municipalidad distrital de curahuasi reglamento de organización y

Transcripción

municipalidad distrital de curahuasi reglamento de organización y
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
(ROF)
CURAHUASI, enero de 2015
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
PRESENTACION
El presente documento contiene el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la
Municipalidad Distrital de Curahuasi, elaborado en base a las disposiciones y normas vigentes, y
comprende todas las funciones que por Ley compete desarrollar a los Gobiernos Locales.
A partir del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) se origina la estructura orgánica
representada gráficamente en el organigrama que como anexo forma parte de este.
Este documento es un instrumento básico que evita el fenómeno de la superposición de
funciones y asegura la implementación adecuada de niveles jerárquicos, canales de comunicación
organizacional, manuales de procedimientos y otros, dándose cumplimiento a la obligación de la
formulación de dichos documentos de acuerdo a ley.
El contenido del Reglamento de Organización y Funciones, permite conocer las funciones y/o
facultades de cada uno de los órganos hasta el tercer nivel institucional, cuya asignación toma en
cuenta el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Concertado
Local y que delimitan los campos de acción sin perder los principios de interrelación sistemática.
pág. 2
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
INDICE
PRESENTACION
DEL CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES
TITULO I
DE LA NATURALEZA JURISDICCIÓN, OBJETOS Y FUNCIONES GENERALES
TITULO II
FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO I
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
CAPITULO II
ORGANOS DE GOBIERNO
CONSEJO MUNICIPAL
ALCALDIA
CAPITULO III
ORGANO DE DIRECCION
GERENCIA MUNICIPAL
CAPITULO IV
ORGANOS DE COORDINACION
COMISIONES DE REGIDORES
CONSEJO DE COORDINACION LOCAL
CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL
COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL
COMITE DISTRITAL VECINAL Y COMUNAL
CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD
CAPITULO V
ORGANO DE CONTROL
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
CAPITULO VI
ORGANO DE DEFENSA JURIDICA
PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL
CAPITULO VII
ORGANOS DE APOYO
OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
AREA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO
OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS
pág. 3
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
UNIDAD DE CONTABILIDAD
UNIDAD DE TESORERIA
UNIDAD DE LOGISTICA y ALMACEN
UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS
ÁREA DE ARCHIVO Y PATRIMONIO
UNIDAD DE RENTAS
ÁREA DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS
AREA DE REGISTRO Y RECAUDACION
AREA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA
AREADE EJECUCION COACTIVA
AREA DE INFORMATICA
OFICINA GENERAL DE SERVICIOS MUNICIPALES
UNIDAD TECNICA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
UNIDAD DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES, JARDINES Y CEMENTERIO
UNIDAD DE MERCADOS Y LOCALES PUBLICOS
UNIDAD DE LA POLICIA MUNICIPAL
CAPITULO VIII
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
OFICINA DE ASESORIA LEGAL
OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
OFICINA DE PROGRAMACION DE INVERSIONES
CAPITULO IX
ORGANOS DE LINEA
DIRECCION DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y AMBIENTAL
DIVISION DE INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TECNICA
DIVISION DE PROMOCION DE LA ORGANIZACIÓN PRODUCTIVA AGROPECUARIA
DIVISION DE PROMOCION DEL CREDITO Y COMERCIALIZACION AGROPECUARIA
DIVISION DE GESTION DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL
DIVISION DE PROMOCION DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA URBANA Y RURAL
DIVISION DE PROMOCION DEL TURISMO LOCAL
AREA DE BAÑOS TERMALES DE CCONOC
DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL E INSTITUCIONAL
DIVISION DE PROMOCION DE LA EDUCACION, SALUD, CULTURA Y DEPORTE
AREA DE BIBLIOTECA MUNICIPAL
DIVISION DE PROGRAMAS SOCIALES
UNIDAD DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
DIVISION DE REGISTRO CIVIL
DIVISION DE DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA),
APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (APED) Y VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
DIVISION DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
DIVISION DE SEGURIDAD CIUDADANA Y SERENAZGO
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
DIVISION DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSITO
DIVISION DE CATASTRO Y CONTROL URBANO
DIVISION DE EQUIPO MECANICO
TITULO III
AUTORIDAD, JERARQUIA Y RESPONSABILIDAD
TITULO IV
REGIMEN LABORAL
TITULO V
REGIMEN ECONOMICO
TITULO VI
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ESTRUCTURA ORGANICA DE
LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE CURAHUASI
ABANCAY – APURIMAC
GESTION 2015 - 2018
CONCEJO MUNICIPAL
COMISIONES DE REGIDORES
CONSEJO DE COORDINACION LOCAL
OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL
A L C A L D I A
PROCURADURIA MUNICIPAL
COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL
COMITÉ DISTRITAL VECINAL Y COMUNAL
OFICINA DE RELACIONES
PÚBLICAS
OFICINA DE
SECRETARIA
CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD
TRÁMITE
DOCUMENTARIO
GERENCIA MUNICIPAL
UNIDAD DE CONTABILIDAD
UNIDAD DE TESORERIA
UNIDAD DE LOGISTICA Y
ALMACEN
Área DE REGISTRO Y
RECAUDACION
UNIDAD DE RR.HH
Área DE ADMINISTRACION
DE CONTRATOS
OFICINA
GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN
OFICINA DE
ASESORIA LEGAL
UNIDAD DE RENTAS
OFICINA DE PLANIFICACION Y
PRESUPUESTO
UNIDAD DE
PROGRAMACION DE
INVERSIONES
AREA DE INFORMATICA
Área E FISCALIZACION
TRIBUTARIA
Área N DE EJECUCION
COACTIVA
UNIDAD TECNICA MUNICIPAL
DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO
UNIDAD DE LIMPIEZA PUBLICA
PARQUES, JARDINES Y
CEMENTERIO
OFICINA DE
SERVICIOS
MUNICIPALES
UNIDAD DE MERCADOS, y
LOCALES PUBLICOS
DIRECCION DE DESARROLLO
AGROPECUARIO Y AMBIENTAL
DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO
DIVISION DE INVESTIGACION
CAPACITACION Y ASISTENCIA
TECNICA
DIVISION DE PROMOCION DE LA
PEQUEÑA Y MICRO EMPRESA
DIVISION DE PROMOCION DE
LA ORGANIZACIÓN
PRODUCTIVA AGROPECUARIA
DIVISION DE PROMOCION DEL
TURISMO LOCAL
DIVISION DE PROMOCION
DEL CREDITO Y LA
COMERCIALIZACION
UNIDAD DE BAÑOS
TERMALES DE
CCONOC
OFICINA DE
FERIAS LOCALES
CAMAL
MUNICIPAL
DIVISION DE RECURSOS
NATURALES Y AMBIENTE
DIRECCION DE
INFRAESTRUCTURA URBANA Y
RURAL
DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL E
INSTITUCIONAL
DIVISION DE PROMOCION DE
EDUCACION, SALUD, CULTURA
Y DEPORTES
AREA DE BIBLIOTECA
MUNICIPAL
DIVISION DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSITO
DIVISION DE COORDINACION
DE PROGRAMAS SOCIALES
UNIDAD DE VASO DE
LECHE
DIVISION DE CATASTRO
Y CONTROL URBANO
DIVISION DE DEMUNA Y
VIOLENCIA FAMILIAR APCD
DIVISION DE
SUPERVISION DE OBRA
Y LIQUIDACIONES
DIVISION DE PARTICIPACION
CIUDADANA
OFICINA DE EQUIPO
MECANICO
DIVISION DE SEGURIDAD
CIUDADANA Y SERENAZGO
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
GENERALIDADES
DEL CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONES
ARTÍCULO 1
El presente Reglamento de Organización y Funciones comprende la naturaleza, finalidad,
objetivos, atribuciones, organización, estructura orgánica, relaciones de dependencia jerárquica
y funcional de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, en concordancia con la ley Orgánica de
Municipalidades y demás disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 2
El ámbito de aplicación del presente Reglamento de Organización Y Funciones comprende a
todos los órganos administrativos que conforman la estructura orgánica de la Municipalidad
Distrital de Curahuasi.
ARTÍCULO 3
Marco Legal
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Ley N0. 27680 Ley de reforma de la Constitución Política del Perú, Capítulo XIV del Título
Cuarto.
Ley N0. 27783 Ley de Bases de la Descentralización
Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos regionales
Ley N° 27972 Ley Orgánica De Municipalidades
Decreto Supremo N° 043-2006-PCM, que aprueba los Lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF.
Ordenanza Municipal xxxx que aprueba el Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de
Curahuasi.
Ley N0. 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado
TITULO I
NATURALEZA, JURIDISCCION, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES
ARTICULO 4
El presente Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F), determina la naturaleza y finalidad
de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, así como la descripción de su estructura orgánica, el
ámbito de competencia funcional y funciones de las unidades orgánicas.
ARTICULO 5
La Municipalidad Distrital de Curahuasi es el órgano de gobierno promotor del desarrollo local,
con personería jurídica de derecho público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus
fines. Goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Conforme a la Constitución Política del Perú, ejerce actos de gobierno administrativo y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
ARTICULO 6
La Municipalidad Distrital de Curahuasi, ejerce jurisdicción sobre el distrito de Curahuasi.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 7
La finalidad de la Municipalidad Distrital de Curahuasi es el de prestar adecuados y eficientes
servicios públicos locales y promover el desarrollo integral, sostenible, participativo y armónico
del distrito, para contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de la población que representa.
ARTICULO 8
La Municipalidad Distrital de Curahuasi tiene como Misión el de garantizar el bienestar y el
progreso de la población, aplicando programas y proyectos establecidos en el Plan de Desarrollo
Concertado, los Planes Operativos y Presupuestos participativos.
ARTICULO 9
La Municipalidad Distrital de Curahuasi tiene como visión al 2019, ser un distrito reconocido por
su desarrollo agropecuario y turístico competitivo, mejor calidad de vida y respetuoso del
ambiente.
ARTICULO 10
La Municipalidad Distrital de Curahuasi tiene como objetivo general lograr la recuperación y el
potenciamiento agropecuario, turístico y los servicios, basados en la innovación tecnológica y la
organización social, económico y cultural de la población rural y urbana del distrito, todo lo cual
conlleva a:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
Promover el desarrollo económico local, con equidad territorial y social, preservando el
ambiente.
Impulsar los servicios de salud integral de la población y la nutrición preferentemente de los
niños y niñas y madres gestantes.
Promover la formación educativa basada en las competencias, valores y el fortalecimiento
de la identidad local.
Promover la práctica deportiva en la niñez, adolescencia y la juventud del distrito
Promover el ejercicio de los derechos de los jóvenes.
Mejorar los servicios básicos municipales
Mejorar los servicios de seguridad ciudadana y prevenir la violencia social y familiar
Mejorar la planificación urbana y rural del distrito, preservando el medio ambiente
Fortalecer la institucionalidad local, la concertación y la articulación inter institucional
Promover la mancomunidad municipal en base a intereses y perspectivas de desarrollo
territorial.
TITULO II
FUNCIONES, FACULTADES Y ATRIBUCIONES
CAPITULO I
DE LA ESTRUCTURA ORGANICA
ARTICULO 12
La estructura Orgánica funcional de la Municipalidad distrital de Curahuasi es la siguiente
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
CODIGO
DENOMINACION DEL
ORGANO
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
SUB
CODIGO
ORGANOS Y UNIDADES ORGANICAS
1
ORGANOS DE
GOBIERNO
01 1 CONSEJO MUNICIPAL
01.2 ALCALDIA
2
ORGANO DE
DIRECCION
02.1 GERENCIA MUNICIPAL
3
ORGANOS DE
COODINACION
03.1
03.2
03.3
03.4
03.5
03.6
4
ORGANO DE CONTROL
04.1 OFICINA DE CONTROL INSTITUCIONAL
5
ORGANO DE DEFENSA
JURIDICA
05.1 PROCURADURIA PUBLICA MUNICIPAL
6
ORGANOS DE APOYO
COMISIONES DE REGIDORES
CONSEJO DE COORDINACION LOCAL
CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL
COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL
COMITÉ DISTRITAL VECINAL Y COMUNAL
CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD
06.1 SECRETARIA GENERAL
06.1.1 AREA DE TRAMITE DOCUMENTARIO
06.2 OFICINA DE RELACIONES PUBLICAS
06.3 OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION
06.3.1
06.2
06.3
06.6.3.1
06.3.4
06.5
06.5.1
06.5.2
06.5.3
06.5.4
UNIDAD DE CONTABILIDAD
UNIDAD DE TESORERIA
UNIDAD DE LOGISTICA Y ALMACEN
AREA DE ARCHIVO Y PATRIMONIO
UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS
UNIDAD DE RENTAS
AREA DE REGISTRO Y RECAUDACION
AREA DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS
AREA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA
AREA DE EJECUCION COACTIVA
07.4 OFICINA DE SERVICIOS MUNICIPALES
07.4.1 UNIDAD TECNICA MUNICIPAL DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO
07.4.2 UNIDAD DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES,
JARDINES Y CEMENTERIO
07.4.3 UNIDAD DE MERCADOS Y LOCALES PUBLICOS
07.4.4 UNIDAD DE POLICIA MUNICIPAL
7
ORGANOS DE
ASESORAMIENTO
08.1 OFICINA DE ASESORIA LEGAL
08.2 OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
08.2.1 OFICINA DE PROGRAMACION DE INVERSIONES
8
ORGANOS DE LINEA
09.1 DIRECCION DE DESARROLLO
AGROPECUARIO Y AMBIENTAL
09.1.1 DIVISION DE INVESTIGACION, CAPACITACION
Y ASISTENCIA TECNICA
09.1.2 DIVISION DE PROMOCION DE LA
ORGANIZACIÓN PRODUCTIVA AGROPECUARIA
09.1.3 DIVISION DE POMOCION DEL CREDITO Y
COMERCIALIZACION AGROPECUARIA
09.1.4 DIVISION DE GESTION DE RR.NN. Y AMBIENTE
09.2 DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO
LOCAL
09.2.1 DIVISION DE PROMOCION DE LA MICRO Y
PEQUEÑA EMPRESA URBANA Y RURAL
09.2.2 DIVISION DE TURISMO LOCAL
09.2.2.1 AREA DE BAÑOS TERMANLES
09.3 DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL E
INSTITUCIONAL
09.3.1 DIVISION DE PROMOCION DE EDUCACION,
SALUD, CULTURA Y DEPORTE.
09.3.1.1 AREA DE BIBLIOTECA
09.3.2 DIVISION DE PROGRAMAS SOCIALES
09.3.2.1 OFICINA DE PROGRAMA VASO DE LECHE
09.3.3 DIVISION DE REGISTRO CIVIL
09.3.4 DIVISION DE DEMUNA, APED Y VIOLENCIA
CONTRA LA MUJER
09.3.5 DIVISION DE PARTICIPACION CIUDADANA
08.3.6 DIVISION DE SEGURIDAD CIUDADANA Y
SERENAZGO
09.4
09.4.1
09.4.2
09.4.3
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
DIVISION DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSITO
DIVISION DE CATASTRO Y CONTROL URBANO
DIVISION DE EQUIPO MECANICO
ARTÍCULO 13
Los órganos de la Municipalidad de Curahuasi a partir de la promulgación del presente
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), formula su respectivo Manual de Perfiles de
Puesto (MPP), así como su Manual de Procedimientos (MAPRO)
La provisión de cargos para el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente
Reglamento de Organización y Funciones, se concretan en el Cuadro de Asignación de Personal
(CAP), así como el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), documentos de gestión
organizacional de la Municipalidad de Curahuasi procederá a reformular con la finalidad de
adecuarlos a la estructura del presente Reglamento de Organización de Funciones.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
CAPITULO II
ORGANOS DE GOBIERNO
ARTICULO 14
Son Órganos de Gobierno de la Municipalidad Distrital de Curahuasi:
1.
2.
Consejo Municipal
Alcaldía
CONSEJO MUNICIPAL
ARTICULO 15
El consejo Municipal es el máximo órgano de gobierno de la Municipalidad Distrital de Curahuasi.
Está constituido por el Alcalde, quién lo preside, y cinco (05) regidores que ejercen funciones
normativas y fiscalizadoras de conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento Interno del Consejo y demás disposiciones
legales vigentes.
El Consejo Municipal tiene como órgano de apoyo y de coordinación permanente a la Secretaría
General.
ARTICULO 16
La organización, composición, funcionamiento y número de comisiones ordinarias y especiales
serán regulados, determinados y aprobados por el Consejo Municipal y establecido en su
respectivo Reglamento Interno.
ARTICULO 17
Son atribuciones del Consejo Municipal:
1.
2.
Aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado y el Presupuesto Participativo.
Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de
Inversiones, teniendo en cuenta el Plan de Desarrollo Local Concertado y el Presupuesto
Participativo.
3. Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento de la Municipalidad.
4. Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel distrital, que identifique las áreas
urbanas y de expansión urbana, las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales;
las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental declaradas conforme a ley.
5. Aprobar el Plan de desarrollo urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el esquema de Zonificación
de Áreas Urbanas, el Plan de Asentamientos Humanos y demás planes específicos sobre la
base del Plan de Acondicionamiento Territorial.
6. Aprobar el Plan de Desarrollo de Capacidades
7. Aprobar el Sistema de Gestión Ambiental Local y sus instrumentos, en concordancia con el
Sistema de Gestión Ambiental Nacional y Regional.
8. Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos.
9. Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos, conforme a ley.
10. Declarar la vacancia o suspensión de los cargos de Alcalde y Regidor
11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la
Municipalidad realicen el Alcalde, los regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro
funcionario.
12. Aprobar por ordenanza el reglamento del Consejo Municipal
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
13. Aprobar los proyectos de ley que en materia de su competencia sean propuestos al
Congreso de la Republica.
14. Aprobar normas que garanticen una efectiva participación vecinal
15. Constituir comisiones ordinarias y especiales conforme a su reglamento
16. Aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura dentro de los plazos señalados por ley,
bajo responsabilidad
17. Aprobar el Balance y la Memoria Anual.
18. Aprobar la creación de empresas municipales y de capital mixto, así como la entrega de
concesión de construcciones de infraestructura y servicios públicos Municipales al sector
privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión
privada permitida por ley.
19. Aprobar la creación de Centros Poblados y Agencias Municipales.
20. Aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad.
21. Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorías y otros actos de control.
22. Formular pedidos de información a los diferentes órganos y unidades orgánicas para
acciones de fiscalización por intermedio de la Secretaria General.
23. Autorizar al procurador publico Municipal para que, en defensa de los intereses y derechos
de la Municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los
funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Interno haya
encontrado responsabilidad civil o penal, así como en los demás procesos judiciales
interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.
24. Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para obras y equipamiento,
por mayoría calificada y conforme a ley.
25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad a
favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta
pública.
26. Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios
interinstitucionales
27. Aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde o los regidores no pudiendo concederse
licencias simultáneamente a un número mayor del 40% (cuarenta por ciento) de los
regidores.
28. Aprobar la remuneración del Alcalde y las dietas de los regidores.
29. Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas así como el régimen de
administración de los servicios públicos locales.
30. Disponer el cese del Gerente Municipal cuando exista acto doloso o falta grave.
31. Plantear los conflictos de competencia.
32. Aprobar el cuadro den asignación de personal y las bases para la selección de personal y
concursos de provisión de puestos de trabajo.
33. Fiscalizar la gestión de los funcionarios de la Municipalidad
34. Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del Alcalde, así
como reglamentar su funcionamiento.
35. Las demás atribuciones que le correspondan conforme a ley.
ARTICULO 18
La Municipalidad celebrara sesiones con sujeción a su propio reglamento (R.I.C) y de acuerdo a lo
prescrito por la ley nueva orgánica de Municipalidades N° 27972.
ARTICULO 19
Son atribuciones y obligaciones de los regidores:
1.
2.
3.
Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos de Consejo
Formular pedidos y mociones de orden del día
Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del Alcalde
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
4.
5.
6.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal
Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que
determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determinen o apruebe el
concejo Municipal.
Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al
consejo Municipal y proponer la solución de problemas.
ARTICULO 20
Son responsabilidades, impedimentos y derechos de los Regidores.
1. Son responsables, individualmente, por los actos violatorios de la ley practicados en el
ejercicio de sus funciones y solidariamente por los acuerdos adoptados contra la ley, a
menos que salven expresamente su voto, dejando constancia de ello en actas.
2. No pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de
confianza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro en la misma
Municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción.
3. Para el ejercicio de la función edil, los regidores que trabajan como dependientes en el
sector público o privado gozan de licencia con goce de haber hasta por 20 (veinte) horas
semanales, tiempo que será dedicado exclusivamente a sus labores municipales. El
empleador está obligado a conceder dicha licencia y a preservar su nivel remunerativo, así
como a no trasladarlos ni reasignarlos sin su expreso consentimiento mientras ejerzan
función municipal, bajo responsabilidad.
4. Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta
prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor.
ALCALDIA
ARTICULO 21
La Alcaldía es el órgano de gobierno Municipal que tiene la responsabilidad de dirigir, evaluar y
supervisar el alcance de las metas establecidas de acuerdo a los lineamientos de política del
consejo Municipal y en armonía con los dispositivos y normatividad legal vigentes.
ARTICULO 22
El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa. El
Alcalde ejerce las funciones ejecutivas del gobierno municipal y tiene las facultades y
atribuciones establecidas en la Ley de Municipalidades, Ley N0. 27972, y otras normas conexas y
complementarias. Puede delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las
administrativas en el Gerente Municipal.
ARTICULO 23
Son atribuciones del Alcalde:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Defender y cautelar los derechos e intereses de la Municipalidad y los vecinos
Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del Consejo Municipal.
Ejecutar los acuerdos del consejo Municipal, bajo responsabilidad
Proponer al consejo Municipal proyectos de Ordenanzas y Acuerdos de Consejo.
Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación
Dictar decretos y resoluciones de Alcaldía, con sujeción a leyes y ordenanzas.
Dirigir la formulación y someter a aprobación del Consejo Municipal el Plan Integral de
Desarrollo Institucional, (PDI) y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil.
8. Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo Municipal
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
9. Someter a aprobación del Consejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y
modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la Republica, el Presupuesto
Participativo, debidamente equilibrado y financiado.
10. Aprobar el presupuesto Municipal en caso de que el consejo Municipal no lo apruebe dentro
de los plazos determinados por la normatividad vigente.
11. Someter a aprobación del consejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio
presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio
económico fenecido.
12. Proponer al consejo Municipal la creación, modificación, supresión o exoneración de
contribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias, y con acuerdo del consejo Municipal
solicitar al poder legislativo la creación de los impuestos que considere necesarios.
13. Someter al consejo Municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus
instrumentos, dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacional y regional.
14. Proponer al consejo Municipal los proyectos de reglamento interno del Consejo Municipal,
de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el Gobierno y la
administración Municipal.
15. Informar al consejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los
ingresos municipales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y el presupuesto
aprobado.
16. Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del código civil.
17. Designar y cesar al Gerente Municipal y a propuesta de este, a los demás funcionarios de
confianza.
18. Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la
Municipalidad.
19. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones Municipales con el auxilio del serenazgo y la policía
Nacional.
20. Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil, y las administrativas en el Gerente
Municipal, cuando lo crea conveniente.
21. Proponer al consejo Municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros
actos de control.
22. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de
Auditoría Interna.
23. Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones.
24. Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente
permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obras de
infraestructura y servicios públicos municipales.
25. Supervisar la recaudación Municipal, el buen funcionamiento y los resultados económicos y
financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales
ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado.
26. Otorgar los títulos de propiedad emitidos en el ámbito de su jurisdicción y competencia.
27. Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servidores municipales de carrera.
28. Proponer al consejo Municipal las operaciones de crédito interno y externo conforme a ley.
29. Presidir el Comité Distrital de Defensa Civil.
30. Suscribir convenios con otras Municipalidades para la ejecución de obras y prestación de
servicios comunes.
31. Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales, o de ser el caso,
tramitarlos ante el consejo Municipal.
32. Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al
Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad.
33. Proponer al consejo Municipal espacios de concertación y participación vecinal.
34. Las demás que le correspondan de acuerdo a ley.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 24
En los casos de ausencia, el teniente alcalde reemplaza al Alcalde y en consecuencia asume las
mismas competencias y atribuciones de este.
CAPITULO III
ORGANO DE DIRECCION
GERENCIA MUNICIPAL
ARTICULO 25
La Gerencia Municipal es un Órgano de dirección ejecutiva de la gestión municipal que tiene
como objetivos planear, organizar, dirigir y controlar todas las actividades de la Municipalidad
Distrital de Curahuasi, con estricta sujeción a la normatividad legal que regulan y rigen a los
gobiernos locales, como ente que conforma el Sector Público Nacional.
Es también el máximo responsable de la calidad de la gestión de todas las operaciones de la
Municipalidad y en forma precisa y objetiva los que se refieren a asegurar la calidad y el
funcionamiento de los servicios públicos municipales, acorde con los lineamientos y políticas
adoptadas por el Consejo Municipal.
La Gerencia Municipal está a cargo de un funcionario de confianza designado por el Alcalde,
quien depende funcional y jerárquicamente del Alcalde.
ARTICULO 26
Corresponde a la Gerencia las siguientes funciones:
1. Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades administrativas y la prestación de los
servicios públicos de la Municipalidad.
2. Dirigir, supervisar y controlar las acciones de los órganos de Apoyo, asesoría y línea de la
Municipalidad.
3. Planificar, organizar, dirigir, controlar y supervisar la gestión de la calidad aplicada a todas
las operaciones administrativas y técnicas de la Municipalidad.
4. Programar, organizar, dirigir, supervisar, coordinar y controlar las acciones de gestión
municipal, relacionadas con la ejecución y cumplimiento del Plan de Desarrollo Local
Concertado, así como el Plan Operativo Institucional y Presupuesto participativo para cada
período anual.
5. Ejecutar en coordinación y/o mediante la Alcaldía los acuerdos y ordenanzas del Consejo
Municipal, realizando el seguimiento del cumplimiento oportuno y eficiente de los mismos
por intermedio de las diferentes Direcciones a cargo de su ejecución, en función de cada
especialidad.
6. Aprobar por delegación las bases administrativas en las adquisiciones de bienes y prestación
de servicios no personales de la Municipalidad y controlar sus modalidades por adjudicación
directa, concurso público y licitación pública.
7. Proponer al Alcalde planes y programas municipales y las estrategias para su ejecución, así
como proyectos de Ordenanzas y Acuerdos de Consejo.
8. Evaluar la ejecución de los planes, programas y proyectos de desarrollo y coordinar las
acciones que correspondan.
9. Controlar y evaluar la gestión administrativa, financiera y económica de la Municipalidad y
disponer las medidas correctivas.
10. Presentar al Alcalde el presupuesto municipal, los estados financieros del ejercicio vencido y
la Memoria Anual de la Municipalidad.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
11. Evaluar y supervisar la recaudación de los ingresos municipales y su destino en conformidad
con la normatividad vigente.
12. Participar en las gestiones para obtener la asistencia técnica y financiera necesaria para la
ejecución de los planes y proyectos de desarrollo.
13. Proponer ante el consejo Municipal y el Alcalde los instrumentos de gestión organizativa:
ROF, MOF, CAP, PAP, TUPA, etc. Para su aprobación.
14. Proponer al Alcalde acciones de contrato, ascensos, ceses, rotación, reasignación y otros
sobre administración de personal.
15. Aprobar por resolución las directivas administrativas pertinentes.
16. Identificar fuentes de financiamiento alternas del tesoro público, que permitan analizar las
posibilidades de inversión de la Municipalidad y efectuar las gestiones del caso.
17. Proponer e implementar las políticas de recuperación de inversiones de la Municipalidad en
concordancia con la normatividad vigente.
18. Definir criterios de evaluación económica – financiera de los proyectos.
19. Representar a la Municipalidad en actividades que el Alcalde lo delegue.
20. Integrar y presidir comisiones de trabajo para formular y recomendar acciones de desarrollo
Municipal.
21. Resolver y disponer la atención de los asuntos internos de la Municipalidad en concordancia
con la normatividad vigente y la política institucional, con el objeto de dinamizar la acción
municipal.
22. Mantener informado y dar cuenta al Alcalde de las actividades desarrolladas por las
dependencias de la Municipalidad.
23. Asesorar al Alcalde y los miembros del Consejo en los asuntos de su competencia.
24. Celebrar e ejecutar los actos y contratos ordinarios correspondientes al objeto social de la
Municipalidad, debidamente delegados por el titular de la entidad.
25. Asistir con voz pero sin voto a las sesiones del Consejo Municipal.
26. Aprobar el diseño de los procesos y procedimientos de su área, según las propuestas de las
demás áreas funcionalmente involucradas, en coordinación con la oficina de planificación y
presupuesto.
27. Proponer y expedir en los casos delegados, normas y disposiciones resolutivas de carácter
administrativo y de ejecución de obras y servicios.
28. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Alcalde, acorde a la ley Orgánica de Municipalidades.
CAPITULO IV
ORGANOS DE COORDINACION
COMISONES DE REGIDORES
ARTICULO 27
Las comisiones de regidores son órganos consultivos, encargados de realizar trabajos en áreas
básicas de servicio y de gestión municipal, en apoyo a las acciones del consejo.
ARTICULO 28
Las comisiones de regidores ejercen una función normativa, fiscalizadora y de vigilancia de los
actos de la administración Municipal siendo sus funciones generales las siguientes:
1.
2.
3.
Efectuar estudios, formular propuestas y proyectos de reglamentos, en los procesos internos
de la Municipalidad, así como de los servicios públicos que preste la Municipalidad.
Emitir dictamen sobre los asuntos sometidos al consejo
Las demás funciones detalladas en el reglamento interno del Consejo Municipal
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 29
Las comisiones se organizan en comisiones ordinarias para un año fiscal y comisiones especiales
que se constituyen periódicamente para asuntos concretos y temporales.
ARTICULO 30
Las comisiones se constituyen con los regidores que se designen por acuerdo de consejo y para
cumplir con los objetivos; se complementan con funcionarios de la Municipalidad, los que tienen
derecho a voz pero sin voto, las cuales pueden ser ordinarias y especiales.
ARTICULO 31
Las comisiones ordinarias estarán presididas por el regidor que el consejo designe y se regirán
por su propio reglamento.
CONSEJO DE COORDINACION LOCAL DISTRITAL
ARTICULO 32
El consejo de coordinación local es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad
distrital de Curahuasi. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside, los regidores distritales y
los representantes de las organizaciones sociales de base, los representantes de las
organizaciones públicas y privadas, comunidades campesinas, asociaciones, organizaciones de
productores, gremios empresariales, junta vecinal, y cualquier otra forma de organización del
ámbito distrital, debidamente acreditados, conforme a ley con las funciones y atribuciones que
señala la Ley Orgánica de Municipalidades. El Alcalde puede delegar la presidencia al teniente
Alcalde.
El Consejo de Coordinación Local Distrital, se rige por su propio reglamento, aprobado por
Ordenanza Municipal.
ARTICULO 33
El consejo de coordinación local distrital tiene por objeto concertar las políticas públicas
municipales que promueven el desarrollo integral, sustentable y armónico del distrito. No ejerce
actos de gobierno
CONSEJO DE DESARROLLO DISTRITAL
ARTICULO 34
El Consejo de Desarrollo Distrital es un órgano de concertación y articulación permanente y
estable entre las instituciones públicas, privadas y sociales, con sede en el distrito de Curahuasi,
liderado por la Municipalidad Distrital, dirigido a apoyar el desarrollo integral del distrito en
beneficio de la población urbana y rural, en base al aporte material y humano de cada una de
ellas, materializando así los objetivos del Plan de Desarrollo Local Concertado, su concreción en
los Planes Operativos y Presupuestos Participativos, aprobados anualmente
ARTICULO 35
El Consejo de Desarrollo Distrital cumple las funciones que establece la Ley Orgánica de
Municipalidades, así como aquellas específicas contenidas en su reglamento de funcionamiento,
que es aprobado mediante Ordenanza Municipal.
COMITÉ DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL
ARTICULO 36
El Comité Distrital de Defensa Civil es un órgano de coordinación que mantiene relación directa
de apoyo técnico y logístico a la Alcaldía, impulsando la participación de las autoridades públicas
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
del distrito comprometidas con la seguridad, bienestar y salud de la población, previa
coordinación con la Gerencia Municipal mediante la Oficina de participación Ciudadana. Las
actividades de Defensa Civil en el ámbito del distrito, se realizarán observando el cumplimiento
de las normas técnicas dispuestas por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDICE).
El Comité Distrital de Defensa Civil está constituido a iniciativa del señor Alcalde e integrado por
los representantes de las instituciones públicas y privadas, y representantes de las organizaciones
de la sociedad civil
ARTICULO 37
El Comité Distrital de Defensa Civil planea, dirige y conduce las actividades de defensa civil, así
como coordina y apoya a la Oficina de Participación Ciudadana en los planes de prevención,
emergencia y rehabilitación, orientados a proteger a la población, sus bienes y el ambiente,
promoviendo y difundiendo la adecuada capacitación a todo nivel.
ARTICULO 38
El Comité Distrital de Defensa Civil tiene como competencias:
1.
2.
3.
4.
5.
Aprobar el Plan de Defensa Civil del distrito
Supervisar la óptima administración de los recursos públicos y privados disponibles para las
actividades de defensa civil.
Supervisar los programas de defensa civil para asegurar la rehabilitación hasta que existan
las condiciones mínimas para el desarrollo sostenido de actividades en la zona.
Efectuar pronunciamientos previos a la declaración de estados de emergencia por desastres
o catástrofe pública, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
Cumplir con las demás competencias que le asigne el Sistema Nacional de Defensa Civil.
COMITE DISTRITAL VECINAL Y COMUNAL
ARTICULO 39
El Comité Distrital Vecinal y Comunal, es un órgano de coordinación integrada por la
Municipalidad Distrital de Curahuasi y los representantes de las organizaciones sociales urbanas y
rurales del distrito, tales como sindicatos, frentes de defensa, jóvenes, organizaciones femeninas,
de asentamientos humanos, asociaciones, comunidades campesinas, entre otras
ARTICULO 40
Son funciones del Comité Distrital Vecinal y Comunal:
1.
2.
3.
4.
Promover la organización y la participación democrática de las organizaciones sociales,
urbanas y rurales, en todos los actos y mecanismo de participación ciudadana en la gestión
del desarrollo integral del distrito.
Promover la capacitación y el fortalecimiento institucional de las organizaciones sociales
para una efectiva participación democrática en los actos de gobierno local.
Promover desde las organizaciones de bases, iniciativas sociales y proyectos y/o programas
para su inclusión en el Plan de Desarrollo Local Concertado, los Planes Operativos y
Presupuestos Participativos.
Promover, elegir y supervisar la participación de las organizaciones sociales en el Consejo de
Desarrollo Distrital y otros mecanismos de participación ciudadana.
ARTICULO 41
El Comité Distrital Vecinal y Comunal, se rige por su propio reglamento aprobado por Ordenanza
Municipal.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD
ARTICULO 42
El Consejo Distrital de la Juventud, es un órgano de coordinación integrada por la Municipalidad
Distrital de Curahuasi y los representantes de las organizaciones juveniles urbanas y rurales del
distrito, con el objetivo de promover la participación de la juventud en los diversos campos de la
vida social, económica, política y cultural.
ARTICULO 43
Son funciones del Consejo Distrital de la Juventud, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
Promover la organización y la participación democrática de la juventud, urbana y rural, en
todos los actos y mecanismo de participación ciudadana en la gestión del desarrollo integral
del distrito.
Promover la capacitación y el fortalecimiento de las organizaciones juveniles para una
efectiva participación democrática en los actos de gobierno local.
Promover e incentivar actividades económicas, deportivas, culturales e institucionales en las
organizaciones juveniles y su inclusión de los planes y proyectos de la Municipalidad
Distrital.
Promover la participación de las organizaciones juveniles en el Consejo de Desarrollo
Distrital y otros mecanismos de participación ciudadana.
CAPITULO V
ORGANO DE CONTROL
ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
ARTICULO 44
El Órgano de Control de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, es el órgano conformante del
Sistema Nacional de Control que desarrolla sus funciones con independencia técnica dentro del
ámbito de su competencia. Realiza el control interno posterior, según sus planes y programas
anuales, evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de los recursos y bienes del
estado, así como la gestión y ejecución llevadas a cabo en relación con las metas trazadas y los
resultados obtenidos. Realiza control preventivo mediante actividades de control dentro del
marco de las normas específicas de control. Asimismo, realiza control interno y externo (por
encargo expreso de la Controlaría General de la República)
ARTICULO 45
El órgano de Control Institucional está a cargo de un funcionario con nivel de Jefe, quién depende
funcional y administrativamente de la Controlaría General de la República, administra la oficina a
su cargo, participa en la selección de personal del órgano de control a su cargo y mantiene una
coordinación permanente con el titular de la entidad.
Artículo 46
Son funciones del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Curahuasi:
1.
2.
Formular, ejecutar y evaluar el plan anual de control aprobado por la contraloría general, de
acuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para tal efecto.
Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones de la entidad, que
disponga la contraloría general, así como las que sean requeridas por el titular de la entidad,
cuando estas últimas tengan carácter de no programadas, su realización será comunicada a
la contraloría general por el feje de la oficina de control Institucional. Se consideran
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19.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
actividades de control, entre otras, las evaluaciones, diligencias, estudios, investigaciones,
pronunciamientos, supervisiones y verificaciones.
Efectuar la verificación, registro y seguimiento en los sistemas informáticos INFOPRAC y
SAGU de las medidas correctivas adoptadas para implantar y superar las observaciones y
recomendaciones contenidas en los informes de la oficina de control institucional, así como
mantener actualizada la información en el SAGU.
Conservar los documentos y papeles de trabajo sustentatorios de sus actividades en la
debida forma y durante el plazo de 10 años, de acuerdo a la normatividad vigente.
Promover y propugnar la capacitación permanente del funcionario (s) y servidores de la
oficina de control institucional, para garantizar la calidad y eficiencia de las acciones de
control.
Dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar las actividades orientadas hacia la verificación de las
denuncias que son canalizadas hacia la oficina de control institucional.
Atender los diversos requerimientos de información provenientes de la contraloría general
De la Republica, así como los requerimientos por el titular de la entidad.
Revisar y aprobar todos los informes de auditoría de las oficinas a su cargo antes de su
remisión a la Alcaldía y a la contraloría general de la Republica.
Participar en la elaboración de la información gerencial en lo que corresponde al ámbito de
su competencia.
Aprobar el diseño de los procesos y procedimientos de su área, según las propuestas de las
unidades funcionalmente involucradas, en coordinación con la oficina de planificación y
presupuesto.
Es responsabilidad del jefe de la oficina de control Institucional administrar el área asignada
a su cargo, sujetándose a las políticas y normas de la entidad. Así mismo le corresponde
participar en el proceso de selección del personal del órgano de control a su cargo.
La oficina de control Institucional deberá coordinar permanente con el titular de la entidad,
así como con los principales funcionarios para la ejecución del plan anual.
Efectuar auditorías a los estados financieros y presupuestarios de la entidad, así como a la
gestión de la misma, de conformidad con las pautas que señale contratadas por la entidad,
con sociedades de auditoria externa, con sujeción al reglamento sobre la materia.
Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de la entidad
con el propósito de optimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticas e
instrumentos de control interno, sin que ello genere prejuzgamiento u opinión que
comprometa el ejercicio de su función vía el control posterior.
Remitir los informes anuales al consejo Municipal a cerca del ejercicio de sus funciones y del
estado de control del uso de los recursos municipales.
Garantizar el debido cumplimiento de las normas y disposiciones que rigen el control
gubernamental, establecida por la contraloría general como órgano rector del sistema
nacional de control.
Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la contraloría general, así como
al titular de la entidad y del sector cuando corresponda, conforme a las disposiciones sobre
la materia.
Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones de la entidad, se adviertan indicios
razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento informativo al titular de la entidad
para que adopte las medidas correctivas pertinentes.
Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y
ciudadanos, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que
corresponda a su mérito y documentación sustentatoria respectiva.
Apoyar a las comisiones que designe la contraloría general para la ejecución de sus acciones
de control en el ámbito dela entidad, así mismo el jefe de la oficina de control institucional y
el personal de dicho órgano colaboraran, por disposición de la contraloría general, en otras
acciones de control externo, por razones operativas o de especialidad.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
21. Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables a la
entidad, por parte de las unidades orgánicas y personal de estas.
22. Formular y proponer el presupuesto anual del órgano de control institucional para su
aprobación correspondiente por la entidad.
23. Cumplir diligencias con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la
contraloría general.
24. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que establezca la contraloría, acorde con la ley orgánica de Municipalidades.
CAPUTULO VI
ORGANO DE DEFENSA JURIDICA
PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL
ARTICULO 47
El ámbito de competencia funcional de la Oficina de procuraduría Pública Municipal, comprende
todas las acciones que conlleven a garantizar los intereses y derechos de la Municipalidad,
mediante la representación y defensa ante los órganos Jurisdiccionales y administrativos, así
como ante el Ministerio Público, Policía Nacional, Tribunal Arbitral, Centro de Conciliación y
otros de similar naturaleza en los que el Estado sea parte.
ARTICULO 48
La Procuraduría Pública Municipal está a cargo de un funcionario de confianza, quien adquiere la
denominación de Procurador Público Municipal que depende jerárquica y administrativamente
del Alcalde, normativa y funcionalmente depende del Consejo de Defensa Jurídica del estado.
ARTICULO 49
Corresponde al procurador las siguientes funciones:
1. Ejercer la representación de la Municipalidad Distrital de Curahuasi para la defensa jurídica
de los intereses y derechos de ésta, ante los órganos jurisdiccionales y administrativos, así
como ante el Ministerio Público, Policía Nacional, Tribunal Constitucional, Tribunal Arbitral,
Centro de Conciliación y otros de similar naturaleza en los que la Municipalidad sea parte.
2. Ejercer cuando lo decida el Alcalde, previa Resolución autoritativa, la defensa de
funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Curahuasi; ante sede policial,
Ministerio Público, órgano jurisdiccional y cualquier otra entidad administrativa en procesos
que deriven de actos propios de su función, siempre y cuando no sea parte agraviada la
Municipalidad Distrital de Curahuasi.
3. Mantener permanentemente informado al Alcalde e informar al Concejo Municipal sobre el
estado situacional de los procesos a su cargo y coordinar con dicho despacho el
cumplimiento y ejecución de las sentencias contrarias a los intereses de la municipalidad,
debiendo elaborar anualmente un plan de cumplimiento que deberá ser aprobado por el
Alcalde, quien asumirá con recursos presupuestados de la entidad la ejecución de lo
dispuesto en dichas resoluciones.
4. Iniciar o impulsar las acciones judiciales, policiales y otros que autorice el Concejo Municipal.
5. Conciliar, transigir o desistirse de demandas, conforme a los requisitos y procedimientos
dispuestos por el Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su
Reglamento.
6. Formular consultas al Consejo de Defensa Jurídica del Estado sobre los temas que
conciernen a la defensa jurídica de los intereses de la municipalidad.
7. Iniciar o impulsar acciones judiciales en defensa de los intereses y derechos de la
Municipalidad Distrital de Curahuasi, así como contra los funcionarios, servidores y terceros
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respecto de los cuales el Órgano de Control Institucional haya encontrado responsabilidad
civil o penal, previa autorización del Concejo Municipal.
Impulsar los procesos judiciales a su cargo, formular requerimientos e interponer medios de
defensa contra decisiones que afecten los intereses de la Municipalidad.
Participar en nombre de la Municipalidad en diligencias de investigación preliminar, judicial
y otras donde se encuentren inmersos los intereses y derechos de la Municipalidad.
Delegar a cualquiera de los abogados que prestan servicios en la Procuraduría Pública
Municipal, la representación para que intervengan en procesos judiciales que se tramiten en
cualquier distrito judicial, a través de escritos simples.
Prestar declaración Preventiva pudiendo delegar excepcionalmente dicha función en los
abogados que laboren o presten servicios a la Procuraduría Pública Municipal.
CAPITULO VII
ORGANOS DE APOYO
ARTICULO 50
Los órganos de apoyo son aquellos que prestan servicios internos de carácter auxiliar u operativo
a todos los demás órganos de la Municipalidad.
ARTICULO 51
Son órganos de apoyo de la Municipalidad:
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Oficina de Secretaria General
Área de Tramite Documentario
Oficina de Relaciones Publicas
Oficina General de Administración
Unidad de Contabilidad
Unidad de Tesorería
Unidad de Logística y Almacén
Área de Archivo y Patrimonio
Unidad de Recursos Humanos
Unidad de Rentas
Área de Registro y Recaudación
Área de Administración de Contratos
Área de Fiscalización Tributaria
Área de Ejecución coactiva
Área de Informática
OFICINA DE SECRETARIA GENERAL
ARTICULO 52
La oficina de la secretaria General es el órgano que presta apoyo a las acciones administrativas
del Consejo Municipal y de la Alcaldía, conforme a la normatividad vigente.
ARTICULO 53
La Oficina de la Secretaria General está a cargo de un servidor de confianza con categoría de
secretario general, quien depende funcionalmente y jerárquicamente del Alcalde.
ARTICULO 54
La oficina de secretaria general cumple las siguientes funciones:
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Elaborar, controlar y registrar los documentos finales de las Ordenanzas, Acuerdos de
Consejo, Decreto de Alcaldía, Resoluciones y Actas de Sesiones de Consejo.
Asistir al Alcalde, Consejo Municipal y Regidores, en asuntos administrativos, desarrollo de
Sesiones y requerimientos para la actividad de sus funciones.
Programar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la administración del
despacho de documentos del Consejo Municipal y Comisiones de regidores.
Citar a los regidores y/o a los funcionarios a las sesiones de Ordinarias, Extraordinarias de
acuerdo al Reglamento Interno del Consejo y otras que disponga la Alcaldía.
Elaborar la agenda y la documentación necesaria para las sesiones de Consejo, de acuerdo a
las instrucciones impartidas por la Alcaldía.
Programar, dirigir y controlar la transcripción, revisión y reproducción del desarrollo de las
sesiones de Consejo, así como la tramitación y difusión de las normas municipales
adoptadas por el Consejo Municipal y la Alcaldía para su debido cumplimiento.
Numerar, distribuir y custodiar los diferentes dispositivos municipales aprobados por el
Consejo Municipal, así como resoluciones de Alcaldía suscritas por el Alcalde.
Llevar el Libro de Actas de las sesiones de Consejo suscribiendo conjuntamente con el señor
Alcalde las actas de las sesiones del Consejo Municipal y demás dispositivos municipales, así
como custodiar la documentación suscrita.
Actuar como secretario en las Sesiones de Consejo Municipal dando lectura a los
documentos que disponga el señor Alcalde y tomar nota de los acuerdos adoptados.
Tramitar los pedidos formulados por los Regidores canalizándolos adecuadamente y
coordinando con las áreas involucradas a fin de dar atención a los pedidos formulados.
Mantener el acervo documentario del Consejo municipal en forma ordenada, clasificada y
codificada.
Certificar Ordenanzas, Acuerdos de Consejo, Decretos de Alcaldía, Resoluciones, que se
emitan, así como documentos contenidos en expedientes administrativos y demás
documentos internos de la Municipalidad, pudiendo delegar la presente función
parcialmente o en su totalidad mediante Resolución de Alcaldía correspondiente.
Programar, coordinar y gestionar la publicación de las normas municipales, así como su
incorporación en el portal municipal.
Brindar la información requerida por los ciudadanos conforme con la ley, N° 27806, Ley de
Transparencia y acceso a la información pública.
Coordinar con el Alcalde la formulación de la agenda de cada sesión y remitirla con la debida
anticipación y sustentación para cada sesión.
Representar a la Municipalidad ante organismos internos o externos para las coordinaciones
de las actividades correspondientes al ámbito de su competencia.
Citar, preparar la agenda y actuar como secretario para las sesiones del Consejo de
Coordinación Local.
Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar las actividades correspondientes a la
recepción, registro, validación, clasificación y archivo de las comunicaciones de matrimonio
ocurridas en el distrito, así como la emisión de edictos Matrimoniales y las resoluciones de
dispensa de la publicación de edictos.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Alcalde, acorde a la ley orgánica de Municipalidades.
ARTICULO 55
La oficina de Secretaria General cuenta con un Área de Trámite Documentario.
AREA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO
ARTICULO 56
El área de trámite documentario tiene como jefe de área a un servidor, que depende del
Secretario General.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 57
El área de trámite documentario tiene las siguientes funciones:
1.
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7.
8.
9.
Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y evaluar las actividades del sistema de trámite
documentario y del archivo general de la Municipalidad.
Informar a los interesados sobre la tramitación de sus expedientes.
Supervisar el franqueo de la correspondencia que remite la Municipalidad y llevar el control
de los costos.
Recepcionar, registrar, clasificar, controlar y resguardar la documentación y expedientes
cuyo trámite se desarrolla en la Municipalidad Distrital de Curahuasi.
Distribuir oportunamente los documentos y expedientes que ingresan y salen de la
Municipalidad, de acuerdo a la ley del Procedimiento Administrativo General y demás
normas establecidas al respecto.
Coordinar con las diferentes dependencias de la Municipalidad los procedimientos a seguir
en la programación de envío de documentos.
Implementar y mantener un archivo de todos aquellos expedientes que cuenten con oficio
pendiente de respuesta así como de aquellos que cuentan con resolución de Alcaldía que se
encuentra dentro del plazo para ser impugnada. Efectuar el cómputo de plazos pertinentes
en dichos casos y certificar la presentación o no presentación de los recursos impugnativos
contra las resoluciones directorales.
Implementar y mantener el sistema de notificaciones de oficios, resoluciones de Alcaldía y
de toda otra documentación externa de la Municipalidad.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignados por el secretario general.
OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS
ARTICULO 58
La Oficina de Relaciones Públicas es el órgano responsable de velar por la buena imagen
institucional, el protocolo y las comunicaciones de la Municipalidad.
Artículo 59
La Oficina de Relaciones Públicas está a cargo de un servidor, que depende jerárquicamente de
Alcaldía.
ARTICULO 60
Corresponde a la Oficina de Relaciones Públicas, las siguientes funciones:
1.
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5.
6.
Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades y programas de relaciones
institucionales, protocolo e imagen corporativa.
Coordinar las ceremonias, actos oficiales y protocolo en las que participe el Alcalde,
Regidores o sus representantes.
Programar, organizar, coordinar y controlar las acciones de información, comunicación,
publicidad y relaciones públicas al interior y exterior a la Municipalidad.
Mantener informado a los órganos de gobierno y de dirección sobre cualquier tipo de
publicación en la que esté involucrada la Municipalidad a sus funcionarios, respecto a sus
funciones.
Mantener el registro y agenda actualizada de todas las actividades oficiales, personajes
representativos y otros datos de interés para el cumplimiento de sus funciones.
Programar, organizar y coordinar con las unidades orgánicas las campañas publicitarias de
las actividades, programas, eventos y otros que se requiera la publicidad y difusión
correspondiente.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Programar, organizar y coordinar con la Unidad de tecnología informática las actividades
relacionadas con la edición y administración de contenido del portal de la Municipalidad,
previa coordinación con las áreas orgánicas a fin de mantener y brindar una información
oportuna y transparente a la ciudadanía.
Elaborar el calendario cívico de la Municipalidad Distrital de Curahuasi.
Formular y editar boletines, revistas, spots televisivos, radiales y otras formas de
comunicación con la finalidad de proyectar a la ciudadanía la imagen institucional.
Organizar el directorio de relaciones institucionales de la Municipalidad.
Cursar invitación a entidades públicas, privadas y/o personas naturales para participar en los
actos, ceremonias y actividades que organiza la Municipalidad cuando sea necesario.
Formular y proponer su presupuesto anual y Plan Operativo Institucional (POI) para su
aprobación y administrar adecuadamente.
Informar mensualmente al Alcalde de todas las actividades a su cargo.
Organizar la recepción y atención de personalidades y/o delegaciones que visiten el
municipio, coordinando y programando con la Secretaria General, las citas y/o entrevistas.
Crear y mantener vínculos con homólogos de las otras instituciones o empresas públicas y
privadas.
Desarrollar campañas de sensibilización en instituciones educativas públicas y privadas
acerca de las actividades, proyectos y objetivos de la gestión municipal.
Organizar y dirigir un programa radial o televisivo local a fin de mantener informada a la
población sobre las principales actividades de la municipalidad.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Alcalde y el Gerente general acorde a la ley
orgánica de Municipalidades.
OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN
ARTICULO 61
La Oficina General de Administración es el órgano de apoyo encargado de la gestión
administrativa de la Municipalidad. Conduce, ejecuta y supervisa
los procesos de
administración de los recursos humanos y las adquisiciones de bienes y servicios, así como el
mantenimiento de vehículos, maquinarias y la infraestructura de los locales municipales,
en concordancia con los dispositivos legales que regulan dichos procesos.
ARTÍCULO 62
La Oficina General de Administración está a cargo de un funcionario de confianza, depende
funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal.
ARTÍCULO 63
Son funciones generales de la Oficina General de Administración las siguientes:
1.
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3.
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5.
Planificar, programar, organizar, coordinar, dirigir, controlar y evaluar las actividades y
procesos técnicos de Contabilidad, Tesorería, Logística, Recursos Humanos, Rentas,
Informática y registros civiles.
Planificar, coordinar, supervisar y monitorear las acciones y los procesos técnicos
referidos al registro, control y administración de los bienes patrimoniales, así como de los
muebles e inmuebles de propiedad municipal. Coordinar con la Gerencia de Asesoría
Jurídica lo referente a la titulación y saneamiento físico legal de los bienes inmuebles
Proponer a la Gerencia Municipal el Plan Anual de Contrataciones (PAC}
Proveer oportunamente los bienes y servicios necesarios a los órganos de la
Municipalidad.
Evaluar los procedimientos técnicos del Sistema de Logística y Almacén.
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Elaborar proyectos de Resolución de Alcaldía y Gerencial en el marco de su
competencia.
Planificar y supervisar el mantenimiento
preventivo y correctivo de equipos y
maquinarias; así como el mantenimiento general de las instalaciones de la municipalidad y
el abastecimiento de combustible.
Planificar y disponer medidas adecuadas de uso de servicio de energía eléctrica, agua,
telefonía no digital y sistemas de comunicación no digitales.
Suscribir los contratos con terceros, supervisar y controlar su cumplimiento sin
perjuicio de la supervisión y control de los órganos usuarios.
Coordinar la elaboración del Cuadro para Asignación de personal (CAP), con la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y formular el Presupuesto Analítico de
Personal (PAP).
Planificar y gestionar el sistema de recursos humanos a través de las fases de
selección, evaluación, contratación, registro, remuneraciones y beneficios sociales,
vigilando que las mismas se realicen en armonía con los dispositivos legales.
Planificar, coordinar, controlar, evaluar y supervisar el Plan de Desarrollo de
Capacidades del Personal y el cumplimiento del Plan de Prácticas Pre Profesionales de
la Municipalidad.
Impulsar, coordinar y realizar las acciones necesarias para la elaboración
de
convenios de capacitación con entidades del Estado, Universidades y otros Centros
Superiores
Programar y monitorear los trabajos de mantenimiento, conservación y limpieza de los
locales municipales, sí como la administración adecuada de los materiales de limpieza.
Planificar, organizar, evaluar y controlar las actividades para la adecuada operatividad
del parque automotor y maquinaria de la municipalidad.
Programar, ejecutar y controlar el mantenimiento y recuperación del mobiliario a
través del taller de maestranza.
Controlar el suministro de combustible del parque automotor, racionalizar y asegurar su
correcto uso.
Llevar el registro estadístico detallado de la provisión y consumo de combustibles y
lubricantes.
Monitorear y hace cumplir el plazo y calidad de ejecución de los trabajos de reparación
de la flota vehicular y maquinarias efectuadas en el taller municipal.
Velar por la actualización de la información referida a la ubicación y estado de
conservación de todos los bienes patrimoniales de la municipalidad.
Formular y proponer el presupuesto anual y Plan Operativo Institucional (POI) en el
ámbito de
su competencia para su aprobación y adecuada administración, en
coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Resolver los asuntos administrativos de su competencia a través de Resoluciones y
Directivas y demás procedimientos contemplados en el TUPA.
Proponer, gestionar e implementar mejoras en los procesos y procedimientos de su
competencia.
Definir, actualizar y coordinar directivas de carácter interno para la administración de
recursos humanos, logísticos, así como otros aspectos de su competencia.
Las demás funciones propias de su competencia que le sean asignadas por el Gerente
Municipal.
UNIDAD DE CONTABILIDAD
ARTICULO 64
La Unidad de Contabilidad, es una instancia orgánica de la Oficina General de Administración,
que tiene como objetivo conducir las acciones de ejecución de las operaciones financieras del
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
sistema de contabilidad gubernamental de la Municipalidad, de acuerdo al marco legal
establecido.
ARTICULO 65
La Unidad de Contabilidad está a cargo de un servidor con categoría de jefe de unidad, que
depende del Gerente Municipal.
ARTICULO 66
Corresponde a la Unidad de Contabilidad las siguientes funciones:
1.
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18.
Programar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones de información financiera
y presupuestaria de conformidad con el sistema de contabilidad gubernamental, en
coordinación con la Contaduría Pública de la Nación.
Formular, proponer, dirigir, ejecutar, supervisar las fases de elaboración y evaluación
de los estados financieros de la Institución, siendo responsable de su cumplimiento y
correcta aplicación.
Verificar la correcta formulación y sustentación de la documentación de la documentación
fuente de compromiso de pago de encargo, así como la revisión de la documentación
sustentadora del gasto, conforme a la Directiva aprobada.
Efectuar el seguimiento y control de los encargos otorgados al personal de la
Municipalidad, informando oportunamente de aquellos que no efectúan la respectiva
rendición del gasto.
Efectuar en el SIAF la fase de Ejecución del Presupuesto Institucional en su etapa de
devengado
Responsable del control previo de todas las operaciones financieras sujeta a
registro contable, antes de efectivizar el pago correspondiente.
Efectuar las conciliaciones de los saldos de las cuentas contables y reconciliaciones de las
cuentas bancarias, manteniendo registros analíticos en cada caso.
Elaborar el registro contable de las adquisiciones de bienes y/o servicios.
Responsable de la elaboración de la información mensual que se presentará a la
SUNAT, mediante el programa denominado Confrontación de Operaciones Auto
declarado.
Administrar los registros contables de las operaciones financieras y la rendición de
cuentas.
Elaborar,
controlar, supervisar
y evaluar el diagnóstico de la situación
económica financiera Institucional e informando permanentemente a la Gerencia de
Finanzas.
Efectuar los ajustes y reclasificaciones de las cuentas contables manteniendo registros
analíticos de cada caso.
Efectuar el registro contable de la ejecución presupuestal de la Municipalidad,
cautelando la correcta aplicación legal y presupuestaria del egreso, ajustándose a la
programación de pago establecida y a los montos presupuestados.
Mantener actualizados los libros contables principales y auxiliares contables.
Coordinar con la Unidad de Rentas la verificación de valores que obran en sus respectivas
Subgerencias para el sustento de los Saldos de Cuentas por Cobrar.
Presentar el balance General, Estado de Gestión, Estado Patrimonial y el Estado de
Fondos disponible con periodicidad mensual y todos los estados financieros con
periodicidad anual con sus respectivas notas explicativas.
Efectuar las coordinaciones del caso con las respectivas subgerencias, con el fin de
asegurar el control de los tributos y/o retenciones que se efectúan por impuestos
(SUNAT) aportes (AFP o ESSALUD), contribuciones, tasas y retenciones judiciales y/o
legales.
Elaborar los registros de Análisis de Cuentas, que forman parte del Balance General.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
19. Participar en la formulación del presupuesto anual de la Municipalidad.
20. Efectuar las coordinaciones que el caso amerite con los Auditores externos o con el
jefe del Órgano de Control, por la emisión del dictamen de los Estados Financieros
Anuales.
21. Ejercer el control programado e intempestivo de las operaciones de ingreso de fondos, en
todos los lugares de atención al público.
22. Aplicar las directivas necesarias de acuerdo a lo dispuesto por las normas técnicas de
control interno para el sector público.
23. Coordinar y requerir información a todas las unidades orgánicas de la municipalidad con
la finalidad de obtener un flujo de información contable en forma correcta y oportuna.
24. Coordinar con la Unidad de Logística y Almacén la toma de Inventario de activos fijos y
de existencias al cierre de cada ejercicio.
25. Solicitar información a la Dirección de Desarrollo Urbano respecto a las liquidaciones de
obras concluidas, así como el Acta de Recepción.
26. Solicitar información a la Oficina de Asesoría Jurídica sobre el Saneamiento de los
bienes Inmuebles y Contingencias Valorizadas.
27. Coordinar, informar y remitir mensualmente la ejecución de ingresos y egresos a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, para la Conciliación de Saldos.
28. Registrar contablemente las transferencias del Tesoro Público de acuerdo a las leyes
anuales de presupuesto.
29. Formular y proponer su presupuesto anual y su Plan Operativo Institucional (POI) para
su aprobación correspondiente y administrar adecuadamente.
30. Administrar la información que se procesa en el Sistema Informático con que cuenta la
unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones.
31. Efectuar arqueos mensuales sorpresivos de los fondos fijos, cajas recaudadoras, especies
valoradas y otros, informando
a la Gerencia de Finanzas, las observaciones y
recomendaciones.
32. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas por el Gerente de Finanzas.
UNIDAD DE TESORERIA
ARTICULO 67
La Unidad de Tesorería es la instancia orgánica que tiene como función promover e impulsar la
optimización de recursos financieros de la Municipalidad mediante una administración moderna,
eficiente, efectiva y económica en cumplimiento a las normas del Sistema de Tesorería.
ARTÍCULO 68
La unidad de tesorería está a cargo de un servidor con categoría de jefe de oficina, que depende
funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal.
ARTICULO 69
Son funciones de la Unidad de Tesorería, las siguientes:
1.
2.
3.
Dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la aplicación de las Normas Generales del Sistema de
Tesorería Gubernamental, siendo responsable de su cumplimiento y correcta aplicación.
Cautelar la adecuada captación, custodia y depósito de los ingresos, en forma inmediata
e intacta, así como los títulos y valores recepcionados en la subgerencia.
Programar, ejecutar, supervisar y evaluar el proceso de registro de las operaciones de
tesorería, así como el control de las cuentas bancarias, efectuando el pago y/o
amortización e intereses de los compromisos financieros de la Institución, siendo
responsable de su cumplimiento y correcta aplicación.
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Efectuar el registro en el SIAF de las etapas del Girado de los comprobantes de pago en las
fechas de emisión del cheque y/o carta orden y en la etapa del pagado a la entrega del
cheque al beneficiario, o en su defecto a la entrega de la carta orden
Realizar los pagos de impuestos, aportaciones, tributos y otras contraídas por la
Municipalidad, de acuerdo a las normas vigentes.
Verificar y realizar las conciliaciones bancarias de las cuentas corrientes en las distintas
fuentes de financiamiento de la municipalidad.
Elaborar el PDT 601 Renta 4ta categoría y coordinar con la Oficina de Recursos
Humanos la información procesada para su presentación.
Realizar de manera diaria la posición bancaria de las cuentas corrientes en donde se
refleje el saldo financiero y contable.
Programar y efectuar arqueos de fondos fijos, cajas recaudadoras, especies valoradas
y otros, informando a la Unidad de Contabilidad, las observaciones y recomendaciones.
Aplicar las Directivas Técnicas de Control Interno de Tesorería para el Sector Público.
Informar y remitir mensualmente el consolidado de la ejecución de ingresos a
la Unidad de Contabilidad, Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General
de Administración.
Efectuar el registro por captación de tributos y otras fuentes de ingresos de la
Municipalidad, la conciliación, actualización y control diario de cuentas corrientes de los
contribuyentes que administra la Unidad de Rentas a través del Área de Recaudación
y Control y el depósito oportuno en las cuentas corrientes que la municipalidad
mantiene en los bancos autorizados.
Efectuar los pagos de obligaciones contraídas por la Municipalidad de conformidad con
la política establecida.
Coordinar con los bancos e instituciones financieras la emisión de los instrumentos
financieros que le permita a la municipalidad contar con la liquidez necesaria y oportuna
para solventar sus operaciones dianas.
Planificar y ejecutar el pago de proveedores de bienes, servicios, remuneraciones del
personal y otras cuentas por pagar de acuerdo a la disponibilidad y cronogramas
establecidos en coordinación con la Gerencia de Finanzas.
Controlar el manejo de Caja Chica.
Controlar las transferencias del Tesoro Público de acuerdo a las leyes anuales de
presupuesto, por diversos conceptos específicos (FONCOMUN, Vaso de Leche, Canon)
y la correspondiente aplicación, según sus fines.
Elaborar el flujo de caja proyectado diario y mensual, en coordinación con las unidades
generadoras de ingresos, en función a la información de los meses anteriores
informando los resultados a la Unidad de Contabilidad.
Elaborar, controlar y efectuar el seguimiento de los comprobantes de pago hasta la
culminación de la entrega del cheque al proveedor.
Controlar y custodiar las Cartas Fianza, Cheques de Gerencia y otros valores, que hayan
sido acreditadas ante la Municipalidad y que garanticen el fiel cumplimiento de
contratos, velando por su permanente vigencia y exigibilidad de renovación oportuna.
Remitir mensualmente a la Unidad de Contabilidad el resumen y detalle de la
recaudación, documentación {notas de abono, notas de cargo, boletas de depósito},
informe de gastos bancarios y otros gastos financieros, informes de ingresos por intereses
bancarios y otros análogos, informe de comprobantes de pago y cheques anulados,
remitir comprobantes de pagos originales,
estado situacional de los préstamos
recibidos y otorgados, libro banco y relación de cheques pendientes de pago .
Formular y proponer su presupuesto anual y su Plan Operativo Institucional (POI} para
su aprobación correspondiente y administrar adecuadamente.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas por la Oficina General de Administración.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
UNIDAD DE RECURSOS HUMANOS
ARTICULO 70
La Unidad de Recursos Humanos es un órgano de apoyo encargado de organizar, conducir,
ejecutar y evaluar las actividades de administración de personal, relaciones laborales, bienestar
social, capacitación y desarrollo de los recursos humanos.
ARTICULO 71:
La unidad de personal está a cargo de un servidor con categoría de jefe de unidad que depende
de la Gerencia Municipal.
ARTICULO 72
Le corresponde a la unidad de personal las siguientes funciones:
1.
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16.
17.
Programar, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar el desarrollo del sistema de
recursos humanos de acuerdo a los lineamientos y políticas de personal de la
Municipalidad y otras relativas al sistema.
Proponer a la Oficina General de administración el Presupuesto Analítico del
Personal, y coordinar el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal con la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Supervisar los nombramientos, contrataciones, desplazamientos y ceses de personal de
conformidad con la respectiva delegación de atribuciones, cualquiera que fuera la modalidad
de contrato.
Proponer programas de incentivos para los trabajadores con responsabilidad directiva
con la finalidad de contribuir al mejor desarrollo de sus funciones asignadas.
Administrar los procesos de reclutamiento, selección, contratación e inducción del
personal; así como los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) acorde con las
normatividad sobre la materia.
Efectuar mensualmente a través de las planillas únicas de pago las retenciones de
Ley, declarándolas en el PDT, coordinando el pago con la Unidad de Tesorería.
Administrar y ejecutar los procesos de remuneraciones y estímulos.
Administrar los programas de bienestar social para el personal, con un enfoque de
promoción social, educativo y preventivo.
Promover y desarrollar un moderno sistema de información estadística, registro y control
que facilite la eficiente administración del potencial humano.
Desarrollar acciones que propicien el otorgamiento de incentivos y/o distinciones a los
trabajadores que destaquen en iniciativas y dedicación en el desempeño de sus funciones.
Planear, coordinar y evaluar los niveles de percepción de los trabajadores respecto a las
actitudes y clima laboral en la municipalidad e implementar las recomendaciones
formuladas.
Evaluar las propuestas de rotación, promoción, contratación y cese del personal, en
función del perfil del cargo y competencias del trabajador, de acuerdo a las normas
procedimientos establecidos.
Formular y ejecutar el Plan de Desarrollo de Capacidades del personal a través de los
programas de entrenamiento, especialización y capacitación orientados al
cumplimiento de los objetivos institucionales.
Administrar los procesos de control de asistencia y permanencia del personal.
Elaborar las planillas de pago, así como expedir certificados y constancias de trabajo.
Organizar, implementar y mantener actualizado los registros y el escalafón del
personal.
Aplicar las Directivas Técnicas del Personal de acuerdo a lo dispuesto por las normas
técnicas de control interno para el sector público.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
18. Dirigir, coordinar y controlar las relaciones laborales, formulando estrategias
destinadas a la prevención de conflictos laborales, atendiendo las quejas y reclamos
individuales o colectivos.
19. Elaborar en coordinación con las diferentes unidades orgánicas el Plan de Practicas Pre
Profesionales de la Municipalidad.
20. Elaborar y dirigir programas que evalúen los factores psicosociales del trabajo a fin de
determinar los efectos psicológicos y su repercusión en la productividad, satisfacción
y clima laboral.
21. Elaborar y dirigir Programas de Seguridad y Salud ocupacional a fin de prevenir todo daño
derivado de las condiciones del trabajo.
22. Asesorar a las diferentes dependencias en aspectos relacionados a los asuntos de su
competencia
23. Efectuar los procesos de análisis, descripción y evaluación de puestos de trabajo y
perfiles ocupacionales, que permiten proponer alternativas de actualización en los
procesos de selección, desarrollo de personal, evaluación de desempeño y
administración salarial.
24. Organizar y ejecutar periódicamente evaluaciones de desempeño laboral, que
permitirán a la administración, la ejecución de medidas correctivas o de estímulo.
25. Impulsar u coordinar las acciones para la elaboración de convenios de capacitación con
entidades del Estado, universidades y otros centros superiores.
26. Atender los expedientes relacionados con los derechos y beneficios que la legislación
otorga a los trabajadores y pensionistas de la Municipalidad.
27. Sancionar por faltas de carácter administrativo disciplinarios cuya gravedad no sea
motivo de cese temporal mayor de treinta (30 días) o destitución, que corresponde
resolver a las respectiva Comisiones de Procesos Administrativos Disciplinarios y la
Gerencia de Administración en el caso del personal obrero.
28. Formular y proponer su presupuesto anual y su Plan Operativo Institucional (POI) para
su aprobación y administrar adecuadamente.
29. Administrar la información que se procese en el sistema informático con que cuente la
unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones.
30. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administración.
UNIDAD DE LOGISTICA y ALMACEN
ARTICULO 73
La Unidad de Logística y Almacén, es el órgano de apoyo encargado de administrar el proceso de
abastecimientos de los recursos materiales y servicios que adquieran todas las áreas de la
Municipalidad.
ARTICULO 74
La Unidad de Logística y Almacén está a cargo de un servidor con categoría de jefe de unidad que
depende de la Gerencia Municipal.
ARTICULO 75
Las funciones de la Unidad de Logística y Almacén, son las siguientes:
1.
Organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la conservación y
mantenimiento preventivo y correctivo de los locales, instalaciones, mobiliario, equipos
y maquinarias de propiedad o en uso por la municipalidad,
con excepción del
equipamiento de cómputo.
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17.
18.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Elaborar el proyecto de Plan Anual de Contrataciones (PAC), en base al consolidado de
cuadro
de necesidades presentadas por las diferentes unidades orgánicas de la
Municipalidad, para ser aprobado por el titular de la entidad.
Presidir el comité Especial Permanente de Adjudicación de Menor Cuantía.
Formalizar las decisiones de otorgamiento de la buena pro acogidas por los Comités
Especiales, a través de la elaboración de los proyectos de contrato y la emisión de las
órdenes de servicio y/o compra, conforme a las normas vigentes.
Administrar el almacenamiento y distribución de los bienes de la Municipalidad,
efectuando acciones de seguimiento y control.
Verificar la calidad, cantidad y otras características de los bienes decepcionados.
Organizar, el registro de las tarjetas de control.
Recepcionar, verificar por grupos, clases y características de todos los bienes que ingresan a
los almacenes.
Elaborar y tener al día su ingreso y salida de almacén, previo comprobante de salida (pecosa)
póliza de entrada y salida para remitirlas a integración contable.
Otras funciones que les sean asignadas, acorde a la ley orgánica de Municipalidades, el
sistema de abastecimiento por el jefe de la unidad de logística y almacén.
Suministrar los bienes y servicios que sean necesarios para el funcionamiento de la
Municipalidad, en función a stock de almacén, controlando su oportuna reposición.
Cautelar el estricto cumplimiento de las Directivas y Normas de Control, en el desarrollo de
las contrataciones y adquisiciones que realiza la Municipalidad; observando los
lineamientos para el ejercicio del control preventivo.
Formular y proponer el Presupuesto Anual y Plan Operativo Institucional de la
Subgerencia, para su aprobación; administrándolo adecuadamente.
Organizar, dirigir ejecutar y controlar las actividades del inventario físico de mobiliario,
equipos, maquinarias, vehículos e inmuebles de propiedad de la municipalidad.
Supervisar y controlar el cumplimiento de los plazos y la calidad de ejecución de los
trabajos de manteniendo ejecutados por terceros en los locales municipales.
Programar, ejecutar y controlar los trabajos de limpieza de los locales municipales, así
como la administración adecuada de materiales de limpieza
Administrar y controlar la asignación de vehículos para uso administrativo, velando por el
mantenimiento y reparación oportuna.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se derive del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas por la Oficina General de Administración.
ÁREA DE ARCHIVO Y PATRIMONIO
ARTICULO 76
Tiene las siguientes funciones:
Archivo
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Proponer normas e implementar las actividades de recepción, codificación, registro,
clasificación, control y distribución del sistema documentario de la Municipalidad.
Establecer un sistema de archivo eficaz de documentos proponiendo a utilizar tecnología de
punta.
Proporcionar servicios de información sobre la documentación archivada, a quien lo solicite.
Organizar y controlar los mecanismos de archivos y conservación de los documentos.
Efectuar la codificación, del archivo central y archivar los expedientes que correspondan,
previa clasificación de las mismas.
Organizar y administrar el archivo general de la Municipalidad conforme con las normas del
sistema nacional de archivos creado por ley N° 25323 y su reglamento, aprobado por
decreto supremo N° 008-92- JUS.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
7.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Las demás atribuciones y responsabilidades que se derive del cumplimiento de sus funciones
que les sean asignadas por la Gerencia Municipal.
Patrimonio
1.
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6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
Registrar, controlar y conservar la existencia de los bienes patrimoniales y de almacén,
así como realizar los inventarios físicos correspondientes de acuerdo a las normas
vigentes.
Planificar y supervisar la recuperación del mobiliario y mantenimiento general de las
instalaciones de la Municipalidad.
Planificar y supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes patrimoniales
según el Plan Operativo aprobado.
Hace el registro en el sistema de inventario nacional (S.I.G.A)
Programar y controlar trimestralmente el registro de bienes de activo fijo y bienes muebles e
inmuebles de la Municipalidad, así como coordinar con la unidad competente la valorización,
la revaluación, bajas y exentes de los inventarios (margesí de bienes).
Programar el almacenamiento y distribución racional y oportuna de los bienes
Gestionar la titulación de los bienes inmuebles de la Municipalidad y su inscripción en los
Registros Públicos, en coordinación con la oficina de Asesoría legal.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por la Gerencia Municipal, acorde a la ley orgánica de
Municipalidades.
Proporcionar a la Unidad de Contabilidad la información respecto a los bienes
patrimoniales de la Municipalidad, para su valorización, depreciación, reevaluación,
bajas y excedentes de los mismos.
Programar, ejecutar y controlar los procesos de codificación y asignación de bienes
patrimoniales
Registrar, verificar y controlar la base de datos de inmuebles y terrenos de propiedades de
la municipalidad, codificándolos para su correcta identificación.
Proporcionar información histórica de los bienes muebles e inmuebles de la Municipalidad a
la Dirección de Desarrollo Urbano, Oficina de Asesoría Jurídica y Procuraduría Pública
Municipal, para el trámite de su titulación y saneamiento físico respectivo.
Realizar el inventario físico y valorizado de los bienes.
Cautelar que los bienes inmuebles de la Municipalidad
cuenten con los respectivos
títulos de propiedad y estén inscritos en los Registros Públicos.
ÁREA DE ADMINISTRACION DE CONTRATOS
ARTICULO 77
Las funciones del Área de Administración de Contratos con los siguientes:
1.
2.
3.
Programar, coordinar, ejecutar y controlar los procedimientos de contratación, adquisición
de bienes, arrendamientos y ejecución de obras que requieran las unidades orgánicas de
la Municipalidad, en cumplimiento de la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento
y demás normas vigentes.
Proponer y participar en la conformación de los Comités Especiales para las Licitaciones
Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directas Públicas, de acuerdo a las
normas vigentes.
Brindar apoyo técnico a los Comités Especiales encargados de conducir los procesos de
selección, conforme a las normas vigentes.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
UNIDAD DE RENTAS
ARTICULO 78
La Unidad de Rentas es el órgano de apoyo, encargada de impulsar la captación de los
ingresos tributarios propios del sistema de gestión tributario municipal y la gestión de la
cobranza de multas administrativas impuestas según el Cuadro de Infracciones de la
Municipalidad de Curahuasi, a este efecto establece las políticas de gestión y las estrategias
adecuadas a fin de simplificar la administración de los tributos y garantizar la consecución
de los objetivos, con sujeción a la normatividad vigente. Asimismo efectuar las operaciones
de fiscalización tributaria que conlleven al cumplimiento de las disposiciones municipales.
ARTICULO 79
La unidad de rentas está a cargo de un servidor con categoría de jefe que depende de la Gerencia
Municipal.
ARTICULO 80
Corresponde a la unidad de rentas las siguientes funciones:
1.
Administrar el sistema tributario municipal, la recaudación de impuestos, contribuciones,
tasas y de multas tributarias y administrativas, según el ámbito de competencias
establecidos por la Municipalidad de la Victoria, promoviendo las acciones para su
correcta determinación y estrategias de cobranza para el cumplimiento de las metas
presupuestadas.
2. Velar por el cumplimiento de los objetivos específicos de su competencia, establecidos en
el Plan Estratégico Institucional de la Municipalidad.
3. Formular y proponer a la Gerencia Municipal, las políticas, normas, reglamentos, planes
y programas, que correspondan, para mejorar la gestión tributaria municipal en el
ámbito de su competencia.
4. Formular y analizar las estadísticas sobre el importe recaudado por la Gerencia de Rentas
y remitirlas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
5. Organizar y supervisar la actualización anual de las declaraciones juradas y liquidación del
impuesto predial y arbitrios municipales de los contribuyentes, y en general, respecto de
otros tributos a su cargo, evaluar la ejecución de las actividades, para que conforme a ley,
tome decisiones
operativas, a fin de mejorar los procedimientos
de registro,
acotación, fiscalización, control y gestión de cobranza.
6. Planear,
organizar, dirigir, coordinar
y controlar
los procesos de registro de
contribuyentes y predios; así como fiscalización tributaria y recaudación tributaria y no
tributaria.
7. Formular la propuesta anual de los arbitrios, para su aprobación correspondiente.
8. Establecer las políticas de emisión anual del impuesto predial y arbitrios, coordinar la
distribución domiciliaria de las cuponeras.
9. Organizar y supervisar el proceso de atención de consultas de los contribuyentes o
responsables sobre los procedimientos tributarios y de las acciones de difusión y
orientación de los derechos y obligaciones tributarias de los vecinos.
10. Velar por la oportuna atención de los reclamos que presenten los contribuyentes y/o
administrados.
11. Previa verificación de los requisitos de admisibilidad, tramitar la elevación de los
recursos de apelación admitidos y las quejas presentadas por los contribuyentes del
distrito y reguladas por el Código Tributario.
12. Informar mensualmente al Gerente Municipal, el desarrollo de los programas, proyectos y
actividades a su cargo.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
13. Proponer proyectos de Ordenanzas, Decretos de Alcaldía, Directivas, Instructivos sobre
temas de su competencia a fin de optimizar la gestión de la Administración
Tributaria Municipal.
14. Velar por el cumplimiento de las Resoluciones y proveídos del Tribunal Fiscal, así como
de las Resoluciones emitidas por otros órganos administrativos encargados de resolver
en segunda instancia.
15. Resolver los asuntos administrativos de su competencia a través de Resoluciones.
16. Proporcionar a las áreas municipales el padrón anual de vecinos victorianos puntuales a
fin de ser pasibles de los beneficios que dicho régimen otorgue.
17. Contestar mediante cartas los asuntos que no están vinculados a actos administrativos o
los que constituyan actos no reclamables de su competencia.
18. Emitir un informe con el descargo correspondiente a la Gerencia Municipal sobre las
denuncias y/o quejas contra los funcionarios de la Gerencia de Rentas.
19. Elaborar
su Presupuesto Anual y Plan Operativo
Institucional
(POI) y
administrarlo adecuadamente.
20. Proponer y coordinar con la Unidad de Informática
el permanente desarrollo y
actualización de los sistemas informáticos, en el ámbito de sus competencias.
21. Administrar el Sistema de Gestión documentaría en el ámbito de su competencia,
conforme a la normatividad vigente.
22. Monitorear el registro detallado de los ingresos ejecutados por sus subgerencias y
remitir oportunamente
a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto para su
evaluación correspondiente.
23. Coordinar el normal desarrollo de las actividades involucradas en el proceso de
actualización mecanizada ejecutada por la Unidad de Informática de la Información, a fin
de determinar la correcta liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para
la emisión anual de las obligaciones tributarias del periodo fiscal correspondiente.
24. Coordinar con la Unidad de Informática la implementación en los sistemas de nuevas
ordenanzas de carácter tributario y lo que respecta a multas administrativas.
25. Coordinar con
la Unidad de Informática las
adquisiciones
de hardware e
infraestructura para la Gerencia, los requerimientos de implementación de nuevos
servicios a través del portal institucional a favor de los contribuyentes; copias de
resguardo de la información de la Base de datos de los sistemas
tributarios,
habilitación del servidor de desarrollo y el mantenimiento de los equipos de cómputo.
26. Cumplir con las demás funciones delegadas y/o asignadas por el Gerente Municipal.
ARTICULO 81
La Unidad de Rentas se divide en las siguientes áreas:
1.
2.
3.
Área de Registro y Recaudación
Área de Fiscalización Tributaria
Área de Ejecución Coactiva (por implementar)
AREA DE REGISTRO Y RECAUDACION
ARTCULO 82
El Área de Registro y Recaudación está a cargo de un servidor con categoría de jefe, que depende
del jefe de la Unidad de Rentas.
ARTICULO 83
Corresponde al área de registro y recaudación las siguientes funciones:
1.
Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar la recaudación y captación de los tributos
Municipales.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
2.
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9.
10.
11.
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13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Administrar la cobranza ordinaria de los tributos registrados en las cuentas corrientes del
sistema de gestión de la oficina de rentas.
Coordinar acciones para la optimización de los procesos y procedimientos que afecten las
cuentas corrientes del sistema de gestión de la unidad de rentas, con la Gerencia Municipal,
oficina de planificación y presupuesto, direcciones y unidades competentes.
Informar a los contribuyentes sobre el estado de sus obligaciones tributarias y/o
administrativas.
Resolver los recursos impugnatorios de primera instancia contra resolución administrativa
de rentas, elevando el proyecto de resolución para la aprobación del jefe de la unidad de
rentas.
Resolver las reclamaciones contenciosas tributarias, elevando el proyecto de resolución para
la aprobación del jefe de la unidad de renta.
Programar, dirigir y ejecutar el fraccionamiento de la deuda y control de las multas
administrativas.
Resolver las reclamaciones no contenciosas, elevando el documento correspondiente para la
aprobación del jefe de la unidad de rentas.
Transferir los valores en estado de cobranza ordinaria al área de fiscalización tributaria y el
área de cobranzas coactivas, conforme a la ley.
Determinar los saldos por cobrar de menos cuantía en estado de cobranza ordinaria, por
tributo y periodo, proponiendo la aplicación de la medida pertinente con pronunciamientos
legales y/o contables.
Ejecutar las medidas necesarias para cumplir los plazos de prescripción de la deuda tributaria
o administrativa.
Archivar y controlar los comprobantes de pago así como los reportes de ingresos emitidos
por la oficina de tesorería.
Organizar, ejecutar y supervisar el proceso de recepción e ingreso en la base de datos de las
declaraciones juradas y otros documentos tributarios de su competencia y elaborar los
cuadros estadísticos respectivos.
Brindar orientación tributaria y atender los reclamos de los contribuyentes, formulando los
informes y proponiendo los proyectos de resolución y de los documentos que pongan fin a la
primera instancia administrativa.
Coordinar la emisión masiva anual de las declaraciones juradas y liquidación del impuesto
predial y arbitrios Municipales.
Expedir copias y constancias de declaraciones juradas, pagos y otros documentos tributarios
que obran en los archivos a su cargo.
Organizar la inscripción de los contribuyentes estableciendo sistemas únicos de codificación.
Diseñar, administrar y actualizar los padrones de contribuyentes.
Proponer la mejora de sus procesos y sistemas de coordinación con la oficina de
planificación y presupuesto.
Tramitar las solicitudes y expedientes de contribuyentes y usuarios de la información
tributaria y financiera directamente relacionas con los archivos a su cargo.
Generar liquidaciones, proyectos de resoluciones de multa tributarias, resoluciones de
determinación, resoluciones de anulación de valores para actualizar las acotaciones del
contribuyente.
Coordinar con el área de fiscalización tributaria y con el área de cobranzas coactivas a fin de
realizar campañas de depuración que permitan mantener actualizada la base tributaria.
Implementar la actualización de las tarifas de los tributos que la Municipalidad recauda,
según lo normado en coordinación con la unidad de rentas, y la oficina de planificación y
presupuesto.
Actualizar los factores y tablas de cálculo del impuesto predial, impuesto de Alcaldía,
arbitrios Municipales, multas tributarias y valores arancelarios a emplearse en la
determinación de las cuantías actualizadas de cada ejercicio y someterlo a la aprobación del
jefe de la unidad de rentas, y el Gerente Municipal.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
25. Actualizar los registros de contribuyentes y predios con la diversa documentación recibida
de otras áreas.
26. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el jefe de rentas.
AREA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA
ARTICULO 84
El área de Fiscalización Tributaria, es la unidad orgánica encargada de planificar, organizar,
dirigir y controlar las acciones de fiscalización, destinadas a verificar el cumplimiento de las
obligaciones tributarias municipales, que incentiven la formación de un actitud cívica
orientada al respeto y cumplimiento
de las normas, disposiciones municipales y
demás dispositivos legales, relacionados con aspectos tributarios.
ARTICULO 85
El área de fiscalización tributaria está a cargo de un servidor con categoría de jefe, que depende
del jefe de rentas.
ARTICULO 86
Corresponde al área de fiscalización tributaria las siguientes funciones:
1.
Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de fiscalización, destinadas
a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes.
2. Mantener actualizados los registros de fiscalización de las obligaciones tributarias,
incluyendo las correspondientes a ejercicios no prescritos.
3. Revisar y fiscalizar la información tributaria declarada por los contribuyentes, para lo cual
recibe información permanente de la división de catastro y control urbano.
4. Constatar el uso de los predios.
5. Acotar y liquidar la deuda tributaria según los dispositivos legales y Municipales vigentes.
6. Formular, recomendar propuestas para una mejor fiscalización Municipal.
7. Velar por el cumplimiento de las normas y reglamentos Municipales de sanciones y multas a
los infractores tributarios.
8. Efectuar el seguimiento selectivo de principales contribuyentes y mayores deudores con el
fin de asegurar el cumplimiento del pago de sus obligaciones tributarias.
9. Informar permanentemente a la unidad de rentas sobre las deudas tributarias que
mantienen los contribuyentes a fin de realizar las acciones oportunas de rigor.
10. Efectuar otras funciones a fines que le asigne la unidad de rentas.
11. Conducir el proceso de fiscalización de las normas Municipales en materia de profesionales,
espectáculos públicos no deportivos y efectuar el seguimiento correspondiente de acuerdo a
la normatividad aplicable.
12. De acuerdo al reglamento de aplicación de las sanciones administrativas deben cumplir con:
a) Llevar un registro de todas las notificaciones de infracción (NI) emitidas por la policía
Municipal.
b) Llevar un registro correlativo de las resoluciones de sanción emitidas por cada una de las
direcciones responsables.
c) Requerir el pago de la sanción pecuniaria en la vía ordinaria.
d) Proceder a la cobranza cumpliendo el plazo ordinario.
13. Otras funciones que le asigne la jefatura de rentas.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
AREADE EJECUCION COACTIVA
ARTICULO 87
El área de ejecución está a cargo de un servidor con categoría de jefe, que depende del área de
rentas.
ARTICULO 88
Corresponde al área de ejecución coactiva las siguientes funciones:
1.
2.
3.
4.
5.
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7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
El Área de Ejecución Coactiva planifica y coordina las estrategias y logística necesarias
para llevar a cabo la gestión de cartera de cobranza coactiva por parte del Ejecutor
Coactivo. Dicha función no implica intromisión a la autonomía al interior de los
procedimientos.
Realizar periódicamente la supervisión de las actividades realizadas por los Ejecutores y
Auxiliares Coactivos, como consecuencia de la ejecución de los procedimientos de
cobranza coactiva.
Recepcionar y derivar a las Ejecutorias Coactivas los valores, los cargos de notificación y
sus constancias de consentimiento, enviadas por la Sub Gerencia de Recaudación y Control
para la emisión de las Resoluciones de Ejecución Coactiva correspondiente.
Evaluar e informar la efectividad de las acciones de gestión de cobranza y establecer
criterios de mejora de la productividad con el fin de alcanzar las metas de recaudación
impuesta por la Administración.
El Subgerente de Ejecución Coactiva coordina con el Ejecutor Coactivo a fin de que se
pueda llevar eficientemente la gestión de cobranza; proporcionándole. apoyo logístico y
los elementos necesarios para el desempeño operativo dentro. del procedimiento.
.
Revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tnbutano que sean enviados
'para su opinión.
Proponer proyectos y directivas municipales de su competencia, propendiendo la
mejora de los procesos y procedimientos tributarios.
Emitir esquelas y cartas recordatorias de deuda.
Atender los asuntos administrativos establecidos en el TUPA relacionados con la
Unidad a su cargo.
Formular el plan anual de cobranza de obligaciones tributarias y no tributarias en
cobranza coactiva, así como el Presupuesto Anual y Plan Operativo Institucional y
administrarlo adecuadamente.
Establecer las políticas y estrategias a seguir para llevar a cabo de manera eficiente la
gestión de Cobranza.
Solicitar información a las ejecutorias sobre las deudas en proceso de cobranza coactiva a
fin de remitirlas a las centrales de riesgo.
Supervisar la labor del personal de apoyo de las Ejecutorias Coactivas.
Cumplir con las demás funciones delegadas y/o asignadas por la Gerencia de Rentas.
A pedido del ejecutor Coactivo coordinar con la Gerencia de Rentas y subgerencias
integrantes, la absolución de informes complementarios vinculados a expedientes
de cobranza coactiva, cuando ello se desprenda de las actividades de cobranza
desplegadas.
El Ejecutor es el titular del procedimiento de ejecución coactiva y tiene
autonomía funcional sobre el mismo, son sus funciones el inicio, la orden de trabar,
variar y levantar medidas cautelares, remates de bienes, resolver tercerías y la
suspensión del procedimiento de ejecución coactiva con arreglo a lo dispuesto en el
T.U.O. de la Ley nº 26979 Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva aprobado
por el Decreto supremo Nº 018-2008-JUS, respecto a las obligaciones pecuniarias de
naturaleza pública y a cargo de la Municipalidad de Curahuasi, que se le han
transferido
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
17. El Ejecutor deberá de informar al Área de Ejecución Coactiva y a las unidades
orgánicas que corresponda, la información necesaria a fin de determinar la procedencia
de la suspensión del procedimiento de ejecución coactiva.
18. El Ejecutor deberá informar al Área de Ejecución Coactiva o directamente a la
Unidad de Rentas y/o autoridades competentes, sobre lo actuado en los expedientes
de ejecución coactiva, a solicitud de los mismos.
19. El Ejecutor debe solicitar por escrito al Área de Ejecución Coactiva para que
coordine con la Unidad de Rentas el desembolso para el pago de las tasas ante los
Registros Públicos, en los casos de levantamiento de medidas cautelares de
inscripción, cuando la cobranza resulte improcedente, según se desprenda de la
secuela del procedimiento coactivo o por disposición del Tribunal Fiscal, quedando bajo
responsabilidad de la Gerencia de Finanzas las acciones inmediatas para su
diligenciamiento oportuno.
20. Cumplir con las demás funciones delegadas y/o asignadas por la Unidad de Rentas.
AREA DE INFORMATICA
ARTICULO 89
Son Funciones del área de Informática, las siguientes:
1.
2.
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5.
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7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Programar, coordinar, dirigir, ejecutar, evaluar y supervisar el diseño, desarrollo e
implementación del Sistema Informático, infraestructura tecnológica, organización y
procesos de la Municipalidad.
Planear, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar y supervisar las actividades para desarrollar
adecuadamente el uso de las tecnologías de información y de conectividad
de la
Municipalidad.
Coordinar con la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática para elaborar
el Plan de Desarrollo Informático de acuerdo a la normativa vigente.
Proponer y elaborar el Plan Operativo Anual en el ámbito de su competencia, en
coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Formular y analizar la estadística relacionada con el área y remitirlas a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto.
Elaborar el Plan Informático de la Institución, el Plan de Contingencia y demás
Instrumentos que garantice el desarrollo informático en función de las estrategias de la
Institución.
Coordinar, desarrollar y controlar las acciones para la optimización continua de los
procesos y procedimientos de la Institución.
Coordinar los requerimientos de soporte técnico de mantenimiento de los sistemas,
considerando las normas de la Municipalidad y disposiciones legales vigentes.
Supervisar, evaluar y emitir opinión técnica sobre aplicativos informáticos desarrollados
por terceros, previo a su implantación en las áreas usuarias.
Mantener actualizado el inventario de equipos, aplicaciones y programas de tecnologías de
información, licencias de uso y de conectividad de la Municipalidad.
Definir, identificar supervisar el análisis, diseño, puesta en estado operativo y
mantenimiento de la infraestructura tecnológica de procesamiento de datos y la red
integral de informática corporativa.
Brindar asistencia técnica en el tratamiento de la información y uso de equipos y
aplicaciones informáticas a todas las áreas de la Municipalidad.
Analizar los estudios sobre los avances de tecnologías de información e identificar las
necesidades de infraestructura tecnológica, de información y de redes de comunicaciones,
buscando implementarlo en la Municipalidad.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
14. Dirigir y ejecutar la gestión técnica de la red de datos y de comunicaciones, así como del
almacenamiento, niveles de acceso y seguridad de la información.
15. Elaborar las especificaciones técnicas para la adquisición de recursos informáticos y de
comunicaciones, así como de las licencias de software.
16. Diseñar políticas y directivas institucionales que sean necesarias, relativas a asuntos
informáticos, de organización y procesos.
17. Dirigir, ejecutar y evaluar el mantenimiento de la infraestructura tecnológica e
informática de la institución.
18. Administrar la base de datos de la Municipalidad, asegurando la integridad física y lógica
de estas, a través de la generación periódica de copias de respaldo (Back up).
19. Administrar la red de cómputo, y otorgar los accesos y niveles de acceso a los usuarios.
20. Administrar el correo electrónico de la Municipalidad y el servicio de Internet, otorgando
los accesos a los usuarios.
21. Ejecutar el análisis,
diseño, puesta en marcha y mantenimiento de los sistemas
aplicativos, modelo de datos programas y procedimientos automáticos que requiera la
Municipalidad.
22. Desarrollar la sistematización de los procesos de toda la Municipalidad, priorizando los
resultantes de la Mejora de Procesos en coordinación con las áreas involucradas.
23. Administrar, desarrollar y ejecutar el Sistema de Tramite Documentario en el ámbito de
su competencia conforme a la normatividad vigente.
24. Investigar, desarrollar e implementar sistemas de información para facilitar la gestión
corporativa de la Municipalidad.
25. Formular y proponer su presupuesto anual y su Plan Operativo Institucional (POI) para su
aprobación correspondiente por la municipalidad y administrar adecuadamente.
26. Proveer de recursos tecnológicos para facilitar, optimizar y mejorar los procesos de la
institución.
27. Actualizar la información publicada en la página Web de la institución.
28. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas por el Gerente de Administración Documentaría e
Informática .
OFICINA GENERAL DE SERVICIOS MUNICIPALES
ARTICULO 90
La Dirección General de Servicios Municipales es la unidad responsable de organizar, dirigir,
ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la prestación de servicios
públicos municipales a la comunidad en agua y saneamiento básico, limpieza pública,
mantenimiento de áreas verdes, mercado y locales públicos.
ARTICULO 91
La dirección de servicios municipales está a cargo de un servidor con categoría de Jefe y depende
funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal.
ARTCULO 92
Corresponde a la dirección de servicios municipales las siguientes funciones:
1.
2.
Proponer las políticas y estrategias para lograr una eficiente prestación de servicios
públicos en beneficio de la ciudad, racionalizando de manera adecuada el empleo de los
recursos municipales.
Organizar, programar, ejecutar y controlar las actividades de la limpieza pública,
tratamiento de los parques y jardines de la ciudad capital del distrito, así como de organizar
de las comunidades de dicha materia.
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14.
15.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Organizar, planificar y supervisar las acciones relacionadas en el servicio de agua potable y
alcantarillado.
Mantener actualizada la información respecto al consumo de agua, energía eléctrica,
telefonía fija y telefonía móvil de la Municipalidad, efectuando el registro y control
respectivos.
Organizar, planificar y supervisar las acciones relacionadas al funcionamiento de los
mercados de abastos y de recreación pública.
Presentar proyectos y propuestas en materia de su competencia.
Elaborar la estructura de costos de los servicios públicos de limpieza pública y parques y
jardines en coordinación con la Gerencia Municipal, la unidad de rentas y la oficina
planificación y presupuesto.
Elaborar y ejecutar programas y campañas para la conservación y recuperación de áreas
verdes, con la participación activa del vecindario.
Efectuar el control de prevención de ruidos molestos, la alteración de la tranquilidad pública,
mediante la Oficina de la Policía Municipal.
Dirigir y coordinar las campañas de limpieza pública del distrito.
Consolidar el plan operativo de las unidades orgánicas a su cargo, ejecutar las acciones
programadas, evaluar y controlar el cumplimiento de las metas trazadas.
Formular y promover programas dedicados a la defensa de la ciudadanía, de acuerdo a la
normatividad vigente.
Proponer la creación del área técnica municipal de agua y saneamiento.
Programar y administrar el abastecimiento de combustible y lubricantes destinados al
servicio de los vehículos, maquinarias y equipos de la municipalidad, controlando la
óptima utilización de estos insumos, elaborando estadísticas de provisión y consumo.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Gerente Municipal, acorde a la Ley Orgánica de
Municipalidades.
ARTICULO 93
La dirección de servicios Municipales contiene las siguientes divisiones.
1.
2.
3.
Unidad Técnica Municipal de Agua Potable y Saneamiento
Unidad de Limpieza Pública, Jardines y Cementerio.
Unidad de Mercados, Camal y Locales Públicos.
UNIDAD TECNICA MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
ARTICULO 94
La Unidad Técnica Municipal de Agua Potable y Saneamiento es la unidad orgánica responsable
de organizar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la prestación
de servicios de saneamiento básico en el distrito.
ARTICULO 95
La Unidad Técnica Municipal de Agua Potable y Saneamiento está a cargo de un servidor con
categoría de jefe, que depende de la Dirección General de Servicios Municipales.
ARTICULO 96
Son funciones de la Unidad Técnica Municipal de Agua Potable y Saneamiento, las siguientes:
1.
2.
Organizar, dirigir, ejecutar y supervisar el servicio de agua potable y alcantarillado en el
distrito.
Garantizar el mantenimiento del servicio de agua potable y alcantarillado en el distrito.
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28.
29.
30.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Verificación en forma periódica la calidad del agua para el consumo humano, coordinando
respectivamente con el Centro de Salud del distrito, programando periódicamente las
acciones de limpieza, desinfección y cloración de los sistemas de agua del ámbito urbano y
rural.
Coordina y planifica acciones para el mantenimiento de la infraestructura designada al
sistema de agua potable y alcantarillado.
Organiza, supervisa y asesora a las JASS comunales.
Realizar y/o actualizar el diagnostico de agua y saneamiento del ámbito territorial del
distrito.
Alimentar el sistema informático de Agua y Saneamiento (SIAS) que sirva como
herramienta para la planificación y la toma de decisiones.
Promover la formación de la Asociación de Juntas Administradoras de servicios de
saneamiento (AJASS) con el propósito de fomentar el ejercicio de ciudadanía y participación
de los presupuestos participativos.
Registrar a las JASS y/u operadores especializados.
Otorgar una resolución de registro de las JASS.
Elaborar propuestas de ideas de proyectos de agua y saneamiento para su mejoramiento,
ampliación y reposición de los sistemas de A y S.
Orientar y dar asistencia técnica a las JASS del ámbito de influencia Municipal para la
gestión de los servicios de saneamiento.
Monitorear y supervisar la gestión de los servicios de saneamiento del ámbito del distrito, en
estrecha relación con las Juntas Administradoras de Servicios de Saneamiento.
Orientar y supervisar la fijación de la cuota familiar para el buen mantenimiento de los
servicios de saneamiento.
Capacitar a la población orientada al involucramiento en una nueva cultura del agua y el
ambiente.
Promover campañas de limpieza en las Instituciones Educativas, Centros Poblados y
Caseríos.
Supervisar las actividades de operación, mantenimiento y desinfección de los sistemas de
agua potable.
Institucionalizar la organización de Juntas Administradoras de Servicios.
Reparar con la Asociación de JASS la priorización de proyectos de Agua y Saneamiento.
Supervisar los procesos educativos durante la implementación de proyectos integrales de
agua y saneamiento.
Facilitar conjuntamente con las JASS la provisión de cloro a las JASS, a precios justos y
accesibles.
Asesorar el funcionamiento de las JASS para compartir la supervisión y monitoreo de
gestión.
Capacitar y dar asistencia a las JASS sobre operación y mantenimiento de los sistemas de
agua potable y saneamiento.
Asesorar y capacitar sobre la Administración de los servicios de saneamiento a los consejos
directivos de las JASS, a promotores de salud, dirigentes y líderes locales para la eficiente
gestión de los servicios.
Orientar y apoyar la elaboración de Planes de trabajo anual de las JASS del distrito.
Coordinar y convocar a las entidades públicas y privadas que vienen trabajando el tema de
saneamiento en la población, para establecer acciones conjuntas.
Coordinar y complementar acciones con directores y docentes de las Instituciones
Educativas con el fin de reforzar el trabajo de agua y saneamiento ambiental considerado
dentro del currículo educativo.
Coordinar con el sector Salud para realizar el control y vigilancia de la calidad del agua.
Desarrollar actividades educativas con el sector salud para lograr la eficiencia en el trabajo
de educación sanitaria.
Realizar sesiones educativas de sensibilización sobre el uso racional del agua.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
31. Desarrollar sesiones educativas sobre el cuidado del ambiente.
32. Realizar el control de calidad de agua en coordinación con los puestos de salud.
33. Otras funciones que le asigne la Dirección General de Servicios Municipales.
UNIDAD DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES, JARDINES Y CEMENTERIO
ARTICULO 97
La división de limpieza pública, parques, jardines y cementerio está a cargo de un servidor con
categoría de jefe, depende jerárquicamente de la dirección de servicios Municipales.
ARTICULO 98
La división de limpieza pública, parques, jardines y cementerios tiene las siguientes funciones y
atribuciones.
Limpieza pública:
1.
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8.
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10.
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15.
16.
17.
Programar, ejecutar y supervisar las acciones que correspondan a la recolección y
disposición final de residuos sólidos, así como al servicio de barrido de calles y avenidas.
Supervisar el adecuado transporte y disposición final de los residuos sólidos generados en
el distrito a los rellenos sanitarios definidos y autorizados por la Municipalidad.
Velar por la limpieza de vías y áreas de uso público.
Promover campañas de limpieza de casas, techos, jardines y huertos familiares en el área
urbana del distrito.
Coordinar con el Área de Fiscalización la ejecución de sanciones a los vecinos y/o
contribuyentes que no cumplan con la normatividad municipal respecto a la disposición
de residuos sólidos y limpieza pública.
Coordinar con los vecinos y entidades competentes campañas de educación y
concientización sobre el mantenimiento, ornato y limpieza pública en el distrito.
Formular y ejecutar estudios orientados a la reutilización y reciclaje de los desperdicios y
residuos sólidos recuperables.
Realizar la defensa de salud colectiva a través de campañas informativas sobre los riesgos de
contaminación.
Promover y coordinar la ejecución de campañas y acciones relacionadas al saneamiento
ambiental.
Administrar y controlar el uso adecuado de los recursos humanos y materiales que se
le asignen. Propiciar el perfeccionamiento y entrenamiento del personal a su cargo.
.Elaborar el Presupuesto Anual y el Plan Operativo Institucional (POI) del área
de su competencia y administrarlo adecuadamente.
Reportar la información estadística de su área.
Efectuar conjuntamente con los responsables de defensa civil la descolmatación del río
adyacente a la ciudad de Curahuasi.
Realizar acciones de fumigación contra insectos vectores.
Atender solicitudes y quejas de los vecinos sobre el servicio que se presta.
Coordinar con los vecinos y entidades competentes campañas de educación y
concientización sobre el mantenimiento, ornato y limpieza pública en el distrito.
Cumplir con las demás funciones asignadas y/o delegadas por la oficina General de
Servicios Municipales.
Parques y jardines
1.
Conservar los parques y jardines de la ciudad.
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7.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Evaluar, ejecutar y supervisar el mantenimiento, embellecimiento, riego, recuperación
y ampliación de parques, jardines, escenarios deportivos y demás áreas verdes.
Coordinar, programar y proponer áreas para la recreación de la niñez y del vecindario
mediante la construcción y mejoramiento de parques, jardines, áreas de paisaje natural
en coordinación con las organizaciones vecinales, comerciales y otros de interés social.
Ejecutar programas sobre la responsabilidad y tenencia de animales domésticos,
generando una norma específica para el registro, control y desplazamiento en calles y
parques del distrito en coordinación con la Dirección de Desarrollo Social e
Interinstitucional.
Administrar y supervisar los trabajos del vivero Municipal.
Elaborar el Presupuesto Anual y el Plan Operativo Institucional (POI) y administrarlo
adecuadamente.
Cumplir con las demás funciones asignadas y/o delegadas por el Gerente de Servicios a
la Ciudad.
Cementerio
1.
2.
3.
4.
Administrar y supervisar la prestación de servicios del cementerio Municipal.
Controlar, autorizar el uso del cementerio de conformidad al TUPA de la Municipalidad y la
normatividad legal vigente.
Disponer, coordinar y ejecutar labores de limpieza, mantenimiento y mejoramiento del
cementerio.
Otras funciones específicas que les sean asignadas por la dirección de servicios Municipales
en el ámbito de su competencia.
UNIDAD DE MERCADOS Y LOCALES PUBLICOS
ARITCULO 99
La Unidad de Mercados y Locales Públicos es la unidad orgánica responsable de organizar,
dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los mercados de abastos,
camal municipal y locales públicos.
ARTICULO 100
La Unidad de Mercados Camal y Locales Públicos, está a cargo de un servidor con categoría de
jefe, que depende de la Dirección General de Servicios Municipales
ARTICULO 101
Son funciones de la Unidad de Mercados y Locales Públicos, las siguientes:
1. Organizar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con los servicios que
presta el mercado de abastos, los mercados menores, el camal municipal y los locales
públicos.
2. Programar, ejecutar y supervisar el mantenimiento, la limpieza e higiene del Mercado
Modelo de Abastos, el camal municipal y los locales públicos de propiedad de la
municipalidad.
3. Supervisar las licencias y carnets de sanidad de los concesionarios y operadores del Mercado
de Abastos.
4. Supervisar permanentemente la seguridad interna y la calidad del servicio que presta el
mercado de abastos, el camal municipal y los locales públicos de propiedad de la
municipalidad.
5. Supervisar en forma permanente el peso de los productos que se expenden en el mercado de
abastos de la ciudad.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
6. Proponer normas de control de la higiene y salubridad de los lugares de recreación pública.
7. Elaborar el Plan de la unidad orgánica a su cargo, ejecutar las acciones programadas, evaluar
y controlar el cumplimiento de las metas trazadas.
8. Otras funciones afines que le asignen la Dirección General de Servicio Municipales.
UNIDAD DE LA POLICIA MUNICIPAL
ARTICULO 102
La Unidad de Policía Municipal está a cargo de un servidor que tiene la categoría de jefe,
depende de la Dirección General de Servicios Municipales.
ARTICULO 103
Son funciones de la Unidad de Policía Municipal, las siguientes:
1. Programar, dirigir y controlar los operativos destinados a verificar el cumplimiento de las
licencias normales y especiales otorgados por la Municipalidad.
2. Difundir las disposiciones y normas legales vigentes correspondientes a la Policía Municipal.
3. Organizar, dirigir y controlar las acciones y procedimientos de comercio formal.
4. Organizar, dirigir y controlar el cumplimiento de las ordenanzas y disposiciones sobre
comercio ambulatorio, ruidos molestos, etc.
5. Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad en los lugares y/o salas de
espectáculos, ferias, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al público, incluyendo los
establecimientos hoteleros, sociales, culturales y religiosos.
6. Combatir las ventas de productos o artículos de contrabando.
7. Girar las multas por infracciones cometidas contra las disposiciones de las ordenanzas
vigentes.
8. Controlar la venta y preparación de alimentos, para que se realicen dentro de las normas
sanitarias y de higiene.
9. Supervisar el correcto funcionamiento de los establecimientos comerciales, industriales y de
servicio, dentro de las disposiciones municipales vigentes.
10. Supervisar el estricto cumplimiento del reglamento del mercado municipal y subsistencias
vigente y de los contratos de concesión de los puestos.
11. Atender los pedidos y reclamos de los usuarios.
12. Hacer cumplir el horario de aprovisionamiento de mercadería, apertura y cierre del mercado.
13. Velar por el normal abastecimiento de los productos de primera necesidad.
14. Vigilar que todos los artículos o productos que se vendan en el mercado exhiban sus
correspondientes precios individuales.
15. Otras funciones específicas que le asigne la Oficina de Dirección General de Servicios
Municipales.
CAPITULO VIII
ORGANOS DE ASESORAMIENTO
ARTICULO 104
Los órganos de asesoramiento son aquellos que se encargan de formular propuestas, presentar
sugerencias, alcanzar información especializada y asesorar a la Alcaldía, Regidores, Gerencia
Municipal y a los órganos de apoyo, de Línea y demás órganos y entre los mismos en la toma de
decisiones según el ámbito de su competencia.
ARTICULO 105
Los órganos de asesoramiento de la Municipalidad distrital de Curahuasi y sus dependencias son
los siguientes:
pág. 45
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
1.
2.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Oficina de Aseria Legal
Oficina de Planificación y Presupuesto
OFICINA DE ASESORIA LEGAL
ARTICULO 106
La Oficina de Asesoría Legal de la Municipalidad de Curahuasi, es un órgano de asesoramiento
encargado de encargado de asegurar que los actos administrativos de la entidad, se ajusten a
ley, mediante la adecuada interpretación, asesoramiento, difusión y opinión sobre los asuntos
legales que afecten a la institución.
.
ARTICULO 107
La Oficina de Asesoría Jurídica está a cargo de un funcionario de confianza con nivel de
Feje, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal.
ARTICULO 108
Son funciones de la Oficina de Asesoría Legal las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Revisar y/o proponer la normatividad específica de orden institucional para el
perfeccionamiento de la gestión municipal, conforme a la legislación general vigente.
Asesorar a los órganos de Gobierno y demás órganos de la Municipalidad en los asuntos de
carácter jurídico y legal; y absolver las consultas jurídicas de carácter administrativo
formulado por los diversos órganos sobre normas, procedimientos, expedientes y demás
casos que únicamente sean controvertidos jurídicamente, emitiendo dictámenes,
opiniones correspondientes.
Interpretar y aplicar las normas legales de observancia obligatoria por la Municipalidad
de Curahuasi.
Llevar el control de los actos administrativos que constituyen
precedentes
administrativos de observancia obligatoria por parte de la Municipalidad de Curahuasi.
Informar oportunamente a las unidades orgánicas competentes sobre modificaciones
legales e implicancias que puedan tener en el desempeño de sus funciones.
Proponer proyectos de normas municipales para un actuar diligente, eficaz y sobre la
base del principio de legalidad por parte de la autoridad administrativa.
Recopilar y llevar un registro sistematizado de las normas legales relacionadas con
la entidad, tanto en forma impresa como a través de medios informáticos.
Emitir opinión legal en los procedimientos administrativos que deben ser resueltos por
los órganos de gobierno y dirección.
Emitir opinión legal en los procedimientos recursales en los que únicamente la Alcaldía o
la Gerencia Municipal constituyan última instancia administrativa.
Proceder al visado de las resoluciones que deban ser suscritas únicamente por el Alcalde,
Gerente Municipal y Gerente de Administración, en señal de conformidad con la
legalidad de dicho acto administrativo.
Revisar que los textos de los proyectos de contratos y convenios en los que intervenga la
municipalidad y que le sean sometidos a opinión, estén conformes a la ley; sin que ello,
implique reemplazar en sus funciones a los miembros de Comités Especiales, en
concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado.
Asesorar en el saneamiento de los títulos de propiedad de los bienes de la municipalidad
en coordinación con las áreas responsables del patrimonio y el margesí de bienes.
Las áreas pertinentes para este fin, deben facilitar los medios y logística necesarios.
Formular y proponer su presupuesto anual y su Plan Operativo Institucional (POI) para
su aprobación correspondiente por la Municipalidad y administrar adecuadamente.
pág. 46
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
14. Informar mensualmente al Gerente Municipal, el desarrollo de los proyectos, programas
y actividades a su cargo.
15. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas y/o delegadas por el Gerente Municipal.
OFICINA DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO
ARTICULO 109
La oficina de Planificación y Presupuesto es el órgano de asesoramiento
de la Alta
Dirección, encargada de conducir y coordinar los procesos de Planeamiento, Presupuesto, y
Cooperación Técnica de la Municipalidad.
ARTICULO 110
La oficina de planificación y presupuesto está a cargo de un funcionario de confianza con nivel
de Jefe, quien depende funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal.
ARTICULO 111
Son funciones específicas de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Dirigir, programar supervisar y evaluar los procesos de planeamiento, presupuesto
y cooperación técnica.
Coordinar, supervisar y evaluar las actividades, programas de cooperación técnica; y
proyectos de Inversión de la Municipalidad; y gestionar los recursos para su ejecución.
Estudiar y racionalizar los procedimientos de trabajo para su simplificación en base a una
adecuada asignación de prioridades.
Participar en las actividades de reforma administrativa, proyectos de reestructuración,
reorganización o actualización orgánica y funcional de la institución.
Cumplir con las funciones emanadas por el Sistema Nacional de Inversión Pública - SNIP.
Organizar, conducir, coordinar y supervisar los procesos de formulación y actualización
del Plan de Desarrollo Concertado y de los Planes Institucionales de corto, mediano y
largo plazo; difundir la metodología para su elaboración, así como efectuar su
seguimiento, evaluación y consolidar sus resultados.
Coordinar con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y Centro Nacional
de Planeamiento - CEPLAN, a fin de desarrollar adecuadamente los planes de desarrollo.
Conducir y supervisar el Proceso Presupuestario Institucional y el Participativo en
coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital.
Efectuar el seguimiento y control de los documentos contractuales derivados de las
contrataciones y/o adquisiciones realizados en la Municipalidad.
Difundir, conducir, orientar y supervisar el proceso presupuesta 1, mediante la aplicación
de las normas de formulación, aprobación, ejecución y evaluación conforme a las normas
del Sistema Nacional de Presupuesto
Público y del Sistema
Integral de
Administración Financiera - IAF.
Proponer, impulsar y dirigir la implementación de las mejoras e innovaciones en los
procesos, procedimientos y normatividad destinados a optimizar y simplificar la gestión
administrativa en coordinación con la Alta Dirección.
Proponer la actualización y mejora de la estructura orgánica y conducir el proceso de
elaboración y formulación de los Instrumentos de Gestión (ROF, MPP, CAP, POI y
TUPA.).
Formular y presentar Directivas relacionadas a las actividades de los Sistemas de
Panificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística en el marco de la normatividad
vigente.
pág. 47
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
14. Elaborar el Presupuesto Institucional
Anual y Plan Operativo Institucional
y
administrarlo adecuadamente.
15. Informar mensualmente al Gerente Municipal, el desarrollo de los proyectos, programas
y actividades a su cargo.
16. Programar, dirigir, ejecutar, supervisar, controlar, y evaluar las acciones relacionadas
con los procesos de cooperación técnica internacional y nacional a favor de la
Municipalidad.
17. Promover y consolidar la participación de la Municipalidad en programas de cooperación
técnica internacional con gobiernos y organismos públicos y privados nacionales y del
exterior.
18. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que le sean asignadas y/o delegadas por el Gerente Municipal.
OFICINA DE PROGRAMACION DE INVERSIONES
ARTICULO 112
La Oficina de Programación de Inversiones es la unidad orgánica encargada de evaluar los
Proyectos de Pre-Inversión; implementar y mantener el Banco de Proyectos de la Municipalidad
Distrital de Curahuasi.
ARTICULO 113
La Oficina de Programación de Inversiones está a cargo de un servidor con nivel de Jefe, quien
depende funcional y jerárquicamente del jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
ARTICULO 114
Son funciones de la Oficina de Programación de Inversiones, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
Evaluar y emitir informes técnicos sobre los estudios de pre inversión con independencia,
objetividad y calidad profesional.
Aprobar y declarar la viabilidad, de acuerdo a los niveles mínimos de estudios requeridos,
normas técnicas y procedimientos establecidos para tales fines.
Realizar el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública, verificando el cumplimiento
de las normas y Procedimientos Técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública.
Asimismo realiza el seguimiento de la ejecución física y financiera de los proyectos de
Inversión pública, buscando asegurar que esta sea consistente con las condiciones y
parámetros bajo las cuales fue otorgada la viabilidad.
Aplicar las indicaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la viabilidad.
Mantener actualizada la información registrada en el Banco de Proyecto, sobre los proyectos
recibidos para su evaluación.
CAPITULO IX
ORGANOS DE LINEA
ARTICULO 115
Los órganos de línea son aquellos que ejecutan las obras y proyectos de desarrollo económico y
social, de servicio, teniendo como marco general las competencias señaladas por la ley de
Municipalidades.
ARTICULO 116
Son órganos de línea de la Municipalidad:
1.
Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental
pág. 48
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
2.
3.
4.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Dirección de Desarrollo Económico Local
Dirección de Desarrollo Social e Institucional
Dirección de Desarrollo Urbano
DIRECCION DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y AMBIENTAL
ARTICULO 117
La Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental es un órgano de línea, encargado de
realizar la promoción agropecuaria del distrito, mediante acciones de investigación, capacitación
y asistencia técnica, la promoción de la organización productiva agropecuaria, la promoción del
crédito y la comercialización agropecuaria y una adecuada gestión de los recursos naturales del
distrito.
ARTICULO 118
La Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental está a cargo de un servidor con categoría
de jefe, que depende funcional y jerárquicamente del Gerente Municipal.
ARTICULO 119
Son funciones de la Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Promover el mejoramiento y transformación de la producción agropecuaria del distrito, para
superar la desnutrición infantil y la sub alimentación, generar y fortalecer el empleo y los
ingresos de los productores y la población en general.
Planificar, ejecutar y evaluar las acciones de promoción de la actividad agropecuaria, en base
a la innovación tecnológica, la organización productiva y el acceso de los productores al
crédito y los mercados, local, regional y nacional.
Promover el desarrollo de nuevos conocimientos y tecnologías agropecuarias, adaptables a
la realidad local y conectada a los conocimientos y tecnologías andinas.
Promover la organización comunal, asociaciones y cooperativas de los productores
agropecuarios, para su acceso a servicios técnicos, crediticios y mercados.
Promover el acceso de los productores agropecuarios al crédito y la comercialización interna
y externa.
Promover la defensa, conservación y el uso racional de los recursos naturales del distrito.
Promover la concertación y articulación de las instituciones públicas y privadas para la
concretización de las acciones de desarrollo agropecuario.
Desarrollar instrumentos y crear mecanismos orientados a la promoción de la inversión en
actividades agrícolas, y la mejora de la competitividad.
Promover e incentivar la realización de ferias agropecuarias locales y distritales, para la
promoción y comercialización del producto pecuario y agrario del distrito y de la provincia.
Coordinar y promover las campañas de sanidad animal.
Formular, coordinar, ejecutar y controlar los planes, políticas, programas y proyectos en
materia ambiental, en concordancia con lo propio de otros niveles de gobierno.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignados por la Gerencia Municipal, acorde a la ley orgánica de
Municipalidades en materia de promoción agropecuaria.
Coordinar con las Instituciones públicas y privadas en asuntos concernientes al desarrollo
agropecuario, salud, educación y protección del medio ambiente.
Artículo 120
La Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental, para el cumplimiento de sus funciones
cuenta con las siguientes unidades orgánicas
pág. 49
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
1.
2.
3.
4.
División
División
División
División
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
de Investigación, Capacitación y Asistencia Técnica Agropecuaria
de Promoción de la Organización Productiva Agropecuaria
de Promoción del Crédito y Comercialización Agropecuaria
de Gestión de Recursos Naturales y Ambiente
DIVISION DE INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y ASISTENCIA TECNICA
ARTICULO 121
La División de Investigación, Capacitación y Asistencia Técnica es una unidad orgánica
encargada de impulsar actividades de investigación, experimentación, capacitación y asistencia
técnica en apoyo al desarrollo agropecuario y ambiental.
ARTICULO 122
La División de Investigación, Capacitación y Asistencia Técnica, está a cargo de un servidor con
categoría de jefe, quien depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo
Agropecuario y Ambiental
ARTICULO 123
Son funciones de la División de Investigación, Capacitación y Asistencia Técnica, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Promover la recuperación de las tecnologías andinas y la introducción y desarrollo de las
nuevas tecnologías modernas en su aplicación a las actividades agropecuarias y ambientales
del distrito.
Instalar un Centro de Innovación Tecnológica para la recuperación de las tecnologías andinas
y el desarrollo de las tecnologías modernas adaptables a la realidad agropecuaria local,
mediante parcelas demostrativas ubicadas en diversos pisos ecológicos dedicados al cultivo
de especies y variedades productivas de probada aclimatación y en experimentación.
Promover la concertación y articulación con las instituciones públicas y privadas de tipo
investigativo y académico, regional y nacional, para asegurar su sostenibilidad y aportes al
desarrollo agropecuario y ambiental, local y regional.
Organizar, ejecutar y supervisar el programa de innovación tecnológica en el desarrollo de la
actividad agropecuaria y ambiental de Curahuasi.
Organizar, ejecutar y supervisar el programa de capacitación y asistencia técnica de los
agricultores con los resultados de la investigación y experimentación agropecuaria y
ambiental.
Difundir a nivel regional y nacional los resultados del programa de investigación y
experimentación agropecuaria y ambiental.
Organizar la propagación de la investigación y experimentación agropecuaria en las
comunidades, asociaciones y cooperativas agropecuarias del distrito.
Organizar las visitas y pasantías al centro de innovación tecnológica.
Otras funciones que le encargue la Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental.
DIVISION DE PROMOCION DE LA ORGANIZACIÓN PRODUCTIVA AGROPECUARIA
ARTICULO 124
La División de Promoción de la Organización Productiva Agropecuaria, es una unidad orgánica
encargada de impulsar actividades de organización y fortalecimiento de las organizaciones
agropecuarias del distrito, como una vía para mejorar su acceso a actividades de capacitación,
asistencia técnica, crédito y comercialización, que les permita mejorar la producción,
productividad y condiciones de trabajo y de vida.
pág. 50
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 125
La División de Promoción de la Organización Productiva Agropecuaria, está a cargo de un
servidor con categoría de jefe, quien depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de
Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental
ARTICULO 126
Son funciones de la División de Promoción de la Organización Productiva Agropecuaria, las
siguientes:
1. Promover la organización de los productores agropecuarios del distrito, para mejorar su
acceso a servicios de capacitación, asistencia técnica, crédito y a la comercialización de sus
productos primarios y transformados.
2. Promover el fortalecimiento de las organizaciones comunales, las asociaciones y las
cooperativas, por sectores productivos y territorios, como medios para el desarrollo de la
actividad agropecuaria y ambiental.
3. Organizar, ejecutar y evaluar el programa de formación de líderes agropecuarios.
4. Coordinar y articular acciones y recursos con otras Instituciones públicas y privadas
vinculadas a la organización productiva.
5. Otras funciones que le encargue la Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental.
DIVISION DE PROMOCION DEL CREDITO Y LA COMERCIALIZACION AGROPECUARIA
ARTICULO 127
La División de Promoción del Crédito y la Comercialización Agropecuaria, es una unidad orgánica
encargada de facilitar a los productores agropecuarios canales de financiamiento y
comercialización de sus productos, mediante políticas de articulación inter institucional con
instituciones públicas y privadas vinculadas a la actividad crediticia y comercial.
ARTICULO 128
La División de Promoción del Crédito y la Comercialización Agropecuaria, está a cargo de un
servidor con categoría de jefe, quien depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de
Desarrollo Agropecuario y Ambiental
ARTICULO 129
Son funciones de la División de Promoción del Crédito y la Comercialización Agropecuaria, las
siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Promover el acceso de los productores agropecuarios al crédito supervisado por líneas de
producción, individual y colectivo.
Promover la articulación de las entidades financieras, en apoyo a los productores
agropecuarios del distrito.
Promover la organización de la comercialización de los productos agropecuarios del distrito
Promover la organización y supervisión de las ferias agropecuarias comunales y distritales.
Organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento del Camal Municipal, en coordinación con
Instituciones especializadas, regionales y nacionales.
Otras funciones que le encargue la Dirección de Desarrollo Agropecuario y Ambiental.
DIVISION DE GESTION DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
ARTICULO 130
La División de Gestión de Recursos Naturales y el Ambiente, es una unidad orgánica encargada
de promover su defensa, conservación y uso racional, en coordinación y concertación con las
pág. 51
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
instituciones públicas, privadas y sociales del distrito, y en concordancia con las políticas
nacionales y regionales correspondientes.
ARTICULO 131
La División de Gestión de Recursos Naturales y el Ambiente, está a cargo de un servidor con
categoría de jefe, quien depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de Dirección de
Desarrollo Agropecuario y Ambiental.
ARTICULO 132
Son funciones de la División de Gestión de Recursos Naturales y Ambiente, las siguientes:
1. Dirigir e implementar el sistema local de gestión ambiental, en coordinación con la comisión
ambiental municipal.
2. Organizar, dirigir y supervisar los programas de conservación, forestación y reforestación,
y la realización de campañas de ampliación de áreas verdes acorde con el ecosistema natural
promoviendo la participación de la población en el mantenimiento de las mismas.
3. Promover, difundir y apoyar programas de educación ambiental.
4. Dirigir y supervisar campañas de promoción del manejo adecuado del ambiente y sus
recursos naturales.
5. Promover la ejecución de convenios con organismos públicos y privados para el
cumplimiento de sus competencias.
6. Planificar, organizar, dirigir y controlar el sistema de gestión ambiental municipal, en
concordancia el Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGAR)
7. Proponer, ejecutar y evaluar las políticas ambientales y normas para el desarrollo sostenible
local para prevenir la contaminación ambiental.
8. Apoyar la instalación, propagación y mantenimiento de viveros forestales y ornamentales,
suministrando semillas y plantones a los programas de expansión y mantenimiento de áreas
verdes.
9. Proponer y diseñar programas y/o proyectos de interés social para resolver problemas
ambientales críticos derivados del daño y/o alteración de la flora, fauna, agua, suelo o aire
del distrito.
10. Realizar estudios técnicos para la aplicación y uso de tecnologías adecuadas en el uso
sostenible de los recursos naturales del ámbito del distrito de Curahuasi.
11. Proponer y administrar al personal a su cargo, proporcionando capacitación permanente
para el logro de sus objetivos.
12. Garantizar el cumplimiento de la política ambiental local.
13. Supervisar y controlar la ejecución de las actividades y proyectos asignados, para el logro de
las metas previstas en los respectivos expedientes técnicos.
14. Ejecutar y cumplir los acuerdos y compromisos suscritos en materia ambiental con personas
naturales y jurídicas.
15. Mantener actualizado la información estadística de la dependencia.
16. Controlar y supervisar el cumplimiento de los estudios de impacto ambiental o
declaraciones de impacto ambiental, según corresponda de obras ejecutadas por
administración directa o por contrato garantizando su implementación.
17. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de la Dirección de Desarrollo
Agropecuario y Ambiental.
DIRECCION DE DESARROLLO ECONOMICO LOCAL
ARTICULO 133
La Dirección de Desarrollo Económico Local, es el órgano de línea, encargado de desarrollar las
actividades relacionadas con la promoción del desarrollo de la actividad económica, con
pág. 52
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
incidencia en la micro y pequeña empresa urbana y rural, y la actividad turística, por intermedio
de planes de desarrollo económico, tomando en cuenta la visión, misión y objetivos estratégicos
de la Municipalidad.
ARTICULO 134
La Dirección de Desarrollo Económico Local, está a cargo de un servidor con categoría de
Director, quien depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal.
ARTICULO 135
La dirección de desarrollo económico tiene las siguientes funciones:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
Coordinar y concertar con organismos del sector público y privado, la formulación y
ejecución del Plan de Desarrollo Económico Local, así como la elaboración de
programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito.
Promover el desarrollo económico local, aprovechando las ventajas comparativas de
los corredores productivos, eco turísticos y de biodiversidad.
Promover las actividades de apoyo a la actividad empresarial en la jurisdicción
sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, financiamiento y
otros campos a fin de mejorar la competitividad.
Promover y apoyar a la micro y pequeña empresa, involucrada en la generación de empleo
y el desarrollo económico local sostenible.
Fomentar la formalización de las unidades económicas del distrito
Coordinar con entidades gubernamentales y privadas para incentivar el espíritu
emprendedor en la población económicamente activa, a través del desarrollo de
capacidades y la formación de incubadoras de empresas.
Fomentar la interacción entre el sector empresarial y las instituciones académicas de la
región y provincia.
Brindar asesoría y capacitación para la constitución de asociaciones de pequeños
empresarios.
Promover el fortalecimiento de las cadenas productivas desarrollando sistemas de
mercado orientados a que los actores participantes en cada una de ellas compartan
equitativamente los beneficios.
Fomentar la investigación científica y tecnológica, mediante concursos de fomento a la
actividad empresarial y generación de empleo.
Favorecer el desarrollo de la capacidad empresarial de hombres y mujeres.
Difundir la existencia de riquezas naturales, arqueológicas y paisajísticas o lugares turísticos
del distrito.
Alcanzar información competente para la página web de la Municipalidad.
Las demás funciones de naturaleza similar que le asigne la Gerencia Municipal acorde a la
Ley Orgánica de Municipalidades.
ARTICULO 136
La Dirección de Desarrollo Económico Local, para el cumplimiento de sus funciones cuenta con
las siguientes unidades orgánicas:
1. División de Promoción de la Micro y Pequeña empresa urbana y rural
2. División de Promoción del Turismo Local
3. Área de los Baños Termales de Cconocc
pág. 53
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
DIVISION DE PROMOCION DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA URBANA Y RURAL
ARTICULO 137
La Oficina de Promoción de la Micro y Pequeña Empresa urbana y rural, tiene la responsabilidad
de promover la formación, fortalecimiento y formalización de las micro y pequeñas empresas del
distrito de Curahuasi, mediante acciones de orientación, capacitación y asesoría, para su
financiamiento y acceso al mercado con el propósito de mejorar la competitividad; asimismo, se
encarga de promover y difundir la inversión pública y privada en el distrito.
ARTICULO 138
La División de Promoción de la Micro y Pequeña Empresa urbana y rural, está a cargo de un
servidor con categoría de jefe, quien depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de
Desarrollo Económico Local.
ARTICULO 139
Son funciones de la División de Promoción de la Micro y Pequeña Empresa urbana y rural, las
siguientes:
1.
Diseña planes de trabajo para el desarrollo económico, sostenible del Distrito y un plan de
trabajo anual dentro de su competencia, e implementa en función de los recursos
disponibles y de las necesidades de la actividad empresarial de su jurisdicción, a través de un
proceso participativo.
2. Planifica, organiza, dirige y controla las actividades relacionadas con la promoción de la
economía, generando un ambiente adecuado para el desarrollo libre del mercado y
potenciando las actividades empresariales para aumentar la productividad de la ciudad y
generar los puestos de trabajo necesarios para la población.
3. Planifica, organiza, dirige y controla las actividades de promoción empresarial de pequeñas y
microempresas urbanas o rurales y para el empleo productivo.
4. Planifica, organiza, dirige y controla las actividades de promoción para el apoyo de las
capacidades empresariales propiciando su acceso a la información y transferencia de
tecnología, mercados potenciales, financiamientos y otros campos a fin de mejorar la
competitividad.
5. Planifica, organiza y dirige campañas y ferias conjuntas para facilitar la formalización de
micro y pequeñas empresas de su circunscripción territorial con criterios homogéneos y de
simplificación administrativa.
6. Elabora junto con las instancias correspondientes, evaluaciones de impacto de los
programas y proyectos de desarrollo económico.
7. Planifica, organiza, establece y dirige el servicio de información y orientación a los
consumidores.
8. Facilita el fortalecimiento de las organizaciones de empresarios (industriales,
agroindustriales, comerciantes, ofertantes de servicios, artesanos) y productores
agropecuarios y construir nuevas donde no existan.
9. Promueve la producción agropecuaria de productos alternativos para ofertar en ferias
dentro del Distrito, de la provincia y la región, y fortalecer las existentes.
10. Mantiene un registro de las empresas del distrito en coordinación con la unidad orgánica
competente.
11. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por la Gerencia Municipal, acorde a la ley orgánica de
Municipalidades.
pág. 54
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
DIVISION DE PROMOCION DEL TURISMO LOCAL
ARTICULO 140
La División de Promoción del Turismo Local, es la unidad orgánica responsable de fomentar la
actividad turística en el distrito, aprovechando los recursos existentes y las capacidades de
emprendimiento de su población.
ARTICULO 141
La División de Promoción del Turismo Local, está a cargo de un servidor con categoría de jefe
que depende de la Dirección de desarrollo económico Local.
ARTICULO 142
Son funciones de la División de Promoción del Turismo Loca, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
Planear, organizar, ejecutar y supervisar las actividades de turismo en estrecha coordinación
con la Dirección Regional de Cultura, velando por la integridad del patrimonio cultural y
natural del Distrito de Curahuasi.
Formular y actualizar el plan de desarrollo turístico del distrito.
Organizar el directorio de establecimientos de hospedajes, restaurantes y otros servicios
vinculados a la actividad turística.
Promover las organizaciones de asociaciones vinculadas a la actividad turística.
Formular planes y proyectos de capacitación orientados a mejorar la planificación y
autogestión de la actividad turística.
Fomentar un intenso intercambio de experiencias de la población para el fomento del
turismo.
Planear y difundir la información de los circuitos turísticos locales.
Promover la capacitación de operadores turísticos, empresarios y funcionarios para
incorporar la variable ambiental en la actividad turística.
Promover la formación y capacitación del personal que participa en la actividad turística
Fomentar el desarrollo de actividades referentes a ferias artesanales en estrecha
coordinación con las asociaciones, comunidades y otras organizaciones afines a la actividad
turística.
Promover la suscripción de contratos, convenios o acuerdos de cooperación
interinstitucional con entidades públicas o privadas a fines a la actividad turística.
Proponer directivas y reglamentos relacionados con la actividad turística, aplicando criterios
técnicos que aseguren el cumplimiento de objetivos y metas.
Promover y supervisar la calidad de los servicios turísticos.
Fomentar la institucionalización de las festividades turísticas del distrito.
Mantener actualizados el inventario de recursos y atractivos turísticos para generar la puesta
en valor y el desarrollo de productos turísticos.
Propiciar la revaloración de la gastronomía local mediante festivales, ferias y concursos, a su
vez difundirla a nivel regional y nacional.
Mantener actualizado la información estadística de esta dependencia.
Promover el funcionamiento de una oficina de información turística local.
Promover los recursos turísticos a través de diferentes medios de promoción y difusión.
Promover el turismo escolar como un medio para fortalecer la identidad cultural del distrito.
Otras funciones que delegue la Dirección de Desarrollo Económico.
pág. 55
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
AREA DE LOS BAÑOS TERMALES DE CCONOC
ARTICULO 143
El Área de los Baños termales de Cconoc es la dependencia responsable de administrar los
servicios que presta los baños termales de Cconocc a los pobladores y visitantes.
ARTICULO 144
El Área de los Baños Termales de Cconoc, está a cargo de un servidor con categoría de jefe que
depende funcional y jerárquicamente del Director de Desarrollo Económico Local.
ARTICULO 145
Son funciones del Área de los Baños termales de Cconoc, los siguientes.
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Organizar, planificar y supervisar los servicios que presta los baños termo medicinales de
Cconoc.
Elaborar el Plan Operativo para una gestión eficiente de los baños termales de Cconocc.
Diseñar y aplicar una estrategia de mejoramiento de la calidad del servicio al usuario
Informar periódicamente de las necesidades de refacción, mantenimiento y/o remodelación
de los baños termales.
Prever oportunamente los requerimientos de limpieza y mantenimiento.
Entregar el rendimiento económico a la Unidad de Rentas.
Llevar cuadros estadísticos del ingreso de visitantes, así como de las ventas en forma
mensual.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Director de Desarrollo Económico Local.
DIRECCION DE DESARROLLO SOCIAL E INSTITUCIONAL
ARTICULO 146
La Dirección de Desarrollo Social e Institucional, es el órgano de línea responsable de planificar,
dirigir y ejecutar programas y actividades sociales dirigidos a mejorar la calidad de vida de
niños, mayores, madres jóvenes, personas con discapacidad y población en situación de
pobreza, promoviendo la participación de la sociedad civil y de los organismos públicos y
privados en el desarrollo local.
ARTICULO 147
La Dirección de Desarrollo Social e Institucional, está a cargo de un servidor con categoría de
Director que depende de la Gerencia Municipal.
ARTICULO 148
Son funciones de La Dirección de Desarrollo Social e Institucional, las siguientes funciones:
1.
2.
3.
4.
Organizar, conducir, programar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de
promoción y defensa de los derechos de la mujer, de los niños y adolescentes;
jóvenes y del adulto mayor.
Programar, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades de apoyo y
promoción social dirigidas a la población en situación de extrema pobreza y en riesgo
social.
Supervisar y evaluar el funcionamiento del Programa del Vaso de Leche, el Comedor
Infantil y otros programas sociales.
Efectuar acciones de reconocimiento y registro de organizaciones vecinales, comunales,
club de madres y organizaciones juveniles.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
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18.
19.
20.
21.
22.
23.
24.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Fortalecer, monitorear y evaluar las acciones de la Defensoría Municipal del Niño y
Adolescentes, de la Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad y
la atención a la violencia familiar.
Velar por el cumplimiento de los derechos y la normatividad vigente que ampara a la
niñez y adolescencia, a la mujer, personas con discapacidad, adultos mayores y la
familia.
Promover, coordinar, dirigir, evaluar y controlar las actividades de los clubes de madres,
programas de vaso de leche y otras organizaciones ciudadanas
Aprobar el registro y reconocimiento de organizaciones sociales de base, renovación de
juntas directivas, comités de gestión y juntas vecinales.
Promover espacios de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de
derechos de niños y adolescentes, mujeres, discapacitados y adultos mayores, así como de
los derechos humanos en general, manteniendo un registro actualizado
Coordinar con el Sector Educación el mejoramiento de la calidad de la educación en el
distrito de Curahuasi.
Organizar y ejecutar programas de capacitación y formación integral de la juventud en
materia de salud, educación, cultura y deporte.
Gestionar, dirigir y monitorear el desarrollo de actividades, programas preventivos y
de atención médica en coordinación con el Centro de Salud y otras Instituciones
afines, orientados a la recuperación y protección de la salud,
priorizando la
atención a la población vulnerable del distrito.
Proponer, programar, difundir, ejecutar y evaluar acciones preventivas de salud con
relación a la nutrición y control de crecimiento en coordinación con entidades públicas
y privadas.
Coordinar la capacitación del personal a su cargo con la unidad de Recursos Humanos.
Proponer y elaborar el Presupuesto Anual y el Plan Operativo Institucional (POI) del
área y administrarlo adecuadamente.
Monitorear los indicadores de gestión de gestión de las unidades orgánicas a su cargo
en coordinación con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Monitorear la ejecución de ingresos de las Unidades Orgánicas de su área y remitir
informes mensuales o cuando requiera la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Informar mensualmente
al Gerente Municipal,
el desarrollo de los programas,
proyectos y actividades a su cargo.
Administrar la información que se procese en el Sistema Informático con que cuente la
unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones.
Formular y analizar las estadísticas en materia de desarrollo social, y remitirlas a
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Coordinar con la oficina de planificación y presupuesto en relación a los procesos
participativos de identificación y priorización de proyectos de inversión social en el marco
del Plan nacional de lucha contra la pobreza, plan de desarrollo local concertado del
distrito de Curahuasi y plan estratégico institucional.
Promover el desarrollo integral y armónico de la persona en todas las dimensiones de la
vida humana, rescatando e integrando sus valores, cultura e identidad con la provincia de
Abancay.
Promover el desarrollo del arte local en todas sus manifestaciones culturales y exponentes
Cumplir con las demás funciones asignadas y/o delegadas por la Gerencia Municipal y
otras funciones a fines que le asigne la Gerencia Municipal, acorde a la nueva Ley Orgánica
de Municipalidades.
ARTICULO 149
La Dirección de Desarrollo Social e Institucional cuenta con las siguientes unidades orgánicas:
1.
División de Educación, Salud, Cultura y Deporte.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
2.
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7.
8.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Área de Biblioteca Municipal
División de Programas Sociales
Unidad del programa del Vaso de Leche
División de Registro Civil
División de DEMUNA, APED y violencia familiar
División de Participación Ciudadana.
División de Seguridad Ciudadana y Serenazgo
DIVISION DE PROMOCION DE LA EDUCACION, SALUD, CULTURA Y DEPORTE
ARTICULO 150
La División de Educación, Salud, Cultura Y Deporte, es la unidad orgánica responsable de
ejecutar actividades de fomento de la educación, salud, cultura y el deporte en el distrito de
Curahuasi.
ARTICULO 151
La División de Educación, Salud, Cultura Y Deporte, está a cargo de un servidor con categoría de
jefe que depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo Social e Institucional.
ARTICULO 152
Son funciones de la Oficina de Promoción de la Educación, Salud, Cultura y Deporte, las
siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
Formular, organizar y dirigir el plan de educación, salud, cultura y el deporte.
Promover, organizar, ejecutar y controlar el funcionamiento y desarrollo de las actividades
de salud promocional, preventivas y de recuperación así como la difusión de salud pública,
en coordinación con el sector salud.
Promover la participación de la comunidad organizada en la protección de la salud.
Realizar actividades orientadas al control de salud y salubridad de pobladores del distrito.
Regular y controlar el cumplimiento de las normas sanitarias de aseo, higiene y salubridad
de los establecimientos industriales, comerciales, servicios, viviendas y otros lugares
públicos y privados, así como dentro de la Municipalidad.
Brindar consulta médica a los servidores de la Municipalidad, sus familiares, así como
población en general mediante gestión.
Realizar charlas dirigidas a los servidores de la Municipalidad y público en general sobre
aspectos de salud y salubridad.
Suscribir y autorizar la expedición de los carnés de sanidad.
Conectar la cooperación pública y privada para la optimización de los proyectos y acciones
programadas.
Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades educativas, culturales y
deportivas que competen a la Municipalidad distrital de Curahuasi.
Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de la jurisdicción, en coordinación con la
UGEL del distrito.
Programar eventos de reforzamiento y complementación al proceso educativo de la niñez y
juventud.
Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento, limpieza y
de conservación y mejora del ornato local.
Promover espacios de participación, educativos y de recreación destinados a adultos
mayores de la localidad.
Promover la formación de grupos culturales, folklóricos, musicales de arte e historia, así
como de espectáculos culturales.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
16. Fomentar el aprecio y valoración de la diversidad cultural a través de la promoción de las
distintas expresiones artísticas como las danzas folklóricas, el teatro, la música, la
recuperación de las lenguas autóctonas y otros.
17. Promover la protección y difusión del patrimonio cultural del distrito y de la provincia y la
colaboración con los organismos regionales y nacionales competentes para su identificación,
registro, control, conservación y restauración.
18. Cumplir con las demás funciones asignadas por la Dirección de Desarrollo Social e
Institucional, acorde a la Ley Orgánica de Municipalidades.
AREA DE BIBLIOTECA MUNICIPAL
ARTICULO 153
El Área biblioteca Municipal, está a cargo de un servidor con categoría de jefe que depende
funcional y jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo Social e Institucional.
ARTICULO 153
Son funciones del Área biblioteca Municipal, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
Organizar, planificar y supervisar los servicios de la Biblioteca Municipal
Controlar, supervisar, organizar y publicar los catálogos bibliotecarios de la Biblioteca
Municipal.
Administrar, controlar, desarrollar y definir los servicios de la biblioteca Municipal, así como
implementar acciones tendientes al mejoramiento continuo de la biblioteca del distrito.
Formular y aprobar las políticas de trabajo, para el mejor cumplimiento de sus funciones.
Elaborar y ejecutar su Plan de acción y presupuesto.
Elaborar y elevar informes mensuales de la gestión de la Biblioteca Municipal a la Dirección
de Desarrollo Social e Institucional
Otras funciones que le asigne el Director de servicios Municipales.
DIVISION DE PROGRAMAS SOCIALES
UNIDAD DEL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE
ARTICULO 154
La Unidad del Programa del Vaso de Leche, es la unidad orgánica responsable de la marcha del
programa del Vaso de Leche.
ARTICULO 155
La Unidad del Programa del Vaso de Leche, está a cargo de un servidor con categoría de jefe que
depende funcionalmente y jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo Social e Institucional.
ARTICULO 156
Son funciones de la Unidad del Programa del Vaso de Leche, las siguientes:
1.
2.
3.
Administrar, organizar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a
la población en riesgo y otros que coadyuven al desarrollo y bienestar de la población de
distrito, así como los que trasfiera el gobierno central.
Ejecutar el programa de vaso de leche con participación de la población y del comité de
administración del vaso de leche.
Realizar el empadronamiento de los beneficiarios del programa de vaso de leche.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
4.
5.
6.
7.
8.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Elaborar las informaciones mensuales y trimestrales del vaso de leche y la remisión de la
información a la Contraloría general de la Republica.
Diseña y ejecutar programas de clubes de madre del distrito.
Asumir la ejecución de cualquier programa social alimentario o de otra índole a favor de la
población.
Ejecutar programas sociales ejecutados determinados por el Estado, en estricta observancia
de las normas legales vigentes.
Otras funciones que les sean encomendadas acorde a la nueva ley orgánica de Municipalidad
por la dirección de desarrollo social.
DIVISION DE REGISTRO CIVIL
ARTICULO 157
La División de Registro Civil está a cargo de un servidor que depende funcional y
jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo Social e Institucional.
ARTICULO 158
Son funciones de la División de Registro Civil, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades de registros civiles, nacimientos,
matrimonios, divorcios, defunciones y demás actos que modifiquen el estado civil de las
personas del distrito de Curahuasi y visitantes, de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
Velar por el cumplimiento de las normas nacionales y municipales que regulen las
actividades de los registros civiles.
Velar por la seguridad conservación e integridad de los libros y documentos de registro civil a
su cargo.
Mantener actualizado los registros civiles, llevando las estadísticas correspondientes e
informar a los organismos pertinentes para su consolidación.
Realizar matrimonios civiles, individuales y masivos.
Realizar los procedimientos y cumplimientos de requisitos contenidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA).
Expedir copias de partidas de nacimientos gratuitos para el servicio militar obligatorio y
recién nacido para la obtención de documento nacional de identidad, según el Art. 89°, de la
ley N° 20788.
Expedir copias certificadas y/o constancias de inscripción de Registro Civil.
Realizar periódicamente campañas de inscripción extemporánea de nacimientos para
mayores y menores de edad.
Realizar rectificaciones administrativas de actas de nacimiento, defunción y matrimonio,
mediante Resolución Registral.
Inscripción de resoluciones judiciales y notariales.
Inscripción de reconocimientos voluntarios, judiciales y notariales por cualquiera de los
progenitores.
Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal.
DIVISION DE DEFENSORIA MUNICIPAL DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE (DEMUNA),
APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (APED) Y VIOLENCIA CONTRA LAMUJER.
ARTICULO 159
La División de Defensoría Municipal del Niño, niña y del Adolescente (DEMUNA) y Apoyo a la
Persona con discapacidad (APED) y atención a la Violencia Familiar, es el órgano encargado de la
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
defensa y protección del niño, niña y del adolescente, de apoyo a las personas con discapacidad
y atención a la violencia familiar
ARTICULO 160
La División de Defensoría Municipal del Niño, niña y del Adolescente (DEMUNA) y Apoyo a la
Persona con Discapacidad (APED) y atención a la Violencia contra la mujer, está a cargo de un
servidor con categoría de jefe que depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de
Desarrollo Social e institucional.
ARTICULO 161
Son funciones de la División de Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente (DEMUNA) y
Apoyo a la Persona con discapacidad (APED) y atención a la Violencia contra la mujer, las
siguientes:
DEMUNA
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
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14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
Conocer la situación de los niños, niñas y del adolescente en instituciones públicas y
privadas.
Promover el fortalecimiento de lazos familiares por intermedio de conciliaciones
extrajudiciales entre conyugues, padres y familiares en materia de alimentos, tenencia y
régimen de visitas. Siempre que no existan procesos judiciales en dichas materias.
Fomentar el reconocimiento voluntario (filiación).
Inscribir ante el MINDES a los defensores y promotores comunales.
Elaborar, dirigir y supervisar el desarrollo del plan de trabajo y el funcionamiento general de
la DEMUNA.
Representar a la DEMUNA, APED ante las instituciones públicas y privadas.
Firmar convenios de cooperación interinstitucional y de cooperación así como los
documentos de representación, relacionados con el funcionamiento y gestión.
Gestionar los recursos que requiere el servicio para su buen funcionamiento.
Elaborar una base de datos para el registro de casos de violencia familiar.
Actuar en protección del interés de la niña, del niño y del adolescente.
Atender los casos que se presenten ante la defensoría cumpliendo con las disposiciones
contenidas en la guía de procedimientos de atención de casos en la defensoría del niño y del
adolescente.
Proponer la suscripción de convenios interinstitucionales para ejecutar actividades
relacionadas con los fines de la defensoría.
Brindar asesoría legal.
Proponer a la administración la aprobación de medidas complementarias de protección de
los derechos de las niñas, niños y adolescentes, adecuadas a la realidad del distrito.
Programar, planificar, coordinar y ejecutar programas de apoyo contra la agresión física y
psicológica del niño, adolescente y la mujer.
Proponer actividades y programas en beneficio de los niños y adolescentes del distrito y de
sus familias.
Llevar el registro de los adolescentes trabajadores que realizan actividades en forma
dependiente o por propia cuenta dentro de la jurisdicción de distrito.
Llevar el registro de asociaciones formadas por niños y adolescentes cuyo fin sea la actividad
laboral.
Propiciar la formación de promotores – defensores en el distrito
Solicitar ante el departamento de registro civil la inscripción de actas de nacimientos de
niños y niñas y del adolescentes que no cuenten con ella, se encuentren en estado de
abandono o provenientes de familias en estado de extrema pobreza.
Promover la formación del comité Municipal por los derechos de niño y adolescente
COMUDENA.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
22. Brindar asesoramiento judicial y legal a niños, adolescentes y mujeres maltratadas físicas y
psicológicamente.
23. Brindar apoyo legal en los delitos contra el delito sexual, de acuerdo en lo establecido en el
Art. 31 de la ley N° 26102.
24. Atención, apoyo y asesoramiento de acciones judiciales, Legales y contenciones a favor de
madres y ancianos en condición humilde que requieran están servicio.
25. Brindar asesoramiento judicial en juicios por alimentos, coordinando con la oficina de
asesoría legal.
26. Coordinar y tramitar documentos con la oficina de DEMUNA de otras instituciones.
27. Otras funciones que se le asigna por el Director de desarrollo económico y social.
APED
1.
2.
3.
4.
5.
Elaborar el diagnóstico y ejecutar el censo distrital de personas con discapacidad.
Inscribir a las personas con discapacidad para organizarlos y capacitarlos.
Organizar implementar el servicio de protección participación y organización de los vecinos
con discapacidad.
Proponer la suscripción de convenios con el consejo nacional para la integración de la
persona con discapacidad (CONADIS) y otras entidades a través de la APED.
Otras funciones que se le asigna por el Director de desarrollo económico y social.
VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
1.
2.
Actuar en protección de la mujer y la familia.
Atender los casos que se presenten ante la División cumpliendo con las disposiciones
contenidas en la normatividad que protege a la mujer y a la familia de la violencia que sobre
ella se ejerce.
3. Proponer la suscripción de convenios interinstitucionales para ejecutar actividades
relacionadas con los fines de la División.
4. Proponer a la administración la aprobación de medidas complementarias de protección a la
mujer, adecuadas a la realidad del distrito.
5. Programar, planificar, coordinar y ejecutar programas de apoyo contra la agresión física y
psicológica a la mujer y la familia.
6. Proponer actividades y programas en beneficio de la familia del distrito.
7. Llevar las estadísticas sobre la violencia a la mujer y miembros de la familia.
8. Elaborar participativa e inter institucionalmente una ruta de atención a la violencia contra la
mujer, el niño, la niña y el adolescente
9. .Brindar asesoramiento judicial a las mujeres maltratadas físicas y psicológicamente.
10. Otras funciones que le asigna el Director de Desarrollo Social e Institucional.
DIVISION DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
ARTICULO 162
La División de Participación Ciudadana, es una unidad orgánica responsable de planificar,
organizar, dirigir y supervisar la participación de la comunidad en las instancias y actos del
gobierno local
ARTICULO 163
La División de Participación ciudadana, está a cargo de un servidor que tiene la categoría de jefe,
depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo Social e Institucional.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 164
Son funciones de la División de Participación Ciudadana, las siguientes:
1.
2.
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18.
19.
20.
Apoyar y asesorar a las diversas organizaciones de pobladores (frente de defensa,
organizaciones vecinales, comunidades campesinas, instituciones deportivas, culturas
sociales, etc.) en la consecución de sus metas, potenciando su estructura interna y
organizativa.
Contribuir a la realización de cabildos abiertos, asambleas populares y actividades diversas
que se realicen en el distrito en coordinación con los órganos operativos correspondientes.
Programar, dirigir, ejecutar y coordinar las acciones de promoción de organizaciones o
juntas de vecinos de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Organizar la participación activa de la población para acciones de apoyo y vigilancia en la
prestación de servicios públicos locales.
Planificar, organizar, dirigir apoyar y supervisar las actividades y programas de participación
vecinal y de las comunidades campesinas.
Promover, recepcionar y comunicar las iniciativas de los vecinos y comuneros para mejorar
la gestión Municipal y el desarrollo distrital.
Organizar cursos de capacitación dirigidas a pobladores de las comunidades campesinas
Promover la organización de juntas vecinales y toda forma de participación vecinal, para su
intervención en el presupuesto participativo.
Formular, organizar y dirigir el plan de participación ciudadana y comunal.
Promover y apoyar la organización de todos los sectores sociales del ámbito local.
Apoyar y asesorar a las diversas organizaciones de pobladores (frente de defensa,
organizaciones vecinales, comunidades campesinas, instituciones deportivas, culturales,
sociales, etc.) en la consecución de sus metas potenciando su estructura interna y
organizativa.
Contribuir a la realización de cabildos abiertos, asambleas populares y actividades diversas
que se realicen en el distrito en coordinación con los órganos operativos correspondientes.
Organizar la participación activa de la población para acciones de apoyo y vigilancia en la
prestación de los servicios públicos locales.
Promover la organización y fortalecimiento de organizaciones juveniles, niños y niñas.
Planificar, organizar, dirigir, apoyar y supervisar las actividades y programas de participación
vecinal, de las comunidades campesinas y del consejo de coordinación local distrital.
Formular los objetivos, políticas y estrategias para la organización y promoción de los
vecinos y comuneros en la gestión del desarrollo local.
Orientar y/o ejecutar censos socio económico y empadronamiento de los asentamientos
humanos y comunidades campesinas para la formulación de planes de desarrollo urbano y
rural.
Organizar cursos de capacitación dirigidas a pobladores de las comunidades campesinas.
Apoyar a la organización y desarrollo de reuniones y talleres del CDD, CCL y mesa de
trabajo.
Cumplir con las demás funciones que les sean asignadas por la Dirección de desarrollo social.
DIVISION DE SEGURIDAD CIUDADANA y SERENAZGO
ARTICULO 165
La División de Seguridad Ciudadana y Serenazgo, es la unidad responsable de planificar y
supervisar el servicio de Serenazgo, prestando auxilio y protección a la comunidad. Apoya a la
Policía Nacional del Perú en las acciones de patrullaje, y a los órganos de la municipalidad en las
acciones de cumplimiento de las disposiciones Municipales
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 166
La División de Seguridad Ciudadana y Serenazgo, está a cargo de un servidor que tiene la
categoría de jefe, depende funcional y jerárquicamente de la Dirección de Desarrollo Social e
Institucional.
ARTICULO 167
Son funciones de la División de Seguridad Ciudadana y Serenazgo, las siguientes funciones:
1.
2.
3.
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5.
6.
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8.
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11.
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14.
Formular en coordinación con la Gerencia Municipal, el Plan Operativo de Serenazgo, así
como realizar aportes al Plan Integral de Seguridad Ciudadana.
Planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar los programas de acción destinados al
cumplimiento de las normas municipales en materia de Serenazgo y de los objetivos de la
Seguridad Ciudadana.
Planificar y ejecutar operaciones de patrullaje general y selectivo, de carácter disuasivopreventivo en apoyo de la Policía Nacional del Perú (PNP).
Supervisar el cumplimiento de la División, para un contacto continuo con los vecinos, a fin de
prestarles auxilio y protección en salvaguarda de su vida e integridad física.
Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad en los lugares de espectáculos,
ferias, estadios, y otros recintos abiertos al público, incluyendo los establecimientos
hoteleros, sociales, culturales y religiosos.
Verificar el cumplimiento de los términos de concesión, reglamentos y demás disposiciones
dictadas por la Municipalidad, en el ámbito de su jurisdicción.
Coordinar con la Comisaria de la jurisdicción, la ejecución de Operativos.
Coordinar con la DINANDRO PNP para la ejecución de operativos destinados a la
erradicación del micro comercialización de drogas.
Supervisar el cumplimiento de las normas de seguridad contra incendios, inundaciones,
huaycos y otras catástrofes.
Garantizar la tranquilidad, orden, seguridad y moralidad pública del vecindario.
Colaborar y prestar apoyo a la Gerencia, Órganos de Asesoramiento y de Línea, Direcciones
y Oficinas de la Municipalidad cuando lo solicitan para la ejecución de acciones de su
competencia.
Brindar el apoyo prioritario y permanente a las brigadas de seguridad y asociaciones
debidamente reconocidas del distrito.
Organizar y dirigir las actividades de control de los establecimientos y espectáculos públicos
no deportivos, que se realizan en el distrito, velando por el estricto cumplimiento de las
disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
Organizar, planificar y supervisar las acciones del servicio de serenazgo.
DIRECCION DE DESARROLLO URBANO
ARTICULO 168
La Dirección de Desarrollo Urbano, es u órgano de línea, encargado de prever, planificar, dirigir,
ejecutar, supervisar y controlar las acciones relativas a la ejecución de obras públicas, control
urbano, evaluar estudios y proyectos, la administración y control de la maquinaria Municipal, que
permita la ejecución de obras en concordancia con las atribuciones y competencias pertinentes, y
del reglamento nacional de construcciones, para el desarrollo integral y armónico del Distrito.
ARTICULO 169
La Dirección de Desarrollo Urbano está a cargo de un funcionario con categoría de Director, que
depende del Gerente Municipal y le corresponde las siguientes funciones:
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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Proponer a la alta dirección la política de los planes de inversión en la ejecución de obras
públicas de acuerdo a los resultados del presupuesto participativo.
Coordinar las acciones Municipales con las comisiones conformadas por los regidores.
Coordinar con la Gerencia Municipal la instalación, mantenimiento y renovación de los
sistemas y elementos de señalización de tránsito y vialidad de su jurisdicción, de
conformidad con el reglamento nacional respectivo y lo permitido por la ley orgánica de
Municipalidades.
Emitir resoluciones administrativas relativas a sus funciones.
Resolver las impugnaciones en primera instancia, según el texto único de procedimientos
administrativos (T.U.P.A).
Controlar las obras administrativas según los expedientes técnicos aprobados por las
diferentes modalidades: Administración directa, contratos y/0 convenios. La parte ejecutiva
y técnica los controlara a través de sus residentes de obras, supervisores o inspectores de
obra.
Participar en la recepción y entrega de obras de la Municipalidad ejecutadas por las
diferentes modalidades: Administración directa, contratos, convenios y/o encargos.
Formular en coordinación con la Alcaldía el plan de defensa civil, así como conformar el
comité distrital de defensa civil.
Hace cumplir las directivas internas aprobadas por la Municipalidad en la ejecución de obras
públicas.
Expide normas de carácter administrativo conducentes a lograr el eficiente desempeño de la
ejecución de las obras.
Formula los términos de referencia, base y concursos para la elaboración de estudios y
proyectos así como aprobar los expedientes.
Revisar los proyectos y anteproyectos para la remodelación de la vía pública, así como
otorgar la respectiva autorización.
Realizar las valorizaciones de las obras públicas, ejecutadas.
Supervisar de los manifiestos de gastos mensualizados para la elaboración de las
liquidaciones de las obras públicas ejecutadas por la Municipalidad.
Dirigir y conducir los procesos técnicos en la ejecución de obras.
Emisión de resoluciones, directivas, reglamentos y otras disposiciones legales para la
correcta ejecución de las obras públicas.
Controlar el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos y ordenanzas mediante la
calificación regularización y control del desarrollo urbano y rural del Distrito, así como la
atención y orientación al vecino para la correcta aplicación de los dispositivos legales que
regulan el uso, construcción y conservación de las edificaciones privadas y públicas.
Proponer, supervisar y actualizar el Plan de Desarrollo del Distrito, así como los planes
específicos del ámbito de su competencia.
Registrar los planos urbanos de las urbanizaciones que se construyan en el Distrito.
Suscribir certificados de licencia de obras, finalización de obras, etc.
Atender las diferentes solicitudes administrativas contenidas en el texto único de
procedimientos administrativos (TUPA) presentadas ante la dirección de desarrollo urbano y
rural.
Planificar y controlar todas las acciones inherentes al desarrollo y mantenimiento de las
obras privadas y Municipales que se realizan ene le Distrito, formulando el Plan anual
respectivo.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Gerente Municipal, acorde con la nueva ley orgánica
de Municipalidades.
ARTICULO 170
La Dirección de Desarrollo Urbano, tiene las siguientes divisiones:
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1.
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3.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
División de Obras Públicas
División de Catastro y Control Urbano
División de Equipo Mecánico
DIVISION DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSITO
ARTICULO 171
La División de Obras Públicas es el órgano de línea, encargado de la ejecución de las obras
públicas del distrito así como del mantenimiento de la infraestructura pública.
ARTICULO 172
La División de Obras Públicas está a cargo de un servidor con categoría de jefe, que depende del
Director de desarrollo urbano y rural.
ARTICULO 173
Son funciones de loa División de Obras Públicas, las siguientes:
1.
2.
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5.
6.
7.
8.
Ejecutar directamente las obras de infraestructura urbana o rural que sean indispensables
para el desenvolvimiento de la vida del vecindario, la producción, el comercio, el transporte y
la comunicación en el Distrito, tales como pistas o calzadas, vías, puentes, parques,
mercados, canales de irrigación, locales comunales, y obras similares, en coordinación con
otras entidades, según sea el caso.
Ejecutar las obras de mantenimiento de la infraestructura pública existente.
Programar los requerimientos de equipos, materiales, maquinarias, vehículos, combustibles,
personal y otros para la ejecución de obras.
Reportar mensualmente el informe valorizado de avance físico de obras (I.V.A.F) a la
dirección de desarrollo urbano y rural y a la oficina de planificación y presupuesto.
Dirigir y ejecutar las obras de acuerdo a la programación establecida mediante contrato,
convenio, encargo y/o administración directa.
Ejecutar obras que cuenten con expediente técnico aprobado.
Efectuar el control administrativo de las obras bajo cualquier modalidad.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Director de desarrollo urbano y rural acorde con la
nueva ley orgánica de Municipalidades.
Transito
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Otorgar las concesiones de ruta, así como autorizaciones temporales para la prestación del
servicio de transporte público de pasajeros, urbanos e interurbanas (conforme a la Ley
Orgánica de Municipalidades y funciones debidamente delegadas por la Municipalidad
Distrital de Curahuasi
En autorizaciones para taxi, vehículos menores y otros.
Otorgar permisos, placas y tarjetas de propiedad para la circulación y uso de vehículos
menores tales como: motocicletas, carretas, triciclos, bicicletas y análogos.
Autorizar y controlar el servicio de taxi.
Identificar y proponer la aprobación de zonas de estacionamiento vehicular.
Autorizar el uso de la vía para carga y descarga.
Planificar, coordinar y ejecutar con la Policía Nacional del Perú vía convenio inter
institucional la emisión de multas de tránsito (delegadas por la Municipalidad provincial de
Abancay).
Otorgar autorizaciones para el servicio de transporte escolar, personal y turístico.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
9.
10.
11.
12.
13.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Otorgar autorizaciones para el servicio de carga, mudanza y transporte de materiales de
construcción.
Otorgar autorizaciones para baja, sustitución, incremento y renovación de flota vehicular
para el servicio concesionario de transporte público (funciones delegadas por la
Municipalidad provincial de Abancay)
Otorgar permisos para el servicio especial fuera de ruta (funciones delegadas por la
Municipalidad provincial de Abancay)
Autorizar el uso de estacionamiento en las zonas determinadas y aprobadas de acuerdo a las
normas vigentes.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por la dirección de desarrollo económico, acorde a la ley
orgánica de Municipalidades en materia de transito competentes y delegadas.
DIVISION DE CATASTRO Y CONTROL URBANO
ARTICULO 174
La División de Catastro y Control Urbano, se encarga del control del desarrollo urbano de la
ciudad capital y de los centros poblados del Distrito de Curahuasi.
ARTICULO 175
La División de Catastro y Control Urbano está a cargo de un servidor con categoría de jefe, que
depende del Director de desarrollo urbano y rural.
ARTICULO 176
Son funciones de la División de Catastro y Control Urbano, las siguientes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
Tramitar las solicitudes relativas a habilitaciones urbanas y elevarlas al superior jerárquico
con los informes correspondientes para su aprobación.
Controlar las habilitaciones urbanas, cautelando la infantilidad de áreas de uso público y
aportes.
Emitir informes y dictámenes para el otorgamiento de autorizaciones y licencias para
establecimientos.
Elaborar información estadística fiscal urbana para fines de fiscalización tributaria.
Proponer y ejecutar campañas de fiscalización y control de licencias y autorizaciones de
obras.
Tramitar, poner a consideración de las comisiones calificadoras las solicitudes de
autorizaciones y licencias para construcción y elevarlas al superior jerárquico con los
informes correspondientes para su aprobación.
Realizar los controles de obra de las licencias de obra y constar las conformidades y otros.
Tramitar y calificar los procedimientos de cambios de uso de edificaciones, subdivisiones y
otros.
Visar planos, expedir copia de documentación y planos de archivos de licencias y otras
certificaciones de documentos expedidos.
Identificar los inmuebles en estado ruinoso, los terrenos sin cercar y proponer las medidas a
ejecutar.
Atender los diferentes trámites administrativos establecidos en el TUPA vigente,
relacionadas con obras privadas, anuncios y ornatos.
Otorgar licencias de obra automática y licencias de obras provisionales, así como
ampliaciones de plazo, de acuerdo a las normas y reglamentos vigentes.
Autenticar planos de los expedientes de proyectos de obras y anteproyectos arquitectónicos
en consulta.
Emitir certificados de parámetros urbanísticos y edificatorios.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
15. Emitir autorizaciones para el uso de retiro Municipal con fines comerciales aprobados por la
comisión técnica calificadora de proyectos.
16. Efectuar el control de las obras a las que se le haya otorgado la licencia de construcción
respectiva y que concluirán con el otorgamiento del certificado de finalización de obras y
zonificación.
17. Sancionar las faltas a las normas y reglamentos, conducentes a la regularización de las
infracciones (notificaciones, multas).
18. Efectuar la coordinación y seguimiento con otras direcciones, unidades y oficinas para la
consecución del procedimiento de sanciones, y mantener actualizada la información,
catastral en forma permanente a través de las siguientes actividades:




Mantenimiento de la información (literal)
Mantenimiento del componente urbano (grafico)
Acopio y acondicionamiento de la información catastral.
Verificaciones catastrales (fiscalización predial)
19. Proponer al comité distrital de defensa civil el plan de defensa civil para su aprobación.
20. Planear, dirigir y conducir las actividades de defensa civil de la Municipalidad así como las
acciones de capacitación.
21. Ejecutar planes de prevención, emergencia y rehabilitación cuando el caso lo requiera.
22. Prestar y/o tramitar servicios técnicos de inspección y otros de seguridad en defensa civil.
23. Proponer la suscripción y ejecutar convenios en materia de defensa civil con organismos
nacionales y extranjeros.
24. Administrar la documentación del comité distrital de defensa civil.
25. Centralizar la recepción y custodia de ayuda material y ejecutar el plan de distribución de
ayuda en beneficio de los damnificados en caso de desastre.
26. Emitir opinión previa para el otorgamiento de autorizaciones para espectáculos públicos no
deportivos.
27. Como parte de las funciones inherentes a su cargo, el jefe de la división de catastro y control
urbano actúa como secretario técnico del comité distrital de defensa civil.
28. Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el director de desarrollo urbano y rural, acorde con la
nueva ley orgánica de Municipalidades.
DIVISION DE EQUIPO MECANICO
ARTICULO 177
La División de Equipo Mecánico es el responsable de planificar, supervisar y controlar las
acciones relativas a la utilización del pull de equipo mecánico de la Municipalidad distrital de
Curahuasi, está a cargo de un servidor con categoría de jefe, que depende del Director de
Desarrollo Urbano.
ARTICULO 178
Son funciones de la División de Equipo Mecánico, las siguientes:
1.
2.
3.
Programa, supervisa y controla la correcta utilización del equipo mecánico de la
Municipalidad distrital de Curahuasi, en la ejecución de los proyectos de inversión, y otras
acciones.
Emite informes mensuales referentes al estado operativo del equipo mecánico, indicando las
acciones a desarrollar para su operatividad permanente.
Participa en la formulación de bases, términos de referencia y documentación necesaria
para licitaciones y concurso publico de precios.
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4.
5.
6.
7.
8.
9.
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Cumple y aplica las normas, disposiciones, directivas sobre el control del equipo mecánico.
Programa, dirige y controla las acciones del funcionamiento del equipo mecánico
Vela el cumplimiento de las normas sobre el equipo mecánico de la Municipalidad, en
resguardo de la seguridad vecinal.
Administrar y controlar el personal a su cargo y propiciar su perfeccionamiento y
entrenamiento para el mejor desempeño de sus funciones.
Ejecutar y controlar el cumplimiento de plazos y la calidad de ejecución de los trabajos
de reparación de la flota vehicular y maquinarias efectuados en los talleres de la
Municipalidad.
Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus
funciones que les sean asignadas por el Director de desarrollo urbano y rural.
TITULO III
DE LAS RELACIONES INSTITUCIONALES
ARTICULO N°179
La Municipalidad Distrital de Curahuasi se relaciona con la Municipalidad Provincial de Abancay y
demás municipalidades distritales, para el mejor cumplimiento de funciones, el desarrollo de sus
planes, fines y objetivos, bajo el ampro de Ley Orgánica Municipal. Asimismo, la Municipalidad
Distrital de Curahuasi mantiene relaciones de cooperación con entidades públicas y privadas,
nacionales y extranjeras, de acuerdo al interés municipal.
ARTICULO 180
El alcalde Distrital de Curahuasi es el responsable de dirigir y conducir las relaciones
institucionales con los diferentes organismos de la administración pública, con la atribución de
delegar en Regidores o funciones de la Municipalidad, la representación que estime
convenientes, de acuerdo a la Ley y a la política institucional.
ARTICULO 181
Los funcionarios y demás trabajadores de la Municipalidad coordinan acciones entre el personal
de su mismo nivel y en niveles distintos por expresa disposición superior.
ARTICULO 182
Los funcionarios y demás trabajadores de la Municipalidad coordinan acciones en el ámbito de su
competencia y por necesidad de servicio, con funcionarios de instituciones públicas o privadas
según corresponda.
ARTICULO 183
Corresponde a los Directores y jefes de Unidades representar al Gerente Municipal o al Alcalde en
cualquier tipo de comunicación exterior previa coordinación con la Gerencia Municipal, y siempre
y cuando se desprenda de sus funciones.
TITULO IV
AUTORIDAD, JERARQUIA Y RESPONSABILIDAD
ARTICULO 184
El Gerente, los Directores, y los Jefes de las diversas unidades orgánicas ejercen autoridad sobre
el personal a su cargo y son responsables de su productividad, permanencia y correcto
comportamiento.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
ARTICULO 185
El Gerente, los Directores y los Jefes de las diversas unidades orgánicas, son responsables de
realizar el control previo y concurrente de las acciones de su competencia y responden de las
mismas ante la Alcaldía o la Gerencia Municipal, según corresponda.
ARTICULO 186
Los Órganos de Línea, Apoyo y Asesoramiento, deberán establecer relación directa entre ellos a
través del canal técnico funcional, con fines de coordinación, asesoría y evaluación.
ARTICULO 187
En caso de ausencia temporal del Gerente, de los Directores, y Jefes de las diversas unidades
orgánicas, sus funciones serán asumidas por el servidor de mayor jerarquía de modo que las
actividades técnico administrativas no sufran retraso o paralización.
ARTICULO 188
Las instancias administrativas de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, en armonía a lo
dispuesto por el Art. °36° de la Ley Orgánica de Municipalidades de Decreto Ley N° 26111,
corresponden:
1.
2.
3.
La gerencia municipal, las direcciones de línea y apoyo actuaran como primera instancia,
facultándoseles emitir opiniones en materia de su competencia.
La alcaldía de conformidad a las funciones y atribuciones actuaran como segunda instancia
administrativa.
Los funcionarios y trabajadores de la Municipalidad Distrital de Curahuasi proporcionaran la
información y facilidades que requiera la alcaldía para el cumplimiento de sus funciones de
fiscalización.
TITULO V
REGIMEN LABORAL
ARTICULO 189
Los funcionarios, empleados y obreros de la Municipalidad Distrital de Curahuasi son servidores
públicos sujetos exclusivamente al régimen laboral de la actividad pública y tienen los mismos
deberes y derechos dispuestos para el Gobierno Central. Los empleados nombrados y empleados
eventuales están sujetos al régimen laboral de la actividad pública que regula la Ley 11377 y el
Decreto Legislativo N.276, y el de la Ley Marco del empleo Público N° 28175. El personal obrero
para regular sus beneficios se rige por las leyes N° 8439 y N° 9555, en tanto se reglamentan el
Art.37° de la Ley 27972.
ARTICULO 190
Los incrementos por costo de vida y condiciones de trabajo se regulan por negociación colectiva
conforme a lo establecido por el D.S. N° 070-85-PCM.
ARTICULO 191
Los funcionarios tienen el cargo de confianza, así como las jefaturas en los diferentes órganos de
la Municipalidad. Los cargos de confianza son designados por el Alcalde y pueden ser removidos
por este o por Acuerdo del Consejo Municipal.
ARTICULO 192
La Municipalidad Distrital de Curahuasi, prevé en su presupuesto las asignaciones necesarias para
garantizar el pago de las asignaciones, compensaciones, pensiones y beneficios sociales que
corresponde a sus servidores.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CURAHUASI
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
TITULO VI
REGIMEN ECONOMICO
ARTICULO 193
La Municipalidad cuenta con los recursos económicos que se obtienen de las siguiente fuentes:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Impuestos transferidos por el Estado.
Porcentaje del Canon Minero.
Ingresos por conceptos de recaudación de tributos, consignados en el artículo 92 de la Ley
2385.
Multas por infracciones de las disposiciones emitidas por la Municipalidad.
Venta y rendimiento de los bienes de propiedad municipal.
Ingresos consignados en el decreto legislativo 776 y ampliaciones.
Empréstitos internos y externos con arreglos de la Ley.
Legados y donaciones que se haga a su favor.
Transferencias del Gobierno central para programas específicos.
TITULO VII
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
ARTICULO 194
Primera: Cada órgano de la municipalidad se normara específicamente a través de su
correspondiente Manual de Organización y funciones, que será aprobado por resolución de
Alcaldía con un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la aprobación y de acuerdo a los
dispuestos en el presente reglamento.
Segunda: La estructura orgánica de la municipalidad que se establece en el presente reglamento,
comprende diversos órganos cuyas denominaciones así como la de sus categorías de dirección y
jefatura están expuestas en Organigrama de la Municipalidad Distrital de Curahuasi.
Tercera: La previsión de los cargos dispuestos en el presente reglamento para cumplir las
funciones se establecerá en el Cuadro analítico de personal, en armonía con los dispositivos
legales vigentes, sin perjuicio de la implementación de la organización dispuesta en el presente
Reglamento.
Cuarta: los cargos de confianza se declaran y se cubren por Resolución de Alcaldía de acuerdo a lo
dispuesto por los dispositivos legales vigentes.
Quinta: es responsabilidad de todos los órganos de la Municipalidad de Curahuasi cumplir con lo
establecido en el presente Reglamento de Organización y Funciones.
ARTICULO 193
Primera: quedan derogadas o modificadas las disposiciones municipales en cuanto se opongan a
lo dispuesto en el presente Reglamento.
Segunda: El presente Reglamento de Organización y Funciones entrara en vigencia el día
siguiente de su publicación.
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