pliego de cláusulas técnicas para la adjudicación y
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pliego de cláusulas técnicas para la adjudicación y
ydesarroUod&meioambiente deniadnd PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO DE LOS SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (RCD) SITUADO EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD SITUADO EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, Y PARA EL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL Expediente: 2.04.01.14 Gran Vía, 39 4 planta 2801 3Madrid Teléfono 91 451 71 00 Fax 91 39920 20 - M $IIIrt SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACION Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 ÍNDICE CLÁUSULA 1. ANTECEDENTES 7 CLÁUSULA 2. OBJETO 7 CLÁUSULA 3. NORMATIVA APLICABLE 8 CLÁUSULA 4. PROPUESTA TÉCNICA A PRESENTAR 9 CLÁUSULA 5. DESCRIPCIÓN DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS 9 5.1. COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE NAVALCARNERO. RCD EN 5.2. CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. CLÁUSULA 6. DESCRIPCIÓN DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL 15 CLÁUSULA 7. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE 21 CLÁUSULA 8. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL COMPLEJO TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y EN CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN VALDEIGLESIAS DE EL DE 21 8.1. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. 8.2. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. CLÁUSULA 9. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE MORALZARZAL CENTRO RCD DE EN 22 CLÁUSULA 10. HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL 2 : (liii SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACION Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CENTRO DE AGRUPAMIENTO VALDEIGLESIAS DE RCD EN SAN MARTÍN DE 22 10.1. COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. 10.2. CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. CLÁUSULA 11. HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL 23 CLÁUSULA 12. EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS 23 CLÁUSULA 13. EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y 29 TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL 14. EFECTIVIDAD MÍNIMA DEL COMPLEJO CLÁUSULA TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO DE 33 DEL CENTRO CLÁUSULA 15. EFECTIVIDAD MÍNIMA CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL DE CLÁUSULA 16. PERSONA ENCARGADA DESIGNADA POR EL EXPLOTADOR EN SUS RELACIONES CON GEDESMA. CUALIFICACIÓN TÉCNICA DEL PERSONAL 33 CLÁUSULA 17. CONTROL DE ACCESO DE PERSONAS Y VEHÍCULOS AL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y AL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. CONTROL DE ACCESO DE PERSONAS Y VEHÍCULOS AL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL 34 CLÁUSULA 18. RECEPCIÓN DE RESIDUOS 35 CLÁUSULA 19. TRATAMIENTO DE RESIDUOS 38 A). CUESTIONES PREVIAS. B). PROCESO MÍNIMO DE TRATAMIENTO. 3 : , SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CLÁUSULA 20. ACOPIOS DE RESIDUOS, PRODUCTOS FINALES, MATERIALES COMBUSTIBLES Y DE RECHAZO, EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y EN EL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE 39 VALDEIGLESIAS CLÁUSULA 21. ACOPIOS DE RESIDUOS, PRODUCTOS FINALES, MATERIALES COMBUSTIBLES Y DE RECHAZO, EN EL CENTRO DE 41 CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL CLÁUSULA 22. RECHAZOS DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. VERTEDERO DE COLA DE 43 DICHO COMPLEJO CLÁUSULA 23. RECHAZOS DEL CENTRO DE TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL CLASIFICACIÓN Y 44 CLÁUSULA 24. PLAN DE AUTOCONTROL DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, A CUMPLIR POR EL EXPLOTADOR Y A SU COSTA.. .46 24.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROS, GENERADOS EN LAS OPERACIONES DE TRATAMIENTO DEL COMPLEJO Y/O DEL CENTRO, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 24.1.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 24.1.2. CONTROL DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS NO PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 24.2. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. 24.3. RESERVA DE INTERVENCIÓN TÉCNICA O MECÁNICA POR PARTE DE GEDESMA EN LAS INSTALACIONES. 4 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 24.4. MANTENIMIENTO DEL VERTEDERO DE COLA SITO EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. 24.5. PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. 24.6. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES; DE LAS AGUAS PLUVIALES; DE AGUAS DE LA BALSA; DE EMISIONES; DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA; DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. 24.6.1. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES. 24.6.2. CONTROL DE LAS AGUAS PLUVIALES. 24.6.3. CONTROL DE AGUAS DE LA BALSA. 24.6.4. CONTROL DE EMISIONES. 24.6.5. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. 24.6.6. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. 24.7. VIGILANCIA DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. CLÁUSULA 25. PLAN DE AUTOCONTROL DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL, A CUMPLIR POR EL EXPLOTADOR Y A SU COSTA 53 25.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROS, GENERADOS EN LAS OPERACIONES DE TRATAMIENTO DEL CENTRO, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 25.1.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 5 pIIIr SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACION Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CONTROL DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS NO PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 25.1.2. 25.2. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. 25.3. RESERVA DE INTERVENCIÓN TÉCNICA O MECÁNICA POR PARTE DE GEDESMA EN LAS INSTALACIONES. 25.4. PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. 25.5. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES; DE LAS AGUAS PLUVIALES; DE EMISIONES; DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA; DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. 25.5.1. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES. 25.5.2. CONTROL DE LAS AGUAS PLUVIALES. 25.5.3. CONTROL DE EMISIONES. 25.5.4. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. 25.5.5. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. 25.6. VIGILANCIA DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. CLÁUSULA 26. CAMBIOS DE PROGRAMACIÓN Y 59 CLÁUSULA 27. INFORMACIÓN SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. MEMORIA DE GESTIÓN. AUDITORÍA TÉCNICA Y DE 59 GESTIÓN CLÁUSULA 28. INFORMACIÓN SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. MEMORIA DE GESTIÓN. AUDITORÍA TÉCNICA Y DE 60 GESTIÓN 6 pIIIIi SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CLÁUSULA 1. ANTECEDENTES. La sociedad Gestión y Desarrollo del Medio Ambiente de Madrid, S.A., en adelante GEDESMA, es una empresa pública de la Comunidad de Madrid, que tiene como objeto social la elaboración, desarrollo y ejecución, por sí o mediante contratación con terceros, de planes estratégicos, estudios, proyectos, obras y programas relacionados con el medio ambiente, en su sentido más amplio, encaminados a la conservación, restauración y mejora del mismo. Entre sus actuaciones destacan el desarrollo, construcción, gestión y explotación de instalaciones de tratamiento de residuos, así como la formación, información, publicidad y divulgación relacionada con sus actividades, y en general, con el medio ambiente. En concreto, como parte de las actuaciones llevadas a cabo dentro del Plan Regional de Residuos de Construcción y Demolición (RCD) 2006-2016, GEDESMA es la propietaria de un Complejo de Tratamiento Integral de RCD sito en Navalcarnero (Madrid), de un Centro de Agrupamiento de RCD sito en San Martín de Valdeiglesias (Madrid), y de un Centro de Clasificación y Transferencia de RCD sito en Moralzarzal (Madrid). En este contexto, GEDESMA, de acuerdo con los planes de gestión de residuos, está afian2 ando la competitividad del citado Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero, del mencionado Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias, y del citado Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. CLÁUSULA 2. OBJETO. El objeto de este Pliego de Cláusulas Técnicas (PCT) es establecer las condiciones técnicas que han de regir la adjudicación y ejecución del Contrato de prestación de los servicios necesarios para la explotación, a riesgo y ventura del Adjudicatario (Explotador), del mencionado Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero (en adelante también, el Complejo, o el Complejo de Navalcarnero), del mencionado Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias (en adelante también, el Centro SMV), y del mencionado Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal (en adelante también, el Centro de Moralzarzal). Los trabajos objeto de contrato se sujetarán a las prescripciones del presente PCT, al correspondiente Pliego de Cláusulas Administrativas (PCA), al Acuerdo de 7 pJIIIii. SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASí COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 adjudicación y al Contrato correspondientes, al contenido de la oferta seleccionada, al Plan Nacional Integrado de Residuos (2008-2015), a la Estrategia Regional (Comunidad de Madrid) de Residuos 2006-2016 y al Plan Regional (Comunidad de Madrid) de Residuos de Construcción y Demolición (2006-20 16), a las Autorizaciones administrativas otorgadas a GEDESMA con relación a los mencionados Complejo de Navalcarnero, Centro SMV, y Centro de Moralzarzal, a las demás autorizaciones administrativas exigibles y a la normativa aplicable. Toda referencia normativa que se haga en este documento, se entenderá efectuada también a cualesquier norma concordante sobre la materia. CLÁUSULA 3. NORMATIVA APLICABLE. Ley (Estatal) de Residuos y suelos contaminados 22/20 1 1, de 28 de julio. (Transpone la Directiva marco sobre residuos 2008/98/CE, de 19 de noviembre de 2008, del Parlamento Europeo y del Consejo.) - Real Decreto (Estatal) 105/2008, de 1 de febrero, por el que se Regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. - Real Decreto (Estatal) 1481/2001, de 27 de diciembre, por el que se Regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. - Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos (LER). - - - - Orden AAA/661/2013, de 18 de abril. Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. Plan Nacional Integrado de Residuos (2008-20 15). Plan Regional (Comunidad de Madrid) de Residuos de Construcción y Demolición (2006-2016). - - - Ley 6/2003, de 20 de marzo, del Impuesto sobre Depósito de Residuos de Madrid. Las demás normas referidas en este PCT y en el PCA correspondiente. Cualquier otra normativa que afecte a la anterior, así como cualquier otra normativa que sea de aplicación, por referirse a cualquier ámbito relacionado con el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y/o con el Centro de Agrupamiento de - - 8 ¡ , J SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 RCD en San Martín de Valdeiglesias, o con el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. CLÁUSULA 4. PROPUESTA TÉCNICA A PRESENTAR. La propuesta técnica a presentar por los licitadores en sus respectivas ofertas habrá de ajustarse al presente PCT, al PCA y Autorizaciones administrativas correspondientes, y a toda la normativa de aplicación. CLÁUSULA 5. DESCRIPCIÓN DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. 5.1. COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. Este Complejo está ubicado en el Polígono 3, Parcelas 77, 78, 79, 80, 89, 90, 91, 93, 97, 121, 122, 125, 203 y 214 del Catastro de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica del ténrino municipal de Navalcamero (Madrid). Cuenta con una superficie de suelo de 434.565 m2. El acceso al Complejo se realiza desde la carretera M-600, km 46. El Complejo está diseñado con una capacidad nominal de 100 t/hora por línea de proceso. La capacidad de tratamiento es de 400.000 toneladas anuales trabajando con un solo turno diario con las dos líneas a plena capacidad de producción. Dentro del Complejo existe un vertedero de cola. Dentro de la superficie del Complejo, se encuentran a su vez otra serie de instalaciones (como por ejemplo, unas instalaciones fotovoltaicas), que no son objeto de esta contratación y que son ajenas en todos sus aspectos al Complejo de RCD objeto de esta contratación, excepto en lo relativo a las obligaciones de control de acceso y de vigilancia a las que se hará referencia a continuación. 9 p1IIb SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, ASí COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Dicho Complejo cuenta con las construcciones correspondientes, y además, con los equipos, maquinaria y ajuar industrial que se relacionan a continuación: MAO UINARIA FIJA • BASCULA: - - • LINEA DE RCD LIMPIOS: - - - - - - - • 2 BASCULA DE PESAJE EPELSA, MODELO F-1000 VISOR DE PESAJE TOLVA DE ALIMENTACIÓN PRIMARIA DE 30 m3 / T-. 01 ALIMENTADOR PRECRIBADOR / AL-02 , MODELO APZB-4010 MACHACADORA DE MANDIBULAS MZB-100 / MM-03 SEPARADOR MAGNETICO OVERBAND / SM-04 ALIMENTADOR VIBRANTE ZB 90/120 CRIBA VIBRANTE CZB-III, 1500 X 4500 DE 3 PISOS / CR-06 6 CINTAS TRANSPORTADORAS VARIAS TC-07, TC-08, TC-09,TC-l0,TC-1l,TC-12 LINEA DE RCD MEZCLADOS: TOLVA DE RECEPCIÓN / T-021 - - - - - - - - - - - - 2. 2 ALIMENTADORES VIBRANTES AVZB / AL-22 TROMEL DE LIMPIEZA / TR-23 2 SEPARADORES MAGNETICOS OVERBAND / SM-24 / SM-27 CRIBA VIBRANTE CZB-1545-II / CR-25 CABINA DE TRIAJE DE 4,6x5x 2,5 m SISTEMA DE ELIMINACIÓN DE IMPUROS / SI-26 MOLINO IMPACTOR SECUNDARIO MODELO SZB-5E 7 CINTAS TRANSPORTADORAS VARIAS TC-30,TC31 ,TC-32,TC-33 ,TC-34,TC-3 5,TC-36,TC-37 ALIMENTADOR A PRENSA / AL-41 PRENSA CONTINUA DE PRODUCTOS VARIOS / PR-42 PRENSA DE METALES / PR-43 MAQUINARIA MO VIL 10 1Ibk SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 • RETROCARGADORA II JCB 6171, MOD. 3CX-4, dispone de: Cazo, Pulpo y Martillo JCBHM-360 • CAMIÓN VOLQUETE //ASTAR, MOD. HD7/C6440 • DUMPER PIQUERSA 2 EJES 6418, MOD. 1500 SVH • CARRETILLA MITSUBISHI, HORQUILLAS DE 1,1 M • PINZA PARA BALAS PARA ACOPLAR A CARRETILLA, MARCA BOLZONI KB-22.G6A Y PLACA EMPUJADORA ACOPLABLE A LAS PINZAS. • BULDOCER DE CADENAS, MOD. FD25K, CON JGO. FTAT-ALIS//PD MOD 20 96/006 15 • 3. 2 PALAS CARGADORA /1 KOMATSU K-1 Y K-2, MOD. WA250-5Z EQUIPOS ADICIONALES • GRUPO ELECTROGENO 1/ ELECTRA MOLINS EMV2-450 // AUTOMATICO • GRUPO ELECTROGENO II MOTOGENERADOR MOD. MG 6/5 ID/ AE // L100AE-DEGMSYC • GRUPO • DOS DEPOSITOS DE COMBUSTIBLES DE 3000 lts. • EQUIPO CONTRAINCENDIOS: GRUPO DE PRESION 29 EXTINTORES ABC 21A-144B (6 kg) 12 BOCAS DE INCENDIOS EQUIPADAS ELECTROGENO 91510408-TIPO 8083-7416 // DETROIT 454 BHP MOD. /GE 3 EXTINTORES CO2 5 kg- 89B SISTEMA DE COMUNICACIÓN DE ALARMA: CENTRALITA, 3 PULSADORES, 3 SIRENAS ALUMBRADO DE EMERGENCIA • CLIMATIZACIÓN: 4 EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN — EDIF.OFICINAS Y BÁSCULA • DEPURACIÓN HORIZONTAL SISTEMA DE CAMARAS DE DECANTACIÓN SALHER CHCD-D CON 11 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 4. EQUIPOS INFORMATICOS 1 ORDENADOR DELL 1 ORDENADORHP COMPAQ 1 MONITOR LG MOD.L15 lOS 1 IMPRESORA EPSON LQ-590 ESTABILIZADOR DE TENSIÓN BOAR SAI NEW SAI, MOD. NS9113OK SWITCH BAYSTACK 350-12T NORTE NETWORKS ROUTER CISCO 1600 1 PANTALLA PROYECCIONES (AULA) 5.2. CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. El Centro está ubicado en el Camino del Pino s/n, en el Polígono 60, Parcela 29 del Catastro de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica del término municipal de San Martín de Valdeiglesias (Madrid). Cuenta con una superficie de suelo -según Catastro- de 16.424 m2. La capacidad de tratamiento autorizada para los RCD es de toneladas/año. 13.500 La capacidad de tratamiento autorizada para los restos vegetales de parques y jardines es de 2.500 toneladas/año. Dicho Centro cuenta con las construcciones correspondientes, y además, con los equipos, maquinaria y ájuar industrial que se relacionan a continuación: 1. MAQUINARIA • BASCULA: - - • 1 BASCULA DE PESAJE EPELSA VISOR DE PESAJE BC-60 LINEA DE PROCESO: - - TRITURADOR MOVIL MINIMAX NEUSON 2000 / 1007006 TRITURADOR 0200103003 5OXENO 129 CALDEHUSA, SERIE: 12 pjPIbh SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CRIBA FINTEC 542 SERIE 0805420620 , - 2. 3. EQUIPO MOVIL • PALA CASE 621-D, SERIE: N7HEO 1004 • CAZO CON CUCHILLA PARA PALA CASE 621 • CAMION IVECO TRAKKER 360, MATRICULA: 7030 FVW EQUIPOS ADICIONALES • GRUPO ELECTROGENO/ HIMOINSA HPW-60 T5. • GRUPO ELECTROGENO/ FILIPPINI CODIGO/86510(MOT. LOMBARDINI 9L) • DOS DEPOSITOS DE COMBUSTIBLES DE 3000 lts. • DEPOSITO DE AGUA EN POLTESTER • CONTENEDORES: 4 CONTENEDORES ABIERTOS DE 28 M3 • EQUIPO CONTRAINCENDIOS: EXTINTORES ABC 21A-144B (6 kg) EXTINTORES C02 5 kg- 89B • CLIMATIZACIÓN: 1 EQUIPO DE CLIMATIZACIÓN A/A - EDTF.OFICINAS Y BASCULA. • 4. RADIADOR CLATRONIC EQUIPOS INFORMATICOS 1 ORDENADOR PORTATIL TOSHIBS C850D-117, SERIE: YC1 16830R SAI TRUST 600VA UPS IMPRESORA HP 3050k’, SERIE CN2P1FPGG MALETIN PORTATIL (INCLUYE RATON Y CASCO) 5. AJUAR INDUSTRIAL Y MATERIAL CONSUMIBLE 1 ENGRASADORA MANUAL 1 ESCALERA PLWGABLE 2 TRAMOS 13 ‘ (PIIIi SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 PALA PICO CARRETILLA FOCO CON TRIPODE PATA DE CABRA GRANDE 2 ALARGADERAS 6 DESTORNILLADORES PALMERA SERRUCHO SIERRA DE METAL SIERRA DE MADERA JUEGO DE LIMAS USAG-5 CORTA ALAMBRES IRIMO 630MM MARTILLO DE BOLA 1 JUEGO DE BROCAS NLUE MASTER HSS (19 BROCAS) LLAVE AFLOJA FILTROS DESTORNILLADOR IRAZOLA ESTRELLA GRANDE LLAVE AJUSTABLE PALMERA 200 MM 5 LLAVES ALLEN MARTILLO CARPINTERO BELLOTA 1 TENAZA 3 ALICATES CORTAFRIOS ESPATULA CAJA DE HERRAMIENTAS PEQUEÑA MAQUINARIA Y REPUESTOS: 1 GRUPO DE SOLDAR STYL (INVERTER-165) COMPRESOR AIR SIROCO 1,1 KW ACCESORIOS DE COMPRESOR (PISTOLA, MANOMETRO, PULVERIZADOR) MOTOSIERRA OLEO MAC 941-C TALADRO BOSCH GBM 13-2 RE 14 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CLÁUSULA 6. DESCRIPCIÓN DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Este Centro está ubicado en el Polígono 2, Parcela 42 (48b en algún documento relacionado) del Catastro de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica del término municipal de Moralzarzal (Madrid). Cuenta con una superficie de suelo -según Catastro- de 38.335 m2. El acceso al Centro se realiza desde la carretera M-608 (de Moralzarzal a Cerceda), km 34. El Centro está diseñado con una capacidad nominal 120.000 toneladas anuales Dicho Centro cuenta con las construcciones correspondientes, y además, con los equipos, maquinaria y ajuar industrial que se relacionan a continuación: 1. MAOUINARIA FIJA • BASCULA: ¡ BASCULA DE PESAJE EPELSA, MODELO F-1000 VISOR DE PESAJE • LINEA DE PROCESO: TOLVA DE ALIMENTACIÓN PRIMARIA DE 20 rn3 ATIMENTADOR PRECRIBADOR, MODELO APZB4000* 1300 5 CINTAS TRANSPORTADORAS, TIPO EP 400/3 SEPARADOR MAGNETICO OVERBAND, MODELO SF-13 RCP/24 CRIBA GRANULOMETRICA TROMEL CLASIFICADOR, MOD 1855 CABII’JA DE TRIAJE 4,8 X 15 X 2,30 m ASPIRADOR DE LIVIANOS, MODELO CTZB 1000 FILTRO DE MANGAS EQUIPO COMPACTADOR ROLL PACKER BERGMANN CASETA CONTROL CUADRO ELECTRICO CASETA CONTROL LINEA - - - - - - - - - - - - - - - 2. MAOUTNARIA MOVIL • PALA CARGADORA VOLVO L -120 • MANIPULADORA NEW HOLLAND NH PLUS, CON PINZA Y CAZO • PALA CARGADORA JCB 456 HT CON CAZO SUPLETORIO HCB 15 ‘ -‘ j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASi COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 MACHACADORA MOVIL KLEEMAN REINER MC 102, dispone de: TOLVA DE ALIMENTACION ALIMENTADOR VIBRATORIO ARUM 10/36.5 R UNIDAD DE MANDIBULAS KLEEMANN SSTR 1000 X 630 SEPARADOR MAGNETICO ELECTRICO CON OVERBAND CINTA DE DESCARGA PRINCIPAL DE TRASIEGO DE ARIDO SISTEMA DE MANDO Y CONTROL REMOTO SISTEMA DE ILUMINACIÓN SISTEMA DE TRASLACIÓN MOTOR GENERADOR INDIVIDUAL DE ENERGIA LEROY SOMER CRIBA MOVIL DE CLASIFICACIÓN KLEEMANN MOBISCREEN MS 19, dispone de: TOLVA DE ALIMENTACION CINTA DE LA TOLVA DE ALIMENTACION CINTA PRINCIPAL DE ALIMENTACION CRIBA VIBRATORIA DE 3 PISOS DE CRIBADO CINTA PRINCIPAL 3 CINTAS LATERALES ORUGAS (TIPO D4) TRANSMISION DIESEL-HIDRAULICA MOTOR DIESEL CATERPILLAR 12 MALLAS DE CRIBADO (REPUESTO) - 3. EQUIPOS ADICIONALES • CONTENEDORES: 8 CONTENEDORES DE 30 M3 4 CONTENEDORES DE 6 M3 • EDIFICIO ELECTRICO: GRUPO ELECTROGENO ESTATICO SDMO BANCADA ARMARIO ELECTRICO CUADRO DE ARRANQUE Y CONTROL AUTOMATICO DEPOSITO DE GASÓLEO 2000 1 EXTINTOR ABC 6 Kg EXTINTOR CO2 5 Kg • EDIFICIO DEPOSITO DE AGUA: GRUPO DE PRESION DE AGUA 16 (IIIIb • • • • SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.0114 BANCADA GRUPO DE PRESIÓN: 2 BOMBAS, MOTOR DE 3kw DEPOSITO DE FIBRA 50001 EXTINTOR ABC 6 Kg EDIFICIO DEPOSITO CONTRAINCENDIOS: GRUPO DE PRESION DE INCENDIOS BANCADA GRUPO DE PRESIÓN: 3 BOMBAS, MOTOR DE 3 kw DEPOSITO DE FIBRA 240001 EXTINTOR ABC 6 kg EQUIPO CONTRAINCENDTOS: CENTRALITA CONTROL DE INCENDIOS 14 DETECTORES IONICOS 6 SIRENAS ELECTRONICAS EXTINTOR POLVO ABC 25 kg 7 EXTINTORES C02 5 kg 12 EXTINTORES ABC 6 kg BIES HUMEDA BIES SECA 25 mm BIES SEMIRRIGIDA 25 mm SISTEMA DE DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES AQUA AMBIENT: DESBASTE MANUAL DE FINOS Y GRUESOS CON ARQUETA PREFABRICADA DESBASTE AUTOMATICO VERTICAL CON ARQUETA PREFABRICADA PARA SU ALOJAMIENTO y h2,5 m. EQUIPO COMPACTO FOSA-FILTRO AQUA COMPACT / AN 1500 EQUIPOS DE CLIMATIZACIÓN: 2 DAIKIN B/C 2 X 1 A OFICINAS 1 DAIKIN B/C 1 X 1 T X S25 C EDIFICIO BASCULA 1DAIKINB/C1X1TXS5OB-COMEDOR/ VESTUARIOS 2 EQUIPOS A/A FUJITSU PARARRAYOS - - • 4. MATERIAL ELECTRONICO • AULA AMBIENTAL: 1 PANTALLA PROYECCIONES ORAY 17 ‘ SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 (liii 1 PROYECTOR PORTATIL MITSUBISHI XD 11 OU 1 TECLADO ALFANUMÉRICO 1 TELEFONO ALFANUMERICO HP 1 TELEFONO SOBREMESA ALCATEL AREA OFICINAS: RECEPCION: 1 MONITOR TFT HP 17” 1 TECLADO ALFANUMERICO HP 1 CPU ORDENADOR HP COMPAQ 1 PROTECTOR OSCILACIONES ALIMENTACIÓN 1 IMPRESORA CHORRO TINTA A-3 HP INKJET 2800 1 IMPRESORA FOTOCOPIADORA-ESCANER HP LASERJET 2640 1 SERVIDOR HP STORAGE WORKS HP PRO LL&NT MLI 10G3 1 OMI PCX ALCATEL AMP NET CONNECT 5E SYSTEM HP PROCURVE SWITCH PROTECTOR OSCILACIONES ALIMENTACIÓN SAI ELIPSE 600 TELEFONO SOBREMESA ALCATEL DESPACHO GEDESMA: IMPRESORA FOTOGRAFICA HP PHOTO SMART D5160 C/TRANSF. MANDO REMOTO MACHACADORA K.LEEMANN MANDO REMOTO LINEA DE PROCESO TELEFONO DE SOBREMESA ALCATEL DESPACHO DIRECCION: CAJA DE CAUDALES ELECTRONICA TELEFONO DE SOBREMESA ALCATEL EDIFICIO BASCULA: 2 ORDENADORES HP COMPAQ 2 MONITOR TFT HP 17” 1 IMPRESORA HP LASERJET PilO 1 ORDENADOR PORTATIL TOSHIBA TECRA 2 TELEFONOS DE SOBREMESA ALCATEL 3 TECLADOS ALFANUMERICO HP 1 CUADRO CONTROL DEL SISTEMA DE SANEAMIENTO 1 GUILLOTTNA REPROGRAFÍA - - - - - - - - - - - • - 18 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 1 PROTECTOR OSCILACIONES ALIMENTACIÓN SAI ELIPSE 600 1 PORTERO AUTOMATICO 5. AJUAR INDUSTRIAL Y MATERIAL CONSUMIBLE DOS PARES DE ALICATES UNIVERSALES UN PAR DE ALICATES DE CORTE DIAGONAL UN PAR ALICATES CORTA ALAMBRES DOS PARES ALICATES QUITA SEGUROS UN ARMARIO PARA LLAVES UNA AZADA PARA EL JARDÍN DOS CEPILLOS DE BARRENDERO PROFESIONAL CON MANGO UN BANCO DE TRABAJO PARA TALLER TRES CAJAS DE HERRAMIENTAS UN CARRO PORTA OBJETOS TRES CARRETILLAS DE OBRA SEIS CORTAFIOS Y UN PUNTERO UN INFLADOR DE NEUMATICOS ADPTABLE AL COMPRESOR FIJO CON MANOMETRO UN JUEGO DE DESTORNILLADORES DE DIFERENTES MEDIDAS DOS ALARGADORES ELECTRICO A TOMA DE CORRIENTE UNA ESCALERA DE MANO TRES FOCOS HALOGENOS UN JUEGO DE LLAVES ALLEN UN JUEGO DE LLAVES FIJAS UN JUEGO DE LLAVES ESTRELLA UN JUEGO DE LLAVES DE VASO UN JUEGO DE LLAVES DE TUBO SEIS LLAVES DE CARRACA REVERSIBLE UN JUEGO DE LLAVES DE ACEITE CUATRO MACETAS Y TRES MAZAS UN PICO UNA MANGUERA DE 20 METROS PARA RIEGO UNA MANGUERA DE 50 METROS PARA RIEGO UNA PALA CUADRADA TRES PALAS REDONDAS 19 . SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 VEINTE PARES DE GUANTES ANTIPINCHAZOS Y ANTICORTE TRES PARES DE GAFAS PROTECTORAS DE OJOS PARA OPERARIOS DE CABINA DE TRIAJE Y TRABAJADORES DE PLANTA DOCE CHALECOS REFLECTANTES HOMOLOGADOS DOS RIÑONERAS QUINCE CASCOS PROTECTORES 4 BOMBAS DE ENGRASE MANUAL • • MATERIAL CONSUMIBLE: UNA BOBINA DE ALAMBRE DOS CAJAS DE MASCARILLAS ANTIPOLVO UN BIDON DE ACEITE DE MOTOR SAE 10/40 DE 200 LITROS UN BIDON DE ACEITE HIDRAULICO DE 200 LITROS UN BIDON DE GRASA DE 5 LITROS UNA BOBINA DE PAPEL PARA TALLER 25 KGS DE SEPIOLITA PARA ABSORBER VERTIDOS ACCIDENTALES DE ACEITES E HIDROCARBUROS UN ROLLO DE CINTA AISLANTE UN BIDON DE 5 LITROS DE AFLOJA TODO UN BIDON DE DESEN(3RASANTE MULTIUSOS DE 5 LITROS PEQUEÑA MAQUINARIA Y REPUESTOS: 1 COMPRESOR DE 270 LITROS ABAC B.-1900 1 COMPRESOR DE 100 LITROS ABAC B-2800 1 HIDROLIMPIADORA A PRESIÓN 1 DEPOSITO DE GASOIL DE 1.000 LITROS DEHOUST 1 DEPOSITO DE GASOIL DE 1.000 LITROS TR-LENZ GRUPO DE SOLDADURA PRESTO 160G TALADRO TH 650 COMPRESOR MOVIL PARA ENGRASE DE MAQUINARIA FIJA Y TAREAS DE LIMPIEZA CORTACESPED TORO 53 cm GATO HIDRAULICO MEGA 15 Tm CLAVADORA DE GRAPAS PETRUS 280 PISTOLIN SOPLADOR PSF 1010 PISTOLA EURODAINU MOD.96 PISTOLIN SOPLADOR PSF 1010 20 . SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 PLACA PROTECCION CRIBA KLEEMANN CLÁUSULA 7. DOCUMENTACIÓN DISPONIBLE. Durante el plazo de presentación de ofertas, los licitadores podrán consultar en las 44 oficinas de GEDESMA (sitas en la C/ Gran Vía, 39 Planta, de Madrid) las Autorizaciones administrativas de GEDESMA relacionadas con el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero, con el Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias y con el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal, y solicitar a GEDESMA la visita a las citadas instalaciones. — CLÁUSULA 8. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y EN EL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. 8.1. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. Los RCD admisibles a tratamiento en el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero están detallados en la Autorización A78416070/MD/24/04150 (susceptible de eventuales modificaciones, aplicables a la presente contratación) de GEDESMA, para llevar a cabo operaciones de Gestión de Residuos No Peligrosos consistentes en el reciclaje de Residuos de Construcción y Demolición. Respecto a los residuos admisibles en el vertedero de cola del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero, de acuerdo con la Estrategia de Residuos, con los Planes de Residuos, con las Autorizaciones administrativas correspondientes, y con el resto de la normativa aplicable, se prohíbe el depósito en el vertedero de cola de residuos de construcción y demolición que no hayan sido sometidos a tratamiento previo. Por lo tanto, en el vertedero podrá eliminarse exclusivamente la fracción no valorizable e inerte generada en procesos de clasificación, machaqueo y cribado previo. Cualquier mala praxis en el vertedero será considerada infracción muy grave, como causa de paralización inmediata de la actividad a requerimiento de GEDESMA, y como causa de resolución del Contrato. 21 pIIIi SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 204.01.14 8.2. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. Los RCD admisibles a tratamiento en el Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias están detallados en la Autorización A78416070/MD/26/10154 (susceptible de eventuales modificaciones, aplicables a la presente contratación) de GEDESMA, para llevar a cabo operaciones de Gestión de Residuos No Peligrosos consistentes en clasificación y Almacenaje de Residuos de Construcción y Demolición y de Residuos Vegetales de Parques y Jardines. CLÁUSULA 9. RESIDUOS ADMISIBLES EN EL CENTRO CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. DE Los RCD admisibles a tratamiento en el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal están detallados en la Autorización A78416070/MD/21/07 116 (susceptible de eventuales modificaciones, aplicables a la presente contratación) de GEDESMA, para llevar a cabo operaciones de Gestión de Residuos No Peligrosos consistentes en el reciclaje de Residuos de Construcción y Demolición y Depósito Controlado de Residuos Inertes de Construcción y Demolición. CLÁUSULA 10. HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. 10.1. COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. El horario de funcionamiento del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero será de lunes a viernes, en horario ininterrumpido presencial y operativo de 8:00 a 18:00 horas. Este horario podrá ser ampliado por el Explotador, previa aprobación por parte de GEDESMA. 22 (luir j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Fuera de dicho horario de funcionamiento presencial y operativo, el Explotador habrá de estar localizado en todo momento, por si se produjera una situación de emergencia que hiciera necesaria la apertura presencial y operativa del Complejo. 10.2. CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. El horario de funcionamiento del Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias será de lunes a viernes, en horario ininterrumpido presencial y operativo de 8:00 a 14:00 horas. Este horario podrá ser ampliado por el Explotador, previa aprobación por parte de GEDESMA. Fuera de dicho horario de funcionamiento presencial y operativo, el Explotador habrá de estar localizado en todo momento, por si se produjera una situación de emergencia que hiciera necesaria la apertura presencial y operativa del Centro. CLÁUSULA 11. HORARIO DE, FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. El horario de funcionamiento del Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal será de lunes a viernes, en horario ininterrumpido presencial y operativo de 8:00 a 18:00 horas. Este horario podrá ser ampliado por el Explotador, previa aprobación por parte de GEDESMA. Fuera de dicho horario de funcionamiento presencial y operativo, el Explotador habrá de estar localizado en todo momento, por si se produjera una situación de emergencia que hiciera necesaria la apertura presencial y operativa del Centro. CLÁUSULA 12. EXPLOTACIÓN DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. 23 (liii SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 El Plan de Explotación para los citados Complejo y Centro, a llevar a cabo por el Explotador, por su cuenta y riesgo, ha de ser el presentado en su oferta (Sobre n° 1), será obligatorio para el Explotador, deberá ajustarse en todo caso a este Pliego, al PCA, a las Autorizaciones administrativas y normativa aplicables, y deberá comprender como mínimo los siguientes aspectos: - Cantidades a tratar y composición de los flujos de entrada y salida de residuos: El licitador presentará el planteamiento de la actividad comprometiéndose a garantizar como mínimo, anualmente, las entradas y el tratamiento de 150.000 toneladas/año de RCD autorizado. El licitador señalará los motivos en los que se ha basado para establecer los objetivos comprometidos. La propuesta se presentará utilizando el modelo de Tablas 1 y 2 que se indica a continuación. - Consideraciones técnicas generales, balances, capacidades de tratamiento: en función de las cantidades de residuos esperadas, de su composición y de los rendimientos de los procesos ofertados, los licitadores especificarán los balances de masas y energía que tendrán lugar en el proceso de tratamiento. - Estudio de las unidades de recursos y consumos para el servicio de explotación de las instalaciones, que no podrá comprender unidades monetarias. En el mismo se deberán indicar con detalle las cantidades y las unidades de medidas necesarias para la gestión del servicio de explotación, en cuanto a personal, operaciones, mantenimiento, y todos los demás conceptos relativos a la explotación. - - Organización de la admisión de los residuos: se garantizarán con un procedimiento adecuado las acciones de inspección previa, organización del almacenamiento, relaciones con los usuarios y otras consideraciones relativas al funcionamiento que los licitadores estimen oportunas. Recursos humanos y organigrama del personal: justificarán en su oferta el diseño de la plantilla, que realización de todos los trabajos que abarca el organigrama general de personal, sus funciones, los licitadores detallarán y deberá ser adecuada para la contrato, especificando su número de trabajadores y formación de los mismos y tendrá en cuenta las necesidades de plantilla para 24 (lib SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 responder a periodos vacacionales, bajas, sustituciones y otras contingencias que se pudieran presentar, a fin de garantizar adecuadamente la prestación del servicio en cualquier momento. Enumeración y detalle de la maquinaria, vehículos y equipos que el licitador vaya a incorporar a la explotación. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de las infraestructuras de las instalaciones del Complejo y del Centro SMV, y de la maquinaria, ajuar y equipos correspondientes. Este Plan habrá de realizarse de acuerdo con las mejores prácticas en ingeniería y construcción, con las instrucciones de los fabricantes de las instalaciones, maquinaria y equipos, y con la normativa aplicable. Considerará también la limpieza de las instalaciones. Plan de control de calidad: los licitadores presentarán en sus ofertas una propuesta de Plan de control de calidad para la fase de explotación, que contemple la gestión de la calidad en las instalaciones y la caracterización, tanto cuantitativa como cualitativa, de los residuos y materiales recibidos, de los materiales clasificados, así como de los rechazos a vertedero o a otros destinos autorizados. El control como mínimo consistirá en los siguientes aspectos: • Determinación mediante los ensayos necesarios de la conformidad con las especificaciones técnicas requeridas para cada tipo de producto, según el uso y aplicación al que esté destinado, y según la correspondiente normativa de calidad que sea de aplicación. • Habrá de cumplir las condiciones mínimas de calidad exigidas por la normativa vigente y las Normas ¡JNE-AENOR o equivalentes. • Trimestralmente, encargará a su costa a laboratorios certificados el control de calidad de los materiales recuperados. • Será el responsable de asegurar esas mínimas condiciones de calidad de los materiales recuperados. • Será el responsable de los daños provocados por una mala calidad de los productos obtenidos. Plan de comercialización y venta de los áridos reciclados: se deberá establecer y describir la estrategia de comercialización, la distribución, la logística, el marketing y la venta según la tipología de productos ofertados. 25 : - . j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Plan de gestión del rechazo: a fin de determinar las condiciones del residuo a entregar a otro gestor autorizado o a llevar a vertedero. Habrá de incluir la gestión del residuo peligroso. - Plan de mantenimiento del vertedero de cola del Complejo de Navalcarnero: los licitadores presentarán en sus ofertas un Plan de mantenimiento del vertedero, con frecuencia diaria, semanal, mensual y anual. Los trabajos ofertados en el Plan deben incluir como mínimo: la limpieza de todas las áreas del vertedero, repaso y acondicionamiento de bermas, repaso del estado del cerramiento perimetral y limpieza de posible elementos volantes dispersados en sus alrededores, repaso y mantenimiento de caminos y accesos al vertedero, reperfilado de taludes, mantenimiento de las cunetas, mantenimiento de los pozos de registro y su recrecido a la cota del vertedero, limpieza de las balsas, acondicionamiento y limpieza de los colectores y arquetas de drenaje de aguas pluviales (red de drenaje), desarrollo y limpieza de los piezómetros cada dos años, prevención de incendios, en general, acondicionamiento y mantenimiento de todos los elementos que componen en el vertedero. El Explotador deberá remitir a GEDESMA, con carácter semestral, un Informe detallado sobre el cumplimiento de todo lo señalado en el párrafo anterior. - - Plan de prevención de riesgos laborales y emergencias Programa de vigilancia ambiental Además de su presentación por parte de cada licitador con la caracterización de flujos de la oferta correspondiente, el licitador que resulte adjudicatario-Explotador entregará a GEDESMA anualmente (añadiendo las filas necesarias), las siguientes Tablas de explotación, debidamente firmadas y selladas por el Explotador: 26 p1IIbb SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACION Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 TABLA 1 C.T.I. RCD EN NAVALCARNERO ENTRADAS ANUALIDAD ADMISIÓN TONELADAS RCD limpio RCD mezclado RCD muy mezclado Otros TOTAL ENTRADAS SALIDAS VENTAS Árido 1 Árido 2 Árido 3 Árido 4 Otros áridos TOTAL VENTAS RECUPERACIONES Madera Acero RCD Otras recuperaciones TOTAL RECUPERACIONES TRANSFERENCIA / ELIMINACIÓN Rechazo de proceso con destino a un vertedero o a gestor autorizado. (Se adjuntarán los documentos de aceptación.) TOTAL TRANSFERENCIAS TOTAL SALIDAS 27 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, AS! COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 TABLA 2 C.A. RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS ANUALIDAD TONELADAS RCD limpio ENTRADAS RCD mezclado Restos de poda maderables Restos de poda no maderables limpios Otros residuos Total entradas RCD SALIDAS Poda Otros productos Total salidas 28 . SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 204.01.14 CLÁUSULA 13. EXPLOTACIÓN DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. El Plan de Explotación para el citado Centro, a llevar a cabo por el Explotador, por su cuenta y riesgo, ha de ser el presentado en su oferta (Sobre n° 1), será obligatorio para el Explotador, deberá ajustarse en todo caso a este Pliego, al PCA, a las Autorizaciones administrativas y normativa aplicables, y deberá comprender corno mínimo los siguientes aspectos: - Cantidades a tratar y composición de los flujos de entrada y salida de residuos: El licitador presentará el planteamiento de la actividad comprometiéndose a garantizar corno mínimo, anualmente, las entradas y el tratamiento de 70.000 toneladas/año de RCD autorizado. El licitador señalará los motivos en los que se ha basado para establecer los objetivos comprometidos. La propuesta se presentará utilizando el modelo de Tabla 1 que se indica a continuación. - Consideraciones técnicas generales, balances, capacidades de tratamiento: en función de las cantidades de residuos esperadas, de su composición y de los rendimientos de los procesos ofertados, los licitadores especificarán los balances de masas y energía que tendrán lugar en el proceso de tratamiento. - - Estudio de las unidades de recursos y consumos para el servicio de explotación de las instalaciones, que no podrá comprender unidades monetarias. En el mismo se deberán indicar con detalle las cantidades y las unidades de medidas necesarias para la gestión del servicio de explotación, en cuanto a personal, operaciones, mantenimiento, y todos los demás conceptos relativos a la explotación. Organización de la admisión de los residuos: se garantizarán con un procedimiento adecuado las acciones de inspección previa, organización del almacenamiento, relaciones con los usuarios y otras consideraciones relativas al funcionamiento que los licitadores estimen oportunas. - Recursos humanos y organigrama del personal: los licitadores detallarán y justificarán en su oferta el diseño de la plantilla, que deberá ser adecuada para la realización de todos los trabajos que abarca el contrato, especificando su 29 : lIpIIII. SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACION Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 organigrama general de personal, sus funciones, número de trabajadores y formación de los mismos y tendrá en cuenta las necesidades de plantilla para responder a periodos vacacionales, bajas, sustituciones y otras contingencias que se pudieran presentar, a fin de garantizar adecuadamente la prestación del servicio en cualquier momento. Enumeración y detalle de la maquinaria, vehículos y equipos que el licitador vaya a incorporar a la explotación. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de las infraestructuras de las instalaciones del Centro, y de la maquinaria, ajuar y equipos correspondientes. Este Plan habrá de realizarse de acuerdo con las mejores prácticas en ingeniería y construcción, con las instrucciones de los fabricantes de las instalaciones, maquinaria y equipos, y con la normativa aplicable. Considerará también la limpieza de las instalaciones. Plan de control de calidad: los licitadores presentarán en sus ofertas una propuesta de Plan de control de calidad para la fase de explotación, que contemple la gestión de la calidad en las instalaciones y la caracterización, tanto cuantitativa como cualitativa, de los residuos y materiales recibidos, de los materiales clasificados, así como de los rechazos a vertedero o a otros destinos autorizados. El control como mínimo consistirá en los siguientes aspectos: • Determinación mediante los ensayos necesarios de la conformidad con las especificaciones técnicas requeridas para cada tipo de producto, según el uso y aplicación al que esté destinado, y según la correspondiente normativa de calidad que sea de aplicación. • Habrá de cumplir las condiciones mínimas de calidad exigidas por la normativa vigente y las Normas UNE-AENOR o equivalentes. • Trimestralmente, encargará a su costa a laboratorios certificados el control de calidad de los materiales recuperados. • Será el responsable de asegurar esas mínimas condiciones de calidad de los materiales recuperados. • Será el responsable de los daños provocados por una mala calidad de los productos obtenidos. 30 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASí COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 - Plan de comercialización y venta de los áridos reciclados: se deberá establecer y describir la estrategia de comercialización, la distribución, la logística, el marketing y la venta según la tipología de productos ofertados. - Plan de gestión del rechazo: a fin de determinar las condiciones del residuo a entregar a otro gestor autorizado o a llevar a vertedero. Habrá de incluir la gestión del residuo peligroso. - - Plan de prevención de riesgos laborales y emergencias Programa de vigilancia ambiental Además de su presentación por parte de cada licitador con la caracterización de flujos de la oferta correspondiente, el licitador que resulte adjudicatario-Explotador entregará a GEDESMA anualmente (añadiendo las filas necesarias), la siguiente Tabla de explotación, debidamente firmada y sellada por el Explotador: 31 ppIb j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Exoediente 2.04.01.14 TABLA 1 TONELADAS C.C.T. RCD EN NIORALZARZAL ENTRADAS ADMISIÓN ANUALIDAD RCD limpio RCD mezclado RCD muy mezclado Otros TOTAL ENTRADAS SALIDAS VENTAS Árido 1 Árido2 Árido 3 Árido 4 Otros áridos TOTAL VENTAS RECUPERACIONES Madera Acero RCD Otras recuperaciones TOTAL RECUPERACIONES TRANSFERENCIA / ELIMINACIÓN Rechazo de proceso con destino a vertedero o a gestor autorizado. (Se adjuntarán los documentos de aceptación.) TOTAL TRANSFERENCIAS TOTAL SALIDAS 32 1IP111 j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACION Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CLÁUSULA 14. EFECTIVIDAD MÍNIMA DEL COMPLEJO TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. DE El Adjudicatario (Explotador) deberá gestionar el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcamero de tal forma que el Complejo logre una efectividad mínima global en la selección del 85%, o en su caso, la efectividad mínima garantizada por el Adjudicatario en su oferta, superior a dicho porcentaje. Por efectividad del Complejo debe entenderse el valor resultante, en peso, del cociente entre la cantidad de materiales recuperados y la cantidad de RCD admitidos en el propio Complejo. Dicho de otro modo, del 100% dél peso de los RCD que entren en el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcamero, el Explotador tiene que obtener al menos una valorización del 85% del peso de dichos residuos, o del porcentaje superior a este último fijado por el Explotador en su oferta. CLÁUSULA 15. EFECTIVIDAD MÍNIMA DEL CENTRO CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. DE El Adjudicatario (Explotador) deberá gestionar el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal de tal forma que el Centro logre una efectividad mínima global en la selección del 85%, o en su caso, la efectividad mínima garantizada por el Adjudicatario en su oferta, superior a dicho porcentaje. Por efectividad del Centro debe entenderse el valor resultante, en peso, del cociente entre la cantidad de materiales recuperados y la cantidad de RCD admitidos en el propio Centro. Dicho de otro modo, del 100% del peso de los RCD que entren en el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal, el Explotador tiene que obtener al menos una valorización del 85% del peso de dichos residuos, o del porcentaje superior a este último fijado por el Explotador en su oferta. CLÁUSULA 16. PERSONA ENCARGADA DESIGNADA POR EL EXPLOTADOR EN SUS RELACIONES CON GEDESMA. CUALIFICACIÓN TÉCNICA DEL PERSONAL. El Explotador deberá designar a una persona para el Complejo de Navalcarnero, el Centro SMV, y el Centro de Moralzarzal, con la titulación universitaria media o superior adecuada y con formación y experiencia contrastadas, que sea la encargada de representar al Explotador en sus relaciones con GEDESMA, a efectos del desarrollo por parte del Explotador de las actividades relacionadas con esta licitación. 33 plII1F. SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.0401.14 El personal del Complejo de Navalcarnero, del Centro SMV, así como del Centro de Moralzarzal, habrá de estar debidamente titulado y cualificado, y habrá de recibir la fonuación específica que sea necesaria para el correcto desarrollo de sus funciones, a cargo del Explotador. GEDESMA podrá exigir al Explotador el refuerzo de cuantos puestos de trabajo estime convenientes, así como la sustitución de aquellos trabajadores que GEDESMA considere insuficientemente cualificados o faltos de rendimiento. En todo caso, cualquier eventual modificación del organigrama ofertado por el Explotador habrá de ser sometida a la aprobación de GEDESMA. CLÁUSULA 17. CONTROL DE ACCESO DE PERSONAS Y VEHÍCULOS AL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y AL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. CONTROL DE ACCESO DE PERSONAS Y VEHÍCULOS AL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. El Explotador deberá controlar el acceso de personas y vehículos a los citados Complejo de Navalcarnero, Centro SMV, y Centro de Moralzarzal en adelante también, las instalaciones). El control de acceso a las instalaciones es responsabilidad del Explotador. Sin perjuicio de lo que se indica a continuación, sólo podrán acceder a las instalaciones: el personal y vehículos del Explotador; terceros que intervengan en actividades relacionadas con el objeto de esta contratación, autorizados por el Explotador; y terceros autorizados por GEDESMA. En todo caso, los representantes o técnicos de GEDESMA o las personas autorizadas por esta última, podrán acceder a las instalaciones en cualquier momento y sin restricciones. No se permitirá en el interior de las instalaciones la circulación de vehículos no relacionados con los trabajos de explotación, a excepción de aquellos vehículos expresamente autorizados por GEDESMA. No se admitirá el acceso a las instalaciones de aquellos vehículos que presenten pérdidas de líquidos, lixiviados o dispersión de residuos. La no admisión se comunicará a GEDESMA debidamente documentada y registrada como incidencia. 34 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 GEDESMA será la única que podrá autorizar a grupos organizados la visita de las instalaciones, con carácter docente o de investigación o estudio, en las condiciones de tiempo e itinerario indicados por GEDESMA, de fonria compatible con la actividad de las instalaciones, y coñ sujeción a las normas de seguridad, prevención y demás aplicables, para todo lo cual el Explotador prestará su asistencia y colaboración, suministrará a los visitantes los equipos individuales de seguridad y prevención necesarios para la realización de la visita, y se responsabilizará de la seguridad de los visitantes dentro de las instalaciones. Como complemento, a requerimiento de GEDESMA y a cargo del Explotador, se explicarán en las aulas de formación de las instalaciones, mediante material audiovisual y por personal adecuado, las diferentes etapas del proceso y resultados. CLÁUSULA 18. RECEPCIÓN DE RESIDUOS. Para la aceptación o no de los residuos llegados a los respectivos puntos de entrada de los citados Complejo de Navalcarnero, Centro SMV, y Centro de Moralzarzal (en adelante también, las instalaciones), y sin perjuicio del examen definitivo de dichos residuos en caso de descarga, el Explotador realizará en la entrada una inspección visual de los mismos, para determinar si se ajustan o no a los correspondientes Códigos de la Lista Europea de Residuos (LER) admisibles en las Autorizaciones de GEDESMA para llevar a cabo operaciones de Gestión de Residuos No Peligrosos. Por consiguiente, el Explotador no admitirá en ningún caso residuos que no estén expresamente contemplados en las Autorizaciones. Será responsabilidad del Explotador la determinación del origen de los residuos admisibles en las instalaciones. En caso de aceptación de los residuos a primera vista y antes de proceder a su descarga, el Explotador llevará a cabo el pesaje del vehículo y carga correspondientes; pesaje que quedará registrado informáticamente en el Sistema de Gestión Automatizada de Instalaciones de Residuos (SGAIR), de uso obligatorio para el Explotador, a través del cual el Explotador deberá informar a GEDESMA, en tiempo real, sobre todas las entradas de vehículos y residuos, en las respectivas instalaciones. Es responsabilidad del Explotador garantizar el registro correcto de todos los datos solicitados en el SGAIR. Siempre que sea posible y por razones de seguridad, la pesada del vehículo se realizará sin bajar sus ocupantes. p1IIa j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 La pesada de los vehículos transportistas de residuos se realizará a la entrada y a la salida de las instalaciones, en las básculas conectadas al sistema SGAIR. La demora máxima de espera será de diez minutos, reservándose GEDESMA la posibilidad de sancionar al Explotador en el caso de que se produjeran repetidamente demoras de espera superiores a diez minutos. El SGAIR hará la función de Libro Registro, y en él, el Explotador almacenará obligatoriamente los siguientes datos: • Fecha y hora de entrada y salida del vehículo transportista de los residuos. • Tipo y matrícula del vehículo transportista de los residuos. • Peso de entrada del vehículo transportista. Peso de salida del mismo. Y peso neto del mismo (diferencia entre el peso de entrada del vehículo y el peso de salida del vehículo). Todos estos pesos, expresados en toneladas y metros cúbicos. • Tipo de residuo entrante, codificado según la Lista Europea de Residuos (LER). • Datos del productor de los residuos (nombre o razón social, dirección, población, teléfono). • Datos del poseedor de los residuos (nombre o razón social, dirección, población, teléfono). • Datos del transportista de los residuos (nombre o razón social, número de inscripción en el registro de transportistas de residuos de la Comunidad de Madrid, o en el de gestores de residuos que corresponda, teléfono, dirección, etc.). • Datos de la licencia de la obra de donde proceden los residuos, o en su caso, de las instalaciones de tratamiento de procedencia. • En caso de no aceptación total o parcial de los residuos, motivos de no aceptación. Corresponde únicamente a GEDESMA el control del sistema SGAJR, cuya utilización, como se ha dicho, es obligatoria para el Explotador, que deberá registrar en dicho sistema, de forma obligatoria, todos los datos anteriormente reseñados y aquellos otros que requiera el propio sistema. 36 ii1IIFt SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 El Explotador rechazará e identificará todo vehículo que pretendiera acceder a las instalaciones sin la preceptiva cubrición de su carga, e igualmente rechazará e identificará aquellos vehículos que pretendieran acceder a dichas instalaciones presentando derramas de líquidos, suciedad en las ruedas o cualquier otra causa que pudiera ensuciar las instalaciones. Una vez hecho el pesaje del vehículo con su carga, se procederá a su descarga en la zona o zonas expresamente indicadas por el Explotador. En consecuencia, el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero, el Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias y el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal, dispondrán de áreas diferenciadas y preparadas para la descarga de los diferentes tipos de residuos, de forma que éstos puedan recibir el tratamiento más adecuado en relación con sus características. Como estas características pueden correlacionarse con la procedencia concreta de los residuos, ese factor de procedencia podrá utilizarse como discriminante para el tratamiento posterior de los residuos, y por tanto, para la asignación de un área determinada de descarga. Recibido el residuo entrante, el Explotador deberá informar al trasportista autorizado de los residuos, acerca de que éste puede pedir a GEDESMA, a través del propio Explotador, la emisión del correspondiente Certificado de entrega y gestión de RCD, según el Anexo II y 11.1 de la Orden 2726/2009, dé 16 de julio, y acerca de que, para obtener ese Certificado, el transportista o el interesado (poseedor o productor) tiene la obligación de entregar al Explotador la documentación correspondiente para esa emisión, que el Explotador habrá de remitir a su vez a GEDESMA; todo ello, conforme a las indicaciones que -en su caso- GEDESMA considere oportunas, y conforme a la normativa vigente. Si una vez descargado el vehículo se apreciara que los residuos no son en todo o en parte aptos para su tratamiento u ofrezcan dudas sobre su idoneidad, el Explotador cargará nuevamente el vehículo para su salida de las instalaciones. El Explotador emitirá y entregará al transportista de los residuos correspondientes un albarán de entrega generado por el sistema SGATR, donde consten los datos del pesaje de entrada, del pesaje de salida y del peso neto. Estos albaranes serán firmados por ambas partes (Explotador y transportista autorizado), y archivados custodiados por el Explotador. Estos albaranes serán propiedad de GEDESMA. En caso de devolución total del residuo al transportista, se dejará constancia de esta incidencia en el SGAIR, y no se generará albarán de entrada del residuo. 37 j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 El Explotador no autorizará ninguna salida de material sin la preceptiva cubrición del vehículo de transporte correspondiente. CLÁUSULA 19. TRATAMIENTO DE RESIDUOS. A). CUESTIONES PREVIAS. Los licitadores propondrán en sus ofertas, ajustándose en todo caso a la normativa aplicable y al proceso mínimo que se señala a continuación, los métodos y procedimientos de tratamiento de los residuos autorizados. Los licitadores pueden proponer en sus ofertas equipos e instalaciones con las Mejores Tecnologías Disponibles, con el fin de optimizar todo lo posible los procesos y la productividad del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y del Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. El Explotador, con el conocimiento y la autorización previa y expresa de GEDESMA, podrá montar instalaciones experimentales para ensayar posibilidades de mejora en los rendimientos de los procesos o en la calidad de los productos resultantes. Por otra parte, GEDESMA se reserva el derecho a disponer de las instalaciones del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y del Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal, con el fin de llevar a cabo Planes de I+D+J, siempre que sean compatibles con la actividad del Explotador. B). PROCESO MÍNIMO DE TRATAMIENTO. El proceso de tratamiento de RCD habrá de constar de las siguientes etapas: • Admisión y catalogación del residuo. • Administración, recepción y control de entradas de residuos y salidas de materiales. • Línea de limpios. • Línea de mezclados. 38 pIIIh. 1 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIRCACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 • Expedición. • Gestión del rechazo, conforme a lo dispuesto en este PCT. CLÁUSULA 20. ACOPIOS DE RESIDUOS, PRODUCTOS FINALES, MATERIALES COMBUSTIBLES Y DE RECHAZO, EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y EN EL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. A).- En el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero, los acopios de RCD, productos finales, materiales combustibles u otros residuos no peligrosos mezclados con RCD y el rechazo, conjuntamente considerados, no podrán superar los 25.800 metros cúbicos. Dentro de ese límite total máximo de los acopios de RCD, productos finales, materiales combustibles u otros residuos no peligrosos mezclados con RCD y el rechazo, conjuntamente considerados, no podrán superar los 25.800 metros cúbicos. Dentro de ese límite total máximo de 25.800 metros cúbicos: a).- Los acopios en playa de descarga tendrán un tope máximo de 15.000 metros cúbicos. b).- Los acopios de materiales tratados y áridos reciclados no superarán los 10.000 metros cúbicos. c).- Los acopios de materiales combustibles y otros residuos no peligrosos mezclados (plásticos, madera, etc.) no podrán superar los 800 metros cúbicos. Los acopios estarán situados exclusivamente en las zonas destinadas a su almacenamiento. Para la comprobación del volumen de los acopios, GEDESMA podrá efectuar levantamientos topográficos. Cuando el resultado de dichos levantamientos topográficos fuera superior al volumen o volúmenes máximos autorizados de acopios, el Explotador deberá 39 ØIIIb SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.040114 retirar el excedente de acopios en un plazo máximo de treinta días desde que sea requerido al efecto por GEDESMA. Los acopios de residuos peligrosos producidos por la actividad de las instalaciones, y de residuos peligrosos que vengan mezclados con los residuos de entrada y se detecten en la misma playa de descarga o en la cabina de triaje, tendrán un almacenamiento máximo de seis meses, conforme a la normativa vigente. Los lugares de acopios habrán de reunir las características necesarias para el mantenimiento de los mismos en las debidas condiciones medioambientales, sanitarias, de seguridad y de salud laboral. Si 45 días antes de finalizar la explotación existieran acopios de cualquier tipo, el Explotador habrá de retirarlos del Complejo y hacerse cargo de los mismos a su costa, en un plazo máximo de 15 días, siguiendo las instrucciones de GEDESMA. Si al finalizar el Contrato existieran acopios de cualquier tipo, GEDESMA podrá proceder a la retirada de los acopios a costa del hasta entonces Explotador, que deberá además indemnizar los daños y perjuicios que se ocasionen por este motivo a GEDESMA. B).- En el Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias, los acopios de RCD, de residuos vegetales de parques y jardines, de materiales combustibles y de rechazo, los acopios de RCD, de residuos vegetales de parques y jardines, de materiales combustibles y de rechazo, conjuntamente considerados, no podrán superar los 1 .200 metros cúbicos. Respetando en todo caso ese límite total máximo de 1.200 metros cúbicos: a).- Los acopios de RCD no podrán superar las 900 metros cúbicos. b).- Los acopios de restos vegetales de parques y jardines no podrán superar las 200 metros cúbicos. c).- Los acopios de materiales combustibles y otros residuos no peligrosos mezclados (rechazo, madera, etc.) no podrán superar los 100 metros cúbicos. En todo caso, para evitar riesgo de incendio, el almacenamiento de los residuos vegetales de parques y jardines no podrá ser superior a dos meses, o al periodo inferior a este último que, por razones estivales, pueda ordenar GEDESMA. 40 rl SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Los acopios estarán situados exclusivamente en las zonas destinadas a su almacenamiento, y serán transportados lo antes posible al Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalc amero. Para la comprobación del volumen de acopios, GEDESMA podrá efectuar levantamientos topográficos. Cuando el resultado de dichos levantamientos topográficos fuera superior al límite o límites máximos autorizados de acopios, el Explotador deberá retirar el excedente de acopios en un plazo máximo de treinta días desde que sea requerido al efecto por GEDESMA. Los acopios de residuos peligrosos producidos por la actividad de las instalaciones, y de residuos peligrosos que vengan mezclados con los residuos de entrada y se detecten en la misma playa de descarga, tendrán un almacenamiento máximo de seis meses, conforme a la normativa vigente. Los lugares de acopios habrán de reunir las características necesarias para el mantenimiento de los mismos en las debidas condiciones medioambicntales, sanitarias, de seguridad y de salud laboral. Si 45 días antes de finalizar la explotación existieran acopios de cualquier tipo, el Explotador habrá de retirarlos del Centro y hacerse cargo de los mismos a su costa, en un plazo máximo de 15 días, siguiendo las instrucciones de GEDESMA. Si al finalizar el Contrato existieran acopios de cualquier tipo, GEDESMA podrá proceder a la retirada de los acopios a costa del hasta entonces Explotador, que deberá además indemnizar los daños y perjuicios que se ocasionen por este motivo a GEDESMA. Si durante el periodo de explotación, se superasen durante más de 20 días consecutivos los límites de acopios de cualquier material, GEDESMA podrá resolver el contrato. CLÁUSULA 21. ACOPIOS DE RESIDUOS, PRODUCTOS FINALES, MATERIALES COMBUSTIBLES Y DE RECHAZO, EN EL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORÁLZARZAL. En el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal, los acopios de RCD, productos finales, materiales combustibles u otros residuos no peligrosos mezclados con RCD y el rechazo, conjuntamente considerados, no podrán superar los 7.500 metros cúbicos. 41 j1PIII’ . J SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.0401.14 Dentro de ese límite total máximo de 7.500 metros cúbicos: a).- Los acopios en playa de descarga tendrán un tope máximo de 2.900 metros cúbicos. b).- Los acopios de materiales tratados y áridos reciclados no superarán los 4.460 metros cúbicos. c).- Los acopios de materiales combustibles y otros residuos no peligrosos mezclados (plásticos, madera, etc.) no podrán superar los 140 metros cúbicos. Los acopios estarán situados exclusivamente en las zonas destinadas a su almacenamiento. Para la comprobación del volumen de los acopios, GEDESMA podrá efectuar levantamientos topográficos. Cuando el resultado de dichos levantamientos topográficos fuera superior al volumen o volúmenes máximos autorizados de acopios, el Explotador deberá retirar el excedente de acopios en un plazo máximo de treinta días desde que sea requerido al efecto por GEDESMA. Los acopios de residuos peligrosos producidos por la actividaç de las instalaciones, y de residuos peligrosos que vengan mezclados con los residuos de entrada y se detecten en la misma playa de descarga o en la cabina de triaje, tendrán un almacenamiento máximo de seis meses, conforme a la normativa vigente. Los lugares de acopios habrán de reunir las características necesarias para el mantenimiento de los mismos en las debidas condiciones medioambientales, sanitarias, de seguridad y de salud laboral. Si 45 días antes de finalizar la explotación existieran acopios de cualquier tipo, el Explotador habrá de retirarlos del Centro y hacerse cargo de los mismos a su costa, en un plazo máximo de 15 días, siguiendo las instrucciones de GEDESMA. Si al finalizar el Contrato existieran acopios de cualquier tipo, GEDESMA podrá proceder a la retirada de los acopios a costa del hasta entonces Explotador, que deberá además indemnizar los daños y perjuicios que se ocasionen por este motivo a GEDESMA. 42 3 i1IIIr 1 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Si durante el periodo de explotación, se superasen durante más de 20 días consecutivos los límites de acopios de cualquier material, GEDESMA podrá resolver el contrato. CLÁUSULA 22. RECHAZOS DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. VERTEDERO DE COLA DE DICHO COMPLEJO. El Explotador realizará las labores de explotación del Complejo y del Centro SMV, de tal manera que se minimicen las cantidades de rechazo destinadas al vertedero del propio Complejo o a tratamiento final por medio de gestor autorizado. Se entiende por destino final de los rechazos, según los casos, su traslado a dicho vertedero o a tratamiento final por medio de gestor autorizado. El Explotador cumplirá al respecto los objetivos mínimos especificados en su oferta. Todos los rechazos habrán de estar perfectamente determinados y clasificados, y deberán ser pesados en la báscula del Complejo y del Centro SMV, con la consiguiente emisión de albaranes de transferencia o eliminación en vertedero, o de entrega a gestor autorizado. En todo caso, el Explotador cumplirá con todos los aspectos contemplados al respecto en las Autorizaciones administrativas para la gestión de residuos con que cuenten las instalaciones. El Explotador notificará mensualmente a GEDESMA los tipos y cantidades de rechazos almacenados en el Complejo, así como en el Centro SMV, de forma que GEDESMA pueda proceder a su inspección antes de ser trasladados a su destino final (ya sea el propio vertedero o un gestor autorizado). El Explotador informará semestralmente a GEDESMA, tanto del destino final de los rechazos, como de los datos del -en su caso- correspondiente gestor autorizado o vertedero. La gestión de la totalidad de los rechazos será a cargo del Explotador, que deberá sufragar cualesquiera costes derivados del transporte, obtención de autorizaciones, y demás gastos, costes o tributos aplicables. 43 j1PIb. SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 En consonancia con lo anterior: a).- El transporte de los rechazos sólo podrá llevarse a cabo a través de transportista legalmente autorizado, al que el Explotador habrá de pedir copia del correspondiente certificado de autorización, que habrá de archivar a disposición de GEDESMA. Estos documentos serán propiedad de GEDESMA. b).- El Explotador habrá de asegurarse de que el transporte de los rechazos vaya, según los casos, al propio vertedero o a tratamiento final por medio de gestor autorizado, y deberá obtener del transportista una copia del correspondiente documento de aceptación de rechazo, que habrá de archivar a disposición de GEDESMA. Estos documentos serán propiedad de GEDESMA. El vertedero de RCD sito en el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero es un Depósito Controlado de la fracción no valorizable e inerte generada en procesos de clasificación, machaqueo y cribado previo. De acuerdo con la Estrategia de Residuos, con los Planes de Residuos, con las Autorizaciones administrativas correspondientes, y con el resto de la normativa aplicable, se prohíbe el depósito en el vertedero de cola de residuos de construcción y demolición que no hayan sido sometidos a tratamiento previo. En dicho vertedero de cola podrá depositarse, única y exclusivamente, la fracción no valorizable e inerte generada en procesos de clasificación, machaqueo y cribado previo de RCD autorizados, siendo causa de resolución del Contrato de explotación correspondiente, el hecho de utilizar el vertedero para depositar RCD autorizados que no hayan sido objeto de tratamiento pre’io, o el hecho de utilizar el vertedero para depositar RCD no autorizados u otro tipo de residuos no autorizados, ya sea directamente o como rechazo. Para la comprobación del volumen de los acopios en el vertedero, GEDESMA podrá efectuar levantamientos topográficos, a finales del mes de diciembre de cada anualidad. GEDESMA realizará levantamientos topográficos, que por diferencia con el levantamiento inicial, darán anualmente el volumen acopiado en el vertedero, y que servirán de base para realizar la regularización económica anual correspondiente. CLÁUSULA 23. RECHAZOS DEL CENTRO DE TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. CLASIFICACIÓN Y El Explotador realizará las labores de explotación del Centro, de tal manera que se minimicen las cantidades de rechazo. 44 : (lii J SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Se entiende por destino final de los rechazos, según los casos, su traslado a vertedero o a tratamiento final por medio de gestor autorizado. El Explotador cumplirá al respecto los objetivos mínimos especificados en su oferta. Todos los rechazos habrán de estar perfectamente determinados y clasificados, y deberán ser pesados en la báscula del Centro, con la consiguiente emisión de albaranes de transferencia o eliminación en vertedero, o de entrega a gestor autorizado. En todo caso, el Explotador cumplirá con todos los aspectos contemplados al respecto en las Autorizaciones administrativas para la gestión de residuos con que cuentan las instalaciones. El Explotador notificará mensualmente a GEDESMA los tipos y cantidades de rechazos almacenados en el Centro, de forma que GEDESMA pueda proceder a su inspección antes de ser trasladados a su destino final. El Explotador informará semestralmente a GEDESMA, tanto del destino final de los rechazos, como de los datos del vertedero o -en su caso- del correspondiente gestor autorizado. La gestión de la totalidad de los rechazos será a cargo del Explotador, que deberá sufragar cualesquiera costes derivados del transporte, obtención de autorizaciones, y demás gastos, costes o tributos aplicables. En consonancia con lo anterior: a).- El transporte de los rechazos sólo podrá llevarse a cabo a través de transportista legalmente autorizado, al que el Explotador habrá de pedir copia del correspondiente certificado de autorización, que habrá de archivar a disposición de GEDESMA. Estos documentos serán propiedad de GEDESMA. b).- El Explotador habrá de asegurarse de que el transporte de los rechazos vaya, según los casos, a vertedero o a tratamiento final por medio de gestor autorizado, y deberá obtener del transportista una copia del correspondiente documento de aceptación de rechazo, que habrá de archivar a disposición de GEDESMA. Estos documentos serán propiedad de GEDESMA. 45 $IIb SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CLÁUSULA 24. PLAN DE AUTOCONTROL DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, A CUMPLIR POR EL EXPLOTADOR Y A SU COSTA. 24.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROS, GENERADOS EN LAS OPERACIONES DE TRATAMIENTO DEL COMPLEJO Y/O DEL CENTRO, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 24.1.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. Los residuos peligrosos cuyo control de gestión ha de llevar a cabo el Explotador son tanto los residuos peligrosos producidos por las actividades en el Complejo y el Centro, como aquellos residuos peligrosos que vengan mezclados en los RCD de entrada y se detecten en la misma playa de descarga o en la cabina de triaje. En cualquiera de estos casos, estos residuos se almacenarán -cumpliendo la normativa aplicable- en la nave de rsiduos peligrosos del propio Complejo o en la del Centro, previa anotación en el correspondiente Libro Registro de Residuos Peligrosos, que GEDESMA facilitará al Explotador. Los residuos peligrosos se entregarán al correspondiente gestor legalmente autorizado, al que se pedirá un documento de aceptación del residuo con el contenido legal correspondiente. El Explotador deberá archivar y custodiar estos documentos de aceptación, que estarán en todo momento a disposición de GEDESMA. Estos documentos serán propiedad de GEDESMA. La gestión de este tipo de residuos habrá de ajustarse en todo caso a la normativa aplicable y a las Autorizaciones administrativas de tratamiento otorgadas a GEDESMA, para el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y para el Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias. 46 : It pIIi SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTiN DE VALDEIGLESIAS, ASí COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 24.1.2. CONTROL DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS NO PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. Los residuos no peligrosos generados en las actividades desarrolladas en el Complejo y el Centro, que no tengan las características de inertes y que no puedan ser tratados por el propio Explotador, serán entregados por éste al correspondiente gestor de residuos no peligrosos legalmente autorizado, al que se pedirá un documento de aceptación del residuo con el contenido legal correspondiente. El Explotador deberá guardar y archivar estos albaranes de entrega y aceptación, que estarán en todo momento a disposición de GEDESMA. Estos albaranes serán propiedad de GEDESMA. La gestión de este tipo de residuos habrá de ajustarse en todo caso a la normativa aplicable y a las Autorizaciones administrativas de tratamiento de residuos otorgadas a GEDESMA, para el Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y para el Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias. 24.2. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEIJ COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. El Explotador deberá realizar a su cargo, directamente o a través de terceros contratados y -en su caso- legalmente autorizados, todas las tareas necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las infraestructuras de las instalaciones, y de los equipos, maquinaria y ajuar correspondientes, y deberá elaborar e incluir en el Plan de Explotación que ha de formar parte de su oferta un Plan de mantenimiento preventivo y correctivo que integre en detalle el plan de trabajo y las unidades de consumo de los recursos y los medios materiales (sin unidades monetarias) de dicho Plan. Este mantenimiento preventivo y correctivo habrá de realizarse de acuerdo con lo previsto en el propio Plan ofertado, con las mejores prácticas en ingeniería y construcción, con las instrucciones de los fabricantes de las instalaciones, maquinaria y equipos, y con la normativa aplicable, entre la que cabe destacar (entre otras normas): la Directiva 2006/42/CE, del Parlamento Europeo y del 47 (IIId SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Consejo, de 17 de mayo de 2006, sobre instrucciones relativas a las máquinas y equipos; la Directiva 94/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de marzo de 1994, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas; el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo; y la Orden Ministerial de 7 de diciembre de 2001, sobre amianto. 24.3. RESERVA DE INTERVENCIÓN TÉCNICA O MECÁNICA POR PARTE DE GEDESMA EN LAS INSTALACIONES. GEDESMA se reserva la posibilidad de realizar por su cuenta intervenciones de carácter técnico o mecánico en las instalaciones, de forma compatible con la actividad del Explotador y con previo aviso. Igualmente, GEDESMA se reserva el derecho a hacer por su cuenta mejoras de cualquier tipo en las instalaciones, de forma compatible con la actividad del Explotador y con previo aviso. 24.4. MANTENIMIENTO DEL VERTEDERO DE COLA SITO EN EL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO. El Explotador deberá mantener el vertedero de cola de dicho Complejo, de conformidad con la normativa aplicable y con las Autorizaciones administrativas correspondientes y con lo reseñado al respecto en este mismo PCT. 24.5. PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. Los licitadores incluirán en sus respectivas ofertas un Plan de prevención de incendios, sujeto a la normativa aplicable, que abarque tanto las instalaciones del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero como las del Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias. 48 : SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Este Plan de prevención estará incluido en el Plan de Explotación presentado en la oferta, y desarrollará un protocolo de medidas e instrucciones de prevención, y un procedimiento de actuación en caso de incendio. Las Instalaciones de Protección Contra Incendios con las que cuentan el Complejo y el Centro, se encuentran inscritas en el respectivo registro de la DGIEM. Dichas Instalaciones deberán mantenerse en perfecto estado de servicio, para lo cual el Explotador dispondrá de un contrato de mantenimiento con persona o entidad autorizada en este ámbito, que emitirá los informes anuales pertinentes y realizará y documentará las labores de mantenimiento que periódicamente -según la normativa de aplicación- tiene que llevar a cabo. El Explotador contratará a su costa a una Entidad de Inspección y Control autorizada por la Comunidad de Madrid, para la inspección -cuando legalmente proceda- de las Instalaciones de Protección Contra Incendios. Además, el Explotador formará y entrenará a su costa y de forma continuada a su personal, para que pueda actuar en caso de incendio corno equipo de primera intervención. En todo caso, el Explotador rechazará la, recepción de cualquier material que se presente en estado de ignición o que por su naturaleza, procedencia, o por cualquier otro motivo pueda entrañar un riesgo apreciable de generación de fuego. Igualmente, el Explotador rechazará la recepción de cualquier material que se presente a una temperatura 100 C superior a la temperatura ambiente. El Explotador tendrá especial cuidado en no almacenar grandes cantidades de material combustible. En caso contrario, GEDESMA podrá obligar al Explotador a sacar (a cargo de este último) esos materiales de la instalación donde se encuentren, en el breve plazo que se establezca. En el caso de apreciarse algún indicio de combustión interna en la masa de residuos acopiada, el Explotador procederá inmediatamente a su extinción. 24.6. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES; DE LAS AGUAS PLUVIALES; DE AGUAS DE LA BALSA; DE EMISIONES; DE LA 49 : p1I SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 CONTAMINACIÓN ACÚSTICA; DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. El Explotador ejecutará a su costa la vigilancia y control ambiental, conforme a la normativa vigente, a los requerimientos de la autorización para la gestión de RCD, a las correspondientes exigencias derivadas de la declaración o declaraciones de impacto ambiental (DIA), o en su defecto al condicionado ambiental correspondiente, y conforme a los controles que se especifican a continuación. 24.6.1. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES. El Explotador mantendrá correctamente y a su costa el sistema de depuración de aguas residuales procedentes de los aseos y servicios de las instalaciones, siguiendo las indicaciones del manual del fabricante de la depuradora y la normativa de aplicación, de tal forma que se mantengan los parámetros que contemplan las Autorizaciones de Vertido de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT), otorgadas con relación al Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y al Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias. Anualmente, el Explotador deberá encargar a su costa, a una entidad colaboradora de la Administración, una analítica del vertido, tal y como contemplan las citadas Autorizaciones de la CHT. El Explotador llevará a cabo a su costa la retirada de los fangos acumulados y se calculará el caudal vertido en el año. El Explotador llevará a cabo a su costa la retirada de los fangos acumulados, calculará el caudal vertido en el año y velará por el funcionamiento y mantenimiento adecuado de la instalación general de saneamiento. Los cánones de vertido correspondientes habrán de abonarse por el Explotador. Además, el Explotador habrá de elaborar la correspondiente Declaración de Vertido Anual, conforme a la normativa aplicable. 50 J SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 24.6.2. CONTROL DE LAS AGUAS PLUVIALES. El Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero cuenta con una red de cunetas perimetrales que permiten el encauzamiento fuera del vaso de vertido de las aguas de lluvia. El Explotador realizará a su costa las labores de mantenimiento necesarias para que las cunetas estén en perfecto estado y sin obstrucción. Así mismo, se llevará a cabo control periódico de las arquetas y pozos intermedios existentes a lo largo de toda la instalación. El Complejo cuenta también con una balsa de pluviales para la regulación de dichas aguas. Semestralmente, y en todo caso cuando sea necesario, el Explotador realizará a su costa la adecuada gestión de las aguas de la balsa, su limpieza general la adecuada gestión de los sedimentos y deberá mantenerla a su costa en perfecto estado y sin roturas o fisuras del material impermeabilizante y el vallado en perfectas condiciones. , El Explotador deberá realizar a su costa las labores de mantenimiento necesarias para el funcionamiento y mantenimiento de la instalación. 24.6.3. CONTROL DE LAS AGUAS EN EL VASO DE VERTIDO. El Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero cuenta con una balsa que recoge las aguas de infiltración del vertedero. Para su correcto funcionamiento, el Explotador deberá mantener a su costa esta balsa, en perfecto estado y sin roturas o fisuras del material impermeabilizante que puedan dar lugar al paso de agua al terreno. Semestralmente, el Explotador contratará a su costa el control analítico de las aguas de la balsa, de las muestras de los tres piezómetros dispuestos en el Complejo para el control de la calidad de las aguas subterráneas y su nivel piezómétrico, salvo que dicha periodicidad sea ampliada por el Órgano ambiental competente. En el caso de que alguno de los ‘parámetros supere los límites establecidos en la normativa aplicable, el Explotador deberá encomendar a su costa el tratamiento de estas circunstancias a un gestor autorizado. 51 (11111 kH SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Anualmente, y en todo caso cuando sea necesario, el Explotador realizará a su costa Ja adecuada gestión de los piezómetros, las aguas de la balsa, su limpieza general y la adecuada gestión de los sedimentos. 24.6.4. CONTROL DE EMISIONES. Los valores límite de emisión de partículas vienen determinados en la normativa de aplicación y en los correspondientes Informe Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, referidos al Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero. Las inspecciones de autocontrol de emisiones se llevarán a cabo cada 18 meses, y las reglamentarias cada 3 años, al ser la actividad del Complejo una actividad encuadrada en el epígrafe 2.12.5 del apartado B de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre (de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera): “Almacenamiento a la intemperie y manipulación de materiales pulverulentos.” El Explotador comprobará periódicamente el correcto estado de funcionamiento de los elementos preventivos de la emisión de polvo de los que dispone la instalación, corno son los sistemas de riego de las vías de circulación de vehículos, de los acopios de material, o la colocación de lonas en las cajas de los vehículos que transporten material pulverulento, así como la limitación de velocidad dentro de las instalaciones. 24.6.5. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. Periódicamente, el Explotador comprobará a su costa el correcto estado de funcionamiento de los elementos preventivos de la emisión acústica de los que disponen las instalaciones, como son sus cerramientos (pi uertas, ventanas, cubiertas, etc.). 24.6.6. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. La actividad de gestión de residuos es considerada una actividad potencialmente contaminante del suelo. En consecuencia, el Explotador habrá de cumplir en todo momento la normativa aplicable sobre la materia. 52 f4 t pPIIIb SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 24.7. VIGILANCIA DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. El Explotador tendrá contratado a su cargo, tanto en el Complejo como en el Centro, el correspondiente servicio de vigilancia las 24 horas del día todos los días del año. La implantación de este servicio de vigilancia, responsable al respecto de dichas instalaciones, lo será sin perjuicio de la responsabilidad al respecto del Explotador. Esta obligación de vigilancia comprende también otra serie de instalaciones (como por ejemplo, unas instalaciones fotovoltaicas en el Complejo de Navalcarnero), que se encuentran dentro de la superficie del mencionado Complejo, pero que no son objeto de esta contratación y que son ajenas en todos sus aspectos al mencionado Complejo objeto de esta contratación, excepto en lo relativo a estas obligaciones de control de acceso y de vigilancia. CLÁUSULA 25. PLAN DE AUTOCONTROL DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL, ,A CUMPLIR POR EL EXPLOTADOR Y A SU COSTA. 25.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS Y CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS NO PELIGROS, GENERADOS EN LAS OPERACIONES DE TRATAMIENTO DEL CENTRO, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. 25.1.1. CONTROL DE LA GESTIÓN DE RESIDUOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER PELIGROSOS TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. Los residuos peligrosos cuyo control de gestión ha de llevar a cabo el Explotador son tanto los residuos peligrosos producidos por las actividades en el Centro, como aquellos residuos peligrosos que vengan mezclados en los RCD de entrada y se detecten en la misma playa de descarga o en la cabina de triaje. 53 ,t r m . $IIb. j SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 En cualquiera de estos casos, estos residuos se almacenarán -cumpliendo la normativa aplicable- en la nave de residuos peligrosos del propio Centro, previa anotación en el correspondiente Libro Registro de Residuos Peligrosos, que GEDESMA facilitará al Explotador. Los residuos peligrosos se entregarán al correspondiente gestor legalmente autorizado, al que se pedirá un documento de aceptación del residuo con el contenido legal correspondiente. El Explotador deberá guardar y archivar estos documentos de aceptación, que estarán en todo momento a disposición de GEDESMA. Estos documentos serán propiedad de GEDESMA. La gestión de este tipo de residuos habrá de ajustarse en todo caso a la normativa aplicable y a la Autorización o Autorizaciones administrativas de tratamiento de residuos otorgadas a GEDESMA, para el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. 25.1.2. CONTROL DE LA GESTIÓN DE LOS RESIDUOS NO PELIGROSOS GENERADOS, QUE NO PUEDAN SER TRATADOS POR EL PROPIO EXPLOTADOR. Los residuos no peligrosos generados en las actividades desarrolladas en el Centro, que no tengan las características de inertes y que no puedan ser tratados por el propio Explotador, serán entregados por éste al correspondiente gestor de residuos no peligrosos legalmente autorizado, al que se pedirá un documento de aceptación del residuo con el contenido legal correspondiente. El Explotador deberá guardar y archivar estos albaranes de entrega y aceptación, que estarán en todo momento a disposición de GEDESMA. Estos albaranes serán propiedad de GEDESMA. La gestión de este tipo de residuos habrá de ajustarse en todo caso a la normativa aplicable y a la Autorización o Autorizaciones administrativas de tratamiento de residuos otorgadas a GEDESMA, para el Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. 25.2. MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. 54 •1 . p1IIIii SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 El Explotador deberá realizar a su cargo, directamente o a través de terceros contratados y -en su caso- legalmente autorizados, todas las tareas necesarias para el mantenimiento preventivo y correctivo de las infraestructuras de las instalaciones, y de los equipos, maquinaria y ajuar correspondientes, y deberá elaborar e incluir en el Plan de Explotación que ha de formar parte de su oferta un Plan de mantenimiento preventivo y correctivo que integre en detalle el plan de trabajo y las unidades de consumo de los recursos y los medios materiales (sin unidades monetarias) de dicho Plan. Este mantenimiento preventivo y correctivo habrá de realizarse de acuerdo con lo previsto en el propio Plan ofertado, con las mejores prácticas en ingeniería y construcción, con las instrucciones de los fabricantes de las instalaciones, maquinaria y equipos, y con la normativa aplicable, entre la que cabe destacar (entre otras normas): la Directiva 2006/42/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, sobre instrucciones relativas a las máquinas y equipos; la Directiva 94/9/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de marzo de 1994, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas; el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo; y la Orden Ministerial de 7 de diciembre de 2001, sobre amianto. 25.3. RESERVA DE INTERVENCIÓN TÉCNICA O MECÁNICA POR PARTE DE GEDESMA EN LAS INSTALACIONES. GEDESMA se reserva la posibilidad de realizar por su cuenta intervenciones de carácter técnico o mecánico en las instalaciones, de forma compatible con la actividad del Explotador y con previo aviso. Igualmente, GEDESMA se reserva el derecho a hacer por su cuenta mejoras de cualquier tipo en las instalaciones, de forma compatible con la actividad del Explotador y con previo aviso. 25.4. PREVENCIÓN Y CONTROL DE INCENDIOS. INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. 55 ( : — SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 Los licitadores incluirán en sus respectivas ofertas un Plan de prevención de incendios, sujeto a la normativa aplicable, que abarque las instalaciones del Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. Este Plan de prevención estará incluido en el Plan de Explotación presentado en la oferta, y desarrollará un protocolo de medidas e instrucciones de prevención, y un procedimiento de actuación en caso de incendio. Las Instalaciones de Protección Contra Incendios con las que cuenta el Centro, se encuentran inscritas en el respectivo registro de la DGIEM. Dichas Instalaciones deberán mantenerse en perfecto estado de servicio, para lo cual el Explotador dispondrá de un contrato de mantenimiento con persona o entidad autorizada en este ámbito, que emitirá los infonries anuales pertinentes y realizará y documentará las labores de mantenimiento que periódicamente -según la normativa de aplicación- tiene que llevar a cabo. El Explotador contratará a su costa a una Entidad de Inspección y Control autorizada por la Comunidad de Madrid, para la inspección -cuando legalmente proceda- de las Instalaciones de Protección Contra Incendios. Además, el Explotador formará y entrenará a su costa y de forma continuada a su personal, para que pueda actuar en caso de incendio corno equipo de primera intervención. En todo caso, el Explotador rechazará la recepción de cualquier material que se presente en estado de ignición o que por su naturaleza, procedencia, o por cualquier otro motivo pueda entrañar un riesgo apreciable de generación de fuego. Igualmente, el Explotador rechazará la recepción de cualquier material que se presente a una temperatura lO C superior a la temperatura ambiente. El Explotador tendrá especial cuidado en no almacenar grandes cantidades de material combustible. En caso contrario, GEDESMA podrá obligar al Explotador a sacar (a cargo de este último) esos materiales de la instalación donde se encuentren, en el breve plazo que se establezca. En el caso de apreciarse algún indicio de combustión interna en la masa de residuos acopiada, el Explotador procederá inmediatamente a su extinción. 56 1PIIi 1 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 25.5. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES; DE LAS AGUAS PLUVIALES; DE EMISIONES; DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA; DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO. El Explotador ejecutará a su costa la vigilancia y control ambiental conforme con la normativa vigente, a los requerimientos de la autorización para la gestión de RCD, a las correspondientes exigencias derivadas de la declaración o declaraciones de impacto ambiental (DIA), o en su defecto al condicionado ambiental correspondiente, y conforme a los controles que se especifican a continuación. 25.5.1. CONTROL DE AGUAS RESIDUALES. El Explotador mantendrá correctamente y a su costa el sistema de depuración de aguas residuales procedentes de los aseos y servicios de las instalaciones, siguiendo las indicaciones del manual del fabricante de la depuradora y la normativa de aplicación, de tal forma que se mantengan los parámetros que contempla la Autorización de Vertido de la Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT), otorgada con relación al Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Moralzarzal. Anualmente, el Explotador deberá encargar a su costa, a una entidad colaboradora de la Administración, una analítica del vertido, tal y como contempla la citada Autorización de la CHT. El Explotador llevará a cabo a su costa la retirada de los fangos acumulados, calculará el caudal vertido en el año y velará por el funcionamiento y mantenimiento adecuado de la instalación general de saneamiento. Los cánones de vertido correspondientes habrán de abonarse por el Explotador. Además, el Explotador habrá de elaborar la correspondiente Declaración de Vertido Anual, conforme a la normativa aplicable. 25.5.2. CONTROL DE LAS AGUAS PLUVIALES. El Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal cuenta con una red de instalaciones de evacuación de las aguas pluviales que se realiza mediante escorrentías a los terrenos circundantes. 57 í : p1PII SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 La evacuación de aguas pluviales en cubierta se realiza mediante canalones metálicos que se conectan a las bajantes que a su vez conducen a las arquetas correspondientes, desde las cuales se acomete al pozo de registro a través de tubería enterrada. El Explotador deberá realizar a su costa las labores de mantenimiento necesarias para el funcionamiento y mantenimiento de la instalación. 25.5.3. CONTROL DE EMISIONES. Los valores límite de emisión de partículas vienen determinados en la normativa de aplicación. Las inspecciones de autocontrol de emisiones se llevarán a cabo cada 1 8 meses, y las reglamentarias cada 3 años, al ser la actividad del Complejo una actividad encuadrada en el epígrafe 2.12.5 del apartado B de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre (de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera): “Almacenamiento a la intemperie y manipulación de materiales pulverulentos.” El Explotador comprobará periódicamente el correcto estado de funcionamiento de los elementos preventivos de la emisión de polvo de los que dispone la instalación, como son los sistemas de riego de las vías de circulación de vehículos, de los acpios de material, o la colocación de lonas en las cajas de los vehículos que transporten material pulverulento, así como la limitación de velocidad dentro de las instalaciones. 25.5.4. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA. Periódicamente, el Explotador comprobará a su costa ci correcto estado de funcionamiento de los elementos preventivos de la emisión acústica de los que disponen las instalaciones, como son sus cerramientos (puertas, ventanas, cubiertas, etc.). 25.5.5. CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DEL SUELO La actividad de gestión de residuos es considerada una actividad potencialmente contaminante del suelo. En consecuencia, el Explotador habrá de cumplir en todo momento la normativa aplicable sobre la materia. 58 : r ‘ ØPIII SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, AS! COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 25.6. VIGILANCIA DEL CENTRO DE TRANSFERENCIA RCD EN MORALZARZAL. CLASIFICACIÓN Y El Explotador tendrá contratado a su cargo, en el Centro, el correspondiente servicio de vigilancia las 24 horas del día todos los días del año. La implantación de este servicio de vigilancia, responsable al respecto de dichas instalaciones, lo será sin perjuicio de la responsabilidad al respecto del Explotador. CLÁUSULA 26. CAMBIOS DE PROGRAMACIÓN. El Explotador necesitará la autorización previa y expresa de GEDESMA para cualquier cambio en la programación operativa del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero o del Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias, así como del Centro de Clasificación y Tratamiento de RCD en Moralzarzal. Para ello, el Explotador presentará a GEDESMA una solicitud por escrito, indicando los motivos justificativos de dicho cambio. GEDESMA se reserva el derecho a modificar la programación operativa de los citados Complejo de Navalcameo, Centro SMV, y Centro de Moralzarzal. CLÁUSULA 27. INFORMACIÓN SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RCD EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS. MEMORIA DE GESTIÓN. AUDITORÍA TÉCNICA Y DE GESTIÓN. Las obligaciones del Explotador en este ámbito son las siguientes: a).- Suministrar a GEDESMA toda la información que esta última solicite con relación a la actividad del Complejo de Tratamiento Integral de RCD en Navalcarnero y del Centro de Agrupamiento de RCD en San Martín de Valdeiglesias. b).- Facilitar en todo momento y sin necesidad de previo aviso el acceso del personal de GEDESMA a las instalaciones. 59 t. jpIIh. SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTÍN DE VALDEIGLESIAS, ASÍ COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 204.01.14 e).- Remitir a GEDESMA de forma sistemática todos los datos sobre el funcionamiento del Complejo y del Centro, con la periodicidad y sobre los aspectos que GEDESMA determine, así como cuanta información adicional solicite puntualmente. d).- Comunicar inmediatamente a GEDESMA cualquier incidencia que afecte al Complejo o al Centro. e).- Documentar toda esta información y conservarla en los formatos previstos y de manera organizada para su fácil localización. f).- Elaborar con carácter semestral sendas Memorias de Gestión y Cumplimiento, que informen a GEDESMA, sobre la situación del Complejo y del Centro, respectivamente. Estas Memorias de Gestión y Cumplimiento deberán contener como mínimo la información relacionada en los Apartados “REMISIÓN DE INFORMACIÓN” de las Autorizaciones administrativas de GEDESMA para el tratamiento de RCD en el Complejo y en el Centro (Autorizaciones que pueden ser consultadas por los licitadores en la Oficinas de GEDESMA), y la información del cumplimiento del Plan de explotación. Estas Memorias habrán de entregarse a GEDESMA dentro de los quince días siguientes al vencimiento del periodo correspondiente. En todo caso, GEDESMA se reserva la facultad de realizar cuando lo considere oportuno una auditoría técnica y de gestión del Complejo y/o del Centro. CLÁUSULA 28. INFORMACIÓN SOBRE EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. MEMORIA DE GESTIÓN. AUDITORÍA TÉCNICA Y DE GESTIÓN. Las obligaciones del Explotador en este ámbito son las siguientes: a).- Suministrar a GEDESMA toda la información que esta última solicite con relación a la actividad del Centro de Clasificación y Transferencia de RCD en Moralzarzal. b).- Facilitar en todo momento y sin necesidad de previo aviso el acceso del personal de GEDESMA a las instalaciones. c).- Remitir a GEDESMA de forma sistemática todos los datos sobre el funcionamiento del Centro, con la periodicidad y sobre los aspectos que 60 1 SERVICIOS NECESARIOS PARA LA EXPLOTACION DEL COMPLEJO DE TRATAMIENTO INTEGRAL DE RESIDUOS DE CONSTRUCCION Y DEMOLICION EN NAVALCARNERO Y DEL CENTRO DE AGRUPAMIENTO DE RCD EN SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, ASI COMO DEL CENTRO DE CLASIFICACIÓN Y TRANSFERENCIA DE RCD EN MORALZARZAL. Expediente 2.04.01.14 GEDESMA determine, puntualmente. así como cuanta información adicional solicite d).- Comunicar inmediatamente a GEDESMA cualquier incidencia que afecte al Centro. e).- Documentar toda esta información y conservarla en los formatos previstos y de manera organizada para su fácil localización. f.- Elaborar con carácter semestral una Memoria de Gestión y Cumplimiento que informe a GEDESMA sobre la situación del Centro. Estas Memorias de Gestión y Cumplimiento deberán contener como mínimo la información relacionada en el Apartado “Remisión de información” de la Autorización administrativa de GEDESMA para el tratamiento de RCD en dicho Centro. (Autorización que puede ser consultada por los licitadores en la Oficinas de GEDESMA), y la información del cumplimiento del Plan de explotación. Esta Memorias habrá de entregarse a GEDESMA dentro de los quince días siguientes al vencimiento del periodo correspondiente. En todo caso, GEDESMA se reserva la facultad de realizar cuando lo considere oportuno una auditoría técnica y de gestión del Complejo. Jefa del Área CONFORME: FECHA Y FIRMA EL ADJUDICATARIO ,o y E RE bo lA 61