Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra

Transcripción

Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra
Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra
RESOLUCIÓN MUNICIPAL N°
294/2015
Santa Cruz de la Sierra, 14 de diciembre de 2015
VISTOS:
El Oficio de Secretaría General N° 866/2015, de fecha 13 de julio de 2015, mediante el cual, el
Alcalde Municipal, remitió al Concejo Municipal el trámite de Adjudicación Definitiva de un
lote de terreno, ubicado en la ET-36, Manzana 4, Lote No 16, con una superficie según mensura
de 408,15 m2, a favor del señor Reynaldo Mamani Colquehuanca.
CONSIDERANDO:
Que, el señor Reynaldo Mamani Colquehuanca, se apersonó ante la Alcaldía Municipal,
mediante memorial de fecha 28 de marzo de 2009, solicitando la Adjudicación Definitiva del lote
de terreno, ubicado en la ET-36, Mza. 4, Lote No 16, con una superficie de 408,15 m2.
Que, mediante Certificación emitida por el Dpto. de Contabilidad C.I. No 518/2015, se constata
que se pagó el valor total del terreno, mediante depósito bancario por la suma de Bs 16.563,00
(Dieciséis Mil Quinientos Sesenta y Tres 00/100 bolivianos), efectuado en fecha 09/04/2015, en
el Banco Unión S.A., en la cuenta No 10000007019983, denominada FONDOS EN CUSTODIA
DEL GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIAPL DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA, con el
depósito N ° 44657461.
Que, consta la Minuta de Adjudicación y el Decreto Edil No 304/2015, del 24 de junio de 2015,
donde
se
decretó
adjudicar
en
Propiedad
Definitiva
a
favor
de
Reynaldo
Mamani
Colquehuanca, con C.I. N ° 4793986 L.P., el lote de terreno urbano con una superficie de 408,15
m2, ubicado en la ET-36, Manzana 04, Lote No 16, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 302, Numerales 6 y 29, establece que son
competencias de los Gobiernos Autónomos Municipales, el Desarrollo urbano y asentamientos
humanos urbanos y la planificación del desarrollo municipal en concordancia con la planificación
departamental y nacional, en concordancia con la Ley N° 031, Marco de Autonomías y
Descentralización "Andrés Ibáñez".
Que, la Ley No 482, de Gobiernos Autónomos Municipales, establece que son atribuciones del
Concejo Municipal, aprobar contratos de acuerdo a Ley Municipal, esto en concordancia con lo
establecido en el Reglamento General del Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en su
Artículo 14, Numeral 8.
Que, los Contratos de Adjudicación Definitiva, se encuentran dentro de la clasificación de
Contratos Municipales establecidos en la Ley Autonómica Municipal GAMSCS N ° 123/2014 y el
Artículo 19 del mismo cuerpo normativo, señala el procedimiento para la aprobación de
Contratos, Convenios y otros instrumentos.
Telf.: 333-85961333-2783 1333-3438
•
Fax: 371-5508
•
Casilla: 2729
•
www.concejomunicipalscz.gob.bo
Calle Sucre Esq. Chuquisaca N° 100 - Santa Cruz de la Sierra- Bolivia
Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 38/99, se aprueba la compensación o el intercambio de
derecho mediante la figura de la permuta, a solicitud de los vecinos de los Barrios: Los Jororis
U.V. 75, 18 de Noviembre U.V-PSU5, Alto San Pedro U.V. 50, San Juan de la Chacarilla U.V. 19,
S/N U.V.18 y el Barrio Libertad U.V-89 y se amplía mediante Ordenanza Municipal No
109/2008, por la cual, se aprueba la reesh·ucturación del barrio "Libertad", de las Manzanas 4, 5,
6 y ET. 36 entre las U.V. 89 y 90, las mismas que alcanzan a 22.
Que, el solicitante ha cumplido con todos los requisitos establecidos por la Ordenanza
Municipal N° 38/99, así como con las formalidades exigidas por la Secretaría Municipal de
Planificación, existiendo constancia del pago total del terreno, verificación de la posesión y
mejoras inspeccionadas por Catastro, impuestos a la propiedad pagados y la NO existencia de
otro inmueble registrado a su nombre.
POR TANTO:
El Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, en uso de las legítimas atribuciones que le
confieren la Constitución Política del Estado, la Ley N° 482, de Gobiernos Autónomos
Municipales y demás normas conexas.
RESUELVE:
Primero.- Se aprueba la Minuta de Adjudicación Definitiva, a favor de REYNALDO MAMAN!
COLQUEHUANCA, con C.I. No 4793986 L.P.,de un lote de terreno, ubicado en la ET-36,
Manzana 04, Lote N° 16, con una superficie de 408,15 m2, el mismo que se encuentra
comprendido en la expropiación dispuesta por la Ordenanza Municipal N° 38/99 y 109/2008.
Con carácter previo a la protocolización de la Minuta de Adjudicación Definitiva, el beneficiario,
deberá presentar Certificado Negativo Actualizado, emitido por la oficina de Derechos Reales.
Segundo.- El Órgano Ejecutivo Municipal queda encargado de la ejecución y cumplimiento de
la presente Resolución Municipal.
REGÍSTRESE,
Sr. Fra
co
Telf.: 333-85961333-2783 1333-3438
•
Fax: 371-5508
•
Casilla: 2729
•
www.concejomunicipalscz.gob.bo
Calle Sucre Esq. Chuquisaca N° 100 - Santa Cruz de la Sierra- Bolivia

Documentos relacionados

y(:` )Ú - Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra

y(:` )Ú - Concejo Municipal de Santa Cruz de la Sierra donde se decretó adjudicar en Propiedad Definitiva a favor de Antonio Velarde, con C.I. No 1940221 S.C., y Yolanda Coimbra de Velarde, con C.I. No 4679012 S.C., el lote de terreno urbano con una su...

Más detalles