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“DEMOCRACIA Y VALORES ÉTICOS LUIS F. COBEÑA NAVARRETE ETICA “En la tierra hay suficiente para satisfacer las necesidades de todos, pero no tanto como satisfacer la avaricia de algunos.” Mahatma Ghandi BIENES DEL ESTADO Los activos de cualquier tipo, muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y los documentos o instrumentos legales que acrediten, intenten probar o se refieran a la propiedad u otros derechos sobre dichos activos. FUNCIÓN PÚBLICA Toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. SERVIDOR PÚBLICO Toda persona que presta servicios en entes de la Administración Pública, estatal y no estatal, a nombre o por cuenta de esta. Funcionarios de hecho y personas que laboran para empresas públicas y quienes administran, explotan o custodian bienes o servicios del Estado. La motivación los funcionarios públicos de trabajar en forma eficiente y productiva puede ser socavada por: • • • • • • Salarios bajos. Ascensos no vinculados al desempeño. Presupuestos gubernamentales disfuncionales. Falta de materiales y equipo para realizar las tareas y cumplir los fines. Demora en entrega de fondos presupuestados Falta de objetivos institucionales ¿QUÉ ENTENDEMOS POR CORRUPCIÓN? “Abuso de un cargo público para obtener ganancias personales” Banco Mundial “Pago ilegal a un funcionario público para obtener un beneficio al que, en ausencia de soborno, se podría tener o no tener derecho, según el caso” Susan Rose-Ackerman “Venta de bienes estatales por parte de funcionarios públicos en beneficio propio”: Shleifer yVishny CAUSAS DE LA CORRUPCIÓN Siempre están relacionadas con un contexto concreto en cada región o país. Arraigadas en las políticas, el desarrollo político y en la historia social del país. Se incrementa cuando las instituciones son débiles y las políticas del Estado generan rentas económicas. CORRUPCIÓN Y POBREZA Los sectores con menos recursos sufren las consecuencias de la corrupción cuando el acceso a los bienes y servicios públicos requieren de soborno. Cuando se deterioran los servicios públicos por actos de corrupción, los sectores más pobres carecen de recursos para utilizar sistemas privados de salud, educación, etc. ETICA Y FUNCIÓN PÚBLICA En un régimen democrático la ética en la función pública permite que las acciones del gobierno se orienten en la búsqueda del bien común, fin último del Estado. La ausencia de ética se traduce corrupción de funcionarios y deslegitimación del sistema político. en en CORRUPCION C (Corrupción)= M +D – T (M) Monopolio = Un solo proveedor (D) Discrecionalidad = Poder funcionario (T) Transparencia = Visibilidad del funcionario y de sus actos ETICA La ética proviene del griego "Ethos" cuyo significado es "Costumbre"., tiene como objeto de estudio la moral y la acción humana. La ética permite establecer juicios tales como 'malo', 'bueno', 'correcto', 'incorrecto', 'obligatorio', 'permitido', etc, en relación a algo. ETICA Ética privada hace referencia concepción de cada uno. a la Ética pública, hace referencia a valoraciones para toda la colectividad. Por ejemplo valores constitucionales: libertad, igualdad, etc. ETICA La Enciclopedia Británica la define como aquella: “...rama de la filosofía que se preocupa de la naturaleza de los valores últimos y de los modelos de cómo las acciones humanas pueden ser juzgadas como buenas o malas (...) El término es también usado para algún sistema o teoría de valores morales o de principios...” ETICA “La ética, en su origen, es el arte de recomendar a los demás los sacrificios necesarios para la cooperación con uno mismo. Por lo tanto, reflejamente, viene a recomendar, por medio de la justicia social, el propio sacrificio, pero toda ética por refinada que sea sigue siendo más o menos subjetiva. Incluso los vegetarianos no dudan, por ejemplo, en salvar la vida de un hombre que tiene fiebre, aunque al hacerlo destruyan las vidas de muchos millones de microbios” • Bertrand Russell ETICA La ética pierde sentido en tanto no sea una auténtica y continua praxis. Su sola existencia y tratamiento en el ámbito teórico resulta poco menos que inútil, vacío de trascendencia. ETICA El Derecho es objetivo y obligatorio, mientras la ética es subjetiva y por ello, no requiere – por lo menos en principio- recurrir a mecanismos de coacción. Jürgen Habermas nos habla de una “simultanea interconexión entre Derecho y moral” . ETICA Ética administrativa hace referencia a valores que hacen posible el quehacer profesional en la Administración Pública Implica poner como centralidad el bien común que es objetivo de la actividad del Estado Si se pierde el sentido social de servicio, la gestión pública deja de tener sentido y se deslegitima LEY 27815 CODIGO DE ETICA 1. 2. Función orientadora Función preventiva OTRAS NORMAS PROPOSITO. CON EL MISMO LEY 27815- PRINCIPIOS RESPETO: Adecua su conducta al respeto de la Constitución y las Leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento. PROBIDAD: Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona. LEY 27815- PRINCIPIOS EFICIENCIA: Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente. IDONEIDAD: Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones. . LEY 27815- PRINCIPIOS VERACIDAD: Se expresa con autenticidad en las relaciones funcionales y contribuye al esclarecimiento de los hechos. LEALTAD Y OBEDIENCIA: Cumpliendo las ordenes que le imparta el superior jerárquico, en la medida que tengan por objeto la realización de actos de servicio y se vinculen con las funciones a su cargo. Los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, deben ser informados o denunciados. LEY 27815- PRINCIPIOS JUSTICIA Y EQUIDAD: Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad. LEALTAD AL ESTADO DE DERECHO: El funcionario de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediato de la función pública. LEY 27815- DEBERES NEUTRALIDAD: Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones. TRANPARENCIA: Los actos del servicio tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica. El servidor público debe brindar y facilitar información fidedigna, completa y oportuna. LEY 27815- DEBERES DISCRECION: Debe guardar reserva respecto de hechos o información de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y responsabilidades que les corresponde en virtud de las normas que regulan el acceso y la transparencia de la información pública. EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO: No debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otros servidores públicos u otras personas. LEY 27815- DEBERES USO ADECUADO DE LOS BIENES DEL ESTADO: Evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes a fines distintos a los cuales hubieran sido específicamente destinados. RESPONSABILIDAD: Desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública. Ante situaciones extraordinarias, puede realizar otras necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que se enfrenten. LEY 27815-PROHIBICIONES MANTENER INTERESES EN CONFLICTO: Mantener o aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones a su cargo. OBTENER VENTAJAS INDEBIDAS: Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia LEY 27815-PROHIBICIONES REALIZAR ACTIVIDADES DE PROSELETISMO POLITICO: A través de la utilización de sus funciones o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos públicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos. HACER MAL USO DE LA INFORMACION PRIVILEGIADA: No debe utilizar, ni permitir el uso impropio de dicha información para el beneficio de algún interés. LEY 27815-PROHIBICIONES PRESIONAR, AMENAZAR Y/O ACOSAR: Ejercer presiones, amenazas o acoso sexual contra otros servidores públicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas. A MODO DE CONCLUSIÓN Promover y alentar una nueva forma de gobernar, apegada a principios y valores éticos, que nos permitan recuperar la confianza del ciudadano en sus instituciones de gobierno. A MODO DE CONCLUSIÓN La ética, la probidad y la responsabilidad es personal y cada ser humano responde a una conciencia única que es posible cambiar, modificar y superar para que cada uno de nosotros como funcionarios públicos podamos cumplir la labor de servir a la ciudadanía.