¿Reservado el derecho a los pasajeros con discapacidad?

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¿Reservado el derecho a los pasajeros con discapacidad?
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cermi.es
NOVIEMBRE
DE 2005
Antonio Almoguera
CASCADA DE DENUNCIAS CONTRA COMPAÑÍAS AÉREAS POR IMPEDIR EL DERECHO A VIAJAR
la asesoría jurídica del
CERMI no dejan de llegar desde hace meses
quejas y denuncias de
ciudadanos indignados que han
visto frustrado su derecho a viajar simple y llanamente por presentar una discapacidad. Unos a
pie de escalerilla;otros en el momento de recoger la tarjeta de
embarque;los más,disuadidos al
ir a realizar la reserva. En suma,
una sorpresa de última hora,que
deja literalmente tirada a la persona con discapacidad en un aeropuerto,a menudo sin acompañante,en una ciudad desconocida y sin tiempo para encontrar
una solución. El avión no espera.
Muchas personas con paraplejía y tetraplejía consultadas
por ‘cermi.es’recuerdan los viajes
en avión –desde la llegada al aeropuerto de partida hasta la
llegada al destino– como una cadena de situaciones esperpénticas, incluso vejatorias: dificultades sobrevenidas como la solicitud de certificados médicos, la
obligación de facturar la silla propia como equipaje (para luego
aparecer por la cinta mecánica o,
en ocasiones,extraviada),el trasbordo de la silla propia a otra del
servicio aeroportuario para quedar aparcado, sin autonomía, en
una esquina o tener que recorrer
atléticamente largos pasillos de
una a otra terminal en una silla
inadecuada por cambios de última hora en la programación.
¿Reservado el derecho a
los pasajeros con discapacidad?
A
NORMATIVAS Y REGLAMENTOS
A pesar de la Constitución, la
LISMI, la LIONDAU y toda la batería normativa por la igualdad
de oportunidades y contra toda
discriminación, el factor discapacidad es para algunas compañías áereas y para ciertos comandantes –que tienen la última palabra sobre el ‘ser o no ser’
su pasajero–, a la luz de los hechos,un inconveniente embarazoso. En España, la compañía
que más se distingue por esta
flagrante discriminación viene
siendo Air Nostrum, filial de
Iberia que realiza la mayor parte
de los vuelos regionales. Pero no
La compañía Air Nostrum, filial de Iberia,
protagonista de un gran número de casos
de rechazo a pasajeros con discapacidad
Con el equipaje facturado, la tarjeta de embarque en la mano y todo en regla, en el último momento el
comandante puede impedir –y está facultado para hacerlo– el acceso de un pasajero con discapacidad a
la aeronave aduciendo razones de seguridad. El reglamento se lo permite. En tales casos la indefensión y
desamparo legal del viajero están en relación directa con su indignación. Las compañías aéreas se lavan
las manos, mientras que este sector social apela a normas de rango superior, como la Constitución y la
LIONDAU, que velan por la igualdad de oportunidades. El CERMI exige que se respete el derecho a la
movilidad y reclama una regulación más clara que ponga punto final a esta persistente discriminación
es la única, porque otras tantas
compañías nacionales e internacionales –especialmente las
de bajo coste– tienen en su historial algún caso poco presentable de exclusión por razón de
discapacidad.
Si el año pasado eran tres jóvenes sordos (en la foto central)
a los que se les impedía, con la
tarjeta de embarque ya en la
mano, subir al avión que debía
trasladarlos a Madrid desde Melilla,el pasado agosto le tocaba al
presidente de la Federación Madrileña de Deportes de Minusválidos Físicos, Antonio Hernanz,
desalojar la aeronave cuando ya
estaba instalado en su asiento.
¿La razón aducida por el comandante? Una cuestión de seguridad contenida en el manual de
operaciones: Hernanz, afectado
de una ligera discapacidad en
una de sus piernas,ocupaba una
plaza junto a la salida de emergencia, por lo que el piloto, aplicando con máximo celo el reglamento en vigor,se negó a despegar mientras el viajero con
movilidad reducida permaneciera en el avión. Ni siquiera aceptó
que permutase el asiento con
otro pasajero.Hernanz reivindicó
sus derechos y se negó a abandonar el avión. Finalmente tuvo
que intervenir la Guardia Civil y
fue desalojado en medio de una
monumental bronca a bordo.
En el caso de los tres pasajeros
sordos, antes mencionados, la
compañía aérea también se amparaba, para justificar su negativa, en la aplicación sen su estricto de su reglamento,que no permite el embarque a más de dos
personas sordas si no van acompañadas de tutor.
Para Óscar Moral, asesor jurídico del CERMI,éste es “un argumento peregrino o cogido por los
pelos”, ya que si el motivo de
fondo es que estas personas no
pueden oír las instrucciones de
“La normativa interna de las compañías
aéreas no puede colocarse por encima
de la Constitución, discriminando por el
hecho de no poder oír”, dice la CNSE
vuelo, las medidas de seguridad
y de evacuación, “al margen de
que eso se puede subsanar por
medios técnicos, ¿cuántos españoles que vuelan en compañías
japonesas, chinas o tailandesas,
que no saben tampoco inglés, se
enteran de las instrucciones de seguridad en tales idiomas?”.
Estos casos de discriminación
por razón de discapacidad ya fueron denunciados en su momento tanto por la Confederación
Estatal de Personas Sordas como
por el CERMI, cuyo director ejecutivo,Luis Cayo Pérez Bueno,salía al paso de las alegaciones de
la compañía protagonista afirmando que las normas de seguridad de la Aviación Civil Internacional esgrimidas “no tienen
rango suficiente y son discrimina-
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torias porque dan una arbitrariedad desmedida a la compañía y a
su personal”.Por su parte,la CNSE
también presentaba una denuncia inmediata ante el Defensor
del Pueblo,Enrique Múgica.En su
escrito, la Confederación decía
que “esta normativa interna no
puede colocarse por encima de la
Carta Magna, discriminando a
más de un millón de ciudadanos
por el hecho de no oír e impidiéndoles el acceso a viajar en avión
cuando lo estimen oportuno”.
Ello no ha sido óbice,lamentablemente, para que los casos se
sigan sucediendo sin solución de
continuidad. En las últimas semanas han saltado a las páginas
de los diarios dos nuevos casos
de discriminación. El primero, el
sufrido por dos personas ciegas,
Agustín Ruiz y María Nieves Martín, un matrimonio residente en
Canarias, que pretendían trasladarse desde Madrid a Talavera la
Real (Badajoz) –de nuevo la compañía Air Nostrum–. En su caso
fue la propia agencia de viajes en
problema alguno.
LAS SILLAS NO PUEDEN VIAJAR
Aún más sonada ha sido la denuncia de todo un equipo de baloncesto en silla de ruedas, el
Fundosa ONCE, que no pudo
trasladarse a Melilla para jugar el
1 de octubre primer partido de
liga con el argumento de que el
avión no tenía capacidad para
transportar las sillas de ruedas.El
Fundosa ONCE había gestionado
a través de la agencia Viajes 2000
el pasado agosto la reserva de un
vuelo de Madrid a Melilla para tal
día.A primeros de septiembre,comunicó que en su equipaje se incluían dieciséis sillas de ruedas,
once de ellas de competición (no
plegables) y cinco de paseo (plegables), pero Air Nostrum se
opuso a embarcarlas en el avión.
Según una portavoz de Viajes
2000, la compañía aérea ofreció
impedimentos en el transporte
de las sillas de ruedas de competición, tanto en sus vuelos de
Madrid a Melilla como de Mála-
A Samir , Francisco y Manuel, tres jóvenes sordos, se les comunicó en el
aeropuerto que, según la normativa de Iberia, no pueden viajar tres personas con discapacidad sin un ‘tutor’. Se quedaron en tierra
la que realizaron la reserva la que
notificaba la negativa de la compañía a emitirles los billetes. En
el escrito, la misma razón reglamentista de siempre:que las normas de seguridad sólo aceptan
una persona con discapacidad
por vuelo. Una vez más, subyace
la consideración de la persona
sorda o ciega como no adulta o
incapaz.
“Nos dijeron –afirma Agustín
Ruiz– que dos personas con movilidad reducida no pueden ir en un
mismo vuelo,teniendo en cuenta
además que es un avión pequeño,
de cincuenta plazas.Ellos se basan
en que esos vuelos sólo cuentan
con una azafata y que no puede
hacerse cargo de los dos, cuando
la realidad es que yo no necesito
a nadie porque viajo acompañado de mi perro guía y me valgo
por mí mismo”.
Decisión, por otra parte, aleatoria, ya que Ruiz viaja habitualmente en la misma compañía sin
ga a Melilla. Ante esta situación,
Viajes 2000 canceló la reserva
porque vio inviable la última
oportunidad que quedaba para
que el Fundosa ONCE llegara a
tiempo para el partido en Melilla
(viaje en barco desde Málaga),ya
que los deportistas perdían un
día laboral.
El director de Comunicación de
Air Nostrum, Antonio de Nó,
explicó a www.solidaridaddigital.com que esta compañía opera
con aviones modelo ATR 72-500,
que tiene capacidad para 68 pasajeros y una bodega de carga de
reducidas dimensiones.
Desde Viaje 2000 aseguran
que ofrecieron a Air Nostrum la
posibilidad de que la expedición
del Fundosa ONCE viajara en tres
vuelos diferentes,pero la compañía no contestó a esta petición,
ante lo cual se canceló la reserva.
UNA DENUNCIA TRAS OTRA
El CERMI ha denunciado reitera-
AVANZA EN LA UNIÓN EUROPEA EL REGLAMENTO DE DERECHOS
DE LOS PASAJEROS CON DISCAPACIDAD EN EL TRANSPORTE AÉREO
l CERMI y el Foro Europeo de la
Discapacidad han presentado
varias enmiendas para mejorar
el futuro reglamento comunitario
que regulará los derechos de los pasajeros con discapacidad en el transporte aéreo.
En los últimos días se han producido avances importantes en el proceso
encaminado a la adopción de la
Propuesta de Reglamento del
Parlamento Europeo y del Consejo
sobre los derechos de las personas
con movilidad reducida en el transporte aéreo.
Esta norma, que una vez aprobada
será la primera norma europea íntegramente dedicada a la discapacidad,
ha sido analizada en sendas reuniones por el Consejo de Ministros (6 de
octubre) y por el Parlamento Europeo,
en Comisión Parlamentaria (11 de octubre). Los resultados de ambas reuniones son, a juicio del movimiento
asociativo de la discapacidad representado tanto por el CERMI como por
el EDF, positivos.
Para empezar, el Consejo de
Ministros de la UE ha adoptado por
unanimidad un primer documento
en donde se recogen ya varios de los
elementos que el movimiento asociativo ha venido defendiendo desde
que la propuesta de Reglamento
viera la luz, en febrero de 2005:
Prohibición a las compañías aéreas
de denegar la reserva o embarque a
las personas con discapacidad y personas con movilidad reducida.
Obligación para los aeropuertos de
prestar asistencia gratuita a los pasajeros con discapacidad y con movilidad reducida, siempre que éstos
hayan avisado con una antelación.
Serán las autoridades que gestionan
los aeropuertos las responsables de
ofrecer esta asistencia excepto a
bordo, donde competerá a la compañía aérea.
Simultáneamente, el Parlamento
E
Europeo, reunido en su Comisión de
Transporte, ha adoptado un documento de enmiendas a la Propuesta
de Reglamento, que incluye medidas
que deben aplicar directamente los
aeropuertos y compañías aéreas:
Provisión de asistencia, sin costo
adicional para el pasajero con discapacidad, desde su llegada hasta la salida y operada por los aeropuertos a
través de un organismo central de
gestión;
Sensibilización y formación acerca
de la discapacidad a todo el personal
responsable de los pasajeros con discapacidad;
Suministro a los clientes con discapacidad de toda la información esencial en formatos alternativos;
Inexistencia de limitación horaria
para permitir el viaje de perros guía
en cabina.
Para el EDF y el CERMI todavía persisten algunos defectos e insuficiencias en el texto recientemente votado
por el Parlamento Europeo, especialmente los que se refieren a la posibilidad de denegación del embarque
para las personas con discapacidad
por Razones de seguridad justificadas
descritas por la ley, incluida la legislación nacional. Por otra parte, el movimiento asociativo no está de acuerdo
en el tiempo de preaviso necesario
propuesto para solicitar asistencia
(48 horas, en lugar de las 24 que se
proponían).
El proceso de adopción de esta
norma se rige por el llamado en la
jerga europea procedimiento de codecisión, que confiere al Parlamento
Europeo y al Consejo de Ministros un
poder decisorio en igualdad de condiciones. El análisis de los textos
acordados hasta el momento por
ambas instituciones hasta nos
muestra una gran similitud, lo que
presagia grandes posibilidades de
acuerdo final en breve.
El Parlamento votará sobre este
damente ante la Administración
y las compañías la discriminación
que sufren las personas con discapacidad en su acceso al transporte aéreo, y que no son sino la
punta del iceberg de otras muchas situaciones sangrantes que
quedan en el anonimato.
Ante esta situación, el CERMI
ha puesto en conocimiento del
Una estudiante residente en
Londres no pudo volver a
España en Navidad porque el
comandante se opuso a que
una parapléjica viajara sola.
Nunca había tenido
problemas
Defensor del Pueblo y del Ministerio de Fomento la presunta
práctica discriminatoria, para
que depurados los hechos, se
adopten las medidas que eviten
en el futuro situaciones de trato
desigual injustificado. También
ha tenido conocimiento de
estas prácticas discriminatorias
la Oficina Permanente del
Consejo Nacional de la
Discapacidad, órgano encargado de perseguir las conductas
discriminatorias contra las personas con discapacidad.
En un lado de la balanza, las
normas de la IATA,los reglamentos internos y las razones de seguridad y en el otro un derecho
ciudadano elemental como es el
de la movilidad.
El EDF y el CERMI confían
texto en su Sesión Plenaria del 14 de
noviembre. Por su parte, el Consejo de
Ministros volverá a reunirse a principios de diciembre. Si todo se desarrolla según lo esperado, el texto final se
aprobará a finales de este año o a
principios de 2006.
Si bien los textos que acaban de
presentar el Parlamento Europeo y el
Consejo de Ministros difieren en bastante medida del inicialmente lanzado por la Comisión Europea, incluyendo bastantes sugerencias de las organizaciones que representan a la
discapacidad, el movimiento asociativo confía en que la posición del
Parlamento, que se votará en sesión
plenaria en noviembre, será fortaleci-
da y aclarada, sin dejar posibilidad a
que se discrimine a los pasajeros con
discapacidad que viajan por Europa.
Desde el CERMI se continúa apoyando las acciones de presión hacia
las diversas instituciones públicas implicadas que tanto en la esfera europea como en la nacional se están llevando a cabo, encaminadas a conseguir un texto final lo más inclusivo
posible para las personas con discapacidad y sus familias. La situación de
indefensión no puede continuar.
que el nuevo reglamento de
derechos de pasajeros de
avión con discapacidad que
tramita la Unión Europea (ver
despiece sobre estas líneas) y
que puede ver la luz a finales
de 2005 acabará con esta desigualdad manifiesta de oportunidades de los pasajeros con
discapacidad.
Y de paso, tampoco estaría
mal que la industria aeronáutica considere como
clientes a las personas con
discapacidad –el 10 por ciento de la población– y comience a diseñar los futuros prototipos de aviones de pasajeros bajo el principio del
diseño para todos.
www.cermi.es

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