presentación

Transcripción

presentación
JORNADA sobre PROPIEDAD
INTELECTUAL
C/ Ríos Rosas, 36-5º Centro
28003 MADRID
Teléfono 91 441 68 88
Fax 91 442 79 29
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– TR. Ley de Propiedad Intelectual aprobado por RDL
1/1996 de 12 de abril:
• Remuneración al autor por cesión de derechos (Art. 46):
– Participación proporcional en los ingresos de la explotación.
Regla general
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– Ley de Propiedad Intelectual:
• Remuneración al autor por cesión de derechos (Art. 46):
– A tanto alzado. Supuestos tasados:
» Dificultad de determinar los ingresos
» Carácter accesorio no esencial
» 1ª o única edición de:
• Antologías
• Prólogos
• Ilustraciones
• Traducciones
• Obras científicas
• Ediciones populares a precios reducidos
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– Ley de Propiedad Intelectual:
• Cesión mediante compensación económica (Art. 58)
• Remuneración del autor (Art.60. 5) contenido mínimo
del contrato de edición
• Causa de nulidad (Art. 61)
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– Ley de Propiedad Intelectual:
Edición en forma de libro
• Anticipos (Art. 62)
• % sobre PVP
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– Ley de Propiedad Intelectual:
• Obligación del editor, satisfacer la remuneración
estipulada (Art. 64.5)
• Resolución del contrato por incumplimiento (Art. 68)
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– Liquidaciones:
• Contenido mínimo del certificado:
–
–
–
–
–
Fabricación
Distribución
Existencias
Periodicidad
Justificantes
CONTRATO DE EDICIÓN I
• Pago de derechos de autor:
– Liquidaciones:
• Emisión de factura:
• IVA Exento (Artículo 20. UNO 26ª LIVA 37/1992)
• No exento
CESIÓN DE DERECHOS A TERCEROS
• TRADUCCIÓN
– Cesión de derechos de transformación
– Contrato con traductor
• OTRO TIPO DE TRANSFORMACIÓN
• CESIÓN A OTRA EDITORIAL
• EDICIÓN EN OTROS PAÍSES
COEDICIÓN
• Ley del libro 12 de marzo de 1975
definiciones:
• OBRA TERMINADA. Traducción (Art. 28)
• CREACIÓN DE OBRA. Reparto de funciones
(Art. 29)
• COEDICIÓN PLENA. Publicación simultánea
(Art. 30)
•
No regulado en la LPI:
TERMINACIÓN NATURAL DEL CONTRATO DE EDICIÓN
• Por terminación del plazo de duración convenido
• Por cumplimiento del objeto del contrato
• Ej. Edición para venta de ejemplares con ocasión de una
exposición
• Por transcurso de diez años si la remuneración se pactó a
tanto alzado.
• Por transcurso de quince años desde que el autor puso al
editor en Condiciones de realizar la reproducción de la obra.
EFECTOS DE LA EXTINCIÓN DEL CONTRATO
• Salvo pacto en contrario, el editor podrá enajenar los
ejemplares que posea dentro de los tres años siguientes.
La enajenación queda sujeta a las condiciones establecidas
en el contrato extinguido.
• El autor podrá adquirir los ejemplares por el 60% del PVP
o por el que se determine pericialmente u optar por ejercer
tanteo sobre el precio de venta.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE EDICIÓN
• Si el editor no realiza la edición en el plazo y condiciones
convenidas.
• Si el editor no lleva mantiene una explotación continua y
una difusión comercial conforme a los usos habituales
del sector de la edición.
•Si el editor no satisface la remuneración estipulada.
Debe liquidar al menos una vez al año y certificar los datos
relativos a fabricación, distribución y existencias.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO DE EDICIÓN
• Si el editor procede a la venta como saldo o destrucción
sin respeta los requisitos del artículo 67 de la Ley
• Si el editor cede indebidamente los derechos a un tercero.
• Si el editor no efectúa la siguiente edición en un año
desde que fuese requerido para ello por el autor.
• Supuestos de liquidación o cambio de titularidad de
la empresa editorial si no se ha iniciado la reproducción
de la obra.
DERECHO DE OPCIÓN PREFERENTE
• Otorga al editor preferencia para suscribir un contrato
en iguales condiciones que las que el autor haya convenido
con un tercero.
* Una vez se haya extinguido el contrato de edición,
para editar nuevamente la obra.
* Vigente el contrato de edición, para explotar la obra
en otras modalidades no contempladas en el contrato
DERECHO DE OPCIÓN PREFERENTE
• En el contrato donde se reconozca este derecho conviene:
• Establecer el plazo del que dispone el autor
para comunicar al editor las condiciones convenidas
con el tercero.
• Señalar el plazo del que dispone el editor
para ejercitar el derecho de opción.
VENTA EN SALDO
• Venta de los ejemplares a un precio notablemente inferior
al inicialmente fijado por el editor o convenido con el autor.
• Motivos: evitar gastos por almacenaje, evitar o contener
pérdidas, desentenderse de una obra poco comercializable,
promover nuevas obras del mismo tema….
• La venta en saldo antes de haber transcurrido dos años
desde la puesta en circulación de los ejemplares,
requiere autorización del autor.
VENTA EN SALDO
• Procedimiento:
• El editor debe comunicar fehacientemente al autor su decisión
informando del precio y número de ejemplares a saldar.
• El autor, en los treinta días siguientes, podrá optar entre:
• Adquirir los ejemplares por el precio de saldo.
• Percibir el 10% del importe facturado por el editor.
Nota.- El autor puede destinar los ejemplares al comercio.
DESTRUCCIÓN DE EJEMPLARES
• La destrucción antes de dos años desde la puesta en circulación
de los ejemplares, requiere autorización del autor.
•Procedimiento:
• El editor deberá notificar al autor su decisión
• El autor, en los treinta días siguientes, podrá exigir
que se le entreguen todos o parte de los ejemplares.
Nota.- El autor no puede destinar los ejemplares al comercio.
E BOOK
• Objeto del contrato: explotación de la obra en formato digital.
• Cesión de derechos:
reproducción, distribución, comunicación pública
y transformación de la obra en formato digital a fin de:
* digitalizarla y reproducirla en otros formatos.
* ponerla a disposición del público en archivo digital
* autorizar su descarga
* comercializarla mediante POD, en su caso
E BOOK
• Exclusividad de la cesión.
• Ambito territorial:
• Países en los que el editor puede explotar la obra.
• Duración de la cesión.
• Plazo de entrega de la obra por el autor.
• Plazo para la publicación de la obra por el editor.
E BOOK
•Remuneración:
• por acceso en internet con/sin posibilidad de descarga.
• por descarga del archivo para lectura en lectores
• por ejemplar vendido en modalidad de POD
• Liquidaciones: Periodicidad y certificación de datos.
• Sistema de protección del archivo digital.
• Sistema de control de accesos y descargas.
PRECIO FIJO DEL LIBRO
• Antecedentes: RD 484/1990, de 30 de marzo y Ley 9/1975, de 12 de marzo
• Regulación actual: Ley 10/2007, de 22 de junio
• Posibilitar la lectura
• Difundir la cultura
• Garantizar el acceso a los libros a todos los potenciales lectores.
• Facilitar la coexistencia de ediciones de rápida y más larga rotación.
• Permitir el acceso igualitario y diverso a la cultura (artículo 44 CE)
PRECIO FIJO DEL LIBRO
• Regla general
• Excepciones
• Exclusiones

Documentos relacionados