presentación
Transcripción
presentación
JORNADA sobre PROPIEDAD INTELECTUAL C/ Ríos Rosas, 36-5º Centro 28003 MADRID Teléfono 91 441 68 88 Fax 91 442 79 29 CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – TR. Ley de Propiedad Intelectual aprobado por RDL 1/1996 de 12 de abril: • Remuneración al autor por cesión de derechos (Art. 46): – Participación proporcional en los ingresos de la explotación. Regla general CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – Ley de Propiedad Intelectual: • Remuneración al autor por cesión de derechos (Art. 46): – A tanto alzado. Supuestos tasados: » Dificultad de determinar los ingresos » Carácter accesorio no esencial » 1ª o única edición de: • Antologías • Prólogos • Ilustraciones • Traducciones • Obras científicas • Ediciones populares a precios reducidos CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – Ley de Propiedad Intelectual: • Cesión mediante compensación económica (Art. 58) • Remuneración del autor (Art.60. 5) contenido mínimo del contrato de edición • Causa de nulidad (Art. 61) CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – Ley de Propiedad Intelectual: Edición en forma de libro • Anticipos (Art. 62) • % sobre PVP CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – Ley de Propiedad Intelectual: • Obligación del editor, satisfacer la remuneración estipulada (Art. 64.5) • Resolución del contrato por incumplimiento (Art. 68) CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – Liquidaciones: • Contenido mínimo del certificado: – – – – – Fabricación Distribución Existencias Periodicidad Justificantes CONTRATO DE EDICIÓN I • Pago de derechos de autor: – Liquidaciones: • Emisión de factura: • IVA Exento (Artículo 20. UNO 26ª LIVA 37/1992) • No exento CESIÓN DE DERECHOS A TERCEROS • TRADUCCIÓN – Cesión de derechos de transformación – Contrato con traductor • OTRO TIPO DE TRANSFORMACIÓN • CESIÓN A OTRA EDITORIAL • EDICIÓN EN OTROS PAÍSES COEDICIÓN • Ley del libro 12 de marzo de 1975 definiciones: • OBRA TERMINADA. Traducción (Art. 28) • CREACIÓN DE OBRA. Reparto de funciones (Art. 29) • COEDICIÓN PLENA. Publicación simultánea (Art. 30) • No regulado en la LPI: TERMINACIÓN NATURAL DEL CONTRATO DE EDICIÓN • Por terminación del plazo de duración convenido • Por cumplimiento del objeto del contrato • Ej. Edición para venta de ejemplares con ocasión de una exposición • Por transcurso de diez años si la remuneración se pactó a tanto alzado. • Por transcurso de quince años desde que el autor puso al editor en Condiciones de realizar la reproducción de la obra. EFECTOS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO • Salvo pacto en contrario, el editor podrá enajenar los ejemplares que posea dentro de los tres años siguientes. La enajenación queda sujeta a las condiciones establecidas en el contrato extinguido. • El autor podrá adquirir los ejemplares por el 60% del PVP o por el que se determine pericialmente u optar por ejercer tanteo sobre el precio de venta. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE EDICIÓN • Si el editor no realiza la edición en el plazo y condiciones convenidas. • Si el editor no lleva mantiene una explotación continua y una difusión comercial conforme a los usos habituales del sector de la edición. •Si el editor no satisface la remuneración estipulada. Debe liquidar al menos una vez al año y certificar los datos relativos a fabricación, distribución y existencias. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE EDICIÓN • Si el editor procede a la venta como saldo o destrucción sin respeta los requisitos del artículo 67 de la Ley • Si el editor cede indebidamente los derechos a un tercero. • Si el editor no efectúa la siguiente edición en un año desde que fuese requerido para ello por el autor. • Supuestos de liquidación o cambio de titularidad de la empresa editorial si no se ha iniciado la reproducción de la obra. DERECHO DE OPCIÓN PREFERENTE • Otorga al editor preferencia para suscribir un contrato en iguales condiciones que las que el autor haya convenido con un tercero. * Una vez se haya extinguido el contrato de edición, para editar nuevamente la obra. * Vigente el contrato de edición, para explotar la obra en otras modalidades no contempladas en el contrato DERECHO DE OPCIÓN PREFERENTE • En el contrato donde se reconozca este derecho conviene: • Establecer el plazo del que dispone el autor para comunicar al editor las condiciones convenidas con el tercero. • Señalar el plazo del que dispone el editor para ejercitar el derecho de opción. VENTA EN SALDO • Venta de los ejemplares a un precio notablemente inferior al inicialmente fijado por el editor o convenido con el autor. • Motivos: evitar gastos por almacenaje, evitar o contener pérdidas, desentenderse de una obra poco comercializable, promover nuevas obras del mismo tema…. • La venta en saldo antes de haber transcurrido dos años desde la puesta en circulación de los ejemplares, requiere autorización del autor. VENTA EN SALDO • Procedimiento: • El editor debe comunicar fehacientemente al autor su decisión informando del precio y número de ejemplares a saldar. • El autor, en los treinta días siguientes, podrá optar entre: • Adquirir los ejemplares por el precio de saldo. • Percibir el 10% del importe facturado por el editor. Nota.- El autor puede destinar los ejemplares al comercio. DESTRUCCIÓN DE EJEMPLARES • La destrucción antes de dos años desde la puesta en circulación de los ejemplares, requiere autorización del autor. •Procedimiento: • El editor deberá notificar al autor su decisión • El autor, en los treinta días siguientes, podrá exigir que se le entreguen todos o parte de los ejemplares. Nota.- El autor no puede destinar los ejemplares al comercio. E BOOK • Objeto del contrato: explotación de la obra en formato digital. • Cesión de derechos: reproducción, distribución, comunicación pública y transformación de la obra en formato digital a fin de: * digitalizarla y reproducirla en otros formatos. * ponerla a disposición del público en archivo digital * autorizar su descarga * comercializarla mediante POD, en su caso E BOOK • Exclusividad de la cesión. • Ambito territorial: • Países en los que el editor puede explotar la obra. • Duración de la cesión. • Plazo de entrega de la obra por el autor. • Plazo para la publicación de la obra por el editor. E BOOK •Remuneración: • por acceso en internet con/sin posibilidad de descarga. • por descarga del archivo para lectura en lectores • por ejemplar vendido en modalidad de POD • Liquidaciones: Periodicidad y certificación de datos. • Sistema de protección del archivo digital. • Sistema de control de accesos y descargas. PRECIO FIJO DEL LIBRO • Antecedentes: RD 484/1990, de 30 de marzo y Ley 9/1975, de 12 de marzo • Regulación actual: Ley 10/2007, de 22 de junio • Posibilitar la lectura • Difundir la cultura • Garantizar el acceso a los libros a todos los potenciales lectores. • Facilitar la coexistencia de ediciones de rápida y más larga rotación. • Permitir el acceso igualitario y diverso a la cultura (artículo 44 CE) PRECIO FIJO DEL LIBRO • Regla general • Excepciones • Exclusiones