GEN 4. DERECHOS POR EL usa DE
Transcripción
GEN 4. DERECHOS POR EL usa DE
AlP BOLIVIA GEN 4.1-1 23 SEP2010 GEN 4. DERECHOS POR EL usa DE AERODROMOS Y SERVICIOS DE NAVEGACION AEREA GEN 4.1 DERECHOS POR EL usa DE AERODROMOS REGIMEN TARIFARIO DE LA ADMINISTRACION DE AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILlARES A LA NAVEGACION AEREA (AASANA) Para fines de aplicaci6n de tarifas, 105 aeropuertos y aer6dremos administrados per A.A.SAN.A. , se ciasifican en: AEROPUERTOS CATEGORIA 11 TRINIDAD PUERTO SUAREZ SUCRE TARIJA POTOSI SANTACRUZ YACUIBA COBIJA VILLAMONTES ORURO BERMEJO SANTA. ANA DEL YACUMA RIBERALTA ...GUAYARAMERIN - Tte. Av. Jorge Henrich - Tte. Av. Salvador Ogaya G. - Juana Azurduy de Pad ilia - Cap. Av. Oriel Lea Plaza - Cap. Nicolas Rojas - El Trompillo - Yacuiba - Cap. Av. Civ. Anfbal Arab Fadul - Tcnl. Rafael Pab6n - Juan Mendoza - Bermejo - Santa .Ana del Yacuma - Cap. Av. Selin Zeitun L6pez - Guayaramerin ...- AERODROMOS CATEGORIA III ....RURRENABAQUE SAN BORJA SAN JOAQUIN MONTEAGUDO - Rurrenabaque - Cap. Av. German Quiroga - San Joaqufn - Monteagudo AERODROMOS CATEGORIA IV APOLO ROBORE CAMiRI "'CONCEPCION COPACABANA MAGDALENA REYES SAN IGNACIO DE MOXOS ASCENSION DE GUARAY~S SAN IGNACIO DE VELASCO SAN JAVIER SAN JOSE DE CHIQUITOS SAN MATIAS SAN RAMON VALLEGRANDE SANTA ROSA DEL YACUMA AASANA - AIS BOLIVIA -Apolo - Robore - Camiri - Concepcion - Copacabana - Magdalena - Reyes - San Ignacio de Moxos - Ascension de Guarayos - Cap . Av. Juan Cochamanidis - San Javier - San Jose de Chiquitos - San Matfas - San Ramon - Cap. Av. Vidal Villagomez - Santa Rosa del Yacuma AMDT-02S GEN 4.1 -2 22SEP200B 1. AlP BOLIVIA ATERRIZAJE DE AERONAVES a) Vuelos Internacionales El servicio de aterrizaje de vueios internacionales sera ccbrado en D61ares Americanos 0 su equiva!ente, en moneda nacional, al tipc de cambio oficial de la fecha de pago, de acuerdo a los siguientes criterios: i) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MENOR a 10.00 toneladas: El cobro sera fijo , p~r aterrizaje, e incluira el servicio de protecci6n en ruta ; de acuerdo a la siguiente tabla : Tarifa en $usrron PBMD CLASIFICACION DE AEROPUERTOS Jl J ,-__l::Iasta 10.00_ _ _ _ __~~~_L ii) 1 iV Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MAYOR a 10.00 toneladas: El cobra sera en funci6n al PBMD expresado en toneladas, por tonelada y por cada aterrizaje, y no incluira el servicio de protecci6n en ruta; de acuerdo a la siguiente tabla: Tarifa en $usITon PBMD 10.01 a 20.00 20.01 a 80.00 80.01 a 150.00 150.01 a mas b) III __i~ _L_. __}~__ CLASIFICACION DE AEROPUERTOS 11 6,93 6,84 6,75 5,76 III 6,00 5,93 5,85 4,99 IV 5,39 5,32 5,25 4,84 Vuelos Nacionales El servicio de aterrizaje de vuelos nacionales (domesticos) sera cobrado en moneda nacional de acuerdo a los siguientes criterios : i) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MENOR a 10.00 toneladas: El cobro sera fijo, p~r aterrizaje, e incluira el servicio de protecci6n en ruta; de acuerdo a la siguiente tabla : Tarifa en BsITon PBMD 0.00 a 3.50 3.51 a 10.00 CLASIFICACION DE AEROPUERTOS II 56 64 III 48 56 IV 41 47 ii) Aeronaves cuyo Peso Bruto Maximo de Despegue (PBMD) sea MAYOR a 10.00 toneladas : El cobro sera en funci6n al PBMD expresado en toneladas, por tonelada y por cada aterrizaje, y no incluira el servicio de protecci6n en ruta; de acuerdo a la siguiente tabla : AMDT-019 AASANA - AIS BOLIVIA GEN4.1-3 22SEP200B AlP BOLIVIA CLASIFICACION DE AEROPUERTOS Tarifa en ssrron PBMD I c) III 3,17 4,18 4,18 4,18 4,18 4,18 11 ;1.00 a 20.00 21 .00 a 40.00 41 .00 a 60.00 61:00 a 80.00 81.00 a 100.00 101 .00 a mas 3,66 4,83 4,83 4,83 4,83 6,12 IV 2,84 3,75 3,75 3,75 3,75 3,75 Escuelas de pilotaje las escuelas de pilotaje pagaran una tarifa mensual de Ss. 415.00 por cada aeronave en operacion registrada en la categorfa de instruccion. 2. SERVICIOS NOCTURNOS Y ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES a) Recargos por concepto de aterrizajes nocturnes y dras doming os y feriados: Las tarifas fijadas para el servicio de aterrizaje rigen de lunes a sabado, en dias laborales, y en si horario de 6:00 a 19:00, hora iocal (HOS). Fuera de estos, apliean los siguientes recargas par concepto de aterrizajes nocturnos y dfas domingos Horariode prestacion del servicio 19:01 a 20:00 20:01 a 05:59 Dras lunes a sabado 88 350 Dra domingo 114 465 y feriados: Dias feriados 114 350 En dfas domingos y feriados nacionales y departamentales, se recarga un 30% adicional sebre las tarifas de aterrizaje. Pasadas las 19:00 y hasta antes de las 06:00, se aplicara un recargo por servicio de aterrizaje nocturno del 30%, un carg,O-ftjo 0 la que resulte mayor. b) Recargos par estacionamiento de aeronaves: Toda aeronave que uti lice areas de movimiento, sera eximida de la cancelacion por las primeras tres horas de estacionamiento. Pasado dicho termino y por cada 24 horas 0 fraccion, computables desde el momento del aterrizaje, cancelaran el 20% adicional de la tarifa que por derecho de aterrizaje le corresponde. 3. SERVICIO A LOS PASAJEROS la atencion a los pasajeros por las facilidades y servicios aeroportuarios, genera las siguientes tasas: a) Pasajeros embarcados en vuelos nacionales: ii) iii) b) Aeropuertos Categorfa 11 Aeropuertos Categorfa III y IV Pasajeros embarcados en vuelos intemacionales AASANA - AIS BOLlVIA Ss. 11 .00 Ss. 7.00 $us. 20.00 AMDT - 019 AlP BOLIVIA GEN4.J-4 22 SJ£P·200S 4. SERVICIO DE ASISTENCIA EN TIERRA Las tasas por Servicio de Asistencia en Tierra (Rampa), se sujetarim a ias siguientes normas procedimentales: Tarifas Aplicables por Derechos No Ejercidos por AASANA: Las empresas que piestan temporalmente servicios de rarnpa a sus propias aeronaves y/o a otras ajenas por derechos no ejercidos por AASANA, estaran sujetos a cobras par Derechos No Ejercidos de acuerdo a los siguientes criterios: a) Servicios a vuelos internacionales: b) Servicios Nacionales: $us. 100.- por cada aterrizaje Bs. 80.- por cada aterrizaje 5. EXENCIONES a) Aeronaves i) Aeronaves extranjeras: De acuerdo a reciprocidad que se hallen al servicio oficial 0 diplomatico, contando en su caso con la debida autorizaci6n de ingreso al pars. ii) Aeronaves de Aeroclubes nacionales y extranjeros: reconocidos por sus autoridades aeronauticas y siempre que no realicen vuelos comerciales. iii) Aeronaves dec!aradas en operaciones de Busqueda y Saivamento (SAR): siempre que se hallen autorizadas por Autoridades competentes iv) Aeronaves que cumplan labores de asistencia social, sin fines comerciales debidamente autorizadas por la Autoridad competente. La correspondiente autorizacion debe ser renovada 0 ratificada, como maximo, cada dos afios. b) Pasajeros i) ii) iii) iv) v) VI) c) Presidente y Vicepresidente de la Republica. Cuerpo Diplomatico y Consular acreditado en el pars, previa presentaci6n del carnet diplomatico otorgado por la Cancilleria de la Republica. Benemeritos de la Patria. Pasajeros reembarcados en caso de retorno de la aeronave, por motivo de orden tecnico o meteorol6gico. Pasajeros menores de dos arios de edad. Pasajeros en transito internacional con permanencia no mayor a ocho horas y treinta minutos. Otras exenciones dispuestas por el Supremo Gobierno. 6. METODOS DE PAGO Los derechos de aterrizaje que se cobran con tarifas cotidianas deben abonarse en el momento de utilizar el aerodromo 0, en el caso de los usuarios habituales, en la modalidad bajo ala, quincenal 0 mensual, con respecto a los derechos acumulados por la prestacion de servicios. AMDT-OJ9 AASANA - AIS BOLIVIA AlP GEN4.L : BOLIVIA 08AG020t REGIMEN TARIFARIO PARA SERVICIOS DE AEROPUERTOS BOLIVIAN OS S.A. (SABSA) Para fines de aplicacion tarifaria, 105 aeropuertos administrados por S.A.B.S.A. son: LAPAZ SANTACRUZ COCHABAMBA 1. El Alto Intl. Viru Viru Intl. - Jorge Wilsterman Intl. o o SERVICIO DE ATE RRIZAJE a) Trafico Intemacional en $us.lTon. PESO BRUTO MAXIMO DE DESPEGUE AUTORIZADO POR FABRICANTE EN TONELADAS AEROPUERTOS Viru Viru y El Alto Jorge Wilsterman Hasta 10.00 (Tarifa unica) (*) 47.92 42.20 10.01 a 20.00 6.86 6.04 20.01 a 80 .00 6.77 5.96 80.01 a 150.00 6.68 5.88 150.01 a mas 5.70 5.02 (*): Representa la tarifa por aterrizaje, incluyendo el servicio de proteccion en ruta. b) Trafico Nacional en Bs.fTon. PESO BRUTO MAXIMO DE DESPEGUE AUTORIZADO POR FABRICANTE EN TONELADAS ( AEROPUERTOS - , Viru Viru y EIA!to Jorge Wilsterman 119.90 105.80 11.00 Cl 20.00 7.60 6.70 21.00 a mas 10.00 8.80 Hasta 10.00 (Tarifa unica) (*) I (*): Representa la tarifa par aterrizaje, incluyendo el servicio de proteccion en ruta. c) Recargos Las Tarifas fijadas en los cuadros anteriores, rigen en el horario de 6:00 a 19:00 (HOB), Pasadas las 19:00 horas, se aplica un recargo del 30% por servicio nocturno. En dia~ domingo y feriados nacionaies y departamentales, se recarga un 30% adicional sobre las tarifas especificadas en 105 cuadros anotados precedentemente, 10 que representa un recargo del 60% por servicio noctumo en dias domingo, feriados nacionales y departamentales. AASANA -AIS BOLIVIA 3ra ediciol, AlP BOLIVIA GEN 4.1-6 08AGO 2002 2. ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES Toda aeronave que utilice aereas de movimiento, sera eximida de la cancelaci6n por las primeros tres horas de estacionamiento. Pasado dicho termino y por cada 24 horas 0 fraccion, computables desde el momento del aterrizaje, cancelaran el 20% adicional de la tarifa que por derecho de aterrizaje le corresponde. SERVICIO A LOS PASAJEROS 3. La atenci6n a los pasajeros por las facilidades y servicios aeroportuarios , genera las siguientes tasas: 15.00 Ss. Pasajeros embarcados en vuelos nacionales a) b) 25 .00 Pasajeros embarcados en vuelos intemacionales Sus. ( 4. SEGURIDAD ·" .' .:~~;.:-:.:::-:.:< Los derechos en concepto de seguridad aeronautica estan en funci6n de la responsabilidad que en materia de seguridad pudiera tener que afrontar la Administraci6n Aeroportuaria . En la actualidad no se cobra el derecho a seguridad, se encuentra en estudio y se publicara en su oportunidad mediante AIC . 5. CUESTIONES RELACIONADAS CON EL RUIDO Se estan aplicando medidas de atenuaci6n 0 prevenci6n por parte del aeropuerto y en caso de que tales medidas hagan incurrir en gastos adicionales, los derechos se orientaran a la recuperaci6n de dichos gastos. 6. OTROS DERECHOS SERViCIO DE ASISTENCIA EN TIERRA Las tasas par Ser./icio de Asistencia en Tierra (Rampa) , se sujetan a las siguientes normas procedimentales: a) Las empresas que prestan temporalmente servicios de rampa a sus propias aeronaves y/o a otras ajenas por derechos no ejercidos por SABSA, cancelaran los mentes siguientes: o ii) b) Servicios Internacionales Servicios Nacionales Sus. 120.00 Sus. 24.00 Pasarelas de embarque - desembarque Para uso de pasarelas en embarque y desembarque en !os aeropuertos con este . servicio, las aeronaves , nacionales y/o extranjeras , cancelaran 105 montos siguientes per eperacicn: Nacionales Intemacionales Q Hj $us. 40.00 $us. 60.00 AASANA - AlS BOLIVIA 3ra edicioll .............-... .. -;.. _........ . ./._- (, (. ~ 8- '; GEN4., 08AG020 AlP BOLIVIA 7. EXENCIONES a) Aeronaves o iO iii) iv) ( b) Pasajeros i) ii) iii) iv) v) vi) c) 8. Aeronaves extranjeras: De acuerdo a reciprocidad que se hallen al servicio oficial 0 diplomatico, contando en su caso con la debida autorizaci6n de ingreso al pais. Aeronaves de Aeroclubes nacionales y extranjeros reconocidos por sus autoridades aeronauticas y siempre que no realicen vuelos comerciales. Aeronaves declaradas en operaciones de Busqueda y Salvamento (SAR), siempre que se hallen autorizadas por Autoridad competentes Aeronaves que cumplan labores de asistencia social, sin fines comerciales debidamente autorizadas por la Autoridad competente. Presidente y Vice-presidente de la Republica . Cuerpo Diplomatico y Consular acreditado en el pais, previa presentaci6n del camet diplomatico otorgado por la Cancilleria de la Republica. Benemeritos de la Patria. Pasajeros en transito intemacional con permanencia no mayor a ocho horas. Pasajeros reembarcados en caso de retorno de la aeronave, por motivo de orden tecnico 0 meteorol6gico. Pasajeros menores de dos alios de edad. Otras exenciones dispuestas por el Supremo Gobiemo. METODOS DE PAGO Los derechos por servicios prestados a vuelos intemacionales, seran facturados en D61ares Estadounidense 0 su equivalente en moneda nacional boliviana al tipo de cambio oficial vigente a! dla anterior a la fecha efectiva de pago. Los vuelas de cabotaje seran facturados y abonados en d61ares 0 en moneda nacional al tipo de cambio oficial. En el casa de los lIsuarios habituales del aeropuerto se abonaran de acuerdo a los terminos pactados con SABSA mediante lA apertura de una Cuenta coniente. La cancelaci6n de estos servicios sera efectuada el dia de la operacion y previo al despegue de la aeronave. AASANA - AlS BOLIViA 3ra edicioi GEN4.I-B OBAGO 2002 . .. ' AlP BOLIVIA , ( ( . ,: ,' . - .4AS.4.NA - AlS BOL/VIA 3ra edicion . . . . .' . . . .. .... ' , ' .. ..