¿Reservado el derecho a los pasajeros con discapacidad?
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¿Reservado el derecho a los pasajeros con discapacidad?
26 cermi.es NOVIEMBRE DE 2005 Antonio Almoguera CASCADA DE DENUNCIAS CONTRA COMPAÑÍAS AÉREAS POR IMPEDIR EL DERECHO A VIAJAR la asesoría jurídica del CERMI no dejan de llegar desde hace meses quejas y denuncias de ciudadanos indignados que han visto frustrado su derecho a viajar simple y llanamente por presentar una discapacidad. Unos a pie de escalerilla;otros en el momento de recoger la tarjeta de embarque;los más,disuadidos al ir a realizar la reserva. En suma, una sorpresa de última hora,que deja literalmente tirada a la persona con discapacidad en un aeropuerto,a menudo sin acompañante,en una ciudad desconocida y sin tiempo para encontrar una solución. El avión no espera. Muchas personas con paraplejía y tetraplejía consultadas por ‘cermi.es’recuerdan los viajes en avión –desde la llegada al aeropuerto de partida hasta la llegada al destino– como una cadena de situaciones esperpénticas, incluso vejatorias: dificultades sobrevenidas como la solicitud de certificados médicos, la obligación de facturar la silla propia como equipaje (para luego aparecer por la cinta mecánica o, en ocasiones,extraviada),el trasbordo de la silla propia a otra del servicio aeroportuario para quedar aparcado, sin autonomía, en una esquina o tener que recorrer atléticamente largos pasillos de una a otra terminal en una silla inadecuada por cambios de última hora en la programación. ¿Reservado el derecho a los pasajeros con discapacidad? A NORMATIVAS Y REGLAMENTOS A pesar de la Constitución, la LISMI, la LIONDAU y toda la batería normativa por la igualdad de oportunidades y contra toda discriminación, el factor discapacidad es para algunas compañías áereas y para ciertos comandantes –que tienen la última palabra sobre el ‘ser o no ser’ su pasajero–, a la luz de los hechos,un inconveniente embarazoso. En España, la compañía que más se distingue por esta flagrante discriminación viene siendo Air Nostrum, filial de Iberia que realiza la mayor parte de los vuelos regionales. Pero no La compañía Air Nostrum, filial de Iberia, protagonista de un gran número de casos de rechazo a pasajeros con discapacidad Con el equipaje facturado, la tarjeta de embarque en la mano y todo en regla, en el último momento el comandante puede impedir –y está facultado para hacerlo– el acceso de un pasajero con discapacidad a la aeronave aduciendo razones de seguridad. El reglamento se lo permite. En tales casos la indefensión y desamparo legal del viajero están en relación directa con su indignación. Las compañías aéreas se lavan las manos, mientras que este sector social apela a normas de rango superior, como la Constitución y la LIONDAU, que velan por la igualdad de oportunidades. El CERMI exige que se respete el derecho a la movilidad y reclama una regulación más clara que ponga punto final a esta persistente discriminación es la única, porque otras tantas compañías nacionales e internacionales –especialmente las de bajo coste– tienen en su historial algún caso poco presentable de exclusión por razón de discapacidad. Si el año pasado eran tres jóvenes sordos (en la foto central) a los que se les impedía, con la tarjeta de embarque ya en la mano, subir al avión que debía trasladarlos a Madrid desde Melilla,el pasado agosto le tocaba al presidente de la Federación Madrileña de Deportes de Minusválidos Físicos, Antonio Hernanz, desalojar la aeronave cuando ya estaba instalado en su asiento. ¿La razón aducida por el comandante? Una cuestión de seguridad contenida en el manual de operaciones: Hernanz, afectado de una ligera discapacidad en una de sus piernas,ocupaba una plaza junto a la salida de emergencia, por lo que el piloto, aplicando con máximo celo el reglamento en vigor,se negó a despegar mientras el viajero con movilidad reducida permaneciera en el avión. Ni siquiera aceptó que permutase el asiento con otro pasajero.Hernanz reivindicó sus derechos y se negó a abandonar el avión. Finalmente tuvo que intervenir la Guardia Civil y fue desalojado en medio de una monumental bronca a bordo. En el caso de los tres pasajeros sordos, antes mencionados, la compañía aérea también se amparaba, para justificar su negativa, en la aplicación sen su estricto de su reglamento,que no permite el embarque a más de dos personas sordas si no van acompañadas de tutor. Para Óscar Moral, asesor jurídico del CERMI,éste es “un argumento peregrino o cogido por los pelos”, ya que si el motivo de fondo es que estas personas no pueden oír las instrucciones de “La normativa interna de las compañías aéreas no puede colocarse por encima de la Constitución, discriminando por el hecho de no poder oír”, dice la CNSE vuelo, las medidas de seguridad y de evacuación, “al margen de que eso se puede subsanar por medios técnicos, ¿cuántos españoles que vuelan en compañías japonesas, chinas o tailandesas, que no saben tampoco inglés, se enteran de las instrucciones de seguridad en tales idiomas?”. Estos casos de discriminación por razón de discapacidad ya fueron denunciados en su momento tanto por la Confederación Estatal de Personas Sordas como por el CERMI, cuyo director ejecutivo,Luis Cayo Pérez Bueno,salía al paso de las alegaciones de la compañía protagonista afirmando que las normas de seguridad de la Aviación Civil Internacional esgrimidas “no tienen rango suficiente y son discrimina- 27 cermi.es NOVIEMBRE DE 2005 torias porque dan una arbitrariedad desmedida a la compañía y a su personal”.Por su parte,la CNSE también presentaba una denuncia inmediata ante el Defensor del Pueblo,Enrique Múgica.En su escrito, la Confederación decía que “esta normativa interna no puede colocarse por encima de la Carta Magna, discriminando a más de un millón de ciudadanos por el hecho de no oír e impidiéndoles el acceso a viajar en avión cuando lo estimen oportuno”. Ello no ha sido óbice,lamentablemente, para que los casos se sigan sucediendo sin solución de continuidad. En las últimas semanas han saltado a las páginas de los diarios dos nuevos casos de discriminación. El primero, el sufrido por dos personas ciegas, Agustín Ruiz y María Nieves Martín, un matrimonio residente en Canarias, que pretendían trasladarse desde Madrid a Talavera la Real (Badajoz) –de nuevo la compañía Air Nostrum–. En su caso fue la propia agencia de viajes en problema alguno. LAS SILLAS NO PUEDEN VIAJAR Aún más sonada ha sido la denuncia de todo un equipo de baloncesto en silla de ruedas, el Fundosa ONCE, que no pudo trasladarse a Melilla para jugar el 1 de octubre primer partido de liga con el argumento de que el avión no tenía capacidad para transportar las sillas de ruedas.El Fundosa ONCE había gestionado a través de la agencia Viajes 2000 el pasado agosto la reserva de un vuelo de Madrid a Melilla para tal día.A primeros de septiembre,comunicó que en su equipaje se incluían dieciséis sillas de ruedas, once de ellas de competición (no plegables) y cinco de paseo (plegables), pero Air Nostrum se opuso a embarcarlas en el avión. Según una portavoz de Viajes 2000, la compañía aérea ofreció impedimentos en el transporte de las sillas de ruedas de competición, tanto en sus vuelos de Madrid a Melilla como de Mála- A Samir , Francisco y Manuel, tres jóvenes sordos, se les comunicó en el aeropuerto que, según la normativa de Iberia, no pueden viajar tres personas con discapacidad sin un ‘tutor’. Se quedaron en tierra la que realizaron la reserva la que notificaba la negativa de la compañía a emitirles los billetes. En el escrito, la misma razón reglamentista de siempre:que las normas de seguridad sólo aceptan una persona con discapacidad por vuelo. Una vez más, subyace la consideración de la persona sorda o ciega como no adulta o incapaz. “Nos dijeron –afirma Agustín Ruiz– que dos personas con movilidad reducida no pueden ir en un mismo vuelo,teniendo en cuenta además que es un avión pequeño, de cincuenta plazas.Ellos se basan en que esos vuelos sólo cuentan con una azafata y que no puede hacerse cargo de los dos, cuando la realidad es que yo no necesito a nadie porque viajo acompañado de mi perro guía y me valgo por mí mismo”. Decisión, por otra parte, aleatoria, ya que Ruiz viaja habitualmente en la misma compañía sin ga a Melilla. Ante esta situación, Viajes 2000 canceló la reserva porque vio inviable la última oportunidad que quedaba para que el Fundosa ONCE llegara a tiempo para el partido en Melilla (viaje en barco desde Málaga),ya que los deportistas perdían un día laboral. El director de Comunicación de Air Nostrum, Antonio de Nó, explicó a www.solidaridaddigital.com que esta compañía opera con aviones modelo ATR 72-500, que tiene capacidad para 68 pasajeros y una bodega de carga de reducidas dimensiones. Desde Viaje 2000 aseguran que ofrecieron a Air Nostrum la posibilidad de que la expedición del Fundosa ONCE viajara en tres vuelos diferentes,pero la compañía no contestó a esta petición, ante lo cual se canceló la reserva. UNA DENUNCIA TRAS OTRA El CERMI ha denunciado reitera- AVANZA EN LA UNIÓN EUROPEA EL REGLAMENTO DE DERECHOS DE LOS PASAJEROS CON DISCAPACIDAD EN EL TRANSPORTE AÉREO l CERMI y el Foro Europeo de la Discapacidad han presentado varias enmiendas para mejorar el futuro reglamento comunitario que regulará los derechos de los pasajeros con discapacidad en el transporte aéreo. En los últimos días se han producido avances importantes en el proceso encaminado a la adopción de la Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los derechos de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo. Esta norma, que una vez aprobada será la primera norma europea íntegramente dedicada a la discapacidad, ha sido analizada en sendas reuniones por el Consejo de Ministros (6 de octubre) y por el Parlamento Europeo, en Comisión Parlamentaria (11 de octubre). Los resultados de ambas reuniones son, a juicio del movimiento asociativo de la discapacidad representado tanto por el CERMI como por el EDF, positivos. Para empezar, el Consejo de Ministros de la UE ha adoptado por unanimidad un primer documento en donde se recogen ya varios de los elementos que el movimiento asociativo ha venido defendiendo desde que la propuesta de Reglamento viera la luz, en febrero de 2005: Prohibición a las compañías aéreas de denegar la reserva o embarque a las personas con discapacidad y personas con movilidad reducida. Obligación para los aeropuertos de prestar asistencia gratuita a los pasajeros con discapacidad y con movilidad reducida, siempre que éstos hayan avisado con una antelación. Serán las autoridades que gestionan los aeropuertos las responsables de ofrecer esta asistencia excepto a bordo, donde competerá a la compañía aérea. Simultáneamente, el Parlamento E Europeo, reunido en su Comisión de Transporte, ha adoptado un documento de enmiendas a la Propuesta de Reglamento, que incluye medidas que deben aplicar directamente los aeropuertos y compañías aéreas: Provisión de asistencia, sin costo adicional para el pasajero con discapacidad, desde su llegada hasta la salida y operada por los aeropuertos a través de un organismo central de gestión; Sensibilización y formación acerca de la discapacidad a todo el personal responsable de los pasajeros con discapacidad; Suministro a los clientes con discapacidad de toda la información esencial en formatos alternativos; Inexistencia de limitación horaria para permitir el viaje de perros guía en cabina. Para el EDF y el CERMI todavía persisten algunos defectos e insuficiencias en el texto recientemente votado por el Parlamento Europeo, especialmente los que se refieren a la posibilidad de denegación del embarque para las personas con discapacidad por Razones de seguridad justificadas descritas por la ley, incluida la legislación nacional. Por otra parte, el movimiento asociativo no está de acuerdo en el tiempo de preaviso necesario propuesto para solicitar asistencia (48 horas, en lugar de las 24 que se proponían). El proceso de adopción de esta norma se rige por el llamado en la jerga europea procedimiento de codecisión, que confiere al Parlamento Europeo y al Consejo de Ministros un poder decisorio en igualdad de condiciones. El análisis de los textos acordados hasta el momento por ambas instituciones hasta nos muestra una gran similitud, lo que presagia grandes posibilidades de acuerdo final en breve. El Parlamento votará sobre este damente ante la Administración y las compañías la discriminación que sufren las personas con discapacidad en su acceso al transporte aéreo, y que no son sino la punta del iceberg de otras muchas situaciones sangrantes que quedan en el anonimato. Ante esta situación, el CERMI ha puesto en conocimiento del Una estudiante residente en Londres no pudo volver a España en Navidad porque el comandante se opuso a que una parapléjica viajara sola. Nunca había tenido problemas Defensor del Pueblo y del Ministerio de Fomento la presunta práctica discriminatoria, para que depurados los hechos, se adopten las medidas que eviten en el futuro situaciones de trato desigual injustificado. También ha tenido conocimiento de estas prácticas discriminatorias la Oficina Permanente del Consejo Nacional de la Discapacidad, órgano encargado de perseguir las conductas discriminatorias contra las personas con discapacidad. En un lado de la balanza, las normas de la IATA,los reglamentos internos y las razones de seguridad y en el otro un derecho ciudadano elemental como es el de la movilidad. El EDF y el CERMI confían texto en su Sesión Plenaria del 14 de noviembre. Por su parte, el Consejo de Ministros volverá a reunirse a principios de diciembre. Si todo se desarrolla según lo esperado, el texto final se aprobará a finales de este año o a principios de 2006. Si bien los textos que acaban de presentar el Parlamento Europeo y el Consejo de Ministros difieren en bastante medida del inicialmente lanzado por la Comisión Europea, incluyendo bastantes sugerencias de las organizaciones que representan a la discapacidad, el movimiento asociativo confía en que la posición del Parlamento, que se votará en sesión plenaria en noviembre, será fortaleci- da y aclarada, sin dejar posibilidad a que se discrimine a los pasajeros con discapacidad que viajan por Europa. Desde el CERMI se continúa apoyando las acciones de presión hacia las diversas instituciones públicas implicadas que tanto en la esfera europea como en la nacional se están llevando a cabo, encaminadas a conseguir un texto final lo más inclusivo posible para las personas con discapacidad y sus familias. La situación de indefensión no puede continuar. que el nuevo reglamento de derechos de pasajeros de avión con discapacidad que tramita la Unión Europea (ver despiece sobre estas líneas) y que puede ver la luz a finales de 2005 acabará con esta desigualdad manifiesta de oportunidades de los pasajeros con discapacidad. Y de paso, tampoco estaría mal que la industria aeronáutica considere como clientes a las personas con discapacidad –el 10 por ciento de la población– y comience a diseñar los futuros prototipos de aviones de pasajeros bajo el principio del diseño para todos. www.cermi.es