patrimonio autónomo concordia – nafibo 004 emisión de
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PATRIMONIO AUTÓNOMO CONCORDIA – NAFIBO 004 El Patrimonio Autónomo CONCORDIA – NAFIBO 004 se crea con el fin de titularizar Letras de Cambio giradas a favor de CONCORDIA S.A. Empresa Constructora y aceptadas por la Municipalidad de Cochabamba, por concepto de pago a CONCORDIA S.A. Empresa Constructora por la ejecución del Contrato de Construcción y Financiamiento de obras correspondientes al Paseo Sarco (Avenida Beijing y otras), Carpeta Asfáltica, Desagües Pluviales, obras de arte e infraestructura en la ciudad de Cochabamba. Los bienes de NAFIBO Sociedad de Titularización S.A. no responderán por las obligaciones contraídas por el Patrimonio Autónomo. EMISIÓN DE VALORES DE OFERTA PÚBLICA Denominación de los Valores de Titularización de Contenido Crediticio: “CONCORDIA – NAFIBO 004” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, VALORES Y SEGUROS: SPVS-IV-N° 700 INSCRIPCIÓN DE LA EMISIÓN EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES DE LA SPVS: SPVS-IV-TD-CCN-004/2004 INSCRIPCIÓN DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO EN EL REGISTRO DEL MERCADO DE VALORES DE LA SPVS: SPVS-IV-TD-PA-CCN-004/2004 MONTO AUTORIZADO DE LA EMISIÓN: US$1.700.000.- (UN MILLÓN SETECIENTOS MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) TRES SERIES “A”, “B”, y “C” Monto a Colocarse: US$1.700.000.- Precio de Colocación: Mínimamente a la par del valor nominal Tipo de Valores a Emitirse: Valores de Titularización de Contenido Crediticio Moneda en que se expresa el Valor: Dólares de los Estados Unidos de América Mecanismos de Cobertura: Fondo de Liquidez - Exceso de Flujo de Caja Fecha de Emisión: 29 de noviembre de 2004 Plazo de Colocación: 180 días calendario a partir de la fecha de emisión Forma de Pago de Capital: Serie “A” : Cada 90 días, a partir del Cupón No. 8 Serie “B” : Cada 90 días, a partir del Cupón No. 17 Serie “C” : Cada 90 días, a partir del Cupón No. 27 Forma de Pago de Intereses: Series “A”, “B” y “C” : Cada 90 días Forma de Representación de los Valores: Física Forma de Circulación de los Valores: A la orden Elaboración del Prospecto de Emisión: Nacional de Valores S.A. Agente de Bolsa Forma de Colocación: Colocación primaria bursátil Bolsa en la cual se inscribirá la Emisión: Bolsa Boliviana de Valores S.A. CARACTERÍSTICAS DE LAS SERIES Serie Monto Clave Plazo Valor Nominal Tasa de Interés Vencimiento Numeración A US$500.000.- CCN-TD-E1A 1.440 días US$10.000.- 8,00% 8 de noviembre de 2008 del 001 al 050 B US$560.000.- CCN-TD-E1B 2.340 días US$10.000.- 9,25% 27 de abril de 2011 del 051 al 106 C US$640.000.- CCN-TD-E1C 3.420 días US$10.000.- 11,00% 11 de abril de 2014 del 107 al 170 CALIFICACIÓN DE RIESGO FITCH RATINGS LTD. AA3 AA: Corresponde a aquellos Valores que cuentan con una alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en el emisor, en el sector al que pertenece o la economía. El numeral 3 significa que el valor se encuentra en el nivel más bajo de la calificación asignada LA CALIFICACIÓN DE RIESGO NO CONSTITUYE UNA SUGERENCIA O RECOMENDACIÓN PARA COMPRAR, VENDER O MANTENER UN VALOR, NI UN AVAL O GARANTÍA DE UNA EMISIÓN O SU EMISOR; SINO UN FACTOR COMPLEMENTARIO PARA LA TOMA DE DECISIONES DE INVERSIÓN. VÉASE LA SECCIÓN 5 “FACTORES DE RIESGO” PÁGINA 53, LA CUAL CONTIENE UNA EXPOSICIÓN DE CIERTOS FACTORES QUE DEBERÁN SER CONSIDERADOS POR LOS POTENCIALES ADQUIRIENTES DE LOS VALORES OFRECIDOS. ORIGINADOR SOCIEDAD DE TITULARIZACIÓN, ESTRUCTURADOR Y ADMINISTRADOR DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO AGENTE COLOCADOR Y RESPONSABLE DE LA ELABORACIÓN DEL PROSPECTO DE EMISIÓN Sociedad de Titularización S.A. LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, VALORES Y SEGUROS NO SE PRONUNCIA SOBRE LA CALIDAD DE LOS VALORES OFRECIDOS COMO INVERSIÓN NI POR LA SOLVENCIA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO. LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN ESTE PROSPECTO ES DE RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ORIGINADOR Y DEL O LOS RESPONSABLES QUE HAN PARTICIPADO EN SU ELABORACIÓN, CUYOS NOMBRES APARECEN IMPRESOS EN ESTA CUBIERTA. EL INVERSIONISTA DEBERÁ EVALUAR LA CONVENIENCIA DE LA ADQUISICIÓN DE ESTOS VALORES, TENIENDO PRESENTE QUE ÉL O LOS ÚNICOS RESPONSABLES DEL PAGO DE LOS VALORES SON EL PATRIMONIO AUTÓNOMO CONCORDIA- NAFIBO 004 Y QUIENES RESULTEN OBLIGADOS A ELLO. LOS VALORES DE TITULARIZACIÓN SERÁN PAGADOS EXCLUSIVAMENTE CON LOS ACTIVOS DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO CONCORDIA – NAFIBO 004. NAFIBO SOCIEDAD DE TITULARIZACIÓN S.A. NO SE HACE RESPONSABLE DEL PAGO DE LAS OBLIGACIONES EMERGENTES DE LA PRESENTE EMISIÓN POR ADQUIRIR OBLIGACIONES DE MEDIO Y NO DE RESULTADO. LA DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON LA PRESENTE EMISIÓN ES DE CARÁCTER PÚBLICO Y SE ENCUENTRA DISPONIBLE PARA EL PÚBLICO EN GENERAL EN LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, VALORES Y SEGUROS, LA BOLSA BOLIVIANA DE VALORES S.A., NAFIBO SOCIEDAD DE TITULARIZACIÓN S.A. Y NACIONAL DE VALORES S.A. AGENTE DE BOLSA. 1. LA PAZ, NOVIEMBRE DE 2004 RESUMEN DEL PROSPECTO 1.1 Antecedentes del Proceso de Titularización CONCORDIA, con el propósito de pagar pasivos que contrajo con el Banco Unión S.A., para la inversión en maquinaria y equipo durante la presente gestión, ha decidido constituir un Patrimonio Autónomo con una cartera conformada por setenta y cuatro (74) letras de cambio giradas a favor de CONCORDIA y aceptadas por la Municipalidad de Cochabamba. Con cargo y por cuenta del Patrimonio Autónomo, la Sociedad de Titularización emitirá los Valores de Titularización. Las Letras de Cambio que conforman la Cartera objeto del presente Proceso de Titularización, corresponden al pago que la Municipalidad de Cochabamba ha realizado a CONCORDIA por la ejecución del contrato de construcción y financiamiento de obras correspondiente al Paseo Sarco (Av. Beijing y Otras), carpeta asfáltica, desagües pluviales, obras de arte e infraestructura en la ciudad de Cochabamba. Estas setenta y cuatro (74) Letras de Cambio han sido inscritas en el Fondo de Garantía, visadas por el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público e incorporadas en el Plan de Readecuación Financiera de la Municipalidad de la Ciudad de Cochabamba. El monto recaudado por la colocación de los Valores de Titularización será depositado por el Agente Colocador, Nacional de Valores S.A. Agente de Bolsa, íntegramente en la Cuenta de Recaudación del Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004, según instrucciones de la Sociedad de Titularización. Los fondos recaudados, producto de la venta de los Valores de Titularización, previa deducción del Fondo de Liquidez, serán destinados al pago de pasivos que el Originador contrajo con el Banco Unión S.A., para la inversión en maquinaria y equipo durante la presente gestión. En ese sentido, con los recursos recaudados por la colocación, la Sociedad de Titularización procederá de la siguiente manera: a) Deducirá la suma de US$160.000.- (Ciento Sesenta Mil 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) para constituir el Fondo de Liquidez. b) Dentro los dos (2) días hábiles siguientes a partir de la fecha en que se haya realizado el depósito de los recursos recaudados en la Cuenta de Recaudación del Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004, la Sociedad de Titularización pagará las obligaciones que el Originador le instruya de manera específica y detallada mediante nota escrita con al menos 48 horas de anticipación a la fecha de emisión establecida en la Resolución Administrativa de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, que inscriba el Patrimonio Autónomo y la Emisión de los Valores de Titularización y autorice la Oferta Pública. c) Una vez realizado el pago indicado en el inciso anterior, de existir un saldo restante, éste será entregado por la Sociedad de Titularización al Originador, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles. De presentarse gastos por el cumplimiento de las instrucciones del Originador referente al pago de sus obligaciones, como ser cheques BCB, transferencias al exterior, impuestos u otros, los mismos deberán ser cubiertos por el Originador. En caso de que los Valores de Titularización fuesen colocados sobre la par, la Sociedad de Titularización entregará los excedentes al Originador después de cumplir con lo especificado en el párrafo anterior. En caso de que los Valores de Titularización fuesen colocados a precio de curva, la diferencia entre este precio y el valor nominal se quedará en el Patrimonio Autónomo. En caso de que la Emisión se realice en una fecha posterior a la programada, el valor a pagar al Originador por concepto de la Cartera cedida, será igual al valor nominal de la Emisión, previa deducción del Fondo de Liquidez. Riesgos El riesgo de incumplimiento en el pago de las deudas registradas en el Convenio Plan de Readecuación Financiera de la Municipalidad de Cochabamba y pagadas a través del Fondo de Garantía creado en ese Convenio es mínimo, sin embargo, se han determinado los siguientes acontecimientos como posibles eventos que pueden afectar el pago de capital e intereses de los Valores de Titularización: Incumplimiento por parte del Ministerio de Hacienda, de los términos acordados en el Convenio Plan de Readecuación Financiera. Derogación y/o anulación de alguna o todas las normas legales vigentes, que reglamentan el funcionamiento de los Fondos de Garantía Municipales. La ocurrencia de situaciones de índole diversa como políticas, sociales, macroeconómicas, sectoriales, de mercado, entre otras, que podrían tener un impacto negativo en la generación de los recursos destinados a sustentar el funcionamiento del Fondo de Garantía. Con el fin de mitigar los riesgos mencionados, se han establecido distintos mecanismos de cobertura y de seguridad adicional. La liquidación del Patrimonio Autónomo por cualquiera de las causales previstas más abajo constituye un riesgo para el inversionista ya que podría darse el caso de que después de seguirse el procedimiento de liquidación, el monto obtenido producto de la liquidación sea insuficiente para cubrir los saldos adeudados o queden activos de difícil realización. Causales de Liquidación del Patrimonio Autónomo: Se procederá a la liquidación del Patrimonio Autónomo por la ocurrencia de las siguientes causales y de acuerdo al procedimiento estipulado en el siguiente numeral del presente Prospecto. 1) De conformidad a lo establecido en el Artículo 23 del Decreto Supremo No. 25514 de fecha 17 de septiembre de 1999, se establecen las siguientes causales de liquidación del Patrimonio Autónomo: a) Disolución y liquidación voluntaria de la Sociedad de Titularización en su condición de administrador del Patrimonio Autónomo y si no hubiese sido posible la transferencia del Patrimonio Autónomo a otra Sociedad de Titularización. b) Cuando por intervención a la Sociedad de Titularización, la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros disponga la anulación de la autorización y registro de la misma y si no hubiese sido posible la transferencia del Patrimonio Autónomo a otra Sociedad de Titularización. c) Otras causales dispuestas por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros. d) Cuando la Asamblea General de Tenedores de Valores de Titularización lo acuerde. 2) Adicionalmente se han establecido las siguientes causales voluntarias de liquidación del Patrimonio Autónomo cuando la Asamblea General de Tenedores de Valores de Titularización lo acuerde: a) Cuando se requiera realizar Gastos que superen los montos presupuestados y no existan los recursos suficientes en el Patrimonio Autónomo (incluido el Fondo de Liquidez), y el Originador no esté de acuerdo en proporcionar dichos recursos. b) Cuando se presente una situación o cambio imprevisible que altere los ingresos proyectados, con el consecuente riesgo de imposibilidad de servir adecuadamente los Valores de Titularización de acuerdo con el calendario de pagos. c) Cuando se produzcan modificaciones al marco regulatorio tributario que perjudiquen al Patrimonio Autónomo. d) Cuando por cualquier circunstancia los Valores de Titularización emitidos e inscritos fueran excluidos del Registro del Mercado de Valores de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros. e) Cuando el importe en mora acumulado de una o más Letras de Cambio, imposibilite al Patrimonio Autónomo cumplir con sus obligaciones en tiempo y forma. f) Cuando el Fondo de Garantía sea afectado alterando significativamente las condiciones de pago de las Letras de Cambio por parte del Banco Central de Bolivia (BCB). g) Cuando se agoten los mecanismos de cobertura y los fondos sean insuficientes para cubrir el pago de los Cupones de las Series. De presentarse alguna situación descrita en los incisos a) al g) anteriores, la Sociedad de Titularización convocará a la Asamblea General de Tenedores de Valores de Titularización, en un plazo máximo de 5 días hábiles de conocido el hecho. 3) Causales de liquidación del Patrimonio Autónomo que no requieren de autorización de la Asamblea General de Tenedores de Valores de Titularización: a) Resolución del Contrato antes de la Emisión de los Valores de Titularización. b) Cuando se hubiera amortizado el total de los Valores de Titularización emitidos. Mecanismos de Cobertura De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del anexo 1 de la Resolución Administrativa SPVS-IV-No. 052 emitida por la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, se adoptan los siguientes mecanismos de cobertura internos: Fondo de Liquidez Estará constituido con la suma de US$160.000.-, que provendrá de los recursos obtenidos de la colocación de los Valores de Titularización. Este fondo será utilizado para cubrir necesidades de liquidez del Patrimonio Autónomo. El Originador conoce y acepta que al finalizar el proceso, el saldo del Fondo de Liquidez constituido como mecanismo de cobertura interno, podrá sufrir variación en función de las insuficiencias de flujos. Exceso de flujo de caja Es un mecanismo de cobertura interno que consiste en crear una reserva con el margen diferencial o excedente entre la tasa de rendimiento equivalente anual del 17,721718% generado por la Cartera del Patrimonio Autónomo y la tasa de rendimiento anual ponderada del 10,41% pagada al inversionista. De la misma manera, el cumplimiento de las obligaciones del Patrimonio Autónomo también estará respaldado por los siguientes mecanismos de seguridad adicional: Seguridad Adicional Fondo de Garantía de la Municipalidad de Cochabamba Las Letras de Cambio que conforman la Cartera del Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004 están registradas en el Fondo de Garantía de la Municipalidad de Cochabamba que es administrado por el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público, en consecuencia, son cobrables directamente de la cuenta correspondiente en el Banco Central de Bolivia. Prelación de uso de los Mecanismos de Cobertura en caso de falta de flujo Ante una insuficiencia de activos en el Patrimonio Autónomo para cubrir sus obligaciones con los Tenedores de Valores de Titularización y con terceros, se seguirá el siguiente orden de prelación en el uso de los mecanismos de cobertura y seguridad adicionales: a) Fondo de liquidez. b) Exceso de flujo de caja. 1.1.1 Cesión Irrevocable A través del Contrato, el Originador, de forma libre y voluntaria y sin que medie vicio del consentimiento alguno, cede en forma absoluta e irrevocable en términos jurídicos y contables al Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004 representado por la Sociedad de Titularización, el derecho de dominio sobre la Cartera y sus accesorios. Con cargo a este Patrimonio Autónomo se emitirán los Valores de Titularización. La Cartera está constituida por setenta y cuatro (74) Letras de Cambio giradas a favor de CONCORDIA y aceptadas por la Municipalidad de Cochabamba y que corresponden al pago que la Municipalidad de Cochabamba ha realizado a CONCORDIA por la ejecución del Contrato de construcción y financiamiento de obras correspondiente al Paseo Sarco (Av. Beijin y Otras), carpeta asfáltica, desagües pluviales, obras de arte e infraestructura en la ciudad de Cochabamba. Estas setenta y cuatro (74) letras han sido inscritas en el Fondo de Garantía, visadas por el Viceministerio de Tesoro y Crédito Público e incorporadas en el Plan de Readecuación Financiera de la Municipalidad de Cochabamba. 1.1.2 Constitución e inscripción El Patrimonio Autónomo se constituyó de conformidad a las disposiciones legales vigentes de la República de Bolivia, mediante la firma del Contrato de Cesión Irrevocable de Cartera para Fines de Titularización y de Administración, celebrado entre CONCORDIA S.A. y NAFIBO Sociedad de Titularización S.A. El Contrato fue celebrado en fecha 20 de octubre de 2004 y elevado a Escritura Pública No. 2771/2004 en fecha 22 de octubre de 2004 por ante Notaría de Fe Pública No. 007 a cargo de la Dra. Silvia Noya Laguna del Distrito Judicial de La Paz. Asimismo, se realizó una adenda al mencionado Contrato, la cual consta en el Testimonio 2827/2004 de fecha 29 de octubre de 2004 por ante Notaría de Fe Pública No. 007 a cargo de la Dra. Silvia Noya Laguna del Distrito Judicial de La Paz. Este documento se encuentra a disposición de los inversionistas para su consulta en el Registro del Mercado de Valores de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, la Bolsa Boliviana de Valores S.A., NAFIBO Sociedad de Titularización S.A. y Nacional de Valores S.A. Agente de Bolsa. 1.1.3 Características y Valor del Patrimonio Autónomo CONCORDIA – NAFIBO 004 El Patrimonio Autónomo está constituido por setenta y cuatro (74) Letras de Cambio, que en forma conjunta ascienden a un valor nominal de US$2.982.206,45 (Dos millones novecientos ochenta y dos mil doscientos seis 45/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Las referidas Letras de Cambio han sido giradas a la fecha y ninguna de ellas se encuentra vencida. La constitución del Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004 se efectúa por el valor presente a la fecha de la firma del Contrato de US$1.686.095,09 (Un millón seiscientos ochenta y seis mil noventa y cinco 09/100 Dólares de los Estados Unidos de América), con una tasa de rendimiento equivalente mediante la suscripción del Contrato. de 17,721718% y se realiza La cesión definitiva de las Letras de Cambio que constituyen la Cartera, se efectuó mediante endoso sin responsabilidad y en propiedad, conforme a lo dispuesto por los Artículos 526, 527 y 528 del Código de Comercio. 1.1.4 Condiciones y plazo de vigencia del Patrimonio Autónomo El Patrimonio Autónomo se encuentra vigente desde la suscripción del Contrato de Cesión Irrevocable hasta la fecha en la que deba efectuarse el último pago a su cargo. 1.1.5 Emisión de los Valores de Titularización La Sociedad de Titularización asume la obligación de emitir los Valores de Titularización, con cargo al Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004, conforme a las especificaciones establecidas en el Contrato y en el presente Prospecto. Dichos Valores serán de oferta pública y colocados a través del mercado primario bursátil en el Ruedo de la Bolsa Boliviana de Valores S.A. 1.1.6 Representación del Patrimonio Autónomo CONCORDIA – NAFIBO 004 El Patrimonio Autónomo CONCORDIA – NAFIBO 004 será administrado y legalmente representado por la Sociedad de Titularización, la cual ejercerá su defensa judicial y extrajudicial, durante su vigencia, directamente o mediante terceros. 1.2 Descripción de los Valores de Titularización 1.2.1 Antecedentes Legales de la Emisión Contrato de Cesión Irrevocable de Cartera para fines de Titularización y de Administración, celebrado entre el Originador y NAFIBO Sociedad de Titularización S.A. en fecha 20 de octubre de 2004 y debidamente protocolizado por ante Notaría de Fe Pública No. 007 a cargo de la Dra. Silvia Noya Laguna del Distrito Judicial de La Paz, según consta en el Testimonio No. 2771/2004 de fecha 22 de octubre de 2004. Asimismo, se realizó una adenda al mencionado Contrato, la cual consta en el Testimonio 2827/2004 de fecha 29 de octubre de 2004 por ante Notaría de Fe Pública No. 007 a cargo de la Dra. Silvia Noya Laguna del Distrito Judicial de La Paz. Resolución Administrativa de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros SPVS-IV-No.700 de fecha 23 de noviembre de 2004, mediante la cual se inscribe el Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004 y la Emisión de Valores de Titularización, con cargo al mencionado Patrimonio y se autoriza la Oferta Pública. Resolución No. 059/01-02 adoptada en Reunión de Directorio de CONCORDIA realizada en fecha 15 de junio de 2004, según consta en la Copia Legalizada del Acta de Reunión de Directorio de CONCORDIA, otorgada en fecha 23 de julio de 2004 por ante la Notaría de Fe Publica No. 070 a cargo de la Dra. Mariana I. Avendaño Farfán del Distrito Judicial de La Paz, en la que se declara que por convenir a los intereses de la empresa, se aprobó la realización del presente Proceso de Titularización. Lo establecido en los Artículos 54° y 55° de los Estatuto Sociales de CONCORDIA insertos en la Escritura Pública de Constitución No. 432/93 de fecha 14 de diciembre de 1993 otorgada por ante la Notaría de Fe Pública No. 051 a cargo de la Dra. Katherine Ramírez de Loayza del Distrito Judicial de La Paz. La Resolución de Directorio de la Sociedad de Titularización, No. 005/2004 de fecha 27 de septiembre de 2004, por la que se autoriza a: llevar a cabo el Proceso de Titularización CONCORDIA - NAFIBO 004, suscribir el Contrato, constituir el correspondiente Patrimonio Autónomo y proceder a la Emisión de Valores de Titularización con cargo al citado Patrimonio Autónomo CONCORDIA - NAFIBO 004. En fecha 15 de octubre de 2004, los asesores jurídicos de NAFIBO Sociedad de Titularización S.A. presentaron un Informe Legal del Proceso de Titularización de Letras de Cambio giradas a favor de la Empresa Constructora Concordia S.A. y aceptadas por la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba, el cual se presenta en el Anexo “D” del presente Prospecto. 1.2.2 Características de la Emisión La denominación de los Valores de Titularización de Contenido Crediticio que emitirá la Sociedad de Titularización con cargo al Patrimonio Autónomo será “CONCORDIA – NAFIBO 004”. Los Valores de Titularización facultan a los Tenedores de Valores de Titularización a ejercitar los derechos en ellos incorporados, de acuerdo al Contrato y a las disposiciones legales vigentes. La Sociedad de Titularización emitirá, con cargo al Patrimonio Autónomo en tres (3) series, los Valores de Titularización, por la suma de US$1.700.000.- (Un millón setecientos mil 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América). Los Valores de Titularización se expresan en Dólares de los Estados Unidos de América. Los Valores de Titularización serán de Contenido Crediticio, de oferta pública, se emitirán a la orden, de acuerdo con lo establecido por los artículos 520 y 521 del Código de Comercio Boliviano. Cada uno de los Valores de Titularización especificará la serie a la que pertenece y su número correlativo. La Emisión estará compuesta por ciento setenta (170) Valores de Titularización de acuerdo al siguiente detalle: Cuadro No. 1- Series, Monto de Cada Serie, Plazo, Valor Nominal, Cantidad y Numeración Serie Monto US$ Plazo (días) Valor Nominal US$ Numeración Cantidad de Valores de Titularización A 500.000 1.440 10.000 Del 001 al 050 50 B 560.000 2.340 10.000 Del 051 al 106 56 C 640.000 3.420 10.000 Del 107 al 170 64 Total 1.700.000 170 La fecha de emisión es el día 29 de noviembre de 2004 de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, SPVS-IV-No.700 de fecha 23 de noviembre de 2004 que inscribe el Patrimonio Autónomo y la Emisión de los Valores de Titularización y autoriza la Oferta Pública. La inscripción de los Valores de Titularización en el Registro del Mercado de Valores fue autorizada mediante Resolución Administrativa de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros SPVS-IV-No.700 de fecha 23 de noviembre de 2004, la cual inscribe el Patrimonio Autónomo y la Emisión de los Valores de Titularización y autoriza la Oferta Pública, bajo el número de registro SPVS-IV-TD-CCN-004/2004. El registro del Patrimonio Autónomo CONCORDIA – NAFIBO 004 en el Registro del Mercado de Valores fue autorizado mediante Resolución Administrativa de la Superintendencia de Pensiones, Valores y Seguros, SPVS-IV-PA-CCN-004/2004 de fecha 23 de noviembre de 2004. El plazo para la colocación primaria será de ciento ochenta (180) días calendario, contados a partir de la fecha de la Emisión de los Valores de Titularización. Los Valores de Titularización serán colocados mínimamente a la par del valor nominal. Los Valores de Titularización serán representados mediante valores físicos. La tasa de interés fijada para cada una de las series de la Emisión se detalla en el cuadro a continuación: Cuadro No. 2 - Tasas de Interés de acuerdo a la Serie Serie Tasa de Interés anual A 8,00% B 9,25% C 11,00% Los intereses se computan a partir de la fecha de emisión y dejarán de generarse a partir de la fecha señalada para su pago. Los Valores de Titularización estarán impresos en papel de seguridad, llevarán las firmas de los funcionarios autorizados para tal efecto por la Sociedad de Titularización, de acuerdo a lo establecido en las disposiciones legales vigentes. Los Valores de Titularización emitidos del Proceso de Titularización serán respaldados por los activos que constituyen el Patrimonio Autónomo y por los mecanismos de cobertura establecidos en el presente Prospecto. 1.2.3 Forma, Lugar y Plazo de Pago de Intereses y Amortizaciones de Capital Los Valores de Titularización devengarán un interés nominal anual fijo, de acuerdo a la serie a la que pertenecen y serán pagados contra la presentación de Cupones, los cuales podrán incluir amortizaciones de capital, e indicarán su valor, la fecha de su vencimiento, la serie y el número al que pertenecen, estos pagos se efectuarán de la siguiente manera: Cuadro No. 3 – Pago de Intereses y Amortización de Capital Serie Intereses Capital A Cada 90 días Cada 90 días, a partir del Cupón No. 8 B Cada 90 días Cada 90 días, a partir del Cupón No. 17 C Cada 90 días Cada 90 días, a partir del Cupón No. 27 Los pagos de capital y de intereses de los Valores de Titularización, se realizarán a los Tenedores de Valores de Titularización legítimos o a un apoderado notarial, en las oficinas de NAFIBO Sociedad de Titularización S.A. ubicadas en la calle Reyes Ortiz No. 73 Edificio Torres Gundlach Torre Este Piso 10 de la ciudad de La Paz – Bolivia. Para recibir el pago de intereses se deberá presentar el original de los Cupones y el documento de Identidad del titular. Si es un tercero distinto del tenedor legítimo, deberá presentar el respectivo poder especial notariado, si se trata de personas naturales. Cuando el Tenedor sea una persona jurídica, deberá presentarse la carta de autorización respectiva con la firma autorizada que se encuentre registrada en las oficinas de la Sociedad de Titularización. Para recibir el pago de capital se deberá presentar el original del Valor y los Cupones y el documento de Identidad del titular. Si es un tercero distinto del Tenedor legítimo, deberá presentar el respectivo poder especial notariado si se trata de personas naturales. Cuando el Tenedor sea una persona jurídica, deberá presentarse la carta de autorización respectiva con la firma autorizada que se encuentre registrada en las oficinas de la Sociedad de Titularización. Los pagos se harán en cheque, en días hábiles y en el horario de atención al público. De solicitar el Tenedor que sus pagos se realicen con Cheque B.C.B., el costo de la emisión y gestión de los mismos correrá por cuenta del Tenedor solicitante. 1.2.4 Redención Anticipada de los Valores de Titularización Los Valores de Titularización no podrán ser redimidos anticipadamente total o parcialmente. 1.3 Razones de la Emisión CONCORDIA, con el propósito de pagar pasivos que contrajo con el Banco Unión S.A., para la inversión en maquinaria y equipo durante la presente gestión, ha decidido constituir un Patrimonio Autónomo con cartera conformada por setenta y cuatro (74) Letras de Cambio giradas a favor de CONCORDIA y aceptadas por la Municipalidad de Cochabamba. Con cargo y por cuenta del Patrimonio Autónomo, la Sociedad de Titularización emitirá los Valores de Titularización.