preguntas y respuestas

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000-SC-TR -012-2016
PROCESO DE SELECCIÓN PARA CONTRATAR EL SUMINISTRO DE ELEMENTOS
DE PROTECCIÓN PERSONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
1. SOLICITUD DE ACLARACIÓN FERRICENTRO
Dando alcance al proceso en referencia y teniendo en cuenta nuestro interés en participar en el
mismo; nos permitimos realizar las siguientes observaciones:
 Para los ítems 2,13,14,23 y 52, solicitamos a la entidad sea modificada la unidad de
empaque ya que al ser productos como cartuchos, adaptadores y filtros, estos solo se
comercializan con una unidad de empaque por PAR; teniendo en cuenta lo anterior
solicitamos especificar si las cantidades solicitadas para estos ítems serán modificadas o se
mantienen de acuerdo a la unidad de empaque.
Respuesta: Ver Adenda
Para el ítem 15, Solicitamos a la entidad especificar si el casco solicitado es de color Azul;
esto teniendo en cuenta que la referencia solicitada corresponde a este color.
Respuesta: Ver Adenda

 Para los ítems 16, 41 y 55, Solicitamos publicar el logo que llevarían estos 3 productos,
además de la medida del mismo para cada uno de ellos; esto con el fin de definir diseño y
numero de tintas y/o bordados que llevarían los mismos; para el ítem 41 específicamente
solicitamos a la entidad especificar la ubicación del logo y distribución de los 9 bolsillos
solicitados, de ser posible, agradeceríamos se publicara una imagen o modelo de estos
productos.
Respuesta: La imagen institucional debe mantenerse con los colores corporativos
que son a una tinta. Una vez se seleccione el proponente le serán entregadas las
especificaciones, modelos y logos Corporativo.
 Para el ítem 18, solicitamos a la entidad confirmar el color y modelo de las chaquetas ya que
la marca solicitada cuenta con un gran número de referencias y/o modelos de chaquetas; de
ser posible, solicitamos amablemente se publique un modelo o imagen de la misma.
Respuesta: Ver Adenda
 Para el ítem 26, solicitamos a la entidad especificar a qué temperatura serán utilizados estos
guantes para así definir la referencia a ofertar o así mismo en caso de tener una referencia
definida solicitamos especificar la misma ya que en el anexo publicado solo se especifica la
marca ANSELL.
Respuesta: Ver Adenda
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 Para el ítem 29, solicitamos especificar si el guante requerido es todo en uno (F&G) o si este
debe estar compuesto por 3 piezas (Guante dieléctrico, guante protector y guantin).
Respuesta: Ver adenda
 Para el ítem 33, solicitamos a la entidad especificar si se requiere guante industrial en
caucho sencillo o reforzado; especificar calibre solicitado 25, 35, 50, 60 o 65 y adicional
modificar la marca de este producto ya que no corresponde a 3M sino a LATEXPORT como
se especifica en la descripción del mismo.
Respuesta: Ver Adenda
 Para el ítem 35, solicitamos a la entidad sea modificada la referencia solicitad ya que una
vez consultada la misma con el proveedor no informan que esta no existe; sin embargo la
referencia correcta seria la SF410AS, la cual cumple con lo solicitado y corresponde a la
marca
3M.
(Ver
ficha
técnica http://solutions.productos3m.es/wps/portal/3M/es_ES/PPE_SafetySolutions_EU/Saf
ety/Product_Catalogue/~/3M-SecureFit-gafas-de-protecci%C3%B3n-de-montura-universalSF410AS?N=5003987+3293451382+3294857486&rt=rud ).
Respuesta: Ver Adenda
 Para el ítem 37, solicitamos a la entidad modificar la referencia solicitada ya que la misma no
existe en la marca solicitada; la referencia correcta es 70-118.
Respuesta: Ver Adenda
 Para el ítem 46, solicitamos sea modificada la unidad de empaque del producto solicitado ya
que este se comercializa por UNIDAD y no por PAR como se está solicitando.
Respuesta: Ver Adenda
2. SOLICITUD DE ACLARACIÓN DISNORTON
Tenemos las siguientes inquietudes:
1. En la casilla puntaje. A que se refiere??.
Respuesta: Se refiere al puntaje asignado para cada ítem, el cual la sumatoria
corresponderá a lo descrito en el Capítulo VI, numeral 2.1.
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2. Cual es el porcentaje para la póliza de seriedad de oferta.
Respuesta: El numeral de los términos de referencia indica
“4.1
PÓLIZA DE CMPLIMIENTO PARA PARTICULARES – AMPARO DE
SERIEDAD DE LA PROPUESTA
El Proponente debe constituir y anexar a su propuesta, original de la POLIZA DE
CUMPLIMIENTO PARA PARTICULARES – AMPARO DE SERIEDAD DE LA
OFERTA por un valor asegurado equivalente a CIEN MILLONES DE PESOS
($100.000.000) MONEDA LEGAL COLOMBIANA, expedida por una compañía de
Seguros legalmente establecida en el país, debidamente aprobada por la
Superintendencia Financiera, conforme a las siguientes condiciones:
OBJETO: Garantizar la seriedad de la Propuesta.
VIGENCIA: Sesenta (60) días hábiles, contados a partir de la fecha de cierre del
proceso de selección, la cual debe ser prorrogada en caso de ser necesario, hasta
tanto se legalice la contratación, y, queden constituidas las correspondientes
garantías contractuales.
Cuando la Propuesta sea presentada por un Consorcio o Unión Temporal, la
Póliza de Garantía de Seriedad de la Propuesta debe ser tomada a nombre de
todos sus integrantes, tal como aparecen en el documento que acredita la
existencia y representación de cada uno de ellos”.
3. Con respecto a la póliza de calidad (en caso de ser favorecidos), como
aplicaría si es por defectos de fabricación??
Respuesta: Los defectos de fabricación deben ser cambiados por el proveedor
seleccionado dentro del plazo indicado, sin embrago en caso de presentarse
defectos de fabricación que generen un perjuicio a Corpoica, el trámite que se
adelanta es ante la compañía de seguros como un siniestro imputable al
proveedor seleccionado.
3. SOLICITUD DE ACLARACIÓN WACOL
De acuerdo a los términos definidos dentro del prepliego de condiciones y encontrándonos
dentro de las fechas establecidas nos permitimos allegar observaciones del proceso en mención.
OBSERVACIÓN No. 1
Solicitamos a la entidad aclarar si para este proceso se puede presentar oferta parcial es decir
únicamente por los ítems que maneje nuestra compañía.
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Respuesta: Para la Corporación es conveniente que se cotice la totalidad o la
mayoría de los ítems requeridos en el anexo económico, dado que, el contrato no
será adjudicado de forma parcial.
OBSERVACIÓN No. 2
Muy respetuosa mente recomendamos a la entidad solicitar los amparos de la póliza de seriedad y
de cumplimiento sobre el valor total de la oferta, y no sobre de la suma de 1.000.000.000 ya que
aún no se sabe cuál será el valor final del contrato adjudicado o de la propuesta presentada.
La póliza puede ser presentada como se indica a continuación
GARANTÍA DE SERIEDAD
Beneficiario: CORPORACIÓN COLOMBIANA DE INVESTIGACIÓN AGROPECUARIA CORPOICA
Vigencia: Noventa (60) días calendario a partir de la fecha de cierre del proceso.
Cuantía: El equivalente al 10% del valor total de la propuesta presentada
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO PARA PARTICULARES PARA EL CONTRATO
El PROPONENTE SELECCIONADO se compromete a obtener a costa suya, ante una Compañía de
Seguros Legalmente establecida en el país, debidamente aprobada por la Superintendencia
Financiera, una PÓLIZA DE CUMPLIMIENTO PARA PARTICULARES que cubra adecuadamente las
obligaciones que el CONTRATISTA asumiría en la ejecución del contrato, así:
4.2.1 Amparo de Cumplimiento del Contrato: que ampare los perjuicios directos derivados del
incumplimiento imputable al tomador/garantizado de las obligaciones emanadas del contrato
garantizado, por una cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor TOTAL DEL
CONTRATO y una vigencia igual a la duración del contrato y cuatro (4) meses más.
4.2.2 Amparo de Pago de Salarios, Prestaciones Sociales e Indemnizaciones: Del personal que haya
de utilizar para la ejecución del contrato, por una cuantía igual al cinco por ciento (5%) del valor
TOTAL DEL CONTRATO y una vigencia igual a la duración del mismo y tres (3) años más.
4.2.3 Amparo de Calidad y Correcto Funcionamiento de los Equipos o Elementos Suministrados:
Que ampare los perjuicios imputables al tomador/garantizado derivado del incumplimiento de las
especificaciones técnicas del producto entregado o las exigidas establecidas en el contrato, en una
cuantía equivalente al treinta por ciento (30%) del valor TOTAL DEL CONTRATO y una vigencia
igual a la duración del contrato y seis (6) meses más.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia
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OBSERVACIÓN No. 3
Basados en el principio de la igualdad y de selección objetiva solicitamos muy respetuosamente a
la entidad ampliar el periodo de las certificaciones de experiencia mínima acreditada. Que sean
dentro del periodo de los 7 años anteriores a la fecha definitiva del cierre del proceso, y que la
experiencia pueda ser soportada máxima en (5) certificaciones de contratos.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia.
OBSERVACIÓN No. 4
Se solicita a la Entidad confirmar la posibilidad de hacer entrega de los Elementos en único punto
CENTRO DE INVESTIGACIÓN TIBAITATÁ o es necesario realizar despachos a cada punto.
Respuesta: La entrega debe realizarse en los diferentes Centros de Investigación
donde se requiera y se indique al momento de notificar la orden de compra.
OBSERVACIÓN No. 5
Se solicita a la Entidad confirmar si se pueden ofertar diferentes a las solicitadas para los ítems
No. 5-9, 15, 17, 18, 20, 26, 27, 30, 41-43, 55, 56 que cumplan y/o superen las especificaciones
técnicas requerida:
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia.
OBSERVACIÓN No. 6
Se solita a la entidad aclara si se requiere aportar con la propuesta, las fichas técnicas de los
elementos ofertados.
Respuesta: No. Sin embargo, si desea puede ser presentada.
OBSERVACIÓN No. 7
Se solicita a la entidad aclarar si para la entrega de los materiales son 15 o 10 hábiles, ya que en las
condiciones generales se contradicen.
Respuesta: Ver adenda.
OBSERVACIÓN No. 8
Solicitamos a la entidad eliminar la puntuación de la experiencia, ya que en los términos se indica
que el oferente que tenga mayor valor sumando las certificaciones aportadas obtendrá el máximo
puntaje. Esto se contradice con lo que se solicita en el capítulo II numeral 5.1.11
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“EXPERIENCIA: el PROPONENTE deberá presentar con su propuesta hasta cinco (5) certificaciones
o facturas ó copia de contratos con sus respectivas actas de liquidación, si a ello hubiere lugar,
ejecutados o en ejecución con Entidades Públicas o Privadas dentro de los últimos tres (3) años,
contados hasta la fecha de cierre del presente proceso, las mismas deberán especificar en el
objeto el suministro de elementos de protección personal y seguridad industrial o similares. La
sumatoria del valor de los contratos y/o certificaciones debe ser igual o mayor a QUINIENTOS
MILLONES DE PESOS ($500.000.000) MONEDA LEGAL COLOMBIANA”
La entidad indica que el valor de la sumatoria de los contratos debe de ser de 500.000.000
millones de pesos, por lo cual no es coherente que el oferente que presente el mayor valor en la
sumatoria de las certificaciones obtenga este puntaje, siendo que el requisito inicial es de
500.000.000 millones de pesos.
Se solita asignar esta puntuación al oferente que cumpla con la totalidad de los requerimientos
técnicos
Respuesta: Lo indicado en los términos no es contradictorio toda vez que lo
establecido en el numeral 5.1.11 del capítulo II es un requisito mínimo para
participar en el proceso, es decir que la experiencia sume los 500 millones es lo
mínimo para participar, contrario a la calificación técnica que se hará teniendo en
cuenta la sumatoria de las certificaciones aportadas, es por eso que se indica que
se deberán aportar hasta cinco certificaciones lo que indica que se debe cumplir
con la suma indicada para poder participar pero al mismo tiempo se va a calificar
las certificaciones aportadas. Por lo tanto no es contradictorio y si mejora el
proceso de selección.
OBSERVACIÓN No. 9
Soltamos a la entidad aclarar el número de capacitaciones que requiere y la cantidad de personas
a las cuales irán dirigidas estas capacitaciones y los lugares donde se deberán realizar ya que este
es un costo adicional que se debe calcular en al valor de la oferta
Respuesta: Si se requieren las capacitaciones, durante la ejecución del contrato
se acordará entre las partes las condiciones para llevarlas a cabo.
4. SOLICITUD DE ACLARACIÓN ARTURO CALLE
De acuerdo al proceso en referencia, con objeto “EL SUMINISTRO DE ELEMENTOS
DE PROTECCIÓN PERSONAL Y SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA ATENDER LAS
NECESIDADADES DE LOS TRABAJADORES DE CORPOICA QUE REALIZAN SUS
ACTIVIDADES EN LOS DIFERENTES CENTROS DE INVESTIGACIÓN Y FRENTES DE
TRABAJO DE CORPOICA " respetuosamente COMERCIALIZADORA ARTURO CALLE
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S.A.S.,
se
permite
realizar
las
siguientes
observaciones:
1. Nos permitimos solicitar se considere la posibilidad de presentar propuestas
parciales por ítem, es decir se pueda ofertar de manera separada cada
ítem, atendiendo nuestro interés en participar, debido a la experiencia, calidad y
capacidad
de
nuestra
compañía
para
satisfacer
dicha
necesidad.
Lo anterior teniendo en cuenta el principio de igualdad y de libre concurrencia
predicables de la selección objetiva en la contratación estatal, sobre los cuales
debe edificarse el pliego de condiciones, con el fin de escoger la oferta más
favorable, en virtud de lo expresado en el artículo 30 de la Ley 80 de 1993 y el
Consejo de Estado, Expediente 24715 de 2007, en el cual se constituye "la igualdad
en la identidad de oportunidades dispuesta para los sujetos interesados en
contratar con la administración y gozar de las mismas oportunidades de acuerdo a
las diferentes calidades derivadas de su experiencia, de su organización, con el fin
de satisfacer la especifica necesidad que fundamentó el objeto del pliego de
condiciones".
Respuesta: Para la Corporación es conveniente que se cotice la totalidad o la
mayoría de los ítems requeridos en el anexo económico, dado que, el contrato no
será adjudicado de forma parcial.
2. Teniendo en cuenta la vigencia establecida para el actual contrato a 31 de
Diciembre de 2018 solicitamos amablemente las partes realicen un ajuste de
precios a partir del 1 de Enero del 2017 y nuevamente el 1 de Enero de 2018 ya
que los insumos y/o telas a utilizar en la confección o fabricación de los bienes a
partir de estas fechas tienen un incremento de precio por parte de los proveedores.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia
3. Solicitamos amablemente establecer el plazo de ejecución y entrega de los
bienes, sesenta (60) días a partir de la aceptación de la orden y/o contrato,
legalización del mismo, finalización de toma de tallas o (información de tallas),
aprobación y disponibilidad de telas, aprobación de diseños, colores y bordados
según sea el caso.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia.
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4. De la manera más atenta me permito solicitar, se sirva modificar el porcentaje
del índice de endeudamiento solicitado, para que el mismo se establezca igual o
inferior al 55%, lo anterior teniendo en cuenta que este indicador de acuerdo con
lo establecido en el Manual para determinar y verificar los requisitos habilitantes en
los Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente es aquel que
determina “el grado de endeudamiento en la estructura de financiación (pasivos y
patrimonio) del proponente. A mayor índice de endeudamiento, mayor es la
probabilidad del proponente de no poder cumplir con sus pasivos”.
Así las cosas, este indicador refleja el grado de apalancamiento de terceros que
necesita la empresa para la ejecución del objeto social. Por lo tanto, mientras más
alto sea este índice, es mayor la participación de los acreedores y demuestra el alto
grado en que están comprometidos los activos de la empresa poder cumplir con el
pago de las obligaciones.
Adicionalmente, de acuerdo con la literatura financiera, un indicador de
endeudamiento óptimo debe reflejar un equilibrio patrimonial entre deuda y la
aportación, es decir, entre pasivos con terceros y patrimonio el cual deberá ser de 1
a 1. En otras palabras, el nivel de endeudamiento recomendable es el 50% el cual le
permite a la empresa que sus deudas puedan efectivamente ser cubiertas con la
utilidad de operación
En este sentido, es de mencionar que las empresas que tienen un alto
endeudamiento tienen menor rentabilidad y menor liquidez puesto que con sus
ingresos deben realizar el cubrimiento de sus deudas, adicionalmente, el
endeudamiento es el principal criterio determinante de la probabilidad del
incumplimiento de las obligaciones, insolvencia y quiebra de las empresas.
Por lo tanto, teniendo en cuenta que estamos frente a un proceso de contratación
estatal en el que los requisitos habilitantes deben establecerse de tal manera que
se garantice el efectivo cumplimiento de las obligaciones contractuales adquiridas
y se disminuya al máximo posible la probabilidad de futuros incumplimientos,
consideramos que un endeudamiento superior al 55% demuestra en el
proponente, un nivel de riesgo alto y un bajo margen operacional, lo que genera
un riesgo para la ejecución del contrato pues indica que los acreedores tienen más
de la mitad de la participación en la empresa proponente y que mucho más de la
mitad de sus ingresos se destinan para el pago de las deudas contraídas,
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adicionalmente, que en el evento de cualquier reducción de utilidades por
disminución de la facturación o un incremento de su estructura de costos por
razones monetarias o de mercado lleven al contratista a una crisis financiera que
ponga en riesgo su operación, incurra en incumplimiento de sus obligaciones e
incluso pueda verse obligado a entrar en un proceso liquidatorio o de
reorganización.
Adicionalmente, de acuerdo con Manual para determinar y verificar los requisitos
habilitantes en los Procesos de Contratación de Colombia Compra Eficiente, los
indicadores financieros deben establecerse de conformidad con aquellos que
muestra el sector y frente a esto, podemos mencionar que en el Informe de
Desempeño del Sector Textil Confección 2008- 2012 de la Superintendencia de
Sociedades se muestra que el indicador del sector textil, confección y
comercialización no superó el 51.81% para el año 2012, así mismo, el último
Informe de Desempeño del Sector Textil – Confección 2012-2014 publicado por la
Supersociedades en Agosto de 2015 señaló que el indicador de apalancamiento se
mantuvo igual por los años 2012, 2013 y 2014. De igual manera, el Informe Sector
Textil y Confecciones publicado por Sectorial en noviembre 2015 mostró que el
indicador de endeudamiento de las Empresas que Participan en el Sector Textil no
superó el 50,1%.
Por lo anteriormente expuesto, solicitamos respetuosamente establecer el
indicador de endeudamiento en un porcentaje que no supere el 55% el cual es
consecuente con la realidad de las empresas del sector textil y garantiza que el
proponente seleccionado pueda dar estricto y cabal cumplimiento al contrato.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia.
5. Sugerimos respetuosamente tener en cuenta los plazos para reposiciones,
ajustes y/o arreglos posibles tales como dobladillos, cinturas y mangas de quince
(15) días calendario y cuarenta y cinco días (45) calendario en el caso que las
prendas requieran ser confeccionadas nuevamente.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia
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6. Teniendo en cuenta lo establecido en el anexo No. 4 y dando mayor pluralidad
entre oferentes solicitamos amablemente aceptar la presentación de la oferta
económica con ítems de otras marcas los cuales cumplan con las especificaciones
técnicas de calidad que requiere cada ítem.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia.
7. En aras de brindar una mayor oportunidad de participación a los diferentes
oferentes, solicitamos amablemente se considere la posibilidad de aceptar que los
proponentes acrediten su experiencia de los últimos 4 años y no tres (3), teniendo
en cuenta que Comercializadora Arturo Calle S.A.S. es una marca ampliamente
conocida en el mercado Colombiano, siendo, como Empresa, una de las más
importantes a nivel de diseño, confección, y comercialización de prendas de vestir,
calzado y accesorios que se puedan identificar en el actual contexto de la moda.
Por lo mismo, teniendo en cuenta los planes de expansión que hemos proyectado,
a partir del 19 de Febrero de 2010 hicimos la transición al funcionamiento como
persona jurídica después de más de cuarenta (40) años de operaciones como
persona natural, sin que esto conlleve cambios en la esencia, infraestructura y
experiencia
de
la
compañía.
Lo anteriormente expresado nos lleva a informarle a la CORPORACIÓN
COLOMBIANA DE INVESTIGACIÓN AGROPECUARIA que si bien es cierto la
experiencia que podemos acreditar es de los últimos cuatro (4) años no se debe en
forma alguna a que nuestra experiencia sea insuficiente.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia.
8. Con relación al stock requerido y teniendo en cuenta que el mismo será incluido dentro
del contrato, solicitamos que en el momento de finalizar el mismo, por tratarse de prendas
exclusivas de la entidad, sea la CORPORACIÓN COLOMBIANA DE INVESTIGACIÓN
AGROPECUARIA quien asuma la compra total de dicho stock o inventario.
Respuesta: Corpoica no requiere elementos en stock, por lo tanto, no asume stock
o inventario de elementos requeridos en los presente términos de referencia.
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9. Solicitamos amablemente establecer una fecha de adjudicación o selección del
contratista y así mismo un plazo limite para la ampliación de la vigencia de la
propuesta en caso de prorroga con el fin de que dicha vigencia no sea indefinida
dado que los precios constantemente fluctúan por la variación de los costos de
materia prima.
Respuesta: Corpoica se mantiene en lo establecido en los Términos de
Referencia
5. SOLICITUD DE ACLARACIÓN INMADICA ANDINA S.A.
Se realiza una entrega mensual por sede?
Respuesta: Las entregas no cuentas con periodicidad específica.
2. La asesoría y capacitación se puede adecuar para no incurrir en gasto mayores?
Podría ser vía skipe en los lugares de difícil acceso
Respuesta: Si se requieren las capacitaciones, durante la ejecución del contrato
se acordará entre las partes las condiciones para llevarlas a cabo.
3. En el capítulo VIII numeral 4 donde se enuncia el reemplazo de los elementos
dañados o defectuosos es importante tener en cuenta que la devolución se acepta si se
detecta que el daño es de fábrica y no por mala manipulación o mal bodegaje
Respuesta: Esta es una afirmación y no una pregunta, por lo tanto, Corpoica se
mantiene en lo establecido en los Términos de Referencia.
NOTA: De conformidad con lo establecido en los términos de referencia en el capítulo
I, numeral 3 el cual indica “ACLARACIONES O INFORMACIÓN ADICIONAL. Las
solicitudes de aclaración y/o información adicional deben hacerse al DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO - COORDINACION DE ADQUISICIONES- CORPOICA – SEDE
CENTRAL, ubicado en el kilómetro 14 vía Occidente Bogotá – Mosquera (Cundinamarca)
ó a través del correo electrónico: [email protected], del tres (03) al diez (10)
de junio de 2016 hasta las 3:00 p.m”, nos permitimos indicar que las observaciones
recibidas en forma extemporánea, no darán lugar a respuesta.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

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