un lenguaje de transformación a menudo útil también fuera
de XSL, para reordenar, añadir o borrar etiquetas y atributos. El DOM es una serie
de funciones estándar llamadas para manipular archivos XML (y HTML) desde un
lenguaje de programación. XML Namespaces es una especificación que describe
cómo se puede asociar una URL (dirección en la Web) con cada etiqueta y atributo
en un documento XML, si bien, para qué se utiliza la URL depende de la aplicación
que lea la URL. (RDF, el estándar del W3C para metadatos, lo usa para enlazar cada
metadato a un archivo definiendo el tipo de ese metadato.) XML Schemas 1 y 2
ayuda a los desarrolladores a definir precisamente sus propios formatos basados en
253
XML. Hay muchos más módulos y herramientas disponibles o en desarrollo. Todos
los documentos normativos relativos a estos estándares pueden localizarse en
http://www.w3.org/XML/.
Estilo en la Web: las hojas de estilo describen cómo se presentan en pantalla o en
forma impresas o como se pronuncian los documentos. El W3C promueve el uso de
páginas de estilo en la Web en tanto que permiten el control estilístico de la presentación de las páginas Web. Para ello el W3C ha desarrollado los lenguajes
Cascading Style Sheets (CSS) y Extensible Stylesheet Language (XSL). Mientras
que CSS se usa para crear hojas de estilo en el sentido tradicional del término, XSL
se emplea para trasnformar datos XML. Todos los documentos normativos relativos
a estos estándares pueden localizarse en http://www.w3.org/Style/.
Accesibilidad: el W3C se ha preocupado de conseguir que la tecnología web sea universalmente accesible e inteligible a todo tipo de audiencias y públicos. Por ello ha
desarrollado pautas y guías que ayuden a diseñar páginas y sitios Web. Todos los
documentos normativos relativos a estos estándares pueden localizarse en
http://www.w3.org/WAI/about.html#te
La International DOI Foundation es la entidad encargada de mantener el Digital Object
Identifier (DOI), que es un código alfanumérico que permite identificar cualquier objeto
o dato transmitido digitalmente, en definitiva, cualquier información digital protegida por
propiedad intelectual. El DOI proporciona un marco adecuado para la gestión de contenidos sujetos a propiedad intelectual, permite enlazar los usuarios finales con los
proveedores de contenidos, facilita el comercio electrónico y permite la gestión automatizada de los derechos de copyright para cualquier tipo de medio. Puede aplicarse
a un documento en su conjunto (libro, revista) o a cualquiera de sus partes (artículos,
capítulos, tablas, ilustraciones, resúmenes, etc...). Puede referirse tanto a texto o imágenes como a sonido o software. Permite no sólo identificar sino localizar de manera
persistente dichos objetos digitales. Para ello se sirve del URI (Uniform Resource
Identifier, llamados por algunos Universal Resource Identifier). De esta manera el DOI
está enlazado al objeto siendo posible extraer la información sobre dónde se encuentra de forma que esta información sobre su localización pueda ser modificada fácilmente por el gestor de sus derechos. Un DOI se compone de dos elementos divididos
por un separador (/): a la izquierda del cual se coloca un número (el prefijo) que identifica a la entidad y que proporciona la Internacional DOI Foundation; a la derecha del
separador hay otro código (el sufijo) que proporciona la entidad que se registra y que
puede ser cualquier cadena alfanumérica. Este sufijo puede ser cualquier identificador
estándar como el ISSN o cualquier otro identificador propio. El único criterio para determinar un DOI válido es que éste sea único. La sintaxis del DOI es especificada por una
norma NISO (ANSI/NISO Z39.84). Para más información sobre DOI léase el Manual
DOI.
El DOI es asignado por una agencia de registro que cubre una comunidad de usuarios
muy determinada y que es la encargada además de conservar metadatos de cada uno
de los DOIs asignados. Así, por ejemplo, CrossRef es la agencia elegida por las editoriales científicas para asignar DOI a libros, artículos de revistas, actas de congresos y,
en general, para todo el sector de la publicación científica. CrossRef, además, suministra servicios de enlace de las citas bibliográficas con los documentos fuente respectivos. En el sector de las revistas científicas las aplicaciones inmediatas de uso del DOI
son, por un lado, poder depositar en sus bases de datos los DOI de los artículos de las
revistas para que puedan ser citados y enlazados por otros editores. Pertenece a la
254
Publishers International Linking Association (PILA) y utiliza el DOI con tecnología del
Handle System de la Corporation for National Research Initiatives (CNRI).
El International Consortium for the Advancement of Academic Publication (ICAAP) es
una organización de investigación y desarrollo dedicada a impulsar el avance de la
comunicación científica electrónica. Se ha especializado en el desarrollo de tecnología,
incluyendo el desarrollo de sistemas de marcado SGML y utilidades de conversión para
transferir documentos a SGML y filtros que permitan transferir documentos SGML a
documentos HTML, PDF y otros formatos. Asismismo, desarrolla software gratuito para
la gestión de revistas y pone en su página web diversos recursos útiles para los sectores implicados en la publicación científica.
LOS ESTÁNDARES NACIONALES E INTERNACIONALES DE PUBLICACIÓN
CIENTÍFICA
ESTÁNDARES DE PUBLICACIÓN CIENTÍFICA EN GENERAL
Del conjunto de normas ISO de presentación de publicaciones científicas se pueden
distinguir tres grupos. El primero está conformado por las dos normas básicas que regulan la presentación de las publicaciones periódicas. Son ISO 8, que afecta a la revista
en su conjunto, ISO 215, que se refiere específicamente a los artículos y contribuciones
científicas, ISO 2384 sobre presentación de traducciones e ISO 7144 sobre presentación de tesis y documentos similares.
El segundo grupo está integrado por las pautas que, como desarrollo y profundización
de las dos anteriores, regulan aspectos definidos y partes concretas de las publicaciones científicas. Es el caso de la ISO 18, referida a la forma que deben seguir los
sumarios; la ISO 5122, que estipula la forma de confección de las páginas de
resúmenes en las publicaciones seriadas; la ISO 9115, sobre identificación bibliográfica de las publicaciones en serie y sus contribuciones; la ISO 3297, sobre el ISSN; y la
ISO 6357, que regula los lomos de las publicaciones.
En el tercer grupo se incluyen todos los estándares que modelan la publicación, en
general, y la científica, en particular. Por no repetir todas, baste citar como ejemplos la
ISO 690 sobre referencias bibliográficas, la 214 sobre resúmenes, la ISO 2145 sobre
numeración de las divisiones y subdivisiones de los documentos escritos o las ISO
2.014 y 3.166 sobre códigos para la representación de fechas y de países, respectivamente.
Normas ISO de presentación de publicaciones científicas
Identificador
ISO 4:1997
Título de la norma
Information and documentation
Rules for the abbreviation of title words and titles
of publications
ISO 8:1977
Documentation - Presentation of periodicals
ISO 18:1977
Documentation - Contents list of periodicals
ISO 214:1976
Documentation - Abstracts for publications
and documentation
255
ISO 215:1986
Documentation- Presentation of contributions to periodicals
and other serials
ISO 639-1:2002 Codes for the representation of names of languages - Part
1: Alpha-2 code
ISO 639-2:1998 Codes for the representation of names of languages -Part
2: Alpha-3 code
ISO 690:1987
Documentation -ibliographic references - Content, form and
structure
ISO 690-2:1997 Information and documentation - Bibliographic references
Part 2: Electronic documents or parts thereof
ISO 832:1994
Information and documentation - Bibliographic description
and references- Rules for the abbreviation of bibliographic
terms
ISO 999:1996
Information and documentation - Guidelines for the content,
organization and presentation of indexes
ISO 1086:1991
Information and documentation - Title leaves of books
ISO 2108:1992
Information and documentation - International standard book
numbering (ISBN)
ISO 2145:1978
Documentation -Numbering of divisions and subdivisions in
written documents
ISO 2384:1977
Documentation - Presentation of translations
ISO 3297:1998
Information and documentation - International standard serial
number (ISSN)
ISO 3901:2001
Information and documentation -International Standard
Recording Code (ISRC)
ISO 5122:1979
Documentation - Abstract sheets in serial publications
ISO 6357:1985
Documentation - Spine titles on books and other publications
ISO 7144:1986
Documentation -Presentation of theses and similar documents
ISO 7154:1983
Documentation - Bibliographic filing principles
ISO 220:1996/
Cor 1:2001ISO/
TR 8393:1985
Documentation - ISO bibliographic filing rules (International
Standard Bibliographic Filing Rules) - Exemplification of
Bibliographic filing principles in a model set of rules
ISO 7275:1985
Documentation - Presentation of title information of series
ISO 9706:1994
Information and documentation - Paper for documents Requirements for permanence
ISO 10444:1994 Information and documentation - International standard
technical report number (ISRN)
ISO 10957:1993 Information and documentation - International standard
music number (ISMN)
ISO 11108:1996 Information and documentation - Archival paper Requirements for permanence and durability
ISO 11800:1998 Information and documentation - Requirements for
binding materials and methods used in the manufacture of
books
ISO 11798:1999 Information and documentation - Permanence and durability
of writing, printing and copying on paper - Requirements
and test methods
ISO 11799:2003 Information and documentation - Document storage
requirements for archive and library materials
ISO 14416:2003 Information and documentation - Requirements for binding
of books, periodicals, serials and other paper documents
for archive and library use - Methods and materials
ISO 15706:2002 Information and documentation - International Standard
Audiovisual Number (ISAN)
ISO 15707:2001 Information and documentation- International Standard
Musical Work Code (ISWC)
ISO 15924:2004 Information and documentation - Codes for the
representation of names of scripts
256
Las normas españolas de presentación de publicaciones científicas, que en la mayoría
de los casos son traducción de las normas internacionales, pueden verse en cuadro.
Normas UNE de presentación de publicaciones científicas
Identificador
Título de la norma
UNE 50101:1990
Documentación. Presentación de las publicaciones
periódicas.
UNE 50103:1990
Documentación. Preparación de resúmenes.
UNE 50104:1994
Referencias bibliográficas. Contenido, forma y
estructura.
UNE 50107:1989
Documentación. Número internacional normalizado
de publicaciones en serie (ISSN).
UNE 50107:1995
Documentación. Número internacional normalizado
de publicaciones en serie (ISSN).
UNE 50110:1990
Documentación. Sumario de las publicaciones
periódicas.
UNE 50111:1989
Documentación. Indice de una publicación.
UNE 50112:1992
Documentación. Paginas de resúmenes en las
publicaciones periódicas.
UNE 50120:1992
Documentación. Títulos en los lomos de los libros y
otras publicaciones.
UNE 50126:1994
Documentación. Presentación de los títulos de las
series.
UNE 50128:1994
Documentación. Presentación de traducciones.
UNE 50129:1994
Información y documentación. Hojas preliminares de
los libros.
UNE 50130:1994
Información y documentación. Numeración
internacional de libros (ISBN).
UNE 50132:1994
Documentación. Numeración de las divisiones y
subdivisiones en los documentos escritos.
UNE 50133:1994
Documentación. Presentación de artículos en
publicaciones periódicas y en serie.
UNE 50134:1994
Documentación. Reglas para la abreviación de los
títulos y de las palabras contenidas en los títulos de
las publicaciones.
UNE 50135:1996
Documentación. Presentación de informes científicos
y técnicos.
UNE 50136:1997
Documentación. Presentación de tesis y documentos
similares.
UNE 50136:1998
Documentación. Presentación de tesis y documentos
similares.
UNE-EN ISO 3166
-1:1998
Códigos para la representación de los nombres de
los países y sus subdivisiones. Parte 1: Códigos de
los países. (ISO 3166-1:1997)
A continuación se expone un breve resumen de las principales normas de presentación
de publicaciones científicas:
ISO 8: 1977. Presentación de publicaciones periódicas
Establece reglas que tienen por fin permitir a los directores y editores presentar sus publicaciones periódicas de una forma que facilite su utilización. Las revistas que se atengan a
la norma serán fáciles de identificar y esto contribuirá a que quienes las consulten encuen257
tren rápidamente los datos que les interesan. Se proporcionan pautas sobre los títulos,
numeración, paginación, fechas y sobre la presentación que deben adoptar los fascículos,
los volúmenes, los artículos, sumarios, índices.
ISO 215: 1986. Presentación de artículos en puFblicaciones periódicas y en serie
Fija pautas para la preparación y presentación de artículos en publicaciones periódicas y
en serie de carácter científico y técnico. Su principal objetivo es ayudar a los autores en la
presentación de sus artículos, así como a los editores en la redacción de directrices para
la presentación de contribuciones para su publicación. Se ofrecen recomendaciones acerca de los elementos de identificación de los artículos tales como el título, el nombre y la
dirección(es) del(os) autor(es), los resúmenes, las fechas y acerca de los componentes del
texto principal (estructura, sumario, numeración de divisiones y subdivisiones, notación y
nomenclatura, notas a pié de página, citas, agradecimientos, bibliografía, ilustraciones y
tablas, anexos, erratas). También se añaden indicaciones sobre derechos de autor y sobre
el contenido de las instrucciones a autores que deben figurar en las revistas científicas.
ISO 2384:1977 Presentación de traducciones
Establece las reglas que garantizan la presentación de las traducciones en forma unificada, para facilitar su uso por las distintas clases de usuarios. Se aplica a la traducción de
cualquier documento, tanto si ésta es completa, parcial o abreviada, quedando excluidos
los resúmenes. Esta norma no trata de los detalles materiales de presentación de la traducción, tales como composición, formato y demás cuestiones relativas al papel, los márgenes, el modo de impresión y los caracteres tipográficos, para los que los traductores y
editores tienen que adaptarse a las correspondientes normas nacionales e internacionales.
ISO 7144:1986 Presentación de tesis y documentos similares
Las reglas establecidas en esta norma internacional se destinan a editores y autores de
tesis. Fija pautas para la presentación de tesis y documentos similares en cualquier disciplina. Porporciona especificaciones muy precisas sobre el papel, formato, estructura del
contenido (partes, capítulos, apartados), referencias bibliográficas, tablas, ilustraciones,
etc...
ISO 18: 1981. Sumario de las publicaciones periódicas
Proporciona las directrices que han de seguirse para la presentación del sumario de publicaciones periódicas tanto en lo que respecta a su apariencia física como a su contenido y
ubicación.
ISO 5122: 1979. Páginas de resúmenes en las publicaciones periódicas
Se establecen reglas relativas a la presentación de sumarios analíticos, esto es, páginas
en las que se incluye una descripción detallada de cada artículo: nombre(s) y apellidos
del(os) autor(es), título en idioma original y traducido, filiación profesional y lugar de trabajo del(os) autor(es), descripción bibliográfica de la fuente en que se publica el artículo (título publicación periódica, volumen, fascículo, paginación), notación de la CDU o de otro sistema internacional de clasificación, el resumen y descriptores o palabras clave.
ISO 3297: 1986. ISSN. Número internacional normalizado de publicaciones en serie
El ISSN es un código de ocho dígitos que representa de forma única a una publiación en
serie. El origen, evolución y organización del sistema y las ventajas del ISSN han sido
258
comentadas por Santiago89. Sin esta numeración, la identificación de una publicación necesitaría de un número de informaciones textuales (título, editor, lugar y año de edición, etc.)
que no garantizaría siempre la eliminación de ambigüedades, planteando problemas de
comprensión (lengua, alfabeto) y de excesiva extensión en los mensajes. El ISSN debía
favorecer todas las operaciones asociadas a la gestión y distribución de publicaciones:
acceso a los catálogos, control de las adquisiciones, inventariado de las colecciones,
gestión del préstamo interbibliotecario y control de las transacciones comerciales. Para
responder a su objetivo, esta información debía ser universalmente comprensible, de ahí
que sea un código numérico. Asimismo, implicaría una infraestructura que asegurara el
registro coherente de todas las publicaciones y de todos los productores. Por ello la atribución de los números se hace en dos niveles: un organismo internacional garantiza la unicidad, la coherencia y la disponibilidad de la información creada; los organismos
nacionales efectúan el registro sistemático en su territorio y envían los datos generados a
la base de datos internacional.
ISO 214: 1976. Preparación de resúmenes
Marca directrices para la preparación y presentación de resúmenes de documentos. Pone
un énfasis especial en los resúmenes preparados por los autores de los documentos primarios y en su publicación, ya que estos resúmenes pueden ser útiles a los lectores y a
los servicios secundarios que pueden reproducirlos íntegramente o con pequeñas modificaciones. El volumen creciente de documentos académicos, científicos, técnicos, informativos y educativos hace que sea cada vez más importante, tanto para los lectores del documento primario como para los usuarios de los servicios secundarios, que el contenido
básico del documento sea identificado de la manera más rápida y exacta posible. Esta
identificación rápida se facilita si el autor del documento primario (ayudado por los editores
científicos) lo encabeza con un título significativo y un resumen bien elaborado.
ISO 690: 1987 y 690-2: 1997. Referencias bibliográficas: contenido, forma, estructura. Referencias bibliográficas a documentos electrónicos
Especifica los elementos que deben incluirse en las referencias bibliográficas de publicaciones monográficas y en serie, de capítulos, artículos, patentes y otros documentos.
Establece un orden para los elementos de la referencia y también unas convenciones para
la transcripción y la presentación de la información que se deriva de la publicación fuente.
Cubre las referencias al material publicado tanto en forma impresa como no impresa. Sin
embargo, no se aplica en las referencias a los manuscritos y a otro material inédito. Se
dirige a los autores y editores que compilan referencias para una bibliografía e incluyen
citas en el texto correspondientes a las entradas de esa bibliografía.
Ante la proliferación de documentos electrónicos en la década de los 90 y ante la complejidad de los mismos es se decidió elaborar una parte de la norma específica que contuviese exclusivamente estos nuevos tipos documentales: ISO 690-2. Documentos electrónicos y partes de éstos.
ISO 832: 1994. Referencias bibliográficas. Abreviaturas de palabras típicas
Comprende las abreviaturas de las palabras típicas utilizadas en las referencias bibliográficas de documentos registrados en bibliografías, catálogos, etc., a excepción de los nombres genéricos de las publicaciones periódicas que son regulados por la ISO 833 (Lista
internacional de abreviaturas de las palabras en los títulos de publicaciones periódicas).
259
ISO 4: 1984. Reglas para la abreviación de los títulos y de las palabras contenidas en
los títulos de las publicaciones
Se dan reglas para la abreviación de los títulos de las publicaciones periódicas y, si resulta apropiado, para las no periódicas en las lenguas latinas, germánicas, griegas y utaloaltáicas. Se persigue que tanto autores como directores de revistas, editores o bibliotecarios
elaboren abreviaturas unívocas y precisas en todos los documentos que ellos producen
(listas de referencias y bibliografías de monografías y artículos, repertorios y bases de
datos bibliográficas, catálogos de biblioteca, etc.). El ideal que se pretende es determinar
para cada título una sola y única abreviatura. En este sentido, esta norma sirve como base
para el establecimiento de las abreviaturas de las palabras contenidas en los títulos que
figuran en la Liste d’abreviations de mots de titres de publications en série, mantenida y
publicada por el ISDS.
La finalidad que se persigue al abreviar los títulos de las publicaciones periódicas es ahorrar tiempo y espacio al escribir a mano o a máquina o al imprimir tales títulos en las referencias bibliográficas y listas de títulos. Es importante hacerlo con un criterio uniforme, para
que sea posible identificar una revista rápidamente partiendo de su título abreviado,
remiténdose a una lista autorizada como la producida por el ISDS.
ISO 999: 1996. Directrices sobre el contenido, organización y presentación de
índices
Se enuncian principios que deben permitir a los editores y a los autores dar a los índices
de sus publicaciones una forma que facilite su uso por bibliógrafos, bibliotecarios e investigadores. Se tienen en cuenta tanto los procedimientos manuales de indización como los
automáticos.
ISO 2145: 1978. Numeración de las divisiones y subdivisiones en los documentos
escritos
Se establece un sistema de numeración de las distintas partes que conforman un documento escrito. Se aplica tanto a documentos manuscritos como a impresos, libros, artículos de revistas, etc. Los beneficios que produce una numeración de este tipo se pueden
resumir en tres:
1. Manifiesta la sucesión e importancia de las diferentes divisiones y subdivisiones,
así como sus relaciones.
2. Simplifica la búsqueda y recuperación de determinadas partes del texto y permite su
cita.
3. Facilita las citas o referencias dentro del propio escrito.
ESTÁNDARES DE PUBLICACIÓN CIENTÍFICA ELECTRÓNICA
La edición electrónica, al igual que todo el mundo concernido por las tecnologías de la
información, es un campo tan dinámico y cambiante que es difícil encontrar en él estándares oficiales firmemente establecidos a nivel internacional. Los organismos oficiales
de normalización, especialmente la ISO, con sus poco ágiles mecanismos y procedimientos de actuación, lógicos por otra parte si se quiere que las normas sean el producto de un sólido y amplio consenso de la comunidad, se muestran incapaces de
responder con la celeridad exigida. Es por lo que en el campo de la edición electrónica predominan los estándares de facto, generados bien por una empresa (el PDF de
Adobe) o por algunas organizaciones (3WC, DOI Foundation, Dublin Core...) que son
capaces de fijar normas con gran rapidez.
260
Dentro del conjunto de normas que regulan la edición electrónica podemos distinguir
tres bloques:
1. Estructura física de los documentos.
2. Identificación, descripción bibliográfica y localización.
3. Presentación formal y estructura de los contenidos.
Es en el primer apartado en que la ISO ha logrado establecer estándares que, además,
poseen un amplio eco. En el siguiente cuadro se listan las normas ISO relativas a edición electrónica.
Normas ISO sobre edición electrónica
Identificador
ISO 2709:1996
Information
ISO 8879:1986
ISO 8879:1986/
Amd 1:1988
ISO 8879:1986/
Cor 1:1996
ISO 8879:1986/
Cor 2:1999
Título de la norma
Information and documentation — Format for
Exchange
Information processing — Text and office systems
Standard Generalized Markup Language (SGML)
ISO 9069:1988
Information processing — SGML support facilities
SGML Document Interchange Format (SDIF)
ISO/IEC 9070:1991
Information technology — SGML support facilities
Registration procedures for public text owner
identifiers
ISO/IEC 9541-1:1991
ISO/IEC 9541-1:1991/
Cor 1:1992
interchange
Information technology — Font information
Part 1: Architecture
ISO/IEC 9541-1:1991/
Amd 1:2001
ISO/IEC 9541-1:1991/
Cor 2:1994
Typeface design grouping
ISO/IEC 9541-1:1991/
Amd 2:1998
ISO/IEC 9541-1:1991/
Cor 3:1995
Minor enhancements to the architecture to address
font technology advances
ISO/IEC 9541-1:1991/
architecture
Amd 3:2000 Multilingual extensions to font resource
ISO/IEC 9541-2:1991
Information technology — Font information
interchange — Part 2: Interchange Format
ISO/IEC 9541-2:1991/
Cor 1:1993
ISO/IEC 9541-2:1991/
Amd 1:2000
ISO/IEC 9541-2:1991/
Cor 2:1995
Support for font technology advances
ISO/IEC 9541-3:1994
Information technology — Font information
interchange — Part 3: Glyph shape representation
261
g
ISO/TR 9544:1988
ISO/IEC
TR 9573:1988
ISO/IEC
TR 9573-11:2004
ISO/IEC
TR 9573-13:1991
yp
p
p
Information processing — Computer-assisted
publishing — Vocabulary
Information processing — SGML support
facilities —Techniques for using SGML
Information processing — SGML support
facilities — Part 11: Structure descriptions
and style specifications for standards
document interchange
Information technology — SGML support
facilities Techniques for using SGML — Part 13:
Public entity sets for mathematics and
science
ISO/IEC 10036:1996
ISO/IEC 10036:1996/
Cor 1:2001
ISO/IEC 10036:1996/
Cor 2:2002
ISO/IEC
TR 10037:1991
ISO 10160:1997
Systems
Application
Information technology — Font information
interchange Procedures for registration of font-related
identifiers
Information technology — SGML and Text-entry
Systems — Guidelines for SGML Syntax-Directed
Editing Systems
Information and documentation — Open
Interconnection — Interlibrary Loan
Service Definition
ISO 10160:1997/
Amd 1:2002
Addition of annex D acknowledging the National
Library of Canada as the Maintenance Agency
ISO 10161-1:1997
Information and documentation — Open Systems
Interconnection — Interlibrary Loan Application
Protocol Specification — Part 1: Protocol specification
ISO 10161-1:1997/
Amd 1:2002
Support for Use of Object Identifier in «identifier»
Parameter of the Extension Data
ISO 10161-1:1997/
Amd 2:2002
Addition of annex I acknowledging the National Library
of Canada as the Maintenance Agency and
Registration Authority
ISO 10161-2:1997
Information and documentation — Open Systems
Interconnection — Interlibrary Loan Application
Protocol Specification — Part 2: Protocol
implementation conformance statement (PICS)
proforma
ISO/IEC 10179:1996
ISO/IEC 10179:1996/
Cor 1:2001
Information technology — Processing languages —
Document Style Semantics and Specification
Language (DSSSL) ISO/IEC 10179:1996/Amd 1:2003
Extensions to DSSSL
ISO/IEC 10180:1995
ISO/IEC 10180:1995/
Cor 1:2001
Information technology — Processing languages —
Standard Page Description Language (SPDL)
ISO/IEC 10744:1997
Information technology — Hypermedia/Time-based
Structuring Language (HyTime)
ISO 10756:1994
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Colour line art data on magnetic tape
262
ISO 10758:1994
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Online transfer from electronic prepress systems to
colour hardcopy devices
ISO 10759:1994
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Monochrome image data on magnetic tape
ISO 12083:1994
Information and documentation — Electronic
manuscript preparation and markup
ISO 12200:1999
Computer applications in terminology — Machinereadable terminology interchange format (MARTIF)
Negotiated interchange
ISO 12620:1999
Computer applications in terminology — Data
categories
ISO 12639:2004
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Tag image file format for image technology (TIFF/IT)
ISO 12640:1997
Graphic technology — Prepress digital data exchange
CMYK standard colour image data (CMYK/SCID)
ISO 12640-2:2004
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Part 2: XYZ/sRGB encoded standard colour image
data (XYZ/SCID)
ISO 12641:1997
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Colour targets for input scanner calibration
ISO 12642:1996
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Input data for characterization of 4-colour process
printing
ISO/IEC 13240:2001
ISO/IEC 13240:2001/
Cor 1:2003 Information technology — Document
description and processing languages — Interchange
Standard for Multimedia Interactive Documents
(ISMID)
ISO/IEC 13250:2003
Information technology — SGML applications —
Topic maps
ISO/IEC 13673:2000
Information technology — Document processing
and related communication — Conformance testing
for Standard Generalized Markup Language (SGML)
systems
ISO/IEC
TR 15285:1998
ISO/IEC
TR 15413:2001
Information technology — An operational model for
characters and glyphs
Information technology — Font services — Abstract
service definition
ISO/IEC 15445:2000
Information technology — Document description and
processing languages — HyperText Markup
Language (HTML)
ISO 15511:2003
Information and documentation — International
Standard Identifier for Libraries and Related
Organizations (ISIL)
ISO 15929:2002
Graphic technology — Prepress digital data exchange
— Guidelines and principles for the development of
PDF/X standards
ISO 15930-1:2001
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Use of PDF — Part 1: Complete exchange using
CMYK data (PDF/X-1 and PDF/X-1a)
ISO 15930-3:2002
Graphic technology — Prepress digital data exchange
Use of PDF — Part 3: Complete exchange suitable
for colour-managed workflows (PDF/X-3)
ISO 15930-4:2003
Graphic technology — Prepress digital data exchange
using PDF — Part 4: Complete exchange of CMYK
and spot colour printing data using PDF 1.4 (PDF/X1a)
ISO 15930-5:2003
Graphic technology — Prepress digital data exchange
using PDF — Part 5: Partial exchange of printing
data using PDF 1.4 (PDF/X-2)
263
g
(
)
ISO 15930-6:2003
Graphic technology — Prepress digital data exchange
using PDF — Part 6: Complete exchange of printing
data suitable for colour-managed workflows using
PDF 1.4 (PDF/X-3)
ISO 16642:2003
Computer applications in terminology —
Terminological markup framework
ISO 17933:2000
GEDI — Generic Electronic Document Interchange
ISO/IEC 19757-2:2003 Information technology — Document Schema
Definition Language (DSDL) — Part 2: Regulargrammar-based validation — RELAX NG
ISO/TS 23081-1:2004
Information and documentation - Records
management processes - Metadata for records —
Part 1: Principles
ISO 23950:1998
Information and documentation — Information retrieval
(Z39.50) — Application service definition and protocol
specification
UNE 50135:1996
Documentación. Presentación de informes científicos
y técnicos.
UNE 50136:1997
Documentación. Presentación de tesis y documentos
similares.
UNE 50136:1998
Documentación. Presentación de tesis y documentos
similares.
UNE-EN ISO 3166
-1:1998
Códigos para la representación de los nombres de
los países y sus subdivisiones. Parte 1: Códigos de
los países. (ISO 3166-1:1997)
Como puede apreciarse la mayoría de las normas de edición electrónica están relacionadas con los lenguajes de marcado de documentos, especialmente el Standard
Generalized Markup Language (SGML), o con el diseño de caracteres tipográficos en
el entorno digital. Un comentario específico merece SGML, ya que de este lenguaje
derivan todos los que hoy se utilizan en el mercado de la edición electrónica (HTML,
XML, XHTML...). SGML es un lenguaje de marcado de documentos. Sus raíces se
remontan a 1969 cuando en los laboratorios de IBM se desarrolla Generalized Markup
Language (GML), lenguaje que evoluciona hasta 1974 donde pasa a llamarse SGML.
La International Organization for Standardization (ISO) aprueba y publica este lenguaje en 1984 con el nombre de estándar ISO 8879. Este estándar internacional consta de
un conjunto de reglas para describir la estructura de un documento de tal forma que
pueda ser intercambiado a través de las plataformas informáticas. En SGML un documento está definido en función de la estructura de las entidades que lo conforman.
Estas entidades se organizan en una estructura lógica de manera jerarquizada determinando la estructura de los elementos del documento. Las entidades pueden ser
compartidas por distintos documentos. El marcado se lleva a cabo mediante delimitadores y etiquetas de la forma ‘<etiqueta> elemento </etiqueta>’. Las etiquetas pueden
estar anidadas y se representan mediante el conjunto de caracteres básicos de acuerdo al estándar ISO 8879. Para más información sobre SGML acúdase a http://xml.coverpages.org/sgml.html.
Derivaciones de SGML, son HTML y XML, dos lenguajes mantenidos por el World
Wide Web Consortium.
En el segundo apartado, referido a la identificación, descripción bibliográfica y localización de documentos electrónicos podemos distinguir tres áreas bien definidas
donde se están generando estándares:
264
Identificación de documentos: la necesidad de crear códigos que identificaran de manera unívoca, singular y de forma persistente los documentos tiene una larga tradición y unas prácticas consolidadas.
Tanto el ISBN para los libros como el ISSN para las publicaciones seriadas han
venido cumpliendo satisfactoriamente su papel en mundo de la edición impresa. No
obstante, estos identificadores tradicionales no son del todo apropiados para el
mundo de la información electrónica. Los identificadores digitales deben ser identificadores que atiendan a toda clase de contenidos, que puedan identificar cualquier
tipo de unidades textuales, icónicas o sonoras y que puedan ser utilizados en todo
tipo de contextos (televisión, radio, prensa, edición, redes informáticas, bibliotecas,
etc.) y por todos los sectores implicados (creadores, productores, distribuidores,
consu-midores, etc). EL Digital Object Indetifier, mantenido por la International DOI
Foun-dation, que es la entidad encargada de mantener el DOI, es el identificador que
ha adquirido mayor relevancia y, por su versatilidad para controlar la propiedad intelectual de cualquier objeto digital, se está convirtiendo en un auténtico estándar de
facto.
Localizadores de documentos electrónicos en la web: el conjunto de estándares
que permiten localizar, y en parte también identificar, información en la red se conocen con el nombre URI (Uniform Resource Identifiers). De él derivan los URL
(Uniform Resource Locators) y los URN (Uniform Resource Names). El World Wide
Web Consortium es quien se ha propuesto estas normas. Información extensa sobre
las mismas puede localizarse en http://www.w3.org/Addressing/
Descripción de documentos electrónicos: la explosión de información digital evidenció pronto la necesidad de crear algún mecanismo que permitiera obtener información básica y clave de los recursos electrónicos circulantes en la red. A esta necesidad responden los Metadata. Literalmente el término hace referencia a información
sobre información o, más exactamente, a datos sobre datos o, en general, un objeto que describe o dice algo sobre otro objeto de información. Básicamente pueden
ser considerados como información estructurada que permite describir un recurso
electrónico (quién lo crea, cómo, dónde se encuentra, etc..). Los metadatos abarcan
tanto los datos asociados con un sistema de información, como los asociados a un
objeto de información con la finalidad de descripción, administración, señalar los requisitos legales, la funcionalidad técnica, el uso y la utilización y la preservación. La
mayoría de ellos contienen información que expresa el contenido intelectual, la
propiedad intelectual y/o características particulares de un recurso de información.
El problema radica en definir cuáles son esos datos mínimos que pueden describir
un recurso. Para resolverlo surge en 1995 el Dublin Core Metadata Initiative (DCMI),
como un esfuerzo común entre profesionales de la edición, de la biblioteca y de la
comunidad científica. El resultado deste esfuerzo fue el Dublin Core Metadata
Element Set, que se convirtió en norma NISO en 2001 (ANSI/NISO Z39.85-2001) y
en norma internacional (ISO 15836: Information and documentation - The Dublin
Core metadata element set) en 2003.
Los elementos nucleares que contempla Dublin Core son quince y pueden verse en el
siguiente cuadro:
265
Lista de elementos que componen los Metadata de Dublin Core
Nombre del
elemento
Etiqueta
Título
DC.Title
Autor o Creador
DC.Creator
Materia
DC.Subject
Descripción
DC.Description
Editor
DC.Publisher
Otros
Colaboradores
DC.Contributor
Fecha
DC.Date
Tipo del Recurso DC.Type
Formato
DC.Format
Identificador del
Recurso
DC.Identifier
Fuente
DC.Source
Lengua
DC.Language
Relación
DC.Relation
Cobertura
DC.Coverage
Derechos
DC.Rights
Definición
Un nombre por el cual el
recurso es conocido
formalmente.
La entidad primaria
responsable por crear el
contenido de un recurso.
Los tópicos del recurso.
Típicamente, Subject
expresará las claves o frases
que describen el tópico del
contenido de un recurso.
Una descripción del
contenido de un recurso.
Una entidad responsable de
hacer el recurso disponible.
Una entidad responsable de
hacer contribuciones al
contenido de un recurso.
Una fecha asociada con un
evento en el ciclo de vida del
recurso.
La naturaleza o género del
contenido de un recurso.
La manifestación física o
digital de un recurso.
Una referencia no ambigua a
un recurso dentro de un
contexto específico (URI).
Una referencia a un recurso
desde el cual el recurso
deriva.
El idioma del contenido
intelectual del recurso.
Una referencia a un recurso
relacionado.
El alcance o cobertura del
contenido del recurso (por
ejemplo, coordenadas,
período de tiempo).
Información sobre los
derechos poseídos sobre el
recurso.
Los elementos anteriores pueden agruparse de distintas maneras. En general se considera útil agruparlos según la siguiente tabla, donde se clasifican de acuerdo a contenido, propiedad intelectual e instanciación o versión del objeto.
266
Contenido
Propiedad
intelectual
Instanciación
Título
Autor o creador
Fecha
Materia
Editor
Idioma
Descripción
Fuente
Tipo
Relación
Colaborador
Derechos
Formato
Identificador
Cobertura
Todos los elementos descritos anteriormente poseen diez atributos, mediante un estándar formal (ISO/IEC 11179) para su descripción con el fin de lograr consistencia:
Name: etiqueta asignada al elemento.
Identifier: identificador único asignado al elemento.
Version: la versión del elemento.
Registration Authority: la entidad autorizada para inscribir el elemento.
Language: idioma en que el elemento está especificado.
Definition: declaración sobre el concepto y naturaleza esencial del elemento.
Obligation: indica si el elemento debe estar presente siempre o algunas veces.
Datatype: el tipo de datos que pueden ser representados en el valor del elemento.
Maximum Occurrence: límite a la repetición del elemento.
Comment: un comentario referente a la aplicación del elemento.
Aplicaciones de los metadatos al mundo de la publicación son los estándares ONIX for
books (norma internacional para representar y comunicar información en formato electrónico sobre productos de la industria del libro) y ONIX for serials. Una explicación
clara, breve y sencilla sobre los metadatos y sus aplicaciones al sector de la edición
puede encontrarse en el magnífico opúsculo Metadata demystified: a guide for publishers.
En cuanto al tercer apartado que agrupa los estándares de edición electrónica, que es
el referido a la presentación formal y de contenido de los distintos documentos científicos electrónicos (libros, revistas científicas, prepublicaciones), es donde menos
estándares oficiales existen.
En el sector de los libros electrónicos, el Open eBook Forum (OEBF), una asociación
que agrupa a empresas de hardware y software, editoriales, usuarios de libros electrónicos y organizaciones relacionadas y cuyo único objetivo es fijar estándares
comunes para los sistemas, aplicaciones y productos de libros electrónicos, ha sido
capaz de elaborar una especificación que, sin duda, se convertirá en la norma que regule el formato de los documentos electrónicos. Dicho estándar ha recibido el nombre
de Open eBook Publication Structure specification. Esta norma emplea como base
muchos de los estándares que acabamos de comentar. Todo ello con la finalidad de
facilitar la construcción, organización, presentación e intercambio de los documentos
electrónicos concebidos con esta arquitectura:
267
El XML 1.0 Extensible Markup Language specification (http://www.w3.org/TR/RECxml)
El XML namespace specification (http://www.w3.org/TR/REC-xml-names)
El XHTML 1.1 Extensible HyperText Markup Language specification
(http://www.w3.org/TR/xhtml11/)
El CSS2 Cascading Style Sheets language (http://www.w3.org/TR/REC-CSS2)
El
Dublin
Core
metadata
specification
(http://dublincore.org/documents/1999/07/02/dces/) y el MARC relator code list (http://www.loc.gov/marc/relators/);
El Unicode character set (http://www.unicode.org)
MIME media types (http://www.ietf.org/rfc/rfc2046.txt y http://www.iana.org/assignments/media-types/index.html).
El XML style sheet processing instruction (http://www.w3.org/TR/xml-stylesheet).
En el sector de las revistas científicas carecemos de modelos normalizados. No existen normas ISO diseñadas expresamente para regular los contenidos de las revistas
científicas en formato electrónicas. Contamos con la ya vieja ISO 8: 1977 e ISO
215:1986. Casi todas renovadas en los 80 y que fueron concebidas para regular las
revistas impresas. Se están imponiendo modelos de revistas electrónicas por la vía de
hecho. Las casas editoras especializadas en la edición de revistas científicas han diseñado sus versiones electrónicas al margen de cualquier directriz. Su fuerza estriba en
la cantidad de revistas que son capaces de producir. Por tanto su mayor o menor
impacto depende del tamaño editorial. Destacan: Elsevier Science, Kluwer, Springer,
Willey, Blackwell, Taylor & Francis, Oxford University Press, Cambridge U niversity
Press... Por otra parte, se observa un grado de coincidencia en los diseños dependiendo del campo científico en el que nos encontremos (Biomedicina, Astrofísica, Química).
En este capítulo se han listado algunas directrices sobre publicaciones periódicas científicas emitidas por asociaciones de editores científicos que podrían ser de utilidad a la
hora de diseñar revistas electrónicas. Asimismo, pueden ser de utilidad algunas obras
de referencia que incluyen diversos materiales sobre publicaciones seriadas electrónicas90 91.
En el sector de las prepublicaciones, por ser tan reciente, carecemos de estándares
tanto oficiales como de facto. No obstante se están llevando a cabo iniciativas muy
interesantes, como la patrocinada por el Electronic Publishing Trust for Development.
Precisamente por iniciativa de esta entidad y con financiación de la Open Society
Institute se ha elaborado un excelente manual para el diseño y mantenimiento de eprint.
NOMENCLATURAS Y TERMINOLOGÍAS
Una de las características formales que dan carta de naturaleza a una disciplina científica es el empleo de un lenguaje propio que sirva para denominar los fenómenos que
componen su campo de actuación. Es evidente que todas las disciplinas cuentan con dicho
lenguaje: lo que desgraciadamente no ocurre es que dicho lenguaje esté normalizado y
sea de aplicación universal. Es por lo que se hace necesario dedicar un capítulo a esta
cuestión. Fernando Navarro92, ha escrito un brillante y preclaro ensayo sobre los problemas inherentes a la normalización de la terminología científica. Obras, de carácter más
general, que fijan lo que es y ha sido la terminología son las de Cabré93 y Gutiérrez
Rodilla94.
268
En general, la dinámica seguida en este capítulo ha sido recomendar las pautas surgidas al abrigo de instituciones científicas internacionales que, precisamente por su vocación
universal, puedan tener una amplia aplicación. En cualquier caso, son los manuales de
estilo de cada disciplina científica los que contienen pautas claras y específicas y abundantes referencias bibliográficas. De entre ellos destaca por su amplia cobertura el manual del Council Science Editors95. El problema de todas estas obras, desde un punto de vista
nacional, es que reflejan las convenciones científicas anglosajonas, en muchos casos
opuestas a las prácticas de otras comunidades científicas como la española. Es de lamentar, en líneas generales, la orfandad de guías terminológicas en español. Muchas de las
existentes son citadas. En cualquier caso, al margen de lo establecido en dichas obras,
estimo muy recomendable en todo lo relativo a ortográfía y ortotipografía seguir las prescripciones marcadas en las obras de Martinez de Sousa96 97.
LAS UNIDADES DE MEDIDA Y LA ESCRITURA DE NÚMEROS Y CANTIDADES
En los textos científicos, la unidad de medida es la forma aceptada para expresar las
magnitudes físicas y químicas. Aunque en el pasado se han usado múltiples sistemas
métricos, en la actualidad el adoptado universalmente es el Sistema internacional de
unidades, conocido también por su forma abreviada (SI). Dicho sistema es supervisado por la Conférence Générale des Poids et Mesures y el Bureau International des
Poids et Mesures, que ha publicado un folleto de acceso gratuito con las versiones en
francés e inglés de dicho sistema accesible en http://www1.bipm.org/fr/si/si_brochure/.
Asimismo fue adoptado por ISO como norma internacional.
Normas ISO relacionadas con el Sistema Internacional de Unidades de Medida
269
Corrección de errores del Real Decreto 1317/1989, de 27 de octubre, por el que se
establecen las Unidades Legales de Medida
BOE nº 289 de 3 de diciembre de 1997
Real Decreto 1737/1997, de 20 de noviembre, por el que se modifica Real Decreto
1317/1989, de 27 de octubre, por el que se establecen las Unidades Legales de Medida
Las unidades básicas del sistema internacional son las que aparecen en el siguientecuadro:
Unidades básicas del sistema internacional (SI)
270
Además de las unidades básicas hay dos unidades suplementarias:
Unidades suplementarias del sistema internacional (SI)
A partir de las unidades básicas y suplementarias pueden derivarse otras; algunas de
estas tienen nombre propio, como se muestra este cuadro:
Unidades derivadas que tienen nombre propio
Los símbolos de las unidades pueden verse afectados de prefijos que actúan como
múltiplos y submúltiplos decimales. Estos prefijos se colocan delante del símbolo de la
unidad correspondiente sin espacio intermedio. El conjunto del símbolo más el prefijo
equivale a una nueva unidad que puede combinarse con otras unidades y elevarse a
cualquier exponente (positivo o negativo). Los prefijos decimales se muestran en el
siguiente cuadro.
Multiplos y submúltiplos decimales
271
En cuanto a la escritura de las unidades de medida deben observarse las siguientes
reglas:
Los símbolos que corresponden a unidades derivadas de nombres propios se escriben con la letra inicial mayúscula (ejemplos: A, V, etc.). Siempre con letras
romanas a excepción del ohm.
Los demás símbolos se escriben con letras romanas minúsculas.
Los símbolos de las unidades no cambian de forma para el plural (no incorporan
ninguna s) y no van seguidos de punto.
Las unidades derivadas se definen como productos o cocientes de las unidades
básicas o suplementarias aunque también pueden utilizarse unidades suplementarias con nombre propio. Para expresar las unidades derivadas pueden utilizarse
los siguientes métodos:
Poner las diferentes unidades una a continuación de otra sin separación; por ejemplo: As, Nm. En este caso se deben evitar las combinaciones en que una unidad
que tiene el mismo símbolo que un prefijo se coloque delante ya que pueden dar
lugar a confusión. Por ejemplo no debe utilizarse mN (que significa milinewton) en
lugar de Nm (newton por metro).
Poner las diferentes unidades separadas por un punto alto; por ejemplo: A·s, N·m.
Esta disposición es preferible a la anterior. En este caso también conviene evitar
las combinaciones que puedan dar lugar a confusión si el punto es poco visible (así
hay que evitar, por ejemplo, m·N).
En el caso de cocientes puede utilizarse:
Un cociente normal
La barra inclinada (m/s, m/s2) evitando el uso de productos en el
denominador; por ejemplo podemos escribir: kg/A/s2 en lugar de
kg/(A·s2).
Potencias negativas; por ejemplo: kg·A-1·s-2.
Los nombres de las unidades se escriben siempre con minúsculas.
Los nombres de las unidades llevan una s cuando se escriben en plural, excepto los
que terminan en s, z o x.
Los nombres de las unidades que corresponden a nombres de personas deben escribirse con idéntica ortografía que el nombre correspondiente pero, como es lógico,
con minúscula inicial.
Para la escritura de números, tanto en lo relativo a su ortografía y tipografía véase
lo prescrito por Martínez de Sousa en sus dos manuales de estilo98 99.
QUÍMICA, BIOQUÍMICA Y
TIPOGRAFÍA ESPECÍFICA
BIOLOGÍA MOLECULAR:
NOMENCLATURA Y
El número de guías y normas para unificar la terminología química es muy abundante.
Varias de estas obras están escritas o traducidas al español100. Algunas de estas guías
ofrecen recomendaciones contradictorias entre sí; otras contemplan excepciones y la
mayoría requiere de una cuidadosa interpretación.
No obstante, puede afirmarse que la mayoría de las pautas y estilos de publicación
para la terminología de la química orgánica e inorgánica son elaborados por la
International Union of Pure and Applied Chemistry (IUPAC) y por la International Union
of Biochemistry and Molecular Biology (IUBMB). La IUPAC es la entidad responsable
de desarrollar y difundir internacionalmente las recomendaciones consensuadas para
272
derivar nombres químicos, para la terminología química en general y para el uso de
unidades y símbolos en Química. El trabajo terminológico dentro de IUPAC es coordinado por el Interdivisional Committee on Terminology, Nomenclature and Symbols
(ICTNS), existiendo grupos de expertos en las grandes divisiones temáticas en que se
estructura la IUPAC. En particular, las recomendaciones para derivar nombres químicos son de la responsabilidad de la nueva Division of Chemical Nomenclature and
Structure Representation. Para las unidades y símbolos usados en común con otras
disciplinas científicas se ha establecido una relación especial con otras sociedades
científicas internacionales –muy especialmente hay que aludir al vínculo establecido en
materia terminológica con la IUPAC, IUBMB-IUPAC Joint Commission on Biochemical
Nomenclature (JCBN)–, o con entidades normativas (ISO, BIPM).
Todas las recomendaciones emitidas tanto por IUPAC como por IUBMB para normalizar la terminología química, de un lado, y la bioquímica y biología molecular, de
otro, son accesibles libre y gratuitamente en http://www.chem.qmul.ac.uk/iupac/ y en
http://www.chem.qmul.ac.uk/iubmb/, respectivamente.
FARMACIA
Podría parecer lógico que los productos farmacéuticos, que al fin y al cabo no son más
que compuestos químicos, emplearan la nomenclatura química para designar sus componentes. Sin embargo, la mayoría de las drogas poseen una estructura molecular muy
compleja, por lo que los nombres químicos de dichas drogas también adoptarían una
denominación demasiado compleja. Evidentemente en campos como la farmacia y la
medicina química estas denominaciones no son las más adecuadas, por lo que se ha
impuesto el empleo de una nomenclatura específica.
Pero los problemas que posee la terminología farmacéutica no sólo derivan de la diferencia entre disciplinas a la hora de poner nombre a los compuestos sino, y esto es
más grave, existen usos nacionales muy arraigados y que no coinciden con las incipientes normativas internacionales. Tanto los Estados Unidos con su United States
Pharma-copeial Convention, como Gran Bretaña con su British Pharmacopoeia
Commission, como Francia con su Commission Nationale de Pharmacopée, por citar
sólo los países más desarrollados, poseen sus propias denominaciones para los fármacos. Además, en muchos casos existen nombres genéricos y nombres que son
propiedad de las compañías y empresas que fabrican los farmacos.
Ante esta realidad es muy importante disponer de herramientas que permitan ver las
correspondiencias entre los nombres que vienen empleándose en la literatura científica farmacéutica. Así, el Dictionary of United States Adopted Names and International
Drug Names elaborado por la USP norteamericana ofrece para cada compuesto las
siguientes denominaciones: nombre disciplina, nombre químico, nombre del In-ternational Nonproprietary Names (INNs), nombre británico, japonés, nombre oficial en USA,
etc.
A nivel internacional es la Organización Mundial de la Salud quien se encarga de elaborar la International Nonproprietary Names (INNs), documento que es de libre acceso y gratuito. Los nombres oficiales INNs se ofrecen en siete lenguas: latin (del cual se
derivan todos los nombres), arabe, chino, inglés, francés, ruso y español.
273
En el caso de España conviene consultar las listas aprobadas por el Ministerio de
Sanidad y Consumo101y la base de datos del medicamento mantenida por el Consejo
General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos.
MEDICINA: NOMENCLATURA Y TIPOGRAFÍA ESPECÍFICA
La Medicina es una disciplina especialmente prolífica en obras que versan sobre terminología médica. En español existe una copiosa bibliografía102. Dentro del amplio
campo cubierto por la Medicina hay que referirse, en primer lugar, a la terminología
anatómica. Hay que esperar hasta el siglo XIX para que se formalicen los nombres de
las partes del cuerpo humano. En Europa occidental las estructuras anatómicas se
nombraban en griego o latin o en una forma latinizada del griego. La iniciativa internacional para normalizar la terminología es liderada por el Federative Committee on
Anatomical Terminology (FCAT), que en 1998 aprobó la séptima edición de la terminología anatómica internacional103. Existe versión española traducida por la Sociedad
Anatómica Española104.
En el campo de la clasificación de las enfermedades también se ha conseguido un cierto acuerdo internacional. La Organización Mundial de la Salud (OMS) se encarga de
mantener actualizada una clasificación internacional de enfermedades105, de la cual
existe versión española106. Asimismo, la OMS, a través de diversos comités de expertos en las disciplinas médicas, patrocina el desarrollo de otras clasificaciones107.
En la distintas especialidades médicas se han generado múltiples obras de carácter
terminológico apoyadas en las sociedades científicas internacionales correspondientes
a cada especialidad y publicadas, frecuentemente, en las revistas científicas de amplia
difusión. Asimismo, puede consultarse el manual de estilo de la American Medical
Association que dedica un capítulo de más de 150 páginas a este tema108.
BIOLOGÍA: NOMENCLATURA Y TIPOGRAFÍA ESPECÍFICA (BACTERIOLOGÍA,
VIRUS, ZOOLOGÍA, BOTÁNICA)
La Biología, en tanto en cuanto trata de la vida en todas sus múltiples manifestaciones,
abarca diversas disciplinas y especialidades, cada una de ellas con sus propias peculiaridades terminológicas. Es por lo que hay que referirse a ellas individualizamente. No
obstante, se debe recomendar como obra de referencia capital en terminología biológica el manual de estilo del Council of Science Editors. Su sexta edición109 dedica más
de 200 páginas a recoger todas las prescripciones terminológicas propias de todas las
ciencias de la vida. La anunciada aparición de la séptima edición en 2005, promete un
ampliación importante de esta sección sobre todo en las áreas científicas más novedosas y de mayor crecimiento (biotecnología, genética, etc.).
En el campo de la Genética pueden servir de consulta obligada las siguientes obras:
AMERICAN SOCIETY FOR MICROBIOLOGY. ASM style manual for journals and
books. Washington (DC): ASM, 1991.
INTERNATIONAL COMMITTEE ON GENETIC SYMBOLS AND NOMENCLATURE
Report of the International Committee on Genetic Symbols and Nomenclature. Union
Int Sci Biol Ser B. 1957;(30):1-6.
WOOD, R, (ed). Genetic nomenclature guide. West Sussex (UK): Elsevier; 1998.
274
En el campo de la Baceteriología, la autoridad en todo lo relativo a la categorización de
las bacterias es el International Committee on Systematic Bacteriology (ICSB), que
actúa dentro de la International Union of Microbiological Societies (IUMS). Una de las
principales funciones del ICSB es la publicación del International Code of
Nomenclature of Bacteria110 y el International Journal of Systematic and Evolutionary
Microbiology. El código contiene detalladas reglas y recomendaciones sobre la forma
y el uso de los nombres de bacterias. Por último, señalar que los nombres bacteriológicos para ser reconocidos deben ser publicados válida y efectivamente, esto es, deben
aparecer en una publicación impresa y, para ser validados, el nombre debería ir acompañado de un descripción publicada en el International Journal of Systematic and
Evolutionary Microbiology.
En el campo de la Virología, es el International Committee on Taxonomy of Viruses
(ICTV), que es una división de la la International Union of Microbiological Societies,
quien se encarga de clasificar los virus y aprobar su nomenclatura oficial. El ICTV publica informes en intervalos de cuatro o cinco años, que representan una actualización
de la taxonomía y nomenclatura de los virus111. El séptimo informe, aprobado en 1999
incluye en sus listas tres órdenes, 63 familias, 240 géneros y 1550 especies de virus.
En Botánica el nombre de los organismos vegetales es controlado por el International
Code of Botanical Nomenclature (ICBN), bajo la responsabilidad de la International
Association for Plant Taxonomy (IAPT), excepto para las plantas cultivadas, que son
recogidas en el International Code of Nomenclature for Cultivated Plants (ICNCP). El
ICBN es revisado cada seis años por el Intenational Botanical Congresses. El más
reciente fue el celebrado en Saint Louis en 1999 y el próximo se celebrará en Viena en
2005. Las decisiones tomadas en el congreso y los resultados de las votaciones son
inmediatamente publicadas en la revista Taxon, que es la revista oficial de la IAPT.
Existen versiones del ICBN en inglés, alemán, francés, eslovaco y una en español pero
de una antigua edición del ICBN112. No obstante, la versión oficial es la inglesa.
FÍSICA Y MATEMÁTICAS: NOMENCLATURA Y TIPOGRAFÍA ESPECÍFICA
En el amplio campo ocupado por la Física, que abarca desde la Física de particulas
hasta la Astronomía y Astrofísica, pasando por la Física nuclear y atómica, física molecular, física de fluidos y de materia condensada, etc..., la escritura de símbolos viene
gobernada por las reglas fijadas por el Sistema Internacional de Unidades de Medida,
y como complemento al mismo las recomendaciones generadas por la International
Union of and Applied Phyisics y, en concreto, por su Commission on Symbols, Units,
Nomenclature, Atomic Masses & Fundamental Constants (SUNAMCO)113.
La edición de expresiones matemáticas depende de los medios accesibles para la producción de documentos. Afortunadamente, hoy los procesadores de textos poseen utilidades especiales que facilitan y uniformizan la escritura de fórmulas matemáticas.
En Estadística, la terminología básica y los símbolos vienen reglados por la norma
internacional ISO 3534-1:1993114.
CIENCIAS DE LA TIERRA: NOMENCLATURA Y TIPOGRAFÍA ESPECÍFICA
El grado de normalización de la terminología en las distintas especialidades que con275
forman las ciencias de la tierra (mineralogía, rocas, estatigrafía, etc.) es escaso y muy
variable, existiendo usos regionales y nacionales muy asentados.
La normalización de los símbolos y nombres de los minerales es una de las principales
ocupaciones de la International Mineralogical Association (IMA), una asociación que
agrupa a las principales sociedades mineralógicas del mundo y que está afiliada a la
International Union of Geological Sciences. Dentro de la IMA, es la Commission on
New Minerals and Mineral Names (CNMMN) la que se encarga, desde 1959 en que se
creó, de controlar la introducción de nuevos minerales, de fijar los nombres de los minerales y de racionalizar la nomenclatura mineralógica. La lista de los minerales aprobados, redefinidos o no acreditados se puede consultar de forma libre y gratuita en
http://www.geo.vu.nl/u-sers/ima-cnmmn/IMA-list.pdf. Asimismo, la CNMMN publica periódicamente informes que dan cuenta de sus actividades terminológicas, informes que
son accesibles en el sitio web de la comisión y que se publican en revistas científicas
como American Mineralogist o Canadian Mineralogist a fin de que posean una amplia
difusión.
En cuanto a la denominación de las rocas igneas, sedimentarias o metamórficas
señalar que no existe una nomenclatura normalizada, como ocurre con los nombres de
los minerales. Esto implica que son múltiples los nombres de aplicación regional o
nacional que posee un tipo de roca. Recomendaciones sobre las formas de nombrar
las rocas puede encontrarse en el Manual de estilo de la EASE115 y en el del Council
Science Editors116, que dedican capítulos específicos y cuentan con una abundante bibliografía. Asimismo, es de obligada consulta la obra de Wiser117.
En Estratigrafía tampoco existe una nomenclatura internacional, aunque sí una guía
que prescribe reglas para construir los términos estratigráficos118.
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282
6. La edición digital
JOSÉ MANUEL BARRUECO
283
284
Capítulo 6
La edición digital (José Manuel Barrueco)
285
La edición digital: Introducción
285
Desde lo analógico a lo digital: guía de digitalización de documentos
286
La planificación del proyecto de digitalización
287
Equipamiento
288
Selección de materiales
289
El escaneado
290
El OCR (Optical Character Recognition)
291
Control de calidad
291
Metadatos
292
Presentación y publicación
293
Gestión
294
Desde el archivo digital al soporte digital
El diseño de la estructura del documento
295
296
Documentos de texto no estructurados
297
Documentos estructurados
301
Los formatos de imagen
307
Documentos multilingües
311
El diseño de la presentación
313
Hojas de estilo
313
Tipos de visualización
315
Uso de buscadores
317
La adición de valor: metadatos
318
Estándares de accesibilidad y usabilidad
320
LA EDICIÓN DIGITAL: INTRODUCCIÓN
Durante los últimos diez años en el área de la edición científica, los contenidos digitales han experimentado un fuerte crecimiento, motivado por la generalización del uso y el
aumento de la velocidad de acceso a Internet. Cualquier tipo de documento, que tradicionalmente se ha publicado en formato impreso, puede tener una representación digital y
estar al alcance de una audiencia potencial de millones de usuarios con una inversión
reducida.
En paralelo, el desarrollo de aplicaciones informáticas multimedia ha permitido la aparición de nuevas tipologías documentales como aplicaciones interactivas, animaciones o
simulaciones en 3D. No obstante, este incremento no ha estado exento de problemas ni
se ha dado por igual en todos los tipos documentales ni disciplinas científicas. Mientras en
casos como las obras de referencia o las revistas científicas las versiones digitales están
relegando a las impresas, el desarrollo de libros electrónicos sigue teniendo una aceptación muy limitada.
La edición científica de contenidos digitales tiene ventajas e inconvenientes. Entre los
principales inconvenientes1 tenemos:
Control de los derechos de copia. Es prácticamente imposible evitar la copia de un
documento electrónico.
Falta de normalización. Existen multitud de formatos y estándares que están
compitiendo para hacerse un hueco en el mercado de la edición digital.
Como puntos a favor cabría destacar:
Portabilidad. Una vez que un documento está en formato digital es fácil reproducirlo
en diferentes formas en función de las necesidades de la audiencia (Braille, impresión bajo demanda, contenido web, etc.).
Renovación. El concepto de «obra» agotada podría desaparecer ya que aquellos
libros agotados podrían volver a la vida si se digitalizan y distribuyen electrónicamente.
Mejoras. Los documentos electrónicos tienen características nuevas no disponibles
en el papel como, por ejemplo, los enlaces hipertextuales o las animaciones.
Además, es mucho más barato producir documentos electrónicos en color que documentos impresos en color.
Difusión. Si se colocan en la red la audiencia potencial de los documentos es mayor
que en cualquier documento impreso.
En la actualidad estamos en una época de transición del medio impreso al digital que
llevará aún cierto tiempo completar. Durante la misma, ambas tecnologías coexistirán en
un entorno híbrido. En general, cada servicio de publicaciones tendrá que tomar sus propias decisiones y definir la política a seguir en cuanto a edición digital. En cualquier caso,
está claro que la opción que se plantea no es publicar en digital o no, sino que la verdadera cuestión será «cuándo» comenzar. La opción de la edición digital, a medio plazo, se
convertirá en inevitable. Cuando esto suceda, será útil realizar un acercamiento pragmático y cuidadosamente organizado.
285
El presente capítulo está destinado a ayudar a localizar todos los recursos técnicos
necesarios para comenzar a publicar en formato digital. Para ello se ofrecen una serie de
recomendaciones a seguir para la creación de documentos digitales. Se han diferenciado
dos tipos de documentos digitales en función de su origen. En primer lugar tratamos las
representaciones digitales de documentos impresos, esto es, los documentos digitalizados. En segundo lugar, los que han sido diseñados y creados en formato digital desde su
origen.
DESDE LO ANALÓGICO A LO DIGITAL: GUÍA DE DIGITALIZACIÓN DE DOCUMENTOS
La digitalización es aquel proceso que comprende todos los pasos necesarios para
hacer disponibles en formato digital documentos que se encuentran en formato impreso o
en cualquier otro formato analógico (audio, vídeo, etc.). En esta guía nos centramos exclusivamente en documentos impresos. A grandes rasgos la cadena de digitalización se concreta
en los siguientes pasos: redacción de un plan del proyecto, selección del equipamiento
necesario, selección de los materiales a digitalizar, escaneado de los mismos y opcionalmente conversión a texto a través de un proceso de OCR (Optical Characters
Recognition), control de calidad de los resultados, adición de metadatos, presentación y
publicación.
La digitalización del patrimonio documental es una de las prioridades de la política cultural de la Unión Europea en relación con la sociedad de la información2. Esta preocupación
por poner a disposición del público versiones electrónicas de documentos, tanto históricos
(archivos) como clásicos o fondo antiguo (bibliotecas) es compartida también por gobiernos a nivel internacional así como por universidades y otros agentes culturales. Esto hace
que se hayan realizado múltiples guías de buenas prácticas y recomendaciones sobre digitalización. Una lista de las mismas ha sido recopilada por el proyecto Minerva3 de la Unión
Europea.
Para la elaboración de este capítulo hemos utilizado como base algunas de estas
obras. Entre ellas:
Good Practices Handbook, realizado por Minerva Europe4. Este documento es el
resultado del grupo de trabajo sobre buenas prácticas dentro del proyecto Minerva
financiado por la Unión Europea. Presenta un manual práctico para el establecimiento, ejecución y gestión de proyectos de digitalización. No es un documento técnico
dado que todas las cuestiones técnicas se han especificado en un informe titulado
Technical Guidelines for Digital Cultural Content Creation Programmes5.
Las especificaciones de la IFLA (International Federation of Libraries Associations)6.
Elaboradas por un grupo de trabajo conjunto de la IFLA y el Consejo Internacional
de Archivos (CIA) y financiado por la UNESCO. Identifican y discuten los aspectos
claves implicados en la conceptualización, planificación e implementación de cualquier proyecto de digitalización.
La guía de digitalización de la biblioteca digital de Georgia (USA)7 está centrada en
la digitalización de documentos históricos, fotografías, etc. Tiene un componente
local muy importante.
La guía de digitalización del proyecto COINE (Cultural Objects in Networked
Environments) de la Unión Europea 8 . Centrada en aspectos técnicos y con recomen286
daciones adicionales sobre la digitalización de material de audio y vídeo que en este
documento no hemos incluido.
Moving Theory into Practice: Digital Imaging Tutorial 9 .
LA PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO DE DIGITALIZACIÓN
Digitalizar es caro debido a los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios,
por lo que la digitalización debería ser el último recurso para publicar contenidos en la Red.
Cada proyecto de digitalización tendrá unos motivos concretos para llevarse a cabo. En
nuestro campo de actuación, los servicios de publicaciones de las universidades españolas, la principal motivación será proporcionar acceso al material impreso agotado. No es
recomendable utilizar de forma indiscriminada la digitalización para colocar en la Red
documentos que han sido diseñados y producidos para ser distribuidos en formato impreso. Los gastos necesarios para la digitalización de este material no compensarían los
beneficios obtenidos, a no ser que la audiencia potencial o el interés académico lo justificaran. En estos momentos no se justifica editar en formato impreso exclusivamente, sino
que se debe tener en cuenta que cualquier obra puede acabar existiendo en formato digital en el futuro por lo que nos ahorrará tiempo y esfuerzo diseñar los nuevos documentos
con esa posibilidad y en formatos que nos permitan obtener productos impresos o digitales indistintamente a partir de un documento fuente. Tampoco es recomendable utilizar la
digitalización por motivos de conservación. No es función de los servicios de publicaciones
garantizar la permanencia de los documentos en el tiempo. Esta función la cumplen las
bibliotecas.
No obstante, cualesquiera que sean las motivaciones para llevar a cabo un proyecto
de digitalización en un servicio de publicaciones, la redacción de un plan debe ser el primer paso a seguir. El tiempo que se gaste en esta etapa se plasmará en una más fácil gestión y ejecución del proyecto en el futuro. Según las recomendaciones del proyecto
Minerva, en el plan deben ser respondidas al menos las siguientes cuestiones:
¿Qué se va a digitalizar?
¿Quién lo va a hacer?
¿Dónde se va a realizar?
¿Cuándo tendrá lugar?
¿Cómo se va a realizar?
En general, un proyecto de digitalización debería tener claramente especificados los
objetivos que se pretenden alcanzar. Igualmente, se debería recopilar información sobre
experiencias similares llevadas a cabo por otras instituciones, de forma que se pueda
aprender de sus aciertos y errores.
El manual del proyecto Minerva hace las siguientes sugerencias:
El proyecto debe tener unos objetivos concretos que deben estar documentados.
Los objetivos deben ser realistas en relación a los recursos materiales, financieros
y humanos disponibles.
Todos los pasos del proyecto deben ser validados para asegurar que el trabajo que
se está llevando a cabo contribuye a alcanzar los objetivos.
Se deben especificar los beneficios que se prevé que el proyecto proporcione a la
institución.
287
Igual que sucede en otras áreas los recursos humanos son fundamentales para el buen
funcionamiento del proyecto. Antes de que éste comience es importante asegurarse de
que estén disponibles los recursos humanos necesarios. Muchas instituciones no cuentan
con personal con tiempo disponible para llevar a cabo la digitalización además de sus tareas habituales. Se debería dotar con el personal adecuado, con unos conocimientos apropiados, así como prever un plan de formación para proporcionar una experiencia adicional
en caso de que el proyecto así lo requiera. Se sugiere que:
Se asegure el personal suficiente para llevar a cabo el proyecto de forma satisfactoria.
Se asigne un personal determinado a cada tarea que se especifique en el plan del
proyecto.
Se identifiquen las necesidades de formación del personal.
Se proporcione formación en el uso del hardware y software seleccionados para
llevar a cabo el proyecto antes de que éste comience.
EQUIPAMIENTO
Se debe preparar un entorno apropiado para la digitalización. Los elementos de ese
entorno incluyen hardware para el proceso de digitalización propiamente dicho, una
infraestructura informática a la cual conectar el hardware, software para la captura y procesamiento de las imágenes, para incluir metadatos y para llevar a cabo el control de calidad de los resultados.
El hardware básico serán equipos para la captura de imágenes (cámaras digitales o
escáneres para documentos impresos). Si bien es difícil dar indicaciones concretas sobre
los equipos a utilizar dado que el mercado está cambiando constantemente, se sugiere de
forma general que:
El hardware apropiado debe estar instalado y probado antes de que el proyecto
comience. Se deben hacer las pruebas necesarias con documentos tipo para valorar la calidad de los dispositivos de captura de imágenes.
En caso de utilizar un escáner debería ser al menos del tamaño del mayor
documento que se vaya a escanear.
La captura de imágenes debería realizarse a una resolución razonable. Si bien esto
se traducirá en ficheros muy grandes, se podrían obtener ficheros más pequeños a
partir de esta copia master para propósitos como la distribución a través de Internet.
Por el contrario, el proceso inverso no sería posible ya que una imagen de alta calidad no puede nunca obtenerse a partir de una de poca resolución.
La definición de «resolución razonable» dependerá de la naturaleza del material
que se está escaneando y de los usos a los que se va a dedicar. Por ejemplo, si las
imágenes escaneadas se van a utilizar únicamente como miniaturas, esto puede
conseguirse con una baja resolución. Igualmente, la resolución debe capturar los
detalles más significativos del documento. Si el escaneado a una alta resolución no
aportase ninguna información adicional que si se hiciera a una resolución menor, la
primera opción es difícil de justificar.
La imagen capturada debería almacenarse en un fichero con formato «sin pérdida»,
por ejemplo, no comprimido. Normalmente, para las copias master se utiliza un formato TIFF (Tagged Image File Format).
Se debería contar con un sistema informático con suficiente capacidad de almacenamiento.
De este sistema deberían hacerse copias de seguridad de forma regular.
288
Una vez que obtenemos la imagen digital del documento, el fichero resultante requerirá algún tipo de procesamiento utilizando un software de tratamiento de imágenes antes
de poder ser usado. Por ejemplo, un caso frecuente es que el fichero sea demasiado grande y se requiera alguna versión comprimida (por ejemplo, una miniatura de una portada
para ser utilizada en una página web). El software seleccionado debe adecuarse a los
objetivos y a la tipología documental que se está tratando. Si bien los equipos de digitalización vienen con software incluido, normalmente éste no tiene suficiente potencia ni flexibilidad.
El proyecto debe adquirir el más apropiado y potente software que pueda afrontar dado
su presupuesto. La evaluación de diferentes paquetes puede salvar mucho tiempo y trabajo a largo plazo. Como un mínimo absoluto, el software elegido debe permitir:
Abrir ficheros de imágenes de gran tamaño.
Modificar la resolución y la profundidad de color.
Salvar versiones diferentes, con diferentes tamaños de fichero.
Seleccionar y copiar una parte de una imagen y guardar ésta como un fichero diferente.
Exportar imágenes en diferentes formatos incluidos los estándares del Web: JPEG
y GIF.
En el caso de que la digitalización vaya acompañada de un OCR (Optical Character
Recognition), la elección del software apropiado es crítica. Todo OCR lleva implícita una
cierta cantidad de trabajo manual de edición y corrección; la forma en que esto esté soportado por el software puede tener un efecto decisivo sobre el tiempo y el esfuerzo requerido por el proyecto. Los mejores paquetes de OCR deben permitir corregir y visualizar en
una sola pantalla, sugerir posibles correcciones para las palabras mal interpretadas, ofrecer soporte de texto en varias columnas, etc.
SELECCIÓN DE MATERIALES
La selección del material para ser digitalizado es una decisión importante en cualquier
proyecto. Los criterios diferirán dependiendo de los objetivos establecidos y estarán limitados por factores adicionales, como pueden ser restricciones legales, políticas institucionales, dificultad técnica de la digitalización, copias digitales de los documentos ya existentes,
etc. Se sugiere establecer criterios para la selección del material y reflejarlos en el plan del
proyecto. Al menos los siguientes puntos deben tenerse en cuenta:
Demanda prevista de los documentos digitalizados.
Contenido. De una forma u otra la selección del material estará orientada por
el contenido. La pregunta que se debe responder sería: ¿el contenido intelectual de
este documento justifica los esfuerzos, costes y recursos que se van a necesitar?
Cada institución deberá tener sus propias definiciones de valor basadas en los
objetivos que se pretenden obtener. Durante los últimos años se ha popularizado
la creación de bibliotecas digitales o colecciones virtuales. Los servicios de publicaciones pueden crear este tipo de colecciones con los materiales impresos,
pero en la actualidad es mucho más rentable planear que cualquier documento acabará existiendo en formato electrónico de una forma u otra, por lo tanto, es mejor tener en cuenta este hecho desde el momento mismo de su creación.
Derechos de copia. Este es un aspecto crucial en la selección. Se debe asegurar
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que la institución ostenta los derechos de copia de los documentos que se deben
digitalizar o alternativamente que tiene el permiso escrito de los autores de los
mismos.
Acceso al material que de otra forma no estaría disponible o con disponibilidad
limitada.
Ampliar y facilitar el acceso a un material popular.
Coste de la digitalización.
Disponibilidad de otras versiones digitales ya existentes.
Adecuación de los documentos fuente para su visualización en línea.
Los criterios de selección deberían ser explícitos y discutidos por todas las partes
involucradas en el proceso.
Los criterios deberán estar completamente documentados, de forma que las razones
para digitalizar o no estén claras a lo largo de todo el proceso.
EL ESCANEADO
El escaneado es el proceso a través del cual obtenemos una imagen digital de un documento impreso. Los documentos fuente son transformados en imágenes digitales utilizando un escáner o una cámara digital. A través del proceso de captura de imagen los
documentos son leídos o escaneados con una resolución y profundidad de bit predefinida.
Los ficheros resultantes, conteniendo los bits por cada píxel, son entonces formateados y
enmarcados en una forma que haga fácil para un sistema informático almacenarlos y recuperarlos. A partir de esos ficheros el sistema puede reproducir representaciones analógicas para mostrarlas en pantalla o imprimirlas. Dado que los ficheros que contienen imágenes de alta resolución son muy grandes, puede ser necesario reducir su tamaño
mediante técnicas de compresión.
Cuando un documento ha sido escaneado, todos los datos son convertidos a un formato de fichero particular para ser almacenado. Hay varios formatos de imágenes en el
mercado que son ampliamente utilizados.
La calidad de la imagen obtenida en este proceso determinará la calidad final del producto. De esta forma se recomienda:
Asegurarse de que el soporte de cristal del escáner está completamente limpio en
todo momento.
Establecer una convención para nombrar los ficheros obtenidos, por ejemplo, usando el sistema de identificación existente o dándoles nombres significativos:
El nombre del fichero debería permitir la asociación entre el fichero y el documento
fuente.
Si el documento tiene un identificador o código asignado (por ejemplo un ISBN o
ISSN) es recomendable utilizarlo.
Utilizar solamente minúsculas.
Por compatibilidad con diferentes sistemas se recomienda utilizar un nombre de
ocho caracteres con una extensión de tres siempre que sea posible.
Si es necesario establecer un sistema nuevo, una buena opción sería utilizar una o
dos letras seguidas de al menos tres números, de la forma: gr001.tif, gr002.tif, etc.
Es conveniente mantener siempre el mismo número de caracteres en el nombre
el fichero y no variar la longitud. Esto hace el procesamiento automático mucho
más fácil.
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Escanear con la mayor resolución y profundidad de bit que sea posible según los
objetivos que se persigan, las limitaciones de los equipos y las condiciones de almacenamiento de los datos.
Realizar copias de seguridad del sistema en que se almacenen los datos con una
periodicidad diaria.
Es importante el control de la calidad de la imagen y de los metadatos.
EL OCR (OPTICAL CHARACTER RECOGNITION)
Los documentos escaneados pueden presentarse al lector en forma de imágenes
exclusivamente o bien convertirse en texto como parte del proceso de digitalización. Esto
se hace a través de un proceso de OCR. El texto resultante podrá ser presentado en una
página web, almacenado como XML/SGML o incluido en una base de datos, de tal forma
que puedan realizarse búsquedas, conversión de formatos o cualquier otro tipo de procesamiento. Si se decide utilizar OCR se recomienda:
Tener en cuenta que el OCR funciona mejor con documentos que se encuentren en
buenas condiciones físicas y de conservación.
Evaluar múltiples paquetes de software antes de seleccionar un producto en particular. En muchos casos, los programas de OCR están incluidos con el escáner, pero
suelen ser de poca calidad. Es mejor buscar paquetes vendidos por separado.
Un software que proporcione una interfaz amigable para llevar a cabo la identificación y corrección manual de errores, ambigüedades y partes del texto que no se
hayan podido procesar.
Se debería evaluar la existencia o no de diccionarios del lenguaje en que se encuentren los documentos fuente como parte del software de OCR.
Entre los productos disponibles en el mercado, los más relevantes serían: OmniPage,
TextBridge y Adobe Capture.
CONTROL DE CALIDAD
El control de calidad es un componente importante de todas y cada una de las etapas
de un programa de digitalización. Sin esta actividad es imposible garantizar la integridad y
consistencia de los ficheros de imágenes.
Aunque el control de calidad es un factor crucial para asegurar los mejores resultados,
no hay una forma normalizada de asegurar una cierta calidad de imagen en el momento
de la captura. Las condiciones para la calidad de las imágenes digitales pueden ser descritas con tres pasos:
Identificación del producto final esperado y los objetivos de producción. Decidir qué
será producido y evaluado.
Establecimiento de estándares. Definir los niveles de calidad de las imágenes basados tanto en los atributos de los documentos originales como en la capacidad del
equipo digitalizador que se esté usando.
Establecimiento de unas pautas de referencia. Decidir con qué se va a comparar el
resultado de la digitalización.
Dependiendo de estas decisiones el siguiente paso será determinar qué deberían incluir
los programas de control: el total de la colección o una muestra. En la mayor parte de los
casos es suficiente con establecer un plan de muestreo cubriendo, por ejemplo, el 10% de
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todas las imágenes producidas por cada escáner durante un cierto período de tiempo (día,
semana...). Si en un porcentaje significativo de las imágenes examinadas se han encontrado errores, entonces la colección completa deberá someterse a examen.
Por otra parte hay que decidir el método de evaluación de las imágenes digitales utilizando bien la pantalla bien las versiones impresas. En cualquier caso habrá que tener en
cuenta ciertas limitaciones técnicas que pueden afectar al proceso de evaluación como, por
ejemplo, disponer de impresoras en color de calidad. Si la evaluación se hace sobre pantalla se recomienda:
Visualizar las imágenes a una escala de 1:1.
Usar valores de referencia para evaluar la reproducción de colores o escala de grises.
Utilizar valores de referencia de resolución e histogramas para evaluar la resolución
espacial y la reproducción tonal.
En caso de evaluar versiones impresas se recomienda comparar las imágenes impresas con los documentos originales para comprobar que se cumplen los objetivos.
METADATOS
Una vez que el fondo de documentos escaneados comience a crecer, se hará
imprescindible alguna herramienta de búsqueda y localización de información que nos
permita acceder de forma rápida a los contenidos. Para describir las imágenes digitales
son necesarios los metadatos, esto es, datos estructurados sobre los propios datos. Su
uso está relacionado de cerca con las reglas para la descripción y catalogación de publicaciones impresas. La diferencia reside en que en el mundo digital se necesitan categorías adicionales de metadatos para soportar la navegación y la gestión de los ficheros.
Los metadatos que describen imágenes digitales pueden contener información de
diferentes tipos. La Biblioteca del Congreso de los Estados Unidos identificó tres categorías:
Descriptivos: para la descripción e identificación de fuentes de información.
Estructurales: para facilitar la navegación entre las distintas partes de un documento y la presentación del mismo.
Administrativos: para gestión y proceso.
El nivel de metadatos descriptivos siempre determina el nivel de posibilidades de recuperación de la información. Es de crucial importancia en el momento de planificar el proyecto, decidir hasta qué nivel de profundidad se podrían buscar las imágenes.
Se debe tener en cuenta que la creación e implementación de metadatos son procesos que consumen muchos recursos. Habrá que hacer un balance de costes y beneficios,
teniendo en consideración las necesidades de los usuarios actuales y futuros. Los requerimientos de metadatos deberían estar íntimamente unidos a las funciones que deben
soportar: gestión de derechos, preservación a largo plazo, localización de información, etc.
Habrá que considerar los siguientes puntos:
El uso de metadatos apropiados es crucial para permitir la búsqueda y recuperación
de material de una colección digital. Esto es mucho más importante cuando se plantean búsquedas en más de una colección.
292
Ya existen múltiples modelos de metadatos. Cada proyecto deberá elegir el más adecuado a sus objetivos, evitando en la medida de lo posible crear uno nuevo.
Entre los esquemas de metadatos más utilizados en la actualidad está el Dublin
Core. Este formato fue creado a finales de los años noventa a partir de una iniciativa de la OCLC (Online Computer Library Center) y la NCSA (National Center form
Supercomputing Applications). Esta iniciativa presentaba un formato compuesto por
15 elementos de metadatos descriptivos. Los objetivos de este formato eran ser simple, internacional y que funcionara en varios sectores. El Dublin Core es uno de los
estándares de metadatos más ampliamente aceptados en el mundo.
Aunque algunos metadatos son estáticos (fecha de creación, resolución utilizada,
etc.) algunos elementos pueden continuar evolucionando y requiriendo actualizaciones y mantenimiento.
La creación y gestión de los metadatos puede ser manual (creación de un registro
en Dublín Core) y automatizada (generar un índice a partir del resultado del OCR).
Los metadatos pueden ser internos (cabeceras de ficheros TIFF) o externos (índices
y bases de datos asociados). El factor clave para tomar una decisión es evaluar si
su localización soporta la funcionalidad y la gestión de los recursos. Por ejemplo, las
cabeceras de los ficheros TIFF contienen metadatos pero estos se perderán si son
convertidos a otros formatos como JPEG.
PRESENTACIÓN Y PUBLICACIÓN
Hasta este momento se ha creado y almacenado una copia máster de los materiales.
Hemos identificado un esquema de metadatos apropiado, y se han creado los metadatos
adecuados para cada documento.
La preparación para la publicación implica un cierto procesamiento del material creado. Normalmente, por publicación entendemos alguna forma de visualización de los contenidos a través de Internet y procesamiento significa reducir el tamaño de los ficheros,
ajustar la calidad y elegir los formatos de descarga más apropiados para adaptarse a las
características de Internet.
Los ficheros TIFF, creados durante el proceso de escaneado, suelen ser demasiado
grandes (varios Mb) lo que los hace inapropiados para su publicación en Internet debido
al elevado tiempo que el usuario final necesitaría para completar una descarga.
Sugerencias prácticas:
Crear versiones apropiadas para ser distribuidas en Internet a partir del máster.
Como mínimo, debe haber una versión para descargar de Internet.
Las versiones para descarga se crean abriendo los ficheros TIFF en un paquete de
procesamiento de imágenes y exportándolos a formato JPEG, PNG, etc. Aunque
existen programas gratuitos de tratamiento de imágenes como GIMP, Paint o
Paintshop, dado el volumen de documentos que vamos a tratar es conveniente
invertir en productos comerciales como Photoshop, etc.
Normalmente, la profundidad del color puede reducirse a 256 colores, a no ser que
se aprecie una pérdida de calidad, lo cual exigirá usar una resolución mayor.
Una imagen creada a 72 ppi se visualizará a aproximadamente su tamaño original
en muchos monitores. Esto hace la resolución de 72 ppi una resolución razonable
para muchas imágenes que han de visualizarse en pantalla.
293
Elegir el formato de los ficheros, la resolución de color y la resolución de píxel implica decidir cuál es una aceptable calidad para las imágenes. Se debe encontrar un
balance entre calidad y tamaño de los ficheros.
En general, el número total de ficheros de imágenes en una página web no debería
exceder de los 100 kb. Aunque imágenes mayores puedan publicarse, se sugiere
acceder a ellas a través de un enlace en la página, más que incluirlas en la misma.
Muchos proyectos de digitalización llevan a la creación de recursos accesibles en
línea, normalmente a través de páginas web. Van desde los sitios más simples, con páginas HTML estáticas, hasta los portales más elaborados acompañados de bases de datos,
etc. Existe multitud de documentación sobre la creación y el mantenimiento de páginas
web, por lo que no consideramos oportuno profundizar en el tema en este capítulo.
GESTIÓN
El éxito de cualquier proyecto, incluyendo los de digitalización, está influenciado por la
gestión del mismo. Vamos a proporcionar ahora una serie de recomendaciones dirigidas a
cuatro aspectos fundamentales del proceso: gestión propiamente dicha, recursos humanos, externalización de procesos y costes.
Dado que el proyecto de digitalización implicará la digitalización de cientos de documentos, es importante establecer un diagrama de flujos para facilitar el trabajo del
equipo.
Establecer y documentar cada uno de los pasos a través de los cuales debe pasar
un ítem.
Desarrollar una base de conocimiento que permita rastrear un determinado ítem a
través de todo el proceso de digitalización, así como permitir revisar el estado del
proyecto en cualquier momento. Esta base de conocimiento puede tomar la forma
de una base de datos, una hoja de cálculo o, simplemente, una colección de documentos e informes. Lo importante no es el formato sino el proceso que asegure el
registro de las acciones que se están llevando a cabo.
El nombre, identificador y otra información relevante de cada documento debería ser
introducida en la base de conocimiento desde el mismo momento que ha sido seleccionado para ser digitalizado.
Establecer un manual de procedimientos.
Siempre que sea posible incluir, al menos, una persona con formación adecuada en
el área de las nuevas tecnologías de la información.
Determinar, antes de empezar el proyecto y registrarlo en la fase de planificación, los
conocimientos que tiene el personal que va a trabajar en el mismo sobre tecnologías de la información e indentificar las necesidades de formación.
A veces es apropiado para el proyecto de digitalización contar con los servicios de
terceras partes. Los servicios que son externalizados habitualmente incluyen la digitalización en sí misma, la gestión del proyecto, el desarrollo de software, etc.
Las relaciones con las terceras partes deberían estar claramente reguladas mediante un contrato escrito. Se debería acordar una completa especificación de los servicios o productos que han de ser proporcionados antes de que el trabajo comience.
El trabajo desarrollado debería ser revisado regularmente para asegurar que lo que
se está suministrando es en realidad lo que el proyecto quiere o necesita.
Si bien la utilización de terceras partes puede ser conveniente, hay que tener en
cuenta que toda la experiencia ganada durante la ejecución del trabajo externalizado será perdido para nuestra institución al final del proyecto.
294
Además de la externalización de tareas, se puede recurrir a la colaboración con otras
instituciones similares. Un ejemplo sería la participación en proyectos de investigación financiados por la Unión Europea, donde se podría contar con socios de varios
países. En este tipo de colaboración, cada socio debería tener un papel claro en el
proyecto. Si, en algún caso, el papel no está claro hay que revisar si el socio es de
verdad necesario.
Asegurarse de que todos los socios están al corriente y han soportado sus papeles
y responsabilidades dentro del proyecto. Refrescar este conocimiento regularmente.
Establecer un modo de comunicación entre todos los socios y asegurarse de que
cada uno recibe la información que está destinada a él. El correo electrónico y las
listas de distribución son ideales para este propósito.
DESDE EL ARCHIVO DIGITAL AL SOPORTE DIGITAL
En este apartado vamos a tratar la creación de documentos digitales propiamente
dichos, es decir, aquellos que existen en formato digital desde su origen. Un documento
digital puede diferenciarse de uno tradicional, además de por su formato, en al menos tres
aspectos10:
Permanencia: los documentos digitales son por principio fluidos, cambiantes y pueden evolucionar constantemente. Si bien los analógicos también pueden serlo, por
ejemplo las diferentes ediciones de una obra, en el caso de los digitales no son fijados por el medio de difusión. De hecho un documento digital puede no existir nunca
en un formato tangible.
Apariencia: en los documentos tradicionales su importancia se refleja en la apariencia física de los mismos. Así, el tamaño y la presentación de un libro lo distinguen
como más importante que un informe técnico fotocopiado. En el caso de los documentos digitales se pueden usar las mismas técnicas y obtener los mismos resultados independientemente de la importancia del documento.
Tamaño: el documento digital no está limitado por cuestiones de espacio.
EL DISEÑO DE LA ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO
En general cuando se habla de diseño de documentos se tiene en mente un diseño
basado en la presentación o apariencia final del documento. Una idea que se ve potenciada
por los editores de texto modernos que se basan en WYSIWYG.
El desarrollo de software para la preparación de documentos ha tenido una importancia notable en la industria informática ya desde los años sesenta. Todos los sistemas desarrollados han seguido básicamente dos paradigmas. El primero especifica el documento
en términos de su apariencia esperada cuando sea impreso. Este diseño procede de la
idea, acarreada desde el mundo impreso, de que los documentos son fijos y estables, tanto
si van a ser visualizados en papel como en una pantalla y de que serán vistos por el mismo
tipo de dispositivo de visualización por todos los lectores. Una representación de esta tendencia son los editores WYSINWYG (what you see is what you get), es decir, lo que se ve
en la pantalla es exactamente lo que obtendrá el lector si imprime el documento o lo visualiza en el mismo editor que usó el escritor. El usuario debe centrarse en la apariencia del
texto que está escribiendo, una apariencia que pretenderá ser fija y estable a lo largo de
295
la vida del documento. Cualquier transformación o cambio de formato exigirá enormes
esfuerzos para revisar precisamente el formato de presentación.
Con la introducción por parte de IBM del Generalized Markup Language (GML) apareció un segundo tipo de representación basada en la estructura lógica de los documentos.
Los documentos tienen una estructura jerárquica intrínseca11: los capítulos se componen
de secciones, las secciones de subsecciones y así sucesivamente hasta llegar a las frases, palabras y letras. Si las secciones de un documento están marcadas de alguna forma
entonces será posible operaciones de procesamiento como mostrar solamente los títulos
de las secciones, identificar el resumen, etc. Incluso se podrían mover componentes de un
documento de una localización a otra del mismo sin necesidad de reajustar cada uno de
los títulos.
Los mecanismos para marcar la estructura de un documento han variado considerablemente y van desde los más permisivos como LaTeX, a los más estrictos, como SGML.
Los sistemas de documentos estructurados tienen ventajas e inconvenientes. En general son más robustos porque incrementan la vida del documento y de sus componentes.
Además, dado que el marcado sigue una norma y está separado de la aplicación particular que se esté dando al documento, su mantenimiento se mejora y se hace posible la reutilización de los componentes en diferentes documentos. En el lado opuesto, su preparación requiere un mayor esfuerzo en su especificación inicial. Por ello es percibida por los
autores como más difícil y compleja porque parece contradecir el concepto de manipulación directa del documento. No obstante tomando el conjunto de sus ventajas contrarresta fuertemente el de sus debilidades, especialmente cuando hay una necesidad de robustez, reutilización y exactitud.
Generalmente hay dos papeles implicados en la creación de un documento: especificación
de su contenido y especificación de su apariencia12. La tarea de especificación del contenido debe ser obra del autor, mientras que la de apariencia debe ser la obra de un diseñador de estilo. En muchos casos una única persona puede cumplir los dos papeles, pero
normalmente se puede ganar eficacia separándolas ya que las técnicas necesarias en
ambos casos son diferentes.
Se ha definido una gran variedad de representaciones lógicas que intentan establecer un
equilibrio entre estructuras complejas y acotadas por un lado, y estructuras simples y no
acotadas por otro. Podríamos establecer tres niveles básicos de complejidad. En el punto
más simple estarían sistemas como Microsoft Word donde la apariencia de la estructura
del documento formateado no está directamente reflejada en la codificación interna del
documento. El documento está definido como una secuencia de trozos de contenido para
cada uno de los cuales se define una transformación particular que define su apariencia
física. En segundo lugar, en sistemas como TeX/LaTeX que utiliza un lenguaje de marcas,
se puede especificar una estructura básica y predefinida dependiendo del tipo de documento que tratemos. Finalmente, en último lugar tendríamos SGML donde las representaciones jerárquicas han sido llevadas a su punto más complejo.
A continuación vamos a describir de forma somera algunas de las distintas representaciones de documentos que existen, separando aquellas que tienen en cuenta la estructura de
los documentos de aquellas que no la tienen.
Los editores, a menudo, se plantean la opción entre mantener las cosas simples (ahorrando
tiempo y dinero) o hacerlas más ricas (pero más complicadas y caras)13. Los editores que se
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plantean sólo la creación de documentos impresos tienden a optar por la simplicidad y utilizar el formato con el que más a gusto trabajan. Por otro lado, los editores que necesitan
presentar versiones electrónicas e impresas al mismo tiempo, deberían optar por trabajar
con una combinación de SGML o XML más XSLT.
DOCUMENTOS DE TEXTO NO ESTRUCTURADOS
Texto plano. El documento no estructurado más básico es aquel que no tiene absolutamente ningún tipo de formato, solo contiene una sucesión de caracteres y en
algunos casos saltos de línea para hacerlo más legible. Todos los procesadores de
texto tienen la opción de grabar un documento en texto plano.
En algunas ocasiones se habla de texto plano como sinónimo de ASCII lo cual es
incorrecto. ASCII es el acrónimo de American Standard Code for Information
Interchange. Se trata de un código para representar en formato digital caracteres
(letras, números, etc.). Al texto codificado usando ASCII se le denomina texto ASCII.
Por otro lado, texto plano se refiere a texto sin ningún tipo de formato, independientemente del código utilizado para representarlo. Se debe tener en cuenta que cuando alguien se refiere a texto ASCII de lo que realmente está hablando es de texto
plano.
El uso más frecuente del texto plano es para la documentación de software informático. En general, es una buena opción cuando hay una incertidumbre total sobre las
capacidades tecnológicas disponibles por la audiencia a la que va destinado el documento, ya que cualquier editor o procesador de texto es capaz de abrir un fichero en
texto plano. No obstante en estos momentos y a no ser en casos muy extremos, es
difícil justificar la utilización del texto plano como formato de publicación de documentos.
Entre los ejemplos de instituciones que utilizan la edición en texto plano podemos
señalar la Internet Engineering Task Force14. Esta organización se encarga de la elaboración de los estándares que regulan la arquitectura de Internet. Tales estándares,
que se publican con el nombre de RFC (Request For Comments), están elaborados
utilizando exclusivamente texto plano con saltos de línea.
HTML. Son las siglas de Hypertext Markup Language. Se trata, por lo tanto, de un lenguaje de marcas utilizado para representar tanto la estructura como la apariencia de
un documento. Es el lenguaje utilizado para realizar las páginas web.
Lo hemos colocado en el apartado de formatos no estructurados porque sus capacidades para representar la estructura son muy limitadas y no pasan de describir
aspectos generales como establecer cuál es el título o los párrafos de un documento. El principal desarrollo del HTML se ha llevado a cabo en el área de la presentación o visualización de contenidos debido al empuje de la industria, la publicidad y el
comercio electrónico que necesitan de aplicaciones con un impacto visual i m p o r ta n t e .
Los documentos en HTML son documentos en texto plano a los que se les han añadido marcas codificadas usando los caracteres < y >. Tales ficheros se pueden crear
con cualquier editor o procesador de texto tal como Bloc de Notas de MS Windows.
No obstante, si se plantea la creación de sitios web, es mejor contar con la ayuda de
paquetes especializados como FrontPage de Microsoft o Dreamweaver de
Macromedia.
Existen cuatro tipos de marcado definidos en HTML:
Estructural: describe la estructura del texto. Por ejemplo, <h1>Saludo</h1> indica
a los visualizadores que Saludo debe tratarse como un encabezamiento de primer
nivel.
297
Presentación: describe la presentación visual del texto sin tener en cuenta su
estructura. Por ejemplo, se puede usar <b>Negrita</b> para colocar un texto en
negrita. No obstante, estas marcas están en desuso y se aconseja a los autores
utilizar hojas de estilo CSS (Cascading Style Sheets).
Hipertexto. Dado que HTML es un lenguaje hipertextual, la marca más importante
es el enlace entre varios objetos. Un enlace remite a un lector de una parte a otra de
un documento o desde un documento a otro disponible en el mismo sistema o en cualquier
localización de Internet. Por lo tanto un documento en HTML es un hipertexto que
no presenta una lectura lineal sino que el lector es libre de seguir el camino que
desee entre las múltiples referencias o posibilidades que le ha abierto el escritor.
Elementos destinados a crear objetos, por ejemplo botones y listas.
Si un documento HTML contiene objetos adicionales, por ejemplo imágenes, éstos
son almacenados fuera del documento y enlazados utilizando las marcas oportunas.
Por lo tanto, un documento HTML consiste del fichero HTML propiamente dicho y,
opcionalmente, de una serie de material adicional como referencias, gráficos o documentos multimedia. Todos estos objetos deben estar disponibles cuando el usuario
abra el documento.
Del desarrollo del HTML se encarga el World Wide Web Consortium o W3C15. En
paralelo, las empresas fabricantes de navegadores web como Microsoft han añadido y modificado características de la norma con objeto de mejorar sus productos.
Una breve historia de las especificaciones desarrolladas por el W3C es:
HTML 2.0. Definido por la IETF en 1996 basado en un trabajo de 1994. Está
descrita en la RFC 186616.
HTML 4.0. Hecho público por el W3C en 1997 con una revisión posterior en 1998.
HTML 4.01. Publicado a finales de 1999 para fijar errores en la especificación
anterior17 Es la especificación estable en estos momento y la que debería seguirse
para la elaboración de todo tipo de documentos en HTML.
El seguimiento de estas normas varía considerablemente. Dagfinn Parnas18, después de revisar en su tesis casi dos millones y medio de páginas, llegó a la conclusión de que la mayoría de ellas no se ajustaba a la norma del W3C. Igual que sucede con el lenguaje natural, se pueden crear convenciones al margen de la norma que
hacen uso del carácter abierto de la misma.
Actualmente, el W3C está trabajando en el desarrollo del XHTML (la versión 1.0 ya
está disponible) que viene a ser una refundición de HTML y XML. XHTML está pensado para ser lo suficientemente similar al HTML como para que los desarrolladores
puedan hacer una transición fácil de HTML a XML. La adopción de este nuevo estándar está impulsada por el interés, tanto comercial como del consumidor, de contenidos de herramientas más poderosas que sobrepasen las limitaciones del HTML. No
obstante, su generalización llevará aún cierto tiempo. Para una introducción a este
nuevo lenguaje puede consultarse el artículo de Tom Lieb19.
En el campo de la edición científica, el HTML no es un lenguaje apropiado por varias
razones: en primer lugar por el escaso control que el diseñador tiene sobre la forma
en que el lector visualizará un documento. En esta visualización juegan un papel
importante tanto las características técnicas del equipo donde se visualice el documento (tamaño del monitor, capacidad de resolución, etc.), como del software utilizado. Existen multitud de visualizadores web que, en mayor o menor medida, aceptan la especificación W3C así como características adicionales incluidas por estas
empresas. Finalmente, la configuración particular de cada visualizador
puede afectar a tamaños de letras, etc. En muchos casos, los documentos científicos serán impresos en lugar de ser leídos en pantalla. La calidad de la impresión
298
de un documento HTML es mucho más pobre que en otros formatos como PDF.
Existen importantes limitaciones para la inclusión de fórmulas matemáticas o químicas si no es con la adición de imágenes.
No obstante estas limitaciones, son muchas las editoriales que ofrecen versiones en
HTML de los documentos que publican, si bien nunca de forma exclusiva, sino acompañadas de versiones en formatos más aptos para ser impresos como el PDF.
Así por ejemplo:
HighWire Press20, uno de los grandes editores de revistas de acceso libre ofrece
dos alternativas para cada artículo: HTML para visualización en pantalla y PDF
para impresión.
ScienceDirect21, el portal de revistas electrónicas de Elsevier sigue la misma línea.
SpringerLink22.
PDF. Ninguno de los formatos de marcas que hemos visto puede proporcionar una
representación facsímil de una página impresa, utilizando, por ejemplo, los mismos
colores, fuentes, etc. y no puede incluir gráficos a no ser que sean convertidos en
imágenes. En muchos casos esta fidelidad al documento original no es necesaria,
las variaciones en fuentes y proporciones son de menor importancia cuando se trata
de ofrecer un acceso rápido a los contenidos. No obstante, cuando éste no es el
caso o cuando se quiere ofrecer al lector una versión de calidad del documento para
ser impreso, el formato recomendable es el PDF (Portable Document Format)23, 24.
PDF es un formato propietario desarrollado por la empresa Adobe Systems pero que
se está convirtiendo en un estándar de facto para la industria editorial, no sólo en el
ámbito científico sino también empresarial. PDF permite presentar una publicación
sobre pantalla o sobre papel con la misma apariencia y calidad que si fuera realizada en una imprenta. Lo que hace este formato es congelar la publicación original
convirtiéndola en una imagen (que dependiendo de la longitud del documento puede
ir desde una a cientos de páginas).
PDF viene a solucionar el problema de la portabilidad de los ficheros. En muchos
casos, para porder leer un documento escrito en un determinado procesador de textos, es necesario que el lector disponga del software adecuado. Si no es así puede
recurrir a algún tipo de conversión entre formatos que, por definición, implicará alguna pérdida de información. Un documento escrito en PDF puede ser visualizado en
cualquier plataforma informática con el único requisito de disponer de un lector que
está disponible gratuitamente en la Red. Además del lector desarrollado por Adobe,
llamado Acrobar Reader, existen multitud de lectores creados por terceras partes y
disponibles gratuitamente en Internet.
PDF es el sucesor del lenguaje PostScript también desarrollado por la misma empresa y muy popular en las áreas científicas y técnicas durante los años ochenta y
noventa. PostScript es un lenguaje de descripción que representa cada página de un
documento incluyendo todos los elementos que aparecen sobre ella, como emplazamiento de gráficos, fuentes, etc.
Dado que se trata de una imagen, su tamaño es mayor y es más lento de descargar
que la versión en HTML del mismo documento. Por lo tanto, es recomendable que
documentos muy grandes se dividan en partes que puedan descargarse por separado. Un versión completa puede ser útil también para usuarios con buena conectividad.
PDF es un formato muy atractivo para editores particularmente si se utiliza en conjunción con XML. Ahora es posible incluir hipertexto en documentos PDF así como
extraer el texto de los mismos para ser indizado por los motores de búsqueda. No
299
obstante, PDF no es apropiado para todos los mercados y, además, los sistemas utilizados por deficientes visuales no trasladan documentos en PDF en sonido.
Como ejemplos de editores que actualmente están usando este formato se podrían
señalar los mismos que en el apartado anterior pues generalmente se acompañan
dos versiones del mismo documento, una en HTML para visualización y otra en PDF
para impresión.
Macromedia Director25 y Flash26. Ambos productos son software de la empresa
Macromedia. Están orientados hacia la publicación en web, y soportan gráficos de
vectores animados.
Flash es una herramienta para crear animaciones que consuman poco ancho de
banda, presentaciones y otras formas de contenidos dinámicos. Ofrece una interfaz
de programación para la creación de aplicaciones, interfaces web, etc. Macromedia
Director Shockwave Studio es una herramienta similar en cuanto a su objeto pero
mucho más poderosa y sofisticada. Está orientada a la creación de aplicaciones de
ocio en 3D, demostraciones interactivas de productos, aplicaciones de e-learning y
otros tipos de contenidos multimedia destinados tanto a la Web como a ser publicados en CD o DVD.
A diferencia del HTML es esencialmente independiente del visualizador web que se
utilice. La mayor parte de los usuarios con versiones actualizadas de sus navegadores verán versiones idénticas de los documentos. Por el contrario, a diferencia de
HTML se trata de un software cerrado y para crear una animación es necesario disponer del software distribuido por Macromedia y para ver los documentos se necesitan los plug-in adecuados, que sí son distribuidos gratuitamente. Cuando los productos se distribuyen en CD o DVD el software de visualización va integrado y no
requiere mayores requisitos. No obstante en estos casos los requerimientos de hardware pueden ser elevados.
A la hora de trabajar con animaciones y vídeo hay que actuar con cautela. Es recomendable repasar las cuestiones de accesibilidad y usabilidad de las páginas web.
En general, aunque ambas posibilidades son posibles y tienen su lugar en la Web,
los diseñadores tienden a despreocuparse de cuestiones como navegación o paciencia de los usuarios.
Aunque Flash puede ser utilizado para diseñar sitios web completos, esto limitará la
accesibilidad considerablemente por lo que solamente se recomienda para realizar
animaciones allí donde sea estrictamente necesario y nunca como un fin en sí
mismo. Igualmente, los productos desarrollados con Director pueden ser impactantes pero sólo funcionarán bien en ordenadores multimedia equipados con tarjetas de
vídeo y sonido y potentes procesadores.
Macromedia mantiene una página27 donde se hace una revisión de las empresas e
instituciones que están utilizando sus productos.
RTF. RTF son las siglas de Rich Text Format. Se trata de una especificación28
desarrollada por Microsoft para describir la representación interna de documentos. Los ficheros RTF son ficheros de texto con una serie de comandos embebidos
que proporcionan a un ordenador información básica sobre fuentes, márgenes, etc.
RTF es útil para asegurar que cuando se intercambien documentos entre procesadores de texto diferentes permanezca un formato básico. Igualmente se utiliza para
compatibilidad con antiguas versiones de procesadores de texto. Así mismo, en edición científica los documentos en forma manuscrita son a menudo remitidos a los
editores en RTF para asegurar la compatibilidad.
Microsoft Word. Microsoft Word29 es el procesador de texto más popular. Los documentos creados con Word no podrán ser abiertos con otros procesadores de texto,
300
a no ser que se lleve a cabo algún tipo de conversión entre ellos. La utilización de
este formato solamente se justificaría en entornos cerrados, por ejemplo la Intranet
de una institución, donde el editor tenga la absoluta seguridad de que todos los lectores tienen acceso a este editor y quiera hacer uso de sus facilidades para incluir
imágenes, tablas o gráficos. En cualquier otro caso, sobre todo si el medio de distribución va a ser Internet, es absolutamente desaconsejable.
Microsoft Reader. Microsoft Reader30 el software de Microsoft destinado a crear y
distribuir libros electrónicos (e-books). Una de las principales desventajas del medio
electrónico frente al papel, que hace que el comercio de e-books no despegue, es la
dificultad para leer sobre una superficie luminosa como es el monitor y con una resolución mucho menor que las páginas impresas. MS Reader es el producto desarrollado por Microsoft para permitir la lectura sobre pantalla que se acerque a la
conveniencia y la calidad del papel. Es el primer producto que incluye tecnología
ClearType, que mejora la resolución sobre pantallas de cristal líquido hasta en un
300% para suministrar un producto lo más parecido posible al papel.
En cierta forma, MS Reader es un competidor de PDF, con la salvedad que PDF está
diseñado para producir documentos impresos y Reader lo está para leer sobre una
pantalla de ordenador. Los documentos PDF son estáticos en el sentido de que no
se adaptan a los diferentes equipos de visualización, por ejemplo, al tamaño de la
pantalla. Por el contrario, Reader es dinámico, ya que es capaz de construir cada
página del libro de acuerdo a las preferencias de cada usuario y con el equipo que
está usando.
Las herramientas para visualizar y generar documentos en este formato son gratuitas y pueden ser descargadas de la página web de Microsoft. No obstante, este es
el principal inconveniente de MS Reader, el ser un software propietario que solamente existe para MS Windows sin que la empresa piense desarrollar versiones para
otros sistemas operativos.
Para generar un libro en formato Reader es necesario partir de un documento en
HTML que cumpla con las especificaciones de la Open eBook Foundation.
Adicionalmente, se requieren las imágenes de la portada del libro. Se puede generar el documento a través de un add-in para MS Word que se puede descargar gratuitamente; utilizando el servicio e-Book Express vía Internet (esta aplicación recibe
un documento en una amplia variedad de formatos y devuelve el e-book); o bien utilizando herramientas profesionales como ReaderWorks Publisher, que permite
generar automáticamente una tabla de contenidos o índices a partir del documento
HTML, ordenar archivos de capítulos en el orden lógico, etc.
Si bien desde nuestro punto de vista no es un formato recomendable por los inconvenientes señalados, se trata de un formato que se está popularizando gracias, en
parte, a la fuerza del gigante de la informática. Así editoriales como Random House
o Mondadori, y el distribuidor Amazon utilizan MS Reader. Microsoft mantiene una
lista31 de editoriales que utilizan sus productos.
DOCUMENTOS ESTRUCTURADOS
SGML. Son las siglas de Standard Generalized Markup Language, o, lo que es lo mismo, la norma ISO 8879 de 1986 que define un lenguaje de marcas general para delimitar los elementos que componen un documento de texto sin describir su apariencia. Para ello se separa estructura de presentación y SGML se centra sólo en la primera de forma, que si un documento cambia de un sistema a otro o partes de un
documento son utilizadas en otro, no necesiten ser recodificadas. Utiliza texto plano
301
para representar tanto el contenido como las marcas que lo describen. No tiene ningún código propietario, por el contrario cada usuario (o grupo de usuarios) puede
crear cualquier código que necesite.
La clave para interpretar los códigos en un documento SGML es la DTD (Document
Type Definition). De hecho, un documento SGML no está completo sin tres partes
distintas: declaración (que da al usuario información del tipo de lenguaje y codificación que se está usando, por ejemplo inglés y ASCII), la DTD (que detalla todos los
códigos y reglas que se pueden utilizar para describir un particular tipo de documento) y finalmente la instancia (el texto que va a ser publicado), marcado con los códigos descritos en la DTD.
Una DTD es una descripción formal de un particular tipo de documento. Especifica
qué nombres se van a utilizar para los distintos elementos, en qué situación pueden
aplicarse y cómo se relacionan con el resto de elementos. Por ejemplo si queremos
que un documento pueda contener listas compuestas de ítems se podría hacer la
siguiente definición:
<!ELEMENT List (Item)+>
<!ELEMENT Item (#PCDATA)>
Esto define una lista como un elemento compuesto de uno o más ítems y cada ítem
se define como un elemento que contiene nada más que texto plano. Así, en el documento SGML se podría especificar lo siguiente:
<List><Item>Chocolat</Item><Item>Music</Item><Item>Surfi
ng</Item></List>
Aunque SGML no debe ser complicado, a menudo lo es dado que definir una nueva
DTD no es tarea fácil. Cuanto más amplia sea la variedad de documentos que van
a ser descritos con una DTD mayor será la complejidad de su definición. En este
sentido la ISO ha definido en su norma 1208332 una DTD para el marcado de libros.
Una DTD puede incluir no sólo descripciones de los elementos sino también definiciones, es decir, reglas que determinan cómo usar cada elemento. Así, es posible
especificar qué elementos se quiere que aparezcan en un contexto pero no en otro.
Por ejemplo, el DTD para una revista puede distinguir entre los elementos que el editor quiera distribuir gratuitamente y aquellos para los que se necesitará pagar.
A medida que el número y la complejidad de sus publicaciones electrónicas crecen,
los editores necesitan alguna forma de organizarlas y gestionarlas. Dadas sus poderosas y flexibles capacidades para describir la estructura, así como su capacidad
para capturar y organizar información sobre las publicaciones (metadatos), SGML es
una solución efectiva.
Las revistas son candidatas ideales para representarlas en SGML dado que son
documentos altamente estructurados y repetitivos.
Para una lista de instituciones que actualmente están usando SGML puede consultarse la compilación que hace CoverPages33.
XML. Son las siglas de Extensible Markup Language. Se trata de un lenguaje
de marcas diseñado para llevar un paso más adelante todas las características que
ofrecía el HTML. De hecho, los dos derivan de SGML (Standard Generalized Markup
Language) del que hemos hablado anteriormente. El responsable de su desarrollo
es el World Wide Web Consortium por lo que se trata de un estándar abierto. La versión actual34 es la tercera edición de la número 1.0 de febrero de 2004.
302
La principal diferencia de XML frente a HTML es que el primero describe la estructura de un documento no su apariencia. La relevancia del XML en la actualidad procede del hecho de que el HTML básico no sería capaz de proporcionar un entorno
adecuado para la siguiente generación de edición basada en la red, donde los datos
tendrán que ser mostrados en un creciente número de entornos y buscados en formas más sofisticadas.
En cuanto a su relación con SGML podríamos decir que ésta es la lengua madre,
que ha sido utilizada para describir miles de tipos de documentos en múltiples campos de la actividad humana, desde la edición electrónica hasta registros clínicos o
notaciones musicales. SGML es demasiado grande y compleja lo que hace difícil su
implementación. XML es una versión abreviada de SGML para hacer más fácil a los
autores crear tipos de documentos y a los programadores desarrollar aplicaciones
que puedan trabajar con ellos.
La variedad de documentos XML es muy grande y puede ir desde los más simples
con marcas diseñadas por el propio autor como podría ser:
<?xml version=”1.0” standalone=”yes”?>
<conversacion>
<saludo>Hola, ¿cómo estas?</saludo>
<respuesta> Encantado de verte!</respuesta>
</conversacion>
En otros casos pueden ser más complicados con un DTD o esquema asociado que
delimita el vocabulario y elementos a utilizar. Un caso podría ser:
<?xml version=”1.0” encoding=”iso-8859-1”?>
<!DOCTYPE titlepage SYSTEM “http://www.foo.bar/dtds/typo.dtd”
[<!ENTITY % active.links “INCLUDE”>]>
<titlepage id=”BG12273624”>
<white-space type=”vertical” amount=”36”/>
<title font=”Baskerville” size=”24/30”
alignment=”centered”>Hello, world!</title>
<white-space type=”vertical” amount=”12”/>
<!— In some copies the following decoration is
hand-colored, presumably by the author —>
<image location=”http://www.foo.bar/fleuron.eps”
type=”URL” alignment=”centered”/>
<white-space type=”vertical” amount=”24”/>
<author font=”Baskerville” size=”18/22”
style=”italic”>Vitam capias</author>
<white-space type=”vertical” class=”filler”/>
</titlepage>
No se deben confundir DTD con esquemas XML. Una DTD sirve para describir la
estructura de un documento: asigna nombres a los elementos, atributos y entidades
que se pueden utilizar. En principio, están pensadas para ser utilizadas con documentos textuales, sin datos tabulados. De esta forma si se necesita especificar rangos de
números o definir limitaciones sobre el uso del contenido texto, el DTD no puede
hacer nada. Es aquí donde interviene el esquema XML que proporciona la posibilidad de validar el contenido de los elementos en función de cada tipo de documento
y ofrecer a sus diseñadores criterios para saber si ese contenido es correcto o no.
303
La visualización de un documento XML requiere la existencia de una hoja de estilo
asociada. En HTML la forma en que se interpretan las marcas y elementos está predefinida en los visualizadores web dado que el número de marcas es limitado. En
XML cada autor puede crear sus propios elementos lo que hace que los visualizadores no puedan prever cómo esos elementos puedan ser utilizados. Los visualizadores que admiten XML, probablemente, aceptarán también las hojas de estilo
CSS (Cascading Style Sheets). No obstante, también se puede utilizar un lenguaje
mucho más robusto como es XSLT35 para transformar XML en HTML que ya puede
ser entendido por cualquier visualizador.
Los prefijos de nombres de espacio distinguen nombres idénticos que estén sacados de diferentes vocabularios XML. Una declaración de espacio de nombres en un
documento XML asocia un prefijo de espacio de nombres con un único URI (Uniform
Resource Identifier). El prefijo puede entonces ser utilizado sobre elementos o nombres de atributos en el documento.
En resumen, no habrá una forma mejor de describir la estructura de los documentos
que usando XML. Se trata de una norma internacional, no propietaria, lo cual libera
los documentos de procesos tediosos y costosos de conversión entre sistemas. No
requiere ningún software o hardware especial. Aunque cada vez hay más sistemas
basados en XML es posible crear un documento XML utilizando cualquier editor de
texto. Finalmente, libera el documento de las restricciones de cualquier método de
presentación, adaptándolo a cualquier forma de visualización, impresa o electrónica,
conocida o por descubrir.
TEI. Son las siglas de Text Encoding Initiative36. Inicialmente lanzado en 1987, TEI
es un estándar internacional e interdisciplinar destinado a ayudar a bibliotecas,
museos, universidades e incluso a investigadores a representar todo tipo de textos
científicos o literarios, utilizando un sistema de codificación que sea lo más expresivo y menos obsolescente posible. TEI fue creado, inicialmente, por tres sociedades
científicas: Association for Computers and the Humanities, Association for Computational Linguistics y Association for Literary and Linguistic Computing, pero hoy se
ha convertido en un consorcio internacional compuesto por editoriales, bibliotecas,
universidades, etc.
Las recomendaciones para la codificación de todo tipo de textos en todo tipo de lenguajes se materializan en una guía titulada Guidelines for Electronic Text Encoding
and Interchange37. La primera edición apareció en 1994 y la última, conocida como
P4, en 2002. En estos momentos se está trabajando en una nueva que se anuncia
aparecerá en 2004. Esta guía no proporciona sólo un DTD sino también un entorno
para la creación de múltiples DTDs adaptados a las necesidades de cada institución.
Uno de estos DTDs se conoce como TEI Lite. Este define una selección manejable
de todos los elementos que forman TEI. Básicamente, es un conjunto de elementos
que cualquiera, trabajando con TEI, debería conocer.
El principal objetivo de P4 fue implementar un soporte en XML adecuado al mismo
tiempo que aseguraba que los documentos producidos con versiones anteriores de
TEI permanecieran utilizables con la nueva. Las versiones anteriores se habían
basado en SGML. Ambos lenguajes tienen en común la definición de textos en términos de elementos y atributos y reglas que rigen su apariencia en el texto. El uso
de XML en TEI es básicamente el mismo que en cualquier otra aplicación por lo que
cualquier software de carácter general capaz de trabajar con XML debería ser capaz
de procesar los documentos marcados como TEI.
El lanzamiento de un versión compatible con XML es un avance considerable que
coloca la iniciativa TEI en la corriente de los más actuales desarrollos de las biblio304
tecas digitales y de la World Wide Web. En resumen, la guía define un lenguaje para
describir como los textos son construidos y propone nombres para sus componentes. Hay muchos vocabularios similares en la industria (banca, aeronáutica o modelos químicos por ejemplo). El logro alcanzado por TEI ha sido exportarlo al mundo
de los documentos textuales y datos lingüísticos.
En la página web del proyecto38 se puede consultar una lista de instituciones que
están trabajando con TEI, así como una serie de tutoriales39 para comenzar a utilizarlo.
La estructura de edición del Open e-book Forum. El Open e-book Forum40 es una
organización internacional dedicada al desarrollo y promoción de la edición electrónica a través del desarrollo de estándares para sistemas de libros electrónicos de los
cuales se beneficiarán los creadores de contenidos, los desarrolladores de sistemas de lectura digital y los consumidores. En ella participan compañías de software y hardware, editores, autores, usuarios y organizaciones relacionadas.
Un libro electrónico es un documento compuesto de tres partes: publicación o contenido digital que se lee; dispositivo de lectura o componente físico utilizado para
acceder al contenido (puede ser un lector de libros electrónicos dedicado, un PC, un
asistente personal PDA, etc.); y un sistema de lectura, que es la combinación de
hardware y software que procesa la publicación en un dispositivo de lectura determinado y la presenta al usuario.
Estas especificaciones se materializan en la Open e-book Publication Structure
(OEBPS)41. Es una especificación basada en XML para representar el contenido, la
estructura y la presentación de los libros electrónicos. En especial está orientada a
ofrecer a los proveedores de contenidos, autores y distribuidores unas guías mínimas que aseguren la fidelidad, exactitud, accesibilidad y adecuada presentación de
libros electrónicos sobre varias plataformas. El objetivo es definir una norma de descripción de contenido para que los productores puedan ofrecer sus productos en una
variedad de sistemas de lectura.
Está desarrollada por un grupo de trabajo dentro del Forum. Su primera versión es
de 1999 y la actualmente vigente, la número 1.2 es de 2002. Esta versión no cambia sustancialmente la primera y se ha asegurado la compatibilidad hacia atrás para
que todos los documentos creados con la anterior continúen cumpliendo la nueva.
Entre los cambios más notables están el incremento del número de elementos, la eliminación de todos aquellos cuyo uso no se recomendaba, la mejora del soporte de
CSS, etc.
OEBPS está basada en XML por la simplicidad de este lenguaje y porque es previsible que los documentos en XML se adapten bien a futuras tecnologías y usos.
Además, XML proporciona reglas bien definidas para la sintaxis de los documentos,
lo cual reduce el coste de implementación y la incompatibilidad entre sistemas. Por
otra parte, XML es extensible, puesto que no está limitado a ningún conjunto particular de elementos de descripción.
Otros estándares con los que está relacionado son: CSS (Cascading Style Sheet),
Dublin Core y Unicode. CSS42 es un lenguaje de estilos utilizado para definir la apariencia con que se presentará al usuario final un documento en formato XML. El cumplimiento de esta norma no es exhaustivo ya que no están soportadas todas las
características de CSS y además se han incluido otras nuevas para limitar los problemas de implementación que pudieran tener los desarrolladores de sistemas de
lectura. Por su parte Dublin Core es un formato de metadatos para describir recursos y documentos electrónicos. Unicode define un conjunto de códigos caracteres
305
para poder representar caracteres en todas las lenguas conocidas y que aparezcan
en el futuro.
En la página web del Forum puede consultarse una lista de organizaciones participantes entre las que podemos destacar Oxford University Press, Gale Group,
Elsevier o Springer-Verlag. Igualmente se puede descargar un ejemplo de libro43
codificado según OEBPS. Se ofrece tanto la fuente en formato XML, como las hojas
de estilo para su visualización.
TeX/LaTeX. Es un sistema de composición de textos orientado al mundo científico
que utiliza un sistema de marcado similar en cierta forma a SGML o XML. Cada
documento en TeX/LaTeX se compone de texto plano acompañado de marcas que
definen tanto la estructura general del documento como cada uno de los elementos
que lo forman. Hay que tener presente que fue diseñado originalmente para trabajar
con documentos impresos y que su adaptación a documentos web o multimedia no
es perfecta.
TeX fue desarrollado por Donald Knuth en el año 1978, a petición de la American
Mathematical Society, para poder componer texto y fórmulas matemáticas con la
calidad de los sistemas de fotocomposición de entonces, pero sin el penoso esfuerzo que esos sistemas requerían.
TeX/LaTeX es un sistema abierto del que existen versiones para casi todas las plataformas informáticas. Además existen aplicaciones para convertir los documentos
fuente en otros formatos como PDF o HTML. Es un lenguaje especialmente apropiado para el tratamiento de fórmulas matemáticas.
TeX/LaTeX cuenta con una gran comunidad de usuarios. Gracias a ello, dispone de
mucha ayuda y recursos on line, y también de una gran cantidad extensiones para
campos concretos (que van desde la música o la química molecular hasta los circuitos eléctricos o el ajedrez), o que aportan nuevas funcionalidades (documentos con
un número variable de columnas, transparencias, colores...).
Un documento TeX/LaTeX se divide en dos partes: el preámbulo y el contenido del
documento. El preámbulo se define como la parte del documento que va antes del
contenido. Se usa para incluir información sobre la naturaleza del documento, los
comandos que definimos nosotros mismos y para incluir los paquetes opcionales
que queramos usar en nuestros diseño.
\documentclass[a4paper,12pt]{article}
\usepackage[latin1]{inputenc}
\usepackage[T1]{fontenc}
\usepackage[spanish]{babel}
\title{Título del texto}
\author{Autor del texto}
En este ejemplo hacemos lo siguiente:
1. Se define el tipo de documento (artículo, tipo de letra base de 12 puntos y hojas
A4).
2. Se incorpora el paquete inputenc para que acepte símbolos como letras con tilde,
eñes, ...
3. Se incorpora el paquete fontenc para que se codifiquen los símbolos especiales
con los códigos correspondientes y no con combinaciones de caracteres.
4. Se carga el paquete babel que modifica el comportamiento de TeX/LaTeX para
adaptarlo a idiomas distintos del inglés.
5. Se define el título del documento.
6. Se define el autor del documento.
306
El resto del documento (el contenido junto con las diferentes marcas estructurales)
se introducirá dentro del entorno document, en el ejemplo incluimos la orden maketitle para que TeX/LaTeX construya una portada de nuestro documento.
\begin{document}
\maketitle
Texto a continuación...
\end{document}
Para escribir textos en TeX/LaTeX solamente se necesita un editor de texto. Ahora
bien esos ficheros deben ser compilados para conseguir las versiones utilizables por
el usuario (PDF, PostScript, HTML, etc). La compilación se realiza a través de aplicaciones que son gratuitas y que pueden descargarse de Internet. En la página web
del grupo de usuarios de TeX en castellano, CervanTeX44, puede encontrarse más
información sobre cómo componer textos utilizando este sistema. Además existen
algunos manuales básicos45, 46.
LOS FORMATOS DE IMAGEN
Imágenes estáticas. Los formatos digitales de imágenes se dividen en vectoriales y
mapas de bits. El formato vectorial para la Web de preferencia es SVG. Su soporte
por parte de los navegadores no es muy amplio todavía. Una imagen digital de mapa
de bits es una imagen que ha pasado por un proceso de conversión, para que pueda
ser almacenada en forma de bits en un ordenador. Entre los formatos de imagen de
este tipo más usados están JPG, GIFF y PNG.
Existen multitud de formatos en los que presentar un archivo de imagen digital estática. Los más conocidos son:
BMP, Microsoft Windows Bitmap file.
CUR, Microsoft Windows Cursor file.
EPS, Encapsulated PostScript.
GIF, CompuServe Graphics Image Format file.
HDF, Hierarchical Data Format file.
ICO, Microsoft Windows Icon file.
JPG, Joint Photographic Experts Group.
WMF, Window Meta File.
PBM, Portable Bitmap file.
PGM, Portable Grayscale Map file.
PIC, PIXAR Picture file.
PCX, PC Paintbrush.
PICT, SoftImage PICT file.
PIX, Alias Pixel image file.
PNG, Portable Network Graphic.
PPM, Portable Pixel Map file.
PS, PostScript.
RAS, Sun Raster file.
RGB, Silicon Graphics RGB image file.
RGBa, 4-component Silicon Graphics image file.
RGBA, 4-component Silicon Graphics image file with generated alpha.
RLA, Wavefront raster image file.
RLE, Utah Runlength-encoded image file.
RPBM, Raw Portable Bitmap file.
307
RPGM, Raw Portable Grayscale Map file.
RPNM, Raw Portable any Map file.
RPPM, Raw Portable Pixel Map file.
SYNU, Synu Image file.
TGA, Truevision Targa Image file.
TIFF, Tagged Image File.
VIFF, Khoros Visualization Image File Format.
X, Stardent AVS X Image file.
XBM, X11 Bit Map file.
XWD, X Window Dump Image file.
Hay muchos programas gráficos que nos permiten salvar la imagen creada a la
mayoría de los formatos relacionados en el cuadro anterior, pero hoy por hoy para
insertar en nuestras páginas web sólo nos resultan útiles cuatro de los anteriores formatos, ya que los demás no son reconocidos por los navegadores. Estos formatos
posibles son: GIF, JPG, BMP y PNG. Vamos a detallar las principales características
de estos formatos y también del formato TIFF. Los demás nos hemos limitado a reseñarlos.
Formato JPEG. Es un formato bastante flexible que fue desarrollado por el Joint
Photograph Experts Group al intentar crear un formato para intercambio en la red
que soportara gráficos de gran calidad, muchos colores (24 bits de profundidad de
color) y un nivel de compresión elevado y configurable, es decir, utiliza una
distribución de 24 bits/píxel, cada imagen contiene alrededor de 16,777,216
colores, el algoritmo de compresión es de tipo «con pérdida». Los archivos de este
tipo al ser comprimidos resultan más pequeños que los de tipo GIF.
En un principio costó que este formato se abriera camino ya que no estaba muy
bien valorado por los diseñadores gráficos, sin embargo poco a poco fue siendo
más apreciado llegando a ser en la acturalidad el más utilizado. Su sistema de
compresión se basa en eliminar de la imagen aquellos colores que el ojo humano
no puede distinguir y en agrupar gamas de colores similares. A mayor nivel de
compresión, menor calidad en la imagen resultante. Se trata de encontrar un equilibrio entre el peso del archivo y la calidad de la imagen resultante. Entre sus ventajas podemos destacar:
Su sistema de compresión es complejo y graduable, lo que permite una amplia
gama de compresiones diferentes para una misma imagen. El tamaño de la imagen no depende del número de colores que contenga sino de su nivel de compresión.
Maneja 16 millones de colores.
Permite crear imágenes progresivas. Un JPG progresivo es la equivalencia en
este formato de los GIFs entrelazados, permite dividir una imagen en franjas de
forma que ésta va apareciendo ante los ojos conforme aumenta la definición de
la pantalla, y el usuario la va viendo poco a poco, sin tener que esperar a que se
cargue completa en la memoria.
Entre sus defectos destacan:
Aunque permite grandes niveles de compresión, si la imagen es de gran resolución, el fichero sigue teniendo mucho peso.
No permite la creación de imágenes de fondo transparente ni imágenes animadas.
Con pocos colores y gradaciones da archivos más pesados que el formato GIF,
sin mejora apreciable de la calidad.
308
Formato GIF (Graphic Interchange Format). Formato creado por CompuServe en
1987 (su primera versión) aunque la patente del mismo pertenece a la empresa
Unisys. En 1989, CompuServe amplió las propiedades de este formato para que
se pudieran crear con él imágenes animadas, transparencias e imágenes
entrelazadas, dando lugar a la segunda versión de este estándar, conocida como
gif 89a. Usa un sistema de compresión LZW modificado.
Los ficheros gráficos GIF son los más comunes en las páginas web, debido sobre
todo a su facilidad de construcción y a su poco peso, además de ser soportados
por todos los navegadores.
Con este formato, cuantos menos colores tenga la imagen y más extensión total
ocupe cada uno de ellos dentro de la misma, mejor compresión obtendremos.
Dentro de sus ventajas debemos destacar:
Con este formato se pueden crear gráficos de fondo transparente.
Se puede guardar una imagen asociándola con su propia paleta de colores. De
esta forma disminuye el tiempo de carga y las imágenes son más compatibles
con sistemas operativos y navegadores.
Podemos construir imágenes animadas, creando un gráfico formado por varias
escenas que se unen y forman una secuencia con un tiempo establecido entre
una imagen y otra, como en una película.
Permite construir imágenes entrelazadas, tal como hemos descrito en el formato JPG.
Entre sus desventajas debemos destacar:
Sólo nos permite trabajar con 256 colores.
Debido a esta limitación en los colores, no es adecuado para representar escenas con muchos colores ni con una gradación entre estos, como es el caso de
una fotografía. En estos casos es mejor usar otro tipo de formato, como el JPG.
Formato PNG (Portable Network Graphic). Es uno de los últimos formatos de
compresión que aparecen en la escena web, exactamente en 1994. Conjuga lo
mejor de los formatos que habitualmente se han venido utilizado, que son GIF
(Graphics Interchange Format) y JPG (Joint Photographer’s Experts Group). Con
él se ha pretendido obtener un sistema de compresión como el que usa el formato
GIF pero de código libre. Es el formato oficial de la suite Microsoft Office. Combina
la posibilidad de asociar a un fichero gráfico una paleta de color, ventaja que se
obtenía con el formato GIF a la vez que permite utilizar millones de colores (color
real), ventaja que se obtenía con JPG. El formato de compresión que utiliza es de
alta calidad, lo que permite reducir los tiempos de descarga. El sistema de
creación de imágenes entrelazadas que utiliza es más óptimo que con GIF porque
las procesa con mayor velocidad. El efecto de transparencia fondo/figura es mejor,
ya que no se basa en un color de fondo (caso del GIF) sino en la máscara creada
por alguno de los canales alfa que hayamos seleccionado desde Photoshop. PNG
es el mejor formato a utilizar cuando trabajamos con imágenes transparentes y en
los casos en que queramos introducir capas en un documento web.
Sus principales desventajas son que no soporta las imágenes animadas y que su
uso no está aún muy extendido, aunque los principales programas gráficos permiten trabajar con él.
Formato BMP. Desarrollado e impulsado por Microsoft, BMP es una abreviatura de
Windows BitMaP (Mapa de Bits de Windows), y en realidad una imagen en este
formato es la sucesión de puntos coloreados guardados cada uno independientemente.
Al ser un formato gráfico propiedad de Microsoft sólo el navegador Internet
Explorer lo soporta. Nestcape no soporta el tipo MIME BMP en ninguna de sus
309
versiones. Entre sus ventajas está el ser un formato extremadamente simple, y
entre sus desventajas el ser sólo compatible con Internet Explorer y el gran peso
de los ficheros de este formato.
Formato TIFF. Tagged Image File Format es un formato que permite el almacenamiento e intercambio de informaciones gráficas provenientes de escáneres, frame
grabbers y de programas de retoque y edición de fotos. Puede ser utilizado en varias
plataformas como PC (IBM), o Macintosh y estaciones de trabajo UNIX.
Sus principales ventajas son:
Su estructura es conocida por una amplia variedad de aplicaciones.
Es independiente de sistemas operativos y plataformas gráficas.
Los archivos con este formato se pueden ajustar a las características de un escáner, monitor o impresora.
Una de sus principales desventajas es que un usuario puede indicar nuevos atributos (tags) en una imagen, imposibilitando la interpretación correcta de los datos
por otro sistema de lectura de imágenes.
La estructura de un archivo de formato TIFF se define por una secuencia de 8 bits
(1 byte), donde los bytes son numerados de 0 a N. Este archivo puede alcanzar
232 bytes de extensión.
En conclusión, los principales formatos de imagen comprimida son: GIF (Graphics
Interchange Format), recomendable para archivos de imágenes con pocos colores
como logotipos, dibujos, etc.; JPG o JPEG (Joint Photographic Experts Group), recomendable para fotografías, texturas, etc.; TIF; y TIFF comprimidos.
Ya que la compresión de imágenes reduce su calidad se recomienda guardar una
copia de la imagen en formato de mayor calidad (TIF sin comprimir) antes de utilizar
formatos GIF o JPG. Los archivos gráficos en formato TIFF conservan muy bien los
detalles de la imagen pero son enormemente voluminosos (otro tanto se puede decir
del formato BMP). Los archivos en formato JPG (o JPEG), en cambio, ocupan
menos espacio a cambio de perder un poco de definición que se aprecia esencialmente cuando ampliamos la imagen.
El grado de compresión de un JPG puede ser variable: cuanta más compresión el
archivo resultante será más pequeño a costa de perder detalles y calidad.
Imágenes dinámicas. Un archivo de vídeo es una mezcla de formato de imagen
vectorial e imagen de mapa de bits.
Dentro de los formatos que sirven para crear imágenes dinámicas o vídeo nos centraremos en tres: MOV, AVI y MPEG.
Formato MOV (Macintosh QuickTime .mov, .qt). QuickTime es un formato de
archivo desarrollado por Apple Computer para crear, modificar, publicar y ver
archivos multimedia. QuickTime admite vídeo, animación, gráficos, 3D y realidad
virtual (VR).
Formato AVI (PC). El formato AVI es el nativo de Windows (el formato MOV es
el nativo de Macintosh). Un vídeo será estándar, entendiendo por estándar que se
reproducirá en cualquier ordenador con sistema operativo Windows (o capaz de
leer archivos AVI), siempre y cuando no apliquemos ninguna compresión al vídeo.
Con el vídeo en formato AVI sin comprimir sucede lo mismo que con los archivos
BMP: ocupa demasiado, casi 30 GB para una hora a un tamaño de pantalla
(resolución) de 352x288, el usado para el VCD, VHS y/o Video-8. Por tanto, lo
normal es que, a excepción de en la captura, se le aplique una compresión al
vídeo AVI. Hay una infinidad de formatos de compresión. A estos compresores se
les conoce como codificadores de vídeo. Su gran variedad supone un problema
310
porque para poder reproducir un vídeo comprimido con un codificador concreto es
necesario tenerlo instalado en el sistema.
AVI significa Audio Video Interleave o Audio y Vídeo Intercalado lo que significa
que en un fichero AVI los datos de audio y vídeo son almacenados consecutivamente en capas (un segmento de datos de vídeo es seguido inmediatamente por
otro de audio). Es el formato más extendido para el manejo de datos de
audio/vídeo en un PC.
Los archivos AVI son un caso especial de archivos RIFF (Resource Interchange
File Format o Formato de Archivos para el Intercambio de Recursos) un formato de
propósito general para el intercambio de datos multimedia que fue definido por
Microsoft e IBM tiempo atrás.
Sólo existen dos tipos generales de AVI: los basados en Video for Windows (los
primeros en aparecer) y los basados en DirectShow (originalmente ActiveMovie).
Los formatos de AVI basados en Video for Windows son los que ahora forman el
núcleo de los denominados AVI DV Tipo-2, mientras que los basados en
DirectShow (y por extensión en DirectX) son los denominados AVI DV tipo-1.
Formato MPEG. Un vídeo no es más que una sucesión de imágenes en movimiento. Si comprimimos todas esas imágenes (las de un vídeo) en formato JPEG
obtendríamos el formato MJPEG, o Motion JPG. Con este formato ya se logra una
buena compresión con respecto al original. Partiendo del MJPEG se llegó al
formato MPEG (Moving Picture Experts Group o Grupo de Expertos de Imágenes
en Movimiento) La compresión MPEG supone un avance importante con respecto
la compresión MJPEG al incluir un análisis de cambios entre una imagen clave, o
cuadro clave, y un número determinado (suele ser 14) de imágenes posteriores.
Los principales estándares de MPEG son:
MPEG-1. Este estándar se diseñó para permitir la codificación de vídeo progresivo a una velocidad de transmisión de aproximadamente 1,5 millones de bits por
segundo (bps). Se diseñó específicamente para medios de vídeo CD y CD-i. Las
implementaciones más comunes del estándar MPEG-1 proporcionan una resolución de vídeo de 352x240 a 30 imágenes por segundo (fps). Cuando utiliza este
estándar, obtiene una calidad de vídeo ligeramente inferior a la de los vídeos
VCR convencionales.
MPEG-4. Se trata del estándar MPEG más reciente que deberá ser aprobado por
la Organización Internacional de Normalización (ISO). Microsoft ha creado la primera implementación de este estándar para tecnologías de Windows Media en
Estados Unidos con la publicación de la versión 3 del codificador de vídeo
Microsoft MPEG-4. Este estándar fue desarrollado específicamente para la codificación eficaz de contenido multimedia con diversas velocidades de bits, que
incluyen desde velocidades lentas en Internet hasta velocidades de reproducción
de imagen completa con calidad de televisión. El codificador de vídeo MPEG-4
admite intrínsecamente la transmisión de multimedia ya que permite que existan
varias secuencias en una sola secuencia de datos codificada. Este estándar también dispone de un algoritmo avanzado de estimación del movimiento que ofrece mayor compresión.
DOCUMENTOS MULTILINGÜES
Los documentos intercambiados en el medio de Internet muchas veces precisan ser
una mezcla multilingüe, es decir, deben ser presentados utilizando más de un lenguaje en un mismo párrafo, página o documento. Un ejemplo típico es una lista de partici311
pantes de un encuentro o reunión en línea, donde cada participante debe ser mencionado en su lenguaje/código.
La mayoría de los navegadores de hoy día tienen soporte «multilingüe». Se accede a
sus funciones «multilingües» al seleccionar un lenguaje adecuado en el menú. Por
esto, deberían ser denominadas de multi-localización más que multilingües, ya que no
pueden presentar adecuadamente un documento que contenga partes de lenguajes
diferentes en una misma página o en el mismo documento. Para salvarlo se ha de utilizar una codificación de caracteres determinada en nuestro documento.
Una codificación de caracteres es un código que empareja un conjunto de caracteres
de un lenguaje natural determinado con un conjunto de números o impulsos eléctricos.
Ejemplos típicos incluyen el código Morse que codifica las letras como impulsos eléctricos cortos o largos o el código ASCII47que codifica las letras, números y otros caracteres como números enteros o su representación binaria en 7 bits. ASCII se utiliza
desde los primeros días de la informática ya que fue normalizado por la American
Standards Association (luego ANSI) en 1963. Con 7 bits el sistema es capaz de codificar hasta 127 caracteres, que solamente es suficiente para la lengua inglesa.
Esta limitación se intentó solucionar con el desarrollo de la norma ISO/IEC 8859 que
utiliza una codificación de 8 bits. Esta norma tiene en la actualidad 15 partes numeradas correlativamente: 8859-1, 8859-2... cada una de las cuales describe caracteres de
una lengua o de un grupo de lenguas. Así, por ejemplo 8859-1, también llamada Latín1 permite describir todos los caracteres de las lenguas de la Unión Europea. Otras partes son por ejemplo, 8859-7 para el griego, 8859-8 para el hebreo o 8859-16 para las
lenguas del sureste de Europa (croata, albanés, húngaro, etc.).
El principal inconveniente de esta norma es que cada parte es independiente, lo que
hace imposible utilizar en un mismo fichero o documento caracteres procedentes de
varias lenguas, por ejemplo mezclar griego con español. Un paso más en la codificación se dio con la aparición de Unicode que utiliza una codificación de 16 bits y permite representar más de 100.000 caracteres. Los primeros 128 caracteres son idénticos
a ASCII y los 256 restantes lo son a ISO 8859-1. La primera versión de esta norma la
publicó el Unicode Consortium48 en 1991. La última es la número 4.0.1 de 200349. La
Organización Internacional de Normalización ha desarrollado la norma ISO 10646 que
define un repertorio de caracteres idéntico a Unicode.
Su objetivo es permitir la representación de cualquier caracter utilizado por cualquier
persona en cualquier parte del mundo y utilizando cualquier lengua. En la actualidad
se ha convertido en el sistema de codificación más utilizado y está soportado por los
principales sistemas operativos como todas las versiones de Windows NT y sucesores,
Linux, BSD, etc. No obstante no está exenta de críticas principalmente procedentes de
Japón y otras lenguas orientales alegando problemas técnicos y políticos derivados del
hecho de que los principales impulsores de la norma son empresas estadounidenses
como Microsoft. De hecho existe en estos países iniciativas para crear alternativas a
Unicode, entre ellas UTF-200050 o Giga Character Set51.
En resumen, Unicode proporciona un código numérico para cada caracter de cualquier
lengua, el cómo esos números son almacenados en los sistemas de tratamiento de textos es otro problema. Los problemas resultan del hecho de que la mayor parte del software utilizado fue escrito para tratar con códigos de 8 bits y el soporte para 16 bits se
ha ido incluyendo progresivamente en los últimos años.
312
La conversión entre números Unicode y bits se realizan a través de un sistema llamado UTF (Unicode Transformation Format) del que existen las siguientes variantes: UTF32, UTF-16 y UTF-8.
UTF-8 es una codificación de Unicode en 8 bits. Los primeros 128 códigos son idénticos a ASCII con lo cual son sistemas compatibles. Por otro lado UTF-8 es incompatible con ISO 8859-1 después del código 127. UTF-16 por su parte utiliza 16 bits. Es
compatible hacia atrás tanto con ASCII como con ISO 8859-1. Además puede añadir
hasta un millón de caracteres utilizando un mecanismo conocido como pares sustitutos (dos unidades de 16 bits por cada carácter).
EL DISEÑO DE LA PRESENTACIÓN
A lo largo de la exposición venimos haciendo hincapié en la distinción entre contenidos
de un documento y presentación de los mismos. Hemos visto formatos de documentos
como XML o SGML que se centraban en describir la estructura de los documentos dejando la presentación para otras aplicaciones. En esta sección tratamos precisamente las formas de presentación de la información. En el primer apartado describimos las hojas de
estilo utilizadas tanto para visualizar en la Web documentos XML como para definir la apariencia de los documentos HTML. En segundo lugar hacemos un repaso a las principales
formas de organización de la información en un sitio web y terminamos con una serie de
recomendaciones sobre la utilización de buscadores.
HOJAS DE ESTILO
Las hojas de estilo sirven para controlar la apariencia de los documentos web tanto si
se utiliza HTML como XML. Nielsen52 hace una serie de recomendaciones generales
sobre la utilización de hojas de estilo:
Utilizar una única hoja de estilo para todas las páginas (o un conjunto coordinado de
hojas si se trata de páginas con necesidades muy diferentes). Una de las principales ventajas de las hojas es asegurar la continuidad visual a medida que el usuario
navega por el sitio web.
Utilizar siempre hojas de estilo enlazadas con los documentos y nunca embebidas
en los mismos. Así, sólo será necesario mantener un único fichero y se aligerarán
las páginas de información redundante que solamente ralentizarán su descarga. No
obstante, se debe permitir a los autores incluir estilos adicionales embebidos en las
páginas cuando sea necesario.
Para cada sitio es conveniente que todas las hojas de estilo las diseñe la misma persona o grupo de diseñadores. Esto se debe a dos razones, el trabajo centralizado es
la única forma de asegurar un diseño consistente para todo el sitio, y, además, el creador de contenidos no siempre tiene que ser un buen creador de hojas de estilo.
Las páginas deben continuar funcionando cuando las hojas de estilo estén deshabilitadas.
En cuanto a la implementación de hojas:
No se deben usar más de dos fuentes diferentes en cada página.
No usar tamaños de fuentes absolutos.
Si se utilizan múltiples hojas habrá que asegurar que se asignan los mismos
nombres a los mismos conceptos en todas ellas.
313
A continuación detallamos dos tipos de hojas de estilo, CSS (Cascading Style Sheets)
y XSLT (Extensible Stylesheet Language Transformations) aplicables a documentos
HTML y XML, respectivamente.
CSS es una recomendación53 del W3C. Existen dos versiones de esta norma: CSS1
apareció en 1996 y actualmente está soportada en prácticamente todos los visualizadores web como Internet Explorer, Netscape u Opera. CSS2 apareció en 1998 para
ampliar las funcionalidades de la primera. No obstante, los requerimientos que establecía eran tan altos que su implementación fue prácticamente nula. Para intentar solucionarlo en 2003 se hizo una revisión que quitó todos los aspectos de alto nivel que nunca
iban a ser implementados por los navegadores.
En la práctica, CSS se materializa en un fichero de texto que debe tener la extensión
.css y que debe estar escrito siguiendo la especificación CSS. Un ejemplo sencillo
sería:
BODY
{ font-family: Verdana, “Minion Web”, Helvetica, sans-serif; fontsize: 1em; text-align: justify}
H1
{ font-family: Verdana, sans-serif; font-size: 1.3em }
En él se define la apariencia de los elementos <body> y <h1> de un documento HTML.
Por cada elemento se especifica la fuente que se va a utilizar, su tamaño y la alineación del texto.
Además de cómo ficheros .css independientes, el estilo se puede embeber en cada
documento particular dentro del elemento <head> de HTML.
En los recursos mencionados sobre CSS que están disponibles en las páginas del
W3C, se puede consultar un manual muy completo y con numerosos ejemplos elaborado por la consultora Westciv54.
XSLT, por su parte, también es una recomendación del W3C aprobada en 199955. Su
objeto es distinto de CSS en el sentido de que está pensada para transformar un documento XML en otro con formato HTML o en cualquier otro formato que use texto plano.
Por lo tanto, más que una hoja de estilo, XSLT es un verdadero lenguaje de programación mucho más robusto que CSS pero también mucho más complicado. Dependiendo
de las necesidades se elegirá uno u otro. Si únicamente se necesita añadir elementos
de estilo a un documento HTML, la opción CSS será suficiente. Si estamos trabajando
con XML entonces deberemos emplear XSLT.
¿Cómo funciona XSLT? Supongamos que disponemos de un documento XML sencillo
del tipo:
<source>
<title>XSLT</title>
<author>John Smith</author>
</source>
a través de una hoja de estilo XSLT como la siguiente:
<xsl:stylesheet version = ‘1.0’
314
xmlns:xsl=’http://www.w3.org/1999/XSL/Transform’>
<xsl:template match=”/”>
<h2>
<xsl:value-of select=”//author”/>
</h2>
<h1>
<xsl:value-of select=”//title”/>
</h1>
</xsl:template>
</xsl:stylesheet>
podríamos convertirlo en el siguiente documento HTML:
<h2>John Smith</h2>
<h1>XSL</h1>
Una breve descripción del contenido de la hoja de estilo sería:
La primera instrucción es obligatoria e indica la versión y el espacio de nombres de
XML que estamos usando.
A continuación, el elemento match nos indica qué parte del documento XML fuente
vamos a procesar. En este caso se indica la raíz del documento con /, por lo que se
procesa en su totalidad, pero podríamos haber procesado sólo determinados elementos.
Por cada elemento que encuentre en el documento fuente, si se trata de un author
lo pondrá entre las etiquetas <h2></h2> en el documento HTML resultante. Si se
trata de un title lo pondrá entre <h1></h1>.
Para más información sobre XSLT se pueden consultar dos manuales básicos de
Michael Kay56 y Sal Mangano57. Por otro lado, el W3C mantiene una recopilación
exhaustiva de recursos accesibles en línea58 sobre el tema.
TIPOS DE VISUALIZACIÓN
El potencial expresivo que permiten los enlaces en un hipertexto es peligroso. La teoría hipertextual se ha dedicado, en gran medida, a establecer modelos conceptuales
de las posibilidades de orientación del usuario en función, entre otros aspectos, de la
estructura de los enlaces. La tecnología web, con todas sus limitaciones, no permite
elaborar estructuras demasiado complicadas. A continuación se detallan las cuatro
estructuras básicas más habituales en el diseño de páginas web59:
Secuencial. La manera más simple de organizar la información es colocarla secuencialmente. La ordenación puede ser cronológica, alfabética, temática, etc. Las secuencias son la forma más apropiada de organización en documentos didácticos o
de formación, donde el lector ha de conocer por fuerza una serie de datos antes de
avanzar en la lectura. Otros sitios web más complejos pueden estar organizados
secuencialmente también, de manera que cada página de la secuencia principal
puede contener enlaces a páginas de explicaciones, información parentética (susceptible de ir entre paréntesis, como este comentario) o información sobre otros
webs.
315
Rejillas. Las rejillas son una buena forma de correlacionar variables. Por ejemplo,
una rejilla puede estructurarse según la relación que existe entre una línea de evolución temporal (siglos, años, etc.) por un lado y un conjunto de información histórica clasificada por temas (arte, cultura, hechos históricos, etc.) por el otro. Para que
una rejilla sea efectiva las unidades básicas de información deben compartir una
estructura de temas y subtemas muy uniforme y los lectores han de comprender la
naturaleza de la estructura general y el significado de las variables correlacionadas.
Si no sucede así, se perderán fácilmente. Por ello, esta estructura es adecuada
sobre todo para público experto, con conocimientos del tema objeto del documento
y su articulación lógica. Los mapas conceptuales pueden ser muy útiles para facilitar la orientación al lector si se utiliza esta estructura.
Jerarquías. Las jerarquías son la mejor forma de organizar corpus complejos de
información. Dado que los sitios web están organizados, habitualmente, en torno a
una única página principal, los esquemas jerárquicos son adecuados para este tipo
de documentos; son fáciles de entender y muy habituales en todos los aspectos de
la vida por lo que los usuarios están acostumbrados a trabajar con ellos. Una organización jerárquica impone también una disciplina útil en la aproximación analítica
del diseñador de contenidos, ya que las jerarquías sólo son útiles sobre material muy
bien organizado.
Mallas. La estructura en malla impone muy pocas restricciones. El objetivo es imitar
el pensamiento asociativo y el flujo libre de ideas. Así, los lectores pueden seguir sus
propios intereses. Irónicamente, los esquemas de organización asociativos son a
menudo la estructura más impracticable para un sitio web, porque suelen ser difíciles de entender y de predecir. No obstante, son útiles para webs pequeños que estén
compuestas fundamentalmente por listas de enlaces, o bien para sitios dirigidos a
usuarios muy expertos en el tema, que necesiten una información muy avanzada o
complementaria y no una mera presentación de los aspectos básicos.
Además de la organización del sitio es de vital importancia disponer de un sistema de
navegación apropiado. El web es, básicamente, un sistema de navegación. La interacción del usuario consiste en hacer clic en los vínculos de hipertexto para moverse por
un amplio espacio de información. Dado que ese espacio es tan grande, la navegación
se hace difícil y es necesario ofrecer algún tipo de soporte. Las interfaces de navegación han de ayudar al usuario a responder a tres preguntas fundamentales:
¿Dónde estoy? La ubicación del usuario se ha de mostrar respecto de la Web como
un todo, para lo cual es necesario que en todas las páginas se identifique el sitio en
el que nos encontramos (a través de logos, etc.). Y también en relación a la estructura del propio sitio web. La ubicación relativa se suele dar mostrando esquemas del
sitio donde está resaltado el lugar donde se encuentra el usuario. También es importante tener un título claro en la página que se ha de utilizar para darle un nombre significativo, de forma que los usuarios puedan localizarlas fácilmente en su lista de
marcadores.
¿Dónde he estado? Dada la tecnología web actual esta pregunta es difícil de responder si no es acudiendo a la utilización de cookies o alguna otra medida de control.
Afortunadamente los mecanismos de desplazamiento de los navegadores sirven
para aclarar dudas al respecto. Además disponen de un historial donde se incluye
una lista de las páginas visitadas recientemente.
¿Dónde puedo ir? A esta pregunta responden las opciones de navegación y todos
los demás vínculos que puede haber en la página. En una página se pueden utilizar
dos tipos de vínculos:
316
Los asociativos constituyen el texto subrayado normal que indica que hay más
cosas sobre un tema que se menciona en el cuerpo del texto. En particular se
pueden utilizar para dar al usuario pistas de «véase además» sobre páginas que
les puedan interesar también por estar relacionadas con la página actual.
Los estructurales son vínculos que señalan sistemáticamente otros lugares de la
estructura del sitio, además de los iguales o secundarios dentro de una jerarquía.
Es importante tener los mismos vínculos estructurales en todas las páginas de
forma que el usuario entienda qué opciones de navegación estructural puede
esperar.
USO DE BUSCADORES
Una forma adicional de ayudar a localizar información en un sitio web es la utilización
de algún tipo de motor de búsqueda. Los usuarios acceden al sistema de búsquedas
entrando una o más palabras clave en un formulario. El motor de búsqueda entonces
selecciona y muestra las páginas que contienen dichas palabras.
La opción de búsqueda debería proporcionarse sólo allí donde sea útil. Lo será en
sitios muy ricos en contenidos y ofrecerá poco valor añadido en el resto. Los diseñadores de páginas deberían usar esta opción con cautela. Un motor de búsqueda nunca
puede ser un sustituto de una buena organización de los contenidos y no siempre
mejoran la efectividad de la búsqueda por parte de los usuarios. Antes de incluir un sistema de este tipo se deberían evaluar detenidamente sus ventajas e inconvenientes.
Si se decide ir adelante con un buscador, cada página del sitio debería contener un formulario de búsqueda. Normalmente un formulario básico es suficiente para llevar a
cabo búsquedas sencillas. Si se requieren búsquedas más complejas, es conveniente
proporcionar una búsqueda avanzada en una página específica. Cuando existan varias
posibilidades de búsqueda habrá que advertírselo al usuario.
Cuando múltiples usuarios tienden a ejecutar búsquedas similares suele ser útil ofrecer patrones de búsqueda.
Los formularios deberían ser fáciles de utilizar. Es un hecho demostrado que muchos
usuarios tienden a usar estrategias de búsqueda simples, empleando muy pocas palabras. Sólo excepcionalmente utilizan operadores boleanos, truncamientos u operadores de proximidad. Es conveniente proporcionar unas instrucciones simples y ejemplos
que sirvan de guía.
Es fundamental que el motor de búsqueda no haga distinciones entre mayúsculas y
minúsculas. En caso contrario habrá que advertirlo claramente.
El sistema debe buscar en todo el sitio y, si no es este el caso, advertir claramente en
qué partes son las que se está buscando. Esto no siempre es fácil, puesto que lo que
un diseñador entiende por «todo el sitio» no tiene que coincidir necesariamente con lo
que considera el usuario.
Por ejemplo, muchos sitios grandes tienen diferentes secciones, cada una mantenida
por diseñadores distintos, por lo que el usuario puede interpretar que solamente hay un
sitio cuando un diseñador puede interpretar que hay muchos.
317
Habrá que asegurar que los resultados de la búsqueda proporcionen la información
precisa que los usuarios necesitan. Cuando esto no sucede así los usuarios quedan
confundidos y frustrados.
LA ADICIÓN DE VALOR: METADATOS
A medida que la colección de documentos electrónicos crece se hace necesario mantener un catálogo con sus descripciones bibliográficas que permita tanto al servicio
como a los usuarios externos hacer consultas sobre el fondo. Utilizar algún sistema de
metadatos permitirá mantener esos datos en un formato normalizado para poder intercambiarlos con terceras partes, como por ejemplo, otras editoriales o motores de búsqueda en Internet.
Los metadatos han estado con nosotros desde que los primeros bibliotecarios compilaron las primeras listas de contenidos de sus depósitos. En su acepción más general
metadatos son datos sobre datos. En la era de Internet hace referencia a lo que los
bibliotecarios han colocado en sus catálogos durante años con el nombre de información bibliográfica y que normalmente se refiere a información descriptiva sobre recursos web. Un registro de metadatos se compone de un conjunto de elementos necesarios para describir un recurso particular.
El enlace entre un registro de metadatos y el recurso o documento que describe puede
hacerse bien en forma de registro de una base de datos externa al recurso o bien
embebido dentro del mismo recurso. Mientras la primera opción es la más utilizada por
las bibliotecas para construir bases de datos de recursos electrónicos, la segunda es
la más apropiada para las editoriales y otros proveedores de contenidos. De hecho, las
editoriales vienen proporcionando metadatos embebidos dentro de las publicaciones
impresas en la forma de CIP (Catalogación en Publicación)60 con el objeto de proporcionar a los bibliotecarios unos datos bibliográficos básicos para incluir en los catálogos. En el ámbito electrónico la iniciativa TEI permite embeber metadatos en el encabezamiento de un texto electrónico.
En la actualidad, existen multitud de estándares de metadatos. Por ejemplo la comunidad de bibliotecarios utilizan de forma generalizada el formato MARC (Machine
Readable Cataloguing)61. Por otro lado, en el ámbito de la descripción de recursos electrónicos se ha generalizado el uso del Dublin Core62.
Dublin Core es un conjunto simple pero efectivo para describir un amplio rango de
recursos disponibles en la red. Incluye dos niveles, simple y cualificado. El Dublin Core
simple se compone de quince elementos de descripción, mientras que el cualificado
añade uno más (audiencia) así como una serie de limitadores (cualificadores) que refinan la semántica de los elementos de alguna forma que facilite la localización de los
recursos.
Los objetivos de la iniciativa son básicamente cuatro:
Crear un sistema de metadatos simple tanto para la creación de registros como para
su mantenimiento.
Una semántica de los elementos común para toda la comunidad de usuarios de
Internet. Por ejemplo, mientras en el área científico-técnica se puede estar interesado en localizar artículos de un particular autor, en museos se puede necesitar saber
318
qué obras pertenecen a un determinado artista. Así ambas comunidades pueden
ponerse de acuerdo en utilizar un elemento de descripción denominado «creador».
Un alcance internacional. Aunque fue desarrollado originalmente en inglés a partir de
una iniciativa de OCLC (Online Computer Library Center) y NCSA (National Center
for Supercomputing Applications) a mediados de los años noventa, se han elaborado versiones en otros idiomas, entre ellos el español63 y catalán64.
Una «extensibilidad». Aunque simple, se reconoce la posibilidad de que en el futuro
se necesiten nuevos elementos para describir nuevos recursos o para mejorar la
recuperación de los mismos.
A continuación se detallan los quince elementos básicos de Dublin Core. Hay que tener
en cuenta que todos ellos pueden matizarse con algún cualificador65:
DC.Title. El nombre dado a un recurso, usualmente por el autor.
DC.Creator. La persona u organización responsable de la creación del contenido
intelectual del recurso. Por ejemplo, los autores en el caso de documentos escritos,
artistas, fotografos e ilustradores en el caso de recursos visuales.
DC.Subject. Los tópicos del recurso. Típicamente, Subject expresará las claves o frases que describen el título o el contenido del recurso. Se fomentará el uso de vocabularios controlados y de sistemas de clasificación formales.
DC.Description. Una descripción textual del recurso, tal como un resumen en el caso
de un documento o una descripción del contenido en el caso de un documento
visual.
DC.Publisher. La entidad responsable de hacer que el recurso se encuentre disponible en la red en su formato actual, por ejemplo la empresa editora, un departamento universitario u otro tipo de organización.
DC.Contributor. Una persona u organizacion que haya tenido una contribución intelectual significativa en la creación del recurso pero cuyas contribuciones son secundarias en comparación a las de las personas u organizaciones especificadas en el
elemento Creator (por ejemplo, editor, ilustrador y traductor).
DC.Date. Una fecha en la que el recurso se puso a disposición del usuario en su
forma actual. Esta fecha no ha de confundirse con la que pertenece al elemento
Coverage, que sería asociada con el recurso sólo en la medida en que el contenido
intelectual está de algún modo relacionado con esa fecha.
DC.Type. La categoría del recurso, por ejemplo, página personal, romance, poema,
minuta, diccionario. Para asegurar la interoperabilidad, Type debería ser seleccionado de entre una lista de valores que actualmente se encuentra bajo desarrollo en un
grupo de trabajo.
DC.Format. El formato de datos de un recurso, usado para identificar el software y
posiblemente, el hardware que se necesitaría para mostrar el recurso. Para asegurar la interoperabilidad, los valores de Format deberían ser seleccionados de entre
una lista de valores que actualmente se encuentra bajo desarrollo en un grupo de
trabajo.
DC.Identifier. Secuencia de caracteres usados para identificar unívocamente un
recurso. Ejemplos para recursos en línea pueden ser URLs y URNs (cuando estén
implementados). Para otros recursos pueden ser usados otros formatos de identificadores, como por ejemplo ISBN (International Standard Book Number, Número
Internacional Normalizado para Libros).
DC.Source. Secuencia de caracteres utilizado para identificar unívocamente un trabajo a partir del cual proviene el recurso actual.
319
DC.Language. Lengua/s del contenido intelectual del recurso. Practicamente el contenido de este campo debería coincidir con los de la RFC 176666; por ejemplo: en,
es, de, fi, ja y zh.
DC.Relation. Un identificador de un segundo recurso y su relación con el recurso
actual. Este elemento permite enlazar los recursos relacionados y las descripciones
de los recursos. Por ejemplo:
IsVersionOf. Incluye la edición de un trabajo.
IsBasedOn. La traducción de un trabajo.
IsPartOf. Un capítulo de un libro.
IsFormatOf. Un mecanismo de transformación de un conjunto de datos en
una imagen.
Para asegurar la interoperabilidad, las relaciones deberían ser seleccionadas de una
lista de elementos que actualmente se encuentra bajo desarrollo en un grupo de trabajo.
DC.Coverage. La característica de cobertura espacial y/o temporal del contenido
intelectual del recurso. La cobertura espacial se refiere a una región física, uso de
coordenadas (por ejemplo, longitud y latitud) o nombres de lugares extraídos de una
lista controlada. La cobertura temporal se refiere al contenido del recurso en vez de
a cuando fue creado o puesto accesible ya que este último pertenece al elemento
Date.
DC.Rights. Una referencia (URL, por ejemplo) para una nota sobre derechos de
autor, para un servicio de gestión de derechos o para un servicio que dará información sobre términos y condiciones de acceso a un recurso. Una especificación formal del elemento Rights se encuentra actualmente en discusión y, por lo tanto, su
uso se considera experimental.
En cuanto a la sintaxis, la norma no especifica ninguna en particular y dependerá de la
forma en que se utilice el Dublin Core. Ya hemos dicho que en el ámbito de esta guía lo
más acertado sería embeber los elementos en los propios documentos, así podríamos
tener diferentes sintaxis dependiendo que usemos HTML67 o XML68.
ESTÁNDARES DE ACCESIBILIDAD Y USABILIDAD
A la hora de diseñar un documento y, en general, un sitio web debemos hacernos la
pregunta: ¿cómo es de accesible? En la búsqueda de la mayor audiencia posible debemos
pensar que puede ser visitado por personas con problemas de audición, de visión u otro
tipo de discapacidad. Algunos estudios sugieren que el 4,5% de los visitantes tienen algún
tipo de problema con la percepción de los colores69. Además, hay que tener en cuenta que
no todo el mundo dispone del mismo visualizador, el mismo ordenador o el mismo tipo de
conexión a Internet. El W3C advierte a los desarrolladores que muchos usuarios estarán
funcionando desde contextos muy diferentes, por ejemplo, pueden:
No ser capaces de ver, oir, moverse, o ser incapaces de procesar algún tipo de información.
Disponer solamente de una pantalla en modo texto, una pantalla pequeña o una
conexión muy lenta.
Tener dificultades para leer el texto.
No hablar o entender perfectamente el lenguaje en que se ha escrito el documento.
320
No disponer o no ser capaces de usar un teclado o un ratón.
Estar en una situación donde sus ojos, oídos o manos estén ocupados.
Tener una versión antigua de visualizador, diferentes modelos de visualizador incluyendo visualizadores basados en voz, o disponer de un sistema operativo totalmente diferente.
Teniendo en cuenta toda esta casuística, el W3C70 hace las siguientes recomendaciones para garantizar la accesibilidad a un sitio web:
Proporcionar alternativas cuando se utilice un contenido audiovisual. En general, los
documentos audiovisuales necesitan unos requisitos de hardware y software que no
están al alcance de todos los usuarios, por ello es necesario proporcionar la información equivalente en texto.
Asegurar que texto y gráficos son legibles cuando se visualicen sin colores.
Utilizar las marcas de HTML para identificar la estructura del texto de forma apropiada. Igualmente hay que controlar la apariencia del texto utilizando hojas de estilo en
lugar de elementos de presentación propios de HTML.
Utilizar marcas que faciliten la pronunciación o interpretación de textos abreviados o
escritos en otras lenguas. Por ejemplo utilizando las marcas «xml:lang» en XML o
utilizando los elementos ABBR y ACRONYM de HTML.
Asegurarse de que las tablas utilizan un marcado apropiado que permita visualizarlas en todo tipo de plataformas.
Asegurarse de que las páginas sean accesibles incluso cuando las más modernas
tecnologías no estén soportadas o estén deshabilitadas en el sistema del usuario.
Asegurarse de que los objetos con movimiento o que se actualizan automáticamente pueden ser pausados o parados por el usuario.
Diseñar páginas que sean independientes de los periféricos. Por ejemplo, si un control sólo puede ser activado con un ratón, alguien que esté usando la página con otro
dispositivo de puntero o desde un sistema adaptado para invidentes, o simplemente
usando un teclado, no sería capaz de utilizarlo.
Además de accesible el sitio web debe ser fácilmente utilizable. El concepto de usabilidad se ha popularizado en los últimos años. A grandes rasgos define todas aquellas
características que hacen que los usuarios que acuden a nuestro sitio web se sientan
cómodos en él y encuentren la información que necesitan de la forma más rápida posible.
A no ser que un sitio web responda a las necesidades de los usuarios a los que va dirigido, tampoco cumplirá con las necesidades de la organización que lo mantiene.
Que un sitio sea usable es hoy en día uno de los principales requerimientos para la
aceptación por parte de los usuarios. Por ejemplo, en comercio electrónico, un usuario
insatisfecho con nuestro sitio por ser poco amigable, seguramente se convertirá en un
cliente de la competencia.
Entre los errores que pueden hacer poco utilizable un sitio web y que cabría evitar
desde el principio, tenemos71:
Reproducir en el sitio los intereses y la estructura interna de la organización en lugar
de orientarlos a solucionar las necesidades de los usuarios.
Ofrecer materiales no adaptados para ser presentados en la Web.
No someter el proceso de creación de la página web a los criterios de calidad que
321
se utilizan para otros tipos de publicaciones. Así la publicación en web proporciona
una oportunidad única para que proveedores de contenidos con poca experiencia en
este campo creen una nueva generación de sistemas de difícil utilización. Para crear
páginas web es necesario la combinación de expertos en la materia a tratar,
HTML/XML, diseño gráfico y arquitectura y usabilidad de la información.
Un buen diseño, junto con el establecimiento de alguna metodología de evaluación
ayudarán a crear un sitio web usable72, 73. Existen multitud de guías74, 75 de usabilidad de
sitios web. Es de obligada referencia la página de Nielsen: useit.com76, quien es autor también de varios libros sobre el tema. A la hora de proporcionar unas pautas básicas que todo
sitio debería seguir podemos seguir las Research-Based web design and usability guidelines77:
Durante el proceso de diseño y evaluación se deben establecer unos objetivos a
cumplir por el sitio web, proporcionar un contenido útil que entienda y responda a las
necesidades de los usuarios.
Optimizar el tiempo que el usuario pase en el sitio web a través de:
Mostrar la información en un formato directamente utilizable, es decir, sin que el
usuario necesite instalar aplicaciones adicionales.
No mostrar ventanas o gráficos innecesarios.
Proporcionar ayuda a los usuarios y hacerlo en un lenguaje comprensible para
ellos.
Minimizar el tiempo de descarga de las páginas.
Reducir la carga de trabajo y cognitiva del usuario.
Informar sobre los tiempos de descarga estimados cuando se trate de ficheros
muy grandes.
Desarrollar páginas que se puedan imprimir correctamente.
En cuanto al hardware y software, se debe diseñar para:
Los visualizadores más comunes y teniendo presente también los más minoritarios.
Los sistemas operativos más habituales.
Las velocidades de conexión más frecuentes.
Las resoluciones de pantalla más comunes.
En el diseño de las páginas se debe:
Establecer la longitud de la página y de las líneas más apropiada.
Establecer niveles de importancia, colocando la información más importante en el
área superior de la pantalla.
Navegación:
Mantener al usuario informado en todo momento del lugar donde se encuentra.
En caso de páginas muy largas se debe crear una lista de contenidos.
No crear páginas sin opciones de navegación (callejones sin salida).
Utilizar mapas del sitio.
Utilizar entradas apropiadas en los menús que de verdad respondan a lo que el
usuario va a encontrar en los enlaces.
Apariencia del texto:
Utilizar texto en negro sobre un fondo plano y de alto contraste.
Asegurar la consistencia visual.
Usar fuentes familiares al usuario y de, al menos, 12 puntos.
Gráficos e imágenes:
Utilizar vídeo, animaciones y audio con mucha cautela.
322
Limitar el uso de imágenes de gran tamaño.
Añadir etiquetas a las imágenes que escondan algún enlace.
Contenidos:
Usar acrónimos y abreviaturas sólo si es imprescindible.
Usar palabras familiares para el usuario evitando el lenguaje coloquial.
Organizar los contenidos de forma clara y precisa.
Colocar la información más importante al comienzo de la página.
Agrupar los elementos que estén relacionados.
Mostrar sólo la información que sea útil y necesaria.
Formatear la información teniendo en cuenta distintos tipos de audiencias.
323
GLOSARIO
Imagen digital. Una imagen digital es una «fotografía electrónica» compuesta por un
número determinado de puntos, llamados píxeles, que forman una matriz con filas y columnas. Cuanto mayor sea el número de filas y columnas mayor será el detalle de la imagen
y mayor también su tamaño de archivo. Cada píxel de una imagen almacena información
de su tono o luminosidad, donde el tono negro es el valor 0 y el blanco el valor más alto,
normalmente 255 en la escala de grises, pero representados en formato binario. El formato binario es una notación numérica que utiliza solamente dos dígitos (cero y uno) para
representar las cifras.
Píxel. Normalmente las cifras binarias se componen de un número total de ceros y unos
que es potencia de 2, como 8, 16, 32 etc. A cada uno de estos unos o ceros se les llama
bit y a un conjunto de 8 bits, byte. En un byte, el primer bit tiene un valor de 1, el segundo
de 2, el tercero 4, el cuarto 8 y así sucesivamente. El número más bajo que puede contener un byte es 0 (00000000) y el más alto 255 (11111111). El número de bits utilizado para
representar un píxel en una imagen determina el número de colores o variantes de gris que
pueden ser representados en una imagen digital. Esto es lo que se denomina profundidad
de color o de bit.
Profundidad de color. En una imagen en escala de grises cada punto se almacena en un
byte, donde su valor numérico representa su tono que puede oscilar entre el blanco (255)
y el negro (0). Esto quiere decir que es una imagen donde existen 256 tonos de gris. Es
decir, la profundidad de color es el número de bits que definen cada píxel, que determinan
el máximo número de colores que pueden tener. Si cada píxel viene determinado por 2
bytes (= 16 bits) existirán 65.536 tonos de gris y así sucesivamente. Una imagen digital en
color se genera con sus componentes R, G y B (del inglés red, green y blue). Así pues se
compondría de tres imágenes, una por cada color. La suma de las tres hace la imagen
final. Cada píxel va definido por 3 bytes, uno por cada color. Si cada uno de ellos tiene una
gama de color de 255 tonos, en la imagen final habrá una gama de 16.777.216 colores
(256 x 256 x 256) que se suele abreviar como «16 millones de colores». Es lo que se llama
una imagen con una profundidad de color de 24 bits (8 por cada color).
Tamaño de imagen. Se define como las dimensiones en píxeles de la matriz o cuadrícula. Si una imagen está formada por una matriz de 800 columnas por 500 filas, tiene entonces un tamaño de 800 x 500 píxeles.
Tamaño de archivo. Es la cantidad de información que contiene, medida en bits o en alguno de sus múltiplos: bytes, Megabytes, etc.
Resolución. Es la medida de la cantidad de píxeles por unidad de longitud, comúnmente
píxeles por pulgada (una pulgada equivale a 2,54 cm de longitud). Se suele abreviar como
ppp o dpi (puntos por pulgada o dots per inch). De esta definición se deduce que a mayor
resolución, mayor número de puntos de imagen en el mismo espacio, y por tanto mayor
definición. Por ejemplo, si una imagen tiene unas dimensiones en píxeles de 548 x 366 y
se imprime o se está mostrando en pantalla con unas dimensiones de 2 x 3 pulgadas,
entonces tiene una resolución de 72 dpi. Debe quedar claro que la resolución es la relación entre las medidas digitales (medidas en píxeles) y las físicas (las que tiene una vez
impresa, o en el dispositivo que se está visualizando). La resolución no es una medida de
la calidad de una imagen digital, aunque a menudo se utilice para ello. Es una medida de
nitidez o definición, de forma que cuanto más alta sea, mayor definición y viceversa.
324
Compresión. La compresión se utiliza para reducir el tamaño de los ficheros de imágenes
para ser procesados más fácilmente, almacenados o comunicados a través de Internet.
Los métodos utilizados se basan, generalmente, en abreviar información repetida o eliminar información que el ojo humano tiene dificultades para apreciar. Por lo tanto, la calidad
de una imagen puede verse afectada por las técnicas de compresión utilizadas o por el
nivel de compresión aplicado. Las técnicas de compresión pueden ser «sin pérdida» que
significa que cuando la imagen descomprimida será idéntica a su estado inicial ya que no
se ha eliminado ninguna información o «con pérdida» cuando sí que se elimine alguna
información.
325
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329
7. Preservación y conservación
de documentos digitales
JOSÉ MANUEL BARRUECO
330
331
Capítulo 7
Preservación y conservación de documentos digitales
(José Manuel Barrueco)
330
Preservación y conservación de documentos digitales: Introducción
332
Los creadores de documentos digitales y su papel en la preservación
333
Estrategias de preservación digital
334
Conservación de los soportes
336
Conservación de los contenidos
338
P R E S E RVA C I Ó N Y C O N S E RVA C I Ó N D E D O C U M E N TO S D I G I TA L E S :
INTRODUCCIÓN
A medida que entramos en la era electrónica de objetos digitales, es importante saber
que hay nuevos bárbaros en la frontera y que estamos entrando en una época donde
mucho de lo que sabemos hoy, mucho de lo que está codificado y escrito electrónicamente, se perderá para siempre. Estamos, en mi opinión, viviendo en medio de la edad
media digital. En consecuencia, igual que los monjes del pasado, le toca a bibliotecarios y archiveros hacerse cargo de la tradición de conservar la historia y el patrimonio
documental de nuestros tiempos
Terry Kuny1
La información digital es intrínsecamente más fácil de alterar que las tecnologías tradicionales de papel o microfilm. Los soportes de almacenamiento digital tienen menos esperanza de vida y requieren de la existencia de unas tecnologías para acceder a los mismos
que cambian a una velocidad incluso mayor que los propios formatos. Además se deterioran más fácilmente haciendo que se pierdan los contenidos.
A causa de la rapidez de los cambios tecnológicos, el lapso de tiempo en que se deben
considerar los problemas de preservación y conservación de los documentos digitales se
acorta considerablemente. El tiempo transcurrido entre la producción de los documentos y
la necesidad de definir estrategias de preservación de los mismos es mucho más corto en
el entorno electrónico que en el impreso. Por lo tanto, se plantea la necesidad de definir
nuevas guías de buenas prácticas que satisfagan las necesidades y sean útiles para todos
los grupos implicados en el proceso de generación y distribución de documentos electrónicos. En el presente capítulo describimos a grandes rasgos el problema de la conservación
de los objetos digitales y damos una serie de recomendaciones a seguir por los productores de tales documentos y más en concreto para los destinatarios de esta guía.
La UNESCO ha reconocido la importancia del problema de la conservación de los documentos electrónicos y por ello ha redactado la Carta para la preservación del patrimonio
digital 2 . En el artículo 3 de la misma se reconoce el peligro de pérdida a que están sometidos estos materiales y se afirma: «El patrimonio digital del mundo corre el peligro de
perderse para la posteridad. Contribuyen a ello, entre otros factores, la rápida obsolescencia de los equipos y programas informáticos que le dan vida, las incertidumbres existentes
en torno a los recursos, la responsabilidad y los métodos para su mantenimiento y conservación y la falta de legislación que ampare estos procesos».
Los cambios en las conductas han ido a la zaga del progreso tecnológico. La evolución
de la tecnología digital ha sido tan rápida y onerosa que los gobiernos e instituciones no
han podido elaborar estrategias de conservación oportunas y bien fundamentadas. No se
ha comprendido en toda su magnitud la amenaza que pesa sobre el potencial económico,
social e intelectual y cultural que encierra el patrimonio, sobre el cual se edifica el porvenir.
Y en el artículo 10, al establecer las funciones y atribuciones de cada elemento del ciclo
de vida de los documentos, cabe destacar la siguiente: «Alentar a las universidades y otras
332
instituciones de investigación, públicas y privadas, a velar por la preservación de los documentos relativos a las investigaciones». En esta afirmación están directamente implicados los servicios de publicaciones universitarios por el carácter de distribuidores y difusores de la producción científica de cada universidad.
Si bien el problema de la preservación digital es arduo y complicado, y en cuanto que
los principales implicados en el tema de la conservación son bibliotecas y archivos, es
importante notar que los productores de documentos pueden facilitar la tarea desde el
momento mismo del diseño de los documentos. El proceso de preservación y archivo se
hace de forma más eficiente cuando se pone atención en las cuestiones de consistencia,
formatos, normalización y descripción bibliográfica en los primeros pasos del ciclo de vida
de la información. Por ello, se enfatiza la importancia de considerar buenas prácticas de
conservación en todos los estados del ciclo de vida de gestión de la información: creación,
adquisición, catalogación, almacenamiento, preservación y acceso.
Así, en el presente capítulo nos centramos en una serie de recomendaciones básicas
a cumplir a la hora de diseñar documentos digitales para que puedan perdurar en el tiempo y sea fácil trasferirlos o convertirlos a otros formatos cuando el estado de la tecnología
lo requiera.
LOS CREADORES DE DOCUMENTOS DIGITALES Y SU PAPEL EN LA PRESERVACIÓN 3
Es un hecho contrastado que los esfuerzos de preservación que se ponen en práctica
cuando los problemas comienzan a aparecer serán posiblemente más costosos, más difíciles de tratar y menos efectivos que aquellos esfuerzos que comienzan a aplicarse mucho
antes4. Las organizaciones que tienen funciones tanto de creación como de preservación
de objetos digitales han aprendido, de la experiencia, que el cuidado invertido al comienzo del proceso en el uso de estándares, documentación, buenas gestiones de los ficheros
y otras prácticas, luego se rentabiliza en unos menores requisitos de preservación y mantenimiento. Así, las organizaciones encargadas de la conservación del patrimonio digital
recomiendan participar en el proceso de creación los documentos desde las etapas iniciales.
Si bien, tradicionalmente, tanto creadores como usuarios finales de los documentos no
han estado muy implicados en el proceso de archivo digital, es un hecho reconocido que
los proveedores de servicios de publicaciones cumplen otros papeles adicionales en la
cadena de información. Así, además de su papel principal como distribuidores o editores
electrónicos, pueden proporcionar también archivos digitales como un servicio adicional a
sus clientes. No obstante, el modelo económico para el archivo digital no está claro porque
está mezclado con el resto de servicios que proporcionan estos proveedores. Entre los
ejemplos de distribuidores que proporcionan servicios de archivo tenemos: Ingenta, Lta. y
High Wire Press.
Tanto los editores comerciales como los universitarios están implicados en el archivo
de los documentos que producen de diferentes formas. Quizás los más vocacionales sean
las sociedades científicas que consideran este papel como una parte integral de su misión
dentro de la disciplina. Sin embargo, la viabilidad económica a largo plazo de tal preservación (a medida que el contenido del sistema crezca) se hace más difícil.
333
ESTRATEGIAS DE PRESERVACIÓN DIGITAL
Si bien se han propuesto muchas estrategias de preservación digital, ninguna de ellas
es apropiada para todos los tipos de datos, situaciones o instituciones. A continuación
hacemos una descripción de los puntos básicos a seguir, comenzando por un vocabulario
de términos a tener en cuenta 5 .
Conservación. Es la parte de la gestión de documentos digitales que trata de
preservar tanto el contenido como la apariencia de los mismos. Si bien no hay un
acuerdo en cuanto a la definición de qué se considera conservación a largo plazo, el
lapso de tiempo tiene que presuponerse lo suficientemente amplio como para
implicar cambios tanto en la tecnología como en la comunidad de usuarios. Nuevas
versiones de bases de datos, hojas de cálculo y procesadores de texto se pueden
esperar al menos cada dos o tres años, con correcciones y actualizaciones incluso
más a menudo. En general, preservar la apariencia de un documento digital es difícil
cuando se trata de texto, pero es casi imposible cuando se trata de entornos
multimedia, donde hay una intensa interrelación entre hardware/software y
contenidos.
Copias de seguridad. Se refiere al proceso de hacer duplicados exactos del objeto
digital. Aunque es un componente esencial de todas las estrategias de preservación,
las copias de seguridad en sí mismas no son una técnica de mantenimiento a largo
plazo, ya que se ocupa exclusivamente con la cuestión de pérdida de datos debido a
un fallo de hardware, bien debido a causas normales, bien a desastres naturales
bien a destrucción malintencionada. En ocasiones, se combina con almacenamiento
remoto de tal forma que el original y las copias no estén sujetas a los mismos
eventos desastrosos. Las copias de seguridad deberían ser consideradas la estrategia de mantenimiento mínima para incluso los materiales más efímeros y con
menos valor que dispongamos.
Actualización. Se refiere a la copia de información digital de un soporte de almacenamiento a largo plazo a otro del mismo tipo, sin ningún cambio en los documentos (por
ejemplo, la copia de un viejo CD-RW a otro nuevo).
Metadatos. En el capítulo seis de esta guía ya hemos hablado extensamente sobre
la tipología y necesidad de los metadatos. También en el momento de la conservación existe un consenso entre los expertos6 al afirmar que es una buena práctica la
creación de metadatos en el momento mismo de la producción de los documentos o,
como mínimo, crear unos metadatos básicos que luego serán aumentados en la
fase de catalogación e identificación.
Además de los metadatos dirigidos a describir el objeto digital y permitir así su recuperación, existen los metadatos dirigidos a la conservación del material. Los metadatos de
conservación describen los medios para proporcionar acceso a los datos, junto con aquellos elementos de metadatos requeridos para gestionar los procesos de conservación.
La información que se necesita para compilar unos metadatos destinados a la conservación habitualmente se divide en dos clases [en línea con lo establecido en el Reference
Model for an Open Archival Information System (OAIS)]7:
Información sobre el contenido, consistente en detalles sobre la naturaleza técnica del objeto que indica al sistema cómo representar los datos con un tipo específico y un formato. A medida que las tecnologías de acceso cambian, estos
metadatos de representación también cambian y necesitan ser actualizados.
334
Información descriptiva para la conservación, consistente en otra información necesaria para la gestión y uso de los objetos a largo plazo, incluyendo identificadores
y detalles bibliográficos, información sobre los propietarios del objeto, gestión de
derechos de acceso, historia, contexto incluyendo la relación con otros objetos y la
información sobre la validación de los formatos. Obviamente algunos de estos
metadatos pueden referirse a otros objetos tales como herramientas de software y
especificaciones de formatos que deben a su vez ser conservados. La naturaleza
interdependiente de los materiales digitales significa que los programas de
conservación a menudo necesiten gestionar redes de objetos digitales enlazados
junto con sus metadatos.
Aún no existen estándares aceptados que definan esquemas de metadatos destinados
a la conservación, por lo tanto las instituciones interesadas tendrán que elegir entre aceptar (y posiblemente adaptar) alguno de los modelos que están siendo usados por otros o
bien diseñar un esquema propio (bien sea como una solución completa de futuro o uno
intermedio de carácter mínimo hasta que surja alguna norma que lo sustituya).
Un problema añadido aquí está en que la creación de metadatos no está suficientemente integrada en las herramientas de creación de estos objetos para confiar solamente en el proceso de creación. A medida que los proveedores de software comiencen a
incorporar XML y arquitecturas RDF (Resource Description Framwork) en sus procesadores de texto y bases de datos, la creación de metadatos como parte integrante del proceso de creación será considerablemente más fácil.
Preservación de la tecnología. Se basa en la preservación del entorno técnico que
hace funcionar el sistema, incluyendo sistemas operativos, software de aplicaciones
original, controladores de medios, etc. En cierta forma se trata más de un tipo de
estrategia de recuperación después de un desastre de objetos digitales que no han
estado sometidos a una conservación adecuada. Ofrece el potencial de tratar con la
obsolescencia de los soportes, asumiendo que esos soportes no se han deteriorado
más allá de su legibilidad. Puede aumentar el acceso a soportes y formatos de
ficheros obsoletos, pero en última instancia es un callejón sin salida, pues ninguna
tecnología puede mantenerse funcional de forma indefinida. Esta estrategia no
puede ser llevada a cabo por una institución a título individual debido a los altos
costes que puede suponer tanto en equipamiento como en personal.
Migración. Se utiliza para copiar o convertir datos desde una tecnología a otra,
tanto si se trata de hardware como de software, conservando las características
esenciales de los datos. Esta definición captura la esencia y la ambigüedad de la
migración. En algunas ocasiones se utiliza como sinónimo de actualización, pero
migración representa un concepto mucho más rico y amplio que actualización. Se
tratra de un conjunto de tareas organizadas destinadas a conseguir la transferencia
periódica de materiales digitales desde una generación tecnológica a la siguiente. El
propósito de la migración es preservar la integridad de los objetos digitales y
mantener la posibilidad por parte de los usuarios de recuperar, visualizar y utilizarlos
en una perspectiva de constante cambio tecnológico. La migración incluye la
actualización como un medio de conservación digital pero difiere de ella en el sentido de que no siempre es posible hacer una copia digital exacta de un objeto digital
cuando el hardware y el software cambian y además deben mantener la compatibilidad del objeto con la nueva generación de tecnología. Si bien las empresas
desarrolladoras de software proporcionan estrategias de migración o compatibilidad
hacia atrás para algunas generaciones de sus productos, esto puede no ser verdad
335
más allá de dos o tres generaciones. No obstante, la migración no se garantiza para
todos los tipos de datos y se convierte en particularmente poco fiable si el producto
de información ha utilizado complicados componentes o características de software. En estos casos no suele haber compatibilidad hacia atrás y si la hay lo que se
produce es una pérdida en la integridad de los contenidos.
Utilización de estándares. Se puede afirmar que la utilización de estándares es al
software lo que los soportes perdurables son al hardware. Se trata de buscar una
forma de codificar y formatear los objetos digitales adhieréndose a estándares
reconocidos y favoreciéndolos en lugar de los más esotéricos y menos soportados.
Presupone que tales estándares perdurarán y que los problemas de compatibilidad
que resulten de la evolución del entorno informático (aplicaciones, sistemas
operativos) serán solventados debido a la continua necesidad de acomodar la
norma dentro de los nuevos entornos. Por ejemplo, si JPEG2000 se convierte en un
formato ampliamente utilizado, el elevado número de usuarios garantizará que el
software para codificar y visualizar imágenes JPEG2000 se actualizará para
responder a las necesidades de nuevos sistemas operativos, etc.
Emulación. La emulación encapsula el comportamiento del software o hardware
junto con el objeto digital mismo. Está siendo considerada como una alternativa a la
migración. Por ejemplo, un documento en MS Word 2000 podría llevar incorporados
metadatos que informaran sobre cómo reconstruir el documento y el propio entorno
del software al nivel más bajo de bits y bytes. Una alternativa a la emulación
documento a documento, es la creación de un registro que identifique unívocamente
entornos de hardware y software y proporcione información sobre cómo recrear
dicho entorno para preservar el uso del objeto digital.
En estos momentos no existe ningún sistema que proporcione documentación
exhaustiva y la información de emulación requerida para que este modelo sea funcional, particularmente para permitir a un archivo tratar con la variedad de viejas tecnologías.
Almacenamiento. El almacenamiento es a menudo tratado como un estado pasivo
en el ciclo de vida, pero los soportes de formatos de almacenamiento van cambiando. La solución más común a este problema de cambiar los medios de almacenamiento es la migración a nuevos sistemas de almacenamiento. Esto es caro y
siempre está presente el problema de la pérdida de datos o problemas con la
calidad cuando se realiza la transformación. Establecer algoritmos para comprobar
la exactitud e integridad de la migración es extremadamente importante.
CONSERVACIÓN DE LOS SOPORTES
La naturaleza del medio físico en el cual los datos digitales están almacenados presenta uno de los mayores retos a la conservación del contenido digital. A ello contribuye la
enorme variedad de tipos de soportes, su a menudo rápida obsolescencia y su vulnerabilidad ante la degradación física. Un almacenamiento inadecuado suele ser la razón más
habitual que provoque un fallo prematuro en los medios. La moderación de la temperatura y la humedad son dos acciones que se sabe alargan la vida útil de muchos soportes de
almacenamiento pero el sistema de conservación de soportes debe tener las capacidades
adecuadas incluyendo:
Suficiente capacidad de almacenamiento. Aunque esta capacidad puede ser añadida en cualquier momento es importante tener en cuenta que el sistema debe tener
336
espacio suficiente para almacenar los datos previstos durante todo el ciclo de vida
de los mismos.
El sistema debe ser capaz de duplicar los datos a medida que sea requerido sin pérdida de información y manteniendo la consistencia e integridad de los documentos,
así como transferir los datos a un nuevo soporte con las mismas condiciones.
Control de errores: algún nivel de control de errores es normal en todos los sistemas
informáticos de almacenamiento. Dado que los documentos deben ser almacenados
por largos períodos y a menudo con muy poco uso por parte de personas, el sistema
debe ser capaz de detectar cambios o pérdida de datos y tomar las acciones
apropiadas.
Las opciones disponibles en este momento de soportes a largo plazo incluyen:
Disco magnético: permite un acceso aleatorio a los datos, con posibilidad de modificarlos y una capacidad de almacenamiento superior a los 200 Gb y en
constante incremento. Su vida útil estimada se sitúa en torno a los cinco años.
Cinta magnética: el acceso a los datos es lineal con lo cual es más lenta la búsqueda y localización de los mismos. En general no permite modificación de los
datos, sino la reescritura de los mismos. La vida útil y la capacidad de almacenamiento es similar a los discos magnéticos.
Discos ópticos (CD y DVD): permiten un acceso aleatorio y en algunos casos la modificación de los datos. Su vida útil es mayor que en los casos anteriores variando
desde los cinco a diez años de los productos con menos calidad a varias décadas
para los de mayor calidad.
Mantenimiento, soporte y programas de reemplazamiento. Los componentes del sistema deben ser reemplazados cada pocos años. Los elementos de hardware
normalmente tienen una vida útil de en torno a los cinco años antes de que el soporte técnico pueda ser difícil de obtener. Los soportes de almacenamiento también
necesitan una actualización regular (reescribir los datos) y un reemplazamiento periódico por nuevos soportes.
La necesidad de reemplazar los sistemas de almacenamiento implica costes recurrentes, que cubran el equipo propiamente dicho así como el proceso de transferencia de los datos que preceden y siguen a la instalación de los equipos. Tales costes
deben ser tenidos en cuenta en los presupuestos a largo plazo.
Transferir los datos a nuevos soportes de forma periódica. Los sistemas de almacenamiento descansan en una segura y completa réplica de los datos más que en
alargar la vida útil de los soportes. Los datos deben ser copiados de soporte a
soporte para evitar el impacto del deterioro de los materiales. A medida que nuevos
tipos de soportes prueban su utilidad para el almacenamiento, los datos deben ser
transferidos desde los soportes más antiguos. Esto debe realizarse antes de que los
componentes de hardware o software necesarios para acceder a los datos sean
retirados. La planificación de la transferencia de los datos es un reto para la gestión
de la conservación cualquiera que sea el sistema usado. Por ejemplo, un pequeño
archivo con una utilización limitada que almacena los datos en CD, debe mantener
un seguimiento de la edad y la situación en que se encuentran los mismos, así como
tener presente que en algún momento la tecnología de CD deberá ser reemplazada
digamos, por ejemplo, por DVD.
Establecer condiciones de almacenamiento y manejo apropiadas. Los soportes de almacenamiento digital deben ser almacenados en condiciones que no aceleren su ritmo
de deterioro natural. El principal riesgo para los soportes es la excesiva humedad y
337
temperatura, suciedad u otras particularidades que puedan entorpecer el acceso a
los datos, y en el caso de soportes ópticos, la luz que puede dañar los datos
inscritos. Las cintas magnéticas en la actualidad están protegidas de tal forma que el
borrado accidental debido a su exposición a un campo magnético no suele ser un
grave problema. Tales cintas pueden ser utilizadas como sistema de almacenamiento digital. Normalmente se las dispondrá en una sala acondicionada con una
temperatura controlada y una humedad relativa establecidas entorno a los 18 grados
centígrados y 40% respectivamente, un flujo continuo de aire limpio con una limpieza diaria que evite la acumulación de polvo y basura. Estas condiciones no deben
fluctuar más de dos grados y un 10% de humedad relativa en un período de 24
horas. Los soportes ópticos tales como los CD deben ser almacenados en unas
condiciones similares, incluyendo además una estancia semioscura para limitar su
sensibilidad a la luz. Si bien se ha afirmado que las temperaturas extremadamente
bajas, en torno a los cero grados, pueden ser perjudiciales para los soportes, esto
no ha sido demostrado.
Por otro lado, también pueden ayudar otros factores relativos al control del medio
ambiente en que se almacena los objetos. Como básicos podríamos señalar:
Mantener una temperatura en torno a los 20 ºC.
Mantener la humedad relativa en torno al 40%.
Evitar las oscilaciones rápidas o prolongadas de temperatura y humedad.
Evitar la exposición a campos magnéticos y a fuentes de humos.
Prohibir la comida y/o bebida en lugares de almacenamiento, así como el fumar.
Almacenar los medios de forma vertical.
Utilizar siempre las cajas originales.
No abrir las cajas que protegen las cintas.
Evitar la suciedad.
Mantener los medios en sus cajas excepto cuando se estén usando.
No tocar la superficie de los soportes, por ejemplo la cara grabable de los CD.
Los CD deberían marcarse sólo en la parte superior y utilizando marcadores
adecuados.
No dejar los soportes en los aparatos de visualización cuando no se estén usando.
Políticas de redundancia y copias de seguridad: la importancia de la duplicación y
las copias de seguridad no pueden ser desdeñadas, son fundamentales en todos los
programas de conservación como un seguro básico contra el deterioro o pérdida si
sólo existiera una única copia. Si bien almacenar múltiples copias de los mismos
datos ofrece alguna protección contra los fallos, los programas de conservación
deben también considerar el riesgo de una situación catastrófica tal como incendios,
inundaciones, etc., que pueda dañar todas las copias existentes en un mismo lugar.
Almacenar copias en diferentes lugares es un requisito básico.
Planificación contra los posibles desastres: deben diseñarse planes de recuperación
de datos tras una situación de fallo que son estándares en las tecnologías de la
información. Los planes deben incluir situaciones hipotéticas de recuperación de
datos a partir de soportes dañados, pero la recuperación de datos es cara e incierta
y debería ser vista como una alternativa poco satisfactoria a la correcta recuperación
a partir de copias de seguridad.
CONSERVACIÓN DE LOS CONTENIDOS
Como ya se ha señalado, el proceso de conservación de objetos digitales afecta a todos los elementos presentes en el ciclo de vida de los mismos. Desde el punto de vista de
338
los productores es importante tener en cuánta las siguientes recomendaciones en el
momento del diseño de los documentos:
Se deberían elegir unos soportes adecuados, que estén respaldados por una comunidad de usuarios amplia así como por la industria del software o hardware y que
por consiguiente se asegure una supervivencia suficiente para permitir que los datos
sean transferidos a otros soportes, ya sea por el productor o por la institución
encargada de la conservación.
Se deberían escoger unos formatos de ficheros y estándares apropiados. A no ser que
haya razones poderosas para actuar de otra forma se deberían utilizar formatos de
ficheros que estén ampliamente adoptados y que sigan estándares bien definidos.
En general, los datos en formatos simples, que utilicen código abierto, no propietario, son más fáciles de conservar (aunque algunas aplicaciones propietarias
alcancen una difusión tal que puedan ser aceptadas como un estándar industrial,
especialmente si sus especificaciones son publicadas como por ejemplo el formato
PDF Portable Document Format). Los materiales publicados en línea para acceso
público deberían ser legibles por los visualizadores más comunes. Debería tenerse
en cuenta, también, el estructurar los documentos en un formato estándar y fácilmente reconocible tal como XML.
No es suficiente con elegir un formato normalizado y después usarlo de una forma no normalizada: deberían ser implementados cumpliendo con su especificación
y, si es necesario, validarlos para eliminar cualquier elemento que en el futuro pudiera complicar la conservación. Así, siempre que se utilice XML o HTML, es importante validarlos para asegurar que los documentos producidos cumplen la norma.
El sistema de nombres utilizado para identificar los ficheros debería ser consistente
y no ambiguo.
A los ficheros disponibles en la Red deberían asignárseles identificadores que permitieran su localización independientemente del lugar donde se encuentren. Existen
varios esquemas para la identificación permanente de objetos digitales que están
utilizándose en diferentes sectores, aunque ninguno ha alcanzado una aceptación
universal. El DOI (Identificador de Objetos Digitales), utilizado por los editores comerciales para gestionar el acceso y los derechos de copia sobre los documentos es
quizás el más ampliamente utilizado.
Los creadores deberían proporcionar metadatos de calidad para sus documentos,
utilizando alguno de los esquemas existentes tales como MARC o, preferiblemente,
Dublin Core o alguno de los definidos para sectores o comunidades concretas.
Como ya hemos mencionado, es importante añadir elementos que describan la
naturaleza técnica de los objetos digitales, qué se requiere para acceder a ellos, así
como cualquier cambio en estos detalles a lo largo de su ciclo de vida. Esta
información se necesitará para la gestión de la conservación de los mismos.
Las copias máster destinadas a ser conservadas deberían ser gestionadas de forma
independiente de aquellas destinadas a la difusión.
Los ficheros y sistemas deberían estar completamente protegidos de posibles deterioros o pérdidas mediante la adopción de buenas prácticas de medidas de
seguridad y por el establecimiento de políticas de copias de seguridad incluso para
el almacenamiento a corto plazo.
Se debería formar y motivar a todo el personal que trabaja con documentos digitales. Igualmente se deberían crear los oportunos manuales de procedimientos que
marcaran los flujos de trabajo en la creación de documentos.
339
Como pasos iniciales para mantener el acceso se podría incluir mantener todo el
software necesario para garantizar el acceso así como cualquier software especializado. Esto no será una estrategia efectiva a largo plazo pero puede ser
necesaria en el corto plazo.
Es importante también evaluar los materiales digitales, decidir por cuanto tiempo
deberían ser mantenidos y por quién de acuerdo con la política de la institución.
KUNY, Terry, The digital dark ages? Challenges in the preservation of electronic information. International Preservation News, 1998, no. 17, (en línea).
http://www.ifla.org/VI/4/news/17-98.htm#2 (Consulta: 26 de agosto de 2004).
1
UNESCO, Carta para la preservación del patrimonio digital, 2003. (en línea).
http://www.r020.com.ar/enlaces/ir.php?ir_id=665 (Consulta: 26 de agosto de 2004).
2
HODGE, Gail; CARROL, Bonnie C, Digital electronic archiving: the state of the art and the
state of the practice. International Council for Scientific and Technical Information, 1999.
(en línea).
http://www.armamar.org/gwdc/GWDC_Digital_Electronic_Archiving_Report.htm (Consulta:
26 de agosto de 2004).
3
NATIONAL LIBRARY OF AUSTRALIA, Guidelines for the preservation of digital heritage,.
2003. (en línea).
http://unesdoc.unesco.org/images/0013/001300/130071e.pdf (Consulta: 26 de agosto de
2004).
4
CORNELL UNIVERSITY LIBRARY, Digital preservation management: implement i n g s h o r t - t e r m s t r a t e g i e s f o r l o n g - t e r m p r o b l e m s , 2 0 0 3 ( e n l í n e a ) .
http://www.library.cornell.edu/iris/tutorial/dpm/ (Consulta: 26 de agosto de 2004).
5
HODGE, Gail M, Best practices for digital archiving. Journal of Electronic Publishing. Vol .5,
no. 4. (en línea) http://www.press.umich.edu/jep/05-04/hodge.html (Consulta: 28 de mayo
de 2004).
6
Reference Model for an Open Archiv al Information System (OAIS) (en línea).
http://www.rlg.org/longterm/oais.html (Consulta: 26 de agosto de 2004).
7
340
8. La edición de libros
electrónicos
JOSÉ ANTONIO MILLÁN
341
342
Capítulo 8
La edición de libros electrónicos (José Antonio Millán)
341
Buenas prácticas de edición
343
Estudio de casos
344
La UPC
344
Editorial UOC
344
Liberuned.com
344
E-libro.com
345
The National Academy Press
345
Questia
346
BUENAS PRÁCTICAS DE EDICIÓN
Los libros electrónicos no constituyen, en realidad, una categoría estanca con respecto a otras, como por ejemplo revistas electrónicas: lo más frecuente es que los proyectos
den acceso indistintamente a todo tipo de publicaciones.
En el campo del libro, la edición electrónica se utiliza básicamente para tres fines: para
la distribución de las obras directamente al lector final, para que sean el soporte de técnicas de búsqueda depuradas y para que se integren fácilmente en los procesos de trabajo intelectual. En el abanico de casos estudiados se contemplan los dos extremos posibles:
por un lado, obras cerradas, con limitadas o nulas capacidades de exportación (Liberuned)
y, por otro, obras abiertas a la reutilización y a la integración funcional en grandes conjuntos a efectos de búsqueda (Questia).
Ni que decir tiene que la edición electrónica limitada a la difusión por Red de un archivo exclusivamente para leer en pantalla es una suerte de «venta de fotocopias» de obras,
mientras que los procedimientos de integración de obras en prácticas avanzadas de trabajo intelectual (el WorkSpace de Questia) representan una real utilización de las posibilidades del medio. De hecho, tanto estas prácticas como las de la librería electrónica generalista Amazon o las que tiene en desarrollo el buscador Google (Millán, 2003) apuntan
a la tendencia de dar acceso gratuito a partes de la obra, mientras que el auténtico valor
añadido radicaría en las técnicas de búsqueda ampliadas.
Estas utilidades de búsquedas conjuntas sobre grandes corpus explican que la fórmula más exitosa sea no tanto la edición de títulos propios, del estilo de lo que hace una editorial (caso de la UOC o la UNED), sino la agrupación de fondos de distintos editores
(Ebrary o Questia).
La protección de las obras depende sobre todo del modelo de negocio que tienen
detrás los distintos proyectos: oscilan desde la exigencia de un lector especial (Ebrary o el
Microsoft Reader de Liberuned) a la utilización de estándares abiertos, como el explorador
común que exige Questia. En casos como el del Microsoft Reader, el sistema de DRM se
puede disponer de modo que vete casi todas las utilizaciones posibles de la obra.
Desde el punto de vista comercial hay una primera dicotomía entre sitios orientados a
la venta de obras y los que que se fundan en la suscripción con acceso ilimitado a obras
(según pongan más énfasis, respectivamente, en el «acceso al documento» o en el «servicio al investigador»). En los modelos de venta, se alterna entre la venta de partes de
obras (capítulos) y la venta total. En lo que respecta a la política de precios, se asiste a
una cuidadosa modulación de incentivos a la compra electrónica total o incluso conjunta
(en muchos casos coexisten los libros en versión electrónica y en papel). El cliente final
depende también del modelo de negocio: unos proyectos están explícitamente orientados
a bibliotecas (como e-libro) mientras que otros (UOC o Questia) apuntan a usuarios individuales.
En lo que atañe a la forma editorial de los libros, todos mantienen las características
de los libros tradicionales. Esto se justifica por una parte por la familiaridad que el lector ya
tiene con ellos, pero también, en el caso en que coexisten libros electrónicos y en papel,
343
por necesidades de referencia a una edición y página determinada. Por supuesto, incluso
manteniendo la paginación y la maquetación general, el acceso electrónico a palabras o
frases ya mejora mucho la utilización de una obra, pero hay casos realmente excelentes,
como es la integración de los índices analíticos de la primitiva obra en papel en el modelo
electrónico, como hace Questia.
ESTUDIO DE CASOS
LA UPC 1
Edicions UPC es la Editorial de la Universitat Politècnica de Catalunya (UPC). Se creó
en el año1994 y su catálogo supera actualmente los 500 títulos de las diversas disciplinas
científico técnicas que se imparten a la UPC: arquitectura, ingenierías, informática, náutica y óptica...
Se divide en dos partes: Edició Electrònica, que contiene libros en PDF, y Llibreria
Virtual, que tiene libros en papel.
Los libros electrónicos (de la parte de Edició Electrònica) se pueden adquirir íntegros o
por capítulos. Igualmente, es posible acceder en casi todos los títulos a una muestra gratuita de cada capítulo.
A pesar de haber sido pionera, esta editorial muestra poca actividad reciente, hasta el
extremo de que muchos de sus precios siguen en pesetas.
EDITORIAL UOC2
Es la editorial de la Universitat Oberta de Catalunya. Presenta fondos de
Documentación, Economía, Informática, Psicología...
Vende libros en los siguientes formatos: libro tradicional, libro & Web (libro en papel que
amplía contenidos mediante web al comprador dotado de un código), CD-ROM, PDF y
HTML. En formato PDF contiene unos 400 títulos.
Los precios dependen del formato de venta y el tamaño; hay desde opúsculos o
apuntes a 3 ó 4 euros, hasta obras a 20 ó 30 euros. En el caso de CD-ROM más obra
puede llegar a los 60 euros.
En ningún caso se permite la visualización de partes del libro.
LIBERUNED.COM 3
Los libros están en formato .PDF y .LIT (incluyendo LIT compatible con PDA).
Protección: en cualquiera de estos formatos están inhabilitadas las capacidades de
copia (incluso de un fragmento) e impresión.
Catálogo de todas las disciplinas impartidas en la UNED: Administración, Antropología,
Ciencias de la Salud, C.C. Medioambientales, Derecho, Económicas, Educación Social,
344
Filología, Filosofía, Física, Historia y Geografía, Informática, Ingeniería, Literatura,
Matemáticas, Pedagogía, Psicología, Psicopedagogía, Química y Turismo.
Las fichas del libro no informan sobre la extensión en páginas, ni permiten ver alguna
parte por adelantado.
Además del catálogo de libros existe un pequeño catálogo de revistas.
Precios: los libros entre 3,68 euros y 15 euros, según las novedades de julio de 2004.
No se permite la compra de capítulos, en la muestra revisada. Alguna de las revistas permite la compra de artículos sueltos, por un precio unitario en torno a un euro.
Pago: tienen un sistema propio para micropagos llamado BonoLiberUNED, que se
obtienen tanto adquiriéndolos directamente como recibiéndolos como regalo por otras
compras.
E-LIBRO.COM 4
Son la rama española de la empresa Ebrary (http://www.ebrary.com/). En general son
intermediarios entre editores y bibliotecarios. Dan acceso a más de 20.000 obras de 150
editores.
Proporcionan una herramienta propia para la lectura, búsqueda e impresión, llamada
InfoTools. Los procedimientos de búsqueda permiten la investigación más alla del interior
de una obra dada, buscando sobre conjuntos documentales.
Presentan un amplísimo catálogo tanto de ficción como de libro técnico o científico de
numerosas materias.
Una vez realizado el registro, el usuario puede navegar gratuitamente por los libros,
pero para copiar texto o imprimir páginas deberá efectuar un pago (que ha sido establecido por el editor de origen). Los pagos provienen de un fondo inicial que el usuario ha
pagado con antelación a Ebrary.
THE NATIONAL ACADEMY PRESS 5
Fue creada para publicar los informes emitidos por la National Academy of Sciences,
la National Academy of Engineering, el Institute of Medicine y el National Research Council
de los EE.UU.
Su catálogo cubre la mayoría de las ciencias y técnicas, de Agricultura a Desarrollo
urbano, pasando por Matemáticas o Física.
Tienen 3.000 libros on line, de acceso gratuito, y 900 PDF en venta. De muchos libros
se ofrece simultáneamente la posibilidad de: comprarlos en papel, leerlos en el explorador
(en HTML o en imagen de página completa en PDF), acceder a párrafos significativos de
cada capítulo (skim) o comprarlos en PDF. La compra puede ser por libro entero o capítulo.
La política de precios es muy interesante. Véase como muestra la del libro: Countering
Bioterrorism: The Role of Science and Technology:
345
Libro (rústica): $25,50
Libro (rústica), comprado en la web: $22,95
Libro (rústica) + PDF: $28,00
PDF: $17,50
PDF (capítulo): $4,80
Los PDF son imprimibles y buscables (salvo los que están tratados como imagen).
El sistema de búsqueda (Discovery Engine) permite buscar por el título o el interior de
diversos libros. Instrumentos como el Research Dashboard o el Find More Like Your Own
Document permiten refinar y conservar las búsquedas en el interior de la obra o en todo el
catálogo.
QUESTIA6
Presenta un amplio fondo de Humanidades y Ciencias sociales, de más de 49.500
libros y 392.000 artículos de diarios y revistas de todas las procedencias.
En este conjunto destacan las capacidades de búsqueda a través del contenido de
todos sus libros, busqueda que puede hacer uso de utilidades semánticas.
Igualmente destaca la existencia de un área privada (WorkSpace) que da la posibilidad
de acumular obras en una estantería virtual de trabajo y de subrayar y tomar notas sobre
los títulos individuales. Además se dispone de un creador de bibliografías y un servicio de
copia de citas con nota incorporada, muy orientado a estudiantes que hacen trabajos de
curso. El usuario dispone también de un servicio de acceso on line a diccionario y
tesaurus.
Cualquier obra se puede ver parcialmente de modo gratuito, pero luego se exige
suscripción. El sitio está dirigido a particulares, no a instituciones. La suscripción (individual) es muy moderada: $14,95 al mes o 109,95 al año.
Todas las obras están en HTML. Como protección, sólo se puede bajar o imprimir la
página que se está viendo.
UPC (en línea) <http://www.edicionsupc.es/> (Consulta: 15 de septiembre de 2004).
Editorial UOC (en línea) <http://www.editorialuoc.com/> (Consulta: 15 de septiembre del
2004).
3 Liberuned (en línea) <http://www.liberuned.com> (Consulta: 15 de septiembre de 2004).
4 E-libro (en línea) <http://www.E-libro.com/> (Consulta: 15 de septiembre de 2004).
5 The National Academy Press <http://www.nap.edu/> (Consulta: 15 de septiembre de
2004).
6 Questia (en línea) <http://www.questia.com/> (Consulta: 15 de septiembre de 2004).
1
2
346
9. La edición de revistas
electrónicas. Estudio de casos
JOAQUÍN RODRÍGUEZ
347
348
Capítulo 9
La edición de revistas electrónicas. Estudio de casos
(Joaquín Rodríguez)
347
La edición de revistas electrónicas. Estudio de casos: Introducción
349
PLOS
349
Misiones y objetivos
349
Principios organizativos fundamentales
350
Criterios de selección
350
Procedimientos editoriales
351
E-BioSci
353
Misiones y objetivos
353
Principios organizativos fundamentales
353
Criterios de selección
354
Procedimientos editoriales
355
SCIELO
356
Misiones y objetivos
356
Principios organizativos fundamentales
356
Criterios de selección
357
Procedimientos editoriales
360
High Wire Press
361
Misiones y objetivos
361
Principios organizativos fundamentales
361
Criterios de selección
364
Procedimientos editoriales
364
SPARC
365
Misiones y objetivos
365
Principios organizativos fundamentales
366
Criterios de selección
367
Tecnociencia
367
Misiones y objetivos
367
Principios organizativos fundamentales
367
Criterios de selección
368
LA EDICIÓN DE REVISTAS ELECTRÓNICAS. ESTUDIO DE CASOS: INTRODUCCIÓN
Son múltiples los ejemplos que podrían haberse elegido para ilustrar el tipo de prácticas y procedimientos editoriales que se están siguiendo hoy en día en la Red. Los escogidos tienen la característica común de pertenecer al movimiento del open access o de,
siendo comerciales, practicar políticas mixtas que señalan, en alguna medida, hacia la
apertura de contenidos y hacia la concepción de la ciencia y del quehacer de los científicos como una actividad que debe revertir en provecho de la sociedad en su conjunto.
PLOS
PLOS es el acrónimo de la Public Library of Science, la Biblioteca Pública de la Ciencia, que, más allá de los cometidos propios de una biblioteca digital, se ha convertido en
una editorial de revistas científicas que hacen accesible pública, universal y gratuitamente
las ideas, métodos, resultados y conclusiones de las investigaciones en los campos de la
ciencia, especialmente en física y medicina. El acceso universal, inmediato y continuo está
basado en la afortunada asociación de las propiedades de los recursos tecnológicos y de
los principios éticos y profesionales de quienes los manejan: la existencia misma de un
entorno virtual hace realidad, por primera vez y de manera tangible, la idea de una biblioteca universal con fondos permanentes y ubicuamente accesibles; el imperativo ético de
restituir a la sociedad lo que parte de ella, de devolver en forma de conocimiento provechoso para todos lo que financie previamente, hace uso de los recursos digitales poniendo a disposición de la comunidad científica mundial el producto de sus propios trabajos.
Como ya se ha tratado con amplitud, para hacer este proyecto realidad hace falta
cumplir y desarrollar una tercera premisa: subvertir el modelo de negocio tradicional para
que el costo de la publicación constituya una parte integrante, la final o definitiva, de un
proyecto de investigación en marcha, asumiéndolo, en consecuencia, el equipo de investigación o la institución que lo represente.
Fig. 1. Public Library of Science
MISIONES Y OBJETIVOS
Según puede leerse y constatarse en sus páginas, PLOS es una organización sin
ánimo de lucro constituida por científicos y médicos para promover el acceso gratuito
y universal a los recursos de la investigación. Sus objetivos son:
349
Abrir las puertas de una biblioteca universal del conocimiento científico que dé a los
científicos, médicos, pacientes o estudiantes –en cualquier lugar del mundo–, acceso sin restricciones a los últimos productos de la investigación científica.
Facilitar e impulsar la investigación, la práctica médica y la educación haciendo accesibles los textos completos de los trabajos de investigación y proporcionando las herramientas de búsqueda y localización de ideas, métodos, resultados de experimentos, observaciones, etc.
Apoyar y respaldar a los científicos, bibliotecarios, editores y empresarios en el desarrollo de iniciativas innovadoras para la explotación del caudal universal de ideas
científicas y descubrimientos.
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS FUNDAMENTALES
Los principios sobre los que se basa el trabajo de la Public Library of Science son los
siguientes:
Todos los materiales publicados por la Public Library of Science lo serán bajo el principio del open access que permite el acceso irrestricto a los contenidos, su distribución, uso y reproducción mediante cualquier medio siempre que se cite la fuente
original del trabajo.
El open access no merma la calidad de los contenidos ni en edición, sino que tanto la
evaluación realizada por los comités encargados como el trabajo de los editores y la
puesta a disposición de los lectores deben alcanzar el máximo nivel de excelencia.
La integridad y limpieza científicas tanto en la selección de los artículos como en su
publicación son principios básicos del trabajo.
PloS se plantea extender el ámbito de sus publicaciones a otras áreas científicas de
interés y no restringir su trabajo, en consecuencias, a la biología y a la medicina.
PloS fomenta la cooperación y colaboración entre instituciones y editores que compartan la filosofía del open access y pretendan hacer accesible la información al
público científico.
Como organización sin ánimo de lucro, PLOS gravará a los autores con una cantidad
que refleje exactamente el costo de la publicación, si bien la capacidad o incapacidad para afrontar ese pago no será nunca un criterio que se tenga en cuenta a la
hora de realizar la selección de los artículos.
El espíritu editorial que anima las publicaciones de PLOS es el de servir a la comunidad científica, el de pulsar sus necesidades y ofrecerle aquello que busca. La ciencia, su publicación y difusión se comprenden como recursos públicos, como bien
general al que debe accederse mediante el desarrollo de las herramientas precisas.
La comunidad científica tiene una dimensión internacional, universal, de ahí que la organización se preocupe por proporcionar acceso a todos los científicos de todos los
países, en condiciones adecuadas a sus posibilidades, y de reclutar a científicos de
todas las procedencias para intervenir en los procesos de evaluación y acreditación.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Cada revista plantea a sus potenciales autores una serie de consideraciones o requisitos para publicar en sus páginas. Es esa misma multiplicidad de criterios la que hace
necesaria la serie de recomendaciones para favorecer la normalización y estandarización
de nuestras publicaciones electrónicas tal como se incluyen en el capítulo 5 de esta Guía.
Es interesante, en cualquier caso, conocer las peticiones y demandas que plantea cada
una de ellas.
350
Los criterios de elegibilidad para la publicación de artículos en PLOS son:
Representar un avance substancial para la ciencia o la práctica médicas.
Ser originales.
Ser importantes para los investigadores o practicantes del área de conocimiento.
Ser importantes para los investigadores o para practicantes de otras áreas de conocimiento.
Estar ajustado a una metodología rigurosa que presente conclusiones bien asentadas y justificadas basadas en datos contrastables.
Adherirse a los más elevados estándares éticos.
Es recomendable que los autores que estén interesados en publicar sus trabajos
envíen, previamente al envío del artículo definitivo, una aclaración de las razones que llevan al autor a querer publicar en PLOS, una sinopsis no superior a las 500 palabras que
describa la situación preliminar de las investigaciones, los objetivos y la metodología, los
resultados alcanzados y las conclusiones principales del trabajo. Se asegura a los autores
una respuesta en uno u otro sentido inferior a las 48 horas. Si se recibe una invitación para
publicar sus trabajos en la revista, se entra en el proceso editorial habitual.
El proceso editorial comienza con el proceso de selección y evaluación y las tasas de
rechazo en PloS son altas. El veredicto final es el resultado de las apreciaciones emitidas
por el equipo editorial de la revista y por el comité de redacción constituido por eminentes
profesionales de todo el mundo. Cada manuscrito llegado a la redacción es asignado a un
editor de la revista que el responsable de elegir a un coeditor que es, a su vez, miembro
del comité editorial, experto en el área de que trate el artículo. Serán ellos dos quienes
evalúen y dictaminen si el trabajo aporta realmente algo diferencial dentro del campo de
conocimiento que representa. Si lo consideran positivamente, el artículo será reenviado a
un comité de expertos para su valoración subsiguiente. En cuanto a la configuración del
equipo de evaluadores, puede venir sugerido por el propio autor o puede ser impuesto por
la revista; sus integrantes, por otra parte, pueden querer permanecer en el anonimato,
cosa que la revista se encarga de asegurar. Entre las decisiones posibles tras concluir el
riguroso proceso de evalaución están:
El manuscrito es aceptado y se publica.
El manuscrito es aceptado pero requiere una revisión ulterior.
Se invita a los autores a que realicen una revisión del trabajo antes de tomar decisión
alguna sobre su publicación definitiva.
El artículo es rechazado con la recomendación de que sea revisado hasta alcanzar
una nueva forma, momento en el que se podría volver a presentarse.
El artículo se rechaza por no cumplir los objetivos de la revista –originalidad, impor
tancia para el ámbito de conocimiento, interés multidisciplinar, metodología, etc.–.
Los manuscritos aceptados entran en el proceso de producción editorial habitual. Los
artículos pueden ser publicados en línea antes que su edición haya acabado. En todo
caso, la versión definitiva será publicada dentro de los tres meses inmediatamente posteriores a su evaluación positiva. Para una visión completa de todos los apartados que conforman la guía de estilo de PLOS consulte el apartado de Guidelines 1 .
PROCEDIMIENTOS EDITORIALES
El procedimiento editorial, esquemáticamente expresado, seguido por PLOS, es el que
se ve en la figura 2.
351
Fig. 2. Procedimiento editorial de PloS
352
E-BIOSCI
E-BioSci 2 es una plataforma europea para el acceso libre a la información relacionada,
especialmente, con la genética y la investigación sobre el genoma humano y, en consecuencia, para la recuperación de los textos e imágenes completos de cualquiera de los
artículos que forman parte de su base de datos.
Fig. 3. BioSci
MISIONES Y OBJETIVOS
Las investigaciones actuales sobre genética, la configuración del genoma humano,
etc., han generado un torrente de bibliografía y de datos difícilmente asumible, manipulable o consultable. No se trata solamente de datos textuales sino de un cúmulo de información en distintos formatos: desde imágenes tridimensionales a cadenas de datos que
representan secuencias del genoma, todo ello incluido y repartido entre miles de publicaciones distintas y decenas de miles de artículos. Para promover la accesibilidad, la utilidad
y el adecuado rendimiento de esos datos, la EMBO 3 (European Molecular Biology
Organization) promueve la creación de una red transnacional de libre acceso a esos datos,
a las herramientas que propician su búsqueda y localización en un intrincado y creciente
entorno de información.
La investigación en genética genera grandes cantidades de datos que suelen almacenarse en formato digital. Gran parte de sus técnicas de investigación más usuales (espectroscopia, técnicas microscópicas), utilizadas para estudiar en tiempo real el comportamiento de macromoléculas individuales en el interior de las células, generan estructuras
e imágenes multidimensionales casi imposibles de ser reproducidas y menos aún manipuladas en papel. En gran medida, por eso, las revistas especializadas en el soporte habitual se están convirtiendo en puntos o lugares de referencia de lo publicado en formato digital, allí donde pueden encontrarse vídeos, imágenes multidimensionales, etc., que no
pueden ser impresos.
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS FUNDAMENTALES
E-BioSci es, hoy, una red federada de recursos informativos que incluye textos, secuencias e imágenes multidimensionales en una base de datos universalmente accesible. La
353
red de instituciones participantes está conformada por ocho sociedades europeas del máximo nivel 4 que comparten los siguientes principios organizativos:
Permitir a los usuarios que naveguen a través de los recursos que se les proporcionan, de una base de datos bibliográfica o una secuencia biológica en una base de
datos al texto completo de un artículo relevante en una revista del sector o en
cualquier otra fuente contrastada.
Permitir búsquedas en diferentes lenguas y formatos y proporcionar múltiples puntos de entrada a los usuarios finales a los archivos de documentos federados o a
repositorios de información dedicados a las ciencias de la vida.
Basarse, en la construcción de los repositorios de información, en software open
source, distribuible y utilizable gratuitamente, de manera que cualquier administrador de bases de datos locales o especializadas pueda generar vínculos a otras fuentes de información relevantes.
Trabajar bajo el principio de la ausencia de ánimo de lucro y proporcionar libre acceso a todo el material que resulte posible.
Proteger el acceso a aquellos materiales y contenidos que hayan sido generados
con propósitos comerciales; integrar diferentes modelos de negocio para tener una
visión completa de la manera en que se recogen los materiales, se distribuyen y/o
comercializan.
Permitir a cualquier proveedor de contenidos que sea completamente digital y que
cumpla con los requisitos del comité editorial de BioSci, participar en igualdad de
condiciones en las tareas editoriales.
Incluir, solamente, materiales previamente evaluados que cumplan con los criterios
de control editorial.
Los socios del proyecto E-BioSci proporcionan información bibliográfica específica a la
base de datos pero, también, diversos tipos de información científica que incluye el texto
completo de muchas revistas y las imágenes multidimensionales de moléculas, del genoma humano, etc. La vinculación de la información relacionada se realiza, además, mediante conexiones semánticas y conceptuales que proporcionan recuperaciones mucho
más precisas y pertinentes que las que procuran los buscadores habituales. El sistema que
soporta esta clase de búsquedas se denomina Collexis b.v.5 En contraste con otros servicios de información bibliográfica más convencionales, E-BioSci debe ser visto como una
herramienta de averiguación y descubrimiento que permite a los investigadores explorar
las conexiones semánticas entre los contenidos bibliográficos, diferentes conjuntos de datos moleculares y bases de datos de imágenes. Procura, además, herramientas de navegación y visualización mejoradas que facilitan el análisis y la integración de la información
encontrada.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La información que un científico puede encontrar en E-BioSci proviene de las distintas
aportaciones de las instituciones participantes. Según el cuadro de colaboraciones que la
propia organización proporciona, la dimensión del trabajo es la siguiente:
EMBO (European Molecular Biology Organization). Coordina y gestiona la plataforma tecnológica de E-BioSci; se constituye en nodo principal de E-BioSci y proporciona servicios de hosting; mantenimiento de páginas web; asegura el control de la
calidad de los contenidos científicos.
354
CINES (Centre Informatique National de l’Enseignement). Nodo francés principal;
proporciona acceso a los índices, bases de datos y texto completo de publicaciones
de los archivos que proporcionan las organizaciones colaboradoras.
CSIC. (Consejo Superior de Investigaciones Científicas). Nodo español principal;
implementación de e-journals españoles; gestiona los vínculos a latinoamérica.
DIMDI. (Deutches Institut für Medizinische Dokumentation und Information). Nodo
alemán; servidores de bases de datos y repositorios; diseño y desarrollo de protocolos de localización de documentos.
EDINA. (Edinburgh Univesity Computing Services). Nodo británico; desarrollo y comprobación del funcionamiento de buscadores.
EMBI_EBI. (European Bioinformatics Institute). Desarrollo y hosting del servidor raíz
de E-BioSci; desarrollo de localizadores de documentos, protocolos y bibliotecas
open client.
INGENTA. Construcción y desarrollo de la interfaz de acceso y los dispositivos de
control de E-BioSci.
INIST. (Institut Nationale de l’Information Scientifique et Technique). Nodo francés;
servidores de bases de datos y repositorios.
PROCEDIMIENTOS EDITORIALES
E-BioSci ofrece múltiples puntos de entrada al conjunto de los recursos digitales, con
varios tipos de documentos en diferentes formatos, cuyo enlace a lugares específicos se
realiza mediante tablas de búsqueda (Doc2Loc) vinculadas con una base de datos bibliográfica. Las tablas se construyen y mantienen solamente el servidor raíz y se distribuyen
junto con el software para la construcción de servidores espejo. El ingreso en el sistema
puede realizarse a través del marco de entrada o de presentación de uno de los nodos
miembros de la organización o, en el caso de un usuario que realice una consulta a una
base de datos local o remota, a través de una pasarela de acceso externo.
Fig. 4. Red distribuida de E-BioSci
355
SCIELO
MISIONES Y OBJETIVOS
La Scientific Electronic Library Online 6 , SciELO, es una biblioteca electrónica que abarca una colección seleccionada de revistas científicas brasileñas. La biblioteca es resultado de un proyecto de investigación de la FAPESP (Fundação de Amparo à Pesquisa do
Estado de São Paulo), en colaboración con BIREME (Centro Latinoamericano y del Caribe
de Información en Ciencias de la Salud). A partir de 2002, el Proyecto cuenta con el apoyo
del CNPq (Conselho Nacional de Desenvolvimento Científico e Tecnológico).
El proyecto contempla el desarrollo de una metodología común para la preparación, almacenamiento, diseminación y evaluación de literatura científica en formato electrónico. El
objetivo del sitio es implementar una biblioteca electrónica que proporcione acceso completo a una colección de revistas, una colección de números de revistas individuales, así
como al texto completo de todos sus artículos. El acceso tanto a las revistas como a los
artículos se puede realizar usando índices y formularios de búsqueda.
Fig. 5. Scientific Electronic Library Online
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS FUNDAMENTALES
El acceso adecuado y actualizado a la información científico técnica es esencial para
el desarrollo económico y social, en especial para apoyar los procesos de toma de decisión
en la planificación, formulación y aplicación de políticas públicas o para apoyar el desarrollo y la práctica profesional. El resultado de la investigación científica es comunicado y validado principalmente a través de la publicación en revistas científicas. Ese proceso es váli356
do para los países desarrollados o en desarrollo. Sin embargo, las revistas científicas de
los países en desarrollo se enfrentan con graves barreras en su distribución y diseminación, lo que limita el acceso y el uso de la información científica generada localmente.
SciELO, Scientific Electronic Library Online (Biblioteca Científica Electrónica en Línea) es
un modelo para la publicación electrónica cooperativa de revistas científicas en Internet.
Especialmente desarrollado para responder a las necesidades de la comunicación científica en los países en desarrollo y particularmente de América Latina y el Caribe, el modelo proporciona una solución eficiente para asegurar la visibilidad y el acceso universal a su
literatura científica, contribuyendo para la superación del fenómeno conocido como «ciencia perdida». Además, el modelo SciELO contiene procedimientos integrados para la medida del uso y del impacto de las revistas científicas.
El proyecto piloto, comenzado en marzo de 1997 y acabó en mayo de 1998 incorporando diez revistas brasileñas de diferentes áreas del conocimiento. Desde junio de 1998
el proyecto opera regularmente, incorporando nuevos títulos de revistas y expandiendo su
operación para otros países. El Modelo SciELO contiene tres componentes:
El primer componente es la Metodología SciELO, que permite la publicación electrónica de ediciones completas de las revistas científicas, la organización de bases
de datos bibliográficas y de textos completos, la recuperación de textos por su contenido, la preservación de archivos electrónicos y la producción de indicadores
estadísticos de uso y impacto de la literatura científica. La metodología también
incluye criterios de evaluación de revistas, basados en los estándares internacionales de comunicación científica. Los textos completos son enriquecidos dinámicamente con enlaces de hipertexto a bases de datos nacionales e internacionales
como, por ejemplo, LILACS y MEDLINE.
El segundo componente del Modelo SciELO es la aplicación de la metodología
SciELO en la generación de sitios web de colecciones de revistas electrónicas. El
modelo SciELO favorece la creación de sitios nacionales y también de sitios temáticos. La aplicación pionera es el sitio SciELO Brasil 7 . También están en funcionamiento aplicaciones en Chile 8 y en Cuba 9 . Otros países están evaluando o están
recibiendo formación en la metodología SciELO. SciELO Salud Pública10, lanzada en
1999, es una biblioteca temática regional que cubre el área de Salud Pública con
revistas científicas de América Latina y España. Existe, además, un portal para integrar y proporcionar acceso a la red de sitios SciELO11.
El tercer componente del modelo es el desarrollo de alianzas entre los actores
nacionales e internacionales de la comunidad científica, autores, editores, instituciones científicas y tecnológicas, agencias de apoyo, universidades, bibliotecas,
centros de información científica y tecnológica, etc., con el objetivo de diseminar,
perfeccionar y mantener el modelo SciELO. La operación de la red SciELO se basa
fuertemente en infraestructuras nacionales, lo que contribuye a garantizar su futura
sostenibilidad.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Los criterios de evaluación de revistas científicas adoptados por el Proyecto SciELO
para la admisión y permanencia de títulos en la colección electrónica son los siguientes.
El Proyecto SciELO busca a corto plazo aumentar radicalmente la visibilidad, la accesibilidad y la credibilidad nacional e internacional de las publicaciones científicas de
América Latina y el Caribe, por medio de la publicación integrada en Internet de colec357
ciones nacionales y regionales de revistas científicas. A largo plazo, el proyecto busca contribuir al aumento del impacto de la producción científica de esas regiones. Para la consecución de los objetivos del Proyecto SciELO es esencial promover el perfeccionamiento de
la comunicación científica nacional en todos sus aspectos, buscando identificar, estimular
y desarrollar una colección-núcleo de revistas científicas, cuyo estándar de calidad alcance
al de las revistas científicas internacionales de primera línea. En ese sentido, los criterios
de evaluación de revistas y las políticas y procedimientos para su aplicación constituyen
una línea de acción fundamental del Proyecto SciELO.
Los Criterios SciELO tienen por objetivo específico contribuir a la formación y el desarrollo de la colección-núcleo de revistas científicas de SciELO, y además:
Ofrecer subsidios para la evaluación de revistas científicas nacionales con el objetivo de determinar su admisión en la colección SciELO.
Evaluar y realizar seguimientos del funcionamiento de las revistas científicas incluidas en la colección SciELO con el objetivo de determinar su permanencia en la
colección.
Producir indicadores de funcionamiento de la colección SciELO como un todo y de
cada una de las revistas participantes.
El Comité Consultivo tiene por objetivo, basado en la aplicación de los Criterios
SciELO, proponer:
La inclusión de nuevos títulos de revistas científicas en la colección SciELO.
La exclusión de títulos de revistas científicas de la colección SciELO.
Modificaciones de los criterios de evaluación para admisión y permanencia de títulos de revistas en la colección SciELO.
Indicadores de desempeño de las revistas de la colección SciELO, que serán publicados periódicamente.
La definición y el perfeccionamiento del funcionamiento del Comité, con vistas a cumplir eficientemente los objetivos anteriores.
El Comité estará formado por representantes de la comunidad científica nacional. La
colección SciELO incluye revistas científicas que publican predominantemente artículos
resultantes de investigaciones científicas originales y otras contribuciones originales significativas para el área específica de la revista. El proceso de revisión y aprobación de las
contribuciones debe ser hecho por especialistas (pares).
La colección de cada título individual en la SciELO debe iniciarse a partir del año de
1997, o a partir del primero número para revistas creadas después de 1997. Las contribuciones pueden estar escritas en los idiomas inglés, portugués y español.
Las revistas de la colección SciELO no tienen necesariamente que ser publicadas en
papel. Los criterios SciELO para la admisión de revistas en la colección son:
Para la admisión automática durante 1999-2001: los Criterios SciELO para admisión
de nuevos títulos de revistas consideran las evaluaciones a que esas revistas fueron
sometidas anteriormente por instituciones científicas y gubernamentales, además de
su participación en índices internacionales seleccionados. Un título de revista estará
automáticamente habilitado para admisión cuando haya sido indizado en uno de los
índices seleccionados o cuando haya obtenido una alta puntuación en las evaluaciones de las instituciones científicas y gubernamentales.
358
Para las revistas incluidas en índices internacionales: las revistas nacionales que
son indexadas en los siguientes índices internacionales, estarán automáticamente
habilitadas para su primera admisión en la colección SciELO:
ISI.
MEDLINE/Index Medicus.
PsycInfo (American Psychologial Association).
Cuando un título de revista no estuviera automáticamente habilitado para admisión en
SciELO, deberá ser evaluado de acuerdo con los siguientes indicadores:
Carácter científico: las revistas deben publicar predominantemente contribuciones
originales resultantes de investigaciones científicas y/o significativas para el área
específica de la revista. Siempre que sea necesario el Comité Consultivo de
SciELO podrá solicitar la opinión de pares para verificar el predominio de contribuciones originales.
Arbitraje por pares: la revisión y la aprobación de las contribuciones deben ser realizadas por pares. La revista debe especificar formalmente cuál es el procedimiento seguido para la aprobación de artículos. A partir de la admisión en SciELO el
proceso de arbitraje debe ser documentado. Es obligatoria la indicación de las principales fechas del proceso de arbitraje, incluyendo las fechas de recepción y de
aprobación.
La composición del consejo editorial de la revista debe ser pública. Sus integrantes
deben ser especialistas reconocidos, de origen nacional e internacional. Las revistas que
posean un consejo con integrantes ligados predominantemente a una institución y con
artículos provenientes, en su mayor parte, de una única institución o de una región geográfica, no serán admitidas.
La periodicidad es un indicador del flujo de la producción científica del área específica
cubierta por la revista, y que depende de su área temática. Es también un indicador relacionado con la oportunidad y velocidad de la comunicación. La tabla inferior indica, de
acuerdo con grandes áreas temáticas, la periodicidad mínima y deseada, así como el
número mínimo y deseado de artículos por año:
Perioricidad
Área temática
Mínima
Agrarias y Exactas cuatrimestral
Número de artículos por año
Deseada
Mínimo
Deseado
trimestral
18
18
Biológicas
trimestral
trimestral
18
18
Humanas
trimestral
trimestral
18
18
Algunos otros requisitos son:
La revista debe tener por lo menos cuatro números publicados para ser considerada
para
evaluación.
La revista debe aparecer puntualmente de acuerdo con su periodicidad.
Los artículos deben contener título, resumen y descriptores en el idioma del texto del
artículo y en el idioma inglés, cuando éste no sea el idioma del texto.
359
La revista debe especificar la(s) norma(s) seguida(s) para la presentación y estructuración de los textos y para la presentación de citas bibliográficas, de modo que sea
posible evaluar la obediencia de las normas indicadas.
Los artículos deben contener información acerca de la afiliación de los autores, incluyendo la institución de origen.
La admisión de una revista en la colección SciELO debe ser hecha después del parecer positivo del Comité Consultivo de SciELO. Siempre que sea necesario el Comité
solicitará el arbitraje de pares para reforzar sus pareceres.
En principio, todos los indicadores adoptados para la evaluación de títulos de revistas
para su admisión en SciELO deben aplicarse, también, para considerar su permanencia:
Puntualidad de envío de los archivos: la puntualidad de envío se mide por la llegada
de los archivos de un número de la revista a la unidad editorial de SciELO, que debe
seguir puntualmente la periodicidad de la revista. Las revistas que no son puntuales
deben ser analizadas por el Comité Consultivo de SciELO, estando sujetas a
exclusión de la colección.
Indicador de uso de la revista: el uso de la revista es medido por la evolución mensual del número de accesos o visitas al contenido de la revista. Si el uso de la revista
es sistemáticamente bajo y/o decreciente cuando se compara con revistas de la
misma área, la permanencia de la revista en la colección debe ser evaluada por el
Comité Consultivo de SciELO, que deberá emitir su parecer para que se estudien las
causas y posibles soluciones, o proponer la exclusión de la revista de la colección.
Indicador de impacto: el indicador de impacto de cada título de revista, medido en
base a las citas que la revista recibió, debe ser evaluado en conjunto con los títulos
de revistas de la misma área. El aumento en el factor de impacto o su estabilización
en el valor promedio de las revistas de la misma área son considerados resultados
de desempeño positivo y, por lo tanto, garantía de permanencia del título en la colección SciELO.
PROCEDIMIENTOS EDITORIALES
La metodología de edición seguida en ScieLO sigue una estricta DTD 12 (Definición de
Tipos de Documentos) basada en la norma ISO 8879-1986 (SGML,Standard Generalized
Markup Language) e ISO 12083-1994 (Electronic Manuscript Preparation and Markup). El
SGML es el metalenguaje usado para la descripción de textos completos y utilizando éste
fueron definidos los DTD del Proyecto FAPESP/BIREME de Revistas Electrónicas. Cada
DTD indica: los elementos, obligatorios o no, pertenecientes a un documento y a la estructura del contenido de los elementos, junto con los valores de los atributos usados.
Fig. 6. Flujo de trabajo editorial
360
En cuanto al flujo general de trabajo editorial, los hitos principales son:
La Unidad SciELO recibe los archivos electrónicos enviados por las revistas en distintos formatos.
Si los archivos ya están en HTML, se envían al proceso de marcación y verificación
final del HTML.
Si los archivos no están en HTML, se envían para realizar su conversión a HTML.
Cuando todos los archivos están en formato HTML, se realiza su verificación para
comprobar la integridad del texto, incluyendo allí, por ejemplo, el enlace a las imágenes; más tarde se realiza la marcación de la estructura y de los elementos bibliográficos del texto;
Los archivos son cargados en una base de datos local, donde se realizará el control
de calidad.
Hecho el control de calidad, la base de datos se hace accesible a través de Internet.
Con la base de datos de SciELO cargada, se envían los metadados a las bases de
datos externas y se generan los enlaces con fuentes de información externas.
HIGH WIRE PRESS
MISIONES Y OBJETIVOS
HighWire Press 13 es una división de las bibliotecas de la Universidad de Standford que
produce las versiones digitales de revistas científicas de gran impacto y de otros recursos
valiosos para la comunidad científica. HighWire Press trabaja sin ánimo de lucro junto con
sociedades profesionales, editoriales universitarias y editores comerciales para crear la
colección más selecta de bibliografía clínica y de investigación, consultable a través de los
motores de búsqueda implementados que permiten realizar búsquedas globales y
cruzadas en todas las revistas depositadas en la base de datos. Los socios de HighWire
Press producen la mitad de las 200 revistas más citadas en el ámbito científico.
Siguiendo ese principio, HighWire Press ha construido el repositorio más grande existente hoy día en Internet de artículos científicos, particularmente, de aquellos dedicados a
las ciencias de la vida, de libre acceso (unos 735.000 en el momento de la redacción de
esta guía). Desde el año 1995, con el lanzamiento del Journal of Biological Chemistry 1 4 (y
con las posteriores ediciones de revistas como Science Magazine, The New England
Journal of Medicine, PNAS, JAMA), el sitio de HighWire Press se ha convertido en el lugar
de referencia más importante en la web en relación con la diseminación y distribución gratuita del conocimiento científico.
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS FUNDAMENTALES
HighWire Press es un editor digital que puede trabajar, simultáneamente, de las siguientes maneras:
Desde el punto de vista editorial:
Convirtiéndose en el editor de una revista que no posea los recursos necesarios
para hacerlo por su cuenta, haciéndose cargo, eventualmente, desde la digitalización de los materiales impresos, si su fondo editorial está todavía en papel,
hasta su publicación en la Web.
361
Proporcionando un servicio de asistencia a la edición on line, denominado Bench
Press, para aquellas revistas que deseen hacerse cargo de la edición de sus contenidos mediante un procedimiento en línea asistido.
Proporcionando servicio de alojamiento a revistas y entidades que quieran formar
parte del proyecto de HighWire Press pero que se editan a sí mismos.
Desde el punto de vista comercial:
Acogiendo revistas en régimen riguroso de open access.
Acogiendo revistas que comercializan sus contenidos.
Gestionando los cobros a suscripciones, a pago por uso y visión, etc.
En ese sentido, HighWire Press desarrolla y mantiene varios tipos de servicios fundamentales:
Alojamiento de páginas web de revistas científicas, gratuitas o no gratuitas:
Servicios básicos:
Pone a disposición de los editores que publiquen sus revistas con HighWire el
Electronic Press Engine (EPE).
Una base de datos propietaria y un sistema de búsqueda propio.
El interfaz común de HighWire y las herramientas que incorpora.
Desarrollos personalizados de las páginas web de cada revista.
Archivos de texto completo en PDF con índices de contenidos y resúmenes.
Búsqueda en la estructura de metadatos.
Referencias hipertextuales entre las revistas que conforman la base de datos de
HighWire.
Soporte de datos suplementario (imágenes, tablas, elementos multimedia, etc.).
Soporte y ayuda a los lectores: ayudas, información sobre suscripciones, apoyo
al lector, instrucciones a los autores, etc.
Servicios avanzados (presentes en el portal específico de la revista o accesibles a
través de la página común de HighWire):
Contenido textual completo de la revista.
Acceso a la propia revista, al resto de las revistas alojadas en HighWire, y a la
base de datos de MEDLINE.
Descarga de artículos por tema, taxonomía, palabra clave, autor, cita, etc.
Vínculos a bibliografías externas y a bases de datos estructuradas:
iVínculos a y de ISI, que incluyen información sobre el número de citas en la
Web de la Ciencia.
iUso de CrossRef y/o de MEDLINE.
iEnvío de resúmenes a servicios de indización.
Soluciones de comercio electrónico (en el sitio de su propia revista o a través de
la página principal de HighWire):
iControl completo sobre el proceso de suscripción (en el que pueden implementarse las políticas concretas de cada revista).
iTransacciones seguras.
iImplementación de la modalidad del Pay per view o pago por uso. También de la
modalidad de acceso temporal a los contenidos.
iSistema de publicidad dirigido por los editores.
iLiquidaciones puntuales.
Personalización específica de las características del sitio:
iAlertas de contenidos (por palabras clave, autores, nuevos contenidos, etc.).
iUso de CrossRef y/o de MEDLINE.
iCreación de páginas personales con «mis revistas favoritas».
362
Otros rasgos destacados:
Edición en línea y/o en lugar de impresión en papel: los autores y los editores
desean, en muchos casos, acelerar la publicación de artículos importantes o de
trabajos que no hubieran tenido cabida en las revistas en papel por su extensión
necesariamente limitada y por las fechas de cierre de la redacción. La opción de
publicar on line activa la publicación varias semanas o incluso meses.
Fig. 7. Página inicial de Bench Press
HighWire proporciona un sistema propio de entrega y presentación de originales; de revisión y evaluación; de seguimiento preciso del estado de edición de los
contenidos; de generación de informes y estadísticas de uso y lectura; de cobro
y, claro está, de publicación. Se denomina Bench Press 15 y es un verdadero sistema de edición on line, una aplicación disponible en Internet que puede adaptarse a los flujos de trabajo específicos de cada editorial.
Construcción de taxonomías personalizadas: HighWire ofrece como servicio la
generación de taxonomías particularizadas o su construcción mediante el uso del
HighWire Knowledge System Engineer (con 48.000 entradas declaradas), clasificación que incrementará la pertinencia y exactitud de las búsquedas.
Fig. 8. Detalle de una taxonomía
363
HighWire promueve, entre los editores comerciales, la iniciativa de «números
antiguos gratuitos». El editor o la sociedad profesional pueden tomar la decisión
sobre el límite temporal tras el cual los números estarían disponibles (un mes, un
trimestre, un semestre, etc.)16.
Cartas electrónicas interactivas al editor y forums de discusión on line: los comentarios que los lectores puedan hacer a propósito de un artículo leído, son enviados a un editor para su evaluación que decidirá si lo vincula al artículo o no para
que otros futuros lectores puedan explotar esa conexión.
Envío de resúmenes, índices de contenidos, y una selección de textos completos de algunas revistas a su dispositivo móvil (PDA).
Realización de conversiones retrospectivas: se proporciona el servicio de migración de un contenido on line a otro servicio de alojamiento o a llevar a cabo
el proceso de digitalización y transcripción necesario para volcar contenidos en
papel a la Web.
Fig. 9. HighWire
CRITERIOS DE SELECCIÓN
No existen o se plantean a priori restricciones precisas para la participación en la web
de HighWire. La página especifica de información destinada a los editores17 que quieran
publicar sus revistas en HighWire recogen toda clase de detalles relacionados con los servicios pretados.
PROCEDIMIENTOS EDITORIALES
Desde el punto de vista estrictamente editorial, uno más de los aciertos de HighWire
Press es la flexibilidad de sus servicios, su adaptación a las características y objetivos de
cada revista, el ofrecimiento de diversos procedimientos editoriales adecuados a cada
requerimiento particular:
Gestión autónoma de los contenidos adaptada a modalidades particulares. Estructura flexible de los formatos de datos: (SGML, XML, XyASCII, 3B2, Miles, Ventura,
Penta, PageMaker, Quark).
Distribución de metadatos y/o de textos completos a terceros.
364
Opciones flexibles para el archivo y la gestión de los contenidos;
Control de accesos flexible en el que el editor decide qué contenido debe ser protegido y cuál otro es libremente accesible, por fecha, sección, artículo, autor, etc.
Personalización de la página inicial de la revista, colores, fuentes y logos institucionales, cabeceras y pies.
Integración sencilla y automática con el sitio web preexistente.
Vinculación de los resultados de las búsquedas con las cubiertas de la revista.
Otras herramientas disponibles:
Gestor de datos suplementarios para la vinculación de contenidos multimedia y
otros.
Editor Html para el diseño de sus páginas web.
Sistema accesible de suscripciones.
Informes de estadísticas de uso y descarga.
Fig. 10. Revistas de AHA publicadas con la intervención de HighWire Press
SPARC
MISIONES Y OBJETIVOS
SPARC 18 , Scholarly Publishing and Academic Resources Coalition (Coalición de publicaciones científicas y de recursos académicos), es una alianza, según se establece en su
declaración de intenciones, entre universidades, bibliotecas dedicadas a la investigación y
organizaciones que pretenden responder de manera constructiva a las disfunciones provocadas por el mercado en el sistema de comunicación científico, es decir, en la desigualdad
en el acceso a la información. La iniciativa de SPARC se dirige, en consecuencia, a generar sistemas de diseminación gratuita del conocimiento, a construir una red y un entorno
digital de intercambio de ideas e información valioso para el campo científico.
365
SPARC, en consecuencia, no es un editor ni distribuidor de revistas científicas ni busca
establecer alianzas empresariales para su edición. El papel que cumple es el de promotor
de la innovación, el de sustentador de proyectos renovadores, en un entorno de intercambio de información y de colaboración entre sus miembros.
Fig. 11. Página inicial de SPARC
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS FUNDAMENTALES
El trabajo de SPARC se centra en tres áreas principales, todas ellas encaminadas a
promover el acceso masivo y económicamente viable a los trabajos científicos:
Incubación: en SPARC se crean y desarrollan alternativas competitivas tanto a la modalidad de edición comercial de revistas científicas como a los sistemas de agregación
o sindicación de la información. En este sentido existe un conjunto de editores19 participantes en alguna de las tres iniciativas puestas en marcha a este respecto:
SPARC Alternative 20 : programa que apoya el desarrollo de revistas de bajo costo
para aquellas disciplinas que han estado tradicionalmente sometidas a la distribución de revistas comerciales de precios muy altos.
SPARC Leading Edge21: programa que apoya el desarrollo de modelos de negocio innovadores o iniciativas de implantación del open access.
SPARC Scientific Communities 22 : programa que apoya el desarrollo de portales sin
ánimo de lucro para el uso de comunidades científicas específicas mediante la
agregación o publicación de investigaciones ya evaluadas y contrastadas y de otra
clase de contenidos.
Apoyo y defensa: SPARC apoya el cambio tanto en la lógica del proceso editorial
como en los sistemas de comunicación científicos. Ese apoyo comprende el
establecimiento de relaciones con todos los agentes implicados –bibliotecarios, científicos y editores– y el desarrollo de una labor de comunicación sistemática para promocionar el nuevo sistema y transmitir sus ventajas.
Educación: SPARC desarrolla diferentes campañas para trasladas a la comunidad
científica los problemas que atañen al acceso desigual a la información e intenta pro366
mover el control que las instituciones y la propia comunidad de los científicos ejercen
sobre el proceso de comunicación de los resultados de su trabajo.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
SPARC ha desarrollado un programa de editores asociados que comparten una serie
de principios básicos:
Crear un entorno de comunicación y colaboración científicas donde el coste, la adquisición, la custodia y almacenamiento de las publicaciones electrónicas sea reducido y donde se recompense la actitud de asistencia hacia los lectores y usuarios.
Asegurar el uso correcto y lícito de los recursos electrónicos, reforzando las cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual.
Aplicar las nuevas tecnologías a la mejora de los procesos de comunicación científica y a la reducción de los costes de producción y distribución.
De acuerdo con los principios de SPARC, la elegibilidad de sus socios está basada,
sobre todo, en la aceptación de sus planteamientos y la colaboración en la consecución de
sus objetivos comunes; también en el desarrollo de programas editoriales innovadores y
potencialmente autosostenidos que podrán contar, en cualquier caso, con el apoyo
económico de la organización y con el eco redoblado que su apoyo pueda procurar.
TECNOCIENCIA
MISIONES Y OBJETIVOS
El objetivo global de este proyecto es la creación de una plataforma digital dentro del
Portal Tecnociencia 23 donde se recojan, seleccionen y alojen las revistas científicas electrónicas españolas y latinoamericanas existentes o de nueva creación que cumplan unos
requisitos de calidad rigurosos. El acceso a las revistas será gratuito sin que ello menoscabe los principios de calidad que deben regir los textos de las publicaciones integradas en el proyecto.
PRINCIPIOS ORGANIZATIVOS FUNDAMENTALES
Sus principios esenciales podrían resumirse en:
Establecer un sistema de calidad normalizado y validado de las revistas electrónicas.
Aquellas revistas que estén interesadas en seguir estos criterios de calidad, certificarán que sus publicaciones cumplen con las normas anteriores, convirtiéndose en
un marchamo de calidad para las publicaciones.
Crear una plataforma que aglutine a todas las revistas electrónicas que quieran formar parte de la misma y cumplan los requisitos de calidad establecidos. Esta
plataforma residirá dentro del portal Tecnociencia, y permitirá el acceso gratuito a
todos los usuarios a las revistas. El acceso a las revistas se realizará a través de
bases de datos y por directorios. Tal y como está diseñada esta plataforma, permitirá además de la consulta a las revistas, constituir un repositorio de todas las revistas que quieran forma parte del portal.
Crear una interfase OAI-PMH (Open Archives Initiative–Protocol for Metadata
Harvesting) que permita que los contenidos del portal de revistas estén disponibles
en múltiples bases de datos y catálogos internacionales.
367
Aportar servicios de valor añadido sobre los documentos indicados. Por ejemplo: sistema de alertas, acceso personalizado a las colecciones, estadística de uso de los
documentos y estudio de medidas de impacto de los mismos.
Difundir el movimiento de acceso abierto entre la comunidad científica nacional.
Asesorar técnicamente para la creación de nuevas revistas electrónicas de acceso
abierto.
Proporcionar servicio opcional de hospedaje de revistas electrónicas de libre acceso.
Difundir ampliamente el proyecto entre instituciones académicas para su conocimiento y uso de los recursos generados.
Estos objetivos se recogen en la estructura del Plan Nacional de Investigación 20042007, donde se dice textualmente en el apartado correspondiente al fomento de la cultura
científica y tecnológica:
El Programa Nacional de Fomento de la Cultura Científica y Tecnológica pretende
desarrollar los mecanismos, y las estructuras necesarias para generar información de
ca-lidad sobre la ciencia y tecnología, preparar esta información para que sea útil y
comprensible, ayudar a que se difunda ampliamente en la sociedad y, finalmente, monitorizar sus efectos en la propia sociedad.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Actualmente contamos con 47 revistas que se han adherido al proyecto, mediante un
convenio de colaboración entre CINDOC y el editor. El número de artículos ronda los 350.
Se propone una arquitectura abierta, basada en tecnologías estandarizadas y de
amplia aceptación en el ámbito de desarrollo de esta iniciativa. La arquitectura lógica esta
basada en la arquitectura UPS (Universal Preprint Service) y en su derivación propuesta
por la iniciativa OAI (Open Archives Initiative).
Guidelines (en línea) <http://www.plosmedicine.org/medicine/guidelines.html> (Consulta:
21 de junio de 2004).
2 EBIOSCI (en línea) <http://www.e-biosci.org> (Consulta: 21 de junio de 2004).
3 EMBO (en línea) <http://www.embo.org> (Consulta: 21 de junio de 2004).
4 EbioSci Partners (en línea) <http://www.e-biosci.org/partners.html> (Consulta: 21 de junio
de 2004).
5 Collexis b.v. (en línea) <http://www.collexis.com> (Consulta: 22 de junio de 2004).
6 SciELO (en línea) <http://www.scielo.br> (Consulta: 22 de junio de 2004).
7 SciELO Brasil (en línea) <http://www.scielo.br> (Consulta: 22 de junio de 2004).
8 SciElo Chile (en línea) <http://www.scielo.cl> (Consulta: 22 de junio de 2004).
9 SciELO Cuba (en línea) <http://www.scielo.sld.cu> (Consulta: 22 de junio de 2004).
10 SciELO Salud Pública (en línea) <http://www.scielosp.org> (Consulta: 22 de junio de
2004).
11 SciELO red de sitios (en línea) <http://www.scielo.org> (Consulta: 22 de junio de 2004).
12 SciELO DTD (en línea) <http://www.scielo.org/dtd/sumario_es.htm> (Consulta: 22 de
junio de 2004).
13 HighWire Press (en línea) <http://www.highwire.org/> (Consulta: 22 de junio de 2004).
14 Journal of Biological Chemistry (en línea) <http://www.jbc.org/> (Consulta: 22 de junio de
2004).
1
368
HighWire BenchPress (en línea) <http://benchpress.highwire.org/> (Consulta: 23 de junio
de 2004).
16 HighWire Free online Full Text Articles (en línea) <http://highwire.stanford.edu/lists/freeart.dtl>
(Consulta: 23 de junio de 2004).
17 HighWire Information and Services for Publishers (en línea) <http://www.highwire.org/publishers/>
(Consulta: 24 de junio de 2004).
18 SPARC (en línea) <http://www.arl.org/sparc/core/index.asp?page=a0> (Consulta: 24 de
junio de 2004).
19 SPARC Publisher Partners (en línea) http://www.arl.org/sparc/core/index.asp?page=c0
(Consulta: 24 de junio de 2004).
20 SPARC Alternative (en línea) <http://www.arl.org/sparc/core/index.asp?page=c1>
(Consulta: 24 de junio de 2004).
21 SPARC Leading Edge (en línea) <http://www.arl.org/sparc/core/index.asp?page=c3>
(Consulta: 24 de junio de 2004).
22 SPARC Scientific Communities (en línea) <http://www.arl.org/sparc/core/index.asp?page=c5>
(Consulta: 24 de junio de 2004)
23 Tecnociencia (en línea) <http://www.tecnociencia.es> (Consulta: 20 de septiembre de
2004).
15
369
10. La edición electrónica
de literatura gris
JOAQUÍN RODRÍGUEZ
370
371
Capítulo 10
La edición electrónica de literatura gris (Joaquín Rodríguez)
370
Buenas prácticas de edición: directrices, estructura, estilos, formatos,
flujos de trabajo
372
Preprints
374
ArXiv.org
375
E-Prints.org
378
Open Archives
380
Visibilidad, impacto y referencias cruzadas
380
Globales
381
OAI (Open Archives initiative)
381
SHERPA (Securing a Hybrid Environment for Research Preservation
and Access)
382
Por disciplinas
383
Repec.org
383
CogPrints
384
E-LIS
385
Postprints
386
Theses.org
386
Eagle (European Association for Grey Literature)
387
BUENAS PRÁCTICAS DE EDICIÓN:
DIRECTRICES, ESTRUCTURA, ESTILOS, FORMATOS, FLUJOS DE TRABAJO
Pocos conceptos abarcan una realidad tan heterogénea, dispar, fragmentaria, escurridiza y difícilmente clasificable como el de «literatura gris». Y esto tiene que ver con que su
naturaleza, en la mayor parte de los casos, es perecedera, efímera, de interés particular y
restringido, circunscrita en el tiempo y en el espacio, al margen de canales de comercialización y difusión editorial tradicionales o habituales, sin afán de dejar memoria o rastro
bibliográfico, sin propósito de ajustarse a criterios de normalización establecidos, sin
tiradas controladas o depositadas, producida irregularmente en diversos y a veces
endebles soportes, lo que no entraña ni quiere decir que sean publicaciones carentes de
interés o prescindibles. Muy al contrario, una gran parte de ella puede ser de sumo interés
científico, empresarial e industrial, tener incluso vocación de alcanzar a un público mayor
para el que fue concebida y, sin embargo, tanto su producción como, sobre todo, su
circulación y difusión públicas, es apenas conocida y registrada. Existen razones
económicas evidentes para que esta clase de literatura, cuando se produce en papel, no
circule ni se difunda a gran escala. Existen también evidentes límites en cuanto al público
lector potencial, necesariamente restringido y especializado y, por tanto, escaso,
normalmente insuficiente para que justifique una estrategia de producción o distribución
editoriales masiva. Pero lo cierto, y vale la pena abundar en ello, es que en buena parte
de la literatura gris –pensemos en las tesis doctorales, en los libros blancos, en las actas
de congresos, por dar ahora sólo tres ejemplos–, encierra una información insustituible,
de alto valor in-trínseco.
La aparición de los soportes digitales y de las redes de comunicación, el uso de Internet
como herramienta editorial, ha venido a invertir el orden conocido de las cosas, a transformar por completo todos y cada uno de los elementos encadenados en el proceso de
creación, publicación y diseminación de la información, más aún cuando se trata de contenidos de la naturaleza de los que caen dentro de la literatura gris. Cuando la edición es
sencilla, económicamente asequible y cuando el horizonte potencial de la propagación y
transmisión de lo escrito es cuasi universal, cabe desarrollar estrategias de edición y preservación digitales de esos contenidos para uso y beneficio de la comunidad científica, en
particular, y de la sociedad civil, en general. Hasta tal punto esto es verosímil, hasta tal
punto son profundos los cambios acontecidos, que se especula con la desaparición misma
del concepto de «literatura gris»para ser sustituido por el de networked organizational publishing 1 o, simplificándolo, «edición en red». Ya no se trataría tanto, en consecuencia, de
la heterogeneidad de los contenidos como de los procedimientos de creación, generación,
compartición, difusión y uso, vinculados con las propiedades de la Red.
La tipología de documentos comprendidos en la literatura gris, aun diferenciándose de
acuerdo con quién establezca la tipología, podría ser la siguiente (sin afán de que las categorías en las que queden agrupados sean excluyentes) 2, 3:
De interés científico y académico:
Preprint (working papers; discusion papers; e-papers): documentos de trabajo en
los que se registran los resultados de una investigación o proceso con la intención
de someterlos a la consideración de una comunidad científica determinada y
recibir sugerencias y comentarios sobre los distintos aspectos tratados en los mismos, antes de formalizarlos para su publicación en una revista o su presentación
a un congreso.
372
Actas de congreso: Publicación de lo tratado en un congreso, simposio, coloquio, etc., con los textos de las comunicaciones, ponencias, etc.
Separata: encuadernación de uno o más pliegos separados de la revista u obra de
que forman parte, impresos aprovechando los mismos moldes que generalmente
se entregan a su autor. También se llama tirada aparte.
Reviews: evaluaciones críticas de los desarrollos y aportaciones que se producen
en una especialidad. Están escritos por expertos en el área de conocimiento correspondiente y son importantes fuente de referencia.
Foros de discusión (electronic conferences; e-conferences; computer conferences; electronic forum; online discussion groups; scholarly discussion groups; news
groups): las listas o redes de debate e intercambio de información propiciadas por
el correo electrónico y las herramientas de comunicación inmediata, generan regularmente formas de intercambio informal del conocimiento variadas y fundamentales 4 .
Traducción: de artículos, comunicaciones y otros documentos propios de los campo científico-técnico que, por muy diversas razones, no están fácilmente disponibles.
Currículo: relación de los datos personales y de la historia profesional de una persona.
Tesis doctoral: escrito en el que se presentan las investigaciones o trabajos realizados con el fin de obtener un título universitario de tercer ciclo.
Cuaderno de trabajo: libro, generalmente en rústica, que contiene las pruebas
prácticas relacionadas con ciertas materias o temas.
Grabaciones en vídeo de temas científicos y/o técnicos.
De interés empresarial:
Boletín de difusión interna: Publicación periódica destinada a tratar de asuntos
organizativos, científicos, históricos, artísticos o literarios, generalmente editada
por una corporación, institución o empresa;
Informe: documento que contiene la exposición de hechos, proyectos, encuestas
y actas.
Libro de estilo: conjunto de normas que rigen la imagen externa y aun interna de
una empresa o institución, que incluyen desde cuestiones tipográficas y de maquetación hasta de control de uso de la marca (signo o símbolo que sirve para distinguir los productos o los servicios de una empresa).
Norma: regla que fija las condiciones en que debe realizarse una operación o actividad, la ejecución de un objeto o la elaboración de un producto.
Patente: documento expedido por un servicio gubernamental o administración regional que describe un invento y crea una situación legal según la cual el invento
patentado sólo puede ser explotado con la autorización del propietario de la patente.
Documentación comercial y/o industrial: incluye todo tipo de propaganda (catálogos comerciales, panfletos, etc.), así como memorias anuales e informes, documentación de cursos de formación para personal de empresas, etc.
Folleto: impreso no periódico que consta de más de cuatro páginas y menos de
cincuenta.
Hojas volantes o sueltas: publicación unitaria que no exceda las cuatro páginas.
De interés institucional o público:
Documento oficial: documento expedido formalmente por algún organismo de la
Administración pública del Estado.
373
Publicaciones oficiales: suele realizarse esta distinción respecto a los documentos oficiales por tratarse de la documentación editada y/o publicada por algún
organismo público de la Administración, solo o colaboración con editoriales o entidades privadas.
Libros blancos: libros editados por un Ministerio u organismos de la Administración para exponer su punto de vista acerca de determinado asunto. Suelen
incluir un estado de la cuestión del tema a tratar y de un proyecto a seguir.
Otros intereses:
Guión: relación detallada de la acción de una película o la acción en un programa
de radio o televisión, que comprende texto, diálogo e indicaciones técnicas.
Programa de ordenador: conjunto de instrucciones, escritas en un lenguaje de
máquina, ensamblador o de alto nivel, que dirigen al ordenador en la ejecución
automática de tareas que tienen por fin la consecución de cierto objetivo.
RFC (Request for comments) 5 : conjunto de notas técnicas y organizativas sobre
Internet que comenzaron a redactarse en 1969. En esas notas se discuten múltiples aspectos relacionados con la red, con los protocolos, procedimientos, programas, etc., así como opiniones, debates, etc.
Documentación de ONG: estas entidades son grandes productoras de literatura gris: informes, datos de estudios conducidos sobre el terreno, manuales para el
trabajo de campo, carteles de anuncio de campañas, documentación promocional,
etc.
Existen, como veremos, diversas modalidades para la edición y difusión de los contenidos «grises», pero la tendencia más generalizada y acorde con los presupuestos del
open access que se han venido viendo en esta Guía, es la de la autopublicación o
autoarchivo mediante el uso de diversas técnicas o herramientas, bien sean simples interfaces de envío e incorporación en línea de los contenidos –como en el caso de muchos
sitios preprints–, bien sea mediante el uso de un software especifico –como en el caso de
e-prints– y el seguimiento y observación de determinados protocolos de intercambio de
información –como en el caso de OAI–. La propensión a crear una verdadera red mundial
de conocimientos compartidos fundamentada sobre las propiedades de la red y las herramientas de edición digital, es una realidad cada vez más cercana y omnipresente. No
parece que las universidades e institutos de investigación españoles deban permanecer al
margen de esta corriente, bien sumándose a las ya existentes, bien creando las suyas
propias, pero utilizando en cualquier caso los recursos que están a su disposición para
difundir y explotar unos contenidos que, de otra manera, seguiría perma-neciendo inaccesibles y relegados.
PREPRINTS
Existe hoy en día lo que se ha denominado una verdadera preprint culture 6 entre los
científicos de áreas altamente especializadas, particularmente los físicos de altas
energías 7 , matemáticos, etc. Si teóricamente un preprint, un original preimpreso, es un
documento de trabajo que se somete al juicio de los pares para que con sus críticas y
apostillas cobre una configuración definitivamente publicable y es, por tanto, provisional, la
dinámica de la comunicación y el trabajo científicos está convirtiendo lo circunstancial en
norma duradera, lo que no obsta para que los contenidos publicados previamente en la
web acaben en los índices de las revistas científicas en papel más importantes, porque es
374
inevitable que la cabecera de la revista –con la cantidad específica de capital científico y
simbólico que acumule- ejerza una atracción principal sobre los autores y sobre los lectores.
ARXIV.ORG
Paul Ginsparg 8 , ex investigador de Los Alamos National Laboratory y hoy profesor de
física en la Universidad de Cornell, pasa por ser uno de los pioneros en la creación de un
sitio en la web dedicado en exclusividad al archivo de materiales preimpresos, a los
preprints de diversas áreas científicas (física, matemáticas, ingeniería computacional,
biología cuantitativa, etc.). Originalmente alojado en el mismo laboratorio nacional de Los
Álamos, hoy se alberga en la Universidad de Cornell y recibe subvenciones parciales de
la National Science Foundation de los Estados Unidos.
La idea innovadora sobre la que se basa el trabajo de Ginsparg es la de considerar la
web no como una mera herramienta de edición en línea que agilice más o menos los procesos de creación y difusión sino, sobre todo, como una auténtica red de conocimiento
compartido, como una infraestructura global que puede reconfigurar completamente las
comunicaciones entre los miembros de la comunidad científica formando una malla de
experiencias compartidas 9 .
En la dirección e-print arXiv se sugieren algunas de las posibilidades ofrecidas por un
archivo global unificado (e-print significa auto archivado por el autor). Desde su concepción en 1991, se ha convertido en un gran foro para la diseminación de resultados en la
física y las matemáticas. Este recurso ha sido gestionado completamente por los científicos y es lo suficientemente flexible para coexistir con los sistemas de publicaciones preexistentes o para contribuir a que evolucionen hacia algo más adecuado para las necesidades de los investigadores. ArXiv es un ejemplo de un servicio creado por un grupo de
especialistas para su propio uso: cuando los investigadores y los profesionales crean esa
clase de servicios, los resultados difieren a menudo de los servicios que proporcionan editores y bibliotecas. Es importante resaltar que la rápida diseminación que proporciona no
es incongruente con la existencia de revistas concurrentes basadas en el peer review; a
largo plazo, incluso, ofrece un marco posible para construir una estructura de almacenamiento de la literatura especializada más funcional del que existe hoy en día.
Fig. 1. Página inicial del espejo español de arXiv
375
Haciendo uso de las propiedades de los soportes electrónicos –fácil de producir, distribuir y reproducir, al contrario de lo que ocurría con el papel –ArXiv ha experimentado una
constante evolución en las aportaciones efectuadas por los científicos desde el comienzo
del servicio en agosto de 1991. El número total de preprints recibidos en los diez primeros
años fue de, aproximadamente, 170.000. En el momento de la redacción de este capítulo,
el número total de artículos disponibles en la página era de 280.380, es decir, en sólo tres
años, los últimos tres años, se había alcanzado ya el 65% de lo que se había incorporado
en los diez años anteriores.
Fig. 2. Datos de archivo de preprints a 30 de junio de 2004
Fig. 3. Evolución del número de artículos incorporados a ArXiv
376
Las vías más habituales para la incorporación de los contenidos, según la tabla que
puede observarse a continuación, fueron las siguientes: el 84% de las nuevas entregas se
realizaron a través de la carga de ficheros vía web (web upload); el 16% a través de la
interfaz original del correo electrónico; el 2% a través de FTP anónimo.
Late ‘96
web
13%
e-mail
77%
ftp
10%
‘97
21%
67%
12%
‘98
49%
43%
8%
‘99
60%
34%
6%
‘00
68%
27%
5%
‘01
75%
21%
4%
‘02
80%
17%
3%
’03 (6mo)
84%
14%
2%
La distribución geográfica de la entrega de preprints es interesante por cuanto resalta
la vinculación estrecha entre el PIB dedicado a la investigación y la tendencia de las comunidades científicas respectivas a participar en las redes de intercambio de conocimiento:
no parece casualidad, en consecuencia, que a la cabeza de la experiencia se encuentren
los Estados Unidos (30%), Alemania (12%), Reino Unido, Italia y Japón (6%) y Francia
(5%). La Universidad de Zaragoza10 forma parte de la red internacional de servidores espejo (mirror network) y contribuye con ese espacio de alojamiento a la propagación del experimento.
Algunos otros datos estadísticos dan clara cuenta de la transcendencia de ArXiv para
el intercambio del conocimiento científico: sirve unos 70.000 documentos diarios a científicos de 100 países sobre un número total de visitas que rondan las 110.000-130.000, lo
que significa unos 13 millones de descargas al año11. Los temas12 que ArXiv abarca son los
siguientes:
Física.
Astrofísica.
Materia condensada.
Relatividad general y cosmología cuántica.
Física de altas energías.
Física matemática.
Experimentos nucleares.
Teoría nuclear.
Física.
Física de aceleradores; atmosférica y oceánica; física atómica; física biológica; física química; física clásica; física computacional; análisis de datos; probabilidad y
estadística; dinámica de fluidos; física general; geofísica; historia de la física;
instrumentación y detectores; física médica; óptica; pedagogía de la física; física y
sociedad; física del plasma; física popular; física del espacio.
Física cuántica.
Matemáticas.
Geometría algebraica; topología algebraica; teoría de las categorías; combinatoria;
álgebra conmutativa; variables complejas; geometría diferencial; sistemas dinámicos; análisis funcional; matemáticas generales; topología general; topología
geométrica; teoría de conjuntos; historia; lógica; matemática física; geometría
métrica; teoría de los números; análisis numérico; operadores algebraicos; optimización y control; probabilidades; álgebra cuántica; teoría de la representación;
anillos y álgebra, etc.
Ciencias no lineales.
377
Sistemas auto organizados; dinámica del caos; sistemas integrables y solubles,
etc.
Ciencias de la computación.
Arquitectura; inteligencia artificial; computación y lenguajes; complejidad computacional; ingeniería computacional; geometría computacional; teoría de juegos y
ciencia de las computadoras; visión y reconocimiento de patrones; informática y sociedad; criptografía y seguridad; estructuras de datos y algoritmos; bases de datos;
bibliotecas digitales; computación distribuida y paralela; gráficos; recuperación de
la información; teoría de la información; aprendizaje; lógica; software matemático;
agentes; multimedia; arquitectura de redes; computación neuronal; análisis
numérico; sistemas operativos, etc.
Biología cuantitativa.
Biomoléculas; comportamiento celular; genoma; redes moleculares; cognición y
neuronas; métodos cuantitativos; procesos subcelulares; tejidos y órganos.
Durante más de diez años cualquier científico, sin una acreditación precisa, podía utilizar las herramientas, previo registro, que la página web proporciona13 para incluir sus
aportaciones en aquella sección que le interesara. Era necesario seguir algunas sucintas
indicaciones relacionadas con el estilo de la presentación14 (título y resumen; formatos de
texto y de imagen, etc.). Hoy, y debido a los problemas que pueden surgir de la ausencia
de un sistemático peer review y de la constatación de la credibilidad, integridad y legitimidad de lo expuesto y de quien lo expone, se exige la refrendación15 de un científico que ya
participe en ArXiv.
E-PRINTS.ORG
E-prints.org16 es, quizás, la iniciativa más comprehensiva de cuantas existen hoy en día
en cuanto a la compartición y diseminación de literatura gris en la red. Y eso es así porque
su estrategia está basada en una táctica de implantación, uso e intercambio global basada en herramientas y licencias de libre distribución:
Fig. 4. Página inicial de E-prints
378
E-prints proporciona un software17 específico para la generación de archivos on line,
distribuido bajo licencia GNU18.
Los requisitos técnicos para la instalación del programa están basados en el uso
de componentes de libre distribución: sistema operativo Linux; base de datos
MySQL; lenguaje Perl y servidor Apache.
Existe un manual19 completo dentro del paquete de descarga, que especifica las
instrucciones de instalación.
Fig. 5 Página generada mediante el software de E-prints
La inclusión de literatura gris en una red conformada por usuarios –131 instituciones
y 45.770 registros, en la fecha de redacción de esta guía– del software proporcionado por eprints no tendría toda la potencialidad que posee si no se complementara
con el proyecto OpCit20, el Open Citation Project, que trata de promover la inclusión
de referencias cruzadas en los contenidos que forman parte de su base de datos
para acrecentar su impacto y su visibilidad:
Fig. 6. Página inicial de OpCit
379
Este proyecto es en todo homólogo al ya mencionado de CrossRef 2 1 el proyecto de
referencias cruzadas para la literatura científica, con la diferencia de que éste último
es utilizado, sobre todo, para la literatura «comercial», y que el primero está enteramente concebido para complementar a una estrategia global de open access.
Para facilitar al científico la posibilidad de encontrar las referencias, temas y autores
que busca, existe el servicio Citebase search22.
Fig. 7. Página de Citebase
Si todas las universidades23 del mundo adoptaran estas herramientas para construir
una red global e interoperable, si se generara un solo y único archivo integral, accesible por medio de las herramientas libremente distribuidas, el potencial de
conocimientos y experiencias compartidos sería gigantesco.
Si, llevando la hipótesis aún más lejos, los profesores de las universidades recibieran
el entrenamiento mínimo para a) publicar una página con su currículum vitae y b)
incluir personalmente en los archivos de e-prints de la universidad sus contribuciones enlazándolas con las respectivas entradas de su CV24, se traspondría el mero
concepto de publicación o edición electrónica para pasar a ser, propiamente, construcción y gestión de una red de conocimiento participativo.
OPEN ARCHIVES
La esencia de los open archives es la de permitir y promover el acceso a través de la
web a toda clase de materiales y contenidos publicados, archivados y marcados mediante
metadatos para hacer su recuperación más rica y pertinente. Los proyectos y movimientos
dedicados al desarrollo de las herramientas que permiten y facilitan esa cooperación,
surgieron cuando la acumulación de archivos de preprints reclamaba la existencia de un
proyecto global y coordinado en el que se tuvieran en cuenta las barreras y dificultades tecnológicas del acceso a bases de datos muy distintas y heterogéneas.
VISIBILIDAD, IMPACTO Y REFERENCIAS CRUZADAS
El incremento de la visibilidad y del impacto de las publicaciones científicas puede y
debe realizarse mediante el uso de herramientas que permitan intensificar el número de
380
referencias cruzadas desde las notas de un artículo a los contenidos –resúmenes o artículos completos, biografías, noticias, etc.– de otros muchos. El uso de cualquiera de las siguientes herramientas le será de gran utilidad. El éxito de una revista electrónica, tal como
ha ocurrido siempre con el formato en papel, depende en gran medida de la cantidad de
veces que sus artículos sean citados y de los medios y científicos que hagan esas referencias: en el medio digital las referencias se resuelven mediante los hipervínculos, mediante los lazos hipertextuales que se tienden entre unos fragmentos de texto y otros. Si
de lo que se trata, como se ha venido repitiendo, es de poner las herramientas editoriales
digitales al servicio de la construcción y entrelazamiento de una malla de conocimientos
compartidos que traspase barreras y campos restringidos, facilitando la creación de
entornos informativos ricos y abiertos, el uso de las herramientas que permitan tejer esa
red será fundamental:
Open Citation Project 25
Link openly 26
Cross Ref 2 7
GLOBALES
OAI (OPEN ARCHIVES INITIATIVE)
La Open Archives Initiative28, precisamente, trata de extender un conjunto de estándares a todas las disciplinas científicas que favorezcan y hagan posible la interoperabilidad29 de los sistemas y, en consecuencia, compartir y diseminar los contenidos de
manera sencilla, lo que no siempre quiere decir, en este caso, gratuita o ilimitada. La
tecnología que soporta este trabajo es independiente del tipo de contenidos que
deseen transmitirse.
El protocolo30 que establece la OAI para la recopilación de información, define un
mecanismo de recolección de metadatos de los registros que puedan encontrarse en
diferentes bases de datos. Proporciona, en consecuencia, una alternativa técnica muy
simple para que los proveedores de contenidos –sean quien sean– hagan sus
metadatos accesibles para que puedan ser utilizados en el desarrollo de servicios
basados en los estándares HTML y XML. Los metadatos recopilados pueden asumir
cualquier formato que haya sido acordado o convenido por la comunidad científica, si
bien se recomienda el uso del Dublin Core Metadata Element Set 3 1, que proporciona
un nivel básico de interoperabilidad.
De esta manera, los metadatos obtenidos de fuentes muy diversas pueden ser almacenados conjuntamente en una sola base de datos y pueden desarrollarse servicios
diferentes en torno a este conjunto de datos agregados o federados. El vínculo entre
los metadatos y los contenidos relacionados no es de la incumbencia del protocolo
OAI, que tampoco proporciona herramientas para realizar búsquedas cruzadas entre
estos datos hace posible que los datos estén almacenados en un mismo lugar, pero en
sí mismo no proporciona herramientas de recuperación u otra clase de prestaciones.
La aspiración final del protocolo OAI es convertirse en algo tan transparente para el
usuario como el protocolo HTTP, pero el conjunto de servicios32 que deben construirse
en torno a él es lo que decidirá finalmente su extensión y aprovechamiento.
381
Fig. 8. Protocolo OAI para la recopilación de metadatos
SHERPA (SECURING A HYBRID ENVIRONMENT FOR RESEARCH PRESERVATION
AND ACCESS)
Sherpa 33 es el proyecto de las universidades británicas y de la Biblioteca Nacional para
la construcción de una red compartida de eprints acogida a los principios del OAI.
Fig. 9. Página inicial de Sherpa
382
El conjunto de las universidades e instituciones participantes34 pretende investigar todo
lo relacionados con la comunicación y edición científicas, sobre todo en su vinculación
con la construcción de bases de datos accesibles donde se recojan los resultados de
las investigaciones de cada una de las instituciones participantes. Como en todos los
proyectos de esta naturaleza los temas de trabajo van desde el control de calidad de
las publicaciones y la gestión de la ingente cantidad de materiales hasta las cuestiones
técnicas asociadas a la interoperabilidad entre las bases de datos y la preservación de
los e-prints.
En resumidas cuentas, los objetivos principales del proyecto son:
Crear trece bases de datos basadas en el open access que acaten los protocolos del
Open Archive Initiative y que usen el software proporcionado por E-prints.org.
Investigar todo lo que esté relacionado con la creación, crecimiento y mantenimiento de las colecciones de E-prints incluyendo los asuntos relacionados con la gestión
de la propiedad intelectual, el control de calidad, la política de desarrollo de las colecciones, los modelos de negocio que puedan emplearse para su sostenimiento, la
expansión de la cultura de la comunicación científica, etc.
Trabajar con socios proveedores de la iniciativa OAI, que sigan sus estándares y que
faciliten, de esa forma, la diseminación y uso de los contenidos.
Investigar los problemas derivados de la preservación de los eprints utilizando el
modelo de referencia del sistema de información de OAI (Open Archival Information
System, OAIS).
En la actualidad, y haciendo realidad los presupuestos anteriores, se puede acceder a
las bases de datos de eprints de ocho universidades: Edimburgo35, Oxford36,
Sheffield37, Nottingham38, Glasgow39, Leeds40, York41 y Durham42, el primer paso hacia
un verdadero sistema abierto que utilice las herramientas propias desarrolladas por eprints.
POR DISCIPLINAS
REPEC.ORG
RePEc43, Research Papers in Economics, es un esfuerzo voluntario, libre y multinacional por crear un archivo compartido de papeles y borradores de trabajo, artículos de
revistas, capítulos de libros, componentes de software, etc., una enorme y distribuida
red de bases de datos en torno a la economía y sus especialidades.
Fig. 10. Página inicial de RePEc
383
Las cifras que hoy se han alcanzado hablan, sobre todo, del éxito de la iniciativa: se
contabilizan 27.5000 items de interés, 17.8000 de los cuales son de libre acceso y
pueden descargarse gratuitamente para su uso y lectura (muchos de los enlaces que
pueden encontrarse conducen a artículos completos en revistas de pago, pero RePEc,
obviamente, no garantiza ese acceso ulterior). El conjunto y naturaleza de los participantes en la iniciativa 44 (Fondo Monetario Internacional; National Bureau of Economic
Research; Oxford University Press; Blackwell Publishing; MIT Press, etc.) habla, claramente, de su alcance, seriedad y repercusitón.
Tan importante como el enorme conjunto de datos accesibles, como la experiencia del
intercambio internacional y la conformación de una verdadera red de conocimiento y
debate compartido, es la construcción de un conjunto de herramientas que permiten
una explotación más completa y cabal de los contenidos:
Una interfaz de búsqueda que da acceso a la mayor base de datos en línea de contenidos económicos, Ideas 45.
Un sistema de notificación especializado por áreas en el que el usuario puede registrarse para recibir información puntual y actualizada, NEP46.
Un sistema de análisis de las citas y referencias que se encuentran en los documentos vivos en RePEc, Citations in Economics47, una magnifica herramienta similar a la
desarrollado por el Open Citation Project.
Un espacio virtual de trabajo común, de intercambio de ideas entre economistas de
todo el mundo mantenido dentro del área denominada Socionet Personal Zone48
COGPRINTS
CogPrints 49, el Cognitive Sciences Eprint Archive, es un ejemplo de cómo generar
redes de conocimiento temáticas y distribuidas utilizando el software gratuito proporcionado por E-prints y utilizando los protocolos de comunicación proporcionados por la
OAI. CogPrints, red dedicada a diseminar las ciencias cognitivas –desde la filosofía a
la lingüística pasando por psicología y la neurociencia– ha desarrollado herramientas
adicionales para la búsqueda y descarga de contenidos. Aunque su configuración no
es tan avanzada y rica como la de RePEc, su misma y aparente sencillez habla, precisamente, de la viabilidad y practicabilidad de un proyecto semejante en cualquier
área de especialización y cualquier red de usuarios potencialmente interesados.
384
Fig. 11. Página inicial de CogPrints
E-LIS
E-Lis 50 o E-Prints in Library and Information Science, es otra iniciativa sectorial, en este
caso centrada en el libre intercambio de contenidos sobre bibliotecas, archivos, documentación y tecnologías asociadas, publicados o inéditos. Como en el resto de las iniciativas asociadas al movimiento de los open archives, se trata de promover la rápida
diseminación y acceso a los documentos profesionales especializados y de impulsar
su impacto en la comunidad científica utilizando los estándares que se están imponiendo: el software de e-prints y los protocolos de intercambio de datos de OAI51.
Fig. 12 Página principal de E-Lis
385
POSTPRINTS
Si los preprints eran artículos que habían sido sometidos a la consideración de un
comité de evaluación o que, habiéndolo sido, no habían sido todavía publicados, los postprints son aquellos artículos u obras de investigación que han sido evaluados positivamente para su publicación, a los que se han añadido o no las correcciones o modificaciones sugeridas por los evaluadores y que han sido ya, en muchos casos, efectivamente editados, distribuidos e, incluso, renovados con informaciones o contenidos actualizados. La
suma de preprints y postprints recibe el nombre genérico que ya conocemos de ESegún el
glosario que proporciona E-prints 52, la definición precisa de postprint sería: el texto digital
de un artículo ha sido evaluado y aceptado para su publicación en una revista, lo que
incluye:
La versión digital final del autor, revisada y aceptada.
La versión publicada, editada y marcada, en formato, posiblemente, PDF.
Cualquier versión revisada posteriormente, actualizada tras las valoraciones emitidas por los evaluadores.
THESES.ORG
Una tesis doctoral cumple todos los requisitos para ser considerada como un postprint,
como un producto editorial acabado, evaluado positivamente y previamente impreso,
interesante para la comunidad científica y sin valor, generalmente, comercial. La Networked Digital Library of Theses and Dissertations con URL Theses.org 53, es uno de los
sitios más conocidos en Internet por ofrecer acceso libre y gratuito a las tesis doctorales
–se permite en muchos casos el acceso, también, a tesinas, textos de conferencias, informes, etc.–. La red que se ha conformado está constituida por universidades y bibliotecas
de todo el mundo que cumplen al menos con los estándares y protocolos de comunicación
establecidos por la OAI.
Fig. 13 Página inicial de Theses
386
Los mecanismos de búsqueda y recuperación de la información se realizan por medio
de un buscador que rastrea los metadatos que los diferentes archivos proporcionan siguiendo los protocolos y estructuras de datos establecidos por open archives. La tecnología empleada recaba la información de los archivos fuente y la almacena y deposita en
un «catálogo común» al que se accede a través de un interfaz propio.
Fig. 14. Catálogo común de la OAI
A diferencia de bases de datos estrictamente catalográficas como TESEO54,
Theses.org promueve el acceso a los textos completos de las tesis doctorales sin restricciones comerciales (como puede hacer, por otra parte, Dissertation.com55), un horizonte al
que deberían aspirar, también, nuestras instituciones universitarias.
EAGLE (EUROPEAN ASSOCIATION FOR GREY LITERATURE)
Eagle56 es una iniciativa paneuropea que existe desde el año 1985 y que está auspiciada y respaldada por la Unión Europea. Es a partir del año 1992 cuando el proyecto se
abre a la participación de todos los países de la Unión mediante la promoción de la transferencia de la información, el fomento de la disponibilidad de los resultados de las investigaciones científicas y el impulso de la conciencia del valor de la literatura gris entre la
comunidad científica.
Hoy son 15 los países que contribuyen de manera desigual al crecimiento de esta iniciativa57. Cada una de las instituciones nacionales que forma parte del consorcio –en
España es el CINDOC58 quien centraliza las aportaciones– es responsable de la identificación y reunión de los documentos y de su descripción catalográfica completa –siguiendo, para ello, las recomendaciones específicas proporcionadas por la organización59–; son
responsables, igualmente, del archivo y difusión de las copias de los documentos y del
ofrecimiento de servicios y productos relacionados.
387
Fig. 15. Página inicial de Eagle
A diferencia de Theses.org, sin embargo, el acceso a la documentación no es libre ni
se realiza a través de un catálogo único cuyo interfaz cumpla con estándares de intercambio abierto. En este caso el acceso se realiza, en línea, a través de brokers o intermediarios de contenidos que ofrecen la consulta simultánea de decenas de bases de datos de
información científico-técnica (STN Easy 6 0 o STN on the web 61); también pueden convertirse en distribuidores de esos mismos contenidos las oficinas nacionales de representación de SIGLE 6 2; off line, a través de un CD-Rom comercializado por SilverPlatter 63,
puede accederse por suscripción a la misma información.
Fig. 16. Pantalla de búsqueda de STNEasy
388
Fig. 17 Ejemplo de ficha de SIGLE
MACKENZIE OWEN, J.S. «Value and use of grey literature: the implications of networked
publishing». En: First International Conference on Grey Literature. Amsterdam, 13-15 de
Diciembre 1993, Sesion III: Supply and demand of Grey Literature. The end-user, pp. 308319.
2 MARTÍNEZ DE SOUSA, José. Diccionario de bibliología y ciencias afines. Salamanca:
Fundación Germán Sánchez Ruipérez, 1989.
3 GARCÍA SANTIAGO, L. Manuel básico de literatura gris. El lado oscuro de la documentación. Gijón: Ediciones Trea S.L., 1999.
4 Gresham distingue al menos nueve usos habituales de las listas de discusión:
1 Comunicación con la comunidad científica internacional
2 Comunicación entre investigadores que comparten intereses y especialidades.
3 Resolución de problemas por parte de científicos cuyos campos de investigación son
periféricos al participante.
4 Información sobre fuentes, textos e informaciones bibliográficas en general.
5 Discusiones, revisiones y debates sobre nuevas publicaciones.
6 Entrevistas y encuentros con especialistas para desarrollar una investigación.
7 Intercambio y crítica de prepublicaciones.
8 Establecimiento de colaboraciones en investigaciones y publicaciones.
9 Intercambio de experiencias docentes: planes de estudio, manuales, etc.
GRESHAM, John L. «From invisble college to cyberspace college: computer conferencing
and the transformation of informal scholarly communication networks». Interpersonal computing and technology: an electronic Journal for the 21st century, 1994, vol. 2, nº 4, pp. 371
52. <http://www.helsinki.fi/science/optek/1994/n4/gresham.txt> (Consulta: 29 de junio de
2004).
389
Request for comments (en línea) <http://www.rfc-editor.org> (Consulta: 29 de junio de
2004).
6 DALLMAN, D; DRAPER, M. Y SWARZ, S. «Electronic pre-publishing for worldwide
access». Interlending & Document supply, 1994, vol. 22, nº 2, p. 3.
7 HARNARD, S. Epints: electronic preprints and postprints (en línea) 2003 (Consulta: 29 de
junio de 2004). Formato html. Disponible en <http://www.ecs.soton.ac.uk/~harnad/Temp/eprints.htm>.
8
Paul Ginsparg Homepage (en línea) <http://www.physics.cornell.edu/profpages/Ginsparg.htm> (Consulta: 29 de junio de 2004).
9 GINSPARG, P. Creating a global knowledge network (en línea) 2002 (Consulta: 29 de
junio de 2004). Formato html. Disponible en <http://arxiv.org/blurb/pg01unesco.html>.
10 Universidad de Zaragoza (en línea) <http://es.arxiv.org/> y <http://www.unizar.es/>
(Consulta: 30 de junio de 2004).
11 LUCE, R. E. E-prints Intersect the Digital Library: Inside the Los Alamos arXiv. (en línea)
2001. (Consulta: 30 de junio de 2004). Formato html. Disponible en <http://www.library.ucsb.edu/istl/01-winter/article3.html>.
12 arXiv Temas (en línea) <http://es.arxiv.org/> (Consulta: 30 de junio de 2004).
13 arXiv Upload (en línea) <http://es.arxiv.org/help/uploads> (Consulta: 30 de junio de
2004).
14 arXiv Submit (en línea) http://es.arxiv.org/help/submit (Consulta: 30 de junio de 2004).
15 arXiv Endorsement (en línea) <http://es.arxiv.org/help/endorsement> (Consulta: 30 de
junio de 2004).
16 Eprints.org (en línea) <http://www.eprints.org/> (Consulta: 1 de julio de 2004).
17 Software GNU Eprints (en línea) http://software.eprints.org/#ep2 (Consulta: 1 de julio de
2004). En el sitio del Budapest Open Access Forum puede encontrarse una guía completa de los paquetes de software desarrollados para la generación de archivos de eprints: A
Guide to Institutional Repository Software v 2.0 (en línea) <http://www.soros.org/openaccess/software/OSI_Guide_to_Institutional_Repository_Software_v2.htm> (Consulta: 5 de
julio de 2004).
18 Eprints and the GNU project (en línea) <http://software.eprints.org/gnu.php> (Consulta:
1 de julio de 2004).
19 Software GNU Eprints download (en línea) <http://software.eprints.org/download.php>
(Consulta. 1 de julio de 2004).
20 Open citation project (en línea) <http://opcit.eprints.org/> (Consulta: 1 de julio de 2004).
21 CrossRef (en línea) http://www.crossref.org/ (Consulta: 1 de julio de 2004).
22 Citibase search (en línea) <http://citebase.eprints.org/cgi-bin/search> (Consulta: 1 de
julio de 2004).
23 El ejemplo más importante a este respecto es el proporcionado por la Universidad de
Caltech, dentro de su proyecto CODA, Caltech Collection of Open Digital Archives (en
línea) <http://library.caltech.edu/digital> (Consulta: 1 de julio de 2004). Puede encontrarse
un ejemplo muy claro y representativo, también, en la Queensland University of
Technology (en línea) <http://www.qut.edu.au/admin/mopp/F/F_01_03.html> (Consulta: 1
de julio de 2004).
24 Como puede comprobarse, por ejemplo, en el proyecto de Caltech de inclusión de los
libros escritos por su personal académico Books by Caltech Authors (en línea) <http://caltechbook.library.caltech.edu> (Consulta: 1 de julio de 2004). Para un caso concreto sígase
el enlace <http://caltechbook.library.caltech.edu/perl/search/simple?meta=&full=astronomy&_action_search=Search&_order=bytitle&basic_srchtype=ALL&_satisfyall=ALL>
25 Open Citation Project (en línea) <http://opcit.eprints.org/> (Consulta: 14 de julio de 2004).
26 Link Openly (en línea) <http://www.openly.com/link.openly/> (Consulta: 14 de julio de
2004).
5
390
Cross Ref (en línea) <http://www.crossref.org/> (Consulta: 14 de julio de 2004).
Open Archives Initiative (en línea) <http://www.openarchives.org/> (Consulta: 1 de julio
de 2004).
29 La interoperabilidad comprendida como la suma de las denominaciones uniformes, los
formatos de los metadatos, el desarrollo de modelos de documentos y los protocolos de
acceso.
30 The
Open Archives Initiative Protocol for Metadata Harvesting (en línea)
<http://www.openarchives.org/OAI/openarchivesprotocol.html> (Consulta: 2 de julio de
2004).
31 Dublin Core Metadata Element Set (en línea) < http://dublincore.org/documents/dces/>
(Consulta: 2 de julio de 2004).
32 Entre otros, se deberían contar los de vincular las citas con la información a la que se
alude; crear interfaces permitan practicar búsquedas en distintas bases de datos
simultáneamente; generar servicios de alerta o de información puntual sobre novedades y
adiciones.
33 Sherpa (en línea) <http://www.sherpa.ac.uk/> (Consulta: 5 de julio de 2004).
34 Partners Sherpa (en línea) <http://www.sherpa.ac.uk/partners.html> (Consulta: 5 de julio
de 2004).
35 Edinburgh Research Archive(en línea) <http://www.era.lib.ed.ac.uk/index.jsp> (Consulta:
5 de julio de 2004).
36 E-prints University of Oxford (en línea) <http://eprints.ouls.ox.ac.uk/> (Consulta: 5 de julio
de 2004).
37 E-prints University of Sheffield (en línea) <http://sherpa.leeds.ac.uk/> (Consulta: 5 de
julio de 2004).
38 E-prints Universtiy of Nottihgham (en línea) http://eprints.dur.ac.uk/view/dept/ (Consulta.
2 de julio de 2004).
39 E-prints University of Glasgow (en línea) <http://sherpa.leeds.ac.uk/> (Consulta: 2 de
julio de 2004).
40 E-prints University of Leeds (en línea) <http://sherpa.leeds.ac.uk/> (Consulta: 2 de julio
de 2004).
41 E-prints University of York (en línea) <http://sherpa.leeds.ac.uk/> (Consulta: 2 de julio de
2004).
42 E-prints University of Durham (en línea) <http://eprints.dur.ac.uk/view/dept/> (Consulta: 2
de julio de 2004).
43 RePEc (en línea) <http://repec.org/> (Consulta: 5 de julio de 2004).
44 RePEc Major Participants (en línea) <http://repec.org/#major> (Consulta: 5 de julio de
2004).
27
28
Ideas (en línea) <http://ideas.repec.org/> (Consulta: 5 de julio de 2004).
New Economic Papers (en línea) <http://netec.wustl.edu/NEP/> (Consulta: 5 de julio de
2004).
47 Citations in Economics (en línea) <http://netec.ier.hit-u.ac.jp/CitEc/> (Consulta: 5 de julio
de 2004).
48 Sozionet Personal Zone (en línea) <http://spz.socionet.ru/index-en.shtml> (Consulta: 5
de julio de 2004).
49 CogPrints (en línea) <http://cogprints.ecs.soton.ac.uk/> (Consulta: 5 de julio de 2004).
50 E-Lis (en línea) <http://eprints.rclis.org/> (Consulta: 5 de julio de 2004).
51 La lista completa de archivos de eprints que utilizan los protocolos del OAI puede encontrarse
en
Experimental
OAI
Registry
(en
línea)
<http://gita.grainger.uiuc.edu/registry/ListReposByTLD.asp?tld=uk> (Consulta: 5 de julio de
2004).
45
46
391
Glosario E-Prints (en línea) <http://www.eprints.org/glossary/#postprint> (Consulta: 5 de
julio de 2004).
53 Networked Digital Library of Theses and Dissertations (en línea) http://www.theses.org/
(Consulta: 5 de julio de 2004).
54 Teseo (en línea) <http://www.mcu.es/TESEO/> (Consulta. 6 de julio de 2004).
55 Dissertation (en línea) <http://www.dissertation.com/library_frame.php> (Consulta: 6 de
julio de 2004).
56 Eagle (en línea) <http://www.kb.nl/infolev/eagle/frames.htm> (Consulta: 6 de julio de
2004).
57 La participación de España, proporcionalmente, es de un 0.5%, una tasa muy pobre en
relación con países como Reino Unido, Alemania o Francia (en línea) <http://www.kb.nl/infolev/eagle/coverage_country.htm> (Consulta: 6 de julio de 2004).
58 CINDOC Document Delivery (en línea) <http://www.kb.nl/infolev/eagle/spain.htm>
(Consulta: 6 de julio de 2004).
59 Eagle Record Content (en línea) <http://www.kb.nl/infolev/eagle/record_content.htm>
(Consulta: 6 de julio de 2004).
60 STN Easy (en línea) <http://stneasy.fiz-karlsruhe.de/html/english/login1.html> (Consulta:
6 de julio de 2004).
61 STN on the Web (en línea) <http://stnweb.fiz-karlsruhe.de/> (Consulta: 6 de julio de
2004).
62 Para obtener los registros y contenidos de SIGLE a través del CINDOC es necesario
consultar su relación de condiciones y tarifas en http://www.cindoc.csic.es/servicios/ariel2.html
63 Ovid (en línea) <http://www.ovid.com/site/catalog/DataBase/147.jsp?top=2&mid=3&bottom=7&subsection=10> (Consulta: 6 de julio de 2004).
52
392
11. El desarrollo de una nueva
política editorial
JOAQUÍN RODRÍGUEZ
393
394
Capítulo 11
El desarrollo de una nueva política editorial (Joaquín Rodríguez) 393
La filosofía del Open Access
395
El proceso de edición
396
Hitos principales del nuevo procedimiento editorial
397
Estrategias editoriales de bajo coste
397
Estrategias editoriales de coste superior
399
DEL MODELO EDITORIAL TRADICIONAL AL OPEN ACCESS
Todo el contenido de esta guía es una invitación a que usted se convierta en el editor
de sus propios contenidos en formato digital, y a que opte por la máxima y a la vez precisa
difusión de sus conocimientos y sus trabajos científicos que permite el medio.
Hemos visto (capítulo 4) que el soporte digital permite todo tipo de modelos económicos, unos más parecidos a los que imperaban en el mundo del papel, y otros que han
surgido como fruto de las posibilidades inherentes a la nueva situación tecnológica. Entre
estos últimos destaca el modelo de open access, que aboga por la libre distribución, uso
y reproducción de las aportaciones de la ciencia en un marco técnica y económicamente
viable. Para asumir este modelo el autor debe compartir dos principios fundamentales:
1.Que como autor original de un trabajo científico en formato digital, esté de acuerdo en permitir a todos sus lectores y usuarios la copia, distribución, transmisión y uso
irrestricto y gratuito de los contenidos por él generados, tanto en soporte digital como
en papel, siempre que se le cite como autor del trabajo y siempre que no se deriven
propósitos comerciales directos, y que de su trabajo originario podrán resultar y
derivarse investigaciones secundarias.
2. Que una vez acabada la investigación y esté dispuesta para ser publicada, se haga
en alguna de las páginas web que promocionan y respaldan las iniciativas del open
access, la difusión sin cortapisas y la interoperabilidad de los sistemas informáticos.
Fig. 1 La evolución del Open Access
395
EL PROCESO DE EDICIÓN
En realidad el proceso de edición de una revista en papel y de una revista en formato
electrónico sólo difiere en su modalidad final de producción y en el modelo de negocio que
debe sustentarla y financiarla. De ahí que en esta guía hayamos insistido, sobre todo, en
aquellos apartados que, por una parte, pemitan conocer y dominar todos los aspectos técnicos y normativos de la edición digital y, por otra parte, ayuden a reflexionar sobre el modelo de explotación más adecuado y cercano a la realidad.
Fig. 2 Proceso editorial normal
396
No parece que exista, si observamos el gráfico del procedimiento editorial habitual que
debe seguir cualquier revista, impedimento alguno de índole editorial, técnica o financiera
que haga imposible o inviable un nuevo modelo de edición basado en el open access o, al
menos, un modelo de publicación electrónica que idee fórmulas mixtas de acceso a los
contenidos, recetas que permitan desvelar, al menos, una parte de los archivos históricos
restringiendo provisionalmente el acceso a los de rigurosa actualidad.
En el fondo de lo que se trata y de lo que se discute no es estrictamente de edición,
porque en este caso se ve claramente que no es otra cosa que una herramienta puesta al
servicio de un objetivo determinado, sino, sobre todo, de la autogestión del conocimiento
–utilizando un término pasado de moda–; de la generación de redes inteligentes de
saberes compartidos que por su efecto de contagio y propagación deberán engendrar
mayor conocimiento; del derecho de todos, en la sociedad de la información y el conocimiento, a tener acceso a la principal de las riquezas, los frutos de la ciencia y la investigación; de la obligación de las universidades y de las instituciones públicas dedicadas a
ese trabajo de devolver a la sociedad lo que les ha dado previamente.
HITOS PRINCIPALES DEL NUEVO PROCEDIMIENTO EDITORIAL
ESTRATEGIAS EDITORIALES DE BAJO COSTE
Los eslabones esenciales de la cadena de edición de una revista, tal como podrá contrastar por su propia experiencia, son:
Petición de originales.
Recepción de originales (como respuesta a la petición previa o como resultado del
envío espontáneo).
Seguimiento del proceso de revisión, evaluación y dictamen.
Corrección y edición de los originales. Preparación de pruebas definitivas.
Formateo de los archivos para su edición digital.
Subida de los archivos a una plataforma concreta para su consulta y difusión públicas.
Para intentar hacer lo menos costoso posible este proceso tan habitual, se recomienda seguir las indicaciones siguientes:
Reciba, distribuya, revise, evalúe y publique todos sus contenidos digitalmente, para
lo que será determinante que:
Establezca como obligación general que sus autores envíen sus textos e imágenes
en formato digital;
Implante un sistema de gestión editorial on line que le permita a usted y a sus
autores realizar todas esas gestiones en línea:
Los sistemas de gestión editorial en línea funcionan ya desde hace tiempo. Existen
algunos paquetes que son, además, de libre acceso y pueden descargarse para
ser implementados en su propia página web. Uno de los más conocidos es el
Public Knowledge Project1 que, siguiendo su propia declaración de intenciones,
pretende «extender y respaldar el acceso a los productos de la investigación» para
lo que el sistema ideado «asiste en cada uno de los pasos del proceso de edición,
desde la entrega de los contenidos hasta su publicación e indexación». Existe,
397
además una guía completa dedicada al análisis de todos los paquetes de software
que han sido desarrollados con el mismo propósito y corren libres por la Web2. Se
realiza un análisis exhaustivo y detallado de las características de ARNO,
CDSware, Dspace, Eprints, Fedora, i-Tor y MyCoRe.
Fig. 3. Open Journal System
Plantéese, en cualquier caso, las siguiente preguntas antes de tomar una decisión definitiva sobre el tipo de sistema de gestión de contenidos que adoptará:
iSobre la estabilidad del fabricante y distribuidor del software y sobre la asistencia técnica que debe proporcionar:
¿Desde cuándo existe el software?
¿Qué clientes están ya utilizándolo?
¿Cuántos usuarios de media hay por cliente?
¿Cómo gestionan los picos de peticiones?
¿Cuál es la versión actual en uso?
¿Cuál es la regularidad de la renovación de las versiones?
¿Cuáles son los requisitos del cliente para el hardware y el software?
¿Es un sistema propietario o está basado en código abierto?
iSobre la seguridad:
¿Qué nivel de protección tienen los datos almacenados?
¿Quién almacena los datos?
¿Cómo se controla y monitoriza el sistema?
¿Qué sistema de seguridad utiliza?
¿Tiene el sistema algún certificado para garantizar la seguridad de la carga
y descarga de archivos?
¿Permite el sistema la creación de diferentes perfiles de usuario: read only,
read-write, editor, autor, etc.?
iSobre la flexibilidad del sistema y las posibilidades de personalización:
¿Es flexible el sistema?
¿Puede adaptarse a flujos de trabajo particulares?
¿Admite notificaciones automáticas?
¿Proporciona estadísticas e informes?
¿Existen posibilidades de control de versiones?
¿Tiene algún sistema para controlar la extensión de los artículos, resúmenes, etc.?
¿Permite a los autores seguir el curso de aceptación de los originales?
398
iSobre
los costes:
¿Cuál es el precio de instalación y carga de contenidos?
¿Cuáles son los costes unitarios por envío de artículo?
¿Cuál es el precio de mantenimiento y gestión?
Para evitar que el alojamiento, gestión, almacenamiento, conservación y difusión
de los contenidos pueda resultar gravoso, incluya sus materiales en una plataforma ya existente, en una iniciativa de edición electrónica cooperativa que ya esté
en marcha 3 : para el ámbito español y latinoamericano, es especialmente reseñable y recomendable la Plataforma digital de revistas científicas electrónicas, un
sitio promovido por una organización como el CINDOC, para revistas en lengua
española, altamente fiable, administrativamente responsable, con una sólida
organización y garantía de continuidad, capaz de sostener financieramente los
proyectos que pone en marcha, estable tecnológicamente y capaz de implantar
y seguir consecuentemente los procesos y procedimientos que sean necesarios
para preservar duraderamente las revistas electrónicas que gestiona.
Es posible que en otros sitios dedicados a la publicación de e-papers, le exijan
que sus documentos tengan una determinada estructura (DTD)4 y un determinado marcado (en XML)5. Es importante que se familiarice con ambos aspectos de
la definición de un documento digital.
Si decide mantener su propio sitio, con una o varias revistas, procure establecer
todos los procedimientos de financiación complementarios que se han expuesto
en el capítulo correspondiente. El open access no excluye que se pongan en
marcha estrategias comerciales que permitan, precisamente, mantener el carácter abierto y gratuito del sitio.
ESTRATEGIAS EDITORIALES DE COSTE SUPERIOR
Existen al menos tres cuestiones relacionadas con la gestión y distribución de los contenidos editoriales que pueden realizarse acudiendo a servicios comerciales:
Es posible que ninguno de los sistemas de gestión editoriales gratuitos que existen
en la red satisfagan completamente sus necesidades y sus expectativas. Existen,
claro está, alternativas comerciales que pueden ofrecerle ciertas ventajas relacionadas con, por ejemplo, la gestión y seguimiento completos del proceso editorial,
la generación de archivos PDF a partir de cualquier tipo de formato inicial, o el uso
de caracteres y nomenclaturas especiales. Por ofrecer una lista posible de paquetes, mencionaremos AllenTrack 6 , BenchPress7, Editorial Manager8, eJournalPress9,
ScholarOne10 o, por último, XPressTrack11.
Es posible incrementar la visiblidad y accesibilidad de los contenidos de su(s) revista(s), haciendo uso de los servicios de un agregador de contenidos, bien sea
Ingenta12, bien sea EBSCO13, bien cualquier otra compañía dedicada a esos servicios.
Es factible, obviamente, que usted decida generar su propio sitio web. Su coste variará en función de su complejidad y tamaño y del tipo de funcionalidades requeridas
(todos los precios incluidos a continuación son muy variables, en primer lugar, en
función del proveedor y, en consecuencia, meramente orientativos):
Si encarga el diseño estático de su web corporativa, sepa que el precio medio estará en torno a los 650-990 € en función del número y complejidad de las páginas.
Si resuelve optar por contratar los servicios de hosting de una empresa privada,
sepa que el precio mensual por el uso de un servidor dedicado, estará en torno a
399
los 9.930-250 € mensuales. Existen multitud de servicios de hosting, la mayoría de
los cuales pueden consultarse, con sus características y prestaciones, en páginas
como la de AbcDatos14.
Si opta por una solución más compleja, que entrañe desarrollo y programación y
que incluya soluciones de comercio electrónico, los precios pueden ir de los 2500
a los 6000 €.
Una opción que debería ponerse urgentemente en marcha, a la hora de editar las revistas de un departamento universitario, es la de los servicios de publicaciones de su
propia universidad o, incluso, de sus propias bibliotecas: cabría pensar, como ocurre
en otros países, que sean los propios servicios editoriales o bibliotecarios15 centralizados quienes se hicieran cargo de ese servicio.
Cabría, por último, tal como se exponía anteriormente, confiar los servicios de alojamiento y gestión a una plataforma preexistente dedicada con exclusividad al trabajo
con revistas electrónicas, como ocurre con la plataforma de TECNOCIENCIA16.
Public Knowledge Project (en línea) <http://www.pkp.ubc.ca/ojs/> (Consulta: 12 de julio
de 2004).
2 A Guide to Institutional Repository Software v 2.0 (en línea)
<http://www.soros.org/openaccess/software/> (Consulta: 12 de julio de 2004).
3 FERNÁNDEZ, E. «Plataforma digital de revistas científicas electrónicas españolas y latinoamericanas. origen, objetivos y gestión del proyecto», en VI Coloquio Internacional de
Geocrítica [en línea]. Barcelona, 24 al 28 de mayo de 2004,
<http://www.ub.es/geocrit/c6-elena.htm> (Consulta: 13 de julio de 2004).
4 W3 Schools. DTD (en línea) <http://www.w3schools.com/dtd/default.asp> (Consulta: 12
de julio de 2004).
5 W3 Schools XML (en línea) <http://www.w3schools.com/xml/default.asp> (Consulta: 12
de julio de 2004).
6 AllenTrack (en línea) <http://www.allentrack.net/> (Consulta: 13 de julio de 2004).
7 BenchPerss (en línea) <http://benchpress.highwire.org/> (Consulta: 13 de julio de 2004).
8 Editorial Manager (en línea) <http://www.editorialmanager.com/homepage/home.htm>
(Consulta: 13 de julio de 2004).
9 eJournalPress (en línea) <http://www.ejournalpress.com/> (Consulta: 13 de julio de 2004).
Para una visualización completa de una demostración del funcionamiento de un sistema
de gestión editorial online, consulte la dirección:
<http://www.ejournalpress.com/srs.shtml>
10 ScholarOne (en línea) <http://www.scholarone.com/home_flash.html> (Consulta: 13 de
julio de 2004).
11 XpressTrack (en línea) <http://www.xpresstrack.com/> (Consulta: 13 de julio de 2004).
12 Ingenta (en línea) <http://www.ingenta.com/> (Consulta: 13 de julio de 2004).
13 Ebsco (en línea) <http://www.ebsco.com/home/> (Consulta: 13 de julio de 2004).
14 ABCDatos (en línea) <http://www.abcdatos.com/alojamiento/> (Consulta: 13 de julio de
2004).
15 Journal of insect science (en línea), Arizona: Library of the University of Arizona
<http://sabio.library.arizona.edu/search/j?SEARCH=Journal+of+Insect+Science>
(Consulta: 13 de julio de 2004).
16 Tecnociencia (en línea) < http://www.tecnociencia.es/fecyt/public/index.jsp> (Consulta:
13 de julio de 2004).
1
400
Anexo 1. Formulario de encuesta a usuarios
JOAQUIN RODRIGUEZ
Modelo de encuesta a usuarios
RASGOS DE LAS REVISTAS ELECTRÓNICAS ONLINE
1. ¿Qué experiencia tiene en relación con los siguientes aspectos de las
revistas electrónicas? Elija una sola opción por cada una de las cuestiones
planteadas (si nunca ha utilizado esa opción, elija una de las tres opciones
que le planteamos a continuación: “Nunca lo he utilizado…”. Si nunca había
oído hablar de esa opción antes de esta encuesta, elija “Nunca había oído
hablar de eso”. Si había oído hablar de esa posibilidad pero nunca la ha
utilizado, elija “No preveo usarla” o “Me gustaría probarla”.
La he
utilizado y
la
encuentro
Útil
Inútil
No la he
utilizado
pero
Nunca he No preveo Me
utilizarla gustaría
oído
utilizarla
hablar de
ella
Alerta mediante correo
electrónico: envío de índices y
contenidos
Alerta mediante correo
electrónico: citas de artículos
adecuadas a las materias de
su interés
Vídeos y gráficos animados
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1
2
3
4
5
1
2
3
4
5
Hipervínculos de un artículo a
otro artículo citado en la
misma revista
Hipervínculos de un artículo a
otro artículo citado en una
revista diferente sin coste
alguno
Hipervínculos desde un
artículo a una base de datos
de contenido científico
Hipervínculos desde un
artículo a la dirección de
correo electrónico de un autor
Hipervínculos desde un
artículo a la página web de un
autor
Pago por uso y visión (pago
online para la obtención de
acceso inmediato a un
artículo)
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5
Envío electrónico de originales
(mediante plantillas online o
correo electrónico)
Evaluación online (descarga
de artículos para revisión y
envío de evaluaciones)
Acceso a artículos “en prensa”
(revisado y aceptados pero
todavía no publicado)
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1
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5
2. ¿Hasta qué punto encuentra que puede resultar un problema alguno de
los siguientes asuntos? Elija una sola opción. Si nunca ha utilizado la opción
elija “No aplicable”
Un gran
Una
problema molestia
menor
Escasa calidad de
reproducción y resolución
en vídeos y gráficos
animados
Artículos en formato PDF
que se descargan
lentamente
Imágenes en PDF que son
demasiado pequeñas para
ser legibles
Imágenes en HTML que se
descargan lentamente
Imágenes en PDF que
aparecen en blanco y
negro cuando deberían
hacerlo en color
Revistas electrónicas que
no proporcionan
hipervínculos a los
artículos citados
Revistas electrónicas que
no proporcionan acceso a
números anteriores
No es un No aplicable
problema
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4
SERVICIOS DE ALERTA
3. Las siguientes razones me han llevado a darme de alta en los servicios de
alerta a través del correo electrónico (contenidos y/o citas). Compruebe todo
aquello que proceda (si las razones por las que se dio de alta no constan en
la lista, o posee razones adicionales, agréguela brevemente en la casilla
correspondiente)
1
Para estar al corriente de los artículos publicados en mi área de
conocimiento
2
Para estar al 

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