ayuda asistencia social

Transcripción

ayuda asistencia social
Guía informativa sobre Ayudas de
Asistencia Social
Concepto
Con el objetivo de cubrir las necesidades que algunos trabajadores tienen tras un
Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional y que van más allá del tratamiento
médico y rehabilitador normal, ponemos a su disposición, una serie de ayudas para
atenderle
en
situaciones
de
necesidad
que
complementen
las
prestaciones
reglamentarias de la Seguridad Social.
Beneficiarios
› Trabajadores
del
Régimen
General
y
trabajadores
por
cuenta
propia
que
tengan cubiertas las Contingencias Profesionales.
› Pensionistas por razón de un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional.
› Cónyuge, pareja de hecho, ascendientes, descendientes y demás parientes por
consanguinidad o afinidad que convivan con y a cargo de alguna de las personas
comprendidas
en
los
apartados
anteriores
o
hubieran
convivido,
también
a
su
cargo, tanto para el caso de fallecimiento de éste o de padecer graves secuelas.
› Descendientes nacidos de forma póstuma al fallecimiento del trabajador.
Criterios
› Las ayudas son voluntarias.
› Debe existir justificación médica, técnica y económica.
› Las resoluciones y cuantías se resolverán de manera individualizada en función de unos
criterios preestablecidos que determinen la situación de necesidad y de acuerdo al catálogo
aprobado.
Requisitos
› El solicitante debe aportar toda la documentación que le sea solicitada, para
justificar la necesidad médica y económica.
› Las peticiones en que no se aporte esa documentación en un plazo de 2 meses, se
entenderán desistidas.
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Catálogo de ayudas
Para el accidentado/enfermo
› Ingreso en Instituciones de asistencia social.
› Servicio de vigilancia hospitalaria.
› Eliminación de barreras, excluyendo espacios públicos.
› Prestaciones Ortoprotésicas y otras ayudas no regladas.
 Sillas de ruedas y prótesis especiales
 Aparatos de gimnasia en domicilio
 Audífonos (en patologías derivadas de hipoacusia de transmisión)
 Gafas (cuando la rotura sea como consecuencia del accidente de trabajo)
 Prótesis dentales (cuando la rotura sea como consecuencia del accidente de trabajo
› Readaptación socio-laboral.
 Terapia ocupacional
 Cursos de reinserción laboral con certificado de profesionalidad
 Fomento del autoempleo
› Tratamientos médicos no reglados.
 Yoga
 Acupuntura
 Natación, etc…
› Ayuda económica para sufragar gastos de alquiler/hipoteca de domicilio habitual y
permanente.
Para sus familiares
› Ayudas psicológicas a familiares en caso de estrés postraumático o trastornos
adaptativos derivados del accidente.
› Ayuda económicas para hijos <3 años o nacidos de forma póstuma.
› Ayudas económicas para estudios de hijos o hermanos dependientes.
› Ayudas para gastos de desplazamientos y estancias de pacientes y familiares.
› Ayuda para gastos de sepelio.
Para ambos
› Apoyo a las actividades básicas de la vida diaria. Apoyo en auxiliares del hogar, comida a
domicilio o aseo personal, que permitan la adaptación del trabajador a su nuevo entorno.
Nota: Estas ayudas están condicionadas tanto en cuantía como en límite temporal. Para mayor información y
acceder al formulario de solicitud, consulte en nuestra página web www.umivale.es, llamando al 900 365 012, en el
mostrador de cualquiera de nuestras delegaciones o a través del trabajador social del Hospital Intermutual de Levante.
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Guía informativa sobre
Ayudas de
Asistencia Social
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